G-ACETA DE
Sale los domin~~!I j jaevo. DPsde .. 1 numero 538, que
&ulrlra el jaens u de si-tien.brt¡ 1 la susca·ipcioe del trimestre
,-alJra 3 pl'sos ita da · .. ¡emplaa· rPal i m,.dio. Lassusct'ipciones
t.le esta ciuchd i su provincia se bal'en P.O la liend_a nüm. 1 . o
c.alle a."' de) COrr>f'rl'i1t1 donde tambiro se vendeo los dempla'res
llU~OS. Se caidara de .. nviar las gal't't.as a sus casas
a lot tuscuptorea de la cii1dad, i ¡.or el corrw a los de fut"ra.
la concluecion de fusiles¿e Honda
C del sueldo mayo1· que
disfrutaron en sus empleos primitivos, i no
Jos correspondientes ~ las pla1!as qne ocup"'º·
Las asignaciones hechas a rstas s•>n en ruon
~el trabajo que cada una tien~. de su catf'goria
1 de su responsaoilida'1 .. i no en cunsiJer
e.o '23 de octubre de .~~- , para
p&gat' 1, 1 oo p.•al :;r. l!e~o Gualt
dP. le que 1e le de~ia pG>r diputado
a i...i asamblea arf.lericaoa. • ·• J, 100
En t6 de diciemh~ de 183G para
pagar 300 pe¡o~ al señor jeneral
Antonio Morales por enviado á
Guatemala. • • • ~ • • • 300
Eo 4 de marzo de 183 1 mand6
p:iigar 1,2q5 peso& 2 .reales al ar~
Frl'ncisco 1"lichclena por enviado
a Méjico. • • • • • • • 1, 295 2
En 1-' de enero de 1831 maodOpa.:
ar 1 ,Soo pesos al señor Pedro
t.iual por diputado á la:aumblea
•Hnericana. • • • • • • • 1 ,5vo
En 26 de enero de- 183i, mandd
PªKªr (eo casa de moneda) 5513
w·sos 3 i ª'* reales al mismoseiior
Ptdro Gual por enviado · a: Goa-tr.
mala. • • • • • • • • b5t3 3 •f*
En 7 de aetiemb~ de 1830,mando
~gar 400 peaoa á loa HñorH Vi-ce.-
te Piileres, i Juliao. Santama·
ria, para una c~ilÜ>D a donde el
jtncral Boli,-ar 'C_arl•~IM. • • 400
En 9 de aetiem'bre de 830. mandcS
entregar 45 pt1oa al señor Julian
S11ntatDa~a~ para fletes de beatiaa
:p.ua el YllJe. • • • • • • 45
Eu 28 dé setiembre de 830,man ..
dó ·dar 16 p~ios para trasladar ua
arc-biTo-c.Je una á ótra pies•~ • , • 16
l<:n •. • de octubre de 830,mand&
dar al maestro lo~ Maria Corta·
.ur ·.Lo pesos 5 realu,paraa~ar
la4 ventanas del colejio de ·ND
Bartc>lomé. • • • • • • • :io 5
-~ 7- 4e o~tubre d~ 830, 20 pesoa
al ciudadano Loreoio Carbajal. por
de Honda. • • • • • • • • 28
fo:n 1 2
n de dos catíones del Sa.o-tuari'e
' aquí. • • • • • • • 2 4
En ~2 de enero de 3 r t 160 pe5os
al coronel Piñeres, para comition
l ~artajena donde BolivM. • • 160
E~ 1 2 Qe ener~ de 3 1, 800 pesos
al señor Buenatentura Ahumada
para la tumba del jeneral Bolivar-~ 800
En 4 de febrero éle 3 ·,. 3 pesos
'Gavino ~dméstica por, la_ c..om-poaic:
ion ~e la ~tberca de Palacio. 3
En 11 de r~brero de 31,. 7L65 p!
al señor Buenaventura Ahumada,
para las exequias del jral. Bolivar. 2.65
En 5 de febrero de 3 r, 274 pesos
alacñor Buenave~tura A~umada,
para componer el cuartel de san
A~ustio. • • : • • • 11 • 274
En 24 de febrero de 31 ,~9 _pe101.
,al sP.ñor · Anacleta . Aa-aos, para
tr:asl.adar el archivo del tribUnal
4e .Cuentas. • • • • • • • 39
& n .de .marzo de 31, too pesoa
:.al ·señor. Pedr~ ~~uez H~JQS
para:uoa com1$10D! • • • , • 1 oo
4 ·reales a Fabian Pacbeco por es·
terados de palacio. • • .. • • 23 4
En 11 de abril de 3 t, 35 pesos al
escribano de gobierno, para gaatoa
de compulsacíon de los r~jistros de
los o Rifles. 9.62.5
Eo 26 de octubre de 3o, 3649&
pesos 4 112 r~. al comisario de glJ:er·
ra por los gastos de dicho mes. 36,499 4 YJI
En 21 de qctubre de 3o, 250 p.•
para el jeoeral Pei, por cuenta
éle lo• sueldos atraza·doa que se le
debian. • • • • • • • • 210
En 6 dé noviembre de 3o, 600
pesos .al coronel M~yer para º1i11u
d~ montar. , • • • • • • 600
En 13 de diciembre de 3o. órden
para que todo el dinero que hubie-.
ae se mandase Albal!léalbatalloo
Calla<;>: i soló hu~""3ooo ~~' 3,ooo
En" 2. de noviembre de 3o, 5~
pesos ·a loa señorea Agustin J4-.
perriere i Santiago ft~urdon por
lo que 1e les dehia del.hospital. 5,oo~
Eu 3o ps.
•'coronel Jacinto ?flactel para
ft«Telar i .Quito. • • • • • 400
En 6 de noviembre de 3o,. 3706
~01 ~reales.al coronel Francisco
·Meyer para compltto pago del
talabartero Andrés Amaya. • • 3.706 .. %
En 24 de di~embre de 3o; 24 77 3
pesos al comisario de guerra, pari
los gagtos de dicho mes. .. • 24,713
En 5 de marzo de 3 1, 8500 ps.
_.1 comandau1e José Salcedo, comisario
de la division Callao,
para la espedicioo a Popayan. • 8,500
En 1 2. de marzo de 3 1 , 56 pesos
al señor Vicente Flores, por gastos
de la tropa que de Caqucsa mar-cho
a los I ... lanos. • • • 56
En 18 de ma~o de 31, Sao peso~
al coronel Jacinto l\lartel p4ra su
regreso al Sur. • • • • • • Soo
En 24 de marzo de 3 1., 1312. pt.
al coronel Fráncisco l\'lt.yr.r para
,una contrata de equipos militare¡. 1 ,31 .~
En 24 de enero de 31, 2.54~p ps.
11 1/$ realu para el comisano de
guerra, para los gastos militares
en dicho mes. • • • • • • 2.5,4t9 1 1 f~
En 3o de marzo de 31, 3000 ps.
al coruis.ario para remitirlos A la
diviaion Callao. • • • • • • 3 .. ooo
En 24. de marzo de 3' , 1 ooo ps.
al coronel Vicente Pilieres par~
b columna de su mando. • • 1 ,ooo
En 11 de abril de 31, 2~ pesos al
.aeñor José María Maldonado juez
eolltiro de Cboconta, para racio·
mes de .recluos. • • • • • • 2.i
En t G de abril de 3 1, '2500 pesos
al comiaario de guerra para re·
mitir -._ la di vision Callao. • • 25os
En 28 de enero-de31, 5o pesos
'al juez polftico ·de esta capital
para bagajes de militares. • • S.
.Ea 18 de febrero de 31, 279
pelOI ~ ree1les al juez político de
eata capital Pª"ª ba,ajes de tropas. 2 7 g '2
En 15 de abril de 31, 500 pesos
al ciudadano Cayetano Esta·ada
para conducirl0s a la Mesa [>ara
el batiillon Callao. • . • • • 500
En'24 de febrero de $1, 26018
pesos 6 •lf reales por el presu -
piesto de gastos de dicho me$
al comisario de guerra. • 26,018 G t~{
En 23 de mano de 31, 27105
pesos al comisario de guerra para
los gastos de dicho mes. • • ~1, 105
Eft 14 de marzo de ~ r, 200
prSQi "ál seifor Ramon Bcriñas
para los bagajes de tropas. • • · ~oo
En 15 de abril de 31, 100 pl'so¡
al mismo señor Beriñas póTa los
snismos bagajes. • • • • • l'OO
En 2 de marzo de 3t, 21469
pesos 4 'l~ reales al corr.:.isario de
gnerra por el gasto en dicho mes;
1 257 pesos ·mas para otro grden de 13 de setiembre de 1830
~ le~aroo al señor jeocral de div¡.
•·ion José ~'li¡uel Pcy, deade 31 de
GACETA DE COLOMBIA
!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!l!!!!!!!!ll!!!!!!!!!!!!!l!l!!!l~!!!!!--!l!!mmil .... ,...
octubre de 183ct haala 3o de abril de
1831 a rnon de 2io pesos mensales ..... ,7So
Por órden de 20 de setiembre del
mismo año .. se eótreg~roo al apoderado
del seifor Tomas Cipriaoo l\'Iosquera,
para pago de sus sueldo' como rui ..
nistro plenipotenciario de Colombia
cerca del gobíem1> del Pedí. • • ·a,ooo
Por-orden de 22 de enero de 1831
se pag~ron al doctor Vicente A.&uero
300 pesos, valor de 60 reamas papel
que vendió para ll Gaceta. • • • .Joo
Por orden de~,, de marzo del mi¡mo,
se entregáron al señor Rafael Porraa
400 pesos en oro, para pago de
los sueldos denngades de algunos em·
pleados que fueron desterrado1. • -400
En 18 de abril de id. se pagáron al
senor Luis Carbonel 800 pesos que se
le debian por gaeldos atra&ados, por
orden de 28 d·e enero. • • • 800
Por orden 14 del mismo a~ril se
pagiron al señor Jerónimo l\lendoza
615 pesos. por sus -st1eldos como mi-nistro
de hacienda. • • • • • " 615
Ademas, por orden 4 de diciembre
de 1830 se entregaron á los señores
tezereros de Cuodinamarca. • • • 1otooo
Por brden de 18 tle febrero 1831 se
entregiroo a los mismos;p:1ra pa~o de
sueldos á los empleados de esta capital. 20,000
Por 32,000 pesos, que en loa ocho
meses contados de setiembre de 1830
A abril de 1 8'3 '•'se entregaron 8 los
mismos señores tuoreros a rason de
4.ooo pesos ca cada uno. • 32,000
Suma total. • 68,865
Casa de moneda. Bogotá agosto 1 ~ de 183 1.
Camilo Manrique.-Isidro M. de Yergaro.
PARTE NO OFICIAL.
PUERTO DEL ATRATO.
. L1 :i.pcchu::~, del puerto (l,.J Ah'alo al comercio
eatranjcro. efectuada ya, segun aparece de la
circular de la prefectura, que se insertó en el
holrtin precedente, es un acontecimiento
demasiado importante .para q11e no Uamemos
acia él la atencion ~ública. ~bservarEmos . de
paso qu·e esta medida saludaol~. tantas v.eces
solicitada por los que veían coa interes ta pros·
peridad del Cauca. babia encontrado siempre
oposicion inve1tcible en la mezquina i antiliberal
politica, qucsostenia el monopolio del
comercio estranjero con este departamento
en las manos de los capitalistas de Cartajena.
Ni aun en el periódo efímuo de la dominacioo
de Urdaneta, interesado ~º alhagar a los
cauc.anos, se convino en ella: haciendo traidoramente
nula par instracriones secretas, Ja
terminante aprohacion dada por aquel usurpador
~ todos los :acuerdos de la asamblea de
Buga. ¿Qué esperanza podria qut>daraos de
conseguir jamas este benelficio, en la dependencia
del gobierno del Cer-itro?
Establecido ahora el trafico directo con los
estranjeros, se compraran n1ucho mas baratas
en el país las mercancías imporf;,tfas por ellos,
tanto por las grandes economias que tienen
los introductores, ""como por la mayor concurrencia
de éstos: aumentarán las rentas publicas
con los productos de la nueva aduana:
habrá mas facilidad i ocasiones para la esportacioo
i venta de nuestros frutos, que casi Ao
tienen salida: tomara incremento la agricultura:
prosperaran lu poblaciones litorales, i aua
las interiores: hallaran trabajo mucl\OS brazos
que ~n vllno lo aolidtan~ el interes particular
f c:mqueara las comtmicaciones existentes, i aun
· abrira otras ménos penosas; i un soplo de
vitalidad comercial, empezará a resucitar a
este desfallecido ten·itorio.
Otro bien resultara quizá~ de no mf'nor
imp•irtancia. El c2mino de Cali al magnífico ·
puerto de la Buenaventura, pnerlo lla maclo
por la naturaleza a ser un dia el opulrnt'
* Ht1stl.i un uño tarda un car8umenlu tk ropas en
"enir de Cartajena a P-0payan pur el río Ma&dalena,
pasando por las manos de mil · ojentu, causando
espa1itosos gasfcs, i espnedo a los latrtJcinios de los
i~rnales ho80$ i a 'los frocasos orijinados por la
imper~ i 6co~ di 101 p1Jlro1Ud <Ú Cha11lf"ln,
empoño de un comercio inmenso, sera en grat\
parte mui trajinado por 101 comerciantes del
Citarí: se aumentaran los interesados en s•
mejora, i esta se bara, d por empreurios 0
cradμálmcnte, bajo loa auspicios 4e la libertad
i de las leyes: i lle~ará al 6D á verse espedita
este canal de espor.tacion pal'él las cuantiosas
cos~chas del vatle del Cauca; cuyos cacé'os.
azúcares, carnes, tabaco, café i añil teodriao
la esdusiva en todos los mercados del Pad6co.
¡ Cuan rico, cuan peblado, culto i feliz vendri
?. ser eate hermoso departarQento, ct1ando ,por
el Atrato i por el Da¡;ua se vea en fácil comu~
nicacion coo ambos océanos!
(/Joletin PoHtico i Mi1itar de Pqpoyon.)
VENEZUELA.
Direcc1·on ~ 1a MH:ietlad de ami&os.-Caracas 22 4e
marso de 1831.- Sr. secretario .del tnt~rior.
La sociedad, en su sesioo del 20, acord6 ae
trasmitiese al gobierno, por conducto de VS. Jo
c¡ue ha opinado en contestacion al oficio de 19 de
enero prclximot en órden al proyecto' de realizu
101 establecimiento• de que babia el articulo 17
ele la lei de 18 de mar.zo de 18a6. '
1.• se es1ableceran aociedad.e.s ecooomicas de
amigos del · pais en cada capital de provincia;
cuyas f111ociones se limi1ar~o 1 las qae Jés a tri~
boyen loaartkulcn 17, 18 i 19 de la lei de 18 de
marzo del año 16.•
2.• Para que estll sociedades puec1an evacuar
el anuarie de su proyincia., como se les encarga
por el artícul• 18, sera oMigacion de Jos gol>ernadcires,
jefes políti<'o1, consejos municipales,
tribunal de cuentas, rector de universid~d i pre·
ceplores particulares, parrocos, fa<'últad rnéJica i
demas funcionarios publicos, comunicarles, cad~
seme&tre, cuanta·s notici:is -estadisticas ocurran,
contenidas en el artic.ulo de sus atribucion-cs i !C
detallan en la lei citada.
3...• I .. a correspl'lndeocia 1 :'6cial de las socied3ue.s
de amigos del pais, r.stara libre de portes de correos.:
4.• Los perionle, i sin q•1e valga fuere alguno
eu <:outrario, á la j11risd1ccion comun erdiuaria,
con apelacioo a la corte supt!rÍor de justicia
de\ respectivo destillo judicial; i Jos proce1os se
sustanciaran, calificaran i senteociarau co11fonmi
a e&te decreto.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
•
Art. 2. 0 Son traidores o conspirad.ores de
f>rimera clase, i sufrirao la pena de muerte:
rriinero' los ado.i en el numero anterior:
lercero,los que manteng:rn intelijencia de palabra,
ó por escrito coa Jos enemigos de Venezaela,
para laci litarl!!s la eolrada en el territorio, 6 para
entregarles algu1u parte de é 1, de su muina o
ejército, ó proporcionarles cu;ilesquiera ausilios
para sostener la guerra contra el Estado: cuarto,
ios que persuaden o aconsejan' todos estos delitos.
Art. 3. o Son traidores o conspiradores de
5cguda clase, i sufriran Ja pena de cinco años de
f~ e sidio i separacion perpetua de la provincia en
que cometiéren el delito, los que sabiendo q11e
se tra~a o qoe esta tramada una tnicion ó conspiracio1a
de primera clue, no la descu~riéren 6
denaociaren a la autoridad publica, pudiendo
h1cerlo. Esceptúanse solamen te l<:Js individuos
c:ompreodidos en el artlcul<> 197 de b coostitucion.
Art. ~. 0 S6n traidores ó conspiradores d~
tercera clase, .i sufriran la pena hasta de cuatro
años de espulsion de V enei11ela, 6 confina e ion !
uo lugar determinado de eJla, los que resistieren
círedamenle cumplir las providencias decretada¡
p~r el gobierno para_ salvar el pais, fuera de los
éasos de los artículos 136, 186 i ~87 de Ja cons·
titucioo.
· Art. 5. o En los delitos de coospincion 6
traicion, los jueces leirados, los alcaldes mt1qicipales,
los jueces d~ i•az, procederáo, a preveneioo,
a formar el SllruarÍO plra la civeri&uacioo
iifeh~rimeÚ, 5U5 aul.Ort:S Í COmplÍCeS, a Ja apreDSiOr.I
~e es.tos, i los jueces letrados, i los .alcaldes mu·
micipales en su caso,.~ la.cont¡auacioo de la caus.a,
liasta · dicta-r sentencia, aun en los diu festi.-os i
ein pérdida de instantes: i cualquiera omision e}
mei¡lijencia. que ~e nota~e e?. ellos, o en los e~cribanos,
se castig.ara a1n d1s1mulo por los lrtLunales
superiores, con multa desde So hasta Soo
pesos, i ad~mu con la d_eposicioo de los empleos
aí' las faltas foeren repetidas. 1 los gober:nadores
~jefes polític.os, procurarán que l~,• jueces cum-.
pi.to coa Sil deber en la averiguac1hn de los es·
presados delitos i ap~cnsion de Jo~ deli!1coenle1,
pres&.aodoles los ausilios que necesiten, 1 d~ cuJl:qaiera
omisíoo que observJren ~n ellos, 1 en ~os
l!scribanos daran cuenta al tnbunal superior
r.ompttent~, para que se les castigue; i el j~ez
dari cuenta inrli$peoslblen1ente uda ocho d1as
al poder ejecutivo er;i derechura del estado de la
eaust, especifican dolo. ...
Art. 6. o A la practica de fas dilijencias que
haya de evacuar el jt1ez, asistira igualme?t.e en
la1 cabeceras de can ton, el p~ocuraclor m?Dlc1pal,
i en las parroquias, el s\nd1co pacroqu1al_, para
que en el acto pid_ao cu~nto juzguen conducente
a Ja indagacion de los. hechos~ s~s agresores; pero
.el jaez no detendra el proced1m1ento porque ellos
mo lleguen a tiempo, ~abiendo.- sido e~~l~zado•.
Art. 7. o Formado el sumario se rcmtllr~ con
el reo o reos, las armas j cos'>s que se haya~ encontrado
concerniente! al delito, COR b corre•·
pondiente cmtodia é incomuoicacion, al joe:a
letrado_, 6 a-lcalde municipal que haga ·~· ~eces,
wi ellos no hubiéren formado el proced1m1ento.
Recibido el proceso, inmediatamente se proveerl
•auto de prision _conforme · a~ . artículo 200 de la
·constitucioo, i sé · tomari al reo b reos la derJaracion
con cargo. Evacuado este acto, •e eo-tregarao
las di iijenci:u sum~ria_s al pr~cur~der
municipal, que hara de fiscal, si oo tuviere ~m -
·pedimento lega l,para que proponga l_a acosac1?n,
o manifieste el concepto que crea JUSto. S1 el
fiscal promueve algo ma•. par:- fundar Ja a~asaeion
se cv.Jcuara en el dia, siendo en el mismo
tuga;_, ó en el término de la distancia si fuese eo
otro; ¡ practicado, se de.-olver~. t?do al &atal,
-para que en el término de veinticuatro hor!ls
proponga la acusacion.
Art. 8. o Cuando el fiscal no propusiere acu·
aacion por no estimar probado el delito, o por
llO haliar bastantes los indicíoa que motivaron el
procedimicnto,6 porqae los juzgue desvanecidos,
ai el juez, 1ie~do. lt:tndos o CQA co111ulta ele llHOT'
GACETA DE COLOMBIA
cuando no lo fuere, encontr!re arreglado al mé·
rito .de las actas el juicio del fiscal, aquellos á
q11ienes na se acusare sedto puestos en fibertad, 1
sin perjuicio de ser redacidas nwev~meote a
prision, si en Ja continuaeion de la causa restJ.lta-
ren pqJehas contra ellos.
Art. 9. o Pr.opuesta la acusacioo, se continuara
la cansa por los tram~tes del jt1icio criminal ordinario,
con prefercoda a toda ofra, al>reviand_osé
Jos términos al minimum posible,~iodispensable·
mente necesario, para que no f!Ueder¡ impunes ..
les delitos por falta de una esacta aYeriguacioo,
i Jos acusados ·privados ·del 'derecho de su natural
defensa; de modo qúe en los casos mas compli-con
un ~r~tado, d~ comercio. 1'uestre gobiern~
acc:edera a la ultima de estas proposiciones~
(Courier t!e-s Erats-llht$)~
FRANCIA.
He aquí -algunes pormenores sobre la sentenci-a
p~onunciada por la .c~mara de los p1res de Fran ..
c1a ~ontra los ex-m101stros de Cario~ X Poligna~
ha sido c-0ndena4o a la transportadun, ~ segun el
artkul.o 17 del código penal. Esta pena con·
siste en ·ser conducido i permanecer toda la vidar
eo'iu1 ptJ[ilo det~tm.inado po'r el gobierno, per~
fueri del territof'.'iO contipental del reino. i..~
Francia no ha poseido nunca colooias en que
puedan per~aoecer esta clase d~ reos, i hasta
ahora se flan cus-todiado en el monte saa ~Iigaer.1
•cados no c~ceda el de prueba de quince dias_,
escepto el de la distancia, cuando haya de practicarse
la prueba en otro lugar, ni de tres los
traslados para los informes de derecho. Concluida
Ja causa i citadas las partes, se sentenciara
a lo mas dentro de ocho días, con solo la ampliacion
del térmi'no de la distancia, si el asesor
110 estuviere en el mismo lugar. ProntJnciada
la sentencia, se consultara en el mismo dia ·coa
la corte superior de justicia del distrito, en los
términos q11e previene la. lei organic1 juiiicial, i
Ja corte despl.chara estos procesos c r. 0 .El letrado que sin ~nfermedacf
..grave~ ó impedimento de parentezi:o en grado
proh.ibido, - se escusare pira aseiiorar en esta.9
causas, incurrir a .en la .. multa d'e 5o a 100 pesos
a juicio de la misma corte. En la misma pena
iocorriran los que sin enfermedad grave se escusaren
-de defender 3 loi reos. Los q11e no sean
letrados, en deft.:c,to d e éstos, serao obligados a
ser defensores i fiscales con multa de 25 a So ps.
Para grafo· 2. ° C~antl? la corte super!or ~espect¡
va, creyere necesario el nombramiento de
uo asesor de oficio, lo propondrá al gobierno
para que lo haga, i para que disfrute el sueldo
asigrudo a Jos jueces lt:trados de hacienda_, i se le
proporcione adefllU el viatico de ida i vuelta.
•' Art: 10. ·Cu:>lquiera juez civil ordinario de la
Republica lo es competente de los conspiradores.
Eo consecueucia, la .corte superior respectiva,
proveyendo a la segaridad de los encaus:idos,
flesigoara-el lugar 0-Ju~rea A-donde dehall ¡u
trasladados i j11zgados.
Paragrafo único. C~anclo ~ Tirtad de este articulo
la c6rte superior disponga la -traslacioa de
los aprendidos de OQ logar i Otro, se verificar~
coa la mayor .seguridad i lo mas breve posible;
pero nunca Antes de habene instruido la sumaria,
evacuadose la& declar~cioaes indagatorias dé
aquellos i demas dilijencias de esta clase espreaadu
en esta leí.
Art. 11. ·En Jos casos de sedicion, ttJm11lto 6·
motin cometido por- l~ tropa, bien sea dentro de
sus cuarteles, o bien en form:icioo; fuera de!
ellos, en campañá, <\ en marcba, toca a l.a autoridad
mifüar el ·conocimiento ·de estos jtJicios, i
Jos de)incuentes 110 seraa juzgados sino pot las
leyes militares. •
A.rt. 12. A 101 ef~ctos ele esta lei estan sujetos
todos los traidores i conspiradoreJ en el Estado,
desde el dia de su puhlicacioo ell-cada pueblo_,
qae se hara inmediatamerit~.
Art. 13. Queda .4erogada por la presente leí,
la de 14 de. octubre -del año ~e 1-830, i cualesquiera
otras qae le sean contrariu.
Dada e.o Valencia a 1.5 de junio de ,831:-2.0
·
.¡ :u.• etc-• - MARACAIBO, 15 DE AGOSTO.
_ Había Uegadoa G_urazao el eijeneral UrdAnet.
a con so familia: tiene v. en·, aqaella isla 6
je~erales i ~ulti~ud..de ~oronele~, ~te. etc.· ~qui
ha llegado Rn.c1μoso, 1 esta v1v1endo pac1ficameote
en sm-cua. ¡Al!~ ~omos nosotros!
· _( Co_rres_oond~ncia particular~) - BOLIVIA.
Por -61timo, Jjouvi~- ha puhlicacJo rus dos
códigos civil rcrimioar,:que·av·~l.cd : ~eíao!'_~e
oído lugar de leer muy por encima, y que pa·
recen encerrar los principios mas sanos y mas
adaptados a la índole de ª.quellos ~ueblo~. Es_t?S .
hechos son honorificos a las naciones. amer1-
canas. Ellos prueban que se conocen las ":.er:daderas
necesidades, y que los hombres pu~h:
cos desean remediar uno de· los mayores o
qllizas el may,or de Jos males que nos aflijen.
· (Mercurio Peruano.)
NEW-YORK,
Se escrihe de M~dria en ;> de m,ayo. ~l go·
bierno ¡p~jicano · pid~ _al nuestro,_ o que ~ecooozca
la ~ndepe~denc1a_ ~t;}ª ~~han~~- o ~ue
~clti.f~ ~on él uq "a(IJU6t1cio pOJ.: diez é\~Q~
· prisioo de estado, coloc~da en medio de unos
arenales, i circundada por las aguas del mar ..
La camara ha declarado que Polignac permane~
cera en ana prisioo contiueotal todo el resto de
sus días; i sa sentencia envuelve la muerte civil:t
por consiguiente queda privado de todas sus
propiedades, i estas pasan A sus herederos;' ntY,
puede cobrar renta.i de ninguna clase, no puede.
ser tutor, testador, ni leg otario; su matrimonio
esta di3uelto en cuanto a SU$ CÍt!ctos ci viles, ~¡
puede contraer otro que rlé lugar a dere~hos
legales. Un artlcnlo esprt:so lo priva de stJ
rango, de sus titulos i de sus_ ordenes; Los
otros ministro! han sido condenados á la pri•
sion perpetaa, i aun<¡ae esta _pena no incluye 1:.
muerte civil~ la camara les impone una inter-c
diccion perpetua de una graa parte de los dere-r
chos civiles.
C11anJo se intimo Ja sentencia á los reos, el
primero que rompio el silencio fué mr. <.;hanteJ.~.!
l s~, diciendo a sas cempañeros: amigos, ten-s
arémos tiempo sobrado para jugar al aljedrez.
(Mercurio PeniantJ.)'
._._,,,;_
TUI\QUJA..
La guerra ciTil qm;desofa lo -.interior del im-4
perio turco,se h:ice todos los diaa mas ameoazanleJ
_El baja de A,lbania, jefe de la rebelioo tiene al
gran Tisir bloqueado eo 1\-~onastia:, en Ro.melia.i1
Dé otra parre, los insurje~tes 1lc, 8a!_gari3, so~
dueños de Sofia, capit:it de ua b~¡arij azgo; i con
alguno1 sucesos m~s llcg:u·áo a las p.a-U.-&as dd
~onst~ntinopla. · El divan toml. sérias medidas,1
i el suTtan, prosigaienilo con :lrdor la organiz~oor
de so ejército, envia apresuradamente :'rlfu•o•
a HS jenerales. El baja de Ilag ·lad est~ en abier~
rebelion¡la Puerta le ha opuesto el ¡,.,ja de AleP.."tl
que ha recibido 9rdea de reunir hHias su.i fuerza•
en el Asia menor, i de mar• har acia el ~ufratu
i el Tígr.is Este bajá ha sido h onra.fo --con .el
tholo de c.ilifa de llagdid. Para f..ivor~cer sus
esÍllerzos el virrei de EE_pto hi si·fo invitado ~
St1ministtar Un cuerpo ae ~jér.cito COQ que COm,.
batir al baj~ de ·Ragdad, i en recoinpenstt de este.
servicio,. se ha añadido a su territorio él · baja~
lijazgo de Siria. · Si· .recordamos que . el virrei
reina sobre la Arabia, Ja Nubia, los reinos de
Senaar, de Fez.i Ja isla de Candia, se vera qu ..
esta adicion ñ.ace de él una potencia igaal a lat
Puerta. ·
El fin de Jos rebeldes es destruir todas la•
mejor~s administrativas i militar~s, que el aaltall'
ha introducido en su ~mpe~io, ellos qai~ren qaa
todo vuelva al p_ie antrguo. ·El sul,tan ha .qtJ~ridc.
poner seguridad · en la ~acienda_, Jos . impuestos
i ·~ justicia; quitar a los ,bajae~ .el der!!c~.o .da
exaccion que se han usurpa~o; ctear un CJ~rc1~
sobre el plan europeo, reformar el ~estido turc!'~
demasiado embarazoso p1ra la rnamobra;ell fin.;
~l ha mostrado en to·do un gust<4. por los oso•
europeos, que ha ~hocado a la ignorancia i al
orgullo rotiner-0 de los ultra-turcos.
Miéolras que .los r.evolucionarios ' de ~1:1rop~
.J.i.enden a .reforrnar los ab1uos; en Turquia por.
el contrario; los bajac!~ae uneo al pu.ebl9 contra
un mooarca reforinador, que s~ e~fi:a.erza a iμtr0-4
ducir una adrninistracion regular, en on pais,t
4on~e nadie . ..cata a_eguro de .au fortuna, ni de; ._
cabez-a.
Es.,eramos que el .imperio torco, tan necesariai
en Ja balanza de la Europ '• i que ses-ha hech<>.
interesante por 101 designios liberales del-:mltaoA
no perecera ea uoa rcbelion de albano.s. l\'lalimud
está a Ja cabeza de un ejercito de 60,00<>.
hombres, i como la mayor pctrle tle la poLlacioB'
de la Romelia no tom .. p;irte en la rebelion, esta
puede ser sufocada. por una sola batalla, si los
iesurjéntes se arriesgan ~n las llao~ras de la
provincia. (Meqsa¡~t;_~_de lus - ~amaras.)
lloGOTA JUEVES 8 01-: SrTlE.IUH\E DE l83~.
En Ja noche del 3 del ·presen_te, com.o a la.s
diez de ella, se avocaron tres . e"ncapota'1os a la
e_ucrta del ''"rtel 4el ba.LdlQa J.º dd Cc11trv~
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
a ,..,aaeP al eGcial Peña,_ teniente de una de .
.,. eom,añia., que e¡taha de guardia, qae en...._
eoft .eUos en una re-.olacioo, que tenia por
eb~k», rro de.struir el gobierno del actu.il vice-
71'.áldnfe •. Caicedo, sino qaitar de ~mnedio •a a'fltlD jeueraleaObando i Lo~z i a otros
)!IPeD9 ·iadinduos, que oprimiao a aquel, i DO le
•iabaa cbrar en libuud. Tal foé tambien el
inicuo preteato con qae se fcagaó la abominable
'Telaelioa del aio pasado. Le ofreciéron wn gran
..._. de fliDCt"o eo premio ele 111 tnicion, i le
-.fa1i4roa que ya coutabao con los "-nas c-..
J90' fl•e iodo eauba preparado, i qae solo ~
fallta& .FJ oficial, viéodose desarma.to enmedio
de loa trea bombres, pretesto que iba a examinar
la •olaatad de otro• com¡tañeros suyos, i a dar
fó1 pal09 conveoieolea; é IDIJ?.ediatameute dió el
-t.enanc;io a las auteridadea. Pero DO h~ podido
•Mne c¡uieoea faeron estos traidores, porque -a. aoct.• estaba mui obscura, i el oficial no pudo
TeC11aocerJo.. Sia embargo, se tomaron iume-
11\latamente t.odaa laa preuuciooes necea.uiu, i
le Un dado ordena para alejar • varios indi'
Tid.uo• soapechoaos. Aunque no dudamos q11e
•-lroa maji&trados estan moi atentos, aanq11e
creefQoa que seria la mayor ceg11edad i lor.ura
caalqaiera tentativa di.! f'Sta natural~za, i aunq•1e
-.pcranaos q-ic se estaran dictando las provi~endas
maio. .eoerjic.l:;; no olJsta.nle, encaq~3mos a
jos ciudadaaos que no por eso se adormezcan,
i c¡ue por el «>nlr~rio ei.1éu siempre ..,¡¡¡1:1111es
perla seguridad co1DU1) i por I~ conservacaoo Je
la1 libertades pubJi~s, como lo lieoe preveniJo
-el artlcuiQ 11.0 de la tonstil.ucion.
Lassesionu de la conveucivn granadina d~ben
•hrirse el 15 del t>r6Jchno octubre: i es urjeute
.qae · noa~cuperuos del• gran cue5tion, sohre.la
natunlna de las rcl.icioncs que .en lo auct>sivo
debamos consefTWar con fas otr~• sec•!ioocs, que
hao_ formado li reptiblica de Colom hia. J 01ítil
....... detenernos a maoifc:atar qqe, pua laota
...._illn de territorio, de 1Jioguna manen es
dtn•eniente la .uoioo b11jo de una forma central
•e tohierno, cual la cleUoeada por fas consti!uiel6an
de los años 11.0 i ~o.• Largo aería. enu..
enr t.odoa loa males que gravitiroo, no solo
..-e - otra• depart.ame..ios, siuo p.1r1ir. utar__.
.obre los del centro, coo aqueUa especie
do galier-oo. Por causa de este sistema, nos
~ fllto casi ·escluaivameote manda1lo~ por
~ 41oeaebabiaa hecho vitalicios en cierto
.,...os, que no consideraban esto¡ territorios
4'9mo sa patria, sino corno aa patrin1ooio, i q11e
JIO miraban a IUS habitantes como! CODCÍuda-
41D06 1uyos, siuo COIDO a bombrt"8 deslioaclos a
.er sus $t~b l1tos; pta m;litar;
por su causa se crearon eaoa graudea dep •rt~meotos,
qne redujéron las provincias cuí~ nu•iclad,
i que sin nioguo'l veotaj3 Je los pueblos, hiciéron
mas fácil la deslruccion de las libertades i el
ntronizamieoto de la tiraoia; i por cau.sa de él,
1'D fin, este centro ae encoolro oprimido por un i
'fuerr.a militar tan cooaiderable ' que a pesar de
'11 condante lucha i ~sfüe,...t.os por la libertad, ha
•ido el último en vc:r1e libre de 101 usurpadores,
i •' á ser el último eu ccnstituirse. Ciertamente
ft Venezoéla i eu '!l Eccador,ban teRido la sin
«ular fortuna de contar con la mayor parte de
los- cuerpos militares i de loa principales jefes,
.. ra "ferificar so aeparacion i para constituirse;
m{~ntras que la forma central de gobierno corn.
ltina•a con la hermosa resi,tencia, que eo 101
_años de ~6, ~1 i 28 se o.puso en esle ceotro, 1 la
ietroduccion del réjimeo dictatorial,, atrajéren
acia ~· ªºª multitud de jefes i de cuerpos, compuestos,
6 de estranjeros, e\ de individ1101 nuidos
en provincias tao remota•, que no aintiendo
ainguoas relaciones de simpaha, ni de sangre,
COD una tierra i habitante•, que mirab.io como
~maños, eran instrameotoa ciegos i mercearla.
•el p.oder. La opre1ioo. en consecuencia,
ae arraiR6 aqaf por 1nas tiempo; la contienda ha
aido mui obstinada; i solo a foerza de repetidas
hatallaa i s nos eocoolr:>mús·
hoi, oo solameute por motivos di! la nus evidente
conveniencia, sino aJema3. ¡>Ol" fn!!rz2 de la ne~
aidad, ca la po~cion de h:i.:~r eeto lllÍsmo.
Partiendo de ate hecho, at!elautaré aes nue:slraa
l'e8esaones sobr~ lo que nu. sea mas con•,
nieate. Mas deade ahora creemos ncceHria
pruapoacr1 aunc¡u.e dup.aea lo hayaA.1101 de re-
GACETA DE COLOMBIA
petir. e¡• eaalquiera ·91• sea la organizacion
que 4efiaiti.,..meaae a4opteo-- laa..difereotes partes
do C?lo~b~,. a, 1111 emb.trgq, .iuAispen1able,
eQ au op1n1oa, .como •apero, lo aera en la de
todo buea coJo~biaQo,que 1e eatablezcan en to.Jo
CH() Ciertas .relaciona, fllle aea~ b;)alaote• a
coasernr la idea de uo tocio, qae ba.jo el ¡lorioao
nombre de Col01116ia, e~ preparado en c:ualquier
momento l laacer causa comuo para so1teoer ~
to1to. trance au eaisteaeia i au independencia.
poUll.ca; un todo, cuyaa .,_rtea por mas iodepend1entea
que seao entre af tengan lio embargo
una forma ~e gobier110 :epublicano aoaloga:
pactos de amistad perpetua, i deberes redprocameote
aco.rd~doa paira cumplir 1us comunes
compr.ome~1m1ento~, con respecto a laa deudu.
eatr~nJera 1 domé~' aca, contraidaa miéotru recoooc1éron
un gobierno comun
Recojiend.o las diferentes Ídea1, que loa ciudadanos
a~1gos. de la libertad, bao manifestado
en orden a nuestra futura· organizacipo polltica,
c~eemos ~ue todas pueden reducirte¡ tre1 princ1p3
!es 11slema1. 1.0 el de dividir el territorio
co .01~1bi.1no en aeis, ocho. o mas estadoa iodep
:· ~thel\le. eo su organizacioo in~rior; pero
uoa iloa por un ~obieroo federativo tal como el
de 1 ... s· Eshdos Unidos de la rep~bliea norte americani:
2.• que los estados sean solo tres a
!'aber, las tr~s .grandes aecdon~s de que ae co:npuso
la . republ1CA de Colombia; pero onido.s a
un gohaeroo comun federal, como en el caso
prcct!dt!r1lt!; i 3.• que dichos tres estados no te(lgan
~se gobit!rno coinun; pero sí conserveu las
relaciones de union i de inlJ:res qae estimea
conducentes ~ su comun felicidad; las cuales
acuerden i lleven ~ efecto por medio de un pe -
queno cuerp9 de plenipoteuciarias, nomhr:td<'s
en igu,l 11ú1nert!t por Céld.a uno de loa tres estados •
P~ra encaminarnos a .una resolucion cla1·:. i
aenci b, examinaréanoa separadamente est:u tres
di•,.nae opiniones.
Mua poco• aon ya en el dia 101 parli,.:trios de
Ja primera. Habiendo adquirido la sazon oeCc!
saria el jaicio de ouestros compatriotas con
la e!periencia .. de .vei~tiuo año1 de guerras, tle
~esaslres, de ~¡•bCJoDe~, de pro)ectos ambiciosos
1 de alte~nabYH de libertad i de oprraioo ; ya
110 Ae de1an deslumbrar tao facilmeote con el
brillo de rísueno1 aelirioa; i n1 •• boa prneuta ta
idea de despedazar la República en mas de tre1
estados. La empresa 1ería una absoluta innovacioo;
i auoque ~ste poral aolo;no aea, hablaado
en jenera1, motiYe> suficiente para rec:hazar uaa
buena idea; sabemos, no obstante,. q11e ea materias
morales i politicas, no ea f'.icil preveer
tollos los males que puede arrastrar consigo una
graode iunovacioo: i ninguna ea tao espueata i
peligTosa, como la de nueYos llmitea i nuevas
divis i one~ territoriales, que trHtoroan habit~s i
costumhres en•ejecidas, i q1Je son orljeo fle dis~
·istos i de di•ensiooes iotermioable:1. ~ C1ules
seran por otra parte, e~os n11evos deslindes bien
determina•los q11e pndierao adoptarse? J. Seria
f~cil poner de acuerdo ~ todo~ los pueblos SGbre
ellos i sobre la de"ign:acion de las nuevas capih}
es de 101 respf!ctivos estados? B.istaria recordac-l<
ls primeros años de m1estra emancipacion política;
la agregacioo- i segregacion de territorios,
fué la causa de los disturbios encarnizados, de
las guerras ciyiles q11e entóoces nos aflijiéron;
no solamente cada proYiocia c¡oiso ser a8berani,
sino t1mbien los cantooe1, o partes de al¡.;11nas.
No DOS curabamfls de les proeresos q1Je haciao
los españoles aobre ouestro territorio, por entregarnos
a estas querellas domésticas.
No tenemos ni el suficiente número de hombres
capacea, ni la riqueza necesaria, ni la pobla~ioo
bastante para montar seis ú ocho gobierno,,
compueatoa cada uoo de sus resp~ctivos presi.:..
dente•, secretarios i consejos, de una asamb:c:i
lejislativa, dividida en dos dmlras, una suprem;¡
corte de jasiicia, i tribunales inferiores, c<>nhd11rfa
i tesoreria jeoerales, i todo el demas tren
de empleados l oficinas ele un ·estado· indepen
diente; ~ lo cual babria siempre que a·gregar los
grandes gastos i el empleo de los hombres ru1s
importantes, que absorveria la orga11izacioo del
gobierno jeneral de todos los estado¡ de que se
compusiese la federacion. 1, cusndo coo t:anto
ardc,r aspiramos a una positiva libertad, cuando
por ella ha corrido h sangre a torrentes, i
de1pues de veioliun años de afanosos trabajos
¿volveriamos al estado incierto i de creacioo de
18,ll~ solamente para establecer taotas oligirqnbs,
cuantos fuesen los pequeños estados que
foi:masemos, puesto que no habria en ellos hombres
en -quienes alternasen los empleos , i de
consiguiente S!! vioculariao en ciertos individuos
i ciertas familias? Concluyamo~, por tanto, qa!
e1 p11rameote ideal, c¡ac es iwp_rac\ic~ble, i c¡ue
consomarfa nuestro deseré.!ito,, condaciéndo•o1
a Ja a~S<·luta c1es<'rg•oizuion i anarqola, el
desca~•oado proyecto de 1iividir la Repahlica
eo se1ii, ó ~nas estarlo ~, p~r~ unirlos por medio
de un gobierno «"flmuo íedrrativo. L~• comideracionea
que añaditémos despucs, acerca del
segun~o sistcma,pt:rsuadir~n mas la impoail»ilibcl
de:l pr1mero.
EXEQUIAS
de /0$ miNla~s qru· muriéron comllalientlo por JI
9cJhierno en el Sanl]lari~.
Desde el alba del día 6 del presente, el cañon
anunció a los habitantes de llogota, que hoi era
el día destinado a los funer:.les de los guerrero•,
q_ue pereciéron hace un año en el combate del
Santuario de triste i eacarmenbdora memoria.
Loa cuerpo• de la guunicion for1Uaron en la
plaza mayor, é hiciéroncada uao durante la misa
tres deacargas. La catedral preaenlaba UD aspecto
interesante i pal ético. Olas de pueblo se aacedian
. desde la• 6 de la ·mañ.ina, i rodeaban silendoumeote
el túmulo erijido en medio de la igleña.
E~te sencillo monumento consistia. en Yna piram1de
cuadrangular, aemejaote a la que sÍrYie) de
sepulcro a Cay~ Sextio, i c¡ue ae •e en lu cercan
ias de Roma.us cuatro eatata11 que adOT"naban
los angulos del pedeatal. eran la de la Likrtad
lioran.\o i enlutada¡ b de BoBota, bajo lA forma de
un3 jhven const~•n&~a i vest\ch Je luto, apoyada
S4)bre e\ escudo de las arm3a de la ciudad; la de
la R.e!ijion r.oo sus-atribntos ordinarios; i el Jénio
cfo l•J, qJ..: m11rié11011, apa g~ndo la ;totorcha, i
m r"í.h itas la ··orool' i la~ palmas. Trofeos miJihres
i algunas rosas e-s p~rci c1a11, completaban la
sota tum~" e1evad~ por la naci':la ~ aua hijo.,·
({UC muriérou f\dt:andn por ~o~tener el gobierno
i Jas leyes. Entr~ las poesfas é ioscripciooes,
qo~ deseamos se puhli(¡uen, hemo!' escof·ido el
son.!to.,ig11i~ute. p:ir3 tlar uu:i muestra l 01 qua
no asi~t•éron a este ~et(>.
])ic,' lwspes'; 5p•1rf,z, no~ 11' bic oi'rlisfe jacenlN
Dum sanctis patritZ .'egihll!l o/J~uimur.
Simonid. apud Cic.er. ·ruscul. qoaest. lib. la
SONETO .
Salida del a vero o pes triente,
l..i discordia feroz vuela irritada,
l blan'1iendo 111 aotortha -easnrgceota.h,
Levanta ufaoa Ja atrevida frente.
Arde s11 in.!J>uro fuego, i de repente
'l'ruena el canon i centelléa la espada,
l el padre B'ogotl mira mezclada,
Con la sangre, su diaflna corriente.
¡Ob santuario infdiz! ¡Cuantos soldados
Al modo' que ae Esparta los guerreros, '
Claman en tu llanura sepoltadoi1:
"l>ecid a nuestra patria pu~ ;eros,,
Que aqui dimos la vid .. deoodad 1l&
Por defender s111 leyes i sus f1o1eros!11
Concorriéron a esta grave solemoidait el jefe
del ejecutivo, i las principales autoridade' nacionales,
dep:>rhmentales i de ta ciudad, j1mto
con tJn numeroso clero de ambos 6rdenes. La
musir.a i c~uto funebres foéroo de lo mejor que Je
b:i oido aqu(. fü profesor V clazco dirijia la pu te
musical de l:i füncion. L:i oracion fooebrc foé pronunriarla
por el R. P. vicario castrense fr. Pern;.ndo
Racioehdel 6rden de relijiosos fr~nci11cao os de
Popayan. El vresento uo c1udro muí animado
i vel"dadero, de la rebelion del año puado, de
los crimenes de los ambiciosos que han enlutado
este p~is, i lo n.¡o cubierto de males; i b:i tn:lnife!
tldo que los m~rtirea del Santuario llc:náron
su deber como ci11d.id~oos, i como guerreros.
El publir:o ju~gara de este serm()n,que vá a tlarse
a la pl"eDSl. El nos ha parer.ido mui ~locueole
i pronunci.ldo con perfecto decoro; i segun advertimas,
foé escuch1do con estremo placer
por lo' 01.Jmerosos coocurreules. A. l~s scij ele
Ja noc.he coor.luyó la salva, que se hii.o de hora en
hora dura o te · el ·li~.
Se babia rec.ojiJo una contnbucioo voluntaria,
que se repart ió t:n la mañrna dd propio tlia a
los sol.dados herirlos é iovalidos, i a las viufas i
h•1erfanos, qu:: c~uso la fratricida jornada dd
San~uario.
AVISO.
Esta s \: iJJlado por la junta administrativa de propios
e! dia 9 dt l c :irdeote p ara el remate de l." G a ll~r3 ; i
el arr1> ndJ.m it'oto por dos años de oo pt>dar:o d'e lier1·a
corrcspondi.>.nte a la municipalidad, situ ado dt•sde la
linea tiel eamelioa de Eo,wva, ba.sta el put-nle de
Ara nda.
_ez;:.
h1111\ES.\ POI\ J. A. GJJ;\LL . .\.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"Gazeta de Colombia - N. 534", -:-, 1831. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2875630/), el día 2025-06-17.
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