GACETA flE COLOMBIA.
N.,LXYI. llagotli uomingo .l. 9, d~ enero
TRl11Jf V.
f#;,1,lllll,l~,ll~~lr.,rl~.,..,.~~11..,..,.~.;.,,,.~~--JV'~~I-~~
t~ Esta gaceta sale. los domingo.f:. Se suserib.~ tÍ tltq en /fl.4 ~
tJdmimstrG.ciones de correo~· de /Jogotá, Car.4c(l.S, Quite, ~
Santa . mu- ta ~ Cartajena, Pop{1vqn 1 Citará ., fafJl'.UQd. ~
]t1cdelli1.1, Cumaná '!I G unyar¡utl. '
(f;_,,~~,~~~,~~~,,J,~~,.,_.,...,1,,~.,,.,,,.~,JV'l.,,...,..,,.~l~JJl~~~Ni
~ L4 s.u_scri.cian fJnwl vale. 1~ p~. 6 _la de./ aem'1Jtre. y S /q' dfJ/ Í
~ tr.une.str,e, '[!:/ ,dlfOT i lo.s núm~. á 2 Í· reale..1.. ~
INTERIOR. • DECRE1:0- I)~ GOBJERNO.
Francisco de Paula Santcuufer jmr.ral
ce dfoision de ·los ejé1•citoa de Colorn.-
1'ia, viceprl'side11te de ltJ Bepáblic1i
C1frarrudo del pofl,e11 ejecutivo ~c.
lJ¡¡bimdo conferido al poder ejecutivo la
ky de 10 de octubre dd afio 11. Ja facu\.
tad de crear, equipar y cnnstrvar una fu.er~
a marítima; y uo pudi 1-ldo lograrse 101
dt'seos dd congreso jeneral sin que la ~1ftc
Jdmi1)istr.ttiva de este ramo esté organ1~a·
da con reiglamento provisori1J.
.Art, l.º En las capitalfs de departamen.
tos m:.mtimptj t:jt:rcl:rá el dcrías, rt'.corridas, ntJt:Yct conitrucQon,
sub~istencia &c.
.Ar-t. 4.ª Cu de: darlt curntte', el 01i11istro
d.d tesor? proc~dfrí i cubrir d gas.
to. p~evia unél Jtmta compiicsta dd cornan.
dante del buque que la presiikialts mas antigrn>s de ~.l y el ministro
de la k&.1rt'ria; t"Stedir Jq
;iprobacson.
Art. S 0 En la te$0reria de que habla el
_-r.tículo L 0 se C!¡Wh1ecerá t.Jna ~eccion de
marina compuesta de cuatro ofici~ espc.-didas por
los nficmJes encargados de lél administracion
y examinar la:a
ttn'lguias que se dc-:.p<\chen en favor del
gu .. rcta-al m .. cen,
4. Au~orizar- J~s papeletas espreS&da~
cuando se t-xijan efect\i~ que existen en almncenes,
de modo qu~ no lo verificar~ pam
tomarlos de otras partes.
s· No iniet'V
s por el ~·orn~Hldnnte jeneral ¡rnra · ! s~r-vicw
clt: marm:.i. ·
6 Tendrá una de las tres llaves del ·almacr11
jenerdl,
7. .Al, entrar ,en su destina formará m1 estado
jenera/ de cuanto exista en almacenes
eon cspre3mr) de útil €: inutil y n:teniencl~
una_ copiu tn sq oficina pura saber en cm:\1-
qu ier día lo q~t> c:xi¡¡t~, entrt-gm¿¿ otra ~t. a)~l~d<
lnte de submspecc1on para lil mayona_je~
rdl y otra parfl fa sc9cion de mariJ1~ en (a
tt5or:ería.
Ail. 8.~ Et offoial 3.0 seri consideradQ
oomo ~ontador del ar~enal y su~ deberes so·11
los c¡4c le ~" ifa14' el re:glamento de: ~r~enaT
le& e-spr:dido en c;stl f~cha,
..1r1. 9.0 El ofioiciul 4.,0 st'r.\ el guarda.-al ..
mace-n jen~raf de jéneros y pt>rtrechos de
marina cuyo destino durará hastonsable de la btlena administracron de
cuanw se deposite ~n los almac~nes ék m~- -
fl11a, y l>US dcbere-s son; ·
l Despachar artictilos del alrn~cen mediante
Ullq pnpdet.'l. dd oficial de cargo vis-..
da por d de· dttal del buque ú otro t'!:>t.tble,.
cimi{"nt.o de marinu, notada por d t'llC,
6. Curctara do que en el a1mace11 no laJten
los tfectoS nt't.""CsartOS pard el Sf:'l'ViCIQ CfC
fo escuaclr~ v Jerna~ ~sfobteoimi~ntos ~cluiqq los quo sea11 insé11-
viWes, orenl' los c¡~e rt'.mur.ic1ue d ayu.
tlante de Mihrnspe-acion,
,Árt. l l. cu .. nto~ efectos se baya'.n de com~
pr<1r pan} el st:rvicio de ma-Pioo, sear1 de bo,
c;;i, mar ó guerrn, Ju serán por _la jun~ t:co.
nómico-gubernativ~ deJ dc-panam¿nto,
1rt, 12, ~t,
ben ctJrnprnrse y ajustal' asien~oii y pr.mtra ..
f.as dUestos ')Ut: han de presentarse
a ~X;,¡~u~p de la Ju.nt3: ~l ofici;,d primero
de la St·cc1on adrmmstrativa pre~ntará _ el
~e suc:ldos y raciones ; el oficial segundo
mterventor de almacenes, d de Jos artículos
qu~ deban comprarse par-a su pro\'ision, clasifi-
cando los que sea~ á precio de contrata,
y lo• que se hayan de comprar pqr la junta a precio cómodo que no será mayor f}lle el
corriente de plaza, procurandose bact:r la
mejor ventaja; él oficial t<:rcero, contador del
arsenal, presentará. el dd valor dt: los trabajos
y madt·ras dd ramo de carpintería, jornales
de calafatería, dd peonaje de ~arinería y de
los ~tos del buque de depósito y uardaa!
macen . qu~ anotará a su pie con i1~<:rv~ncion
del mterventor. Ja focha en ~e cspidió
el recibo ..
Art. 22. El guarda-almacen E interventor
deben tener noticia de la calidad de los efect.
os contratados ~ra que examinandolos al
tiempo de su recibo puedan informar al ayu.
dante de subinspeccion, ó al mayor-jener.il de
la f~lta de cumplimiento por parte del don ..
tratista.
A.rt. 23. En este caso la junta del depar.
~mento debt:rá examinar la falta, y resultando
cierta avisará el comandante jeneral al inten.
dente para q~e conforme á las leyes se repare
por quren corresponda y se exija Ja correspondi~
nte indemnisacion.
Art. 24. El intendente en calidad .de jefe
superior de Ja hacicmda pública en su departamento,
podrá visitar por sí los almaccn~
s de mar.in~, ·cuando tenga á b~en, prece.
diendo un aviso verbal al comandante jeneral
del departamento que dará órdenes para
_que no se Je impid~, y si quiere acompanarle
para darle los. informes que necesitare
podrá hacerlo. El comandante jeneral
no revelará. lo que tenga órden del gobierno
de reservar. ·
. Art. 25 E!' i.ntendente segun las observaciones
que h1c1ere acerca del orden y manejo
de almacenes, falta de artículos, cumplimi·ento
de los empleados &c. podrá pasar sus informe¡
al gobierno, esponiendo Jo que le ocurra
GACETA ])E COLOMDll.
en el particular.
.Jrt. 26 Las .cuentas de ta scccion a~mlnistriltiva
de marina de las capitalc:'s de departamentos
se presentarán y fenect'.rán en
la contaduría jencral de la República: las
de los puertos dependientes de dicha seccion
se fenecerán en primera instancia en dla
misma.
Art. 27 En cuanto no estuvit'se refor.
mado por este reglamento de lo que dispone
la ordenanza de arsen:.\lc:s y de marina quedan
estas subsistentes.
El. secretario de estado y dd de&pacho
de marmn queda encargado de la ejecucion
de este reglamento y dt> presentarlo al pró xim?
,.congreso con los informes .que haya sub.
nunu.trado la esperiencia. - Dado, firmado
de mi mano, y refr<:ndado por el secretario
ele marina y guerrá en el p~llacio de Bogotá
á treinta de ohubre ele mil ochocientos vemt.idos.-
Du~)decimo-FR A N C Iséo DE PAULA
SANTA N n 1: R-Por·S'. E. t'l_ viceprt·sidtnte,
Pedro BricefJo ldendez secret.trio de rila-·
riua y guerra.
RELACIONES ESTERIORE~
Re/Jública dt! Colombia- Seéretarta de estado
y del despacho de relacwnes 1steriores.
Al esmo. sr. co11tra-alm2rante gobe-rnador
áe Curazao.
S. E. el vice-presidente de b República en.
car~ado del {~ockr . ljecutivo h¿¡ . visto con
particular sat1~facc : on la comunicu9io11 de
V: E. de }.6 de octubre último dirijida al
pmner maJI!itrado de la. Repúbica (que ac.
tua~merrte se .halla en el ckpartamt:nto de
Quito,) anunc1ando.la resolucion de S.M.
el_ rey ele Jos Paises-b:1jos de a¡:lmitir en
los puertos .de sns_ dominios los buques de
c-s~a Re_Ptlbhca . .Doy á V. E. á nombre de
rn1 gob1~rn? las mus espresivas gracias por
los. sc::nt1m1entos de ju~ticia, y de considerac1on
que ~mim a n al de V. E. respecto dd
nuestro, t~·ü 1 e nj0 el pl: c.rr de :Js~gurar que
la conducta de este en lo sucesivo será.
t\\n j ust~-t y franca l'n todos los puer~o.s de
Colomb_fa con los buqu'~ de S. M. , como
lo ha sido bas ta el presente.
·ran li¡onj1·ra como es á S. E. la deliberac,
on ele S. l\'1. manift·st.ada por d organo
de .v. E ., le han sido desagrnd<1bles lcis
motivos ele queja que parece hnn d<.ido al~
unos ind iv iduos de la República en el
t~e mpo g~1e la liben1 lieacz ~~ndes se halla nombrado nuestro ~jente
ce~ca de. la corte de S. M. el rey de los
Paises-bajos, con el encargo de tomar el
caracter de enviado estr-.tordinario y ministro
plcnip~tenciario, luego que nuestra independencia
sea reconocida alli: y se le cotnunicará
n las instrucciones cotrespondientes,
para que puesto en claro desaparesca
hasta d menor motivo de queja, qúedcn
nuestras relaciones animadas en adelante por el
espiritu de paz, amistad y buena fé, que hacen
el voto mas ferviente de la República,
respecto de S. M. el rey de los Paise,s. bajos,
sus subditos y dominios.
Con sentimientos ele Ja mas alta considera"
cion tt:ngo ei honor de ser de V. E.
muy atento obediente servidor- Pedro
Gua/.
ConcluY_e la t!sp•s1cion áiriJiáa al poder tj~
cutzvn incerta e11 los numcros anteriores in.
terrumpiaa en el 64.
. El gobieri:io de Curazao ha podido y
debido impedir que sus súbditos llevasen
armas y pertrechos á las facciones que ·se
levantaron en la provincia de Coro despues
de haberse ocupado por la Re1,úblic~ y
prohibir todo comercio con Puerto-ca~llo
~ue desde enton~e~ ha estado sitiado po;
~1crra, c~1yo re9~1s1to es bastante y autoriza
a cualquier behjt rante para int~mar un bloqueo,
y tener como jéneros prohibidos y
de cootrabando todos los comestibles de
cualquier especie que sean,. segun Ju ~rde-.
nanzil de ~or.so espanol (6) que ha adopta.
d? la_ Repubbca: y fu~?acho para considerarla y trararla como asociada
á mi enemigo; anadiendo que en sus
días el rey de España prohibió la ei.ltrada en
su& puertos á los buques de Hamburgo, por
que esta ciudad se habia obligado a proveer
de municiones de guerra á los arjelinos, y
que de este modo la obligó á romper su tratado
con los bt'rberiscos (7). ,,
A proporcion que se han ido tocando·
en la corte de almirantazgo los escesos del
gobierno de Curazao, asi ea el comercio col\
los enemigos como en el trato que reciben
nuestros corsaric..•s en sus puertos, se han par.
ticipado al de este departamento para que
hicie~ las jcstiones convenientes á su contencion,
y en cft:"cto se h~m hecho oportuna.
mente las reclamaciones neces~ria s para que
se ob~erve el derecho de las jentes; pero todo
ha sido jneficaz, y el abuso de nuestro
sufrimiento ha llegado hasta el estremo de
v~nir los buques holandeses á nuestros puertos
á cargar· víveres que despues llevan á
Puerto-cabt-llo para la mantencion de los
leones que alli se hallan encerr-.;idos y quie ..
ren desgarrarnos.
Así,- pues, agotados los medios conoci ..
dos para conciHar la buena armonía con la dig ..
nidad que corresponde á todo gobierno; y
siendo constantes Jas infraeciones gue ha he ..
cho el de Curazao de las leyes de las naciones,
con .notorio agravio de la República y grave
perjuicio de los intereses de sus súbditos; he
creido de mi déber hacer á V. E. esta esposicion,
parn que usando de los altos poderes
{6) Art. 34.
{7) .L. 3, eap. 7> \ 113, y 1u nota.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
que p0r la voluntad jeneral se le han confiado
para la defensa y proteccion del pueblo colombiaAo,
acutrde las providencias que es.
time conveHientes á la reparacion de tamaños
ultrajes. Puerto de la Guaira, abril 15, de
1822.-:- XI,I. .
EscMo. SR.
El presidente de la corte de almirantazgo.
Francisco Javier Yant-.r.
SEORETARIA DEL l.l\lTERIOR
Se ha espedido carta áe naturalezfl en Coli>
·móu1 conforme á las ley's de la materia,
despues de la ltst'1 inserta m el ñúm. 49 de
~da gaceta á los suj,.tos szguientes.
E,, 18 Je sr.tzemhre de( año prnxtmo pasaát1
~l poder t';ecutivo concedió carta de naturaleza
4Í Lutz Janntm frances rle nacimiento
En 28 drt 1msm1.l la co11cedió á.,.1.ntonio Planos
~&pafio/ de naczminzto.
En 19 del misma tí Samuel D11glash .Por~
yth natu~a/ de Los E ,fiados-Utzidos.
En 18 de nuV?.emfft:e al tJqr.tor Federico
.A-1 ey~r ale man de nacimiento.
En 25 rlf'l mismo al coronel James Ham
zlton ingli's de ny de organisacion de
tribuna-.S y juzgados concede á. la alta-cort'e
de ju:aticia la facultnd de examinar las listas
de las e:.m!>-as dv1les y criminales que deben
r c:mitirle las cort(:S superiort's, para promover
la pronta administracion de justicia;
pél§ar c opia ele ~l b s al gobierno, y dispunt:r
su publicucion por ml:'d10 de !a imprenta.
En el curso de lu óldministracion dd actual
gobierno no se lH.n recibido todavía listas
alguu ~1 s de lus q11e quedan e~pn.::s~ d•i!3 .
El podL"r ejt cutivo en 11 de: noviembre
último ha regueridó á la alta-corte de
justicia para que promueva dicazmente d
cumplimiento de In!. artículos 13 y 14 de
la , segun consta
de sus recibos, ha asct-ndico 3. la cantidad
de quince mil seiscientos setenta y clc1s pe~os
tres y tres cuartillos -reales !iÍll que se haya
~rnq~;aclo cosa alguna por 1 , impendido en los
1nchv1duos el~ la capitulacion a~ Pasto, que
segun d articulo 3°. de eHcumentados c1ue se k diriJieron. La
siguiuw: C i·1 mli11i c~1cil)11 dd teniei1te Parttdes
al cnmanddnte j t·neral del . htmo ~anific::na
cual es la fé, y reci prúcidad con que aquel
gobierno hi! corn·spc1ndiclo h .sta ahora.
lúngst le pertenecw
lzacerla á ini gobierno, tÍ quien c011te:staha
en el partrl'ular. - La cert'.ficacio1l que
es adjurit.a imprmrírá á V S. del motivo
por que 110 sigo á Chagres ~n t'sta cca.r1011.D
i.?s y libertad.- Hartolomé García de Pan
:dc-s.
Si las cajas de la Habana no han podido
cubrir los-cuatro .mil pesos que importan los
ga!itos de la primera p:irticla, t:s facil iriferir lo
que debe cn:t-r:.e nt>pelto de los qnince mil
seisciento::; setenta y tr('S á que montan las
cuatro re-misione:.; hechas.- I?.spe::rnmos ::.in embarRo
que las contestaciones del capitan jeneral
de aquella isla serán satisfactorias, vesplicaran
las causas, c¡ue le hayan movido Á
suspender d pago ele una dl uda tan 5agrada
y preferente.
({9· ·-»
LEY DE 9DE OCTUBRE DE 1821. ART. 2.-
" Podrá (el presidente .) aumentar el ejército
hasta donde Jo ere~ necesano en el pais
que vaya libertando " E!:itd. facultad quo el
art. 14 ha concedido tambien al vicepret:iidrnte
con caliüt'rtiigo .qut-dó completam~
1 1k destruido. Los Vt:cmos acnjidos.al
campo van pre~ntaodose. Boves con uha
partida se ha dirijido hácia Scbondo,· t y alguulls
malvados de, t'Me pueblo por 0
t'Sa din
·ccion; ni()guna de t-st~s partidas pa!kl de
cuarenta hombres S. E. d Liutn~d• ir lk~a
huy á t-sta ciud:.1d- Dios guotck a V. s.
muchos anos-.Antnmo Ju.Jé de Sucre •
UFif:lO.
de lo., alcalde$ de/pueblo de Metcaáeres al
intendente del Cauca. ·
Con Ja entrada de las troras de Colombia
por el señor presidente Sucre á la ciudad
de Pasto, hemos tenido aqui Ja r.otida de
que viL·11cn ya vajanracit1n c:on cuc
. nos n1ira, y por lo· tanto nc·5~citamos 'ncl
amparo dd gobierno y asi pt-dimos y suplicamos
a V. S. mande parte aJ sdíor jeneral
haciendole vt'r nuestra adhn..i.on, v
fidelidad para que asi mismo _ no~ m1re co~1
btn-ig-nidad y no nos sacrifiqut-n, m nos perjudiquen
creyt'ndo que tan1birn el vallt: se
h01ya metido en el alsamic:nto de Pa!ito. Nosotros
solo '1pt:tect'mos la paz y tranquilidad,
pues ya estamos cansados dt! la gutrra
y de perder nuestros bienes.
Repetimos nutstra bUplica, ,y espera.
mos; en d benigno coraz~m de V. S. nos
miren con piedad-Dios guarde á V. S.
muchos- anos Mt-rcaderes dicie::mbre 29 de
182:2- Vtcmle .lbpe.t;- Juan Gregorzo Lo¡;esSen
or initndtnte dr. Santiago f>ues.
El comandante jeneral del Cauca ha remitido
á la secrt::taria de- la gut-rra d siguit'nte
documento:
Copia de oficio del éabildo de
Alnwguer.
Repúbltca de Colemhia- Cabildo del canton
de .A/maguer 31 de diciembre de 1822-.Al
sr. ten;e1,te asesor jeneral infrndente interino
dr. Santzago Pere~.--Con frcha del
oia de aver oficia á ~ste cabildo Martin Sufüga
aléalde territorial del sitio del Trupiche
comunicando la entrada de nuestt.1s tropas
republicanas á la ciudad ·de Pasto cuy()
oficio copiado á la letra es como sigut•·
R e-pública de colombia--M'uy ilustre c°'l~·ddo
dd canton de la ciudad de Alnrnv uerParro<.
1uia dd Trapiche diciembre 30 de
1822-Comunico á V~ S. para su h1t~:Hjc-ncia '
qm: d 24 del presente tomaron:-~<:: la ciuduc;!.
de Pasto las tropas de la R{ pública y "e
halla en marc}:ia para estos pueblos d t>r.
jeflt>ral Sucrc con 500 hombres, d que se
rt'gula llegará hoy dia á lo Cruz-D1ns
guarde á V. S. m\lcho~ ~ño$-Martill ~.mig~
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
t..o que,trasc~• V,. s. p-.mt· .,u intelijt'~
i~ y ~-0biet"o~Dile .aquella~ pf.QU ~s de mutilacion
1Je mieabre5t J -d~ ~v~n,. qqe. está_n en
~ coo nue•o ~ma liber..tl, y
afildien.d~e .alg0inu advert~ncias adi<:iona.
.kt.. .l.Jtl ll ~ilitar ~ fe0e4:ipiY.eniQ dc-ias .r~· TBmbien he tnb.aitdo un ttglamento
pra las.JiJUicias de. la RepúQlica pa.rticttlar~
te pera el arma de ·iofanteóa en que se
aprasa-d pje y tuuro (jUC puede.Q tener c:s·
tos .cuerpos, #BU!' mis observacimu:s hechaa
n d- mapej~ 'lUC herta:nido. de ~staa tropa$.:
NIQgU.I)& de csta.s doa ob~ sera util
en su totaliW\d; _pero acasQ. p~ll. J.OS zs,4f:fou:1.
1-oe papcks publict)S de Lima han incertado
dos ~· que )Q8 cspa1'ioles .supusieron habd
MdG cécritGs por e1 jencral San- Martin
-n~ dos )efes peruanos, que sirven en el
qereitv libcrladol\ & deja ver que ts6i patralia
fue ilwent2da para hacer odioSCJ a S~n~
n, y se'Jtlbrar Ja discordia entre los def~
de la in~pendencia. Da~ esta no.
tic~ par~ preYfllir á Colombi~, y JllStiicar
mas 1 mas el $ef\tin¡ient•dc ~ue los espnñ~
lea no ~rdónan medio.alguno para ditcordar
A los ameneanos. oomo que solo.de fa dcsu·
Ilion pueden iiacaf buen partido. Jamas omitiretnos-
tcpetil' estf>S. ttcucrd«)s• pues que
•~mos for~osa Mligscion de lributar a la
pattia 4fl mas ptqbefio-servicio
BOGOTJl
enero 19 de 1823. 13.
Ji:neral Morale11.
Los p()mposo'S boletinea d_el estndo
mayor Jel llama_do ejercito nacional
de Veau~~oela habrán atQrdi-
dido ~- loll ~&pañ9l~s visionarios, é ignorantes,
y aunA1. ªluellos .estra1t;i.~ams
~ne no ae ponen a ~áleUIHr tas cosu
fl Hngre fria-. -Si á. estos pupeles·sP. huLi6'
9e de .cwel"r., Colómb1a no puede re•
istir.: La ~straordina~ia posesion qμe
Morale. ha logr;~do de Ma~acaiho; y
la facilldad qpé la laguna le suministra
pan. ·v-á Coro, retrograda-~, y ~menazar
lue~ las provhaciH de 1."'Mljillo
1 d.e Mérida, es ver.dad que favorece
la ilusfon, y quien no ~onosca el
e-1•. ~de CJ"eer qae.. el j.ener.al Mora-lesrlia
·•jecutndo lta~añ-as prodiji.osas;
p~roé4 ·JP~soltado demostra1fá que to'
4.los-esos moii~ientos sun e~actamente
efttn~r-ós .. S-e l1ós recnenhl áhora el
e>rgullo d'e. Napolenp e.uando hitbie,nclo
«;11>1tado ~n Mosc~w,. pens'Ó dar la
ley·al ~nt-perad QIJ de las Bus.fas .y ter-
1nfoar la1f!e~alucion -de Europa. Morn1ce
· fo~ t.ogrado coyunturas bien fa.
,.,ora-Idea á so·s designios; pe1·0 ha sabido
darles 110. V.fllor emioente.me.l;).te
auperio1" capaz de dealumbrar., No le
tflltlle rezones p-a.ra ello; por que n
forzo10 q1ie trate tle probar que su
eleeeion de jenerwl. r.n j~fe ha 1idg
ncutada, ,te ~otafundir á .sus eoem igo
·e personales cont1·a cuya "i>pinion se
ha 'Visto ele.vado ú un alto rango, y de
b1·illar en ~l· teata·o que le ha prep&(adQ
el gabitaete-de lbdt·id .uc.andnlo
d~·la oscuri.J .. d. Quien tiene un" itnpret1ta
desocupada, aduladore1 !ervi-
1<-s, fat'•,dtades onmíptltentes, y nece11idad
de crcart:Je reputac:i<>n, y heroismo
h~da muy fll~I smo l'l~vase IUS be.
.d101,. b,asta Jo -mas H~anb1·ps,o dando.
les. un ,.~ube 8uLHme.
Adema~ ·que el medio de ganar la
eonfian.za de un gobierno lejano, y
de ceducir á los pu<>hlos para titrtterlos
a su pnl'tido, no es de confesar·
se. sin. J!cc.urso~, .&in nucilios, y 8in
opi;nion, ni-4!starse mano sob1·e .. mano.
}l'>l'~les no iguora esto, poi' que ,H
p.reci:so que algo sepa.
Un ejé1·citd fuerte y de buena. CJl•
lidad Nl el Rio. hacha, otro en Cúcuta
otro en fa pa•ovincia de Ca1·a~a1
y una escuadra respP.table es lo que
M-orok1 d-ehe' de~tr-u·itt para derirae
irt.ctmq-uistaflor de una f'arte de Venez
ut'fa. Dct1pues de que lott 1rnya
dt-~truido, tendrá que HcHar too fa cahallcria
de los llanos, con fos furr
·~a~ del Oa~ inoco., y con laa que Üe UJl
dia á otr·o pueden fof'm ur. ) os p.tte·
Mos decios o anunciando la re~
om¡uis.ta fil' tantas y cuantas pro\·in
·.cias cuyos hubituntes han recibido en
triunfo. á las tl'opa.s dd re.y.
Helnos di~ho todo esto, no pn:ra
CJtfotnhia, donde se sabe l•preciilr iel
verdadero talor -de las ope.raciones
dt+ nutrro paéiíicador, Miflo por" los
puis.es estranJe~os, pairtit.U.larao.énte
parn aquellos donde pueda exi.stia· toda'Tlcl
algun .pres.tijio por 101 ~spañ()les
an calidad de verdugos de 1.os
pueblos qne Jlaman rébeMes. La poses.
ion de 1\laracaibo~ y aun de t1·es
y ~uata·o pru'r'incias ·mas, uo .e, Jo q~o
-----· -------- [ * ] 1.No .CAntam0'6 coi~ todo el mr, :11i
con sua ... tropas por"t¡Ut! n• hay neaf"sukld.
Menos :con el ilustu Libertador ~r ·que. de6 •
'trurr !Í : Mor...¡z/Jr1; :na 1t:s ª'°'°um ~,.. gue ·'0 e-
,,~/6. .. e111pd~r~ I~,_4tJ.J111.(rlQ 'i1pWido,.
tm l'Sa-d · doéitlirn · de la .-5ue.f!te--de
Colómbia. ~ -20 mil e11emigos teffla
ella ah.ora tres a.fios. --- A Lo¡ E·scaITORES DE CoLoKBtA.
C'uatf'rl pala/Jra,s del. 4(1hio y justammt~ '6ell~
brado B~t:ijofñ!tn Coa~tant.
''A los hombres q~ diri;ien ta opinion
por m~d10 de las luces toca el oponerse- á laa
tracciones contra las ideas. Ellas ...son d do~
inio d~l pensamientg solo, y la ley no debe
J:ubas usurparsefo. Es bcllisimo d tt.atado
que hay entre l.a ;mtoridad y ·la ra:ron; equel
.tratado por d cutlciones ( Jt: .ham6u1 li6rí•
á qúe ~'Úblico de tcJnforrQid~
d eón el articulo 92 d.c Ja ley do 12
de oeJUbFe del año uodec1.mo1 que Cll 8.~e
ago'Sto lÍltirno füé rccibi® en eJló, t.n ~1
411Úmem de los abogu'1o& de. la Ikpública
el doctor Fraru:iSO>.~ P.Attla Orv.~~oso, pr:e\'
laa las farma!JdadeM c·»ijidas por la' lt¡t'.I·
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"Gazeta de Colombia - N. 66", -:-, 1823. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2874604/), el día 2025-05-03.
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