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Lances de carnaval [recurso electrónico] : comedia en un acto / por D. Manuel Breton de los Herreros

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  • Autor
  • Año de publicación 2011
  • Idioma Español
  • Publicado por Madrid : Imprenta de Repullés, 1840
Descripción
Citación recomendada (normas APA)
Manuel Bretón de los Herreros, "Lances de carnaval [recurso electrónico] : comedia en un acto / por D. Manuel Breton de los Herreros", -:Madrid : Imprenta de Repullés, 1840, 2011. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2803320/), el día 2025-11-03.

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Relato de un asesino

Por: Mario Mendoza | Fecha: 2014

Un hombre, Tafur, está en prisión. Trata de reconstruir su vida a través de sus memorias para llegar a entender qué lo llevó a cometer un cruel asesinato. Con una prosa que cautiva desde el comienzo, Mario Mendoza sumerge al lector en la ambivalente vida de un individuo que busca liberarse de sus obsesiones. Una extraña enfermedad que aqueja a Tafur desde pequeño ha hecho que se mueva entre los extremos: una vida tranquila que lo lleva a tener horribles visiones y una vida entre los marginados que le procura tranquilidad. Viajando de un extremo a otro transcurren sus días, hasta que logra encontrar un frágil equilibrio entre los dos mundos. Relato de un asesino, la tercera novela de Mario Mendoza, nos presenta un alucinante recorrido por el alma de un hombre, al tiempo que nos obliga a una desesperanzada y lúcida travesía por Bogotá y todas las ciudades que en ella conviven.
  • Temas:
  • Autores colombianos
  • Literatura
  • Literatura colombiana

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Relato de un asesino

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Imagen de apoyo de  Boletín de las Nuevas Rentas - N. 6

Boletín de las Nuevas Rentas - N. 6

Por: | Fecha: 1906

Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Att. 30. Constituyen délitos de im.. ~~·~!Ji&i ·'ldti!lt\~1~1:-:111~~5~~~~~~~ ,prenta: t 1.0 tas publicaciones Dfmsitl•, i sea aquellas en qu~ se atenüi lf. la honl! ra de las personas; 2.0 Las publir.-aciones ~U'hm-#l!u, sea aqueHas en que se atenta contra el orden social y la ttanqyiHdad pdb~ cas;y . 3 o Las r;orwra ven010qes al J)resen.. te Decreto q-ae no se hallen com~n. didas en Jos ordmaleSl'anteriores, Arl. 31 • LOs delitos ocasionados por. publicaciones ofensivas, un Jupr ' Jbt., juicios JJamados de injuria y de calumnia, los cuale¡ se rigeq, tramitan y castigan de acuerdo con- la ley de procedin:il'ento y ~ QSdigo Penal. An. 32. Los delitos oCasionados por med(o de publiceciones subvenivas los constituyen: · 1°. Propender 4 la desmE'mbra. ci6n de la Repúbltca eS Ji la CiÓn de l\1na parte (le SU U•rritrorin 2. 0 Desconocer 6 la Constitución 6 las leyes, ó propencrer al d~onocimiento 6 de$0bedrencra de ellas; 3.0 E"citar á cometer actos que fas leyes c~quen como delitos ; <4.0 Atacar á los Gobiernos 6' jefes de las naciones amigat~, siempre que la legislación de los respectivos' p«fses consigne igual prinaipio de reciproct­dad, y su Gobierno lo practiqu ; 5.0 Atacar la iueru~. obligatoria de Ja cosa juzgada, 6 coartar con amena.. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. AÑO I Republioa. c1e Colombia. N.O 6.0 Boletín de las luevas lentas Dlrcttor, GltECOitiO GlJTIERRI::Z • BOGOTA, NOVIEMBRE DE 1.006 EL MONOPOLiO DEL TABACO EN COLOMB IA. TI P asado e l primer e ntu c;iasm •' por el c ulti n, dt:l Tabaco, que ta n rui­n osas con secuenc ias tuvo p ara lus que atolondradamcutc se dedicaron á ese n egocio, éste se n ormalizó u n poco, au nq u e la produ cció n y la cali­dad d e l a rtículo fue d ecayendo d e día en día . En realidad no se s upri­mió el mon opolio, pues h a s u bs istido h as ta nues tros d/as , con la difere n­cia de que n o e ra ya del Gobie rn o s ino de unos p ocos propietar ios de terrenos, e n l as r egiones tabaque ras, espccialm en l e e n e l T o luna. En e fecto, el s is tema emp leado por dich os propietari os, fuera de ser poco m ora l, n o es abso lutamente e l llamado á mejorar la ca lidad del ta­baco, que es á l o que d ebier a n .concent ~a r sus cs~uerzos todos los ~irec l a­mente mleres ados en el n egocto . Constsle est¿ s tslem a en dar la Lt e rra á los peque ños a g ricu ltores p ara c¡ue siembre n tabaco, con la condición de que toda la cosec ha l a vendan por prec ios r educidisirnos :-\ los dueii os del res pec tivo terreno. Aqu e ll os infelices n o tie n e n h a lago a lg un o e n el n egocio, pues sab e n d e antemano que todo el t abaco, sea bu e n o ó m a lo, t ienen que venderlv á un mi s m ,, prec io, por r egla ~e n cra l, y por con si­guiente no torn a n ningún interés en emplear :Htt;llcl :-.crn illa ni en pro­c ura r o bte n e r p or m edio d e esm er o )' c uidado con l.ts pl. utlacio nes, ta­baco de mejores calidades. D ebido á esta circun s tan c ia, el descrédito de l11 " tuhacl)s co lombia­nos en los m e r cados europeos ha s tuo g rande, y muy con-;idcr ab le la d is­minución d e l exportado. El desastre e n l a exportación el' tnbaco ll egó á :-u colrno durante l.\ última guerra, pues á p esa r de que sólo se despaclt aua n para Europa lo­tes muy reduc idos, e l articu in la 1\a :io­nal, entre otras, la d el Tabaco y l~i~arr illos, c obra ndo un impucstn so- • bre e l consumo del p r imer o, y rn onnpoli 7a rv ln la f ; hr ic .• • ;,·,n, rntroduc­ción y venta d e los segu ndos, d.urdo al mi-;roo ti ·rnp • li :.n· la prod uc­ció n i export ació n de l taharo. 1 ara los efectos d el i mpuesto S<• bre el cons un u1 :-e di,·i diú e l tabaco en seis clases, por las cuales s e pag·aba una cuota de $ o.t, o ha::-lt $ r ,2o por cada doce y medio kil os, s cg·ú n calidad . ' Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 238 BOLET1N D E LAS NUEVAS RENTAS L a importación quedó g ra vadu con $ 3.00 por cada kilo de ciga­rros y co n S 2. 50 por cada kil o de t a ba co en c ualquiera otra forma, m e­nos ~n picad'ura y cigarrill os. Por Hesoluc ión nt.'1m ero r 2, de 22 de Abril de 1905, se elev9 ;i S 3.00 e l der ec h o d e importación de la picadura; y e l D ecreto número 259, de 15 de Marzo de 1905, red ujo á dos las clases de t abaco, por las c uales se pagaba un impuesto de cons um o de $ o.8o y $ 1. 20 por cada doce y med io kilogramos. El Dec reto número 702 bi s,. d e 27 de Junio de 19 05, decl a ró monopoli o nacional la exportación y venta del tabaco, y la fab ri cación y venta d e ciganillos, da n do a l Ban­co Central la admmistración de este fH·i,·ilegio . Quedó libre la produc­ción m ed iante ciertas d is posiciones y r egla m e ntos, pero e l c ultivador est aba comprometid o :i vender todo rl tabaco que cosechara a l Gobierno ó á sus sustitutos á r azón de $ 3.oo, $ 2.00 y$ t. oo por cada d oce y m e­dio kil os, según fuera el tabaco que entregaran al Es tanco de 1 ~' 2~ ó 3~ clase. • Es te úllimo Dec reto fueen pa rt e der ogado poi"ci número 951, de1o de Agosto, que abolió el monopoli o y pe r mitió la exportació n y venta. d el artícul o media nte el pago de un impu es to de co nsumo. ll oy rige,. fijado p o r los D ec retos n úme r os 997, de 25 de A gosto, y 1220, de r 3 de O ctubre de 1905, u n impuesto de co nsumo de$ 0 .1 5 p o r cada kil o, y los derechos de importac ión que actua lm en t e s ~ cobran son de $ 3.00 por cada kil o de cigarr os y de $ 1. 50 por picadura, etc. etc., de acuerdo con Jos Decretos números 1046, de l¡ de Septiembre de r 905, y r 33, d e • 2 9 de Enero de 1906. • D esde el 1? de Enero del prese nt e a ii o se hizo ca rgo el Banco de la R enta de T abaco en Antioquia, pu es hasta esa fecha estaba arrendada p or cuenta de a quel Departamento en la s uma de$ 8,930 mens uales . Ya ti ene, pues, elllanco la Adm in is tración de la R en ta en t o da l a R epública en co rto tie mpo rel a tivame nte, y ha logrado, venc ie n do innu­merables dificultades que se presentaron a l estahlecimi l!nto d e ella, or­ganizarla t a n co nv enientemente qu e los p r oductos va n aumenta ndo mes. p or mes. En corroboración d e esto, d arnos á continuación la relación de los. productos obtenidos en o r o desde que se c r eó la R en ta : A ntioquia yCnld:~s.S Atlá ntico, Boliv:~r y l\ I:.JgdnlcO:l .. . -·· B oyacá y Tuod aru:~ .. Ca u ca • .. ••.. .. .. - - Distrito C:~pitai,Cun­dioam:~ rca y Quc­sad: l ...... . •.... _ Nariiio .... .••.. .. .. Galán y S;~ntandcr .. H uila)· 'l oliru:1 . .... . 11,781 87 15/¡ 1!) 36,6 1:; 2ti 1 O,OU!) !)7 2,!)07 87 1 ,g;~o Ü!) :~3·770 í!> 1!)06 1/¡6,o3o 23 lwsta Septiembre . ..•• S 1 ;18,G75 37 h nsta .Agos to .... _ .•... 1 :t 05 h :H;ln .Agos to ... .•.. .. . ¡/¡,?lis 57 lwsta Agosto ......... . . 2~,5:.o8 73 lw~ta Agosto .....•.• ü,li '3 !) 1 ho s ta Srptic mbrc ..•.. /¡1,di5 36 hasta Septiembre ... .. . 2/¡,o/¡IS 13 hasta 1\l:lr?o ..••..•.. Sumas ...•.. -.S !)7,230 al¡ /¡:,/¡,33!) ;¡;:. Sumas. 1/¡G,o3o 23 l so.4¡p 24 Jti6 2q 11 0,880 83 551 ,sGo 4n !\luy g rande fue el descontento que p roduj o e n lus círc- ulos tabaque­r os el Decreto nümero lp , m otivo por el c unl much os se abs tuvieron d e Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLET IN D E L AS NUEV AS RENT AS 239 continuar tan importan te cult ivo . Sin c mbar;:_o, los q ue comprendieron b ien que e l peque110 i mpue·to q ue cobra e l liobierno no afecta l,\s g-a­n ancias sino de una manera poco co ns iderable , obtuvieron fa mosos re­s ultados pec u niarios. Esto h a cont nbu ído favorab lemen te á le\'anlar los á nimos de aquell os p l'opicturios de te rrenos y de c ul tivado r es temerosos y p oco emprendedores, tan to que ya se t•s l~í fl)rm wrlo e n Palmira una Compalifa Tabaquera con fu e rte capita l, par.t e mprend e •· el n e ~oc i o del cultivo del tab aco en gn-tnde escala y co n todas las reglas modernas. Pien sa la Co m paii{a enviar u n Agente á Cuba n la cantidad r¡ue \!l Gobierno d eter mi . ne de acuerdo con el Banco; 6) . A contratar la conducción y t>l aseguro de l a~ ba rra~ de p lata. de~ lugan!s Jt> la R epúb li ca qu e el Gobie rno detPr· min e. En caso de r¡ ue no fuert: po'i­ble verificar e! aseguro, el Banco r•n. tregará las cantidades r¡ue ord"ne rl' m esar e l Gobierno, •í la re specti1·a <> fi cina de encomiendas nacionales, para que las haga custodiar debida m ente, hasta el lugar d e su destino, -cesando d esde su e ntrega en dicha oficina la respon sabilidad del Banco, h asta recibirlas de nuevo sus agentes; f) A ejercer la supervigilancia de la Casa de Moneda, procu rando la economía en los gastos, la conserva­ción de los edificios y mar¡uin aria s en e l mejor estado, y dando partt :ll Go­b ie rno de las irregularidades qul" note y de las m e j oras que convenga introducir ; g). A promover lo con1•eniente á fin d e que se establezca en la Casa ~e Moneda de Bogotá el apartado de la plata, en vez de que é$te se haga e n e l Exterior; h). A pagar el personal y material d e la Casa de Moneda, previa apro­bación de l In ~pector Fiscal á las cuentas de cobro. 2.0 El Gobierno le r econoce al Banco Central los derechos adquirí· dos por el contrato d e 30 de Junio del año pasad o sobre la Casa d e Mo· neda, p a ra el caso de que acometa la acuñación, prevista p o r la L ey 59 d e 19 0 S para ve r ifica r el cambio de bill ete ; y por el contrato actual le reconoce e l uno por c iento (e por 'oo) sobre las cantidades que se acu­ñen en la Casa d e Moneda, d e con­formidad con lo dispuesto e n el De­creto n •Í mero 640 de 3 1 de Mayo del corriente año. 3.0 El Gobierno conserva la direc­ción su prema de la Casa de Moneda y se reserva la facultad de aprobar el no mbramie nto, suspens ión y des­titución de lo3 empleados y d e orde­nar la suspensión de la acuñaci 6n es• tablecida por e l citado D ecreto nú ­mero 640. cuando Jo est ime conve­ni e nte. 4.0 Todos los gaHos que ocasione al Banco el cumplirriento de este rontrato, serán ele cargo del Gobier ­no. y las cuentas que al efecto pase rld>c!n ser examinadas y fenecidas c0mo las d e cualquiera otro respon­sable del Erario cuyas cuentas afec­t~ n el pre~upuesto de gastos, por la Corte de Cuentas, de conformidad con lo estatuído e n la c lá usula rs.• del cont~ato número r .0 de 6 de Marzo de 1905. 5. 0 El Gobierno entrega rá al Ban­co los edifici<-s, maquinaria y enseres de la Casa de Moneda, previo inven­tario que se h ará y firmará por du­plicado con intervención del Inspec ­tor Fiscal. 6.° Caso que el Gobierno tuviere necesidad de hacer acuñaci6 n de pla­ta en la Casa de Moneda de Mede­llín, ce lebrará con el Banco otro contrato semejante á éste. 7. 0 Las sumas en plata que el Go· bi~rno necesite en los lugares á don­d e debe ser destiflada la que se acu­ña, la s uministrará el Banco á la Te­sorerla Gener al por medio de giros i cargo de sus age ntes . 8.0 Por la Tesorerla General y por m edio d e giros á cargo de l Banco, reintegrar á aquella oficina á éste el Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS valor de los O'astos de personal, ma­terial, etc., q~e ocasion e e l cumpli­m iento de este contrato. g.0 Para su validez, es t e contrato necesita la aprobación d e l Excmo. S r. P r esidente ele la República y de la J unta Directiva del Banc0 Central En constancia se firman dos ejem­p lares d e un tenor en Bogotá, á ve in. tiocho de Juli o de mil novecientos seis. ToBÍAs V ALENZUELA. - CÉsAR CASTRO . .Aprobado po r la Ju nta Directi\'a en sesión de 29 de Julio de t go6. El Presidente, RAFAEL Pnno V.­BANCO CENTRAL.- El Subsecretario, J esús Navas. Acuerdo presidwúal.-julro JO de I90Ó . Aprobado, pero se dirá en P.l ar­tículo final que la aprobación de la J unta Directiva deberá pre ceder á la aprobaci ón del Gobie rno. El encargado de los Libros de Acue rdos, E . Va/derrama Guarín. CASA DE MONEDA N úmero r ,007. - Rogolá, Oc/ubre 4 de I90Ó. Sr. Administr¡¡dor General de la s Rentas Na cionalcs.-Pr·cscotc. De esta fecha en adelante hemos resuelto encar gar á usted d e todo lo relacionado con la Administración y manejo de la Ca>a de Moneda de esta c i udad y hecho saber esta providen­cia a l Jefe de dicho Establecimiento, que se enterará con usted para los efectos indicados. De usted atentos, seguros servido. res, BAI"CO CKI'TRAL El Secretario, Char Castro . ACUÑACIÓN DE PLATA P o r e l c o rreo de encomiendas del Sur. c¡uP salió d e esta ciudad e l día 1 3 de Octubre, d espachó para Pas ­to la Administración Genera l de las Nuevas R e ntcts, 20 cajas con $ 40,000 en monedas de plata de o. so centavos,. á la L e y de o,835. de las que se han empezado á acuñar en Bogotá ; y por el correo del Pacífico, que salió el dla 25 <.le spa t. hó echo rargas con S 16,ooo. Est<~ suma se d est ina•al pago del servicio público Pn el Departamento de N3riño y en e l puerto de Buena­ventura. La acuñación continúa con grand,e actividad . VISITA practieada en la Adminis tració n G eneral de las Nuevas Rentas Nacionales de la Costa Atl:\ntica. En la ciudad de Barranquilla, á 1. 0 de Septit!mhre de tgo6, se presentó en la Oficina tle la Administración General de las Rentas Nacionales en los Departamentos c!e Bolívar, Atlán­tico y Mag-dalena, e l Sr. Elíseo Oter o M., con el fin de pasar una v isita, en su carácte r de Visitador de las Ren­tas Nacionales, en los D.:partamen­tos cit<~dos . El Sr. General D Paulo Emilio Mora les, Administrador cle los t r es Departamentos, ordenó á todos los empleados suministrar cuantos datos y comprobantes se les pidieran, y él se ofreció á acompañar al Visitador y á facilitarle todos los e l ementos q ue necesitar a para el (iel cumplimiento de su comisión. En tal virtud, se dio p r incipio en la f o rma siguiente : OFICINAS O& LA A0lii:O:ISTRACI6!-I Están instaladas en un edificio am­plio, central, de construcción moder­na, por el cual se pagan cien ( 100) pesos oro mensuales. al cambio co- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS 245 mercial, las de los Administradores ~,o y 2.o, Oaja, Contabilidad, Ad~i­nistración de Salinas, Renta de Pie­les, Patentes y guías de Li cores, Fós ­foros, Cig-arrillos y Tabaco y R e nta de Timbre. Cada uno d e estos ramos estú e n­cargado á los empleados que se enu­merarán al hace r la descripción d e las ofici n as que se vayan visitando. También hay los Almace nes de sal mar ina y Depósito de Pie les que se encuentran en locales separad os, de l os cuales se encontrarñ n los J.>Orme nores más adehlnte. ADJI!INISTRACIÓN GE!\KRAL La Administración está á cargo de los Sres. Paulo Emilio Morales y Adolfo Rosas, como primero y segun­dor Administrador, respectivamente. H an trabajado siempre de acuerdo y jamás han tenido la más lige ra dife­rencia. Tienen un corresponsal Se­c r etario, puesto que desempeñ' el Sr. Erasmo Donado. á enter a satisfa cción de sus superiores; un Escribiente ~yu­dante, encargado del Registro de las guías de sal que se vende, tanto para esta ciudad como para el resto de la República, y un Portero, que lo es también de todas las otras oficinas. Todos los empleados están con!.a­grados a l desempeño de las obliga. ciones que les están asignadas á sus respectivas secciones, lo que no obsta para que, cuando las circunstancias lo exigen, se presten entre ellos mu. tuo apoyo, para evitar demoras per­judic iales al ptíblico y á las R e ntas. Está establecido el que ninguna embarcación, sea grande ó pequeña , y que conduzca artículos monopoliza­dos, puede salir sin que vaya provista de un p ermiso escrito, otorgado por el Administrador, y de los documen­tos respectivos á los artículos que conduce. Las embarcaciones, aun cuando no conduzcan artfculos mono­polizados, siempre deben ll evar el permiso de esta Administración para poder zarpa r . OFICINA DE CAJA. La Caja ha estado desde los pri. m eros días del establecimiento de las Nuevas Rentas á cargo del Sr. Dr . • José A. Obregón, uno de los mejores empleados con que ha contado la Ad­ministración, · por su consagraci?n, compete ncia y refinada educaciÓn para tratar al públ i co Se ha separado por tener que aten. der á su profesión Hoy ha entregado la Caja, en pr~­sencia de los susrrit0s, de conformt· dad con la relación siguie nte : En ef~ctivo, papel mo. neda .. . .. ....... .. ..... S 389,648 31 En bille tes falsos . ..... 3,365 Letras á 3 d ías vistas. á cargo de González yC." 5,000 En cheques á cargo del Banco del Atlántico : Número 7, á favor de G. Ferh:-::ann..... .. .. ... . 8,584 Número 10, á favor de Breuer, t\loller y C." .. .... 45,657 Número 28, á f .vor del Banco Ce ntral .. .. .. .... 9.925 Número 33. á fa\·or de O . Berne y C • . .. . .. .. .. 50,ó25 Número 63, á favor del Banco Central ........ .... 20,000 Recibo número 8297, Roc;anía Hermanos....... 25,000 A cargo del Banco Co­mercial : Cheque número 9 1 3, á favor de G e rdts y Stubbs. 205.424 64 Cheque número 2, á favor de Antonio Volpe R . .......................... 43,200 .. . Cheque número 6, á favo r de B r euer, Moller y c.·........... .... .. ... ... 1,337 ... En vales de la cuenta corriente de pieles del interior......... ..... .. . .. . 34,030 So Uno á fnvor del Guar-da R. Ospina para seguir á Ciénaga ... ............... 5000 ... $ 842,296 75 - Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. r ' ~ 1 t l • , BOLETIN DE LAS NUEVAS R ENTAS Sald" e n la cuenta co · rriente del Banco Comer-cial ..... ... .. . ..... . ..... S 124.4&2 63 EA dos mcnedas de oro colombiano. .. .. .... S E n varias monedas de oro americano ............ . En cheq ue por oro americano . ... .... . 17 so 130 $ 187 so El Cajero saliente entr egó po r in. ventario todos los mu ebles y út il es de la oficina. el archi,·o que se encuentrA bie n arr~glado y el Libro de Caja y los auxiliares. El Libro de Caja est·í llevado con mucha escrupulosidad y a seo, y exa­minado de conformidad con los com­probante!', no se encontró ninguna irregularidad ni se dedujo ningún cargo en contra del cajero saliente. En esta oficina no se recibe ni en . trega ninguna suma sin orden escrita del Administrador General, e l que la firma después de que en la Contabi · lidad se hayan tomado todos los da­tos del caso, como valor de la canti­d ad, nombre de la persona 6 entidad que deposita IÍ cobra, motivo d e l pago, etc. A las 4 de la ta:-de se suspende e l se r vicio para e l púhlico, con el fin d e hacer el Balance diario, de ma­nera que á las S p. m. el Adminis­trador sabe con precisión c uánto se ha recibido, cuántp se ha pagado y e l saldo e n efectivo de que puede dispo ner . No tiene noticia e l Sr. Visitador de que se hayan distraído en asuntos ajenos á las Nuevas Rentas las fuer­tes sumas que se han tenido en de­pósito á la orden de la Administra­ci6n. Se nombró para ocupar e l puesto d e Ca jero, al S r. Rafael Gonzá lez Quijano, quien estaba encargado d e la Administración Provincial de Tim-bre Nacional : y por el mucho recar­go de la oficina e l Sr. Administr ador le nombró un ayud ante con h asig­na c ió n d e $ 30 en oro. F ue nombrado como ayudante e l Sr Bernardo Barrero. Siendo las cinco de la tarde, se sus­pendió la visita, para continuarla el día tres tl e l p resente, á las 7 a. m., e n las otras oficinas CO~TABILIDAO. ScpHnnbrt , .J.-Toda la contabili­dad se bas'l e n el producto de las Provincias Estas son diez y seis, in­cluyendo como tal el Terri lorio goa­jiro. Esta divi sión no corresponde exuctamente á la división terri torial establecida . L a Provincia de S anta­marta se ha di\'idido en dos, que en las cuentas se denominan : P rovincia d ~ Sant amarta y Provincia Ribere­ña. La primera tiene á su cargo los Distr itos más cercanos á !a poblac ión de Santamarta. La segunda com­prende los Distritos de las r iberas del Magdalena. Esto se ha hecho por· economía cle tiempo y dinero y para fiscalizar mejor. Mal resultado darla, por ejemplo, que las pieles de Plato, población de las orillas del Magda­lena, se llevaran á Santamarta, etc. etc . Por las mismas ra1.ones se ha ad­juntado la administración de algunas poblaciones á Provinci as vecinas. Cada Provincia está i cargo de un empleado que se d enomina Agente Provincial, al cual se le IIE'va una cuenta en que se le carga lo que r e­cauda m ensu almente por las r entas que administra y se le ahonan los gastos y ho norarios. Estas ren tas son : la de consumo de tabaco, que es la producción d el territorio ; la Renta d e pieles; la de Timbre Nacional ( pape l) y la de Timbre Nacional (estampi­llas). L as oficinas de Barranquilla, Cartagena, Santamarta y Ri o hacha, ti enen además á s u cargo la Adminis­tración de las N ue vas R e ntas (intro­ducción de lico r es, cigarrillos, fósfo­r os y tabaco), la exportación de pie. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS Z47 les, y las dos primeras, el consumo de cigarrillos (elaboración nacional). Cada una de las Rentas tiene su cuenta general en el Mayor y sus auxiliares, tanto de caudales como de especies, seg6n se verá más adelante. Es Contador el Sr. Eulogio Uribe. En la actualidad, en uso dE> licencia, por motivos de sal.ud . Lo reemplaza e l Sr. Manuel de Greiff. Tiene como Ayudantes inmediatos, á los Sres. Roso González y B. Bra­vo A.; el primero, encargado de li)S auxiliares que se relacionan con cau­rlales y del de movimiento de sales (esoecies). . En la oficina de Contabilidad se expichos de la antigua Administración, antes del monopolio de la Renta de Licores Nacionales, y algunos ense res y de­más gastos que se presentaron. El saldo que h• y arroja, demuestra la existencia que queda pendier.te en poder de la Administración. G.-Cumlas cornenles. Se compone de unas pocas cuentas particulares de un movimiento activo y que juzgo convenie utes y seguras por la mane­ra cumplida con que llevan á efecto sus pagos, y de las cuentas de los Agentes Provinciales que se saldan con frecuencia. Hay algunas cuentas de Agentes vie¡os que quedaron de. hiendo peque~os saldos, que se tratan de hacer efectivos. Entre éstos se cuenta el saldo, no muy pequeño, del Sr. Ambrosio Vélez, de($ 32,837-70) lé:l.- Movzinimlo dt salu. Se lleva una cuenta en este libro, por especies á cada almacén y con especificación de las diversas clases de sal. Men­sualmente se forma un extracto gene· ral de lo que entra á todos los alma. cenes y de las ventas y mermas, el cual se remite á Bogotá. a.- Túnbre Nacional (papel). Este libro está dividido en columnas para cada clase de papel y en él se lleva únicamente el movimiento de espe. cíes (hoy una sola clase). Tiene una cuenta general denominada Papel se. liado, á cuyo crédito se llevan todas las cantidades recibidas de los Admi nistradores de Hacienda Nacionales y las Remesas de Bogotá; con cargo n las respectivas cuentas de las Pro. vincias y á una cuenta llamada Admz'. tzislraci!m general de Barram¡u/lla. Al Débito se llevan las especies vendidas con crédito á las citadas cuentas 9e Provincias, según los cua. dros mensuales que remiten á esta Administración. La cuenta de la Ad­ministración que representa el dep6 sito, se descarga con las remes::ts que hace á las Provincias. Por el proce· dimiento adoptado, la suma de los saldos deudores de las Provincias y de la cuent& de la Administración de Barranquilla, es igual al saldo crédi­to de la cuenta de papel sellado. b.- Tt'mbre Nacional (est:.\mpillas). Como el anterior, con la única dife. rencia de las columnas. c.-Movtim'enlo de los almacmes a'e pilles. Este libro está reglado de la manera sigu iente : En/radas, las siguientes columnas ~ Fechas, remitentes, decomisos, tres columnas para los tres Departamen­tos, siete columnas para Provincias y una para totales de pieles recibidas. Salt'das, las siguientes columnas: Dos grupos para exportación y fe ­chas Primer grupo. Fechas, consignata­rio, puertos de embarque, vapor, des­tino, marcas, peso en kilos y cantida­des. Segundo grupo. Procedencia y can­tidad. Columna general para totales. Figuran las siguientes cuentas : Almacén de Barranquilla, Almacén de Santamarta, Almacén de Carta­gena, Almacén de Riohacha. En la página E1zlradas, de estas cuentas, se anota e l ntí.mero de pieles que van llegando de ~ us respectivas Pro'\'in­cias, lo que producen las empresas de navegación y las que se compran. En las Salidas se anota el número de pieles exportadas y las pieles secas vendidas. El saldo de cada cuenta debe ser igual á la existencia en po­der de los almacenistas. d.-Agmtes Provziuiales. Movimt'enlo de pielu. En este libro se le lleva una cuenta en especies á cada Agente Provincia l, en la cual se le carga el producto, según el cuadro mensual que remite á la Administración, espe­cificando e l producto de cada pobla­ción, y se le abonan las que remite al Almacén correspondiente y las que vende. El saldo de cada cuenta indi· ca la existencia de pieles que queda en poder de cada Agente Provinc.ial. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS 249 Indica, además, la producción en cada pueblo. e.-Libro general de pieles. En este libro tiene cuenta cada Provincia, las pieles compradas y las empresas de navegación r¡ue son las cuentas pro­ductoras de pieles. En ellas se carga el producto mensual con abono á urra cuenta que se denomina Pieles, y se acreditan, con cargo á las cuentas de Ventas y almacén respectivo, las pie­les vendidas 6 recibidas por los al ­macenes. Las cuentas de los almace­nes se descargan por las cuentas de exportación por cada uno de los puer. tos. Las cuentas que al final vienen á servir para cancelar la cuenta de pieles; son la de Ventas y las de Ex. portación. A las cinco de la tarde se suspen­dió la visita para continuarla mañana á las 7 a . m. OITlCINt. DK SALINAS MARÍTIMAS. $¿ptiembre s.-El personal de esta oficina lo componen un Contador Te­nedor de Libros, puesto que desem­peña actualmente el Sr. Guillermo González 0., y un ayudante para las ventas, el S r. Osear G. Bolfva r. El sistema empleado para las ven­tas de sal es el siguiente : en una libreta talonaria de libramientos que se giran por el Contador al Almace­nista, se anota el número de orden, el nombre del comprador, la cantidad de sacos (en letra), la cla ~e de sal, el peso en kilogramos (~n letra), pre­cio dt: cada 12~ kilogramos, va lor de la sal, del ~aco, valor total de la ven. ta y la fecha respectiva. En otra li­breta talonaria <.le guías, de que el Contador ~lrovee al comprador de la corrt:l>¡Jurhiicml.!, ~e anota el núme ro de or..Jen, t:l nombre del comprador, la cantidad tle !.acos (en letra), la clase ~. e :.a l, el peso en kilogramos (en letra), ma rca, nombre de la em­ban. ación, destino, término y ft:ch a . Tanto el libramiento como la guía son vi sados, anotados y refrendados por la Administración General, sin cuyo requisito no tienen valor alguno. Diariamente hace e l Contador una liquidación por duplicado de las ven­tas, en la cual consta el número co­rrespondiente, e l de las ventas, canti­dad de sacos de cada venta, peso en kilogramos de cada clase de sal y valores. Una de estas liquidaciones se remite diariamente á la oficina de Contabilidad de la Administración Genera l, y la otra se conserva en el archivo de la Administración de Sali­nas como comprobante. El valor to­tal que arroje la liquidación es en­viado diariamente por el Co~:ttador al Cajero de la Administración General de las Rentas, con la orden corres­pondiente, quien expide el recibo del caso. Tanto el Almaceni!.ta como el jefe del Resguardo de las Nuevas Rentas, Sr. Antonio Falcón, JlaSan diariamente á la Administración Ge­neral una relación de las entradas y sal idas de sal. La liquidación diaria de ventas P.S anotada inmediatamente en el libro de Movimiento de sales, del cual se ex­tracta el cuadro que mer)sualmente rinde el Contador. El valor de las ventas es igualmen­te anotado en el libro de Caja, según la liquidación, como también las re­mesas que se efectúan diariamente. En cuanto á entradas de sal, se observa lo siguiente : en la oficina de la Administración se libra una orden al Almacenista, de la que queda cons­t u1cia en un talonario, para que reci­ba el número de sacos de sal de gra­no ó de espuma que, procedente de la salina respectiva, vaya á entregar e l explotador de ella. El Almacenista pesa la :.al y envía el rec ibo á la oli­cina ¡:;rincipal, en donde el Contador anota Id entr \da en e l libro corres­pondiente, y e l valor de la entrega, segtín e l contrato celebrado, en el D/ar/o, Mayor y Cuentas Varr"as. El Capitán 6 el patrón di.! toda e m. barcación que conduzca más de cua- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS t ro sacos de sal, solicita p e rmi ~o para zarpar, el que es concedido por la Administración General, un :~ vez cer ­ciorada de la legítima procedencia de las existencias de sa l que se de­claran. L os compra lores de sal pan e l consumo en Barranr¡u illa deben de ­volver la guía anterior, sin lo cual no se expide ninguna otm. La gu1a de­vuelta se destruye Todo comprador de sa l está e n la obligación de r etirarl·1 de l Almacén al día siguiente, pasado e l cual, paga un derecho de almacenaje, á razón de 5) 2 papel moneda por cada sa~o . 1 d ia rios. · La !.al se vende á los precios fija . dos por e l De creto ejecutivo ·número 387 bis, de 27 de Abril de 1905. En los almacenes de Barranquilla y Ca r­tagena se cobra sobre las sales de Pozos Colorados, Chenque y Santa­ma rt3 un recargo de 35 y 20 pesos papel moneda por saco, respectiva­mente, por razón de l valor de su t ransporte del Al:nacén de Sanra mar. ta. También se cobran $ 12 por cada saco, de empaque. Hasta hace poco se cobraba por un par ticular en el Almacén de Ba­rranquilla, un gravamen de cinco pe­sos papel moneda por cada saco que saliera, por reempacarlo y marcarlo ; pero habie ndo ordenado la Adminis­tración Gene ral de Bogotá, que no siendo autorizado tal recargo por nin­guna de las leyes ni De cre tos re la ti . vos á sali:1as marítimas, se suprimi e­ra, lo cual se hizo desde el 29 de Junio último, no existe hoy este últi­mo gravamen neral. Mensualmente se deducen en los cuadros las me rmas ocasionadas por el peso, reempaque , etc , de las sales, conforme lo di spone e l Decreto ejecutivo nú .•. ero 393, d~ 9 de Mayo de 1904, así : Torno y C••razao. 2°/0 Puerto Velillo, 3°/0 Bahínhonda r Manaure , 4°/ 0 Ga le razamiJa, Pozos Coloradosr Chengue y Santamarta, 5°/0 • y de es­puma e l 8° f 0 Este libro arroja e n 3 1 de Agosto un?. existencia para e l Almacén de Barranquilla de 20,25 3 sacos, con peso de : ( sa l de Cura- 7.aO) ki los ... .. . .. ... ..... . Torno ... .. .. . .. . .. Puerto V e lillo . .. ...... . Bahíahonda .. . ........ . Pozos Colorados .. .. .. . . Santamarta ... . .. . ..... .. 217,2~ 1 130.760 427 ,oo 1 331,778 184,658! 72,648 Total kilos ..... . 1. 364,096! A las cinco de la tarde se suspen­dí,) la visita para continuarla mañana 6 á las 7 a m. Sepl/embre 6 .-Lz'bro de Caja.- Se afecta, diariamente, al .Diblto con las entradas por ventas de sal, almace­naje, etc., y con las somas que se van suministrando por la Adminis­tra ción para atender á los gastos de l pe rso na l d e l Ramo; y al Crédito, con las re mesas q ue se dectúan á la Adoinistración Genera l y los pago:. que se hacen mensualmente por suel. dos ae les emple'ldos tanto de la Ofi­cina princip'l l como del Almacén y Resguardos. Se e nvfa un e xtracto de Caja d itración Ge l les figuran <.;omo ta l S 36 000 que aún ade uda e l Sr. Florentino Gunzález y Villota por anticipo de sueldos, que le fue hecho e n e l año pasado. Lloro Diario.-Con escrupulos.idad y limJJieza se anotan los asie ntos dia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETI N DE LAS NUEVAS RENTAS riame n te Se incorporan las cue ntas La cuenta de José María Romero, de los almacenes subalternoc:, qui e nes Ex11lotador d e " Bahía honda," tiene las han rtndiclo hasta Julio ú lti.no un saldo al débito de S 997.82 ;-40 Las cuenta de almacenes se ilfectan papel m oneda. Desde e l me!> ri e Abril abonándoles los prorlucto:. con cargo ú lti mo, este hxplotador no hace reme-á los almacenistn s , y cargándoles lo s sas de sal, no obstante las sumas que gastos por sueldos, r::tc. para esto tiene anticipadas. A cada Salina se ha abierto 110c1 Se ha cumplido con la form~li.Jad cuenta, á la c11a l se carga e l valor d e del Registro f'n los Libros . las cuentas presentadas )JOr los El<.- Se: halla rendida á la Ofi c ina de la plotadore'i, debidamente comproba- Contabilidad de la Administración Ge - das, con los recibos correspondit::ntes, neral en ésta , la cuenta de Ju lio , jun. quedando abiertas á la vez la !. cuen. to con el Balance del l\Iayor y e l de tas de los Explotadores, lds c..1ales !>e Cuentas Varias, d~ todo lo cual hay saldaron á medida que se les fue pa- copia en el libro respectivo. gando, excepción de la d e l Sr. J osé También se encuentra en fa Oñci - Marla Romero. na el Copiador de comunicaciones y Se' encuentran también las s iguien- e l de Telegramas. tes cuentas: Caja, Cuentas varias, El personal del Almacén de sales Ad mi nistración G e nt ral de Barran- de e!>ta ciudad lo componen un Al-quilla, Cuenta en suspenso, Contra macenista, el Sr. Fernando Espejo, bandos, R e m esas de sal al Interior, un Ayudantr: y 3 (;.,bos l'esadores Gastos de personal, Arriendo de lo. Ulti mamente se:. han buscado peones cales. Gastos varios, Multas, Utiles de para el trabajo de reempacar las sa-escritorio, etc. etc. les y ponerlas en estado de que el Mensualmente las c:.~entas de pro público no 5e queje de que se le da duetos y g:\stos , se traspasan á la d e arena en ve-z de sal. El Visitador se la Administración de Barranquilla trasladó al alm<~cén, y ordenó que se El saldo débito d e la ''Cuenta en abrie r an varios bultos de las di•t intas suspenso," que representa al ex-A<.l- clases de sa l ; casi todos r tsulta r on ministrador de Salinas Sr. !floren ti- con una capa su¡Jerficia l de buena ca-no González y Vi Ilota, era en 3 1 de lidad y el resto, que a lcanzarra á un Julio de $ 98,297-60, que en la de 90 por 1 oo ciel con• e nido rl~ cada Agosto queda saldada por la per. bulto, de sal sucia, r:l e mala calidad, sonal de Florentino González y Villo y r¡u c contiene muchÍ!> Ima arena Por ta, á la cual se cargarán t . mbi é n los los datos que se tienen, hay aproxi - $ J 3,000 papel moneda que en e l mes mad:'lmente más de tre<. mil (3,ooo) de Octubre de 1905 desaparecier()n de bultos de sal com¡:. let:'lmt"n te ~ucia, y l a Admiuistración de las S dinas de eso 11ue todavía no :.t• ha acab.ldo de acuerdo con la orden de la Admmi:.. examinar y reern¡.¡acar toda . tración General de las Rentas en Bo- El local denominado D epós t'lo Ma - gotá, comun i cada en oficio número das, es en el que actualmente se ha- 5,3Q4 de 2 l de Agosto último. llan almace nadas la s sales en e~ta Los asientos del Diario se tras)a . ciudad, y paga )a Administración dan correctamente al MOJw. S 12, 000 papd moneda por el arrien- En el libro <.le: "Cuentas Varias," do mens•.al au xiliar de esta cuenta de los libros -Custodiando la s Salinas de Puerto principales, figuran las cuentas per- Velillo se encuentre\ un guarda ; otro sonales que po r algún motivo tiene n en las de El Torno ; otro en Oc1 lera-débito ó crédito con la Administra. l!al'"ba ; el j'{~ t.guarvl"- rl. Mondonga! ción de las Salinas. 1' y'" rasaJ·era lo 'cd~~, 2 C'lhos y OIBL 0 r ' l ~ 1-, '1 l ~ .ARANOU' J- --..- 'T' .... ~ A - ~ "" .J;.'-A Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS 4 Guardas. Hay un Jefe del Resguar. do ambulante de Salinas, encargado de la vigilancia en la Arluana de esta ciudad, el Sr. Joaquín E Morales. El Resguardo de Calamar lo componen u·n Jefe, un Cabo y seis Guardas. El de Santamarta está compuesto de un Cabo y cuatro Guardas, est·•cio. nados en las Salinas de Santamarta, Chengue y Pozos Colorados. En Sabanalarga también hay un Resguardo compuesto de un Coman· dante y cinco Guardas A las cinco de la tarde se conclu­) Ó la visita de esta oficina, para con. tinuar con las otras maña ha 7. OF ICINA OE LA KKNT,\ n& PIKL&S. &ptt'embre ¡.-Esta oficina funciona así: Sección guías de degüello, á car­go del Sr. Arturo Sáenz, quien cum­ple de manera satisfactoria con sus obligaciones que son las siguientes: Lleva estos libros: Relación de las guías diarias con especificación de machos y hembras, peso de las pieles que se venden, marca. color, y 11on . bre de los ma­tanceros, e tc. RegiStro diario de expedición de g uías, tanto para la expvrtación de pieles de pro¡.>iedad pa rticular, como de las pieles de las reses cuya carne se inutilit.a y que se destinan á uso particu la:-. Copiador de las cuentas que se pa­san por lás pieles vendidas á los in­dustriales. Desde el estnbleci111Íento de la Renta (Julio 12 de 1905) se han gas­tado nueve libros en e l Registro de guías di.:Hias de d<:>giicllo, todos los cuales se han examinado y confron . tado con ICIS lega jos cl...: guías respec­tivas y con las ve ntas efectuadas, y se encontrélron per fectame nte acordes en todos sus detalles y porme:-:ores. El archivo está cu idadosame nte arreglado por meses, de manera que no ha hahido ninguna dificultad p;1ra encontrar todos los datos y compro-bantes que se han necesitado durante la visita. También existe un libro abierto en Abril de 1905, en que está anotado el impuesto de degüello que se cobró hasta 30 de Junio del mismo año, en la Provincia de Barranquilla, las Com­pañías fluviales de vapores y parte de la Provincia de Cartagena. Del examen de los libros, y des­pués de controlar todos los apuntes con los comprobantes, se obtuvieron los siguientes datos : Reses bem/idadas m Barranquilla: 1905 . Machos. Hembras. Julio. ...... 81 1 180 Agosto.... 844 1 56 Sepbre. . .. 67 S 292 Octubre .. 62 3 3 50 Novbre ... 475 479 Dbre...... 6os 402 4,033 1,859 5,892 1906 Enero .... 534 496 Febrero ... 553 339 Marzo ..... s68 346 Abril .. .. 510 287 Mayo ..... 4 11 552 Junio ..... 491 463 Ju lio . ...... 586 397 Agosto ... 579 364 4,232 3,244 7.476 Suma total. ..... 13,368 De estas pieles fueron vendidas á los industrial es, del 1 •0 de Julio de 1905 a l 31 de Agosto pasado, según los libros .... .... .... ........... 7,787 y se exportaron .. ... ... .. . ... 5,581 Suma ig ual al producto ... Diariamente el encargado de esta oficina pasa una relación del movi­miento en que se expresa el número de reses degolladas ; el de las pieles vendidas con anotaci6n del sexo, del Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS 253 peso (n kilos y nombre de los cÓm­pradores, y el de las que se entregan al Dep6sito para su exportación, Esta relación la pasa tanto Á la ofi· cina de la Contabilidad, como al D e · pósito de vieles para que se tome nota en la primera y se haga la con. frontación en la segunda. Además, el Sr. Alcalde, q ue es quien visa las g u ías de degüello, pasa mens ualmente á la Administra:::ión la relación de las reses beneficiadas, documen t o que tiene que ser igual en s us pormenores á la cuenta de la sección de guías. &cdón de ExpoYiaciÓ1z Esta oficina se ocupa únicamente en la' exportación de las pieles que vienen d e l interior, como de las que se producen aquí y en algunas regio. nes de Bolivar y Magdalena, pues p or Ca r tagena y Santamarta tam­bién se hacen embarques de pieles per tenecientes á estos dos Departa­mentos. Se l levan los siguientes libros : r . -Libro de pie le!. del interior. Es de folios dobles como Jos de un Ma­y or. Se ca r gan a l D ebe, por Depar­tame ntos, todas las pieles que llegan al almacén de Barranquilla, copiando textua lmente los datos ' que suminis­t ran los conocimientos fluviales y se abonan al Haber las exportaciones que se hacen y las ventas que se efectúan. Por este sistema, en cualquie r mo­mento se puede conocer el nú mero de pieles recibidas, e l de las expor· tadas, el de las vendidas y la exis ­tencia 6 saldo que de cada Departa. mento ha q•Jedado en el almacén. 2 .-Libro de cuentas de Gastos de Exportación. Es este un libro talonario en que se formula la cuenta de gas tos de exportación de cada lote , desde e l puerto de río en que se embarc a, hasta colocarlo en el buque marítimo que lo ha de conducir á su destino. 3.- Libro Copiador de corr esp on­d e n cia q ue se relaciona con este ramo. 4.- Libro copiador de cuentas d e venta de pieles secas del almacén. Esta Secció n está á cargo de l S r . D . l!" rancicco J imé nez Durán, quien la mantiene al orden del día, sus libros los lleva con muc h a exactitud y aseo y tiene perfectamente arreglado su archivo. La Administració n está despacha n­do las pieles del interior, desde No­viembre de 1906, y su movimiento ha sido e l siguiente : DepaYiammlo de CwuililamaYca. Salidas. Entradas. 41,9 15 pieles. 4 1 ,9 1 5 exportadas, Deparlammlodel T oliflla. 40,45 7 p ieles.. 40, 1 55 exportadas. 302 vendidas. Depaylammlo de Anll'oquia. 38,853 pieles.. 38,847 expo r tadas, 5 en dep6sito. 1 se fue al mar en Puer to Co­lcmbia. DepaYiammlo de S anlandeY. 1 1,469 pieles.. 1 1,469 exportadas D epa,-lamm lo de G alán. 2,255 pieles.. 2,255 exportadas. 1 34,9 49 pieles.. 1 34,949 exportadas. RRSUMRN. Entradas...... 134 949 Salidas. 1 34,641 e xportadas. ' 302 vendidas. 1 perdida. 5 en depósito. 134.949 1 34,949 Se su spende la visita á las 5 p. m., para continuarla mañana. CUJ\ORO D K L ACOS1A, Stplitmbn B.-Movimie nto general d e pi ele s d esd e el 1 ° de Di cie mbre d e 190 5, hasta e l 31 d e julio de 1906, e n los D epartame ntos del Atlántico , Bolívar y Magdalena. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 254 BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS Colectadas.............. ... . 56,938 Exportación por Barranquilla .......... 2 1 ,oo6 Id. Id. Cartagena .. 14,1 eS Id. Id . Santamar-ta ........................ 6,248 V endidas .. .... ..... 12,650 Perd idas de Plato á Zamhrano (naufra-gio)..................... 42 Existe ncias en los tres Departamentos .. 2,884 RESUMEN GRNKRAL. Pieles r ecibidas del inte-rior .... .... ....... .. . ............ '34,94 9 Pieles colectadas en la Costa .. . ... ..... .. .. .. . . ..... ... 56,938 Exportadas...... 176,003 Vendidas ......... 12 ,952 P~rdidas.... .. . .. 4 3 Existentes ........ 2,889 Sum;.s iguales ... 191.887 19 1.887 Jt!:ISTA OK C I GARRILLOS, FÓSFOROS, TA­BACO Y LICORES R).TRANJKROS. Esta sección, á cargo del Sr. Dio ­nisia Gonzá lez M., se entiende con el despacho de patentes, liquida ción de manifie stos, cobro de los derechos correspondientes, y todo lo que se re· Jaciona con los artículos nombrados. Por ella se expiden la s gulas de tránsito y lo cales, y se vi sa n y r egis­tran las guías d e tabaco nacional que llega á esta ci udad para el cons umo y la exportació n. Se llevan los siguientes libros que están muy a:.eados, exactos e n !>us pormenores y que van con el movi. miento d e l dla. !lfovuniwto dt Pnlmlts.- E n éste se da entrada á todas las Pa1entes que ll egan á la Administración, especifi­cando el número, agente que la ex­pidi ó, lugar, introductor, y r enta á que corresponde. Se da salid a á las que se despachan para la Adminis-tra'ción General á Bogot~, acompa­ñadas de los manifiestos y liquidacio­nes respectivas. Al anotar las salidas, se especifica el número de la Patente, el nombre del introductor, el del con­signatario, núm e ro del manifiesto,. número de orden, nombre de l vapor, su fecha de entrada al puerto, peso en kilos y valor de la liquidació n que cor r esponde á cada una de las Rentas. Exportación de Tabaco. - En é!.te se carga ií cada interesado la cantidad de bultos de tabaco que destina para la exportación, según las guías co­rrespondientes que para el efecto­presenta. Se le abonan las partidas que va exportando, de acuerdo .con los conocimientos que presenta con los documentos de embarque y de· más comprobantes respectivos. Con este sistema, en cualquie r mo­mento, puede conocerse la existencia de tabaco que, destinado para la ex­portación, exista en la plaza. Recibidos los docume ntos que com­prueban que se ha hecho la expor­tación d e una partida de tabaco, se entrega al exportador la tornaguía~ para que pueda exigir a l Agente del lugar de procedencia del tabaco, la cancelación de la fianza ó la devolu­ción de los derechos, si los hubiere pagado. La tornagu ía lleva la nota Cumplida la txporladbn, y va autori­zada con las firmas del Administrador de la Aduana y de las Nuevas Rentas. Comumo dt 1abaco .- En este ti bro se r egistran todas las guías del taba­co para consumo. Se abre una cuen­ta corrie nte á cada interesado, car­gándole e l número de bultos, con su peso, pa ra de esas cantidades irle descon tando las partidas que va ven­di e ndo y por la s cuales se expiden guías ll a madas Parciales á los com­pEdores. Cancelada una gula, se exiR"e a l poseedor y se coloca e n el archivo, como comprobante de las anotaci o­nes que fig11 ra n en el Libro de Re­gistro d e g ulas de tabaco. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS Z55 Elabo1 .uiím dt Cignrn11os -En este libro se carga á cada fabricante la existenc ia d e picadura que tiene d es. tinada á la elaboració n, tanto la d e · nunciada como e l monto de las im · porta ciones que h ac•e d e l artículo, y mensualmente se le abona la c an ti· dad que e laboró, computá ndole, po r cálculo 1\Pt'Ox imado que se h e\ hecho, 48 caj e tillas por cada kilo. Rtgislro dt zinporlación y txpmdio dt Cigarrillos.- Se lle\'1\ como los de ta­baco, con el o bjeto de fisca liz ar las ventas menudas de la plaza y evitar así que, á la SOIT'bra de las guías, se expendan algunos contrab andos. El sistema adoptado para los !ice. res 'extranjeros y fósforos , es el mis. mo usado para la importació n de ci. garr illos. E l movimiento que tuvieron estas rentas en el pasado mes d e Agosto, se verá en e l resumen que se copia en seguida. • Siendo las cinco de la tarde se suspende la visita de esta oficina, para continuarla pasado mañana 1 o, á las 7 a. m. Stptitmbrt IO. - Producto de las i mportaciones hechas por la Aduana de Barranquilla en el mes de Agosto de 1906. Ctgarrillos. Importa dos par a Cundtoamarca ...• S Id . ítl. Antioquia .. Id. ítl. Atlántico .. Papel moneda. 2g8,goo 626, 15o 1 .26o,7oo 2 .1 85,7 5 o Taba co. Para Cuodinamarca (pica-dura) . . . . . . . . .. . . . tgo, 1 50 ( 1 bulto, 1/¡ kilo-gramos) íd. libre de derec hos. P orn Mcdellfn, ela-borado. . . . . . . . . . . . 1 3,5oo Id. Atlúotico, íd... 25, 167 229,3 •7 Fósforos. Pnrn Ca ldo s , de cera ... . ...... . .. . Id. Antior¡u ia, id. Id. Cund i unlll arca íd .•••••••. •. •.••• 359•5 2 0 5ss, 72o 3o6,ooo o Pnsnn ••• ••• • •. $ 1 .483 ,057 2.4 1 5,067 Vi enen ........ S Id. id. ( pali to) .. .. Id. At lá ntico id .. . Id. Tolimn íd ... . Id. Saotandct· íd .. . Licores extra njeros. P a r a Atl:'lntico ( 101 bultos). ....... 232,8oo Id. Cundin:unar·- ca (4 26. bultos) ...... 1 .o45,G3o Td. td. ( 9 bulla s, libre t.le derechos). Id. Ao t ioquia (3 bultos) ............ 12,ooo Id . Santander (4b bultos). . . . . . . . . • . . 1 3Ú,590 1.4 2 7,020 J\I o nto toln l de las imporln-c iones .•••..........•••.••.. S 5 -542,847 A las cuatro d e la téTrde se termi­nó la visita e n esta oficina, para coR­tinuar mañana 1 1 en las demás. RKNTA DK Tli\JBRit NACIO NAL. Stpltembre :r I.-La oficina general de esta R enta es manejada directa­mente por el Administrador, quien se carga todas las r e mesas que se ha­cen de Bogotá y suminist •a á las Pro­vincias de los tres Departamentos, las especies que necesitan. La existencia de especies en Bol(. var, Atlántico y Magdalena en 3 r de Julio, pues las cuentas de Agosto no se han incorporado todavía, era la siguiente : Puptl. J." 2 ." 3·" S e llos 123,06 1 58,558 75,669 Estampillas , valor m oro . De $ o,o 1. E x iste ncia en 3 r de julio ......... ... ....... .. D e S o ,o3. Id. Id. íd .. .. D e S o,os. I .J . id. íd ... . D e S o,to . Id. Id. id ... . D e S o, 15. Id. Id. id .. .. D e 8 o,2o. Id. íd. id .. .. D e S o,so. Id. Id. íd ... . De S o,6o. Id. Id. Id ... . D e S Id. íd. íd ...• De S 5 Id. Id. íd .•.. De S 10 Id. Id. íd . .. . De S zo Id. Id. Id . .. . 88,2 I 7 25,417 35 .935 52,273 55,235 1 r,s 19 9.675 3,937 5,840 499 188 197 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ( BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS OFICINA PROVINCIA[. D& TUIDRi. NACIONAL. Está á cargo de los Sres. Jorge Aguirr e Plata y José A. Mejía, Ad­ministrador y Ayudante, respectiva­mente. Esta oficina se provee de es. pecies de la General y á su turno sur te á las oficinas de los Distritos que forman la Provincia. El valor de las ventas q ll e se hacen por esta oficina, se entrega diaria­mente al Cajero. Se llevan dos L ib ros de especies : uno para papel y otro ¡:-ara esta m pi. Has, en los cuales se lleva cuenta á cada uno de los Distritos. También se lleva un Libro de Caja. Mensualmente rinde extracto ge. neral de la cuenta de la P r ovincia, por los modelos que para e l efecto se han suministrado. La existencia de esta ofi cina par a el 1 . 0 del presente era: 177 sellos de papel.~ .... $ 17 70 1,144 estampillas de o .o 1.. 1 1 44 1,088 íd. de 0,10 .... ..... 100 8o 370 íd. de o, 15.... ... .. 55 50 203 íd.deo,5o ......... 10 1 so 78 íd. de 1 ... ...... ... . 78 La oficina marcha con regularidad, y se atiende al público con actividad y cultura. Los libros se llevan con aseo , y de acuerdo con las prescripciones de la oficina de contabilidad. A las cinco de la ta r de se suspen­dió y terminó la vi sita en est a. oficina . - , para cont1nuar mana na 12 en las de· más. RltSGUARDO DE LAS RKNTAS. &plitmbre I 2 .-En este día se pas6 visita á todos los lugares en que se encuentran distribuídos los Guardas que prest~n e l servicio, con el fin d e ver si estaban todos e n sus puestos. El Visitador, en asociÓ del Sr. An­t~ nio Falcón, Comandante, jefe d e d1cho Resguardo, practicó la visita, y encontró lo siguiente: En la Administración General, para desempeñar las constantes comisiones que se ofrecen, está colocado un Guar­da, el Sr . Bollvar Núiiez. Sellando cigarrillos en los almace­nes particulares, Sres. A lfredo Casas. buenas y Francisco Rico. Recorriendo el caño por donde en­tran los botes y canoas al mercado, Sr. Julio García. En la plaza del mercado, Sr. Plá­cido González. En la boca del caño de arr iba, examinando las embarcaciones pe­queñas que entran y salen, y que cal­culan. en ochenta (8o), término medio, diario, Sres. José J . Prieto, Antonio Cantillo y Elenzar Muñoz. En el Almacén de sales, Sr. Jesús Santa Hernández. En los Almacenes de la Aduana, Sres. Félix Fernández, Pedro Mejía Dribe y Pedro Uribe. En Jos muelles y bodegas de las Compañlas fluviales de vapores, Sresi Francisco lbáñez y Víctor Olivares. En la E-tación del Ferrocarril á Puerto Colombia, Sr. !salas L6pez. En las Bocas de l Caño abajo por donde entran los vapores y también embar caciones pequeñas, Sres. Mo­desto Berna! y Marco 'l' ulio Peláez. Todos estos empleados se encon­traron cum(Jiiendo sus deberes en los puntos indicados. El jefe del Resguardo informó que los Guardas Germán Suárez y Luis González estaban prestando sus ser ­vicios en Puerto Colombia. A las cinco de la tarde se terminó esta visita y la excursión apuntada. El dla trece de Septiembre se tras­ladó el Sr. Visitador, e 1o asocio del Sr. Administrador de las Nuevas Ren­tas, á los depósitos de alambiques, principiando por el que está en e l edi­ficio ~nominad o La Tmtría; de allí siguie ron á la fábrica La Akoholina; luégo á la de los Sres. Rosendo y D e móstenes Llamas. Por e l a rrenda- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS R ENTAS 257 miento del primero pagan $ 2,000 mensuales. Es un edificio muy amplio, y e n él están separados los objetos de cobre y hierro de los de madera. Los primeros están en cuar tos con llave, y los segundos en los corredores aden. tro del edificio. Hay unos 1 ,soo entre toneles, pi­pas y barriles, cajones para uep6si. to ~, etc. Todo está arruinado; y aun cuando la Administració n está facul ­tada para vender dichos objetos, na­die se ha presentado á solicitar que se le venda, ni en todo ni en parte. Por el arre ndamiento mt:.nsual de La A/coiiol/nn. tambié n se pagan dos mil pesos; y entre el de los Sres Llamas, uno en Soledad, otro en Baranoa cui . d anderos, se pagan seis mil ( $ ó,ooo) pesos m á s. Se han pedido por telégra­fo, á todos los Administradores Pro vinciales, los datos de lo que hayan vendido d e aparatos de destilación. Se deja con-tancia de que esta "i­sita se h a practicado con todd la mi nuciosidad que ella r equerfa, con frontando y controlando los libros de cada oficina con los comprobantes respecti~s, y que por esa ra zón no fue posible terminarla en menor 1iem . po del que se invirtió. También se deja constancia de que e l Sr. Dr. Nemesio Camacho, G ~ ren­te del Banco Central, á su paso por esta ciudad, visitó las oficiMs de la Atlministración, examinó algunos Ji. bros en la Contabil idad y se manifes­tó satisfecho de la organización que se ha dado á la s Rentas, á la conta. bilidad de ellas y d e su personal. Habiendo sido visitadas todas las oficinas de est;¡ ciu dad, dependientes de la Administración, se dio por ter. minada esta diligencia, que firman e l Sr. Visitador y e l Sr. Administrado r. El Visitador, EtiSKO ÜTKRO M.-El Administrador, PAULO E. MoRALRs. LOS VISITADORES. Se continúa publicando In relaciór. de las visitas practicadas por los Sres. Visitadores Departamentales, y cuyas actas han ll egado á la Admi­nistración General de las Nuevas Rentas, y llevan la numeració n con­tinua que traían las eJe cada Depar­tamento en la relación del número an­terior. Algunos de los e mpleados visitados dejan de enviar las corias de las ac­tas, por lo cual se ordena á los Sres. Visitadores que las envíen ellos mis­mos en el momento d e terminar la visita. ,\NTIOQUIA Y CALDAS. s. Agosto I8.-Visita á la A gencia de Sopetrán. ó. Agosto 2J.-Visita á la .Agencia de Antioquia 7· Agosto 24.-Visita á la Age ncia de Buriticá. ATLÁNTICO, BOLÍVAR Y MAGOALRNA. 12 . Agosto I7 .-Informe. 1 3. Agosto I8.-Informe. 14. A ,fosto 24.- Vi!.ita á la Admi­nistración Provincial de Santamarta. 15·· &ptiúnbre I.0 -Vi;;ita á la Ad · ministración D epartamenlal d e: la Costa Atlántica. , 1 BO \" ,\Ct\ 1 GALAS Y TU.SOi\31.\. 22. Agosto 6.-Visita á la Agencia de C urití. 23. Agosto I$.- - Visita á la Agen­cia de Simaco1a. 24. Agosto 23- Vi sita á la Admi­nistración Provincial tle Soatá. 25. Agosto 24-Visita :í la Agen­cia de Boa vi ca 26. Agosto 27 .-Vi!> ita á la Admi­ni!' tración Provincial del Cocuy. 27. &ptlfmbre .r.0 - Visita á la Agencia .de Socha. 28 &pll"emhre 2 .-Visita á la Agen­cia eJ e Tasco. 29 &ptilmbre J.-Vi:.ita á la Agen­cia de Corra les . 30. Stpti'tm6re 4 -Visita á la Agen­cia de Floresta. 3 1. &ptiembre 6.-lnforme. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS 32. Septiembre 9.-Visita á la Agen­cia de Tibasosa. 33. Scptümbre II.-Visita á la Ad­ministración Departamental de Bo­yacá y Tundama 34. Septümbre II.-Visita á la Ad­ministración Provincial de Santa Rosa. 35. Sepll'embre 12. -Visita á la Agencia de Paipa. 36. Sept/embre 20. - Visita á la Ad­ministración Provincial de Tunja. 37. Stplümbre 28.- Informe. CA UCA. 36. A~oJto 28-Visita á la Agen . cia de Belalcáza r . 37 - Agosto JO.- Visita á la Agen· cia de Anserma. 38. Septz'embre 5. - Visita á la Agen · cia de Apía. 39· Septiembre 6.- Visita á la Agen­cia del Corregimiento del Santuario. 40. Septz'embre 24.- Informe. CUNOINMIARCA Y QUESADA. 37. Seplimzbre 1 9.-Visita á la Ad. ministración Provincial de Facatativá. 38. Septt'embre 2I.-Visita al Te. niente Político de Facatativá. 39· Stptz'embre 21.-Visita á la !m. prenta Departamental de Facatativá. 40. Septiembre 21.- Visita á la A gen. cia de Subachoque. 4 1. Septt'embre 22.-Visita á la Agen­cia de Supatá. 42. Septümbre 23.-Visita á la Agen. cia de La Vega. 43· .Septiembre 24.- Visita á la Agen · cía de Sa~aima 44. Septz'embre 25. - Visita á la A gen · cia de Albán. 45. Sepll'embre 25.- Visita á la Agen­cia de Guayabal de Síquima. 46. Sepltúnbre 26.-Visita á la Agen· cia de Bituima. 47 . .Seplt'embre 26 -Visita á la Agen­cia de Vianl. 48. Seplum.bre J O.-lnforme. DISTRITO CAPITAL. 20. Seplr'embre 5.- Vi sita al esta­blecimie nto mercantil de E che verrla Salas & e: ' 21. Sepll'embre 10.-Visita al Banco del Comercio. 22. s,ptt'embre I 1.-Visita al Banco de Bogotá 23. Stplr'embre 14.-Visita al Banco de Exportado• es. · 24 Stpll'embre 15.-Visita á la Ofi­cina Pagadora del Distrito Capital. 25. Septz(mb're 19.-Visita al Mata­dero de B ogotá. 26. Septiembre 20.- Visita á la Im · prenta de a visos. 27. Septt'embre 20.-Visita fi la Im· prenta de Angel M. Aranza. 28. Septiúnbre 28.-Vi sita á la Im­prenta y oficina de El Porvenir. 29 . .Seplz'embre 29.-Informe . HUILA Y TOLIMA, 18. Sepll't•ubre 12.-Visita á la Agen­cia de Purificación. 19. Sepll'embre 12.-Visita al Te­niente Político de Purificación. 20. Sepli'embre IJ.- Visita á la Agen­cia de Prado. 2 1. Sepll'embrc 14.-Visita á la Agen­cia de Villa vieja. 22. Septz'embre 14.-Visita al Ex­pendio de Timbre de Villav~eja. 23, Septiembre 19.-Visita al Te­niente Político de Neiva. 24. Septiembre 20.- Visita al Ex­pendio de Timbre de Neiva. NARIÑO. I. Agosto 19.-Visita á la Agenc¡ia de San Lorenzo. SANTANORR. 9· fu/z'o z8.-Visita á la Adminis­tración Provincial de la Renta de Li • cores de Garcla Rovira. 10. julio 26.-Visita al Teniente Político de Málag-a. l 1. Agosto 1.0 -Visita á la Admi· ni ~ tración Provincial de Pamplona. 12. Agosto 24.-V isita á la Agen­cia de Cucutilla. 13. Agosto Jo.-Visita á la Agen­cia de Matanza. 14. Agosto JO.- Visita á la Agencia de Suratá. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS 259 15. &pHembre 4 -Informe. 16 . !Ypliembre ¡.-Vi~ita <\ l Tenien ­te PoiCtico dt> Rucarama~ga. I 7. &pll'tmbre ro -V bita á otro Teniente Político de Bucaramanga. 18. Seplinnbrt f 2 -- Vi ~ ita á la Agenr: ia rle Lo!> Santos 19. &pll'embre I J - Visita á b A gen. <:ia de Piedecuo:: s ta. 20. -&ptiembre I4 .-Vi~ita al Te:~ i en­te Político de Piedecuesta. 21 . .&pll'embr e IÓ.- Visita á la Agencia de Giní n. 22. Seplrembre IJ. - Vi::. :ta á la A gencia de L ebr ija . 23. &pll'embrt I 9-Vi sita á la Ad· ministración Provincial de Bucara · m a,nga. 24 . .&pli'.!mbre 22 . - Visita á la Agencia de Rionegro. B ogotá, Octubre 1 1 d e 1906. ACTAS DE INCI NERACION. Ada urímero 6.-En !a ciudad deBo­gotá, á las diez a . m. del día catorce d e Septiembre d e rñil novecientos seis, reunidos en la Casa d e Mo neda José J oaquín Pérez, miembro de la Junta Nacional de Amortización, e n su ca­r ácter de re¡>rese ntante del M inisterio d e Harienda y Tesoro ; Enrique Grei­ffenstein, como r epresentante de la Ge­r encia de Rentas d e l Banco Central, ~ I smae l Ram í r ez E . , como re¡>resen­tan te de la Direcció n d e la Litografla Nacional, procedie ron en cumplimien­to de lo dispuesto e n e l D e cr eto nú­m ero 10 17 de 1906, á in c i nc,.a r las siguientes especies d e Tim bre Nacio­nal, procedentes de la Sección de l mismo nombre : CI\DtldRd. Vi~~nel!\, Vnlor. 20 1905 á 1906 .. . $ 15 863 1905 á 1906 ... 4831 1905 á 1906 ... 3 5465 1905 á 1906 ... 10 3777 1905 á 1906 ... 15 185 1905 á 1906 ... 50 259 1905 á 1906 . . . 6o lO 1905 á 1906 . •. 100 758 H. 11 83 H. 2055 H 6 139 H . 1895 H. 4613 H 15 6 7 370 11 6 1496 15 00 H 23f;! O 2404 965 2634 350 H. 1000 H. 1ooo H 79 2$5 6 1 17 779 523 205 107 I 3 67 H. 526 H. SS 29 37819 141311 898 74 57268 1002 66s 414 443 t 6 H. 1905 á 1906 ... 1905 á 1906 .. 1905 á 1906 .. . 1905 á 1906 .. . 1905 á 1906 .. . 1905 á 1906 .. . 1905 á 190Ó .. . 1905 á 1906 .. . 1905 á 1906 .. . 1905 á 1906 .. . •905 á 190~ .. . 1905 á 1906 .. . 1905 (1 19<'6 .. . 190<; á 1906 .. . 1905 á 1906 .. . 1905 á 19c6 .. . 1905 á 1906 .. . 1905 á 19 06 .. . 1905 á 1906 1905 á 1906 1905 á 19 06 1905 á 1906 1905 á 1906 .. . 1905 á 1906 . . . 1905 á 1906 .. . 1905 á 1906 .. 1905 á 1906 . . . 1905 á 1906 .. . 1905 á 1906 .. . 1905 á 1906 .. . 1905 á 1906 ..• 1905 á 1906 .. . 1905 á 1906 .. . 1905 á 1906 1905 á 1906 .. . 1903 á 1904 .. . 1903 i 1904 1903 á 1904 .. . 1903 á 1904 .. . 1 ~05 á 1906 .. . 3 I O 1 S 3 10 15 3 l O 15 I OO l O o 2 3 30 o 30 I 2 6o o l5 o o6 3 l O 15 so 100 3 1$ 1 5 o 20 o so l 5 o O t o 03 o 10 o I5 o 03 En prueba de Jo cual firman ante testigos los que e n ella intervinieron. José Joaquín P(rez .-E. Greiffmsltin. Ismad Ram!rtz E - Testigo, J osé Ig- 1/aet'o Gulztrrtr. -Testigo, Dam'd Va/. derrama G. A(/a mímero ¡ .-En esta ciudad de B ogot~, á las diez de la mañana d e l d ía veinte de Septiembre de mil no­vecientos seis, r e u uidos en la Li LOg ra- • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ) • 26o BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS f{a Nacional, José Joaquín Pérez, co­mo representante d el !\linisterio de Hacienda y Tesoro ; Enrique Grei­ffen stein, CO 'T\0 representante de la Gerencia de Rentas del Banco Cen­tral é Ismael Ramír e1. E. , como re­pre ~entante de la Litograf•a Nacional, procedieron, en c um plimiento de lo dispuesto en el D~reto número 1 o 1 7 de 1906, á inhabilitar, r ecortándolos, Jos siguientes sellos de papel, proce­d entes de la Sección de Timbre Na­cional : Cnnhdad. 8 602 987 108 884 3 154 3 1329 187 779 10747 89 63 125 97 577 51 39 7 288 6oo 18 3 277 294 97 374 157 9470 H Vi gene in. 1903 y 1904 .. $ 1903 y 1904 ... 1901 y 1902 190 [ y 1902 190 1 y 190'2 190 1 y 1902 1901 y 1902 1 S;¡9 y 1900 1899 y 1900 .. . 1899 .Y 1900 .. . 1899 y 1900 . . . 1899 y 1900 .. . 1899 y 1900 t887 y 1888 .. . 1887 y t888 .. . 1887 y 1888 . . • 1899 y 1900 .. . 18 99 y 1900 .. . 1899 y 1900 . . . 1 ~99 y 1900 . . . 1899 y 1900 .. . 1899 y 1900 .. . 1905 y tgo6 .. . 1905 y 1906 .. . 1905 y 1906 .. . 1905 y 1906 .. . 1905 y 1906 .. . 1905 y 1906 . . . Vnlor. I S JO 4 2 2 1 2 2 1 o 30 o 30 1 o so o 20 2 3 1 1 o 30 o 30 o 03 o 10 o 15 o 20 o o6 o o6 En prueba de lo cual firman ante test igos los que en ella intervinieron. f osé Joaqu Í>l P(nz.-E. Grti.ffmslein. I smael Ram íre~ E.-Testigo, D. Val. de rrama G.-Tt-stigo, J osé I. Guti(rrtz. RENTA DE LICORES. Se avisa al público que el día 19 de los corrient• s , á las 3 de la tarde, en e l loca l d el Banco Ce ntral, se remata­r á en lici tación la Renta de Licores nacionales d e los Municipios de Tu rbo~ Riosucio y Murindó, que antes p erte­necían al D e rartamento del Cauca y hacen hoy parte d e la Provincia de Urabá e n el D epartamento de An­tioquia. La base para la postura es de $ 320, oro mensuales, por los tres M u­nicipios ; el tiempo de duración del arrendamiento, un aüo, que empieza el 1.0 de Enero d e 1907, y las condicio­nes son las mis mas que expresan e l car­tel de lici tación de 17 de J unio y el a viso dado el 11 de Agosto d e l pre­sente año. Bogotá, Octubre 13 de 1906. El Administrador General de las Nuevas Rentas, R uFtNO G uTJERREZ. El Subsecretario del Banco C~ntra l, Jestís iVavas, Aprobado. El Ministro de Hacienda y Tesoro, TonÍ.\s VALI!KZUELA. Decreto Legislativo N .0 46 de 1906. (27 DE AGOSTO) iiObre exención de impuestos nacionales. El Prtsz'dmle de la ReptíbNca de Colombz'a, En uso de !'US facultades constitu­cionales, DECRETA : Art. 1 •0 Queda prchihido estipll'. lar exención de impu e~tos naciona­les en los contratos que se celebren sobre privilegio para establecer fe ­rrocarriles y e mpresas d e n~ vegación ó cuále~qui e n, otras. §. En consecuencia, serfi absoluta­mente nula toda cláusula que contra­veng- a esta dispo~ición. Art 2.° Cuando para impulsar el progreso material del país fuere con­veniente, á juicio del Poder Ejecutivo, concede r exención de im¡ .ueMos na­cionales n alguna empresa, tal exen­ci ón se estipulará e n contrato separa­do celebrado p •. r r on'lllcto del Minis- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETI N D E L AS NUEVAS R E NTAS 26t t e rio de IIacienda y Tesoro, sujetán­d ose á las restricciones de los a r tku­los 29 y 30 de la Ley 63 de 1903. Art. 3.0 Este Decreto regirá des­d e su sanción. Publíquese y ejecútese. Dado en Bogotá, á 2 7 de Agosto d e 1906. R. REYES. E l Ministro de Gobierno, D10NJS1o A RANGo -El Ministro de Relaciones Exteriores, A. VÁ ~Q u~;z Cono -El Ministro de Hacienda y Tesoro, To­BÍAS V ALKKZUI·:LA - El l\lini<> tro de Guerra, MANUEL l\1. S.u:cLKMlfNTR..­E l Ministro d~ Instrucciun Pú blica, J. M . R i vAS GnooT- El Ministro de O bras Públicas, F . OK P . MA:-;OTAS. DECRETO NUMERO 526 DE 1906. (8 l>lt MAYO) p or el eunl se concede una autorización al Adminis trador Geucr:d de lns Nuevas Rentas Nacionales. El Pruidmle de la Repléblú:a de Colombl'a . ' CONSIDERAN DO : t.0 Q ue :i las Provincias dP. Pamplo­na y Cúcuta ) otra~ de 1 Norte de Santander no puede extenderse el c onsumo de la sal de Zipar¡uirá, dehi­do al alto rrecio que obtiene por los fuertes gastos de transporte; 2.0 Que a'luellas Pro,·incias con­sumen sal de procedencia extranjera, pagando así fuerte tributo al pals de d onde se proveen ; y 3. 0 Que el Oobierno está en el de­ber de fomentar el con~umo de los artlculos nacionale;, para evitar que e l o r o salga de l pals e n c<~mbio de un articulo que se produce con super­abundancia en él, OECRRTA: A.rt . t 0 .AutorízMe al Adr~1Ínis­t rador General de las Nuevas R e n. tas Nacionales para r¡ue de una ma . nera prudencial, y en vista de las ne­cesidades de:: cada una d e las Provin­cias del norte r.le Snntander , haga u na rebaja equitativa e n los precios oficia les de la sal marina de p r oce­dencia nacional , siempre que esta re­baja no implique perjuicio alguno para e l Fisco . . A r t. 2.0 Igual autorización se da para que en idénticas condiciones se r ebaje el precio de la sal marina q ue se transporte de la Costa Atlántica á la d e l Pacifico de la República, con destino al consumo en los Departa­mentos del Ca u ca y N 'lriño. Comuníquese y puhlíquese. Dado en B ogotá, á 8 de Mayo de 1906. R. REYES. El M inist r o de Hacienda y Tesoro, joslf M. CoRDoBÉs M . DECRETO NÚi\IERO 559DE 1906. ( 14 DE MAYO) por el cuttl se reglamenta e l impuesto so­bre badanas, vnquetas y cualquiera otra clase de pieles que se exportan. El Pruúlmle d.: l rz Rtpúbil~a de Colombia , En uso de sus facultades legalel>, y CONSIDER1\NOO : 1 .0 Que con el objeto de favorece r la indu~tria nacional el G o bierno ha señalado á las pieles que se vendan para e l consumo dentro d e l país un precio muy infc. rior al que el articulo ha tenido generalme nte en el me r ­cado; 2 ° Que algunos negoc i<~ntes, apro. vechándose de esta medida, recogen en el comercio las pie les destinadas á la industria para ex¡•ortarlas en fo r­ma de vaqueta~ y badanas, lastiman­do con esto la R e nta de la exporta­ción de las piel es, cuyo monopolio se tiene reservada la Nación, OltCRKTA: Art. 1. 0 Señálase un gravamen de ocht> pesos ($ 8) oro por cada quin ­tal de cueros que se exporte por las Aduanas de la República en forma de badanas, vaque tas ó cualquier a 1 1 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 262 BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS ot ra que los deje utilizables para la industria en el Exterior. § Este gra v;~ m en sed cobrado e n las Aduanas, y su valor ingresará á la s Nuevas Rent<~s. Art. 2.0 Quedéln exc e ptuadas e n e sta dispos ici ón l;~s pi l!lu, producidas en aquellos lugares donde e~tá r ema­tada la Renra . Comuníquese y publíquese . Dado e n Bogotá, á 14 de l\1ayo de 1906. R . R EYES . El l\1 inistro de Ha cienda y Tesoro, JosÉ M. CoRoonÉs M . DECRETO NUMERO 604 DE 1906 (23 OR MAYO) referente á los juicios por fraudes á la R enta de S:l!inns marítimas. El Pruidmle d( la R epúllt'ca de Colombia , CO!'S IORRAN DO: Que por el contra to de fecha 1 .0 de A bril d e l año próximo pasado, ce­lebrado por e l Gobier uo con el Ban­co Central, fue cedida (L esta entidad la Administ ración de la R e nta de S a­lin as mar ltim as de la Costa Atlántica, y que ror consigu ie nte su recaudo y organización d eben estar sujetos á los Decretos y r eglamentos expedido:; para la buena m a rcha de las d e má s R entas que administra e l mismo Ban­co, principal mente en lo que ~e' efie re á impedir y castigar los contrabandos que puedan hace r se á esas Rentas, DRCRRTA: Hácese exten-.ivo á los Teni~ntes Pollticos de las Nuevas Rentas el co. nocimiento en primera in stancia de los juicios que se inicien ~or fraude á la R enta de Salinas marftimas, p u. die ndo también se r funcionarios de instrucci ón, además de los e mpleados á que se r efie re e l articulo 2 3 y s i­guiente del Decre to número 44 de 3 d e ~ l arzode 1905, y el procedimiento en dichos juicios se ajustará á lo que d e termina. respecto á la Renta de Li­cores, el D ecrf'to ntímero 3 39 de l mismo año y los demás que lo modi­fican ó adicionan. Comuníquese y publíquese. D ado en Bogotá, á 23 de Mayo de 1906. R. REYES. El Ministro de Hacie nda y Tesoro, J osÉ M CoanonÉs M . DECRETO NUMERO 628 DE 1906 (28 OEi\IAYO) por el cual se r eforman y complementan algunns dispos iciones ~o bre m;tnejo y orgnoiz..'lcióu de la Renta de Lico res, y sobre los fun cion;\rios de instt·ucció'n en lns causas por fraudes. El Prw'denle de la R t públt'ca de Colombia, En uso de sus facultades legales, ORCRKTA: Art. 1.0 Las fechas señaladas en e l art'culo 2.0 del D ecr e to númer o 339 de 4 de A bril d e 1905, para los r e mates de que trata el artículo 1.0 del mi~mo D ecreto, pueden fijarse pa­ra una éroca anterior. Art. '2.0 El nomb1amiento de los Tenientes Políticos de que tratan los artículos 83 á 85 del citado Decreto. serán h echos por los Remaladores 6 Administradores de la Renta de Lico­res nacio nales, con la aprobaci ó n del Prefecto de la Provinci a en que ha­yan d e funcionar. ante quien se pose­sion arán. § . Los Rematadores ó Administra­dores tienen obligación de dar cuenta de esos nombramientos á !a Adminis­tración Gene ra 1 de las Nuevas R e ntas. Art. 3 ° El pago de l os sueldos de los T enientes Polhicos y de sus Se­cretari os ser ó de cargo de los re¡:pec ­ti\' os R e ma tadores, y su cuantía se rá fijada por éstos. Art. 4 .0 En carla una de las P r o­vincias y en el Distrito Capital no po­drá haber más d e un Teniente Polfti­co por cada cinco mil habitantes, to- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS KUEVAS RENTAS mando como base el censo inserto e n el Decreto número 457,de 16 de l\1a. yo de 1905 Art. 5.0 No hay incompatibilidad en el ejercicio del ca rgo de Teniente Político con el de:: cualquiera otro em­pleo púl·lico ó privado, á exce::pción del de Recaudador ó Administrador de la mi,ma R enta en que ejerce co. mo fun c ionario de in strucci11n . Art. 6.0 Para actuar como funcio­nario de i nstrucción en los casos de fraude á las R entas de pieles. d egüe­llo, tabacú, fósforos, cigan illos, mi­nas, licores extranj e ros y exportación de metales pre cit> so-;, !>e autoriza á la Administración de las Nuevas Rentas para hace r los nombr.1 mi entos de Te­nientes Pol!ticos r¡ue fu e ren necesa­rios, y para señalar las dotacio n es. § . Los Tenientes Políticos de la Renta de Licores nacionales q u e des­cubran un fraude á alguna d e las otras Rentas enum eradas en el pre­sente artículo, pueden eje rcer en ese caso como funci onarios de instrucción, y tendrán derecho á la mitad d e l va . lor de las rnultas y de los objetos de­comisados Art. 7 ° Los sumarios y causas contra los defraudadores á las Nueva' Rentas no se suspende rán en ningrín caso. aun cuando lo soliciten los R e . matadores, contratistas ó Administra. dores de dichas Rentas Art. 8.0 El funcionario de instruc­ción que contravinie re á las disposi ­ciones del artículo anterior sufrirá una multa de$ 20 á$ 100, que impon. drá el r espectivo Alcalde, por cada suspensión. §. Estas mul tas ingresará n á los fondos municipales, si el r espectivo Prefecto aprobare su impos ición. Art. g.0 Los nombramientos que 1os Rematadores hagan para Je fes y Celador es de los Resgu 1rdos de las Rentas d •! Licores r.acionales necesi­tan la aprobación de la primera au­tori dad política del respectivo Muni­cipio. • Art. 10. Quedan r t- fL rmados los articulas 2 °, ~3, 84 y 85 del Decre­to númer o 339. de 4 de Abril de 1905; el t. 0 , 6 .0 , 14 y 20 <.11!1 D ecreto nú ­mero 72, de r6 d e Ene ro •Je l ¡.>re~en ­t e año, y derogada cualr¡uie ra otra disposición ejecutiva ó administrativa que fuere contraria á e~t~ D ecreto. Art. 1 1. El presente Decreto em­pezará á r cgrr el d 1a 1.0 de Enero del año próximo, pero <:1 artículo 1.0 re­girá d esd e su publicación en el Diart'o Ojiáal. Fublíquese y ejecútese. Dado en Bogotá, á 23 de Mayo de 1906. R. REYES. El Ministro de Hacienda y T esoro, josi M CoRoonÉs M. RESOLUCIÓN sobre atribuciones de los Administradores . de las Nuevas R entas para imponer penas. R epública de Colombia.-M11uslen'o de Hoámday Ttsoro .-Ramo de Hadm · da.-Seuión 2 .•-J\r¡Ímero Ó,JJ2 .­Bogoi• Í, 22 de Septlimbre de I90Ó . Señor Administrador General de las Nue­, ·as R entas.- Presentc. Se ha enterado el suscriro del con­tenido d e su ate nto oficio número 5,878, d e l 19 del presente. Como tuve el h onor de manifestar á usted en el oficio 6,297, d e 18 de los corrientes, cuando se trata de ar­ticulas de los r¡ue hace n parte de las Nuevas R enta s, naturalme nte d ebe n tener!.e prese ntes las di:.posiciones es­peciales dictadas para su organiza­ción, adem:\s de la s generales conte­nidas en e l Código Fi~c<1l. Sobre la competencia para aplicar las penas por infraccione~, cada cual rl ebe obrar dentro de los límites del r eglame nto y según s us atribuciones, y as!, la Aduana aplica las penas por ,. t Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS infraccion es aduaneras y la Adminis­tración de las Nuevas R e nta!: aque­ll as á que dé lugar el no cumplimie n­to de las disposicione s especiales q11e rigen sobre el particular, como la f;¡). ta de patente. De usted atento servidor, ToníAs V ALKNZUKLA. RESOLUCION N.0 34 DE 1906 (9 DE AGOSTO) por la cual se dispone que los empleados de manejo res idente-; en la Capital de la R epública consi~ncn en su ca¡·itcler ofi­cial y en las oficinas del Dauco Central los fondos públicos que recauden ó ma-nej en. • .IJ[It/lsltrio de liacimda J' Tcsoro.-Stc­úlm I:-Ramo del Tesoro -Bogo/á, .Agoslo 9 de I90Ó. COI'SIDRRANOO: 1.0 Que en el A cuerdo reglamen­tario de Contabilidad del día 4 del presente se adoptó una proposicióh por la cual se di~puso que los emplea­dos de manejo residentes en la Ca­pital de la República comigne n los fondos públicos en el Banco Céntral; y 2. 0 Que corresponde á este !\1inis­terio ordenar su cumplimiento, RKSUHLVE; 1 .0 Desde la fecha en que la pre­sente Re~ol ución sea publicada en el ])ian'o Oficial, todos los e mpleados re­sidentes en la Capital de la Repúbli. ca, que por cualquie r ca11sa r ecauden 6 maneje n fond os ¡..úblicos,los comig. narán en su carácter oficial e n cuen­ta corri c n\e e~o e l Banco Cent ral ; y 2 ° El Tesorero General, al girar á favor de tales empleados, lo hará expresando el carácter ofit:ial que és ­tos tengan. Comuníquese á quienes corresponda y publíquese. El Ministro, TonfAS V ALKNZUKLA. RESOLUCION N.0 35 DE 1906. ( 16 DK AGOSTO) por la cua l se ordena el recibo de las mo­nedas de níquel eu todas las oficinns de Hacienda nacional en pngo d e las Ren­tas Nacionales. Mi.,u'sltrio de Hacimday Tesoro.-Ramo del Tesoro - Secci/m I:- Bogotá, Agosto IÓ de I90Ó. CON~tnERANOO ; Que se han elevado á este D espa­cho varias solicit11des para que se dic­t e alguna :nedida acerca del r ecibo de la moneda de níquel en las Re ­caudaciones de Rentas Nacionales, este Mini!.terio RJr.SUI!LVE; De conformidad con lo dispuesto en la parte final del artfculo 12 de la Ley 59 de 1905, los Recaudadores de Rentas Nacionales recibirán, por su valor nominal, e n los pagos que se les hagan, las monedas de nfquel. Comuníquese y publíquese. El Ministro, TonÍAS VALENZU.RLA. RESO LUCION N.0 44 DE 1905 ( 28 DK AGOSTe>) sob1·e venta de li cores en los buqu e..~ que navegan en el 1\lagdalena. !Jf1illslen o de Hadmda y T esoro. -De­parlamallo dt lfacimda .-Sudóll I: -Bogotá, 28 de Agosto de I905. Vista la solicitud que ha hecho i este Ministerio e l Rematador de la Renta de Licores nacionales y extran­je ros de los Depórtamentos de Bolf­var y Magdale na, y hallándola fun­dada en razones tle estricta justicia, SK RKSUitLVR ; 1 . 0 Los buques que na\'eguen en el río Magdalena deben llevar permiso de los Rematadores de la Renta de Li cor es nacional es y extranjeros para venderlos en cu< !quiera de los puntos de l territorio de los mismos Remata­dores; y Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS 2.0 Los buques pueden ser visita­dos por los arrendatarios ó cesiona­rios de las mismas Rentas ó por s u ~ Agentes, con el objeto de celar el contrabando que pueda hacerse en dichas embar caciones. Comuníquese y publfquese. El Ministro, P&oRo ANTONIO MoLtNA, RESOLUCION N.0 6t DE 1905 ( 20 Olt OtCI.RMBRK) por la cual se amplía la número '1.4, de 28 de Agosto de 1905, sobre trasporte de licores en los buques que navegan en el río Magdalena. Mi'nzslerio de Hacimda y Tuoro.- Sec­ción r: -Ramo de Hacimda.-Bogo­lá, Diciembre 20 de I905. Oídos los conceptos de la Geren­cia y de la Administración Genera 1 de Rentas, y otras reclamaciones que han hecho varios Rematadores de los Departamentos ribereños del río Mag­dalena, que se quejan de que á la sombra de la Resolución número 44, de 24 de Agosto del presente año, se está introduciendo contrabando de los D epartamentos de la Costa Atlántica á los territorios arrend0dos por ellos, y CONSIDERANDO I .0 Que en los Departamentos ex­presados está rematada la Renta de Licores ex:tranjeros, y en los del inte­rior se administra por cuenta del Go­bierno, y por consiguiente la in tra­ducción de esos licores á ellos debe pagar desde el 1. 0 de Enero próximo el impuesto que señala el Decreto número 1 146, de 4 de Septiembre úl. timo; y 2.0 Que el Agente de los Remata­dores de Barranquilla ha publicado carte les en que avisa al público que 11 el Ministerio del Tesoro, en tele­grama del 27 de Agosto último, ha concedido autorizacione;¡ para que los buques que zarpen de aquel pue r. to puedan conducir ron suficiente pa-ra la marinería y pasajE>ros en su viaje de ida y regreso," y con ese motivo trasportan grandes cantida. des de licores nacionales y extranje­ros los buques que navegan el Mág. dalena con sólo las guías que expi­den en Barranq•Jilla, SR RESURLVK : 1.0 R efórmase la Resolución nú­mero 44 de 2 1 de Agosto, en el sen­tido de que las guías que se e x:pidan en cualquier Departamento donde la Renta de Licores esté rematada, sólo serán válidas en el territorio que com­prenrla el remate d el exped1dor de la guía, salvo convenio especial con los otros Rematadores ó con la Adminis­tración de las Nuevas Rentas donde éstas no estén rematadas. 2.0 Las embarcaciones, de cual­quiera clase que sean, que naveguen el río Magdalena pueden ser visita­das por los Administradores ó los Re­matadores de la Renta de Licores na­cionales y extranjeros, ó por s u!> ce­sionarios ó por sus agentes autoriza­dos con el objeto de celar los contra­bandos, y las existencias de licores que en ellas encuentren sin los requi­sitos expresados, quedars1n bajo la sanción establecida por las disposicio­nes vigentes. Comuníquese y publfquese. Dada en Bogotá, á 20 de Diciem­bre de 1905. El Ministro de Hacienda y Tesoro, FÚIX SALAZAR J. RESOLUCION NUMERO 1083. /J[tiJislerzo de Hadmda y Tesoro.-Bo­golá, 27 de Seplltmbre de I90Ó. Exímense del pago de derechos de importación los libros y folletos que han llegado y que en lo sucesivo en­víen los Cónsules de Colombia á la Oficina de Correos de esta ciudad, con destino á la Administración Ge­neral de las Nuevas Rentas, pues los referidos libros contienen Codificacio­nes de disposiciones rentísticas de va- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 266 BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS ríos paises, que deben tenPrse presen­tes pal'a la m• jor org-anización de las Nuevas Rentas, s e gtin lo ha manifes ­tado á este Ministe rio el Sr. Adminis­trador de las R e nta~, en oficio número 5790, de 14 de S e ptiembre en curso. Cópiese y comuníquese. Por el ~lini stro, el Subsecretario de Hacienda, B. SANÍN ÜANo. TIMBRE NACIONAL CONSULTA Y RRSOLUCIÓN. R epública de Colomb/a.-Deparlamm­lo dd Huila.-JVúmero 9 .-J.fzirúle­rio Ptíblrco. - Fúcolía del Tn'bunal Supen'or. - 1\e/va, Seplt'cmbre I 8 de I906. Sr. Ministro de H acienda y T eso ro. Bogotá . El Tribunal Superior de este Dis­trito Judicial ha sostenido que el Fis­cal del Tribunal debe emitir concep­tos extendidos en pape l común, en asuntos de junsdicción vol untaria y en que interviene el Ministerio Pú· blico, tales como petición de heren­cia, licencia para enaje nar bienes de mujeres casada~, bienes de me­nores de edad y otros asuntos de igual naturaleza. E sta Fiscalía se ha abstenido de emiti r conceptos en pa. pel común, porque los anteriores De­cretos y el actual, sobre papel sell a­do y Ti mbre Nacional no establecen exención ninguna. Suplico al Sr. Mi­nistro que, para evitar discusione5 en­tre el Tribunal y esta F1scalía, se sirva resolver esta duda, y estimarla una r espuesta telegráfica por tener actualmente á mi estudio asuntos de la naturaleza que dejo indicados. Dios guarde á usted, LIBORIO LKÓN. Repúblrca de Colom brr1 - Jlfr'núlerio de Ifaá'mdt~' y Ttsoro.-Sución I.•­B ogo lá, 4 de Oc/ubre de I906. Sr . Fisc al del Tribunnl Superior del Dis­trito J udiai.- Nci va. Conforme Decreto número gog de 3 1 de J ulio último, sobre Timbre Nacional, letra A, toda · clase de ac­tuaciones y diligencias judiciales ó administ rativas en negocios civ iles, debe ir en papel sellado; y come> entr e las excepciones establecidas por el mismo Decreto. no se encuentra la de los conceptos emitidos por los Fiscales en asuntos de jurisdicción voluntaria, (L que se refiere U!.t e d en el oficio de fecha 18 de Septiembre último, número g, es natural que ta­les conceptos se;,¡ n extendidos en aquel papel. Servidor. - El Subsecretario de Hacienda, RESOLUCION N. 0 86 DE 1906 (26 Dlt SRPTII!M.BR&) sobre Timbre Nacional. Mririslerio de Hacienda y 7esoro-Stc­á/ m I."-Ramo de Hacimda-Bogolá, Sepli'embre 26 de I906. Visto el oficio número 62 7 del Mi­nisterio de Gobie r no, en que consulta á este Despacho 3i, en· vista del ar­tículo 1 7 del Decreto Legislati,•o nú­mero 4 7 de 1906, " sobre prensa.'' que declara qwe no hay necesida,..¡ de licencia para las publicaciones pe rió­dicas, subsiste el g ravamen que se­fial< t e l Decreto L egislati,·o número 32 de Igo6 para esta clase de licen­cias, Sil RKSIJ&LVIt : Exíjase la estampilla de S S de que trata la tarifa de Tin1bre Nacio­na 1 por la licencia concedida para la publicaci6n de un peri•~ dico. la cual esta mpilla debe adherirse al recibo que acuse la autoridad respec tiva del aviso que se le dé por el inte resado, según el Decreto número 4 7 de 1906. Comunique y publíquesP.. Dada en Bogotá, á 26 de S e ptiem­bre de 190 6. El Subsecretario de H a ci t nda, B. S ,u;Í:-; ÜANO. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS RESOLUCIONES SOBRE TIMBRE NACIONAL, Ministerio de Hademla y Tesoro -Sec­cibll I."-Ramo de Ifadmda.-Bogo­lá, 28 de &pHembre de I90Ó. Sr. D. Nicomcde10 Botea·o.-Ibagué. Al memorial que u•ted dirigi6 á este Ministerio con fecha 12 del pre­sente mes, ha r ecaído la siguiente Resoluci6n : u Mliu'slerio de Badmda y Ttsoro-Sec­cifm t."-Ramo de Hacie,,da-.Bogo­lá, &pliembre 27 de I906. Dígase al peticio nario, como re . sult~do clel anterior memorial, que el Decreto númer o 909 del presente año, sobre Timbre Nacional, no der oga lo dispuesto en el ordinal a) del articulo 1 .0 del Decreto número 1,328 de 1905, sobr.! minas, por ser i mpuestoc; de naturaleza di st inta los establecidos por esos Decretos ; y que, en consecuencia, debe pagarse en la forma que uno y otro lo deter­minan. El Subsec r etario de Hacienda, B. SANÍN CANo.'' Lo que comuníco á usted par a su conocimiento y demás fines. De usted atento, seguro servidor, El Subsecretario de Hacienda, B. SANÍN CANO. Ministerio de Hacienda y Tesoro.-&c­cifm I."-Ramo de Ifacimda.- Bogo­tá, 28 de &pl/embre de I90Ó. Sres. Sixto A. Zerdn, I\ufacl Castillo l\f., Rafa el l\1. Acebcdo, Jlca·acl io F crnán­dcz, cte. ctc.-Tunja. Al memorial qu e ustedes dirigie­ron á este Ministerio, con fecha 6 del presente mes, ha recaído la siguie nte resoluci6n : "Mtiusluio de Hadmda;• Ttsoro.-&c­ción I."-Ramo de 1/acimda.-Bogo­tá, &ptiembre de I90Ó. Los libros copiadores de poderes y demandas que se llevan en Tribuna-les y J uzgados j udiciales, hacen par­te de otros que, conforme á disposi _ ciones legales, deben también llevar­se de oficio en las mismas oficinas, como el Radicador, el de Demandas verbales y otros semejantes. Respec­to de estos últim os, ha resuelto ya el Ministerio que pueden ir e n pape~ común. Po'r consiguiente, los prime­ros citados ya, y á los cuales se hace referencia en el anterior memorial, pueden formarse en e l mismo papel. Comuníquese á l0s peticionarios y a l Tribunal Superior d e l Distrito J u ­dicial de Tunja. El Subsecretario de Hacienda, B. SANÍN CANO.' De ustedes atento, seguro servidor, B. SANÍN CANO. R E SOLUCION sobre vigencia de las Estampillas. República de Colombia.- Mt1u'slerio d~ Hacimday Ttsoro.-&cci{m r."-iVú­mero 4..460.- .Bogotá, 3 de Octubr~ de I906. Sr. Administrador General de las Nuevas Rentas.-Presente. Transcribo á usted para su conoci ­mi ento la Resolución número 87 dic ­tada por este Ministerio, con fecha 1. 0 de los corrientes: " El artículo 6. 0 del Dec reto número 694 de 1906 dice que mientras la Litografía Na­cional no pueda proveer al consumo de estampillas de Timbre Nacional, que se ordena emitir por el citado Decreto, se darán á la venta las fa­bricadas de acuerdo con el Decreto número 1,036 de 1905; y como ya aquel establecimiento ha fabricado las de nu evo modelo en cantidad su­ficiente para varios meses, y éstas se han repartido en todas las localidades S& RESUBLVK; Las estampillas emitidas de acuer­do con el Decreto número 1,036 de Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. , l ' t 268 BOLETIN DE LAS NUEVAS REKTAS 1905 serán válidas hasta el 3 1 de Di­ciembre del presente año. Comuníquese y publíquese. El Mini stro, TonÍAS V AL:RNZURLA.'' D e usted atento y seguro servidor. El Subsecretario de Hacie nda, B. SANÍN CANO. RESOLUClON N ° 85 DE 1906 (22 DR SBPTIEMDRR) por la cu:l l se ac l:l ra el articulo 7·0 del Decreto número 1046 de 1!)05· M /n/sler/o de Hadmda y 1 esoro.-Sec­ción I."-Ram o de Eacimda. Tenie ndo en cuenta que al tenor de lo di spuesto e n el artículo 7. 0 del D ecreto n•~mero 1046 de 1 90~, los licores extranjeros en los lugares donde estaba e naj e nada la Renta no quedan exe ntos sino del pago del impuesto señalado por aque 1 Decreto, SE R E!.UELVE : Del 15 de Octubre del corriente año en adelante pagarán los licores extranje ros como d e recho de A.dua· na un peso oro ($ 1) por kilogramo en aqu ellos lugares en donde estaba enajenada la Renta . e n la fecha de la e x pedic ión del D e creto número 1046 d e 1905. Quedan d e rogadas todas las Reso· luciones anteriore s que sean contra­rias á la presente . Comun íquese y publfquese. Dado en Bogotá, á 22 de Septiem­bre de 1906. El Mini -tro, T oniAs V ALRNZURLA. TDII3RE 1\ACIONAL. , CO~SVLTA Y RESOLVCIOl'l . Rtj•Iíhlicú di' Colombin .-Númtro 588.­Grd ·o nao'én.- San Gil, JO de Stp­lli: mblt rlt I90Ó. Señor ~ l ini-;tt·o clt• llnt:ienda. Como en Cepitá no habrá papel se­llado, estampillas, y particulares con­tratantes rehusarar. :.uministro, consul - to : ¿ Para cumplir D e creto go 1, ve in ­tisiete Julio último Ministe rio Gobier­no Lazareto Cepitá, suministra Go­bi~ rnu papel sellado y estampillas? Caso afirmativo, solicito orden Banco Central á expendedor. Ojalá pudié­ranse h acer contratos papel común, obviar dificultades. MANTILLA. R epública de Colombz'tz. - M/m'slerio de Eacimda.-Sección I.•-No J,OIQ.­B ogaltÍ , TI de Octubre de I906. Gobernador del Departamento de Galán. Sao Gil. Conforme al Decreto núme ro 909 d el prese nte año, sobre Timbre Na­cional, le tra d, los documentos por asuntos er. los cuales teng a interés el Gobierno Nacional, los D e partamen­tos los Municipios y los estableci­mi~ ntos de educación, b enefice ncia y caridad, se extenderán en papel co­mún, sie mpre que la exención sea. á su exclusivo favor. En consecuencia, los contratos á que se refiere usted en su telegrama de fecha 30 de Septie m­bre último, pueden extende rse en pa­pel co mún. Servidor, B. SANÍN CANO. "B OL ETI N DE LAS NUEVAS qE NTAS' Se publica en los primeros diez días de cada mes. Se envía grall's á los Administrado­res Departamentales, Provinciales y Municipales, á los V isitadores de las N ue vas R e ntas, á los Gobernadores de los Departamentos y á los Admi­nistradores de las Aduanas. Se s1rven s uscripciones y se ve nden núme ros sueltos e n las Administracio­nes de las Nuevas Rentas, á Jos s i­guie ntes precios : Suscripción anual, pago anticipa-do ............ ... .. ... .... $ 2 oo en oro. N úmero suelto.... .... o 20 La Administración del BoLBTÍN esti á cargo del S r. Jmís Gomáltz E., e m­pleado de la Administración General, e n e l edificio d e l Banco Centra l. Dirección por telégrafo: "RENTAS" Imprmla Elédrica. I 68, Calle IO Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Art . 49 ~on ltamadtss íl jnrgar de las contravenci.ónes n1 presente Decre­to y á.ordéxtar ta imposición l:te las p~- nas .en él sena ladas . 1.0 'El finiSterJO de Gobierno el} tO- • do ¡el territorio de la Repñbhca, y e l ae Guerra en el caso del artlcúlb lt8 t .2.10 .tos Gobernadores de Depar­ta'!' ento, el ael Drislrito Cap~tal y loS. Tnbunalcs de Distrilo Judicfm dentro del término de su jurisdrcclw~ Art . .50. En los Tr.1bunales dh id id~ en dos Salas, corresPQnde 1 la dt! Jo5 Magistrados de lo crimma1 conocer de los asuntos de qae trata este Decreto. Art. 5 1. Cuando á juicio da un Go­bernador se hub¡er.e infnngido el pre­: sente Decr~ dentro del -.territorio de s~ mando, dictará U(l& ~lución mo­llvada quo contendrá · 1.0 El no~hre de la autoridad que la dicta 1 2.cf1 El nombre de l4 P.roducción de que trata, y el titulo ó prJrneras Hneas 6 deoonunacuSn del t'!scrito, grabado etc., por medio del culll -se hub1er~ cometido la infracción; Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.

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Boletín de las Nuevas Rentas - N. 6

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