CO- I~O}JB.J A.
Esta Gact!te ••it! .loe 4om~; S-e msc1 lb~ •
ella eo. las ad1B;ñi1'trac1oaea ·d& ion-eos de laa -capttat-
es ' de : pr~"\nci~. Lf ~uscripc~toa. °!ttal valt:
d.i~s pesos, cinco la. 1le1 ... ~estre_ t v~1~e. realu -_la
~ trimeitre. -
Ei edit9r ~ijiril lós _ ti;omeros • por .fo~. .-~~·r•reo·s
a los S••sCriptOre8 i a .los d1:,.esta ciuda-ct · CU~· s ... bs...'.
cripriQDes. 5e; reéib~n e_n ñ tienda DlMUl'!("O -1·. ; ~-aJl&
primera del·. c.omerc 1q_,_ ,. .. fes Hevar~n a. su11 c~-as
J e bahitacíon. En- ¡ll- misma ti~nda 5 .. venJeo .loa
números suelLos a dos real1::s. ·
UOGOTA, DO.l\HNG-U 18 DE JULIO ·nE 18~0. ;-;-o !!!!S
~~f:UJ\lES't'RE Jo.
JURAMENTO DE LA CONSTITUCION.
La constituciQin ha sido ju.rada,. con arreglo
al dect,eto ele · ]a materia, en .la capital del
.J;epartameuto..d~ Cundin-.neua, et dia. 23 de
mayu: .e.u fa . .-pital . 6el def>artameut_, del
Magdáleua-.A tl 1'., ele jaio: en la capita 1 . del
depal'llli••• a Bofat~ . e.I l 'l del mismo
mes . i en la C#pital del depal·tamento del
Cauca, el 19 del mismo.
DECRETO
DEL PODER EJECUTIYO.
Joaquín ·Mosq~ra presidente de la·Bepuhlica.
co~SlDEAANDO:
t .. o Que la lei de 22 de ntayo de 826', que
dispone se rejistren l<>S -documentos i actos
chites· qoe en ella se espres:m, satisfaciendos~
Jos derechos que se d~ermin·a.o, no ha ténído
su debido cumplimiento, ftltre otras ~usas,
porqu~ • f!sar de preveni~ en e) artícalú 1 8,
que no r.ei)utraodose tctles actos 1 documentos
. se incun'e cm la pena del duplo de los detechoa
que deben satisfacerse, esta pena· se ha he~bo
ilnsGfh por DO babefse fitade el térmitto dentro
del cual debia -Yeriticarse el rejistro:
2. 0 Que es un deber del gobierno dictar .
cuanta& providencias~ decretos i reglamentos
estimeoport~DQj, eara ~e las leyes se .ejec~t~~
con puotuahdad, i se eviten los_ fraudes de lti!s ·
rentas oacionales2
. 3. o Que disponie.ndo la · r~ferida lei de 22
Cle mayo; que lu hipoteca& t teatamento& ae
rejiatren dentro de vemte dias. es mui conforme
al espíritu de la misma, que· este término
se señale par.a ~ue se vm6que el r~iistro de
los demaa actos i documentos que deben rejistrarse;
DECRETO.
Art. J. 0 Los testamentos cerrados deberan
ser rejistrados dentro de ".yeinte dias contados
dude quP ae protocolise el testamento, i los
abiertos,deotro de los ninte dias..._ contados desde
la muerte del testador: las sentencias ejecu.
toriadas .én m~gooios civiles, dentro de veinte
dias, conta,los desde que se dió la ejecutoria:
las escr1tur111 dentr~ de veinte dias, .contados
clesde la fecha de su ()torgamiento: las títulos
l» despachos de l<>S" emp1~ados civ.iles, militares
i eclesi~sticos, las pi1tentes de navegacion mer cantil,
la1 de corzo, los privilejios ~sclus.ivos,
los rejistros de minas i los títulos de ciudades i
Tillas, deotro de veinte dias~ contados de.sde la
fecha en que se espidieren. · .
P~rigt'afo 1. 0 Los documentos imijcadOs
que no se. hubiesen rejistrado antes de la puhlic.
acicm de este deaeto, to serán precisamente
en los ·veinte dias primeros, contados desJe que
1e publique.
Pa.Qgrafo 2. 0 P~do el termino señ1lado
ea el artú.ulo anterior. se exijirá e1 duplo de
los derechos 1eñdaJos en la lei por el re¡·istro ..
Art. 2. e Los tribunales, jueces, escribanas o f1111cionar;ios de cualquiera c1ase, no admitir'n
eo juicio, ·ni fuera de él, los meμcit>nados
documentos sin que escén debidamente rej~
ados.
Art. 3. P 'Cuando vaya algun espediente ~l
juez o tribunal superior, examfo~rá los d·u<;u·
01ento¡ presentados, i no estando rcjistrados,
exijirá irremisiblemente al juea ieferior, al
escribant:.i a los demas funci~narios culpables
la reapomabilidad, ceo arreglo al. artkulo 18
· ele J,. esp~esada léi. ·
Art. 4. ª En loa deapacboa o títulos debe
preeeder el réjistro a .la toma de razoo ~n el
lr~uoal de" cuenta¡ iolra o&c;inas .en que ,deben
.preaentarse.
Art. 5~ o A n10gun empl~ado se le lendrá
· como tal~ ni se le abona~a sueldo mÍeotras
que su, titulo o despacho .ao esté , rejistrac!o en
debida forma. .
Art. 6. e> El .tri1n;ui~I do c:.iieutas no (tb•lQ_:trá
en las gue A p11~ l'éSi.-tmeldos f>ª""dos,
contraviniendo !l esta .disposicioo.
Art. 7 O Los prefectos í gobernadores se
informaran, si tódos loa ·empléa~os de un departamento
¡· provincias, han reji'strado sus
t~tnlos o desp~cbos, i haran sllSptmder ~L pago
dE los s11eldnsia los que no lo hayan verificado.
El ministro secret.ario de Estado en el departamento
~e · haci~da ·queda encargado -de la
ejecúcicm de este decreto.
Dado en Bottot:t á d de in1io de 1830 --.io.
.JoAQUIN- J#ló'SQ-UERA. --Por S. E-. ei presidente
· de J4i &~pública--" Et ~iuistrO' de
hacienda~ Jtn11 '&nacio de Marques.
CQt¡GUJYE
El decf1Jlo aJl./Jional al plan· de estudios,
interrumpido- e·,i ~l núnrero 4 7 1 •
Art. 53. Despue-$ ft. nbtenei: el grací<> de
buchilJ~r lJl-5 cuc'S4tntea' de me4icioa, deheráo
asistir dos. años a loa bo~,pitalu ¡ ca,as de en·
fe19lDo~? al lado de los profesores. ~oncluidBs
i a.cred1tándolo ,con loj correspondientes certifica~
os, se presentaran ' exanieo a la facultad
de metlicioa, acompañando los titu1os que
acrediten haber.redbido loa grados de bachiller
i licenciado. Si.endo -~probados pot ella, quedai'in
habilitad~ara et qe~pó~- cle
su prof Psion.
.Arl. 54. Los que hayan obtenido eJ. grado
de bachiller, cuo·t-res ·años de estudfo de medi
·ciRa, conforme al plan que ha rejido. deberán
siempre llenar el e&tudio de los seis añ Js, para
pader obtener los l;rado$ de lic~nciado '¡ Ol)ctor.
Ar¡ueUos que tuvieren mas de cuatro ·años rle
estudio, solo practicaran el tiempo que les falte -
para completar los seis añQs, i csmenzará su
practica desde la publicacion ,de ~ decreto.
'TE.OLOJIA.
Ar\. 55. Habra en esta facult.ad una cate~ra
de teol• •jia. dogmtCttica i moral, otra de lugar!s
teolóji'cos, fundamentos de laerelijion, historia
eclesiastjca, i concilios jenerales. i otra de sa~
grada escritura. Los cm·santes asistiran por la
mañana a una cátedra, i á otra· por la tarde.
§.0 único La cátedra de t.eolujia moral, e~t.
ara separada de la dogmatica donde sea pos1 -
ble, ó haya medios bastaptes.
Ar•. 56. J..os tres primeros años, se ocup.ilrán
en el estudio de los lug:,tres teol6jicos~ funda-:,
mentos de la relijion, te.olo¡ia dogmática · 1
mora1, i sa«rada escritura. Concluidos, ·
podrán . lo.s. estudiantes obtener e1 grado de
bachiller. - -
Art. 57. Los que aspiren a los grados de
licenciado i doctor, deberán cursar un año en
la catedra de historia eclesiasti"ca. i concilios
jenerales, i asistir por lo menos una vez en .la
semaná, .á los ejer.cicios literarios, que babra
en l;.s otras dos dtedras de teolojia. Deben~
tambien asistir en wdo el año, a oir las lecciones
de la catedra de literatua·a i bellas lefras,
poner ex.:.tmeo de ellas i obtener la aprobacioti.
Art. 58. Conduidos tales e$ludi.os, podran
recibir los grados de licenciado ·i doctor. Tam
bien podr,an obten~rlos ~quellos que á l.a puhlicacion
del presente decreto, tengan ya cuatro
años de estu~io de teolojia.
DEuceo cn·lL 1 c&wo1uC.o.
Art. 59. Hahra por lo menos en las universidades,
-una catedra dé derecho civil romano
i patrio, iotra de derecho canooico. La.
pri:riera dará· sus le<.·dones ~en los do' 1u·rnf"1·ót'r
años del estudio d~ la 111risprudettcn., i lª se ...
gnnda e_n el.ter.cero ·i cua.-tp.·
Art. 60. En la.cátedra de derecho civil 1·0 ...
miwlo i ptt lr~o, sf" fmseñar~.n rechos, cuyo esludio
ser~ de tal manera inseparablé, que no podrAo
obtener grados en ni11gÜño de ellvs, sin ha-berlos
estui1iado amhos. . ·
§.!> úr1i~u. Los qμe actualmente cursen "º
las .miversid:idt-s. deh.t>rañ Henar el cstodio 'üe
los cpatto años de jurisprudenC'ia civil i can6•
nica, sin perjudicarlrs el que de I~ una hav;1n
estudiado mas tiempo que d~ la otra.
Ar~. 62. En el primer aífo del estudio ·'de
der~cho canónico, los · cursant11s -estarán .obli•
gadosJl asistir un año a lá catt>dra de lugares
teolojicos i fundamentó• ~e la relijion ; para
lo cual se daran en ella las- lecciones, a una
hora distinta, que las de derec.ho canoni-co.;
Esta obligacion i el examen i aprobacioo
de las materias que se hayan eshldi-.do eo
dicho año, en la caredra Ge lugara teulojicoa
i fun~amentos de la relijion, serlo requisitos
necesarios para poder obtener el grado de
.bachiller en ambos derechos.
Art. 63. Los que aspireoa-ohteoer los ·g.rados
de licenciado i doctor eo a~hos de1·echos,
despues de recibido el grado de bachiller, de
herarr asistir «los año~ a las lrerillnés que dos o
mas C de los seis años, ocupandoJéi én ~ láa
materias que se han i~dicado, laJ-.que señalar\n
sU.s cateclraticos. En· caso de cú~lquiéra duda
sobre la materia que hayan de estudiar. li decidira
la junta de gobiero.o t1e la ttoiversi4'd.
Art. 65. Los q·ue quisieren seguidos c.ursoa·
de jurisprudencia despues tle baber ohtetaido
el grado de bac~1il1er e~ . teolojfa. •n0;._e&tarau
chligados á asi•stir nuevamente a la catedra d·e
lug~ tf'S ,teotojirns.
. A1·t. 66. El presente decreto ntl ten.ira ~fect'1
en c.uanto al estudio de las materias .que en~él
se _prescriben, i:lasta qμe ·-se concluya el añ~
escolar que estuvit!re principi~do ·~ tiempé>: 4e
· 3U publicacion. ··
Art.-. 67. Para obten.er d titulo de abogado
·es neceaari9"_~ 1. º haber recibide el .,;radO de
bachillel' i licenciado eo · am~ dei:eCh~ ~.·
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
CAPITVJ.D X.
Díspo-sido.aes varias.
· A.Ji. 68. Quedan •pt'Üuidás lasaubclireccionéS
de -.,dios~ gue haya uoiver
&idaa., i aua ·fancióoes:ae .._peiíarao por. las · resr.cti,.._ uoi~eraí~ en junta jeaeral _o
J1hi*llat ·~» la ·llJlfC?rtancla ele la ma~:
~uu • ellteftciean ~º Ja clirec.cioo jea.eral_ ele
es~ .ea todo lo celati.o A la ~
pUbJi~a. • _ _
4d.. . f?.9' Qu~n an~ru:~da. las _uo.•T.enl-
4~ pal"Q v-anar .en JUOta de cobiemo los
1ibrQcS .de ,eoaeñao.za. pr.esc.-i&os-en el -reglamento
de 3 de. oct~bre de J.826 c.íanclo asi convenga ..
dao.do ~u~ata a Ja direccioa jeneral .de estudios
· d'e c.-1;1alquier.a.. mudanza 9ae se· ha.ga para su
conociuii~nto ·j el del eob1ei'Qo.
_Att. 70. C"..ada una de las universidades de
Cól~bia forma!"ª eu. junta jeoeral d!l dir-ec-
1.-e.1 1 m,antros 1 .en el térmmo de seis meses
¡ lG 01as .. ~ coostitucioa particular que debe
compreodc-r todos los pQrmeoores necesarios
pan .,u. corn pleta organizacion. Eo dichas
t.oo•lit.u:eiolus .se insertaran las disposjciones .
dd r~.gta~9 de 3 de octubre de 1826 que
• haUen -vijeotea i que seau adaptables. lo
•nvmo que Jas del presénte decreto. Si .la
Jt1,.ta jei;aecal considerare necesario variar al.~
J_t;J&a1 .lo JJad en el proyecto. espresando por
~ las razone• en ~e se fwicla. Todo
ae remitirla .al gobiemo supremo por conducto
de_la . dittc.cfo~ jeneral par.& .-¡a aprobacioo o
teforma_.
,Art. 71. Quedan ·.autoriZadas las onit-eraidadcs
para fo.miar el reglamento que ,prescriba
ta edacacfon ·G_~ita .• moral, r.elijfosa i aocial .que
•e ha de dar a 101 jóvenes en las universidades
i co1cjios en el que se estahleceran las penas
i castigos que se les hayan de imponer por sus
dtferentes faltas. El ,g obierno se resec.va su
ap-roJ:,acion o reforma, a utorizandose en ·Jos
de guura .i 11Wrina1 ;ener111.I Joar¡uin
RtUis~ . .
Saiío• MINlsTao: .
·Ay~r tu!e .. el hOnor j-e c~m111iicar .~ ·vs. el ·
· ·nombraauellto del seaor Jeneral l.iws FrMi-
. ci1c:o l\iea ,._ suc:cedu .1 VS. en el miPisterio
mediante la nquocia de VS. Hoi tengo
BepU/JJko· de Colambia.-M~· de
bo~-&c,eilln ±---B~ 98 tú~
• t&3o.-.4S.E..-lll~~n.B.~.
T.engo la·. h0nra .ae ~luir' .a v. E. ·éopia
adtéotica del ae~ en ~ él ~
c.onstitu,Yente., á r.i~n?bre_ de la ~ eapnsa . a V. E. so admuac1on 1 -reCODOCllDleiltcJ pdl'
Jos eminentes servieios que le ha hecho i; cJe.clar:
a en su fuerza i vigor el 41ecrete ·~ ·CODgreso
conalitucional de ,.3 ele jllDia.de 1.823
que co~cedi6 a S. E. la pension de. 1re.i.Dta mil
pesos anuales :durante su -ada. · . -
Me es sobremanera grata ·Sl!r el. órgaoe
por el. cual se presenta á V. E. este tnbul:O de
gr.atitud, no meno& que apmvecbar es~a o por- ·
tunidad para ofrecerle la espresion del respeto
i distintuida considerarion con que tengo la
Jionra de sus<..ribirme de V .. E • . mui humilde
i obediente servidor.
José Ignacio de llar9ues.
Turhoco j~nio 16 de 1830.-.Al honorable
señor minútro sei:retario de Estado m. .el
departainentp 4 /Jaaendo.
Sdoa MINJsT.ao.
--.... >94 .... -
VENEZUELA~
. IU~ i-llJ.i.r_ .o_ . _,¡.¡ C-1o1lorm,:6J'.a;,.. . -Múús'tuio da _ .).!_ _intener l /~UJ.- ~ /u.fff#· 1 '~~e 1 83o .
.A..l est:JRUI. seliur • r ÍlllJe~al· SúnOI&
Bolil1Qr.
E.sexo. SEño~.
Por conducto del ministerio de. relaciones
esteriores ~acaba de .recibir una comunicacion
del pttSidente del ~opg¡-~ c1e Venezuela
.al presideme del congreso con$tit'nyente -c_¡ae
se reuoió eo.e$ta capital. El escino. se"-or
presidente ~e la Rept?.hlic~, embarazado cou
'el contenido de dicha comuniQacion, i en la
dud'a acere.a del partido que. deba adoptar•
al 6n ha remelto, que ~e remita ' y . . E. wia
:co~, como tengo- el honor de verificarlo, a
6o de que V. E. quede informado de ~notable
circunstanCia, por lo que puede in·
Huir en I• dicha de la nacion i .pot' la uaaceodencia
que tiene. coa la cloria de V. B.
Soi con perfecto- .r~to de V. E. mμi
obeCli.eot.e .servidor. . - · ·
/ YieÓ* °AZJl,lro ..
-se .tenido la honrosa sat.iafaccion c1e l'kibir
la apreciable . not•· de VS. de 28 de mayo
ultimo, ~omunicandome UD decreto 4ie1 congreso
c~yeate, del mism• ,-es. par el
cual se ha d ... darme las tp"aaaa l 110mbre
de la nacion, i ralifica la concesion que me
hi:r.o el congreso de 1823 de una pensioil de
treinta tuil peso.s anuales durante mi. vida.
. -Co•VNICAC101I A QCB. •• BD'IEa.t LA A'ftTEaÍoll
Señor presidente del congreso.
Tanta je.nerosidad i benevolencia ~ ~cia mi
de los p oderes supremos, por servicios que
todo ciudadano debe a su patria, i que por
mi desgracia han quedado imperfectos, me ·
confunde i humilla; ain que pu~da ofrecer
á la R·epública .mas .que lealtad i gratitu-d
eterna.
Y o me ,lisonjeo de que los distiogúidos ·
majistrados que el congreso ha t~oido la
sahiduria de elejir, cumplirá'! coR la glor}osa .
ohligacion de mantener la ~moo,}_~ paz 1 la
libertad, para cuya obtennoo dm10 al Ser ·
~upre'!lo los votos mas ardientes;. i trihut~
a\. .g?L1ern~ el r~v.erente ·homena1e de. m1
sum1sion a la Je1, i profundo respeto~' ilustre
.presidente. que )a Providencia ha concedido
á nuestras esperanzas.
Acepte VS., señor ministro, las gra~ias que
le debo, por la atencioo con que me ha favorecido,
i sirvase VS. acoj~r las espresíone's
de mi distinguida coesideracjon.
Con que soi su mui obediente servidor.
BD/Íf!ar.
'PO LICIA·.
República d¿ Colomhia.--Ministerio de
Estoilo en el despacho del inter10r. -Bogota
JUÍlo 1.6 áe 1830 •. Al señor jefe politico de
~sta capital.
El gobierno sabe, que se ·b~ difunuido en _e&ta
capital el rumor de que ex,stea e.n .ella c·mc.o·
lojias de fra~m~zones, i <¡~e se haUan ~n ac-
Gvidad. Estánd'o probitndas la$ soc1ed.ades
~e'cretas por .disposiciones anteriores. S. E. ~l
pieSídentc de la Re,pú.blic;a me manaa prevenir
a V. que bBga inmediatamente l;AS mas es-:
quisibls invcstiga-cTíones ~obr.e este h~h.o! 1
que C()D eUas dé V' -CUeDta .al 'P~·r __e 1ecutIJ'.O
p0r mi conducto. á la: '~)'Of bc.eJ'ed-MJ.
Dio• gUMde .a V~ .
YiU.n.te Az.11>ir'I •
Esc110. SÉ&°oa.
Cumplo con .gustg el deber qne· me ~.ª·
im,puesto .el- soberano Congreso de. an onciar
su iostalacioa por el organo de' v. E. al au·
gusto cY.erpo que preside. . Venezuela al se·
parar•e d.cl res.to de la. ~lica de Cqlom·
·bi.a, desconocit-ode · la aut~ridad del jeoeral
:Simon .Bplivar, ~.O '.SQ]Q eo mejorar su ad·
miniA.racíoo, en asegut'ar· sus li~rt.ades, i eo
gue oo ae malOl~a&e _la .ºbr!l de taoJ01 áiiot
.i de tao c04.toaos aacrdic10•· Por eso foé que
ante todas (:Olaa $e. ocup0 de reu11ir su re~
preséotacioo nacional, i eJta, instalada el 6
4:>rtono pnticipar
a todos . i mui particW:Ar~te a los grana':°
dinos, que los puelilos . de. la ant.igu,a V en.e.zuela
se hallan coogrt'gade1- en la ciudad de
V aJr-n.cia por medio d~ sus lejitj¡p()B representantes
para.ocupar.se de su húQe.stJr. Era
imposible que pueblot Cf«,le ~ cósno berm~~o•
hao· formado una Sola nac10n, .uM famiha,
que íuntos pelearon poi· la iodepefMlepcia, i
que despuea han sufric)o . unas roiJmas cala·
midades; dej~se de g~{dar esta juata co.u.-.
sideracioo.
No obsta 11ue Vene•d• se h•y.a pronGG ..
ciado por la separacion, pi que el ~ober.ino
congreso hara ratificado - este voto aoJ fnne
rserito en el corazon de nda uno de aus
hijos,. p.ar• que cooo~c) qJ!e es n~'e•!lrio. q\lc;
uno 1 · ofro cué·l'po .se eotiendaJJ, porqp.t J¡~
diferencias que tran.sijir é ipt~reses qu~ ii•T•glar.
El te~or de pe1·der la. paz, que St:jhre
todo desean los veee-zblam~s, leS hac~ lelQblas;
al . cou.cebir _Ja idea 4c que pqd,ie~ SCJ' . precis0
.Jihrar ~ fas armas el . 8Fl'~~JO de .jU~
oe6'oci.u.sf arreglo q~e PO sena nt,~ ~~~e!º•. nJ
Util¡ SÍDQ lQ fo~o ea cal·m;a, la l~st&c1~ J la
prudeoci~. Tal~ füerqn ••• ~9il&1deraci0Qes
que guÍMoD e( an~O de} ~bft'aμ.Q Eongref')
a1 aCffd.aF .e·o la sesroa del d1a 2 2, q~e :es.t;aba
p,E9Rto • eop-~ en r,1.a~i~es i ~ap...cj!>~
coo C~namarca i Q~ 1 que-.. ;ts1 lu (>fre·
cia a noll'.)br~ . d_e IQa. pueblós 81;1~ comJt'8te1~
Beoéfi~u, te~ao sin .tuda, _plia QJIO i otrG
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
7F5
_......~~tes ·nlaciónei: No es facil•
~- ..... Íl~od~ se este~derian sus utiles
.... .._ pero Venezuela ,a quif.'n una serie
·~. •les el~ todo jénero ha enseñado a ser
P.~te,, que vé en el jenera\. Simon Bolivar
d '"Wñ)ec1C:J• ell~ i que tiembla todaviá al
considd·ar ~ftje,zgo que ha corrido de ser para
siempre su patrimonio, protesta que oQ tendran
ac¡uellos lu~t' mientras este permane1.ca en
e) territorio de Colombia, declarandolo asi el
siberauo congreso en se¡ion del dia 28.
Estos son los sentimientos del ·pueblo Venezolano,
i de ordt>n de sus reprdentantes lo
manifiesto a V. ·E. para que se sirva ponerlct
en conocimiento. de la ·nspetahle · asamUea
a cuya cabeza se encuentra.
Dignaos, señor, honrarme. ·aceptmdo el
respeto i estimacion con que me su~crioo de
V. E. atento obediente servidor.
Franciu:o Ja_vkr Tanes.
CoNTEST11.c10N.
República de Colombio.--_Mimsler_io -del
int!rígr: i_jusJiJ;Ío.-Bogo~á julio 16 th 183'0.
.A. lo.s señores secretan.os dtl con_greso de
Y ewezrle/o. ·
El señor ministrn de relaciones esteri~res
me pasó una comunicacion sin fecha, Tenida
por su conducto, i dirijida por el escmo. señor
presid~nte del congreso de Venetuela,al escmo.
aellor _presidente d<:l congreso constitu.!ente,
celehrádo en esta C\,Udad, en que el primero
anuncia la instalac1on de la misma aslmblca,
i partici~ que en la sesion del dia 22 de mayo
acordó el Cjetos
del referido decreto: i que agua~da lus, resultados
CJ'!-e ella produzca para dehber:.r en consecuencia
to que le correspouda eo uso de sos
delter~ i en cumplimiento de las demas dis..:.
posiciones· de la citada lei. Pero que siendo
de una iroportancia tan vital ·e) que se .nstaLlezcan
esas relacionts i esos Jaz~ de unioo,
· que ya dieren a Colombia u.isteocia, poder i
gloria, i que siempre seriai necesarios a .l• reciproca
felicidad de s~ pueblos, S: E. no
puede méoos de. repetir .en est~ _ocas1ou,_ que
ningun otro médio nos conduc1na mas directameate
á tan sublime designio. como la cele ..
bracion de una conveocion colombiana, en
dOode se transijiriao •e comun acu~rdo todas bs diferencias i todos los intereses, i 'quedariao
de· una vez arregladas por la mayoria, las rebcionrs
que en l~ succesivo deba QOnservar
la familia colS. inu1 obedie~te -'~~.~.
Yicente .Azuero.
SESJo-n.U DEL ·co11GaB.10.
Como la est:rec;bes de nuestras coluonas ~
. ·DOS ·permite io~rtarlas iate;r.aa como estilo
en la Gaceta de Carac.as, tomaremos de ellas lo
que nos ,pattzcá mas importaate al pUblicoo.
)N&'f.&LACJO'.M DEL ~o!llGlláO.
Et 6 de ru:lyo se instaló el congt"eso ,collltituyente
dé ~eoem.ela! el! la ciudad de Vál~n~
cia con l~s d1putados.AgU1«:_otes:
Aritooiu Jobé Soúhldte 1 Juan M.!!L...-, por
Lt provincia u ,Gua):ctP:t ; ·.José Guu,, .,- la ~e
Cu11iani; JOlé T~ A1o~a,,&~. Edmnio AD-
1.oit ftaart.a.~ 1 Ma_bas ~v~_, _por la ~e ·
· JLii '-")Ande& N~. PQllCUco Ja~,
i.. __.- :· i'· 1··-\!'*,8~=3et>ié~ M~a'Í=a V~i~rp
~...:- ··-
CACETA DE COLOMBlA
t . ... 4--- ·- .. _.. . L. - ~ .. " ·- -·--- e ·~ -· u .za_ u
i Anjel Q~~t~~ .. por la de Go::racas'; Miguel
P.W, Vicente l\Jicbelena, José--nilario Cis ·
~ .. Andres ~!l>~f. l"osé Manuel de l9~J\iUJ •
-,~ M~nuel ~·· Diego Bautista Ua:hanej~
1 Francisco Tonb10 J;lcrcs, por la de Car~~;
Juan José ~.n_lid.o, Antonio · F~.b~t~ p>i.:'Q~r!l, I
Ramon Del,gado,. Bartolom~ nalc,t.a 1 Franc•s· t
· co Q_od:l,. por la de B,!l!inas ; Juan ~e Dios :
:ficon, Juan ~'; Di?s JU.~}'$} Agustio_Cbipia;
por la de l.\'lertda, 1 Ricardo Labasllda, por
fa de Marac:a1oo:
MENSAJE
del jefe cwil i müitar, al co11greso constituyente
de Yenezuela~
Sú~oa.
La reonion de los representantes de la soLe·
rania de V eoezuela, es el gran objeto de rt)i
sincera congratulaciow. se ha instalado bajo los
auspicios eas favorables: apoyada en la opinion
jenttaf, sostenida por el ejército, sin la
ioflyencia áe uingun poder éztraño, i pedida
por todos l-0s pueblos como ,el único remedio
que ha de poner término a los males que los
ae;jen. · EUe, miran satisfechos sus ardient~s
desos, i . yó cumplidas las promesas que Jes
habia hecho de protejer i defender sus v'>tos,
segun mi c~: pacidad, hasta este dia venturoso~
Mi espada; mi lanu i todos mis triunfos mili ·
tarts, e~tao sometidos con la mas respetuosa
obediencia á las decisiones de la lei. Hasta
este dia he gobernado cemo jefe del Estado i
jenera\_del ejército, sin otra regla que el bien
comun"l la tranquilidad de todos: los pueblos
congregados parcialmente me confiaron la au•
toridad, i desde el dia 13 de enero en que tomé
sobre mí tan do\icados encargas, se ha cooser·
vado el ·orden, la paz i sumisioo al gobierno
en todo el territorio del estado, i el ejército
ha obser~ado la· mas estrecha disciplina • . Se
han disipado ya las negras nubes formadas por
un poder ilimitado, que causaban temores al
celo de la libertad, i con la mas dulce satisfacción
he visto llegar la aurora del dia en
que la lei recobra todo au poder. Y o gevuelvo
a la soberanía del pueblo las facultades de que
· me babia Hvestido, sin quedarme ·otra cusa
qu~ el contento de presentar a Venezuela
unida, sus autoridades respetadas, sus votos
protejidos, i ar,mada para defenderlos con un
numeroso ejército tan capas de resistir cualquiera
1ovasion, como de Ín".\'adir si fuere ne·cesario.
La situacion politica de Venezuela
en los priocip31es ramos de su administra tion
aparece de las memorias que me han pasado
los tres secretarios del despacho, las mismas
qne tengo la honra de a·compañar. i llamo la
atention del congreso mui encarecidamenle
sobre la importancia i utilidad de la milicia
ausiliar i sobre la deuda pública, que mi1·0
como un co promiso de honor que nos iocumbé
a todos.
Lleno de placer me considero desde hoi re-_
ducido it la clase de simple ciudadano_ i espero
con amia la resolucioo de la majestad del pueblo
que elijan la persona que h.aya de sucederme,
asi para entregarle la dif'e.ccion del
. &tado i mando del ejército. como para dar en
·ma despedida UD tierno abrazo B mÍs antiguos
compañeros de a.rmas, que sea el signo de mi
verdadera estimacion-i amistad; encarecieodoles
al mismo tiempo la obediencia como &u primer
deber, el ...alar como el fundaménto de su ~toña
i la libertad, como el objeto de sus trilUlfos.
Veo ya cerca, señor, el dia en que por 6o
vaeln a goar del re~o j felicidad domestica
de que estoi privado despues de veinte años
eamagrados á las fatigas de la guerca i al cuidado
de los intereses públicos. Solo me atrevo
a recomendar á la soberanía de la oacion las
. 'J.irtodes i glorias de ese ejército, que a fueru
·de p.:ivaciones ha conquis~o entre nail peli.
poi i combaus los derechos de que disfruta-mos,
i de qae se halla con las armas en la
mano para Ciefendemos, la sangre pre~ de
los ilnalidos Ha.suerte de las viudas i de los
hus&no:s, cuyo maridos i padres .adomao con
... DOmbres b historia de AlS hazañas, babi en·
donos dejado en so ••ill« heroico nobles ejem ·
plos que ·ÍmiW'. No dudo qne eata augusta
M'-6•-a,reaNJl~ .105 amcioa aúliu.ru,
i alivian la miseria de las familias que han
9edado ea borfaodad, pciyaclas de los recursos
con quf' Ja Providencia cuidaba de su alimeoto
nli duda sola seria uua ofensa lar.cha a los je.
uerosos seotimitmtos de los honorable• ff'.IJl'e ·· .
s~utautes i un desconsuelo pina esos di~nos
objetos de la compasion i gratitull uaciow.l.
P.ua mí solo quiern el descanso i el reino de
la lei: cous-.grcir· el resto de mi vida a la gloria
de ·mi patria, i ver establecida por regl:i• in -
·variable~ la los venezo\aoo1. .
Soi, señ"r, con el 01a1 profundo resprto el
m"s oLedieule súbJitu de la sobera11íaa nacional.
Jou A. Paez.
Cuartel jeueral en san Carlos ~ 3o ~Lril
de 1830.
CO~TES'l' A ClOft
al escrno. señor je,,eral José .A. Pse;;.
El cuogreso Collstituyeote inst-.1atlo <'n este
dia ha tenido fa satisfaccioo de ioa11guu1· s~s
actos con la lectura de la cowunicJCÍoo de V. E.
de 3o d~ abril proxi~ pasetdo. La coogratu·
lacion úblicá ceotr~r de Colom.
bía. El congreao corifia que las. disposiciones
pacificas de pueblos bermanoa oo ofrecérA$
di6cultad á este aveoimieoto amistoso. .F..J ·
estado de los diversos ramOs de la adminiatfacion,.
cuy~ -infurme dado por J~ n~i~
secr:etarios del gobierao, ha enviado V. t.~
este cuerpo. formara el asunto de 50$ nu•
sén~s. ~ed,itaci~n~•, ~so1!re 1.o! dalo•. que. e~t.H
t>s¡>os1ciones m1nastran; 1 · ~eme~1do a .b vuta
toCias las noticias que a ellos ~ refie~~ " , .....
bajara eo los reformas que 1mpettoaa~m1e
dem~oda la desgraci.ada situaciQp .de los ~.
bl~ i emptííeo el ltonor de 101 ddegá~ •
Eat:e cuerpo sohe1"áno ba resuelto eo Já sc-
1ion de. boí, que V: E. ~tiaúe _In el. cle~~~peño
de las fW1~10oes .del poder e1~<.-ptiy9,
b.._ta 41ue · r.eau~Jv~ otea ce>Ja, P'!e.s. lá tla!-'Qn
Jil,ra el mante1m:me11~ ~el or4~ J MJ se~~d
en ~l acendrado patnommo, eo ~ ,1'.'~d•tiaa de
intencioues i en la uperieQ~ 4e V. E •
Coo la mas alta coruídéraciorupi~4~ V. E.
ateol.o o.beClienJe ....-~ · · · El p-aicleote .r-~ ·
. . Eninóuo j~ J'ann.
(~de Wf'O~~.)
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
MEJICO.
Se "han- -recibido periódicos de Ver~m.:
Lasta~• 20 del pi-Oximo pasado por el paquete
Pírji'nla. que fondeó el 20 ~éste. ,Seizun ~1
Jourm:1l of Commerre este buque·i:rae 187 5¡ .'.
fat>rtes en m1met'ario, i es seguram~nte la
u.ejor noticia que podcmus comunicar ~ rnttS~
tros 11'ctores. &tos seño r ~s han leido ya el
a.n-esto ele don José M. Alpuche, miembro de
. la camara de diputado~ á quien parece se le
encontraron varios papeles i plane~ relativos a una -conspiracion, por cuya razon el senado
babia -determinado abrirte cau5a por coos¡li.rador.
Rl señor Zahala había sido ah&uelto de
los carg0$ que se le hi<"ie1·00.
. El _gobierno_ me¡icaoo trata. de p~r.mitir la
libre mtr-educc1on de mader~s 1 prov1S1ooes éo
los puertos de Galveston i ·l\Iatamoros durante
d :•s étños~ i conceda-á igualmente, qu~ los
bmiues puedao hacer el comercio
Ce cabola]e •:OD tratos coloniales i durante
cuatro~ añ~s entre los puertos de Matamur~
Tampic~ 1 l\latitgorda.
. Hao sido admiticlos los españoles <¡Qe se
Lan presentado en los puertos meiicanos t'On
pasaport1!3 de Guerrero., dados en virtud de
facultades estraordinarias; pero los que se ban
presentado sin ningen pasaporte no han sido
recibidos. como era de esperarse.
Al fin el ieuecal Guc:c·rero ha salido de sn
retiro i ba tomado e1 c:ampo con 60 soldados
que el gobierno babia puesto a sus ordenes:
Segun fecha del a 3 de marzu '1e l\'léjico s~ le
debian l'eooir el jenera\ Montes de Oca i los
C(lrone es 1\lonroy i Collado. Parece que el
señor SalgadQ., qu·e babia regresado de t\torelia a C1:1enca trata tambien de rt"ttOir-sele. En fin
se quiere decir, qoe han reunido ya- sobre 200¿
hombre-$, ·¡ el ohjeto -de su levantamiento es
.-establlcer las lejislatoras, los gobemadores i
f"uncionarios, que babian sido depuestos; impedir
~1 que el co_ngreso jeneral trate de cortar
los abusos cometidos por los cohemadores i
lejislaturas de los estados. ~ara el bien i dicha
tle. ·tos pueblos., los levantados declaran por
traiaores a los que nieguen los medios -qtfe
tengan para llevar al cabo su empresa.
El ~bierno ha. tomado .ivarias medidas i
entre ellas la de haber nombrarlo al jeneral
Bravo por jeneral 'de operaciones contra los
facciCNOa. (M'ercur'ÍD de Naeqa York.)
ALEMANIA.
El Nu.r~ber& Cor.respondent asegura, qu.e
corria el rumor de que una de las potencias
babia propuesta un congreso eua·opeo p
mo t amb~en_ la Peninsula; la actual ajitacio~
de la Francia 1 los nuevos. esJados de América.
tle)
-~-
EDITORIAL.
La libertad es, sin duJa~ el mayor yresente
que la Divinidad· hizo al }¡ombre al tiempo de
su crea-cion ; pero es tam.bien la pre rogativa
que mas enemigos encuentra en et mismo
hombre. Cuando la historia de todos los
siglos que han pasad•>. i Je tantos pueblos ~ cla•-
izados no dieran testimonio dé e-sta triste
verdad, nos la haria sentir ia ditic,ultad que.
esperimeotao las repóbliras de América para
.a~~~....ta en· su suelo. l.ibe~ad {ué . el primer
grito fjue dió el nuevo mundo al tiempo de
su reYolucion, i desde entonces 1)0 ba cesado
d~ invocarla ¿pero podemos decir que la ha
d1sfl"Uta40? Los . tra~ornos que ha. esperiBlentado
i. espéñmeota . nos .respo~den que no.
J. Pero sera libre al fin? lo sera; porque la
natura~eza . el sigto i so poaicion son los ajmtes
de su...libertad, ajentes á .;uyu poderoso influjo
todo ha de ceder. No nos intimida er mal
suceso que la cau;;a de los liberales acaba de
tener en el antiguo coDtineotc: porque alij
era la causa de al,;unos hombres contra t~
un monde. cuando aqui rs ta causa de .tÓdo
Uo mund'? CO,~tra !as pretensiones de a'g_nnc.s
pocos. S1, no ba1 qut:. d_c.d~ a·lo. los ~riunfos
que pueda conseguir el ,t>Od~r arbitrario en~e
oosotros, s~ran siempre uaos triunfoa del m~
mento .. que al fip han «Je cedert :4 la~
GACETA DE COLOMBIA
netesirla.d de la Amér;ca toda de ser libre.
No- nos desconsolcmo~ con tos estravios pasados,
ellos ~ran inevitables eD pueblos que
-empezai'tan a ser. La ignorancia de los ame·
rica_nos va desapareciendo, i su constante apliccsc1on
a la ciencia del gobierno, nos hace
preveer, que no -'Stá lejos d dia en que ellos
brillen en la. escena del mondo Po .. su saber.
como h•n bnUado por su valor. ¿Pero que
hacer contra tanto enemigo insidioso, contca
tanto hombre ambicioso que lut ha porc¡ue
no ha}'ª orden ni libertad entre nosotros?
Ellos desaparecerán, i desapareceran bien
pronto cuando el deseo de ~den i de C>rden
legal que los mismos trastornos van fortifi cando
en los nuevos estados, no les deje otro c4mino
de am~icionar que el de pro curar cousolidar
~ste mismo orden. ¿Pero i la precipitacioo
con. que se resnelven en sus consej6S los negocios
w;¡s_ arduos, no sera mas uo ostáculo
A su coosolid acior:? La precipitacicn ha sido
compc.ñera inseparable de la infancia de los
ptirblos i_ de Jos hombre~ que no puedt-n
hacerse circ!lnspectos, si.no por la esperiencia
d~ sus propios errores. La América ha su -
fr1d~. bastante con los que ha cumetido por
su h1ereza, para que en adelante no obre
con mas deteocioo. Dolorosa ha sido, sin
duda~ la escuela ei::- que debian aprendf'r los
ame!1canos el camino de su dicha, pt"FO era
pr«-«;•~':' que ellos encontrasen su bien en el
su&.1m1e11\~ de todo mal~ i no era posible que
se perfeccionase una do.ble revolucioo por
Ja indepeo?e?cia i 1-ibertad sin pasu por grandes
sacud1m1entos. l\·lcnestec ha sido toda
la opresioo del pod~ españμl _para que los
pueblus to-masco un 1nl~res en independizarse
·i~ él; i menester ha sido tambien, que esperim~
ntaseo las funestas c:oosecnencias de la
':ersatili~ad para que se empeñen ea coosobdarse
1 asegurar su libertad. •
St>gOt'ameote. que es mm:ho mas dificil
afian~~r la ~ibertad i el orden legal, que lo fué
adqumr la..10.dependencia; pero tambien tenemos
dos _ventajas mui ~randes eo esta nueva
luc_ha. . Pnmera .. la de que la libertad que
!im qm.eren los pueblos, es una libertad que
importa 3 todos los individuos de la sociedad
i que_ por ~?nsiguieote para alt'anzarla no hai
necesidad s1~0 de hacer sentir al interes iodividual
~e la ~usa es SU}:ª· La segunda es,
qu~ el s1steo-¡a. ttpt"eseritatlvo, que es la imica
guia para sahc del ldado i
el cmdadano;-el ~clo por el sostenimiento del
órden 1ega1.
Se equivocan.. sin duda, los egoistas que
creen hacer un bien !a so p4'tria i a si mismos,
no~ toruaod? ~na parte activa cuaatQ lo permita
la ptlSICton en qu~ se haHan eo la sociedad,
en que se consolide este orden legal.
. No . es esta empresa una gloria meramente
nanonal, ni las ventajas que trae, son solo
para,. lo_s que están llaJ?léld~s a figurar en la
.a~puhhca; sus bene6c1os 'Importan ~ t06los i
cada· uno de los ciudadanos. que han de -ver
en el impefia de la lei, l.a ¡alvagu.ardia única
de aquellas garantias individuales que hacen
el eocé:IJ)to de todo hombre en esta época.
Querer ser libre en el dia, H querer ser in·
d·epenste termino
es la lei. Torlo cuanto lo ttaspase sea
por parte de los majistrados ó de los pueblos
~ _una iofra.ccion _ del deber. que no .puede
chscu1pars~ n1 aun a preteslo de hacer bien · .¡
si l?.~ segundos tienen el mas grande dercdio
á ex111r rle los que los mandan que ajuster' su
conducta a~ del:5er legal, estos puedeo .exi-jir
con just.i:cia ta suhordinacion del paeLlo a
la lei i a sus mandatarios lejitimos.
a VISO.
~ edificio que ~irvió de fábrica de nitros en
~ogaruozo, ~on_ c1!1co fondos ie · cqbre, diez i
siete cubas d~ ladnllo, cuatro puertas, incluso
~ portoo i una chapa corrie_nte,"i -que se h~lla
situado en una -·arca que tiene. cien varas de
.frente a la calle, .seseota i siete de UD l'OSta(lo
o_chenta i una del -otro .. i. ciento tres por la es.:
Admiramos las repúblicas antigua~, pero
conoc~mos que las nuevas no puedr u.ser libces ·
del modo que lo fuerdD ellas. La libertad
del siglo 19 es una libertad sua.ve, en vez de
c¡oe la que gozaron los antiguos era una
hbertad prorr.lo~,, que se alimentaba en e.
furor de los partidos, 1 en la injusticia para con
los otros pueblQs. Roma, tan celosa como era
de la suya en el interior, era :acaso el tiran~mas
insoportable para con los puehl0.5 que
sojuzgaba por la ne.ce-si.da/i de no devorarse.
Entonces la nacion babia de serlo tlldo, i el
-ciudadano nada, hoi el bien nacional 4a de
her:maoarse .con _el bien iodividu~l para que
haya verdaderabbertad. La pobttza alimentaba
la 'Virtud. de a4J0ellos antiguos republi.
canos, en 'Tez de que ai el siglo presente el
·amor de ~ .ric¡o~ i_ d1: la propiedad, fomentando
la mdustna 1 _el tn.bajo. es el apoytr
.mas firme de tas labertades publicas.· Que
conezcao nur.stros pueblos, que uo gobierno
tau \i~re como al que est~ -llamado~ a dísfru,.
tar, lé1os de se.- el enemigo de so 10dustria_
de su seguridad personal i de su libertad, es
el orijen_ de ~staS preciosas ganotias individuales,
1 los pueblQS tomaran el interes que
cl~ben -en la coosolidacioo ele ms gobiernos • .
pcd~~" debera retruttarse en· el pos&or que mas
ofreciere en. nles de la deμda cóosuliciada ~
eo:iittdos por la co11i1sioo d.e"t credito naéíooU:.
e'! ~teliiencia que ninguna ~stora sera· admmbl~
por menos d~ Ja caoudad. priucipal de
ttts mil pesos en q'1e e.sta awaluado.,
Mas no por-que la lil,ert'd hay.a variado de
basas, ha perdido nada de •'U encanto, i \.aD
brillantes pueden ser boi las accionés de loa
libres, como lo fuer.on en· los tiempos mas célebns
~.e Roma i de Gr!!cia. Los congresos.
las ma11StratDr4&15, los tribunales i los nmpos
de batalla, auo los nuevos teatros abiertos á
· los americanos para hacer resplandecer su
saber, su via:tud, su valor i su patrioti$mo.
Los m~modalea te diriiirm ~ 1~ .¡v~ctura
de .Boyaca.. ·
ERR-ATAS ·SUSTANCtlLES.
En el· estado de correos, puhl~o en el
númern a~teri or, en la partida l . •dél cargo
~ice •3703.r~s: lea~ •3073,• ~la 4. e par_:
tida de data dice .,.ss~ ··r:• _lease ~4458•.
••·P~UA PfrB. .J. A· CtJALLA\ -
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"Gazeta de Colombia - N. 474", -:-, 1830. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2875570/), el día 2025-05-01.
¡Disfruta más de la BDB!
Explora contenidos digitales de forma gratuita, crea tus propias colecciones, colabora y comparte con otros.