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Imagen de apoyo de  El diablo en Cantillana

El diablo en Cantillana

Por: Luis Vélez de Guevara | Fecha: 2016

Esta obra se inspira en sucesos del siglo XV. Un capitán bajo las órdenes de Jofre Tenorio, almirante de Castilla durante las turbulencias de la minoría de Alfonso XI recorre las cercanías de Sevilla sembrando el pánico. El capitán ejercía especialmente sus desafueros en Cantillana, por lo que los arrieros y caminantes se alejaban del lugar y acostumbraban a decir: "Vámonos por otra parte, porque el diablo está en Cantillana". El diablo también podría ser en el imaginario popular el maestro Juan Pacheco, que acompañó al rey Enrique IV en su viaje a Sevilla en 1469. Pacheco era una persona muy odiada...
Fuente: Digitalia Formatos de contenido: Libros
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El diablo en Cantillana

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Imagen de apoyo de  Miser Palomo I

Miser Palomo I

Por: Antonio Hurtado de Mendoza | Fecha: 2016

Antonio Hurtado de Mendoza (Castro Urdiales, Cantabria, 1586-Zaragoza, 22 de septiembre de 1644). España. Gozó de notable fama de entremesista y de escritor de obras cortas para la Corte del rey Felipe III y para su descendiente Felipe IV. Para este último en 1621 escribió la Relación de las fiestas celebradas en Aranjuez. En 1623, gracias a su vocación servilista y literaria consiguió ser nombrado secretario real y miembro de la Orden de Santiago y Calatrava. En 1632 ejerció de secretario del Consejo de la Inquisición y secretario de la Cámara de Justicia en 1641. Fue amigo de Luis de Góngora, Lope...
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Imagen de apoyo de  Anales del Concejo Municipal de Pasto: órgano oficial de la Corporación - N. 150 y 160

Anales del Concejo Municipal de Pasto: órgano oficial de la Corporación - N. 150 y 160

Por: | Fecha: 1939

República de COLOMBIA DEL DE PA TO RGANO OFICIAL de la CORPORACION) DJiu 1E: EL SECRETARIO DEL CO CEJO --· NUMERO 161 OCTUBRE 1939 --=• LITOGRAFIA E IMPRENTA ''t .AHIÑO'' atiendr toda clas de trab2~0 en el Arte Gráfico. Puntualidad y Es1n ro Pasto - Nariño - Colombid .. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. REPUBLICA DE COLOMBIA- DEPARTAMENTO DE NARINO ANALES del Concejo Municipal de Pasto ORGANO OFICIAL DE L A CORPORACION DIRIGE: EL SECRETARIO DEL CONCEJO AÑO XI Pasto, octubre de 1939 No. 161 ACUERDO NUMERO 60 (Por el rual se aprueba un contralo y se hacen unos traslados). El Concejo Municipal, en uso de sus atribuciones legales, ACUERDA: Artículo 1 o-Apruébase en todas sus partes el contrato escliturario celebrado entre el señor Personero Municipal y los señores Edgard Si~ monds y el señor Enrique Luna, sobre la construcción de veinte mil me~ tros (20.000) cuadrados de pavimento de la ciudad, el cual es como si~ gue: "361.-NUMERO fRESCIENTOS SESENTA Y UNO.-En la ciudad de Pasto, capital del Departamento de Nariño, República de Colombia, a primero de junio de mil novecientos treinta y nueve, ante Mí, Carlos Conto, Notario Titular Número Primero del Circuito de Pasto, y los tes~ tigos instrumentales señores Mario Barreiro R. y RodoHo Ortega, varo~ nes, mayores de edad, vecinos de esta ciudad, de buen crédito y en quienes no concurre causal de impedimento para testificar, comparecieron el señor Felipe Ignacio Uscátegui, Personero Municipal de Pasto, debida~ mente autorizado por el Acuerdo Número cincuenta y nueve (59) de diez y seis (16) de mayo pasado; el doctor Edgard Simonds y don En~ rique Luna G., todos mayores de edad, vecinos de esta ciudad, a excep~ ción del doctor Simonds, que lo es de Popayán, provistos en su orden con las cédulas de ciudadanía números 546759, 765234 y 995993, expe~ didas en el lugar de su vecindario, a quienes conozco y manifesta~ ron:-Que han celebrado el siguiente contrato:-PRIMERO:-Los señor.es Simonds y Luna, que en adelante se llamarán los contratistas, se com~ prometen a construir la pavimentación de veinte mil (20.000) metros cua~ drados en las calles de la ciudad, que el señor Personero determine pos~ teriormente y de lo cual les dará aviso a los contratistas, y los sardine~ les correspondientes al área que se va a pavimentar con motivo de este Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO contrato, los cuales lleaarán a una longitud de siete mil metros (7.000) mas o menos.-SEGUNDO.-ESPECIFICAClONES TECNICAS.-Las espe~ cificaciones técnicas son las mismas de que se hace mérito en la cláusu~ la primera de la escritura número cuatrocientos ochenta (480) de di<'z y nueve (19) de agosto de mil novecientos treinta y ocho (1938).-TER~ CERO.-CONDICIONES GENERALES:-Serán también las mismas que fi­guran en la Escritura antes mencionada.-CUARTO.-PAGOS A LOS CONTHATISTAS.-El Municipio se compromete a pagar a los contratis­tas, a razón ele dos pesos noventa y cinco centavos ($ 2,95) el m tro cuadrado de pavimento, y a un peso cuarenta y dos centavos ($ 1 ,42) el metro lineal de sardinel, que son los mismos precios a que hace re­ferencia la escritura antes mencionada, y cuyos pagos se harán en la si­guiente forma: a las entregas que hagan los contratistas de cada dos mil metros (2.000) cuadrados de pavimento, la suma de cinco mil novecien­tos pesos ($ 5.900,00) que es su importe, y a la entrega de la totalidad · de los sardineles, la suma correspondiente al hacer la liquidación al pre­cio estipulado.-Además, el Municipio por conducto de la Junta de Pavi­mentación recibirá inmediatamente los ocho mil mNros (8.00,0) lineales de sardineles que tienen construidos los contratistas. según lo estipulado en la escritura a que se viene haciendo referencia, y hará su pago co­rrespondiente para que los contratistas puedan continuar en el trabajo de la pavimentación y sardineles a que se refiere esta escritura.-QUIN­TO.- Los contratistas se comprometen igualmente a construir los ande­nes correspondientes a las calles que tengan sardineles y cuya orden proceda del Municipio, a razón de un peso ochenta centavos ($ 1,80) el metro, debiendo pagar su valor los interesados inmediatamente que se construyan, según la mensura que presente el señor Ingeniero Municipal, y respondiendo a las exi~~encias técni"as por él orclenadas.-SEXTO.­Las condiciones resolutorias serán las mismas que quedan consignadas en la escritura ya relacionada. Los pagos se harán mediante la presen­tación de cuentas de cobro debidamente legalizadas y con el Visto Bue­no del Ingeniero Municipai.-SEPTIMO.-Para g1rantLmr los contratistas el cu·nplimiento de hs obligaciones anteriormente contraídas, el seúor Enrique Luna G. hace extensiva la fianza hipotec :uia que otorgó en la escritura núm~r::> 48J de 19 de aqosto de 1938, otorgada en esta Nota­ría.- Se agregan los comprobantes del caso:-Boleta Número 6.-REPU­BLICA DE COL0\1BIA.-DL.partamento de Nariño.-Renta de Rcgis­tro.- Pasto, 2 de junio de 1939.-Consignó Rodolfo Ortega, la sunm de-sin derechos-por derechos de registro deducido de se3enta y ocho mil novecientos cuarenta pesos ($ 68.940,00) valor del contrato adicional. celebrado entre el Municipio de Pasto y EJ~.1rd Simonds y E uique Lu­na G., sobre la constrLtcclón de vei•lte mil (21010) m3trJs de pavimen­tación, a $ 2.93 cadi unJ y a $ 1,40 sarclineles.-Por el T. G.,-(fdo.) A. Cl-I~ves G.-E! Consir,pante, (Fdo.) Rodolfo Orteg1".-"Númern 1465.-Ml­NISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO.-CERTIFICADO DE PAZ Y SALVO.-Pasto, 1° d·c iunio de 1939.-EI Administrador de Ha­cienda Nacional de Nardío.-CERTIFICA:-Que el Personero Municipal, Edgard Simonds y Enrique Luna G., están a paz y salvo con el Tesoro Nacional por concepto d~ impuesto sobre la renta (renta, patrimonio y exceso de utilidades) y cuota militar-hasta el afiO de 1937 iccln!:iive. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO 3 Vülido por los Municipios del Departamento.-(fdo.) Adonías Bravo".­( EI anterior Certificado lleva adherida y debidamente anulada la estam~ pilla legal correspondiente).-ACUERDO: "REPUBLICA DE COLOMBIA.­Departamento de Narifio.-Personería Municipal.-Pasto.-"ACUERDO No 59.-Por el cual se autoriza al Personero Municipal para celebrar unos contratos.-El Concejo Municipal de Pasto en uso de sus facultades le~ gales.-ACUERDA:-Artículo to-Autorízace al señor Personero Municipal para que celebre un contrato adicional de pavimentación de las calles de la ciudad que no quedaron comprendidas dentro del primero, en una área que no sea menor de 10.000 metros cuadrados, ni mayor de 20.000 y los metros de sardinel correspondientes a dicha área.-Artículo 2o-De acuerdo con lo previsto en los incisos 4 y 7 del artículo JI, Capítulo 3o de la Ordenanza 59 de 1923. el contrato de que aquí se trata se verifi~ cará directamente por el señor Personero Municipal con los contratistas d~l primer sector, señores Efraín Tascón, Edgard Simonds y Enrique Lu~ na G., en los mismos términos, precios estipulaciones, calidades etc. etc.; y demás condiciones en que se celebró el primer contrato.- Artículo 3°-El objeto de este contrato es continuar la pavimentación de las ca­lles de la ciudad, del centro a la periferia, a jucio de la Junta de Pavi­mcntación.- Artículo 4o-Para los efectos de Jo antes establecido el se­ñor IngeniPro Mur.icipal hará los estudios y cálculos necesarios, a la ma­yor brevedad, con el objeto de determinar con toda Exactitud el área que debe comprender estP segundo contrato, sobre el derrotero indicado en el artículo anterior.-Artículo 5o-Con el objeto de que los trabajos de p~vimentación que ahora se adelantan puedan compaginarse oportu­namente con los que este Acuerdo ordena, el señor Ingeniero procederá a efectuar los trabajos preliminares de que trata el artículo anterior in­mediatamente y rendirá su informe dentro de un plazo máximo de diez dias a co 1tar desde la fecha en que este Acuerdo sea sancionado.-A su vez, el seüor Personero M nicipal celebrará el contrato correspondiente en un término no mayor de veinte días a contar desde la fecha en que el presente Acuerdo sea Ley Municipal.-Artícuio 6o-El Contrato cele~ brado una vez por el señor Personero Municipal, pasará a la aprobación del Concejo MunicipaL-Artículo 7o-Autorízace al señor Personero Mu­nicipal para contratar con un Ingeniero Arquitecto la elaboración de un plano para el Parq 1e en la Plaza Principal, con presentación del presu~ puesto r~spectivo.-Artículo So-Este Acuerdo regirá desde su sanción.­Dado en el salón del Concejo Municipal de Pasto a doce días de ma~ yo de mil novecientos treinte1 y nueve.-El Presidente, (Fdo.) Emiliano Huiz Escoba r.-El Secretario, (Fdo.) Marco A. de la Rosa" .-"ALCALDIA MUN1CIPAL.-Pasto, mayo diez y seis de mil novecientos treinta y nue­vc.- El Alcalde Municipal, (Fdo.) Zoilo C. Delgado.-El Secretario de la Alcaldía, (Fdo.) Luis F. Guerrero G." -(SIC).-Es copia conforme a su originaL - El Oficial de la Personería Municipal, (Fdo.) Julio D. Burba~ no" .-CONCLUSION:-Se advirtió el regjstro dentro del término legal y para su validez requiere la aprobación del Concejo MunicipaL-Leída a los otorgantes a pre encia de los testig-os arriba dichos, la aproba~ ron.-En c0nstancia firman todos por ante mi.-Se extendió con la mi~ nuta presentncla.-(Firmados) Felipe I. Uscátegui. -- E. Simonds. -~ Enrique Luna G. -- Tgo. -- Mario Barrriro R. -~ Tgo. -- Rodolfo Ortega. --- Carlos Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 4 ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO Conto Notario No. 1 o" ~~ En el lugar y fecha de su otorgamiento y en tres hojas escritas numeradas y rubricadas, expido esta primera copia, destinada al Municipio de Pasto. ~-- (Firmado). --~ Carlos Conto, Notario No. 1 o --- Hay un sello en el cual se lee: ~-- Notaría No. 1 o ~~ Pasto -~ Nari-­ño ~~ Colombia". Artículo 2o-Del Departamento de Gobierno, Numeral 6o, trasládase la suma de DOS MIL PESOS ($ 2.000,00), así: $ 1.200,00 al Departamen­to de Obras Públicas con imputación al numeral 80 bis, para continua­ción de los baños de Pandiaco, y $ 800,00 al numeral 119. Para Gas· tos Imprevistos. Parágrafo.-La partida anterior y las comprendidas en los numera­les 77, 78 y 80 no estarán sujetas a duodécimas. Artículo 3o-Trasládase el valor de MIL QUINIENTOS PESOS ($ 1.500,00) del numeral 118, Capítulo VII, así: al Capítulo Vll, Numeral 88 $ 600,00, para materiales de barro, a $ 50,00 mensuales desde julio a diciembre del año en curso, y $ 900,00 para el numeral 88 bis, para pagar la leña del matadero público en 1939. Parágrafo.-Esta última partida no estará sujeta a duodécimas mensuales. Artículo 4o-Este Acuerdo regirá desde su sanción. Dado en el Salón de sesiones del Concejo Municipal de Pasto, a veintiocho de julio de mil novecientos treinta y nueve. El Presidente, EMILIANO RUIZ ESCOBAR El Secretario, MARco A. DE LA RosA Recibido en la fecha, doy cuenta. Agosto 2 de 1939. Alcaldía Municipal-Pasto, agosto dos de mil novecientos treinta y nueve. Publíquese, ejecútese y cúmplase. AUGUSTO MUÑOZ PAZ, Srio Ad --~ hoc. ZOILO C. DELGADO, Alcalde. Sección Administrativa-Pasto, 11 de agosto de 1939. En esta f cha doy cuenta al señor Secretario de Gobicmo Encargado C. ALBERTO SALAS Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO RESOLUCION NUMERO 234 Gobernación del Departamento-Secretaría de Gobierno-Sección Admi­nistrativa- Pasto, agosto 16 de 1939. Por la suma de sesenta y ocho mil novecientos cuarenta pesos moneda legal ($ 68.940,00), y sin previa licitación pública por tratarse de un asunto comprendido dentro de lo prescrito por los incisos 4 y 7 del artículo 11 de la Ordenanza 59 de 1923, el Honorable Concejo Municipal de Pasto por conducto del señor Personero ha celebrado un contrato adicional con los señores Edgard Simonds y Enrique Luna para la cons­trucción de 20.000 metros cuadrados de pavimento y 7.000 metros linea­les de sardineles en las calles de la ciudad que oportunamente se determinen. La ejecución del contrato ha sido estipulRda con respecto a valores y especificaciones técnicas según las mismas bases y condiciones consig­nadas en la escritura número 480 de 19 de ag sto de 1938. Para la ejecución del contrato en referencia, el Personero Municipa 1 hd sido ampliamente autorizado por el Concejo en su Acuerdo número 59 aprobado por este Despacho. Por los motivos anteriormente expuestos, la Gobernación del De­partamento dcbiJdmenl tacultada por el artículo 16 de la Ordenanza 2-+ de 1926. RESUELVE: Aprobar -~1 rontr.:tto escriturario número 361 vertido en el Acuerdo número 60 de 28 de julio expedido por el Honorable Concejo Muni­cipal de Pasto. Para los efectos legales, devuélvanse las distintas copias del Acuer­do aprobado en la forma acostumbrada. Por el Gobernador del Departamento, CARLOS ALVAREZ GARZON, Srio. de Gobno. Encargado. Por el señor Secretario de Gobierno, LUIS ALAVA CERÓN, Abogado Sec. Minas Encargado. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. AN 1\LE.:> DEL CONCEJO MUNICIP1 L DE . P~ ~ TO A UERDO NUMERO Gl (Por el cual se aprueba un contrat ) de permuta). El Concejo Municipal de Pasto, en uso de sus atribuciones legales, ACUERDA: Artículo 1 o-Apruébase en todas sus partes el contrato escriturari0 sobre permuta de inmuebles celebrado entre el señor Personero y el se­ñor don Pedro Achicanoy, y que es del tenor siguiente: "290.-NUMERO DOSCIENTOS NOVENTA.-En la ciudad de Pasto, Capital del Departa-­mento de Nariño, República de Colombia, a los ocho días del mes de mayo de mil novecientos treinta y nueve. ante mí, Carlos Conto, Notario Titular Número Primero del Circuito de Pasto y de los testigos instru­mentales señores Luis F. Salazar y Rodolfo Ortega, varones, mayores de edad, vecinos de esta ciudad, de buen crédito y sin impedimento para testificar, comparecieron los señores don Felipe Ignacio Uscátegui, varón soltero, en su carácter de Personero Municipal de Pasto, de una parte y de otra, don Pedro Achicanoy, varón casado, ambos mayores de edad, vecinos de esta capital, conocidos del infrascrito empleado, provistos en su orden, con las cédulas de ' iudadnnía números 5-J0759 y 5-t S02 , ex -­p dictas en Pasto, y dijeron : -- PRIMEHO.- --Que deseando contribuir a b ap rtura y prolongación de lu Calle "Dore de Octubre", en el barrio "Espaiía" de esta ciudad, hPrnos convenido en celebrar el prPst~nte ron ­trato de permuta, sobre los inmuebles de propiedad del Municipio y drl seüor Achicanoy, hallándose autorizado 1 primero de los compareciente::; de manera expre a por el Honorable oncejo Municipal, según Resolu­ción número 123 de 21 de abril del aüo en curso, que en copia debida­mente autorizada se agrega a este instrumento.---SEGUNDO.---Que en efecto, el señor Achicanoy transfiere a título de permu ta y a perpetuidad a favor del Municipio de Pasto, un solar que tiene y paseé de su pro­piedad, situado al frente del camino nacional que conduce a Obonuco y cuya superficie es ele unos cien metros cuadrados más o menos y de­marcado por los siguientes linderos:--~Por el frente limita con propiedad de Julio Benavides, callejón por medio; por el costado derecho con la casa--~tienda de Antonio Narváez; por el costado izquierdo con terrenos de Manuel Félix Figueroa; y por el respaldo con el potrero "Regadío" de propiedad del Municipio.~--TERCERO.--~Que a su vez, el Municipio de Pasto, representado por el Personero señor Uscátegui, transfiere a tí~ tulo de permuta y perpetuamente a favor del señor Pedro Achicanoy, cien (100) metros cuadrados de terreno, al respaldo del solar antes men­cionado en la parte de abajo de la calle "Doce de Octubre" y más qui-­nientos cincuenta y nueve metros cuadrados, con cincuenta centímetros (559-50) hacia el Noroeste y a continuación de los primeros cien metros, inmueble ubicado en el Barrio "España" y que queda especificado por los siguientes linderos:----"Por el frente, la calle "Doce de Octubre" y pro­pi edades dP José María Paredes y Antonio Narváez; por el costado de­recho con solar del Municipio; por el costado izquierdo con ptopiedades del mismo señor Achicanoy y de los herederos de don Sofonias Riascos, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. l"·lALL5 DEL CONCEJO MUNICIPAL nt: PAt:TO 7 tapias por medio; y por el respaldo con terrenos del señor Manuel S. Guzmán B., zanja por medio" .---CUARTO.---Que Jos inmuebles antes des­critos y que son materia de la presente permuta, fueron adquiridos así: el señor Achicanoy, por compra a José Jiménez y Sofía López, según escritura número doscientos ochenta y cinco (285) de tres (3) de agosto de mil novecientos veinte y dos (1922); y el Municipio de Pasto, por compra a los hermanos Isabel y Benjamín de la Villota y a los esposos (sic) Rosendo Castro y Mercedes de la Villota, según escritura pública nú­mero ciento treinta y cuatro (134) de doce (12) de marzo de mil nove­cientos veinticinco (1925), ambas otorgadas en esta Notaría; títulos que servirán de dominio a los permutantes.---QUINTO.---Que el valor o pre­cio del lote que el señor Achicanoy cede a favor del Municipio de Pas­to, es el de cincuenta pesos ($ 50,00) moneda legal; y que el valor o precio del lote de terreno que el Municipio cede a favor del señor Achi­canoy, es el de tresciento~ veintinueve pesos ($ 329,75) setenta y cinco centavos moneda legal, computado el metro cuudrado a razón de cincuen­ta centavos ($ 0,50); y que como no son dP valores iguales, el señor Achi­canoy ribetea a favor dPl Muni ipio de Pasto, la diferencja, o sea Ja suma de doscientos setenta y nueve pesos, ~Pt nta y cinco centavos ($ 279,75), moneda legal cantidad que pagará inmediatam{;nte que sea aprobado el pr sente contrato de permut:.t por el Honorable Concejo Municipal; diuero que s rá de:stinado pul'it pag:lr Ll prinH·rct (' \.lOra él los señores José María ParL'd s y Antonio Nurv~lP.l., en proporci ,.>rt u las cantidades que s les adt'uda por oncrpto LIL un contrato de permuta, verificado en días ante­riorcs.-~- SEXTO.--- JLw la propiedad y dominio de los inmuebles permu · tados, se ntregan Jos cuntratantes desd hoy y de manera recíproca, con todds sus anexidmles, usos, derechos, costumures, servidumbres y demás acciones consiguientes, sin reservarse en lo permutado nada para sí; que­dando obligado el señor Achicanoy a derruir las tapias que hubiere en el solar o lote de terreno que entrega al Municipio; y dicho señor Achicanoy queda con derecho al uso del agua que actualmente baja por el potrero o terreno del Municipio, solamente por el tiempo de la construcción de sus edificios en el solar o lote de terreno que se permuta por medio de este instrumento.---SEPTIMO.---Que las propiedades antes descritas, se encuen­tran libres de todo gravamen, censo, hipoteca, embargo judicial, pleito pen­diente y condiciones resolutorias, obligándose los contratantes, el señor Us­cátegui en su carácter de Personero y el otro por sus propios derechos al saneamiento de evicción en todos los casos previstos por la ley. Así ex­tendida esta escritura, los otorgantes la aceptaron en todas sus partes.---Se agregan una boleta de registro, una copia de la Resolución número ciento veintitres (123) y los certificados correspondientes, que dicen: "Boleta nú­mero 42.---República de Colombia.---Departamento de Nariño.---Renta de Registro.---Pasto, 8 de mayo de 1939.---Consignó Pedro Achicanoy, la su­ma de---sin derechos---de registro deducido de trescientos veintinueve pe­sos, con setenta y cinco centavos ($ 329,75), en que el consignante permu­ta ron e-1' Municipio de Pasto un lote de terreno con destino a la apertura de umt calle en esta ciudad.---Por el Tesorero.---(Fdo.)---Tancredo Rin­cón.-- ·fl Consignante (Fdo.---Pedro Achicanoy" .---"Número 1.084.---MINIS­TERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO.---CERTIFICADO DE PAZ Y SAL V O.--- Pasto, R de mayo de 1 939.---El Administrador de Hacienda de Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 8 ANALES DEL C01'1ICEJO MUNICIPAL DE PASTO Nariño.~~~CERTIFICA:~--~Que Pedro Achicanoy y Personero Municipal, es~ tán a paz y salvo con el Tesoro Nacional por concepto de impuesto sobre la renta (renta, patrimonio y exceso de utilidades) y cuota militar, hasta el mio de 1937 inclusive.~--Válido por los Municipios del Departamento.---~ (Fdo.) Adonías Bravo".-~~"No. 80.~---El suscrito Tesorero Municipal de Pas~ to, a petición; verbal del señor Pedro Achicanoy, quien presentó la cédula de ciudadanía número 548502, expedida en Pasto.-~-Certifica:----Que un so­lar de propiedad del señor Pedro Achicanoy, sito en "Caracha", de esta ciudad, se encuentra a paz y salvo con el Tesoro Municipal, por concepto de impuesto urbano, en el año de mil novecientos treinta y nueve (1939).~--~ Expedido el presente certificado en Pasto, a los ocho días del mes de ma~ yo de mil novecientos treinta y nueve.-~--El Tesorero Muni cipal.~~-(Fdo.)~~~ Laureano Muñoz.-~-(Este y el anterior certificado llevan adheridas y debida­mente anuladas las estampillas legales correspondientes).--~COPIA DE LA RESOLUCION NUMERO 123.--·~"Por la cual se da una~autorización.-~~El Con­cejo Municipal de Pasto, teniendo en cuenta de que se hace ;mpresciPdible la urbanización de la ciudad,-~-RESUELVE:-,..-Facultar al seflor Personero Municipal, para que efectúe las respectivas permutas de los lotes que n la entrada de la Avenida "DOCE DE OCTUBRE", pertenecen a los s~üores Pedro Achicanoy, José Paredes y Antonio Narváez; igualmu1te ·acuitado para que de conformidad con el Acuerdo número 41 de 1936, proceda a In adjudicación de los lotes que el Municipio posee en el Regadío, dejan­do reserva de terreno, de acuerdo con las indicacionrs que le suminis­tre el señor Ingeniero Municipal, adjudicación que será aprobada por el Ho11orable Concejo MunicipaL---Dada en el salón dei oncejo Municipal de Pasto, a los veintiún días del mes de abril de mil novecientos treinta y nueve.----El Presidcnte,---(Fdo.)---F. de P. Santander.---El Secretario,--­( Fdo.)----Marco A. de la Rosa.---Es fiel copia del originaL---El Oficial de In Personería Municipai.---(Fdo.).---Julio D. Burbano" .----(Aquí se hulla estam­pado el sello de la Personería Municipal de Pasto).~--CONCLUSION:-~-Se advirtió el deber de hacer registrar una copia de esta escritura en la Ofi ­cina respectiva, dentro del término legal; y leída a los otorgantrs en pre~ sencia de los testigos antes nombrados, la aprobaron; con la advertencia de que el señor Achicanoy debe hacer todo gasto, hast1 rntregar a la Per­sonería Municipal, la respectiva copia de este in ~rPJncnto, debidamente regis~rado. En constacia firman todos por ante Mí,---Se extendió con la minuta presentada por los interesados.-~-(Fdos.)-.... felipe l. Uscátegui.---~Pe­dro Achicanoy.---(Tgo.)---Luis F. Salazar.---(Tgo.,..--Rodolfo Ortega.~--Carlos Conto,---Notario No. 1°".---En el lugar y fecha de su otorgamiento y en tres fojas escritas, numeradas y rubricadas, expido esta primera copi(, destina-­da al Municipio de Pasto.---(Fdo.)---Carlos Conto.---Notario No. 1 o". Artículo 2o.---Este Acuerdo regirá desde su sanción. Dado en el salón del Concejo Municipal, a los catorce días del mes de agosto de mil novecientos treinta y nueve. El Presidente, MANUEL ORTIZ ORTIZ El Secretario, MARCO A. DE LA RosA Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PA.STO 9 Alcaldía Municipal---Pasto, agosto diez y nueve de mil novecientos trein­ta y nueve. Publíquese, ejecútese y cúmplase. LUIS F. GUERRERO DELGADO Sección Administrativa---Pasto, agosto 29 de 1939. En esta fecha, doy cuenta al señor Secretario de Gobierno. C. ALBERTO SALAS Gobernación del Departamento---Pasto, agosto 29 de 1939. Estimase legal el Acuerdo número 61 de 14 de los corrientes, debida­mente sansionado y expedido por el Honorable Concejo Municipal de Pasto, mediante el cual se aprueba el contrato de permuta de unos lotes de terre­no entre el setior Personero Municipal y don Pedro Achicanoy, lotes des­tinados a la apertura de la calle "Do e de Octubre" del barrio "Aristi­des España" de esta ciudad. Con las debidas formalidades legales, devuélvanse. El Gobernador del Departamento. ALBERTO MONTEZUMA H. El Secretario de Gobierno, CARLOS ALVAREZ GARZÓN ACUERDO NU~ERO 62 (Por el cual se aprueba un contrato de permuta). El Concejo Municipal, en uso de sus atribuciones legales; ACUERDA: Artículo 1 o-Aprobar en todas sus partes el contrato escrituraría, celebrado entre el señor Personero Municipal y los señores José María Paredes y Antonio Narváez, sobre permuta de inmuebles, y que está con­cebido en los siguientes términos: "287.-NUMERO DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE.-En la ci·tdad de Pasto, capital del Departamento de Nariño, República de Colombia, a los cinco días del mes de mayo de mil noveciento~ treinta y nueve, ante Mí, Carlos Conto, Notario Titular Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 10 ANALES DEL MU~ICIPAL · DE PASTO Número Primero del Circuito de Pasto y de los testigos instruinentales señores Luis F. Salazar y Rómulo Chicaiza Nieto, varones, mayores de edad, vecinos de esta ciudad, de buen crédito y sin impedimento para te.:stiHcar comparecieron de una parte, el señor don Felipe Ignacio Uscá­tegui, varón, soltero, y en su carácter de Personero Municipal de este Distrito; y de otra parte los señores José María Paredes, varón casado, y Antonio Narváez, varón soltero, todos tres mayores de edad, vecinos esto y cuya ~'up e rfici es de diez metros de frente. por veinte de fondo, que mide doscientos metros (200) cuadrados, mús se­senta y seis (l)G) mdros qn qu d·tn h:tcia el fondo por ser desigual la configLtración del terreno. - CU AR fO. - Que el valor o justo precio de la casa--tienda de Antonio Narváez, es de trescientos pesos ($ 300,00) y la p.1rte de casa con pe.:]ueño solar del señor Paredes, es de quinien-­tos pesos ($ 500,00); en tanto que el lote que cede el Municipio al se­ñor Paredes, es valioso de doscientos diez y ocho pesos ($ 218,00; y el coctido al señor Narváez, es de ciento treinta y tres pesos ($ 133,00) mo­neda legal; y como no son de valores iguales, el Municipio ribetea y se obliga a pagar la diferench así: para el señor Paredes, la suma de . dos- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALE~ DEL CONCEJO MUNlClPAL DE P~STO 11 cientos ochenta y dos pesos $ (282,00}; y para . el señor Narváez, la suma de iento sesenta y siete pesos ($ 167,00}, pagaderas ambas c~ntidades en dos contados, el primero, o sea la mitad, tan pronto com9 sea apro~ bado el contrato por el Honorable Concejo y por la Gobernación; y el último, o sea la otra mitad, tres meses después de recibir el primer con~ tado, pago que se hará mediante la presentación de las respectivas cuen~ tas de cobro, debidamente visadas.-QUINTO.-Que las casas de los se~ iwres Narvúez y Paredes, erán demolidas tan pronto reciban el primer contado, con derecho a ellos, a los materiales que contengan, siempre que dichos señores procedan a la destrucción o demolición de las ca~ ·as. EXTO. Que los cierres del respaldo de las casas en referencia, serún a medias, entre el Municipio y los interesados; quedando con de~ recho Paredes y Narváez al uso del aguu que actualmente baja por el po­trero o terreno del Municipio, solamente por el tiempo de la construc~ ción tic sus edificios.-SEPTIMO.-Qtw Pan:'rles y Narváez adquirieron las propiedad e' quP permutan, el primero pcr construcción que hiciera del edificio en el s la.r compracto a don Pedro Achicanoy, según escritu~ ra pública nú•nero doscientos cincuenta y ocho (258) de diez y seis (16) ele agosto de mil novecientos treinta y tres (1933) de esta Notaría; y el seg·unJo, por compra que hizo al seüor José María Paredes, por escritura número ciento setenta y uno (171} de trece (13) de abril de mil nove­cientos treinta y s is (1936), pasuda en esta misma Notaria; y el Muni~ ipio adquirió los terrenos de que se trJta, por compra que hizo a la fa~ milia Villota según escritura iento treinta y cuatro de doce de mar~ zo tle mil novecientos trrinta y (ocho)· y cinco (1935) celebrada en estn misma Notaría.-OCL-\ VO.-Que todas estas propiedades se encuentran libres de todo grc1vamen, censo, hipoteca, embargo judicial, pleito pen~ diente y condiciones resolutorias; y que en caso de evicción los contra­tantes se obligan mutuamente al saneamiento de conformidad con la Ley.-NOVENO.-Que la propiedad y dominio de Jos inmuebles permu~ tados, se entregan los contratantes desde hoy y de manera recípro a, con todas sus anexidades, usos, derechos, costumbres, servidumbres y dPmás acciones consiguientes, sin reservarse en lo permutado nada para sí.-Asi extendida esta escritura, los otorgantes la a eptaron en todas sus partes. Se agregan una boleta de registro y los certificados corres~ ponclientes, que dicen: "BOLETA NU.v1ERO 30.-República t~e Colom~ bicL-Departamento de Nariño.-Renta de Registro.-Pasto, 5 de mayo de 1939.-Consignó José María Solarte Paredes la suma de-sin dere­chos- por derecho de registro deducido de ochocientos pesos ($ 800,00) en que el Municipio ele Pasto prrmuta con el consiguiente y otro, dos lotes de trrreno con parte ele dos edificios con destino a la apertura de una calle en rsfa riudad.-Por el Tesorero.-(Fdo.)-Tancredo Rincón.­EI Consignante,-(Fdo.)-José María Paredes S." -"No. 1.066.-Ministerio de Hacienda y Crédito Público,~CERTIFICADO DE PAZ Y SALVO.­Pasio. 5 ctr mayo ele 1939.-El Administrador de Hacienda de Nari~ f o·-CERTIFICA:-Que José María Solarte P. y Antonio Narváez, vecinos • el~:' Pasto, están a paz y salvo con el Tesoro Nacional por concepto de impuesto sobre la renta (renta, patrimonio y exceso de utilidades) y cuo~ ta militar hasta el aí'í.o de 1937 inclusive. Válido por los Municipios del Departamento.-(Fd(.).)-Adonías Bravo".-"Número 75.-El Tesorero Mu- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 12 ANALES DEL CONCEJO MUNitiPAL DE PASTO nicipal de Pasto. a petición verbal del señor José María Paredes, quien presentó la Cédula de ciudadanía número 546946,-CERTIFICA:-Que una casa del señor José María Paredes y una tienda del señor Antonio Nar­váez, sita en "Caracha" de esta ciudad, se encuentran a paz y salvo con el Tesoro Municipal, por concepto de impuestos Municipales en el año de mil novecientos treinta y nueve (1939).-Expedido el presente certi~ ficado en Pasto a los cinco días del mes de mayo de mil novecientos treinta y nueve.-El Tesorero Municipal,-(Fdo.)-Laureano Muñoz".-(Es .. te y el anterior certificado lleva adheridas y debidamente anuladas las estampillas legales correspondientes).-"COPIA DE LA RESOLUCION NUMERO 123.-Por la cual se da una autorización.-El Concejo Munici­pal de Pasto, teniendo en cuenta de que se hace imprescindible la urba~ nización de la ciudad,-RESUELVE:-Facultar al señor Personero Munici­pal para que efectúe las respectivas permutas de los lotes que a la entrada de la "Avenirla Doce de Octubre", pertenecen a los señores Pe­dro Achicanoy, José Paredes y Antonio Narváez; igualmente facultado pa­ra que de conformidad con el Acuerdo número 41 de 1936, proceda a la adjudicación de los lotes que el Municipio posee en el "Regadío", dejando reserva de terreno de acuerdo con las indicaciones que le sumi­nistre el señor Ingeniero Municipal, adjudicación que será aprobada por el Honorable Concejo MunicipaL-Dada el salón del Concejo Municipal de Pasto, a los veintiún días del mes de abril de mil novecientos treinta y nueve.-El Presidente. - (Fdo:)-Francisco de P. Santander.-Et Serre­tario.-( Fdo.)-Marco A. de la Rosa.-Es fiel copia del originaL-El Ofi­cial de la Personería Municipal.-(Fdo.)-Julio D. Burbano" .-(Aquí ~e halla estampado el sello de la Personería Municipal).-CONCLUSION.­Se advirtió el deber de hacer registrar una copia de la presente escritu­ra en la Oficina respectiva, dentro del término legal; y leída a los otor­gantes en presencia de los testigos antes nombrados, la aprobaron.-En constancia firman todos por ante mí.-Se extendió con la minuta presen .. tada por los interesados.-Y se advierte que los señores Paredes y Nar­váez deben hacer todo gasto hasta entregar la re~pectiva copia a la Personería Municipal, debidamente registrada.-Felipe l. Uscátegui.--José María Paredes S.-Como don Antonio Narváez exprc~ó no saber escribir, firma a su ruego don Modesto L. Guerrero, mayor de edad y de Pasto.­Modesto L. Guerrero.-Tgo.-Luis F. Salazar.- Tgo.-Rómulo Chicaíza Nieto,-Carlos Conto. Notario No. 1 o." -En el lugar y fecha de su otor .. gamiento y en tres hojas escritas, numeradas y rubricadas, expido esta primera copia, destinada al señor Personero Municipal de esta ciudad.-Carlos Conto.-Notario No. 1 o". Articulo 2°-Este Acuerdo regirá desde su sanción. Dado en el Salón del Concejo Municipal de Pasto, a los catorce días del mes de agosto de mil novecientos treinta y nueve. El Presidente, MANUEL ORTIZ ORTIZ El Sec1 etario, MARCO A. DE LA ROSA Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO 13 Alcaldía Municipal - Pasto, agosto diez y nueve de mil novecientos treinta y nueve. Publíquese, ejecútese y cúmplase. LUIS F. GUERRERO G. DELGADO Sección Administrativa-Pasto, agosto 26 de 1939. En esta fecha, doy cuenta al señor Secretario de Gobierno. C. ALBERTO SALAS Gobernación del Departamento-Pasto, agosto 29 de 1939. Apruébase el Acuerdo número 62 de 14 de los corrientes, expedi­do por el Honorable Concejo Municipal de Pasto, mediante el cual se aprueba un contrato de permuta de inmuebles con los señores José Ma­ría Paredes y Antonio Narváez y el señor Personero Municipal en re-presentación del Municipio. · Los inmuebles en referencia se encuentran situados en el barrio "Aristides España" y se los destina a la ampliación de la calle "Do­ce de Octubre". Con las debidas formalidades legales, devuélvase. El Gobernador del Departamento, ALBEHTO MONTEZUMA H. El Secretario de Gobierno, CARLOS ALVAREZ GARZÓN Sección Administrativa - Pasto, agosto 31 de 1939. En esta fecha, doy cuenta al señor Secretario de Gobierno. c. ALBERTO SALAS Gobernación del Departamento-Pasto, agosto 31 de 1939. Apruébase los siguientes Acuerdos expedidos por el Honorable Con­cejo Municipal de Pasto, los que se encuentran debidamente sancionados. El número 64 de 23 de los corrientes, mediante el cual se crea una escuela nocturna municipal y se hacen unos traslados; y Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 14 ANALES DEl. CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO El número 65 de 24 de este mismo mes mediante el cual se crea el Juzgado 3o Municipal y se fija el período de sus funcionarios. Con las formalidades legales, devuélvanse los Acuerdos aprobados. El Gobernador del Departamento, ALBERTO MONTEZUMA H. El Secretario de Gobierno, CARLOS ALVAREZ GARZÓN ACUERDO NUMERO 64 Por el cual se crea una Escuela Nocturna MuniciJ)aJ y s • hat't'll tillOS traslados. El Concejo Municipal de Pasto, en uso de sus ntribuciones legal s; ACUERDA · Artículo lo- CréasP la Escuela No turna Municipal, la que con el nombre de "Pedro Marcos de la Rosa", funcionarú desdr ~1 próximo 24 de septiembre en el local en que actualmente funciona lu Escueln lle Varones de Santiago, br.jo la dirección de dos profesores, nombrctdos por el Concejo y cada uno con la asignación mensual de veinticinco pe­sos ($ 25,00). Artículo 2o-Para efectos del artículo anterior del numeral 96, De­partamento de Instrucción Pública, trasládase la suma de doscientos ochen~ ta y ocho pesos ($ 288,00), auxilios que no han cobrado los estudiantes Vicente Mutis J., desde abril y Vicente Espaiia, desde enero, al numeral 90 bis, "Para pago de sueldos y gastos de la Escuela "Pedro Mar­cos de la Rosa". Artículo Jo-Acrécese el presupuesto de rentas de la vigencia en curso, en la cantidad de $ 1.500,00 que se imputarán al Numeral 61 del mismo presupuesto de rentas. Artículo 4o-Acrécese así mismo el presupuesto de gastos Pn la si­guiente forma: al Capítulo III, Numeral 81 Mercado de Bomboná $ 700,00; al Capítulo 111, Numeral 80, Piscina del Regadío $ 800,00. Entendido que el acrecimiento del numeral 80 tiene por objeto la construcción de un local que servirá para instalar un bar para servicio público. Estas parti­das no estarán sujetas a duodécimas. Artículo 5-Este Acuerdo regirá desde su sanción. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEl. CONCEJO MUNICIPAL J)E PASTO lS Dado en el salón de sesiones del Honorable Concejo Municipal de Pasto, a veintitres de agosto de mil novecientos treinta y nueve. El Presidente, MANUEL ORTIZ ORTIZ El Sectetario, MARco A. DE LA RosA Alcaldía Municipal-Pasto, agosto veinticinco de mil novecientos trein~ ta y nueve. Publíquese y ejecútese. El Alcalde Municipal, El Secretario, ZOILO C. DELGADO LUIS F. GUERRERO 0. ACUERDO NUMERO 65 Por el c.1al se crea el Juzgado 3o Municipal y se fija el perioclo de unos funcionarios. El Concejo Municipal de Pasto, en uso de sus atribuciones legales, ACUERDA: Artículo lo-Créase el Juzgado 3o Municipal para que conozca pro, miscuamente de los asuntos civiles y criminales, Despacho que comenza­rá a funcionar desde la vigencia de este Acuerdo. Artículo 2o-El Juzgado 3o Municipal tendrá el mismo personal y éste gozará de los mismos emolumentos que los Juzgados 1 o y 2o Municipales. Artículo 3o-Para gastos de instalación del nuevo Juzgado y pago del personal, se acrece en la suma de mil trescientos sesenta pesos ($ 1.360,00), el Capítulo 4o del presupuesto de rentas, y trasládase al Ca­pítulo So del presupuesto de gastos de la presente vigencia, y para el pago del resto del período se inclui;j la partida correspondiente en el próximo presupuesto. Artículo 4o-El período de lo-s Inspectores de aseo, creados por me­dio del Acuerdo número 4S y cuyo nombramiento corresponde al Conce­jo Municipal, será de un año que comenzará a contarse desde el 1 o de septiembre próximo venidero. Artículo So-Este Acuerdo regirá desde su sanción. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 16 ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO Dado en el salón de sesiones del Honorable Concejo Municipal de Pasto, a veinticuatro de agosto de mil novecientos treinta y nueve. El Presidente, MANUEL ORTIZ ORTIZ El Secretario, MARCO A. DE LA ROSA Alcaldía Municipal - Pasto, agosto veintiseis de mil novecientos trein~ ta y nueve. Publíquese y ejecútese. El Alcalde Municipal, El Secretario de la Alcaldía, ZOILO C. DELGADO Lurs F. GuERREHO G. Sección Administrativa-Pasto, agosto 31 de 1939. En esta fecha, doy cuenta al señor Secretario de Gobierno. C. ALBERTO SALAS Gobernación del Departamento-Pasto, septiembre Io de 1939. Apruébase el Acuerdo numero 66 de 26 de flgosto, debidamente sancionado y expedido por el Honorable Concejo Municipal de Pasto, mediante el cual se auxilia con la suma de cien pesos ($ 100.00) al qui~ po de futbol "Deportivo Pasto" y se destina una partida. Con las formalidades legales, devuédva e el Acuerdo aprobado. El Gobernador del Departamento, AEBERTO MONTEZUMA H. EJ Secretario de Gobierno, CARLOS ALVAREZ GARZÓN ACUI:.RDO NUMERO 66 Por el cual se auxilia al Equi¡Jo de futbol "DEPORTIVO PASTO" Campeón Munici~ pal, y se destina una partida. EJ Concejo Municipal de Pasto, en uso de sus atribuciones legales, A UERDA: Artículo Io-Auxíliase con la suma de cien pesos ($ 100,00) al equipo de Futbol "DEPORTIVO PASTO", con el fin de que atencione Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES .OEL 'CONGE:JO MUNICIPAL -DE PASTO al Club, "DEPORTIVO GIMNASTICO" de la ciudad de Quito y que se enfrentará con el primero el día 10 de septiembre, del corriente año. Artículo 2o-La partida anterior se tomará del Numeral 4o, Capítu­lo 1 o Departamento de Gobierno, Gastos de Anales del Concejo; y se pagará al representante legal del Equipo "Deportivo Pasto". Artículo 3°-Destínase la suma de treinta pesos ($ 30,00) para la compra de útiles de dibujo para la elaboración de planos de construc­ciones municipales, que se tomarán de la partida de Gastos del Concejo y que se pagarán al señor Ingeniero Municipal previa presentación de la cuenta de cobro. Artículo 4o-Este Acuerdo regirá desde su sanción. Dado en el Salón del Concejo Municipal de Pasto, a veintiseis de agosto de mil novecientos treinta y nueve. El Presidente, MANUEL ORTIZ ORTIZ El Secretario, MARCO A. DE LA RosA Alcaldía Municipal- Pasto, agosto veintinueve de mil novecientos trein­ta y nueve. Publíquese y cúmplase, El Alcalde Municipal, El Secretario de la Alcaldía, ZOILO C. DELGADO LUIS F. GUERRERO G. ACUERDO NUMERO 67 (Por el cual se aprueban unos contratos). El Concejo Municipal de Pasto en uso de sus facultades legales; ACUERDA: Artículo 1o-Apruébase el contrato escrituraría celebrado entre el señor Personero Municipal de Pasto, y el señor Epaminondas Caicedo, por escritura número 660 de 4 de noviembre de 1927, celebrada en la Notaría 2a del Circuito y que a la letra dice: "660.-NUMERO SEISCIEN­TOS SESENTA.-En la ciudad de Pasto. capital del Departamento de Nariño, República de Colombia, a cuatro de noviembre de mil novecien­tos treinta y siete, ante mí, Gustavo B. Ordóñez, Notario Titular Núme- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES: DEL CONCE:JO . MUNICIPAL DE PASTO ro Segundo de este Circuito y los testigos instrumentales señores Leo~ nidas Narváez M. y Julio Zarama R., mayores de edad, vecinos de esta ciudad, de buen crédito y en quienes no ocurre causal ninguna de im~ pedimento, compareció el señor Epaminondas Caicedo, varón, soltero, mc..­yor de edad, vecino de esta ciudad, a quien conozco y habiendo exhibi~ do su cédula de ciudadanía número 545971, expedida por el Jurado Elec~ toral de Pasto, dijo:-PRIMERO:-Que da en venta real y enajenación perpetua al Municipio de Pasto, representado por su Personero Municipal, doctor Jorge Coral Samper, mayor de edad y vecino de esta ciudad, es a saber:-mil doscientos veinte metros cuadrados de terreno (1.220 mts.) ubicados en la calle }a de esta ciudad, y que posee de su propiedad, comprendidos dentro de los siguientes linderos especiales: "partiendo de una flecha que queda en la Calle 1 a y en la pared que divide la casa de los herederos de la señora Rosa Torres v. de Villota, con la del ven~ dedor, línea recta, a dar a una estaca llamada "Estaca Caicedo" en di~ rección hacia el sur y en una extensión de ochenta metros con veintiocho centímetros (80 m. 28 cms.) de aquí cruza hacia el oriente, en una ex­tensión de cuarenta y siete metros cincuenta centímetros (47,50 cms.) hasta dar a una estaca que queda en la pared que divide el salón de propiedad del señor Rafael Uribe, con el de propiedad del mismo ven­dedor, deslindando en esta parte, con casa y huerto pequeño de la cita~ da señora Rosa Torres v. de Villota y con solar del vendedor; de esta estaca sigue hacia el sur por la misma pared, en una extensión de diez metros (10 m.) hasta dar a otra estaca sita en la misma, de donde cruza hacia el Occidente, línea recta en una extensión de cuarenta y siete me­tros cincuenta centímetros (47,50) a dar a otra estaca que forma el án~ gula de la calle de donde vuelve a cruzar hacia dar a una flecha que queda en la pared que divide el solar del doctor Leopoldo López Alva­rez con el de propiedad del vendedor; de aquí hacta el occidente y si­guiendo el curso de la indicada pared en una extensión de diez metros (10 m.) hasta encontrar la pared que sube por el costado derecho del solar de propiedad del vendedor, deslindando en esta parte con solares de Rafael Uribe, doctor Leopoldo López Alvarez, con solar del vendedor y de nuevo con solar del mismo doctor Leopoldo López Alvarez; y des~ de la unión de las dos paredes indicadas sigue hacia el norte siguiendo el curso de la pared que forma el cerramiento del lado derecho del lote a su entrada, en una extensión de sesenta y un metros, noventa y ocho centímetros (61,98) hasta dar a una estaca que queda en la misma pared, junto a una mata de chilco y de un árbGl de capulí, y de aquí línea recta en una extensión de veinte metros cuarenta centímetros (20,40) a dar a otra estaca que queda en la pared del frente de una casa vieja, hoy en ruinas, y de aquí línea recta en una extensión diez y siete me~ tras con noventa centímetros (17,90) a dar a unas puntillas que quedan en el umbral del portón de entrada a la casa de propiedad del vendedor, de donde cruza hacia el oriente, en una extensión de diez metros (1 O m.) hasta encontrar la flecha que sirvió de punto de p;~rtida deslindando en esta parte del lote con solares de propiedad del doctor Leopoldo López Alvarez, Mizael Salazar, Ignacio Jurado, Concepción Gómez Jurado y del mismo vendedor, en parte y en otra, con patio en común del vendedor con Juana Casanova Ortiz y tienda de alto y bajo de la misma en otra Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES -DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO 19 y con la calle 1 a-Que dentro del lote de terreno que vende queda com.­prendida la parte de una casa de tapias de alto y bajo cubierta de tejas, dejando a salvo el derecho que la señorita Juana Casanova Ortiz, tiene sobre una tienda de alto y bajo, parte integrante de la misma casa situa .. da a la derecha del portón de entrada de la casa y la que queda fuera del lote da terreno que acaba de deslindarse.-SEGUNDO:-Que la zona de terreno que vende y que se halla comprendida en los linderos antes indicados, el vendedor la adquirió por partición extrajudicial y adjudica~ ción que se le hiciera, según la escritura número 157 de 13 de abril de 1935, pasada en esta Notaria, cuya copia registrada no puede entregar al comprador por reservarse mayores derechos.-TERCERO:-Que el justo precio y v rdadero valor de lo que se vende es la suma de tres mil · mil cincuenta pesos ($ 3.050,00) oro leg2tl colombiano a razón de dos pesos cincuenta centavos ($ 2,50) el metro cuadrado, suma que será a fines de enero del año de mil novecientos treinta y ocho mediante cuen .. tas de cobro legalizadas en debida forma.-CUARTO:-Que el presente contrato queda sujeto a la condición para su validez de la aprobación del Honorable Concejo Municipal.-QUINTO:-Que la entrega real y ma .. terial de h de~cdta zona de terreno para la prolongación de la calle real, la hará el vendedor al día siguiente del pago total del precio estipulado; y mientras esto no se verifique, no podrá el Municipio iniciar en esa zona de terreno obra alguna correspondiente al uso y goce de la posesión de ella al vendedor.-SEXTO:-Que la descrita zona que se destina invaria­mente a la prolongación de la calle real, está exenta de toda hipoteca, arrendamiento y anticresis constituidos por escritura pública y su inscrip­ción, lo mismo que de todo auto de embargo, pleito pendiente y con .. diciones resolutorios y de toda limitación de d:)minio.-SEPTIMO:-El Concejo Municipal respetará el derecho al uso de una paja de agua que mantuvo la señorita Rosario Caicedo A. de común acuerdo con la Cor .. poración Municipal y en la a tualidad la utiliza su legatario señor don Epaminondas Caicedo, mientras no se haga la distribución de las aguas del Chorro Alto de que se ha surtido la ciudad.-Presente el señor Per~ sonero Municipal de Pasto, doctor Jorae Coral Samper, a quien conozco, exhibió su cédula de ciudadania número 201307 expedida en Pasto, e in­formado del contenido de esta escritura, la aceptó en todas sus partes. Se agregó la boleta de registro y los certificados correspondientes docu.­mentos que dicem "NUMERO 10.-República de Colombia, Departamento de Nariño.-Renta de Registro.-Pasto, 2 de noviembre de 1937.-Consig .. nó Epaminondas Caicedo la suma (sin derechos) por derecho de registro deducido de tres mil cincuenta pesos ($ 3.050,00) en que el consignante vende al Municipio de Pasto un lote de terreno y parte de una casa si~ tas en esta ciudad.-Por el F. G.-Angusto Chaves G.-El Consignan­te.- Epaminondas Caicedo" .-003308.-Ministerio de Ha,~ienda y Crédito Público.-Certiticado de Paz y Salvo.-Pasto, 3 de noviembre de 1937.­El Administrador de Hacienda Nacional de Nariño.-El Auditor de Jm .. puestos.-CERTIFICA:-Que Epaminondas Caicedo, vecino de ....... (sic} es .. tá a paz y salvo con el Tesoro Nacional por concepto ele impuesto so­bre la renta, patrimonio y exceso de utilidades y cuota militar hasta el año de 1936 inclusive.-Várdo por los Muninipios del Departamento.-J Félix Ala va" .-Lleva una estampilla de Timbre Nacional, por valor de Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 20 ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO veinticinco centavos oro.-"No. 621.-Tesorería MunicipaL-Pasto, noviem~ bre 3 de 1937.-El suscrito Tesorero Municipal, a petición del señor don Epaminondas Caicedo, en forma legal; CERTIFICA:-Que el señor don Epaminondas Caicedo, se halla a paz y salvo con el Tesoro Municipal en el presente año de 1937.-Por el Te~orero.-El Cajero.-Z. Arturo y Ar~ turo." -Lleva una estampilla de timbre nacional por valor de vein~ ticinco centavos oro. Se advirtió el deber de hacer , registrar la la copia de esta escritura en la Oficina respectiva dentro del tér~ mino legal; y leído a los otorgantes la hallaror\ conforme y en constancia firman todos por ante el suscrito Notario, dejándose la cons~ tancia de que este instrumento fue redactado por el señor Personero Mu~ nicipal.-Epaminondas Caicedo.-Jorge Coral Samper.-Tgo.-Leonidas Narvaez M.-Tgo.-Julio Zarama R.-Gustavo B. Ordóñez.-Notario No. 2o-enmendado.-posesión.-vale.-Es la primera copia que se expide a favor del Municipio de Pasto, en cuatro fojas útiles, hoy seis de noviem~ bre de mil novecientos treinta y siete.-Gustavo B. Ordóñez.-Norario No. 2o. (Hay un sello)". Artículo 2o.-Así mismo apruébase el contrato escriturario, celebra­do entre el señor Personero Municipal de Pasto, y el señor don Luis Enrique Jiménez, por escritura No. 572 de 23 de agosto de 1939, cele~ brado en la Notaría No. ta. y que a la letra dice: "572.-NUMERO QUI~ NIENTOS SETENTA Y DOS.-En la ciudad de Pasto, Capital del Depar~ tamento de Nariño, República de Colombia, a los veintitrés días del mes de agosto de mil novecientos treinta y nueve, ante mí, Carlos Conto, No­tario Titular Número Primero del Circuito de Pasto, y de los testigos ins~ trumentales señores Luis F. Salazar y Rodolfo Ortega, varones, mayores de edad, vecinos de esta ciudad, de buen crédito y sin impedimento pa~ ra testificar, comparecierou de una parte el señor don Luis Enrique Jimé~ nez C., varon, casado, mayor de edad, vecino de esta capital, provisto con la cédula de ciudadanía número 11663225, expedida en Cali, por sus propios derechos y además, como mandatario del señor Herrando Bueno D., mayor de edad, casado, vecino de Cali y ·cedulado bajo el número 1173434, expedida en el lugar de su vecindario, cuyo memorial se agrega a esta escritura y en adelante se llamarán LOS CONTRATISTAS; y de otra parte, el señor don Felipe Ignacio Uscátegui, varón, soltero, mayor de edad, vecino de este Municipio, habilitado con la cédula de ciudada~ nía No. 546759, expedida en Pasto, en su carácter de Personero Munici­pal de este Distrito, en actual ejercicio y debidadamente autorizado por el Acuerdo No. 52 de 23 de febrero de de 1935, que en adelante se de~ nominará el Municipio, han celebrado el siguiente contrato:-PHIMERO.­Los contratistas se comprometen a lo siguiente: a) - Confeccionar diez mil placas (10.000) más o menos, para la nomenclatura de la ciudad de Pasto así: novecientas sesenta (960 más o menos, para las carreteras, ca~ lles, plazas y avenidas, a razón de cuarenta centavos ($ 0,40) cada una, y nueve mil cuarenta (9.040) más o meno~. para las puertas de almace~ nes, casas, tiendas, etc., a treinta centavos cada una (0,30); b) -a colo­car todas las placas en sus respectivos lugares; y e) - A elaborar el censo de las propiedades urbanas de esta capital, de conformidad con las siguientes estipulaciones del pliego de cargos de diez y nueve (19) Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO ;¿¡ del año en curso, contrato que fue adjudicado en licitación pública por la Junta de Hacienda Municipal y por el Concejo Municipal, según Resolu­lución No. 164 de 9 de agosto de 1939.-PLACAS.-1o.-El material de las placas tanto de las calJes, carreras, plazas y avenidas, como las de las puertas de las propiedades, deben ser de lámina de hierro, calibre veinticuatro (24), pintadas con substancias que resistan la acción de la intemperie.-SEGUNDO.-El tamañ.o de los números y letras de las pla­cas, debe ser de seis (6) centímetros de largo, por tres (3) de ancho, gravados en alto relieve, en forma perfecta.-TERCERO.-Cada placa de­berá enmarcar los números y leyendas de la misma, con una línea en al­to relieve, gravada en el mismo color de las letras y números.-CUAR­TO.- El color de la placa será azul fuerte en el fondo y blancos los nú­meros, leyendas y marco.-QUINTO.-Cada placa deberá estar perforada en cada ángulo, perforaciones que en todo caso deben hacerse antes de pintarse la placa.- SEXTO.-La cantidad de placas, tanto ·para las vías públicas, como para las propiedades, será la suficiente para todas las ca­lles, carreras, avenidas y plazas, y para las propiedades particulares exis­tentes en la fecha, más las que a juicio del Alcalde Municipal deban re­servarse para edificaciones futuras.-COLOCACION DE LAS PLACAS EN CALLES Y PROPIEDADES.-PRIMERO.-En las esquinas se colocarán las placas que indiquen los números de las Carreras y Calles precedidos de estos nombres, respectivamente, y en los parques, plazas, avenidas, etc., etc., las de los nombres correspondientes.-2o.-De acuerdo con el sistema centesimal para cuadra adoptado, las placas de las propiedades marcarán con números pares las de los costados Este y Norte, de cada cuadra, y con impares las de los costados Oeste y Sur de la misma en cada puerta.-3o.-Cada placa colocada encima del dintel de cada puerta, marcará el número de la carrera o calle inmediatamente anterior y el número de dicha puerta, separados entre sí por un guión. - A su vez el número de cada puerta, corresponderá aproximadamente a la distancia en pasos de dicha puerta a la esquina de la calle o carre­ra inmediatamente anterior. Las puertas que se hallan en esquinas cha­flanadas, para los efectos de la numeración, se considerarán como inva­riablemente como pertenecientes a las carreras y no a las calles.-4o­Todas las propiedades en cada puerta que dé a las calles inclusive las que quedaren algo dentro de las líneas horizontales de las vías públicas llevarán la placa numerada.-5o-La~ placas serán colocadas por quien obtenga este contrato, ciñéndose extrictamente a lo dispuesto en este pliego bajo el inmediato control del Alcalde e Ingeniero Municipales.--­CENSO DE PROPIEDADES:---1o---El Contratista deberá hacer un censo completo de las propiedades urbanas, con los siguientes detalles precisos: propietario del edificio, extensión exacta en metros que cada edificio tiene a la vía pública, número de locales que dan a las calles, uso a que es­tos están destinados, especificando la3 c'ases de negocios o actividades en cada uno de éllos, en caso de que \as tiendas del edificio sean de distintos dueños especificar el nombre de cada uno de ellos.---2o---Este censo, con to­das sus especificaciones, será elaborado de acuerdo con las normas y formas que para el efecto dictará el Contralor Municipal.---SEGUNDO.---Que la confección de las placas, su colocación y cer.so de las propiedades urba­nas, lo verificarán los contratistas dentro del plazo de seis (6) meses, a Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 22 ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO contarse de la fecha de aprobación del presente contrato, por la Gober~ nación del Departamento. de Nariño.~~--1ERCERO.~~--Que el Municipio se compromete a pagar a los contratistas el valor total a que asciende el presente contrato en la siguiente forma: QUINIENTOS PESOS ($ 500,00) moneda legal, tan pronto sea aprobado este contrato por el Honorable Concejo Municipal; y el resto en dos contados iguales, así: el uno, termi~ nada la colocación de las placas, y el otro, terminada y entregada toda la obra a satisfacción del Municipio, advirtiendo que el valor aproximado de este contrato, es el de TRES MIL NOVENTA Y SEIS PESOS ($ 3.096,00).--~ .. CUARTO.~--~Los CONTRATISTAS con el fin de garantizar de todas y cada una de las anteriores obligaciones, dan como fiador mancomunado y solidario al doctor Jorge Rasero Pastrana, quien en se~ guida constituirá la causión correspondiente.~~~QUINTO.--~~Presente el señor doctor Jorge Rasero Pastrana, varón soltero, mayor de edad, vecino de esta capital igualmente conocido del infrascrito empleado, ante quien exhibió su cédula de ciudadanía número 925864 expedida en Pasto, dijo: que para garantizar todas las anteriores obligaciones constituidas por los contratistas, señores Luis Enrique Jiménez y Hernando Bueno D., con el Municipio de Pasto, constituye a favor de dicho Municipio representado por su Personero Municipal señor Felipe Ignacio Uscátegui, hipoteca es~ pecial sobre dos tiendas, la una con interior y la otra sin interior, que tiene y posee de su propiedad, construidas de tapia y cubiertas de teja, ubicada en el barrio de SAN ANDRES de esta ciudad señaladas con los números 720 y 722, y circunscritas por los siguientes linderos: "por el frente, con tiendas de las señoritas Astorquizas, calle sexta por medio; por el costado derecho con tienda y huerto de Rafael Villarreal; por el respaldo, con cuadra de los herederos de Manuel Elíseo Bucheli; y por el costado izquierdo con tienda de Ester Ruiz en todo paredes por medio". Que dichas tiendas fueron compradas a don Rodolfo Rasero, se-­gún escritura hÚmero 536 de 11 de marzo de 1938, celebrada en la No~ taría número 2o de este Circuito; las cuales hállanse libres de todo gra~ vamen, censo, empeño, hipoteca anterior, embargo judicial, pleito pen-­diente y condiciones resolutorias, cuya propiedad y libertad constan del certificado del Registrador de Instrumentos Públicos y Privados de este Circuito, de doce (12 del mes en curso y avaluadas pericialmente por los señores doctor Gerardo Cortés y César Augusto Salas, según Acta de diez y siete (17) de agosto de mil novecientos treinta y nueve (1939): diligencias que se agregan a esta escritura. Que de manera mancomuna~ da y solidaria se obliga a responder a favor del Municipio de todos los perjuicios que resulten por motivo del incumplimiento del presente con-­trato, para lo cual se sujeta a la vía ejecutiva renunciando expresamente vecindad, domicilio, etc., etc. Así extendida esta escritura los compare~ cientes la aceptaron en todas sus partes, aceptando además, el señor Personero Municipal la hipoteca constituiga a favor del Municipio. Se agregan una boleta de registro, los certificados correspondientes y la do~ cumentacíón levantada, que dicen: "BOLETA NUMERO 139.-República de Colombia.-Departamento de Nariño.-HENTA DE REGISTRO.-Pasto, 23 de agosto de 1939.-Consignó Luis Enrique Jiménez, sin derechos de registro deducidos de tres mil noventa y seis pesos ($ 3.096,00) valor del contrato celebrado entre el consignante y el Municipio de Pasto, so~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEL CONCEJO MUNICIRAL DE PASTO 23 bre la nomenclatura de la ciudad.-Por el T. GeneraL-El Contador.­( Fdo. Eloy Pérez.-El Consignante.-Fdo.) L. E. Jiménez".-"Número 2.111.-Ministerio de Hacienda y Crédito Público.-CERTIFICADO DE PAZ Y SALVO.-Pasto, 18 de agosto de 1939.-El Administrador de Ha­cienda Nacional de Nariño .-CERTIFICA:-Que Jorge Rosero Pastrana, vecino de Pasto está a paz y salvo con coú el Tesoro Nacional por con­cepto de impuesto sobre la renta (renta, patrimonio y exceso de utilida· des) y cuota militar hasta el año de 1938 inclusive. Válido por los Mu~ nicipios del Departamento.-(Fdo.) Adonías Bravo" .-"Número 2.110.-Mi­nisterio de Hacienda y Crédito Público.-CERTIFICADO DE PAZ Y SAL­VO.- Pasto, 1R de agosto de 1939.-EJ Admnistrador de Hacienda de Nariño.-CERTIFICA:-Que Luis Enriq}.le Jiménez, vecino de Pasto, está a paz y salvo con el Tesoro Nacional por concepto de impuesto sobre la renta (renta, patrimonio y exceso de utilidades) y cuota militar, hasta el año de 1938 inclusive. Válido por los Municipios del Departamento.­( Fdo.) Adonías Bravo"·-"Número 2.150.-Ministerio de Hacienda .. y Crédi­to Público. -CERTIFICADO DE PAZ Y SAL VO.-Pasto, 24 de agosto de 1939.-EI Administrador de Hacienda de Nariño.-CERTIFICA:-Que el Personero Municipal, vecino de Pasto, está a paz y salvo con el Tesoro Nacional, por concepto de impuesto sobre la renta (renta, patrimonio y exceso de utilidades) y cuota militar, hasta el año de 1938 inclusive.-Válido por los Municipios del Departamento.-(Fdo.) Adonías Bravo".-"No. 258.­El suscrito Tesorero Municipal de Pasto, a petición verbal del señor doc­tor don Jorge Rasero Pastrana.-CERTIFICA:-Que dos tiendas distingui­das con los números 720 y 722, de propiedad del peticionario señor doc­tor Rosero Pastrana, sitas en la calle 6a, 8a de esta ciudad, se encuen­tran a paz y salvo con el Tesoro Municipal, por concepto de impuesto urbano.-Expedido el presente certificado en Pasto, a los diez y ocho días del mes de agosto de mil novecientos treinta y nueve.-El Tesorero Mu­nicipal.-( Fdo.) P. Alfonso Ortiz" .-(Este y los anteriores certificados lle­van adheridas y debidamente anuladas las estampillas legales correspon­dientes).- COPIA DE LA RESOLUCION NUMERO 164.-EI Concejo Mu­nicipal de Pasto, en uso de ~us atribuciones legales y teniendo en cuen­ta:- Que los exponentes para la adjudicación del contrato sobre la no­menclatura de la ciudad, señores Peregrino y Samuel Chaves, Luis Enri­que Jiménez y Hernando Bueno, al conocer la proposición aprobada por el Concejo en la sesión de ayer, únicamente los primeros manifiestan, que pueden hacer rebaja en cuanto al precio de las placas, y los segun­dos expresan que ellos no aceptan que se ~ blo..i a remate público y que no hacen nuevas ofertas sobre el precio para no perder la posesión ju ... rídica que adquirieron conforme al pliego de cargos, al entregar su pro­puesta en pliego cerrado a la Junta de Hacienda, a la hora in di cada y en la fecha que señala el mencionano pliego de cargos, y te ni en do en cuenta que la propuesta de los señores Bueno y Jiménez es la más fa· vorable a los intereses del Municipio en cuanto a precio y calidad,­RESUELVE:- 1o-Adjudícase el contrato sobre nomenclatura de la ciudad, a los señores Hernando Bueno y Luis Enrique Jiménez, conforme a la propuesta que en pliego cerrado presentaron ante la Junta de Hacienda y elévese el contrato a escritura pública, por el señor Personero Munici­pal; y-2o-Acéptase el obsequio de cien pesos ($ 100,00) para una de Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 24 ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO las obras públicas que adelanta el Municipio, hecho por el señor Luis Enrique Jiménez.-Dada en el Salón de sesiones del Concejo Municipal, a los nueve días del mes de agosto de mil novecientos treinta y nue­ve.- El Presidente.-Manuel Ortiz Ortiz.-El Secretario.-(Fdo.)-Marco A. de la Rosa".-Es conforme su originaL-El Oficial de la Personería Mu­nicipal.-( Fdo.) Julio Daniel Burbano" .-(Lleva el sello de la Personería). "Señores Miembros de la Junta Municipal de Hacienda.-Pasto.-Por me­dio del presente documento pongo en conocimiento de ustedes que he nombrado al señor Luis Enrique Jiménez Caicedo, residente en esa ciu­dad, como único Agente y distribuidor de los productos de mi fábrica de Relieves "BUENO" de esta ciudad.-El señor Jiménez ha sido autori­zado por Mí, para tomar pedidos, celebrar contratos y realizar las ventas y todo el rodaje del negocio que sea necesario para el buen desenvolvi­miento del mismo.-Cali, junio 15 de 1939.-(Fdo.)-E. Bueno D.-(Her­nando Bueno Delgado, Cédula 1173434-Cali.-Alcaldía Municipal de Ca­li).--- El anterior documento dirigido a los señores Miembros de la Junta Municipal de Hacienda de Pasto, Nariño, ha sido presentado personalmen­te por el signatario señor Hernando Bueno D. Cédula número 1173434 de Cali en horas de audiencia pública del día de hoy veintiuno de junio de mil novecientos treinta y nlJeve.---(Fdo.) Alejandro Zea Rocha, Alcal­de Municipal de Cali.---Por el Secretario de Gobierno Municipal.---(Fdo.) E. J. Escobar.---Oficial Mayor de Gobierno Municipal" .---"Señor Juez Mu­nicipaL--- E. S. D.---Yo, Luis Enrique Jiménez, mayor de edad, natural de Cali, vecino del Distrito de Pasto, cedulado bajo el número 1166325, con el carácter de nudo hecho y con intervención del señor Personero Muni ... cipal, atentamente pido, se sirva dísponer el avalúo de dos tiendas con fondo, de propiedad del doctor Jorge Rosero Pastrana, sitas en esta ciu­dad, comprendidas dentro de los siguientes linderos: frente, con tiendas de los señores Astorquizas, calle sexta por medio; por el costado dere­cho, con tienda y huerto de Rafael Villarreal, tapias y paredes por me­dio; por el respaldo, con cuadra de Manuel Elíseo Bucheli, tapias por medio y· por el costado izquierdo con tienda de Es ter Ruiz, paredes por medio" .---Para la práctica de esta diligencia, de mi parte nombro como perito avaluador al señor César Augusto Salas y espero que el se­ñor Personero nombre el que le corresponde, puesto que este avalúo va a servir de base para rendir una caución en favor del Municipio. Una vez terminadl'ls las diligencias, pidg se me devuelvan para hacer el uso conveniente.---Reo.uncio notificación.---(Fdo.) Luis Enrique Jiménez.---Pasto, 16 de agosto de 1939" .---"Agosto 16 de 1939.---Presentado en su fecha, doy cuenta.---(Fdo.) M. Insuasti.---Secretario" .......... "JUZGADO PRIMERO MU­NICIPAL--- Pasto, agosto diez y siete de mil novecientos treinta y nue­ve.--- Como se solicita en la anterior petición. practíquese el avalúo judi­cial de los inmuebles a que se refiere el escrito de 16 de los cursantes en asocio de peritos.---Dáse por nombrado al seiíor César Augusto Salas, como perito por parte del peticionario; el señor Personero nombrará el que le corresponde, y los dos designarán el tercero para el caso de dis­cordancia en sus conceptos. La diligencia se verificará a la hora siguien­te a la posesión del último perito.---Practicada la diligencia devuélvase al interesado.---Por renunciada la notificación.---(Fdos.) Casabón Ch.---M. Insuasti,---Secretario" .---"En diez y siete de agosto de mil novecientos Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO 25 treinta y nueve, notifico el auto anterior al señor Personero Municipal, quien manifestó que nombra como perito por su parte, al señor doctor Gerardo Cortés, y firman.~~~(Fdos.) Uscátegui.~~~M. lnsuasti.~~-Secretario" .~~~ "Agosto 17 de 1939.~~-Doy cuenta informando que el señor Personero designó como su perito al doctor Gerardo Cortés.-~-(Fdo.) M. Insuasti.--­Secretario".-" JUZGADO PRIMERO MUNICIPAL.-Pasto, agosto diez y siete de mil novecientos treinta y nueve.-Dése por nombrado al doctor Gerardo Cortés como perito por parte del señor Personero Municipal, quien se posesionará oportunamente y procederá en asocio del perito nombrado por el interesado a verificar la tasación solicitada.-(Fdos.)­Casabón Ch. - M. Jnsuasti. - Secretario".-"En Pasto, a diez y siete de agosto de mil novecientos treinta y nueve, el señor Juez, en asocio de su Secretario y de los peritos nombrados señores doctor Gerardo Cortés y César Augusto Salas, se trasladó al sitio donde se hallan ubicados los inmuebles que trata de avaluarse. Una vez allí, el señor Juez, recibió la promesa legal a los señores peritos, quienes bajo la gravedad del jura~ mento que prestaron, ofrecieron desempeñar fiel y honradamente su car­go. Acto seguido el señor Juez ordenó a los peritos identificaran y cons­tataran los linderos de las dos tiendas y procedieran a rendir su concep­to inmediatamente. Incontinenti, los peritos dieron su concepto, en la si~ guiente forma: El doctor Gerardo Cortés manifestó, que las dos tiendas, ubicadas en el barrio de San Andrés, bajo los números 720 y 722 y cir­cunscritas por los siguientes linderos: "por el frente, con tiendas de las señoras Astorquiz&s Calle 6a por medio; por el costado derecho con tien~ da y huerto de Rafael Villarreal, tapias y pared por medio; por el res­paldo con cuadra de Manuel Eliseo Bucheli, tapias por medio; y por el costado izquierdo con tienda de Ester Ruiz, paredes por medio". Valen la cantidad de mil quinientos pesos oro ($ 1.500,00) que su concepto lo fundaba en la falta de servicio higiénico, posición, y más o menos dis~ tante del centro de la ciudad.- EI perito señor César Augusto Salas dijo:-Que la(\ tiendas alinderadas ya por el doctor Cortés, valen en su concepto la cantidad de dos mil doscientos pesos ($ 2.200,00). El Juzga­do como observara que los conceptos anteriores se hallan en discrepan~ cia exigió a los peritos designaran un perito tercero, que dirimiera la discordia, por lo cual designaron al señor Segundo Acosta López, quien hallándose de presente aceptó el cargo y juramentado en forma legal ofreció desempeñar fiel y legalmente su cargo; y acto seguido rindió su concepto en la siguiente forma: "He recorrido los linderos de las dos tiendas que se trata de avaluar y en vista de que el concepto dado por el perito señor Salas, se acerca más a la realidad y valor de estos inmuebles, me adhiero a dicho concepto, en todas sus partes, tasando, co~ mo en verdad taso dichas tiendas en la suma de dos mil doscientos pesos. No habiendo otra diligencia que practicar, el señor Juez declaró terminado el acto que se firma con el señor Juez y Secretario que auto­riza.- Los señores peritos hacen constar que una de las tiendas tiene un solar adyacente que las abarca ambas por su respaldo.-Así se firma.­El Juez.-Pedro Casabón Ch.-Los peritos.-Gerardo Cortés G., C. 456117.­( Pasto).-César Augusto Salas, C. 545070.-Segundo Acosta López, C. 547951.-Manuel Insuasti.-Secretario" .-"Agosto 17 de 1939.-En dos fo~ jas entrego estas diligencias al interesado.-(Fdo.) M. Insuasti, Secretario".- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 26 ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO (Hay un sello).-"RESOLUCION.-Pasto, agosto 17 de 1939.~El Contralor Municipal en uso de sus facultades legales.-CONSIDERANDO~-Que el bien raiz que ha presentado el señor Luis Enrique Jiménez para garantí~ zar el cumplimiento del contrato de la nomenclatura de esta ciudad, que le fue adjudicado por el Honorable Concejo Municipal en la licitación que para el efecto se abrió, resultó en el avalúo prac1 icado por el Juz~ gado Primero Municipal, con un valor de dos mil doscientos pesos ($ 2.200,00) moneda legal;-2o-Que el precio del avalúo respalda sufi~ cientemente la cuantía de la fianza, o sea la suma de mil pesos ($ 1.000,00) fijada por el expresado Concejo Municipal. - DECLARA:-Que estudiadas las diligencias levantadas por el interesado señor Luis Enrique Jiménez, están en un todo de acuerdo ceñidas a las disposiciones legales vigentes sobre la materia y las prescripciones especiales que la Comra~ loría Municipal ha di ctado al respecto.-(Fdo.)-J. Rasero Rodríguez. - . Contralor" .-"El suscrito Registrador de Instrumentos Públi cos y Privados de este Circuito, a petición verbal del señor Luis Enriqu ~ Jiménez, cedu~ lado en Cali bajo el número 1166325, en debida forma CERTIFICA.-1 °­Que examinados los libros de registro de esta oficina , desde el año de 1938, hasta esta fecha, a folios 103 a 104, bajo la partida número 274 del libro número 1 o de Registro, correspondiente al año de 1938, con fe~ cha 11 de marzo, aparece registrada la Escritura núm ero 536, celebrada en la Notaría No. 2a de este Circuito el 28 de noviembre de 1934, en la que consta: Que Rodolfo Rasero, vende al doctor Jorge Ros ro P. por la suma de setecientos cincuenta pesos ($ 750,00) dos tiendas, ubi ca da s en esta ciudad, y comprendidas dentro de los siguientes linderos: "Por e l frente con tiendas de bs señoras Astorquizas, calle 6a por medio; por el costado derecho con tienda y huerto de Rafael Villarreal, tapias y pa­redes por medio; por el respaldo con cuadra de Manuel Eli eo Buch e li, tapias por medio; y por el costado izquierdo con tienda ele Ester Rui z, paredes por medio" .-2°- Que los inmuebles antes deslindados. ele pro­piedad del doctor Jorge Rasero P. no se encuentran gravados con hipo ­teca, embargo judicial, pleito pendiente, prenda agraria, condición resolu­toria, o limitativa de dominio, en el tiempo a que se contrae este certi­ficado.- Pasto, agcsto doce de mil novecientos treinta y nueve. - EI Re­gistrador.-( Fdo.)-Carlos Enrique Guerrero.-Derechos: Examen de Li~ bros·t $ 0,36. - Id del Certificado.-$ 0,60.-Suma $ 0,96. - Ley 52 ele 1920.-(Fdo.) C. E. Guerrero".-"El suscrito Registrador de Instrumentos Públicos y Privados de este Circuito, a petición verbal del señor Luis Enrique Jiménez, cedulado bajo el el número 1166325, en debida forma, amplía el certificado que antecede, en el sentido de hacer constar: - 1 o­Que la propiedad se halla matriculada bajo el número 87 del L. ele R. y que el vendedor señor Rodolfo Rasero adquirió las tiendas vendidas al doctor Jorge Rasero P. por compra que en unión de su esposa Con cep~ ción P. de Rasero hizo al señor Floresmilo Medina, según escritura nú­mero 75, celebrada en la Notaría 2a de este Cir uito el 2 de marzo de 1931, registrada el 4 de los mismos mes y año (1931) a folios 50 a 51 bajo la partida número 68 del libro número 1 o de registro; - 2o - Que el señor Floresmilo Medina adquirió las tiendas de que se trata, así: - parte por adjudicación que se le hizo en la división de los bienes de la que ue su esposa Marciana Becerra, y de su hija Gratulinfl Meclina, y parte o Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO 27 sea el resto por haberle adjudicado el lote de gastos, según escritura de protocolización otorgada en la misma Notaría 2a el 21 de ~febrero de 190R, bajo el número 84, registrada el 2R de febrero de 1909 a folios 3, bajo la partida número 12 del Libro de Registro de Causas Mortuorias; y 3°-Que las tiendas deslindadas en el punto 1 o- del certificado que se amplía, de propiedad del seitor dodor Jorge Rosero P., no se encuentran gravadas con hipoteca, embargo judicial, pleito pendiente, prenda agraria, condición resolutoria o limitativa de dominio, en el lapso de los treinta arios a que se contrae esta ampliación.-Pasto, agosto catorce de mil no~ vecientos treinta y nueve.-El Registrador.-(Fdo.)-Carlos Enrique Gue~ rrero" .-Derechos: examen de Libros: $ 3,42.-Id del certificado: $ 0,60.~~~ Suma: $ 4,02.~~~Ley 52 de 1920.~~-Fdo.)-~-C. E. Guerrero" .~ .... (Los anteriores certificados también llevan adheridas y debidamente anuladas las estam~ pillas legales correspon9ientes).---CONCLUSION:~~~Se advirtió el deber de hacer registrar una copia de la presente escritura y anotar la hipoteca en la Oficina respectiva, dentro del término legal; y leída a los otorgan­tes a presencia de los testigos instrumentales nombrados arriba, la aprc .. baron. En constancia firman todos por ante Mí, anotando que para su va~ lidez, requiere este contrato la aprobación del Honorable Concejo Muni .. cipai.-~-Se extendió con la póliza presentada.---(Fdos}--L. E. Jiménez.-~­Doctor J. Rose ro P.---Felipe l. Uscátegui.~-~ Tgo.---Luis F. Sal azar.~-~ Tgo.~-­Rodolfo Ortega ... ~~CARLOS CONTO, NOTARIO No. 1o".~~~En el lugar y fecha de su otorgamiento y en siete hojas escritas, numeradas y rubrica~ das, expido esta primera c0pia, destinada al Concejo Municipal de esta ciudad.---Carlos Conto.~-~Notario No. 1 o" .~~-Registrada en el Libro número 2 y en su duplicado bajo las partidas 305 y 28, folios 91 y 6, en su or~ den, y al folio 41 partida 204 del de anotación de hipotecas.~~~Pasto, agos .. to veintiocho de mil novecientos treinta y nueve.-EI Registrador.-~-Car~ !Js Enriq u Guerrero". Artículo 3o---Aclárase el punto tercero del contrato celebrado con rl señor Epaminondas Caicedo, en el sentido de expresar que el valor del contrato, se pagará en dos contados iguales, del Capítulo VII, Ordinal Ill del presupuesto vigente. Así el primero apenas sea sancionado este Acuerdo; y el segundo, cuando el Municipio inicie la apertura y prolon­gación de la carrera 6a lo cual será en el plazo mayor de seis meses a partir de la sanción y vigencia de este Acuerdo. Articulo 4o~~-Este Acuerdo regirá desde su sanción. Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal, a los cinco días del m s de septiembre de mil novecientos treinta y nueve. El Presidente, EMILIANO RUIZ E. El Secretario, MARCO A. DE LA RosA Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 28 ANALES DEL CONCEJ.(l) MUNICIPAL D'E PASTO ' PaSlf:(j) .septiembre ;9 de 1939.. Recibido por la Secretaría doy cuenta, GUERRERO G. Alcaldía Municipal---Pasto. -septiembre once :~e mil novecientos trein· .ta w nueve. Publíquese y ejecútese.. El Alcalde de la dudad, ZOILO C. DELGADO El Secretario de la AJcaldía, Luns F. GuERRERO G. Sección Adminístrativa·--Pasto, septiembre 26 de 1939. Devuelto en esta fecha el Acuerdo número 67 de 5 de los corrien­tes, expedido por el Honorable Concejo Municipal de Pasto, doy cuenta al señor Secretario de Gobierno. C. ALVAREZ Gobernación del Departamento-Pasto, septiembre 26 de 1939. Sin establecer razón legal que desvirtúe las observaciones de la Gobernación, el Honorable Concejo Municipal de Pasto ha declarado sin fundamento las observaciones formuladas por este Depacho al Acuerdo número 67 de 5 de los corrientes, expedido por la mencionada Entidad y por el cual se aprueban unos contratos. Por el motivo anteriormente expuesto, la Gobernación del Departa~ mento, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 72 de 1926, da al Acuerdo el "PASE'' legal indicado, y dispone ordenar al señor Fiscal del Honorable Tribunal Superior, demande el Acuerdo ante el Honorable Tribunal de lo Contencioso Administrativo y pida la inme­mediata suspensión de sus efectos legales. Para el logro de la anterior determinación, entréguese al señor Fis· cal un ejemplar del Acuerdo, juntamente con la copia de todo lo perti· nente, y los restantes ejemplares devuélvanse a la Corporación Municipal. El Gobernador del Departamento, ALBERTO MONTEZUMA H. El Secretario de Gobierno, CARLOS ALVAREZ GARZÓN Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Publicaciones periódicas

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Anales del Concejo Municipal de Pasto: órgano oficial de la Corporación - N. 150 y 160

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Anales del Concejo Municipal de Pasto: órgano oficial de la Corporación - N. 156

Por: | Fecha: 1938

Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ,, República de Colombia. • DepartaDlento de Nariño ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO. (Oruano Oficial de la Corporación) DIRIGE: EL SECRETARIO DEL CONCEJO. NUMEROS 159 Y 160. (JUNIO: 1939) EDITORIAL CERVANTES IM.PRENT A-RA YADO-PAPELERIA. PA5TO-NARI~O-COLO.M.BIA. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Acuerdo número 39 Por el cual se determinan los empleados al servicio Municipal, y e fijan su asignaciones, El Concejo Municipal de Pasto, en uso de u atribucion s legales, ACUERDA: Artículo lo.~El Personal al servicio de la administración munici­pal, con su respectiva dotación mensual, será el siguiente: CONCRJO Sdo. mensual Anual. Un Secretario, a ................................... $ 90,00 Un Ayudante, a ........................................ , 45,00 Un Pot·tero Citador .............................. , 25,00 Para gastos escritorio, Agente Fiscal en Bogotá, por una sóla vez. ALCALDIA Sobresueldo del Alcalde, a............... $ 50,00 Secretario General................................... , 70,00 Sueldo del Oficial Mayor, a.......... , 50,00 Sueldo de tres Oficiales de Sec- $ 1.080,00 " 540,00 " 300,00 " " " 200,00 600,00 840,00 600,00 ciones, a ....................................................... , 40,00 e/ u , 1:440,00 $ 2.120.00 Un Portero Archivero ......................... , 25,00 , 300,00 . 3.780,00 PO LICIA Sueldo de dos Inspectores Urba-nos, a ............................................................ $ Dos Secretarios, a.. ................................. , Cuatro. .In pectot·es para los Corregimientos, a ................................... , uatro cretarios, a......................... , 40,00c/u , 30,00 c/u , 960,00 720,00 30,00 c/u , 1.440,00 20,00 e/ u , 960,00 Pasan ......... . $ 4.080,00 $ 9.980,00 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 50 ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO Vienen.......... $ 9.980,00 Catorce Comisarios de Polic.ía ru rales, para las secciones, a............... , Sueldo del Oficial de Cedulación, , Un Oficial de la Policía Urbana, , Sueldo de 25 agentes de Policía, a , Sueldo de 8 Agentes de Polida en los Corregimientos, a.................... , Conductor del Carro para marra· nos, a ................................................................. , MINISTERIO PUBLICO 6,00 c/u , 1.008,00 35,00 " 420,00 35,00 " 420,00 25,00c/u, 7.50000 6,00 c/u , 576,00 25,00 300,00 Personero, a ............................................. ., 120,00 ,, 1.440,00 " 600,00 $ 10.224,00 Oficial de la Personería, a....... ........ , 50,00 Portero Escribiente, a............ ............. , 25,00 ,, 300,00 $ 2.340,00 ESTADISTICA Un Director, a ........................................ , 60,00 Un Ayudante, a ........................................ , 40,00 Un Escribiente, a..... .............................. , 25,00 Un Contralor, a ......... ............................... , 140,00 Un Contador Secretario, a............... , 80,00 Un Jefe de la Sección de Catas· tro, a................................................................. , 50,00 Un Escribiente, a ................................... ,, 25,00 DEPARTAMENTO DE HACIENDA ección 1o.-Tesorería: Un Tesorero, con ................................... , 140,00 Un Mecanógrafo Ayudante, a .......... ,~ 40,00 Un Citador Urbano, a .......................... , 30 00 ~ección 2a.- Secr taría Ejecutora: " 720,00 " 480,00 300,00 ,, 1.680,00 " 960,00 " 600,00 " 300,00 " 1.680 00 , 480,oo , 360,oo Un Secretario Ejecutor, a ............... .. 60,00 , 720.oo 720,oo Dos Citadores Urbano , a ..... ........... , 30,00 cju ., Sección 3o.-Caja: Un Cajero Auxiliar, a ......................... ,, Un Ayudant del Cajero auxi- 60,00 720,oo liar, a ............................................................ ,. 30,00 , 360,oo Pasan ......... . $ 5.040~00 $ 5.040,oo Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PÁSTO 51 Vienen.......... $ 32.624,oo Sección 4,o.-Contabilidad: Sdo. mensual Anual. Un Contador Jefe, a.............................. $ 80,00 Un Exanlinador de cuentas, a..... , 30,00 Un Ayudante del Contador Jefe, a ........................................................................... , 30,00 Sección So.-Recaudaciones y Ce­ladores: Un Administrador Mercado y Fiscal de Rentas, a.............................. , Ocho Celadores del Mercado, a ,, Un Administrador Mercado, ani-males y Gallera, a ................................... , Un Celador Mercado animales y Gallera, a....................................................... , Un Administrador del Matadero Público, a....................................................... , Un Celador del Matadero Públi-co, a ................................................................. , Un Recaudador en Chapal, a ..... , Un Recaudador en Carretera Norte, a ....................................................... , Un Recaudador en Maridíaz, a ..... , Tres recuaudadores en Santiago, 70,00 24,00c/u 30,00 24,00 30,00 24,00 50,00 25,00 20,00 $ " " " 960,oo 36o,oo 36o,oo 84o,oo , 2.3o4,oo " 36o,oo ,, 288,oo " 36o,oo " 288,oo " 6oo,oo " 3oo,oo " 24o,oo San Andrés y Nariño, a .................... , 15,00 c/u , 54o,oo Dos Recaudadores, Cal vario y Chachaguí, a ............................................. , 12,00 c/u , 288,oo Tres Recaudadores: Catambuco, La Laguna y Geno y, a .................... , 6,00 Eventualidad a favor de los re­caudadores sobre los recaudos mensuales por concepto de fon­dos comunes, .a razón del 2 o/ o sin que dicho porcentaje exceda en ningún caso de $ 30,00 para el de Chapal; $ 10,00 para el de Carretera del Norte; $ 5,00 pat·a los de Maridíaz, San Andrés, Santiago y Nariño; y $ 3,00 pa· ra los de Calvario y Chachaguí... ,, 792,00 " 216,oo , 792,oo $ 9.o96,oo Pasan ............... $ 41.72o,oo • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 52 A ALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO Vien n.......... $ 41.720,00 PODER JUDICIAL Sdo. mensual Anual. Sueldo d dos Jueces, a .................... , 100,00 c/u $ 2.4oo,oo Sueldo d dos Secretario , a .......... , 50,00 c/u , l.2oo,oo De do E cribi nte , a ......................... , 40,00 c/u , 96o,oo De do Porteros, a .............................. ,. 25,00 c/u , 6oo,oo , 5.16o,oo OBRAS PUBLICAS Un Ingeniero Municipal Inter-ventor, a ....................................................... , Un Inspector de Obras Públicas, 3 ........................................................................... " Un Almacenista Municipal, a ..... , Tres Conductores, a.............................. , Un Herrero, a ............................................. , Jardinero del Parque Central, a , Jardinero del Parque Popular, a , Ayudante del Jardinero, a ............... , Dos Guardabosques, a......................... , INSTRUCCION PUBLICA neldo de la mae tra de Escuela 150,00 " 70,00 ,. 60,00 ., 30,00c/u , 30~00 ., 30,00 " 25,00 " 15,00 " 30,00 c/u , de Dolores, a............................................. , 40,00 " BENEFICENCIA PUBLICA Sobre sueldo del Médic ~ P> ~ t:=j {f) o t:=j ~ (j o ~ (j ¡:%j '-1 o ~ d ~ es ~ t::t trj "d ~ 1-3 o C/1 co Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Num. 1 2 '' 3 '' 4 '' 5 '' 6 '" 7 " 8 '' 9 " 10 '' 11 " 12 '' 13 " 14 " 15 P R E S U P U E S T O D E R E N T A· S CAPITULO I BIENES MUNICIPALES: Arrendamientos varios ............................................................................... $ Tiquetes del mercado público ......................................... . Tiquetes del matadero público .......................................... . Tiquetes del mercado de animales ...... ...... ...... ...... ...... .. :Tiquetes de plazas de seguridad de animales ...... ...... . Tiquetes de la gallera municipal .................................... . Tiquetes de jaulas de la gallera municipal .................. . Tiquetes de cosos municipales ........................................ .. Tiquetes de matadero de cet·dos, combustible, conduc ción etc ................................................................................ . Tiquetes de báscula pat·a ganado mayor ...... ...... ...... . .... . Venta de nóminas y cuentas de cobro .......................... . Permisos para riñas de gallos en los corregimientos. Arrendamientos para avisos en el edificio del mercado público ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... . . . • . Venta de solares del Municipio' para casas de obreros Venta de materiales de barro de propiedad del Mpo. 15.000,oo 14.000,oo 2.100,oo 1.000,oo 300,oo 2.200,oo 150,oo 200,oo 1.830,oo 400,oo 200,oo 20,oo 100,oo 2.000,oo 1.000,oo $ 40.500,oo ~ ¡:¡;.. f;j t;:j t:; t;::j ~ ("") o ~ ("") t;:j ..... e ~ d ~ (::; ~ ~ t:; t;:j '"d ~ en ;-3 o CJt \0 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Num. " " " " '' " " " '' " " '' " " " " " 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 CAPITULO II CONTRIBUCIONES MUNICIPALES Vienenen ... $ Impuesto de catastro rural . . . . . . . . . . . . . .. $ Impuesto de catastro urbano . . . . . . . . . . . . . . Impuesto de almacenes y tiendas de comercio . . Impuesto de cantinas ................. . Impuesto de billares . . . . . . fi • • • • Impuesto de ocupación de calles . . . . . . .... . Impuesto de rodaje de autos ........... . In1puesto de rodaje de vehículos de tracción animal. Impuesto de consumo de víveres . . . . . . . . . . . . In1puesto de introducción de mercancías . . . . . In1puesto de inscripción de hoteles . . . . . . . . . Impuesto de inscripción de casas de inquilinato Impuesto de inscripción de fondas y restaurantes . Impuesto de inscripción de agencias de negocios . . . Impuesto de inscripción de juegos . . . . . . . . . . . In1puesto de funcionamiento de hoteles, etc. . . . . . Impuesto de funcionamiento de casas de inquilinato. Impuesto de funcionamiento de casas de negocios . Impuesto de funcionamiento de boticas . . . . . . Pasan .... $ S.OOO,oo 8.000,oo 10.000,oo 1.000,oo 900,oo 200,oo 3.000.oo 400,oo 6.000,oo 14.000,oo 10,oo lO,oo 10,oo 10,oo SOO,oo 300,oo 200,oo 300,oo 900,oo 5o.74o,oo 40.500,oo 4o.5oo,oo 0"1 o > ~ > t:'"'i ¡,j (1) · t:1 ¡,j t:'"'i (j o ~ (j a o ·a:: <::1 ~ (j ~ ~ > t:'"'i t:1 ¡,j '"tt >en 8 o Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. " " " " '' " " ,, " " " ,, " " " " Vienen ... $ 35 Impuesto de funcionamiento de lecherias . . . . . . . 36 Impuesto de funcionamiento de juegos permitidos . 37 Impuesto de fondo de pobres . . . . . . . . . 38 Impuesto de espectáeulos publicos . . . . . . . . . . 39 Impuesto de rifas y ruletas . . . . . , . . . . . . . . 40 Impuesto de bombas de gasolina . . . . . . . . . . 41 Impuesto de depósitos de gasolina . . . . . . . . . . 42 Impuesto de carrozas muortorias . . . . . . . , , . 43 Impuesto de avisos permanentes . . . . . . . . . . . . 44 Impuesto de fijación de avisos . . 4.S Impuesto de molinos . . . . . . . . . . . . . . . . . 46 Impuesto de perrros y marcas de fuego .................................................. . 47 Impuesto de de deguello de cerdos fuera del matadero .............. . 48 Impuesto de delineación de edificios ......................................................... . 49 Impuesto de trabajo vecinal ............................................................................. . 50 Impuesto de aseo y alumbrado ............... ¡ .................................................. .. 51 Impuesto de fábricas de cigarrillosJ ............................................................ .. 52 Impuesto de consumo de ganado mayor ................................................ .. 53 Impuesto de consumo de ganado menor .................................................. . 54 Impuesto de consumo de ganado lanar .................................................... . CAPITULO 111 ENTRADAS EXTRAORDINARIAS 5o.740,oo 300,oo 2.085,oo 2.000,oo l.OOO,oo 2.000,oo 360,oo 240,oo 30,oo 700,oo 200,oo 300,oo lO,oo lO,oo 200,oo 300,oo 300,oo l.SOO,oo 12.600,oo 4.575,oo 200,oo 4o.5oo,oo $ 79.650,oo 500oo ................................................... ' o Num. 55 Mtlltas............................................................................... p $. 131.390, 00 120.15 ,oo asan ................... . ~ 1 ~ C/} '~ 18 · ~ IQ ..... o la ~ .... ("") ~ r t::J tJj "'d r;; 1-j o 0'1 ¡-a Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Vienen .......... $ " 56 Alcances y reintegros .............................................................................................. . " 57 Dividendos de acciones en la Empresa Intermunicipal de Te-lefonos de N ariño ...................................................................................................... . 58 Intereses de bonos de la defensa nacional (cupones) ..................... . 59 Otros ingresos no clasificados ........................................................................... . '~ " " 50 Rentas por cobrar de vigencias anteriores ............................................. . CAPITULO IV PARTICIPACIONES DEL TESORO DEPARTAMENTAL " 61 Participaciones de la renta de licores ....................................................... . 62 Participación en la renta de tabaco ........................................................... .. 63 Participación en la renta de degüello ....................................................... . " " CAPITULO V AUXILIOS DEL:TESORO DEPARTAMENTAL " 64 Auxilio al Dispensario de 1\faternidad .................................................... $ 65 Auxilio al Instituto Antituberculoso ............................................................ . " " 66 Auxilio al Dispensario antivenéreo .............................................................. . Pasan ......... $ 500,oo l,oo l,oo 200,oo 248,oo ll.OOO,oo 12.500,oo 10,500,oo 3.000,oo 1.800,oo 2.520,oo 2.040,oo 6.360,oo 16J.460,oo Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Vienen ............... S CAPITULO VI AUXLIOS DEPARTAl\IENTALES Y NACIONALES· Y RENTAS • • 1r- - PARA LAS OBRAS DEL IV CENTENARIO DE LA CIUDAD Num. 67 Auxilio Departamental para la planta eléctrica Municipal.. .... $ " " " ,, 68 69 70 71 Auxilio nacional para el cuarto centenario (3er. contado) ......... . Auxilio nacional para la pavimentación de la ciudad ................... . Auxilio nacional para bart·ios obreros ....................................................... . ~J;Dpuesto de valorización por pavi_P-lentación ....................................... . CAPITULO 'VII SALDOS DE LA VIGENCIA ANTERJO;t;i PARA OBRAS DEL lV CENTNARIO 10.000,oo 60.000,oo 85.000,oo 15.000,oo 40.000.oQ 164.460.,oo 210.000,oo Num. 72 Saldos en caja para obras del IV centenario de Pasto ............... $ 44,681,70 44.681,70 Suma el presupuesto de rentas ............. $ 419.141,70 RECAPITULACION CAPITULO I-CAPITULO II - CAPITULO III - Bienes municipales ...................................................................... $ 40.500,oo Contribuciones Municipales........................................................ 79.650,oo Entradas Extraordinarias.............................................................. 11.950,oo CAPITULO IV - CAPITULO V - CAPITULO VI - CAPITULO VII - Participaciones del Tesoro Departamental...................... 26.000,oo Auxilios del Tesoro Departamental..................................... 6.360,oo Auxilios Departamentales y Nacionales y rentas pa-ra las obras del IV centenario de la ciudad:................. 210.000,oo ·Saldos de la vigencia anterior para obras del IV centenario.................................................................................................. 44.681,70 419.141,70 > 2! > g;; en t::l t;rj i:""' ("} o 2! n ~ o ~ e 2! ~ ("} ~ ~ t::l t;rj ~ > en 1-3 o 0'1 CJ,;) Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Artículo 2° - Fíja.se el monto total de las erogaciones fiscales del Municipio de Pasto, durante el período del 1° de enero al 31 de diciembre de 1939, en ]a suma de cuatrocientos diez y nueve mil- ciento cuarenta y un pesos, setenta centavos (419.141,70), de acuer­con el siguiente P R E S U P U E S T O DE GASToS CAPITULO 1 DEPARTAMENTO DE GOBIERNO Sueldos Otros Gastos Totales Num. l Sueldo del Secretario del Concejo, $ lOO,oo Mens ................. $ l.200,oo 540,oo 300,oo ,, 2 ,, 3 " 4 " 5 ,, 6 " 7 Sueldo del Ayudante del Concejo, a $ 45,oo meusuales ...... . Sueldo del Citador del Concejo, a $ 25,oo mensuales ........... . Gastos de anales, etc. del Concejo ....................................................... .. Gastos para fiestas patrióticas, por una, vez hasta ..... , ............... . Gastos de pub1icaciones del 4° centenario, por unavez hasta Para gastos del Agente Fiscal en Bogotá, por una vez hasta 1.440,oo 200,oo 2.000,oo 200,oo 5.880,oo Alcaldía flfunicipal Num. " " " " " 8 Sobresueldo del Alcalde Mpal. a $ SO,oo mensuales................ 600,oo 9 Sueldo del Secretario de la Alcaldía, a $ 100,oo mensuales l.200,oo 10 Sueldo del Oficial Mayor de la Alcaldía, a $ SO,oo M nls... 600,oo 11 Sueldo de 3 Oficiales de secciones, a $ 40,oo mensuales e/ u 1.440,oo 12 Sueldo Portero Archivero de la Alcaldía, a $ 25,oo Mis.. 300,oo 13 Sueldo Oficial Cedulación, a $ 35,oo.................................................... 420,oo --~~-----~~~----~~~- Pasan .......... $ 6.600,oo 3.840,oo 5.880,oo 0\ ¡.f:o. > '2 > ~ en t:l t%'j t'"'l (j o ~ C'":l t%'j <.....¡ o ~ d ~ -(j :; > t"4 t:l t%'j '"O > en ~ o Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Sueldos Otros Gastos Totales Vienen .......... $ 6.600,oo 3.840,oo 5.880,oo Num. 14 Sueldo 2 Inspectores Poi. Mpl., a $ 40,oo mensuales c/u ..... 960,oo " 15 Sueldo 2 Scios. Inspectores, a $ 30,oo mensuales c/u ............. 720,oo " 16 Sueldo Ofl. Po1. Mpal., a $ 35,oo mensuales c/u ....................... 420,oo ~' 17 Sueldo 25 agentes Poi. Mpal., a $ 25,oo mensuales c/u ........ 7.500,oo " 18 Sueldo conductor carro marranos, a $ 25,oo mensuales c/u 300,oo > 19 Sueldo 4 Inspectores Poi. Corrgts., a $ 30,oo Mns. cju ...... l.440,oo ~ 20 Sueldo 4 Srios. lnspect. a $ 20,oo mensuales c/u ...................... 960,oo > t'""l 21 Sueldo 8 agentes Poi. Corrgts. a $ 6,oo Mens. cju .................... 576,oo ~ m 22 Sueldo 15 Cpmisarios Secc. a $ 6,oo mensuales c/u ............... 1.080,oo ~ 23 Viáticos de la Alcaldía, a $ 15,oo mensuales ................................. 180,oo ~ t'""l " 24 Locales 4 lnspec. Corrgts., a $ 3,oo mensuales c/u .................. 144,oo (j • " 25 Gastos para la fiesta de la policía, por una vez, hasta ........... 150,oo o ~ " 26 Gastos de vestuario de la Policía, por una vez, hasta ............. 600,oo (j ~ " 27 Para una máquina de escribir para la Alcaldía, por una vez 200,oo 19.790,oo ..... o Personería Municipal 1~ """' (j Num. 28 Sueldo Personero Municipal, a $ l20,oo mensuales ............... ... 1.440,oo """' ""d " 29 Sueldo Oficial Mayor Pe.Isonería, a $ 50,oo mensuales .......... 600,oo > t"" " 30 Sueldo portero Escribiente, a $ 25,oo mensuales ......................... 300,oo t::1 " 3I Muebles para la Personería, por una vez, hasta .......................... 60,oo trj " 32 Servicio de alumbrado público~ a $ 380,oo mensuales ............ 4.560,oo ""d > " 33 Set·vicio de correo a Chachaguí, a $ 3,oo mensuales ............... 36,oo 6.996,oo U> 1-3 o Estadistica Municipal Num. 34 Sueldo Director Estadísiica, a $ 60,oo mensuales ....................... 720,oo ,, 35 Sueldo Ayudante de la Estadística a '$ 40,oo mensuales ....... 480,oo " 36 Sueldo Esc1·ibiente de la Estadística, a $ 25,oo mensuales .. 300,oo 37 Para una calculado1·a para la Estadística, por una vez, hasta 250,oo l.750,oo l8i Sum.an los gastos del Departamento de Gobierno: .............................. $ 24.396,oo I0.020,oo 34.416,oo Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. . ' ~ · .. .., ~ .. COPlTULO 11 ~· DEPARTAMENTO DE HACIENDA ~ ,, '1 Sueldos Otros gastos Totales Tesorería Municipal Sección 1 a. - Tesorería: > ~- Num. 38 Sue1d...o del Tesorero Municipal, a $ 160,oo mensuales ........ $ '' 39 Sueldo ~ del mecanógrafo del Tesorero Mpal., a $ 40,oo mls " 40 Sue.ldo ~el _~c_itador urbano de la Tría. a $ 30,oo Mls: .......... . Sección 2a S~cretarí~~ Ejecutoria: Num. 41 . S~eldb clel Secretario Ejecutor, a $ 60,oo mensuales .............. . " 42 ·sueldo 2 citadores urbanos a $ 30,oo mensuales c/u ............ . 1.920,oo ,~ 480,oo ~. (1), 360,oo t::!· 1:;1::1 t-t l.l 720,oo ~~- 720,oo t....¡ o Sección ·3a ,_ Caja: ~. ' ~ .... ..l • N u m. 43 Sueldo._ del Cajero Auxiliar, a $ 60,oo mensuales ...................... . " 44 Sueldo ~el Ayudante del Cajero a $ 30,oo mensuales .......... . ¡s: 720,oo 1~ 360,oo ~ '"el Sección 4a - Contabilidad: ·~ > t-t Num. 45 Sueldo del Contador Jefe, a $ 80,oo mensuales ........................ .. ·' 46 Sueldo Examinado1· de cuentas subalternas, a $ 30,oo Mis. " .47 Sueldo del Ayudcmte del Contador, a $ 30,oo mensuales ... . ~ secciión:· 5a· -- Administ1·aciones, recaudaciones y celadores: 960,oo ¡: 360,oo 360,oo en t-3 o 1 Mum. 48 Sueldo Administrador-FiS:Cal, mercado, a $ 70.oo mens ...... . '· 49 Sueldo de 8 celadores del · mercado a $ 24,oo mens. c/u .... . 50 Sueldo- del Amor. mercadoa amales. y galle1·a $ 30,oo, Mis. 51 Sueldo Celador- mercado anmls. y gallera a $ 24,oo Mis .... . " 840,oo 2.304,oo 360,oo 288,oo Pasan .......... $ 10.752,oo Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Vienen ....... $ " 52 Sueldo Admor. matade1·o público, $ 30,oo mensuales.: .......... . " 53 Sueldo Celador matadeoro público a $ 24,oo Mls ...... . '' 54 Sueldo Recad. Chapal, $ SO,oo Mis y 2 ojo event .. . 55 Sueldo Rcadr. Norte, $ 25,oo Mls. y 2 ojo event ...... . " 56 Sueldo Rcadr. Maridíaz, $ 20.o Mis. y 2 ojo event .. . 57 Sueldo 3 Rcadrs. Santiago, San Andres, y Nariño, a $ 15,oo mnls. y 2 ojo de eventualidad para c/u. 58 Sueldo 2 Rcadrs. Chachguí y Calvario, $ 12,oo 1nensuales y 2 ojo eventualidad para cada uno ........... . " 59 Sueldo 3 Rcadrs. Laguna, Catamhuco y Genoy a $ 6,oo menstiales ca{la uno ................................................................. . Contraloría Municipal Sueldos 10.752,oo 360,oo 288,oo 960,oo 420,oo 300,oo 720,oo 360,oo 216,oo Num. 60 Sueldo del Contralor Municipal a $ 140,oo Mis........ l.630,oo " 61 Sueldo Secretario de la Contraloría a $ 90,oo Mis...... 1.080,oo " 62 Sueldo del portero-escribiente a $ 25,o mensuales... 300,oo Otros Gutos "TotaleR 14.376,00 " 63 Sueldo del Oficial de Catastro a $ SO,oo mensuales. 600.oo 3.660.00 Otros gastos: Num. 64 Para una máquina de escribir pa1·a la Tesorena, pa ra una múquina de escribir y una sumadora para la Contraloría por una sola vez, hasta............................................ 600,oo Pasan ............ $ 18.036,oo 600,oo 18.036,oo > ~ > f;l rJ'J ~ t:tj t"' ('") o ~ ('") tr:l <.,j o ~ e ~ l.l ~ ~ > t"' ~ [?!j '"ó > rJ'J '""' e 0\ ....,_) Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Sueldos Otros gastos Nun1. 65 Vienen .... $ l8.036,oo Para pagar el 10 ojo a la nación por entrada a la gallera hasta ...................................................................................................... $ " 66 Para muebles de la Tesorería Municipal, por una · vez hasta .................................................................................................................. . Almacén Municipal de proviciones: Num. 67 · Para el establecimiento de esta entidad. por una 6oo,oo 300,oo 300,oo vez hasta............................................................................................................. 2. 750,oo Su1nan los gastos del Departamento de flacienda . · .$ 18.036,00 3.950,00 CAPITULO III DNPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS Num. 68 Sueldo del Ingeniero Interventor., a $ 150,oo Mls... 1.800.,oo " 69 Sueldo del Inspector de O. P., a $ 70,oo mensuales 840.,oo " 70 Sueldo del Almacenista Municipal a $ 60.,oo Mls. ... 720.,oo " 71 Sueldo de 3 conductores de vehículos Mpls . ., a $ 30.,oo Totales 18.o36,oo l.200,oo 2.750,oo 21.986,00 mensuales cada uno . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.080.,oo Pasan . . . . • . $- --4~.4-4-o~,-oo- ---------------- 1 0'\­co.. ¡;¡;..... ~ > ~- trj (fl t:J. ,t~-t () -0-· e~; _ ~ '-!- o ~ -ez: C'".l. ;a_ > ~ b l'1'1 "tt > fA 1-3 o. ' Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. " " " " " " " '~ " Sueldos Otros gástoct Totales ' Vienen . . . . $ 4.44o .. oo 72 Sueldo del herrero municipal. a $ 30,oo mensuales 73 Sueldo del Jardinero, parque cent .. a $ 30,oo Mens .. 74 Sueldo del Ayudante del Jard., a lS,oo mensuales ... 75 Sueldo Jardinero parque pop. a $ 25,oo mensuales. 76 Sueldo 2 guarda-bosques, a $ 30,oo Mls c/u . . . . 77 Adquisición herramientas, repuestos, etc., a $80,oo M. 78 Gasolina, aceite, etc. para vehículos Mples. $120,oo menstiales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 79 Reparación de edificios Niunicipales a $ SO.oo J\1ls. 80 Continuación piscina Regadío, a $ 200,oo mensuales 81 Mercado de Bomboná, a $ ] OO,oo mensuales . . . . 82 Instituto Pérez, a $ 300,oo mensuales . . . . . . . .. 83 Escuela de la Paz, a $ 210,oo mensuales . . . . . 84 Apertura y reparación de calles, en el año. hasta 85 Instalación servicios higiénicos en edificios· tnunici-pales, a $ 200,oo mensuales . . . . . . . . . . . . . . 86 Gastos de escuela de secciones, a $ SO,oo Nlls ... . 87 Establecimiento cuadrillas ~raLajo vecinal, por una vez hasta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 88 Materiales de barro, etc., s/g. contrato a $125,oo 1\llls .. 89 Parque de Santiago, po:r una vez en el año, hasta 360,oo 360,oo 180,oo 300,oo 720,oo 960,oo l.440,oo 600,oo 2.400,oo l.200,oo 3.600,oo 2.520,oo 3.800,oo 2.400,oo 600,oo lOO, o o l.SOO,oo 2.000,oo 29.480,oo Sznnan los gastos del Departantenlo de Obras Publicas $ 6.360,oo 23.120~oo 29.480,oo > 2: > t"' t"-1 U'J 1 ~ t"' lg , 2: ~·E o 1 ~ :;a 1~ .Q ~ ~ ,: ' ~ 1-r::j ~ U'J ¡....;¡ ::::> 0\ \0 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. CAPITULO IV DEPARTAMENTO DE INSTRUCCION PUBLICA Num. 90 Sueldo 1\1aestra de Dolores a $ 40,oo men~uales ... " '" " ~· '' , 91 Para locales de escuelas primarias, a $ 555,oo lVIls. 92 Arrendamiento Granjas Escolares, por una vez hasta 93 Escritorio para Escuelas Primarias, $ 30~oo 1\Ils ... 94 Para el premio del tnaestro, por una sola vez . 95 Para vestidos de niños pobres de escuelas por una vez hasta . . · . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. 96 Auxilio por una vez a los estudiasntes, José Miguel Narváez Cortés, ALfredo Muñoz, v Alfonso Rodrí­guez N., a $ lO,oo c/u., a Vicenle España, Vicente l\1 utis J., Carlos Paredes, Ignacio Gallardo, Pedro F. Pérez, Mi~uel Guerrero Ruiz y Marco Tulio Gue p·ero a $ lS,oo 1nensuales c/u.; a Juan Evangelista Barba, y Luz Angélica Mata, a $ lO,oo Mis. c/u.; a Bolívar Casabón a $ B,oo Mls., y a Berta Elisa Bur­bano a $5,oo mensuales.. . . . . . . . . . . . . . . . . " 97 Auxi¡io Colegio Sta. Teresita, a $ 60,oo mensuales. " 98 Contribución para educación física por una sola vez Suman los gastos del Departamento de Instru.ccion Pública $ Sueldos Otros ga!'tos 480,oo 6.660,oo 200,oo 360,oo 80,oo l.OOO,oo 1.956,oo 720,oo Totales 200,oo ll.656,oo .aO,oo 11.176,00 11.656,oo -l o > ~ ~ en t:1 cr1 r ·~ ~ >-+ -::; Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. CAPITULO V· DEPARTAMENTO DE JUSTICIA Num. 99 Sueldo 2 jueces hfunicipales a $ lOO,oo m~nsuales ............... $ " lOO Sueldo 2 Srios. Juzgados Municipales, a $ SO,oo Mis. c/u .... . 101 Sueldo 2 escrhts. Jzds. Mples. a $ SO,oo mensuales c/u ......... .. " 102 Sueldo 2 Porteros Juzgados. Mples. a $ 25,oo mensuales e/u Sueld<» 2.400;oo l.200,oo 960,oo 600,oo Otros gastos 103 Raciones presos, alu~brado cárcel municipal' a $ SO,oo Mis 600,oo 104 Gastos cárceles de los corregimientos a $ S,oo mensuales..... 60,oo Total e Suman los ~astas del Departamento de Justicia ......................................... ·$ 5,160,00 660,00 5.820,00 CAPITULO VI DEPARTAMENTO DE BENEFICENCIA Num. 105 Sostenimiento U ni dad Sanitaria, a $ 1.833,33 mensuales ....... $ 106 Servicio de aseo público s/ g. contrato, a $ SOO,oo mensuales 107 Valor Ambulancia para U ni dad Sanit. por una vez, hasta ... .. " 108 Auxilio Hospital San Pedro, a $ SO,oo mensuales .................... . 109 Auxilio Asilo S. José Huérfanas, a $ SO~oo mensuales ........ .. 110 Auxilio Sopa San Vicente a $ 15,oo mensuales ............................. . " lll Auxilio Ropero de Niños Pobres, a $ 15,oo mensuales ......... .. 112 Auxilo asilar dementes pobres, a $ 250,oo mensuales ............. .. " 113 Auxilio para aEilar ancianas pobres, a $ l20,oo mensuales .. . " 114 Para confección cajas mortuorias para pobres, a $50,oo Mis " 115 Servicio Farmaceuta local turno, a $ 30,oo mensuales........... 360,oo 22.000,oo 6.00o,oo 2.520,oo 600,oo 600,oo 180~00 l80,oo 3.000,oo 1.440,oo 600,oo " 116 Sobresueldo médico dispensario antivenéreo a $ SO,oo Mis.. 600,o0 38.080,00 Suman los gastos del Departamento de Beneficencia ................................ $ 960,00 37.120,00 38.080,00 ;a.. ~ ~ r-t t"l (1) t::1 l trj 1~ Ci 1 ~ o ~ ~ ~ l-1 "'tl > r t::1 tr1 "'tl >· Ul 1-3 o -.} ~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. CAPITULO VII DEPARTA~'IENTO DE DEUDA PUBLICA Num. 117 Para pagar los gastos de la vigencia anterior-.............................. $ Suman los gastos del Departamento de Deuda Pública ......................... $ CAPITULO VII DEPARTAMENTO DE GASTOS VARIOS E IMPREVISTOS Num. 118 Gastos de ferias del IV centenario. 1 a cuota ................................ $ 119 Para Gastos no previstos en este presupuesto, hasta ................ . Suman los ~as tos V arios e Imprevistos ................................................................. $ CAPITULO · IX GASTOS PARA LAS OBRAS lJEL IV CENTENARIO Sueldo.a Otros gastos 16.000,oo 16.000,oo 6.000,oo le022'oo 7.022,oo N um. 120 Gastos de la pavimentación de la ciudad............................................ 125,000,oo " 121 Gastos para la obra de la planta eléctrica ~'Iunicipal................. 10.000,oo ;, 122 Gastos para para barrios obreros............................................................... 15.000,oo Total~• 16.000,oo 16.000,oo 7.022,oo 7.022,oo 123 Gastos para obras del IV centenario sjg. distribución de la Junta del Centenario, del 3er contado del auxilio nacional. 60.000,oo 210.000,oo Suman los gastos para obras del Cuarto Centerw,rio ................................ ~ 210.000,oo 210.000,oo -l t-.:) > 2! > E=; CTl t::; ~ t"'4 (') o 2! (') tri -o ~ e: 2! ..... (') -'"d > t"'4 t::; ~ '"d > CTl ¡...;¡ o ~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Sueldos OtroA l!;&t!tOIS Totalee CAPITULO X GASTOS PARA OBRAS CUARTO CENTENARIO PASTO Vigencia de 1938 Num. 124 Instalación servicios higiénicos púhhcos ....................................... :. $ " 125 Trabajos en el Parque popular ................................................................ . ~ ' 126 Trabajos en la A venida S. Sebastián ...................................................... .. 120 Trabajos en la Avenida El Ejido ............................................................. .. 2.500,oo 3.000,oo 2.500,oo 2.000,oo 128 Trabajos en Barrios Obreros ................ : ....................................................... . " 129 Trabajos en la Planta Eléctrica Municipal ........................................ . " 130 Trabajos de Pavimentación de la ciudad ............................................ .. 20.000,oo 8.550,oo 6.131,7o 44.681,70 Suman los gastos para el Cuarto Centenario, vigencia de 1938 .................. $ 144.681,7o 44.681,70 RECAPITULACION CAPITULO I - Departamento de Gobierno $ CAPITULO II - Departamento de Hacienda ................................................................. .. CAPITULO III - Departamento de Obras Públicas ..................................................... .. CAPITULO IV - Departamento de Instrucción Pública ......................................... .. CAPITULO V - Departamento de Justicia ...................................................................... .. CAPITULO VI - Departamento de Beneficencia ........................................................... .. CAPITULO VII - Departamento de Deuda Pública ..................................................... .. CAPITULO VIII - Departamento de gastos varios e imprevistos .......................... . CAPITULO IX - Castos para obras 4° centenario de Pasto ................................... . CAPITULO X - Gastos para obras 4° cenlenario de Pasto, Vigen- 1938 .. Suma el Presupuesto d~ Gastos de 1939 ................................................................................... $ COMPARACION SUMA EL PRESUPUESTO DE RENTAS DE 1939 .......... $ SUMA EL PRESUPUESTO DE GASTOS DE 1939 ........... . 419.141,70 419.141,70 34.416,oo 2l.986,.oo 29.480,oo 11.656,oo 5.820,oo 38.080,oo 16.000,oo 7.022,oo 210.000,oo 44.681,7o 419.141,70 ---- > z > t_""'C ~ (/) t::; ~ t"'! {; o ~ (j l:fj ~ o ~ d ~ -(j ; > t"" t:::' M "'O > (/) ¡....;¡ o -...} w Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Articulo 3° - Los gastos que e::;te presupuesto contempla y cuya cuantía exceda de $ SOO,oo se sujetarán para el pago, de acuerdo con lo que la Ley establece al respecto, a las duodécimas mensua­les, por partes iguales, rigurosamente, excepción hecha de los gastos correspondientes a las obras del cuarto centenario, los cuales se harán de acuerdo con los contratos legalmente celebrados o que cele bre el Concejo con este objeto. . Artículo 4° - Créase el cargo de Comisario de las secciones de Cimarronas, Casabuy, Sánchez y Pasisara en el Corregimiento de Chachagüí, con $ 6,oo mensuales de sueldo. Auméntase el sueldo del Secretario del Concejo, del Tesorero Municipal, del Secretario de la Contraloría y Secretario Ge· neral de la Alcaldía, en $ lO,oo, $ 20,oo, $ 10,oo, y $ 30,oo mensuales, respectivamente, a contar des-de el 1° de enero de 1939. · Parágrafo - En estos términos queda reformado el Acuerdo N° 39 de 1938 sobre asignaciones ci· viles. Artículo 5° - El auxilio de $ lOO que se otorga a los estudiantes José Miguel Narváez, Alf1·edo Mui10z y Alfonso Rodríguez N., será entregado en Bogotá por conducto del Agente Fiscal, previa la presentación de las cuentas de cobro de los interesados ante dicho fúncionario. Artículo 6° - E~ te Acuerdo regirá a partir del 1° de enero de 1939. Dado en el Salón de sesiones del Concejo Municipal de Pasto a los veintitres días de dicientbre de mil novecientos treinta y ocho. El Presidente El Secretario, FRANCISCO DE P. SANTANDER Jt;Iarco A. de l(l Rosa Alcaldía Municipal - Pasto, enero veinticuatro de mil novecientos treinta y nueve. Puhlíquese y ejecútese. El Alealde 1\ilunicipal, El Secretario de la Alcaldí~, Tomás F. de la Espriella. Luis F. Guerrero. ~ > z > t"" tr:l Ul t; trl t""' ('j o z n ~ o ~ e:: z -n ~ "'t1 > t""" t1 tr:l lot7 > ~ o Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Acuerdo , numero 43 Por el cual se provee al aseo urbano El Concejo .Municipal de Pasto, en uso de sus atribucioues, y CONSIDERNNDO: a) Que el nuevo contrato celebrado con el Gobierno Nacional pa­ra el funcionatniento de la Unidad Sanitaria y que entrará a regir desde el primero de enero próximo, ya no figura a cargo de ésta el servicio de aseo urbano; b) Que este servicio es indispensable para la ciudad y no puede suspenderse un momento; y e) Que es conveniente sacarlo a lioitación: ACUERDA: Artículo lo. - Desde el primero de enero el serv1c10 de aseo ur­bano será dirigido y controlado por el señor Alcalde Municipal, con los mismos empleados, obreros y asignaciones que han estado bajo la dependencia de la Unidad Sanitaria, para cuyo efecto en el Presu­puesto de la próxima vigencia se in.cluirán las partidas correspondientes. PARAGRAFO. - Pero la vigilancia que ha venido haciéndose por medio de un Inspector y un Ayudante, será efectuada desde el prime­ro de enero próximo por los mismos que ahora ejercen esas funcio­nes, peio con el carácter de Inspector lo., e inspector 2o., respectiva­mente, y con una asignación mensual de$ SO,oo, para cuyo funcionamien tola ciudad continuará dividida en dos sectores~ equivalentes a la mitad de ella cada uno. Artículo 2o. - Tal estado de cosas durará hasta que se adjudique por contrato este ervicio, para lo cual el señor Personero y Contralor Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 76 A ALEE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO Municipale abrirán licitación lo más pronto posible, tomando de base el saldo que queda en favor del Municipio por la pre cindencia del a o entre las obligacione de la Unidad Sanitaria. Artículo 3o. - Este Acuerdo regirá desde su anción. Dado en el Salón del H. Concejo Municipal, a los veintitré días d l mes de diciemb1·e de mil novecientos treinta y ocho. El Presidente, FRANCISCO DE P. ANTANDER. El Secretario, Marco A. de la Rosa. Alcaldía Municipal. - Pasto, diciembre 27 de 1938. Publíquese y ejecútese. Tomás F. de la Espriella. Alcalde Mupal. El Secretario, - Luis F. Guerr ro G . . ección Administrativa. - Pato, 28 de diciembre de 1938. En esta fecha doy cuenta, al señor Secretario de Gobierno. C. Alberto Salazar. Gobernación del Departan1ento. Pasto, diciembre 29 de 1938. Apruébase el Acuerdo núme1·o 43 de 23 de los corrientes, d birla­mente sancionado y expedido por el Honorable Concejo Municipal de esta ciudad, mediante el cual e ordena el servicio del aseo urbano. La Sección Administrativa devolverá los distintos ejemplares del Acuerdo en mención en la forma acostumbrada. El Gobernador del Departamento, • 1 ALBERTO MONTEZUMA 11. 1· • El Secretario de Gobierno, . · ( :· CARLOS AL V AREZ GARZON. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Acuerdo número 44 Por el cual se decret~n unas e cenciones. El Concejo .lvluuidpal de Pasto, en u o de sus atribuciones legales, ACUERDA: Artículo lo. - Exonérase del pago de los impue to municipales a la FABRICA DE TEJIDOS de esta ciudad, de propiedad de Jorge Garcé B. e Hijos, hasta el primero de noviembre de mil novecientos treinta y nueve. PARA GRAFO. - Queda así mismo excenta de todo impuesto Mu­nicipal la int:.·oducción de la maquinaria destinada al ensanche del establecimiento actual de la nombraba fábrica de tejidos de esta capital. Artículo 2o. · Así mismo exonérase de los impuestos municipales, para la introducción de maquinaria a los empresarios que pretendan e ~tablccer industrias en el Municipio, durante los años de 1939 y 1940 previa solicitud al Concejo. Artí ulo 9o. -- Este Acu rdo regirá desde su anción. Dado en el Salón del Concejo Municipal de Pasto, a los dos días d l mes de enero de mil novecientos treinta y nueve El Presidente, FRANCISCO DE P. SANTANDER. El Secr tario, Marco A. de la Rosa. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 78 ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PA TO Alcaldía Municipal. - Pasto, enero dos de mil novecientos tr inta y nueve. Publíquese y ejecútese. El Alcalde Municipal, ToMÁS F. DE LA EsPRIELLA. El Secretario, Luis F. Guerrero G. Sección Administrativa.· Pasto, enero 3 de 1939. Pre entado en esta fecha, doy cuenta. Ciro Alberto Salas. Gobernación del Departamento.--Secretaría de Gobierno. ·· Sec ión Administrativa. -- Pa to, enero 3 de 1939. Apruébase el Acuerdo número 44 de 2 de los corrientes, debida­mente sancionado y expedido por el Honorable Concejo Municipal de esta ciudad, mediante el cual se decretan unas excenci Jnes. Para los efectos legales, la Sección Administrativa devolverá las distintas copias del Acuerdo en mención en la foi·ma acostumbrada. El Gobernador del Departamento, ALBERTO lVIONTEZU .MA H. El Secretario de Gobierno, CARLOS ALVAREZ GARZON. - Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. '$ A cuerdo número 45 Pvr el ual s aprueba un contrato celebrado entre el señor Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social y el Personero Municipal de Pasto, sobre sostenimiento de la Unidad Sanitaria. El Concejo Municipal, en uso de sus atribuciones legales, ACUERDA: Artículo lo .. Apruébase el contrato celebrado entre el señor Mi­nistro de Trabajo, Higiene y Previsión Social y el señor Personero Municipal de Pasto, cuyo texto es el siguiente: Contrato No. .-Los suscritos, Alberto Jaramillo Sánchez, en su carácter de Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social, debida­mente autorizado por el inciso final del A rt. 4o. de la Ley 98 de 1931, por una parte, que en adelante se llamara la Nación; y Felipe l. Us­cátegui, Personero Municipal de Pasto, por otra, que en adelante se llamará el Municipio, tambien d bidament autorizado por el H. Con­cejo 1\'I unicipal, ambos mayores de edad y vecinos de Bogotá y de Pas to re pectivamente, celebran el siguiente contrato: Artículo lo.- Las parte contratante e comprometen a sostener en el Municipio de Pasto una Unidad Sanitaria, con los siguientes ser­vicio : a) Saneamiento rural y urbano e inspección domiciliaria; b). Protección infantil y materna; ) Medicina y Odontología escolares; d) Campaña antituberculosa; e) Campaña antivenérea; f) Campaña contra endPmias tropicales y enfermedades epidémicas; y g) Servicio de vete­rinaria y control de aguas y alimentos. Artículo 2o .. Para el cumplimiento de este contrato, la Nación se compromete a destinar la suma de veintidos mil pesos m/l; y el Mu­nicipio la suma de veintidos mil pesos que se incluirá en el presu­puesto municipal. Los pagos de la cuota nacional, se harán mensual­ment por intermedio del Administrador de Hacienda Nacional de Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 80 Pasto, y los que corresponden al Municipio, por intermedio del Teso­rero Municipal, quien mensualmente consignará la cuota respectiva en la Adminístración de Hacienda Nacional. Tanto las nóminas como los gastos de sostenimiento de los diversos servicios de la Unidad, debe­rán llevar el Visto Bueno del Director de la Unidad. Es entendido que el pago a que se obliga la N ación: queda subordinado a la res ­pectiva partida presupuesta!. Artículo 3o.- El Presupuesto de la Unidad Sanitaria, será el si­guiente: Director Encargado de la Gota de Leche ) Sala Cuna $ 25o,oo n1ensuales; Médico Ayudante, encargado de la Protección Infantil, Con­sultorio del niño sano y enfermo $ loo,oo mensuales; Médico Jefe de la Can1paña Antituberculosa $ 15o,oo mensuales; Médico Auxiliar de la Campaña Antituberculosa $ 125,oo mensuales; Médico del Consulto­rio externo $ 6o,oo mensuales; Médico de la Campaña Antivenérea $ 125,oo mensuales; Médico de la Protección materna y medicina es­colar $ loo,oo mensuales; Dentista de la Unidad $ 8o,oo mensuales; Secretario de la Unidad Sanitat·ia $ 7 o,oo mensuales; Revisor $ 9o,oo mensuales; Médico Laboratorista $ lSo,oo mensuales; Tt·es Inspectores rurales, a $ 7 o,oo e/ u. $ 2lo,oo mensuales; Cuatro Inspectores urba­nos a $ 45,oo c/u. $ 18o,oo mensuales; Un Inspector de alimentos $ 45,oo mensuales; Enfermera Visitadora de la Protección Infantil $ 3o,oo mensuales; Enfermera de la Gota de Leche $ 3o,oo mensuales; Enfer­mera de la Sala Cuna $ 3o,oo mensuales; Enfermera del Consultorio del niño enfermo $ 3o,oo mensuales; Enfermera farmaceuta $ 3o,oo mensuales; Enfermera Partera permanente $ 7o,oo mensuales; Enfer­mera Partera ambulante $ 45,oo mensuales, Enfermera de planta $ 3o,oo mensuales; Enfermera permanente de la Maternidad $ 3o,oo mensuales; Enfermera de la Campaña antivenérea $ 3o,oo mensuales; . Enfermero de la campaña antivenérea $ 35,oo mensuales; Tres enfer­meras de la campaña antituberculosa a $ 4o,oo cfu. $ 12o,oo mensua­les; Tres En[ermeros de los Puestos Profilácticos a $ 2o,oo c/u. $ 6o,oo mensuales; Agente Citador de M.uje:rps Públicas $ 3o,oo mensuales: Drogas, jornales, materiales, arrendami ntos, viáticos útiles rle es­critorio, demás gastos etc. etc. $ 1.321~66. Total meu s c~l $ 3.666,66; Total anual $ 43.999,92; Con la partida nacional se ateuderán los si­guientes gastos: :Médico de Campaña Antituberculosa $ 15o,oo mensuales; Lahora­torista $ lSo,oo mensuales; Gastos de sostenimientos $ 1.283,33 mensuales; Director Encargado de la Gota ele Leche $ 25o,oo mensua les; Total anual $ 21.999.96. Con la partida :Municipal se atenderán los demás sueldos; y $ 38,33 para gastos de sostenimiento. De la partida de gastos de sostenimiento, se destinarán cien pesos para premios 'el concurso del niño sano, que debe verificarse el 12 de octubre de 1939. Artículo 4o. - Si a causa de circunstancias imprevistas, como ¡·e­tardo de posesiones de empleados, demoras para suministros de mate­riales, pago de arrendamientos, etc; no hicieran en totalidad los gas Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO 81 ·os d e acuerdo con las prescripciones fijadas en el contrato, los dine­ros obran t es ingresarán a fondos de sostenimiento de la U ni dad Sa­nitaria y se destinarán para ensanchar y perfeccionar los diferentes servicios. Artículo So. · El Director de la Unidad Sanitaria, será nombr'ldo por Resolución del Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social y el resto del personal, por Resolución del Director de la Unidad, que necesitará nara su validez, la aprobación del Mini terio. El Con­cejo podrá solicitar la destitución de cualquier empleado, en caso de incopetencia o mala conducta comprobadas y el Director de la Uni­dad y el Ministerio, atenderán tal solicitud. Las autoridades munici· pales se comprometen a supervie-llar la marcha de todas las dependen­cias de la Unidad o infot·marán al 1\IIinisterio acerca de cualquier irreg ularidad que ocurra. A· í c ulo 6o. · Este contrato durará desde ello. de enero de 1939, ha ta e l 31 de diciembre del misn1o año. Será prorrogable in ifinida­mente a voluutad de las partes contratantes, y en caso de que alguna de la ~ d e ee r escindirlo dará aviso a la otra, sesenta días antes de vencimiento, la falta de este aviso, e interpretará como a eptación de la prórro~a. Artículo 7o. · Este contrato necesita para su validez la aprobación del señor Presidente de la República, previo el concepto del Consejo de Ministros, la revisión del Consejo de Estado y sera publicado en el Diario Oficial. Artículo So. Por tratarse de entidades Oficiales no se determinan las causales de caducidad indicadas en el artículo 41 del Código Fis· cal, y se extiende en papel común de acuerdo con el numeral 10 del artículo 7o. de la Ley 20 de 1923. En constancia se firma a veintitrés de diciembre de mil novecien­tos treinta y ocho. Fdo., Alberto J aramillo Sánchez. Fdo., Felipe l. Uscátegui -- . Artículo 2o. · El presente Acuerdo regirá desde su sanción. Dado en el salón del Concejo Municipal de Pasto, a los tres días del mes de enero, de 1939. El Presidente, FRANCISCO DE P. SANTANDER. El Secretario, Marco A. de la Rosa. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 82 PASTO Alcaldía Municipal. - Rasto, enero 4 de 1939. Publíquese y ejecútese. El Alcalde M nicipal, TOMAS F. DE CA ESPRIELLA. El Secretario, Luis F. Guerrero G. Sección Administrativa. - Pasto, enero 9 de 1939. En esta fecha, doy cuenta al Sr. Secretario de Gobierno. C. Alperto Salas. Gobernación del Departamento. - Pasto, enero 10 de 1939. Apruébase el contrato celebrado entre el señor Alberto }a­ramillo Sánchez, Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión So­cial y el señor Personero Municipal de Pasto, sobre sosteni­miento en el Municipio de la Unidad Sanitaria. Con las formalidades legales, devuélvase los distintos ejem­plares del Acuerdo número 45 de 3 de los corrientes. El Gobernador del Departamento, ALBERTO MONTEZUMA H. Fl Secretario de Gobierno, CARLOS ALVAREZ GARZON. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Acuerdo número 46 Por el cual se dispone la construcción de Barrios Obreros Municipales. El Concejo Municipal de Pasto, en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO: a) - Que día por día se agrava e intensifica la situación de las · habitaciones para obreros, así sea por la escasez de locales de arrien­do, como principalmente por su reducida capacidad y pésimas condi­ciones sanitarias; b) - Que más de la mitad de las habitaciones urbanas están cons­tituídas por tiendas de esas condiciones, en las que habitan los obre­ros y la gente proletaria, sobrellevando una vida antihigiénica, colmada de privaciones de toda suerte; e) - Que es una función municipal de alta significación y trascen­dencia social propender por la reconstitución de la vida doméstica, por cuanto es esta la ,que forma al pueblo y a las generaciones pre­sentes y futuras, y porque el problema de las viviendas baratas para obreros y gente proletaria es el primero de los problemas sociales; y d) - Que la Junta Pro--Centenario ha destinado ]a suina de $ 40.000,00 para la construcción de barrios obreros, y que el Munici­pio posee lotes de terreno en El Regadío, adecuados para esas cons­trucciones; siendo preciso afrontar lo resolución de ese magno proble­ma, empezando esa construcciones. ACUERDA: Artículo lo. - Declárese de necesidad inaplazable y de urgente utilidad pública la construcción de barrios obreros, en la ciudad de Pasto, y se destinan a este fin invariablemente los lotes de terreno que todavía posee el Municipio en El Rega.dío, construcción que se prin- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 84 ANALES DEL CO cipiará con los $ 40.000~oo que ha apropiado la Junta Pro-Centenario. Artículo 2o. · El Personero Municipal gestionará la adquisición del lote de terreno adyacente al que posee el municipio en aquella localidad, lote que es de propiedad particular, con el objeto de en· sanchar el área edificabl . Artículo 3o. - Inmediatamente después de que este Acuerdo sea Ley del Municipio, el Ingeniero Municipal levantará los planos de los e presados lot de terreno y hará en éllos el planeamiento para los barrios obreros, con una distribución metódica de solare , y una vez aprobado el planeamiento por el Concejo Municipal y aprobados los proyectos de edificaciones que presentará el mismo Ingeniero, proce­derá a construír casas baratas, por administración directa o por con­trato, ciñéndose a las siguientes reglas generales: a) · El sistema será el de barrios con casas alineadas, distribuídas n manzanas pequeña , eparadas por calles de 12 metros de ancho, con casa independiente adaptadas para la vivienda de una familia de obreros en cada una, debidamente orientadas. b) - El plano para ada ca a será de 10 metros de frente por 12 1netros de fondo, o sea de capacidad de 120 metros cuadrados. e) - Las ca as serán de una sola planta, de estilo uniforme y se construirán de acuerdo con los planos elaborados por el Ingeniero Municipal. Cada casa constará de estas piezas: una sala o cuarto de vida, un dormitorio, una alcoba, una cocina y un cuarto de baño y ervicios sanitarios. La superficie de cada una de las piezas será de 20 metros cuadrados por lo menos, consultándose en todas un volú­tnen mínimo de veinte metros cúbicos por cada habitante. El alto claro de las piezas debe ser de cuatro metros, a lo menos. d) - Los hilos y ni eles serán dados por el Ingeniero Municipal, de conformidad con los planos que deben ser debidamente acotados. e) - Las fundaciones se harán con piedra de cantera o molones y morteros de barro o lechada de cal, profundizados a lo menos hasta sesenta centímetros de la superficie del terreno, a no ser que la natu­raleza del terreno exigiere otra cosa, a juicio ~el Ingeniero Munici­pal. La anchura del cimiento tendrá diez centímetros más a cada lado del espesor del muro. f) · El nivel del piso de loe departamentos debe ser de quince centímetros más alto que el de los planos. El nivel de los patios será cuando menos. quince centímetros más elevado que el de las aceras o andenes d la call . Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEL CONCEJO MUNI IPAL DE PASTO 85 g) - El espesor de los muros de trabajo no erá menor de cua­renta centímetros si fuere de ladrillo cocido; de sesenta centímetros si fuere de tierra pisada. Los muros para divisione de piezas podrán hacerse de adobe o de ladrillo a zoga, de madera, guadúa con ce­mento. Si se adapta el sistema de madera y cemento, el espesor de los muros no será menor de quince centímetro . Los tabique exterio­res podrán construírse con pies det·echos reforzados con diaaonales, apoyándose la viga inferior en pilotes de piedra o de concreto, debi­damente repartidos. A cada 25 metroe, las divisiones t.ransversales se harán con muros de cuarenta centímetros de espe or y en forma de cortafuegos. h) - El envigado y demás enmaderado serán ólido , adaptando estructuras técnicas del menor peso posible. i) - Los pisos serán enladrillados y los patios cementados. Las pa­redes y tabiques de adobe deberán ser rebocados, enlucidos y blan­queados en la parte exterior que dé a la calle; y en interior sólo irán enlucidas y blanqueadas. Las paredes de ladrillo ba tará que sean emboquilladas. j) - La techumbre será de teja curva, de barro cocido, o podrá también emplearse teja metálica galvanizada, corrugada. k) - Las puertas exteriores tendtán como mínimo una altura de dos metros, sesenta centímetros y una anchura de un metro treinta centímetros. Cada departamento tepdrá una ventana de ochenta cen­tímetros de ancho por un metro veinte centímetros de altura, a lo menos, o bien un ventilador o tragaluz, que no baje de cincuenta centímetros. 1) • Se procurará que quede una pequ ña área para jardín, en donde podrá colocarse un pequeño lavadero para ropa . Artículo 4o. - El costo de cada casa no excederá de ochocientos pesos ($ 800,00) moneda legal. Para lograr e te presupuesto económico, de­berá estudiarse concienzudamente por el Ingeniero Municipal el siste ­ma y las condiciones y materiale más apropiados, estilo arquitectóni­co, distribución de piezas, etc. Artículo So. - El Mucicipio de Pa~to, una vez que esté adminis­trando en propiedad el Acueducto y Alcantarillrdo Públicos y la plan­ta hidroeléctrica, suministrará a cad(l familia de obreros el agua y la luz necesarias, a precios baratos, hasta que el obrero haya adquirido la pr<'piedad de su casa. Artículo 6o. · Cada casa, una vez con luída u con trucción, se dará a una familia de obreros, de reconocida honorabilidad, prefirien­do las familias de casados, a modo de arrendamiento pero con el Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 86 ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PATO compromiso de que el Municipio le traspasará la propiedad cuando haya acabado de pagar el valor de la casa. Artículo 7o. - El valor de cada casa lo pagará el obrero en cuo­tas mensuales a razón del 4°/0 anual repartido en doce mensualida­des, y y pagadero el total en 2.) años, conforme a la Ley 61 de 1936. Según e3to, computando el costo de una ca a en $ 800,00, el obrero pagará mensualmente dos pesos con sesenta y seis centavos ($ 2,66). Artículo 8o. - Si el obrero dejare de pagar varias cuota , la Junta de Hacienda resolverá si es el caso de cancelar el contrato. Artículo 9o. - Sólo en caso de muerte del obrero que hubiere he­cho el contrato con el Municipio para adquirir una ca a podrán su herederos legítimos continuar con el derecho a la propiedad, siempre que se comprometan a continuar pagando las cuotas mensuales. En ningún otro caso es transferible la propiedad de las casas así adquiridas. Artículo 10. - Es obligación del obrero, la que se hará constar en el respectivo contrato, cuidar permanentemente por la buena conser­vación y debido arreglo y saneamiento de la casa que ocupa. El Mu­nicipio, por medio de cualquiera de sus agentes, pued y debe tener derecho para controlar en todo tiempo el buen cuido y con ervación de las casas obreras. Artículo 11. - Una vez que el obrero haya pagBdo todo el co to de la casa que ha habitado, el Personero Municipal le otorgará la respectiva escritura pública, que será sometida a la aprobación del Concejo Municipal y de la Gobernación del Departan1ento. Artículo 12. - Llegado el caso de que el Municipio esté en po e­sión y esté administrando el Acueducto y el Alcantarillado y la Plan­ta Eléctrica Municipal suministrará a cada ca a de obreros tre bmn­billas de 25 V• Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 93 Artículo 2o. - Este Acu rdo regirá desde su sanción. Dado en el salón de . siones d 1 Concejo :Municipal de Pasto, a Jos tres días del mes de f lH'ero de mil no\ccicnto trejnta y nueve. El Presidente, FRA JSCO DE P. "'ANTANDER. El Secretario, Jfarco A. de la Rosa. Alcaldía ~funidpal. -- Pasto, ~ brero cuatro de mil novecien­tos treinta y nueve. Publíquese y ejecútese. El Alcalde Municipal, (fdo.) Tü}IÁS F. DE LA ESPRIELLA. El Secretario, (fdo.} Litis Felipe Guerrero. Goberna · ión del Departamento. -- Sf'eretaría de Gobierno. -- .., eceió 1 Administrativa. -- Pasto, febrero 17 de 1939. Apruebanse los siguientes Acuerdos del Municipio d Pa ·to, d bi­damente sancionados: El número 40 de 10 de los corrientes, 1nediant l cual s:-> hac n unos traslados en el presupuesto de rentas y gastos de la presente vigencia y el numero 48 de este mismo mes, m diante el ·ual d H. Concejo aprueba un contrato con Ja casa Aristizáhal S. ., para la adquisición de un carro transporte co~1 destino a la Unidad Sanitaria Iunicipal de la localidad y por la sutna ele $ 2.800,00 m/1. Con las formalidades legales, devuél va e. El Gobernador del Depto., ALBERT) MONTEZUMA H. El Secretario de Gobierno. CARLO ALYAREZ GARZÓ I Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Acuerdo número 49 por el cual l!le aprueba un contrato. El e llC jo ;Iunicipal de Pasto, n · uso de sus atribuciones legales, ACUERDA: At·tículo lo. - Aprobar el ontrato escriturario, celebrado entr los señores Personero .Municipal de Pasto, y Gobernador del Departa­mento de Nariño, sobre permuta de do iumuebl s ito en esta ciu­dad y que a la letra dice: ~< o. 38. - NUMERO TRE1 TA Y OCHO. - En la ciudad de Pasto, capital del Departamento de Nariño, República de Colombia, a los v intiún días del mes d enero de mil novecientos treinta y nue e, ante mí, Carlos Conto, Notario No. lo. del Circuito de Pasto y de los testigos in trum ntale eñores Enriqu arváez M., y Mario Rarr iro R., varones, mayores de edad, vecinos de esta ciudad, d buen crédito y sin impedimento para testificar, comparecieron los se­ñores doctor Alberto Montezuma H., Yarón, casado~ y don Felipe l. Uscátegui, varón, soltero, ambos mayores d edad, vecinos de esta a­pitaJ, a quienes onozeo personalmente y e hallan provistos de sus cédulas de ciudadanía números 545831 y 546759, expedidas resp ctivamente en Pasto, y dijeron: que 1 prim ro, en su carácte de Gob rnador del Departamento de N ariño, y el 'egundo, en el de Per­sonero Municipal de Pa to, y autorizado e te último por l H. Con e­; o :Municipal, por Resolución número 98 d 23 m a· ne1·a real y materiel, los inmuebles pern1utados~ con toda s sus ane i­dades, usos, derechos, costumbres, servidumbres y demás acciones con· siguientes sin reservas de ninguna clase. NOVENO. - Que los comparecientes declaran mutuamente que las propiedades, materias de esta permuta, se hallan libres de todo censo, hipoteca, embargo judicial y condicione rcbo lutorias obligándo­se mutuamente al saneamiento de evic ión en los ca , os preYistos por la Ley. DECIMO. · Para la validez del presente e ntraio de permuta, 8e someterá a la aprobación del H. Concejo ~Iunicipal de Pasto y a la de la Asamblea Departamental, en lo que a cada entidad corresponde. Así extendida esta escritura, los comparecientes a nombre de las En­tidades que representan, la aceptan en todas s us partes. Se agregan una boleta de registro, certificados correspondiente~ y diligencia ante· riormente anotadas, que dicen: << BOLETA No· 37. - República de Colombia. - Departamento de Nariño.- Renta de Registro. - Pasto, 13 de n ro de 1939. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Ar ALES DEL CONCEJO M NICIPAL DE PASTO Consignó Felipe l. Uscátegui, la suma de ............... sin derechos .............. . de registro deducido de veintiocho mil pesos ($ 28.000,00) en que el .Municipio de Pasto, pennuta con l Departamento de Nariño, una casa por otra, sitas en esta ciudad. Por el Tesorero General, (fdo.) A. Chaves G. El Consignante, fdo., Felipe I. Uscátegui. No. 0048. · Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Certificado de Paz y Salvo. - Pasto, 13 de enero de 1939. El Administrador de Hacienda de Nariño, Certifica: Que el Goberna­dor del Departamento y Personero l\1unicipal, están a paz y salvo con el Tesoro Nacional, por concepto de impuesto sobre la renta, patrimo­nio, te .. e ceso de utilidades y cuota militar, hasta el año de 1937 inclusive. V á lid o por los Municipios del Departamento. Firmado, Adonías Bravo ... RESOLUCION No. El Concejo Municipal, en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERNDO: lo. · Que la Gobernación del Departamento, en comunicacwn ofi· cial y n con ersaciones informales con la Corporacion, ha hecho co­nocer que el Gobierno Nacional desea construír el Palacio Nacional en e ta ciudad J ha escogido como lote n1ás adecuado para ello el que posee el :Municipio y que actualmente sirve de carcel nacional del Distrito Judicial, Departamental y Municipal. 2o. - Que para llevarse a efecto la construcción de dicho edificio el Gobierno Nacional pide como contribución departamental el aporte del lote donde debe levantarse el edificio, y para ello propone al Mu­nicipio una permuta ele este lote con la casa que posee e] Departa­mento y que la tiene destinada actualmente para Escuela de Artes y Oficios. Que aunque el lote que posee el Municipio es de gran valor por su buena posición en el marco de la ciudad, pero deseando facilitar la realización del pensantiento del Gobierno Nacional de construír en esta capital un edificio moderno donde funcionen las oficinas púb}i· cas nacionales, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ' ' 98 ANALES DEL CONCEJo MUNICIPAL DE PASTO RESUELVE: Autorizar al señor Personero Municipal, a fin de que se eleve a contrato escriturario, con la Gobernación del Departamento, la per­muta de que hablan los considerados de la presente Resolución, inclu· yendo en una de las cláusulas del contrato, que el Departamento se compromete a adaptar y reparar el edificio invirtiendo una suma has­ta de dos mil pesos ($ 2.000~00), de tal susrte que quede apropiado pa­ra servir de cárceles Nacional y Departamental. Dado en el salón del Concejo Municipal de Pasto, a veintitrés de dicimbre de 1938. El Prssidente, El Secretario. (Fdo.), FRANCISCO DE P. SANTANDER. (Fdo.), Marco A. de la Rosa ·•. «REPUBLICA DE COLOMBIA. -· DEPARTAMENTO DE NARINO. Personería Municipal. Pasto. Sr. Juez lo. Municipal. - Yo, Feli­pe l. Uscátegui, en carácter de Personero Municipal de Pasto, a usted atentamente pido: Con el fin de facilitar el lote de terreno que ne­cesita el Ejecutivo Nacional pat·a construir el Palacio de esta ciudad, de acuerdo con el convenio verificado entre el señor Gobernador y los miembros del Concejo Municipal, pido se proceda al avalúo extra· judicial de los siguientes inmuebyes: el ocupado por las cárceles del Circuito Judicial, Departamentrl y Municipal; el lote adyacente de propiedad del Municipio, ocupado en garages; y el edificio de la Es­~ uela de Artes y Oficios, de propiedad del Departamento. Así mismo también pido se ava]úen las tiendas de propiedad particular que se hallan situadas entre las cárceles ya indicadas y el solar de la Gober­nación. Para la práctica de e ta diligencia, nombro con1o perito de parte del Municipio al sefior Inspector Municipal, señor Rafael Gar­cés, a falta del ln~eniero Municipal que se halla ausente, y e pero que se notifique al señor Gobernador para que nombre el perito que l e corresponde. En caso de desaruerdo, ellos se servirán nombrar el tercero en discordancia. Como el asunto es urgente, confío en que se despache a la mayor brevedad po ible. Renun{!io notificación. Pasto, 20 de septiembre de 1938. El anterior memorial~ fue presentado perso· nal y directamente por el señor Personero Municipal, don Felipe l. Uscátegui, con el cual doy cuenta. (fdo.), M. lnsuasti .. . .. Juzgado lo. Municipal. - Pas to, septiembre veintinueve de mil novecientos treinta y ocho. - Practíquese el avalúo de que trata el 1nemoríal anterior para cuyo fin el señor Gobernador designará el pr­rito que le corresponde, en el acto de la notificación del pre ente auto y para el caso de discordancia los doe principales nombrarán el tercero para el caso de discordia. Sea perito por parte del repres n­tante de la Enticlad del Municipio de Pasto ~ el señor don Rafael Gar- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL i>E PAS110 99 cés. La diligencia tenflrá lugar a la ho1·a siguiente hábil de la pose· sión del l1ltimo pei~ito. Notiflquese. fdo., Casahón Ch. fdo., 1\1. lltsuas­ti... En veintinueve de st>ptiembre de mil novecientos treintra y ocho, notifico per onalmente del auto anterior al seño1· Personero 1\'Iunici· pal. Firma n constancia, Uscátegui. 1\'I. lnsuasti, Secretario», "'En veintinueve de septiembre de mil novecientos treinta y ocho, notifico del auto anterior al señor Gobernador del Departamento, Dr. Alberto Montezuma y firma manifestando que nombra como perito por su parte al señor Luis Aurelio Guerrero, quien se posionará opor­tunamente. Fdo., Ca abón Ch. M. lnsuasti, Secretario· ... ., En Pasto, a los veintinueve días del mes de septiembre de mil novecientos treinta y ocho, al Despacho del .Juzgado lo. Munici­pal, compareció el eñor Rafael Garcés, con el fin de tomar posesión del cargo de perito para el cual ha sido designado. Juramentado en forma legal por el señor Juez, ofreció desempeñar fiel y legalmente u cargo. En constancia firma con el señor .J ue7. y Secretario que au­toriza. fdos., Pedro Ca abón Ch., RafaeJ Gat·cés M. lnsua::ti-Seoretario·•. «En veintinueve de septiembre, de mil novecientos treinta y ocho, presente en el Despacho del Juzgado lo. Municipal de Pasto, el señor don Luis Aurelio Guerrero, nombrado perito por parte de la Gober­nación del Departatnento, para el avalúo de que trata el 1nemorial del señor Personero ~Iunicipal, el señor Juez le exigió la promesa legal del juramento y rendida que fue por el compareciente, bajo su gra­vedad ofreció desempeñar fielmente el cargo para que ha sido desig· nado, ser imparcial con las partes y legal a la justicia que exige el concurso de sus luces y experiencia. En constancia firma con el Sr. Juez y suscrito Secretario. Pedro Ca ahón Ch., Luis Aurelio Guerrero, 1\L Insuasti·-Srio•·. ACTA DE AVALUO. «A los cuatro días del mes de noviembre de mil novecientos treinta y ocho, se presentaron al Despacho del Juzgado lo. Municipal, los peritos señores Luis Aurelio Guerrel'O y Rafael Garcés, con el oh- · jeto de rendir su concepto en relación con los edificios ele que trata el señor Personero :Municipal en su memorial de fecha 28 de sep­tiembre del presente año y ante el señor Ju{z y Secretario, se expi·e­saron así: Sr. Juez: • que le produzca rentas y que le haga aumentar las rer ta p r ·oncepto de impuestos. Al Sr. Vallejo P. pertenecen to· dos los trabajo _ obra existentes en la casa No. 500: obras y trabajos h . cho ~ pan1 tran formar el patio de la a a en salón de cine, hasta por rinco año qu e el término d e t contrato . . sí extendida esta c·srritura. ]os otorgantes Ja aceptaron en todas u parte . Se agregan ]a Boleta de Registro v Certificado ' respectivos, que di ·en: .. BOLET No. 73. - REPUBLICA DE COLOMBIA. DEPAR­TAl\ JE TO DE NARIÑO. - Renta de Registro. - Pa"to, 19 de en ro de 1939. - Consignó Enrique Narváez, la suma de , iete pesos, cincuen­ta centavo ( 7.50), por derecho de registro d ducido de tres mil pe· sos ($ 3.000.oo) valor del cánon anual que fijan como arrendamiento de una ca a , ita n esta ciudad, contrato celebrado entre el Municipio . el Sr. Pedro Vallejo P., se cobran los dere ho qtP corresponden al ~r. Pedro Vall jo P. (fdo. A. Chaves G. El Con ignante (fdo.) E. Nar- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO 105 á z M. ·' - o. 0098. - MINISTERIO DE HACIENDA \ CREDITO PUBLICO. CERTIFICADO DE PAZ Y SALVO. Pa to, 19 d n ro de 1939. El Administrador de Hacienda de Nariño CERTIFICA: Que 1 Per onero funicipal Y Pedro Vallejo P., vecinos deJPa Lo, e Lón a paz y .., alvo con el Tesoro Nacional, por concepto de impuc~ to ._obre la renta, (r nta, patrimonio y exceso de utilidades) 'uota militur hasta el año de 1937 inclusive. Válido por los Municipio.. del D par~ . tameuto (fdo.) donías Bravo. (El anterior certificado lle a ahel'ida. y debidamente anulada dos estampillas de Timbre acional~ por alor de yeinticinco centavos ($ 0.25) cada una. CO CLUSIO ES: Se advirtió el deber de hac r r gi trar una co­pia de ta e critura en la oficina respectiva, d ntro del p1azo legat y leída a lo otorgantes a presencia de los testigo instrumental , nom­brado arriba, la aprobaron. En constancia fiirman Lodos por ant mí. . e e tendió con póliza presentada por los intere ado,. Felipe l. cá~ tegui. Pedro Vallejo P. Tgo., Luis F. Salazar. Tgo., Enriqu arYáez M. Carlo Conto Notario 1°.» En tres hoja num rada ) rubri ·adas por el uscrito Notario, se expide esta primera copia, a fayor del 1\lu­nicipio de Pa to, hoy diez y nueve de enero de mil no' e i ntos tr 1 n-ta y nuev (fdo.} Carlos Conto, Notario No. 1 °.* Artículo 2° - Por la aprobación del present queda in ~ uh , i. teut" el anterior contrato de arrendamiento del 1nismo local. rtí ulo 3o. - E te acuerdo regirá desde u anción. Dado en Pasto. en el salón de sesiones del Concejo Municipal a a los veinte días d f mes de enero de mil noveciento trei nla y nueve El Presidente, FRANCISCO D' P. ' A 1 TT NDF.H. El ecretario~ 11Harco A. de la J'o~u. Alcaldía Municipal. Pasto, veinticuatro de febrero d ntil no' f•ciento .. treinta y ocho. Publíquc. e · ejecútes El 1 ·altl Municipal, Tomás F. de la E ¡Jriclla. El cr tario de la Alcaldía, Luis .F. Guerrero G. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Acu rdo núm ro 51 Por el cual ~e autoriza la venta de los Bonos de )a DefP-nsa I acional de propiedad del )lunicipio y ;;e ordena u inversión. 1 El Conc jo Municipal le Pa to. en u . o de sus atrih 1ci n1 s 1 gales, ACUERDA. Artículo lo. - Autorízase a los s ñores Contralor y Tesorero l\iu­nioipales para que lleven a rabo la ~ stiones conducentes, por medio (lel Banco de Colombia a nnder en la ~ Bolsas de Bogotá o Mede­llín los Bono de la DefetLa I acional que por alor de $ 4.500.00 p d ee el Municipio. Articulo 2o. · Una v z efectuada la enta dP lo Bonos en mcn· ciún, el Contralor y el T ~orero Municipales rendirán por crito un inl'orme completo obrP t>l particular. al Concejo Municipal. Artículo 3o. - Del preeio d , la ' e nta. de tína la . uma d · .: :tOOO. para la con .. trucciún ele una •, cuela p1·i maria dt>ntro de Ja iudad, Ya· lor que erá con. iguaclo en la \.dmi ni;-;tración de Hacienda 1 acional de r ariño como aport · ele! l\[uni · ipio para tal ohjeto, ron l iin de conseguir que la na<"ión rontrihuya <·on la < antidad que le rorre ~ pon· Ja de acuerdo con lo e~ tahleciclo por el Deer to número 888. Artículo 4o. - Auloríza ~ e al e iior P er~onero ..\1 uniripttl para quf'. una vez depositado t•l valor dt> que aquí ~ r trata rn la -\dmini tra­ión rle Hacienda \te.ional df' ariílo, acth e' la . !;!e . tiont>s del ca5o on el Gobierno .~. a<'ional on el ohjPto dr obtenci· la eon~trllciún de dicha e cuela a la mayor hr 'edad. Artículo 5o. - Por m dio de Re olu ·ión po. terior. el Concejo M.unicipal detet·minará el sitio tm que dicha PS uela dt>ba 1 '\antur. e. para lo ual~ lo mL mo qu ~ para la confer.ciúu de plano..,. t~ tc .. . ,e t n- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 107 urá n cuenla el concepto del , eñor :Mini tro de Educación acional o de aqu l funrionario a quien comisione para el efecto. ArLículo 6o. - De tína~e la .~ tuna d ciento setenta pe o ($ l70,oo) para pagar la parte que 1 < orre ponde al Municipio, en los funerales y nti rro del extinto ñor don Efi·aín E paña ., quien fue elegido 'ecretario d la Corporación. Suma que e tomará del Capítulo VUl, numeral 119, ga" to. impr \ isto .. m diante cuenta que pre. entará el Contrati ta. don Efraín Eraso llidalgo. Artículo 7o. - E, le ru nlo 1· girá rl ',de u anción. Dado en 1 alón del c:Alnr jo Muni ipal d Pa. to, a los 23 días del mes de fehr ro de mil noveciPnto. tr i nta nue, c. El Pre. id nt . FRA lSCO DE P. ANTANDER. El ecr tario, JVI arco A. de la Ho a. Alcaldía Municipal. - Pa to, febrero veintiocho de mil novecientos treinta y nueve. Publ.íquese y ejecútc e. El lcaJdc Muni ipaL ToMAs F. DE LA EsPRTELL . Lui.s F. Guerrero (; · Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Acuerdo nútnero 52 Sobre nomenclatura y numeración de la ciudad de Pa. to. El Concejo Municipal de Pasto, en uso el .. ~u facultade. l gal , ACUERDA: Artículo lo .. La lcaldía Municipal en a ocio del Jngeni ro del Distrito, tendrá a su cargo el cambio de la a tual nom nclatura y nu­meración de carr ras, calles puertas de la ciudad por la que d ter· mina el siguiente istema: · a) Las carreras se contarán de ste a oeste y la calles de ur a norte, en orden ascendente, teniendo en cuenta el planeamiento del Pasto futuro que elaboró el Ingeniero Luis Lobo Guerrero y que e · tá aprobado por el H. Concejo Municipal y que está demat·cado en l terreno en toda el área urbana. b) En la esquina e colocarán las cartulinas que indiquen lo ·. números de la carrera y calles, precedidos de esto. nombres, r pec· tivamente, y en los parques, plaza y avenida , et ., la de lo. nom· hre eorr spondiente . e) Adóptase el istema centesimal de numeración para cada cua­dra, marcando con número pare las puerta"' del costado est . co - tado norte, e in1pares para las puerta de lo flancos o te y ur. Ca· da placa colocada en ~ima del dintel de cada puerta mar ará el nún1 - ro dt la carrer·a o calle inmediatatnente anterior y el número de la puerta correspondient , separado por un guión.· La ventans d berá n tenerse en cuenta para la numeración, pero no lle arán placa. En a­da cuadt·a de carrera o calle se empieza la num ración cente ünal. d) El material de las placa , tanto el de las alles, carrera y av - nielas, como el de las puertas, debe s r hecho en lántina de hierro d un milímetro de espe. or por lo meno , con la numeración y leyendas grabada en alto relieve y cada uno de 1 s uúm('ros el he tc>n r no Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. m no de i centímetro de alto pot· tr s centímetro~ de ancho, en un grabado perfecto. ) La pn rta que e hallan en quina chaflanada , para los f cto de la numeración, e con iderarán invariablemente como per~ t carrera y no a la callee. Artículo 2o· . Toda la propiedade llevarán la placa numerada, 111 lusiv la que quedaren alg ad ntro de las línea horizontal s d las carr ra , calle , avenida , et ·. Artículo 3o. · Lo propietario pagarán el importe de las pla a que e o up n en u edificios a precio de co to, .E ta placa la ad­quirirá l lunicipio, sea por contrato en licitación o por compra directa. rtí ulo 4o. · E fun ·ión privativa de la Alcaldía 1\1:unicipal de­terminar, n aso ·io del Ingeniero del Distrito. lo numero que corr s~ pon dan a cada propiedad y uministrar a los interesado un certificado en que ·on te tal determinación. De estos certificados se conservará en l ar hivo de la Acaldía un duplicado firmado por la persona qu haya r ibido el original Artí ulo So. · Ninguna per ona puede can1biar los número e.'i - t en las pu rtas ni d t rminar la que correspondan a edificacio­n nu a , in la autorización previa de la Alcaldía Muni ipal, la que la e p dirá 1nediante ]os certificado a que hace referencia el Artículo 4o. de este Acuerdo. rtí •ulo 6o. - Cuando haya de variar el número de ·ualqui ra pro pi dad, e dejará la placa antigua cruzada con una linea roja, pa­ra indicar u cancelación y se instalará la nueva en el sitio que le co­rr ponda. Tran currido dos años después de verificada la variación, la lcaldía Municipal retirará las placa canceladas. Artículo ?o. - La placa serán colocada por quien venda la no· m ,nclatura de acuerdo con las cláusula del contrato y bajo l inme­diato control del Ingeniero Municipal, y los contratistas se comprOine­t rán a entregar al municipio un censo de habilitacione elaborado de acu rdo con las siguientes normas: propietario del edificio, frente que tien a cada calle pública, número rl locales que den a cada ca­] l , u o a que e tén de tinados, especifi ando las clases de negocios que ha a n ello ; nombre de cada una de las personas que ocupen o lo ale ; en ca o d que las tienda sean de distinto dueño al del r Lo del edificio indicar quienes son us propietarios. Artículo 8o. - Cuando un propietario pierda la placa, deberá In­m diatamente olicitar otra nueva a la Alcaldía Municipal, la que de­b rá adquirir, para cada cuadra, cincuenta placas de numeración par Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 110 ,\ \LES DEL C:O\C~JO 'lL lClPAL DE P \ 'TO y cincuenta d numera ·ión impar; dota ión con la cual e mu egu-ro no faltarán pla as para nu va puertas. Artículo 9o. - El Ingeniero :Municipal no p drá extender permi­so para abrir nu vas pu rta o ventana.., . in l C rtifi ·ado d la Al-aldía :Municipal en qu on t qu e han ... olicitado las re p ctiva placa de nomen latura y i trata de cerrarla , deberá e . igir el certificado de nomenclatura on una nota de la Alcaldía Muni ipal. Artí ulo 10. - La l aldía .Muni ·ipal no podrá xpedir certificarlo ·i no para aquella pro pi dade que den a vía púhli ·a~, ) a aprobada por la In~eniería Municipal~ y en lo ca o de nueya rlifi a ion . clcberá pr viam nt exigir la pre ntación d la ii ncia de on tru - ci 'n, otm·gada por la mi n1a lngeni ría. Artículo ll. - La lcaldía :Municipal pa ~ ará periódica m nte rela­ción completa de lo:::; cambjo ~ de nun1eración qu verifique. a las i­:! UÍ nte entidades: a) Concejo Municipal; b) T m·cría iuni ipal; e) otaría Pública y ofi ina de Regí tro~ d) Tel rrrafía acional d la ciudad. Artículo 12. - La Al ·aldía iunicipal podrá impon I' multa d" $ 5.,00 a $ 50,00 a los pro pi tario contra n tor eh la di...t o ·i-cione de P te Acnerdo, según lo rtículo 13. - própia e la ' urna de 500.00 qu ~ e tomará d 1 Capítulo VIII, numeral 119, ~a_.;;to · impre\ i to , para e] cumplimiento de e te Acuerdo. Artículo 14. La compra de la placas etc., para el erviClO d la nom nc1atura rl la ciudad~ d ouformiclad con lo e tabl ciclo n e te cuerdo, hará por m dio de li itaeión públi ·a, mediant plie- 1!0 de ar~o " qu laborará ~ publicará a la ma.'or hrcv dad la Junta de Ha ·ieuda Municipal, entidad que de ti ahora qu da facultada pa· ra fijar fecha y plazo para dieha li itación . .A rtí ·ulo 15. - La Junta (le Hacienda Municipal abrirá la li ita-ci' n a má tardar quince días de pué ' fl ancionado el pr s nte Acuerdo. El Concejo previo inform de la .) unta rl Ha ·i nda 'Iuni ipa], adjudi "'ará el contrato corre pondi nt rtículo 16. · E ~ te "'U nlo re~irá dC' de ~u s an<'ión. Dad) en l Salón de e ione d 1 de Pas to, a veintítrés de febr ro de mil no,"cci •nt< El Pt· .sidont , FH r tsco DE P. ' A rT \. ER. El Secr tari ~~ ar ·o . de la Rosa. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. TCll'AL DE PA 'TU lll Al aldía ~Iunicipal, · Pa to, febrero veintiocho de mil noveciento treinta y nu v . Publíques y ejecút se. El Akald funicipal. Tomá F. de ]a Espriel1a. El S 'l' tario d )a · Alcaldía, Luis F. Guerrero G. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 112 e e 'Ion dmini trati va. -- Pa to, febrero 28 dP- 1939. Pre entado n e ta fecha d y cu nta. (fdo), C. Alberto S. Gobernación del Departamento. -Pa to, marzo lo. d 1939. Apruébansc los siguientes hidamentc sancionado : uerdos del Muui ·ipio de Pa to, d - El número 49 de 20 d febrero medianl · l cual e aprueba l contrato scl'iturario, celebrado entre los s ñor P rsonero Municipal de Pa to Gobernador del Departamento d ariño, obre permuta d' lo , inmuebles situado en el perímetro urbano de e ta ciudad. ·El número 50 de la misma fecha, m diant I cual se apru ha l contrato celebrado entr~ el señor Person ro .Municipal y l "eñor P - dro Vallejo P., obre arrendamiento de la ca a número 500 de propie­dad del Municipio y con destino al funcionamiento del Teatro Ariel. El n(unero 51 de 23 de f brero, mediante el cual, e autoriza a lo eñores Contralor y T orero Muni ·ipales para ge 'tionar la venta d uno bonos de propiedad de] Muni 'ipio y por l vaJor el $4.530,00 mon da legal. Y por últüno, el nún1ero 52 del mi. mo me de f brero, 1nediante el ·ual :e di pone la nueva nomen latura de la call •::s y arreras co­mo de la habitacione de la ciudad. Cópie e y de\ u él ,·a.,e con las formalidades l galcs. }lJI Gobet·nador del Departamento, ALBERTO JO ,TEZUM H. El Secr tario de Gobierno, Carlo Ah arc:l Garzón. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Acuerdo , numero 53 Por el rual e vt-rifica un traslado y se de tina una partida para resolver l problema del a _eo de la ciudad. El Conc jo l\luni ipal de Pa to, en u o de ~u atribucion s, y ACUERDA: Artículo lo. - De los Departamentos de Instrucción Púhli ·a y Beneficencia, N umeralc 94 y 116, trasládase las cantidad s d $ 80,00 y $ 500,00 re pectivatnente. al departamento de Obra Pública ~ , romo numerales nuevo, a í: $ 380,00 TRESCIETOS OCHENTA PESOS, para la reparación del camino a Río Bobo y DOSCIENTOS PE OS ($ 200,00), para la con trucción de la escuela de Pejendino. · Parágrafo. - Las cantidades que se trasladan no estarán ujNas a duod' inta~. Artículo 2o. - De tínase la partida de $ 40,00 mensuale durante ei me s a contar desde la aprobaéión de este Acuerdo a íin de qu el eñor doctor CIPmente Montenegro pueda hacer sus e tuclio . sobre tran formación de la s ba uras de la ciudad en abonos. Parágrafo. - El do ctor l\1ontenegro presentará al H. Concejo la conclu ]one a que llegar y dará la normas para financiar su pro· yecto. La partida a que se refiere el artículo anterior tomilrá d l num ral 106, Capítulo VI del Pre upuesto d Ga to '\igent . Artículo 3o. -- E . te Acuerdo regirá desde su anción. Dado en el Salón del Concejo Municipal de Pasto, a los once día del m•s de manr.o de milno,ecientos treinta nue\e Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 114 A ALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO El Presidente, FRANCISCO DE P. SANTA roER. El Secretario~ 1llarco A. de la Rosa. 41 aldía Municipal. · Pasto. marzo catorce de mil novecientos treinta y nueve. Publíques ~ ejecútese. El Alcalde Municipal, Zono C. DELGADO. El Secretario, Luis F. Guerrero C. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ACUERDO No.· 54 Por el cual llf' aprueba un contrato. EL COI EJO MUNICIPAL DE PASTO, en uso d sus facultades legales, · ACUERDA: Artí ulo 1° - Apruébase el siguiente contrato e lebrado entre el señor per onero Municipal y el señor Gerardo Bueno E., para sumi­nistl ·o de útiles de escritorio para el Almacén Mu icipal de Provicio­nes ¡ue dice: «CONTRATO N° ll - Entre los susc1·itos, Felipe Ignacio Uscáte­gui, en su carácter de Person ro Municipal y el Sr. Gerardo Bueno E., cedu!ado bajo el número 1060433, ambos mayores de edad. v y - cinos de esta iudad, hemos el brado el sigaien-te contrato: el ségun­do de lo nombrados yende al l\1unicipio de Pasto. on d stino al Al­macén .Mpal. de Provisione,, los sigui ntes artículos de escritorio: o henta resmas de pap l de oficio sin líl)ea, a $ 2,80 la resma, total $ 224,oo; SO resmas de papel de oficio .ra_ ado, a $ 2,60 la re ma, total $ 130,oo; SO resmas d papel de oficio de copia, a $ 1,40 total $ 70,oo~ lOO bloks d papel, a $ 0,28 /u., total $ 28too; 15000 sobres de ofi io, lar­gos, a $ 0,90 el ciento, total $ 45,oo; 500 sobres cuadrados, $ 0,50 el ciento, tOtal $ 25,oo; 50 cajas de papel carbón, a $ 1,70 !a caja, total $ 8S,oo; 5 ~ruesa de tinta, Speeder, a $ ll,oo la ~ruesa, total $ SS,oo; 5 gruesas de lápice de carbón, número 955, a $ l3,oo la gruesa total $ 65,oo; 3 docena dt- !ápice bicolores, a $ 1,50 la docena, total $ 4,50; 3 docenas de lápices crayola , a $ 2,oo la rlocena, total 6,oo: 2 docenas de lápices para dibujo, H, HB, 3H, a $ 1,70 la doc na, to­tal $ 3,40; una gruesa de cintas para máquinas de escribir, nicolor y de copia, a $ 96.oo Ja gruesa; 30 litros de tinta •·Pe1ikan-., a $ 3,oo el litro, total_$ 90,oo; 2 gruesas de borradores a $ l2,oo J a gruesa, to- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 116 ANALES DEL COCENJO MUNICIPAL DE PASTO tal $ 24,oo; 6 docenas de plumeros, a $ 1,10 la docen, total $ 6,60; 12 cajas de plumas, a $ 1,oo la caja, total $ 12,oo; 150 hojas de papel se· cante grandes, a $0,08 la boja, total $12,00; 24 cajas de alfileres, a $ l,oo la caja, total $ 24,oo; 28 cajas de ganchos, Clips, a $ 0,25, total $ 6,95; 24 cajas de ganchos de cobre, a $ 0,50 la caja, total $ l2,oo; 6 libras de goma en polvo, $ 0,70 la libra,
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Publicaciones periódicas

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Anales del Concejo Municipal de Pasto: órgano oficial de la Corporación - N. 156

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Entre bobos anda el juego

Por: Francisco de Rojas Zorrilla | Fecha: 2016

Entre bobos anda el juego: presenta a Isabel camino de Toledo, donde la espera su futuro marido, el extravagante don Lucas. Don Pedro, discreto primo de éste, reconoce en ella a cierta dama. De noche, en un mesón encuentran a don Luis, pretendiente frustrado de Isabel, a Alfonsa, ridícula hermana de don Lucas, y a don Antonio, padre de Isabel. Deshechos los malentendidos, Lucas acepta que Isabel se case con don Pedro y Alfonsa con don Luis. Entre bobos anda el juego es el modelo supremo de la "comedia de figurón": la caricatura del provinciano grotesco que aspira a una promoción social mediante un...
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Noche de san Juan

Por: Félix Lope de Vega y Carpio | Fecha: 2016

Félix Lope de Vega y Carpio (Madrid, 1562-Madrid, 1635). España. Nació en una familia modesta, estudió con los jesuitas y no terminó la universidad en Alcalá de Henares, parece que por asuntos amorosos. Tras su ruptura con Elena Osorio (Filis en sus poemas), su gran amor de juventud, Lope escribió libelos contra la familia de ésta. Por ello fue procesado y desterrado en 1588, año en que se casó con Isabel de Urbina (Belisa). Pasó los dos primeros años en Valencia, y luego en Alba de Tormes, al servicio del duque de Alba. En 1594, tras fallecer su esposa y su hija, fue perdonado y volvió a Madrid....
Fuente: Digitalia Formatos de contenido: Libros
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Nardo Antonio, bandolero

Por: Antonio Mira de Amescua | Fecha: 2016

Esta obra se inspira en la primera expedición científica con destino a América, dirigida por Francisco Hernández, médico de Felipe II, a Nueva España, actual México, entre 1570 y 1577. Tras años recogiendo materiales, Hernández volvió a España cargado de plantas secas, semillas, minerales, descripciones y dibujos botánicos y zoológicos. Su pretensión de redactar una obra sobre la historia natural americana y su aplicación terapéutica, se vio frustrada cuando el monarca español decidió que no fuera él sino el médico italiano Nardo Antonio Recchi quien se encargara de estudiar los materiales...
Fuente: Digitalia Formatos de contenido: Libros
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Anales del Concejo Municipal de Pasto: órgano oficial de la Corporación - Número extraordinario

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Anales del Concejo Municipal de Pasto: órgano oficial de la Corporación - N. 147

Por: | Fecha: 1935

Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. COLOMBIA- NARIÑO An ales del C o nc ejo de Pasto Municipal ORGANO OFICIAL DE LA CORPORACION --+· +--+-+-- Dirige: EL SECRETARIO DEL CONCEJO 1\ño IX Pasto, enero de 1936 Número 148 ACUERDO NUMERO 1 (DE 25 DE NOVIEMBRE DE 1935) por el cual e e tablece un nuevo servicio municipal, se crea un emplt>ndn, se votan unas parti­das y se modifica el Acuerdo número 52 de 1935 . El Concejo de Pusto, en uso de sus a trihuciones legales, ACUERDA: Artículo 1 9 - Créase la dirección municipal de agricultura, servida por un agrónomo graduado. El Director deber~l. comprobar, para posesionarse del cargo, la calidad de ciudadano colombiano y su especialización en culti\·os de tierras frías. Artícu1o 2 9 - Son deber es del Director Municipal de Agricultura: a). Enseñar a los agricultores del municipio el cultivo técnico de la tie­rra, mediante demostraciones prácticas y la divulgación de los principios de la ciencia; b). Enseñar a los agricultores del Municipio, el manejo de la maquina­ria moderna aplicable a esta industria, lo mismo que la prepan1ción y apJi. cación de insecticidas y fungicidas, para prevenir y combatir las enfermeda­des de las plantas, y también los sistemas para obtener la selección de se­millas; e). Establecer una granja modelo en Cata·mbuco. en la que se llevarán ~cabo, principalmente, demostraciones comparativas entre el cultivo ruti. nario y el cultivo técnico de la tierra, a fin de demostrar a los campesinos Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 2 ANALES DEL CONCEJO l\1UNICIPAL DE PA TO las ventajas y conveniencias de éste y los defectos y consecuencias económi­cas de aquél; d ). Dictar conferencias de agricultura en todas las e cuelas rurales del Municipio. y dirigir y fomentar los cultivos de los huertos escolares; e). Plantar jardines en las plazas de los pueblos y caseríos del Municipio; f). Levantar con la cooperación de la oficina de Estadística i\tlunicipal, la estadística agropecuaria del M unici pi o; o-). Organizar el Sindicato de Agricultores del Municipio; h). Llevar la voz del Municipio ante el Miuist rio de Agricultura y Co­mercio, ante las entidades nacionales, departamentales y municipales, de­pendientes de aquél o que se relacionen con la industria agrícola, para la consecución de publicacione agrícolas y pecuarias, semillas, sementales, maquinaria, insecticidas. fungicidas, y repartirlos o-ratuitamente entre los agricultores del Municipio; i). Abrir y dirigir un almacén agrícola del :\llunicipio. Artículo 3 9 - El Director Municipal de Agricultura, será de libre nom­bramiento y remoción del Concejo. y gozará de un sueldo mensual de seten­ta y cinco pesos. Tendrá derecho ad más a quince pesos mensuales, como gastos de escritorio. Artículo 4 9 - Vótase la cantidad de mil pesos oro para proveer de se­millas e instrumentos de labor, fungicidas e insecticidas al Almacén Agríco­la Municipal, cuya reglamentación se hará por Acuerdo separado. Las cantidades que demanda este Acuerdo se incluirán en el Presupues­to de 1936. Artículo 5 9 - En el catastro urbano. la fijación de listas, reclamos, etc., se hará con sujeción al artículo 5 9 de la Ordenanza 25 de 1932. Queda en estos términos reformado el Acuerdo número 52 d 3 de julio de 1935. Artículo 6 9 - El presente Acuerdo regirá desde su sanción. Dado en Pasto, en el Salón de sesiones del Concejo Municipal, a los veinticinco días del mes de noviem re de mil nO\'e ientos treinta y cinc JosÉ ELíAs DuLcE, Presiden te. Plinio Enríqucz, Secretario. A .. lcaldía Municipal-Pasto, noviembre veintiocho de 111il noveciento tre11ta y cinco. Publíquese y ejecútese. El Alcalde, (Pdo.) BRA ULio R. DE LA RosA El Secretario, (Fdo.) . Arnulfo 1\Ierino. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO 3 ACUERDO NUMERO 2 (DE 16 DE DICIEMBRE DE 1935) por el cual se fijan las asignaciones civil~s de los empleados del Municipio de Pasto. El Concejo de Pasto, en uso de sus atribuciones, ACUERDA: Artículo 1 Q - Desde e11 Q de enero de 1936, las a c;ignaciones civiles de los empleados del Distrito serán hts siguientes: CAPITULO 1Q DEPARTAMENTO DE GOBIERNO CONCEJO MUNICIPAL Sueldo del Secretario del Concejo, $ 80,00 mensuales. uelrlo del Ayudante de la Secretaría del Concejo, $ 35,00 mensuales. ALCALDÍA MUNICIPAL Sobresueldo del Alcalde, $ 50.00 mensuales. Sueldo riel Secretario de la Alcaldía, $ 70,00 mensuales. Sueldo de tres escribientes, de hacienda, de lo criminal y de lo ad minis­trativo, a$ 40,00 mensuales cada uno. ueldo del Inspector de pesas y medidas, $ 25,00 mensuales. Sueldo de un Archivero Escribiente, a$ 22,00 mensuales. ueldo de un Oficial de la cédula electoral, a $ 40,00 mensuales. SERYICIO DE POLICÍA Sueldo de dos Inspectores de Policía, a $ 40,00 mensuales cada uno. ueldo de dos Secretarios de las Inspecciones de Policía, a $ 25,00 men­suales cada uno. ueldo de veinte Agentes de Policía, inclusive el vigi!ante de las aguas, a $ 20,00 mensuales cada uno. ueldo del policía conductor del carro de marranos, a $15,00 mensuales. ueldo de los Inspectores de Policía de los Corregimientos de Nariño, Chacbagüí, La Laguna y Catambuco, a$ 16,00 mensuales cada uno. utldo de los ecretarios de los Inspectores de los mismos Corregimien­tos, a $ 12,00 mensuales cada uno. Sueldo de ocho Agentes de Policía para los Corregimientos de Nariñ0, Chachagüí, La Laguna y Catambuco, a$ 6,00 mensuales cada uno. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 4 A~ALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO Sueldo de los Comisarios de Policía de Mapachico, San Juan, LosAnge­les, Simarronas, Jurado. Riobobo, Santa Bárbara, Los Potreros, Chapal, Dolores, Cujacal, Purgatorio y Cubiján, a$ 5,00 mensuales cada uno. PERSONERÍA MUNICIPAL Sueldo del Personero, a $ 90,00 mensuales. Sueldo de un Oficial de la Personería, a $ 35,00 mensuales. Sueldo de un Portero Escribiente, a $ 22,00 mensuales. ESTA DÍSTICA MUNICIPAL Sueldo del Director de Estadística, a $ 55,00 mensuales. Sueldo del Ayudante de la Oficina de Estadística, a $ 30,00 mensuales. DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA Sueldo del Agrónomo, a $ 75,00 mensuales. CAPITULO II DEPARTAMENTO DE I-IACIENDA TESORERÍA MUNICIPAL Sueldo del Tesorero Municipal, a$ 120,00 mensuales. Sueldo del Contador de la Tesorería, a $ 50,00 mensuales. Sueldo del Escribiente de la Tesorería, a $ 30.00 mensuales. ueldo del Cajero Auxiliar, a $ 35,00 mensuales. RECAUDACIONES FISCALES Sueldo de un Agente Recaudador, a $ 25,00 mensuales. CAPITULO III DEPARTAMENTO DE JUSTICIA JUZGA DOS MUNICIPALES Sueldo de dos Jueces, a$ 80,00 mensuales cada uno. Sueldo de dos Secretarios, a $ 40,00 mensuales cada uno. Sueldo de dos Escribientes, a $ 35,00 mensuales cada uno. CAPITULO IV DEPARTAMENTO DE BENEFICENCIA Sueldo del Médico Municipal, a$ 90,00 mensuales. Sueldo del Ayudante del Médico, a$ 25,00 mensuales. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALE~ DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO 5 CAPITULO V DEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS INGENIERÍA MUNICIPAL Sueldo del Ingeniero Municipal, a $ 90,00 mensuales. Sueldo del Ayudante del Ingeniero. a $ 30,00 mensuales. Sueldo del Almacenista, a $ 40,00 mensuales. Sueldo del Sobrestante urbano, a $ 30.00 mensuales. Sueldo del Jardinero de la ciudad, a$ 20,00 mensuales. Sueldo del Ayudante del Jardinero, a$ 10,00 mensuales. Artículo 29 -Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias al presente Acuerdo que regirá desde el 19 de enero de 1936, en que principia el nuevo año fiscal. Dado en Pasto, en el salón de sesiones del Concejo Municipal, a los diez y seis días del mes de diciembre de mil novecientos treinta y cinco. }üLIO CÉSAR ENRÍQUEZ, ](residente. Plinio Enríquez, Secretario .. Aleó /día Municipal-Pasto, diez y nueve de diciembre de mil novecientos treinta y cinco. Publíquese y ejecútese. • El Alcalde Municipal, BRA ULIO R. DE LA RosA El Secretario General, S. Arnulfo Merino. ACUERDO NUMERO 3 (DE 16 DE DICIEMBRE DE 1935) sobre Presupuesto de Rentas y Gastos para el año fiscal de 1936. El Concejo Municipal de Pasto, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 4~ de 1913, sobre régimen político y municipal, ACUERDA: Artículo 19 - Calcúlase el monto total de los ingresos municipales del Distrito de Pasto, para la vigencia económica de 1 Q de enero a 31 de diciem- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 6 ANALES DEL CONCEJO l\11UNICIPAL DE .PASTO bre de 1936, en la cantidad de ciento veinticinco mil doscientos cuarenta pesos($ 125.240,00) en moneda corriente, conforme al siguiente Presupues­to de Rentas: CAPITULO I PRODUCTO llE BIENES MU. ICIPALES 1 °-Arrendamiento de las haciendas de Chu-padero e Imbued, según contrato .......... . ......... $ 2°-Arrendamiento del local que ocupa la Cárcel del Circuito .. .................. ..................... . 30-Arrendamiento de las casas de esta ciu-dad contiguas a la gallera ................................. .. 4~.:._Arrendamiento del local que ocupa el café Parisiense rle esta ciudad ............. . ....................... . 50-Arrendamiento del local que ocupa la Agencia Judicial del doctor Antístenes López ...... 6 9 -Arrendarniento de las tercenas del mata-dero p(t blico ........... .............................................. . 70-Plaza de mercado ................................... . so-Arrendamiento de las tiendas de la plaza de mercado..... ................................. .. ............... . 90-Matadero de ganado mayor ................ . 10.-Pajas de agua, derecho inicial y canon anual, (Acuerdo 50 de 1932) ......................... .. . .. 11.-Arrendamiento de las tiendas contiguas al matadero, (Carrera 5~) .................................. . 12.-Arrendamiento de la plaza de ganado ... 13.-Plaza de seguridad de animales .......... .. 14.-Gallera municipal ...................... .. .......... . 15.-Venta de solares de propiedad del Muni-cipio ..................................................................... . 16.-Coso municipal. ..................................... . 17.-Riñas de gallos en los Corregimientos .. . 18.-Carros conductores de marranos, pago de combustible y arrendamiento del matadero de ganado menor .......................................... . .......... . 19.-Báscula del Municipio para la pesa del ganado mayor ................................................ ... . . 20.-Caídas de agua .................................... . 21.-Arrendarnientos varios ......................... . 22.-Arrendamiento de una tienda en la Ca-rrera 8~ ........................................ . ....................... . 23.-Agua impotable ........................... ...... .. 24.-Avisos en el mercado ........................... .. Pasan ...... .. ..................... $ 3.150 .... 1.020 .... 250 .... 420 .... 10 .... 230 .. .. 12.000 ... . 2.000 ... . 2.000 .. .. 900 .... 72 ... . 800 .. .. 300 .. .. 1.500 ... . 10 .. .. 250 ... . 5 .. .. 1.800 ... . 350 .. .. 200 .. .. 5 .. .. 30 .. .. 10 .. .. 10 .. .. 27.420,00 27.420,00 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. A~ALE DEL CONCEJO 1\iUNICIPAL DE PASTO 7 Vienen ............................. $ CAPITULO II PRODUCTO DE CONTRIBUCIONES MUNICIPALES 1 9 -Impuesto predial rural. .... . .................. $ 29 -Juegos permitidos, (Acuerdo número 31 de1934) ............................................................. . 3 9 - Impuesto urbano ........... ........................ . 4 9 -Almacenes y tiendas de comercio ......... .. 5 9 -Cantinas, (Acuerdos 50 de 1H32 y 86 de 1933) ................................................................ . 6 9 -Avisos y tableros, (Acuerdo 50 de 1932). 7 9 -Inscripción de vehículos ......................... . 8 9 -Circulación de vehículos ......................... .. 9Q-Consumo de ganado mayor ................... .. 1 0.-Consumo de ganado de cerda, (Acuerdo 50de1932) ...... ....................... ............................ . 11.-Consumo de ganado lanar, (Acuerdo 50 de 1932) ................. .. .......................................... . 12 .-Consumo de mercaderías extranjeras, (Acuerdo 50 de 1932) ........................................ . 13.-0cupación de calles, plazas y vías públi- CRS, (Acuerdo 50 de 1932) ................................ .. 14.-Fondo de Pobres, (Acuerdo 50 de 1932) 15.-Empresas bancarias, (Acuerdo 50 de 1932 ) ................. . ................................................ . 16.-Botica~, (Acuerdo 50 de 1932) .............. . 17.-Lecherías. (Acuerdo 50 de 1932) ........... . 18.-M olinos y establecimientos de fuerza hi-dráulica, (Acuerdo 50 de 19~2) ........................ .. 19.-Casas de usura. (Acuerdo 50 de 1932) ... 20.-Agencias de negocios ........................... . 21.-Inscripción de hoteles, fondas, etc., (Acuerdo 50 de 1932) ................................... . .... . 22.-Matrícula de perros, (Acuerdo 50 de de 1932) .......................................................... .. 23.-Registro de marcas de fuego, (Acuerdo 50 de 1932) ........................................................ .. 24.-Extracción de piedras, cascajo y arena de los ríos. (Acuerdo 50 de 1932) ........... . ........... . 25.- Espectáculos públicos (Acnerdo 50 de 1932) ................................................................ . 26.- Consumo de víveres (Acuerdo 19 de 1927) .................. ······ · ··········· ............................. . 27.- Rifas (Acuerdo 50 de 1932) ................. . 2 . -Permiso para degollar marranos fuera del matadero público (Acuerdo 50 de 1932) ....... . 29.- Bombas de gasolina (Acuerdo 40 de 1935) ................................................................. . Pasán ........................... $ 27.420,00 5.000 .... 400 .. .. 6.000 .. .. 10.000 ... . 300 .. .. 200 ... . 200 .. .. 2.500 .. .. 13.500 ... . 6.000 .. .. 300 .. .. 11.000 .. .. 100 .. .. 1.000 .. .. 60 .. .. 600 .. .. 144 .. .. 300 .. . 10 .. .. 100 .. .. 20 .. .. 20 ... . 6 ... . 5 .. .. 600 ... . 12.500 .. .. 50 .. .. 10 .. .. 300 ... . 71.225,00 27.420,00 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 8 ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO Vienen .......................... $ 30. - Delineación de edificios (Acuerdo 50 de 1932) ................................................................. . 31.- Inscripción de juegos (Acuerqo 50 de 1932) .................................................................. . 32.- Inscripción de cantinas ....................... .. 33.- Fábricas de cigarrillos ......................... . 34.- Depósitos de gasolina ......................... .. 35.- Trabajo vrcinal. ................................. . 36. - Impuesto de luz ................................. .. CAPITULO III ENTRADAS PROCEDENTE DEL TESORO DEPARTA-MENTAL 1 9 - EllO% de la renta de licores ................ .. 29- El lOo/o de la renta de degüello ............. . 39- El lOo/e de la renta de Tabaco ............... . CAPITULO IV ENTRADAS EXTRAORDINARIAS 1 9 - Multas .............................................. .. 2 9 -Intereses de bonos de defensa nacional. 3Q- Dividendos de la empresa de teléfonos .. 4 9 - Existencia de bonos de defensa nacional CAPITULO V CRÉDITOS POR COBRAR 19- Suma que adeuda el Departamento por concepto de participaciones del Municipio en la renta de licores, en tres meses de 1935 ................ . 29- Deuda del Departamento por razón del lOo/e de la renta de degüello, en tres meses de 1935 3 9 - Deuda del Departamento por concepto del lO% de la renta de tabaco, en tres meses de 1935 ................................................................... .. 4Q- Deuda del Departamento por concepto de arrendamiento del local que ocupa la cárcel del Circuito, en dos meses de 1935 ....................... . 5Q - Deuda de la Nación por arrendamiento del local del Contencioso Administrativo, en tres meses de 1935 . ................................... . ................ . 69- Rentas por recaudar ........... . ................ .. Pasan .................. ............ $ 71.225,00 27.420,00 150 .. .. 50 ... . 10 .. .. 2.000 ... . 4 o ... . 900 ... . 400 ... . 75.215,ú0 6.500 ... . 1.500 ... . 5.000 .... 13.000 .... 250 .. .. 150 .. .. lOO ... . 4.530 ... . 5.030,00 1.650 .. .. 375 ... . 1.290 .... 170 .... 90 .. .. 1.000 .. .. 4.575 .... 125.240,00 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEL CO~CEJO 1\IUNICIPAL DE PASTO 9 RECAPITULACION Capítulo I- Producto de bienes municipales <;~pítulo II - Producto de contribuciones muntctpales .................. ...................................... . Capítulo III- Entradas procedentes del te-sera departamental ................. . ................ . ......... . Capítulo IV- Entradas Extraordinarias ..... . Capítulo V- Créditos por cobrar ........ , ....... . 27.420 ... . 75.215 ... . 13.000 ... . 5.030 ... . 4.575 ... . SUMA EL PRESUPUESTO DE RENTAS ............... $ 125.240 .... 125.240 ... . EGRESO Artículo 2 9 - Fíjase el monto total de las erogaciones fiscales del Distrito, durante la vigen­cia económica de 1 9 de enero a 31 de diciembre de 1936, en la suma de ciento veinticinco mil dos­cientos cuarenta pesos ($ 125.240,00), conforme al siguiente PRESUPUESTO ·DE GASTOS CAPITULO I DEPARTAMENTO DE GOBIERNO Concejo Municipal . ' 1 9 - Sueldo del Secretario del Concejo, a $ 80,00 mensuales ... . ....................................... .. 2 9 - Sueldo del Ayudante del Concejo, a $ 35,00 mensuales ................................. .............. . 39- Gastos de escritorio, a$ 5,00 mensuales 49- Publicación de los ANALES DEL CoNCEJO, portes telegráficos, publicaciones, etc .................. . 59 - Para celebración de las fiestas de 1 9 de mayo, 20 de julio, 7 de agosto y 12 de octubre .... ALCALDÍA MONICIPAL 69 - Sobresueldo del Alcalde Municipal, a $ 50,00 mensuales ............................................... . 7 9 - Sueldo del ecretario de la Alcaldía, a $ 70,00 mensuales ............................................. . Q -Sueldo de tres escribientes, de hacienda, de lo criminal y de lo administrativo, a $ 40,00 mensuales, cada uno .......................................... .. . Pasan ............................. $ l 1 960 .. .. 420 .. .. 60 .. .. 1.000 ... . 200 .. .. 600 .... 40 ":' 1.440 .... 5.520,00 ·' 1¡' : t 1 ... Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 10 ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO Vient'•• ............ .............. $ 9 9 - Sueldo del Inspector de pesas y medidas, a $ 25,00 mensuales ........... . ...................... .......... . 10. -Sueldo de un archivero escribiente, a $ 22,00 mt>nsuales ................ .. .............. ... . 11. -Gastos de escritorio de la Alcaldía Mu. nicipal, a $ 12,00 mensuales .............................. .. 12.- Viáticos dt'l personal de la Alcaldía en visitas a los corregimientos .... .' ........................ .. 13.- Sueldo de un oficial de la cédula electo-ral, a $ 40,00 mensuales .... , ................................ . SERVICIO DE POLICÍA 14.- Sueldo de dos Inspectores de policía, a $ 40,00 mensuales. cada uno .. ..... . ..... .. .... ........ . 15.- Sueldo de dos Secretarios de los Inspec­tores de policía, a $ 25,00 mensuales, cada uno ... 16.- Gastos de escritorio de las inspecciones de policía, a$ 2,50 mensuales, cada una ............ .. 17.- Sueldo de veinte agentes de policía, in­clusive el vigilante de las aguas, a $ 20,00 men-suales, cada uno............... . . .... ........... .............. .. 18.- Sueldo del policía conductor del carro de marranos, a $·15,00 mensuales ...................... . 19. - Para un uniforme de la policía munici-pal ................ . ................. ....................... ...... .. ..... . 20. - Sueldo de los inspectores de policía de los corregimientos de Nariño, Chachagüí, La La­guna y Catambuco, a $ 16,00 mensuales, cada uno .............................. ................................. .... .. 21. -Sueldo de los secretarios de los inspec­tores de Jo.., mismos corregimientos, a $ 12,00 mensuales. cada uno ........................................... .. 22. - Utiles de escritorio para las inspeccio­nes de estos corregimientos a $ 1,00 mensual, cada uno ........................................................ . 23. -Sueldo de ocho agentes de policía para los Corregimientos de Na riño, Chachagüí, La La-guna y Catambuco, a$ 6,00 cada uno ................ . 24. - Sueldo de los comisarios de policía de Mapachico, San Juan, Los Angeles, Simarronas, Jurado, Ríobobo, Santa Bárbara, Los Potreros, Chapal, Dolores. Cujacal. Purgatorio y Cubiján, a $ 5,00 mensuales cada uno ............................... . 25. - Arrendamiento de locales de los Corre­gimientos de Nariño, La Laguna y Catambuco, a$ 3,00 mensuales cada uno .............................. . 5.520,00 300 ... . 264 ... . 144 ... . 150 .. .. 480 .. .. 960 ... . 600 ... . 60 .. .. 4.800 .. .. 180 .. . 400 .. .. 768 .... 576 .... 48 .. :. 576 .... 780 .... 108 .... Pasan .............................. $ 16.714,00 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO 11 Vienen . .. ......................... $ 16.714,00 26.- Instalación del Corregimiento de Ca-tambuco...... ................................... ...................... 100 ... . 27- Para celebración de la fiesta del Policía. lOO ... . PERSONERÍA MUNICIPAL 28.- Sueldo del Personero Municipal, a $ 90,00 mensuales .............................................. . 29. -Sueldo de un Oficial de la Personería, a $ 35,00 mensuales .................................... . ........ . 30. -Sueldo de un Portero Escribiente de· la Personeda, a $ 22,00 mensuales ......................... . 31.- Utiles de escritorio de la Personería, a $ 3,00 mensuales ................................................ .. ESTA DÍSTICA MUNICIPAL 32. - Sueldo del Director de Estadística, a $ 55,00 men~uales ............................................. .. 33.- Sueldo del Ayudante de la Oficina de Estadística, a $ 30,00 mensuales ....................... .. 34. - Para gastos de escritorio, a $ 3,00 mensuales .......................................................... . 35.- Impresión de cuadros estadísticos y propaganda ....................................................... . DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA 36. -Sueldo del Agrónomo, a $ 75,00 men-suales ............................................................... . 37. -Viáticos del Agrónomo, a$ 15,00 men-suales .................................................................. . 38. -Gastos de escritorio, a $ 2,00 mensua-les ..................................................................... .. 39. - Para semillas de la Granja Agrícola ... .. SEKVICIOS V ARIOS 40.-Servicio de alumbrado público de la ciu­dad, a razón de $ 500,00 mensuales............ . ..... 41.- Para fotografías de mujeres públicas, carnets y focos verdes para las sospechosas . ...... .. 42.- Servicio de correos para los Corregi­mientos de La Laguna, Chachagüí y Catambuco, 1.080 .. .. 420 ... . 264 ... . 36 .. .. 660 ... . 360 ... . 36 ... . 60 ... . 900 .. .. 180 .. .. 24 .. .. 1.000 ... . 6.000 ... . lOC ... . a $3,00 mensuales cada uno ............................... . 108 .... 28.142,00 Pasan .............................. $ 28.142,00 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 12 ANALES DEL CONCEJO lVIUNICIPAL DE PASTO Vient-n .. . . . .................. $ CAPITULO JI DEPARTAMENTO DE HACIENDA TESOHEHÍA M ... NICIPAL 1 9 - Nómina del Te orero M u n i e i p a 1, a $ 120,00 mensuales ........................................... $ 29-!Nómina del Contador de la Tesorería, a $ 50,00 mensuales...... ... .. ............................... .. 3 9 - Id. del Escribiente de la Tesorería, a $ 30,00 mensuales............ .. .......................... . 4<;>- Id. del Cajero A uxi1iar, a $ 35,00 men-suales .................................................................. . 5 9-Impresión de guías, timbres, etc., para el recaudo de rentas del tesoro municipal, por una sola vez ..................................................... .. 6 9 - Para los gastos que causen las riñas de gallos y para pagar el 5% del producto mensual de la gallera que corresponde a la Nación, por concepto de espectáculos público.s ....................... . RECAUDACIONE!S FISCALES 7 9 - Sueldo de un Agente Recaudador, a $ 25,00 mensuales ................................... .... ..... . 8 9 - Para remuneración de los Recaudadores de las entradas y secciones .................................. . 9 9 - Para la vigilancia de los impuestos y re-caudaciones .......................................................... . 109-Para pagar rd Administrador de la pla­za de mercado el 4o/o del producto mensual y seis Agentes celadores, a $ 18,00 mensuales ................ . Su ... rA EL CAP. II-DEPTo. DE 1:-... ...:IENOA ........... $ CAPITULO III DEPARTAMENTO DE INSTRUCCION PUBLICA 1 9 - Pago del arrendamiento de locales que ocupan las escuelas de la ciudad ......................... . 2 9- Utiles de escritorio de las escuelas oficia­les del Distrito, inclusive las nocturnas de la ciu-dad, a $ 1,00 mensual. en once meses ................. . 3 9- Utiles de escritorio de las Inspecciones locales de Pasto, Chachagüí, La Laguna, Nariño y Catambuco, a$ 1,00 mensual. ....................... .. Pasa u .............................. $ 28.142,00 1.440 .. .. 600 .. .. 360 ... . 420 .... 750 .... 200 .... 300 .. .. 2.500 ... . 1.056 ... . 1.896 .... 9.522 .... 3.600 .... 360 .... 60 .... 4.020,00 37.664,00 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO 13 Vienen ............................. $ 4 9 - Adquisición y reparación de muebles de l::ts escuelas .......................................................... . 59 - Para vestidos de los niños indigentes de las escuelas........................ . .............................. . 6 9 - Premio del 1\iaestro ............................. . 7 9 - Auxilio para el Liceo de ''Santa Teresi-ta" de esta ciudad, a $ 25,00 mensuales ............. . CAPITULO IV DEPARTAl\:lE TO DE JUSTICIA JUZGA DOS MUNICIPALES 1 9 - ~ómína de dos Jueces Municipales, a $ 80.00 mensuales cada uno ............................ $ 29 - Nómina de dos Secretarios, a $ 40,00 mensuales cada uno ............................................ . 3 9 - Nómina de dos Escribientes, a $ 35,00 mensuales cada uno ........................................... . 4 9 - Utiles de escritorio, a $ 3,00 mensuales cada uno .......................................................... . 5 9 - Raciones y conducción de presos, alum­brado de la cárcel y suministro de materias pri-tnas para los presos ............................................. . CÁRCELES 6° -Arrendamiento de los locales que ocupan las cárcel_es de los Corregimientos ...................... . CAPITULO V DEPARTAMENTO DE BENEFICENCIA 19 -Nómina del Médico Municipal, a $90,00 mensuales .......................................................... $ 29 -Sueldo del Ayudante del Médico, a$ 25,00 mensuales ........................................................... . 39- Para drogas, útiles, etc., para el servicio del Dispensario Municipal, a$ 50,00 mensuales ... 4°- Adquisición de cajas mortuorias para cadáveres de indigentes ...... ................................ .. 59 -Auxiiio al Hospital San Pedro, a$ 50,00 mensuales ........................................................... . 69 -Para establecer la lotería de beneficencia municipal .......................................................... . Pasan ........... .................. $ 4.020,00 37.664,00 500 ... . 80ú ... . 80 ... . 300 . ... 5. 700,00 1.920 .. .. .960 ... . 840 .. .. 72 .. .. 1.000 .... 68,25 4.860,25 1.080 ... . 300 ... . 600 ... . 400 ... . 600 .. .. 1.000 ... . 3.980,00 48.224,25 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 14 ANALES DEL CONCEJO lVIUNICIPAL DE PASTO Vienen ............... .. .. ... $ 3. 980,00 48.224,25 79 -Para la "Sopa de San Vicente" ........... ... . 89- Para el "Ropero de niños pobres" .. ...... . 99 - Para asilar a los dementes ...... ............ .. 109- Para p:igar el 5 % del total del presu­puesto de r~~tas que se P.asará a la Jun~a de Sa­nidad M untctpal, con desttno a la salubndad pú- , blica ................................................................. . 119- Para pagar el cuarto por ciento del presupuesto de este año a los lazaretos nacionales. 129- Para establecer la Unidad Sanitaria .. . 139- Para un establecimiento· serológico .. .. .. SUMA EL CAP. V-DEPTO. DE BENEFICENCIA ...... $ CAPITULO VI DEPARTAMENTO DE DEUDA PUBLICA 180 ... . 180 ... . 2.012 ... . 6.262 .... 313,10 6.150 ... . 2.000 .. .. 19- Crédito a favor o e la NRci6n, por con­cepto del segundo contarlo para el acueducto y alcantarillado de la ciudad .... . .. ..... . ..................... 25.000 .. . . 29- Para entregRr a la Nación el producto total del impuesto urbano, según contrato.......... 6.000 .... 39- Para pagar el cuarto por ciento de los lazaretos nacionales del producto paración y construcción de las escuelas rlel Municipio ........................................ . 23- Para la construcción de la "Escuela La Paz" ..................................................................... . SUMA EL PRESUPUESTO DE GASTOS ........ $ .RECAPITULACION Capítulo I- Departamento de Gobierno ..... $ Capítulo JI- Departa mento de HHcienda ... .. Capítulo III- Dep'lrtamento de Instrucción Pública ............................................................... . Capítulo IV- Departamento de Justicia ..... . Capítulo V - Departamento de Beneficencia Capítulo VI- Departamento de Deuda Pú-blica ................................................................... . Capítulo VII- Departa mento de vigencias anteriores .......................................................... . Capítulo VIII- Departamento de Obras Pú-blicas ................................................................... . 12.560,00 102.689,05 2.000 ... . 4.800 ... . 1.150,95 2.040 .... 22.550,95 28.142,00 9.522,00 5.700,00 4.860.25 21.077,10 31.437,70 1.950,00 22.550,95 125.240,00 -------.----- 125.2-!0,00 125.240,00 CQMPARACION Suma e] presupuesto de Rentas ..................... $ 125.240,00 Suma el presupuesto de Gastos.......... ........... 125.240,00 Dado en Pasto, en el salón del Concejo Municipal, a los diez y seis días de diciembre de mil novecientos treinta y cinco. · JULIO CESAR ENRIQUEZ, Plinio Enríquez, Presidente Secretario Alcaldía Municipal-Pasto, diciembre diez y nueve de mil novecientos tr~in,. ta y cinco. Publíquese y ejecútese. <• \ El Alcalde Municipal, • E1 Secretario, BRAULIO R. DE :tA RosA S. Arnulto Merino Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO 17 ACUERDO. NUMÉRÜ 4 (DE 16 DE DICIEMBRE DE 1935) por el cual se reorganiza la Personería Municipal, se crea unos l!mpleados y se dictan otras disposiciones. El Concejo Municipal de Pasto, en uso de sus atribuciones lega les, ACUERDA: Artículo 1 Q_ A partir del 1 Q de enero de 1936, reorganizase la Perso-nería Municipal de Pasto, con el siguiente personal y asignaciones: Un Personero, con$ 90,00 mensuales. Un Oficial, con$ 35,00 mensuales. Un Escribiente portero, con $ 22,00. Los dos últimos empleados serán de libre nombramiento y reÚ1oción del Personero. Artículo 2Q- Para ser Personero Municipa." l de Pasto se necesita reunir las mismas condiciones que la ley exige para los jueces de circuito; y el nom­bramiento estará sujeto a la formalidarl de la confirmación que se requiere a aquellos empleados, y la cual es facultativa del Cabild<:>. Artículo 3Q- Créase el puesto de at·chivero escribiente de la Alcaldía Municipal, con un sueldo mensual de$ 22,00; créase asímismo dos agentes más de policía para el Corregimiento de Catambuco, con un sueldo men­sual de$ 6,00 para cada uno. Artículo 4Q-EI presente Acuerdo regirá desde su sanción. Dado en Pasto, a los diez y seis días de diciembre de mil novecientos trein­ta y cinco. JuLIO CÉsAR ENRÍQUEZ, Presidente.· Plinio Enriquez, Secretario. Alcaldía Municipal-Pasto, diciembre diez y nueve de mil novecientos trein. Publíquese y ejecútese. BRAULIO R. DE LA RosA, Alcalde Municipal ta y cinco. S. Arnulfo Merino, Secretario. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 18 A~ALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO ACUERDO NUMERO 5 (DE 21 DE DICIEMBRR DE 1935) por el cual se vota una partida, se fija su destinación y se confieren unas autorizaciones. El Concejo Municipal de Pasto, en ejercicio de sus facultades legales, ACUERDA: Artículo 1 Q-Destínase la su m~ de $2.000,00, que se incluirán en el pre­supuesto de la vigencia próxim~, para la adquisición fle un lAboratorio clí­nico p-ara toña clase de investigaciones serológicas, con destino al dispen­sario muhicipal. Artículo 29-Autorízase al señor Personero, para que en asocio del se­ñor Médico Municipal, adelante las gestiones conflucentes a la pronta ad­quisición del mencionado equipo clínico y celebre el respectivo contrato~ que se someterá a la aprobación del Cabildo. Artíc~lo 3 9-Este Acuerdo regirá desde su sanción . . Dado en Pasto, en el salón rle sesiones del Concejo Municipal, a Jos 21 días del mes de diciembre de 1935. JOSÉ ELÍAS DULCE, ·Presidente. Plinio Enríquez, Secretario. Alcaldía Munícípal-Pasto, diciembre 24 de 1935. Publíquese y ejecútese. El Alcalde, El Secretario, 'f \. BRAULlO R. DE LA RosA S. Arnulfo Merino. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO 19 ACUERDO ~, ~ NUMERO 6 (DE 21 DE DICIEMBRE DE 1935) por el cual se crea el Corregimiento de Catambuco. El Concejo Municipal de Pasto, en eJercicio de las atribucio~es que ]e confiere el artículo 155 de la Ley 4• de 1913, sobre régimen político y municipal, ACUERDA: • ·i Artículo 1 Q-Con el nombre de Catambuco erígense en Corregimient.o los caseríos siguientes: Catambuco, Botanilla, Botana, Jongobito, Obonu­co, Gualmatán, Santa Bárbara, Los Angeles, Riobobo, Jurado, Sintarro­nas, P0treros, Espino y Cubiján. LR capital del Corregimiento 5erá Catambuco. Artículo 2V_:_Los límites del Corregimiento de Catambuco serán los de los caseríos que lo integran. Artículo 3Q-La administración del nuevo Corregimiento estará a cargo de un Corregidor y de un Secretario, el primero de libre nombramiento' y remoción del Alcalde Municipal. , Artículo 4Q-El Corregidor y el Secretario gozarán de una asignación mensual de $16,00 y $12,00 respectivamente. Fija nse en dos pesos 0ro mensuales, los gastos de arrendamiento de lo­cal y en un peso oro mensual, los gastos de escritorio. Para A tender a los gastos de instalación de la nueva entidad, vótase la suma de cien pesos oro. Las cantidades anteriores se incluirán en el presupuesto de 1936. Artículo 5 9 -tiste Acuerdo regirá desd_e el 1 Q de enero de 1936. Dado en Pasto, ~n el salón del Concejo, a los 21 días del mes de diciem .. bre de 1935. ] OSÉ ELÍAS DULCE, Presidente. Plinio Enríquez, Secretario. Alcaldia Municipal-Pasto, diciembre 24 de 1935. Publíquese y ejecútese. El Alcalde, BRA ULIO R. DE LA RosA ·El Secretario. S: Arnulfo Merino~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 20 A!'{~LES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO ACUERDO .NUrlERO 7 (DE 31 DE DICIEMBRE DE 1935) por el cual se establece la Unidad Sanitaria e!'l el Distrito de Pasto y se dictan otras disposi­Ciones. El Ccncejo Municipal de Pasto, en uso de sus atribuciones, ACUERUA~ Artículo 1 9 -EstH blécese a partir del 19 rle enero próximo la U nirlad Sa­nitaria en este Distrito, a fin de coordinar los servicios locales de higiene y asistencia pública con los que establecerá la Nación para esa misma época, de acuerdo a lo propuesto por el señor Director Nacional de Higiene. Artículo 2 9 -Destín:tse p~H?.. el efecto la suma. de siete mil seiscientos cincuenta pesos oro ($ 7.650,00), que se pagarán por cuotas mensuales de seiscientos trf'in ta y siete pesos, cincuenta centfi vos ( $ 637,50) a la persona o entidad que se ::tcuerde con el señor Director Nac:i0nal de Higiene, median­te cuentas debictamente legalizadns. Artículo 3 9 -La cantidad destinada se cubrirá así: mil quinientos pesos, contribución de la Junta Sanitaria Municipal, y los seis mil ciento cincuen­ta pesos restantes, se incluirán en el presupuesto de la vigencia próxima, cargándolos al Capítulo c1e Beneficencia Pública. Artículo 4 9 -Facúltase al señor Personero Municipal para celebrar el respectivo contrato, en el cu~d intervendrá el representan te que acredite la comisiún sa ni ta ria rlel Distrito. Artículo 5 9 -Quedan modificadas las disposiciones municipales sobre sanirlad y asistencia pública. Artículo 6 9 -Apruébase la fianz.::~ hipotecaria por la suma de dos mil pe­sos ($ 2.000,00) m. c., que por medio de escritura pública número 525, de 24 de diciembre d(> 1935, ha otorgado el señor Marcial Ramírez en favor del Municipio de Pasto, para garantizar el cargo de TesorenJ Municipal que debe desempeñar en el períoclo de 1936. Parágrafll-Alltorízr~se al señor Alcalde Municipal parR que dé al señor Marcial Ramírez la posesión del cArgo de Tesorero Municipal. Artículo 7 9 -Este Acuerdo regirá desde su sanción. Dado en PAsto, en el salón dd Concejo Municipal, a los 31 días de di­ciembre de 1935. Juuo CÉsAR ENRÍQUEZ, Presiden te. Plinio Enríquez, Secretario. Alcaldía }\ctunicipal-Pasto, diciembre 31 de 1935. Publíquese y ejecútese. BRAULIO R. DE LA RosA, Alcalde. S. Arnulfo Merino, Secretario. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO 21 ACUERDO NUriERO 8 (DE 15 DE ENERO DE 1936) por el cual se ref•>rman varias disposiciones sobre arbitrios fiscales. El Concejo Municipal de Pasto, en uso de sus atribuciones legales, Ley 4:_\. ele 1913, ACUERDA: Artículo 1 9-Las cantinas o establecimientos en donde se vendan al por mayor a al detal licores, rancho, etc., pagarán el impuesto sobre la base del capital, así: · Dos pesos mensuales, las cantinas cuyo ca pi tal sea hasta ele $ 500,00; Cuatro pesos mensuales, aquellas cuyo capital sea de $501,00 hasta $ 2.500,00; . Diez pesos mensuales, las cantinas cuyo capital sea de más de$ 2.501,00. Parágrafo 1 9-Quedan except~adns de este impuesto los estanquillos en doncte ~e vendan exclusivamente licores oficiales y cuyo capital no exceda de $100.00. P~ rágTafo 2 9-Queda en estos términos reformado el artículo 1 9 del Acuerct o N9 86 -Este Acuerdo regirá descle su sanción. Dado en Pasto, a los 15 días del mes de enero de 1936. jULIO CÉSAR ENRÍQUEZ, Presidente. Plinio Bnríquez, Secretario. Alcaldía Municipal-Pasto, 16 de enero de 1936. Puhlíquese y ejec6tese. El Alcalde, El Secretario, B~A ULio R. DE LA RosA S. Arnulfo Merino RESOLUCION NUMERO 73 El (:oncejo Municipal de Pasto, en uso de sus atribuciones, y CONSIDERANDO: que ha llegado a esta ciudad el doctor Eduardo Santos, acompañado de su distinguida esposa doña Lorencita Villegas de Santos; que el doctor Eduardo Santos es uno de los líderes de la República Libe­ral, y político pacilista que ha hech,o del periodismo, desde la tribuna de El Tiempo, una de las fuerzas vivas de paz, de progreso y de civilismo en Colombia; · que es deber solidario de las corporaciones democ(áticas como ésta que áctualmente integra el Cabildo de Pasto, reconocer los méritos y destacar las acciones trascendentales de los grandes ciudadanos liberales, . RESUELVE: Dec,arar al doctor Eduardo Santos y a su ,gentil esposa doña Lorencita Villegas de Santos HUESPEDES DE HONOR de esta ciudad. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 24 ANALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO Una comtston del Concejo pondrá en mauos de los esposos Santos esta Rt'solución, qne debe publicarse por carteles en los sitios públicos de esta ciudad. Dada en Pasto, en el salón de sesiones del H. Concejo, a treinta y uno de diciembre de mil novecientos treinta y cinco. JosÉ ELÍAS DuLcE, Presidente. TELEGR1\M14 Plinin Enríquez, Secretario. Bogotá, 13 de enero de 1936. Honorable Concejo Municipal- Pasto. Ruego ese Honorable Cor:cejo aceptar ferviente expreston renovado agradecimientos por bonrosísima acogida sirvióse dispensarme, que nunca podré olvidar. Ojalá puedan mis servicios a esa ilustre ciudad, a cuyas órdenes estoy irrestrictamente, pagar siquiera en mínima parte la hospitalidad magnífica de que con mj mujer fuimos objeto. Amigo y compatriota, EDUARDO SANTOS Señur Presidente del Concejo .Municipal-E. S. D. Los suscritos, varones, colombianos, mayores de edad, vecinos rle Pas­to y provistos de las respectivas cédulas de ciujo no accediere a esta muy justa y oportunrt petjción, por haber sido costeada la Estatua con fondos municipale~. nos permitimos in­sinuar a la Corporación su venta, comprometiéndonos a pagarla por el precio correspondiente que, como objeto material y
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Publicaciones periódicas

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Anales del Concejo Municipal de Pasto: órgano oficial de la Corporación - N. 147

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