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Ato tip"'s grandes, . /iel,h,
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~anal oe Panarna
Documentos relativos á las Dl:'gocio, ciones
pa.ra la :J.pertura de esta v : ;~
interocéanica
CONCEPTO
.el Sr. Dr. Antonio J 05é J Uribe en .1
uunto del Canal Interoccánic(')
República de Colombia, Bogotá, jueve:. 12 de Febrero d de América, Hono- que el Gobierno está en la im- ClaClOnes sobre la materia. Acapoyo
de esto, puede citarse la rabIe Sr. Peter J. Sullivan, un periosa obligación ele hacer toda tos posteriores de la diplomacia
Sr. Mini.-, tro de Relaciones Exteriorei. dilatada y persiste labor de nues- T rata d o entre l os d os G obl-ernos clase de es. fu el-zos , y- aun de sa - ameri-cana comprue ban qu-e p -
L. C. tros legisladores y diplomáticos, para la excabOlción de un canal I crificios de otro orden, para 10- más ha abandonado aquel pro-
S. S_ me ha hecho el honor de á fin de lograrlo, en virtud de que uniese el Océano Atlántico grar que el Can~l se abra P?r el pósito.
elegirme, en a~ocio de los Sres. privilegios otorgados, ora á indi- con el Pacífico á través del Istmo Istmo de Panama. en las mejores Pero si antes de la an exión
D .. Franci~co Groot y Dr. Clíma- viduos particulares, ora á com- de Panamá y 'Darién. El Con- c~l1d.iciones posibles para la Re- de la~ islas Ha"vay, de la política
ca ldarte, para que estudie la pañías de distintas 'lacionalida- greso de aquel año no aprobó publtca_ . americana en relación con la podelicada
cuestión del Canal In- des, ora á gobiernos extranjeros. el referido Tratado, pero excitó No . debe 0lvldarse tampoco lítica europea en el extremo
teroceánico, ~ fin de dar al Go- En efecto, yá desde 1835 el al Poder Ejecutivo para que rea- que, ~Iendo com.o es dueño Co- Oriente y de la guerra con Esbierno
un concepto razonado, Congreso granadino expedía el nuda5e las negociaciones con el lombla de aquella garganta, la paña en 1898, los estadistas ameacerca
de lo que convenga al Decreto de 27 de Mayo, por el Gobierno Americano, á fin de más adecuada para la apertura ricanos consideraban indispenpaís
en la negociación que, sobre cual se concedió privilegio á Car- que, de acuerdo con las refor- del Canal que debe unir los dos sable para el desarrollo del coel
Canal de Panamá, inició hace los, Bar6n de Thierry, "para la mas indicadas p0r el mismo Con- Océanos, entre sus deberes, co- mercio de la U nión la apertura
algún · tiempo, por orden de ese apertura de un canal fluvial que o-reso se celebrara un Tratado mo miembro de la s0ciedad de de un Canal interoceánico, á
Ministerio. la Legación colom- uniera los dos m:éanos por el Ist- defini~ivo sobre la materia_ Hí- las naciones, está el de facilitar, partir de aquellos trascendentabiana
en Wáshing ton. mo de Panamá;" el 29 de Mayo zose así en efecto, yel veintiséis h_~ta donde 10 permita la inte- les sucesos políticos, el últim6
Yá el Sr. Groot rindió su in- de 1838 sancionó otro Decreto le- de Enero de 1870 se firmó el g rldacl de su soberanía, la eje- de los cuales tra nsfi rió á los Estafarme
y supongo que lo propio gislativo¡para conceder el privile- nuevo Tratado en Bogotá, por cllción, de ~sta obra, t;;tn impo:- dos Unidos el dominio de Puerha
de hacer en breve nuestro gio á varios ciudadanos granadi- los Plenipotenciarios colombianos tante_ a l~s .I~ter~:es del comercIO to Rico y Filipil'Jas y, cuando
ilu5trado compatriota el Dr. nos y franceses; en Decreto de Dres. Justo Arosemena y Jacobo Y de la clvl]¡zaclon de1l11undo. I menos, el comercio de Cuba, la
Iriarte. 1? de Julio de 1842 , excitó al Po- Sánchez, y el entonces Ministro II necesidad de la apertura del Ca-
Par 10 que á mi toca, á fin de der Ejecutivo para que convocase de los Estados U nidos de Amé- nal ha llegado á ser para ellos
corresponder del mejor modo po~ á los individuos que quisierótn rica, Honorable Sr. Stephen A. Reconocida la con venie ncia ind i·scutible y premiosa.
sib e -i • connanza que en mi hacer propuestas para optar un HulbL~rt. D!scutido e~~e Tratado para Coiombia de asegurar la De aquí el que el Presidente
deposita S. S., voy á emitir, en nuevo privliegio; el 18 de J ulio e~n, la 1l1medl~ta ~eunlo 11 o't: 11'~"" apertura del Canal al través de II,-lac Kin ey, «':11h s,liIJ 1e.Illi..,,-;¡¡] dle
los términos más cortos que me 11851, se concedió éste por el Camar~s legIslativas) se ap ~ob ~ su territorio ¿ con qué entidad mes de Diciembre de 1898, exina
dable, el concepto que sobre Congreso á los Sres. Manuel con algunas reforma~, y lle?,o aSI debe contratar la ei~ C\lCi6 n de tara al Congreso á que expidietan
grave asunto he f0rma~o, des-] Cárdena~ y Florentino Gonz~lez, á ser la ~ey c?lomblana l1umer~ tal ?bra? . I S~ algú " ~cto en virtud, del cual
pués de un examen detenIdo de lpara abrir un canal que pusiese 97 de 8 de JulIo. de 18 70 - A pe \:. á queda dIcho que, no obs-I f -(;ra pOSible proceder a la aper todos
los antecedentes de aque- r en comunicación los mares Atlán- , sar de . ,las gestlOn~s de nuestra tante los esflle rzos de nuestro ti a de una vía acuática entre
lla. cuestión, que e~ hoy la más tico y Pacífico por. el Atrato, y, LegaclOn e? Wáshmgto_~, eJ Se- Gobierno para obtener, merced! ~ Océano Atlántico y el Pacífico.
grave, delicada y trascend~ntal en Decreto de la mIsma fecha, se nado Amen~ano 1~0 llego _a to - á amplias concesiones, la reali- ¡ J)e acu~rdo con Jos deseos dd
que debe resolver d Gobierno hi~o igual concesión á los .Sres. mar en consIderaCIón_o aquel Tra- zación del Canal, no ha sido po- '1; P residente, las Cámaras expidiecolombiano.
RIcardo de la Parra y BenJélmín tado, po.r lo cl~a~ el Congreso de sible durante los 67 años cor ridos ron la Ley I 89 de 3 de Marzo
En mi opinión, para re~olver Baggle, para comunicar los dm; ColombIa explchó l~ Ley 33 de desde la primera concesión hasta I siguiente, por la cual se 'autorizó
convenientemente el negOCiO del océanos, uniendo las aguas de los 1~~76, ~ fin de autonz~r al Poder ahora. '1 á aquél para nombrar una COlniCanal,
es necesario, ante todo, ríos Atrato y San Juan, entre los Ejecutivo para negociar la aper- En l:íl actuaiidad sólo dos en- I sión que determinara la ruta
estudiarlo con serenidad patrióti- parale~os S? y 6? La L~~ de.~? tura del S=anal sobre. las bases tidades se esfuerzan para llevar más. práctica y f~ctible á través
ca. é inspir~nd05e en los saluda- dej.unlO de ~ 852 con~e~ho l?rlVI- que la mIsma ley contIene y ~ue ;,í. cabo un Canal interocdni (\ 1
1
d:l Istmo , a.merlcano para un
bIes principios de una política 1eglo á los Sres. PatricIo Wl1son, f~leron adoptadas en el_ contr~to en la América: la Compañía Ca nal man tlmo e ntre los dos
eminentemente prádica, sobre la J ua? Henderson y otr.os, para de 26 de Mayo ~el mIsmo. ano, N ueva del Canal de Panamá, y l· Océanos, así como el costo para
base de la realidad de las cosas, abru.- el canal por el Istmo del celebr.ado P9r {:¡. Secretan o )de el Gobierno ele los Estad,ls U ni- cOl: struírlo y 'p~:m.erl?, bajo la a.uabandonando
la política de ima- Danén, entre el golfo de San Rela.clones Exteriores de la Re- dos del Norte_ l ton dad, él.dmlnlstraclOD y prople-ginación
6 sentimental, que tán - ~iguel y la ~l1senad~ de Caledo- públIca, Dr. l\1~anuel A;1cízar\ Y. Por lo que hace á la Lompa- dacl"de lo~ Estados U ni?os: '
tos estragos ha caus.ado á la Re- nla. En las 1 !l:3~ru cc lones dadas el apo~e:ado en .. Bogota del Ge- ñía Francesa, es prec iso reco no- El GobIern o, al proplO tIempo
pública, no 11610 ~n 105 asun~os en 1843 por el Secretario de Re - neral Etlenne T~rI: el cual COI1- cer qlle élla, en su primer;;¡ época. que nombraba la Comisió n técdomésticos
sino en los negocIos laciones Exteriores, Dr. Mariano t~ato no se llevo a efecto, perú después de gastos enormes, 10- nica referida, la cual se con stituinternacionales.
C?spina, al B¡;}c,ar~ado de Nego- ellO lugar al que le celeT~ ro e_n gró hacer muy valiosos tnbaj o¡; ; '1 yó en vVásh.ington el _I5 de: Julio
Creo, además, fundado en lo CIOS de la Repubhca en Inglatc- B?gotá por el Gen~ral .c.USt01- pero impotente para concl uír la de 1 ~9 9, baJO la PreSiden CIa del
que adelante se dirá, que esta es rra, D. Manuel María Mosque- g.lO Salgar, ~ecretarlo de R~l.a - obra, sufrió un fracaso absoluto AlmIra nte J oho G. \Valker, enuna
cue&tión que ha de resolver- ra, le o~denaba qU€ promo,viese clOnes Exte:lOres de CQ re~llO-' ~'cnce :,:Ie r r y,):I n protocolo en el
g€6~i,o~es di plo !l}: t icas a l'lw . l:I¡.nQ · ro h.arb . c:f:;¡ei·7.',):~ ,~~(~erosos '1 d espués , de .. CSÚY'" fllf(fá1~;.) ~kí6 ¡ t:í,,~F ~~~\ ·:!X~;~9~ .';~~~r~~,.t. lV,?: ;;e¡.,.~~ I cua l se ' esti~~lan las' t'ó~~ces~ones
GoJ.)lel no A r::en c~.n,?" y ' T(:~ l,l y ~!J.~,l~CS t.'11 favor uel .C(li'1 ~1 de I?: es, J.LlS~O Al:o:;c~~e:ur-:y. !é.~~Q~)'0 1 ;}1:.t:·~~cSI(?"~:. q115j91.ri. !nTg ' l.trl ~~ s lonp l1l a, P9·rQ\3e: rje .1l:rr:7, ~¡ 'I ue los E stadne~-:.~?-. l ()s por .el. -Pt'~,sid ttritt: ' R~o ~\:.eJit "en I ta?~ en, el)?espa~hg d~.,Releciopara
rendIr su . ultllTIO Info r- traves eld I stnlO americanq, y Estados Unt Cl.0 s" la . ap r.obarcI0rfd~ su NJer15aJc de r;3 'd~ ' )]H~l e!'í-1bYé ne's~ Exre ¡llótes: ' os 'de éuenta con
~e. ~l Gobierno Americano, yel que el·máximum' de . éxtl'ai1 á' ga~ aqucl:Trata.do,. decí;i al'Secreta'- ultimo.h :.J')::,';, . ) '. :., 'J:. ('«)':' el. BWtQ~·IQ :,a.1pclit;J9.,po&l;,;;~.¡:¡ ;eQ~
'indispensable para que el Gobier- rantía . que sobre ' el" partjcü·laí- rio'de ' Rela€iones Exttfriore$\:;'éü -"., , ~'~ ,. ~G. · · :";;">'.J"~ ."1: ... ". .v.ellceros de que el celo del Go'~
rno In$'les tom~ra e~ cuen.ta las ~xjste hoy, so n las es tipl¡ laci? n ~~ n~~~: .. de~ 20 d~(:I?i,ciem:~re ' . ·~el .;~f):::~~·r"'· : 'J '~ IR '" '.r;';;; '~':)' ?~I~-, }~ie.r~1 ~,,~?.fu~)ne,6~~~ ,Yr~e .Sl?-Jj ni
sus:anclales moclJficaclOnes Jl1~ro- del segu,nelo Tratado .H,ay-Paun- ano c~taao< lo ~s.~·gulente; ~efine::!'(..) :') .", . . , ":' .'-.' , ~ r' ""'-." -l,a' n~a~~1,tl1~d ~r)a·. lmp.?~~a§~!?:",d~
ducldas 'por el Senado Ame nca- ce[ote, . de 18 de Olclem.br.e ~e dos~ a d~clarat:I,on~sye~~nto_r:as - '~U~la y~? .G0 h:t:l?.1'0Qé}d0;:·qu,e s-ó - i~~.e,l'npr':fa'" fu;er.o·n ~<:jt~vo~ _ para
no al primer T~atado tI;y- :p~un- 19°1, que a broga . el co'lÍ~enl0 ? el Plempot~~'cTa~I(J ~ll1g1es: - J lo. e.L 9-ohi~r!l.9 · .. dt;::J:o? ( Esta;dos ~Jue, i::ed,le,r~mo~ ?!~a:"~? :9..u.e·1~
cefote, el. GobIerno COlomLnano Clayton Bulwer de 18S0, y es, yá . " Colomb1a 'no d~be contar. :Yé}, Q:~ldosr qqie!re, ':})-l:J-,eqe y"pe~e5\ta fl'e,ce~a'nQ -a f~cl}¡t.ada real,IZcici6D
áebi,a hacer) é hizo dos cosas: e n ley eotre las dos AItas Pa1-tes al ·determinar. las.' .c-ondicion:es· en a).;>rj·~ cz.l Q9¡I}aL. ,Ifltl;roceá;ni~(), t 99¡ creo la;':6o~. '...I.JJ "~ •• ~;~~';:;. ';:_:;::': ¡::Jl)
p;ime~ lugc¡.r" a:~torizar.a;;y .Mj- co~ratante,s. _. : . ". :./ ,: ~- E.lll.e. haya'·~,e. ~011st¡:uí.~ u.I~ , ~ánád ñiO¡.~I~lte -5t~rigjr$~, la,(~~gQcif,l~Jón -:-vrI;av~~e ~0,.~ éf~~.!r!it~aD~'~,!aimstro
~n Washrngt.on. para . E}l!e . Esto d,ell1\-lestra, como sé d,ljo por s.u terntono;.. cqn:nFrrgun. a.p:o..J 17..91:( eLe)Z §obr-éLq<\~,· bas-eg., f';!:IíI;0;á.;¡ te> '\" B'tllwerJ ~ ñtre"J Jcf.:c; : E'sfaaó"S
~xpl~~~?e el ,ánimo d~t .Gobier.no ?tr~s, 'que la úl1ica ; .e nü~4ct ~ñ" ~J. Y;Ó' , ,"oh rair:gnl1'a¡~~?x!pemoi0n'dtt 8erJal~'Ae )1q; 'de~,eI Sl brar. f:)hes·: ~ 1}~~ó'~·f:r:~f.?J~,!~Y,;~L ~·,.,e fue:~
Aliíencano y .del .Presldente de b. mLfodo que ' hoy qUIere, .puede-y-' ].arS ... ¡PotenCléIS):)mm:ttt[))¡TarS;, J S ·y.hre p.~~!i,>;o. c ~q~r;:t:~p.}) : " " ·"I(!J· ~ 1', ' ;:) ral1 t;~ ,l')1I,lCho:tlempp; ... "tl'nó, rd}e:'fbs
C~m.isj6n ístmica . s~bre lo que necesita ·.ab.rir, un carn al. ' P,?·~"':' e,l ' @~to' 0,0. ·eaebé·.la m e?:6;¡;,aduda·,.. y .' P~ra 'r-es.Qlvet: '~st ac; d~I:~171!rí ~~~'ó.I~ , d'e;. !~'~fI.~y.d~--.r.ati~~~
hmlnares de un arreglo entre los meter a la !lustrada con. :de~a- N uñez decla, _,'en su' _artlculo ;A tuales ~e l?-,' C Q-r:np<;ñ.ía · F.rari,ces~ c'efote', que ha reclbldo' ·y;.c"Jsau'O
d~s Gobiernos, Así lo hizo (,~1~11- c!ón de S . S~, el cOl:cepto de va-o propós-ft~ del Canal, . l?·u:bic~do 'en con~~ ~ I Ql1?na-. del: Can?l:, ·de· P.a , ¿ión del Sénad<5, .'arirleriti~9.:'-; j
phdamente nuestra L ~gaclOn. nos ele los mas emin entes esta- las .pagll1as '707 y. slg!e.ntes. de· n ~ma: .. P.9t;)q ,q~e. tq,c;a Jal · .~aJ1al cQmo l¡l nueva ,estl.pulació,Il '- q:fIa:.:
Debía el Gobierno en .. ~: ~run d o distas colombianos que, desde b .a rejoyma'lJolíticrHJZ Colom-bia: ' 'd,t .. J'·J¡Ga~:ag¡Jq, , 9€he !.ten~J~e . ~n ha 'lbs- obstjculp~! aj)H~r"iotes
lug ar, en vista de las e xorbitan- ' I870 y en d iversas é pocas, se h:.ln "Un art-ÍGulo re-:c; entemente cue?ta· :-I~l;c ~eiZ(¡.H .él · l,Iifpr~me. ·de perrhif'd al· GÓbierno:'dé." los'"'El
tes e xigenci a s ád . o'bierno ocupado ckl problema. publicado en el Stlzndartd, 'de la COI:nl s l~n ,I~t nu~a, ,ten?n ~ C)en- tados. yni<\os entrar de Heno ert
Americano, explorar el ánimo de Esto Se rvi rá para refº ~a r la Lond re s, ofrece ha stantes d:l tos. to treinta y ~Jt1Cp- . n)¡jlél.s· ·n: aS "9pe la~ ejecucióó d'€"b.,ol1ra: dehérnb~
los Go~ie,r?os de Europ ~ acerca ~pi n ión , muy rcspe ta bl.e s i!). duda, ~ara p en sar que l ~s E.?taclos tJ ni- el .r.de ,Panama,; l11;:l-~~1:~ eJ,_e.vac~n, cr~5=~~)q,Í:l ~5~ :~'a. ~~!·va?ó)~.pri~?~
de poslblhdad que h!-lb lese, ya ( 1(; los que hoy so stl ,~ n~n que Q ,,)5 no han VMl2. cfo-·de pensa- ma~ ,csc1.u;c;~~ .. y_ qll vL~l~r a . ~ay~r ra (;l1'fi culraél' .y ' que la: -'apettlltá
de obtener que di -::'lOs Gobiern es Colombia no debe de ningu na I mie nto respe c ~o de la -supe rvig i- Y mas d}flc l~ i : rélg L1 e J'.lI:If1.!-re tnta. ~' l. dd · C i'lfl ~ J; 'qL1é há's(a :~l:quí'ha' sidó
hicÍc:-an en mejo res, conL~i c i ()ll es m,llH',ra e?ntr ,:tar I.a ,C? Ll st rLi cción l ~ n c ia q ue s é c ree? iJo.n;~ d . s á, .\re~",~1(~raS_ p,a.rf\ -;51:l1e )?~ .. , b l;lq}:~9 , s:e~~prfna'~1~s: '~~la'gü.eñ~ . eird~
el Canal de Pa nama, ya d , que, e1.el C r n o Co- los Pl eni porencia.rios .r-":olOffiJ ia.- seps,~ en ~an.tc? q ue }.~ ~~; ,-dc;!" . Pa rif~;:<~ ! N1~á l :i.f,ll~~:' q~e! ' ~ár . cón;o~ ~,<;"P.:r~lombw.
no, sc realizo H,te rrogan - nos D Jetor:;:; M!guel Samper y "5ev,un el Sta71dartd, de Lon- pos--:e .llf.la, ex ...... k lJ ,.e. radJ: dI . . L., yectcl'. '> feclarf'a 'Jos derechos ' té~
do á los Repre se nta ntes de los I TomJ~ Clle~¡Ca, SObíc. el Trata- ! dres, .ei 1\t1 ir :.; tro de I~e¡acione.s do el Pa~¡{i~0 ?,..(11l1 ·:b~1:n 0'1 ~ll ~rto rh~¿:ria ~es:'c¡ué: :C~lo-tnbi~l;'~ l~n~a~
Gobiernos Europecs, ya en B() - do '1ue estaban '.:eleb:-J. no1 o, por mecho I3 ele d!cho [r,.taSlo : . h.t,C ld, ha contll1 ll éllJ.o ,oficl alm e r.te q ue puecl a !1 pl .e~;1talse .J e~, e~l$0 por lo ranto, deben reIterarse fas.
de la Legación Cclombi ana, y "Si se <.,:cpt ;t:;e e~-t : · a ;·tfc ulo, haciendo mérito de los argume n- d-.: la coo'st:lIcclOn . por 1\ Icara- p;rot~st;fi' que' sobre el pattí¿u~ié~i~
del Gobierno Americano, Hacían- compañIas partlcula'res, que .se ne,...ele 24 de JunIO .de 1-88 1- ~ . ~qn~esta.s) Slll~ .duda, . e()J1sJcle- nilllonet, prebo en "reaHdaél'lpux
lo creer así var.ias circunstancias: obligan á cónstrufr el C;:aná( en que todos conocen, formula ' esa racIOnes 'muy l~p(j),ttaJ1tes , que; re'cfuci!qó e~ fel'áció.n éo'n ' lo~ tra-:
en prímer lugar, la actitJ.1d de l?s los términosde la L ey . d~ : 866" man,era de ver ,en', términos de'- ~,eb~mop ,t?,la er .e,n C~~l~ta ·, .'Pa:~ b~j'Ps ".Y<'t,J eJec.uta~8~·:"V '·~C¿9 J9~.
Gabinetes' de Londres y Madrid y que aseguran el cumplimiento maslado perentorios, para que 1 ~chaza.r las pret~n ~l ol'les ~exa . mct~e.nales que le pétténécen: , •
en las célebres' notas de 188 I.Y del contra to con la cons~~n:aci.óÍ1 haya S0?re el particu ~~I;r ,el me.n,or ' ~:-:adas que .. s~ b¡;; ~ a ~pe~t.u.ra Jd:e~ <'pé'_~1?do. q~'i; ' pÓf; }if q~¿ ·,4.ja
r882, en respues~a á la m~y en- de rU~l~ fuerte suma .de c]¡n.e ro. lugar a .duda:s.;bra des c,?n lo~ Estados Unidos, 'por d~s IOte¡e~E's. am e~ lcaH0s." .. quel~ el 00.~lerno d~ , Cor~)m,bl~ p \Íe de.
dominiO amencano so'bre el fu - tan colosal. Para ColombIa e~ que, ademas de que . todas esas pi ensa de l.os . ~stados . lJ11Jdos la autotlzarla .para venfici¡r éJ tras:
turo C anal ístmico, como pare - inaceptable el artículo de que se Potencias dependen industrial- faovrece notorJé}rpentc::; que ~n el paso de ~u~. derechos. ..' 1-
da reve1a1rl~ ilal j'J'tTerl'S'a de 8quel t:ata. No debe olvi?arse que vá - mente d~ la ~ran Repú~lica, y Senado cue~t!l. con l11 ~ yona . y S .., ~s .Í!, 'do,'con razón, que
continente, temerosa .d~ q ue Jos nas?e las ,co.nceslOn es qu e. los en espeCial los 1I1g~~ses, ninguna que, el GoblerL1o de NIcaragua: ta~ ~uto~lzaclón .no ~eb~ ~~er¡ ~ia'::
Estados V nidos adoutrlc:'L! 11 pre- Plenipoten ciarios de Colombw. se de ellas puede d~blJ¡tarse empe- ' ha, c~lebrado UI~ contrato c~n .el tUlta. El SUSCrito, cónsidér;¡.rido
ponderancia (.~íl el 'comercio de , han n1ani f~stado disl?uestos á ñand~se en gu~¡-ras lejanas de MI,nistro americano . acredl.tad,o que el o?je~o cardina'l ,pe.rse~u¡do'
Oriente y de 1, América del Sur ; I hacer, tan ~r.lo por la clrcunstan - mag11lt ud. Se lucha con las m0n- aIl~, al cual, se refiel en los S.I- por el Gobierno de ColomBIa; al.
.en tercer 1t:gai~ la negativa d el ¡ cia de que se trata con el Gobier- I. toneras de Arabi y con los ara- g Ul entes parrafos del Mensaje entablar esta negociación, es <-j'
~ _ \ =====~ _ . .....r - Pantaleón Ar belaez vende mer0ancias americanas é inglesas en su almacén
calle 14, número 120, fl'ente al Templo Protestante. ~""~ - ,.~'
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Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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,de asegurar la apertura del ca- esta exposición, permitirá fijar el neutralidad del Canal y de la 50- (art. 2? id: 8?): Por último, el
'nal y obtener del Gobiern , ~ Gfiter,ro ·con que hoy ha dc-·apl'e- ber~nía de Colombia sobre el contrato vigente declara que es'ta
los Estados U nidos una indeÍlni- darse el asunto. I»tll)o; la neutralidad se exigió zona será de 200 metros sobre
.zación compatible con la magni- Aquella!S bases se refieren al también en los arts. 6? y 7? de la cada uno de los costados del Ca.
tud de la erripr~5~~'PJlt~ que la. ecoúQcimiento y . salváguardia ',ley 33 de I8,76. L? -Ley de 1870, nal en toda su extensión (arts.
'autor~zac.i6n ;i la Compat'iía pue- de. la s9bera.nía nólc.io~al, á la que aprob6 el 2? contr~~o con el, 1? id. 8?) .
de concédeist mediante' una com- 'neütraJidad de la vía, ar tiempo Gobierno A.mericano, y la de Además de la zona para 'la vía
pensjl~cJ.n taó · am,pli~s .e,n ,este ·punto. Cat:l~l. . ~ierras baldtas, inmediatas
';Estados U nidos las compensa- puestos. á la concesi6n de la '%0- pues la primer~, {art. ,XI) declar6 Ó n6 á lá obra. así: 72 mil fane;
~(one~ sufiGieptes á que ;t."pira en na para el Canal y de tierras bé!l- qpe las estipulaciones de la neu- gadas por los Decl'etos <.le J 835
et"co'IÚráto: Bieú 'entendidG, !~sosf, días, á la ·policí.l del Canal, á la tralidad se harían extensivas so- y I 838; So mil por los D ecretos
que, 'en'-ningún caso, ni por nin- p'articipa~ión de Colombia y á 1_ lamente á las naciones que, por de 1851 ; IOO mil por la ley de
gún motivo. e-I Gobierno dará la caducidac;l del priyilegio. medio de trata~os, garantizaran 1852; 64 mil por la de 1857; 200
autorización, .ó ésta no surtirá RecoHoct'mit~tfy. s.al'fla.%,uardia. )3;, sf?ber::tnía de. } ;:olombia sobre mil hectáreas por la ley de 1870;
sus e"f~ct;s. sirio 'cuando empiece ál¡as()berallia.~Sóbr'e es'tepunto et 'Istrno y' concedieran recípro- 250.000 por la ley de 1876 ; Y
á._ceik~l Tr~tado que se, celebre todo~ , 1,0~. ~Gpt.J:
Asatnblea ·General .or:dinaria ducidad .deLcontrato respectivo. JUadna mercante 'qe to:dC\s las na- pañías extranjeras, es claro que
reunida en París el :l de' Diciem- En el . primer pacto celebrado cjone~, . pero ceq:6 el paso á las la policía y defensa del Canal te ,
sr'~'J ~J~iqjQ;,. !~,"4ed~r.~p~.n, he<:ha c.on ~l : Gol?j~..r~.o :A,mer,icar:to ~, ~ppas y .á :los buqu~s . d.e 'guerra nían. que quedar ex~lusivamente
p.oI- r nuestra ,.L.~gacLO,n . e~ Wás- dijo (art. VIII.) "Los Estados de todos Jp.." p,aíses' que, ' por .á 'cargo de Colombia, de · modo
hi-Agt~ .M~.Hutin. fue __ sólo U n~~o~ . . de C,919J~b~~. con~sr~r,y¡a- ~~~t~dqs e.~'pecjaJes. ,n.o. obtuvie- que, en e~te partiC:lllar, sólo. ha~
para manife·star1e.Jla intenci6n del ~4.~ . ~~ ~o de mil I hombre. sin
'&'nferieEl);~'íl eC "mís'mo.' sentido 9e1 Ca,t,l.al." .. . ,'. .." .. ",~f,J,.!lJpié~ .de,,99 año;5, según haber obtenido antes el expreso
p-or el Tribunal del 'Séna; lle'va'la En el .. ,segundo contr:a~o." ,J:al 19s ,contratos de, 1869 y 1870 el consentimiento de los Estados
e~pJj~~a. r:~s¿'¡;:v.a~:a.P~r;lU~~~ro claro como quedó aprobado por la' LC!y plazo debía ser' de 100 años. La~ Unidos de Colombia, Dicha fuer·
-é:lindiscutible d-er~cho:-,en ,el ·par- 99 de 1870, se dijo: (art. x) leyes de 1876 Y 1878 restablecíe- za será retirada por el Gobierno
tié:úlir: .· ~.' " :' - ,_,oo' ' . "Tan pro,nto co¡;no el Canal. con, ron .~l término de 99. afios sola- de los Estad.)s Unidos de Amé;
_1;>~ra ápr:c!ar'1as' ba5~s ,.~n q'~e sus .d~pendencias 6 anexidadelO. qlente. Coforme á todos estos rica después de que el Lanal esté
.éLactual Mtn.l..S.tn:L. e ~Q.lombi"!- esté construído. la inspección. contratos y leyes, al expirar los en servicio,' si así lo pidiere el
en Wáshington ha eOllcretado los pose~ión. ,dirección y manejo de r'espectivos plazos el Can",l con Gobierno de los E.stados Unidos
tépni~.os ,posibl.es . de ~~a n:.go- él pertenecerán á los Estados. SlIr'i anexidades debería, pasar á de Colombia:
ciación 'cón 'los Est"ado!S Ullldos, Unidos de América. y s("rán ejer- la 'propiedad eJ\clusiva de la Re- "Si llegare á necesitarse una
ha: de tenerse' pr:ésente que éste cid(Js por ellos ~in ninguna inter- pú!:>li<;a. . fuerza naval ó militar para la pro-es;:
para 'ambas pa:nis, un asun~o venci6n exterior. pero sin juris- fr/~(l~t!.(y{ ~'e ·{atarifa.-En 'este tccción ó defensa del Canal, y el
político ,. y . ,fin'an:c,lero al p~Opl.O dicción ni mando alguno sobre p,untp han . sid.o . uniformes los Gobierno de los Estados U nidos
tiempo. Para 105 Estados Unt- el territorio ó sus pobladores. contratos. pues si han permitido de América conviniere en sumidos
es político. perque,-merced al Los Estados Unidos de Colom- que el concesionatit'5:6je la tarifa nistrarla, dicha fuerza: obrará con
c;ánal, podrán atender .mejor á bia conservarán su soberanía po- (salvo el ' Decr~to ,legislativo de tal objeto y por el tiempo necesus
posesiones y á. sus Intereses lítica Y1uris~lón- sobre el Cólnal 1835. que-Ia ·fija é-I mismo,) no-se sario,-bajo las órdenes del común
en Oriente. asegurar la hegemo- y territorio adyacente; pero no ha permitido el establecimiento 3cuerdo de ambos Gobiernos, y
.. fa· y . predominio en el Nuevo s610 permitirán siuo que garan- de derechos diferenciarles. será cC'steada con los productos
Mgodo y .movil}%ar s~~ escu~d~as tizan á los Estados Unidos de Exención dt dtrtcltos de adua- del Canal."
en ambos maf~~; es tamb1én Améric~" cop-fqqne á la Consti- na, y otros impuestos.-Lo mismo Conforme al segundo contrato
asunto indu5trial 6 fin tí. >ciero, en tución y leye5 vigentes en Co- puede decirse acerca de este (art. 8?), "La fuerza militar que
cúanto 'el Cañal n'o . ~'ólo f;.\vórece- lombia, el goce pacítico y. tran- ,pun.to, pues las leyes y los con- se necesite para p r ote g, ~ r los trará"),
.de.;Sarrollará,áquel comercio. quilo y la administraci6n. direc- ' tratos relativos al Canal han de- bajos del Canal, será suministrasino
que permitir.á á los Estados ci0n y manejo .del Canal. como clarado que nose impondrán de- da por los Estados Unidos de
Unidos'comunicar sus costas del qu.eda dicho. Per:.o esa garantía rechos nacionales, departamen- Colombia, á no ser que los EstaAtU.
I)~ico ·y del ·Pacífico. y por- no difiere. bajo ningún respecto tales ni municipales sobre las dos Unidos de América la sumíqu.
e,. ~el. pr:opio. ~odor
ciento. y por los 74 restarít~·s '·,ü.ii
8 por ciento. Según el réontfáto
de 1869 (art. 17.). '¡Do'<;: ~ áii.os
después de que el Caó"áI:: flíese
puesto en servicio. el ' Gobi.eri\b
de Colombia tend'Oi le . ¡¡¡:
10 por ciento anual de los. prq~
.ductos netos de la emp'resá;"Y:-al
25 por ciento desde el"'rnómepfo
en que el Gobierno efe los ' Esta':
dos Unidos de A rriéridi se:1!ú[jr¿~
se reembolsado del <;api~al rri"'y:é1-t
t!do en la obra, hasta ~l 'il¿.tó- qe
p'onerla en servicio <~ " Cpn'forhj~
al ~.ontrato de 1870, eS,t0l' .:.dé'"rechos
consistían (atrs. ' I.2, . fS" j
14.) en una participación"'e!1 ' ~1
impuesto de tonelaje, ' éri~'uñ' :S
por ciento durante los prirriérd's
20 años. y 3 por ciento durante
los años siguientes del product?
total de los derechos de trapsp:ór:te.
y en la garantía de 10s .2.5'6.ó.óo
pesos anuales que debe' pagar Ta
Compañía del Ferro¡:arril dk"P'anamá;
según la Ley de íS 7I : '~ á1
Gobierno Colombiano' corre~poiiderían,
como renta de la Natj6ri.
veinte centavos de pesó co1ol1lbiano
por cada tonelada de "irán:sito,
que serían adicionales á "la
tarifa del empresario ó' Compá!.
ñía ; finalmente. según "el contrato
hoy en vigor (art. 15). éorres:pende
á la República un '~5 por
ciento de todo 10 que se reca'úde
por .la Empresa 'durante lós'p·ii.;
meros 25 años y del vigésimo
sexto en adelante hasta' el .@t .ik~~~i1::";~:~!""~~~~~i:;;-.~~~~:c~~:fu.~~@~:~~~~~~T~~~ ~.~:
Some t e r á la futura y aleato - ~~?'l' '..1''', .2r"~:,¡:;lI',':'f'\¡,,!:~~ 'l'> " •
H 1 d t o • , 1 J 11,..' D 1 ~ . J • ¡.!1:1 ~-( ~ A ~ r~ '. . Ü, ... '\.fV",e'ncia !'-'Iortt.\Oria· ,
ria fijación del Tri Junal de La .~ '~QJt~~¡.1,.~~,¿~~~ 1 ¡. 1""" A ~p LD'C'''DON & e A ~~"'"""""'~~
aya a e ermmaClOll <. e as 11<-.. .E . D1i,METRIO D AZ P. w . "'" - .:>. J'~ ~~,. , ',..,. ~ --- ....... ~
adnuadlida,de] s Rque 'bdJ?ben corres- I ~'\'<'I.. Ci-¡'u,¡'(I,rl,O '(.enti·J /ia COMERCIANTES y COMISIONISTAS I L FOaEtin ~N~ETa & O.DO
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ña1ar tales anaalidades en un mi- ¡ Construcción de edihcios por administra '
. • , F '1 l ' . empacar café, loza, J' abón, etc, 116n de pesos, cada una, con el clon o con~rat(), 'crrocarn es e ectncos á los. caballeros que suscribieron
auxilios en dinero para el templó
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el día 22 de Junio último, se sirvan
ocu;rir al almacén de los Srs.
Luis A. Uribe & C~, 3!- Calle de
F lorián, á cubrir el valor de las
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mtl pesos por cada año, Para ello __ . ___ ___ _______ ~ - ---. -----
d b 1 l.:l:og-otá . Girardo't .r .... a l\1:esa
e en tenerse presente no s6 O EN la Lib1toría AmericfltlaSe compra una
los cálculos que se han hecho so - bomba aspirante, pequeña~ _____ 20-5
bre productos del Canal, sino la Canchos para corbata
circunstancia máxima de que en --.----,.-.- S:eEillos P3E.a cabeza
todos los c o ntratos hasta ahora ce- s.:..:'P..1!!~)~!!!.!.C:.P!!
lebrados, Colombia ha estipulado ~efantasía
no sólo anualidades valiosas, si _ ...!~~urt ido de_p"i!~!
no el derecho ~l e suceder, al cabo Précios de rcalizogot:l.. rr""",UI".r1I,r as par e- _ . ra 'an- . . ___ tes á cerca de la inteligencia del LIBORIO D. CANTILLO--ABOGADOcontr
ato, especia1mcnte por 10 Bogotá, calle 15, nO 64. Dirección teJegnííi-que
pueda r eferirse á la declara- ~~~:lfzllo, ___ . _____ J~
ció!! ,de cad :l cida(~,. Para, ~~to s í I TENCO ,\ ,' R¡,:CIOS TI -JOS par;.
poclna sernr eJ 1 nbunal ele La i 1<1 ;' '¡¡la ;05 ~,r:í lJl()~ :;i)~i,i"ntes :
I¿: ~ ya, b~en q ue el _,suscl~i~() prcfe- l .~ 7.Úc:\r ::n;::!'i ,~¡ll'1 , Bogotana!; . "Simnna
la Corte de CasaClOn Fran- ¡,flu('a Lula, (.¡g;trnIl05 Leglt:l11ld;;tcl,
AGENCj}~.. DE COMISIONES
Tenemos el honor de avisar Al público que, c;on el nombre de RUFlNO GUTIf·
RR1i:Z É HIJO & C~, hemos abierto una casa de comisiones y comercio en la ciudad suscnpcIOnes,
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f ' t de Lasalle y San Bernardo, tendrán abier- '.S as cnsas se ocupan :
LA DE GIRARDOT : Recibo y despacho de car;a de comercio interior, de impor- tas las matrículas desde el I S del presentación
y exportac ión, en vapores,balsas, canoas, ferrocarriles y mulas j compra, ven- te j y pri!1cipiarán sus tareas desde el 3
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,;uenta con recua5 dI' propiedad j flete ; pastaje ele bestias. Esta sucursal e$tá á . lstona Cl t~ca e erecho constltu·
cargo de D, FE!..IP¡¡: FltRNÁNDEZ S, . , clo.t:al colombiano desde 1810 á 1866,
LA DI!: IBAGUÉ; Compra de fruto~ dee ll:portación j venta de mercancías extr:\R' I pas.a .. ... . ,:. "f' ".: ... .. --R'" ... $ 1;>
jer;¡s y "al j de~pacb o de carga á Girardot.Esta Agcn cia esta á cargo de D. J osi reCOl) p l ) IYO In:erno- lstona$cr¡-
MARíA VELA:>QUlIZ. . . I tlc,a, rustica, ¡: tom,o 8
- Comentarlo clentlfico de
Bogotá, Diciembre I~ de 19°2 , (r6 ~ I 3) r.~rmo GUTIERllEZ E HIJO ¡ la CO(lsti tución de 1866,
.-----------.,--------- . -~- i t tOIUO .. . : • • ...•• . $ I5 L L"'O Nr llfA I)TIN & " A I Constitución de 1866, 1 iJ r, 1'1 _ ~~1 1 u. I UitimOSl:ant~~·~~p~;s·¿~·.~;. ·.·".·.~ 1~
cesa investida al efecto del ca.. It!tro(lw:idos po~' <.;alof¡:1! tic> la 1 OS~t & e o M E R C 1 A N T E S Y C o l\tI 1 S ION 1 S T A S
, ' d 1"b 1 1 . 1 C~, J arras de cr:stal, Ltnterna3 ~(;h~¡;:~¡;rt~~70::~~'~ ;i~t~~ CALLE D E SAN lVI A TEO, BARRIO DEL CARMEN
por s6 lo un md16n de ¡yesos , pe- i rethil'ción de elLJclJit1entos !Júbl icos y pri.
ro que al Gobierno le co nvi':ile I \J ,l,,~. ' ~ .• a d h h h
r emover todos los obstáculos que ¡,1 61..>IU. COJ,{ISiÓ;-¡ E:l" TUDaS Sl.!S p~ expresa a casa se a ec o
~o~ed~~r~J~~~~~n~!Cr ~:araC~i~~~rñ¡~ I Refer('n'~¡;l, e~r,;{~~¡::{:y V¡i!eta la~ ,¡ tiC cargo d~~ ~todo lo relacionado con' el
cabo la n.cgociaci6n con los Es·1 ,:~~qh~~~~. ___ ._. _ ____ . ______ ._. __ 1 ramo del~comisiones de la acredita-
Memorias preseetadás en Congreso
llternac ionales, rústica .. .. ...... ... $ .j.
Biografias de hombres ilustres de la'
época (le lót Conquista: rústica ... ..... 5
Ll's espaiioüs en Espa1la, 'novelas his-tóri
cas . ... . .. . ..... .. . .. . ....... . $ S
La -{'amilia, iecturas para el hogar,
~ol(!cciOIl . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . • .. g
RI.DolI~i1tgo, historia, viajes, literata..
ra,' C'oleccloll .. . ... ..... '.' .. . .. , , ... . 4
B.ib¡iolew dd jUJ.far, novelas.. . ..... 1
La mujer en la sccz'edad moderna, en-cuad
ernada . .... , ............. '. o ' •• • 30
Los domiugos de la familia cristiana. 30
I
.;. C07l7'er:;~ciolles)- lecturas sobre cien- .
c.as y Itteldturól . .... . .. .. .... . . . . . .. 30
C{J/tse/ps á las Ittuieres . . ' . ... .. .. ... I5
Se venden en la calle J o, número 2~I-a
los precios más bajos'
'~MPRENTA ~UEVA
tados U mdos ; r. .. I d 'd- 1 S D J ' H d 2? Que el proyecto de Tratado I ~ ANGARITA ~ e, I a casa e f. • oaq UIll •. e .
con e l Gobierno Americano debe ¡ S.e e~c;1l:g.a1! de ge~tl?l~ar n ~go · I L ' . 4~ Calle de ,Florián
reformarse acentuando las claú ! CIOS JudICIales y aaI1:I11 I~ti·;:ttIvOS! e0!l .. _... .. _ ..." . _.. _ ' _'-" ._ _ '
sulas rel ativa~ al I'c:olnci!~'lient(): (l~~ ~llj",~'~~l , e.l~ 1~()goLlo; ~Ie r,,'sol-! ~~#~~~~~~~~e~~~~~~~~~~~~~
~~e1~ls~:t~1~~:11~1~~~C~1~li~~~~~~a ~~~ ! ~~~ (:í~I~;,;~;:¡t¡'~~':)'i~ICy~~(~~:~~0~1~~,e2e ; ,~~ ~ .~ ~ Ofrecen en esta, ciudad:~' la de Girardot un va- ~
j~Ú;~:~i;~K~~i~'~~~~J~~ll~~) }~~l~~ ~~~~'~'~)I (,~~é\~~i~n(~~~~;l c\~~~~J~~ltt~ ¡ ~ ~ .~ ~';1 ~i8do surtido de merc~},n~ías anleri~ana~, inglesas y ~
pletam.e ntc los artícuios relativos de di'l..:r'_· á lllt-:r,:·,. f ~J~ == O ~ ~ francesas que acaban de .. ll.egar, <:" f roo ofrecen tln'y
á las compensaci,lt>!s ClllC han de - -,.- ;-;,----,-, ---; -:-; ----! ~ 0 e- ~ ropa jn t~~rior de lana, Y::,:en.~general toda clase de ~
hacerse á la l)e DubbllCa, en el 0-1\ .IN R.L-.llj~J-l CION ' f4'iJ E! ~ ,.g .~ ropa hecha para hOill1 b>'es y D.'n-oc ,. . 1 t ,. d' de ('j , •. 1 r;¡lo~ Lt:GI Tf:\.!lDAD, fresco,. 11.1 1 '
, -- 1-'-1 r..... (~, .. . .L IV ' tIC O que a ras que a eX1>re - . :;". ." , I "..:, - -- "" ". , sen . . r" m{¡s b" ,nrecJü ele la plaza, (!') .
Citación recomendada (normas APA)
"El Colombiano: periódico político, religioso, literario, noticioso y de variedades - Año III N. 231", -:-, 1903. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2876152/), el día 2026-04-02.
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