CONSTITUCIONAL CA U CA.
,;* .• E~ te P"riodico .~e publira lo~ ~\\hndo~ . !;e rt>tilw11 ~u~cripcione!\ a t'·l por
!'('llH' S II't'~, ft razou clt> trcint:1rc·ales, c·nla administmcion de• coJTCo!\ de c. ta ciu•
dad;~ por el Sr. 1\Tar·iano Tam·o <:u13ogotti) calle 3. ""dd comercio, n. 0 108.
J.o IILIIliL'ro: 1-uellos 'Yal;·n rral ~· mt dio.
CARGO.
Entf>rados de casa de moneda por cuenta de
utilidaJes
Id. por producto d alcabalasId.
por id. d ~ papel sellado
1100. o-()
1So-o-o
PHOVIKCIA DE JE[\' A.
Id. por iJ. de correos
Id. por id de tabacos -
2-0·0
45- o- o
35- 4- o
Estado de Tesoreria, comprensivo del 1 j al 22 d~ jun/o.
.Itl. por id. de destilacion de aguardientes -
Rt>mitidos de la tesorerla provincial de Quibdó
Diferencia contra la caja
10 • o - ()
2000- o - o
e A n G o, 67- 1 -.;.
Existencia de la semana anterior
DATA.
Suehlos ldos d ~1 administrador de corr o~.:.
Cond tt ccion de un reo
ExistenciA
63 - 2 • ~
2S -o- o
18-o-o
170 - 5 .. ~-
Suma
DATA..
Entregndos al capitan cajero para raciones
del batallon n. 0 2. o
Id. al habilitado de oficiales retirados porcuen·
ta de las pensi ne que gozan estos -
Id. al habilitado de la guardia nacional para
raciones de esta • •
1100. o. o
35-4- o
150- o- o
Suma igual ~76 · 7 .. -!· Id. al mayordomo del hospital para racio-nes
de los enfermos militares • - "' 47. o-(')
u86- 2 • f RPS1l.meh de !o.r estarlos de la Arl111iut'stmcion principal
de tabacos, compren ·i~o del 17 al 29 de juuio~ Pagado por varios documentos militares
Pagados ri los ministros de la corte marcial
por cuenta de us sueldos
e A n G o.
Existencia de la srmana anterior
Productos de lt~ admiuistracion
Gasto nrdin la Administracion principal
de correos, del x6 al 3o de junin.
Por ci nto ocho pesos, valor de doce resmas
de pape\ blanco, que se han compra•
do p~ra st>llar, a raz.on de nueve pesos cada una
Gastos de guerra
~~·-' ·0•0
3o • 3-
• te A n e o.
Vafor u las cartas beneficiadas
]d. de la correspoll(lencia franca remitidale!.
de las recibidas sin fr::mqut>ar
Derc'cho d encomi<·ndas • -
J>rodll to de las estaft·tas
Cn.I tas selladas a la mano
Suma rs.
D A.TA.
Alean e coutra la renta en la semana anterior
Al conclurtor clt' Bogotú, por '2 viajes
A los de Timaná y Guagua -
'Valor de lns cartas obrant s d pago
Corresponrlencia fr:nwa de ollcina •
Ga to ordinarios con inelusion del alquiler
de casa • .. .. • - •
Existencia
Suma igual • 34o9 - 5 • .;:
-o ..
192 - : Colombia-Estado de la N. G-Secretaría del Int~rior
4r - -¡ y relaciones ~steriores-Bogotú, 29 de junio de x833-23. 0
329.. : Al Sr. Gobernador de Popayan-Hab1enclo el P. Ej cutivo
r - : concedido li encio por tres meses al Sr. secretario de Ha·
----- ciencla Dr. Francisco Soto, S. E. ha tenido á bien encargar
8o7 .. -o
1
el despacho d aquella ~ cretaria durante la ausencia del Sr.
----- Soto, al Sr. Simon Burgos., quien tomo posesion el día 25
38g • .. 3 del corriente á las doce de la mañana~Dios guarde a US-
96 - • ¿ ! J ose Rafael Mosquera~
.28 • • o 1 -----
- Jo3- ·; El Senado., y Camara de Representantes del Estado de
24 • • o la N. Granada reunidos en congreso.
Vistos los decretos, y resoluciones de la camara provin·
54 • ! cial de Popayan es pedidos· en setiembre, y octubre a el año
101 • -o próximo pasado; y usando de la facultad que le confiere la
atribucion 7• ~ del articulo r6o y 162 de la constitucion
Suma igual DECRETAN:
TESORERIA DE POPAYAN.
E la® semanal, comprensiPo del 8 al 14 de julio.
Art único. Se aprueban los decretos siguientes de la
camara provincial de Popayan - Primero el de dos do
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octubre que dispone que de los respectivos foudos de pro-! vos, y los tribunales los aplican con tanta escrupulosidad,
pios se costee uu individuo que vaya a la capital a aprender que cuando se han ngotado ·en vano todos los recursos de
el rnét?do 'l:mcasteriano para que s~rva de maestro 11 su la ej~cucion, ~a hm~1anidad. rP?lama su~ dc~e.chos, y la lei parerespectivo
can ton, y que no haya mnguno de esto que no ce Jt ·puesta a modificar la accwn de la JUSticia; de donde re ultenga
su scuela de prim ras letras-Segundo el ele cuatro ta que considerada la pri. ion corno pena, debe proporcionar·
de octubre fijaJido la tarifa de dt>rechns municipales del can- ·on el delito, y que si solamente se la e n idrra como
ton de Toro; y terct-ro 1"1 rle tres del citado mes ele octu- apremio, ha de st·r tanto mayor cuanto mns considerable
·breen que consta la tarifa formada para el canton d Popayatl. sea la cantidad adt!udada, para qnn no result' d inconve·
Dado en 13ogotú á 2 cle junio de I 833-El pre ·irkntc ni( ttt<~ de qu, prolong-úndose d<'tJtasiadamt·nte la prision á
cel senacl.o,Juan de la Jo Gome -El presitlentedc la c:imrtra el. llll drudnr insnlv<~nte, St' priY(' ~l la sociedad de un individuo
reprec;cntante , illiguel S. Urihe-El ecretario del senadn, y e le yuiteu lo medios de reparar sus pérdidas y de
I:orenzo .l\laria Lll"rac;-El diputado ecretario de la c:'tnwra '¡ s:ttist:wer it sus aC'redores. Parece, pue , que pueden con i·
de repre-;cnlante , Rafael 1. Vasquez-BogotiL 10 el<- junio dent·se do., e-.¡h·c.i(•s de deudas, la que proee delito,
de x8 :r1-23-Ej cútr·e y pulJJI.¡_Iue e-.Francisco ele P. Sa:t- y la qu t' vi<•nen de otras cau a : en aquellas la prision es
tnnder-( L. S. )-=Por S. E. el Presidrencia de l't~sultadns <,S
se r tario del Interior y relaciones esteriores, Jose R.af....tel t'IIOL'IIü', por que si se coufuml la in oc •ncia con el crimen,
1\Iosquera-Es copia. :Mo. q 1era. adt'mas de iuf'rir una ofen.a grave á la ju-;ti ia y á la mort~L
AViSO OFICI -\.L. p t',bli<':-~ 1 se t~ ·tr;lvia la opinion y se le irrogan daiios con-;i.
El purhlo tle Popnyan ncaha de tener la Ín<"c;plicablt> dt •rable. :i los individuo~. Suponiendo pues C{lte a lo-; dcu-
:ni faecion de ver restituido a su .<'nO al Sr. Joa<¡uin !\lo·- dores tnOI'OSO'i ( in ·olveutes se }ps deba r ed u Íl' a prisiou,
quera ·u an Li-guo comptHrwta,. el mejor de sus au1igos, Vic·p. t's llt'Cesario que la lei lo estable ca de un mod positivo, y sin
ptesidentt' actual de la . Granada, qtte llego :í r.;;ta <·iud :td dar l11gar :'! dwhs ó it!terpret:.~cione. ; \)orque i como lw stH't'·
el dia 12 el ·l corrient por la noclw, d •.;;ptte de una au <'ll- elido cntrt' uosotro ·,la prision puuleo nodeerctat"l' ¿de quien
ci. '·', meses en los paise de Europa, cuya nwcfida lt· el ·pended e-.;w poclvrP ¿El acredor soliciwrú que ·e encarohllgaron
a. tomar las viol1•ncias de los euemig~ls d la líber- t•elt~ :'t su deudor !1 Eutonces la· contc·mplaciones, las ilutnd.
•lmism pueblo d acuerdo C'On <•1 Gol>itnto ha de- siones, los etnpet'toc;, un cierto pudor honorífico al r la re• olucion beldías
Mosqu ra;que en toda cirC'ustnneia princ·ipaltlll'nte t>n lllt'- y ·úplic;l · , rt>trogt' nos h.,Jh l>adio
rl .· les LI,t torno ~ p 1llticos ha dado rele fecto,
de su aruor patrio, y de u firme adhrsion ú la cnusa de los 1 y proporcioJH' a los que se hallen en el caso ele ser é.HTt'P~'
Íllcipicrs. Por fortuna no hai motivo de tenwr qu t• se r e- dores todn-; la::; seguridade de que nt'Ct":iÍta, ~s forzoso ~vinuev
la omino a e ceua del ariO de x8:io Sl·gun el estado de tar toda nrhitrari<•dacl, todo fallo d' t>cluid .H I, todo utn •ivo
j )áZ que a tualmt>nte reina en las tres seccione ele Cnlom· de v,tcil,wion. Al emitir e te voto 1 an~c·en·uw · quiz:'¡-; d ·shin,
y l':-.ta circu n-.wncia in !luye no poco en el f'Oiltt>nlo dt• provi l C'Otnpa-;ion; ¡wro lo · q:lt' <' 11-
los h:tbitantes de Popayan. ¡Quiera el Ci •lo que su g'C~'LO tttlll- ticudcn e ta. nwterias, noc; juzneia,
C< S'e mt's<·ll· cou. los r, que llttestra pluut.l en
sea el prell d.io de otros mas puros y penuanentes! discu<.;Íon ··s do es·a clase solo se guia por el amor d,·l bi"n
Cuando -se trab.lja en formar los codi!{OS para la N.
Granad·¡, ('l't'l'lllO que no sera inutil presentar ;dg-unac; idl'aS
acerca d' aquella partP d la l<"ji lacion Cl'Íminal, ('[te t:-:\la dr
las pri iotws, consiclt'rada romo un meri to de a p.· •mio ó
como pena, s. Dien couocidos son lo-; gramlt•:; pt•tjnicios
que acarrea al comer io, a toda especie de propietario
, al jiro externo e interno, y a la socied .\d entera, fa
laxitud d' las practicas for n e en Jos ca'ios de 1horo ·idad
6 in ·olvetwia de los deudores, como tambien quo \~10 de
los inconvenientes ele nuestro sistema, con~iste en las dilaciones,
importunidades y g~stos que traen consigo los ne~
ocios judiciales, que debilitando la confianza y el crédito
privado, hacen paralizar todoc; los ramos de industl·ia.
Para poner término a tantos male S ha usado del mas
fuerte de los apremios conocidos en los paises cultos, cual
es la pri-vacion de la libertad : todas las nnciones lo han pues·
to en practica, y si en Francia la opinion contraria hace
numerosos prosélitos, debemos atribuirlo a las circun tancias
particulares que hai alli. El código Napoleon traza con
tan rigorosa esactitud los tramites de los juicios ejecuti-público.
·xaminemos ahora, si un d<•mloJ' Cf lt~ . in c tl¡ a .;;uva . e
encuentra sin podtT .. :~tisfaeer a s ts arrt•di)res, ll la mayor parte
de los casos ui aun culpa liviana. Debe St'l' pne obligarlo
a buscar todos los recursoc; que estJn a su alcance
para satisfacer ;\ su aC'redor; la ami-;tad, el parentec;co, la
,cornpasion y otros mucho-;. Ahot·a bien, si la libertad hJ :c;fuerzo para salir de u apuro. Si carere
absolutamente de medios de subsi tir, podri hallarlos en la
benevolencia de su parientes y amigoc;, siendo mas proba~
ble que estos se prestasen a mayor sacrificio, si lo viesen
detenido en una casa ele arresto.
Contra esta consideraciones militan otras no menos
l ertes. El detenido no puede encontrar apoyo en los hom~
bres. En vano se prolonga su detencion: los meses pasan y
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DO hai mano que ocurra a su socorro ¿ Que se logra entonces
con perpetuar su desgracia? Privarlo de los medios
de subsistir, y a su familia de un consuelo. En semeJante
caso no pod mos menos que llamar inícuo su cautiverio. E -
t:uuos mui lt'jo de aquellos tiempo primitivos de la lejisla-
·ion romnna, en los cuales la in nlvencia traía con ·igo la
servidumbre, y en que el d •udor pasa-ba de la clase de p rsona
a la de cosa, pudiendo ~jercer en 'l su a tecdor toda la
barh:1rie del der cho domi11icnl quirit;~rio. La relijion que
profcsa111os, el gobicm<> de (•i, ilizacion ú que h 'ni O" llegado}
la suavidad de las costutllbres mod ·ma-;, y las IJcce idades
de la ·ocicdad <'ll c¡uc vi' iums' nos ohlicrnn a separarnos
cuanto ·ca pc,o:;iblc, dt· tan e diosas stn·::,idades.
Para Cinar intereses tan opuestos, podría adoptar·
se el telnpenlnH'Jllo de la lt•i fr;111n•sn, aul1crue no pre('i a ..
mentr aaado recoln:a su Wwrtad. Aprobarnos la adop ion de
un lít11it • al ~ll'resto ; pero no su ÍJualchd absoluta, porque
Jws pan•c ·~ muí dum c1ue 110 corresponda el arre·to rou la
suma debida. Debe llal)t'r~ segt n opl! i:.t!tOs, una escala de
COl'l'l'~pondt-IJCia entre ;unbas <:tllttidades, teni endo SÍPmprr a
la vi:ta, rihdt'('().~ estmnjf'ros.)
INTEIH.S LEGAL DE LO:) C E~SOS
Aun antes de la reyoJu('ion e 1 r eu Bogota h:-~jo
los virrl'ves de recluci1· los J'(:ditos dt· '( nsns del cin o al
tre por' ciento : y aunqu pudo drscle <'nLonc s arn•glarse
t''iW negocio confonne a la lci ele Cu ~.t illa que mandó igua·
larlo t•n todo el rt>ino ; el l1al>iw de rvd ucirlo todo a grand
·s expedit>ntcs, y dt.· ftustrar el liH jnto y mejora en Jos pne 1lns1 cuando no se con-ase
c·on la ncct'sicLd de ocurr1r it la cmLc" de Maclrid en
solicitud de aprobaciones hasta de u u guarda de tabaco ••
l~n Bogotá se acreditó pleuamente vn la actuacion hecha
des pues rl • 1 8o3, sobre la nece idafl de rf·d ucir los censos :
que no babia finca que no fu<' ·e hipoteca de alguna
cape:;llania o fullflacion ; CJ:Ilí' nin~una daba un cinco por
cienlo libre a los propietarios ; y c¡ue la regla para los
cPnsos dd.>ia tolllarse del producto d bs haciendas, de la
prnporcion entre los capitales y la rt:'nta liquida, deduci·
do 1 rimero el salario del 111ayot'domo, el di 'Zmo etc. Si
('n Bogotá no producían las fincas un cinco por ciento
el(' su valor, ¿ c1ue produeidn en nut>stra provincia? En
estos años despues de tantos de ruitm y de va ·tacion qu
les han precedi(1o, y en los que desapancieron inmí'ns
capitalr que aniquiló la revolucion, e todavia mayor el
atrazo de la agricultura, que es la q~1e carga con la parte
principal de los censos. Los frutos no tienen e portacion
que aumente su valor, y la haja qne ha sufrido la pobla·
·ion por a guerra, al mi. mo tiempo que e ha aumentado
d nume,ro de agricultOl'es, ha reducido el proclucto
de las fincas por la falta de consumidores, y abUildancia
dei jénero : dt" man ra que con el mismo o mayor costo
se cosecha hoi una cantidad de frutos, cuyo valor es un
cuare11ta por ci nto menos que 1 que tenia en 18o8. A
primera ·vista s~ ofrece la objecion de que la baja de\ valor
d los frutos, habria puesto en proporcion su precio con el
de los jornales ; pero suc d" lo contrario, porque la
tlesmoralizacion de la guerra ha producido nuevas necesidades
en todas las clases de la socieclnd, cada uno calcula
llL·twrlas con Sl.l indu ·tria ; y en la que ejerce pro ura sa-car
el mayot provecho, con el menos trabajo posible. De
aquí proviene que e 1 trabaJO del mismo jornalero, y por
el mismo salario que lo hacia n 18o8, es hoi deblemen-t'
caro ; y por una esperit>ncia con tai1tE', apoyada en observaciones
esaeta ·~ ninguna fi.uca pue el interés mayor 6 menor d los ren ·o,. Una
cédula d Cario!' 3, 0 uya fecha no e necesaria, mando bajar
los crnsos ckl rinco al tre por ciento en todo el territorio
de la audiencia de Quito ; mas como b tausa motiva
de t>sta pt'agmoti ·a fuesen lo, terremotos de Latarunga, algunas
¡wrsrmas Lien int nrionadas, pero poco pre isivas, opusiuon
una gran resistencia á la publiracion de la cédula :
rntisas que son bit:n notorias la d~·jaron sin efecto alguno.
Cuando lns provin ias del élntiguo departam nto d 1 Cnuca
estuvieron incorporadas a1 Ecuador, u l<'ji latura rt>dujo los
réditos al tre:; por ciento: al reinrorporm :e a la N u e a Gra- •
nuda, pidió la ciudad de Popayan la sub. istrncia de la lei,
pero la ronvenrion pasó por alto este puuto, y los jueces
y trihunalt-s han estimado vijente la anteriores leyes que se·
nalahan el riHco por ciento. Pres<'indimos de la cut>stwn,
que se ajito en el tribunal de justicia sobre si ta ó nó vijente
la lt>i e uatoriana; prro no podemos d(•jar de llamar
Ja atencion de la dmara dt> provincia para que en sú proxima
reunion exarnü·w detenidan.eut un pnt1to que debe producir
mil ventnjas á la ngricultura d, nuestra provincia~ que
clama por una justa prot{'C<'ion pat·a no acabar el~ decner.
Hemos oído oponer la. lifi ultacl ele qur no puede darse
una leí jen<'ral para todo el Estado, y que por lo t:mt()
la leji ·lattira no drhe variar el interés de los censos del 5 al
3 por ciento, porque haí otras provincias tlonrte se paga cor·
ri 'ntemente. Sin nt>gar el hecho, séanos 1i ·ito ob ervar: que
esto no prueba qu jeneralnwnte produ can la fincas n as
provincias el 5 por ci nto libre; ino que estando la escrituras
otorgadas bajo la antigua lei, no han querido ceder
de su derecho lo cen ualistas. El espediente de Bogota, qne
hemos citado al principio, y lns noticias que tenemos de
casi todas las provincias de la . Granada, confirnlan nuestra
asercion. Asi que no dudamo que la agricultura de to·
do el territorio granadino necesita de este alivio. La pro•
vincia de Pasto lo disfruta desd~ la puhlicacion de la e~
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-dula de Carlos 3. o .Existe, pues, una provincia granadina Quit-o :reside fuera del estado y es estranjero · por lo cual no
iJ:Ue forma ya una escepcion de la lei, que se quiere qm~ puede tener t~do el c<>nocimiento de las circunstanciaw·
sea u ni forme y jeneral. O se sujeta á los vecinos de Pas- p(;liticas del .pais. Desde luego, tanto por la protecci-on que
to a pagar el 5 por cient-o para dar a la lei esa unifnr- e·~ gobierno -debe .a los in{l(¡enas de la parroquia de Matnidad
que se desea, ó es preciso que haya otr-as provin- l titui, como porque el presbítero Sierra fué espulsado de
cias que puedan go1.ar de igual beneficio. No vemos me- Past-o por las autoridades de la N. Granada; debe el Go~
io.alguno entre estos des estremos; y por mas que se alegue beruaclor -yes los gobit>mGs puc·den ó no I'<'<·ibir al cura q11e no sea de
políticas. Desde luego seria monstruoso que las munici~alicb su <:onfianz.a-. Sin ofend<>r en 1wda al Sr. Sir.rra, pued ~ no
.des, .p01r ejemplo., tuviesen distinta organizacion en Cart recibir el Sr. Gobemador d Pasto
hre esta materia, confiamos en que el pntr.iotismo de los a < qud e ra, ha ta tanto que <'l uprt'mo Gobierno le hamiembro.
s <.le b camara, no olvidará tan impor.tante asun- bilite pvo la SO'- ele Vergara- Hepresentantes---SS. Dr. José fgnac:io Va lf~nlicitud
de que haLlamos, la devolvio comn un libiJio injrt- zueb, Dr. Toma, Gól·dova, Dr. Jo. e Cornelio ·alen cia, Dr.
matorio. Laucl o:ble nos parece la caridad dl'l Sr. Paz Hu;·ha- Iunuel Jo é Escovar, Pedro Antonio Hoyo , Dr. Ignacio
no; pero no podemos dt>jar de califirar su proredillliento de .Escovar y Francisco Martín Mosquera.
irregular -1. 0 porque la publicidad de los hecho so~ ECUADOR.
hre c1ue se fundan lo. indlj enas de la parroquia de 1\Iatitui, Por el correo de ayer hemos recibido oartas de Quito
• qaita a la representacion toda nota de infanwcion: 2. 0 por- hasta el 6 del presente. Tanto por su contenido como por
que aunque los quer llantes pudieron alegar otras mu<"hfls los p rioclicos de la capital, parece que las elecciones de
causal es contra Si ITa, las han omitido en obsequi de su las provincia. del departam nto de Pichinrha se han
rropia n •putacion; dando en eJlo una pmeha iHJwlable f{'le h •chn á ·satisfacrion de Jos Jibera)e , y <(U' en Jos Otros deno
h.m itJ tent 1do haca l'b >lo · ,infa111atorin. ; y 3. ~ ¡JOI'({:Je parlamentos hai algunos piputados dd partido contrario.
Cl :lllUI) un ciurLHl :.mn tra ta de ·edam< r lns t'SC'CSOS de llll r e Gu nca especial m ' nte e dice : que la víspera de las elccfun
ionario sea eclesiastiro, cjv.J · milita!', ha de llamar los ciones hubo mas a ligt·eses re. p<>ct moso país; pero ellos son la prueba perentoria de que "1
de su párroco, sino de la misma civilidad y buena educa- espíritu publico ha despertado, y de que se acerca en el
cion, entonces la lei de procedimiento previene qpe . se Ecuador una época mejor que las anteriores. K tas ajitadevuelvan
las peticiones escritas en eso terminos ; p~ro no ciones son señal de la vida de los Estados, y de que cahabiendo
nada de esto en la representacion de· los indljenas mienzan a desenrollarse sus elementos de felicidad.
de la parroquia de Matitui, ha debido darle curso el vicario. Errata sustancial del n ~ 5o.
Sea de esto lo que fuere, miraremos la cuestion bajo En el estado de esta tesoreria,la 1 ~partida de cargo es de goo ps;
ae otro aspecto. El ordinario eclesiastico de la diócesis de la diferencia de 5o ps: y en la data, la 2 ~ partida es solo de 1 o4 ps.
~e~
Imprenta de la Uni"ersidad, por Benito Ztzero.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"El Constitucional del Cauca - N.", -:-, 1833. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2095099/), el día 2026-02-05.
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