COI~OMBTA •
Esta Gac.eta· salf' los dmui~~p:o.; Se susc1 ~e i
·eUa f!ft. ~iu 11i'linini:o.lt' acioltt·,¡ J,. cut-r .. 011 de ·1aa ca·P'~'..,"
¡J,. 1~r<;> Vinc\a. J,;i. 51 utrip~~iton, anual vale
diet p uo~ cinco la df!l ·s·pmf"AtrP. . 1 v,.1nte rP.al'es la
. ftl e•t1or. 'dirilirl los número11 por- los cqrrf!o•. . a los s~s<:qptbres i a los de esta citidacl cuv ~ .,.._.
ctipciQD~s ~e reciben en la tien-da ~um.eru .i . o ,alle.
pri~tta del comercio, se les UeTar~n a • sus ~"sás_
de ~bitacion . En la misma t1,.nda s"' vendf'.1los
del • trimestrf!. ndtnel'Os sueltos a dos a t-ales.
PODER . EJECUT.IVO.
S. E.. el•icepreside~te de la Repuhlic~ .et-t!i
enearg;ulo del poder ejer\tti•o desd~ el d1a 2.
del present,·úlCtS; po,r habetH.a~entall~ ~ .uo
puehfu de las immdiaéidnes. de, H cap1t~l el
e.cmo~· señor pr~ide~te col'nhotlvo de habers.e
indispuesto.
DECRETO
DEL PODER EJECUT.IVO.
Dotnif}-Ko Coicedo jeneral de /J.rignda,
"icepresiJtnle de la RepUhlica encargado ac.
tualmente d~lpoder ejecu.tivo,por es~r ausente
¡Je lo eapital tri escmo. señor presidente.
. CO!ISIDEl\A 'NDO:
1. o Que el decreto de 2ode fehre"'? de· 182~
á.cercat de fos juicios contra los · co·nsl?1r~tiores,
·mandado observar en toda la Repuhltc:i por
eJ de 15 de marzo siguiente, en la p11r~e en
que atribuye privativa.m~nll!' el co1'ndm~ento
de todas. las causas de eata naturiY1>z:t a .los
comandanles jf.nerales de los d,4:partJun~ntos;
b i tos comJtndaotes de armas, 1 dondt! ·no los
baya · á &o1 (ohemador~a,. aun cUande st •e~•
eo c~nt1a cmdadanos que uo pe.rle!Íeceo al
fuero ·de .ggerra, H opuesto a loa artículoa J.07
i 138 de ka constitucion: • .
2, ~ Ou.eea igua\meote O\)Ues.tadicbo -1ecreto
al artícU\o 148 .de la coostat.uclOI), en I• parte
en qoe • impoae la · ~n•- de con&s-caeión d~
bieoh; a&i como en todo lo demas, no tiene
oing~ incooforinidad ca.a .U..
Du&U.Gt
Art. 1. e El citado -decreto de :z.o de febrero
de 1828 i su concordante de 15 de marto eipiente,
han sido derogados por l.a constitucion,
en la• partea que quedRn f'spreaadas, como
~uesbtt: l ella, i están vijentu en sus demas
a1spoaicmnes.
Art. :l. o El conocimiento de estas C;\USas
.pertenece á les jneres naturales de lás diversas
dnses de ciudadanos con arrt'glo a las leyes.
El ministro secretario de Estado en el despacho
del interior i justicia queda en~argado de
la e;~ucion de este decreto.
Dado ep Bogot~ ~ 3 de ~osto de. 18 3o.Do•
J.~GD C.AIC EDO. -FJ óJimstro del ir;iterior
Pieente Azaero.
OTRO.
DomitalfO Coie«d~ jeneral Je hriu_adq_,
·Pi.cspraidente de- la República ene!Jrgtido del
pqtkr ejecuu·P~, en . ausencia· de lo capital
del escmo .. •eñor presidlnte.
Oido previamente el dícUmen del conaeio
de E&radó, í
COt.SlDElr,\~":
1-. o Que los prefectos, gtlberoadoré1 i iefes
pollticqs municipales, son· de¡>endiePtes i ajentea
naturales del poder ejecutivo, se«ttn lo
ded~- los •-rtlculos 1 20. 12 • i u5 de Ja
consti.turion:
2. o QOe ai loa :espreu~ot ~enrenferdeten
sio emtillrgo fUociones ludiciales, . estarla ~D
mane8..-del ejecutivo in8u r ·p9r medio d.e ~11 0s
·•obre e\erocedimi,nh> i tt~Jliiu$ de· loe iuicios,
lo ti11'l le ~st~ próhibido ¡>or el articulo ·86
par•g .. afu S.• de h ruism~ · censtilucíoo:
· 3. o Qne conforme 81 ettrculo .u4 · d~- ~lta.
ning~ )•es puede •er ~~peñd!do •!no _por
·~cusattC)D ~ega}mente aannttch. ·91 destln~ A
oua ta'trera -ain· haberse ·tepatad9 ~•ia.;cnte
de k ele jmticia; mientns· t¡n~ pot' el · contrario
loa i-re~. gobernado~s . i í4'es poUticoa, ·
lienm aoJo: uoa dqracion t~poral, ~enecen
a Gil• "Gtrera. dJStinta de la jodíciaf; j .fin.al~
mcé '¡iúedeti· :•~ suspendid(já pot el elecQ.í1~
llÍtl acpal!l ..tfc¡uisi:t•, iegun el.artfcúlo 85~•w.,_.
INJcioo 1'8~ •:ae '" comtiluciC>b: ·
4. o Que- septn el art1'+.ulo 115, los tribunales
i juz¡;adQa no puedt'lr eiercer otras fu.o -
clooes 'l~ las de jupr i ha.ter ~ se ej,ecute.
lo· jut~ado: i sin émbargo las funcion~ eaeo...
dalt!& de 'fos prcf4tctos, ~obenladores i jefe'
muoieipalu , aon. polí~· i. a«Jmfoi~lrati
vas, ¡ por lo tmsmo .mu1 diversas de las
de juzgad Lace~ que se •iecute l? ;uz~.tdcen con: el nomb~ · de jueces .Pº lítitos;
tomarán la déltominatioo que les dan lás esp
... sadas leyes, de jetes pofüicot tttuni.dpa\ea.
Art. 6. 0 Los pref~ctos i lo5 kó'herba~9res .en
cU:mpli?1iento de los ~.eh~Tes que lea i':"poben.
loa atr•tcul~ 1 1 , 1 3, a7 l 4o de ht le1 ele l i
de Ulfl'$O del ;ttío .15.•, ejerceran eo11stante vi¡
il:uida sobre los · joe~e• letrádos; para que
despac.htn con adtvidad i recti.tnd toda.a las
u111slls de su resorte. i mui e~pe<>ialmeo~
aquellas en que Ja bad~nda n'acioni)I es ioteruada,
eiljiendoles tamhien cada mes ·listas ·
esact•s · d~· las cauaa1 fenecidas i de las pendientft
c:oo no resumen de las s~nt~ncias ·pi:o.·
'1nil~a~--·.~· IU.f~mei:-s, cn_ya~ !i8taa remitita~
•l W11ruat,l'to de 10WicJ1 l ¡ushcla.
.Ad. 7• " La1 ·cortes- de_ ape1aciooeo·emitir:ío
ifuatmente ta.da ~e5 lista-a de las .causas f~ne-
4id_M t ~ndieotes ea el ramo de hacienda,
coa un resumen -de las a.ntendas prol'lohciadas
tlt-· t~i priinetas, a :tos erefec~.os de las departa~
nto• de an Fe11deDCU1, q~ien~s· les J>ª'ªfált
aai mismo al miC-iaterio del foteñor i 1nstici:a,
ain .. ¡>er¡uicio ~.' •etivar por si propiog el ·des :paQbo
de l.•a mismas causas.
. AJ'.t. 8 .• o El •iniatro dtl iot•riór i justkiJt,
no solo por ·el ~4uct.o ·de foa ~f~tos i.gQ ·
t;;eroadores9sino·umbieo pllr él' ~e loa divera.os
ajeQt•a del mials.tttio ptibtico. 'ftJttrl· sol>te et
pro!!c»é imp:i.-cial. •fSrt:Lo 4e loa nepioa
judmáks -pet"teoeaeotu l ·eate ramo.
El- mioi;tru del interior i jutticia queda en-ca~
ado ffe Ja e~u.d"n tlel . pr~seJi~ .rif>('t,,to.
Dado ~n Bogot1 á 3 de a.go.sto rle 1 8.$ 1e.
Do'if·1J!Go C.tfJCEDO 21 min.1stro del ioten9r
i justicia, Yiutil# A~ro. ---=-·----
C)l\CULAR..
~,J~ica th Gqlo1nbia ... -Ministslio dd·
&tl:l/;h ~n el -Oep11r#1>inento. d¡ la g1ttrm.Ser.
dan 3 ~ ~ -Bo1n_ta .a 1 3 tle junio de 1830~ ,
41 seiíor p~fecto dit tlepnrlnmenlo ti~ ... -.
S. E. el pr~sidrnt" rlP, fa R"Ptlh11cA en' istd~
v:lria!I rrprrsentaciones, qu~ ~ le hao diri¡
ido, s ·11it"it=-n1lo se drti>gue PI de'creto, que
ae dio en •4 d ... rrutfQ u\tim.1, aobrr sumini t~.
de radour.5 al ,.¡«Cito: h~ tenido ' men diapo11f'r,
que dPsde el 1lia en qu'" se rf'riba f'Sl•
fta~lucion en carl~ deparbinehto, quede 110
d'eclo el esprH:tdo d.-ctttn, i ):. drmbr d" 15
del mismo •SJlficand.nlo; i que los milit:• 1 r.a
t¡u~en m¡eios il la rr.t .. ncidn de lit cuarla
pat·fp d~l f'Steso .dido pnr e phierno
en uso de 1aa ͕t't11bdrs qn"" le cOf!r~e
la lei de t. o de itttostn de 1823, i qu~ fué circulado
por •I ministPrio de J¡,.cienda.
I~ ~o'rrntnieo a VS. para lo1 etectos consiguicn~
1,- i 1!9"ª q\18 coa prnenf'ia de le
~e dia~e .W utículo-2. o f!~ la Jei de ·1.s ele
abril de 1826,fldicion•1 ,., la d~ 8 de mftn() dé
1 ~25, ~· a~la el pbieme p~lit\eR i ec~qurn
de •• dep---tol, te 11na comut11-
na'lo l bt. fM 1n~a._ .. ~c:mt.-s i milita,.,
del & eu m•Dd,,, a &n de que teOJ1' su dehido
tumplimiento, a.isandome de haberlo ati
dhputsto.
Dios guarde a VS. Joaquiºn Poris.
POLICIA.
En virt.ud de la orden que se dió ?. la poliria
para inda~ar si tenia 4t1gun run lamento {'' '" lmor
vaao gue n Lnhia difundido- en la c=opil. J,
de qu' ha6ia reuniones de frarrtu1ionf!s, t!I jl!fe
de polida,los alca1des muoicip:tles i los parro'
luial~s de los diferent~s cúarteles tie 1~ ctod;ld •.
han ptac:tic:ado inquisidon~s hs m•s e~n1ptl•
losas para awrigual' la eltiAtencia de has cinco
lojia1 que ae dPcia haber. El' resultado de
est~t .dilijeocias ha sido poner ~n claro la f;ataedad
de hta Yoc~s 'lOe s,. h:thi?.·n "sp:.rrirfo;
puea los juecei¡ no han hallado ni tAn siquiera
b"8 (>ersoM, qne h~p o\do derir cual sea t!l
Jocat 4J°"e Sl" teD«QJl tl\léS jUAlltt ·oe ft'acmatOO~,
siendo casi imposible que. éHa1 fu·9eo t-qa
sijiloSBs qtt~ ae ocult~en l lu solic!tud~s com•
b1ttaaaa Je to-dos los 1u~ces. Estas, 110 ~mbqo,
c:o'fttiouAa ~us 'in-vatigae1onts.
Repú/Jlieo d,1 Colomhía. - -Ministerio de
Estado -en el depart4menJ0- il.11 int1rifu B11.K!
Jtd ~o 3· tk 1 ~-Al -nffor-pr.e/.fflo '*' lJundlnamar.ca,. · ·
El ejecutivo·ea&a r~soelto . • ~let'fninar ~tfos
Jos ÜlOtl•OS de tft.CJ12ietu.cJ ·i de Afarma ~le ''Ul''"'
f>an con frecuenct.a la tranquilidad de los ha~
bitaat~s, usando de "to(fo.1 Jos mt>dioa ·q~ ta.
con~titucion i las leye .. han pues'º en au pode,l".
Al .thtenfo pre.vrngo a VS. de. s .. or.deo:
1. Q Que dicie la tn-af eatre~h.- al jefe ife
'?°Utla de este ·cantQ'}? l &n cJe . que pl'~Ce~
4nn ·deD)~ra i persegmr ~ todos los !ªloe ~ ~al
entreteutdos, 1 a 1~$ que de (tnlq~11era sue~
ataquen h• se«ur1dad personRl, u -1tettn la
tranquilidad· pública, poniendo. en .p)ant4 tod••
las medidat de, .policla prevenidu por decreto
de. ~2 de.diciembre de 1827, i exqiendo a ln•
C01Diaarioa el m• e6caa ~ulQpliaueP&o ele ma
funciones-. · ·
s. 0 Que haga que cada tes:cer clia el ¡e& de
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
GACETA DE COLOMBIA.
~!!!!!!!~!!!!!!!~~~~~!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!~~!!!9!!!!!!!!!!~!!!!'!!!!!!!!!!!!~~!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!;;?!~~!!!!!!!!!!!!!!!!!!11........
policía le dé cuenta de todas las medidas que
baya dictado en les diversos ramos de su atri.buéion,
i particularmente en el de seguridad;
debiendo ~ste por su parte ex~jir _la misma.c~enta
diartamente a los comtsanos de pobc1a,
para que cada uno a su vez p·ueda dictar las
providencias necesarias, á fin de evitar cual-quier
mal i cortar todo abuso. .
3. o Que todos los viernes de las semanas
pase VS. al ministerio de mi cargo, un resumen
de las proTÍdencías de policía ~d.>ptadas en la
semana anteñor. con espresion de lo que se
haya adelantado en esta interesante materia, i
de lo que pueda necesitar alguna providencia
del gobierno supremo.. . .
4. 0 Que correspondiendo segun la cotisti~
cion a los jueces naturales designados por las
leyes, el conocimiento de las causas contra
va..¡.0$. i mal entretenidos, contra los conspira~
ores i pert.Ql!badores de la tranquilidad ·.publica
i otras semejantes,en los espresaclos casos
et jefe de policia debe limitarse a indagar los
delitos i delincuentes, a recibir las justificaciones
correspondientes, aprender a los reos,
tenerlos a disposicion del juez competente, i
dictar las demas providencias de policía de su
resorte.
5. o Que haga VS. la mas séria prevencion
a los juec_es i alcaldes competentes, para que
procedan con toda actividad i prontitud en el
adelantamiento i conclusion de las causas de
esta naturaleza, conforme esta prevenido por
la lei de 3 de mayo de 1826. por el decreto
de 22 de diciembre de l ~27 i por el de 20 de
febrero cte 11h8, i por las leyes ~el titulo 3 1,
lib. 1 2, no•. recop., las cuales estan vijentes
en todo lo que no sean contrarias a la constitncion
i leyes posteriores, como lo declara el
artículo 36 de la citada lei de 3 de mayo.
Dios guarde á VS.
Y icente .Azuero.1
-o-
J EN ERAL SUCRE.
Repúhlica de Colombia.•- Ministerio Jel
i'nterior i ¡usticía.-Bogotá agosto· 7 de 1830.
.Al señor prefecto del Cauca.
Por el ministerio de la guerra se dictaron
en junio i julib las ordenes mas eficaces al
comandante jeneral del Cauca para que hiciese
toda suerte de investigácion hasta descubrir
los autores i complices del infame asesinato
del jeneral Antonio José Sucre, a fin de escarment~
r como corresponde atentado semejante.
Ya el mismo cemandante jeoeral desde la primera
noticia que tuvo babia procedido a ret;:
ojer tod3S las noticias posibl~s i a recibir las
informaciones correspondientes, i el ejecuti \'o
~tá. bien ·persuadido de su celo en la materia.
J>ero quiere no obstante, que por mi ministerio
se prevenga á YS. de nuevo, que
de su parte no omita paso ni dilijencla alguna
para la consP.c~c1on del propio intere,.
ante o.b.jeto.
Si b-echos ee esta naturaleza, son siempre
abominables, ~e ttata aqui nada menos que del
enorme ultraje hecho a la nacioo con la aleve
muerte de urio de sus mas ilustres jener-ales.
El <:rédito del gohier!lo .está altamente compro:
111etu:fo en el descubnmteQto de los malvados l
en su ~onto i formidable castigo. Estos
"hechos feroces relajan todos los resortes de
Ja moral? siemh~n la desconfianza i la inaegmidad
P~!-' ~odas eartes,_ d-:,sali~nta~ el ver~
dadel'Q patraotsamo 1 )a virtud, 1 nurum la
~sistencia d~l mismo gobierno. que n.o. pued~
tc·ner otra base -solida qlle la de la moral 1
de la leí.
Eacargo,- pues,_ a vs. que haga las indagationes
mas prolijas i e-scn1pulosas, qne pro·
uda sin ninguna induljencia contra cuales -
~ra individuo'\ contra quienes resulten
motiV'~S suficieñtes para prot:eder. i que dicte
sodas. tas c1rdenes convenientes á las autoridades
i jueces del departétmento á quienes
toque, a tia de qu.~. por su. pat~e. ohren con
el may-o.r cero~ v111lancía 1 ac11v1dad en l.i
misrrta materia.
De.vuelvo á VS. el bñcio del prefecto del
Ec~dor, que VS. habia remiti~o a ~· E.. el
pt<éAJente, 'fin ele que haga las 1~ve$!1gac10_ms
coovenientes7 resp·ecto .3 los 1ndtv1duos
que en él se indican, i l ~n tam!Jieo !]e CJ'?e
reclame ele ac¡uell• autoridad un tesblliOIUq
de las. dilijencias ali~ practicadas; para qne todo
se tenga presente i concurra al hallazgQ de
la verdad, i al ejemplar castigo de los que
resulten delincuentes.
Dios guarde l VS. Jlicente .Az.11,ero.
CEMENTERIO DE LA CAPITAL.
Et mioisteño del interior pidió razon al
prefecto del estado que tuviera Ja construccion
de la interesante· obra del cementerio en esta
ciudad, de los fondos que hubiera existentes
para ella, de lo invertido i de la ma~ra como
se llevara la cuenta de inversion. .r..l resultado
lo muestran los documentos que vamos
a insertar.
S.E.ÑOR PREFECTO.
Coatestando al oficio de YS. fecha de ayer.
digo: c¡ue he remitido a la prefectur~ por tres
veces las noticias que el gobierno pide sobTC
la coostruccion del cementerio público, i lá
ultima vez lo hice en 6 de mayo de este año,
acompañando fa lista jeneral de todos los
muertos desde 13 de octubre de 1828 a 29 de
abril de 1830. Antes llevé yo mismo a la
prefectura otra lista con una noticia esacta de
todo lo invertido en dicha obra, acopio de ma·
teriales, herramientas, etc. Ahora se me pregunta
: « qué caudales hai existentes para la
obra, como se llevan 1as cuentas de esta obra,
i en que !atado se halla la construccion del
cementerio.»
De todo tengo dado parte a VS. repetidas
veces, pero contestaré diciendo: gue no hai
nin¡uo dinero en mi poaer: que ha1 en deuJas
hasta 29 de abril, 3g5 _pesos 4 reales, que he
gastado de mi peculio 331 pesos hasta la fecha,
i que no veo modo de cobrarme, despues de
estar haciendo un servicio público de valde:
que las cuentas se Uevan teniendo un libro en
que se asientan las partidas de entrada, dando
recibo .á los interesados, i al mismo tiempo
dando la licencia en medio ptiego de papel
litografiado- para que no pueda haber fraude.
ésta vá firmai:la por mí i por el juez _yolltico,
en el1a v' el nombre del muerto, senalada la
iglesia del entierro con el número al marjen
de las licencias dadas hasta el dia i la cantidad
que ha pagado; la una punta de la licencia se
corta i queda en mi poder con el mismo número
para cuándo se recojan las licencias: lo
restante de ella va á la iglesia sta scccion compuestá de
los uiños,
4,400
4,668
Bogota 31 de julio de 1830.
V. B. Crisloval Y.er_ga,ra-N. M. Ta1uo.-~
ntervieue Tomas Gomer. de ·cos. - -
VENEZUELA.
· , El prefecto del Magdalena ha dirijido al
gobierno los siguientes documentos.
· Noticias traídas ·a Santamarla por el
· copilan B. Pautrier del hérganun· Soleil, que
solió de la Guaira el 2 2 deju~
El 1 7 d«: fnn~o.'el jeoe~al Pae~ ffegó á ~aracas..
El 1 8 h1zo sahr 1 ooo hombres de
tro·p!i con di.reccion .3 Riocbico, quedando en
la ciudad 500 hombres, mas toda la guardia
nacional que estaba sobre l:ts armas. El
jeoeral Arismeodi llegó a la Guaia~a el 17
por la tarde. ET 18 por la m:lñana partió en
una pe~ueña lancha para Riochico a efecto
de asietir á una entrevista que los jefes de
Riochico dehian tener con él i el jeneral
l\'lon_ag~s, que babia sido comisi-onado por el
)eoeral Paez. El 20 del mismo ines el jemeral
·Bermndes babia escrito una carta al coronel
~ustillos amenazandólo mucho. ·en la que le
decía· que su cabeza responderiét al gobierno
de la tranquilida4. del país y sus bienes responderian
de sns deudas a los comerciantes
de la Guaira.-Han asendido las fuerzas bajo
las ord-en,es de Bermudes á 4ouo hombres.-
. La goleta Independencia y otra goleta mandadas
por Bemard cruzaban sobre la costa.-EI
2 t llego a la Guaira el buque que babia
cvnducido al señor Machado a. Curazao.-F11e
octenido en la costa viniendo a tomar lengua.-
. El rumor corrio de que otro buque ba bia sido
detenido cerca de cabo Cadena.-El miuistro
de la guerra babia sido arrestado como compro~
etido en el suceso de Riocbico .. Se decia
que el jf'neral Souhlette. qu~ f'Stáh2. en_ d
· congreso, como tambien Peña estaban igual'
ment~ comprométidos.--Vn rico particular
·babia sido arrestado el misr;uo día de la
. comhal~ eü. el qu~ tm ~oro~el, de' cuyo· no.m~·
he.e no me acne.-40. fue prt'so y fos;létdo á las.
z4 horas p()r orden del je.neral Pacz.-- l .. á
mayo.r constemacion reinermaneció
en la Guaira no bajo ni una car.ga de Caracas:
que todos estaban sobre las armas. i que el .
congreso continuaba sus stsiones, aunque la ·
m~or . parta. secretas. · . .
Es copia del atticulo de e.arta citado. .
Cartajena julio 9 da 1 830. .
. J . .A. Cepeda secretario.
El .juez politico ele Santamarta, á quien el
gobernador,. por órden de la prefect1,1ra, comunico
el suplemento a la Gaceta de Car~
tajena.. número 457 para que lo publicase i
·fird'nse, dio al gobernador fa siguiente.con-.
testacion • .
Juzgtido politico.-Santamorlo-julio 5 d.e
1830.-Scño.,. gobernador de lo provincia.
Con el oficio c:Je VS. fecha de ayer he
recibido ejemplares impresos del suplemento
a la Gaceta de Cartajena de Colombia núμiPrO
457, Jos que -,se remiten para su publ~cacion
i circulacion oficial. f :fl este im~!!SO se
insertan las asonadas en la villa de Riochico
cabecera del circuito de ese nombre, i la del
Altollano·, scg~n sus actas la primera de 3o
de mayo 'del corriente año. i la segunda que
no manifiesta la fecha en que tuvó lugar,
la autoridad que la cenvocó, ni los individuos
que la compusieron, com~ que no se vé una
sola 6r~a ~e ellos, por cu ya cáusa debe es ...
timarsele cuando menos apócrifa. Resulta,.
pues, que todo lo que se prese:Rta aqui de
pasitivo, es _el ac;:ta de una vilJa en todo el
territorio de Venezuela, firmada por · 24 individuos
reunidps por el comandante de armas,
señor Lorenzo Bustillos. Lo demas que añade
el oficial Machado, careciendo de documentos
oficiales que le justifiquen, s~n noticias que
podran ins~rtarse en una Gaceta para llenar_
sus coJunnas.
Tampoco consta en la acta de Riochico,
el acuerdo de enviarse una comision aljeneral
Bolivar, a quien ellos creian á Ja cabeza del
gobierno, como presidente de la Republica,,
n~ menos el que para tal comision fuese nomhrado
el teniente ere navío señor José Miguel
Macbp.do. De suponer otras credenciales,.
han debido darse a la prensa i no.dejarlo a Ja
buena fé, en que há querido descanzar el
editor de una Gaceta. Tambien es mucha
imprudencia por parte del comandante Bus"'!
tillos, i me conduciría yo con mui poca gravedad,
si lé -diese asenso a la noticia, de que
no alcanzan a ·1 ·00 hombres en toda Venezuela,.
los partidarios de la revolucion del 26 de
novit!mbte.
Por tan sérios fundamentos, i á los que no
naj&! á Ja gloria de la5 letras; todas . estas cosas es posible se desentienda uná regular critica,.
forman un cuadt«»que conmueve el corazon,
i c~a ·el · alma hasta colocarla sobre la~-esfera
. de· los intereses que atormentan ' .la
multitud • . i hace nacer las K'"andes ideas de
la W.rtud i de la gloria-. ¡ .¿ué placer para
el verdadero patriota i para él Virtuoso ciudadano,
el considerar que esta. jen~cion {~
tora .en cuyas manos ha ·de depositar ·el llempe
·la: soert-: de la _Rep'Qbli~~' ·no transijirl
nt,Jllea con el ' cnmen. m tolerara cadenas.; pues
JIC~stumbrad&\ al su~lime U.(!~lo 'lle la .
· llegada del jeneral Paez; pero el fué puesto
, en libertad sin caucion.--_Se decia - tambieo
que-habiendo venido un destacamento . pára .
temir :posesíon de un parque de artilleria .
cerca de C.tracasf provistos de una finna
falsa del jeneral Paez,_ ha~i~ tenido Jugai: un~
·me resisto á hacer la circu1acion i publicacion
úficial que VS. me previene; porque con-·
cedida la reaccion de Col1)mhia .dc una manera.
electrica en favor del orden, principios
i leyes, como lo demuestn el . actual réjimcn
constitudonal, no creo deber public~rse, ni
circularse oficialmente noticias que· no . tietteo
. este caracter, i que so] o aparee.eμ comunif:>-
d~s por un o6cial · traoscrinti?, ai, ei posterior· decreto del ~H
«.t_C.0 c;Q"oslrtuyentc "l' de ui<1yo, desde el · 1~ ·
Jiá'sta··~I riltimo de 'SUS artí~ulos-deja wn· libre
.-lveMrio- a !as pro~nc?as de Vepezuela, ]>ará
:aceptar!:.. ·o consbtumte separadamente, a
~ayo füi se lesr.ba dir~jide una cemision_ pot
.el gohietno ·.supremo,. sega o el artículo 1.•
de ~ichT:> decrete~ i miebtras ~to' no "se con,.;. ·
s1~a ·con la : 1~~1idad que estal iniciado,.·n~. -~ ·
encuentro .. do.cil · á eb~decer las Ol'denes de la
pref~or:a : departameot.¡¡l. · .
. . Si el ·insignificante gritq de Rioc}iica, se·hu·hiese
eir.cm~scrito a solo el pru1C?ipio de uní- .
?ad d-c los ~o¡ _pμ.ebtQs· esto no seria· alarmante, ·
.1. ·sGfo . ~abna qqe esJ?el""ar el resultadtt 4e l:as
tra~~c1onl!s que -hab1ese ente-e los· gobiernos '
4e. Vene<.i:.uela i Nu~vª · - q.:·raoada, que te'r·n?
inada-- _con · fu~uiamento por Ja negativa.,
ri1 el prefecto departamental, ni el mismó supr~
mo · gobierno pueden mezclarse, ni .in1er"~~
1ir e~ 10 que suceda en liiochico, pueblo
~ un teh·it_orjo, estraño que teodra que se~~
1" la sqe,fte de l~ mayoria· del ·pais a· que
p~enece. .
.Sμ pronu11ciamiento parece estar mui claro,i
segun Jos documentos oficiales constantes· en .
la Gacetao ministerial del gohierno, ~ tudos ·
'los .. impresos de las prov-~oci.as . de Venezuela,
"eO que declara S{llehnemeote a .Colombia j
al 'II).U'udo -eotero fo que.se ve consignado en
el protC>colo de. las conlereo_cias eutre unos
i o~·ros comisiónados, ratificaudose ·esta declaracion
por el ieneral en jefe venezolano
Sa~ti~gl'> ~1ariijo. <{Uiet'1 desvanece .eqt~ivo,- ·
cao.ones~ o como .quieran llarnarsi>, de las que
padecieran los nuestros al da'r cuenta al con -
.g.-eso. ·. .. r
Ve~zuela, ·pu'es, .. pqr su organizacion in"'...
terior y actitud hostil, está resuelta a sostener
la-Separacion qiie ha proclamado de la N uevá
Gra~~da, i el gobierno i pueblos de ésta a
admitirla, porque no puede, ni debe hacer
otra cosa, asi purqúe lo · exijen sus intereses,
cuanto porque el decreto 11 de mayo no le
-deja lugv a observar otra conducta.
Esti~o en núestras actuales circunstancias
el a.cto de Riochico, como una azonarla, porq.
ue· abl'az~od~. º~º solo. el punto de unidad,
smo- el recQnoc1m1ento ciego de un wajistrado
·que ya np existe en Colombia con t·al caracter
por hahe'l:le s~stituido otro ~ombrado por ei
-congreso c~nslttuyente, serta provocar á la
anar.quia el auto1·isarlo, o cuando menos confuodicooseB
.complicaciones que' felizmente no
'tenemos.
· Por otra ,pit·rte ·se di.ce qne la coruision en-
e~rgad·a al oficial ·l.\hcbado, viene dirijida al
jenerál Bolivact i 'autoridades .del departamento:
el primera. como no investido con
·ninguo caracter pia.blico para ~al nego~io, su·
·pongo no La habri. admitido, i el" comis~onado
al encontrar ·esta aHerncion tan sustancial ha
debiqo dirijirse. . a s. E. el señ_or presidente
~e la Repúblic~, ·por cuyo conducto, i en
-virtad de sus ordenes se habrian recibido poi·
las .autoridades subalternas, la comunicacion
que ahO'f'.a se me h~ce i de acu ~ a·do con lo
oque se pl'eviene en la constituc.ioo.
Permitame. VS. ·roncluir esta nota parti.:
ci~ndole la plausible ' Jtueva que segun las
: noticias' mas -resie1~tes que han llegado · á e~te
.puerto. "dia·e.ctamente de 1-a Gu:•:.. .Güurma~ junio 2~2. de ·~3o.-At .aeñor .
secn-tar10 1enttraf de S. l}~ el presiaente del Estada.
· c~mplic~• seran. c:astrgados:sL iló : ~·:aci>je~ · a ~clemencia
d~I gt>hierno. ·
· . &l~dos: March3d -a· ~estnñr ~- loa ~ie atre·
ven fa maoltaros: ·~~raa?s oe qne. vai• a ~~eir
c~n ~ue_stros hermaQos para que: - co-mp~dezc&lá al
rendado. . ·
. Cμa.rteljeneral en Car3..casa'23de junio de .t83o. ·
·. Al llegar· al sitio ~e · los dos caminos., entre "J:ostf AnloniQ ~.
Etw-e i ·_esa Ciudaa..¡ recibí una. comunicacion del
. correjidor ;de ~ste canton, pa'r\icipandome que 1~·s·
t-rºP;ts de los !nsorrectQs se habian retirado~ tas, ..
. s~ete_-de ~a m~nrna del dia ds;ayet, con,..direcc~on .
~ - ~1ot:~~co. · At momento •dispúe. .que '.l• éaba.:. .
, ller1~;, lt.Jera _á .~are-has fo..Zlclaa,• sigtriese baála
ocop~r ~s.ta Y1Ua, ~llcarga".ndo ~~a ºferacion •t
P F!R U •
Minú!erw d6 goiierno .i ·relaciotus eskrior1•·
J:ima 14 de mayó .de .1830 •
, c~m.~~-daote F_F,a~1~c-o Flofca; ~nentra's yo CQD •
-el r~t~ .de . la (\1v1s1on segur- m1 marcha i tomé
C1Ja·r~ef. ~e u~ ·sarjento, ~oe creó_ ti~ne p~c apellido
_Arutegu1eta, se1iao de~ertado en el tr·aos&to
i siguen .en busca del comandante .Ju~o .Jo~é
N~v_arro 1pr~ reuolr~le: és~e .jefe seg,ao ae me ha
~viudo esta ya en <;apaya, 1 DQ creo q.,e los tres
comandantes. Sa¡pn~zu~ .Matos .. i Plaza (Pepe)
puedan lograr retirarse ~in ser cojicfos.
Este suceso e• up comprobante de q11e ni los
pueblos ni las tropa$, tieoen el menor d~o de
turvar la paz, ni _de· falt~r a sus compro~etimientos
~on el gobierno, ' a . la ohedlencaa que le
han 1urado; ,por el contrario. todos los . vecinos !\e
quejan de la violenci~ con q11e ·se les ha obligado a obedecer por la fuerza el rejimenrevohationario.
La laq;a i penou marcha de ayer m~ ha obligado
a dar al~un déscaruo a ... tropa, 'i la necesida~
~e organizar afgumH r4.afos, qué por la fuga
de sus ernple~dos han quedado sin a•lmit;listracion
hace tambie~ o~~esaria mi detencioo aquí, par~
cumplir las ór~en!s que S. E. me di6 ; mas nuni;a
esced~ra de dos· d1as.
Tengo la ·mayor satisfaccion en dar a VS. este
parte, por _el que se descubre, que el gobierno
conserva siempre su respeto, amor i obediencia
p'or todos es•oa pueblos que secreian separados. '
Todo lo qae tengo el honor de informar,a VS.
par~ el conocimiento de S. E. el. jefe del Estado.
· Dios guarde á VS.
José Hilario SistÍutJ.a
PROCLAMA.
JfJse ~ntouio Pae~ jr(e del Estado.de VeneZ1Ula etc etc.
A LOS VENEZOL_ANOS.
Compatriotas: V e'oezuela se h.izo libre é independiente
por su propia volunhd: la Nueva
Gr:-oada ha rec~ocide la josllcia de nuestros
votos, i el j,eneral Simon Bolivar deja el territorio
de Colombia,. El congreSo de Venezuela·
e5tablece por leyes .Íómutables ~ucstro$ derechos i -
deberes, el ejér-cif.o es el primer apoyo de la soberania
nacional, w la opinion nos ilumina como la
antorcha del bien.
Entretanto, l;a malignidad sorprende álgunos
incáutos para contrariar el querer.d-e todos, i pri·
varnos de tan preciosos dones. ¡Dellgraciados!
El congreso, el pueblo i el gobiuno. forman una
&ola potencia para sostener la libertad i el orden.
Señor p{ocoosul. .
. . ~ el mes de m~rJo ~el~año P.J"dxÜOO p~c1~
sabQ d~~ Ca~ao par., S •.f!~ la gol~• •P._
b~ Civtt. ba10 eabellon anghis; la misma que
b~e ~l~oos d1as entró' en e·t mismo puérto.
del -Ca~lao, con el nombre (Je .•Hidalgo~ i con.
p~•c:Jloo de los Esta~os Umdos Mej1cano1,
-Pedidos A su capit3o los · docu01eiltos .gue a
ten~r de bs h~yes que rijen ·entre todas iás
oac1ones, ·deben autenti~ar el cambiamiento
d~ . dominio i de b_andera,, no ·pudo presentarlos;
o~ t:Jmpoco la patente de navegacion, ni el
r_ejistt:o Je la carga: limitetndose a exhibir úal
· licencia cspedida en . Sanb\as por .et cóman.:..
dante de marina. fechada en 2 de f éhrero 61-
.. timo, en que se con~ede a dicho huque . que
trafique • desde las co~tas del Estado_ ~e o~
hasta las de ~lou.teiy .• · En esta bcencaa 1e
bace ~(erencia' al rol de la tripulaclon de.l bu·
que; i sio embargo el ro\ exhibido está datado
ea Gua_ym:.s en 28 de febrero. -
. .. Tamaños -irregu1aridues, i otr~. que es
ocioso .puntualizar; debieron ·llamar la atencion
de las autoridades-del paiS; i aai ea que, con- ·
forme á lo que previenen las ordeoanzu de
marina i el· reglamento de presas, ·1e manci&
· detener el buque é instaurar la c0rrespoodi.enle
c•,isa; haciendo depositar la· carga coa ·lu
formalidades necesarias, i eón arre«lo a 10 que
pracribcn nuestras leyes, en la tesoreria jene ...
ral. para 1er entregada opottunamente a los'
indi'Yiduos :41ue probasen en juicio ser sus leiltimas
dueño~. Los recursos del que se a~ó
consignatario, presentando un tarrl_ip -manifiesto.
i de otros reclamantes .que· exhibieron
· conor.imi.entos, fuergn admitidos p~ la autoridad
competente. con audiencia del tjscal de
la corte suprema de justicia, qujen opinó: u que
se examinase si Jos conocimientos, .con gue se
su!>onen venidos los intereses, estan coof~rmea
con los rejistros. pólizas i demas dilijencias de
embarque, i con la correspondencia que ha
debido recihir4e de los comitentes, i otros do-·
comentos que alejen toda sospecha de claardestinidad,
i de babene estendido los conoci-.
mientas despues de detenido el buque.•
. . Estps proce~imieotos~ analogos a lo que
dictan la l'azon • las leyes.. no fuel'on empero
del a~rado de V•-:-- Con fe.cha 1 o de\ <'Orraen tetuvo
V. por conveniente protesta,. contl'a ellós,:
tomam\ose la .repre9sible licencia de tlama~·
((mani6e~ta apropiacioi, de los ajenos hienes.
anteri~r no, solo a condena sino 1a juirio . ., un
·· dep0s1to solenne, hecho en .la,s arcas públicas
por ~n gobierno independieQ\e, que tiene de- ·
recbo i ser tratado con rHpeto par todo estran~
¡ero que reside dentro del territorio de au.·
mando. Añadió V. con no menos estraña mdiscrecio!
l, que se apr~sur~ a redamar por ..
'lue ·I~ d~lan~n no
1
acarreas.e ~l que ':se ~l!!'Plls1ese
.1rre.med1ablemente del d~nero;. ,. 1 i x-.)tti:V-•
perentoriamen~e ,que se obecleciese a sn man~
tlalo, reponiendo el diorrn i p:istas en el pñ•
mer deposito provisional que tuvo en el Callao.
Pueblos de Riochico, Chaguaramu i Oritu.~o : U o
dia d_e esclavitud es un sigto 4e dolor. ¿Qué
défienden vuestro$ opresores? ·¿La autoridad
del· jeoeral Bolívar? Ninguna, tier;ae ya. ¿La
integridad del aotigno territor.io? Esta disuelta
poi' la voluntad ele los venezolanos i .gt"aoadioos;
i toca a los representantes del pueblo hacer lQ que .
convenga a loa interes(s comunes. .
Venezolanos: Permaneced tranquilos: los tres ·
·cantoaes cuyo reposo esta alterado, han sido oprimidos
por sus comandantes militares : ellos i s~
No ~abieodo yo contestado a Jos precept:Os
que se dignó V. impartlrme. con la prontitud
que requeria su resretahiliado por os codigos marítimos de todos
los pueblos civilizados-para hacer observar las
leyes que rijen en la República-i para hacerse
saraote de la detolucion de una untidad, for·
malmente .depositada en sus arcas bajo tal
coadicfon. No sancionad ciertamente el fu ..
Taealp ejemplo de prepotencia, dado por uno~
ajentes que comprometen la reputacion i la
gloria de la ilustre n~cion britanica; no eooaen·
tir.{ gue a su nombre se pretend.a hollar la
Clign1(lad de un pueblo libre, dictarle leyes,
turbar su orden doméstico, ir.sultar a sus jefes
i abusar ele la fuerza para arrancar concesiones
igt!almente injustas i humillantes. .
Mientras el gobierno del Perú obtiene, como
fundadamente espera, la reparacion del agravio
inmerecido que est~ sufriendo, debe á los intereses
i al decoro de la nacion, a cuyo frente
se halla, la adopcion de medidas que, bien a
su pesar, van a acarrear al· comercio britanico
~uns.u.uencia~ P!?t"}udiciales. Me- ~llo ~ntoriza<
lo para i11forma1· a V. en esta última nota,
que se"ha dado orden para no permitir que los
buques de guerra que estfo hostilizando al
pais, tengan comuniéacíoóes con tierra ~
11iogun punto_- ·i qne en caso de-no renunciarse
inmediatamente ·á las medidas que ha adoetado
:V. de acuerdo con el comandante de dichas
fuerzas, se verá el gobierno en la dura n~ceaidad
de cerrar todos los puertos de la Rtpública
al comercio de los súbditos britínicos.
Los males que estos ·so~rten a consecμencia
de esta inevitable providencia, serán de la
esclu.siva r6spoosabilidatl de las personas que
irteilexivameote le han provocado.
Aquí concluye, 1eiior proconsul, nuestra
eorrespondeocia. La deferencia debida algobiemo
de f{Uien V. de~e, ha_aido la· única
cama· c1e c¡:...e se toleJe el lenguaje iosultante
~e se ha ~iticlo V~ en am oficionlirijidos
i cate miilittcrio. ·p~, (uand~ e't• tole-
GA~CETA DE COLOMBIA
r.aricia no ha producido mas fruto que animar
a v. a que promueva una agresion tao inesperada
como injH.sta, ha llegado el tiempo de
renunciar .a. c:onte1uplaciones que han sido tan
mal correspondi,
del hergantin Congreso: todos con
hé:tslante jente armada. Et botcsito de ausilio
tle nuestra cañonera avanzó, !1ª'" a a as o·na c1a 1 con nuestros esfuerzos· a a ·r ·: d~ ·~ !fiu.teno tfe Estado fl~l: despacho. . de ' de los 'pn.~blos aot1guos l mm particttl.•rmttifo mioistl'acioo. Es eu vano . e USI i¡r su ~ ~ .
~oh1er._ho i ·re/ac1,ones esterzores.--Casa · del la de. Jo~ -nuestros, se conocer& lacilmerite -nne· marche bien en u ·p · hl -~. re.r ·¡·~ª. e_ h~·• se- H:l .~er·vido V. E. di- tuv~eron. on1en .. d.~ ese' e~p1rttu de partido que luciones, el otro los .majistradost el otro hace
r111.rme ·Con: '.el ?hJelo _de particip:n· que la · ~Ul pronto se _apod_ero de_ t;.st.o~ pueblos al con5ristir Ja bondad del gobierno en .quema[\-
. .CO'C't>~ta . d_e .l.~ i,ac100 "!~ihertad.? » a ,cuyo bordo racer. Ja reyo!uCion,- i los dlVldlQ~ en fe!1era- · ~:n ciertos individuos Í el otro' en destruidt
ee .. aJlá-.'V~ E •. , ha s.1do detenida a la fo.erza · .ist~ 1 ce!1trah~tas.. Ambos cono~1ao el nesgo~ ciertas personas i a ciertas clases, todp serit
1pDr los ·buqn~s ·de guei:r.a .. ~.e S. M. B. ; ·cuyo . ~~= ª dia vetan q~e sé' aproximaba; pel'o co°:fusi'on "i des.orden, i el . uoi~o . resultado'
1 ~ma?~~nte. v.relende. ·cohon.es~a~ este; .ac.to_de dest 0 es~aban ~sdusiva~ente ocupa~~s · de su ~era que los partidos se destruyao·μmhiamenie
v.a~!~Cla (que no e~ ~.:is. 9pe la ~o~l1oua,cton mU:uccion ~utu~, olvadaro~ el P.ehgro co-: 1 en 'co_nsecuencia el despotismó. No ser~ un
·~«t .: 1~ ~e-.1a ha._comet~do), &.UpQmen~o que P0~ at~nder ªsus. ·pecu~1are~ intere~es, 1 dt>spotisrno permanente, porque este" es 1,ro,
n .o hace o~r~ cosa c¡tJe usa~ de repr-esalias por los parbdanos _del gobierno espanol pu~1.e!º·º pos1bl~::en.•l nuevo mundo;- pero si podd &ei'
la::r~~~~~1on;de '? pror~~ed~d de un .s~b~ito ; p~epara~le .~l t~u~fo a !Derced.d4: ést.a d1v1s~n : un despo\.lsmo parcial, o.que nuestros males
britá~1co .por. el_,golnern<.\ s1n fofma de. i~ic10~,, l e ,poi: s~ 3fi!>S contmu_os ha.h1a causado las Jleguen a tal estrem'?, que no sea p~ible cal'..
., ~~ !~~tes.tac1~;· me ~anda ~l presiden!e 1:s~r'!-c~as .de :lo$ pueb~os,_. i hab1a hec~o perder ~ularJes _un . !érmino.
1ncfmr a V:·~· (eomu t~ngo '.ª, ~9. ora de. 'Yen-_ d . punon de estos ~a favo&:" de la m?epen- .. Al o:iamfestar nuestros temores por los
fi:~arl"o) -un ~Je~pl:ir del . penod1co 06c1al de encia_. Pero l_os ~ales qμe no_s ca~so la r~- males que pudiera traeruos una t:livision de· -
·.aJ:ef_, . e~ _que s~ ~ns~i:t? lJ".eseqt.a _.una td~.a .esa.eta .de lcls sucesos c¡ue en ~reve tiempo Ja obra de nuestra cmanc1- · pueblos que· hoi obedecen al gobierno. no
!iaQ s:ervlCl,o d,c .Pretesto a la inaudita agre~1on rc10•0• El federalista, el ~entralista, el _g~ana- .pue~an- ser i~dué~dos á trnstornos i .'r
.. (le fa .. nac~~n · que le ·há éle1~do ·paFa i'eprla; i se na ~°!presa m~s dificil 1 mas noble t~ne- suave 1 amigo del orden . . Aun en .medio .de 1
-J!endra-rá· (le que no ·p1.lede ha.her otra tr,ansa . n;ios hoi 3 !lu:-str-0. ~~-rgo;-la de. ta consoh~a: ~os estravi9s inevitahlt>s a qne estuvieron .su.je·~
éloo ª!111~able f'nfre:.el agreso·r ~o~anlari'o- i el cion del P"!s 1 d tri!t~fo del or~en Jegal; .1 ~1. tos en la primera épóca de la r.cy:)lnéioo·:
agrav¡ado, que rcll.'Océd.ec el primero· en la l!0r desgrana: el espmtu de ,partido t de d1v1- sobrcsalia~ en ellos aquellos sentiniieotos de
~éarrcra ·de violenci'a i de escandalo que ha · . s~ón se apodera de nosptros nQestra ruina es humanidad que no les permitieron entre~e .
empren.dido. Cualquiera co.ncesion que hiciese · ~ierta. No volverán á_ domi.oarnos los .e~pa- a ninguno 'de · los· e.scesos que ~an manchad~ .
·':lgobie_rno_de. ~}ls derechos, cediendo a hosti_- :ol~s, porql'le esto es imposibl~; pero· 0 la. las revoluciones dc '-0tros. pu~blos. Val'iente'
t1tlaCJ~. árJ:?1tr:ir~as, no sería mas que UQ ac~o v: qui~ se apo~erará de este pa1s,.~ la fuerza c~.mo los que ~as, ¡ je~ei:~sQS h:isla. ~l. es.~
e p1,1S1lamm1dad v~rgonz.os~, qu~· desdotaria m drcí ª avasanarlo tQdo. No. hai una causa tre~~· han .. t~mdo la gloria ~F . contri~utr •
@I ;n~m~re peruano •. rebaiaria ~ s~ admi~is- ~:- gran~e par~ un ~u~blo, que. la de ad- to~las. ·1as empw;-e~~s de Golomb1a, .. c~n •. •U.~ ·~~
.Jtaa.~, 1:~· .el coo~epto d~ propios 1 ,estraños. ~ie u s1í libertad, •. · pero si est~ misma cansa cnfic1os de todo ¡énero. Ellos h.a.n. s1~" en~
n. fas circunstancias Jeságradables en que nos ne ~ ser el or11«:n de partidos que se de- vueltos co.mo el resto de la Re.publica CJJ las
f!a· p~to, ·el .capricho estran}ero, nó qtieda .voreo.~i u~ pretesto P!lra. ma':'tcner a la socie.;lad oscilaciones· que esta ha esperj~entaJo, mas
otro arbitrio que dejar a la corbeta (
eoove~iente que sin pérdida de tiempo venga hon?rquese han representado 1 serepr-:sei;itan de las partes de Colombia, para yer que el
a tierra con su 'Co'm.itiva ¡ equipaje, de.clarando ~ontmuamente en lo.s otros estados americanos, ~entr~ es 1el que po~ria ohtener mayore~
al comand~nte de fas /uerzas britanieas, que ~ causa !le los par.hdos que · los h!i~ devol'ado ventajas de la separac10,n. Con poca costa, •
ce~~udo á ta fuerza-el buque peruano queda· •. d~ ªau1 saqucm?s la consecuencia dé lo que esta bien dcfe.n?ida .Pº "' ~ln:• plaza fuerte.
prastonero de guerra. . s~na . e Colo!11b1a, en donde; se ha pcr~1d? · con una P.~blac10n igual 1 llena de hondaéJ.-
. Tengb la honra ,de reiterar a V. E. las pro· ledo •. ~eμior a la m!1erte1 s1 empezasen a que no ~XiJC _m ay?rcs g astos para conscrv-ar.
. t~las de mi alta corisideracion, suscrihiendomc hostiliz~rse los partidos. No. SQn ya los su segunda~ rnter!ür: co~. hombres de ha~-
_,0 ~tentO obediente servidor. colomf?1anos. bombFCS q~e s.e de1arán degolla~ tan te ~apac1dad~. l Sto miignno tan prom1•
· José Mana de Pando. como mansos cord~ros, 1 s1 una .vez llegan .ª nen te que pueda poner en peligro sus liber-
., Escmo. seño~ vicepresidente de la República. p~netrarse los p_artidos que pued¡tn pranun- tades, con ~lej~res rcnl!ls i menores ~astos, i
. · ·. . ciarse, que no tienen otra· esperanza de salud con un territono sano i lleno de minerales
· «Comandancia ;enernl de Marina.-Callaó 9ue en. sus propios recurso~, la guerl'a .será que cada dia_ han de anmentttr su riqueza,
<1.S .. tJ~ moya de 183<,.-N. 244--Seño': min~tro mtermmable en este suelo. . . . · ~u~l.quiera .creria ,que ~ebi3: s~r . la mas emde
~·lpi{o deJ despacha de guerra i marina. ·.Nosotros n~s JT~l!amos en el punto.mas crítico penada en. es!a separa.e ion; 1 s.in emba,rgo. el
Señor jéneral.- Con la carta orden de VS. d.e la · revolucion, ·1 nos tein~!l?os mucho que temor de · ir. a resol ve1• por s1 ut;ia c.u:stion
~e. tecihido· Já causa del hergantin goleta me- sino .ll~n:i~m~s ~n nuestro. aus1lio todo nuestro de tanta entidad. como la ' dias ·de la inti- títrnos. :Sulo ha1 un pr10c1p10 de salud que ea de la voluntad de las otras _partes, snlo por la
·macion de la. prímer sentencia de detencion. ¡ 1a \ei e.:xisten~e, · principio que s! abandonamos esperan~a de que un negoCJo de t~maña _im~
la que hai apelacion a la corte superio;;- de so~os perdidos; eero prmcip10 que aunque ·portanc1a se tratase de un mo~lo nac100:al,. l m»
~licia. · · d.éb1l por ahora. s1 1~ós empe~amos en soste- se cerr.as~ del todo la puert~~ª un avemm1c:n~o
· Dios guarde a VS. .nerlo, al fin se fortificará 1 trmnfad de todos que pudiera salvar bs glorias de esta patria
José Pascual de Yii1ero. los ostaculos.. Todo en el mundo ha sido en su q~eri_da,comprada á· costa .J.e tan grand.es sa-
. . (El Conciliador.) · nacimi~~to 'débil ipequ~ño. : pueblos, artes i criñc10s. ~ueda la bondad Je 4stos mismos
~·~EDiTORIAL.
· · ciencias eran casi nada en su m1jeo, i la cons- pueblos, dignos de la mejor suei·te, hacer tal
tancia del hombre los' ha· elevado al engran- impresion en la ~arte isfluye~te de sns ciudecimi~
to que !1ºs a~mira. Por lo inismo dad~n~s, .q~e. h ac1endolos º~:'1d(lr to~o lo q1:1e
que no tiene cous1stenc1a alguna entr:e nosotrcs pud1erª biernan la República: no ea tiem-po
de averiguar si ellos son los mas a pro-pasito
para estos puestos, siso si· ellos son los
majistrados nacionales, i si está en los deberes
d~l patriotism~ ~ooperar e~ μu~stra ()bedieo- - IMPRESA POR ;J. A. ClJALLA.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Caceta~ Estraordinarla.
~·
VENEZUELA. p~l)báhle .de mí comisiqn, i aunque · t~o
Pal~nCia -9 de julio 1830.:.. Al señor · 'é-l .·gusto ·'de . inform·;i_'t al gobiern~, que
aecretario ·de Estado i del despacho del eJ ,~ de Venezuela ; junto.con el pueblo, ño
interior. · · ·~ieren .sino la pa-z i fa a,mistad c_pj{ ·el
He tenido la honra dé recibir fa nofa de la Nueva Granad·a, ~ .no sé basta q~~
de_ VS. de 3o de mayo, los cincuenta ·pu.nto puedan írifluír- éstas -búenas..í a·mi- .
ejemplares de las leyes ~adas · 'por el' ... ga~le.s disposicione~f- en el m.~nteni.niient(>
cá_ngres<:>. ~on~t~tuyente de ~olotnbra; i . , d~ la union .. - . .
el que ·estaba autorizado ·por ·VS. Lus. -mov.imie11.tos . reroluáooa.rios
El ·4 del eorriente llegué á esta ciud~d, o(iurridos en Orituco, Riochico i otros '
habíeodo récibido en el tránsito· ausilios pueblos al · orÍ~nte de ·la· p-rovfücia de
mui oportunos por parte .
Iica, la lei de 11 de ma 10-, i el cuaderno
de las que salí!cionó el congreso coristi...:·
tuyente con la nota de que aco_111paño
a VS .. copia. La contestacion que he
recibido con fecha de hoi del señor secre.
Ún·io.-de relaciones e:steriores, ·i de la·
cual taínbien hallara VS. adjunta una
copia, le pondra de m:anifi~sto, qüe ~s
al congreso constituyente de Vene~uela
á quien toca examinar la constitucion de
Ja Rep.ública . i las ' 'entajas ó inconvenientes
de la union ..
' ~ºII!º no tengo . un peFfecto conoCi-.
miento". del ·estado de la opinion en esta
parte de la República, no puedo_ anticiparme
á 'manifestar a. VS. el . resultad"o
atento o·bediepte servidor.
J. de D . . de · Aranz.a~u-.
Do~':lm~ntos á que se. -~ñ~;mie~or
comumcac1on~
Palencia 7 de julio de · 183~·-20.-Escmo.
señor jefe del Estado de. Yene'zuela. · -
SEÑoB;
Et supr.emo ·poder ejecutivo c)e la rep~fhlica
~e Colombia., 'al dar cumplimien~o a Ja lei;de .
1 l de mayo; del año 20,de que tengo el honor
.de ac?mpañar á V. E .. una copia debidamente
autorizada, ha estimado conveni~.nte .comisionarme
·cerca de V. E. para pr,.sentar_ por su·
conducto a las (H'ovincias de V ~nezue1a, la
co_n~t~.tu~ion . · politica- de la .. rtpública de CololÍlbia,
. sancionada por el congresu. constitu~
yente ·eu la ciudad-de b.,gota ~n ~9 . dr ab~l
del prc~ente aiío, ~omo ·\lil vinculo .de μ.1ioa i
d·e .conéordia. ·· ·
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Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
~l. cumplir con este encargo, i pt'esentar a
V:E~ las copias que se me han entregado de
1a constituc100, i del ·cuaderno que contiene
las leyes sancionadas por el congreso constituyente,
me cabe la honra de manifestar a
-V. E. á nombre del gobierno que me ha comisionada;
que· sus (le"seos los mas vehementes
i sinceros, son de ver restablecida la integridad
nacional, i con ella, la fuerza i el poder de Ja
República, la estabilidad del gobiernj) i la
libertad del pueblo.
·Grandes han . sido, señor, las mudanzas
sobrevenidas en el gobierno de Colombia ; la
politica que dirije su: consejos- es franca i
liberal, i mui eficaz su deseo de llevar al
cabo la consolidacion de la libertad politica,
_de oponerse con tal designio' á los planes de
subvertirla, sean interiores 6 csteriores, de
mantener el orden, j C$tender la paz i la
confianza mutua en todos los angulos de la
República. En la marcha que ha emprendido,
consagra su atcncion i sus esfuerzas á sosten~r
i defender los derechos del puebto, -i los
principios i las formas repúbh por el gobierno de Colom-bia
cerca del de Venez ueléf. -
IMPRESA POR J . A. CUALLA.~
A
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"Gazeta de Colombia - N. 477", -:-, 1830. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2875573/), el día 2025-05-01.
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