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REPUBLIOA DE OOLOMBIÁ
ANALB·g DE LA ASAMBLHl NfEIONI·
ríe única ~~,..",,_-=_=="' ==-=-==-::----:-B:=:-o=g::-O=t::á---:,=.J==~.:l:-:-:l=· O==1:-~:::=.~=-_e-;;-:1==-9-=~=O=-=-:::-c.====-=-=-::::--:-::======N==Ú=II=l-.e=-r==~=T2=9
OOlSl"TENX:OO
Pá¡¡;s.
L.y 1limero 16 de 1910, por la cual se ufiala la fecha de la vigen.
!ia de otra ley. .. ..... ..• .... ~2á
Acti&de la sesi6n del viernes 8 de Julio de 1910... . . 226
.hetade la sesión del IItibado9 de Julio de 1910........... 228
Rela!i6n de debates ... . .. . ..... ..... 231
(otomle de una Comisi6n ........ _ •••• . ....••..•. _.. ••. ........ 282
ASAMBLEA NACIONAL DE 1910
Lli~Y NlTMERO 1G DE 1910
(12 DE JULIO)
vor la cnal se seliala la feoha de la vigenoia de otra Ley.
La Asamblea Nacional de Oolombia
DEO RETA :
Artículo único. Desde que la presente Ley fuere
pn blicada en el Dia'rio Oficial entrará en vigencia
la Ley número 6 del presente año, expedida por
la Asamblea acional. .
Oada en Bogotá, á once de J olio (le mil novecientos
diez.
El Presidente,
L. SEGOVIA
El Secretario,
Maroelino UI)'ibe A 'rango
Poder Ejec~~tivo--Bogotá, Julio 12 de 1910.
Publíques~ y ejecútese.
(L. S.) • RAMON GONZALEZ V ALENOIA
El Ministro d 1 Tesoro,
ANTONIO tT ORE CADA VID
ACTA DE LA SESIÓN DEL VIERNES 8 DE JULIO
DE 1910
(Presiflenoia e. Pasa- que. por esta Ley.queda erigido, ~ tendrán como
ron a la COm!SlOn de Rc:lac.lOncs Extenores; I capItales, respectivamente, las cIud,~des de San
Un luemonal de la senonta .Ana Vargas Sa.n- José de Cúcuta, Ocaña Y, Pampl?I?a.
tos? ~n el cual, con documentac~ón con:pro?,atorta, I Para sustentar este artIculo hIcleroll uso de la
Sol:cIta se le, r~conozca una ln~eml1lZacl.0~, por palabra los Diputados Ferrer y J?~l Corral, y. los
danos en la ultima guerra. Paso en comlslon al ¡ Diputados Samper y Arbeláez pIdIeron se dejara
Diputado Esguerra; constancia de sus votos afirmativos.
Una petición de los vecinos de i\lariquita, para I El artículo 2.° de dicho proyecto, propuesto
que se elija Presidente al General Quintero Cal. I por la Comisión, está concebido así:
der6n. "Esta Ley entrará en vigor el día 1 ~ de Se}}·
Telegramas: I tiembre del año en curso."
U d 1 G b ., d P 1 1 Fue aprobado.
no e a o e~11aCI~J~ e aJtoTen e cuap en; ... 1 adoptarse, el Diputado I-lerrera lo submo-cal
rec: seM~r?vea a
d
élObe enps~bl~ umaco. aso dificó en los términos siguientes, en los cuales
a senor 111lstro e ras u lcas; b6 ' t6
. , se apro y aaop : .
U no de la GobernaclOn de Santa Marta, en el " Esta Ley entrará en vigor el día 20 de Jubo
cual s~ solicit~ 9-ue, ~l v~r!arse la ~i,:isi6n pol~ti.c,a, próximo." . . .
se va~J~ .tamblen.la Judlcla! .. Paso a la Comlslon Cerrada la discusión sobre la parte diSpOSitIva,
de DIvlsI6n TerrItorIal JudIcial; . se aprobó el título y pasó el proyecto á tercer
U no de la Municipalidad de El Carmen, en debate.
el-cual solicita se restablezca en ese l\1unicipio la
cabecera del Circuito notarial. Pasó á la Comisión
de División Territorial Judicial;
Uno del señor Ricardo Galvis, de Mariquita,
en el cual se queja de los nombramientos hechos
por el nuevo Gobernador del Tolima y pide se
asegure la autonomía municipal. Pasó á la Comisión
que estudia el proyecto sobre régimen municipal;
U no de Angostura, en el cual se solicita la elección
presidencial del General Pedro N el Ospina, y
ocho de Calamar, San Martín de Loba, Momp6s,
Cartagena, Cucutilla, Arenal, Arjona y San Andrés
de Providencia, en los cuales piden la del
doctor José Vicente Concha.
v
El señor :Ministro de Gobierno presentó para
la consideraci6n de la Asamblea, el proyecto de
ley" que abre varios créditos adici~nales." .. ,
Acto continuo, el Diputado Bonllla subscnblO
la siguiente proposición, que fue aprobada: .
" Continúe alterado el orden del día Y conSl~
dérese el proyecto de. ~esolución.p::~entado por
la mayoría de la ComISIón de DlvlslOn Territorial,
sobre la inconveniencia del Departamento
del Valle, Y dése primer debate al pr?y.ecto de
ley que acaba de presentar el señor MInistro de
Gobierno."
Diose lectura en tal virtud al informe á que se
refiere la moción anterior, después de haber be-
,
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
230 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
cho algunas observaciones el Diputado Collazos,
á las cuales dio respuesta el mismo Diputado
proponente.
En discusión el proyecto de resolución 'con que
termina el informe, que dice: "Pase este informe,
con los documentos que lo acompañan, al Poder
Ejecutivo, para que proceda según las ideas expuestas
por la 'comisión," hizo uso de la palabra
el Diputado Bonina. En ejercicio de ella, y por
ser avanzada la hora (once y quince minutos), el
señor Presidente suspendió la sesión, previa advertencia
de que el orador quedaba con derecho
al uso de la palabra para cuando volviera ~ con-
5iderarse el asunto que se discutía.
El señor Ministro de Obras Públicas presentó
un proyecto de ley (t reformatorio de la Ley
61 de 1878, que ordena la limpifl y mejora del río
Magdalena. "
Fueron devueltos los siguientes asuntos:
Por el Diputado Collazos, el proyecto de ley
"por la cual se declaran algunos días de fiesta
nacional 11 ;
Por el Diputado Villegas, el proyecto de ley
"sobre créditos adicionales al Presupuesto de
Gastos de 1 9 1 o," Y una solicitud de la señora
J acoba R. de Guillén ;
Sufrió primer debate y fue aprobado, después
de ser explicado por el señor Ministro del Tesoro,
el proyecto de ley ,e por la cual se aprueba un
contrato." Pasó en comisión al Diputado Carreño,
con término de veinticuatro horas."
VII
Leído el iriforme de la Comisi6n, y aprobado
el proyecto de resolución con que termina, se
abrió el segundo debate del proyecto de ley "por
la cual se señala la vigencia de otra ley."
El artículo único de que consta fue aprobado;
igualmente lo fue el título, y pasó el proyecto á
tercer debate.
VIII
Previa lectura del informe respectivo y aprobación
del proyecto de resolución final, se abrió el '
segundo debate del proy~cto de ley" por la cual
se abre un crédito adicional al Presupuesto de
Gastos de 1910."
El artículo 1.0, explicado por el señor Ministro
de Hacienda, se aprobó; el segundo se aprobó
igualmente, lo mismo que el:título, y pasó el proyecto
á tercer debate.
IX
Por el Diputado Ospina, el proyecto de ley Se abrió el segundo debate del proyecto de
" por la cual se concede una autorización y se ley" por la cual se declaran algunos días de fiesderoga
una ley" ; ta nacional," después de ser aprobado el proyecto
Por el Diputado I~Iolguín y Caro, el proyecto de resolución con que termina el informe de la
de ley "por la cual se declaran dos fiestas na- Comisión.
cionales"; El artículo 1~ se aprobó, modificado por el Di-
Por el Diputado Salazar IV!., el proyecto de ! putado I-Iolguín y Caro, en esta fornla :
ley" por la cual se aprueba un contrato" ; "Con motivo de la conmelnoraci6n del Cen-
Por el Diputado Del Corral, el proyecto de ley I ten ario de la Independencia de la Patria, decláel
por la cual se asigna sueldo á un empleado"; y ranse de fiesta nacional los días 18, I 9~ 21, 22
Por el Diputado Carreño, el proyecto de ley y 23 del corriente mes de Julio."
te por la cual se aprueba un contrato," y un oficio Al adoptarse, el Diputado Perilla lo adicionó
del señor lVlinistro de Instrucción Pública con el así:
cual remite un contra(o para la compra de la obra ,e l ••••• Y para el Poder Judicial hasta el 31 de
A sesúzato del l1fariscal de Ayacltclto. Julio, inclusive."
. Esta adición fue impugnada por el Diputado
VI García Herreros, y se negó. En seguida se adop-
Reanudada la sesión á las dos v veinte minu- I tó la modificación anterior .
.J El ' 1 o b ' b' , d· ual
guiente, subsdrita por los Diputados Quevedo manera el título, y pasó el proyecto a tercer
tos de la tarde fue aprobada la proposición Si- ¡ artlcll o 2. se apro o tam len, y , e 19
Alvarez, Pinz6n, Herrera, Arbeláez, Arango Ra- debate. r
món, Bonilla, Esguerra, Gómez Román y Gue- \
rrero : Leído el informe de la Comisión y aprobado el
" Antes de entrar en el orden del día considé- I proyecto de resolución con que termina, se abrió
rese 10 siguiente, que es de urgencia: el segundo debate del proyecto .de ley "por la
" Dése primer debate al proyecto de ley 'por cual se concede una autorización a.1 Gobierno"
la cual se aprueba un contrato'; y segundo á los (rebaja de .pena).
proyectos de ley' por la cual se señala la vigen- La Comisión propuso el siguiente artículo como
cia de otra ley'; 'sobre créditos adicionales al 1. 0 del proyecto:
Presupuesto de Gastos de 1910'; 'por la cual se "Con motivo de la celebración del primer
declaran algunos días de fiesta nacional,' y 'por Centenario de la Independencia, redúcese á la
la cual se concede una autorización al Gobierno, mitad el tiempo señalado por el Cód!go Penal
(rebaja de pena con motivo del Centenario)." para la prescripción de la acción criminal y de las
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Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
ANALE DE LA ASAMBLEA NACIONAL
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penas. Esta reducción no favorecerá á ningún
individuo complicado en la separaci6n de Panamá,
ni tendrá lugar si el término fijado en este
artículo no se cumpliere antes del 20 de Julio de
1910."
Los Diputados Pérez y Villegas hicieron algunas
explicaciones, y el señor Ministro del Tesoro
,algunas observaciones, después de lo cual se
negó.
El siguiente artículo, igualmente propuesto por
la Comisi6n, fue aprobado y adoptado:
" Extiéndese la autorización conferida al Poder
Ejecutivo por la Ley 42 de 1909, á rebajar hasta
la tercera parte de la pena corporal que en los
establecimientos de castigo estén sufriendo los
reos rematados que hayan observado y sigan observando
buena conducta."
El Diputado Segovia propuso el siguiente artículo
nuevo:
"Los reos de delitos cometidos antes de la expedición
de la presente Ley, tendrán derecho á
que se les rebaje la mitad del tiempo señalado en
el Código Penal de la N ación para la respectiva
prescripción."
Este artículo fue explicado por su autor, sustentado
por los Diputados Pérez, Villegas, Holguín
y Caro, García Herreros y Salazar y por el
señor Ministro del Tesoro, é impugnado por el
Diputado Arango Carmelo. Después se aprobó.
Los Diputados Mesa, Bonilla y Arango Ramón
hicieron constar sus votos negativos.
Igualmente fue aprobado este otro, propuesto
por el mismo Diputado Segovia :
"Lo dispuesto en el artículo anterior no comprende
á ningún individuo comprometido en la
separación de Panamá."
Se aprobó y adoptó también el que se inserta
en seguida, propuesto por la Comisión:
" Queda en estos términos reformada la Ley
42 de 1909."
La proposición siguiente, subscrita por el Diputado
Pinzón, se negó, después de haberla im.
pugnado el Diputado Pérez:
" Rev6quese la aprobaci6n dada al artículo 1? y
reconsidérese. "
Cerrada la discusi6n sobre la parte dispositiva,
se aprob6 el título y pas6 el proyecto á tercer
debate.
XI
Continu6 el segundo del proyecto de 4' Acto
legislativo reformatorio de la Constitución N acional."
El artículo 28 de la Comisión dice:
"Corresponde al Presidente de la República,
como suprema autoridad administrativa, dirigir
las relaciones diplomáticas y comerciales con las
demás potencias 6 soberanos; nombrar los Agentes
Diplomáticos. con aprobaci6n del Senado, recibir
los g nte r pectivos y c lebrar con po ..
tencias extranjeras Tratados y Convenios, que se
someterán á la aprobación del Congreso."
Se aprob6 y adoptó, después de ser impugnado
por el Diputado Rosas.
Los Diputados Segovia, Rosas, Mesa, Ospina
y Arango Ramón, hicieron constar sus votos ne gativos.
El artículo 29, propuesto por la Comisi6n, está
concebido así:
"La Corte Suprema de Justicia se compondrá
de nueve Magistrados. La ley la dividirá en Salas,
señalará á cada una de ellas los asuntos de
que deba conocer separadamente, y determinará
aquellos en que deba intervenir toda la Corte."
El Diputado B~nilIa hizo algunas observaciones,
y el Diputado Rosas lo sustentó. En seguida
se aprobó. Al adoptarse, el Diputado Bonilla solicitó
lo fuera por partes. Señaló como primera
hasta donde dice" Magistrados," y como segunda
~l resto. Una y otra fueron adoptadas.
El artículo 30 de la Comisi6n se aprobó. Dice:
" El período de los Magistrados de la Corte
Suprema será de cinco años, y de cuatro el de los
Magistrados de los Tribunales Superiores. U nos
y otros podrán ser reelegidos indefinidamente.:'
Al adoptarse, el Diputado Lombana Barreneche
propuso una modificación, consistente en fijar
en cuatro años el período de los Magistrados de
la Corte Suprema y en tres el de los Magistrados
de los Tribunales Superiores. Esta submodificaci6n
fue e. 'plicada por su autor y luégo se negó.
En seguida se adoptó el artículo propuesto por la
Comisión.
En estos términos está concebido el artículo
31 de la Comisión:
" Los Magistrados de los Tribunales Superiores
y los suplentes respectivos serán nombrados
por la Corte Suprema, de ternas que presenten
las respectivas Asambleas Departamentales."
Tomaron parte en la discusión los Diput. a
dos Pérez, Holguín y Caro, Espinosa, Salazar
M., Rosas y Llorente.
Por ser avanzada la hora, el señor Presidente
otorgó la palabra al Diputado Rosas para cuando
vuelva á tratarse este asunto, y levantó la
sesión.
Eran las cinco y treinta minutos de Ja tarde.
El Presidente, LACIDES SEGOVIA
El Secretario, Marcelt'no U1,ibe A 1'ango
RELAOION DE DEBATES
SESION DEL DíA 16 DE JUNIO DE 1910
El Diputado Espinosa dijo =
Todavía no puedo convencerme de que la valo.
rización del papel moneda sea un mal. Puede causar
perjuicios á algunos particulares, y yo me encuentro
en ese caso; pero sin duda alguna es bané.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
I
232 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
fica para la Nación. La valorización del papel moneda
ha sido ~l anhelo del país entero, desde hace
mucho tiempo. Con ese objeto ee creó la Junta de
Amortización; con ese objeto se ha invertido gran
parte de las rentas de la N ación en incinerar papel
moneda; con ese objeto se han dictado varias leyes,
y con ese objeto se creó la Junta de Conversión,
que hoy se quiere convertir en Junta de Emisión.
Lo que hoy se DOS propone es lisa y llanamente
una emisión. Si se lleva á cabo, el papel bajará;
al bajar, disminuirá su poder adqui~iti,!o, ! por consiguiente,
en vez de a~mentar, dISmInUIrá el. ~e
dio circulante. Esto SIn coutar con que la emISIón
se hará en billetes de á $1,000, los cuales no res
ponderán á la necesidad más apremiante, que es
la de moneda fraccionaria. Bien pronto eS08 bille
tes emitidos en tan gran cantidad, no podrán
ca~biarse sin descuento, y esto dará pábulo al
agio no sin grave perjuicio para el público. El Diputado Holguín nos decía ayel' que en el
proyecto se buscaba el me~io do evi tal' la ~aja
del cambio, mas no el de evitar el alza. EfectIva·
mente, esto ee así, y lo perjudicial para el país se·
,.fa en todo caso el alza y no la baja.
Se nos dice que el papel que se emitiera quedaría
respaldado por una fuerte suma en oro, que mantendría
eH sus cajas la Junta de Conversión. A
este propósito me permito recordar lo que sucedió
en el afio de 1885: el Gobierno, con el fin de res
paldar el papel moneda, descontó las anualidades
del Ferrocarril de Panamá, por la cantidad de tres
millones de pesos oro. No se obtuvo el fin que :se
deseaba, y nadie supo qué se hizo esa fuerte suma
de dinero. ¿En las actuales circunstanciuA no se
correría el mismo riesgo?
Conviene indudablemente que se trate de evitar
perjuicios á los par~icular~s, pero sin perjudicar á
la Nación. Me explIco fáCIlmente esto que llaman
crisis y las causas que la han determinado: el Go
bierno ha pagado sus deudas en oro, pero las contribuciones
no las recauda en el mismo metal, y el
medio de l'eInediarlo serIa que el Gobierno recihiera
el oro en todas las contribuciones.
Continúa el Diputado Espinosa-Pero yo me
permito observar que esa orden ha sido muy re ·
ciente, porque hasta hace pocos días sólo se reci
bIa el 01'0 en un 50 por 100 de Jos oerechoR da
aduana.
No creo fuera de propósito poner en conocirnien
to de la Asamblea, el hecho de que la Policía ha
estado obligando á los vivanderos de la Plaza de
Mercadú á recibir 1as libras esterlinas en sus pe
queñas transacciones. Yo no creo que con medios
como ése pueda remediarse ningún mal.
El Ministro-Esa providencia no ha sido dicta da
por el ~Iinistro del Tesoro.
. El Diputado Espinosa-Así 10 creo, sefior Ministro;
pero no por eso el hecho es menos evirlente,
pues me lo han referido testigos presenciales.
INFORME DE UNA COMI~ION
lIonol'ables Diputados á la Asamblea Nacional ~
El 27 de Octubre de 1892 confirmó el Tribunal
Superior del Distrito Judicial de Medellín, en segunda
instancia, la sentencia del .T uez 2.° del Circuito
de Yarumal, de 20 de Abl'il del mismo año,
por la cual se conden6 á 'relésroro Glltiérl'ez á su·
frir la pena de veinte meses de presidio y á la
privación perpetua de lOA derechos po1ítico~, por
el delito de malveraaci6n de fondos públicos.
Os pide Gutiél'l'ez le concedáis la rehabilitación
en el goce de los derechos políticos, y funda u
solicitud en las pruebas respectivas que ha presentado,
de haber cumplido la pena corporal á CJ.ne
se le conden6 y de haber observado constantemente
una conducta intachable después de la seu·
tencia; y como han transcurrido los cuatro años de
que trata. el artículo 91 del Código Penal, vuestra
Comisión considera que debéis acceder á lo pedi.
do. Por consiguiente os propone:
" La Asamblea Nacional rehabilita á 'fel6sforo
Gutiérrez, vecino de Ttuango, en e] ~oce (le los
derechpÑ políticos.
El Ministro del Tesoro interrumpe-El Gobier· " Comuníquese y pnblíquese. '
no, honorable Diputado, ha recibido el valor de
las contribuciones en oro, especialmente las produ- Ca1"1nelo Arango - Ram6n Arango - Jos~ A.
cidas por derechos de Aduanas. Como para el Llorente-T.lI¿'i,c; A. Mesa-Gonza7o (farOla He
pago de estas contribuciones no se puede dar plazo rreros.
indefinido, pues esto ocasionaría un desastre para
el Gobierno, ha tenido necesidad de recibir una
fuelte cantidad de oro en Letras bancarias. I.Jo que Repú'blica de Colombia-Asamblea Nacional-Sf -
hay, honorable Diputado, es carencia de papel roo- c1'etaría-Bogotá, Junio ."JO de 1910.
neda. En la fecha fue nprobada la parte resolutiva
Continúa el 01'ador-Está muy bien, señor Minis- del anterior informe.
tro, pero esa medida debe haberse ~.omado muy Comuníquese esta resolución nI señor Ministr
recientemente, pues ayer no más se dlJo en la calle de Gobierno y al interesado.
que varios comerciantes habían ido á pagar al Go· El Secretario,
bierno sus derechos de aduana en oro, y como no
se les quiso recibir, se vieron obligados á deposi- ____ __ _
tarlo en un Juzgado. SEÑORES PERIODISTAS
M. Uribe A.
El sefl01' 1'dinistro de.l Tesoro-Puedo asegurar
al honorable Diputado que esas consignaciones no Los canjes de los Anales de la Asamblea Nacio·
fueron á hacerse en la Tesorería General, en donde mal deben rotularlos al Director de dicha publi
hay orden de recibir oro en pago de las contribu- cación y ordenar I:3U cum._plido_e_n_v_ío_. __ .....,;.. _
ciones. Imprenta Nacional
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"Anales de la Asamblea Nacional - Serie única N. 29", -:-, 1910. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2094722/), el día 2025-10-24.
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