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Imagen de apoyo de  Relato de un asesino

Relato de un asesino

Por: Mario Mendoza | Fecha: 2014

Un hombre, Tafur, está en prisión. Trata de reconstruir su vida a través de sus memorias para llegar a entender qué lo llevó a cometer un cruel asesinato. Con una prosa que cautiva desde el comienzo, Mario Mendoza sumerge al lector en la ambivalente vida de un individuo que busca liberarse de sus obsesiones. Una extraña enfermedad que aqueja a Tafur desde pequeño ha hecho que se mueva entre los extremos: una vida tranquila que lo lleva a tener horribles visiones y una vida entre los marginados que le procura tranquilidad. Viajando de un extremo a otro transcurren sus días, hasta que logra encontrar un frágil equilibrio entre los dos mundos. Relato de un asesino, la tercera novela de Mario Mendoza, nos presenta un alucinante recorrido por el alma de un hombre, al tiempo que nos obliga a una desesperanzada y lúcida travesía por Bogotá y todas las ciudades que en ella conviven.
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Relato de un asesino

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Imagen de apoyo de  Hip, hipopótamo vagabundo

Hip, hipopótamo vagabundo

Por: Rubén Vélez | Fecha: 1906

Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. A ñ ol Ue¡uíl> lica d e Cul o m l>ia BOLETIN DE I.A"i RENTAS REORGANIZ ADAS Dir ecto r, GR E G8RIO GU T1ERREZ B o g o tá, D i c i e 1nbr e truccion cs tí los y ¡. sitadores ........................... ..... ·.. ........ .. .......... ...... . · .................. .. 28o CIRCULAR NÚMERO 88, de l Ministerio d e Ha c ienda y Te;o r ->, acerc a d e lo mismo... 28 r t ~STR UCC IO!\ES PARA 1.0s V !S ITADORI'S de las R entas Reorgan izadas y d e l T im bre Nacional. ... .. .................. .... ............ .. ........ .. .. CA ÑoN J"RO ·'HÉRCULES." Resolución del Ministerio de Guerra sobre gastos d e este crucero ............. v.... .............. ............... .. ....... ... .. . . ... .. . . ....... 287 R ECLAMEN 10 de l a fabricació n n acional de ciga r rillos ..... .. ........ .... 288 CIRCULAR DEL ~hNIST&RI O DE ll ;\ CIESDA Y TFSO RO, sobre cobro de dr rec hos de putrto......... ... ........ ... ............. ... ..... .. . .. . ... .. ......... . .. . 291 IND EMNI ZA CIÓN por f:ibr icas de cigarrillos y fósforos........... ...................... 291 ALCOHOL IMI'OTADLE. Contralos sobre su elaboracilln en l os Dcp ~r tame nt os d el C au-ca y Cundinama•ca y Distrito Capital .. . .. .. ...... ... .. ... . .. . .. .. .... .. .. 'l9 2 DEcu: 1 o :-;(•M ERO 649 DE 1905, sobre con,· crsioln ror m oneda md.lli c a .!el billc:t e nttcioual .. ..................................... ........................ . .. ........... 29 5 (stC UF' Á L. ,\ VUEI .TA' BOGOTA I MPREN'fA E d ; CTni CA- 1 68, CA I . U : 10 TELÉFONO 769 J Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOI.ET I \: l >F. 1.,\ ::; R E :-J T . \ S Rl~ORGAN I Z.-\IJ.-\S 1'~ · Ac uÑACIÓN o~ MO~EIJ.\ u.; 1\ IQUt> l • ..... .... .. .. . . .... . ... .. 297 R E;OLUCtÓN sobre cobro Je impuestos municip a les :í los ex pendios el e l icor e s nac .. ,. m\lcs ......... ...... · ......... ·· 299 RliSOLU CIOI\FS SOII RE LICORES .... .. . ·· ········· .. 299 CJRClll AR :-:úm:ko s6, sobre apoyo a los Remat aclo res d e las Rentas......... ..... .... JOU R J:sOI.V<.. IÓN NÚ~tERO 57tH. I SO S, adic iona l á la m a rcada con el nú mero 56 , sobre l.o manera como deben entregarse las pie les á los Agentes de las Nuc, ·as Rentas . 301 DeCRETO 1\ÚMERO 28 5 JH 1906, que e l imina un os impuestos y m odifica ot ros.. ... . .. 30 1 RI.SOLl!CTÓN 1\ÚMt·. RO 686 DE 1905, sobre l as merc :~d e rías, mate ri a d e m onopoli o, c.¡ue se hallen en los A l m:~cen t RT.SOLVCIÓ:> xÚ~ t ERO 19 I>F. 1905, snbr .SÚlHRO 54 n& 1905, que es tab lece que l os M unicipios n o pueden cobrar sobro! el d cgiiello impuesto :~ lg u no.. . .. . . . . ... .... ........ ... ....... . . . .... ...... ...... 30 5 TDJBRh :'\ \C JON.\L. Consulta y Resolución acerca de g iros tele grá fi cos... . .. .. . .. ... . 30 5 1 o. tu. Consulta y Resolución sobre e l em pleo d e papel en a lgun os j uicios ..... 306 l o. 1 D . Actas de incine raciñn y r ecorte de es pec ies en desuso. ........ ........ ...... 30 7 R 1 ~O Ll'l 1 ·~sobre cobro de i mpuestos municip ales á l os expendios d e li cores.... . .. .. 3o8 Tnu:R~ '\ \CIO:>AI .. l\fo,·imiento de documentos en e l me s de Octu bre e n l a Ofici na tic 1•::-: pcntl io Esp cci~ l de BogotL. . . . .. . ..... . .. .. . .. ... .. ..... .. ... ... ........... 309 lltt IGL' lA DE VISITA aJa Agencia de Cambao ........... ..... . . .. .. ...... ..... ............ J !O R~:>OLl • rt)¡.¡ N hiERO 868 I>F. 1<;o6, sobre l'najenaci6n d e mercaderías... . .. ... ... ...... 312 DI RE.CII •S DE P VPRTO ••. •.•.•••.••• .• .•.•.• • ••..••••••• •• ••••• • •••• • •..• • •••·•••·· · • .•• JIJ R J:.~OLliCIÓ~ SOt;RE Al'f. r. Acr.:>xE~ en Jos juicios p or contrabando... .. ... . . .... . ........ 314 GI. RENTE DE R r>:-IT.\S .. ... ... .......... ... . . ..... .. ....... .............. .. ......... 315 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. AÑO I RepÚblica de Colombia N.O 1.0 Boletín de las Rentas Reorganizadas Dlreelor, GRIWORIO GIJTIERREZ BOGOT A. DICIEMBRE DE 1906 El BoLETÍN DE LAS R &r>TAS REOJ\GANIZADAS será la continuación del BoLETÍN DE LAS NuEVAS RENTAS. Ha querido el Gobierno, con sobra de razón, que se llameo u Ren­tas Reorganizadas" las que administra el Banco Central, y no" Nueva& Rentas.'' Por Jo· demás, el Bot.ní:-~ continuará s iendo el órgano de publicidad y de la comuni~ción de las Rentas coofiad:~s en administración al B:~nco Centra: ; y las leyes, decretos, resolu­ciones, etc., que en él se publiquen, tienen fuerza obligatoria para los Agentes del Banco sin necesidad de nota ú orden esr,ecial. El Decreto á que se hace alusión, dice así: DECRETO NUMERO ' 45o DE 1go6. (30 DE lSOVIEMDRE) por el cual se fija, la denominación de ciertas rentas. El Presidente de la República de Colombia, COKSIDEHANDO: 1.0 Qu~ l:~s Rcntns Nacionnles que mnn~ja el Banco Central llamadas Nuevas Rent:~ s, no deben llama¡·;;e nuevas \lorque existían en todos los Departamentos, á excep­ción rle la Renta de Tabaco, que só o estaba establecida en el Departamento de Antio-quia; 0 Q 1 l Ad · · · · 1 1 1 · ~" 2. ue a nr.lua miOIStracaon no la tec 10 otra cosa que reorg:-tmzar en .ar-ma nacion:~l y en beneficio de Jos Depart:~m eotos las rentas que éstos administraban y que hoy les pa·odn c~:n un rendimiento JíquiJo mayor que el que antes recibían; y 3.0 Que hAbiendo logrado el Gobierno reorg11nizar las rentas mediante esfuerzce persevt>rllotes hasta ponerlns en el estado de prosperidad ea que hoy se encuentran, la denominación de'· Rentas RCJ)rganizadas" es la que más conviene emplear para de­signarlas, DE CI\ ETA : Ar tícu lo úniro. Desde el primero de Diciembre entrante la denominación de ''Nuevas Rentas" quecbrá ca mbiada por la Je "1\eotas reorganizadas," que será la usada en el lenguaje ofi··ial. Parágr<~fo. La Ofkina de" Nucvns Rentas" se_ denominará Oficina de las" Ren­tas reorgan izAdas," y el "BOLETÍN o& t. AS Nu ~vAs RENTAs'' tomará el nombre de" BoLE­TÍN DE l.AS RENTAS REOI\GA ... IZADAs.'' Comuníquese y puhlíquesc. Dado en 1\l:ldt·id (Senezucla), á 30 de No,·icmbre de 1go6. R. R EYES El Ministro de H ac i end:~ y Tesoro, TooÍ.\S V ALEr>ZVELA. ---------~~--------- MONOPOLIOS E.;tudinndo unos importnntcs libros sohre adunn:~s, coot,·ihuciones. cte., que nos envió el Sr. G. R. Cnlderón. Cónsul General de Colombia en Londrc.'l, he m os en~on­to'IHIO )AS CUOI:lS que lln lm;Jatcrrn se p:t!pn por derechos de introducción de tabaco y Ji­( ·ores, así como t:~mhi é n los impooestos de adnnnn de diversos países !'Olll'c estos artículos y sobre fósforCis. sa l y cueros, de pl'O\etlcncia inglcsn. Corno estos artíc ui Cis son los que están hoy monopolizados en nucst ro país y los que formnn las Rcntros Rcor~anizndro s , he.nos cr·l'ído interesante hacer un extracto de aquellas cuotas para que el públ ico pue · dn comp:ornr las que cobramos :~qui con las que se cobr11n en otros pniscs. Para hncer más fácil estn comparnrión hemos sncndo las equivalencias de monedas, pe:>os y mrdi­! las de cnda país con relación á 1,1s ouéstrns. y ndcruás hemos reducido á oro nmericano las respectivas cuotns en monedas cxtrnnjeras. Conviene advertir que estos gravámenes son sólo por derechos de Adunnn, y que únicamente en unos pocos casos hemos especificado h.>s que se cobran pol' derecho de consumo. Fuera de aquéllos, existen en todos los poíscs europeos numerosos impuestos Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 270 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS municipales, scccionales, regionales y nacionnles, qu~ gravan ~tos artículos P?r pr?­ducción, ventn, transporte, consumo, etc., con la ctrcunstancta de que á cada hcencta se le ponen mil limitaciones g t·avosas. . DE!\ECOOS DE ADUANA EN INGLATE!\1\A • (1 .E equivale á S 5 oro, 1 galón á 4,5436 litros, 1 libro á o,4536 kilos) Licores, por cada galón se cobr~ - · ... •. •... •• -.------ .. -- • .f:.-10.1 o, que soa S - en botellas, por cad:~ galoo se cobra .•.. ... - . .. .. . ..•.. -.14.8 A lcoliol perfumado, por cad~ galón .. : .- ... ....... - . . . - . -· .. -.17-3 2-70 ~.66 4-!! ' Tabaco manuf.1c1 uraoo en ctga rros, libra. . . . •.•• •.... .. .... .. --5· 1.25 - Canvendish ó Ncgrohead, libra ... .. .....•. . .... . .. • •.• -3.10 - en cualquier otra forma, lib1·a • • •. ..•.... - . ... ..• - - . . --3·5 - sin manufactura•·, según humedad, libra .. . . • .. .. .... • • . - .2.8 - - - - - - ---- ·-··· - ·· ·· · ·-·3 Sal y cueros ... . . . . . . . • . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . li b•·cs. DE!\ECUOS DS ADUAN..&. EN DIVE!\SOS I'AÍSES PAI\A Al\TÍCULOS DE l'l\OCIIDENCIA Ó MANUFACTURA li'GLESA . RUSIA. 0-95 o.85 o.6ü 0 ·75 ( r rublo equivale á S 0.54, r pud á Jli,J6o kilogramos, r funl á~ de libra) Licores en b:Jr,,ilcs, pngnn por pud . . .. . ... . . . ... . . . . . f\bls. - en botellas, p11~an por botell :~ ...... . .•.. . ...• . ...... - dulces en botellas, pagan por botella .... . .... . . . ..•• Tabaco sin mnnufact urar, p:~g:w por pud ............. .. • • • - para pipa y rapé, pagvn por funt ... . . . .. . ... .. ..... . - en cig:u·ros '!' cig;H·rillos, p ng:~n por funl. . . .... . . .. . . Fósforos de cua lquier· dase. pag;m por pud ......• . ..... ..• Sal import:~da por el i\lar Bl:~nco, p11gnn por id ... .•. . ...... - irr:portnda por otros puertos, pna-an por id . .• . .•.•. • - en pequeñ,,s env:~ses pnr11 menuclco, bruto .. . ... ... . Cueros sin manufacturar, secos, íd .... ... . .. . . . .. . .. ..•• .. IJOLANOA. ( 1 florín es igu,d á S 0 .62) r6.2o ó l'Ca S r.27~ 1.2Jt g4.Gs 2-f12t 7-20 ~-30 0-15 0-~0 o.4s o.¡¡; 8.74 o.JJ8 o.ü8 !8.71 l.!)i 3.88 1.7fl o.o8 o.¡{) 0.24 o.4o Licores, 50 °¡0 de alcohol, p:tga el hecto!.. . . . .... . fl orines ~- 5" ó sea S 1-47 Fó.~(cros .. . . . . . . . . . . . . . . . . . ... ... : ... . . . .......... . Tabaco en rnm:~ . sin ,·en a, png:~n los 1 oo ks ..... . .. .....• - con !d ., id. íd_. it!-··.·· ··· · ······ · ····· · · ·· ·'· ·· · pngan t'l 5 °¡0 ad ualorem o.; o 0.29 1.50 o.ll3 - en c r ~;~rros, a d. a d. ad ..............•........... . 4o.oo 1 6.8o - en r:'lpé ú otra fot·ma, id. id , íd . . ..... ... ... . .... . Sal refin ada íd. id. íd ..•........ •. ............. . . ·-- ~ . 12.00 5-04 4.oo 1.68 Srzl o o refinada, íd. íd íd .. ....................... .. . . . Cueros ... .. ........ . . . .......... . .. ..... ........ . .. . 3-00 1.2"3 )ibres. DELt; !CA. ( 1 franco es igual á S 0.:10) Licores en b:~rriles de 50° ó menos, el her·tol. . ..•.. frs. - en barriles, por carla gr:~rlo mas, íd. íd ......... . . - ea botellas de cu:1lquier número degr;1dos, íJ. íd .. . Sal. . . . ......... . .......... .. ............. . ..... _ c ,zeros .... ........ . ... . .......... - -. -.-.---- · - - - - ·- Fó.~(oros . . ...... . ...... . .......... . .... . .... . .... . Toúaco <;in m:onufllcturnr, con ,-en a, los roo ks .. . ...... . íd . í~l. de cu:~lr¡~iera_ otra clase ....•.•. .... ..... en c o~arros y c r!l'arrdl o<; ......... . . .... ....... . manufacturado en cunlquiet· otra formn ..........• Ff\ANCIA. ( 1 franco es igual á S 0 .20) '75-00 3-50 :Jó0-00 libr<.'. ósea S 10 °Jn ad valorem. 75-00 55-00 Goo.oo 120.00 Licores en barriles ó hotellas, e l hectolitro de a lcohol puro., frs. 70.00 - - dulces, id. íJ. íd... . ............... . ................ 8o.oo - ( Derecho de cono;umo), íd. íd. íd... .. .. .... . ..... . . .......... 220.00 - Fósforos, importación p:~r:~ particulnres ..... .• ...• • . .. ...... prohibida. - de mader:~, importnción para In f\enta, Jos 100 kilos. ... r2.oo - - deotrnscl :~ses,id.íd. id ...... .....•......••... . ..•• 20.00- Tabaco_ importndo para p:u·ticulares ......... .•• ...•...... prohibido. rmportado para la Ren ta.· ••••......• . .....•...•.••. libre. 3s--oo 0-70 70-00 •s-oo rr .oo 120.00 24.oo r4 00 tG.oo 44-oo 2.{¡o 4-00 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE tAS NUEVAS RENTAS Es permitido importar tahaco para uso personal hasta por 10 kilogramos por año, y para una misma persona, m ed iante el pago del siguiente impuesto : cigarros y cigarn1los, los 1 oo kilogramos s,ooo.oo 6 sea $ r ,ooo.oo tabaco /tuco en picadura, íd. íd..... 2,500.00 500 00 rap; 6 tabaco en cualquier otra forma, Id. íd. 1,500.00 300.00 Cueros impor tados dir ectamente ....... . . ..... , ... libre s. no importados directamente y de ori-gen europeo, Id. td .. ...... .... . ......... .. {d. Id. {d y de origen no europeo, Id. íd. Sal no refinada, Id. Id ........................... .. Sal refinada. Id. Id .... . .............. ............. . Además derecho de consumo, íd. Id ..... .. SUECIA. (r corot1a equivale á $ 0.28) Lt'cores y alcohol, en barril.es, paga e l li tro de 50° de alcohol .................... . ... .. . ... Cor. y akolrol en otros envases, !d. {d .......... . Fósforos de madera, paga el kilo ..... ...... ...... . de cualquier otra clase, íd. Id . . ......••.•. Tabaco en cigarros y cigarrillos, Id. íd . .......... . en cualquiera otra forma ... ...... .. ..... .. sin manufacturar, íd. íd .............. . . .. .. Sal Cueros •• • •• ••• • •• 1 ..................... .. . ............ . NORUEGA. (r corona eqw'vale á $ 0.28) Licores en barriles, paga e l litro .... ......... Cor. en botellas, fd íd ................. .. ....... .. . dulces, paga el kilo ........... ....... ... . .. Fósforos de cualquier clase, fd Íd .......... ....... . Taóaco en rama, con vena, íd. {d ............. . .... . Sal Cuu•os en rama, sin vena, Id. Íd .. .............. .. . en rapé, !d. íd ........ ............ ........... . en cigarros y cigarrillos, Id. Id ... .. ... .. . en cualquier otra for{tla, íd. íd ........... . ...... ... ... .... .... ' ................ .... ...... . AUSTRIA-HUNGRÍA. (r tlorfn eqwvalt á S 0.21) J.OO 3.6o 1 0.00 1.00 1. 85 o .os 0.20 400 1. 20 r.oo libre. libre. 2.80 2.6s 3-45 0.15 2 .47! 2.25 3.8o 6.00 2.70 libre. Licortt alcohólicos y dulces, pagan los 100 kilos. fl. 6o,oo Suplemento sobre los que conte ngan azúcar, paga el hectolitro......... .. . ... . ... ... 2 oo ' o.6o 0.72 0.28 o.66 2.00 0.28 0.518 0.014 o.o56 r, 12 0.336 0 . 28 0.784 0.742 o .g66 0 .042 o.693 o.63 1. 064 1. 68 0.756 1 2.60 o .. tz Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ~. 1 l BOL ETIN DE LAS NUEVAS RENTAS TcJbaco sin manufacturar, pagan los 100 kilos ... manufacturado e n cualq uie r forma íd. íd. Sal, importada sólo con li cencia especial , íd. íd. De r echos de co nsumo, í d . i d ... .. ...... . . . Ct~eros . .. ......... ..... ........ . . .................... . Fósforos de made ra, los 100 kilos ... ..... ........ . de ce r illa, los fd. íd . .. . . ...... . . SUIZA. 2 1 00 52-50 0.84 9·38 libres. s.o.:> 3 00 (I f ranco es igual á$ 0.20) Akollol y upírilu de vino, en b1rriles, pagan los 100 kilogramos y por gror 100 de exceso, pa-o. 6o48 kilos) o 420 6 sea$ ad valortm. o 275 0.21 o 1 35 gan los 10 litros, . . ..... ... . .. yens o 040 0.020 Fósforos de cualquier clase:, ... . . . . . . . . .. . .. .. . 20 por 100 ad valorem . Tabaco e n rama, .. .. ...... ......... . . .. .......... 35 por 100 all valorem. m anufacturado en cualquier forma. .. • 1 50 por 100 ad valorern. . (~s monopolio del Gobierno y só lo se puede importar con autorizaci6n de él) Sal de: cualquier clase, c .. uda, pagan los 100 kins, ... . . . ... .. . ... .. . . . .... . . .. . . . yens. 0,082 6 sea $ 0 .041 0.88-4 -de1d . íd.refinada,íd Id í d ............. 1,768 (Por ser m o nopolio del Gobierno, sólo se puede importar con permiso de éste). Cueros, 1 oo kins, .. ..... . . . . .. . ... .. . . . . .. yens 1. 1 76 o .s88 CHINA. (r pt'cul igual ti IJJ! libras inglesas, r fati VJie hoy$ o .¡ 5, r gnlón equivnle d 45436 litros). Brawl_y y whisky en barriles, paga el galón, Taels -y lhampa1ia e n botellas, paga la caja d e 12 botellas . . ... ... .. . . . .. . . .. . ... . .. . . ....... . .. . W'htiky en botellas, Id. íd. íd. íd . .. . ... . .. . .. . Saké en botellas, íd. íd íd. Id ......... ..... ... . . -en barriles, paga el picul, fd ...... . . . ... .. . Otros licores (ron, ele) , en barriles, paga el galón - fd ., Id. ícl. en botellas, paga la caja de 12 botellas ... . ........ ... . . . .. ...... . ... ........ .. Fósforos" Bn1/anles" ó " Arco lds, " pagan las 50 gruesas de cajas, fd . ........ ..... . .... .. de c~rillahasta de 100en caja, toíd. Id . d e madera. etc , en cajas de 2! X 1 t X i pul~ada, so gruesas de .. . . .. ... .. -de madera, íd. íd. de z X 1 i X~ pul gada, 100 gruesas de cajas. . . . ...... . . . . - de madera, íd. fd de tamaños mayores, J;,baro en rama, p ie u l. ........... ....... . .. .. . . . . preparado e n barriles, íd . ... . . . ..... . - pre¡.>arac;lo en empar¡ue de menos de 5 libras cada uno ..... . ... . . .. ... .... .. . - e n cígarrillos primera calidad ( taels 4 50 y más, e l 1,000), paga el millar, taels - e n cigarrillos, segunda calidad (hasta ta e ls 4 .50 e l a.ooo), Id. Id ........... . - en cigarros, paga el millar . ... ... ....... .. - en rapé .............................. .. .. .. Sal ....... .. ............ ... . . . .................. . . . Cueros, paga el picul. .. .. .. . ....... .. , . .......... . 0.12 S 6 sea $ 0 .093 o.soo o 372 o 350 o 265 0. 1 10 o 082 0 . 400 o 30 o.ogo o 067 0.200 o. 15 1.500 1.125 1 6oo 1.20 o.6JO 0.472 og2o 5 por o.8oo o .gso o6g 1 oo nd valore m. o.6o 0 . 722 5 por 100 ad valore m. o 500 o ogo o 500 5 por 100 ad prohibida. o.8oo 0.375 0067 0 . 375 valortm. 0.60 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 2]8 BOLETIN DE LAS NUEVAS RENT ~S -- '-- NOTICIAS V ARIAS En Uruguay, 1\epública que no tiene un mi llón de habitantes , e n el Presupuesto de Gastos para rl aiío econó mi co de rgo6-7 , se h a calculado que a lgunas de las R en­tas que tienen analogfa con las Nu'evas Rentas de 'Colom bia, pro ­duci r án l .. .,~ iguicnt e, en oro, só lo por el producto intemo de fabrica­ción n acional: Alcohol... .......... .......... $ 2[¡ o,ooo Fós foro s .. . .................... . Ce r veza .... ....... .......... .. Vinos artificiales ...... .. Tabacos, c i garros y ci-garrillos ................... . Papel Sellado .............. . Timbre .............. ..... ... .. Faros ....................... .. R egistro de p oderes .. .. 105,000 4o,ooo 5,000 232,545 205,000 132,500 1 o,L¡r3 35 4,500 En la Repúblicn d el Sal"ador, que só lo tiene 920,000 habitantes, produjo la Rent a de Li cores en e l año de 1 gol¡ S r.o7 1,684-82, oro, y en r 905 S 962,555-53 · Publicamos los datc)S anteriores, para que se co mparen c·o n los tri­butos que se cobran en Colom bia, á más de 4.ooo,ooo de llétbitantes, por l as mis mn s H.entHs. De todos los D e partamentos, v especialmcnlf.' d e l T olima y deBo­llvar, llég-an constantemente muy buenas noticias sobre el g ran des­arrollo r1ue ha tn111ado la indostria tabaquera en el país. En el Sinll, donde hasta a h ora no sr h abía cu l­tivado el tabaco, sc· han e::. tablccid o últimamente• gran ·les plantaciones. El considcrnbk aumento de pre­ci() que el nrticulo ha obtenido en el Extra11jero hará que los cose­chero~ y nt·~o <' ianti'S t•n é l, obten­gan p•ngiit•::, ulilirlaclt•s, JHit'S debe tenerse pn·-..l'nte c¡ue t•ltabaco des­tinado a la <''[JOrtar ión no paga impuesto, y que s i lo h a pagado, se devue lve en l a respec ti va Adminis­tración de las Nuevas Rentas. L as R entas de li cores extranje­r os, fó sforos, cigarrillos y tabaco de los antiguos Territorios de Casana­re y San i\Iarlín, que en el anterior período eslu vieran arrendadas jun­to con las de li cores nacionales y deg üello, se mabej a n h oy por ad­ministración, y se ha nombrado Administr ador de ellas á D. Maria­no Ospina Chaparro. El mes de Septiembre se vendíó sal marina en Jos almacenes de Cartagena, Barranquilla y Santa­marta; por· valor de $ 30,652-80, oro. Los expe ndios de sal m a rina establecidos eo Anlioquia por la Adminstración General de las Ren­t ~s han dado nac imiento á una nueva i ndus tria en aquel laborioso pueblo, con g ran ventaja para el Pisco, para los consum idores y p ara la industria pecuaria, y que creemos p odría establecerse en o t ros pueblos con utilidad. Se tra t a de la refinación de l a sa l de que h ab la e l s iguiente a,·iso: SAL MARINA 1'\EFINADA Tenemos el honor. de ofrecer al pú­blico sal marina refinada y e n grano, propia ya ¡.>ara los uso~ domésticos y para lo s ganadús. A esta sal se le h an retirado todas las impurezas que tra e, como arena, despojos calcáreos, conchas y la mu­gre que dt"jan l .. s oper«rios y la s r e­cuas que 11acen la explotación en las ~atinas marítima~. Los análi)is comparativos del Dr. Muñoz, que se verán á continuación, nos autoritan p<>ra crc:er que este pro­duelo alcanzará inm~::dia~ament•' el fa­vor uel público. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS 279 Ojidna Analilica de MwJos.-Repríblú:a de Colombia.-Deparlammlo de Anito. t¡uia.-Calle del Palo, mímero 4Ó.­Cerlijicado 11/Ímero 8o.-MedellitJ, 26 de Septt'tmbre de r9oó. , A!iALISIS Dlt SAL ltN GRANO Proadmcia. Dada al análisis por el Sr. D. Ba. silio Martínez, como proveniente de " sal marina refinada." según carta de 15 de Septiembre de 1 906, se so. licita en ésta certificación sobre los 'puntos siguientes : 1 ° QutÍ diferencia hay entre esta sal y la de Curazao, en cuanto á te. nor en cloruro de sodio ¡ 2.0 Qué diferencia hay entre esta sal y la de Guaca, también en tenor de cloruro de sod;'o ¡ y 3. 0 Qué cantidad de sal de Glau. ber se necesitará para formar una mezcla propia para ganados, igual ñ la sal del Retiro. Descripdón. La sal dada al análisis es muy blan­<: a, bien cristalizada en grano finO, huen sabor, nada delicuescente, y to· talmente soluble en el agua. Ccmposici6n. Cloruro de sodio (sal de <:ocina) ••• ... . ............ . Sulfato de cal (yeso) ..... . Agua higroscópica ........ . 100.0 El infrascrito, en atencióu er, con las personas que des~en emplearla en sus haciendas. B .\SILIO MARTINKZ y C." El clía r g de Octubre se llamó á licitación para rematar por un ¡u1o la R e nta de lic ores nacionales de los Municipios de Riosucio, Turbo y Murindó, que antes pcrlcnccían n 1 D epar tamcn lo del Ca u ca y hoy hucen parle ele la Pl'oYincia de Urabá en e l Dcpal'tamenlo de An- • • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 280 BOLETIN DE LAS NUEVAS .RENTAS tioquia ; pero no hubo pos tores. El aforo fijado fue $ 320 oro me n­suales. Para el 26 volvió á llamarse o-\ licitación. Hicieron postura por el aforo los S res. Alfonso Araogo, Pablo Balcázar, J oaquín Angel, Gonzalo Zúilig~, Jorge Holg uín Lloreda y Francrsco L ascrna, .Y por $321 el Sr. Isaías. Yepes. Se ad­judicó al Sr. Zúñrga por $ 630 oro mensuales. Gopernacidn.- Cwcularnúmero 6q . Bucaramanga, 2 d!: Octubre de rgo6. Prefectos ...• Decreto número 395, de 28 Sep­tiembre esta Gobernación, dispone: individuos sen tenciados pena arres­to, por fraude Nuevas R entas na­cionales, cumplirán su condena en Penitenciaria Pamplona, á donde serán remitidos por autoridades á quienes corresponda d isponer eje­c ución sentencia. Servidor, Rrzo L. Medei/Ln, 2 de Noviembre de '.Q oG Rufino Gutiérrcz. Saldo de cuen tas tabaco incorpo­radas en Oc tu bre a lcanzó á dos millones trescientos setenta y s iete mil quinientos treinta y tres pesos ($ 2.377,533), las de pieles ac usan más de s ie te mil recaudos (7,ooo). R A~!Ó N A. R ESTI\EPO Para completnr las noticias dadas en a rtículos del número anterior de es ta 1\cvis ta, sobre el producto de la Renta de T abaco, se dan los s igu ien ll'S da tos : En "M arzo d el presente aiío pro­dujo la R enta en To lima y Hui-la ........................... .... $ 502,409 25 En Abril...................... 556,373 75 En 1\layo............. ........ 595,768 50 En Jnnio ...................... 495,322 50 En Julio ........ .............. 539, 116 25 En Agosto .................... 46lh833 ... . En Septiembre ............ 365, t ro 75 $ 3·5 T 8,g4b .... DECRETO NUMERO 323 DE 19o6 (25 DE ~RPT I IUI DRE) por el cual se suspende un . empleado y se· hace un nombramtenlo. El Gobernador de Quesada, En uso de sus facultades legales, y­CONSIDERANDO: Qué el S r. Adolfo Correa, Teniente Polltico de Gachetá, ejecutó actos es­candalosos y fa ltó al respeto debido á las autoridades, al Sr. Cura Párroco y á varias personas, conducta que re­quiere alguna sanción para su cor~e­gimiento, tanto más cuanto que lo hrzo en estado de embriaguez, OKCR"RTA Art. 1.0 Suspéndase al expresado Adolfo Correa en ei e jercicio de sus funciones como Teniente Poi ítico de Gachetá. Art. 2 . 0 En vista de la terna pre­sentada por el Sr. Administrador de las Nuevas Rentas, nómbrase para reemplazarlo al Sr. Julio Palacio. Comuníquese y publíquese. Dado en Zipaquirá, á 25 de Sep,.. tiembre de 19o6. MANUEL BRIGARD. E l j efe de la Sección 3.•, DadscAR Maq rNA C. CIRCULAR. Admt'm'slracidn General de las iVue­uas Renlas.-Bogotá, Octubre 20 de '.QOO. Sres. Administradores, Visitadores y Agentes de las N uevas Rentas. Llamo á us ted la a tención á las instrucciones que se publican en Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. • BOLETIN DE LAS !\UEVAS RENTAS 281 e l prese nte númCI'O d el D oi.ETt N, cuya lectura y fi e l c umplimiento l es en c~trc.tco. Como verán us t edes, estas ins tl'uccion es so n las mis mas que se p asa ron e n foll e to el 3 I d e M ayo ü ltimo, con a l ~ nn as mod ift ­c~ ci oncs y adiciones de import a n­Cia. D e us ted a tento, seguro scl' vidor, RuFINO G uTII~ I\nEZ. CIRCULAR NUMERO 88 República de Colombia.-Stlilislt•no de Hacimday 7esoro.-&ccifm J."-l'lú· mero 2464.-Bogolá, 22 de Jl,[aJ'O de f906. Sr. Gobunodor de .... La or2'ani zació n y desarrollo d e las Nuevas R e ntas y de l a de Tirr.bre Na. cional que se ha pues to r ecientemen . te al cuidado de la Admini stración d e aquéllas, requieren e l mayor celo y acti vidad d e parte d e Jos que estáñ encargados de administrarla s . Los Visitadores de dichas R entas á quie­nes se les ha encome ndado la insp e c­ción de las oficir.as r es p ectivas y e l estudio d e un núme ro d e a suntos re­lacionados con e l in c re mento d e las Renta<: ya m e ncionadas y con s u bue­na organización y servicio, necesitan del apoyo inmediato y vigoroso de las autoridades en ll)s Distritos en donde están llamados á ll e nar s us funcion es. Es preciso, por lo tanto, que, d e acuerdo con las neces id ades urge ntes de que se ha h echo m énto, di cte us­ted las di sposiciones que creyere más adecuadas, á fin de obtener que las autoridades d e su dependencia pre:;­ten á los e mpleados de las Rentas Nuevas y á los de la de Timbre Na. cional, y en especial á los Visitad ores, todo el apoyo que demande e l c um­plimiento de las instrucciones comu­ni cadas á e::.tos empleados por la Ad­mini~ tración de las N uevas Rentas, y publicadas e n folleto de que se envia­r á á usted un ejemplar. Servidor, Por e l Ministro, e l S ubsecre t ario de Hacienda, B. SANÍN CANO. ------ INSTRUCCIONES PARA L OS V¡S~TADORKS OE LAS NUEVAS RENTAS \' DEL TLMURE NACIONAL, 1 El Sr. Visitador debe ponerse d e acuerd o con e l Administrador D epar­tamental rl e las Nuevas Rentas de la Sección que vis ite , para ver cuáles son las principales necesidades y aten. ciones que demandan las R e ntas, y dará cuenta á é l y á la Administra­ción Gene ral de todo l o que haga y observe CoJO res pecto á e llas. 2 Al Jl e~ar á cada población lo pr i ­mero q u e hará será acercarse á la prim e ra Autoridad, á quien dará co­nocimi e nto de e~tas Instrucciones pa­ra facilitarle e l apoyo que ésta d e be prestarle, y con quien debe tratar de estar en la mejor arm onía . 3 En los informes que rinda á la Ad­ministraci ón General debe dar cuenta de la conducta que observan la s Au ­toridades con respecto á las Nuevas Rentas. 4 A los Administrador es D eparta­mentales y P r ovinciales se les r eco­mienda info rmen frecuentemente á la Administración General, y lo propio se suplica á las autoridades, sobre la co nducta que observen los Visitadores 5 Se s uplica y aconseja á los Admi­ni s tradoresquc eviten, hasta donde sea posi bl e, las atenciones obsequi osas á los Visitadores, y á éstos que n o las r~ciban, para que puedan conservar su independe ncia. 6 L os Visitadores deben a\'isar por telégrafo al Administrador Genera l r al Departamental cada vez que se muevan d e una poblac ión para otra por ~i hay necesidad de transmitirle; instrucciones. J t Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS 7 Los Visitadores llevarán modelos de cuadros de estadística para que vean que al fir. de cada mes los Ad­ministradores Departame ntales y Pro­vinciales y los Agentes de Municipio anoten el movimi ento de las Nuevas Rentas y del Timbre. Los Agentes los enviarán á los Provinciales, para que ellos formen y envíen al Depar­tamental el de su r espectiva Provin­cia, y el Departamental formará el resumen de la Sección á su cargo y lo enviará al Administrad or General. La formación, envío, incorporació n y re­sumen de estos datos estadlsticos se hará mensualm ente, por los Agentes Municipales, en los primeros cinco días del mes siguiente al en que se re­fieran los datos; por los Administra­dores Provinciales en los prime~os quince días y por los Departamenta­les antes d e l día último del mes. 8 Los Visitadores informarán fre­cuentemente á los Administradores Provinciales sobre la conducta públi­ca y privada y sobre el manejo, com­pete ncia y cumplimiento de sus debe­res de los Agentes Municipales; á los Departamentales, sobre la de los Pro­vinciales y !\lunicipales; y al Admi­nistrador General, sobre la de todos ellos y la de los Jueces de Re ntas y Tenientes Políticos y sus Secretarios. Conviene r¡ue el informe se e xti e nda tam bién á la posición social y prestigio de qut gocen dichos empleados. 6 Si por la conducta que obse rve un empleado hay necesidad de suspen­derlo ó reemplazarlo 6 imponerle al­guna multa, e l Visitador se pondrá de acuerdo para e llo con el r espectivo superio r. Si se trata de un Teniente PoHtico, pedirá al Prefecto que dicte la providencia del caso, y si d e l Secre­tano, se e ntiende para e ll o con el Te­nient e. Toda queja debe ser fundada, y debe n presentarse los comproban­tes. 10 El Visitador visitará los depó~itos y almacenes de sal marina, los de pie-les y J~s de fábricas de licores, dicta­r á las medidas que estime prudentes de acuerdo con el Admini~trador De­partamental, y dará cuenta de todo á la Administración General. 11 El Visitador de Nariño averiguará si se exportan para el Ecuador pieles sin curtir, Jo que debe prohibirse en absol uto, ó curtidas, y en este caso debe dar cuenta á la Administración General. Lo propio hará el Visitador de San­tander resJecto á la exportación de pieles par/ Venezuela. 12 Se recomienda muy especialmen~tt á los Visitadores de Nariño, Magda­lena y Santander que estudien con mucha atención y den informe y con­cepto á la Administración Genera! so­bre las medidas que deben tomarse para impedir los contrabandos á las Nuevas Rentas, hec'hos con artículos procedentel> del Ecuador y de Vene­zuela. 13 El Visitador confrontará las cuen­tas que se le presenten con los com­probantes, y en la diligencia que es­criba hará las observaciones que de e llo se desprendan. Verán que las cuentas se rindan oportunamente á los respectivos su­periore~. 14 Vigilará é informará á los Admi­nbtradores Departamentales y al Ge­neral, sobre e l cumplimiento que se dé á los contratos sobre trasporte de pieles. 15 Vigilará que no se dé plazo á los conrribuyentes para el pago de nin­guno de los impuestos, pues todos de­ben ser cubiertos en el acto de ser causados. 16 Visitará las fábricas de fósforos y cigarrillos y los establecimientos de cunimbre, para cerciorarse de que no se hace fraude á las Nuevas Ren­tas. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. • BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS 17 Se informará sobre la conducta d e los Celadores y Guardas y de la dis­tribución que d e ellos se hace, y evi­tari que se les e mplee e n asuntos personales de los Administradores, Agentes y Tenientes P.)lfticos. 18 A l visitar la Provincia d e Marma­to, en el Departamento de Caldas, averiguará muy detenidamente qué clase de trabajos tiene establecidos 6 iniciados el arrendatario de las Minas de Supía y Marmato, de propiedad de la Nación, si se le ha dado pose­sión de todas las pertenencias del Go­bierno, qué gastos está hacie ndo y qué rendimientos dan esas minas. 19 Estudiar la actual organización de la Renta de Tabaco, sobre t<.do en lo que se r e lleado que haga la visita, y el resto debe entrar á la Caja de las Nuevas Rentas. • 24 De acuerdo con los modelos que se dan al Visitador, hará que en todas las oficinas se forme legajo por orden cronológico y por oficinas de ~rigen con el respectivo índice, de todos los papeles que en ella deben conservar­se archivados. 25 El Visitador estudiará concienzuda­mente estos puntos y dará informe á la Administración General: 1.° Cuáles son aquellos Distritos en que por su lejanía de los puertos flu­viales 6 marítimos, y por consiguiente por el excesivo costo del transpo11te terrestre, ferroviario y fluvial y por la mala calidad de la piel que se produ­ce en aquellos Distritos, conviene más cobrar e l impuesto de Degüello de S 2 por cabeza de ganado que la piel. Una de buen tamaño, calidad y peso, produce por término medio en Jos mercados extranjeros $ 4-56 líquidos, teniendo en cuenta el costo del trans­porte marítimo. y comisiones, etc., en aquellos mercados. Para dar esta opi­nión debe estudiarse si el gasto de recolección, envenenada, secada, al­macenaje y transporte hasta el puerto marítimo, cuesta más de S 1 -60, y las mayores ó menores facilidades de ad­ministración; y 2.0 En caso de que convenga variar el impuesto de la piel por el de De­güello en algunas localidades, qué pro- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. - BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS videncias deben dictar, para que la li­bre concurrencia de esas p1eles en los mercados, }'a sea para destinarlas á las industrias del país, para llevad as á otros Distritos ó para exportarlas, no fomente el fraude y perturbe la bue­na organización de la Renta. 26 Informar, dando razones muy cla­ras, cuáles de las Salinas marítimas deben destruírse, cuáles abrirse y cuá­les con<;ervarse ó mejorarse, qué sis­temas de elaboración ó explota::ión y transporte deben adoptarse. Estudiará el Sr. Visitador muy de­tenidamente Jos contratos de explota­ción de esas Salinas y de prov1sión de sal hechos durante la actual Adminis­tración ejecutiva por el Administra­dor de las Rentas, y dará informe y concepto detallado sobre ellos. Debe tomar noticia precisa de la cantidad de. sal elabor'ada por admi­nistración ó por contrato, de la despa­chada de cada Salina, de la que llegó al respectivo a lmacén de la Renta, de la que a llí se ha vendido y despachado á otros destinos y de las existencias, y comparar esos datos para que, si en­cuentra alguna irregularidad, dé cuen­ta á la Administración General y pro­mueva inmediatamente , en su caso, el respectivo juic10 criminal. 27 ConviP.ne que en todas las poblacio­ne- s que visite torne el concepto de las personas de mejor criterio sobre si deberá establecerse diferente impues. to de degüello sobre la res macho y la hembra. 28 El V1sitador del Departamento del Magdalena extenderá su informe á un estudio detenido que hará sobre la mejor manera de organizar las Ren­tas de pieles, degüello, iotroducción de licores extranjeros y cigarrillos, tabaco y pesqueda de perlas en el te­rri torio de la Goajira, teniendo en cuenta la facilidad que hay para ha­cer fraude por la frontera venezolana. 29 A los Visitadores que intervengan en los desiertos territorios de Casana­re, San Martín, Alto Caquetá, P utuma­yo, Darién y Vásquez, se les recomien­da estudiar la organización de las Nue­vas Rentas y del Timbre a 11 ( y propo­ner las modificaciones que crean con­venientes. 30 A los Vssitadores de los Departa­mentos del Cauca y Nariño se les re­comienda el estudio d'" estos puntos: 1.0 Si conviene rebajar los impues­tos sobre el tabaco,. los cigarrillos y los fósforos, para ev1tar el contraban­do que viene del Ecuador ; 2.0 En caso de hacerse la rebaja, hasta dónde debe extenderse e l cir­cuito en que ella rija en el litoral del Pacífico y sobre todo en el interior, y manera de establecerse los Resguar­dos para la vigilancia, para que esos artículos no pasen al interior del De­partamento del Cauca; 3.0 La Tarifa de Aduanas de la Re­pública del Ecuador, para ver cómo astán gravados allí esos artículos; y 4 .0 La influencia que ejercerá so­bre los mercados de Nariño y sobre bre las R entas el ferrocarril que se está construyendo en e! Ecuador y el que se proyecta con~tt-uír hasta las Provincias del Norte de aquel país. Estudio semejante se recomienda á los Visitadores en la Povincia de Cti­cuta y en el T erritorio de la Goajira. 31 El Visitador de l Cauca debe estu­diar las probabilidades de cumplimien­to y de éxito del contrato sobre esta­blecimiento y elaboración de Salinas marítimas en la Costa del Pacífico, celebrado por el t-.Iinisterio de Hacien­da con el Sr. Alcides Herrera; la con­YCniencia y probabilidades de éxito del establecimiento en aquellas costas de una elaboración del agua de mar por medios artificiales, teniendo en cuenta el custo de elaboración, la ca­lidad del artículo que se produzca y el costo de la sal que se introduce del -Ecuador, por la frontera del Carch i, ~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 286 BOLETIN DE L\S NUEVAS RENTAS y del Perú, Ecuador, Chil e:: é Ing late­rra, por los pue rtos de Tu mac o y Bu e ­naventura. 32 E~tudiará también todo lo n •lacio­nado con la pesquerfa de perlas en las costas del Chocó septentrional y con la exportación de concha en la Isla Gorgona, y de tagua de Tumaco y el Mira. En las costas de la Goajir'a vigilará y dictará las medidas necesarias para que se eYite el contrabando en la p es­quería de perlas, que se hace con pre­texto de estudios, sondajes, etc. 33 En la misma costa del Chocó estu­diará la introducción de ganado y carnes d e Chiriquí y d e tabaco de Es­meraldas y de Méjico, y la exporta­ción de oro y de platino del Chocó, de Bue naventura, de Tumaco y del Atrato. 34 Los Sre s. Visitadores de los De par­tamentos de Antioquia y del Tolima estudiará n todo lo relacionado con la exportación de l oro y de lo s minerales aurífe r0l> y argentíferos, sobre todo de lo que produzcan las Empre~as ex­tranj e ras ; y los Visitadores de la Cos­ta Atl :i ntica estudiarán la mane ra como se hacen esas exportaciones, pu es hay motivos para temer que los viajeros y los empleados de los bar­cos de mar, faciliten la exportación de co ntrabando; y propondrán los medios qu e crean conve ni e ntes para evitar el fraude. 35 Ver si está bien establecido el ser­vicio de guías para el paso á otro lu­gar de un ilrtfculo · monopolizado que ya ha pagado el impuesto en el de su origen, y el de guías y tornaguías para los art!culos de exportación, y hace r uniforme ese servicio donde no lo esté . Las guías ó facturas que den los comerciantes por los artículos que venden para otros lugares, necesitan, para co nducirlos á éstos, el visto bue­no del empleado de las Nuevas Ren­tas del lugar del expendio. 36 Visitar los almacenes de depósi to de pieles para ver si están bien secas y convenientemente envenenadas, y verificar en los libros de cuenta~ si es­tán de acuerdo los datos de recibo con los de despacho, y éstos con los de llegada al lugar de su destino. 1 37 En los puertos de los dos que van al Atlántico por la región de Oriente, ver si se pagan los derechos de los artículos d e exportación. 38 En las Administraciones de las Aduanas debe verse si se cobran pun­tualmente y en oro del lugar de pro­cedencia del barco que causa el im­puesto, los derechos de puerto ; si esos derechos se envían puntualmente á las oficinas extranjeras, como se ha or­denado, y si en la misma moneda en que se recaudan se pasa á los parti­culares que tienen acciones en los fa­ros la cuota que les corresponde. 39 Ver si en los puertos habilitados por donde se hace exportación de ga­nado vacuno, hay orden y buena or­ganización en el cobrp de los dere­chos de puerto y de exportación. 40 De todo lo que se observe y que convenga corregir, suspender ó esta­blecer, dar cuenta á la Administración General. 41 De acuerdo con los Admir1istrado­res y Agentes d ebe buscarse medios para que, hasta donde sea posible, e l transporte de las especies de Timbre se haga rápidamel'l~ y aun por con­ducto de particulares, siempre que se presten seguridades. 42 Al empezar las visitas debe tomar nota el Visitador en la Administra­ción Depar tamental 6 en la Prov in­cial del estado en que se hallan las cuentas d e los r espectivos liubaltern os' para confrontar con lo q ue e n cuentre Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS 287 en la oficina visitada. Y lo primero que debe hacer en ésta es tomar ra­zón de caja para evitar que en e l cur­so de la diligencia se subsanen pro­visionalmente desfalcos, si los hubiere , con dineros prestados. 4 3 Se pondrá de acuerdo con los Ad­ministradores y los jefes de Resguar­do de las Aduanas y con los emplea­dos de las Nuevas Rentas para dictar las med idas necesarias, para evitar la exportación de metales preciosos sin pagar el impuosto establecido. Gene­ralm e nte esos fraudes se hacen por los pasajPros, en los equipajes, en las ma letas de viaje y aun en los bolsi­llos de la ropa que llevan puesta. Cuando haya motivo para desconfiar de un pasajero, debe registrarse e l equipaje y aun á é l mismo. 44 Cuando el Visitador descubra un fraude á las Nuevas Rentas debe dar cuenta á la autoridad del lugar 6 al Juez de Rentas ó Teniente Polltico para que instruya el correspondiente sumario é imponga y haga efectiva la multa á que haya lugar. La mitad del valor de esta multa y de l artículo de­comisado corresponderá al Visitador que hizo e l descubrimiento, si no hubo previo denuncio, y la otra mitad al Municipio respectivo. 45 Comprobará en cada oficina que visite las existencias d e especies de l Timbre, inclusive las d e expendios particulares que se hayan establecido, y dará cuenta de cualquiera irregu­laridad que note á la oficina que pro­vee ó al inmediato super ior de la ofi­cina visitada. 46 Los Visitadores verán que en las oficina!> de las Nuevas Rentas se con­serve con cuidado el BoLETÍN DE LAS NuEvAs RENTAS, que contiene todas las disposiciones relacionadas con dichas Rentas. 47 En las actas debe dejarse constan­cia precisa del número de piel es ven­das, su peso y precio. 48 Los Visitadores debe n acercarse á l~s Agencias Postales y Administra­c~ ones de Corre o y á las Administra­Clones de Aduana á tomar noticia de las cantidades, peso, valor y especies de metales preciosos exportados y de las introducciones que se hay~n he­cho como encomienda postal de ar­tfcu los de los comprendidos en las Nuevas Rentas, pues los derechos que causan e~tas en comiendas y aquellas exportaciOnes deben ingresar en las CaJas de la Administración General 49 Se recomienda á los Visitadores no dejar constancia e n las actas de sus conceptos, que sólo deben emit irse e n los informes, sobre aumentos de s~e ldo s ó -d_e empleados 6 apropia­CIÓn de_pa~t1das para gastos de útiles de escntono, arrendamientos, etc. 50 Donde se cobren pontazgos, peajes ó derechos de almotacén, debe es­tudiar e l Visitad or la s disposiciones ~u~ rijan sobre el panic ular, pues el un1co caso en que se pagan esos im ­puestos, por la sal ó las pieles de pro­pi edad de la Nación, es c~ando han sido arrendados á particulares sin que en e l respec tivo contrato se exprese que están exentos d e l pago dichos ar­tícu l os. 51 Los Visitadores deben hacer cada mes visitas á diez oficinas de las Nue­\" as Rentas, por lo menos, en diferen­tes poblaciones. CANOOERO "HÉRCULES, Por el Ministerio de Guerrn se ha d ictado la sigu i ente Reso lución : GASTOS DEL CRUCERO " HtRCULRS. " En Acuerdo presidencial celebrado e l 27 del m e s próximo pasado, dispú­sose que en lo sucesivo fuesen cubier­tos los gastos del cañonero n¿rcults por la Administración de las Nuevas Rentas, á excepción del rol\ de em­pleados, cuyos sueldos se seguirán r e- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. • 1 .. 288 BOLETlN DE LAS NUEVAS RENTAS conocie ndo y pagando e n la forma antes est ablecida . Comunicada esa d e terminación al Sr. Mi nistro d e 1-hcie nda y T e soro, en oficio núme ro 1 sgo, y por éste al Administrador d e las Nue vas Rentas, expr esa e l tlltimo que, aun cuando es­tá pronto á cumplir lo ordenado, se halla á oscu ras sobr e la manera como d ebe dar cumplimiento á lo di s pues to, p o r ser éSC asunto com pletam e nte ex­traño :i los que hasta ah0ra son d e la incumbenci.a d e esa AJmin ist ración, perplejidad qu e le obliga á exigir :.e le instruya sobre cada uno d e los pun­~ os que somete á la consideración de aque ll\linisterio. S in que el I\linistro de Hacie nda y Tesoro satis fici e ra al Admin ist rador de la s N uevas R entas, y concretá ndo ­se solame nte á apoyarlo en la pro­puesta que f o rmula e n el lÍltimo pá­rrafo de su oficio nlÍmero 6222, lo r e ­mitió á este l\linisterio para que en a cuerdo preside ncial se estudien y r e­suelvan los puntos indicados por ese empleado. · Es innegable la razón que asiste al Adminil>trador d e las Nuevas Rentas para hallarse, corno se halla, á oscu­ras de la m a n e ra como debe cum­p l ir l o di spu esto e n e l Acuerdo presi­den~ ial de l 27 d e l mes pasado, por la razon muy clara de que a l determi­narse que Jos g a stos de material del llámlts fu ese n cubiertos po r esa Ad­miniMración, d ebió formalizarse un D ~:c re to ó una R esoluc ión en la cual quedaran p e rfectamente precisadas las nuevas obligaciones que á ella in­cumblan. úpta.r hoy por fijar e~a!. obligacio­nes l>t!rta lo más acertado; pero co mo P.n. mate ria. de • . :1d minist ració n es pre­ft; rJI JIC lo !.llll~ttco y sencillo á lo a bs­trac. to y complejo, y comu dicho Ad­mini., tra•Jor pro¡ une qut• lo más con ­vtnicntt.: ~crla CJUe el IJU'lU•' se pusi e­se i di-.po~ición de! l;,s ~uc,·as Rentas á (.U)'O cMgo debe •tutdar todo gast ~ ~~c. aquel vt hiculo oca..,iunc, sin per­JUICIO de qut· e::.t~ a toda hora á la dis­posición tH.:I (J vbi~:rno, propuesta que es aceptabíc, porqu.~ sólo a ... r se evita que haya oficina~ d t \"ersa~ •1ue te ngan que intervenir e n Jos asuntos relacio­nad os con ese buque, SE RESUELVE : Desde el 1.0 d e l m es en curso e l buque de guerr a, de propiedad nacio­nal• llamado lférmlu, que presta sus sen•icios en el rfo Magdalena, queda­rá á la disposici ón del Gerente de las Nuevas R e ntas , sie ndo de cargo de éstas todo lo re lativo á personal, ma­terial, m ejoras, equipo, mobiliario, etc. etc ., d e aque l vehículo, sin perjuicio de que á todas horas se halle á las órdenes del Gobierno, quie n ejerce rá sobre é l der echo de suprema inspec­ción, a sí como e l de no mbrar su Ca­pitán, sus empleados y la tripulación. Dada e n Bogotá, á 1 1 d e Octuore de 1906. El Ministro, M .\NUEL M. SANCLE!fRl\'TE. El suscrito j e fe de l a Sección 3."' del l\finisterio de G ue rra hace cons­tar: que en e l Acuerdo presidencial de 13 del m es e n curso, se aprobó y a d optó la anterior Resolución . Rafad Pombo M. REGLAMENTO QUE ORGANIZA LA FADRICACIÓN NAC IO" KAL DK CIGARR ILLOS. El Adtmiu"strador Gemral de las i\"uevas R entas JVacionalu, De acuerdo con la autorización con­ferida a 1 Banco Central por el artícu­lo 5 .0 del D ecre to número 1046, de ' 4 de Septie mbre d e l afio en curso, expedido por e l Poder Ejecutivo, R&SURLV&: La fabricación nacional de Ciga­r rillos se su jetará al sigui e nte REGLAllllN1 O : Art. 1.0 Todo fabricante de Ciga­rrillos ó t oda per:. ona que desee fa­IJricarlo>, debed otor g-ar á favor d e l Administrador de las Nuevas Rentas Nacic nales en la capital de cada De- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. • BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS partame nto, ó ante el Agente que éste d esigne en las pobla ciones donde ha­ya fá bricas organizadas ó se pre . ten da org anizar, una fian za <.le mil ($ 1000) á cinco mil pesos ($ sooo) oro, bajo la cual se corr>prometa ii observar estrictame nte la!'; disposicio­nes legales conducentes dictadas ¡:¡or el Gobierno y las de los R eglamentos que en desarrollo de las. mismas dicte el Banco Central. Art. 2.0 Al principiar la fabrica­ción Ó á la expedición del presente Reglamento, toda persona interesada en la fabricación de Cigarrillos debe­rá pasar al Administrador respectivo un inventario jurado de las materias primas que posea, con el objeto de que dicho Agente le abra, con el dato de las existencias, una cuenta corriente de las entradas y salidas que haya de materias primas y Ciga. rrillos en la respectiva fábrica. Art. 3 ° Todos los fabricantes de Cigarrillos deberán llevar un libro Diario, en el cual harán constar, día por día, todas las materias primas que compran, de cualquier clase que sean, la cantidad de Cigarrillos que fabrican, los que salen del lugar de . la fabricación ¡::ara dar á la venta; y del día primero ( 1.0 ) al ocho (8) de cada mes, deberán suministrar a l Re· caudador respectivo del Di-trito, un extracto completo y exacto del libro Diario con una declaración jurada, bajo su propia firma, en que consten todas las operaciones del libro refe­rentes al mes anterior. Todo indivi­duo que deje de cumplir con la for­malidad de presentar el inventario á que se refiere el artículo anterior, que no lleve el libro diario ya indicado ó que no presente el extracto mensual de él, pagará una multa de cincuenta (50) á cien ( 100) pesos en oro. Art. 4,0 Todo fabricante tiene obll­gación de denunciar el número exac­to de etiquetas que tenga en su po­der, condición sin la cual no se dará permiso para principiar la fabriéa­ción. Para m~ndar fabricar cualquier cantidad de etiquetas de berá proveer­se el fabricante de Cigarrillos de un permiso de l Administrador de la Re n ~ ta, en que conste el número de etique ­ta<; que hayan de fabricarse , e l es­ta blecimie nto en que hayan de ha­cer se y la ma rca registrada que ha­yan de llevar. Cua lquier establecimien­toque fa brique etiquetas sin que se haya presentado el permiso de que habla este artículo, se considerará cómplice del fraude Art. 5.° Cuando las etiquetas ha­yan de pedirse al Exter ior se observa­rán las mismas disposiciones que se observan para la introducción de Ci­garrillos. Art. 6. 0 Todo fabricante de berá presentar al Administrador respecti­vo la guía del tabaco que haya de elaborar y en la cual debe constar e l peso, procedencia, y el h echo de ha­ber sido cubierto el impuesto corres­pondiente. §. En caso de que la guía manifies­te por cualquier motivo una cantidad mayor de la que realmente sea, el interesado deberá jurar la diferencia é indicar el punto donde se encuentre para el caso de que el Administrador desee comprobarla. Art. 7.0 Sobre la cantidad de ta­baco que manifieste la guía ó sobre la cantidad real, en e l caso de que ésta haya sido rectificada, según e l artículo anterior, se calculará el peso y nómero de cigarrillos que haya de producir, así como el número de eti • quetas que hayan de emplearse en su encajetillado. De este cálculo y pro­medio se firmará un duplicado por el Agente y el Fabricante, conservando cada uno de ellos un ejemplar. Art. 8.0 En posesión el fabricante del ejemplar de l cálculo de la pro­ducción, deberá presentar á la Ofici­na de la Renta e l número de etique­tas que según dicho cálculo tenga de­recho á emplear, teniendo obligación el Agente de la Renta de sellarlas con un sello especial destinado única­mente á este objeto. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ,. 1 • BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS Art. g.0 A ningún fabricante le será permitido dar al consumo Ciga­rrillos, sin que sean debidame nte en­cajetillados, so pena de incurrir en una multa de diez pesos (S 1 o) oro. Art. 1 o A ningún fabricante le será pe rmitido dar n la venta e le m e n­to alguno de los que constituyen las materias ¡.¡rimas de la fabricación de Cigarrillos, sin rre via autorizaci•í n del Ad.ninistrador d e la Renta , quien sólo la dará cua nrlo la venta se ha y • de efect..:ar á pe r so na que según este Reglamentv tt: nga derecho á fabri­car, so pena d e incurrir en una multa de diez pesos ( $ 10 ) oro. Art. 1 1. Ningún fabricante po­drá dar al expendio cantidad alguna de cigarrillos que no estén encajeti ­llados en las etiquetas que lleven e l sello de la Rent<1 y que á él no· le hayan sido selladas directamente . Art. 12. Todo fabricante deberá ¡..agar el valor del impuesto de fabri ­cación de Jos Cigarrill os que corres­pondan á la guía de tabaco que haya presentado al hac érsele por la Renta la entrega de las correspondientes cajetillas selladas. Art. 13 . Todo fabricante tiene de­recho á pedir la r ectificación de la cantidad de Cigarrillos que hara fa­bricado y que no est.! de acuerdo con e l cálculo y número d e etiquetas que se le hayan sellado, ya se a por ­que conforrr.e á aquél ha y a produci­do menos, y en consecuencia debe abonársele el valor del im ¡.ouesto; ya sea porque haya producido más, y en este caso tenga derecho á que l e sea sellado mayor número d e e tiquetas, pagando el impuesto que á e llas co­rresponde. §. En caso de que la fabricn ción 6 el producto haya ~ido infe ri or al cál· culo hecho y en consecuencia haya exccden~e de cajetillas selladas, el fabrican te tiene obligación, para con· seguir el ~bono del excedente del im puesto, de p resentar el número de cajetillas selladas que á dicho cxce· dente corresponde, para que éstas y su valor respe ctivo le sean computa­das en nueva e laboración Art. 14. Cuando al fabricante se le destruyere alguna cantidad de etique. tas al encaj r tillar los Cigarrillo5, de­berá presentar y entregar al Admi­nistrador de la Renta las cajetillas destruidas para que éste las conser­ve, y selle en cambio un número igua l. Art 15 Toda cantidad de Cigarri · llos de los pertenecientes á la fabri­cación nueva que se hallare sin los requisitos establecidos en este Regla­m ento, será perdida por el tenedor; pero las demás consecuencias del fraude se harán efectivas al fabri­cante, imponiéndosele á éste, por la primera vez, una multa igual al ql!'"­tuplo del v.a­do, fábrica ó fábricas que han d e es­tar bajo la inspección del Gobierno y de Jos Rematadores de la Renta de Licores en el r efe rido Departamento, para obtener la certidumbre de que la producción de dicho alcohol indus­trial se lleva á efecto con arreglo á Jos Reglamentos del Gobierno, co"­forme á las condiciones de adjudica­ción y al aviso dado sobre el particu­lar por la Admir.istración General de las Nuevas Rentas, ndicional al plie­go de cargos que ha servido para Jos actuale s remates de la Renta de Li­cores, de fecha 17 de Jun io de t go6, que dice: " RRMATRS ; Se avisa ni público, de orden del Ministro d e Hacienda y Tesoro, que el Gobierno ha re suelto reservarse el monopolio del alcohol desnaturaliza-do, impotable, que se destina á la in­dustria como combustible para luz y fuerza motriz, y que queda, por tan­to, excluído de las Rentas cuyos re­mates se verificarán en esta ciudad en el prese nte mes y en Popayán y Pasto en Septiembre próximo; pero que para que los Rematadores que­den completamente á cubierto de las posibilidades de hacérseles fraude en la Renta de Licores Nacionales, no podrá elaborarse ni darse al consumo el alcohol industrial sino de conformi­dad con los Reglamentos que se expi­dan de acuerdo con el Gobierno y los r espectivos Rematadores, de manera que no se lesionen derechos adquiri­dos y que el Gobierno pueda dar des­arrollo á la nueva industria. BC'gotá, .A gasto 1 1 de t gc6. El Administrador General de las Nuevas Rentas, RuFrNo GuTIÉRRRZ," y de manera que se haga imposi ble el fraude respecto del alcohol, pero oor cuanto la infección se hace con arreglo á los mejores pr ocedimientos americanos y europeos; e) El Gobierno otorga al Contratis­ta exención de derechos de Aduana como lo permite la ley, y reducción de fletes de ferrocarril en los mejores términ~s que pueda conceder para empresas reputadas de utilidad pú­blica por la maquinaria destinada para la fabricac ión del alcohol industrial y por todas las materias que tienen por objeto la más perfecta infección. §. Si el Contratista 6 el indivi~uo á quien éste traspasare la concestón, abusare alguna vez d e esta exenci6n, el Gobierno podrá retirársela; d) El Contratista se obliga á ex.­pender el alcohol industrial en la fá­brica ó fábricas que establezca y e n los depósitos centrales para el expen. dio, á un precio no mayor de diez y cho centavos (S 0-18) por litro, <'O · brando al público en moneda especí­fica de oro; Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS e) El Gobierno se obliga á no im­poner ni permitir der echos fiscales de ningún orden durante el término del contra to, solke la f~brica ni sobre la producción del alcohol; j) La participación en las utilida­des líquidas á que tiene derecho el Gobierno por el privilegio concedido en este contrato empezará á p e rcibir­l o desde el primer año de s u vigen­cia, en la forma siguiente: En el primer año, el 2t por 100 En el segundo año, e l 5 por 1 oo. En el tercer año, el 1 o por 1 oo. En el cuarto año, el 20 por LOO. En el quinto atto, el 25 por 100. Se entiende por utilidades líquidas e l saldo que resulte á favor de 1~ em­presa, deducidos: un quin~e por cien­to ( 1 5 por 1 oo) de inte rés sobre e l capital invertido, entendiendo por éste el costo de edificio, maquinaria, ma­teri ales par a la iniciación de traba. j os y costo de la insta lación, en el cual quetla computado el deterioro de l a maquinaria consiguiente al uso de desgaste legítimo; los gastos de p r o­d u cci6n del a lcohol y de administra­c ión de la empresa; g) Desde que qued e establecida en Colombia la fábrica de rJaterias des­natura lizantes, el Contratista se obli­ga á '' O consumir otros productos que Jos oficiales, y e l Gobierno á no co­brar un precio mayor por ellos que el d e las materias infectantes extranje­ras puestas en las fábricas del Contra­t ista. De este precio el Gobierno se o b liga á rebajar al Contratista todo lo que exceda del costo de los prp. duetos y de uoa utilidad del 500 por l OO· h) E l Gobierno tendrá derecho ñ la inspección de l a producción, adm i. nistración y contabilidad del Contra­tista, á fin de conocer exactamente e l m~ri to de las utilidades de la empre­sa; y en caso de que se p robare a l Contratista, 6 á quien éste ceda su concesión, que trata de dism i nuír la par te de utilidades que le correspon-de al Tesoro Nacional, se decidir á este punto por m edio de árbitr os nom­brados uno por el Gobierno, otro por el Contratista y un tercero por los dos anteriore s . El fallo de éste será inapo labl e, y este contrato quedará de hecho r escin­dido si r esultare culpable el Contra­tista ó quien lo represente. t) Anualmente se hará la liquida­c ión de lo que corresponda al Gobier­no de conformidad con la cláusulaj) de este c o ntrato; j) Si después del primer año de vi­gencia de este contrato no se hubiere establecido por el Contratista la pro­ducción de alcohol industrial, e l Go­bier no queda en libertad para dar la concesión á c ualquiera otra persona ó e ntidad, sin q ue el Contratista pue­da r eclamar indemnización ni perjui­cios de ninguna clase ; k) Vencido el té rmino de este con ­trato, e l Gobierno preferirá, á igual­dad de propuestas, al Concesionario par a el privilegio de la destilación y venta de alcohol desnaturalizado en el Departamento de su concesión; /) El Contratista tier.e facultad de asoci arse pa r a esta empresa con na­cionales y extranjeros y de ceder el contr ato, previa aprobación d e l Go­bierno, y quedando sometidos los su­cesores del Contratista, como él lo queda expresamente, á las leyes y jl.­risd i cciórvde la República de Colom­bia; m) Este contrato comenzará á su r ­tir sus efectos d esde el 1 •0 de Enero de 1907. ' Bogotá, Agosto 25 de 1906. T oBfAs VALKNZU.S:LA . - CHAS. J. EoRa:. Conu.Jo de Mliu'slros.-Bogolá, Agoslo Z7 de I90Ó. E n sesión de esta fe cha a)Jrob6 e l Consejo el presente contrato, con la siguiente modificación al artfculo f): ,; La par ticipaci6n del Gobierno será: Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS En el primer año, el 10 por 100 En el segundo año, el 20 por 1 00. En el tercer año, el 30 por 1 oo. En el cuarto año, el 40 por 1 oo. En el quinto año, el so por roo.'' El Secretario, Camilo Torres Elütchea Poder Ejewl/vo 1\.adonal-.Bogotá, Agos­/(, 27 de I90Ó Aprobado R. REYES. El Ministro de Hacienda y Tesoro, TaBlAs VALRNZUBL-\ . Nosotros, Tobías Valenzuela, Mi­nistro de Ha'"ienda y Tesoro, debida . mente autorizado por el Excmo. Sr. Presidente de la República, por una parte, que en arJelante se llamará el Gob1erno; y Leo S. Kopp, Silvestre Samper Uribe, Eduardo Espinosa Guzrnán, Fabio Lozano T .. Antonio Sampe r Uribe, Luis Calderón T., Da­niel Arias Argáez, Carlos Alberto Ca. ballero, Isidro Nieto y Pablo Argáez, los cuales en adelante se llamarán los Cotzlralislas , hacemos constar que he­mos celebrado el siguiente contrato: Art. 1 ° El Gobierno otorga á los Contratistas, por el té r mino de cinco años, privilegio exclusivo para desti­lar y expender en el Departamento d e Cundinamarca y en el Distrito Ca. pita! , alcohol desnaturalizado 6 im. potable, para emplearlo en la produc . ción de luz., ó fuerza, 6 calo r, 6 en aplicaciones industriales. Art. 2.0 L os Contratistas se ol..li. gan á montar, dentro del término de un año, la fábrica 6 fábricas que fue­r en necesarias para la producción de alcohol desnaturalizado. Dicha fábri. ca <Í fábricas no 1 odrán ser montadas sino en e l Departamento de Cundina­marca, ó en e l IJi;trito Capital, ó en amuo~ territorios, y deberán de estar bajo la inspección del Gobierno y funci onar de conformidaJ con los Re­glamentos que ~ste dictará sobre e l particular, de acuerdo con los Con. tratistas y con los Rematadores de la Renta de Licores en los mencionados territorios. Art. 3 ° El Gobierno otorga á los Contratistas exención de derechos de Aduana y reducción d e fl e tes de fe­rroca~: ril en los mejores términos que pueda conceder para empresas repu­tadas de utilidad pública, para las má­quinas, sustancias, aparatos y uten­silios necesarios para la producción del alcohol desnaturalizado, y para los que se necesiten para su trans­porte; pero en cada caso los Contra. tistas presentarán en el Ministerio de Hacienda y Tesoro una lista de los objetos importados 6 para importar, á fin de compr obar que dichos artícu:. los son de los comprendidos en esta exención. Art. 4 .0 La participación en las uti ­lidades Hquidas á que tiene derecho el Gobierno por e l privilegio conce­dido en este contrato, empezará á percibirla desde el primer año de su vigencia, en la formll siguiente: En el primer año, el dos y medio por ciento; En el segundo año, el cinco por ciento; En el tercer año, el diez por ciento; En el cuarto año, el veinte por ciento. En el quinto año, el veinticinco por ciento. Se entiende por utilidades líquidas el saldo que r esul:e á favor de la em. presa despu és de deducir los gastos de producción del alcohol y de la ad. ministración de la empresa, y un quin ­ce por ciento de inte r és sobre e l capi­tal invertido, entendi~ndo ~or éste e l costo de edificios, maquinarias, mate­riales para la iniciación de la· empre. sa y costo de la instalación, en el cual queda computado el de terioro de la maquinaria consiguiente al desgaste del uso legitimo. · A rt. 5.0 Desde que quede estable­cida en Colombia la fábrica de mate- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS :Z95 ri11s desnaturalizantes, los Contratis­tas se obligan á no consumir otros productos que lo s oficia les, y el Go. bierno á no cobrar un precio mayor por ellos que el d e las materias infec ­tantes extranjeras puestas en las f.í. bri cas de los Contratistas D d este precio el G<1bierno se obliga á r eba. jar á los Contratistas todo lo que ex­ceda del costo de los productos y de una utilidat:J dd quiniento s p or ciento. Art. 6.0 El Gobierno se obliga á no imponer ni permitir derechos fi sca­l•! S de ninguna clase durante e l tér­min o del contrato, ¡;obre las fábricas ni sobre la producción del alcohol im­potable. Art. ¡.0 El Gobierno tendrá dere. (:ho á la inspección de la producci!Ín y de la venta, á fin de comprobar la exactitud de las liquidaciones de uti­lidades, las cuales serán hechas anual­mente. Art. 8.0 Si un mes después d e aprobado e l presente contrato, el Go. bierno no hubie re aún expedido el Reglamento á qae se refiere el art(. culo 2.0 de este contrato, .;ste queda­rá de hecho prorrogado por un año más, y los Contratistas pagarán du­rante ese sexto año el mismo derecho de producción del quinto año . Art 9 ° A la expedici6n d el pre. sente contrato, e l Gobierno, en igual­dad de propuestas, dará á los Contra­tistas la preferencia ~:-~ara la reno va. (:ión de este contrato. Art. 1 o. Antes de que hayan trans­currido noventa dlas después de apro­bado el presente contra to, los Con­tratistas procederán á organizar una compaf:ía anóni ma por acciones para la explotacif,n d e l alcohol dcsnatura. !i zado t\ que se refiere este contrato, y darán al público á la ~ar un núme­ro de acciones q ue represente por lo menos el 40 por l oo d el capital, com­prometiéndo~ c, además, :\ hacer todo lo posible por que di c has acciones sean suscrita!> , de preferencia, por propietarios d e plantacionE's de caña d e azúcar en Cundinamar ca , pues es­tá en el deseo de los Contratistas y del Gobierno que dichos propietarios tomen parte en la implantación de una industria considerada redentora para éstos. Art. 1 1 . Teniendo e l Gobierno par­ti cipación en las util idades de este contrato, se exime á los Concesiona­rios del pago d e derechos de registro de las escrituras á que debe elevarse este contrato, y de la asociación de la compañ(a que debe o rgani zarse para el desarrollo y cumplimiento del mismo . Art. 12. Este contrato comenzará á surtir sus efectos desde el 1 •0 de Enero d e 1907. Art. 1 3. Los Contratistas se obli­gan ~ dar el acohol desnaturalizado á un precio oo mayor d e diez y ocho 1 centavos oro el litro en sus fábricas. En constancia firm amos dos ejempla­res de un mismo tenor, en Bo¡:-otá, á 2 1 de Octubr e de 1906. Leo Stig(niá Kopp.-Toh!as Valm - 2tttla.-Eduardo Espznosa Gtlzmán.­Fabio Loza11o T,-Luú Calderlm T.­Carlos Alberto Caballero. -Isidro Nu - 1~.-.Silvuln .Samper Uribe.-Po r po­der d e Antonio Samp er Uribe, .St1ves­lrt .Samper Oribe. -Pablo Argáez - Pa­blo Argá,z, por poder de Daniel Arias Ar¡:-áez. Pivamente los ar­tículos monopolizados ; pero quedarán sometidos á las disposiciones genera­les rentísticas del Municipio, si e l es­tablec. imiento ti e ne . á la vE-nta otros artículos. Hágase saber. E l Ministro, FÉux SALAZAR J. RESOLUCIONES SOBRE L ICORES. Mliu"sltrio de Han"enda y Trsoro.-Ramo de Hacimda. Con motivo de varias consultas e le­vadas á este Despacho por dueños de existencia s de licores respecto á la inteligencia que deba darse á los De­cretos números 360 y 384 d e l año en curso, se dictaron en 18 y 19 de Sep­tiembre tíltimo las sigui entes resolu­ciones: " M1"nisl trio de I-Jadmda y Tesoro. ­Ramo de Ilacimda -Sud(m I . ~-Bo­golá, Septiembre I8 de I905. "Vista la solicitud anterior, y te­niendo en cuenta lo dispuesto por los DecrEtos número 360 y 384 del año en curso, •< SE RESUELVE : " Está el Rematador de la Renta de licores d e Bogotá en la obligaci6n de pagar á los solicitantes sus exis­tencias de lico r es en lo s términos previstos en los Decretos citados; y como el primer contado debe ya ha­berse cubierto, dígase al Rematador que si no lo ha h echo aún , proceda á cubrirlo dentro del preciso término de dos dfas, pues en caso contrario tienen los tenedores el derecho que les confie r e el artículo 3.0 del De. creto núm-'!To 360. " Comuníquese á los sol ic itan tes y al Rematador Sr. Clfma co Mejía. " PltDRO ANTONIO MOLINA," Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. • • • • 300 ,BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS " Mtinsterr'o de .Hacienda y Tesoro. -Ra. 1110 de Hacienda.- Sección I." - .Bo. golá, Septiembre 25 de r905. "Los Sres. Alfredo Valenzuela, Thorin y Ooubert y A gustín Nieto piden á este J\Ii ni ste rio se le s deje to. ma r la tercera pa rte de sus existencias de licores que se. mantie ne n se lladas, pa ra da rlas á la venta, por cuanto los R ema tadores se ha llan en el caso pre­visto en la pa rte final del a r tículo 3.0 del D ecrew número 360 de 1 2 de A bril último. " Para resolver lo que sea legal, SE CONSI DRRA : ' ' 1.0 El remate de la Re nta de Ji. cores de Cundinama rca se hizo e l 2 3 de Abril de! cor rien te año. " 2.0 El Decre to núme ro 360 J el afio en curso resue lve q ue ' si el R e ­matador demora re más de cinco días e l pago de la respectiva cuota pa rte, quedará el duefio tenedor de los lico. res p .tr este solo hecho e n libe rtad de disponer de la parte proporciona l de sus licores, sin que por ta l causa pueda ocasionarle perjuicio ni exi. gírsele impuesto de ning.una c lase . E n este .cnso el R ·matador tendrá obligación de proporciona rle sin gra­vamen alguno las gufas, patentes y demás documentos e ue necesite para di!>poner de sus licores en igualdad de circunstancias con los comprado­res de licor e ~ a l Rematador '; " 3. ° Como se ve por 1 a d isposi­ción transcrita, lo5 Rc rnatadores d.: la H.en a dt: licores de Bogotá se ha­llan, respecto a los solicitantes, en el caso en ella pre visto, todas veces que han exp1rado los ;.¡lazos sin 11ue se les pag11.: la cuota correspondien. te, l'ül~ TA;\ 10 SI' RESURLI'It : '' H.1g:nc sa uer al Rematador de la Renta de licores de B0gotá proce. da inmediatamente á al>rir los depó. sitos en que se hallen las e xistencias de licores de Alfredo Valenzuela, Thorin y Goubert y .'\gustín Nieto, y se entregue á éstos la tercera parte de sus respectivas exi~tencias , prove­yéndoles de las guías, pate ntes y demás docume ntos que necesiten pa­ra el expendio. Si ve inticuatro horas después de notificada esta resolución no se hubiere dado cumplimiento á e lla, se tra nscribirá al S r. Adminis. trador de las Nuevas Rentas, á quien en tal caso se encarga de hacerla efectiva. " Comuníquese. " El Ministro, " PEoRo ANTONro MaLINA' " CIRCUL AR NUMERO 56 R (pública de Colombia. - Miiu'shrio de Ii'acimdaJ• Tesoro.-Depat·tammto de Eladenda.-S!cdÓ1l I :-Ramo de N e· gocr'os Generales.- Bogotá, 28 de Sep­tiembre de I905. Señores Gobematlores de los Deparlamen _ tos é fotcndcntes Nacionales. F recuentemente recíbense aquí quejas sobre fa lla de protección y apoyo á R ematadore s de la Renta de licores. Permítome r e cordarles que el Go­bie rno está obl igado á apoya r á los Rematadores, y si ustedes á su vez no secundan al Gobie rno en este de ber, incurrirán, si no e n responsabilidad lega l, a l menos e n responsabilidad moral, y perj udicarán as{ á la misma Sección que debe ser be ne fi ciada con la Renta. Espero q ue ustedes ayuda· rán eficaz:ne nte al Gobierno en esta labor y da rán á los Rematadores pronto a uxilio en lo que de ustede6 pidan y sea legal. Ser vidor, P. A. MoLtNA Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. • BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTA~ 301 RESOLUCION N.o 57 DE 1905 adicional á la marcada con el núme ro 56 de l presente nño. MiniSterio de ITan'mda y Tesoro. - Su­~; J, I,6 - Ramo de Haá'mda .-Bogolá, Noviembre ... de I905. Teniendo e n cuenta lo solicitado por el Sr. Administrador General de las Nuevas R e ntas en oficio número 1,470, de fecha 2 de los corrientes, en lo que se relaciona con la mejor a dministración de la Renta de P ieles, SR RltSURLVIt : Las pieles deben ent r egars~ fres­cas á los agentes de las Nuevas Ren­tas en los matade ros públicos desig. nados por los Alcaldes ; y las de las reses que se degüellen en los campos, haciendas ó veredas, quedan sujetas á lo que dispone el artfculo 6. 0 del re­glamento que organiza aquell<:~. renta . En estos té r minos queda reforma­da la Resolución número 56, de 20 de Octubre último. Comun{quese y pu blíquese. El Ministro, P.KDRO ANTONIO MOL!NA. DECRETO NLJMERO 285 DE 1906 (S Dlt MARZO) por el cual se eliminan unos impuestos y se modifican otros. El Presidmle de la R epúbh'c a de Colombia, En uso de sus facultades legales, OECRRTA: Art. 1.0 Elimínase el impuesto de dos pesos ($ 2) por cabeza con que se halla g ravada la exportación de l ganado vacuno macho. En conse­cuencia, s6lo se cobrará en lo sucesivo el impuesto de seis pesos ($ 6 ) que grava la expor tación del ganado va. cuno hembra. Art. 2.0 Elim{nase igualmente el impuesto que g rava la exportación de la tagua ó marfil vegetal por to­dos los puertos de la República. · Art. 3. 0 Los vinos extranjeros que­darán gravados con los siguientes derechos de importación : Los vinos tintos y blancos en bote­llas pagarán los mismos que actual. mente pagan, ó sean los correspon­d ie ntes á la cuarta cl ase de la Tari. fa de Aduanas. Los mi smos vino~ en pipas, barriles y damajuanas seg uirán pagando en la tercera clc1se, que es la mi sma en que pagan htly. Los vinos dulces y secos y todos los demás no compre ndidos en la a n­terior clasificación. cualquiera que sea el envase que los contenga y la fuerza alcohólica de e llos, pagarán en la octava clase §. Es entendido que todos estos vinos debe n pagar ad e más e l recar­go del setenta por ciento (70 por 100) . Art. 4 ° L a s mad e ras que se ex. porten pagarán, c ualquie ra que sea el peso ó extensión de las trozas, á razón de un peso por tonelada (S 1 ). Art. s.0 El rresente D ecr e to regi ­rá d esde su publicación en el Diario Oficial; pero los vin os que en esa fe­cha estuvieren ya embarcados con destino á los puertos colombianos pa­garán solamente los derechos que ac­tualmente rigen. Comuníquese y rublíquese. Dado en Bogotá, á S d e :'\Iarzo de 1906. R REYES. El Ministro d e Hacienda y Tesoro, FÉLIX SALAZAR J. RESOLUCION N ° 686 DE 1905 ( 3 Olt AG ~ ~TO) que determina el proced imi en to que delle adoptarse con las mrrcaderi'\s materin de mon opolio qu e se h alle n en los almacenes de las ,\ dunnas. El lvllilislr o de HtO de 1905. PKDRo ANTONIO l'vloLINA, RESOLUCIO .N 1\.0 19 DE 1905 ( 15 DI'. )lAYO) sobre procedimi~nlo que debe ndoptarse con lo s cfcc1os SUJet os a l m o11opoli o que se tomen de con trabando. El ~friu"sl ro de l/aaárrla J' Tesoro, En uso de sus facultades l~::gales, y CONSIDRRAl\"00 : Que respecto de las mercaderías materia de monopolio no deben apli­carse las di ~po~iciones d t: l Decreto númer? 44 del presc.nte n ii o, que prescnben e l remate e: n ptíblica su basta d e los efectos que SI' tomen de contrabando, por cuanto uichus mer­caderías no son de libre comercio, RRSUELVR: Articulo único. Los artículos 6 efec­tos que son materia del mf nopolio que se declaren decomisados por cau­sa de contrabando los tomará el Go­bierno para sf, quedando en conse­cuencia prohibido el remate de tales me rcaderías. §. P .. ra e l decto de reconocer y liquidar la parte que corresponda á los denunciantes y a!JrChensores, di­chas merc=1dcrías sera n avaluadas en cada ( ilSO por peritos, soure inven­tario. Comuníquese y publfquese Dada en Bogotá, á 1 5 de Mayo de 1905. PRn Ro A NTONJO 1\IoLIKA CIRCULAR sobre los impuestos que pudie1·n causar In movillz:tció!_l de sales y pieles. República de Colombia .-Mimslerio de Ha­ctimday Ttsoro. -Depatlammto de Ha­cimda.- Seccifm r:-1\'rímcro 33·­Urgmle. - Bog(i/á, 29 de Julio de I90$. Sr. Gobcrna

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Boletín de las Nuevas Rentas - N. 8

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Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. N.o 8 .o BObETIN DE J.AS RENTAS REORGANIZADAS Director , G REGORIO .GUTJ ERREZ & g otá, Enero de 1907 · SU MA RIO L'\ SAL 'EN Et:.CAUC , .- Ar tículo) .......................................................... . Los VISITADOR &S.-Relación de visitas practicad as ............ .......................... .. . NolTlCIAS VAR IAS. ......... ....................... .. ............. ..... ... ............ ............ . TntBRE NACIIH~AL.- Mo,• i .niento dedocun:~.entos en Novu:mbre de 1900, en el expea. dio especial d.: Bo¡!otá ... .. .. .. ... .. ... ... . .. .. . .... .. .. .. .. ......................... .. TtMBRit NACIO ~.\L. -C<>n~u tl y R!sol ución sobre uso tle est ~mpillas en las copias de la< p1rtid.t~ Jel ~ ad 1 civtl ... .. ......................................... ... ...... . T I MBRR N .\ClONA r •. - Co l\ult \ y R::solucinn s >bre billetes de Lotería...... .. . . . . . .. TntnRE N \ClO~AL.-Reso ucínn sobre arreglos :on e;tablecimientos comerciales .. . . TI \l'IIR 1> N ACIO" \ L. - Reso lucuSn nÚm!rO lOO sobrclltr.IISOS y OtJIIIUIOI ...... ...... • .... .. Tl\tBRP. NAC IO:o(AL.-Acta$ d e inc.neraci-\n ......... .. .. ...... .. ..... .. . .......... .. ... . }{g<;oLl1CtóN NÓMt:RO 51 DE 19o6,que conc~e una autori~ción a l Banco Centra l, con r~pect•> al l>c:partamento de Aotio:¡uia .. .. . ........ .. ............................ .... . RF.,;OLliCtñN snbre all•na mio:nt O$...... .. ... ...... ........ ........ .. - ............ .. RE~Ol.UCtÓ:s o& r. A G!RENCrA ne RENTAS, sobre denuncio de pieles c:n Boyad y Cauca...... .......... ....... ..... ....... ..... .. .. . ...................................... .. OECRI'.TO N~~n.Ro 1213 DE 1906, sobre extnci~n •l e derechos de tonc~aje ................ . }Jt::Cil&TO NUloli!RO 12q U P. 1900,,obre derechos de tonel ada............ . ....... ·· ... .. lh;CRP..1'0 NrT.\IP.RO 148 l DP. 19o6, por el cuo~. l se prohibe la eJ>portación d<.' monedas ructAlicas ......... ~ ... ...... . . .................... .... ... .................... _. .. ,. DECilf.fO :sú~tl!ll.O 1499 t>& 1900, que seflala térmi no para el r econocimiento y. pago de indemn~rn.ciones causadi O& LA GERENCIA DE REN 'l'AS, sobre di\'Ísion es administrativas ·· .... , .. BOGOTA JMPI'E~TA ElLÉCTRICA-l68, CALLE JO TELÍFONO 76g P6p. 317 32l 324 324 312S 32Ó 326 3n 327 310 330 331 332 332 333 333 334 3l0 • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 1 • .. • 1 .• .. ' 1 ~~ ·' r f ~~~ ~ .1 1 ~ .. 1 •• (l .. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ARo 1 RepÚblica c1e Colombta N.O s.o Boletín de las Rentas Reorganizadas Dlr edor, GREGORIO GIJIIERREZ B OGOTA. ENERO DE 1907 Aviso El BoLETlN oE ' LAS R ENTAS RtWRGA­NIZADAS es el órgano de publicación y comunicación d e :a Administ rac ión G eneral d e las REISTAS REoRG ,\ :S tZADAS. En tal virtud, las leyes, decretos, r e . soluciones, etc., que en é l se publi quen, se tendrán po r auté nticos y se lts dará cumplimiento s in necesidad de nota ni orden especial. L a Sal en el Canea- Por c reerl o de interés general re­producimos el s ig,ui ente artículo, que han dado á co nocer ya a lg u­n os periódicos d e es t a capital: Los m illones de p e sos en oro que anualmente paga el Cauca al Ex:ran· jero por la sal que cono; um e, ti e nen la fortuna d e pasar, como f rase afor· tunada, de boca e n boca con tono dog­m ático, y de ella se a provechan lvs adversarios d e l Goh:e rno para a bo­minar el r égimen fi scal im pera nte ; p ero es ne ces ario ya aclarar ~1 error que encierra tan peregrina a firm a­ció n, C'JU e ll eva á cierta.., gentes del Cauca á que ja rse amarga me nt e del prec i> de S 1-40 :\ que va le la arro ba de sal en Cali, . in parar miente!> en el precio qu e pagan por e~e mi~ · mo articulo los pueblo-; m.is cercanos á las ri cas minas dt: Zipaquid . En Tunja vale la arr .. ba de sal $ 0-80, en e l Socorro S 1-30, en Bucaramanga S 1-60 ' a de Zipa•¡ui rtí, no obst a nte que á esta última ciudad se introduce sal m.uina, r¡u e cuesta much o menos. V e rdad es que en el Cauca no hay salinas, pero ese I> epartamento y el de N ariño tiene n la ventaja, sobre los del e entro de la República, de que po r s us ¡:JUertos e ntra sal marina de todas p ro ceden-:ias . pagando unos mis. mos derechos d e adu tna, ya proven· ga d e l Pe rú. de C hi le, del Ecuador 6 d e Europa, etc ; d e suerte que es falsa la afirmación d e que existe mo­nopolio de sal en e l Cauoa, á no ser q ue se apellide t 1 la preferencia del pueblo caucano por la sal peruana. No obstante esta circunstancia, el Go. bierno se e~fuerza en llevar sa l de Zipaquirá al Cauca, para venderla allí á m ·~ ha jo precio que la e xtran­j era, á cuyo fin la expende en los a l­mace nes oficiales, al lado de la s mi­nas, á S 0-20 la a r roba, destinada al Cau ca, en lu ga r d e S 0-50 á que la pagan lo s d e m¡Ís consumidores, inclu ­s iv e los h a bi ta ntes de Zipaquirá, á qu ienes ~ob raría derecho par a que-j •rse d e ta n desigual tratamiento es · tablecido en favor -.d e l Cauca. Para ·. baratar el precio d e la sal e n e l Cauca y ganar este me rcado á la de Z1par¡uirá, el Q J bierno no sol a­mente reba j ó e l precio de la que va­ya al Cauca. como 'lueda dicho, sino que durante más de dos años ha man­t~ ni·lo en el camino del Quind1o y manti e n~ todavía uu cue rpo de -:¡.ui ­ni 8 4 oro por carg'l dt' 1 o arrobas. Ade más el Go · hi erno ccl~llró vn contrato con la Compañia d e Vapores del río Cauca, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 318 BOLETI~ DE LAS RENTAS REORGANIZADAS subvencionándola, en cambio de una tarifa diferencial baja para los car­gamentos de sal de Zipaquirá, oficia· les, q ue carguen sus vapores, y si ciertos cargamentos no se han envia. do ha sido por no hacer competencia al com e rcio que libremente ha lleva ­do y está llevando grandes cantida­des de sal de Zipaquirá por e l cami­no del Quindlo. En cuanto al cargo que se hace al Gobierno de que ha abandonado la linea del Quindío para unir e l ferro­carril del Cauca con el de Girardot, es injusto, pues está vigente la con­cesión hecha á los contratistas del fe . rrocarril de Buenaventura para esa línea, que ellos explorarán á su tiem. po y que el Gobierno les ordenará construír cuando el Tesoro tenga recursos para pagar los intereses del capital que se invierta. El proyecto de la línea ferrocarri · lera de Cartago á Amagá, para unir· la á la de Puerto Berrío y constituír as{ una línea inte roceánit;: a de gran. dísima importancia, no impone la su­presión del ramal que atraviesa la Cordillera Central por el punto en que convenga, entre el Cauca y el Tolima. Adt:más, el Gobierno ha resuelto la construcción del imporr antísimo ca­mino de herradura de Pasto á la So· fla sobre el rlo Putumayo, puerto hasta donde ll egan los vapores del Amazonas y hasta donde se estable­cerá una linea r egular de vapores, que parta de Pará E~te camino, que tien e una extensión de 30 leguas, abrirá nuevos y riquísimos me rcados á los productos agrícolas de N a riño y de la Provincia de Caldás (Cauca), ~ inmensos campos de trabajo para todos los colombianos ; el costo no será menor de S 1 50,000 oro. Otros caminos que se han contra­tado y que se construirán en el año venidero, son : el de la Provincia de Riosucio, en el Departamento de Cal­das, al Chocó, y el de Ne iva al Va­ll e del Cauca. También se está construyendo, y quedará :erminado en el año entran­te, e l de Macanal á los Llanos de San MHtln. . Est!Í igual mente contratado el de San Sehastián, en el D epartamento del Huila, á San Agustín, en e l del Cauca, por el cual se podrá llevar la sal de Zipaquirá á esa región y ú Na­riño. Otros caminos que están en cons­trucirín son los del Sara r e á los Lla­nos de Casanar e, y el del Carare, que va de V élez al río de este nombre. El costo de todos estos caminos es el de centenares de miles de pesos oro, que el Gobierno ha pagado y seguirá pagando, debido al orden que ha puesto en las finanzas y á la co­r r ecta administración de las rentas públicas. Si á algún ramo ha dedicado el actual Gobierno preferente atenci6n, ha sido al de las vías de comunica­ci ón. En ferrocarriles apuntamos los siguientes, en la construcción de los cuales han e ntrado al país más de dos millones de pesos oro de capital extranjero: el de La Dorada á Am­balema, que estará concluido en el año entrante (84 kilómetros), y que se uni r á aiH con el ramal de Tocai­ma á Gramalotal (85 kilómetros), los cuales, con el de Girardot, pondrán á la capital en comunicación por rieles con e l puerto de La D orada en el río Magdalena; e l de Ztpaquir á á Chiquinquirá (go kilómetros), que lle­gará á Nemocón en el mes entrante, y que más tard~> podrá seguir hasta Moniquirá, permitiendo as{ la explo­tación de las r icas minas de cobre que existen en aquella región ; el del Cauca que, como se sabt:, se constru­ye actualmente con millares de tra­bajadores, y el de Puerto \Vilches á Bucaramanga y de aiH á Cúcuta, que se principiará próximamente. Estos son hechos y no palabras. Una hoja que se publica en el Cau­ca, después d e increpar al Gobierno todos Jos males de la tierra, sostiene Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 319 que una buena Admini~t ración ya ha­b ría acabado con el tributo de más de un millón de pesos que pagamos a nua lmente a l Perú por su sal, y ha­bría dedicado tan considerable eco­nomía á la construcción de un ferro· car ril que partiendo del Valle del Cauca y trasmontando la Cordillera Central, viniera á empalmar con el de Girardot, obra realizable en cinco años, según la hoja que citamos. El cálculo no p uede ser más ilusorio, y se presta á dar le feliz extensi6n, por· que si no sólo los caucanos sino todos los habitantes de Colombia dejamos de comer sal y aun nos privamos de todo alimento, muy pronto tendremos con qué horadar el Istmo de Panamá, siempre que no nos pase lo que al ca­ballo del avaro. La estadística, con su inflexible exactitud, nos muestra las cosas de otra manera y sonrfe con desdén ante las descargas de bilis contra el Go. bicrno por el supuesto tributo de mi ­llones de pesos al Extranjero en cada afio. En efecto, la impor taci6n de sal del Perú, según datos que cualquiera puede tomar ea las 'l\duanas de Bue. na ventura y Tumaco, no pasa anual· mente de dos mil ú dos mil cuatro­cientas toneladas, que Re venden en el puerto después de pagar los derechos de impor tación de cincuenta á sesen­ta centavos arr oba. Supongamos que la entrada nor­mal de sal sea el máximum \ y Tesoro. El monto de arrobas de sal intro­ducidas el año pasado por este puer­to fue de ciento cuarenta y cinco mil ochocientas cincuenta y nueve ( 145 ,859), que produj eron . catorce mil quinientos sesenta y se1s pesos ($ 14,5 66) por derechos de impor· tación. Servidor, Arasro Gonrdla. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. .. ' 320 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS Ad ministraciñn de Aduana.-13uenaventura, 23 de Marzo de 1906. Ministro de lbcien n. La sal <")ue m:\s se con­sume en e~te mercado e s la de Sechnra, en Piedras, con un peso mayor de t kilo, y tiene los precios si­guientes: En Barbacoas, por com­petencia actual con otr os importadores, 20 pesos plata al too d d Piedras, ó se an .......... ..... ...... . En Tumaco, por cada 100 ladrillos, también en co mpetencia, 14 pesos e l 100. La sal del Ecuador en sacos de so cada uno, ~e vende en Barbacoas á 12 pesos los ... . . . .............. . En Tumaco, á. 8 pesos plata los ......... .......... . Consumo mensual. En Barbacoas, sal de Sechu­ra, de Pied r as, 50,000 piedras mensuales, 6 sean En Tumaco r o, ooo pie · dras mensuales. En la Costa 6,ooo piedras men · suales, 6 sean ....... . .... .. Sal del Ecuador, en sa-cos, en Bar bacoas ......... . En Tumaco ... .. ....... .. roo 100 lOO so,ooo 6,ooo 1$,000 3,000 M. f. Dies C. Adminis trnción de la Aduana.-Tumnco, 4 Bar bacoas, 10 de Abril de 1906. Ministro Hacienda y Tesoro. Sal introducida á este puertn en el año d e 1905 de todas procedencias, arrojó siguien te : en Pi e dras, Sechu­ras. Perú ........... .. kilos 721,875 En polvo, grano. E cua. · dor ... ................... kilos r s 6 ,3 14 S uma ... · ... .. ....... kilos 87 8 ,189 Servidor, M. J. .Dier C. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 321 ----- Administrlll:i6n de In Adunnn.-Tumaco, 5 de Mayo.-Dueon,·entura, ro de l>byo de 19o6. Ministro IIacic:nda y Tesoro. Tres primeros meses del presente año sólo se importaron 1,250 loacos de sal ecuatoriana en grano con peso de kilos 64,2 so. ' Precios corrientes en Tu maco: s=1 l peruana (en piedras), los 1 o o kilos, 16 pesos plata; sal ecuatoriana en sacos, los so kilos, 8 pP.sos. Precios en Barbacoas: sal peruana, 100 kilos, ' ?pesos; ecuatoriana e n sacos, so kt los, 10 pesos. Dato sobre irnporta­ción sal año pasado se e nvió en te- 1 egrama de fecha 4 de Abril. Ser\'idor, M. f. Dítz C.: L os Visitadores Después de las de que dimos cuenta e n el número 6 ° de esta Revista, se han recibido las siguientes copias de a~~s de visitas practicadas por los V1s1tadores de las Rentas Reorgani­zadas: ANTlOQUlA Y CALDAS, S. Agosto 1 S-Visita á la Agencia de San Jer6nimo. · 9· Agosto 29-Visita á la Agencia de Cañasgordas. 10. Septiembre 2 - Visita á la Agen­cia de Frontino. 1 J. Septiembre ro-Visita á la Agencia de Pavarandocito. 1 2. Septiembre 24- Visita á la Agencia de Sabanalarga. 13. Octubre 4-Visita á la Agen­cia d e Lihorina. 1 4· OcNbre 7-Visita á la Agen­cia d e Urrao. 1 S. J nforme. 1 t> Informe. ATLÁNTICO, BOLÍVAR Y Mt\GOALRNA. 16. SeptiP.mbre 24. Vi~ita á la Ad­ministración Provincial de Cartagena. 1 7. Septiembre 24-lnforme. 1 ~. Octubre r. 0 - Diligencia de <'n ­trega del Almacén de Sal de Carta­gena. 19. Octubre 2-lnforme. 20. Octubr e 14-Visita á la A gen. cia de Cereté. 2 1. Octubre 1 S- Visita ár la Agen­cia d e Monteda. 22. Octubre 16-Visita á la Ad­ministración Provincial de l Sinú. 2 3 Octubre 2 1- Visita á la Agen­cia de Calamar. 2 4. Octubre 24-Informe. 25. Noviemhre s-Visita al Banco Co mercial de Barranquilla, 26. Noviembre ~-Visita a l Banco de l Atlántico en Barranquilla. BOYACÁ, GALÁN Y TUNDAMA. 38 Octubre •7-Visita á la Admi ­nistración Provincial de Chiquinquirá. 39· Octubre 18-Visita á la Agen­cia de Saboyá. 40. IJctubre 20-Visita á la Admi­nistración Provincial de V~lez . 41. Octubre 22-Vi-.ita á la Agen­cia ue Cite. 42 Octubre u-Visita á la Agen­cia de Güeps~. 43· Octubre 23-Visita á la Agen­cia de Suaita 44· Octubre 25-'Visita á la .'·\gen­cía de Oiba. 45· Noviembre 1. 0 -lnforme. 46. Noviembre 6-Visita á la A~encia de Palmar. 4 7. No\•iembre 7-Visita á la Agencia del Hato. 48. Novie mbre 8-Visita á la Agencia de Gulán. 49 Noviembre to-Visita á la Agencia de B ~ tulia. so. Noviembre 1 1-Visita :í la Adminbtración Provincial de Zapa­toca. S 1. Novie mb e 13-Visita á la Agencia de Barichara. 52. N ov1 e mhre 20-Vi ~ ita :í la Age ncin de l Valle 53· Novie mbre 21-Vi ~ ita á la Admini~traci ó n Provincial de Cha. ralá. 54. No vi e mbre 2 2-Vi ~ ita á la Agtncia del Encino SS· Dicie mbre 1,0 -lnforme. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 322 BOLETI N DE LAS RENTAS REORGANIZADAS --- ---------------------.-------------------------- CAUCA. 41 Septiembre 12-Visita á la Agen (' I;J rle Filandia. 42 . ~eptiembre 14-Visita á la Agencia de Calar cá. 43· Septiembre 15- Visita á la Agencia de Armenia. 44. Septiem bre 17- Visita á la Agencia de Montenegro. 45. Septiembre 26 - Visita á la Administración P1·ovi ncial de Cartago. 46. Septiembre 26-Visita á la Oficina de Timbre de Cartago. 4 7 Septiembre 28-Visita á la Agencia de Toro. 48. Octubre 1. 0 - Visita á la Agen­cia de Yotoco. 49 Octubre 9-Visita á la Oficina de Timbre de Cali. so. Octubre JO-Informe. 5 1. Oc tu hr e 1 1- Visita á la Ad­ministración Provincial de Cali. 52. Octubre 16. Visita á la Admi­nistración Provincial de Buenaven­tu r a 53· Octubre 21-Visita á la Agen­cia de J amundí. 54· Octubre 24. Visita á la Agen-cia de Candelaria. 55· Octubre 3 !-Informe. 56. Novi e mbre 3-Informe, 57· Noviembre s-Informe 58 . Noviembre s-Visita á la Administración Provincial de Pal­mira. 59· Nodembre 6 -Visita á la Agencia de Palmira. 60. :Noviembrr 7-Visita á la Administraci.í n Departamental de Palmira. 6 1. Noviembre ro-Informe. 62. No1•icmbre 14-Visita á la Agencia de Pradera . 63 Noviembre 15-Visita á la Agencia de Flori da 64. No1·ie mb r e 17-Visita á la Agencia de Santa Ana. 65. Nol'ierubre 1 7-Visita á la A gencia de Espejuelo. 66. Noviembre 18- Vi~ita á l;o Agencia de Corinto. 67. Noviembre 19-Informe. 68. Noviembre 20-Visita á la Agencia de Caloto. 69 Noviembre 22-Visita á la Administración P rovi ncial de San­tander. 70. Noviembre 25- Informe. 7 1. Noviembre 26-Visita á la Agencia de Santander . CUNDINAMARCA Y QUESADA 49· Octubre 25-Visita á la Agen­cia de Madrid. so Octubre 25- Visita á la Agen­cia de Bojacá. 51 . Octubre 26-Visita á la Agen, cia de Anolaima. 52. Octubre 26-Visita á la Agen­cia de Zipacón. 53· Octubre 27-Visita á la Agen­cia :-~ e Quipile. 54 Octubre 28-Vi·ita á la Agen­cia de San Juan. 55 Octubre 29-Visita á la Agen­cia de Beltrán 56. Octubre 30-Visita á la Agen ­cia de Cambao. 57.-Informe. HUILA Y TOLUIA, 25. Septiembre 21 -Visita á la Agencia de Neiva. 26. Octubre 1. 0 - Visita á la Ad­ministración Provin cial de Neiva. 27. Octubre 4- Visita á la Agen­cia de la Unión. 28. Octubte 9-lnforme. 29. Octubre JO-Visita á la Agen ­cia de Baraya. 30. Octubre 12-Visita á la Agen­cia de Aipe. 3 1. Octub re 24-Visita á la Agen­cia de Pa lermo. 32. O ctubre 26...tl...Vi!.ita á la Agen­cia del R e tiro. 33. Octubre 29- Visita ¡1 la Agen­cia de Yaguará. 34· Octubre 3 1-Visita á la Agen­cia dé Hobo. 35. Noviembre 1 3-lnforme. 36. Noviembre 2 - Visita á la Agencia de Campoalegre. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 323 ------------------ 37· Noviembre 22-Visita á la Agencin de San Mat~>o 38 . Noviembre ~3- Visita á la Tenencia Polltica de Ci\mr.oalegre 39 Noviembre 24- Vi~ita á la Agencia de Gigante. 40 Noviembre 28 - Visita á la Agencia de Garzón. NA RIÑO 2 . Julio 7-Vi~ ita á la Agencia de Peñol 3 Julio lO-Vi sita a la Agencia del Tambo 4. Julio 12--Visita á la Agencia de la Florida. S Julio 13-Visita á la Agencia de Sandoná. 6 . Ju lio 20-Visita á la Agercia de Yacuanquer. 7· Julio 21 --Vi:.ita á la Agencia de Tangua. 8. Ju lio 31-Visita á la Agencia del Tablón. 9· Julio 31- Visita á la Agencia de Buesaco. 10. Agosto 1 °--V i ~ita á la Agen cia de San José. 1 1. Agosto 4-Visita á la Agencia de la Cruz. 12. Agosto 6-Visita á la Agencia de San Pablo. 13. Agosto lO-Visita á la Agen­cia de La Unión 14. Agosto 1 6-Vi~ita á la Agen­cia de Taminango. rs. Agosto 20- Vi sita á la t'\gen. cia de Berruecos. 16 Septiembre s-Visita á la -\gen­cía de !les. 17. Septiembre S- Visita á la Agencia de Fúncz. 18. Septiembre 6-Visita á la Agencia de Puerre". 19 Septiembre 6-Visita á la Agencia de Contadero. 20 Septiembre 7--Visita á la Agen­cia de Potosi 2 1. Septiembre 9-Visita á la Agencia de Carlos11ma 22. Septiembre 10-Visita á la Agencia del Cumbal. 23. Septiernhre 1 1-Vi:.ita á la AgE'nci • del Ouachucal 24. Septiembre 14-Vbita á la Ad. ministración Provincia l d~ Obando. 25. Octubre 26-lnformE' SANTANORR. 25 J ulio s-Vi)ita á la Agencia de San Andrés 26. julio 16-Visita á la Agencia d e Molagavita. 27. Julio 21 -Visita á ¡,, Agencia de Enciso 28 Juli ·• 26-Vi::.ita á 1,, Tenencia Política rle G<~rcía Rov iro. 29 Septiembre 27-Vi~ita á la Agencia de San Andrés 30 S~>ptiembre 29. Visita á la Agen­cia de Encbo. 3 1. SE'rtiembre 30-V1sita á la Agencia de La Conet-' 1 ción 32 Oct•r bre 2-Visita ri la Admi­nistraciAn Provincial el·· Garc1a Rovira 33· Octubre 3-Inforrne. 34 Octubre 1o--V•sita á la Agen­cia de Carcasí. 3S· O ctubre 1 1-Visita 1 la Agen~ cia de San Miguel. 36. Octubre 12-Vi,ita á la Agen­cia de Capitanejo. 37· Octubre 18 -Vi, ita á la Agen. cia del Cerri to. 38 . Octubre 31-V1 ita á la Agen­cia de Cucutilla 39· Octubre 31-Vi~ita á la Agen­cia de Baric hara. 40 Noviembre 3 -- Visita á la Agencia d~ ChinácN., 41 Noviemlrrt> 1 1 - Informe 42 . Noviembre 12 - Visita á la Te­nencia Polltica de <. tÍ • u ta. 4 3. Nov iembre 1 S -Visita á la Agencia de Arbolerln' 4~ Novie mbre 19- Visita á la Agencia de Rosario 45. Novie m br e t q- Visita á la Agencia de Sala. ar 46 Noviembre 20-l1, forme 47· Noviembre 2'- Visita á la Age •o cia rle Gramalote. 48. Novie mbre 23-lnforme. B <>gotá, Diciembre 20 de 1906. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ,, 324 BO LETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS NOTICIAS V ARIAS En Medellín se ha 1 anul1do esnmpillas en las certificaciones de docu­mentos privados, asf: N.0 de do. Cuantía eo p. m. Valor del Impu~sto cumentos en OTO En Agosto ........ .. ... . 164 $ 7-695.991 26 $ 157 51 En Sept iembre ... .. .. ... 251-i 12.362,772 14 229 44 - ·- Suman ..... . ......... 422 $ 20.058,763 40 $ 386 95 1\EMESA DE PLATA Por el Correo de Erv::orniendas del 13 de Octubre, se rem1t1eron por la Administración General ~ 64,000, plata, en monedas de$. 0.50, acuffa­da~ en esta ciudad, con destino al Departamento de Nariño. TIMBRE NACIONAL. MOVJMIE~ fO DE DOCU~IENTOS EN NOVJEJIIBRE DE rgo6 EN LA OFICINA DB EXPENDIO ESPECIAL DE BOGOTÁ. VALOR EN VALOR EN FECHA. N o P. M. ORO. PAPE L MONEDA. ORO. · Novbre. 2 so Documentos .... 41 9 1 ·974,044 so 15,428 30 " 3 70 " ········· .52 J8 1.981,583 70 14,212 515 , S 37 " ......... 27 JO 1.094·770 ... 12,838 20 6 36 . " " 30 6 [. 78 1,636 95 7,568 35 ," 87 8491 " 37 12 1. 080,876 40 !5,692 19 " 73 8 2. q6,430 95 13,279 35 , 9 52 " 41 J 1 1.073,258 95 13,622 535 JO 53 . ," " ·· ······· 47 6 2.511 .934 10 15,635 83 J2 54 " ········· 42 J2 1.5 1 J ,703 80 10,510 28 , 13 35 " ········· 28 7 1.010,866 so 21 ,870 83 " 14 58 " ...... ... 45 13 1.1C9,827 20 8,863 25 " 15 53 " .. ... .... 46 7 1 ·330,889 52Í 14,673 20 " r6 44 " .... ..... 38 6 1.323,659 30 10,555 615 " 17 42 " ... .... .. 29 13 1.249,073 30 15,3CO ... " 19 44 " 38 6 1 .$62,595 40 3,525 8 I ., 20 76 " ······· ·· 64 12 2.1 0$,2 79 40 3,213 21 " 21 54 " 46 8 1.631,751 90 12,909 o6 " 22 44 " 34 10 1.355 ,746 1 S 19,880 " 23 57 " 47 10 1.571 , 187 75 21 ,777 14 " 24 43 " 30 13 1.1 33.627 35 5,6 17 40 " 26 6o " 43 17 1 .20$,266 40 50.046 o6 " 27 58 ,, 51 7 2.397.266 70 1,060 41 " 28 36 ,. ········· 34 2 1.623,403 40 1,073 76 " 29 53 " 46 7 1 ·547.436 07 2.530 ... " 30 66 ,. 50 16 2.4}8,092 so 1 1,868 852 Sumas . .. . .. 1-,3-0-5- -Documentos 1,059 '246 39-75 2,208 1 9~ 328,557 14 7 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 325 RESUMEN : 1,059 documentos por valor en papel mon eda ............ $ 246 documentos por valor en oro .. . $ 328,557 147 39-752,208 19} 32.855,714 70 t ,305 documentos, por valor total en papel moneda ..... $ Promedi~diario d e documentos en papel moneda... 42 P romedio diario de documentos en oro... ... ......... 10 Promedio total diario......... 52 documentos. Promedio diario de valores en oro ...... ... .. .. .. $ 13,142 28 1. 314,228 Promedio diario de valores en papel mol'eda ................. $ t.Sgo,o88 Promedio total diario. en papel moneda ............... s 2 .go4,316 ..• Bogotá, Noviembre 30 de 1906. TIMBRE NACIONAL . Adminislracifm Gmeral de las Nuroas Rmlas -Serdón de Tti11 bre Nacional. B ogotá, 1Y~vitmbre 8 de I90Ó. Sr. Ministro de Iiacicnd:l y Tesoro-E. S- D. Respetuosamente suplic o á usted se sirva resolver la siguiente consulta en materia de Timbre Nacional: Las copias de las partidas de esta­do civil expedid11 s por los párrocos en anterioridad á la vrgencia del D e­creto número 909 de 1906, pero pre­sentadas posteriorm e nte en juicio, ¿de­ben llevar estampilla para ser esti · madas como prue iJa ,ó debe atenderse á las di:.posiciones 'igen tes al ~iempo de su expedición? De u~t ed atento y seguro se n-ido r, R u i' JNO GunÉRRFZ. Rtp•íbl/((l de Ct~!omlicz -AfJiu"sün'o dt /{l(ltll'itl y 1'tsoro-Suo'ím I • -1\ ·,¡ · mero óroó-B••IJ(Jiá, IÓ de JVov t'tm. brt de I90Ó Admini ~trado r Genér~t de In~ N'ueva.s Rentas. P. Con motivo d e la consulta que us­ted ha hecho á este Ministerio en ofi-cío de fe cha 8 de Noviembre en cur­so, distinguido con el número 1 o 1 S, se ha dictado la siguiente re~olución : "RESOLUCION N.0 92 DE l9o6 (I'IOVIEMBRE 15) Vista la anterior consulta, y te­niendo en cuenta que el Decreto nú­mero 909 del presente año, Robre Timbre Nacional, dispone que los tes­timonios 6 certificados del estado ci­' il que expidan las autoridades ecle­siásticas se extenderán en papel se­llado y ll evarán tres centavos en estam¡..illas; y que aquéllos, si fu eren expedidos antes de la vigencia de di ­cho Decreto, pueden legalizarse adhiriéndoles las estampillas á que é l se refiere, SR RKSURLV&: Las copias, certificados 6 t estimo­nios de estado cil'il Je las personas, exped idas por nutoridades eclesiisti­cns antes de la vigenci" de aquel Decreto. para que puedan presenta r­se en juicio y obren como prueba, d eben llevar lns estampillas de que trata el mismo Decreto, sea cual fue­re la clase de papel en que estén ex­pedidos. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 326 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGAI\'IZADAS Dada en Bogotá, á 15 de Noviem­bre de 1906. Comuníquese y publíquese con el oficio que la motiva. El Subsecretario de Hacienda, B. SAN Í N CANO . " De usted a tento ser vi dor, El Subsecrt.:Lario de Hacienda . B. SANÍN CANO. CONSULTA Y RESOLUCIÓN SOBRE BILL!T.ItS 1 DE LOTERIA. AdminiStración General dt las Nuevas Rm­las. - &uión de Trinbre Naciollfzl. Ntímtro IOÓÓ -Bogotá, Noviembre I9 de I90Ó. Sr. M inistro de Hacienda y Tesoro-E. S D. El Administrador Departamental de las Nuevas Rentas y Timbre Nacio­nal, en la Costa Atlántica, consulta á esta oficina ~i los billetes de Lotería que sean favorecidos con premio ma­yor 6 aproximación deben pagar es­tampillas de Timbre, y como no en. cuentro disposición clara á ese res­pecto, respetuosamente so licito de us­ted la resolución del caso. De usted atento, seguro servidor, FÉLIX SALAZAR J. Repríbll'ca de Colombia.-Minúlen'o de Hacimda y Ttsoro. - Ran,o de Ha . dmda. - &cci!m r.• de Negoa'os gme. rales. - Ntínuro 6r87 -Bogotá , 27 de 1\'oviunbre de I9CÓ. Sr. Administrado r General de la~ Nucv~ Rentas-E. S. D. Los billetes de Loterías no ll e van estampillas d e ninguna clase, pOrfjue éstos puede n considerarse como do­cumentos al portador, de lo ~ cuales no se dispone e n el Decreto L e gisla­tivo número 909, ::.obre Timbre Na. cional, que deban llenar tal fo rma li ­dad, al ti e mpo de hacer efectivo un pago. Conte!.tO la comunicaci.ín de ustt!d de fecha 19 del presente mes, núm e . ro 1066. De usted atento, seguro servidor. El Subsecretario de Hacienda, B. SAN{N CANO, RESOLUCION SOBRE ARREGLOS CON ESTABLECDIIKNTOS BANCARIOS Repríblica de Colombia.- Ministerio de Hacimday Tesoro-Ramo de Haci'm­da-& cci!m I. • de Negocz'os Gmerales­Ntímero 6,288-Bogottf, I4 de Di­citmbre de I90Ó. Señor Gerente de Rentas R eorganizadas E. S. O. juzga este Ministerio que el artfculo 15 del D ecreto mímero gog del pre­sente año, sobre Timbre Nacional, se r efiere únicamente á los establecimien­tos bancarios, y no á otra clase de ca­sas come r ciales 6 de industria. Por consiguiente, no cree este Despacho que deba celebrarse con los Sres. Ro­sas y Jaramillo el arreglo que propo­nen en su memorial de fecha 12 del presente mes, que usted r e mitió á este Ministerio con nota de la misma fecha, número 1173, y que devuelvo á esa Gerer.cia junto con e l presente oficio. l e usted atento, seguro servidor, El Subsecretario del Tesoro, encar­gado de la Subsecretaría de Hacienda, VALENTÍN ÜSSA DECRETO NUMERO 1485 DE 1906 ( t2 01!. OICIIUIBRE) por el cual se rcformn e l artículo 1 • 0 del Dccrclo 864 de 1 !) 06 El Prw'dmle de In República OKCRKTA : Art!culo único. Concé<.le~e á la Ge­re ncia <.le las R e ntas Reorganizadas un plazo de seis meses. á contar desde la fe cha de la expedici ' n d e l presen ­le D ecreto, para que e •npiece á dar c umplimiento á lo establecido por el Decreto número 864 d e 1906 en su articulo 1 .0 , que dispone marcar con sello espe~ial las h oj~s d e papel que Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. • BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 327 ----~-------------- aque lla Oficina entregue á la Lito­grafía Nacional para l a fabricación de especies venales. Queda l!n los términos anteriores reformado e l artícu lo 1 ° del Decreto número 864 del p r esente año Comuníque ~e y publ!quese. Dado en Juntas de Apulo. á 12 de Dicie mbre de 1906 R. REYES El Ministro d e Hacienda y Tesoro, ToBÍAs VALKNZUKLA RESOLUCION N .0 100 DE 1906. ' (9 DK NOVIRMDRK) aclaratoria de lo dispuesto en la última parte de la Sección A del Decreto número 909 del presente ailo, sobre Timbre, Mr"nisltrio dt Haci'mda )' Ttsoro.-Stc­ción z.•-Ramo de Han'tnda. CONSIDERANDO : Que de las visitas practicadas en las imprentas por algunos em¡Jieados d e la Renta de papel sellado y estam­pillas de timbre nacional, de acuerdo con el artículo 3 1 de aquel Decreto, aparece que en varios de esos esta. blecimientos no t-xisten estampillados los originales de los avisos ó anuncios de que trata e l artículo 4.0 del mismo Decreto, letra A, alegaRdo los dueños de aquéllos que 1~ falta depende de que muchas veces se dictan directa. mente á los cajistas bs avisos tÍ anun­cios cortos, y que por consiguiente no queda original en donde colocar las estampillas, SE RESUELVE : De todo aviso ó anuncio que se pu­blique en las imprental> ó establecí mientas tipogr:ificos 1Í d e litografía, ha de quedar precisamente el origi­nal á que se r e fi e re la tarifa vig~nte sobre timhre; pero s i ll egare e l caso de que no h aya tal original, de be adhe rirse la estampilla á alguno de los ejt:mplares de los avisos ya pu­blicados, para que quede en la im-prenta como original, sea que proce­da el aviso de la misma imprenta 6 de otra entidad 6 particular. Los contr aventores á lo dispuesto en esta Resolu ción se harán acreedo­r es á l as penas señaladas en e l De­creto sobre la materia Publíquese. E l Subsecretar io de Hacienda, B. SANÍN CANo. ACTAS DE INCINERACION Acta mímero I I .-En la ciudad de Bogotá, n las nueve y media de la mañana del día doce de Noviembre de mil novecientos seis, reunidos en el local de la Casa de Moneda José Joaquín P érez, como representa nte de l Ministe rio de Hacienda y Tesoro; Enrique Greiffenstein, como r e pre­sentante de la Gerencia de Rentas d el Banco Central. y Rc.món Rebo­ll edo, como representante de la Di­rección de la Litograffa Nacional, pro cedieron, en cumvlimie nto de lo dispuesto en el Dec reto número 1 ,o 17 de 1906, á incinerar la!. siguientes es. tampillas procedentes de la Sección de Timbre Nacional. Cantidad Vi gencia Valor 66 1905 á 1906 S; 15 pm. 175 1905 á 1906 10 .. " 1 1905 á 1906 1 " 624 1905 á 1906 10 " 2788 1 1903 á 1904 " 26339 1903 á 1904 3 38048 1903 á 1904 JO 34725 1903 á 1904 15 " 55369H 1903 á 1904 3 .. ,. 36232H. 1903 a 1904 JO " 35467 H. 1903 11 1904 15 " 4000 1905 á 1906 o 10 oro 200 1905 á 1906 o 05 " 54 1905 á 1906 l OO pm. 77 1905 á 19 06 1 pm. S 1905 á 1906 o 05 oro JO 1905 á 19 0 6 o 10 ,. 15 1905 á 1906 o 20 " ll 1905 á 1906 o 50 , 16 1905 á 1906 " Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 328 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADORAS 15 1905 á 1906 1905 á 1906 3 1905 á 1906 41 1905 á 1906 1 1905 á 1906 8 1905 á 1906 5 3 10 15 so 6 o oro pm. ,, , " 5 1905 á 1906 100 •. 927 1905 ú 1906 o 30 p." 231 1905 á 1906 388 1905 á 1906 159 1905 a 1906 350 H. 1905 á 1906 300 1905 á 1906 300 1905 á 1906 4 1905 á 1906 250 1905 á 1906 209 1905 a 1906 658 1905 á 1906 146 1905 á 1906 8732 1905 á 1906 2 3 o 30 1 2 . . 15 030 . . 1 2 3 2 1 649 1 90 5 á 1 go6 3 20211 190 5 á 1906 10 26587 1905 á 1906 15 52 1905 {i 1 ~06 so 157 1905 á 1906 100 .. 2 7 4 5 H 1 90 5 á 1 906 3 ., , , pm. p . .. , " pm. " " " J o61 1 H . 1905 á 1906 10 , 98 1 o H. 1 9 0S á 1 906 1 5 , 1 H 1905 á 19 06 3 , , S 190 5 á 1906 so ., En prue~a de lo cua~ firman los que e n e lla inte rvi nieron, ante t es­tigo• . J osé J oaquín Pérfz -Ramón R tbol!t ­do- E. Gmffmsle1i1 -Testig-o, J osé I. Gutiérre z.-Te~1igo, Emjamín Rojos. A"ola mínuro I2 .-En la ciudad de Bogotá, á las nueve y m .-d ia de la ma­ñana del día diecinue ve de Noviem. bre de mil novecientos se i', reu ni dos en e l local de la Casa de Moneda J osé J oaqu'n P6 1905 y 1906 7 1905 y 1906 1 1905 y 1go6 34 1905 y 1906 71 1905 y 1go6 93 1905 y 19oE 10 1905 y 1906 53 190s y 1901) 19 1905 y 1906 11 190s y 1906 8 1905 Y lgOO 8 1905 y 1906 r 1905 y 1906 14 1905 y 1906 2 1905 y lgo6 S 19os y tgo6 58 1905 y 1906 4 1905 y tgo6 6 1905 y 1906 3 H. 19os y 19o6 1 ... oro o 1 S , o 03 ,, o 03 " 10 .. . pm 15 .. . " 10 ... " 1 S ... " 15 ... " 10 ... " 3 ... " 1 ... " o 01 oro o 03 " o 10 " o 15 " o so " 6o ... pm. o or oro o 03 " o 05 ,' o 10 " o IS " o 20 " o so " o 6o " 1 .. • " o ro , En pr ueba de lo cual firman, ante testigos. los que en ella i~ot ervinieron . jos( J otu¡uín Pbtz -E. Grriflms. ltin -Ramó11 Rtbolltdo. -Testigo, J osé I. Gutiérrtz.-Testigo, Bmjamíu Ro­jcu. Acta m(mtro I4.-En la ciudad de Bogotá, á la s diez y :r.edia de la ma­fiana d e l d fa doce de Diciembre d e mil novecientos seis. reunidos en el local de la Casa de Moneda José Joa­qufn P érez, co mo representante del Mini s te rio • e ~hcie nda y Tesoro; Enrique Orelffenstt.in. como repre­sentante de la Gerencia de las Ren­tas R corganiTadas, y R amón Rebo­lledo, como repre ~c ntantc de la Di rección de IOl Litograf1a Nacional, procedieron, en c~;n 1 plim•ento de lo dispue ~oto en e l D ec reto número 1017 de 1906, {¡ inciner;.r la s siguientes estampilla s procedentes de la Sección de Timbre Nacional: Cantidad. Vigencia. 10,400 190S y r go6 358 .. .. 1,646 H. , , s,380 1903 y 1904 S4,790 , .. 13.760 " " 7.79 t " 1 5,601 " 1:3,939 " 5,000 .. , 2$,416 , " 1,708 , ,. 8,847 .. t7,Sl5S , 722 " S.950 H. ,, 7.312 H. , I Q,770 H. , " " •• " r 1,426 H. , , 24.450 H. , ,. 24.97 .> H . , .. 26,944 H . , ,. s,ooo H. , , 1. 38 1 1905 y 1906 1,436 .. , 1 ,300 4,000 3,900 1,700 200 1,500 8 14 3 75 23 31 12 10 10 22 .. 32 S , , .. ,, , .. .. ,, " " , " .. " " .. " " " " , ., .. , ,. Valor. $ o tS oro. 6o.oo p. m. IO.OOp. m. 0 .30 plata. o 70 , 1 00 1. 00 2 40 3 oo 2.00 4 80 .. " ., .. , 10.00 p . m. J .OO , 6 00 " 1$.00 " o 30 plata. 0.70 , 1 00 2.00 2.40 3 00 4.80 ,, " .. " 10 oo p. m so.oo , 60.00 , 10000 , 1.oo oro. o so .. 0.10 0.05 0 .20 0.01 .. " o os 0. 10 0 .20 o.so .,, .. .. , 1 00 5 oo , .. 0.40 100.00 p. m. 6o oo ., so.oo IS oo 10.00 " .. En prueba de lo cual, firman ante testigos, los que e n e lla inten•i nieron J osé Joaqu ín Péra-Ram6u Rtbolle­do- E. Gu(ffms/{lii-Te~tigo, J o.{( I. Gulterres-1'estigo, Emjumfn R r.jas. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 330 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS Acta m~mero I5.-En la ciudad deBo­gotá, á las diez y media de la mañana del día diez y siete de Diciembre de mil novecientos seis, reunidos en el local de la Casa de Moneda Jos é Joaquín Pé­rez, como representante del Ministerio de Hacienda y Tesoro; Enrique Gr ei­ffenstein, como representante de la Gerencia de las Rentas reorganiza ­das, y Ram6n Rebolledo, como re. presentante de la Dirección de la Litografía Nacional, procedieron, en cumplimiento de Jo dispuesto en el Decreto número 1 o 1 7 de 1906, á in ­cinerar las siguientes estampillas pro. cedentes de la Sección de Timbre Nacional : Cantidad Vi gencia Valor 2 1905 á 1906 $ 10 pm. 5 1905 á 190 6 15 " roo H. 1905 á 1906 3 " 100H. 1905 á 1906 10 " roo H. 1905 á 1906 15 " 5559 1903 á 1904 0 ,0 1 oro 3063 H. 1903 á 1904 0,01, ••. " 1787 H. 1903 á 1904 0,02 , 2127 H. 190 1 á 1902 0,02 ,, 4994 1901 á 1902 0,03 " 5440 1903 á 19 04 0,03 , 5413 1903 á 1904 0,10 , 4518 19CI3 á 1904 0,15 , 734 H. 1903 á 1904 0,03 , 1 00 H. 1 90 1 á 1902 0,03 " 871 1903 á 1904 0,15 , 1 1905 á 19 06 0,10 " 7 696 1901 á 19 02 0,03 " 261 1901 á 1902 0,01 " 314 1901 á 1902 0 ,02 ., 2 1903 á 19 04 0,01 , rr o H. 1903 á 1904 o,ot " 2694 R. 1903 á 19 04 0,02 " 11 66 H. 1901 á 19 02 o,o3 " 1330 H. 190 1 á 1902 0,01 ., 303 H. 190 , á 1902 0,02 " 51 56 1901 á 1902 0,03 , 68osH. 190 1 á 1902 0,03 " 189H. 1901 á 1902 0 , 02 " 56 84 H. 19 01 á 1902 0,01 " 9 10 1905 á 19 06 10 , 9 70 1905 á 1906 12 " 999 s6so 8o88 8841 1905 á 1906 1905 á 1906 1905 á 1906 1905 á 1906 so 10 20 so oro " , " En prueha de lo cual firman, ante testigos, los que en ella intervinieron. E. Greijfensltin .-José Joaquín Pé­rez.- Ramón R ebolledo -Testigo, jos/ I g nacio Gutiérrez. - Testigo, Benjamín Rojas L. RESOLUCION N. 0 51 DE 1906. ,; ( 1 7 DK NOVIIUIBR~) por l a cual se auto ri:ta al Banco Central para retener y rese n •ar l as cantidades q ue co rres. • po ndao al D epa rtame nto de Antioqui a , en la Renta de Tabaco, :í. partir del1.0 de Dicie mbre próximo. El Mim'slro dt Bacienday J..'tsoro, CONSIDERANDO : 1.0 Que al Departamento de An­tioquia se le adeuda su participaci6n en la Renta de Tabaco, á raz6n de ocho mil seiscientos sesenta pesos ($ 8,66o) mensuales, desde e l 1.0 de Julio del corriente año; 2.0 Que el pago de tal reconoci­miento no ha podi do ni puede hacerse en el curso de este año, por no haber cantidad disponible en e l Presupuesto y estar prohibidos los créditos suple­mentarios y e x traordinarios; 3.0 Que el Banco Central puede hacer el pago de lo que se adeuda por la Nación al Departamento de Antioquia , por participació n e n la Renta de T a baco, siempre que se le autorice para retener del producto de de est a Renta la cantidad correspon­diente á aque l D e partamento ; y 4.0 Que el se ñor Gobernador del Departamento d e Antioquia, e n su te ­le grama de 13 del presente , mani­fi esta su a se ntimie nto á que se haga esta ope ració n qu e le propo rciona la consecuci6r. d e fo nd os, RESUELVE : Autoríce se al Banco Ce ntral para retener, á partir de 1. 0 de Diciembre Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 331 p róximo, d e l producto de la Renta de Tabaco que él admininra, la cantidad de ocho mil sebcientos sesenta pesos ($ 8,660) p r mes, que co rresponden al Depar tamento ct e Antioquia en la expresada Renta, para cubrirse por cuartas partes hasta la total cancela· ción d e l empró::.tito que hiciere. Comunfquefe y publíq .. ese. El Mini~tro de Hacienda y Tesoro, TODÍAS Y ALENZURLA. RESOLUCION sobre allanamientos. RepúbliCa dt Colombia.-Mtiu'slerio de Ha­cimday Tesoro.-Ramo de Hadmda.­Stcdfm I. • de /v(gocios ()mera/u - Número ÓI54.-Bogolá, 23 de No. vz"embre de I90Ó. Sel'lor Administrador General de las Nuevas Rentas.-Presente. Transcribo á usted, para su conoci­miento, el telegrama que se ha dirigi­do hoy al señor Gobernador del Cau­ca, como respuesta á una consulta que hizo dicho fun cionario, acerca de si Jos Celadores de las Nuevas Ren­tas tienen facultad para hacer allana­mientos, por derecho de inspección de que trata el artículo 20 del Decre­to 1220: "Gobernador. -Popayán. Artfculo 102 Decreto 339 c!e 1905, autoriza allanami e nto para pt:rseguir objetos de contrabando, pero dice que esta medida sólo podrá tomarla el fun­cionario que actúe en respectivo pro­ceso, ciñendóse á disposici ones consig­nadas sobre la materia en Código Ju­dicial. Como Celadores no son fun­cionarios sino subalternos de Tenien­tes Polfticos, no pueden aquéllos por sí solos practicar allanamientos. Esta formalidad en juicios á defraudado­r es deben cumplirla Tenientes, que en este caso son los funcionarios á que alude el Código judicial. Contes-to el telegrama de usted fecha 17 de los corrientes. Servidor. El Subsecretario de Ha-cienda, B. SANÍN CANO. " De usted atento servidor. El Suusecretario de Hacienda, B. SANÍN CANO. RESOLUCION de la Gerencia de Rentas sobre denuncio de pieles en .boya<.á y Cauca. El Gerente de la s Rmlas Reorgam'zadas á cargo del Banco Central : Teniendo en consideración que el día 3 1 de Diciembre pfóximo entran. te terminan definitivamente los arren­damientos de la Renta de Degüello exister.tes hoy para los antiguos De­partamentos de Boyacá y del Cauca; Que e l Banco Central es el encar­gado, según contrato, de la adminis­tración de esa Renta, que de acuerdo con el Gobierno Nacional, ha resuelto cambiar por la de pieles en dichos D epartamentos; y Q ue se hace necesario evitar las di­ficultades que pueden surgir entre el Banco y los arrendatarios cesantes por las existencias de pieles en la fecha citada y las que al expresado establecimiento corresponde recaudar desde el siguien~e día 1. 0 de Ene­ro de 1907, reglamentando á la vez la ex.portaci6n de la s mismas, RRSUKLVE: 1.0 Todos los poseedores de pieles en los antiguos Departamentos deBo­yacá y d e l Cauca, ya fueren los arren. datarios de que se ha hablado, ya los individuos 6 las casas comerciules, 6 I-tas industriales existentes en dichos territorios, tendrán la obligación de denunciar sus existencias ante los res­pecti\ ·os administradores y emplea­dos de las Rentas Reorganizadas, dentro de los primeros veinte días del mes de Enero de 1907 , exigiendo de Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 332 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS éstos la guía respectiva que a~torice la libertad de pose er y comerctar con las pieles que hubiere n denunciado; 2.0 Para los efectos de la exporta­ci6n de dic.h a s pi e les, seiiálanse igual­mente noventa días improrrogables, 6. contar del primero de Enero arri­ba citado, té rmino dentro ~el cual podrá efectuarse su e.rc <''ene ion de dcrrch oo; de tonelaje El Prrsidcntr dr lo Rcptiú l ica d e Co lom úw , l:.n u~o d t! ~u:. facul tad es le~a l es , y CONSIDKRANOO: Que con el valor de los derechos de ton~:.lada que se cobran á los bu­ques por el uso que! hacen de los puer­tos marítimos, y que é ~ tos cobran pro. porcionalmente fí los introductores, se r ecarga el costo de las obras que fomentan el progreso material del país, que han sido declaradas de utilidad pública, DKCRRTA: Artículo único. D e sde la publica· ción del presente Decreto, de la cuen­ta que ra se la Aduana al puerto en que se verifique la descarga al Capi- • tán ó Consignatario del buque por Jos derechos de toneladas, se deducirá el valor de lo que corresponda al núme­ro de toneladas de carga que se des­embarque con destino á las empre­sas declaradas de utilidad pública en contrato le gal mente celebrado ó por disposición de la Ley, siempre que dicha carga consista en rieles. loco. motoras, durmiente s y carbón mi. neral. Comuníquese y publíque se. Dado en Bogotá, á 8 de O c tubre d e 1906 . R REYES. El Ministro de Hacienda y Tesoro, T on ÍAS VALKNZURLA. D ECRE TO NUM E RO 12 14 DE 1go6 ( 8 Ott OCT UBRE) sol>rc d c rccbo:; de to oe lacl n. E l P~tJidt~~ft de la R tpública de Cclombt'a , En uso d e su s fdculta d e s legales , OKCRRTA : Artícu l:.> único. En lo s ucesivo no se cobra rá á los b u ques d e recho de tone ladas J.)or e l p c~o bruto d e la sa l q ue traigan á bor do para los pue rtos nacionales h abilitados. .. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 333 Estt: Decreto r egirá treinta d ías después de su publicación en e l Diario Oñct"al. Comuníquese y publ(quese. Dado en Bogotá, á 8 de Octubre de 1906. R. REYES El Ministro de Hacienda y Tesoro, 'l'oníAs VALRNZURLA DECRETO NUMERO 1484 D E tgo6 ( 8 DE DICIRliiBRit) por eJ cual se prohibe la exportación de monedas metálicas. El Presidente de la República de Colombia, En uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO : Que se ha recibido aviso de las lo ­calidades en donde el papel moneda no tiene circulación sino la plata, que ésta se exporta, con perjuicio del co­mercio ; Que aunque se reconoce que en si ­tuaciones normales la libertad de im­portaci6n y exportación de la moneda Ps lo que más conviene, no sucede lo mismo en situaciones anormales, como son las en que está la República ac tualmente ; y Que si no se dictan medidas para impedir la exportación de la moneda de plata que se está acuñando oficial­mente en el país y la dt: oro que se t'~tá introduciendo del Ext e rior y que !>e acuñará en e l mi s mo, no se ohten­drlan lo s resultados C'lue se buscan de dar firme7.a :\ la moneda para t nda.; las tran~accion es 11KCK&1 A : Art. t 0 Desde la publicación del presente Decreto es prohibida la ex­portación de toda clase de mcneda de plata del pals y de barras de plata provenientes de fundición de mone das nacionales de este metal. ------- -- Art. J.. 0 Igual probibición se hace para la moneda de o ro nacional, cuan­t! o ésta se acuñe. Art. 3. 0 A lo s individuos (!Ue con­travinieren las disposiciones de este Decreto se les aplicarán las penas de­cretúdas contra los defraudadores del Fisco. Art. 4.0 Encárgase á Jos Adminis­tradores de Aduana tomar todas las precauciones del caso y dictar las me­didas convenientes para el cumplí­miento d el presente Decreto. Comuníquese y publlquese. Dado en Juntas de Apulo, á 8 de Diciembre de 1906. R. REYES El Ministo de Hacienda y Tesoro, ToBÍAs VALRZURLA. DECRETO :t\TUMERO 1499 DE tgo6 ( t 4 OK DICIR~IBRR) por el cual se peña la término para el reco ­nocimiento y pago de indemnizaciones cn usadas por el monojlolio de licor!'s, cign­l'ri llos y fósforo s. 1~1 Presidente ele la R eptiúlit•n {/,­Colombia, OltCRKTA: Art. 1.0 Se ñálase como término para que los inte resados en reclamaciones por fábricas de cigarrillos, fósforos y de d estilación de li cor es ¡..resenten ~ Jos r espectivos Gobernadores los ex­¡.> ed ientes d e l ca so . un mes contado desd e la Jtublicación del presente De­creto en el Diarifl Ojidal. § Los OobPrnad or es eoll' i;u án al I\ltnisterio de Hacienda y Te~oro l u~ resp ectivo~ ex pedie ntes ya ¡.>erfe ccio­nados en la forma q:.~ e señala n los D ecreto~ vigentes, dentro de lo~ ocho dfas s iguientes al e n que los reciban, y e n e se mi~mo término d eben en\'iar los que hubieren recibido antes d e la fecha de este D ecreto. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 334 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS Art. 2.0 Los expedientes q •1e no hubieren sido presentados á las Go­bernaciones dentro del término que este D ec reto señala, no serán admi­tidos. Art. 1·0 El presente Decreto seco­municará por telégrafo á los Gober­na lores de los Dephrtamentos, para que lo hagan conocer Art. 3 ° Este Decreto no amplía e l término ya vencido para la denuncia de los aparatos y fábricas, y sólo se refiere á la presentación de los expe­dientes relativos á los aparatos cuyos dueños tienen derecho á ser indemni­zados conforme á las disposiciones vi gentes. P ublfquese. Da ,J o en J untas de Ap1Jio, á 14 de Diciembre de 1906. R. REYES E l Ministro de Hacie nda y Tesoro, TosÍAS V .-Ll!ZUELA ~() ~ DATOS ESTADISTICOS relativos á los productos de las Nucvns Rentas Nacionales en Antioquia ( Anti¡uo De­parlamento). Mes de Julio de JgoG. PIELES Existencia anterior.... ........ ... . ..... . ..... . .. . Recaudadas en el mes..... ..... . . .. . . . ....... . Vendidas en el mes ...... .. ............... ~ .... .. Exportadas por Puerto Berrío ......... ~ .... .. . Existencia para el mes siguiente ........... . . Totales .. . .......... . RESUMEN GENERAL Piel es recaudadas hasta h oy.. .. .......... .. Pieles vendidas hasta hoy ........ ... .. .... .. . . .. Pieles exportadas hasta hoy .............. . .. . Existencia para Agosto ... ..... .. ......... .. Totales ...... . . . ... .. . Valor de las vieles vendidas en el presen-te m es .. ..................... .............. $ Gastos en beneficio y exportación ......... .. Diferencia á favor de la Renta ... $ CIGAI\1\lLLOS • Derechos de imgortaci6n sol:.re 287 kilos, cobrados en esta Oficina .. . ............... $ 5,539 6,673 2,499 2,000 7,7 13 - -- -------- 12,2 12 . .. 21,128 .. 43,00~ 7.713 --·-------- 71,849 ... 71,849 ... .. . ... 498, 153 40 .. . ··· · ·· .. . 370,355 70 .. ··· ··· .. 127,797 70 100,450 .. . - -------- -- Pasan ............ .. .. .. . $ 228,247 70 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETlN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 335 Vienen .. ...... .•. . ..••.... $ 228,247 70 TABA CO ,. • Producto neto en el me s, según cuentas in-corpot; adas ...... . ................. ...... $ 1.879.474 so FÓSFOROS Derechos de importación sobre 6,158 kilos cobrados en esta Oficina ... .. ...... ..... . $ TIJIIB I\E Producto neto de la venta de papel sellado y estampillas en el mes, según cuentas in_ corporadas .......... , ........ ... ............ $ 442,681 6o SALINAS MARÍTIMAS Producto neto de esta Renta en el mes. Se exceptúan principal y fletes de río ...... $ Saldo á favor de las R e ntas ..... s; 3.546,027 So ========~~===== • • Se han importado de la Costa en el presente mes, para consumir en el Departame nto, 1,036 kilos de cigarrillos, cuyos dere­chos fueron cubiertos en Barranquilla, po r valor de ....... .... .. . ................ $ •• Se han importado de otros Departamen­tos para consumir en éste, en los meses de Mayo, Junio y Julio, 72,909-80 kilos, cuyos derechos valieron .................. S triedellín, Ju lio 31 d e 1906. 362,600 ... El Administrador, RA~tÓN A. RasTRRPO DATOS ESTADÍSTICOS r r lativos á los produ.: los de las Nuevas 1\eotas Nacionales en Antioq uia (an,Li¡uo De ­partamento). Mes de Agosto de •oo6. PIEL ES Existencia anterior ............ .................. . Recaudadas en e l mes .... . ... ... ............. ! Vendidas en el mes ....... ........ ...... ..... . .. Exportadas por Pue rto Berrío ........... ..... .. Exportadas por Honda .. . ... ............... . ... .. Exportadas por Zar a goza ........... . Existencia para e l mes siguiente ............ .. Totales ......... .. ... . 7,713 5.974 1,88 3 2,98 7 572 893 7.352 13,687 13 ,687 - • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 336 BOLETIN DE LAS RE'IITAS REORGANIZADAS RESUMEN GENERA L Pieles recaudadas hasta hoy ..... .. Pieles vendidas h~sta hoy .......... . Pieles exportadas hasta hoy ......... .... ....... . Existencia para Septiembre ...... .. ........ . Totales ...... Gastos e n beneficio y exportación de las pie. les en e l mes ...... ... ....... ............ .. Valor de las pieles vendidas . . ... ...... .. . Diferencia á cargo de la Renta ... $ TAOACO Producto neto en el mes, según cue nta s in-corporadas .. .. . .. .... . . . .. .......... . . .. . CIGAR IULLOS • Derechos de importación sobre 1,790 kilos, cobrados en esta Oficina .. .. ............ $ FÓSliOROS Derechos de importación sobre 6,057 kilos. cobrados en esta Oficina... . ........... $ T 1 JI( B 1\ E Producto neto de la venta de papel sellado y estampillas en e l mes. segíÍn cuentas in. corporAdas .. ....... .... .. ........ .. .. . .. 77 ,82 3 77,823 389.416 6s 364,187 90 25,228 75 23 ,01 1 47.460 7,352 77,823 ... 2.202,004 80 626,500 .. 726,8..so ... SALII'\AS llfARÍTJJIIAS P1 oducto neto de esta Renta en el mes. Se exceptúa principal y fletes de rfo ........ . Saldo á favor de las R e ntas ... ... .......... . .. 339,894 8o 4-222,2Q7 35 ----------- Sumas iguales .. ....... $ 4 247,526 10 4.247,526 10 • Se han importado de la Costa en el pre­sente mes, para consumir en el Departa­mento, 108 kilo~ rl e cig-arrillo~. r uyo~ derechos fu e ro n cubiertos en Barranf1ui. lla por valor de... .. .. .......... . Medellín, Agos to 3 1 de 1906. 37.800 .. . - · - --· · .. - --- · -· - - ·-~ -- · E l Admi nistrador, R.uró~ A, Rlsnno , Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ¡ , BOLETJN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 337 DATOS ESTADÍSTICOS relaLivos á los J>r'ocl uctos d e las Nuevnb Rentas Nacion a les en Antioq•JiR (antiguo De­portnmento). Mes de Septiem bre t.le 19 06 PI E LE S Existencia anterior ... .. . .. . ..... . ......... .. .... . Recaudadas en el mes. .. . ... . .. . .. ........... . Vendidas en e l mes .......... ............... ... .. . Exportadas po r Puer to Be1 río ................. . Exportadas por Honda ... ........ .... .......... .. Existencia para e l m es siguiente .......... .. .. . Totales ... 1\ESU)IEN GENERAL Pieles recaudadas hasta hoy .................... . Pieles vend idas hasta hoy .... .. ... .... .......... . Pieles exportadas hasta hoy ..... .. ......... .. . Exi •tencia para Octubre .. . . .. ................ .. . Totales ....... ... . . .. Gastos en beneficio y exportación de las pie - les en e l mes . ............ ... ........ ...... $ Valor de las pieles vendidas .... ....... .... . : . .. Diferencia á cargo de la Renta . .. $ TABA CO Producto neto en el mes, según cueutas in. corporadas .. .... ..... . .................. $ CIGARRILT. OS • • Dere chos d e imponación sobre 687 kilos, co. brados e n esta Oficina ........... ..... $ FÓSFOROS Derechos de importación sobre 6,63 1 kilos, cobrados en esta Oficina .. . . .. ......... $ 7.352 5,562 12,9 14 ... 446,076 20 285,681 t8o 160,394 40 1,206 4,000 551 7.1 57 12,9 14 ... 24,2 1 7 52,01 1 7,157 83.385 .. :z,OJ 1, 453 65 795,720 ... ----- ---- ------- Pasan .... .......... .......... $ .. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 338 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS Vienen . . . ......... ... ... $ 160,394 40 3.037,623 65 T r ~~ D 1\ E Producto neto de la venta de papel sellado y estampillas en el mes, según cuentas in ­corpo rad4s .. .... .. .. . . .. .... .. . . ....... .. $ S A L I NAS lllAl\ÍTJl\IAS Producto neto de esta Renta en e l mes. Se exceptúan princi pa l y fletes de río ...... $ Saldo li. favo r de las Rentas ......... .... .. ... S Sumas iguales .... . .... $ • Se han impo r tado de la Costa, en el pre­sente mes, par a cons umir en e l Depar. tamento, 400 kilos de cigarr illos, cuyos derechos fuero n c ubie r tos en Barr anqui. lla por valor de .. . .. . .. • .. ......... .. .... $ MedeiHn, Septiembre 30 de 1906. 3-340,240 85 251, 199 90 21,4 17 30 3-340,240 85 140,000 ... El Administrador, RAMÓN A . ResTRKPo. DATOS ES¡AD ÍSTICOS relati vo s á los productos de las Nuevas Rentas Nacionales en la Adminis tración Gene­• ·nl de Antioquia (antiguo territorio), referentes al mes de Oc tubre de 1906 P I ELE S Existencia anterior ........ .............. .. ..... .. Recaudadas en el mes . .. .. . . .. .. .. .. .. .. . . ... . 7,157 7,013 Ve ndidas en el mes . .. .... ........... .... ..... . ¡.; ·portadas por Zaragoza ... ...... .. ....... ..... . ~xportadas por Puerto Ber río . ..... . ... ....... . Exportadas por Honda ........... . E xistencia para Noviembre .. .... . .......... 1,396 .. .. .. . ... 298 ...... .. 2,905 ........ , 6o6 8,965 Totales ....... .. ...... . 14, 170 14, 170 RESUMEN GENERAL .. Re ca udad a s hasta hoy .. .. .. .. ................. .. Vendidas hasta hoy ... ..... : .......... .. ........ . E xportadas hasta hoy ....... . ... . ....... ... ..... . E x istencia para Noviembre . .. ... .. ....... ..... . 90,398 ··· ··· ·· · 25,613 55,820 ··· ··· ·· · 8 ,965 --- Totales .............. .. 90,398 ••• 90,398 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 3 39 Valor de las pieles vendidas en el mP.s . .. . $ Gastos en b eneficio y exportaci6n en el mes. 323,874 75 280,076 90 --------- Diferencia á favor de la Renta ... $ T AOACO Producto neto en e l mes, según cuentlls in - corporadas......... .. ... . ... . . .• . ...•• .... 5) CIGAI\1\ILLOS • Derechos de importación s0bre 1,2 78 kilos, cobrados en esta Oficina ............. . $ FÓSFOR OS •• Derechos de import'lción sobre 6 1 kilos de fÓsforos de cerilla, cobrados en esta Ofi-cina . ..... . .. . ..... ......... ... ... .... . . ...... $ T 1 Jll .11 \\ E P roducto neto de la venta de papel sellado y estampillas en el mes, según cuentas in-corporadas ........... .. ..•.... . ••...... .. . . $ SALI NAS lltARÍTJJIIAS Producto neto en el mes de la venta de 1,047 sacos de sal de mar, sin incluir principal ni fletes flu viales ....... . ........ ... . . , ... $ Total.. .. ...... $ • Cigarrillos. Fueron introducidos de la Cos­ta en el mes, con de rechos cubiertos allá. t , 1 S 1 kilos, que valieron ... . ... ....... .. $ •• Fósforos. Id. Id . 1 .S 57 kilos, r¡ue valieron 43,79 7 8s 2.148,076 45 447,300 ... 7,320 402,850 186,840 --------- 1 ' ot <.l ................ $ Medellln, Novie mbre 14 de 1906. El Administrador General, RAllÓN A. RESTREPO VA LOR de Jos documentos privados para los cunles han pedido nnu ln ción de estampilla <'n estn c iudad. 1906 Agosto .......... .. . Septiempre ......... .. Octubre ............. . Totales ........ .. Núm~rodc do cumcntoe. · 666 Yntor en pnpcl monr

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Boletín de las Nuevas Rentas - N. 8

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Boletín de las Nuevas Rentas - N. 9

Por: | Fecha: 1907

Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Afio I Re}ldbllca de Colombia. N.o 9 o BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS , Director, GREGORIO GUTIERREZ Bogotá, Febt·et·o de 1907 • SUMARIO l\CTA DE VISITA ............................................... . .................. ....... .. SALINAS MAR. TIMAS. TABAC:O. A rtícu los ..................... ... ..... ......... .......• Gu&NCIA DE ResTAS. Rtso/ud/m sobre patentes para la introducdón de artículos monopoli zados ............................................. ....... . G&ltENCfA o& RP:..,"TA~. Ruol11rión súbre licencias á los Agentes ............. .. DuJtr.to NÚMERO IS62 DR 1906, sobre acuñaci-5 .............................. .......................... ...... . Dttano NÚMRRO 10 o.B 1907, sobre participación de los Oepartamentos en el producto de las Rentas Reorganizadas ............................. . RnoLUClÓN del Ministerio de Haciend6, en Bogotá ........... .... ....... .................. .. TulliR?. NACJÓNAL. Movimiento de documéntos privados en la oficina de Expendio Especial ele Bogotá, e n Diciembre ....................... . TUieRE NAcloN.\L. Actas de Incineración ............... ...... ,, .................. . Tnmn NACIONAl.. Nota sohre Expendios ............... ...................... .. NoTA sobre términos para denuncios de fábricas .................. .......... .. TIJIBR'! NAcJo:uL. Telegrama sobre el uso del papel de la vigencia d e 1905 á l go6 ... .. ............................................................ .. h~FvRM& del Gerente de Rentas á la Asamblea General de Accionistas de l Banco Central ........................................................... . Dttano NÚ!IERO 72 OR 1907• por e l cual se hace un nombramie nto .... .. RttsoLl'CJÓ.s del Ministerio de Gobierno número 107 de 1907 que de1oigna la Cotonia. Penal á donde deben remitirse lvs l>éOten c iados por frauJe á la R.:nta de Licores .................................. , ......... . DOGOTA 1\li'IH.ST\ •;r.ir.TIIIC,\-168, C:\1 U : 10 1 ~.LÚu!'O 76g Pág 34 1 354 355 355 355 356 35 7 357 ~ss 372 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ~· r t ... ' "' • ' \' • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. AfiO I RepÚblioa de Colombia N.o go Boletín de las Bentas Reorganizadas Director, GREGORIO GUTIERREZ BOGOTA. FEBRERO DE 1 907 ACTA DE VISITA En Garz6n-, á veintic>cho de Noviembre de mil novecientos seis, se pre­senti) el Sr. Celso Noé Quintero, Visitador Oficial de las Nuevas Rentas Na­cionales, en la Oficina del Agente de éstas, con el objeto de practicar una visita genual; el emplearlo presentó para ·tal fin los libros de cuentas que se llevan y demás comprobantes, y se halló : l. Que es Agente de las Rentas el Sr Ulises B. Silva, quien ejerce sus funciones desde el 14 de Marzo de 1905 , y otorgó el doc•Jmento de fianza correspondiente, siendo su fiador el Sr. Francisco A. Medina, docu -nento que está en poder del Sr. Administrador Provincial. , Que desde el día 1.0 de Octubre ~on de su cargo : los gastos de 1 cales para Oficina y dep.Ssito de cueros, arreg-lo de éstos hasta ponP. rlos en estado de tt'ansporte, escritorio y romanaje • Que tiene el Municipio dos Celadore~. Ignacio Barahona y Germán Coronado, cada uno con un sueldo mensual de catorce pesos, quienes recorren las siguientes fracciones: Centro. Vegil. Tocheré, Barza!, Majo, Miraflores, E l Oso, Platanares, Potrerillos, Yunga, L~ Florida, Santa Lucía, Vegagran­de, Caguán, Santa Marta, Pescador, La Manga, Claros, El Mesón, Sartenejo, y La Pita. Manifiesta el Sr. Agente que la autoridad presta apoyo á las Rentas en todo aquello que se le exige II. LIBROS DK CUENTAS Se llevan : Estados dt Caja, Registro de la venia de pz'elts, Este libro está bien llevado, y sólo se observa que hs partidas de venta de pieles no están firmadas por los respectivos compradores; el Sr. Agente debe hacerlas fir­mar en Jo sucesivo para mayor com ~roban te de la cuenta, pues aunque él manifiesta que el talón de la guía respectiva lo firma el comprador, dicho talón lo acompaña con la cuenta. Movzmünlo de pülu, Cuadros tslariíslt'cos dt la$ Rentas R eo-z$tro de Impuesto de Tabaco, Copiador de rvmumcanones, Loro dtl mni­miento de Tz'mbre Naczonal, Mov1mz'ento de esqueletos d¿ guias. Veinticinco esqueletos para certificados de documenos privados y seis BoLitTINKS n& LAs NuKvlos RENTAS. ' - La Oficina está provista de Jos esqueletos para guías ror el Sr. Admi-nistrador Provincial. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 342 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS III. liOVJUIKNTO DE PIELES • Entradas. Salidas. 1905. Julio. Producidas en e l mes .. ...... ...... ... .... .. Remesadas á Neiva ......... ... .. . ........ . Vendidas .... ............... ... .. ........... . Agosto. Producidas e n e l mes ........... ... ... ..... . Remesadas á Nei va ..... .................. . Vendidas .... ...... ... ..... .................. . Septiembre. Producidas en el mes .. ................. .. . Remesadas .. ..... ... .. ... . ............... .. Ven l idas ....... ... .............. . ...... .. Octubre. Producida s e n e l mes .............. .. .... .. Remesadas ...... ........... . ........ ....... .. Vendidas . ... .... ..... ............... .. .... . .. Noviembre. Producidas .... ..... . ........ ............... . Remesadas .... ... ... : ........... .......... .. Vendidas ...... ........ . ..................... . Diciembre. Producidas .............. ............... .. ... . Remesadas ................ ......... ... . . ... . Vendidas . . ................... . .•.. . .. . ..... . NoTA-En este mes se cobraron derechos de degüello por 37 reses á $ 2 en oro. 1906. Enero. Producidas .. ............ ........... ..... .... . Remesadas ............ ................... .. Vendidas ..... ...... .... ... ................. . Febrero. Producidas .. ~· ...... ............... ..... . .. . Remesadas . ...... . ............ ......... .. . Vendidas Marzo. Producidas ................... .. : .......... .. Remesadas . ... ... ... ... . ..... ... ....... ... . .. .. Vendida s . ... ....... ............... ........ . Abril. Producidas ......................... . ..... .. Remesadas ............ . .. .................. . V endidas ............. .. . ................. .. Mayo. Produc idas .......... . .................... .. . R e mesadas ........... ....... ............ .. V e ndidas .. ....... ....... ................... . Junio. Produc idas .... . .. . ....... .... . .............. . Remesadas (No hubo) ... .. ...... ...... .. Vendidas .... .. . ... .. .... ... ... ........... . Julio. Producidas . ..... .... .......... .. ........ .. Remesadas .. . ................ . .......... .. Vendidas ............................. ..... . Agosto. Producidas .. .. .. . ..................... .... .. Remesadas ............ ·~·· ........ ........ . 196 126 2 163 101 5 176 1 so 8 . 194 IÍ2 7 169 189 35 150 217 7 174 172 S 163 IS1 7 174 122 14 1 S 1 194 13 154 139 1S 154 JO 168 201 18 188 15 9 --- Pasan . .... , . . . ... .... . .... , ..... ~,374 2,179 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 343 Vienen .. ... ...... .. .... ... .. . .. 2,374 1906. Agosto. Vendidas . .... . •••. . . .. .. . .............. . . . 2, 179 24 1905. Septiembre . Octubre. Noviembre . Producidas....... ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ... · 164 Remesadas . ...... .. . ... . . .. .. ............ . Vendidas ... .. . .. ... ... .. . . ... . . . .... •. ... Producidas.. . . .. .... . . ... ... . . . ... .. .. .... 165 Remesadas .......... . ... . . . . ... . . . . . ..... . Vendidas .. ...... ..... . ............ . . .. .. .. . P roducidas hasta el 27. .. . . . . ..• ... ... . .. 151 Remesadas íd. íd ..... . .... . .... . . . .. . ... .. . Vendidas \d. íd .. ... .. . .. .. ... . . ..... . .. . .. . E xistencié!. .. ... ....... .. .. ... .. .......... .. 150 11 lS9 9 Sumas igua les . .. . ...... .•• . . .... 2,8S4 2,8s.c. =============== IV VENTA OS: PIELES Ní1mero Kilos Valer Julio. Vendidas en el mes, á $ 0 .24 kilo ... 2 14! l 48 Agosto. á $ 0.24ld .. ....... St 1 32 á $ 0 .32 íd ... ...... 4 31 9 92 Septiembre. - á$ 0.32 íd .. ....... 1 1 3. 52 á$ o 32 íd .. .. .. ... 1 12 4 ... á $ 0.32 (d ......... 1 16 5 12 á$ o 32 íd . .. .. ... 1 lO ~ -20 á $ o 32 íd ...... ... 7 2 24 á s; 0 .26 íd .. . .. : ... 8! 2 2( .. á$ 0. 16 íd ... ...... 7 1 12 á $ o 16 íd .. ... .... si o 88 Octubre. á $ 0.26 (d ...... ... 12 3 14 á$ 0 .26 íd .. .... 8! 2 21 á $ 0. 16 íd . ....... 1 si o 88 á $ 0. 16 íd ...... .. . 1 6! 1 04 á $ 0.26 íd .. .. .. .. . 2 2Si 6 63 á $ o 16 Id .. .... 1 6~ 1 04 Noviembre. - á $ 0.26 íd ...... .. 2 2S 6 so á$ 0. 16 íd ..... ... .. 6! 1 o4 á $ o 26 íd .... . .. . 7! 1 95 á$ 0 .26 Id .. . ...... 4 45 l I 7o . á$ o. 16 (d ......... 4 26 4 16 - á$ o. 16 íd .. ...... 2 JO! 1 68 á$ o 26 íd .. .... ... 2 30! 7 93 á$ 0 .26 (d .. .. . . .. 7 I03t 26 8t á$ 0 .26 íd ... 2 23 5 98 {\ $o 16 íd ......... 5! o 88 á$ 0.16 Id .. 1 4! o 68 a$ 0 .26 íd ......... 2 25! 6 63 á $ 0 .26 {d ......... 3 35 9 lO Pa.s an .. .. .. .. . : . .... ... ... ... 54 S39~ 136 99 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 344 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS Vienen ....................... 54 539Í 136 99 1905. Noviembre. Vendi~as er. el mes, á$ 0.16 ..... l Si o 88 Diciembre á$ o 26 íd .. ·· ~·· 2 21i 5 59 á$ 0 . 16 íd ........ 2 9! 1 56 á$ o 26 íd .. ..... 1 8 2 o8 á$O. I 6íd., ..... . 2 9 t l 52 rgo6. Ener o. á $o. 16 {d .....•. 3 17! 2 ¡6 á$ 0.26 íd ...... .. . 9 2 34 á$ 0.16 íd ......... 6! l 04 Febrer o. á$ 0.26 íd . .. ...... 3 42 1 1 os á$ 0.16 íd . ........ 6! 1 oS á$ o 16 íd . . . ...... 2 12f 2 á$ 0 .26 íd ......... l lO 2 o6 Marzo. á$' 0.26 íd ......... 2 16! 4 2 9 á$ 0. 16 íd ... ...... 2 12! 2 ... á$0. 16\d .. ...... . 3 l7t z 8.P á$ 0 .26 íd ......... 2 t5i 4 0 3 á$ 0.26 íd .. ....... -4- 43 J 1 18 á$ 0.26 íd ... . . .. . . 9t 2 4 7 Abril. á$ 0.26 íd ...... . . . 10 2 60 á$o16íd ..... .... 6 o g6 á S o.26 íd ......... 1st 4 03 n s o.16íd ... . . ... 1 6 o g6 á$ 0.16 íd ..... . ... 1 6 o 96 á$ 0 .26 íd . ..... ... 3 36 9 36 á$ o 26 íd ....••... 2 19t 5 o¡ á$ O. t6íd ..... .... 7 1 12 á$ 0.26 íd .. ....... 2 23 5 g8 Mayo. á$o26íd .... ..... 11 126 32 ¡6 á$o. t6íd ......... 4 26! -4- 14 Junio. á$ 0.26 íd . . ....... 8 83l 21 71 á$ d.t6 íd .. . ...... 2 13 2 oS Julio. á$ 0.26 íd ......... 8 74 19 24 á$o.t6íd .... . .... 3 19 3 04 á S o .26 íd ... . ..... 4 44 1 1 44 1 á$ 0 .26 íd ..•...... 13 3 3S á$ 0.16 íd ... .. . ... 2 14 2 66 f Agosto. á$ 0 .26 íd ...... . .. 7 s6! 14 69 á$ o 16 íd ... ...... 2 14 2 24 á$ 0.16fd .... ..... 3 2 1 4 6~ á$o.T6íd ........ . l 7 1 54 á $ 0,26 fd . ........ 2 23 6 go á$ 0.26.fd ........ . 2 16 4 16 á$o. 16fd ...... ... 5 o So á$ 0. 22 id .. .... ... 3 19i 4 29 á $ 0.30 íd . ........ 1 12 3 6o á $ 0.22 íd ... . ..... 2 13 2 86 Septiembre .- á S O. JO íd ....... . . 6 66 19 80 á S. 0.22 íd ..... . ... 5 34 7 48 O ctubre. á $ 0 .30 Íd ......... 6 72 21 6o Pasan ......... ...... " ....... 185 1,713 423 79 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 345 Vier. en.... . ................. 185 1905. Octubre. Vendidas en el mes, á S 0.22 íd. ..... 3 - Noviembre. - - n $ 0.22 íd .. ....... , 1,713 18! 423 79 4 07 1 43 7 so 8 70 3 oS 2 40 á$ 0.30 fd . . . .. ... 2 á$ O.JOÍd..... . ... 3 á$ 0.22 íd.. . . . .. .. 2 á$ 0.30 íd ....... .. 6! 25 29 14 8 -------- Totales..... . . .. . . .. .. . .. . 197 1,8 14 450 97 ========== Ya se dijo que las partidas de venta de las pieles deben ir firmadas tam­bién por el comprador; además debe expresarse el color de la piel, la marca, el peso y precio de cada una. Al describir la partida en el Movimzenlo de las pié/u, también debe hacerse relación del precio de cada piel vendida, para mayor- claridad de las cuentas. No hay ningún juicio pendiente por fraude á esta Renta, ni 6e ha inicia­do alguno durante el período administrativo del empleado, no obstante que al Sr. Agente le satisface el celo que hay en esta Renta. El Sr. Agente exigirá al Sr. Alcalde Provincial que se sirva ordenarle á los Comisarios de las fracciones, que cada vez que vengan á este centro, pasen á esta Oficina para que rindan un informe verbal de la manera como han celado las Rentas Nacionales en sus respectivas circunscripciones y reci­ban las instrucciones que les dará el Agente, quien informará semanalmente al Sr. Alcalde qué Comisarios no cumplen con tal deber, para que les aplique la pena á que dieren lugar. Debe advertirles que por todo fraude que denun­cien tendrán derecho á la mitad de la multa que se recaude, y se guardará reserva del nombre del denunciante ; ese pago lo hará el Sr. Agente religio­samente. Verificadas las existencias de los cueros en bodega, se hallaron exactas y satisface en un todo la buena preparación. , Como se nota que en el mes de Junio no se hizo remesa de pieles á Nei­va y se aglomeró considerable número enJulio, debe prevenírsele al Sr. Con­tratista que cuando esto se repita y cause perjuicio la clemora, se buscarán fleteros por cuenta de él. 1905. Marzo. V liOVUIIRNTO DK TABACO. En bruto: Recaudado por impuesto de 339 kilos de 2.", á $ 0 .064 kilo ..... ... Recaudado por impuesto de 1.", á $ o.o96 kilo ......... .. ......... .. . Mamt(aclurado : Recaudado por impuesto de 137 kilos, á $ 0.96 el kilo ... . ... . .. .. . Kilos Valor 137 13 152 ----------------- Pasan .. .... ..... . kilos 524Í S 39 504 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 346 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS Vienen ....•....... kilos 524Í $ 39 504 En bruto: rgos. Abril. Recaudado por impuesto de 3 12 kilos de 2.", á $ o.64 kilo .••...... 312 19 968 Recaudado por impuesto de t05t kilos de 1.", á$ o 96 kilo ... ... .. . l O Si 10 128 Manufacturado: Recaudado por impuesto de 238 kilos, á S G 96 kilo . . . . ..••• ..• ... 238 22-< 848 En bruto: Mayo. Recaudado por impuesto de 147! kilos de 2.", á $ 0 .64 kilo ... ..... . '47! 9 44 Recaudado por impuesto de 59! kilos de t.", á S 0.96 kilo ......... 59t S 712 Manufa cturado : Recaudado por impuesto de 68 ki los de r.", á $ o 96 kilo ......... 68 6 528 En bruto: Junio. Recaudado por impuesto de 59~ kil9s de 2.", á S o.64 kilo ... ... ... 59t 3 8o8 Recaudado de r2! kilos de r.", á$ 0.96 kilo ........... ............ 12! 1 20 Manujadurado: Recaudado por impuesto de S2t kilos de 2.", á $ o,64 kilo .... .... . szi S 328 En bruto: Julio. Recaudado por impuesto de 30 kilos de 2." , á S 0.64 kilo ..... .... 30 ( 92 Recaudado por impuesto de 6 ki-los de 1." , á $ 0.96 kilo ........ ... 6 o 576 ~ Mamifaclttrado : t Recaudado por impuesto de 40 kilos, á $ 0.96 kilo .. ......... ..... 40 3 84 ------- Pasan ... ...... ...... kilos 1,6SS! $ 130 800 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 347 l9(>S. Agosto. Vienen .............. kilos En bruto: Recaudado por impuesto de 203 kilos de 2.•, á $ o 64 kilo Recaudado por impuesto de 6 ki­los de 1.•, á$ o 96 kilo ... . Mamifoclurado : Recaudado por impuesto de 57 kilos, á $ o.g6 kilo.. . ..... . Septiembre. Recaudado p or im puesto de 2 7 ~ t ki los de tabaco, única•clase, á ra. cgos Octubre. z6n de $ o 1 5 kilo ......... .. . NoTA- I!:n.la cuenta de este mes se encuentra el error de que se computaron 18 kil os de tabaco, á$ 0 . 15 por$ 27 en oro, debiendo ser$ 2 70; hay, pues, una diferencia de $ 24.30, á fa- ' vor del empleado Examinado el movimiento de caja correspon­d iente á dicho mes, se encuentra que también cargó los 18 kilos E' n $ 27 oro en la cuenra de Ingre ­sos y Egresos. Resta, pues, ave. riguar en el talón de la guía si esta suma fue cobrada al Sr. Pompilio Guzmán. consignatario, para determinar si es á él á quien se le cobr ó de más, ó si es al e m­pleado á quien se le debe, p ero no existe aquí dicho comprobante sino en lbagué con la cuent-1 r es-pec'tiva. Impuesto Je 89 kilos de única clase, á razón de $ o. 1 S kilo ..... Noviembre. Impuesto de 144 kilos de !d .. á $ 0. 15 kilo... . . .. .. . ..... .. . .. Diciembre. Impuesto de 416 kilos de Id. á ,906. Ener o. Febrero. Marzo. Abril. Mayo. Junio. Julio. $0.15 kilo ... ... ......... ..... . Impuesto d e 9St kilos de id., iÍ $0.15 kilo .. .. .. ....... .... . ... . .. . Impuesto de 163~ kilos de taba . co, á $0.15 kilo .......... . Impuesto d e so íd. de fd , á fd. íd. Impuesto de Bt fd. d e \d., á Cd íd Impuesto de 67! (d. de (d, á {d (d. Impuesto de 7 1 t fd. de l'd,á id. fd. Impuesto de 3St íd. de fd,á fd . (d. Pasan ... .. ....... kilos 1,6ss~ 203 6 57 144 95! 163! 50 33l 67i 7 1! 3St 1 $ 130 800 12 992 o 576 4 1 175 13 425 21 6o 14 325 24 55S 7 so so 25 lO 15 lO 75 5 34 $ 411 31() Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. • • 348 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS Vienen .................. 3,362 $ 41 1 310 1905 Agosto. Impuesto d e 13 8 íd. de íd,á íd. íd. 138 20 7 3 Septiembre. Impuesto de 137 íd . de íd. á íd.íd. 137 20 SS Octubre. Impuesto de 307 íd. de íd . á írl. í-.. 307 46 08 Noviembre. Impuesto de 18 íd. de {d., á íd. íu 18 2 10 - - - -- Total ......... .. .. kilos 3,962 $ 50 1 370 Las diferencias qne existen entre el total y la s parciales es porque se elevan las fracciones al hace r las liquidaciones. E-;ta cuenta está hi~n llevada y comprobada, pero d ebe agregarse una columna para ll e 9ar á ella el núm e ro dt kilos. Las mismas prevenciones que se han h echo e n esta diligencia r e fe rentes al celo de la Renta de Pieles se aplicarán ;{ esta Renta. Por conducto del Sr. Alcalde, Celadores y Comisarios debe el Sr. Agente notificar á los cultivadores, para que en el transcuno de quince días se pre- • senten a su despa cho, á fin de que se provean de la patente para poder cul­tivar y no ser considerado ~ como defraudadores, denunciando el lugar del culti 10, el número ele matas y e l ta baco que tengan secando 6 en depósito. Debe advertírse les: que e l impuesto no se cobra por el número de matas, sino por el p roducto de ellas; que pagando honradamente el impuesto podrán conser var su tabaco el tiempo que quieran, para v~nderlo en la cantidad y l ugar que puedan , pero para movili zarlo y expend e rlo tienen necesidad de proveerse de una guía que el Sr Agente irá dando á los compradores sin gravamen alguno, guía que será p r esentada al Agente rle las Rentas en e l lugar donde se expenda para que él la vise con la fecha r espectiva; sin este requisito no podrán transportar tabaco d~ un Municipio á otro; por consi­guiente, el Sr. Agente comisará todo el qu ... llegue á este lugar sin guía, apli­cando las disposiciones que r eglamenta la Renta. Se previene también que el tabaco que tengan en depósito los cultivadores 6 los comerciantes sin que hayan pagado e l impuesto, ser:í d enu nciado inmediatamente por el poseedor para cubrir ele la misma manera el r espectivo impuesto; pasados tres días de la notificación, se comisará la existencia del tabaco para obr ar con ella de acuerdo con las disposiciones reglamentarias del Decreto 1220, d e 13 de Octubre de 1905. Para todas estas notifica ciones se obrará de acuerdo con la autoridad . Se observa que del Municipio de La Plata y dt:l Gigante vienen á expe n­der tabaco sin estar provistos de las guías, y aunque se comprende que en­t ienden los negociantes que es lo mismo pagar el impuesto en los lugares donde van á venderlo que de donde lo le\•antan, por. ,ue los productos van al fin á un mismo centro, este razonamiento no se a viene con e l espíritu del Decreto , ni puede aceptarse pan1 el celo y buena organización de la Renta . Una vez que se haya hecho el registro de los cultivadores y del tabaco denunciado, el Sr. Agente ordenar.i al Celador y Comis:.~rios que rectifiquen los datos que hay'\n suministrado. :\ fin de cerciorarse d e la verdad de los hech os. Abrirá un cuaderno co n las siguientes columnas : 1.", la fecha; 2 ... e l nombre del cultivador y el lugar del cultivo; 3 •, número de matas ¡ 4.\ kilos denunciados; s.", valor del impuesto, y 6 •• para ll evar el número de guías que va expidiendo Este cuaderno tiene por objeto conocer el movimiento entre los cultivadores y sabe r el número de guías que se les va dando, en las cuales se irá anotando al respaldo las ventas que vayan hac iendo. No hay juicio pendiente por fraude á e!>t.a Renta . Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 1 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 349 VI TUIBRR Y PAPRL SELLADO. El Agente expen ledor es el mismo Sr. Ulises B. S ilva, quien devenga un sueldo del S 0 / 0 de las ventas de estas especies. 1906. Mayo. ' Junio. Julio. Agosto. Septiembre. Octubre. Noviembre. Papel re/lado : Del r 3 en adelante. Entradas. Salidas. Recibidos del Administrador Municipal : de$ o o6 oro .. . ...... . .... ....... . . . . de$ 0 .10 Id ..... ............ . de$ o 20 Id .......... . . ... . ...... . . . .. . Vendido!>: de$ o.o6 íd ........ ....... . .. .......... . de$ 0 .10 íd .... . ....... .. ... .. . . . . . de$ 0.20 íd ... ...... ... ...... . ... . Remesados: Al Agente de Paico! : de$ o.o6 ......... ...... ..... .. ... ..... . de$ 0.10 .. . ............ .. . .. ............ . de$ 0.20 .. ................. ... .... .. . . . . Vendidos : de$ o.o6 ....... .. ... .. .. ...... ... .. .. de$ 0.10 ......... .. .. ...... . .... ... .. de S o.20 .............. .. ............. . Recibidos del Administrador de Neiva: de S 0.06 ... . .. . . .. ... ...... ....... . . . . .. de S 0. 10 .. .......... . .... . .... . .... .. de S 0,20 ... .. . . ... . . ................... . Vendic.Joc; : de$ o o6 .. ..... . ...... .. . ...... ... .... .. de$ 0.10...... . . ...... ... .. . ....... . . de$ 0 .20 ................ ..... ........ . Vendidos en el mes ... .. .... .. ............ . Id. íd . .. ... . ............ .. . .... .. ...... . ··· Id. íd . ........................... . .. ... .. . Entregados ~1 Administrador Provin­cial para remesar á los pueblos de La Plata y Alta mira .......... . ... ....... ... . Existencias. ... . . . .. . .. .. .. .. . .. . .. . .. . .. .. Vendidos hasta la fecha ... ....... .. ..... . r,ooo 400 1,000 408 7 103 100 so ro0 396 15 196 820 903 1,130 Bso 1,050 . 946 Sumas iguales.. ............... 7,974 7,974 ..::::=:======== 1 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. • 350 BO LETIN DE LAS RENTAS REORGANIZAD AS 1906. Mayo. Junio. 1906. Julio. Agosto. Eslampillas : Del 1 3 en adelante. Recibidas del Ad m inistrador Municipa l: de$ 0.0 1. ... .... ... .. ..... ... . ..... . de$O.OJ ... .. . .. . . ................ ... .. . de$ 0.10... .. ................... .. .. .. de$ 0 . 1 5.... .. .. . .. .... ... ..... . .... .. de h a bil itación d e á $ 0 .2 0 .......... .. Vendi da s: de á$ 0 . 0 1 .. ... . . .............. . ... .. . de á$ 0 .03 ................. . .. ....... .. . de á$ 0. 10 .. . ...... .. .... .. .... ....... . d e á $ o 1 S . . .. ..... .. ............. .. Remesadas: Al Agente de Paico! : de $ 0.03 .................. .. ...... .. .. de$ 0. 10 .... . ... .. ...... . ... .. . ... .. d e$ 0. 1 5 .. .. ............ .. . .. .... .. .. .. Al Ad mi nistrador d e Neiva : de $ 0 . 03 ....... .. ........ ....... ....... . de$ 0 . 10 ....... . ................. . .. . . .. de$ 0. 1$ .......... .. .......... ........ . de hdbilitación .................... .... .. Vendidas: de S o.o1. ............. ................ .. de$ 0.03 ........ . ................. . .... . de$ 0. 10 .......... ....... .. ...... . .... .. d e$ o. 1 5 ..... ...... ... .. ...... ....... .. NoTA-De la r emesa hecha á Paicol reclama el Agente que se recibier on 6o estampillas menos de n $ 0.15, y no obstante de que el Agente com prue­ba hl remesa con el recibo del Ad mi­nistrador , ha manifestado que si ellas no parecen, enviará su valor á aquel empleado. Recibidas del Administr a dor de N eiva: de á S o .o 1 ..................... .. ....... . de á$ o.os ..... ...... ...... . ........ .. . de á$ 0. 10 . .. .. ......... . . ... ....... . . . de á$ o 20 ...... ........ ... ..... ...... .. Vendidas: de á$ 0.01 .................. ......... .. . de á$ o .os ........ ......... .. ........... . de á $ o 1 o .. . .. .. . .. .. .. . .. .. .. .. .... .. de á$ 0.20 .. ..... ....... .............. .. Recibidas del Administrador de Neiva : de á$ o 0 1 ......... ...... . ..... . ...... .. de á$ o .os .. ... ... .... .. ........ . .... .. 6oo 692 589 5,206 147 Pasan................ ......... 9,034 194 54 27 2 70 100 100 400 445 382 4 ,4 16 147 243 93 80 1 20 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 351 -----------------------------------------~- (906. Septiembre. Octubre. Vienen .... ................ . de á $0.10 ... •.•.. •.•..• . ••••••.. . . . . .•. de á $ 0 .20 .••.•. ..•.. . .. . ...••••.•.••... Vendidas en el mes : de á$ 0.01 ... ..... .................. . deá$o.os ................ . . ........ . de á$ o 10 ............... ......... ... . de á$ 0 .20 ........... .. . ... ...... ..... . V endid:\s en el mes : de$ o 01. .................... . ....... . .. . de$ o.os ... .......... ... .............. . tle$0. 10 ....................... ....... . de$ o.:;¡o... . .. .. . .......... .. ........ . Recibidas del .Administrador de Neiva: de$ o.so . ... ..... .. ......... ......... . . de$ 1 . . ... . .... . ......... . .... . .... . . ... . de$ 2 . . .. ..... . ..... . ........... ...... .. . Vendidas en el mes: de$ 0.0 1 ... ... .. . ....................... . de$ o.os ....... .. ...... ......... ... .. .. . de $ 0.10 ... .. . ....... ~ .... ... . ..•.•... ... de$ o 20 ............. . ............ . ..... . Octubre. Vendidas: d~ $o. so ................. .... , ....... .. de 1. . ................ .. .............. .. . de 2 ........ . ...... . .......... . .. .. . .... .. Noviembre. Existencias: de$ o.o 1 .. . .. . .... .. .. . .. ................ . de o.os ................... ....... . . .. .. . de 0.10 . .. ............................ . de 0.20 ..................... .... . ... .. . de o,so .. .................. .. ....... .. de 1 •••.. .. .••..••••••.•••.••..••••.•• de 2 . .. .. . .............. ... . . ..... ...... . Vendidas hasta la fecha : de $ o.ot. ............................ .. de o.os ... ... .... ......... ............. . de 0.10 ... .. .... ...... .................. . de 0.20 .................. .. ........... . de o so ...... ......... ............ ..... . de 1 .. . . ..... . ........ .................. . de 2 . ..... . ..... . . . ......... .. ...... ... . . 112 58 37 t86 295 82 32 136 100 100 so 146 66 29 35 6 2 3 200 175 :¡6o 66 84 97 31 229 6¡ 25 33 10 [ 16 ----- Sumas iguales.................. .. .... .. . . . .. 9,884 9,884 Se han examinado las cuentas de esta Renta y están llevadas con clari­dad y de conformidad con la contabilidad establecida. Las cuentas han sido rendidas oportunamen~e_:~~idas en primera instancia cc.n ligeras observaciones :_n_la for~ ~rJfu\ ~'t.9.NISC han atendido por el empleado IPLir Tt:'" A. .. , l-=~~0 ,..,.. ' 1 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 352 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS Los saldos mensuales que arrojan las cuentas han sido remitidos, e l d e Mayo á ! bagué y los demás á Neiva hasta e l 3 t d e Octubre. Se lleva e l libro de r egistro de certificados .V quedan veinticinco esqueletos. La Administraci,Sn de Neiva proveía á ésta de papel y estampillas. VII INGRESOS Y RGRRSOS. Examin ;~das las cuentas mensuales, se ve que han sido r endidas en los primeros días de cada mes y fenecidas en primera instancia. La~ observacio­nes que se hicieron respecto al valor de un degüello que por err o r cargó únicamente un peso en vez de dos, el señor Agente en teró la diferencia re­mitiéndolo á !bagué, lo mismo ha hecho con los billetes falsos que en las re­mesas le han r esultado. En lo genera!, las cuentas está n llevadas correctamente en el pre sente año, pues están ajustadas á los reglamentos de la contabilidad. E sta oficina ó agencia s uministraba hasta e l 3 1 de Agosto los fondos pata las distintas agencia, de la Provincia á donde no alc anzaban para los gastos, y los saldos de las agencias existentes los recibía también hasta esa fecha. Desde el 1.0 de Septiembre las Agencias de la P r ovincia son provis­tas de fondos y de especies por el Administrador Provincial, á quien rinden las cuentas y las fenece e n primera instancia. En el mes de O ctubre de 1905 remesó con nota número 32 el actual empleado al Administrador General de Bogotá la suma de $ 176, 7 I I-55 papel moneda, dejando solamente un saldo en caja de $ 12,27 3-20 para atender á los gastos. Los auxilios recibidos por el Agente para atender á los gastos admi­nistrativos de la Provincia, además del producto de la Renta de L icores, ven­ta de pieles y degüello, de tabaco, multas, etc., son : 190 5 . R ecibí en el mes de Noviembre del Administrador D epartamen-tal, entregados á J. A Sanmiguel, la suma de .. .. .. . ................. . $ 20 1905- Diciembre-Entregado por cuenta d e l Administrador Suárez para el Administrador D epartamental. .. ......... .. . .. ........ . .. 15 1906-Enero-Recibido del Administrador Departamental....... 15 1906--Fcbrero-Id. id. id. id. . ... .. . ........ 30 1906-Marzo-Id. id. id. id.... . ......... .. . 15 1906-Abril-Id. id. id. id ... ............... 15 Letra á favor de F Laserna, girada por esta Agencia con-tra el Administrador General de Bogotá........................ 400 1906-Mayo- Recibido del Administrador D epartamental........ 15 Id. id. Gene ral de Bogotá, le-tra á favor de Francisco La serna ... .. . .. .. ... ... . .. ... .. . ... .. 6oo 1906- Junio-Recibido del Administrador General. Letra i favor de Francisco Laserna... .. ... ... .. . ... . .. .. . ... ... ... . .. ... 400 1906 - J ulio-Recibido del Ad mir.istrador D epartamental de Ibagué.. .. .. . ... . .......... . ... .. • . .. .. .... .. . . ... . .. ....... .. .. . 20 R ecibido del Administrado r Gen e ral de Bogotá, letra á fa-vor del Sr. General Celerino Jiménez . ........... ... .. ... . .. ... 6oo Pasan ................. . ......... $ 2,145 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 353 Vienen .................... : .... 5) 2,145 1906- Agosto- Recibido del Administrador General de BoO'otá Letra girada á favor del Sr. Clímaco Mejía .. ...... . . . ~ •.. .' 6oo Suma .. ... . ..................................... .. ... $ 2,745 .. Dedúcense las remesas en nóminas, pagadas por orden del Ad­mtmstrador Departamental, de Jos Tenientes Políticos y Secretarios de los círculos de Garzón, Timaná y Agrado y pagadas por el actual empleado .. . .. . . . . .. .. . .. • .. . .. . . . .. . .. . . .. .. . ... .. . .. . .. .. . . . .. . . .. ... . . .. .. . 1, 120 Resta ....... . . .. ........................ . ........ .. $ 1,625 Este saldo representa el auxilio que ha recibido la Provincia del Sur para atender á los gastos de la Administración de la Renta desde Octubre de 1905 hasta el 31 de Agosto. CAJA. Ingrtsos. Egruos. 1906- Mes de Noviembre. No quedó existencia en Caja el último de Octubre. Tampoco ha recibido el empleado remesa alguna. Producto de la Renta de pieles hasta la fecha ....... .. Recaudado por venta de Tabaco hasta la fecha ...... . Producto de papel sellado .... . ......... . ............ .... .. Producto de estampillas ............................. . . .. Existencia en Caja ............ .......... $ Como el Sr. Agente ya tiene pagados Jos sueldos co. rrespondientes al mes de Noviembre, que son $ 62, sueldo del Agente, y$ 28 de los dos celadores, y, además, $ 28 que se le quedaron á deber á un celador en dos meses, . Septiembre y Octubre, se abona esta partida .............. .. Saldo en caja ..... .. .......... . . ................. ..... .... .. 23 (( 2 70 94 6o 52 44 172 ss $ 118 ••• 54 85 Sumas iguales .............. .. ...... ...... . $ 172 8 S$ 172 85 Verificadas las existencias, se hallaron exactas. E l Sr. Agente procurará, ~ acuerdo con el Sr. Administ!_ador Provin­cial, que las prevenciones hecnas en esta visita, referentes tí la ve nta de Pieles y á la forma de las cuentas de éstas y del Impuesto de Tabaco, sean conocidas inmediatamente por Jos Agentes de la Provincia, para que las ten. gan en cuenta. Satisface en lo general la forma y organización de las cuentas de esta oficina, y reconoce el suscrito Visitador que las Rentas están manejadas honradamente. No habiendo observación que hacer, se da por terminada la presente visita, hoy treinta de Noviembre de mil novecientos seis, de la cual debe sa­car el Sr. Agente dos copias, una para que la remita al Sr. Administrador Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 354 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS General de las Nuevas Rentas á Bogotá, otra al Administr!dor De partamen­tal de !bagué, á la mayor brevedad posible, y firman El Visitador, Ce/so N. Quritltro. -UHses R. S11va. I!s copia fiel-Garzón, Diciembre 8 de 1906. El Agente, Ulius JJ. St1va. De El Nmvo Tümpo de esta ciudad 1 mente y con mucha e conomía á 1st­tomamos lo que el colega dice ace rca mina, y no es difícil que Jos comer-de SALINAS llAitÍTtMAS v DR TAB ACO: ciantes que viajan á Buenaventura Salinas mar1timas. puedan llevar algo d e esa sal á aquel En meses pasados dio cuenta la p~erto á precio que haga competen­prensa de esta ciudad de que la Ad . Cta á la del Perú. Por las noticias que ministración de las Rentas Reor aani- tengo, creo que pueda conseguirse que zadas había ordenado licuar Jas .. sali- se transporte esa Sdl desde Cartagena nas marítimas de la Costa Atlántica hasta Quibd¡) á 3 ó 4 centavos oro la en atención á la fuerte existencia de arroba en los vl\pores de los S res. sal marítima en los almacenes del Diego Martíne~ & C.• D e esos vapo­Banco Central, y muy especialmente res se pue de aprovechar el Bance> para impedir el comercio fraudulento para establecer un almacén en Lorica del articulo, pues es sabido con cuán- ó Montería como medio para evitar ta facilidad y poco costo se explotan el contrabando. He insinuado contra­los yacimientos que en rigor existen tos con los agentes de Compafi(as á todo lo largo de /a Costa. marítimas para la condwcci6n estable La medida produjo entonces un de sales al Cauca, y espero las con. fuerte clamor de protesta entre algu- testaciones que ellos han pedido á sus nos de los que se vieron perjudicados p r incipales." en sus intereses! personales y aun en- Recientemente y por telégrafo co­tre los que sin ser contrabandistas del munica el señor Administrador Gene­artículo, no querían que se evitara el ral que ya se han empezado á explo­fraude por temor á las consecuencias tar las Salinas de P ozos colorados ha­de la ené rgica medida. biéndose contratado fa extracciÓn de El tiempo ha venido á conceder la la sal á diez centavos en un pozo y á razón al Banco Central. No sólo no ocho en otro, y su conducción á Ba· - ha faltado sal de la cosecha pasada, rranquilla á S r .60 la tonelada, con para el con ~ umo ordinario del artku- lo cual hace la Nación una fuerte lo, sino q ue ha podido surtirse una re- economía, pues durante la Adminis­gión que antes sufría por la escasez traci6 n directa del Gobierno los con­del grano ; y todo hace creer que tratos de extracción nunca fue ron muy pronto e l Banco Central atende- menores de S 0.40 en esas salina s. En rá al consumo de g ran parte del De- otras la extracción costó ha sta $ 1.2o. partamento del Cauca. A este r es. La paz Y la bue na Administración · pecto es conveniente hacer conocer el cuidado que pone hoy el Gobiern~ del público lo siguiente del informe por todo lo que de alguna mane ra del S r. Administrador General de las pueda ser e n beneficio d e l país y la Rentas Reorganizadas, Sr. D. Rufino colaboración eficaz de los agent~s d e Gutiérrez, e n comisión en la Costa ese mismo Gobierno salvará n l1 Ca- Atlántica: lombia, no nos cansamos de repetirlo. " Se han dictado las órdenes para Tabaeo. · establecer un almacén de sal en Quib. El precio de este artículo en los dó, desde donde puede llevarse fácil- mercados extranjeros, especia lmente Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 355 en los de Alemania, ha continuado firme. Nuestr os lectores r ecordarán el informe del Cónsul de Colombia en Bremen, publicado en los periódicos de la ciudad hace algunos meses La producción de la hoja aumenta considerablemente y las cosechas de la Costa Atlántica y de los Departa. mentas del Tolima y Huila se presen­tan en muy buenas condiciones. El cultivo ha mejorado cons idera­blemente. Pasado el pr;mer terror que produjo la imphntación d el mo· nopolio, los industriales se han dedi­cado á mejorar sus plantaciones, y en algunas regiones del Huila á selec­cionar las matas. En la Provincia del Sinú (Bolívar) se ha sembrado por primera vez tabaco, y los productores se muestran muy satisfechos de la calidad, que estiman superior á la de E l Carmen. En el último tdmestre del año pa­sado se exportaron por las Aduanas de Cartagena y Barranquilla 30,929 pacas que dan un promedio mensual de 10,300. Tal es la situación general en lo que respecta á este ramo, que mira el Gobierno con especial interés . Prueba de ello es que ha solicitado al Exte­rior semillas de la planta para distri­bu( r gratuitamente. GERENCIA DE RE NTAS. RKSOLUCIONitS. Bogo/á, Enero I2 de I 907. La Gerencia de Rentas, en virtud de las autorizaciones que le confie re e l parágrafo del artículo 8.0 del R e ­glamento expedido en desarrollo d e las disposicio n es del Decreto número 1046 de 4 de Septiembre d e 1905, RESUELV~: La~ patentes concedidas en virtud del Decreto mímero 1046 de 4 de Septiembre de 1905 , á lo!. introducto­res de artículos monopolizados, :.úlo serán válida!. para una !.ala introduc­ción. En Jos casos e n que la introducción se hagn jjOr una cantidad de mercan cfa mayor de la o::xpresada en la pa­tente, serán aplicables la 11 penas se­ñaladas al efecto e n la Resolución de e~ta Gerencia de, fecha 25 de Junio último, señaladot con el número 75, la cual debe ser estrictamente cumplida por todos lo s Administradores de las Rentas Reorganizadas. En los casos en que la mercancía introd•Jcida sea me nor en cantidad que la expresaoa o..n la patente, ésta será válida únicamente por la canti­dad introducida, y su exceso no po­drá hacerse valer para otra introduc­ción. En las patentes mencionadas de­berá precisarse el número de bultos, de kilos ó de litros que se pretende introd uc ir. F.ÉLIX SALA ZAR J. Gerente. La Gtrencit~ dt Rmtas Reorganisadas RiSUELVK: Es obligación de to fa Agente de las Rentas atender al público diaria­mente. Cuando accidentalmente ten­ga que ausentarse de la localidad, deberá dejar un sustituto á su cargo y bajo su r esponsabilidad. Si la au­sencia fuere mayor de ocho días, de­berá solicitar la licencia del respecti­vo Superior, y en ese caso el sustituto d eberá tomar posesión ante la prime­ra autoridad política del lugar. Fiwc SALAZAR J. DECRETO )1.0 1562 DE 1906 (3 1 OE DICIEMOI\E) poo· el c ual se dis¡)onc In acuñación y c ir­cu lnc ión do 1110nct 11 cspcc:inl pnrn lns tran­sacc iones en lo s Laznrclos de la República. El Preúde nü: de la República de Colombia, En uso de sus facultades consti­lucionales, y CONSI OEJ\1\NOO: Que es urgente, co mo medida de policía é higie ne, e l hace r des­aparecer en cuanto sea posible los Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 356 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS peligros que trae co ns igo l a c irc u­lació n de los billetes nacionales en l os L azaretos de l a R epúbli ca, p e ­ligros que se aminoran considera-blemente usando moneda metáli ca para el servicio de esos Estableci­mientos, DECRETA : Art. 1.0 El Mini s tro d e Ha cien­da y T esoro procederá á hacer acu­ñar con los 1 ,6oo kilos de monedas d e níquel de antigua emis ió n que exis te n e n la Tesorería Gener a l de la Repúblicf, m o n edas del mismo metal que n o podrán c ircul ar s ino en los L aza r etos d e la República. Art. 2 . 0 Por l a Casa de 1\Io neda de esta ciudad se efec tuará la ::.c u ­ñación d e esta moneda e n In fo rma siguiente: a ) Piezas d e á S 1 o, con peso de 10 gramos y 28 milím etros de d iá­metro ; b) Piezas d e á $ 5, con peso de 5 g ramos y 23 milím etros de diáme­tro; e) Piezas de á $ 1, co n p eso de 2! g ramos ). 18 m11ímetros de d i á ­metro; Art. 3.0 L as monedas de que t ra ­ta el artículo an terior t e ndrá n la s iguiente leyenda ó in s¡;ripción : P or el anverso República de Co ­lombia- 19 o 7, y en e l cen tro, La­zareto; y p or el rever so la indi ca­ción de s u valor en números, la p a­labra peso ó pesos, según e l caso, y las inicia les P M en medio de una corona de la urel. Art. l1. 0 La acuñac ión se r epar-tirá así: 4oo kilos en monedas de á S 1 o; 4oo kilos en mo ned as de :i S 5, y 8oo ki los en monedas de á $ 1. A rt. 5.0 Por la Gobernación de Cu~dinamarca, en l o que ha ce rc­lactón a l Lazareto de Agua ele Dios, y por la au toridad que se d t.' tcrrni ­nará en casos aná logos, par·a los o t ros Lazaretos, se reglam enta rá el servicio del cambio e n esos Esta-blecim ien tos, de manera que se uti­li ce la moneda de níquel para los pagos dt: poca m o nta, y que a qu ellos que sean de copsid eradón se efec­túen por cheques que girará el jefe de la oficina de cambio cuando se tra t e d e cantidad es que deban pa­sar á poder de los enfermos. § 1.0 El reglamento que se dicte p o r la r espectiva a utoridad d eberá establecer· la manera como el Mi­nisterio d e H acienda y Tesoro haya de provee r a 1 r espectivo L azareto de la m oneda de níquel necesaria para sus transacciones . § 2.0 Dic h o r eglam ento no prin­cipiará ;\ regir s in la previa a pro­b ació n d e l Minis terio de Hacienda y Tesoro. Art. 6.0 L as cantid ades necesa­r ias para la ej ecución de este D e­creto se cons iderarán incluidas en el Presu puesto de Gas tos de la vi­gencia p róxima. A rt. 7· 0 Q u edan derogadas todas las disposiciones contrarias al pre­sen le! Decreto. Publíquese. D ado en Bogotá, á 3 1 de Diciem­bre de 1906. R. REYES. El Ministro de H acienda y Te­soro, T onÍA S V ALENZUELA. DECRETO N ° rs66 DE 1906 ( 3 1 OR OICIUIBRR) El Prnidmlt de la Rtpúólica, CONSIORRANOO: Que el D ecreto número 628, de 28 de Mayo último, dispone que desde e l rrimero de Enero p róximo enttoan ­te los Tenientes Pollticos de que tra. tan los art•culos 83 y 85 del Decreto 339 de 1905, ~ea n nombrados por los Rcrnatadort:s d e la R enta de Licores y que ~ean d~ car go de éstos e l pago de le" ~ueldos de dichos fun cionarios y el de su<> Secretarios ; y á la vez Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 357 por e l artic ulo 6. 0 d el mi.mo Oecrc. to se autorita á la Gerencia de Ren · tas para nombrar los T enientes Poli. ticos que hayan cie a ctuar e n los ca. sos de fraude á las demás R entas ReorganiZ"ldas, lo cual puede ocas10 nar en el futuro confu s i 1)n~s que dt: · ben evitarse, DECRETA: Artfculo único . Los Fun.:ionarios de instrucción que con sus S ec r e t, ríos corresponde nombrar á la G t: rencia d e Rentas y que debe n actu a r en los ca· sos de fraude á cualqui e ra de lns Rentas R ~o rganizadas á cargo cl el Baftco Central, serán denuminados Jueces de Rentas; inv(steselt-s d e toda la jurisdicción atribuída á los Tenien . tes Pollticos IJOr el Decreto 339 ya citado, y será de su .;argo conocer, activar y llevar hasta su termi nación t: n sentencia definitiva los juicios que ~e hallen pendientes en podc:r de los nc tua les Tenientes Pollticos, con t:xcep ción de los que hagan re ferencia á la Renta de Licores Nacionales. c uyo conocimiento correSIJonde :o los Tt: · nicntes Pollticos que los R c mntador cs de eHa Renta ti e ne n derecho :1 nom . brar . Comunfque,e y ¡Ju bl•qut:~c. Dado en B o got~. á 31 dt! Di ciem­bre de 1905. K Rf:.YES. El Minist ro de Hacien ia r r.-~oro· T ow .,., \ ' \:.b.NlUKLA DECRETO NUMEH.O ' o DE q¡u7 (4 DEENEI\U) por el cual se rcco. nocc la partit•ipao.: i ón d e los D c pnrtnrucnlos en el p1·oduetn d r In ' 1\cnt:IS 1'\co r~ani .tn dlllt. Bl Pr<•siclrnle de la JleptilJil"rCI d e r:otombia, En uso de s us facultades consti­tucionales, DI::CI\ETA: Articulo único. D.:sdc el tila 1.0 de Enero del cofl'ientc año, la par-licipación de los Departamentos en el producto de las Renta s Reorga­nizadas, será la siguiente para cada ffii'S: Antioquia ............. $ 14,238 19 Atlúnlico........ ......... 5,968 Buliv u·. ................ .... rl¡,973 So 13oyacá .............. ...... 4,292 o6 Cald as ...................... 7,340 73 Cauca ....................... 27,274 39l Cunrl inamarca......... 1 1,486 .: .. Di s trito Capital ....... 5·375 Gal¡j n ........................ 5·7 ' 5 sol Hu ila................ ....... 6,16~ 30 1\fa ~~alen a ............... . 6,o86 .. .. Nar1no .. . ................... 11 ,818 ... . Quesarla........ .... ...... s,6so ... . Santander ................ 12,1 og 32 T oli ma ........ ............ 1 2,972 .. .. Tundama ................. 3.007 g4 ~ · E ta partic ipación puede mo-difi carse de a c u e rd o con d produc­to efectivo de la<> R entas de que se cleriYe )'con el montode los gastos que su ' percepción demand e. §. L a partida que sea necesaria para atender á dicho ga tp se co n :. irlcr ará jucJulda en el Presupues­to ole Gasto:; de l a vigencia en C ll I"S1.•. Publlqucse. Dado en 13ogolá, á {¡ de Enero de 1!) 07. l\ . HEYES. El Mini stro de Hac ienda y Te-soro, T ouÍAS v .\Li;NZU ELA.. HI ~SO LU C lON N ° t.0 de 1907 ft!t;u·sltn"o d~ 1 !Jdouln y ./(soro.-&c­n'ón 1 •-R•wlo d~ Ilíuioula -Bogo­Id Entro J d~ 1907. Vi ~ to e l oficiv del !tcñor Ministro d~ Rela cion es l<:>.tcn un~~. d é fecha 17 d e : mes d t: D i ct e mh rc último, nú · mt•ro 7 589. en r¡u•~ ~omcle :\ la con· si Jeración tle c~t~ ~[ iní,ter i o la con- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 358 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS sulta que ha hecho el señor Cónsul de la República en Burdeos, sobre Timbre Nacional, y, teniendo en cuen­ta que no siendo los Cónsules los que expiden los pasaportes de que vienen provistos los extrafljeros que entran al país, de conformidad éon el De­creto número 38, de 14 de Julio de 1906, y que la función de estos Agen­tes Consulares, se limita á visar los pasaportes que traen esos extra nje ros; expedidos por autoridad es com­petentes, según consta del oficio á que se ha hecho referencia , tal ope­ración no puede considerarse como la expedición de un pasaporte, para los efectos de la estampilla de á S 5 rle que trata el Decreto número 909 de rgo5, sobre TIMBRE, SE RESUELVE: La firma que los Cónsules de la República, en el Exterior, deben po­ner á los pasaportes de los extranje­ros que vengan al país, de acuerd() con el Decreto número 38 de 1905. se considera como una legalizaci6n 6 autenticación de tales pasaportes. En consecuencia, llevará la estampilla correspondiente á esta última clase de diligencias, conforme á las dispo­siciones vigentes sobre Timbre Na· cional. Comuníquese y puhlír.¡uese. B. SANÍN ÜAN() NOTICIAS VARIAS. EXPEí'iDIO ESPECIAL DE BOGOTL Resumen general del mout'mt'ento de documentos en '90 6. Meses. Docu- Papel Valor en Totales en m en tos. moneda . Oro. papel moneda. Valor en oro. papel moneda. 1 Agosto ... 907 744 163 3 1.839,363 71t 628,987 17 94-738,080 71~ Septbre ... 1,070 904 166 40-788,833 01 236,350 58t 64-423,891 51 Octubre . 1,298 1,072 226 36.939.488 65t 231,623 79~ 60. 10!,868 15{- Novbre ... 1,305 1,059 246 39·752,208 19:\- 328,557 '47 72.607,922 89!- Dcbre .... r,o5 1 880 171 29.600.494 43 422,443 696 7 1.844,864 03 1\ E\' ALIOc\ CIONES. Del 17 al 31 de Diciembre de 1906 ( 12 días) fueron presentados para re­validar, á la Oficina de Expendio Especial de Bogotá: 3 document<'lS de valor indeterminado. 29 documentos de valor en oro ...... S 94,~56 99 S 9.435,699 p. m 346 documentos de valor en papel moneda ... S 17.278,077 So ---- Suma. 378 documentos. Velar total en papel moneda 8 26.713,776 80 Promedio diario de documentos ............... 3 1.5 Promedio diario de valores en oro ......... $ 7,863 o8 Promedio diario de valores en pa¡;t>l moneda ..... . . . Promedio tot::~l diario de valores en ¡;apel moneda.$ 5; 786,308 1.439,839 81 2.226,147 8 r Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS REJI\T AS REORGANIZADAS 359 TIMBRE NACIONAL. KOVIMIEN fO DE DOCUMENTOS EN DICIEMBRE DE J go6, EN LA OFICie\ A DE EXPENDIO ESPECIAL DE BOGOTÁ. VAL<))t EN VALOll Ell .FECHA. N.o P. M. ORO. PAPEL MONEDA. ORO. Dicbre. I.o 56 Documentos .... 47 9 t .036,220 25 7,196 38-} " 3 so ,, ········· 41 9 1.367,641 85 36,701 47! " 4 s6 " ......... 46 10 887,988 ... 32,178 55 " 5 52 " ......... 43 9 1.203,434 70 8,988 23 " 6 63 " ········· 44 19 1.525,664 1.5- 19,805 23 " 7 48 " ......... 43 5 1.623,6 12 6o 2,716 34 " ro 41 " ......... 35 6 1 .228,243 40 1o,66o 35t " 1 I 42 " 37 5 1.251,953 5,204 ... , 12 45 " 38 7 1.337,979 so 15,389 03 " 13 52 ,, 46 6 1.997,667 ... 4,889 24& " 14 48 " 41 7 2.053,338 43 4,249 07 , IS 61 " 52 9 1.488,10! 95 8,819 43 " 17 44 J) 33 I 1 1.913,675 75 17,369 or " 18 54 " ......... 48 6 1.416,794 9,691 44 " 19 31 " ... ··· ··· 29 2 !.574,590 75 5,118 32 ., 20 35 " 27 8 682,220 191,393 97 " 21 38 ,. ········· 31 7 924,623 $,725 I8 , 22 43 " 36 7 1.583,47-J. 2,909 86 " 24 36 , 34 2 6o6,899 20 11,000 " 26 21 " 20 433,210 20 98 77 " 27 24 , 19 5 444,719 so 2,455 476 " 28 31 " 25 6 1.088,640 ... 9:348 , 29 41 , 38 3 1.1 82,276 6o 2,357 " 31 39 , 27 12 747,526 6o 5,182 33 Sumas ...... 1,051 Docum. 88o 171 29.6o0,494 43 $ 422,443 696 = R E S U ~1 E N. 880 documentos por valor en papel moneda .. S 29.600,494 43 171 documentos por valor en oro .............$ 422.443 696 <¡.2.244,369 6o r,05 r documentos. Valor total en papel moneda ............ $ 71.844,864 03 ---- Promedio diario de documentos en papel moneda ........ 36 Promedio diario de documentos en oro .................. ~ . 7 Promedio total diario .......... ..... 43 Promedio diario de valores en papel moneda ............... S Promedio diario de valores en oro .. 00.00 ..... S 17 ,6o r 79 documentos 1.233.353 92 1.76o,1 79 ... Promedio total diario en papel moneda ... $ 2.993,532 92 Bogot:l., Diciembre 31 de 1906. • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 36o BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS ACTA NUMERO 16. En la ciudad de Bogotá, á las dos de la tarde del día ventiocho de Dici e m­bre de mil novecientos seis, r e unidos en el local de la L itografía Nacional, José Joaquln Pérez, como r epresentan­te del Ministe ri.:> de Hacienda y Teso­ro ; Enrique Greiffenstein, como re­presentante de la Gerencia de las R entas Reorganizadas, y Ramón Re­bolledo, como representante de la Di­rección de la Litografía Nacional, p rocedieron, e n cumplimiento de lo dispuesto en el D ecreto núme ro 1017 de 1906, á inhabilitar, recortán dolos, Jo¡ siguientes sellos de papel proceden­tes d e la Sección de Timbre Nacional: C1.ntidad. 1.040 6.2 26 176 52 5 3 137 20 275 41 15 4 94 23 4.66 1 104 1.023 892 2.420 1.987 I.I 68 2.4 8 7 105 1 1.478 5·572 3-457 3·973 37 1.9 11 1.5 36 187 4 35 6 1.212 Vigencia. Valor. 1903 y 1904 ... $ . 10.00 p. m. 1905 y 1906.. . 10.00 p. m. 1905 y 19o6... 0.30 p. m. 1903 y 1904··· o . 10 oro. 1905 y 1906... 0.20 oro. 1905 y 1906.. . 0.20 oro. 1905 y 1go6... 0.10 oro. 1905 y 1906 ... o .o6 oro. 19 05 y 19o6... 3.00 p. m. 1905 y 1go6.. . 0.10 oro. 1905 y 1go6.. . o.o6 oro. 1905 y 19 06.. . 0.20 oro. 19c ~ y 1906.. . 15.00 p. m. 1905 y Igo5 .. 0.10 oro. 1905 y 1906... 10.00 p. m. 1905 y 1906... o. 10 oro. 1905 y 1go6 .. . 3.00 oro. 1905 y 1906 o. 15 oro. 1905 y 1906... 3.00 p. m. 1905 y 1906... 10.00 p. m. 1905 y 1906... 15.00 p. m. 1905 y 1906... 0.20 oro. 1905 y 1906... 0.10 oro. 1905 y 1go6... 1 p. m 1905 y 1906.. . 2 p. m. 1905 y 1906... 3 p. m. 1905 y 1906.. . 4 p. m. 1905 y 1906... 6 p. m. 1905 Y 1906.. . 10 p. m. 1905 y 1906.. . 15 p. m. 1905 y 19o6... 10 p. m. 1905 y 1y06.. . 15 p. m. 1905 y 1906... 3 p. m. 1905 y 19o6.. . o.o6 oro. 1905 y 19o6.. . 0.20 oro. 1905 y 1906... 0.15 oro 829 1905 y 1906... 0.30 p. m 207 1905 y 1906 ... 0.10 oro. 76 2905 y 1906... 0.10 oro. 9 1905 y 1906.. . o. 10 oro. 3.632 1005 y 19o6.. . 0.10 oro. 2.000 1905 y 1906... 1.00 plata. 179 1905 y 19o6... 15.00 p. m. 2.43 1 1905 y 1905... o.6o p. m. Acto continuo pasaron á la Casa de Moneda á incinerar las siguientes es­tampillas, procede ntes de la Secció n de Timbre Nacional : Cantidad. Vigencia. Vnlor. 2 1903 á 1904.$ 1.00 p. m. 67 1905 á 1go6... 1.00 p. m. 346 11 , ... 3.00 p. m. 592 , , .. . 10.00 p. m. 2.219 , , ... 15.00 p.m. 8.300 , , 0.20 oro. 388 H , , .. . 10.00 p. m. 58 H ,. , ... 15.00 p. m. 34 , , t.OO p. m. 9 ., 11 • • • 0.20 oro. 12 , 11 o.so oro. 1,939 , , .. . o.o 1 oro. 2 ,. , 3.00 p. m. 1 , , .. . 15 .00 p. m. 6so , , o.os oro. 283 11 , 0.10 oro. 705 , , 0.20 oro. 783 , , o.so oro. 4 19 11 , 1.00 o r o. 83 11 , s.oo oro. 7 , 11 1.00 p. m. 26 11 11 3.00 p. m. 1 1 , 11 10.00 p. m. 189 11 11 15.00 p. m. 57 , , so.oo p. m. 7 , , 6o.oo p. m. 43 , , 100.00 p. m. 15 19o6á 1908 ... 0.01 oro. 1 1 , 11 0.05 oro. 4 , 11 0.10 oro. 14 , , 0.20 oro. 8 , ,, 0-40 oro. 3 1 , , o. so oro. 19 , , 1.00 oro. 20 , , 0.40 oro. S , ,. .. • 1.00 oro. En prueba de lo cu:1l firman ante testigos los que en ella intervinieron. Ramór1 Rebollulo-E. Grtijfmsluiz­J osé Joaquir~ Pirez-Testigo, José I. Gutiírrea- Testigo, Bmjamfn Rojos L. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 361 ACTA NÚMERO 17 En 1~ ciudad de Bogotá, á las nueve y med1a de la mañana del día cator­ce de Enero de mil novecientos siete reunidos en el local de la Casa d~ Moneda José Joaquín Pérez, como re­presentante del Ministerio de Hacien­da y Tesoro; Enrique Greiftenstein, como representante de la Gerencia de las Rentas Reorganizadas, y Ra­món Rebolledo, como representante de la Dirección de la Litograffa Na­cional, procedieron, en cumplimiento de lo dispuesto en e l Decreto número 1017 de 19os, á incinerar las sio-uien­tes estampillas procedentes de 1~ Sec­ción de Timbre Nacional. Cantidad. Vigencia. 1.283 H 1903 y 1904.$ so 1-I , , , .. . so 1-I , , , .. . so H 1897 y r898 .. 550 H " " " ... 5,779 H 1891 y 1892 .. 1,000 H 1899 y 1900 .. 2,ooo H , , , ... 10,423 H 1901 y 1902 .. 9,986 H 1903 y 1904 .. 3,782 H , , , 1,199 H , ,. , .. . 1,000 H , , , .. . 1,909 H 11 , , 104 H 11 , , 116 H 104 H IOH 17 H IOH 20,o4s H 7,2 12 H 1,392 H r,ooo H 1,ooo I-l " " " " " 11 ",. " " " " " " " " ,". " " " " " " 11 " " " " ,, .. ... 300 H 1901 y 1902 .. 36,800 H 1903 y 1904 ·· 4,6oo H 13,200 H 16,s42 H IS,997 H 14,426 H 23,117 H 28,000 I-1 27,964 H 31S " " " " " " " " " " " " " " " " 1) ", ", , 1893 y 1894 .. , , , .... Valor. 0.20 p. m. :>.so , 1.00 1.00 0.20 9·30 1.00 2.00 0.30 10.00 3.00 0.30 1.00 2.00 IS.OO 10.00 3.00 0.70 0.30 0.30 3.00 lO.uO 1$.00 2.00 1.00 " " " " 11 " 11 " " " " " " " " " " ", " 11 " 2.00 "11 3.00 " 10.00 " 1$.00 " 3.00 " 10.00 " 1$.00 ,, 0.70 plata 2.40 " 4·00 " 0.20 p. m. o.so " 92 2 16,100 4,270 1 r,68o 2,700 2,$41 790 3,900 I,SOO 2,044 srs 2,000 1,534 95 r,857 1,754 1,788 so 2,293 101 9 1,048 . 54 173 25 6 358 so 196 32,261 12,078 8,874 19,693 1,471 1.999 1,041 4,201 950 1,200 700 657 229 49,050 10,000 2$,900 17,400 2I,S43 2:t,733 26,939 12,$02 131,940 123,330 s,ooo 1903 y 1904 .. 19or y 1902 .. "" , .. ... ,, ,, ,, ... 1899 y 1900 .. , ", .... , 1J , ••• 1901 y 1902 .. , , , ... 1903 y 1904 .. , , ,, ... , , ,, , , ,, ,, '' ,, ... , ", ... " , ,, ,, '' •• o , ", .... . , , , •• o , " , " " , , " 1899 y 1900 .. 1901 y 1902 .. 1903 y 1904 .. 1905 y 1906 .. 1903 y 1904 .. 1905 y 1906 .. 1901 y 1902 .. 1903 y 1904 .. "" , ... " ,, " .. 1903 y 1904 .. ,, ,. ,, .... 1.00 p. m. 0.30 11 1.00 ,, 2.00 J1 0.30 , 1.00 ,, 2.00 " 0.30 , o.6o " 3.00 ,. 10.00. " 0.30 " 0.70 plata. 1.00 p. m. 1.00 " 2.40 plata. 3.00 p. m. 0.30 " 1.00 2,00 o.¡o 1.00 0.30 0.30 3.00 3.00 10.00 10.00 1.00 IS.OO 1$.00 3·00 1.00 J.OO " " " " " " 1) " " " " " " " 10.00 " " " " 1$.00 " , , , 0.30 plata. " ,, " 1 .00 , " " " 2.40 ,, " " ., 4.80 " " , , 3.00 , " " , 6.00 , ' 905 y 1906 .. so.oo p. lll. , , " . . . go.oo " " " " .. 100.00 " 1903 Y 1904.. LOO 11 , , , 3.00 11 " " " .. . 10.00 1J ,, , , , , " )J , , 11 ,, u n U H " , ,, 1901 y 1902 .. 1903 y 1904 .. 1$.00 I.OO 3.00 10.00 1$.00 11 1J " J1 2.00 "" 4.00 plata. 0.30 " Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS • • 3,417 .s,ooo 3.357 s,ooo 2,490 s,ooo 2,500 467 3.494 43 2,227 5,710 S44 304 28 89 so I JO 21 J6 93 JO so 53 2 4 4 1903 y 1904 .. " , " " , , " " " " JJ ., " " " " ,. 1899 y 19"0 0 .. rgo1 y 1902 .. " " ,, ... 1903 y 1904 ,. " " " .. . lgc>S y 19o6 .. " " " " ,, " " " " " " " " " JJ " " " " " JJ " " JJ " " ., " " 11 " " " " " " " " " " " " " " " " " . , " " ", " " " " " " " 0.70 plata. 1.10 ,. 2.40 2.00 " 4.80 " 3.00 p." m . 6.00 0.30 " 0.30 " " LOO 3 .00 " 10.00 " 0.01 or"o . o.os 0.10 " 0.20 " c. so " " I.OO s.oo " s.oo " o.so " JJ 0.20 JJ 0.10 o.os " " J.OO p. m. 1.00 1$.00 " 10.00 or"o . 0.20 1.00 " o.so " 0.10 " 0.20 " " 9 " " " 0.02 " 7 , , , 60.00 p. m. 1 ,. , , . . • 2.00 oro. J " " " .. • 0.40 " 13 H 1903 y 1904 .. 3.00 p. m. 38 H , , , ... 10.00 , 1 3 " " JJ .. • 1.00 " En prueba de lo cual firman ante testigos los que en ella intervinieron. José Joaquín Pérez.-E. Greiffmslein· Ramón R ebolledo.-Testigo, José I. Gtt­irerrez.- Testigo, Benjamín Rojas L. Expendio de especies timbradas. Rtpúb!t'ca de Colombia.-Mtin'slerz'o de Hadmday Ttsoro.-Ramo de Negocios guur a les .-Secdém I ."-Jll/Ímero I IÓ. Bogo/á, Emro 22 de .1907. SI'.~G erenle de las Rentas Reorganizadas. E. S. D. Tengo el honor de dar respuesta á su atenta comunicación número 1,284, de 16 del presente, en la cual solicita usted se r esuelva si podrán ponerse á cargo de mujeres los expendios de especies venales. Este Despacho resolvió lo que á continuación inserto : "Mim'slerio de Hadenday Tesoro.- Sec­ción z."- Ramo de Hacimda.- BogD­Iá, E11erq z8 de .1907. Manifiéstese a l Sr. Gerente de las Rentas Reorganizadas que el MiniS­terio no , ve inconveniente ninguno para que las mujeres puedan llenar las funciones que señala el Decreto 909 y demás disposiciones sobre Ti m- • bre Nacional, y que por consiguiente pueden expedir los certificados que se solicitan en tal semido. El Ministro, ToBÍAs V ALRNZUELA." Soy de usted atento servidor. El Subsecretario del Tesoro, encargado de la Subsecretaría de Hacienda, VALKNTÍN OssA. Nota sobre términos para denuncio de fábricas. República de Colombia.-Mzizisltrio de I:lacz'mday Ttsoro.-Ramo de Nego­cios gmerales. - Sección z."-Número 82.-.Bogolá, Enero r6 de .1907. Sr. Gerente de las Rentas Rcorganizadns. E. S. D. En respuesta al atento oficio de us­ted, número 12 5, de 1 o de los corrien­tes, manifiesto á u•ted quE: el Decreto número 1 499 no se ha expedido para ampliar término alguno, sino que por el contrario, el espíritu y letra de él ma­nifiestan claramente el deseo que abriga el Gobierno de fijar un térmi­no preciso para el perfeccionamiento de los expedientes, en los cuales se hayan practicado las diligencias de avalúo dentro del tiempo señalado Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 363 --- ---- -- -- por los Decretos vige ntes, especiaL mente el que fija el D ecreto número 63 r de rgos. De usted ate nto servidor El S absecretario del Tesoro, en­cargado de la Subsecretaría de Ha cienda. VALBNTÍN OssA. Telegrarna. Rep.ública de Co_lo~!lbl·a_.-Ttlégrafos N.:z­czonalu.- Mimslerro de Hacimda .Y 7esoro.-Bogolá, S de Enero de I907. Sr. Secretario General del Departamento de Boyacá.- Tunja . De acuerdo con e l parágrafo de l artículo 6.0 del Decreto vigente so-bre timbre, de la Resolución número 8 I de fecha 3 1 de Julio último, e l papel sellado cuya inscripción dice termina vigencia el 31 Diciembre de · ~· pue ~e emplearse en el pre. s_ente ano, m1entras no haya del e mi­tido de conformidad con el Decreto citado. Me r efiero á su telegrama de la fecha, últimamente citado, número 934· Servidor, e l Subsecretario de Ha­cienda, B. SANÍN CANO, INFORME DEL GERENTE DE 1\El'iTAS A LA ASAMBLEA GENERAL DE ACCIO!\ISTAS DEL BANCO CENTRAL, EN SU SESIÓN D E 1.0 DE FEBRERO DE 1907.· Sres. Miembros de la Asamblea General de Accionistas del Banco Central-P. En cumplimiento de una disposición de los Esta tutos d el Banco, trato de daros c uenta, en forma sintética, de la marcha seguida por las R entas que m aneja esta Gerencia en los seis meses terminados ayer, y del estado en que se encuentran en la fecha. Procuraré reducirme á una exposición numérica de Jos resultados obtenidos, ya que este procedim ien­to os deja en libertad para la deducción de las considerac iones que sean justas. Hoy m a neja l a Geren c ia las mi smas Rentas que á su cargo tenía en la fec ha en que os fue rendido el informe anterior sobre la organiza­ción de ellas, y se le lw confiado además el manejo del cañonero f/ér­cules y de la Casa d e Mon e'da de esta ci udad. Renta d e Licores nacionales. Los r e mates ve rifi cados en los meses de .\ gosto á Octubre d e l año pasado, en esta ci uda d y en las de Popayán y Pasto, del arrendamiento de esta 1\enta en la República por un período de dos 3ños contados des­de el dí a primero de Enero pasado, dieron un resultado tan satisfactO·­rio que s uperó á las esperanzas concebidas ~ob re él. Gente escogida entre lo más serio, l o m ás rico y lo más honor3b1e del país vino de to dos los Departamentos á co nc urrir á los rem ates. Después de interesa nte lucha entre los proponentes y de a lgunas cesio- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 36-4 BOLETIN DE LAS RE:\TAS REORGANIZADAS nes entre los adjurficatarios, vino á queda r la I\enta de Licores en ma­nos d e los s iguie ntes a rrendatarios, por el prec io mensual que se anota: E n ALi á ntico y B olíva r. De Cllrnaco Mejfa, por .... $ 30,0 12 En 1\Iagdal e n a . D el mi s mo, po r................................ 7 , r4o En Hui la . D el mis mo, por...................................... .. 6 ,233 22 En T o lima. D el mi s m o, p or........................................ r6, 330 20 En lloyac r i m~ro del pasado Enero esta R enta en el Canea, en donde estaba arrendada por cuenta del Departamento sólo falta por reci~ir la Rent_a en el ant_iguo Departamento de Antioq~ia, en donde el Gob1emo seccwnal la t1ene arrendada hasta terminar el a lío eu curso. Scgt'ln el nuevo remate, y comparando el precio que la Renta tenía en el último mes de Diciembre con el que hoy ti ene, el Fisco ha adqui­rido por ella el aumento en sus entradas mensuales qnc c;c ex presa: En Bolívar y Atlántico ..................................................... $ 3,712 En 1\Iagdalena........... ........ .... ................... ... ...... ........ .......... 2, 140 En Tolima............................................................................. 6ro 20 Huila..................................................................................... 2,733 22 Boyac¡\ y Tundama.................. ............ ..... .......................... r ,ooo En el Dis trito Capita l .Y Quesada ................................. ...... : 4,26l~ En el Te rrritor io del .Meta.... ................................ ........ ...... 1,495 En las di versas secciones que formabaQ anteriormente el Departamento del Cauca ......................................................... 1 r ,3l13 So Suma el aumento mensual del rendimi ento de la n enta.$ 27,298 22 En Jos seis meses últimos el producto de ella ha sido el siguiente : EnBolívar ................................ ............... ....................... $ 79, 170 55 En Atlá ntico ........... ..... ...... ................................................ 30,939 91 En 1\Iagdalena ........ ................. ..... ...... - .............. ............... :. 24,39[~ En Tolima................................................ ....... .... ..... ... ........ 78,6oo En Huila............................................................................. ro.245 43 En Boyacá y Tundama....................... .. ... ......................... 36,392 73 En Quesada y el Distri to Capita l.................................... 38,264 99 En Santa nder y Galán ..... .. ...... ............. .. ........................... 30,200 .... En Cundinamarca......................... ... .................. ..... .. ....... 42,629 99 En el l\l ct a.............................................. .. .......................... 5,o46 45 Este producto ha sido por recaudo del Yalor del a rr<'ndamiento de la Renta. Aunque la Gerencia ha procurado, haciendo uso de todos los r e­cursos de que ba podido disponH, hacer efectivo en su totalidad el va­lor de Jos arrendamientos, todavía a lgunos rcmataclores tienen á su car­go saldos por cuenta de éstos, los cuales la Gerencia se promete recau­dar en breve tiempo, haciendo en caso necesario el cobro de ellos por la vía ejecutiva. . . . . L a rebaja qne en los precros del arrendamiento )uzo el Gobteroo á los dueños de la R enta en el Huila y en el Distrito Capital y Quesada, se elevó á un treinta por ciento del valor del remate r espectivo. A la Compañ(a Cundinamarqucsa, po1· contrato de que aún no tie­ne conocimiento oficial esta Gerencia, ha sido también rebajada por el Gobierno la suma de sesenta mil pesos oro, la cnal habría de descontar­se del saldo que rlebe la Compañ(a. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 366 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS La Renta en los Departamentos de Santander y Galán, que el pri­mero de Agosto estaba administrándose directamente por este Despacho, fue arrendada al Sr. Joaquín Angel H. desde aquella fecha hasta el 31 de Diciembre último, por la suma de$ 30,200 oro, durante dicho lapso. Al Sr. Angel le fueron vendidas todas las existencias y los a paratos y enseres que la Gerencia poseía por haberle tomado á los Rematadotes anteriores. El pago de los arrendamientos de la Renta en el n uevo período, que debe verificarse por mensualidades anticipadas, se hizo con toda puntualidad en lo correspondiente á la mensualidad de Enero, con excepción del del arrendamiento de la R en ta· en Boyacáy Tundama, cuyo valor íntegro, $ 7,ooo, aún adeuda el Sr. Pedro Martín Páez ; en Que­sada, del que el Sr. Jesús M. Tobón adeuda la totalidad, $ 4,roo, y del Distrito Capital, cuyo cesionario, Sr. Roberto Tobón, sólo ha consignado la suma de $ 4,ooo, por cuenta del valor del arr endamiento que vale $ 1o,65o. Por cuenta del nuevo remate de la Renta se ha recaudado la suma de$ 107,772- 20 oro, que sumada con la de$ 375,884-05 recaudada por cuenta del. período anterior, según se detalló arriba, da un total de $ 483,656-25, que fue el producto de esa Renta en el semestre. Queda definitivamente asegurada la organización de la Renta de Licores nacionales en toda la República. Su importancia para la Nación se desprende de las cifras con que arriba se anotó su rendimiento. Renta de Licores Extranjeros. Con excepción del Departamento de Antioquia, en donde esta Renta está rematada con la de Licores nacionales, en todo el país continúa manejada por esta Gerencia, y .sus resultados son muy satisfactorios. El producto líquido de eila en el semestre pasado fue el siguiente: En Magdalena, Bolívar y Atlántico ............................ $ 7.913 x4 En el Distrito Capital, Cundinamarca y Quesada. ....... 92.842 48 En Santander y Galán. ........................... ......................... 3·930 58 En Cauca ..... ,......................................................... ............ 6.27 r 20 En Naril1o................... .................. .................................. 2.792 37 En Tolima y Huila..... ............................... .. .................. 542 75 Suma ............ $ 114.292 52 Si se compara este r endimiento con el obtenido en los seis meses anteriores (Febrero á Julio de 1 go6), se encuentra un aumento de $ 29.129-85, resultado de la organización dada á la Renta y del esmero que ponen los Agentes en evitar los contraba ndos. Y debe tenerse en cuenta que en el producto de !u Renta en esos primeros seis meses, estuvo com­prendido el valor de las existencias de licores extranjeros q ue la Geren­cia poseía y que vendió á los rematad ores. Sería mucho mayor el aumento si las costas y las fronteras de una buena parte de la República no fueran puerta casi abierta á las introducciones fraudulentas, para disminuir las cuales se hacen esfuerzos inauditos, aunque con poco éxi to. El Dr. Rufino Gutiérrez, Administrador General de las Rentas á cargo de esta Gerencia, se encuentra en la actualidad en comisión espe- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 367 ---- cial del Gobierno en la Costa Atlántica, estudiando los origenes del con­t rabando, y la manera como se pueda amenguar sus maléficos efectos ó cortar el mal de raíz. De lá labor del D:f. Gutiérrez no puedo daros cuenta todavía, pero sí puede asegurarse, si se tienen en cuenta su energía y sus dotes organizadoms, que habrán ele ser inmensos los bienes que ella traiga al pafs, al Gobierno y al Banco. Renta de Cigarrillos. La elaboración de cigarrillos en la República es una industria que cada dia va adquiriendo mayor importancia. La importación del artículo ha venido también en aumento. Y a unque la Renta sobre ella suele me­noscabarse por el daño que !os contrabandistas le ocasi(Jn3n, sus produc­tos han sido en el semestre muy satisfactorios. Por valor del impuesto sobre la introducción y sobre la elaboración de cigarrillos, á las Cajas de la Gerencia ha entrado la suma de $ 200.768 90 en el semestre. Renta de Fósforos. El producto del impuesto sobre la introducción de fósforos ha pro­ducido en el semestre la suma de $ 95.723- ro. Por impuesto sobre su fabricación sólo se ha cobrado una mínima parte de la suma anterior, pues es &sta una industria casi nula. Renta de Tabaco. Esta Renta está lejos de tener la importancia que le está reservada. La circunstancia ~de ser es te un país tan apropiado en S';~ mayor extensión para el cultivo de la planta, y de ser gran consumtdor del articulo, hacen que la industria tabaquera esté llamada á ocupar puesto importante entre todas las industrias nacionales. Los libros de la Gerencia registran el siguiente producto en el semestre: Antioquia y Caldas ................... ..................... .... ............ $ rog.848 ... . Bolívar, Magdalena y Atlántico............. ........................ r25.648 61 Cauca............. ......... .. .................................................... ..... 33.639 32 Nariño............. ...... ..................... .............................. ....... 3·120 Sr Santander y Galán........................... .................... ............ 7·370 Tolima y 1-I uila............ .................................................... 23.799 77 Cundinamarca, Quesada y Distrito Capital.................... 20.595 ~ Suma ........ $ 324.021 63 La mayor p arte de esta suma corresponde al valot· d el impucstó cobrado sobre el tabaco de producción nac~onal. .Y ~s de hacerse notar que la introducción de este artículo ha vemdo chsm10n_ycndo, y que Ja mayor parle del tabaco cx:ranjero viene en forma de ptcadura para su elaboración en el país. Renta de Pieles. A partir del r. 0 d~ Enero último tiene el Banco reci?ida esta Ren· ta en toda Ja Nación, por haber ter·minado el día antenor el arrenda­miento que había hecho de ella el Departamento del Cauca, y el que el Banco había hecho de la de Degüello en los de Boyacá y Tundama. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. .. ~ . 368 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS Sigue la Renta manejada por nues tros Agentes con su ma habilidad y escrup ul osiciad. Las condicion es en que son despachados a l Exterior los c ueros, hacen que en los m ercados obtengan precios excelentes. Las cuentas de venta rec-ibidas en el semestre a rrojan un r es ultado que se h a mantenido a l rededor de $ 4-50 oro por cada cuero, como producto lfquido, deducidos todos los gastos desde su sa lida de nuestros puertos marítimos. Las casas á c uya consignación se h an remitido c ueros han s ido las siguientes: En Nueva York, G. Amsinck& C. 0 , Camacho Roldán & Van Sickel y The Uniled States L eat her Co., en H amburgo, Aepli & C. 0 ; en Londres, Credit Lyonnais; Cortés, Comercial & Banking Co, y Scriven Brothers; y en Amberes, Carlos Nauts & Ehrhardt. Bu e nas ventas han consegu ido para este artícul o las men c ionadas casas. Y de acuerdo con l as altas ó bajas del mercado y con los resulta ­dos que en las ventas han o btenido, se l es han distribuido las remesas. Todas estas casas van pasando 3. los agentes del Banco en las plazas respecli\•as e l valor de las ventas, t an pronto como éstas se nrifican. · Habi éndose efectuado recientemente alguna baja en lbs p recios de los mercados de Ila mburgo y Lonclres, se h a aument ado el número de las pieles despachadas para los Estados Unidos, que es hoy el mejor mercado para ellas. Por contrato co n la Compaiifa Colombiana de Seguros, ésta ase­gura todas las pieles que forman la Renta, desde el momento en que se embarcan en cualquier puerto fluvial ó m arltimo, al precio de $ 4-50 oro americano cada una. Sobre este valor cobra la Compañía la rata del un o y medio por c ie nt o. D e algunas p.érdidas de cuer os en los va­pores de alta mar, .Y de averías verificadas en Jos mismos, ha respo ndido ya la Compaiiía, la cual cumpl o rigurosamente su contrato. Una buena cantid ad de l as piel es que produce el país son consu­midas por la industria nacional, para la cual en el semestre se han ven­dido ~5,403 cueros p or valor de$ 91;562. En el mismo lapso de tiempo se han exportado 1!)1 ,?.38 pieles, de !a venta de las cuales se han recioido cuentas por 10 2,483 pie les, fallando por saberse e l resultado de l a wnta d e 48,755 pie les. El resultado de l as cuentas de venta recibidas se d escompone así: De Antiocruia y Caldas, 1!~,1 27 pieles, por valor eJe S 65,646 3ó De Cundinamarca, Quesada y e l Di strito Capital, 17,884 pieles, por valor de .... .............. . ...... ............... .......... . D e Nariiio, 4,217 pieles, por valor de ............ .......... .. De Santancler y Galán, 27,33/¡ pieles, por valor de ... . De Tolima y IIuila, rlt ,5l1 1 pieles, por valor de ...... .. D e BoHvar y Magdalena, 2/1,380 pieles, por valor de 80,308 22 rG,707 42 125,646 24 67,762 88 10 3,917 2 9 Suman ........................ T0 2,l183 pteles, por valor de$ 45g,g88 35 Las cuentas d e venta d e las 1, 8,755 pieles que no se han rectbido, deben estar próximas á ll egar e n s u mayor parte, y s u producto se pue­d e calcular en unos S 20o,ooo o ro. Los gastos de r ecolección, preparación, transporte hasta los puer­tos marlt tmos y embarque de l as pteles, han ascendido en el semestre á la suma d e$ J64 ,8t, t,-9'•· Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 369 ----- Renta de Timbre Nacional. La Renta de Timbre Nacional, que es tá á cargo de la Gerencia desde el 15 de Mayo del año pasado, se maneja por los mismos em­pleados encargados de las otras Rentas, quienes por razón de esta carga devengan del tres al ocho por ciento del valor de las ven tas que verifican, según la localidarl. Por la dificultad de administrarla di­rectamente en el Territorio d~l ~1eta y la Provincia de Casaoare, se ha celebrado un ~ontrato de adr~llmslrac1ón en ~q u ell as regiones con el Sr. Pedro~- .Mulis, pues no t~nie ndo la Gerencn1 Agentes en ellas, y sí mu­chas fac1hdades el Sr. Mut1s, esta es la forma más económica y conve­niente del manejo de la Renta. ~n el tie~po en que la Ren la ha estado á cargo d~l Banco se han vend t~ o espectes por valor ele $ 169,522-58 oro. Las especies emitidas de vemte años á esta parte que estaban en circulación, se han reco..,.ido y anulado, incinerando 2.593,349 estampillas y recortando el sello á 3~6,921 hojas de papel. El valor total de los gastos habidos en esta R enta asciende á la suma de$ 1.9,254-28, ,10cluso .el de los gastos de instalación que fue­ron necesanamente muy cuantwsos. El valor de las especies recibidas hasta ahora por el Banco sube á $ 3·956,228-57 oro. Se han anulado por valor de ..... ...................... $ 1 .g85,272 4o Las ventas han producido................................ 169,522 58 Queda un saldo po1' valor........................ ... ....... r.8 o1,l~33 59 que representa la existencia en poder de la Sección de Timbre, de los Administradores de las Rentas y de los Consulados. · La suma que el Gobierno pagaba por sueldos de los empleados de esta Renta y g as tos de locales, etc., excede en mucho á la que hoy paga el Danco por su cuenta¡ y el producto de la Renta, que en el año ante­rior á aquel en que ésta fue con fiada al Banco fne por término medio de $ 15,441-27, y h oy es de$ 27,659-!16 mensuales, casi se ha duplicado, demostrando el acierto con que el Gobierno procedió al dar al Banco el m~nejo de la Renta de Timbre. Renta de Sal marina. El producto líquido de esta Renta en el tiempo á que este inf?rme se refiere, ha sido por valor d~ $ 1g8,2l¡2-or oro, que da un promeclto de $ 33,040-33 oro mensuales hbres. . . . Es visible el aumento que en sus ren chmtcntos Ya temendo esta Renta, y no es aventurado aGrmar que és te S('g uirá. c reciendo proq-r?­si\' amente, ya que )as dificullacJcs con que S~ ~rop ezo en UO. P.nn ctptO fueron vencidas, y que la pr·áctica ha permttido el cs tabl ccun~ento de una organización muy satis fa c toria. . La sal que hay en los a lmacenes de nuestros agentes es s uficiente para las necesidades actu ales del mercado. Y ya ha comenzado á explo­tarse la cosecha ele las Salin as, la que se sabrá aprovechar para asegurar la exis tencia del artículo para algún tiempo. . . En su viaje por los Departamentos de la Costa el ~r. Admtntstr~ ­dor General de las I\entas ha consagrado especial atención á la orgaot- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 370 7 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS zación completa d e este Ramo, y ha cel ebrado a l efecto p r ovec hosos contratos p a ra l a explo tación de algunas Salinas, p ara e l tran sporte de l a s al, etc. El co ntraba n do, que t enía minad o el val or d e es ta R enta, ha dis­minuido co n sid er a b lem ente, si no p or completo. La ac tividad y l a vi­gil ancia d e nues tros agentes ha s ido muy lo able y h a p rod uc ido muy bue­nos r es ul ta dos . En meses anteri or es fu e desc ubierto .Y aprehendido en Cartagena un contraba ndo d e cerca de dos mil s acos de sal, e l cual exis­tía · oc ulto d esde muc ho ti empo a ntes d e en ca rgar se e l llaneo de la a dmi­nis tració n d e l as Salinas. Minas. P or las de San tana y L a Manta en t r ó á las Caj as de la Ger encia la suma de dos m il li bras esterlinas (f. 2,ooo ), va lor d el a r re nd a mi ento d e ella s en una a nualidad que se c uenta d esde el 17 de Octubre ú ltimo, fec ha en la c ua l fu e pagado pu n t ua lm ente por el arr endatario. P or las de Marmato y S upía n o se h a r eci bi do suma alguna, de­biendo ya el arrendatario el valor de un a ño d el a rren damien to, ó sea la suma de tr es mil d oscien tas li b r as este rlin as($ 1&, ooo), c u yo cobro h a o rden ad o el Min isterio de Haciend a se s uspenda. Derechos tle P n e1·to. Los derechos co m prcnd iclos bajo esta denominación han p rod ucido en el semestre la suma d e $ Go.5:.! r - 14 oro americano. Det·echos d e exportaci ó n . Por esta causa !tan entrado $ 21,582 - 69 e n los seis meses en refl'­r en cia, de la c ua l suma la mayor pa r te corresponde á lo cobr ado p or exportación de metales preciosos. Pesca d e perlas. L a Junta Directiva del Banco tie ne en elaboración u n pliego de cargos ll amando á l icitac ión para contratar e l arrendamiento de esta R enta. Esta li citación se verifica por no h aberse encon trado bien sa tis­fac t ori as las propuestas que a lgunas pe rson as ha n hecho para encar gar­se de la Renla. Casa nto del Cauca, créa ~e e l puesto de Ins­pector de tal contrato. y nómbrase para desempe íiarlo al ~ r. César Pra · do, quien gozará de una asignación mensual de $ 50. Comuníquese y publíquese. Dado en M~driJ, á 20 de Enero .le 1907. R. REYES El Ministro de Hacienda y T esoro, TosÍAs V ALENZUKLA RESOLUCION N.0 107 DE 1907 Minisltno de Gobierno- Stco'fm I: Visto el t~l e g rama de l Gobernador del Cauca, dirig ido al Mini :. terio de H acienda con fecha 17 de l pr e se nte me~, por medio clel cual se soli cita : 1.0 Que se diga á qué Colonia Pe ­nal deben r e rnitir>e los indi viduos con . denados por fraude á la Renta de Li cores; 2 .0 Que se expr ese que tan sólo se e nvia ran ~ la Colonia destinada al e fecto la!. rersonas que hayan sido condenad as por más de dos meses; y 3.0 Que se dis1•onga que el gasto de cond ucción se haga de los fondos nacionales, y CONS I IJKRM~ l)O : • Que por e l a rtículo 1 •0 del D ecreto número 9 de 1905, ratiflcado por la Ley 8 del rni>mo año, se destinó un Jugar en la región que baña e l do Pu. tumayo para q ue >i n ·a de Colonia Pe­nal y l\lilita r (, los reos condenados por de litos comunes y por infracción de las disposiciones fiscales y de Po­licia en los Departamentos del Cauca y Nariffo; Que hoy existe debidamente orga­nizada en la ciudad de Mocoa la Co­lonia Militar creada por Decreto nú • mero 316 de 1906; Que por disposición del artículo 65 del Decreto número 339 de 1905, las penas de arresto que se impongan á los defraudadores de la Renta de Li­cores clehen cumplirse en las Colonias Penales que el Gobierno designe ; Que cuando la pena de arresto im­puesta ñ un defraudador no pase de seis meses debe hacerse efectiva en el lugar del juicio ó á lo menos lo más cerca posible de éste, á virtud de las· disposiciones generales sobre Proce­dimiento Criminal, y también para evitar los ingentes gastos que ocasio­nada la traslaci6n de muchos reos á lugares distantes, sin resultados prác­ticos por la corta permanencia de aquéllos en la respectiva Colonia; y Que el inciso 6.0 del artfculo 149 de la Ley 61 de 1905, hace de parte de los D epartamentos la conducción de los reos y sindicados, SR RRSUELV&: Los sentenciados á que se r e fi e re el Sr. Gobernndor del Cauca, que ha­yan sido condenados á la pena de arres.to ror más de seis meses, lo mis­mo que aquellos que en lo sucesivo se hallaren en iguales C'ircunstancias, se­rán enviados á la Colonia Militar de · hlocoa. Los gastos de conducción sólo se harán con fondos nacionales desde que los reos hayan quedado bajo la derendencia del Ministerio de Guerra. En consecue ncia, y para los efectos del artfculo 38 de l Decreto número 624 de 1906, el Gobernador del Cau· ca pondrá tales sentenciados en opor· tunidad á disposición del referido Mi· niste rio. Comuníquese y publíquese. Dada en Bogotá, á 22 de Enero de 19 07. El Mini stro, D. Eucuo&s o& ANGULO Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.

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Boletín de las Nuevas Rentas - N. 9

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Boletín de la Sociedad de Ciencias Naturales del Instituto de la Salle

Por: Hermano Apolinar María |

El “Boletín de la Sociedad de Ciencias Naturales del Instituto de la Salle” se fundó en el año de 1912 por el Hermano Apolinar María (Nicolás Seiller) quién ejerció como rector del instituto entre los años de 1910 y 1914 y funcionó como su órgano divulgativo oficial. Esta sociedad sería la antecesora de la Academia de ciencias exactas físicas y naturales de Colombia. En el “Boletín” se registraban todos los aspectos administrativos de la Sociedad Científica y se exponían nuevos temas de estudio respecto a botánica, mineralogía, zoología industrial, agrícola y demás; estaba ligado también con las actividades y exposiciones del Museo de Ciencia Natural de la Salle por medio de la publicación de catálogos explicativos, programación e informes de las especies ingresadas a las colecciones de dicha institución. La publicación se financió gracias a ayudas estatales por parte de senadores y representantes como Miguel Abadía Méndez y José Vicente Concha. El “Boletín” circuló desde el 1 de febrero de 1913 hasta el mes de mayo de 1933 con la publicación del tomo número IV.
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Boletín de la Sociedad de Ciencias Naturales del Instituto de la Salle - Año III N. 8

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El pájaro de los mil cantos

Por: Lizardo Carvajal | Fecha: 2015

Esta maravillosa historia llevará al lector tras el rastro de un misterioso pájaro capaz de imitar a todas las otras aves. En este recorrido, el lector descubrirá los más extraordinarios pájaros. Pero, ¿logrará al fin encontrar al Pájaro de los Mil Cantos? ¿Estás dispuesto a intentarlo? Solo necesitas afinar el oído con el compás de tu corazón. Ganador del Premio Crea Digital 2014.
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Hábitos atómicos

Por: James Clear | Fecha: 2020

MÁS DE 200.000 EJEMPLARES VENDIDOS EN ESPAÑA. MÁS DE 15 MILLONES DE EJEMPLARES VENDIDOS EN TODO EL MUNDO. «Sumamente práctico y útil.» MARK MANSON, autor de El sutil arte de que (casi todo) te importe una mi*rda «Paso a paso, cambiará tu rutina.» Financial Times A menudo pensamos que para cambiar de vida tenemos que pensar en hacer cambios grandes. Nada más lejos de la realidad. Según el reconocido experto en hábitos James Clear, el cambio real proviene del resultado de cientos de pequeñas decisiones: hacer dos flexiones al día, levantarse cinco minutos antes o hacer una corta llamada telefónica. Clear llama a estas decisiones "hábitos atómicos": tan pequeños como una partícula, pero tan poderosos como un tsunami. En este libro innovador nos revela exactamente cómo esos cambios minúsculos pueden crecer hasta llegar a cambiar nuestra carrera profesional, nuestras relaciones y todos los aspectos de nuestra vida. «De mis libros favoritos de todos los tiempos.» ARIANNA HUFFINGTON, fundadora de The Huffington Post «Un discurso que se apoya en bases científicas, manual de instrucciones para implantar cambios a nuestro favor.» IMA SANCHÍS, La Vanguardia  «Te harás fan.» CECILIA MÚZQUIZ, directora de Cosmopolitan «Demuestra que cualquier meta está al alcance de la mano, siempre y cuando empecemos desde lo más simple.» ABC Bienestar «Profundiza en todos aquellos aspectos necesarios para llevar una vida ordenada, productiva y orientada a disfrutar de los procesos, no solo de los resultados.»Xataka
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Satanás (Novela gráfica)

Por: Mario Mendoza | Fecha: 2018

El escritor Mario Mendoza incursiona en la novela gráfica con un guion de su autoría de su novela más exitosa: Satanás. Lo hace de la mano del talentoso Keco Olano, quien se encargó de ilustrar la historia de Campo Elías Delgado, el veterano de Vietnam que mató a casi una treintena de personas en diferentes lugares de Bogotá. La capital colombiana cobra vida y se vuelve protagonista del relato porque es el lúgubre escenario en el que el mal entreteje el destino del asesino con el de un sacerdote exorcista, un pintor que plasma sus extrañas visiones proféticas en sus cuadros y una 'tomasera', una mujer que utiliza sus encantos para seducir hombres en los bares, drogarlos y robarlos. Este es el abreboca del nuevo camino que tomará Mario, quien a partir de 2020 se concentrará en la publicación de una trilogía de novelas gráficas titulada El fin de los tiempos.

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Diario del fin del mundo

Por: Mario Mendoza | Fecha: 2018

El escritor Mario Mendoza recibe un mensaje de un viejo amigo de universidad: Daniel Klein. Entre ambos evocarán una juventud impetuosa en la cual compartieron el amor de una misma mujer:Carmen Andreu. La inusual vida de Carmen, su adicción a las drogas, su estadía en una secta religiosa, su nomadismo como fotógrafa de paisajes desérticos, sus secretos trabajos como modelo de películas porno, serán tanto para Daniel como para Mario muy difíciles de asimilar.En algún momento de la narración, Daniel le pide a Mario que lo ayude a ir tras las huellas de su padre, un alemán que ha vivido camuflado en Bogotá intentando no llamar la atención. Las investigaciones los conducirán a ambos a un pasado siniestro e infernal:torturas, genocidios, rituales religiosos de traslación de niveles de energía, macabros experimentos en medio de la guerra.Finalmente, el detective Frank Molina, que viene de novelas como Lady Masacre y La melancolía de los feos, encontrará, después de seguirlo durante varios días por el centro de Bogotá, en un callejón escondido, a esta especie de vampiro perverso y criminal.Unas anotaciones apocalípticas en una libreta cierran esta novela que pretende descifrar nuestra época y anticipar el temible tiempo que se nos avecina.
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Cuentos pintados

Por: Rafael Pombo | Fecha: 2010

El poeta Rafael Pombo vivió en New York, con algunas interrupciones entre 1855 y 1872. Ocupó al comienzo el cargo de la Legación de Colombia ante los Estados Unidos, que perdió en febrero de 1862, cuando el embajador, Pedro Alcántara Herrán, fue destituido por su suegro Tomás Cipriano de Mosquera. Pombo se quedó en Nueva York, ""posteriormente escribe y adapta fábulas y cuentos que edita la Casa Apletton de New York. Fueron los dos libros, Cuentos pintados y Cuentos morales para niños formales que aparecieron en 1867 y 1869.
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A pesar de todo

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Celestino Patente, el criptozoólogo

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Changó, el gran putas

Por: Manuel Zapata Olivella | Fecha: 2010

Manuel Zapata Olivella nació en Lorica, Córdoba, 1920, y murió en Bogotá en 2004. Muy niño llegó a Cartagena. Fue médico, antropólogo, folclorista y escritor. En los años sesenta y setenta dirigió la revista "Letras Nacionales". Durante veinte años investigó para su novela central "Changó, el gran putas", cuya solución poética encontró luego de pasar una noche desnudo en una de las oscuras y sofocantes bóvedas de la fortaleza de la isla Goré, prisión de Senegal en la cual eran recluidos los africanos cazados, antes de su traslado en barcos al Nuevo Mundo. Esta novela y gran epopeya es un inmenso fresco que cubre quinientos años de historia, para la cual Zapata recurrió a lo que denominó "realismo mítico". Da cuenta de los dioses tutelares y cosmovisión de la religión yoruba, incorpora proverbios, trabalenguas, cuentos de hadas y canciones de la tradición africana. Recorre las hazañas de los héroes negros en las revoluciones americanas. Zapata demuestra que los negros nunca impusieron nada a nadie, más bien contagiaron su baile, sensualidad, comida, lenguaje. El profesor Darío Henao Restrepo, en el prólogo, explica la concepción subyacente a esta obra: "El principio filosófico del muntu, que rige su elaboración poética, implica una connotación del hombre que incluye a los vivos y difuentos, así como animales, vegetales, minerales y cosas que le sirven. Se trata de una fuerza espiritual que une en un solo nudo al hombre con su ascendencia y descendencia, inmersos en el universo presente, pasado y futuro".
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Changó, el gran putas

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Cosa de niños

Por: Pri Ferrari | Fecha: 2018

¿Qué es cosa de niños? Hay niños que sueñan con ser superhéroes, futbolistas o astronautas. Otros quieren ser estrellas de rock y viajar por el mundo cantando para las multitudes. Pero todos ellos también pueden querer jugar con muñecas, cocinar recetas deliciosas y tomar clases de baile. Muchos niños crecen oyendo que no deben actuar ni sentir de la misma manera que las niñas. ¿Por qué será que pasan estas cosas? Este libro es para todos los que creen que es importante tener libertad para hacer de la vida todo lo que se desea.
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La dicha de la palabra dicha

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La melancolía de los feos

Por: Mario Mendoza | Fecha: 2021

León Soler es un psiquiatra soltero y sin hijos que se acerca a los cuarenta años y sigue atrapado en una rutina carente de brillo. Vive obsesionado con su profesión, hasta que una mañana recibe una extraña carta en su consultorio. Va sin remitente y tiene el dibujo de un murciélago que sostiene un letrero con el mismo término que usó el artista Durero en su famoso grabado: Melancolía. El contenido de esa y futuras correspondencias sacudirán a Soler, lo llevarán al pasado de su niñez y lo moverán emocionalmente en el presente para tratar de encontrar a su viejo amigo, Alfonso Rivas, un hombre deforme, enano y jorobado que le ha devuelto, sin saberlo, el favor más grande: salvarlo del extravío como solo un navegante es capaz de encontrarse a sí mismo mientras sortea la furia de los océanos.
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La melancolía de los feos

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El Edificio

Por: Jairo Buitrago | Fecha: 2015

El edificio es una novela gráfica que cuenta la historia del señor Levin, un relojero llega a Bogotá a principios de los años a treinta que se instala en un edificio localizado en el barrio La Favorita, en las inmediaciones de la Estación de La Sabana. Durante años, Levin arregla relojes y ve pasar el tiempo en su propia vida, en la vida de su vecina, la señora Blanca, y en la vida de su barrio, que va deteriorándose inexorablemente. Un día, Iván, el niño del segundo piso, encuentra una familia de ratoncitos y les encuentra un inesperado hogar, juntando así los destinos de Levin, la señora Blanca y de Iván. Música original. Ganador del Premio Crea Digital 2015.
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El Edificio

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Naricita impertinente y La finca del pájaro carpintero amarillo

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