Por:
Anónima
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Fecha:
19/10/1823
GACETA DE COLOMBIA.
BoooT.& .DlUll!{GO 10 J.n: OCT1'8~ bB 1823.-13. TBiltESTRB. &>~
l.N'l"ERIOR .•
DECRETOS DEL GOBtEBNO.
FRANCI·SCO D~ P.AU.LA SANTANDER
jeneral de drrmion de los PjércitoJ de Colomina,
v ;cepres1dente de la Repúhli1a, ental'Ka<Íll
dt/ poder ejec:utivo &c.
Para f.omt:nt•1r la edlicacio.n pÚ.blica en la
provincia de Caneas, ~n los lugares que se
hallan dbtantes dé la universidad, oído el informe
del intendente, y vista la solicitud que
hace la municip::ilidzid de la ciudad del Ta.
cuyo manifestando fas ventaJ.,.ª que r~sulta.
rían a la instruecion de la juvet1tud en el
occidente de Venezuela ~i se ~Stablecicra una
casa de educac10h •1 aquella cíudad~ he tenido
á bien decretar confotllle á lo· prevenido
~ los artículos 3°. y 6°. de la ley de 28
de julio d~l año undecimo lo que sigue.
.Att. l. Se <>s~blecc , un3 casa, de educacion
en la ciudad del Tocuyo prov~ncia de
Caracas: ~lla 'tendrá una escuela .de primeras
letras bajo dd tnHocto 1ancasteriano, una
Cáte.tlra ºde ·gramatica t'Spunola, latina) j priiaCJpio"
s oe rctoríca. y otra de filosofía, Ja qué
5e enseilará ~n castellano.
.11.rt. 2 . Las dotacinne-s de las catedras se
hado por el intendente de Venezuela quien
des11~m1rá. el edificio ·cm que deban estabfe.
c tr~e.,, é informará con documentos los fondo.,.
s. que put>dari des1·gnarse para su dotadon.
.J!rt. 3. EJ mis.mo mtendente nombrará.
por (•sta vez los maestros, y en lo venidero
Jac cá tt' SANT AND ER~(Firblado}--El
srio. del interior Jost! Manuel RE·S'l'.REPO.
"F.1tANctsco nz PAutA S-ANTANtl~R,
•e los lr5ertadores de Yenezuela y C1mdinamrirr.
a, condétorrzdo t•'1 la cruz de . Bo'!Jt1-
~á Jenera/ d~ dnJ1sfon tfe /e.J ejérc1f(}S ?.e 6 ele ~gost,o del pre~eme .ano prj.
pnv1lt110 ei;cTus1vo a CnrJos Stuar Cochran.
ne como njente de Ja compania. de Run.
cl~If, Bridge y Run.dell; pata qu~ esta pue~
é;l ha cu la Pt:~ca oeJas perlas ~n· fos térm1no1
·~?a~, tiemD? y limites, <¡ue alli se pre$:
cnben: en virtud de~ artictJlo 13 del mis.
1110 ltecreto JX?r el cual se autortza al μo.-
0cr ejecutvo para dictar las pro-Y1dcncias con~
cmentes a fin s· harán Mcvat á. efecto.
9. 0 Los intende~~. Aebetnadores y CUá·
leaquier jdes políticos y ·militares que fue.
ren requet.í~.01 ¡><)( la co~.paiüa ó sus ajen.
t-es les fac1htar¡n lo$ aux1hos que .hubieren
menester, satisfáciendo su valor oportuna.
mente por los EJUe lo tuviesen.
10. Se. fnmt¡ueatá cópia autorizada de
tstc: ck~ret~ á Cárlo~ Stuart Cechranne para
su mtebJenG.1á Y. gob1ern~ de la . compafiia.
;El secn:tario de e.slmo· del despac~. de
ha.c1enda queda .cncarpdo de su cumplt.
uuento.
Dado ~n .Bogotá 'tttínt..ft íetlembire
tie rnil· oqhociento.s yejnütres-~ece-•{Firma.
Qo) F,1.u.:wctu:o ·Jix P. ·SANTANDER.(
Fir.mado) El Sécretr.alo de ha'cienda J01e
M11rt1J dtJ C.A.st1Lz..o, ·
l"uitcíSc<> :i>• P:;;:. SA~TANDEB
jeneral de divino;; dé ,lo1 ~értiltJI de Co~
lomó14, 'ilitep~zjdente d1 la lfepúhiica, ~~~
ar1ad. iiet pod~. fije•utfiJ• ~,. CVc. ~~.
Considerando que ·~n ~ depattamcn~o "del lst.
·ma nohay un enlejio bien ~tablecldo donde fa
juventud reciba la educacic>n ~bíd::t. y descaa
·do ptomovet ]a inmuc:t~on ·públiOlt presidente en decreto de
20 de Junio de 1820, y la posterior declaratoria
de 1 .de julio del mismo año de
que se acompallar~ copia par:a iU gbJer ..
Yancia. Por tanto,·~1 tdi&c1o destinado pan
aq~el coleji.G se~irá para •l buevo Je•ceria- Por
?PPs1c1on , cuyos ppnnenottt antjrlam (,j
tntcndente· del departamemoa aquien ae confieren
las faculbldes que el articula 4, O clcl
citado reglamentQ> de 1820 conferilr ~ 1~ l'Í.cepresidentes:
él mismo. nombn\ra tambiel\
~n propiedad al rector pooi(ndos de~do
con el <>tdibario ~de&Íá&tico, y por ..
&<>lo al vice-recwr. ·pa$mte 1 ~terlrático9 dan.
do cuenta al gpbicmo supl'Clllo para su oollo~
imiento~ LB ptovisfon de- la cát'*'a de
tcolojíacorresponder.ial ~e~
.drt • .6 .º ~ csiudiQ& ·eo harán por d
plan prov.1sono i1UC actualmentD. rfje- en ¡.;
colejios· de Ja tapital húcnhas que cl cantreso
tlfota el plan~~ 4e Ja. *-tbtie!s.
.Art. 1 ° .El rójimen. mterior del _....
jio ~el lstttw, ~ ~¡lará 1jepll d dJmQ
y circustancias locales. por el di~clc .. es;.
tudios: el c¡ue acQrdáre ~ ~ ma ~1at>ta
dando cuenta al 1uprem.o ggbiesno Jl.8t4 . ..,
· QJ>robatioa ó ~IOnna •
.lirl. 8. Q Las rentes que ~· ·~QIU_ a1
colejio del Istmo SODJ
1. Todas laa que ha paclo &.ía a\'tota
~l colcjio .aeminario_de PaMl'ná, -~~to-.
duetos emq~ .de lea ~ de Ja .......
5e etμplearAn tn prólnQ\'Cf w eswdw de las
ciencms eclcsiAsticws.
. g. Todas las que i><_!ia !'q& U de¡..
ho del afio U. !e han senaladb En ti art. 4. •
!i. Las rentas de las ·CQt\Y.eQto& suprjmi.
dos: en el Istmo con ameale> a. b Jer ~· •
congreso constituy~nte accidada ,_,, h rn..
ma fechá de 28 de jiilio.
4. La ~uma de ciento veinW.f0$bS anlltlfts
que deber~ pagar cada j~vcn por el afio eacolar
que exista dentro del colej10 ...
Art. 9.o .El maeatro de la eae.uela dE- J>rimttas
letras gozará ti sueldo de cuatroc1entos,
peso~ anbale~1 el de gramática disl'ru.
tara tree1entos: ·igual suma el c!e idiomt!SJ
filosofia, tr.olojia, derecho público. )' ti ()ccánones.
El rectgr ~A hl :Wgnadon ele
cwrtrocien11DS pestr.::nci::i futur:: dt> nue5Jrn hermosa nacion.
La reunion cid congrt>SD ha fü:nado ale
td gozo ul L1nERT "ºªcuanto prnlit·ran causarle
todas las víct1>rias r.eunidns de Culornbia,
pnr que: el L1 BERTA DOR lo espera todo de los
d e legado~ del puebl1>,que poseen la conciG"ncia
de la nacion y son capaces de ~quellas
insp'.r:icioocs que aumentan y perpetuan la
felicidad de los pueblos.
Sírvase V. $. pres~ntar á la cámara de
r~prestntantes t:stos sent1mt~ntos del L1 BE KT
A DO R, que tengo la honra de comunicar
á v. s.
Soy áe V. S. con toda considera e ion su
atento ubedienti: servidOl'.
J'1~é Gabriel Pere1.
MARINA.
Nuestra armada hJ sido reforzada con el
navio LzbertadtJr c\e 64, antes EsperanzaLa
fragata Colombia, autes Gmstantma1 y el
berg-antin Urica, antes Charles-Todos son
producto ele la~ operaci011t:s fiscaleit_ del difunto
Zea.
RELACION
Je los ofictq.les cif1 guerra de la mnrma
~sptúfola , y cicnws indivr.duos de dicho
cuerpo que siguen juramentarlus al puerta
de Sant1ago d~· Culm, eri virtud de l:a c11pl·
tulacio11 acor·dada por lvs seli.ort'S jtmerales
don Frauaisco Tomas Mara/es y ben.emériritos
llfanuel .l'itftmrique y José Paáz/la.
AllEllICANOS.
Coron1/-D. J o~é Antonio Sav::ila-Capitarin-
D. Domit""'º Sosa-D. Juan Antonio
Romero-Tcmie~tes.-D.José Vicente Rívero-
D. José Antonio Arríeta-D. Juan Nepomuceno
Bracho-D. Gabrit.l HerreraD.
Grt'gorio Barrios-:--D. José Clemente Sabala-
D. Nicolas Balbuena-D. Natividad
BaJbuena-D. José Francisco Guerra-D.
Vicente Villasan-Subtmimtes--D.Antonío
Suares-D. Pedro Maldonado - Capit~n
particular-D. Marcos Días.
Ü.FICIALl:S ElJ'llOPltOI.
Capitan del puerto-D. José Dias Castellano-
Tenzmte-D. Manuel Marino-Su6-
tementes-D. Estcvan Granje-D José de
los Rios-D. Manuel Sanches-Ptloto-D.
Martín Francolin-Escribiente-D. Diego
Perasa.
ÜFICIALJl:S Dlt MAR Y HAIUNEROI
EUROP.EOa
los. Contrama~1trc1-José Franciseo And\.lc:·
GACETA DE COLOMill.A.
sa-Jose Gurjca-Juan Martines-Andres Figueroa-
J uan Seba.
2os. Contramaestres-Miguel GomesVicente
Garc~a-Sarj é nto-Juan MorenoJifarineros-
Pl'bn:ro de 1819 h::ista diciembre de
1821. Aunque los 111tercsados teng<.:n ju~ticia
para ped ir lo que ks pt:rten~ce, el gobit:rno se
encut:ntra muy embarasado para despachar
favorabl<.:rnente e~tos reclamos. El articulo 16
de la ley de 28 dé seticRlbre de 1821 espresamente
decl;ira: que et pago de los sueldos.
devengados dt:sde 15 de febrero de 1819 pueda
hactrlo el pbder tjt·cutivo ·con los bienes
nacionale~ ( están pre fijctdos en los par:.Igrnfo~
l; 2. y S del arti~ulo 6.) observando en to poai-
6/e el orden de los aflos &c . .E.1 artículo l. de
fa lt:y atn:n·mos.&
asl g ur:ir que los deseos que e!l .. !s maidiestan
e~ tnn de acrn·rdo con varias d ;spusiciones del
gobierno.Dl'sde qne el usii·nto nde1.1cias dt l tra11"ito. El gob1erno
ha rec1b1do d1ferc·ntes v .. c~s comunicaciones
de Caraeas en 18 ó 20 días. Podemos
inferir de todo uno~ <]Ue el rt'sultado de las
mirns dd gobierno en t-sta parte satisfará sus
propios deStfCIS, y lq~ de lo~ habiticcuri Ja concordia, la tran.
'luiiidad y ta indcrx:-ndencia de e!t~ imperio
deitinado á ~cr la admiracion de ambos
mundos.,,
,, La esperiencia ha demostrado que tod
as las constituciones formadas sobre las· de
1791 y92 son puras teórias, y por consi.
guiente impractic:.ablt's. La }i... . rancia, la España,
y el mismo Portugal lo han esperiment:..
do; ellas no han h c:cho , corno debían,
la f.:licidad ¡enerai; Gil contrario, htmos visto
que en algunos (::btJdos se han cambiado en
despotismo d espuc-s de haberlo :-sido en una
libertad e!:.~ ~ r:.:.rnicinsa. La mi:ama
suerte correrán &Í c.mpre ~w m~.1antt' !i códi.
g os ..• Pero le-jos de ar¡ui, n::cuerdo• tan
tristes que aciuararían d gusto y placc:r de
este clia ! V osotros no i g norai~ c:stos hf chos,
y yo estoy b i·~ n p<>rsu .1dido que la fi rmesa
de los princi1<>ios cnnstituci nnale5 sancionados
por la csped cnc ia caract<:r: sa á todos
loi diputados ac¡ui . reunido . Espero que
la constimcion que vais á formar men.~ce rá
rni aceptacicn imperial, porque será sábia,
justa y an:ilog;i i nut'stras necesidades
peculiares, y á lu civilisaciou del pueblo brasilen~
e, por cuy0s títulos se hará digna del
elojio de todos 10 1 puc:blos, aun de nueitros
mismos en'emigos gue desearán imitar
la ~abiduria de sus prm~i pios.
"Una asambl l~a tan ilu.-ire y tan patriotica
que no solicita sino let felicidad del imperio,
y el incrtnu nto de su prosperidad
deseará. . que su em ¡)er;.1dor sea respetado
no solo por su propia nacibierno absoluto
dd rey Cdtólico. Las autoridatks de
est;.1 i:¡ i:'.'> hts, lc•s jeneralt"s, Vives, y L1erno comitituciomll de Espuna.
E::.te incidt·nte nos conduce -á algum.l
ohc;;~rvac i one11. La Frul1cia cun· n:spL'Cto a
e,,¡. 1mbia ha gu:1r fod1) una m:utr •. didad motivo de qm:ja á nuestro gobierno.
El du tropas t·sp<.1 ñu las á pacifi c~rnos á
la IJl:t ll ('ra que lo hizo le~ espedicinn del ano
de i 5. -N o.:;otrns nos atenemos á esto ú }.
tim~i, p or que la rr:- v, ,lu cion y emancipacion
d e bis antiguas c<>l unia=> t's p-..no!as no ha me-
·recido los votos ·ri•) que el gub~e f'Do de Francia
'legó á ofrt ct r i,u ;1yuda al d~ España
para ·su byu gé.lrnos.
En !~ pn:st.:r.te:: guerra de la Francia con
la España, 110 ddx·mos temer que se
nos hag ..1 una intimacion Sl'mejante i la
que rec1b1t:ron Cuba y Put:rtorico. Las terminantes
disposicionts de 1me!:itra constitucion
( que ya ~a corrido traducis couc¡ue pue.
da aparecc:r, nu~stro s principios no padece.
rán altcracion, y mientra5 hagan la guerra
nos e1-1contrnrán preparados para ella.
Al tiempo de la e mancipacirm de estos paises,
el anl) de 1810, d gobi.:-rno informt: é irregular
de la península nos decl aró rebeldes
y nos hiz~ la gw.::rra, y nosotros le resistimos
con firmesa: po~teriorinente apareció la constitucion
de 1812, y bajo sus auspicios se
continuó la guerra, y nosotros igm1lmente
hicimos frente á Mis t-strágos: el rey entró
en Valencia, abqljó la constitucion ,y persistió
en la guerra contra América, y nosotros
tamhi~n per:-.istimos tn defi:nU nmgo
cuntra d gobumllJ espanmo::., y muy distantt::s del continente
uiropeo, no ttnc:.mos ni utilidad ni
nr·c• .. ·sidad de:: turbdr la c¡uic:tud y creencia
pnlítica de ni :;g1-1n pueblo. Mc>uos tenemos
f.! Ut:: m c ~clarn1'~ t' ll indagacionc-s acer~a del
arije n de 11 1!> gol>icrnds europeo::,: ellc ;s t>Xis:
kn f nut::-.lro dt bvr Cbt<Í li111iti!d0 á rLcnnocu!
os y á respt"t:1r sus derechc.¡s, y I· ,s
de sus n::s;1ectivos subditos. Colo11·dJia ha
marchado bajo t~lt's principios, y· ~u gobit m.o
{?.Í a\,)n en los nrgocios do11 1é::.tic (1t; de los mi:pmos
co-estados americanos ha prt'tenrl ia p<.i rte de
Améric• d rey Fern;mJo al rvy Luis 18. •
y ca.otra las conquistas r¡ue ·d 'ú himo . pu-
. trn cualc1uic.ra il1.
ttrvencio11 ó au:xilil)s de b l•r.i11c ia en favor
de Espana par-a coi-:ti1ú1 ar In c¡ue jeneralmente
han reconocirlu c-01110 gut rra civil.
Jamas hemos pens:.!tlo c¡f1<:: nut>\'os esfuerzos
de España aunc¡ue tu\:i'era
d~ las instituciones liberales, y· la ckstrucc1on
de cuanto pueda dejc::nerar al hombre.
SANTA-ALIANZA.
I-os diarios de Alemania de junio refieren
que el gabinete-de P<::tt:rsbourg ha sido alterado,
y fueron cambiad4\S mu~has autorida.
des principales.-El empc:rador habia consen.
tido en todas las s11lioitudc:s d~ la Puerta, se ..
gun aseguran las cvrtas de Pet("r!>bourg: por
este allanamiento d<::berián ser devuelws á la
Puc-rta, las fortalezas de A"iia que rett-nia Ja
Rusia, quedando t'Spédito el gran seifor para
obrar como le pareci<::se en todo lo concerniente
á loa principados .de Moldnia y de
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
/alaquia. no obsWJte.él tratado de Buchircst.
~anheim la. fic JNHio. &ouei'd~c que
ha ·poc;os meses que tμvi~n una entrevista
en Mittelwad el rey de . W urtcmberg 1 el
em:perador Alejandro, que so dice, había p~otnctldb
al empcradO( de . .a\ustria convertir¿ al
rey á los ~cipio• i,nonarquicos, y que el ·~eaultado
füc descubrir mu claramente la firme
al~i~d, r .~1 .m•en~o pidieron ~us .vasa.
P<>ttc:s. ~°' -~~tros de Ju tres poteJ}caas,d~
.-_···santa-~za; e. rey por'" par.te Uatno a
au~min~troa.rcsideni~ en· Bttlin, Viena 1
Petesbourg, yse ha colocado cp una iituacion
:jiemtjalitc 4- la dé. ~a. En Alemania· se'
está en 1' ponuasion de quo todo el rdno·
de W urtembérg. se levantaria en masa P"ra
q>oner la fueraa á ~ ÍUC1'2a, srguro de ser
·•7udadó por J.. v~~~ secretos de todos loa
~dos.ele la co~edcración. Efto ~temer
.,ina gucna civil ~n Ale~nia,si es que se puede
Ha mar guerra civil la. lucha catre pú~hlos
libres y cstad0& deapoticos. " .
( J~l du ~&~; ·Paris 19 de junio
·de 1833) - LIBERTAI) DE. lMPRENT A
. ~ .las ~olu~i'onea. de _lo~ estados se pU•
dieran VCOficar &ID contrad1~1ones, y fa traS•
bJRa~ion de las ideas . s1!1 9posicion alguna
rao1olr0& p:lilri.aoaos ~cdr que para ignominia
de Bogotá y ~ nuestro si5tema aparecen ci.
crtoa · foUeto.S. qu~ si en la sustanc.ia merecen
J>.oco w:.q~ en.til mOdo absollltamente son
Clignos de abominaéion. (~) Pero e5to prueM
.,_ fl'7 libcnld" fk· .,_aa por~
de Ja cwal.,. ~ se puede decir-cosas bue- .
~ .. ~ .malas. N.? ·&Jtan pusona.s que
qu19'el'all ~e el .gobierno supremo K me&.
Glasc· en lá materaa · á. fin de evitar (dicen)
el· "!.~l ~ul~o ~ u~ papeles. que ~n inttnclOll
·6 con cJla, serian tapaGes de dividir
les .w.ao. 1. les mc:nti.mímtoS; 'P,ero nos parece
t'jμe· ·i. · ~u.trahdad dél :~biemo es de
lq, por- ·que en ~inguna -.«!e Jas. de: ntj~s~ro
~'Be 2: el .~ CJ~ctiti~ inte~venp
m ~ r. escntos, ni en 1mped1r· ~u
¡nísticaciqn; y . no t)odia ser de otro moclo,
par· t}ue -.aoy .intervendría para evitár la desunicn,
. ~tílil~ . para impe~r. la cén~ur~ de
su :adm1m~trac1onval otro dia· para preservar
t las leyC$ dt josta's . observ~clónea y a.l ñn
¡.ta que no se; pu'f?l.ic;lSC si no lo que quiaicra,
y Je acom~ •.
s~ se ·abusa .. de fa imprenUl. publicando
CSCJ'~OS sl.fb~r91YOS, .obecnos, Ó eedicioPular,. y cualquiera
colomhl~<;> nene d~o ~ra acuorlos, aunque
e~ialmenfe cocar~ Ja ~ey de~':' ~
$i0n ~I flsqál 1. al P,rocurador jeneral~ La 1cy
~ce. 'de ~l:iudáda_no un celador e11 la parte
relat~v~ .a la ~~usacmn y el que en. sus caeos--
'eldte. 7 disHUuk, . . cx:>metc una falta m"y
gira~ _.... an patna y su segμridad.,
B l:.L I J I QN •
La pieaad y .Já. relijion inftuy~f! . · ~cialaa~
QIX la. fdieidad de una nf\c1011. Celombia
ha profe'*1_o y profes2S la ~lijion revelada
qtte CQll su doc'trina Y· ejemplo predic~
el ~ijo de Dios: laa leyes no solo la· han
~cono~1do, y pr<_>clamado;. ~ino que Ja ·prot~Jt'tl
c~n -cspeétahdaF con que manifestain~
nuestra · rdijion, ni á mofarse · de n'uestros
usos piadosos, y mucho -1.ntnos 'á impugmlr
·!os .dogmas. dc · l~ fé "cátólica. Quien lo
mtentara serJa castigado no por el pueblo bi
por ningun particul4r pór l'evia la. cortt ...
pondiente acusacion, ·1 juicio. Ningun pecad«»
fue mas público á los ojos de la divinidad
QU~. ~l de. Adam, 1 sin_ embargo no fue
ca&~~ ~11 .haber sl~o oido y ~onvencido.
La 1gles1a tlcnc SQll annaa ripíntuales para
c~adyu~ al mant~nin(tcnto del orden· público,
y bien . espré'$8Mennt '~ti ·escrito en el
~ fl9 fllfl91l.•~r:poi na f*»clitfo
1 aoctrmt1.
Es mtolenblé que· despues de una doc.
.trina. ~n -cJara ,seamos testigos de la desesperacmn
de URO& ~O! oradores y escritores
qu~ ó por un cefo 'harto imprudente ó po.r
q_uich~ qq6. predican persecuciones y quis1ctan
repr.oducll' i ka Ravaillai: y Clementes,
ya qiJ! . .no,.fuera. poa:ible renovar"· los tiempos
de :~orfJue.ada.. Que un. -orador sagrado, 6
un v~nto ~rltqo pm:hq'ucn la nrda~ parece .m\lf ·
d~gno de .su .mmitlkTto, y muJ. ut1l' Colom•
b1a. ·~~e~?IY~ ~la. ca~sa d~ la indepen.
dcne1a y· libertad, no predicar obediencia á
.las s ltyes y á las IUU>ridadew, rio · estimular á
~o~ ps.ieb)os á viw en paz y tranquilidad,
de1ar· correr prneositiones de divisiont y
anetquia, para lilíCa' Odiosos á los mas benemcr:
itos c~~""'.J cantaletear á cada paso
que la ~li¡sm ae )>ICrde, es .cosa que irnta 1 .
mere~ellln . d~da Medidas de precaucio1:t 1
aevcmrod. ·Mientras que no se citen hechos
qlle · compraeben i.. i~cjon de Jas leyes
pt'~tec.tcras de la ttlljiQn, ~ ·hJ,y derecho (Jara
atn~1r athlstema· cte la· Republica impiedad. r ~J~ntt~ que UD. C'Í~daclatio li esl;r'anJCFO no
mfrmp la ley, nidie ~ene. dérccho á .tnaachar
-iu · reputacion, -.,. tnmé>s á pcr~¡uirlt". Laa
ley~ son ~ 'deidad polltica de Colombia, y
cuantot· han pe~o- . dd'enderlas: las defen~
erán ·con el ~ismp árdor y ·constancia con
que_ hal) defendido la independencia por mas
t¡ue e~tuvicron - d~ 111'~ de los cspañ0Íe1
muc.~os de 105 ~•.smos que hoy predican y
esc~1~n tanto·de .1!1Jpie~~ Y. d~ irrelijion .• ,
JlvbieJamOll·_queridO~v.rtat ~1te"artículo; pere
cuando se trata de cumplir 1at Í~ycs nos ctcem(>9
ddirrcuentcs, callartdo. ·S i callan:· los· hbm6m.
ilustrad0tt; y dn' eón serenidad ~· triunfo de
las preocupaciones acusadas con·la desafecé\on
al sistema republicano· la- ·pStrla leS · ;equ~r,rá
aJgun di-a, y podrán · a~tirse ·de' haber
dormido -tram¡uiJamente.-Háblen ·todos toa
los patriótaS cristianos; y · · ha~cn fundados
en el espíritu· del evanjélio;-. no._. olviden .loa
aentimientos. del elocuente padre aé la igle8ia
~n J ua~ Cr1so.1tomo~ de qu~ :tanto han patee
ido oh·idarse los cstntor~ que lamentamos:
~6,mo1 pelear contra los ltneje1, dice el santa.
no ¡umz pollra' "1 Út• file edo11 m pi;, sin•
para lewntar 4 ro. caidtJ~ por pe '/a guerf'(
J 'l'" 4 MIOlf'D6 nD$ ineum6~, ,,. e8 la i¡ut1
dá muerte 4 . lo1 vivo1, 1ino t. 9ue re&tittiy~
/Q VilJ4 á itJI mu~rl03, COlnO pe Nn '1Ue stra•
arma•~ .la ma1Judumhr• 1J U lJENIGKI •
DAD •. De!.mo.t contar pue• en esla lucha, ·n•
con lm:lao&, .;n• n>n palahttu por cuanto pér•
tpimo1 no al hn-ieje •ino á lo lum·jia,g drtt•;,.
tamo1,110 al r¡ue yerra 1ino al""º" grt~ ·u el úlnco
fae dt>IHmo1 pera,.guir y 'ltirpar.NuesirtJ
K"e"ra NO ES con /o.1 lwmhrea h."ttlzu~as de
nio1,6ino ~"" 1a. opini•n~.1 VI# Iza dep,.ol>aáo el
6ia/;{o. El ·med1eo CllanOO t.'Ura 4 ~" enft:rlÍI•,
110 11taet1 t!I cwrp., 6ino la enfi,mnlado nosotros cuando pn--·
&eguímu. á· los ~rt!je&, no de6emoa destruir
'n. e/los la per1tma ,aino d error d1l ~nttntiimientlJ
y..d dallo del eoroion. Finalménte
•eh~mt111~'''"11nnpr~ dilflliesto~ d .&iifrir 'la
¡;er6cncion, 110 á per#gui:r á otr08, á pode~
er vejacione1, no á ~ar_l1u. De eite mOúo
e1 com• vnició Je,1"nsto, 4 °'al>er clavád•
m ·.,,.. crMz, no ~llCificondo á ~die.
l>ATRIOTISMO.
Cam~ ser patriQtl supone Ja obedim~ia '
.las ley~• y á Jaa autoridades· que •a nacM>n
cspontaneametite· ha formado y e!tablecido
pal'.'3 ~u feli~idad. no1 atrcv(mo • .á informar .al
públ!co 1-.jo .cl~_~ter~~!: ... Q~ ~l~p~~
~cario capitular del 8'rihb1s~do doctor 'F-ernando
· Caicedo ·ha aci'editadu -MI amor' á C.:olombia
y su sumlsion'.á las leyes. mandttndo
. ~cojcr, co~o riulo, .el ir:dicto· 11ue .-fij6 prohi
·bicndo varios libros.q.,.e .ofendian ·Í. la rclljion;
el fiscal doctor Mat:qQea ~rccLadi.Ó el procedimiento
como ilegal y · pidio el'. cnmplimiento
de las leyes, y .el provisor oyó ci>n fruto ¡)a
reclamaoion. De.hemos complacernos de tene.r
~Ja. cabez~ _ tlel arzobispado · á un ~clesiastico
~e reconoce· ta ~•on. f°'JUC como ha .prot~
st~do e-n sq · note al fiacal á nadt~ cede m
.re/1jitnidad, punotuJM f¡ okdinzcia 4 IM
·"8e4 del Ltotio.
Habiéndose ordenado por la St'ctttada de.
hacienda al gobern•dor de Antioquiá abrir tira
~mpres~to en aquella provincia conforme .á
la ley de 30 de: Julio~ y al reglamento del
t><>dct ~jecutivo en· que scñal6 w1 die~ P?"
ciento de descuento Y. el se~ μOr ClCDto de.
interes; d señor Jos6 Mana Uribe •. vccmo
de Medellin · qfreció mil pc:M>s sin. descucn.
to ' interis fuera de la eantidad que le cupiese
como prestamista. EJ poder cjccutiha
visto. con mucha salisf~ccion este ofi-é.
·CÍnúenk>t · y 1~o~s ¡>fldc:mos afiadir, ·qne
la provincia de Aritioquia ha s~rvido sieia.:
pre con prontitud 1 je nerosidad cuando ~Je tia
exijido au~iUos pecuniarios! . ó ~ bo~ti.
Aun en est:a ·capital, el gobierno ha rec1b1s ~gociantcs mtd.
rales · de _Antioquia.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.