REPUBLICA DE OOLOMBIA
ANAL S· OH LA ·ASAMBLEA NACI~NAL
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Serie única ~ Bogotá, Agosto 24 de 1910 ~Número 42
OO:N"T:E1NXDO blicas de ese Distrito. Pasó á' la Comisión de Pe-
Pág. ticiones;
Act4l di la aeBl6n del sábado ti de Agollto de 11110 . .. ••....• 329 U na comunicaci6n del Presideute uel Consejo
Acta de la aelli6n del lunes 8 de Agosto de 1910... . .... .. " ~8302 Municipal de Suaita, en el cual solicita la reforma
Relllci6n de debates..... .., . ............. ., dI' 1 48 d 1 d 1 b d···ó
Proyecto de ley por la cual se da una autorizaci6n al Gobierno ...... R83 e arhcu o e proyecto e ey so re lVISI n
Proyecto de ley por la cual se re8tabl~ce el derecho de factura lobre 333 territorial, que actUlllmente cursa en la Asamblea,
las encomiendas postales ,. •• . ...... , '" • • .. • • • .. 1 dI·
Proyecto de ley por 1/\ cual se abre un cr(ídito e1traordinario al Pre~ en e sentido de que uno e os ~J ueces del CircuI-supuesto
de Gastos de la vigencia económica de 1910. ......... ~~33 I to del Socorro traslade su residencia á dicha po-
Informe de nns Comisi6n. ...... ... ....... . ....... " ......... .,.. l' P
Tol~gratna... ...••• ......... •••• .. ... .... •••••• ..... .. : 336 h Rmón. asó á la Comisión que estudia el pro-
==================== yccto sobre división territorial judicial;
ASA11BLEA NACIONAL DE 1910 I Un memorial del General Felipe Molano, en el
cual pide el fiel cumplimiento de la Ley 22 de
: 1909. Fue pasado á la Comisión de Infracción de
ACTA DE LA SESIÓN DEL S 'BADO 6 DE AGOSTO ' Constitución y Leyes;
DE 1910 I Dos telegramas, uno de San Andrés. subscrito
(Presiden('ia ,lel Diputado }I'~rrero) .
por el señor Enrique Fernández, y otro de Villeta.
firwado por Ignacio Franco U., sobre autonomía
municipal. Pasaron R la Comisión que estudia el
. proyecto sobre tal rllmo .
A las tres de 1 tarde, . con el número regla- Un telegrama, subscrito por el enor Frnnci. co
r
mentado, principió ]n sesión d eRte día. 'Carvajal, en rocné, en el cual pide el restableci.
.. miento de la Intendencia de Cas~nare con capital
11 en dicha población. Pasó á la Comisión de Divi -
Leída y aprobada sin observaci6n alguua el sión Territorial.
acta de la sesión antel'ior, se dio cuent~ del orden
del día de la corporación. .
III
En el lugar de costumbre se había fijado la si·
guiente relación de negocioR substanciados por la
Presidencia:
Un oficio del señor ~1inistro de Gobierno, con
el cual remite varias solicitudes relativas ú la expedici6n
de un Acto legislativo por el cual se
declare que la población de Pensilvania sea la
capital de la Provincia de Manzanares y no la
población de este nombre. Pasó á la Comisión de
Divi~ión Territorial ;
Un Dlemorial del señor Marcelino Vidal, en el
cual, como apoderado de la señorita Gregoria
Cuervo R., solicita el pagQ de unos sueldos atrasados~
Pas6 á la Comisión de Peticiones;
Un oficio del señOl' Ministro de Instrucción Pública,
remisorio de la nota número 9 del Inspector
Nacional de Instruccióu Pública a.el Chocó, relati
vo Íl los gastos en tal ramo para la vigencia de
1911. Pas6 á la Comisión de Presupuestos;
U n oficio del Personero Municipal de Santa
Catalina, en solicitud de un auxilio para la Junta
de Caminos, á fin de que se beneficien las vías pú~
El Diputado Salazar ~I, subscribió la siguien.
te moci6n:
"Antes de entrar en el orden del día consiclé
rese lo siguiente: .
. ,. La Asamblea Nacional de Colombia conmemora
en este día el Centenario de la pl'oclamacivu
de la Independencia absoluta, hecha por el Cabildo
y el pueblo de J\10mp6s en 1810, y l'esuelve .
que esta proposición sea transcrita, por telégrafo,
á la Municipalidad de la Ciudad Valerosa, como
un acto congratulatorio."
Esta proposición fue aprobada por unanimidad,
lo cual se hace constar á petición del Diputado
proponente.
V
El Poder Ejecutivo devolvió, debidamente sancionadas,
las Leyes 30 .Y 31 de 1910, H por la cual
se ordeua la erección de u na estatua," y " por la
cual se abre un crédito adicional al Presupuesto
de Gastos de 1910." (Departamento de Fomento).
1
Después de algunas observaciOnes hechas por
el Diputado Espinosa, se aprob6 en tercer debate
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
330 A ALE DE LA ASAMBLEA NACIONA
el proyecto de ley" por la cual se aprueba un contrato
sobre sostenimiento del Colegio de San
Bartolomé.' ,
Los Diputados Al'beláez, Bonilla, Rosas, Perilla
y Mesa hicieron constar su voto afirmativo y
el Diputado Del Corral el suyo negativo.
VII
El Dip'.ltado Sala zar M. presentó un proyecto
de ley "por la cual se crea el Departamento de
Rib6n."
Acto seguido y á petición de los Diputados Pa·
reja y Vengoecbea, y previa alteración del orden
del día, se .abrió el primer uebate de este proyecto.
Usó de la palabra el señor Ministro de Instruc.
ción Pública, y en seguida aquél fue apll'obado y
pasó en comisi6n, con cinco días de término, á ]a
de Divisi6n Territorial.
VIII
e dio lectura á un cable fechado en Lonures,
referente á empl'éstito, subscrito pOl' los Ministros
de Colombia en Francia é Inglaterra. Pasó en
comisión á la de Crédito Público.
1
El seilor },!inistro de Relaciones Exteriores pre.
sentó los siguientes asuntos:
Un Tratado de Arbitraje entre Colombia y el
Brasil; una Convenci6n adicional tÍ la de Al'bitraje
entre Colombia y Francia, celebrada el 16 de Di
ciem ure, y los siguientes proyectos de ley: "por
la cuál se dispone la manera de resol ver las recIa.
maciones de eA tranjeros por suministros y expropiaciones
en la guerra civil"; "en desarrollo del
artículo 120, ordinal 10, de la Constituci6n," y
u que crea un depósito de publicaciones." El se~
ñor Ministro hizo aIgunás observaciones sohre
estos proyectos.
El Diputado Pareja devolvió una petici6n de la
señora J ulia A~ de Pizarro y otra de la señora
Carmen Lesmes de ~Iolano, sobre pensión.
El Diputado Mesa el proyecto de ley "por la
,cual se imprueba un contrato," y el Diputado Bo·
nilla el proyecto de ley el por la cual se manda
establecer una secci6n de agricultura y otra de
lnecánica en In U lliyersidad de] Caucn.' ~
Continuó el segundo debate del proyecto de
" Acto legislativ() reformatorio de la Constitución
:N acional."
En discusión la modificación del Diputado Rodríguez
para el artículo 55 de la Comisi6n, el señor
Ministro de Instrucción Pública us6 de la pilabra,
y en seguida fue negada.
Al adoptarse el artícu lo, ~1 Diputado Pinzón
propuso y sustent6 la siguiellte modificaci6n :
.. Con'esponde á las Asambleas dirigir y fomentar
por mediQ de ordeullnaas, y con los recursos
propios del Departamento, la instl'ucción primal'ia
y secundaria y la beneficencia, las industrias establecidas
y la introducción de otras nuevas, la
importación de capitales extr jeros, la colonización
de tierras baldías pertenecientes al Devartamento,
la c.onstrucci6n de vías férreas, la explotación
de bosques depa)'tamentales, la caualización
de ríos, lo relativo á la policía local, la fiscaliza ·
ción de las rentas y gastos de los distritos y cuanto
se refiera ú los intereses departamentales y al.
adelantamiento interno:
H Todo lo que se refiere al fomento de la ins tl'ucci6n,
las industrias, la construcción de vías
férreas y la: canalización de ríos, no constituye
una facultad exclusiva ue la Asam bIen."
Terciaron en el dehate los Diputados Mesa, Es
piuosa, Ospiua, Martínez, Quevedo Alval'ez, RolguÍn
y Caro, Rosas y el señor Ministro de Relaciones
Exteriol'es, después de lo cual y 'por ser
avanzada la bora-seis y quince minutos- el se ñor
Presidente levantó la sesi6n.
El PresideDt~,
E~fILIf) FERRERO
~~I Secreta !'io,
.1Jol'celino UrilJe Al'ango
ACTA DE L SESION DEL LUNES 8 DE AGOSTO
DE 1910
(Pfti~illt!1I jl\ I\el Oiputa lo F'eflero).
A lns dos \' cuarenta miuutoB de la tarde se
a.bri6 la sesión' dr este día, con e] quo1'urn regla-mentario.
,.,
Il
Leída y aprobada sin observación alguna el
acta. de la sesiÓn anterior, se dio cuenta del orden
der día y de los siguientes negocios substanciados ·
por la Presidencia, que 8e habían fijado en el ]u ~
gar de costumbre:
Oficios:
Uno del señor :Miuistl'o de l'l'ULO 101
Qarroteras y cammos de.hIJITadura ,
Artículo ·535. Para construcción y cOllsen-aci6n
de caminos,' cal'reteras y puent.es, a.J :
......................... .... " •••••••••••• ---- ••• , •• #,.
Parágrafo. Para pagar el saldo que se adcnd;¡
al contratista de la construcción de tres talll hos y
reparación de los malos pasos en el camino de
Las Delicias ........... o ................. , .. $ 1,760
Dada, etc.
Presentado á la honorable Asamblea J acional
por el infrascrito l\finistro de Obras PlÍbHcnQ
• Pll
su sesión de 12 de los corrientes.
CAllLOS .J. DELGADO
República de Colombia - Asautblea j.,7aiJional.
Secretaría-Bogotá, Jitlio 13 de 1910.
En la fecha se ]e dio primer debate al anterior
proyecto, y pasó en comisión, para segundo\ al Diputado
Martlnez Augusto, C011 yeinticuatro ll(~ras
de término.
Regístrese, cópiese y publíquese.
El Secretario, M. U,.ib6 . ..i.
· iNFORl\IE DE UNA e 1\11810rHonorables
Diputados:
Cuando 108 pueblos que componían el Departa-
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
334 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
mento de Cúcuta, ó la gran mayoría de ellos, se
dirigieron por m9dio de sus Municipalidades á la
Comisión Legislativa solicitando que aquel Depar·
tamento fuese conservado y presentando los documentos
conducentés á comprobar que él reunía
las condiciones exigidas por la Ley 65 de 19011, la
Comisión Legislativa, después de haber verificado
cuidadosamente el examen de las solicitudes y
probanzas exhibidas, llegó á las siguientes conclu·
siones, en que se hallaron acordes las dos subcomi,
siones que sucesivamente se ocuparon en el estudio
del asunto, á saber: que la condición de haberse
hecho lae solicitudes por el ·voto de las tres cuartas
partes de los miembros de los Consejos Mu·
nicipales de la comarca interesada, estaba debidamente
cumplida; que el requisito de la renta
estaba cum plido con exceso, por haber demostrado
el Departamento tener un presupuesto de rentas
efectivas superior al exigido por la Ley, pero que
la condición referente á la cifra de habitantes, ó
sea la exigencia legal de que el Departamento reuniese
ciento cincuenta mil almas, por lo menos,
no se hf\bía llenado, por cuanto del número total
de pobladores que el Departamento contenía (ciento
cincuenta y un mil doscientos setenta y uno),
era indispensable restar la cifra de población (catorce
mil trescientos noventa y dos habitantes)
correspondiente á los cinco Municipios que era
preciso restituir al l\Iagdalena, de acuerdo con el
artículo 1.0 de la Ley 65 del año pasado.
Ajustándose en todas sus partes á este concepto
de la Comisi6n Legislativa, dictó el Gobierno el
Decreto número 349 de 16 de Abril último, por el
cual dio cumplimiento á la Ley 65 sobre divisi6n
territorial, en fuerza. de lo cual el Departamento
de Cúcnta vino á quedar reintegrado al antiguo
Departamento de Santander.
No habiéndose conformado con tall'esolución
los pueblos de la comarca. interesada, han acudido
ti la Asamblea Nacional, y en numerosas solicitudes,
que han pasado al estudio de la Comisión de
División Territorial, junto con la documentaci6n
que anteriormente había sido presentada á la Comisión
Legislativa, insisten en la creaci6n de un
nuevo Departamento, con capital en San José de
Cúcuta.
Haciénuose eco de tal aspiración los señores
Diputados General Benjamín Herrera y doctor
Emilio Ferrero, presentaron á la Asamblea Nacional,
en la sesión de 25 de Mayo último, un proyec·
to de ley por la cual, con el nombre de Departamento
del Norte de Santander y con capital en la
dicha ciudad de San José de Cúcuta, se crea un
nuevo Departamento, formado por todos los Municipios
que componen las tres Provincias de Cúcuta,
Ocaíla y Pamplona, por sus límites actuales; proyecto
que ha sido también pasado al examen de
la Comisión de División Territorial, y al cual se
refiere en especial este informe.
Estaría de más hacer un recuento de las peticio-nes
que de la mayor parte de los pueblos del
Norte de Santander fueron elevadas á la Comisión
Legislativa, tendientes á obtener la s,ubsistencia
del Departamento de Cúcuta, desde luego que
aquella Comisi6n, en sus diligentes y minuciosos
trabajos é informes sobre división territorial, que
han visto la luz pública, hace mérito de todas
aquellas peticiones para deducÍl' de ellas que la
voluntad expresa de la l'egi6n llamada á constituÍl'
el nuevo Departamento, ha sido suficientemente
demostrada de acuel'do cqn las prescripciones de
la ley. Mencionaremos, por lo tanto, solamente las
solicitudes que hemos tenido á la vista, venidas
con posterioridad á los trabajos de la Comisión
Legislativa y dirigidas á la Asamblea Nacional)
como para reforzar ante ella las manifestaciones
de voluntad que habían sido elevadas á la referida
Comisión, y para insistiJ' ufia vez más en que el
nuevo Departamento sea establecido.
Tales solicitudes son:
Once actas originales de los once Consejos 1\lu ..
nicipales de los Distritos que componen la Provin
cia de Cúcuta, firmadas por todos los miembros de
dichos Concejos, en las cuales se pide á la AsambIea
Nacional la creaci6n de un nuevo Departamento,
compuesto de las Provincias de Cúcuta,
Ocaña y Pamplona, con capital en San José de
Cdcuta;
Ocho actas originales, un telegrama y un oficio,
q uc contienen solicitudes, uná.nimemente aproba.
das por los diez Consejos ~Iunicipales correspondientes
á los diez Distritos de que consta la PI O
vincia de Ocaña, en los cuales se pide la. creación
del nuevo Departamento con las tres Provin.
cias y con' la capital anteriormente indicadas ;
Dos aotas originales de los Consejos ~Iunicipa~
les de Pamplona y Cucutilla, en las cuales solicitan
el restablecimiento del Departamento de Cli
cuta, con las Provincias de Cúcuta, El Carmen,
Ocaña y Pamplond. U na y otra solicitud fueron .hechas
por el voto unánime de los miembros de
esas corporaciones; y es de advertir que las solicitudes
de los Municipios restantes de la Provincia
de Pamplona, con excepción de Silos, fueron
elevadas ante la Comisión Legislativa.
Fuéra de las peticiones anteriormente expresadas,
que ,son las q ne proceden de las corporacio. ,
nes municipales, han venido al conocimiento de
la Asamblea Nacional la's siguientes solicitudes,
encaminadas á obtener la creación del nuevo Departamento,
con capital en Cúcu ta, á saber : ~
U na de la Sociedad de S:ln José, existento en la
ciudad de Cúcuta ;
Una de la Sociedad de San Vicen to de Paúl, de
la misma ciudad;
Una de la Sociedad de Mutuo Auxilio, de la
misma ciudad;
Una de la Sociedad Económica y Equitati\"'a, de
la misma ciudad;
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
ANALES DE LA ASAMBtEA NACIONAL 33ó
-----,~=-=~-=-==-=-==--==---=-======~:=--=-=.=====-====:..=====-
Una de la sociedad de artesanos G1'emios !Uni·
dos, de la mi~ma cil!dad ; .
Una subscrita por setenta ciudadanos orIundos
de Santander, residentes en esta capital;
U n telegrama de varios colombianos residentes
en MaracaIbo;
U n telegrama del Párroco y otros vecinos del
Municipio de Concordia, Provincia de Cúcuta;
U n telegra~a de varios vec.i~o~ del Corregimiento
de tiantlago, en el Mu OlCl plO de Salazar,
Provincia de Uúcuta ;
U na solicitud subscrita por ciento setenta veci·
nos de Chinácota, Provincia de Cúcuta ;
Una solicitud subsérita por doscientos setenta y
ucho vecinos de Pamplona;
Unt\ solit}itud subscrita por ciento treinta vecinos
de Cucutilla, en la Provincia de Pamplona;
Una subscrita. por cincuenta vecinos de Mutisella
Provincia de Pamplona;
Una subscrita por treinta y tl'eR vecinos de Chi·
tagá de la mhma Provincia;
Otra por igual n(lmero de vecinos de Cácota, de
la niisma Provincia; .
Otra subscrita por el Párroco y treinta y ocho
vecinos más del Munir¡ pio de SilOR, en la misma
Provincia:
. Otra subscrita por ciento veintiséis vecinos de
8an Luis de Toledo)~n la misma Próvincia;
Otra subscrita por cuarenta y tres vecinos de
Labateca, en la misma Provincia;
. n telegram~ firmado por. tr~inta y sie~e ve~i.
nos de ConvencIón , en la PrOVInCIa de Ocana ;
Otro firmado por treinta y tres vecinos de As-pasica,
de la mi8~~ Provincia. .
Ha pedido también á la Asamblea N aCl?nal !a
creación del Departamento de Cúcuta, el ConseJo
'Municipal de Aguachica, población qne antes pertenecía
á este Departamento y que en virtud de la
reintegración qued () iororporado en el del Magda.
lena.
Dedúcese del anterior recuento que si en mate-ria
de solicitudes se lia modificado la situación de
que hizo mérito la Comisión Legislativa, ha sido
en favor de la creación del Departamento que se
trata de erigir, puesto que nuevas peticiones se
, han hecho valer ante la Asamblea Nacional, pro·
C'edentes unas de los Consejos Municipales, otras
tle los vecinos y otras de entidades respetables de
la región á que el proyecto se re.fiere. .
y de igual modo se ha modIficado tambtén de
manera favorable el cómputo de las rentas con que
la nueva Sección departamental..puede contar una
vez establecida, ya que los cinco pueblos del Mag.
dalena que pertenecfan al Departamento de Cúcu·
-180 han venido tÍ. quedar. reemplazados, según . el
proyeoto por una ProvinCia entera, de las más 1m·
portante~ de Santander, como es la de Pamplona.
Con esto queda dicho que el número de habibitantes
del Departamento que se trata de formar
con las poblaciones del norte ere Santander, supe-fa
bastante á la cifra de población del que fue
suprimido por resultl!s de la Ley 65.
En efecto, entre el Departamento eliminado y
el que va á establecerse de acuerdo con el proyeo.
fo que estudiamos, hay esta diferencia substancial :
que en el Departamento de Cúcuta estaban como
prendidos cinco Municipios que fueron antes y
han vuelto á ser hoy del Magdalena, á saber: Río
de Oro, Aguachica, González, La Gloria y Gamarra;
en tanto que el Departamento del Norte de
Santander, á que el proyecto se refiere, no incluye
tales Municipios, pero com prende en cambio,
según ya lo hemos apuntado antes, toda la Provincia
de Pamplona, que en la división territorial
llevada á cabo por el Presidente Reyes hacía
parte del Departamento de Bucaramanga.
Vendrá á quedar, por lo tanto, el del Norte de
Santander, si el proyecto llega á ser ley de ]a República,
formado por veintinueve Municipios, distribuidos
en tres Provincias, así:
P"ovincia de Cúcllta, compuesta de los si.
guientes Municipios: San José de Cúcuta, que es
la capital; Arboledas, Bochalema, Concordia, Uhi·
nácota, Gramalote, Rosario, Salazar, San Cayeta.
no, San Luis y Sardinata.
ptrovincia de Ocaría, éom puesta de lo siguieutes
Municipios: Ocafia, que es la capital; Aspasica,
Buena vista, Carmen, COD venci6n, La Cruz, La
Palma, San Cali to, San Pedro y Teorama.
PrOViMl,a de Parnplona, compuesta de los t:li guientes
Municipios: PampJona, que es la capital ;
Cácota, Cucutilla, Chitagá, Labateca, l\tIutiscua,
'ilos y 'fo1edo.
De modo que si por una parte pierde el Depar.
partamento, según el proyecto, los catorce mil
trescientos noventa y dos , habitantes que anterior·
mente tenía, correspondientes á los cinco Munici.
pios integrados al Magdalena, por otra parte se I~
agregan los cuarenta mil dosci~nt?s vein~idós ha bitante3
de que consta la ProvlDCla de Pamplona.
y como la de Cúcuta cuenta setenta y un mil dos
cientas cuarenta almas y la de Ocaña cincuenta y
cuatro mil novecientas noventa y un~ todo esto¡
según datos oficiales tomados del cen8~ del Depar.
tamento de Santander, levantado en 1896, y aprobado
por la Ley 28 de 1898, siguese que Ja po.
blaci6n total del nuevo Departamento, tal como;
queda de acuerdo con el pt'oyecto presentado, asciende
á ciento sesenta y seis mil cuatrocÍentoB
treinta y tres habitantes; por donde se ve que el
único inconveniente que la Comisión Legislativa y
el Gobierno hallaron para la existencia del Departamento
de Cúcuta, esto es, la deficiencia de población,
está perfectamente subsanada en la nueva
forma que el Departamento habrá de revestir al
tenor del proyecto presentado. .
Por otra parte, la separación de las tres Provino
cias, Pamplona, Cúcuta y Ocalla, para formar con
ellas el Departamento del Norte de Santander, en . •
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
336 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
nada perjudica á 108 requisitos 6 condiciones que
según la Ley 65 debe conservar la porción restante
de Santander, puesto que en ella quedan comprendidas
nueve Provincias, con un total de población
que monta Á. trescientos noventa y cuatro
~ mil seiscientos se enta y cuatro habitantes, y con
rentas que ascienden por 10 menos á $ 246,402
oro, cantidad ésta que resulta,de sumar el presupUEsto
de rentas del extinguido' Departamento de
Buca.ramanga (deducción hecha de lo correspondiente
á la Provincia de Pamplona), con el plesupuesto
de rentas del extinguido Departamento de
. San Gil, puesto que hoy forman nno solo estos dos.
Departam en tos.
Los datos numéricos que acabamos de expre~nr
~on de origen oficial, tomado el primero, ó sea el
"eferEmte á la población, del ya citado censo de
1896, y el segundo, ó seA el relacionado con la
I'enta, del informe s bre di visión territorial pre·
sentado por la Comisi6n Legislativa, páginas 25
y 40. .
Aunque estamos lejos de pensar que sea conveniente
á la ación el prodigar demasiado la fol"
mación de Departamentos nue\TOS, ello no obsta á
que expresemos nuestro concepto favorable á la
creación del Departamento del Norte de Santander,
ya porque es innegable que las poblaciones
que aspiran á constituirlo están ligadas entre sí
por vi ncu los geográficos, como que pertenecen casi
toua (\ una misma hoya hidrográfic8, la de los
ríos Zulia y Catatumbo, que derramllo ~us aguas
en el lago de ~Iaracaibo; ya por los nexos comerdaleR
que enlazan ntre sí á esa~ poblaciones y
que tienden á. estrecharse más 'y más á medida
que se ensanchan los negocios y las v'ias de comu·
nicación mejoran; ya, en fin, por la especial y muy
importante circunstancia de estar muchas de esas
poblaciones~ particularmente an José de Cúcuta,
á muy c~rta distancia de la frontera de Venezuela,
situación ésta que reclama allí una Ildministraci6n
más esmerada y respetable, y exige )a rr~8encia
de autoridades de orden superior, que representen
con el rango y dignidad debida nI Gobierno de
Uolombia, y sepan conducir con inteligencia y taco
to todo 10 que atañe á las relaciones fronterizas
entre dos pueblos llamados á estar en comunica·
ción incesante y á mantener entre ~í Ilmistad inalterable.
Bien está que para el nuevo Departamento que
be proyecta se haya elegido por capital á San José
de Cúcuta. Sobre e~te punto se ve, por la documentación
que hemos consultado, que existe el
más perfecto acuerdo entre todas las poblaciones
que han pedido la formación de la entidad departamental
de que se tratll. En tfecto, es esa ciudad
la má~ indicada para centro del Gobierno seccional,
tanto por la circunstancia que há poco hemos
apuntado de RU inmediación á Ja frontera, como
por el alto puesto que ocupa entre las poblaciones
de Colombia, á causa de su creciente prosperidad,
su cultura, su activísimo comercio y sus mejoras
materiales, que hacen de ella una de las más her·
mosas ciudades del país. .
Las consideraciones que dejamos expuestas n08
llevan á proponer, como lo hacemos, que se dé
curso al proyecto en que venimos ocupándonos, en
el cual nos permitimos hacer dos modificacionep,
tendiente la una á suprimir la frase "queda en
estos términos reformada la Ley 65 de 1909," por
considerar que no viene al caso esa expresi6n tratándose
Citación recomendada (normas APA)
"Anales de la Asamblea Nacional - Serie única N. 42", -:-, 1910. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2094495/), el día 2025-05-03.
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