Por:
Red Distrital de Bibliotecas Públicas. BibloRed (Bogotá. CO)
|
Fecha:
23/01/1906
RE PUBLICA DE COLOMBIA
==
ANALES DE LA ASAMBLBA NA ONAL
aria IV ~ Bogotá, Enero 23 de 1906 ~ NÚInaro 4
OONTEN'X:OO de la Ley ~1 de 1904 sobre recmpensas militares."
Quedó encargado de informal' fra segundo debate
Págs. la ('omisi6n de Obras pública con tres días.
Act. a de la sesi6n del día S de Enero do 1906.. ............ ••••• • 25 I
Act a de claulura.. •••••••.••••••••••• ............ •••••• ....... 27
Mel1n •• je para la clausura temporal de la Asamblea Nacional... •.•.• 28 111
Info'orme de la Comilión sobre el proyecto de Acto legislativo namero
~ de 1906 11 por el cual le reforma el Acto legislativo namero 2
dl'e 190~.".. •••••• ••••.•• .................. ........... ••••••.• 29
InCoorme de la Comisión ql1e estudi6 el proyecto de Acto legislativo
" reformatorio de los artículos 206 y 208 de la Constitución na
ci iOI al.". .......... ......................................................... 29
Mel'morial 80br pt:ticlón de peo i6n' Jl1 enidor p6b:ico ••••• .... 30
le orial de alguno Tecino. de Chiquinquir' ............. ,... ...... 31
lermorial de algunos individl101 del «remio de destiladores, en el
qtue solicitan les sean amortizados unos bonos..... ••••... ....... 81
Teltegrama ................................................... ' ... 32
Err ata .............. ~. .... ................. .............................. 82
ACTA
DE LA SESIÓN DEL DíA 5 DE ENERO DE 1906
(Presidencia del Diputado Dr. PulecioJ.
1
Diose lectura al informe de comisi6n de Re·
formas constitucionales l'elati v al proyecto de
Acto legislati ) nÚnlel'O _ de 06" reform t-orio
del Título XVIII de la Con titt i ~D," y, sPlobada
su parte resolutiva, Re abrió 1 egundo debate de
este proyecto.
Sin observación algllna se arobaron, en la foro
ma reglamentaria, los artículos e que consta, que
dicen:
" PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVOTUMERO .. DE 1906
" ( ..... DE ENERO
.. rrformatorio del Título XVIII de ConstituciÓn.
" La ..4.8amblea N acional OonBtitu~te y Legislativo
"DECRETA:
Oon la concurrencia de todos los Sres. DiputadOS1,
excepto la de los Sres. Iguarán y Sanín (Jano,
quilenes se excusaron previamente y la del Dipu·
tad o Sorzano, que aún no ha tomado posesión, el " Art. 1.0 La ley podrá variar autorizar nuevas
Sr. Presidente declaró abierta la sesi6n á la 1 y 30 divisiones territoriales para la dministraci6n d~mi
utos de la tarde. partamental y municipal; y estblecerá los requl'
'e dio lectura al acta de la sesi6n anterior, que I sitos necesarios para crear y swrimir Distritos y
fue aprobada sin cambio alguno; al extracto de para segregar y agregar término unicipales.
los negocios sustanciados en la fecha por la Pre· "Art. 2.° Podrá también swrimir las Asam·
sidemcia, y al orden del día de la Corporación. bleas departamentales, adscribioelo sus funciones
F;l Diputado Dr. Pulecio, como Presidente ele la á otros empleados 6 corporaciona administrativas.
Co isi6n de Reformas constitucionales, devolvi6, " Art. 3.° Los bienes, derechos valores, acciones
con los informes reglamentarios, los proyectos si· y obligaciones que por leyes, ópor decretos del
gui(~ntes: el de Acto legislativo número ...• de Gobierno nacional, 6 por cualqui€'a otro título per-
1906 "reformatorio del Título XVlII de la Consti· tenezcan á los Departamentos, s adjudicarán á la
tudón"; el de Acto legislativo u por el cual se entidad que determine la ley, en el caso de nuevas
reform3 el Acto legislativo número 2 de 1905 " ; y divisiones territoriales 6 reforma administrativas,
el de Acto legislativo" reformatorio de los arUcu· y le pertenecerán mientras ten~ existencia legal.
. los ~06 y 208 de la Constituci6n," "Parágrafo. Exceptúanse los nmuebles que se
. especifican en el artículo 202 dI la Constituci6n.
11 " Art. 4.G Quedan reformadoslos artículos 182,
183 Y 188, Y sustituido el 186 dll Título xvm de
El Sr. Ministro de Hacienda y .Tesoro presen t6 la Constitución."
los siguientes proyectos, que fueron discutidos y
apr )bados en primer debate:
El de ley de "Presupuestos nacionales de Ren·
tas y Gastos para el año económico de 1906," que
pasO ~ la Comisi6n de Hacienda con cinco días de
térnuno ; y
El de ley" por la cual se 8uspenden 108 efectos
Terminada la discusión sobrt la parte dispositiva,
se consideró y aprob6 el tí lo, y, cerrado el
segundo debate, la Asamblea mmifest6 su voluntad
de que el proyecto pasara á ercero.
Aprobado ~l proyecto de reg>luci6n con que
termina el informe la misma comsión, referente al
ANCO OF
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
26 ANALE~ DE LA ASAMBLEA NACIONAL
proyecto de Acto lesislativo " por el cual se refor- "Art. Cnando por motivo de perturbación e del
ma el Acto legislativo número 2 de 1905," la Pre orden público ó de fuerza mayor no se hiciiere
sidencia declaró abi .rto el seO'undo debate. elección en las fechas señaladas por la ley p)a ra
Sin cambio a]guro se apl'oobaron los articulos 1.0 renovar el personal del Congreso, llenarán las ffu n·
y 2.°, redactados aSj: ciones de dicha Corporación en el año corresp)O n-
"~o Ar~. 1.0 Las Cánaras Legislativas se reu.nirán diente al período de q. .u e se tra~e, ,~os miemb)r'os
OrdInarIamente cada. año, por derecho propIO, en I del Congreso en el perIOdo anterIor.
la capital ?e la Re?ública, el día que designe la I El Diputado Pulecio propuso lo siguiente, egado.
Sin observación alguna Íue aprobado el artíículo
3.° original del proyecto, que dice:
" Art. 3.0 Quedan sustituidos los artículos 1. o y
2.° del Acto legislativo número 2 de 1905."
Terminada la discusión sobre la parte disp,ositiva,
se aprobó el título, y el proyecto pasó á tlel cer
debate.
IV
El Diputado Delgado suscribió entoncets un
proyecto de resolución por ]a cual se fijan los untos
principales á que dehe encaminarse la i ita
que ha de practicarse en el Banco Central por comisión
d e la Asamblea.
Dado al debate y después de SUf:ltental' lo 811
autor, lo impugnaron ]os Diputados Sres. asos,
Angulo, Camacho, Pinto y Borda.
Entonces el Diputado Posada propuso ]0 si·
guiente:
"Suspéndase lo que se discute y considérese lo
siguiente: La comisión designada por la Asamblea
para verificar en el Banco Central la i spección
indicada por el Sr. Ministro de Hacienda y
Tesoro, informará detalladamente sobre el cumplimiento
que hayan tenido las disposiciones del
Decreto legislativo número 47 de 1905."
Abierto el debate, fue explicada esta proposi.
ción por su autor y aprobada en ]a forma reglamentaria
por la Corporación.
V
El Diputado Cuervo Márquez inÍorm6 á la P~e.
sidencia que en asocio del Diputado Núñez habían
cumplido el honroso encargo de poner en
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 27
malnos de la Sra. viuda de Samper la proposición
de condolencia aprobada por la Asamblea, y que
aqtUélla les había manifestado su profundo agra·
de(cimiento. encareciéndoles lo significaran así al
Cuterpo legislativo.
a Presidencia dio las gracias á la Oomisión en
nOJmbl'e de la Asamblea.
mpuesta la Corporación del informe con que
1 Comisión de Reformas constitucionales devolviÓ>
con modificaciones el proyecto de Acto legislatiivo
reformatorio de los artículos 206 y 208 de
la Constitución, dio su venia á la parte resolutiv
:y reQtr6 á considerarlo e~ segundo debate.
Uno á unQ fueron aprobados los ignientes al'·
t ....c ulos originales del proyecto:
", Art. Cada Hnisterio fo mará cada nño el
pr( upuesto de ga tos d su sel'vicio y lo p sal'á
al d 1 Tesoro, por el cual será redactado el eD flral
e la Nacion y sometido ~ la apl'obaci6n del
OOlngreso, junto con el tIe Rentas, eu el que se
1'1'< pondrán los medioR necesarios para cu bl'ir las
ob,ligaciones.
,( CURndo el Oongl'e~() no vote la ley de Presu·
pu1: 19 6
(Pret;idencia del Diputaco Pulecio).
En Bogotá, á 8 ele Enero de 1906, . iendo la 1 y
30 minutos de la tarde, se reunió la Asamblea
N aciona} Constituyente y Le ,i~lR.ti va en el loc&.l
de costumbre.
Se llamó li t , :i la eual nte tal'on 1
ti res. o ;,llo, B: 1'1'0 ,BUI' a , Cam eh
De)g do, Guféll'ez, Holguín, . IJl'tado, errer
Luciano, Herrera Benjamín, Iguarán, Jiméuez,
Manotas, Manrique, Núñez, eira, Pasos, Pórez,
Pinto, Pulecio Posada, Sanío, Salazal' y U maña.
Dej6 de contestar el Diputado Cuervo Már·
quez, quien no asistió con excusa legal.
Como hubiese el QU01'U1(¿ l'eglamentario, el Sr.
Presidente declaró abierta la sesión e tando pre·
sentes los Sres. Ministros de Hohiel'no, Relaciones
Extetiores, Hacienda y Te~OJ'u, GueITa, Instruc
ci6n Pública y Obras Públicn .
Se dio lectura al acta de b sesión anterior, la
cual fue aprobada.
En segUIda, comose halláse presente el Dr. Francisco
Sorzano, Diputado á la Asa blea por el Departamento
de Santander, el Sr. Presidente le re·
cibió el juramento legal, que prestó en la forma
reglamentaria.
Se dio cuenta de algunos de los negocios HUS'
tanciados en la fecha por la Presidencia, y en tre
ellos el de un memorial del Sr. M. A. Caro, que
la Presidencia ordenó pu bIicar; y antes de leerse
el orden del día, el Sr. Miuistro de Gobierno, en
nombre del Excmo. Sr. Presidente de la Repúbli·
ca, presentó un mensaje de aquel alto Magistl'ado~
en el cu8.1 manifiesta que, por diversos motivos que
~numera, retira todos los proyectos que habían
El artículo 3.0 original fue aprobado, se halla sido presentados por los Sres. M.inistros del Des·
re actado así: pacho. Concluye el manifiesto dando gracias á los
miembros·de la Asamblea por su acuciosidad y
" Art. 3.0 Quedan reformados en estos términos patriotismo.
los artículos 206 y 208 de la Constitución na- Leido dicho mensaje, el Sr. Presidente de la
cional." Asamblea dispuso que la Secretaría devolviera
Terminada la discusión de la parte dispositiva, por 6rgano de los lespectivos Ministerios lús diy
aprobado que fue el título, la Presidencia decla· versos proyectos sometidos á la consideración de
r6 oorrado el segundo debate, y el proyecto pas6 á la Asam blea.
tercero por voluntad expresa de la Asamblea. El Sr. Ministl'o de Hacienda y Tesoro pidió]a
Se firmó por el Sr. Secretnrio, en el libro res-j palabra y sentó la siguiente proposición, que fue
pectJ.vo, el act~ del día anterior. aprobad~:
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
28 ANALES D~ LA ASAMBLEA NACIONAL
"La Asamblea Nacional, al clausur:ar sus se·
siones en virtud de lo expuesto en él memsaje que
acaba de leerse, resuelve que la Comhsión nombrada
para el examen del Banco Centra 1 cumpla
su cometido y publique el informe morrespondiente."
El Diputado Núñez propuso luégo :
"Eximese al Diputado N úñez de formar parte
de la Comisión que ha de practicar un e)xamen en
el Banco Central."
Sometida esta proposición á la Asamb)lea, el Di·
putado Iguarán la adicionó asf :
" y elíjase el Diputado que debe reenuplazarlo."
Así adicionada, fue aprobada por a Corpora-ción.
-
En seguida. el Diputad 8nnln Cano sentó la
siguiente proposición:
"Exímase de formar parte de a Co is'ón q e
ha e visitar el Banco Centr J al Diput do B. Sanín
Cano, y nómbrese al Diputado (que deba
reemplazarlo."
Sostenida. por su RU tOlo, fue ndicion ada pOI' el
Diputado Posada, y aprobada en lo siguientes
términos:
" Eximase de formar parte de la Comisión que
ha. de visitar el Banco Central al Diput do Sanín
Cano, y nómbrese por ]a Presidencia el Diputado
que debe reemplazarlo."
El Presidente de la Asamblea design al Diputado
Manotas en lugar del Diputado S nín Cano
para miembro de la Comisión que debe visitar el
Banco Central, y dispuso que se procediera á elegir
el Diputado que deba l'eemplazar en ella al
Diputado Núñez.
Verificada la votaci6n, el Sr, Presidente nombró
escrutadores á. los Diputados Sres. Pinto V. y Pérez,
y éste informó que el resultado de 1 votación
habia sido el siguiente:
Por el Diputado Camach0 L., 14 votos; uno
por cada uno de los Diputados Manl'ique, Neira y
Pérez, y 9 en blanco.
Como hubiese obtenido la mayoría a bsolu ta el
Diputado Camacho L., la Asamblea lo declar6
electo miembro de la aludida Comisi6n.
En este estado, o] Sr. Presideute hizo lee!' el articulo
356 del Reglamento; declaró clausul'adas
estas sesiones extraordinarias rle la Asamblea, y
suspendió la sesión mientl'as se redactaba la pre
sente acta.
Reanudada aquélla á las 3 y 25 de la tarde, se
dio lectura á esta acta, la que fue aprobada firmándose
en presencia de la Asamblea, después de
lo cual se levantó la sesión.
El Presiden te,
GERARDO PULECIO
MENSAJE
para la clausura temporal de la Aaamblea Nacioual.
Honorables Miembros de la Asamblea Nacional Constituyente y Legil at- va.
Como es del dominio del público, reina p z y
tranquilidad en toda la República, Sólo en esta ca·
pital, en donde se fraguó y se'iba á ejecutar la. nefanda
conspiración del 19 del pasado, que no ten ía
ramificación en los Departamentos y cuyo objeto
principal era suprimir el Presidente y derrocar el
Gobierno, hay, como es natural, alguna excitación
que, si se au~entara, podría extenderse al resto
del país y ser perjudicial para la paz y para el juzgamiento
de los conspiradores,
Los discursos pronun ados en vuestra última
sesión sobre cuestiones políticas, extrañas á los
asuntos que el Gobierno ha sometido á vue a
consideración, hacen temer, con fund mento, q e
se en, ble una discusión política y ac lorada, 1'judicial
á a paz y á la tranquilidad púb icas, qu
el Gobierno tiene la obligación de conservar como
la primera necesidad nacional.
Los proyectos que el Gobierno ha sometido á
vuestra consideración son: el de reforma constitucional
que ordene los presupuestoq anuales, la.
supresión de los créditos uplementales y extl'aordinarios
y, como ~onsecuencia obligada, el Congreso
anual para votar los presupuestos; el de
di visión territorial, los de reformas en ciertas leyes
en des~rrollo de, este último proyecto y otro de
menor ImportanCia,
Pidió también el Gobierno á la Asamblea que
nombrara, como lo ha hecho, una comisión para
que estudie los contratos celebrados por él con el
Banco Central, visite oficinas de éste é infol'me sobre
la manera como dicho establecimiento ha
cumplido sus obligaciones.
De estos asuntos no es de apremiante urgencia
sino el último, para que los accionistas y el público
que no tiene interés directo en el Banco sean
informados por el Cuerpo Legislativo acerca del
manejo de los valiosos intereses que se le han confiado
al Banco. Para obtener este resultado, el Go·
bierno os pide que resolváis que la comisión nombrada
por vosotros al efecto cumpla su cometido
y publique su informe.
Por las razones expuestas, el Gobierno ha 1'e
suelto retirar de vuestra consideración los proyectos
que os ha presentado; se reserva convocaros
en próxima ocasión, más propicia, para vol ver á
someterlos á vuestro estudio, y os da las gracias
por el patriotismo con que habéis concurrido al
llamamiento que os hizo para tratar los asuntos
indicados,
Honorables Diputados,
R. REYES
Bogotá, Enero 8 de 1906.
.El Secretario, El Ministro de Gobierno, BONIFACIO VÉLEZDANIEL
RUBIO PARís El Ministro de Relaciones Exteriores, CLÍMACO .
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
ANALES DE LA ASA..MBLEA NACIONAL 29
CALDERÓN -El Ministro de Hacienda y Tesoro,
FÉLIX SALAZAR J.-El Ministro de Guerra, D.
EUCLIDES DE ANGULO-El Ministro de Instrucción
Pública, OARLOS CUERVO MARQUEZ-El Ministro
de Obras Públicas, MODESTO GARCÉS.
Asamblea Naoional--P'1'esidenoia-Bogotá, 8
de Enero de 1906.
Dése cuenta y publíquese.
ERARDO PULECIO
+
INFOHME DE LA COMISION
lIobre el proyecto de .Acto legislativo n time ro " de 1906, u por el cual le
reforma el Acto legisl ativo n6mero 2 d. 1906."
res. Diputados:
Despu S de concienz do es udi el proyect
de Acto legislativo ntimero 4 de 1906, " por el cual
se reforma el Acto legislativo número 2 de 1905,"
vuestra Comisión conceptúa. que la reunión anual
del Congreso satisface los anhelos de la generali.
dad de los colombianos sobre el particular, y responde
á un.a . urge.~te ~ ~ositiva necesidad de la
mejor admlDlstraClon publIca.
Cree vuestra Comisión que la fiscalización de los
actos ele los funcionario; públicos, la enmienda ó
reforma ó abrogación oportuna de las disposicio·
nes legales que en la práctica no se compadezcan
con los verdaderos intereseR de ]a República, así
como la expedición también oportuna de leyes que
sirvan dichos intereses, y la necesidad de los Presupuestos
.de rentas '! gastos anu:11e~, son razones
que justIfican amplIamente la reunIón anual del
Cuerpo Legislativo, máxime si se tiene en cuenta
la necesidad de poner fin á la apel'tura de créditos
suplementales y extraordinarios, que han ocasionado
siempre la anarquía de los Presupuestos.
En consecuencia vuestra Comisión os propone:
Dése segundo debate al proyecto de Acto legis.
lativo número 4," por el cual se reforma el Acto
legislativo número 2 de 1905," presentado á la
Honorable Asamblea por el Sr. Ministro d~ Go·
bierno en la se~ión del día 2 del presente.
V uestl'a Comisión.
GERARDO PULECIO - B. HERRERA - LUIS M.
HOLGuíN.
INFORME DE LA COMISION
que tatudió el proyecto de Acto legislativo 11 reformatorio de los artículos
206 y 208 de la Constitución nacional."
Sres, Diputados:
La Comisión reglamentaria de Heformas Consti·
tucionales ha estudiado el proyecto de Acto legislati
vo reforma torio de los artículos 206 y 208 de
la Constitución nacio al, presentado por el Sr.
Miinistro de Hacienda y Tesoro y aprobado en
priimer debate en la ~esión del día 2 de Jos c(}rriientes,
y tiene el h nor de devolverlo para su
comsideración en segundo debate, con el siguiente
infÍorme:
El Título XIX de la 00nstitución, que trata" de
la Hacienda," estn blece reglas generales sobre
prresupuestos y gastos, siendo la principal de ellas
la contenida en el artículo 206, que á la 1etra dice :
, 'Art. 206. Cada M:nistro formal á cada dos
añcos el Presupuesto de gastos de su servicio y lo
paEBará al del Tesoro, per el cual ser'á redactado el
gemeral de la Nación y 3Ometido á la aprobación
del Congreso junto COL el de rentas, en que se
prmpondrán los medios necesarios para cubrir las
obl igaciones.
'" Cuando el Congre no vote Ley de Presu·
pu~esto para e cOJ'I'espo diente bienio económico,
con ti uará ige t . el Pre. u p le to d 1 bienio n·
teri or ."
lEI proyecto q ne motiva este informe sustituye
el a rtículo copiado por otro concebido en iguales
térrminos, con la sola variaci6n de ]as palabras cada
dos años del inciso p imero poI' las palabras cada
añm, y en consecuencia n el inciso segunqo año
eoomómwo en vez de bienio anterior.
~~óta.se desde luégo que el pl'oyecto reformato·
rio no introd uce no,'-edad alguna substancial que
afeete el sistema con titucional de formación y
exp,edición de los Presu puestos nacionales; límitase
l.a reforma á )a duración del servicio económico
de na vigeocia, 6 si se quiere, del ejercicio del
Prelsupuesto, que se reduce á períodos anuales en
vez de períodos bienales.
01' demás está observar que encontrándose en
la Constituci6n como artículos concordantes del
206, de cuya reforma se tr'ata, Jos artículos '76, ordio
1 11, segundo inciso y 118, ordinal 4.°, que
con agran respectivamente los principios de que
en eada legislatura se votará el Presupuesto general
de rentas y gastos, y de que corresponde al
Presidente de la República enviar al principio de
cad Legislatura á la Cámara de Representantes
el Presupuesto de rentas y gastos, el orden lógico
exige que antes de reformar el artículo 206 se
reforme el Acto legislativo número 2 de 1905, que
sust:ituyó el artículo 68 de la Constitución, en el
sentido de que las reuniones ordinarias ue las Cámar
· s Legislativas, por derecho propio, tengan lugar
cada año y no cada dos afios. Materia es ésta
de otro proyecto que también devolvemos hoy con
informe separado. •
Para juzgar sobre la conveniencia de la reforma
propuesta, basta tener en consideración que toda
ley de Presupuestos, por su naturaleza y por su
carácter especial, más que ninguna otra, requiere
cierta previsión, tanto más difícil de alcanzarse
cuanto más largo sea el término á que se extienda;
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
80 LES DE L ASAMBLEA NACIONAL
que los err01'es en los Pre)U)uestos son fuente de
las más graves y tl'asc6.1xpondl'emos 30mel'amente algunos antecedentes
legales de la cuestión:
El Decreto legislati número 41 de H de Marzo
~ 1905, fundam(ntaI d~l monopolio, esta·
bleció:
1.0 Que los particu lHe que tuviesen establecimientos
de producci 'n de las materias monopolizadas,
serian indemn zados p"eviamente de su
valor (artículo 12); Y
2. o Que está indemrización se haría en bonos
amortizables hasta con el cincuenta por éiento del
producto de las reotas (artículo 13).
El Decreto ejecuti~o número 631, fechado el
13 de Junio de 1905, cuando ya estaba en pleno
vigor el monopolio de licores, sin que los indus"
triales hu bieran sido aún indemnizados, dispone:
1.0 Que los bonos se amortizarán con el veinticinco
por ciento del pJod ucto de la ReD ta (artfculo
15) ;
2. o Que esta amorti~aci6n se hará por sorteo
mensual riguroso, hast& agotar el fondo ~xistente
para ello, e~ cada caso (artículo 18); Y
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
~ ALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
-. ,
8.° Que el veinticinco pr ciento uestinado á la miseria; vosotros sabéis que sin capital no es
amortización empezará á tcmarse de la cuota co posible el trabajo, y sin trabajo es vano el empe
rrespúndiente ~ I m;s de u io de 1905, y que las ño de engrandecer, de dar paz y seguridad al
cantidades destInadas á 6t,~ servicio no ingresa- país, por el cual estáis obligados á velar; por eso
ran. á la Ca.ja ue fondos cmlnes, sino que perma- á vosotros nos dirigimos en nombre de estos senneCIeran
sIempre en der5s to para verificar los timientos, apelando á la justici~ de nuestro recIa·
sorteos (artículo 23). mo é invocando los sentimierl tos de humanidad
Es de o~st'rv~l:se, Honcraoles Sres. Diputados, de que, como hombres que sois, estáis dotados,
que esta dIS.poslC1ón no h. s do derogada por nin· para que os sirváis dictar una providencia que
guna posterIor. ordenando se nos amorticen de una vez nuestros
El Decreto número 14'3 de 15 de Diciembre bonos, nos devuelva un capital que con tánta jus~
1timo, dispone que no sea;oortice mensualmente ticia nos pertenece, y DOS permita así dedic~rDos
sIno la tercera parte de o .. bonos circulantes en de nuevo al trabajo y atender al porvemr de
la fecha del sorteo, siempe que el fondo de amor· nuestras ffl milias.
tización alcance para ello (artículos 4.° y 6.°). Bogotá, Enero 3 de 1906.
Ante todo, Honol'~ble's 8t'e8. Diputados, hare-m~
s notar que e.l slstena de sorteos adoptado Neftalí González, José de la. Cruz Her;era,
deJa nuestra prOPIedad á merced de un juego de .Aníbal J. Machado, León M. Oijuentes,. hut8 M.
suerte y azar, de un ju o de lotería' cosa bien Molina. Como cesionario de Gonzalo Glrón, Au·
dura I!ara quien ha luchalo e roo buet{o á fin de I reUo Franco R.,. Ce1'oeleón jJinzón, Abran·a1n
conquistarse un honroso T modesto vivir. Y aun· Nleto N., María Josifa Rod1'iguez, ESpinosa
que n? estuviésemos al aZ\r de un sorteo y se nos Obando, V'wtor E. Peña.
pag~se .mensualmente pOI medio de un prorrateo
Presidencia de la Asamblea-Enero 8.
~q.u~tatlvo, todA!í~ sería ncalculable nuestro pero
JUICIO, pues reCibIendo aunas ínfimas periódica.
mente, éstas se convertHan en din6'1'o de bolsillo, Dése cuenta y pase al Ministerio de Hacienda
y no nos .sería .dado acoueter empresa alguna; y y Tesoro para los fines consiguientes.
esta conSIderaCIón sube. ~ e punto si se observa
PULECIO
+
TELEGRAMA
que conf~rme con la últIua disposición citada, no
se amortizará cada mes 3ino la tercera par te de
los .bonos circulantes ~l día del sorteo, lo que
equlv~ldría. á una serIe indefinida de éstos, que
haría 1Iu.sorla nuestra in ernnización. Los agiotis.
ta~ á qUI~nea nos veríam03 obligados á vender á República de Oolomb'ia - Oficina telegráfica cen.
baJO preCIO nuestros créd tos si esto no se modifi- tral-Bucaramanga, 2 de Enero de 1906. _
ca, serían los únic.os que s~ ap;'ovecharían del fruto
d Presidente Asamblea Nacional-Bog{,tá. e nuestro trabaJo; y e verdad que todo lo ex-puesto
n08 hace ver cIaran elnte que muchos agen
tes subalternos del Gobier'no están interesados en
que esto último suceda PUl). hacer su agosto.
. A hora bien: según da¡oa del Ministerio de HaCIenda,
los bonos que actlalmente circulan np pa.
san de $ 50,000 en oro ; y según el dato del Sr.
Gerente de Rentas, el fo do de amortización, too
mado desde J ul.io d~l. }ñO próximo pasado, de
a~uerdo con la dISPOSICIOl citada no derogada por
nlDguna otra, alcanza ya i $ 150,000 en oro. Esta
suma, según el artículo 23 del Decreto número
631 de 1905, no puede hab rse invertido en ningún
otro gasto; luego existe un fondo de amortización
tres veces mayor que la cantidad de bonos amortizables.
l Porqué, pues, no se amortizan de una
vez y se nos saca de la situación de extrema
pobreza en que nos ha d6ja.do el monopolio ~
H~norables Sres. ,.Diputados: Vosotros repre.
sentáIS al país, estals en contacto íntimo con él,
sabéis sus necesidades y Qonocéis de un modo in.
mediato el estado en que nos encontramos los
p~o~uc~o~es de. l~c~r~s, .á . quienes el monopolio
nos ha cortado nuestra industria y dejado en la
Comunico á esa honorable Corporación que, en
cumplimiento ley, celebróse ayer de manera digna
y lucida festividad de añonuevo, y á medio día se
cantó Te ])eum como acci6n de gracias especial
por conservación paz y la vida y salud del.Excmo.
Sr. Presidente República.
Servidor, ALEJANDRO PERA S.
ERRATA
En el acta de la sesión del dfa 4, publicada en
el número 3 de estos Anales, se hizo figurar al ~r.
Diputado Neira en vez del Sr. Diputado General
Herrera, como que había hecho co~st~r. su voto
negativo al proyecto de ley "sobre IndIVIduos va·
gos y perniciosos." Quienes hicieron constar así
su voto fueron únicamente los Diputados Herrerll,
Manrique, Carnacho y Núñez.
IMPRENTA NAOIONAL
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.