GACE1,,A DE COLOMBIA.
TIUM~TRE 25.
Esta gaceta sale [O$ domincos. se suscribe a eOa en las administracioTUS tk correos de las capitales Je provincia. La su.u:ricion anual vale 'º· JJ'!$
0$ 5. la del sémcsf.re v 20. reaks la del trimestre.
El edi"1r dirijiro los 11Um.ero$ por lo$' correos a los suscritorés y a los de esta ciudad, cuylJ8 S11Scricion~s se reciben en la imprenta Bogotana
e11 la calle de la Um'versi.dad, se les /levllran lz sw casas .Je ha/Jitacíon. En . /a míp1ia impririta se veJJden los numer~s stP:llo$. a 2 ~ rc(J/e$..
DECRETO D~L - CONGRESO
DISPOl!USNno Qu~ Lbs AJiREGLos n~ceos POI\
EL LunmT" r11 1n PR.ESlbEW'l'E .BN LOS DEl'ABTAM.
ENT0.5 i> i L ES'l'R co~'l'lf:fUEN OBSEJ\-·
VANDOSE BAS'l"A LA RBSOi..UCIO'N DEL
POD.Ell EJllCUTIVO.
El ~do i camara de . representanks
lle la repdl)lica de Colombia reunidos
~n cong,.eso.
En vista de Ja memoria de) secretario
·de estado i relaciones esteriores,
encargado de la secretaria jeneral de!
Libertador presidente, con fecha de 1 a
del corriente, en que da cuenta al con-greso
del estado que tenian los depar.:.
tamentos del Sulia, Maturin, Venezuela
i Orinoco~ i · de las medidas que el
mismo Libertador presidente adoptó
}>Qr ~la necesi~atl ~ por el imperio de us· arcustanc1as; l
CoNsIDEBANDo:
i. o Que el trastorno jenera"l de aquellos
departam·entos exijia ptontos i efi-presid.
ente.--El secretario de estada del
déspacbo tlel interior.-Jose Manr.ie/,
RESTREPO.
OTRO
SOBRE PBrvIL.:Jf'O ESCLUSl\70 PAR A. EST ABLECEA
U.c1A F UUll8A. DE lUIPES
El M!na_do i e amara de representa.n-te~
de la repUhlú:a de Colombia reumilos en.
congreso.
Vista la solicitud de Carloa l\'lolioa i compañia
por la que solicita privjleJo ~elusivo
para establecer una f4.bñca de naipes de
lio:o capaz de proveer a toda la RepUblica 1 i
CoNSID&a.umo ;
• 1. e Que laa cont;rihuciones fiscales en
ninguna otra CGS& deben establecerse con
preferencia q~e en l us ~fec!<>s de mero lujo:
2. 0 Que· -esf'~ contribuc1on~s sedn menoa
perjudiciales, i aun ~e ·convertiran en utilidad
pública si por ellas se introduce en la nacicn
algun jenero de industria desconocido antes
de ah~ra;
DECRETAN.
undo al 'oder fjttt.üiv.o. par;i .suspender
los nuevoa mpuestos mumcrpales, t rcfo1·m3r
la 11dmittístra~oa de los propios. .
Se acordó i {faso a la dmata fle repTe·
set'ltanles llt;l proyectó de decreto dedaréln·
qo que el congre.so no debe t~oer stsión<'s
ordinarias en el año de 1828.
.Se discutió una mocion sobre que t'l
congreso actual se ponga · en receso el -tlia
ultimo de este rn,s; ¡rei:o se fCsolvic diferirla.
Se pulfücaron para pasarse mañana al
poder eje.'1\itivo el dccrtLo en que .ac le
a.utoriza para ~rreglar la yarte ai:h.11!nistrat1v~
rganica del ejercito.
El resto de la sesion se ocupo el senado
. de la discusion del proyecto de decr~to ,sohre
-creacion d.e un jefe de po,licia en las
principales ciudades de la RepUhfica.
Sesion del 29
Al principio fue la sesion seérela. Se
p .. blico i pasó al poder ejecutivo el decreto
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
t"O que s~ le autoriu p:ITa ·hacer contratas
para ta ape~ra de e.ami.no!, sin 1u¡et~rse
:\ las for~l1dades _presentas par la lea de
3 r de julio de 1823.
Se ~ooeluyó el dec~Jo aobre creacion de
\tn jefe ele ~olicia en lu ciadade.s .prioci-
,pa?• de Ja R•ób!ica. . . .
Se dtó para aeston estraordinana ·d '11~
de •añ.am
C~~ARA. DE REPRESENTANTES.
Sl'Mlm 4tl dÚI 24 w ..u túm/Jre.
Se ~tió por tercera Ye'z -et proyecto
de 4e(!l"eto que autoriza al ejemtivo para
nombrar -un ~íé p<_>~tioo. en las P!'iacipal~
ciudada de Colombia augnalie e1 sueldo 1
sobre contribucion. para formar el fondo de
policia. Se FeftlltO un mensaje del aenado
oondudondo -el dec,eto que manda continuar
en los dcpaÑammtos del Norte lu medida
affptadas por el Libertador, leido i firmado
se deve1vió para pasarlo al .ejecutivo con
la lei que establece las ~tribuciones ñscala.
Se leyó la lci que autoriza al ejecutivo
para arreglar Ja admioi.Jtracion de la
hacienda, · se .-suscribió i deTolvió al senado.
Se di'ó la primera discusion al proyecto de
decreto que autoriza al ejecutivo para ~
pueda CQNerir Jos destinos de coronel i ¡e.11e1
al .á l<>1 oficiales que estime conveniente
i ~ ~ segunda. Principió la tercera
di.ICusion del qa.e establece corlea illperi<>res
Je marina.
Se pttsO ea conocimiento de la- timara la
nota CJel Ticeprnidente de la Repúhlica,
en Ja que recuerda au solici.tud para c¡ue
ae a&ra un jukio .obre au administrac1on
i pasó a ta cotúision donde se hallan loa
aotececlentes. Se hizo lo mismo con la del
pteaidente del smado l que acompaña un
_proyecto de decreto que au~ende la reunion
1'e-t congreso el año venidero hasta ~e
~termine i se hayan publicado loa trabajos de
fa gllaD convencion: admitido a discmion.,
ae decJarb urjente, nfrio la primera i pas@
it ·segunda. Sufrió la segunda el queautoriza
al ejecutivo para conferir a.ce.osos de
jeneral ó coronel a los militares que estime
conveniente i pasó a tercera. Sufrió
la· lffctta el que autoriza al ejecutivo para
r.bmbrar un jefe de policia, asignar el suelde
este i la coatribl.IClon para ello, i fondos
de policia. i pasó a la comision de redaccion.
Despues de publicado.s i suscritos el
decreto que autorit:a al ejecutivo para arreglar
la parte administrativa de la hacienda
nacional, j la lei adicional á la orglnica del
poder judicial., se devoi vieron al senado. A
comecuencia de una nota del presidente
•iel senado se nombró una comision para
o.
Sufno la terrera el qne autoriza al ejecu1ivo
para conceder los ascensos de jeneral i coronel.
Se pasó al mismo Ja lei fucal la
q~. le a~toria:a para ary-eglar la • parte 'admmastrativa
de la hacienda nac1on.J i la
adicional á la orgánica del pod~r judirial.
Stsion [del día -¿,7•
• Se dio cuenta con una nota del ejecu~'
"º eu que ~omuoica que el gobierno no
¡uzga ~On"Ve~1e11le someter olr~ materias á
ln con&1deracio~ del congreso i se puso la
camara cu scs1on secreta.
Sesion del dia 28
Se der ejecutiv-0 puedan
despacharse ambas judicatura$, he venido
en decretar lo que sigue:
Art~ 1. o Tendran el carácter de jaece.
e leh'ados de primera i0$lancla los jueces
de hacienda de fas ~ovincias ·de Mariquita;
Neiva, Casanare, Pamplona, Santamarta,
Chocó, VeraJUa, Buenaventura, Pasto ~
laa.bambura,. Chimborazo, Manabi i Loja.
Art. 2. o Si los intendentes crereren
eonveuiente que algunas otras provincias
de S'US nspectivos d~entos tcogan
los jueces letrados de hacienda el caricter
de jueces letrado• de primera instancia,
iofurmarao para determinaT lo con\reniente.
El secretario de estado del despacho del
interior queda encargado de la ejecucion de
este decreto.
Dado en el palacio del gobierno en Bogota
a 22 de setiembre de 1827-17. o
Sllllt0N BOUVAR.--El aecretario de estado
del despaclae del interior.-José Mon-ueJ
RasTUI>o.
CIRCULARES.
República de Colomhia.--Secreta1ia de
estado del despacho del in'lerior.
Palacio de gtJhiuno en Bogota a 14
de setiembre de 1827--17.--.Al sr.mtenden.
t,e del deparlamentD de • • • .
Tengo el honor de participar a VS.
qu~ .el Libertador presidente ha sido
rec1b1do con el mayor entuciasmo en todos
los pueblos del transito i en esta ciudad
dandosele pruebas repetidas del
amor que le profesan los colombianos i
de 1a confianza que tienen de SE. Des?
e el dies del corriente en que hizo el
J~r.amento constitucional entro al ejerc1c10
del poder ejecutivo, i felizmente
han comensado ra a calmar los partidos
q?e por desgracia dividian los animos en
diferentes puntos de Ja República, esperandose
que por su influjo poderoso i
acertadas disposiciones mui pronto s~
ha sota
a 14 '"#ÜDnhre de i.827.-11 o
Tengo el honor de incluir a VS. por
orden de S. E. el Libertador presidente
de la Republica, copia autentica Jel re.
glamento Jecr.eta de
las ordenes i dio;posiciones del ~obiern.o •
Habiendo tomado el Libertador las.
riemlas del gohiet no i convocadG ~a
g~an convencion, han cesado los principales
noti,·os de esa guerra continua
ele papeles, de la disension de fos ani·
mos i scrito~ en que se a~aquen
p~r!'onas o corporacJOne& deterrrunadas.
Despuec; de la lei de olvido un velo
impenetrable dcüe cubrir los S•1cesos
puados, dandose todos Jos colombianos
un ósculo fraternal, para que solo se
piense i escriba con Ja mayor moderacion
sobre los medios de curar los
males que ha sufrido la patria, i de darse
un» constitucioo que haga nuestra felicidad,
i la de las jene1·aciones futm·as.
He aqui un vasto i hermoso campo en
que se ocupen los injenios de los escritores.
Para conseguir el restablecimiento
del imperio i ob?.diencia á las leyes me
manda el LibcrtaJor prevenir a VS.
'Jue por si, i por medio de las autori·
,fad es subaltcrn:.ls, cuiden que se cumnlan
csac1amenlc las leyes vi}entes.
Para esto VS. las traera á la vista á fin
de examinar las c¡ue no se hayan eje<:
utado i hacer tengan efecto, exijiendo
ta responsabilidad a las autoridades
~ubaltcrnas que sean morosas en. cumpJir
sus deberes. El Libertador está
1·esuelto a hacer Jo mistno con todoe
Stll ajentes que descuiden el cumplimiento
de las leyes, pues la verdadera liLertad
consiste en su esacta obediencia
i ejecucion.
Es tambien necesario que se cumplan
con esacliluader ~jecuti.vo á la / honoráhk
camara del senado en la sesio"(& d~ 1827
por la secreMria de gi~rra.
En u. de mayo .se le informó. con
GACETA DE COLOMBIA
varios documentos acerca de uo movimiento
reactivo ejecutado por l~ J. ~
division del ejército de Colombia ausiliar
al Perú. el 26 de enero en Lima,
de _,que resulto la separacion del jeneral
en jefe i de otros oficiales del mismo
ejercito.
En la mis°'" fecha ec pasó un oficio
del jefe ·Jupenor del distrito del Sur i
otro de nuc.~tro encaq;ade d.:! necocios
en ,el Perú, di.~ loa cuales resulta ~e
la 3." divisioll ausiliar áituada en Liina
sin previo aviso ni conM'ntimiento del
¡obiemo de C:olost.bia, se habia embar~
ado en el puerto tlel Callao en 18
de marzo último con direccion a las
costas del Sur de la Repút•lica.
En 15, 2'1 i 25 del mismo, i en 1&~ i6
de junio se continuo iuformando áof~ ~-~
Jos sucesos ocurridos en los departa ...
mentos del .Sur, despues del desem ..
barco de las tropas ~uailiares.
En 20 de junio se acompaño Ja representacion
hecha pot· algunos ¡·efes·,
oficiales i empleados militar repre·
~~ntarlos ! V. E1 • suplicandole. ae digne
dispensar IU atencron para fac;ihtar la coaclusion
de la.a causas que penden i se reciben
diariamente.
Antes jamu venian a la sala los recurIOS
•e • los ramos de lia~enda poi:que teniao
otro tribunal. Antes no nnian los de comercio.
puea estos St) feneciao en el que
lea era prQpio. Antes bahian relatores, qne
como jueces de. hecho sentab n en. po.c~s
palabras el mérato de lo& procesos 1 fac1'1-
tabaa su deciiion; i ah ora leen todas líl.i
cansa¡ loa secretarios que no' tienen tiempo
para ~ribir i dar ~s pedicioo a las ob l i~p -
cionea de su o6cio. Antes ~t tribunal oi:1-
t.do con los ministre)¡ que tenia, í ahora
~ ~ñalao cuatro pa~a ciertos ~spedieu l<>s
.1 · cioc0 I'ª"ª los cnmmales.. Ha1 que lb -
mar a uno de los 6sciles ~e concnrr n
casi todós Jos dia.s ·con perjuicio del di!" -
tado despacho 41Ue toca acacia. uno de ellos.
Lu causu militare!, se oy~n tambiem P n
la corte superior i tlencn dos dias en fa
semana con Jllengua de las G\r~. ~n les
sabados se practica la " isita de carcelit!i que
absorve las horaa principales. En toda1 fa 1
semanas 1e introducen recursos de hccbó 1
de fuerza que se deben despachar e¡, «'l
termino que señala la leí.
De aquí conocerá V. E. que .. 1 tribunal
no puede dar e.abó a los neg_ocim. H~i se
halla oprimido con . mu de ochocicnt~s
causas. Se blasfema, se acosa a los mi_
nistros, mas no es obra soy:i,. ~s del~ leyes
.9,ue implican i ponen tr~bas al df"spacho.
ConTcodria pues poner dos salas, una de 1o
civt1 i de hacienda, i otra de lo cricni~'l l , a 6n de que entregada cada tina a los n ~ gocios
de su ercccio~, se abreviara el .les-
, ~cbo. Es tambien ele obsolnta necesidad
~1 C6tahlecimicnto de los relatores. E~to>
informan en ruonaJas palabras d · ·me,ito
de tas c:.ausas i leen lo t]Ue por líl fei no
puede sn jr1 arse ~ su relac1ou. Con e tu
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
ausilio se cspedian antes mucho.s-· nr¡;<>cios
en sofo una hora. . .
La dificultad de las leyes se manilcsta
de su yo · t~ la aplicacion, i lu be~l:as t90fP
ñas soa m~~ en la prá.cttq; La
corte mperier de Cundiriamarca ba 1D~
1-Uestado todo esto al cQngc~.. como re-s-?
lta del impre~ qve Pº~liº «ll •~~ super1<>
res ·miñ:os de y. E~ pero ~a~ta ahora oo
ha l~ado una util refo~ma. • iHgoese pu.és
V. E. tomarlas en c~1deraaon á 6n· de
que . traídas a nanten le apJi(¡ue el r~ediO.
Dios ~ l V. E.• .. Escmo. selíor.-.
AnúJJIÜJ ,,...,__
Jl.qrúhJic• th-Colombia.- Secretaria iU IS-:
tádo Jel ~. del ifiter;or,.7 Seaiori :.i. «a
B'!l(OÜI .o w tle s1'im!llre de 1817;-17 °
'.41 sr.. preslaén-ie Je /á eorl1 su/!:.t'iqr tÜ
jtmicia lle /tJs qepatlaitUnlds '8 .;.¡untllnamored
i Boyót"n.
El Libertador· -presidente. tia tée!ihido el
oticlo de VS. 'cm; 19 del c:oftieDte con el
~e •'*1lptiía un impreso que CQO&ieJW el
iQforme dado por esa: corte superior al
poder ej,ecutiTo en 8 de. junjo Ultimo. ma-.
nite.tando laa dificultacles ~e tem. para Ja
admioi.stracion de justicia i las medidaa que:
en au ·concepto podrian adoptarse ·para conseguir
aq mejora.
h~~s de meditar S. E . mni detenidamente
el Con.te.nido de dicha comunicacioo,
me ha ordenado a:mteabr, que el poder
ejecutivo som~tid a la cooaidetacion del con~
gre?ao en la presente· sesioo, las observaciena
de la corte superior pro~endo algμnas
otr~ medid.as, sin que hasta ahora
haya habido r~solucion alpa, ac~ porque
GACETA .DE .COLOMIH A
materias de mayor importauria ban absor~
do el tiempo •i la atencion del congreso.
LM dillcúltati~'S . q~e ~halla l.a c:o~te superi8r
para la;acluü111strac1oil de 1usttc1a, nacen
en S.'tl ~pioion de las le¡es. VS.. sabe que
t:l ~er · ekcuiiv.ó no tiené aurond.ad p~a
vanaclas, i que solo pueden reformarse por
el . leji.slativo. ·
Sin embargo, el Libertador r!ensa que
pudieran aplicarse almos .remedios · de hecho
que penden ~e · ~os 1ueces, .P~~ que
fuera ~ pron~ r ~e1ot la a~mmutra~~n
de t~sbcta. V ano5 lit1gantea dicen 9ue ~111
~mbugo :de haberle 6jado por !a I~ ~tro
horas di•riil de d.espacho_, no •e bef!eD' todos
loa ~~.; aunque el Libertador dificulta
... ascenso a eata ~eja, '!le ha . or~eoado
me.nci'!narla para f{U9 ~l tribunal evite aun
cual~era apar}eQQa ell' que ~a ~da.
Si las causas ,1 ~ peWJien~ s..?n tan
!l!lmeroaos. c:Omo mdica t_a. ·comunicac~~n ·de
VS., el Libertador deseaná que los Dn.emJ.
ioos. de aa córte su_pa:ior • redoblasen sus
ta~• para dea~.os l ponerse con
•l clia. No · Seria ~cho ~e trO.jando
otrat oñcioaa ~ fu 4o& 1 trea de la tarde
-.Jade w ocho i nueve de la mañana,, la corte
movida de IU celo por el bien publi,co i
~r· la administi:acion de jniticia., . h,i.ciera. lo
mis,aio, con . Ja cual ae vería . colmada de
W ~ciQGU ele loa p~eblo•. Et Libertador no clucla .oír muí proilto que se ha ado_ptado
esta medida, a la: que otra vez recurno ese
trlh'anal.
: Contribuira efi.cun;aeote al misma objeto
~e VS. superyiiile cuidadosamente á los
aubalternoa de· la corte para que ~umplan
·COR esaCf.itud SUS deberes i DO demoren los
procesos. Gran parte del mal nace de este
or-ijen, i si el tribunal exije ccn rigor la
responsabilidad á loa subalternos que sean
neglijeotes, habra mejoras pro!J~S i ~e mucha
importancia eo · la admm1Strac1on de
justicia.
Es pr.ohable que usando de uua. conducta
semejante a la indic~da, sea q!1e-_la corte
de Veoezu~la, que ben~ un d1st!-ito mas
vasto qúe la de Cund10amarca i que se
g<:!hierna por laa mismas leyes, haya podiCfo
tener su despacho !:On el dia 1 evitar
las ~uej~s de los litigantes i de los pueblos.
Es digno de imitarse un ejemplo tan
laudable ..
· Soi .de VS. cpn perfecto res[>elo muí
obediente . servid"r .-Jase M an,uel REsT11EVO.
AV.ISO.
Sej~mundo ;Leydersdorf, Powbles IDingworth
i· compañia han representado al eje~
cutivo, ofreciendo continuar en el contra.to
celebrado en 18 de abril de 1825 por el 'Pe
tomaron en ureodarniento las minas de la
Vega de. Supia i Marmato, pues que babien
hecho cuantiOIOS gastos CD 1ítiles Í maquinas
para au c-laboracion, suf ririan perjuici09
irreparables si suspendieran los trabajos por
los noventa dias que la reselucion de 23 dt
julio ultimo 6jó para que se pusiera en la
Gaceta, cuya insercion suplican se suspenda.
El ejecutivo con fecha 2 del c·orriente ha
rc:;uelto de conformidad con esta solicitud :
i para que no tenga efecto la rcsolucion
citada que se inserto en la Gaceta del dominngo
16 del corriente, núm. 309 '
Citación recomendada (normas APA)
"Gazeta de Colombia - N. 311", -:-, 1827. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2875201/), el día 2025-06-18.
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