GACETA DE· COLOMBIA e
BoGOT.A.- DOMINGO 31. DE OCTUBJlE DB 18::24.-14. TUll\lEf"jTUE 12
Esta gaceta sale los domingos. Se suscribe á etta en la$
\ admtmstrc..ciones de crJrre(js de l'Jogfltá ; Caracas, Quito, '' Santamq.r ta , C:artr~jena , Popr¡yan , Citará~ Pananuí..,
~ MedeLlin, Cumaná , Guayuquit y Maracazbu.
L_~ suscrzcw~ anual val~~~ /J;. 5 lu. del .remcstre y 20 rs. /a dt:i ~
t1 urzestre. El editor dinJlra Ü:Js núms. ps .fr .. 1nr¡u1:a r á n innH: ;:L;um, 11-
te so C c.le la ni i!:.nU r i ~·m · ~a rt"' sp ; 11~ahilidacl;
y cu:il r¡uÍtT tr!•¡u, ó pi ·¡u L°h· c¡ue se
ponga á d1spn~i c.:ir1 n dl.· estus L·mpk;1d Ps, ( st,lrá
a sus órd e ne~, J' l,\5 ob ::- d~· cuá 1 b ,1jn hs
pet1:is gue establect>n las o nki'l;rnzas m ilitares;
.contra los qu<.:: fr.Jtan al rc~pt:tu y bUbordinacion
á s11s jd.-s. .
.drt. 99. L :t din .. c c Í• in ieneral sobre estns
JlTÍ;1ei ¡-~Í os , forrn :1r:Í l "i rq~k,:nt!t1to J"i.(,ra ;i ·.go )H r11 n, y c¡ue c::.tc
j)ft'S<;n.tará, con Ja idi.1 c~pu:m.:ion •. á h., k~
Ji~ !a tu r~. ·
.Arf. 100. En comwcuenci~, <]UC'cla Hlpri.
Íll.id.o d re~~ua rd<> ~h; ad1~:11L1S rp-it: á11its existía,
desde ·qu1..· se t.Sbb :t- ~w a. d qúe:· ahtir <.i s_e.
disp.one, y será á l:.i mayur hreve·o arl, y _s tr<1 ci11n
jt'nernl, re!>idirá en t:l lugar que ~t>a m a~ có~
lllOdO }' propr1rCÍOIH1rt10ó
Art. 103. En las provi11c i,1s ~e l~tablecerán
bts aclmini~tracioncs r¡ue se est1mt-n
co11Vt·nit'11ks á ju icio t:11de,.11 c ia de los"· administradores
particul;.ires: t'st( ,s bajo la de los admi-
11istradores principaks ; y f'~tus b:.iJ°~) la dd
administrador jem mi. ·
.Art. 106. L as· órdenes dd administrador
j~n ernl serán obed t:1.; iclat> por t odns los :subulternos,
1gual1rn 1-1tc: r¡ue por lus .factores.
Art. 107. Los fact,>res surtir;Íl:l dd jé.n
ero á los admini~trador<:s principdes en vir.
t1:1d de las órdenes dd admmistrndor j<::nernl ..
Las atlministradone3 principalt-s surt irán á
las ,->articular,es, y estas á ICJs cstanquíllos.
A,-t. 108. E l poder ejt·rntivo dt- crd~irá el
}u¡:;ar y oficina en f)Ue hay an de n traciont:s particul::ires, y
pri 1 . c1pal~s l(•S enteros;· pero d princi-pul, y
~o~to que-; tiSlusure el jénero ha~ta la adminis-traciort
p ~ indpal, se devolverá á. la factoría
que: hizo la pruvi-,i•m, y este será. u :1ó de
los pn11cipales cuiú:idos de la aLn j ectlti 'º· J-<:l misínr°J pr¡der ej t-C11tj vo u~~gn
ará pro vi:-.i ona l·m vnk, t-1 !:.U ,ld cl t:v~ntu':ll c¡ue
l.DO
l. 0 Qne por la ky c)e primero ele jü!io
del ano décimc' tercio s ·:· au t · .rizo <11 p11der
ejecutivo ¡Mra 1H ... g11c i,!r• ..• l:c 1.t 1r, rt'Ctl lir y di::ipon
e~ de tin empréstito de trvint:t n1illl)11L'S de
p e sn ~ . y que L1 di s triliq ~1< i11 '~•1•-· di: e!!. l ~ ;;e
pn·v_ino en dc-cretn d~ i g t.1 :.11 f. dn nn ( ·d la
m;;¡s c;qm_p! L"ta y confirme al e~Lclo; rá de st r la mtis eomplt. ta garanda. dt!
todos sus t' n1pen o ~;
DECRETA))'t
Art. l. 0 El em¡iré ,tito ele 1:rd.nta millones
dt:i "ºº décim .. tc:n:i(> deGl11 c idn la c:.rn ti~
~lad ncct' s :iria p ::ira t'l ¡'>a p:q _de lt. :s int< n :s t's corre~
pondientes a cJq~ t.iOoS, St: 111\lt.rlt!"a por d
ordt>n y con ia pr• t~· rencia 1p1e ~igut': primero
t n lus v~ks; <;b ligaciones ó p:.1g:.r~s q•J,t• se ~
p ongan en j iro para cimsol:clat lo~ créJ~tos·
que re ~mltc n !iqt.iic!adns e1. virtud de;hF "l-Htto . ,
rizacifln confcri ~.la al p 1>n <:I fomt·1:t(j
. ~dé hh; rentas ¡;-ub'.icas para lo 1..:ual 5e u idi1.:un
dos Ji1Í) OllcS ele J) t' Só :S: CtWrto C-11 todos lnk: sesto en d pugo
de los sueldos de la li5ta diplomatica t·n los
p aises estranjeros: setimo en <:l pago del tercio
de suel!an .de Ja
nwkr.ia.
D~i<~o ""t'n ~r)gotá á 20 de mayo d<.' 1324. ~
14 .. - ~·,I prc-~~,c~ l.'. .i~e dd _s(·nadu, J 1rs E \í .\ H l A
n E r. R.!! A·r.-1"!:1 vtct".pn:.·sHknt'e re:.
s c- nta1Ucb, Ji.>sé J . Suares.
PJlabto rf l g• d> :erl\•; t'I\ B ·~q t;Í tn!'W"> -
2·.r de: -1s24:_..rl u - E ¡ ,· 1 : ú ! i.. S t: ~-FwA'Hc1sco
DE P. SA .. VT-ANf)Efl - ·Pui ... H. r:.
t·l v i cejwt· ~1dt' 1Hc . lica u1ütrgaílo
del poder t·jecutivo~ - El st-cr-etdrio
d e h;.1cicnda Jos-E l\1ARIA Dl::L CAsTxLz:b•
n~cRgTos DEI) GOBJEilNO;.
Fn A Nc1sco DE PA ULl1 SANTANDER;
de lo r bóertarlores de Veru·::zu,·/<1 y Ctíndi-
11amit rr.rz, condeco.rodo co•1 In c1 u::. t ' Jl tk~ CC:: t;if- [c.J . .
que .sigu<:'.
Art L.= Los. intendentes de Jns· d-c"nrta.
mt:11tu~ j11fornrnrá11 á la maylir hn.v: d:
st~ 11li a>ieru apr1;x 1.ma11, y s·1 tienen
ó - no curns; propo11iend1l, ~t _!;t111 lns cnuocin
~ i( ntos l11cak::, y la.s circun::.ta11ci;.is ¡;articnlutes
del t<.'rntorio, y de los iuttljr mis, que
com¡1nnrnu Jus tni!:iÍPlh8, las --nglas que
Se pudiénm aclopt:.ir por d f>OUét t JeCútÍVti
p •:n1 d t·stabkciniiento, réjirt1t-n y ackla11ta•
n1i<·Pt" de Jus esprt-~ad il s hiisiort!';
;/Jd. $º. ~ra cumplir c on lo que dis•
p <>liCil los ut·tfLu li.is !L :::- y 4. ::- de::: lti i~; los inh:
ndt nk~ ii ~forniar .'.Í n ;,,s eCksiaMic(; ~ secu•
h1r.cs ·• ó n-rrul..: r~s que p11 t--c~atl dt-stmarse á
J~:5 · rnÍ::.i!: lWS, )' Sl Cl)l1h'lldrá clarJaS a aJ~U!l::l
cirdt n rtf:?;Uhir, para que las :-;irvu;nias ~1 · 110
lrn bie- i·e ~uficicnte t1úmero de d 1 s1á~tic1.1s,
lu infi irmarán ta1~1lnen al 'tuHkr t-je~ritlVo•
pidie1.dc el nÚml h", de rt""gul~res que tonc
e¡itúer bastIÍ:.se
de 200 fi1m g<1 da~; pero crue sí podrá ser
m<:n nr. rrunil ; Í( 'll ( ,frecerá li los i11t< 11 ·f¿·¡1t<: s
á I"s mi .. mc.Js i11díj ,·nao.;; que les fl.:irá n herrnmit
·nt.ts para formur sus casas y ¡>rime-
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
cas sementeras, y que se les dará un vestido
y socorros de aliroentos, mientras tienen
con que sosteners@ de sus labranzas.
.Art. 5. ° Conforme al art. 0 2. 0 de la citada
ley de 30 r1:glas bajo las cuales
se han de hacer tales g~:stos, para asegurar
su lt>jitima inversinn, micntrns que, dando
e utnta con los documentos ó inform('S de
la cantidad anual que pueda ser necesaria
en carla departamento, el podn ejecutivo fija
los g<\stos anuales y fr,rll!:.1 los rc·gtamentos de
que habla el tinar ::-.us pr-iductos, dando cuenta para
su aprob:1ci 011 ó n.f,Jrma.
Art. 7. ~ El si::cri t:.:.ri•J de estado dtl d esp
··d10 d t·! i1 :t<·rior quula t nc:.irgndo de la t·jec..
ucior. de t:: .:.te rlecr~to.
D.1d r ~ r:: :t el p~ 1 :.r:10 del gobie-rn0 c·n B ·>g
• t ·1 :\ l8 lk ::s tic-mbrc d~ H.L>t. -14.]
Tr.A N'CIS '".o o u. P n ULA SAAºT~1.iYDER.bl
st·c i i::wri-i d,· 1 stado el" 1 dc·sr1ad10 dd in-terior
. ..:::Jost .i.llanuel RE.sT RE Po. ·
FRANcuco DE PALA bANT'ANDER &.e
D :':st:ando prmnovt r en esta capital el estucli1_;
de :a <::c 1in1 1rH !a ¡11,lítica, y á proput:sta
t·n d e c.:n:t..ir ln (3ue sigtw.
.Art. 1. 0 Se: t!'>tédblect: u11a cátedra de
econ•;zr.ia p olítica <-'ll t>l cokjin clt S un Bartoiomé
eon la dotacion de d ocic-11tos c:ÍBcucnta
r;esns :.inu;.ik~ ciue &e: ~<.! lÍ!:>Úrán de una hora t'11 tt-tdos los dias t- 11 que
h 1ya clr.ses y por la obra dt Juan Bauti~ta
Sa,·; ellas conwnzarán en el ano académico
<1ue l Zulia, Vicente U,
_; ¡·0s admini::;trador de aduanas de Santamarta,
v Juan de Francisco Mariin del comercio
{~e C91.rtajena.
GACETA. DE COLOMBIA.:
La provincia de Panamá por igual motivo
ha nombrado para representante en el congreso
al dr. Pedro Laso de la Vega del
comercio de esta capital •
Y Ja provincia de Trujillo por la misma
causa ha nombrado para repn:sentante al seno1
Alonso Uscatcgui.
PROVISION DE EMPLEOS POR EL
PODER EJECUTIVO
Han sido nombrados interinamente gobernadores
los siguientes ciudadanos: d coronel Vicente
Aguirre de la provincia del ChimboraS:
Jj t l teniente coronel Ensevio Borrero "de la
ele lmbabura ambas dd dqJartamento del
Ecuador; el teni~· nt~ coronel José Antonio
Elisn!de de la pnn'inciJ de ~ctn::.ibi del dep
a rt<.\ment~ de G11 (1 y:1 ¡ui ; d t •·11i l:'nte coronel
Antonio Farfan d,. .- la de lus P"'stos d<"l dt"par·
t<1mento dd Caw: ~· = d t.c ni~nte coronel Vicente
Ca~tro de la ck Loju dd n• parté:lmento de
Asuny. Ast :s t)r tl<: la intcvlencia ckl Asuay ha
sido nombr;.do d d ••Ct·.'r M~nuel Arehak:
ele h prcivinci;i de ~fanabi el d nctor J1.1sé
Padllb: de I.nhabura «I dr .ctor Vic1:·nte Meri11t
.; y del Chi)it1buraso el doctor Inacio
OcliOntt s snn l :; . .¡ ca ~ tas de 11aturaleza
c~/J1: último se espidier011
canas wnlon natural
que con muchas persona~ notables de Cartajena
concurrió á sotemnizar la funcioB
prc-:mió de su peculio á varios jóvenes que
se distinguieron en el certamen, y á otros
fuerofl aplicados lus pr1.:·mios de~inados por
la municip:llidad. La c:;·...: 1H: :a d~ Cart:.j <':·ba que
es~a vez ha inspirado á los arnantC's de Jasluces
el placer de Ctintemplar HIS pn gresos
en ln tierna juventud, debe ser obJdO d~ muy
lisciacion del empré::;tito en Lón ..
dr~s estaba reducida á buscar una casa de
comercio que quisi~ra dar los 30 millones de
pesos en virtud de la ley dd congreso y de
los poderes del gobierno, aceptar su ofrecimiento,
recibir incontinenti los 30 millones &.
toda su satisfoccion, empacarlos luego, y
traerlos á Colombia para pagará. todo~ los
acreedores; y esto por supuesto se debía hacer
en cuatrn dias, sin gasto alguno, y sin
gravamen de: la República. Pero los que entienden
la materia y h~n leido los m:gocios
fiscales de otras naciones saben muy bieq
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
que no sucede como piensan los que la igno.
ran .. El poder ejecutivo cuando despues de
muy detenidas discusiones y de una cspe.
ricncia irresistible,halló que era indispensable
proponer al congreso Ja negociacion de un
empréstito en Europa, formó el correspondiente
presupuesto y lo hizo presentar al
cuerpo lejislativo: alli se bosquejaron las
operaciones que debian hacerse; t:l descuento
que debia sufrir; las comisiones de m' gociacion
. y direccion que ian pagarse; los
aeguros de remision, el interes c¡ue dtbia reservarse
per los dos primtrus anos; en una
palabra todas cuantas ideas pudo sumiriistrar
al gobiernd el ejemp!c'> de c1tc"s put-blos,
céñlo el de tos E~-U.uidos . . El cong.re-
. so bajo estos datos, y previos muchos y detenidos
debates esp1dió el decreto, cuya ejecncion
hemos visto realiz:Hfa con m ejores
condiciones '}Ue la~ qu .. : d ejecutivo habi:i
previsto en el e ;.mnciado pres4pnesto.
Aun úo es.can1os en •lctitud de publicar la
~ontrat1 que nuc·stros ajentcs celebraron con la
i.c:spetabli.:: c::isa d ~ G ol dsmi,YJ..t ~ttP <¡ue h.ab1endose
llevarlo a firm ar fut:ra tle f .,¡glaterra,
en Yirtud de no st r pt:rlllitid0 d e1itro de su
tC'rritorio por las lt yr:- ~ britá nicas,nó ha Jlegado
todavia á la r,· ~p l' cti va secretaria. P ero si podemos
asrg 11r~~ r qu ~ en cumplimiento de ~a
ley del COt!gTern ck 1. 0 de Julio, y dd decreto
de ig;u;iJ fr cha rr·vocado por d :.!hadas; que lo
cstan igualm;nte lns d ·~ una 'p:.;rcinn considen>.
ble de acredon:s veci nr.•s cleCa racas v M aracaibo;
que algo se b:i empezado á pagar á los
d\"! Cartajena y P anamá ; que la renta de:- tabacos
d t! C<1 racus, Mérida, Aml:r~tlema y Cumc:u1á
ha come nz:.ido á recibir suministraciones
t:n mt:tá lico, y que la espedicion auxi li.:ir dd
Pc:ru se ha despachado-En lc1s dep:.irtamentos
de · Cundinamarca y B 1)yacá todavia ne
se han gastado 50 mil pesos de los fondos
del empréstito y lo que se ha consumido
e¡¡¡clusivamente pertenece á las tropas que se
estan r1rganizanrio, nQ nos admirada·
GA.CETA :DE COLOHBI~
mos de lo que se pretende. y pot el contrario
seriamos los primeros en declamar altamente
contra el de Colombia por ao haber seguido
sus huellas. Pero, que se lea solo la historia.
economico-política de los Estados-Unidos,
de ese pueblo que sin disputa tiene tnas luces
y mas recursos que d de Colombia, que
disfruta ya de 40 aÍ1 1>S de: paz, y puede con.
siderarsele en poses1on de una suma conside.
rable de fdic1das, y un- direc.
tor no han ganado entre todo~ ni la comision
que 01 dinariamentt: han conctdido otros gobiernos
ecoRORÓcos á los contratistas solos.
Y en vez de ga~tar much:1&l cantidades en
los ~eguros, o~omision de conduccion se ba
procurado negociar letras de caml!>10 con un
IDendicío muy co11sirlerab11: :í. la R t:pública.
Medidas ·son e:-;t~ts sil>le les perjuicios c¡ne naturalmente
d1:bia C.:lUs:.tr la novt:dad de la
IDi.\teri :ig-.1ron a dividir
las opr:racione8 en proposiciones
que a c¡uí se ~e di!"iJ_ia011, y las .vt:ntajas con
tn·miclad de h<,cer un e::mprestit<
D muy d e svc n t~1jo5l.1. Tomense en la
nrnno los cli;.¡rios ingleses de aqtl': lla época
(abril y mayo ) y se verá el d L' rn~ r ito t·n c1m:
succ~ivamente fueron crt ndier.l operaciones
costosas y delicadas. ( * ) . C<>ncluirt:mos
n.:cum.:ndando la opinion ~k los diarios ingleses
mas acreUedr n. ser mas dignos de la rt'pública
de Colotnbia, ni su título puede tentt mayor
gará1itÍa de que será el defrnsor constante
de nudtro sagrado código. Ctlebramos cun
el gobierno supremo el trabajo qu~ ios ec!ho·
res y acc_ior:istas · se _·~"' in1·í <.;t:sto t ñ .. Ti:tv<>r'
de los colombianos y hacemos votos 11 .uy
sinceros para que jamas 15e aparten soln los ;mimad clt'. ~co
de hacer el bien comt.in, y r¡ue rrnr co1 .i:>!guicnte
rt'cibir~n con serenidad las c t- t1sur~s que se
hiciert-"n á. los actos dd gobierno y ;l c ~jcrán
con placer la razon con que se- l~s con vt:1•sa
de sus estravios. Nosotros mbia nadie h~1 · ·~ido edun 1do ¡1ara
llt-gar al gobierno, que no. ~~ fn·cut .nk d
errar por de¡iravacion de:: la vc1luntad y cp.lt' el
~rma de la censura mmwj·l
S cada ano. En 1813 se rt:st•1h '.L<.:.1c-ron con
algunus modificaciones. y fueron alJ11lid <1s en
1817 como todos Jo~ dt:mas impm:stos es.
tault:cidos con motivo
de los estados se reunieron en una asamblea
y nombraron de asesor principal á un pro.
prietario respetable, y de: asesote5i asistentes
á otros proprietarios. Los comisarios redac.
taron las instrucciones que debian cumplir
los asesores en la ejccucion del decreto del
con1'l"eso sobre la enumerc1cion y avahict de
la& tierras, ca.as, 1 C$clavoa en loa re~pecti-
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
8.1.CETA Dlt COLOMBI~~
------~~---'---~------~----------· - ------------
'VO'S (fistr1'11s .. Las c::rSá·~ .Y otto"9 e..djnCios ·se a~
·bú1n con~c.krar como plata desde que ~u valoi'
su b1esc ·tle I 00' peso!:>; las tierras se dehi._n
i:b·al·uar ~~gu~1 su cstcnsion, por acre-s ó pit:s
-cu4Kdrados; en la c:Homeracinn de los l'Sclavo&
:¡;"° cnm1>rtr~di:111 los <~e haoiiln entrado t'U la
~da d de 12 Hnos _y no p~-sas~n de 50, y C\ue
f\o tt>nian inCétp:.rcidad~.¡~ic..a para trabajar. Lus
pro¡,ie vali.t
mas _c:.bJ á cnd•1 tst~d<í ~n t'I rt·p~rtimi i:- nto
ele los dolii miilon ~: ~ "rió con rkn:ch(:S sol>rt: h1s ti.- rr.1s S• venfic3do _por la ley dd con~rc-so ..
F..n 1813 St' estahkc1eron oficinas dt: rccaudac.:
ion t-n cada distrito para colectar y asen.tar
J,, parte corrcspnndientt! á cé>da uno de ellos~
se compoi:!a t::sb ofkimt de un cokctor ,. de
tJn as1 ·sor, tcnit'ndo este ú!ti-mo ddcrt-ch~ de
li~nnb_rar de a~ist.ente á_ Ul~ Ú·~~<.·t•1b!e rro.
pwtuno. En t-1 mismo ano~ una contribucion
directa d(: trts millones fue t$talJ!ccida y
distribuida entre los diversos estados t-n la
proporcion antes dicha. Cacja estado fue autorizad.
o para vari01r por actos i' re•c ta d e se.i s m1. Hunts : que los intereses no pa~en de
IS<:l!s por ciento .anual. Una contribucion di.
recta de 19998 pesos ite t"stabkció t-n t:l
distrito de Colombia.en 1816. En dicho aifo
&e modifico la l~y que impuso Ja contribu.
cion de 6t'is millones de pesos reducicndola
á -solo la mitad. La suma dd distrito de
Colombia fne igualmente• reducida á 9999
pesos y 20 centimos por año-En d ano
dt: 17.98 produjo Ja contribucion directa do&
millones de pt-sos, poco menos; en 1813
~as de tres millones, \' en 1815 s<:-is.
Patentes: El co~greso tiene la facultad
de fo~e.ntar el pr?greso de .las cie-ncias y
~n1:. :¡.. u~1ks conced1enclo por taempo Jia1itado
a los autor~s ó inventores el derf:'cho t'sclu:
stvo de ~us e~o~itos ·y iles~ubrlmientos-La
ley es¡,edida ep 1790 para .(~mentar fas artea
fue revocada ~n I°79S, y se sostituyero'ft 1u
reglas ~igurent~&: todo dudadano de 101
E~tados-Unidos de
los ter-minos de la sol"i'citud, y \1na descríciln1
dt: la ínvencion -ó dt'·scubrimiento, aseg\
1ranclo al tYl'el:tnt'rtad de
hactr, co11~lr"uir, usar, y vc:ndf'T la dkha
inv1.. ncic-n ·ó dt ~cuhriniit· nto. Las pcrsona_s
que pt'"rit ccio1.an lr·s cltscubrimit'i1tos ó
i!ivcnci1 ·1ws c¡ne' h.in obtt:nido patentes
iro t·i1.:m:n faculta(I de h:.ict·t) usar 6
Vt·tKkr d c..le~ctibriminlto oriJinal·, ni d pri. ·
llH:'r in ventor la tit'ne sobre la inve11don
pl"rfr·ccio11;.1da. Cnrnbiar &0lamt-nt& la furma
·ó prc>porcium·s de una máquina, 6 la compo~
iciun de la tnattrta no at' tiene por nuc.
\'o d<"scubrinúcnlo-.
Todo invt'ntor antes d·e re~ibir Ja pa.
tente c.kbc jurar ó 4lfirnrnr qHc t"S d verdad
... ro i11ventor cld artt·, o mic¡uina, ó dt la
pt.rfeccion dt' ella.. J •:n Ja oficinu cld st:crebrio
de estado ·~e rlepoiitan los distiios Ó
m\lt'strn!j !JUC sé.~-prt sentan~ y cn<1ndo "el se.
crt-tario lo exij_a, c.:stos J1'\b.c-klo~ dl bt'n acompnfü1r};
t:,<,Í · la solicitud. El d"·n:cho de -las
p~trntei pu&lc trn~Ítrir.,;c por el inventor á
C\ltrndor(·s.
Tr~· intil p1.:sos; dd)t:ll pap;~rse ;.,I tesoro por
<~ l Hn•ei•t(•r untes cJe~h: :ct>c .. su sol!é!tu
dos e:tnc -s tn los E'.. .. t~1 uo!-i-Ü n !d •>s-E! dt·rt
·c.ho de pak11t<.s prvs ha dejado ensdiado, que el negocia.
do de rt'ntus; su imposic10n y administrncion
es obra de muy serias meditaciones, de t:~perit'ncia,
y sobrt! totlo de Ja capacidad -le
medios productivos. Si compararnos las materias
productivas en l(')s E~t,1 d os-Unidos
con J..15 nuestras dchertms con v<:-nir t:n (¡ue
nos faltan materias imponibles. No tent'mos
d~ stilaciones de ~icort-s espirituosos, á escel'•
cwn del rom; 111 manufacturas, ni molin en contr1bu1r ~l u1en ,fe: la Re~
publ~l!a, oeijo ~tro puedt:•n ser pt·rjudiciat~
s. No se habrá_ lt'ido todavía un papd m
que 5': indiquen las condiciones qu~ ertcnu1cia para la (· ~ ch :. la de liiíias dt" aque•
Ua ciüdad <}l1il P'Jí d , t.! ·ct·> á <.1uc: le: buce: digna.
A VISO OFICIAL.
Por disposidon del surremo poder ejecutivo
e~tá autorizadn el te~.< · r 1: ro principul de Cun•
dt11amarca residente t:n B r>g i:itá pará comprar
plata labri:ida, O en pasta de cuenta de l.Qs
fund os nacionales. F:J precio lio bajuá d~ 6
reales" la onzci~ ni subirá de 7 reales segun
Ja tnayor ó menor liga que ruedan ttnu
las alhajas; pt:ro no se admitir:in aqudlas
q11e restilten con m:-iyor cantidoid de otro qietal
r¡ue plata. Se pagará al contado recibienda
fos alh:..1jas al pt"so. y desput·s de un compt-
tente rcco11ocim le u to. En la puerta de la
tesorería csbri fijada la providencia del
gobierno, en la cual t:'ntrc otras cosas se ha
procumrlo poner á cubil'rto contra el robo
Ja propried<.1d de las alhajas de pla~a que se
lleven a venderse.
El secretario del despacho de haCienda
C.As TILLO.
I11iJ1. de Espinoaa
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"Gazeta de Colombia - N. 159", -:-, 1824. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2875049/), el día 2025-06-19.
¡Disfruta más de la BDB!
Explora contenidos digitales de forma gratuita, crea tus propias colecciones, colabora y comparte con otros.