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Diners - 14/05/21

Por: | Fecha: 14/05/2021

Más allá del paisaje. “Me encanta mostrar la belleza que hay en el mundo. Pero lo fundamental es crear conciencia, tan necesaria en tiempos de crisis”, le dijo a Diners John Quintero, fotógrafo colombo-británico, ganador de un reconocido premio internacional. Reserva Merenberg. Un Arca de Noé en la cordillera central. Mascotas héroes en la pandemia. Sáquele provecho a la finca.  
  • Temas:
  • Publicación periódica
  • Ciencias sociales

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Diners - 14/05/21

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Acoset - 14/05/21

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Forbes México - 14/05/21

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Imagen de apoyo de  Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Por: | Fecha: 11/06/1840

SEMANARIO DE Ll\ PROVINCIA DE CABrrAGENA·., SIMESTRE 3. G CARTAGENA, JUEVES tI DE JUNIO DE 1840. NUMERQ 72. Elte periódico saldra todos los junes: la recepcion de las sú'Scriciones y .,.enta de les números sueltos están á cargo del tesorero de reotas provinc131es St"o F1":lU~ r:isc? de ~. Ruiz. ~a suseri~ion por semestre ·.-ale CUATRO PESOS, pagaderos adelantados; y cada número suelto 11 EAt. "' Ji EDlo.-EI precio de la iusercion de los aviso. o aruculos de JDteres [lrIvado, sera de un peso hasta doce renglones, y UD rcal mas por cada tres rcoglone'i Je los que excedan d~ -'lu'1 número, y la mitad [lor cada 'ni que se repita, siempre que se advierta al tiempo de la entrega. ACTO l.EGISLATIVO SOBRE RIiFonnIAS CONSTITUCIONA.LES. Circular. N.O 21 .- Hepublica de la Nueva Granaua.- S ccret r ia del I nterior y Rela~io­nes esterlO~e~. - Secciou 1 a.- Bogota ~fl dc l\taro de 1810.- Al Sr. Gobernador de Car­t. agena. - de ciudadano en ejercicio de sus derechos, naturaleza ó vecindad en la .pr()vi~cia que hace la eleccion, edad de trel lta anos CUtU plidos, y la propied d o renta n ce 'aria pa­ra ser Representante. El Preside te y Vice· rresidente d(~ la república no seran elegibles. Pases e al Poder Ejecutivo para el solo e fecto de su publi cacio) y clrculacioo. Boguta, 19 de Mayo de 18 lO.- El presiden te J c\ Senado , Alejandro OSQrio.-El presi­df> nt(, de la Cauura de He-prcscotanlc<;, Cer­be /eoJl P;nzon -El secretario del Senado, Jo,-' sr 1J1. alz.-EI diputado sccrrtarira de la Ck, mara d l{e presentantes, Pastor Osp;na. Hog la, a 29 ur, Mayo de 18íO.-Publíque· se y circólese.- J. l. de Marquer..- El ofi cial rn:Hor encargado de la Secretaría del Tnt~;~ l'i t'tr ~ Helacioues estt'l'iores, AJiglul Cltlar¡'~ A O M IN 1 S T R C I O lo T D E J U S T [ e lA • 'ESTADO de las causas pendientes 'Y despruluvias por el Triúunal de jU$lieia del dutrilo dt Ma5daltm en lodo el 'mes corrufo dlS,lc el l." al 3l del corriente. 't:umpliendo el Poder Ejcl'utivo con el de, ber que 1 impone la parte final del articulu 215 de la cOll'ltitucion. dispone por mi OJ ~ ~. no que V. S. haga publicar y circular en la provincia d~ su mando el acto legislalivo, ;\U ténti~, sobre reformas consLitucilmaJes iu serto en la GaceLa de ayer, numero 4iJ4. -,...-" f."..~====::::::!~====-IIIIiííiia:::::~==========:=~::II:lii:I-=-===============~=~----':'-. Dios guarde ~ V. S. SR , ~lrRo.l\IENoEl, ll sR. MRO. BENEDETI./ SR. ~hRO. BAL~~(). Jhguel Clúarl-. 1I ::"m~",o o::d::: 11 D~,,~:o::::e: :::~::::~ DI Senado 1) Cdmara de Representantes de la Nueva Granada, reunidos en COrlgresfl, Pn>cecliendo de conformidad con lo dis puesto ea los articulos 214; 215 Y 216 de la (fonsti tucíon, DECl\ETAN. Son parte de la misma cODstitucion los ar~ ticulos 5iguientes: Art. 1.0 El Congreso, procediendo con las facultades prescntas en la seccion 6." der titulo 5.° de la constituclon, podra con­vocar ea cualquier tiehtpo, naa convencian de diputados de todas las pTovincias que for man la república, autorizada para dar una noeva cODstitucioD, reformando en todo () en parte la presente; pero sin que las re': {gsmas que adopte puedan afectar J, durQ.' cio~ del periodo que esté corriendo del Pre­sidente ó ViCepre!ldente de la república en­cariado del Poder Ejecutivo. A.rt. 2.° ' En el año en que se reuna la eonTeneioD, no tendra sus sesiones ordinarias .1 Congreso; , .aquella acordara las leyes a ­Duales sobre gastos, y pié de fuena del ejer­eito y aTmada; las que el Poder Ejecutivo solicite como indispensables pan la marcha .le l. admioistracioo, y las necesarias para poner en planta la ueva constitucion. To das estas l.eyes serao objetadas por el Poder Ejecutivo dentro de los términos constitucio· males. Art. 3.° En l. léy de convocatoria de la cOIl'tencion nacional, se fijara la époc:a de so reunien , \a ba!§c de poblacion para la e1ec' fAOD de diputados calculada sobre el princi­pio de que toda pTo~incia nombre por lo menos uno, J ~U. ninguna nombre mas de cuatro; J las reglas eleccionarias. Serao eler 'ib1es todo.s 1~8 que. ten.an tas ~oDdicioDes Criminales ' en definitiva Id~ de aul05 interlocutorigs De responsabilidad . , . Id. en segunda instancia . Id. de pronta providencia. Civiles de hacienda. Id. de autos interlocutorios Civiles entre pntes. Id. de autos interiacutorios 3 2 1) \) \) » 1 D 8 1 J 3 1 1) 2 li ___ - __ '! 5 4 2 l) I 3 n 2 3 1 7 » 2 » » 6 1 .S 3 1 .". 11 5 .1. I t 9 <.1 1 » 4 4 ---_. ---- .--- - ~.-~-- - - ......,..... , . 7 26 18 20 26 Cau, as determinadas . Ca sas pen ~ icntes NOTA. De las causas solo hay nueve en estado de pronunciarse sentencia 1 las ~e­mas estan sustanciandose. <;artagena Mayo 31 de 1840., ' Francisco de la Espriella, sec.O SENTENCIA. Número U6.-República de la Nueva Gra­nada.- Gefelura militar de la prcilVincia y co mandancia en gefe de la 2. ca calumBa.- • Cuartel general en Cartagena a 2 de Junio de 1240.- Al Sr. Gobernador de la provino cia. .Acompaño ~ V. S. en copia la sentencia que el consejo de guerra de oficiales gene­rales pron~Dcio ayer en la cau a seguida al alfe.rez 1.0 retirado P'edro Escobar. Sírvase V. S~ disponer sea publicada en el Semana· rio. , Dios guarde a V. S. J . ..A. Piñeres. Visto el dccret() del Sr gefe mili lar de la provinci~ y gef~ de la .2. CG columna, fe .. ch. de 1 O d~ Abril ultano, por el que manda a juzgaT en constjo de guerra de señores QfiCl 1<:3 generales al alfere~ primero ea uso ~e r t tiro Pedro Eacobar p r habar faltado aL respeto debido a ss. EE. 1. Suprema.. Corte marcial y Presidente de la Republi~ .. en la representacüm qu~ obra por oabeza . de proctlso, reconocida por el pt;o.cesado Ji espreslua reprsent1cion y firma que al pié se b.lla: oídos 108 cal'gos que se le hicie ­ron en su coofe~on, con la defensa de S\l procurador y demas t'ofmllioades debidas i S .. E. el consejo de gue,rra de oficiales 6ene,ra'l'cs). Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. -SEMANAruO LA PROVINCIA DH CAR.TA~EN~d a yenido en cdndenlr y condena al referi­do alferez Pedro Escobar, en nombre de I República y por autoridad de Ja ley, lA qu.-f'-"KI.­lufra la pena de ser sériamente reprendido por el Sr. gefe militar, a fin de que en lo sucesivo conozca mejor la obligacit>n en qu te encuentra de guardar respeLo a sus SUP«' ~ rieres segun el articulo 23, tr.tado 8. 0 , titu· 10 'O de las ordenanzas del ejército. Carta­gena 'a 1.0 de .Junio de 1840.-Rafael Tono. - Tomas BO'8eo.- Manuel Maria Da~i1a.­Nicolas l\tadiedo. - Pedro Maria Iglesias.­Andres de e stillo.- Manuel Maria. Guerrero. In~ontiDel\ti de pues de haberse concluido el consejo d~ guerra de los SS. oficiales ge· neraJes, el Sr. juez fiscal pasó • la ca~ a de .;'5. S. el Sr. gefa militar a entregar esta cau­SI; Y p..,.a que conste por diligencia la firma dichp señor y el presente secretario.- Ueros. - n.Cael Forero. G fetur militar de la pl'ovincia y coman­d ocia en gefo df'l la 2.· eolumna.- Cuartel general en Ca a a. 1.° de Junio de 1846. - :De conformidad con 10 que dispone el ar­ticulo 10 de la ley de II de Agosto de 182i) ejecútese la sentencia pronunciada hoy por ti cOQsejo de guerra de oficiales generales. Al efecto el fiscal de la cau~a hará eOUlpare cer al alferez Pedro Escobar. Publíquesc . en la órdeD gencr~l de la columna, saquese copia por la secretaría de la sentencia y es· te decreto que se pisara al Sr. Gobernador de la provincia con el ob' eto de que sea pu· blicado en el SeoJlnario , dése cuenta .1 ~.u premo gQbierno, , elévese en cOQsolta 'la ('aosa • S. E. la Cort.e Suprema de Justicia. - J. A. Piñere!.- El ayudante de campo se ­cretario, Antonio Castañeda. En el mismo dia, mes y año el Sr. juez . lisea1 en vista del decreto que aotece,Jo (le S. S. el ~efe milit.r, hizo comparecer ante s. S. al alferez Pedro E~cob r, a quien dt's· pues de haberle leido 1 sentencia dictad. lloy pOI" el consejo de guerra de oficiales §e.nerales, d'c o Sr. gd mmtar le ha aper­cibido sOfíamente para que ·en lo sucesi"o guarde el debido rc-speto a .... s 'superiores (;omo Jo previene el articulo 23, tratado "8.0 titulo io de liS ordenanzas dQl ejército que !lo 3 rlebido ignorar; y para que cOll!lte ]lor diligencia la firmo ef Sr. juez fiscal, de­: fensor, acusado y el presenJ,e secretario.­Ucros.- Pedro Escobar.- Antonia ,eaDellt). ·­- Rafael Forel'Q. Es copia. til a, udaote de campo secr tario, Af4lordo Castañeda. ¿g¿¿ , ..... IJEftECI'IOS CO~tUNALES. En el nuillero anterior de este perió 'c¡co se ;publicó el decre'tG del conc.ejQ tJl)uolclpal de este canton que la habia espedido desde el mes de Febrero de 'li38 arr"gl ~ ndB los d ·versos impuestos que -han de cobrarse en sus respectivas ' parroquias. En nuestro hunlllde con . cepto DOS parecen e.xcesivos los dere­ ·(!h06 asignados al consumo de reses, ter· d s , otras es eeies de ganad enor. Entendfm~ que no ·es lo me . gene­ral la malauz de re es v&lo \'i 16 pe. o • pero q e mllGha ~eQes ,ien l· g : '} e e te caso aumen ando el real, o I me io real del derecho de corral s, re­sulta rf:car~ada una res con una octava par· té de'su precio corriente, agreg,tios ílos de pesa, hacha y mrsita de que habla el ar­ticulo 10 ·del decreto : lo qlle viepe a ser con PQQa ·diCe·renda un Due.o diez­mo afee a doa! e sum ad ID d de ~ pI' agr-ieola. ''S. lIeg e el 1:a" . suce e, 'Ci ue la 'QlJ .. > por qu!.­v lor, que SI id s. La mism n s son apl ' o de Jos ga enorel de que y se ~ et I{} ref r!!"'!cia. Tampoco pare­ce justo el impuesto de cuatro pesos que se deja sub ¡Slente por cada fonda, o café publico. Convenimos en que para esta ci udad puede conservarse; mu no para las oemas parroquias del cao· ton. Es necesario tener en considera· cioo lus mol<'stias que sufre un cami­nante o negociante entre noso~ros por la falta de establecimientos de esa cla­S~ en don,le encontrar con prontitud rocursos de primera necesidad que no le embarazcn ó retarden la marcha en su viage. Es Ulla forlun~ que r.xista uno U 01"0 en roo)' pocas parroquias de las que se encuentran en nuestros caminos que llevan direccion á puntos mas concurridos, COlDO á BJrranca, y á los untones de barlovento. Tal vez un fondista apenas gaoaria ocho pesos por n)es en esa ocupacion; 'J danclo cuatro por el derecho teodria necesidad de de­socupar el puesto. Creemos que muy lejos de . es~os e.mbarazos, aun estamos (>u el ¡;3sn de estimular a los que ~e uediquen a semejanles molestias para buscar o)odu de vivir. No nos parece puei, equitativo el que en la ~ituaciofl penosa en que se en ctJeotra generalmente la pobla~i(}() del .canton, y especi-almente la de 6~t.) ciu· dad, para adquirirse la subsistencia 3 cau 53 de la faha de objetos en que ocupar· se , de capitales para trabajar con prove­cho, se lleven a ejecucion Jos impuestos de qu~ hablan.os; y con tal objeto exci· lamos el celo del concejo municipal y sus iOlienciones beoefic3s al bien publi­ ·co, que en el caso es el de la f'xisteo­cia individual, para que haciendo uso ·de la facQ.lta~ que se le reserva en el articulo 3. 0 del decreto del congreso su .. prima esos inlpueslos, dejando st\bsistell. tes lQ6 que se co.braban ao,es de su pubticacion; pues no opillamos n¡ aun po. que s.e rebajen a la mitad; dejao­do para mejores circunslancids en que la poblacion pueda encontrarse en lo 5ucesivn el bacerlos. ascender i es decir, cuando la prosperidad derrame subre no· sotl'OS los abundantes bienes que ha«:en felicf$ a los hombres en sus relaciones sociales: cuando nu~stra agr~cuhura reo. compellse los gastos '! !as fatigas eJel Ja · Lfadol': V cuando sus beneficios , otras cir..cunstaocias no menoa dichosa' bagan que nuestro puerto sea frecuentado por 1as espedidones ffiP. ·cantiles.. P. p.·e­sfoten la faz de un pueblo que disfruta de los dones de la Qhnndanl¡a. .RECTIFICAC ON. COD m.olivo de haber hecho el pro­p~ sitQ de ~o comprometer este peribdi · co que en parte es o Jcial, á polémicas e ecciooaria., D(\S ve 09 en la pre i~ion d informal' ~ nuestros lect e qut' e autor de un remilzd" que circuleS en número 6.° de La '1.1111 d8 A (ICr.¡ la, pa.dtcl." " .a gr ,v, e'1ui:'II,eaCl~n al aUGu- # .... 't ... ror que el SemonaruJ de Ctzrlag"lIo, ha~ bia designado por su condidato para la Presidencia futura de la república al Sr~· Dr. Viceote Azuero. • NOTICJ¿S ESTRANGERAS. ESPA8A. Eo a 'gunos de los peribdicos de Ca-l ráca~ de mediados de Abril hemos visto el discu so lei o por 1a Reí a gob rna· dora el dia 18 de Febrero del pr~enle afio, al abrirse las sesiones del congre .. so espanol, Ha llamado con guste) nues .. tra atencion la parte de dicho discurso en q ne 6C anunCia haberse firmado un trillado tle paz .'1 de amlstad con ltl re­púhlica elel Ecuador y qlle ~slaha par4 concllllrse 'ltn tratano de comercio. Por el ~orreo del int~or que llegó el dia 1.0 del presente mes recibimos varios nllmeros de periodiros de Cara­cas, ClH'3S (echas alcanzan hasta el 11 de A bril último. Los editores de dichos periórJiros manifiestan las mas favorables simpatías hácia la Nueva Granada y' de­sean que nuest~obierno obtenga un triunfo esplendido en su lucha con las Cac('iooes que, sin motivo alguno pfausi.{ ble, hao uesgarrado , ensaogrflntado el seno de su patria. El Eco Popular nú~ mero 10 contiene el siguiente document importante que creemos sera leido CtlQ plAcer por lodos 108 que lelJgan c.orazo­nes filantropicos y que deseen de veras los progresos de la civilizacioo. UNA ACCION MAGNANIMA. Hemoi tenido ocasion de ver algunos rasgos historicos de la ~Ioriosa ép-oca de de la ind~peoden(lia, que recogen con el mayor ¡nteres los señores Ramon Diez y Rafael 1\1. BJI'alt, encargados de la re ... daccion de la parl~ historica, que con .. tcndra la preciosa obra que va a publi. car el coronel Codazzi bajo los auspicio$ de la oac;oo, y con especial proteccion del Congreso y del gobierno; y cada vez mat aplaudimos tan hermoso peosQmi 0- ~~ corno es el de dar a COQocer nuestro pais, nuestros reru sos, n estr hist r' hl'J'oica, cuvo, ¡nte (>~anles d talle's ice ' Dora no ol~ I u dQ. sino lLun I 3e yor pUL.; d nurslros compatriota _ No sotros ro ismos, que hemos pre enu d muchos hechos, much s aeciones que real180 el mérito eminente que por o .. \ros Ülutos han adquirido nuestros hom. bres públicos, nos hemos llenado de ad­miraclon al oír refer·r algunos 'lue i raf>amos, y que. por honor de VCIlPZ la Do pueden ni deben q a o.cul del e ooCÍmi€n o d I muo o. La g r de ¡nd pel deoci ha p d ya, seg creemos, y mientras mas disl ntes vemos de e la, m ien tras mas se reaf . a ., ardoroso entusiasmo de aquellos dia ID .. morables, por siempre gloriosos en los fast9s del pueblo venezoleno ma a4mj­ramos el herois o y la, vir ude y 8 ., mis nos inolina os a. erar Ir ' t S 'precio s de mil e m e q e p leo co un su lim , la anta cans de 1 li e la o ~l s. n son la sol,m.e~1 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. oida accioees militares. iOlJW)rtal \ lIa de.. las Qa_seras Jel metilO en que 150 héroes~ ( arq ue h' oe~ de en lla s ) ha ierlJo soto toda l. e bf.JlIeria enemiga, y eovo vier()1l é hicieron eocer· rar en u bosque a todo el cjérl'it es , pañol de 5 mil hombrt's, no son e a a . cíon s solas las que nos hacen con o e d admiradoo y de gratitud, sin tam ­bien af!J ellas que tanto honraD a los héroes, qUf! fi.i~n el caracter de las nado Des qua la atraen 1'5 mirada eotusias ticas del filosofo, de amigo de la huma nidad. Tal es por ejemplo, la que presencia · roo muchos de nuestros valieotes, aun .. ivos hov. el) la plaza dE: Guazduali to el afio de 1815. poco despues oe su oen pacion 1>0r las armas republicanas al mano dQ del comalldante Otmedilla. La lIemos oido referir 11 un testigo presencial con motivo d. los justos elo~ios que hace el articulo de ~fadrid, que insertamos en el numero 7 del Eco., de la h umaniJad y cle­menCia del geoer"l Paez con Jos enemigos rendidos. Desgraciadamenle era ta époaa desas­trosa de la guer'ra á Oll1efle, en la que no se daba cuartel a ningun rendiJo: la' comenzaron nuestros enemigos, y con dolor tuvimos que usar de represalias. No &e daba cuarlel ~ la ley eJe la ~uel'­: ra y de la oece$iJ~u ~onJ e nJha a moríl' á todo prisionero. Es.t() realza Olas el Itecho que vamo'S a rcierir. Seguia Olmedilla con exactitud esa ley, que con él niogun prisionero Jeh¡;, con­\ ar con la viJa. Doscientos veinte y o­cho prision ros hechos al enemigo ('n la 8cóon, estaLan en~€""'ados en I:J pLtlrt. Se (orman en cuadro ros cuerpos del eJcr ~ito, dispone Olmedi\la la eje(~ Uci \J n , !ti encarga 'al comand; nle Flguereu(.), su se­¡ uDdo. y sale de la plaz ('on ll' ot() paso. Un fraile capellan eJel ejército se presen ta y exhorta a Il")S 228 a morir como ('ris· tianos, a arrepentirse de sus pe~ílJos, 'j los absuelve en general. El comandante J osé A o tooio Pa€l al frente de su escuadron y en un augulo del cuadro, observaba conmovido ~ste apa­fat6 de muerte, 4Itomo muchos otros ge fes, oficiale$ y soldados.. cu ~o corazan \1enezolano rechaza con horror el asesi· nato, la...cruetdat. Con luida la ellsolu , cia¡¡, desenvainan los -sables algunos ro razon«s duros y feroces 'Y co ien:!9 ,la deca'litacion. Las cabezas de los cioco pri eros desgraciados rodaba )'a por"'él sue ,cuando DO pudiendo ya conteDer· S'e el comandante Paez, precipila su caba 110 -sobre los ejecuLo.'e$ y contiene el bra­zo que iba a derribar la cabeza del sesto. l) 'Esto es una inhumanidad,» les grito: l) nosotros somos los libertado es del pue blo DO sus asesino!l: esos h9mbres no morirao, porque 00 10 con,en iré ~' o : el primer que los b'e a m r· r? aqu' is ~ roo. ¿Qué es esto? I gri' el gefe qne presenciaba la ejecuc·on: ¿como se o one V. á que se cump~ la p de del comandan te ? (l SI, me opondré, auo á cost,a (le mi vi da : dp. V f' 4;0 e le prisione­J'OS, , verá V. SI sé cumptir 10 qot di­co: esto es UDa infamia: no es aSt' que liber aremos la tierra· no~s abominarlo, nos trata lió con justicia de asesioo~, no de libertadores .. aSl damos armas, opi Dion contra Dos8tros a los enemigos: si V. quiere matarlos bús<}uelo5 en las fi- • ct~emi,1S cuaocl e~ e~ arma~ns~ s~ D, LA PItOVINCIA DE tAI\TAGENA} '). 3 crHiqu los entone s; pero rendidos oo .... , Mu ho mas dijo, y mal se prolongo el dialo . o , e furecido, de muerte o de vid , que debla decidir de la existencia de 229 hom res, a cuv vi tíl, en cinco ooa; ñeros tenin el ejemplo el lo que les podia resultar, ; considér 'le cual no seria la ansied ad d'e aquellos infelice porque triur fase l' magnanimidad d' humano comandanl Paez! La diVisio t · da guardaba s·l~hclo: el escuadroo oh servaba a su gefe pH3 protegerle, y la simpah3 del cuadra lodo estaba por ae­c; ion tan noble: solo el respeto V la su· bordin3cioo los contenia. Viendo Flgue­redo que le era imposible cumplir con la árdeo de ejecutar los prisioneros, con­vino coo Paez en ocurrir a Olmedilla, Este ¡ha por una de las canes del pueblo eou calma y serenidad; j tan ro.muo era para él mandar malar á los prisioueros! Paez se le abaJanzrl \' le rUt'ga. V le urge con rllzooes de politic8, de convenif nda y humanidad qUf! conceda la vida a tos prisioneros; y dt'spues de muchos es' fuerzos logro que dijera, ni) que los perdonaba, 5;OQ ql1e FigueJ'e rlo hicifra 10 que quisiera. Relajada asi la órclen, se les cooserv." Por cad, i rJ(?m de cafr, o~ reales. 3.° P~r e.da ídem ele at ' ., dos re le~ . " , o Por cada idtm zuda!>. 105 reales. .c, ," Por e • e ~. oe agu rdiente del p is que se introduzca de fuera del canton, U05 rcales. P aragnfo único. P ara el ar reglo eo ei ro bro ue l(ls impuestos establecidos en ]05 dos pre('rdentes artIculas debed entenderse por 'arga lo que en pe~~o o volúme-o lleva C;Ofl\Ollmente a espaldas una bestia ó buey de carga. Art 4. Por cada fanega de sal que 81' illtrodu7..c'\a. de cualquiera procedencia fuera · cid (:alI1011 del territorio de )a republrcl, dos rCfl It'S, y fuera de ella, seis reales. Pa ragrafo único. Se pagaran igualmente dos reales por cada fanega de sal pl'oceden~e de s li llas comprendidas en el canton de l. 1" ¡'fiera parroquia que se introdul.ca . Derechos de esp endio. Art. 6. Se pagaran por derecho de espen· dio IlJS !liguient.es: 2. o Por ienda ~ me,rcaderu en 50· lo la ciudad, UD peso mensua lmente, y poi- ~ calla atenacen oc los que., lldtu phr mayor, tres pesos mensuales. 3." Por cava botica, un peso. 4. o POl' cada fonda, café público, cuatro pesos en todas las parroquias del canton. Derechos Je m'ue/l-e. Art. 6. Se' P gadm por d erech s de mue­lle t'n solo la ciudad JOS ~igul(~(jte8! 1.0 Las canoa de cubierta que ent.re'ri cargadas, seis realeS. ' 2. 0 Las bflrquetona:-, tres reales. 3. 0 Las barque tas, uo real. Derechos vario&. A rt. 9, 5<.>bre los carruages de ~o per .. I7l.1Ututll se ctlbraraiJ lo~ Imp '..I e15tos sigUientes: 1. o P or cada ca .. eta d~ búey, cabalJo, mufa ó macho, cuatro re"les por mes. 2.0 Las de burro. do ~, r~a(es., 3. o Por cada CAlesa o quitrin de das rue ­d. s, un prso. 4. o Por cada id. id. de ctlatro ruedas; d:)s pesos. 5." Por cada coche, dos pe~o'. Art. 1(;) PL1r a)quiler4ts de 101 pesos y me· did • ..¡ , útile, para la matanu de ganados , espendio, se pagaraa: 1.0 Por cada pesa 6 medida, medio real diArIO ~l que la 8olicite. 2. 0 Por uda hacha en los mismos térmi . IlO~, medio real. 3.0 Por cada mesita en los mismos tér­minos, medio real. Art. 11. Por la marca de cada peso ó medida, dos reales. Art. 12. Por cada funcion de teatro ú otros espectaculos públicos, cuatro pesos. Art. 13! Por cada res mayQr que 5e in. troduzca en los corrales o eh_queros del ma­tade 0, s a p a el CODsumo Q para 8U ,entS e p. " se PiS ra un rea~ 011 la oiudad. J¡ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANARIO DE LA ·paOVINCIL~· DE G!RTAGENR~ lllcuio en las demas parroquias. Art. 1 L Son rentas comunales: l. o Las multas de ~in&o pesos por la primera, diez por Ja segunda y veinte p6r las si~llíentes que se impongan a los que usen pe O'i Ó medidas sin sello: las que im· ponga el gohernador ó gefo político por falo 1as o tran ll ~resí one!i al bando de policía, y las que se impusiesen por lis lutoridades lo­caies del t1i~ Lrilo P3rL'oqllial, siempre que )1111' leyes generales ó e!lpeciale~, por privile t; lOS ó contratos no deban entrar en el teso- 1'0 nacional tí otra renta. Art. 16. Quedan derogados todos los ¡m· pue'stos comunales que actualmente se pagan en el can ton desde el dia que se ponga en ejeeucion este decreto. Dado en Cartagena a 16 de Febrero de J838.-El p.'esidente del concejo, Pedro Ma­ú ci. ··El secret rio, Luis Mar'ia de Oclwa. Gefetura política. Carlagella 23 de Marzo ...re J838.- Diríjase e'sle decreto ,1 Sr. Go 1>ernauor de ~ pro\'inm para que S. Sría. se sil'va elevarlo a la legislatura por el con lucto corrcspo lldiente.- Montes.- El secreta · ·jo, Luis Man a Ochoa. Es C&pia. Borrero . _ 52. ___ .. _ rARA LA HISTORIA. ConfilllÍa el 7JuulOn'al pJ'esenta.do por tl S indico personero al Cabddo de esta c/u "ad en 18 J (). V. S. que desde el principio de nues tra revolul'iGo ha s~bido constituir las ..solidas y verd:¡Jeras basas sobre que se ha l'irnf>ntacJ() la inalterthle fidelidad de aste pueLlo 8 nuestro 3111ado Fernando, "50 p~renloria resignal'ion a la defeo'\a de )05 derechos de Su i\lage5tad y de .Ios suyos, y su pf>rpetua fratel'nal y cordial uotOn con todos sus coovasayos que en cualquiel' pal'le del mundo conserven la . c.liaoidad de su caracter, usando en lo· -da~ las ocurrencias adversas de aquella madurez, deferencia y consideraciou l'S, que sin comprometer los derech(IS del --fue,blo, s.olo pudieron ha~er subordi na · <10 J sus justos y 1e9les deSignIOs los obs­.., 1aeu tos q lle se le pres~n laroo por la ig norancia, la preocuparlon y otras peorcs pasiones; V. S., por fin, que acerca ue ' las novedades de llUe!i tra penlosula, del inca u lO IJl'oceder del comisionado de SP­villa Oo. AntonIO Vacaro, y de las ocur' .rencias de OUil0, ~upo establecer aque Has reglas citrlas y recti tud de opinic1ues que lUlO ffit'ret'ido la aprobadon de to· dos los hombres sensatos de la nacioo, y de tHles t1 o supremo gobierno, tiene 'asegurada en la destreza. oe su mano dar al bajel de nll estro país las direcciones que le son tan necesarias, y que en aJe lante pueden mejorarse y llegar a la ma· ,or perferrion posible con las ideas y conocimien los con que nuestros herma nos de toda la dominaclOn del suspira ·{jo Fernando se sirv~n concurrir al es· . ablecimicnto. de nuestra mas perfecta y conveniente onioo, de nuestra reciproca felicidad, y del glol ioso sostenimiento Jel ,jmpcrio español y de su santa religion. )ara 'llegar el este término debemos .pensar séria y profundamente en los ma· Jes q lle nos pueden alejar ó separar de él, y en los remedios que sea conve· . Diente a plicar. A este fin es ~enester que Jodos los que deben pensar y deli­berar soLre tan iOlpoftante asunto pre cisameote se despr€ndan de las engaño sas afec.~iones del amor propio, y que uno.s s~ separen de todo pensamiento de ambicioD para 1.0 veuidero~ ., ot.fQS se-pan atemperar, combinar y eo caso neo cesario ' renunciar a sus presentes funcio· nes en .Ios ~asos y en los modos en que lo pida el bien de la patria, en .. ue coo­siste la · suprema ley y esta fundado . el soberano poder. Todos deben someter­se a estos sentimientos intimos de la jus­ticia, buscando ·mas bien caminos fran ros y liberales por donde darles su curo so, que débiles escombros, pretestos ó efugiOs, que descubran su levedad y las interesadas míras que los 301man, y too dos en su deferto 'quedarán sujetos 3 las mils (strechas responsabilidades; cuya en­liJad V l'O \ os resultados 'no necesil~ el Sifldic~ enrarecel', cuando tenemos tan a la vi~ta sus consecuencias y sus escar­mientos. El Sindico protesta alta y siureramen ti', que loJas sus intenciones y todo su ohjeto en el presente discurso son di I'igit)os por los mas sanos dese()s de de­{( Jnoer los derechos del noble y leal pue Llo que r' ep~s·enta, quien exa ltado de su pUlriotismo y consternado de su situa ­<.' ion ha estimulado su voz tanto en los térn,io(ls indicados en el espediente, co· mo eo () tros q uc nó hao debi

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Por: | Fecha: 18/06/1840

~ .. I \ SEMANARIO DE Ll\ PROVINeI! SEMESTRE 3.· CAl\TAGENA, JUEVES t 8 DE .JlL ID DE 1840. NUI\IERO i;L ~ <' Elte periódico salura touos los ltleyeS ~ la tecepcion de las suscTiciones y enta de \9s números sueltos estan á Cl\r1;0 dd ~esorero de renlas prOYinClales Sr. } ' r:Ln­cisco de B. Ruiz. La suscricio'n p(n semestre 'Val CUAT u l' 05, pagaderos adelantados; y cilda número suelLo Rf.AI. 1 Ml'nlo ...... I~l precio ue la illsercion de los :\..,¡ u. ó articulQs de interes prinJo, será ut: un TIeso hasta doce renglones, y un re31 IDas por cadll lr . ' dan ti a Ill'l número, y la mita 1 por cada ... ez que se repita, siempre que se a ltempQ de la f·nlT!>ga. LEY ·derogatu)o y reformando algunas disposiciones sobre enseñanza púhlica. El Senado y Cdmata de Representan/es de la Nueva Granada, rtunidos en Congreso, CONSlBE:.RANDO: Que es necesario haccr en las le.yes ~uhre jnstruccion pú blica que actualmente rig( n, algunas reformas exigil!as por la c~periencia ) por la opinion pública; DECRETAN. Art. 1. Sc dt'1'ogan las disposicione el 1 decreto del Poder Ejecutivo de 3 oe OClll bre de 18~6, sobre pJan general de en cñara za pública, en ruanto á la uesignacion Jé lo libros que en ellas se lace. para las lcrciolles que deben d r los catcddlticoo; en la" ulliver sida des, colegios y casas d6 enseñallza. Art. 2. En consecuenci~, cad:) cíl fcdrati eo dar~ sus lecciones sobre las fU Jtcri3<; que le estén seña.ladas, por te~ to de su propia com poslcion, o por ~l uel autor o autores que estime preferibles. Art. 3. Lo'i catedráticos o preceptores de las universidades, ~olegios o cuale squiera o­tros estableciUli ntos de illstruccion plíblica, no enseñaran ni sostenddw en Cf'1 tameues. doctrmas que seaD contrarias a los deberes que la constitucion im ,)one a los granadinos en 8U arl' culo 7. 0 , Ó a 105 dogma" y moral dt:l Evan~elio: quedando as) reformado el artícu lo 101, Y derogado el 1 O·~ del plan general de enseña z.a pública. Art. 4. Los catedraticos o preceptores que contravinieren a lo dispuesto en el articulo precedente, seran reprendidos, y en caso de reincidencia destituidos, por la junta de go­bierno de la universidad, o por la que haga veces de esta en los e.stableclmiectos qtle no estén sujetos a l. de alguna universidad . Pa · ra pronunciar la reprensioo o destilucion, se necesitan las dos terceras putes de 105 'Votos de los miembros de la junta, Art. 5. Los cateuraticos de teología de­beran presentar un mes antes de ab~ir sus cursos, ó a los respectivos prelados dlOcesa­nos ó a las personas que estos designen, 105 programas de las doctrinas que van a dictar en ellos, para que les den el paso cm cuanto al dogma y la moral. Art. 6. La enseñanza de la jUl'isprudencia se bara en seis cursos, distribuidos de la ma·-( nera siguiente: l.0 de- principios gent'rales de derecho constitucional 1 ciencia adrniuist ra tiva: 2.,°. de derecho ci ~il pa trio, in \ uso el enjuiciamiento civil: 3.° de derecho penal patrio. in.cluso el enjuiciamiento 'oriminal: 4.° de derecho eclesiasLÍco: 5.° de principios 6cllerale6 de leg¡6~a~ion uDiver~al y de legis-lacion civi -f penal; G." de derecho ¡nle . na cional r economía poliLica; qu!' d Indo a i re formado el articulo l.0 de la ley de 30 de l\1ayo de H335. Paragrafo unico. El catedratico de prin cirIOs generalc<¡ lip d "rcch() con litllcinnill y ciencia admill ¡'l1,ativ nda V cl.' mcrcio. t\rt. 7 .. , Los cursante de 1;" c!ac;ps 1 '1' in ri prlldc!l(·i;¡, IIH'di cinll y tt' olo:; la no pocll"ll. g:\.nar Jos CULO ' en dic¡t!nti'\~ cl.,rs en un solo ao); pero sí p()dran rnal,"lf'ul3rse . g:t nar hasta Jo'! curst,J'i en 11tH .Je ella ' en el mi mo lIll rmuuncJo en el pn.: ~ (: .. t~ año escola r lus tI' s primero'\ cur· t)"l q'ue pn'venlan los articul ,)s l .) Y 9.° de IJ le . le 30 Je 1\l vo d lf)3.5 podian obt·,:­lU't · ('\ gl',ldo d· ba~hi!ler; el examen para e le grat,lo 'Cl' ara sobre 1 i malerias com· pr : ll d l A'I en los cur S que debieron estu­JiJI', y el de cuatro de sus felign-ses, promuevan cada s~is meses una susl'ri('ioo en su diurito parroquial, dil':gida á formar no fon () para proporcionar algunos auxilios a los clijc1"Jn()s desvalidos, y de Cll~a inversion se ínSI 1'1I i I'á debidamente al público. 4a. Que se designeo las multas que deban imponerse a los que, por neglig(m. ria o por cualquiera otra caus~, se opon , gan a la ejecucion de las anteriores me· di Jas...; destinándose dichas multas a acre· cer el fondo arriba indicado, é ioformán dose oportunamente al puh\ico de 106 que sean multados .y de los motivos que hu· biere ha Lido para ello. (2) Convelldr'3, segun nas parece, dis ponerse lo conducente a que cuando se conciba la sospecha de que no son po­Lres de solemnidad los enfermos para quienes se exijan los auxilios del arte de cur al', 00 se les siga por ello niogun per­juicio, sin que por esto se quite el de­recho que tengan los facultativos, sangra· dores etc. a que se les suisfdga despues su honorario por Jos beneficiados que no deban ser comprendidos en la clase de los desvalidos O indigentes. \ 3 J 8erá tal vez conveniente disponer que cuando los boticarios se cercioren de que han despachado medicinas para pel'. SODOS que pue dt' los intereses de los mprétitos colom­bianos, ni las inmensas deducciooes que sufrió ese capital al relebrdrse y realizar­se los contratos y al pasar alJa en lngla ­t~ rra los fondos por tantas manos codi .. ciosas é infieles, ni las estafas y fraudes . de .que allá mismo fué victima Cotom, bia por valor de OJuy grandes can lida­des, ni las prol()ngadas desgracias que be· mos padecido, nl la notoriedad de nues­tras buenas disposiciones para pagar las deudas coutraidas ron tan poco juicio y tnn poco aprovt'ch' miento: se obstinan fi ­nalmente en querer persuadir que te­. nemos recursos para satisfacer' es,v~ deu­das de la manera que ellos .prerendell, O que pod~mos sacarlos imponiendo Illle· vas contribu.c iones, y que vamos con vlcn to en popa por a C3ner3 de la prospe­ridad, aSJ bar'baros y estúpidos como fHlS Jlaman siempre los eurof)eos. Un tenedor de vales ha dicho qnc lo que ga ta aqul eo "¡garros en lr s Ú ' ·U3-' tro semanas oada individuo ba~daria n'u­nido para ateuder a sus sagrados dCf'e· chos: otro manifesto q \.le con solo in tc ­resarse los frailes y los clérigos (l O el con­fes¡ onario para que cada uoo de sus pen ¡len· tes diera una módi~a limo!;ul, ya que este negocio gravaba tanto nuestras concicueias, habria con qué pagarles: cada cual ha interpretado de la manera mas propicia r pera su bolsillo los documentos oficia· les sobre r Olas publicados en estos pai­ses, y hasta ha querido hacer valer como argumentos a favor del mismo bolsillo las ded\lcciones sacadas de publicacione~ de particulares: a lodos les parece muy ju to J muy corrienle que vaya a Londres el hJtegro producto de las reotas hipote. cada en 105 alhadbdos contratos, que son todas las del pais, aunque aqul no quede con q é ateoder a los gastqs del servi.io publico: y todos piensan que el gobiern~ britanico está en la obligacion de apoyar todas us estravagancias, y de enviarnos amen z s, escuadras y ejércIlos para SClS en pr s 18 exorbitantes pretensio. ne.s. Prorrumpen en tan descompasados gritos, q) cualquiera ('revera que los tales hombres estan redul'idos pel' nues­tra culpa á la mendicidad; y cuando no escasean lo mas significativo y virulento -.le su idioma para i.nsultar y escarnecer a nuestra patria, á nuestros hombres pro­minentes, y a nuestro& pueblos en masa, exige que o tratemos con la mas res­petuosa consi. nu del comercio eSlrangero por medio de los Ministros y Coosu.les respeclivos a qtJien~s ,se comunica.rá de ofidol y parí' conOClmleoto de los comerciantes naciO: nalcs por la publicacion del presenle a .. viso en 'la Gaceta, &e haga -saher a todos que el maximum de profundidad de la barra en pIea mar constanle eu casi to­das las estac~o~es del año ~s de diez pie~,. y que el maXlmum en baja ma ' de siete 'Y m edio pies; pero no pueden entrar ni salir buqlles en el prime~ ('3S0 sin~ t'on nueve pies de calacion, y en el se.­gundo con seis y medio, por ser de ab! ¡¡o!utl necesidad deducir uno para la ar­fada. El ancho de la barra no tiene mal que veinte varas de distancia de una ca. beza a otra. Por tanto quedaran tod~s advertidos ,que no se permjtiran arriba .. da.~ a los T' ques con el objeto de tras. bordar efectos 50 pretesto de no poder los buques pa6ar la barra a causa de una excesiva cll13uioo, y que ellas debedln efectual'se solamente en los puertos ha· bilitados para el comercio de impoJta:: cien y esp0l'lacioo. . Por 8. E. Smith. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANARIO DE LA PU'OVINCIA ns I,CARTAt;ENí,~ ~~-_._- 1\'1 TSCELA N EAS. PA RA LA HISTO RIA. Continúa ti memorial presentado por el Sin.dico pel'sollel'o al Cabzldo de esta ciu­dad ~ 181(}. < !11 s á las necesidadesqne ia.periosunente la~ exigen, pues no ~on mas' necesarias ,la medlrinas en nue,stra constitucion fisica~ cuando se desarregla flor los vicios de lo hU(lwres, temperamentos e~c., que a la ' civil ó mOl'al ruando esta padece seme­jantt's a Iteraciones por tantas clases de lm~les como las atacan. Vase á Ir{itar ciertamente ,de una ma· Luego indudablemente, si los tememos teria nueva, y en que son muevos sus¡ en nuestro cuerpo polhico, debemos em resortes y nuevas sus direcciones. Y hé plearnos incesantemente a su curaciolJ. ;Jf(ul ya, que tÍ ~ola la voz oe novedad Diferirlo ó dejarlo para despues por una s,e ha preparauo por algunos la opinion engañosa prudenéia, es una ignominiosa de los riesgos de su ('xamen y de sus - pereza, y una criminal negligenl'ia contra resultos, auusanuose de aq,uel prill c ~)io nuestros mas sagl'i,ldos Jeberes a la pátria. mal entendido de que loda novedad eu J~xaminémos poes, estos males, v cua-m3/ r r' ias de gobierno es pel ¡grosa : max¡ les 1(.)5 remedios mas 0por os, mas SU3- mrl que generalmente tom~da, y ger;eral. ves v mas convenie s que puede dic-mente <]uerida hacer' valfr, es hija en lar la prudencia. ¿ Y habra algnno que unos Je la ignorancia: en olr'os de su dude de la' fxis enria de e,tos male , de infrria é indífel'eocia or tü rI v q e no conozca y deba te · ~~~~~~~~~~~~~~~~~ahn~Je~n~tde~:~e~n~ottr~o~s~~~{;n~f;r~1~a;s, 13g, ci n~s ~ que por momen S\!J espirilu b:jo y se-rvil: en Otl'OS de (os estan pues os? Tal es el funesto de.masia~a ~3niJ3J .de .COl'ilZOn; y en olros cuadro q tIe bajo de varios aspl'ctos pl'e. (je un sordldo y vd toleres. S( ot" la nacíon espafl ola e.n todas us po. . I?c toda esta das e de politioones los s~sjoncs á la visla de la oelDas del mun . 11 tImos que son los mas misrral>les, son do, y mas /errible- \' cJ'uelment a la d, !()s que !)acen la ma)'or guerra tí la VI' I'- sus prnpins újos. NUf'Slros hermanos los lacl, y para estos bastará al SillJiro re .. rspafiolt s etJropeos est,lO siendo aelu~l . petir aq,uella genel'osa. produ('c;(ln con 'loe menle los objdos de la desolaríon V de f"1) la Gaceta de gobi erno del 23 de Di- la n¡iseria; v nosotros estamos amenaza-eiem- bre del, año proximo pasado se dijo: dos dc la misma suerte, bien p')r las (t J~ t despotIsmo del gOUíf'f'OO anterior ambiciosas ffilra'S oe nuestro eoemi ¡;o co-castigaba como un crimen la libertad rn. muo , Ó blf'n por los trast.ornos y alt erario. ~onalJle tle manifestar los mal es del Es nes que (' II.1s est~n ot.'t1siooando. lado. y I( s medios de reoH'di ;lI'los, v los A lt ndi('ndo uniCíJ'menle a los paprles h,ombres que ganan J se IwllíJO bier; (,'on p'lb!j 'os de E~paña, y ¡) las repelidas de - \0"5 errores la lachan de n{)vedaJ peli dnracionts de .su supremo gobierno. en grosa; pero esta (acuitad es un deredw el año de 808 contaba II! n3l'ion veinte mherenle a todo espeÍlol, y 11l1estl'a's le a.­jo un yugo mucho mas duro, m'ienlras mas distantes estabais del centro del po­der; mirados con iudlferencia, vejados por la codicia, y destruidos por la ig­norancia. Tened presente que al rro-, nuuciar, ó esrribir el noml:~fe del que ha de venir a representaros·, en el con-eso nacional, vuestros destinos ya no , dependen ni de los ~linjstros. ni de los Vi,Tc\'es ni de los GoberlladCJres: eSltÍn

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Por: | Fecha: 13/05/2021

Natalia Reyes. La gran actriz bogotana tiene cinco meses de embarazo. En septiembre nacerá su bebita en Tierra Bomba (Cartagena), un angelito que llega para completar su familia, junto a Juan Pedro, su esposo y gran amor. Nos contó cómo será su nueva vida y sobre sus retos laborales. La mamá más bonita, solo para Aló. Mascotas Aló. Todo para las mamás de peluditos. Moda, ejercicio, belleza, ecología y regalos en modo maternal.  
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Un Pasquín - 13/05/21

Por: | Fecha: 13/05/2021

La voz de la calle. Colombia es un país enfermo de acallar los reclamos legítimos, porque la gente de bien los llama socialistas y comunistas, o castro-chavistas o revolución molecular disipada. Opinión de Juliana Gonzáles. En Colombia, y seguramente en muchos  otros países, se ha instalado por años un lenguaje coloquial y cotidiano que, no por ser común, deja de ser violento. Opinión de Juliana Bustamante. Un conflicto más allá de lo político.    
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Un Pasquín - 13/05/21

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Mia - 12/05/21

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