REPUBLIOA DE COLOMBIA
ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
Serie única ~ Bogotá, Diciembre 7 de 1910 ~ Número 99
OON"TEN"Z:OO
Aota de la sesión del s6:bado 26 de Noviembre 1910... •••. . ...
ACt4 de la seai6n del lunes 28 de Noviembre de 11110.
El señor Ministro de Gobierno propuso este
Págll. artículo nuevo, que fue aprobado:
7SS
[afllrmes de Comisiones.. ••.. ...... .... . . ..
787 "DEPARTAMENTO DE POLITICA INTERIOR
790
ASAMBLEA NACIONAL DE 1910
ACTA DE LA SESION DEL SÁBADO 26 DE
NOVIEMBRE DE 1910
(Presidencia del Diputado Perilla).
I
A esta sesión, que dio comienzo á las diez y
veinte minutos de la mañana, se excusaron de
concurrir los Diputados Arbeláez, García G.,
Márquez. y Valderrama.
11
Leída y aprobada sin observación alguna el
acta de la sesión anterior, se dio cuenta del orden
del día de la corporación.
111
Los Diputados Collazos y Rodríguez, á quienes
se había pasado en comisión de revisión el
proyecto de ley "por la cual se-confiere una au:
torización al Poder Ejecutivo," lo devolvierou,
rindiendo cada uno separadamente informe y
proponiendo modificaciones.
IV
Se abrió el segundo debate del proyecto de ley
,e por la cual se determina el artículo del Presupuesto
~l cual debe imputarse un gasto."
El artículo único de que se compone fue modificado
por la Comisión, así:
" Abrese al Poder Ejecutivo un crédito adicional
al Presupuesto de Gastos de la vigencia en
curso, con la siguiente imputación:
el DEPARTAMENTO DE CORREOS Y TELÉGRAFOS
" Capítulo 1 6.
"Artículo 5 1. Para dar cumplimiento al Decreto
del Gobierno, número 384, de 2 1
de Abril de 1910 ................ $ 7,696"
Lo explicaron el señor Ministro de Gobierno
y el Diputado Pinzón. Se aprobó y adoptó.
'''Capftulo I. o
.1 Asamblea N acional-Personal.
"Artículo 2. 0 Para atender al pago de los suel.
dos de los Diputados á la Asamblea Nacional y
al de los empleados de la Secretaría de la misma
corporación, en diez y seis días, contados del 15
al 30 del presente mes de N oviem-bre._
........•....•..•..••..•• $ 8,84213
" Capitulo 9.0
11 Oficinas y Parqne de Vacunaci6n.
"Artículo 1 4 A. Para atender á los
gastos de material de la Oficina y Par.
que de Vacunación por los meses de
Octubre y Noviembre de este año ....
11 Capítulo I [.
" Po licia Nacbnal -Personal y material.
"Artículo 23. Para gastos impre.
vistos de la Policía Nacional. .....•...
200 .••
200 .•
11 OmPARTA-MENre DE ]t1STICIA - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
" Capítulo 2 (.
11 Tribunales Superiores de Distrito Judicial.
"Artículo 70. Para honorarios de
Conjueces en los casos en que tengan
que funcionar. . . . • • . . . . . . . . . . . . . . 600 .•
"Capftulo 26.
11 Vigencias anteriores.
" Artículo 200. Para atender á la
legalización de gastos pendientes de
la vigencia ar.terior ....... ......• 500 ,.
El señor Ministro propuso este otro artículo
nuevo, que fue igualmente aprobado:
" Esta Ley regirá desde su sanción. ,.
En discusión el título, lo modificó el señor Ministro
de Gobierno, así:
" Proyecto de ley 'por la cual se abren vari,os
créditos adicionales al Presupuesto de Gastos
de 1910.' "
Se aprobó y adoptó.
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186 ANALEH DE LA A~AMBLEA NACIONAL
V
Contin uó el segu ndo debate del proyecto de
ley "en desarrollo del Acto Legislativo número
3 de 1910."
En discusión el artículo transitorio propuesto
por el Diputado Holguín y Caro, el Diputado
Samper hizo leer el artículo 210 del Reglamento.
La Presidencia declar6 inadmisible este ardculo,
resolución de la cual apeló el Diputado
Holguín y Caro. Impugnaron la resolución presidenciallos
Diputados Holguín y Caro y Restrepo
Sáenz, y la sustentaron los Diputados Perilla,
Espinosa y Rosas. La Asamblea confirmó
la citada resolución.
El señor Ministro de Gobierno propuso luégo
la siguiente moción, que sustentada por el Diputado
Ferrero, se aprobó:
"Revócase la aprobación dada al artículo I? de
este proyecto, y reconsidérese."
/ En discusión el artículo reconsiderado, se negó.
-' El señor Ministro de Gobierno propuso este
artículo nuevo, que fue aprobado:
"Esta Ley regirá desde el día 1.° de Diciembre
próximo."
Se aprob61uégo el título, y pasó el proyecto á
los Diputados Rosas y Samper, en comisión de
revisión, con veinticuatro horas de término.
VI
Como en ese momento hubiera número suficiente,
se cerr6 el segu ndo debate del proyecto
de ley "por la cual se abren varios créditos adi cionales
al Presupuesto de Gastos de 1 9 10," y
pasó á tercero.
VII
El señor Ministro de Gobierno recomendó á la
consideración de la Asamblea el proyecto de ley
" reformatoria del procedimiento judicial en materia
de apertura de testamentos cerrados otorgados
en el Extranjero," y el Diputado Rosas
propuso lo siguiente, que fue aprobado:
"Dése segundo debate al proyecto de ley que
acaba de recomendar el señor Ministro de Gobierno."
Abierto, en consecuencia, el segundo debate
del citado proyecto, fueron aprobados, uno en pos
de otro, los artículos 1.0, 2.°, 3.°,4.°, 5.°, 6.°, 7.°
Y 8.0 originales.
A continuación el Diputado Samper propuso
y explic6 esta moción, que fue aprobada:
" Rev6case la aprobación dada al artículo primero
y reconsidérese."
En discusi6n el expresado artículo, lo modificó
el Diputado Samper de la siguiente manera, en
la cual se aprob6 y adoptó:
ce El testamento cerrado otorgado por un colombiano
6 por un extranjero que tenga su domicilio
en Colombia, de conformidad con el artículo
1085 del Código Civil, podrá ser abierto por
un Ministro Diplomático de Colombia, por un
Secretario de Legación encargado de ésta, ó
por un Cónsul que tenga patente del Presidente
de la República, á petición de la persona en
cuyo poder se encuentre el testamento 6 de cualquier
colombiano, en caso de que el tes a.mento
haya quedado en poder del funcionario ante
quien se solicita la apertura."
, Se aprobó luégo el título, se cerró e se:gundo
debate del proyecto y pasó á tercero.
VIII
A las doce del día se suspendió la se:si6o, y se
reanudó á las tres y veinticinco m.inuftos de
la tarde.
IX
El Diputado Pinzón propuso y explicó lo siguiente:
" Altérese el qrden del día y dése se~\ll1do debate
al proyecto de ley , por la cual se da una
autorización al Gobierno ' (empréstito) ."
Se aprobó la alteración, y en discusi6I1 el resto
de la proposición, la modificó el DiputaLdo Rodríguez
de la siguiente manera, en la cUalI sce aprobó
y adoptó:
" Considérense los informes de los dios niembros
de la Comisión de Revisión que- esttudió el
proyecto de ley ' por la cual se da aloa autorización
al Gobierno.' "
Se leyeron los informes de los Diput ados Collazos
y Rodríguez, y se puso en conlsideración
el proyecto de resolución con que terrmina el del
Diputado Collazos, el cual está concebúdo así :
" Considérense las modificaciones illltrodu cidas
al proyecto de ley en discusión."
Impugnaron este proyecto de resoluc;i6n los Diputados
Rodríguez y Espinosa, y lo s.usten taron
el señor Ministro de Hacienda y el Diputado
Lombana Barreneche, quien hizo le r los art culos
244, 245 Y 246 del Reglamento. 1 Diputado
Holguín y Caro hizo algunas observ'aciones al
respecto.
Se aprobó el proyecto de resolucitSn, al cual
hizo constar su voto negativo el D· utado Espinosa.
A las cinco y quince minutos de la tarde el
Diputado Pinzón solicitó se discutiera en segundo
debate este proyecto en sesión permanente,
en lo cual convino la Asamblea.
En consideración la primera modificación de la
Comisión, consistente en refundir en uoo solo los
tres primeros artículos del proyecto, se aprobó y
adoptó. Se puso luégo en discusión la modifica ción
de la Comisión para el artículo 4.°, el cual
debe quedar como segundo del proyecto, así:
,e Autorízase asímismo al GobielLn.o para que
con el producto de las esmeraldas n o destinadas
á la amortización del papel moneda, y ntelldiéndose
con las personas y entidades á ue haya lu-
I
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 787
gar, única y exclusivamente para el arreglo de
cuentas, pague lo siguiente: lo que pruebe legal- A las seis de la tarde el señor Presidente le-mente
la Colombz'an Emerald Company haber vantó la sesi6n.
x
desembolsado en virtud del proyecto de contrato
subscrito en Londres el 23 de Diciembre de 1908 El Presidente,
por dicha Compañía y los señores Camilo Torres
Elicechea y Laureano García Ortiz; lo que se
debe en concepto de capital é intereses por la
anticipación que recibió el Gobierno en Londres
J ESUS PERILLA V.
El Secretario,
Manuel M. Gómez P .
á cuenta de un empréstito iniciado por valor de ACTA DE LA SESION DEL LUNES 28 DE NOVIEM-
¡; 5°0,00°, Y lo más que se deba con cargo á las BRE DE 1910
existencias de esmeraldas."
(Pre~ellcia del Diputado Perilla). La Presidencia hizo leer el artículo 245 del
Reglamento, y dio algunas explicaciones á unas 1
observaciones hechas por el Diputado Segovia. A las diez de la mañana, y con el número re-
Se aprobó esta modificación, y para adoptarse, el querido, el señor Presidente declaró abierta la
Diputado Rodríguez submodificó en esta forma: sesi6n de este día.
H Autorízase asímismo al Gobierno para que Se habían excusado de asistir los Diputados
con el producto de las esmeraldas no destinadas Márquez y Valderrama.
á la amortización del papel moneda, y entendién-dose
con las personas y entidades á que haya lu- 11
gar, única y exclusivamente para el arreglo de Leída y aprobada sin observaci6n alguna el
cuentas, pague lo siguiente: acta de la sesión anterior, se dio cuenta del or-
H 1. o Lo que pruebe legalmente la Colombian den del día y de los siguientes asuntos: cuatro
Enzerald Company haber desembolsado por virtud oficios de los señores doctor Jesús Perilla, doctor
del proyecto de contrato subscrito en Londres el Manuel Dávila Flórez, doctor Pedro E. Otero y
23 de Diciembre de 1908 por dicha Compañía y don Carlos Liévano, en los cuales dan las gralos
señores Camilo Torres EJicechea y Laureano cias á la Asamblea por los nombramientos que
García Ortiz ; les hiciera de miembros del Gran Consejo Elec-
" 2.
0
Lo que se deba en concepto de capital é toral, y aceptan tales nombramientos; de uno del
intereses por la anticipación que recibi6 el Go- señor doctor Antonio Gómez Restrepo, en el
bierno en Londres, á cuenta de un empréstito cual manifiesta su agradecimiento por la propode
L 500,000; sici6n de condolencia aprobada por la corpora-
"3.
0
Los intereses y el fondo de amortización ción con motivo del fallecimiento de su padre;
de la deuda exterior consolidada, de acuerdo con de un mensaje del Poder Ejecutivo, remisivo de
el conv~nio Rqlg.án-~a_sIJlQrS! ~ y _ _ - - - -la terna- para -la elección del-octavo-suplellte de
" 4· o Los intereses y el fondo de amortizaci6n los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia;
del empréstito sobre el ferrocarril de la Sabana." de un telegrama de Pamplona, relacionado con el
Impugna~on esta submodificaci6n los Diputad~s proyecto sobre harinas, y de uno de Leiva, de
Restrepo Saenz y Ferrero, y la sustentaron el DI- Fray Luis J. Contreras, en el cual da cuenta de
putada Rodríguez y en parte el Diputado Hol- los ataques de que fue víctima el Párroco de ese
guÍn y Caro. El Diputado Escobar hizo algunas lugar.
observaciones, á las cuales contestó el señor Mi-nistro
de Hacienda. Se negó esta submodificación,
y el mismo Diputado Rodríguez propuso otra,
consistente en suprimir los incisos 3. 0 Y 4. o de su
primera su bmodificación y en agregar la palabra
'¡,'~zz'cz'al después de empréstt'to, en el segundo inCISO.
Esta submodificaci6n fue igualmente negada, y
á continuación s~ adoptó la ya aprobada del Diputado
Collazos.
Se aprobó y adoptó luégo la modificaci6n propuesta
para el artículo S. o, la cual está concebida
así:
" La presente Ley regirá desde su publicaci6n
en el D z'arz'o Oficz·al."
Acto continuo se cerró el segundo debate del
proyecto, y pas6 á tercero.
111
El Diputado Samper prop,llso lo siguiente, que
fue aprobado:
"Señálase el día 30 del mes en curso, á las
once y treinta minutos de la mañana, p~ra la
elección del suplente que falta de los Maglstrados
de la Corte Suprema de Justicia."
IV
Abierto el tercer debate del proyecto de ley
" por la cual se confiere una autorizaci6n al Poder
Ejecutivo," el Diputado Espinosa propuso y
explicó esta moción: "Vuelva este proyecto á
segundo debate, con el objeto de reconsiderar el
artículo segundo," y pidió luégo se hiciesen constar
en el acta las siguientes palabras:
)
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
,
788 ANALES DE IoJA ASAMBLEA NACIONAL
e' En guarda del bue'n nombre de la Asamblea,
pido que quede constancia en el acta de los hechos
siguientes: que esta corporación ha estado
siempre dispuesta á votar cuantas economías fueren
necesarias para atender á la deuda exterior
sin apelar á la consecución de un empréstito en
el Exterior;
"Que el Presupuesto ha quedado desequilibrado,
no por culpa de la Asamblea, sino porque
los señores Ministros del Despacho no acep
taron las deducciones hechas en el cuadro D; se
presentaron aquí á restablecer un por una, en
forma de créditos adicz'onales, todas las partidas
que se habían deducido, elevando así el Presupuesto
de Gastos á $ 12.000,000, no á 14, como
ha dicho el señor Ministro de Hacienda, y produjeron
con esto el desequilibrio de los Presupuestos;
" Que los contractéditos presentados por algunos
Diputados fueron combatidos por los señores
Ministros;
"Que el Poder Ejecutivo no ha presentado
otro proyecto de economías que el de asignacz'otUS
civiles, el cual fue retirado antes de que la
Asamblea hubiese tenido tiempo para consider~
rlo; y el de autorizaci·,n para rebajar sueldos,
que. no obstante su inconstitucionalidad, fue
aprobado;
u Que los proyectos sobre economías, como uno
que tendía á reducir sueldos, que tuve el honor
de presentar en asocio de los honorables Diputados
Arango y Gómez, fueron combatidos por
los señores Ministros; y finalmente,
" Que la minoría de la Asamblea ha combatido
hasta donde le ha sido posible este proyecto,
en la forma en que ha venido sustentándolo el
señor Ministro de Hacienda, desde el día en
que fue presentado á la consideración de la
Asamblea."
Impugnaron tal moción los Diputados Pinzón,
Guerrero y Hernández, y la sustentaron los
Diputados Espinosa y Rodríguez y el señor Ministro
de Hacienda, quien pidió se votase por
partes, y señaló como primera hasta donde dice
" á segundo debate," y como segunda el resto.
Se aprobó la primera parte, y en discusión la
segunda, se negó, después de sustentarla el Diputado
Espinosa y de impugnarla el Diputado
Holguín y Caro.
Se abri6 el segundo debate del expresado
proyecto, y el Diputado Rodríguez propuso:
e' Reconsidérese el artículo 2 o "
Impugnó esta moción el Diputado Lombana
Barreneche, y la sustentaron los Diputados Espinosa
y Rodríguez. Se negó, y el señor Ministro
de Hacienda propuso y expliLó este artículo
nuevo:
" En el próximo período fiscal el Gobierno reducirá
los gastos públicos de manera que el total
de ellos en el año no alcance sino á ocho millones
de pesos, á lo sumo. Las disminuciones ó
supresiones que para esto hubieren de hacerse,
podrán recaer sobre toda clase de sueldos, sean
fijos ó eventuales, y sobre cualquiera otro género
de erogaciones, salvo en cuanto unos y otras correspondan
al Poder Judicial.
"Parágrafo. Para el solo objeto de realizar
economías se podrán hacer en el Presupuesto
las traslaciones que fueren necesarias."
A continuación el DipUtado Rodríguez propuso:
" Suspéndase lo que se discute y consiérese .
lo siguiente;
" Rebájanse en un 20 por 100 las asignaciones
de los empleados públicos, que sean ó excedan
de cien pesos, excepto las del Poder Judicial."
La sustentaron los Diputados Espinosa y Rodríguez,
y como fueran las doce del día, se suspendi~
la sesión.
V
Reanudada á las tres y quince minutos de la
tarde, se leyeron dos mensajes del Poder Ejecutivo,
con los cuales devolvió sancionadas las le.
yes número 82 y 83, "de Presupuestos N acionales
de Rentas y Gastos para el período fiscal de
191 1," Y "por la cuai se da una autorización al
Gobierno. "
VI
El Diputado Mesa devolvió, con informe, una
petición de Paulino Abad, para que se le rehabi lite
en el goce de sus derechos políticos. El mismo
Diputado Mesa propuso y explicó lo siguien te,
que fue aprobado:
'e Antes de entrar en el orden del día considérese
el informe de la Comisión de Negocios Ci viles
y Judiciales, sobre rehabilitación de los de
rechos políticos de Paulino Abad."
Se leyó el respectivo informe, y fue aprobado
el proyecto de resolución con que termina, en
votación secreta, por veintid6s balotas blancas
contra tres negras, según informaron los escrutadores
Diputados Ferrero y Torrente. Dicho
proyecto de resolución dice:
"Rehabilítase en el uso de los derechos políticos
al señor Paulino Abad, vecino de Bolívar,
en el Departamento de Antioquia."
El Diputado Collazos, como Presidente de la
Comisión de División Territorial, presentó el informe
de que trata el artículo 94 del Reglamento.
VII
Se aprobaron en tercer debate los proyectos
de ley "por la cual se abren varios créditos al
Presupuesto de Gastos de 1910 " Y "reformatoria
del procedimiento judicial en materia de apertura
de testamentos cerrados otorgados en el Extranjero.
"
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 789
VIII " Los sueldos menores de $ 150, en un 10 por
Continuó el segundo debate del proyecto de 100.
ley" por la cual se concede una autorización al " § 1? Exceptúanse de lo dispuesto en este aro
Poder Ejecutivo." tículo los sueldos del Poder Judicial.
En discusión la proposición del Diputado Ro- " § 2? Las dietas de los miembros del Congre-dríguez,
la impugnó el señor Ministro de Ha- so serán consideradas como sueldos para los efec
cienda y la sustentaron los Diputados Espinosa tos de este artículo.
'y Mesa. Este último, en asocio de los Diputados "Artículo. En ejercicio de las facultades con-
Arango Ramón, Espinosa y Gómez, propuso: cedidas por la Ley 59 del presente año, podrá el
. "~uspéndase lo que se discute y considérese lo Gobierno economizar hasta seis millones de pe-
SIgUIente: sos, y para este fin hacer en el Presupuesto de
"Mientras el Congreso dicta la ley de asigna- Gastos las traslaciones que creyere necesarias."
ciones civiles, redúcense los sueldos de los em- Impugnaron esta proposición los Diputados
pleados nacionales en las proporciones siguientes: Espinosa y Mesa, y la sustentaron el proponente,
., Los sueldos de $ 300 ó mayores, en un 30 el señor Ministro de Hacienda y el Diputado
por 100. Segovia. Se aprobó la suspensión, é hizo constar
" Los sueldos de $ 250 á $ 300, en un 25 por su voto negativo el Diputado Espinosa.
100. En discusión el artículo I?, el Diputado Segovia
"Los sueldos de $ 200 á $ 250 , en un 20 por pidió se votase por partes: señal6 como primera
100. el artículo con el primer parágrafo, y como se-
" Los sueldos de $ 150 á $ 200, en un 15 por gunda el segundo parágrafo.
100. En consideración la primera parte, la modificó
"Los sueldos de $ 100 á $ 150, en un 10 por el Diputado Espinosa suprimiendo las palabras
100. "en los casos que juzgue necesarios,"
"~ l? Exceptúanse de lo dispuesto n este Hizo algunas observaciones el Diputado Hol-artículo
los sueldos del Poder Judicial. guín y Caro, y luégo se aprobó. Para adoptarse,
" § 2? Las dietas de los miembros del Congre- el Diputado Segovia submodificó agregando las
so serán consideradas como sueldos para los efec- I pala?r~s "en los casos que juzgue necesar!?s " y
tos de este artículo," supnmIendo las palabras" que no exceda.
Se aprobó la suspensión, y en discusión el ar- Impugnaron esta submodificación el Diputado
tí~u.10, lo impugnó el Diputado Segovia, quien Holguín y Caro y el señor Ministro de H~cienPldlÓ
se votase por partes: señaló como primera da, y la sustentó el proponente. En segU1da el
el artículo y el primer parágrafo, y como segun- seña; Mi.nistro de Hacienda propuso esta otra
da el segundo parágrafo. modIficacIón:
En discusión la primera parte, la impugnaron " Mientras el Congreso no haya dictado la ley
el señor Ministro de Hacienda y el Diputado de asignaciones civiles, el Gobierno reducirá los
Guerrero, y la sustentaron los Diputados Mesa y sueldos de los empleados en una proporción que
Segovia. no exceda de la siguiente escala:
A las cinco de la tarde el Diputado Pinzón "Los sueldos de $ 300 ó mayores, en un 3 0
pidi6 se discutiera este proyecto en sesión per- por lOO.
manente, en lo cual convino la Asamblea. "Los sueldos de $ :250 á $ 300, en un 25 por
El Diputado Esguerra hizo leer el inciso 10 100.
del artículo 76 de la Constitución, y el Diputado "Los sueldos de $ 250 ó menores, en un 20
Segovia el comentario hecho á este inciso por el por lOO.
doctor José M. Samper. "Parágrafo. Exceptúanse de lo dispuesto en
El Diputado Holguín y Caro propuso: este artículo los sueldos del Poder Judicial."
"Suspéndase lo que se discute y consú:lérese lo Impugnó esta modificación el Diputado Espi-siguiente:
nasa, y fue aprobada. Hicieron constar sus votos
ce Mientras el Congreso no haya dictado la ley negativos los Diputados Escobar, Espinosa. Se- (
de asignaciones civiles, el Gobierno reducirá los govia, Mesa, Perilla, Samper y Carbone1l. ~
sueldos de los empleados nacionales, en los casos El Diputado Restrepo Sáenz modificó el pará-que
juzgue necesarios, en una proporción que no fo agregándole "y los de los empleados que de
exceda de la siguiente escala: venguen una asignación de $ 70 oro, ó menor."
"Los sueldos de $ 300 ó mayores, en un 30 Impugnaron esta modificación el Diputado
por 100. Holguín y Caro y el señor Ministro de Hacienda,
"Los sueldos de $ 250 á $ 300, en un 25 por y la sustentó el Diputado Rodríguez. Se negó, y
100. el Diputado Espinosa propuso esta otra submo. f
"Los sueldos de $ 1 50 á 250, en un 15 por dificación:
100. " • . . • • . . .• ...•..• . .. ' ••••• - •• ' ... ...,. - -
/ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
'190 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
"Los sueldos de $ 250 á $ 100, en un 20 por
100.
"Los sueldos de $ 100 á $ 50, en un 10 por
100.
"Parágrafo. Exceptúanse de lo dispuesto en
este artículo los sueldos del Poder Judicial."
Se negó esta modificación, después de impugnarla
el señor Ministro de Hacienda y de sustentarla
el proponente, y en seguida se adoptó la ya
aprobada, propuesta por el señor Ministro de
Hacienda.
En discusión la segunda parte, ó sea el parágrafo
segundo del primer artículo presentado por
el Diputado Holguín y Caro, se negó.
En consideración el artículo 2.°, del Diputado
Holguín y Caro, 10 sustentó el señor Ministro
de Hacienda y lo modificó el Diputado Espinosa
así:
" En ejercicio de las facultades concedidas por
la Ley 59 del presente año, podrá el Gobierno
economizar hasta seis millones de pesos."
Sustentó esta modificación el proponente, y la
impugnó el señor Ministro de Haci~nda. Se ne gó'
Y á continuación se aprobó el artículo del Diputado
Hoguín, al cual hicieron constar sus votos
negativos los Diputados Espinosa, Segovia, Sam
per, Mesa y Arango Ramón.
En seguida los Diputados G6mez, Arango
Ramón, Mesa, Arbeláez, Rosas, Escobar, Samper,
Segovia, García Herreros, Carbonel1, Rodríguez,
Dulcey, Saiz y Guerrero propusieron
este artículo nuevo:
"Las monedas de oro representativas de la
unidad monetaria nacional tendrán curso legal
en la circulación fiscal y en los negocios particulares,
como equivalentes de papel moneda en la
proporción de un peso en oro por cien pesos en
papel moneda. En los mismos términos expresados
y de acuerdo con la equivalencia establecida
por el artículo 1.0 de la Ley 35 de 19°7, tendrán
también curso legal las lnonedas de oro inglesas
de una y de media libra esterlina."
La Presidencia hizo leer el artículo 210 del Reglamento,
y declaró inadmisible el artículo propuesto.
El Diputado Gómez apeló de la resolución presidencial,
la cual sustentaron los Diputados Holguín
y Caro y Restrepo Sáenz é impugnaron los
Diputados Rodríguez y Arango Ramón.
Fue improbada la resolución presidencial. En
discusión el artículo, el Diputado Holguín y
Caro pidió se votase por partes. Señaló como
primera hasta donde dice" por cien pesos en papel
moneda," y como segunda el resto. En consideración
la primera parte, la sustentó el Diputa~
o Arbeláez, y el sefior Ministro de Haciehda
la modificó de la siguiente manera, en la cual la
explicó y fue aprobada y adoptada:
"Las monedas de oro inglesas de una y de
media libra esterlina tendrán curso forzoso al tipo
del diez mil por ciento en relación con el papel
moneda."
La segunda parte la declaró la Presidencia virtualmente
negada.
En discusión el título, 10 modificó el Diputado
Holguín y Caro en esta forma, en la cual se
aprobó y adoptó:
" Proyecto de ley sobre asuntos fiscales."
Se cerró luégo el segundo debate, al cual hizo
constar su voto negativo el Diputado Espinosa,
y pasó el proyecto á tercero.
IX
A las siete y veinticinco minutos de la noche
el señor Presidente levantó la sesión.
El Presidente,
JESUS PERILLA V.
El Secretario,
Manuel María Gómez P.
INFORMES DE COMISIONES
APERTURA DE TESTAMENTOS CERRADOS
Honorables Dipu~ad03 :
Se admite en Derecho Internacional Privado la
validez de un testamento otorgado en el Extran·
jero, si por -lo tocante á las solemnidades se hiciel'e
constar BU cunfvrmidad á laa leyes del país en
,londe se otorgó. Esto en virtud de las razones justificativas
de la regla lOOU8 'regit aotum. Por otra
parte, es principio también admitido que 108 nacionales
de un país puedan otorgar testamento en
el Extranjero ante sus respectivos Agentes Diplomáticos
ó Consulares, caso en el cual el testamento
queda sometido á las reglas establecidas por la ley
del otorgante.
N uestro Código Oivil, en sus artículos 1084 y
1085, consagra ambos principios y extiende la facultad
de testar, en la forma últimamente expresada,
á los extranjeros domiciliados en Colombia, y
á los Ministros de naciones amigas el poder para
autorizar el testamento. El proyecto de ley" reformatoria
del procedimiento judicial en materia de
apertura de testamentos cerrados otorgados en el
Extranjero," que ha tocado estudiar á vuestra Comisión,
se refiere á las disposiciones substantivas
contenidas en el artículo 1085 del Código Civil.
La forma establecida en el artículo citado para
otorgar testamento los colombianos en el Exterior,
tiene que ser la preferida en la mayoría de los
casos, porque según ella el otorgamiento se rige
por las leyes nacionales, y es de suponerse que
ellas son conocidas por los hijos de Colombia, al
menos en sus disposiciones generales. No sucede
sin duda otro tanto con la ley extranjera, y es
muy natural, al testar según lo preceptuado por
ella y de acuerdo con sus solemnidades, el temor
de violarla por falta del debido conocimiento, lo
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 791
que traería como consecuencia la posible nulidad
del testamento.
Las ventajas que procura el artículo 1085 del
Código Civil, en cnanto permite otorgar testamento
ante el Agente Diplomático colombiano ó de
naci6n amiga, ó ante un Cónsul, se han hecho has·
ta ahora nugatorias respecto á testamentos cerrados,
porque no existen en nuestro C6digo Judicial
las disposiciones claras y terminantE::s que establezcan
el procedimiento para la apertura de los
testamentos otorgados en la forma dicha . .A llenar
ese vacío tiende el proyecto de ley de que aquí se
trata, y, á juicio de vuestra Comisión, cumple en
un todo su objeto. Las disposiciones en él contenidas
armonizan en lo posible con las que regulan la
apertura de testamentos otorgados dentro del territorio
nacional y establecen un procedimiento
sencillo y eficaz para los que lo hayan sido en el
Extranjero.
Por lo expuesto, tiene vuestra Comisión el honor
de proponeros:
" Dése segundo debate al proyecto de ley 'reformatoria
del procedimiento judicial en materia
de apertura de testamentos cerrados otorgados en
el Extranjero.' "
Honorables Diputados.
Eduardo Rest1'epo Sáenz
República de Oolombia-Asamblea .J..Vacional-SeCl'eta1'
ía-Bogotá, Noviemb1'e 26 de 1910.
En la sesión de ]a fecba Re aproLó la parte resolutiva
del anterior informe.
PubJfquese.
El Secreta rio,
B. Pef¿a V.
MINAS DE ESMERALDAS DE MUZO Y COSCUEZ
Señor Presidente. Señores Diputadoa :
La Comisión á cuyo estudio pasó el proyecto de
ley presentado por el señor Ministro de Hacienda,
" sobre administración y explotación de las minas
de esmeraldas de Muzo y Coscuez," no encuentra
en él sino motivos de alta conveniencia para recomendároslo
muy decididamente.
Improbado por el Cuerpo Legislativo, debido á
grandes causales y vicios de nulidad, el contrato
que para la administración y explotaci6n de esas
minas se celebró con la Oolombian Ernerald Oompany,
va ya para seis meses que se suspendi6 su
Jaboreo, sin que por ello hayan dejado de hacerse
cuantiosos gastos en conservación y vigilancia.
Por espiritu de lucro J' de economía-de lucro,
por abrir al exhausto Tesoro Nacional esa antigua
fuente de recursos; de economía, para impedir
erogaciones i::nproductivas, como las que actual·
mente se hacen en Muzo y Coscuez,-deben darse
á la explotación las minas consabidas.
Por creerlo innecesario, dadas las explicaciones
que el señor Ministro de Hacienda ha hecho en
..
sesiones secretas á la Asamblea, VQ~stra Comisión
se abstiene de entrar en otras consideraciones, y
os propone el siguiente proyecto de resolución:
"Désele segundo debate al proyecto de ley' so·
bre administración y explotación de las minas de
esmeraldas de Muzo y Coscuez.' "
Bogotá, Noviembre 17 de 1910.
Señores Diputados.
Bermes García G.-Augusto N. Samper
RepitbZioa de Oolombia-Asamblea Nacional-Se·
cretaria-Bogotá, Noviernbre 29 de 1910.
En la sesión de la fecha fue aprobada la parte
resolutiva del anterior informe.
Cópiese y publíquese.
El Secretario, M. M. Gómez }>.
REHABILITACIONES DE DERECHOS POLITI008
Honorables Diputados:
Paulino Abad, vecino de Bolívar, en el Depar.
tamento de Antioquia, solicita se ]e rehabilite en
el ejercicio de sus derechos políticos, que perdió á
causa de sentencia proferida por el Juzgado 2.0
Superior de Medellín, que lo condenó á dos años
de reclusión, como responsable del delito de homi·
cidio.
Consta del expediente creado por el peticionario
que ésta cumpli6 la pena con arret)lo á la sentencia,
y que en el e tablecimiento de ca tigo ob·
servó bu ena cond ucta.
De las certificaciones expedidas por el Alcalde
y el J upz de Bolívar y de Sl1:-1 respectivos Secre·
tarios, consta también que por residir allí Abad lo
conocen y les consta que ha obsel'vado constantemente
muy buena conducta.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 91
del C6digo Penal y el artículo 98 de la Constitución
en su ordinal 1.0, vuestra Comisión oS propo·
ne respetuosamente el siguiente proyecto de resolución:
" Rehabilitase en el uso de sus derechos políticos
al señor Paulino Abad, vecino de Bolívar, en
el Departamento de Antioqnia."
Bogotá, Noviembre 28 de 1910.
Vuestra Uomisión,
Ramón Arango-José ..4.. Llorente - Luis A.
Mesa-Aníbal García Herreros.
Asamblea Naoional-Secretf1t¡'ia -Bogotá, N01)ie1n·
bre 28 de 1910.
En la sesión de la fecha s . aprob6 la parte resolutiva
del anterior informe, por veintidós balo·
tas blancas contra tre:3 negras.
Comuníquese esta resolución al señor Ministro
de Gobierno y al interesado, y archivese el expe·
diente.
C6piese y publíquese.
El Secretario, B. Peña V.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
'792 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
Honorables Diputados á la Asamblea Nacional:
Trino Congote, vecino de Medellín, solicita de
vosotros le concedáis la gl'acia de la rehabilitación
en el goce de los derechos políticos, de que rue
privado por sentencia del 4 de Noviembre de
1905, del Juzgado Superior del Distrito Judicial
de Antioquia, confirmada el 3 de Febrero de 1906
por el Tribunal Superior del mismo Distrito J u·
dicial.
Manuel Eraso FJórez, vecino de Pasto, os pide
la misma gracia, por habérsele condenado á la privación
perpetua de los derechos políticos, como
responsable de hurto, por sentencia del 9 de Octu
bre de 1909, proferida por la Prerectura de
G~lldarmería de Pasto.
V uestra Comisión, á quien pasasteis en estudio
esas solicitudes, observa ]0 siguiente:
Trino Uongote, como EraBo Flórez, han comprobado
BU buena conducta después de dictadas las
respectivas sentencias; pero ralta la prueba del
cumplimiento de las penas corporales á que fueron
condenados, para poder saber si han transcurrido
los cURtro años de que trata el artículo 91
del Cód Igo Penal.
En consecuencia, vuestra Comisión tiene el honor
de proponeros el siguiente proyecto de resolución:
"No ha lugar á conceder la gracia de la rehabilitación
en el goce de los derechos políticos, pedida
á la Asamblea Nacional por Trino Congote,
vecino de MeJellín, y por Manuel Eraso Flórez,
vecino de Pasto.
" Publíquese y comuníquese á los interesados."
Bogntá, Octubre 26 de 1910.
Honorables Diputados.
Oarmelo Arango -Luis A. Mesa -José A. Llo-
1'ente-Aníbal García Herre1'os.
Firmo salvando mi voto respecto del señor Trino
Congote, porque me con~ta que cumplió la
pena que le fue impuesta.
Ramón Arango
Asamblea Nacional- Seoretaría - Bogotá, 30 de
Noviembre de 1910.
En la sesión de la recha se aprobó por catorce
balotas blancas contra nueve negras Ja siguiente
proposici6n :
" Rehaoilítase á Trino Uongote, vecino de Medellín,
y á Manuel Eraso F16rez, vecino de Pa~to,
, en el goce de los derechos políticos.
" Comuníquese y publíquese."
El Secretario, Manuel María Gómez P.
Honorables Diputados:
Ramón V ásq uez Calle, vecino de Yarumal, rue
~ondenad.o por el señor Juez 2.° Superior del Distrito
Judicial de Medellín y el Tribunal Su perior
de Antioquia á sufrir la pena de doce años y diez
y seis días de presidio por los delitos de ralsedad
y estara.
V ásquez Calle solicita de la honorable Asamblea
la rehabilitación de los derechos políticos,
por haber observado constantemente buena conducta
durante la reclusión y durante 108 siete
años transcurridos desde cuando recobr6la libertad.
Como se ha dado la prueba de haber cumplido
el solicitante la pena de reclusi6n que le fue impuesta,
y la prueba de buena conducta en el tiempo
requerido por la ley, vuestra Comisión os propone
e] siguiente proyecto de resolución:
., La Asamblea rehabilita á Ram6n V á8quez
Cane en el goce de 108 derechos políticos de que
fue privado por sentencias del Juez 2.0 Superior
del Distrito Judicial de Medellín y del Tribunal
Superior de Antioquia, de fechas 26 de Marzo y
20 de Abril de 1893.
" Comuníquese y pu blíquese."
Vuestra Comisión,
Abel Carbonell
República de Oolombia---.Á.samblea Naoional-Secretada-
Bogotá, Noviembre 30 de 1910.
En la se8i6n de la recha se aprobó la resoluci6n
con que termina el anterior informe, por veintid6s
balotas blancas con tra tres negras.
El Secretario, Manuel Mm'Ía Gómez P.
REVISION DEL AOTO LEGISLATIVO NUMERO 3 DE 1910
Honorables Diputados:
No obstante 108 esruerzos hechos para llenar
cumplidamente el encargo de revisar el proyecto
de ley" en desarrollo del Acto Legislativo númel'O
3 de 1910'" c('eem08 no haberlo conseguido en las
pocas horas de que hemos podido disponer para
ello.
En lo general, nuestra labor se ha dirigido á
corregir algunos errores de redacción y orden. En
pliego separado proponemos la forma de estas modificaciones,
que explicaremos verbalmente siempre
que sea necesario, ya que no tenemos tiempo
de hacerlo por escrito.
Bien hubiéramos querido introducir nuevos artículos
y hacer otras modificaciones, á fin de que
el proyecto en referencia quedara lo más completo
posible; pero en atención á que este propósito
impediría la terminación de Jos debates de tal
proyecto en las pocas horas que restan de ocupación
parlamentaria, nos hemos limitado á los puntos
indicados.
Por lo tanto tenemos el honor de proponeros:
" Reconsidérese el proyecto de ley 'en desarrollo
del Acto Legislativo número 3 de 1910,' y procédase
al examen de las modificaciones presenta-das
en pliego separado." ,
Bogotá, Noviembre 28 de 1910.
V uestra Comisión,
Gabriel Rosas-Augusto N. Samper
IMPR8N'l'A NAOIONAL
-.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"Anales de la Asamblea Nacional - Serie única N. 99", -:-, 1910. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2094445/), el día 2026-04-01.
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