G A CE~r A. D·E COLOMBIA.
Esta Gaceta sale los domingos. Se ~uscribe a
~Ha en las administraciones de correos de las ca"
itales de provincia. La suscripccion :inual vale
diez pesos, cinco la del semestre i veinte reales la
del trimestre.
El editor dirijira los numeros por los con-eoa
~ ~os .suscriptores. i a los de esta ciudad cuy;t~ •mcr1pc1ones
se 1·ec1hen en la tienda Gomero 131 calle
tercera. del comercio, se les llevar~tn a sus casas
de hab1tacion. En la misma tienda se venden los
números sueltos a dos reales. ·
DECRETO
D EL G O .B I E R NO ..
Siown Bolivar Lihutado11 presidente de la
república de Colombia. etc. etc. etc.
Vebiendo arregbrse el réjimen político i eco·nomico
de la ..Republica cooforme a las ha-ce.>
que.contiene el titulo 4.º. det decr.eto orgánico
de 27 · de agosto ultime, oido·el dictamen del
consejo de Estado decreto.
Artº. 1°, Por ahora el territorfo de la República
se divid~ en tantas prefecturas cuantas
intendencils h:li actualnaeote, i tendran los mismos
nombres.
§º. 1.º. .El gl)hiernr.> se reserva la r .. cultad
de ooir dos ó mas depart..:l mentos bajo la aut·Jridad
~e · un solo prefect o, i la: de agregar
provincias de un ~ prefectura a otra.
§•. 2°.I gualtneute se r e:;erva la ·rJcultad s reglamentos de la materia,
i dictaran las medid.is. o por turr.as par .• f?Ue elb
se perfeccio11e ctsegurando l.i tr~nquiliila J . ciel
Estado, i d ando complct1 segurirlad á fas
persoaas i prbpiedadeS: de los colombiano~, a
cttyp electo po•l_ran reducir a prisi· ·nes o il tr"estos
~ las personas que juzgue u convenit:ute. Cu.uidu
haya de seguirsdt:s causa a lo mas t.:irde
dentro de tres dias, pond1·aq el reo o re us a
disposicion del juez o t•·ihua'al competente; i
si la prision o arresto fuese correccional no
pasara de quince cHas. ·
Arlº. 4°. Los yrefectos tendran faculta 11 para
imponer i cxijir multas á los que .desobe d~ s c . pr ~cedera
la c:onminacion i una ernarlo~es ~eran jdes su ~· er~ores
de p olicia en todo el rl 1s.tot". de Ja pFOT.tn~1a:
t •lsar'w por ta~t de su
provincia par• dirijirlas á la corte de apclacio-nes
respectiva.
Art0
• u. En las proviecias en. que el gobierno
lo juzgue conveniente habra un tenieute
asesor letrado. que aconseje al gobernador en
los negocios judiciales, . i en los demas e.n que
fe c onsulten.
Artº. 13. En los. casos de enfermedad, muerte,
ausencia fuera de la provincja; u otro lejitimo
iiupedimento, sostituira temporalmente al gobernador
el comándante de armas ·de la provincia
cnando haya sido nombrado espresameute i
no haya entrado p or sucesion accidental: por
su falta, el teniente · asesor donde lo haya, el
jefe político ó los alcaldes munidpales de la
capital rle la provincia, todos por el orden
iodicado.
Arlº. 14. La dotacion de los gobernadores sera
fija o ev .. ntual segun las circunstancias de cada
provincia. fuera d-e los der·echos de arancel en las
causas i negocio'> que de·spachen entre partes.
· Artº. 15. Habs:a jut'.ces politicns que admi-.
nistren el cantun .o cantonea que se les en ..
coinieoden.
Art0 • 16 •. Los juecrs polltic9s ejercer~n las
funcion1::s i deberes atribuidos por las leyts i
decretos a los jf'Ít:S p uliticos. Seran nombrados
en propiedad por el gobierno suprerqo a propuesta
en terna de los gflbernedorcs, preYio
infonue de los prefeC'tns. S11 duraciou sera
de uno a tres ~ños j potlran ser redejidos.
Sº· unico. Los jueces politicos podrán ter
nombrad<1s interin ~ mente por 11,s f;Obernadore1
dan1lo cuenta a l'os prefeclos.
Art0 • 17. Tenór~n una supervijilancia inme.
cHata &oLre los indijen;ls~ i cuidar:rn que en todo
se les ª '!ministre justicia i se les ,uard 1~0 so.s
e c ··nciones i privil.·jios. Seran tambieri lcs-recau•
laclnres de ¡.,. contrihucion personal c-ia del cantoo mu; inmediato.
ArLº. 21. Por un decreto separado sedaran
las reglas para las eleccio.nes de hs municipalidades,
como t:imbien para b ,s de alcaldes
munidpales i p;irroquiales.
Artº. 22. ~l presente decreto s era adicional
a la lei de 11 de marzo de 1<'.'.125, de Ja que
se derogan los artfculos 27~ 35, ~>º' f..1, 42, .5.3,
63, 75, 7fi, 77, ¡8, 79• 80, 83, 8., 86, .98, 1 el
capitulo&. i quedan reformados los aatkulos
13, .28, 33, 3~, 43, :J4, 73~ 81, 117, i i:.u,.
Se derogan igualmente los articulo-1 6, 9, 10~
11, 12, i 13, de la leí adicional de 18 de abril.
de 1~fa6, refurmandose los artículos 1°. i 2°.
de la misma. ·
El ministro secretario de estado del cleapacho
del inte'rior queda encargado de la ejecucion
de esle derreto
Dado · en Bojaca a 23 de diciembre de 1828.-
180. S1"10N BOLIVAR· - El ministro secretario
del interior.
Jase ManlU!/ Restrepo.
OTRO.
Srmon Bolívar Libertador presidente . d~ ia
república de Colombia, etc. etc. etc.
CoNSIDER t\NDO:
Q11e para ;isegurar el cobro i cumplida p :1ga
de los derechos q11e por disposiciones existentes
se aseguran con 6adore!l hasta el Yencimieato
del plazo en que .han de satisfacerse, es necesario
fija1~ reglas invariables que contribuy~n a la
seguridad de¡eada,_ i niten los iocounn~eotcs
TRIMESTRE 32.
que ya se han ~sperimeotado con graTe p«:tjoicio
del tesoro oac1onal; . oido el , consejo de ESHclo.
DECl\ETO.
Art.. 1.
0 Desd~ la pnblicaci()n del ·pre9ente
c:n las a~uanas, 1 en fas demas oficinas de
recaudac1on no se a_dmitirao por fiadores . de
l~s d~rc:chos que en ellas se- hayan de. cob;ar
smo-!l cmd~danos arraigados en el mismo l~gar
en que presten la fianza, d.ebiendose pr~ferir
eo las adaanas a comerciantea . que teGgan
aquellas cualidades i la de estar matriculados
Est.a ultima circuost:mcia no se exijira mientra;
no se publique el decreto pdr el que se eatableceran
Jos tribunales de comercio.
r\rt. 2. 0 El administrador tle la aauana
6 • el. de la _renta respectiva que falte 31 cum•
pluru,nto del arlfculo 1°.· que6ara por el misma
he.chd pri·ndó perpe!11amente de su emp!eo, lo
mismo 9ue de SU oficio el t'Strib:m9 que OlOl'gue
la escritura de fianza; i ambosserau ob1igado•
de '!l~~cpmuo é iu solidum á subsanar é'Dllfquier.
per,.tucao c¡ile reciba el tesoro por la fatla·.dc
observancia del citado a rtfcu!o primero.
Art. a. o El ministro St:Cret~rio de EatadOI'
del despacho de hacienda queda encarg•do dt:
la eje<'acioo del presente decreto.
Dado en Bojsca a 23 de· diciembre de 18•8
18° •. -S1MoN liOLI V AR._:..Por S. E. el preti
dente de la Repúblicá.
Nlcolas M. Tanco.
OTRO.
Simon Boll1'ar Lióertador prtsidet_de de Id
repuhkca Je Colombia, etc. etc.
CoNSIDEltANJ>o:
1°. Los pl?tjuicios que mutullmente sufren el
Estado i propi~iarios con el decreto sobre hagaj~
s que hoi rije en la .RP,ubJica, por la
ties1gualJad con que !Se pagan, por no arreglane
i la cnstumhr~ de c;¡da pueblo: ·
2º. Que es a bsolutan~ente neces'3rio un arregl?
jeneraf en este ra~mo, sin el cu;¡I no podran
evitarse las ' reclama.c1ones. que sitoa jen~rales. •
Productos de agu~rdientes. •,
A bonos a otras teaorcrias.
- Donativo.
Renta de correos.
Conventos suprimidos. •
Arrendamiento de imprenta.
:f!.eiutegros al. tesoro. • • : • • • • • :
Caudales remitidos de otras tesorer1a~ 53 1 castellanos 3 tom.' de oro 1
Cantidades enteradas para el pago de la deuda N. e.stranjera.
Empréstito . forzoso. • • •
Renta de . tabacos. • • •
. Anticipa~ion al crédito público.
DerecLos de esportacion. • •
.Re$agos de ramos suprimidos.
DA.TA. DE CAUD.ALES.
Dietas i -.ladeos de 1u c~maras. • • • •
Sueldos i gastos de la alta cl'lrte desde el mes de julio p.0 p.º
Seeldos de las secretarias de Estados desde el mes de julio p.º p.ª
Sueldos de. la lista diplomatica • • • • • • •
Sueldos i gastos de la contaduría jeneral desde el mes de junio.
Sueltlos de la corte superior de justicia desde el mes de junio.
Sueldos· de la comision de liquidacion desde el mes · de junio._
Sueldos de 'la comision de repartimiento desde idem.
Sueldos de la rlireccion de estudios desde idem.
Sueldos d~l director de escuelas desde idei:n.
Sneldoa del mn*o desde el mes de ma1·zo. •
~neldos de los el;ilpleados jubilados desde idem.
Pago de becas al coJejio de san Bartolomé •
Pago · de pensiones dt>sde noviembre de 1827.
Pagado por deuda doméstica • •. • •
'Gastos de comisaria.
Gastoa . del ejército.
Gastos jeneralcs. • • • • . •
Gastos de imprenta dcstlc 1." de noviembre de 1827 .hasta
0
junio:
Librado con tali(Jad de reintegro.
Suplementn á la fuodicion. . • • • •
Renta . d.e tabaco desde 1.• de marzo de 1827.
Secuestros. • • • •
Sueldoa de la admic;aistraciob de alcabalas. ·•
Sueldos del consejo de Estado.
Pagad& del - empréstito forzosa.
COMPENSACION .
48,247
8,950
14,233
3,260
200
24
20,000
458
468
131
1,247
542
1bo
32'..I
4"9
1,855
2,000
663
604
3,400
,33
1,0~2
q,2 1
19 , ~S1
1,~00
5,884
5,J~!' .
614
2.08
300
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1.'i ,000
16, 207
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200 4,3
500
6
124
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8'1' 185
CARGO.
DATA. · .••
Exiatencia ~En . re.~ih<>~ de h_uenas ~uentaE.
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Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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GACETA DE COLOMBIA
. NOTAS.
1. ~ Se aumentap 608 petos 7 reales i
3 maravedis a los 4,831 l?esos 3 rE:ales i
?-8 i. 1 ¡2 maravedís del liqmdo, por haberse
mclmdo demas por equivocacion en los
21,268 pesos, 5 reales i 20 i x¡:1 maravedís
del valor . pr!ocipal de la 2. A> especie ; i asi
resulta el. bqu1do de 5,4~9 pesos 2 reales 31 i 112
mara ved1s que ha temdo Ja renta en el año
económico referente a este estado, en el pie
montada de solo su tercena, i las administra•
ciones de la Mesa i Cipaquira.
2. ~ Que habiendo quedado exisientes en
fin del año 224 arrobas 20 i 1p libras de
1. "= i 1,301 arrobas 2 i 11:1 libras del de
2. ~ cuyo principa~ v~lor i costos quedaron
satisfechos, es consiguiente que· los valores de
1 ,'820 pf'sos 4 reales del de la 1. 1» i 8, 131
p;sos 4 112 reales dei de la segunda _ascen~
1en_tes a 10,952 pesos, es otr-a tanta utilidad
hqmda que ha reportado la renta en el año.
3. 1» Que habiendo habido en este año g·astos
demasiadamente estraordinarios como es la
c_omposicion ele la casa que ascendió á 752
p~sos 7 i 1pa reales, i 1,000 pesos, que se
libraron para la entrada de S. E. el Líber
tador, quedando de utilidad en la casa, deben
desde luego estas dos partidas aumeñtarse
tamhien a la utilidad liquida._
4. ~ Que habiendose robado en este año
1,024 pesos 4 reales tambien deben calcularse
como utilidad, que· no reporto la renta por
un caso fortuito con cuya partida, i Lis an
teriores ascenderá toda la utilidad liqniclá a
19,168 pesos 6 reales 14 112 maravedís en
esta forma:
Por la Nota 1. • • • " • 5,.439
10,952
1,752
1,024
2 3r 1(2
Por la
Pop la
P9r la
2.
3 •••• ...
4 • •••••• 7 J' 4
19,1b8 6 14 1(2
BogotA 19 de diciembre de 1828.
Luiz .Ayalo--.Juan de Ortega.
EDUCACION PUBLICA.
Presentarnos hoi al publico un resumen
de los actos literarios que en los últimos dias
de diciembre proximo pasado han tenido Jugar,
tanto en el colejio de Medellin, corno en la
escuela lancasteriaoa de Rionegro, cuyos
comprobantes, con la esactitud que lo caracteriza,
ha remitido el gobernad0r de la
proTincia de Antioquia A esta intendeor.ia.
El 20 de diciembre, los · jovenes cursantes
de gramatica latina, presentaron un certamen
públic9 sobre la analisis de las oraciones,
los fundamentos de · la prosodia i Ja
version de poetas latinos.
Por la tarde, los alunnos de la clase de
filosofia consagraron a S. E. el l~J>ertador
presidente la defensa de 1 3 preposiciones
.,rirnordiales de moral universal.
El 22 por la mañana, los tilosofos de
último año dedicaron a los respetahles mi •
nistros del consejo de Estado la sustentacion
de 23 proposiciones de astronomía.
En su tarde, la clase de filosolla sostu\'o
los principios' jenerales de la hidrostática,
aeronietria, hidrauli,.,ca i calorico, en pruebas
d.c gratitud el _señor gobernador de la provincia,
i a los . padre& ' dt; familia que contribuyeron
a la conclus1on de este curso.
En la mañana del ~.d,_ en otro acto literatio
esplico la te()ría de los meteoros, fondadc1.
en los últimos d~scubrimientos.
En la tarde, esplico t~orica.i practic~~ente
el magnetismo, el galvamsmo t la electnc1dad.
Se dedico al señor doctor Jorje Gutierr·es.
El 24 por la mañana, la ·escuela gratuita
de enseñanza·.:tb.utua tuvo un cert.iimen de
jeografia, cronolojia í relijio!l: fue co~sagrado
al ilu~trisimo i re;verend1S1mo 0L1spo de
aquella diosesis.
EL mismo- por la tarde, se consagró asimismo
al rector del colejio, uo acto en que
se csplicaron i defendieron la optica, dioptrica
i catoptrica.
1 en esa tarde igualmente la escuela gratuita
de enseñanza mutua, sostuvo un ex amen de
aristmética. m~xi~as republicanas morales i.
politic~. ~ramátita i ortogf¿,ti.a castell~nas,
reglas de urbanidad, derechos i deberes del
ciudadano i gcbierno de Colombia
~ eanse hai los frutos de los · d(~;velos del
gobierno, en favor de una ilu~tracion sOlida
1 ver~ader~.' i de. la eficaz. cooperacion de los
supe1:1ores 1 maestros, as1 .romo de aquellas
~~~tondades q?e protejen decididamente tan
uttles estah1ec1mientos.
MANUMISION.
• En Ja ciudád de Cartajena de Co]olll¡bia
a los _25 dias del mes de diciembre de 1 8128.
Reunidos l?~ señores qu_e ~omP.onen laJ" iyita
de .manumlSloft del primer circuito . e la
capital d~l dep~rtamento del Magdalena, a
saber: Vicente Ucroz intendente del indicado
departamento, Vicente García del Real alcalde
1.º municipal, presidente de la junta
por comision del mismo. señor intendente
~ícente Marimon 1 Henriqucs preshitero dii
mdad de t~sorero de esta santa iglesia catedral
sosbtuto del señor provisor vicario
capitular gobernador del obispado, Tomas
d.- Gordon cont~or tesorero, Juan A. Brid i
Vali:ntin Gutierrcs i Durang<), vocales i de
mí e1 secret:.riu, h :::llandose constituida con
la solennid;id de C•Jstumbre en la plaza d~
la misma sauta iglesia cated•l i á presencia
de las primen~s autoridades 1 de uo inmenso
concurso, despues de haber observ;ido todos
~os. tramite~ prescritos por l:i lci dP. 1 9 de
JUiio del auo 1 t •9 arorchí por ahs0bta unanimidad
dar por libres a Placido Amate
recomendado por S. E .. el Libertador presidente
de la Repuhlica, Andrcs Sa_mper recomendado
por el mismo cscmo. señor,
Victorio Amador recomendado por S. E,Antonio
Espejo id. por el mismo señoF escmo,"
Joaquin Rihon id. tambien por S. E, Isabel
Malvido recomendada por el señor jefe su~
perior del distrito del Ma~dalena, 1\'Iaria
Ignacia de Jesus, Maria d~ lo3 Anjeles Diaz,
Benito Cardales, Tereza tida por la conos;ida
filantropia del señor Juan de Dios Amador,
Maria Josefa Tejada id. por snscricion de
varias ciudadanos; a quieoes el señor presidente.
dijo: "cuando en este acto tan scilenne
os llamo por vuestros propios nombres,.
tengo la satisfacion de que es para anunciaros
gue desde este momento, no solo queda rota
i cbancelada la escritura de vuestra escl~vitud'
a la que habeis nacido sljjetos por una fatalidad,
tolerada por el derecho de jentes, i
que aun hace necesaria el estado de nuestra$
exijencias políticas, sino que sois ele"Yados
iostantaneamente al rango sublime de colombianos.
Si: ya sois colombianQs; pero esta
vuestra súbita trasfo1·macion prQduce i hace
nacer en vosotros ciertos deberes sagrados
que debeis cumplir i llenar reli¡iosameilte
en lo succesivo. Si hasta ·ahora no teníais
otras relaciones con la sociedad colombiana,
que las miserables que JigaR a Jos siervos COR
sus señores, relaciones de abyeccion i de·
abatimiento "ª habeis contraído con ella las
~ismas que ti~oe todo miembro de-un · noble
cuerpo al que pertene~e. Por esas relacionett
estais obligado¡¡ a Sdmeteros i respetar las
leyes que os protejen con tant.a. jeoerosidad;
a obe~eéer á los majistrados, ('O quienes ~perabamos llegase a tal estremo
su prost1tuc1on. Que hayan subleTado
una brutal soldadesc.a, petra que a mano
.armada asalte el palacio i dé la muerte al
~ibertador en. su propio le~~o: jamtts pudimos
persuadirnos se concibiese tan inauto
crimen. Nos ' estremcce"mos de horror· al
eontemplarlo; i no bai una sola persona
fu~a de los delincuentes que no tiemb'le ai
escucharlo. ¡Arrancar la vida al Lib~rtador!!!!!
j A_l qu-: nos h~ dado patria, libertad, gloria i
. ~ustenc1a politH·a ! ! ! ! t Al que renunciando
su di<:ha, su soci~go i su fortuna, lo sacrificó
·todo por consagrarse euteraqieute en nuestro
Lien! !-! !! ¡A aquel a quien ha respetado la
muerte · misma eo .mil .i mil combates-! ! ! ! !
¡Al anjel tutelar de nuestra ·indcpen ~ e
san Salvador~ en los que se dice que la clivisinn
al ma'ndo del coronel Vicente Domingun.
que . octlpaba el departamento de san M.iguel
ha sido batida en Gualcho el 6 de este mes
por otra division compuesta de soldados df'
Honduras i de Leon, qoe venia en .ausilio de
la plaza de san salvador.
El 1 •0 de estos impresos parece ser un oficio
dirijulo al jefe polit1co de ~an Vicente por un
oficial nombrado Miguel Santiago Ramirez.
Su fecha es ~.el. dia 6 en Gualcho: dice que a las 2 de la tarde ac¿\baha de incorporarse
con las tropas de Honduras: que estas habian
siJo atacadas a las 7 de la mañana por la division
del coronel Dominguez: 9ue se bahia
ganado la accion, dejando el ultimo 70 pri -
. sioneros, un cañon i 300 fusiles; i que marchahé\
n sobre sao 1\li~uel á cencluir con los
restos del mismo Deminguez.
El 2.0 es un parte diriiido al gobierno de
san Salvador por un J. 1'Iaraaln i datado
tambien en Gualcho ~ las 12 del mismo dia
· 6: en el asegura que la division· del coronel
Dominguez ataco á la suya A las 6 de la
mañana, i fut§ batida i dispersada habiendo
perdido en la accion cosa de 200 hombres
fuera de 5C> prisioneros, mas de 300 fusiles,
todo su parque ~ el 6nico cañon que llevaba:
añade Morazan que por su parte babia tenido
1 2 muertos i como 3o heridos i que babia
perseguido al referido coronel Domiugurz,
basta la falda del cerro de Tecap:a.
Ninguna de estas noticias ha sido confirmada
hast!l ahora r¡i desmentida por otro
conducto, 1 las pr~tamos al público tales
c~alcs las ha anunciado la_ imprenta del go
b1emo·de san Salvador. para que cada qno de
nuestros lectores juzgue .de su verosimilitud.
Si hubieramos de grad~la por ¡el tono de
ver~ad con que ~sta en posesion de esr ri~ir .
la i~prenta ~efer1da, pa!ece que Ainguna
atenc1on merec1an: con motivo de estas propias
noticias el vice-jefe ha circulado una proclama
en -qt~e llama varias veces. cliapelon al coronei
Domanguez procurando sorprender á los
pueblos, que no lo conocen ni "saben como
él mismo, que_ Dominguez es hijo' de la
Republica l\'lejiu~a.
-En los mismos partes comunir.a el jeoeral
en jefe q\le la votliente di-vtsion al mando del
coronel Prado, que camim1ba en ausilio de
la del coronel Domingllé7'., pasó el Lempa
el día 7• ·
En nuestro· numero anterior manifestamiu
las m>ticias que habia pn}¡licado la imprcnti
del_ gobierno de san Salvador, relativas á la
accion de Gualcbo: indicamos que nioguu
aviso se habia recibido por otro conducto que
las co,n6rmase o desmintiese. Aunque hasta
ahora, no han llegado al gobierno partes .del
coronel Dominguez, si se han recibido en e\
cuartel jcn~ral de Mejicanos das cartas. suyas
del 7 i 14 del corriente: se ha recibido tam~
bieQ un parte del teniente coronel Gonzales
qne . por orden de aquel yjno ~ Acajutla con ..
duciendo les enfermos i hcrjdos que tenia la
division en el hospital de san Miguel :ha llegado
. nsímismo el ,t~iente coronel Villaseñor con
cinc:-o soldados .de los que se ha ll•ron en li
1·eferi.da accion, i se hrfectamente conforn1cs entre si,.
se deduce·: que la division at mando del coronel
Dominguez aunque mu"i inferior .en fuersa
numerica, ataco á las tropas de Honduras i
de Leon en los llanos de Guakho con -la
mayor bisarria: que fas hizo mucho· estrago,·
las babia tomado dps cañones, i las oblago'
a emprender la retirada, contando ya con
la vi doria; pero Or cuya caus;l se vió precisado
a emprender tambien por su parte la
1·etirada, mieotras los contrarios continuaron
!a suya hasta-. la hacien~la de say1 Francisco~
1 qaje la pérchda de estos fué mucho mayor,•
qne la que sufrieron las fuerzas federales. '
Lns· que llegaron á Acajutl.,, con los en.i
fcrmos i heridos, constan de 200 humbrtS.i
i el «:oronel Dominguez permaneda en Usu: _
lután con mas dr 400, prottjiendu a aquellos
pueblos beneméritos, i bacil'nclose respetar.
de! enemig!>. .E'itc ocupó la ciudad de san
M11?u~l •• que estaba y~ desgn•trnecida, i el
~ecmdar.10 sufrió un h onoro.so saqaéo, ascic
stnatos 1 toda detse de escesos~ ·
A . esta fecha deben ya haberse -reunido con
el coru.nel D ominguez , ~os fuertes divisiones,:
que.s;,il1eron d~j cu.arte! ·J<"neral, una al ~odo
~el 1eneral en 1efe 1 otra al del coronel r.,ádo;
1 es probable que hayan tambien li~rtad<>
de nuevo al deparbmento ie san Miguel.i ·
La division del coronel Prado._ al marchar.
de su destino ~I día 18 • .se cncontr6 em~
barazada· en las inmediaciones de_ Suyap"1ngo
por nu8-parti~a ~e cosa de 500 hombres, que.
salio de san Salvadqr a disputarla el paso;;
mas se lo franqueo dejando escarmentados l
los que se· la impcdian, d cspnes de una accioD
de hora i media i de un fuego b as t:inte vi-Yo.
1 (Gacetas de Guatemala.)"
Esta repdblica parece destin ada . a ser des•
truida por sus pr~ pios hijos,· pues 1a guerra
entre los partidos que se combaten cada dia
se enriende. mas. i se hace con un furor inau-'
dito. El estádo de C,ostarica que h.Jsta ahora
babia estado neutral se ha pronunciado contra
las ideas de Guatemala, i se dice que ha
enviado . tropas en ausilio de san S alvador.
D el estádo de Nir.aragua solo el partido de
~lar.iagua i del.de Hondut:is el pn ertu de· Tru-.
jillo sostienen las ideas de Guatemala. Aua
en la misma capital h ai un partido en contra
·de\ gobier~o federal q ue h a ~ia . adop~do
aquell~ repubhca.' ¡ ¡ ¡ Qué !eccmn tan triste
para los estados americanos ! !! No la olTideis
colombianos.
ERRATA.
En ~1 numero anterior,- colunna 10 linea
24 i 25 itice' R amon Velasco, lease Juan
Antonio V e lasco.
11\'IPR.ESO P OR J. A. Ctr.~ LLA .
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"Gazeta de Colombia - N. 396", -:-, 1829. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2875492/), el día 2025-06-13.
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