Por:
|
Fecha:
1938
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
,,
República de
Colombia. • DepartaDlento
de Nariño
ANALES
DEL
CONCEJO MUNICIPAL
DE PASTO.
(Oruano Oficial de la Corporación)
DIRIGE: EL SECRETARIO DEL CONCEJO.
NUMEROS 159 Y 160.
(JUNIO: 1939)
EDITORIAL CERVANTES
IM.PRENT A-RA YADO-PAPELERIA.
PA5TO-NARI~O-COLO.M.BIA.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Acuerdo número 39
Por el cual se determinan los empleados al servicio Municipal, y e fijan su
asignaciones,
El Concejo Municipal de Pasto, en uso de u atribucion s legales,
ACUERDA:
Artículo lo.~El Personal al servicio de la administración municipal,
con su respectiva dotación mensual, será el siguiente:
CONCRJO Sdo. mensual Anual.
Un Secretario, a ................................... $ 90,00
Un Ayudante, a ........................................ , 45,00
Un Pot·tero Citador .............................. , 25,00
Para gastos escritorio, Agente
Fiscal en Bogotá, por una sóla vez.
ALCALDIA
Sobresueldo del Alcalde, a............... $ 50,00
Secretario General................................... , 70,00
Sueldo del Oficial Mayor, a.......... , 50,00
Sueldo de tres Oficiales de Sec-
$ 1.080,00
" 540,00
" 300,00
"
"
"
200,00
600,00
840,00
600,00
ciones, a ....................................................... , 40,00 e/ u , 1:440,00
$ 2.120.00
Un Portero Archivero ......................... , 25,00 , 300,00 . 3.780,00
PO LICIA
Sueldo de dos Inspectores Urba-nos,
a ............................................................ $
Dos Secretarios, a.. ................................. ,
Cuatro. .In pectot·es para los
Corregimientos, a ................................... ,
uatro cretarios, a......................... ,
40,00c/u ,
30,00 c/u ,
960,00
720,00
30,00 c/u , 1.440,00
20,00 e/ u , 960,00
Pasan ......... .
$ 4.080,00
$ 9.980,00
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50 ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO
Vienen.......... $ 9.980,00
Catorce Comisarios de Polic.ía ru
rales, para las secciones, a............... ,
Sueldo del Oficial de Cedulación, ,
Un Oficial de la Policía Urbana, ,
Sueldo de 25 agentes de Policía, a ,
Sueldo de 8 Agentes de Polida
en los Corregimientos, a.................... ,
Conductor del Carro para marra·
nos, a ................................................................. ,
MINISTERIO PUBLICO
6,00 c/u , 1.008,00
35,00 " 420,00
35,00 " 420,00
25,00c/u, 7.50000
6,00 c/u , 576,00
25,00 300,00
Personero, a ............................................. ., 120,00 ,, 1.440,00
" 600,00
$ 10.224,00
Oficial de la Personería, a....... ........ , 50,00
Portero Escribiente, a............ ............. , 25,00 ,, 300,00 $ 2.340,00
ESTADISTICA
Un Director, a ........................................ , 60,00
Un Ayudante, a ........................................ , 40,00
Un Escribiente, a..... .............................. , 25,00
Un Contralor, a ......... ............................... , 140,00
Un Contador Secretario, a............... , 80,00
Un Jefe de la Sección de Catas·
tro, a................................................................. , 50,00
Un Escribiente, a ................................... ,, 25,00
DEPARTAMENTO DE HACIENDA
ección 1o.-Tesorería:
Un Tesorero, con ................................... , 140,00
Un Mecanógrafo Ayudante, a .......... ,~ 40,00
Un Citador Urbano, a .......................... , 30 00
~ección 2a.- Secr taría Ejecutora:
" 720,00
" 480,00
300,00
,, 1.680,00
" 960,00
" 600,00
" 300,00
" 1.680 00
, 480,oo
, 360,oo
Un Secretario Ejecutor, a ............... .. 60,00 , 720.oo
720,oo Dos Citadores Urbano , a ..... ........... , 30,00 cju .,
Sección 3o.-Caja:
Un Cajero Auxiliar, a ......................... ,,
Un Ayudant del Cajero auxi-
60,00 720,oo
liar, a ............................................................ ,. 30,00 , 360,oo
Pasan ......... .
$ 5.040~00
$ 5.040,oo
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ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PÁSTO 51
Vienen.......... $ 32.624,oo
Sección 4,o.-Contabilidad: Sdo. mensual Anual.
Un Contador Jefe, a.............................. $ 80,00
Un Exanlinador de cuentas, a..... , 30,00
Un Ayudante del Contador Jefe,
a ........................................................................... , 30,00
Sección So.-Recaudaciones y Celadores:
Un Administrador Mercado y
Fiscal de Rentas, a.............................. ,
Ocho Celadores del Mercado, a ,,
Un Administrador Mercado, ani-males
y Gallera, a ................................... ,
Un Celador Mercado animales y
Gallera, a....................................................... ,
Un Administrador del Matadero
Público, a....................................................... ,
Un Celador del Matadero Públi-co,
a ................................................................. ,
Un Recaudador en Chapal, a ..... ,
Un Recaudador en Carretera
Norte, a ....................................................... ,
Un Recaudador en Maridíaz, a ..... ,
Tres recuaudadores en Santiago,
70,00
24,00c/u
30,00
24,00
30,00
24,00
50,00
25,00
20,00
$
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960,oo
36o,oo
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" 36o,oo
,, 288,oo
" 36o,oo
" 288,oo
" 6oo,oo
" 3oo,oo
" 24o,oo
San Andrés y Nariño, a .................... , 15,00 c/u , 54o,oo
Dos Recaudadores, Cal vario y
Chachaguí, a ............................................. , 12,00 c/u , 288,oo
Tres Recaudadores: Catambuco,
La Laguna y Geno y, a .................... , 6,00
Eventualidad a favor de los recaudadores
sobre los recaudos
mensuales por concepto de fondos
comunes, .a razón del 2 o/ o
sin que dicho porcentaje exceda
en ningún caso de $ 30,00 para
el de Chapal; $ 10,00 para el de
Carretera del Norte; $ 5,00 pat·a
los de Maridíaz, San Andrés,
Santiago y Nariño; y $ 3,00 pa·
ra los de Calvario y Chachaguí... ,, 792,00
" 216,oo
, 792,oo $ 9.o96,oo
Pasan ............... $ 41.72o,oo
•
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52 A ALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO
Vien n.......... $ 41.720,00
PODER JUDICIAL Sdo. mensual Anual.
Sueldo d dos Jueces, a .................... , 100,00 c/u $ 2.4oo,oo
Sueldo d dos Secretario , a .......... , 50,00 c/u , l.2oo,oo
De do E cribi nte , a ......................... , 40,00 c/u , 96o,oo
De do Porteros, a .............................. ,. 25,00 c/u , 6oo,oo , 5.16o,oo
OBRAS PUBLICAS
Un Ingeniero Municipal Inter-ventor,
a ....................................................... ,
Un Inspector de Obras Públicas,
3 ........................................................................... "
Un Almacenista Municipal, a ..... ,
Tres Conductores, a.............................. ,
Un Herrero, a ............................................. ,
Jardinero del Parque Central, a ,
Jardinero del Parque Popular, a ,
Ayudante del Jardinero, a ............... ,
Dos Guardabosques, a......................... ,
INSTRUCCION PUBLICA
neldo de la mae tra de Escuela
150,00 "
70,00 ,.
60,00 .,
30,00c/u ,
30~00 .,
30,00
" 25,00 " 15,00 " 30,00 c/u ,
de Dolores, a............................................. , 40,00 "
BENEFICENCIA PUBLICA
Sobre sueldo del Médic
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P R E S U P U E S T O D E R E N T A· S
CAPITULO I
BIENES MUNICIPALES:
Arrendamientos varios ............................................................................... $
Tiquetes del mercado público ......................................... .
Tiquetes del matadero público .......................................... .
Tiquetes del mercado de animales ...... ...... ...... ...... ...... ..
:Tiquetes de plazas de seguridad de animales ...... ...... .
Tiquetes de la gallera municipal .................................... .
Tiquetes de jaulas de la gallera municipal .................. .
Tiquetes de cosos municipales ........................................ ..
Tiquetes de matadero de cet·dos, combustible, conduc
ción etc ................................................................................ .
Tiquetes de báscula pat·a ganado mayor ...... ...... ...... . .... .
Venta de nóminas y cuentas de cobro .......................... .
Permisos para riñas de gallos en los corregimientos.
Arrendamientos para avisos en el edificio del mercado
público ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... . . . • .
Venta de solares del Municipio' para casas de obreros
Venta de materiales de barro de propiedad del Mpo.
15.000,oo
14.000,oo
2.100,oo
1.000,oo
300,oo
2.200,oo
150,oo
200,oo
1.830,oo
400,oo
200,oo
20,oo
100,oo
2.000,oo
1.000,oo $ 40.500,oo
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21
22
23
24
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26
27
28
29
30
31
32
33
34
CAPITULO II
CONTRIBUCIONES MUNICIPALES
Vienenen ... $
Impuesto de catastro rural . . . . . . . . . . . . . .. $
Impuesto de catastro urbano . . . . . . . . . . . . . .
Impuesto de almacenes y tiendas de comercio . .
Impuesto de cantinas ................. .
Impuesto de billares . . . . . . fi • • • •
Impuesto de ocupación de calles . . . . . . .... .
Impuesto de rodaje de autos ........... .
In1puesto de rodaje de vehículos de tracción animal.
Impuesto de consumo de víveres . . . . . . . . . . . .
In1puesto de introducción de mercancías . . . . .
In1puesto de inscripción de hoteles . . . . . . . . .
Impuesto de inscripción de casas de inquilinato
Impuesto de inscripción de fondas y restaurantes .
Impuesto de inscripción de agencias de negocios . . .
Impuesto de inscripción de juegos . . . . . . . . . . .
In1puesto de funcionamiento de hoteles, etc. . . . . .
Impuesto de funcionamiento de casas de inquilinato.
Impuesto de funcionamiento de casas de negocios .
Impuesto de funcionamiento de boticas . . . . . .
Pasan .... $
S.OOO,oo
8.000,oo
10.000,oo
1.000,oo
900,oo
200,oo
3.000.oo
400,oo
6.000,oo
14.000,oo
10,oo
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10,oo
10,oo
SOO,oo
300,oo
200,oo
300,oo
900,oo
5o.74o,oo
40.500,oo
4o.5oo,oo
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Vienen ... $
35 Impuesto de funcionamiento de lecherias . . . . . . .
36 Impuesto de funcionamiento de juegos permitidos .
37 Impuesto de fondo de pobres . . . . . . . . .
38 Impuesto de espectáeulos publicos . . . . . . . . . .
39 Impuesto de rifas y ruletas . . . . . , . . . . . . . .
40 Impuesto de bombas de gasolina . . . . . . . . . .
41 Impuesto de depósitos de gasolina . . . . . . . . . .
42 Impuesto de carrozas muortorias . . . . . . . , , .
43 Impuesto de avisos permanentes . . . . . . . . . . . .
44 Impuesto de fijación de avisos . .
4.S Impuesto de molinos . . . . . . . . . . . . . . . . .
46 Impuesto de perrros y marcas de fuego .................................................. .
47 Impuesto de de deguello de cerdos fuera del matadero .............. .
48 Impuesto de delineación de edificios ......................................................... .
49 Impuesto de trabajo vecinal ............................................................................. .
50 Impuesto de aseo y alumbrado ............... ¡ .................................................. ..
51 Impuesto de fábricas de cigarrillosJ ............................................................ ..
52 Impuesto de consumo de ganado mayor ................................................ ..
53 Impuesto de consumo de ganado menor .................................................. .
54 Impuesto de consumo de ganado lanar .................................................... .
CAPITULO 111
ENTRADAS EXTRAORDINARIAS
5o.740,oo
300,oo
2.085,oo
2.000,oo
l.OOO,oo
2.000,oo
360,oo
240,oo
30,oo
700,oo
200,oo
300,oo
lO,oo
lO,oo
200,oo
300,oo
300,oo
l.SOO,oo
12.600,oo
4.575,oo
200,oo
4o.5oo,oo
$ 79.650,oo
500oo ................................................... ' o Num. 55 Mtlltas............................................................................... p $. 131.390,
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120.15 ,oo
asan ................... .
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Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Vienen .......... $
" 56 Alcances y reintegros .............................................................................................. .
" 57 Dividendos de acciones en la Empresa Intermunicipal de Te-lefonos
de N ariño ...................................................................................................... .
58 Intereses de bonos de la defensa nacional (cupones) ..................... .
59 Otros ingresos no clasificados ........................................................................... .
'~
"
" 50 Rentas por cobrar de vigencias anteriores ............................................. .
CAPITULO IV
PARTICIPACIONES DEL TESORO DEPARTAMENTAL
" 61 Participaciones de la renta de licores ....................................................... .
62 Participación en la renta de tabaco ........................................................... ..
63 Participación en la renta de degüello ....................................................... .
"
"
CAPITULO V
AUXILIOS DEL:TESORO DEPARTAMENTAL
" 64 Auxilio al Dispensario de 1\faternidad .................................................... $
65 Auxilio al Instituto Antituberculoso ............................................................ . "
" 66 Auxilio al Dispensario antivenéreo .............................................................. .
Pasan ......... $
500,oo
l,oo
l,oo
200,oo
248,oo
ll.OOO,oo
12.500,oo
10,500,oo
3.000,oo
1.800,oo
2.520,oo
2.040,oo 6.360,oo
16J.460,oo
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Vienen ............... S
CAPITULO VI
AUXLIOS DEPARTAl\IENTALES Y NACIONALES· Y RENTAS • • 1r- -
PARA LAS OBRAS DEL IV CENTENARIO DE LA CIUDAD
Num. 67 Auxilio Departamental para la planta eléctrica Municipal.. .... $
"
"
" ,,
68
69
70
71
Auxilio nacional para el cuarto centenario (3er. contado) ......... .
Auxilio nacional para la pavimentación de la ciudad ................... .
Auxilio nacional para bart·ios obreros ....................................................... .
~J;Dpuesto de valorización por pavi_P-lentación ....................................... .
CAPITULO 'VII
SALDOS DE LA VIGENCIA ANTERJO;t;i PARA OBRAS DEL
lV CENTNARIO
10.000,oo
60.000,oo
85.000,oo
15.000,oo
40.000.oQ
164.460.,oo
210.000,oo
Num. 72 Saldos en caja para obras del IV centenario de Pasto ............... $ 44,681,70 44.681,70
Suma el presupuesto de rentas ............. $ 419.141,70
RECAPITULACION
CAPITULO I-CAPITULO
II -
CAPITULO III -
Bienes municipales ...................................................................... $ 40.500,oo
Contribuciones Municipales........................................................ 79.650,oo
Entradas Extraordinarias.............................................................. 11.950,oo
CAPITULO IV -
CAPITULO V -
CAPITULO VI -
CAPITULO VII -
Participaciones del Tesoro Departamental...................... 26.000,oo
Auxilios del Tesoro Departamental..................................... 6.360,oo
Auxilios Departamentales y Nacionales y rentas pa-ra
las obras del IV centenario de la ciudad:................. 210.000,oo
·Saldos de la vigencia anterior para obras del IV
centenario.................................................................................................. 44.681,70 419.141,70
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Artículo 2° - Fíja.se el monto total de las erogaciones fiscales del Municipio de Pasto, durante el
período del 1° de enero al 31 de diciembre de 1939, en ]a suma de cuatrocientos
diez y nueve mil- ciento cuarenta y un pesos, setenta centavos (419.141,70), de acuercon
el siguiente
P R E S U P U E S T O DE GASToS
CAPITULO 1
DEPARTAMENTO DE GOBIERNO
Sueldos Otros Gastos Totales
Num. l Sueldo del Secretario del Concejo, $ lOO,oo Mens ................. $ l.200,oo
540,oo
300,oo
,,
2 ,,
3
" 4
" 5 ,,
6
" 7
Sueldo del Ayudante del Concejo, a $ 45,oo meusuales ...... .
Sueldo del Citador del Concejo, a $ 25,oo mensuales ........... .
Gastos de anales, etc. del Concejo ....................................................... ..
Gastos para fiestas patrióticas, por una, vez hasta ..... , ............... .
Gastos de pub1icaciones del 4° centenario, por unavez hasta
Para gastos del Agente Fiscal en Bogotá, por una vez hasta
1.440,oo
200,oo
2.000,oo
200,oo 5.880,oo
Alcaldía flfunicipal
Num.
"
"
"
"
"
8 Sobresueldo del Alcalde Mpal. a $ SO,oo mensuales................ 600,oo
9 Sueldo del Secretario de la Alcaldía, a $ 100,oo mensuales l.200,oo
10 Sueldo del Oficial Mayor de la Alcaldía, a $ SO,oo M nls... 600,oo
11 Sueldo de 3 Oficiales de secciones, a $ 40,oo mensuales e/ u 1.440,oo
12 Sueldo Portero Archivero de la Alcaldía, a $ 25,oo Mis.. 300,oo
13 Sueldo Oficial Cedulación, a $ 35,oo.................................................... 420,oo
--~~-----~~~----~~~- Pasan .......... $ 6.600,oo 3.840,oo 5.880,oo
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Sueldos Otros Gastos Totales
Vienen .......... $ 6.600,oo 3.840,oo 5.880,oo
Num. 14 Sueldo 2 Inspectores Poi. Mpl., a $ 40,oo mensuales c/u ..... 960,oo
" 15 Sueldo 2 Scios. Inspectores, a $ 30,oo mensuales c/u ............. 720,oo
" 16 Sueldo Ofl. Po1. Mpal., a $ 35,oo mensuales c/u ....................... 420,oo
~' 17 Sueldo 25 agentes Poi. Mpal., a $ 25,oo mensuales c/u ........ 7.500,oo
" 18 Sueldo conductor carro marranos, a $ 25,oo mensuales c/u 300,oo > 19 Sueldo 4 Inspectores Poi. Corrgts., a $ 30,oo Mns. cju ...... l.440,oo ~
20 Sueldo 4 Srios. lnspect. a $ 20,oo mensuales c/u ...................... 960,oo > t'""l
21 Sueldo 8 agentes Poi. Corrgts. a $ 6,oo Mens. cju .................... 576,oo ~ m
22 Sueldo 15 Cpmisarios Secc. a $ 6,oo mensuales c/u ............... 1.080,oo ~
23 Viáticos de la Alcaldía, a $ 15,oo mensuales ................................. 180,oo ~
t'""l
" 24 Locales 4 lnspec. Corrgts., a $ 3,oo mensuales c/u .................. 144,oo (j • " 25 Gastos para la fiesta de la policía, por una vez, hasta ........... 150,oo o
~ " 26 Gastos de vestuario de la Policía, por una vez, hasta ............. 600,oo (j
~ " 27 Para una máquina de escribir para la Alcaldía, por una vez 200,oo 19.790,oo ..... o
Personería Municipal 1~
"""' (j
Num. 28 Sueldo Personero Municipal, a $ l20,oo mensuales ............... ... 1.440,oo """' ""d
" 29 Sueldo Oficial Mayor Pe.Isonería, a $ 50,oo mensuales .......... 600,oo > t""
" 30 Sueldo portero Escribiente, a $ 25,oo mensuales ......................... 300,oo t::1
" 3I Muebles para la Personería, por una vez, hasta .......................... 60,oo trj
" 32 Servicio de alumbrado público~ a $ 380,oo mensuales ............ 4.560,oo ""d >
" 33 Set·vicio de correo a Chachaguí, a $ 3,oo mensuales ............... 36,oo 6.996,oo U>
1-3 o
Estadistica Municipal
Num. 34 Sueldo Director Estadísiica, a $ 60,oo mensuales ....................... 720,oo ,, 35 Sueldo Ayudante de la Estadística a '$ 40,oo mensuales ....... 480,oo
" 36 Sueldo Esc1·ibiente de la Estadística, a $ 25,oo mensuales .. 300,oo
37 Para una calculado1·a para la Estadística, por una vez, hasta 250,oo l.750,oo l8i
Sum.an los gastos del Departamento de Gobierno: .............................. $ 24.396,oo I0.020,oo 34.416,oo
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
. ' ~ · .. .., ~ .. COPlTULO 11 ~·
DEPARTAMENTO DE HACIENDA
~ ,, '1 Sueldos Otros gastos Totales
Tesorería Municipal
Sección 1 a. - Tesorería: >
~-
Num. 38 Sue1d...o del Tesorero Municipal, a $ 160,oo mensuales ........ $
'' 39 Sueldo ~ del mecanógrafo del Tesorero Mpal., a $ 40,oo mls
" 40 Sue.ldo ~el _~c_itador urbano de la Tría. a $ 30,oo Mls: .......... .
Sección 2a S~cretarí~~ Ejecutoria:
Num. 41 . S~eldb clel Secretario Ejecutor, a $ 60,oo mensuales .............. .
" 42 ·sueldo 2 citadores urbanos a $ 30,oo mensuales c/u ............ .
1.920,oo ,~ 480,oo ~.
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360,oo t::!·
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720,oo ~~- 720,oo t....¡ o
Sección ·3a ,_ Caja:
~. ' ~ .... ..l • N u m. 43 Sueldo._ del Cajero Auxiliar, a $ 60,oo mensuales ...................... .
" 44 Sueldo ~el Ayudante del Cajero a $ 30,oo mensuales .......... .
¡s:
720,oo 1~ 360,oo ~
'"el
Sección 4a - Contabilidad: ·~
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Num. 45 Sueldo del Contador Jefe, a $ 80,oo mensuales ........................ ..
·' 46 Sueldo Examinado1· de cuentas subalternas, a $ 30,oo Mis.
" .47 Sueldo del Ayudcmte del Contador, a $ 30,oo mensuales ...
. ~
secciión:· 5a· -- Administ1·aciones, recaudaciones y celadores:
960,oo ¡: 360,oo
360,oo en
t-3 o
1
Mum. 48 Sueldo Administrador-FiS:Cal, mercado, a $ 70.oo mens ...... .
'· 49 Sueldo de 8 celadores del · mercado a $ 24,oo mens. c/u .... .
50 Sueldo- del Amor. mercadoa amales. y galle1·a $ 30,oo, Mis.
51 Sueldo Celador- mercado anmls. y gallera a $ 24,oo Mis .... . "
840,oo
2.304,oo
360,oo
288,oo
Pasan .......... $ 10.752,oo
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Vienen ....... $
" 52 Sueldo Admor. matade1·o público, $ 30,oo mensuales.: .......... .
" 53 Sueldo Celador matadeoro público a $ 24,oo Mls ...... .
'' 54 Sueldo Recad. Chapal, $ SO,oo Mis y 2 ojo event .. .
55 Sueldo Rcadr. Norte, $ 25,oo Mls. y 2 ojo event ...... .
" 56 Sueldo Rcadr. Maridíaz, $ 20.o Mis. y 2 ojo event .. .
57 Sueldo 3 Rcadrs. Santiago, San Andres, y Nariño, a
$ 15,oo mnls. y 2 ojo de eventualidad para c/u.
58 Sueldo 2 Rcadrs. Chachguí y Calvario, $ 12,oo
1nensuales y 2 ojo eventualidad para cada uno ........... .
" 59 Sueldo 3 Rcadrs. Laguna, Catamhuco y Genoy a
$ 6,oo menstiales ca{la uno ................................................................. .
Contraloría Municipal
Sueldos
10.752,oo
360,oo
288,oo
960,oo
420,oo
300,oo
720,oo
360,oo
216,oo
Num. 60 Sueldo del Contralor Municipal a $ 140,oo Mis........ l.630,oo
" 61 Sueldo Secretario de la Contraloría a $ 90,oo Mis...... 1.080,oo
" 62 Sueldo del portero-escribiente a $ 25,o mensuales... 300,oo
Otros Gutos "TotaleR
14.376,00
" 63 Sueldo del Oficial de Catastro a $ SO,oo mensuales. 600.oo 3.660.00
Otros gastos:
Num. 64 Para una máquina de escribir pa1·a la Tesorena, pa
ra una múquina de escribir y una sumadora para la
Contraloría por una sola vez, hasta............................................ 600,oo
Pasan ............ $ 18.036,oo 600,oo 18.036,oo
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Sueldos Otros gastos
Nun1. 65
Vienen .... $ l8.036,oo
Para pagar el 10 ojo a la nación por entrada a la
gallera hasta ...................................................................................................... $
" 66 Para muebles de la Tesorería Municipal, por una
· vez hasta .................................................................................................................. .
Almacén Municipal de proviciones:
Num. 67 · Para el establecimiento de esta entidad. por una
6oo,oo
300,oo
300,oo
vez hasta............................................................................................................. 2. 750,oo
Su1nan los gastos del Departamento de flacienda . · .$ 18.036,00 3.950,00
CAPITULO III
DNPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS
Num. 68 Sueldo del Ingeniero Interventor., a $ 150,oo Mls... 1.800.,oo
" 69 Sueldo del Inspector de O. P., a $ 70,oo mensuales 840.,oo
" 70 Sueldo del Almacenista Municipal a $ 60.,oo Mls. ... 720.,oo
" 71 Sueldo de 3 conductores de vehículos Mpls . ., a $ 30.,oo
Totales
18.o36,oo
l.200,oo
2.750,oo
21.986,00
mensuales cada uno . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.080.,oo
Pasan . . . . • . $- --4~.4-4-o~,-oo- ----------------
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Sueldos Otros gástoct Totales
' Vienen . . . . $ 4.44o .. oo
72 Sueldo del herrero municipal. a $ 30,oo mensuales
73 Sueldo del Jardinero, parque cent .. a $ 30,oo Mens ..
74 Sueldo del Ayudante del Jard., a lS,oo mensuales ...
75 Sueldo Jardinero parque pop. a $ 25,oo mensuales.
76 Sueldo 2 guarda-bosques, a $ 30,oo Mls c/u . . . .
77 Adquisición herramientas, repuestos, etc., a $80,oo M.
78 Gasolina, aceite, etc. para vehículos Mples. $120,oo
menstiales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
79 Reparación de edificios Niunicipales a $ SO.oo J\1ls.
80 Continuación piscina Regadío, a $ 200,oo mensuales
81 Mercado de Bomboná, a $ ] OO,oo mensuales . . . .
82 Instituto Pérez, a $ 300,oo mensuales . . . . . . . ..
83 Escuela de la Paz, a $ 210,oo mensuales . . . . .
84 Apertura y reparación de calles, en el año. hasta
85 Instalación servicios higiénicos en edificios· tnunici-pales,
a $ 200,oo mensuales . . . . . . . . . . . . . .
86 Gastos de escuela de secciones, a $ SO,oo Nlls ... .
87 Establecimiento cuadrillas ~raLajo vecinal, por una
vez hasta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
88 Materiales de barro, etc., s/g. contrato a $125,oo 1\llls ..
89 Parque de Santiago, po:r una vez en el año, hasta
360,oo
360,oo
180,oo
300,oo
720,oo
960,oo
l.440,oo
600,oo
2.400,oo
l.200,oo
3.600,oo
2.520,oo
3.800,oo
2.400,oo
600,oo
lOO, o o
l.SOO,oo
2.000,oo 29.480,oo
Sznnan los gastos del Departantenlo de Obras Publicas $ 6.360,oo 23.120~oo 29.480,oo
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CAPITULO IV
DEPARTAMENTO DE INSTRUCCION PUBLICA
Num. 90 Sueldo 1\1aestra de Dolores a $ 40,oo men~uales ...
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91 Para locales de escuelas primarias, a $ 555,oo lVIls.
92 Arrendamiento Granjas Escolares, por una vez hasta
93 Escritorio para Escuelas Primarias, $ 30~oo 1\Ils ...
94 Para el premio del tnaestro, por una sola vez .
95 Para vestidos de niños pobres de escuelas por una
vez hasta . . · . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ..
96 Auxilio por una vez a los estudiasntes, José Miguel
Narváez Cortés, ALfredo Muñoz, v Alfonso Rodríguez
N., a $ lO,oo c/u., a Vicenle España, Vicente
l\1 utis J., Carlos Paredes, Ignacio Gallardo, Pedro
F. Pérez, Mi~uel Guerrero Ruiz y Marco Tulio Gue
p·ero a $ lS,oo 1nensuales c/u.; a Juan Evangelista
Barba, y Luz Angélica Mata, a $ lO,oo Mis. c/u.; a
Bolívar Casabón a $ B,oo Mls., y a Berta Elisa Burbano
a $5,oo mensuales.. . . . . . . . . . . . . . . . .
" 97 Auxi¡io Colegio Sta. Teresita, a $ 60,oo mensuales.
" 98 Contribución para educación física por una sola vez
Suman los gastos del Departamento de Instru.ccion Pública $
Sueldos Otros ga!'tos
480,oo
6.660,oo
200,oo
360,oo
80,oo
l.OOO,oo
1.956,oo
720,oo
Totales
200,oo ll.656,oo
.aO,oo 11.176,00 11.656,oo
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CAPITULO V·
DEPARTAMENTO DE JUSTICIA
Num. 99 Sueldo 2 jueces hfunicipales a $ lOO,oo m~nsuales ............... $
" lOO Sueldo 2 Srios. Juzgados Municipales, a $ SO,oo Mis. c/u .... .
101 Sueldo 2 escrhts. Jzds. Mples. a $ SO,oo mensuales c/u ......... ..
" 102 Sueldo 2 Porteros Juzgados. Mples. a $ 25,oo mensuales e/u
Sueld<»
2.400;oo
l.200,oo
960,oo
600,oo
Otros gastos
103 Raciones presos, alu~brado cárcel municipal' a $ SO,oo Mis 600,oo
104 Gastos cárceles de los corregimientos a $ S,oo mensuales..... 60,oo
Total e
Suman los ~astas del Departamento de Justicia ......................................... ·$ 5,160,00 660,00 5.820,00
CAPITULO VI
DEPARTAMENTO DE BENEFICENCIA
Num. 105 Sostenimiento U ni dad Sanitaria, a $ 1.833,33 mensuales ....... $
106 Servicio de aseo público s/ g. contrato, a $ SOO,oo mensuales
107 Valor Ambulancia para U ni dad Sanit. por una vez, hasta ... ..
" 108 Auxilio Hospital San Pedro, a $ SO,oo mensuales .................... .
109 Auxilio Asilo S. José Huérfanas, a $ SO~oo mensuales ........ ..
110 Auxilio Sopa San Vicente a $ 15,oo mensuales ............................. .
" lll Auxilio Ropero de Niños Pobres, a $ 15,oo mensuales ......... ..
112 Auxilo asilar dementes pobres, a $ 250,oo mensuales ............. ..
" 113 Auxilio para aEilar ancianas pobres, a $ l20,oo mensuales .. .
" 114 Para confección cajas mortuorias para pobres, a $50,oo Mis
" 115 Servicio Farmaceuta local turno, a $ 30,oo mensuales........... 360,oo
22.000,oo
6.00o,oo
2.520,oo
600,oo
600,oo
180~00
l80,oo
3.000,oo
1.440,oo
600,oo
" 116 Sobresueldo médico dispensario antivenéreo a $ SO,oo Mis.. 600,o0 38.080,00
Suman los gastos del Departamento de Beneficencia ................................ $ 960,00 37.120,00 38.080,00
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CAPITULO VII
DEPARTA~'IENTO DE DEUDA PUBLICA
Num. 117 Para pagar los gastos de la vigencia anterior-.............................. $
Suman los gastos del Departamento de Deuda Pública ......................... $
CAPITULO VII
DEPARTAMENTO DE GASTOS VARIOS E IMPREVISTOS
Num. 118 Gastos de ferias del IV centenario. 1 a cuota ................................ $
119 Para Gastos no previstos en este presupuesto, hasta ................ .
Suman los ~as tos V arios e Imprevistos ................................................................. $
CAPITULO · IX
GASTOS PARA LAS OBRAS lJEL IV CENTENARIO
Sueldo.a Otros gastos
16.000,oo
16.000,oo
6.000,oo
le022'oo
7.022,oo
N um. 120 Gastos de la pavimentación de la ciudad............................................ 125,000,oo
" 121 Gastos para la obra de la planta eléctrica ~'Iunicipal................. 10.000,oo
;, 122 Gastos para para barrios obreros............................................................... 15.000,oo
Total~•
16.000,oo
16.000,oo
7.022,oo
7.022,oo
123 Gastos para obras del IV centenario sjg. distribución de la
Junta del Centenario, del 3er contado del auxilio nacional. 60.000,oo 210.000,oo
Suman los gastos para obras del Cuarto Centerw,rio ................................ ~ 210.000,oo 210.000,oo
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Sueldos OtroA l!;&t!tOIS Totalee
CAPITULO X
GASTOS PARA OBRAS CUARTO CENTENARIO PASTO
Vigencia de 1938
Num. 124 Instalación servicios higiénicos púhhcos ....................................... :. $
" 125 Trabajos en el Parque popular ................................................................ .
~ ' 126 Trabajos en la A venida S. Sebastián ...................................................... ..
120 Trabajos en la Avenida El Ejido ............................................................. ..
2.500,oo
3.000,oo
2.500,oo
2.000,oo
128 Trabajos en Barrios Obreros ................ : ....................................................... .
" 129 Trabajos en la Planta Eléctrica Municipal ........................................ .
" 130 Trabajos de Pavimentación de la ciudad ............................................ ..
20.000,oo
8.550,oo
6.131,7o 44.681,70
Suman los gastos para el Cuarto Centenario, vigencia de 1938 .................. $ 144.681,7o 44.681,70
RECAPITULACION
CAPITULO I - Departamento de Gobierno $
CAPITULO II - Departamento de Hacienda ................................................................. ..
CAPITULO III - Departamento de Obras Públicas ..................................................... ..
CAPITULO IV - Departamento de Instrucción Pública ......................................... ..
CAPITULO V - Departamento de Justicia ...................................................................... ..
CAPITULO VI - Departamento de Beneficencia ........................................................... ..
CAPITULO VII - Departamento de Deuda Pública ..................................................... ..
CAPITULO VIII - Departamento de gastos varios e imprevistos .......................... .
CAPITULO IX - Castos para obras 4° centenario de Pasto ................................... .
CAPITULO X - Gastos para obras 4° cenlenario de Pasto, Vigen- 1938 ..
Suma el Presupuesto d~ Gastos de 1939 ................................................................................... $
COMPARACION
SUMA EL PRESUPUESTO DE RENTAS DE 1939 .......... $
SUMA EL PRESUPUESTO DE GASTOS DE 1939 ........... .
419.141,70
419.141,70
34.416,oo
2l.986,.oo
29.480,oo
11.656,oo
5.820,oo
38.080,oo
16.000,oo
7.022,oo
210.000,oo
44.681,7o
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Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Articulo 3° - Los gastos que e::;te presupuesto contempla y cuya cuantía exceda de $ SOO,oo se
sujetarán para el pago, de acuerdo con lo que la Ley establece al respecto, a las duodécimas mensuales,
por partes iguales, rigurosamente, excepción hecha de los gastos correspondientes a las obras del
cuarto centenario, los cuales se harán de acuerdo con los contratos legalmente celebrados o que cele
bre el Concejo con este objeto. .
Artículo 4° - Créase el cargo de Comisario de las secciones de Cimarronas, Casabuy, Sánchez
y Pasisara en el Corregimiento de Chachagüí, con $ 6,oo mensuales de sueldo. Auméntase el sueldo
del Secretario del Concejo, del Tesorero Municipal, del Secretario de la Contraloría y Secretario Ge·
neral de la Alcaldía, en $ lO,oo, $ 20,oo, $ 10,oo, y $ 30,oo mensuales, respectivamente, a contar des-de
el 1° de enero de 1939. ·
Parágrafo - En estos términos queda reformado el Acuerdo N° 39 de 1938 sobre asignaciones ci·
viles.
Artículo 5° - El auxilio de $ lOO que se otorga a los estudiantes José Miguel Narváez, Alf1·edo
Mui10z y Alfonso Rodríguez N., será entregado en Bogotá por conducto del Agente Fiscal, previa la
presentación de las cuentas de cobro de los interesados ante dicho fúncionario.
Artículo 6° - E~ te Acuerdo regirá a partir del 1° de enero de 1939.
Dado en el Salón de sesiones del Concejo Municipal de Pasto a los veintitres días de dicientbre
de mil novecientos treinta y ocho.
El Presidente El Secretario,
FRANCISCO DE P. SANTANDER Jt;Iarco A. de l(l Rosa
Alcaldía Municipal - Pasto, enero veinticuatro de mil novecientos treinta y nueve.
Puhlíquese y ejecútese.
El Alealde 1\ilunicipal, El Secretario de la Alcaldí~,
Tomás F. de la Espriella. Luis F. Guerrero.
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Acuerdo , numero 43
Por el cual se provee al aseo urbano
El Concejo .Municipal de Pasto, en uso de sus atribucioues, y
CONSIDERNNDO:
a) Que el nuevo contrato celebrado con el Gobierno Nacional para
el funcionatniento de la Unidad Sanitaria y que entrará a regir
desde el primero de enero próximo, ya no figura a cargo de ésta el
servicio de aseo urbano;
b) Que este servicio es indispensable para la ciudad y no puede
suspenderse un momento; y
e) Que es conveniente sacarlo a lioitación:
ACUERDA:
Artículo lo. - Desde el primero de enero el serv1c10 de aseo urbano
será dirigido y controlado por el señor Alcalde Municipal, con
los mismos empleados, obreros y asignaciones que han estado bajo la
dependencia de la Unidad Sanitaria, para cuyo efecto en el Presupuesto
de la próxima vigencia se in.cluirán las partidas correspondientes.
PARAGRAFO. - Pero la vigilancia que ha venido haciéndose por
medio de un Inspector y un Ayudante, será efectuada desde el primero
de enero próximo por los mismos que ahora ejercen esas funciones,
peio con el carácter de Inspector lo., e inspector 2o., respectivamente,
y con una asignación mensual de$ SO,oo, para cuyo funcionamien
tola ciudad continuará dividida en dos sectores~ equivalentes a la mitad
de ella cada uno.
Artículo 2o. - Tal estado de cosas durará hasta que se adjudique
por contrato este ervicio, para lo cual el señor Personero y Contralor
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
76 A ALEE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO
Municipale abrirán licitación lo más pronto posible, tomando de base
el saldo que queda en favor del Municipio por la pre cindencia del
a o entre las obligacione de la Unidad Sanitaria.
Artículo 3o. - Este Acuerdo regirá desde su anción.
Dado en el Salón del H. Concejo Municipal, a los veintitré días
d l mes de diciemb1·e de mil novecientos treinta y ocho.
El Presidente,
FRANCISCO DE P. ANTANDER.
El Secretario,
Marco A. de la Rosa.
Alcaldía Municipal. - Pasto, diciembre 27 de 1938.
Publíquese y ejecútese.
Tomás F. de la Espriella. Alcalde Mupal.
El Secretario, - Luis F. Guerr ro G .
. ección Administrativa. - Pato, 28 de diciembre de 1938.
En esta fecha doy cuenta, al señor Secretario de Gobierno.
C. Alberto Salazar.
Gobernación del Departan1ento. Pasto, diciembre 29 de 1938.
Apruébase el Acuerdo núme1·o 43 de 23 de los corrientes, d birlamente
sancionado y expedido por el Honorable Concejo Municipal de
esta ciudad, mediante el cual e ordena el servicio del aseo urbano.
La Sección Administrativa devolverá los distintos ejemplares del
Acuerdo en mención en la forma acostumbrada.
El Gobernador del Departamento,
• 1
ALBERTO MONTEZUMA 11. 1· •
El Secretario de Gobierno,
. · ( :· CARLOS AL V AREZ GARZON.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Acuerdo número 44
Por el cual se decret~n unas e cenciones.
El Concejo .lvluuidpal de Pasto, en u o de sus atribuciones legales,
ACUERDA:
Artículo lo. - Exonérase del pago de los impue to municipales
a la FABRICA DE TEJIDOS de esta ciudad, de propiedad de Jorge
Garcé B. e Hijos, hasta el primero de noviembre de mil novecientos
treinta y nueve.
PARA GRAFO. - Queda así mismo excenta de todo impuesto Municipal
la int:.·oducción de la maquinaria destinada al ensanche del
establecimiento actual de la nombraba fábrica de tejidos de esta capital.
Artículo 2o. · Así mismo exonérase de los impuestos municipales,
para la introducción de maquinaria a los empresarios que pretendan
e ~tablccer industrias en el Municipio, durante los años de 1939 y 1940
previa solicitud al Concejo.
Artí ulo 9o. -- Este Acu rdo regirá desde su anción.
Dado en el Salón del Concejo Municipal de Pasto, a los dos
días d l mes de enero de mil novecientos treinta y nueve
El Presidente,
FRANCISCO DE P. SANTANDER.
El Secr tario,
Marco A. de la Rosa.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
78 ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PA TO
Alcaldía Municipal. - Pasto, enero dos de mil novecientos tr inta
y nueve.
Publíquese y ejecútese.
El Alcalde Municipal,
ToMÁS F. DE LA EsPRIELLA.
El Secretario,
Luis F. Guerrero G.
Sección Administrativa.· Pasto, enero 3 de 1939.
Pre entado en esta fecha, doy cuenta.
Ciro Alberto Salas.
Gobernación del Departamento.--Secretaría de Gobierno. ·· Sec ión
Administrativa. -- Pa to, enero 3 de 1939.
Apruébase el Acuerdo número 44 de 2 de los corrientes, debidamente
sancionado y expedido por el Honorable Concejo Municipal
de esta ciudad, mediante el cual se decretan unas excenci Jnes.
Para los efectos legales, la Sección Administrativa devolverá las
distintas copias del Acuerdo en mención en la foi·ma acostumbrada.
El Gobernador del Departamento,
ALBERTO lVIONTEZU .MA H.
El Secretario de Gobierno,
CARLOS ALVAREZ GARZON.
-
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
'$
A cuerdo número 45
Pvr el ual s aprueba un contrato celebrado entre el señor Ministro de Trabajo, Higiene
y Previsión Social y el Personero Municipal de Pasto, sobre sostenimiento de la Unidad
Sanitaria.
El Concejo Municipal, en uso de sus atribuciones legales,
ACUERDA:
Artículo lo .. Apruébase el contrato celebrado entre el señor Ministro
de Trabajo, Higiene y Previsión Social y el señor Personero
Municipal de Pasto, cuyo texto es el siguiente:
Contrato No. .-Los suscritos, Alberto Jaramillo Sánchez, en su
carácter de Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social, debidamente
autorizado por el inciso final del A rt. 4o. de la Ley 98 de 1931,
por una parte, que en adelante se llamara la Nación; y Felipe l. Uscátegui,
Personero Municipal de Pasto, por otra, que en adelante se
llamará el Municipio, tambien d bidament autorizado por el H. Concejo
1\'I unicipal, ambos mayores de edad y vecinos de Bogotá y de Pas
to re pectivamente, celebran el siguiente contrato:
Artículo lo.- Las parte contratante e comprometen a sostener
en el Municipio de Pasto una Unidad Sanitaria, con los siguientes servicio
: a) Saneamiento rural y urbano e inspección domiciliaria; b).
Protección infantil y materna; ) Medicina y Odontología escolares; d)
Campaña antituberculosa; e) Campaña antivenérea; f) Campaña contra
endPmias tropicales y enfermedades epidémicas; y g) Servicio de veterinaria
y control de aguas y alimentos.
Artículo 2o .. Para el cumplimiento de este contrato, la Nación se
compromete a destinar la suma de veintidos mil pesos m/l; y el Municipio
la suma de veintidos mil pesos que se incluirá en el presupuesto
municipal. Los pagos de la cuota nacional, se harán mensualment
por intermedio del Administrador de Hacienda Nacional de
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80
Pasto, y los que corresponden al Municipio, por intermedio del Tesorero
Municipal, quien mensualmente consignará la cuota respectiva en
la Adminístración de Hacienda Nacional. Tanto las nóminas como los
gastos de sostenimiento de los diversos servicios de la Unidad, deberán
llevar el Visto Bueno del Director de la Unidad. Es entendido
que el pago a que se obliga la N ación: queda subordinado a la res pectiva
partida presupuesta!.
Artículo 3o.- El Presupuesto de la Unidad Sanitaria, será el siguiente:
Director Encargado de la Gota de Leche ) Sala Cuna $ 25o,oo
n1ensuales; Médico Ayudante, encargado de la Protección Infantil, Consultorio
del niño sano y enfermo $ loo,oo mensuales; Médico Jefe de
la Can1paña Antituberculosa $ 15o,oo mensuales; Médico Auxiliar de
la Campaña Antituberculosa $ 125,oo mensuales; Médico del Consultorio
externo $ 6o,oo mensuales; Médico de la Campaña Antivenérea
$ 125,oo mensuales; Médico de la Protección materna y medicina escolar
$ loo,oo mensuales; Dentista de la Unidad $ 8o,oo mensuales;
Secretario de la Unidad Sanitat·ia $ 7 o,oo mensuales; Revisor $ 9o,oo
mensuales; Médico Laboratorista $ lSo,oo mensuales; Tt·es Inspectores
rurales, a $ 7 o,oo e/ u. $ 2lo,oo mensuales; Cuatro Inspectores urbanos
a $ 45,oo c/u. $ 18o,oo mensuales; Un Inspector de alimentos $
45,oo mensuales; Enfermera Visitadora de la Protección Infantil $ 3o,oo
mensuales; Enfermera de la Gota de Leche $ 3o,oo mensuales; Enfermera
de la Sala Cuna $ 3o,oo mensuales; Enfermera del Consultorio
del niño enfermo $ 3o,oo mensuales; Enfermera farmaceuta $ 3o,oo
mensuales; Enfermera Partera permanente $ 7o,oo mensuales; Enfermera
Partera ambulante $ 45,oo mensuales, Enfermera de planta
$ 3o,oo mensuales; Enfermera permanente de la Maternidad $ 3o,oo
mensuales; Enfermera de la Campaña antivenérea $ 3o,oo mensuales;
. Enfermero de la campaña antivenérea $ 35,oo mensuales; Tres enfermeras
de la campaña antituberculosa a $ 4o,oo cfu. $ 12o,oo mensuales;
Tres En[ermeros de los Puestos Profilácticos a $ 2o,oo c/u. $ 6o,oo
mensuales; Agente Citador de M.uje:rps Públicas $ 3o,oo mensuales:
Drogas, jornales, materiales, arrendami ntos, viáticos útiles rle escritorio,
demás gastos etc. etc. $ 1.321~66. Total meu s c~l $ 3.666,66;
Total anual $ 43.999,92; Con la partida nacional se ateuderán los siguientes
gastos:
:Médico de Campaña Antituberculosa $ 15o,oo mensuales; Lahoratorista
$ lSo,oo mensuales; Gastos de sostenimientos $ 1.283,33
mensuales; Director Encargado de la Gota ele Leche $ 25o,oo mensua
les; Total anual $ 21.999.96. Con la partida :Municipal se atenderán
los demás sueldos; y $ 38,33 para gastos de sostenimiento.
De la partida de gastos de sostenimiento, se destinarán cien pesos
para premios 'el concurso del niño sano, que debe verificarse el 12
de octubre de 1939.
Artículo 4o. - Si a causa de circunstancias imprevistas, como ¡·etardo
de posesiones de empleados, demoras para suministros de materiales,
pago de arrendamientos, etc; no hicieran en totalidad los gas
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ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO 81
·os d e acuerdo con las prescripciones fijadas en el contrato, los dineros
obran t es ingresarán a fondos de sostenimiento de la U ni dad Sanitaria
y se destinarán para ensanchar y perfeccionar los diferentes
servicios.
Artículo So. · El Director de la Unidad Sanitaria, será nombr'ldo
por Resolución del Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social
y el resto del personal, por Resolución del Director de la Unidad,
que necesitará nara su validez, la aprobación del Mini terio. El Concejo
podrá solicitar la destitución de cualquier empleado, en caso de
incopetencia o mala conducta comprobadas y el Director de la Unidad
y el Ministerio, atenderán tal solicitud. Las autoridades munici·
pales se comprometen a supervie-llar la marcha de todas las dependencias
de la Unidad o infot·marán al 1\IIinisterio acerca de cualquier
irreg ularidad que ocurra.
A· í c ulo 6o. · Este contrato durará desde ello. de enero de 1939,
ha ta e l 31 de diciembre del misn1o año. Será prorrogable in ifinidamente
a voluutad de las partes contratantes, y en caso de que alguna
de la ~ d e ee r escindirlo dará aviso a la otra, sesenta días antes de
vencimiento, la falta de este aviso, e interpretará como a eptación
de la prórro~a.
Artículo 7o. · Este contrato necesita para su validez la aprobación
del señor Presidente de la República, previo el concepto del Consejo
de Ministros, la revisión del Consejo de Estado y sera publicado en
el Diario Oficial.
Artículo So. Por tratarse de entidades Oficiales no se determinan
las causales de caducidad indicadas en el artículo 41 del Código Fis·
cal, y se extiende en papel común de acuerdo con el numeral 10 del
artículo 7o. de la Ley 20 de 1923.
En constancia se firma a veintitrés de diciembre de mil novecientos
treinta y ocho.
Fdo., Alberto J aramillo Sánchez.
Fdo., Felipe l. Uscátegui -- .
Artículo 2o. · El presente Acuerdo regirá desde su sanción.
Dado en el salón del Concejo Municipal de Pasto, a los tres días
del mes de enero, de 1939.
El Presidente,
FRANCISCO DE P. SANTANDER.
El Secretario,
Marco A. de la Rosa.
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82 PASTO
Alcaldía Municipal. - Rasto, enero 4 de 1939.
Publíquese y ejecútese.
El Alcalde M nicipal,
TOMAS F. DE CA ESPRIELLA.
El Secretario,
Luis F. Guerrero G.
Sección Administrativa. - Pasto, enero 9 de 1939.
En esta fecha, doy cuenta al Sr. Secretario de Gobierno.
C. Alperto Salas.
Gobernación del Departamento. - Pasto, enero 10 de 1939.
Apruébase el contrato celebrado entre el señor Alberto }aramillo
Sánchez, Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social
y el señor Personero Municipal de Pasto, sobre sostenimiento
en el Municipio de la Unidad Sanitaria.
Con las formalidades legales, devuélvase los distintos ejemplares
del Acuerdo número 45 de 3 de los corrientes.
El Gobernador del Departamento,
ALBERTO MONTEZUMA H.
Fl Secretario de Gobierno,
CARLOS ALVAREZ GARZON.
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Acuerdo número 46
Por el cual se dispone la construcción de Barrios Obreros Municipales.
El Concejo Municipal de Pasto, en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
a) - Que día por día se agrava e intensifica la situación de las ·
habitaciones para obreros, así sea por la escasez de locales de arriendo,
como principalmente por su reducida capacidad y pésimas condiciones
sanitarias;
b) - Que más de la mitad de las habitaciones urbanas están constituídas
por tiendas de esas condiciones, en las que habitan los obreros
y la gente proletaria, sobrellevando una vida antihigiénica, colmada
de privaciones de toda suerte;
e) - Que es una función municipal de alta significación y trascendencia
social propender por la reconstitución de la vida doméstica,
por cuanto es esta la ,que forma al pueblo y a las generaciones presentes
y futuras, y porque el problema de las viviendas baratas para
obreros y gente proletaria es el primero de los problemas sociales; y
d) - Que la Junta Pro--Centenario ha destinado ]a suina de
$ 40.000,00 para la construcción de barrios obreros, y que el Municipio
posee lotes de terreno en El Regadío, adecuados para esas construcciones;
siendo preciso afrontar lo resolución de ese magno problema,
empezando esa construcciones.
ACUERDA:
Artículo lo. - Declárese de necesidad inaplazable y de urgente
utilidad pública la construcción de barrios obreros, en la ciudad de
Pasto, y se destinan a este fin invariablemente los lotes de terreno que
todavía posee el Municipio en El Rega.dío, construcción que se prin-
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84 ANALES DEL CO
cipiará con los $ 40.000~oo que ha apropiado la Junta Pro-Centenario.
Artículo 2o. · El Personero Municipal gestionará la adquisición
del lote de terreno adyacente al que posee el municipio en aquella
localidad, lote que es de propiedad particular, con el objeto de en·
sanchar el área edificabl .
Artículo 3o. - Inmediatamente después de que este Acuerdo sea
Ley del Municipio, el Ingeniero Municipal levantará los planos de los
e presados lot de terreno y hará en éllos el planeamiento para los
barrios obreros, con una distribución metódica de solare , y una vez
aprobado el planeamiento por el Concejo Municipal y aprobados los
proyectos de edificaciones que presentará el mismo Ingeniero, procederá
a construír casas baratas, por administración directa o por contrato,
ciñéndose a las siguientes reglas generales:
a) · El sistema será el de barrios con casas alineadas, distribuídas
n manzanas pequeña , eparadas por calles de 12 metros de ancho,
con casa independiente adaptadas para la vivienda de una familia
de obreros en cada una, debidamente orientadas.
b) - El plano para ada ca a será de 10 metros de frente por 12
1netros de fondo, o sea de capacidad de 120 metros cuadrados.
e) - Las ca as serán de una sola planta, de estilo uniforme y se
construirán de acuerdo con los planos elaborados por el Ingeniero
Municipal. Cada casa constará de estas piezas: una sala o cuarto de
vida, un dormitorio, una alcoba, una cocina y un cuarto de baño y
ervicios sanitarios. La superficie de cada una de las piezas será de
20 metros cuadrados por lo menos, consultándose en todas un volútnen
mínimo de veinte metros cúbicos por cada habitante. El alto claro
de las piezas debe ser de cuatro metros, a lo menos.
d) - Los hilos y ni eles serán dados por el Ingeniero Municipal,
de conformidad con los planos que deben ser debidamente acotados.
e) - Las fundaciones se harán con piedra de cantera o molones y
morteros de barro o lechada de cal, profundizados a lo menos hasta
sesenta centímetros de la superficie del terreno, a no ser que la naturaleza
del terreno exigiere otra cosa, a juicio ~el Ingeniero Municipal.
La anchura del cimiento tendrá diez centímetros más a cada lado
del espesor del muro.
f) · El nivel del piso de loe departamentos debe ser de quince
centímetros más alto que el de los planos. El nivel de los patios será
cuando menos. quince centímetros más elevado que el de las aceras
o andenes d la call .
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ANALES DEL CONCEJO MUNI IPAL DE PASTO 85
g) - El espesor de los muros de trabajo no erá menor de cuarenta
centímetros si fuere de ladrillo cocido; de sesenta centímetros
si fuere de tierra pisada. Los muros para divisione de piezas podrán
hacerse de adobe o de ladrillo a zoga, de madera, guadúa con cemento.
Si se adapta el sistema de madera y cemento, el espesor de
los muros no será menor de quince centímetro . Los tabique exteriores
podrán construírse con pies det·echos reforzados con diaaonales,
apoyándose la viga inferior en pilotes de piedra o de concreto, debidamente
repartidos. A cada 25 metroe, las divisiones t.ransversales se
harán con muros de cuarenta centímetros de espe or y en forma de
cortafuegos.
h) - El envigado y demás enmaderado serán ólido , adaptando
estructuras técnicas del menor peso posible.
i) - Los pisos serán enladrillados y los patios cementados. Las paredes
y tabiques de adobe deberán ser rebocados, enlucidos y blanqueados
en la parte exterior que dé a la calle; y en interior sólo irán
enlucidas y blanqueadas. Las paredes de ladrillo ba tará que sean
emboquilladas.
j) - La techumbre será de teja curva, de barro cocido, o podrá
también emplearse teja metálica galvanizada, corrugada.
k) - Las puertas exteriores tendtán como mínimo una altura de
dos metros, sesenta centímetros y una anchura de un metro treinta
centímetros. Cada departamento tepdrá una ventana de ochenta centímetros
de ancho por un metro veinte centímetros de altura, a lo
menos, o bien un ventilador o tragaluz, que no baje de cincuenta
centímetros.
1) • Se procurará que quede una pequ ña área para jardín, en
donde podrá colocarse un pequeño lavadero para ropa .
Artículo 4o. - El costo de cada casa no excederá de ochocientos pesos
($ 800,00) moneda legal. Para lograr e te presupuesto económico, deberá
estudiarse concienzudamente por el Ingeniero Municipal el siste ma
y las condiciones y materiale más apropiados, estilo arquitectónico,
distribución de piezas, etc.
Artículo So. - El Mucicipio de Pa~to, una vez que esté administrando
en propiedad el Acueducto y Alcantarillrdo Públicos y la planta
hidroeléctrica, suministrará a cad(l familia de obreros el agua y la
luz necesarias, a precios baratos, hasta que el obrero haya adquirido
la pr<'piedad de su casa.
Artículo 6o. · Cada casa, una vez con luída u con trucción, se
dará a una familia de obreros, de reconocida honorabilidad, prefiriendo
las familias de casados, a modo de arrendamiento pero con el
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86 ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PATO
compromiso de que el Municipio le traspasará la propiedad cuando
haya acabado de pagar el valor de la casa.
Artículo 7o. - El valor de cada casa lo pagará el obrero en cuotas
mensuales a razón del 4°/0 anual repartido en doce mensualidades,
y y pagadero el total en 2.) años, conforme a la Ley 61 de 1936.
Según e3to, computando el costo de una ca a en $ 800,00, el obrero
pagará mensualmente dos pesos con sesenta y seis centavos ($ 2,66).
Artículo 8o. - Si el obrero dejare de pagar varias cuota , la Junta de
Hacienda resolverá si es el caso de cancelar el contrato.
Artículo 9o. - Sólo en caso de muerte del obrero que hubiere hecho
el contrato con el Municipio para adquirir una ca a podrán su
herederos legítimos continuar con el derecho a la propiedad, siempre
que se comprometan a continuar pagando las cuotas mensuales. En
ningún otro caso es transferible la propiedad de las casas así adquiridas.
Artículo 10. - Es obligación del obrero, la que se hará constar en
el respectivo contrato, cuidar permanentemente por la buena conservación
y debido arreglo y saneamiento de la casa que ocupa. El Municipio,
por medio de cualquiera de sus agentes, pued y debe tener
derecho para controlar en todo tiempo el buen cuido y con ervación
de las casas obreras.
Artículo 11. - Una vez que el obrero haya pagBdo todo el co to
de la casa que ha habitado, el Personero Municipal le otorgará la
respectiva escritura pública, que será sometida a la aprobación del
Concejo Municipal y de la Gobernación del Departan1ento.
Artículo 12. - Llegado el caso de que el Municipio esté en po esión
y esté administrando el Acueducto y el Alcantarillado y la Planta
Eléctrica Municipal suministrará a cada ca a de obreros tre bmnbillas
de 25 V•
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93
Artículo 2o. - Este Acu rdo regirá desde su sanción.
Dado en el salón de . siones d 1 Concejo :Municipal de Pasto, a
Jos tres días del mes de f lH'ero de mil no\ccicnto trejnta y nueve.
El Presidente,
FRA JSCO DE P. "'ANTANDER.
El Secretario,
Jfarco A. de la Rosa.
Alcaldía ~funidpal. -- Pasto, ~ brero cuatro de mil novecientos
treinta y nueve.
Publíquese y ejecútese.
El Alcalde Municipal,
(fdo.) Tü}IÁS F. DE LA ESPRIELLA.
El Secretario,
(fdo.} Litis Felipe Guerrero.
Goberna · ión del Departamento. -- Sf'eretaría de Gobierno. -- .., eceió 1
Administrativa. -- Pasto, febrero 17 de 1939.
Apruebanse los siguientes Acuerdos del Municipio d Pa ·to, d bidamente
sancionados:
El número 40 de 10 de los corrientes, 1nediant l cual s:-> hac n
unos traslados en el presupuesto de rentas y gastos de la presente
vigencia y el numero 48 de este mismo mes, m diante el ·ual d H.
Concejo aprueba un contrato con Ja casa Aristizáhal S. ., para la
adquisición de un carro transporte co~1 destino a la Unidad Sanitaria
Iunicipal de la localidad y por la sutna ele $ 2.800,00 m/1.
Con las formalidades legales, devuél va e.
El Gobernador del Depto., ALBERT) MONTEZUMA H.
El Secretario de Gobierno. CARLO ALYAREZ GARZÓ I
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Acuerdo número 49
por el cual l!le aprueba un contrato.
El e llC jo ;Iunicipal de Pasto, n · uso de sus atribuciones legales,
ACUERDA:
At·tículo lo. - Aprobar el ontrato escriturario, celebrado entr
los señores Personero .Municipal de Pasto, y Gobernador del Departamento
de Nariño, sobre permuta de do iumuebl s ito en esta ciudad
y que a la letra dice:
~< o. 38. - NUMERO TRE1 TA Y OCHO. - En la ciudad de
Pasto, capital del Departamento de Nariño, República de Colombia,
a los v intiún días del mes d enero de mil novecientos treinta y
nue e, ante mí, Carlos Conto, Notario No. lo. del Circuito de Pasto
y de los testigos in trum ntale eñores Enriqu arváez M., y Mario
Rarr iro R., varones, mayores de edad, vecinos de esta ciudad, d
buen crédito y sin impedimento para testificar, comparecieron los señores
doctor Alberto Montezuma H., Yarón, casado~ y don Felipe l.
Uscátegui, varón, soltero, ambos mayores d edad, vecinos de esta apitaJ,
a quienes onozeo personalmente y e hallan provistos de sus
cédulas de ciudadanía números 545831 y 546759, expedidas
resp ctivamente en Pasto, y dijeron: que 1 prim ro, en su carácte de
Gob rnador del Departamento de N ariño, y el 'egundo, en el de Personero
Municipal de Pa to, y autorizado e te último por l H. Con e;
o :Municipal, por Resolución número 98 d 23 m a·
ne1·a real y materiel, los inmuebles pern1utados~ con toda s sus ane idades,
usos, derechos, costumbres, servidumbres y demás acciones con·
siguientes sin reservas de ninguna clase.
NOVENO. - Que los comparecientes declaran mutuamente que
las propiedades, materias de esta permuta, se hallan libres de todo
censo, hipoteca, embargo judicial y condicione rcbo lutorias obligándose
mutuamente al saneamiento de evic ión en los ca , os preYistos por
la Ley.
DECIMO. · Para la validez del presente e ntraio de permuta, 8e
someterá a la aprobación del H. Concejo ~Iunicipal de Pasto y a la
de la Asamblea Departamental, en lo que a cada entidad corresponde.
Así extendida esta escritura, los comparecientes a nombre de las Entidades
que representan, la aceptan en todas s us partes. Se agregan
una boleta de registro, certificados correspondiente~ y diligencia ante·
riormente anotadas, que dicen:
<< BOLETA No· 37. - República de Colombia. - Departamento de
Nariño.- Renta de Registro. - Pasto, 13 de n ro de 1939.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Ar ALES DEL CONCEJO M NICIPAL DE PASTO
Consignó Felipe l. Uscátegui, la suma de ............... sin derechos .............. .
de registro deducido de veintiocho mil pesos ($ 28.000,00) en que el
.Municipio de Pasto, pennuta con l Departamento de Nariño, una
casa por otra, sitas en esta ciudad.
Por el Tesorero General, (fdo.) A. Chaves G. El Consignante, fdo.,
Felipe I. Uscátegui.
No. 0048. · Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Certificado
de Paz y Salvo. - Pasto, 13 de enero de 1939.
El Administrador de Hacienda de Nariño, Certifica: Que el Gobernador
del Departamento y Personero l\1unicipal, están a paz y salvo con
el Tesoro Nacional, por concepto de impuesto sobre la renta, patrimonio,
te .. e ceso de utilidades y cuota militar, hasta el año de 1937
inclusive. V á lid o por los Municipios del Departamento.
Firmado, Adonías Bravo ...
RESOLUCION No.
El Concejo Municipal, en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERNDO:
lo. · Que la Gobernación del Departamento, en comunicacwn ofi·
cial y n con ersaciones informales con la Corporacion, ha hecho conocer
que el Gobierno Nacional desea construír el Palacio Nacional
en e ta ciudad J ha escogido como lote n1ás adecuado para ello el
que posee el :Municipio y que actualmente sirve de carcel nacional
del Distrito Judicial, Departamental y Municipal.
2o. - Que para llevarse a efecto la construcción de dicho edificio
el Gobierno Nacional pide como contribución departamental el aporte
del lote donde debe levantarse el edificio, y para ello propone al Municipio
una permuta ele este lote con la casa que posee e] Departamento
y que la tiene destinada actualmente para Escuela de Artes
y Oficios.
Que aunque el lote que posee el Municipio es de gran valor por
su buena posición en el marco de la ciudad, pero deseando facilitar
la realización del pensantiento del Gobierno Nacional de construír en
esta capital un edificio moderno donde funcionen las oficinas púb}i·
cas nacionales,
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
' ' 98 ANALES DEL CONCEJo MUNICIPAL DE PASTO
RESUELVE:
Autorizar al señor Personero Municipal, a fin de que se eleve a
contrato escriturario, con la Gobernación del Departamento, la permuta
de que hablan los considerados de la presente Resolución, inclu·
yendo en una de las cláusulas del contrato, que el Departamento se
compromete a adaptar y reparar el edificio invirtiendo una suma hasta
de dos mil pesos ($ 2.000~00), de tal susrte que quede apropiado para
servir de cárceles Nacional y Departamental.
Dado en el salón del Concejo Municipal de Pasto, a veintitrés de
dicimbre de 1938.
El Prssidente,
El Secretario.
(Fdo.), FRANCISCO DE P. SANTANDER.
(Fdo.), Marco A. de la Rosa ·•.
«REPUBLICA DE COLOMBIA. -· DEPARTAMENTO DE NARINO.
Personería Municipal. Pasto. Sr. Juez lo. Municipal. - Yo, Felipe
l. Uscátegui, en carácter de Personero Municipal de Pasto, a usted
atentamente pido: Con el fin de facilitar el lote de terreno que necesita
el Ejecutivo Nacional pat·a construir el Palacio de esta ciudad,
de acuerdo con el convenio verificado entre el señor Gobernador y
los miembros del Concejo Municipal, pido se proceda al avalúo extra·
judicial de los siguientes inmuebyes: el ocupado por las cárceles del
Circuito Judicial, Departamentrl y Municipal; el lote adyacente de
propiedad del Municipio, ocupado en garages; y el edificio de la Es~
uela de Artes y Oficios, de propiedad del Departamento. Así mismo
también pido se ava]úen las tiendas de propiedad particular que se
hallan situadas entre las cárceles ya indicadas y el solar de la Gobernación.
Para la práctica de e ta diligencia, nombro con1o perito de
parte del Municipio al sefior Inspector Municipal, señor Rafael Garcés,
a falta del ln~eniero Municipal que se halla ausente, y e pero
que se notifique al señor Gobernador para que nombre el perito que
l e corresponde. En caso de desaruerdo, ellos se servirán nombrar el
tercero en discordancia. Como el asunto es urgente, confío en que se
despache a la mayor brevedad po ible. Renun{!io notificación. Pasto,
20 de septiembre de 1938. El anterior memorial~ fue presentado perso·
nal y directamente por el señor Personero Municipal, don Felipe l.
Uscátegui, con el cual doy cuenta. (fdo.), M. lnsuasti .. .
.. Juzgado lo. Municipal. - Pas to, septiembre veintinueve de mil
novecientos treinta y ocho. - Practíquese el avalúo de que trata el
1nemoríal anterior para cuyo fin el señor Gobernador designará el prrito
que le corresponde, en el acto de la notificación del pre ente
auto y para el caso de discordancia los doe principales nombrarán el
tercero para el caso de discordia. Sea perito por parte del repres ntante
de la Enticlad del Municipio de Pasto ~ el señor don Rafael Gar-
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL i>E PAS110 99
cés. La diligencia tenflrá lugar a la ho1·a siguiente hábil de la pose·
sión del l1ltimo pei~ito. Notiflquese. fdo., Casahón Ch. fdo., 1\1. lltsuasti...
En veintinueve de st>ptiembre de mil novecientos treintra y ocho,
notifico per onalmente del auto anterior al seño1· Personero 1\'Iunici·
pal. Firma n constancia, Uscátegui. 1\'I. lnsuasti, Secretario»,
"'En veintinueve de septiembre de mil novecientos treinta y ocho,
notifico del auto anterior al señor Gobernador del Departamento, Dr.
Alberto Montezuma y firma manifestando que nombra como perito
por su parte al señor Luis Aurelio Guerrero, quien se posionará oportunamente.
Fdo., Ca abón Ch. M. lnsuasti, Secretario· ...
., En Pasto, a los veintinueve días del mes de septiembre de mil
novecientos treinta y ocho, al Despacho del .Juzgado lo. Municipal,
compareció el eñor Rafael Garcés, con el fin de tomar posesión
del cargo de perito para el cual ha sido designado. Juramentado en
forma legal por el señor Juez, ofreció desempeñar fiel y legalmente
u cargo. En constancia firma con el señor .J ue7. y Secretario que autoriza.
fdos., Pedro Ca abón Ch., RafaeJ Gat·cés M. lnsua::ti-Seoretario·•.
«En veintinueve de septiembre, de mil novecientos treinta y ocho,
presente en el Despacho del Juzgado lo. Municipal de Pasto, el señor
don Luis Aurelio Guerrero, nombrado perito por parte de la Gobernación
del Departatnento, para el avalúo de que trata el 1nemorial del
señor Personero ~Iunicipal, el señor Juez le exigió la promesa legal
del juramento y rendida que fue por el compareciente, bajo su gravedad
ofreció desempeñar fielmente el cargo para que ha sido desig·
nado, ser imparcial con las partes y legal a la justicia que exige el
concurso de sus luces y experiencia. En constancia firma con el Sr.
Juez y suscrito Secretario.
Pedro Ca ahón Ch., Luis Aurelio Guerrero, 1\L Insuasti·-Srio•·.
ACTA DE AVALUO.
«A los cuatro días del mes de noviembre de mil novecientos
treinta y ocho, se presentaron al Despacho del Juzgado lo. Municipal,
los peritos señores Luis Aurelio Guerrel'O y Rafael Garcés, con el oh- ·
jeto de rendir su concepto en relación con los edificios ele que trata
el señor Personero :Municipal en su memorial de fecha 28 de septiembre
del presente año y ante el señor Ju{z y Secretario, se expi·esaron
así: Sr. Juez: • que le produzca rentas y que le haga aumentar
las rer ta p r ·oncepto de impuestos. Al Sr. Vallejo P. pertenecen to·
dos los trabajo _ obra existentes en la casa No. 500: obras y trabajos
h . cho ~ pan1 tran formar el patio de la a a en salón de cine, hasta
por rinco año qu e el término d e t contrato . . sí extendida esta
c·srritura. ]os otorgantes Ja aceptaron en todas u parte .
Se agregan ]a Boleta de Registro v Certificado ' respectivos, que
di ·en: .. BOLET No. 73. - REPUBLICA DE COLOMBIA. DEPARTAl\
JE TO DE NARIÑO. - Renta de Registro. - Pa"to, 19 de en ro
de 1939. - Consignó Enrique Narváez, la suma de , iete pesos, cincuenta
centavo ( 7.50), por derecho de registro d ducido de tres mil pe·
sos ($ 3.000.oo) valor del cánon anual que fijan como arrendamiento
de una ca a , ita n esta ciudad, contrato celebrado entre el Municipio
. el Sr. Pedro Vallejo P., se cobran los dere ho qtP corresponden al
~r. Pedro Vall jo P. (fdo. A. Chaves G. El Con ignante (fdo.) E. Nar-
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO 105
á z M. ·' - o. 0098. - MINISTERIO DE HACIENDA \ CREDITO
PUBLICO. CERTIFICADO DE PAZ Y SALVO. Pa to, 19 d n ro
de 1939. El Administrador de Hacienda de Nariño CERTIFICA: Que
1 Per onero funicipal Y Pedro Vallejo P., vecinos deJPa Lo, e Lón a
paz y .., alvo con el Tesoro Nacional, por concepto de impuc~ to ._obre
la renta, (r nta, patrimonio y exceso de utilidades) 'uota militur
hasta el año de 1937 inclusive. Válido por los Municipio.. del D par~ .
tameuto (fdo.) donías Bravo. (El anterior certificado lle a ahel'ida. y
debidamente anulada dos estampillas de Timbre acional~ por alor
de yeinticinco centavos ($ 0.25) cada una.
CO CLUSIO ES: Se advirtió el deber de hac r r gi trar una copia
de ta e critura en la oficina respectiva, d ntro del p1azo legat y
leída a lo otorgantes a presencia de los testigo instrumental , nombrado
arriba, la aprobaron. En constancia fiirman Lodos por ant mí.
. e e tendió con póliza presentada por los intere ado,. Felipe l. cá~
tegui. Pedro Vallejo P. Tgo., Luis F. Salazar. Tgo., Enriqu arYáez
M. Carlo Conto Notario 1°.» En tres hoja num rada ) rubri ·adas
por el uscrito Notario, se expide esta primera copia, a fayor del 1\lunicipio
de Pa to, hoy diez y nueve de enero de mil no' e i ntos tr 1 n-ta
y nuev (fdo.} Carlos Conto, Notario No. 1 °.*
Artículo 2° - Por la aprobación del present queda in ~ uh , i. teut"
el anterior contrato de arrendamiento del 1nismo local.
rtí ulo 3o. - E te acuerdo regirá desde u anción.
Dado en Pasto. en el salón de sesiones del Concejo Municipal a
a los veinte días d f mes de enero de mil noveciento trei nla y nueve
El Presidente,
FRANCISCO D' P. ' A 1 TT NDF.H.
El ecretario~
11Harco A. de la J'o~u.
Alcaldía Municipal. Pasto, veinticuatro de febrero d ntil no' f•ciento ..
treinta y ocho.
Publíquc. e · ejecútes
El 1 ·altl Municipal,
Tomás F. de la E ¡Jriclla.
El cr tario de la Alcaldía,
Luis .F. Guerrero G.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Acu rdo núm ro 51
Por el cual ~e autoriza la venta de los Bonos de )a DefP-nsa I acional de propiedad
del )lunicipio y ;;e ordena u inversión.
1
El Conc jo Municipal le Pa to. en u . o de sus atrih 1ci n1 s 1 gales,
ACUERDA.
Artículo lo. - Autorízase a los s ñores Contralor y Tesorero l\iunioipales
para que lleven a rabo la ~ stiones conducentes, por medio
(lel Banco de Colombia a nnder en la ~ Bolsas de Bogotá o Medellín
los Bono de la DefetLa I acional que por alor de $ 4.500.00
p d ee el Municipio.
Articulo 2o. · Una v z efectuada la enta dP lo Bonos en mcn·
ciún, el Contralor y el T ~orero Municipales rendirán por crito un
inl'orme completo obrP t>l particular. al Concejo Municipal.
Artículo 3o. - Del preeio d , la ' e nta. de tína la . uma d · .: :tOOO.
para la con .. trucciún ele una •, cuela p1·i maria dt>ntro de Ja iudad, Ya·
lor que erá con. iguaclo en la \.dmi ni;-;tración de Hacienda 1 acional
de r ariño como aport · ele! l\[uni · ipio para tal ohjeto, ron l iin de
conseguir que la na<"ión rontrihuya <·on la < antidad que le rorre ~ pon·
Ja de acuerdo con lo e~ tahleciclo por el Deer to número 888.
Artículo 4o. - Auloríza ~ e al e iior P er~onero ..\1 uniripttl para quf'.
una vez depositado t•l valor dt> que aquí ~ r trata rn la -\dmini traión
rle Hacienda \te.ional df' ariílo, acth e' la . !;!e . tiont>s del ca5o
on el Gobierno .~. a<'ional on el ohjPto dr obtenci· la eon~trllciún de
dicha e cuela a la mayor hr 'edad.
Artículo 5o. - Por m dio de Re olu ·ión po. terior. el Concejo
M.unicipal detet·minará el sitio tm que dicha PS uela dt>ba 1 '\antur. e.
para lo ual~ lo mL mo qu ~ para la confer.ciúu de plano..,. t~ tc .. . ,e t n-
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107
urá n cuenla el concepto del , eñor :Mini tro de Educación acional
o de aqu l funrionario a quien comisione para el efecto.
ArLículo 6o. - De tína~e la .~ tuna d ciento setenta pe o ($ l70,oo)
para pagar la parte que 1 < orre ponde al Municipio, en los funerales
y nti rro del extinto ñor don Efi·aín E paña ., quien fue elegido
'ecretario d la Corporación. Suma que e tomará del Capítulo VUl,
numeral 119, ga" to. impr \ isto .. m diante cuenta que pre. entará el
Contrati ta. don Efraín Eraso llidalgo.
Artículo 7o. - E, le ru nlo 1· girá rl ',de u anción.
Dado en 1 alón del c:Alnr jo Muni ipal d Pa. to, a los 23 días
del mes de fehr ro de mil noveciPnto. tr i nta nue, c.
El Pre. id nt .
FRA lSCO DE P. ANTANDER.
El ecr tario,
JVI arco A. de la Ho a.
Alcaldía Municipal. - Pa to, febrero veintiocho de mil novecientos
treinta y nueve.
Publ.íquese y ejecútc e.
El lcaJdc Muni ipaL
ToMAs F. DE LA EsPRTELL .
Lui.s F. Guerrero (; ·
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Acuerdo nútnero 52
Sobre nomenclatura y numeración de la ciudad de Pa. to.
El Concejo Municipal de Pasto, en uso el .. ~u facultade. l gal ,
ACUERDA:
Artículo lo .. La lcaldía Municipal en a ocio del Jngeni ro del
Distrito, tendrá a su cargo el cambio de la a tual nom nclatura y numeración
de carr ras, calles puertas de la ciudad por la que d ter·
mina el siguiente istema:
· a) Las carreras se contarán de ste a oeste y la calles de ur a
norte, en orden ascendente, teniendo en cuenta el planeamiento del
Pasto futuro que elaboró el Ingeniero Luis Lobo Guerrero y que e ·
tá aprobado por el H. Concejo Municipal y que está demat·cado en l
terreno en toda el área urbana.
b) En la esquina e colocarán las cartulinas que indiquen lo ·.
números de la carrera y calles, precedidos de esto. nombres, r pec·
tivamente, y en los parques, plaza y avenida , et ., la de lo. nom·
hre eorr spondiente .
e) Adóptase el istema centesimal de numeración para cada cuadra,
marcando con número pare las puerta"' del costado est . co -
tado norte, e in1pares para las puerta de lo flancos o te y ur. Ca·
da placa colocada en ~ima del dintel de cada puerta mar ará el nún1 -
ro dt la carrer·a o calle inmediatatnente anterior y el número de la
puerta correspondient , separado por un guión.· La ventans d berá n
tenerse en cuenta para la numeración, pero no lle arán placa. En ada
cuadt·a de carrera o calle se empieza la num ración cente ünal.
d) El material de las placa , tanto el de las alles, carrera y av -
nielas, como el de las puertas, debe s r hecho en lántina de hierro d
un milímetro de espe. or por lo meno , con la numeración y leyendas
grabada en alto relieve y cada uno de 1 s uúm('ros el he tc>n r no
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m no de i centímetro de alto pot· tr s centímetro~ de ancho, en
un grabado perfecto.
) La pn rta que e hallan en quina chaflanada , para los
f cto de la numeración, e con iderarán invariablemente como per~
t carrera y no a la callee.
Artículo 2o· . Toda la propiedade llevarán la placa numerada,
111 lusiv la que quedaren alg ad ntro de las línea horizontal s d
las carr ra , calle , avenida , et ·.
Artículo 3o. · Lo propietario pagarán el importe de las pla a
que e o up n en u edificios a precio de co to, .E ta placa la adquirirá
l lunicipio, sea por contrato en licitación o por compra
directa.
rtí ulo 4o. · E fun ·ión privativa de la Alcaldía 1\1:unicipal determinar,
n aso ·io del Ingeniero del Distrito. lo numero que corr s~
pon dan a cada propiedad y uministrar a los interesado un certificado
en que ·on te tal determinación. De estos certificados se conservará
en l ar hivo de la Acaldía un duplicado firmado por la persona qu
haya r ibido el original
Artí ulo So. · Ninguna per ona puede can1biar los número e.'i -
t en las pu rtas ni d t rminar la que correspondan a edificacion
nu a , in la autorización previa de la Alcaldía Muni ipal, la
que la e p dirá 1nediante ]os certificado a que hace referencia el
Artículo 4o. de este Acuerdo.
rtí •ulo 6o. - Cuando haya de variar el número de ·ualqui ra
pro pi dad, e dejará la placa antigua cruzada con una linea roja, para
indicar u cancelación y se instalará la nueva en el sitio que le corr
ponda. Tran currido dos años después de verificada la variación,
la lcaldía Municipal retirará las placa canceladas.
Artículo ?o. - La placa serán colocada por quien venda la no·
m ,nclatura de acuerdo con las cláusula del contrato y bajo l inmediato
control del Ingeniero Municipal, y los contratistas se comprOinet
rán a entregar al municipio un censo de habilitacione elaborado
de acu rdo con las siguientes normas: propietario del edificio, frente
que tien a cada calle pública, número rl locales que den a cada ca]
l , u o a que e tén de tinados, especifi ando las clases de negocios
que ha a n ello ; nombre de cada una de las personas que ocupen
o lo ale ; en ca o d que las tienda sean de distinto dueño al del
r Lo del edificio indicar quienes son us propietarios.
Artículo 8o. - Cuando un propietario pierda la placa, deberá Inm
diatamente olicitar otra nueva a la Alcaldía Municipal, la que deb
rá adquirir, para cada cuadra, cincuenta placas de numeración par
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110 ,\ \LES DEL C:O\C~JO 'lL lClPAL DE P \ 'TO
y cincuenta d numera ·ión impar; dota ión con la cual e mu egu-ro
no faltarán pla as para nu va puertas.
Artículo 9o. - El Ingeniero :Municipal no p drá extender permiso
para abrir nu vas pu rta o ventana.., . in l C rtifi ·ado d la Al-aldía
:Municipal en qu on t qu e han ... olicitado las re p ctiva
placa de nomen latura y i trata de cerrarla , deberá e . igir el
certificado de nomenclatura on una nota de la Alcaldía Muni ipal.
Artí ulo 10. - La l aldía .Muni ·ipal no podrá xpedir certificarlo
·i no para aquella pro pi dade que den a vía púhli ·a~, ) a aprobada
por la In~eniería Municipal~ y en lo ca o de nueya rlifi a ion .
clcberá pr viam nt exigir la pre ntación d la ii ncia de on tru -
ci 'n, otm·gada por la mi n1a lngeni ría.
Artículo ll. - La lcaldía :Municipal pa ~ ará periódica m nte relación
completa de lo:::; cambjo ~ de nun1eración qu verifique. a las i:!
UÍ nte entidades: a) Concejo Municipal; b) T m·cría iuni ipal; e)
otaría Pública y ofi ina de Regí tro~ d) Tel rrrafía acional d la
ciudad.
Artículo 12. - La Al ·aldía iunicipal podrá impon I' multa d"
$ 5.,00 a $ 50,00 a los pro pi tario contra n tor eh la di...t o ·i-cione
de P te Acnerdo, según lo
rtículo 13. - própia e la ' urna de 500.00 qu ~ e tomará d 1
Capítulo VIII, numeral 119, ~a_.;;to · impre\ i to , para e] cumplimiento
de e te Acuerdo.
Artículo 14. La compra de la placas etc., para el erviClO d la
nom nc1atura rl la ciudad~ d ouformiclad con lo e tabl ciclo n
e te cuerdo, hará por m dio de li itaeión públi ·a, mediant plie-
1!0 de ar~o " qu laborará ~ publicará a la ma.'or hrcv dad la Junta
de Ha ·ieuda Municipal, entidad que de ti ahora qu da facultada pa·
ra fijar fecha y plazo para dieha li itación .
.A rtí ·ulo 15. - La Junta (le Hacienda Municipal abrirá la li ita-ci'
n a má tardar quince días de pué ' fl ancionado el pr s nte
Acuerdo.
El Concejo previo inform de la .) unta rl Ha ·i nda 'Iuni ipa],
adjudi "'ará el contrato corre pondi nt
rtículo 16. · E ~ te "'U nlo re~irá dC' de ~u s an<'ión.
Dad) en l Salón de e ione d 1 de Pas to, a
veintítrés de febr ro de mil no,"cci •nt<
El Pt· .sidont , FH r tsco DE P. ' A rT \. ER.
El Secr tari ~~ ar ·o . de la Rosa.
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TCll'AL DE PA 'TU lll
Al aldía ~Iunicipal, · Pa to, febrero veintiocho de mil noveciento
treinta y nu v .
Publíques y ejecút se.
El Akald funicipal.
Tomá F. de ]a Espriel1a.
El S 'l' tario d )a · Alcaldía,
Luis F. Guerrero G.
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112
e e 'Ion dmini trati va. -- Pa to, febrero 28 dP- 1939.
Pre entado n e ta fecha d y cu nta. (fdo), C. Alberto S.
Gobernación del Departamento. -Pa to, marzo lo. d 1939.
Apruébansc los siguientes
hidamentc sancionado :
uerdos del Muui ·ipio de Pa to, d -
El número 49 de 20 d febrero medianl · l cual e aprueba l
contrato scl'iturario, celebrado entre los s ñor P rsonero Municipal
de Pa to Gobernador del Departamento d ariño, obre permuta
d' lo , inmuebles situado en el perímetro urbano de e ta ciudad.
·El número 50 de la misma fecha, m diant I cual se apru ha l
contrato celebrado entr~ el señor Person ro .Municipal y l "eñor P -
dro Vallejo P., obre arrendamiento de la ca a número 500 de propiedad
del Municipio y con destino al funcionamiento del Teatro Ariel.
El n(unero 51 de 23 de f brero, mediante el cual, e autoriza a
lo eñores Contralor y T orero Muni ·ipales para ge 'tionar la venta
d uno bonos de propiedad de] Muni 'ipio y por l vaJor el $4.530,00
mon da legal.
Y por últüno, el nún1ero 52 del mi. mo me de f brero, 1nediante
el ·ual :e di pone la nueva nomen latura de la call •::s y arreras como
de la habitacione de la ciudad.
Cópie e y de\ u él ,·a.,e con las formalidades l galcs.
}lJI Gobet·nador del Departamento,
ALBERTO JO ,TEZUM H.
El Secr tario de Gobierno,
Carlo Ah arc:l Garzón.
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Acuerdo , numero 53
Por el rual e vt-rifica un traslado y se de tina una partida para resolver
l problema del a _eo de la ciudad.
El Conc jo l\luni ipal de Pa to, en u o de ~u atribucion s, y
ACUERDA:
Artículo lo. - De los Departamentos de Instrucción Púhli ·a y
Beneficencia, N umeralc 94 y 116, trasládase las cantidad s d $ 80,00
y $ 500,00 re pectivatnente. al departamento de Obra Pública ~ , romo
numerales nuevo, a í: $ 380,00 TRESCIETOS OCHENTA PESOS,
para la reparación del camino a Río Bobo y DOSCIENTOS PE OS
($ 200,00), para la con trucción de la escuela de Pejendino.
· Parágrafo. - Las cantidades que se trasladan no estarán ujNas a
duod' inta~.
Artículo 2o. - De tínase la partida de $ 40,00 mensuale durante
ei me s a contar desde la aprobaéión de este Acuerdo a íin de qu
el eñor doctor CIPmente Montenegro pueda hacer sus e tuclio . sobre
tran formación de la s ba uras de la ciudad en abonos.
Parágrafo. - El do ctor l\1ontenegro presentará al H. Concejo la
conclu ]one a que llegar y dará la normas para financiar su pro·
yecto. La partida a que se refiere el artículo anterior tomilrá d l
num ral 106, Capítulo VI del Pre upuesto d Ga to '\igent .
Artículo 3o. -- E . te Acuerdo regirá desde su anción.
Dado en el Salón del Concejo Municipal de Pasto, a los once
día del m•s de manr.o de milno,ecientos treinta nue\e
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114 A ALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO
El Presidente,
FRANCISCO DE P. SANTA roER.
El Secretario~
1llarco A. de la Rosa.
41 aldía Municipal. · Pasto. marzo catorce de mil novecientos treinta
y nueve.
Publíques ~ ejecútese.
El Alcalde Municipal,
Zono C. DELGADO.
El Secretario,
Luis F. Guerrero C.
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ACUERDO No.· 54
Por el cual llf' aprueba un contrato.
EL COI EJO MUNICIPAL DE PASTO,
en uso d sus facultades legales, ·
ACUERDA:
Artí ulo 1° - Apruébase el siguiente contrato e lebrado entre el
señor per onero Municipal y el señor Gerardo Bueno E., para suministl
·o de útiles de escritorio para el Almacén Mu icipal de Proviciones
¡ue dice:
«CONTRATO N° ll - Entre los susc1·itos, Felipe Ignacio Uscátegui,
en su carácter de Person ro Municipal y el Sr. Gerardo Bueno
E., cedu!ado bajo el número 1060433, ambos mayores de edad. v y -
cinos de esta iudad, hemos el brado el sigaien-te contrato: el ségundo
de lo nombrados yende al l\1unicipio de Pasto. on d stino al Almacén
.Mpal. de Provisione,, los sigui ntes artículos de escritorio: o henta
resmas de pap l de oficio sin líl)ea, a $ 2,80 la resma, total $ 224,oo;
SO resmas de papel de oficio .ra_ ado, a $ 2,60 la re ma, total $ 130,oo;
SO resmas d papel de oficio de copia, a $ 1,40 total $ 70,oo~ lOO
bloks d papel, a $ 0,28 /u., total $ 28too; 15000 sobres de ofi io, largos,
a $ 0,90 el ciento, total $ 45,oo; 500 sobres cuadrados, $ 0,50 el
ciento, tOtal $ 25,oo; 50 cajas de papel carbón, a $ 1,70 !a caja, total
$ 8S,oo; 5 ~ruesa de tinta, Speeder, a $ ll,oo la ~ruesa, total $ SS,oo;
5 gruesas de lápice de carbón, número 955, a $ l3,oo la gruesa total
$ 65,oo; 3 docena dt- !ápice bicolores, a $ 1,50 la docena, total
$ 4,50; 3 docenas de lápices crayola , a $ 2,oo la rlocena, total 6,oo:
2 docenas de lápices para dibujo, H, HB, 3H, a $ 1,70 la doc na, total
$ 3,40; una gruesa de cintas para máquinas de escribir, nicolor y
de copia, a $ 96.oo Ja gruesa; 30 litros de tinta •·Pe1ikan-., a $ 3,oo
el litro, total_$ 90,oo; 2 gruesas de borradores a $ l2,oo J a gruesa, to-
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
116 ANALES DEL COCENJO MUNICIPAL DE PASTO
tal $ 24,oo; 6 docenas de plumeros, a $ 1,10 la docen, total $ 6,60; 12
cajas de plumas, a $ 1,oo la caja, total $ 12,oo; 150 hojas de papel se·
cante grandes, a $0,08 la boja, total $12,00; 24 cajas de alfileres,
a $ l,oo la caja, total $ 24,oo; 28 cajas de ganchos, Clips, a $ 0,25,
total $ 6,95; 24 cajas de ganchos de cobre, a $ 0,50 la caja, total
$ l2,oo; 6 libras de goma en polvo, $ 0,70 la libra,
Fuente:
Biblioteca Virtual Banco de la República
Formatos de contenido:
Publicaciones periódicas