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Semanario de la Provincia de Cartagena - Trimestre 1 N. 1

Por: | Fecha: 17/07/1842

'¡; .,-, . Irf la .~ob~ttcta ~===::Ii=C=~=R=T=j4=J.='E.=W.=A=,=D=O=iM=T.N=G=O=17=D=E=J.=VL=IO=D=E=1=84=2=. ====c::i: I TRIMESTRE 1. o S~ admiten las suscrlciones i se venden los num~ros sueltos en la tesorerla de rentas provinciales. 12 reales anticipado •. La inscrcion de avisos &c. se ajustara con el impresor NUMERO Vale un real. DECRETO DE LA GOBERNACION RESTABLECIl!:NDO EL PERIÓDICO PROVINCIAL. .Antonio llodrig7lez 1'orices, G?bernador de la pro'l7i;ncia de Gart0;7ena, Habiéndose suspendido la publicacion del Semana1'io de Cartadena creado por decreto de la Gámara provincial de 14 d.e Octubre de 1838, a consecuencia de la rebellon que tuvo lugar en esta plazt\ el 18 de Octubre de 1840, DECRB-rO: Artículo 1. c; Se restablece la publicacion del Se'tnanario de la pl'o'vincia. d~ Ca:ta}ena, la cual se hará todos los dommgos, 1 en la misma forma que antes. . Art. 2. o La sél'ie de la numeraCIOn co­menzará nuevamente por el número l. o Artículo 3. o La suscricion del trimestre '1'aldrá doce rea.les, i los númer?~ suelt.os un Teal. La admision de las suscrlClOnes 1 ven­ta de los números estarán a cargo del tesore-ro de rentas provinciales. . Art. 4:. o Los artículos comulllcados 1 a VI­sos se ajustarán con el impl'esor, q,?ien dará aviso al tesorero para que haga efectivo el pa­go del valor ~on ve~ido. insertarán' grátis, lo ~ism? que todas aquellas producciones de púbhco mteres. Art. 5. o El secretario de la. Gobernacion enviará oportunamente a la imprenta los m~­teriales que hayan de formar la. parte oficlal del periódico. '. . Art. (j. o Se imprimirán por ahora 200 eJ~m­pIares de cada n úme '0, de los que se destma­rán-- . Para S. E. el Presid, ute de la República 'i los tres Secretarios de E:stado . . . . 4. Para los Gobernadores de provincia ,. . 19. Para esta Gobernacion 2. Para los jefes políticos de los cantones de la provincia.. ., 9. Para la Cámara provmcIal . 2. Para la contaduría de la provincia. 1. Para la tesorería de rentas provinciales. 1. Para la Biblioteca nacional . 1. Para el retorno de periódicos nacionales j ~,t.ranjeros, hasta. . . . . . . . . 20. Para sociedaclc':-; i talleres, hüsta. . 10. 69. Art. 7. o El tesorero de rentas provinciales llevará la cuenta del peri ódico en libro sepa.­rado. El cargo lo formará el producto de las suscriciones) venta e ínsercion de comunicados i avisos j i la data el valor de la impresion del papel, que se abonará ~cspues. de la ' .pu­blicacion de cada número, 1 el seIS por CIen­to que se asigna al tesorero por la venta de los números i recaudacion del valor de las iuscriciones e insercion de comunicados i a­visos. Dado en Cartajena a 12 de Jtúio de 1842. ANTONIO RODRIGUEZ TORICES. . El secretario, Juan Antonio Calvo. el CULAR A LOS JEFES POLITICOS SOBRE LO MISMO. República de la lVueva Granada.- Gober­nadon de la provincia.- Cartajena 12 de Ju-lio de 1842.-Al Sr. jéfe p(j)líti€o del canton de--- Con esta fecha he dictado un decreto res­tableciendo la publicacion del "Seman~rio ~e la provincia de Cartajena," i en consecuenCIa el domingo 17 del corriente se 'dará a luz el primer número, del cual, así como de los que se sigan publicando, se remitirá a V. oportu­namp- nte un ejemplar para que lo conserve en el archivo de la jefetúra. No pueden ocultarse' a V. las ventajas de tales ublicaciones, principalrnen~e aD:do, co­mo ésta, tienen por objeto Erop~gar útlles co­nocimientos i promov~r el bIen Jeneral en to­dos sentidos. Por lo mismo; espero que Y., por sí, i por medio de los alcalde~ de distri­to, excite el patriotismo de los vecmos de e~e canton para qu~ ~.ontribuya~l con s.u#s .SUSCrl­ciones al sostemrmento de dIcho penodlco, con lo que se proporcionará ún auxilio a Jas ren­tas provinciales que lo costean. Igualmente espero que V,. comunicará cuat­quiera noti~ia o proye~to .útIl que crea conve· niente publicar en el mdicado papel. Dios guarde a V. Antonio Rodríguez COLUMNA DE LA UNION. Número 13.-·República de la .Nu.eva Gra~ tajena 3 de Junio de 1842.-Al Sr. Secreta­rio de Estado del despacho de Guerra i Ma­rina. . Señor, Desde que en junio de lR~ ~e restable~ió en esta plaza el órden constItucIOnal, varIOS individuos se reunieron espontál eamente en un cuerpo, que s~ organizó con el nombre de " Columna de la Union." Esta columna, com­puesta en su mayor parte de la )uventud pa~ triota i entusiasta, i de otros CIUdadanos no menos interesados en la suerte de la patria, ha est.ado sobre las armas desde aquella épo­ca hasta el 8 de Marzo último que se le re­tiró del se,rvi0io activo. Durante ese largo pe­nódo, los indIviduos de la. columna ~e. In U- 'nion han hecho a la repúblIca el serVIClO mas grande que puede prestar. un granadino espo~ niendo jenerosamente su VIda en defensa de las instituciones nacionales i abnegándose todo eu­tero a la salud de la patria. Invadida la provincia de CartaJena por la , inicua faceion que acaudillaba Francisco Car­mona, la arrogancia de este atrevido cabecill.a vino a estrellarse en los muros de esta her6I­ca ciudad. La plaza . de CéU'tajena, qisladn en medio de las otras provincias dominadas to­davía por la faccion, i abandonada por lo tnis­mo a sus solos recursos, ha podido resistir un sitio de mas de seis meses í dado un terri­ble escarmiento a sus bárbaros agresores. Yo, que en tan angustiada crísis he saboread.o to­das las amarguras del mando, cumplo hoi con una sagrada obligacion recomendando 103 im­portantes servicios de la columna de la Union. Ella no ha prestado solo un servicio material guarneciendo los baluartes, acudiendo a todos los puntos que la traicion dejaba indefensos, trabajando personalmente en la for~ifica.cion de dichos baluartes" concurriendo a todas las sa­lidas que se dispusieron al campo enemigo sin que se necesitase para esto una sola lla­mada, i escarmentando gallardamente al ene­micro siempre que se atrevió a atacar los pun­tosO que le estaban confiados, como aconteció en la noche del 1 de Setiembre próximo pa~ a sado i en los veinticin~o dias que estuvo él enemigo en Jemani, veinticinco dias que pue­den considerarse como una batalla continúa; no es solo este servicio material el que la col mnna de la Union ha prestado, sino qua ha salvado a Cartajena con la inthlencia mo .. ral de su buen ejemplo, de sU incansable pa_ triotismo i de su alentadora fidelidad. La co­lumna de la Union se ha adquirido, pues, el mas justo titulo a la gratitud nacional i alu consideraciones del gobierno. Persuadido de esto S. E. el jeneraí Pedro A. Herían, jene­ral en jefe del ejército de la cbsta, ha que­rido conservar el nombre de la columna co. mo un titulo de gloria: i yo, coincidiendo con esta idea, pido al su premo gobierno cree en esta capital un medio batallon de guardia nn.­cional de artillería con aquella denominacion. Sírvase V. S. somet~r esta pe tic ion á1 cO· nocimiento i resolucion de S. E. Dios guarde a V. s. Antonio Rodriguez Tori~e~. Número 6.-República de ia Nueva Gra­nada.- Secretaría de Estado en el despacho de Guerra i Marina.-Seccion 1~-Bogot4 30 de Junio de 1842.-32.-Al Sr; Góberna­dor de la provincia de Cartajena. Persuatlido el Poder Ejecutivo de los inte­resaptes servicios que ha prestado en favor 'C>' •• ~ • da n OIon e que ~ la ~n sU ,nota u 3 del corriente, número 13, solicitó del Con. greso que se incluyese a los individuos que la componen; en ~l decreto de honorrs para los que han triuqfado defendiendo la caüsa de las instituciones nacionales. En cuanto a la indicacion que V. S. hace en su citada nota. de que ~e forme un medio batallon de guar­dia nacional de artillería, sé observará por ahora lo que el Sr. jeneral en jefe del ejér~ cito de la costa hubiere dispuesto) mientras se hacen los arreglos jenérales acerca de los cuer­pos de dicha guardia qué deban pertnanece'r~ Todo lo digo a V. S. de órden de S. f!. ~ Presidente de la República, como resultado de su referÍda nota él la cual contesto. Dios guarde a V. S.-Jo.~é ..t1zevedo. --' - SALUBRIDAD PUBLICÁ¡ Repúblicci de la Nueva Gran~da.~ Gober.· ?wcilJn de la provinci(l.-:-Cartajena 14 de Ju­lú] de 1842.--Al Sr. jefe político del canton de esta capital. Ayer he leído un papel titulado" Üid i juz­gad," en qne se dennncia que la harina con que se elabora el pan que se suministra a·la tropa que guarnece esta plaza está corrompida" V., pues, procederál con ,arreglo al artículo 103 de la ~ei jeneral de poliéía, a hacer prac­ticar inmediatamente un reconocimiento de las harinas que existan en los almacenes, tiendas i panaderías de esta ciudad; i las que ré'sul­ten podrjdas () corrompidas dispondrá V. que se arrojen al mar, dando cuenta a esta Go­bernacion . Dios guarde a V. Antonio Rodrigues Toricesr PROVISION DE CURA Tos. La Gobernacion ha nombrado i pteséntado1 previos los requisitos legaleS-'- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Para cura parroquia de Santo Tori-bio de esta ciudad, al presbítero Francisco Vi­llegas, en 2 del corriente. Para cura de la parroquia de Cascajal, al presbitero Juan Francisco Quezada, en 14 del mismo. ~~~~~~~~~ JUZGADO DE HACIENDA DE LA PRO­VINCIA. El dia 1. o del corriente tomó posesion de es­te destino el Dr. Francisco Tomas Fernandez, ambrado interinamente para desempeñarlo. . MÉDICO CIRUJANO DEL LAZARETO. .Los profesores_ de medicina o cirujia que qUleran desr.mpenar este destino harán sus 80- lieitudes a la Gobernacion. La asig-nacion es de 400 pesos anuales, con obliO"acioll de re- .idir en el establecimiento. o Cartajena 14 de Julio de 1842. Por S. Bria. El secretario de la Gobernacion-Calvo. De.hiendo organizarse el cuerpo de policía de esta provincia, se invita a las personas que quieran optar al destino de comisarios para que dirijan sus solicitudes a la Gobernacion dentro del término de treinta dias. Los comisa­rios deben ser veinticinco, con el sueldo de 12 pesos mensuales cada uno, si hicieren el servicio a pié, i de 18 pesos si lo hicieren a caballo, sien­do de su (menta proveerse de caballo i montura. Los individuos del cuerpo de policía deben ser voluntarios, robustos i de una moralidad bien conocida. Cartajena 14 de Julio d~ 1842. Por B. Sria. El secretario de la Gobernacion-Calvo. RENTAS PROVINCIALES. o- ~ t;t:j g~ o ~ ~ 9t::: o I I I p. ~ m O ~~ rn Elo p..p..p.(") t::1 00 ~ (1) (1) O e 0.0 ...... 0(1)8 (bo c_.~S ~= t::1 ~ ::s ~"i ..c . o (1) ~ t;t:j ~ ::s ~ tI1 ... rn ('!) o (") ~ ~ rt\O • VJ o·' ~ e: m ~ -p.. . ? ~ o (1) ~ ~ I ~ 1 > ~ "'"'" t'l(1) ~I o qJ to:S ~_ . oo ~~ ~ d R~ . ~ ~o "'"'" "VJ t"'1' .r.n., ~ ~ ..., ..... Il) ('!) ~ "" I ... ' " " ::s o~ zt'1 V:.1 ~ -o ~ e ~ "'""'- ~ ~ ~ ~ ~ ~ _. ~ I ""t ~ ... - ~ - ....... I e ..... I ~ ~ > (1)p.. §) ~ ~('!) I - ~ ~ - ~ ~ .c:,..:¡ ~ a;1 ~ ~ qJ ~~ ~ ~ el -::s O ~ ;o ~ O ~ ~Q., ~ ~~ ::: : I ~ Q.... ~ ~o (Jl ~ (l) Q ti) ~ "'"'" I ~- o ~f;' ~ ...... ~~ :! :n O ~ l\:) S t,) -- ~. tl e.tl "'"'" ~I e ~S "'"'" ~ t:1 ,.;o ~ el ~ el ~\ p.. ..... "'"'" ~ ::::1 .......... ~ P t:1 ~. t;t:j . O t\? :! ~ ~ ~ I rn ~ ~ ti) o e n ...".'.". '" I ..C..>.,.j.-~ ~ "'"'" !f1 ~ ~ ~, ~ "~I t:t V.2 ti) ~ I ~ ~\ ~. t>=J !\ .... O > k ~ O ~ -lO '"' ..... e.oo ..·, 0.0.:l ~ /.'tI ,¡;,.::! ~ : I e .,,: ~ ::s ~ ~ ~ = ~I ... • 1") ~ ........ >-4 ::s ~I ~ > ~ CONDUCCION DE CORREOS. Debiendo proveerse tres plazas de conduc­tores de correos de la carrera de Santa Mar­ta, i una de la de Barranca, se invita por el presente, en virtud de lo acordado por- la Junta _ de hacienda de la provincia en sesion del dla 11 del corriente, a las personas que SemanarIO '(le €artajena·. quieran hacerse cargo de dichas conducciones a que dirijan rus proposICiones dentro de vein­te di as al despacho de la Gobernacion. Cartajena 15 de Julio de 1842. El secretario de la Gobernacion-Calvo. EL SEMANARIO. Restablecido el órden en toda la es­tension del territorio granadino, las co­sas vuelven a seguir su curso regular i sosegado. Vuelve el labrador a regar con sus sudores un campo que encuen­tra regado con sangre: el artesano sacu­de el polvo de sus amohecidos instru­mentos: empieza a sentirse de nuevo el movÍlniento comercial. Todos vuelven a sus antiguas beneficiosas tareas-el Se­manario tambien vuelve a la suya. Interrumpida la publicacion de este periódico por consecuencia de la infame traicion militar que sometió esta provin­cia al yugo de la r volucion, en Octu­bre de 1840, reaparece hoi bajo los aus­picios de la paz i del órden, para con­tribuir, aunque débilmente, a la grande obra de la rejeneracion nacional. Educados los pueblos ' de América ba­jo un rigoroso pupilaje, hanse acostum­brado a esperarlo todo de sus gobiernos: creen haberlo hecho todo de su parte con haber puesto un hombre a la cabe­za de la nacion; i sin detenerse a re­flexionar en lo limitado de las faculta­des humanas, pretenden que aquel hom­bre piense por todos, obre por todos, i lo haga esclusivamente todo. De a uí sistemas políticos ensayados: de aquí esa malquerencia i ese disgusto con to­dos los gobernantes-de aquí tambien el abuso que esos gobernantes han hecho muchas veces de sus facultades. Mas, por fortuna, para el habitante de esta parte del mundo occid ntal, ya ha rayado, aunque tarde, la luz de un saludable desenga.ño. La esperiencia que brota de las desgracias ha debido per­suadir a todos los granadinos: que los pueblos, así como los individuos, se de­ben a sí mismos su suerte: que la so­ciedad no puede marchar, si los asocia­dos duermen; i que todos, absolutamen­te todos, · gobernantes i gobernados, te­nelnos atribuciones i debe:.;es que llenar, re", pecti vamente, para llegar al gran fin ue las asociaciones humanas. Secundémos, pues, al gobierno con to- ' do el apoyo de nuestras fuerzas inte­lectuales j de nuestra capacidad mate­rial, en el árduo i jeneroso empeño de rejenerar este pais sin ventura. Auxi­liémoslo con nuestras indicaciones, cor­rijárnoslo con nuestros avisos, estimulé­moslo con nuestros aplausos. La ciuda­danía es tambien una majistratura: la ciudadanía, que nos inviste de derechos, nos impone igualmente deberes. Huya­mos de confundirnos vergonzosamente con esas hordas bárbaras que descono­cen los beneficios i las condiciones del estado so'cial. Sea la felicidad de todos objeto de los conatos de cada uno. La dicha pública es de interes individual: en vano el estúpido egoismo pretende separar la una del otro. Basta ya de desaciertos i de delirios. L s granadinos, como los deluas pueblos de la América antes española, atormen­tados por una fiebre. violenta, hemos corrido de una í1 usion en otra, en bus­ca de un fantasma que nunca podiamos asir. Las teorías habian fascinado nues­tra razon i corrompido nuestro juicio: i hemos perdido· dolorosamente el tiem· po en destempladas disputas i en hor­ribles duelos. Los que nacimos al prin­cipio de esta prolongada revolucion, he­nlOS recorrido ya un tercio de nuestra carrera mortal, sin que conservémos un dulce recuerdo de nuestra juventud, ni una esperanza consoladora para nuestra vejez . Pero no, no permita el cielo que el frío desaliento se apodere de nuestro~ espíritus: no permita el cielo que tan­tas i tan duras lecciones sean desperdi­ciada »: no p~rmita el cielo que mura­rnos como hasta ahora hemos vivido­maldiciéndonos i despedazándonos recí- . amente! Querámoslo-i todo estará allanado,. todo estará hecho. La voluntad de un pueblo es omnipotente. Demos a nues­tras facultades un empleo noble, una apli­cacion beneficiosa. Busquémos en el tra­bajo el único medio de riqueza, en la virtud la única fuente de dicha. N ues .. tro · suelo nos brinda con mil elementos de ventura, de grandeza i poder. Hur­témosle al europeo sus inyentos, imite­mos sus artes; i procuremos atraer ha­cia nuestra patria todo lo que la civili .. zacion puede ofrecer de bello i de graD­de. A G.n.~.l"J1J.1A Es~raño es, i sobremanera lamentable, que en un pais cuyas instituciones po­líticas autorizan i protejen la libertad del pensamiento i la palabra, se haga tan poco uso de la imprenta como en la Nueva Granada. Las cuestiones del mas alto interes pÍl blico no son bastan· tes a empeñar a los escritores en su dis· cusion; de manera que el gobierno se encuentra como en un punto aislado en donde no halla un brazo que socorra su accion, una voz que responda a su voz: triste situacion en un sistema político en que los actos de la autoridad nece" sitan del apoyo de la opinion-la cual no puede hacerse entender de un modo inequívoco sino por el órgano de la iin­prenta. Esta apatía de los ciudadanos, esta inaccion del talento, es el signo mas cier ... to de la muerte del espíritu públicO'. La indiferencia de un pueblo en los nego­cios que le conciernen sup ne de su par­te mui poco aprecio por su libertad, i está como estimulando las tentativas de la ambiciono Apliquélnos, pues, la mal séria atencion a un lnal de tanta gra­vedad; i procurémos sacar a nuestros conciudadanos de esa especie de anona­damiento, que dispone para el sueño d. la servidumbre. No son, no, la ignorancia i el egoi.­mo las únicas causas del silencio que la­mentamos. No faltan a la Nueva Gra" nada algunas cabezas iluminadas por la filosofía; i aun tiene amantes hijos que se enorgultecen con su gloria, que lloran por sus infortunios, i forman de S11 feli­cidad el blanco de sus anhelos i el a5un Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. to primario de sus meditaciones. Mas iqué estímulos puede tener el es­critor si vé que no se le presta atencion, si en vano clama para que se corte un abuso, porque el abuso no se corta-pa­ra que ~e enmiende In desacierto, por­que el desacierto no se enrnienda? i Pa­ra qué hablar cuando no se nos quiere oir1 i Para qué estudiar, cavilar, escri­bir, si jamas nuestras indicaciones pro­ducirán un s lo bien positivo-el bien que pudieran producir, si se quisiera eonvertirlas n un acto lejislativo o gu­bern tivo 1 Toda a 'ci n del h mbre tie­ne su motivo i su fin. lUejorat la con­dicion del jénero humano es la noble mi-ion del tale! t : i de ,tituirle de la es­p ranza de es e dicl o 'o resultado, e a­niquilar la fuente de su' in piraciones. E to es lo que ha suceJiJo entre no 0- tr , i·.1 q e, en nuestro eoncepto, de­be asignarse como la causa principal del ,-·---.-R:iknCtO Jo ~. -blito la J ueva Granada. EL dia q u en s se persuadan de que con su e 'ritos pu el n influÍ!' en la suer­te de su ' c nci . dadanos, se les verá al­tar a la arena i consagrarse gustosamen­te a la discusion de los negocios socia­les. Concédase! l,a intelij neia toda la importanc'a que d be tener: acójase la indicacion ütil, la censura razonada: sea la imprenta la piedra de toque de la capacidades, una puerta para la can el'a pública: i se verá a una juventud, se­dient de 9.ldria, (1 m1t1'egarse al estudio de la filosOJíd, para hacerse idónea a las 'T'najistrat'l}:ras de un pais que no acuerda la potestad rnas que a la razon.' Así lograréln real' un 'erdadel' ---- C,O no en así en 1 órd n político ral iliterario. VICF.PRE IDE - 4lA DE ] ,A RE PUBLICA. CANDIDATO: ....4 pó. tal a rdiente de los principios de ÓT­den i de racional libertad ql¿e forrnan ho¿ el sírnbolo del patriotisnw anwricano, in­mac dado e'l1 n reputacíon ¡moral i polí­tica, i jc~'sado· en el cono 'imiento de los negocios i ele lo blerese actuales de la . oc?'edl el, su infiuen ia en la, adtninistl'a­' CMn se7'¡(l, de ~Tan provecho para la Re­pública ELECCIONE.. ~RIl\IARIAS . Electores por los di 'M"itos paT'foqu tales del primer cantono Catedral.-SS. R. Obispo de la diócesis, Dr. osé Manuel de Vivero, José laría Amador, Mhn el Pretelt. Sto. Toribio. - . Dr. Manuel del Rio, Dr. Manuel P. de R cuero, Presbítero Francisco V'illegas, Manuel adoro Trinidad.-SS. Dr. Marcelino Gúnzalez, N'­coJas de Paz, José María Vives, Felipe José Morales. Pié de la Popa.-Dr. Manuel José Cajar. Turbaco.-SS. Pedro Macia, José Joaquin Torres. 7\r.rbana.-Presbttero JOSE! a "'a Lugo. Sta. Rosa.-Presbítero Franciscó Pion. Villanueva.-1>r. Ramon Benedeti. Sta. Oatalina.-Sr. Juan Antonio Calvo. Arroyo-grande.-Sr. Luis Cabarcas. Pasacaballos.-Sr. nue orado. Semanario "(le Carfajena~ Loro.-Sr. Antonio Abad Tatis. Bocachica.-Ooronel José Maria Gonzalez. Barú.-Sr. Ciprian Julio. Sta. Ana.-Sr. Sebastian Villanueva,,.- ,. .,.-,.. __ Rocha.-Sr. Luis María Oehoa. ORTOGRAFÍA ESP,A.ÑOLA. La Ortograña española, que entre las lenguas vulgares es la rnas aventajada en regularidad i sencillez) habria llegado ya al grado de absoluta perfeccion a que está llamada, si la AcadenlÍa de la. len­gua, mas filosófica i menos pusilánime, hubiera seguido la senda señalada por los Neb rijas , Aleman€s i otros doctos co­nocedores. Mas, sojuzgada por fútiles preocupaciones i temores, no ha sido mas que una esclava cuando se pavo­neaba con las ínfulas de lejisladora: i cuando hubiera debido dar impulso a los acle antos de la lengua, se ha tado c n los brazos cruzados esperando que ese impulso se le comunicára. Así, pues, 'ella no ha desempeñado su mision, no la ha conocido: su autoridad ha comen­zado a debilitarse, como todo lo que no se apoya en la razon: .i los escritores, principalmente en esta parte del mundo español, se han lanzado atrevidamente en el calnpo de 1 mejora. La j i la i han sido reconocidas como (micos representantes de los sonidos de que antes participaban la g i la ye (o sea y consonante). Ya no se verá la anomalía de escribir GErónimo i JESUS, J lmenez i GItano: i el po e niño, a q~i~n se atormentab.a para acerle es-lutamente iguales, tendrá ahora la mas grande facilidad usando de la j siempre que se le dicten las combinaciones ja, je, ji, jo, ju. A esta simpliJicacion se seguirá otra no menos importante; pues relnitida a la j toda la pronunciacion gutural fuerte, la g vendrá a reprelentar en todos los casos i cOlnbinaciones el sonido suave que le corresponde; i estando ya de mas la u que hoi se le junta antes de e i de i para las combinaciones gue, gui, no habrá dificultad en leer gerra, gia, co­mo ahora se lee galo, gola, gula. El uso de la y (consonante) como vo­cal, es lo mas irregular i chocante que imajinarse puede, porque en la escritu­ra, lo mismo que eh la música, cada signo debe corresponder a un solo soni­do. Nos confundimos al considerar có­mo ha podido creerse por tanto tiempo que una eonsonante pudiera sonar por sí sola, como se ha pretendido con la y usándola como partícula conjuntiva, cuan­do es sabido que dichas consonantes no pueden sonar sino combinadas con una vocal: i nuestra confusion es tanto lnayor, cuanto que teniendo el alfabeto español una i verdadera vocal, no ha habido ne­cesidad de tal impropiedad. '*' Debe rele­garse, pues, la y consonante al uso propio i único que debe_tener en las combinacio­nes ya, ye, yi, yo, yu, i restituirse a ~a i vocal el puesto que aquella le habia * Imajinamos que haya contribuido a esto la impropiedad de dar un mismo nombre a dos signos absolutamente distintos como son la 'Y consonante i la i vocal; por lo cual deseatía­mos que en las escuelas de primeras letras se siguiese la práctica, adoptada por algunos gra· nláticos, de llamar ye la '!I consonante. ." usurpado en las voces hoi, soi, estoi, leí, rei, mui, i (conjuncion) &C. t Celebraríamos, pues, que los escrito res públicos i los maestros de primeras letras se pusiesen de acuerdo en estas reformas, abriendo así camino a otras no menoS' esenciales al perfeccionamien­to total de nuestra Ortografía. La Compañía de la Onion de BogotA presenta su bandera a la Columna de la Union de' . Cartajena. Al Sr. comandante de la Columna de la Union de la ciudad de Cartajena.­Bogotá 20 de Marzo de 1842. Señor, El Sr. Juan AntonÍo Calvo, Represen­tante de esa provincia n el ongres() de la República, es el encargado d po­ner en manos de V. la bandera de la Compañía de la Union de Bogotá. Esa bandera la presenta la Compañía de la U nion de Bogotá a sus compatrio­tas de la Columna de la Unjon de Car­tajena, como una muestra del aprecio con que han visto el honroso recuerdo f] le se hizo del nombre de la Compa­nía de la Union, en el momento solem­ne en que los cartajeneros tuvieron que tomar las armas para defender sus ho­gares i los fueros de su patria de la bárbara invasion que acaudillaba el in­grato estranjero Francisco Carmona. Si la bandera di ri-bizarro cuerpo a que se dirije, sí lo es por los gloriosos re­cuerdos que encierra para todos l~s pa­triotas granadinos. Con ella se formó la Compañía de la Union, con ella hicimos la campaña de Bogotá durante los me­ses de Octubre i Noviembre de 1840, con ella marchamos a la vanguardia del ejército del norte, con ella adornamos el túmulo de NEIRA, i por ella han derra­mado su sangre i perdido su vida en los combates, Leiva, Caro, Martinez i otros . Q,ue nuestros compañeros de Cartaje­na la acepten como la ofrenda de mayor aprecio que podemos hacer al patriotis· Ir 0, lealtad i valor con que han defen­dido por siete meses los l}luros de la CIUDAD REDENTORA. Sírvase V. aceptar 101 en len 01 de consideracion i respeto con que me IU.­cribo 'IU mui obsecuente servidor. El capitan 'comandante, ENRIQUE U RD..\NETA. CONTESTACION. República de la Nueva Granada.- CA .. mandancia de la Coltwnna de la l/n ion. - Ca,tajena l. o de Junio de 1842. Al Sr. capitun Enrique Urdaneta, cotnan­dante de la Compañia de la Union de Bogotá. Señor: El Sr. Juan Antonio Calvo ha pues­to en mis manos, junto con la aprecia-t Adoptada esta reforma, es preciso seguirla en todas sus consecuencias. Usándose la i como conjuncion, sin acentuarla, i por qU~ a· centuar las otras vocales cuando h cen el miSa mo oficio 1 Creemos que en tal caso, la vo· cal, cualquiera que sea, no d~be llev~r a.c~n· to, pues como tal tíene un somdo proplO e m· variable, i la funcion regular del acento es distinguir la sílaba larga en ciertos polisílabo • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Sem~nario de Cartajena. ble comunicacion de V. de 20 de Mar- mio: yo sembré esta planta: yo la regué: zo, la bandera que la Compañía de la yo la enderezé cuando tierna: ahora robusta, Union de _Bogotá presenta a sus compa- fuerte i fructífera, he aquí sus frutos: ellos triotas de la Columna de la U nion de son mios: yo voi a saborearlos en el jardin que planté: voi a gozar de la sombra de sus Cartajena. brazos amigos: porque. mi derecho es impres- Grande es el honor que con tal pre- criptible ... privativo a todo. " lente nOI hace ese benemérito cuerpu- Sí, mi amigo querido, V. está con nosotros: grande será por lo mismo nuestra grati- j mil veces dichoso el dia en que só las tud, i grande talnbien nuestro enlpeño playas de Colombia! Un sabio, un justo mas corona la frente de la erguida cabeza para conservar dignamente tan inestiIna- de Colombia. Yo desespero por saber qué ble depósito. Presentarnos la bandera designios, qué destino tiene Usted sobreto-de la Union de Bogotá, es deeirnos: ahí do: mi impaciencia es mortal no pudIendo teneil esa enseña de gloria, ese talisnlan estrecharle en mis brazos. Ya que no puedo del civismo, ese símbolo del honor:: re- yo volar hácia V., hágalo V. hácia mí: no cibidla; nero. mostraos en todo tiempo perderá V. nada. Contemplará V. con encan- 1:' to la inmensa patria que tiene labrada en la dignos de ella: i luzca siempre inmacu- roca del despotismo por el buril victorioso de lada, siempre triunfante, siempre glorio- los libertadores ... de los hermanos de V. No, la, como cuando tremolaba f'n las ma- no se saciará la vista de V. delante de los nos de Leiva! cuadros, de los colosos, de los tesoros, de los ¡ Árduo, pero sublime cUlnproll1iso!- secretos, de los prodijios que encierra i abar- ¡ compromiso solemne, que la Columna ca esta soberbia Colombia. Venga V. al Chim-d borazo: profane V. con su planta atrevida la e la Union de Cartajena se atreve a escala de los Titanes, la corona de la tierra, contraer! la almena inespugnable del Universo nuevo. ¡ Q,ue esta gloriosa bandera sea un la- Desde tan alto tenderá V. la vista, i al ob-zo de permanente unim entre los deno- servar el cielo i la tierra admirando el pa'5mo dados patriotas que en Bogotá i en Car- de la creacion terrena podrá decirsG: "Dos . . b . h eternidades me contemplan, la pasada i la que taJena se Juntaron aJo tan ermoso nom- viene: i este trono de la naturaleza, idéntico bre para defender sus hogares amenaza- a su autor, será tan duradero, indestructible i CAMillO DE MONEDA. ONZAS ESPAñoLAS - COLOMBIANAS ­PESOS ESPAñOLES - COLOMBIANOS - PESETAS DE VELLON­CARAQUEñAS- 12 112 p. c. 10 12 112 2 1 112 PUERTO DE CARTAJ~NA. ~ Entr'adas i salidas de buque­!: MP:.desde ell.o al 13 del C01Tiente. ENTRADAS. Dia 7' De Santa Marta en un dia, berla.ti. goleta americano Alfred Hammond, su clIpitan Fol· guer, con mercllncias a los sres. S. i C. BeD.d .... ti. Pasajeros, los sres. Alejandro Urueta, Jeaare. Cast¡¡ñeda, M.. Moré, Evarista Blanco, Kvaruta Vives, Dolores Vives, Teresa Vive., i una ~ria" libre. 9' De San Andres en nueve dias, goleta inS1 .. sa Augusta Ann, su capitan Simonet, con fruto. del pais para Jamaica, ceDsi;nada al sr. luaa Pa-a be\' anti ..,:.~_~ leta americano AmérJC:a, su capitap Ifu ard, co. mercancias al sr. Juan Pavélgeau. Pasajcro~, lo. sres. M anuel Maria Buenavenlura, Francisco GODi., S. Ellas, A. V nn Dooro, i V. Zachrisson. t o. De San Bias en dos diélS, goleta DacioDal Dolore., !lU capitan Juan Sed, con uno allDi .. dos i la majestad de las leyes ofendida! eterno como el Padre del Universo. mo capitan. i Q,ue al ejemplo de los Caros i Leivas, i Desde donde, pues, podrá V. decir otro tan- SALIDAS. de los Menendez i Oa'ntaclws, que tan to tan erguidamente? Amigo de la naturaleza: l. Para Sabanilla i Jamaica goleta naciogal PI ... noblemente perecieron cOlnLatiendo por venga V. a preguntarle su edad, su vida i su rida, su capitan Daniel Pinedo, en lastr •• esenci priml·tiv s V h . t •• Püra Portohelo goleta uncional Samuel, •• tan santa causa, J' amas lea olvidado por a . a·· no a VIS o en ese mun- I do caduco. mas que las reliquias i los derechos .:apitan Abrahan, en lastre. los eales compañeros que les hemol so- de la próvlda madre. Allá está encorvada bajo 3. Para Rio Hacha goleta nacional Cata".!" 1& brevivido! el peso de los años, de las enfermedades, i del capitan J. Suarez, con frut05 del pais. Yo aprovecho esta oportunidad, señor, hálito pestífero de los hombrés: aquí está don- 3. Para Chagrt's goleta de gu~rra uacional Te .. cua, IU comaDdante el teniente de navio Ramo. para presentar a V. i a los dignos ciu- cella, inmaculada, hermosa, adornada por la ma- Iglesias. dadanos que ha tenido la dicha de diri- no mi~ma del Criador. No: el tacto profano 3. Para Sabanilla goleta nacional T·ere.a, •• jir, las rotestas de la alta estimacion del hombre davía no ha marchitado sus divi- capitao Francisco Rodi, en lastre. con-' blM"""'~~l.;n;;o;.s~atractivos, sus gracias maravillosas, sus vir- i. P~lra Cnr¡azao goleta venezolana Jentral IJor. con que os 1 I intactas..... ras IU ea itan Teodoro Marconi con frut05 del ,ail. de V. obediente Amigo, . a a raC IV S - ñi05Jtm:=-r49r..~~ar~a~aMmr,mannfiaM!Mm:-1rmt7D1It--E1p:,.Pliatr.,¡-~ DE MEDRANO. pulsan a U. a un vuelo rápido hácia mí,ocur- su eapitan Jorje Leseur, con frutos del pai •• riré a un epíteto mas fuerte .... Ll amistad in- I t. Para Chagres bet'gantin goleta naciooal M •• LITERAT"LH .... CARTA DE BOLIVAR A SU ~AESTRO. Pativilcél, Enero 19 de 1824. i Oh mi maestro! i oh mi amigo! j oh mi Robinson! i V. en Colombia, V. en Bogotá, i nada me ha dicho, nada me ha escrito 1 Sin duda es V. el hombre mas. .... e~traordinario del mundo. Podria V. merecer otros epítetos; pero no quiero darlos por no ser descortés al saludar a un huésped que viene del viejo mundo a visitar el nuevo-sí, a visitar su patria, que y no conoce... que tf'nia olvida­da, no su corazon, sino en su memoria. Nadie mas que yo sabe lo que V. quiere n nuestra adorada Colombia. i, Se acuerda V. cuando fuimos al Monte Sacro, en Roma, a jurar sobre aquella tierra santa la libertad de la patria? Ciertamente no habrá V. olvidado aquel dia de eterna gloria para llosotros: dia que anticipó, por decirlo así, un juramento profético a la misma esperanza que no debia­mos tener. V., maestro mio, j cuánto debe haberme con· templado da cerca, aunque colocado n. tan re· mota distancia! j Con q.ué avjd(~z ha rá V. seguido mis pasos, dirijIdos mui anticipada­mente por V. mismo! V. fClrmó mi corazon para la libertad, para la justicia, paTa 10 gran­de, para lo hermoso. Yo he seguido· el sen- . dero que V. me señaló. V. fué ml piloto aunque sentado sobre una de las playas de Europa. No puede figurarse cuán hondamen­te se han gravado en mi corazon las · leccio­nes que V. me ha dado: no he podido ja­mas borrar siquiera una coma de las grandes sentencias que V. me ha regalado: siempre presentes a mis ojos intelectuales, las he se­guido como guias inialibles. En fin, V. ha visto mi conducta: V. ha visto mis pensa­mientos escritos-mi alma pintada en el papel­i no habrá dejado de decirse : "todo esto es voco. diterráneo, su capitan Felipe Balbueoa, c:oDduei.a. Presente U. esta carta al Vicepresidente, pi- do tropas del golJierno. dale U. dinero de mi parte i venga U .• en- 11. Para Jamaica goleta inglesa Augusta Aal, contrarme. su capitan Simcmet, con erutos del pais. 13. Para Ch"grcs bergantin amcricaoo AfD~r¡ca, su capitau Huhhard, con mercauciaJ. BOLIVAR. Sr. Sirnon Rodriguez. HONORES AL LIBER'l'A.DOR; El Poder Ejecutivo de Venezuela, en virtud de un decreto del ultimo Con¡:reso sobre honores fúnebres a la memoria del LIBER.TADOR. ha nombrado a los jenerales Francisco Rodriguez del Toro i Mana­no Montilla i al Dr. José Vargas para la comislOn que debe venir a Santa Marta por los preciosos res­tos, i ha invitado a los gobiernos de Nueva Granada i Ecuador para que nombren tambien comisionados que concurran al acto de su exhumacion. Estos restos se­ra. n sepultados en Caracas en la Iglesia Metropolita­na, en un monumento que se ha encargado a Europa al efecto, La comision venezolanll saldra de la Guai­ra a principios de Noviembre proximo. El t 7 de Diciembre se celebrará la gran festividad fúnebre, i habd exequias en todas las provincias de Venezuela. COMERCIO. PRBCIOS CORRIENTES. Aceit~ de almend1·as, ~ - - de comer, botijo Alquitran, barril Arroz, boto Azúcar, ql. Cacao, carga Café, id. Carei, ~ Cera) ql. Cobre, .e OUferos, ql­Harina, barril Hierro, ql - Sal) f1 nega - - $ O 6 3 6 8 O Q 7 6 4-7, i 9 O 40 O 28 O 4 O 70 O O 4: 8 O 18 O 7 O 1 O AVISOS. LIBROS. En el despacho de estu im­penta hai de venta 10$ IÍ­~~;;;:::::::~..,,;:;:~~ guientes. Curso de Derecho canónico, 4: tomos. $ 1~. Cllad ro de la misericordia, 1 tomo i. Manuat del Seminarista, 1 tomo. . Oracion del M. R. Arzobispo de Bo. gotá sobre Jesuitas. . Rs. 4. So li tarios. . . . . . 4. Visitas de monumento. l. Horas de descanso, por J. J. Ortiz. •• Moral i Urbanidad . 1 ll~ ~ DAGUERROTIPO·cIDl Fu.!I'C'SCO Gorus, que se halla de transito e ... 11a ciudad, tiene el honor de avisar a las perso ... . que quieran retratarse por medio del D.cuerrotipo .. que en la calle de los Dolores tiene abierto .u esta .. blecimiento. El precio de los retratos se pacar' ., acto de la entrega, i sera de 5, 7 i 9 pesos, .e,ua el tamaño que se quiera, con su caja de \86Iete. 1I1L IDIlAQ PKR.IÓDICO DE BOGOTA. En esta imprenta se l'eciben s.scrieloo.. • cli ... reale~ el tritnest.re. • Imp. de los herede1'os de J. . .4. Calv~ .. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Trimestre 1 N. 1

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Por: | Fecha: 03/12/1840

Númerti 93 .. CARTAJENA, JUEVES 3 DE DICIEMBRE DE 1840. 2ste petiOdice se publica todos los junes. En la tesoreria de rentas provinciales se reciben las suscl'iciones al respecto de TRES PESOS por semestre, pttgacletQ"s adelantados, y se venden los n úmer(l$ sueltos a UN REAL. Pt>r la iosercion de a'Yisos (, comunicados que no sean de intEn'es juneral se pagaran eu.tro ,ea~,. hasta ocho t'en¡lones, y un. real mas por cada seis renglones de los qut' escedan df aquel número, y la mitad por c;:ada Tet que se repita, "siempre qU,fJ PARTE OFICIAL. DECRETOS. .()rganiza"dlJ los eu~rpol de ItJ guardia nacional. JUA.N ANTONIQ GUTIERREZ DE PIÑfRES, JEFa SUPERJOR DEL UT4DO y PRESIDU1'S DEL CONSEJO G\JBER1U uva, Considerando la necesidad d~ dar organi" zacion I los cuerpos de guardia nacional mandados crear por el art.i.ulo 4.° ck m· de .. el' to de ayer , hacer .,1 lJombramieDlo de Jos jtfes que deben m8lldarlo , conforme .1 6.° del cit,ado decreto. se reshehe. SEGUl"DO DISTRITO. Art. 1.0 El batallon d ~ iDf~nteria de est.e di~trito constara de t\ei~ com •. an\a~. cad. ona con un capIlan. un leoi .. , .te 1.0, otro 2.°, un alferez J.u, otrn 2.°, un s¡.rJeoto 1.°, Udtro 2!', dos tambora5 ó (' rUdta, ocbo cabos primeros y ocho segundns , Cle 1 .old .d s. El sarjento prImero ~ U a"ho pr'm('ro () se ~undo d add I'om anía 8t'rim vderanos, y se consldcruan como n 'en-ido ac{ivo. Art. 2. l.a pla a ma l ( r constara de uo eonaandan re d.. 1 , -j'J e dD C"l' l4tnJ "O' te corone! I UI1 c pi{~n i. o; tldante mll,or en ('argado ti ~' d : ,a \ '! un a J udante aban~e r a ' do. El a ~ uJ~ f t -.; nt:.l\ or ' el abanderado !le rilO o6cJaie3 del (j ' 'Cito ~ en ser'vicio acti,o. ArL 3. K te , If ore coronel con g ado de ¡'{ ron~l Ni· a" -VaH ., queda ombrada com ud·, t , del bat.' '00 d i' i. f: nt ría guar­dia D;tciona det ','gu Id distritu, que orga­nlnra 00 llcu t rdo co el jl'fe mjllt.r de él. ' lERCER DISTR ITa. :Art. 4. En e t (er di trito se 0rgani­ «nra medio bat lon d ~ inf nte ia guardia lucion 1, compuest de lm tro comp,.ñiu de e'lta mllnera; dos en Sabanalarga, urJa ea US13CUrl, , { t a en SalJt Tom. !!I, ca a com'­pañl con la fu i'Z d -, :ig .u ad~ en el articulo primnro de este decreto, y de las caale,! el sal'Je ulo prImero J un cabo prim r-o Ó sCg.JIln­do 80n veteranos, y se consideran como en 6enicio activo . Art. 5. L. plana mayor constara. de un ~omalJ.danle de Ja .Iase d.., coronel Ca tenien· te coronel, y un .yudante. El .yudante se· ra (lficial del ejél cito , considerado como en aervl(~io activo. An 6. El t >. niente coronel coo grado de coroIJel Ormir'go Pelaez qne se nombra co , m"'ldantt' mI lta de liste dist rito, lo era tam , bie A el med o "~ batallon de guardia nacional. Art. 7. Ademas be cr~1 en este distrito un. cnmpania suelta de t;ab /t.ll~ria con ochell. t hombres en el Campo de la erur., l' cuya fuerza C()Jl t rá de uu e.pitao, UD tt'niti t '" prim .. ro,' oiro segulldo. un alfe el. pI' .m rlJ, e>tre .scgundo, UD sarjento primeru, l 'Ucttro segundos, dos cl.rlOta, Cil,ttr\ , c .. bo,. prinlt"ros, cuatro ae;undos, y sestvta , cinco ~oldados. CUARTO DISTRITO . Arl. 8. Se formara en ". te distrito un ba· \aUon de infantería coa la misma fuerza .r· 7iba espresada, J su plana ma yOl c~ nstara de 110 coronel ó teniente corunel comandanttl, ;UD '1udlnt~ Dla,or ene~rGado del detall, y se adviérta al tiempo Ke la entre¡.1. un abanderado ayuda te. l.a5 clase! d ~., sar· jenio 1.0 y un cabo 1.0 Ó 2.° de que habla el artfculo 1.0 de este decreto seraD tambien veteranas en este batallon y se coosideraran como en servicio activo. Art. 9. El coronel efectivo Ltlren'to Itcr Dlndez, comandante militar del 4,0 distr to, queda nombrado jefe del bCltallon ioftnterl~ gu,rdia nacionll, que se d'enominara Batallon iufaotería ;uardia nacional del 4.- distt'ito. Art. 10. Se crea i,ualmente (ln escuadran de caballería compuesto de dos compañías, --con a fuerza aada una de un capitan, un teniente l.0, 01r0 2.·, UD alferez 1.0, otro 2.°, UD sarj0Dte prime." cuatro segundu,' , dos clariaes, cuatro cebos primero, cuatro se gundos, y senot. y CIDCO sold'ados. Art. 1 t. La plana m,yor se compondra de un c\Jmandante de la clase de corollel Ó teni ~ nte coronel, un ('apltan mayor, r un a ,u d a n~ e l"egundo p rta -estandarte, El capi­lan ma yor J el porta estandarte se conside. r.n como en ~ervicio actlvo, y son oficiales del ej ':r' llo. Art 12. El coronel ef,~ ctivo Pt'dro Guillin que 'a nombra.]o com ndaut.e gel e~cuadrt)n del l.O dl tr lto . DISPOSICIOl"ES JENERALES. .rt. 8. L .la. d. t. mbores, corfletas ., clarine~ en t (Jdos los cucrpo~ de la gU'lrdia nacit.'nal se considertn COlDtt veterana~ y pa. gao.s por el tesoro público. Art. 14. Por decreto separado !le detalla ra el uniforme pua estos cuerpos. Art. 15. El g( berDador polític{) del E.; ta ' do queda encargado de la ('j ,:cucion de est decreto en todo lo que tlende al alislamien­to de los cuerpos que se seoa!an, y el co mandante jeneral de las arm s en lo reluivo a la organizacioD de ellos, dando las órddlos convenientes al eft"cto. D"do en e~ cu_rtel jenerql de C8rta,j.a.n3, capital del EstadoJ á 20 de N'¡v,t"mb r'e de 1810. J. A. PIÑEB.ES. El secretario jeneral interint), P,cenle Garcia. ...aH'--- Aumelltando los sueldos de los empleados de la le'lOreria de dlez.mos. EL CONSEJO GUBERNATIVO DEL ESTADO GONSlDERAl1fDO: l. ° QUlf!i es cierto que en las actuales circunslanci~5 la penuria de nuestras reuttls exije mucha circuuspeceion en el aumento de los gastos, tambien lo es que no es juslu se compense- mal a 105 buenos servidores con d'lt\lcioDeJ Olezqurnas , que niQguoa propor· clon gua l dtn con su ímprobo trabajo: 2. u Que los empl~at1os de la tesorería de diezmOi de esta diócesis le eocueotran en es· te caso, patea la módica •• igDacio~ de que .','isfl'utan no compensa el esmero y actividad en sus trabaJ os'} les quita en cierta manera, ja conaidcracion que se les debe; atendiendo a su solicitud '1 consultando sin embargo la eCODOml& p~sible, D~RllTA.. Art., 1, ~ Los '~mplc.dos de la tlSo~,í. de diezmos del obispado d ~ l Estad de Cartaje­na gf)z~ran por asigoaciou 6ja a n ua'meR~e: el tesorero, 800 pesos : d Hl le rv."nl ir, 500 pesos: el único oficial e· clibJe ·He 300 pf:sos. Arta 2 ,° F.stu ('antid t de ~t't"n sati fc:ch »s del fondo conocid,) e n el Imnbl'e "de para gastos jenE" rates, .. que I o afecta la parte del gobit'rrio. § único. Esto decfet se 11 .varl a efecto desde ti 1.° Jel e ntr nte mes. ]J,do en Cartaje u8, 20 de Noviembre de 1840. , El jefe superior presideDte del consejo; .J. A. PIÑERES. ' El secretario jeneral intflrino, Flcenle Garcia. .eO II Establecl6ndo una cotJlooñia de guardl~ naciol1al en, San E stanislao. .IU :\N A~TONIO GUTIERREZ DE prÑERES, JEFE SUPERIOR DEL ESTADO Y PR&SID:!iHE DEL CONSEJO GUBERNATIVO, Comiderando: que la p~rroquia de Sán Estaul 130 t.lene una poblacion numero~a de .na'! de 2,,)00 a ima" y que vJl.rio8 de sus ha­bitallle .. han manifestado de5eo~ de que S. or .. gauize allí un cuerpo d ' guardia n cional, DECRETO. Art. l.0 Se crea en l. Pllrroquia de San. E.,ta tt islao una cwmpañla suelta de infanterla de guardia nacional, eOIl uo c:lpitaa, UD te. nl~nt ~ 1.° y otro 2.°, un a ferez 1.0 1 otro 2,°, 00 sa rjenlo L° y cuatro segundos, dos to:lmb lJres y un pífano, ocho cahos prImeros y ocho segundus, y ciento treinta soldados· lota 151 hombres. Art. 2.° Para la instruccion y disciplina .lc ~~ta comp',ñla se destina un oficial subal­terno y un ,~ a fJento 1,° dt'l ejército, cuyas rlll zas seran consideradas como en servicio activo y }JagQd.s dt,l tesoro naciooal. , Art. 3.° El ~oberDador de la provincia iueda eocarga¿o del pronto cumplimiento r tjecucion de e c. te decreto, y el comandante j, ntral de ~as arUlas destinara de las cuerpos J 1 t"jército las clases veteranas de que habla el artLl,;UIO ~. ° que se barIO marchar iJlmedil.~ tam'!' lJtd pua aquella parroquia. Dado en Cartajena a 23 de Noviembre de 1840. J. A.. PIÑERES. El secretario jentral interino, P. Garcl'lz ... -+- Concediendo una penslOn nI Jentral Frall. CiSce CarabañD. JUAN ANTONIO GUTIERREZ DE P"ÑERES, jefe $C1p~r"()r del EJ'lado de Ca,.tajena Y' presld~nl~ det conse¡o guhernativo. ' Considerando el esto do deslucíado a que' se haUa reducido el jeneral colombiano FraD7' cisco Car.baño! Consideralldo 105 distinguidos senici08 que dicbo jeneral prestó a Colombia, los cuales deben ser visto5 como dignos de recempensa de todos los Estados que se bao formado en el territorio de aquella república; e~n acuer·.!" do d"l consejo goberl1ati,o, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. DEcaETO. Art. 1.0 El Estado de Cartajenl declara \lna pension "itali ia de mil peses a~uales pagadera del tesoro público al jenen} de 'brigada del ejército libertador de Colombia Francisco Carabaño, la cual comenzara a te· ner efecto desde el primero del entrante mes de Diciembre. Art. 2.° El gobernador político del Esta­do queda encargado de la ejecucion de este d.,creto. , Dado en el cuartel jeneral de Cartajena, ~.pital del Estado, a 24 de Noviembre de 1840. J. A. PIÑERES. El sec:retario jenenl interio(), Vicente Gm'cia. ~ .Nomórand() secrelano Jeneral al Dr. r,;. cente Garcia. JUAN ANTONIO G. DE PIÑERES, etc. Habiendo sido des~nado temporalmente al Estado del M Dzanare5 mi secretario jcneral sarjento .mayor COD grado de teniente coro­nel Antonio Castañeda,.. DECRETO. Art. t.O El Dr. Vicente Gareia, encarga~ do interinamente de la secretaría jeneral, queda nombrado desde esta fecha s~creta .Jio jeneral de la jefetura superior del Esta· de y secretario dol consejo de gobierno. Art. 2. 0 El gobernador político del Esta­. do queda encargado de l. ejecucion de este decreto, J de comunicarlo a quienes corres­ponda. Dado en el cuartel jeneral de Cartajena, capital del Estado, a 27 de Noviembre de 1840. ,1. A. l)lÑEl\ES. El secretario jeneral, rlcente G}arCIQ-COMU el CIO del jije ~ujJenor del Estado del lllan· zauares. Estado federal del Manuoares.-.Jefetura ~uperior civil y militar.-Saota Marta 22 de Noviembre de 1840.-Al Escmo. Sr. jefe su· perior civil y militar del Est do de Carujena. Debiendo marchar por el Magdalena con el ejército que ha de sost~ner los pronuncia. mientos de los cuatro E t,ados federales de l. costa, segun lo he participado a V. E. en eomunicacion separada fecha de ayer, y te­niendo que tocar en los cantones de Barran­quilla, Soledad y demas pueblos que estén en ]a ribera del l\1agdalena correspondientes a ese Estado, creo convenielJte que V. E. die te sus érdenes a efecto de que se me auxilie con cuanto pueda neeesit r para que no su· ira delBtera la division a cuya caben be de s guir; pero como puede suceder que ~mtes que V. E. reciba ceta comunicaciou me "ea precisado a locar en 185 puntos indicados, ee­pero. que V~ E. aprobara las medidas que me sean índispeos bIes adoptar para que no s.e atrase la marcha de mi division que el,m.) V. S. se instruirá por mis comunicaciones anticipadas solo tIene por objeto situ~r mas al á de 105 limites de los cuatro Estados, una division-. que los defienda de cualquier inva 5ion que pudiera intentlrse por las tlopas tIel intt:rior de la república. Soy 1 t:~ño para nave gar, y OlU ho ntas des u de' li ia de toda la orilla d recha que es la de 1atear. La limpia por ambas orillas de Soplavienlo a la boca de Saoaguare ha si do indispensable pflr l() que angosta -el caño en aquella parle, y pDr la espesa montaña de grandes arboles que pueblan sus marjenes. Tambien, donde se ha trabajado, se ba hcc'ho la estraccion de los palQs del fon do de dichas orillas y del centr.o; y la limpia o arrace sobre el barranco es muy cerca de la doble anchura de las .dema4f limpias que se han ejecutado en todo el canal del Dique, porque era tal la incli · nac ion de los arboles h~eia el eafio que habia grandes pivijay·es y ~uamos que esleodiao sus ramas h~sta doce (, quince varas adentro, casi sobl'e la ~uperfid.e d~1 agua; y era necesario eseguI" 1 limpia. como se ha hecho por muchos ñcs, es pecialmeote en la orilla de latear á cos la de un excesivo trabajo por lo profundo caño. En lre el PJSO y la Bodega de 11,sbates se ha hecho el lrabaj() de sacar los troo cos de arboles que tanto coottibu . en a formar los bancos de arena, y tambieo se han estraido los árboles v cañas bra v' s tumhrtdos en la calle de "M huma. En Barranca, las dos divisiones siguie­ron trabajando eotre Sato y Santa Lu ia hasta el 31 de Oc.tubre, en cu o dia se SUI­pendieron sus trabajos en aquella parte del canal, constando segun los informes reci bidos que la parte que quedo sin limpiar no excede di ochocientas vallas. La limpia de la parte del Dique com, prensiva desde el Estero hasta la Angostu· ra d~ Conej() que se contrató con el Sr. J ul~tl Garcial. ha s~do ta~b~Q.n ~,eali~ada. En la ultima memoria se hizo relacion de la cJase y tér in9s de esta obra, la (oal fué con ratada 6 9 de Abril del año vroxi~ roo pasado por \a cantidad de 2,500 pe· 5'>S, debiéodo e efeclu r en el plaz de dos meses, el cual fué prorrogado en di· versas ocasionrs por los justos moti~os que espuso el Sr Garcia. AdemJs de la ins" peccion pra~licada por órden de la Junta en 11 de .J ulio~ de la cu I se hizo tam­bren menlion en la pasada mem ría, y de la que r s-uJtü haber entonces llegado ~I trabajB a la mitad, se dispuso olro re· conocim' ento' en Febrero del corriente año que fué desempeñado por el inje­uiero director y el Sr. Bernardo d Osse, y apareciendo del informe que ellos pro· dujeron que la obra eS1aba aun incom­pleta. se pasó copia de él al contnatista. Por fint el 20 de J olio manifestó éste ' hallarse ya cumplida la obra en cuestion, y habiéndose practicado el reconocimieo" lo del caso, cuya diligencia fué evacua­da despues dtl nombramiento infru('tuoso de otros ciudadanos, p6r los Sres. S~\va· dor GUlierrez de Piñeres , Juan Aicardi, rt>suhó favorable el informe, , por lo tanto diose por cumplida la contrata del Sr. Garcia. Otl'o trabaj~ que se ha efectuado ul· timamen le fué el que se dispuso en Bdr· ranca PQr indicac ion v direccion del iu­j niero director Sr. Tomas S. Ramsay, quien llegó a esta ciudad en el mes de Diciembre último en cumplimiento de la conll' la que celebró con la J unta el 16 de Julio del afio proxjmo pesado, y de cu os términos se os dio cuenta eo la pas;da m emoria. La J unta pasó a sus manos los varios dQcumentos relativos a la obra, y particCllarmeute el prolijo in­forme cido por la ('oOlis;oo del Dí. que en O-iciembre ullimo c\.l~ndo suspen­diQ los trabajos de q'\Je estuvo encarga· da; y en con5l€cuencia de Jo indieado por el ;oJeniero director, la Junta dis~ puso )a ejecucion de los trabajOS necesa­rios para poder .reconocer, ni vela.,. y dis· poner el terreno para la escavacion del canal. EI.2 1 de l\1avo terminaron estos trabajos, habiendo manifestado dicho in­geniero esta ya.en pos-esio.o de los datos necesarios para poder formar sus planos , presupuestos; y en efecto se dedicó a 18 foraJacit>D de e.stos documentos, facili­tandole la Junta para alijerar su conelu ... sioo tuda IJ ayuda que él ha reclamado y que se juzgó necesaria. En la ultima memoria manifesto la J u o;" la las di\iJ~..l).ias practicadas para la ad­quisicion el derecho al uso de la ma" quina de v:fpor para es ca V&l', la cual se hallaba entonces armandose por el contra­tista para ser entregada a la Gobernadoo.' Esto último tuvo lugar en el mes de Ene­'' o pro lino pas-do, habiéndose cumplido s~ti~facturiamet1te por parte de aquel con los términos en que fue: ajustada la ma. quina j perQ hasta ahura no ha llegado e caso de ser ocupada en el servicio del Dique, y así es que aun 00 puede berS8 de UDa ffiltOera demo trati'B. si la esper ¡eocia confirmal a las razonab es e¡~ per"nzas que se tuvieron para su conve¡ niente aplicacion a dicha obra. Impuesta la Camara de las operaciones que se han efectuado en el Dique desdG que le fué preseót. da la última mem~ria hasta la presente, debe la Junta proceder a indicar las que intenta promover eo lo stJ~ cesivo, y para esto ha acordado se os wa, nifiest~n en 8grega~io~ a esle ~nfo~~~ o~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. arl.' e eartaj'ena. ~'~~~~~~~~~~~~~~~~--~~~~~~~~~ ¡as de la comunicacion y presupuestos qu le ha dirijido el ¡njeniero director en 19 del corrieote. Se a 'ompañan lambien los planos originales de la obra levant1dos por el dicho inj niere para salisf~H'cion de la Cam' ra, os cua s ella s sfrvira devol ver á '3 Junta. 'Est s do umento! s n el Te u lado s de mu\:ha ('on ¡ deraClOn. Lns tal'u ~ H '! fi males que cu bren los (~ íl fl s y riéoegas des Je R 'I (w dan para oca, no podri n s r 3 i r'a tal empr ,S3 SIO cont r con dicho (l\l XI1io, ni aun con todos l s fondc,¡ dest m,ld.\s p ~ rJ la empresa. Con Ja esCaVaCl) 1, Plh' S, del nuevo c nal 00 solo se con 'ñ ue e indi ado buen fe lo, sino que d é ,' l.) le' él se ejerute queda de hecho e l , lu da Ja cornuni dcion permanente oe e le puerto al Magdalena. derivándose de e lla J s beneficios que se esperan y ~ue indud ~ü)lemeote propor­ci oará al comercio de esta pro"lncia y -al progreso de cada uno de sus pueblos, al paso que ofrece la perspectiva de un ingreso considerable, con el producido de los derechos de pasa.l t muy capaz para 8tendel' a los gastos de su con s rv ci n V para subvenir a la prollJocioo de otrai o­bras prov iociales. Juzga Ja Juota como muv eonvcniente la refo!'ma del decreto espedido eD 7 d Octubre últ mo que Ja 8uLOriza a levantar un empréstito sobre los f ndos del Dique. La razon es . porque el provechoso efecto que debe pro incir dicha medida en el ca· so de ser preciso tomarla, y lo cu \ biQn reconocio la Camara uando reda lo las c()n~ideraciolles en qua el necrelu :;e apo ya, se haC"e nterJOH.ote nugatorío cvn LiS condiciones preve ,d"s en el aníc uJ( 3 .0 , a saber, el 00 podf r e hacer 1>1 em éstito por mas tiempo qu! el d 'u tro ñ ' s, y el que no se ab nara w ' s iUlr)' ~ que el de seis pOl' ciento anual. E l (u j 1t a lo pri mero, debe considerarse que '1 objeto del empréstito ei poner por e~ t medio a la J unta en anticipada po esi tJ o de UQOS fon­dos, que si para usarlos fu ,rd in ispeosa­J) le aguardar alliempo en que debieran in­gresar seguo la le ,causarlan á la obra con esta lentitud perjpicios que por SI solos pQdriao ocasionarle· u rmeis el indicado decreto, 1.° omitiendQ la fljacion de plazos eo la contratncion del empréstit~'); v 2. 0 es. ta bleciendo por rata de interes basta el 12 por e ¡eoto an llill. Las cantid' des invertidas en los trabajos del Dique despues de lo men i0nado bajo e~te punto en 1 .. me nOI'ia P~\ S l'J~ , e decir, destie l. o de :,etlembre de 11.39 hasta el 3l de Agosto del pl'ese Jte, importan 1 C5:39 p6S0S 3/4, Cll a iuversion se ha hecho en los ob.i~t lS sigui ntes:- E lo remi'ido a Barranca y S. Estanisla . al tesorero de las obras del Dique para atender a lo. tra­bllj J de limpias desde 1\11 hate' a Rana ' ca, bajo 1 inmediata ins­pe ' d on de una conusion de la .J II rl ta . E lo ent,'eiad,) al Sr Ju11 n Garci ,por reit • de los 2,500 ps. en que f,.é cont18tada la limpia de de Pasacaballos hasta t.a an. gostura de Couejo . En gastos de recoDG'cimintos, r r Dlcsas y correspondencia, gastos de secre­taria, etG. En compra de útiles remitidos a los trab jos. En lo entre~ado por re'ito de la suma en que fué ajustada la compensacion al in.le~ iero d"i r ~· tor por traslaci(ln de su paí i:J ste En lo remitido a Barranca .. ,1 tesorero de las obras del DIque pua los trabajos de nivda"ion practicados para levant r los pla­nos bajo la inspeccion del iuje­niero director Por el salario de tres Isi ten tes para ayudar al i jcniero director en dichos trabejos, durante dos meses. En el sueldo del ioj nierct di- 76 7 rector. . 1,333 2 11,.539 En cuanto a las sumas que han de pre· suponerse c"mo oec.esarías para la contí· nu don de los traba jos, la J unta, con mas razoo que en el año pasad , no pupde dd· t~rmi 1 ' 1" e a fij orhs con aotídpacion. Los trubáJos que d .b n emprcnderse son de lí m ~ y ( r lmporla&l cia, y tambien lo es el que s , eje. uteo con toda la " ible activi, ad, míe tras que por otra pal te d pende de di ver as ¡ .. CUD .t , nt'!;I· i'1dl P' Jientes d ' la deliberdcion de la J u loJ (.1 gra de est f>n· sion, que en uo OlOOH'Uh,¡ mas que tn o tro, pueda reribir la p o 'ecucioD eJe la em ~resa. En esta vir od, la J l o ta opina que no es de deSignarse C,. llll1 ad fija ano' I pa ra los lraU~lYencign granadina cC?n el .,bjeto d~ que Sr. coronel, esta interesado en el honer. de su patria y en 00 desmentir las espe­ranz:\ s \' los sacrificios de SllS projeQit~ res (19). Debe V. S. tener en c9nsiderlcioD que si ... fectivamellte el pueblo desea la reforma de con~tilucioD, ella solo puede conseguirse 101- teniendo wl gobierno Jej ílimo nacianal (20), pues de so eSlstencia depende Ja reunioo del­Congreso próllim()t único C'IIerpo • quien co ... responde adopta, Jos medios para que aqueUa .e efectúe [2. J. En ~u reuniGn inmediata se cOli.ocara la convencion granadioa [22], J aUí •• reQle ¡arilO todos l us males que hoy aBijen • la patri_, por mUlera que dentro d.. poco tiempo se COftst~ujra lo mi.,mu que hoy pre­tendeD loa di.5ideUle5, con la d~f~ renci, de qU& cmtom:es !e obtend.a pnr "ils legales lu quo ahora quieren lograr pnr medio d~ actos irre­gtlJare~ [23J que el ~o v 'rlau 'a üoli~. de las uherlo re~ medidcls que se adopt~-eD, , caus.­ti'o trastc...rllo ·, efu:;ion de s3ne;r6 , m 'l tiLlld de males que no e ~ {itcil eouml:rlr (:!i;. Por tanto el Vicepresidente eSI.¡era que in­mediatamente qu ' fr.ciba V . S e!¡ta comuf! i­CllcinJ) llame 1 .!oU puesto.1 Gobernad\JT de esa provillcla, poniél.ldose V. s. a sus 'lrdeDe, con la guaro,chm de 8U mal de [25], 'f qu ~· dal1do rrspoIJsabje de lu conkcue' cias 80 caso de no y,.rilic rJo (~6). Al ~fecto en esta InIlIm fe 'ha lo ~(lmuDico al Gobernador Pi). Dios guarde a V. S. Miguel Chuzri_ en ella se ~ancionen. ( IR) CiertAm{'u tp que no ha pp.n o;aclo m I el Sr. e.ice w, pue~ ~ p.,r-. h cer ver . Im JIt . do ent(·ro que e t .lS paises pueden t uer ua gobierno ~c:lhd 'J J P Tmanenle y que son gl ar­dianes de la tibt rhd 'J de l. ley. que H~ luo sustrlido de :a obediencul a la traicion • al pcrJuri(), tcalizan¡Jos(> de este modo los 90tOS de la ci~HiZlcioll y de la ti os,o fia. (19) Apurado esta grillo. i C4'IU que 3hora es que 8e acuerda el Sr. Clic~ ,Jo del bUO l) r de la patria y de los prOle .itor~s del be ,emérito Sr­Jcneral Piñere~! St'pa el Sr. Caiccdo que el recundo de sus projenitores sera un motivo mil podf'roso que ligara al Sr. jeoeral Piñeres p r. 8OItf!ft r I CI USI proclamada por Ja pro. ..lIlcia de Carhjena com() que ellos fueron vico lim&s de su amor por ella. [10] Vamos Sr. Chlari, ¿ no se a·'VeroQenz.a V . ..le decir sC'mt>jantes simpJeza,? j cre~ V. l _ e so que é .. tamos por conqUll5hr! Verdad es que la mayoJ'ia de Ja nacion desea Ja refo,ma de b cOJ]slitu~ion, y pur eso es ql.le se canse­g\ ira, in D c .sidaJ de sostener he s.obieroo qlle V. llama leJiliruo J que nosotros no J • cOII.~ ~der mo~. t.a' de~de que violando el pacto poltuco y U.1C10fl ... do lA cl)n6.allza púbI'~ se ha cOD~erlido en oprebor y desll'uctor do los puebfoll. (2 f) Bien eao U, pero mal en ,ona. Eso 8eria lo que qUlsit'raD, el Dr. lU .. rquez y S'J compar­sa, qUA se reUnleSf' eie Con;reso compuest~ eu su m t yoria por hombres velloi.os al podt!r y qu~ han c~D~egllido la re f rese'ltacion por los vales m,.dlOs de 1 .. desmor.dlzacloo, e ' f 0- hecho 'j t HJa suerte de IOlri"as, ('U 'JI de el)e modo I(}grarjan folocar de PJ'e~jdent8 a.su es­termin. dor Horrero. [22] La coovencioD grallaain_ se con-,.oca­ra pür quien cone pllll . a sin neceslJad de CQn~reso~ pronto If) v ·r emus. (3) Llamar act(/S 1. r (·gulares 8 Ja \'olu tad hit·n pronunciad. de la rnayorill de la nacion, es el colmo de la mp Id ,d. Los ¡-ronuadD' ¡en­tos de 118 provincia l,a u sido H-l •• , rt gul~res ., conv4'Diente ~ : .el curso de t:cmpo lo mOl­trara m. , C1ar1tOlen le. (24) N o pueden CllUsarse mayores males ni df'rra­~ nr"e mas ,.tngt'c que la que ha b~lCb,o ,,('rh'r el ejecu­tivo. en Past~, Popaya?, V t!)cz, TunJa, Socorro ) Do­gota; pero SI m tenaCidad lIt>ga.e :1 t:.tI .strcmo dt: 0- cura que prctcn?ies~' conq~is~rlas pi'ovi tl~ del M"g­.. lena, sus baLlt:tnls estall dlSpU f'Stos ..a--quedar.e sin qml gota en sus (~n rpo~ antes que' Volver a !lometerse á los uares de?n éjimeo que soJo les ba proporci6- llado males y rOlDas. Al.efecto ya m¡lr(~banpara guor .. J)ccer el Magdalena di:h, mIl hombres con eIbcnemérito y v~hente jcneral Carmona y varios jefes y ofiCiales "'ravos, entusiasta~'y d 4'cididos, jOlito con un conside­rl) lJl~ PJIJJJcro de fuerzas sutiles, sin contar la divisioll quc dcb~ 1~C'tif de,,,.stél.plaza,,f 9,oe y.a organiza el je­fe l>upl'rlor beQl'rn.mto Jenen! PIDer~ •• Intenten, si le quieren desen;a,-iar. (25) N ccedád es esta que no merece comeDt~. (26) V cremas las pon 'ecuencias, y quiera Dios que ellas uo senil funestas para el Sr. CaicedQ. (17) Rimm tcneatif 4mici? ~ Imp. de los }t{!~cd(:.ros de J. A. Cat-v,. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Por: | Fecha: 19/11/1840

rsemestre 4. o • & CAR1'AJENA, JUE'VES 19 DE NOVIEMBPlE DE 1840. Eu. periodice se publica todos los junes. En la tesorerla de rentas provinciales se reciben las suscrieiones al respec to de TRES PESOS por semestre, pa~ad et:()$ addantados, y se venden lo números sueltos a UN REAL. Por la insercion de aTisos o comunicados <{U" no scan (le interes jcueral se pagaran CUIlUO reales hasta 6cho rel'lglones, y un real mas I)Of cada sois r$1glones de los que escedan de a(lucl número, y la mit:Hl por caua vez que se r epita, sit:.mpre que. s;=---- pe PARTE OFICIAL. so advierta al tiempo de la entrcg3.. a' los 9 d i ~ s d el mes de Noviembre de 1840 : ,J. A. PI - ERES. g uarnlClOJ) y del arta de los padres de fami. lia de 18 y J 9 de Octubre úl1 imo, ha queda­do ampliamente fa Gultado el j r fc superior y consejo gubunativo con cuantas tribul'iones Se dcí cuenta al Sr. SecJ'etal'io del lnt<1 sean neces riM para ll evar al caLo la r ego nor y 1'~la,,¡onu estéf/"lOrp.s d, l ar.la cete- np.f·a ion polltica y proveer a la d ef'n¡;a dd El secretario')(;ne-ral, Antonio Castañed(,l.( orada el 5 de l()J' con'ientes adlclOnfl/ ti E!!tado: que estos votos fu ero c(Jm:t:n:~~~-J.y..t~-A...NJ:n..:ru:UGIITIlliUREZ DE lH.ÑRMS, la del, 9 det pasado, e1l qile se declara por tus demes pronunciamientos d' s D dios Jibt' rtad 'H'es dt;; Vt> ezuela V Cun-qae el j'[ tema adoptado es el jederal. tOlles que se ban recibid· . .Jio l marca, co ndecorado con varios e~ . 2.° Que ioves id co ns( jo de las f"co l- Estado de Cartaj ena .- .Tefetura superior. tades anexa ' ~ oüer supremo , es d c su ele- cud os d e distiocioo, jenel'.:ll del ejérci .. _ Cuartel j t"Il cral en Cartajena a 13 de No- be .. - hacer.-de cllu el uso ma cO I. rorcuc a las hl, f-Ir es id ente d ,1 ~ollsej o gubernativo viem.hre de 1-840. circuo~tanci ~ s pe culiares de l ES I(,do, lcui<:n '! jefe superior Jel E~lado, Señor, do presente la conveniencia pública, 1 l1e- A sus habitantes. cesid.d de organizar su defensa y la d f' ha Tengo la salí faccion de acompañar a V. S. cer las posibles econoIDla en la erogacion CIUDADA 'os : Aca ba de llegar el correo ~1 acta cpleb.rada el 5 de los corrientes por do 108 fondos u8cionale~: e n acuerdo una· del ioteriur que por las circunstancias los padres d f mil la (·iudadaoos re'lpeta . di' b t' b·1 1 ' DIme e consejo gu erna lVO, se hn ia alraSdUO, \' JS notIcias que trae bies de este eantoll, clar andl\ la e -leb rada J el 19 d 1 pasado, por 1 cual se vé q e el DECitETO. son capaces d e infl .,mar de furor a todo sistema prf'damado es e fe de ral, p , N que Art. 1. Se con cede un 'ndulto a los de - el que sienta latir en su pecho uu cora-. Sf' ¡;irva V. S. onn rla eo manos d .... S . E . el , crtores d J ej ército y marina que se hallan ZfJ n granad Ino. Vicepresjd. nle de 1 repl bliea el~ c3rg do de sur ico Jo la p ma de pres dio p or el delito C(BIPhTHI TAS: Ya no es un rumor va~ pOU tl f ej "<,u ll o, para ~u inlel' jcll la ,fil.6c,", de dcserci ,J.u, dnmpre que en su~ respectivas ~o, ya es ci~rlo y seguro que tr'opas es .. conc.iguie tl lcs. cnud('nas no 56 haya hecho mencion de otra Ir.lOj o:: rus profanan el territorio de la r e ~ Hago tambien pr "sente a V. S . para los cI rc unstancia agravante afect:l a la nota de pública, y es ciert /) ta.mbien pJra men ... mi 1l10S efectos, Que e si todo'S IO!J cantooc:; infaml, y ésta se les haya declando así en gua de los trazdores, que ese g~Lier'no que CUlJ] JO n . r~ a 'L ,na pf'o.tf· '~·"I!I-4~~NU-4--ftI~~~~·~""· ~pu • ...IJes oh.ü 1 ba t'-=8u.· ......... -t- U • decer t . j l·na ~e han adherido a ella estafl U!l !so· condenados por reincidencia en la desercion. la con (ilO :ion lo J ha consentido, si no n os e n u mollo de peH!>H, qn ~ el E ~ tado Art. 2. Se e , ti~nd«j este indulto a los seo sobera no de Carta.i ~n~ a \l n qu ~ ¡j('sea y pro · tenciados por d delito de rebeJion y por el fué él mismo in, ligador. En su obse-. mut'v' la reor~anizaciGn de la república de de \'3gancia. e,tI'i oo no han esquivado estampar en la la N eva Grullada bajo nuevos pactos \le aso- Al t. 3. Para gozar de este indulto han Gac la l:straordinaria del 21 de Octubre ci Ci ClO, Ji) Pllod.e (ji quiere COUlH!lI tir en que de presentarse lo!) mismo') indid .lno5 an te id tlr)tic'a' que Jos cuLrc de ignominia 5(" h ag Je; otra manaa que en la indicada el gobiel'oo político del E.; Iado, solicitand rl .v la han eslJampado sin depr escapar da en '"u decreto de ¡, de los aria (1 mblllo diJo E:Jta ma - rolaadose COllforme a 145 le es, srp ,'aran de la capitrtl de la R.epúbJi ca; nifestacioll HO lín\.J c lI b.jolulAfl1eute a pro- Art. 4. Los i ndi"iduos a quiell es se con - pero los hombl'es de honor no llegaron mover n i excl t:-ar Jc:)al llt'rd l". u o con el concede este I'I J ulto, habdHl oc solicitarlo a t'l'c r llue 1a tJ'mclOn, que e lma·s 1000- gobierno do V. S. , p ues el ll n es l ro desea precisamente dentro del térm ino d~ ocbo '1 sincer rncnt I a rmonl con tnJ()5 los Esta- lIias si ex:stle reu en e:sta plaza. Si se hu bit' de los crímen es pg ('~o de 1 Nu va ( ,ranada, hoy se hall ,l el! el c;,so de uo pretend do para que su pronuDticlmienlo, (IU ha sido 5010 efecto d un verJad ro palri0tJ'mO, no .se atribuya a el e aspira<'Ínnes h nCl>bles: 4.° Que si e ('lCrto q\ e f'~t.,s tte~ canto nes tielJen ma . or número de almas q\.e las provincias de a Bu .naventnn, hocó, Caza nare y Río Hal..ha, ta(1)len lo es que el i\' 1)0 bao sido e nSll ' uidas de JI ello smo por au toridades cump( ten tes, tí n¡erl( o en comi , h~ l'acion, ya. la gra cslen'llon de lerl'lto\Ío, o bien la. sitoacion tO f ogn fiea de los J'u 'bIos que las compor1en: 5.° Que si porque loe; pueblo8 son sobt\- ranos ell .el di.., ·m \ i o l' r. j e uperior d 1 Estado e Ca tajrna, esa sobe· ranía se lIcva ha. ta el ridicu o de pretcl1J ~ r que cada ca:.ton sea U ¡ a pr(/'Vinci Ó Uf Es­lado, no se haTa crm e .10 otra cos que de~ ' JU' tar mas las ambH iones de las p~ rroquias de a 'guna cúnsideracion, qua on 1 111 "Q¡O del 'cho q Icrrán eflgirse en cantone", q l e l o pilarían SO') 'eUH"e S llf a CO' l'a de cotlt ,ibu dones 4t.e pronto berian una carga pe ada para 10b Ul .~mo' pu{)blc¡s: 6.° Que e. te • a"lOl hace ya a u· i ll le ra te de la pf ' VI ci (H~ Ca "·en, d 1 (; a e ha 19 ~aoo 11 'o de ü t wb( n. 'ia y d (', . ti e ti a . la o , UHu' c..:l drad. el dia 17 d · L 1,1 I'e • 7." 6n hu, l ' i e Il uicl' t' ~u }o" ref~ rielos cantotH:S sel. l' \ j i , debe SO ~ licitarse e la c(¡nventlOl J 1 E. t- ti o, quo ate¡.di -ndo a )" ju~ticia d la re ,1 maOoll no dejara de acceller a ella: ACUERDA: t.o El canton de S banalarga pertcI1CcC a la provincia de Cartajcna como lo tLIle ;; resuelto en sesion de 9 del corriente. 2.° CCDmuníquese con copia del acucroo citaao a los cantones de Soledad y Barran· quilla y al Sr. jefe político para que lo haga a quienes corresponda. Sabanalargl, Noviembre 11 de 1810 .- El presidente, iJ'Januel ManOlas . Felix de los Reyes. Luis José Lopez. Manuel H-tnrtque. José Manuel Moreno. Manuel Jesé 11101'eno, secretario. Es copia. El secretario, Manllel José Mo· 1·C'1tO. Es copia. Sabanalarga Noviembre 13' de 184.0.-1;,1 secretario de la jefetura pohtica, Felix de los Reyes. Es copia. Romay. Balista. ~ MO~lPOS. -Ntit¡t. 33. -::- Estad(l /edera.!. -:;:rJefclura ti. -' ~..... . En la ciudad de 1\fompos a 13 de Noviem­b'c de l8iO, reunidos sus habit.ntts a in vitador del Sr. jefe político del canton (lor disposie on del Sr, j f superior, puso aque­l ~ ~utoridad de manifiesto el Icta d· l. guar­Dlelon de e la ,apilal, celebrada en la maña-a del dia de huyen que los jefes 'Y oficia les tlue 1 uscriben, asl como los demas in-dividuo ,el ejélCltO , m nifie~tan 8U firme re;", ) ucion d sos\cne el solemne pronuncia­ll11cnto qu ' h ga el vccindari() por el siste· :na led ral, y demas puntos que comprende o cha cta. Y t llléndose en consideracioQ: 1." Qu icho sIstema puede proporcionar a l. repub ica n jeneral, y a las secciones q la e el e b (' e m el, lOS'-I1;Tn.1rnt1't ' .RX'lhr2'\~ bies de 1 paz y la pi osperidad que como lo ha cn5ená • t s en que á toda la luz de la espcJ'í,'n '----c~la se 1.lan manit' :;tado los ven Jeros in"onv('nienles del sist~ ma de Cione'i; de acuñar moneda; »cuando han ocurrido acontecimientos de el lr r eglas de nawralizacioo; reglar el »tan inmensa magnitud, cuando la revo. c o rrH>I't:'lO, fijar los pesos y medidas; es· Dlucion ha presentado tantos hombres, laU ' (' .r postdS y correos; y decidil' tQ- »cuando las luces se hao difundido en d· eLSÍas result.a.u1e e_"'''''--t-."nneH..p~~~o, 3lJO f e n o dos ~tos poderes, ó entre diversos Es- »conliollase Colombia en pupilaje~ era t adl)S, o eutre los ciudadanos de ellos, o »tambicn necesario creer, (, que (a raza entre un Estarlo y ciudadanos de otro »humalla habia degeneJ'ado en Aménc3. E lJdo, ftc. El gobierno de la U nion »como lo han pretendido sus enemigos, (sta ot'{~aniza,to en una forma análoga a »0 que los colombianos han nacid" para la de los particulares. L as le\'es sobre »ser esclavos que nunca pu~den llegar los objetos men('ionados, se decretan por »al estado de virilidad. ¿ Para cuando, u n congreso com puesto de dos cámaras; » pues, se fija ésta? d para cuando nos de-y el poder ejecu ivo se ejerce por el Pre »claran hombres libres? ¿S.era pasado ~idente de lus Estados Uoidos; y los ne »ciel'lo número de afios? eY entonces no gO'los judiciales se deciden por la alta urepetiran el sofisma de que todavia so-corte de la (Juion. Los gobernadores de »Q}us pu?ilos? .... ,.... Si somos colom-cada Estado se considrran cc:>mo agentes »Lianos. si no podemos igoorar los ade-y dele~d{Js del gobJefnO jeneral, y res- "lanlnmientos que ha hecho nueslra pa-pel tiv3mente na otros varios empleados )Jtria, si estimam.os en algo a esta patria, \! tribunales infcri< res en loda la l'eplÍ. »no la deshonremos, y confesemos que blica, qu~ estao al servicio de la confe »la5 instituciones han formado otros hom-deraciou. Aunque est s nociones parez· ) bres. l) can vulgares, por lo mu,'ho lJue acerC3 e ellas se escribió en la época pasada, y tan cierto es esto, y tan persuadido las hemos ecorda d o, porque hubo mu o de ello ha estado la cfio nveocion grana- chos de los enemigos de este sistema, diua que bien fo mani lesta en la misma .que (, no constitucion que nos ha dictado; pues las comp' endian bien, o q lle ue prop sito las embrolLban y ()scuJ'e~ ~~~~~~an!~a;~~ ~;~~i~aC\:~e~~y j~~~~i:i: cian; y sQbl'e todo, plrque queremos pal'lir siempre en la d scusion de ideas nando en los cantones concejos munici· fijas y eSlablecidJs.» paJes deliberantes, ha juzgado que so· Lran ya hombres aptos p'ara todo esto .. ' » Resulta desde luego que las ventajas D cimos mas, ¿ como podra objetarse que ('aracterlstlcas de e~td forma, son las si- no !Laya humbres para Ja federacion, al guieotes: la que teniendo ca ,ja porcioo mismo tiempo que se nos cree en apLÍ-de territono de Cierta e tcnsioo y po- lud para ejercer y disfrutar todas las PI'l!). blacion, su pal'tlcular legiSlatura y gobier- piedades y bellezás de la orgamzaC10}l mu- DO, deLe estar Olltcllo mejor ad ministra- niclpal? (\ En este réjimen, J) decia la In· da, y consu Itfj rl:ie con mus prontitud y dicacion, el cada pueblo, cada canton, ca· acierto a su felicidad, por hombres que (l C!la provincia, cada departamento Len· estan presentes a toda!) las necesidades, CI dria su administracion particular, süs y a quienes ~on conocidas todds las cir. « representantes locales, y sus fouclos pa· ':UllS ancias, todos los deseos, todos lo-s cr. ra promover de la manera mas activa y medios, lodos los obstáculos: 2a. que a eficaz cuaoto pudiera contribuir a su así queda IDfljor garantizada a cada Esta· « bienestar. sin disminuir un punto la do su forma de gobierno repu blicanot f! unidau del gobierno, y ~ntes .si rec:ibie~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Semanario 'de- Cartajena. 1 ~ do mayor vigor V eUfJ'jla por Qt espiritu c de vida, de rI)0vimiento y de coopera c cion uniforme que se imprínllra a to-eL das sus partes.» El mismo autor de la Inrl/cacion en el etoeueo te discurso con que presrn bu al congreso del present~ año €I proyecto de lty organzcn de la at/1rtlntstraclOn na cuma! ?I espcezol de las (racciOnes pOll hcas de la rcpábllca, ha di cho a los re­presentuntes de la nacíoo: « Donde quie­ «ra qu@ hay cierto grupo de hombres e formando una parr{\quia, tan posible «es que asi ~omo todos se han reuni ­u do para formarla) as. tam bieo turne un « pf'qUf ño nlJUlerO de ellos t'n reunirse u para atender a los peculiares intereses « de esta pequ{'ña comuninacJ, y para pro· _te veer a su (,'omun bit'oestar; y e5to es (l Jo que se llama concejo comunal. Si «son idiotas, este sera el medio de que (t omi . z n a ·vi!iz; si se objeta que 4 h oy miran con iodifert>ocia sus intere~ « ses ('omonal fs, r spondo que esta f tt.l " no es tan ver dtHl era, ó por lo meDOS .« tan jPoerat como se prf'tende, ~ que « ademas la! l1Idl/cJ'enCla nace de la mlS 4/. ma lmpOSlbdldad en que eston de ad « ml121strarlos .J· CO I fi ér&seles el poder el de dlrijlrlos. impongaseles el dehtr u de ver ificarlo, V entooces despel taran « del enloT'pecl1Juenlo en que yacen; el de· « S 'u tan natural al hombre de mejorar ~ ,ti c1 buen sentido v la h (1 b1.1'lad s n la II'eroga tiva de cie~I'tJs ra ~ -4J.. ~ p' lvi'ej'albs? Yo j mas ,c:teeré en • 'to~ J(jgm s d la vani ad dviliz da « l e cierV s p O t" b l ()~ , quP en o,[r 15 tl em­ « p"s f H roo l n b~lrb ', ros é i iolas como « nUt'st"os iudijE'O ~) S y rumo tus ah'iea «u/.s ..•.•. '" • ~i 1/ s paJres de faroi iia « euniJos en c( q. ejo cüOlunal Si.>O in­ « (apaces di' dir·jJi ., sus propios inler l'ses, « Sf'an QS COn'ieLllen tes, y por la pi (¡ pia «( r3Zf)fl desptljácuos a estos mismos pa « re s de ti' rndia d l dFre ho de mane· dnl, les 8IUenazó cr n su lanza atribu \' éndo· les la~ revueltas pOlltlC s. En el illsta ~ te 56 revolvia el Ivi ~ pero ministerial, una catcrYa de aduladores relamidos fneron a ofrecérsela d ' guardill, etros le figunran que estaba me· Iluada su seguridad f'ersonal, y no foi/ Itaron Ijeotes provocadtJr6s que calentasen m~s Jos vacios cascos de nuestro pob e hombre. Lla no él de e tu ideas fap til slicas al Ql o di¡ i l ­sulto al j ·' fe político, que era y e: roa. minis, terial que el mi ~ mo min ist el'jo , le a p mto con una carabina y bramaba como un toro d6 Ja ­rama, suponlendo q le habitt fran queado su C3sa pan que entra en a aSt'sinu'l , los (ao­ciosos. EH una de e. as no h es las de los SS. l\loraJes, A2.u ~ ro y S( L , e.,tuviHon Sltí das pClr milil'lano. , que golp .. :t ball a cada momento sus puertJs, y e r¡ las ti,.,n las inmedi t s úfl'nci, o libaciones al dios Ba~o oura'lte u campaña. T (las e_ ta'! d cm;tS a p8S3 ban en I( s prime­r s <.\iIlS de OetlJ bre cuando ~e a f-guraba en p3rtes fi c: ales del g b ,eroo fijados en a ... es quinas, que el Presidente del Ecuador ll ama do 1 or el j cntral Herran con un ejército fl ·r mida hle ocupaba a Pasto, que Obauoo era d errot ado y p rpc o, y que est s lro .a csLriln j era. illtl'uuuciJ s en la rep '~ blica co utra las leye , ameuazaba ll no solo a la iutcg richd na ('io nal, sino tambi en a In hstituC'lO le repu h icana~, y a nuestr s 111 , mas viJ as. Pero el 21 del rnhmo me~ t-enienuo n otiCIa el go bie r ­no q 'le los di idente!> habian e n tra o en Uba té mautl ,) tocar la jetlcra la, en tl ~ t0 5 mo­lO nlOs de r bato, irritada ta f ntasia de Nei 1'a rnaQdo a p render ron do. sol dados de ca balleria al Dr. Floren tino Gonzalez, quien d e· n eg:índos6 a u na dflencio u tan a l bit\' ri tu­~ o que pcr 'al cce í la adJ llnl¡:, p\l ra qlle se sepa ;:, cnal• ha s~Jo (:'1 mollvo que me ha impedido c (.>nlmuar I C~el~ d() la dtedra de liJtiniJaú dt' me oorl S d~ la. Un' v rs i d~ d. E) t ·: fil Vu r Sl'f,j deb ida men te agrí> deci­d ) p r el que lr 'oc In h ool'a de suscri. bir.)e de VV. HJU .') atento, servidor , .Juan /Jntonto Arailio-. H<.>púhli r 3 d'b la Cueva Gra nada.- Esta­do de Carl j ena.-NovicrnLre 16 de J 840. Al Sr. l\e ctor de }{¡ Univ{' rsi Ja d ,- He SJbiJo que aye r ded u o la junta j , ncral no cO'l'cspood er el nombramifoto de se. c~~ tar i.o del est. blt:!ríml eoto que V. S. di. rlJe, SUlO al ' o ' t'jo gubCJ'oativo del Es­tajo coo arrrglo al decrf'to de 31 del mes proximo anl f- rior, que Je atr·bu "e el de los empIl ados y fun cionarios pub ltl'os de eualq Uiera especIe: esto me movía a en­mÍ03r la fecha en que la iunta de ¡os­peC'cion v gobierno me honro con la elec. cion de se~undo s(lstitulo de la catedra de latinidad de menores; v Como del ,_ ficio que V, S. me pasó com u·ni~anJome di. cha .elecdon resu.'ta que ella tuvo lugar el dJ3 3 del corra ote, he juzgado de mi deber maniftstar a V. S., antes que.se me diga, que en razon de lo espuesto, DO puedo continuar le \ cndo la referida catedra de men res.-Dios guarde 3 V. S.-Juan AntCTllO ¿rodju. Es copia.-Arall/o ( .--....-----==------~~---~" 1~IPf\ENT.\ DE ~qs 1l~~ER2s PE { ~" G~LVO~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. AL EMANARIO DE C-L. RTAJE o. 9 r. CART-AJE1VA, J7IERNES 20 DE NOr/EJ1BRE DE t240. NU17l,. 83 --Republica Je la Nue­va Grallada.--Estado soberano lle Cartajena ---J'efetllra superior.--­Cuartel jeneral el~ Cartajena a J 8 de .Novienzbre de 184o.---Al Sr. consul de S. M. B. en esta plaza. Con fecIta 30 del próximo pasa­do Octubre se dirljió por el r. Se­cretario de Fstado en el d~spacllo de hacienda al Gobernador de esta provincia una nota en que se le ha­cen prevenciones relativas a los fon­dos del crédito públioo esterior , a su escrupulosa conservacion, y con tal motivo yo 10 hago a V. s su­plicándole ponga en conocimiento del gobierno británico como de su ministro en Bogota, la resolucion en que se halla el gobierno provisorio de este Estado de DO tocar por nin­guo motivo los referidos fondos, en lo coal no hace otra cosa que cum­plir con el deber impuesto eo el pronunciaOliento del J 9 de ctuhre último. a seguridad que doy a V. . so­bre el pélrticular es la positiva, pues estamos resueltos á cumplir los com­prometimientos de la llepública en la parte que nos corresponda y ga· rantizo solemnemente que los fondos del crédito esterior recaudados has­ta alIora y que se recauden en ade-lante seran respetados y manteni­dos en depósito fielmente mientras haya proporcion de darles el des­til10 que la ley les señala. Sírvase V. . acept.ar los senti­nlientos de Dli respeto y considera­ci{) n con que soy de V. s. obse­cuente servidor. Juan Antonio Gutierl'ez de Plñcl"es. = CONSULADO BRITANICO. CartaJ'ena, Noviembre 19 de 1840. Escmo. Sr. Tengo el honor de acusar el re­cibo de la nota oficial de S. ~. di­rijida a mí con fecha de ayer, y ten­go el honor de asegurarle que no perderé tiempo en poner en cono­cimiento del gobierno de S. M. B. Y del ministro británico eu Bogota su agradable contenido. Tengo el honor de ser de S. E. muy obediente y hUlnilde servidor. (l~irmado. ) José Ay ton ~ Procónsul de S. 1'1. B. A S. E. el jefe superior etc. etc. etc. Imprenta de los herederos de Juan A. Cnlvo: Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Por: | Fecha: 04/10/1840

f." • ,. '$enze stre· 4 '~EMANARIO DE LA PROVINCIA DE CARTAGENA. I Eset periodic& se publica todos los d61mingos. En la tesorerla de rentas provinciales se reciben las suscriciones nI respecto de TRES PESOS por semestre, pac.aüer~~ · adelantados, y se 'Tf'nden los números gneltos a UN REAL. Por la insercion de a'Visos o comunicados qUf' no s-can de intcrl'S general ~e p 1840.- EJecútese y pu· bl'qu se - Antonio Rodl'lGue~ TCJrtces.- Cdr­los Pareja, secrttario. Estableci.ndo concejo comunal en Monler.ía. LA CUIAl\A. l)E LA. PROVINCIA. DE CARTAGENA, Oido el informe do la Gobernacion de la provincia con referelJcia al del concejo mu­nicipal de Lorica, relativamente al e~table­cjmiento de tUl cop.celo comunal en ~l distri-¡ se ad'Vic:rta al tiempo de la entrega. to parroquial d. Mo . fa, y t1~ando de la facultad que le concede el artículo 160 de la ley organica de provinci s, DECRETA. Art. 1.0 Se estól blece un conceJo tomu­nal en el di ... trito pllTf0t'JuiAl de MORt .rit. . Art. 2.° El concejo municip~l de Lorica en cumplimiento del artículo 16t de la ley or­ganica de provineiM Ile~jgnara el ntlmero de vocales de q"e debe c(Jm IJOner;ie eSta corpo n.cion, alendiendo al cen'o de poblacion; y el de suplelttt's que le forre . pon rla. segun la base e:tablecitla en el articulo lll, Y COI! 'f­rt'glo ,,1 3ltí~ ulo 163 elfgirn los vocales dd concejo comunal y .us suplentes. Art. 4.° El concejo municipal d~ Loriea ce ílri en el ej'!rcicio de l.~ funciones de con ceJo comunal del (tistrit(.\ ~rroqui31 de Mon tl'ría desde el díA en que S6 instale esta cor p()rt\('ion e ubl cid po p e en eC'reto. Dado eu Cartagena a 25 de SClIembro de I ~HO.- El presidcutt) de la Camara, José An lOntO ('asfls - El dipu adl> secretatio, ,luan An tonto Ca/oo. Gobcl'uac.i{1D de la provincia · Cartagena a 26 de Setlrmbre de lS40 _ Ejecútese y pu blíque,>e.- Antonio Roringlte't 1'a'l'IÚS~- Cdr los Parcja, s.,cretario. CAl\1c\H.c\ DE pnOVINCIA. La cam3ra eligió el dia 25 cte-I mes proxi mo pasado para presidente y vie.:presidente' en el segundu p ~riódo ds sus presentes se · siones, a los Sres . .Ju~é Antonio Casas y .Ju­sé Maria Diago. ----~ __ ~ooo ____ ~--- V, CUNA. Rcplib/ica de la Nuevfl, Granada.-Junt-a su perior de sanidad. - Carlagenc/' l5 de Setlembre de 1840. Al IIImo. Sr. Obispo de la diócesis. Una de las medíJa~ que la Junta superior de sanidad ba estimado 00 vital import.lll 'la para preservar a loa habttantes de la hOrl'dn da epidemia de viruelas, ha sido la PI pag~· cíon de la vacuna i y a este fin no ha omitv­do providenci4 alguna que eu su j lei len­die~ e a la consecucion de tan lau labl .. ooje too Pero, por desgracia, la ignoraucia. lu.i falso [flmOToS, V otra. f'U-Ounsta ia que lO se ocultan a V. S. !., han suscitado u.la fuer - t" preocupaciuD contra la vacuna, espeeiíl l. mente en las parroquias fuera de la pLt'18. de cUJa oposidOD a este preservativo l"St\ orieBtada la Junta; y ésta, que cQnsidera tal repugnancia un positivo tllal, cree que las repelidas eXht1l'laciol~.es ue lo~ parracos en los dias ft'stivos, dirigidas a ve.ocer en ~u s feligreses, pudierall remediar este inC'ollve­njente: y CQn e"te objeto me dirijo a V. S. J. a fin de que h.!1ciendo esta recomenda 't( a t,t.doos los parrocos, así ~e la plaza e m,¡ de fuera dtl ella, se llenen los deseos del cuer­po que pn·'lido. Lo comunico a V. S. I. para ,a inteligen . cia. v fines del caso. Dios guarde a V. S. I.-Autanio R. Tori~·. Repz'¿blicrt dé la NlU1Ja Ctanada .-Gobiern(J eclesitis~ico.--Ca1·lagena 19 de Setiembre de 1810. Al Sr. presidente de la .Junta superlor de sanidad. Conviniendo muy gusto!iamente con la ia· Sluuilclon que V. S. se ha servido hacerme en su e f bl . cio de 15, be ar­reg a o A ClfCU ólr de q \C es copia Ja ad. junta. i Puedan mis intenciones C{ln .las de l. Junta superiol', tener el efecto que se desea! DiQ05 guarde a V. S. Juan, Obispo de Cartagtfltl,;, Al Sr. vicario far:meo de ...... ·-Cutagen. a 19 de Setiembre de 18J'Ú. En la inc!tperada Ilparicion de la horrible ~ataruídad ~e la viruela, se acordaron ¡nme, diatarnentc por la Junta superior de sallidad. de la provincia todas las medidas que eran de su deLe!' para impedir la propllgacion d~ lar" mOrL ('ero contagiO". Se procuró inme4 diatanwllte por varill.s parles el especial an., tídolO de la vaeuoa, tan recomeudado desde los primeros años de este sig o; y aunque desgra i:.Hlamfote el mRI habla comenzado a propaguse, se aprovecharon los momentos para comunicar el pu.~ vacuno, no solo a los que 110 to habían rccibid en práctica, sino por pocas personas, las me­didas de precaucion y los métodos pre­servativos recomendados en varios de nuestros precedentes numero!, y "Cuya ma~' or parte fué acordada por la Facul · l~d médica de este distrito universil río y por la J unta superior de sanidad de la provincia. Nos sera sumamente satisfactorio qne todas las perSo.n3, 30 b no gobernan­tes, que sean capaces de inflnir en la pronta cstincion de tan 'infausta catami­dad, tengan la honrosa complacencia de cumplir en el particular con los sagra­dos d~beres prescritos por los pr'incipios tle humanidad" por la$ reglas de la uti· liJad social y por la~ leyes granadinas. CAMAl\A DE PPtOVINCl:\. Esll acto de lus lJ'{lb%s de la Cil111ara de c~/a pr01JIIICla elf II:HO. Dia 20 de Se lie1tlb,.e . - Se perfecciona S'oo las elecciones de H,t'\>resentalltes prio­cipalC's y suplen les. - El Sr'. Nieto bizo propesicion de que se Je('rarase nura la eleccio(} del diputado suplente de l\1aba­tes, y se difirió para el siguiente dia, lo mismo que la pl'esentada pOI' el Sr. Oia­go poJl'a q (le se j m p\l~i ese una multa de OdlO reales al diputado por cuya fólta o~ pudier'e celeb,':u'se alguna sesi()o; co,a moclon fllé moJificada por' el Calvo, li· mitando la pena a la sola puhlicarion de los nnmbres de dichos diputados tn el Semanario <.le la prflviocia. ¡ha 21. -Se resolvió negalh-ameote 1ft mot:i(11l sobre nulidad de la cleccion (hl diputado suplente (-le ~1 .! htlleS; y queda­ron sobre la r.nesa las proposiciones sobre ("Ita de concurrencia de los diputados.­Tn vo su 1". deba te un proyecto <.le tJecreto sobre vacuna presentado por el Sr. Nieto. Se hicieron las propuestas para las l,lazas que de~en vacar' en la C.orte Suprenl-a ! en el Tribunal de este distrito_ D/a 22. Pas,-'. en segundo deb:lle el prQi. ,celO sobre vacuna con varias modifica .. ~'ioues y adiciones hechas por el Sr. CII vo.-Se hizo el nombramiento ode~ Ejecuti_vo au_ torJJ~ ~QS (;U~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. !OS que s-e ganen en ella para ob éner Grados universitarios; y se dispuso a 0\0 CiOD del Sr. Calvo, que ambos prQye.tos '\'olvieseo al autor de ellos para que los redactase de acuerdo con las indicaciones que se bicieron en la discusion.-Se le JO la bemoria de la junt directiva de )a obra del Dique. Dia 27 .-Se aprobaron en segundo de­bate cuatro informes sobre cUCIHas: y pasaron en primero dos proyectos de decreto aprOb;tlorios de uno del concejo comunal de Sincelejo que establece una contribueion sobre los bienes de las que mu('ran, y olro del concejo municipal de Chinú estableciendo los pasos del Dora­das y el San Jorge; y trece informes SOfO br-e 'ueotas. Dia 'l8 . - Paso en segundo debate el pro) f lo de decreto aprobatorio del q U6 estable<:e los pasos de Doradas y San .Jor gel eon dos adl íone¿; hechas por los SS. Diago v Calvo. -Se abl'ió y suspendio, por moci l n del S • C ' s el segundo d bate del pro \ ee to de decr sohre el d 1 conceJo oe Sincel ejo ql es tahlece un dercrho sobre 1 ~ bi enes tit. 1 s que mue· T.iO, p.l ra que la c. ~rnisi (1 n ref0rm€. su infol'rD(' (!O(l vi ta de lo manifest, do eo la discusaon. - Se "probaron en segundo .debate varios m'orm s .. obre cuentas, -y se vieron !eis m ... s en primer d\..bate. IJia 29. - Se nom bro al Sr. Que21ada (José Gavino) secret, rio i nhrino de la cama ra, por ha lIarse enfermo el Sr. Cal · vo.-Se aprobhroo en l~reer dt!bate el proyecto de decreto sobre los pasos -de ~(Jl'ada.s "j San Jorge; en segundo, seis Informes soure cucotas. - Pasaron en pri me.' debate dos pro:ectos de decreto., el uno autorizando ai la contaefuria pro vincial flura franquear a la {'uria eclcslas­tíen los documentos de comunidades re ­lIgiosas, y el otro determinan o los cuer­pos de guardia n \cioll' I local que yebe haber en la provincia; y seis informes sobre Cl1cnt~s. Dta 30. - Paso en primer debato una rnocioo de la comi ion de policía pal'a que se piJa a la Gobernadon la tra.51a­cion extramuros del hospital de virolen , tos.---Se v;ó en segundo debate el pro ~ecto de decreto sobre docume'utos de ~omunidades religiosas; y se aprobo el artículo 1.0 con una modificacion he ha por el r. Nielo, difiriéndose la disl~llsion del arlículo 2.0 a mocion del mismo di putado, para que la comision rectifi case la cita de un ar~í&:ulo de ley que en él se hace. - Pasó en segundo deba te el pro­yecto soure guardia nacional local, con una madi ficaclon hecha por el Sr. Casas; y se aprobaron seis informes soure cuen­tas.- Se vleron en primer debate tres informes de la comision de cuentas, pro poniendo se reileJ'en las tres peticiones t1irigidas al Congr~so: 1.~ so.bre el pe l'iodo en que deben cortarse l.as cuentas municipales y comunales: S.a sobre fran Jpor, y los que no lo sean, estaran sir llpre pr'Ovislos de todo el aparejo .1J6cesariot ue r ro nclto, velamen, cordoje, botes, leña, acci'e~ sebo, provi sion~ s, anclas, -caLles, bombas de apagar uego y de otrós medíos pr()pjos para el caso , '! de cu .. lquiel'a otra Co'sa que se ' req u iera y sea uceesaria para eqni par los dichos buques y tene l, los constautemcn te en aptifutl eJe pl'estar el servicio que de ben hacer por la evn trata. v estar tri · pulados con un número sllf1c'iente de o~ ~(.'i3k~ c(:p~\.es, de bue os mqrioer s y olros Hl tIIVIJUOS: v todos los diehHs 11 qnes de vdpor e$~taran 3blmisCJ;o tl'i po lados con un IllHUerO de íngt ui cros ca paces\ y provistos de los enseres y ma quillas suficientes: lodo lo que respecta a los buques, sus maqmllas, equipage, inge­nieros" oficiales y 'ripul&~ion€s, estara su­jeto en todo tiempo, eJesde que empi ze á tener efecto la contrata, 3 la apr-obal'ion de dich.,s comisiooados, ó de las perso· nas que en cualquier tiem o sean auto fizadas por e:los para- lospecdooarlos y exa­minarlos. Coda qUJOce dias saldl'a uno de estos buques de vapor de algun puer­to del Can I y procedera directamente a la Barbada; permanecera alll seis horas y ~aldrá despues, pasando sucesivamente por la isla de Granada, ~ta Cruz, San-tómas, Nicola, Molé r en Haiti), Sant.i'a-' go de Cuba y Port Royal en la isla de J ¡­maica. D spues de permanecer veinte y cua-, tro horas en Port Royal, el vapor pro .. ' cedera a Sabana la Mar en la n.isma i lél V de a!lí a la H~bana en la isl d'e Co­ba. Dcspues de e!:. tar alli por un térro ·". no que rJo pase de cufl'enla y ocho ho· ras, d ~ rá la vu Ita tocando en los mis­m() s punt 1S v t mbien en SflmaD3 (en Hai .. ti ':. hac ¡en o el viage de B.ubada a este ú 'tímo lugar en eircunslancias ordinarias d otro eJe veinte y dos d13S, y v.olverá Uiret ttlnH'nlr a algun pue to de los del Canal de Ir. Manch 'J. A la llegada da los correos de loglt1 lerra a B<.1rbada, olro bu­que dí" vnpof ~llJra iOQledi atamenle con la bdija para la isla de Tabago, Demera. ra, Et rbice v Paramál'ibo en La Guava­nlt hola(}de~a: volviendo por la misma ~ll­tlt v tf~canuo en Graoaua v la Barbada. Otro buque de vapor saldrá de Gra­nada al llegar las bahj s de Inglaterra y lo ara en las prin cipales isLts d barl . velflo, pasandQ desde;: allí a Santa Cruz, la T(Hlola, Puerto Rico, Samana, Cu:-a, zao, Puer to-Cabello, la Gu .~ira, Tl'ioidad v ,,()lv~a a Granada siempre en tiempo para salir inmediatamente con las lJaljjas de Snn ViGente y las dero3s islas y pun­tos ,'3 mencionados. Otro buque de V3pot saJdra de Grnna .. da a 1.. IlegaJa de las ballijas de Ioglater. ra 1 tomar'u el rumbo contrario por la isla J de T,'inidad, la G\1aira, Jamaica, etc.. etc. , V volvera a Granada por las islas de barlovento. A tiernas de €stos buques de apor ha. b, a otr'a lmea de paquetes de la H .. hana a Cal tagena, a las BJhamas y a otros pun. e a­dos, y oll'a ramificaclOo de buques de V,ª, pOI' que toquen en la Habana, golfo d.e l\1éj ¡ '0, N ueva Y ()I'k Y Hl lifax. La p~na pOI' doce her ~ s de retardo del tiem po seó.dado I>ara la ida J vuelta a In­glatt' r'ra es de 500 lib . .:. por no hacer lQS reptll'os rU,lodo sea n ec,esario de 100 lib. ; .v por el empleo de un buque no e.slan~ do en disposicion de hacer viage 500 lib. La contrata empezara a estar en ,igor desde ell.o de Diciembre de 1841, o on. l/es por ~Ul{lO acuerdo: continuara vigen, te por dlL'Z años, conbdos desde el dia en que solgll el primer buque para la B.lrhada, Ó por mas tiempo si no se 811iS)l pUl' escri (o coo doce meses de anteJacion. -(theSull. LonJ,.cs21 de Jamo de 1840.) -•.. La siguiente es Ilna copia elel decreto sobre correos de vapor adoptarlo por la Camara ue Diputados .en -Francia el jue. ves p 3 SíHJO. A ti , o Se establecera una n ea de buq ues de VfJ p r p~ ra lrásport,.r la cor~ res pon encía eutre el H Vle v Nueva York.' Se a u loriza al 1\1' nistro de Hacien~a para que dentro de seis meses haga la corres­pondiente c.ontrata CQO una casa de comer. cio , a la que se dará anualmente una cao­tidad que no exceda de 8~O fr.<7t.JCOS por a a caballo QUP n~presente la poteDcia buque. El número de' paquetes para es la nnea no sera menos de res si exce· del'a de cinco, y cada buq ue tendra una maquina de la potencia de ·450 caballos. Arl. ,2.0 Se establcceran para llevar l{l coarcsponc.lencia entre Francia y Améri­ca do~ lineas principales de comunica­cion por ~edio de buqu@s de vapor de la Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. - '11 "fuerza de 450 caball(l)s cada uno; la una 'saldrá de Burdeos cada veinte dias y de Marsella cada mes, llegará a M¡¡rtinica, continuara a Guadalupe, Santomas, Puer' to Rico, Cabo Haití, Sanllago de Cuba y Habana; y la otra saldra eJe Salnt Nazai· .re cada mes para Río Janeíro '! pasiaa pcr 'Lisboa, Gorea, 'Pernambuco y BabIa. Tres lineas secundarias de buques de vapor de la potencia de 220 caballos cada uno seran estable~da6 para continuar las principa les: 1I primera a l\léjico, tocando en Ve­racruz, Tampico, GalvestoD y Nueva Or­] eans~ )a segunda a Centro-América, pa~ sendo por Chagres, Cartagena, Santa .Jlarta ., la Guaira; y la tcn:era a 1\100- tevid€Q y Buenos·A ¡res. Con este objeto -se concede al Ministro de Marina para la ' construc~ion y equipo de catArce buques de vapor, de la potencia de 450 caballos, y f>3ra la de cuatro de 220, el créd i to €special de 28 430,000 francos, para re­partirlo eo los presupuestos de 1840, 41, ~2 'V 43. De e5ta suasa tocaran a los de 1840, 5.000 000 de francos. y '3. los de '1841, 10.0.OO,OOO.--(l'hc San. Londres Junio 24 de 11110). MISCELANEAS. MORAL Y RELIGION. Yo tenia un ' amigo, y la muerteiuelo :Jrrebató: es-tendió S8 mano hel9da sobrp. ·]a cabeza del que \'ivia en ti) i cornon, é hizo terminar súbitamente una existencia apena.s comenzada: hoy en d ia la memo­ria de aquel justo no tiene mas santua- ' rio que mi peeho, porque ·ha dcsap3re · cido del peo8&mi o 1'9- deaban, a poco de haberle llorudo. Tarn· ,bien la naturaleza, indiferente a la mutr· te de. los individuos, ostenta sus I'~!\ue ,ilos atavlos In tl¡roo del cimfnterlo mis roo donde reposa mi herm.ltlOI en afee ciones: los arboles desplt'gan la ríc¡ ueza de su foJlage, y mecen sus ramas en bra ­zos del ,céfiro con un ruido miste.rioso de deleite: los pinlados pajarillos, OCU(4 tos y . $olazanuose entre las hojas, c..Ierra­. ma~ lorrentes de armonía, de placer y de amor; y en la mansion de la muel'le risueDan voces no articuladas de vida y de alegria, aun en medio de la quietud de la noche; pues si acontece que dirija mis pasoi a aquel recinta, y desate mis meditaciones ante la suave claridad tic J.a rnagestuosa luna, oigo todavía que de entre la yerba que entapiza la tumba so­litaria de mi amigo, resurte el canto ale· o -gre del grillo infatigable .... La destruccion insensible de los scre.& y las miserias del linage humano, se cuen· taa por nada en el gran TODO. La muer­te de un hombre justo que espil'a eu los "brazos de sus amigos inconsolables, y Ja 'de una fragil mari posa que el frio de la mañana hace per:.ecer en el caliz de una flor, son acaecimientos de igual entidad en el curso de la naturaleza: el hom bre DQ es ~-iI "He una sfí)mbra, un vapor le 'Ve que desaparece eh II)~ aires. -- Empero la radiante a.urora comienn á iluminar el cielo ~ las funebre. ideas que contrislaban mi animo van des~parecien do con la noche, y la dulce esperanza re .. nare en mi opirmido corazon, No: el que inunda así el Oriete de esplendoro. ' sa luz, 00 la envia hasta mis oJos para 'sumergirme despue~ en la n·oche de la .... ' .. nada! El que tendió la inmeusa faja del horizonte ilimitado, y levanto las moles estupeodas en cUJa helada cima se quie brfln los dorados ralOS del sol: AQUEL eu · ya pUjanza , callada magestad me hace bajar irrestiblemente la erviz, es tam bien el que ha ordenado que mi coraz.on palpile y que mi espiritu piense No, y mil veces no: mi amigo no ha caído en la nada! Sea cual fu ere la bar~ rera que ho nos separe. yo le yolveré a ver, y esta firme esperanza me .conforta en mi dolor: el vuelo de un insecto que atraviese pOl' dehutc de mI cortando los aires con ~nim~daJvelocidad, basta para persuadirme de aquella verddd consolado­ra; v el aspecto de los campos, el perfu' me que embalsama la atmosfflr , y el en c3nto y recogimiento inespli ,' bies que se apoderan de ml a vista de las maravillas de la ('real.' ion, It:vanl n v enDoblecen de tal OIaner~ mis pensamie t s, que reco nozco eo mi un principio que no es e, mero organismo de mi cuerpo pereced e ro, ' lde sienlO ocupado de pgr espirilu que me grita, INMOl\TALlDAD! Jav. de lUazsll'&, ELE.CCION DE PRESIDENTE bE LA RE­PUBLIC/\. Pl\OVI~CIA DE SANTA MARTA. Asamblea de la Ctinega. POI' (~l Dr. Vicente Azuel'O . l. Bor el coronel Eusebio llorrero. 1. PIWYl~Cr A DE ANTIO'Q.UlAo Asamblea de Nordeste. or el corond Borrero Por cl Dr. Azucro . 1'1I0Yl~CIA DBL cnoco. Asamblea del ¿,Urato. POI' el Dr, Atueru . Por el corouel Uurrero. Asamblea de San Jitan. 2. 2 .. 8. lo Por el coronel Borrero. 7. Por el Dr. Azuero . 1. POI' d general Pedro A. llerran J • . PROVINCIA DE PANA~lA. Asamblea de PrlTlla. Por tI DI' Azuero 9. Por el Dr. Diego F. Gomez.. • 3. .A samhlca de los Santos. Por el Dr. Azuero . 6. Por el coronel Borrero. . 6. Por d Sr. J()sé Maria Goitia l. A sQ1ub/éa de Por/obelo. PO'" el Dr. Azuuo 4. Asamblea de la Chorrera. Por el Oro AzueN • . 8. Asamblttl de Natd. POf el Dr. Azucro . • Por el Dr. Bias Arossemena. . •. t (). . ., 1. PROVINCIA DE YEl\AGUAe Asamblta del Stmllaco. Pn" p.l gf!nel"al Hfl1"rlln. • •• J6 Por el Dr. Eusebio Maria Canaba. 3 Por el Dr. Azuero • • • • . 2. Resumen de ItJs votos pu6licaclol ·h.alJa "'oy. Por el general Herran. S"2~ Por el Dr. Azuero. • S32. Por e,l cQro~el norrero~ 360~ Por el Dr. eanabal 21. P.r el Dr. Gomez. 11. Por el Dr. JOlquio Mosquera. 3. Por el Dr. Uribe Restrepo.. l. Por el general Caicedo ." 1. Por el Dr. 1\1, M. Mosquera. 1. Por el Sr. Migael S. Uribe. t. Por esl Sr. JoaqulD Benjumea. 1. Por el Dr. BIas A ossemena. J 't Por el Sr. José M. Goina. 1. j --_:± ~ PUERTO D~~ARTAGENA. ~ Entradas de br.lqwes. Octubre 2. De Ch:tgres goleta de guefr& nacional Bo,aca, su comanda~le el teniente de D.avio .José ~laria Palas. Salidas, Octubre t. O Para Santiago de Cuba cer': lleta francesa Sarsuel, su comandante Guit .. hert. 1.0 Para el Zapare bergantín ingles Jobn Peat, su capitan Leslie. CAMBIO DE MONEDA. Onzas españolas. Pesol fuertes id . • • • On¡,as colombianas y granadinas • Pesos id. id. Pesetas ele vel1on. • Id. caroquc\ias AVISOS~ t 2 t ¡Q p.-r. 12 'l'l 10 2 "2 , No obstante las dos invitaciones anteril()Te~ que se han hecho al pllblico por medio do ("arte1es par. que los individuos tenedores de valQs 1. certificaciones de censos, concur., riesen a p .rel ir ros intereses y réditos cor­respondientes al som stre vencido en último de Ago to anterior des los capitales situ. dos en esta eficina; no se lun presentado toda~ vi. Por lacto se invitan nuevamente para. que dentro del mes pr~cJ)"te ocurran para !er pagados de 10'5 intel'eses y réditos que St! les d 'oc satisfacer. Y en cum~limjenlo de lo prcgenido en el artIculo 6 del decJ'ct,o de la Dirc~ciun dd crédito uaciona! 13 de Jonio último, 56 hac6 esta tercera invitadon. Te .. urerí;s provincial de bacienda. Carta­gena Octubre 3 de 1840. rlCCllte Gm'cla • En la tesoreria de bacienda se hallan de venta los códigos de leyes del presen­te año a ocho reales uno. Ol\lNIUi\l. El mO'Vimiento mCl'cantil en 1, Habana en el añQ de 1839 ascell(ho al valor de 30 .643,625 pesbs: Los bUlIues entrados a 1.563, midie:ndo Oll 8U tOlalidall 231,80 l toneladas: Los buqll'6s salidos a (,589, midiendo etl S8 totalidad 235¡703 tonelada~: Los der ellos maritimos a 5.464,152 peso, y los terrestres a 1.319 993 pesos. ' Se encarga a las madres de familia teng 11 mucho cuidado do que SIU niños no so apo ~ deleo de Jos/oro$ de ninguna especie, pues reciente-meDte, con molivo de la súbít muer­t. de una niña de cuatro años, en cuy, boca se encontrp UD palito de fÓltforo, se ha des" cubierto que la mayor parte contiene una composicion de oximuriate de potua y f~sfo. ros, c.pez do envcnculr • un Idulto .• -~ C~r. rlo de CardetU.) . Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Por: | Fecha: 27/09/1840

EMANARIO DE L PROVINCIA DE CAR1'AGEN lace periodio() se publica todos los domingos. En la tesorerla de rentas pro inciales se reciben las sl1 scriciones al respecto de TRES PESOS por semestre, pll&aaa ad.lantados, y se Tenden los números ruellos a UN REAL. Por la in. rcion de avisos o comunicados que no sean de inter es g~neral se p;¡ garan cuatro rl! r hasa .cho renglones, y un real mas por cada seis renglones de los que exceuan de aquel nttmero, y la mitad por cada vez que se repita, s~pre t e • PARTE OFICIAL. ,.. MEMORIA .}j)EL GOBliRNADOR DE CARTAGENA a la Camara de la provincia EN 1840. Sres, de la C4imara de la prsvincia: "foy a cumplir con el mandato de la l e ~ presentandoos el cu dro 00 la provinci-a Ot;l modo que ella determina. E le cuadl'o, for zosamente sUf·illt , sera adl iOlluio por 104 j forme le rraradamente lJ'amlÍtiré a la Cám a sob e Vii l OS de ln"l dife e te lIf'gtl - eiado u e bt'o llamar de pnferencia I3U a t nCiOll "0 lus pf tl :>t:.n tes se iones. En rofdio de 1& dol }'osa contcmplacion que (¡{re e 1 pat io i 'IDO U part.e de la re· pública ~glta la Pl .. r la. fac cl '[l es que desde el me d Junio de l año p a~ t o levantaron en P"sto el t.~~éH darle 1 la rebe1í th), debe seros i ' lo , cor.::,o,ador t, l estado ue trab­qui iaad ea que St) ,'l)cueutra esta prm·j Jt'ia. Su~ kijos todo, que :-a b n estimar el pre~io de los .aIC! iocie tS e:.po t ·. IH;OS y rcilt>ndos que se hicier911 eu el! p ra adíluil'ir y ou, solidar la in ~pendc ,cía fI clonal, y para res table er en ép.oca ma l' eu'nte el h p r rio de la ley y el gobierno eo imo, of ce n por ,au .dhesi n a sto. pnnc pios, nu rtca de f m~fl­tid., la mas slsgura gara.ntía de que seran siempre el mas fi m ·' a poyo para so!¡tenerloa ilesos, y para cOtJ.s{,.rv ar a to do trance el ór. den legal 'Y el sositl go p ú bli ~ o . I gu le$ garantl3 du t mbien las (lemas provincias de la repúb iea por su adh~tli (' n a Clstos mismos prínci~ íos; pues en todas dlas se ha conservad) Ja paz, te\; pto solo sn una p queña parte de la 06 V 1 z y en no d is trito de l de Popa,an, CI\. que fué lu.rhada mo­mcmtát. teamtmte: y afillnza..s, de­o14~ udfan imperlosa.mente, hoy mas que nunca, de vuestro patriOlü.mo, que al desempeRar e ' fij ,. v i al en aqucllo~ de I\lJestro~ conciudadanos fll o­Tcei. d05 ~~or 105 votos populares, que se an :n· s IIcr.~ol·es a la confióluza general y dig· lIQ<; pOl'.I.o UHU1W de esta misioD augusta. Instruccion pllhlica. En 31 de A~o·to de 183·9 exi . tian en ht provincia 2 t eSQuelas públicas y 68 pl'ivlldas¡ en las cuales se educaban 2, l81 niños de a bo'i :tos; y segun 108 ilJformes que be rCf.ibiJo 1'~fere ntt!.S .1 tiempo corrido h ~ b fin de J unio ulLrno, el n úmero d · aqu ~ lla s era ellto ces de 2·J y s.lC 75 cllh' és&a.~ No se Cfíprl"Sa en Igunos do dicl.Hls informe ' cual fuera e ·e los alumnos coucurrc .. l6., y aun St.l oniando, comu p r eCd proua ble, qu ~ ha .. h ,i ' ~ laml·,j ~~ n Jgu. aumento, no fle h~ sin l mbargo e tlm rs ~ C::.to como una prae b. sati factori en fa ?11r del progreso y me jora du la educacioQ pruD riJo Dep<>n:le ésta en gran parte de la cap! ci­da. y coosag aciol} de los preceptQrlatuta para la aprobacion del impuesto por la ptAt nte para la venta por mcoor : y para allanar )05 dcmas inconve­nieou> s deberiais acordar e1 IU nto del ho­nOl'lrio 3 los cfJlectorfs elevando el mh:imo hasta el C(-llo pe.r cieIJ t(), l ULOrizlDdo a J. Goberna.. ion rah fij rlQ . :gu A 1 s cí eunS! ta(lci." de cad. IO"leeturía; ! ol o d<.lr taO\bíen una dí.¡;po icil,n semejl'HIle a la. cotJte i .l en 1 le I ¡,;jo . a H Mayo óhim,>, ell virtud de l. ctul t d ie ran los cofecto r~s de r a:rt ~ previnci·les a· t t : ·r 51 m neJo con fi~dorcs lla lOS y ton :0 'Y l,ri cipel~8 a- ' gadore , sin ncc si f\d e o e .a spe-ciaI. Accedió el Po e!:' Ej ct. tivo ti vu atril e· ticion de JO .1 . Octubre ti I aii sa' o , y di'lpuso que odi J v er~ú c a l's c I • • p ur: del col egio d e nill -' de esta t.Í u,Ja 1, u nque no hubiese c Ju ca u ' a in er ]a ", y que fuese gra­tuita la nscnanZll de la F- l ~ r l ' • 11 col glO esta y abierto de d·, ~.1 16 d" lulo últiwo, ~ lH;Y CQ/lJ la €o 00311'0 e Ilea"l ] s de 1 s primera y eua 'nta de la:s ~lti nas, que se­r: II algnn dia el orn me to de la sociedad pOl' medIO de 1 e J ucacl on 'lue reciban en aqu Has mat .. ia,'! propia d · sn selíO L ley el 16 dn l\lay ', de e.,>te &~o que de· I'o~a y reforma VanA. dispo ... iciones rdativu la en eila( za púb'ica, pone bajo 1 direc­cion d ,' la (' mar s le prf vinci lo'" olegios en eJla.~ exisl ntl'S y JS que en adelante se e l.blfZC;¡n: , el d Diñ~s do esta ciu dad, que como todos los establecimientos de su género, no puede ser perfecto en sus pri ci­plO , recihira cae el transcurso del tiempo ., po,. medio de la cspel.ial proteccion que des­óe abora habreís ete di pensarle, reformas y. mejo ras útiles y dig las de su objeto. Para eSte ef<-cto, as} e rno pau los que estiméis cOl' v enient infrodoLi,' en el colegio nacio­nal que se hl11a idcorporado a lA Universi­dad del distl ito, he pedido al rector y jun,­la de gobierno varios dalos é informes que os tra rnitiré en su debida oportunidad, con aquellas indicaciones que alcance a sllgorir· me mi limitad. c. pacidad auxiliada por el 'Yehemen 6 deseo qu 1116 anima de ver me­jorados estos establecimiento! hasta tocar en su perfecciono La creadou, dotacion y provision de cá­tedl" as, y tQdo lo relativo a la ellseñanza eu. lo~ colegios, lo ha encomendado la ley al ce" 1 rrQviudaJ~s: los raml)s <;le Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. S~MAN AllIO ~E LA. PR()VIN(!IA J)~' eART AGEN A: ~ienci.s matematiGIS, físicas y naturales de llna utilidad mas p08iti~a segun las cireuns 'tancias de cada pro~incil, y los idiomas vi .. os, la geografía J la historia, son los que el legislador ha querid6 que se enseñen en ellos de preferencia. La jurisprudencia, la lDedicina debeD enseñarse de preferencia en las uni.ersidades, que conforme a la misma ley quedaD bajo la direccioo del Poder Eje · euti.o. Debiende arreglarse la instruccion pública .. eatas disposiciones en el año cscolal' próxi· me, be ret'ibido órden del Presidente de 1 república para excitaros a que con l. urgen c· q er ce e Ileg cio, oeup i8 d dictar lu ()l'denlnzas '1 resoluciones relati· ... as a la euseñanza pública en los colegios de la provincia; J pua llamar vuestra atencioD a liS dhposiciones de la ley aT,tes citada, a ,jio de .que, teDléodese presentes, pueda .. iD­. vertirse las rentas J fondos de los colesios en la u eñ nza d aquellu ramos que la -ci.rcunstaDcias peculi ft'S de la provincia in­. dlqucn .er de uua utilidad mas pObitiva. Caminos, pJl€nl S y c01lales. ------ Los caml ~ ra o en t no, e (i) o ueron n lo a t~r~or, s, por medio del serviclO per ooal sub. sldlarlo: y lelun los joro. mes de los resptc­tivos g fes políticos todos ellos ~e encuentra. e regular estado, e decir, lim ¡os 'y abler. tos, qne es lo úllico a que puede t ~ tenderse 1118 repara iones, mientras Jos escasos pro ­ductos de las l'entu impida emprender' 8 con la solidéz y perfeceioD ql e requiere.,.. En el de esta capital • Barranca se hah construido de nuevo los puentes de San Juan, Songó y Caimital, para que fuí aut1Jrizado por vuestro decreto de 5 de Octubre del .ño pi" do; J se han ref .. ccionado 108 de Qui lembe, rroJ hondo y Pita: y ac uahnente se e r.ln co struyendo en el mismo camino 1GS d Sanabria J APiola, los dos nombra · d.()s de TamaJo. La constr ccion J repa .. a­C10 de lea prmaeros oe eontrat.aa por la ca tidad d 480 pesos, , es de cargo del cbntratist Conservar los de S n JUln , Songó , .caimital en perfecto y buen estldo de ser- ' 'Vicio por el término ,le cinco años, si gra ­var • las rentas provinciales, ni a ningun otro fo do público, en las rep.raciones que puedan ser neces r ías: y l. construccion de )ClS últimos ha sido contratada por Ja canti · dad de 450 pesos. El decreto que espedisteis en 11 de Octu ore del año pa ado convocando empresario :> para la apertu)" de un camino d~ Nain a la provinci. del Chocó, y otro de A,apf,a a la provi cia de Ant.ioqui , fué sus-pendido por el Pod r EjecU'ivo en 5U artículo 3.° por conceder dicho articulo el pl'i'vilegio de per- ·cib'r uoa nnev C{)l trib lcion; f habiéndose someti o a 1. 3f'r Ibacion d 1 Congre () en ·conform·dad CQ la p rte final d 1 paragrafo 2~ d~ rt.e l'J 124 de l. ley org' t ica de pro­~ mCl s, tu",o por res tado c;l decr 'lo legi~I.­' livo de 1. tie Junio u 1) mo E 'u, decreto cQDcede priv leg· o para l. apcrtu a del ca i DO drsde 1 pl J r ílqUla de Ay.pel en el e n­too de Chinú"ba ,ta a de S Luí de Y,ru­mal en el de S nta Rosa en la provincia de Ao ·oqui ; , ea su ejecucion espidio otro en 1 ism fecha el Pr ,ic1ente da a repúblic on oc D o a los empresarios 'lue q ieran encl gane de Ja obra. Las proposiciones do beo iriglfle. !la gobernac:ioo "! a la e A - t" ui deotro del término de seis me .5 con-dos desde la fec:La de su publi ci"n" de , sperar que DO f har.a emp.re arios que a Jle o a feclO; eo cuyo caso, recibí . ao los bi tes e ambas pro"fincias los beneficio. ' l c'procos que habrl de proporcignarles s a uev 'V.' de comuoicacio . La importante obra del Dique ha contillu ' do recibieDdo toda mi teudon uxiliado por eficaz cooperacioD de 1 JU1lta directiva d. u Iller ura. Los tr b . os ~D prono cipi do en 22 e b II \1(;, . , hice referenci In m' m Dio • tiembre, co tit Uclr .o h 'la e bre del mistno ano en q qO'Hiando &0.1 ¡'Dente u de~moD r "! hm'~l =-=t':::-C::---::J=---I'::-:--r.-:;;;;:;;~-=:::-;- tlda con el Sr .• ul' • reí Diqae q v' deMlr. el E)jter tura de Conejo Cita a realiz estipubciones c •. bleoida5 en 1 En el me de Diciembre 1 .lío p o 11Iego a esta ciudad el ingeniero director Sr. T"mas Santiago RalDJ J, quien despues p . cedio .. nivel r, ispo er o r ptn elO s sobre Ja 8&trnsion del c.nal, que el jU1,gO ne­ces rías pa ) form ci n " n ., p ~. . puestos de la obra. Por s8Frado os impon. duis en vista de la memo la especial de la .Junta directiva, de l. marcba d~ los trl~ajos efectuados despun de su último informe, J de los que proyecta emprend r bajo l ins .. pecciun del ingeoi ro director de la () ra conforme al lan., pte. s o que d 'bera presentarle éste par u ex ' D' apToba. ciou. La Junta directi.a se hallaba hacía algun t·empo .·educida en 8U numero por l. ¡ra •• enfe rme ue ~ . Utlo de 8US miembros, l'. AgustiD Argumedo, y hOJ t,¡ ne qu lamentar la muerte d~ e te buen ciud d DO, aca~cld en l. noe del 12 d 1 corrien .e. La loable consagraci D del Sr. ~raumeJo n promove Ja obr d~l Dique, de lo cual di . una marc da prueb en la dilatld comi ion de que estuvo -ellcargado, coa s crifici de sus intereses 1 comodi a , ex ¡gen de mí COD i(;Dar aqul e5 e recut·rdo. Eslohúdmi-emos de heneficmcia. restantes el tres por ciento; y la. últimas pro~ duce. ttll la actualidad en ·.arrendamiento 1 J' pesos meoso.les. SuporJifflldo qne aaí el producto de 101 ré~ dilOS como el de los arrendamientos p.dieran recaudarse puntual é integnmente, lo cual DO es de espetarse eo el estado de atraso en 'loe se encuentran las fortuolS d. 101 parti~ culares, nunca este producto, que alelDuria a poco mas de 4.500 pesos anuales, puede •• 1' suficiente ni aun para las precisas y mil ur .. entes atenciones del esMb~cimiento. Es S de j p e cin ibl n es' d a etl su favor aliunas otras a-pHc c' ne , 1 Juzg& q o r . ~ • la . . tes: la ... del producto del arrendlmiento o Iquiler d I I edificios de conTentos .upri .. midos de que podeis disponer cooforme • OtrD decreto le"blac.ivo saneiooldo tlmbien en t ... .. .,. ci!o establecerlo en el de ca ¡dad de es a c'a. dad. A este efee o se trasl dataD los qu hahia eo él a una de la satl3 del hospit 1 militar, J el de virolentos quedb establecid'IJ y orf5aoizado desde el 16 de J Ho pro imo puado. Desd~ esa fecha hasta el dla 12 del corriente se hao asi tldo allí 145 enfer­mos pobres, de los cuales se han curado 42, J han muerto 40. El numero de los moer­toa fuera del bo' pital ~n Jos res distritos d. la ciudad, de~d~ que se propagb la epidemia basta el di. lO del corriente, leanu, l 2, segun resulta de los it~ formes que le bAn pa­sado a la Goberoacion por la gefeturl fohti.- ca del cantono .. Los gastos para el !cntellirn Gnto el hos­pital se han trogado.ele.> 101 fondos d ~aoi. dad, y ascendierun h st 31 d ... l pasado A ot­to a la cantidad de t, 17~ pes05 2 IJe reales. Dichos fOfldos quedaron at;otados eu esa fe. (:ha, y hube de tifi;'poner tD cODsecuencia que para los del presente me. fuesen auxiliados e n 200 pe o~ de s 400 -ir; os par la ea r en u d re o de tos del pr . ara los • r o d·nari s eS imprev· t A í e.rificó, J I C' canti d n e 5 r·. 1ft 11 por' "te bjo o abré de die o .• ·0 di. op' s {() OJo ."'~,..~'~"- ·qUlt .mp rur is vuestra b m i diCl d P'&' irsQ.n:U~J¡jltU Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ,¡.sa., "1 QS ru o COQ J r i te s ac0l'::- .ieis PQr ~ae.lra parw dem s ne juzgueis oportunas para ~ro er de fot\d .uiic:ieDtel QOD '1U1 .abT8.ur • los gastos del e.tableci­lDiantQ," los demas q e a lee •• ·o ero­lar ID t~da Ja provincia .n benl¡cio de la talud pú r La. r ID ici le d e la con .. lribuJ.a por do d 1 cOllc"jo e D cila pe.o. mlnl.ales p.r. aUlitiar • loa lastos ho i virQh~: e e 1 c o patriótico del ,efe político del clntoD el e. · (altlecimi D de u .. Junta e prescnacioft , IOcorro,. encargada de promover la prora pre agacion de la VICuna, de proporcio­Dar socorros a 105 pobrel atacad del mal d. 'Viruelas, y de hacer fumicar /) desinfee> \Ir las asa. e qu ,a in . do 1 epi e-mi Los coaeej s oi,· piS baoa-larSI y LQ ¡ca, , el comull&l de S u Est ~ Di.lao, ha decretado tambien d . SU$ reQt~ las ~antid des necesarias para ropagar J e r'Var la "acuna , para la asi¡tencia de los enferm s pobres; o p ido e r tlar iguales medid 1 concejos de los da mas caatooes a CIU.. de l. i .. suficiencia de ,sus rentl". Si, corno DO es improbable, la viruela es tiende su. estragos ' l I tiernas poblaciones d la provincia, e~ UD deber, , deber muy .aarado, alivia, a las rersooa, miserables ~. t en., ya que no pued a serlo por la, n s tp ¡al s ~e liS r ectivu loellida­. les. ~í, u tra tlid s, como ntc he . die do, de n br % r e ,ale ISlOIl; 1 o el . 'reco~endarQs prder cía c ate dQhe ~ acor ad~,.. EII 01 año anter· or llalllé v ., tra tencion • la necesidad de dictar alguua. medid s que te .. die.,n a mejorar el lamentable eshI­do ~ que le encuentra reducido el hospital d pobres de esta oiudad, 1 hoy vuelvo a b cero· gu 1 r~ccmend ciOD con el milOlo r ci i t'l. A e le fin pIS : a 1 Ca-l' ¡nf. r e separado 1 I iodica . one~ ~ f):fr e ., e ,O pu y . ar porque hO rué posible reuDir los tiC • Jarios. N st nte la scaséz do 1 I rentas, han sido awtidoi eo este establecimiento 217 enfermos eD 1 curso del año económico con­daido ea 3 t de Ago. to último: de ellos SI ¡;uraron 150 y mUrieron 50. En la US;l de mi~ericurdi. 11 ID da Obra­pla fueron asistidas en el mismo 'perio lo ~O~ enfermas: se cu.raron 132 ,m rieron 4 5. ~l celo J decidido ioteres 000 que el R. Obispo d. Ja dióclsis como patrono, y el capellan 1 dministrador de la CI a, propend 1& a su c:onecnlcion., rogreso, hacen que e~te ¡a­doso establecimIento cornspond, do un roo- O 1 o 'eto el su ·01 ·'uto. .AdmÍ1.islraciQn jll ,.&, . Por .1 decreto ejecutivo de 20 de Dicicm .. re el ño a d , d,ctado en ejecuel.n tlel parrafo único del artic lo II de la ley de 26 de Juoío del ,miamo año, se crearoo en la 'pro­. iG~i. CblQO éircJJ',os judiCial ... , UDQ compues· do 1 ~. t nes de e rt.geoa, M hites 1 San An" s: ~ro 41.1 e r IlqUl la: otro de los del COfozal, Chilló: otro del. de Lo- • ; "J o ro e • e el d., Sab nll r· ,a. Poat.ri~rml~ I por decreto d •. 8 el. ~la 10 ultimo fae ~anada sta d.marcl~lon, , le di puso que el canton de Buranqullla , So edad formen ua circuito, '1 otro por .1 1010 1 totoo de nal r . Or,ani&adaa 01 • .. cuito. ju id les .. Ilom 01 ece , . a mÍDutr el n de justicia ~. or fa b t. pez: est~ medio; J la meiora ler. perfecta .1 dla tlUI puedan .,ÑI_flM loe j • uadoa en a ca.o­lite .fiauea.te el artículo 2.° de\ de • to le,ia,. .obr • . refor(llll ju ¡cilles, ••• ei ~ 11 a d. M • u ,iOlO; J .In .. ir· 'ud ele él podriR obteDer .ste beneficio aqueo llos cantone. taJo jos lo lolici'en dO,1 poder Elecua.ifO, aiempre que de aut propiaa t . , . e o. ast s re· A '1 G fereDtea segun 1. le" paedan asar el sueldo del jaez letrado. - - Gua~c;o,.~l. Conf rme '1 91 ancionlt· nuria a que ha estado reducidJl llce aIgull tiempo }a tesorería n~eivD 1, no ha permiti­do verificarlo toda\·ia. La Camara, sin em· bargo, debe contar con la seguridad de que est 5 cantidades se itan reintegrando c0':l • debida pnntualida ,la medid que "ayan s cn· do neces ri s .para 101 bjetos ' q e o~ta.n de.,tiu, u. Lu rentas monic·pales T comunalos produ. jer()D en f'l period9 corrido desde 1.0 de Ju­nio de 839 I 31 de MIJO do este año, 8,527 pe jO, 3/4 do real las primt'r 3, 1 16,651 peso, 1 lit, las ultimas. le un se demue tra en los ('uadros marcados con \05 nllmeros 2 ! 3. Com pirados stos productos con los que tao vi n l mismas rentas en el periado con, clui-lO' en 31 ,Je Mayo de 839, resulta aber h,bh.lo un aumento de 2,634 pesos 2 314 rea­les eo lu municipales, , de 2,~OS pesos 3 reates en las comun les. En dicbos cuadros observ ra la Camara que no ~ tan compren­didos 10$ productos de Jos IDton~a de So­ledad y San udr s, oi 105 de algu as par .. r,ofluias de los cantonea de Mahates y Loríe., por no h.ber rendido 8U5 cuentas, sobre cu­yo parlicularr ha diot.do la Gobernacion las pro·viJencias co ·r~6poDdjenCls. Los cuadros numero! 4 y 5 son 1.cJS demostra\ivos del e· greso que ban tenido 1 s mismas re tas en , periodo ¡ndie do. El documen p Dumero 6 comprende el pre. supaest general de gastos pra el año próxi­mo eCQnomico, as~enden~e a la cantidad de 15,0. pe os, ea 1& .~, S S ecretadas ~l año IU erior par a impla e 105 canos de la Pioa y Trupillo en el caoton de Barranqui-Uil, , para la esclvlcion de (a boca de Cereté en el do Lonca, por si fuere pos'ble llevar a efecto estas obras tNl el a o entrante. Tambien he comprendido un an4 tidad igual a la decretada en el año ntltrior para l ~o~15trucciOD e DueVOI pucntes J pa" 18 la reparacion y mejora de los que esis' n; , 1a cantidad que he jozgado necesaria para c08tear la bandera que debe darse .1 bata­Ilon de la guardia auxiliar de artillera', coo a rreglQ a lo que dispone el articulo 50 de la le J organícl de .,s~s cuerpos. Cllrtagena 15 de Setiemhre Je tSiO. A TONIO RODRIGUEZ TORICES. DECRETO DE LA CAM~RA PROVINCIAL sl~6re pr 'Pagac;on de la vacuna y dux,leo a tos 1J'¡'~lelfto$ pobres.' LtI Camara 44 la provinCia de Car/Ilgentl, Teniendo en consideraci D a parle del mensage de la GobernacioD .oolraida á que se lomeo precauciooes contn el con­tagio de la viruela ~ue aflige desola la poblacion: eo uso de la atl'ibucion 13a. del artículo 1~! de a ley de 19 de Ma- '0 de li34, DECRETA. Artículo t. o Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ~rados por la Gobernacion de la provino cia, y recibiraD la indemniz.aC;on que es­ta misma les señale con arreglo al nume .. ro de poblaciones de qoe se encargoe -ca · da uno. Arl. 2. 0 El pus vacuno se conducir:' en cristales é en brazos de individuos, legun sea posible; y en este último ca­- so se erogarán de los mismos foo!4os co­munes provinciales los gastos de traspor- 1e y manulencion de los indiviJllos, y ademas se gralificar'a a cada uno de ellos basta con diez pesüs. Art. 3.° Los alcaldes de distrilo se,. iialaran. de acuerdo con el vacunador lo! dias y el 1111ar en que hava de admi' nistrarse el pus vacuno; y adem:lS pasa. faO persQnalmente de casa en casa para vacunar a aquellas ' personas que no ha ­yan concurrido al logar publico de la va cunacion. Art. 4.° El vacunador llevara un li ­hro en que asentara los nombres uc los vacunados, el cual sera visado diariamen te por el respectivo alcalde, quien p 1 'rá a la Gobernacion, por conduclo del gefe polltico del canton, una r~zon se manal del numero de vacunados. Arl. 5,ft En las villas cabeceras <> en las parroquias donde con sus respeclivJ& rentas no alcanzasen a prestar auxiliu 11 los pobres atacados del mal de viruelas, se lnvitara por el gefe político () 81calde del distrito en su (~aSO, al establecimien­to de sociedades de beneficenc;a que por donaciones gra tui las provean de SOC{)JTO a la clase indigente. Art. 6.0 Se tendran a disposici 1840 -El pre¡idente de la Cámara , José .Á1donio CasQs.-El diputado secre· rio, Juan Antonio Calvo. Goberna<.'ion de la provincia. Cartage na a 24 de Setiembre de 1840.-EJt! ('ú ·~ese y publ'quese. -Anlonlo Rbdng'uflz Joric.es.-(,drlos Pare;a, st.cretario. DECRETO DE LA GOBER ACIOl. en ejetUclO?1, del anterior. El Gebernaior de la provincia, Para curuplir y llevar a ~feclo lo dis~ puesto en el decreto de la Cámara de la provincia sancionado el dia de a, er, so · bre propagaeion de la yacuna en los can tones de ella, DECRETO. Art. 1.0 Los facultativos o cualesquie ra personas que con capacidad para ello . . ereo encargarse de propagar la. Va ­cuna en oS- cantones de la provincia, o currirán a la Gobern cio ando al des ino de vacunad~res dentrG del término . ~ -" de tres dias a lo aras tarde, contados des de el en que se publiqoe el presente decreto. A rl. 2.0 El nombrmrento de vacuna dor se h rá en una ó mas personas para cada canlOD, r la iodemnizacion sera es­tipulada con arreglo al número de pobla ciones de que se eocar~e cada uno, con tratándose la opcraeion por una ca-nl.idad d .. terminada, ó bi,n por un sueldo fijo mensual q\1e no excederá de 25 pesos Bn este último caso se fijara un término perenlorlO dentro del cUdl debera prac­licoriC la operacion; eu yo t~rmino sera a lo mas de dos meses, segun el núrne ro de pohlacíoo~s en que deba efectuarse. A rt. 3. o Sera o.bligacion del vacuna dor, ademas de la que le impone el aro tículo 1.0 del decreto de la Cámara, en seÍl_r practicamente la operacion de va· cunar a tres person.:ls por lo menas en cada parr quia, para que de este modo puedan ellas encargarse de continuar la pro~ga ion y con .nacion de la vacuoa, . bajo la correspondiente indemnizacion que de era ser acordad~ por los respec­tivos concejos municipafes y comun' les, ~on arreglo a lo dispuesto en la rden circuhtr expedida por la Gabernacion COD fecha [) de Agosto último. Al t. 4.0 Por separaLl. se determinll'a lo cOllveniente respectQ de las to!'m ;,h dades 'Dn que debe llevarse por el va ~ u nador el libro de asientos de l()s VJcu nados de que habla el citado articulo 4.°, y las que ueb;¡n ohserv3J'Se por los al cahles para cumplir los deberes que les impone el mismo decreto. Dado en Carlag~na a 25 de Setiembre de 1840 -AnloTllo Rodllgucz TOflces . ..,... Cm los PaJ'fya, secrct..d'ío. ELECCIONES PARA EL CONGRESO. Senado1' principal pOI' esta ,rOVlIICla: coronel Pedro Gudllu. Senado1' suplente: Or. Manuel Perez de 2.a Dr . .losé Maria Baleeo. - Dr. R.amon Ripoll. Dr. Mónuel del Río. Para fiscal del mismo lrlbundl~ Dr. José Manuel de Vivero. Dr. José Antonio Esqui.quí. Dr. Toribio Dominguez. HOSPITAL DE VIROLENTOS. , Relacion de las entradas, salidas y eXMlencia rJ,. enfermos en este /tOspital desde el d,.19 fe ha.ta el 2h del corriente. ExiIBtenci anterior en enfer. mos y cWl'fa1ecientes . • • Eotradas Salidas: MlIIertns. ~ • Curados • . 72.} 110;. 38. 1~:.} 21. Existencia: Enfermos. . • 62, } C.oDTaJecientes • 27. 89. Ñ ?ISO. No habiéndose podido verificar el 21 del pres ule al s el remate de los ua­renta v ocho pesos en numerario, ni el C?~lr~ lO para los YC8tuariCJS de los pre­sldlarlOS forz3do~ para que se invitó en el numero b6 de esle periódico, se h~ señaLldo para efectuar uua y otra C(}"41 sa ~l día 28 del presente mes. Los que qUieran, p.ues,' hacer proposil'iones pue­den OCUffU' a las dQce de dicbo dia al d8spacho de la Goh .' '[l- ion; en. el con. C~plO de q U6 los géneros para los veslua­nos, coyas muestras se presentaran, han de ser de bUf03 calidad. y de lrenza los sombrero.. Carlageoa 25 de S~tjembr. do J 840. De orden del Sr. Gobernador. Carlos Pa''eJa, secretario" !9 PUERTO DE CARTAGENJ\~ . Rttruero. . ~~~ Representantes p'l'lncipales: Coronel Entradas de bllqaes. Joaquín Po:>ada G t,er rt z ( por elecciou SctiemLre 26. De l\~artinica y Santa Marta, C0.t~ Popu L\ r ), Dr. J Il_ é • n lonio- Casas. beta de guerra francesa Sarsuel, comandHntc Guilber. 26. De Marsella y MaracaiLo, harca frunccsi Pro- ReprcsentaTllcs suplentes. DI es. José lct~r,a, su eapit¡m Pet.it, con mercancias a IOi Sres. Pab u n..driguez de L;j torre (p<.lJ: eleccion Lindcman y compao-a. popuIJI'), y Miguel l\lacaya. , 26" De Li~rp~ol y Sant~ Marta, bergao\io ingles PROPl1EST\S DE LA CAMARr\ DE ESTA PROVINCIA. Para las dos plazas ie il'Jimslro juez que oCLlpan o.ctualmente en la Corte Sllp1"e ma l()s VD Eslamslao J7cl'garll y Eu seblO ¡Jl01UJ. Callabal. La Dr. ESlt.l nislao Vergara~ Dr. J uroq llin José Gori. Dr~ Aquilino Alvarez-. 2.a Dr. Eusebio Maria Canabal. Dr. 'BernarcHno Tovar. Dr. R.utino Cuervo", Paro la pltiza de lJJimstro Juez d41 tri banal del Jla¡daleno vacante por es casa del Dr A-Janael Cañaf'ete, y /a que desempeña actll,almen(e el Dr. Jo ~t;' JUana Bal~,o. 1.a Dr. Ramon Benedeti. Dr. José Francisca de la OSSL Dr . Manuel Aotonio Sa]~ado. Jobo Peat, su capltan LaJcl, (.'00 mercanl:ias a los Sres. Gricc y ~ompaÍija. Salidas. ~4· P~ra Bo(:as d<>! Toro y QUI.,-res, pnilcbot de gtfcna naciOnal Salllal'-.o, su eOD1,mS¡¡ute el tenieot~ de fr,lg-¡la C¡lrl s avarro, COI COfre_ pondenci ... ,5 Pill"
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Por: | Fecha: 09/10/1842

la )¡ 1 CARTAJENA, DOMINGO 9 DE OOTUBRE DE 1842. I , ============================~==~============ TRIMESTRE i. 0 Se admiten las suscriciones j se venden los numeros sueltos en la tesoreria de rentas pro'vine1~Úe8. ' , La insercion de avisos &c. se ajustara COJl el impresor. 12 reales anticipadAJ., NUMERO 13. Yale un real. DECRETOS DE LA CÁMARA PROVINCIAL. Reorganizando la junta directiva del nique. La, Cámara de la provincia de Cartajena, Con el objeto de activar la prosecucion i conclusion de la importante obra del Dique; usando de la atribucion 22, artículo 124 de la. lei orgánica de la administracion provincial, DECllETA. Art. 1. o La junta directiva de la apertura del ' Dique, creada por decr~to de 9 de Octubre de 1838, se compondrá, ademas del Gobernador de la provincia, que la preside, del personero i tesorero provinciales, i de dos ciudadanos mas, elejidos por la Oámara. Art. 2. o La junta directiva tendrá una se­sion precisa cadil mes, con el objeto de ins­truirse de los adelantos i estado de los traba­~ os, i deliberar lo conveniente para su mejor 1 mas pronta ejecncion. Art. 3. o Si en el trascurso del mes ocur­riere algun negocio del resorte de la junta direetiv~ que f8quiera un pronto í1espacho, el Gobernador la convocará estraordinariamente. . Art. 4. o La junta directiva qividirá en por­Clones el terreno o los trabajos del canal e . , ' InVitará contratistas para su ejecucion, la cual se hará simultanea, o sucesivamente, , segun fuere conveniente a juicio de la junta. Art. 5. o Si pasado un mes, despues de esta invitacion, no se hubieren presentado contra­tist~ s para alguno o algunos de dichos trabajos, la Junta procederá a verificarlos por sí misma, comisionando para su direc'cion a alguno de sus miembros¡ o a eualquier individuo de in­telijencia i actividad, a costa, en uno u otro caso, de los fondos del Dique. Art. 6. o Los contratistas estarán siempre obligados a ejecutar las obras de que se en­carguen, segun los planes e instrucciones que reciban de la junta directiva. . Art. 7. o Mientras se establece el inspector Jeneral de caminos i del canal del Dique, crea­do por decreto de 23 de Setiembre próximo pasado, la junta directiva hará reconocer i examinar periodicamente los trabajos por medio d:- sus miembros o de comisionados especiales, dIgnos de esta confianza, ~iendo de cuenta de los fondos del Diqne [os gastos del viaje i reconoci­miento. E6te reconocimiento será necesario e indispensable para dar por concluidas las obras eJ ccutadas por contrata. . Att. 8. o Las vacantes que ocurran en- la Junta directiva se llenarán interinamente por la Gobernacioll de la provincia. Art. 9. o Queda vijente en todo lo que no se oponga a este decreto, el de 9 de Octubre de 1838. Dado en Cnrtnjentl. a 5 de Octubre de 1842. - El president~ de la Cámara, José Joaq'l/Jin Torres.-EL dlputn.do secretario, BartQlorné Calv,). Oobernacioll de la provincia. CartaJena a 5 de Octubre de 1842.-Ejecútese i publíque­se.- Antonio Rodriguez Toriees.-EI secreta­rio, Juan Antonio Calvo; Sobre nombramiento del superil1 tellden te tesorero de la casa de benilfrcenciu. La 04mllra de l:a, pr¿'vin(iia de Cartajenii, En l.lSO de la atribucio;l 26, artículo 124 de la lei de 19 de Mayo de 1834., i de la que se le confiere por el articulo 2. o del decreto le­jis, lativ,o de 1. o de Mayo de 1840 p. ara orOo 'a-lllzar 1 reglamentar la casa de beneficencia de esta ciudad, DECRETA. Art. 1. o Mientras se establece la. casa de be­neficencia i puede plantearse en todas sus par­tes el reglamento de 16 de Octubre de 1840, el Gobernador de la provinCIa nombrará el su­perintendente i tesorero creados por el espresa­do regl a.men k, los cuales ejercerán por ahora las funCIOnes que en este decreto se señalan. Art. 2. o Las funciones del superintenden­te son: disponer la refaccion del ~. "tm que debe establecerse In cas e beneficencia dirijir e inspeccionar los trabajos, contratar lo~ ma~eriales necesarios para la obra i los ope­raflOS que deban ejecutarla, i las demas que le señale la Gobernacion. Art. 3. o Las contratas que celebre el" su­perintendente serán sometidas a la aprobacion de la Gobernacion. Art. 4. o El encargo de superintendente es gratuito i de admision voluntaria; i por tú mis­mo la eleccion debe recaer en un individuo d~ conocida capacidad, integridad i consagra­CIon 0.1 servicio público. Art. 5. o Son deberes ael tesorero: rc>caudar las rentas correspondientes a la casa de bene­ficencia, e instruir las acciones que sean con­veúientes ante Ín-s nntoridades i funcionarios p(tblicos en reclamacion de cualesquiera dere­chos o rentas que correspondan al establE'ci­miento. Art. 6. o La manera en que el tesorero de­be hacer la l'ecaudacion i lISTar la cuenta la fianza can que asegure su manejo, j el ho~o­rario que, haya de disfrutar, lo desigf.lará la GobernaClon de la provincia. ' Art. 7. o No se estraerá de las rentas de la c~sa de beneficencia ca~tidad algtina, sino a VIrtud de libramiento del superintendente, re­ferente a la aprobacion que para todo gasto debe dar la Gobernacion de la provincia. Dado en Cartajena a 5 de Octubre de 1842. -El president~ de la Cámara, José Joaquin Torres.-El dtputado secretario, Ba'l'tolomé Calvo. Gobernacion de la provincia. Cartajena a 5 d~ Octubre de 184.2.-Ejecútese i publíquese. -Antonio Rod1'ig-uez Torices.-El secreta .. do, Juan Antonio Calvo; '. ORO ENANZA sobre el servicio de domésticos libres. Lá Cámara dé la provincia. de bart(tj~tt~/ E1Í uso de la atribu
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Por: | Fecha: 05/03/1840

SEMANARIO DE LA PROVINCIA DE CARTAGENA. SEMESTRE 3.G CARTAGENA" JUEVES 5 DE MARZO DE 1840. NUrttERO 58. Este periódico saldra todos .los jue-.es : la recepcion de las suscricíones y Tenta de los Dúmeros s.ellos están á cargo d~l tesorero ()e rentu provincIales Sr. Fr:lD~ cisco de B. Ruíz. La suscricion por semestre "ale C17J.TIlO PESOS, pagaderos adelantados; y eaaa número suelto R EAl. T IUDIo.-EI preCÍ-o de la iusercion de 10$ 1I1'UP' ó articulas de iateres prindo, será de un peso hasta doee renglones, y un re as por cada tres re nglones de los que excedall de aquel aúmero, ,Y la mita6l por cada Tel que ~e repita, siempre .que se advierta al tiempQ de la entrega. SUBASTA DE BIENES NACIONALES. Habiendo aprobado el Poder Ejecutivo la enagenacion decretada por la junta de ha· cienda de los capitales que se reconocen a favor de\ ~amo de temporalidades '1 de las rentas de la estinguida loquisicion, y de­biendo en-gcnArse con ellos los réditos de­vengados y los intereses de demora en el pago de estos hasta el dia del remate; ha acordado la misma junta que se publique la siguiente relacion d~l monto total de unos • y otros, para inteligencia de los interesados y de 105 licitadores. Al ramo d~ lemp ora lidades. El capital de 3.000 pesQs q~ue reconoce la mortuoria de J1cJc­fonso HernaDdez en dos casas unidas alta y baja, calle de N S. de Alta gracia , y 614- pesos 5 rs. que impor,.n los rédiLOs é inte­J'C5es de demora hasta 'el 9 del corriente. 3.614 5 El de 4.000 pesos que recono­ce la misma mortuoria en dos casas baja~ y UJla alta, calle de la Carbonera, y 1.590 ps. 6 '/1 liS . que ímp'C?r.tan los réditos é in­tereses de demora hasta la eSe presada lecha .5.590 6 '~ El de 1.600 pesos que recono· ce Feli pe Morales en casa alta p laza de la Trinidad, , 15 p~ . 2 'it. rs. que importarao los ré-dltos hasta dicha "fecha. • ' . 1. 6' 5 2 '/4 El de 840 pesos id. Juan 1\ • nuela Cañero en casa bija calle del Espírilu Santo, esquina del Congo, y Isa pesos 7 I/~ r8 .. de los réditos é intereses de demo-la hasta dicha fecha " , 998 '; l/a El de 700 pesos id. el presbí­tero Juan Pablo Rodriguez en casa baja calle de lalS Palmas, y 398 ps. 7 '/a rs. de 108 réditos é intereses de demora. - • 1.098 7 l/a El de 11.880 que reconQcen Jas renta! municipales del can:­ton de Cut.gena y 1.6"85 pesos de los rédltos é intereses de de-mOTa. • 13.565 • El. de 6.385 pesos 4 reales id. Juan José Nieto en la hacienda de Alcibia, , 281 ps. 3/4 de real que importa,an los rédito, has· ta dicha feoba . • • , .. _ ..6.666 4. ~14 El de l'.626 fesos 4 realeJ ,.id. , ;d l ~. • .1 ... _.y--__ ........ Al frentG '; " ~3 , 1S0 1 'l/a Del frente : 33.180 1 ' /., Toman Bcrmudez en tres sola , res y una casa caHe del Espiri tu Santo, y ,21 pesos 2 '/4 reales de los réditos é intereses de de-mora. 2.347 6 ',. El je 1.000 pesos id. Narcisa Muñoz en casa baja ca.lle del Es­píritu Santo, y 33 peso" 6 3/4 rs. de lo, réditos é intereses de demora . . . .. 1. 033 6 3/4 El de 891 pesos l 'I~ I's. i d. Antonio Castañeda en la haci en, da de Col In, , 47 ps. 2 rs. de los re 1 ¡tos é intereses de dl'lnora. 938 3 '/2 . El ,de l :20 pesos Id. Pantalt'on Chav.·z en un solar cal le d¡ lEs­pirito Santo, 1 10 p5. 1 3~ rs. de 1(1. id . ' 130 , .314 El de 1.140 ps. 'd, lQ ere-duos de Victoria H ~ rrera en la hac 'e nda de Colon, y 2.061 ps .. 6 '/4 rs. de 1011 réditos é intere· ses de demora .. 3.201 6 11, El de 4.829 pe!'os id. Valen· tina Salceda de Gil en tu ha. ciendas de Comisario y Barao­oa, y 2.2 20 pesos 4. reales de los réditos é intereses de demora . 7.0 í9 4- .A las tintas de la Istinguida lnqui­siClon. El de 1.063 pesos que te e'o­noce Joaquin Carazo en casa ba­ja, calle de San Pedro l\Urttr, y 2&2 ps. 1 '/4 rs. de los réditos é intereses de demora • 1. 345 1 '/4 El de 4.100 pesos id . J uana Manuela Quintana en dos ca "as bajas plaz~ de S~nlo Toribio, J 2.401 pesos 7 ' "14 rs. do id. id. 6.5Q1, 7 'f4 El de 384 pesos 2 realfls id. la mortuoria de Lorenzo EscuJero en casa bajll calle de los Siete Infantes, y 4 ps. 5 3/4 rs. id . id. 388 7 3/4 El de 688 pesos id. Cruz Ba-yuelo en d lS casas bajas call~ de Lobo, , 40 pesos 6 3/4 rs. id . id. 7?O 6 3/~ El de 1 500 pesos los herede­ros d l\1atias Rodriguez Torices en casa alta calle del Cuartel, 1 31 p~. 1 real que importar4n Ips réditos hasta el dia del rema-t ,8 • • • • 1.531 t El de 1 . 5~0 pesos los del pres­bítero Manuel Benavides en casa baja calle de la Cruz, , t. 500 ps ~ 4 rs. de los réditos é intCl'e· ses de demora. 3.050 4 El de 200 pesos id. Juana Caso tillo cm UD solar situado en eham· Al fr~nle : ,61. 3ge. 2 • Del frente: 61.390 .2 bacú, '1 .. ps. 7 '/, rs. que im· portaran los réditol¡ hasta el dia del rflmate • • El de 6'50 ps. id. Manuel Ber río en dos solares c31le de San Pedro l\h r tir, y 332 ps. 1 3/4 rs. de los réditos é inte r~ ses de de· ra . El de 1.300 pesos id . Ros. C ue rra en casa alt arrui nada, ca lle La rga, y 95 i ps. 3 3/4 rs. id. id. . . . . . • El de 4 (6 ps. id. Rosa Peña en casa baja calle de Don Sancho, y l67 ps. '> ,/" rs. id . id . El de 300 ps. id . la mortuoria de Calixto Gonzalez en l. ha· cienda de Crespo, y 4.7 ps. 1 314 rs. de id . id • 1'1 de 300 ps . id . Leandro Cal. das en casa arruinada caIte de las Chancletas, y 287 ps.. de id. El de 1.1 50 ps. la mortuoria de Marcos Clrr.asquilla en casa alta calle de la Factoria, , 69 ps. t '/4 real de id . íd. • _ El de 1.100 ps. Fdix de Bar­co en tres casitas, calle de San Juan, y 149 pesos 2. lla reales de id. id . 201 J I 2.254: 3 .314 347 1 .3{~ 581 }) 1.2 t9 1 ~ltt ---- ~~ 68.817 6 3/ .. - - - -------t El remate de 105 capitales y réditos que quedan e presad05 tendr.a luga r I el dia S del cor riente C'.1mo se anunció en el Semanario DÚO ero 54 : y los señores que quier n haeer po lura ocurridlD al despacho de la Gober­nacion el indicauo dil desdo J. llna Rasta 11'8 tres de la tarde. o- C rtlgena 4 de Marzo de 184g. De orden de la Junta. Cm /os Parej a, secretnio. - +- AVISO .. La junta d~ hacienda de la provincia en. .u sesion de ayer, y usando de la facultad que lt' atribuye el artículo 7 del decreto de 9 de Julio de 1838, ácol'do diferir para el lunes 9 del corriente el remilte de las cuas que sirvieron de estanco de tabaco,,! aguap.; dientes, de la casa arruinada calle del Te­jadillo, y de las tierras denominadas del BosqufI. El avalúo de estas últimas es el de 2.011 pesos 4 reales, y sera de cargo del re·. matador satisfacer en numorario en laltes<»,\ . rería de hacienda el impo~te do las ia, y como DO de~ : hilO ofrec e 'Uoa sill.a manchada con el asesinato, el lOccndio, el robo ni la depre .. dacion, tratar'on (le sincerar basta su mis­ma rebetioo con estudiados razonamieor tos. La administracion intrusa que suce­dió á la constitucional, fué ilegítima, des­pótica, arbitraria, pero fué menos mala de lo que nosotros 110S prometiamos, porque evi to mlllchas eSleolS de sangre y de es­dmdalo que no pod'ao meDOS de esperarse ' de aquellos hombres y de aqQellas cir~ cunstanr.ias. ! Pasamos al traves de todos aqu~nos lan­ces crit icos, sin dar al mundo los ejemplos horrorosos que le han ofrecido en iguales casos otros pueblos de la antigua América espafiola. Nos. disociamos, desaparecio Colombia, murió el Libertador, se crearon nuevos Estados : en todos ellos ha habido conspiraciones, trastornos, evueltas de mas d men'os trascendencia, pet'o no se '1 han cometido e roicerias entre los parti. dos, no se han saqueado las poblaciones, , no se ha ultrajado el pudor, no ~e ha es­pantado la humanidad. HemQi'sido ver .. satiles, inconsisten~s en ntleltros princí. píos polhicos; hemos contribuido con nuestros desaciertos a desacreditar la cau S3 de fas nuevas repúblicas de 8urr-Améri­ca: pero lo repelimoS' para consuelo de nOSQtros mismos y hODI'a de nurestros hi. jos, sin el asesina lo proyectado el 25 de Setiembre, y el ejecutaJo en la persona rlel iluslre Mariscal de t\ vacucho, nuestra historia 00 presentarla p¡;~inas · tan u&gr8s como las de los olro~ Estados am~rica()os. Mas hoy la república corre uo nuevo v espantoso peligro. Despues de ochl) aflos de una paz casi uo intcrrurnpida~ cuando eOlpt'zaban a afianzarse las instituciones put,licas y cuando la excclen le índole de los granadinos nos uejaba esperar días de reposo y de seguridad, un hombre a quien la patria colmó de honores- y distinciones, se atreve a levantar el estundarte de la re. belioo, y unido 11 algunos fora~idos y ase­sin(} s~Onsoeludinar¡os pretende lavar uo crimen con otro mayor. El general José Maria Obando, el coronel Sarria y los goer, rilleros Noguera y España, forman causa comuo para despedazar las leyes., volcar el legítimo gobierno, y saci
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Trimestre 2 N. 14

Por: | Fecha: 16/10/1842

la t a. 1 CARTAJENA, DOMINGO 16 DE OCTUBRE DE 1842. ¡ :¡¡¡:;:===================================== TRtMESTRE 2. o Se admiten las suserlciones i se venden los llumeros sueltos en la tesoreria de rentas provinciales. 12 reates antici11addg. La lnsel'cioll habitante deberá hacer barrer i re­gar el frente de su crisa diariamente eritre leís i ocho de la mañana. Art. 13. Las basuras recojidas se pondrán li las pU8rtas de ias casas en los dias en que deban ser llevadas al lugar fijado por la po. licia. En donde no pueda hacerse esto pot cuenta de las rentas parroquiales, estará 6bli· gado a verificarlo cada vecino. Art. 14. Los animales muertos u ótras cosas semejantes que se encuentren en las calles ai tiempo de recojer las basuras de las puertas, se irán tambien recojiendo por 108 encargados , de la palicía; mas si estos o.nirriales o COias se pusiesen despuel de aquel tiempo o en dias distintos del en que deban recojerse las basu­ras, serán recojidos i llevados por el indivi­duo que los haya puesto, i eft caso de no sa­berse esto, por el habitante de la casa a la cual eité mas inmediato el animaL Art. 15. Ltt;J plazas, playas i muladarel se asearán periodicamente por cuenta de las ren· tas parroquiales regpectivas. Art. 16. Se prohibe la quema de basuras, astillas i otras materias, no 1010 8n 1as calles, lazas U otro luaares úblicos, sino en el in­nor e as casas. Art. 17. Por las ventanas, baicones, puertas o caños no se arrojará de dia ni de noche ningm\a clase de inmundicias ni de agua. Del ornflto. Art. 18. Las paredes esteriores de las casas deberán blaJlquearse 6 pintarse per lo menos una. vez al año en la época que determine el respectivo jefe dQ poliCía. Art. 19. El blanqueo o pintura l!Ie "hará por el dueño de la casa: cuando no se halle pre· sente el dueño se requerirá para el cumpli­miento de este (Jeber a su apoderado o reco· mendado; i ii este se negare a hacerfo lo ve­rÍfica! á el arrendador por cuenta de los nlqüi­leres. Art. 20. Cuando haya de construirse un nue­vo edificio, se har~ conservando siempre la li­nea recta en que deben estar todos ios de uni acera. Art. 21. No se permi~irá que por las calIttS' se arrastr€n cosas pesadas que descompongan el empedrado. Art. 22. Todas las calles tendrán sus noin­bres, i las que no los tengan a~tualIRente se los pondrán 108 respectivos jefes de policía. Arto 23. El nombre de cada callo será ins­erito eon letras grandes en la entrada de Ca­da una, i se cuidará de renovarlo siempre que se halle ininteliJible. Art. 24. Las manzanas serán del mismo mo­do marcadas' con el órden numérico. Cuando el lugar comprenda dos o mas distritos parro­quiales, la inscricion se hará de este modo: " Oi5trito parroquIal de .... ," i un renglon aba­jo "Manzana número ... " En donde no haya mas de una parroquia solo 5e pondrá esto úl-' timo. Art. 25. Las casas serán numeradas: cad~ manzana tendrá su l1umeracion especial, effi' Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. pezando 'por el número 1. o en la casa. en qu.e se inscriba el número de la manzana, 1 contl~ nuando por la derecha a la redonda vendrá a ponerse el último número en la casa prece~ dente a la en que se inscribió el primer nú­mero. Art. 26. Las numeraciones de las manzanas i casas se harán a costa del dueño de cada casa, i se renovarán en los térmll{)S dispues~ tos en el artículo 23. Art. 27. Los jefes de policía cuidarán de tener siempre en buen estacio los paseos pú­blicos i de establecerlos en donde no los haya. De la comodidad. Art. 28. No se permitirá que en las calles, plazas i demas lugares públicos se ha~an es­cavaciones, ni que permanezcan carruajes, ca" jones, pipas, ni otras cosas, aunque sean es­combros de edificios que se estén refaccionan­do o los materiales para la obra, mas que el tiempo absolutamente necesario para conducir~ los donde deban estar, pero siempre sin impe­dir el paso, con permiso del jefe de policía i con obligacion de poner una luz por"la noche para evitar cualquiera daño a los transeunte5. Art. 29. Se prohibe todo ruido por la noche, sea en las calles o dentro de las casas, desde las diez que se tocará la q leda hasta el ama­necer. Art. 30. Son tambien prohibidos desde di­cha hora los bailes, serenatas, cantos i toda especie de diversion, a menos CJue e,l jefe de poliCía no haya concedido permiso por escrito, el cual no se otorgará cuando el baile, sere­tlata &c. haya de tener lugar a las inmedia~ cione~ de una casa en que hubiere duelo o enfermo de gravedad. Art. 31. El domingo i los dias festivns de precepto entero, ninguno trabajará ni hará tra· bajar a ot . . urjencia manifiesta, i prévia liceneia del . efs de policía. Art. 32. En dichos dias estarán cerradas to­das las tiendas i almacenes, permitiéndose so­lamente que estttn abiertas ha~ta las dos de la tarde aquellas tiendas en que se vendan co­mestibles Ele primera necesidad, especias, dul­ces, confiturías i refrescos, pudiendo despues abrirse estas desde las oraciones hasta la~ diez de la noche. Art. 33. Los carruajes i las bestias no ocu­parán las aceras de las calles, que deben estar libres para la jente de a pie: cuando se en­cuentren dos carruajes, cada uno deberá tomar su izquierda para evitar cualquiera daño. Art. 34. Toda clase de carruajes, sea birlo­cho, berlina, carro o carreta de los que se ofre­cen al servicio del ptlblieo, no podrán rodar mIentras el encargado de él no obtenga para ello un permiso escrito del respectivo jefe de policía, el cual no lo concederá sin cerciorarse de que el carruaje tiene la seguridad necesa­ria. Estos permisos i reconocimientos deberán renovarse cada cuatro meses, i se anotarán en un rejistro que al intento llevarán los jefes de policía, empezando por el número 1. o has­ta el último de los carruajes, cuyo número constará en la respectiva boleta, i se inscribi­rá en el carruaje. Art. 35. Los calesero! deberán estar siempre vitiltidos con decencia. Fiestas, espClctác7.J.los i diversiones públicas. Art. 36. No se darán diversiones o regoci­jos- públicos sin intervencion del jefe de poli­cía respectivo, cuyos actos no podrán durar mas de tres dias consecutivos. §. o único. Las funciones teatrales u otra cla~ le de espectáculos podrán darse, previo permi- Semanario de Cartajena. so del jefe de policía, en cualquier dia. Art. 37. Despues de la queda no podrán con­currir los hijos de familia, sirvientes domésti­cos o escla.vos a las diversiones de que trata el artículo ilO sin licencia de sus padres, pa­tronos o dueños. Art. 38. Los trucos, villares i otros juegos permitidos no estarán íl.biertos los días de tra­bajo, sino desde las seis de l~ tarde hasta las diez de· la noche. Art. 39. En ningun caso se admitirán en los juegos permitidos a los esclavos, sirvientes domésticos e hijos de familia. Art. 40. En los aetas de fiestas, espectácu­los i diversiones públicas, toda persona con­currente a ellos está obligada a conservar el órden, i guardar la mejor compostura. Art. 41. En las funciones de teatro no se permitirá fumar, ni tener puesto el sombrero, ni pararse, ni de cualquiera otra manera mo­lestar o quitar la vist s emas concurren~ tes en el acto de la representacion. 'I ampo­co se permitirá la convel'sacion que impida a otro la libertad del oído: ni se darán apIasos, palmoteos o cualesquiera otras demostraciones de aprobacion sino por mui cortos momentos. Las improbaciones en ningun caso son per­mitidas. Art. 42. Se tendrán presentes las disposicio­nes de los artículos i8 i 102 de la lei de policía relativos a fuegos artificiales, i a pie­zas dramáticas, i las de los articules 125 i 130 que establecen las penas correspondientes a los infractores. De las penas. Art. 43. El que en los mercados no ocupe el Iu ar que se le designe, o n retirándose se 81 que 6 hubiere eseojido, sufrirá un arresto de veinticuatro horas. Art. 4.4. El que vendiere por mayor en las horas prohibidas en el mercado, pagará una multa igual a la mitad del precio de lo ven­dido, sin que esta multa pueda pasar de 300 pesos, aunque la mitad del valor de la cosa. vendida exceda de esta cantidad. Art. 4.5. El que hiciere matanzas de gana­do en lugares u horas disttntas de las seña­ladas, pagará una multa de diez pesos. Art. 46. El que no solicitare permiso del jefe de policía para las matanzas de que ha­bla el artículo 5. o, o que las hiciere habién­dosele negado por algun motivo, pagará una multa de diez pesos. Art. 47. El que use de pesas o medidas que no estén arregladas a la leí, i con la marca que esta designa, pagará una multa de cinco pesos. Art. 48. Los ne~ociantes concurrentes a una feria CJue no se presentaren al jefe de policía en los términos del artículo 8. o, pagarán una multa de veinticinco pesos. Art. 49. El vecino que en el caSQ del ar­tícnlo 11 no pusiere en las ventanas o col­gare de su balcon una luz en las noches i horas allí designadas, paO'ará una multa de dos reales por cada vez, sin peIjuicio de hacer­sele cumplir con aquel deber. Art. 50. La misma multa pagará el que no haga barrer i regar el frente de su casa eu­tre las seis i ocho de la mañana, sin perjui­cio de hacersele cumplir este deber. Art. 51. En la misma pena incurrirá el que se negare a recojer o arrojar al luO'ar corre­pondiente los animales muertos en el ca o del articulo 14, sin periuicio de haeersele cumplir con aquel deber. Al't~ 52. El que en las calles, plazas i de­mas lu ares públicos haga escavacion o man­tuviere carruajes, cajones, pipas u otras co­sas aunque sean escombros de edificioS" que estén refaccionando, o los materiales para lJl obra sin permiso del jefe de policía, o sin el requisito del artículo 28, sufrirá, con arreglo al artículo 126 de la lei de policía, la pen. de seis a ocho dias de arresto, pagará una mul­ta de seis a ocho peso . i perderá los mate­riales o cosas en que consista la falta. Art. 53. El que quemare basuras, astillas U otras materias, en contravencion del artículo 16, pagará la multa de ocho reales. Art. 54. El que arrojare aguas o inmundi­cias, sea de dia o de noche, por las ventanas, balcones, puertas o cafíos, pagará, ademas del dafio que causare, una multa de ocho reales. Ar~ 65. El dueño de casa que no blanquea­re o pintare una vez al año, en la época que deter~ne el jefe de policía, las paredes esta­riores, pagará una multa igual al valor del blanqueo, sin perjuicio de hacerla blanquear siempre a su costa. Art. 56. Al que construya Un edificio sin la regla del artículo 20, se le obligará a caf­rejir el, defecto, i a pagar ~ma multa igual al valor de esta operacion. Art. 57. El que arrastrare por las calles co;. sos pesadas que descompongan el ompedrado, ademas de componerlo, pagará una mutta de diez i seis pesos. Art. 58. El que hicier~ ruido por la noche despues de la queda, pagará una multa de­cuatr~ pesos. Art. 59. El que sin licenci~ del Je e de po­licía diere baile, serenata, canto o cualquiera otra especie de diversion despues de la queda, pagará una mnlta de cuatro pesos. Art. 60. El que trabajare o hiciere trabajar a atto el domingo o dia de fiesta de precep­to entero en oficio público, pagará una multa de cuatro pesos. Art. 61. El que en dichos dias i en las ho­ras espresadas en el artículo 32 tuviere abier­ta tienda o almacen, pagará una multa de diez pesos. Art. 62. El que con besti~ o carruajes ocu~ pare las aceras de las calles, pagará (lna. mul­ta de dos reales, i en su defecto sufrirá. una hota de arresto. Art. 63. El que tu viere en uso carruajes, des­tinados para el servicio del público sin el per­miso escrito del jefe de' policía, pagará una. multa de diez pesos. ' Art. 64. El calesero que no se presentare con decencia, pagará una multa de ocho reales. Art. 65. El que diere diversiones o regoci­jos públicos sin intervencion del respectivo j~ .. fe de policía, incurrirá en la multa de veinti., cinco pesos. Art. 66. El que continuare en los regocijo! o diversiones pública despue de los tres días permitidos, pagará. una multa de veinticinco pe~os. Art. 67. El hijo de familia, sirviente do­méstico o esclavo que se p.ncontrare en las di­versiones de que trata el artículo 30 despues de la queda, sin licencia del padre, patrono o dueño, será conducido a su cMa por la pri­mera vez, 1 por las demas ufrirá un arresto de tres dias. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. %!!W!!!!- - .... Ei!-.~. _~~ _ .... Z:Z::: . Art. 68. El que en días de trabajo tuviere abierto truco,. villar u otro juego permittdo an­tes de las seIS de la tarde o uespues de las diez de la noche, pagará una multa de diez i seis pesos. Art. 69. El que admitiere en los juegos per­mitidos ti. hijos de familia, esclavos o sirvientes domésticos, sufrirá la. multa de diez a veinte pesos i un arrestQ de cuatro a ocho dias. Art. 70. El que en actos de fiestas, espec­táculos i diversiones pl)blicas no conservare el órden i O'ual'dare la mejor ' compostura, será estraido del lugar i arrestado por tres dias. Art. 71.. El que en funciones de teatro fu­mare () tuviere pueRto el sombrero, o se para­re o de cualquiera otTa manera molestare o quitare la vista O el oido a otra persona, será tambiell estraido del lugar i arrestado por tres dias. Art. 72. No tendrá lugar la imposicion de las penas señaladas en esta ordenanza, cuau­do la accion culpable la tenga señalada por el código penal o por la leí ,de poH~ía . . Art 73. UL ndo se imponga ,una multa á persona que 110 tenga con yue .pfigarla, :mfri.rá. un arresto de tres dias si, la rimUta no,exce ·e-. re de diez pesos, de ochO' dias, si la rou ta fuere hasta de vinticinco pesos, de quince dias si la nm\t'a 'fuere' hasta de cmcuema 'Pesos,' p'e un meS SI la multa fuere hasta ' cle' r cie11'p~ os,,' i de dos meses siempre que la multa eKC c1a: de esta cantidad. Dada: en Cartajena a 6 de Octubre de 1842. -El presidente de la Oflmara, Jasé Joaquin Torres.-El diputadO' secretario, Bartolomé Calvo. Gobernacion de la provincia. Cartajena a 7 de Octubre de 1842.-Ejecútese i publíque­se.- A.ntonio Rorlríguez TOTicos.-El ~ecre­tario, Juan Antonio Calvo. DIARIO DE J~OS TRABAJOS DE LA CAMARA PROVINCIAL EN 1842. eswn del día 9 de Octubre. 1.' Se aprobó el acta de la anter' oro 2. Se 'dio' curso a varios informes de la eomision de cuentas i -e~ la de ias­truccj n pública.. 3. Se, mandó pasar a esta fl1tiJ la un oficio de la Guoeruu.cioll devolviendo ob­jetado un proyecto de decreto sobre el eolejio de niñas acordado eri 1840. 4. Se mandó pus r a la de reD tas una reclamacion del tesorero provincial para que se le abone el honord'io por .cier­tas sumas l'ecaudadas del medio real aplicado a la obra del Dique. 5. Se- admitieron para tercer debate varios, artículos adicionados por la comi­líon de policía al proyecto de ol'denan­za sobre mendicidad, con algunas mo­dificaoiones propuestas por los Sres. Zu­biria i Calvo. 6. Se aprobó en tercer del;late el pro­yecto de decreto sobre el continjente de hombres para el ejército. 7. Pasó a tercer debate el proyecto de decreto sobre el cultivo del café i del cacao. 8. Se vió en segundo debate el proyec­to de ordenanza sobre carninos; i se acor­dó, a mocion del r. Calvo, que volvie­ra a la cornision para que lo reformase con vista de las objeciones hechas en la discusion. 9. Se aprobó el informe de la comi­, aion de rentas sobre la ,incOlnpetencia de la Cámara para dictar los reglamentos de contabilidad de las rentas parro­quiales. 10. Pasaron a segundo debate varios informes sobre cuentas, 11. .... e mandó poner al órdell del dia Semanario de Cartajeil siguiente un proyecto de decreto presen­tado por la comision de rentas fijando los gastos provinciales. B. Calvo, diputado secretario. Sesion del 10 de Octubl'e. Se aprobó el acta de la anterior. 2. Se mandó poner al órden del dia : siguiente un proyecto de decreto, presen­. tado por la comision de rentas, dispo­ni. endo se reintegre por los fondos comu­nes, a los del Dique, ciertas cantidades tomadas de e:stos para cubrir créditos de. aquelJos. 3. Se aprobó en tercer debate el pro­yecto de ordenanza sobre mendicidad, con varias modificaciones hechas por el Sl'. Calvo. 4. Se aprobó igualmente el proyecto de decreto sobre cacao i café, con 1;lna tnodilicacion heeha por el Sr. Zubiria. _Nt __ ~~ informes aproba-torios de las cuentas de la Universidad i del colejio de niñas correspondientes a los años de 1840 i Lll: de las de ma­llunlision del canton de Corozal, i las de dotes de la Sra. Pabla Pel'ez del mis­mo periodo; i de las de dotes de niñas huérfanas de 1841. 6. Se aprobó un informe de la coml­sion de cuentas para que se pase a~ per­sonero provincial la relacion de las a­creencias de las rentas,. a fin de que acti­ve su pago. 7. Se luand6 pasar a la comision de rentas, de acuerdo con el informe de la de instruccion pública, la comunicacion , de la Sociedad. Bibliográfica, pará que incluya en el, decreto de gastos la can­tidad que permitan los fo yu .. dar a esta lecimlento e una bibliote-ca pública. ' , 8. Pasó a segu"ndo debate 'el informe t probatorio de la cuenta 'de rentas pro­vinciales (le 1840. D. Se vió en prjmer debate el proyec­to le .. l ecreto orgánico del colejio pro-o vincial, presen ado por ra comision de insttuc ion p -lblica, de pue5 de haberse convlmido en las objec:iones l1echas por la Gobel'nadon al que se espidió en 1840. 10. Se' vió tambien en primer debate el proyecto de decreto de gastos provin­ciales. 11. Se vió en primer debate un pro­yecto de decreto reorganizando el hos­pital de San Juan de Dios, pr.esentado por la comision de policía. 12. Se negó el proyecto de decreto 'so­bre construccion de un puen te en el ca­mino de Sabanilla. B. Calvo, diputado secretario. Sesion del 11 de Octubre. L Se aprobó el acta de la anterior. 2. Se dió curso a varias cOlnunicacio­nes e informes. 3. Se con"\"'ino en la objecion de la Go ... b~rnacion aJ proyecto de decreto sobre la tarifa de Barranquilla, i en consecuen­cia quedó archivado. 4. Pasó a terGer debate el proyecto de decreto de gastos, con algunas adiciones i modificaciones introducidas por 105 Sres. Zubiria, Diago i Calvo. 5. Pasó a tercer debate el prbyecto de decreto orgánico del colejio provincial, con algunas modificaciones hechas por los señores Casas ¡. Calvo. 6. Pasó talnbien a tercer debate' el proyecto de ordenanza sobre el hospiqd de San Juan de Dios. 7. Se aprobó el informe aprobatorio de la cuenta de rentas provinciales de 1840. 8. Pasó a segundo debate el proyecto de decreto sobre reintegros a los fondoa del Dique. 9. Pasó a segundo debate el informe I sobre una cuenta municipal i comunal de Chinú¡ : 10, Pasó igualmente a segundo deba­te un proyecto de decreto presentado por los se'üores Casas i J arava, sobre res­ponsabilidad del tesorero i coleetoTes de rentas provinciales. 11. ~e mandaron entregar al Sr. Ju­lian Castaño ciertos documentos de su pertenencia que existian en el archivd . de la: secretaría. 12. Se hicieron las elecciones de ~­sorero, clavero i personero provhlciale •. : ]j. Calvo, diputado secretario. se aprobó el acta de la anterior. se dió curso a varias comunicacio'­. nes e informes. 3. El señor Calvo, con el apoyo del señor Perez Navarro, propuso se decla­rasen urjentes todos los negoci~s que se presentasen desde el dia i i así .se acordó. 4. Fpé aprobado en tercer debate el proyecto de decreto de gastos, i se ad­Ipitieron para cuarto debate varias par­ti «as introducidas por los señores Casa~ · i Calvo. l • 5. F'úe aprobado en tercer debate el : p~oyectó de decreto orgánico del colejid ! .rovipcia), con una modincacion . ' u~ .igualmente aprobado el pro-y ¿¿to 'de ordenanza sobre el hospital de Sall juan'· de Dios. . r - 7.' se aprob6 tarribien el inf()1me aprO'- , batorio de las cuentas municipal i comu.;.> nal de Chinú. , ' 8. Pasó a tercer debate el proyecto de decreto sobre reintegros a los fondos del · Dique. 9. Pasó a tercer debate el proyecto de I decreto sobre responsabilidad del tesore­' ro i colectores de rentas provinciales, · con una modifieacion hecha al artículo · 2. o por el señor Calvo. 10. Pasó a segundo debate el proyec­to de resolución devolviendo a la conta­dl, lría la cuenta de rentas provinciales de 1841. - 11. Pasó a segundo debate un proyec­to de decreto, presentado por la comision de rentas, sobre cierto terraje que pa-gaban los vecinos de Barranca. . l2. Pasó a segundo debate un proyee­too de decreto presentado pdr la comision de instruccion pública, autorizando a la Gobernacion para disponer la refaccion O arrendanliento de' un edificio para el colejio provincial. . 13. Convino la Cámara de acuerdo con el concept~ de la comision de instruccioll' pública, en la objecion de la Goberna­cion al proyecto de. decreto s'obre el co­lejio de niñas acordado en 1840: i en consecuencia pasó a ocuparse de un nue­vo proyecto pre~entado por la comisión, admitiéndolo en primer debate. 14. se negó, de acuerdo con el eoncep­to de la comision dé réntas, la soliaitud . del tesorero provincial para que se le : declarase con opcion al honorario por la rec~udacion de la cOl1tribucion aplicad Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. a la obra del Dique, desde el estableci­miento del impuesto. 15. Pasaron a segundo debate varios informes aprobatorios de cuentas muni­cipales &c. 16. se leyó la escusa del señor Fran­cisco Zubiria, nombrado da vero de las rentas pI:ovinciales, i se nlandó pasar a la comision de elecciones i peticiones. 17. se hicieron las elecciones de miem­bros de la junta de sanidad de la pro­vincia, i de la junta directiva de la aper­tura del Dique. B. Calvo, diputado secretario. Sesion del día 13 de Octubre. 1. Se aprobó el acta de la anterior. 2. Se leyeron dos comunicaciones: una del Sr. Dr. Manuel del Río, aceptando el nombramiento de miembro de la jun­ta dir ctiva de Dique; i tra del Sr. Juan Antonio Calvo dando cuenta a la Cftmara, como secretario que fué de ella, de los documentos i útiles que entregó al Sr. Carlos Pareja por órden del go­bierno revolucionario. 3. Se leyó el cuadro de los diputados que cesan i continuan) fOl'mado por la comi ion de elecciones) i se mandó pasar copia a la Gobernacion. 4. Se admitió la escusa del señor Fran­cisco Zubiria, como clavero de las ar­ca,' provinciales. 5. Se aprobaron las partidas introdu­cidas en tercer debate en el decreto de ga stos, para el pago de los vacunadores i refaccion del edificio' de San Francisco. 6. Se aprobó en tercer debate el pro-yacto . lo fondos del Dique. 7. Se aprobó igualmente el proyecto de decreto sobre 'responsabilidad del te­sorero i colectores de rentas provin­cinles, con una modificacion hecha al ar­tículo 2. o por el · señor Calvo. 8. Se vió en segundo d~bate el pro­yecto de decreto sohre el derecho de ter­raje que pagaban los vecinos de Barran­ca a los fondos del Dique; i a mocion del . eñor Calvo, se acordó quedase so­bre la mesa, i que se instruya al perso­nero para que promueva lo conveniente a fin de que se liberte a los fondos del Dique uel pago de réditos por las tier­ras de ' aquella parroquias. 9. Se aprobó en segundo debate el pro­yecto de resolucion devolviendo a la con­taduría jeneral la cuenta de rentas pro­vinciales de 1841, por no haberla fene­cido clara i terminantemente. 10. Pasó a tercer debate el proyecto de decreto reorganizando el colejio de niñas, 11. Pasó a tercer debate el proyecto de decreto sobre el local para el colejio de la provincia. 12. Se aprobó en segundo debate el proyecto de peticion al Congreso para que declare puerto franco el de esta ciudad. 13. Se aprobaron igualmente los infor­mes aprobatorios de las cuentas munici­pales del canton de Cartajena de Febre­ro a Mayo de 1841: de las cOlnunales de esta ciudad de Diciembre de 40 a Ma­yo de 41: de la municipal de Soledad de Febrero a Mayo de 35 : de las co­munales del mismo canton de Mayo a Noviembre de 37 : i de la municipal de Corozal de Octubre de 41 a Enero de 42. 14. Se elijió nuevo clavero en reem­plazo del señor Zubiria. 15. Se perfeccionó la eleceion de un SemanarIo de Cartajena., Representante suplente. B. Calvo, diputado secretario. Sesion del d,ta 14 de Octubre. 1. Se aprobó el acta de la anterior, 2. Se leyeron i se mandaron archivar varias comunicaciones. 3. Se aprobó en tercer debate el pro­yecto de decreto sobre edificio para el colejio provineial. 4. Se aprobó en tercer debate el pro­yecto de decreto reorganizando el cole­jio de niñas, con una lijera modificacion hecha por el Sr. Calvo. 5. Se aprobó un informe de la . comi­sion de rentas proponiendo se prevenga al tesorero provincial practique las dili­jen cias necesarias para recobrar ciertos útiles del servicio de la Cámara. 6. Se admitió la fianza presentada por el tesorero provincial para el nuevo pe­riodo, i se mandó 1 pe­riodo pasado. 7. Se convino en la objecion hecha por la Gobernacion al proyecto de de­creto sobre responsabilidad del tesorero i colectores de rentas provinciales. 8. Se convino iguahnente en las ob­jeciones hechas al proyecto de decreto orgánico del eolejio provincial. 9. Se hizo la eleccion de inspector del colejio. Con lo cual se declararon terminadas las sesiones de 1842. B. Calvo, diputado secretario. ELECCIONES DE LA CÁMARA , PROVINCIAL. " "'''1_'''''-=--=--- Para inspector de los colejios de la provincia, al Sr, jeneral Rafael Tono. Para miembros de la junta directiva · del Dique, a los señores SiInon de La­valle i Dr. Manuel del Rio. Para miem bl'OS de la junta de sanidad de la provincia, a los señores Dr. José Manuel Vega i Manuel Roman Picen. Para personero provincial, al Sr. Dr. Juan Antonio Aria~. Para tesorero de rentas provinciales, al Sr. Francisco de B. Ruiz. Para claveros de las mismas, a los Sres. José Maria Pasos i Miguel Arrázola. Para escribiente de la contaduría jene­neral de la provincia, al Sr. Dr. Henri­que de la Vega. ELECCIONES PARA EL CONGRESO. La Cámara provincial ha perfecciona­do la eleccion de un Representante su­plente para completar el número de los que carresponden a la provincia, en el Sr. José Maria Amador. INVITACION. C011forme al .,,-tículo 3.0 tU la leí que . asil?na fondos para ti pago dg Stl'1nini,­tros hechos (tl ejército i marina, publica­da en .t Semanario núrnero 8, lo. recla­mos o solicitudes sobre calificacion i ti­quidacion de crédito, procedentts de su· plementos o auxilios de cualqui,ra clase suministrados para el servicio público des­de 30 de Junio de 1839 haBta 5 de Ju· lio de 1842, en que ae sanciont5 la cita­da l~i, deben intentarse hasta el día 31 . de Diciembre pró.1:imo. En C01'ls~,"fncia, la. personas que en esta provincia tengan que hace7' tales "eclamos o solicitudes lo verificarán ante la junta de hacienda en el ténnino p1'eindicado; bion entendido que pasado .ste, se considera'rá prcsc1'ita la acci€Jn de los intc'l'esados i no se ad ... mitirán nuevas reclamaciones. Cartajena, 15 de Octubre de 1842. Por S. Sria. El secretario de la Gobernacion-Calvo. PUERTO DE CARTAJBNA. Entradas i sa lidas de bllquU desde el 9 al 15 de Octub1'e. ENTRAD.lS. Dia te. De Santa Mafta, en dos dias, geleta ' nacional Natividad, su capitan Paulino N egro, Cal lastre al Sr. Pal'ageau. Pasajeros Sres. Vicente Pe,raDo i Apolonia Juliana. SAL1DAS. Dia lO. Para Chagres, goleta nacional tle guer­ra Tescua, su comandante el teniente de navío 1\.a-. mo n Iglesias. AVISOS. SOCIEDAD BIBLIOGRÁFICA. De órden del señor presidente se in~ vita a sus lniembros para sesion ordina­ria el dia de mañana 17 de los corrien­tes, a las siete de la noche, en el lugal' cedido para el efecto en la Universidad del Magdalena. Se espera de los miem­bros que concurrirán sin falta, El srío., llMefamo Mendez Zapata. El dia 11 del mes próximo pasado rué adlnitido el presbítero Dr. Manuel José Ana ya mielnbro de la Sociedad. El que suscribe hace presente: que con fecha 18 de Mayo de 1841 otorgó a favor del señor Manuel del Castillo Ponce una obligacion de 138 pesos 3 11" reales por valor de efectos tOlnados en su almacen; i otra con fecha 24 del mis­mo por 175 ps. 314 de real tambien de efectos que por mi órden tomó el señor Felix Gonzalez Rubio; i habiendo can­celado alnbas cuentas con dicho señor Castillo, no ha podido devolverme las espresadas obligaciones, declarando que con motivo de los trastornos que han sufrido sus papeles, se han estraviado, o por lo menos no le ha sido posible en" contrarIos, pero que no los ha negocia­do ni endosado a nadie. I como puede· suceder que tales documentos se encuen­tren en poder de alguna persona, he crei do conveniente dar publicidad a este he· cho para que se tenga entendido que las espresadas obligaciones no son de nin­gun valor ni efecto. Cartajena 4 de Octubre de 1842. Felipe C. Brieva. 2 w.~@W~.4\a Mañana i el jueves 20 del corriente, a las doce del dia, se administrará el pus vacuno en la oficina de la jefctura política del canton de esta capital. n:::rCon este número comienza el 2? trimestre. Imp. de los hcrcdc1'oS de Juan A. Calvo. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Trimestre 2 N. 14

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Por: | Fecha: 30/08/1840

SEMANA.RIO DE LA PR.OVINCIA DE CARlíAGENA. Es!e periodicf> se publica lOdos los domingos. En la tesorerla de rentas provinciales se reciben las suscriciones al respecto de TRES PESOS por semestre, pagadet¡~s;' adelantados, y se 'Venden los números sueltos a UN REAL. Por la insereion de avisos o eomunicados que no sean de intcrf's St'neral se pagaran cuatro reaút-s hasta o~ho renglones, y un real mas por cada. s'eis renglones de los que excedan de aquel número, y la mitad PQr cada vez que se repita, si.mpre que PARTE OFICIAL. ADMINISTRACION DE ,1USTIClt\. Vi.to~: administrando justicia, en nombre de la república y por auto t idll'd do Ja ley, se aprueba la sf'lltcncia que de dos años, tres meses de presid iO, iufamia, sujecioo por tres años, d~ues de cumplida la co~den~, a la vigilancia de las autorIdades, Dot16cACIon en público del \>rononci.a~i.ento que se c~nsulta, costas daños 'Y perJUICIOS conforme a deí e­cho, fI'l juez de letras del circuit(), previa ca­lificlciou de! dt>lito eo segundo grado, pro­nunció el J 3 de los corrieotes contra .fose dd Pitar Polo en lo aulos instruidos y 5e~uidl)s de ofido por el hurto de un reloJ( de oro y un pU' de hebi\\as de plata, la nocbe del 1 1 del último NOViembre, do que fué acusado y de que esta convicto 1 conf~s?; por hallarse e!itrictamenle arreglada al merito de los aUlOS J a \os arllculllS sta, 824, 830 , 836 u,el có­digo pen11 en que S6 apoya ~ y publtquese c ,)mo lo fH evi 'DC el artículo 24 del mismo csódígo.-lldeJonso Mendet . . ., . Proveyóse por S . E. el tnbuual Je .lU~l1Cla de este distrito en Cartagena a 2l de .lubo do 1SiO.-Francisco de la Esprzella. Vistos estos autos seguidos contra Catalino l\lontoya y- Romua!do Perez por el hur!o de un burro de la propiedad de Eduardo Balles­tas de que se ha hecho cargo ~e autor al pr~­mero y al segundo de encubridor; y eXlml- Dada la senteocia consultada a este superior tribnnal por el juez letra~o .del primer cí~­cuita judicial de 8,ta provlDclI, en que cah­. ficando el delito del autor del burto en ter­~ er grado le c~ndena a la pena .d~ diez ~ ocho meses de preSidio, le declara mfame, ~ que· dar sujeto a la vigilancia de bs alltorldades por uo año despu8s que cumpla su cond.8nl, que se le Doti6que en J;ló,bl,lco la sentencia, y ea costas, daños y perJuIcIoS; todo ele con­formidad con los artículos 818, 824, 830 1 836 del código penal: y se absuelve del caro go a Romualdg Perez. Conside!audo 1.- que Cata \iDo Montoya se halla COt\'lcto y c?ofeso de haber sido el antor del hurto comeudo en la roza de EduardG' Ballestas, que de allí lo llevo a la hacienda nominada Membrillar, a­donde fue en union de PfJre~, y que allí se 1, aprehendió cuando o~ur~ió Ball.estu! ,so lici1:andolo, lo cual 6e ,erl6eo por dlsposunon de Ag.pito Valencia, que cuidaba del órde!l en aquena hacienda, luego que tuvo conoel­nncmto del suceso: 2.° que ftonlUal~ 'Pe­rez ha justificado las insinuac.ones que hlz~ a Montoy. pua que antregára el burro ó que lo pusiera en via p.r. que se dirigiera • la casa de su dueño, no habiendo tenido la me­Dor parte en l. aprehencioQ que hizo Mon­toya, cUlndo JUDtos iban de la parroquia de Turbac.o pa~. l;l b\ClCnda Membrillar, con o· se advierta al tiempo de la entrega. tras circunstancias que resultan conre a l~ por el mismo Monto a y de los autos, I s ':ll~­ltls u]van a Perez del cal go de en t ubridol': 3,° que por]o mismo la sentencia coussha,la '\e encue·ltra conforme al mérito del pt'oce .. o y ar­reglada a bs disposiciones del dCFerbo. Por tanto, oído el Sr Ministro fiscal y de conformi dad con su concepto, aJminilftrando jusücia en nombre d.l Estado y por aUloridad de la ley ie confirma la precltada st.ntellcia, con costas de la consulta a cargo de 1\1ontc)ya: y en su e.jecucion se comlJhra con lo dispue<;bo en el artIculo 24. uel código pe"ual.-José M. Brzloco. PrQve~ó : e por S. E. el tribunal Jo jllsticia de j·c¡te dist rito en Carta gen a a 2l d Julio de l8 íO.-Francisco de la Espriella. JUNTA. DE PRESERVACION y SOCO O. A illvitarion del gefe político de este caD· ton, se reouieroll el dia 2,1 del corrIente los Sres. Dr . .fOlié Pablo Rodrigu z de Latorre, prc'ii lcnw del cOllcejo murácipal; Dr Dioni sio K '" elt'1., pPfsonero dtl mismo; PI e bíte­ro Gr .. losé 1\. Giron, cura de la parroqu a de la Catedral; Joaé Manu.,} V q:a y .José ¡\pge; Gomez, profesores de mediciua; y Mauuel Roman PiOOD, farm8ceut-a; con el objt·to de ustablecer una junta de preservacion y SOCOI'lO, encargaJa de prOlD()Ver la pronta propagacion de la vacuna. de proporaionar socorros a los pobres atacados dól lDal , e viruelas, y de h, · cer fumigar ó desilaf~clar las casas on que ba· ya invadido la epidemia. En oonsecuencia eligieron para pre"idente de la junta al mismo gfife polltico Sr. Fun oisco de Zubiría; para. 8el~ret rio ! recauda dor al Sr. Manuel Espinosa, , p;ra te3'Orero al Sr. Jo.a.n Atllonio de la Ksprie'lla. La Junta nombré uimismo tres vaeunado­fes princ~alt!s y tres suplentes para las par· roquias de la ciudad y sus soourbifls, J'eca­, endo este nombramiento en lus SreJ. José Angel Gomez, Antonio José MalOS J Dr. Ma· nu~l Durante, para principales; y Dr. Luis Gaardi01a, Manuel Antonio Pernett, y Dr. Manuel Gerónimo Morales. para suplentes. EAtos vacunadores tendr¡m derecho a la gra tiflcacioo de 90 pesos cuando acredittm b.­ber "acunado con buen éxito, de 1,300 l 1.500 individuos. El Sr. Roman Pican ha sido encargado por la m~lIla junt~ para la fumigacion de las cuas. y pare sob enir a los gastos que son con­siguientes al objuto de h junta, se dispuso abrir una 5uscricion el tre los vecino! de la ciudad, de la cual ban sido encarg dos los Sres. Dr. Dionisio E. Velez y Juan Antonio ~alvo~ * HOSPITAL DE VIROLENTOS. Relaci(m de las ert,,-arJ,a$/ salidas '!I ezúlencia de , -1. enJrrmos en este hospital desd~ el dÚl 22 hasla el 28 del corriente. Ex~"ten c ia anterior n flnfer-mos y conva ecicntes • 42.\ 52. Entradas 10. Salidas: Muerto". 7.} , 9. Curados 12. ~ Existencia: Enfermos. 2~ . } 33. Convalecientes !. PARTE NO OFICIAL. EPIDrr.~tIA. DE VIRUELAS. Iosf'fta m s las siguientes inslruccione't rel .. üv a rrible eno. farmpdo 'l, qu e- fnp.ron acordadas por la Facultad médica de este dutrito univerSl­tario en su seslOo del día 5 dd conien .. te mes, V cuya circulacioB creemos pU8- (fe cnnvenir mucho, principíllmente en las provin 'ias granadinas que estén sien .. di) víc tlm 15 de un azote tan cruel. D seamos con vehcmen ia que no 50'­lo los gobernanles, sin{) los prócer€s de los puehlos, lus gefes de establecimientos etc. eh:, lomeo el interé,$ reclamado po~ las le,'es de la humanidad y las inspira .. cioues del patriotismo, pwra 1ue se lleve a efecto por todas partes V en toda la es­teosioo ptlsible, el método preservativo que se recomienda en dicha ins/rllcciont J nos c0!llplacerémos mucho de que las indicaciones que hace en ella la mencio­nada corporal'ioo produtcan los mas be' .. oiguos resultados para la doliente huma'. oidad y para el país en general~ ~ INSTl\UCCION CONCISA sIJhl'e las vü'uelar y sobre los métodol pri:". serwalivo y carahvo de eltllsf VIRUELAS. La ,iruela es una inflamacíon de la rulí. que reina casi siempre de un ma;. do epidémico, es e ntagiosa, y sus mias­mas o principios productores se esLieo~ den a gran distancia, y segun la direccion de los vientos. Los síntomas ó señales que caracteri­zan esta eufermeddd no se manifiestan in~ediaLa~nte que o~ra el contagio;. por lo regular hay un intervalo do tres a ocho dias (periodo de in ubacion), en el cual s~ nota UD malestt.r de todo d · Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMAN ARIO DE LA PROVINCIA DE tARTA~EN-A.¡ cuerpo, dolor Je cabeza, algunas veces tos, dolor al estómago, cille llura, ligeros estornudos, y lágrimas (,f): luego va o preseotándose diferentes síntomas, segun que la viruela es discreta (de graDos se­parados), 6 conOuente (de grant)§ reu­nidos), que son las dos especies princi­pales de viruelas verdaderas; pero la va­ricela, viruela loca, o viruelas de agua, que es lo mismo, no merece el nombre de tal. VIRUELA DISCRETA. Esta especie de viruela, que e~ ]a meaos mala de las dos, comienza por una calentura ligera, con ansias de vomitar, y aun vómitos: hay sed, inapetencia, enrojecimiento de los bordes de la lengua, dolor de cabeza; cuyas .señales indican que el e5tóma~o y 103 intesli­nos (tripas) estan mas o monos irritados: la piel por lo regular se presenta sudosa_ Del tercero al cuarta dia, aparecen en la cara, y luego en los brazos y otras plU t~s del cperpo, Ibanchitas coloradas que acaban por ser verdaderas granos, que crecen peco a po­co y ~e irritan mucho en la cara, roan'os y pies. A esta época cesa la calentura, o por mejor decir queda en 8uspe 8ion, para r~a · parecer al tiempo de la maduracion de los granos, lo que se verifica ordinariamente al sétimo dia de h,ber brotad@. Entonces entre unos granos y otros, se in­terpone un rodete ó círculo encarnauo. Una especie de humor claro o serosa que con tie · Den los granos, se espesa y amarilla, de lo qua resulta un verdadero pus; hay ~n la piel una hinchazon general, siendo UlU-y notable en Ja cara. A los once dias la maduradoD se coneJu ye, desaparece la calentura, se secan los granos, 'Y se coovierten en posLillas; terminando to­da la enfermedad al dia décimo cuarto; suele prolongarse hasta veinte días. VIRUELA. CONFLUENTE. Esta es la mas terrible de las dos elpecies, y la que casi siempre que reina diezma las poblaciones.: la calentura que la acomp.ña es muy fuerte, la piel !le presenta casi seca, los granos brotan mucho antes que en la discre­ta; éstos 5011 muy numerosos, muy aproxima­dos y peClueños, confundiéndose muchas ve· ces, plrti! ulllrlllente en la cara, dOIlOQ suele 'formarse un !olo grano que la cubre toda; lo que dá al paciente UD aspecto horrible. No obstante que en esta especie de virue­las la €!rupcion se hace muy pronto, la dese· oacion es mas tardía que en la discreta: Jos niños que la sufren tieuen evacuaciones de vientre, y los adultos un babeo casi continuo. Los sílltomas de irritacion del estómago é intestinos que se notan en la viruela di,creta, tawbien acompañan a la confluente y con mu ch. fuerza, constituJe8do al paciente en una situacion grave J alarmante. A veces en esta especia de viruelas la su puracioQ e madura(lioD se verifica muy poco a poco o por fartes, repitiendo el frio y una calentura intensa a proporcion que los granos van madurando. Cuando esta viruela no es tan maligna, a esa loota supuracion se sigue la desecacion que es tambiea graaual, , des pnes de un liempo casi doble del qne emplea la discrdl, entra el enfermo en una convale­cencia larga y dificil. Tambien suele suceder que desecados unos granos ~e eslienden ! maduran otros ¡lime diatos, se aproxim:m mocho; 10 que hace crecr que la erupcion se repite: la calentura que vutlve a aparecer y los demas síntomas que se 8gruan entonces, abateo las fuerzas del paciente, 10 postran boca arriba (en su­puracion), la píel adquiere casi toda un co­lor sombrío., amoratado, siendo mas O.5curos ell el celllro de cada grano~ el enferm9 exha Ja un olor particular muy desagradable, 1 !u· e) '!"Iene ~a ,,·iruela cuatro periodos bien distir,tos : J. o incubacion; 2. o erapcioD: 3. o lQad uracion ¡ ., 4' o des¡;ca.cioD, , cumbe por lo regular en medio de un ese .. - lofrio. MÉTODO CURATIVO. (Del Semanario num. 77') Se daTa principio i él sometiendo a los pa­cientes a. una dieta, tanto mas severa cuanto mas fuerte sea el mal; debiendo ser en todo caso muy rígida para las personas notablemen­te robustas o sangulne8s. Dicha dieta debe­ra sor acompañada de 1& absoluta abstineneia de sustanci.as sal.das ó picantes, de Jicures fuertes y de todo 1(9 que sea capaz de irritar o enardecer; y cuando dcba scr rJgida con-istira en 1)0 tomar mas alimento que claritas de arros, de sagú, de pan o de maíz, 8in su,­tancia alguna ároru1tica Ó 8spirituosa; ohirha ú horchata da arros, frutas frescas de las mas raciles de digerir y con poco o ningufl acido, lH¡rrhu.s bien siro ple~ de ajonjolí Ó de pepi la<; de meloD u de patilla etc. En todo ClSO convendra que los enfermos permanezcan o metidos _ a la dieta que acabarn05 de indicar hasta yue crsen la calentura y los demas ac cidentes peligrosos, y solo podran tomar al­gllnos alimcnt06 ademas de los que hemo'i [le ~ignado, los individuos a quienes les broten pocas y muy be/lignas viruelas. Los enfermos tornaran, varias veces al dia, bebidas ref.escaJltes que sean poco o nada acülu, debiendose tener la preca ocion de d3l'selas liger8m~nt6 tiuias cuando esté empe­zando la brotar la erupcion, si 110 hllhiertl vó mitos ni predispo.¡icú( n a cllQS. Se lralara 5iempre que sea nec~s3l"i() d\! ma toncrl(~s el vientre liure P()l' medio de lavativa;; compues­tas de cocimiento de ma lV3s tibio eOIl bll~ t'\n · te aceite de almendras ó nUlllr.ca sin sal. Se les Satlgrara una u dos VCt!CS si la calellt·.1 ra fuere muy fuene, si los vómito~ fueren fre­cuentes 'J 'obstir\atlos, ~i sllfri~ren siutt,m3s oe dolor de oostado, de fluxiollcs de los tJjos o de la garganta, si sc iun. m .. l'e el vicntrc o sí se padeciese rdenc10n de orina o deLrio algo ermanente. Cuando las sang. ¡II DO pro,or cionen pronto alivio O que no se puedan efec' tuar, por estar muy débil el pacichte o por carecerse de sangrador, e aplicaran sangui­juelas en gran número a la region del estó­mago, al rededor del ano, J Circa de las par­te~ en qoe se hu}an desenvuelto síntomas de inflamadoD o irritacion interior fuerte. Cuan­do sean intensos el doler de cabeza y las flu­. 'iones de garganta, de ojos y de pecho, se le claran baños calienMs a los pies cada cuatro o seis horas,. manteniéndo!elo5 biel»seC05 y 1- briga.dos_ Si despues de haber brotado bien la erup­clon y de estar madurando se notare en algll' nos puntos mucho dolor o hincbazon ó gran­de ndor, se haran a dichos puntos lavatori«Ds ó fomentaciones de eocimiento de malYI lige­ramente tibio, varias veces al dia; y si con ellos no se reportare alivio, se le aplicaran cata­plasmas, poco tibias, de hojas de guama ­cho ó de malvas bien molidas, o de pan con leche y harina de linaza, renovándolas cad. tres (, cuaLro horas. Cuando la erupcion desaparezca prematn ramente, y cuand'l el delirio, los dolores de costado '! las iuflamaciones de los ~jos _ y de la garganta no se venzan con las sangrías () sangUIjuelas, se deberan aplicar sinapismos muy fuertes y vegigatorios alcl.nfQr.dos a los brazos, muslos y piernas, sin pérdida qe tiempo. S, la erup.cion fuere morada o negruzca, estubiere por otra parte muy débil el enfer· mo, se le daran c~da cuatro horas cuatro eu· chadas de agua azuc.rada con las gotas de es­plritu de vitriolo que basten para una grata a~jdéz y dos ó tres granos de súlfate de qui· mna. Si se sufriesen flujos de sangre abundantes, despues d ,1 décima dia de la enfermedad, se hara frecuente uso de be6idas frescas v aci~ duladas, de fomentos de agua blanca ó "de a­gua con JimoD ó vinagre frios, de tomas de aglu azucarada liger_mente acidulad,s con el espiritu de vitriolo. VARICELAS. VIRUELA.S LOCAS Ó DE AGUA.. L. viruela de agua es una erupcion que a-l parece oespues de algunos días de una ligera indisposicion del cuerpo, el que j veoes e ta acalenturado. La erupcion comienza indifeo: rentement(S por cualquien pum del cnerpo, sin cargar mucho a la cara. Las vegiguitas son de proporcionadas al tumorcito que f.lta a veces El fluido contenido fin la vegiguil a n~nca toma el caractcr de verdadero pus. La marcha de la f'J'upe¡on, maduréz y dtffiec cion es fugaz, vcrificándose todo en siet~ ias po­co mas ó menos_ La varicela no tIene olor específico como las verdaderas viruelas. Nun-­ca sucedo a 1. erupcion de la va ricela lo que a lu viruelas, que brota en los ojo" interior de la nariz, de la guganta cte. 1 hAbiendo ra­ra vez en la varicela dificultad para tragar ó para la ruspiracion. La calentura si tien Iu· gar, es 'c>10 al priucipio el m .. \. En esta a~ f,.ccion rara vez quedan cicutrices. T:lmbien es raro su contlgio,. y el inrtivlduo que la su .. fre una vez, no esta libre de qtt~ le repit : f.iendo lo contrario (con pocas ecepeiones) car~Cf.er propio ó petiuliar de la verdadera viruela. l\rETODO CURt\TIVO. 1 .. 3 varicela ca i nunca exige un tratamien­to ~ério: drbe eg1.lirse un método semejanto al e la viruela mas benigna, sobre todo en Jo re'ativo a dictl, refrescantes, y particular­mente a la abstinencia de su~tancias irritantes '! licores alcoholicos ó espirituosos. MEDIDAS DE SALUBRIDAD. Las medidas mas re~omendables de sa­In bridad son las siguien tes, que iosero: tamos. 1.° Sie~do la vacuna el medio preser .. va livo mas generalmeole recibido por los sabios anliguos y filO( c!"nos, la cual es­ta en consl)oaocia con nuestra propia es­periencia, se genera 1 ize (.30 lo como se pueda, a fin de estrechar el Otlwero de los afectados, para lo q lO' nOi parecen medidas muy acertadas, que se nombr€n vacunadores asalariados que conducien: do el pus en individuos, recorran acti. va meo te todas las mauzanas de la plaza prodigando las vacunadORes, y si posi­ble fuere que se hagan incursiones a 108 campos inmediatos con el mismo laudable objeto, haciendo imprimir al mismo tiem­po un método ciar y sencillo que ense­fie el modo de vacunar para que circulan; do por todos los pueblos así inmedjatos como lejanos de estos contornos, puedan asi los padres de familia CORlO todos Jes dimas amigos de la humanidad propagar la vacuna con buen suceso. Con este fin acoll1pañamos el pres ote método, CQn el e Jal creem(~s puede Jograrse el objeto., 2 o Hallandose todos los pueblos d. la cos. ta b~jo las mismas influt-ncias atmosféricas, eótah pOi' lo ml~m e'pue .. tos a s-er invadidos por l terrible epidemla: por ebto creémos converáente qu se mande a los fa('ul~tiv". de 108 b-qques de guerra que salgaR de es. tu puo, to para cualquiera otro de la referí­da co. ta, vayan provistos de la vacuna ea individuos, con el objeto do prop~garla en los pU:'blos donde toquen. j Ojala que el gobierno destinase un buque a recorrer h~ co~ta con este fin l.udable! Semejante acto de proteccion a la humanidad le haria mu'i cho honor. a o Con el objeto do 6vitar el contagio, ast en esta plAza como fIIn lOS demas pueblos hasta aonde p~r ley pUf'dan hacerse observar las medidas dictadas por esta F.c:ultad, nos parece útil el establecimiento de ho pitaJcs. de viroluotos, pero el!teramente aislados y situados a una milla por lo menos de distan­cia de la poblaciou,. porque. d. Jo clJPttario, ' , Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. lijana. un gran foco de infeecion en me dio o muy inmediato a lis habitaciones da los sanos, con 11 intencion de proporcioDar 11n bien se "ría un mal.inc.~ulable. Los habitante! de San Juan de Dios azo.dos por la pelte apoyan nuestra iodie.cion. E.table cido. los hospitales bajo 1as espresadas reg1.., resta advertir, que ,así a los asistentes de las enfermería~, como a los sepulturero! se les prive ti comt'rcio e~l n los indIViduos sanos, ! SI' cuide .demls que no ~ntren a e~ta oeu p.cion persona!.' que con pre'Vio reconocimien' to no acrediten haber padecido la verdade­ra viruela o haber sido vacunados con el me· jor éxito. En los lugares en donde no pUB da est ... bleccr"e el hQspit 1 (, quu UDa vez es­t blecido DO quieran)o enft!rmos entrar en él, se obligara a estos a d('ju la polliacion y a refugí r!'-e 'n cas s pa tiC'ulares bien aLlla.~ al!!!, lIJft \s por supue. to a la m!lS estricta inrom nitICit n y alejados del lugar una mi· lla por lo fllf'D s. -l . u Para <-jU u~, vez verificado el cont ~io su f'fc , t , no H::tn \~n pe ' ici s \~s, e de ab­soluta necesid-d 'lu.!i ml.ntenga un a éo es· crupulo'io e a eiu l' d, (:omo as\mi m:1 que se vigile aetivÓlm'llte a "e tolJ de las Cilnes, pues no f \tan barb os de natll.t'óll' zados que por el alid"nte dt! una ¡. en g tlan­cia se arrc ,tc a introducir JI el melcad, la car es de aH' males f! (; ado~ de malhima v-.i rue a, compromctit' do U este modo, la ex's· tencia de lOdo un pi eolo. 5. o Las rop~ ~ , mlld>le<;, uteo. jlíos He. que sirvan a los virole tos se d 'sj !fesfllran, se gun las rt:glas del ate, p r ... lo cual con'V ' D­dra qlle s.e laven bien d'chos f'f ctos, p.onien. do al fuego en agua los que se pu 'dan, Ctn­p'pandose despuf's ligen\mente en a (tU bien fuerte de cal o en leg 'a, no volvle. dolos a Javar f11 a~ua pura hasta el sigl.ient dia. T.mbien cúnve¡,dra que 51 mpr .. qoe sea po· sible se haga uso para dicha de ~ illf'('ci 'H de los cloruros de cal o de óXIdo de sodio , ma ciando una par e de los referidos cioru¡ os con seis ú ocho p. tes de 8gua n loral. l\IETODO SENCILLO PARA VACUNA'R. Se toma una lar. c'. t!l libre de moho o en 5U defecto una aguja de coser: -so illtrodu ce en el grano de un ilildividuo que ter g3 o' cho días de vacunado y contra. el ellal no ha, ,. prevencion de lu.. ber sufrido de viruelas (pues esto espoou á Ja falsa vacuoa) • ., luego qn~ el iUSlrl1men to ~e ha impr.rgnado de a~ guna parte uel material conteniu(i) en el gra 110 se h.cen dos y mejor tp"es incisiones en Ja parte superior ele cada braz.o que solo in· teresen la epide, mi.s o capa superficial de la cubierta del cuerpo, con la precisa preeau cion de d~jar el intermedio de dos pulga­das entre una y otra picad.ra, cuidando a~i. m ismo de no cubl irse estas partes buta des­pues de una hora. Si la inoculacion trata de veriSufse coa el virus tom ue de las costras, se diso\ve. ran estas con unas gotas de agua fria, el tln­\ O que se quiera de ellas, y luego en este H<.{uido que presentara un color lechoso si el granu fué leg'tim" se mbebera el instru mento y se prcce-dtra Cl roo queda dicho. DlFERENCIA ENTRE LA V ; DADERA Y FALSA VACU l A. La vacuna verdadera 1 'eroue \;1' n lo§ ~ig ' 1105 sigui ntes. D 1 tf'rCl.'fO al quinto di se presentln las iucisiou' s 1'1 bieu Id ~ s y t..h V" das Ji,,.ramente aumeT.,tand h<,~t" el st>¡;t dia. En el sétim • VlelJen uemo tr~rioD 'S mas cluas del buen ex:to. L. e 1r V,l("IO 1 es mayor y se advierte un granillo 1'1 te~dl}, cuyo centro es unido, I cirounferencia O("U pad. por un licor trasp .rente y cont' nido en UD cerct) rosado. Al 15igui~nte dia qu,. es el octavo la. rubicundeb é hinchazon aumen tan hasta eloncenl>, del cual tll adelante la coloracion dismiuuye, la depresion que se ad .. irtió el dia sétimo en el grano se enne­¡ reGc, y el licor de trasl?arente qQC era, ad-qUiere UD color am1rillcnto , una naturaJe za analoga al pus. El dia i3. o principia a secarse el graDO y a los 2l días cae la COi tra que ya a esta época tiene un aspecto uu ro y Ilegrusco. En la fa Isa 'Vacuna todo este apar lo de slntomas se inicia. al :iiguiente "! aun el mi.; mo día de la ioc.culaciun En las picadura~ se siente Ulla ligera comezon, se pre l"!Dlan de UD aspecto duro, I planadas y de un rCl.Jo da ro ó azulado. II grano que en 'a legitim vacuna se desarrolla el sétimo dia, en est ap.rece entre el segundo y sesto cont6- nit>ndo un llquido amarillo desde ... u origerl é idéntico despues de eco ~ la goma En cualquiera edaa puede vacunarse, pelo no se usara de un graDO que te Iga mas de ODce dias ni menos de '"i't te, Cuando)a va cuna sale fals~ debe reiterar$e la operacion, MISCELANEAS. PRODUCTOS INDIGENAS. DIVIDIVE. Iloy que el dividive es uno de nues­tros artículos de expol' tacion, no sera fue · ra de prop,')sito destinar una columna del Semanar'LO a popolariza,r el conocimiento de las virtudes medicinales de este vege t31 y de su utilidad rara las artes. F.l año de 1833 la Gobernacion de Bo· bOlá, coo motivo de haber r~cibido uo'a muestra de la goma de dividivc, o sea dl'vidima, encargó al Sr. M3noel María Q\lijanu su exámen y reconocimiento, conforme a les principios de Historia na tural; y este ilustrado profesor desplles de hacer una disertacion sobre la descrip~ ('ion y usos de dicha goma, termina su iaforme de la manera si[J'uiente;=::;.;...'ñ""'-"~~_ ' (1 El di\·idive pertenece por todos sus ('ar3t'tel'(,S bQlaoicos al ge'nero mImosa m ¡pllca de Linneo, que Pl'oduce en el O .. iente la goma arabigt: lo unico qoe aun no se ha podido determinar por la pre mora del tiempo, es si sea la misma es pe('ie descrita por diuho botauico, ó por Vildenow con el OOID bre de acacia vo,..; pero corDO se ha observado antes, las go mas en general no vario n en sus princi pios esenciales, aun cuando pertenezcan a otro género, (tomo la adraganto qou es el aslrugal,. Se podría apiicar y usar de la goma dWldlVla en los mismos casos. y del mismo modo que la arabiga, igual mente que la del ciruelo, cerezo, gua roo y otras del género mimosa. Esta ver­dad se halla fundada en Bot~lOica y en Química. La goma de divirtive que se ha remitido a la gobernacion de Bog ta, es un puto trasparen te, de color blanco rojizo, de fractura brdl~nle, de sabor ¡osi pido sin olor alguuo, vierte en lag ¡mas de las grietds naturales () de las incisio­nes arlifi ¡ales. Pulveritada, da un co­l<. Ir a~~ríilo de ámbar, no se disuelvo en e alcohol" sí en la agua calaenle, t'I sabor V la consistencia de la disoluolon en bgoa es en tudo s'emejante a la de la go­m3 ara biga: solamente S8 diferencia en q le es un poco opaca. E ta noticia de­b d' (i~lr las espeoulaciones de los agri uf tUI s de los comerciantes para colee ~r espender la goma dlVldl1)la en lu ­gar de la ara iga, por la que los euro­péos nos privan' de una considerable can. tidad de numerario, como ~ucede con o' tras drog~s que tambieo poseémos y no aprovechamos por indolenciaa o por falo ta de conocinliento:s. Desaparezca la preo-. cupacion en que viven algunos ciddada­nos de que las p."odúcclonps de ultra­mar 50n las que esclusivamente cont .j ­bu,' eo al reslablecimifwto (le nuestra sa ~' ~uci. Recuérdese que la Quina, la Hi­pecacuana. la Ratania, la Parein, los Bal­StiffiOS de Tolú, del Perú, de Copaiva, (; Canim€ que han servido tanto i la hu­manidad en uno y otro hemisferio, son produc('iones americanas, y DO se aumen­ta su mérito, porque vienen por reflu­jo c!<'sde Europa ya prepar:lf:tas para ha· cernus P' g:H por este bCll u, io UD pre­cio ex c e ~ iv·o. i Ojalá se medite con serie­dad sobre esto, y entonces uo nos pedi ­rían los huticarios de Bogota hast¡t un real de plata por un solo grvno de sul­fate de quinina, pues no se necesitá pa­ra hacer'lo\ ademas de la qoina, sino eS' alcohol, 3t:ido sulfurico, cal, ona hornilla, y un apat'alo de cuall'o muebles para fJ.!­lrar y evaporar! La madera del dividiv8 se emplea en Ob"3S delicadas de carpinleria, por ser firme y de bueo color;. las bayas para nager la tinta comun con el súlfalft de hierro. En 01 :Sur de la Nueva Grana~ da se emplea a.rl{' (Uas, la infuslon de la corteza y de 1 s ba 8S para dar tinte mo· rado bajo\ 6 para base del negro a la Ja­na y al algodon. El polvo de las bayas QS usado por algunos mé ¡ (lOS, sin duda-, por sus cualidades aOli é jJ iC3S y astritr gentes, debidas a los principios consti~ lu ti vos de esta especie de vt'getales. Por las mismas sera utiJ pdfa aplicarlo a las pieles en las tenerías. La tero pero, tura mas a proposito para el dividive y cIern as plantas de su género, es la de 15 grados del termo.metro de propor­ciun que ella aumente, s ha de desen­volver con mas faoilidad la goma. Por ~so no sera estraño q oe baya en Bogota uno tI otro arbol, y que no produzcan la goma. lA especie que Linneo describe eQO el n mbre do mimosa farnesiana, es el 3D­bol qn€ en Guaduas, la l\Jesa, y otros lugares templados conocen con el Dem­b e de Pela: da flores muy aromaticas, y semiflas muy 'fétidas si se mascan: de.., be producir goma como el dividive,. y podra destinarse a los mismos usos. Las bayas puestas en agua dan un tinle negro y lustroso, que algunos lo emplean en la escritura, y en la emboladura d.e bOlas.» ~~ ELECCION DE PRESIDENTE DE LA. Q-PUBLI- CA. ~ PR.QVINClA, DE CAR.TAGEN A, Asamólea de Sa'n .And/'lS. Por el coronel Eusebio Borrero. 2 .. PROVINCIA DE tANAMA. A samólea de Panamd. Por el Dr. Vicente Azuero 6.. PO'r el c ranal B(.)rrero. •• 5~ Por el general Pedro A. Herran. 2. Por el Dr. Diego Fernando Gomez. 1 .. PR.OVINCIA DE VER.AGU A. Asamblea de Bocas del TOf'O •• Por el Dr. Eusebio Maria Canabal ; t.. Por el Dr .. Azuero • • ,. 1'. P Ov:.INCIA. DE BOGOT,l. A samó/ea de e 4ocontd. Por el general Hcrran • 12~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANARI,~ DE' LA PRÓVINCIA})E CAR.1AGENAJ Por el Dr. Azuero • .A sam61éa de U balé. Por el ,eneral Herraa. Por el coronel Sorrero. Asambléa de Tocal'ma. Por el general Herran. Por el Dr. Azuero • ,por el Dr. Diego F. Gomez. PlltOVINCIA DE MARIQUITA. Asamblea de Honda. ,Por el general Herran. Por tll Dr. Azuero . • Por.1 coronel Borrero. Asambléa de MarIquita. Por el general Herran • Por .el Dr. Azuero • . Por el 'coronel Barrero. .Áaamhléa de la Palma. Por el general Herran. Por el Dr. Gomez • Asambléa de ¡bagui. Por el Dr. Azuero Por el general Herran. Por el caronel Borrero. A sam61éa de Chaparral. Por el Dr. Azuero . Por el ,eDeral Herran. A samhl'¿a del ~ uamo. Por el general Herran. pl\OVJNeU D'E VELEZ .. AsambLea d~ Pele7,. Por el coronel Borrero-. Por el general Herrao • Por el Dr. Azuero ASQmblea de Moniquird . Por el coronel Barrero. ; Ásamblea de Chiquit.lq"ira .. 'Por el coro e orrero. ... Por el ¡;eneral HerraD . JlROVINf.lA D-E TUNJA. Asamblea de Tunja. 'Por el general HerraD. ,Por el ,Dr. Azuero • Per el Dr. Canabal. Por el coronel Borrero. Aaamblea Jt Sogamoso. Por el geReral Herran. ..por .. 1 Dr. Azuero • AsatnblttJ clt Tlnza. Por el coroDel Bf,lfrerO ',Por el general 'Herran. Ás.mhlea tle Sanla Rosa. Por el 'Dr. A'luer() Por el general Herran Por el general Domingo C.icedo • A sam'hle4 ¡Je Ram"üjllÍ. Por el 'general HerrUl Por el 06rooel Borrero AGamble4 a, Garacoa. Por el general -Herran Por el Dr. Azoero .JJsam!Jlea de Lei1Ja.. Por el g.eau.l Herraa 'Por el Dr. Azuero JlRO:YIlIfCIA DEl. SOCORRO. Asamhlta del SO&O"o. Por el Dr. Azuero Por el gtmeral Herran • ;Por el Sr. Miguel S. Uribe Asamblea de SlIn Gil. Por .1 f)r. Azueru. Asamblea de Oiba. P'fr .1 aen.r. Ht'rrID. " j • ,10. .' / '. ... .' 21'. 4. '14. 1. 1. 4. 6. 1. 5. 2. 2· 14. 1. 16. 4. 1. 6. 2. ~. 33. 9. 2. 17. ll. 7. 27. 2. l. 1. 20. 14. .5. 13. 17. 3 . 1. 16. 13 . tI. l. 10. 8. 24. 2. 1. 3'> 9. Por el 'Dr. Azuero Por el Dr. 'Canabal Asamblltl de Charald. Por el :f)r. Azuero t'ROVINCIA DE N!:lV A' Asamblea de Neiva. Por .1 coronel Borrero Por el Dr. Azuero Asamblea de Purificacion. 4. 1. 12. 8. 8. 'Por el general Herran. 12. Por el coronel Borrero. 6. Por el Sr . .loaquin Beupmea 1. Resumen de los vVlos publicados hasta hoy. l)or el general Herran. 399. Por el Dr. Azuero. 2.11. Por el ('oronel Borrero. 141. Por el Dr. Canabal . 22. P or el Dr, Gomez. • 8. Por el Sr. Uribe Restrepo l. Por el S. MIguel S. Uribe l. Por el geu t\:ral Caicedo. •. Por el Sr Benjumea. 1. 828. NAVEGACION POR VAPOR. Panflma 15 de Julio de 18~O. - Por carla de Londrc8 de sugeto respetable, fecha 15 de Mayo, se comunica á un a­migo nuestro J'esid'ente en esta ciudad, que el Sr. 'Veelright, uoo de los sO'Cios y pl'inl'ipal colaborauor cn la empresa de la navegacioll por vapor en el PaciGco, habia salido de ,[ngloterra para los Esta· dos Unidos, despues de dejar en comple­to arreglo los negocies de la compania: que de am vendria inmediatamente a es­le Istmo para seguir al Peru Chile; y que dos estimboe:. o ouques de ~apor, denominados PC1 'Ú el Ono y Chde el otro, habian -sido arrojados al agua, y estaban listos para navegar desde 1. 0 de Junio. Se calcula que dichos buques llegaran a Valparaiso en 70 días, y que el Pcní, que es el primero ,que se clespachara pa· ra el Istmo, estara aquí a mediados de Oc1ubre. En Inglaterra habia mucho de­seo de que la empresa de la oavega(!ion por vapor en el PaCIfico correspondiera i las miras de los iUleresados en ella, para que se establezca una comunicacion pcriodica entre EurQpa y Sur-América por este punto del ISlmo, tan ventajosa ~omo debe ser, por medio del vapor. (Los Amigos del Pais.) ES ~ PUERTO DE ~ARTAGENA. ~ EnttaJas tú buques. Agosto 23. De Sao Andres, Bocl's del Toro '1 Turbo, pailebot de guerra naeiooa\ Riobacbero, su comandante el alferaz. de fragata Manuel de la Pe­ña, con eorrespftndencia del ultimo puerto. 'l8. De San Bla~, ,balandra naci.na) Henrique, su capikm José Letban, con r.ocos 01 Sr. José J.tspe. 28. De San Andres, Bocas del , Toro f Cba­gres, paill'bot, de guerra nalioDal Samario, su co­mandante el teniente de fragata Carlos Navarro. Salidas. 2~. Para el rio Magdalena, bote nacional de vapor Union, su capit:tn J. Wil1iamson, con mer­cancías para las proyincias del inierior. 26. Para Nasao, goleta inglesa Travaller, su capitan Tomas 'upoll, con frutos del país. 27' Pqra SabaIlilla, .herganlin goleta nacional Nueva Granada, su eapitan Eugenio Martinet, con frutos del pais. 28. Para San BIas, goleta nacional Julia, su caritan Ramon Gan:ia, con m~f(·aJlt;i~~. ... ", ... CAMBIO DE l\IONEDA. Onzas españ~las. • Pellol fuertes id . • .. Onzas colombianas y granadinas • Pesos id. id.. Pesetas de VenOD. Id. caraqueñas \2 112 p¡ c; ~ u itA iO 2 2 { OMNIUM.-La viruela continúa en esta oio .. dad segando muchas cabez." aunque no diez y ocho por di. como sucede en Popayan. Algunas autoridades y ciudadanos laman un interés verdaderamente laudable por conte­ner el mal; pero quizas por ser demasiado exigentes, (rreemo~ que deja de hacerse algo. ¿ No deberían los Sres. alcaldes de distrit() hacer el racrificio de rtcot-rer diariamenle sus respectivas parroqoias, para que hubiese en la ciudad el debido asé'O? ¿ No debeda el concejo municipal decretar el pago de vacuo nadores de.tiDa Jos a propagar el inestimable preserva1:ivo en las parroquias f"r~lGeas? ¿ Se esperara a que la vi. uela invada a aqueilas infelices poblaciones? l\hñanl debe comenzar eJ alistamiento pa. ra la formacion do 185 tres compañia! de guardia nacional auxiliar de art,illCTla que deben existIr' en esta p1a18. Es preciso que ocurramos a alistarllos todos los que seamos llamados a elle¡) por la ltjY ~ es preciso que se ponga el ma yor empeño en la buena. organizacion é instrurcion de est05 cuer­pos, a fin de que su existencia no sea sim­plemente neminal: y es preciso para con­seguir esto, fJue baya tino en el nombramien­to de gefes ! oficiales, teniendo cuidado, ano te todo, de que 105 nombrados ~ean persa. nas de aptitud, de patriQtismo '! de respon~ sabilidad, ti quicnes se ebcuezca con gusto '! con resptto. Eo el mes de 1\hyo llegaron a Nuevl1 York de Europa 7.428 pasagcros , es de-cir 24.1 por di.~ , En el 2. 0 tomo de las Mcmot'ias que acaba de publicar D. !lanuel Gudoy, Príncipe de la Paz, se leen 108 siguien(e!l pensamientos que nos parecen digl10~ de la considl'ra ci o~ de nU66tr~ lecto~cs: » En lo general (dicr) no hay mas rnovll del trabajo que el interés o .Ia gloria: el amor. pur() y sumo de la Pll­tria subre todos 106 lOterc~c ~ , es l. afc~ion mas sublime y mas h6rói'ca del COl'l7,on hu .. m"ao; mis po~ desgracia la mas rara , por mayor desgraCIa la 4ue ... trae mas enemi¡:Qs porqu6 la coftadia de los malol es y serd slem~ pre [p mas grande entr~ los hombres. Tralaa. jen los ~~bierno8 .en Cunflar este .mor puro de la patria J arralgarlo: pero no contrarien las demas afeocione. nalUrale~ é inherentes 11 corazon humano. Sil Uf'n partido do elll~ OUloto sea posible: en lo de mas pongan ,a­llas J enciendaD luces que moderen estas .. fecciones '! que las dirijan al bien público; mas no que Iu Qf"ndan ni Aniquilen. Así pensaba 'o en Iquel tiempo, jóven como e~l) y así pienso todavía bajo el peso de los anos . 11 1\1. Cardell ha hallado que de ''>,468 pa. labras que contiene el diCCIOnario de la len­gua inglesa, 10,982 son derivadas del fran. ce~ y del latiR, 2,078 del sajon, J ,288 del ,griego, 87-7 .tel aleman, 229 dtl italiano 11 del galico, 85 del español, y 1 i del arab;. Eo Paris se estaba generaIizandct la moda de llevar bastones las sfñoras. Eflt. moda dice el Charívari (periódico de aquella capi: tal), 5e perfee,ion.ra dentro de poco agre.~ gaDdoles en vez de regaloD UDa escoba .. entonces. . s. .e ra.. l a moela mas racional, p'u e.sJ recordara a la. señoras sas deberes domés­ticQs. ADVERTENCIA. .EI estado de importacioo '! eiportaciot;l pu~ bhcado en el námero 81 de este periódico, corresponde al mes de .fulio y no al de JU1f,iQ­c, omo aparece allí. lmprCrtt~ de l~s her~der()S clt J~ f..!. C,(\1T~," Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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Por: | Fecha: 05/03/1843

! CARTAJENA, DOMINGO 5 DE MARZO DE 1843. ¡ ======================================== TRIMESTRE 3. Q Se admiten las 8uscrlciones i se venden los numeros sueltos en la tesorcrla de renta. provinciales. 12 reale8 anticipadoB. La illserclon de avisos ~c. se ajustara con el impresor. NUMERO 34. Vale 'un real. AnMINISTRACION DE JUSTICIA.. Vista la ca.usa criminal seguida II Bruno C~mpo por conspiracion i mal trato de obra a Feliciano Galvez, venida al tribunal en con­sulta de la sentencia en que el juez letrado de hacienda de la provincia de Mompos lo nbsuelve del cargo de conspiracion, i califican­do el delito del mal trato en primer grado Jo condena a snfrir sesenta dias de arresto, con costas e indemnizaciorl de daños i perjuicios: i considerando 1. o que aUHque Bruno Cum­po tomó una parte activa en la cOQspiracion e hizo la gUf'rra al gobierno nacional, está comprendido en la. amnistía espedida por el jeneral en Jefe del ejército de la costa. en Mom­pos n 11 de Febrero de 1842, por haber com­probado plenamente que ni se opuso al re­(~ ollocimiento del gobierno lejítimo ni fugó de la ciudad de Mompos, permaneciendo en ella enfermo, con noticia. que dió su padre al Go­bernador constitucional i I jefe militar: 2. o que e.td plenamente justificado que el acusado mal­trató de obra a Galvez dándole un golpe 'por Ja cabeza que lo tendió en el suelo sin sen­tido, de cuyas resultas permaneció en el hos­pital por mas de dos dias i fugó nntes de los ocho: 3. o que este golpe lo dió Campo a Galvez porque se negaba a servir a la faccion j enrolarse en sus filas: administrando justi­cia en nombre de la República i por autori­dad de la lei se absuelve a Bruno Campo del cargo da conspira~ion como comprendido en la amnistía de 11 de Febrero de 1842, i ca­lifiCándose el delito de mal trato de obras a Feticiano Galvez en segundo grado, con arre­glo al artículo 663 del código penal, se le condena a siete meses de arresto, al pago de costa e indemnizaciotl de dagos i perjuicios. Sáqnese copia de esta sentencia i diríjase al Sr. Gobernador en cumplimiento del artículo 24 del c6digo.-Manuel del Rio.-Proveyóse por S. E. el tribunal de justicia de este dis­trito en Cartajenn a 5 de Enero de 1843.­Franci$ co de la Espriella. Vista la causa criminal seguida contra Juan Ouerrero por robo, remitida a este tribunal su­perior en consulta de la sentencia que pro­nunció el juez letrado del circuito de Barran­quilJa en 9 del corriente, calificando el deli­to en segundo grado i condenando al reo a sufrir la pena de seis años de trabajos forza­dos, declar~ndolo infame, a sufrir verguenza pública, quedar sujeto a la vijilancia de las autoridades por tres años, oir la notificacion de la sentenCIa en público, con costas, conforme a los artículos 804, i. o 2. o del 124, 814, 830 836 i 74. del código penal. 1 considerando qu~ Juan Guerrero ha confesado en el juicio con sinceric:tad su delito, i su falta de ilustracion, calificándolo por tanto en tercer grado; admi­nistrando justicia en nombre de la Hepública i por autoridad de la lei, se aprueba la e5- presada sentencia, entendiéndose que conforme a esta calificacion, la pOlla de trabajos forzados solo será por cuatro años, i la de sujecion a la vijilancia de las autoridades por nnO.-Ma­nuel del Rio.-Proveyó::;e por S. F~. el tribu­nal de justicia de este distrito en Cartajena a 23 de Bnero de 1843.-Francisco de la Espriella. Vista la cnu~n criminal segU Ida contra Do­lores Quintana, auxiliador de un robo ejecu­tado en la casa de Manuela i Maria de las Nieves Aldann, remitida HeSite tribunal supe­rior en consulta de la sentencia que pronun­ció el jnez letrado del circuito de Coroza 1 en 13 de Enero próximo pasado condenándolo a sufrir la pena de dos años de trabajos for­zados, a quedar sujeto por seis meses a la vi­jilnncia de las autoridades, con la nota de in­famia, con costas, pt1évia caliticacion del deli­to en tercer grado, conforme a los articulos 100, 804, 830 i 814 del cóqigo penal. 1 con­siderando que la existencia del cuerpo ~el de­lito está debidamentente justificada i el reo confeso de haber dado eficaz auxilio para 8U perpetracion i de haber participado de una parte de los ~fectos robados, los cuales se en· contraron ocultos eh su propia Cl\sa i él mis­mo designó el lugar donde los tenia. Por tan­to i estando la espresadn sentencia arreglada a derecho i al mérito de los autos, adminis­trando justicia en nombre de la República i por autoridad de la Jei, se aprueba; i comu­níquese testimonio al Sr. Gobernador de la provincia para los efectos legales.-Ramon Be­nedeti.- Proveyóse por S. ~. el tribunal de jus­ticia de este distl·itO en Cartajena a 7 de Fe­brero
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