G-ACETA
PART-E- -O·-FICIAL.
DECP.. ETO.
AtTToRU.\t'Do AL POJ)Ell EJ'ECUTt'\'"o.
COLOMBIA
l>ada en Bogr.ta 3. 20.· de abril de - pénas que e-st.aLltte. Sns cetlr~fo~ d~
1 82 6.'!"' 16. o - El presidente del senado.- guerra asi 01·dináriQg ~(.;-mo resididos ¡:-or
Luis f/"ar.oa.s 1 rjada.- El diputado los cotnaildaDtes jene1ales de n 1;11·ii .a, ó
scnctSpcuda,
Palacio del gohi~rno en Bogotá a 21. sia que por estt' disposicio¡¡ deba ali.e•
de abril de 1826 ... i6. Ejecu.l1~se.· FRA:.N- rarse eJ gobierno intei-ior de los cut·rpos,
cisco DE P. SANTANDER -Por S.E. el que sedn rej~do~ ~ep~il Jas diforent~
vicepresidente de Ja Repu~licá ~ncargado reglas de su. particvfa1· in~tituto.
El unnd" y camara de representa.ntes
de In . rrpdhtica · de -Cofombia reuriu.los
~n cv11¡,-reso.
CoNSn>Ei~XN DO.
J. o Que el aumento de la rue~a.ma'
rilin :a cxije lamhicn el de Jos oficiales
-y tripu lacioncs, para que los buques d~
Ja arruada nacional se por.gau en estado
de lt11cn sc>n·icio; 2. 0 Que para la
cons~cucio11 de este objeto e~ necesario
aumt·J ! i..ar los sueldos asi a }05 oficial~s
tomo a los marineros. 3. o Que al'
gnnosº 'ir1diYiJuOS ere la marina S~ hallan
::;in iendu en las fuerzas de ben·a,
siendo mas ímportantes $US .servicios en
aquella, que en estas;
nEcR.E'F-A 1'.
"Art. 1~ o El podet· ejec.utivt> adm!tirá
al scr,;do ara fij.at la cuota
que deba pag~.r~eles á estos por .cngan
·che~
..Art. 3. o Del mismo modo qued~~ autorizado
para hacer en la parte admi.
nistrativa de la escuadra, las r~fui·mas
que crea necesarias.
_--irt. : •• o Si en el ejercito actual hubiel
·c irnlh-idoos hasta In clase ele cabo
pdmcrn inclash·e, qn~ sean de la profesion
minine1·a ó que hayan pert.enecid
o a las antiguas matl'ÍC1llas, el poder
eieculivo dispoudra que l?asen a la escua-dra
si lo creyere com·cme'nte. .
.Ar/., 5 O Los indidf>s y Ir.al~ "érsacion ae
Carios SounLi.TTE- los inten~ses de la ba~ítmda pt?bJice en
DECRETO.
DESIGlU"NDO EL MODO Y TERMUiOS CON
QUE U1!.BEN FORMARSE LOS C01'ff:l:JOS D~.
GUERR:A PARA JUSG,R . A LOS OFIClAL.f.:$
Y . TROPA DI<~ Í'IARUU. .
El ~modo y camara de rel!reSr.nia"'!'í~s
de Ja rlp1ihiica tk. Coiombza reurudos
. en congreso. •
Vi8ta lá cc>munic!acion del poder eJfi ..
cutivo fecha 23.. del último tehrero en
qu~ pasa al to,.od_miento del cungreso
la competencia· sust1tada entre el coman-dante
jenera:l del tercer _d.epartamento de
marina y el comandante Jeneral ..l art. 2. e .~e . 18~4. y :á la
ordenanza jeneral del e1erc1to en la parte
que está víjente¡ debiendo ~orresponder
la pt'esiclencia de los conce1os de guerra
al comandante jeneral d<: armas ?~I ~epartamento,
ºó jeneral en 1efe del e1ercito.
.Art.2. o Los delitos comunes en JS
A. BARALT.-El pnswnte de Ja .-~mara
de represen~ñte's- t.:A -YE1'Du A 14 Bl.LoEl
secretario drl senado; Lttis 1,,. ari¡.as
'Iejuda.-•EI djput~do seri'ela.rio .-le Ja
camara .de l_'epr~e~tam~; ltiari.u11.0 M iiJo-.
Palacio del gob1ei',no. en lio@;ot.a a 25. ~
de abril de 1fh6.~-16. o -E;úutPN-Fu:w~
o.seo DE P. SANTANDt: . .r•-For S. E.. el
vicepresidente tle la Rc·pól.1wet encar~ado
df>I pod.er ejecutivo-El secretario de e~tado
del despat~o de marina )' ~erra, CAll.Lo~
SouBLET'IE.
SENADO.
EJ senado en uso de la atrihucion del
artir.ulo 57. de la constitucion:
Y CONSID.ERA liDO~
1. o El perjuido que recibiria Ja l\e•
pública si por falta de nliniero no se reuniese
esta camara el dia que fija Ja COftStitucion
para las sesiones ordinarias; ó el
poder ejecutivo para las estraordinarias:
2. o Que una '·ez reunido el congreso,
los senadores de.ben concurrir todos los
dia&. y á la bora que señala el reglamento¡.
DEéRET.l\l(.
Arl. 1. o El sen;idor ó senadores que
.nQ se presenten en Ja camara el día dos
. de enero de cada año para las s<'siones
ordinarias, ó en el designado por eJ po-
. der ejecutivo para las est;raordinatia~, .sin
lejitimo im_p~dimento que calificara su mis-tn:
a tánia1~a, incurre en una tnulta de ::loo,
á 2000 .. pesos que e} mismo senado gra ....
duara ., segnn las circunstancias.
Aft. 2. El senador ó senadores que r•
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
incidan la r. ca . vel en la &Ita egpresada
en el anterior artieulo, serao castiga-.
dos con. pena doble de la alli deter~
minada\
§ unico ; Ja 2.. cd reincidencia setA ca~ ·
tigada s~bre la . pena anterior, con la de ·
destitucion del empleo de senador y
.ser declarado indigno de obtener otro
empleo de coufianza o de honor en la
· Beplllllica.
Art. 3. o El senador que durante las
~esiones, sin justa causa manifestada al pre- .
sidente o á la camara en su caso, no asistiere
por el dia ó por la noche, perderá
la dieta correspondiente al dia,
quedando a cargo def secretario anotar·
las faltas, para '\11e en .el presupuesto
mensual se reba1e al que haya faltado
la cantidad respectiva a sus faltas ..
,4.rl. 4. o Para que tenga efecto lo:
prevenido en los artículos 1. o y .2. o la
dmara luego que ha ya declarado incur~
so al senador ausente en la multa que
ae haya acordado por las dos terteras par-
• tes de sus míemhros, lo comunicar.A al
poder ejecutivo para que se proceda contra
el multado 1 hasta hacer efectivo el
entero de la cantidad a la tesoreria publica,
y de su cumplimiento le de cuen-ta
en su proxima reunion. .
.Art. 5. e Sí por falta de· numero no
se abriese la sesion por el dia. o por la
noche a la hora dé signada en el reglam~nto'
el presidente manifestara a lá cámara
luego que se reuna los nombres
de los indhriduos , por cuya causa se
ha dilatado la apertura de la sesion , sin
l\aber avisado al presidente ó a la camara
en su caso para que conste.en el acta.
Art. 6. 0 El presente det~reto .se ten-drá
. por adicion~l y se . agre~ara imfre~
al i;eglamento que ahora r1Je en .e ·senado,
y se comunicara al poder ejeculi'7o
para que en la gaceta del gobier,nQ se
unprima y cirt:uJe.
Dado e1.1Bogotaa28._de abril de 1826.
16. 0 -El presidente del se11aJo-.. Lu1s
A. BAaAur.-.EI secretario del enadoLuü
Yar&as 1ejaJa. -
ADMINISTRACION DE JUSTICIA.
El senado de la rep6b1ica de Colombia.
En "ista de la acusadon introducida
por la honorable camara de representantes
contra el ministro de la alta
.:orle de justicia dr. Miguel Peña por
atribuirsele · 1a usurpaciob de 25. mil
.,ecentidos pesos cuatro reales, y. teniendo
e~ consideracion 1. O Que en la t~oreria
jeneral de Cartajena recibiO. el dicho dr.
Peña 300. mil pesos para condQcir á la
de Caracas, y que aunque ~n el aviSo que
ae dio se dijo 9ue habiari sido entregados
en plata cort1ente, mandado .averiguar
por el poder ejecutivo en que moneda
·se babia hf'cho l;a espresada entrega y
rem1s100, informo .el int~den~ del MactdaJena
con inclusion de la e~posicion del
tesor~ro que lo .babia sido en ~oo. miJ
pesos en onzas de oro del coño antiguo
· l 1 oo .. mil pesos eri fuertes mejícanos ..
2. 0 Que en la tesorería principal de
Cara<'as entrego 99500. pes<.ls .en .fue~ea
J e~ resto en ÓllZas de oro al precio. de
~ez y ocho'pesos cada una, y 4.144. pesos
~n plata . macuquina; segun re.sulta del
mtO~e de aqnel tesorero remitido por
el intendente á virtud de orden del ·misrnc.
~"-'· ejecutivo. 3. = -que el dr ..
Peña en su contestarion de .fecha 15; de
d~ciembre del prcnimo pasado ~o 110
mega est~ hechos J aulo oturte. al ~fujio
GACETA tJE COLOMBIA,
.. de· que la cantidad se le entrego PC!rdepósito
irregtilar, y tuv.o que abOnar faltas ·
y hacer gastos. 4.· o Que aun cuando
el mismo dr. Peña se considere como
depositmo irregular, todo depositario
tiene que devolver ·la misma cosa depositada
con sus frutos, rentas y mejora$·
segun la ley 4 .. ~ tit. 3. o partida 5, <"O
· y er.. las que se entregan contadas ó pesadas,
es obligado á dar la ·cosa u otro
ta~to, é a tal como aquella que recibio,
como lo dispone la ley 2. cu tit. 3. o
partida 5. ~ 5. o en fin: que tales antecedentes
dan una prueba suficiente de
que ·ha habido una usurpacion de cau-
. dales públicos. Por estas coqsideracio
·nes en nombre de la República y por
la autoridad de la ley ;
DECBETA.
Se admite la acu5acio~ propuesta por la
honorabJe cam:tra de represéntantes contra
el ministro de la alta corte · de justicia
dr. Miguel Peña, y en conformidad del art •
1 oo. de la con~titucion se le declara suspenso
del ejercicio de su empleo : avisese
al poder·ejecutivo para los efectos con~
·titncionales y qtie el at'usado comparesca
ante ta· comisionnombrada para· Ja instruccion
· del proceso. Bogota 15. de abril
de :i826.-El presidente del senado Luis
A. BARAL'r.--El secretario del senado_;.
Lúis Yar6as Te¡ada. Es copia-·P-amas
7'ejadá. 0
NOMBRAMIENTOS.
El senádo en 'Virtud de las facultades que le
da la_constituéion, ha nombrado ministro
jues de la alta ~orte en calidad de · marcial
al -jeneral en .jefe . Santiago M~riño.
~) poder ejecutivo con acuerdo del
senado ha nombrado-y ·presentando para
tesorero de Ja catedral de :Panama vacante
por muerte .del si:. Nevera al dr.
~amon Eguiguren de la di~cesi~ ·de Bogotá
y. para chantre de la .1gles1a de Santama~
t.a \racante por ascenso del sr . .J\ivera
al arcedeanat.o de Ja misma, al dr.
Mateo Gonzales Rubio de la diocesis. del
dicho obispado.
Con acuerdo del concejo de gobierno
ha nombrado y presentado para la raci~
on vacapte en la catedral de Quito por
ascenso y muerte del sr. Ponce; al dr. ;lose
Guerrero medio racionero de Ja misma ..
Para la racion de l~ cate,dral de Cuenca
v;icante por muerte del sr. Cubillos, al
dr. Joaqmn. Añasco cura de Gon.zanamá
en la misma diocesis: y para
medio . racionero de la misma cate-
.dral de Cuenca, al dr. Andres Belu·a.n de'
lps Rios, .de la dicha diocesis.
El Pod~r -;j~cutivo i propuesta, ~e la alta
corte ae JUStic,Ja ha nombrado nnn1stros 6scale~
de la corte superior de justicia del Sulia
a los doctores Nicoias Quevedo y Franciseo
de P. Lopes, J a propuesta de ·1a corte
superior de j~stic1a de Cundinamarca y Bo.
. yaca secretarios de dicho tribunal, a los ss.
Felis lose Lotero, y dr. Jose de Jesus
Fonseca. · . ·
El poder ,ej~tivo ha admitido al dr. Vieente
Espantoso la renuncia que ha hecho de
l!i . plaza d~ ministto ¡ues de Ja corte de jus-UCla
del Eéuádor.
Con acuerdo del senado ha nombrQ(\o- gobemador
· de la nueva provincia ele Mompós en el departamento del M~lena aLsr. Juan
Baqtista Quintana nat\iral de Ocaiia.
payan poi' _muerte del sr. dr. Santos E5'cobar.
. Adtmas de esta quedan vacantes se-·
gun se ha públicado anteriormente, en Caracas
~l arcedianato: en Santamarta el deanato
y · WJa canonjia de oficio: en C~rtajeña
ta maestrescolia y una canonjia da
·oficio ; en Panama la maestrescolia : en
Quito el arcedianato, do$ canonjias de
merced y dos medias. r aciones: en Cu-·
en~a la . mestrescolia, wia racion y unl
media racion; y en ,Bogotá una media
racion. •
JUNTAS PROVINCIALES.
La de Manabi ha solicitado .del poder
ejecutivo la separacion de las parroquias
Chom y Fosagua del canlon . de l\1o ntec1
·isti a que co~~ponden, y su agrega ci.
on al de Puertoviejo, en atencion a ser los
propietarios de dich3s parroquias vecinos
del ultimo, y de presentarse por esta cau ..
sa varios embarasos para el cobro ele 1a
contribt'J.cion directa y para la pronta ad- ·
ministracion de justicia: el gobierno ha re ..
suelto se pida sobre este particular informe
al intendente respectivo.
La misma junta manifestando la necesidad
q.uc tiene aquella tim1ad Je un ~ olejio
mas bien que de un hosDital, p r o-
1 pone al gobierno se destinen p ara funJar
una casa de estudios las cantidades del noveno
y medio decimal que se hallan apli.
cadas par<;\ hospital: á que se decretó que
el poder ejeculi,•o carece de faculla (les
para variar el destino que l~s le yes han
dado· a las rentas \. DE MA.RINA
Al sen1uui.
En 22. del · febrero se pidio una resoa-
.. lucioo terminante· sobre quien deba p.tgar
lascondu~cioues que hagau los buques
mercantes de mari!le1·os inatilizados eR
el servicio, cuando por este lfiotivo se
retiren al lugar de su domiciho.
En la mism;i fecha se indu yó copia de
una coqiunicacion del comaud:1nte jeueral
de la escuadril de operaciones, en la
que representa los i11coovenientes t¡ue
. le ocurren con res~ecto á la de~ogacion
que el gobierno ha he e hu de 1 as or.:ienauzu
navale~ de 18<>2, declaraado subsistentes
5olamente las de 1793. siernlo
el citado comandante jener:Al . de opinion,
que se ·continuen ab11crvando amba!!J
miea~as la lejislatura dict.a las que de
·ban rejir a la marina nacional ..
Ea 23. del' mismo se dirijiel"on Yari·
~ copias de las consultas que ha hechoel
com;t.odante jeneral del te1·ce1· dep<1rta-
111ento de marin~, sob1·e sí por el arl. 2 o
de la ley de 2 . de agosto del a.iío 1 4. o -
en el que comete la ·pre.sidencia de los
concejos d~ guerra de jenerales a lus C04
mandantes jenerales de los departamen ..
tos militares, queda derogado Jo preyc.
'nido en las ordenanzas jencrales de la
armada del año de 1793.
(Se continuará.).
VA~ANTE ECLESL\$TICÁ.
La maestrescolia de . la catedr~ de .Po-
• Tenemos orden de :anunciar que el sr~
R~es y Fita cura de lUontecristi en el departamento
de Guayaq11a de servicios eclesiásticos
y patrloticos rogó a S.E.el vi~epresid;:nte
~o le tuviera pn:seote en las proviJiooe.s ·ante-·
r1oreL
·... • &
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
. ..CONCLUYE.
GACETA DE COLOMBIA
el poder ejecut~vo ·por las J1lsones que se verán
) pero l)ahiendo insistido las dos camaras,
el poder ejecutivo 1o h~ mandado ejecntár en
co'mplimicnto del art. 46. de la constitucion.
Esta es la objecion:
J!!f -tnMsnje Je/ c. · Guadal~pe Yic~rlo pre-_
slt'.iade de los Es/ado~.Vmdos Me¡1ca1'os a
lo~ cr.morns del congreso jeneral, pronunrmnciado
eri t!I acto de a/Jri.r solemnemtritc
.S'us sf'sionu onua/t$ m 1 ° · de enero de
J.~b G. inlerrumpido en el mí.mero 236. RepúbHca dé Colom:b/a.- FRANCISCO
Permitaseme rustrur a J.as'clmaras en 8 · DE . P . SA.N'1'4NDEll, etc.- Patata
séric no interrumpida de prosperidades' cío de gobu:rno en Bprodujc1·on lau'to como los ma .-. ~pañia en _Lornfres en 1824. y por el poder ejecutivo
a qu~ noml:n-ase una cotnision de su
seno para que las comparase con ]08
documen-~os orijinales, que no se qui~o
esponer a que se perdiesen en el archh-ct.
d_c la dimara como se han perdido va-<
nos papeles, sobre cuya reslituc.ion ha
dictado pr°'·idencias la mi~ma cámara.
Creemos que dentro l1mc de los sistemas rouocidos. El código que sea conservar en el notnhre de un
(fo la Délcion se r<'1>utaha., t\na tcoria vana ~1tu1dods de p:-c ns1011, fodo hurlarste tnal 'P?e. s<'ri~ largo
1< uto umv~sal, fa. a~+ll.ks1on ·!' las leyes, el departamento con este noinhre; los pue- referir y <'xa111mar; pero la adm1mstrac1on acr,
csrdo p1'bfulldO ~- las. max~as conscna- hlos y las autoridades se han acostumbrado tual puede gloriarse de que su economia ea
1 - ~Has XW:i'W'1_ll P?htica? todo, todo a-el y la jeografla coJomhiana lo ha reco- palpable a <:!::mtos quieren tocar1a imparcial-h
' u ne al .. poyo de la. sal)1duna y del profundo • . , .. . . , • mente. Q';11s1eral.uos h;1l)cr conocido y co.no-t
~lndo de los Jejísladores mejicanos.. noci- cerio todavia, ese homhre celestial que fudiera
ta p a tria c~ronaslcota 8 la grafia JeDetal~ Y u la histo~a: variar hor sacar de un pueblo pobre antes de la n~"olu¡;
rcH~nc.:ia ia y laa virtudes. Desd" necesidad, es contrariar, destt·urr estas me- medi.os suficientes para hacer frente á los g;istos
<"StC runto la ntncs T~montar SU nombre a · mol'ias, Y anunciar úha '\'ersatilidad que pif_hJr~os-y DO gastos mperfluos ni de Jujo
fo.s. s..jg!os clistant~, · con, Ja majestad de sus r-efluye contra el hono~ f!acional. ~oy sino gast!>s precisos é. indispensahJes para salvaJ
prmCiJ!?ºs y Ja inmensidad .de ¡u:s rec~rsos. es '7erdad que esta ' 'aria.élon afecta a un nuestra · independencia. nuestro honor, y coloL~
ts canrn_ras .del cqngn•so J~ncral ,m_ei1cano objeto de poca ~onsítleracion relativa; umos en el fogarque tenemos. La adminiatrau
1 la pl<'mtuJ de su podet, Ue."~ran :í s.u pero cllá puede senir de argumento á don civi_I , ·de hacienda dotada mesquinamente
w mplcnl<'nto 1a granJcza y felicidad de la l . d l A , . h apenas belie los empleados correspondientes á
l'i ep~li ca. IJije . • os ·enemigos e a menea para 'eC ~r- un estado soberano, y a un puel)Jo que debe
Om.iszon Sustancial. nos en car a que todos los dias cambia• r~cihir los hit>nes dt¡ la a.so.ciacion col! mas pron•
· " ~ . mós las leyes y man.tenemos nl pueblo en .tüus y ~uestra propia
1 l 1 1 .1 '- ; vida, cueste lo que costare, alcanst>n ó no
•.1na <.1.e n nsmo sup cmcrito <'ase cas.·. a... uos e uc tanlpoco se haga no, edad en el l lk J · d J LJ
h 1 l y I a. CaDScD as relltas, qu~ fª ~.an }> ºº a po a ...
su) 1
)
0 s en ugar tic casal os con hIJOS. departamento de Apure. El rio Orinoco c19h~ la agncUltura y r. comercm. A Jos. 16.
Laña fa pro\·incia del Barcelona :r casi añosderevoluciou1cfeloscual~112.porlomenos
~p J\ R TE No o F le l.A L. toda la de Cumana; el Apu.-e atra,·iesa se hau empleado en una kuerra desastraila 1
las clos :prm,incias de Rarinas y Apure y cdstosa solo cJeliel(lOS a los estraujeros 3o. Dl.l"'
'.El congr eso en fa noche· qu~ se r-eunio confunde sus aS!.uas en el Orinoco que baria llon~s de pesos, cuya deurc h adrnision de Ja re-
11úncia or el Socorro, Ju:m de Francisco Mari.
in pcr Cartajcna y N . TaHaferro senador
¡)or el 11.~mo. Consignamos sus nombres
pr imero: para que ahora y por siempre
t.c ,-ca y rcconosca Ja Jjbertad amp1ia y
-absoluta que gosan los representantes del
~u chlo hajo el gobierno del vicepresidente
SANTA!\DER; segundo: para que la
R cp1íblica nunca les atribuya ni el bien,
ní el mal de Ja actual aürninistracion.
Se ha publicado en el n11méro anterior ~l detreto
qtte adiciona la ley de clivision terrilorja}:
por el art. 1. 0 se camhrnn los anti~fios nombres
<:ºº. qnc se dcmomiQal~an los depa1·ta~cntos de
O rmoco y A¡mre, k1 oual foé ob¡ei::i.do por
..., coasjsle en efectoa de gueJTa qtie se recihir1'< '" o
la pr°'·inda de Guayana. En lo demas muy recargados, ó por cúntratas teme.rarias,.
sobre la incorporadon de Guayana al de- que solo la nect'sidad y las <;irtuiRt:im·ia.s cala-=
partamento de Apure, el poder ejecutivo mitosas de 1816- 17t r t8: pudieron haller
está perfoctamenle n el Je• obligado al gobierno á aprobarlas. La ~.dmijislativo
asi conro en el resto del pro.. nistraci'?n nctuál (y este es el pr~mer 1·cruerdo á.
yecto,. Dios gue. a V.E. Jos escntores sorclos) . no La empefü1do la na-
Fn,ANc isco DE P. SANT.A.NDER. cion sino en 20. millones de pesos de deuc1a
cstr:mjera, con los cuales se puet.l<'. decir sin
e.xageracion que se han hecho ·prodiji,1s, pues
que se ha. at€'ndi<1o a rli.ffrentes ohietos y por
dos años se~uidos han aliviado al gobierno en
to~Qs sentidos. No es el ewpeiio por 3o_
millones de pesos conm todavia lo oimos decir,
ni el ~ohierno ha recibido t2l suma: la deuda
consol~dada monta á esta suma; pero en ella
CUENTAS DEL EMPRESTITO.
El demasiado recargo de la imprenta
r las ocupaciones d~ < la secretaria. de
hacienda no han perm1bdo Ja pronta 1mpresion
de las cuentas del producto liquido
tle los vemte millones de pesos • ne-
* Leasc bien que son Yeinte millo~·es Talor
nominal- veinte solamente cpie en toda buena imparcial
aristmetica son diez inenos que treinta ~
.En Ja cuenta s~ vera de to que ha dispuesto el
gohiP.rno y resulta t¡ue por equivocacion, ó ruala
fé se han ~Sl!\do haciendo cuentas alegres con
3o. mi)lones, 6 con ~0. efecth·os. ¿Si se olvidará
esta nota, como se hañ hecho olTida reCUP.rdos) a Vebez1Jela, Orinoco,
Apu1'"Q, l\'bracaibo, -Carta1ena, Panarna, Tunja,
Popayan y Quito; de mallera que en Bo'
ct.á d·éb<' hah~r siclo la suma d1sponih1e muy
mferiot' á lo qn~ se CTPe lejos de la rap ·tal.
(11t.imurla del Pnu ~n Ja mavor parte, comd
<'andálPs ~xistent.Ps df'I protlbcto del cmprestito
de 1 824; JY se p1~d1:á dP~Ír a vista de es!~ bosqurjo
quP la ad{utm!'tracJOtl gasta los nnlJones
de pf>~s COIJ profu ~ion, ) qu<> no Sf' ha cunocido
I~ rconom;::.? Pues á nnes.tro modo de v<>r
.)' por la cu~ta qut> ahot'a sacar"mos, na sabemo~,
orno- es qu .. todavía hay difM'FO del t>mJJrestito
despu<>s ·de dtls años de gastos, v de
11 ~ ber pagado Jlllél consiJerahlé sutna él nuestros
:lci·eP.dores.
Tvmaremos las cuentas dr nuestras rentas y
'~S· os df' 1821 • para aca, porque mas antt>s
t>I 'es<'ro ru1.ili<·o rra f'l eoraz<'•n r"publirano y
j-·1.Pro.'-0 cie los .-.en-i.dc res de !a patna. La lcj
: l~ci".'º flP li~tcieuda d<>l cm1gr<>so constituyente
ck·l,ic> pn;thJCi 1· un gr·an dejicit t·n fas rentas,
ldHlo por q r;e m . n:t"nt:~ dos l··s f'mpleoc: y rn
vfr~ras dr ( n.f'1 t' nrlt>r la opr• adorn·s m1Ht~r''S
en rl sur ti" lri)(Jnciria mucho mas dtt lo que produciiln los
rair.(~ abolidos, la f'sptrieneia ha d<>sm.-ntido
t>I <:~ lculo. Ello es que sean cuales fuerrn las
TM'daderas causas de la rbina de nuestra. batjeoda
nacional inclusa 1 jencral propension de
defraudar al erario en las importaciones, esportaéiones
Y.'. jr.oerelS est;llncados, el gobierno
constitucional se t"ncarg0 d.- la administracion,
en ciYcu~ de que los g~stos eran muy
superic~re& á los productos de 1as rentas, y de
que .se. babia a<'u!1'u1ado ~a deuda esfranjera y
domé9t1c.- de los anos antenores al de · 1821. con·
traida para scistener la independencia y dar
vida a la República. El año de 22. reslt'D libertadas
Cartajena y Cuman:f, insurrt>cionada
I~ provincia de ~oro, y todo el sur desd~ el
no Mayo a las fronteras de Guayaquil resistiendo
las :.rmas il'tdependientes, del>io tener un
nt~e~o dpfi,ri;! que acreció al jeneral que ya
exisba: Pl ano ae 1823. en que por primera
w~ sr. rrunio el congreso constitucionál, se le
pr,..seotó el pre!'~pueslo de gastos por la snma
de 14,811,663. pesos 2. rt'ales, y como las rentas
no lo ct;ibri~mn por 9ue apenas alcansarian
'produdtde s. á 6. millone.s de pesos, apareció
~no.«'"? defiril de oc~o mill e1 presupuesto 14,543,8.51. pesos 1.
l"'Pa)'?. y ta~hien quedo otro tl¡fi,rít por lo menos
de su·~ nullODfS; y el año de 26. ha valido
! 1 pTesup1~esto ~ 15,487, 7 1 o. pesos 5. reales
ltlchuo el inter .. s. de 1a dt>uda t"stranjna. R:;aulta
por cons1gu1énte que el estado continuo
d,. guert~ en que la ·R~ptihlica se ba visto coloovl~.
~· la na~ ural pohresa de los ret:ursos de
los ctndadanos. han ac:umulado de año en año
u::.i:,~cit consiflerahle que ha debido poner en
e _re.tos y ingn.stias anualmente a la administracion.
sto no n:aerece e~an1inarse n1a.
P"'.. .°-."" 4-''_!a mas daro que la IDz. Se
wnd1? el anb ~e 24.. al recurso :í que han
Of'Urndo todas las_ nat·;ones en nrieocias del
momento •• CÍ UA ~mpr~stito esterinr, este,
como lo de1am05 1nd1~do, ha serv·1doyn 1 F2ra ,d h . 1 d... . oso o let~a oga1·. a a a mmL1¡f!ac1on l"n los d para cu nr una porcion de
GACETA DE COLOMBIA.
-d°e"Odas antiguas que h an contri.buido bastante a
' fomentar el pais, y para autc.iliar a un estad.o
limítrofe que hoy no solo nos es deudor de las
sumas invertidas t".n la empresa, sino t~.mhieri
de .la independencia y libertad que empiesa a
disfrutar. .v olve~os. á. pretr-1ntrtr a los <"e!lsores
¿ pod1a la aG1111n1stTa~1on l1acer cambiar
el cu~·so natural dP. est9s S~le('SOS eu la parte
fucal? Ha tenido otro qt"K' el divi1to autm· dl' Ja
ley de gracia el poder de mantem~r un gran.
nia,mero de jenles mnltip!ic~oao m&ravillosa.
meme unos pocos panes?
Este cuahe desalr1,tarnos: otros
pueblos han pasado por igu:ile.s con1:Uc. ~os y- al
En se han dPsem.harasado de las pt>nUl'laS '}lle les
cerca}Jan. U na c-cononlia sever~, la perseve
ran ·í.-. )' Ja espt>rÍt>n<.:ia les han contlnt'i,lo ;{ uo
t 'rmino folis. Prf'ClSO t!ra que mosotros hil· i e~
semo.s ensayos qt~isá p<>rjuria de haci(~nda, f'n esle ol.!jPto que ha
agotadd Jos recursos inte)rct ialf'S dP horli hn~s
muy ilustrados; y preciw era t~mhi<'u que
tropl'sasemos y cay('scmos á cada paso para c¡ue
la caída nos señalase el ehstaculo qll~ dí'h1a ....
mos r"mover o superar. Hoy podemos decirnos
mas rsperimentadosqu«:> ahora •:u ntro años~
y en efedo Jos h·ahájos del ult imo cougcr.so <>Ii
este r<\~lO han merecido la aproLadon de pc rsouas
it1tf'lijentes, y se «>sper~ qt.1<' v :.l~an m:i) ~»
res procluctos l'r<'tario d(l hacienda en sü memoria c!f'l
pn"ente ~.ño, dPhen n(I set .stra hurrailJe opin1on el sr.
Castillo no ba pres<'Blado Uft plan de h.acittnda
pa··a el año y_ ic'1e:r:-
d sobre el cna) d<' he s«:>gu1.-se tra bajaHt-lo las ideas que ha Hl
mini:,t.ra~o al congrr.so. E J?f'fenws puc•s la
coopf'Tar'u:m de toc1as las autondades y de t vdo;:.
los duda.danos en la ej<'cnc1ou de la:- nu evas I<') e·
de had1.nda, y !-i ese gobierno en eu1igo .qu ier<' ~1l
fin oir la voz
convensamonos de que no L.a llegado " i1·mpo
de ret.:ojPr todos los ahu11tlante~ frut-os <] ll uos
hemos prometido de la revolucion y de la independencia.
Sobre el Come/a de Corocns numero 18
Buena faha nos ha hecho eu esta sanla
ci~dad nn buen Aslronomo que observ ase y
nos esplicase la apar icion de este Cvm,la el
dia 25. de marzo en Caracas, <'n a <¡u cllo tle
los revelaciones. Nosotros a 1ma distancia
tan grande y en un mal ohsen-atorio c~i no
podemos fijar ide:ts esa etas. V cm65 cof 1ada ·
una orden de la secretaria del iuterior n j ~fe
de Venezuela, y en ' ' <'S de dedudrsc las consecuen<
·ias que su conlrnido E-um~nist1·a y s<>
vienen a los ojos qne no son ;>arc1~tle~, se fi a -gnan
cavilaciones, y se e;,rroja Ja iospccha y
la invectiva sob1·c persona gratuita y antiguamente
odiadas. Vemos que se vueh·c á las
andapartamento ni ci\ldad1 como si tod:ts no
tuvieran capa~idad e inilujo en c':1alqul.e.ra pro- .
vecto, el Cometo no solo lo Lrasluce sino que
lo vé en Cara,·as. Se le purlicra decir a su
autor lo que el cahallero d~ los Leonrs advirt
~o al much:;cho de los t1teres de .Maese
Pedro: ~ ~n1ño, niñ~> srgu' d vuestra historia linea
recta, y no os-inetais en las curvas y trans-versales
que. para stUnr una verdad' en limpio
menester son muchrzs prur/Jos y r~
pruebas;'' Señores del Cometa: sigan rids.
s'! c:emmo derechamente y CQD s'an.a intenc1on,
que eso de qu.e. ~n Hogota .se haya- pen-
9ado ~n proyectos amLrc1osos y desorganisador~
ne_ces1ta de muchas . prueh~ Y. r~pruehas que
V''tls. no presentaran Jamas. S1, Jamas, ja-m~; y
para. ~llo retamt)S ~ tod~ foñna y con loo
requrs1tos correspondientes a esta clase de duelos
á los editores del Cometa a qne se esplj.
quen mas claro y mucstrrn l:.is pruebas de
su dicho. Acit se tit>nen documentos auténti~
cos sobre la cosa, )' se sabe quienes, donde y
porquf! se flan l'n gol fado rn c>se mnremn{fnum
d~ awticion, y rejistrando. el mapa de Coloml)
la se descubre que el viento es norte y de
{'O"' ta.
Para quP. este ~rtfrnln tenga sn poro rle serio
cl .. clar:.rrmos qur. en maleria \u de 31. de agosto de : fb4. puhlicado
~n lii~ gacetas y p res<•ulado :il ci: n :~ n~. o ncion:\do com étn d:i htc j-é'n c>ral. y
qne se pnl:l'co (a ~mq nc t un fed 11 equivocada
por cnlfa del impr~sor) <· ~ la ~ a ·cfa n~~ mero
2 30. de 12. de nrarzo d <·i ~ ·:rrieu tc :mo, en
cn)a ord"n se cnt :ffg<'> se evi t;;!se todo mot;
vo onicanH'nff',.
ju~gncl11 la l\cpúbllca y el ilustrado
pucLlo de Venezuela.
PROVI \CIALI~!-0.
En Colombia t'Om n en otras par l<'s cle1 mundo
hay <>scr itores quejosos fº~ r-tinos pú Llfros. .En Jos ·Fsta Ic:r l.~ nion,
por c¡ne alg-u11os (l!> ellos .. r •. n N1t1 r; lf'5 gaciones son p:¡ra los l1i ¡os clf>l Ínfrrior ;
d Chn.wu1 Botrnlrmo le 'n<'lvc la pdota y
se qu Pja' :í su fn11w: e; tJ·ns p Pr i(Sdiros h élLlan
Pn el mismo s<'ntido p <)J' su T<'&f t'cti ét p r o~
nd a . Nos pa1 ce~ cp1 • st t•l n ~l'i fo X la a~
fltt~ úhl i<·os, t'S inoficioso
averigu ~ r el h •g a r- dt•l t•irvi cio dd 1•t'tlJ}Íco,
no para cunwgurar sus sacrifici s, que por carie
recompt>nsas. T odos s.omos ~ol imhi;~nos y
nuest,;o propio mérito aos llamara :Í los : t!nos,
ora seamos de C:n·acas o de Bogot:\, ();·a ha--
y amos nacido en la mas oscura aldea de la
llc•púhlica. . .
Al ~o n duir recr.rchrrmos al Chr-s1p.u ·hogo·laT10
qHe: el sr. ta c1m1r1
Citación recomendada (normas APA)
"Gazeta de Colombia - N. 238", -:-, 1826. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2875128/), el día 2025-05-04.
¡Disfruta más de la BDB!
Explora contenidos digitales de forma gratuita, crea tus propias colecciones, colabora y comparte con otros.