GACETA DE C .o LO M B 1 A.
BonoTA.- DOMINGO. J 7. DE OCTUBllB DB 18~-'.-14. T.RI.HK8TRE l~
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ll/Í(lintstraéiones áe correH de .IJogtJtá , ~}ara__cas, Qzato ~
~ &ntamarttz , C11rtajena , Popaytsn , Cztarll, PaTUJm11,
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trunestre. Et, editor llirijif'd l.tls núms. p"'r los c.·r1rrt·os álos \
suscritorcs: y a /0,s tie esta ~udad cuyos suscricione-s Tf"ct!Je 11¡ \
ctudatiad11no Rafael Flores,en su tienda de a r:alíe l. det comer- ~
ew_ núm. 6, s11 les llevarán á au.s casas de ha6zt11c10n.En 14 ~
mzsmn tientlo 1e Penden ÜJs núms. suelú>1 á ~ reales. t
\ M~llin, Cumanó-, Guayaquil y M11racaÚlo.
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INTEil.lOR.
OoNTINU A. LA l. t: Y (tU 1t <>R G A 111:tA l.A
ADMI)l'ISTRACl•• Jl .l.I E .LA H .<. CI .E NDA
JrACION.AL D~ C (1L •.MBJ ... , l .N T&JtBl.1111-
l'ID.A ZN .El.º N.g ANl' EUIOR.
Arl. 74. Los cokctorea no tendrán ~~~&'·
nacion fiju, 11JÍuo que gf>2 ,1ran d~ un t .anl)
por cirnto pi:c t
iva, sin derecho á otro gn mei<::nto
el tanto Por c4ento que deben g o z~ •. ~t'gun
)as circunstancias dél canton, •U abund;rncia
j carestía, y el mayor Ó menor producto
de ~laia rentas colectadas.
Art. 75. E11tos harán los entero!t m~nsuales
en la tt:sorrria ft )r•mea en los quince primeros
diills de c~da ·mes, y puc:t!e;-i ser r<:mov
idos por los intenden~c:s á propU<"~ta de lc.:a
t~soreros principak!!, en Jos casos de n('glij~
ncia en la rccaud¡,¡cion , rttardo eu los
enteros, y arbitraric:tfo5 y juz¡
adoa conforme á las )('yes.
Art. 76. Las tesorerÍtt5 foráneas, r~cautlarán
las rentas <)UC pr:rcib~n los colc=".ctorcs,
las que ~nas aJminil!)trt:h in.mediat1tnu:nt.
e, y la& que dt:ben ~nterar los .idminiwadores
de J..9 qu4: ~stán t:n particu !ar admin}
stracion. Todas catas entradas ~e comprcndt:
rán en loe estados n1emmales qu~ deben
pasar á la ¡>rincipa.l. E.su rr-cam.dürá en su
provincia lo mismo que las otr-AS, y c:n los
rohmaos términos.
Art. T7. Todils las tesorerías di1tttib1.1irán
las rentas en los gastos y dótac1onc~ dc:-cretados
por la l<'y, y las fürá.ne;,is obedecc:-rÁn
en esta parte ht!i órdenes· dt: Ja principal.
.llrt. 78. Solo el gobi~rno put:de d ecretar
g~~toap cstrí.lordinarios t:n los drp:.u-t .. 1ncntua,
provincias, ó cantont-9, ~n loa caso• qut= le
permite Ja l~y, ó ~n que especiilllmente cst6
aUtorÍ:zi&dO (HJr c:I Cong reso.
Art. 79. L~ ksoreros no diilrán -~umplitl1icnto
á ninguna órden para gasto c:straordiuario
qu~ proceda_ ráueo~, dd.Jcn hact·r · t'.Ít-ctivo~ contra
los deudorc ~, h!f iit lcauces iícauí<.los que no ne•
C(!~itet1 d1~cnsi ri n;com ll ~ 1 1 11 I r >~ <.le ph~so cumpfüio;
y p;¡ra eilo se: lts oonf:itrc todtt & • .1u•
r1 ::.d1cc10u co2-cti•Ja, t:a s, y - o!itt:uiJ c>i. p ·.,r ~os i nt<"11de1 i tc.:~ t go.
b<.sn.Jort s y ju· Ct'5, ta11to de h.icicnda
como cutt lt:~ctuicra otros.
.Art. 84. L--us tt:son·c as prinuipal ~ s tonu,.
rán l.ttHbtt.'"U r:.zon dt todos los tÍtulu!J 11ue
se espiJ1~..,.:n p .. r .1Jcmpk;,dos .wt.-mentiti por intt rin e dio
oc la::> de las C<-1 p1 t ,1lr-s de provincia t ~ n~
c onocimiento y jnri::.diccion s o b re· t <>das ias
foránea-, Ó c o l~ c tuda ~ del é
M anuel Ldnda.
P:..ra tt sorero principal de d dd Zulia á
l\fan~el Benit~s.
P ara teson:ro principal ele e l de ayer se ha he ..
cho á la dirt:ccinn jc:neral.
5. 0 Las pe-r90nas que actualmente de.
'empcnan las tt:s~rerías de las capitale~ de
pruvinci-.i, y forá(}('ae permal)~ccrán en su8
~~stiuos ltasta q_ue se Vt·rifü¡ue d anr gin¡ ....
'11c;,ado en el artículo l.0 de:" este dccrd';•
.6. 0 L~s suddos de los tt:sortru~ princi
pa;us y fonrneo~, y de 1,-,s oficia.Je$ 5e ~e·
g1.nr·an p:.gandu e ll d mo• ·Ca !lif'l •~rado
d~ la corn;.1n .l.1 11ci .. . lt·oc.:ral dd tn Ct'r d• ¡ •itrta.
m(.·nto pur sus t:11fe rmt.·dacft::s,. y t:i !:;t·J!u ndu haJlandosc
cr11zan•l11 t:cm faR corvt:tas /Jo/rr;ar !/
lloyacá, el i;(>b1cmo dc:-stmó a Gua,psquil al
e<.1pitan de navío BarbarÁ con otros dicíalt·s
subalternos; como lo& único• que por catunCt"
S tenia disponibles •
(tj'"' El Patriota de Guayat¡url del 21 de
~ g os to '1nuncia que monsefior Musi arzo.
iú;¡>o d~ Fihpoa vicario apostolico había Jle.
g rian
los mismos que: t <:.:nian anteriormente V l·ne-
2uda y N ut·va-Granada cuando cstab.an son1etidas
a la jurisrcit'ron en ellas,
como t-11 las d t:mas comprehtndidas bajo sus
jurisd icciones respectivas todos aquellos actos
propi1:s d ...-1 alto dominio y s<:iíorio, que la
Es¡>i.:I Íla tenia snbre ias tierras cultivadas, é
incultas s británicas tolt:rasen d cun1c:rcio
con las cústas Ct:rcanas pertenecientes á. e~tc
plilis, sus b0<¡ues, person;¡s y cargamentos
qued:;sban siem¡ire espUt·stos á 1<1 vij ilancia
de los guarda-costas espanoks y á st.:r apresados
cuando los encontraban traficando en
ellóls. Mientras d gohi<:"rno c:spafiol existió
aquí, ~us órdenes sobre esta matt·ria se
obsc-rvar<~n de la manera mas rigorosa y 1rnedo
ast.>gurar á V. E. que hasta el ano de
1819 fueron Ct'm<.!enados en Cartajena huquc!i
11roctdentcs de: Jamaica. sin q~e el gobtt:mo
de S. M. B. jlica de Culombia sea formalmente
n:conocida,
Por lo que acabo dt" espone-r me parece haber
demostrado la futilidad de los fundamentos,.
en que se ap1>ya d acta que dichos comerciantL-
s y as( guradorcs dirij1t'ron á V. E..
Por que la república dt! Colombia no tenga
estabkcimientos en aqnt"llas costas, no se
sigue que no dcha cjvrccr sobre ellas el domniio
é impericl qne lejitim~rn e ntt: tiene adquiridos.•
E.;te sa1a un principiv pt rnicioso
á ~a paz y tranqu1 ttdad del muudo c1vi liz.1do
y u11 orij<:n f,·cundo de dt::savl!m:ncias y diigustus
sm térmi tHl.
Per:nítame V. E. agr<"gar ademas otra
razon que e~tá intimaine11te ligada con d reP'>
so de Colombia t'n el estado de guerra en
c¡ue d ~ sgracÍ4\damente t, sin esponerse á la
menor molestia, ni vejacivn por parte de l<>S
guarda-costas de la Rt>pública. Esta práctica
tan r:1c ional y tan j usta, se halla ya en
su fu erz.t y vigor, en algunas partes, especittlmentc:
en la Goajíra, y todos :se han sometido
á ella, sin ninguna especie de repugnanciaEs
de presumirse que los comerciantes y
asegur-ddores prcferirá tt sin duda un tráfico
seguro y legal, como el qtte se les ofrece por
este medio, á otro que como el an~erior, estaba
..siempre sujeto á continjencias perj~dicialea á
sus intereies.
a.,trctanto, el gobierno de éolo111bia,
espera que V. E. cuyo carácter le: ea altamente
· apreciable, por· la liberali4ad y JUsticia
de s~s principios, ae pen~á ~al fin de . 'JUC
no siendo legal el comercie> directo de esa
isla, con las costas incukaa 4e Colombia, no
puede impartil'$elC Ja proteccion que los comerciantes
1 ase¡uradgrcs han aolic1tada.
Con sentimientos de atta considera~
cion y respeto tengo el honQr de repetir.
mede V •. E.
Muy humilde, y muy obediente -.ervidor•
P.EDllO Gq AL ...
En el diario de Jamaica The Pu6Jv: •d·
vertiser del 20 de agosto hemos leich una
carta que se dice: t'scritiil de Popayan á 5 de
julio en que se habla de la a1itacicm e~ qus
e-,taba la Rq•Ública por con~l·cucncia de los
desastr~s del Pérú, a sabl"r: s~is grandes' derrotas
que habian sufrido los patrifJtas en las
inmediaciones d~ Lima por C•mkrac, la defec~
ion de trt's mil chiknos, d mmfra1io de 12
buques con 2500 h·nnbres que V(~TI ian de
Ch:l.: á ayudará Co¡omhict,la pérc11r1a tle toda
la t"scuadra dl IP..rú rendida t.·tt d Callao,y ade-
1rn s la d<'.' d o!-> Íí v;wws
fr;1iles qu~ d1 ~put:s de la capiruJacinn tk P<1sto
se h . .111 n ·fuj1..do t:n "Po¡m~· an ~· h ;111 logrado
pcrm :-t n. ~ct r aH í, n n 0b·,t..111(e las prnvideuc·ias
del g0l> i·.·rn• •y las enemigos
de Colombia que invt:"ntan m~ ntilias
para hact:rle la guerra con las ú n¡c~ts ar mas
que ks <)llt:d;m, o <¡tte dentro de la Rq: u~iC:
t estamos tc1leramlo vivoras que no perdonan
ocasion de despcck1z41ria. -
n UE.rv-o S-JlIR R s.
Lns diarios i11!:{les<'s dan cuenta de ua
empréstito nt·gociaclo en Londres por un
rnillon dt: lihras l·skrlinas parad gobit"rno de
B l1enos-aire~: las concliciont:'S son recibir un
85 por cit-nto, y p01gar un seis por ciento de
intc:re~ anual.
l\!EJICO.
La Gtrceta .lVacuml'll d' Ftlad~{fiil de .21 de
juiio último, c"m rcft:rt'ncia al diario de Méjico
( EL Sot) a~egurct la existencia y descubrimiento
de una cunspiracion en favor de
Iturbide. Por orden del comandante 1eneral
de la capital de Méjico, se allanó ~n la noche
dd 19 de mayo una casa, eu la calk de
Celay¡¡, y se hallaron 22 individuos t:n un
deb de M~jíctl hasta 12 de
junio,y en ella vemos confirmadas las noticia!J
que vá.n comunice.,•Jas. Guadalajara que fué el
¡>rimer Iug-.tr dolltle uonó el grito de fnkracion
es ta"1bien b primer~ que se ll;• hurJaao
de la acta feckml h:t~ta tal punto que el
gobierno su prcmo b:i t·mple~,lo la fuerza armad.
i para obligarh á i:utrar en su cltber:
todas las lejisobturas parciales estan fr~cuentemt
·ntc en pugna con el CQngn::so jcneral y
el gobierno por Ct: aquí parten mil cuestiones
acerca de si tal ó cual renta debe pertenecer
ó nó á la federacion y naturalmente
los estados no estan muy propensos á desprenderse
de la que ea mas proEluctiTa en
dios. Apenas se h.1bia publicado el acta
constitutiva frdt:ral, qu ~ d congreso se vió
obiigado i conct'ntrur una ilimitada autoridad
en una persona, b:.!jo el modesto titulo de
supremo dirt:ctor, por que en los consejos
de su sabiduria halló que solo i>or este medio
podía la nacion mtjicana salvarse dt: la tem:.
pestad que le amenazaba con las preten!iiiones
de lturbide, las frecuentes conmodones internas
que ajitaban la repúbiica, las miras
de la santa-lianza y particularmente del gabinete
de Madrid, y la permanencia de tropas
espanolas en el castillG de Ulúa. Nos
parece muy juicioso el dictamen que una
comisíon del congreso le present6 para decidirle
á tomar la medida de concentrctr la autoridad
eje cu ti va, y revestirla de facultades
estraordinarias. El mismo congreso ha espc.
dido un decreto proscribiendo á lt\lrbide.
Los miembros dd poder ejecutivo mejicano
han publicado en 2 de marzo un csce- ------.-------- ( * J Est6 Quintal1Ull" 11 n lrffkun11d.r
¡,¡ 1ilt~m11 fld~rlll.
•A.Cle'r.&. Ble COLOMBIA..
lent~ tnattHlétU> pttsentando i toit pueblos el
cuadro del estado de Ja nacion cuando toma•
ron el gc.>biem_o y la conducta que habian
observado. Alla se vé que· el gobierno de la
~epublica .mejicana ha testa.bJecido el cred1to
ester1or, que ha entablado relaciones
intimas con CoJombia1 que ha prep~o el
plantd de un jar
modo á ~vorectr -au regreso á la República
meJÍca1~a.-,3. 0 La mi~ma declaraciou se
hace . rcspe~to de cuantos de alguna manera
protejicren las miras de cualquic::r invasor estranjcro;
los cnalcs serán juzgados con arreglo
á la misma ley .-Lo kndrá entendido
el supre::mo podt·r rjecutivo y dispondrá su
CUflll}limiento haciendolo im¡">rimir, publicar
y circular . .i\léjico 28 de :.1bril de 2824-4°-
3. 0 -Jose Afana Cabrera presi Pustc:riormente hemos visto cartas
de Fil:.iddfia de 30 de julio y gaceta~ de
New-Yo1k dd 27 de agost@; las primeras
aseguran c¡ue d jeneral Bravo I~izo entrar c.:n
su ckber á Guadalnjarn, y una de l~lS sc·gundas
habla del arribo dt Iturbide á Soto la
Mari11a con doce pc-rsonas de su comíti\'a,
seteun habia dado parte el bergantín rngks
Sprinz .. Las cartas dt: Ju Habana recibidas
en Ntw-York y en Baltirmore hablan con
variedad acerca del suceso, uAas dicen qut:
al arrivo de Iturbide se habían declarado IH.lr
él cuatro provincias, y otras qu.e habia sidu
asesinado.
ESPAÑA.
En nuestra gaet'.ta anter-ior insertamos una
carta dt: Madrid CJUe dá ide-.t clara de la
penosa y ajitada situacion tle Ja p~ninsufo;
hey tenemos la satisfaccion de anunciar que
Ja correspondencia privada de la Coruna con
la isla de Cuba apresada en la corveta Mora.
guite confirma todo lo qμe sabíamos acerca
de la pobreza, partid~ prisiones y desgobierno
de Espaiia. Ha sido positiva la conmocion
de Aragon contra Femando y en fa ..
vor de Carlos V • .- los batalleues franceses
acudieron prento á pacificar-Consta de un
modo . cv:ldcnte a=r que. el vcsiuario para la
leva de ~6, mil horμbres se está const;ru.
y~ndo en Francia..t:l) de lo cual es facil de ..
duoir que Ja núser•· del erario español ha..
bri lid• reparad¡ por 1aa ~ del
~bietno t~nees. Publica.tc~os. eil Ja ptlme.
ra oportumdad Ja ·micva 1ov1tac1on del conde
de ~falia al gobierno íngle~ para que concurriese
5tl congreso CJtie debia decidir de Ja
suerte de Am&riéa. Y ahora solo inst'rt'dm o•
un éapítl!lo de carta fle Ja Coruña de
fecha 18 de junio escrita a la Habana á don
Antonio N ovot que dice asii ''Con respecto
al crucero de loa colombiano!i c:n esa~ co!>tas
no tiene n:tda tic t>Str.lrilt por set en un hlismo
co11tinente~ lo que dt:be serle á V. al-.
go estraño ~s que corsariós de esa misma
repáblica estén_ cruzando eh ti estt~cho, e11
la boc_a de Cadia, cabo de San•vicente, Ca.
narias y demns puntos que les aéomnd.m •
ech;mdo á pique y quemando todo bur¡uc
que no les es util, de SU\:rte. qu~ Vi\'t·n lar\
st'guros dt: que no hay· '-"ro <1hont tspcco
<¡ue todo se. componcjra, puus ya lelfe·
mos iri~lalada la poúcfn, cuyos mujiHm•
dos desempeñan SU!i funciont's (':Oll· la. mayor
activid;\d de suert.: <¡u~._. ¡ lj~ral que se
sepa que ha did10 viva y c.:l que se atreva
á dc:c ·r que I~ d ifunta era l.aH:11a, le cett:n encim•
al instante y lo pont:11 á 1.1 s1111 ,br.t ....
(•) ~1 mismo autor en otra carta rft.. igual
frcha á don Antonio H .;drigu~.- z t>n f~t H.t11ana
dict-: "con r4·s¡»t:cto :í notici~s !>oJn le- dirc
que han entrado !30 n1il franct:st·s mas en
Espana, que nUt'~tros puutus cst~n en la
nrnyor par_te bloqueados por corsarios colombí:.
inos, y que se cM.i hacil'nclo á tto de
una ~rande mayoria de la cí mara se mandó
imprimir. Creemos digno ele (,h~en· ar tn
e::,ta ocurrencia que mr. O. N o¡Jifü s instó
fuc:rtem~ntc: al gobinno francc:s para que
con respecto á la America cid sur .lta distincion jan1a~ se concede cuando h..iy
una mayoraa que disienta de la opmion dd
orador. Estamos fuertemente incliuados á.
creer tambien que la propension jeneral dd
gabinete franct-s se dirije á seguir el curso ent.'t]icarnr:-nt~
la Ce>U!:>a de la indi:-·¡~·!~'_l~rar_:~~, . _. r '-'e in··:
que ~u_e~tr~,5 Cc:mpatri•1ta5 kc.:rau Coti gu~\O
la noticia b1(1gt'afica, c¡tte de sir J~1oh; s ha QUblicado
d ~~rcer nú tnc.-n> dd kJ~,,1aju~ tJe
L()ndru. Sir J;1mrs 1\1;.H.:kiuto~h n"<.: tÓ <"l1
Es?ocia d :tilo de 1765 t.fc: una fürnili:t
antigua y di~tioguit.la. S\t pat!re slrlPiÓ t·n
Ja guara de :\ letua11ia Ul«>s mo~
alt-s. El notnb~·c du l\fockinto~h 1wrtehtce
a. una ta
dividida, COTIS'. nand11M· totlns los dt."~crnc.fü: nte~.
de un::i mbm;t f:111iili~ baj., d j - fe 11'.Tcditano
<~~ ~na. Sir Janu_·s recihio 8ll pn·~·era
cducacaon en ha t-!)Co•·la pú l>lic• d~ F'ortros~
de donde pa-;Ó á h• uuiversi rdno dt E.l!lt:Ncia.
De <11lí fwe á Ed1mbllíf;O clondt1 c:-~tudió
m("dicin~ y tom_ó , d ~!; 1<111 d e doct~r; autHf\lt:
nun~a !>.e ~tphco & c &ti.i f..1cult:..t con g.ust•>, ni
Ja. e¡t-rctó como prnf.-.:~i · · n. 1::1 jovt·n ~J.-ck1nsto~
h e.noant...d{l C\.lll l;t bdk:za dt" ta ti. ..
)in~
re en todas. :i;t; s rc:l::.ciont:s m orales y po!ít1c<
b s<" ntim: ote de Europ-.l
adqu1nu1(!-' l;J mstruce11m pructic~ que no
alcanzan ~ ta rcspue~
ta atr.:1jo la att'ncion del crlebre }~ox
quie~ lo convidó con ~u amistad y trato~ y
d m1smo Burke se hizo amigo dd joven
liU antagomsta. Con d candor que es propi<>
de tod-. alma nolJle, pro!!lignió M,tckin~tosh
~studiando y observando Jos acontt"cimi~ntos
d.e la revolucion fra11cesa, basta que eon.
''~~cado de !o erroneo y peligroso de los princ1
p1os a?stractos que. sus autores aC"gtüan,
8e desdyo de !;US primeras opinion~s fon.
daj;¡:; mus e:n el amor al bien, que ~n el
¡:onocimiento de las :laqut::zas y m:.k»
que se t-~.cie ,·ran en el ;corazon de los
h de
fas m~joras po!ític un
pul'.'.blo no solo es impo~ible, sino ( 'UC la
• • 1 mera tentativa es capaz de ponerlo en peor
e~tado que ante5, desapru~ba todo lo que es
"10kntar la fuerza de !a opinion establecida.
l\1as no por t."So se ha olv1dndo Jamas de que
t,o do hombre de luces debe consar.rrar SH vicia • ;) a promove-r los intereses de la libertad lc-P·al
tanto política como relijiosa, en la firme c~eencia
de que existe en el hombre un principio
de mc-:jora que, bien diriiioay en
la fo{fü, ori~!ltal; pr.rcn:I dima te probó tdn
mal qu~ tt~110 , impid,~
ndu¡..•. .: a vec~t' trnhl:)J. .t r t'il tl .t:"-. ~.".:-.! _:~_ m. ento ,
y ~n lil concl'lt ·:ünn ¿e :_¡:~~ historia de ln;.::-:~~:-;::
- ¡¡11t: C1'l1prcnduí b1ce algunos ::iilos.
Su prim~ra ekcc:on 11tl dt.! otfos: cons1suan tn uno hasta -
diez pesu~ ~gun 1.i naturaleza del coche: en
1796 ~ uutt1c:nturon ~•to• derechos en una
mt•arl, y en mut:~"t"88 fofb~ron en 1813
y 14, hasto qtte 9t: ab.o!it:ron en 1817. En un
término ele 1 dio~ á cm1t'.tr dc:sde 179-'
produj~> ~st:: impu~:sto 65731 pesos por añ¿
' crn~to la rec~uducwn un cinco por crento.
En 13 lo sr haH:uon fohricados en solo el catado
dt' l\Iu.tchusSt't 241-' carrua~s.
T.hac<1 en pnlva. Ocho ccntimos se
impu~it· rclfl ~n lí9• pw cada libr~ de
tabaco mam1~&etun: d0. U ua r~baija igual
l\t derf'ch~ tmpue~to se dec~eto p111m
lt\ c-~portacmn dd tabnc! compt'tentemente documvntadu
á I" 8ecreturia del dea•
p1teho de haciet1da de donde pasa:rán
á la cotnision de liquidaciun rt>~idente
en esta capital~ con cuyo informe
el podar ejecutivo t-n cu11Jpfüoiento
de hu leyes reconoce1·á las deudas qu.e
r~sulten j ustifüisdsts, ó pt1dirá lu eorrHp.
ontlientea e..si>licucionH: al t'!f&cto
1e auto1·izür& compet~atem<'nte ea
esta capital por parte de los ri:clamante1
á lae p~r1ona1 que juzgaren
capaers de dirijia· 8UI ac~ionea.
Bogotá octuhi·e .e, de 1s2.4.-El
~eer~tario d~ estado dd despacho de
hacienda. Jos~ Maria del CAtTILLO.
DONATIVO.
El ~eñ or representante pc.r la provinciP.
de Quito dr. Jo~é Joaquin Chiribo¡f
Citación recomendada (normas APA)
"Gazeta de Colombia - N. 157", -:-, 1824. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2875047/), el día 2025-05-16.
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