GACETA DE COLOMBIA.
N ~ u1. Bo&OTA.- DOMINGO 8. DE AGOSTO DB 1824.-14. T"RIMESTRE 11
~ .Esta gaceta sale los domingos. Se suseribe ti. elta en las
~ tulmimstraciom:s tle cfilrre•s de .lJogBtá , Caracas, Quito,
Santamarta , Cartajene , Popayan, Citará, Panamá,
Medettin, Cumuná , Guayaquzi y Ma.racaibo.
La suscrieio_n 1mual vale 10 ps. 5 la del senu·stre y 20 rs. la t!lel t
trimestre. El editor dirijirá los 11ú ms. p((;r los correas á ltn \
suscr:itores: y á los de esta ciudad cu?,.1as su.fcrfcumc's rt'c1/;r. t~J ~
czudatiadtRno Rqfoel F!ort:s,en su tzenda de w calle l. deL cmRer- ~
c1• núm. 6, se /es/levarán á .sus casa.;· de hah1taC?r>n . E11 la ~
mismtt tierula se venden los núms. sueltos tÍ .1. reales . ~
INTERIOR.
CONGRESO.
D.tca&To .&.uToRIZANDo .AL PODER EJEctrTIVO
l'.AllA. SEÑALAR. itlELDOS A l.08
•uEVOS .!:M:PLEAIH.>5 A <{_úun:s NO SE
JIA\'A. ASI&NADO POR L!:Y •.
Zl sen:.ido otros dc:stinos,
cuvo sueldo no ha podido fijarite por
Ja ley de su creacion;
D.f.Clt:l.TA..:W:
El poder eje-cutivll, arn:·g lans po~kri <:>rmente á
1?U p'Jblicaciont ó gne se crt:aren por la pre-.
~nte lejiBlatura; siempre que no hayan sid0
:fijados en la ley de su creacion, dando cuenta
dd uso que haya hecho de esta autorizac1on
al proximo congreso.
Dado en Bogotá. á. 24 de juli~ de 1824-14 ..
El -Y-icepresidente dd senado F R A Ne 1 seo
SoTo-F.I presidente de la cámara de representantes-
Jo u:. RAFAEi. M9s~UXRA.=
El secretario del senado-Antonio Jos¿ CaroEl
diputado secretario de la cámara de repre-
1entantes-Jos¿ Jooqum Suarcs.
Pal~cio de gobierno en Bogotá á 22 de
julio de 1824- 14= .E:) ·entese- FRANcuco
de P. SANT ANOER.-Por S; E .
d vicepresidt:nte de la Republica encargado
dd podt"'r ejecutívu.-EJ secr~tario de
hacienda Jos¿ .A/aria d(;L CASTII.J.O.
LEY
JHSPOl'filtNDO .EL ESTAllLECIJ.ÍIJ!:lrJTO DJ:
UNA CAJA DE AICO.RTl.Z.ACION.
Elsent1,d• y cámrzra de representant's de le
repúólicc1 de Colombia rF.umdos en cr:mzrno;
CoNSIDEnANno:
l. o : Que habiendose: constituido Ja nacion
responsable por la ky fu ndam('ntal de
la union de los pm:blos de Colombia á las
deudas que hnn contraído ~r: patadameute, encargando
al C()ngreso que destine á su pag0
les ramos ~as productivos de las ren ..
tas públicas; y que crt:asc tambien un fondo
de amortisacion con que redimir el capital,
y satisfacer los intereses.
2. 0 : Que para llenar este encargo, y para
ocurrir á otros objetos. s<: ha mandado negociar
un imevo empréstito de treinui millone!
il de pesos por la ley de treinta de junio dt'l
ano décimotercio, emμerfando la bnena .(é, y
el honor de Colombia al exacto complimiento
de lo que conviniere el pod~r ejecutivo.
3. 0 : Que d crédito de de la nacion "única
fuenre segura de eu prosperidad, y uno de
sus rna» precio5ios bienes, 110 podna susis.
tir sin un fondo y cilja de amortisacion, bien
calculado y establecido.
4. 0 : Qnc teniendose noticia de que el
~mpréstito de tr c it~tn millones ha sido eon.
seguido ya en Londres deben tomarse mttdi ..
das eficaces, parad establecimiento de un fonio
y caja de amortis.ieion forz osa.
4. o Los productos de los arrcndami::'ntos
de las minas de metales y piedras preciosas que
se arrendaren d,,s¡:mes de: la aantio1i de esta
ley s cscepto las de platina. . . ..
. .,irt. 5. 0 Lo,s productos. de los fondo'k qué
detf'rmina el artículo anterior, y que se recauden
desde ta ptiblicacion de e~1:a ley. se
depositarán provisionalmente en el tes~ro nacional,
y este fondo uo podrá invt:rtírst! eri
tode, ni en parte ni por ningun , motivo en
tro objet~ diferente~ _
. Art. 6. 0 ,El congreso en cu próxima llt'linibn
decretara el réjimen iiidministrativd dd
fondo y. c~j~ de amortisacion~
Ari• 7. 0 El poder ejecurívo ademas ele
los estados de ingreso, y ~greso anuales cJd
tesoro nacional; prc~cntará los datos que la
esperÍencÍá le ensene Sf:r conducentes para
pt:rft:ccionar el e~1:;,iblecitioiento del fondo y
C&:lja ~C amortisacian, proporcionado a pag<1 r
con la mas eli:ácta puntualidad Ja parte ~id
principal,qiie debe estinguiric y los rcd1tos en
lc:is pe~io'dos dcterrnina~o5. ·
_Dado en Bogotá'. á 23 de julio· de i824.-
14 ° -:-El vicepresidente del senado--FRA -Ne
r ~ <:'o So To.-=-E! P,i-e~i'o zi· DERECHO DX
• . TON .i LA D~ S.
•. .El senado V cámara de rejlresentaRtt:-8 de"
l• r~pú b/icfl -de Colt>mbia rt'uniáo6 en con¡¡r~ so·
. CoiisJ'.IHRA:Nno:
Prim~ro:· que la uniformidad y arreglo d.c ios
derechos dé tónelad~s qu~ deben pagarse en lüs
puertos habilitados de Ja República no puede
dejar dé facilitar y aumentar el comercio nacional
y estranjero.
iikgundo: que e•te arreglo de los derecho¡
de to~elaclas no debe perjuim fuerte~ y los nacionales un
real por cada toilclada. .
. vlrt. ~. 0 Los buques nacionales de veinte
tóneladail para ~bajo ho pagarán derecho·
alguno d~ to1~t~ lada. _ _
Art. 4. 0 Los nacionald procedente9 do
un puerto ~ otro de ht Renúblíca de mas
los derechos
de toneladas.
.A.ri. 1. 0 Pero si en los puertos á donde
haj:m entrado los buques, residen c6rnm-..
les, ó <.ijentes de comercio y marina; repre=
ae:-ntantes de la nacion a que pertenect'.n ios
buques; entonces los :aclmii.istra,
~entes , :siempre que estos Jas pidan ; bajo sdr.
recibo y . rc3pons3bilidad de ·~Ct· ¡ efrctiv,o
el pl.igo_ d~ los derechos de tondadaa .q\te hayán
caüsado, concJujda que st'a la descarga
de los buques; ó diez dias dt:spues de su·
entrada. ·
.Art. 8. 0 Todos los meses se enterará.ii
~n fas cajas de las aduanas los. fondos pro~
cedentes del derecho de toneladas en · 1 0 ~ mis'."
º~ _términos que los de introducciun }··es .. ·
tracc1on.
.Art. 9. 0 Se derog~ ia ley ci~ hiniisiete .
ele srtiembre del año undér.imo1 sebre dete~
chos de toneladas. .
_ Dado en Bcgotá á 28 de:ju1iri de 1824-14 :
El vicepresidente dd senado. - FR A HCISC<> •
Soio.- El víceprctsidente de fa cámara de .
represt:ritnnt<'s J .. RaFAEL" Mosq__UEl1A·- ·
El secretario del senado - Arttomd Jo8 ¿ .
üirfil-EI diputado ecretari~ :Ele la cátnara dt:
representantes .losé Joat¡uzn Suuez.
Palacio de jobiern,o en . .l1i1gotá "á 28- áfJ :
jil/zo de 1824-14 Ejecutese -FRA:Ncrsc<>
t>.K P. SANTANDER.-Por S. E. ei vi- :
cepresidente de _ !a_ Repúblj~a encargado del ·
poder ejecutivo -:-,E l secret;;lrio cie esf;ado d ·l ·
despacho de hacienda. Jos~ lrfarüi del·
C.As TILLO. ·
LEY
r;· -En o i A. N ri o· . i As t J! y E s Y ni: e RE To¡; et rr ~ '
P·R E se!': I B" 1 A N L A e o Ns 1 G ,, A e 1 o N D ~ Lo lit
c:o:M~RCI.AN·T.ts Ji:laTRANJEROSt;~
J;;¡ senada y cámara de represe .· tes de lc.,.V\
Repú/Jlzca de Colombiu reunido '!:. ctmjresaJ
CONSIDERANDO: , #-. ..._
'\ -=i-, ~~
l. Q : Que ColornLia _ha abierto~Ll?!!!\~
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
tos al comereio de todas las naciones amigas y
neutrales é iiwitado á. cstablecerse en su ter- ritorio
á., todos los t>Str'anjeros c¡ue qt1ieran
ejercer en el cu:ilquiera industria, ó disfrutar
de las ventajas <1ue ofrece su suelo para
·1a ngricultura, lo mismo c¡uc de las rique-zas
que 1:11cierra en :m seno, bajo un gobierno
y leyes liberales.
2. o; Qut.: á esta conducta franca y jener-0-
-sa son _<_>puestas l~as kyes que pone11 trabas
al corrn:rcio llt'ohivkndo á los estr.mjeros
nianejar por si nüsmos sus intereses;
DECRET ,\N:
-.Art. 1. 0 Se derogan las leyes y decretos
que prt'scrib1an á los estranjeros la cori ·
signa;~ ion de sus merca d e l g obierno en Bogotá a 30 de
ju lin de 18:24 -- -1 •,_ Ejec.uk se - FR A ~c.1sco
DE P. SANTANDER-Por S. E. el vicc}>
íl &id1 nk de' la Hepública t'l1Cargado del ·
podt:r ejt-cutivo-El secretario de e ~tado del
de a pacho dd interior José Jltlanuel RE s TREPO.
LEY
DECLARAN DO CONFI SGABLES EN F-A VOR
D.E LA REPUBLICA L ü S .BIENE"S EXISTENTl!:
S EN SU TERRITORIO, PERTENECIE
N Tli: S A l.OS S UBDITOS ESPAÑOLE S.
EL senado y cámara d(! represe11tantes de la
república ile Colombia remudas en ~engreso
CONSIDERANDO:
l.'º Que el gobierno espanol confisca y
ha confiscad ~ siempre .Jós bienes de todo~ los
que han sido fieles á la causn de . Colon1bia
ó que pern.u1nt:cen el\tre los colombianos aun
cuando r.o hayan defendido su causa con las
armas, sino que;: solo se han sometido al
gobierno:
2. 0 . Que por_ una justa represa!Íél puede
el gobierno de Co!ombia hacer lo mi&mo con
los bienes de los espanoles ó americanos
que han sido fieles a la causa ele Espana,
y que viven sometidos á su gGbierno, nun
cunndo no hayan tomado las armas ni .dado
auxilio cnntr.? Colombia:
3. 0 Que todo subdito del gobierno español
d ebe reputarse en el dia por derecho de
jentes como enemigo de Colombia:
4.-0 Que los subditos del gobierno espa:
fiol ciue tienen bienes en el territorio de la
República en lo"s catorce anos de guerra
no han dado al gobierno la menor senal de
querer venir á este territorio á vivir sujetos
á las .leyes de la R epública, ni aun de su
cpinion en favor de la inde pendencia de
ella, sino que por el contrario han permanecido
y permanecen bajo la dominaciones-
GACETA DE COLOMBIA..
paiiola,dando ct>n esto una prueba de su aclhe.
sion á la eausa de Espana, y de su desafecto
á la de Colombia:
S. o Que no es justo que los subditos
mencionados despues de haber servido con
eelo contra la República, ó por Jo menos de
no haber servido al pais en que está sμ fortuna,
vengan al fin de la conti_enda a recojer
y gozar unos bíenes que habian c~nservado
las leyes que ellos quisieron o de~aron des-truir;
·
DECRETA X:
Art. l.º Todos l.os bienes muebles, semo
vientes ó inmueble~, crt:clit• •S; dert:chos y
acciones que estén t:·n el territo_rio de la República
ptrtenl'cientt's á subditos del rey de
J..:spana, deberán ser sectú:strados y confiscados.
A1 t. 2. Cuando lns subditns del rey de
España á quien:s (kba11 ~onfiscarse .los bie-
11es segun d tenor d t:l a1üculo antt-nor teng
an herederos f->rz n ~ns que estén t 'll d territorio
de la R e 1')ú blica, la confiscacion tendrá
lugar solamente en d tercin y <¡uinto, dejandl>
lo ckmas para dichos herederos.
Art. 3: No tent" nd encm, ó antes de la revolucion
s, ya sea por deuda CCJn hipot~
ca ó sin elb, ya por fundaciones piadosas;
capelhmias ó cualesquiera otras; á que algun
particular teng..i kjitimo d t:recho, les serán
ac;ljudicadas y reservadas á los señoríos en
lro si que
ellos son el fruto de los brn nos deseos é inte.
nciones de los lejisladort:s y c1e1 g-obit-rno.
En ciento veinte dtas de sc·si.ont-s S(· ha procurado
llenar las vacíos que entr •r¡1t.'<'ián la
marcha de la administracion, y rc:formar los
defectos é inconvenientes c¡u .. : se h.1bian tocado.
Este mismo trabaJ1l habrá c¡uc hacl r ·t.'n las
lejistaturas suct-sivus, por qm: los kjislariodo constituci<>
nal, jamás se ks podrá negar el rt1érito
de haber tralx1jado en u1w ép0ca ·dificil y de
haber contribuido dicasmente á consolidar
el a.ctual sistema profr~ando un santo respeto
á la constit-ucion, y acreditando los mejores
d es eos en favor de la independt·ncia y libertad.
Estos pasos no pued en menos de inspirarnos
la mas pkna confianza sobre la sutrtc:;
futura de nue~tra querida patria.
El presid~nte del 5ienado, y el vicepresidente
de la cámara de representantes al anunciar
que el congreso se ponia en rect so hasta d
2 de en<'ro del proximo aií o dirij1tron á sus
respectivas cámaras u11a al o cuci~n en que procururon
d emostrar que los representantes dd
pueblo habian trnbajado con absoluta consagrnci
~m por d Lien públicu,ajustando sus proc
edimientos i las reglas constitucionu les, y
apli cando todos sus esfuerzos al buen cl esempen
o de la confianza qtae s.us comitentes les .
habian ckppsitado, y que si sus trabajés no
mt:recian 1:.1. aprobacion pública, d ebían por lo
menos tem:-r el consuelo de que de su parte
babian puest~ el mayor celo y cuidado en
que fu esen útiles á la fü:publica y contribuyesen
á consolidar su independencia
y libertad.
NEGOCIOS ECLESl.ASTICOS.
Antes de que el poder e1ecutívo sancionase
la ley sobre el derecho de patronato
que una diputacion 4el congreso le .presentó
el día 22 del pasado, espuso al cuerpo
· lejislativo por medio de la cámara del
senado el procedimiento del gobierno en
materias eclesiásticas como que era un negocio
de tanta importancia-En la siguiente
nota se vera lo que se habla avanzado en el
particular.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
".Al e1cmo. w. presidente del 1niad4. .
E1cmo i,..-La premura del tiempo t-n que
Yá á ponerse en receso el éongreso, y la
ntcnsion del J'royecto de ley sobre pattonato
que ayer hé recibido, me · obligan á informar
al congreso de los pasos que há dad<»
el poder ejecutivo en orden á la provision
de prelados cclt'siásticos~ que hoy teserva
dicho pro~cto á la eleccion del congreso.
El congreso constituyente en decl'do de
doce de octubre de 1821 dispüs'o! " que el
gobierno pudiese en\riar comisionados á la
silla apostólica para nc:-gociar un conéotclato
que arreglase todos los puntos necesarios at
mejor orden y estabilidad de la iglesi~ sentó · orijim1l, al reverendo
obispo de Mériti"LICCionc-s la soliéitll< de
que se nomb!°ast:n algu·nos obispos allxili<4res
Jlara las dioce ~is Vac-.nks, como c¡uc no h..iy
otro medio de nsegutar la estabilidad
an sucesivamente al culto de los ministros
de sc-gondo 'ordm.('·t·) En 18 de julio de 1823
se volvió á tocar d mismo punto qe obisp
o s auxiliares t·n otto concejo ele ~obiernoJ
asi para llc:nar algunas vacantes c¡11in y Bogotá. Se ha 5olicitado la ereccirm
ele Q :r ¡to en arzobispaclo,y la ele Guayaquil
en obi.-;p:.ido, p ti smo , y ac0nse janduse con el
concejo de g obierno, y privadamente con t:I
r c:vt'rt'ndo obisr o d ·.: M~rida, ha designado,
ó presentado al pana los rl'1c pueden mert!ct.
r lois prelaturas. Yo espero que ambas ca·
rnaras m:.mifiesl t'n la rc-~ o lucion que cn:pn dd
caso en vista d ~ la prc- ~t nte ('Sposicion. ,,
(1J» Esta esposician, vista que fue por d senado,
pasó á la c ámara de representantes
donde part'ce que se su1c1tó una discusion
acalorarla contra leí~ medidas dd gobi~rno ·
pr0movicla partkularmcnte l?ºr los senort:-s
O sfo v · Arbelo • No podemos todavía
;ibrir c~ncept'l acerca de' Ja Justicia ó injusticia
de la discusinn, por C'JUe carecemos aun
de los documentos que el g<>bierno ha solicitado
de la cámara. L-:i República como el
juez competente ele Ja conducta ¡níblica de
sui¡ a1entes ó comisarios Juzgará Ja m~teria. --------------.-
( • } De Pradt en la o6ra de /01 ·cua1ro
concordilto1.
GACETA DE COLOllBIA -----------------------
ACTOS LITERARIOS
DE LA JUVE N run DE BoaoT A.
Los attos lit(:rnrins de t>ste ano han cor~
~e·spondldo i 108 esfut>rzos dd gobierno y
han maniiestado los l'rog~csos que Ja il~s'
tracion y los buenos principios hacen en B '.)gotá-.
i:l modó ma~ directo dé que ~l público
juzgase de .cfü:h•)s progresos seriu inser ..
lar ~n t:ste periodíco las n1aterias que se:: han
tratado; p(~ro ya que 6U estension na lo
permite dart:mos \.ma s\Jscinta idc:a.
Ademas de los c1:rtán1enes di! costum•
bre, sobre teofojia. sagrada escrit l..lra~ materias
médicas y cursos de filosofb y matematicas,
se ha pre!)entado en uno y otro
col~jio un examen jeneral de clasi::s enteras
sobre la éon~titucion tle la Rq1úhlica; en
que con mucho acierto y propit:dad ltm
siclo tsplica Un cuadro mo cukji0,
ofreció otro cert ámen jeneral dt: toda 1:ill
clase 5obre nri:)mt tica y jc-ometriJ, dedicado
al rector ycokjio de 8a n-Ba rtolomé~ dan
jios y de qut' han desaparecido esos odios
y opm;icion que lejos de ex ilé1r una noble
y virtuosa enrnlacio11, l"t'an mas bien u~ pernicioso
medio por el Cllal t:n d antiguo réjimen
se d ;·rrarnab;.in Jt!rmenes de discordia
en los corazones nd1a eon su di~cHm1o
Francisco de Paula Vargas~ varia~ r,uestiones
sobre la necesidad rf<- tina reliii'm r~veJada,
cual Jo era la catóHca; at. ntopÍo Hempo
que sobre Ja tolerancia estcrlor y ci"':
vil, que esta misma relijion dlVírta fo ndamo que n\> tkce.,íta de em.
prt'star á la ignora ncir.1 y á la impust ura ~u s
rig-0res y SÚS perS<:'CUCÍollt'S; Sino q ue br illa
,y rt:sphmdece mas con la luz l=b j as, r.omu t ul'na
bien los rector~tt ima. pc.r {pl~ a&i f:l~ a cf@:_
ICtnta y uniforma la in..,trucch n ~n ltJdns los
t'.studiantl'S y se ks i11spira una mutua y p,,_
d ~·rosa c-mu lacion. N u~otrn-. 1.i recomt"11d a•
mo!; á. loi; directi>n:'S de todas ll\s t: :>~ ud~tt
d v i ~1: prt-sidéntt.: d et bntiguo d~ ¡•urtaru en n
de Cundinam
de dios en d cokJio rld Rvsario fue ckc.11-
cado aJ congr.:·sn, y otro en c::ida uno de ir is
do~ colejios al vicL'prtsider,te de la R epl͕
blicn; homenaje n1uy debido á un cucrpo y
á Uf.l jefe tan int,·resadcs ("h e ! forn t>11to de las
ciencias y de h is pri11clpios libPt P.les.
Concluiremos c on observar <..¡lle la juvr-n.
tud bngotana, }' en· j ::nt'tal toda la cie C oll)m•
bia, crece }' se forma ¡,ura d b los y
los sabios que: la han prt:~t=l 1'io C!wgr1 s. fé, y se
luz servido S. M. cn_,1-La 'qúe t · a.\·la·.
db á Y. E. de ot"deh de $. M.,a,.n .fil delndo
~umplimiento-flios guardt r. E . mucho1
años San-lorem:,, 30 cié novu:tnhre dc.1803-
Soler--Scñor virey de Santa.fé.
1 TUR llIDE JtX-EM PE kAbOA DE .l\.ÍEJICO•
La gaceta ( Suncby Tlrt1es ci~/24 rlc mayo)
in.t"rta untz car fa r!e TturMde á un am; go sur¡o
anunr1anrln/~ fJtlP Iba. ñ p~rf1 r /inra ]f.{ eji-ctJ
de donde. t!ra lkrmarlo. r¡ á1Jnr!e cret"q ur rf!cesdrl<
J para c:onsnNril'lr lo rm1.rn r/P lrl inrf,._
/Jéhtfett<;frz. El 11 rle mnyo .r,. emliurcó pqra
S1l rlf'stmo, y por not1r.fm1 porfit:111are.t; .~e qñrt~
r/e qui! tuvo 1m11, enf.rPT.1i.r'n cttn el jeriera1 San-
11iarti11 gue hahia pa1ado flor Francia á r ... _
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
ghitrrra. No qmsteramos acertar 'º" lo 'ftle
SO.\;pech(:mos de este vio.fe: no.rntros cree1110s
9ue la 11uu·dw de: lú.trótde á Af ¿j1co es suscltada
J•or l<1s uje11tn; ·de lv.v et1e1mgos de la in.
dtprndenNa umencana 1:011 eL dt•s1g1lio de
l:!Jcender riw:vamc-nte la guerra en oq;,u://t 7:a11jetido~,
mtrrrumptdu tm el núm. anteriu.
S:·rjentos st:·gundos Franc.isco Sanches,Ramon
S'1nches, José Castaneda, Cayet•mo !Vltiií11a y
Jose Diaz...._C~é Sa 11clws, Francisco Gorri, Martín
Vulero, J l, ~é Garcia, Ilario Leoh~rdo, Jo~é
Duque, J ;,cinto G:..irciu, Manüd Lemozano,
Ernnci~. co Valero, José L·opez, Jo~é Nogut'S
Vict>nte B lanco; A11tonio Ramirt·z, Antonio
Pnchay, Vict'11le Vasc1uez, Dit'go García,
.l\1igud P oz<.> 1 A nicet~ Cuadrado; Carlcis Ferrir,
~·fanut-1 Pert·z, Juan Cantador, Pt'dro
J'fr,drigut'z, J < isé 1\fartinez~ SantiHgo Gomez
·Miguel A nwy~, Antonio Silva, Antonio Corl1t'
1 <•, Jmm Antonio G :ilicia, Jusé Betancur,
l\'L:ric.mo Insa, J uun de Rc)jas, Blaz Sanson,
José Antonio Millan, Frn11cisco Rodrigutz,
Niculas Est:.1nqu ero. Manuel Jiment'z, Francbco
Valks Lorc-nzo Amaro y Pedro Diólz.
POR,.fUGAL.
Despucs de nuestro último número han
llegado 11oticias á e~tt' pais de otra revolucio11
t'.n Portugal, en la que los principales
conspiradores eran la rt:ina y el infante dun
l\tig11el. El ultimo se colocó en la mariana
del 4 dd corriente á la cabt4::a de las
tropns y so~tenido por ellas dió una proclama,
invitando la milicia y . el pueblo á unir~
sclt": "en la grande obra que él había co ..
rnen~ado de restablecer al rey ~u padre en
su JU!)ta autoridad y librar á Portugal de
la faccion que por algun th:·rnpo le había
gobernado. ,, Las tropas rodearon entonces
el palacio dc:l rey, á quien dlas tuvit-r<ílll prisionero
por cerca de dos dias. .Entrt: tanto
fueron · arrestados todos los ministros, t-scepto
el conocido s~1rnpayo, y varios de los oficiaies
de e btado, a)1Udantes de campo y oficialt's
militares &c. que fueron cond u cid ~>s
á la prision. El conde Palmelfa foe Jibe:rtado
por la i"nterposicion del t:mbajador británico
y se refüjió mmediatarncnte á bordo de una
fragata ingl~sa-Se previno que el castillo
de \Vilson estuviese pronto para recibir al
rey en caso que las circunstancias hiciesen
necesuria aquella precaucion. Todos los embajadores
estranjerns protestaron fucrteme11-
te contra estos procedimientoi y en consecuencia
las tropas :se retiraron def pa1acio.
El infante sin embargo, aun continua en el
GACETA DE COLOMBIA.
manio y por sus órdenes han sido arresta ..
d in1pt:rio del
Brnsil1 é iutt:rinrme11tc su hijo Stt·gundo, de
c o1H.: i t" tto c nri su mudre ~&tá actu ~ lmente ernpeíiaclo
t't• arr:.incarle el cetrs1 ¿ Puet.le haber
r ebdicn en ttl d!t!Cionario de la santa-alianza
cuandn d rcbdde es un déspota? 'Si
t ·!:ito t·s a~í. que vcnrlrá á ser de la · presl:nt~
~i tuaciu n de Port11g1l.~
N oticrn:s u ltt ric,n·!:: dt: Li&bna,aseguran, que
el rt"y h:..i dadt> lllllica de Colombia el escmo.
stnor vicepn !';iuente Frar cisco de P .mla
Santander jt:nrral de clivision; y akndiendo
al mi~mo tinnpo a c¡ue los rclevantc:s méritos
ck t·ste jt-ntral l xijen no rn en<)S la pública
grntituJ rle la nacion colombiana, que la
dt·I ~enado y cámara de rt"pr<:-sentantes, S. E.
t-1 LIBERTADOR . prt:s1dente cree tHl deber
de justicia propon~r al sd'ior j enernl S;.intandt"
r para jeneral en Jefe dt: los ejércitos de
la República
V. S. se servirá elevar esta propuesta de
S. E. el LrBE'.RT.UWR á la respectiva c:i mara
mm1ifrstandole al mismo tiempo el
sentimi1:11to qué ha causaau á S. E. no haber
sido el ¡.rimero c:n dar este paso que oficiosamente
ha hecho Ja cámara de represtntantes
.... n obsequio de tan benemérito Jenera} y
mnJÍitrado.=Dios guarde á V. S.-Senor
secretario-José de Espinar. Secretario interino
,de S. E. el LuER T •EoR presidente.
El paso de que habla el LIBERTADOR es el
sigui~nte proyect~ de d ecreto que aprobó con
absoluta ummirnidatl de votos la cá:mara de
reprc~ntante s en la sesion de 1823.
El senado y cámara de representautes d~
la república de Colombia reumdos en congreso.
Atendiendo ~ que el jencral de di-vision
Francisco de :Paula Santander, des.
de que se ·encargó de Ja vicepresidencia l!Q.
tigua de Cundinamarca, y despucs coma vi.
cepresidente de la Repúblic~, ha sido el di.
rector de Ja .guerra, á cuyoi¡ csfu~rzos 'Y
luces se ha det>1do la pronta y mult1plieada
orrsanizacion de Iois v~rios cuerpos que hal\
obrado y obran contra los enemigos,su instruo..
cion, equípo y armamento, y sus operacio ...
nes, igualmente que Ja creacion de la mari.
na que; hoy po~é ia República; y cansi.
derando que estos servicios ·importantes a
los cuales se deben sus progresos, y actual
prosperidad no deben f¡Uedar sin la agra.
decida r.em_uneracion de que son dignos, han
venido en dt"crctar y decrt:tan lo mbram.i~uto y espc.
pedir su clt:spacho, dt:be ccmsidt-rarse imp
edido para esk t"Íecto, y el prt-sidente del
se nado, a quien corre~ 1 ;o nde sostituirle dcf)J:
hacer s11 no mbra miento y espedirle c:I corrcapot1clie11tt:
dl:'spacho, esprc:~ando en su ca..
beza c¡ue lo hace por no estur en eiercido del
podt:r tjt·cutivo, d LIBERTADOR presiden ..
te: t ~st..ir impedido d vicc::pn:siden\e.
A VISO OFICIAL
Aunque se han n ·cibido tn la secretaria de
guerra varias propue ~tas paru dar el vestua•
rio dd tjé rcito y marina, el g obierno há
dispuesto se }nvite por la gaceta á Jus perbn11as
que' quieran hucer contrata al eft:cto.
Se nect:s1tan de SO á 50 mil vt·stuarios com ..
pue.sto~ de gorra de zuda, dos chupas ó
chaqur:tas, dos cam1sas, dos pantalones, za ....
patos bptincs~ corbatin, bota para caballeria,
gorra de c:.tbaHt:ria, sillas.La chura y pantalón-,
una St'rá de paño y otra de brin, ó Tona tina.
Se recibirán las propuestas por d térmiilo
de ci111co. meM~s y se dirijiran á la secrt:t¡¡ria
de guerra •. Ei gobierno admitirá lo que e~
time mas ventu10~0 y proceddá la secrt raria
á hac\·r la contrnta con la persona, que deberá.
t:star instruida y autorizada co01 petente.
rm· nt~ para dlo. Bogotá 8 de agosto de
1824.
ERR/1.T.AS DE LOS HUMEROS
a11terio1·es.
NuM. 144.
Columna 4. '1S linen" 9 v 10 dice establuit/
01 len~c t-~tahlt:cidas- Linea
11. ase d,,.
.finili-va ó que.- I,iuea 69. ,Jice y si
se 1·e1wcase lease si se revocasl",Lin•
·'ª -7 8 dice nombrust. leaae noru·
brare.
Columna 4. o! linea 7. Q: dice han
lease hayan.
hnp. d.t: Bspinosa..
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"Gazeta de Colombia - N. 147", -:-, 1824. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2875037/), el día 2025-05-03.
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