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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Por: | Fecha: 27/09/1840

EMANARIO DE L PROVINCIA DE CAR1'AGEN lace periodio() se publica todos los domingos. En la tesorerla de rentas pro inciales se reciben las sl1 scriciones al respecto de TRES PESOS por semestre, pll&aaa ad.lantados, y se Tenden los números ruellos a UN REAL. Por la in. rcion de avisos o comunicados que no sean de inter es g~neral se p;¡ garan cuatro rl! r hasa .cho renglones, y un real mas por cada seis renglones de los que exceuan de aquel nttmero, y la mitad por cada vez que se repita, s~pre t e • PARTE OFICIAL. ,.. MEMORIA .}j)EL GOBliRNADOR DE CARTAGENA a la Camara de la provincia EN 1840. Sres, de la C4imara de la prsvincia: "foy a cumplir con el mandato de la l e ~ presentandoos el cu dro 00 la provinci-a Ot;l modo que ella determina. E le cuadl'o, for zosamente sUf·illt , sera adl iOlluio por 104 j forme le rraradamente lJ'amlÍtiré a la Cám a sob e Vii l OS de ln"l dife e te lIf'gtl - eiado u e bt'o llamar de pnferencia I3U a t nCiOll "0 lus pf tl :>t:.n tes se iones. En rofdio de 1& dol }'osa contcmplacion que (¡{re e 1 pat io i 'IDO U part.e de la re· pública ~glta la Pl .. r la. fac cl '[l es que desde el me d Junio de l año p a~ t o levantaron en P"sto el t.~~éH darle 1 la rebe1í th), debe seros i ' lo , cor.::,o,ador t, l estado ue trab­qui iaad ea que St) ,'l)cueutra esta prm·j Jt'ia. Su~ kijos todo, que :-a b n estimar el pre~io de los .aIC! iocie tS e:.po t ·. IH;OS y rcilt>ndos que se hicier911 eu el! p ra adíluil'ir y ou, solidar la in ~pendc ,cía fI clonal, y para res table er en ép.oca ma l' eu'nte el h p r rio de la ley y el gobierno eo imo, of ce n por ,au .dhesi n a sto. pnnc pios, nu rtca de f m~fl­tid., la mas slsgura gara.ntía de que seran siempre el mas fi m ·' a poyo para so!¡tenerloa ilesos, y para cOtJ.s{,.rv ar a to do trance el ór. den legal 'Y el sositl go p ú bli ~ o . I gu le$ garantl3 du t mbien las (lemas provincias de la repúb iea por su adh~tli (' n a Clstos mismos prínci~ íos; pues en todas dlas se ha conservad) Ja paz, te\; pto solo sn una p queña parte de la 06 V 1 z y en no d is trito de l de Popa,an, CI\. que fué lu.rhada mo­mcmtát. teamtmte: y afillnza..s, de­o14~ udfan imperlosa.mente, hoy mas que nunca, de vuestro patriOlü.mo, que al desempeRar e ' fij ,. v i al en aqucllo~ de I\lJestro~ conciudadanos fll o­Tcei. d05 ~~or 105 votos populares, que se an :n· s IIcr.~ol·es a la confióluza general y dig· lIQ<; pOl'.I.o UHU1W de esta misioD augusta. Instruccion pllhlica. En 31 de A~o·to de 183·9 exi . tian en ht provincia 2 t eSQuelas públicas y 68 pl'ivlldas¡ en las cuales se educaban 2, l81 niños de a bo'i :tos; y segun 108 ilJformes que be rCf.ibiJo 1'~fere ntt!.S .1 tiempo corrido h ~ b fin de J unio ulLrno, el n úmero d · aqu ~ lla s era ellto ces de 2·J y s.lC 75 cllh' és&a.~ No se Cfíprl"Sa en Igunos do dicl.Hls informe ' cual fuera e ·e los alumnos coucurrc .. l6., y aun St.l oniando, comu p r eCd proua ble, qu ~ ha .. h ,i ' ~ laml·,j ~~ n Jgu. aumento, no fle h~ sin l mbargo e tlm rs ~ C::.to como una prae b. sati factori en fa ?11r del progreso y me jora du la educacioQ pruD riJo Dep<>n:le ésta en gran parte de la cap! ci­da. y coosag aciol} de los preceptQrlatuta para la aprobacion del impuesto por la ptAt nte para la venta por mcoor : y para allanar )05 dcmas inconve­nieou> s deberiais acordar e1 IU nto del ho­nOl'lrio 3 los cfJlectorfs elevando el mh:imo hasta el C(-llo pe.r cieIJ t(), l ULOrizlDdo a J. Goberna.. ion rah fij rlQ . :gu A 1 s cí eunS! ta(lci." de cad. IO"leeturía; ! ol o d<.lr taO\bíen una dí.¡;po icil,n semejl'HIle a la. cotJte i .l en 1 le I ¡,;jo . a H Mayo óhim,>, ell virtud de l. ctul t d ie ran los cofecto r~s de r a:rt ~ previnci·les a· t t : ·r 51 m neJo con fi~dorcs lla lOS y ton :0 'Y l,ri cipel~8 a- ' gadore , sin ncc si f\d e o e .a spe-ciaI. Accedió el Po e!:' Ej ct. tivo ti vu atril e· ticion de JO .1 . Octubre ti I aii sa' o , y di'lpuso que odi J v er~ú c a l's c I • • p ur: del col egio d e nill -' de esta t.Í u,Ja 1, u nque no hubiese c Ju ca u ' a in er ]a ", y que fuese gra­tuita la nscnanZll de la F- l ~ r l ' • 11 col glO esta y abierto de d·, ~.1 16 d" lulo últiwo, ~ lH;Y CQ/lJ la €o 00311'0 e Ilea"l ] s de 1 s primera y eua 'nta de la:s ~lti nas, que se­r: II algnn dia el orn me to de la sociedad pOl' medIO de 1 e J ucacl on 'lue reciban en aqu Has mat .. ia,'! propia d · sn selíO L ley el 16 dn l\lay ', de e.,>te &~o que de· I'o~a y reforma VanA. dispo ... iciones rdativu la en eila( za púb'ica, pone bajo 1 direc­cion d ,' la (' mar s le prf vinci lo'" olegios en eJla.~ exisl ntl'S y JS que en adelante se e l.blfZC;¡n: , el d Diñ~s do esta ciu dad, que como todos los establecimientos de su género, no puede ser perfecto en sus pri ci­plO , recihira cae el transcurso del tiempo ., po,. medio de la cspel.ial proteccion que des­óe abora habreís ete di pensarle, reformas y. mejo ras útiles y dig las de su objeto. Para eSte ef<-cto, as} e rno pau los que estiméis cOl' v enient infrodoLi,' en el colegio nacio­nal que se hl11a idcorporado a lA Universi­dad del distl ito, he pedido al rector y jun,­la de gobierno varios dalos é informes que os tra rnitiré en su debida oportunidad, con aquellas indicaciones que alcance a sllgorir· me mi limitad. c. pacidad auxiliada por el 'Yehemen 6 deseo qu 1116 anima de ver me­jorados estos establecimiento! hasta tocar en su perfecciono La creadou, dotacion y provision de cá­tedl" as, y tQdo lo relativo a la ellseñanza eu. lo~ colegios, lo ha encomendado la ley al ce" 1 rrQviudaJ~s: los raml)s <;le Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. S~MAN AllIO ~E LA. PR()VIN(!IA J)~' eART AGEN A: ~ienci.s matematiGIS, físicas y naturales de llna utilidad mas p08iti~a segun las cireuns 'tancias de cada pro~incil, y los idiomas vi .. os, la geografía J la historia, son los que el legislador ha querid6 que se enseñen en ellos de preferencia. La jurisprudencia, la lDedicina debeD enseñarse de preferencia en las uni.ersidades, que conforme a la misma ley quedaD bajo la direccioo del Poder Eje · euti.o. Debiende arreglarse la instruccion pública .. eatas disposiciones en el año cscolal' próxi· me, be ret'ibido órden del Presidente de 1 república para excitaros a que con l. urgen c· q er ce e Ileg cio, oeup i8 d dictar lu ()l'denlnzas '1 resoluciones relati· ... as a la euseñanza pública en los colegios de la provincia; J pua llamar vuestra atencioD a liS dhposiciones de la ley aT,tes citada, a ,jio de .que, teDléodese presentes, pueda .. iD­. vertirse las rentas J fondos de los colesios en la u eñ nza d aquellu ramos que la -ci.rcunstaDcias peculi ft'S de la provincia in­. dlqucn .er de uua utilidad mas pObitiva. Caminos, pJl€nl S y c01lales. ------ Los caml ~ ra o en t no, e (i) o ueron n lo a t~r~or, s, por medio del serviclO per ooal sub. sldlarlo: y lelun los joro. mes de los resptc­tivos g fes políticos todos ellos ~e encuentra. e regular estado, e decir, lim ¡os 'y abler. tos, qne es lo úllico a que puede t ~ tenderse 1118 repara iones, mientras Jos escasos pro ­ductos de las l'entu impida emprender' 8 con la solidéz y perfeceioD ql e requiere.,.. En el de esta capital • Barranca se hah construido de nuevo los puentes de San Juan, Songó y Caimital, para que fuí aut1Jrizado por vuestro decreto de 5 de Octubre del .ño pi" do; J se han ref .. ccionado 108 de Qui lembe, rroJ hondo y Pita: y ac uahnente se e r.ln co struyendo en el mismo camino 1GS d Sanabria J APiola, los dos nombra · d.()s de TamaJo. La constr ccion J repa .. a­C10 de lea prmaeros oe eontrat.aa por la ca tidad d 480 pesos, , es de cargo del cbntratist Conservar los de S n JUln , Songó , .caimital en perfecto y buen estldo de ser- ' 'Vicio por el término ,le cinco años, si gra ­var • las rentas provinciales, ni a ningun otro fo do público, en las rep.raciones que puedan ser neces r ías: y l. construccion de )ClS últimos ha sido contratada por Ja canti · dad de 450 pesos. El decreto que espedisteis en 11 de Octu ore del año pa ado convocando empresario :> para la apertu)" de un camino d~ Nain a la provinci. del Chocó, y otro de A,apf,a a la provi cia de Ant.ioqui , fué sus-pendido por el Pod r EjecU'ivo en 5U artículo 3.° por conceder dicho articulo el pl'i'vilegio de per- ·cib'r uoa nnev C{)l trib lcion; f habiéndose someti o a 1. 3f'r Ibacion d 1 Congre () en ·conform·dad CQ la p rte final d 1 paragrafo 2~ d~ rt.e l'J 124 de l. ley org' t ica de pro­~ mCl s, tu",o por res tado c;l decr 'lo legi~I.­' livo de 1. tie Junio u 1) mo E 'u, decreto cQDcede priv leg· o para l. apcrtu a del ca i DO drsde 1 pl J r ílqUla de Ay.pel en el e n­too de Chinú"ba ,ta a de S Luí de Y,ru­mal en el de S nta Rosa en la provincia de Ao ·oqui ; , ea su ejecucion espidio otro en 1 ism fecha el Pr ,ic1ente da a repúblic on oc D o a los empresarios 'lue q ieran encl gane de Ja obra. Las proposiciones do beo iriglfle. !la gobernac:ioo "! a la e A - t" ui deotro del término de seis me .5 con-dos desde la fec:La de su publi ci"n" de , sperar que DO f har.a emp.re arios que a Jle o a feclO; eo cuyo caso, recibí . ao los bi tes e ambas pro"fincias los beneficio. ' l c'procos que habrl de proporcignarles s a uev 'V.' de comuoicacio . La importante obra del Dique ha contillu ' do recibieDdo toda mi teudon uxiliado por eficaz cooperacioD de 1 JU1lta directiva d. u Iller ura. Los tr b . os ~D prono cipi do en 22 e b II \1(;, . , hice referenci In m' m Dio • tiembre, co tit Uclr .o h 'la e bre del mistno ano en q qO'Hiando &0.1 ¡'Dente u de~moD r "! hm'~l =-=t':::-C::---::J=---I'::-:--r.-:;;;;:;;~-=:::-;- tlda con el Sr .• ul' • reí Diqae q v' deMlr. el E)jter tura de Conejo Cita a realiz estipubciones c •. bleoida5 en 1 En el me de Diciembre 1 .lío p o 11Iego a esta ciudad el ingeniero director Sr. T"mas Santiago RalDJ J, quien despues p . cedio .. nivel r, ispo er o r ptn elO s sobre Ja 8&trnsion del c.nal, que el jU1,gO ne­ces rías pa ) form ci n " n ., p ~. . puestos de la obra. Por s8Frado os impon. duis en vista de la memo la especial de la .Junta directiva, de l. marcba d~ los trl~ajos efectuados despun de su último informe, J de los que proyecta emprend r bajo l ins .. pecciun del ingeoi ro director de la () ra conforme al lan., pte. s o que d 'bera presentarle éste par u ex ' D' apToba. ciou. La Junta directi.a se hallaba hacía algun t·empo .·educida en 8U numero por l. ¡ra •• enfe rme ue ~ . Utlo de 8US miembros, l'. AgustiD Argumedo, y hOJ t,¡ ne qu lamentar la muerte d~ e te buen ciud d DO, aca~cld en l. noe del 12 d 1 corrien .e. La loable consagraci D del Sr. ~raumeJo n promove Ja obr d~l Dique, de lo cual di . una marc da prueb en la dilatld comi ion de que estuvo -ellcargado, coa s crifici de sus intereses 1 comodi a , ex ¡gen de mí COD i(;Dar aqul e5 e recut·rdo. Eslohúdmi-emos de heneficmcia. restantes el tres por ciento; y la. últimas pro~ duce. ttll la actualidad en ·.arrendamiento 1 J' pesos meoso.les. SuporJifflldo qne aaí el producto de 101 ré~ dilOS como el de los arrendamientos p.dieran recaudarse puntual é integnmente, lo cual DO es de espetarse eo el estado de atraso en 'loe se encuentran las fortuolS d. 101 parti~ culares, nunca este producto, que alelDuria a poco mas de 4.500 pesos anuales, puede •• 1' suficiente ni aun para las precisas y mil ur .. entes atenciones del esMb~cimiento. Es S de j p e cin ibl n es' d a etl su favor aliunas otras a-pHc c' ne , 1 Juzg& q o r . ~ • la . . tes: la ... del producto del arrendlmiento o Iquiler d I I edificios de conTentos .upri .. midos de que podeis disponer cooforme • OtrD decreto le"blac.ivo saneiooldo tlmbien en t ... .. .,. ci!o establecerlo en el de ca ¡dad de es a c'a. dad. A este efee o se trasl dataD los qu hahia eo él a una de la satl3 del hospit 1 militar, J el de virolentos quedb establecid'IJ y orf5aoizado desde el 16 de J Ho pro imo puado. Desd~ esa fecha hasta el dla 12 del corriente se hao asi tldo allí 145 enfer­mos pobres, de los cuales se han curado 42, J han muerto 40. El numero de los moer­toa fuera del bo' pital ~n Jos res distritos d. la ciudad, de~d~ que se propagb la epidemia basta el di. lO del corriente, leanu, l 2, segun resulta de los it~ formes que le bAn pa­sado a la Goberoacion por la gefeturl fohti.- ca del cantono .. Los gastos para el !cntellirn Gnto el hos­pital se han trogado.ele.> 101 fondos d ~aoi. dad, y ascendierun h st 31 d ... l pasado A ot­to a la cantidad de t, 17~ pes05 2 IJe reales. Dichos fOfldos quedaron at;otados eu esa fe. (:ha, y hube de tifi;'poner tD cODsecuencia que para los del presente me. fuesen auxiliados e n 200 pe o~ de s 400 -ir; os par la ea r en u d re o de tos del pr . ara los • r o d·nari s eS imprev· t A í e.rificó, J I C' canti d n e 5 r·. 1ft 11 por' "te bjo o abré de die o .• ·0 di. op' s {() OJo ."'~,..~'~"- ·qUlt .mp rur is vuestra b m i diCl d P'&' irsQ.n:U~J¡jltU Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ,¡.sa., "1 QS ru o COQ J r i te s ac0l'::- .ieis PQr ~ae.lra parw dem s ne juzgueis oportunas para ~ro er de fot\d .uiic:ieDtel QOD '1U1 .abT8.ur • los gastos del e.tableci­lDiantQ," los demas q e a lee •• ·o ero­lar ID t~da Ja provincia .n benl¡cio de la talud pú r La. r ID ici le d e la con .. lribuJ.a por do d 1 cOllc"jo e D cila pe.o. mlnl.ales p.r. aUlitiar • loa lastos ho i virQh~: e e 1 c o patriótico del ,efe político del clntoD el e. · (altlecimi D de u .. Junta e prescnacioft , IOcorro,. encargada de promover la prora pre agacion de la VICuna, de proporcio­Dar socorros a 105 pobrel atacad del mal d. 'Viruelas, y de hacer fumicar /) desinfee> \Ir las asa. e qu ,a in . do 1 epi e-mi Los coaeej s oi,· piS baoa-larSI y LQ ¡ca, , el comull&l de S u Est ~ Di.lao, ha decretado tambien d . SU$ reQt~ las ~antid des necesarias para ropagar J e r'Var la "acuna , para la asi¡tencia de los enferm s pobres; o p ido e r tlar iguales medid 1 concejos de los da mas caatooes a CIU.. de l. i .. suficiencia de ,sus rentl". Si, corno DO es improbable, la viruela es tiende su. estragos ' l I tiernas poblaciones d la provincia, e~ UD deber, , deber muy .aarado, alivia, a las rersooa, miserables ~. t en., ya que no pued a serlo por la, n s tp ¡al s ~e liS r ectivu loellida­. les. ~í, u tra tlid s, como ntc he . die do, de n br % r e ,ale ISlOIl; 1 o el . 'reco~endarQs prder cía c ate dQhe ~ acor ad~,.. EII 01 año anter· or llalllé v ., tra tencion • la necesidad de dictar alguua. medid s que te .. die.,n a mejorar el lamentable eshI­do ~ que le encuentra reducido el hospital d pobres de esta oiudad, 1 hoy vuelvo a b cero· gu 1 r~ccmend ciOD con el milOlo r ci i t'l. A e le fin pIS : a 1 Ca-l' ¡nf. r e separado 1 I iodica . one~ ~ f):fr e ., e ,O pu y . ar porque hO rué posible reuDir los tiC • Jarios. N st nte la scaséz do 1 I rentas, han sido awtidoi eo este establecimiento 217 enfermos eD 1 curso del año económico con­daido ea 3 t de Ago. to último: de ellos SI ¡;uraron 150 y mUrieron 50. En la US;l de mi~ericurdi. 11 ID da Obra­pla fueron asistidas en el mismo 'perio lo ~O~ enfermas: se cu.raron 132 ,m rieron 4 5. ~l celo J decidido ioteres 000 que el R. Obispo d. Ja dióclsis como patrono, y el capellan 1 dministrador de la CI a, propend 1& a su c:onecnlcion., rogreso, hacen que e~te ¡a­doso establecimIento cornspond, do un roo- O 1 o 'eto el su ·01 ·'uto. .AdmÍ1.islraciQn jll ,.&, . Por .1 decreto ejecutivo de 20 de Dicicm .. re el ño a d , d,ctado en ejecuel.n tlel parrafo único del artic lo II de la ley de 26 de Juoío del ,miamo año, se crearoo en la 'pro­. iG~i. CblQO éircJJ',os judiCial ... , UDQ compues· do 1 ~. t nes de e rt.geoa, M hites 1 San An" s: ~ro 41.1 e r IlqUl la: otro de los del COfozal, Chilló: otro del. de Lo- • ; "J o ro e • e el d., Sab nll r· ,a. Poat.ri~rml~ I por decreto d •. 8 el. ~la 10 ultimo fae ~anada sta d.marcl~lon, , le di puso que el canton de Buranqullla , So edad formen ua circuito, '1 otro por .1 1010 1 totoo de nal r . Or,ani&adaa 01 • .. cuito. ju id les .. Ilom 01 ece , . a mÍDutr el n de justicia ~. or fa b t. pez: est~ medio; J la meiora ler. perfecta .1 dla tlUI puedan .,ÑI_flM loe j • uadoa en a ca.o­lite .fiauea.te el artículo 2.° de\ de • to le,ia,. .obr • . refor(llll ju ¡cilles, ••• ei ~ 11 a d. M • u ,iOlO; J .In .. ir· 'ud ele él podriR obteDer .ste beneficio aqueo llos cantone. taJo jos lo lolici'en dO,1 poder Elecua.ifO, aiempre que de aut propiaa t . , . e o. ast s re· A '1 G fereDtea segun 1. le" paedan asar el sueldo del jaez letrado. - - Gua~c;o,.~l. Conf rme '1 91 ancionlt· nuria a que ha estado reducidJl llce aIgull tiempo }a tesorería n~eivD 1, no ha permiti­do verificarlo toda\·ia. La Camara, sin em· bargo, debe contar con la seguridad de que est 5 cantidades se itan reintegrando c0':l • debida pnntualida ,la medid que "ayan s cn· do neces ri s .para 101 bjetos ' q e o~ta.n de.,tiu, u. Lu rentas monic·pales T comunalos produ. jer()D en f'l period9 corrido desde 1.0 de Ju­nio de 839 I 31 de MIJO do este año, 8,527 pe jO, 3/4 do real las primt'r 3, 1 16,651 peso, 1 lit, las ultimas. le un se demue tra en los ('uadros marcados con \05 nllmeros 2 ! 3. Com pirados stos productos con los que tao vi n l mismas rentas en el periado con, clui-lO' en 31 ,Je Mayo de 839, resulta aber h,bh.lo un aumento de 2,634 pesos 2 314 rea­les eo lu municipales, , de 2,~OS pesos 3 reates en las comun les. En dicbos cuadros observ ra la Camara que no ~ tan compren­didos 10$ productos de Jos IDton~a de So­ledad y San udr s, oi 105 de algu as par .. r,ofluias de los cantonea de Mahates y Loríe., por no h.ber rendido 8U5 cuentas, sobre cu­yo parlicularr ha diot.do la Gobernacion las pro·viJencias co ·r~6poDdjenCls. Los cuadros numero! 4 y 5 son 1.cJS demostra\ivos del e· greso que ban tenido 1 s mismas re tas en , periodo ¡ndie do. El documen p Dumero 6 comprende el pre. supaest general de gastos pra el año próxi­mo eCQnomico, as~enden~e a la cantidad de 15,0. pe os, ea 1& .~, S S ecretadas ~l año IU erior par a impla e 105 canos de la Pioa y Trupillo en el caoton de Barranqui-Uil, , para la esclvlcion de (a boca de Cereté en el do Lonca, por si fuere pos'ble llevar a efecto estas obras tNl el a o entrante. Tambien he comprendido un an4 tidad igual a la decretada en el año ntltrior para l ~o~15trucciOD e DueVOI pucntes J pa" 18 la reparacion y mejora de los que esis' n; , 1a cantidad que he jozgado necesaria para c08tear la bandera que debe darse .1 bata­Ilon de la guardia auxiliar de artillera', coo a rreglQ a lo que dispone el articulo 50 de la le J organícl de .,s~s cuerpos. Cllrtagena 15 de Setiemhre Je tSiO. A TONIO RODRIGUEZ TORICES. DECRETO DE LA CAM~RA PROVINCIAL sl~6re pr 'Pagac;on de la vacuna y dux,leo a tos 1J'¡'~lelfto$ pobres.' LtI Camara 44 la provinCia de Car/Ilgentl, Teniendo en consideraci D a parle del mensage de la GobernacioD .oolraida á que se lomeo precauciooes contn el con­tagio de la viruela ~ue aflige desola la poblacion: eo uso de la atl'ibucion 13a. del artículo 1~! de a ley de 19 de Ma- '0 de li34, DECRETA. Artículo t. o Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ~rados por la Gobernacion de la provino cia, y recibiraD la indemniz.aC;on que es­ta misma les señale con arreglo al nume .. ro de poblaciones de qoe se encargoe -ca · da uno. Arl. 2. 0 El pus vacuno se conducir:' en cristales é en brazos de individuos, legun sea posible; y en este último ca­- so se erogarán de los mismos foo!4os co­munes provinciales los gastos de traspor- 1e y manulencion de los indiviJllos, y ademas se gralificar'a a cada uno de ellos basta con diez pesüs. Art. 3.° Los alcaldes de distrilo se,. iialaran. de acuerdo con el vacunador lo! dias y el 1111ar en que hava de admi' nistrarse el pus vacuno; y adem:lS pasa. faO persQnalmente de casa en casa para vacunar a aquellas ' personas que no ha ­yan concurrido al logar publico de la va cunacion. Art. 4.° El vacunador llevara un li ­hro en que asentara los nombres uc los vacunados, el cual sera visado diariamen te por el respectivo alcalde, quien p 1 'rá a la Gobernacion, por conduclo del gefe polltico del canton, una r~zon se manal del numero de vacunados. Arl. 5,ft En las villas cabeceras <> en las parroquias donde con sus respeclivJ& rentas no alcanzasen a prestar auxiliu 11 los pobres atacados del mal de viruelas, se lnvitara por el gefe político () 81calde del distrito en su (~aSO, al establecimien­to de sociedades de beneficenc;a que por donaciones gra tui las provean de SOC{)JTO a la clase indigente. Art. 6.0 Se tendran a disposici 1840 -El pre¡idente de la Cámara , José .Á1donio CasQs.-El diputado secre· rio, Juan Antonio Calvo. Goberna<.'ion de la provincia. Cartage na a 24 de Setiembre de 1840.-EJt! ('ú ·~ese y publ'quese. -Anlonlo Rbdng'uflz Joric.es.-(,drlos Pare;a, st.cretario. DECRETO DE LA GOBER ACIOl. en ejetUclO?1, del anterior. El Gebernaior de la provincia, Para curuplir y llevar a ~feclo lo dis~ puesto en el decreto de la Cámara de la provincia sancionado el dia de a, er, so · bre propagaeion de la yacuna en los can tones de ella, DECRETO. Art. 1.0 Los facultativos o cualesquie ra personas que con capacidad para ello . . ereo encargarse de propagar la. Va ­cuna en oS- cantones de la provincia, o currirán a la Gobern cio ando al des ino de vacunad~res dentrG del término . ~ -" de tres dias a lo aras tarde, contados des de el en que se publiqoe el presente decreto. A rl. 2.0 El nombrmrento de vacuna dor se h rá en una ó mas personas para cada canlOD, r la iodemnizacion sera es­tipulada con arreglo al número de pobla ciones de que se eocar~e cada uno, con tratándose la opcraeion por una ca-nl.idad d .. terminada, ó bi,n por un sueldo fijo mensual q\1e no excederá de 25 pesos Bn este último caso se fijara un término perenlorlO dentro del cUdl debera prac­licoriC la operacion; eu yo t~rmino sera a lo mas de dos meses, segun el núrne ro de pohlacíoo~s en que deba efectuarse. A rt. 3. o Sera o.bligacion del vacuna dor, ademas de la que le impone el aro tículo 1.0 del decreto de la Cámara, en seÍl_r practicamente la operacion de va· cunar a tres person.:ls por lo menas en cada parr quia, para que de este modo puedan ellas encargarse de continuar la pro~ga ion y con .nacion de la vacuoa, . bajo la correspondiente indemnizacion que de era ser acordad~ por los respec­tivos concejos municipafes y comun' les, ~on arreglo a lo dispuesto en la rden circuhtr expedida por la Gabernacion COD fecha [) de Agosto último. Al t. 4.0 Por separaLl. se determinll'a lo cOllveniente respectQ de las to!'m ;,h dades 'Dn que debe llevarse por el va ~ u nador el libro de asientos de l()s VJcu nados de que habla el citado articulo 4.°, y las que ueb;¡n ohserv3J'Se por los al cahles para cumplir los deberes que les impone el mismo decreto. Dado en Carlag~na a 25 de Setiembre de 1840 -AnloTllo Rodllgucz TOflces . ..,... Cm los PaJ'fya, secrct..d'ío. ELECCIONES PARA EL CONGRESO. Senado1' principal pOI' esta ,rOVlIICla: coronel Pedro Gudllu. Senado1' suplente: Or. Manuel Perez de 2.a Dr . .losé Maria Baleeo. - Dr. R.amon Ripoll. Dr. Mónuel del Río. Para fiscal del mismo lrlbundl~ Dr. José Manuel de Vivero. Dr. José Antonio Esqui.quí. Dr. Toribio Dominguez. HOSPITAL DE VIROLENTOS. , Relacion de las entradas, salidas y eXMlencia rJ,. enfermos en este /tOspital desde el d,.19 fe ha.ta el 2h del corriente. ExiIBtenci anterior en enfer. mos y cWl'fa1ecientes . • • Eotradas Salidas: MlIIertns. ~ • Curados • . 72.} 110;. 38. 1~:.} 21. Existencia: Enfermos. . • 62, } C.oDTaJecientes • 27. 89. Ñ ?ISO. No habiéndose podido verificar el 21 del pres ule al s el remate de los ua­renta v ocho pesos en numerario, ni el C?~lr~ lO para los YC8tuariCJS de los pre­sldlarlOS forz3do~ para que se invitó en el numero b6 de esle periódico, se h~ señaLldo para efectuar uua y otra C(}"41 sa ~l día 28 del presente mes. Los que qUieran, p.ues,' hacer proposil'iones pue­den OCUffU' a las dQce de dicbo dia al d8spacho de la Goh .' '[l- ion; en. el con. C~plO de q U6 los géneros para los veslua­nos, coyas muestras se presentaran, han de ser de bUf03 calidad. y de lrenza los sombrero.. Carlageoa 25 de S~tjembr. do J 840. De orden del Sr. Gobernador. Carlos Pa''eJa, secretario" !9 PUERTO DE CARTAGENJ\~ . Rttruero. . ~~~ Representantes p'l'lncipales: Coronel Entradas de bllqaes. Joaquín Po:>ada G t,er rt z ( por elecciou SctiemLre 26. De l\~artinica y Santa Marta, C0.t~ Popu L\ r ), Dr. J Il_ é • n lonio- Casas. beta de guerra francesa Sarsuel, comandHntc Guilber. 26. De Marsella y MaracaiLo, harca frunccsi Pro- ReprcsentaTllcs suplentes. DI es. José lct~r,a, su eapit¡m Pet.it, con mercancias a IOi Sres. Pab u n..driguez de L;j torre (p<.lJ: eleccion Lindcman y compao-a. popuIJI'), y Miguel l\lacaya. , 26" De Li~rp~ol y Sant~ Marta, bergao\io ingles PROPl1EST\S DE LA CAMARr\ DE ESTA PROVINCIA. Para las dos plazas ie il'Jimslro juez que oCLlpan o.ctualmente en la Corte Sllp1"e ma l()s VD Eslamslao J7cl'garll y Eu seblO ¡Jl01UJ. Callabal. La Dr. ESlt.l nislao Vergara~ Dr. J uroq llin José Gori. Dr~ Aquilino Alvarez-. 2.a Dr. Eusebio Maria Canabal. Dr. 'BernarcHno Tovar. Dr. R.utino Cuervo", Paro la pltiza de lJJimstro Juez d41 tri banal del Jla¡daleno vacante por es casa del Dr A-Janael Cañaf'ete, y /a que desempeña actll,almen(e el Dr. Jo ~t;' JUana Bal~,o. 1.a Dr. Ramon Benedeti. Dr. José Francisca de la OSSL Dr . Manuel Aotonio Sa]~ado. Jobo Peat, su capltan LaJcl, (.'00 mercanl:ias a los Sres. Gricc y ~ompaÍija. Salidas. ~4· P~ra Bo(:as d<>! Toro y QUI.,-res, pnilcbot de gtfcna naciOnal Salllal'-.o, su eOD1,mS¡¡ute el tenieot~ de fr,lg-¡la C¡lrl s avarro, COI COfre_ pondenci ... ,5 Pill"
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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Por: | Fecha: 04/10/1840

f." • ,. '$enze stre· 4 '~EMANARIO DE LA PROVINCIA DE CARTAGENA. I Eset periodic& se publica todos los d61mingos. En la tesorerla de rentas provinciales se reciben las suscriciones nI respecto de TRES PESOS por semestre, pac.aüer~~ · adelantados, y se 'Tf'nden los números gneltos a UN REAL. Por la insercion de a'Visos o comunicados qUf' no s-can de intcrl'S general ~e p 1840.- EJecútese y pu· bl'qu se - Antonio Rodl'lGue~ TCJrtces.- Cdr­los Pareja, secrttario. Estableci.ndo concejo comunal en Monler.ía. LA CUIAl\A. l)E LA. PROVINCIA. DE CARTAGENA, Oido el informe do la Gobernacion de la provincia con referelJcia al del concejo mu­nicipal de Lorica, relativamente al e~table­cjmiento de tUl cop.celo comunal en ~l distri-¡ se ad'Vic:rta al tiempo de la entrega. to parroquial d. Mo . fa, y t1~ando de la facultad que le concede el artículo 160 de la ley organica de provinci s, DECRETA. Art. 1.0 Se estól blece un conceJo tomu­nal en el di ... trito pllTf0t'JuiAl de MORt .rit. . Art. 2.° El concejo municip~l de Lorica en cumplimiento del artículo 16t de la ley or­ganica de provineiM Ile~jgnara el ntlmero de vocales de q"e debe c(Jm IJOner;ie eSta corpo n.cion, alendiendo al cen'o de poblacion; y el de suplelttt's que le forre . pon rla. segun la base e:tablecitla en el articulo lll, Y COI! 'f­rt'glo ,,1 3ltí~ ulo 163 elfgirn los vocales dd concejo comunal y .us suplentes. Art. 4.° El concejo municipal d~ Loriea ce ílri en el ej'!rcicio de l.~ funciones de con ceJo comunal del (tistrit(.\ ~rroqui31 de Mon tl'ría desde el díA en que S6 instale esta cor p()rt\('ion e ubl cid po p e en eC'reto. Dado eu Cartagena a 25 de SClIembro de I ~HO.- El presidcutt) de la Camara, José An lOntO ('asfls - El dipu adl> secretatio, ,luan An tonto Ca/oo. Gobcl'uac.i{1D de la provincia · Cartagena a 26 de Setlrmbre de lS40 _ Ejecútese y pu blíque,>e.- Antonio Roringlte't 1'a'l'IÚS~- Cdr los Parcja, s.,cretario. CAl\1c\H.c\ DE pnOVINCIA. La cam3ra eligió el dia 25 cte-I mes proxi mo pasado para presidente y vie.:presidente' en el segundu p ~riódo ds sus presentes se · siones, a los Sres . .Ju~é Antonio Casas y .Ju­sé Maria Diago. ----~ __ ~ooo ____ ~--- V, CUNA. Rcplib/ica de la Nuevfl, Granada.-Junt-a su perior de sanidad. - Carlagenc/' l5 de Setlembre de 1840. Al IIImo. Sr. Obispo de la diócesis. Una de las medíJa~ que la Junta superior de sanidad ba estimado 00 vital import.lll 'la para preservar a loa habttantes de la hOrl'dn da epidemia de viruelas, ha sido la PI pag~· cíon de la vacuna i y a este fin no ha omitv­do providenci4 alguna que eu su j lei len­die~ e a la consecucion de tan lau labl .. ooje too Pero, por desgracia, la ignoraucia. lu.i falso [flmOToS, V otra. f'U-Ounsta ia que lO se ocultan a V. S. !., han suscitado u.la fuer - t" preocupaciuD contra la vacuna, espeeiíl l. mente en las parroquias fuera de la pLt'18. de cUJa oposidOD a este preservativo l"St\ orieBtada la Junta; y ésta, que cQnsidera tal repugnancia un positivo tllal, cree que las repelidas eXht1l'laciol~.es ue lo~ parracos en los dias ft'stivos, dirigidas a ve.ocer en ~u s feligreses, pudierall remediar este inC'ollve­njente: y CQn e"te objeto me dirijo a V. S. J. a fin de que h.!1ciendo esta recomenda 't( a t,t.doos los parrocos, así ~e la plaza e m,¡ de fuera dtl ella, se llenen los deseos del cuer­po que pn·'lido. Lo comunico a V. S. I. para ,a inteligen . cia. v fines del caso. Dios guarde a V. S. I.-Autanio R. Tori~·. Repz'¿blicrt dé la NlU1Ja Ctanada .-Gobiern(J eclesitis~ico.--Ca1·lagena 19 de Setiembre de 1810. Al Sr. presidente de la .Junta superlor de sanidad. Conviniendo muy gusto!iamente con la ia· Sluuilclon que V. S. se ha servido hacerme en su e f bl . cio de 15, be ar­reg a o A ClfCU ólr de q \C es copia Ja ad. junta. i Puedan mis intenciones C{ln .las de l. Junta superiol', tener el efecto que se desea! DiQ05 guarde a V. S. Juan, Obispo de Cartagtfltl,;, Al Sr. vicario far:meo de ...... ·-Cutagen. a 19 de Setiembre de 18J'Ú. En la inc!tperada Ilparicion de la horrible ~ataruídad ~e la viruela, se acordaron ¡nme, diatarnentc por la Junta superior de sallidad. de la provincia todas las medidas que eran de su deLe!' para impedir la propllgacion d~ lar" mOrL ('ero contagiO". Se procuró inme4 diatanwllte por varill.s parles el especial an., tídolO de la vaeuoa, tan recomeudado desde los primeros años de este sig o; y aunque desgra i:.Hlamfote el mRI habla comenzado a propaguse, se aprovecharon los momentos para comunicar el pu.~ vacuno, no solo a los que 110 to habían rccibid en práctica, sino por pocas personas, las me­didas de precaucion y los métodos pre­servativos recomendados en varios de nuestros precedentes numero!, y "Cuya ma~' or parte fué acordada por la Facul · l~d médica de este distrito universil río y por la J unta superior de sanidad de la provincia. Nos sera sumamente satisfactorio qne todas las perSo.n3, 30 b no gobernan­tes, que sean capaces de inflnir en la pronta cstincion de tan 'infausta catami­dad, tengan la honrosa complacencia de cumplir en el particular con los sagra­dos d~beres prescritos por los pr'incipios tle humanidad" por la$ reglas de la uti· liJad social y por la~ leyes granadinas. CAMAl\A DE PPtOVINCl:\. Esll acto de lus lJ'{lb%s de la Cil111ara de c~/a pr01JIIICla elf II:HO. Dia 20 de Se lie1tlb,.e . - Se perfecciona S'oo las elecciones de H,t'\>resentalltes prio­cipalC's y suplen les. - El Sr'. Nieto bizo propesicion de que se Je('rarase nura la eleccio(} del diputado suplente de l\1aba­tes, y se difirió para el siguiente dia, lo mismo que la pl'esentada pOI' el Sr. Oia­go poJl'a q (le se j m p\l~i ese una multa de OdlO reales al diputado por cuya fólta o~ pudier'e celeb,':u'se alguna sesi()o; co,a moclon fllé moJificada por' el Calvo, li· mitando la pena a la sola puhlicarion de los nnmbres de dichos diputados tn el Semanario <.le la prflviocia. ¡ha 21. -Se resolvió negalh-ameote 1ft mot:i(11l sobre nulidad de la cleccion (hl diputado suplente (-le ~1 .! htlleS; y queda­ron sobre la r.nesa las proposiciones sobre ("Ita de concurrencia de los diputados.­Tn vo su 1". deba te un proyecto <.le tJecreto sobre vacuna presentado por el Sr. Nieto. Se hicieron las propuestas para las l,lazas que de~en vacar' en la C.orte Suprenl-a ! en el Tribunal de este distrito_ D/a 22. Pas,-'. en segundo deb:lle el prQi. ,celO sobre vacuna con varias modifica .. ~'ioues y adiciones hechas por el Sr. CII vo.-Se hizo el nombramiento ode~ Ejecuti_vo au_ torJJ~ ~QS (;U~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. !OS que s-e ganen en ella para ob éner Grados universitarios; y se dispuso a 0\0 CiOD del Sr. Calvo, que ambos prQye.tos '\'olvieseo al autor de ellos para que los redactase de acuerdo con las indicaciones que se bicieron en la discusion.-Se le JO la bemoria de la junt directiva de )a obra del Dique. Dia 27 .-Se aprobaron en segundo de­bate cuatro informes sobre cUCIHas: y pasaron en primero dos proyectos de decreto aprOb;tlorios de uno del concejo comunal de Sincelejo que establece una contribueion sobre los bienes de las que mu('ran, y olro del concejo municipal de Chinú estableciendo los pasos del Dora­das y el San Jorge; y trece informes SOfO br-e 'ueotas. Dia 'l8 . - Paso en segundo debate el pro) f lo de decreto aprobatorio del q U6 estable<:e los pasos de Doradas y San .Jor gel eon dos adl íone¿; hechas por los SS. Diago v Calvo. -Se abl'ió y suspendio, por moci l n del S • C ' s el segundo d bate del pro \ ee to de decr sohre el d 1 conceJo oe Sincel ejo ql es tahlece un dercrho sobre 1 ~ bi enes tit. 1 s que mue· T.iO, p.l ra que la c. ~rnisi (1 n ref0rm€. su infol'rD(' (!O(l vi ta de lo manifest, do eo la discusaon. - Se "probaron en segundo .debate varios m'orm s .. obre cuentas, -y se vieron !eis m ... s en primer d\..bate. IJia 29. - Se nom bro al Sr. Que21ada (José Gavino) secret, rio i nhrino de la cama ra, por ha lIarse enfermo el Sr. Cal · vo.-Se aprobhroo en l~reer dt!bate el proyecto de decreto sobre los pasos -de ~(Jl'ada.s "j San Jorge; en segundo, seis Informes soure cucotas. - Pasaron en pri me.' debate dos pro:ectos de decreto., el uno autorizando ai la contaefuria pro vincial flura franquear a la {'uria eclcslas­tíen los documentos de comunidades re ­lIgiosas, y el otro determinan o los cuer­pos de guardia n \cioll' I local que yebe haber en la provincia; y seis informes sobre Cl1cnt~s. Dta 30. - Paso en primer debato una rnocioo de la comi ion de policía pal'a que se piJa a la Gobernadon la tra.51a­cion extramuros del hospital de virolen , tos.---Se v;ó en segundo debate el pro ~ecto de decreto sobre docume'utos de ~omunidades religiosas; y se aprobo el artículo 1.0 con una modificacion he ha por el r. Nielo, difiriéndose la disl~llsion del arlículo 2.0 a mocion del mismo di putado, para que la comision rectifi case la cita de un ar~í&:ulo de ley que en él se hace. - Pasó en segundo deba te el pro­yecto soure guardia nacional local, con una madi ficaclon hecha por el Sr. Casas; y se aprobaron seis informes soure cuen­tas.- Se vleron en primer debate tres informes de la comision de cuentas, pro poniendo se reileJ'en las tres peticiones t1irigidas al Congr~so: 1.~ so.bre el pe l'iodo en que deben cortarse l.as cuentas municipales y comunales: S.a sobre fran Jpor, y los que no lo sean, estaran sir llpre pr'Ovislos de todo el aparejo .1J6cesariot ue r ro nclto, velamen, cordoje, botes, leña, acci'e~ sebo, provi sion~ s, anclas, -caLles, bombas de apagar uego y de otrós medíos pr()pjos para el caso , '! de cu .. lquiel'a otra Co'sa que se ' req u iera y sea uceesaria para eqni par los dichos buques y tene l, los constautemcn te en aptifutl eJe pl'estar el servicio que de ben hacer por la evn trata. v estar tri · pulados con un número sllf1c'iente de o~ ~(.'i3k~ c(:p~\.es, de bue os mqrioer s y olros Hl tIIVIJUOS: v todos los diehHs 11 qnes de vdpor e$~taran 3blmisCJ;o tl'i po lados con un IllHUerO de íngt ui cros ca paces\ y provistos de los enseres y ma quillas suficientes: lodo lo que respecta a los buques, sus maqmllas, equipage, inge­nieros" oficiales y 'ripul&~ion€s, estara su­jeto en todo tiempo, eJesde que empi ze á tener efecto la contrata, 3 la apr-obal'ion de dich.,s comisiooados, ó de las perso· nas que en cualquier tiem o sean auto fizadas por e:los para- lospecdooarlos y exa­minarlos. Coda qUJOce dias saldl'a uno de estos buques de vapor de algun puer­to del Can I y procedera directamente a la Barbada; permanecera alll seis horas y ~aldrá despues, pasando sucesivamente por la isla de Granada, ~ta Cruz, San-tómas, Nicola, Molé r en Haiti), Sant.i'a-' go de Cuba y Port Royal en la isla de J ¡­maica. D spues de permanecer veinte y cua-, tro horas en Port Royal, el vapor pro .. ' cedera a Sabana la Mar en la n.isma i lél V de a!lí a la H~bana en la isl d'e Co­ba. Dcspues de e!:. tar alli por un térro ·". no que rJo pase de cufl'enla y ocho ho· ras, d ~ rá la vu Ita tocando en los mis­m() s punt 1S v t mbien en SflmaD3 (en Hai .. ti ':. hac ¡en o el viage de B.ubada a este ú 'tímo lugar en eircunslancias ordinarias d otro eJe veinte y dos d13S, y v.olverá Uiret ttlnH'nlr a algun pue to de los del Canal de Ir. Manch 'J. A la llegada da los correos de loglt1 lerra a B<.1rbada, olro bu­que dí" vnpof ~llJra iOQledi atamenle con la bdija para la isla de Tabago, Demera. ra, Et rbice v Paramál'ibo en La Guava­nlt hola(}de~a: volviendo por la misma ~ll­tlt v tf~canuo en Graoaua v la Barbada. Otro buque de vapor saldrá de Gra­nada al llegar las bahj s de Inglaterra y lo ara en las prin cipales isLts d barl . velflo, pasandQ desde;: allí a Santa Cruz, la T(Hlola, Puerto Rico, Samana, Cu:-a, zao, Puer to-Cabello, la Gu .~ira, Tl'ioidad v ,,()lv~a a Granada siempre en tiempo para salir inmediatamente con las lJaljjas de Snn ViGente y las dero3s islas y pun­tos ,'3 mencionados. Otro buque de V3pot saJdra de Grnna .. da a 1.. IlegaJa de las ballijas de Ioglater. ra 1 tomar'u el rumbo contrario por la isla J de T,'inidad, la G\1aira, Jamaica, etc.. etc. , V volvera a Granada por las islas de barlovento. A tiernas de €stos buques de apor ha. b, a otr'a lmea de paquetes de la H .. hana a Cal tagena, a las BJhamas y a otros pun. e a­dos, y oll'a ramificaclOo de buques de V,ª, pOI' que toquen en la Habana, golfo d.e l\1éj ¡ '0, N ueva Y ()I'k Y Hl lifax. La p~na pOI' doce her ~ s de retardo del tiem po seó.dado I>ara la ida J vuelta a In­glatt' r'ra es de 500 lib . .:. por no hacer lQS reptll'os rU,lodo sea n ec,esario de 100 lib. ; .v por el empleo de un buque no e.slan~ do en disposicion de hacer viage 500 lib. La contrata empezara a estar en ,igor desde ell.o de Diciembre de 1841, o on. l/es por ~Ul{lO acuerdo: continuara vigen, te por dlL'Z años, conbdos desde el dia en que solgll el primer buque para la B.lrhada, Ó por mas tiempo si no se 811iS)l pUl' escri (o coo doce meses de anteJacion. -(theSull. LonJ,.cs21 de Jamo de 1840.) -•.. La siguiente es Ilna copia elel decreto sobre correos de vapor adoptarlo por la Camara ue Diputados .en -Francia el jue. ves p 3 SíHJO. A ti , o Se establecera una n ea de buq ues de VfJ p r p~ ra lrásport,.r la cor~ res pon encía eutre el H Vle v Nueva York.' Se a u loriza al 1\1' nistro de Hacien~a para que dentro de seis meses haga la corres­pondiente c.ontrata CQO una casa de comer. cio , a la que se dará anualmente una cao­tidad que no exceda de 8~O fr.<7t.JCOS por a a caballo QUP n~presente la poteDcia buque. El número de' paquetes para es la nnea no sera menos de res si exce· del'a de cinco, y cada buq ue tendra una maquina de la potencia de ·450 caballos. Arl. ,2.0 Se establcceran para llevar l{l coarcsponc.lencia entre Francia y Améri­ca do~ lineas principales de comunica­cion por ~edio de buqu@s de vapor de la Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. - '11 "fuerza de 450 caball(l)s cada uno; la una 'saldrá de Burdeos cada veinte dias y de Marsella cada mes, llegará a M¡¡rtinica, continuara a Guadalupe, Santomas, Puer' to Rico, Cabo Haití, Sanllago de Cuba y Habana; y la otra saldra eJe Salnt Nazai· .re cada mes para Río Janeíro '! pasiaa pcr 'Lisboa, Gorea, 'Pernambuco y BabIa. Tres lineas secundarias de buques de vapor de la potencia de 220 caballos cada uno seran estable~da6 para continuar las principa les: 1I primera a l\léjico, tocando en Ve­racruz, Tampico, GalvestoD y Nueva Or­] eans~ )a segunda a Centro-América, pa~ sendo por Chagres, Cartagena, Santa .Jlarta ., la Guaira; y la tcn:era a 1\100- tevid€Q y Buenos·A ¡res. Con este objeto -se concede al Ministro de Marina para la ' construc~ion y equipo de catArce buques de vapor, de la potencia de 450 caballos, y f>3ra la de cuatro de 220, el créd i to €special de 28 430,000 francos, para re­partirlo eo los presupuestos de 1840, 41, ~2 'V 43. De e5ta suasa tocaran a los de 1840, 5.000 000 de francos. y '3. los de '1841, 10.0.OO,OOO.--(l'hc San. Londres Junio 24 de 11110). MISCELANEAS. MORAL Y RELIGION. Yo tenia un ' amigo, y la muerteiuelo :Jrrebató: es-tendió S8 mano hel9da sobrp. ·]a cabeza del que \'ivia en ti) i cornon, é hizo terminar súbitamente una existencia apena.s comenzada: hoy en d ia la memo­ria de aquel justo no tiene mas santua- ' rio que mi peeho, porque ·ha dcsap3re · cido del peo8&mi o 1'9- deaban, a poco de haberle llorudo. Tarn· ,bien la naturaleza, indiferente a la mutr· te de. los individuos, ostenta sus I'~!\ue ,ilos atavlos In tl¡roo del cimfnterlo mis roo donde reposa mi herm.ltlOI en afee ciones: los arboles desplt'gan la ríc¡ ueza de su foJlage, y mecen sus ramas en bra ­zos del ,céfiro con un ruido miste.rioso de deleite: los pinlados pajarillos, OCU(4 tos y . $olazanuose entre las hojas, c..Ierra­. ma~ lorrentes de armonía, de placer y de amor; y en la mansion de la muel'le risueDan voces no articuladas de vida y de alegria, aun en medio de la quietud de la noche; pues si acontece que dirija mis pasoi a aquel recinta, y desate mis meditaciones ante la suave claridad tic J.a rnagestuosa luna, oigo todavía que de entre la yerba que entapiza la tumba so­litaria de mi amigo, resurte el canto ale· o -gre del grillo infatigable .... La destruccion insensible de los scre.& y las miserias del linage humano, se cuen· taa por nada en el gran TODO. La muer­te de un hombre justo que espil'a eu los "brazos de sus amigos inconsolables, y Ja 'de una fragil mari posa que el frio de la mañana hace per:.ecer en el caliz de una flor, son acaecimientos de igual entidad en el curso de la naturaleza: el hom bre DQ es ~-iI "He una sfí)mbra, un vapor le 'Ve que desaparece eh II)~ aires. -- Empero la radiante a.urora comienn á iluminar el cielo ~ las funebre. ideas que contrislaban mi animo van des~parecien do con la noche, y la dulce esperanza re .. nare en mi opirmido corazon, No: el que inunda así el Oriete de esplendoro. ' sa luz, 00 la envia hasta mis oJos para 'sumergirme despue~ en la n·oche de la .... ' .. nada! El que tendió la inmeusa faja del horizonte ilimitado, y levanto las moles estupeodas en cUJa helada cima se quie brfln los dorados ralOS del sol: AQUEL eu · ya pUjanza , callada magestad me hace bajar irrestiblemente la erviz, es tam bien el que ha ordenado que mi coraz.on palpile y que mi espiritu piense No, y mil veces no: mi amigo no ha caído en la nada! Sea cual fu ere la bar~ rera que ho nos separe. yo le yolveré a ver, y esta firme esperanza me .conforta en mi dolor: el vuelo de un insecto que atraviese pOl' dehutc de mI cortando los aires con ~nim~daJvelocidad, basta para persuadirme de aquella verddd consolado­ra; v el aspecto de los campos, el perfu' me que embalsama la atmosfflr , y el en c3nto y recogimiento inespli ,' bies que se apoderan de ml a vista de las maravillas de la ('real.' ion, It:vanl n v enDoblecen de tal OIaner~ mis pensamie t s, que reco nozco eo mi un principio que no es e, mero organismo de mi cuerpo pereced e ro, ' lde sienlO ocupado de pgr espirilu que me grita, INMOl\TALlDAD! Jav. de lUazsll'&, ELE.CCION DE PRESIDENTE bE LA RE­PUBLIC/\. Pl\OVI~CIA DE SANTA MARTA. Asamblea de la Ctinega. POI' (~l Dr. Vicente Azuel'O . l. Bor el coronel Eusebio llorrero. 1. PIWYl~Cr A DE ANTIO'Q.UlAo Asamblea de Nordeste. or el corond Borrero Por cl Dr. Azucro . 1'1I0Yl~CIA DBL cnoco. Asamblea del ¿,Urato. POI' el Dr, Atueru . Por el corouel Uurrero. Asamblea de San Jitan. 2. 2 .. 8. lo Por el coronel Borrero. 7. Por el Dr. Azuero . 1. POI' d general Pedro A. llerran J • . PROVINCIA DE PANA~lA. Asamblea de PrlTlla. Por tI DI' Azuero 9. Por el Dr. Diego F. Gomez.. • 3. .A samhlca de los Santos. Por el Dr. Azuero . 6. Por el coronel Borrero. . 6. Por d Sr. J()sé Maria Goitia l. A sQ1ub/éa de Por/obelo. PO'" el Dr. Azuuo 4. Asamblea de la Chorrera. Por el Oro AzueN • . 8. Asamblttl de Natd. POf el Dr. Azucro . • Por el Dr. Bias Arossemena. . •. t (). . ., 1. PROVINCIA DE YEl\AGUAe Asamblta del Stmllaco. Pn" p.l gf!nel"al Hfl1"rlln. • •• J6 Por el Dr. Eusebio Maria Canaba. 3 Por el Dr. Azuero • • • • . 2. Resumen de ItJs votos pu6licaclol ·h.alJa "'oy. Por el general Herran. S"2~ Por el Dr. Azuero. • S32. Por e,l cQro~el norrero~ 360~ Por el Dr. eanabal 21. P.r el Dr. Gomez. 11. Por el Dr. JOlquio Mosquera. 3. Por el Dr. Uribe Restrepo.. l. Por el general Caicedo ." 1. Por el Dr. 1\1, M. Mosquera. 1. Por el Sr. Migael S. Uribe. t. Por esl Sr. JoaqulD Benjumea. 1. Por el Dr. BIas A ossemena. J 't Por el Sr. José M. Goina. 1. j --_:± ~ PUERTO D~~ARTAGENA. ~ Entradas de br.lqwes. Octubre 2. De Ch:tgres goleta de guefr& nacional Bo,aca, su comanda~le el teniente de D.avio .José ~laria Palas. Salidas, Octubre t. O Para Santiago de Cuba cer': lleta francesa Sarsuel, su comandante Guit .. hert. 1.0 Para el Zapare bergantín ingles Jobn Peat, su capitan Leslie. CAMBIO DE MONEDA. Onzas españolas. Pesol fuertes id . • • • On¡,as colombianas y granadinas • Pesos id. id. Pesetas ele vel1on. • Id. caroquc\ias AVISOS~ t 2 t ¡Q p.-r. 12 'l'l 10 2 "2 , No obstante las dos invitaciones anteril()Te~ que se han hecho al pllblico por medio do ("arte1es par. que los individuos tenedores de valQs 1. certificaciones de censos, concur., riesen a p .rel ir ros intereses y réditos cor­respondientes al som stre vencido en último de Ago to anterior des los capitales situ. dos en esta eficina; no se lun presentado toda~ vi. Por lacto se invitan nuevamente para. que dentro del mes pr~cJ)"te ocurran para !er pagados de 10'5 intel'eses y réditos que St! les d 'oc satisfacer. Y en cum~limjenlo de lo prcgenido en el artIculo 6 del decJ'ct,o de la Dirc~ciun dd crédito uaciona! 13 de Jonio último, 56 hac6 esta tercera invitadon. Te .. urerí;s provincial de bacienda. Carta­gena Octubre 3 de 1840. rlCCllte Gm'cla • En la tesoreria de bacienda se hallan de venta los códigos de leyes del presen­te año a ocho reales uno. Ol\lNIUi\l. El mO'Vimiento mCl'cantil en 1, Habana en el añQ de 1839 ascell(ho al valor de 30 .643,625 pesbs: Los bUlIues entrados a 1.563, midie:ndo Oll 8U tOlalidall 231,80 l toneladas: Los buqll'6s salidos a (,589, midiendo etl S8 totalidad 235¡703 tonelada~: Los der ellos maritimos a 5.464,152 peso, y los terrestres a 1.319 993 pesos. ' Se encarga a las madres de familia teng 11 mucho cuidado do que SIU niños no so apo ~ deleo de Jos/oro$ de ninguna especie, pues reciente-meDte, con molivo de la súbít muer­t. de una niña de cuatro años, en cuy, boca se encontrp UD palito de fÓltforo, se ha des" cubierto que la mayor parte contiene una composicion de oximuriate de potua y f~sfo. ros, c.pez do envcnculr • un Idulto .• -~ C~r. rlo de CardetU.) . Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Por: | Fecha: 19/11/1840

rsemestre 4. o • & CAR1'AJENA, JUE'VES 19 DE NOVIEMBPlE DE 1840. Eu. periodice se publica todos los junes. En la tesorerla de rentas provinciales se reciben las suscrieiones al respec to de TRES PESOS por semestre, pa~ad et:()$ addantados, y se venden lo números sueltos a UN REAL. Por la insercion de aTisos o comunicados <{U" no scan (le interes jcueral se pagaran CUIlUO reales hasta 6cho rel'lglones, y un real mas I)Of cada sois r$1glones de los que escedan de a(lucl número, y la mit:Hl por caua vez que se r epita, sit:.mpre que. s;=---- pe PARTE OFICIAL. so advierta al tiempo de la entrcg3.. a' los 9 d i ~ s d el mes de Noviembre de 1840 : ,J. A. PI - ERES. g uarnlClOJ) y del arta de los padres de fami. lia de 18 y J 9 de Octubre úl1 imo, ha queda­do ampliamente fa Gultado el j r fc superior y consejo gubunativo con cuantas tribul'iones Se dcí cuenta al Sr. SecJ'etal'io del lnt<1 sean neces riM para ll evar al caLo la r ego nor y 1'~la,,¡onu estéf/"lOrp.s d, l ar.la cete- np.f·a ion polltica y proveer a la d ef'n¡;a dd El secretario')(;ne-ral, Antonio Castañed(,l.( orada el 5 de l()J' con'ientes adlclOnfl/ ti E!!tado: que estos votos fu ero c(Jm:t:n:~~~-J.y..t~-A...NJ:n..:ru:UGIITIlliUREZ DE lH.ÑRMS, la del, 9 det pasado, e1l qile se declara por tus demes pronunciamientos d' s D dios Jibt' rtad 'H'es dt;; Vt> ezuela V Cun-qae el j'[ tema adoptado es el jederal. tOlles que se ban recibid· . .Jio l marca, co ndecorado con varios e~ . 2.° Que ioves id co ns( jo de las f"co l- Estado de Cartaj ena .- .Tefetura superior. tades anexa ' ~ oüer supremo , es d c su ele- cud os d e distiocioo, jenel'.:ll del ejérci .. _ Cuartel j t"Il cral en Cartajena a 13 de No- be .. - hacer.-de cllu el uso ma cO I. rorcuc a las hl, f-Ir es id ente d ,1 ~ollsej o gubernativo viem.hre de 1-840. circuo~tanci ~ s pe culiares de l ES I(,do, lcui<:n '! jefe superior Jel E~lado, Señor, do presente la conveniencia pública, 1 l1e- A sus habitantes. cesid.d de organizar su defensa y la d f' ha Tengo la salí faccion de acompañar a V. S. cer las posibles econoIDla en la erogacion CIUDADA 'os : Aca ba de llegar el correo ~1 acta cpleb.rada el 5 de los corrientes por do 108 fondos u8cionale~: e n acuerdo una· del ioteriur que por las circunstancias los padres d f mil la (·iudadaoos re'lpeta . di' b t' b·1 1 ' DIme e consejo gu erna lVO, se hn ia alraSdUO, \' JS notIcias que trae bies de este eantoll, clar andl\ la e -leb rada J el 19 d 1 pasado, por 1 cual se vé q e el DECitETO. son capaces d e infl .,mar de furor a todo sistema prf'damado es e fe de ral, p , N que Art. 1. Se con cede un 'ndulto a los de - el que sienta latir en su pecho uu cora-. Sf' ¡;irva V. S. onn rla eo manos d .... S . E . el , crtores d J ej ército y marina que se hallan ZfJ n granad Ino. Vicepresjd. nle de 1 repl bliea el~ c3rg do de sur ico Jo la p ma de pres dio p or el delito C(BIPhTHI TAS: Ya no es un rumor va~ pOU tl f ej "<,u ll o, para ~u inlel' jcll la ,fil.6c,", de dcserci ,J.u, dnmpre que en su~ respectivas ~o, ya es ci~rlo y seguro que tr'opas es .. conc.iguie tl lcs. cnud('nas no 56 haya hecho mencion de otra Ir.lOj o:: rus profanan el territorio de la r e ~ Hago tambien pr "sente a V. S . para los cI rc unstancia agravante afect:l a la nota de pública, y es ciert /) ta.mbien pJra men ... mi 1l10S efectos, Que e si todo'S IO!J cantooc:; infaml, y ésta se les haya declando así en gua de los trazdores, que ese g~Lier'no que CUlJ] JO n . r~ a 'L ,na pf'o.tf· '~·"I!I-4~~NU-4--ftI~~~~·~""· ~pu • ...IJes oh.ü 1 ba t'-=8u.· ......... -t- U • decer t . j l·na ~e han adherido a ella estafl U!l !so· condenados por reincidencia en la desercion. la con (ilO :ion lo J ha consentido, si no n os e n u mollo de peH!>H, qn ~ el E ~ tado Art. 2. Se e , ti~nd«j este indulto a los seo sobera no de Carta.i ~n~ a \l n qu ~ ¡j('sea y pro · tenciados por d delito de rebeJion y por el fué él mismo in, ligador. En su obse-. mut'v' la reor~anizaciGn de la república de de \'3gancia. e,tI'i oo no han esquivado estampar en la la N eva Grullada bajo nuevos pactos \le aso- Al t. 3. Para gozar de este indulto han Gac la l:straordinaria del 21 de Octubre ci Ci ClO, Ji) Pllod.e (ji quiere COUlH!lI tir en que de presentarse lo!) mismo') indid .lno5 an te id tlr)tic'a' que Jos cuLrc de ignominia 5(" h ag Je; otra manaa que en la indicada el gobiel'oo político del E.; Iado, solicitand rl .v la han eslJampado sin depr escapar da en '"u decreto de ¡, de los aria (1 mblllo diJo E:Jta ma - rolaadose COllforme a 145 le es, srp ,'aran de la capitrtl de la R.epúbJi ca; nifestacioll HO lín\.J c lI b.jolulAfl1eute a pro- Art. 4. Los i ndi"iduos a quiell es se con - pero los hombl'es de honor no llegaron mover n i excl t:-ar Jc:)al llt'rd l". u o con el concede este I'I J ulto, habdHl oc solicitarlo a t'l'c r llue 1a tJ'mclOn, que e lma·s 1000- gobierno do V. S. , p ues el ll n es l ro desea precisamente dentro del térm ino d~ ocbo '1 sincer rncnt I a rmonl con tnJ()5 los Esta- lIias si ex:stle reu en e:sta plaza. Si se hu bit' de los crímen es pg ('~o de 1 Nu va ( ,ranada, hoy se hall ,l el! el c;,so de uo pretend do para que su pronuDticlmienlo, (IU ha sido 5010 efecto d un verJad ro palri0tJ'mO, no .se atribuya a el e aspira<'Ínnes h nCl>bles: 4.° Que si e ('lCrto q\ e f'~t.,s tte~ canto nes tielJen ma . or número de almas q\.e las provincias de a Bu .naventnn, hocó, Caza nare y Río Hal..ha, ta(1)len lo es que el i\' 1)0 bao sido e nSll ' uidas de JI ello smo por au toridades cump( ten tes, tí n¡erl( o en comi , h~ l'acion, ya. la gra cslen'llon de lerl'lto\Ío, o bien la. sitoacion tO f ogn fiea de los J'u 'bIos que las compor1en: 5.° Que si porque loe; pueblo8 son sobt\- ranos ell .el di.., ·m \ i o l' r. j e uperior d 1 Estado e Ca tajrna, esa sobe· ranía se lIcva ha. ta el ridicu o de pretcl1J ~ r que cada ca:.ton sea U ¡ a pr(/'Vinci Ó Uf Es­lado, no se haTa crm e .10 otra cos que de~ ' JU' tar mas las ambH iones de las p~ rroquias de a 'guna cúnsideracion, qua on 1 111 "Q¡O del 'cho q Icrrán eflgirse en cantone", q l e l o pilarían SO') 'eUH"e S llf a CO' l'a de cotlt ,ibu dones 4t.e pronto berian una carga pe ada para 10b Ul .~mo' pu{)blc¡s: 6.° Que e. te • a"lOl hace ya a u· i ll le ra te de la pf ' VI ci (H~ Ca "·en, d 1 (; a e ha 19 ~aoo 11 'o de ü t wb( n. 'ia y d (', . ti e ti a . la o , UHu' c..:l drad. el dia 17 d · L 1,1 I'e • 7." 6n hu, l ' i e Il uicl' t' ~u }o" ref~ rielos cantotH:S sel. l' \ j i , debe SO ~ licitarse e la c(¡nventlOl J 1 E. t- ti o, quo ate¡.di -ndo a )" ju~ticia d la re ,1 maOoll no dejara de acceller a ella: ACUERDA: t.o El canton de S banalarga pertcI1CcC a la provincia de Cartajcna como lo tLIle ;; resuelto en sesion de 9 del corriente. 2.° CCDmuníquese con copia del acucroo citaao a los cantones de Soledad y Barran· quilla y al Sr. jefe político para que lo haga a quienes corresponda. Sabanalargl, Noviembre 11 de 1810 .- El presidente, iJ'Januel ManOlas . Felix de los Reyes. Luis José Lopez. Manuel H-tnrtque. José Manuel Moreno. Manuel Jesé 11101'eno, secretario. Es copia. El secretario, Manllel José Mo· 1·C'1tO. Es copia. Sabanalarga Noviembre 13' de 184.0.-1;,1 secretario de la jefetura pohtica, Felix de los Reyes. Es copia. Romay. Balista. ~ MO~lPOS. -Ntit¡t. 33. -::- Estad(l /edera.!. -:;:rJefclura ti. -' ~..... . En la ciudad de 1\fompos a 13 de Noviem­b'c de l8iO, reunidos sus habit.ntts a in vitador del Sr. jefe político del canton (lor disposie on del Sr, j f superior, puso aque­l ~ ~utoridad de manifiesto el Icta d· l. guar­Dlelon de e la ,apilal, celebrada en la maña-a del dia de huyen que los jefes 'Y oficia les tlue 1 uscriben, asl como los demas in-dividuo ,el ejélCltO , m nifie~tan 8U firme re;", ) ucion d sos\cne el solemne pronuncia­ll11cnto qu ' h ga el vccindari() por el siste· :na led ral, y demas puntos que comprende o cha cta. Y t llléndose en consideracioQ: 1." Qu icho sIstema puede proporcionar a l. repub ica n jeneral, y a las secciones q la e el e b (' e m el, lOS'-I1;Tn.1rnt1't ' .RX'lhr2'\~ bies de 1 paz y la pi osperidad que como lo ha cn5ená • t s en que á toda la luz de la espcJ'í,'n '----c~la se 1.lan manit' :;tado los ven Jeros in"onv('nienles del sist~ ma de Cione'i; de acuñar moneda; »cuando han ocurrido acontecimientos de el lr r eglas de nawralizacioo; reglar el »tan inmensa magnitud, cuando la revo. c o rrH>I't:'lO, fijar los pesos y medidas; es· Dlucion ha presentado tantos hombres, laU ' (' .r postdS y correos; y decidil' tQ- »cuando las luces se hao difundido en d· eLSÍas result.a.u1e e_"'''''--t-."nneH..p~~~o, 3lJO f e n o dos ~tos poderes, ó entre diversos Es- »conliollase Colombia en pupilaje~ era t adl)S, o eutre los ciudadanos de ellos, o »tambicn necesario creer, (, que (a raza entre un Estarlo y ciudadanos de otro »humalla habia degeneJ'ado en Aménc3. E lJdo, ftc. El gobierno de la U nion »como lo han pretendido sus enemigos, (sta ot'{~aniza,to en una forma análoga a »0 que los colombianos han nacid" para la de los particulares. L as le\'es sobre »ser esclavos que nunca pu~den llegar los objetos men('ionados, se decretan por »al estado de virilidad. ¿ Para cuando, u n congreso com puesto de dos cámaras; » pues, se fija ésta? d para cuando nos de-y el poder ejecu ivo se ejerce por el Pre »claran hombres libres? ¿S.era pasado ~idente de lus Estados Uoidos; y los ne »ciel'lo número de afios? eY entonces no gO'los judiciales se deciden por la alta urepetiran el sofisma de que todavia so-corte de la (Juion. Los gobernadores de »Q}us pu?ilos? .... ,.... Si somos colom-cada Estado se considrran cc:>mo agentes »Lianos. si no podemos igoorar los ade-y dele~d{Js del gobJefnO jeneral, y res- "lanlnmientos que ha hecho nueslra pa-pel tiv3mente na otros varios empleados )Jtria, si estimam.os en algo a esta patria, \! tribunales infcri< res en loda la l'eplÍ. »no la deshonremos, y confesemos que blica, qu~ estao al servicio de la confe »la5 instituciones han formado otros hom-deraciou. Aunque est s nociones parez· ) bres. l) can vulgares, por lo mu,'ho lJue acerC3 e ellas se escribió en la época pasada, y tan cierto es esto, y tan persuadido las hemos ecorda d o, porque hubo mu o de ello ha estado la cfio nveocion grana- chos de los enemigos de este sistema, diua que bien fo mani lesta en la misma .que (, no constitucion que nos ha dictado; pues las comp' endian bien, o q lle ue prop sito las embrolLban y ()scuJ'e~ ~~~~~~an!~a;~~ ~;~~i~aC\:~e~~y j~~~~i:i: cian; y sQbl'e todo, plrque queremos pal'lir siempre en la d scusion de ideas nando en los cantones concejos munici· fijas y eSlablecidJs.» paJes deliberantes, ha juzgado que so· Lran ya hombres aptos p'ara todo esto .. ' » Resulta desde luego que las ventajas D cimos mas, ¿ como podra objetarse que ('aracterlstlcas de e~td forma, son las si- no !Laya humbres para Ja federacion, al guieotes: la que teniendo ca ,ja porcioo mismo tiempo que se nos cree en apLÍ-de territono de Cierta e tcnsioo y po- lud para ejercer y disfrutar todas las PI'l!). blacion, su pal'tlcular legiSlatura y gobier- piedades y bellezás de la orgamzaC10}l mu- DO, deLe estar Olltcllo mejor ad ministra- niclpal? (\ En este réjimen, J) decia la In· da, y consu Itfj rl:ie con mus prontitud y dicacion, el cada pueblo, cada canton, ca· acierto a su felicidad, por hombres que (l C!la provincia, cada departamento Len· estan presentes a toda!) las necesidades, CI dria su administracion particular, süs y a quienes ~on conocidas todds las cir. « representantes locales, y sus fouclos pa· ':UllS ancias, todos los deseos, todos lo-s cr. ra promover de la manera mas activa y medios, lodos los obstáculos: 2a. que a eficaz cuaoto pudiera contribuir a su así queda IDfljor garantizada a cada Esta· « bienestar. sin disminuir un punto la do su forma de gobierno repu blicanot f! unidau del gobierno, y ~ntes .si rec:ibie~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Semanario 'de- Cartajena. 1 ~ do mayor vigor V eUfJ'jla por Qt espiritu c de vida, de rI)0vimiento y de coopera c cion uniforme que se imprínllra a to-eL das sus partes.» El mismo autor de la Inrl/cacion en el etoeueo te discurso con que presrn bu al congreso del present~ año €I proyecto de lty organzcn de la at/1rtlntstraclOn na cuma! ?I espcezol de las (racciOnes pOll hcas de la rcpábllca, ha di cho a los re­presentuntes de la nacíoo: « Donde quie­ «ra qu@ hay cierto grupo de hombres e formando una parr{\quia, tan posible «es que asi ~omo todos se han reuni ­u do para formarla) as. tam bieo turne un « pf'qUf ño nlJUlerO de ellos t'n reunirse u para atender a los peculiares intereses « de esta pequ{'ña comuninacJ, y para pro· _te veer a su (,'omun bit'oestar; y e5to es (l Jo que se llama concejo comunal. Si «son idiotas, este sera el medio de que (t omi . z n a ·vi!iz; si se objeta que 4 h oy miran con iodifert>ocia sus intere~ « ses ('omonal fs, r spondo que esta f tt.l " no es tan ver dtHl era, ó por lo meDOS .« tan jPoerat como se prf'tende, ~ que « ademas la! l1Idl/cJ'enCla nace de la mlS 4/. ma lmpOSlbdldad en que eston de ad « ml121strarlos .J· CO I fi ér&seles el poder el de dlrijlrlos. impongaseles el dehtr u de ver ificarlo, V entooces despel taran « del enloT'pecl1Juenlo en que yacen; el de· « S 'u tan natural al hombre de mejorar ~ ,ti c1 buen sentido v la h (1 b1.1'lad s n la II'eroga tiva de cie~I'tJs ra ~ -4J.. ~ p' lvi'ej'albs? Yo j mas ,c:teeré en • 'to~ J(jgm s d la vani ad dviliz da « l e cierV s p O t" b l ()~ , quP en o,[r 15 tl em­ « p"s f H roo l n b~lrb ', ros é i iolas como « nUt'st"os iudijE'O ~) S y rumo tus ah'iea «u/.s ..•.•. '" • ~i 1/ s paJres de faroi iia « euniJos en c( q. ejo cüOlunal Si.>O in­ « (apaces di' dir·jJi ., sus propios inler l'ses, « Sf'an QS COn'ieLllen tes, y por la pi (¡ pia «( r3Zf)fl desptljácuos a estos mismos pa « re s de ti' rndia d l dFre ho de mane· dnl, les 8IUenazó cr n su lanza atribu \' éndo· les la~ revueltas pOlltlC s. En el illsta ~ te 56 revolvia el Ivi ~ pero ministerial, una catcrYa de aduladores relamidos fneron a ofrecérsela d ' guardill, etros le figunran que estaba me· Iluada su seguridad f'ersonal, y no foi/ Itaron Ijeotes provocadtJr6s que calentasen m~s Jos vacios cascos de nuestro pob e hombre. Lla no él de e tu ideas fap til slicas al Ql o di¡ i l ­sulto al j ·' fe político, que era y e: roa. minis, terial que el mi ~ mo min ist el'jo , le a p mto con una carabina y bramaba como un toro d6 Ja ­rama, suponlendo q le habitt fran queado su C3sa pan que entra en a aSt'sinu'l , los (ao­ciosos. EH una de e. as no h es las de los SS. l\loraJes, A2.u ~ ro y S( L , e.,tuviHon Sltí das pClr milil'lano. , que golp .. :t ball a cada momento sus puertJs, y e r¡ las ti,.,n las inmedi t s úfl'nci, o libaciones al dios Ba~o oura'lte u campaña. T (las e_ ta'! d cm;tS a p8S3 ban en I( s prime­r s <.\iIlS de OetlJ bre cuando ~e a f-guraba en p3rtes fi c: ales del g b ,eroo fijados en a ... es quinas, que el Presidente del Ecuador ll ama do 1 or el j cntral Herran con un ejército fl ·r mida hle ocupaba a Pasto, que Obauoo era d errot ado y p rpc o, y que est s lro .a csLriln j era. illtl'uuuciJ s en la rep '~ blica co utra las leye , ameuazaba ll no solo a la iutcg richd na ('io nal, sino tambi en a In hstituC'lO le repu h icana~, y a nuestr s 111 , mas viJ as. Pero el 21 del rnhmo me~ t-enienuo n otiCIa el go bie r ­no q 'le los di idente!> habian e n tra o en Uba té mautl ,) tocar la jetlcra la, en tl ~ t0 5 mo­lO nlOs de r bato, irritada ta f ntasia de Nei 1'a rnaQdo a p render ron do. sol dados de ca balleria al Dr. Floren tino Gonzalez, quien d e· n eg:índos6 a u na dflencio u tan a l bit\' ri tu­~ o que pcr 'al cce í la adJ llnl¡:, p\l ra qlle se sepa ;:, cnal• ha s~Jo (:'1 mollvo que me ha impedido c (.>nlmuar I C~el~ d() la dtedra de liJtiniJaú dt' me oorl S d~ la. Un' v rs i d~ d. E) t ·: fil Vu r Sl'f,j deb ida men te agrí> deci­d ) p r el que lr 'oc In h ool'a de suscri. bir.)e de VV. HJU .') atento, servidor , .Juan /Jntonto Arailio-. H<.>púhli r 3 d'b la Cueva Gra nada.- Esta­do de Carl j ena.-NovicrnLre 16 de J 840. Al Sr. l\e ctor de }{¡ Univ{' rsi Ja d ,- He SJbiJo que aye r ded u o la junta j , ncral no cO'l'cspood er el nombramifoto de se. c~~ tar i.o del est. blt:!ríml eoto que V. S. di. rlJe, SUlO al ' o ' t'jo gubCJ'oativo del Es­tajo coo arrrglo al decrf'to de 31 del mes proximo anl f- rior, que Je atr·bu "e el de los empIl ados y fun cionarios pub ltl'os de eualq Uiera especIe: esto me movía a en­mÍ03r la fecha en que la iunta de ¡os­peC'cion v gobierno me honro con la elec. cion de se~undo s(lstitulo de la catedra de latinidad de menores; v Como del ,_ ficio que V, S. me pasó com u·ni~anJome di. cha .elecdon resu.'ta que ella tuvo lugar el dJ3 3 del corra ote, he juzgado de mi deber maniftstar a V. S., antes que.se me diga, que en razon de lo espuesto, DO puedo continuar le \ cndo la referida catedra de men res.-Dios guarde 3 V. S.-Juan AntCTllO ¿rodju. Es copia.-Arall/o ( .--....-----==------~~---~" 1~IPf\ENT.\ DE ~qs 1l~~ER2s PE { ~" G~LVO~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. AL EMANARIO DE C-L. RTAJE o. 9 r. CART-AJE1VA, J7IERNES 20 DE NOr/EJ1BRE DE t240. NU17l,. 83 --Republica Je la Nue­va Grallada.--Estado soberano lle Cartajena ---J'efetllra superior.--­Cuartel jeneral el~ Cartajena a J 8 de .Novienzbre de 184o.---Al Sr. consul de S. M. B. en esta plaza. Con fecIta 30 del próximo pasa­do Octubre se dirljió por el r. Se­cretario de Fstado en el d~spacllo de hacienda al Gobernador de esta provincia una nota en que se le ha­cen prevenciones relativas a los fon­dos del crédito públioo esterior , a su escrupulosa conservacion, y con tal motivo yo 10 hago a V. s su­plicándole ponga en conocimiento del gobierno británico como de su ministro en Bogota, la resolucion en que se halla el gobierno provisorio de este Estado de DO tocar por nin­guo motivo los referidos fondos, en lo coal no hace otra cosa que cum­plir con el deber impuesto eo el pronunciaOliento del J 9 de ctuhre último. a seguridad que doy a V. . so­bre el pélrticular es la positiva, pues estamos resueltos á cumplir los com­prometimientos de la llepública en la parte que nos corresponda y ga· rantizo solemnemente que los fondos del crédito esterior recaudados has­ta alIora y que se recauden en ade-lante seran respetados y manteni­dos en depósito fielmente mientras haya proporcion de darles el des­til10 que la ley les señala. Sírvase V. . acept.ar los senti­nlientos de Dli respeto y considera­ci{) n con que soy de V. s. obse­cuente servidor. Juan Antonio Gutierl'ez de Plñcl"es. = CONSULADO BRITANICO. CartaJ'ena, Noviembre 19 de 1840. Escmo. Sr. Tengo el honor de acusar el re­cibo de la nota oficial de S. ~. di­rijida a mí con fecha de ayer, y ten­go el honor de asegurarle que no perderé tiempo en poner en cono­cimiento del gobierno de S. M. B. Y del ministro británico eu Bogota su agradable contenido. Tengo el honor de ser de S. E. muy obediente y hUlnilde servidor. (l~irmado. ) José Ay ton ~ Procónsul de S. 1'1. B. A S. E. el jefe superior etc. etc. etc. Imprenta de los herederos de Juan A. Cnlvo: Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Por: | Fecha: 03/12/1840

Númerti 93 .. CARTAJENA, JUEVES 3 DE DICIEMBRE DE 1840. 2ste petiOdice se publica todos los junes. En la tesoreria de rentas provinciales se reciben las suscl'iciones al respecto de TRES PESOS por semestre, pttgacletQ"s adelantados, y se venden los n úmer(l$ sueltos a UN REAL. Pt>r la iosercion de a'Yisos (, comunicados que no sean de intEn'es juneral se pagaran eu.tro ,ea~,. hasta ocho t'en¡lones, y un. real mas por cada seis renglones de los qut' escedan df aquel número, y la mitad por c;:ada Tet que se repita, "siempre qU,fJ PARTE OFICIAL. DECRETOS. .()rganiza"dlJ los eu~rpol de ItJ guardia nacional. JUA.N ANTONIQ GUTIERREZ DE PIÑfRES, JEFa SUPERJOR DEL UT4DO y PRESIDU1'S DEL CONSEJO G\JBER1U uva, Considerando la necesidad d~ dar organi" zacion I los cuerpos de guardia nacional mandados crear por el art.i.ulo 4.° ck m· de .. el' to de ayer , hacer .,1 lJombramieDlo de Jos jtfes que deben m8lldarlo , conforme .1 6.° del cit,ado decreto. se reshehe. SEGUl"DO DISTRITO. Art. 1.0 El batallon d ~ iDf~nteria de est.e di~trito constara de t\ei~ com •. an\a~. cad. ona con un capIlan. un leoi .. , .te 1.0, otro 2.°, un alferez J.u, otrn 2.°, un s¡.rJeoto 1.°, Udtro 2!', dos tambora5 ó (' rUdta, ocbo cabos primeros y ocho segundns , Cle 1 .old .d s. El sarjento prImero ~ U a"ho pr'm('ro () se ~undo d add I'om anía 8t'rim vderanos, y se consldcruan como n 'en-ido ac{ivo. Art. 2. l.a pla a ma l ( r constara de uo eonaandan re d.. 1 , -j'J e dD C"l' l4tnJ "O' te corone! I UI1 c pi{~n i. o; tldante mll,or en ('argado ti ~' d : ,a \ '! un a J udante aban~e r a ' do. El a ~ uJ~ f t -.; nt:.l\ or ' el abanderado !le rilO o6cJaie3 del (j ' 'Cito ~ en ser'vicio acti,o. ArL 3. K te , If ore coronel con g ado de ¡'{ ron~l Ni· a" -VaH ., queda ombrada com ud·, t , del bat.' '00 d i' i. f: nt ría guar­dia D;tciona det ','gu Id distritu, que orga­nlnra 00 llcu t rdo co el jl'fe mjllt.r de él. ' lERCER DISTR ITa. :Art. 4. En e t (er di trito se 0rgani­ «nra medio bat lon d ~ inf nte ia guardia lucion 1, compuest de lm tro comp,.ñiu de e'lta mllnera; dos en Sabanalarga, urJa ea US13CUrl, , { t a en SalJt Tom. !!I, ca a com'­pañl con la fu i'Z d -, :ig .u ad~ en el articulo primnro de este decreto, y de las caale,! el sal'Je ulo prImero J un cabo prim r-o Ó sCg.JIln­do 80n veteranos, y se consideran como en 6enicio activo . Art. 5. L. plana mayor constara. de un ~omalJ.danle de Ja .Iase d.., coronel Ca tenien· te coronel, y un .yudante. El .yudante se· ra (lficial del ejél cito , considerado como en aervl(~io activo. An 6. El t >. niente coronel coo grado de coroIJel Ormir'go Pelaez qne se nombra co , m"'ldantt' mI lta de liste dist rito, lo era tam , bie A el med o "~ batallon de guardia nacional. Art. 7. Ademas be cr~1 en este distrito un. cnmpania suelta de t;ab /t.ll~ria con ochell. t hombres en el Campo de la erur., l' cuya fuerza C()Jl t rá de uu e.pitao, UD tt'niti t '" prim .. ro,' oiro segulldo. un alfe el. pI' .m rlJ, e>tre .scgundo, UD sarjento primeru, l 'Ucttro segundos, dos cl.rlOta, Cil,ttr\ , c .. bo,. prinlt"ros, cuatro ae;undos, y sestvta , cinco ~oldados. CUARTO DISTRITO . Arl. 8. Se formara en ". te distrito un ba· \aUon de infantería coa la misma fuerza .r· 7iba espresada, J su plana ma yOl c~ nstara de 110 coronel ó teniente corunel comandanttl, ;UD '1udlnt~ Dla,or ene~rGado del detall, y se adviérta al tiempo Ke la entre¡.1. un abanderado ayuda te. l.a5 clase! d ~., sar· jenio 1.0 y un cabo 1.0 Ó 2.° de que habla el artfculo 1.0 de este decreto seraD tambien veteranas en este batallon y se coosideraran como en servicio activo. Art. 9. El coronel efectivo Ltlren'to Itcr Dlndez, comandante militar del 4,0 distr to, queda nombrado jefe del bCltallon ioftnterl~ gu,rdia nacionll, que se d'enominara Batallon iufaotería ;uardia nacional del 4.- distt'ito. Art. 10. Se crea i,ualmente (ln escuadran de caballería compuesto de dos compañías, --con a fuerza aada una de un capitan, un teniente l.0, 01r0 2.·, UD alferez 1.0, otro 2.°, UD sarj0Dte prime." cuatro segundu,' , dos clariaes, cuatro cebos primero, cuatro se gundos, y senot. y CIDCO sold'ados. Art. 1 t. La plana m,yor se compondra de un c\Jmandante de la clase de corollel Ó teni ~ nte coronel, un ('apltan mayor, r un a ,u d a n~ e l"egundo p rta -estandarte, El capi­lan ma yor J el porta estandarte se conside. r.n como en ~ervicio actlvo, y son oficiales del ej ':r' llo. Art 12. El coronel ef,~ ctivo Pt'dro Guillin que 'a nombra.]o com ndaut.e gel e~cuadrt)n del l.O dl tr lto . DISPOSICIOl"ES JENERALES. .rt. 8. L .la. d. t. mbores, corfletas ., clarine~ en t (Jdos los cucrpo~ de la gU'lrdia nacit.'nal se considertn COlDtt veterana~ y pa. gao.s por el tesoro público. Art. 14. Por decreto separado !le detalla ra el uniforme pua estos cuerpos. Art. 15. El g( berDador polític{) del E.; ta ' do queda encargado de la ('j ,:cucion de est decreto en todo lo que tlende al alislamien­to de los cuerpos que se seoa!an, y el co mandante jeneral de las arm s en lo reluivo a la organizacioD de ellos, dando las órddlos convenientes al eft"cto. D"do en e~ cu_rtel jenerql de C8rta,j.a.n3, capital del EstadoJ á 20 de N'¡v,t"mb r'e de 1810. J. A. PIÑEB.ES. El secretario jeneral interint), P,cenle Garcia. ...aH'--- Aumelltando los sueldos de los empleados de la le'lOreria de dlez.mos. EL CONSEJO GUBERNATIVO DEL ESTADO GONSlDERAl1fDO: l. ° QUlf!i es cierto que en las actuales circunslanci~5 la penuria de nuestras reuttls exije mucha circuuspeceion en el aumento de los gastos, tambien lo es que no es juslu se compense- mal a 105 buenos servidores con d'lt\lcioDeJ Olezqurnas , que niQguoa propor· clon gua l dtn con su ímprobo trabajo: 2. u Que los empl~at1os de la tesorería de diezmOi de esta diócesis le eocueotran en es· te caso, patea la módica •• igDacio~ de que .','isfl'utan no compensa el esmero y actividad en sus trabaJ os'} les quita en cierta manera, ja conaidcracion que se les debe; atendiendo a su solicitud '1 consultando sin embargo la eCODOml& p~sible, D~RllTA.. Art., 1, ~ Los '~mplc.dos de la tlSo~,í. de diezmos del obispado d ~ l Estad de Cartaje­na gf)z~ran por asigoaciou 6ja a n ua'meR~e: el tesorero, 800 pesos : d Hl le rv."nl ir, 500 pesos: el único oficial e· clibJe ·He 300 pf:sos. Arta 2 ,° F.stu ('antid t de ~t't"n sati fc:ch »s del fondo conocid,) e n el Imnbl'e "de para gastos jenE" rates, .. que I o afecta la parte del gobit'rrio. § único. Esto decfet se 11 .varl a efecto desde ti 1.° Jel e ntr nte mes. ]J,do en Cartaje u8, 20 de Noviembre de 1840. , El jefe superior presideDte del consejo; .J. A. PIÑERES. ' El secretario jeneral intflrino, Flcenle Garcia. .eO II Establecl6ndo una cotJlooñia de guardl~ naciol1al en, San E stanislao. .IU :\N A~TONIO GUTIERREZ DE prÑERES, JEFE SUPERIOR DEL ESTADO Y PR&SID:!iHE DEL CONSEJO GUBERNATIVO, Comiderando: que la p~rroquia de Sán Estaul 130 t.lene una poblacion numero~a de .na'! de 2,,)00 a ima" y que vJl.rio8 de sus ha­bitallle .. han manifestado de5eo~ de que S. or .. gauize allí un cuerpo d ' guardia n cional, DECRETO. Art. l.0 Se crea en l. Pllrroquia de San. E.,ta tt islao una cwmpañla suelta de infanterla de guardia nacional, eOIl uo c:lpitaa, UD te. nl~nt ~ 1.° y otro 2.°, un a ferez 1.0 1 otro 2,°, 00 sa rjenlo L° y cuatro segundos, dos to:lmb lJres y un pífano, ocho cahos prImeros y ocho segundus, y ciento treinta soldados· lota 151 hombres. Art. 2.° Para la instruccion y disciplina .lc ~~ta comp',ñla se destina un oficial subal­terno y un ,~ a fJento 1,° dt'l ejército, cuyas rlll zas seran consideradas como en servicio activo y }JagQd.s dt,l tesoro naciooal. , Art. 3.° El ~oberDador de la provincia iueda eocarga¿o del pronto cumplimiento r tjecucion de e c. te decreto, y el comandante j, ntral de ~as arUlas destinara de las cuerpos J 1 t"jército las clases veteranas de que habla el artLl,;UIO ~. ° que se barIO marchar iJlmedil.~ tam'!' lJtd pua aquella parroquia. Dado en Cartajena a 23 de Noviembre de 1840. J. A.. PIÑERES. El secretario jentral interino, P. Garcl'lz ... -+- Concediendo una penslOn nI Jentral Frall. CiSce CarabañD. JUAN ANTONIO GUTIERREZ DE P"ÑERES, jefe $C1p~r"()r del EJ'lado de Ca,.tajena Y' presld~nl~ det conse¡o guhernativo. ' Considerando el esto do deslucíado a que' se haUa reducido el jeneral colombiano FraD7' cisco Car.baño! Consideralldo 105 distinguidos senici08 que dicbo jeneral prestó a Colombia, los cuales deben ser visto5 como dignos de recempensa de todos los Estados que se bao formado en el territorio de aquella república; e~n acuer·.!" do d"l consejo goberl1ati,o, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. DEcaETO. Art. 1.0 El Estado de Cartajenl declara \lna pension "itali ia de mil peses a~uales pagadera del tesoro público al jenen} de 'brigada del ejército libertador de Colombia Francisco Carabaño, la cual comenzara a te· ner efecto desde el primero del entrante mes de Diciembre. Art. 2.° El gobernador político del Esta­do queda encargado de la ejecucion de este d.,creto. , Dado en el cuartel jeneral de Cartajena, ~.pital del Estado, a 24 de Noviembre de 1840. J. A. PIÑERES. El sec:retario jenenl interio(), Vicente Gm'cia. ~ .Nomórand() secrelano Jeneral al Dr. r,;. cente Garcia. JUAN ANTONIO G. DE PIÑERES, etc. Habiendo sido des~nado temporalmente al Estado del M Dzanare5 mi secretario jcneral sarjento .mayor COD grado de teniente coro­nel Antonio Castañeda,.. DECRETO. Art. t.O El Dr. Vicente Gareia, encarga~ do interinamente de la secretaría jeneral, queda nombrado desde esta fecha s~creta .Jio jeneral de la jefetura superior del Esta· de y secretario dol consejo de gobierno. Art. 2. 0 El gobernador político del Esta­. do queda encargado de l. ejecucion de este decreto, J de comunicarlo a quienes corres­ponda. Dado en el cuartel jeneral de Cartajena, capital del Estado, a 27 de Noviembre de 1840. ,1. A. l)lÑEl\ES. El secretario jeneral, rlcente G}arCIQ-COMU el CIO del jije ~ujJenor del Estado del lllan· zauares. Estado federal del Manuoares.-.Jefetura ~uperior civil y militar.-Saota Marta 22 de Noviembre de 1840.-Al Escmo. Sr. jefe su· perior civil y militar del Est do de Carujena. Debiendo marchar por el Magdalena con el ejército que ha de sost~ner los pronuncia. mientos de los cuatro E t,ados federales de l. costa, segun lo he participado a V. E. en eomunicacion separada fecha de ayer, y te­niendo que tocar en los cantones de Barran­quilla, Soledad y demas pueblos que estén en ]a ribera del l\1agdalena correspondientes a ese Estado, creo convenielJte que V. E. die te sus érdenes a efecto de que se me auxilie con cuanto pueda neeesit r para que no su· ira delBtera la division a cuya caben be de s guir; pero como puede suceder que ~mtes que V. E. reciba ceta comunicaciou me "ea precisado a locar en 185 puntos indicados, ee­pero. que V~ E. aprobara las medidas que me sean índispeos bIes adoptar para que no s.e atrase la marcha de mi division que el,m.) V. S. se instruirá por mis comunicaciones anticipadas solo tIene por objeto situ~r mas al á de 105 limites de los cuatro Estados, una division-. que los defienda de cualquier inva 5ion que pudiera intentlrse por las tlopas tIel intt:rior de la república. Soy 1 t:~ño para nave gar, y OlU ho ntas des u de' li ia de toda la orilla d recha que es la de 1atear. La limpia por ambas orillas de Soplavienlo a la boca de Saoaguare ha si do indispensable pflr l() que angosta -el caño en aquella parle, y pDr la espesa montaña de grandes arboles que pueblan sus marjenes. Tambien, donde se ha trabajado, se ba hcc'ho la estraccion de los palQs del fon do de dichas orillas y del centr.o; y la limpia o arrace sobre el barranco es muy cerca de la doble anchura de las .dema4f limpias que se han ejecutado en todo el canal del Dique, porque era tal la incli · nac ion de los arboles h~eia el eafio que habia grandes pivijay·es y ~uamos que esleodiao sus ramas h~sta doce (, quince varas adentro, casi sobl'e la ~uperfid.e d~1 agua; y era necesario eseguI" 1 limpia. como se ha hecho por muchos ñcs, es pecialmeote en la orilla de latear á cos la de un excesivo trabajo por lo profundo caño. En lre el PJSO y la Bodega de 11,sbates se ha hecho el lrabaj() de sacar los troo cos de arboles que tanto coottibu . en a formar los bancos de arena, y tambieo se han estraido los árboles v cañas bra v' s tumhrtdos en la calle de "M huma. En Barranca, las dos divisiones siguie­ron trabajando eotre Sato y Santa Lu ia hasta el 31 de Oc.tubre, en cu o dia se SUI­pendieron sus trabajos en aquella parte del canal, constando segun los informes reci bidos que la parte que quedo sin limpiar no excede di ochocientas vallas. La limpia de la parte del Dique com, prensiva desde el Estero hasta la Angostu· ra d~ Conej() que se contrató con el Sr. J ul~tl Garcial. ha s~do ta~b~Q.n ~,eali~ada. En la ultima memoria se hizo relacion de la cJase y tér in9s de esta obra, la (oal fué con ratada 6 9 de Abril del año vroxi~ roo pasado por \a cantidad de 2,500 pe· 5'>S, debiéodo e efeclu r en el plaz de dos meses, el cual fué prorrogado en di· versas ocasionrs por los justos moti~os que espuso el Sr Garcia. AdemJs de la ins" peccion pra~licada por órden de la Junta en 11 de .J ulio~ de la cu I se hizo tam­bren menlion en la pasada mem ría, y de la que r s-uJtü haber entonces llegado ~I trabajB a la mitad, se dispuso olro re· conocim' ento' en Febrero del corriente año que fué desempeñado por el inje­uiero director y el Sr. Bernardo d Osse, y apareciendo del informe que ellos pro· dujeron que la obra eS1aba aun incom­pleta. se pasó copia de él al contnatista. Por fint el 20 de J olio manifestó éste ' hallarse ya cumplida la obra en cuestion, y habiéndose practicado el reconocimieo" lo del caso, cuya diligencia fué evacua­da despues dtl nombramiento infru('tuoso de otros ciudadanos, p6r los Sres. S~\va· dor GUlierrez de Piñeres , Juan Aicardi, rt>suhó favorable el informe, , por lo tanto diose por cumplida la contrata del Sr. Garcia. Otl'o trabaj~ que se ha efectuado ul· timamen le fué el que se dispuso en Bdr· ranca PQr indicac ion v direccion del iu­j niero director Sr. Tomas S. Ramsay, quien llegó a esta ciudad en el mes de Diciembre último en cumplimiento de la conll' la que celebró con la J unta el 16 de Julio del afio proxjmo pesado, y de cu os términos se os dio cuenta eo la pas;da m emoria. La J unta pasó a sus manos los varios dQcumentos relativos a la obra, y particCllarmeute el prolijo in­forme cido por la ('oOlis;oo del Dí. que en O-iciembre ullimo c\.l~ndo suspen­diQ los trabajos de q'\Je estuvo encarga· da; y en con5l€cuencia de Jo indieado por el ;oJeniero director, la Junta dis~ puso )a ejecucion de los trabajOS necesa­rios para poder .reconocer, ni vela.,. y dis· poner el terreno para la escavacion del canal. EI.2 1 de l\1avo terminaron estos trabajos, habiendo manifestado dicho in­geniero esta ya.en pos-esio.o de los datos necesarios para poder formar sus planos , presupuestos; y en efecto se dedicó a 18 foraJacit>D de e.stos documentos, facili­tandole la Junta para alijerar su conelu ... sioo tuda IJ ayuda que él ha reclamado y que se juzgó necesaria. En la ultima memoria manifesto la J u o;" la las di\iJ~..l).ias practicadas para la ad­quisicion el derecho al uso de la ma" quina de v:fpor para es ca V&l', la cual se hallaba entonces armandose por el contra­tista para ser entregada a la Gobernadoo.' Esto último tuvo lugar en el mes de Ene­'' o pro lino pas-do, habiéndose cumplido s~ti~facturiamet1te por parte de aquel con los términos en que fue: ajustada la ma. quina j perQ hasta ahura no ha llegado e caso de ser ocupada en el servicio del Dique, y así es que aun 00 puede berS8 de UDa ffiltOera demo trati'B. si la esper ¡eocia confirmal a las razonab es e¡~ per"nzas que se tuvieron para su conve¡ niente aplicacion a dicha obra. Impuesta la Camara de las operaciones que se han efectuado en el Dique desdG que le fué preseót. da la última mem~ria hasta la presente, debe la Junta proceder a indicar las que intenta promover eo lo stJ~ cesivo, y para esto ha acordado se os wa, nifiest~n en 8grega~io~ a esle ~nfo~~~ o~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. arl.' e eartaj'ena. ~'~~~~~~~~~~~~~~~~--~~~~~~~~~ ¡as de la comunicacion y presupuestos qu le ha dirijido el ¡njeniero director en 19 del corrieote. Se a 'ompañan lambien los planos originales de la obra levant1dos por el dicho inj niere para salisf~H'cion de la Cam' ra, os cua s ella s sfrvira devol ver á '3 Junta. 'Est s do umento! s n el Te u lado s de mu\:ha ('on ¡ deraClOn. Lns tal'u ~ H '! fi males que cu bren los (~ íl fl s y riéoegas des Je R 'I (w dan para oca, no podri n s r 3 i r'a tal empr ,S3 SIO cont r con dicho (l\l XI1io, ni aun con todos l s fondc,¡ dest m,ld.\s p ~ rJ la empresa. Con Ja esCaVaCl) 1, Plh' S, del nuevo c nal 00 solo se con 'ñ ue e indi ado buen fe lo, sino que d é ,' l.) le' él se ejerute queda de hecho e l , lu da Ja cornuni dcion permanente oe e le puerto al Magdalena. derivándose de e lla J s beneficios que se esperan y ~ue indud ~ü)lemeote propor­ci oará al comercio de esta pro"lncia y -al progreso de cada uno de sus pueblos, al paso que ofrece la perspectiva de un ingreso considerable, con el producido de los derechos de pasa.l t muy capaz para 8tendel' a los gastos de su con s rv ci n V para subvenir a la prollJocioo de otrai o­bras prov iociales. Juzga Ja Juota como muv eonvcniente la refo!'ma del decreto espedido eD 7 d Octubre últ mo que Ja 8uLOriza a levantar un empréstito sobre los f ndos del Dique. La razon es . porque el provechoso efecto que debe pro incir dicha medida en el ca· so de ser preciso tomarla, y lo cu \ biQn reconocio la Camara uando reda lo las c()n~ideraciolles en qua el necrelu :;e apo ya, se haC"e nterJOH.ote nugatorío cvn LiS condiciones preve ,d"s en el aníc uJ( 3 .0 , a saber, el 00 podf r e hacer 1>1 em éstito por mas tiempo qu! el d 'u tro ñ ' s, y el que no se ab nara w ' s iUlr)' ~ que el de seis pOl' ciento anual. E l (u j 1t a lo pri mero, debe considerarse que '1 objeto del empréstito ei poner por e~ t medio a la J unta en anticipada po esi tJ o de UQOS fon­dos, que si para usarlos fu ,rd in ispeosa­J) le aguardar alliempo en que debieran in­gresar seguo la le ,causarlan á la obra con esta lentitud perjpicios que por SI solos pQdriao ocasionarle· u rmeis el indicado decreto, 1.° omitiendQ la fljacion de plazos eo la contratncion del empréstit~'); v 2. 0 es. ta bleciendo por rata de interes basta el 12 por e ¡eoto an llill. Las cantid' des invertidas en los trabajos del Dique despues de lo men i0nado bajo e~te punto en 1 .. me nOI'ia P~\ S l'J~ , e decir, destie l. o de :,etlembre de 11.39 hasta el 3l de Agosto del pl'ese Jte, importan 1 C5:39 p6S0S 3/4, Cll a iuversion se ha hecho en los ob.i~t lS sigui ntes:- E lo remi'ido a Barranca y S. Estanisla . al tesorero de las obras del Dique para atender a lo. tra­bllj J de limpias desde 1\11 hate' a Rana ' ca, bajo 1 inmediata ins­pe ' d on de una conusion de la .J II rl ta . E lo ent,'eiad,) al Sr Ju11 n Garci ,por reit • de los 2,500 ps. en que f,.é cont18tada la limpia de de Pasacaballos hasta t.a an. gostura de Couejo . En gastos de recoDG'cimintos, r r Dlcsas y correspondencia, gastos de secre­taria, etG. En compra de útiles remitidos a los trab jos. En lo entre~ado por re'ito de la suma en que fué ajustada la compensacion al in.le~ iero d"i r ~· tor por traslaci(ln de su paí i:J ste En lo remitido a Barranca .. ,1 tesorero de las obras del DIque pua los trabajos de nivda"ion practicados para levant r los pla­nos bajo la inspeccion del iuje­niero director Por el salario de tres Isi ten tes para ayudar al i jcniero director en dichos trabejos, durante dos meses. En el sueldo del ioj nierct di- 76 7 rector. . 1,333 2 11,.539 En cuanto a las sumas que han de pre· suponerse c"mo oec.esarías para la contí· nu don de los traba jos, la J unta, con mas razoo que en el año pasad , no pupde dd· t~rmi 1 ' 1" e a fij orhs con aotídpacion. Los trubáJos que d .b n emprcnderse son de lí m ~ y ( r lmporla&l cia, y tambien lo es el que s , eje. uteo con toda la " ible activi, ad, míe tras que por otra pal te d pende de di ver as ¡ .. CUD .t , nt'!;I· i'1dl P' Jientes d ' la deliberdcion de la J u loJ (.1 gra de est f>n· sion, que en uo OlOOH'Uh,¡ mas que tn o tro, pueda reribir la p o 'ecucioD eJe la em ~resa. En esta vir od, la J l o ta opina que no es de deSignarse C,. llll1 ad fija ano' I pa ra los lraU~lYencign granadina cC?n el .,bjeto d~ que Sr. coronel, esta interesado en el honer. de su patria y en 00 desmentir las espe­ranz:\ s \' los sacrificios de SllS projeQit~ res (19). Debe V. S. tener en c9nsiderlcioD que si ... fectivamellte el pueblo desea la reforma de con~tilucioD, ella solo puede conseguirse 101- teniendo wl gobierno Jej ílimo nacianal (20), pues de so eSlstencia depende Ja reunioo del­Congreso próllim()t único C'IIerpo • quien co ... responde adopta, Jos medios para que aqueUa .e efectúe [2. J. En ~u reuniGn inmediata se cOli.ocara la convencion granadioa [22], J aUí •• reQle ¡arilO todos l us males que hoy aBijen • la patri_, por mUlera que dentro d.. poco tiempo se COftst~ujra lo mi.,mu que hoy pre­tendeD loa di.5ideUle5, con la d~f~ renci, de qU& cmtom:es !e obtend.a pnr "ils legales lu quo ahora quieren lograr pnr medio d~ actos irre­gtlJare~ [23J que el ~o v 'rlau 'a üoli~. de las uherlo re~ medidcls que se adopt~-eD, , caus.­ti'o trastc...rllo ·, efu:;ion de s3ne;r6 , m 'l tiLlld de males que no e ~ {itcil eouml:rlr (:!i;. Por tanto el Vicepresidente eSI.¡era que in­mediatamente qu ' fr.ciba V . S e!¡ta comuf! i­CllcinJ) llame 1 .!oU puesto.1 Gobernad\JT de esa provillcla, poniél.ldose V. s. a sus 'lrdeDe, con la guaro,chm de 8U mal de [25], 'f qu ~· dal1do rrspoIJsabje de lu conkcue' cias 80 caso de no y,.rilic rJo (~6). Al ~fecto en esta InIlIm fe 'ha lo ~(lmuDico al Gobernador Pi). Dios guarde a V. S. Miguel Chuzri_ en ella se ~ancionen. ( IR) CiertAm{'u tp que no ha pp.n o;aclo m I el Sr. e.ice w, pue~ ~ p.,r-. h cer ver . Im JIt . do ent(·ro que e t .lS paises pueden t uer ua gobierno ~c:lhd 'J J P Tmanenle y que son gl ar­dianes de la tibt rhd 'J de l. ley. que H~ luo sustrlido de :a obediencul a la traicion • al pcrJuri(), tcalizan¡Jos(> de este modo los 90tOS de la ci~HiZlcioll y de la ti os,o fia. (19) Apurado esta grillo. i C4'IU que 3hora es que 8e acuerda el Sr. Clic~ ,Jo del bUO l) r de la patria y de los prOle .itor~s del be ,emérito Sr­Jcneral Piñere~! St'pa el Sr. Caiccdo que el recundo de sus projenitores sera un motivo mil podf'roso que ligara al Sr. jeoeral Piñeres p r. 8OItf!ft r I CI USI proclamada por Ja pro. ..lIlcia de Carhjena com() que ellos fueron vico lim&s de su amor por ella. [10] Vamos Sr. Chlari, ¿ no se a·'VeroQenz.a V . ..le decir sC'mt>jantes simpJeza,? j cre~ V. l _ e so que é .. tamos por conqUll5hr! Verdad es que la mayoJ'ia de Ja nacion desea Ja refo,ma de b cOJ]slitu~ion, y pur eso es ql.le se canse­g\ ira, in D c .sidaJ de sostener he s.obieroo qlle V. llama leJiliruo J que nosotros no J • cOII.~ ~der mo~. t.a' de~de que violando el pacto poltuco y U.1C10fl ... do lA cl)n6.allza púbI'~ se ha cOD~erlido en oprebor y desll'uctor do los puebfoll. (2 f) Bien eao U, pero mal en ,ona. Eso 8eria lo que qUlsit'raD, el Dr. lU .. rquez y S'J compar­sa, qUA se reUnleSf' eie Con;reso compuest~ eu su m t yoria por hombres velloi.os al podt!r y qu~ han c~D~egllido la re f rese'ltacion por los vales m,.dlOs de 1 .. desmor.dlzacloo, e ' f 0- hecho 'j t HJa suerte de IOlri"as, ('U 'JI de el)e modo I(}grarjan folocar de PJ'e~jdent8 a.su es­termin. dor Horrero. [22] La coovencioD grallaain_ se con-,.oca­ra pür quien cone pllll . a sin neceslJad de CQn~reso~ pronto If) v ·r emus. (3) Llamar act(/S 1. r (·gulares 8 Ja \'olu tad hit·n pronunciad. de la rnayorill de la nacion, es el colmo de la mp Id ,d. Los ¡-ronuadD' ¡en­tos de 118 provincia l,a u sido H-l •• , rt gul~res ., conv4'Diente ~ : .el curso de t:cmpo lo mOl­trara m. , C1ar1tOlen le. (24) N o pueden CllUsarse mayores males ni df'rra­~ nr"e mas ,.tngt'c que la que ha b~lCb,o ,,('rh'r el ejecu­tivo. en Past~, Popaya?, V t!)cz, TunJa, Socorro ) Do­gota; pero SI m tenaCidad lIt>ga.e :1 t:.tI .strcmo dt: 0- cura que prctcn?ies~' conq~is~rlas pi'ovi tl~ del M"g­.. lena, sus baLlt:tnls estall dlSpU f'Stos ..a--quedar.e sin qml gota en sus (~n rpo~ antes que' Volver a !lometerse á los uares de?n éjimeo que soJo les ba proporci6- llado males y rOlDas. Al.efecto ya m¡lr(~banpara guor .. J)ccer el Magdalena di:h, mIl hombres con eIbcnemérito y v~hente jcneral Carmona y varios jefes y ofiCiales "'ravos, entusiasta~'y d 4'cididos, jOlito con un conside­rl) lJl~ PJIJJJcro de fuerzas sutiles, sin contar la divisioll quc dcb~ 1~C'tif de,,,.stél.plaza,,f 9,oe y.a organiza el je­fe l>upl'rlor beQl'rn.mto Jenen! PIDer~ •• Intenten, si le quieren desen;a,-iar. (25) N ccedád es esta que no merece comeDt~. (26) V cremas las pon 'ecuencias, y quiera Dios que ellas uo senil funestas para el Sr. CaicedQ. (17) Rimm tcneatif 4mici? ~ Imp. de los }t{!~cd(:.ros de J. A. Cat-v,. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Trimestre 1 N. 1

Por: | Fecha: 17/07/1842

'¡; .,-, . Irf la .~ob~ttcta ~===::Ii=C=~=R=T=j4=J.='E.=W.=A=,=D=O=iM=T.N=G=O=17=D=E=J.=VL=IO=D=E=1=84=2=. ====c::i: I TRIMESTRE 1. o S~ admiten las suscrlciones i se venden los num~ros sueltos en la tesorerla de rentas provinciales. 12 reales anticipado •. La inscrcion de avisos &c. se ajustara con el impresor NUMERO Vale un real. DECRETO DE LA GOBERNACION RESTABLECIl!:NDO EL PERIÓDICO PROVINCIAL. .Antonio llodrig7lez 1'orices, G?bernador de la pro'l7i;ncia de Gart0;7ena, Habiéndose suspendido la publicacion del Semana1'io de Cartadena creado por decreto de la Gámara provincial de 14 d.e Octubre de 1838, a consecuencia de la rebellon que tuvo lugar en esta plazt\ el 18 de Octubre de 1840, DECRB-rO: Artículo 1. c; Se restablece la publicacion del Se'tnanario de la pl'o'vincia. d~ Ca:ta}ena, la cual se hará todos los dommgos, 1 en la misma forma que antes. . Art. 2. o La sél'ie de la numeraCIOn co­menzará nuevamente por el número l. o Artículo 3. o La suscricion del trimestre '1'aldrá doce rea.les, i los númer?~ suelt.os un Teal. La admision de las suscrlClOnes 1 ven­ta de los números estarán a cargo del tesore-ro de rentas provinciales. . Art. 4:. o Los artículos comulllcados 1 a VI­sos se ajustarán con el impl'esor, q,?ien dará aviso al tesorero para que haga efectivo el pa­go del valor ~on ve~ido. insertarán' grátis, lo ~ism? que todas aquellas producciones de púbhco mteres. Art. 5. o El secretario de la. Gobernacion enviará oportunamente a la imprenta los m~­teriales que hayan de formar la. parte oficlal del periódico. '. . Art. (j. o Se imprimirán por ahora 200 eJ~m­pIares de cada n úme '0, de los que se destma­rán-- . Para S. E. el Presid, ute de la República 'i los tres Secretarios de E:stado . . . . 4. Para los Gobernadores de provincia ,. . 19. Para esta Gobernacion 2. Para los jefes políticos de los cantones de la provincia.. ., 9. Para la Cámara provmcIal . 2. Para la contaduría de la provincia. 1. Para la tesorería de rentas provinciales. 1. Para la Biblioteca nacional . 1. Para el retorno de periódicos nacionales j ~,t.ranjeros, hasta. . . . . . . . . 20. Para sociedaclc':-; i talleres, hüsta. . 10. 69. Art. 7. o El tesorero de rentas provinciales llevará la cuenta del peri ódico en libro sepa.­rado. El cargo lo formará el producto de las suscriciones) venta e ínsercion de comunicados i avisos j i la data el valor de la impresion del papel, que se abonará ~cspues. de la ' .pu­blicacion de cada número, 1 el seIS por CIen­to que se asigna al tesorero por la venta de los números i recaudacion del valor de las iuscriciones e insercion de comunicados i a­visos. Dado en Cartajena a 12 de Jtúio de 1842. ANTONIO RODRIGUEZ TORICES. . El secretario, Juan Antonio Calvo. el CULAR A LOS JEFES POLITICOS SOBRE LO MISMO. República de la lVueva Granada.- Gober­nadon de la provincia.- Cartajena 12 de Ju-lio de 1842.-Al Sr. jéfe p(j)líti€o del canton de--- Con esta fecha he dictado un decreto res­tableciendo la publicacion del "Seman~rio ~e la provincia de Cartajena," i en consecuenCIa el domingo 17 del corriente se 'dará a luz el primer número, del cual, así como de los que se sigan publicando, se remitirá a V. oportu­namp- nte un ejemplar para que lo conserve en el archivo de la jefetúra. No pueden ocultarse' a V. las ventajas de tales ublicaciones, principalrnen~e aD:do, co­mo ésta, tienen por objeto Erop~gar útlles co­nocimientos i promov~r el bIen Jeneral en to­dos sentidos. Por lo mismo; espero que Y., por sí, i por medio de los alcalde~ de distri­to, excite el patriotismo de los vecmos de e~e canton para qu~ ~.ontribuya~l con s.u#s .SUSCrl­ciones al sostemrmento de dIcho penodlco, con lo que se proporcionará ún auxilio a Jas ren­tas provinciales que lo costean. Igualmente espero que V,. comunicará cuat­quiera noti~ia o proye~to .útIl que crea conve· niente publicar en el mdicado papel. Dios guarde a V. Antonio Rodríguez COLUMNA DE LA UNION. Número 13.-·República de la .Nu.eva Gra~ tajena 3 de Junio de 1842.-Al Sr. Secreta­rio de Estado del despacho de Guerra i Ma­rina. . Señor, Desde que en junio de lR~ ~e restable~ió en esta plaza el órden constItucIOnal, varIOS individuos se reunieron espontál eamente en un cuerpo, que s~ organizó con el nombre de " Columna de la Union." Esta columna, com­puesta en su mayor parte de la )uventud pa~ triota i entusiasta, i de otros CIUdadanos no menos interesados en la suerte de la patria, ha est.ado sobre las armas desde aquella épo­ca hasta el 8 de Marzo último que se le re­tiró del se,rvi0io activo. Durante ese largo pe­nódo, los indIviduos de la. columna ~e. In U- 'nion han hecho a la repúblIca el serVIClO mas grande que puede prestar. un granadino espo~ niendo jenerosamente su VIda en defensa de las instituciones nacionales i abnegándose todo eu­tero a la salud de la patria. Invadida la provincia de CartaJena por la , inicua faceion que acaudillaba Francisco Car­mona, la arrogancia de este atrevido cabecill.a vino a estrellarse en los muros de esta her6I­ca ciudad. La plaza . de CéU'tajena, qisladn en medio de las otras provincias dominadas to­davía por la faccion, i abandonada por lo tnis­mo a sus solos recursos, ha podido resistir un sitio de mas de seis meses í dado un terri­ble escarmiento a sus bárbaros agresores. Yo, que en tan angustiada crísis he saboread.o to­das las amarguras del mando, cumplo hoi con una sagrada obligacion recomendando 103 im­portantes servicios de la columna de la Union. Ella no ha prestado solo un servicio material guarneciendo los baluartes, acudiendo a todos los puntos que la traicion dejaba indefensos, trabajando personalmente en la for~ifica.cion de dichos baluartes" concurriendo a todas las sa­lidas que se dispusieron al campo enemigo sin que se necesitase para esto una sola lla­mada, i escarmentando gallardamente al ene­micro siempre que se atrevió a atacar los pun­tosO que le estaban confiados, como aconteció en la noche del 1 de Setiembre próximo pa~ a sado i en los veinticin~o dias que estuvo él enemigo en Jemani, veinticinco dias que pue­den considerarse como una batalla continúa; no es solo este servicio material el que la col mnna de la Union ha prestado, sino qua ha salvado a Cartajena con la inthlencia mo .. ral de su buen ejemplo, de sU incansable pa_ triotismo i de su alentadora fidelidad. La co­lumna de la Union se ha adquirido, pues, el mas justo titulo a la gratitud nacional i alu consideraciones del gobierno. Persuadido de esto S. E. el jeneraí Pedro A. Herían, jene­ral en jefe del ejército de la cbsta, ha que­rido conservar el nombre de la columna co. mo un titulo de gloria: i yo, coincidiendo con esta idea, pido al su premo gobierno cree en esta capital un medio batallon de guardia nn.­cional de artillería con aquella denominacion. Sírvase V. S. somet~r esta pe tic ion á1 cO· nocimiento i resolucion de S. E. Dios guarde a V. s. Antonio Rodriguez Tori~e~. Número 6.-República de ia Nueva Gra­nada.- Secretaría de Estado en el despacho de Guerra i Marina.-Seccion 1~-Bogot4 30 de Junio de 1842.-32.-Al Sr; Góberna­dor de la provincia de Cartajena. Persuatlido el Poder Ejecutivo de los inte­resaptes servicios que ha prestado en favor 'C>' •• ~ • da n OIon e que ~ la ~n sU ,nota u 3 del corriente, número 13, solicitó del Con. greso que se incluyese a los individuos que la componen; en ~l decreto de honorrs para los que han triuqfado defendiendo la caüsa de las instituciones nacionales. En cuanto a la indicacion que V. S. hace en su citada nota. de que ~e forme un medio batallon de guar­dia nacional de artillería, sé observará por ahora lo que el Sr. jeneral en jefe del ejér~ cito de la costa hubiere dispuesto) mientras se hacen los arreglos jenérales acerca de los cuer­pos de dicha guardia qué deban pertnanece'r~ Todo lo digo a V. S. de órden de S. f!. ~ Presidente de la República, como resultado de su referÍda nota él la cual contesto. Dios guarde a V. S.-Jo.~é ..t1zevedo. --' - SALUBRIDAD PUBLICÁ¡ Repúblicci de la Nueva Gran~da.~ Gober.· ?wcilJn de la provinci(l.-:-Cartajena 14 de Ju­lú] de 1842.--Al Sr. jefe político del canton de esta capital. Ayer he leído un papel titulado" Üid i juz­gad," en qne se dennncia que la harina con que se elabora el pan que se suministra a·la tropa que guarnece esta plaza está corrompida" V., pues, procederál con ,arreglo al artículo 103 de la ~ei jeneral de poliéía, a hacer prac­ticar inmediatamente un reconocimiento de las harinas que existan en los almacenes, tiendas i panaderías de esta ciudad; i las que ré'sul­ten podrjdas () corrompidas dispondrá V. que se arrojen al mar, dando cuenta a esta Go­bernacion . Dios guarde a V. Antonio Rodrigues Toricesr PROVISION DE CURA Tos. La Gobernacion ha nombrado i pteséntado1 previos los requisitos legaleS-'- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Para cura parroquia de Santo Tori-bio de esta ciudad, al presbítero Francisco Vi­llegas, en 2 del corriente. Para cura de la parroquia de Cascajal, al presbitero Juan Francisco Quezada, en 14 del mismo. ~~~~~~~~~ JUZGADO DE HACIENDA DE LA PRO­VINCIA. El dia 1. o del corriente tomó posesion de es­te destino el Dr. Francisco Tomas Fernandez, ambrado interinamente para desempeñarlo. . MÉDICO CIRUJANO DEL LAZARETO. .Los profesores_ de medicina o cirujia que qUleran desr.mpenar este destino harán sus 80- lieitudes a la Gobernacion. La asig-nacion es de 400 pesos anuales, con obliO"acioll de re- .idir en el establecimiento. o Cartajena 14 de Julio de 1842. Por S. Bria. El secretario de la Gobernacion-Calvo. De.hiendo organizarse el cuerpo de policía de esta provincia, se invita a las personas que quieran optar al destino de comisarios para que dirijan sus solicitudes a la Gobernacion dentro del término de treinta dias. Los comisa­rios deben ser veinticinco, con el sueldo de 12 pesos mensuales cada uno, si hicieren el servicio a pié, i de 18 pesos si lo hicieren a caballo, sien­do de su (menta proveerse de caballo i montura. Los individuos del cuerpo de policía deben ser voluntarios, robustos i de una moralidad bien conocida. Cartajena 14 de Julio d~ 1842. Por B. Sria. El secretario de la Gobernacion-Calvo. RENTAS PROVINCIALES. o- ~ t;t:j g~ o ~ ~ 9t::: o I I I p. ~ m O ~~ rn Elo p..p..p.(") t::1 00 ~ (1) (1) O e 0.0 ...... 0(1)8 (bo c_.~S ~= t::1 ~ ::s ~"i ..c . o (1) ~ t;t:j ~ ::s ~ tI1 ... rn ('!) o (") ~ ~ rt\O • VJ o·' ~ e: m ~ -p.. . ? ~ o (1) ~ ~ I ~ 1 > ~ "'"'" t'l(1) ~I o qJ to:S ~_ . oo ~~ ~ d R~ . ~ ~o "'"'" "VJ t"'1' .r.n., ~ ~ ..., ..... Il) ('!) ~ "" I ... ' " " ::s o~ zt'1 V:.1 ~ -o ~ e ~ "'""'- ~ ~ ~ ~ ~ ~ _. ~ I ""t ~ ... - ~ - ....... I e ..... I ~ ~ > (1)p.. §) ~ ~('!) I - ~ ~ - ~ ~ .c:,..:¡ ~ a;1 ~ ~ qJ ~~ ~ ~ el -::s O ~ ;o ~ O ~ ~Q., ~ ~~ ::: : I ~ Q.... ~ ~o (Jl ~ (l) Q ti) ~ "'"'" I ~- o ~f;' ~ ...... ~~ :! :n O ~ l\:) S t,) -- ~. tl e.tl "'"'" ~I e ~S "'"'" ~ t:1 ,.;o ~ el ~ el ~\ p.. ..... "'"'" ~ ::::1 .......... ~ P t:1 ~. t;t:j . O t\? :! ~ ~ ~ I rn ~ ~ ti) o e n ...".'.". '" I ..C..>.,.j.-~ ~ "'"'" !f1 ~ ~ ~, ~ "~I t:t V.2 ti) ~ I ~ ~\ ~. t>=J !\ .... O > k ~ O ~ -lO '"' ..... e.oo ..·, 0.0.:l ~ /.'tI ,¡;,.::! ~ : I e .,,: ~ ::s ~ ~ ~ = ~I ... • 1") ~ ........ >-4 ::s ~I ~ > ~ CONDUCCION DE CORREOS. Debiendo proveerse tres plazas de conduc­tores de correos de la carrera de Santa Mar­ta, i una de la de Barranca, se invita por el presente, en virtud de lo acordado por- la Junta _ de hacienda de la provincia en sesion del dla 11 del corriente, a las personas que SemanarIO '(le €artajena·. quieran hacerse cargo de dichas conducciones a que dirijan rus proposICiones dentro de vein­te di as al despacho de la Gobernacion. Cartajena 15 de Julio de 1842. El secretario de la Gobernacion-Calvo. EL SEMANARIO. Restablecido el órden en toda la es­tension del territorio granadino, las co­sas vuelven a seguir su curso regular i sosegado. Vuelve el labrador a regar con sus sudores un campo que encuen­tra regado con sangre: el artesano sacu­de el polvo de sus amohecidos instru­mentos: empieza a sentirse de nuevo el movÍlniento comercial. Todos vuelven a sus antiguas beneficiosas tareas-el Se­manario tambien vuelve a la suya. Interrumpida la publicacion de este periódico por consecuencia de la infame traicion militar que sometió esta provin­cia al yugo de la r volucion, en Octu­bre de 1840, reaparece hoi bajo los aus­picios de la paz i del órden, para con­tribuir, aunque débilmente, a la grande obra de la rejeneracion nacional. Educados los pueblos ' de América ba­jo un rigoroso pupilaje, hanse acostum­brado a esperarlo todo de sus gobiernos: creen haberlo hecho todo de su parte con haber puesto un hombre a la cabe­za de la nacion; i sin detenerse a re­flexionar en lo limitado de las faculta­des humanas, pretenden que aquel hom­bre piense por todos, obre por todos, i lo haga esclusivamente todo. De a uí sistemas políticos ensayados: de aquí esa malquerencia i ese disgusto con to­dos los gobernantes-de aquí tambien el abuso que esos gobernantes han hecho muchas veces de sus facultades. Mas, por fortuna, para el habitante de esta parte del mundo occid ntal, ya ha rayado, aunque tarde, la luz de un saludable desenga.ño. La esperiencia que brota de las desgracias ha debido per­suadir a todos los granadinos: que los pueblos, así como los individuos, se de­ben a sí mismos su suerte: que la so­ciedad no puede marchar, si los asocia­dos duermen; i que todos, absolutamen­te todos, · gobernantes i gobernados, te­nelnos atribuciones i debe:.;es que llenar, re", pecti vamente, para llegar al gran fin ue las asociaciones humanas. Secundémos, pues, al gobierno con to- ' do el apoyo de nuestras fuerzas inte­lectuales j de nuestra capacidad mate­rial, en el árduo i jeneroso empeño de rejenerar este pais sin ventura. Auxi­liémoslo con nuestras indicaciones, cor­rijárnoslo con nuestros avisos, estimulé­moslo con nuestros aplausos. La ciuda­danía es tambien una majistratura: la ciudadanía, que nos inviste de derechos, nos impone igualmente deberes. Huya­mos de confundirnos vergonzosamente con esas hordas bárbaras que descono­cen los beneficios i las condiciones del estado so'cial. Sea la felicidad de todos objeto de los conatos de cada uno. La dicha pública es de interes individual: en vano el estúpido egoismo pretende separar la una del otro. Basta ya de desaciertos i de delirios. L s granadinos, como los deluas pueblos de la América antes española, atormen­tados por una fiebre. violenta, hemos corrido de una í1 usion en otra, en bus­ca de un fantasma que nunca podiamos asir. Las teorías habian fascinado nues­tra razon i corrompido nuestro juicio: i hemos perdido· dolorosamente el tiem· po en destempladas disputas i en hor­ribles duelos. Los que nacimos al prin­cipio de esta prolongada revolucion, he­nlOS recorrido ya un tercio de nuestra carrera mortal, sin que conservémos un dulce recuerdo de nuestra juventud, ni una esperanza consoladora para nuestra vejez . Pero no, no permita el cielo que el frío desaliento se apodere de nuestro~ espíritus: no permita el cielo que tan­tas i tan duras lecciones sean desperdi­ciada »: no p~rmita el cielo que mura­rnos como hasta ahora hemos vivido­maldiciéndonos i despedazándonos recí- . amente! Querámoslo-i todo estará allanado,. todo estará hecho. La voluntad de un pueblo es omnipotente. Demos a nues­tras facultades un empleo noble, una apli­cacion beneficiosa. Busquémos en el tra­bajo el único medio de riqueza, en la virtud la única fuente de dicha. N ues .. tro · suelo nos brinda con mil elementos de ventura, de grandeza i poder. Hur­témosle al europeo sus inyentos, imite­mos sus artes; i procuremos atraer ha­cia nuestra patria todo lo que la civili .. zacion puede ofrecer de bello i de graD­de. A G.n.~.l"J1J.1A Es~raño es, i sobremanera lamentable, que en un pais cuyas instituciones po­líticas autorizan i protejen la libertad del pensamiento i la palabra, se haga tan poco uso de la imprenta como en la Nueva Granada. Las cuestiones del mas alto interes pÍl blico no son bastan· tes a empeñar a los escritores en su dis· cusion; de manera que el gobierno se encuentra como en un punto aislado en donde no halla un brazo que socorra su accion, una voz que responda a su voz: triste situacion en un sistema político en que los actos de la autoridad nece" sitan del apoyo de la opinion-la cual no puede hacerse entender de un modo inequívoco sino por el órgano de la iin­prenta. Esta apatía de los ciudadanos, esta inaccion del talento, es el signo mas cier ... to de la muerte del espíritu públicO'. La indiferencia de un pueblo en los nego­cios que le conciernen sup ne de su par­te mui poco aprecio por su libertad, i está como estimulando las tentativas de la ambiciono Apliquélnos, pues, la mal séria atencion a un lnal de tanta gra­vedad; i procurémos sacar a nuestros conciudadanos de esa especie de anona­damiento, que dispone para el sueño d. la servidumbre. No son, no, la ignorancia i el egoi.­mo las únicas causas del silencio que la­mentamos. No faltan a la Nueva Gra" nada algunas cabezas iluminadas por la filosofía; i aun tiene amantes hijos que se enorgultecen con su gloria, que lloran por sus infortunios, i forman de S11 feli­cidad el blanco de sus anhelos i el a5un Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. to primario de sus meditaciones. Mas iqué estímulos puede tener el es­critor si vé que no se le presta atencion, si en vano clama para que se corte un abuso, porque el abuso no se corta-pa­ra que ~e enmiende In desacierto, por­que el desacierto no se enrnienda? i Pa­ra qué hablar cuando no se nos quiere oir1 i Para qué estudiar, cavilar, escri­bir, si jamas nuestras indicaciones pro­ducirán un s lo bien positivo-el bien que pudieran producir, si se quisiera eonvertirlas n un acto lejislativo o gu­bern tivo 1 Toda a 'ci n del h mbre tie­ne su motivo i su fin. lUejorat la con­dicion del jénero humano es la noble mi-ion del tale! t : i de ,tituirle de la es­p ranza de es e dicl o 'o resultado, e a­niquilar la fuente de su' in piraciones. E to es lo que ha suceJiJo entre no 0- tr , i·.1 q e, en nuestro eoncepto, de­be asignarse como la causa principal del ,-·---.-R:iknCtO Jo ~. -blito la J ueva Granada. EL dia q u en s se persuadan de que con su e 'ritos pu el n influÍ!' en la suer­te de su ' c nci . dadanos, se les verá al­tar a la arena i consagrarse gustosamen­te a la discusion de los negocios socia­les. Concédase! l,a intelij neia toda la importanc'a que d be tener: acójase la indicacion ütil, la censura razonada: sea la imprenta la piedra de toque de la capacidades, una puerta para la can el'a pública: i se verá a una juventud, se­dient de 9.ldria, (1 m1t1'egarse al estudio de la filosOJíd, para hacerse idónea a las 'T'najistrat'l}:ras de un pais que no acuerda la potestad rnas que a la razon.' Así lograréln real' un 'erdadel' ---- C,O no en así en 1 órd n político ral iliterario. VICF.PRE IDE - 4lA DE ] ,A RE PUBLICA. CANDIDATO: ....4 pó. tal a rdiente de los principios de ÓT­den i de racional libertad ql¿e forrnan ho¿ el sírnbolo del patriotisnw anwricano, in­mac dado e'l1 n reputacíon ¡moral i polí­tica, i jc~'sado· en el cono 'imiento de los negocios i ele lo blerese actuales de la . oc?'edl el, su infiuen ia en la, adtninistl'a­' CMn se7'¡(l, de ~Tan provecho para la Re­pública ELECCIONE.. ~RIl\IARIAS . Electores por los di 'M"itos paT'foqu tales del primer cantono Catedral.-SS. R. Obispo de la diócesis, Dr. osé Manuel de Vivero, José laría Amador, Mhn el Pretelt. Sto. Toribio. - . Dr. Manuel del Rio, Dr. Manuel P. de R cuero, Presbítero Francisco V'illegas, Manuel adoro Trinidad.-SS. Dr. Marcelino Gúnzalez, N'­coJas de Paz, José María Vives, Felipe José Morales. Pié de la Popa.-Dr. Manuel José Cajar. Turbaco.-SS. Pedro Macia, José Joaquin Torres. 7\r.rbana.-Presbttero JOSE! a "'a Lugo. Sta. Rosa.-Presbítero Franciscó Pion. Villanueva.-1>r. Ramon Benedeti. Sta. Oatalina.-Sr. Juan Antonio Calvo. Arroyo-grande.-Sr. Luis Cabarcas. Pasacaballos.-Sr. nue orado. Semanario "(le Carfajena~ Loro.-Sr. Antonio Abad Tatis. Bocachica.-Ooronel José Maria Gonzalez. Barú.-Sr. Ciprian Julio. Sta. Ana.-Sr. Sebastian Villanueva,,.- ,. .,.-,.. __ Rocha.-Sr. Luis María Oehoa. ORTOGRAFÍA ESP,A.ÑOLA. La Ortograña española, que entre las lenguas vulgares es la rnas aventajada en regularidad i sencillez) habria llegado ya al grado de absoluta perfeccion a que está llamada, si la AcadenlÍa de la. len­gua, mas filosófica i menos pusilánime, hubiera seguido la senda señalada por los Neb rijas , Aleman€s i otros doctos co­nocedores. Mas, sojuzgada por fútiles preocupaciones i temores, no ha sido mas que una esclava cuando se pavo­neaba con las ínfulas de lejisladora: i cuando hubiera debido dar impulso a los acle antos de la lengua, se ha tado c n los brazos cruzados esperando que ese impulso se le comunicára. Así, pues, 'ella no ha desempeñado su mision, no la ha conocido: su autoridad ha comen­zado a debilitarse, como todo lo que no se apoya en la razon: .i los escritores, principalmente en esta parte del mundo español, se han lanzado atrevidamente en el calnpo de 1 mejora. La j i la i han sido reconocidas como (micos representantes de los sonidos de que antes participaban la g i la ye (o sea y consonante). Ya no se verá la anomalía de escribir GErónimo i JESUS, J lmenez i GItano: i el po e niño, a q~i~n se atormentab.a para acerle es-lutamente iguales, tendrá ahora la mas grande facilidad usando de la j siempre que se le dicten las combinaciones ja, je, ji, jo, ju. A esta simpliJicacion se seguirá otra no menos importante; pues relnitida a la j toda la pronunciacion gutural fuerte, la g vendrá a reprelentar en todos los casos i cOlnbinaciones el sonido suave que le corresponde; i estando ya de mas la u que hoi se le junta antes de e i de i para las combinaciones gue, gui, no habrá dificultad en leer gerra, gia, co­mo ahora se lee galo, gola, gula. El uso de la y (consonante) como vo­cal, es lo mas irregular i chocante que imajinarse puede, porque en la escritu­ra, lo mismo que eh la música, cada signo debe corresponder a un solo soni­do. Nos confundimos al considerar có­mo ha podido creerse por tanto tiempo que una eonsonante pudiera sonar por sí sola, como se ha pretendido con la y usándola como partícula conjuntiva, cuan­do es sabido que dichas consonantes no pueden sonar sino combinadas con una vocal: i nuestra confusion es tanto lnayor, cuanto que teniendo el alfabeto español una i verdadera vocal, no ha habido ne­cesidad de tal impropiedad. '*' Debe rele­garse, pues, la y consonante al uso propio i único que debe_tener en las combinacio­nes ya, ye, yi, yo, yu, i restituirse a ~a i vocal el puesto que aquella le habia * Imajinamos que haya contribuido a esto la impropiedad de dar un mismo nombre a dos signos absolutamente distintos como son la 'Y consonante i la i vocal; por lo cual deseatía­mos que en las escuelas de primeras letras se siguiese la práctica, adoptada por algunos gra· nláticos, de llamar ye la '!I consonante. ." usurpado en las voces hoi, soi, estoi, leí, rei, mui, i (conjuncion) &C. t Celebraríamos, pues, que los escrito res públicos i los maestros de primeras letras se pusiesen de acuerdo en estas reformas, abriendo así camino a otras no menoS' esenciales al perfeccionamien­to total de nuestra Ortografía. La Compañía de la Onion de BogotA presenta su bandera a la Columna de la Union de' . Cartajena. Al Sr. comandante de la Columna de la Union de la ciudad de Cartajena.­Bogotá 20 de Marzo de 1842. Señor, El Sr. Juan AntonÍo Calvo, Represen­tante de esa provincia n el ongres() de la República, es el encargado d po­ner en manos de V. la bandera de la Compañía de la Union de Bogotá. Esa bandera la presenta la Compañía de la U nion de Bogotá a sus compatrio­tas de la Columna de la Unjon de Car­tajena, como una muestra del aprecio con que han visto el honroso recuerdo f] le se hizo del nombre de la Compa­nía de la Union, en el momento solem­ne en que los cartajeneros tuvieron que tomar las armas para defender sus ho­gares i los fueros de su patria de la bárbara invasion que acaudillaba el in­grato estranjero Francisco Carmona. Si la bandera di ri-bizarro cuerpo a que se dirije, sí lo es por los gloriosos re­cuerdos que encierra para todos l~s pa­triotas granadinos. Con ella se formó la Compañía de la Union, con ella hicimos la campaña de Bogotá durante los me­ses de Octubre i Noviembre de 1840, con ella marchamos a la vanguardia del ejército del norte, con ella adornamos el túmulo de NEIRA, i por ella han derra­mado su sangre i perdido su vida en los combates, Leiva, Caro, Martinez i otros . Q,ue nuestros compañeros de Cartaje­na la acepten como la ofrenda de mayor aprecio que podemos hacer al patriotis· Ir 0, lealtad i valor con que han defen­dido por siete meses los l}luros de la CIUDAD REDENTORA. Sírvase V. aceptar 101 en len 01 de consideracion i respeto con que me IU.­cribo 'IU mui obsecuente servidor. El capitan 'comandante, ENRIQUE U RD..\NETA. CONTESTACION. República de la Nueva Granada.- CA .. mandancia de la Coltwnna de la l/n ion. - Ca,tajena l. o de Junio de 1842. Al Sr. capitun Enrique Urdaneta, cotnan­dante de la Compañia de la Union de Bogotá. Señor: El Sr. Juan Antonio Calvo ha pues­to en mis manos, junto con la aprecia-t Adoptada esta reforma, es preciso seguirla en todas sus consecuencias. Usándose la i como conjuncion, sin acentuarla, i por qU~ a· centuar las otras vocales cuando h cen el miSa mo oficio 1 Creemos que en tal caso, la vo· cal, cualquiera que sea, no d~be llev~r a.c~n· to, pues como tal tíene un somdo proplO e m· variable, i la funcion regular del acento es distinguir la sílaba larga en ciertos polisílabo • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Sem~nario de Cartajena. ble comunicacion de V. de 20 de Mar- mio: yo sembré esta planta: yo la regué: zo, la bandera que la Compañía de la yo la enderezé cuando tierna: ahora robusta, Union de _Bogotá presenta a sus compa- fuerte i fructífera, he aquí sus frutos: ellos triotas de la Columna de la U nion de son mios: yo voi a saborearlos en el jardin que planté: voi a gozar de la sombra de sus Cartajena. brazos amigos: porque. mi derecho es impres- Grande es el honor que con tal pre- criptible ... privativo a todo. " lente nOI hace ese benemérito cuerpu- Sí, mi amigo querido, V. está con nosotros: grande será por lo mismo nuestra grati- j mil veces dichoso el dia en que só las tud, i grande talnbien nuestro enlpeño playas de Colombia! Un sabio, un justo mas corona la frente de la erguida cabeza para conservar dignamente tan inestiIna- de Colombia. Yo desespero por saber qué ble depósito. Presentarnos la bandera designios, qué destino tiene Usted sobreto-de la Union de Bogotá, es deeirnos: ahí do: mi impaciencia es mortal no pudIendo teneil esa enseña de gloria, ese talisnlan estrecharle en mis brazos. Ya que no puedo del civismo, ese símbolo del honor:: re- yo volar hácia V., hágalo V. hácia mí: no cibidla; nero. mostraos en todo tiempo perderá V. nada. Contemplará V. con encan- 1:' to la inmensa patria que tiene labrada en la dignos de ella: i luzca siempre inmacu- roca del despotismo por el buril victorioso de lada, siempre triunfante, siempre glorio- los libertadores ... de los hermanos de V. No, la, como cuando tremolaba f'n las ma- no se saciará la vista de V. delante de los nos de Leiva! cuadros, de los colosos, de los tesoros, de los ¡ Árduo, pero sublime cUlnproll1iso!- secretos, de los prodijios que encierra i abar- ¡ compromiso solemne, que la Columna ca esta soberbia Colombia. Venga V. al Chim-d borazo: profane V. con su planta atrevida la e la Union de Cartajena se atreve a escala de los Titanes, la corona de la tierra, contraer! la almena inespugnable del Universo nuevo. ¡ Q,ue esta gloriosa bandera sea un la- Desde tan alto tenderá V. la vista, i al ob-zo de permanente unim entre los deno- servar el cielo i la tierra admirando el pa'5mo dados patriotas que en Bogotá i en Car- de la creacion terrena podrá decirsG: "Dos . . b . h eternidades me contemplan, la pasada i la que taJena se Juntaron aJo tan ermoso nom- viene: i este trono de la naturaleza, idéntico bre para defender sus hogares amenaza- a su autor, será tan duradero, indestructible i CAMillO DE MONEDA. ONZAS ESPAñoLAS - COLOMBIANAS ­PESOS ESPAñOLES - COLOMBIANOS - PESETAS DE VELLON­CARAQUEñAS- 12 112 p. c. 10 12 112 2 1 112 PUERTO DE CARTAJ~NA. ~ Entr'adas i salidas de buque­!: MP:.desde ell.o al 13 del C01Tiente. ENTRADAS. Dia 7' De Santa Marta en un dia, berla.ti. goleta americano Alfred Hammond, su clIpitan Fol· guer, con mercllncias a los sres. S. i C. BeD.d .... ti. Pasajeros, los sres. Alejandro Urueta, Jeaare. Cast¡¡ñeda, M.. Moré, Evarista Blanco, Kvaruta Vives, Dolores Vives, Teresa Vive., i una ~ria" libre. 9' De San Andres en nueve dias, goleta inS1 .. sa Augusta Ann, su capitan Simonet, con fruto. del pais para Jamaica, ceDsi;nada al sr. luaa Pa-a be\' anti ..,:.~_~ leta americano AmérJC:a, su capitap Ifu ard, co. mercancias al sr. Juan Pavélgeau. Pasajcro~, lo. sres. M anuel Maria Buenavenlura, Francisco GODi., S. Ellas, A. V nn Dooro, i V. Zachrisson. t o. De San Bias en dos diélS, goleta DacioDal Dolore., !lU capitan Juan Sed, con uno allDi .. dos i la majestad de las leyes ofendida! eterno como el Padre del Universo. mo capitan. i Q,ue al ejemplo de los Caros i Leivas, i Desde donde, pues, podrá V. decir otro tan- SALIDAS. de los Menendez i Oa'ntaclws, que tan to tan erguidamente? Amigo de la naturaleza: l. Para Sabanilla i Jamaica goleta naciogal PI ... noblemente perecieron cOlnLatiendo por venga V. a preguntarle su edad, su vida i su rida, su capitan Daniel Pinedo, en lastr •• esenci priml·tiv s V h . t •• Püra Portohelo goleta uncional Samuel, •• tan santa causa, J' amas lea olvidado por a . a·· no a VIS o en ese mun- I do caduco. mas que las reliquias i los derechos .:apitan Abrahan, en lastre. los eales compañeros que les hemol so- de la próvlda madre. Allá está encorvada bajo 3. Para Rio Hacha goleta nacional Cata".!" 1& brevivido! el peso de los años, de las enfermedades, i del capitan J. Suarez, con frut05 del pais. Yo aprovecho esta oportunidad, señor, hálito pestífero de los hombrés: aquí está don- 3. Para Chagrt's goleta de gu~rra uacional Te .. cua, IU comaDdante el teniente de navio Ramo. para presentar a V. i a los dignos ciu- cella, inmaculada, hermosa, adornada por la ma- Iglesias. dadanos que ha tenido la dicha de diri- no mi~ma del Criador. No: el tacto profano 3. Para Sabanilla goleta nacional T·ere.a, •• jir, las rotestas de la alta estimacion del hombre davía no ha marchitado sus divi- capitao Francisco Rodi, en lastre. con-' blM"""'~~l.;n;;o;.s~atractivos, sus gracias maravillosas, sus vir- i. P~lra Cnr¡azao goleta venezolana Jentral IJor. con que os 1 I intactas..... ras IU ea itan Teodoro Marconi con frut05 del ,ail. de V. obediente Amigo, . a a raC IV S - ñi05Jtm:=-r49r..~~ar~a~aMmr,mannfiaM!Mm:-1rmt7D1It--E1p:,.Pliatr.,¡-~ DE MEDRANO. pulsan a U. a un vuelo rápido hácia mí,ocur- su eapitan Jorje Leseur, con frutos del pai •• riré a un epíteto mas fuerte .... Ll amistad in- I t. Para Chagres bet'gantin goleta naciooal M •• LITERAT"LH .... CARTA DE BOLIVAR A SU ~AESTRO. Pativilcél, Enero 19 de 1824. i Oh mi maestro! i oh mi amigo! j oh mi Robinson! i V. en Colombia, V. en Bogotá, i nada me ha dicho, nada me ha escrito 1 Sin duda es V. el hombre mas. .... e~traordinario del mundo. Podria V. merecer otros epítetos; pero no quiero darlos por no ser descortés al saludar a un huésped que viene del viejo mundo a visitar el nuevo-sí, a visitar su patria, que y no conoce... que tf'nia olvida­da, no su corazon, sino en su memoria. Nadie mas que yo sabe lo que V. quiere n nuestra adorada Colombia. i, Se acuerda V. cuando fuimos al Monte Sacro, en Roma, a jurar sobre aquella tierra santa la libertad de la patria? Ciertamente no habrá V. olvidado aquel dia de eterna gloria para llosotros: dia que anticipó, por decirlo así, un juramento profético a la misma esperanza que no debia­mos tener. V., maestro mio, j cuánto debe haberme con· templado da cerca, aunque colocado n. tan re· mota distancia! j Con q.ué avjd(~z ha rá V. seguido mis pasos, dirijIdos mui anticipada­mente por V. mismo! V. fClrmó mi corazon para la libertad, para la justicia, paTa 10 gran­de, para lo hermoso. Yo he seguido· el sen- . dero que V. me señaló. V. fué ml piloto aunque sentado sobre una de las playas de Europa. No puede figurarse cuán hondamen­te se han gravado en mi corazon las · leccio­nes que V. me ha dado: no he podido ja­mas borrar siquiera una coma de las grandes sentencias que V. me ha regalado: siempre presentes a mis ojos intelectuales, las he se­guido como guias inialibles. En fin, V. ha visto mi conducta: V. ha visto mis pensa­mientos escritos-mi alma pintada en el papel­i no habrá dejado de decirse : "todo esto es voco. diterráneo, su capitan Felipe Balbueoa, c:oDduei.a. Presente U. esta carta al Vicepresidente, pi- do tropas del golJierno. dale U. dinero de mi parte i venga U .• en- 11. Para Jamaica goleta inglesa Augusta Aal, contrarme. su capitan Simcmet, con erutos del pais. 13. Para Ch"grcs bergantin amcricaoo AfD~r¡ca, su capitau Huhhard, con mercauciaJ. BOLIVAR. Sr. Sirnon Rodriguez. HONORES AL LIBER'l'A.DOR; El Poder Ejecutivo de Venezuela, en virtud de un decreto del ultimo Con¡:reso sobre honores fúnebres a la memoria del LIBER.TADOR. ha nombrado a los jenerales Francisco Rodriguez del Toro i Mana­no Montilla i al Dr. José Vargas para la comislOn que debe venir a Santa Marta por los preciosos res­tos, i ha invitado a los gobiernos de Nueva Granada i Ecuador para que nombren tambien comisionados que concurran al acto de su exhumacion. Estos restos se­ra. n sepultados en Caracas en la Iglesia Metropolita­na, en un monumento que se ha encargado a Europa al efecto, La comision venezolanll saldra de la Guai­ra a principios de Noviembre proximo. El t 7 de Diciembre se celebrará la gran festividad fúnebre, i habd exequias en todas las provincias de Venezuela. COMERCIO. PRBCIOS CORRIENTES. Aceit~ de almend1·as, ~ - - de comer, botijo Alquitran, barril Arroz, boto Azúcar, ql. Cacao, carga Café, id. Carei, ~ Cera) ql. Cobre, .e OUferos, ql­Harina, barril Hierro, ql - Sal) f1 nega - - $ O 6 3 6 8 O Q 7 6 4-7, i 9 O 40 O 28 O 4 O 70 O O 4: 8 O 18 O 7 O 1 O AVISOS. LIBROS. En el despacho de estu im­penta hai de venta 10$ IÍ­~~;;;:::::::~..,,;:;:~~ guientes. Curso de Derecho canónico, 4: tomos. $ 1~. Cllad ro de la misericordia, 1 tomo i. Manuat del Seminarista, 1 tomo. . Oracion del M. R. Arzobispo de Bo. gotá sobre Jesuitas. . Rs. 4. So li tarios. . . . . . 4. Visitas de monumento. l. Horas de descanso, por J. J. Ortiz. •• Moral i Urbanidad . 1 ll~ ~ DAGUERROTIPO·cIDl Fu.!I'C'SCO Gorus, que se halla de transito e ... 11a ciudad, tiene el honor de avisar a las perso ... . que quieran retratarse por medio del D.cuerrotipo .. que en la calle de los Dolores tiene abierto .u esta .. blecimiento. El precio de los retratos se pacar' ., acto de la entrega, i sera de 5, 7 i 9 pesos, .e,ua el tamaño que se quiera, con su caja de \86Iete. 1I1L IDIlAQ PKR.IÓDICO DE BOGOTA. En esta imprenta se l'eciben s.scrieloo.. • cli ... reale~ el tritnest.re. • Imp. de los herede1'os de J. . .4. Calv~ .. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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Semanario de la Provincia de Cartagena - Trimestre 1 N. 1

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Por: | Fecha: 26/03/1840

~-,--~--~---------- SEMANARIO DE LA PROVINCIA DE CAR'fAGENA •. _ __ lJ SEHEStRI 3.8 CARTAGENA, JUEVES 26 DE MARZO DE J 840. NUMERO 61. E. ste dp erBió dico saldra todos los ,i-nnes'. 1a recepcl.O n d e 1a s snSCfl.C l.O Des y ?enta de Jos nu, meros sueltos esta' n a, cargo del tesorero de reutas provl. nclales S"r . Fr:ln~ cuc"o e . Ru,iz. La suscricion por semestre v a 1e e UATRO PESOS, pagad eros a d e1 a ntad OS; Y cada' num ero suelto JlF.A.L 1 JlEDlo.-h~ l preCi.O de la l.Ure.rc.w n de los aY. 1.S O. o aruculos de lDteres rArha,do será de u~n peso b asta d oce reng 1O Des, y un re3 1 mas por elida tres rco~looes de los que e C'c an de aquel nu' mero, y la mi.t ad pOt" cada 9Ct '-Jue se ref'h,a, le ... ~ que se advierta al tiemp@ de la entrega. REItIATE DE UNA CANTlD,lD E~ DINEno POR. On~IGAClONES DE DEUDA GRANADINA. S~gun el pr~r~ateo p.racticado por la Di · reCClon del credlto naCiOnal de las cantida­des. existentes en numerario para la anlOrti· zac 0.0 de la deuda interior consolidada de h Nueva Granada, corresponden a esta provincia noventa y cinco pesos (p5. 9(5). Y habiendo dispuesto el gobierno por resol ucion de. 14 de Enero úlLimo. publicada en la Gaceta de la Nueva Granada número 436, quo esta su· ma se remate ante la junta de hacienda de la prov~Dcia, el día 3l de Marzo proximo, por oblIgaciones de la deuda granadina, se avisa al público para que los que quieran hacer postura pcúruo al despacho de la Gobernac.ion el indicado Qia, desde hasta las tres de la tarde. Cartageq,a 2,,3 de lUarzo de 1840. Carlos Pareja, secretario. ,~ RiSULTADO DE UN DE!SUNCIO JlFCHO EN UN ni­PRESO DE ESTA CIUDAD. No. 72.-Republicll de la Nueva Granada. - Gejetu'fa militar de la provincia y c01Tlrmdan · cia en gefe de la segtmda columlla .- Cuartel general en Carlagena ti. 24 de lUarzo de UHO. - Al Sr. Gobernador de la provincia. Llegado a mi noticia el impreso tiutlado » Anoche, 1) que acompaño a V. S., y en el cual se denunciaban f;altas cometidas en el cuartel dol batallo n número 3.v , previne in­mediatamente al gefe de Estada mayor ins­truyese la competente informacion para aqe­riguar el hecho. En copia acompaño a V. S. las declaraciones del comandante y sargento mayor- de aquel cuerpo, y por ellas, como por las de los capitanes Pedro Ucros y José Padron, teniente José Ignacio Grau y alferez Rafael Forero, que umbien constan en 1& causa, está desmentido todo lo que refiere el impreso. Acusado ésto el dia de ayer por el comandante teniente coronel Ramon Aceve· do, Aa resultado ser su autor el ~argento ma­yor del bat~llon 3.° Bahasar Urizar, segun el parte que me ha dado aquel gefe, y quo en copia igualmente acompllño a V. S. Al hacer a V. S. relacion de este aeonte· cimiemo, es mi objeto que el público en el cual ha circulado el papel titulado » Anoche,» tenga conocimiento del resultado de este no· gocio, ! falle. Dios guarde a V. S. J. A. Piñeref. J) ANOCHE 1> ~ Ha sido un escáncl.lo ver en la puerta del ~atl.llDn número ~,o que se haytn pro- » ferido palabras desaliñada,> y de ninguna uro compareció el Sr. comandante del bataJIon " banidad y re"peto por un oficial en pre- nomero 3. 0 teniente cOT(lnel ~\amon Acevcdo , ') 'seocia de sus gefes J de la tropa, por cier· :í quien despues eJe haherle euterado del ca-l) tos asuntos del servicio. Esto prueha una pÍlulo 7, tltuJo 8 del Jibro 3 del codigo pe- 1) de dos cosas, ó que el oficial que tanto gri. nal, le rfcibio juramento que hizo con la 1) taba y manoteaba no tenia el juicio senta- m3110 tendida sobre el puño de su espada, y ,. do, ó que esta ha en aquel mOR1enU. posei- Pregunt~do: si bajo su palabra de bonor ,) do de alguna de las fllrias infcr(]ales. ¿ Y ofrece decir verdad en lo que se le interro. n podra haber dimanado de la reprensible to gare, diJo: sí prometo. n lerancia que se olJserva en unos gefes que Preguntado con reJarion al impreso Íotitu. 1) deben guinr ~e pol' esa tan decantada orde lado J) Anoche 1) que hll circulado en este dia, »nanza que no se ob,erva sino en parte? "J cntendo de c1, dijo: Que habiéndose » D~nuncianws a las au!.oridades civiles es· n ombrado t>quivocadamente la imaginaria en » te acontecimiento ya que en la militAr ve el cuerpo al capiLan José Padron y no al ca. n mos que ~e desentienden eo reprimir abu · pitan ·Villa a quien le correspondra, previno 1) sos que pueden tener fataJes resultadAS <,on· el que dechra al Sr. ma yor se cerciorase de 1) tra Ja nacion, porque I'S una regla de ett~r· la- verdad haciendo tra~r los libros de las ».tu verdad: q.¡e JlO habientlo subordmacion c?mpañías de órdenes del cuerpo, quien cer- » en l~ ,ml!ici¡ no h. f .e.!~rcito, y no habien- clorado de la verdad, me manifestó le toca. lLe s~'~hIi~~~-t~~a~a~uJc;l~s~e~r~v;i~i~ora~l~ca~i~ta~l~l~Pse~d~r~o~V~i~lI~a~:~u'~~e~ ________________~ )) Clr, no hay nacion, no hay l'epubJica, no es ven ac que e capllan e ro 1 a m3Dl- ) hay nada ordenado. D fl' lo e.n su voz n tural que 116 le tocaba a • Uno de los mil argos. 1) él sino al teniente Higinio Cualla, y vueltos a rf'gist"u los libros de 01'(1 nes !le convencio 11 Carlagena 22 de Marzo de t 8 10. Imprenla, de a dicho ca pilan tlne era a él a quien le toca-o » Eduardo Remande". l) ba esle sCl'v'icio: que antes que S. S. el ge· Rcpublica de la Nueva Granada.- Gefetl) fa militar de la provirl~a y comandancia en gefe de la segunda colurnna.- Cuartel gene· ni en Carugena a 22 ue Marzo de 1840. - Al primer adJuuto ellhrg~do dcl Estado ma· Jor.- El impreso que acompaño a V. le HU pondra 'por lo que él denuncia de una f,a1ta cometida anoche en la puerta df'l cuartel del batallon 3.°, y t'n que segun 5e espre a el pap01, un oficial profer.ta a p.'esencia de sus gr' fes palabras desaliñadas y de lIinguna urbanidad y respeto tra taudo de asuntos del servicio, En consecuencia Je este denuncio proceda V. inmedialarnl'uLe a levantar la competente illfofmacion del hecho dandome cuenta en el dia. El ayudante de la gcfclu­ra militar, teoielltc .luan Antonio .l\hrtinez, actuara en dicha informacion como secreta­rio.- Dios guarde á V.- J. A. Piñeres. Juan Ucros, sargcnto mayor encargado del Estado mayor de la segunda columna, certit­fico: Que en esta feeLa y ahora que ~Ofl las doce del dia he sido comisionado s{'gull el oficio que obra en cab >1..1 d~ estos autos, para practicar la informacion sumaria tI ue en él se espresa relativamente al impreso in- ' titulado" A.noche j» y habiendo advertido al oficial nombrado pa.ra actuar de secretario de la obligacion que contrae, ofreció bajo so palabra de honor gUlln)ar sigilo y fideli dad en cuanto actuare, firmando en compro· hacion con el Sr. juez fiscal.- Juan UCI'OS. - Juan Antonio Martioez. En la plan de Cartagena a los '22 dias del me~ de Marzo del corriente año el Sr. j'H~l fiscal con asistencia de 01\ el secretario pasó a, la ofi~in.a de la gefctura militar" donde fe mi litar hubIese dispuesto la declaracion de (·~te ~ucc s o, ya el que declara habia dispuesfP lo lo conveniente para informarse)o. Preguntado qu iénes mas presenciaron el acolltccimicuto que lleva relacionado, dijo: que los que se encontraban en la pucr.tadel cuartel y pueden declarar sobre el particular snn el s rgcnto mayor del cuerpo Ba.ltaser Urizar, cap-itaoe!l Pedro Ueros y .José Padron, ,,1 teniente Ignacio Grau y el alferez Rafael Forero, que era el ,?onundante de la guardia. dc prcvencioD: que no li-!'oe mas que decir, que lo dicho es la verdad 3 cargo del Jura'­mento que tiene prc t lU.lO, dijo- ser de edad de 38 años, y lo firmo con dicho señor y él prftsente secretoério.-.l. Ucros.- Ramon Ace. vedo.- Juan A.ntonio l\1artiDcz. \ Incootinenti el Sr. juez 6SCllI hizo comp~­recer ante St al sargento mayor del batallon numero 3." Balta:,ar Urizar, en la oficina del Sr. gef¿ militar, á quien uespucs de haberl8 impuesto del capítulo 7, tlt. 8, lib. 3 del c1jdigo pensI, le rc~ibió juramento que hizo con la mano derecha tendida sobre el puño de su espada, y Preguntado: si baojo su palabra de hono'r. efrecc decir verdad en lo qtle se le interro~ gare, diJo: sí prometo. Preguntado con rclacioo al impreso inti­tulado " Aneche " qbe ha circolado en este día, y enterado de él. dijo: Que habiendo el ayudante Jel cuerpo nombrado equivoca'" damente el servicio de imaginaria ál capitan Jo é PaJron, éste como no S6 atrasaba el ser-, vido reclamO que no le tocaba a él, entonces el comandante del cuerpo que se hallaba presente cuando este reclamo, previno a que declara que por Jos Hbr", ~e órdene.! st. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANARIO DE LA PROVINCIA DE CARTAGENAJ cereiorase si era efectLva la e uivo,caeion, ALUMBRADO UBLICO. · que a len o echo este exámen resul· to ser cierto, y que al que le tocaba t:'Ft~-~",,"r.k'IJ'nt.~-la aeva Granada.-Num. 87. al capitan Pedro Villa: que habiendo Gefetura politica.-CtlrttJ{!entJ 18 de Marzo de nombrado al mencionado capitan Villa, 184t)~-Al Sr. Gohcmador de la provincia;' este manifestó en su voz natural que es Penetrado de la argente necesidad que algo alta, que a quien le tocaba aquel hay de restablecer el alumbrado público de servicio era al teniente Higinio Cualla, esta ciudad, y cerciorado de que las rentas y habiéndolo convencido por los libros comunales no alcanzan para sosten~rlo, lué dichos que era a él a quien le tocaba, una de mis primeras ocupaciones al encaro dich{) capitan cesó su alegato. garme de la gefetura politica, pramover sus Preguntado: quiénes pueden decl:uar criciones voluntarias entre los vecinos, que sobre el particular, dijo: Que los ca .. alcanzasen a cubrir los gastes indispensa . Pitanes Ped o Ueros ~ José PadroA, el bIes, y al efecto dirigí a un ciudadano J de ca(h una de las manunas de que S"e teniente Ignacio Grau y el alferez Rafael compone la ciudad la invitacion que consta Forero, que era el comandante de la de la copia que acompaño bajo el Dumero 1. guarda de preveocion: que 00 tiene mas Este paso, aunque no ha correspontlido que decir: que lo dicho es la verdad a enterauHmto a mis deseos, porque en algo - cargo del jurament~ que tiene prestado, nas maounas no se ha reunido la cantidad dijo ser de edad de mas de 25 años, y necesaria, y por cousigllicnte no puede ha· lo firmo con dich(i) señor y el presente ccrse general el alumbrado-) ha proporcio-secretnio.- Juan Ucros·-fialtasar Urizar. t13u al ruenos que \0 h v inte mi. -J ua Antonio l\h tinez. al· 05 vecinos de estas veHlte manzanas se han comptometido asa · Es cepia de la dos declaraciones que .t i'lfa ce l' las cuobas que 8e cspret;an en la se encuentran en el espediente de la ma· nlacion que adjmlto baj'l el númcl'o 2; teria. V las cuales se saCAn de orden de ""1 COII su producto he celebrado .el coutr~to S. S. el gefe militar y comandante en ge- que aparece de la copia núm~1"o 3, en viro f~. Cartagena á 24 de Marzo de 1840. tud del cual se vera restablecido el atum- El ayudante de campo secretario, brado el di 1.0 de Abril próximo en los lugarts qQe se designan en la copi~ nú· Antonio Castañeda. mero 4. La invcrsion del producto oe las ~U5c r iciones esta d(;mostrada en copia nú· Republica de la Nueva Granada-N. 85. mero 5. -Comandancia del batallon núm. 3.0-- Como V. S. vera de dicho contrato no he Carlagena a 24 de Marzo de 1840.-AI perdido la esperanza de estender el benefi Sr. gefe del Estado mayor.~Habiendo cio del alumbrado a las demas talles en que . . l' ahora no flll podido restablecerse, siunpre yo acusado ayer un Impreso ·que clrcu o qu~ los que l.abiten en ellas, por su pl'O~ el 22 del corriente en esta eiudad, por pia conveniencia y siguiendo el ejemplo pa. ~.que calumnia inJamemenle la coouucta triotico de los vecino5 que van a dIsfrutar de de los gefes del cuerpo (le mi mando, este bien, so comprometan con una cuota ha l'esuhado :ser Si autor el mayor' Bal que alcan1.e a cubrir los preci~olJ gastos. t ':' ose uen . ~ ~ can . nta a . ~~~~~~~~~e~n~q~u~e~h~a~l=n~c~u~r~rl~o~e~s~l~e~g~e~~~p~or~s~e~r~~cr=e~o~c~o~n~v~e~~iente suplicarle se s~va d~po· el segundo del ~uerpo, quedando proba· DCI' que e~I05 documentos se publiquen en da su falsedad con la declaracion que el Semanario para conocimiento del público. dió en las diligencia-s que de orden de Dios guarde a V. S. s. S. el comandanle en gde se prBclica · ron para averiguar el hecho que Ut'izar enuncio, pues en ella hablando la ver · dad, contradijo lo que habia puu\icado en su libelo. Tal conducta lo ha hecho indigno de pertenecer a un batallon que como el 3.° es su divisa la dis~iplina, ·subordinacion y moral, y por otra pilrle yo no tengo confianza de un gefe que tan ealumniosa é innoblemente me ha atacado. En tal virtud y siendo tamLicn prndente recelar de la influencia q ne es natural tenga en el cuerpo, lo maoiuesto 3 V. para que se sirva ponerlo en cono· mi nto de S. S. el comandaote en gefe pila la resolucion que co1\vfnga. - Dios guarde a V.- RmlW1¡ Acevedo. Estado mayor de la 2a. coluUJOa. - -Sr. comandante en gefe y gefe militar. -So meto al conocimiento de V. S. el pal'le que acabo de recibir del Sr. comanuanle del batallon número 3.°, en que mani­fiesta ser el autor del impreso titulado 'J) Anoche D el sargento mayor de su mis­mo cuerpo Sr. 'Baltasar Urizar, y en que se le irroga el agravio de tolerar faltas a sus oficiales. V. S. impuesto de su esposicion, se servira ditlamiuar lo que tenga por conveniente. Carlagena 24 de Marzo de 1840.--Sr. comandante en ge, fe ......... Juan. Veros. Es copia. 'El ayudante de campo seoretario, Antonio Castañeda. Francisco de Zu,hi,.ia. N.'O J. o No. 1(l9.-Republica de la Nueva Graoa­da. - Gef~tura política.- Cartagena 25 de Enero lit> 1810.- Al Sr ............ - Siendo no. table b<.ljo to~o~ a~pectos la falta del alum­brado de esta ciudad, y no habieDdo rentas comuoales para costearlo, me ha parecido couve.oienle excitar a 105 habitantes para que contrlbuyan cou lo clue buena y volunta.ria. mente puedan 3 tal objeto. Con tan lau. dable fin, y convencido d~ que! V. animan patrióticos deseos por el IJienestar publico me he determinado a encargu a V. que le: vante una 8u8cricion entre los vecinos de la manzana en qne vive. Esta sU8cricion de­ber;' ser a dar una cuota mensual, por el términa de un año, vencido.ol cual, si con­tiuua )a e~caséz de renta, cQQ)onales, y a 10J contribuyentes acomoda, podra renovarse por otro término; y auoo • o 4 José Maria Loaha o 2 Ptdro Guzman · o 2 Baltas' r Pazos • o '1 fl~ Luisa Guardiola • o t 5ebastian Villauueva . o 4 ~--- ~ t03 3 1p. a:::::c==-=== Gt:fetura política. Cartagena Marzo 13 de f 840 •. Francisco de Zuhú'ia. N. o 3. o hril, 'j asi en los slg.uicntt's con la anti .. Eo la ciudad de Cartagena á trece de ti pac¡on de un mes para que tenga Marzo de mil ochocientos cuarenta, el tiempo de realizar el cobro. Al fin del Sr. gefe politiro del cantan Francisco mes I'espectivo el Sr. paz dt::volvera al Sr.: de Zubirl3 diJo: Que-¡pi(o)[r~cüumm-r,mTr--WleSJo.u~ de raDtas comunales los recibos secuencia de las invitaciones qUG había que no hubiese podido reali2..a para que hecho por metIio de algunos ciudadanos proceda a (obro con ~rregrG a sus fa· para levantar una sllscricion voluntaria l'ultades. Y aunque el Sr. tes1u@ro de con el laudable objeto de réstablecer el rentas comunales ha ofrecido voluntaria-alumbrado público de esta ciudad, se mente 00 Interesar eosa a guna por su babia reunido la cantidad sufieieDte para trabajo personul, el St. Poz le abonará restablecerlo en las principales call(>s, se do la asigoacioo que se le hace los gas-halluba en el caso dc ponerlo en eje los precisos para la formacion de los cucion con la brevedad que su falta rxi recibos. ge. Con este objeto, y despues de ba 10. Ademas el Sl'. Paz se comprome-ber procurado con varios ciudadanos ce ~ le a poner de un lodo listos para alum- Icurar un cootr~lo lo mas economico po- brar (;'0 los respectivos lugares los cien-sible, vino en celebrarlo con el Sr. lo veinte faroles y pescantes que han de Francisco de Paz por el término de un ponerse en servicio, por Ja suma de 20 año contado desde 1. o de Abril proxi- pesos pagaderos con el mismo producto mo hasta 31 de Marzo de 1841 en los de la suscricion voluntaria. Y habienJo términos v bajo las condiciones siguientes, exigido el Sr. gefe político al Sr. Paz la la. El Sr. Paz iluminara ciento veinte corl'cspondiente fianza para el cumpli-taro es por ahlll'a en as mll miento dé su contrata, pre&ento CQmo ciudad que le fueren designadas desde su fiador al Sr. Manuel Maria Guerrero, que el sol se ponga hasta las dos de la el que siendo admitido por el Sr. gefe madrugada, siempre que la luna no político se constituyó fiador y prin ipal alumbre, pues si alumbrare, se encende- pagador del Sr. Francisco de Paz poi' r~lD media hora antes de ocultarse esta. cua./quiera responsabilidad que le resul ... 2a. Diariamente aseara y hara con le en el cumplimiento de su contrata, mechas nuevas las lamparas. de la que fué iOlPUe.sto previamente, dan· 3a. Limpiara los faroles todos los do a este docuffien lo toda la fuerza de dias por dentro y fuera incluso el SOlO- una escritura públicr, guarentigia. Y lo brero. firman despues del SI'. ge(e llolílico, de 4a. Repondra los faroles, vasos, me- Jo que yo el secretario de la gefelura ('heros y escaleras que se rompan, sien- certiHco.-Frartcisco de Zahiria.-.Fran ... do de su deber entregarlo todo util y cisco de Paz.-lJlanuel Maria Guerrero.: completo al salir de su obligacion. -LuIS lUtlr'ia de Ochoa. 5a. Sera tambien de su cuenta el pa. Es copia. Carlogena 1 G de Marzo de go de los alumbradores; y no podra po- 1810. ner a cargo de uno solo mas de eua· El secretario, Oehoa. renta faroles para €Iue le ~ea facil cui· dar de su aseo y el de las lamparas, lo mis­mo que encender estas eo el tiempo ~ñalado . 6a, Igualmente sera de su cuenta pintar coo cardenillo cada seis meses los faroles y pescantes. 7a. Siempre que algun farol no esté aseado al iluminarse <> qua la lampara no lo haya sido en el dia, <> que haya dejado de encenderse en el tiempo asig. nado, no tendr~ derecho a cobrar la par te que a prorrata le corl'sponda á aquel farol en el dia que tuviere lugar la falta. 8a. Con el producto de la contribl)­cion voluntaria que los verinos se han obligado a pagar, se satisfará al Sr. Paz por las obligaciones hasta aqui es presa das la cantidad de noventa y seis p,esos cuatro y medio reales cada mes; y en el caso de aumentarse el numero de' faroles, se le aUlDentara tambien la cuo,; N.O 4.0 Designacien de las manzanas en donde de/JI rlsJ lahleeerse el alumhrado publico, por hahers,,' compro1netido sus vcúnos ti pagar la ,antí· dad necesaria. 1 a. manzana. lJI de la plaza de Santo Toribio daRdo 'Vuelta por las calles del Santísimo, de la Bomba y del Tablado. 2a. id. La de la misma plaza de Santo Toribio dando vuelta por b cdle de la Moneda, la de la Bomba, del Tablada. 3 •. id. La de la calle de Badillo dando vuelta por la calle del Tablon, detras de c':arnicería,/ calle del Boquete y la de la Mo,:!edm. 41. id. La de la calle de las Carretls dando vuel.: ti por la plaza de la Yerba, detras de C~¡; niceri. y calle del TabIon., Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANARIO DE LA 'PROVINCIA DE CARTAGENJJ , 5'8. id. La dm-p6r-rál oe os M"e-rca eres dando vuelta por -la calle del Candilejo J plaza de la Adualla. 6a. Id. La de la calle de la antigu~ porlerla del Colegio, dando vuelta por la de las Carretas a la esquina de Dolores. 7a. id. L,a ,de la calle de Badillo, plaza de Santo TorlblO, dando vuelta por la calle del Cou­sulad? J la de la Universidad a la de San Agustm. 8a. id. La de la calle de Loz,no dando vuellJa por la calle del Candilejo y la de la Cochera del Gobernador. 9a. id. La del otro frente de la calle ile Lozano dando vuelta. por la calle de la portería del antiguo Colegio, la del Coliseo , la del t'e · menterio de la Iglesia. lOa. id , ._ ta del freMe del antiguo estanco del ta · 'baca, dando vuelta por la calle de la Sale, dad, la de San Agustín y la del Coli~eo. 1 tao id. La de la l!niversidad dando vuelta por la calle del antIguo Estanco del aguardiente la del Cuartel y la de la Soledad) , 12a. id. La del palacio municipal dando vuelta por la calle de la Cochera del Gobe.·nador Ja >foJe la Ventana de hierro 'Y plaza de la ,Jgl:sia. 13a. id. La de la Catedral dando vuelta .por l.as tres calles ~e la Iglesia . 14a. id. La del Estanco del tabaco daudo vuelta ,por la esquina del Cuartel ~ la calle de la ~lglesia. 15a. id. La de la calle del Cuar tel dando vllelta por la plaza de la M~d a la calle de Don ~ancho. 16a. id. La del pot'tll de los escribanos da nclo vuelo ,ta por la esquina ~ la Tesorería a la calle de Santa Teresa, a la de las Damas y a la de San Juan de Dios. . 17., id. La d~ la estinguida Inquisicion dando vuelo . ~a por la calle de Santo Domingo, calle de ld. ,calle J plaza de 1, Iglesia. 18a. id. La de la plaza de Santo Domingo dando ,'fuelta por 1, calle de la Mantilla la de la Iglesia y la de Santo Domingo. ' 19a. id. La de la plaza de la Metced dando vuelta por la cllle de la Factorí., la de la Mantilla 'Y la de Don Sancho. 2Ga. id. La de la calle de la Faetorla' dando vuelo ta por el calleion de GastelboDdo J la plaza de la Artillerla. En cada una de estas manzanas se coloca­Tan seis faroles. Caftagena Marzo 1,3 de 1840. Francisco de Zuhiria. N. o -5. o De!,,~$lracion del producto é inversion de las suscnclOntS vD/untarias para el restablecimiento del alumbrado. Valor de la lista de suscritos.al mes. 103 3 l/'l Cantidad que debe pagarse ' m~nsualm~nteal contrlttista. 96 4 1 / 2 } SeIs 'por cIento de recauda- 102 6 .eion de los 103 ps. 2 1/2 rs. 6 1 ~12 ~ ~ob[ante t \ con cuyo sobrante meosual, y cualquie­ra olro aumento que ueda cónseguirse, JI",b.a • D roa de 20 pesos ee que se ~a contratado la composicion y colo­caClon de los pescantes y faroles, y en caso de que no puedan completarse di .. chos 20 peso~, el infrascrito se compro . me!e á satisfacer lo que falte de su pe .. cullo. Carl3~ena 13 de Marzo de t 840. FranCISco de Zuhiria. • • NOTICIAS DEL SUR. Tanto por el contesto de carlas de Bo­gotá del 12 del presente mes, como por el decreto de amnzstia que ir.s·ertamos á continu:¡cion, ~opiándol6 al efecto de la Gacela de la LVlltJ1..a Granada núm. 443, y por las siguientes reflexiones que es­tra C'~amos del articulo Facct"on de Timbio q~Je circula en el número 7 del perió· d leo, Libertad y Orden, 80S hemos per snadldo de que se habia conseguido la completa pacificacion de Popayan, en Vil" t?d de on rasg? distinguido de genero · sldad y clemeo(aa, que deseamos sea bien correspondido por 105 agraciados, para que se realizen las miras laudables del gobierno .J del ilustre caudillo del ejér-c'ilo del Sur. ' En la citada Gaceta se dice, ademas, qnc el general Obande debía seguir á PJsto á some\erse al juicio relativo al horrendo asesinato pel'petrado en la per sona del geuel'ul SUCRE. Pedro A. Herran, general comandante en ge/e de la division de operaciones, Considerando: 1, o OllC la conmocion a mano arma, dá ocurrida en algunas poblaciones de la provincia de Popayan ha terminado, por­que el general José Maria Obando ha puesto á disposicion del gobierno a los ho~bres que la causaban y las armas que teOlan en su poder, con unánime con­sentimiento de ellos mismos. 2. o Que el órden público se ha res , tablecido en dicha provincia, economi­zando la sangre granadina que eSlaba p&r3 derramarse, y evitandose muchos males. A nombre del Poder Ejecutivo, en uso de la facultad que le atribuve la consli , lucion en el caso 4. o arlí~ulo 108 he venido en decretlU' y , Decreto. Art, unico. Se concede una amnistía general y sin restriccion alguna para too das las personas que de algun modo se ha.yan comprometido en la conmocion que ha tenido lugar desde el -dia 17 de Enero hasta la publicacíon del presente ·decreto, y por c?osiguiente nadie podra ser perseguIdo lli reconvenido por tales hechos que se relegan a perpetuo olvido. Dado en mi cuartel general de los Ar boles á 22 de :Febrero de 1840. P. A .. Herran. Es ~opia.-Herran. • PACCION DE TU1BIO, El publico ha visto en la Gacela ofi • cial del ultimo domingo el decreto del general Pedro Alcantara Herran conce· diendo una CQmplela ~~n~a a los CoJD· • prometidos en la conmocioo de Timbiot No hemos opin~qo ,polo' que los pro .. movedores y caudillos de los trastornos publicos, cuya 8xisten,cia es una amena­za perenne al reposo del pueblo, sean comprendidos en aquellos actos de ge­nerosidad del gobierno, ou~o único ob. jeto debe ser salvar la vida a gentes sencillas, víctimas de la seduccion ó del miedo. Si para la consolidacioo de los trollOS, la clemencia es uno de los atri~ butos indispensabl6S' en el monarca, no. lo es para las repúblicas en que siendp la virtud la base de su existencia, el crimen debe ser castigado con inflexibl~ severidad. SIIl embargo, no pudiedo fijarse las reglas que determinen los ca-: sos en que haya de usarse de la cle~en~ cia, deLen respetarse las ~ircuDstancias que la han motivaJot y cuyo valor 5010 puede apreciar la persona que las cono~ ce. La amnistla a los facciosos de Tim" bío es un hecho consumado, un hecho notable y de la mas grande importancia, que da lugar a serias reflexiones para la conservacion del árdeo legaL ••... . . Tan espléndido acto de generosidad po .. ne el sello a los pricipios humanos v fi~ Iantl'ópicos que han guiado la conducta de la administradoo. Las (acciones de Pasto y Velez habian recibido antes la misma gracia. ' Nadie es jU7gado hoy por aquellos desgraciados aeou tecimied los 'f las dlfceles de la republica no tienen a ninguo reo de delitos politicos. ¿ Qué consecuencias debt>ran deduci r de tal es­tado de cosas los hambres justos é iro.- parci.a Ie s '. .••••.•• Resta saber ' ahora de que manera se correspondera á tanta generosidad. ¿ Se continuara calumniando á la administrap' cion, suscilandole enemigos V formand~ nuevos planes de sedicion? '¿ Sera v¡cli­ma el general Herran de la ingratitud de las personas a q,uienes ha estendido una mano de amigo en su cuartel gene­ral de los .ti l'bol~s, como 10 ha sido de aquel a quien tanto sirvió V favoreció e.o 1822 ? Cuesti~nes son estas que el tiempo y solo el tiempo resol vera. Un año apenas falta para que el Sr,. Mar­quez termine su periodo. ¿ Si preten .. dera todavia dar nuevos dias de luto a la patria por vilipendiarlo y hacerlo des­(' cndtr ignominiesamente d€ la silla pre.· sídencial? G Se le forzara, a que como su antecesor vuelva a la vida privada desrues de haber visto friamente corret· en .los p1tH~o.los la sangre gr3uadina por delatos polltlcos? ¿Se qujere probar que no pueden existir la tuerza v el po­der. sin víctimas y sín lágrimas? " Lo re~ pellmos, el tiempo resol vera estas cues~ tiones. 9 AVISOS. En la tesorería de rentas provinciales se halla de venta la Colcccion de ((}s de ... ~reto$ de la Crlmara de prOVinCia en J B~9 a cualro reales ejemplar. Se solicitan 300 quintales de carne salada sin mas huesos que medio cQstillar de una res cada. quintal, y. 600 arrobas con el hueso que es cos,­tumbre, bien entendido que ha de ser rcrihida pe"" sada, El que quiera venderla o~urra al Sr. José Mana Amador. , .:1 Irnprenta de los herederos de J •• n Antqpip. \~~YQ ~ " Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Por: | Fecha: 21/08/1842

1 OARTAJENA, DOMING:O 21 DE AGOSTO DE 1842. f -=================================~====~====== TRIMESTRE 1.0 Se admiten las suscrlcioues i (le venden los Jlumero~ s '(IItos en la te~oreria de rentaS provJnciale.. 12 reales anticipados. La 11lserclon de avIsos ~c. e ajustara con el impresorli NUMERO 6. Yale un real. REONION DE DESTINOS DE HACIENDA. República de la Nueva Granada.-Gober­' hacion de la provincia.-Cartajena 19 de Agosto de 1842.-Al H. Sr. See~etario de Estado del despa,ho de hacienda. Tengo la honra de acompañar a V. S. <:0- pift de los dos decretos que espedí en 11. del corriente, reuniendo, por el uno, los destinos de hacienda de esta. provincia de que trata el artIculo 1. o del decreto lejislatívo de 18 de junio último, i por el otro, haciendo Jos nom­bramientos de los individuqs que han de de­sempeñar en interinid~d """" ::: (,O 10 ef,) (.O ~ o ~ O') ~ ~l' 1.0 ~ 00 ~ ~ tO ~ '""" lcn.o ,..... 00 ~ G:\t -' C'r.) 'C'l """" (,O ~ 1- ~ C1'j C1'j 1.0 ~ 1- Ci':l 10 O~lO~~1-~~O1- I ~~ m~1.Q0:::f40C1'j~l.Q00:::f4 '*' qoot:-~~qmOOi:- r-l ,..... ~ó¿oó¿ó(.)¿o ~~~~ ~ ~~ ~c:,) c:,) c:,) c:,):fI!¡.C,.) ~C,.) C,.) ~~~~~g~~~ci.- r-l ~~~~~ ¡:¡..~~C\l C_\_l~ ~..t-1 O_l._01_-l_Ol_Ot O...r.... -_ l ««««« C\l o::j4~C\l~~ C\l ~ ~ ~ ~ ;::;" ;::;" ,.:r M' ~,.:¡ ('o~101-lO""""C'!(,OlOO o ¡- lO ~ "'"" 1.0 C'l 'ra, siI\ ·arredra.rse po~~l(}s--oDstácu­los q:ue puedan presentarles el é$ojSro.o) la jgnorancia, i la miseria p{lblica, :ellos están hoi llamados a hacer a su pais un doble servicio, ofreciendo un ejemplo P' áético de O que puede una voluntad decidid á i de los milagros que sabe obrar el patriotismo . . i Püeda. el éxito de sus jenerosos anhelos servir de consuelo i de estímulo a tantos cora!.wnes si 1 esp~­ranzc. ) . sacarlos del desaliento i la inac­cion a. que se han abandonado! . Las autoridade:-; i corporaciones pú­bEcas, encargadas de promover los ade­lantos del país, están mi el deber de a­poyar i ptotejer ' esta mpresa lütldable, sin ülcurrir en la indiferencia i el des­precio con que se han visto otras veces los utas nobles esfuerzos del civicsmo. La RedaccIOJ1 del Sernanario, orgullosa por la pequeña r e ue le ha cabido en el nacimiento de tan útil proyecto, coo­perará por su parte a su pronta realiza .. cion, i tendrá 'iiempre abiertas las co­lumnas de que puede disponer en este periódico) para cualquier negocio que la Sociedad BibLiográfica juzgue convenien-te publicar. . El lECCIONES PARA LA cAMARA DE PROVINCIA. tro a las seis de la tarde, i los festivos .Diputados por el canton de Chintl.--~ desde las once del dia hasia las dos de Principales: SS. l\'Ianuel Pereira de Pla- la tarde. ta i José María Diago.---Suplentes: SS. 7. Los socios turnarán semanalmen- presbítero Sebastian Arellano i Luis 0- te en el encargo de bibliótecarios, por tero. se. dió el escandalo r de sácar de la eatna ra de Representantes al Th', .t5.njel Ma­ría FIares .pata que fuese, a gobernat la provincia . de Velez, nadie se ha hechQ un éscrflpulo, de violar el artículo 72 de la constitucioÍl que prohibe a: los Sena ... dores i Representantes que durante el per-iodo de BUS destinos admitan empleo alguno de libre nombramiento del Poder Ejecuti vo, i frecuentemente vemos que 'enuncian sus puestos en 18;s cámar.as las persona que de ellas elije el encar· gado del Poder Ejecutivo ara Secreta­rios del despacho i 'otros puestos impor. tantes de su lihre nombramiento, sin que ninguho levante la voz para conte .. ner este abuso que parece haberse res­petado por ser obra del hombre de las leyes que se creyó autorizado para vio­lentarlas a su antojo; i llevalldose ya el descaro hasta el punto de querer pre­sentar como un mérito lo que no es o­tra cosa sino una infraccion de la cons­titucion, nos velnos obligados a gritar cou todas nuestras fuerzas contra seme. jante atentado. En la Gaceta de la N ue-va Granada número 569 se han publicado por dis'­posicion de la cámara de Representan- · tes las renuncias que hicieron los Sres. Ignacio Gutierrez i Pastor Ospina para encargal'se el uno de la Secretaría de ha­cienda, i el otro de la f'xübernacion de Mariquita, i nosotros quisieramos que estos señores nos dijeran si e permiso que con la admisiol1 de sus renuncias les concedió dicha cámara para que pu-el órden alfabético de sus apellidos, pa- PO?' el de Soledad.---Principal: Dr. Pe- diesen violar el citado artículo 72 de la ra el solo objeto de sis:~'~~~~~~~~' ~·~..f,.~I&"~~~~~""--&~le~~~~~~1~~~:Ml~~~~~~-e!!Iett~""'I"~~ te ctll á, 1 cuidar ellos. inguna de laS" cámaras está . autorizada para interpretat por sí sola la constitu­cion, i ninguna de ellas puede con. ceder permiso para que se quebranten las dis­posiciones constitucionales, de donde re­sulta, que si la. cámara de Representan­tes admitió las renuncias de los Sres, Gutierrez i Ospina con el objeto de que aceptasen los tales nombramientos, no pOlo eso tuvo facultad para permitirles que hiciesen lo que la constitucion le~ ptohibe, i lo único que se deduce de a .. de los libros durante su iUino. ~ - 8. No se estraerá libro alguno de la Biblioteca si no es por motivo de de­volucion a su dueño. Cartajena a 20 de Agosto de 1842.­Dionisia E Velez.-Bartolomé Calvo .......... Láza'to Ma1'ía Perez.-Antonio T. To­nO.- Manuel Espinosa.-José Manuel Goenaga.-José María Amador del To­ro.- Leocadio J. Calvg.-Juan Manuel Grau.-Ildefonso Mendez Zapata.-P~­dro A.. Navarro.-Sirnon Calvo.-José P. Rodríguez de Lator,.e.~Francisco Tomas Fernandez.-Manuel José Cajar.-Ma­nuel María Gonzalez.-Jorje Delgado. -Manuel Pretelt.-Joaquin Trifon Gon­zal~ z.-MaTiano J. Goenaga.-Juf!tn An­tonw Calvo.-M. M. Merlano.-Jo$é Ma­ria Sotomayor.-G1·egorlo ~ Roariguez. -Aliguel Diaz Granados.--Pablo A. Garcia.---.Rafael Calvo.--'Jos~ A. Guer­rero.--' Fernando de Pornbo Latoison.-' Juan B. del Rio.---.Juan Ramos.~P. S. ~artchez.--' Federico A. Brid.---.Henrique P. de la Vega.--'José J. Pombo.--'José Felis Calvo.--..A. Velez.--' Manuel V. Al­" arez.~an'Uel Pasco.-Francisco F. de Porras.-Simon Araújo.-Antonio M. de Zubiría i Herl'era.-Juan N. Pombo.­J. Montero.--Andres A. del Por·tillo. ~ Aplaudimos el noble empeñ~ de la ju,:en.tud cartajenera por establecer una bIblIoteca pública en esta ciudad' i nos lisonjeamos con la dulce esperan~a de que este Rrimer paso dado en la sen­da del progreso será seguido de otros no menos calcula.dos para sacar a ~ patria de su actual decadencia i nulidad, No dudamo~ que los fundadores de la So­riedcd Bibliográfica sabrán llevar a cima ELEbcI0N DE VICEPRESIDEN'!'E l)E LA REPÚBLICA. PROVINCIA DE CARTA.JEti.A.. Asamblea de . Sabanalarga. Por el Dr. Joaquin José Gori. 10, Asamblea de Chinú. Por el Dr. J. J. Gori¡ . ., 16. PROVINCIA DE MOMPOS. Asamblea de Mompo8. Por el Sr. Vicente Veros . . • , 12; Por el Dr. Eusebio María Canabal. 2. Por el Jeneral T. C. de Mosquera. L Asamblea de Bogotá. Por el Jener~l 'r. C. de Mosquera. 37. Por el Dr. Vicente Borrero. , .' . 7. Por el Sr. Vicente Veros, . . • . 6. - Por el Dr. J. J. Gorio . . . . . 1. Resúmen de los votos publicados hasta h,i. Por el. Dr. J. ' J. Gori. . • . 108. Por el Jral. T. C. Mosque'ra 56. Por el Sr. Vicente Deros . • 3L Por el Dr. Vicente Borreto . 7. Por el Dr. E; M. Canabai . 4. Por el Jral. Borrero. . ,. 3. Por el Dr. Rutino Cuervo l. En blanco. . . . . . 1. 211. üOMUNIC'ADOSJ HACER GALA DEL SAMBENITO. - - - Desde que en la desgraciada época de la administracion del J enel'al Santander 'quí es; · que la espresada cámara proce­dió mal en semejante caso i que peor' han procedido los dos señores que como otros han salido del Congreso durante el periodo de sus destinos para desempe­ña!" empleos de libre nombramiento del Poder Ejecutivo. El artículo constitucional de qil~ nos ocupamos es claro i terminante; él dice así: "Los Senadores i Representantes durante el periódo de sus dest'inos no ad­mitirán empleo alguno de libre nombra­miento del Poder Ejecutivo:" i decla­rando el ártículo 42 de la misma cons­titucion que "la dura' on de los Senadores será de cuatro anos," i el 52 que "los Representantes durarán en sus funciones dos años," i quien no confe­sal'á que el periodo de los Senadores es de cuatro años, i dos el de los Repte­sentantes? i siendo esto así i como es que durante estos cuatro añ9s en los pr· .. meros i los dos en los segundos, pueden admitir empleo de libre nombramiento del Poder Ejecutivo-- solo con renunciar su asiento en la respectiva cám~Ta 1 Si la con~titucion dijéra q L e los Senadores i Representantes no pueden admitir eln'" pleo de libre nombramiento del Poder Ejecutivo rrtientras duren en sus' em:pleo8; Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. el procedimiento de los tales señores ~e­ria conititucional; pero cuando la mIS­ma constitucion usó de estas terminantes palabras durante el periodo de sus desti­no. t cómo podrán camb~arse racional­mente por estas otras, mzentras perma­nezcan en sus puestos? Es preciso cer­rar los oidos a la razon i olvidarse has­ta de nuestro idioma para sostener que con el hecho de renunciar su empleo un Senador o Representante cesa el periodo de 'u destino.· Si sobre esto pudiera caber alguna du­da quedaría resuelta con la disposicion del artículo 94 de la lei de elecciones de l. o de Abril de 1840, por el cual está Sein1l ario (le Cariajená. impreso no ha servido sino p~a .ofrecer u~a nueva prueba de la cobardía 1 baJeza de nus calumniadores. Ellos no se han atrevido a lanzar sus negros dicterios sino bajo la. respon­sabilidad de un miserable firmon, ocasIOnando perjuicios i disgustos al impresor, que no pu­do dar razon d:l su ilustre persona. Este he­cho bastaría por sí solo para prob~ la m~­lignidad e injmt~cia de m~s. ~ntagomstas; sm embargo yo contmuaré el JUICIO ~asta su ~on. clusion, no paré. vengarme en el msensato ms .. trumento de mi. difamacion, sino para hacer resplandecer en toda su luz la jus~icia de mi causa i la intaehable pureza de ml conducta. Cartajena, 19 de Agosto de 1842. José María Diago. Cera, ql. - Cobre, J:¡ - Cueros, ql- - Harina, barril Hierro, ql - Sal, fanega- OAMBIO DE MONEDA. ONZAS ESPAñOLAS 12 122 p. o. - COLOIfBIANAS - 10 PESOS ESPAñOLES 12 11~ - COLOMBIANOS - 2 PESET AS DE VELLON - 1 CARAQUEñAs-declarado que l08 periodos de la dura- APUNTAMIENTOS. don de 4 años de los Senadores, i de 2 años A LOS DEUDORES A LA TEST AME __ de los Representan'es, se cuentan desde. el Sin embargo de haberse restablecido 15 de Octubre del año de su nOlnbram1,en- el órden en esta provincia hace tanto lo,. con lo cual es evidente que durante tiempo, todavía dura e d órden en al­estos periodos que son los de sus desti- gunos ramos del servicio úblico. Es­' 1108, los ena ores i epresentantes no tamos por ver llegar el Correo del ih­pueden admitir empleo alguno de libre terior los dias correspondIentes: i este nombramiento del Poder Ejecutivo. atraso es cada vez mayor, en términos De todo lo espuesto deducimos, que que debiendo llegar el lunes de cada se­han sido inconstitucionales los mencio- mana, ha habido ocasion de no venir nados nombramientos, i que sin embar- hasta el viernes .. Es necesario que se go de que haya sido el Jeneral Santan- ponga remedio a esto, pues en nuestro der el primero que violó la constitucion pais se necesita de poco para que los en esta parte, esta no es una l'azon con- abusos echen fuertes raices. Lo mismo vincente para que se continúe el abuso decimos en cuanto a su salida, que ob­i mucho menos para que se quiera ha- servamos no se verifica hace mucho tiem-ter ostentacion de la franqueza con que po a la hora de orde~anza. . _ ~e dijo a la cámara de Representantes Es necesario tambIen que la pohcIa que se renunciaba un asiento en ella con les pise la sombra a tantos jóvenes que el fin de hollar la constituciol1. se entretienen en los cafées, i que sa- Ana Leoo de ArBumcdo j Mla ~J .fr~teh, albacéas del finado Sr. Agustín Argum do. suplican a todos los deudores a dicha mo'r· tuoria ocurran a saldar sus cuentas en todo el presente mes, bien entendido. que pando este término se veran ea la necesIdad de pro­ceder judicialmente. Cartajena Agosto 6 do 1842. Do la hacienda de Pua, del finado Sr. A. Argumedo, se han fugado bace mas do tre. años los ese vos siguientes: Vicente .losé Urbina. Manuel de Jesus Urbina. José Natividad, alias Tibio~ Candelario Avilla. ' Es . de necesidad que nuestros 11. m- len casi todas las noches a adquirir el bres úblicos' 'a a- .I, .. QP.J~)):W~2. t-tulo _.' Q ~ ~ dinos no somos bestias de carga: es In- la a o i a ,erna esta caSI a punto dispensable que conozcan que los g.ue de desconocerse, es ma, que nunca ne­no somos eUlpleados pensamos tamblen, cesario el celo i eneljía de la autoridad Casimiro Farrayans. a ti.'a, i Manuel Boniuo i que la racionalidad no está reservada pública. para los que ocupan los altos puestos. Desearíamos igualmente mas equidad, ' LOi simples ciudadanos toleramos mu- mas igualdad, mas imparcialidad en el chas faltas por no estar haciendo contÍ- cumplimiento de las órdenes so.bre los uuas censuras a los gobernantes; mas facciosos :::::::: pero esta es matena larga cuando ya se abusa hasta. el estr~mo d~ i la dejarénlOs para mas despacio. pretender convertir el delIto en VIrtud 1 hacer gala del sambenito, es imposible que tengamos paciencia. Sabemos que el mal de que ~os que.· jamos continuará, que no se pondrá a él ningun remedio; i sin embargo escribi­mos este artículo para hacer conocer a ciertos hombres que no somos una ma­nada de ovejas. Segun el CUl'SO que lle­van los negocios, el Congreso será con el ,tiempo el mercado de los buenos puestos. POR AHORA. Atrozmente ofendido i calumniado en los dos libelos que con los títulos "A mis conciuda­danos" 1 "Píldoras sin dorar" circularon en esta plaza a . ncipíos ~el presente ~es, creí de mi deber ocurrIr al Jurado denuncIanclo el escandaloso abuso hecho de la libertad de la imprenta, i exijiendo d~ mi agresor la sa~is­faccion legal.a que tema de~echo. P~ro el )u­ri que conOCIó de la acusaCIOn del prImer Im­preso no tuvo a bien admitirla, porque en su concepto no eran sino afectuosos aga.sajos las calificaciones que se me hacen en dlCho pa­pel, de vanot vengativo, rastrero, indigno de la estimacion de mis conciudadanos o/c. o/c. Yo respeto profundamente la alta penetracion de los Sres. jurados; pero como hombre de honor, no puedo conformarme con un fallo que deja comprometida mi reputacíon, i buscaré ante los tribunales la justa reparacion que a­bora se me ha negado. La admision de la acusacion del segundo PUERTO DE CARTAJBNA. ~ Entradas i salidas de buques ~desde el 15 al 20 del corriente. ¡ ENTRADAS. 16. De Chagres en cinco dias, goleta de guerra nacional CALAMA~, su comandante el capitan de fragata FranCISco Somos~. 16. De Jamaica en 6 dJas, g01eta naCIOnal MA- i TILDE, su capitnn Tomas }~avarro, .con mer­cancías al Sr. Pedro Macla.-PasaJeros: SS. Felipe Brieva, ~ernan~o V alenzuel~, Severo Lascano, AtanaSlo Ramll'cz, Corneho Dural~, J unn Lorenzo, Matias Pop, José Duran, Tn­nidad Troconis, i Juan Acumayor. SALIDAS. 20. Para Havre de Gracia, bergantin fran­ces CURIEUX DUNKERQUE, su capltan Faure, con frutos del pais. COMERCIO. PRECIOS CORRIENTES. Aceite de almendras, 1;, - - de comer, botij. Alquitran, barril Arroz, ~ot. - Azúcar, ql. Cacao, carga Café, id. Carei, f; - - $ O 6 3 6 8 O O 7 6 4--7, i 9 O 40 O 28 O 4.0 El que ~tl pturare estos esclavos i los pro· sente a los albacéas Ana LePD de Argull)edo o Manuel Pretclt, sera gra ificado inm~dia. tamente con 25 pesos en dinero por cada uno que presente, i ademas se le ah9naran los gastos de conduccion a esta plaza •. Se vende la biblioteca del fi· ~_ nado Sr. Agustin Argumedot 'f:~ eonstaute de 850 volumenes, .!!~g~ "~"-:2.::"~_ obras selectu i Pistas de gus too Di~ha¿ -obras estan en 105 idiomas espa­ñol, ingles i frances. El catalogo de todas eUas esta en poder de la Sra. Ana Lean ~. Argumedo i del Sr. Manuel Pretelt, con qUl~ nes se entandera el quiera compr las. La hacienda nombrada Pua, alias Carba jal, situada a seis leguas a barlovento de es~ ta ciudad, valorada en ll.775 pesos, rea· lenga, con aguas permanentes! pa,stos. p r. cria i montañas pata hbor: tlen.~ ~elDte I~ dos ese! vos útiles, doce varones 1 dlez mu. jeres i ademas diez i seis .negritos de ma· numi'sion. El que quiera comprarla o arreu· darla puede ocurrir a la Sra. Ana Lean d Argumedo, o al Sr. Manuel Ptetelt. ..... t EPÍGRAMA. Retratábnse N arcisa, 1 así le hablaba al pintor: Ponedme hermoso color; Fina tez', boca de risa; Los . '1 OJOS negros..... i a ver. De veras, isoi ~sí yo 1 . el pintor la dIJO: "No, Así es como quereis ser."-(OopiadQ.) Imp. de lO$ herede'fos de ifuan !A. Cal» .. · Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Por: | Fecha: 21/05/1840

SEMANARIO DE LA PROVINCIA DE CARTAGENA. SEMESTRE 3. o CARTAGENA, JUEVES 2l DE MAYO DE 1840. NUMERO 69. E.te periódico saldd lodos los j.uens: la recepcion de las suscriciones y Teatll de Jos números sueltos e:;tán á cargo del tesorero de rentas proTincIdes Sr. Fran .. Gisco de B. Ruiz. La suscricion por semestre "ale cU.uao PESOS, pagaderos adelantados; y cada número suelto Jl.UL y IlEolo.-El precio de la insercioa de los ayilo. ó articulo. de iateres privado, será de un peso hasta doce renglones, y ua rtal mas por cada tres renglones de los que ucedaa de "luel número, Y la mitad por cada ~ez ql1e se repita, siempre que se' acJvierta al ti~mp(¡) de la entrega. DECRETO J.EGISLATIVO '3estinando el edificio y capitales del estinguido con­vento de San Francisco de Cmtagcna para una casa de beneficencia. E..2 Senado y Camcva de Representantes de la Nlleva Granada, 7'eun,idos en Congre.só, En vista de Ja peticion de la camara pro, ~iDci.l de Cartagena sobre que se apliquen el ediicio ., r,n tas del estiog uido convento de San Francisco de aquella capital al esta~ blecirnienlo de una casa de iudustria o be , Deficen~i.J DECRETA. riar la demarcacion que hizo de circuitos ju­diciales el dl'cretQ ejecutivo de 20 de Di­oiembre último en la espresada provincia, dccrelo: Art. l .· Los c:mtones de Barranqui113 y Soledad forman un tircuit-o judicial, con la residencia del .i ucz lerraJo en llarranquilla, el cual ~ozara (It 1 ~ueld() anual de 600 ps. Art. 2. El cantan de Sabanalarga forroa por sí solo un cir<'uíto jutlicí¡al: la dotacion del Jnez lt'lrado Je cste úllirno circuito sera de 500 pesos 'allllalei. Dauo eu Bogod a 8 uc Mayo de 1810 . ­J. l. de 111a7Yjuez - Por S. E., el Secretario dol hll~rior ,l~claciones, Euu/.;io Borrero. TI'a~f''''lb()lo a V. S. en conleslaeion y PI­ra los cf, cl.o§ Iq,plcs dd caso. Dios guarde 11 V. S. Art. 1. Se destinan el edificio ~ ca pita. :" les del estinguido ~nvento de San Francisco de -cartagena para el establectmiento y con­servacion de una casa de industria ó beno , ficencia . lfUSt./;"o. ~.-...- Art. 2. La carona de provincia de Car­tlgena dictara los reglam~ntos necesarios pa· ra la organizacioD y régimen del est:abl~ci· miento. . Da.do en Bogot:', a 28 de A~ril d~ (840.­El presidente del Senado, J. Francisco Pe­~' eira.-El presidente ,de la Camau de Repre, sentantes, Joaqu'm Ácosla.- El secretario del Senado, José AJ. Saiz -El diputado secret .. · - rio de la Camara de Representantes, Pastor Ospina. Bogot., a L° de 1\Ia,0 de 184EI.-Ejecútese , publíquese.~J. J. de MarlJllez.-(L. S.)­E.' Setret.l',i~ d~l Interior y Relaciones este r~res, Eusebio Borrero~ ____ 0 ______ ., . DECRETO DEL PODER EJECUTIVO. \I~iaDdo la demarcacion de dos circuit9s judiciales de esta provincia. N.O J3.- República de la Nueva Granada. - Secretal'í. del Interior ., Relaciones este­riores.- Seccion 3a.- Bogota 8 de Mayo de 1840..- Al Sr. GobernadQr de la proviD~i. de Cartagena. En vista del oficio doctlmen,eado de V. S. número 64, tle 20 de l\1ayp úÍtimo, ha espe­dido h01 el Poder Ejec.uti.o el siguiente de­MetO. 'José Ignacio de Marquez, Presidente de la Nueva Gf'anada, Examinada en consejo de gobierno la só· li~itud qll" h. elevado al Poder Ejecutivo el CODC,jo municipal del cantan de SabaDalar. ga de la provincia de Carlagena, y exarnina. do igualmente el in{ornie del Gab'ernador ~ttcvla .P()1I, sobre l~ ~on,.enieDci. de va- ADl\HNISTI\ACION DE ,1USTICIA. "i!lta la stnt"ncia que (le privacion de tOi derechos politicos y cl\'i!e~, pri ·ion por dos años, costas, l)I'olluncii.> en 11 de 'o corrien· tes el juez. lt~ trada de hacie.nJa y del cirrultlJ de Río Hacha d~ cOtlfqrmidad con los articulos 155, 124 ! 74 Jel código penal. pre\'ia cali, ficacíon en ~egundo grado del delito de ten , tativa para alterar el orden cotl~titlt(.'ional y que el gobierno de dicha provincia S~ (jcr ciese por 01 r.a person:l que la conslitul'ioual mem~ n~\mlJrada, contra el alferez Felix Cifuentcs; vClüda a e~la superioridad pur apclacion de este, Hallilndoso dicha ~e · . ~encia arr~glada al mér it,) d. los autos y ;. las di3posioione i en que se apoya; d,e aru('rt.lo e .Oh el ministerio fiscal, ailmistrando justicia en nombre de la Hepublica y por autoridad de ley, se confirma J. sentencia apelada, con costas;¡ eotendiendose que, supuesta la califi · . 1:acion del delito en segundo grado, ro. prision no puedu ni d~be ser menos 4ue la-de tI eín. "meses, o lo que es lo mi~mo dos y mC(liIJ 8ños, sin infringir abiertamellte el articulo 124 del referido caJigo; y para DO infringirlo, es en estQ5 térmiu_os ;que se confirma la senttn da, con prevencioll .1 jue~ del conocimiento de la causa continó-e y adelantr. h 8Yerigul' don respecto del . teniente A~!!tin Laicecl por el mérito que contra e~te presh la decla rácion de Manuel Antonio Narvaez. fojas 5 : , publíquese.-lldifonso Mend,z.- Proveyesi poc S. E. el tribunal de justicia de este dis· trito eD C.rtagena a 25 de Aliril de J 8 iO. - Francisco de la Espnella . Es copia: Cartagena Abril. 29 de (840. , . FrtlnCMCO d~ 1~ Esprzella. Visto el auto de sobreseimionto consultado a e ta supf'ri ridad, que pronunció elju~zle­traJo de haciend, y del circuito de Rio Hacha. con fecba 14 del último A.bril en las dit lg-en­cías practicadas para .\'{'riguaT si pOI' una (o nvers:acion que tuvo lugar en -la parroquia del MQlino en uno de los díAS de e Ita año, el cual '10 ha podido sabtrse con fijeZl, a puer­ta a bierr.a en la casa del parroco José Eocar­nacíon Blanco. entre Pedro Alcazar, espulso d@ Venezuela, y .IguGOS otros iodividuos, movida por las o pinioues emitidas po'r la im ­prellta subre el si:ltema ¡Jo federacion, se te­~ o ;i cometer algun crimen, Y considerando que en ('recto d e la t'spre 5ada conycrsacion DO ~e d('scubre abRdlutamente que ella hubleso tenido uo objeto cierto J determinado para. alzarse contra el gobierno, · .. riAr su fdrm~ comtitucional, nogarle la obediencia, hacerle l' u r' () cometer Ilgun otro delito contr~ la l!'arrquilidad y orden publicos: de acutrdQ coo d cuncepto del Sr. Ministro fiscal; admi· n ' str ando ju~ticia, en nombre de la Repúbl~­ca y por autaridad de la ley,1 se ap.'ueba, y {.ubli4uese.- Ramon Bentdtli.- PrOVe~' (H6 por S . E. el tribunal de ju~ticia d ~ l di"tr;tp en Ca, t gena l\r.yo 2 de 1840': FTanclSCO de la EspncLla. Es copia: Cartagena Mayo 4 de 1810. Francisco tk la Esprielúr, Vi ,to el lIuto pronunciado por al juez le.! trado de hacienda' de Rio Hacha et 8 del proximo pasado Abril en las diligencia.s prac­ticadas el'l averigucion del procedimlel to de Fran(-lSco Maria Farias contra la Vlllla de Pe­rija, provincia del E~tado de Venezuela, en la noche del 7 de Enero de 1838' asocIado do varios vecinos de l. parroqui, del Moli .. . no, pro~incia de Río Ha rha en la Nueva Gr .... n lCh, declarando, no h tt ber lugar a reducir a pri.jon a persona alguna, m menos procedel~ a la formaclon de causa por los tramites do la ley d~ 29 de l\h!o de l837, , di!lponien. do saoar copiA de }() conducente para pro­ceder a lo que hay~ lugar respecto a la com- ¿, probacion de los bienes robados en aquella villa. Por los ~undtmento8 en que se apo· ya el auto consultado, de conformidad con el concepto del Sr. 'M.wistro fiscal; adminis­trando Justicia, en nombre de'la RepúblIca y por aut(jrid?d de la ley, se aprueba; y publí­quese._ IldeJonso Mendez _ Prove'yose por S ~ E. el tribunal de Justicia de e~te distrito en Clrtagt"na a 4 de Ma,o de 1840._ Frtlncuco de la Jisprfclla. . Es copia: aartagenl Mayo 5 de HHO. FtanclSCO de la Esprédla • . Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANARIO DE LA PROVINeI ';-J)E CARTAC-ENM ACUERDOS DE LA JUNTA DE SANIDAD para impedir ti contagio del mal de virue/as. Rt'publica de la Nueva Granacla.- .Junta superior de sl,nidad.- Carta~ena Mayo 6 de de l810 - A.I Sr. Gobernador de la pro,incia. La junta superior de sanidad que tengo el honor de presidir, habiendo tenido noticia de que en la pro\'incia de Panlma cunde el rnaJ conocido con el nombre de "viruela, ., de que aun en esta ciudad no ha dejado de presentarse alguno atacado de él, con 1lt ob· jeto de atajar el contagio ! en U50 de la facultad que le concedo el articulo 70 de la ley de 11 de Marzo de 1825, acordó en se­~ ion del dia de a yer las medidas !liguicutes. la. Que se oficie al Sr. gefe militar para que S. S. dé a la guardia que esta en Casti- 110 Grande, adollde se ha trasl.dado el vi rueliento, las órdenes mas estrechas, parla que no permita que naLlie cornuni<1ue con el enfermo, ni con el que le asiste, impidiendo que éste salga fuera del 'lugar donde esta a­tIuel y que entre en él ningun otro. 2a. Oficiar tambien al Sr. comandante de Jos ollstillos de Bocachica, que redoble su cc-lo respecto a los buques que vebgln de cualquiera de los pu~rtos que quedan a 50:" tavento de la ciudad, y particularmente de los del Istmo, p ra que 110 comuniquen ni con la fuerza del castillo, ni con 16s del pue­blo, maDifest:mdole la razon que se ' tiene para hacerle este particular encargo. " 3a. Ofidar asimismo a Jos Sres. gefes po líticos para que tomen el mil ~ or interés en el 35CO Y'l'limpieza d ,' 1 '5 lugares ~(, bhdos de cada calltoo, ~ . bre todo de aquellos t'n que se eunen muchas personas, COQlO el mercado y en que se hilCe la matanza, y pa ­ra que 'ui len que :ie tenga el mi~mo aseo UD el interior d ln's casas. ' 41. Ofitiar a los mismos Sres. gef('g po'­líticos dicten las medidas que estimen mas convenientes para serinstroido5 de cua Iquier nuevo caso de viruela que oc"brra tan luf'~o como él s-e presente, 3 erecto de .islar in ­mediatamente el enfermo, y de dar parte a la jnota superior de sanidad por el conliocto del Sr. Gobernador sin la menor tardanza, pira que acuerde lo que haya de hl1C "fse. 5a. Hacer es ensiva la 3.1. y 4a. Ill f'd icla al Sr. gofe politico oe las Bocas del Toro, avis3ndole la novedad de haberse presenta­do el mal de _viruelas en la provinc •• de p~. nama, y malarles, segun la relacion de algu­nos Timbianos que vinieron a presentarlo se al gobernador, a Diego Lopez hijo de\ comanLlaole oe la faccion, al cabo lUaouel Ubillos y al soldado José' Cupaodi. De nuestra parte murio el oücial de milicia¡ Rafael Figueroa, quien con un arroio ad­rnirabh se precipitó valientemente sobre la emboscada de Jos facciosos. Se dice que el objeto que se pTOpO­nen estos malvados es reunir toda ~ gep, te que se pueda y marchar adoode Nogue­r: p" ra ponerse en armas ott'a vez y s.a'­car de la prision a sus capataces Obanuu y Sarria, porque pare~e que 1 causa cott­Lra e tus cab. lIel'os no march tao bien como eH s se lo h~bian prometido, y S\ esto es cierto, y por fortuna o por des'­gracia ( el pais va resultando pr bado que ellos son cu pados del asesinato del ge· neral Sucre, no qu da duda de q e No~ guera, España y compañia ebao alz s nueva meo te y proc amar con ma. o i­gor la def~nsa de la reJigion la in ,o os~ titucionalidad de la eleccion del Presiden .. .te Man¡uez. El general Mosquem iba a s lir por se , gunda vez en persecucioo de Jos facci ~~ sos el 21 o 22 ... Los del Tamb o s habían mezclado en este movimie to, - aun .se tcnia.n esperauzíls de que se qu -:' Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANAltIO DE tiA PROVINCIA DE GAR'rA·GENX} 3 darán quielos y entregaran las armas. A lcanee al n.O 15 d. Lib8Tlad 11 Orden.) ..... l>ESPEDIDA DE SANTANDER. Próximo a pagar el tributo que debo a Dios y a la naturaleza, me despido de vosotros, mis amados compatriotas. En el curso de mi ~rrera pública he procurado estudi~r mis deberes pura cumplirlos por vuestro bie y felicidad. Debo haber incurrido en muchas faltas, reclamo por ellas vuestra indulgencia, como recompensa fijquiera de mi fidelidad a 1a eausa dc la indepen­dencia y de la libertad. Sed vosolros igualmente fieles y reclamad siempre vue tros derechos y vues­tras garantías. M uero con la conciencia tranquila de no haber ~ometido los rrimen s que se me han imputado mas bien por jgnornIlcia que por malignidad: a todos los he pcruonatlo. Mis ¡,¡Ibaceas pul>licar.ín por la imprenta declhraciones Olas el'plícitas que dejo consignadas en mi testamento. Os recomiendo muy encarecidamente ••••• ~ Declaramos solemnemente, comprometicn­do nuestra palabra de honor, que los anteriores periedos han sido dictados por el General Santan­der en la noche del 29 del próximo Ahril, desde las ocho a las nucve : que fueron escritos por el Dr. Merizuldc, a quien elle~l'go l~ hicicl'c, y pro­ntmciauos delante de los Ores. F ernandc'l Sauyc- . dra y Soto: que en los últimos pe.ri()dos fué ener·· gizaodo la \'01., y 110 pudo .:ootinuar el último, r9rque le sohrevino un acceso de v.)tnito seglli.lo inmceliatamc(Jle de una gran postrncion ele fuerzas. y declaramos, en [LO, que todo lo precedentemellte escrilo era pal'te Jc la Despedida que habia ele dirigir a sus con('iudadanos. Bogola t. Q de Ma­yo de ~84o. José Feliz lJ.fel'izalrle. José 1I1anucl Fernardc.: (1e Saa'Vcdl'a. Francisco Soto. (Impreso de Bogo/(2.), SEIS DE l\1A YO DE 1840. Hoy, lA las seis y treiota y (los nlinUlos de la noche, ha muert9 el general de Jj vision Francisco de Pauta Saot~nder ...••. l\lurió con la uocion de un cr-isti.¡no v la serenidad de UD.. filósofo. Su nombre y su conducta publica pertenecen a la historia.-Deja una viuda ioteresante J jóven, y dos hijas liel'oas. Nosotros que en los úllimos anos de su vida, le hemos combatido en la arena p~ litira, nunca fuimos sus enemigos perso­nales; y nos apresuramos ahora a uerl'3· lDar sobre su cada ver, libio todavia·, una lagrima de apl'ecio y grati lud a sus talen· tos y a sus servicios. ¡ Quisiera el cielo que (O la 1umba a donde van a oncenarse los despOJOs ·mortales de este granadino distioguido ie Mepultasen tambieo las pasiones que agio tan y dividen a sus compatriotas! ~ j j i Que la tierra le sea ligera, y el cielo propicio a su desolada familia!!! t Libertad 11 Orden.) ----e~~ CORREO DE BOGOTA. El indicado correo llega a esta plaza, en casi odas las semanas, COIl el mu.y grande atraso de mas de cincuenta horas.\ Segun la opiníon gen~r·al semejaole desor· debo ha, sido .J;u.nas ~eces .~,a\1sado por· ,. que el correista que sale de Bogota tie­ne que delenerse en Honda esperando em · barcacitm, y en. otras ocasiones se ha ori ginado del recuento del dinero en lodns las esta/elol de la carrera, aunque el con ductor no vade. Como los referidos males emanan prin ­cipalmente, a nu~tro ver, de la admi is tracion general de correos de Bogotil f d j. rigimos á ella la súplica de que pl'omue,. va () adopte las medldas ~ooducentes á remover los obláclllos que su oponen a mpjorar el servlcio publico en e I fa mo a que hemos aludido. -0- VACUNA. Al tral'lr en nuestro numcl'o G6 ;¡eer· ca de la urgellte ncccs'uau de hacer tral:f pronto a esta plaz vira IIaCfln(}, eo seres humallos, ó en tu~s capilares , o fn vidrios provistos de pus de vlrue./as de va eas, 00 h¡cimo~ Olél'ilo de que para pro pagar' la vacuna en es ti plJz j, se hic ¡eron tombien en dias paslJ1.lS algunas leotnti vas infructuosas con V ~H;una ll'aida en tu boscaptlorcs. (>0 vi~llld de iostlocias rei· teradas del Sto G u beroáJOJ' dtJ esta pro­vincia, porque no estIbamos impuestos de tules circunstar.<.{ias. Lbmamos la atenrion de nuestros lec­tores hacia el ali('ldo revacunaClOn, que se Íns('rlo en el núcaHTo anteri or' de esle perihdlco, y f'1 cual persuaJc much , a Otl(,Sll'O (lJ()<..!O de ver, la importaucia tle la p,.opa~ cion de la ",'aCUlla, como me dio de IJI'CSerV,H' J(d eru >1 y horroroso azote df LIS t'lnzelas no solamente á Ins que uo h I\un sido vacunados, sino tam bie ) a aq ucllus en q 1I ienes se haya veri ficado <.h elta (lpcl'aci-oo siete años antes, lo c¡ue aunq lH~ parezca mó)' exagerado no deve Jespred ,j rse. -::±::! MISCELANEAS. COMUNICA.DOS. MUESTRA DE GRA.TITUD. Habiendo ccsattJo va la tormeola deso· ladol'a que los amt;¡ciosos y desorganj- 1.adores, ligado5 unus veces con ignoran tes fanáti·\~ os y otras con asesinos v bao didgs, causar~o en el Sor, nos ha p\f'e eido oportuno, é indicado por las r~iíla, de conveoitneia social, dirigir las mas fervorosas congralularione!J, así como rlt mostraciones de esq u isi to agradecim ieoto a la heroica iJ i vision de Pastn, a su d ig no gefe el hábil, valeroso y prudente GENERAL PEORO A. HERRAN, V al palribtico veciudario de la ilustre (,iu'dad de Popayao, por la dichosa influencia que han lenido sus distinguidas cualida­des cívicas y su heróico denuedo en el espléndido triunfo que ·'acaban de obte­ner las instituciones patrias y el orden legal. Estarnos en la firme persuacion de que tanto el gobierno supr~mo como todos los buenos ciudadanos aptaudiran este rasgo de r.econocirn iento hacia los vi r­lUosos y valientes granadinos que duran· te los diez meses de g·uerras civiles. o· probiosas para 1.0s revoltosos, de que fue­ron teatro !'as m(ncio~ada~ provinci.u, • han repreduciJo murbos de los gloriosos hechos que iumort~'ilaron a los Leon;­das, a los Décios, a los Fabios y a lo's Eparn ioondas • Si los patrióticos esfuerzos de los cons .. ' tan tes é intrépidos defensores del orden legal no hubieran sido coronados con tan feliz éxito, se estarla corriendo el riesgo de una conflagracioo general en la Nu~­va Granada; los furiosos Jemagagos se hubieran ennJentonado, y la patria su· friria tal vez nuevas y mas profundas he..­ridas. ~ieodo tales nu('stras opí niones y .,on· vic iones, nos sera permitido coocluir esdamando: ji i Viva la co'nstitucion! !! ii Viva el gOQieroo nacional!'l ii Loor !\in fin al lIer,')ieo civismo del ejército del -Sur y del vecindario de Popayan tH --0- Sr. edz"lor Jel S-tfJulnand. Quizas no sera inutil instruir a la pro­vincia de Cartageoa del resultado que ha ttllido la temeraria aCl1SaclOn promovidl por' el Sr. Manuel nomay ante la bono. rabIe camal'a de Representantes, eonlra los miembros de la eJe esta provincia en J 838, que 00 q u· 5terOn eoad v uLar al a­tropellamiento de 000 de sus colegas - el Sr. J osé Maria ntJgn. Con tal obje­to, pues, tengo el honor de incluir a V. I una copta del informe aprobacro de la comisioo de dicha honorable cam~ril, pa-ra ti ue se sir'va dJrle lugar en el a pre·. ciable periou ico que V. redacta. Soy de V. atento servidor Q. B. S. M. Un (}x-dipu lado d la eúmara ptom,ncint. HH. REPRESENTANTES. El Dr. Manuel Romay, diputado a 13 camílra provine.;' de Cartag~na en sus sesIOnes ord inarias de 1838, ha diri. .. giJo a esta honora-ble camara una solici­tud pHa que se promueva la res~onsa. bilidad de los miembros de dicha canla. ra provincial, porque habiendo a~islido un diplltatlo que se habia reclamado por el juez letrado para Juzgarlo y contra quien 5e habia decretddo prisÍon, S'e hi. zo mocion el día ] 6 de setiembre para que se abriera el pliego da reclamacion )' lléchose prr>posicioo para que el asun­to se declar.tra U.'b "fj tf" tlé negada y se mandO. que la m Il 'Ton e cOlH·iderar la rl..~~l~ma 100 "e pusie"a en el orden del Ita. El punto lOes de acusacion es por no h )erse C'() IJ ~i derado urgente la deci­SII) O del negocio, '" como es bien claro que ~un cuaudo na eXIstiera el articulo 23 e la ley da 16 de Mayo de 1236,. siempre sería cierto que el punto era de pUl'O concepto y opioior, porque ¿cual es la rf1~la establecida o que pueda esta .. Llect>rse para conocer la urgencia de u~ asuoto? Por lo mismo nunca esto podril ser materia de responsabilidad: y adema s ella siempre es personal, y por la acta qu se ha acom p ñado no se conoce quieo-es fueran los mit'lI1bros que votasen -por la negativa de la urgeoria,- por no haber si'" do la vot~cion nominal. Indica tambien el Dr. Romay que aca-' so pueden ser nulas las elecciones per. feccionadas por la camara de ~rovincla por cuanto siendo quince los miembroS:­solo concurrieron diez a la apert ra de­la~ sesiQues,. en cUfO¡ dict ae contllb, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANARIO DE LA PROVINCIA DE CARTAGEN8~ tI diputado re-tlarnado, de suerte que tscluido .. solo quedaban nue~e, que no 'eran las dos terceras partes que la ley exige para -abrirse las sesiones: pero se di­ce que el auto de prision lué pronun· ciado en 1. o de Setiembre, cuando el iñ­dividuo existia ya nombrado diputado a )a camara, de modo que tal ocurreacia no afectaba a su nombramiento, y aSl es que se reclamaba para que la dlmara lo pus' era a disposicion del juez, y Ista mis ­ma reclamacion supone la existencia re· conocida tlel caracter de diputado, pues de otra suerte seria innecesaria: así pues, es evidente que la apartnra de la ses ion lué indudablemente con el número de miembros requeridos: ademas, antes de empezarse la p-erfeccioD de elecciones en­tro otro miembro, el Dr. José -D-jonisio Aróújo; y vino a ser_ ooce el llumero de diputad~-, y debe añadirse -que -si la--Iey l'equiere cl~s terdos -para abrirse ·Ias se·: s iQoes, ella no exige este mism-o nume: :ro para continuarlas, y por tanto "ueda destruida toda ob)ecioo.- - Aunque este punto es de la incum· bencia de la comisioo d., e lecciones, en obsequio del pronto despacho hemos que­rido esponer lodo lo que resulta del es­pedlcnle para que pueda conocerse que por ningun aspec to que se con~iclere, o­frece mérito para que la honorable ca ­mara se ocupe en dictar otra providen­cia, que la - de 'fJwnda'rlo archivar. Bo~o la Marzo 25 de 1839. Alanael Cañal'tlc. - José de LelÍJa.- Cl'lsanto O,d(,ñc,¡;. ' , Aprobado en la ses ion nocturna del 24 de Abril de 1840. 3!!! !!!!I J.\iIANIFESTACION de unos miemhros de la janta g ene1'al de esta Universidad. Hemos sido convocados por el Sr. Rec­tor por asedio de una boleta firmal1a por el secretario pa ra el dia 24 del cor­.: rieD te a las once de la manaDa, COD el objeto de tratar de los negocIOs generales d,§.l establecimiento; mas - como por el a'üculo 30 del plan orgaoico de instl'llc ­cion pública se dispone que en las jun­tas generales no se trate -' sino del asunto a que se contraiga la citacioo, no habien ­do indicado el Sr. I\ector cual -sea este, como ha debido hacerlo en cumplimien­to de la citada disposicion, hemos crei­do conveniente manifest.arle, que 00 asistí· rémos a la junta del dia 24, ni a nin gun otra, mientras no se nos tite en los términos dispuestos por la ley; porque sin este requisito DO nos ser{a posible prepararnos para el debate qoe debe pre­ceder a hl determinacion, que indudable­mente es el objeto que ha tenido el le­g¡ sl~dor para disponerlo asl. J ... ETRILLA. Cuando el la correa -Jflegas con los linces, Si la ensartas, pierde¡ I X s~ .~~, peni¡'stll • ' Segün los que tabian Por.qué somos libres, y q amar o macho Eo público fing •• , Aunque aUa a sus sol •• El diente rechinen, Muy mal va la patria AflOje ó elllire: Si la ensartas, pierdes, y si no, perdiste. Si despachan pronto LIS c'maras, dicon ~ Todo se atropella, E~a ley no sirve. l> Si espacio discuten : »E~to es ills&1frible 1 Jamas de este asonto Verémos 105 fines.]) Si la ensartas, pi-erdes. y si DO, pe-rdiste. Si actil'O el gpbio_rlJo A verigul el crimen: ­ ».i\ Dios libertades! ¿ Quién scgaro v¡ve? J) Si 00 lo averigua: " Somos infelices, Pues 10.8 criminales Ya no fe persi¡uen. D . Si la cnsartas, pierdes, y! si no, perdiste. Si el juez cuando pnede Acclera un litis: »..Las fórmulas. huella; i Déspota terrible!)1 Y si lo retarda Por arduo y t1íflcjt.~ /) i Cielos, qué apatía! ¿ Cómo ha de allfrirsc? 1) Si Ja ensartas, pierdes, y si no, perdiste. I Si algo de-I gobierno Llega a traslucirse, » 1\1alo ! sin secreto Nada se consigu e. )) Si no se trasluce, Se mofan, se rien -!' » TodQS 'son misterios y velos horribles. D Si la ensartas, pierdes, -:y si DO, perdi~e . Si entre dos materias La camnra elige: a j Oh! de lo importante Se olvida y prescinde.» Si la otra prefiere: » Es cosa bien triste Que a untos ~Dpérflu9s Tan solo se -agiten. D Si la ensartas, pierdes, y si RO, perdiste. Si a los patentados LIl plata se exige, ~ i lnfeliz comercio! Cllyó pues lo oprimen. J) y si así no se hace, »La patria que gime Sin rentas ni rario Fuerza es que peligre.» Si la ensartas, pierde$, y si no, perdiste. Si contra el go.J>icl'1lo In~uTias se escriben : 1) Famoso editor 1 o Al punto repiten. Mas si otro le impugna 1'amañ~5 deslices, I • Ei UD adw,nte1 \~ :No puede ser libre ... Si la el\sartas; -pierdeS) -y si no, perdiste. Si por -el empleado H91 hay quien predique, y por faerza quiere Que a1l\ se eternice; Otro ya sostiene Con earacter firme, Que en nuestro siltema Todo es amovible. Si la ensartas, pierdes, y si no, perdiste_ Si el concejo manda Que las calles limpien, Si d~s~ed-ec~n DOSCIentos resISten. y si del aseo No hay gcfe qUe cu-ide , • i La peste nos mita (!;on taota iomundicie! n Si la ensartas, pierdes, y si no, perdiste. Tales son las mañas­DI aquel qu, le dije, Desacreditarnos y no de"btirBe; De lo que proviene Segun son SU5 chismes, Que aunque qlas la patria 50c e~fuer'¡6 y camine, Si 1. ensartas, pierdes, y si no, perdiste. (CoT'f'eo de Caracas.) , SUSCRICION. \ , Se imprimid J'Ol' el Sr. Fr:wciseo de B. Ruilí e" lal"tagcna una ohr a elemental d'e HISTORIA ANTIGUA Y MODERNA, mezclada en sus resp ectivos capltulos con principids geognHicos, a fin de hacerla mas provechosa y útil i la enseñanza de la juyentud desde su niñez, y taDl­bien a }0S que ya en su adolescencia no se hubiesen todavla dedic~do a tan necesario estudio para el de­sempeño de la tribuna legislativa de su patria y deo las sillas del gobierno en todas su gradaciones; Ü mismo tiempo lor el cumplimiento de las entregas de cuaderno de cuatro pliegos impresos a cada uno. llarranquilla , canten de la provincia de Cartagau,¡ 3 de Febrero de 1840. AND_RES LEVEf... DE GODA~ ;tI PR,EN.T A ~E L.OS tlElllDinos ~I J. ~ c:fL'{,o Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Por: | Fecha: 28/05/1840

SEMANARIO DE LA PROVINCIA DE CARrrAGENA·~. SEMESTHE 3. 0 CARTAGENA, JUEVES 28 DE MAYO DE 1840. NUMERO ;0. Este periódico saldra todos los }UeTes: la recepcion de las suscriciODes y Teota de los números sueltos están á cargo oel tesorero de rentas pro" inelales Sr. F'f.:m-, o'!isco de B. Ruiz. La suscricion por semestre "ale ClJA-rJI.Q PESOS, pagaderos adelantados; y cada número sueho REAL t IlI.Dlo.-El precio de la insercion de los 3"isol Ó articulos de inleres I'riTado, será de un peso basta doce renglones, y UD rC31 mas por cada tres renglones (le los que excedan de a9ue1 número, Y la mit"d por cada 'fe& que se repita, siempre que se ad ierla ,1 tiempQ de la entrega. DECRETO LEGISLATIVO cultando a las cúOlaras -de provincia para dar ciertas aplicLl('iones a alguuos ediíicios de conventos suprimidos. El 5mado y Camara de Representantes de la ,:Vllct'a Granada, rezmídos en Congruo, DECRETAN. Arto 1. Se concede facuhad a Ia.s duna· Tas de provincia para que puedan aplicar a beneficio de la instruccion primaria, o a cua lesquieta otros usos públicos de 105 resp6<,ti­vos pueblo.s, aquellos edificias de conventos suprhnido.s que no hayan 5ido aplicados ya a establecimientos ele euuclcion Ú Olt'Oi ob­jetos por el Poder EJccutivo, o por las mis~ mas carnaras, 11 virtud de las leyes anterio· res sobre la materia. Art. 2. Podl'lm asimismo aplicar al servi, cio de iglesias parroquiales de los pueblos que carezcan de ellas, las iglesias de les mis­mos convcJltos suprimidos y aquellos para­mentos y alhajas que e-timen cOlJvenientc. Dado en nogota, a 29 de Abril de 1840. -El Prcsid .. nte del Senado, J. Francisco Pe núm.-El Presidente de la Cam l'I de Re prescntaulcs, Joaquln Acosla,-EI Secretario del Senado, José M. Saiz,-El diputado Se cretario de la Camara de Hepresentante.;, Pastol' Ospina. Bogota, a 1.° de Mayo de 184,0.-Ejecútese 'Y publíquese.-J. l. de MU1lquez.- (L. S,)­El Secretario del Interior y l'lelaciones este - nores, Eusebio Barrero. CIRCULAR lIalvando una equivocacion en el Arancel de aduanas. Circular. N.o . 20.- República de la Nue,. va Granada.- Secretaria de Estado en el des pacho de hacienda.- Bogota 9 de l\1ayo de . 1840.- Al Sr. Gobernador de la provincia de Cartagella. La Gobernacion de Pamplona ~OD referell da a la aduana de Cúcu.ta, llamo la .tencion del gobierno sobre la equiyocacion que en su concepto se habia padecido en cuanto al aforo dado en el último arancel al Atincar ó Borrax, y examinados con este lllotivo lo~ antecedentes de la materia, resulta que ni 1. comislon encargada de revísar el arancel pr&puso, ni el gobierno acordó alteracion al · guna en el precio del Atincar ó Borrax que se estimo a 75 céntimos la libra en el aran­cel apr()bado en 16 de Junio de 1837, de don de ae deduce que apareciendo do.rado a se· teD~a "1 cinco pesos (75 ps. ) en el de 10 de Julio de 1839, se ha incurtido en 1l .1 errol' tipografico. Por 10 mi:smo el goblcrrlO h dispuesto se hag.\ h correspondlcnte CClI'I'CC cion, encargándome participarlo a V. s. a fin de que en los casos QU6 curran e esté t i afQro de 75 céntimo' la libra 3!í lo COUlU nicara V. S. a quiene core sponda. Dios guarJe a V. S. J. de lJ. de Aramazu. ADl\'llI ISTR /\CION DE JUSTICIA. Vista 1. causa criminal segllida contra el tt'niente 2, n de ejército Agustin L.icecs, de gfl~rrHclon en l. ptaía de Río-Hacba, por el d I- lito de tcutal-i va contr~ la libertad de la nacion, yenidCl a esta süpiü'ioridad en con sulta de la defin'tíva que pronuncio el juez letrado de hacienda de aquella provincia el dla 30 Jel proxlmo p;¡sado Abril, abs(.)lvienrlo d l l cargo al acusado y deelanudo las costas de oficio. De todo el proceí.O no resulta otra I eosa que el haber asegurado con juramento" el soldado de la guardia nacional l\lauuel An-tíluio Narvaez, qne el teniente Laiccca un di. dd mes del ultimo Marzo, que no ha po· Jido de ... ignar ciertamente, en una converS8· .'ion que tuvo con él en la tienda de Jo .. é Ihd oftdo le manifestó: que lo que se querul, era rlerrocnr al gobierno actual de esta prol1mcia ~ ft.io Hacha) y nombrar ol1'a persona del paíS ga.e gouira del beneficio, sin que /t1lbiera. del'ra: 7nrtmumlo de sangre y proclarnar la jederacioñ. y cOIl"iJerando que si el dicho singular, {ni· co y ai slado del l~~tigo Narvaez, puJo sen Ua·Lilnte para llamar á ,juieio y bacerle ca~­go nI acusado, ' no ob tanl.e ~Iue la propo'si­rion d este no conste haber sido aceptada. POl' nqutl, 110 lo es ni pueue serlo para con­denarle por solo él a la pen:. del delito; de acuerdo cIJn el coocepto del Sr. Ministro fis­cal, 3dministtando j,sticia en nombre de la Rt'pub ica y por 3utoriüad ue 1 ley, ~t; pl'ucb la mcn'cionadll sentencll.l: y publique­se.- Ramon Benedett".- Pro~eyóse por S. E. el tribunal de j ¡lsticia de este distr' to en C~r. t::l6 l ' a a 13 <.le Mayo de 18 íO.- Fl'anC1Sao de La Ksprt"ella. E, copia. Cartag oa Mayo 15 de 1840. F1'ancisco de la Espt'iella. - :::& E STA DO de hlS causas pendientes '!J despac1truJas por el Tribunal de justiúia del dlStrito del Magdalcm. en lodo el mes que comento el dla 1." deL corriente y conclu,yo el 30 del múmo. + SR. MTRO. MENOEZ IlsR. ~IRO. BENEDETI.' SR. l\lTRO. BA.LOCO.' 1I ~:z::===_===== .I =====_=:x:::::=== ~=== .. =~:=-=~ '1 Determins. Pendient.es.l Determins. Pendientes. Determins. Pendientes. 1 __ -_ NOTA t. ~ De las causas espresadas solo bay seis en estado de pronunciarse sente,J\­C; a y las dernas est~lO sustancilmdose. NOTA 2." La consulta de auto interlocutorio criminal que ~e da como pendiente re· partida al Sr. ministro Mendez, no ha podido resolverse porque el juez de la primera ios· tanela remitió solo testimonio de la sent.encia y hubo qu., reclamar la causa que ~u.n Re se ha re~ibido , Espritl/.«. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. :l. SEMANARIO DE ·Á P E GARTAG·ENl~ NOTIClAS INTER.NAS. Cartas de Bogota del 13 del corriente mes, notician que el 19 terminarían las sesiones del Congreso: que se estaba dis eutielldo en la cámara de Bepresr.ntan· tes un provee to de decreto autorizando al Poder Ejecutivo para exigir un em p~éSli Lo forzoso hasta 300.000 pesos, con un 12 por cien to de interés anual, por habel' eilcallado el proyecto de contribu cion directa: que el general Mo quera habia marchauo para Pa5to con 1.500 hom­bres, de los cua.les 600 se presental·oo voluntariamente en Popayan: que la nue­va faccion de Timbío habia sido derrota· da: que Sarria se babia fugado de la carcel de Pa lO: y que Noguera, faltan do a las promesas que hizo cuando fué indultado, se había puesto nuevamente a la cabeza de uoa partida de bandoleros, En el suplemen Lo al lT"ll mero 7 del Ami go del orden de Popayan circula uo «:ua­dro de las principales funciones de armas que tuvieron l,ugar en el canton de Pasto desde el 1:J de _ T ov ¡em bre dei afio pr6xi roo pasado hast.a el 7 de Marzo ullimo. En él se demuestra que el número de die ha fuor:iones marciales IJ.egó a t 9: que una de l~ r e(e ri (hs acciones duró ~ ho-~ ras, ,HN 6, Jos 5 tres poco mas de 3 horas, v las 'lem~ 2 horas o meDOS, ha· biendo "siJo sifmp e inferior el número de las tri pas fel g!,U i~r!H). DIg1n Jo qne q.uirran los eonn t¡~os cJ~ la actual admi nistr' (' iol'l para rebajar el méri lo de los oenorJarjos v virtuosos defensores del ór den lt'~pl, el general Herran y I s gefes v OD ' io e!;, así ('I)(DO los dt'mas individuos del hertíito ejército del Sur, que concur­rieron a las campañ3s que ha habido en Pasto, eo los ocho m ses tl'anscufI'id( ,s esde Agosto' del aflo p1' 'ximo pasaJo hasta el ultimo Marzo, se cubrieron de gloria civica y militar. ....aIf~ ELECCIONES. Acercáncfuse el pcriódo importante en que los granadioos dehen hacer tl'aslucir su querer con respecto a la Í\ltu-ra con· dicion de so patria ejerciendo el dere­cho de sufragio en las elecciones parro· qllllAles !/ cantoRales, no po~emos me­nos que t?xcilll!' Os a que reO xionen a· cerca de 'o medios de obrar con sabidu ria y tino en los indicados actos de so­her: nia acional. N s 'le ra sumamente gratt> que se ve­l'jfi ,! ueo los úeseos patrioticos que aca ­bó os de m _ n i fe"t ~ r, porque 81 las pr()XL mas e lee iones son desacertadits lej 0s de cunler.e el ben'~no ~el'men del bienes­tar púb ico, de la huena armonia social ~ ti la concordia comun seran, segun tf\ua prob:\bddad, fecundas en eoosecuen­cill des~raciadas y deshonrosas p~ra la ~ 'T llP'/::\ Granad:! .. Iwputsado por sentimientos favora­bles ~ bada los individuCrs de los dlversos partidos, que ban de figurJr en las mencionad.as escenas eleccionarias, nos 113 pare"ido oportuno y conveniente propagar hoy. en este periódico, los ar­ti{! ulos del codigo penal, que se insertan a continuacioo, con el laudable fin de que los que I an de intervenir en las re­ferid. as elecciones, se precaban, por me· -dio de un pro 'ede.r arre~lado a las leyes~ de las penas que se asignan en dicl os artic~d irtiendo que omitimos la -o­s re·on de otros porque es me o i­b e su infrarcion. Art. 168. El emplfado 6 funcionario parroquial a quien competa, que no con vocare para las elecctooes parroquiales auo'­que p!lra ello no reciba orden alguna, avi· ndo a los vecinos por lo menos con ocho dl3S ele ao ticipacion al dia en que ellas de­ben abri r se ('un arreg10 3 la ley; ó que pa­ra di(;has elecci'ones omitiere algunas de las formalidodes o diligencias que por las Jeves son de su incumbencia, sera privado de SI1 em pleo y pagn3 una multa de cin· cuenta a cien pesos. A rt. J 69. E gefe politico que no cui oare de que se abl'an Idl elecciones del can ton en los dias señ lad('s por la lev, Ó no dier'" op (¡ l'lonarnt'ntr- las orden s necfsarias para que se br&1l a su tiempo las parro­quiales, sufr'ir~ la pena ue privacion de empleo v ona mlllta de doscienlos pesos_ A rt. 1 i O El gobernador que 110 cui-dar'e de que celebre ~us sesiones la camara Ae pr·ovincia en las épocas señaladas por la ley, ú que no diere oporlnnamente las ordenes para que se reunan 13s asambleas electorales de cantoo, sufrira la pena de priv~cion de erppleo y una multa de cua· troclen tlilS pesos. Arl. 171. Los que presidan las ele('· ciones parroquiales, las asonb!eas electo­rales de canton y las camaras de provincia respectivamente, si no cuidal'en en cuan lo a ellos cnrresponda de qlH: bs eleccio nes se celebren con entero arreglo a la cooslitucion V a la ley, 5eran castigaJos, segun sus casos, los primer'os eon una mulla de veinticinco a cien pesos los se· gundos con una multa de cincuenta a doscit-n tr¡s pesos, y los terceros con una multa de ('icoto 3 ruatrO-tientos pt'sos. Art. 175. El 'foe conC"urriere con aro mas a las elecciones parroquiales, a las asamb·leos elector3les de Ctloton, o a.l lu gar en que ("elelJran sus sesiones las ('a maras de provincia, V requeriJo para que se relil'e Ó desarme no lo hiciere, sufri­d! una sU5pen~ion de los derechos poli. LLcos y ci vi les por uno a seis meses, y un arrestn de cuatro á quince dias. Art. 176, Los reos de cohecho o so borno en cualquiera de las elecciones sobredichas, aSl los que lo hagan como los que lo reciban ó acepten, sedlO pri. vados de los derechos poli ticos y suspen· sos de los civiles por uno a cuatro años, y sufrirán ademas una multd de veinl'e y tinco a ci en pesos. Igual pena sufrí dlO los qUf bayan hecho esta imputa cion cal n mniosa mente. Arl. 1 i 7. Los que estuvieren encar­gados ('G las eleciones de eslender los votos ele los sufraganles en los r(lgiSlJos respeclivQs, <> d ~ hacer el escrutinio de ellos, si cornelier n algun fraud.e, ya sea falsificando los billetes en que se dan los sufragios, o escribiendo en los registros nombres diversos de los que debieran a DQtar, o sustrayendo los votos que algu­no de los eleg.idos hubi re obtenido, o d , olra manera semejante, sufriraa la pe na de infamia, y la de dQS a seis afios de presidio. Art. 1 i9. ~I granadino que, sin ha .. liarse en ejercicio de los derechos ~e ciudadano, votare como tal en alguna de las ele~ioDes parroquiales, sera castiga do con una prisioo de quince diss a das meSJs. Si en virtud d~ una se'Hencia , I r t 1 judicia-l estaba suspenso 6 privado del ejercicio de IQS derechos políticos, la prision sera por uoo á cua tro años. Si fuere estrangero, se duplicara el tiempo de la prision establecido en este ult¡m~ caso. Art. 180. Cuando por tumulto, vías de hecho o amenal3S, se impidiere a uno o muchos ciudadanos ejercer los de. rechos políticos, cada uno de los culpa..; bies sera castigado con una pris¡on de tres meses a un año, y con suspeosion de los derechos pollticos y civiles por dos a sejs añós. Art 186. El que siendo nom brado elector por algun distrito parroquial no concurriere a llenar los deueres que son de su cargo, sin causa le~almeole califi~ cada por autoriJad compelenle, sera con .. denado a una multa de veinte v cinco á cien pesos. Si concurriere des-"oc, del dia sci'lalado por la ley, sin haber liabi· do causa legal que justifique la demora,) la multa no pasará de sesenta pesos. Si por la falta de concur'rerlcia, o por ha­berla retal'dado, dejare de reunirse la a· sambrea electoral el dia seflalado por la ley, Jos electores que hubieren faltado seran ademas condenados a indemnizar a los que han concfll'rido el dia señalado por la le~, de los g~stos que les causare la demora hasta que la asamblea se reuna, los cuales se cumpularán al respecto de ocho reales diarios. LA. ADl\UNISTRAC10N, L¡\ OPOSICION y, LAS FACCIONES. Desde el 4 de Marzo de 1837 en que con la eleccion del Sr. l\larquez vieron algunos abatido su orgullo y. vanidad y btírladas sus esperanzas, comenzó á for­marse ese partido aotipati'co de oposi. cion., que tantos males ha causado a la patria, y aun se trató oa 00 permitirle que se posesionara de la Presidencia ha· cieuJo para ello una ravolllcion o ¡ro· pidien Jolo de cualquier otro modo. ASl lo ha asegurado €n la camara de Repre. seotantes, hace pocos dias, el geo'e'ral An..: tonÍo Obando, diputado de la oposición; asi Lo ha escrito el editor del Correo, y, as. lo supim'Os noso~ros desde aquel tjem~ po.. Sabíamos tambien que algunos de la oposicioD tuvieron el arrojo de ha­blar al Sr.- Marqtl z para qua renuncia .. ra, asegurandole que al posesionarse ha~ brl8 precisamente un3 revoluQion, si 30- ' lt)S él mismo no habia sido wictima del gran ,.esentllnunlo que habia ocaignad() el triunfo n!tciona\. N ueSlros lectores recordaran ádemas que hecha la elec., cioo, se publicaron papele.s virulentos y. amenazantes, y que aUn se dió a luz una fingida renuncia ,del Presidente electo, y. no habrao olvidado que en l\1arzo de 1838, cuando no habia n'anscurrido UQ año de la pre8id~ncia del Sr. lUarqez. un cliputado de la oposicion dijo a gri~ tos en la camar de Representantes, que haCia once meses que eslaba al {I enl de la OpOSlClDn porql!c le era lnsopt)'rla~ ble esta admlnlslraclOn. TalC6 het:hos manifiestan, a no dejar duda, que fué la eleccion del Sr. Mar· quez y no sus actos gubernativos los qu~ causaron el sran descontento de Jos q no votaron por él, que su oposicio h ' sido d personas y no d pr·Dcipio Ti que no ban tenido por objet diri (r '& Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANARIO DE LA PROVI 'CIA DE CARTAGENA.4 ~obierDO pbr el sendero de la ley y del bien publico, sino vengatse de su der­rota, persuadir que nadie sino ellos p~ dian gobernar este pals, y desquitarse de la esplendida victoria que á su pesar babia obtenido la nacion, despedaz3mdo sus instituciones, si (uere necesario, para sa­tisfacer sus des~o's. El Presidente, por el contrario, comenzó y ha seguido su marcha con una moderaeion capaz de 8 · "traer a su lado hasta a sus mas eocarni zados enemigos, si menos fuera la ambi­cion que los devora ó la vanidad que los cie~a. Posesionado de la Presidencia el Sr. Marquez llamó a ocupar las Secretarías tle Estado a los Sl'es. Pombo, Aranzazu y Lopez, y mientras los dos últimos to­ru. aban los portafolios por hallarse enfer­mo el uno y ausente ,el otro, a los SS. Burgos y AClonio Ohando. Nada podia tacharse á estos antiguos patriotas. que habian dado en lodo tiempo pruebas cons­tantes de amor a la libertad y cuyos ser­vicios los habian colocado en el número de las notabilidades del pais. El Sr. Pom­bo había desempeñado con aplauso la Secretaría del Interior por mas de tI'es años durante la adminislracion Santan­der; por cerca de cuatro habia servido la de Guerra el gener.al Obando ~ el Sr. "Burgos estuvo en la de Hacienda por au­sencia del S.,- SOLO; el Sr. Araozazu fué Gobernador de Antioquia y mered3 tan­to la coufianza de los senores de la opo­cion, que sospechando que renunciara por sus enfe>rm edades, le dirigieron una carta haciéndole debidos elogios, tribu­tandoJe justo homeoage a su honr'adéz y cápacitlades, y suplicálldofe que entra­se en la Secretaria para que habia sido nombrado; y el general Lopez no solo haLia ooupado en la anterior administra­cion el mismo puesto a que se le Uama­ha sino tamllien varios otros empteosde jmport'3nl~ ia, de manera que todos los elegidos no podían menos que ser de la confianza y ílprobacion de la mayoría na­cional. Paoso no obstante (loco tiempo sin que se les declarase la goer.'a de injurias y denuestos y sin que ~e les apellidase 1'e , Ir6gados, set'viles ?J perversBs: se les ne­garon las cualidades que antes se les re­fonocian: DO se les concedía ni patrio­tismo ni probidad, y hasta su bien ~cre · ditada capacidad se puso en problema. El Sr. Pom ho era' para ellos un mons­truo de perfidia porque habiendo pres­tado sus servicios Q la administracion an­terior, no tos había llegado á esta, como si fuera á los hombres y no á la n~cion a quienes él d-edicara sus patr-óticos es­fuerzos, y como si fuera forzoso que los sostenedorp,s del gobierno en un pe i6do 54 tornasen en sus enemigos en el que le sucede. Por renuncia de los Señorea Pombo y Lopez entraron en las Se('re~ri .5 los g&­nerales Herran y 1.\ osquera. Ambo se habían distinguido en la guerra de J in ­dependencia y teni n s ñ ado mérito y capa ldad acreditada. Na a podia bje .. s le sino el habers'dD6 lesa Bolivar y h ber seguido, acaso con d masiado enl siasmo, las ideas de héroe de la A· mérica del Sur. ¿ Pero qué gller ero no se deslumbra con las proezas de aquel que con su nombre lIeua el mundo, que se Qapta )a a~mlracion fliveraal y que impone por donde 'lui.era por s géoio , re~utac_ion? La gloria de Rolivar ofus;- • caba a todo~ con sU brillo, y si encontl'o enemigos entre sus cOlltemporaneos, la pos el'idad agradeetda no puede ménos de tnbutar respeto a su memoria, admi· rar sus hechos y justificar a cuantos ar~ rastrados por su gloria siguieron tr6s el grande homb,'e sio t'xarnlOar siqUiera a donde los dil'igia. tal sucede en Fran, cia con Napoleon: los pocos de sus l\1a ~ riscales que aun viven se miran a1l1 co­mo restos preciosos, que léjos de merecer vituperio por su adhesion a su genera1, reciben el respeto y consider~ci o nes de sus compatriotas, y las estatu(js y los ceJa dros del [mperador adornan los palacios de 10$ Reyes y hermosean las plazas pú­blicas y las galerias de los litera tos. Men­gua y rou y grande seria lJacerse misera­ble cola de un hombre sin mérito; perQ seguir á un alto personage á quien se ha encontrado siempre en el camino del honor y de la gloria, cuyos errores son los errores de la grandeza de alma y de la elevacion de espiritu, es una falta muy disculpable, que no envilece, ni aver­güenza, (Ji degrada. Ademas los gene­rales l\lO'squera y Herran er~n dos solda­dos en quienes la obediencia era un debf'r. Por otra parle, tenemos entre los pro­ceres de la oposi cion Uf~OS que aco'nse~ jaron al Libertildor que se coronase, o· tros que se aml\ñaron Lieo Ct)O sus ideas de gobierno vitalicio, y el gacetero de Bolival' y Urdaneta, el que en mala pro­sa ~ detestable f .. ase canto las glorias de Flol'encio ,'imenez, deprimiendo a Jos 31tos magistrados constitucionales y justi ­firaodo la infame rebe}ion del batallon Callao, se sien la hoy en el Senado de la Republica pOI' esfue;zos de la op-osicion. ¿Sera que se han justificado de esa falta por haberse afiliado a ese club que siem, pre quiere mandar y sostener a los que por derec.ho divino se creen du (' ñ~s es­clusi \'os de los altos puestos? Desenga ~ ú6mollos: pecos fueron los hombres que no se plegaron -a los circuostancias, y desde que la Convencion Graoaditja de­cretó el mas amplio olvido, desde que mueJ1to Bolivar y dividida Colombia co· menzo a regIr on nuevo orden de cosas, no deben tenerse en cuenta puadas opi­njones sino los hechos pOiteriores. La conducta de los generAles Herran y Mosquera no se ha separado un pun lo de la linea que les prescriben sus de­beres. Juraron la constitucion de 1832~ y la han 80stenido con noble entusiasmo. Apenas se vio 3n.en~zada fa Republica p.or la Inglaterra, He "3n recibe la or­den do marcha ~ vue1a a Paollmá á pre parar UDa segura defensa. Nadie se a­cordó eDtonc~s de que era boliviaoo.- 1\10 quera en los dif rentes años en que ha sido miembro ds la camara de Re­presentantes ha estado siempre en el par­tido liberal, siempre defendiendo la liber­tad en toda su estension, siernf,re dis­tin uiendose como uno de los diputados mas laborioso." ma instruidos y l,1Jas con sagrados al ro jor de empeño de sus.. de­b re. Los actos del uno y del otro han si o dirigiuos p r el bi n de la pa tria y j as hall negado sus servicios ~n oon .. de quier qua .. e les. 1 3n exigida. CaDlo Secretarios, su memorias dón testimo­nio de sus sentimientos paU'iolicos y del i~terés que los anima a favor ~e la Nue­va Granada. i Ojala que el Congreso h.u. biera atendido a 1 das sus indicaciones! Ambo~ generales ~an deJado ,tl~tosos los portafolios'" para marchar apresuradamen­te a defender la santidad de las institu· ciones y la dignidad nacional, combaw tidas por aquellos que los llaman sus venúdos, por los que se titulan patlzo las, Ilbel'ales, progreslStas. Sio embargo, se les ha deprimido 3t pa o q e se tributan gracias y elogios a 10's l' beldes: se les ha insultado, se les ha zaherido de mil maneras, sin presen­tar hechos, sino con vanas y ridículas declamaciones, c(I)mo to tiene de costum­bre la Oposlclon patnollca y desapasiona­da. ¿ Pero qoé mU4.'ho, l 'U ,ndo el Sr. Borrel'o, l/Idicado pal'a la Secretaria dfil mlerwr pr;r la OposlclOn ) e ogiauo en el C()rl'eo, q oe en tro 11 Jes-em peñar su des­tino con aplauso de los patrlOta~, es hoy el objeto de las mas negras calumoias y de los mas rtdiculos sarcasmos? Feliz­( lJetlte sus delf'actol'es nada tienen que lJch3t'1e porque es inmaculado, p tríota a n ti g uo, sin pretensiones, vali ente, fiel, h t!fJrt.l do, de capaCidades, pan quien la palria es todo y en cuyo hien todo lo SJC inca. La conducta de la op sicion no dil 3 conocer que cualesquiera qoe hubiesen sido lo~ ciudadanv~ llamados a ocupar las Secretarías do EstJdo habl'ian Sido siempre injuriados pOI' ella, por­que con nada se conforma sino con dis­poner de la aut ridad y tener en sus ma­lloS los destinos de Ja nacion. (Lib6rtad !/ Orden n.O 15.) lVOT1C1AS ESTRANGERAS. VENEZUELA.. Copiamos del Con'etJ de Caracas de 31 d.e Marzo el sigu íente artículo, publicado con al l lulo do MedIda OpOrl'H.1'I/l. , ,> Acabamos de sabt!f, eon mucha safÜlfaé· cíon nuestra, que a consecuencia de los tras­tornos ocurridos ell la Nueva Granada, el P~d c r Ej ecutivo ha mandade iituar en l. provin cia de l\Iaracaibo una columna respe. ta blc. De c)tu modo se recomienda el go, hieruo , paque al paio que asegura la ttau­quilidad de un país colintJante ~on otro con­movido, prebla al gobieroQ de aquella repú' lJilCil un auxilio p'oderoso_ Perseguidos en la Nueva Granada los enemigos de sus ins!"' titu ciones, no volverim la cara a Venezuela porq ue ya saben lo que se .les espera: aplau­dimos cordialmente la re'soluclOü del gobie'r,; nO, " (El Observador numero 34.) •••• ESPAÑA. Por diferentes "ias hemos sabido que • mediados de M' rzo del presentt, año se con­cebli en una gran parte de la Europa, la. esperanza de que se consolidaría dentro de pocos meses el gobierno constitficional de Isabel 11, y de que lerminarla pronto l. guer­ra civil que por tantos años h. desolado v tUl8angrentado el territorio de Ja penlnsul'.. .. Tan importantes presagios se fuuda. prin; cipalmcntc, en que tanto en ~irtud del pró­, cetado matrimonio de l. jóven Reina de Españ con uno de los hijos de Luis Felipe, eomo ro fuerza de las muy favorables sirn~ p:ttías del ministerio frances, a cUJa cabeza se halla nuev mente el famoso Thiers, se iban a estrechar muchD las relaciones entre Fran,ia y España. Nos complacerémos de la realizacion ~ tales presentjmielltos ~obre todo si esta di.,­puesto, en los decretos de la Divina Provi .. dencia¡ que ha~ de ten.cr cOIl.&ect;;enci~, pe .. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANARIO DE LA PROVINCIA DE CARTA&ENRa picias para los derechos, honor y prosperi­dad de las nuevas republicas de ntiestro con· tinente. MISCELANEAS. RELACIOLV de la clase de ~iruela que se ha presentarlo ahora, dada por los .facaltall'lJoS que han aSlSlzdo los hosp" lates !I los lllacades en la cludad. La tercer clase de viruela que se ha :presentado ahora, se dice que procede de que un malvado ep el Ecuador t'n­contro un l.narino atacado de viruelas, tomó el pus de este v 1(-) vendió por va­cuna. de cuva inoculacion ha resultado otra viruela 'no cono'cicla ha·sta ahora, de peor condicion que la l amada alfombri 11a, v que presenta las ~ ñ. les siguientes. Se 0)' ni fi ~ta en los prl meros dias \l na garlru 'nt,'rit"s poco int ,nsa qne al terc~r dia e ex' erba, manifest~lOdose u­na afeccioo cerebral con deliriu inquie-to algunas veces feroz. Ál cuarto día Sil rnr.niG sta la eruc­cion por pequeños er la liberl Jd y de los progresos de la civilizacion. Es de VV. COll sinceridad atento ser· vidor. Un patrlOta justo y ag1'adecldo. 1. CI3 FIJé uno de los proceres de la graodiosa CéJusa de la independencia a o el'Ícana de~de 1810, sin embargo de que poseía a bundantisimos bienes de for , tuna que podia perder, de resultas de la revolucion, y no solo renuncio desde en toces los pri vi !egios personales que disfrulaba bajo el regimen español, sino que trabajo eonstanlemente en favor del santo dogma de la igualdad ante la lCI/_ 2. CI3 En todos los periodos de la he. roica lucha de la independencia fué in­trépido soldado .de tan gloriosa causa: en 10& años de 11 v 12, como subalter 00 y tn los de 13 "hasta 24 como ge Je ral en gefe, recorriendo varias veces con muy pocos recursos m~s de cincuenta pl'ovmclas del vastr territorio compr€n dido desde e gronde 01 ¡noco hasta el Alto Perú. 3. Q Realizo mas de treinta carnp"ñ( s, defendiendo la emrtncipacl(jo y demas derechos de muchos milll)oes e ameri canos; batiéndose con estraordinario gé nio y herüico denuecio en mas de cien campos de batalla, , triunfando glorio ~ samente de los ejércitos españoles en Cúcuta, los Tag.aoes, Al'dure, Barbula, Bijir'ima, Carabob(i), Calabozo, V (lrgas, Gámeza" Bonza, Boyaca, Bombona, Junio etc. etc. etc. 4. = }1'undó las republicas de Colom­bia, Peru y ioljvia, erigiendo en eUas • altares a la libertad, sobre las ruinas de una 30 tigua tiranía y a despecho de las preocupaciones dominantes. 5. "" Puso fin a la guerra d muerte,' cuando celebró ('on el ~eoeral l\loríllo, en Són13 Ana, el ·filantropico t1'~tado de l'egulanzaCl@1t de la guerra. 6 CQ Esp'lrcio mas que ningun otr, caudillo americano, en ~us elocuentes escritos, pensamienlos fav rélbl (~ s a la l,,~ b~'1'lad raCiOnal y al orden social. 7. CI3 Dio la libert~d a m.l~ df> seleci(m~ los esclavol de su propzedad, y pro o io . la ley d maoumision espedida por el Congreso de Cúcula. 8. C'Q Se denunció varias V6'ces como peligroso, fuod~lOdosc f'O S\1 gr ' o p"'esli~ gio, ante asambleas po It a , y se separo del mando a principios de 1830. renun­ciando ante el úllimo Congr 's', colom­biano, pOl'q ue llTlOS pocos desC()Jljiaban de su tlesprendlmienlo y por oa'Os o ' 0$ honrosos pJrét él. ADUA.NA DE CARTAGENA.. Palor de los efectos importados y esportados e.fI el mes de Alano de 1840. ) 1\1 PORTA CI O N . De Inglaterra De Francia. De España • De Holanda. De los Estados Unidos . Ps. ESPORTACJON. Canlidad. 400 qq. de arros 15 caballos 155 qq. frIjol . 890 f negas de maiz 2 m cbos 6 arrs. quina. 25 sombreros de Jipijapa D blones • 52.337 1) } Fuertes 2.357 7) 87.201 t 39.980 J) 3(4 32 • 432 J) .219 2 31c - -----f 121.286 4 Ita ------~ Valores. 800 » 450 » 310 • 890 J) 120 » 48 J) 1 000 1) 54.694 » ----... ..."...:; SS.3t2 » PUERTO DE SABANILLA·. Expo1'lacion en el mzsmo mes. Cant.idaJ. 43.985 lbs. a1godon 7 cabalo'i 3 yegaas. 49 cerdos. 11 qq. cacao . 1.60i cueros. 218 tercios carOlOS • 22 docenas eabullas 4 fanegas camarones • 990 I~ id. dividivi 3 doc. ester~. 14.000 li"as 255 fanegas millo 50 id. maiz • Valores.. 3.biS 80. 175 60 294- 198 3.208 1.526 33 24 1.237 60, 18 70 637 S() 300 arrs. IDYleral de plata • 100 2.4tW 4 t toneladas brasil. 1.6M 758 1/4 toneladas mora 100 arrs. de queso • 805 libs. raicilla 6 tinajas • 16 al'rs. zarza Dinero, pesos • • 6,824 25 200 603 75¡ 9 72 2700 -----~ 25.$48 9~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

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Por: | Fecha: 04/06/1840

EMANARIO DE Ll\ PROVINCIA DE CARTAGENA • \ SEMESTRE ~. o CAl\TAGENA, JUEVES 4 DE .JU~IO DE 1840. NUMERO 71. Este pel1iódico saldd todos los }uncs: la recepcion de 1:Is suscriciones y Tenta de los t¡'nn:eros sueh'os están á cargo del t esoTCTO de rentas prO'finClales Sr. Fr31' .... conCO de B. Ruiz. La suscricioo por semestre 'Vale CUATIlO PESOS, pagaderos adelantados; y cada nÍl'mero suelto REH T IIEDlo.-El precio de la insercion de lo~ 3 .... ;'30. Ó articulos de interes privado, será dt' liD peso hasta doce renglones, y un re~d mas por caJa tres renglones Je lo.:, que excedan de aquel número, y la mitad por cadl\ TeZ que se repita, siempre que se ad'Vierta al tiemr' () r · tantes objetos de poli cia é in lrU(~cion puhl, ca no pudran atenderse como ~a es notable. 3.° Que es de !'lIS lUas importantes tlebf"· res promover el IIdelsutamiento , pruspel'i dad del C8f1toO, y estendt'r y perfeccionar la 1\111 d~ aguardiente, cerbeza, cidTI, vjno de Champaña ú otro, licores estrangeros, un real. Detee/tOs de transito o trasporte. educacion, pero que sin los elementos nece Are. 2. Por oada carga de efectos eslrln. Sirios DlIda f.lOdr;ín supli r los boenos des~o~ gero~, naturales o manufacturados, que se es'. do esta corporaci4;o, y todo qll{'dara recJuci· traigan de la parroquia p.n agua pira cna-do a 1" triste e,,,p"Nacion de la progrp.siva le~Clu ' era punto de la república fuei'a del dc(~ a(\en.cia por d \dHlc ya míU't han Lodas las Cllnlon, dos reales. parrollUlilS. ,\rt. 3. -Por ca.da carga d~ los efectos del 4.° Que crc)Hluo,\e los impuesLos COlll llllJ país (lue se espresarau, que se introduzcan les que la csper·icnfi. lu ~oredüado SP.f mas en la parroquia por agua ó por tierra d~ ~obJ'ellevables a lA 'Ilf'Z que fJned,n ser sufi· cu JfJuiera punto de la república fuera del ci(}ate~ pan atender a las nrce),idades ue las canton, se pagaran los impuestos siguientes: p",rro(~u ;as , se rtlOOVel'ao los males que IC· '.0 Por cada carga de cacao, dos reales. tlJa1m"nlc :se sufren. 2." Por cad. idem de café, dos reales. .0- i-ch01Y'""fl'II1""'~.ftIoot_,"",nr""i---:r.--Pn1"~nI. ídem de oís, dos realea. aquellos IJbjetos cuya imposicion ~e. mellos 4 ° Por cada idem zuelas, dos re.lt:~. o 11 L""OS a , como ¡~ualmellte ma., fí, ~.tes de re- 5. o Por cada carga de aguardi~nte del cMudar, !le evitaran los jnconv~~liell~e., fJoe p ' is que se introduzca de fuera del cloton. ta mhien !'le cspcrimclIta/' en la nJlIlUClosa r~- do~ reales. caudacioll drl dt'I'ec)rO de consumo sobre VI Pad¡grafo único. Para el .rrl"glo en el Vl' res 'que~ie!llp)~ se ~ntrodllcell r.o~ la rla- cobro de los impuestos estahlecidos en los se mas pobre 1 uJ!5vahda: en eJerCICIO d~ la dos precedentes articulos debera entenderse atribu('Íon J 2 del Iftículo 156 de 1, ley de por carga lo que en peso o volúmen lleva 19 do Mayo de 183'" coml1nmente a espaldas una bestia ó buey de Daee/tOs de consumo. Art. t. Se pagaran por derecho de con, sumo en todas las parroquia:, Jel cantou los impuestos siguientes: 1.0 Por cada r~s que se mate para el coo-sumo 1 saJazoue't doce reales. .2.0 Por cada cerdo en 105 mi~mos ténni· DQ8, cuatro reales. .. 3.° Por cualquiera cabeza de ganado me nor de otra esptlcie, dos real~8. 4.0 Por cada arroba de carne aalada que se introdul.ca, medio real. 5.° Por caaa idem ecrde en los mismos términos, un-real. . 6.° ,Por cada tortuga que se mate para el con50mo, dos reales. 7,° Por cada botijuela de manteca de cualquiera especie, medio real. 8.~ Por cada mesa de pan que se ~nga en h,lgares del coomn, un real diario. 9.0 Por cada banil de harma estrangera que se i.ntroduzca para el con!'umo de fuera del canton de cualquier punto de la repú. blica ó de fuera de ella, doce reales. 1 O~ Por c,«1t quintal de jabon estrangero que se introduzca de, fuer,a ~el ~anton de cualquiera punto de la repubhca o de fuera de ell., seis reales. tI. Por cada galon de "ino estrangero eD los mismos términos del número Interior, medio real. 12, En los, mismos términos pfi»r ca~a ga-carga. Art. 4. Por cada fanega de sal que 'se inwoduzcl de cualquiera procedencia fuera del canton del territorio de la republi'cl, dQs reales, J fuera de ella, seis reales. Paragrafo único. Se pag.ran igualmente dos reales por clda fanega de sal procedente de s31ioas comprendidas en el canton de lá primera parroquia que se introdulca. Dtrtelios de espendio. Art. 5. Se pagaran por dé~echo de espen· tlio los sig1\i~tes: 1. ° Por cada tienda () venta de cuales .. quiera clase de li(JOres por menor, tres pesos mr.nsualmente en todas Jas parroquias del cantono 2.° P01' cada tienda de mercadería en so~ lo la ciudad, un peso mensualmente; y por cada a¡macen de 10$ que vendeD por ma,or, tres pesos mensuales. , 3.· Por clda botica, UD peso. 4.° Por cada foodl 1 café público, cuatro pelos en \odas ,las parroquias del cantono Derecl.os de 'IIuelle. Art. 6. Se pagaran por derechos de muelo lle en 8010 la ciudad los siguientes: 1. o 485 canoas de cubierta que enllan. cargadas, seis reates. 2." Las barquetonas, tres roales. 3.° Las barquetas, UD real~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANARIO DE L~\ PROVINCIA DB CARTAe;ENK~ . ~. • /)erl,hos de rampla. A.rt. '7. Por derecb6-de--nmpla en Slfrn­- la ciudad pagaran las embarcaciones que la ....o cup·en en la forma siguiente: "l.~ Las canoas de cubierta, cuatro pesos. 2.<> Las barqyetonas, dos pesos. che del 19. En los periodicos de la referida capi, • de honor para cumpliros esta' promesas siempre que seais ciudadanos pac.ificGs~ La ley no castiga al inocente. Dado en el cuartel genel'al de Pop~ yan, a 26 de Abril de J 840. ~ 3...0 Las barquetas y clemas ~ques meno­. l'es, UD peso. ay- de Popayan, que trajo d correo qoe llego el lunes, hemos visto conSr madas en lo egencial, la. oOlíclas del Sur que insertamos eu el numero anterior de este periódico, eceptuando la relati­va a la . fuga de Sarria ~e la carcel de Past~, que ha sido desmentida. I JUICIO CqNTRA. EL GENERAL OBAND6)~ Paré eoos conveniente insertar hoy la '"' .. sigui'ente proclama del general Toma; C: Art. s. S"abre los buques ~yores que l\los~ueréJ; copiandola al efecto del Anu- Derechos ~'dr¡os. entren en el puerto de la ciudad cabeza de go del (57 den número 8, porque sumi· cUlton, se cobrara el impuesto siguiente: ., oistra una nueva prueba de que varios ].0 De 50 a leo tonaiadas, dos pesos. de los facciosos ue T· mblo y Pasto, fal - 2.° De 100 a 150 id. cuatro peso!. taron a. algunas de las prome~as que hi. 3.° De 150 en adelante, ocho pesos. ' . Art. 9. Subre los carruages de uso per. citron al general Ht'rran, cuando los In· 3nanente se cobraran los impue:stos siguientes: dulto; y trasmitimos lambieo a nues· 1.0 Por ca-da carreta de buey, caballo, tros lectol'es el juicio!;o arti culo rela ti- ;mula ó -macho, cuatro r.cales por mes, vo al ase~inato del l!aslre general Ant, 2.u Las de burro, dos reales. 17lO Jose' de Sacre , o ue ci .. ula en el Ull 3.0 Por cada calesa Ó quittin de dos .'ue- 'mero 17 de Liberiad y orden bajo el das, uo peso. mole JaiclO centra el general Obando. 4 .0 POI' cada id . hl. 'dos pesos. . {). u Por cada CQche, dos pesos. PROCLAMA. Art. 10, Por alquilens de los p~sos "f me t(}mas C. LlJosquera general del ('-¡e'rcl' ,;¿.idas, útileIJ para la matanu de ganados y lo de la iVaeva Grauada, segando gefe ~spendio, se pagaran: de la divlslOn de operaclOnes sobre Po 1.0 Por cada pes' ó medida, medio relal pafjan y Pasto, fn/endente gene'ral de :.(linio el que la 50Iicit-e·. d l l 2.0 Por cada hacha en las mismos térmi. e Ita', y comandanlo en geJe e a c() u/no :;nos, medio real. na de reserVa etc. 3.° P~r cada mesi~ en los m;smos tél" SOLDA IDOS ! Despues que la gene' ~ninos, medio real. I'osidad del benemérito y clemente gene- Art. 11. Por la m.arca de ca a pe o Ó ral Herran iudulto a los rebeldes de Tim- 'medida, dos nale-s. b' l b '1)- P d A t . 1 h Art 12 . P Úf cada fundon de teatrQ ú 10, e ca eCl · a e ro n ODIO ... 0 pez a vuelto a levantar armas contra la repú "'Otro. pfi:pectít('ll fl5 públicos, cuatro pesos. Ar t , 13. Por calla res ro yor que se in blica, y teoeis que perseguir a estos des· troduzca en s corrales () chiqUErOS del ma leales graoadinos que se han rebelado udero. se~ para 01 ('onsunm Ó para 8U venta ~ontra la ley y el gobierno. Las orde· ~ pié. se J!)a 'un r al ".'"' --1_~~d,--y--t-n-e.~t.e+-r~e-fifI sahl'e emrega ete as m"CólO en las dt'mas paTruqUl3s. armas han sido desohedecidas, y ataca- Art.· 14. Son reola" coo unaJes: da una partida de Irropa que se retiraba 1 ° Las multas de cin«o pesos por la a este cu~rtel g0Qeral coofia(Ja en ' que primem, di Z p0r la segunda y veinte por no ha bia enemigo del órdcu en este laR wni" te ·que se impongqn' a lo"! que .. E ~_ .u en pe~o;) Ó medidas ~ín sello: las que im. terrltorlO~ 1 n la pe'~clJcion que ha, · ponga el gober. ,a .. or ó g fe polític6 ~o: fal- heis h ~ cho conmigo de ~los f(¡celosos 'tas o transE;re-s1ones al bando de polIcla, y en los Ji·'s ] 9 Y 20 babets ~.slo que no las que s(" impllsicsen por las lntorid.des lo : tienen val('r para medil'Se J!Orl vueslra~ -cales ·,del distrito parroquial, siempre que fuerzas. El · territorio que invaden 1<.55 -:por (""és generales ó e~pecialc5, por pri\'ile rebeldes está publadl) d (~ ciudadanos pa; ·.gios ó contratos D dfban entrar en el ·teso- cíficos que no se han mezclado en la úl. ::ro nacional Ú olra renta. tima rebclion Os recomiendo la disci. 2-•.1 > La mited .<.Iel derecho de de&tlhcion plina, y la moderacion ~on los ciudaJa- :.que acttlalmente cobra el tesoro. b d 1 I 'd . J Art. 15. P~ra 111 recaudacien del derecho I1QS que o e efen iI as autofl a< es V ..de consumo estableci~o en el articulo J.O de que tienen dere ho a gozJr de las ga. -este- decreto' sobre los ~fectos estrangero9 allí raulias q ne les da la' con ti Lucion. :mencionados, !'e observarim las mismas re- Los enemigos del orden se empeñan ..gIl! establecidas aclu lmente para el derecho en calumniar a vosotr()~ y a vllesllos ge· -que se cobra sobre la barina. . fes para áumentar con · 11lenliras y faJs€- Art . . 16. Quedan derogados todos los 1m· dades las filas de los descontentos: que 'puestos comunales que actualmente se pagan vuestra conJuda no dé lugar á sospe- :.en el ,canton desde el dia que se ponga en chas. Bien sé como os habeis conduci. ~iecuCion este decreto. do; pero es un deber mio recordaros el' Dado en Cartageua a 16 de Febrero de valor unido a la ptude.Dcia. y esta a la '1838.-El pre5i~ente ~el co~ceio, PpJro Ma- moderacion. nara que seals d¡,nos. mi- CJict •. Et secretarlO, LUIS Maria de OcAoa, r o ., . . Gefetl:lrtl política. Cartag~na 23 dl' Mar'zo litares defensores del ~obierno. dé 1838~- Diríjase este decreto al Sr. Go Timbianos! N6 deis oidos a Jos ene bernadot' de la provincia para que S. Sr·a. mi~os de )a tranquilidad, que quieren con Jle sirva -elevarlo a la legislatura por el con m"'ntiras y calumnias precipitarnos en ~Iucto correspondieote.-"" Mon/.es.- El secreY· los males que trae la guerra, y sin mas ·:río, Luis Marta Ochoa. objeto que saciar venganzas personales .. "Es copia. Borre,o. El gobierno os protege, y yo respeto la e::=::s _. --- -& - NOTIClA,S INTERNAS. Carlas de Bogotá del 22 del mes pr6xi.- 010 pas-ado, anuncian que habian termi­JAa, ln r~~ seaione~ del CQvgre..so en Ja 00- amnistla que recibisteis del gener~l Her­rano El que viva tranquilo en su ~ casa y entregue las 8rm~s. nada tiene que . temer de mi autoridad ni _de las tropas. Permaneced quietos en vuestras ,easas, y dedicaos a vuetros trabajos de campo, que hacen ~uest~a dicha. . Es falso que se os quiera separar de v,\l~s~ra ~a~ria. 9s ,emF.e(i_o ~i palabra ' l ' El Obse1·vat1oi' del ultimo doming()' contiene la declaraclOn del CQronel Apo~ linar Morillo eo el proteso sobre el ase-­sinato del grao Mariscal de Ayacucho. y un estracto de la evacuada por José Era~ zo en 5 de Noviembre de 1839. Al ocuparnos de esta ingrata materia prescindimos de la defeccion -del gene"', fal Obando en Timblo, por la cual sa ha sido iU,dultado, y de 13 posieion es .. pecial que hoy ocupa respecto de los acon·tecimientos que nuevamente agitan el Sur de la repúblil'a. Tratase de un hecho que ha lIam,aJo la atenclOD de to~ UI! la AmQrlca y de una parte de la Eu­ropa; d:e la 'muerte de uno de los roas ilustres cauelillos de la independeucia, a quien sus talenlos y sus virtudes ha· cian el 1n tan sulemne prooaft .. I'Ierran en Pasto, y ademas otras estraor Claml t.. nto. Con este objeto iremos dan - "illarios delegadas por el Pud er Ej eruti - do 1llgH en este peribdiÓ'O a uno de Jos vo y de que ha hecho uso lata y tras- d (l'~ l1rnentos , mas importantes en la historia cencf~nl,)lmente. de nu,ls'ra .elDancipacion politi~a; del cual, Hé aquí la resptleslá que se d:í 6 la lIin (·mbólrgo de que entendt'm~s que circu-inlerroboacioG que hace el e¡Jitor del COI' Id im ~r eso en l 18.10 d , dP.r~ce. que no compro· llu t e rt ?m0 5 ~ ve l ? 81 asegurasemos que reo en su numcr'o 3~, al publicar una t~, vez HO eXista DI -'un solo ejemplar en el autorizacion dada por 'el gobierno a un tiempo pre~ent~ . Hablamos del lumioos-o gefe del ejéroito en estas provincias. mt>mori al que el su. DR. ANTONIO .TOSE Por las disp0'iiciones vigeotes hoy! e~ b~ A YOS en calidad de Síndico personero ved~do 3\ coman J anle en gefe de una ro- . ~cl 1\1. .1. Cabildo d~ ' e~ta ciudad pre~entó lumna el mover las tro pas en las provin "la mt-·ma_ corpora~l~n ~II ~l més de Ma yo cias q ue ella guarn ece, aumental' Ó J is- de aquel ano, promovlestht el e,tablecirnien-rninuir I¡¡s gU íl l'niciones, "j oi aun alterar lo y organiz& cion de la primera j unta ~u - la fucrza V duracioo de los destacarnen prema' gubel'n,tiva que exislió entre n08útrO's. lOS senalados por el Pode .. EJ'ecutivo; de Un compatriota que le ha conservado manus - érito de.sde esa época, .d~sea que los a~igós maoel'(l que si en circunstancias amena , de la mIsma causa partlClpftD del enlu,iasmo z,¡doras n() cumpliese el gobierno con el ue jns iran los recuerdos de a uellos her6¡- deber de loma/' meald, s -prCViSIV\lS ~p~3:-:"::~d-f--'c'0-'s- --ar;Ol.ltecI01ientos. un caso que llegar pudiera, sería mas que pl'ob ,lJle el triuufo de cualquiera facciolJ, f>o l' falla de autoridad en quien siempre c.J ebicl'nto se ven publiC3dos en la.s gaceta.s inglesas, repro· (jucieuJose alJOra esta opinion en Jos pa­pele5 públicos que nos han venid.o de Cadi~; ( 1 ) en medio de que sobl'g ello ha hecho el Sr. Gobernador presidente d~sde antl's del 12 del próximo pasado A bril en conf~renciu particulares 13~ IDa­nifcitltCioD(, S mas puras y sinceras de su l'oncepto, ll'at:HJUO de identificar, cuan­lo conviene, la dignidaJ, las provi,den ­cias v el interés mismo de la autoridad gubernativa con los intereses y dere· dlOS del pueblo; en medio de loJo es lO el Sindico ha querido proceder en la materia con toJo el pulso y detrn­cion posible para que unos designios tan Justos, tan sabios, tan necesarios y tan desinteresados, como cotic lde haber siuo los que se ha propuesto V. S. en sus citadas sesiones. cOllducido de lus sen­timientos del plH'blo que l'epl'tSCnla l' cu~a proteccion tlene á su ca .. ~o, uo fllc · sen interpretados (:) cc'nfundiuos eoo a· quella clase de nove tia des que con razon deben tenerse por peligrosas, injustas J perjudiciales al orden publico. Poseido el Sindico de estas i leas, se ha detenido en las mas cuidado.i3s y pro· fondas me(lItaciones, 11 que han pOdido llegar sus alcances, en el modo, ~n las dil'ecciones V en las combinaciones de los tlledios ~as apal'entes par~ un feliz resultado, StO las dificultades y riesgos que en tan graves materias traen consi· go la diver~jdad de opiniones. El gran libre de la historia del mundo ha -ense· ñado al Sindico que la política en sus direcciones no puede contar., como la geometria en sus dioaeusiones, con el ·segul'o axióma de que los pr"ducloS de los estremos hao de ser igualc~ a Jos productos de los medios; y finalmente, que ~or sabios y justos que sean os objetos de toda institLlclOD y de 1.600 proyerto, se necesita una afortuoada 00 . currencia de muchas circuostancJ3s para no tropezar en loe, escollos (, peligl'O:S que pueden ocasionar los accidentes, vo· luntades o caprichos de encontrados pa­receres. El Sindico vé que dentro de nosotros mismos tenemos repetidos funestos ejim­plos de estas verdades, pues nuestra desgraciada España, t3fltas veces ganada, como tanlU veces perdida por el terri· ble azote de sus disenciones intestinas, nacidas de 105 opuestos afectos que en sos na turales han producido sos distin­tos orígenes, sus diversos fueros y sus ( 1) Tales son uno titulado • Colee cioD de ordenes, avisos y demas provi dencias de la Jupta Superior de Cadiz,» compu~sto de caarenla fojas: olro titu· lado el Proclama de la Junta Superior de Cadiz á la Amé.rica tspaiiola:t de 28 de Febrero ultimo. I ' varias educaciones, al fin en la última época de su mayor amargura en que los nlaS grandes y caros intereses exigian im­periosamen te de su parte la mas grande intima union; ha venido a sumergirse en el golfo de males en que se halla, me· nos por los progresos del enemigo, que por sus convulsiones interiores, segun la. espresioD literal del ultimo Real decreto con que J.a J unta Suprema Cen tral puso fin a su alto ministerio - Sl esto, sefiores, ba sucedido siempre, '! acaba de suceder en España, en don ... de los crueles enemigos que tenian den­tro de su propia casa debian haber ab­sorvido toda su atencion uniendo lodos sus esfut'rzos, y reconcentrando todo Sl1 odio, ¿ qué no debemos temer nosotros de las mismas pasiones y de las mismas preocupaciones, sin próximos objetos en que desahogar nuestra indignacíon en medio de los males 'fue nos la hacen lo. mentar, y roueados de objetos eu que poderla cebar? Temblemos, seflores, de­lante de la som bl'& Je estos 'borrores: y a la manera que interin el incauto paja. ¡'jllo se entretiene con so call1}J embele· sado en la serenidad del borízoo te, el diestro piloto divisando y ~noeieodo desde mu v léJos el funesto pequelio gra­no, que Jentro de pocos momentos ha de eausar una impetuosa borrasca, se a­percibe y previene contra ella apurando teJas las regla.s y precauciones de su ar­te; así, sr ñores, ro las cri tieas ("ircuns­lao -ias en lJue prudentemente ~s de C-.on· siJerarse a este pais y aun a todas las tiernas po~ e siones ultramarinas de nues· tro amado Soberano, es menester que VV. S3. empleen toda su prudencia, todo su pa trio.ismo y l()das sus virtudes en corresponder a la alta confianza que nuestras leyes constitucionales ban pues .. to a su cuidado; y en desenvolverlas y usarlas del modo mas confol'me al inte­rés general y derechos del pueblo ~ de aquellos santos prineipios, que pel'"'. petll3 y esclusivamente han hecho la fe~ Jicidad de las naciones, y que la nues. tra ha reclamado y adoptado imperiosa. mente cual se ha publicado en la mU'lI~ lud de documentos y Reales decretos de nueslra presente época \ 2 J. ( C{)ntillllard. ) (2) Proclama de la Suprema Junta Central de 28 de Octubre de 1809, ibz: «Pueblo tan magnanimo y gene.'oso no debe ya ser gobernado sino por verdade. ras leyes. aquellas que Jlevan con.¡eo el gran carácter del consentimiento públi­co y de ta utilidad comun,. y las de­mas retlexiones importantes que pue­den verse en otros impresos cuales son los titulados • Semanario patriótiCO, D (l Memoria sobre la libertad potitica de la imprenta: l) Fragmentos copiados en el folio GOl).. del numero 62 de la gaceta del gobiereo de España de año anterior con ouos innumerables es ritos, que han merecido la general aprob¡¡ ·ion de los mas cirtunspecto buenos e6patioJes ql1e no tienen interés conocido 1 efectivo en que subsistan lal arbitrariedades de n~e~tro . antel"ior gobierrut, que la J un&a Suprema en su proclama de 26 de Oc­tubre de 1808 tituló. con justa raZOD, Cl tirania de 20 años.» Imprenta de los herederos tle J • .ti. Cah'()~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

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