GACETA DE COLOMBIA.
N .Q us. BOGOTA.- DOMINGO 3. DE QCTUBUE DK 1824.-14. TRIMESTRE 12
.J6t,a gaceta sale los 'domingo1. Se suscribe IÍ e Ita en las
.dmimstraciones de ct1rrec;s conocimi1:ntos neces;:irios para
m cjor:ir y llevar á su perfei:t.:inn el sistema
adn1iuistr_ativo: para ello exijiri de todas las ofilCinas
cuantos documt::ntu:;, dat0s, é infur.
mes nt:cesitare.
~1rt. 13. Debe formar un cuadro de todas
las rentas naci0nales que comprenda d oriJen
de cada una, la disposicion que la es.
tableció, su historia, el método de su adrninistracion,
sus producto:>, el número y funciones
de sus empleados, S\.18 dotl erdrio, los progresos
ó decadencias que lnyan tenido, las causas
que h<1yan ocasionado lo uno ú lo c.Mo, y
Ja conveniencia de que contmuen, ó se suprim;:
n.
Art. 14. Este cuadro clebc ser duplicado,
el uno será de cad11 ren ~a en CLJUa provincia,
y d otro jeneral (k toda b Rq: t1blica.
Art. 15. La direccíon cx .miin~trá y compar.
lrá todos los reglamc::tus, crdenanz:1s, é
instrnccione5 gu -'.~ hayan rejido hasta jl'cucion
y correjir á los empkados neglijentes,
cuya suspension puede proponer al ejt'CU'."
tivo pasandolc los documentos por los cuales
resulte que algunos sean culpables, para
que proceda conforme al artículo 125 de
fa constitucion •
.:&rt. 18. En jeneral la direccion está encargada
de dirijir bclo
el departamento, y ma111f...: st<~ c ion de las Cd..:r tjecutivo en lo:'.S primeros
m ' S('.S del aiío eccmomico, un estado
jeneral CdJs la~ rec311<.Ltciones
y di,.tril:ucion<:s p•,r n facilidad .se veu el total
ingreso y t:greso de toda la Rq>Ública, y
pueda dispon(:r el gobierno dd sobrante, donde
lo hubiere, ó rt'mitir á los departamentoi
y provincias donde haya ddkit -
.drt. 22. Igualmente exijirá la direccion
de los intendeutes , contadurfas depur.
ta mentales, y adu~nas de los puertos al prin.
cipio de cada ano ecunumico, estado!S c!e
comercio comprensivos ck la& especies, na ..
turalez;t, y valor de las mercaucÍrcar.cí as
y espt-cies importadas con su totnl valor, y
los frutos y producciones fisportada'5 con d
suyo, y io pasará á la secretnría de hacienda
para <]Ue 8e gradúe la cantid::id, que du.
rantc el ano ha estado en movimiento de
comt'rcio, anad1endo ltales, gas.
tos de braceaje y demas noticias necesarias
para que se sepa el total producto de las
minas y la cantidad acuñada en cada año,
y con estos conocimientos formar~ uno je-
. neral con claridad y dístincion. que pasará.
como los otros á la secretaría de hacienda.
Art. 25. Exijirá de las administraciones
jenerales de tabaco, ~stados del número de
matas que se siembren en cada factoría,del nú-
. mero de quintales que producen,de la cantidad
que se consume en el país y de la que se esporta
par.:t el estranjére,con razon circunstanciada
del precio á que se paga en factoría del costo
del empaque, y conduccion á las admi-nistracinn:
s, de lo!!; gastos ordinarios y estraordcn.
J rms de: C,.ida una, 1.;e ic.s μr\:'cius de
ve11ta, de lé .• s uLilirh1d<. s de.- e.ida adnrniistracion
jeneral, l"X Í~tt· ncia ~ dd J€:11ero al fü1
de c<1da ~1no, b cantid<1d que n :suit4re inutilisacfa,
y el d t:Mino que ~e. le hs, cnl!1 las notas que espEc1uen
d aume11to ó dimiuucion, y las causas que
1dlm.·;.;n en ello.
A.~t. 27. Exiji;·á asi mismo qne en tJd
os l0s anos le rem1tun lL1do d~ los e-diftt.., \,, :..,, :1!;1:'ª$
c: 1.: 1\e~, fJ.bricas, embarcaciones úe n :sguardo,
utenci!ios y cuant•J de esta especie pcrkncsca
á la 11acion, c11n t.~p n · ::;ion del valor
ac~ual de cada cosa, y comFn·nsiHl ele
todo d di etrit(> de cas uuiformes pétra los
estados de: que va hecha m<:-nciun y dero
as que estime necu;.irio pedi r, á fin de
q w:- ~i p:·oba dos puedan comu11icarse á las
~ :. ~t.· : )clt-nt-ias., contadm ías, tt'sorerías y admin
i· tr;: c~1m(S d t:' part,1m!>nt;;,J<::s para que se cum¡;
b fü· '. rnt nte con d ios.
• .. 1 rt. 2 9. La direcc1on jeneral exiji l'á de
e< c:.s, sentenciadas y fenecidas, y
de los t e;.ultos de C<\da J·uicio.
.!lrt. 30 La direc·cion jeneral examinará. si se
han observado en todo las leyes y reglamen.
tos de la materia, si se nota morosidad, ó
connivencia, ó cualquier otro defecto: correjirá
los t]Ue estén á su alcance y de to(
fos modos n de (jUt' se habia c:-n d mis.
mo art1cul1t antl.:rior, y lóis noticias que ckben
dar los ͕llendt'1 ~ tcs de los emplc:ados de
su nombramiento, 1¡u.: les cono·dé la ky,
le facilitará los couocimi ~ ntus ueccsario:i
para llevarlo á t:Íl cto.
.Art. S4. Ademas de esto, dispondrá que
~n toda8 las oficina~ principal.:::. ::.é formt n
hbrt:tas para los emplt-adns, segun el rn1H.le)
o que trabajará, y pn:senlara al g-.:1bíerno
para su aprobacion á fin de: qu ~ ¡:or n,te
medio se conosca d merito y aptitud de c . 1 ~!:t
uno, Jo cual en lo sucesivo Ública en lo economico, gubernativo,
f»mento y arreglo t-st:í sujeto á
la direcci1m j•.:nl.'ral, la cual pres::ntari todos
sus tral>.ijos al gobierno por la secretaría de
hacie11d--t, para c¡ue sean proptwstos al congr<:>
so. y este pueda dic~ar las leyes nect"~:lrias
con todos los conocimientos que _ clen1an
ia un ramo tan 1mpurtante.
Art. 36. A la resoluc !on de! todo n f:" g~cio
dd.>c preccdtr un examen, y confr ren cia
detenida par ..t asq~ur:.-tr el acierto, y t:n
cu,rnto sea poi.il>ie !a u nif:-,rmi:.Jacl; y ~: n Lodo
caso prc:-valeccrá d voto do.: l.l nwyorÍ.J .
Art. 37 Lo<> directnres puedt"n, c:Ü::ttHlo
lo crea!l 11ecesario, salvar Mts V c ~ mtrario,
sino que dc:ben tambi•:n <:-sponcr lus
fundam<.·ntoj graves de su opinion.
Art. 38. Di'ArÍJm~ntc se t'stemlerá el acta
de las ddil>t-raciones de Ja dirtccion, en la
que ae cspr<.'~r:í con claridad y concision
la materia ó c:s:je por la tot.ilidad de sufrnjios, ó
pnr una pluralidad mayor ó menor, y en todo
C<.IS' • μ11c.!rá hctcerse mencion ck los que hay
án sidn di"' \'oto contrario.
Arr.. 39. Las actas deben firmarse por tod
os los directores.
.Art. 40. Los director•s deben tener la asistencia
diaria de cinco horas pr~cisas dc:: ~de
las nu:urdar lo conveniente en cada negocio.
Art. 41. Cada director dará cuenta ~n
la sala de direccion de:: 5US negocios respt::c
tivos llevandol<>S rreparc.tdns y bien instruidos;
y no pqr eso dejará de votar lo mi:>rno
que los otros, pur-s esta cl1vision del tra.
bajo solo titnt: por objeto facilitarle> y acelerarlo.
.Art. 42. Las resolucion<>s de la direccion
se comunicar.in á los intendt"ntes, y por
6U' conducto á tnrlos las oficinas a;ubalteraas
por- el director encar¡ado de la st"c<..:ion
rt_-spt-ctiva en nomb:-e y de orden de la dire~
cion jt"nera{. y lus subdelegados, contadurfalii
dt-partam<.·tales, y dc:·mas oficinas subalternas,
podrán h..tcer sus consultas y devar
sus qmjas en derechura á la dircccio111enenll.
.,1rt, 43. Lo!I informes, consultas, y propm
·stas taría de: hacienda, serán firmadas
pnr todos los directores.
Art. 44. Los espt-dientt:s que aun no cstéu
concluidos corr~·rán á cargo del oficial
m av.-ir, y cuando hayan de archivarse tolnará
t-ste un rt"cibo del archivero.
Art. 45 El archive-ro formará sucesivablente
un índice alfabético de todos los nc¡
ocioa de que &e haya l1echg car¡p, y adc-mas
tendrá un libro en que asiente tlia por
di la frcha de su rt:cib• •, y t:l qut:
h~ya dado ai oficial rn:.1yor respecti\.'•.->•
( Se co,1ti1Juará.)
DECRETO DEL GOBIEB.;\'90.
Fa.prcrsco nE PAULA SA.,VTA.NDER,
de l1Js ltbertadore$ de r~nezw:la y l'undmamrzr:
ca, ronntes nombr:amientos.
.drt. l.º Para la contaduría del departame
ct ~' ck Cu11dinanrnrca á José Sanz de
S;.intam:.ui.1 t·x-cn;itadc;r jeneral.
P ara (lrd e nudor aux iiiar á Antonio lbc;nes.
P ;1 ra ofi cial prirn t'ro á Antonio Bernal.
P .. ra la c n nt;.¡du r ia dd dc:¡.n1rtmnento dd
O :·i11oc ' ) :í Vict· 11t ~ L~· cuna ministro del te.
!;IJr{) pÚ h!ico de Vl llt'ZUc- ht.
Partt b c o ntuduria de V enezucla al que
se nom br:ir:í c! e ~pt:t s.
P .rn.i i:i c1 ; 11t ~1duna 'ld de d Z11lia :í José
Jn.1ci;, n ·1.!H.Jt" llíl e x-n1ini::.tro de la ksort:ria
ck¡ arta 1r: t:1:tal.
p , ra h c -.:ntnduria del de Apure al que
se nombrari <.ks r·. u c · ~.
l\:r;1 la c o1 1 t.1 d ~ ; ia dd ele B oyacá á l\'fartin
gut'rra t x-c:' ll L:d cJr j..: IH.:rcil.
P.irn orck11arl1 !r ~uxi l i a r á Diego G!>mez
ministro que iu ~ido cld tcs or., público.
P.1ra b cont<.uluria d el ele: Mr~rá clt·spw: s.
P.ira l:ts dd Ecuadqr y Quayaquil, propon~
rán t<:-rnas los respectivos Ílltendentes
pnr conducto tld jcf1.: supc-ric.:r dd distrito,
quien las remitirá. con su infi:rme.
P ara la d el I stmo á Jo~é Vallarino ministro
tt:sOf f~ ro de Panamá.
.Art. 2. 0 Los contadores propondr&n terna
por conducto de. la dirtccion jeneral para
uornbrar ls
que pertencscan :í oficinas suprimidas ó ref
'"lrmadas, de prnvidad, intdijencia y adht·sion
al sistema político.
.Art. 3. :;, Lo!\ · intemkntes quedan autoriz
~1 dos para instalar las contadurias depart:.
i:nt: :lta les t"' Xij iendo á lns empkados en ellos
el juraruento constitucional. Ellos mismos
facilitarán el ~ Para juzgJr dd nú ffit'ro de ofici..
iks que penuite d :..1rtículo $7 ele la rnisnia
J, y, h irán los c outü<.br.:s d epartament<
1l~· s los El st·crt:tario de e5ta Gamba h:.t sido destinado
interinanwuk á su vir la asumria dd depar.
taml·nto d t" B r,n1c á . --
R l-:LAciON ES ES'TERIORES
H -1biendo vil\to puulic<1das .en pt'.riódicos de
Lm1dr.:.s ::..1s letr::t<> comt:rnlaticias que prt'sento
al gobic::Tno chj But'nOs-aÍrt!S d senor Parish
cónsul jt·neral,henl(IS recibido orden de publicar
la sig11ic::11t,... cn-dencial pn:sentada .il gobierno
de la Hepú blica.
Oficina. de 11e;;ocfos estranjtros octubre
10 de 1823.
SE Ñoit- S.M. el rey dd rtino unido de la
Gran Brtt<..iña é Irlanda h.;hit-ndo dc::terminado
tomur: mt-d1das que eventu:;ilmt-nte puedan
conducir al ei.t;_!bkcimi<:uto de relaciones amis.
tosas -con el golJit'rno ,te Culombia, ha nomhrado"
:zl coronel H c..nailtom, teniente coronel
Campbdl, y Jaime Ht"ndt..rsom sus ajentts
confidt-nci01k~ para · tjt·cutar esta importauto
comision.
El corond Hamiltom c¡ue está. colocado
á la cabeza de esta comisíon entregará á V.
E. e ~ta carta, y yo tt ngn qut M• plíc4tr, que se
dé <:11tt·ro cré por el gobierno de Colc,tnbia
á c11::t11to él k rq:rc::.1:11k l:n nombn: de su n1aj
<·stad.
Teng •) d honor de s<,r, se ñ or , l corond (te la
msrina real de los Paises-fn~jo~, cHbn militar d• Guillc·lmo
primt>ro,cnm i~ionado Cf'rcn d~I gobit.·rno
de Ja rt-1u1hJica Je Colombia por el
gobierno de CYrazao, en virtud de poder
y autm·izacion de S. M. ~1 · rtty
de los Paise111.bHjo@, llegó á e•ta capi·
tal el 20 clt•l corrier:it~; y despues de
las primeras comunicaciones de eti •
queta con el 1e~retario de estado y
relacioaea e1te1·iorc1 1 de haberla
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
1!!Xibido llU credencin)e8, toJicit.ti "lel'
ptP-Sf'o ta do á S . .m. tfl v.i~etpreaíUénte,
,. lo f¡ie .. rccth'":lrneti·te el 2.9 dél cnr•
i·ieil't•~ a la~ onctt de la maffana. S., E.
el vict>pt•t.•sideute le rec:ibíó acompa•
ñt\clo ro de Q•:1artel le diriJió
lá palabra en estos tli!·rmin·o1.
"Señor: yo siento una viva tatisfac•
cion al ser prest>ntatlo fl la andienci.a
de V.E. que cun t:m ju,.tos títulos por
sus talentos y 1nérito, f'stá encargado
de la importante fnuciou de vict>pre ..
B;idente de la rep·úhlica de Colombia.
" En vit·tml e de Ora~~je, .,Vassrm, tlttqMe de
Luxembu:·go &.,c. &c. &c. oth~ ce a\
gobierno supl'?.mo d~ la repúhlicu de
CofombiH: S. M. rt~se.a se estahlezcan
rrtacioucs comerciales enta·e Co ..
lomhia y los Paises . ba;o.!!, para el interes
com11n d~ nmlws, y cp1ier0 remon~,.
toc.fos las dudas, si existeu, de
qu~ dt-sea estar bajo el mismo pie
con esta República, tJiH~ la Gr·an-Bretaña;
nacion muy ~~stirnaüle. hajo todos
as¡rnctos: en confuhuijár de producir el
aunu-nto de confianza· en vu~stros
principios y nma prueba · induduble
·de joa de estas
rejionPi.
"Como yo me veré preci1ado deapú-e•
de hah~t tolilndo Mn9ciro lento del
come.r.ei.o tllit .para eato1 pais-e:a ~c..
á.-tff!jftr.·esta ·ci-mlad p1a1•a ir .á .los otro¡·
puer'tot ·de Cofon,hia á ~~t;;.ftlecer
con1ntle1; etiyo1 diplomas seráo igual•·
mente en,·itulo1 por f'l conil •'teto or•
dinario para que obtengan el t..xeq1t.it4
tur, y lul'go ausentanne para rjt'CU•
tar las otras 6rdene• •¡uc me estan
eonfiadu; me ~isonje,o lJ'le V.. E · y
todos los Yertladeros a•n igo·s d~ Co.
Jombia me recibirán como tal. Yo
e1pero que este dichoso pais pod.r.á
obtener bien presto· una paz jt-it~ral;
qne los sables y l·auzas ·podrán curn ..
biar~e en este\· ~s y en azadas, que
lf&· agricultura prosperurá y que Cu.
ltmíhia podrá gozllr de uo 1•eposo
como gozó Pal~atiua t>U t:'l t·t"inado
d.el sabio Salomon; que en luK. rnei'cados
estranjea·os se couocel'á dt>ntro
de poco la t'Oerjia de ~ste put-bln
por h'ls prc1ducci ones de ~11 trttbttjo,
q'1e .el. cambio dt:' mN·catft-rias ¡>udrá
t•·aer á este pais la 1·i<1twzu y li, abur. ..
dancitL como la$ ca•·ahana~ lo h·aj~.
ron al pueblo que ,·ivia bnjo ..-1 rey
que he nomhraclo; <1u~ lus c11aHdu1lt>:!1
::unabl~s d~! gobierno; de C11loua.&i1t
y demas halaitantl'S ~l~ ~!\te t"ertil p»i•
podrán fomentas· In iumigrnr.ion dt familias
indnstl'iusaH de tosp ~ 1ñola: t]llt! el t•spfritu
y dt>~wo de Co;, .. "bia t•ra mantent1r
l'ft!l~ciou~!lil amilfotosas v mt•rcautill's
con todas lt1s ~acion«·s.de .la th·rra,
•1n~ con rt>tl(WCto af nom-bt·urniento
de cónsuh•s y d(;•11tal4 usnutos oÜci
·alt-s t'l caballt'J'~. de Quartd redui·
ria l:1s cc.nnunic:ic,io11es eorresponditmtes
por mt>dio dt1I sect'f'ta1·io· de
est~·do y de relaciunt>!'i estcs·iores; a seguran1f
ole entre tahtu de su apr~cfo
partic.ular y dd ~les~o tfo <.jlll! se t-stahlc
·ciesen entrt· l11s dos ri acioue1
1•e(uciones ffiUtuaruent~ Vt>Otnjos~8.
S. 11). el vic~prt>;iid,~ •:1te hizo rn
seguida al cahall~ro de~ Qua1·te!, nlgutias
preguntas sobre sn viuj<', y des ...
JlUl'S ele nn corto rato de co1l \'P.r~rncion
familiar, se. ch·~pisenciaron rst.a
entrevista las imprt·~iont~s nrns lii-Hjn_jeras
asi &ohre el cnractet• f1·a1;Cü y
amable del cabnlluro de ·Qu:..rtel, con10
sobre las e1'p( .. l'anzns ·q1rn nhor~~ se
preu~ntan de ver dos pllf' hius . 'tue
hHn éorubaticlo coutra la misma tia·anía
política é inquisito.-ittl-, 1mul9s por
101 't'Ínculo1 de una amistad estrecha
.Y sincera.
PERU.
Con focha S 1 de agosto dirr.je t:l. c1Jman1ia1'1te
;eneral áe Guayaquil t1 la secretaria áe la
guet:ra e/ s1¡:uic,.,te imprr:,,o: ·
GLORIA A LAS ~~ RM·A.S DE. LA.
l.18EllT AD.
Acaba, de .llegar un ·esprcau con el pute
i\gu\mte · d~_t tt-tin~ J~eral .d~l .lit.rü; .al
prt-freto de Trujillo~
. Sr\ prefecfo.--:Cbn fettha 7 ·ttel cofríenie tne
die~ ei- sectet1irió:Jeneral de s. E. ei Lo :u(~
t-.A·:>~:\\ l'o que copio. .
;, S~tretdrta j.eHertz/ ..-..·C'ilartel }-e~~/ ttt
Re_;¡es á 7 áe ~costo d~· lfJZ4-A/ .reñ'Or'
ministro. jenet"il'I de toi nego•ros rk1 P.-erii. , •
De strperior orden de S. E. t-1 Lnn:a._.
'r.ADólt tt..1gt.1 lá sattsfüC'c'Íb.n .de~ anuncrnr a.
V. S. que ·ayd• á las- 5 d¿ la tarde ha su~
frido el ej~l"~íto españot tJ11a tC'rrible hnt.ni•
llacion en las ·1láhur~s de Jctnin; 'dhs y me•
clin leguas de ~ste lugar. La ·tabalktia, con
cuya· fu e r~a ~tmtaban ptinci¡'>nlmente los ene•
migos para someter d Perú á la ·do.mifta'li
cio1. española, ha sido bcitida de "tal -nHYdo1
que no vol\'etá á preseuta•:st' e11 d ~ampo
de batalla.
Informado S. E. 'de que lós enenñ~
hahiah veniáo ~ btiséatr-\os con toda su fuer~
a reunida· • . se puso en marcha . con el -ejtt-,
cito libertádor desde: Conoéanch:1·con (:Hin
de compt'onttt<;r una b atalla dc:clsiv.a. ,Entre·
' ta11to, ·tos eriemig•·>s que se habían abal'tzado
.basta Paseo, volvian sobre sus' pasos á mar ..
chas • für~ad·as , en .consecuencia de lá!i no ..
t+cias que tuvieron dt> la direccioll que se ...
gt11a t'l, t-jerdto. S. ·E. contaba ton forzarlbS
a una .accion formal, ~ituando!se á ·sfl r("ta.:..
gu~rdí!< por el camino que ellos- dt"bian llevar
á J :tUJa; peto la prectp1tacion con que m:ar..,
chab .111 léis proporcionó la f,lichosa casualidad
de llcgar1 y aun pasar del punto en que de•
h1:'lmo~ enco11trarnns atgunas horas ántt-!l que
nue~tro t;y.: rc1t(>, que tuvo que h~ ct'r una jor.i.
nada iarga, y por tr-rrt:no t:scabroso y dificil,
En este t:~tad1), observando S. E. que los
t:n\-migos c<:¡nthnwban 1;in cesar su retirada, y
considerand0 por otra parte, que se escapaba
de cntr.c l<1s manas la ocasinn de terminar de
utt° gt'~lpe la penosa campana t'n que llOS ha ..
lÍ•1 mos, y d 1:cidir la suerte. dd pais, resol··
vió · adehrntarse con la calHlkria al trott', man ...
duda. inmertes
dd primer ·n-jimit:nto de cabulleria del Perú:
entre l1 1s se.gundos al bi?"al'rt> jt>1wral Necochea
c~n siett: heriria ·enemiga co ·hubiera
~inttadu incesautemente su marcha al
trote") y s-11~ mtestf'a hubicra podido volar~
~o~o ~ra 1'lt:cesario pnra alcanzarla; pOT que
todos aTdfan en r
'triunfo d<= J.is urmas libertndoras; y p:arn que
"Celebr.andose esta brüiante jornada al tamano
cle su impnrtar~cia, se fxalte·tanto ta pú IJli-ca
grntimd 11ac:ia lm; ~brav65 que !a han hecho
baJO d ·mando de S. E.. ~nmo fas dem~s nobles
pasiones ·i. que en semeja~1ks casos sue.
len transporta~e los pechos, para quienes no
hay -otro sumo bien t'n la tierra que la libertad.
Coogratulo á V. S. corno un hijo de Co~
lombia, y á toda su He públic~, por lo que
debe el Perú á sus armas, siempre venced0-
ras, ·en esta heró ica 2ccion-Dios guarde á
V . •' 3.-José Srmchez Carr10n.
~Los e5pafioles de la -reninsula -se confundirán
con est~ notkia por que no hace
mucho que su ministro de rmtrina comunico
oficialmente la derrola completa del 1eneral
BOL] VAR, su apan"clmiento en Cólrtajena,
y la entrncla de Canterac en Bogotá. ¡Mi~
siserables ! ¡ <1ue solo la impostura os consuela
~n vuestra desesperacion·1
AUXILIOS AL PE'RU.
Comunican de Cartajena con fecha 10 dd
pasado nft::rente á los b~qttes de guerr~ que
convoyaron Ja cohmna del Magdalena á Chagr~
s, que ya habian llegado á dicho puerto
de Chagr<:s las colunnas auxiliares que se
organizaron t."n Venezuela y Orinoco com.
puestas de tres batallones de infaoteria, y varios
escuadrones de caballeria, de modu que
estaban reunidos en el Istmo por agosto para
:seguir al Perú cinco batallones de infanteria
de buena calidad perfectamente equipados
3' armados. El comandante jeneral dd Orinoco
no ha sido menos activo y celoso en
el cumplimiento de las órdenes del gobierno
que los otros comandantes jenerales de
quienes solos dimos noticia en una gaceta anterior>
l?ºr que se i~noraba aun lo que habia
ccurri ültirno, no se huhiera
dtjado p:!S«r mucho- tiempo, sin hacer et
r~conocimie-nto de la independencia de al.
gunos ck los estados
suspender el reconocimiento dt: los estados
sur-american015. En aqucd tiempo aseguró
por si al noble marqués que e!5te pais no tenia
comprometimiento esplícito ó implícito
que: pudiera estorb.1rle el reconocer la independencia
de los estados del ~ur-américa.
siempre que tuviera por conveniente esta medida:
que el g:-1bierno estaba en perfecta libertad
pa:a t-jtrcer su propio juicio~ y que cualquiera
que fuera el resultado de este ejercicio,
el asunto seria tratado puramente como
una cot>stion brita.nica, determinada por los.
intereses británicos. Que d eegundo punt()
era, ¿ que babia con respecto á Espuña? Que
en su respuesta él ha@ia afirmado que era
muy desea.ble, si pudiese conseguirse d inducir
á Espana á ser In primera en el reconocimiento.
Que cuanto babia pasado no
hacia mas qile confirmarle en la propiedad
de estas mira~. El reconocimit:nto de una
' colonia so](' r)odia em:rn:ír de .iure de la madre
p;;trit1; y qtte hu::ita gue no sucediera aquel
caso sif·mpre habria al.gun grado de inconveniente
en las relaciones 'ersuadir al gobierno de Espaí~ ::i
á. dar este pnso, el gobierno de este pa1s, no
se consideraba ligado, cuando llegase el tíentp·::>
oportuno de reconocer la il'1depc:n libres en esta cuestion t:rnto con
respecto al gobierno dl' España como á cualquiera
etro. El tercer punto era sobre s1 se
líabian tomac1o medid~~s, enviando com:sionados,
para formar un juicio de si los gobiernos
de aguell<)S t-stados estaban en tal cnndicion
de rncio,1al permam:ncia que aconsejara
llevar a efecto un reconocimiento de la independencia
de dichos e!":i"t:ado$. Que esta última
eta la única cuestion c¡ue ahora quedaba
por contestar. Que sus seiíorias sabian que
se habi~m mandado comisionados: y que cuando
as<-guraba c¡ue no se habian recibido toclavia
en e~~tf" país informes sobre el objeto de
su rniiion, estaba seguro de haber dicho bastante
para esplicar por qué no se babia hecho
d reconocimientn. Que ohora solo tenia
que repetir que el gobierno de S. M. no tenia
obligacion ninguna que le impidiese el
reconocimiento de los estados de Sur-américa,
siempre qu<." pareciese conforme con l0s
intereses y caracter del pais hacer semej3nte
reconocimiento: que los ministros de S. M.
h21bian tomado las mc:clidas de obtt:ner los
informes necesarios con resprcto a ª'luellos
estados, y 'lue obrarian por aquellos informes,
luego que se recibiesen. Que creia que lo que
babia dicho, abrazaba completamente todos
los puntos á que el noble marqués habia atudido,
y esplic:aba con precisi(rn el ~stado en
que estaba la cuestion, con respecto á las relaciones
de este pais con la Am,erica del sur.
( Ttmes 25 de junio )
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"Gazeta de Colombia - N. 155", -:-, 1824. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2875045/), el día 2025-05-16.
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