Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
N.o 8 .o
BObETIN
DE J.AS
RENTAS REORGANIZADAS
Director , G REGORIO .GUTJ ERREZ
& g otá, Enero de 1907
· SU MA RIO
L'\ SAL 'EN Et:.CAUC , .- Ar tículo) .......................................................... .
Los VISITADOR &S.-Relación de visitas practicad as ............ .......................... .. .
NolTlCIAS VAR IAS. ......... ....................... .. ............. ..... ... ............ ............ .
TntBRE NACIIH~AL.- Mo,• i .niento dedocun:~.entos en Novu:mbre de 1900, en el expea.
dio especial d.: Bo¡!otá ... .. .. .. ... .. ... ... . .. .. . .... .. .. .. .. ......................... ..
TtMBRit NACIO ~.\L. -C<>n~u tl y R!sol ución sobre uso tle est ~mpillas en las copias
de la< p1rtid.t~ Jel ~ ad 1 civtl ... .. ......................................... ... ...... .
T I MBRR N .\ClONA r •. - Co l\ult \ y R::solucinn s >bre billetes de Lotería...... .. . . . . . ..
TntnRE N \ClO~AL.-Reso ucínn sobre arreglos :on e;tablecimientos comerciales .. .
. TI \l'IIR 1> N ACIO" \ L. - Reso lucuSn nÚm!rO lOO sobrclltr.IISOS y OtJIIIUIOI ...... ...... • .... ..
Tl\tBRP. NAC IO:o(AL.-Acta$ d e inc.neraci-\n ......... .. .. ...... .. ..... .. . .......... .. ... .
}{g<;oLl1CtóN NÓMt:RO 51 DE 19o6,que conc~e una autori~ción a l Banco Centra l, con
r~pect•> al l>c:partamento de Aotio:¡uia .. .. . ........ .. ............................ .... .
RF.,;OLliCtñN snbre all•na mio:nt O$...... .. ... ...... ........ ........ .. - ............ ..
RE~Ol.UCtÓ:s o& r. A G!RENCrA ne RENTAS, sobre denuncio de pieles c:n Boyad y
Cauca...... .......... ....... ..... ....... ..... .. .. . ...................................... ..
OECRI'.TO N~~n.Ro 1213 DE 1906, sobre extnci~n •l e derechos de tonc~aje ................ .
}Jt::Cil&TO NUloli!RO 12q U P. 1900,,obre derechos de tonel ada............ . ....... ·· ... ..
lh;CRP..1'0 NrT.\IP.RO 148 l DP. 19o6, por el cuo~. l se prohibe la eJ>portación d<.' monedas
ructAlicas ......... ~ ... ...... . . .................... .... ... .................... _. .. ,.
DECilf.fO :sú~tl!ll.O 1499 t>& 1900, que seflala térmi no para el r econocimiento y. pago
de indemn~rn.ciones causadi O& LA GERENCIA DE REN 'l'AS, sobre di\'Ísion es administrativas ·· .... , ..
BOGOTA
JMPI'E~TA ElLÉCTRICA-l68, CALLE JO
TELÍFONO 76g
P6p.
317
32l
324
324
312S
32Ó
326
3n
327
310
330
331
332
332
333
333
334
3l0
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ARo 1 RepÚblica c1e Colombta N.O s.o
Boletín de las Rentas Reorganizadas
Dlr edor, GREGORIO GIJIIERREZ
B OGOTA. ENERO DE 1907
Aviso
El BoLETlN oE ' LAS R ENTAS RtWRGANIZADAS
es el órgano de publicación y
comunicación d e :a Administ rac ión
G eneral d e las REISTAS REoRG ,\ :S tZADAS.
En tal virtud, las leyes, decretos, r e .
soluciones, etc., que en é l se publi quen,
se tendrán po r auté nticos y se lts dará
cumplimiento s in necesidad de nota ni
orden especial.
L a Sal en el Canea-
Por c reerl o de interés general reproducimos
el s ig,ui ente artículo,
que han dado á co nocer ya a lg un
os periódicos d e es t a capital:
Los m illones de p e sos en oro que
anualmente paga el Cauca al Ex:ran·
jero por la sal que cono; um e, ti e nen
la fortuna d e pasar, como f rase afor·
tunada, de boca e n boca con tono dogm
ático, y de ella se a provechan lvs
adversarios d e l Goh:e rno para a bominar
el r égimen fi scal im pera nte ;
p ero es ne ces ario ya aclarar ~1 error
que encierra tan peregrina a firm ació
n, C'JU e ll eva á cierta.., gentes del
Cauca á que ja rse amarga me nt e del
prec i> de S 1-40 :\ que va le la arro
ba de sal en Cali, . in parar miente!>
en el precio qu e pagan por e~e mi~ ·
mo articulo los pueblo-; m.is cercanos
á las ri cas minas dt: Zipaquid .
En Tunja vale la arr .. ba de sal
$ 0-80, en e l Socorro S 1-30, en
Bucaramanga S 1-60 ' a de Zipa•¡ui
rtí, no obst a nte que á esta última
ciudad se introduce sal m.uina, r¡u e
cuesta much o menos.
V e rdad es que en el Cauca no hay
salinas, pero ese I> epartamento y el
de N ariño tiene n la ventaja, sobre los
del e entro de la República, de que
po r s us ¡:JUertos e ntra sal marina de
todas p ro ceden-:ias . pagando unos mis.
mos derechos d e adu tna, ya proven·
ga d e l Pe rú. de C hi le, del Ecuador
6 d e Europa, etc ; d e suerte que es
falsa la afirmación d e que existe monopolio
de sal en e l Cauoa, á no ser
q ue se apellide t 1 la preferencia del
pueblo caucano por la sal peruana.
No obstante esta circunstancia, el Go.
bierno se e~fuerza en llevar sa l de
Zipaquirá al Cauca, para venderla
allí á m ·~ ha jo precio que la e xtranj
era, á cuyo fin la expende en los a lmace
nes oficiales, al lado de la s minas,
á S 0-20 la a r roba, destinada al
Cau ca, en lu ga r d e S 0-50 á que la
pagan lo s d e m¡Ís consumidores, inclu s
iv e los h a bi ta ntes de Zipaquirá, á
qu ienes ~ob raría derecho par a que-j
•rse d e ta n desigual tratamiento es ·
tablecido en favor -.d e l Cauca.
Para ·. baratar el precio d e la sal
e n e l Cauca y ganar este me rcado á
la de Z1par¡uirá, el Q J bierno no sol amente
reba j ó e l precio de la que vaya
al Cauca. como 'lueda dicho, sino
que durante más de dos años ha mant~
ni·lo en el camino del Quind1o y
manti e n~ todavía uu cue rpo de -:¡.ui ni
8 4 oro por
carg'l dt' 1 o arrobas. Ade más el Go ·
hi erno ccl~llró vn contrato con la
Compañia d e Vapores del río Cauca,
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318 BOLETI~ DE LAS RENTAS REORGANIZADAS
subvencionándola, en cambio de una
tarifa diferencial baja para los cargamentos
de sal de Zipaquirá, oficia·
les, q ue carguen sus vapores, y si
ciertos cargamentos no se han envia.
do ha sido por no hacer competencia
al com e rcio que libremente ha lleva do
y está llevando grandes cantidades
de sal de Zipaquirá por e l camino
del Quindlo.
En cuanto al cargo que se hace al
Gobierno de que ha abandonado la
linea del Quindío para unir e l ferrocarril
del Cauca con el de Girardot,
es injusto, pues está vigente la concesión
hecha á los contratistas del fe .
rrocarril de Buenaventura para esa
línea, que ellos explorarán á su tiem.
po y que el Gobierno les ordenará
construír cuando el Tesoro tenga
recursos para pagar los intereses del
capital que se invierta.
El proyecto de la línea ferrocarri ·
lera de Cartago á Amagá, para unir·
la á la de Puerto Berrío y constituír
as{ una línea inte roceánit;: a de gran.
dísima importancia, no impone la supresión
del ramal que atraviesa la
Cordillera Central por el punto en
que convenga, entre el Cauca y el
Tolima.
Adt:más, el Gobierno ha resuelto la
construcción del imporr antísimo camino
de herradura de Pasto á la So·
fla sobre el rlo Putumayo, puerto
hasta donde ll egan los vapores del
Amazonas y hasta donde se establecerá
una linea r egular de vapores,
que parta de Pará E~te camino, que
tien e una extensión de 30 leguas,
abrirá nuevos y riquísimos me rcados
á los productos agrícolas de N a riño
y de la Provincia de Caldás (Cauca),
~ inmensos campos de trabajo para
todos los colombianos ; el costo no
será menor de S 1 50,000 oro.
Otros caminos que se han contratado
y que se construirán en el año
venidero, son : el de la Provincia de
Riosucio, en el Departamento de Caldas,
al Chocó, y el de Ne iva al Vall
e del Cauca.
También se está construyendo, y
quedará :erminado en el año entrante,
e l de Macanal á los Llanos de San
MHtln. .
Est!Í igual mente contratado el de
San Sehastián, en el D epartamento
del Huila, á San Agustín, en e l del
Cauca, por el cual se podrá llevar la
sal de Zipaquirá á esa región y ú Nariño.
Otros caminos que están en construcirín
son los del Sara r e á los Llanos
de Casanar e, y el del Carare, que
va de V élez al río de este nombre.
El costo de todos estos caminos es
el de centenares de miles de pesos
oro, que el Gobierno ha pagado y
seguirá pagando, debido al orden que
ha puesto en las finanzas y á la cor
r ecta administración de las rentas
públicas.
Si á algún ramo ha dedicado el
actual Gobierno preferente atenci6n,
ha sido al de las vías de comunicaci
ón. En ferrocarriles apuntamos los
siguientes, en la construcción de los
cuales han e ntrado al país más de
dos millones de pesos oro de capital
extranjero: el de La Dorada á Ambalema,
que estará concluido en el
año entrante (84 kilómetros), y que
se uni r á aiH con el ramal de Tocaima
á Gramalotal (85 kilómetros), los
cuales, con el de Girardot, pondrán á
la capital en comunicación por rieles
con e l puerto de La D orada en el
río Magdalena; e l de Ztpaquir á á
Chiquinquirá (go kilómetros), que llegará
á Nemocón en el mes entrante,
y que más tard~> podrá seguir hasta
Moniquirá, permitiendo as{ la explotación
de las r icas minas de cobre
que existen en aquella región ; el del
Cauca que, como se sabt:, se construye
actualmente con millares de trabajadores,
y el de Puerto \Vilches á
Bucaramanga y de aiH á Cúcuta, que
se principiará próximamente. Estos
son hechos y no palabras.
Una hoja que se publica en el Cauca,
después d e increpar al Gobierno
todos Jos males de la tierra, sostiene
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BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 319
que una buena Admini~t ración ya hab
ría acabado con el tributo de más
de un millón de pesos que pagamos
a nua lmente a l Perú por su sal, y habría
dedicado tan considerable economía
á la construcción de un ferro·
car ril que partiendo del Valle del
Cauca y trasmontando la Cordillera
Central, viniera á empalmar con el
de Girardot, obra realizable en cinco
años, según la hoja que citamos. El
cálculo no p uede ser más ilusorio, y
se presta á dar le feliz extensi6n, por·
que si no sólo los caucanos sino todos
los habitantes de Colombia dejamos
de comer sal y aun nos privamos de
todo alimento, muy pronto tendremos
con qué horadar el Istmo de Panamá,
siempre que no nos pase lo que al caballo
del avaro.
La estadística, con su inflexible
exactitud, nos muestra las cosas de
otra manera y sonrfe con desdén ante
las descargas de bilis contra el Go.
bicrno por el supuesto tributo de mi llones
de pesos al Extranjero en cada
afio.
En efecto, la impor taci6n de sal
del Perú, según datos que cualquiera
puede tomar ea las 'l\duanas de Bue.
na ventura y Tumaco, no pasa anual·
mente de dos mil ú dos mil cuatrocientas
toneladas, que Re venden en el
puerto después de pagar los derechos
de impor tación de cincuenta á sesenta
centavos arr oba.
Supongamos que la entrada normal
de sal sea el máximum \ y Tesoro.
El monto de arrobas de sal introducidas
el año pasado por este puerto
fue de ciento cuarenta y cinco
mil ochocientas cincuenta y nueve
( 145 ,859), que produj eron . catorce
mil quinientos sesenta y se1s pesos
($ 14,5 66) por derechos de impor·
tación.
Servidor, Arasro Gonrdla.
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..
'
320 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS
Ad ministraciñn de Aduana.-13uenaventura,
23 de Marzo de 1906.
Ministro de lbcien n.
La sal <")ue m:\s se consume
en e~te mercado e s
la de Sechnra, en Piedras,
con un peso mayor de t
kilo, y tiene los precios siguientes:
En Barbacoas, por competencia
actual con otr os
importadores, 20 pesos
plata al too d d Piedras,
ó se an .......... ..... ...... .
En Tumaco, por cada
100 ladrillos, también en
co mpetencia, 14 pesos e l
100.
La sal del Ecuador en
sacos de so cada uno, ~e
vende en Barbacoas á 12
pesos los ... . . . .............. .
En Tumaco, á. 8 pesos
plata los ......... .......... .
Consumo mensual. En
Barbacoas, sal de Sechura,
de Pied r as, 50,000
piedras mensuales, 6 sean
En Tumaco r o, ooo pie ·
dras mensuales. En la
Costa 6,ooo piedras men ·
suales, 6 sean ....... . .... ..
Sal del Ecuador, en sa-cos,
en Bar bacoas ......... .
En Tumaco ... .. ....... ..
roo
100
lOO
so,ooo
6,ooo
1$,000
3,000
M. f. Dies C.
Adminis trnción de la Aduana.-Tumnco, 4
Bar bacoas, 10 de Abril de 1906.
Ministro Hacienda y Tesoro.
Sal introducida á este puertn en el
año d e 1905 de todas procedencias,
arrojó siguien te : en Pi e dras, Sechuras.
Perú ........... .. kilos 721,875
En polvo, grano. E cua. ·
dor ... ................... kilos r s 6 ,3 14
S uma ... · ... .. ....... kilos 87 8 ,189
Servidor, M. J. .Dier C.
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BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 321 -----
Administrlll:i6n de In Adunnn.-Tumaco, 5 de
Mayo.-Dueon,·entura, ro de l>byo de 19o6.
Ministro IIacic:nda y Tesoro.
Tres primeros meses del presente
año sólo se importaron 1,250 loacos de
sal ecuatoriana en grano con peso de
kilos 64,2 so. '
Precios corrientes en Tu maco: s=1 l
peruana (en piedras), los 1 o o kilos,
16 pesos plata; sal ecuatoriana en
sacos, los so kilos, 8 pP.sos. Precios
en Barbacoas: sal peruana, 100 kilos,
' ?pesos; ecuatoriana e n sacos, so
kt los, 10 pesos. Dato sobre irnportación
sal año pasado se e nvió en te-
1 egrama de fecha 4 de Abril.
Ser\'idor, M. f. Dítz C.:
L os Visitadores
Después de las de que dimos cuenta
e n el número 6 ° de esta Revista, se
han recibido las siguientes copias de
a~~s de visitas practicadas por los
V1s1tadores de las Rentas Reorganizadas:
ANTlOQUlA Y CALDAS,
S. Agosto 1 S-Visita á la Agencia
de San Jer6nimo. ·
9· Agosto 29-Visita á la Agencia
de Cañasgordas.
10. Septiembre 2 - Visita á la Agencia
de Frontino.
1 J. Septiembre ro-Visita á la
Agencia de Pavarandocito.
1 2. Septiembre 24- Visita á la
Agencia de Sabanalarga.
13. Octubre 4-Visita á la Agencia
d e Lihorina.
1 4· OcNbre 7-Visita á la Agencia
d e Urrao.
1 S. J nforme.
1 t> Informe.
ATLÁNTICO, BOLÍVAR Y Mt\GOALRNA.
16. SeptiP.mbre 24. Vi~ita á la Administración
Provincial de Cartagena.
1 7. Septiembre 24-lnforme.
1 ~. Octubre r. 0
- Diligencia de <'n trega
del Almacén de Sal de Cartagena.
19. Octubre 2-lnforme.
20. Octubr e 14-Visita á la A gen.
cia de Cereté.
2 1. Octubre 1 S- Visita ár la Agencia
d e Monteda.
22. Octubre 16-Visita á la Administración
Provincial de l Sinú.
2 3 Octubre 2 1- Visita á la Agencia
de Calamar.
2 4. Octubre 24-Informe.
25. Noviemhre s-Visita al Banco
Co mercial de Barranquilla,
26. Noviembre ~-Visita a l Banco
de l Atlántico en Barranquilla.
BOYACÁ, GALÁN Y TUNDAMA.
38 Octubre •7-Visita á la Admi nistración
Provincial de Chiquinquirá.
39· Octubre 18-Visita á la Agencia
de Saboyá.
40. IJctubre 20-Visita á la Administración
Provincial de V~lez .
41. Octubre 22-Vi-.ita á la Agencia
ue Cite.
42 Octubre u-Visita á la Agencia
de Güeps~.
43· Octubre 23-Visita á la Agencia
de Suaita
44· Octubre 25-'Visita á la .'·\gencía
de Oiba.
45· Noviembre 1. 0 -lnforme.
46. Noviembre 6-Visita á la
A~encia de Palmar.
4 7. No\•iembre 7-Visita á la
Agencia del Hato.
48. Novie mbre 8-Visita á la
Agencia de Gulán.
49 Noviembre to-Visita á la
Agencia de B ~ tulia.
so. Noviembre 1 1-Visita :í la
Adminbtración Provincial de Zapatoca.
S 1. Novie mb e 13-Visita á la
Agencia de Barichara.
52. N ov1 e mhre 20-Vi ~ ita :í la
Age ncin de l Valle
53· Novie mbre 21-Vi ~ ita á la
Admini~traci ó n Provincial de Cha.
ralá.
54. No vi e mbre 2 2-Vi ~ ita á la
Agtncia del Encino
SS· Dicie mbre 1,0 -lnforme.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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322 BOLETI N DE LAS RENTAS REORGANIZADAS --- ---------------------.--------------------------
CAUCA.
41 Septiembre 12-Visita á la
Agen (' I;J rle Filandia.
42 . ~eptiembre 14-Visita á la
Agencia de Calar cá.
43· Septiembre 15- Visita á la
Agencia de Armenia.
44. Septiem bre 17- Visita á la
Agencia de Montenegro.
45. Septiembre 26 - Visita á la
Administración P1·ovi ncial de Cartago.
46. Septiembre 26-Visita á la
Oficina de Timbre de Cartago.
4 7 Septiembre 28-Visita á la
Agencia de Toro.
48. Octubre 1. 0 - Visita á la Agencia
de Yotoco.
49 Octubre 9-Visita á la Oficina
de Timbre de Cali.
so. Octubre JO-Informe.
5 1. Oc tu hr e 1 1- Visita á la Administración
Provincial de Cali.
52. Octubre 16. Visita á la Administración
Provincial de Buenaventu
r a
53· Octubre 21-Visita á la Agencia
de J amundí.
54· Octubre 24. Visita á la Agen-cia
de Candelaria.
55· Octubre 3 !-Informe.
56. Novi e mbre 3-Informe,
57· Noviembre s-Informe
58 . Noviembre s-Visita á la
Administración Provincial de Palmira.
59· Nodembre 6 -Visita á la
Agencia de Palmira.
60. :Noviembrr 7-Visita á la
Administraci.í n Departamental de
Palmira.
6 1. Noviembre ro-Informe.
62. No1•icmbre 14-Visita á la
Agencia de Pradera .
63 Noviembre 15-Visita á la
Agencia de Flori da
64. No1·ie mb r e 17-Visita á la
Agencia de Santa Ana.
65. Nol'ierubre 1 7-Visita á la
A gencia de Espejuelo.
66. Noviembre 18- Vi~ita á l;o
Agencia de Corinto.
67. Noviembre 19-Informe.
68. Noviembre 20-Visita á la
Agencia de Caloto.
69 Noviembre 22-Visita á la
Administración P rovi ncial de Santander.
70. Noviembre 25- Informe.
7 1. Noviembre 26-Visita á la
Agencia de Santander .
CUNDINAMARCA Y QUESADA
49· Octubre 25-Visita á la Agencia
de Madrid.
so Octubre 25- Visita á la Agencia
de Bojacá.
51 . Octubre 26-Visita á la Agen,
cia de Anolaima.
52. Octubre 26-Visita á la Agencia
de Zipacón.
53· Octubre 27-Visita á la Agencia
:-~ e Quipile.
54 Octubre 28-Vi·ita á la Agencia
de San Juan.
55 Octubre 29-Visita á la Agencia
de Beltrán
56. Octubre 30-Visita á la Agen cia
de Cambao.
57.-Informe.
HUILA Y TOLUIA,
25. Septiembre 21 -Visita á la
Agencia de Neiva.
26. Octubre 1. 0
- Visita á la Administración
Provin cial de Neiva.
27. Octubre 4- Visita á la Agencia
de la Unión.
28. Octubte 9-lnforme.
29. Octubre JO-Visita á la Agen cia
de Baraya.
30. Octubre 12-Visita á la Agencia
de Aipe.
3 1. Octub re 24-Visita á la Agencia
de Pa lermo.
32. O ctubre 26...tl...Vi!.ita á la Agencia
del R e tiro.
33. Octubre 29- Visita ¡1 la Agencia
de Yaguará.
34· Octubre 3 1-Visita á la Agencia
dé Hobo.
35. Noviembre 1 3-lnforme.
36. Noviembre 2 - Visita á la
Agencia de Campoalegre.
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BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 323 ------------------
37· Noviembre 22-Visita á la
Agencin de San Mat~>o
38 . Noviembre ~3- Visita á la
Tenencia Polltica de Ci\mr.oalegre
39 Noviembre 24- Vi~ita á la
Agencia de Gigante.
40 Noviembre 28 - Visita á la
Agencia de Garzón.
NA RIÑO
2 . Julio 7-Vi~ ita á la Agencia de
Peñol
3 Julio lO-Vi sita a la Agencia
del Tambo
4. Julio 12--Visita á la Agencia
de la Florida.
S Julio 13-Visita á la Agencia
de Sandoná.
6 . Ju lio 20-Visita á la Agercia de
Yacuanquer.
7· Julio 21 --Vi:.ita á la Agencia
de Tangua.
8. Ju lio 31-Visita á la Agencia
del Tablón.
9· Julio 31- Visita á la Agencia
de Buesaco.
10. Agosto 1 °--V i ~ita á la Agen
cia de San José.
1 1. Agosto 4-Visita á la Agencia
de la Cruz.
12. Agosto 6-Visita á la Agencia
de San Pablo.
13. Agosto lO-Visita á la Agencia
de La Unión
14. Agosto 1 6-Vi~ita á la Agencia
de Taminango.
rs. Agosto 20- Vi sita á la t'\gen.
cia de Berruecos.
16 Septiembre s-Visita á la -\gencía
de !les.
17. Septiembre S- Visita á la
Agencia de Fúncz.
18. Septiembre 6-Visita á la
Agencia de Puerre".
19 Septiembre 6-Visita á la
Agencia de Contadero.
20 Septiembre 7--Visita á la Agencia
de Potosi
2 1. Septiembre 9-Visita á la
Agencia de Carlos11ma
22. Septiembre 10-Visita á la
Agencia del Cumbal.
23. Septiernhre 1 1-Vi:.ita á la
AgE'nci • del Ouachucal
24. Septiembre 14-Vbita á la Ad.
ministración Provincia l d~ Obando.
25. Octubre 26-lnformE'
SANTANORR.
25 J ulio s-Vi)ita á la Agencia de
San Andrés
26. julio 16-Visita á la Agencia
d e Molagavita.
27. Julio 21 -Visita á ¡,, Agencia
de Enciso
28 Juli ·• 26-Vi::.ita á 1,, Tenencia
Política rle G<~rcía Rov iro.
29 Septiembre 27-Vi~ita á la
Agencia de San Andrés
30 S~>ptiembre 29. Visita á la Agencia
de Encbo.
3 1. SE'rtiembre 30-V1sita á la
Agencia de La Conet-' 1 ción
32 Oct•r bre 2-Visita ri la AdministraciAn
Provincial el·· Garc1a Rovira
33· Octubre 3-Inforrne.
34 Octubre 1o--V•sita á la Agencia
de Carcasí.
3S· O ctubre 1 1-Visita 1 la Agen~
cia de San Miguel.
36. Octubre 12-Vi,ita á la Agencia
de Capitanejo.
37· Octubre 18 -Vi, ita á la Agen.
cia del Cerri to.
38 . Octubre 31-V1 ita á la Agencia
de Cucutilla
39· Octubre 31-Vi~ita á la Agencia
de Baric hara.
40 Noviembre 3 -- Visita á la
Agencia d~ ChinácN.,
41 Noviemlrrt> 1 1 - Informe
42 . Noviembre 12 - Visita á la Tenencia
Polltica de <. tÍ • u ta.
4 3. Nov iembre 1 S -Visita á la
Agencia de Arbolerln'
4~ Novie mbre 19- Visita á la
Agencia de Rosario
45. Novie m br e t q- Visita á la
Agencia de Sala. ar
46 Noviembre 20-l1, forme
47· Noviembre 2'- Visita á la
Age •o cia rle Gramalote.
48. Novie mbre 23-lnforme.
B <>gotá, Diciembre 20 de 1906.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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,,
324 BO LETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS
NOTICIAS V ARIAS
En Medellín se ha 1 anul1do esnmpillas en las certificaciones de documentos
privados, asf:
N.0 de do. Cuantía eo p. m. Valor del Impu~sto
cumentos en OTO
En Agosto ........ .. ... . 164 $ 7-695.991 26 $ 157 51
En Sept iembre ... .. .. ... 251-i 12.362,772 14 229 44
- ·-
Suman ..... . ......... 422 $ 20.058,763 40 $ 386 95
1\EMESA DE PLATA
Por el Correo de Erv::orniendas del 13 de Octubre, se rem1t1eron por
la Administración General ~ 64,000, plata, en monedas de$. 0.50, acuffada~
en esta ciudad, con destino al Departamento de Nariño.
TIMBRE NACIONAL.
MOVJMIE~ fO DE DOCU~IENTOS EN NOVJEJIIBRE DE rgo6 EN LA OFICINA DB
EXPENDIO ESPECIAL DE BOGOTÁ.
VALOR EN VALOR EN
FECHA. N o P. M. ORO. PAPE L MONEDA. ORO.
· Novbre. 2 so Documentos .... 41 9 1 ·974,044 so 15,428 30
" 3 70 " ········· .52 J8 1.981,583 70 14,212 515 , S 37 " ......... 27 JO 1.094·770 ... 12,838 20
6 36 . " " 30 6 [. 78 1,636 95 7,568 35
," 87 8491 " 37 12 1. 080,876 40 !5,692 19 " 73 8 2. q6,430 95 13,279 35 , 9 52 " 41 J 1 1.073,258 95 13,622 535
JO 53 . ," " ·· ······· 47 6 2.511 .934 10 15,635 83 J2 54 " ········· 42 J2 1.5 1 J ,703 80 10,510 28 , 13 35 " ········· 28 7 1.010,866 so 21 ,870 83
" 14 58 "
...... ... 45 13 1.1C9,827 20 8,863 25
" 15 53 "
.. ... .... 46 7 1 ·330,889 52Í 14,673 20
" r6 44 "
.... ..... 38 6 1.323,659 30 10,555 615
" 17 42 "
... .... .. 29 13 1.249,073 30 15,3CO ...
" 19 44 " 38 6 1 .$62,595 40 3,525 8 I
., 20 76 " ······· ·· 64 12 2.1 0$,2 79 40 3,213 21
" 21 54 " 46 8 1.631,751 90 12,909 o6
" 22 44 " 34 10 1.355 ,746 1 S 19,880
" 23 57 " 47 10 1.571 , 187 75 21 ,777 14
" 24 43 " 30 13 1.1 33.627 35 5,6 17 40
" 26 6o " 43 17 1 .20$,266 40 50.046 o6
" 27 58 ,, 51 7 2.397.266 70 1,060 41
" 28 36 ,. ········· 34 2 1.623,403 40 1,073 76
" 29 53 " 46 7 1 ·547.436 07 2.530 ...
" 30 66 ,. 50 16 2.4}8,092 so 1 1,868 852
Sumas . .. . .. 1-,3-0-5- -Documentos 1,059 '246 39-75 2,208 1 9~ 328,557 14 7
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BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 325
RESUMEN :
1,059 documentos por valor en papel mon eda ............ $
246 documentos por valor en oro .. . $ 328,557 147
39-752,208 19}
32.855,714 70
t ,305 documentos, por valor total en papel moneda ..... $
Promedi~diario d e documentos en papel moneda... 42
P romedio diario de documentos en oro... ... ......... 10
Promedio total diario......... 52 documentos.
Promedio diario de valores en oro ...... ... .. .. .. $ 13,142 28 1. 314,228
Promedio diario de valores en papel mol'eda ................. $ t.Sgo,o88
Promedio total diario. en papel moneda ............... s 2 .go4,316 ..•
Bogotá, Noviembre 30 de 1906.
TIMBRE NACIONAL .
Adminislracifm Gmeral de las Nuroas
Rmlas -Serdón de Tti11 bre Nacional.
B ogotá, 1Y~vitmbre 8 de I90Ó.
Sr. Ministro de Iiacicnd:l y Tesoro-E. S- D.
Respetuosamente suplic o á usted se
sirva resolver la siguiente consulta
en materia de Timbre Nacional:
Las copias de las partidas de estado
civil expedid11 s por los párrocos
en anterioridad á la vrgencia del D ecreto
número 909 de 1906, pero presentadas
posteriorm e nte en juicio, ¿deben
llevar estampilla para ser esti ·
madas como prue iJa ,ó debe atenderse
á las di:.posiciones 'igen tes al ~iempo
de su expedición?
De u~t ed atento y seguro se n-ido r,
R u i' JNO GunÉRRFZ.
Rtp•íbl/((l de Ct~!omlicz -AfJiu"sün'o dt
/{l(ltll'itl y 1'tsoro-Suo'ím I • -1\ ·,¡ ·
mero óroó-B••IJ(Jiá, IÓ de JVov t'tm.
brt de I90Ó
Admini ~trado r Genér~t de In~ N'ueva.s Rentas.
P.
Con motivo d e la consulta que usted
ha hecho á este Ministerio en ofi-cío
de fe cha 8 de Noviembre en curso,
distinguido con el número 1 o 1 S,
se ha dictado la siguiente re~olución :
"RESOLUCION N.0 92 DE l9o6
(I'IOVIEMBRE 15)
Vista la anterior consulta, y teniendo
en cuenta que el Decreto número
909 del presente año, Robre
Timbre Nacional, dispone que los testimonios
6 certificados del estado ci'
il que expidan las autoridades eclesiásticas
se extenderán en papel sellado
y ll evarán tres centavos en
estam¡..illas; y que aquéllos, si fu eren
expedidos antes de la vigencia de di cho
Decreto, pueden legalizarse
adhiriéndoles las estampillas á que é l
se refiere,
SR RKSURLV&:
Las copias, certificados 6 t estimonios
de estado cil'il Je las personas,
exped idas por nutoridades eclesiisticns
antes de la vigenci" de aquel
Decreto. para que puedan presenta rse
en juicio y obren como prueba,
d eben llevar lns estampillas de que
trata el mismo Decreto, sea cual fuere
la clase de papel en que estén expedidos.
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326 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGAI\'IZADAS
Dada en Bogotá, á 15 de Noviembre
de 1906.
Comuníquese y publíquese con el
oficio que la motiva.
El Subsecretario de Hacienda,
B. SAN Í N CANO . "
De usted a tento ser vi dor,
El Subsecrt.:Lario de Hacienda .
B. SANÍN CANO.
CONSULTA Y RESOLUCIÓN SOBRE BILL!T.ItS
1
DE LOTERIA.
AdminiStración General dt las Nuevas Rmlas.
- &uión de Trinbre Naciollfzl.
Ntímtro IOÓÓ -Bogotá, Noviembre
I9 de I90Ó.
Sr. M inistro de Hacienda y Tesoro-E. S D.
El Administrador Departamental de
las Nuevas Rentas y Timbre Nacional,
en la Costa Atlántica, consulta á
esta oficina ~i los billetes de Lotería
que sean favorecidos con premio mayor
6 aproximación deben pagar estampillas
de Timbre, y como no en.
cuentro disposición clara á ese respecto,
respetuosamente so licito de usted
la resolución del caso.
De usted atento, seguro servidor,
FÉLIX SALAZAR J.
Repríbll'ca de Colombia.-Minúlen'o de
Hacimda y Ttsoro. - Ran,o de Ha .
dmda. - &cci!m r.• de Negoa'os gme.
rales. - Ntínuro 6r87 -Bogotá , 27
de 1\'oviunbre de I9CÓ.
Sr. Administrado r General de la~ Nucv~
Rentas-E. S. D.
Los billetes de Loterías no ll e van
estampillas d e ninguna clase, pOrfjue
éstos puede n considerarse como documentos
al portador, de lo ~ cuales
no se dispone e n el Decreto L e gislativo
número 909, ::.obre Timbre Na.
cional, que deban llenar tal fo rma li dad,
al ti e mpo de hacer efectivo un
pago.
Conte!.tO la comunicaci.ín de ustt!d
de fecha 19 del presente mes, núm e .
ro 1066.
De usted atento, seguro servidor.
El Subsecretario de Hacienda,
B. SAN{N CANO,
RESOLUCION
SOBRE ARREGLOS CON ESTABLECDIIKNTOS
BANCARIOS
Repríblica de Colombia.- Ministerio de
Hacimday Tesoro-Ramo de Haci'mda-&
cci!m I. • de Negocz'os GmeralesNtímero
6,288-Bogottf, I4 de Dicitmbre
de I90Ó.
Señor Gerente de Rentas R eorganizadas
E. S. O.
juzga este Ministerio que el artfculo
15 del D ecreto mímero gog del presente
año, sobre Timbre Nacional, se
r efiere únicamente á los establecimientos
bancarios, y no á otra clase de casas
come r ciales 6 de industria. Por
consiguiente, no cree este Despacho
que deba celebrarse con los Sres. Rosas
y Jaramillo el arreglo que proponen
en su memorial de fecha 12 del
presente mes, que usted r e mitió á este
Ministerio con nota de la misma fecha,
número 1173, y que devuelvo á esa
Gerer.cia junto con e l presente oficio.
l e usted atento, seguro servidor,
El Subsecretario del Tesoro, encargado
de la Subsecretaría de Hacienda,
VALENTÍN ÜSSA
DECRETO NUMERO 1485 DE 1906
( t2 01!. OICIIUIBRE)
por el cual se rcformn e l artículo 1 •
0 del
Dccrclo 864 de 1 !) 06
El Prw'dmle de In República
OKCRKTA :
Art!culo único. Concé<.le~e á la Gere
ncia <.le las R e ntas Reorganizadas
un plazo de seis meses. á contar desde
la fe cha de la expedici ' n d e l presen le
D ecreto, para que e •npiece á dar
c umplimiento á lo establecido por el
Decreto número 864 d e 1906 en su
articulo 1 .0 , que dispone marcar con
sello espe~ial las h oj~s d e papel que
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BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 327
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aque lla Oficina entregue á la Litografía
Nacional para l a fabricación
de especies venales.
Queda l!n los términos anteriores
reformado e l artícu lo 1 ° del Decreto
número 864 del p r esente año
Comuníque ~e y publ!quese.
Dado en Juntas de Apulo. á 12 de
Dicie mbre de 1906
R. REYES
El Ministro d e Hacienda y Tesoro,
ToBÍAs VALKNZUKLA
RESOLUCION N .0 100 DE 1906.
' (9 DK NOVIRMDRK)
aclaratoria de lo dispuesto en la última parte
de la Sección A del Decreto número 909
del presente ailo, sobre Timbre,
Mr"nisltrio dt Haci'mda )' Ttsoro.-Stcción
z.•-Ramo de Han'tnda.
CONSIDERANDO :
Que de las visitas practicadas en
las imprentas por algunos em¡Jieados
d e la Renta de papel sellado y estampillas
de timbre nacional, de acuerdo
con el artículo 3 1 de aquel Decreto,
aparece que en varios de esos esta.
blecimientos no t-xisten estampillados
los originales de los avisos ó anuncios
de que trata e l artículo 4.0 del mismo
Decreto, letra A, alegaRdo los dueños
de aquéllos que 1~ falta depende de
que muchas veces se dictan directa.
mente á los cajistas bs avisos tÍ anuncios
cortos, y que por consiguiente no
queda original en donde colocar las
estampillas,
SE RESUELVE :
De todo aviso ó anuncio que se publique
en las imprental> ó establecí
mientas tipogr:ificos 1Í d e litografía,
ha de quedar precisamente el original
á que se r e fi e re la tarifa vig~nte
sobre timhre; pero s i ll egare e l caso
de que no h aya tal original, de be
adhe rirse la estampilla á alguno de
los ejt:mplares de los avisos ya publicados,
para que quede en la im-prenta
como original, sea que proceda
el aviso de la misma imprenta 6
de otra entidad 6 particular.
Los contr aventores á lo dispuesto
en esta Resolu ción se harán acreedor
es á l as penas señaladas en e l Decreto
sobre la materia
Publíquese.
E l Subsecretar io de Hacienda,
B. SANÍN CANo.
ACTAS DE INCINERACION
Acta mímero I I .-En la ciudad de
Bogotá, n las nueve y media de la
mañana del día doce de Noviembre
de mil novecientos seis, reunidos en
el local de la Casa de Moneda José
Joaquín P érez, como representa nte
de l Ministe rio de Hacienda y Tesoro;
Enrique Greiffenstein, como r e presentante
de la Gerencia de Rentas
d el Banco Central. y Rc.món Reboll
edo, como representante de la Dirección
de la Litograffa Nacional,
pro cedieron, en cumvlimie nto de lo
dispuesto en el Dec reto número 1 ,o 17
de 1906, á incinerar la!. siguientes es.
tampillas procedentes de la Sección
de Timbre Nacional.
Cantidad Vi gencia Valor
66 1905 á 1906 S; 15 pm.
175 1905 á 1906 10 .. " 1 1905 á 1906 1 " 624 1905 á 1906 10 " 2788 1 1903 á 1904 " 26339 1903 á 1904 3
38048 1903 á 1904 JO
34725 1903 á 1904 15 " 55369H 1903 á 1904 3 .. ,.
36232H. 1903 a 1904 JO "
35467 H. 1903 11 1904 15 "
4000 1905 á 1906 o 10 oro
200 1905 á 1906 o 05 "
54 1905 á 1906 l OO pm.
77 1905 á 19 06 1 pm.
S 1905 á 1906 o 05 oro
JO 1905 á 19 0 6 o 10 ,.
15 1905 á 1906 o 20 "
ll 1905 á 1906 o 50 ,
16 1905 á 1906 "
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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328 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADORAS
15 1905 á 1906
1905 á 1906
3 1905 á 1906
41 1905 á 1906
1 1905 á 1906
8 1905 á 1906
5
3
10
15
so
6 o
oro
pm.
,,
,
" 5 1905 á 1906 100 •.
927 1905 ú 1906 o 30 p."
231 1905 á 1906
388 1905 á 1906
159 1905 a 1906
350 H. 1905 á 1906
300 1905 á 1906
300 1905 á 1906
4 1905 á 1906
250 1905 á 1906
209 1905 a 1906
658 1905 á 1906
146 1905 á 1906
8732 1905 á 1906
2
3
o 30
1
2 . .
15
030 . .
1
2
3
2 1 649 1 90 5 á 1 go6 3
20211 190 5 á 1906 10
26587 1905 á 1906 15
52 1905 {i 1 ~06 so
157 1905 á 1906 100 ..
2 7 4 5 H 1 90 5 á 1 906 3
.,
,
,
pm.
p . .. ,
" pm.
"
"
"
J o61 1 H . 1905 á 1906 10 ,
98 1 o H. 1 9 0S á 1 906 1 5 ,
1 H 1905 á 19 06 3 , ,
S 190 5 á 1906 so .,
En prue~a de lo cua~ firman los
que e n e lla inte rvi nieron, ante t estigo•
.
J osé J oaquín Pérfz -Ramón R tbol!t do-
E. Gmffmsle1i1 -Testig-o, J osé I.
Gutiérre z.-Te~1igo, Emjamín Rojos.
A"ola mínuro I2 .-En la ciudad de
Bogotá, á las nueve y m .-d ia de la mañana
del día diecinue ve de Noviem.
bre de mil novecientos se i', reu ni dos
en e l local de la Casa de Moneda
J osé J oaqu'n P6
1905 y 1906
7 1905 y 1906
1 1905 y 1go6
34 1905 y 1906
71 1905 y 1go6
93 1905 y 19oE
10 1905 y 1906
53 190s y 1901)
19 1905 y 1906
11 190s y 1906
8 1905 Y lgOO
8 1905 y 1906
r 1905 y 1906
14 1905 y 1906
2 1905 y lgo6
S 19os y tgo6
58 1905 y 1906
4 1905 y tgo6
6 1905 y 1906
3 H. 19os y 19o6
1 ... oro
o 1 S ,
o 03 ,,
o 03 "
10 .. . pm
15 .. . "
10 ... "
1 S ... "
15 ... "
10 ... "
3 ... "
1 ... "
o 01 oro
o 03 "
o 10 "
o 15 "
o so "
6o ... pm.
o or oro
o 03 "
o 05 ,'
o 10 "
o IS "
o 20 "
o so "
o 6o "
1 .. • "
o ro ,
En pr ueba de lo cual firman, ante
testigos. los que en ella i~ot ervinieron .
jos( J otu¡uín Pbtz -E. Grriflms.
ltin -Ramó11 Rtbolltdo. -Testigo, J osé
I. Gutiérrtz.-Testigo, Bmjamíu Rojcu.
Acta m(mtro I4.-En la ciudad de
Bogotá, á la s diez y :r.edia de la mafiana
d e l d fa doce de Diciembre d e
mil novecientos seis. reunidos en el
local de la Casa de Moneda José Joaqufn
P érez, co mo representante del
Mini s te rio • e ~hcie nda y Tesoro;
Enrique Orelffenstt.in. como representante
de la Gerencia de las Rentas
R corganiTadas, y R amón Rebolledo,
como repre ~c ntantc de la Di
rección de IOl Litograf1a Nacional,
procedieron, en c~;n 1 plim•ento de lo
dispue ~oto en e l D ec reto número 1017
de 1906, {¡ inciner;.r la s siguientes
estampilla s procedentes de la Sección
de Timbre Nacional:
Cantidad. Vigencia.
10,400 190S y r go6
358 .. ..
1,646 H. , ,
s,380 1903 y 1904
S4,790 , ..
13.760 " "
7.79 t "
1 5,601 "
1:3,939 "
5,000 .. ,
2$,416 , "
1,708 , ,.
8,847 ..
t7,Sl5S ,
722 "
S.950 H. ,,
7.312 H. ,
I Q,770 H. ,
"
"
••
"
r 1,426 H. , ,
24.450 H. , ,.
24.97 .> H . , ..
26,944 H . , ,.
s,ooo H. , ,
1. 38 1 1905 y 1906
1,436 .. ,
1 ,300
4,000
3,900
1,700
200
1,500
8
14
3
75
23
31
12
10
10
22 ..
32
S
,
, .. ,,
, .. ..
,,
"
"
,
"
..
"
" ..
"
"
"
" ,
.,
.. ,
,.
Valor.
$ o tS oro.
6o.oo p. m.
IO.OOp. m.
0 .30 plata.
o 70 ,
1 00
1. 00
2 40
3 oo
2.00
4 80
..
" .,
.. ,
10.00 p . m.
J .OO ,
6 00 "
1$.00 "
o 30 plata.
0.70 ,
1 00
2.00
2.40
3 00
4.80
,,
" ..
" 10 oo p. m
so.oo ,
60.00 ,
10000 ,
1.oo oro.
o so ..
0.10
0.05
0 .20
0.01
..
" o os
0. 10
0 .20
o.so .,,
.. .. ,
1 00
5 oo
, ..
0.40
100.00 p. m.
6o oo .,
so.oo
IS oo
10.00
" ..
En prueba de lo cual, firman ante
testigos, los que e n e lla inten•i nieron
J osé Joaqu ín Péra-Ram6u Rtbolledo-
E. Gu(ffms/{lii-Te~tigo, J o.{( I.
Gulterres-1'estigo, Emjumfn R r.jas.
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330 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS
Acta m~mero I5.-En la ciudad deBogotá,
á las diez y media de la mañana
del día diez y siete de Diciembre de mil
novecientos seis, reunidos en el local
de la Casa de Moneda Jos é Joaquín Pérez,
como representante del Ministerio
de Hacienda y Tesoro; Enrique Gr eiffenstein,
como representante de la
Gerencia de las Rentas reorganiza das,
y Ram6n Rebolledo, como re.
presentante de la Dirección de la
Litografía Nacional, procedieron, en
cumplimiento de Jo dispuesto en el
Decreto número 1 o 1 7 de 1906, á in cinerar
las siguientes estampillas pro.
cedentes de la Sección de Timbre
Nacional :
Cantidad Vi gencia Valor
2 1905 á 1906 $ 10 pm.
5 1905 á 190 6 15 " roo H. 1905 á 1906 3 " 100H. 1905 á 1906 10 " roo H. 1905 á 1906 15 " 5559 1903 á 1904 0 ,0 1 oro
3063 H. 1903 á 1904 0,01, ••. " 1787 H. 1903 á 1904 0,02 ,
2127 H. 190 1 á 1902 0,02 ,,
4994 1901 á 1902 0,03 " 5440 1903 á 19 04 0,03 ,
5413 1903 á 1904 0,10 ,
4518 19CI3 á 1904 0,15 ,
734 H. 1903 á 1904 0,03 ,
1 00 H. 1 90 1 á 1902 0,03 " 871 1903 á 1904 0,15 ,
1 1905 á 19 06 0,10 " 7 696 1901 á 19 02 0,03 " 261 1901 á 1902 0,01 " 314 1901 á 1902 0 ,02 .,
2 1903 á 19 04 0,01 ,
rr o H. 1903 á 1904 o,ot " 2694 R. 1903 á 19 04 0,02 " 11 66 H. 1901 á 19 02 o,o3 " 1330 H. 190 1 á 1902 0,01 .,
303 H. 190 , á 1902 0,02 " 51 56 1901 á 1902 0,03 ,
68osH. 190 1 á 1902 0,03 " 189H. 1901 á 1902 0 , 02 " 56 84 H. 19 01 á 1902 0,01 " 9 10 1905 á 19 06 10 ,
9 70 1905 á 1906 12 "
999 s6so
8o88
8841
1905 á 1906
1905 á 1906
1905 á 1906
1905 á 1906
so
10
20
so
oro
" ,
"
En prueha de lo cual firman, ante
testigos, los que en ella intervinieron.
E. Greijfensltin .-José Joaquín Pérez.-
Ramón R ebolledo -Testigo, jos/
I g nacio Gutiérrez. - Testigo, Benjamín
Rojas L.
RESOLUCION N. 0 51 DE 1906. ,;
( 1 7 DK NOVIIUIBR~)
por l a cual se auto ri:ta al Banco Central para
retener y rese n •ar l as cantidades q ue co rres. •
po ndao al D epa rtame nto de Antioqui a , en la
Renta de Tabaco, :í. partir del1.0 de Dicie mbre
próximo.
El Mim'slro dt Bacienday J..'tsoro,
CONSIDERANDO :
1.0 Que al Departamento de Antioquia
se le adeuda su participaci6n
en la Renta de Tabaco, á raz6n de
ocho mil seiscientos sesenta pesos
($ 8,66o) mensuales, desde e l 1.0 de
Julio del corriente año;
2.0 Que el pago de tal reconocimiento
no ha podi do ni puede hacerse
en el curso de este año, por no haber
cantidad disponible en e l Presupuesto
y estar prohibidos los créditos suplementarios
y e x traordinarios;
3.0 Que el Banco Central puede
hacer el pago de lo que se adeuda
por la Nación al Departamento de
Antioquia , por participació n e n la
Renta de T a baco, siempre que se le
autorice para retener del producto de
de est a Renta la cantidad correspondiente
á aque l D e partamento ; y
4.0 Que el se ñor Gobernador del
Departamento d e Antioquia, e n su te le
grama de 13 del presente , manifi
esta su a se ntimie nto á que se haga
esta ope ració n qu e le propo rciona la
consecuci6r. d e fo nd os,
RESUELVE :
Autoríce se al Banco Ce ntral para
retener, á partir de 1. 0 de Diciembre
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 331
p róximo, d e l producto de la Renta de
Tabaco que él admininra, la cantidad
de ocho mil sebcientos sesenta pesos
($ 8,660) p r mes, que co rresponden
al Depar tamento ct e Antioquia en la
expresada Renta, para cubrirse por
cuartas partes hasta la total cancela·
ción d e l empró::.tito que hiciere.
Comunfquefe y publíq .. ese.
El Mini~tro de Hacienda y Tesoro,
TODÍAS Y ALENZURLA.
RESOLUCION
sobre allanamientos.
RepúbliCa dt Colombia.-Mtiu'slerio de Hacimday
Tesoro.-Ramo de Hadmda.Stcdfm
I. • de /v(gocios ()mera/u -
Número ÓI54.-Bogolá, 23 de No.
vz"embre de I90Ó.
Sel'lor Administrador General de las Nuevas
Rentas.-Presente.
Transcribo á usted, para su conocimiento,
el telegrama que se ha dirigido
hoy al señor Gobernador del Cauca,
como respuesta á una consulta
que hizo dicho fun cionario, acerca de
si Jos Celadores de las Nuevas Rentas
tienen facultad para hacer allanamientos,
por derecho de inspección
de que trata el artículo 20 del Decreto
1220:
"Gobernador. -Popayán.
Artfculo 102 Decreto 339 c!e 1905,
autoriza allanami e nto para pt:rseguir
objetos de contrabando, pero dice que
esta medida sólo podrá tomarla el funcionario
que actúe en respectivo proceso,
ciñendóse á disposici ones consignadas
sobre la materia en Código Judicial.
Como Celadores no son funcionarios
sino subalternos de Tenientes
Polfticos, no pueden aquéllos por
sí solos practicar allanamientos. Esta
formalidad en juicios á defraudador
es deben cumplirla Tenientes, que
en este caso son los funcionarios á
que alude el Código judicial. Contes-to
el telegrama de usted fecha 17 de
los corrientes.
Servidor. El Subsecretario de Ha-cienda,
B. SANÍN CANO. "
De usted atento servidor.
El Suusecretario de Hacienda,
B. SANÍN CANO.
RESOLUCION
de la Gerencia de Rentas sobre denuncio de
pieles en .boya<.á y Cauca.
El Gerente de la s Rmlas Reorgam'zadas
á cargo del Banco Central :
Teniendo en consideración que el
día 3 1 de Diciembre pfóximo entran.
te terminan definitivamente los arrendamientos
de la Renta de Degüello
exister.tes hoy para los antiguos Departamentos
de Boyacá y del Cauca;
Que e l Banco Central es el encargado,
según contrato, de la administración
de esa Renta, que de acuerdo
con el Gobierno Nacional, ha resuelto
cambiar por la de pieles en dichos
D epartamentos; y
Q ue se hace necesario evitar las dificultades
que pueden surgir entre el
Banco y los arrendatarios cesantes
por las existencias de pieles en la
fecha citada y las que al expresado
establecimiento corresponde recaudar
desde el siguien~e día 1. 0 de Enero
de 1907, reglamentando á la vez
la ex.portaci6n de la s mismas,
RRSUKLVE:
1.0 Todos los poseedores de pieles
en los antiguos Departamentos deBoyacá
y d e l Cauca, ya fueren los arren.
datarios de que se ha hablado, ya los
individuos 6 las casas comerciules, 6
I-tas industriales existentes en dichos
territorios, tendrán la obligación de
denunciar sus existencias ante los respecti\
·os administradores y empleados
de las Rentas Reorganizadas,
dentro de los primeros veinte días del
mes de Enero de 1907 , exigiendo de
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332 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS
éstos la guía respectiva que a~torice
la libertad de pose er y comerctar con
las pieles que hubiere n denunciado;
2.0 Para los efectos de la exportaci6n
de dic.h a s pi e les, seiiálanse igualmente
noventa días improrrogables,
6. contar del primero de Enero arriba
citado, té rmino dentro ~el cual
podrá efectuarse su e.rc <''ene ion de dcrrch oo; de tonelaje
El Prrsidcntr dr lo Rcptiú l ica d e
Co lom úw ,
l:.n u~o d t! ~u:. facul tad es le~a l es , y
CONSIDKRANOO:
Que con el valor de los derechos
de ton~:.lada que se cobran á los buques
por el uso que! hacen de los puertos
marítimos, y que é ~ tos cobran pro.
porcionalmente fí los introductores,
se r ecarga el costo de las obras que
fomentan el progreso material del país,
que han sido declaradas de utilidad
pública,
DKCRRTA:
Artículo único. D e sde la publica·
ción del presente Decreto, de la cuenta
que ra se la Aduana al puerto en
que se verifique la descarga al Capi- •
tán ó Consignatario del buque por Jos
derechos de toneladas, se deducirá el
valor de lo que corresponda al número
de toneladas de carga que se desembarque
con destino á las empresas
declaradas de utilidad pública en
contrato le gal mente celebrado ó por
disposición de la Ley, siempre que
dicha carga consista en rieles. loco.
motoras, durmiente s y carbón mi.
neral.
Comuníquese y publíque se.
Dado en Bogotá, á 8 de O c tubre
d e 1906 .
R REYES.
El Ministro de Hacienda y Tesoro,
T on ÍAS VALKNZURLA.
D ECRE TO NUM E RO 12 14 DE 1go6
( 8 Ott OCT UBRE)
sol>rc d c rccbo:; de to oe lacl n.
E l P~tJidt~~ft de la R tpública de
Cclombt'a ,
En uso d e su s fdculta d e s legales ,
OKCRRTA :
Artícu l:.> único. En lo s ucesivo no
se cobra rá á los b u ques d e recho de
tone ladas J.)or e l p c~o bruto d e la sa l
q ue traigan á bor do para los pue rtos
nacionales h abilitados.
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BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 333
Estt: Decreto r egirá treinta d ías
después de su publicación en e l Diario
Oñct"al.
Comuníquese y publ(quese.
Dado en Bogotá, á 8 de Octubre
de 1906.
R. REYES
El Ministro de Hacienda y Tesoro,
'l'oníAs VALRNZURLA
DECRETO NUMERO 1484 D E tgo6
( 8 DE DICIRliiBRit)
por eJ cual se prohibe la exportación de
monedas metálicas.
El Presidente de la República de
Colombia,
En uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO :
Que se ha recibido aviso de las lo calidades
en donde el papel moneda
no tiene circulación sino la plata, que
ésta se exporta, con perjuicio del comercio
;
Que aunque se reconoce que en si tuaciones
normales la libertad de importaci6n
y exportación de la moneda
Ps lo que más conviene, no sucede lo
mismo en situaciones anormales, como
son las en que está la República ac
tualmente ; y
Que si no se dictan medidas para
impedir la exportación de la moneda
de plata que se está acuñando oficialmente
en el país y la dt: oro que se
t'~tá introduciendo del Ext e rior y que
!>e acuñará en e l mi s mo, no se ohtendrlan
lo s resultados C'lue se buscan de
dar firme7.a :\ la moneda para t nda.;
las tran~accion es
11KCK&1 A :
Art. t 0 Desde la publicación del
presente Decreto es prohibida la exportación
de toda clase de mcneda
de plata del pals y de barras de plata
provenientes de fundición de mone das
nacionales de este metal.
------- --
Art. J.. 0 Igual probibición se hace
para la moneda de o ro nacional, cuant!
o ésta se acuñe.
Art. 3. 0 A lo s individuos (!Ue contravinieren
las disposiciones de este
Decreto se les aplicarán las penas decretúdas
contra los defraudadores del
Fisco.
Art. 4.0 Encárgase á Jos Administradores
de Aduana tomar todas las
precauciones del caso y dictar las medidas
convenientes para el cumplímiento
d el presente Decreto.
Comuníquese y publlquese.
Dado en Juntas de Apulo, á 8 de
Diciembre de 1906.
R. REYES
El Ministo de Hacienda y Tesoro,
ToBÍAs VALRZURLA.
DECRETO :t\TUMERO 1499 DE tgo6
( t 4 OK DICIR~IBRR)
por el cual se peña la término para el reco nocimiento
y pago de indemnizaciones
cn usadas por el monojlolio de licor!'s, cignl'ri
llos y fósforo s.
1~1 Presidente ele la R eptiúlit•n {/,Colombia,
OltCRKTA:
Art. 1.0 Se ñálase como término para
que los inte resados en reclamaciones
por fábricas de cigarrillos, fósforos y
de d estilación de li cor es ¡..resenten ~
Jos r espectivos Gobernadores los ex¡.>
ed ientes d e l ca so . un mes contado
desd e la Jtublicación del presente Decreto
en el Diarifl Ojidal.
§ Los OobPrnad or es eoll' i;u án al
I\ltnisterio de Hacienda y Te~oro l u~
resp ectivo~ ex pedie ntes ya ¡.>erfe ccionados
en la forma q:.~ e señala n los
D ecreto~ vigentes, dentro de lo~ ocho
dfas s iguientes al e n que los reciban,
y e n e se mi~mo término d eben en\'iar
los que hubieren recibido antes d e la
fecha de este D ecreto.
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334 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS
Art. 2.0 Los expedientes q •1e no
hubieren sido presentados á las Gobernaciones
dentro del término que
este D ec reto señala, no serán admitidos.
Art. 1·0 El presente Decreto secomunicará
por telégrafo á los Goberna
lores de los Dephrtamentos, para
que lo hagan conocer
Art. 3 ° Este Decreto no amplía e l
término ya vencido para la denuncia
de los aparatos y fábricas, y sólo se
refiere á la presentación de los expedientes
relativos á los aparatos cuyos
dueños tienen derecho á ser indemnizados
conforme á las disposiciones vi
gentes.
P ublfquese.
Da ,J o en J untas de Ap1Jio, á 14 de
Diciembre de 1906.
R. REYES
E l Ministro de Hacie nda y Tesoro,
TosÍAS V .-Ll!ZUELA
~() ~
DATOS ESTADISTICOS
relativos á los productos de las Nucvns Rentas Nacionales en Antioquia ( Anti¡uo Deparlamento).
Mes de Julio de JgoG.
PIELES
Existencia anterior.... ........ ... . ..... . ..... . .. .
Recaudadas en el mes..... ..... . . .. . . . ....... .
Vendidas en el mes ...... .. ............... ~ .... ..
Exportadas por Puerto Berrío ......... ~ .... .. .
Existencia para el mes siguiente ........... . .
Totales .. . .......... .
RESUMEN GENERAL
Piel es recaudadas hasta h oy.. .. .......... ..
Pieles vendidas hasta hoy ........ ... .. .... .. . . ..
Pieles exportadas hasta hoy .............. . .. .
Existencia para Agosto ... ..... .. ......... ..
Totales ...... . . . ... .. .
Valor de las vieles vendidas en el presen-te
m es .. ..................... .............. $
Gastos en beneficio y exportación ......... ..
Diferencia á favor de la Renta ... $
CIGAI\1\lLLOS •
Derechos de imgortaci6n sol:.re 287 kilos,
cobrados en esta Oficina .. . ............... $
5,539
6,673
2,499
2,000
7,7 13 - -- --------
12,2 12 . ..
21,128 ..
43,00~
7.713
--·--------
71,849 ... 71,849
... .. . ... 498, 153 40
.. . ··· · ·· .. . 370,355 70
.. ··· ··· .. 127,797 70
100,450 .. . - -------- --
Pasan ............ .. .. .. . $ 228,247 70
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BOLETlN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 335
Vienen .. ...... .•. . ..••.... $ 228,247 70
TABA CO ,. •
Producto neto en el me s, según cuentas in-corpot;
adas ...... . ................. ...... $ 1.879.474 so
FÓSFOROS
Derechos de importación sobre 6,158 kilos
cobrados en esta Oficina ... .. ...... ..... . $
TIJIIB I\E
Producto neto de la venta de papel sellado y
estampillas en el mes, según cuentas in_
corporadas .......... , ........ ... ............ $ 442,681 6o
SALINAS MARÍTIMAS
Producto neto de esta Renta en el mes. Se
exceptúan principal y fletes de río ...... $
Saldo á favor de las R e ntas ..... s; 3.546,027 So
========~~===== • • Se han importado de la Costa en el presente
mes, para consumir en el Departame nto,
1,036 kilos de cigarrillos, cuyos derechos
fueron cubiertos en Barranquilla,
po r valor de ....... .... .. . ................ $
•• Se han importado de otros Departamentos
para consumir en éste, en los meses
de Mayo, Junio y Julio, 72,909-80 kilos,
cuyos derechos valieron .................. S
triedellín, Ju lio 31 d e 1906.
362,600 ...
El Administrador, RA~tÓN A. RasTRRPO
DATOS ESTADÍSTICOS
r r lativos á los produ.: los de las Nuevas 1\eotas Nacionales en Antioq uia (an,Li¡uo De partamento).
Mes de Agosto de •oo6.
PIEL ES
Existencia anterior ............ .................. .
Recaudadas en e l mes .... . ... ... ............. !
Vendidas en el mes ....... ........ ...... ..... . ..
Exportadas por Pue rto Berrío ........... ..... ..
Exportadas por Honda .. . ... ............... . ... ..
Exportadas por Zar a goza ........... .
Existencia para e l mes siguiente ............ ..
Totales ......... .. ... .
7,713
5.974
1,88 3
2,98 7
572
893
7.352
13,687 13 ,687 -
•
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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336 BOLETIN DE LAS RE'IITAS REORGANIZADAS
RESUMEN GENERA L
Pieles recaudadas hasta hoy ..... ..
Pieles vendidas h~sta hoy .......... .
Pieles exportadas hasta hoy ......... .... ....... .
Existencia para Septiembre ...... .. ........ .
Totales ......
Gastos e n beneficio y exportación de las pie.
les en e l mes ...... ... ....... ............ ..
Valor de las pieles vendidas . . ... ...... .. .
Diferencia á cargo de la Renta ... $
TAOACO
Producto neto en el mes, según cue nta s in-corporadas
.. .. . .. .... . . . .. .......... . . .. .
CIGAR IULLOS •
Derechos de importación sobre 1,790 kilos,
cobrados en esta Oficina .. .. ............ $
FÓSliOROS
Derechos de importación sobre 6,057 kilos.
cobrados en esta Oficina... . ........... $
T 1 JI( B 1\ E
Producto neto de la venta de papel sellado y
estampillas en e l mes. segíÍn cuentas in.
corporAdas .. ....... .... .. ........ .. .. . ..
77 ,82 3
77,823
389.416 6s
364,187 90
25,228 75
23 ,01 1
47.460
7,352
77,823 ...
2.202,004 80
626,500 ..
726,8..so ...
SALII'\AS llfARÍTJJIIAS
P1 oducto neto de esta Renta en el mes. Se
exceptúa principal y fletes de rfo ........ .
Saldo á favor de las R e ntas ... ... .......... . ..
339,894 8o
4-222,2Q7 35 -----------
Sumas iguales .. ....... $ 4 247,526 10 4.247,526 10
• Se han importado de la Costa en el presente
mes, para consumir en el Departamento,
108 kilo~ rl e cig-arrillo~. r uyo~
derechos fu e ro n cubiertos en Barranf1ui.
lla por valor de... .. .. .......... .
Medellín, Agos to 3 1 de 1906.
37.800 .. .
- · - --· · .. - --- · -· - - ·-~ -- ·
E l Admi nistrador, R.uró~ A, Rlsnno
,
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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¡
,
BOLETJN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 337
DATOS ESTADÍSTICOS
relaLivos á los J>r'ocl uctos d e las Nuevnb Rentas Nacion a les en Antioq•JiR (antiguo Deportnmento).
Mes de Septiem bre t.le 19 06
PI E LE S
Existencia anterior ... .. . .. . ..... . ......... .. .... .
Recaudadas en el mes. .. . ... . .. . .. ........... .
Vendidas en e l mes .......... ............... ... .. .
Exportadas po r Puer to Be1 río ................. .
Exportadas por Honda ... ........ .... .......... ..
Existencia para e l m es siguiente .......... .. .. .
Totales ...
1\ESU)IEN GENERAL
Pieles recaudadas hasta hoy .................... .
Pieles vend idas hasta hoy .... .. ... .... .......... .
Pieles exportadas hasta hoy ..... .. ......... .. .
Exi •tencia para Octubre .. . . .. ................ .. .
Totales ....... ... . . ..
Gastos en beneficio y exportación de las pie -
les en e l mes . ............ ... ........ ...... $
Valor de las pieles vendidas .... ....... .... . : . ..
Diferencia á cargo de la Renta . .. $
TABA CO
Producto neto en el mes, según cueutas in.
corporadas .. .... ..... . .................. $
CIGARRILT. OS • •
Dere chos d e imponación sobre 687 kilos, co.
brados e n esta Oficina ........... ..... $
FÓSFOROS
Derechos de importación sobre 6,63 1 kilos,
cobrados en esta Oficina .. . . .. ......... $
7.352
5,562
12,9 14 ...
446,076 20
285,681 t8o
160,394 40
1,206
4,000
551
7.1 57
12,9 14 ...
24,2 1 7
52,01 1
7,157
83.385 ..
:z,OJ 1, 453 65
795,720 ... ----- ---- ------- Pasan .... .......... .......... $
.. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
338 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS
Vienen . . . ......... ... ... $ 160,394 40 3.037,623 65
T r ~~ D 1\ E
Producto neto de la venta de papel sellado y
estampillas en el mes, según cuentas in corpo
rad4s .. .... .. .. . . .. .... .. . . ....... .. $
S A L I NAS lllAl\ÍTJl\IAS
Producto neto de esta Renta en e l mes. Se
exceptúan princi pa l y fletes de río ...... $
Saldo li. favo r de las Rentas ......... .... .. ... S
Sumas iguales .... . .... $
• Se han impo r tado de la Costa, en el presente
mes, par a cons umir en e l Depar.
tamento, 400 kilos de cigarr illos, cuyos
derechos fuero n c ubie r tos en Barr anqui.
lla por valor de .. . .. . .. • .. ......... .. .... $
MedeiHn, Septiembre 30 de 1906.
3-340,240 85
251, 199 90
21,4 17 30
3-340,240 85
140,000 ...
El Administrador, RAMÓN A . ResTRKPo.
DATOS ES¡AD ÍSTICOS
relati vo s á los productos de las Nuevas Rentas Nacionales en la Adminis tración Gene•
·nl de Antioquia (antiguo territorio), referentes al mes de Oc tubre de 1906
P I ELE S
Existencia anterior ........ .............. .. ..... ..
Recaudadas en el mes . .. .. . . .. .. .. .. .. .. . . ... .
7,157
7,013
Ve ndidas en el mes . .. .... ........... .... ..... .
¡.; ·portadas por Zaragoza ... ...... .. ....... ..... .
~xportadas por Puerto Ber río . ..... . ... ....... .
Exportadas por Honda ........... .
E xistencia para Noviembre .. .... .
.......... 1,396 .. .. .. . ... 298 ...... .. 2,905
........ , 6o6
8,965
Totales ....... .. ...... . 14, 170 14, 170
RESUMEN GENERAL ..
Re ca udad a s hasta hoy .. .. .. .. ................. ..
Vendidas hasta hoy ... ..... : .......... .. ........ .
E xportadas hasta hoy ....... . ... . ....... ... ..... .
E x istencia para Noviembre . .. ... .. ....... ..... .
90,398
··· ··· ·· · 25,613
55,820
··· ··· ·· · 8 ,965 --- Totales .............. .. 90,398 ••• 90,398
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 3 39
Valor de las pieles vendidas en el mP.s . .. . $
Gastos en b eneficio y exportaci6n en el mes.
323,874 75
280,076 90
---------
Diferencia á favor de la Renta ... $
T AOACO
Producto neto en e l mes, según cuentlls in -
corporadas......... .. ... . ... . . .• . ...•• .... 5)
CIGAI\1\ILLOS •
Derechos de importación s0bre 1,2 78 kilos,
cobrados en esta Oficina ............. . $
FÓSFOR OS ••
Derechos de import'lción sobre 6 1 kilos de
fÓsforos de cerilla, cobrados en esta Ofi-cina
. ..... . .. . ..... ......... ... ... .... . . ...... $
T 1 Jll .11 \\ E
P roducto neto de la venta de papel sellado y
estampillas en el mes, según cuentas in-corporadas
........... .. ..•.... . ••...... .. . . $
SALI NAS lltARÍTJJIIAS
Producto neto en el mes de la venta de 1,047
sacos de sal de mar, sin incluir principal
ni fletes flu viales ....... . ........ ... . . , ... $
Total.. .. ...... $
• Cigarrillos. Fueron introducidos de la Costa
en el mes, con de rechos cubiertos allá.
t , 1 S 1 kilos, que valieron ... . ... ....... .. $
•• Fósforos. Id. Id . 1 .S 57 kilos, r¡ue valieron
43,79 7 8s
2.148,076 45
447,300 ...
7,320
402,850
186,840 ---------
1 ' ot <.l ................ $
Medellln, Novie mbre 14 de 1906.
El Administrador General, RAllÓN A. RESTREPO
VA LOR
de Jos documentos privados para los cunles han pedido nnu ln ción de estampilla
<'n estn c iudad.
1906 Agosto .......... .. .
Septiempre ......... ..
Octubre ............. .
Totales ........ ..
Núm~rodc do
cumcntoe. ·
666
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Citación recomendada (normas APA)
"Boletín de las Nuevas Rentas - N. 8", -:-, 1907. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2095040/), el día 2025-05-10.
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