CETADE COLOl\IRIA •
Buo•TA.-Dot11N~O 19 DE JUMIO na 1825.-15. 15
OFICIAL
LEY.
Ccn;cEDIEND.,, .iSC E?iCI!1N.Es A Lns qy•
c i ;N Altl?..E:G!.f.l A LO <{_U.I': EN ELLA SI!
DISPONE E.5T .... nt.~:.5 CAN p . • sJ\D • .\S o ME.
SO N~S J!:N LOS <;AMlNOS l'VllL[(.;OS.
EL smadfl y r/í mara dt! ref>resentc nte & de
la r~púúiica d".: Colomlm.1 ·rewudos en congrt.sf>
CoNs1nERi. Noo:
1: o qne h e~ ea :.: cs ql!e h:1y de posadas,
Jnt's1)nCi'!Sr ó n·ntas en los c:nninos public 1 ~s
per_i udi!' :l á lclió v1:itl·ros_, y embaraza. el tr•:_{~ 4
co . i11t~r;ur, al prn¡.H> tlt"lllpo que s1 . hu~1cra
tale~ t'st:.1utccimientos en la proporc.!t~11
corn:s;>011diC"nk las tropas en rn~r~~ recd.>t-ri=.
n de dios un u11port:111te serv1c10: . ,
:¿: O c¡ue por <:'::>tos ffi~ti~' OS <:· ~ llt"Célii'lrlO foll'lt"
lltar dich ;>s ustublec1rr.11e_ntos, ) u para c1u~
ks vi ajr-ro~ , ó yá Jas trop~s en mnrd1t\ .te.nbl"
Ull d auxilio c1ue en c:-l!os pue • l . A~ e~minos púb:!cul$ ~ nacmua es y marJ<::ne• y¡¡;
lt1s rius rnwt-gáb!nii.
.Art. 2. o~ Esta escencion comprende á los
criados ó sirviente¡ que sean iadispensablemtnte
necesario9 para el servicica de dicbas
¡>0s;.idas m~sonelli 6 ventas.
.JJrt. , 3. o Los poslldt:'.ros, mesoneros, ó
venteros que t'~t~blezcau sus posada.:;, mesones
ó ventas en tierra4l nacion~.le&, que hasta
Clh1;r .. se h;m conociJo clln el nombr~ de b:.11.
dias, . ,
.4rt. 4. o La& posadero& rnetoneros, o nnterus
que formen tmi ei,~blecimic:ntos ~n
caminos nacionaks ó púl.Jhcos, cp1e atrav1c~
n páramos ó deciertos ~u«clan eximidos:
l. ~ de t<,da contrílmcitm pnr:i los fon.
dvs municip~ies en ra•on de la posada,
vrnta o mr.san qu~ ('Stabkz~án:.
~ de cualquierot otra c?ntnbu~1on en ra:
zon de la posaila, venta • meron que establezcan.
. 4rt. 5. o Para goaar en sus cas?• de las
gracif'.ls concc-di. , .
Par,gra.fo l.~ Pertenece a los ~efes !flúnicipales
nido u). 1~forme de la mumc1pahdad
respectiva y utendadas l~s c1(c11stanCJas d_e
lo mas ó· ~euos frccuent:.do que sea el camino,
v tod.t1 !as que deban t,:·oe!se prcseptt-s;
graduar la eap.icldad ctd edificio y el numero
de lns criadns ó ~rvit r.tes que sean .lÍ\:ctoa
1 la po~da, venta Ó· m~f:ion.
. . ...;.:~--;~~-;::-~:-~
La su1crrcton anual vul~ 10 ps. 5 La del stmu:stre !J ~O rs. lfl del ~
trimedrt!. El editor dirijirá los núms. por lo~ _c:01rws á los ~
suscrttores: 11 á los de ~sta czudad cuyrlS sus-<.'rtc1011t•s ncdt· el ..,
ciudadano 'Rafael Fiores,en 8U tiemla de 'ª t:all~ l. dC'I c1.·nu:r. ~
cio •Úm. 6, s' le8 llevarún á sus casas de h!:btac1<.m . .E11 la ~
misma t1t!11tÍll st: venden lo8 núms. sur:itos á 2 reales. , ~
it',,..,.,,1,,,.,,.,1.,.,.~1~,,..,..,..,,.,.,~--,-,,,,..,.~~~,,...,.--~ ·;lt
Pará~r«fo 2. •De la detcrminacion dd
jef.· político municipal en loe caso! de e~te
decreto podrá rcclamar!e al gobernador ~e
la provincia, quien oído t'I informe de! mismo
jefe político, ~in mas f'rO};ft"SO, 1 SJ!l <¡ue
en nin~un caa• el nq; . x:;io pw·:J;,a ser cuukncÍO~
· '> lo d~idirá ~ubc:rnati va.n1~nte.
.Art. e. e Los meaonc-ros, pos•dero~, ó
vcn~<"ros qu@ no cumnlan att?una de lrimt"ros artículos.
Pado c:n 8-Gg•>tá á veinte de abril _E PAULA S~-1.NT.llNDER.Por
S. J !:. d viccpresidt:.nte de Ja República,
cucar,;al'.o cld poder ejecutivo el secretario,
de cstac.:o dt:l despacho del in~rior.
Jos; Mamwl R.EsT~Ero.
Repi 6/ica de Ct>lombüz-Cámara de ,.~pre •
1e111ant,-a-.Bo~etá l.• fi~ maya de 18~5-15.
,¿[ 1 r~m•. sM. vic,presidt!nte tk la ll1pM!:
lic11, e rrcarg de
Asuay,Ecuador·y Guayaquil, h~ciendo licenciar
los cue~os de reserya rcu~1dos en Cunrlinaniarca,
Boyac~ y Apure, seis .meses ha, y
concediendo su licencia: absoluta á los .soldados
cumplidos. E~ta 1>tovideocia produce i
la 'V!z tres i;rnndes· bienes. el primero el ~hor.
ro d~ una grUt·sa su•1":1 de pc:~os que
mt:rnmalmente ~ ~•erti~ en esta!i tropa1S; d
otro el alivio de k)s pueblo11 y aumt-nto de
Ja :igricú lt1&ra,y ~·) tercero la estahi:!<.lad y I" ug
·r<'~O de fa opinion pública. 1':~a honorable
c11:&1<1ra bic-n c ornprtndtrá _ st:nthllit'ntv!S al
ejlrcit• y í. V . E. que tau heroicamente i•
llrvó al campo de mayor fortuna,-des pue-s de
()lit! el congreso peruano les ha prodigado tantos
y tan justoia homena.ies de reconecimiento.
y despues en fin que el congreso de Colombia
ha consignado con recucr ~'. os y reco mpensas
satisfactorias el mérito y servici0s de
los vencedores en Junin y Ayacuc.hc, el poder
ejecutivo nada puede añadir nuevo ffi
bastante para cspre¡ar su satisfaccion y te ..
goc~o. _ . . ·
El escmo. senor v1cepres1~ente de Ja República
encargado del gobierno acepta ~n
nombre de ella con júbilo i1!capaz de ser
csphcado las ciaco banderas españ~las . que
V. E. le ofrece en señal de Ja obed1('nc1a y
cstimacien roicos
:y siempre m¿.tgnani~os del LIBERT A.JJOR
prt-s-ideme por h1 causa dt: l(¡)s .putblos, ·y por
d h()nor ú~ Colombia.
El poder ejt:cuLivo aprecia altame·nte esta
·5efütl E BARll.llAS..
Estado de las escuelas de pr·imcra.s letras
gue se hallan eGtablt:cidas -en e.sla prcvinda
~Mil urreglo á la ky.
Cada uno de: los Jugares siguientPS tiene
una: á saber la capital d«- la provincia, las
ciudacles de Nutrias y Guanarc: las villas
de Obisp.-is, !\.f:.1agual, Guan:.i.rito, y Ospino:
fas parr¡,<¡uias de Barimtas. Qut"bradoi.-.se~a,
Torunos, l)olor~s, Jobo, Sabaneta, Morront:s,
Boconó, Tu.cupido y la Aparic.ion de la
Corteza.
L •)S jovenes que en C!§tas escuelas aprenckn
á let'r, e¡¡cri bir, la gramá. tica ca.stdlaea
}' la aritmética son 645-, y hay adc:mas 0
<-s: urliando l:atinio06d en Guanarw.
COLE'JIONACJONA.LDE POPAYAN.
Relacion del número 4e jóvenes que actualmente
se- halla en el espresado, cun distincit>
n de cfases.
Filosofos
Gramaticos de mayores
Gramaticos de menores
Alll.lmOi lanca~terianos
Total
PIRA TERIAS.
~2.
53.
47.
• 104.
• ~28.
Habiendo observado el gobierno, en 1a esposicion
que ha 1n1blicado en Pu~rto-cabdlo
el capit~n del corsario espai'i ul RorMl lthre,
que:: h'.:y -duda acerca de si este buque
ha cometido actos de p\ratc::-ria contca el p~beJlon
franct""s, como lo ha reprc:sentadQ d comand;.¡
nte de Ja escu'.idri!la francesa frente á
Pue-rto c~ bdló y parece coP-firrnado c:n varias
g~ce tas de Jos Estacl os-Uuidos, d vict:·pres1dente
de la República h::i ordc-nado al comandante
jeneral del s~~ gunclo dt:partamento
de marina proceda á dt.:tener el buque y á
formar la correspondiente causa á su capitan.
Este proct-so aclarará los hc·chos do que
se han quejc.dQ las autoridades francesas; y
asi como estas deben confiar en la justicia
del ~ol)iemo ele Colombia, el capitan Cotarro
debe tambkn descansar t-n ella. (*) --------------- (ti!-) Suplicam(!s á 1luestroa colaboradores
los ,..ed~ctt;res de periódicos en /11 ReJJú6/ica in-
11erten t-ste avisa en tos suyos, ct.>mo importa_
nte al honor y ~n créditQ de C11lomlm1.~
MONEDA FALSA.
Sia pet)uicio d~ las medidas conducentes
·que deben dictar las autoridades competentes
para dcscubnr y atajar el curso de me.medas
falsas, 'Se avisa al p1i.blíco, y á los t'!-tranjeros,
<~ue se ha descubierto en la provincia de Ant1oquia
la ·circnlacíon de escudos fal::ms de
"Oro con d bustG c~ilol, y con las armas
de 1a Repúblic..:.a. Pc:ro por BU .peso, d~biliia en tt:st11~011io do
sμ alto reconocimiento, por !os servicios que
ha ~eeho ft. su aliad"' y cuilf.ederad~. ~ dd
Perú. ·
2. 0 Que estos sentimientos se transmi.
t•\n al ~obierno de Colombi<.t por el órgano
de la comision que de su seno manda d congreso
á aquel estado, pura los dc!mélS fnt:e,
ciue h4l tenido á bien ::ic~cfor.
Imprím~se, p.ublíques-e, y ·circúlese.
D•1do en la sala dal congre~o t:n Lirna i
10 de l ic2~. -6. ~-.losé María
Ga.ldiano, prt"sídenu·.- Joar¡uin Arr•~.
diput~do tsecretario.=.t1. Iih re.irQs, clip-.:.-
tadu secretariu ·
EL CONGRESO CONSTITUYENTE
DEL PEHU.
Po:i CUANTO l:3 PRKCIDCJ
l. 0 Pcrp<::tnar con la solemnidad debida la
memoria ck los grandes acontecmúentos que
mas ltan influido e·n la independenc~ y libertad
d«:l Paú, á fiu d.: sostene-r y animar d
espíritu 11úblico:
2. 0 Tr.ibutitr á los ilustres campeones,
que perdiernn sus. v id.--.Ft1fi/Je SalltlOfY'O
E .a 1lós, diputado ~crftat"io. •
SECR~:TARIA JENERAL DEL CON ..
GRESO CONSTITUYENTE DEL '
PERU.
Lima fehr~ro 28 de 1825.
.Al se?for mwistro de estado en el de.parta3.
mento d~ hal'i en.ta.
Pue~ta t::n co1is.ideracion ¿,.r cctongreso la
nota a ... v. s. relativa á la ~plicaciou ele la
h~ci~uda de la Huaca cita en ~1 valle ele
Chancay al marit.caJ de Ayacucho, ha resuc.
Ju):
l. 0 Que la suerte compensativa i les emf ..
nentes !oervícios del nrnriscal de Ayacucho
no ~ea comprendida en el mallcu de peso;
dt::iitil1ado á. las gratific-..icio1}u dd tjérdro •
2. 0 Que le st·an entregados doc~ntos mil
pesos en d_inero ó fincas dd Es.tado, que
re~1:ian c:ihdadt-.s capacrs de m~rt'~cr la aceptacwü
dtl agracrndo-· De ord~n del mismo
lo ~omun~c_ur:no!; á V. S. para '}lit' poni~ ndolo
en notme1a d(:" S. E. d L 1BJiR-rA1>~ n ti ..
bre las providenci<:1s n ecesarias á su cum~limiento.
-Di0s guarrie á V. S.- .J.uan Ruut1sta
Navarrett diputado s<:cretario.-J"aguir1
..,drrese diputado se-cretario.
Lima marzo 7 de l82"5=Guardese y cumpla&
e esta orden del s1.1bt:rano congr-eso, comuníques~
al agraciado, v t"spídan~t las proviclencia=
a oportunas-BÓL/Y AR--Por orden
de S. E. -- RJpoLW.> Unam1-e.
~
S.llifON BOLJY.,-iR LIB~'.RT.ADOR
prestdmte de Ja rcp ú óbca dr: l'olomhi-ii, Lih~
rtmicr de la del P<'rÚ, V enca r.(i{atÍo de:/ supremc
mando, de ella ~"· &"e &e.
Por cmmto el soberano con~res.o ha d~
termmado con ftcha ..28 dt:' frbre-ro ú \ti11110, so
C'f.ltrc-guen al marisc!ill dt: AyHcuche, en pr~mio
de ~us eminente~ strvicios, docientos mil pe-·
sos en di1Jt:ro ó fincas del Est::i.do n. ·
~. 0 Que las paisiones qne gravaren sobre
ella se rt'conoscan t'n otws fuutl os dd EstadfJ.
3. 0 Que por parte . de: la direccion de tt-mporalidade:!,
á cuya dcpendi:ncia perten~ce la
hacicmda, y dd a¡>«>dt:rado dd mariscal de
Ayncucho. se nombrt!n intdijentf:s, que pasen
ú reconocer y taz~r Ja! tierrns y enstres
de e1"'1, para en su con!lt'"cucncia, por el
valor resultante hacer la aplicacieu que corresponda.-
El ministro de ~St'dck> en el. departamento
de 1-ntcienda queda tncargado del
cumplimiento de este decreto. Dado en el
palacio del supremo gobierno en Lima á a
de marzo de 1825-6. 0 y-'· 0 -8.rMON"
BOLIYAR-Por ordea de S. E.-Htpó/iJo
Unanue. ·
lHINlSTElHO DE E91."ADO.
SIJl-ION BOLIY.,-IR, LIBERTADOR.
Jlreszdcnte de la repúh/ica de CoMmhia, I,; ..
6etttildor de la del Perú y encar~ado de/ su-.
premo mando dt: clltJ ~c. &c. &c.
Por cuanto el con¡;reso conf>tituyente ha
sancionado lo que sigue:
" EL 1tONGJtESO CONSTITUl!EN T&
DEL PERÚ. -
Considerando lo ~~esario que es fiJ&J" ~~
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
~seudo de ar mas que di~tinga á Ja na e ion, su
pabellon, bandera. estandarte y escarnpela, que
hasta aqui hém sido merameute provisiouale::l.
Di;cas.TA:
l. 0 Las arm~ de la nacion Peruana con~
tarán de wi escudo dividido en tt'n campos:
uno azul celeste á la dt:rC"ch~ que lkvará una
vicáñ~ mirando al interior: utro blanco á
la izquierd:1, dund: se colocad el árhol de
la quina, y otr~ rojo inferior y ma' pequeño,
en que se ver a una cotnucop&a dcrra·mando
monedas, signiücandose, con f'Stas símbolos,
las preciosídades de1 P~rú en los tre!t reinos
Jlaturales. El ~seudo tcndni por timbre una
corona cívica, vista de plano, é irá acompa·
ñado en cada lado df' una bandera y un est.:mdarte
de los colores nacioualcs., sefinlados
mas adelante.
2. 0 Estas armas con¡tituirán el gran sello
del Estaqo, puesta en lót circunferencia Ja.
inscripcion: República Pn-uana.
3. 0 El pabeUon y bandt>ra nacional se compondrán
d~ tres fajas vcrtics cstrc.
mas encarnadas, y la iuttrJ:nedia bielnca. en
cuyo centro .lle colocará el escudo de las ay..
mas con su timbre, abrazado aquel por la
parte infaior de una palma á la derecha.
y una ramH de laurel á la izr¡ui('rda entrelazadas.
El pabellon de los buqu~s mercan.
tes, será sencillo, ~in escudo ni otra insignia.
4. 0 El <"Stan~rte será de la forma de Ja
bandera con solo una corona cívica en el
médio.
S. o La eSC!lrapela será de color blanco
y encarnacLo, intc:rpolados.
Cornuníquer.e ·al Lu1 K R T ADOR, para que
lo mande impcimi.r, publicar y circular.
Dado cu la sala del con~reso ~n Lima á
~4 de f<:brero de 1825. - 4. ~ de l:i R~pública-
Jcm~' Gre~'" io Paredu-presidcnte.Juan
IJ1Sutr.st" A'av"rrét,-úuüca.-SL.'1-fOJVBOI..lYAR.
Por órden de S. E.-Hípó/zto Unanue.
COMISION DEL CONGRESO CONS.
TITUYENTE DEL PERU.
Bog~tá Sl de moytJ de 1825-
.A.J $e1lor secretano de estac/Q en el despa'
lAD «"emu ¡obie-.
cno de Colombia,á cuya •.;ons~gracinn he.
róica y eficáz en favor de la iudept'ndeocia
y libt'rtad del Perú, cuando t~do parecí.a
canspirar a su ruina, son debidas espccialmeute
los asombr•>sos sucesos qwe hnn roto
para siempre d úttimo cslabo11 de la antigua
é ignotTt ini".lsa cadena que a tuba todo
un mundo á la n:¡cion mas dt:gradada, y á la
vez mas orgullusa de la tit!rra.
CircuMtancias á la verdad las mas tristes
y ·amargas fueron a1utllas en que el Pcrd
.cstuYo envudto cuando su representacion nacional
dió el irme y seguro pa~ de depositar
su sume en el jf'nio estr¡¡c.trdinario que le ha
aalvéldo. Succ~os de-sgrac1ados en la guerra
y pérfidas traiciollt"~ hauia&.1 dilacerado el seno
de la patri~: viose tirmolado en ella el funesto
estandarte de 13 é10arql1h y el desorden, y
fue en medio ele tantas t.·alamidacles que Colombia
prodi~•nrlo a los ~fliJid.,s pueblos del
Perú sui1 armas .vc.,cedorns y sus inm~nsos
recursos, lrs hiz<> entrever los rayos brillantes
de Ja aurora de ac¡ut-Uos dias gloriosos
que asegurando para s1cmpre sus venturosos
GA.C1"'A. DE COLOHlUA.
destinos, han colmado sus mas cnnstantes y
vivos votos, y sus inmen:süs sacrificios por
restablrccrse en el goce de sus sacrosantos
6 imprrscritibles dtrt'chns.
L:is Jumad~s inmortales de Junin y Aya.
cucho lwn humillado C1 poder de uut'stros
feroces enemigos , que engreidos con ~us
anteriores triunfo~, debidos mas bien que á
su valor, á ck~graci..s qm: no pudieron cvi~
a~naa:abm ya c.'1l su locu orgullo, á la
seguridad de todo el contineMte.
El jeuiu de: la victoria-el arnigo vt-rcladero
de los pueblos-el inmortóll BOLIVAR, ha
eS<>s y v-i~jos guerreros, que clesdE> las
.warJenes mism<.1s del Magdakna y Oriooco
despuesde mil co1l'1batcs, hao volade jcueros:l·
mente á desagravinrla de tantos, tan antiguos
y borr~nd.os ultrajes.
El Perú t'S pu("s libre ya para siempre del
odior,o yugo cspailol, y duefio de sus pro·
pi?~ dt:stinus: rejirio por las lt-y<:s <.Htc: él
mismo 10e ha dad«>, y 1 espirandol§'e c::n él lt
aura suave de ~~ libert:.id, acabaron aqueJlati
malhadados ttempos en que c:nc~denado
el jcnio de- sus hijos por d d<"spotismu colonial~
e:;t'.tban condenados á una vida miserable
en medio mi&mo ele sus ricos · y abundantes
recursos; y al goz~lr de bienes tan sumos, objeto
ct:.ro d~ sus antiguos y mus ardit·ntn
votos, Jamás olviclar:í que ellos son c:l rc:suJtado
de su nue .. :.a ~xistencia política,--que constituida
~n el mayor de los peligro:.; fue salvad.,,
por los hr-roicos esfuerzos d~ Colombia.
A.si es, que el reconocimiento n~cic>nal le.
Yanta yu monu.mentos publi~.os que prc:scn.
ten uubiutos el~ gloria tan el.iros hechos á Ja
postc=ridad mas remota: pero ningunos serán
mas duradt'ros que los que ha erijido en el
corazon de todo pcru:mu; pu'"s de esta suerte
su m~muria pasando dt: Jeneracion, c-n
je1~l·rac1on, ca.mina_rá á par de los siglo5,
ex1tando constantemente )as puras afttcciones
del agracle.clmtent<> mn~ acendrado haciil t:~la
nacicm tan nohlt>mcnte jenerosa.
~~tos son los sc:ntimicntos de gr á aq.udlas de que con tnnta ~leria
sus (·~fut-rzo.s han librado al Pt:rú, este usará
de: la mas perfc::cta reciprocidad, Mn reservar
en lo menor sos ksuros, armólS, y de-mas
recursos p~ra t-1 triunfo de su aJi.acla.
E!\rx-ramos, señor St"ccetario, que V. S. se
dignará presentar estos votos á S. E ... ~¡ viceprt>
sicknte cnc~rgado dd poder ejecutivo,
Y. admitir ltJs sentimientos de! mas alto apre-cio
y r~spcto can c¡ue 90mos ·
De V. S. muy at.entos y muy obedientes
serv itlores
M. FerreirtJS.-Jeronimo .Ag¡¡,,,,.
.PARTE NO OFICIAL.
ED lo sustancial estamos de acuerdo coo
el Jarg• llVUo inserto en el ('Qnttituci•nal del
JUCTes 9 dtl corriente que conticac una es.posicion
de la CQnducta de la cámara de .te·
pttsentantca en el arreglo .de Ja hacienda nacional.
La Gaceta de Colombia publicando el
estado de nuestra hacienda .oo ha pretendido
culpar á la cámaht, ni err el cjecurivo ha cabido
hacc:rlo inculplciones. Coa volver Z.! leer
las g01cetas á que se refü·\·e d avis.o se 1ogr:ir:i.
f:l dtl:it:ngafio.Si hema:s éJÍl:.s...iido algJ.tnas observ~
cionts á las notas del l'i<:cutivo con d
cangrt:so , nuestra intencioi1 ha sido escitar
l~s luces y cspericncia de nu~tros conciu.'
adanos p<:ra que la conceutracion y su
mutu'> esfo{"rzo verificasen la organiz;1cio11
dd si~kma de hacicnd.,, y si el ejtcutivo )la
dispm:sto la puhlicacion de las piez:ts que se
han kido, un dc:ber de que ni debe ni puedo
dt:se-ntenderse,así se lo ha dictado.(•) Loas que
~an la coleccion de la Gaceta de Colombia
pu1:den facilmcntc n-rificar, que mieutras
ctros pcriócücos de la República habJab.in del
CQngrcso con poca confianza y sin clojio, en
riuc-~tra g:iceta hemos procurado cons~nteme~
te d<1rlc fuc:n:a morar Qf cuerpo lejistJttivo.
Es por t~mtu iniusto el conce>pto de
<]tle la g-Jceta ha siuo hostíl con la cámara de
reprl'.seont~n!es. Hemos censurado, es verdad.
algunas de 5\1S resoluciones, hemos criticado
á ;,¡Jgun<•s dip~tadoi, hemos asC"gurado que
lo nas quedan
ba.ro t"l poder de la ~nMira 1 de la opinion.
públíc01.
En la ~posicion á que nos hemc>s referido
ac han d~Ja,1'> corr~r c~sion~s severa~ y ataqu~
s simulados contra el gobierno que algunas
bien examinadas aon el Dlt-Jor elojio del
~Jccut1vo. El aucor ( que 110 pu~dc menos
que s~r miembro de la cámara y correr con
su archivo) ha dicho: "que loa purblos pueden
St:r ahora justos y reconocido& aprecradores
dd ejecutivo por sus oficio& olt,11s~I~•·" Esto
pruéba qu·e en la conducta publica del
ejecutivo no hay car&o alguno <1ue hac('rle
pw::s lo.s ma;ffitr~dos de Jo que tienen qYe res:
ponder á la n:adon y al mundo es solamente
lit~ sus hechos y oficios tnle1ut1Jle&, y do nada
n1ü~; ¡~or que fuera de que ordfoari:.Jmentc el
hombre o~ra como pÍt>Q5a, los funciQflarioa
pf!~licos solo tienen que dest"m(>'"ñar deberes
púbiicos. A los homhl"cs se Jea juzga por sus
a~cicmes, y hecho~ osknsibks.·, por que 'Vash111gwm
01te1111/J/,menle salvo á sus comp
<1t::ictas, reunió c:J congr~so y se sometió á
Ja tcy~s, se Je llama el dcf<>nzor de fa líber.
t ... .;rHT).~rícar.;¡; por que Cesar 01un116kmente
t~erntru:· ó las tropas que so&t~nian Ja lil.tertad
roman;;-. se apod~ró de Ja autoridad del puebla
y St: sobrepuso a las leyes, se le denomina el
ti rano s rtpresent1mte1, quecla64
en ttlÚo el alfo a6andon11do á m1 propio, recur ..
.0'4 y rneditanones. Para t¡ue u~ hom6re ,~
muera de una pufia/ada, es lo m¡1mo q-"t: 1e
lo dé ~¡ mi.uno ó ¡1tc lf ltt d¿ otro • .El r~
JU/lado e1 iKut1I.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
cril>irs•· ~ ¿ S ,·r:í :: ~guna trnmny~ cor: ~a santa
uli;.1:i z .1? ¿Se' a :ilg11n convu1il) c.:on i' crmmclo
7 º ? ¿Será a~;u:l triu~wirnto c_orn:_i t-1. cnmo t-1 del IS. bru_m;ir,10,. que
C'lWlujo .. Bomtparte al C.Oll~Ulildo ¡> ¿ s~r:l ••••
1'•> hay fjUt: altt-rarse. Toda est:1 .~a n C'1sa ~s
aquí de si d Vt."to dei eiecut1vo :9 absoh!
to, ó leg-.tl, poi· que sra ~H'-", como ;n ·éfc:cto
lo es, ó eme forrad otrr1, 11mguna lt--y ~ puede
llamn; t~i sino e.n virtud clel ejt.:fÍUlé librt-,
ó forz.-du dd prt'~ich:ntc: etc La h .:plibiiu.
Por último l:.s lf")t:s t'n los E~t.1do .. -Untdvs
no tienc:n otr&:1 frdrn rJUe ta dd a pro: iado que
pone d presi.-lcllte y so, y que se ~J man.
dn h~< púhJ ic~ cuuwa con un
Tenemos la' satisfa.c ~ion de ... :i~im•r la
ectuivocaciou qut: contttt~ c dicha gac.:ta én kt
n ota <'ll qne s~ us:: gt1n1 ')tp.l~ en la!' cut"nt.s
buen tt]islador o s1: cret•1r1o.
{ Se ctmtinuar4)
~-·""
Al ronstrtuc:eual Ji:: B~)gotá ne ha parecido
bien el decreto dd t-jecutivo en que ha ordenado
se citen l a~ kyt>s por la fecha de~"' l>allcio!
1 y no por ;a (¡ue se lt's po1~e en el cu~rJ>
º lejiRk"thn al fi n~n!'las lo~ prt:1tdc~tes. ~-1fici!
es persui1Jin.1os q~e co_ntra "t"ma drnpns1c1oa
con !>t itudr:r.:l.l d~bi.!n serv1r ra2!ones de cunveníencia
p:;ra que d tj~~utur tlc.: la5 l~yt:s s~
cfo.pen:ae de cumplir c ~n su deb~r. Procurart
·mos t:f. forzarnos en desenvolver los funrl1mentos
ck la 6rden dt-1 gobi1.:rno, n:futan-d~>
lus argumen~i del Co11slitt1cumal. •
Es:>rts:.unt:nte Qice la const1tucion que mngun
proyecto 4le ley dc:be knl'rse por ky de
·que St: p~n de L"ndrt~ at robi rnn de
Jos caudaks que: k han "t"t·cibido cid ' mpré•
ti~o !jC carga d t""!>eL·sivo y nu ncll « ido~guro
de 10 eor lCO":. luc go que el ~ ¡ ·.:c!:lllv~
kJ o esta ·nQ\a u1·du10 •1uc Ja secrt :.aria de
hacit:"nda Vt:rifi-:-:aae la v<:rdad con vist..t de
las focturns rt:mit;das por el mim~tro Hurtauu,
.. <.1e su ""ªt\¡< n rumita-QUt: ias cantidadc-;
remitide1!t t:n e::l l>U llu~ S}leftlv M>lo
trat·n por st>guro 3 por 100 : s 'lnc: trajo el ;~r~n ti.
n nombrndr lüO.
Nos será!l p<:rmitidas r stas aclaraciones
para l 1uc lo~' .. dhon:s de la GtJ.&efa d~ C•rtaj•na
jk'5r Juego tJU• se ha conoc:
icio el crror,•niformar.do la prác\ica que
el mii.mo congr~so hn «"'Wlpt"Zad_o á usar e" las
ultimos proyec tt:'S de ley s:mcm~ados pQr el
ejecutvo á cuy~ kc~ura n•!:I rtfrnm<'S. L:1 fecha
en que sale n m.hculo citar el de la paz
c;k V tn·ch el de Basilt"a, Ja conv<:>neion de
Parí,, ate.' y darlt-s las f~cJ:as de ia• rat!fi·
c éicinncs ~1uc Jos aoberanos _die.ron en sus cort("
s: adC'lllÍ.S de <1ue una practtcaJencral•cnte
recibicln e•tre todae Jas naciones ha con52grado
f'Ste uso, lo que no hall;1mos ~e parte del ~odo
E.L dtar las leyes de la Repubhca . .El pnmet"
tt .rav ce uuestras kycs conllCne ya muy pocas
vi1('nte.:;,y como al citar las leyes natural~cnte
se; al ude al objeto de que tratan, pue~ cv1tar~c
esa confusion que tanto Sr". teme: St Jas ~UJl'+:
01c ioncs y errores no puthcran o no de.,1eran
entne:mk rse donde se conocen consultando
cuanta ~,-:a pt>sible la ~onscrvacion d_el or~en
í c•antc~ crrort"s tendnamos que sancionar. El
alecato de c¡ue d derecho de objetár que tiene
el ejecutivo no es un veto absoluto, nos parc~e
que no es tlel c¡¡so, cuaado existe una, dISposicion
tan teraiaantc cerno la del articulo
A.6 de la constituclon en que 5e cil~lara que
nin¡¡un prorccto de decreto 6 ley di:icutido, T
Ocupados en manifestar cual es el valor
de loi s«guros que se haR paga.do por Je.ni
suma~ r".!cibiaas, tenemos In mayor it:ttistilccion
en hacerlo de lgs GUC h an ca 1.1~ado el armamento,
eJemen~os etc ~ aerra y otros utiles
pedidos por el gobi~rn• y que aF>arecen tambten
de sus resptctivas facturas. Los carf!:amentos
de los buqul"!t Specdy, Hemti IYe/
esley, G01Jerneur 1faucnurt, .Abanee, uphzr,
Alex•néer, Her• y Duckenfieid han t~ido
~n su valor los segnros de 3 fJOT l 00: d venido
en el buque .Alhitm 6 por 100; el que
trajo el buque nombrado Julio Cr.stlr 5 tx'r
100 y el 'JUt: debe lltgar en el l'tft:lantho 10
por 100.
Si al segure deJ cargamento de este ultimo
buc¡ue es el que se rr-fieren los editores
de la Ga1eta ~ Cartlljcna d <:bieron haberlo
cspli13ado en su neta; en vez de St:Otar una
proposicion jenttal. Así les hahriamos creído,
y no tendriamH jan un claro. N.o sabemes
si fue que al tirar la gaceta en la ~rerisa
se cscaparoa la& letras que lo centomaSi
lo igootaron IGi editores., ó si debemos
atribuirlo á alguna idea siniestra. En el primer
caso DO nos admiramos de la casualidad
por que es po$ible: en el segunda; en la~
cuentü que x pasan de los securos cata
e1 valer de la~ garantías y d-:birron b:ioo!o
visto é indiQcJó como i11dicaron lm; ga ~to:; de
st'gutos Cll)'• otres gastos i i:rm> de pe&ar por
él como hii pa!lado ~it· mpre pur otros gélStus
ele Ka:-:rntÍ• c¡Ut· 1'" k b...11 cxijido, y tjUe en
su c :l:,,o u, :; .. 1:n1 hnuui~n k s edittires dt: la
CtU:t>I" tk ( '11r1.ijn;;J ... ¡ ÍUt."sen asq~urndures,
p1:r 4t1< •11 fin 'ª" h .• i~.u c,t··a ct.sa <¡ue· s'·guir
}t;:s priucivio:> -.Jo¡ t;.;dos t-u :su profr:;ion.
M.\HTlNICA.
it Col~m1'idno de C .traf"ns dt- 6 ~r.n rlt:~ii 11 •> a Puerfü-rico, dt· que
dm" ·11 noticia al 1 · ·~ L!i ::o c:n nut: stri! gucc:ta
dc·I 8 d~ m 4:!)-º<' · rr~ nt"nms <¡ul" repc:.tir nm:\'
aam. nte q 11t· t ~ ! •t n« •tÍ ~ ia dt be sarprc:-nder á.
nut:· ~tra· ca •11~ : • '' ~ rc·¡u·¡_·':;entn.utes, pues contra
l:&s se-- .c ~ 1rúla\ks c¡ ut- le-: d ¡ó d ~jecutivo
.subr .. · dicha t-spulid on, creyó al principio
•1as ei4·n á los quo: ~firmaron que emn fabas
tak~ 11.;, tici a~ ; · qu~ t:r~u. infouda'ut~do dt: Caraca!) que én ti«!m pus ur1entes
110 no!> 1 ú üms~~
e.ifuerztJs JHJrt7 f'•1vit,,. á Cu/Jt! ur.tt t'S! ~d~ .-i~ ri 'I'" se supo11e d1 •e. ! Yw ~ J }.f .,1·nles so/:;r1 C"stafi
rmé,pur.s i ! ha .~$1·gurt.:du ti/ r~!I t¡M~ tune t:cr ..
''"de Yftnn uela ,_.¡; t:cin)t/ole aux1l1•1 fJJTa .f;Ofl•
fUISft:r 4 Caroco~ . " Si i l ¡ ; ú bl~f'-' n ·cut"rda ~ I
:.Artículo dd l naeptmclrcnte y lifor~ ~n el c~n.:ititucional
v r t a cü•tllto ha dc:sti.g,urndo t'$.te escritl,
r lfis hc:·chos,pwt-s dá á cntt.·n
Citación recomendada (normas APA)
"Gazeta de Colombia - N. 192", -:-, 1825. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2875082/), el día 2025-05-05.
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