REPUBLICA DE COLOMBIA
~~========~====================================~====~=-~. -----
ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
Bogotá, Abril 10 de 1905 Número 8
Pruyectu d~ acto reformatorio tle Í;l Cunstitución por el mnl ilt' de",-
ga el artfculo 20-1- de la mismol... . .... ............... ....... ..... .
Proyecto de ley por la cual se dictan varia~ di posiciolles fiscales y
de cont:.bilidad oficid y mercantil ... .. . .. .. .... .. .. ...... ..... ,. "
Ployecto de ley pOl el cllal se ahren v.lrios cléditos adicionalt' al
Prt'.llput'sto de gasto!> para el bienio de 1905 y 1906 ....... ... .. .
Ada de la . esión tlel rlfa 30 de Marzo de 190.5...... . .. ...... .' .'
~:ttracto de los deb3tes tic la sesión del día :30 de :Marzo de 1905 ... .
1 nforme' de COlnisiones ,. ' .. '" . ........... _ .... , .......... . , .. , ... .
Art. 2.0 La disposición del artículo anterior se
refiere ÚniC81l1ente al servicio de legalizaciones ; no
afecta el examen y fenecimiento ó glosa de los pa·
57 go~ en referencia, y tieuf por objeto la saldllCión
57 y eliminación de la cuenta de Gastos por legalizar
58 de vigellcins económicas expiradas y la saldaci6n
58 permanente durante el presente año. de los Capí~~
tulos del Presupuesto de 1903 .r 1904.
Art. 3.0 El Poder Ejecutivo podrá ,'efol'mal' y
fijar el sentido de 11\s disposiciones fiscales de las
leyes que nfectltn el serv1Cio de la Contabilidad, ft
efecto de adapt J' ~us precepto, de de el pI' s nt
PRO 7~~ 'ro D~~ eTO R~~~'ORMATOIUO DE JJ eo 'fI'rUClO
por 1,1 cu.tI se dero~1I el artículo 204 de la misma
La A sall¿blea .LVacional de Oolom.bia
DEORETA:
Artículo único, DeJ'ógt\ e el al,ticnlo 204 de la
Con titucióu.
Dado, etc.
Pl'e::Jentndo lH~1' el infrascrito Mini8tl'o de Gobier,
no á In ARall1 hletl Ntleioual.
8ef')'eütJ'í{{ de la Asalnblea- Bogotá, .Llfu?'zo 21
de 1905.
bjll la r,·(~ha. fUfl npl'ohado el Ilnteriol' proyecto,
y IHtRÓ tlll eorni~ióll, (~Oll o('ho con el informe reglamentario el proyecto
decreto 47 fue suprimido en el segundo debate de de ley "pol']a cual se l'~tifican IlJgunos deCl'etos
ese proyecto, que ya es ley de la Repúblic¡;¡, por de c:lrácter legislati\-o " (Jos que han tenido origen
haber recibido los tres debates y esta}' sancionada en el Ministerio de Obras Públicas).
pOI' el Ejecutivo, El Diputado DI'. Quijano Wallis, Presidente de
LIl. Presidencia manifestó que en la duda que ]a Comisión de Gohiel'110 y Régimen político y
surgía respecto del debate que deLe darse á este municipal, devolvió con informe y pliego de mo ..
proyecto, punto delicado y trascend~ntal, ~e .abs· dificaciones el proyt'('to de ley" por la cual se
tenía de resolver y Rometía la cuestIón al dIcta- aprueban varios dp.cl'etos de carácter legislativo."
men de la Asamblea. El Diputado Sr. t 'arvajal El Diputado DI'. Cuervo Márque~ hizo uso de
Valencia, miembro de la Comisión que presentó la p:ilñbra. para informal' á In Asamblea que habí$
el prqyecto, hizo uso de la palabra para sustentar I cumplido, en nnión de sus demás compañeros de
la teoría de que el proyecto debía someterse á ~e comisiólI, la que se les hahíu confiado por el Sr.
gundo debate y no á primero, porque el decreto I Presidente para poner en manos de la señora viucuya
aprobación se pide por este proyecto figura- da del Dr. José Carnacho Carrizosu la proposición
ba entre los decretos enumerados en un proyecto ue condolencia ;\!,robada por aquélJll. El Sr. Preque
sufrió primer debate en días pasados, sidente dio Jas gracias }\ los Sres. Diputados por
Entonces sometió el Sr. Presidente á la Asam- t!l desempeño de esta comisión.
blea la siguiente cuestión: Previa Jectur:t del informe correspondiente, se
" 7 Estima la Asamblea que debe Jarsl'> primer abrió el segundo debate del proyecto de ley ,e por
debate al proyecto de que se trata ~" La COl'pO- la cual Re ratifican algunos decretos de ('arácter
ración contestó negativamente. - legislativo."
En seguida formuló la Presidencia en estos tér- Sin observación se aprobó el artículo único, que
minos la cuestión: dice:
.1 i Resuelve la A.samblea que este proyecto debe " Artículo único. Ratifícanse con el ca,r4cter de
disCllt rse en segundo debate 1'-' La resplleattl en I leyes permanentes de la República de Colombia
~sta \' ~ fue Jlflrmativa. ' los siguientes dt'Creto8 legislativos e pedidos por
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
60 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
el Gobierno en uso de las facultades que le con- y pidió informe al Seeretal'io sobre el estado en
cede el artículo 121 de la Constitución: que se hallara dicho trabajo, El Secl'etario con"
1.0 DeCl'eto legislativo número 11 de 1905 testó que aún no estaba tel'mina(lo, por habel' care(
23 de Enero), I por el cual se declara caducada la cido en los últimos día" la Imprenta Nacional de
Ley 108 de 1888 ' ; energía eléctrica, pero qUt> se activaría 10 más po"
2.° Decreto legislatho número 34 de 1905 sible la impresión en refereneia.
(10 de Febrero),' sobre autorizaciones al Poder Acto continuo se aprobó y adoptó la ruodifica-
Ejecutivo' ; ci6n que se discutía,
"3.° Decreto legislativo número 40 de 1905 Por último se consideraron en primer debate,
(28 de Febl'ero),' sobre desecación de lagunas, cié, y la Asamblea manifestó su voluntad de que pa·
nagas y pantanos' ; saran á segundo, los siguientes proyectos presen"
4.° Decreto legislativo número 42 de 1905 tados en la misma sesión por el Sr. Ministro de
(3 de Marzo), ' por el cual se deroga el marcado Obras Públicas:
con el número 1842 de 1902 ' ; El de" acto reformatorio de la Constitución Na-
"5.° Decreto legislativo número 48 de 19051 ciona), que sustituye el artículo 32 de la misma" y
(9 de Marzo), , sobre demarcación y alTendamien· I que pasó en comisión á la de Reformas constitu-to
de minas' ; cionales con ocho días de término; y
"6.° Decreto legislativo número 52 de 1905 El 'e pOI' lit cual se aprueba un contrato t, (el ce-
(11 de l\farzo), ' pOlo el cual se adiciona y reforma lebrado con e] Sr, Henl'y G. Granger para la consel
marcado con el número 11 de 23 de Enero trucción de un ferrocarril entre el golfo de Ul'nl)á
próximo pRsado, que declara caducada ]a Ley 108 y la ciudad de Medellín), después de leerse, á sode
1888.' licitud del Sr. Gutiérrez Rutino, el contrato á que
" En consecuencia, las disposiciones contenidas I se refiere el proyecto,
en los decretos citados: tendrán ]a fuerza de ley y Este pasó al estudio de la Oomisión de Obras
continuarán observándose en el territorio de la públicas y Beneficencia, con el mismo término d~l
República." anterior.
Terminada Ja discusión sobre la ¡'Hu'te disposi- E] Diputado S.'_ Carvajal Valencia propuso,
ti va, se leyó y aprobó el título. Cerrado el segundo I acto seguido, 10 siguiente, que se aprobó:
debate, la Asamblea manifestó su voluntad de que " PubJíquese inmediatamente en hoja volante el
el proyecto pasal'a á tercero. proyecto que acaba de aprobarse, y distribúyasc á
El Diputado Dr. Pulecio hizo y sustentó la si. los 'Diputados antes de considerarlo en segundo
guiente proposición: debate,"
'e La Asamblea Nacioual resuelve que el Sr. El Sr. Presidente orden6 á ]a Secretaría dispu
Presidente de ]11. COI:p.o;·ación dirija á .ltf mayor siera]o conveniente pnl'3 dar' cumpli.miento á la
brevedad una exposI~lon de los tr~baJos de la citada resolución; y como se hallara agotado e]
Asamblea, sus aSpll'aClOneS y tendenClas, etc., á fin orden del día se levantó la sesión. Eran las tres y
de que el país conozca el objeto de las labores de diez minutos de la tarde.
esta alta entidad y los fines á que éstos se diri·
gen."
Dada al debate, el Diputado Dr, Quijano Wal1is
la modifieó así:
"~a Asamblea Nacional, resu.e~ye que el, Sr, !
El Presidente, ENRIQUE RESTR};PO G ARCÍA
El Secretario, Rubiú Patris.
-+- PreSIdente de la CorporaClón (.hrIJa al termInar i
las sesiones ordinarias de la Asamblea una ex po· \ EX/fRAC/l'O DE LOS DEBATES
aición á la Nación, en la cual se le dé cuenta de los I DE LA SESIÓN DEL DÍA 30 DE MARZO DE 1905
trabajos dt-' la Asamblea, á fin de que el país co- I ••
Ilozca el objeto de las labores de esta entidad." En la dISCUSión del proyecto de ley" por la cual
puesta. en discusión la anterior modificación fue se aprueba el Decreto legislativo número 47 so
explicada por su autor é impugnada por el Dipu. br~ autorización para ~undal' un Banco, etc~ etc.," y
t::ldo DJ:. Pulecio, quien sustentó la Ol·igina1. ¡ a1ll1formar el Se~l:etarlO que est~ proyecto, pl'csel)-
El DIputado DI', Manl'ique hizo uso de la pala· (tadu por la ComISIón para ser dISC~ltldo en seguQbl'a
para solicital' de la Presidencia dispusiera que do deba.te] ~ebería serlo antes en prIme.I·~, pOI' cuan·
j~nto con ]11. exposición de que se tt'ataba se re par· to á su J~IClO es un pr~yecto nue~o, pl~~6 la pal~otIera
en hoja volante el informe de la Comisión bra el DIputado CarvaJal ValenCIa y dlJO:
encargada de dal' n~spuesta al mensllje de) Sr. , " No creo· que el proyecto que hemos dp.vuelto
Presidente de la República á la Asamblea el día pal'a segundo debate n~cesite ser consiJerado en
de su instalació". pl'imel'o como proyecto nuevo, y fundo mi opi ..
El SI'. Pr'esidellte manifestó que se había urde· nión, que es también )a de mis compañeros de co°
nado hacer en ]a Imprenta Nacional una cuantiOSA misión, en que el Decreto de que se habla fue ratiedición
de 1¡.ojas sq.eltas cOQ el alQdiqo doclJll1ento, ijcado en primer debate al ratificar algunos otl'Q~
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 61
Decret.os del mismo Ministerio del Tesoro, que hoy con que devolvimos el proyecto que se discute y
ya tienen fuerza de ley y pal'll.los cuales infol'mn. que se I'educe á investir al Banco de todo el poder
lOOR en segundo debate limitándonos á separal' el necesal'iu par'a recaud8r las rentas nacionales que
que hoy presentamos y otro que aun tenemos ell va á manejar y pJil'a hacer efectivl\s sus act'eencias,
estudio, Es decir, que todos los decretos del Mi- sin las nJiturales demoras de los cobros judiciales,
nisterio del Tesoro fueron aproba(los era primer Las ff~clll tades que la modificación le concede al
rlebate, de una sola vez y en un solo prnyecto, al Banco no son nue\Tas en nuestra legislación: ya,
presentarlos el Gobierno, que luégo de ellos hizo la antes que el Banco Centra), las tuvieron, que yo
Comisión tres proyectos distintos y que así como recuerde, Bancos l>Rrticu)nres del Cauea. y de la
el que presentAmos primeramente entró de hecho ¡ Costa, y si esto e hizo con ellos que no maneja~an
sí ser considerado en segundo debate, así t,ambién intereses nacionales, sin falsear nuestra legislaCIón
debe suceder con el que hoy tenemos el honor de civil ni provocar' los graves peligl'os que anota el
pI'esentar y que, lo repito, juzgo ya aprobado en Sr. Diputado Pulecio, con cuanto mayol' )'azón se
primer debate." impone la necesidad de darle facultades semejan-
Resuelto el punto poI' la Asamblea, de confor'· tes nI Banco Central que, dada su organizaci~ll,
mida.n con lo expuesto por el Diputado Carvajal, viene á ser pJiI'te integrante de la Tesorería Naclo
y nn discusión pOI' 10 mismo lo propuesto pOI' la nal para efecto de cobrt\l' determinadas rentas! En
Comisión, pidió la palabra el Diputado Pnlecio, genel'al, los privilegios del Banco afectan sólo á
dijo: los delld l'es moro os y i A éstos no les satisfacen
e, Siento no estar ( e acuerdo con la primera de ni la p1'el cióu que al Baneo le concedemos, ni los
lls adiciones al Decl'eto que la Comisión propone; recll rsos y proctHl imi ntos d ue lo in vest,i o
pel'o encuentro que ella es demasiado I:.ta yen cier· parll la demanda y cobl'tl de las rentA nucionales,
to modo perjudicial para terceros que ni siquiel'a fácil les e~ evitarse todo peligL'o ó desagrado, abshayan
negociado con el Banco, y pOI' lo mismo de- teniéndose de negociar con el Banco, Por mi parte
~eo q He In Asamblea la limite A lo estrictamente neo ruego á la Asamblea se sirva aprobar la modifica·
·esar'¡ ) para (seg lal' la bllel a marcha del B~u co y ciól pI' JpUCSbl," ,
el cobro eficaz de las rentas que debe r'ecaudal'. La Volvió á tomar la ¡udahl'a el Diputado PulecJO
absoluta prelación de las aCl'eenclus del Banco y dijo:
ob,'e t.odas las demá del mi "mo deudol', i'luiera " L~s razone alegñda por los miembros de la
Relln hipotecnrias, hace nugatorio los derecho de Comi~ióll mue~trHn superabundantemente la con·
tercer'o, cuyas acr'eencias, aun cuando sean (lutedo· veniencia y la necesidad ele darle prelación al B,an.
res á las del Banco, quedan postergada de hecho f~O y jlll'i dicción coactiva como agente del Gobler·
por virtud del artículo que se discute, y bien pue· no pllra el cobro de la ren. as nacionales que m,ade
suceder' (lue un simple pagaré A favor del Ban neja; ello es nar uml y si se quiere hasta inneCPSarl?,
co requiera para ser pagado todos los bieneH de pues el Gobier'no tiene pleno derecho para investIr
un deudor y quede en descubierto otro acreedor de jUl'i di ::t·ióu coactivH ;\ cualquier l'pcaudador de
(llle tuviera hipoteca á. su favor' constituída sobl'e rentas públiefls; per'o no sucede 1<1 mismo en cuall·
ello~, Esto así es verdadel'ame'nte monstruoso, tal· to se ¡'efiel'e al ('ooro de ~us acreencias particulares,
sea toda nuest)'a legislación civil y "Iegul'amente es decir, á la percepción ,lel dinero que ,Ié presta.
lasa los límites de lo que 18 Comision ha quel'ido do y cuyo reintegro debe asegurar con todlts las
en el particular. Por estas razones pido que se vo- cauciones que estime conveniente, pero sin nlejar
te por partes el proyecto de resolución que la Co· al público de sus Cajas, pues justamente el Banco
misión presenta, pal'u poder modificar la parte de se ha tundado para ayudar A salvar la crisis fiscal, y
él á que acabo de referirme." no sel'Ía natural decirle á quien va á servirse de, é
El Diputado Angulo Fel'nando, miembro de la que, si no le gustan las condiciones que quiera 1m-
Comisión, dijo: ponerle, puede Íl'Se á otr'a parte á buscar el dinet'o
,: Detenidamente meditamos la modificación que que necesite y ~í pagar los altos inter'eses qu~ l~ Jase
discute, la cual fue aceptada por el Sr', Ministro bol' del Gobier'no en este particular quiere hmltar
de Hacienda, y no le- hallamos los graves peligros á lo justo y equitativo. , '
que hoy le ve el Sr. Diputado. Al contrario, ella "y no es que quiera dejar al Banco en la dIfícIl
e~, en concepto de la Comisión, en extremo be· eondición de acreedor como otro cualquiera; lo
né · ca para aseguI'al' el cobro de las rentas que que deseo es modific~u la concesión que se le h~ce
maneja el Banco y á la vez los derechos del Banco y no supl'imida del todo, No creo justa la prelaCIón
mismo; con ella sólo pueden sufrir los deudores tal como está concebida; pero en cambio creo neo
ro rosos, pero en ningún caso los que 3ean puno cesario darles á los pagarés del Banco el valor de
tUl\les en el cumplimiento de sus obligaiones," escl'itul'a pública, de modo que sus deudores pue·
El Diputado Carvajal Valencia, también miem· dan ser ejecutAdos sin necesidad de reconocer fir-bro
de la Comisión, dijo: mas ni ninguna otra traba legal, y que el pagaré
" Insisto como mi respetable colega el Dr, Angu- del Banco tenga prelación sobre otro cualqUIera
~o, en que aprobemos tal C0tn0 est4 Jll modificación particlJlar y aun sobre esorituras p»blicaa de fecha
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
62 ANALES DE LA A.SAMBLEA NACIONAL
post.el'iol' á la auya, y en ningún caso sobre otl'as del Banco mismo, sino que también sobl'e el con·
tS~l'1turas l'oc~-
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
NALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 63
1'ril, para buscal' seis meses más tarde una lucrativa
rescisión. Lo peor que podría suceder sería que
el contratista no pudiera conseguiJ' la realización
de su empresa, y en este caso e) país no perderá
Ilada~ pues es corto el plazo fijado pa)'a dar principio
á los trabajos, y la su bvención que se le fija no
se empezará á paga)' sino después de construidos
les tt'es primet'os kilómetros.
cimientos de in trucción pública y beneficencia en
las concesiones hechas por In Ley 29 de 1904, de
fecha 15 ue Noviembre; p¡,oyeeto que pasó. en comisión
á la de Obras públicas y Bt'nefic.tIlCIR.
En vista, sin duda de la uesvalol'izaC161l que ha
sufrido en los último~ años nuestro medio circu·
lante, los legisladores de 1903 dispusieron que
"el pago de los cien mil pesos en moneda eolombiana
de que trata el artículo 25 Jt'} Concor~ato,
lo mismo que los que tengan por 01'1gen el mlsmo
Concordato" se hicieran en ei siguiente año en
Por razones especiales no entramos á hacer ver
ventajas de otro orden, qlle pllede derivar el país
en caso de realizarse esta obra, pero las haremos
presentes en el debate si fuere necesario. No siendo,
pues, gravo o para el ] isco y pudiendo su realización
satisfacer urgentes necesidades públicas,
vuestra Comisión os propone el siguiente proyecto
de resolución:
Dése segundo debate al proyecto de ley "por
la cunl se aprueba un contrato."
Bogotá, Abril 6 de 1905.
flonorable Diputudos.
J UAN E. A TRI UE-L 18 Al1Tf TEZ IL A-J. F.
NSIGN RES.
filll Diputado:
La l'efoJ'ma del lll'tículo 185 de In Constitución,
que hoy se somete á vue 1'0 e tudio, e nsi te sim·
plernentB en ehminnt' de tal artículo ciertas facultttd
s concedida á las Asambleas deplu'tnmenta.
les, q Uf' en realidad 110 cot'J'esponden :\ e s entidade
; taje' OH la inmigr'ución, que PO)' ti naturaleza
cOl'l'e ponde 1 obierno nacional, pue to que
ti ~ne )'elnción Íntima con el derecho intet nacional
y lo" rata.dos público ; la apertll ra de camino, I
canale" y constJ'ucción le vía férreas, que por la
l'eformn se limitan á las obras de esa clase que no
An.lgan
Citación recomendada (normas APA)
"Anales de la Asamblea Nacional - N. 8", -:-, 1905. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2094738/), el día 2026-04-01.
¡Disfruta más de la BDB!
Explora contenidos digitales de forma gratuita, crea tus propias colecciones, colabora y comparte con otros.