REPUBLICA DE COLOMBIA
ANALES DE LA ASAMBLBA NACIONAL
Serie única l Bogotá, Septiembre 21 de 1910 ~ N úJllero 58
OO:N"TE:N"X:OO
Págs.
Acta de la sesi6n del sábado 10 de Septiembre de 1910 .. 467
Acta de la¡sesi6n del lunes 12 de Septiembre de 1910...... . 459
Acta de la sesi6n del mar te .. 13 de Septiembre de 1910. .. ... • ... 462
Relllci6n de debates........ ........ ...... 463
Informe de una Comisi6n .... .. • •• ..... . 464
Nota y Telegrama..... ...... • .... . .. .... • .......... __ ._. •• " 464
ASAMBLEA NACIONAL DE 1910
ACTA DE LA SESION DEL SABADO 10 DE SEPTIEM'
BRE DE 1910
(Presidencia del Diputado Ospina).
1
Con el quorum requerido el señor Presidente
abri6 la sesión á las diez de la mafiana. No concu·
nieron á ella, previamente excusados, los Diputados
Esguerra, García G., Quintero Calderón, Sl1mper
y Segovia.
11
Fue leída y aprobada sin observación alguna el
acta de la. sesión anterior, y se dio cuenta del orden
del día de la corporación.
111
Abierto el tercer debate del proyecto de ley
" sobre vías de comunicación," el Diputado Ospina
propuso 10 siguiente, que explicó y fue aproo
bado:
"Vuelva este proyecto á segundo debate."
Acto continuo el mismo Diputado Ospina subscribió
el siguiente artículo nuevo, el cual se aprobó:
"Lo dispuesto en esta Ley no obsta para 'loe la
Nación pueda utilizar ó consentir en que se utilicen,
en la extensi6n que fuere nec.esario para el
establecimiento de ferrocarriles económieos ó tran·
vías, los caminos que por la misma Ley se ceden á
los Departamentos; pero éstos quedan con dere·
cho preferente para dedicar á ese mismo objeto
tales caminos."
El Diputado Perilla propuso luégo el siguiente,
como artículo final:
" Esta Ley regirá desde elLo de Marzo de 1911."
Us6 de la palabra el proponente para explicar.
lo, y en seguida el Diputado Quevedo Alvarez lo
modificó en esta forma:
"Esta Ley regirá desde su promulgación."
Explicada pOI' su autor é impugnada por el Diputado
Perilla, fue negada esta modificación y el
Diputado Pinz6n propuso luégo esta otra, q~e se
aprobó y adoptó:
" Esta Ley regirá desde elLo de Febrero de
1911."
A continuación el Diputado Pérez sentó la mo
ción siguiente, que fue aprobada después de apoyarla
su autor y el Diputado Quevedo Alvarez:
" Revócase la aprobaci6n dada al artículo 6.°, y
reconsidél'ese éste."
Puesto de nuevo en consideración el artículo
citado, se negó; aprob6se luégo el título, y pasó el
proyecto en comisi6n de revisión al Diputado
Pinzón.
IV
Abierto el primer debate del proyecto de ley
" reformatorio del Código de Minas," el Diputado
Perilla pidió la lectura del artículo 163 del Códi.
go de Minas y el 4.° de la Ley 38 de 1887. Hicie.
ron luégo uso de la palabra los Diputados Arango
Ramón y Llorente, quien pidió se solicitase de la
Comisión Legislativa el proyecto de ley que refor.
ma el Código de Minas.
~l. !>iputado Perilla presentó la siguiente pl·O.
pos1clon:
" Suspéndase la discusión de este proyecto has.
ta la sesión del Junes próximo, y cítese al señor
Ministro de Hacienda." •
Terciaron en el debate los Diputados Pinzón,
Arango Ramón, Quevedo Alvarez, Arbeláez, Os.
pina, Lombana Barreneche yel proponente y lué.
go fue negada. En seguida se aprobó el p;oyecto
e~ primer debat.e, r pas6 al estudio del Diputado
VI llegas, con vemtiCuatro horas de término. Los
Diputados Lombana ~arreneche, Perilla y Arango
Ramón hicieron constar SUB votos negativos.
V
Procedióse á considerar en primer debate el
proyecto de ley .1 por la cual se concede una auto.
rización al Poder Ejecutivo " (Ferrocarril de Santa
Marta). Diosa lectura al informe respectivo y
después de aprobarse el proyecto de resoluci'ón
final, hizo uso de la palabra el Diputado Lombana
Barreneche para impugnar el proyecto. Apoyado
á continuación por el Diputado Sall:lzar M. y nuevamente
impugnado por el Diputado Lombana
Barreneche, se aprob6 en primer debate, y pasó en
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458 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
comisión, con plazo de tres días, á los Diputados
Arbeláez y Carreño.
VI
Como fuesen las der
Ejecutivo; al mismo tiempo los Alcaldes son. como
los Gobernadores, Agentes del Poder central; por
consiguiente, la Constitución, que constituye los
poderes públicos y dice quiénes son los llamados á
ejercerlos, debe señalar el origen de ellos, sin de
jar lugar á que las leyes vengan á cambiar la naturaleza
y la índole de las instituciones nacionales.
Eso es un principio indiscutible de ciencia constitucional.
No olvidéis que la Nación es una
aglomeración de Municipios; la vida de éstos es
condición primordial de la existencia de todo país.
Yo os conjuro, señores Diputados, á que dejemos
9. los Municipios el derecho de disponer de su suerte;
no nos empefiemos en una tutela sobre los pue-
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464 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
bIos como la que se impuso á Panamá, cuya separa ·
ción debe atribuirse á aquel centralismo agobiador,
en cuya virtud se enviaban desde aquí hasta los
más ínfimos empleados públicos para aquel Depar·
tamento.
Para concluir: apunto que yo no me opondría
á que los Gobernadores tuviesen la facultad de
suspender á 108 Alcaldes que no cumpliesen las órdenes
superiores, y de ese modo ya no habría
lugar á los reparos hechos sobre ese particular.
Una observación final: entre un gamonal elegido
por el pueblo y otro impuesto desde lejos, la op·
ción no es dudosa; pero del sufragio libre no surgen
sino mandatarios del pueblo, y vuelvo á usar
la palabra consabida y á aplicar el principio de derecho
público, y á llamaros la atención sobre que
en este asunto no se debate interés de partido sino
utilidad pública, que es alto interés nacional.
INFORME DE UNA COMISION
PUERTO Y ADUANA EN GUAPI
rentístico del país, la base principal de entradas
fiscales son las aduanas, y que por esa razón y
por otras que no hay para qué mencionar aquí,
fuéra de las ya apuntadas, debe proceder con suma
circunspección en la materia.
A fin de apuntar algo co&creto en relación con
la habilitación del puerto de Guapi, vuestra Comisi6n
hace aquí presente que la medida propues·
ta se apoya en las siguientes razones:
1. a Que ese puerto prestará grandes servicios al
centro del Cauca, pues por el camino del Micay ú
otro que será construido y saldrá directamente á
la ciudad de Popayán, se establecerá un tráfico
abundante;
2.& Que servirá también á las poblaciones del
sur del Huila y á las Provincias septentrionales
de N ariño y al rico valle del Patía, y
3.a Que pondrá en fácil comunicaci6n con el
Exterior la región rica y muy poblada de Guapí,
San Juan, Micay y Napa, abundante en minas, en
caucho y otros productos.
Honorables Diputados: Expuesto todo lo cual y en la certidumbre de
En relación oon el proyecto de ley" por la cual que el Gobierno tendrá presentes las razones y ob
se da una autorización al Gobierno" (para habili- servaciones anteriores, vuestra Comisión os pro·
tar para la importación y exportación el puerto pone respetuosamente el siguiente proyecto de re·
de Guapí y establecer en él una aduana), presen- soluci6n:
tado por el señor Ministro de Hacienda y confiado "Dése segundo debate al proyecto de ley ( por
á vuestra Comisión del mismo ramo, ésta os in- 111 cual se da una autorización al Gobierno.' "
forma como sigue: Honorables Diputados.
La habilitación de nuevos puertos y la apertura Bogotá, Agosto 4 de 1910.
de nuevas aduanas es asunto de mucha gravedad, Ped'ro Nel Ospina -Eudox io Oonstaín-Emilio
ya por los gastos que tales medidas imponen, ya , Saiz.
porque puertos de poca importancia-como son por --
lo menos por a!g~n tiempo los nuevos-tiene? j NOTA Y TELEGRAMA
qu~ estar mal vlgtlados y expuestos por conSl- Rep'Ública de Oolombia-Poder Judicial-Presi
gUlente .á los fraudes y contrabandos, en desusada denci a del Tribunal Superior- Número J,.3-Bo-proporClón.
gotá, 23 de S eptiembre de 1910.
POI' otra parte, para que el tráfico comercia] Sefí nr Presi dente de la Asamble3 Nacional-Presente.
adopte esos puertos y los u tilice en la necesaria Tengo el honor de corresponder al atento oficio
cuantía, á fin de que no l'tsulte perdidoso el :Fisco de esa Pl'e~üdencia, en el cual se sirve comunicar á
Nacional, es indispensable que ~llos estén comuni- este Superior Tribunal que la honorable Asamblea
cados por medio de buenos caminos con centros Nacional eligió como dignatarios á los 8efiores
importantes de producción y consumo. Sin esa doctores Luis A. Mesa, José María Lombana Ba
condición, los crecidos gastos que el sostenimiento rreneche y Eduardo Restrepo Sáenz, para el proxi.
de una aduana y los servicios del puerto implican, mo período.
absorben, sin provecho para las caJ'as públicas, Este Tribunal mira con complacencia tan acer-b
. 1 tadas designaciones'y agradece la deferencia mauena
parte, SI no e total, de lo que se logre re- nifestada.
candar por derechos de aduana. Soy del setior Presidente atento y seguro ser-
RUPERTO MELO
Tenemos en nuestro país ejemplos vivos de se· vidor,
mejantes resultados. Y si se estudia con alguna
atención lo que pasa á diario en otros pníses de
condiciones análogas al nuéstro, se observará que República de Oolombia-Gobernaci6n-Tunja, 13
la tendencia dominante en esa materia es á con· -de Septiembre de 1910.
centrar en pocos puertos importantes y bien vigilados
el caudal del tráfico, no obstante los incon·
venientes que de esas medidas resulten para determinadas
regiones.
Toca, pues, al Gobierno en cada caso estudiar
los factores del problema para resolverlo acerta·
damente, teniendo en cuenta que dado el sistema
Presidente Asamblea Nacional-Bogo.tá.
Honor acusarle recibo atento telegrama en que
dígnase Su Excelencia participarme prórroga sesiones
esa honorable Asamblea, y elección de sus dignatarios
para actual período reglamentario.
Servidor, RAFAEL CASTILLO MARIÑO
IMPRENTA N.A.OIONAL
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Citación recomendada (normas APA)
"Anales de la Asamblea Nacional - Serie única N. 58", -:-, 1910. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2094460/), el día 2026-04-05.
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