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Con la frase historia de colombia.

Imagen de apoyo de  Carta de ruta para servir al General Tomás Cipriano de Mosquera en las campañas del Sur de la Nueva Granada

Carta de ruta para servir al General Tomás Cipriano de Mosquera en las campañas del Sur de la Nueva Granada

Por: Anónimo | Fecha: 1840

Tomás Cipriano de Mosquera 1798-1878 fue un militar, diplomático y estadista Payanés presidente de Colombia en cuatro ocasiones. Durante 1840 participó junto a Pedro Alcatran Herrán en la Guerra de los Supremos (1839-1842), el primer conflicto interno de la Colombia independiente en donde los caudillos del sur, se opusieron al gobierno de José Ignacio de Márquez; la defensa del poder estuvo a cargo de Mosquera. Este mapa de 1840 se realizó con el objetivo de apoyar las campañas de guerra comandadas por el General Tomás Cipriano; traza las rutas del sur entre Popayán y Pasto, contiene información de relieve, ríos principales y población. En la cara posterior está escrito en lápiz: "copia del plano de Mosquera hecho para E. Posada por el joven Estévez. No está muy exacto". Hace parte del archivo del historiador Guillermo Hernández de Alba.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Mapas
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Carta de ruta para servir al General Tomás Cipriano de Mosquera en las campañas del Sur de la Nueva Granada

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Imagen de apoyo de  El teatro Bicentenario, espacio y tecnología infraestructural para la urbanidad de los aguadeños

El teatro Bicentenario, espacio y tecnología infraestructural para la urbanidad de los aguadeños

Por: Daniel Ramírez Pérez | Fecha: 01/01/2023

En este artículo presento una lectura del Teatro Bicentenario de Aguadas, Caldas (Colombia), como espacio y tecnología infraestructural. Esta obra fue construida para conmemorar doscientos años de historia de la localidad y desde su inauguración ha alojado al Festival Nacional del Pasillo Colombiano. La importancia material y simbólica que se le reconoce es tal que sus gestores lo conciben como un “templo”, un espacio que sacraliza el arte y la cultura. Con base en el trabajo de campo que realicé en el 2018, un acercamiento hemerográfico y conversaciones posteriores, muestro cómo el Teatro Bicentenario materializa expectativas de ciudad entre los aguadeños, al tiempo que prescribe cuáles son los usuarios idóneos para el teatro y los ciudadanos ejemplares para la ciudad.
Fuente: Icanh - Revista Colombiana de Antropología Formatos de contenido: Artículos
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El teatro Bicentenario, espacio y tecnología infraestructural para la urbanidad de los aguadeños

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Miguel Ángel Rojas

Por: Banco de la República (Bogotá). Subgerencia Cultural. Biblioteca Luis Ángel Arango | Fecha: 1991

Con este texto, el artista y curador, Raúl Cristancho Álvarez busca adentrar al lector al trabajo artístico de Miguel Ángel Rojas. Permite comprenderlo en dimensiones que superen la apreciación estética, además de valorar sus obras a la luz de su interesante mezcla de técnicas plásticas con la fotografía. Sobre el autor: Raul Cristancho Álvarez nació en Moniquirá en 1955. Estudió Bellas Artes en la Universidad Nacional de Colombia y realizó dos maestrías: la primera en Bellas Artes en The School of The Art Institute of Chicago, y la segunda, en Historia y Teoría del Arte y la Arquitectura en la Universidad Nacional de Colombia. Se desempeñó como curador del Banco de la República entre 1988 y 2007; ha hecho parte de numerosas exposiciones especialmente por su trabajo como pintor, y es profesor asociado de la facultad de artes de la UNAL.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Libros
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Miguel Ángel Rojas

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Imagen de apoyo de  Anales de la Instrucción Pública en los Estados Unidos de Colombia - N. 56

Anales de la Instrucción Pública en los Estados Unidos de Colombia - N. 56

Por: | Fecha: 1887

Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ~OMO X Marzo de IS8't NUM. 56 ANALES DE LA INSTHUCCION PUBLICA , EN LA REPUBLICA DE COLOMBIA OFICIAL CONTRATO Carlos !Iartínez ilva, :Ministro de Estado en el Despacho de Instruc­ción pública, y José Joaquín Ortiz han celebrado el siguiente contrato: :1Iartínoz ilva so compromete, á nombre del Gobierno, á adoptar como único te. to })ara euse11anza de Historia agrada del Antiguo y ucvo Testamento, la obra del senor Ortiz, que tiene esto mismo título, y fué presentado por el Ilustrísimo y Reverendísimo Arzobispo de Bogotá, {teste Ministerio, como la única uosignada por la. Autoridad Eclesiástica para la enseflanza Calificación. Jaramillo }fanuel José ........... 4 Aprobado con plenitud. Lanao Ramón V. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 id. id. id. Lores Aristides. . . . . . . . . . . . . • . . . . . . 5 id. id. id. Mal donado José Vicente. . . . . . . . . . . . 5 id. id. id. Malo Luis G. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 id. id. id. Mejía Jaime ...................... 4 id. id. id. La diligencia do examen fué firmada por los setlores miembros del Consejo, y la sesión se levantó á las ocho y diez minutos de la nocho. Bogotá, 13 de oviembre de 1886. El E aminador, Presidente del Consejo, LIBORIO ZERDA.-El Exami­nador, Francisco J. Tapia.-El Examinador, E1·nesto Restrepo.-EI e­cretario, Rafael González Pardo. Acta de la sesión del día 15 de oviembre. En la ciudad de Bogotá, ú. las doce del día quince de oviembre de mil ochocientos y seis, se reunieron y constituyeron en Consejo los seno­res Doctor Liborio Zerda, Ernesto Restrepo y Francisco J. Tapia, presidi­dos por el primero, y practicaron, con todas las formalidades reglamenta­rias, el examen anual de sois alumnos del curso de QuíMICA. GENERAL. V crificn.dos estos exámenes, se procedió á la calificación do los al u m~ nos que fueron examinados, en votación secreta, y se obtuvo el siguiente resultado: " Nombres. N. o Calificación. ~Iejía Manuel G ................... 5 Aprobado con plenitud. Méndoz Roberto ................... 5 id. id. id. Morales Juan de Dios ............... 4 id. id. id. Peláez Antonio José. . . . . . . . . . . . . . . 4 id. id. id. Pérez Manuel Antonio.. . . . . . . . . .. 5 id. id. jd. Restrepo Guillermo.. . . . . . . . . . . . . . . 5 id. id. id. Eu seguida firmaron el acta los setlores miembros del Consejo, y se terminó la sesión á las doce y diez minutos de la tardo. Bogotá, 15 de Noviembre do 1886. El Examinador, Presidente del Consejo, LIDORIO ZERDA.-El ~xami­nador, F ,rancisco J. Tap1"a.--El Examinador, E1·nesto Restre11o.-El Se­cretario, Rafael González Pardo, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 202 ACTA DE EXÁMENES ANUALES Acta de ]a sesión del día 15 de Noviembre. En la ciudad de Bogotá, á las seis de la tarde del día quince de N o· viembre de mil ochocientos ochenta y seis, se reunieron y constituyeron en Consejo los senores Doctor Liborio Zerda, Ernesto Restrepo y Francisco J. Tapia, presididos por el primero, y practicaron, con todas las formalidades 1·eglamentarias, el examen anual de loa últimos alumnos del curso de Quf­lriO. A. GENERAL, quienes obtuvieron) en votación secreta, las siguientes ca­lificaciones: Nombres. N. o Ca.Iiftcación. Riberos Joaquín ..............•.... 5 Aprobado con plenitud. Sánche;r. Enrique .................. 5 id. id. id. Terrón J nlio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 id. id. id. Tobar Esteban. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 id. id. id. Vásquez José Manuel. ............ 5 id. id. iu. El alumno Cifnentes Marco A. no presentó examen de este curso. Terminada la sesión de examen de ~sta noche, terminaron al mismo tiempo las funciones que le habían sido encargadas á este Consejo en los e ámencs anuales del presente ano escolar, y los sefiores miembros del Consejo firmaron el acta. Bogotá, 15 de oviembro de 1886. El Examinador, Presidente del Consejo, LIBORIO ZERDA.-El Exami­nador, Francisco J. Tapia.-El Examinador, .Ernesto Restrepo.-El Se­cretario, Rafael González Pardo. SEGUNDO CONSEJO. Acta de la sesión del día 17 de Noviembre. En la ciudad de Bogotá, á las doce del día diez y siete de Noviembre de mil ochocientos ochenta y seis, se reunieron en el local de Santa Inés los Doctores Francisco Bayón, Heliodoro Ospina L. G. y el senor Erne3to Reatrepo, y, constituidos en Oonsejo, presididos por el primero, practica­ron el examen anual de los seis primeros alumnos del curso de BoTÁNICA. Verificados estos exámenes, con todas las formalidades reglamentarias, se procedió, en votación secreta, á la ca1ificacióu de los alumnos que fue­ron examinados, y se obtuvo el siguiente resultado: Nombres. N. • Calificación. Angulo Carlos. . . . . . • • . . . . . . . . . . . . . 4 Aprobado con plenitud. Blanco V. Ignacio. . . . . • . • .. • .. . . . 4 id. id. id. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ACTA DE EXÁMENES ANUALES 203 ~ Nombres. N.• Calificación. Borrero Pablo ..................... 4. Aprobado con plenitud. Borrero Tobías ...........•........ 4 id. id. id. Buendia Nicolás .•................. 5 id. id. id. Cadena José de Jesús .............. 4 id. id. id. En seguida firmaron el acta los seílores miembros del Consejo, y se levantó la se~ión á las doce y quince minutos de la tarde, quedando con­vocado el Consejo para la sesión de la tarde. Bogotá, 17 da Noviembre de 1886. El Rector, LIBORIO ZERDA.-El Examinador, Presidente del Consejo, F-rancisco Bay6n.-E1 Examinador, H. Ospina L. G.-Ei Examinador, Ernesto Restrepo.-El Secretario, Rafael González Pardo. Acta de la sesión del día 17 de i oviembre. En la ciudad de Bogotá, á las seis do la tarde del día diez y siete de oviembre de mil ochocientos ochenta y seis, se instaló el Consejo do exa­men, compuesto do los Doctores F1·ancísco Bayón, Heliodoro Ospina y se­nor Ernesto Rostrepo, presidido por el primero, y se practicó el examen anual de seis alumnos del curso de BoTÁNICA. Terminados estos exámenes, los que se hicieron con todas las formali­dades reglamentarias, se procedió á la calificación de los alumnos quo fue­ron examinados, y obtuvieron, en votación secreta, las calificaciones si· guientes: Nombres. N. o Calderón Luis Felipe .... , ..... , . . . 5 Camacho Milciade~ ................ 4 Cárdenas Roberto. . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 Castrillón Teodoro. . . . . . . . . . . . . . . . . 4 Calificación. Aprobado con plenitud. id. id. id. id. id. id. id. id. id. Corredor Campo Elías... . ......... 5 id. id. id. Durán J ustiniano. . . . . . . . . . . . . . . . .. 5 id. id. id. En seguida firmaron el acta los seíiores miembros del Consejo, y la sesión se levantó á las ocho y diez minutos de ]a noche. Bogotá, 17 de Noviembre de 1886. El Rector, LIBORIO ZERDA.-El .Examinador, Presidente del Consejo, Francisco Bay6n.-E1 Examinador, H. Ospina L. G.-El Examinador, Ernesto Restrepo.-El Secretario, Rafael González Pardo. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 204 .ACTA DE EXÁMENES ANUALES Acta de la sesión del día 18 de Noviembre. En la ciudad de Bogotá, á las doce del día diez y ocho de ... oviembre de mil ochocientos ochenta y seis, hallándose presentes en el edificio de Santa Inés los miembros del Consejo de examen Doctores Francisco Bayón, Heliodoro Ospina y se1lor Ernesto Restrepo, se instaló éste, presidido por el primero, y se practicó, con todas las formalidaes reglamentarias, el exa­men anual de seis alumnos del curso de BoTÁNICA, y éstos obtuvieron, Qn votación secreta, las calificaciones siguientes: Nombres. N.o Calificación. Gálvez Arturo ..................... 4: Aprobado con plenitud. García M. Arturo .....•••.......... 3 id. id. id. Guerrero Azael. ................... 3 La11ao Ramón V ................... 5 id. id. id. id. id. id. Lores Aristides. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 }{aldonado José Vicente ............ 5 id. id. id. ·a. id. id. El acta fué en seguida firmada por los se1lores miembros del Consejo, y la sesión se levantó á. las dos y quince minutos de la tarde. Bogotá, 18 ele I oviombre de 1886. El Rector, LIBORIO ZERDA. ACADEMIA NACIONAL DE :MUSICA. EXÁMENES .ANUALES. En la ciudad do Bogotá, á las seis de la tarde del día veintiséis de Noviembre de mil ochocientos ochenta y sois, se reunieron en el local de la Academia Nacional de Música los se1lores Catedráticos Gumersindo Perca, Julián Cabrera é Ignacio Billioquo, presididos por el Director, se­ilor Jorge \V. Price, con el objeto de verificar el examen anual de la clase de Teoría superior y solfeo. El examen llió este resultado: Nombres. N. o Calificación. Luna Francisco ............................ 5 Sobresaliente. Caro Daniel ................................ 4 Notable. Luna E. Andrés ............................ 4 Id. Rodríguez lhannel M. a ....................... 4 Id. Flórez Juan J. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 Sobresnlion te. Lugo José Gregorio ......................... 4 Notable. Acebedo Ricardo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 Id. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ACTA DE EXÁMENES ANUALES Nombres. Escobar Julio R .• N . ., Califtcaci6n. 4 Notable. Lleras Luis. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 Bueno. Parra Ricardo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 Notable. J..~leras Agustín ..................•........... 2 Mediano. Díaz Rafael ................................ 4 Notable. 205 Materón Octavio. . . . . . . • . • . . . . . . . • . • . . . . . . . 5 Sobresaliente. Gref1as Ignacio ...•.............•.•......• ·• . 5 Id. Silva Enrique. . . . . . . . . . . . . . . . . . • • • . . . . . . . . 3 Bueno. Calvo Federico ...................•.••••.... 3 Id. ~fedinaceli Luis....... . . . . . . . ....•..•••.... 3 Id. A las ocho p. m. se levantó la sesión. El Director, JORGE W. PRICE.-El Catedrático, Gume1·sindo Perea.-­El Examinador, Ignacio Billinque. -El Examinador, Julián Oabrera.­El Secretario, Enriq'lt6 Jf. J!aldo1¡ado. En la. ciudad do Bogotá, á las seis menos cuarto do la tarde, se reunie­ron los setlores Catedráticos Jorge W. Price, Diego Fu.llon y Pablo Eague­rra, presididos por el primero, en el local de la Academia Nacional de Mú­sica, con el objeto de verificar el examen anual de las clases de cobres, el cual di6 este resultado: CLASE DE CORNO. Cifucntes Ricardo.... . . . • . ................ 4 Notable. Landínez Indalecio • . . . . . . . . . . . . . . . . • • . . • • . 5 Sobresaliente. Salcedo Abel. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 Id. CLASE DE TROMPETA. Parra Raúl..... . . . . . . . . . ...........••..•.• 4 Notable. Figue1·oa Vicente .....•.........• . •.•...•... 5 Sobresaliente. CLASE DE TROMBÓN. Rico Rafael. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • 3 Bueno. Dejó de concurrir al acto, legítimamente excusado (por enfermedad), el alumno Rafael Casís. Se levantó la sesión á las siete y media p. m. El Director, JoRGE W. PRIOE.-El Examinador, Diego Fallo~~.-El Examinador, Pablo Esgu,e1·ra.-El Secretario, Enrique M. Maldonado. En la ciudad de Bogotá, á las seis de la tarde del día veintisiete de NoTiembre de mil ochocientos ochenta y seis, se reunieron en el local de la Ac&demia Nacional de Música los sello res Catedráticos Gumersindo Perea, 14 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. AC'E.A. DE EXÁMENES ANU.ALRS Abraham Salcedo y Eugenio Andrade, prtlsididos por el Director, sefior Jorge W. Price, con el objeto de verificar el examen anual de la clase 2. ~ de Teoría, el cual dió el siguiente resultado: Nombres. N. o Calificación. Domínguez J osías . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4. Notable. Silvestre Eduardo. . . . . . • . • . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 Id. Tavera Andrés. . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 Id. Corrales Federico. . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . • . . . 3 Bueno. Páez J orgc. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . . . • . . . . 3 Id. Parra Raúl. .............................. 4 Notable. Boada Eduardo. . . . . . . . ......•. r • • • • • • • • • • 3 Bueno. Salcedo A bol. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . 4 Notable. O al vo Jorge . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . . . . . . . 5 So bresa.lien te. Silva Josó Joaq\lÍn ................•.•..... 5 Id. Figueroa Vicente ........................... 4 Notable. Gutiérrez Darío. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 Bueno. Gutiérrez Daniel. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 otab]e. Ramírez José faría ............. . ........... 4 Id. Escobar Roberto. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 obresaliente. Gntiénez Milcíades. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 Notable. Auber Alberto...................... • •..... 4 Id. El examen terminó á las siete y cuarto p. m. y á esa hora se levantó la sesión. El Direct01·, JoRGE W. PRICE.-El Catedrático, Gumm·sindo Perea. El Examinador, E 'ttgenio And1·ade.-El Examinador, Abral¡,am Salcedo.­El Secretario, En1·ique M. Maldonado. En la ciudad s de la sentencia de nulidad. 28. Sentencias de nulidad pronunciadas fuera de Cnndinamarca, cómo se ejecutan en su territorio. 29. i Subsiste el matrimonio anulable según legis1ación extraña, si las mismas causales no fuesen de nulidad en Onndinamarca? 30. Deber del viudo que contrae segundas nupcias. Provisión de curador especial á los menores hijos del primer matrimonio. Exigencia Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 214 PROGRAMA que hará el funcionario llamado á autorizar el segundo matrimonio. San­ción á que queda sujeto el viudo que deja de practicar inventarios. 31. Deber de la viuda en caso semejante al del número antel'ior. 32. Prohibición impuesta á la viuda cuando se anule ó disuelva el primer matrimonio, estando en embarazo ó antes de vencerse cierto plazo después de la anulación ó disolución. Deber del funcionario llamado en ese caso á autorizar el nuevo matrimonio. · 6.a TESIS. Hijos concebidos durante el matrimonio y legitimados. 33. Cuáles son hijos legítimos. 34. Deberes del marido en punto al reconocimiento de los hijos. 35. Quiénes pueden reclamar contra la legitimidad de hijo. Térmi­nos para esas reclamaciones. 36. Valor del testimonio de la madre respecto á la condición de hijo adulterino. 37. Cómo es tratado el hijo durante el juicio de su legitimidaq. 38. ¿Puede promoverse ese juicio respecto al hijo que no ha tenido existencia civil ~ 39. Pruebas que tiene que dar el hijo naoido durante el divorcio para eer tenido como legítimo. 40. Denuncio de la mujer en cinta durante el divorcio. Facultades del marido después del denuncio. Efectos da la resistencia de la mujer contra el ejercicio de esos derechos del marido. Aun tomadas las precau­ciones legales, qué derechos tiene el marido en punto al reconocimiento del hijo. 41. Fuera del marido á quiénes otros puede hacerse el denuncio. 42. Hijo póstumo; denuncio que podrá hacer la viuda. Término para el denuncio. Derechos de los interesados en este denuncio. 43. Derechos de la madre del póstumo. 44. Solución de la duda sobre la verdadera filiación del hijo, cuando la mujer contrae segundas nupcias. 45. Responsabilidad solidaria de la mujer y su nuevo marido por perjuicios cansados por la incertidumbre de la paternidad. 46. Condición de los legitimados; tiempo en que la legitimación debe verificarse. 47. Cuáles matrimonios no producen la legitimación. 48. Cuándo se efectúa la legitimación ipso .iu1·e y cuándo es necesa­rio el reconocimiento del hijo. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. P ABA LA CLASE DE DERECHO CIVIL 215 49. Derechos del marido para reclamar contra la legitimación ipao jure,· tiempo para verificarla. Tiempo en que debe otorgarse la escritura de reconocimiento ; su notificación, su aceptación y repudio ; córno se efectúan y dentro de qué término. 50. Trascendencia de la legitimación. 51. Condición del legitimado en relación con los hijos concebidos durante el matrimonio. 52. Impugnación de la legitimación ; pruebas que deben producir. Quiénes pueden ser solamente oídos. 7. e. r.rESIS. Derechos y obligaciones entre los padres y los hijos legttimos y de la adopción. 53. Deberes de respeto y obediencia, de socorro á los padres. 54. Deberes de los padres, á cuál toca el cuidado de !Gs hijos, según. sus edades; deberes do los padres respecto á los hijos en caso de divorcio 55. Funciones del Juez respecto al cuidado de los hijos; cómo procede. 56. Gastos de crianza, educación y establecimiento de los hijos. 57. Deberes de los abuelos; regulación judicial de gastos á que ellos están sujetos. 58. Presunción legal respecto á los compromisos de los hijos menores. 59. Facultades correccionales por parte del padre, é intervención judicial. 60. Elección do estado para los hijos ; cuándo cesa este derecho del padre. 61. Adopción. Requisitos del adoptante. Prohibiciones rcla.ti vas á lo casados, á los guardadores. 62. Requisito para la adopción del mayor de edad que tenga la libre administración de sus bienes. 63. Caución del adoptante. 64. Permiso judicial para la adopción. Instrumento público de adopción. Derechos que adquiere el adoptante después del otorgamiento de la escritura. U so del apellido del adoptante. i Hay derecho de suceder al adoptado~ i El adoptado pierde los derechos que le corresponden respecto .á su familia natural ? 65. Nombramiento de guardador del adoptado por testamento. 66. Revocatoria de la adopción. Término de la adopción. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 216 PROGRAMA s.~ TESIS. Patria potestad. Emancipación. Hijos no legítimos. Maternidad disputada. Habilitación de edad. 67. Patria potestad, su definición ; hijos y padres de familia. 68. Limitación de la patria potestad respecto á los hijos qne ejercen cargo público ó empleo. 69. V arias eapecies de peculios. Canción del padre usufructuario. 70. Derechos de administración do los padres y de los hijos en pun­to á peculios. Inventarios de bienes de peculio. Culpa quo se presta en la administración del peculio por parte del padre. 71. ¿ Cuándo puede quitarse al padre la administración de los bienes del hijo~ Curador al hijo cuando se quita al padre la administración de bienes del hijo. • 72. Fuerza legal de los contratos del hijo menor de edad. 73. Intervención judicial respecto á bienes raíces del hijo menor de edad. 74. ¿El hijo puede litigar contra el padre~ Requisitos para compa-recer en juicio el hijo de familia. Libertad de testar el hijo de familia. 75. Suspensión de la patria potestad. 76. Emancipación, sus especies y cuándo se efectúa cada una. 77. Donaciones al hijo, bajo condición de ser emancipado. 78. ~ Es revocable la emancipación ? 79. Qué hijos nacidos fuera de matrimonio pueden ser reconocidos. a Es obligatorio el reconocimiento 1 80. Requisitos para el reconocimiento, ya del padre, ya de la madre. Notificación, aceptación. 81. Derechos de los hijos reconocidos. 82. Impugnación del reconocimiento de hijos ilegítimos. 83. Obligaciones de los hijos rconocidos. 84:. Obligaciones de los padres que hacen el reconocimiento. Excep-ción respecto á los que están casados. Gastos de crianza y educación. 85. Derecho de los hijos de ser reconocidos para pedir alimentos. 86. Derecho de pedir el reconocimiento por parte de tercero. 87. Juramento exigible por el hijo. Efecto de la rebeldía del padre para comparecer ante el Juez. i Son admisibles otras indagaciones ó p e­sunciones para comprobar la condición de hijo natural~ 88. i Cuándo puede el hijo natnral mayor de edad pedir el reco o­cimiento 1 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. PARA LA CLASE DE DERECHO CIVIL 217 89. Alimentos debidos al hijo natural en caeo de rapto eornprobado. ~0. Sednccjón de una menor ; presunción legal en este caso. Término de la demanda de alimentos por ¡;>arte del hijo natural en caso de rapto. 91. Derechos del hijo natnral.respecto á la madre, siendo casada, y siendo soltera. 92. Pruebas admisibles respecto á la madre natural. Valor de la de­claratoria en la partida de nacimiento. 98. Desde cuándo corren los alimentos que deben suministrar los padres naturales. 94. i Pueden pedir alimentos al hijo natural el padre y la madre? 95. N atnraleza del juicio de alimentos en los casos mencionados en ]a presente tesis, tanto en los casos comunes como en el de rapto com­probado. 96. Quiénes pueden impugnar ]a maternidad, tiempo en que puede hacerse la impugnación. 97. Término para la impugnación concedido á los que se perjudi­quen por la maternidad putativa, cuando se trate de sucesiones hereditarias. 98. i Tienen derechos de patria potestad ó de alimentos los pa rtíci­pes en el fraude de falso parto y suplantación~ 99. Casos de habilitación de edad, requisitos para obtenerla, sus efectos. 9 ... TESIS. Pruebas del Estado civil. Alimentos debidos por ley. 100. Definición del eBtado civil; su constancia en el Registro ; fun­cionarios encargados del Registro. Libros que deben abrirse; su costo. 101. Deber del padre de familia en punto á registro de nacimiento de los hijos ; á falta del padre quién llena ese deber; quiénes lo tienen respecto á los expósitos. 102. Actas de nacimiento; copias que deben remitirse y datos para el cuadro general. 103. Parte al N otario sobre defunciones; actas que extende1·á este funcionario. Obligaciones impuestas, á falta del padre de familia, sobre avisos de defunciones, ya á los particulares, ya á los Administradores de hospitales ó de comunidades; en caso de muerte á bordo de un buque que navega en aguas del Departamento; en caso de muerte en campafia. 104. Registro de matrimonios celebrados, ya en el Departamento ó fuera. 105. Nota cuando hay reconocimiento de hijos á tiempo ó antes del Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 218 PROGRAMA matrimonio ; cuando precede decisión judicial sobre existencia legal de un matrimonio. 106. Registro de reconocimiento de hijos al acto del matrimonio Y cuando se efectúa en acto distinto. Testimonio de las escrituras de reco­nocimiento. 107. Escritura de adopción. 108. Condiciones do las actas del Registro del estado civil. Nota mensual en el libro de Registro. Documentos que deben estar unidos á las actas. Certificaciones que expiden los Notarios sobre las actas. 109. Diligencias en caso de omisión de ]as partidas del estado civil. 110. Valor de las extendidas fuera del .Departamento. 111. Indemnización de perjuicios por alteraciones ó errores de las actas. 112. Funcionario que reemplaza al Notario en el registro del estado civiL 113. Disposiciones relativas á la autenticidad de las actas. 114. Pruebas supletorias sobre el estado civil; notoriedad en lapo­sesión del estado; su duración para que sea admitida como prueba; prne­ba para justificarla. 115. Calificación de la edad de un individuo. 116. Trascendencia del fallo judicial sobre legitimidad del hijo; re­quisitos para que afecte á terceros. i La prueba de colusión en el juicio de legitimidad en qué términos es admisible 1 117. ¿Hay prescripción ó ejecutoria contra la verdadera condición del padre ó hijo? 118. Término para producir la prueba de colusión en estos juicios. 119. Modo como se obtiene la corrección de los errores en las aetas. 120. Valor de las pruebas relativas al estado civil, tomadas de los libros llevados por los Ministros de los cultos; deberes de éstos respecto á tales registros, cuando se les pidan datos. 121. A quiénes se deben alimentos por derecho. 122. Clasjficación respecto á la alimentación ; á quiénes se deben los " necesarios" y á. quiénes los "congruos." 123. Preferencia de título cuando sd tienen varios para pedir ali­mentos. 124. Alimentos concedidos provisionalmente. , ~ 125, Restitución en caso de dolo en la concesi6n de alimentos. 126. Reglas para la regulación de alimentos; desde cuándo se deben, hasta cuándo dura la obligación de suministrarlos, su cesación. 127. á Hay trasmisión del derecho~ i Puede oponerse compensación ~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. PARA LA CLASE DE DERECHO CIVIL 219 lo.a TESIS. Tutela y curaduría en general y en sus especies. 128. Carácter de la tutela y curaduría. Terminología legal. 129. Cuándo pueden colocarse bajo la misma guarda á. dos ó más pupilos, 6 un sólo pupilo bajo diferentes guardadores. 130. A qué menores no puede darse guardador. i Puede darse á la mujer casada? 131. ¿Qué deho hacerse cuando la administración de bienes del me­nor es complicada ? 132. Si se hace una donación ó se deja una herencia al menor á. con­dición de sustraer los bienes de la administración del guardador, i qué de­berá l1acerse? 133. Clases de tutores ó curadores. 134. Nombramiento de tutor por testamento del padre. ombra-miento de curador por el mismo á. los adultos menores de edad y á los hijos dementes. 135. Caso en que no puede el padre dar guardador al hijo por testa­mento; e. ·cepciún de esta. regla. 136. Derecho de la madre sobre nombramiento de guardador por testamento. Los del padreó madre natural en caso semejante. 137. Nombramiento de dos ó más guardadores testamentarios. 138. i Hasta cuándo ejercen la guarda en común los nombrados~ 139. Limitaciones quo puede el Juez poner á los guardadores cuan­do son varios. 140. Nombramiento do guardadores testamentarios por sustituciones con condiciones suspensivas ó resolutorias, y á día cierto. 141. Tutela y curaduría legítima; caso en que es admisible y orden de llamamiento de los parientes. Escogencia del Juez. Llamamiento de padt·es naturales ; cuál es el preferido. Reemplazo del curador legítimo. 142. Cuándo llega el caso de la tutela 6 curaduría dativa: guardarle: interino. 143. A quién oye el Juez para escoger guardador. 144. Discernimiento de la guarda; lo que debe precederle; quiénes no prestan fianza; i puede prestarse hipoteca en lugar de la fianza? 145. Valor de los actos del guardador ejecutados antes del decreto de discernimiento. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 220 PROGRAMA 146. Término para la formación de inventarios. Efecto do la negli. gencia del guardador en el cumplimiento de este deber. i Se puede exi­mir de este deber al guardador~ 147. Cómo, ante quién, se hace el inventario. Inventario adicional. 148. Inventario aun de lo ajeno que se encuentre del pupilo. Prue­ba para la exclusión de bienes en el inventario. 149. Efecto de los errores en la formación del inventario; y de la alegación de no haberse entregado al guardador lo inventariado. 150. Interpretación de los pasajes oscuros ó dudosos del inventario. 151. Inventario de entrega al sucesor en la guarda. 11. a TESIS. Administración de los guardadores y reglas especiales para la tutela y las varias especies de curaduría. 152. Representación del guardador por el pupilo ; administración de los bienes de éste. 153. Consultor designado en 1.1l testamento ; responsabilidad del guardador, aun oído el parecer d~l consultor. 154. Actos lícitos del guardador respecto á bienes raíces del pupilo; requisitos para la venta de esos bienes. 155. Requisito para la di visión de bienes raíces hereditarios comunes. 156. Aceptación ó repudio de una herencia del pupilo. 157. Compromisos y transacciones del menor. 158. Destino del dinero dejado ó donado al pupilo para compra de bienes raíces. 159. Limitaciones á la facultad de donar, respecto á bienes del pupi-lo; respecto á remisión de derechos. 160. Liberación de los deudores que pagan al guardador. 161. Destino de los dineros del pnpilo. 162. Reglas en materia de arrHndamiento de predios rústicos del menor. 163. Cobros en representación del pupilo. Interrupción de prescrip-ciones de que cuida el guardador. 164. Reintegro de anticipaciones hechas por el guardador. 165. Declaratoria que tiene que hacer el guardador en los contratos. 166. Intervención judicial en los contratos y de los demás tutores ó curadores para los contratos en que el guardador ó sus deudos están inte· resados. Prohibición al guardador á este respecto. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. PARA LA CLASE DE DERECHO CIVIL 221 167. Concurrencia de Jos guardadores generales en los actos y con­tratos del pupiio ; quién decide en caso de discordia eNtre ellos. 168. Abono de gastos del gual'dador. 169. Cuenta que debe llevar el guardador. Autoridad del Jnez para exigir que se rindan esas cuentas. 170. Entrega de bienes del pupilo. Cuenta. común cuando son varios los guard3dores. Responsabilidad solidaria de los mismos. Responsabilidad subsidiaria. Discusión de las cuentas. Responsabili­dad por las cuentas. 171. Prescripción do la acción del pupilo. 172. Responsabilidad de los guardadores putativos y del que obra como agente oficioso respecto á bienes del pupilo. 173. Conformidad que debe guardar el tntor con la persona ,encar­gada de la crianza del pupilo. Excepción establecida en materia de con· sulta al tutor, respecte á los padres. 174. Residencia del pupilo. 175. Obligaciones del tuto1· para la crianza. y educación del pupilo cuando los padres no hayan provisto lo conveniente en testamento. Facultad de enajenar bienes del pupilo para su sosteniiniento. Me­dio á que se ocurre en caso de indigencia del pupilo. Efecto de la negli­gencia del tutor á este respecto. 176. i El menor que ha obtenido habilitación de edad está sujeto á recibir curador 1 177. Quiénes pueden pedir el nombramiento de curador. 178. Facultades del curador para la crianza y educación del pupilo. 179. Derechos del pupilo que está bajo curaduría, respecto á su peculio. 180. Carácter de la curaduría en ]a representación del menor. 181. Facultad del menor para solicitar la intervención del Ministe­rio público. 1~2. Ouradur.ía de los pródigos J disipadores; cuándo podrá ser testamentaria. 183. Intervención del Miuisterio público para interdicción del disi­pador. 184. Comprobante, neresarios para esta interdicción; presunciones legales que se estiman bastantes para decreta1·la. Interdicción provisoria. Registro ; notificación al público. 185. A quiénes se defiera la curaduría del demente, y cuándo entra en ]a da ti va. 186. Administración por el curador de la sociedad conyugal cuando el marido está en interdicción. 15 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 222 PROGRAMA. 187. Prohibición á. la mujer del que ha sido puesto en interdicción. 188. Curaduría testamentaria del que está en interdicción. 189. Suma de que dispondrá el disipador libremente. Rehabilita­ción ; formalidades para decretarla. 190. Especies de curaduría del demente. Deber del padre cuando el demente llega á la mayor edad. tEl tutor del demente puede ser su cura­dor sin el decreto de interdicción ~ 191. Formalidades para decretar la interdicción del demente. 192. A quiénes se defiere. Curador nato de los que se hallan reduci­dos á los Establecimientcs de beneficencia. 193. Distribución de funciones cuando hay dos ó más curadores del demente. 194. Nulidad de los contratos del demente. Tratamiento que deberá dársele y principal aplicación de los .frutos de sus bienes. Rehabilitación. 195. Reglas aplicables á la curaduría del sordo-mudo; aplicación de los frutos de sus bienes. Rehabilitación. 12.a TESIS. Curaduría de bienes. Curadores adjuntos y especial~. Incapacidades y excusas. Remuneración de guardadores. Personas jurídicas. 196. Circunstancias para que haya lugar á nombrar curador de bie­nes al ausente; quiénes pueden provocar este nombramiento, cuáles pue­den ser nombrados ; di visión de funciones. 197. Intervención del Ministerio público. 198. Subordinación del Procurador nombrado para determinados negocios del asente al curador. 199. Deberei del curador del asente. 200. Curador de la herencia yacente; su caracter. 201. Intervención consular para el nombramiento del extranjero ausente. 202. Venta de bienes de una herencia que está yacente y en curadu­ría por más de cuatro años. 203. Curador de bienes que corresponden al hijo póstumo, quién lo nombra. 204. Precisión de ser curador de bienes del póstumo el tutor testa­mentario. 205. Actos á que puede contraerse el curador en todos los casos que quedan mencionados en esta tesis . .Prohibición que le impone la ley. N u- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. PARA LA CLASE DE DERECHO CIVIL 223 lidad do los actos prohibidos que ejeeuta el curador sin autorización ju­dicial. 206. Ejercicio de acciones del curador :á. beneficio de su representado. 207. Término de la curaduría del ausente, de la dada á la herencia yacente, y á los bienes del póstumo. 208. Funciones y responsabilidad de los curadores adjuntQs. 209. Curadurías especiales de qné naturaleza son. i Los curadores especiales tienen que hacer inventarios? 210. Quiénes son incapaces para ejercer ]a tutela ó curaduría, por defectos físicos ó morales. 211. Quiénes por su oficio. 212. Quiénes por sexo. 213. Quiénes por la edad. 214. Quiénes por las relacioues de familia. 215. Quiénes por oposición de intereses ó diferencia de religión. 216. Incapacidades sobrevinicnt . 217. Reglas generales respecto á incapacidades de guardadores. 218. Plazos para alegarlos y efectos de la ocultación de la causas de incapacidad. Derechos de los consanguíneos y de toda persona para de­nunciar esas causa~. 219. Quiénes pueden excusarse de la guarda. lEs excusa no poder dar fianza cuando so tienen bienes raíces 1 Excusa para continuar en la guarda. 220. Tiempo para alegar la excuea. Responsabilidad por las dilacio­nes en alegar las excusas. Excusas por cansas sobrevinientes, tiempo para dejarlas. 221. Ampliación del término para los asuntos que hayan sido nom­brados. 222. Juicio sobre incapacidades ;y excusas; intervención de un de­fensor del pupilo. Responsabilidad por el retardo en cumplir la sentencia que niega la admisión de la excusa. Efecto de la admisión del cargo en interinidad, mientras se alega la excusa. 223. Remuneración del guardador; distribución de la recompensa cuando son varios los guardadores. Indemnización de gastos. 224. Imputacion~s á la décima de frutos de las asignaciones hechas al guardador. 225. Privación de la recompensa del guardador. Restitución de lo recibido. Servicio gratuito del guardador. 226. Reglas respecto á frutos pendientes para regular la décima del guardador. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 224 PROGRAMA 227. Asignación judicial al curador del ausente, de derechos eventua· les de un póstumo y de la herenci~ yacente. 228. Cilusas de remoción de guardadoree. Remoción de hecho ctian­do son varios los guardadores encomendados á un individuo. 229. Quiénes pueden probar la remoción. Obligación de indemnizar que tiene el removido y sujeción á las penas legales. 230. Definición y clases de pe'l'sonas fu'l'ídicas. Nulidad de la con­dición de inculpables que se dé á los bienes de las comuniJades ó corpo. raciones religiosas. 231. Extensión de la nulidad cuando los bienes son de corporaciones públicas. 232. Incorporación de las entidad es religiosas. i Hay solaridad entro las obligaciones de la Corporación y la de cada uno de sus miembros? 233. Actos de la Corporación por los votos de la mayoría. 234. Quiénes representan A las Corporaciones ó entidades jurídicas. Fuerza legal de los estatutos, responsabilidad conforme á ellos. 235. Disolución de las Corporaciones qno sean per onas jurídicas. 236. Fundaciones; regJas á que están .sujetas. Leyes á que se suje· tan las fundaciones de derecho público. 13.a TESIS Bienes. Dominio por ocupación y acción. 237. Clasificación de bienes. Significación jurídica de la frase biene3 muebles. Los de esta clase que no se consiJeran comprendidos en los muebles de una casa. Subdivis!ón de bienes muebles. 238. Cosas incorporales, sus clases do reales y personales. Cuándo es personal el derecho de censo. Clasificación de los derechos y acciones en muebles ó inmuebles. Condición que tienen los hechos que se deben. 239. Clasificación de bienes por razón de las persona ~í. quienes pertenecen. Legislaciones á que se sujetan. 240. Dominio ó propiedad; su definición. Propiedades en las pro· ducciones del talento ó del ingenio. 241. Modos de adquirir el dominio. 242. Qué cosas se adquieren por ocupación. 243. Reglas especiales de ocupación de animales, por la caza y por la pesca, por hallazgo, por descn brimiento de tesoro. 244. Reglas relativas al hallazgo ó descubrimiento de cosas que por su naturaleza manifiesten haber estado en dominio anterior. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. PARA LA CLASE DE DERECHO CIVIL 225 245. Qué bienes se estiman como vacantes, como baldíos y como mostrencos. Su destino, y trámites para dárselo. ~~ 14.' TESIS. · Accesión, tradición y posesión. 246. En qué consiste el modo de adquirir por accesión. Frutos na­turales y civiles. 247. Frutos naturales, pendientes, percibidos y consumidos; á quién pertenecen. 248. Cuándo se reputan pendientes y cuándo percibidos los frutos civi1es; de quién son. 249. Accesiones del suelo por aluvión. 250. Dominio en el terreno transportado por una fuerza natural vio-lenta. Tiempo para reclamarlo. 251. Dominio en el terreno inundado, que queda restituído. 252. Cauce de los ríos que varían de curso. 253. N nevas islas en los ríos. 254. Accesión de una cosa mueble á otra por conjuncwn, por espe-cificalción, por mezcla de materias áridas 61íqnitlas. Reglas que la arreglan, 255. Uso de materia ajena, efectos legales. 256. Accesión de muebles á inmn~bles; sus reglas. 257. Tradición, definición de este modo de adquirir ; tradente ad­quircente. 258. Quiénes pueden efectuar la tradición. 'Ratificación de una tradición inválida. Consentimiento del adquirente; su ratificación. !259. A qué límites se debe sujetar el mandatario. Error, sus efectos. !260. Cumplimiento de los requisitos prefijados por la ley para la va­lidez de la tradición. Condiciones suspensiva y resolutiva para la tradi· ción. Desde cuándo se puede pedir la tradición. Derecho de ganar por presc}ripción mediante la tradición. ~61. Tradición de las cosas corporales muebles, cómo se e:fectúa en enerral y cómo respecto á cosas que hacen parte de un predio, com& utoes de nn plantío. ~62. Tradición de inmuebles, de bienes hereditarios y de los incor~ oral al sexo para reglar la sucesión intestada? 387. i Quiénes son llamados á suceder ab intestato ·' Sucesión por derecho personal y en representación ó sea en extirpe. i En quiénes hay derecho de representación~ Se puede representar al ascendiente cuya he~ rencia se ha repudiado? i Se puede lo mismo respecto al incapaz, al in· digno, a] desheredado ó al que ha repudiado la herencia? 388. Orden de sucesión intestada en todas las clases de herederos. Reforma hecha por el artículo 3. 0 de la ley 22 de 1883. 3~9. Exclm~ión del cónyuge divorciado. 390. ~ Ouándo corresponde la sucesión al común del Distrito~ 391. i Qué debo hacerse cuando hay parte testada ó parte intestada ? 392. Llamamiento de los herederos de otros Departamentos á la suce­sión de bienes existentes en el de Oundinamarca y do los extranjeros. De­rechos del cundinnmarqué á los biene hereditarios dejados en otro De­partamento. 393. Intervención consula1' en la sncesión hereditaria de extranjeros. Tiempo que debe transcurrir para la entrega de bienes al Oónsul. Forma­ción de inventarios. Remisión de copia de lo actuado al Ministerio de Relaciones Exteriores. 394. Funciones que pueden ejercer loa Cónsules en la sucesión de sus nacionales. Aplicación de las leyes internas sin perjuicio de los tratados existen tes. 20.• TESIS. Ordenación del testamento. 395. Qué se entiende por testamento. Carácter de las donaciones que no son perfectas ó irrevocables iino por la muerte del donante. Carácter esencialmente revocable de los testament0s; mérito de las cláusulas con· trarias á esta condición. Valor de los documentos á que se refiera el tes­tamento. Unidad testamentaria. Prohibición de delegar la facultad de testar. 396. ~Quiénes carecen de habilidad para testar. N nlidad del testa• mento de los inhábil e', del otorgado por obra de fuerza. 397. Testamento solemne, privilegiado nuncupativo y cerrado. No hay testamento verbaL Apertura del testamento. 398. Quiénes no pueden ser testigo¡:: en los testamentos. Condición Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 234 PROGRAMA de domicilio en dos, por lo menos, de los testigos. i Puede serlo en los testamentos cerrados el que ign01·a sn condición de heredero~ Subsisten­cia del testamento cuando no ha sido posible descnbrir la inhabilidad del testigo por su aspecto. 399. ¿Ante quiénes se otorga el testamento abierto solemne 1 400. Circunstancia esencial que constituye el testamento abierto. Requisitos que deben expresarse en él. i Puede escribirse el testamento antes del acto de su celebración 1 Presencia de las personas necesarias en el otorgamiento. Firmas á su conclusión. 401. i Qué especie de testamento puede otorgar únicamente el ciego y quién debe leerlo~ 402. Fuerza del testamento intcr no se revoca. 403. Publicación del testamento celebrado solamente ante testigos. Abono de firmas; declaratoria judicial y protocolización del testamento. 404. Requisitos del testamento solemne cerrado; prohibición de otorgarlo impuesta al quo no sabe leer y escribir. ~Puede ser otorgado ante testigos solamente 1 i Qué requisitos lo constituyen esencialmente 1 i Cómo hacen su declaratoria los mudos~ 405. Requisitos cuando no puede ser entendido el que otorga testa­tamento cerrado. 406. Apertura del testamento cerrado. Su nulidad cuando faltan los requisitos legales de apertura; t cuáles no producen este efecto ~ 407. Validez del testamento otorgado en otro Departamento ó en país extranjero; sus requisitos para tal efecto. 408. i Cuándo puede otorgarse testamento privilegiado, ante quiénes puede hacerse~ Cuándo deja de tener valor 1 "El tests mento en campaña ante quiénes se otorga, su condición necesaria de ser por escrito. Recono­cimiento de firmas. Duración de su validez. 21." TESIS. Asignaciones testamentarias universales. 409. Carácter cierto de la asignación testamentaria. La asignación á el alma del testador ; la hecha á los pobres. Capitalización de la última. Ante quiénes se hace la distribución cuando la asignación se hace á los pobres de determinado lugar. 410. Error en cuanto al nombre del asignatario. Error de hecho sin el cual no se hubiera verificado la asignación. 411. Disposiciones coptatoriaa. 412. Ineficacia de las asignaciones lpor vía de las respuestas 8Í ó nó. 413. Nulidad de las asignaciones al N otario ó sus parientes y allega- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. PARA. LA CLASE DE DERECHO CIVIL 235 dos, y de las hechas á los testigos testamentarios. Principio de prueba para que valgan los reconocimientos de deudas testamentarias respecto á todos estos. i La elección de asignatario puede quedar al arbitrio ajeno ~ 414. Asignación á parientes; y de la hecha cuando no pueda saberse lÍ cuál de dos ó más personas fné hecha. 415. Determinación precisa de la asignación para qne tenga efecto; excepción respecto á los establecimientos de beneficencia. Escogencia del establecimiento por el Juez con audiencia del Síndico municipal. 416. Asignaciones dejadas al arbitrio de un heredero interesado en rehusarlas ó de interés de sus parientes. 417. Cargas anexas á la asignación que ha de tran2ferirse ú otro. En último lugar ¿á quién se defiere la asignación repudiada por de­masiado grabada 1 418. ~En todo caso cuando prevalece la voluntad del testador ~ y me­dios de interpretar esa voluntad. 419. i Qué se entiende por asignac-ión condicional! i A qué reglas so Pnjctan ! Condiciones de hechos presentes ó pasados ; su efecto. Consumada la condición por el cumplimiento de los hechos en vida del testador, t qué se presume si el testador la sabe, sea ó nó capaz de repetirse tal hecho. 420. i Oómo se aprecia la condición do no impugnar el testamento~ i Oómo la de no contraer matrimonio después de cumplir veintiún anos el asignatario ~ f. La de permanecer en . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ..... . Caso en que se provee ú la subsistencia de una mujer mientras per­manezca soltera ó viuda. 421. Validez de la condición de casarse ó nó con determinada perso­na y de contraer cierto estado. 422. Providencias conservativas que pueden solicitarse cuando hay condiciones suspensivas. Efecto de la defunción antes de llenarse la con­dición. Derecho á frutos después eel cumplimiento de la condición úni­camente. 423. Asignaciones á plazo. Plazo cierto y determinado ; cierto ~ in­determinado. i Si el día llega antes de la muerte del testador, icuándo cm­pieza el goce de la asignación t i Cómo se estima el día incierto é inde­terminado~ 424. Derecho del asignatario desde día cierto y determinado. 425. Carácter de la asignación desde día cierto pero indeterminado. Carácter semejante de la asignación desde día incierto, determinado ó in­determinado. 426. t La asignación hasta día cierto qaé carácter tiene? Cuánto tiempo duran las asignaciones periódicas á particulares ó á corporaciones. 427. Asignación hasta día unido á la existencia de otra persona. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 236 PROGRAMA 428. Asig?1aciones modales. Olriusula resol'ldoria en estas asigna­ciones; sn determinación expresa por el testador para que se tenga por efectiva. i Se presta caución en et:;tas asignaeiones? i Hay realmente obli­g:: Lcióo en el asignatario si el modo que se establece es á beneficio del mismo asignatario? 429. Modos imposibles, ilegales ó inmorales. Modo imposible bajo algún aspecto solamente. Fijación de tiempo por parte del Juez para llevar á efecto el modo, si no lo ha fijado el testador. 430. Trasmisión de la asignación modal, cuando el ejecutor es indi­ferente al tostador. 431. Acrecimiento al patrimonio hereditario cuando se da cumpli­miento á la cláusula resolutoria de una asignoción modal. 432. Asignaciones á título universal, i el que las goza á quién repre­senta, y con qné cargos corre 1 433. i Ilabiendo asignatarios db cuota determinada, y asignación ge­nérica, á qué tiene \orecho éste? ~Qué partición se hace cuando ninguno de los asignatarios tiene cuota determinada? 434:. ¿ Si las asignaeiones son á título ingular,'y apal'ece además otro a ignatario del remanente, cómo es considerado é t'3 ~ 435. ¿ i quedase un sobrante, de .. pné · de atisfechas las a ignacio­nas fijas, á quiénes pasa este sobrante? i Tienen los herederos ab ·intestato derecho alguno, si nada sobra después de cubiertas las cuotas determina­t! las ~ ¿ Qt1é se hace si las cuotas sobrepasan al acervo 1 Subsistencia de la acción de rifm·ma .. 22.a TESIS. Legados. Donaciones revocables. Derecho de acrecer. Sustituciones. 43,6. é Las asignaciones á tftulo singnlar dejan do se¡· verdaderos, aunque t& legados estrictan1ente alimenticios debidos p
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Anales de la Instrucción Pública en los Estados Unidos de Colombia - N. 56

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Antes de Colombia (País 360)

Por: Carl Henrik Langebaek | Fecha: 2021

Único en su género, el nuevo libro de Carl Langebaek abre una ventana a nuestro pasado remoto, cuando los primeros humanos llegaron al territorio que hoy conocemos como Colombia. Ocurrió hace 14.000 años, o más. Los primeros en llegar fueron cazadores-recolectores que entraron en el trópico, un ecosistema cuyas implicaciones ambientales favorecieron entre ellos formas culturales de las que, hasta ahora, poco se sabía. Langebaek ofrece una visión crítica y amplia sobre la historia de las comunidades indígenas y sobre nuestra propia sociedad. En esta apasionante expedición a las culturas originarias, desmitifica ideas preconcebidas, y de la mano de los más importantes hallazgos arqueológicos en suelo colombiano, hace luminosas inferencias sobre lo que sucedió en este lugar del mundo antes de la llegada de los españoles.
Fuente: Odilo Formatos de contenido: Libros
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Antes de Colombia (País 360)

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Leandro

Por: Alonso Sanchez Baute | Fecha: 2019

En esta biografía novelada, Alonso Sánchez Baute reconstruye la vida de uno de los personajes más legendarios y entrañables de la escena del vallenato en Colombia: el maestro Leandro Díaz. A partir de hechos reales y de un profundo conocimiento de la región del Valle de Upar, el autor ha conseguido el emotivo retrato de un hombre que nace ciego en un pueblo alejado donde la incapacidad es considerada un castigo; y que a pesar del abandono en el que crece, llega a componer algunos de los más hermosos y conocidos vallenatos de Colombia. Los testimonios de sus familiares y amigos, así como las ricas descripciones del paisaje, la flora y la fauna de la región, llevarán al lector a un viaje por entre los pueblos y amores que inspiraron a Leandro. «Por eso quiero que cuentes mi historia y que cuentes, de paso, esa otra pena que me atormenta, tan arraigada y dolorosa como la ceguera».
Fuente: Odilo Formatos de contenido: Libros Género: Novela
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Sentimiento y vida familiar en el Nuevo Reino de Granada, siglo XVIII [Reseña]

Por: Pablo Rodríguez | Fecha: 2019

El estudio de Pablo Rodríguez constituye un paso decisivo para la comprensión no sólo de la familia colombiana sino de la familia latinoamericana. El estudio nos muestra un amplio panorama que va de los fenómenos demográficos, pasando por ciertas épocas de la vida que muy poco se han estudiado, para tocar luego temas tan importantes como el matrimonio, la vida conyugal y la separación de las parejas, así como los detalles de la vida cotidiana de las familias neogranadinas. El autor hace un balance historiográfico sobre el tema de la familia en América Latina, en el que reseña los principales trabajos con una sobriedad y tino dignos de hacerse notar. De este balance resaltan los tópicos que hay que tomar en cuenta para los estudios de historia de la familia que pretenden una mejor comprensión de la sociedad colonial latinoamericana tales como la importancia de la estratificación social y del papel que el factor étnico juega en ella; así como la preponderancia de la estructura nuclear en la familia de nuestro continente. Asimismo, señala los temas que había quedado pendientes como la ilegitimidad, y los hogares encabezados por mujeres ya sea por ser madres solteras o viudas, sin olvidar ciertos rasgos culturales como el honor y los sentimientos. A través de su concienzudo trabajo con los padrones de las ciudades de Cartagena de Indias, Tunja, Medellín y Cali, Rodríguez termina con el mito de la familia numerosa y de tres generaciones en Colombia, pero fiel a la importancia que él mismo atribuye a las diferencias entre los grupos étnicosociales matiza sus afirmaciones señalando que en los barrios ricos de la ciudades estudiadas, existen familias numerosas que incluyen esclavos y sirvientes. Respecto de la notable presencia de las mujeres, el autor aporta varias explicaciones que reflejan la complejidad del asunto: factor demográfico (las mujeres viven más), requerimiento de servicios domésticos en las ciudades y, desde el punto de vista social, señala cómo al manifestarse los prejuicios socioraciales en el incumplimiento de promesas de matrimonio y en la intervención de los parientes en la concertación de las parejas, las mujeres quedaban como cabezas de familia, lo cual Ileva a la sociedad neogranadina hacia lo que Pablo Rodríguez llama la matrifocalidad. Al reflexionar sobre las características de la fuente que consulta y observa que hay un sesgo en el registro de las mujeres solteras y por lo tanto de los amancebamientos se pregunta si estas uniones consensuales serán consideradas por la gente (y por los empadronadores) como matrimonios.
Fuente: Biblioteca Digital Feminista Formatos de contenido: Artículos
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  • Ciencias sociales
  • Problemas sociales
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Sentimiento y vida familiar en el Nuevo Reino de Granada, siglo XVIII [Reseña]

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El libro de la Patria : historia del 20 de julio, complementada con pensamientos de esclarecidos colombianos sobre esta fecha memorable ilustrada con rasgos biográficos de los treinta y siete vocales que constituyeron el gobierno del Nuevo Reino, exortada con vistas del Cabildo de 1810 y con los retratos de los concejales, Acevedo, Azuola, Camacho, Padilla, Pey, Gutiérrez, Torres, Baraya, Benítez, Herrera y Rocillo

Por: Ignacio Borda | Fecha: 1894

178 p., [2] h. de láms. : il., retr. ; 22 cm
Fuente: Biblioteca Nacional de Colombia Formatos de contenido: Libros
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El libro de la Patria : historia del 20 de julio, complementada con pensamientos de esclarecidos colombianos sobre esta fecha memorable ilustrada con rasgos biográficos de los treinta y siete vocales que constituyeron el gobierno del Nuevo Reino, exortada con vistas del Cabildo de 1810 y con los retratos de los concejales, Acevedo, Azuola, Camacho, Padilla, Pey, Gutiérrez, Torres, Baraya, Benítez, Herrera y Rocillo

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Imagen de apoyo de  Biografías de hombres ilustres ó notables, relativas á la época del Descubrimiento, Conquista y Colonización de la parte de América denominada actualmente EE. UU. de Colombia

Biografías de hombres ilustres ó notables, relativas á la época del Descubrimiento, Conquista y Colonización de la parte de América denominada actualmente EE. UU. de Colombia

Por: Soledad Acosta de Samper | Fecha: 1883

Esta obra recoge las biografías de conquistadores y colonizadores españoles que llegaron a Colombia durante el siglo XV y XVI. En la introducción, Soledad Acosta de Samper afirma que el legado español en religión, ciencia y filosofía es un logro de la tarea civilizadora en tierras americanas; de ahí que narrar las vidas de estas figuras sea esencial para entender los hechos que dieron origen a la patria actual.En un trabajo de investigación que tomó seis años, la autora recopiló información relacionada con la vida personal de los hombres históricos. Posterior a este proceso de investigación, organizó los contenidos de su libro de acuerdo a un criterio cronológico: Descubrimiento, Conquista y Colonización, que corresponde a la disposición de los textos. Finalmente, afirma la escritora, esta controvertida labor parte del principio de la objetividad porque solo la historia debe juzgar: “repartiendo con imparcialidad sus elogios y su vituperio”.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Libros
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Map of the British Empire in America with the frenche and spanish settlements adjacent thereto

Por: Henry Popple | Fecha: 1733

Representación cartográfica de Veragua, Panamá, Costa Rica y Nicaragua, que indica las colonias británicas, españolas y francesas regentes en el territorio durante el siglo XVIII; el presente corresponde a un detalle del mapa titulado ‘Map of the British Empire in America with the French and Spanish Settlements adjacent Thereto’ (1733) del cartógrafo Henry Popple; esta carta marcó el comienzo de una nueva época en el mapeo de América, pues fue el primer impreso a gran escala de Norte América colonial. Esta copia hace parte de una recopilación de mapas reunidos por el historiador Manuel María Peralta y Alfaro para servir de apoyo en un litigo por la defensa del territorio Costarricense frente a Colombia, disputado a finales del siglo XIX. Los mapas fueron publicados en el ‘Atlas histórico y geográfico de la República de Costa Rica’ (1890) tras la firma del tratado Castro-Quijano, el cual dictaminó el sometimiento de ambas naciones al arbitraje internacional y designó un tiempo para que las partes presentaran sus respectivos argumentos y documentación que sustentara la defensa de sus territorios.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Mapas
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