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RGO
JE L .. ~ NUEV1\. GRA.NADA.
NU ... fERO 73. SEMESTRE 3•.
Dmningo 14 ele oJ layo tle 1815.
U A .E R E R .E CON S 1 I TUI T , S O 1I S Q,.U E E "X A C T, RE F I: R RE.
~JJJJJJ.rJ~~~J JfJJJf'J~JJ~JJJ~JJJJJJJ~JJJJJJJJrJJJJJJrJrJJJJJ~J~J~J~J~'~
.El S1guicntc papel Ita .~ido din,o-zdo al Editor
con la carta que l.:: precede. L~ publico
p.tra que no se cr a que otros fines dzsti11tos
qt e el d.? co1 placer á su autor me animart
á inccJ t •• rt •
S ntafe . l ,yo 8 815.- 1u adano Editor del
- r¡;os.-. prc:ciauo ami·;0: aunque sea contra
su modo d pcns:1 , 1 e de estimar á V md.
me incer e el adju 1~0 p:1pcl en el rgos, para
que c1 .trc en cli~-l cic.1 sobre su conrenido.
Sa! d y libtrtacl.- Su afLclÍcimo. - · J. C.
Un E.1·!r""'f!'U() rln n r'!i do en la ., •. G. á los
c.'·,:,·,:;s. · l.:~t:r le:; !J Constilli!Jente sobre la
dw·r;, :an (k le~ c. '/ lcados.
Ciuda-l (' "S h uh un hor.'lbre <]'le no tiene
o;,:-, P1~ra ni otrn i tfrPc:, en t')d lo n<~e os
d!c , ..., ·1' 0 L Lli,.:i a <.e ,·uc:stra ¡rt!''·í l, ce
quiCi t0c!os dcpcncl<.:nvJ . E:::.l lY l"t:r •••ult io
CJII.! si di • p~·o:. )era kndrc•nos , bu11d 1ntcs
hit nes, • q -:: nnestr0s clesce:.d icntcs no (' :x pe
·i nnt:'lr¡\n los rigo ·es de b f'O"tuna; pero r!ue
~¡ lt p .. trú L. piude, w .to los Lumbres we-
·est...rO'->JS, corno los qqc l;OSt.ul gr.ll1cle · riquo..
zac:, dtj·n·.in su Lmi!' \S <.n h mi;,tri·l, liJI'<•
nclo 1 l;erJd, Je Sll s pa ircs; sin que se
les 1 rrsen:e 1 :ngun medio hr de tan infeliz
situ· cion. Los tiranos se apodc:rarán de
n¡cstros biem ·, de nr: tras n~as y de: • ucs .
ras ln ic das, y reducid.n ;¡ los que sobrl' '
¡,an . b co dicion de ·~e ... •:s+lVo~, que ~se
·~· re n su futura dominac1on. Vuestra suerte,
J·'i "•' s•i íntimamente ligada con ¡,, lib-rt1cl
.1 •¡: is "n quE'! nacisteis, y es prcci o que
t:,dos cooperemos a conseguirla; hombres, mu~
C'r · y ¡,¡) os ele totla !ase y condicion
ele lCll l.:1rr r los mayore:s exf1erzos p.tra obtc
n r str objeto que se ha 1 roput.sto los
. mericc nos, ) sin el qual no ncontrarémos
• it ') des~r~ cías y los mas hor .::ndcJS m•tl· s
qur d'ligir.ir l C\Stl vuestros \Jltimo':i dcscc1-
di c.ntcs.
Electores de Cundinamarca y clemas
pueblo· dl' 1,1 . G. t:n vucstl as manos esti
la s;.:ertc de vu e ~tros hermanos, de vuestrns
cspo5as y de vuestros hij os; ·o otros os hallai
en situacion de hacer feliz vuestra patt ia,
escogiendo los sugetos que sean mas aproposito
p suj t entre nosotros;
pero tkbtmos 1 ,ut cr todo 1 que c~te de nuestra
part para aprcn echar lo po~o que tenemos,
cclnndo man de lc1s suj ·tos que mas e
hayan distinguid'), y que mas reunan bs '-ta d'>
In nLccsaria inteiigc1 cia en ira much.1 n ;l·
~ 'lr f.rilid<; tranquilos n que los errort-s no puc.
1 ausar la ruina ele la patria, pero inaclap,,,
iJJe á los tiempos de revolucion, en que
solo (k bcmos atc:ncler á los medios que deb
n ~alv · rnos. ¿ 'cría prudencia n un en e1.·-
mo de peligto nmdar todos los ellas de l'Hdico,
abandonando a aquel que babia ya toma.
do conocimientos de su ~nfcrmcdacl y ob~erva.
do su constitucion, para provar fortuna con los
nuevos profesores? V o creo que tal enfermo
moriría infaliblemente , tan solo por la va.
riedacl y OJ!Iosicion de los remedios. E st
creto de igualddd para tiempos mas f....ltccs, y
para quando se hayan familiarizado con vosotros
los conocimientos po~íticos, que la antigüa
tira11ia habia be ho e tra11g~.· ros n el país. ¿ Scnl
pos1ble que en estas circun stancias encontrcns
S';getos en quienes renovar inccsantemellte
el Gobierno, ::.in que se entorpesca r parali
·e su ~ccion en cada Ut1a de Ct>tas mutaciones?
¡Quien es el que se acerca ele nuevo .S.
estos empleos, que no se vc:1 en .. uelto n mí! di·
fi cultad.::s, de las c¡ualc se· dc:scmi:>arazaría con
la mayor faci lid .t cl otro que hu bie .. c tenido practica
en los negoc to ! .P~ ~tu s hn 11 brc.s que h· u
ap rct1dido con sumo trab<•jo lo conocimicnt0s
pollti~...us de qut noctsitanws, y que están a 1
nenas inici:ido en e arte de gobernar, son
los c:¡ uc pu ccJt 1 cJlmt ce n t 1 qut.l acierto. Por
que dc ~cngúi< mo11C s, 110 habra. ninguno entre
YOSGtros qtle no incurra en muchos ·n·ores de
C)l!e tc.ndrá que at-rtptntirse el hombre cau to y
con. id rad o, y si esto w cc:dc a. lo que han
~e ·¡u irido conocí mi ·ntos y mostrado t lento pa
·a rrobcrnar, ¿qué !::erá a los q H' entran el · nue-
YO ct tan dific il carrera? En fin , os dire lo C]Ut' en
tro ti~mpo d c ~...ian los hombres prudentes á
los J\.1~<'1 icanos del r<ürte. \o os ea:pongais á
perder la libertad pvr el t>xcesn:o aJ wr á la lz .
llbrrtad. No es tiempo au11 de r-·ozar:,:, sir:o ele
combatir por ella )' Conqui tarla. C JocJcl Ul
vuc~tros gobiernos hombres que amen est2 don
precioso, y que tra b:~en con un zch inf:!tigablc
por su adqui...,j ion, coo1 erando á L-ts
miras del Gobi ~ rno General que h:tbei · constituido,
y á quien haLeis enc:::t rg;,do la in·.portante
obra de vuc tra dcfenza. E sta j amás r;c
podrá veri ficar, ni JI ·narse los fines de la concentracion,
::.in o poneis gobernadores <}u e filc iliten
las o pcnlcionts, y que den el mas('.· acto
um plimi mo i tod~s las ordenes rd.~ti'.:a a
guerra y l'acic11da, qne t>o. los dos ol s ~ -
bre c:¡uc a }· prt"s ·nte rueda la nl <-1CJl lii1U poli .
tica. Guerra y hacienda es de lo que nos debemos
ocupar in de::.canso para salvr~r nr.., de
lo' enemigos. A un quanclo se ccrrn n, ¡ ' .1 1•
gun tiempv, lo tribunaks de justiC'i ' 'lliC
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
iesemos de m. no & ott· s proyectos que no
son sino el orn:.tmento de la sociedad, poco
imporlarin, con tal CJ~le se levantasen tro ~as,
y se procurasen m d1os pllra su mantenc10n.
• (Se continu~rá)
- -'
.l\'OTICL'l.S DEL I.NTERIOR.
AR'TlC"LLO DE OFICKO •
Rcsoltc ior~cs del Con•)·reso mandadas ~xecutllr
p or el Goówmo General.
Consulta de la .1.lta Corte de Justicia.
:..ntretan o se s:meiona el R cghmento del Tríl;
u n,ll e e J ustici,l, ocurrrn \ ar· causa en que
p3r c-:n imp ... cl!c os uno o dc,s J ncces, y aun 1me-
.~e llegar e, C'l'> <::n r¡ue tcn¡:;-tn que abstenerse
del cm oc:miL cto los tres qu~ hoy despachan 105
asuntos pcndi nlc:s, po:-lnlx r ;t t n cn ido en las
p! imc 'JS in t..tnci .. -:., Cú lil J qeccs, Asesores, y
P trvll'J ó ser de C)\ alquiera olro modo
llllLrL::.ados. P.1ra t:c n se demore, pues, el
~ ur o de :.a f.lll:l para
1 s e, . os in 1ica los . Sin·ase U. S. p on~rlo n
cnsiduacion d~ S. E. ~i·a la n.:s lu ioa
con •:· l11Li.LC'.
Dios gwtrdc á U .S. m 1chos &noc;;. Santafe
Abril '24 de lSi.S.- J o:1quin de H oyos.C:
.. cbdano ..... ec c tari dt J:;:,t' clo del Gobiernn
G~ll CT.l . ..
Dct:reto del Gob:emo Gra/.-S:mtafc': Abril 25
~ e 1815.- \.1 CoJ¡grcsu.-Uay trl!s r bric·ts.Valt
nzuel•.
R esolucion del Congreso.- Santafé Abril 2í de
18B-La fllta de Jueces , t'l • los ca!!.O:::. qHc ab ra.
za ia consulta y ~us semLj 1ntcs, se suplira, 1 ()
con los riscales por su orden en los negocios
en que nG sean partes. S0 con los Letrados em •
., pitados en mini terios públicos de j11sticin , 3°
' Con los clcmas profesores inco ·poroclos en la
Alta Corte, quien los nombrará ca su c:-~s o, y
b a ·.o h advertencia de deber siempre qued
· •r el Presidente en su propio lugar, aun qunndo
se absteng de votar por nlgun impcdimel'lto.
-POR E L CO!v"GRESO.-San~a Ma .
zia P.-Pombo. V. P . - G utierrez , Diputa-
,.,,o Srio.
3'75
D~crtlo ele! Coóiet1to Gral. - Exccu tese~ y C0·
muniquese. - Hay tres r ubricas.-Valenzuela.
Habiendose promovido por Fr. Gorcliano de
San Joac1uin Gonzalez, rel ig ioso y Procurador
de San F ra nci~co, declaratoria del Tribunal
an te quien deban interponerse los recursos
de fuerza, tubo á. bien el Congreso dar en
22 de Abril la que ¡,igue. "A reserva de la
mej or y mas exacta regulacion de la materi
de recursos de fu erza, que debe resultar de su
combinacion con otras atribuciones de la Al.
ta .C01:tc de jusüc ia, y para evitar el perjuicio
que se oeacionaria de dife rir esta resolucion,
suspendicndosc o trastornand ose el curso de
los negocios hasta la publicacion del Reglamento,
y co.ociderandose;-
" }
0
• Que lOS ramOS de )a poteStCtad CCO•
nomica yl de tuicion hán sido considerados
en todos los Pueblos civil isados como perte-.
pecicntcs a la Autoridad Naciona.l -
' 2°. Q ue d excrcicío de esta potestad,
si como otros ramos con los C]U ales tiene
m ucha rclacion, debe numerarse entre los negocios
gr~wc s y de un int res comun, atribuidos
á lo1 1\.utoridad Nacional-
" 3°. Que si esta atribucion vigoric;a d
poder cacinnaJ , no es p3r't otra cosa r1uc rara
manif star su alta consideracion al Clero y
Tribunal::-s E clesiastices, al mismo tiempo que
{)ara remover toda variedad en una materia
que dc.be s r la mas uniforme. -
" -1.0 • Que la medid1 de la au~oriaad , a
<1uien se atribuyen estos negocios debe corresponder
a la cxtencion que abraza el Tri •
bunal Eclesiastico, sig uiendo á la unidad de
e~te la de ~ quella. -
" 5°. Que no guar J andose esta unidad, y
dividiendose los rec ur ~os de fuerz.t en \'arios
tribuna les, serian encontradas las mas veces
en un mismo caso las resoluciones, y e~tas
por lo comun il usorias en ra.zon de no estar
la una autoriuad al al::ancc de las otras.
' 6°. Que no siendo los recursos de fuer-'
za su sccptibks de ulteriores instancias, e ~1-
gen por lo mismo ser mirados con la ullima
circun'ipecc:io n, tanto mas quanto que sus re ..
s ultt~dos pueden ser de una importancia y
tr~msccndcnc i ::1 general, decreta: -
" 1°. Que los recursos de fuerza ele In
Curia Ar3obispal, como l\Ietropolitana y COlllO
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
~7ó
Oioeesaná~ y de los Prelados y ~apitulos Pro. biem_m; ~·espectlvos sus propuc~tas con tolo
vinciales de las Orden monasttcas correspon. el mtramtenlo que corresponde a la gran con.
den a la Alta Corte de Juscia., flanza que ~e deposita en este Excrcito, cuy(¡)
"2~ Que los de las Curias sufraganeas y
Prelados Conventuales se vean y d<:termincn por
Jos Tribunaleii de justicia de la Provincia i que
perten zcan en calidad de Dekgndos de la Auto.
ridad Nacional.,
' 3°. Que estos no procedan á la expatriacion
o extranamiento d~ Jo~ Pn:lndos, sin
consultar y obtener la aprobacion de la lta
Corte de Justicia. ,
'' 4.0. Qne para admitir, oír, y d etermínat·
los recursos de fuerza ::.e sigan y b!>t:rven
l 1, a1aximas comunes de esta el. se de ncgo.
ClOS. ,
' Tu el va al P oder E x~utivo pa r~ su cumplimiento,)'
C<111lul1icat:l0ll a C!llld1 COrreSl1 011d, .. ,
Y mand, do cxecutár en 2 del corriente por
el Gout ·rno General la traslado a V. E. ['ara u
cur.1 >.imicnlo y pu licacion en es a Pronncia,
comunicandolo V. E. a los Pr lados sec ulares
y 1\.gulat<.s que hubi<.se en <.:1 a. - ios g 1c.
a ' ...... mucl,o cti'i::.. S.mt.1fé _ Lt) o 2 de 13 J.5 -
' i::. ut tO · a!tJ' z t.! e .1 , S~crc.t:11 io de L t,•c, ' y
Rd,,c.ones Extl rinre-s.- f,xmo. Sr. Go Jcr,Ja.
dor Je sta Provincia.
El Gol ierno G eneral de la Pro·:i·: ÍlsL!
oid.!s de la ... Tucr~ Gran~ t1a. -- :Ct:c:;t so
ckf}Lle la fh.rz1 y SL ·uricad dcbs mirn,.s
Provi• cias t<...nga • todo los apl')yos r1ue la
pruck liCia di ... ta huber prl p.traclo de ~u te.
1111no p·1ra los accidtnk•, varios e~ e !.t.
gucrn, en que puedan ve rsc los Cucr') ~~ dto¡
er: c;one , tn les dif r ntes puntv (' l. s
fronterus por donde b~ amenaz.m los t , mi.
gas de su libt:rt&d é incl<:'penden<.ia) <.knda
la furmacion de Lm Ex rcito de rt~C'' \',t le
tres mil hombres de iufimteriu, con 1>ll r0rrespondiente
artillrri ~ r caballeri ·l, s:n p ·. j 1 ¡_
c1o de las milici:,s de una y otra arm·~, cu.
) o arn·glos y d1sciplina se continu<~ri'l C~"n
d mavor ze!o n todas las Provincias. DIchos.
tres mil hombres !>e aquart ·!aran . · di;;.
tnbu1rá.n por Batallones de a quinicnto , c n
los paragés que clespues ~signare el Gobic:.
n_o, contando p:1ra todo con los que :mtcnormente
se hnn mandado levantar o cx1'- )
tan ya sin particular desli1 o á los Ex ~rcitos
ro\ incia5 Un1 las. h.1 nomb:· .. do, rar1 Rd.,t Jr
<' - dlC'Lo T ' • · !, en ~ J , , ; ~~ tUü ... ~bnl,
étl Ciud .. d·.uw Lr . .L ·andru l· ~:e:~.
En 2ú ckl 1ismo toma pose ion en el Go.
bi:::rno General el CiuJ:1c 1110 ~· ~ 1 111 l I' . ';.
p·uez Tur· .:~::s, miembro pro¡,i<...t. 1 io , con e• o
moti\'O Yolno al Con~,-eso el supl..:11te c¡u" r
t.1h:1, 'iud. clano J(Jse 1\·n.;mdLz dt> ? Lc!r! !,
lYpui:\Jo por la Pro\·inl:a de Cartag.:n~\.
'r
Ll 2 dd corrien e se po esionó tambi~·1 el.~
::,u etrpl~o de _ Iinistro (le L1 ~\l ~ Cu:·~ .. de
Justicia d Cindadauo Ju.n Tlpomucet'J Pi·! dri.
E. 1 l :\. II\fP~t:_: T.\ DI::L l~~T. \D
IMPRESOR ?JEL CoNcnE so D r.As PRo·.-r •
ri ,u-U){ IDAS •.& L.Á. N u E .Á. GR.L. , ._..
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Citación recomendada (normas APA)
"Argos de la Nueva Granada - Semestre III N. 73", -:-, 1815. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2094370/), el día 2025-05-02.
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