GACETA DE COJ_JOMBIA.
Nº 340 BOGOTA, n ·oMINGO 20. DE ABRIL DE 1828. TRIMESTRE 27.
Esto Gaceta sale los' domi,,gos. Se suscribe a ella en las admínistraciOnes
ti.e correos de b.u 1.:apitules de provin.:1a. La suscricion anual vale xo pesos
f> la del semestre y :.10. reales la del trimestre.
11
El éd;1,or dirijira los numeras por los correo" a los siucritores í a los Je esta
ciudad, :uyas suscru:iones se recióen en la tienda número 1. calle primer
Je/ comercio se les llevaran a nu CtUil$ tk hahilacion. En la múm
timda u venden los ..Umeros sueltos a 2~ reales.
DECRETO
DEL PODEfl EJECUTIVO.
Simon Bolivnr LL'berlotÍor pre.'\idente de la
repúhlko de Colombia etc. etc. etc.
Autori,;ado por ~ art. 3~ de Ja le_i de 26
de setiembre del ano p:isallo p~ra disponer
.su e· ecucion scguu lo &u.:onsejen la prndeucia
i \as nece~idades ; i exijiendo la n otoriedad
de estas ultimas el cobro de las contribuciones
directas por uo alcanza,. a cubrir las
cantidades pre.'cisas pau los g3:stus eú~licos
las ya establecirlas por la misma le1; he
venido con acuerdo del consejo en de~~etar
lo siguiente:
Art. 1°. Se cobrara en lo~ departamentos
de Cundinamarca, Boyacá, Cauca, Ecuador,
Asuai, GuayaqoiJ, .Magdalena é Istmo, Ja
contribucion urbana de que habla el art~ 3°.
de la espresada lei, con arreglo a lo dispuesto
desde el 5.0 hasta el 1 3 inclusive.
Art. 2.0 .El secretario de estado del despacho
de haciendA, ' quien queda e.n~argada la
ejecucion de este decreto, esped1r~ el regla:
mento necesario,en que se ':spresara el mo~o 1
ta-minos en que haya Je venficarse la esacc1on.
Dado en Bogotá A 1 5 de flJ.ar~o d.e 18?-8.
SuioN BOLIY AR.--El secretano 1ntenno
de hacienda, Nicolas M. Tanco.
GRAN CONVENCION.
VOTOS S~LVAD O S.
Corresponden a la acta del 10 de marzo.
Cuando en la aesion de ayer estove por
la negativa, i salvé mi voto en la re~olucion;
de que se informase a la asamblea calificadora
ser nula la eleccion qne recayó en el sr.
Manuel Muñoz, par:1 diputado por Panama,
he sido guiacfo por las raz" nf'S siguientes.
El sr. Muñoz desemb;\rcb en la Guaira
el 3 de noviembre de 1823-; por consigt:.ri«>Ale
contaba ya 4 años i mni •·crea •le ~ m es.-s
de resideociacootinuad;\ en Colomhia; i como
la leí no exije 1ue l~s .'i é~ños ~can con!ple.tos 9
he creido que a des1gnac1.in de este termmo,
e) mas daro, que la compntacion de estos
año.s,debe hacerse eu sentido lj.>gal; i eQ tal srntido
el año principiado se tiene por coodnido.
Afiance mi creenci: 1 .º en que tratandcsc
de un acto cuya validac.ion importa mas que
su nulidad, debe procurarse sostener aquella,
i no establecer la otra en caso de duda: 2!' en
que las leyes, adoptando este sistema, Lan
establecido, que cuando se trata : 2.0 que
el sentido legal era el único en que dehia
entenderse la lei, i uo en e1 comun que quisiera
darle el público; en · razon de que las
leyes presuponen la ohligadon que tienen todos
de saberlas i ohservarl.as, i d~ que Ja ignorancia
del derecho uo esduye de culpa al
que lo quebranta; i 3.0 en fin, porque l pe5ar
de que la comisíon no sea un cuerpo de
abogados, que trate ele sutilizar, ea una reu!'
ion de hombres, que tienen el deber de
mformar sobre el hecho i el derecho en este
jcnero de cuestiones.
1 con el obieto de que se agregue e5ta
protesta al rejiatro de ayer, la presento en
Ocaña a 11 de marzo de 1828.
. Francisco Solo.
&EROAE$ DE. LA. COMIS101'.
He volado por la negativa en la resolacion
dictada, acerca de la eleccioo de- diputado de
Panam~, verificada en el ciudadano M.an11el
Muiíoz, pot las razones que voi a esponer, i
que consigno en este papel, en observancia
del r~g1amento de proceder, i en virtud de
haber protestado hacerlo.
. La coestioo ventilada en la comisfon se
reducia a saber; si el coronel Muñoz por oo
haber residido en Colombia .5 años completos
antes de su. eleccioo, como se dice TJC lo exije
et reglamento de la mateña, podta ser dipuudo
a la convencion. El reglamento, me
atrevo¡{ decir, que no esta claro i terminante
en esta disposicioo; pubtQ que varios sres.
de la comisioa han dudado, como yp, que el
exi ja uoa residencia continua de 5 años completos.
Las palabras del reglamento son
.estás : " que por lo menos haya tenido una
resid~ncia continuada de S años'~ no puedo
comprender, que las palabras por lo menos i
continuada equivalga a la voz completo; i si
~e ~e convence de que son eq1;1ivalentes,
1denl1-.:as, o aem,.jaotcs, seré el pr•mero c¡ue
votaré por la nulidad de la eleccion del ar.
Muí.foz; no obstante sus distio~uidas i notoria~
cu.1}idades personales i CJvicas ; pero,
repito, que no lo puedo compreRder. Tal
vez yo condu<:iré ~ la comisioo a convertirse
en ·academia de Ja lengua castellana por
estas dudas; mas tratando~e de conocer cual
es el verdadero sentido del reglamento, por
e? ex:¡meu de la esactitud de las palabras de
q ue ha usado, no es culpa mia semejante
transformacion. La palabra continUQ no
pw .. de ser *fnivalente a la de completo: i no
falt ;1ra quien demuc~tre, que_ la otra por lo
m enos tampoco quiere dec1r espresameute
que sean 5 años completos. Si el lejiila, estaba por la -cali'fi.catioa, reservan-no
h•n debido entender !as palabras de la do v~ngar en 9t.ro lugar sus resentimieotos.
lci confor:me it dcrecbo sino en su acepcion Que al dar este 'Voto hacia esta esplicacion
"VUigar; pero yu be cootcstado que la igno- para q ue en 11ingun tiempo padi~se crerse que
rancia del derecho en los que ejerutan un ' tenia miras de consiliacion. El diputado Varacto,.
no es motivo suficiente para que los · gas Tejada esposo : .que habiendose indi-cado
l el h d c.yer fa existencia de hechos, que comprueban
jueces dejen de ap icar derec 0 c.uan ° 1iue el ar. de Francisco carece de! requisito
ae tral:a de -cali6car el mismo adO.; i no de un patriotistno notorio, i ha biendose diferido
he oido rebatir esta ultima proposiCion con para hoi el negocio con el objeto de recib'ir
razonos que n1e COllVMQll. informes ióbre estos hechos, deseaba se es-
Tamhic.n se ha ohjetado á la opinion prensen, pues por s11 parte no tenia conociquc
sosicngo, c¡ue la 'interpretacion de que se miento alguno en · la m~teria para fundar sn
trata, d mas l>ien ·Ja inteliiencia de la lei, · opinion. 11;ual manifestacion hizo el sr. Go-.
no· es '1na materia favc-rahle, porque para .ruez, añadiendo.; que solo babia oido indicar
1os diputado.s nombrados és un gravamen la . á un sr. dipu.tado fuera d~ la sesion, que el
r~~resentacion. Esta razon me p~rece poco . sr. de Francisco babia obtellido fa cruz llasoliJa,
porque ne se trata del mteres del mada de Isabel la catolica, i que siempre que
'individuo nombrado, sino del de la pro- · probase ae.r cierto este hecho~ no votaría por
·vincia qne ha puesto en él sus ójos para la caliñcacion ~ porque aquella cQJJdecoracfon
confiarle el importánte cargo de represen;_ no se concedía aino á los que habi3n hecho
1 1 t:I • l aerv-icios distinguidos al gobierno español ·con-tar
ª en a asamu c:a. naciona : porque aun tra los americanos independientes. El sr. Ca-cuando
se atendiese al iateres del ir.divi- ñarete., espuso, que, segun babia oído decir, el
~uo, no es creible qui! haya un soJo co sr. de Francisco tiene suJ reb~iOnes de fami-lombiano
en cuyo ánimo - pesen mas las lia i de intereses en los dominios del rei de
molestias de un viáje. sean crutles fueren, España, que fue adicto a la causa de este é
que el alto honor que le resulta de descm..: hizo positivos servicios contra la iildcpenden-peiiar
con h onr.adez i rectitud los deberes cia., i · que no ha dado pruebas po9teriares
que le impone una demostracion tan rele- ele haber mudado de Ppinion: i <¡ue mientras
"ante de confianza recibida de parte de sus no se pongan en claro· e-stos 'hechos, i se
conciudadanos; ¡ finalmente. porque en el d'esvanescan, o se confirmen no pue.le •otar
presente caso no 5eria aplicable d.e ningun con segurid~d en la cueiition presente. Co-m<>
do }a consideracion que impugno aun mo. no se' hubiese adenJantado niogun otro
cuando fuese solida, supuesto que el Sr! inferme sobre el partitmJar, propuso el sr. di Muños
emnrendio su niarcba, lia llegado- rector apoyado del sr. Lope2 Aldana ,, qne
r- • • • .J se difiriese el asunto para la ultima sesion
;á ·esta cuidad, 1 poT cons1gutente es ue creerse que tenga fa cornision con. 1:1 objeto de acor-quc
ya ha sufrido cuanto la repr.esentacion dar los jnformes quir debe dar sobre laa dec)>
u edc tenerde peeoso. cioues ; i puesta a votacion .esta niocion se
Poi· t:stas razones, i por las que acfojerolá resolvi8 afirmativamente, no coatandose el
1.){ros srrs. en sus luminosos discursos, he voto del señor S~ntaqdcr. que.se escusó de dar-.
sido de )~ opinfon que consigno en . cst.e lo segun ba~ia manifc:stado al priucipio. A.,.
voto, conforme a las reglas a.dpotadas J>?r brioso el pli~go de e lecciones de la provio)
a comision para el orden d·e sus procedi- da del Socorc-ó, i se h :i llo, que en el copsmicntos.
taba baberse . reunitlo J.i aaam~lea el Ji~ 3o
Ocaña 11 efe marzo de dhR.-:l<:l dipulado de diciembre de 1837, pero que la sesio1i dé
'Por Bogola.-Lu/s Y. Te¡adll. aquel día se babia cot1sumido ·en cuestiones so~ ·
.bre ealificaei6n de -eler lores i .otras que se sus.
SE.s.J.ON DEL. 12 DE KAJIZo D! 18a8. citaron : que ~l diá s;.gnienl«! sueediu lo mismo;
Abierta por el sr. director la aesion con el i que finaln;aente Ja cl 1~ccion d'e los diputaJos
coo1pete11te número de diput.adbs i aprobada ae hiEo eJ tercero, e' decir el dia r. e Je ela
ac.ta .de la precedente, se tomo en conai- nero del presente año, recayendo la 1 ... en.
~eracion la pr.opos\cion que se babia .,suapen- . el -sr. Juan de la Crin: Gomez de Plata. En
41ido pua hoi respecto de la eleccion ae di~ consecuea~ia de -esto hiso ·.el sr. Gomcz Du-putado
hecha por la provincia del Riahacha ran la mocion siguiente : " informese f. la ·gran
en el.~r. Juan de Franci.co Martio. El sr. conven<:ion, que aun'luc (a asamblea c'ectoral
"Santander manifeato, que lomaba la pal:íbra, dd Socorro., se reuuio el di.i 3o de di~icm-
110 para presentar 11io~un argo contra diého bre de i8:i7 ·Co.nforme .previene la lci no se
rr. ni tampoco para defendetlo, supuesto que veriftco Ja eleccion del .tr. G omez Plat3 ñasfa
por 111 defü::adeza se abstenía ele votar en la el dia 1. -o de enero.; i apoyada por el diputa-cuestion,
i solo habia apoyado Ja proposjdoa do Vargas Tejada., se voto i resulto aproba -
en cuestion coa el oLje.O ele que ae examinase, da, .siendo tambien las de que ~e informe que
para hacet .a ~gunas e51>licaciones robre lo qp~ ~o conc~pto de fa c:0taision di cha eleecion de~
D au concepto-debe entemdene Por: e) patrie- · be decl..-a~e valida, i que no tieoe la comi-..
tiemo notorio que exije la lei reglameul.3ria sion l'epare al-guno que i>pontt en cuanto á
de electí~ne-s par.a Jloder ser dipuudo. Pro- , . las cualidades legales .tel el.ecto. Como la · e-ccdio
.á hacer estas esplicaciones, eo abfitrac- Jeccion del 2. o· diputado babia recaído en el
to sin hacer nin~uo.a referencia á 'Ja persona sr. Diego Fernando · Gomez Duran se retiro
de que se lr.ttaba, i h1ego :Cflle bobo ter-minado · de -la ala dicho sr. aunque 110 representa la
~u discurs(); t omó Ja palabra el sr.. Gori, i : }'f"OVin,cie del Socorre .; i la coinisio~. vl·ri6-
a fojo varias ra:z:on,es ~ ~fttu de 'la praposi- cado eh:errespondiente examen, acordó iufor(.
ioo; fuodan~se priuclpalmente, en que la lei . mar _--que ~e Jun .guardado las formul:is i q11~
no paede exfjir sino una. nótoriedad re.lit.iva, no 'ttene reparo alguno qne oponer en. t:uanto
i que esta debe auponerse en el ea.o pre~<:ote, a tas cualicl.:ules legales dél electo; recayendo
por e! tPstimonio de. Ja proviocfa q:oe hil ~le- iguales resoluciones respecto del sr. Francisco
jirk> al -individuo eo cue!tron PfÍr Jni!1Uo de J "a"ier Gueha.s dip11tado nombrado en 3.r lu-su
asamblea. Añadió, . que el sr • . Juan de gar. I~uego que se acordo, inforrhar que se han
.FcanciscQ M3rliμ .hahia dado · prucba-s (Je su guardado las fol"mula.• en la elcccio~ del sr.
patriotismo, haciendo dos \'iajes tan hq~C>s j · ,J1iaquin Zuares qu.e ocupa el 5. e lugar : es-
11c riosos, como lo es, ·de CatJajena á Dogot~,. ptJso cJ ST~ Gori, que en cumplimiento dd de-
'("' d objeto d~ · d~scmpt!ñar'eJ .destino ~e re- her que tiene e.a.da diputado de comunicar a
JWesentante, que le babia confiado Ja proviu-· la comisinn las noridas qr.1e tenga i-o.hre las cualida-
·c·ia a n:ida cc¡1Jivoca de la qwdaaLieudo dado ordenes el pt'lder: ejecutivo ·pa-notoric.
laiI de su p.alriotismP, pues. aunque la u que .11e in\·cstigasc si · el sr. Suarcs t!ra deudor
• COrJSlÍ~tJC:iC\11 110 cxijt! t•st;¡ cua.ljdad de UD moaó. a Jas n::ntas puhli~as, babia resultado CD rea}i-f'Splicito,
"l'.he prc s upoflcrs1~ neces.lrÍ~mente co 'da.d un .aka1Jcc en Sll conlra en el manejo .
·mo una de l::s mas esenciales para OC'Upar de la ·r·cota de d.iezmos, segun et documento
u:n· rul'sto en h r<'prcseutaciov naciooal. El sr. que d mismo sr- Gori habia visto. Que· .no
Mo~toya ara procede!' con mas seg11-
t>1 i.11divLduo .de que~ trata; '•'M:rja dat una prue· ridad pedia ~e difiriese el acord.lr él infor-ha
.des.u imp.,lr.ci.alidad, ma.nife$t~Josu opinion me, .. hasta que llc su~ dicho sr. o remita los
de q.u~ p~r l.u ral.OOt!.$. a1luc:id¡¡s •. no, splQ 110 documentos que acrediten qμc llO es deudor a
«>staLa romprPQ?~ d palrÍ(llÍsu~o .del iodid- lo~ fondos publico~. · El s1·~ S;rntander apoyé
f)up co c u esti..op, siou que podría crerse que QQ ~sta ~uocjon, pero Ct.l rni:nno tiempo hiso · al-e.
l{istia Ó a ·Jo ·.menos revOC;2TSC ~ duJ~; perÓ gJWaS c spli.C:lCtODCS para manifostar que l-= pa-que
siendo t a.n v.lga i .tan .10clelinic1a fa cual·i- recia ()llC el sr. Sn<1re5 J1f? era rcspo11sable de
dad de nv to"rio: palri"olisnln. que l'xijia el re- (:.>ntid¡¡d .::ilguna a la espn •:>atla r enta i. lo <"nat
&tamento1 i no 1>u1fü:ndo fijar.s~ Clc un modo coofü:mar-on tamb1eu les H·es. Director i l~ q -
pt.z Alaana ; pero no hal>iendo oponcaon :. b
mocio~ de diferir. se votó i foé •p~obaa-_.
Exammaronse las elecciones de Jos srea. Angel
Maria _Fl~res, i ~anuel Bañ.os ultimos ~ipatados
pnnc1pales, 1 de los sres. l\liguel Uribe
i Uribe, .Juan Nepomuceno Toscano, Joa.=
Nepomuceno Parra, Juan Tej_ada, Miguel l\éyes
Pradilla. i Juan Bautista Esteves súplentes•
1 se ac,ordo ·informar que ¡e han, gaardaclo la;
formula~ i <¡Oe Ja comiaion no tiene reparo
•lguno que oponer ~n cuanto á las cualidades
legalt;s de Jo!l· nombrados. Terminado este re-
. jistro se a brío el de la asamblea electoral de
Ja ~cwirrcia de Tooja ·habiendose retirado el
s.r: Director «¡ue la representa, . i ocupaclo la
silla1 por su designacien el sr. Aranz.as11t
i resultó en primer logar: que la asamblea babia
-dudado, -si el. arL 25 del reglamento de
elecciones disponia, que las de todos lo-s dip·ntados
se hiciese en una sesion permanente, ó si
este requisito era solo para cada uno, i que
la asamblea babia decidido afirmativamente en
este ultimo sentido por unanimidad de votos.
Que en consecuen~ia se habían hecho las
elecciones de .los 3 primeros . d iputados en l•
mañana del dia 3o de diciembre ; i que suspen<
Jiendose la sesion a la una, se babia continuado
a las tres de la tarde del mismo dia,
en la cual se habian nombrado los cinco di·
putados restaI1'1e1, -verificandose en el dia sig
~1iente I~ eleccion de 101 ocho .~upJentes. Ta~bren
se observó, que en e) · repstro solo se es•
presa el Júmero de votos · con que h.abia rernltadd
elkrto cada uno de loa diputados, sin
hacer me~ tion de las personas que en cada
vo~acicm btuv.ierno 101 · r~tantes ; .i finalmente
qne en la conclúsion ae espresa que·en la vota.
ción pritlcipal u orijinal queda firmada .Por el
president~ i los escrutadoret. EJ sr. Santader
pidió, t¡ue no se contase su vo~o en Jas res~
luciones sobre el contenido del rejistro pre~
-seote ; pues aunque DO representaba Ja provinci:.
de 1'unja, obtuvo en ella. la eleccion ele
dipulado eu primer lugar. ~rocediose al exaimen
de los pnnt()s indicados, por el orden fo.,. .
verso de aqud en · que se han referido, i pti.
mer~mcote fijo el diputado Vargas .. Tejada la
'siguie11te mocion. " Que se auspeoda. el acordar
los informes sobre las elecc.iones de la
provintia de .Tunja.9 but~ que se recib~n
Jos r t: jistros orijinales., los que . se pedir~
i11mcdiatament.e a la municipalidad de aquella
riudad ; ,~ los sres. Gomez,- Liebano i
Espinal, la modificaron; suprimiendo la 1. ~
parte ; i puesta á ·;.o.tacion quedo aprobada eb
~slos tér m,inos. . ! ' Que se _pid~n inmediatamente
a la Jnunicipalidad de Tooj~ ... lo• r~Fstros
orij io:iles de bs elecciones de aquéU,a provilicia.
,; ~eguidaniente acordó la comision, amocion
del sr. Espinal, apoyada i modificad,a por
Tarios sr~s. lnfo1·mar JJ que en el rejistro espresa'
do no aparecen los votos escritos con el · a~b¡..
. do orden i separ-acion ; a,unque si consl~ «¡Wenes
son. ·las personas que han obtenid~ lj ph1-
ralidad de votos requerida ·por· la· lei; i. que
en concepto de la comision la falta · .indicada
no anula estas elecciones.,, Procediose al exa·•
men de b cuestion sobre · .la aesion pernia-
11cnle que· hahia decidido la asamblea en lós ·
términos arril•A indicados; i d sr. Gori apoyado
del sr. Espinal hizo la 'siguiente moe~
" Qne se informe a la couvencion, que · las
elecciones de la ·provincia de Tuoja., . no s.e
hicieron e~ .una sesion permanente, pero que
sin embargo ~ree Ja comision que no deben
· declararse nula-s ,, i despues de · un largo· de·
· bate, en que se propusieron algunas modifi.cacionn
que no fueron apoyadas, se votó ~sta
modoo por parte¡, i fué aprobada; sal~ndo
su voto. en. Ja ultima lo$ .sr~s. Lopez Aldanf,
i Cañarett:, i 110 contandose el del sr.. Sá.ntandcr
. por Jas razonee arriba esp.n:sadas. Su-
. cesivamenle • acordo la comisio~, procediendo •
por los · trauíitts ·ordinarios, informar á la gran
ronyencion, que se han guardado· las formmas,
4)D cada · una de Ja s elrcciones de Jos diputados
pfincieales, sres. Francisco de ·Paula S;antander,
.José 1 gnacio · l\'larquez llarreto, :Frñcisco
Soto, Antoflio Malo,. Di~go F-ernando Gorutz
Duran, José Ma·ria Ramir~s d'el Ferro ..
Francisco ·Javier. Cuevas., í Andr~s Maria .Gfllo.
,Examinadas las elec"ciones de suplcole~ ,
i resultando que hal1ia recélido la primera ~
el c i uda~ano Luis Vargas Tejada ; espus0 es-te
diputado (1ue aunqut: no podia Uegar el
ca~o de que se le requiriese para repre:-cnt.ill'
cerno s1.1plen11: pbservi>
tamb.il!ñ, que el cargo ele que si: ha ha hhdn no csla
calificado cnmo delito por bs leyes c ~ viles de Colombia,
i por consiguiente n'lda puede iDfhair
ea la cuestion. En consccut".nr.ia recir6 el 1r.
Goti con permiso de la coulision la moci~o
que J1abia hecho de que se difiri•se la r~ so luciop,
i se acordb inform:Jr que Ja coroision
no tiene reparo que · oponer en c o:rntCl ~ las
C!Jalidatles leg3l~3 del espresaJo .sr. Escarpda.
Siendo la hora nombró el .sr. A,..nz 1zn, q ue
presidia 1 Ja MZ.OD, a los Sres. l\Janrique Í
Romero para t¡Ue redacten los informes sobre
lós r~ ji atros examinados hoi, i levan ló la seaioo.
E l director-Franr.isco .'\uio. - .El diputado
eo.car ga4.o de la redacción, Luis Yar3as Teír.1da.
MÑOl!l:ES DE LA COM I ~IO !S .
Cu:u~do ayer se a&rmó, que la eleccion de
dí put.ldo.t para la gran coo,·enr.ion, \-eri6e.ida
en la prov~ocia de T11t1ja eo scsi ói1es distint:
as, er3 valida, ·,s:ah•e i protesfé mi volo Dt: ga~
vo, Í l.i UaOD fJUC: lu\·e }131""..I e llo fué la si guiente.
El ABT .• 25~ Del regl 'mento de efeccíones dispone
lérminantem6n\t:" que los di~ut.ldos se elijea
de uno en un(.) en · sesioo perm~n e11te ., lo -
cu2l no se praetirt\ , pues del rcj irtro consta
c¡ue se elijieron tres dip11tadoa en ·~ana 11~ion,
i que suspendida esta se proceñ io _ por la
tarde Cf! otrá scsion a el r jir los demts: pa
r.a :mi· es ab;sotutaiu~hle claro, qu~ se faJ.tó
a lo qu~ prt!srribe et· ar1icolo citado, ( que
por consiguiente la eleccion ''eri&c~a en la
segunda •sion es nula.- Ocaña ruano .13 de
1828.- Manuel Coñarete.
El\.IPLEOS CONSEJU.ES.
R"'tprJl>licn tle Colombia.- Secretaria ne ~-sttJJo
dJ despm:ho del interior. Bogoiñ 1 o tJ¿·
a/lril de '828 18.- .dl sr. ÚJ/.endente de
.BqytUri,
La junta proTi~cial del Socorro diriiió una
GACETA DE _ COLOl\ffiIA
acta al Libertador presi~ente, pidiendo una·
ded.iratoria, que pUSlese término 81 abaso qoe
tienen algunos vecino¡ ele empadronarse en
parroquia& dond.e no rsiden con sus familias,
ni tienen casa o taller abierto, pues lo hacen
unicameot~ con el designio de libertAr&e de
las cargas consejiles en su do~icilio. En
v.ista de esto• S. E. ha declarado, que cuaedo
algt.l1H> se empadrone en una parroquia donde
nó res~de, quede sujeto ~ todaa las cargas
consejiles, tanto en la parroquia donde se ha
empadPooado, como, en aquella donde "tiene .
caSgotfJ 11 de abril de 1828-18.·-AI sr~
in:~n.d~nte deJ. departamento de • • • • • . .
Para f orm~r cen ta ·e~actitnd ·poJible · tos
presupuestos de gastos q;ie deben P.res~1.i~arse
al cougreso en su próxima reumon, ~ que
no h:tn podido hacerse hasta ahora por l'a
nol¡1ble falta de cumplimiento á las órdenes
c5pcdidas desde el s i estraordinarios, i en 1\)s 'lue, en
lai teso rerías, deben esprt!sctrst! las <.: en el estremo de. la parsimon•a; de tal
modo que ni proveyó mas qoe cuatro plazas
de escribientes, ni se atrevió ~ sacar
: los suelflos de estos, ni los del director i
contadores de \os fondos que se colectaban¡
i cuando la necesidad le forz<5 a variar este
~Lodo impclro t"l pc1·miso cl,el poder ejc.
cutivo, que posteriormente ap('obó el CQng~· c _
'°' mandando que eJ paco de los empleadOs .
en la comisioo se h~p con \os íondos propios
de eUa.. Por eate espiritu de .abOrn>
uo se proveynQll las plasaa de oficiales.
primeros ni segundos, i coo toda e.Ita escacú
de medios se hizo el pago del primer diTidendo,
hatlandose aolo el primer contador-
en el despacho por la ocupacion del
segundo i del directo1· en el ~greso; por
lo cual acepto el ausilio que 'e ofreció á
prest:\rle el gr. Sejismundb Leidersdon, i
admiti o meritorios, comó lo dlio A VS. en
oficio de 1 o de julia del año próximo easado.
Pero ltt~go que el dire<.tor, i contador
segn~do, nombrado ya tesorer@ por la
lei de 16 de agosto, se restitnyeron al ejcrci~
o de su~ fnncion~s,. ~no de loa pr.imerps
cuidados de la com1s1on fue completar:
el núm~rode las plazas.qn~ uecesi~ba, i , que
se hac1an tan~ mas md15pensable~, C\lanto
que por eata Jei, ae les a.signaban funciones
particularú i ~traban en el orden de sostitucion
que eUa establece. A este fin se
admitietoo memoriales, i en 1 2 de dU:iemhrc
último . traidos a ·~ vista, los que se
habian presentado., se nombraron por la
comision· plena en uso de }a facu1~ad ~
le atribuye el parag. 2º; del arL 1·3 de la lei
d~ 22 de mayo de 1826 alsr.- N. Floren-tinoGonzales
para o6cial die la direccion, al sr ..
Joaquio Posad.i, para ofu:ial pTimero de la
contaduria, i al sr. Ignac;io Gutierres para
- igual destino de la tesorer1a¡ pero como
estos solos no bastasen para su despacho,
i ros escrib!eotes i . meritorios .que J:iasta
entonces habaan senido, se hah1an .hecho
ac.reedores a su colocacion1 en. acuerdo de
31 del mismo mes de dicienbre se nombraron
al ar. F.ancisce Posada. i al sr.Silnstre
Serrano, f1Ue er.an escribientes, al
_primero de o&ciaI se~ndo de la contado ...
ria, i 'Serrano de la tesoreña. P0steriormente
en 4 de enero de e.te año se
oombro· de escrihieute de la tesorena, al
sr. Jose Maria Ft'anco; i .efl 31 de estri.;..
bientes tambien al sr. Juan N. Gomez para
la direccioo, i a los .sres. Salvador Cam ..
pos, i Rafael Cuadros para Ja contaduria,
9.uetJaodo organizadas estas oficinas segun
Ja lei, .i el reglamento aprobado poi' el Pº"
dcr ejeetJtiv<>. en Ja fonna sigiente:
Dll\ECCIOL
Director~ sr. Francisco Solo con
el sueldo anual de • • • • .
Oficial i secretario N. Florentino
Gonzales , • • • • •
Escribiente Juan N.. Gomez
Portero Pio Bonilla
CONTAD1:JIHA.
Con•ador Rafael Cal'o •
Oficia:) 1 º. Joaquin );>osada
Id. ·2.º. Fraecisco Posada •
Escribiente Vrctorino Puedez .
Id. Salv .. dor Campos
Id. Rafael Cuadros
TBSOBElllA.
Pesos.
2000
720
480
192
1500
7,20
600
48o
480
4tfo
T~sorero el sr. José M. Cal'denas. 1500
06cial 111
• Ignacio Gutierres 2 :10
Id. 2°. Silvestre Serrano • • 600
Escribiente Jvsé M. Balbuena 480
Id. Jose Maria Franco 480
-Por ul~imo, el sr. directór Franc~o Sat.C>
se despidió verbafmeote de la· comision para
partir a Ocaña, como lo vériñc6 ea febrero
último con el objeto de hallarse en la gran
convencioo, para que fue nombrado de re -
presentantc, p~r !arias provincias¡ i desde.
entonces est~ e1erc1endo el que suscribe la di~
rccciqn, i el sr. t.esorero José M. Cardenas
la teso~eria i contadna,iA juatamente, en
conform1dad del parig. 3°. 11,1 art. 1. 0
• de la
l~i de 1 6 de agosto dcr ~ pcó~o pasado,
sm otro sueldo .,_e el astpado a:._.si;¡s propios
destinos de contador i teeorerO. .... I como.
"! c¡u~ suscribe . bay~ e.reílo. :que ~\ .poJlrr
c¡~cut1vQ, que t;iene Jobre . est.; ~tabkcim1enlo
la Y.ljila.oci~ · é inspeccioa' ael:"eSar\.as
pnra hacer c~~plir . i ejeCutAr · las. leyfs .a
r~glan1entos de r~ comi&lon) sepn se .pre_.
viene por el art. 6 ~ .de b Jet de ..2.2 de ~~ ~
de 1 lh6,. 'deb~, ~ta«? 'IDJp~to ·~ Jo acaecid~
J~l . estado_ eo. que ~e ltalla1fbs 9ficiu;l$. ~
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Ja ;omision, i de los sujetos empleados en
ellas,. c11Anrlo pdr otra parle no consta qu~
)1asta .ahora &e le ·haya dado parte mas que
de los priml!ros n ombramientos de los escribientes
i portero, cuyas plazas se proveycrort
l'O setiembre de 18261 ha determi·
nado ponerlo ton de los documentos deben
bacerb las prrsonas qlle sa designan en el
art. '!5 de la lei uso de las facultades
estraordinarias qnc me concede el
decreto del congreso d~ 28 de julio del año 14,
corroborado por el del poder ejec:utivo de 1~
de agosto \Íguiente. EStas facultades me dan
la fuerza necesaria para asegurar vuestra
trannnilidad, i mi conducta desde .el 1 o de
setiembre de 1821 , os debe convencer que
solo hará u¡o de ellas en el caso RESO POB.J. A. CUA.LLA..
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"Gazeta de Colombia - N. 340", -:-, 1828. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2875230/), el día 2025-10-30.
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