GAOFF:l'A. DE COLO 1.4..
~ó. 130. BOGOTA, DOMINGO 11 DE ABRIL, DE 1824--14. TRIMESTRE 10.
Esta gaceta sale los domingos. Se suscribe <Í ella en las adminislracicmes
de cflrreos de JJagota, Caraca.-;, Quito, Santamarta,
Carlf!-jena~ Popñ:ga.n, G_itara, Panama, M edellin, Cumana,
'Guayaqu~l, y A1laracaibo. ·
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La suscricion anual vale l O ps. 5. la del seme.~tre y 20 rs.la del .
trimestre. El editor_ dir ijira los numeros por los · correos a los
suscritares; y a los de esta ciudad cuyas s1i~cricw,1Ks recibe el
ciudadano Rafael f'lo1·es en su tienda de la calle l. ckl comercio
tuim. 6., se lés Uevaran a sus f.!a&as de habitaciori. En la·
misma tienda se -veru.len lo.~ num. sueltos a 2. reales.
INSTALACION DEL . CONGRESO
DE 1824.
&publica de Colorr.Ua-Carr.:~ra, ~ ttr.n.doB.
gota 5 th ~ril • JA24.-.Al ~scmo. sr.· t,,··iceprnidenJe'de
la &pu.blica encargtμi,o del~
der ejecuti«> ·
Esc-mo. s.r.- Rtmnidcc:: el cia de "yer en la
t1ala ele ~~- sesiones c!c-1 r:cnncio, el ~scrr.o. sr.
pr,esiclente de) cuerpo, .jrnem~ én jefe Rafael'
Urdaneta, los ·s11. ,.,<'~presidente Jcronimo
Tort~_obispo de Metida de IVIerncaiho, Juan
¡-¿se-~' Luis Baroh, .f,gu!'n el ~bjeto de examinar si exist1a· el total de
senadores requerJdo por el r.rticulo ;)7 de la
oonstitucion yresultandoYeintiun miembros presentes
que es el numero n que justamente alean~
el de la plurlllici~d nb~oluta de los cuareota
senadores designadoi:; por el articulo 93, declaf'!
lTon desde luego queder instalada la c11.mora,
tabiertas ·sus sesione~: en cuya l"Írtud, nc:'to
éontinuo, habiendosc precedido a las elecciones
4e presidente, ''ice-pr~sider.te y 1>ecre1!1rio de
-r1Ia con arreglo a lo. d1sp~esto en el articulo ú2
. i;ecayo en m1 ln_prel!l1dencJa, par cat<;>rce ~-otos ,
en el sr. Fran~isco 8ot.o la nce-pres1denc10 por
:\ifUlil numero de sufrafios; y por absoluta unanimidad
de todos los ,·otos -quedó nueumente
Dombrado de secretario el 11r. Antonio Jose
Caro.
Todo lo~cual tengo el hoñor de participar
a V .E. para su debido conocirniento.-D1os gvarde
a V.E. muchos auos.- Escmo. sr.- Jo.se Maria
cel Real.
· &puhlica de Coúmibia-Carnara de repre.sent:
intes.- Bogota 5 de. abril de 1824 14. Al escmo:
rr. t.'lce-presidenti:: 'de la &publica encargad.o
del poder ejecutivo.
EScmo. sr.- Tengo 1a honra de comunicar a
·V.E. que en este dia se ha instal~do la catuara
~e representantes con el numero de cincuenta
.. diputados, que es ma~or del quorwn que_ le '?orl'espo~
de segun el arttc?lo 57 de la· co~st1tuc1on .
; Venficadas las elecciones que previene el 62
Eiguiente cayo en mi la de pre~idente, en el sr.
Rafael Mosquera la de ,·icepPesidente, y en los
l ionorables Jose Joaquín -Sunr~s y Pedro Mos:
quera la de i¡¿cretarios de la espresada camnra.
Ten~'? por tanto la satisfuccion ·de ' trasmitirlo
a V .E: para su conoe;imiento y demas fines
.eonYenientes.- Dios guarde a V.E,- Escmo. ir.Ignacio
Herrera.(*)
(*) La acta de instal!1c1on de _la . camara
está firmada por Jos diputados - 1ngmentesDomingo
Caicedo - Ignacio de Herrera - Manuel
Pardo -Juan Jos e Osio - Antonio VianaJuan
Bautista Valencia-Manuel de ArenasIgnacio
Sanroiguel-Jeronimo · Mendoza -José
Guerrero - José .Antonio Marquez - José Joa no nos permita
ahora insertar el he! lo y elo•:uentc discurso
que dirijio el sr. Hender <:on al e:¡ecutin> · en
e~ta ocasion, y que procuraremos pL1blicar
despues. S.E le. ma nife ~l., no c: c m.~ st.wion el
su~o place!' que e~pen :ne:i. tlba al ver en la
. ,Cfi¡ntai ~r~- -,,ntjgv~. ~o :ci~.~hnl.>i.a , fo:.
deseos de la R~púbÜcn. de--estrd~1.a.r Sdi:: tdaciones
cU:blica
y del imperiQ britanic<>,r
VENEZUEl:.A.
El comandante jeneral del departamentó de
Venezut:la B. jeneral Paez ha visitado las provincias.
de Beri ~i a.s y Apure con el tin de iuformar
al gobierno sobre •os tnedios de protej.erlas.
Con este motivo ha dirijitlo á sus habitantes
con fecha 13. de fe brero una alocucion
de la cual copiamos el sig:.ücnte capitulo " Cuano'o
el guhie1>nn puso et.. mi cu:'dadv la l-ihertri.
d y seg·ttridad del ktrm oso depa tamcnlo de
V en.ezuela conté .'liempre con -voso!ros: he logrado
hasta alw·ra ia pr i:!~ cra, y 110 dudo
que sera inulltrc:.ble la ~ t g·1rnd::z: La libPriad
11c consigU?·o con las an nas; la sc:_:;11rid ,id se
halla garantida con vuestru re ,pe.'o, y amor a la con.ltar a .\;-i camara. las razones
en que fundO mi. c sp.·~sa(h resolucion.-:-Al
art •. 2. la d\spos~cion de ob~igar a los do~i'ios
de tierras a vendeilas o arrendarlas a1mque es
conforme al art. l 77 de la , constitü:::ton,
puede ser onjen de un distury i o~ que
c~f!lpromet.a la tranquilidad int~rior: La cond1c1on
de nuestros pueblos, el apcg·o que
se tiene &. una propit>d.td cultiva,ia y· ia
ignorancia sobre el beneficie. ql'.e se r2~9rta
efe un canal, ó de un <'.mn¡no pueden
in r;pirar ~n lps ciudadanos dP.¡afec·tcs al
sistema, desesperacion, y resistenc:la a ia a uloridad
que debe ejecutar la Jey que ks quita :;u ·
propiedad ... Seria una ocasion \11.:'n t... rnsa para
un malvado que quil"iese suhYertir el 0rden.apro:
vec:barse del descontento
que solo en ca80. de que no hubiera absolutamente
otro a~bitrio, se pudiera obligar al dueño
d.e. un terreno a verider:lo bajo la cqndicio~
de ser· compe~sad~.. ·
Al articuto 4. la esenc1on del servicio
publ~co. o militar a los que se ocuparen en
esta empresa ~s muy justa; pero debería
e-1 empresario manifestar eJ num.cro de l1ombres
de que \enia necesidad, y el tiempo de su ocupacion
~ De este modo. se evitaria que del departamento
del Magdalena del cual se tripulan
m1estras fuei:~s de mur y rio, se dismi11uye~e
el numero de nuei;tros marineros y 06.c:iales de
maee.tranza (1 pretesto de que s~ ocupaban en la
empresa de establecer los buques de vapor.
Tambien es preciso que se añada: que los operarios
que hay~ de emplear Elvers, no sean de
los que estuvieren ocupados en el servicio pubJico
o que se qcuparen succesivamente. Nues-tras
maestranzas no son pagadas fielmente, y
es muy posible que sus operarios abandonen el
servicio del Estado por ir a buscar el de' un particular
que les. pnga;ia bien. EJ. defecto tie ~-.
to consiste en la escaces de Jos recuuos del era-
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
rio nftcional, y en la necesidad de tener maes-tranzas
de cualquiera modo. . .
Al art. 5: no se esplica en Ja léy, s1 pasados
lm~ ,20 añoR d~I art. l. se devuelven al Estado,
el canal y camino que debe abrir el empre_sario,
o si quedan pefP.etuamente en Eh•ers y ~us sucesores.
En el pnmer cas() convengo en que el_
gobierno inpe~1miii;e a . Jos propietarios de las
tierras q1.1e se tomasen; pero no-en . el 2. caso.
La razon es C'lara; · si el derecho de peaje ha de
eobnrse por e~ gobierno de1qmes de los 20 añoN
el erario será al fin iod~mni7.ado del primer deHmbolso,
así como lo s~ra:n Elvers y sus sucP
11ore~ quedandose en perpetuidad con el canal
ó carrnno,
Articulo T G 1. El e.anal que debe ahrirse
de!ild.P. qartajena pt1etle te!ler relaeion
con la dt-fenM militar del pa1s y en este
caso es preciso que al gobierno ,se le de. la
• intervencion de consentir, si no juzgure perJUdi~
ial a la seguridad publica P.ste dicho canal.
Al S 2. este paragrafo requiere una esplicacion
int&esante. El gobierno actualmente no paga
cosa alguna al conductor del correo, por l~s
encomiendas de. oro, plata, o d!' otra especie
que lleva o trae de Cartajenn; paga solo 20
pe!'lc.s a) con.ductor de aqui a Honda Y. de alli
a Cartajen.a 58 para el, y dos bo~~. ~)len lleve
en la balijA una sola carta, o bien mmensos
caudaleEi. El der~cho de encomienda se paga
en.Ja~ administraciones para el erario nacional.
¡, Elvers se compromete u conducir la balija y
el <'onductor por la mltad de lo que ·se Je paga,
a este y a los bogas, o por la mitad, o dos t_erceras
partes de los derechos que han pr~~uc1d'?
}oi;; encomiendas que van dentro de valua 1 Si
lo primero: el er1trio gastaría mas que lo que
gasta hoy, por que pagaría s:1l cood1;1?tor lo 9ne
ahora le paga, y ademaQ al empresari~ la m1~ad
de lo que gana aquel. Si lo~· el eran~ naCJoual
vendría a perder una ~nt1dad cons1der~ble
sin necesidad.- La conduc100 del correo ofrece
inconvenientes. De aqui a Honda!, lo pagara.
siempre el Esta~o; de ~onda a Guarumo ó mas _
abajo lo pagana tamb1en por que no puede subir
buque de vapoi:, y ~n el resto del r1? ~e empe:
i.arian a. sentir dilaciones y entorpecnn~ento.s.
Al ejecutivo le parece que en la conducc1on del
correo de aquí a Cartajeua, y Santa-~art':l no "e
hago novedad; y qu~ se \imite Ja Gbhgac1on_ del
empresario a conducir los correos. estraordrnarios
cuando tenga prontos a subir buc¡ues de
vapor y lo~ ordinarios 1ue vengan de Cartajena
y Santa-marta por a mitad de ~o qúe el gobierno
gasta· ahora en la conducc1on de cada
uno de ellos. Por el ultimo periodo del §. -2.
11e 3 - Escmo. sr.- Manuel Enrique Guerrero -
Jo.<;,P. Joaquin Era?.o,- Sal·vador Ortis.-Cri8anto
Guerrero'- Jol;é Maria Ortú1. "
El iuforme, a qne se refiere ha sido dirijido
por la municip~lidad al LIBERTADOR presidente
y en el se esposen las 0¡1eraciones. militares que
d :lhieron ejecutarse para d estruir a los facciosoa
y la esperanz~ que tenían los municipales da
que serian aniquilados los restos de la faccion
con 'as medidas que se estaban tomando despnea
de los decisivos sucesos de armas que se habian
obtenido.
DEL VENEZOLANO. Num. 72.
iEn que parte de la constitucion y ue¡¡to
cargamento de retorno. t: ........ 1852, 1 ,, ,;
3. Comis.ion al sobre-carf;'o
•obre el supuesto cargamento
de retorno ... -·: .......•....• !: 1852-1 ,, ,,
Estas partidas son totalmente inad~isiblcs,
y contra. la practica jeneral del comercw. !'.'lo
habiendo habido retornos, como no los hubieron,
por consiguiente, n! fueron vendid_o~ estos
ni pudieron dar luntos historicos ~e proponen
ilustrar ~lo-unos de lo. hechos mas rnteresoante
de nut>t::tra rc,·olucion rlesconocidos en g-ran
parte al mundo y mm a los americanos mismos,
sacar a luz mil anecdotas curiosas en
que resplandecen ya los talentos y virtudes
de nuestros inmortales caudillos, ya los padecimientos
y aacrificio& de un pueblo heroico
q~ie ha. c<;>mprado su libertad a mas caro precio
que nmguna. de cuantas naciones celebra
l~. historia, - la clemencia de unos, la jenero •
s1da.d de otros y el patriotismo de casi todos:
y en ~na palabra es su animo examinar bajo
111us d1Yeuos aspectos cuales son los medios de
hace: prmbia no dara un paso atras
n lá:marcha regular y . majestuoia que ha
~prelkm.dido, guiada por la constitucion. ·
SOBRE ESPANA
I.os pub~icista>S del ultimo sig~o se. han bur- ·
lado por mucho tiempo de los desvar1os filosoficos
del abad . Saint Pierre; hoy tambien podia~
os reirnos de la~. p~etcnsio!les de ,cierto~ predicadores
de cónstituc10nes, s1 EJUs movaciones
politicas no tuviesen evidentemente ·por objeto
<:onfundir el espíritu de los pueblos y_ embara.
aar la marcha de los s·obier~os: En efecto
nuestros li~es con l.Il.tenc1on.e. menos. E>Rn~
s parecen _p~seidos_ de_ una ma~ia. lejis~at.i~a
mucho mal!I vehgrosa ·que la -de Samt P1etre.
Ellos disYar·.an a f;U turno, no con \:JDa paz. uni-·
,· ercal~ sino con una constitucion uniyersal
que debe reunir bajo un flolo pac-to & todos
los pueblos de la t1.errá. La redaccion c)e
esta ley fundamental ei cosa mtiy dificil; el partido
revolucionario lia rncilaclo por mudio tiem-.
po en la eleccion de la constitueion que debiera
proponer.se a todas las naciones. El pacto
acarquioo de l 791 y la com1titucion rejicida de
Ja¡;. 1ortes l1nn fijado por algun tiempo la irreftex,
on de nue&tros liberales, pero despues de
Jos ~ef:gr,.ciados ensayos de Nnfples y el Pia:mont.
e,y sobre todQ\.~spues ~e anatema p~onunctade
en España contra la obra revoluuo¡;.
naria de Cadis, ban meditado q~e era pre~iso
ofrecer a los que se pretende seg·uir engañaudo,
dades de la nncion que ha sido su . objeto, runs
ineompatible debe ser con las c<:>stumbr~s y us ~s
dolos pueblos a quienes i::e quiere apl.icar. Es
preciso desengañarse n cerca de una idea . tnn
est~avagante como la de pretender hacer. tnbut.
arios de una ley comun a pu~blos ~an o_r _otra pa~te
la España esta llena de trad1c1ones uot1-
~a111 y de costumbres rancias que seria peli-eg
roso' tocar. De todos ·tos p~~blos, d e l a rL.".' u-ropa
el de España es .el que tiene mas respeto
por las instituciones de sus padres, y ciertamente
que la restaurae:io_n de la monarquia_ de
Carlos 5. y Felipe 2. sena mucho mas pos1b!e
y mucho mas facil que la i;nons~ruosa aglo_meracion
de principios revoluc1onanos y dactrmas
monarq uicas.
" Cuando se preguntó a Solon si l~s ley~s
q•Je había dado a Atenas ' eran las JDOJOres dijo:
9ue les babia· dado las mejores de que los
atemenses eran capaces. Esta bella .~espuesta
deberia ser la regla de todos los lej1sladores,
No es en los codigos mas o menos perfectos de
[as naciones 1.'eCÍ'fWS que es preciso buscar leyes
para un rn~lilo; su lejis1aci<>n deúe ser el
resultado de S'tts necesidades y gusto~. Dar a una
naci~n ajitada leyes que no puede soport:ar, no
seria un medio de calmar su ajitaciou, srno de
prepararle nuevas turvacionea que la. inobser,
·ancia de estas rr.ismaa Jeyes y los medws coactivos
que se emplearian pára ma~tell t!a·~as a~1-
mentarian dia.namente, y ~s perpetuanan sm
término.
"Consideraciones tan graves han debido hacer
impresion en todos los animo•; pero importa
urmar a los hombres contra la doble seduc<:
Íon que de una parte podría empeñarnos en
cfrecer nuestras leyes a un pueblo amigo, y de
la otra decidiria a· este puelilq a recibir una lejislacion
ya formada. Ca~a nacion enci~rrll dentro
ele si la bue de-sus leyes; a los hombres de
estado corresponde levantar el edificio. Es preciso
no pertro chma la ley fundamental de }:
Citación recomendada (normas APA)
"Gazeta de Colombia - N. 130", -:-, 1824. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2874668/), el día 2025-05-02.
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