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N 49. -
TRJMRSTRE 4'
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Ztta gacela, ~al~ los m bre cr~an .
tlu lus plazas cr~ oficial~s de fas 86•
crl'tarius f"ll virtnS
4' Jos convcut.os s1íprirnidos; en nio d·e
la facultad concedid:t p.01• ül arUculo
l 14 de la ronst.itucion.
Viro de 15 de dieiembre sobre et
111odc1 de comunicarse con las secretarias
del despacha en usó de la
1ni!!i11la facultad.
Otro dt, l g d.e dicit'mbre organi•
za.mfa la~ S't>er ... farhr& dP. las iuh·n..s
d4:>nciaR" confurme á l~s fdculb1dt>s dt1
ta ley de 8 d~ octübre. _
Ot1·0 de 20 de didt-mhre s~ñalando
t>I modcr de prestar el jnram~n·
to á la Ctlnstitucion log em plPados
púhli<-os de anrl1os clerotf confurme
u lu dispuPsto en- el articulo l 85 de
la ~tt,-stitueicrn.
Reglamento pro·dsoriQ de 22 de di~
iP-trthre sobt·e ~1 modo de eel~bratlruf
a8i8tNreins ftí1hHc'as de f-os maii~.
trado• á lü-S füncionea de ~g:esia
18-22
Olr• provisorio de 4 de Pn~l"O SC).
Lre el modo de prcn·er loa be.ndlcios
~deaiutic:os.
Otro de S de Pnf'ro prPfijando los
clias y horas dd de!!!pacho intea·ior de
las Sflcretarias~
Decreto de 5 de enf'ro rreanclo una
·comi~üon pHra ta'alrnjar un proy~cto de
c:odigo ch·il y rriminal con ohjt>t.o d~
prt•sf'ntar este trahajo e la cornisiun
(IHt> d connan.
za C'lara y llh"'todica •1ue 1iiÍ1·\·il'se de
<>odigo á l(>S ir..tt-ntlt·r1tt>s y hact>i' de
~lla t'l mismo uso que del antnior
trHhujo.
Otrd de 5 Je f"tiero cr~~ndo otra comision
para f"orni ar d pl:rn du es tu·
dio~ coufürme á. lo 20 dt> jn11io.
Oti-o dP. 8 s rt•comie11den
la 1111ion r olh'tlit~ucia á la8
lt>JPS en <'Umpli111i~utó dt>l urtículu
113 ti~ la constitucian.
. Di-versos dtcrtlo• para lá orgnniza.
eion de cantoues dé ltts iutt-ltfJt>n•
éins de CundinnmarcM, Boyacá, Mag.
duleua; Znf i;t~ ,,... t'll~z ttPla y d Istmo
coraforntt· .á la lcv de 2 de uctnhr«".
Decreto de 26 d~ •·~ertl sobre el t'!"fa.:!
Mectn1it'ntu de e~ctwlas noa·nutlf•!4 del
tu Hocl.o de tnt1tfi8tt'l0 f' n ('. 11 m ¡¡liiuic·n•
tc1 de lu lt-y ele· 2 dt> ugosto•
OtrlJ de 30 tle t>rte•ro parn avt>riguar
y asegnral' lus fundos' que dt,.lwn a.pli·.
cai·se a los colt·jw~ y casa8 de et.lu.
c-aciou t>n cuu1plimit-ntu de Ja lt·y de
28 d ... Julio. . .
Besolucion de l. de ft•hrero sobre la
f'j t~ <'uciu1i dt- la l«·y de I 9 t.le julio á
cerca ele la lib~rtad d~ lvs· pal'tos; ma-4
nnmision ~a.
Decreta de 6 de ft>brero organizando
las sc-cret:wias d~ los golwruadores
de las provirwins en virttid de lus fa·•
cnltad..-s de la IPV de 2 de octul>re.
Ot·ro de 9 t.le f:elJrero erijienD
d('ptittametlto las provincias dd Istmo
en virtud .d~ las facultades de la.
misma lt-y.
Otro dt; 13 de febrero con~Pdiendo
á la villa de Sanjil el estabh·cimientu
de cáted1·as de gramatien y de fil~,.
fiofia f>ll cnmplimit!nto de la l~y de
28 de julio ·
Otro de 14 de fehrt>ro preÜJllntlo el
urmlo de p-rcn·ér lus PS~riba"ta ias pú.
blicas ... n vi'rtud del artículo 12'3 dela
constitnciqo
iltt•o de 27 de feh'rt9ro sobre consig.
J}&cionPs de negociantes es.tranjeros
en uso de la atr.ibucion del artículo.
114 de la eot1stitu~ion, ·
Oh-o dt" 6 rft- 1Da•·~o reunil'ndo tem.
po1·almente· ét depai·tamcoto del V.ü&-
ca al distrito jndicia1 dPl CPnt.ro t-n
\'irtud de las facultades e.le la lt-y d&
9 de octuhrt-.
Oh-o provisorio de l l de marzo
sobre· admision de antiguos indíjeuas
t•n los coh·jios 8f'tni1rnraos.
Otro de 12 dt' marzo sobre el estabkcimit>
nto de una biuliot~c:-a pública
PU tjecucion de la 1 .. y d~ . 28 de julio.
Otrn d~ 14 de marzo sohrP estahlecinaiPnt<
.. dH un hospicio l'U la pro\'i11-
c1a de Pamplo1rn.
R eglamento d~ 14 de mHrzo t:'n tsje-.
cucion d~ lu cédula de 31 tJt- mayo
dP 1789 sobre el huen modh con 'l~e
d<~ lum sea· tratados los esdu"os por liUS
ll1n0~.
IJecrtto de ~O de marzo nrd•·mmdo
se pongan hu~ armos de la República
en todos lo8 edificios público~ y en
los pe!i!os y 'IMedidas confürme á la lry
dtA 11 de oet ubrt-.
Otro de 28 de marz-o sobre pro,'Ísion
dt"-1 oficio d~ anotadort-s de ltipot
.. cas conforme á la cédula de 25
de sf>tiemht·.e de 1802 ~n la pa1-·te
que t•stá confürlne cora 111 coustitneioa..
Beglame11to d.- 28 de nuu'!z•o *~na.
laudo los 11t-gocios que corrPspomlen A.
cnda mm de las s~crt'tariflS dPI despa.
cho t'n cnmplir~ieuto del aa·ticulo 137
tle la constituciom
Decreto de g de fm1yo asignandé "1
dt-1HLrtameoto dd Istmo. t>I ntíowro
de 1•epre8elltUl\fNi fJUra tal fntnro COfl•
greso en mm d~ fa8 facultades de la
l~y de 13 de octulwe~
Otr'o df' la mism·a ft·cha ordt"nando
la t"ft'~cion com1titncionul dfl cnata·o sernul,,
rt"s, _por •kl mismo dt-partamPnto.
Otro de 13 dé m21yo prohihiPndo la
circhlaeion de variol!J libros olJcenos é
im pudicos t-n uso de la facultad de la
lt•y ile 22 de agosto.
Otl*o de 17 de mavo estaM~ciPndo
un colejio formal t.on Ía capital del de ..
pnrtunwnto de Boyacá en cumpli·
ni ien to de la lf"y dl11 28 dt» j nlio.
tJtro de 5 d~ junio sohr.- d nllnna.miento
de las casas de los ciudadanos
en f'jN•ttcion de los articulos L69.,
1781 y 188 de la eoustituciou y de>
lu ley de 27 de s~tit-mhrt-.
Otro· de 6 de agosto sobre la istah.
cion de la eort~ · de jnsti~ia d~-1 Saie
en ejecucion de la lt.•J de .12 de oe•
tuhre.
Otro de 6 de ngosto aut~riznodo al
intendente de Quito pa1·n. sP-ñalar i
las pro\'incius de t-tquel dt!p~1·ta t1wntt>
el numero de 1~epresentM1tes que dt"h&
el,,.jir para ~1 futuro congr<~o en WH>
de las facultades de la ley úe 9 de
octubre~
Otro de la misrna fecha autari;z;ando al in.
tendente: de Quito p<1ra hact:-rel escruti1~ir>
de la t:leccíon de senadores de _a<1ucl ckpar ..
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
lamento, en uso de las facultades de la mis.
ina ·ley.
Otro de 2 de setiembre· convocando el
éongreso de 1823 tn ejecucio~ del 01rtículo
155 de la cons.titucion.
Otro ele la misma fc:cha ref)tltuyendo á la
cliocesis de Popayun ul reverendo obispo dr.
Salvador Jiment·z de Enciso en uso de
las facultade:; de la ley de 9 tle octubre.
SECRETARIA DE HACIENDA.
1821
Decreto de 13 de noviembre .asigmmdo los
6uddos de los oficiales id.:nte d1: Cun_dinamarca <.:n qw: lo dccla.
tó abierto por circustancias particu 1.1res.
Otro de 6 de diciembre crt."ant'lto ele bit·nt'S nac;
ionalt.-s y detallanHicmbrc-.
Otro ele 10 de diciemlm~ sobre lns foncio-
11e:-s dt· las comi5iones subalternas de rcpctrticion
de: bienes nacionales.
Otro orgamco de Ja contacluria jeneral de 12
ck diciembre en virtud de las facultades de la
In' de 6 de octubre.
Otro de la misma fecha C'lrganizando l:i te~'
reria jent."n,I de la República en virtud
de la ley d~ 8 de octu hre.
Otro d1: 19 de diciembre:: st-nalando los sueldos
á los oficiaJes dd dt.~spacho ele las intt:ndt:
ncius conforme á la misma lt'y.
1822
Decreto de 3 rle rnéro (lrganizando la éonta.
duri~ j < nC'rd Ut' cfa.znws.
Otro- de 4 de enero adjunta de correos.
Otro ele: Ja mismu fecha orf!nnizando lns te~
orerias dt'partamt:ntales y p;~vinciuks en vir-.
tud ck la !ey de 8 de octubre.
Otro de 10 de enero ordt-nandn á la contaduria
j eucral hng.t pres~ntar:'>e las cu_ent:.is
ele todos los qut: hayan mamja vi-j~
ntes. .
Dl'Crrto de l. ele febrero disminuyendo en
un tercio por el tiempo de seis mc:ses el suddo
de los emph·aclos s<:n·idnernl de correos cid distrito dd
C(·ntro en .\'irtu la ""etc r1r;: c ~ dlT (:'ll b ve:-udut:.i.
Decreto de 21 dt: marzo autorizando al
intl:ndl'nte :i requcrin1iento de
la alta co:·t~ ele iu ~.t i c!a d t: b H<:pú bltca.
J)( .. crcto ele 22° lk 1'11ayo establtcien d~ EcJ::d.~.
Otro ele 2i dt' JU11l0 sennlando sueldos á.
los cmpieados subaltt:mos de la administraci<)
n d epartamental de correos d el Istmo.
lll·r:rlamento de l. de julio scbl";; la receptoria
'de alcabafas en ej_ecucion de la lt-y jercito dd Magdale•
11a en virtud de la ley de 9 de octubre
Otro dt 3 de diciembre autorizand~ al je.
utnl Soul>ktte en los tres departamentos del
Norte c:-n ejecucion dd decreto dd congn::so
jeneral cle·6 ele octubrt>.
Otro en la mi:>ma fecha sobre estabkci.
miento cle un <::stado mavnr. t-n cada uno de
los depart,\m<:ntos tn cjt-cucioll de lus kyes
anteriores vijentes.
Regla111c11to ele 7· de dicie-mbrc sobrt' t-1 sumi1iistro
c.kl pre~t y p;.ga d<::i cjen.:Jto, ndmini::.
tracion milit<•r &.c. u1 tjn:ul:Íun d~ la ky
dt- 8 de octubrt'.
Ot 10 de J l dicicm bre s"bre socorres á loa
_:.old~dos im1 tilisati torn ando la <'enuminé.icion cit" l. 0 e1'
vmud dd articulo l I 7 ch: b cou:.titucion.
182~
Reglamento de 5. de enero sobre las f,,c-ut.
t<1t.h s clt- t'j('rcito.
y clep<:1r!•:n1t nt1;s, y ele los cc, m.a 1 ~ d•11Vt-s de
p!.izas t' ll t j1::cucion ele la ordt>11a1 :zn jc:nt.n1I tn
l u:c: cu1i t:I si!)ttma de Colombia.
Otro de 8 de ('n t>ro sc.bre perstcucion y apren.
sion de destrtores e~ 1 c.jccuciou. dt: hls kyes an ..
tc ·rion ·s.
D<·creto de 24 . . de enc·ro creando una comi ..
~ion que trL1 bajuse uta prc.yt cto de orga.
nizacion mi litar ¡;;..1 a prcseütar10 a la que nvm ..
hrare el futur sobre formac1on ele- un
cw:rpo de t jcrcitn dt: n ·scrva t:n lo_s c1"p.<1n.: .
1~ ~ e1 1 tn s ·de
8 de cc1 u br---
Vunos d<'crr.tos r( uniendo tcn-;poralmente
el mando mi iic<.r y d civil en a :g u1iüS
clq"<\r t<..mu1tos y pr•1viucius u1 vistud de la
lC\· ck 2 de v<.:tu Ln:. .¡
SECI:U~ TATIIA flE MARINA.
18:.d
Decreto de 29 ele diciembre sobre aumente>
ele la t'Scuudra ck Colombia l.'ll virtud dt: la ll y
de 10 Ü de
!fül r zo e tt 1; i . tud de b ky de 4, de octu br e~
D ecreto ck: 28 de junio crnmdo una <:'scu eb
de rn~utic~ t n Cart<1jc:na t'll virtud de la ley
de ;¿0 de ju ~ io.
ú tro d t: 22 de ju1io suspendiendo la orde.
nan za I dt'spnrho
ÜP nuu-inn ·'l'' tJ"ll(-'t'l'a-P:ihu·io d\~ Bo .. • ) gotá á l. de sct ieml.u-e tot.los los esclavos
debe p1·r~nnncforse. en.favor de e.flos
Biemp1•e que haya duda- Dios &Pedro
B1·iceño .ftd eulh·z.
8ECRET ARIA UEL INTERIOU.
Despues go_b crn ~1_dores é intcndr:n~es
hJn adoptado la pruv1dencta ha sido utn1 <.;Íertra
idea c~1c se ofrecia, y ck.bió presenürsem~~
foé la d'-! b form'·' del golrn:rno mas ac.bptab :e
á una nacion que est~llu llam~da 6. co~"Ocarse
en d pruna órdt·n de lus qUt> hi.1b1tan el
globo.
Esta forma conveniente', y de tanta rstabilidud
cu .. nt.i pe r~nik la c.1duca s~H:Tte de
las cos:1s hum ~tra~, qui zá h~i!>r i a sido para ;.ilo-
u no~ un pru ~) '.:: m.i tk difi ::il y tardia solucion;
p1:rn pa~·a mí, ni f\.~é !ºuno rÍi lo otr~; el m<>;
mento 1:;tab:1 , y foc1lmL""ntl' rcconoc1 en que
punto dLstalbua la luz de ht fdic1dad del nuevo
im peri u.
La opinion pt~ blica. t¡Ué andaba por
Ja emancipa~iun d~ este país de su antigua
ml"lrc!> poli, h apctt>ci:.i~ con Jos otros dos requi
sitoti t u_rcron tambicn las otr~s dos
gecuenéia
necesária desig1i ar la ptrsona y .dina~tí~ _que
babia de ocupar el trono: porqut: s1 conoc1endo
la índole pacífica de la nacion, e~ cuyo nombre
hablaba, no me creí permitido anunciar mas
qu;? la dtfensa sostenida de su-s, in_ditiputables
derechos, ni t'SCt'dtr e11 ella los lrnutcs de una
moderacion raz1mable,ni mucho ménos preparar
t'n su término glorioso d jérmen de his facciones
uristocráticas, ó el principio de Ja frrmentacion
y tumulto á que propende la democrácii.
l; ¿có mu habia de dejar abit·rta la entrad<\
a los inconvcnientts mas graves y alborotos
que suelen acompañar á la deccion de un mo.
nurca en un t'stado electi,·o? Designé, pm:'s, en
primer luga~ la p~rso~a dd mi_snw prÍt?cipe
que hasta alh hab1a re1rado en N Ut::\'.i-Es¡ .una;
'y para ocurrirá toda dificultc.td, y no pc:sar
mas allá de lo que ÍUL'sc prc-ciso en lo ~p i icacion
por sus córtes determinase Jas condiciofü
s de la veme.la de &Jquella persona, y t n !:>Lt
ch f.:cto llamase la que tuvie::.c por mas co11-
veniene.
Me he visto oi,ligado á hacer esta.s brr.
ves indicaciones, por que en· la nrnlt.1cioa
' ele un entu::;iasm<> fácilmenk chjenenm los
af~ctos patrióticos. A.e notado dectivamente
con sentimiento, que en algunos impn.:~os ia
gratitud se ha es.cedicl? á invit;ü mt: c<~n la
dimkma de e~te 1mp~no; y arguye al mbmo
tiempo que no tuve iuvestidura al_guna con~
cedida por la nacion, que me const1tuy1:.ra i:,w·
apoderado y esto para ªPºY•:lr <:n f..1v.or c;k la
invita~ir~n, que d plan jurado en ~guala. no
obliga á la nacion, pors que
todos lo. is pu bli<.;istag, y las nacirmes cu ta$
reconocen en los ¡mt: blos para fo rmar, m .:ntener,
per1l·cciunar ,'! mud;ar su con _-ti_tuci:m,
st'gun conyen~ • a su salud
1
bY. fd1c1dad; y
que ~ta fue UQ1eamcnte e o ~eto c¡ue n.e
propuse en todas mis operaciones y con
particularidad en 1.as important~s h_ases dt:l
gobierno que c:1.~baa suceder al ant1gno cs ..
pañol.
Despues de esto, no eta solo una v~dad,
sino un hecho incontestable y notorio,
que Ja nacion ~.ratificado con las de~os~r~c1ones
mas enérJicas,y éol) la achtmac1on mas
solemne, lo qu~ practiqué en ~u nor~bre y
con su represent~cion en Iguala y Cordov··.
Y ¿ ~Óm? la naci?n pod~ía im¡,u~nar, pt rmaneciendo
las mismas circnstanc1as, lo qt.e
tan soltrnnemente ha autorizado con sn'voto
público? ¿Qué cosa podria ~e~ estaiJ 'e
en la fé' rle los pueblos y de sus representantes?
¿Qué t;~mmtía, qué juramento _ preste.
tria s:'.'guri:bd ?
Advierto bien y me compluce que. fl() se
desconocen los principios que hac~n JUti~1ficada
h.1 mutacion de un gobi·~· mo. E o..,ta c<-.n
t'fecto pertenece esclu::,ivumc:11te á la n.::cion,
y no es dado á un cnrto número e!~ ciudidaüos
poner en confu'5ion. al 1.:sl~-td 0 ; pt'ro ~1 d l:mas
dtbo pt·r::.onal en bs
insinuaciones ó prociamac1on1..s <¡ue me: cuu ..
signan la corona. . • .
El que csta b1ec10 fos bases re~~· ncl JS
del pL111 de I g;u::ib y tr:-~t :1aos de l.1 n !la de
Córdova, t1'nÍa d en.cho á c¡uc !-le I·.:> 1.;rcycn::,
que !::iobrc¡n.1esto á t ·1c1u e ~.t.iÍ ritu Ct>
sirvieron par:i p-re"Ser\'tr, no :mis operaeioncs-,
gh10 mis h1timos pensarnitnto~ -ttt· una sü~
picada calumniosa. Et1 esta Chl>ital, cuando
cústia en ella él que se titul6 gobierno d"
pañul ~ public6 en un pe>riódítn derto ~~
tículo bajo ti nombre de \lln pttrlota mtji'"
cmo, en que no pudiend ob~ado i
,, vuestro je.fe há5tti ~1 punto de ~nsar en una
,~corona, que Je tlena-na de óprobio-, dincilh.
s1ma de cons~ir, y que nnn l~da se de9-
,,plomaria ·bien pr®to con gran &acaso de
,.,sus sienes? ? No debe lisonjear.le mas Ja
»de laurel y de ct\eina, que le destinan su!t
,,hermanos de armas·! ,, Pues si esto se escribi
6 en el tiempo -en-que no resonaban ni
habian elevado tanto su tono las aclamacione~
populares, ¿qué quefria decirse de ese mismo
jefe ~\ calla•e y permitié.se que se arguyera
de iosusist~nte lo que estableció en su plan
y ajustb en los tratados?
No estará ciertarnent~ ttt tni man& aca•
))ar las murmuraciones de la 1naledicencia,
ni los susurros de l~ mahgnidad. Tampoco
tnc es dado puntuali2ar el suceso de las pre ..
diciones políticas que'S~ forman sobré Ja repulsa
que hagan de la oferta del trono el
~mp!'rador y demns personas de su rC"al farniHa
llamadas t!ll su -caso, pero !tÍ puedo
afirmnr de ll'ti mismo que cuando la nacion
m~jicana disponiendo lejitimamente del cetro
~e s.tl imp~r.io !l~~ie á ofr~cerm~lo como
a Wamba ofrec10 el suyo la nac1on es ..
.pañoltt, seda necesario pár'a l}Ue corrkSC· ta
l)ariedad dd éjcmplo. t¡uc tercera vez se rtpi.
tiesc el prodijio de la "Vara de Aaron,que segun
•1gunos historiadoresfui el que hizo que ese
dignisimo príncipe: c~die$e á la istancia de
los électorez;- y que aplicandóm.e e.n el figu.
tado caso alguna parte de lo que contestó
~um~ á lo~ embaj.nd'1re·s de Roma que lé
presentaban la corona. no c~saré de rcspon•
der, que &i en mi percona f;e rtconocen aJ.
gunas prendas aprecfabtes, gerb puntnalmen ..
le las que nms me dt:beri alejar del trono:
esto es, da.mor al rCpdio y \lb vida tetirada.-
lturbl/U.
- -
ESPA:&.A.
El ,;guimte men1S0j-e th la• eortez "fJO#Jo.
úu al rey demuestra á todas luces eJ
e•trzrlo erftico y lammtaok •n tJW·# · ni·
t:cmtraf;a la nacio11.
En sesion eStraordfotlria de· ayer, las cortes
acordaron el siguie.nt€ mensaje al rey sobre
d estado de la nacion.
, Señor.-Los representa·ntca de Ja na.
cion, remi~dos en cortc-s estan opri~idos efe
dolor.~ vis~a de las_ terribles ealamidádes que
la affiJen. Ella Jes ha honrado con Ja mas al ..
ta confianza, encarg-andolcs el cuidado de
sus destinos,.y ellos se mostrarían indignos de
tan gran f~vor, si nó elevasen su voz al trono
u u gusto de V. M. con el fin de manifestar
al r~y const~tuc!onal l~s peli~s' que ~me ..
nazan a. t'Sta· heroica nac1on. Est~s pehgros
son .tembles y ~spantosos, ·y requieren pronto
re.medio, no porque teman· las córtes que
. peligra la libertacl d~l pais, pues ella está
funda~a sobre base• mdestructibles y etet ..
1mS; SIDO porque desean evaar Ja efüsion de
sangre. ultrajes. 1 ~tres <}UC sin produ-
CA.CM'!.- DR COLOmllA
cit ventaja alguna i sus ;¡U\otts eubt}riatl
á Es pana de consternacion ·y luto.
V. M. s:\be, y ltB córtes 110 han olvidado~
las turbulencias que ha poco tiempo ajit-cban
la nacion: entonces~ miraban como movimientos
que no .. teman consecuencias, y de
la Aaturaleza de aquellos que siempre siguen
á los camllibs políticos; peró lá ~speriencia
desgraciadaμiente ha mostrado, que ellos han
sido el orijen de las mas violentas convulsiones,
y nosotros hemos sido mas cruelrn~
nte castigados por J1aberl'o~ visto con indiferencia:
el lenguaje de la verdad es el úhi ..
co que debe dicljirse á los reyes que rdnan
conforme á. las leyes, y que no ¡uiran mas
que á la frlicidad de áquellos ~ quienes gobiernan.
Esta heroica nacion, senor, está )'a
cansada de sufrir los ataques contínuos de los
malvados que tt·abajan eh dtstrqir nud.ti'as
sabia5 istituciones~ ella no teme injuria algu ..
i'á sobl'e el particu lat; pero está irritada, e~tá.
exasperada, y las cortes y el rey costitucwual
dt'lien c~1h11ar esa exasperacion.
Dos anos h~m corrido senor, de~de que V.
M.como padre dd puebio,y resuelto á promover
su felicídud,juró libremente y de su propia
voluntad ta con~titucion política de la monarqula
~spaño!.a. En aquel dia ttlémorablt', rn
qUe V. M. dió un paso tan en1inef1teme11te
glorioso, todos los e~panoles '}Ue amaban á
su r<'.y y su 1ibertlld• se entregaron á Jns es.
peranzas mas fümnjeras: un. suceso tim gr_;ltl·
de como inesperado dejó atónita á la Euro•
pa, confu11dioos á los enemigos dd jéncro
humano, y domadas fas pasiones ltl<'IS ·violentas.
~Quién no creria entonces, que aqhd momento
t'ra d mas ~scojido y mejor convinado,
para asegurar eternamente la felicidad,
Ja gloria, Ja grandeza y el p·orotnetia.
Pronto se descubrib qtJe un horrible de·
signio ~e formaba t>ara impedir Jos ptogresos
de la hbcrtad y las Ju~ las reuniones mas
inocentes y }('gal~s se anunciaron como criminales
y los patriotas mas ilustn-s fueron persegidos
con furor. Se intentó levantar el nue\•
o sistemlumi
reusa escribirlos. Cuando le tranquilidad dt'l
estado, t'stá á. punto de destruirse para siempre
, y no &e oiplican prontos y t ficace$
remedios,las-c6rtts foltarian al mas sagrado de
sus dt'beres que es trabajar incesuntt::rner.te por
Ja fdicidnd de Ja heróica é infürtun::icla nacio11
que representan, si no se clirijieran á.
V. ltf. con el respeto que Je es debido, pe.
ro <:on la ene1jia ciue corresponde á los di.
putados de \In pueblo libre suplicandule
que con la mayor fuerza se sirva arrancar d6
raiz todos aquelloc_; mules y peligros, y dat
con todo el poder ele J~s le-yes, un nue,•c>
y eficaz impulso al gobierno, a fin de man ..
tener la puz en armonía con la verdéldera
opinion put.>lica, que es la que gobierna el
munclo, y cuyo::J progresos no pu<.:de el hom-
'bre detener. -
_ Entonces señor se consolidará esta opi.
nion, t.sta sola opin"ion que conl:>iste e11 d n ..
~or de la constitucion que hemos jurado.
~11a se consolidará ~on franqueza y buena
fe porque todos los espanoles están· perwa.
~1tlos que el gobierno et:>tá identificado cori
la causa de la libertad, y que el trono y la
repn:sentacion nacional forman un vínculo
fodi$oluble, y una barrera de- bronce en qt~
se destruirán los proy~-ctos y conspiraciones
de aquellos que bajo cualquier pretesto quie.
ren privarnos del precioso tesoro d~ AUestra•
seguridades. Vea el pueblo eonfiado el poder a
hot_Ilbres que· miran por las libertades puhli.
cas; vea la nacion entera, que d titulo y la
viriud de un verdadero pttriO:ta, son el tí-hiet>
derecho, y el solo medio de ganar "acceso
i V.M. para merecer su favor, y ;btcn&el
_honor que V. M. pueda c-0naeder, y que
todo el rigor de su justicia, toda la indig.
nacion del rey_, .--:aer! sobre los tniserablé$
qne osen profanar su augusto y aagr-á
Citación recomendada (normas APA)
"Gazeta de Colombia - N. 49", -:-, 1822. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2874587/), el día 2025-05-04.
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