RE PUBLICA DE COLOMBIA
NALBS DH LA ASAMBLEA NACIONAL
Serie VIII ~ Bogotá, Marzo 2 de 1909 ~ N úlllero 1~
OONT:mN:EDO
PA, •.
LISTA DE DIPUTADOS
Colombia-Ministerio de (}obie'rno-Número 503.
Decreto námero 143 de 1909 (10 de Febrero), por el cual se conBogotá,
Febrero 22 de 1909.
v.oaa " la Asam.blea. N aciona! Constituyente y Legislativa" se-
Blones extraordinanas .•••. _ ••••••••••..•••••••••••••••••••••
Lista de Diputados .••.••••• _ •• _ •••• _ • _ •••••••••• __ ••••• _ •••••
Acta de iust )aoión............ .. _ ••••••••••••••••••••••••
~ A Su Excelenoia. el Pre@idente de la Asamblea Naoional Constituyen·
2 te y Legislativa-En la oiudad. ' .
Acta de la sesión del día 23 de Febrero de 1909 .•••••••••••••• -•
Mensaje dol señor Miniatro de Obras Públioas ......................... .
Proyeoto de ley por la cual se aprueba un oontrato (el celebrado
4
5
oon Thl Santa Marta Railway Company Limifed. por el oual
86 modifioa en parte ]80 tarifa de fleteR de la Compañía y se esta-blecen
garantías á favor del oultivo de guineos) ............ . "...... 6
Notas, ......••••••..•..••••...••.....••••. ,... .• ...•• ..•......••••.•• 8
Tolegramas ••••••••.•••••.•.••••••.•.. ••••• e. •••••••••• t ...... 8
DECRETO NUMERO 143 DE 1909
(10 DE FEBRERO)
por el eualse oonvoca " la. Asamblea Nacional Constituyente y Le·
gislativa á sesiones extraordmarias.
El PIJ-esid6nte de la Repftbliaa de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
D~~ORETA :
Articulo 1.0 Conv6case á la Asamblea Nacíona1
Constituyente y Legislativa á sesiones extraordinal'iafól.
Parágrafo. Las sesiones em pezarán el 22 de los
corrientes y durarán diez días.
Articulo 2. 0 La Asamblea Nacional Constituyente
y Legislativa durante el tiempo de sus se
sloneR sólo se ocupará en el estudio de los Presu·
puestos Nacionales y Departamentales y en los
demás asuntos que sometan á su consideración 108
Mini tros del Despacho Ejecutivo.
Artículo 3.0 Las dietas, gastos de representación,
viáticos de los Diputados, personal d~ la Se·
Cl'etarí3 de la Asam blt!a y sus asignaciones serán
los mismos que determina la ley.
Comuníquese y pnbliquese.
Dado en Bogotá, á 10 de Febrero de 1909.
R. REYES
El Ministro de Gobierno, M. VARGAs-El Ministro
de Relaciones Exteriores, FRANOISOO JosÉ
URRUTIA.-EI Subsecretario de Hacienda y TésorQ
encargado del Desl'a~ho, LINO DE POMBo-EI Su b·
secretario de Guerra encargado del Despacho,
EDUARDO BRICERo-EI Ministro de Instrucción
Pública, EMILIANO ISAzA-EI Ministro de Obras
Públicas y Fomento, EMESIO C.AHACHO.
Para los fines legales tengo la honra de remitir
á Su Excelencia jas dos inclusas listas de 108
miembros de la Asamblea Nacional Constituyente
y Lpgislativa que deben concurrir á las sesio~
nes extraordinarias que comienzan hoy, una por
orden de Departamentos y otra por orden de apellidos
de los honorables Diputados.
Soy de Su Excelencia atento y seguro . servidor,
M. VARGAS
LISTA. de los oiudadl\nos elegidos Diputadoa á la Asamblea Nacional
Coostituyente y I.Jegislativa que oonourrirán á ]a8 sosionos extraordinarias
qae prinoipiarán el día 22 de 108 oorrientes.
A~\l/' 1uia·-Uufino Gntiél'rEl7, Manuel Romnal.
do d :1 vorl'al, Víctor ~l. t.; ttJazar.
Atlántiao-Fl'sr.cisco de P. Manota, Enrique
Pé, t7., .. 1ft· ~Jo V á. u~z robo.
.Jjol: va1--Dit'go .rlartínez, Pedro Vélez R.) Raítu~
l R . .Timeno.
Boya('á-Halva~lor Franco, Pablo García Medi·
na, Ignacio R. Piñeros.
Caldas-.I uan de Dios Gutiérrez, Antonio José
Restrepo, Est.eban J aramillo.
Oa1lCfl-Fernando Angulo, José María Quijano
'\ValIis, Simón Hur.tado.
Cund-lnatlu tI'N" - ," "d lej n ro
Herrera R., A e t Jc y.
(}alfÍl -L :o tI': p VI J e Encec ea, Carl08
TIrado MacIHs, Rafael Antonio O .. duz.
Huila-Aurelio Mutis, Celiano Dussán, Carlos
Cuervo Márq uez.
J.Jfrt,.,daltna -- Tosé Manuel Goensga, José Gnecco
Laborde, José Domingo Dávila.
Na/riño -J uno B. Pombo, Venancio Rueda, J ai.
mo Córdoba.
Santander-Luis Cuervo Márquez, Carlos Tavera
Nsvas, B~nito Hernández.
QU6sada-Jorge HoJguín, José María Pinto V.,
Daniel Aldana.
Toli1J~a-J asto Vargas, Maximiliano N eira, An·
tonino 01ano.
'nnut((1f)a - -'F lorentino Calder6n, Francisco Montana,
~antlago 'Catnargo.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
2 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
Di8t1'ito Capital-D. Euclides de kngulo, Francisco
de P. Matéus, Jorge Véle.z.
Bogotá, 20 de Febrero de 1909.
El Ministro de Gobierno,
M. VARGAS
-r.x:<-
ACTA DE INSTALACION
1
En la ciudad de Bogotá, capital de la Repúbli.
ca el día veintidós de Febrero de mil novecientos
n~ev~ en el sal6n de las sesiones de la Cámara de
Repre~entantes, se reunieron lo~ s~ñores Diputados
á la. Asamblea Nacional ConstItuyente y Legislativa,
á las dos de la tarde, en ~irtu~ de la
convocatoria hecha por el Poder EJecutlvo por
medio del Decreto número 143 de fecha 10 de los
corrientel3 , con el objett>. de. .i nstalarse en Junta
preparatoria para dar prInClJH? á sus tareas. .
Fue designado para presldlrla el honorable DI.
putado 'General Alfredo Vázquez Cobo, á.quien
correspondía ejercer este cargo por haber SIdo el
último Presidente en las sesiones pasadas de esta
corporaci6n, y nombr6 Secretario accidental al
honorable Diputado Carlos Tavera Navas, el cual
entró inmediatamente en ejercicio llamando la lis·
ta de 108 honorables Diputados cuya elección se
había comunicado oficialmente.
El qUO'J'um constitucional se encontró formado
por los honorables Diputados que en seguida e
expresan, según el Departamento por el cual fue·
ron elegidos:
Por el Departamento de Antioquia, Rufino Gu·
tiérrez, f\!Ianuel Romualdo del Corral y Víctor M.
Salazar.
Por el Departamento del Atlántico, Francisco
de P. Manotas, Enrique Pérez y Afredo Vázquez
Cobo.
Por el Departamento de Bolívar, Diego 1\1:artínez
Pe 1'0 élez . y Ram6n B. Jimeno.
Por el e v b ... o de Boyacá, Salvador Fran.
co Pablo Garcia Medina é Ign cio R. Piñeros.
'Por el Departamento de Caldas, Juan de Dios
Gntiérrez, Antonio José Restrepo y Esteban Ja-ramillo.
.
Por el Departamento del Cauca, Fernando Angulo
José María Qoijano Wallis y Simón Hurtado.
P~r el Departamento de Cundinamarca, Gerardo
Pulecio, Alejandro Herrera R. y Arcadio
Dulcey.
Por el Departamento de Galán, Luis Felipe Torres
Elicechea, Carlos Tirado MacÍas y Rafael An·
tonio Ord uzo
Por el Departamento del Huila, Aurelio Mutis,
Celiano Dussán y Carlos Cuervo Márquez.
Por el Departamento del Magdalenll, José Ma·
nuel Goenaga, José Gnecco Laborde y José Domingo
Dávila.
Por el Departamento de Nariño, Juan B. Pombo,
Venancio H.ueda y Jaime Córdoba.
Por el 'Oepartamento de Santander, Carlos Tavera
Navas y Benito Hernández.
Por el Departamento de Quesada, Jorge Hol·
guín, José María Pinto V. y Daniel Aldana.
Por el DepartameIlto del Tolima, Justo Vargas,
Maximiliano Neira y Antonino 018.no.
Por el Departamento de Tundama, Francisco
Montaña y Santiago Camargo.
Por el Distrito . Capital, EucHiles de Angul0,
Francisco de P. Matéus y Jorge V élez.
Dejaron de concurrir: por el Departamento de
Santander~ el honorable Diputado Luis Ouer\"o
Márquez, y por el Departamento de Tundama,
el honorable Diputado Florentino Oalderón ..
D~ conformidad con la prescripción reglamen.
taria el señor Presidente entr6 á designar la Comisión
que debía poner en conocimiento del Excelentísimo
señor Presidente de la República el hecho
de estar la Asamblea constituida en Junta preparatoria
y en disposición de principial' sus labores,
nombrando para el caso á los honorables Diputados
Pulecio, Restrepo, Mutis y Herrera.
En consecuencia de esta Comisi6n, minutos des·
pués se presentó en el salón el Excelentísimo señor
Presidente de la República acompañado de los
señores Ministros del Despacho, de los sefiores Secretarios
General y Militar de la Presidencia, d ]
señor Gobernador del Distrito Capital y de los
Edecanes de honor.
En la Tribuna designada al efecto se hallaba
presente el honorable Cuerpo Diplomático y -Consular
acreditado ante el Gobierno de la Repúbli·
ca, presidido por su decano Bu Excelencia el Delegado
Apostólico, y algunos altos empleado nacionales.
Al penetrar al ~alón el Excelentísimo ~eñoI'
Presidente qe la República fue conducido al solio
por el señor Secretario de la Junta preparatoria.
é inmediatamente después declaró solemnemente
instalada, de conformidad con ]a Constitución y
leyes de Colombia, la Asamblea Nacional CODs~ituyente
y Legislativa en sus presentes sesiones
extraordinarias.
II
De acuerdo con lo preceptuado en el Reglamento,
la Presidencia dispuso se procediera á la
elección de Presidente de la Asamblea.
Recogidos los vQtos en la urna por el Secretario,
se hallaron cuarenta y cinco, igual al número de
votantes.
Fueron designados escratadol'es los honorables
Diputados Goenaga y Cuervo Márquez, quienes
informaron á la Presidencia del resultado de la
votación, que fue el siguiente:
Por el honorable Diputado Holguín ... _ 44
Por el honorable Diputado Angulo Eucli-des
. . . . . . . . .. . .. . .. - ..... _ - . . . . . . . . . . . . . ... 1
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ANADE8 DE LA ASAMBLEA NACIONAL 3
Como hubiese obtenido el primero la mayoría
absoluta. de votos, el señor Presidente preguntó á
la Asamblea si declaraba legalmente electo su Presidente
al honorable Diputado Holguín, y ésta
contestó afirmativamente.
En seguida el Presidente elegido ocup6 el solio,
prestó el juramento de estilo y luégo lo exigió de
todos los miembros de la corporación.
El Excelentisimo señor Presidente de la Repú.
blica dio lectura al Mensaje que dirige á la Asamblea
en sus actuales sesiones, y acto seguido se retiró
del sal6n, acompafiado de los señores Ministros
de Estado, del Gobernador del Distrito Capital,
de sus Secretarios y Edecanes y de los
miembros de la Comisión ya citada.
111
Procedióse luégo á la elecci6n del primer Vice~
presidente, para la cual fueron nombrados como
scrutadores los honorables Dipu dos Angulo
Euclides y Aldana, quienes informaron que los
cuarenta y cinco votos recogidos por el Secretario
se habían distribuido así:
Por el honorable Diputado Manotas. 30 votos.
Por el honorable Diputado Quijano
WalIis ..... " .•..... , . . . . . . .... . . . ... 10
Uno por cada uno de Jos honorableR Diputados
Aldana, Goenaga, Olano y Rueda, y uno eu blanco.
Como el honorable Diputado Manotas hubiese
alcanzado la mayoría de votos requerida, la Asamblea
10 declaró electo su primer Vicepresidente,
de pués de lo cual prestó el jUl'ameuto reglamentario.
En la elección para segundo Vicepresidente tomaron
parte el mismo número de votantes que en
la anterior. Verificado el escrutinio por los honorables
Diputados Matéus y Córdoba, éstos dieron
cuenta del siguiente resultado:
Por el honorable Diputado Vélez
Jorge ...••..•...•................ __ . _ . . . . . 40 votos
Por el honorable Diputado Angulo
Euclides ..... . .. # _________ • ____ • _ 3
Por cada uno de los honorables Diputados
Cuervo Márquez y Olano. __ . 1
En tal virtud la Asamblea, interrogada en la
forma reglamentaria por la Presidencia, declaró
electo su segundo Vicepresidente al honorable Diputado
Vélez, á quien le exigió el señor Presiden·
te la promesa d e estilo.
ID
Dispuesta en seguida por la Presidencia y veri·
ficada la votaci6n para Secretarios, los escrutadores
nombrados al efecto, honorables Diputados
Quijano Wallis y Vázquez Cobo, informaron que
los votos se habían repartido así:
Por el doctor Gerardo A rru bla .... .
Por el doctor Fernando E. Baena .. .
Por el señor César Prado .. _____ ... .
Por el honorable Diputado Orduz .. .
44 votos
36
6
1
Por el honorable Diputado Tirado
Macias ... ____ ..... __ . __ . • . . . . . . . 1
Por el señor Rafael Espinosa Guzmán 1 -
Como los dos primeros hubieran obtenido la mayoría
de votos requerida, fueron declarados legalmente
electos Secretarios de la Asamblea. El Secretario
accidental los introdujo luégo al sal6n y
el señor PreRidente les recibi6 el juramento acostumbrado,
después de lo 'Cual tomaron posesión de
sus puestos.
v
El señor Presidente ordenó se diera inmediata
lectura á ]a exposici6n que dirige Su Sefioría. el
Ministro de Gobierno á la actual Asamblea sobre
las disposiciones ejecutivas dictadas en desarrollo
de la Ley l.n de 1908, las cuales junto con todos
los documentos relativos á la división territorial
han sido recogidas en un volumen que con dicha
exposición remite el Ministro de Gobierno á la
honorable Asamblea. La Presidencia pas6 este
documento al estudio de una Comisión compuesta
por los honorables Diputados Pulecio, Pinto V. y
V élez Jorge.
VI
Finalmente los honorables Diputados Restrepo,
Córdoba, Pulecio, Tavera Navas y Ola no subscri·
bieron la siguiente moción, que fne aprobada uná·
nimemente por la corporación:
"La Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa
al inaugurar las presentes sesiones deja
con tllncia ue la satisfacción con que ha escuchado
la lectura del Mensaje que el Excelentísimo señor
Presidente de la República le ha dirigido en esta
fecha; documento cuyo lenguaje severo se aduna
con la administraci6n activa y fecunda que Su
Excelencia ha iro preso á los negocios públicos y
que responde á los an heloi de esta corporación,
representante de los diversos partidos políticos del
país y de los elementos preponderantes de las dis·
tintas Secciones de la República.
"La paz, la instrucción popular desarrollándose,
las mejoras materiales vivificando el comercio y las
industrias, las relaciones exteriores sostenidas con
dignidad y tacto, la administraci6n de justicia libre
de toda tacha de parcialidad, la concordia en fin
entre todos los colombianos de buena voluntad,
son frutos opimos del nuevo rumbo político que
con tanta sabiduría como patriotismo quiso seguir
en buena hora el Excelentísimo señor General
Reyes.
"Comuníquese al Excelentísimo señor Presidente
de la República por una Comisión plural nombrada
por la Presidencia, y publíquese en carteles."
Para llenar tal cometido fueron designados los
honorables Diputados Angulo Euclides, Vélez
Pedro y 01ano.
Siendo las cinco de la tarde el señor Presidente
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
4 AN ALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
levantó la sesión, citando á los señores Diputados
para el día siguiente á las dos de la tarde.
El Presidente,
JORGE HOLGufN
El Secretario, Gerardo A'l'rubla-El Secretario,
Fernando E. Ba~na.
-f.x.~
ACTA
DE LA SESIÓN DEL DíA 23 DE FEBRERO DE 1909
(Presidencia del honorable Diputa.do Rolgqfn).
1
A las dos y quince minutos de la tarde se llamó
lista, y como el 8ecretario informara que había el
quorum requerido, el señor Presidente declaró
abierta la sesión. Dejó de concurrir á ella el honorable
Diputado Cuervo Márquez Luis.
El Secretario dio lectura:
Al acta de la sesión inaugural, que fue aproba-da
sin observación alguna ; .
A un oficio del señor Vicario General del ArzQbil'lpado,
en el cual, en nombre del Ilustrísimo y
ReverendíBimo seíior Arzobispo Primado de Co·
10mbia, avisa recibo del que se le dirigió por la
Presidencia de la Asam blea comunicándole la insta]
ación de ésta y la elección de Dignatarios;
. A los telegramas en el mismo sentido del Ilustrísimo
señor Obispo de Tunja y de los señores
Gobernadores de los Departamentos de San Gil,
Zipaquirá, Bucaramanga, Facatativá, Bttrranquilla,
Popayán, Sbns6n, Ib~gQé y Jericó; y
Al orden del día de la corporaci6n.
El honorable Diputado Angulo D. Euclides,
como Presidente de la Comi ión respectiva, hizo
uso de la palabra para informar que habia puesto
en manos del ~xcelentísimo señor Presidente de 18
República el oficio en que se le transcribió la proposición
aprobada unánimemente por la Asamblea
el día anterior, y que el Jefe del Estado lo había
comisionado para présentar á ésta la expresión de
su reconocimiento y complacencia.
II
El señor Ministro de Relaciones Exteriores presentó
junto con el Mensaje presidencial una Exposición
subscrita por aq nél, y sometió á la consideración
de la Asamblea Nacional Constituyente y
Legislativa, con los proyectos de ley respectivos,
los sigaiente~ puntos internacionales:
U n Tratado entre las Repúblicas de Colombia
y dé los E!3tac1o~ U nidos de A:nél'ica, subserlto en
la ciudad de Washington el 9 de Enero del presente
año, por los señores Enrique Cortés, Enviado
Extraol'dinario y Ministro Plenipotenciario
de Colombia, y Elihu Root, Secretario de E tafio
de 108 Estados U nidos; y un Tl'~ltado entre las
Repúblicas d C lombi.a y Panamá) 11l'ffi do en la
ciudad de W ~~hington el 9 de Enero del año en
,purso por los señores En iq ue Cortés, Enviado
Extraordinario y Ministro I Pleni potenciarío de
Colombia en los Estados U niilos, y Carlos Constantino
Arosemena, Enviado Extraordinario y Ministro
Plenipotenciario de Panamá ante la misma
Nación.
El sellor Presidente dispuso se diera inmediata
lectura á los citados documentos, después de lo
cual se entró á considerar en primer debate el proyecto
de ley por el cual se aprueba el segundo de
los citados pactos. .
El honorable Diputado Vázquez Cobo pidió la
lectura del artículo 313 del Reglamento.
El señor Presidente manifestó que estimaba que
el objeto del artículo quedaba llenado dándole primer
debate al proyecto.
Aprobado en primer debate, la Presidencia lo
pasó en comisión con término prudencial á la reglamentaria
de Relaciones Exterioree.
El honorable Diputado Angulo D. Euclides preguntó
si ya estaba nombrada esta Comisión, y el
Secretario contestó que aún no se habían designado
por la Comisión de la Mesa las reglamentarias.
En s guida se consideró y aOt'oh6 en primer de·
bate el proyecto de ley" por la cual se aprueba un
Tratado" (entre Colombia y los Estados U nidos).
La Pret:Jidencia lo pasó al estudio de la misma
Comisión.
El honorable Diputado Vélez Jorge subscribió
la siguiente moción, que fue aprobada:
" Pídase por la Presidencia de la Asambles al
sefior Ministro de Relaciones Exteriores una copia
autorizada de las instrucciones dadas por nuestra
Cancillería á los Ministros de Colombia en Washington
desde 1905, y pasen al estudio de la Comisión
de Relaciones Exteriores.
El honorable Diputado Restrepo propuso lo siguiente:
" En atención á lo dispuesto en los artículos 313
y siguientes de) Reglamento pasen los Tratados
que acaban de aprobarse en primer debate al
estudio de una Comisión compu~sta de tantos
miembros cuantos Departamentos Nacionales están
represent~dos en la Asamblea. Esta Comisión
será designada por la Presidencia."
Abierta la discusión, el honorable Diputado Angulo
D. Euclides hizo leer las disposiciones citadas,
y el honorable Diputado Vázquez (Jobo sustentó
la proposición_
El señor Presidente manifestó que la Comisión
de la Mesa ya había resuelto que en la de Relaciones
Exteriores figurasen Diputados de todos los
Departamentos de la República.
El honorable Diputado Palacio preguntó si en
la Comisión debían tener representación sólo los
antiguos Departamentos ó todos los que hoyexisten,
yel señor Pesidente dijo que figuraban aquello
que estaban representados en la Asamblea.
El honorable Diputado Manotas hizo leer el artículo
47 del Reglamento.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
· ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 5
El setior Ministro de Re1aciones Exteriores expuso
que ponía á órdenes de la Comisión uno de
108 salones del Ministerio para que si 10 juzgaba
oportuno celebrara allí sus reuniones; que por deber
de cortesía no hizo observaci6n á la proposi·
ción del honorable Diputado Vélez, quien por decirlo
así se le había adelantado á lo que él pensaba
signmcar á la honorable Aeamblea, á cuyaa 6rdenes
quedaban todos los documentos del Despacho,
y terminó manifestando que el Gobierno quería
que se estudiara detenidamente este importante
asunto internacional y que se conociera por todo el
país, po.r lo cual habíase deseado que las sesiones
de ]a Asamblea fueran públicas.
Fue aprobada la proposición que se discutía.
nI
El seiior Ministro de Obras Públicas pidi61a pa·
labra para presentar á la consideración de la Asam·
blea un proyecto de ley "por la cual se aprueba
un contrato (el celebrado con The Santa Ma'l'ta
Hailway Company Lirnited), por el cual se adicio·
na en parte la tarifa de fletes de la Compañía y se
establecen garantías á favor del cultivo de guineos."
Abie to el primer debate de este proyecto, fue
aprobado, y pasó en comisión á los honorables Diputado
Goenaga, Jimeno, Dávila, V élez Pedro y
Córdo ha, con término prudencial.
Acto seguido el señor Presidente levantó la sesión.
Eran las cuatro y veinticinco minutos de la
tarde.
El P esidente,
JORGE HOLGuíN
El ecretario, Gerardo A'1'rubta.
-+:x:+-
MENSAJE
DEL SE~OR MINISTRO DE OBRAS PÚBLIOAS
Honorables miembros de la Asamblea. Naoiona.l Oonstituyente y Legisla.
tiva..
La inspecci6n personal de los hechos que el
xcelen tísimo señor Presidente de la República y
el Ministro de Obras Públicas hicieron en la re·
pión bananera de Santa Marta les convenció de
fIue hay tres intereses que deben atenderse y
tlesarrollarse para lograr la prosperidad de aque-la
región, á saher: los intereses de los producto.
es de bananos, los intereses de la Compañía del
b'errocarril que los transporta y los intereses de
as Compañías fruteras que se encargan de ven·
, erlos en los merc8dos del Exterior. Los esfuerzos
e estas tres clases de empresaHos se complenentan,
pues poca utilidad tendrían los productos
i no hubiera quien los transportara de los lugaes
de cultivo á los vapores que han de llevars
á los mercados del Exterior; y el negocio de
s consu midores de fru tas sería difícil sin la me·
iación del ferrocarril, que les asegura el rápido
ansporte de ellos. Desarrollar conjunta y armó·
nicamente estas tres clases de intereses es el objeto
del contrato que el Gobierno celebró con The
Santa Ma?'ta Raílway Oompany Limited, y que
hoy somete á vuestra conside)·ación.
Por el artículo 1.0 el Gobierno declara libre de
impuesto todos los bananos de exportación que se
produzcan en la región del extinguido Departa.
mento del Magdalena, servida por el ferrocarril
de Santa Marta. Esta concesi6n redunda en bene·
ficio de los productores de' bananos, porque en los
contratos que celebran las Compañías fruteras
con los productores es de cargo de éstos el pago
de los derechos de exportación, de modo que eximir
el fruto del pago de ellos es beneficiar á los
productores en tanto cuanto valen esos derechos
y estimular la formación de nuevos cultivos.
El artículo 1.0 de la Ley 29 de 1907 declaró
libre de derechos de Aduana, durante ocho años
contados desde la expedici6n de la Ley (29 de
Mayo), la exportación del banano. El término de
seis años que aún faltan para 11en1\r el cupo de
la Leyes muy corto para que pueda servir de estímulo
á la formación de nuevas Compañías compt'adoras
del fruto, y á la iniciación de nuevas
plantaciones de guineos. El término de veinte años
estipulados en el artículo 1.0 del contrato respon·
de convenientemente á la satisfacción de estas dos
necesidades.
La Compañía del Ferrocarril, la United F1'U'it
y muchos ciudadanos de los más connotados de la
región bananera manifestaron al Gobierno la con·
veniencia de asegnrar de un modo e~table el precio
del guineo y por consiguiente la utilidad que
debe rendir el cultivo de este fruto á los que se
dedican á él. El Cuerpo Legislativo de 1908 auto·
rizó al Gobierno por medio del artículo 9.° de la
Ley 22 para suprimir derechos de exportaci6n de
artículos de producción nacional, pero por un error
caligráfico seguramente aparece reducido á dos años
el término mucho mayor que el legislador tuvo la
intenci6n de conceder.
La rapidez en el transporte de la fruta del plan.
tío al vapor, y de éste al lugar de consumo de ella,
son elementos esencialísimos en el buen resultado
de esta industria.
La mayor parte de los terrenos de la zona del
ferrocarril están ocupados con cultivos en la parte
contigua á Ja línea, de uno y otro lado; pero como
á alguna distancia existen también terrenos muy
fértiles que pueden aprovecharse con el mismo
objeto, los cultivadores de éstos tendrían forzosamente
que entrar en la brega de acarrear su fruta
á la línea del ferrocarril en vehículos poco econ6·
micos, como.los carros de yunta, 6 la mula. Para
mejorar las condiciones de los terrenos distantes
de la línea y para aumentar el radio de cultivo se
ha estipulado en el contrato la construcci6n de ramales
que colocan los terrenos distantes casi en
la misma situación de los terrenos contiguos á la
vía férrea.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
Por el contrato de concesión la Compañía del
Ferrocarril tiene privilegio para la construcción de
sus ramales. A fin de que este privilegio no pueda
entorpecer el desarrollo de la ind nstria bananera,
el Gobierno creyó conveniente obtener de la Compafiía
la concesión de q ne los particulares ó el Gobierno
mismo puedan en caso necesario construir
ramales y conectarlos con la línea principal.
Los artículos 2.°, 3.°, 4.° Y 5.° del contrato responden
á las necesidades que se han mencionado.
Por contrato de 19 de Noviembre de 1901 celebrado
entre el Ministro de Hacienda, doctor Aba:
día Méndez, y el representante del Ferrocarril de
Santa Marta, se fijaron las tarifas de pasajes y fletes
en el ferrocarril. En ese contrato se estipuló el
precio de quince centavos oro por el acarreo de
cada racimo de guineo que transporte el :ferrocarril
en el trayecto comprendido entre los ríos Sevilla
y San Sebastián, hasta ponerlo al costado del bu ·
que en el muelle.
El artículo 7.0 del contrato estipula que en vez
de la tarifa de flete de quince centavos oro por racimo
entre el río Sevilla y el río de Fundación, la
Compañía cobrará como máxima, durante el pe·
ríodo de veinte años, la rata de doce centavos por
racimo únicamente, y que la arifa entre Santa
Marta y Sevilla no excederá de diez centavos oro.
Esta concesión de la Compañía del Ferrocarril
producirá benéficos resultados en :favor de ella pro
pia y de los cultivadores, pues el ahorro de tres
centavos oro en racimo significa para un lroductor
en escala regular una utilidad de consideración,
pues basta saber que mil hectáreas cultivadas producen
un término medio anual de ciento cincuenta
mil racimos, que á razón de tres centavos
daría un neto también de cuatro mil quinientos
pesos oro de beneficio para el cultivador. En la
misma proporción puede averiguarse la Ruma que
representa esta concesión líquida sobre el número
total de hectáreas ya c~ltivadas ó que pueden sembrarse
en aquella región. Este ahorro representa
un aumento considerable de la riqueza colombiana.
La Compañía de Ferrocarril no sufre en sus intereses
porque sus entradas aumentarán en la
misma proporción en que aumenta el cultivo. Los
articulos 6.° y 7.0 del contrato han sido motivados
por las consideraciones indicadas.
Por el artículo 5.° de la Ley 61 de 1903 el Gobierno
está obligado á garantizar á la Compañía
del Ferrocarril un interés de seis por ciento anual
sobre el capital de .E 3,500 por cada kilómetro de
vía que se construya en el trayecto comprendido
entre el río San Sebastián ó de la Fundación hasta
el río Magdalena en la población de Plato, 6 cerca
de ella.
La abundancia de :fru to producirá abundancia de
carga para el ferrocarril, y por consiguiente aumento
de rendimiento en los productos del :ferro·
carril, y bien puede suceder que el Gobierno no
tenga que servir la garantía porque la explotación
deje utilidades suficientes para servir los intereses
que debe ganar el capital, lo cual redundará manifiestamente
en beneficio d'e toda ia N ación.
Por el contrato de tarifas de 1901 cada pasajero
de primera clase debe pagar cinco centavos oro por
cada kilómetro recorrido, y cada pasajero de segu
da clase tres centavos oro.
Por el artículo 11 del contrato que se somete á
vuestra consideración la Com pañía del Ferrocarril
se ha obligado á transporta!' los empleados públicos
en ejercicio de sus :funciones, los colonos penado~,
sus guardias, los peones y los trabajadores en
general que se ocupen en el cultivo de productos
que hayan de movilizarse por el ferrocarril, á un
precio no mayor de un centavo oro por kilómetro.
Esta concesión representa un ahorro considera·
ble para el Tesoro público y :facilita el transporte
de brazos para los trabajos agrícolas en aqueHa
región, que es una de las necesidades cardinales
que el Gobierno trata de satisfacer.
Los demás artículos del contrato tienen por ob·
jeto obtener la rápida movilización de la fruta de
los lugares en donde se cultiva al tren y de éste al
vapor, á fin de que pueda llegar :f.'esca y sana á
los mercados de consumo, lo cual asegura un precio
mayor y por consiguiente una po itiva utilidad
para 108 productores y para las Compañías fruteras.
El Gobierno da grande importan(~ia á las estipulaciolles
de este contrato, pues cunsidera que
ellas ejercerán poderosa influencia en el desarrollo
de la indu tria ti 1 banano en la Costa Atlántica.
Re petuosamente,
NEMESIO CA1tfACHO
~t>-o
PROYECTO DE LEY
por la cual () aprueba uu contrato (el celebrado ~on The Santa Ma1:ta
Railway Company Limited, por el cual se modlfioa en parte la ta~lfa
de fletes de la Compañía y so establecen garantias á favor del oultlVO
de guineos).
La Asamblea N aoional Oonstituyenta y Legislativa
DEORETA:
Artículo único. Apruébase en todas sus partes
el contrato celebrado por el Ministerio de Obras
Públicas con Tke Santa Ma".ta Railway Company
L 'imited, por el cual se modifica en parte la tarifa
de fletes de la Compañía y se establecen garantías
á :favor del cultivo de guineos, contrato que
á la letra dice:
"OONTRATO
entre el Gobierno de la República de Oolombia y 'l'he Santa Ma1'ÜJ)
Railway G'ornpany IÁmited, por el (}uaJ se mo~ifica en parte la ta~ifa , de
fletes de la Oompañía y se establecen garantlas á. favor del CUltIVO de
guineo8.
"Los subscritos, á saber: Nemesio Camacho, Mi
nistro de Obras Públicas, debidamente autorizado
por el Excelentísimo señor Presidente, en nombr
del Gobierno, por una parte, que en el texto d
este contrato se denominará El Gobierno; y Fran
A. Koppel, apoderado legal de The Santa Ma'f't
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL '1
Railway v/)o mpany L~' m¿' t ed ,por 1a o t ra part e, que embarque sea de dos mil (2,000) racimos cuando
se llamará la Oompañia, han celebrado el con menos.
trato contenido en las estipulaciones siguientes: "Artículo 9.° Ambas partes contratantes se
com prometen á prestar todas las facilidades re-
" Articulo 1.0 El Gobierno declara libres de todo queridas para cargar la fruta á bordo de los va-impuesto
de cualquiera naturaleza, fuéra de los pores en el puerto de Santa Marta, durante. las
que actualmente los gravan y sin que éstos pue~an horas del día y de la noche, de modo que termInaser
aumentados todos los bananos de exportacI6n do el embarque y cumplidas que sean todas las
que se produzc~n en la Sección del extinguido De- obligaciones aduaneras del puerto, los vapores
partamento del Magdalena servid~ por el ferroca- puedan zarpar en seguida.
rril de Santa Marta. Esta exenCI6n de derechos "Artículo 10. Los vapores fruteros ~o .estarán
durará por el término de veinte años, contados sujetos á otros ni mayores derech?s. de los Impuesdesde
la aprobación del presente contrato por el tos por la ley á los vapores marltlmos mercantes
Cuerpo Legislativo. en general.
"Artículo 2.° La Oompañía se obliga. á cons· "Articulo 11. Los empleados públicos en'ejerc~cio
truir nuevos ramales .cuya extensión en conj u~t? no de sus funciones, los colonos penados, sus gu~rdlas,
sea menor de diez ktl6metros, cuando lo solICIten los peones trabajadores que yaya? voluntarlamenlos
dueños de mil hectáreas cultivadas, 6 si dando te á los lugares de las ColonIa MIhtar, Agrícola y
garantía para ello, se compromet~n á cultivarla~, Penal y á las que en lo fnt-aro se establezcan, y
siempre que dichos duefios ó cultIvadores se obh- los peones 6 trabajadores en general que se ocuguen
á embarcar la fruta po~ estos rama~es. . pen en el cultivo de productos 9ue hayan de mo-
" Artículo 3.° La CompañIa tendrá el termIno de yilizarse por medio del ferrocarrIl, serán transpor.
un año para la construcción de dichos ramales, tados en los trenes de la CompafiÍa en carros descontando
desde la fecha en que lo soliciten los tinados por ella para este objeto,.á un preci~ no
cultivadores ó dieren la respectiva garantía. mayor de un centavo o~o por kIlómetro. ~l la
" Artículo 4.° Si por razón ~el desarrollo in.dus- Corppañía redujere su tarIfa actual para pasaJeros,
tria1 de la región que atravlesa el ferrocarrIl. de una reducción proporcional se hará al centavo
Santa Marta se hiciere necesaria la constrUCCIón acordado como máximum para los pasajeros de que
(le ranIales de mayor extensión de los que se meil~ trata este artículo.
donan en el artículo ~.o, la Compañía podrá cons- " Artículo 12. Este contrato para su validez netruirl08
si así le conv.iniere; p~ro de DO hacerlos, el ces ita de la aprobación del Excelentísimo s~ñ?r
Gobiérno 6 los artIculares Interesados tendrán Presidente de la República, del Oonsejo de MInISacuItad
d~ construirlos y de con~ctarlos ~on la .tros y del Cuerpo Legislativo, y una vez aprobado
~ínea princlpal 6 c.on los rama~e~ ex~stentes, SIn que queda firme y definitivo.
esto altere ó modI que el prIVIlegIO de que hoy" En fe de lo expuesto se firman dos ejemplares
disfruta la Compañ·a. . . de un tenor en Bogotá, á 10 de Diciembre de 1908
,; Articulo 5.° El_ Gobierno declara de utlhdad "NEMESIO CAMAOHO-FRANK A. KOPPEL
pública la construcc ón de los ramales que la Com:
pañía permita á terceros.
" Artículo 6.° La Compañía fijará un flete extra "Consejo de Ministros-Bogotá, Diciemb?~e 21
en los ramales que tiene construidos ó que conds. . de 1908.
truya, no mayor de medio centavo por rac~mo e
primera y de un cua.rto de centavo por raCImo de "En sesión de esta misma fecha aprobó el Con
egunds, por cada d s kilómetros. . sejo el contrato que precede.
" Artículo 7.° En ·ez de la rata de flete de qUIn· "El Subsecretario encargado de la Secretaría
ce centavos por racimo establecida como máxima General de la Presidencia de la República,
sobre los bananos de exportación transportados á "LUIS DOMINGUEZ S.
Banta Marta de la zona entre el río Sevilla (67
kilómetros) y el río Fundación (98 kilómetros),
la Compañía cobrar como máxima durante el pe- "Poder Ejecutivo Na()ional- Bogotá, 21 de Di-rÍodo
de veinte años la rata de doce centavos por ciernbre de 1908.
racimo.
"Parágrafo. El m~ximu~ de la, tarifa entre Santa
Marta y Sevilla (en el kIlómetro 67) será el de
diez centavos que ac tualmente rige.
" Artículo 8.° La Compañía transportará la fruta
de cualquier punto de la línea en trenes especia~
es á q.uienes lo solic 'ten con seis dÍ~s de anticipaci6n
SIempre que terngan fruta sufiCIente para uno
{> más trenes especia.les, y con tal que el primer
" Aprobado.
"R. REYES
" El Ministro de Obras Públicas,
" N EMESIO CAMAOHO H
Dada, etc.
Presentado á la honorable Asamblea Nacional
Constituyente y Legislativa en su sesión del día 23
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
8 ANALES DE LA ASAMBLEA NACION
de Febrero de 1909- por el subscrito Ministro de AI·quidióce.sis de Bogotá-Gobierno Ecle8iá8tico.
Obras Pliblicas. Número lO-Bogotá de .Fi.,~1'(j··O de 1 0 09.
NEMESIo C.AMAOHO Al Exoelentísimo señor Presidente de la Asambl a Nacional Oonstituyente
y LegislatIva-En su Despaoho.
Tengo el honor de acusar recibo de la atenta
República de Oolombia-A.8arnblea Nacional Cons- nota número 4 del 22 de los corrientes, dirigida
tituyente '!I Legíslativa-Secretaría-Bogotá, Fe. por Vue~tra Excelencia al Ilustrísimo y Reveren.
br6'}'O 23 de 1909. dísimo señor Arzobispo, ausente hoy de la ciudad,
y en que se sirve Vuestra Excelencia comunicarle
En ]a ses16n de esta fecha se dio primer deb3te la instalación de la Asamblea Nacional Constitu-al
anterior proyecto, y fue aprobado. yente y Legislativa y los nombramientos de sus
Pasó en comisión á los honorables Diputados Dignatarios.
Goenaga, Jimeno, Dávila, Vélez Pedro y C6rdoba, Dios guarde á Vuestra Excelencia muchos afios.
con término prudencial. SALUST1ANO GÓMEZ RIA.~O
Regístrese, c6piese y publíquese.
Ar'r'ubla Repúblioa de Colombia-Asamblea .Nacional Oonstituyente
y Legislativa-Pre8ídencia-Bogotá,
Febrero 23 de 1909.
NOTAS
Número 224-Presidencia de la República de Oo·
lombia- Bog~tá, 23 de Febrero dé 1909.
Señor:
Hoy he tenido el alto honor de recibir de manos
de la Comisión que nombrasteis para el objeto ]a
proposición que la honorable Asamblea Nacional
Constituyente y Legislativa aprob6 en su sesi6n
de ayer.
Me es satisfactorio en sumo grado que ]a Asamblea,
compuesta de ciudadanos representantes de
todas las opiniones políticas, de los intereses sociales
é industriales del país y miembros de los más
distinguidos de la Nación, aprueben mis actos
como Jefe del Gobierno.
Debo reconocer que estos actos no son sino e1
honrado y leal cumplimiento de las leyes oportu·
nas y necesarias que habéis dictado, y tengo la
confianza de que esta misma es la opini6n nacional,
y de que nuestras labores, inspiradas en el
bien de la Patria y guiadas por la concordia "j la
justicia, servirán de ejemplo saludable y fecundo
á los Ouerpos Legislativos venideros.
Con sentimientos de la más distinguida consideración
me subscribo de Vuestra Excelencia muy
atento, seguro servidor,
R. REYES
A 8u Excelencia el sefior Presidente de la honorable Asamblea Na.
cional Constituyente y I,egislativa-En su Despaoho.
Dése cuenta y pu blíquese-
-+.?C:<-TELEGRAMAS
HOLGuiN
República de Colombia-Oficial-Gobernaci6nBucaramanga,
~3 de Febrero de 1909.
Presidente Asa.mblea. Nacional-Bogotf\.
Quedo impuesto con satisfacción de que se ha
instalado esa augusta corporación y del acertadf·
simo nombr miento para dignatarios de ella, por
todo lo cual congratúlome con el país.
Servidor, Alejandro Pefía Solano
República de Oolombia-Asamblea Nacional Constituyente
y Legislativa-Presidencia-Bogotá,
Febre.ro ~4 de 1909.
Dése cuenta y publfquese.
HOLGuíN
República de Colombia-Número 136-0ficialGobernaci6n-
Zipaquirá, ~3 de Febre'J'o de 1909.
Genera.l Jorge Rolguin-Bogotá.
Honor acusarle recibo Circular de ayer en que
sírvese comunicar instalación honorable Asamblea
Nacional y elección , dignatarios_ Complázcome felicitarlo
acertada designación para presidirla yexpresarle
votos por feliz éxito labores de esa alta
corporación.
Servidor, M. Brigard
República de Colombia-Asamblea Nacional Cons-
República de Colombia-Asamblea Nacional Cons- tituyente y Legislativa-Bogotá, Febrero ~4 de
tituyente y Legi 'léttiva-Bogotá, Fébrero 23 de 1909.
1909. Dése cuenta y publfquese.
Dése cuenta á la honorable Asamblea y puhlí- HQLGUfN
queBe.
HOLGUtN IMPRENTA NACIONAL
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"Anales de la Asamblea Nacional -Serie VIII N. 1", -:-, 1909. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2094478/), el día 2025-05-06.
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