Por:
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Fecha:
04/06/1826
...................
1 GACETA DE
1 ~---;O~-:;NlO DE 1826. -16. . ~
---~~~,,.....-...-.,.._,...~~""'""""""""'~~""'""....,.."""~V'llll.,_.,......"""~~~~~:-:~v..~,,_"".._....~..,... ....... "".._.~~""" h~ sale los domingos. Se ~uscrihe a 6lla en los - El1ditordirijira los tnims. por/os correos a los suscritore$ Í 1 odmi,f¡:¡:a~iones de correos de los capitales de pr011incin. 1 y á los de esto eiuJaJ. c_u~a_s suscriciones reeihe elciudada-
La suscrieion anual vale 10.,,s. 5 kí del semeslre y :io nales '"·no R.ofo.elFlbres. en su liuuiá de la coJ~e 1 •. del co~1ercro num. , ••.
la del tr. 1 1 6. se ks· llevaran o sbs casos de hah1tac1on. En la muma •
'llnes re. tienda se 'tienden los nums. sueltos o 2 reates. ·P-A-R-T-E..- ..-O...-F..I- C-IA-L-. ----·-··--=--t-··----------·
LEY.
r ADICloIUL A' LA ORGANICA bElA PODJtR
WUDICIAL DE 11. DE MAYO DE 18:.15.
'El $enado y camara de representant,,,s
·de la República de Colombia teunidos
en con¡¡rcso.
Vistas las consultas e informes de la
alta corte, y cortes , superiores de Quito
y Bogotá, sobre las dudas e inconvenientes
que han ofrecido en la práctica de al&
unas de -las disposiciones de las leyes
de 3o. de- abril, y 1. 0 de mayo de
01825. que <•rganizan el poder judicial y
el procedimiento en causas contenciosas
ci'viles, y considerando que la adaracion
y reforma de dichas disposiciones, es
tanto mas necesaria cuanto que asi lo
exije la espt:riencia de los jusgados y tri&.
wiale.s ..
l>ECRETAK.
CAPITULO lt
De las reformas de la ley ~rganica del
poder judiciario.
Art. 1 .
0 Los prelJidentcs de las cor,es
super iores conoceran en primera instancia
ele toaya empesado a conocer de una causa en Ja corte superior,
Ja continuara hasta su fenecim iento
en primera initancia, aunque dur ante el
curso de ella ha ya dejado de ser presidente
por haberse nombrado otro en su
lugar.
Art. ~. ~ L_a corte superior compuesta
de los tre'\ jueces espresac1os en el ar tículo.
anterior. conocerá en segunda instancia
de todos Jos negocios contenciosos
en que cuoforme a Ja ley haya lugar a
este rec u1 su para ante Ja misma corte
superior, y en . los casos que deba consultarse
la sentencia de primera instancia.
P aragraj o rlm"co. En el caso de este
artículo , el presiros
espeditos del triLtm~J ~ quien con-e~p0n ...
d.e hacer el nombratniento. Su resoluc1on
se Ue,·ara ~iempre á efecto no
ha_br~ ~ugar a ningun recurso, escei;tó ef
de q~Jª ~º'! ~rreglo al art~cúlo 17 4. de
la ley orgamca del ·po der judicial.
~rt. 9· ~-}º. dispue~t& en la sec.tion 5. e»
~ap~tulo 6: ~e la citada ley de So dE!
abril, no ~mp1de q1:1e ;Jos Jiti~antes puedan
dar sus poderes a cuaJesqui~ra ciud~
danos, aunque no sean pt·t.·f u 1 adc, rl's l!el
numero con tal qúe sean legos· y a honad.
os, . y vednos deJ Juga1· donde d e> han
ejercer las fonciones de apoderacd1Ya con 1·emision de los
<1nlos orii!n¡¡]es, dejando copia l q~ : dizaila
de la scnte11cJ&, y qneHa1)<]0 cit:adas las
r~1·!cs c.on a~rtribin1ie11fo ~ estrados, y
sin n<>rc.sicJacf de nne''º em plazarnient o.
Parágrafo. f?!lrnt~ro. La corte s111wrior
com.nuesb • · reYoqu.e 1a· r·. sentenn.a ,, en cu yo caso Ja
Jlarte cor1td quien se hubiese dictaJo
Ja. ~egnmla sentencia, satisfara las co.slas
qne hubiere causa.r:os en ra:&uu
1·arc, clcLera te11er las cna,
is ju--g;ulos ·111fe1·iDÍ·es.
Art. i5 ~ La alta corle y cortes sup
et·ior('s de justicia en las Ct-111denaciones
q11e ha y;rn hecho por lo por <'so se Pntorpesc:a ó rnl·c na.
. A rt: i 6. 0 J ... a alta corte y cortes supcrior<>
S sitare en juicio pa1·a la recia
adminislracion de justicia, dchcnín pre.st;
ir s11s dcclar~wiones ante 1ns jucrt>s ó
ti'ilnmales r es::ectiYOS, S<'all civiles , milila-.
i-es u e c l ~ s ias iicr\ & ; y 1os mismos jrn•.ces o
trilnmalcs pon fos
aulos en trasb srg1lndo. El t.frmino de seis
h ·en.í el p1·0-
ccso por el rll'illl<'l" correo, y sin otra
re prc 1ceJimic: 1Lo ,.¡, il,
se , ·erifl<:ara Je modo que en e l di.1 de
b celeLracion del juicio es ll' 11 f.H'act icaJas
tamh~en las pruebas de tachas que ¡me<
lan tener lug~.ir.
Art. 3r. e Para ello las p arl es dentro
de tercero t
presenlaran sus inletTogalurios c()n Ja
listé1 de sus rcspec t ivos tc,:~ I i¡.;"s, v Jas
peticiones de los d oc11111 enlus gaJo se prese11tar'au y rnantendran
de r1.1 anilll' slo en la ollcina d el
escríliano ac l u ario los in ierroga l.urios, las
Jis tas ele t<"s t1gos y las peli(:io nes ~ 0 La disposit:io11 d e l artículo
anlc1·io1· ha sido de la ,comandancia jeneral del ~ recibido de ábogado el bachiller R~que
~ncar'YaJica~ se les pro·
roga· ·por ur1 arto mas e} término s.eñálado
en el art. 24. y \ambien á los ausentes
po·r caÚf\a propia, .siempre que ló
acr~diten lc.
te.soréria dr.parramenta.! á Diego. ?um~ Polanro
.qne Jia semdo fa ofic1ll.3 ans1har de la CdO ·
taduria j.eneral del dt!part~mento: la p1aza
que deja Gomts" a Pastor Gabifon, y la a'dmiois--_
traci<>1:,1 de corteos de Tunja· que este servia, a
A.ntoruo de · Jesus Goincs.
AD'MINISTRACION DE JUSTICIA.
Repuh1ica de Colombia, No. to2._.-tnterdencia
del departamento de Cundinarnarca.
' riores. _
1
Habiendo man'ifestado el jenctal Briccño
Mendes ,que. siéndo senador de la Repuulil
·ca pa1·a el futuro periodo constitucional,
¡ tenia necesidad pe hallarf.e en B0gota
¡ para el mes proximo. de diciembre. y que
¡ en consecuencia supliGiba se le exorieráse
\ del .cargo. de ministro plenipotenciari'o
: de Colombia en Ja asambleá -de Panaem~;
¡ el pqder ejecutivo ha detenr.inado a<"cd
sigue contc~ los doc:tores Joaqmn Gome.z H'<>:yo~
y Aguslm Garc1a acusados por Pioquinto
Rojas, a cans;¡. ele ha her sido re~usa<}o su
com~añero qu~ dió · p~incipio al juicio;; e5tando
pendientes van~s a1.·Qculos que envolv1an pun- p ARTE NO Ü F 1.C 1 AL•
tos de derecho, había consultado "~n el dr.
' Jose Ignacio .Sanruíguel; por recus"a"c" ion tam.~ ~·-· -
bien del asesor, y que con su dictainen babia Miscelanea.
ptorg-ad~ la apelacion el 2.7r del coi;rieiite ~ue
interpusieron los acusados del auto d~ .pris.ion, En el' nl~mero 3'6 .. de E-ste periódico se.
que como el-proceso no jira de ofi~i0, .sinó halla ima éensura sobte el remate hecho por la iluslre munidparespo!
lsables en todo e':~nto de .s~ macc1on y . lidad Óe esta capital del antiguo derech<>
descwdo, puesto qu~ tieneQ. ested~tos. l.qs r.e- '¡ llamado de almotacen, contra la espr"sa procursos
.x francas.la& pqertas de a JuSbc1a; que .hibicion del artkulo .4. de la lf'y de 1 l. de .
· hast?. ahora no se les .ha neg~do, c<>mo qiae octubre de 1th1. Estamos informadós que
no hcnc~ , l~ m~nor que1a de qu~ el jue.z .b.ay:a esta es u.na t>quivoram·n y -que la opera.:..
f~ltado a ~us dehei:rs. Este . . Ps el es1tld4.l· de . cion de la municipalidad' es l«·gál. Abolido
d1~h~ causa y lo que d~ho informar a S .. E: el almotacen ·y uruformal (Jppar-esu
ª~ 0 e -es e m~()rJYXP . • que ay re- lamento determinó que estos pesos , medidas
~l.lrSO
1
pe¡hen:e a fa COíle Superior, ·y que se se aÍquilaran a ·1~s q_ue vfrnm a lo/m('TCados
cu'1lp_ en as eyes en . !1 causa qu.e .se e~presa , y. q.ue no traen Di nno ni .otro. Tat disrosino
hay fOr. abor§l. neces1da(l d.e q~e lillervenga 1 don q'uer no· traP. la prohivic!on .del artbgno .
el pOOf:!I' e1ecutt~o- ~e puhhca:ra ~te df;)C·~- 1 alrootacen, . puPs cada uno · ti"ne ah~.otuta lihumcnto.
endlal .gace.ta-. ~ay una rubrica)"' El se • t.ad. pa~a traec sus· pesos Y· medidas, ó aiquifar
cretar10 e mtén-ctt-.1.u..s'l'l\EPo. · 1o s d e l .ca b••l d o, h a r1e.n."e l o b asta a h ora .rn que
.Ja mu nioipalidad df'trrmitio quP. se r('m(\t~ran.
El poder ejcc11tivo en .. cumpli@iento _ loi, der:echqs t¡uc pueden producir los alquilcrea
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
8e ms ~o9 y medielas. F.i rah11dad del f!Iodo
que le (1a parecido 1IAlil enta1osó, lo rruamo
'j11e pt1111ik hat.erw cua'f~itra particular.
Ta~ cre~s fundada la <'ensura d~
la Mis~ea sobre los patrones de pesos
y m~didas. Circulada la le} que los arreglaba
y que a f'&ct>pcion de la legua colomhiána dejo
&Ul>sÍstentes los quP fijó la ley 5. lo) tit. 9· Jib. 9· de
la novisima recopilacio•. todos Jos pesos y meclid.,
s rle la provincia de BC\gota se han arre~
h.lo a ios pat rODt>S que babia en e} cabildo
de la capital 91Je estallan c-onformes a los decretados
p>r la ley de Cucuta. El gobierno
af'iia1o talnhit>n en ejecucion de la citada ley
la marca c¡ae previno el art. 1 2. Parece pues
':!.'.!*" resulta aer infundada la ceU&ura de la
•is~eloneo.
RIO DE LA l>LATA.
l:l gobernadot de Buenosaires jeneral
lleras que estaba desempeñando el ejec:
utivo uacional, se hf.l retirado del mando
) el gobierno ha quedado a cargo de un
c:oncejo de minis\ros. Asi se comunica
de wi modo poaitivo por la via del ·Peru.
ESPANA.
m P.aY;O Guerrero de 74· t'añones salió el
,. de febrero de C:.dis para Cuha, tra,-endo
a su l>onlo al~unas cnnpañfas del celcLrl'
rc1in-i"11to df' Guias que af.('sino una parte
de1 pueLlo de Cadis el dia 10. de marzo de
1820. y varios ofici:i1es de la :mti~ua espedi~
jon 1NKlor de Cumana, Casas y_ Tello.
El navio S"o Pablo, eshora el Soberano,
laa ell~rado en carena en el departamento ee
Cadis.
En Sf'govia y Oviedo han ocurrido serios
()istnrvios entre. las tropas, y a las voces de
~iva ,¡ ,.,,,,. y muero el rey, han empleado
sus armas.
Se asq;ura que Vives sera reemplazado
~n d mando de la isla de Cuba por el jf'nf'ral
Loriga, ·uno de los jefes del ejército real del
l>eru vencido en Ayacucho. Ademas se le dará
e) mando de lo que 11-.man ~n la isla de Cul>
a l'jerrito de operocionc1 al conde de España,
cttnocido bast:mte en la guerra de los feotas
a C!!Jº frente sostuvo el gobierno .absoluto
de Ft>ma11do. El obispo de Huamanga Gu·
tit"rres de C.ls, ha sido premovido al ohiJJJ
ªdo de Pu('rto-Rico. El jencral l\'Ioules
est;il.a m l\h:rcia bastante enfermo.
El coron«'l B~zau antiguo jefe. político de
Va!encia hlzo un desembarc.o cerc:.a de Alicante
' ·on uoa colurun:t de tropas .cunstit™=ionales:
los papelt>s de Madrid de 6n~ de fobrero
la dan por derrotada, y f'l jefe aprendido y
nrnerto en un patlbulo junto con su segundo
41ue Moa Gtro coronel.
La junta de cumer cio que lia tomado a
au e argt; la catena de los 4. navios, e) GutrTl'ro,
el Scherorw, ''ants>s San Pahlo11 el
~erve, y Aljeciras ),' algunos emigrados de
Colombia ~ue se h ;- tlan eu "Madrid, presentan
todüs }os mi~ados de Caraca:
i.... La esperanza del rey Fernando y de
• Si Jos emigtados españoles y americanos
~onsiguen :. lgunos de nuestros folletos y gacetas
y los remiten a E spaña, se pueden ahorrar el
tr:..b ajo de hacer pin turas de CoJombia agradal>
les al .rer , p~es se~un tales pape!es no ~ay en
la R epubhca sino cr imenes, desacierto~, lDJUSli~
ias, ftaudes y todo jenero de maldades. Solo
los autores de tales escr jtos son hombres de luces
int~gros y pa~riotas. ; Se puede creer que se~
me1antes e~ c nto~es t~n g 1m corazon y entrañas
de c0Jomb1anos? Dios les perdone el mal que
90S hacen con sa de(antadá buena iutengon.
GACETA DE COLOMBIA.
•. gahinet4! tonsiste en ~ t.aftto la Repd•
blica como lo& otr<>s estados amerii-.anos han
de di:vidirs~ 1 ence~e~e en una ~rra civil
tiavorable a SU6 desigseos ~ rara atisar este
fuego ( sahe~os de positivo CJ!le se ha orgamsado
una Jtlnta ea una ~iudad europea y
c¡ne ae P.reparaha ~tra en el Brasil; y que
fi:tn vemdo a~ • Pero al~unos estranjeros con
diferentes co~s1?Des y o6ci<>S.
Algunos mmistros de las cortes estranieras
se emPt:ñan en persuadir al ministerio español 1' necesidad de avenirse de al~10 modo con
l~s estados amerlcan~ y trans11ir sus dif erenc~;
pero se les responde que su majestad
tiene esperanza de que cambien .los negocios
de Amértca por alguna conmocion interior, para
la cual haY.: preparados mficientes elementos
dentro de los mismos estados. Esta opinion
es el resultado de los informes de los emigra.dos
de Am~rica.
Cuando nos atrevemos a llamar Ja atencion
de las autoridades departamt>nrales y la del
pueblo. c:olombiano con Ja publicac:on de es.tas
nobc1as, hemos tenido la autorizacion correspondíente
fundada en los documentos y
avisos que ha recibido el gobierno.
RUSIA.
• C~ntinuan las tr:opas dt>l imperio prestando
l'!ramento. ~e fidel1d~d al empPrador Nicolas.
Una· com1sion examina la¡ r~mificaciones y
autores de la conmocion descubierta en
Pf'tershurgo.
~l '?inistro rnso conde Neselrode ha ~sado
la s1gmente nota a Jos embajadores y ministros
de las potencias estranjeras acrt-ditados cerca
del ("mper~dor: ,, Hahiendado el emperador
Nicolas el trono del emperadvr Alejandro
h:' .~errdado tambien los prmcipios que han ·
diri1ido la poHtit.a de su augusto preoecesor,
y s. l\'J. l. ha pre-venido a sus embajadores
ministros y .ajeutes acreditados cerca de I~
pot.-ecias Pstranjeras que les dedar<'n: que
S. l\'1. l. marchando con todas sus fuerzas sohre
.las huellas del soberano, cuya perdida llora
profesara la misma r fidelidad á los empeño~
contraidos por Ja Rusia, el mismo respeto a
l~ dencbos que. han . consagrado Jos tratados
existentes, la m1sn1a adhesion a ]as maximas
coeservadoras ?e la paz jcneral, y de los
lazos que subsisten entre todas las potencias.
El em~ado! . en recompensa es:eera las mismas
dispos1c1ones de parte de las pof'!nci un 1levado ronr en el mundo
comercial, el no pudo tener bastante fortaleza
para suftir la pérdida de. su reputacion. Cayo
en cama el mismo dia que su casa suspendi&
los p3gos ~a ·no levantarse mas. Se supone
que ~ria haber evitado su desgrada si hubiera
comunicado a sus amigos las dificultades ea
que se hallaba: ell<>S le hubieran ayudado
en comeensacion de iguales servicios c¡ue el
ae CODlJ>lacia en hacer lihera}mente a )oa
comerciantes que se hallaban en embarazos.
Murió de 49J años de edad.
Papeles deAle~atúa anunciaft que en Berlin
y en FranHort hahia causado una ' fuerte
imprt"sion. la quiebra de la casa de B. A. Goldschmidt,
pero que st> hahian tomado medidae
oportunas para evitar la terrible ::atastrofe que
podia haber~ seguido. La gran casa de Herz
se vit> obligada a suspender sus pagos en consecnencia
de la quiebra de B. A. Goldst·hmidt.;
Mas el principal miembro tomo medidas tan
acertadas que mr. Rothschild se comprometio
a cubrir sus libranzas.
Despues de la quiebra de Goldschmidt he
publicado la Gaceta de Londres del 18. de
febrero una lista de 3. casas insolventes y So
qt!Pbradas; la del 2.8. otra lista de :.?.. inaolventee
y 33. quebradas; la del 4. de marzo contiene
2. casas insolventea y So. quebradas ·y la del 13 •
1. i{"lsolvente y 49. quel>radas. El total eo
menos de un mes de <'a.e;» decl.'.lradas en quiebra
o bancarrota es de ciento y noventa. En
Berlin quebr;u-on en solo el mes de diciembre
20. casa~, y otras muchas en Amsterdam¡
Lisboa. Leipsik y Francfort.
~ Ll razon Je los escrilore8 e lo
oposicion. 4:JJ
Antn de la quiebra de la nninente I impo1'
tonle casa de B. A. Golor que a1i la llaman
los papeles de Lomlres de. mayor respetabilidad,
y la buena critica enseña que mas razoil' tienen
de $3ber en Londres el estado de una casa de
c-omércio de la ciudad, que no en Cartajena
de Colombia por que mas sabe el loco l'n su
casa que el cuerdo en la ajena.
Y tamhien hemos llamado a G"Jdschmidt
h~nr~do v pundonoroso, por que el hombre
1
que no conoce el honor y la vergueuza, no se
muere de pesar al ver envueltas en 5u dr.sgracia
á mumerables familias y arruinangamos dO<'nmentos
en que fundamos. Si algnnos poco~ e.c;crltnrca
han organisado su sistema d" cal•1mni:\ v Wf'ntan
malamente con la crela f'OD pn1Pha9
autenticas, con6a en el sano inicio de sus Ject~
res y del mundo trasatlantico, y a manera
del penitente dil'e lo ci<>rtoS como cierto, v lo
dudoso como dudoso. :Mi«'ntrás f') publico
britanico y todo h ombre «le ~l~na moral
han lamt>ntado la suerte