REPUBLICA DE COLOMBIA
ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
Serie VI ~ Bogotá, Mayo 29 de 1907 ~ Núm.ero 28
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OON"TEN":J::I:>O
Pligs
Mensaje... ..................... .......... ..................... ..... ..... .. 217
Decreto n(imero 617 de 1907 (Mayo 27). por el cual .e prorrogan lss
actu~les sesiones de la Asamblea Nacional Constituyente y Legis.
lativa ................ ............................................. . .. . ... 217
Proposici6n aprobada unánimemente en la sesión del día 24 de Mayo
de 1907 y contestaci6n del Ilmo. Sr. Arzobispo de Bo¡totá .. 21i y 2]8
Proposición IIprobada por unanimidad en L seai6n del 27 de byo
de 1907 .... ....................... ...................... ... ..... .. 216
218 1
DECRETO NUMERO 617 DE 1907
(MAYO ~7)
por el cual se prorrogan las actuales sesiones de la AMmblea Nacional
Constitllyent. y Legislativa.
El Presidente de llJ, República de Oolombia
CONSIDERANDO:
Acta de la sesión del día 20 de Mayo de 1907 ......... .. .................. ..
Relaci6n de debates de la sesi6n del día 1.0 de Mayo de 1907 ......... ,.
Relaci6n de debates de la sesi6n del día 3 de Mayo de 1907 ............ .. ~~~ Que es indispensable para la buena marcha de la
administración de justicia legisla!' sobre varios
puntoa de este Ramo con toda la atencióu que tan
importantes cuestiones requieren, lo que deja aún
subsistentes los motivos que tuvo el Gobieruo para
dictar el Decreto número 558 de 13 de Mayo, por
el cual se prorrogan las sesiones extraordinadas
MENSAJE
Honorables Diputados :
Desde que principió á discutirse el proyecto de ley
sobro reformas judiciales, y aun antes, de distin·
tos lugares de la República le llegaron al Gobierno
solicitudes en el seutido de apoyar las reformas,
indicando ya los vacíos que han podido observarse,
ora la necesidad de derogar ó reformar no pocas
de las disposiciones vi~entes; y como ha privado
en el seno del mismo Gobierno el deseo de satisfa·
cer tan juetas exigencias, acatando la opinión ilus
trada de ciudadanos bien intencionados, se dispu·
so que se preparase el proyecto de ley correspon
diente.
De esta labor importantísima fue encargada una
comisión, compuesta de dos Mínistros del Despa·
cho, un Magistrado de la Corte Suprema de Jus·
ticia, un miembro de la Asamblea y otro de la
Academia Colombiana de J ul'isprudencia, presidida
por el Sr. Ministro de Gobierno. Esta Comisión,
que con laudable interés ha trabajado día y noche
hasta dejar terminado su cometido, lo tiene en
condiciones de ser discutido por vosotros, y á vues·
tra ilustrada consideración será sometido por el Sr.
Ministro del Ramo.
de la Asamblea Nacional,
DECRETA:
Art. 1.<> Prorróganse hasta el día 15 de Junio
próximo las actuales s~siones extraordinarias de
la Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa.
Parágrafo. Los Ministros del Despacho some
terán al estudio de la Asamblea. los proyectos de
ley que el Poder Ejecutivo crea necesario pre·
sentar.
Art. 2. 0 Seftálase á los taquígrafos de la Asam·
blea, durante las presentes sesiones, un sobresueldo
de cincuenta pesos mensual.es.
Art. 3. n Los gastos que ocasione el presente De·
creto se considerarán incluidos en el Presupuesto
de gastos de la vigen~ia en curso.
Comuuíquese y publfquese.
Dado en Bogotá, á 27 de Mayo de 1907.
R. REYES
El Ministro de Gobierno,
D. EUCLIDES DE ANGULO
+ El Gobierno estima que es angustioso el tiempo
de que podéis disponer para dar término á los
asuntos que aún están pendientes y para conside·
rar los nuevos proyectos de ley que os serán pre- PROPOSICION
sentad?s. Con este motivo ~a resuelto pr~rr0!!iar APROBADA UNÁNIMEMENTE EN LA B s' DEL DíA
por qumce días más las seSIOnes extraordmar]as I 24 D O PRES E I~N
de la Asamblea; en consecuencia ha dictado el De. E :M:AY DEI" ENTE A O
creto respectivo que tiene el ¡¡onor de presentaros. La Asamblea Nacional Oonstituyente y Legislativa,
Honorables Diputados. I Como homenaje al Redentor del mundo,
R. REYES I RESUELVE:
El Ministro de Gobierno,
I Hacerse representar por una comisión plural
D. EUCLIDES DE ANGULO nombrada por el Presidente de ella en las solemni.
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dades religiosas que se efectuarán en La Catedral
Primada de Colombia con motivo de la festividad
del OORPUS CRISTI, que celebra la Iglesia católica
el día treinta del presente mes.
CONTESTACION
Arquidiócesis de Santafé de Bogotá-Gobierno
eclesiástico-Núme1'o 38--Bogotá, ~5 de Mayo
de 1907.
Sr. Presidente de la Asamblea N acinnal Constituyente y Legislativa.
Tengo el honor de acusar á usted recibo de su
atenta nota número 4:1, por la cual se ha servido
usted comunicarme la resolución de la Asamblea
Nacional de hacerse representar por medio de una
comisión plural en las solemnidades religiosas del
CORPUS.
Este homenaje ofrecido al Redentor del mundo
es un noble ejemplo digno de todo encomio y por
él doy ~ usted y. á sus respetables colegas las más
expresIvas gracIas.
Dios guarde á usted.
-+-
PROPOSICION
+ BEHNARDO
A rzobispo de Bogotá
APROBADA POR UNANIMIDAD EN LA SESIÓN DEL 27
DE MAYO DE 1907
. La Asamblea Nacional Constituyente y Legisla·
tIva de Oolombia, próxima á clausurar sus sesio·
nes de 1907, y teniendo en cuenta que dentl'O de
PO?o cele~rará el mundo católico el quincuagésimo
amversarlO de la ordenación sacerdotal del insigne
Pontífice Pío x, que tan paternal interés ha de·
~ostrado por la. causa del bienestar y la tranqui .
hdad de OolombIa, se asocia desde ahora al rego
cijo que este feliz suceso habrá de causar al pueblo
católico que ella representa, y hace votos fervoro
sos pOI' la prolongación de la vida del ilustrísimo
J efe de la Iglesia.
. 90muníquese al Excmo. Sr. Delegado ApostolIco,
al Ilmo. Sr. Arzobispo de Bogotá con
nota de estilo, y al Sr. Ministro de Re1acione~ Exteriores
para que se sirva tran.smitirIa por cable
á la Santa Sede.
--*--
ACTA
DE LA SESIÓN DEL bíA 20 DE MAYO DE 1907
(Presidencia del honorable Diputado Mutis).
1
Con el número reglamentario de Diputados el
Sr. Presidente declaró abierta la sesión á la una y
cincuenta minutos de la tarde.
Llamada la lista, dejaron de contestar á ella de bidamente
excusados loa honorables Diputados Sa o
lazar, Camacho y Torres Elicechea.
Leída el acta de la sesión anterioL', el honorable
Diputado García Rogelio le hizo alguna observación
de que se dejó constancia en tal acta; después
de lo cual se aprobó.
El Secretario dio cuenta de los negocios despa chados
por la Presidencia y del orden del dja.
II
Los honorables Diputados V élez y Reyes hicie·
ron la eiguiente proposición, que se aprobó sin dis·
cusión:
" Antes de entrar en el orden del día considé
rese lo siguiente:
" Procédase á dar cumplimiento á lo estatuido
en el artículo 17 de la Ley 17 del pro e te año, 90
bre nombramiento de t,res miembros que ha d
hacer la A~a rnblea pam el 'rribunal de calificación
de los grados militares. "
En seguida los honorables Diputados Arango,
Blanco y Neira pl'esentaron esta otra, que susten·
taran lo~ honorables Diputados Gutiérrez y Aran ·
go é impugnó el honoL'able Diputado Vélez, siendo
al fin aprobada,
" Señálase la sesión de mañana, á primera h()·
ra, para efectuar la elección de los miembroA del
Tribunal calificador de grados militares, á que se
refiere la moción que acaba de aprobarse."
III
Con tinuó la discusión en 2. o debate del proyecto
de ley "sobre monedas," que había quedado
pendiente en el artículo 4:. o original, modificado
por el honorable Diputado Salazar. Este al'ticulo
original decía:
"Art. 4:. 0 Habiendo desaparecido el temor de
las fluctuaciones de la moneda de papel, los fono
dol'l destinados para su conversión en moneda me
tálica seguirán aplicándose á los gastos comunes
del servicio público, de acuerdo con los PresupuestoR
de rentas y gastos para la presente vigeu·
cia y para las subsiguientes."
Con la modificación dicha quedaba en la forma
siguiente:
" Los fondos destinados para la conversión de
la moneda de papel en moneda metálica, seguirán
aplicándose á los gastos comunes del servicio público,
de acuerdo con los Presupuestos de rentas y
gastos pa.ra la presente vigencia y para las subsi ·
guientes, "
Después de sustentar el aL'tículo original el honorable
Diputado Manrique, fue negada la modificación.
Acto seguido el Sr. Ministro de Hacien·
da y Tesoro propuso y sustentó esta otra modifi
cación:
Art. 4:.0 Habiendo desaparecido las causas principales
de las fluctuaciones de la moneda de papel,
los fondos destinados para la amortización seguirán
aplicándose á los gas!ios comunes del servicio
público, de acuerdo con los Presupuestos de rentas
y gastos para la presente vigencia y para las
subsiguientes.
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ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 219
" Parágrafo nuevo'. En caso de que se presenta· una explicación sobre ella el honorable Diputado
ren nuevas fluctuaciones en el precio del papel Lozano, y una vez contestada por el honorable
moneda, el Poder Ejecutivo' queda autorizado pa· Diputado Jiménez, fue negada. También son de la
ra hacer su amol"tizacióD. y cambiarlo por metá· Comisión los dos articules nuevos que siguen, los
lico, aplicando para este fin loe recursos que la ley cuales fueron aprobados:
ha puesto á su disposición." "Art. 8. 0 nuevo. Queda además facultado el
El honorable Diputado Jiménez hizo leer el al'· Gobierno para que cuando lo estime oportuno y
ticulo 8.°, propuesto por la Comisión, que dijo es con los recursos de que disponga el Tesoro públitaba
de acuerdo con el parágrafo propueeto por el co, establezca la circulación definitiva de monedas
Sr. Ministro, y fue de concepto se aprobara. metálicas.
Al adoptarse, lo submodificó el honorable Dipu· "Art. 9. 0 lluevo. La libre etitilpulación de mone-putado
Manrique de la manera que sigue: das nacionales ó extranjeras continúa en todo su
" Habiendo deeaparecido las causas principales vigor, y en consecuencia toda obligación que se
de las fluctuaciones de la moneda de papel, los fon contraiga. pagadera en determinada clase de mo·
dos destinados pat'a la amortización ó para la con neda, deberá cumplirse en la moneda estipulada ó
versión seguirán aplicándose á los gastos comunes su equivalencia en monedas legaler de la Nación,
del servicio público, de acuerdo con los Presupues al tipo comercial dH cambi(l qu~ .. engan el día del
tos de rentas y gastos para la pre ente vigencia pago en el respecti\'o mercad"."
y para las snbsiguientes. El egunclo lo su tentó el honorable Diputac o
" Parágl'afo nuevo. ~n cai:!O ue que se presen· Jiménez, después de 10 -0s hacer resaltar ante el país toda la importancIa
que le dábamos nosotros á una provincia prós-pera
y comercial, tratando de fomentar los intereses
de esa región hacia Colombia, que tiene hoy
más contacto, mejores comunicaciones y más
comercio con las naciones vecinas, puesto que lo
que constituye á los países es, al fin y al cab?, los
intereses, el dinero! el comercio, la propIedad
rural.
" Esas conquistas no se pueden hacer si no fomentamos
la construcción de ferrocarriles, que
más que ferrocarriles nacionales son arterias que
se crean para que la sangre común llegue á todas
partes.
"No creo que la Asamblea deba alejar la probabilidad
de que si algún día se consigue un empréstito
suficiente, sea para emprender esa o~ra encaminada
á dar cohesión a nuestro orgamsmo nacional,
y por eso suplico encarecidamente á la
Asamblea que no divida la inversión del empréstito,
pues as110 haremos ineficaz, porque ~o p~ede
alcanzar á la obra gigantesca de la canahzaclOn
del Magdalena, que viene preocupando el pafs de¡=¡de
el tiempo de la colonia, haciéndonos creer
que el r10 puede dejar de ser navegable. El río
corre impetuoso primero, arrastrand~ ~renas de
la cordillera, y luégo encuentra plaDlCles y corre
en remanso y siempre estará arrastrand? arenas,
recogiendo los árboles y piedras movedIzas y l ~s
depositará sobre su cauce obedeciendo á leyes ffsIcas,
donde la corriente sea mayor y donde el cau
ce del río se vaya ahondando. Cuando llega á
ciertos lugares se ~xtiende el agua en d~lgada
capa sobre la maleza, pero siempre el práctIco_ en·
cuentra el modo de dar la vuelta y de segUIr la:
vena liquida. El río no deja de ser navegable, y. SI
dejare de serlo, será dentro de muchos años, _qUIzá
de muchos siglos, cuando todas las montanas de
las riberas hayan cegado los orígenes de los afluen tes
de ese río.
" Mientras nos preocupamos de que el río Magdalena
deje de ser navegable y de canalizarlo, nos
vamos á olvidar de la bella Cúcuta, que queda
lejos, que está muy aislada y de que Venezuela !e
tiene cerradas la boca y las narices y no la deJa
respirar, obstruyéndole también el paso por el lago
de Maracaibo nuestra salida natural conforme
con los principios del Derecho Internacion~l.
" Ruego pues á la Asamblea que no. deJe pas~r
una disposición que va á distraer el obJeto patri?tico
y dominante que se tuvo en cuenta al exped Ir
la Ley número 19 de 1905, que fue buscar un recurso
para restablecer y reforzar la unidad de la
Nación."
LIBROS DE VENTA
AL DETAL
EN LA IMPRENTA NACIONAL
Leyes de 1896, á $ 20.
Leyes de 1903, á $ 60.
Leyes de 1904, á $ 40.
Constitución política de Colombia, Actos legislativos
que la reforman y Leyes de 1905, $ 200.
IMPRENTA NACIONAL
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"Anales de la Asamblea Nacional -Serie VI N. 28", -:-, 1907. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2094681/), el día 2025-09-03.
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