RE PUBLICA DE COLOMBIA
ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
Serie V Bogotá, Mayo 17 de 1907 ~ N útner'o ~3
Se dio lectura al mensaje del Excmo. Sr. Presi
dente de la República, eon el cual nevuelvé ohje
tado en !lU artículo 3. o el Pl'oyedo de ley "por
la cual se dispone la erección de un monumento"
Ada de la sesión del dí. 8 de Mayo ele 1907 oO. .... ... . .. .. ... _ .... " l77 (á los hermanos Reye~).
c\.cta (le Ii, se. i6n extraol dinaria del df. 9 de \fayo de 19117 ....... .
Acta de la ,".i6n del db 10 de "fayo de 1907 .• .. .. ... . •• _ .
Proyect? d :.lcy • por la cual se cOll fiere una fac u lt ad al Poder I':je.
lSIl La Presidencia dispuso se leyera el al·t,fculn 339
182
cutlVO .. . . ... . ... .... . , ••• •. ••. •• .• •. •• •. • •• 0 0' ••••• • • • • • , _ . • •••
J nf,) rlnes de C0l11isio ltes .. 0'0 •• o • •••• • •• • •• • • •• •• • • • _ .. .. .. . .. . , • • • • •• • •
T e le¡(ra uIK ... ........ .. ....... . ... ......... . ....... . oO . ..... ... .... .. . .
•
ACTA
DE L \ Sfi:SIÓN DEL DíA 8 DE ~I AYO DE 1907
(Presidencia ,I el hOllorahle Dip\ltado Mutis ).
I
Hl3
184
18~
A la una y treinta minutos se llamó lista, y como
el Secretario informara que habia el q1.wrurn
reglamentado, el Sr. Presidente declaró abierta la
sesion, á la cual dejó de concurrir con legítima ex·
cusa el honorable Diputado Calderón,
Leída el acta de la sesión anterior, fue ap1'Oba da
sin observación alguna.
Se dio lectura á un memorial suscrito por las
Sras. Cora Jiménez de Gutiérrez y Alaix Jiménez
de Alval'ez, hijas del Coronel de la Independen·
da Sr. Manuel Jiménez, eu el cual solieitan una
pensión'
El honorable Diputado Restl'epo propuso lo si ·
guiente, que se aprobó:
" En atención á las razones expuestas por la
Sra. Cora Jiménez de Gutiérrez y Alaix Jiménez
de Alvarez, hijas legítimas del Prócer de la Inde·
pendencia C01'One1 Manuel Jiménez, en el memo
rial que acaba de leorse, pase este documento al
Sr. Ministro de Hacienda y Tesoro para que to
mándolo en consideración provea lo ~onveniente,
encareciéndole la justicia de la demanda que él
contiene. "
En seguida se enteró la corporación de un ofi cio
del Sr. Ministro de Gobierno en el cual comu
nica que se ha llamado al suplente del honorable
Diputado Castro.
De los mensajes con que el Excmo. S1'. Presidentede
la República devuelve con la sanción ejecuti
va las Leyes números 14, 15 Y 16 del presente
afio, "por la cual se adiciona y reforma el Decre
to Legislativo número 14:,de 1905," "por la cual
se concede una autorización al Poder Ejecutivo, "
y " sobre Presupuestos nacionales."
del Reglamento, para que la Asamhlea I'etlolviera
lo CO llve n Í<~ nte.
El honOl'able Diputado Orduz propuso:
" Eo eontestar.ión al mensaje que acaba ¡le leer se,
dígase al Excmo. Sr. PreHidente ne la Repúbli·
ca que habielld.> I)bedt-\.:ino e-4ta eorpol'ación, al
expedir la Ley de qne ~e tr:lta, al I'lentimiento
unánime ne gl'utitud y de jnsticia que anima á
todos RUS miembl'os I'es pecto de lo::! grandes y
trascedentales hechos de los hermalloH Reyes eo
pro del progreso y la ei vilización de la ' Patria, así
como á las peticioues que poseídOf' de Ase mismo
mobilíflimo sentimiento hiciel'On á la Asamblea
la prensa nacional, la Sociedad Geográfica de Co lombia,
otras muchaa entidades respetables y gran
número de ciudadanos de todo el país, siente no
acceder á los deseos del Excmo. Sr. Presidente, por
cuanto la Nación ha querido con esto que, como
la expresión de su voluntad y á sus expensas, se
lleve á cabo la apoteosi¡; de 10d que lucharon glorio ·
samente por la call~a de HU engrandecimiento.
" En tal virtud la Asamblea Nacional Constitu yente
y Legislativa, en uso de sus atribuciones
legales, 8e permite insistir muy respetuosamente
ante el Excmo. SI' PreRirlente de la República en
que sea sancionada por el Pode l' Ejecutivo, tal
como ha sido expedida, la Ley 12 de 1907, no sin
tener en alta estima los motivos de delicadeza
persona) que como hermano y compafiero de los
exploradores ReyeR lo han determinado á pedir
la reconsideración de la expres'lda Ley en lo ~ue
se refiere á la el'ogación de la cantidad necesaria
para su cumplimiento.
" Esta proposición y el mensaje que ha dado
lugar á ella se harán publicar en hoja suelta y en
los periódicos de la capital."
Los honorables Diputados Manrique y Jiménez
solicitaron se procediera á dar cump1imiento ála
disposición reglamentaria.
La Presidencia declaró inadmisible la proposi ·
ción; de acuerdo con el texto del artículo leído, y
solicitó de la Asamblea el que escogiera uno ú otro
de los procedi mientas allí indicados: ó pasar el
proyecto objetado á una Comisión para que pre·
sentara el informe respectivo, Ó ptescindir de esta
formalidad y entrar á discutir las objeciones del
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178 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
Poder Ejecutivo~ lo cual es potestativo de la Asam
blea.
Los honorables Diputados Vélez y Pinto suscri
bieron la siguiente moción, que fue adoptada: .
" Prescíndase de la formalidad de pasar á un:::.
Comisión el proyecto de ley objetado, y pásese á
considerar, de acuerdo con el artículo 338 del Re ·
glamento, en segundo debate el artículo á que se
refieren la's objeciones."
Trájose á debate el artículo 3. o, que dice:
"Artículo. Considérese como ineluiJo en el Pre ·
supuesto la partida necesaria para el cumplimien
to de esta Ley."
El honorable Diputado Reyes solicitó de la Pre
sidencia lo excusa.-a de tomal' pal·te en la vota
ción, por razones de delicadeza que ya había ex
presado anteriormente, y pidió al mismo tiempo
se dejam constancia en el acta de este he~ho . La
Presidencia resulvió de conformidad con lo pedido.
Votado el al'tículo á los honorables Diputados
Quintero y Dllssán, deAignados escrutadores, in
{ol'maron que había sido aprobado por unanimi·
dad de 43 balotas blancas.
Cerrado luégo el 'legundo debate, la corpol'a
ción manifestó su voluntad de que el proyecto pa
sara nuevamente á tercero.
II
El honorable Diputado Quintero hizo la siguien.
te proposición : .
" Altérese el orden del día y considérese lo si·
guiente:
"Habiéndose ausentado de la capital en vía
para el Magdalena el Sr. General Juan Mnuel
Igual'án, Diputado principal por el Departamento
mencionado, comuníquese al Ministro de Go
bierno para que se llame al respectivo suplente
á ocupar el puesto que deja vacante en la Asam·
blea Nacional el Sr. Diputado á que se ha hecho
referencia. ".
Explicada por su autor, y después de que el ho·
norable Diputado Manrique solicitó de la Secreta
rla infol'me sobre si el honorable Diputado Igua
rán había pedido licencia pal"a retirarse, á lo cual
se le contestó negativamente, la Asamblea aprobó
la pl"Oposición.
Los honorables Diputados Pinto y Tavera Navas
propusieron:
" Conste en el acta de esta sesión la promesa.
que hizo ante la Aflamblea ayer el Sr. Ministl"O de
Gobierno al discutirse la modificación que pretendían
introducir los Diputados del Departamento
de Quesada, relativamente á los Circuitos Judiciales
de Guaduas y Zipaquirá, promesa consistente
en que el Sr. Ministro ha ofrecido que tendrá en
cuenta las razones del Sr. Gobernador (le Quesada
y que se pondrá de acuerdo con él á fin de hacer
la demarcación más conveniente para la buena
administración de justicia, en uso de las facultades
que se confieren al Gobierno, según la Ley so·
bre demarcación judicial."
El Sr. Ministro de Gobierno hizo uso de la pala
bra para manifestar que él no había hecho una
promesa formal en el particular á la Asamblea,
sino que pl'Ívadamente había dicho á los honom-bIes
Diputados interesados en ·e1 asunto, que 10 trataría
con el Sr. Gobernador de Quesada y, de
acuerdo con las razones que aquél adujera, resol·
vería en la forma más conveniente para los intere
ses públicos. Los honorables Diputados proponen ·
tes ex plicaron su moción, la cual resultó negada
por la Asamblea.
En seguida se dio Jectura al orden del día fijado
por la Comisión de la Mesa.
De acuerdo con éste. se continuó el segundo de ·
bate del proyecto de ley "por Ja cual se aprueba
un contrato" (el del ferrocarril tle Amagá).
El honorable Diputado Restrepo suscribió la si·
guien te proposición:
" La Asamblea resuelve no ocuparl:le, al discutir
este proyecto, sino en los artículos modificados
por la Comisión, entre los cuales está el que contiene
un aumento de subvención en la parte mon ·
tañosa que atraviesa el ferrocarril, único sujeto al
conocimiento de la Asamblea."
El honorable Diputado Cuervo Márquez hizo
leer el articulo referente á la subvención que se
concedía á los empresarios, é impugnó la proposi·
ción. El honorable Diputado Vélez pidió informe
sobre las modificaciones intl'Oducidas por la Co ·
misión.
Votada la moción que se discutía, resultó apro:
bado por 21 votos contra 1I.
En tal virtud tl'ájose al debate el artículo 2.°, re
dactado así:
"Art. 2.° La línea se construirá con las siguien·
tes condiciones técnicas :"
" a) La paralela será la misma. del ferrocarril de
Puerto Berrío, ó sea de tres pies ingleses entre
rieles;
" b) Los rieles serán de acero de buena calidad,
de sistema Vignole y de un peso mínimo de veinte
kilogramos por metro lineal;
., e) La pendiente máxima no pasará del 3 por
100 (tres por ciento);
" d) Las curvas no tendrán un radio menor de
cien (100) metros, y sólo en casos excepcionales se
podrán poner curvas de (80) ochenta metros de
radio, . cuando .así lo exija la naturaleza del te ·
rreno;
" e) Entre dos curvas inversas:habrá siempre u na
tanjento no menos de (40) cuarenta metros;
"J) Los puentes, alcantarillas y demás obras de
arte serán de hierro, de mampostería ó de madera,
según las necesidades; y se emplearán mate
riales de la mejor calidad posible. Cuando la obra
fuere de importancia se construirá de acuerdo con
planos que deben someterse á la aprobación del
Gobierno;
" g) Las traviesas serán de la mejor madera del
país ó extranjera, convenientemente labradas, y
tendidas por lo menos á razón de mil seiscientas
cincuenta (1,650) por kilómetro;
" h) El desmonte tendrá la altura suficiente para
la fácil construcción de los banqueos· y cortes con
sus zanjas. Los terraplenes tendrán tres (3) me·
tros de ancho en corona; los cortes cuatro (4) me·
tros en su base, y los taludes los que permitan la
naturaleza del terreno;
"i) El balastaje de la vía se hará en lo general y
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ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 179
posible con piedra triturada ó cascajo de buena en corona, y para construirlos se limpiará y aflojará
calidad, con un espesor ordinario de diez y ocho el suelo y se escalona.rá donde lo exija la pendien
centímetros (18) debajo de las traviesas, y se te transversal.
hará cubriendo la superficie requerida para repartir "Los taludes en los teraplenes serán los si·
convenientemente la presión de los trenes sobre guientes:
los rieles; será permeable para mantener las tra· " Oon tierras arenosaH sueltas, 2 y hasta 3.por L
viesas en buen estado de sequedad, y debe tener "Oon ordinario, H· por J.
cierta movilidad para dar elasticidad á la vía, y " Oon arcillas compactas ó piedra suelta de aris-con
ésta, suavidad á los trenes en movimiento; tas varias, 1 por L '
, , j) Se construirán estaciones principales en Oal· "Oon piedra colocada á mano, ! por 1.
das y Amagá, estaciones secundarias en los pun " En ningún terraplén se harán zanjas ó présta·
tos donde lo exijan las necesidade~ del tráfico, y mos sin dejar al pie la berma correspondiente."
los paraderos y cambiavías que estime convenien· El final del párrafo l) cambiarlo así: ~
te el Ingeniero interventor; " En los curros de pasajeros se consultará, ade-
"k) Los planos de las estaciones principales se más de la solidez y seguridad, la decencia y co·
rán sometidos á la aprobación del Gobierno; modidad."
"l) El material rodante que sirva para el equipo Diose lectura al artículo 4.°, que dice:
del ferrocarril será de buena clase y cantidad sufi "Art. 4. o Se fijan los siguientes plazos para en
cien te. En ningún caso el ferrocarril tendl'á un tregar construida y dada al servicio toda la vía:
número de locomotoras menOt' de dos (2) por " De Medellín á Oaldas, dos afios después de que
cada cincuenta (50) kilómetros de línea; tendrá el ferrocarril de Antioquia llegue al pie de la Quíe·
servicio para pasajeros de 1. ", 2. a y 3.& clases, y bra; de Oaldas á Amagá, dos afios después de
carros de transporte sUlicientes para un doble trá· entregado el trayecto hasta Oaldas, y de Amagá
fico diario, al río Oauca, un afio después de que el ferrocarril
" En los carros de pasajeros se consultarán las de Buenaventura haya llegado al río Poblanco
condiciones de solidez y seguridad, y sobre todo'la Oada afio se construirán veinte (20) kilómetros de·
esencial de la comodidad." linea continua, c1lando menos."
La Oomisión propone una modificación aditiva Púsose en discusión la modificación propuesta
al parágrafo e) del artículo 2.0, consistente en por la Oomisión, que consiste en supdmirle la
agregar las palabras" compensado en las curvas," parte final, que dice:
En tal forma se aprobó y adoptó. ., Oada afio se construirán veinte kilómetros de
Igual suerte corrieron las siguientes modificacio línea continua, cuando menos."
nes propuestas por la Oomisión: Tomaron parte en la discusión para impugna.r
Después del parágrafo e) ésta: el artículo, diciendo que éste no fijaba plazos cier·
"La fijación de límites de pendiente y CUI'va- tos para la c:onstrucción de la obro, los honorables
tura no autoriza al contratista pata hacer de estos Diputados Ouervo Márquez y Vélez; el honorable
límites el caso común, pu~s debe advertirse y te Diputado AlJgulo para dat' la razón de su voto;
nerse presente que los límites se fijan para apIi· el honorable Diputado Sanín Ol1no para pedir al
carlos á casos especiales." gunas explicaciones al S,'. Ministro de Obras Pú
En el parágrafo f) poner en vez de la palabra blicas, y éste y el honorable Diputado Restrepo
" madera" mampostería y made1·a. para explicar y sustentar el artículo. El honora ·
Al parágrafo g) agregar y tendrán como tipo ble Diputado Mal1l'ique explicó la modificaeión
las dimensiones siguientes: propuesta.
"Dos metros de largo, veinte centímetros de Verincada la votacipn, !'esultó negada, trayén
ancho y quince de grueso." dose al debate el artículo original. •
El parágrafo h) cambiarlo así: Los honorables Diputados Ouervo Márquez y
"El desmonte y limpia del terreno tendrá la Vélez propusieron la siguiente modificación:
anchura suficiente para la construcción de los COI' " Art, 4. o Se fijan los siguiE'ntes plazos para
tes y terraplenes con sus zanjas y desagües. Debe entregar construida y dada al servicio público
además tumbarse los árboles corpulentos que pue· toda la vía: de Medellín á Oaldas, tres afios des
dan caer sobre la línea, aunque estén fuéra de la pués de que este contrato sea aprobado por la
zona desmontada. Asamblea Nacional; de Oaldas á Amagá, nn afio
" Los cortes tendrán cuatro metros de ancho en después de que haya sido entregado el trayecto
su base, con sus cunetas laterales, y una zanja ó de Medellín á Oaldas, y de Amagá al Oauca, un
desagüe en;la parte superior. Los taludes deben año después de que haya sido entregado este últi
ser los siguientes: mo trayecto."
" En roca compacta que requiera a&entes explo Sustentaron esta modificación los honorables Di·
sivos, un cuarto y hasta un quinto h~rizontal por putados proponentes, y la impugnó el honorable
uno vertical. Diputado Restl'epo.
" En roca blanda, t por 1. El honorable Diputado Gutiérrez solicitó que' se
" En tierra dura sin filtraciones, i por 1. votara por partes, indicando como primera hasta
"En tierras Ol'dinarias, 1 y hasta H por 1. donde dice: Asamblea Nacional; como segunda
"En arenas ó grava suelta, 1 i y hasta 2 por l. hasta las palabras á Caldas, y como tercera el
"Los terraplenes tendrán 3 metros mínimum resto.
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180 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
Votada la primera parte, resultó negada, y en
al virtud la Preside li cia declaró virtualmente ne
garlaR las dos últimas.
El honorable Diputad!! Salazal' modificó aditiva
mellte el artículo original, agregál1dole después
e laH palahrat:l "al pie de la Quiebra," éstas: en
lit hoya del río Nus. Explicada esta modificación
por su autor, fue adoptada.
~I hOllorahle Diputado Ca)nacho propuso:
., ReconHidérese la modificación prúpuesta por
la Comisión al artículo 4. o del contrato."
Defendida la moción rol' su autor é impugnada
porel honorab~e Diputado Gutiérrez, resultó negada.
minas de cobre vinieron á pertenecer á los dueños
del terreno donde están situadas, tales dueños ten
drán un año de plazo, improrrogable, para ampararlaS'
conforme á las leyes generales sobre minas.
\-encido el referido plazo, las minas de cobre en to
da la República quedan sometidas á las disposicio ·
nes generales del ramo."
El honorable Diputado Salazar hizo leer el artírulo
original, y los honorables Diputados Neira,
Restrepo y Lozano sustentaron la modificación,
que fue aprobada por la Asamblea.
El honorable Diputado Neira lo submodificó
agregándole el t'iguiente parágrafo:
"Los títulos sobre minas de cobre, expedidos
conforme á las leyes, hasta el día en que empiece
á regir la presente Ley, serán considerados válidos."
El Sr. Pn.'sldente convocó á 101' honorables DiputadoH
para Hesión extraordinaria al día siguienle
~ la h~l'a at:oHtllmhrada; y Hiendo los cinco y
tn~\Ilta mllllltos de la tarde, levantó la sesión. Tomaron parte en la discusión el Sr. Miuistro
de Obras Públicas y Fomento para impugnar el
parágaafo por creerlo innecesario, y el honorable
AURELIO MUTIS Diputado proponente para explicarlo y ::lUstentarlo,
después de lo cual S'8 aprobó por 21 votos con ·
Gerardo Arrubla tra 11, adoptándose en tal forma el articulo.
El Presidente,
El Secretario.
DE LA SESIÓN
El honorable Diputado Restrepo pidió se dejara
constancia de su voto negativo.
ACT A Cl"rrado el segundo debate, la ·corporación expre·
EXTRAORDIN ARIA DEL DíA 9 DE MAYO
só su voluntad de que el proyecto pasara á tercel'O.
DE 1907 II
Continuó en segundo debate el proyecto de ley
" por la cual se aprueba un contrato" (sobre la
construcción del ferrocarril de Amagá), por haCon
el qU01'um reglamentario el SI'. Presidente ber quedado pendiente la discusión en la modifi·
declaró abierta la sesión á la una y treinta y cin· cación propuesta por la Comisión al artículo 8. o
(Pre.idellcia del honorable Diputado Mutis).
1
co minutos de la tarde_ del contrato, que se halla redactado así:
El Secreta rio dio lectura al acta de la sesión an- "Art. 8':' Para los efectos legales se declara la
terior, que fue aprobada sin observación alguna, y ~onstrucción de este ferrocarril obra de utilidad
al ol'deo del día de la corporat:Íón. pública, y en tal virtud el contratista gozará de
De conformidad con é~te se discutió en t ercer todos los derechos y acciones que la Ley concede
d!'bate el pl'oye('.to de ley "pul' la cual se dispone á esta clase de obras."
la t:rección de un monumento" (á los hermanos Aprobado y adoptado por la Asamblea, se aproo
Reyes). baron luégo los propuestos por la misma Comi·
Verificada la votación secreta, los honorables sión á los artículos l8 y ·25, que se adoptaron en
Diputados García Medina y Franco, designados es esta forma:
crlltadore8, informaron que la Asamblea había "Art. 18. El Gobierno en los casos en que el
manifestado su voluntad de que el proyecto pasa· contratista demuestre la necesidad de cruzar las
e ra á ::ler ley de la República, por unanimidad de 32 vías públicas, ó en que fuéra de éstas haya graves
balotas blancas. dificultades técuicas para extender la carrilera,
El honorable Diputado Lozano devolvió el pro· concederá para cruzar aquéllas con ésta el peryecto
de ley" sobre minas, " que le había sido pa miso consiguiente, y aun para extender la segun
sado en Oomisión de revisión. da sobre las primeras, pero nunca en extensiones
Abierto el tercer debate de e~te proyecto, el mis- mayores de dos kilómetros en cada caso; y no por
mo honorable Diputado en asocio del honorable concederse este permiso quedará el público priva-
Diputado Restrepo propuso: do del uso de la vía ocupada, debiendo el contra
H Vuelva este proyecto á segundo debate para tista ensancharla y estal:>lecer cercas á cada lado
considerar el artículo 7. o de él." de la carrilera en toda la extensión que en ésta
El honorable Diputado Tavera Navas solicitó la ocupe la vía pública, así como los puertos necesa-lectura
del referido artículo. rios para facilitar el acceso á los predios de las
Aprobada la moción que se discutía, y abierto orillas.
el debate sobre el artículo· 7. e original, los honora "Art. 25. El Gobierno otorga una subvención
bIes Diputados proponentes lo modifical'Oo así: de nueve mil novecientos noventa pesos oro co ·
" Artículo. Son aplicables á las minas de cobre lombiano ó su equivalente legal en cualquiera otra
el artí~ulo 2. 0 de la Ley 38 de L887 y todas las moneda nacional al tipo que rija al verificarse el
diSputliciunes concordantes con él; esto es, son de pago por cada kilómetro de vía férrea que se consnunciable"
estas minas, como las de oro y plata. truya, equipe y ponga en servicio público en te.
,l!.;11 aquellas Aeeciones de la República en que las rreno plano, ó sea de Medellín á Caldas, que el:>
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• ANAJ..ES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 181
donde termina el valle, y una de quince mil pe ·
sos oro por cada kilómetro, de la misma clase, que
se construya en terreno montafioso, ó sea de 00.1
das en adelante."
Púsose en discusión el artículo 26, modificado
por la Comisión a&í:
"Art. 26. La subvención se pagará en bonos al
portador que ganarán el ¡¡eis por ciento de interés
anual y serán amortizables en las Aduanas de la
República, con excepción de las del Pacífico, en la
cuota parte que á dichos bonos corresponda en el
10 por 100 de los derechoR de Aduana, que des
tina la Ley 104 de L892 á la amortización de bo
nos de ferrocarril. Esta cuota no será menor del
3 por 100, y si por cualquier circunstancia no al
canzare ese 3 por 100 á cubrir los bonos amorti
zables en tiempo oportuno, se tomará el comple
to de los fondos de las demás rentas nacionales."
Tomaron parte en el debate: para impugnar la
modificación los honorables Diputados Manrique
y Jiménez; para pedir algunas explicaciones al
Sr. Ministro de Obras Públicas y Fomento, quien
se mostró adverso á la modificación, el honorable
Diputado Salazar, y para explicar ésta el honora·
ble Diputado Restrepo.
Verificada la votación, resultó negada.
Traído al debate el artículo original, el honorable
Diputado Gutiérrez lo modificó agregándole des
pués de las palabras de interés anual éstas: desde
el día en que se entreguen al contratista.
Explicada esta modificación por su autor, y después
de que el honorable Diputado Jiménez le hizo
alguna observación, fue clprobada.
En discusión para adoptarse, el honorable Dipu
tado JiméBez 10 submodificó así:
"Art. 26. La subvención se pagará en bonos al
portador que ganarán el 6 pOI' 100 de interés
anual desde la fecha de su entrega á los contra
ti stas, conforme al artículo 28 de esta Ley, y no
desde la fecha de su expedició ' l, y serán amortiza
bIes en las Aduanas de la República, con excep ·
ción de la del Pacífico, en la cuota parte que á
dichos bonos corresponda, en ellO por 100 de
los derechos de Aduana que destina la Ley 104 de
1892 á la amortización de los bonos de ferroca
rri1. Esta cuota no será menor del 3 por 100."
Hablaron sobl·e esta submodificación su autor y
el honot'able Diputado Manrique. Aprobada por la
Asamblea: se adoptó con aquélla el articulo_
Se consideró el artículo 27, modificado en la
forma siguiente por la Oomisión:
" Art. 27. Los bonos correspondientes á toda la
línea, cuya longitud se calcula en setenta kilóme·
tros más ó menos, serán emitidos por el Gobier
no dentro de los tres meses siguientes á la formalización
de los trabajos de construcción. Estos
bonos, así como los títulos de las tierras baldías,
se depositarán en el Banco Oentral de esta ciudad
para que dicho establecimiento los entregue al
contratista, de acuerdo con las órdenes que reciba
del Gobierno."
Sustentaron esta modificación, que fue aprobaba,
los honorables Diputados Restrepo, Pulecio,
damacho, Salazar y el Sr. Ministro de Obras Púo
Clicas y Fomento, quien manifestó que el Gobier·
no daba para la construcción de este ferrocarril
el 62! por 100 del costo de cada kilómetro, lo
que se hace constar á petición del honorable Di·
putada Ouervo Márquez; y lo impugnaron éste
y los honorables Diputados Vélez y Gutiérrez.
Antes de adoptarse, los honorables Diputados
Malll'ique y Jiménez submodificaron aditivamente
así.
Agregarle al fin del artículo lo siguiente: "ano
tando al respaldo de dichos bonos la fecha de su
entrega. "
El honorable Diputado Jiménez explicó esta
submodificación, que fue objetada como innecesaria
por el Sr. Ministro de Obras Públicas, y re ·
sultó apróbada, adoptándose así el artículo.
A moción del honorable Diputado Gutiérrez se
consideró el pl;lrágrafo j del artículo 2.°, que fue
modificado por el mismo honorable Diputado así:
"j) Se construirán estaciones principales en Me
dellín, Oaldas, Amagá y el punto terminal de la
línea, y estaciones secundarias en los puntos don
de lo exijan las necesidad as del tráfico, y los pa ·
raderos y cambiavías que estime conveniente el
Ingeniero interventor."
Tomaron parte en la discusión el honorable Di putado
Restrepo para impugnarla, y el honorable
Diputado proponente para Axplicarla, después de
lo cual fue aprobado y adoptado dicho parágrafo.
A solicitud del mismo honorable Diputado Gu
tiérrez la Asamblea consideró el articulo 10, el
cual fue impugnado por aquel honorable Diputado
y negado por la Asamblea; decía así:
"Art. 1 0_ Los operarios, empleados y todo el
personal del ferrocarril estarán exentos del servicio
personal subsidiario y del servicio militar en
tiem po de paz."
A moción de los honorables Diputados Malll'ique
y Restl'epo se consideL'ó el artículo 32, que fue
modifi~ado por los mismos honorables Diputados
en Jos términos siguientes, en los cuales, deRpués
de sustentarlo los proponentes, fue adoptado por
la Asamblea:
"Art. 32. Se fija para los pasajeros y fletes,
como tarifa máxima, la siguiente: pasajeros de
1. a clase hasta con cincuenta kilogramos de equipa ·
je, por cada kilómetro recorrido, tres centavos oro;
pasajeros de 2. a clase basta con cuarenta kilogramos
de equipaje, pOI' cada kilómetro recorrido, dos
centavos oro; pasajeros de 3. B clase hasta con vein·
te kilogramos de equipaje, por cada kilómetro
recorrido, un 'centavo oro. El excedente de los
equipajes pagará á razón de un centavo oro por
cada veinticinco kilogramos y por cada kilómetro
recorrido. Oarga de mercancías nacionales y extranjeras
de ciento veinticinco kilogramos de peso,
por kilómetro recorrido, dos centavos oro, excep·
ción hecha del algodón y otras materias textiles
similares, que sólo pagarán un centavo oro; carga
de víveres nacionales de ciento veinticinco kilogramos
de peso, por kilómetro recorrido, un centavo
oro; maderas y materiales de construcción,
lefia, carbón y abonos, la carga de ciento veinticinco
kilogramos, por kilómetro recorrido, medio
centavo oro; ganado mayor, vacuno ó caballar,
por cabeza y por kilómetro, tres centavos oro; ga-
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182 ANALES DE LA ASAMBLEA NAOIONAL
nado menor, por cabeza y por kilómetro, dos cen
tavos oro; minerales en bruto, por cada ciento
veinticinco kilogramos de peso y por kilómetro re
corrido, dos centavos 01'0; animales domésticos,
aves por docenas, por kilómetro recorrido, un cen
tavo oro.
" El contratista queda autorizado para establecer
una tarifa diferencial entre los puntos intermedios,
sin traspasar el máximum fijado, teniendo
Oerrado el segundo debate, la Presidencia pasó
el proyecto en comisión de revisión á los honora
bIes Diputados Oamacho y Gutiérrez, con término
de veinticuatro horas.
Oomo el primero se excusara de formar parte
en esta Oomisión, el Sr. Presidente designó en su
reemplazo al honorable Diputado Sanín Oano.
III
en cuenta las necesidades del tráfico. Ouando haya Previa lectura del informe con que fue presennotable
desproporción entre el volum8n y el peso tado por la Comisión, cuya parte resolutiva se
de un bulto, podrá el contratista aforar por volu- aprobó en la forma reglamentaria, se abrió el semen,
computando quinientos decímetros cúbicos gundo debate del proyecto de ley "por la cual se
por bulto ó media carga. autoriza al Banco Oentral de Oolombia para modio
" Para los efectos de esta tarifa se entiende por ficar sus Estatutos."
tonelada un peso de mil kilogramos ó un volumen Púsose en discusión el artículo 1. 0, modificado
de un metro cúbico. El Gobierno queda facultado por la Comisión así:
para aprobar las modificaciones de tarifas; pero "Art. 1. o Facúltase al Banco Oen tea1 de Oolom ·
en ningún caso ni por ningún motivo podrán bia para modificar las bases de su organización,
exceder éstas del máximum fijado. El Gobierno se sometiendo las modificaciones á las prescripciones
reserva el derecho Je registrar las tarifas cada tees del Oódigo de Comercio y á la aprobación del Po·
años." der Ejeeutivo."
A propues'ta del honorable Diputado Gutién'ez Explicada la modificación por los honorables
se consideró el artículo 35, que fue modificado por Diputados Vargas, Oamacho, Matéus y Ouervo
este honorable Diputado en los términos siguientes: Márquez, fue adotada.
Modificación al artículo 35 del contrato: Se aprobaron el artículo nuevo propuesto para
" Art. 35. Serán transportados gratuitamente por segundo por la Oomisión, y el segundo original,
~l ferrocarril: los empleados públicos cuando via que quedó de tercero.
Jen en asuntos de su cargo, siempre que presenten Están redactados así:
certificado elel Gohernador ó del Prefecto respec- " Art. 2. 0 Para los efectos de la emisión de bi
tivo de que viajan en desempeño de funciones ofi lletes baucarios cambiables á su presentación por
ciales; el Ejército y su equipaje; los reos y su CUS oro Ó su equivalente en moneda legal se conside
todia; los materiales para telégrafos y teléfonos ral'án como valor eu Oaja no solamente las mone
que sean por cuenta del Gobierno; los útiles para das de 01'0 Ó los equivalentes eu moneda legal, sino
establecimientos de educación del Gobierllo ó sub también las sumas que tenga en poder de Bancos
vencionados por él, y los correos de corresponden extranjel'os y las barras de 01'0 y plata que exis cia
nacionales ó departamentales. tan en sus cajas, estimadas éstas por su valor
"Todo cambio en las tarifas se anunciará, en intrínseco.
caso de alza, con una anticipación de treinta días "Art. 3. 0 En los términos de la presente queda
por lo menos, y por medio de cartelones impresos \ reformada la Ley 14 de 1905."
Y de los periódicos, en que se indiquen detal}ada Terminada la discusión sobre la parte dispositiva,
mente las variaciones. Rstos cartelones se fijarán se leyó y aprobó el título, y cerrado el segundo
en todas las estaciones de la línea; sin este requi debate, la Asamblea expresó su voluntad de que
sito no será válida la alteración." el proyecto pasara á tercero.
Explicada esta modificación por su autor y por Siendo las cinco y quince minutus de la tarde, el
el honorable Diputado Sanín Oano, fue aprobado y Sr. Presidente levantó la sesión. En el curflO de
adoptado. " ella el houorable Diputado Oamacho devolvió con
El honorahle Diputado Vargas hizo y sustentó el informe reglamentario el proyecto de ley "so
la siguiente proposición: bre legalización de algunos gastos,"
"Oonsidérese el artículo 19 del contrato."
Traído al debate, el honorable Diputado propo El Presidente,
nente lo modificó en la forma que sigue, en la AURELIO MUTIS
cual se adoptó: '
Modificación al artículo 19:
"Art. 19. El contratista tendrá derecho á trescientas
hectáreas de tierras baldías por cada kiló •
metro de línea férrea terminada y dada al servicio
en las condiciones que se estipulan en la presente
concesión. El contratista podrá escoger los lugares
en donde deben adjudicársele estos terrenos, pero
sujetándose en un todo á las leyes y reglamentos
vigentes sobre la materia al tiempo de verificarse
la adj udicación. Los títulos respectivos se entre ·
garán al contratista cada vez que haya dado al
servicio público un trayecto de cinco kilómetros."
El Secretario,
Attrelio Rueda A.
-+-
ACTA
DE LA SESIÓN DEL DÍA 10 DE MAYO DE 1907
(Presidencia del hondrable Diputauo Mutis).
1
A la una y cincuenta minutos la Presidencia
dispuso se llamara la lista, y como apareciera número
suficiente de Diputados, se abrió la sesión
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ANALES D.E LA ASAMBLEA NACIONAL 183
con la lectura del acta del día anterior, la cual fue
aprobada sin discusión. Dejaron de concurrir con
excusa los honorables Diputados Oalderón y Tavera
Navas.
E l Secretario dio cuenta de los negocios sustanciados
por la Presidencia en esta fecha y del orden
del día de la corporación.
II
El Sr. Ministro de Gobierno presentó un proyec·
to de ley •• por la cual s.e concede una autorizaQión
al Poder Ejecutivo," sobre un contrato de cable
submarino. La Presidencia dispuso se le diera el
curso reglamentario. El Sr. Ministro manifestó
que como el Gobierno accede á dar una extensión
lOayor al proyecto de ley "sobre cnantías," ha
bía dispuesto se reuniera una Oomisión de juristas
COIl el ohjeto de elaborar el proyecto sobre procedimiento
judicial, por lo cual esperaba que la ho
norable Asamblea designara do entre sus miem
bros un distinguido jurisconsulto que tomara par
te en los trabajof'l de la Oomisión, p::tra evitar pos
teriores dificultades en la discusión.
A este fin el honorable Diputado Oamacho pro
puso lo siguiente:
"La Asamblea Nacional Oonstituyente y Legis·
lativa, oída la exposición del Sr. Ministro de Gobierno
en que infol'ma que éste ha resuelto adicionar
el proyecto de ley de reformas judi ciale~ " sobre
cuantías," que se discute, resuelve suspender la
discusión del citado proyecto hasta la próxima t:le mana
y nombrar un abogado de su seno para
que i~tervenga en la preparación de las adiciones
de que ha hablado el Sr. Ministro, y de acuerdo
con sus propias indicaciones."
Esta proposición fue aprobada después de una
modificación del honorable Diputado Arango en el
sentido de que el abogado que debe tomar parte
en la elaboración del aludidú proyecto sea nombrado
por la Presidencia, la cual, en cumplimiento,
designó el honorable Diputado Oamacho.
III
El honorable Diputado Restrepo dio aviso de que
se hallaba ya redactado el informe que la Oomi·
sión á cuyo estudio pasó el Tratado de límites con
el Brasil debe rendir á la Asamblea, por ]0 cual
dijo que esperaba que sus colegas de esa Oomisión
comunicaran al Ministerio de Relaciones Exteriores
con el objeto de leerlo y firmarlo_
IV
Se dio primer debate al pl"Oyecto de ley " POI'
la cual se concede una autorización al Poder Eje·
cutivo;" fue aprobado, y paHó en comisión á la
reglamentaria de Obm!:.'l Públicas, con cuarenta y
ocho horas de térmiuo.
v
Abierto el ter<~er dé bate del proyecto de ley" so·
bre minas," se aprobó, y en seguida la honorable
Asamblea dispuso pasara á ser ley de la República.
VI
Fue puesto también eo. tercer debate el proyecto
de ley "por la cual se autol'Íza al Banco Oentral
para modificar SUB estatutos." El honorable Diputado
Matéus hizo algunas observaciones sobre el
proyecto en geneeal y expuso sus ideas acerca de
la circulación monetaria.
El honoeable Diputado Arango pwpuso y SUd'
tentó que volviera este proyecto á segundo debate
El honorable Diput.ado Vargas explicó las razones
que había tenido la Oomisión para introducir
algunas reformas al proyecto primitivo.
Intervinieron en la discusión de lo propuesto,
entrando en consideración sobre el fondo del pl'O
yecto aludido, los honorables Diputados Oamacho,
Matéus, Angulo, Jiménez, Ar~ng~, Garc~a. E.,
Restrepo Vargas y García Rogeho. Ji ... l Sr, MIDlstro
de Hacie~da y Tesoro manifestó el deseo de que
quedara constancia de que el Banco Oentral n? es
establecimiento oficial, sino enteramente partICUlar
el cual ha venido prestando al Gobierno muy
importantes servicios desJe su fundación.
Después de esta discusión fue aprobada la proposición
de que volviera este proyecto á segundo
debate.
En seguida la Presidencia levantó la sesión á
las cinco y quince miuutos de la tarde.
El Presidente,
AURELIO MUTIS
El Secretario,
Gerardo Arrubla
-+PROYEOTO
DE LEY
[lor la cual so confiere una faCllltad al Poder Ejecutivo.
La Asamblea Nacional Oonstituyente y Legislativa
DECRETA:
Artículo único. Facúltase al Poder Ejecutivo
para indultar á los militares responsables de delitos
comunes, de que trata e] artícu.lo 1. o de la
Ley 26 de 1905, con excepción de los que se hallen
sindicados por delitos atroces, cuyo juzgamiento
será siempre de competencia de la autoridad civil.
Parágrafo. Esta Ley empezará á regir desde
que sea sancionada. .
Dada en Bogotá, etc. etc.
Presentado á la honorable Asamblea Nacional
en su sesión del día 11 de Mayo de 1907 por el suscrito
Subsecretario de Guerra encargado del Despacho.
OLíUACO LOSADA
República de Colombia-Asamblea Nacional Constituyente
y Legislativa - Secretaría-Bogotá,
Mayo 11 de 1907.
En la sesión de la fecha se dio primel' debate al
anterior proyecto, y fue aprobado, pasando en comisión
á los honorables Diputados Franco y Ruíz,
con veinticuatro horas de término. .
Regístrese, cópiese y publíquese.
Arrubla
•
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"
184 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
INFORMES DE COMISIONES
Honorables Diputados.
Se nos ha pasado en comisión para que informe
mos para segundo debate el proyecto de ley "por
la cual se confiere una facultad al Poder Ejecu·
tivo."
Después de estudiar con €JI detenimiento que el
asunto demanda el proyecto en referencia, vuestra
Oomisión cree que la medida propuesta á esta honorable
Asamblea por el Gobierno tiende no sólo á
llevat' la tranquilidad á muchos ciudadanos, sino
que contribuirá de manera poderosa al completo
olvido entre los partidos de sus pasados agravios y
desventuras.
Ponel' en manos del Gobierno actual el indulto
por delito~ comunes cometidos en la pasada guerra
equivale á llevar al Tribunal más alto de la Repú
blica, á la vez que más imparcial y generoso, la
suerte de gran número de nuestros compatriotas,
que en hora desgradada, y estimulados acaso por
pasiones políticas, pudieron cometer actos que aún
los tienen bajo la expectativa en una pena que ni
se les impone ni se les condona, desde el momento
en que, como bien lo ice el Sr. Ministro de Guerra
en el mensaje que acompaña el proyecto, es
de tal manera considerable el número de causas
que ha de fallar la autoridad militar, que llegará á
hacerse imposible su despacho.
Hay además una circunstancia que no debe
perderse de vista en este asunto, y es la de que la
mayor parte de los sumarios por esta clase de deJitos
se han elaborado en puntos apartados de
los centros más civilizados del país, en donde se
carece, casi siempre, de personal idóneo, que á la
vez que juzgue con conocimiento de las leyes, lo
haga sin pasión.
Por estas razones se hace indispensable y Ul'
gente que esta honorable Asamblea le dé su voto
al proyecto que nos ocupa, á fin de que venga á
.ser ley, para que ella ponga término á la situa·
ción precaria de los individuos que se hallan sumariados
por los delitod de que nos hemos venido
ocupando.
Además, si esta Ley se expide, ella no vendría á
servir sino para complementar la 26 de 1905, elaborada
pOl' esta honorable cOl'pol'ación en sus sesiones
de aquel año é inspirada en el más alto
patriotismo.
Por las razones expuestas vuestra Oomisión tiene
el honor de proponeros:
Dése segundo debate al pl'oyecto de ley "por
la cual se confiere una facultad al Poder Ejecuti
vo," sin modificación alguna.
Honorables Diputados.
Vuestra Oomisión.
JosÉ MARÍA RUIZ-SALVADOR FRANCO
Honorables Diputa dos:
Se nos ha pasado en comisión el pl'Oyecto de
ley" por la cual se concede una autorización al
Poder Ejecutivo."
Estudiados los antecedentes del asunto, tenemos
el honor de informaros:
El 18 de Julio de 1905 se firmó en. esta ciudad
un contrato para establecer y explotar cables tele gráficos
submarinos.
El concesionario, Sr', Francisco J. Femández, es
persona perfectamente conocida en el país por su
espíritu patriótico y progr'esista. A él se debon,
entre otros tiervicios importantes prestados al país,
el establecimiento de la red telegráfica nacional y
un servicio tan regular como nunca se había teni do
en Oolombia.
Siendo pues el concesionario per30na seria y
cumplidora de sus prOmeRa-3, púsolle en camino á
Europa para ponel'se á la voz con los establecimientos
especialistas, de manera de emprender
trabajos lo más pronto posible; empero se le han
presentado algunas dificultades pura el logro inmediato
de sus deseos, pt'OvenienteR acaso más de
forma que de la índole mi",ma del lIegodo. Media
la cil'cunsta,ncia de que al ,'egreso del Sr. Fel'nández
al paíR ya la ASlimblea había clausurado sus
sesiones, y como por cable se dificulta dar instrucciones
claras, sin las cuales serfa posible que en
Europa se pusieran trabas á la pronta realización
del negocio, es conveniente que la Asamblea, ya
que tiene confianza plena en la patl'iótica iniciati va
del ~ncarg~.do del Poder Ejecutivo en toda
obra que se relacione con el bien del p~í.s, es con veniente,
decimos, que la Asamblea faClhte la realización
de obra tan importante como de la que
tratamos, dando las autorizaciones del caso, y que
solicita el Gobierno en el proyecto que se nos ha
pasado en comisión. Así con tribnirá la Asamblea
para lograr la rápida com~nicacióll por _cable propio
colombiano: de la capItal de OolombIa _ con los
principales centros científicos y comel'clales del
mundo.
En tal virtud os proponemos:
Dése segundo debate al proyecto de ley " por la
cual se concede una autorización al Poder Ejecutivo.
"
Bogotá, Mayo 13 de 1907.
Vuestra Oomisión.'
J. E. MANRIQUE-JOSÉ MARÍA PINTO V.-RAFAEL
ANTONIO ORDUZ-OCTAVIO TORRES PEÑAEUGENIO
UMAÑA,
-*-
TELEGRAMA
República de Colombia- Oficina telegráfica central-
Facatativá, Mayo de 1907.
Presidente Asamblea Nacional,
Oontestación vuéstra mensaje Excmo. Sr. Presidente
sobre artículo 3. o Ley erección monumento
hermanos Reyes, merecedora aplauso general.
Digno conducto felicitamos Asa.mblea sabe interpretar
sentimiento país.
Rafael M. Gaitán-Juan E. Medina.
IMPREN'l'A NACIONAL
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"Anales de la Asamblea Nacional -Serie V N. 23", -:-, 1907. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2094702/), el día 2025-06-28.
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