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Centros de Investigación

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    • 9 de Noviembre de 2020
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La regulación por mercados : la nueva perspectiva del sector de las telecomunicaciones

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Acceso y servicio universal y las obligaciones de servicio público

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Los principios generales y los principios orientadores en la Ley de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

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Afectación del contrato por cambios regulatorios en el sector de las telecomunicaciones

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Encuadre sistemático de la regulación de telecomunicaciones en el esquema de fuentes del derecho administrativo colombiano

Por: Héctor Santaella Quintero | Fecha: 2020

Pese a no gozar de reconocimiento constitucional, la autonomía y especialidad de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (crc) existe y es un dato clave para la existencia de la regulación en el sector de las tic. Esto, debido a que el legislador, en desarrollo de la reserva de ley en materia de servicios públicos, definió y programó el ámbito de competencia de este órgano y tomó así una decisión que no solo configuró un ámbito positivo e inalienable de decisión en cabeza de aquella, sino que además delimitó una esfera en la que resultan vedadas las injerencias de otras autoridades. La competencia regulatoria expresamente atribuida por la ley a la crc excluye la posibilidad de que otra autoridad, con independencia de su rango, pretenda rivalizar con ella en el ejercicio de esa competencia. La norma regulatoria en materia de tic surge así como una norma subordinada a la Constitución, la ley, los decretos reglamentarios y la política gubernamental, pero dotada de un ámbito normativo propio, esto es, no residual. Por ende, resultaría contrario a la ley que el presidente de la República, en ejercicio de su competencia para reglamentar la ley, se tome atribuciones que no le corresponden y desborde la esfera de sus facultades adoptando decisiones de contenido regulatorio.
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Encuadre sistemático de la regulación de telecomunicaciones en el esquema de fuentes del derecho administrativo colombiano

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Comentarios sobre la función de resolución de controversias en el sector de las comunicaciones en Colombia

Por: Édgar González López | Fecha: 2020

El presente ensayo busca responder a la pregunta de cuál es la autoridad administrativa y judicial que debe resolver las controversias en el sector de las telecomunicaciones en Colombia, suscitadas entre proveedores de redes y servicios en el régimen de interconexión de sus redes. Lo anterior, dada la incertidumbre existente sobre el punto, en especial, por la interpretación que se ha hecho de la norma andina. Con este propósito, se analiza la documentación que revela la experiencia de la Federal Communications Commission (FCC) de Estados Unidos y la Office of Communications (Ofcom) de Inglaterra y, por otro lado, la ley y la jurisprudencia nacional, para concluir que es necesario promover un cambio que aclare el contenido de las normas andinas y nacionales, de tal forma que: i) se califique expresamente la función de resolución de conflictos de la Comisión de Regulación de Comunicaciones, como una función exclusivamente regulatoria en el marco de sus competencias, ii) se reconozca expresamente la competencia de la Comisión y de los jueces y tribunales para resolver las controversias dentro del sector de las comunicaciones, pero diferenciando su ámbito de competencias, y, iii) se autorice expresamente al juez de conocimiento para que remita el proceso a la autoridad regulatoria, cuando el asunto verse y requiera previamente de un pronunciamiento técnico de carácter regulatorio. En lo que respecta al alcance de la potestad de resolución de controversias, se considera que, a la luz de las normas que irradian el marco y la finalidad de la competencia de la autoridad regulatoria, sería viable resolver el conflicto con una decisión que vaya más allá del petitum o lo reforme, aunque sometida a diversas salvaguardas y límites.
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Comentarios sobre la función de resolución de controversias en el sector de las comunicaciones en Colombia

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El regulador convergente. Ventajas y desventajas. La revisión de la experiencia del modelo del Reino Unido, México y Argentina de cara al nuevo regulador colombiano

Por: Sandra Milena Ortiz Laverde | Fecha: 2020

En el 2014, producto de las recomendaciones dadas por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) para el sector de las telecomunicaciones, dentro del proceso que está adelantado Colombia para el ingreso a esta organización, se consideró la conveniencia y la oportunidad de crear un órgano convergente para el sector de las comunicaciones electrónicas, no limitándolo al sector de las telecomunicaciones o al sector audiovisual exclusivamente, dando respuesta al fenómeno de la convergencia regulatoria desde el punto de vista institucional, siendo uno de los últimos aspectos a tener en cuenta para garantizar el desarrollo y evolución del sector tic, como un sector convergente, el cual es transversal a todas las actividades económicas del país. Por lo anterior, es necesario revisar desde el punto de vista institucional las implicaciones que traería para el sector TIC colombiano la creación de un solo ente regulador que cuente con independencia, autonomía y con unas competencias claramente definidas para este sector, así como las ventajas y desventajas derivadas de su creación, como lo son las modificaciones al modelo institucional vigente, para lo cual es necesario revisar el modelo comparado en aquellos países que han considerado oportuno crear un regulador convergente que integre a los sectores de telecomunicaciones y el sector audiovisual, así como la reciente experiencia del Reino Unido, México y Argentina que han creado reguladores convergentes y cuál sería el modelo más óptimo para Colombia.
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El regulador convergente. Ventajas y desventajas. La revisión de la experiencia del modelo del Reino Unido, México y Argentina de cara al nuevo regulador colombiano

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Convergencia en los modelos de regulación del correo electrónico no solicitado (spamming)

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Tertulia Literaria : educación para la paz y los derechos humanos. Anotaciones a la libertad III

Por: | Fecha: 2019

En esta tercera entrega de Anotaciones a la libertad se recogen los escritos producto del desarrollo de la Tertulia Literaria, Educación para la Paz y los Derechos Humanos en el COMEB "La Picota", en la cárcel La Modelo y con pospenados. Este proyecto contó con la participación de un equipo interdisciplinario de la Universidad Externado de Colombia, la Cruz Roja Seccional Bogotá-Cundinamarca y las fundaciones Farenheit 451 y Pazósfera. El trabajo y compromiso de las personas privadas de la libertad y los pospenados participantes fue determinante para la consecución de esta publicación.
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Tertulia Literaria : educación para la paz y los derechos humanos. Anotaciones a la libertad III

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Anotaciones a la libertad II : derribando muros

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