REPUBLICA DE COLOMBIA
ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
Serie V Bogotá, Mayo 13 de 1907 ~ Número 20
Carmen Morales de Wilson, viuda del DI". Her
mógenes Wilson, seten ta y einc0 peRORo
Dolores CuevaR de LemuR, viuda del DI'. Zellón
OON'TEN"X:O C>
púg>.
Ley nlímero 18 de 1907 (Abril 30), .. sobre pensiones ........ .
Acta de la sesi6n elel día 4 de Mayo ele 1907.... .. .. .
.. 153 Fahio Lernllf', Retenta y cinco pesos.
155 Juana Aceberlo de F. de Soto, viuda del DI'.
157 b
158 A raham }1'. de Soto, . etenta \' eineo peRORo RelacilÍn y Tún>R:t Uribl' Rf'Rtn'
po, vilH1a é hija., l'(~!lreetivamAllt,e, lIt"/ Dr. Joc:é
Maria Urilw, Retenta y cinco P(lHOR cada una.
Rosa C~ rvajal de Paláu, viuda del DI'. Emigdio
Paláu, tr illt,a pesos.
Rosa Avilés de Fal'fas, viuda del GHueml Felipe
Farías, v inte pesos.
Manueld Núfiez de Mercado, viuila opl DI'. Antonio
Mer:ailn, treinta pesoA.
Mercedes Vanegas de Sáuchez é hijaR, viuda del
Dr. Camilo Sánchez, treinta pesos.
Luisa J ramillo Walkel' de Arango, viuda del
General Silvel'io A. Arango, cincuenta pesos.
Sinfol'osa Cuenca de Leal, hija del Dr. Tomás
Cuenca, veinte pesos.
Matilde lsaza de García, viuda del Goneral Luis
Fernando García, treinta peeos.
Al General Miguel María VilIota, herido en la
batalla de Tulcán é inválido, cincuenta peso~.
Ana Montúfar, hija del General Manuel D. Montúfar,
veinte pesos.
Próspel'() Uribe, Giudadano benemérito de la Pa·
tria, octogenario hoy, cuarenta pesos.
Felisa González de Isaacs é hijas, cincuenta
pesos.
Cecilia Mallarino de Ol'tiz, Ilieta del Dr. Manuel
María Mallarino, treinta pesos.
Fe1iciana y Emeteria Zambeano, hijas del Capitán
de la independencia Luciano Zambrano, vein
te pesos á cada una.
Amelía Salas, viuda de Millá n, Juana Salas,
viuda de Cleves y Catalina Salas, viuda de Matiz,
descendientes del Teniente Coronel Bellit,o Salas,
mártir de la Independencia, veinte pesosá cada una.
Concepción Gallo, hija del Coronel de la Inde·
pendencia José Domingo Gallo, veinte pesos.
Herminia Gómez de Abadía, hija del General
Manuel Gómez M., treinta pesos.
Bibiana Robledo de Caballero, hija del Coronel
de la Independencia Bibiano Robledo, veinte pesos.
Julia, Margarita y Josefa UCl'ÓS, hijas del Coro
nel de la Independencia José de D. Ucrós, veinte
pesos cada una. ,
Margarita, Elena y Ana María Ucrós Sarabia,
y lo!{ menores Luis y José U crós Sarabia, nietos
del precitaélo Coronel José de D. Ucrós, veinte
pesos cada uno.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
154 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
Oarmen Gutiérrez, viuda de Osario, y sus hermanas
\icenta y Manuela Gutiérrez, descendientes
de los próceres de la Independencia Pantaleón y
José Gregario Gutiérrez, veinte pesos, á cada una.
Oarolina Márquez de Cuervo, hija del Dr. J. I.
de Márquez, ex-Presidente de la República, etc.
etc., cien pesos.
de el día primero (1. o) del mes siguiente al de su
sanción.
Dada en Bogotá, á tl'eirita de Abril de mil no ·
vecientos siete.
Hortensia Vanegas, hija del Ooronel de la Inde
pendencia Vicente Vanegas, veinte pesos.
Mercedes Vernaza Plaza, biznieta del General
Simón Ambrosio de Plaza, treinta pesos.
Paulina Byrue de Holguín,. nieta del Ooronel
de la Independencia Francisco Picón, treinta
pesos.
El Presidente,
'El Secretario,
DIONISIO JIMÉNEZ
A u1'elio Rueda A.
Poder Ejecutivo-Bogotá, Abril 30 de 1907.
Publíquese y ejecútese_
(L. S.) R. REYES
El Ministro de Hacienda y Tesoro,
Nicolasa Herrera de Pifie res, desceudiente de
próceres de la Independencia, sesenta pesos, transmisibles
á sus hijas solteras.
Ana Pamba de Arroyo, deRcendiente de próce· I
res de la Independencia, treinta pesos, transmisi- I
bIes á sus hijas solteras.
TOBíAS V ALENZUELA
-*-- Oarmen, María Josefa y María Estévez y Noriega,
hijas del Coronel Estévez, de la Independen cia,
quince pesos á cada una.
Oorina Páez, viuda, y descendiente del invicto
General Páez, quince pesos.
Anto,nia Manzano, descendiente de un militar
dA la Independencia, quince pesos.
Francisco Borja, soldado de la Independencia
(héroe de A\'acucho), veinte pesos.
María de Jesús A. de Torres é hija, á veinte pesos,
y Mercedes, Silvia, Teresa y.María Torres B.,
veinte pesos cada una.
Pastora Giralda, hija del Oomandante de la Independencia
Francisco Giralda, tl'einta pesos.
Eli8a, Josefina, Paulina, Magdalena y Ana Ma
ría Ortega Peña, descendientes del prócer de la In
dependencia Sr. Mariano Ortega Narifío, quince
pesos cada una.
María, Paulina y Alejaudrina Tapia, nietas del
Oapitán Francisco Tapia, prócer de la Independen ·
cia, veinte pesos cada una.
Resurrección Vásquez, viuda del {leneral Luis
Vásquez, veinte pesos. '
Art. 7. o EIévase á cien pesos mensuales la pen sión
del Dr. Igaacio Vargas; á veinticinco la de
la Sra. Dolores Vanegas, hija del pl'ócet' de la
Independencia Vicente Vanegas, y á veinte la
de cada una de las Sritas. M'1I'ia del Rosario,
Ana Maria, Tl'inidad y Mel'cedes Ol'tiz Malo, nie
tas del prócer de la Independencia DI'. José Joaquín
Nagle.
Art. 8. 0 Traspásase á la sefíora viuda é hijas
solteras del General Alejandro Restrepo R., por
iguales partes, la pensión de sesenta pesos men
suales que le asignó el Decreto legislativo número
15 de 17 de Febrero de 1906. Este traspaso se
hará desde la fecha de AU fallecimiento.
Al't. 9. 0 Las mujeres disfrutarán de la pensión
mientras permanezcan soltet'as, y los menores
Ucrós S'arabia hasta su mayor edad_
Art. 10. Qneda reformada en los términos de
esta Ley la 37 de 1904.
Art. 11. La presente Ley empezará á regir des -
ACTA
DE LA SESIÓN DEL DíA 4: DE MAYO DE 1907
(Pre~idencia del honorable Diputado Mutis).
1
A la una y cuarenta minutos se llamó la lista.
Dejaron de concurrir debidamente excusados los
honorables Diputados Oalderón y Franco.
Después de aprobada el acta, sin observación
alguna, fue firmada la de la sesión del dfa dos
ante la honorable Asamblea, por los dignatarios de
la corporación_
Se dio cuenta de los negocios sustanciados por
la Presidencia y del orden del día.
Se recibieron sancioaadas por el Excmo. St'.
Presidente de la República:
La Ley 12, " por la cual se conceden varias pensiones
de jubilación y se reforma la 29 de 1905;" y
La Ley 13, "sobre pensiones."
II
El honorable Diputado Rueda Gómez propu~o :
"Antes de entrar en el orden del día considérese
lo siguiente:
" Visto el telegrama del Sr. Gobernador de Galán,
como Presidente del Oonsejo administrativo
de aquel Departamento, en que determina que es
el Sr. D. Luis Felipe Torres Elicechea el suplente
que debe reomplazar al Diputado principal Sr.
Oésar Oastro, llámese á dicho Dr. Torres E., por
cond.ucto del Sr. Ministt·o de Gobierno, á ejercer
las funciones de Diputado de aquel Departamento_"
El Sr. Ministro de Gobierno manifestó que había
recibido la nota de la Presidencia pidiendo
so llamara al suplente del Sr. Oastro, y que en tal
virtud serIa atendida la comunicación_ Explicó
que las diferencias observadas en las listas de los
honorables Diputados que se habían publicado en
el Diario Oficial dependían de las renuncias que
presentaron algunos de los nombrados.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 155
Después de esto fue negada la proposición.
III
El honorable Diputado Pinto presentó la siguiente
moción, que fue aprobada:
"Antes de entrar en el ol'tlen del día cont3idére·
se lo siguiente:
" La ilsa1nblea N aoional Oonstituyente y Legi8lativa
" RESUELVE:
" Consignar en el acta del día de hoy la expre
sión de su pena por la muerte del distinguido ciu·
dadano Dr. Jacobo de la Parra, acaecida en la ciudad
de Sogamoso, Departamento de Tundama, el
día de ayer; reconoce los importantes servicios
prestados por el Dr. de la Parra al país, como Go
bernador de Boyacá, Presidente de la Asamblea
del mismo Departamento y Tesorero general de
la República, y presenta á sus deudos la expresión
de su condolencia, especialmente al Sr. DI'_ Pablo
Garda Medina, distinguido miembro de la Asamblea."
IV
Se dio tercer debate y pasó á ser ley de la Re
pública el proyecto de ley" por la cual se conce·
de una autorización al Poder Ejecutivo," en vota
ción secreta, por mayoría de treinta y ocho balotas
blancas contra una negra, que escrutaron los ho
nOI'ables Diputados Lozano y Neira.
V
El honorable Diputado Salazar presentó la si
guiente proposición, que sustentó:
• , Reconsidérese el artículo 1. o de este proyecto."
En !:leguida el mismo Diputado proponente pi
dió se votara por partes, con el objeto de que fue
ra negado el aparte 4. ° del artículo citado_ Toma
ron parte en esta discusión el autor y los honora
bIes Diputados Restrepo y Vélez.
El Sr. Ministro de Gobierno modificó el artículo
mencionado, que dice:
.. Art. 1. o Siendo de imperiosa necesidad recons
tl'uir y levantar la carrera militar en el país, pro·
cédase á formar el escalafón militar de la Repú·
blica inscribiendo en él los nombres y graduación
de los militares que figuran en el de la Memoria
de Guerra ó documentos de aquel Ministerio en
1896 que se tomen por base, y además lús de los
Geuerales, Jefes y Oficiales cuyos grados conferidos
antes ó después. de aquella fecha llenen los 6iguientes
requisitos y sean l'evaliilados !:ln los términos
de la presente Ley;
" Que el grado hayl;l sido conferido conforme á
las disposiciones del Código Militar;
" Que para los ascensos posteriores hayan concurrido
las condiciones exigidas por los artículot'l
S3, 95, 97 Y 98 del Código citado; y
" Que los grados de Teniente Ooronel para arri.
ba hayan sido aprobados por el Senado de la Re
pública, según la atribución 5.', artículo 98 de la
Constitución. "
Hizo la siguiente explicación que se hace constar
á solicitud dellionorable Diputado Salazar:
"Más que en el fondo creo que en la forma en
que está redactado el parágrafo 4. o del artículo
que se reconsidera consiste la dificultad á que ha
aludido el honorable Diputado Salazar. Si en lu·
gar de haber empleado una conjunción conjuntiva
se hubiera puesto una disyuntiva, no existiría tal
dificultad.
" Los ascensos los da en su caso el General en
Jefe ó el Gobierno, y después viene la aprobación
del Senado. De manera que en el parágrafo, conforme
está redactado, hay una confusión de i~ea8
y una colocación in versa al poner como últlm.a
condición la que pudiera considerarse como PrImera."
Considero pues que hay un fondo de justicia
en las observaciones que acaba de exponer el Sr.
Salazar, y como es potestativo del Senado apro
bar ó improbar los grados que conceda el Ejecutivo,
así como los que otorgue el General en Jefe en
campafia, diciendo el artículo cuya reconsideración
se ha solicitado, que se hayan llenado las
condiciones de los cuatro primeros incisos, ó el
del quinto, queda perfectamente definida la prescripción
colocando la conjunción disyuntiva ó,
puesto que ese parágrafo viene á corroborar lo que
haya hecho el Ejecutivo ó el General en Jefe del
Ejército en campaña. En tal virtud los apartes
3.° y 4.° quedan unidos por la conjunción disyun ·
tiva Ó, en vez de la copulativa y.
El artículo 17 quedó aprobado así:
" .Art. 17. Para la calificación de los títulos que
acrediten los grados militares, créase un Tribunal
de calificación compuesto del Ministro de Guerra,
que lo presidirá, y de tres miembros que nombrará
la Asamblea Nacional y tres que nombt'ará el Poder
Ejecutivo .
El artíeulo 18. nuevo, que dice:
" Artículo. Ante el Tribunal de calificación militar
presentarán sus peticiones documentada!> los
individuos que pretendan se les incluya en el escalafón
militar."
Fue aprobado y adoptado, después de una expli·
cación del honorable Diputado Salazar .
Cerrado el debate sobre la parte dispositiva, y
puesto en discusión el titulo, fue aprobado, lOjn
modificación, detipués de)o eual el proyecto pasó
á tercer debate.
VI
El honorable Diputado Arango presentó, con in
forme el proyecto de ley "por la cual se declaran
prescritas cif.:rtas penas," proyecto que elaboró
como resultado de la solicitud 'elevada por algunos
presos del Panóptico, la cual se ~abía pasa~o en
comisión á la de Gobierno y Régimen PolitlCO y'
Municipal.
El Sr. Presidente ordenó se le diera el curso re
glamentario.
VII
Leído el informe de la Comisión que estudió el
proyecto de ley "sobre extracción del platino,~' se
aprobó el proyecto de resolución con que termma,
y se abrió en consecuencia el segundo debate.
El artículo 1. o, modificado por la Oomisión, que
dice:
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
156 ANALE~... V~ LA A~AMBLEA NACIONAL
" A rt. 1. o Declál'aHe la ven ta y exportación del
\lletal llamado platillo objeto reservado exclusiva
Illeut.e al Gohierno, salvo derechos legítimamente
adquiridos"
Fue aprobado con la siguiell te modificación que
propusieron los honora bies Dipu tados Pinto y
Manrique:
,\ Declárase la ve" ta y exportación de los meta
les llamados platino, paladio, iridio, osmio y
ruthenium, y todos 10B minerales radioactivos, oh
jeto reHervado exclusivamente al Gobiel'llo, salvo
derechos legítimametl te adquiridos."
Tomaron parte en la rliscusión de este artículo
los honorables Diputados Pinto, Manrique y An
gulo.
El artículo 2. o original, redactado así:
"Art. 2. 0 El Gobieruo queda ampliamente au·
torizado para oHtahlecol' el monopolio df" la expln
tacióll ó dB la exportación y ven ta del platino,
Biempre yue lo crea conveuiellte y útil para la Na
cióll, y sin pel'juit;io de los derochos adquiridos en
virtud de concesiones ó por cualquier otro título
anterivr á la fecha de esta Ley."
Lo t;ut;tituyó la Oomisión COil el t;iguiente:
"Artículo. El Poder Fjecutivo se abstendrá en
lo sucesivo de otorgar adjudicaciones de minas en
las cuales el platino sea el metal dominante, y de
permitir por nuevas concesiones la explotación ó
dragaje de los ríos en cuyo lecho se encuentra
este metal, y procedot'á á hacer levantar' un padrón
de las minas ó yacimientos que contengan
platino, que se hallen en explotación, así como de
las descubierta!:! que 00 estén en actividad."
Después de una discusión en que tomaron varte
los honorables Diputados Restrepo y Gutiérrez y
el Sr. Ministro de Obras PúblicaH, el primero de
los nombrados propuso la modifi<:ación que sigue,
con la cual se aprobó y adoptó el artículo:
" El Poder Ejecutivo podrá abstenerse. . . . . ..
"Parágrafo. Queda autorizado el Poder Ejecu
tivo para otorgar recompensas ba!:1tantes á los des·
CUbl ido res de minaB de el:lta clase."
El articulo 3. o original concebido así:
"Artículo. La presente Ley regirá desd\? su
sanción ejet:utiva, y quedan derogadas tod~s las
disposicionef.> que á ella sean contrarias."
Lo sustituyó la Oomisión con este otro:
"Articulo. Autorizase ampliamente al Gobier
no para establecer la explotación de las minas ó
yadmientos en que se hallen aquellos metales, y
á que se refiere el artículo anterior, que no estén
trabajándo8e actualmente."
El cual fue aprobado y adoptado.
Para articulo 4. o prOplll:lO la Oomisión el siguiente:
"Art. 4. 0 AutorIzase igualmente al Gobierno
para entenderse con log que beneficien dicho me·
tal, á fin de hacer y reglamentar de la manera
más conveniente la explotación de ellos en pro del
Tesoro y sin menoscabo de derechos adquiridos."
El cual fue también adotado por la corporación.
El honorable Diputado Pinto presentó este otro
artículo nuevo:
, "Arttculo. Autorizase al Gobierno para gustituir,
uJlJ1.do lq s r,e~ t:qnyen!ente1 el Pano n de sesent a
- v.
mil pesos oro por año, de que habla el artículo
2. o de la Ley 40 de 1905, por otro impuesto, que
será el diez por ciento del producto bruto de cada
cuenta de venta de las esmeraldas que se explo·
tel"l por empresas ó individuos particulal'esj pero
la exportación y la venta de esmeraldas se harán
conforme á lo dispuesto en el artículo 3. o de la
Cl tada Ley 40 de 1905."
Que fue modificado por el honorable Diputado
Restrepo así:
" .. ____ " • _ .. por otro impuesto que puede ser
hasta .... en vez de que será."
y así se aprobó y adoptó,
El siguiente artículo nuevo del honorable Di·
putado Pinto se aprobó y adoptó sin modificación
alguna:
"Artículo, El Gobierno ejercerá en la explotación
y administración de toda mina de esmeraldas
la inspección necesaria para cerciorarse y poder
percibir lo que le conesponde como impuesto.
" En los témlinos de los dos artículos anteriores
queda reformado el artículo 2. 0 de la citada Ley
marcada con el número 40 de 1905."
El mismo honorable Diputado propuso eflte otro:
"Habiendo adquirido la Nación por el inciso 2. 0
del artículo 202 de la Oonstitución todas las minas
que pertenecían á los antiguos Estados, adquirió
las de cobre que eran de propiedad de dichos Es
tados, y por tanto son aplicables á dichas minas
el artículo 2. o de la Ley 38 de 1887 y todas las dis
posicion<~s concordantes.
" Parágrafo. La present disposición se aplicará
como interpretación legal."
Modificado por el honorable Diputado Restrepo,
quedó adoptado así:
" Artículo. Son aplicables á las minas de cobre
el artículo 2. o de la Ley 38 de 1887 y todas las
disposiciones concordanies con él j esto es, que son
denunciables estas minas como las de oro y plata,
Concédese el plazo de un afio impt'Orrogabl á los
dueños actuales de terrenos que contengan minas
de cobre para denunciadas y solicitar los títulos
correspondientes conforme á las leyes generales
sobre minas."
Igualmente se aprobó el que sigue del honora·
blp, Diputado Pinto.
" Artículo. Las minas de cobre sólo pagarán la
mitad de 10R derechos que pagan las de metales
preciosos. "
El último artículo del proyecto original redac·
tado en la forma siguiente, fue negado.
"Artículo. La presente Ley regirá desde BU
sanción ejecutiva, y quedan derogadas todas las
disposiciones que á ellas sean contrarias.
No teniendo más artículos la partA dispositiva
de este proyecto, y no proponiéndose otros nue·
vos, se puso en disCUSIÓJl el titulo, que en el ori·
ginal decía "sobre extracción del platino." Los
honorables Diputados Pinto y Restrepo lo modifi·
caron en la forma que sigue, en la cual fue aprobado.
" Proyecto de ley sobre minas."
Antes de cerrarse el 2.° debate la Presidencia lo
pasó en comisión de revisión, con veinticuatro
boras de término, al honorable Diputad~ Lozano.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 157
VIII augusto recinto por algunos miembres de la Di-
_. _ putación libera1. Ellos, con conocimiento pleno de
En el curso de la seSlOn el honorable DIputado 1 h- t - lT dI' el valor civil q~ue
Jiménez devolvió COD informe el pl'Oyecto de ley a IS orla po 1 lCa e pUl S, ?on (- . n es í-
" sobre monedas," que se le habia pasado en co l?s enaltece y coloca en un. J~sto medIO, co p
misión. rItu verdaderamente patnótlCo y secundando el
. '.' programa salvador del Excmo. Sr. Gene!al Rey~s,
A l.as CInco y .dI~z m]~'!tos de la tarde el Sr. nos manifiestan en síntesis: que la Patl'la neceSIta
PresIdente termmo la seSlOn. hoy como nunca proscribir las revlleltas arma-
El Presidente, das 'entre herman~s para emprender por medio de
El Secretario,
AURELIQ MUTIS la paz las conquistas del progreso; que la co~cor·
dia entre los colombianos no es ya un enuncIado
Gerardo Arrubla utópico sino una tangible realidad; que si.n. renunciar
á sus creencias políticas apoyan decIdIdamente
el movimiento avasallador de la mayoda
RELAOION DE DEBATES
DE LA SESIÓN DEL DíA 12 DE ABRIL DE 1907
~n discu";lón en segundo dehatp el proyecto de
Acto legislativo que sUHtituye el Aeto legislntivo
número 2 Je 1\)05, el hllnorable Diplltado ReyeH
dijo:
"Sr. Presidente, honorableH Diputados:
"Con el recelo propio de quien por primera
vez hace seutir su voz en 10í\ ámbitos del tem plo
que la República ha consagrado á la Representa·
ción nacional, vengo, honorables Diputados, á too
mur parte en el asunto de más importancia que
acaso debamos tratar en las actuales sesiones de
la Asamblea Constituyente y Legislativíl, cual es
el de la expedición de un acto reformatorio que
aplace la época fijada para la convocatoria á elecciones
populares y consiguiente reunióu del Con·
greso.
,¡ Vespués de los luminosos discursos pronunciados
aquí por varios de mis honol'ables colegas,
liberales unos, conservadores otros, bien poco podré
agregar acerca· del proyecto en discusión, que
no se califique de redundante, y por tanto me
concretaré á poneros de manifiesto en esta breve
oración las ideas que mi propio criterio y los dis ,
cursos á que aludo me han sugerido. Como si
fueran organismos vivos, los partidos políticos
nacen, viven, desaparecen y sufren tl'ansformaciú'
nes más ó menos sustanciales en su decurso evolutivo,
según las condicioned de tiempo y lugar de
los individuos que los preconizan, pero obedeciendo
siempre á leyes sociológicas de carácter
universal. Tanto por esta reflexión filosófica como
porque hoy el Excmo. Sr. General Reyes ha di·
cho al país: "no quiero ser Jefe de partido alguno
sino de la Nación colombiana," juzgo extra·
cuestión, en los tiempofi que alcanzamos, toda
manifestación que tienda á resucitar el sectarismo
político y las dejas escuelas de doctrina.
¡, Sentadas estas premisas, voy á cumplir con
un deber de justicia al encomiar, como efectiva,
mente lo hago, la franca exposición que encarna
el sentido de los discursos pronunciados en este
en el sentido de ahogar lHS insanas pasiones de
partido, y por ültimo, que colombianos antes de
liberales, buscan el campo ayer desolado ?e la
Patria, el oasis de reconciliación que el tflcolor
nacional cubre con sus pliegueA de si!l1uólicas es-peranzas
á los buenos hijos de ColombIa. .
"Bellas conclusiones 80n éstas, honorableH DIputados,
que llenan el alma nacional de las más
dulces fruiciones y que señalarán el derrotero de
una vida civilizada, derrotero que si antes se conoció,
fue considerado como planta exótica en nuestro
suelo.
"Honol'ables Diputados: por cerca de una centuria
Colombia ha sido presa de laH luchas :fratricidas
que han postrado el ' ella todo elemento
de progreso y civilización, y á tal punto llegó su
aniquilamiento, que bien poco faltó para qu~ el
fantasma aterrador de su desilusi6n como na~Ión
independiente y soberana destacara )su .Homb.rs
para un porvenir no lejano; pero la I l'OvlJenClft,
solícita porque de la dindema de la virgen l\mé.
rica meridional no desapareciese su más pl'eClads
joya, plugo libertar á eeta Patria de las féJ'rens
cadenas del yugo invasor que ya tenía preparadas
para destrozarla en ut! todo, y envió ~l efecto una
aurora de renacimiento que, desvaneClendo el cao.s
en que se hallaba sumergida, la pusiese en c~n~l~cioues
de escalar la cúspÍlle gloriosa de la CIVIlIzación
á que por sobrados títulos tiene dere~ho.
Tales designios, Sr. Presidente, se está? cu.m.p~lendo
con el advenimiento de UDa nueva era, IDIClada
por el Gobierno que preside el Excmo. Sr. Gene·
ral Reyes; éra en la cual se acata y 1'~8peta la
opinión pública como elemento que vlvlfica el
organismo político; él'a en la cual ~e reco.nocen y
garantizan los derechos de los aSOCIados Slll excepciones
odiosas de partidos; éra en la cual se trabaja
sin tregua para obtener el adelanto moral y
material del país en el Interior, el ~'espeto á qne
es acreedor por parte del Extranjero, y en la
cual se llama á la aran familia colombiana á enju·
gar las lágrimas ~Ie la Patria, mutilada por la
traición de espíritus menguados. .
"Sr. Presidente: doy mi voto a~l'm~tl;o .al proyecto
que se discute, con la conClenCIa mtlma de
que cumplo con un sagrado deber, porque anhelo
•
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
158 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
poner una piedra más para solidificar el edificio
social y político de la Patria rediviva; lo hago en
ombre del Departamento de Nariño, que inmerecidamente
me ha confiado su representación; en
nombre de ese pueblo laborioso y altivo que encierra
el mar Pacífico y nuestro rico cuanto extenso
tel'J'it~rio oriental; en nombre de ese pueblo
que en días aciagos para la Patria, y cuando el
toque de secesión se hizo sentir á nuestras puertas,
tomó como baluarte la solitaria cima de los An·
des, cabe la bandera nacional para defender hasta
morir su Dios, su Patria eolombiana r su derecho,'
Itl honorable Diputado Neira dijo:
,e Sr. Presiuente:
"Agotados los temas tí que da lugar este 1110
yecto por Jos illlstrados oradorés que me han ¡¡re
cedido tn el uso de la palabra, voy á dar en términos
sencillos la razón de mi voto en la importante
cuestión que nos ocupa.
" Uon el objeto de evitar apreciaciones políticas
que miren al pasado y que puedan herir la susceptibilidad
de uno ó varios grupos de mis honol'ables
colega!'!, me servil'é de apuntaciones escritas
que sirvan á la vez para concretar mejor mis
ideas.
"Bsta misma Asamblea, con personal menos
numeroso que el actual, pero compuesta como lo
está hoy por ciudadanos de todos los matices po·
líticos, aceptó y sancionó en el año de 1905 las
instituciones de 1886, cou las modificacioues que
le intl'odujo por medio de once act.os ¡'eformatorios
de la Constitución y de sesenta y cuatro leyes
que llevaron casi siempre el sello de la unanimidad
de votos.
" Desde entonces, y bajo la egida del esclarecido
Jefe de la Nación, quedaron aeeptadas generalmente
en Colombia unas mismas ideas de orden
y de paz y desaparecieron, en 10 sustancial, muchas
de las asperezas y extravagancias que divi·
dían á los bandos políticos.
" Facilitósele así al Presidente de la República
la misi6n que él se impuso desde el día de su posesión,
de gobern~l' con todos los colombianos, de
ser sólo administrador de los intereses públicos y
no Jefe de ninguna secta ó parcialidad.
" Echadas de este modo las bases de la concordia
nacional, en Luena hora iniciada por el ilustre
Magistrado, el país ha venido en marcha triunfal,
recibiendo impulso vigoroso por medio de un des·
arrollo moral y material que está á la vista de
todos nuestros conciudadanos y de nosotros
mIsmos.
"Coadyuvar, por tanto, á la continuación de
ese es liado de cosas es, desde luégo, nuestro primer
deber no sólo como legisladores sino como
hijos de un país combatido hasta ayer no más por
el infortunio.
" y hoy, cuando hay sosiego en los espíritus y
tranquilidad en los ánimos, sería insensatez de
nuestra parte el no diferir lo que el tecnicismo le·
gal denomina elecciones popula?'f3s, y que entre
nosotros ha sido casi siempre zambras democráticas,
fuente de desórdenes y motivo 6 pretexto de
nuestras guerras civiles.
" Cierto es que nuestros próceres, al darnos Patria
y libertad, nos legaron el régimen repu blicano;
pero también lo es que nosotros, aleccionados por
una dolorosa experiencia, no debemos continuar
abusando de ese legado y debatirnos más frecuen ·
temente de 10 necesario dentro del campo mismo
de ~cci6n que ha sido origen de nuestras des·
graCIas.
"Aplacemos, en consecuencia, la época de lluestl"
OS disturbios y pongamos en mallOS del Jefe del
Estado las autorizaciones bastantes para que pue·
da continuat' llevando la nave de la República
por la senda de la paz, de la tl'anquilidad y (Iel
engrandecimiento.
" POI' lo
excepcionales c ond icione ~, repito, merece que se
confíe en él y que se le deposi te toda la suma de
poder necesario para hacer el bieu, .
" Más al1.n: si, como lo creo, las espentnzal:! de!
patriotismo son satisfechas, deber de los colom·
Lianos será no permitir que aquel varón fuerte
y abnegado se separe dUl'llnte su vida del ejercicio
del poder público, y que la Nación, U1~a vez eu
grandecida y próspera, perpetúe-despues en bron·
ce la memoria de quien la levantó al nivel de
los demás países civilizados del orbe."
+
INFORMES DE COMISIONES
Honorables Diput1dos :
Con especial agrado pasamos á informaros para
segundo debate sobre el proyecto de ley "por la
cua) se concede una pensión" (al Sr. General D.
M:l-celiano Vélez ").
En principio somos enemigos de que el Cuerpo
Legislativo decrete pensiones á favor de servidores
de la. República, porque esa función debe estar
encomendada á un Tribunal que califique las prue.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
aNALES DJ!; LA ASAMBLEA NACIONAL 159
bas y reconozca, no como gracia sino como obligación
sagrada de la República, el derecho de todo
ciudadano que se encuentre dentro de los términos
de la ley. Así se distribuye la justicia entre
todos sin distinción de clases y conforme á los
más preciosos principios de la democracia. En
efecto, tal es nuestra legislación actual, la que
prudentemente ha fijado campo á los casos excep·
cionales, en que no es un individuo ni una familia
sino el sentimiento nacional quien reclama de
los Representantes de la Nación que por modo auténtieo
y con toda la majestad de la ley, dejen
constancia del homenaje público rendido á los
grandes corazones y á las gmndes virtudes_
Tal es el caso del modesto General Marceliano
Vélez, quien en medio de la pobreza y ya en el
invierno de la vida, nada pide á la Nación, nada
pide á SUR conciudadanos, sino que lo dejen aca
bar tranquilo su existencia en Ull apartado rin
eón, donde 8US brazos buscan el sustento de su
hogar en las labor~s campestres.
A ese rincón va á buscarlo el Cuerpo Legislati
vo de la Nación para decirle que Colombia sabe
honral' las canas de quien habiendo pasado l)Or
las más altaR posiciones sociales y políticas, se
acerca al sepulcro con las manos y el corazón limpios
de todo fraude, de toda violencia, de toda
iniquidad.
Es raro y rarísimo que habiendo sido el General
V élez Jefe de Ej I3rci tos y Jefe de partido, y ha biendo
tomado parte en 108 acontecimientos poli
ticos más notablef:! de la época, no haya ni siquiera
un fanático, un sectario que no proclame muy
alto su honradez, su magnanimidad y su elevado
republicanismo_
En estos tiempos de insaciable codicia preciso
es proponer á la generación que se levanta altos
ejemplos de civismo y desprendimiento, para que
los hombres modestos, pero de gran corazón, de
gl'ande amor á la Patria, no rehusen el sacrificio
por un país qlle tanto ha sufddo y que los necesita
para asegurar su porvenir y salvar los princi
pi os de la democracia.
Con la ley que se proyecta lleva.remos algún ca
101' al hogar de un dudada no modesto; pero eso es
lo secundario; lo principal es dar una satisfac ción
al sentimiento público que palpita en el pecho
de todo colombiano, sin distinción de partidos;
porque en este país, en medio de sus veleidades y
desgracias, anaiga profundamente el amor á la
justicia y el homenaje á la virtud_
Para que el acto revista jos cal'acteres de un
veredicto nacional; es circunstancia plausible que
en la Asamblea estén represeutados todos los pal'
tidos políticos.
El voto afirmativo que demos al proyecto equivaldrá
á una declaración solemne de que de hoy
en adelante no se juzgará á los hombres POl' las
opiniones que profesen, sino por el amor y pureza
con que hayan sabido servir á la Patria.
No dudando de que la unanimidad que tuvo el
pi'oyecto en el primel' debate la tendrá en el segundo,
cábenos el honor y la satisfacción de proponeros
el siguiente proyecto de resolución:
Dése segundo debate al proyecto de ley á que
este informe se refiere.
Honorables Diputados.
Bogotá, Abril 24 de L907.
A. J. RES'l'REPO-MARCELINO ARANGO -RUFINO
GUTIÉRREZ.
Honorable¡ Diputados.
La comisión que la Presidencia de esta honorable
corporación nos ha hecho el honor de confe
rirnos con el fin de informar para, segundo debate
sobre el proyecto de ley " por el cual se da una au
torizacióo al Poder Ejecutivo," viene á llenar di·
cho encargo, sometiendo á vuestro elevado criterio
algunas breves consideraciones.
El día 11 de Febrero de lS85 el Gobierno del Es
tado Soberano del Cauca, á la sazón en Guerra,
dictó un decreto por el cual se ordenaba la confis
cación de los bienes y propiedades de las casas co
merciales de Gaviria é Hijos y Cerruti & Compa
fiJa, providencia que sin demora alguna fue He
vada á cabo por intermedio de las fuerzas del
Gobiemo acantonadas en la ciudad de Cali.
Los Sres. Gaviria é Hijos habían logrado acn
mular en los largos afios de trabajo laborioso y
honrado, una muy respetable fortuna que vino á
quedar pulverizada en pocas horas debido al turbión
producido por aquella desoladora guerra civiL
Un respetable súbdito alemán, el Sr. D_ Carlos
H. Simmonds, entró en negociaciones con la casa
comercial de los Sres. Gwiria é Hijos, con el obje
to de amparar y proteger los valiosos intereses de
aquellos colombianos, en peligro siempre que la
anormalidad ha sustituido el orden y la tranquilidad
públicos. De aquellas operaciones surgió como
natural consecuencia la venta que hizo la casa al
Sr Simmonds de todos los efectos que poseía en
las ciudades de Cali, Buenaventura y Córdoba del
extinguido Estado del Cauca. Dicha negociación
fue llevada á cabo con anterioridad al decreto de
expropiación dictado por aquel Gobierno seccional,
y Simmonds, en uso del derecho que le confería la
ley, intentó varias gestiones en demanda del reconocimiento
y pago por parte de la Nación de los
bienes que habían sido materia de aquella confisción.
Dichos bienes, pertenecientes al Sr. Simmonds
por la venta que le hicieron Gaviria é Hijos, fue ron
considerados de pertenencia de éstos; yen consecuencia
fue íntegramente despojado de ellos el
Sr. Simmonds, quedando, por lo mismo, en absoluta
incapacidad de pagarles á Gaviria é Hijos el pre·
cio de la venta de esos bienes, viniendo á ser éstos
los sacrificados indirectamente por aquella con/lscacióll.
De ahí las persistentes gest~ones del Sr.
Simmonds, su desastrosa infecundidad y la cesión
que de sus claroC!. derechos se vio precisado á hacer á
favor de Gaviria é Hijos, quienes en la persona del
socio Juan de la Cruz Gaviria, represeutan hoy los
derechos de aquel súbdito extranjero, siendo el
objeto del proyecto de ley cuyo estudio se nos ha
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
160 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
encargado, el abrir la puerta á uua reparación,
aunque tardía, justa y clamorosamente reclamada.
La inutilidad de las gestiones intentadas ante
diversos funcionarios del orden judicial obligaron
al Sr. Juan de la Cruz Gaviria, cesionario de Sim
monds y socio liquidador de la casa de Gaviria é
Hijos, á pedi r al Oongreso de 1894: la expedició!l
de un acto legislativo que lo reparara de las pérdI'
das sufridas durante la guerra de 1885. El Con·
greso atendió aquella muy justa solicitud y dictó
la Ley 9 de ese afio, reconociendo el crédito y au
torizando al Gobierno nacional para verificar el
pago.
La Oomisión de Suminist ros, Empréstitos y Ex
propiaciones, á ]a cual se atribuyó por medio de
una disposición ejecutiva el arreglo de la reclama·
ción, condenó al Tesoro público á pagar en bonos
colombianos una suma, como equivalente al valor
de los bjpnes confiscados, y el Consejo de Estarlo,
en VIrtud (le una l'azonada apelación interpuesta
por el Sr. Gaviria, elevó aquella cantidad á la suma
de $ 150,000, pagadera en honos, que aún conser·
va el agl'aciado porque la efectividad de ellos, dada
la depreciación de nuestra moneda, no alcanzaría á
suplir siq uiera los gastos verificados en veintidós
a~os de rlivet'sas gestiones intentadas.
Las consideracioues jurídicas y de estricta justi
cia aducidas por el Sr. Subsecretario de Guerra,
Dr. Olímaco Losada, en el extenso informe sorne·
tido al eE'tlldio del Oonsejo do Minis t ros y muchos
otros que juzgamos innecosarios en un documento
de esta índole, han llevado á nuestro ánimo la ín·
tima convicción de que se trata de reparar uno de
esos ataques á la propiedad de los hombres labo
riosos, víctimas de la pasión política en el venda·
val de IlUoRtras encarnizadas guerras civiles.
Por las razones e.x:puesta8 tenemos el honor de
someter á vuestra aprobación la siguiente proposición:
" Dése seguudo deba te al proyecto de ley pt'e
sentado por el Sr. Minist ro de Hacienda y Tesoro
y por el cual Re confiere u na a utol'Ízación al Poder
Ejecutivo. "
Vuestra Comisión .
EVARISTO LXARCíA-JORGE VÉLEZ - JOSÉ MARíA
RUIZ-MAXIMILIANO NEIRA-RAFAEr" ANTONIO OR
DUZ.
Bogotá, Abril 29 de 1907.
Excmo. Sr. Pre.itlente, honorables Diplltados.
Estudiado atentamente el memorial dirigido á la
Asamblea Nacioual con fecha 10 de Abril del presente,
en que los leprosos del Lazareto de Agua de
Dios hacen presentes sus necesidades, apuntan al ·
gunas medidas t eudientes á su mejoramiento y ha
cen varias solicitudes, consignamo~ el informe que
nos corresponde en los siguientes términos:
1. o ~n la ley sobre lazaretos, que está para ex·
pedirse y que en lo posible regula la m.ateri~,. esta
corporación ha consignado ya las dISposIcIOnes
que son de su incumbencia eu relación con los
asuntos de que trata el citado memorial.
2.° En los puntos rolativos á la reglamentación
de los lazaretos, que sólo competen al Poder Eje
cutivo la Asamblea debe dejar su solución al celo
é inte;és que en particular animan al Gobierno.
3. o La solicitud sobre aumento de la ración dia·
ria de cada enfermo nos ha merecido particular
atención. Aunque J'econocemos los ingentes gas
tos que actualmente hace el Teaoro público para
el sosteuimiento de los lazaretos, suministrando á
Jos enfermos l oca h~s, medicinas, vestuarios y cuan·
to es posible para proveer á su comodidad, somos
sin embargo de opinión que se aumente por ahora
siquiera á veinte centavo!'! la raeiótl ele cada le·
proso. Si la que hoy I'eciben sería algo menos que
escasa par'a un individuo 00 01 completo goce de
su Balud, eon mayor razón li> es para. aquellos cuyo
desgaste físico va cada. día debilitano.o sus fuerzas
y abatiendo HU espiritu. Esto fnéra de que la ca ·
ridad nos impone compensar, ann cuando sea con
bienestar material, los sufrimientos morales de los
desdichao.os hermanos á quiene::; nos vemos obli.
gados á sepat'al' de sus familias en obediencia al
sagrado debel' de mirar por la seguridad social.
Mas comoquiera que también el asunto á que nos
refol'Ímos es de la eompateneia del Gobierno, vues·
tra Oomisióu 8e limita á oXpl'eSal' us más vehementes
deseos á fin de que, en tanto que lo per·
mita la situación fiscal, sea aumentada de quince
á veinte centavos la I!uota diaria que recibe cada
leproso.
En consecuencia vuestra Comisión os presenta
el siguiente proyecto de resolucióu:
Pásese al Sr. Ministro de Gobierno el memorial
que con fecha 10 de Abril dirigier.on los lepr~sos
de Agu.a de Dios á la Asamblea NaCIOnal ConstItu
yente y Legislativa, para lo que ese alto funciona·
rio tenga á bien resol ver respecto del aumento de
la ración de los enfermos y demás quejas y peti
ciones que en él se consignan.
Bogotá, Abt'il 23 de 1907.
Vuestro Oomisión,
JUAN E. MANRIQUE-EUGENIO UMAÑA-RAFAEL
ANTONIO ORDUZ-CÉSAR CASTRO-GABRIEL SOLANO-
OELIANO DUSSÁN.
Secretaría de la Asamblea Nacional Constitl.l,yente
y Legislativa-Bogotá, Abril ~3 de 1907.
El la sesión de la fecha se apt"Obó la resolución
con que termina el informe anterior.
Oon nota de atención pásese al Sr. Ministro de
Gobierno.
Arrubla
IMPRENTA NACIONAL
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"Anales de la Asamblea Nacional -Serie V N. 20", -:-, 1907. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2094384/), el día 2026-04-01.
¡Disfruta más de la BDB!
Explora contenidos digitales de forma gratuita, crea tus propias colecciones, colabora y comparte con otros.