Recibir el subsidio que concede el Fondo de Solidaridad Pensional no es causal para retener el pago de los honorarios originados por la prestacion de un servicio
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- Año de publicación 20/03/2014
- Idioma Español
- Descripción
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Citación recomendada (normas APA)
- Ministerio del Trabajo, "Recibir el subsidio que concede el Fondo de Solidaridad Pensional no es causal para retener el pago de los honorarios originados por la prestacion de un servicio", Colombia:-, 2014. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3320185/), el día 2026-07-01.