Estás filtrando por
Se encontraron 40965 resultados en recursos
..... ,.. so t
T.&LE tO BM.j Jflebellin, 31 be enero be 18n6 .
CANDIDATO
DE
" EL PUEBLO "
P!l\A PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EN EL PRÓCSUIO
PERÍODO CO_ 'STlTUCIONAL,
EL ESCLA.RECIDO CIUDAD4NO
~~~0M)~~~(@~~~w
Dlt IIANUEL. ~IUIUL. LO 'rOllO. m
r'JJJ.J::g)JC®'JJJ:J::q}'JJJ..J(_G0'¿)
los grupos) i veremos qné cosas o faculta- bia mas que una enlidad territorial, el Esdes
seria menester quitarle luego, i en donde tJdo, porque la pequeñez del territorio~ no
dP-bir,ran colocarse. Ojalá que la soberanía ecsijia que se hicieran divisiones arbitrarias,
del Distrito encuentre algu n sólido apoyo An como son siempre las territoriales. Allí, ]a
lo qu~ digamos; i ojalá la m bien que el se- soberanía del pueblo era tan justa, Lan real,
ñor Vaneg~s. que por tercera vez nos obli- tan efectiva, como lu de cualquiera Nucion
ga a escribir sobre este asunto, llegue a m os- vecina, cuajada de pro vi ncins, i rebozando
trarse convencido. c~1 poblacion: era a la verdad una lVacion
Sentado el principio de que todos los de- independiente i libre.
rechos residen en e] individuo, es fácil com- Pero la conquista, los trntados, la ocupa ..
prender porque comenzamos por decir que ci_o~, el crecido número de los poblndores,
toda la fuerza pública debe residir en el dis · h1c1eron que al fin llegnse un dia en que
tri Lo; así como si no hubiera distritos, es el pequeño pueblo pensase en estender sus
decir sociedad, toda la fuerza deberia resi- límites i se encontrara ue un mon1ento a
dir en el individuo. Es porque el dislritJ es otro dueño i señor de otros lugares, pobla-vf6élele!!
ti~- s,- rk enMto. ele .,J>.i"6'.. la primera enlidad en donde viene a encon- dos ya con sus propios hijos, con .ciurlada-
N . trarse la necesidad de que los intereses de nos de su mismo seno. Entónces fué preciO
pud1~os compl~tar el cua?ro qu.e grupo se discutan i resuelvan por medio de so, o dar d la nuera poblacion el misrno
~n nuestro numero anteriOr bosqur.Jnmos 1~- las mayorías, que son las que repr.esenlan podrr q te tenia .la antigua, o hacerla deJ~
a~ente,, cuando no~ ocupamos de !a mi-, el mayor número de intereses ~nd1:vzduales. pendic1 :., de esta. O quedar con dos naciosaor~
1 cur~cter ~especllvos. de las enltdades Solo nos resta pues ecsaminar qué parte de nes ú refundirlas en una. No entremos a
na·;wnal 1 seccwnal. Hm agl'egaremo~ al- la fuPrza pública no puede ser ejerc1da por investignr por q'ué .. pel'o ello es cierto que
gunas líneas para desenvolver uque1las tdeas el distrito, parn que, con fundamento, la con- el natural amor que tiene el hombre a su
i para fijar los límites que en nuestro con- fiemos al cuidado i sabiduría del Gobierno patria, hizo que el segundo pnrtido se ndopcepto,
deben separar las fu~ciones dé los en- jeneral. . . tase de preferr.ncia al primero; luego, ]ue-
~argados de velar por los Intereses de una Nuestro amigo V anegas comwnza por ne- go, estos do.') unidos hicieron lo mismo res-·
1 otra. gar la necesidad de que haya tules distritos Pf~cto del tercero, del cuarto, del quinto, del
Como se ve, solo tendremos que fijar nues- i añade que son puras creaciones administra- décimo &.
tra consideracion en la organizacion de la tiYas. Nosotros creemos al contrario que~ Veamos pues lo que debió indispensablefuerza
pública, lo cual por otra parte, ser- bien ecsaminado todo, son las pt·ovincias o mente suceder con el primitivo estado a me'
Virá para complementar tantos artículos en los Estados, lns entidades intermedids de la dida que fué estecdiendo sus fronteras, i de
que hemos o:recido ecsaminar este punto i República .al distrito, las que deben su ec- qué manera los derechos de esa enlidi\d fueen
que, por no estendernos demasiado, he. sistencia a la necesidad de dar a la admi- ron al parecer modificándose, así como los
nws tenido que renunciar a ello. nistracion fa(!Tit!ades i centro. de sus primeros habitant~s.
Decimos que la cuestion es de organiza- Si· llegarnós a imajinarnos un Estado tan Desde luego (Jue el primer hecho que se
cion de la fuerza pública, i por tanto r.s pre- pequerw i tan bien organizudo, que las leyes observa es este: que una vrz eslendido el
ciso que comenzemos por demostrarlo. Co- rn él sean siempre la libre P.spresion de la territorio, los intereses de todos no pueden
.roo hemos manifestado ya, hai intereses je- voluntad del mayor número i el resultado quedar sujetos a la vijilancia del antiguo
nerales e intereses de gl'upo; ahora bien, de las mas juiciosas observaciones sobre las pueblo solamente, sino a la rle los viejos i
donde quiera que hai intereses, ellos deben necesidades del país, comprenderemos fácil- nuevos pobladores. Aquellos decidian ántes
estar al cuidado de alguno; i como los que mente que, una vez que lus depositarios del de las cosas comunes, no por ser Jos prinos
ocupan van a afectar una comunidad poder social estén en capacidad de eonocer meros, sino por ser los 1.'micos; a~í a medida
grande o pequeña, p~ro indispensuble, es uno a uno todos los inter-eses que dentro del que el pueblo so ensancha, su mnyorw va
evidente que en cada caso debe decidir su- territorio ecs1slen, i de imparlit·les absoluta la m bien Pstendicndo su soberanía, en la misbre
ellos la mayoría de la comunidad res- proteccion, es inútil que sus hombres pú- ma razon, ~n los rnismos términos en que
pectiva. Pero esa mayoría no puede por sí blicos se afanen ni ocupen en cspedir leyes crece el territorio.
ejercitar direclaJnente aquel derecho, luego de division territorial. lmajinémonos una de La mayoría del Estado es pues soberana
debe tener un representante que en su non1- esas ciudades antiguas que, por vivir sin lazos en el Estado.
bre Jo ejercite; pero, otra vez, ese represen- políticos comunes con ott·a alguna, consli- E:;pliquemos un poco nuestro pensnmientante
no puede llevar a efecto sus propósi- tuian Estados verdaderos i eran Hepüblicas to, dnndo mas lalitud a ese principio i
tos, miéntras no tenga los medios de renli- tan completas como l(ls mas vastos reinos desenvolviendo con alguna estension las
zarlos, luego esos n1edios, que constituyen que a su Indo se estendian. Con un lijero ideas que el encierra.
la fuerza pública, deben ponerse a su dispo- esfuerzo de imajinacion, Esparta, Atenas, ~Qué quiere decir que la mayorm del
sicion. Si llegamos pues a determinar los Roma en sus primeros días i las ciuuades an- Estado, ~es soberana en el Estado?
.casos en que debe intervenir la fuerza pü- seálicas de los nuestros, serán revestidas de Q~iere decir que fuera de los intereses jehlica
nacional, provincial, o de distrito, ha- todos los caractéres que a los ojos de los pue- nerales que están a cargo de ella, hai otros
})remos determinado al mismo tiempo los blos i del derecho, eonsLiluyen un Estado so- intereses especir~tles que no puede ella cuínegocios
a que cada cual puede de preferen- berano. 1 entiéndase que léjos de entregar- dar, desarrollar, ni protejer.
cia aplicarse. nos a la tarea de inventar hipótesis ridícu- Quiere decir que el antiguo puPblo que e-
Dado este paso, prosigamos. las infundadas o imposibles, no hacPmos si- jercia Ja sobrrania absoluln, tuvo que ceder
¿Cuáles son los intereses verdaderamen- no mencionar un hecho que invariablemen- una parte a sus hermnnos i hacerse partíci-te
nacionales 1 te ha presidido a la formacion de toJos los pe, condueño .. de señor que era.
¿Cuáles los de provincia o estado? Estados. Que se rejistren los anales de todos Quiere decir que ese pueblo primero que
¿Cuáles los de distrito? los pueblos i se nos hará la JUsticia de reco- era dueño de lodo derecho, cuando el pne-
En este punto podemos asegurar que el nacer, (jUe todos comenzaron por ese grado blo era tnn pequeño qur. solo a él con tenia, de-mejor
medio de investigacion es el dtre- de estreehez que hoi tomamos como punto jó de serlo de fuerza desde que el Est;:nio cre
·cho indz··m'dual. Así en lugar de seguir a la de partida. ció, porque a la verdad: "a nuevo Estado.
mayor parte de los publicistas, que comien- Pues bien; allí en ese pedazillo de tierra, nueva mayoría".
zan por darlo todo al Estado para hacer residió en un tiempo todo el derecho de Quiere decir en fin que ese pueblo qtJe
·despues concesiones a los in:Jividuos o a las constituirse i darse leyes. Alli~ el individuo 1 desapareció como Estado i por Lanto pert!io
secciones territoriales, nosotros lo daremos fué soberano i el mayor número decidía su derecho de sobenu1ía como tal, quooo-·
~odo al distrito (que es el _mas pequeño de el_!. der~cho. to~~~ las ~ues~io~e~.: Al.lí,_ no ~a ... , s~bs~~Li~~~~ ~~m~. ~~ccio~ ~ e~ o ser 'O. su~
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
EL PUEBLO.
mismos intereses, ~us mismas necesidades, ·su ser. I esto por qué? Porque todos ]os
i sus mismos derechos especiales, respecto al distritos son iguales i porque solo por mecuidado,
fomento i decision de ellos. dio del establecimiento de un Gobierno je-
Esperamos que se lea con cuidado i que neral, que tenga funciones esclu.sivas, pue-se
medite lo que decimos. dP- hacerse que una de las partes no tenga
Ese pueblo, que ya podemos llamar dis- jamas la posibilidad de sobreponerse a las
trito, qué conserva pues? demas. Esto quiere decir, que el distrito es
Todos, tocios los derechos, las funciones, a la Nacion lo que el ciudadano al distrito;
las prerogalivas que tenia, ménos aquellos i que los límites de accion del primero están
que son consecuencia o condicion del carác- como los del segundo, en el derecho de un
ter de Nacion o Estado independienle. tercero. Entre particular i particular mr.dia
Entúnces ¿f¡ué es lo que ha de perder, como pr(.llectora ]a lei civil escrita, entre
para da !'lo al Estndo jeneral? Veamos. distrito i distrito, media igualmente la lei po-ta
soberanía, tanto en cuanto sirve de orí- lítiea.
jen a las h~yes, como en cuanto dá al pne- ¿Queda el ciudadano envilecido con la
blo el clorninio de su territorio. la sobrra- espedicion de la Jei civil? Nó. Porque la lei
nía, decimos, debe ser renuncinda por el dis- apénas es protectora, no guia, i lo deja por
trito en todo nquello que pertenezca al Es- tanto en el libre uso de su soberania, de su
tado. Asi pues. ni (~1 distrito podrá esprdir 1ntelijencin, de su voluntad i de su fuerza.
leyes que a todos sean obligatorias, ni e- La leí prohibe el mal, defiende a los que
jercer acto alguno de dominip sobre los bie- queremos atacar; ptro no se entromP.te janes
del Gomun, cuya rrwyor parte está fue- mas a calificnr i ménos a dirijir nuestras
ra de su alcance. Fuera de €!sto, conservará ncciones, cunndo de ellas no puede resultar
i deberá conservar de derecho todas las facul- una ofensa al dereeho de tercero.
tades que tenia. cuando por sí solo era sobe- Así la lci poLLica débe dejnr al distrito su
rano. Pero aclaremos mus aun este asunto soberania i, proclamando la igualdad de to-
.i djgamos cuáles son en nuestro concepto, dos, hacer lo bastan le para que no haya gru-
]os negocios de jeneral interes. ' pos oprimidos i grupos opresores; es decir,
Bien conocida es la eslraña i tenaz enfermedac:t
que hace mc~s de tres años acometió las plantaciones
de eacag a las márj(•nes del Cauut. Los.
cantones <.le Antioquia i Sopetran han visto cva ..
pararse eomo por· encanto esa fuente ántes perpeltHl
qu_e les tenia asegur·ada la subsistencia i
en abundancia. Las cla~es jornaleras que vivian
del cullivo tic las posesiones de los ricos, han
visto as.omar el hambre i la desnudez a sus po ..
b¡·es hab1taciones, drsde que la peste hizo enterrtmente
impt·odurtivas las plantaciones de eacao.
En estas circunslaneias tristes i angustiadas para
una hamb1·ienta poblarion, se ocurrió a ''arios
hombt·es aclh·os, intelijentes i rmprendedort>s, la
idea de reemplazor con el cultivo del tabaco el
ya perdido drl eacao, i dar en aquella esprculaeion
trabajo i alimento a una eslensa clase que
morié\ de miseria. La empresa apénas incipiente
había comenzado a dar bellos productos; í era
de espenu·se que las plantar-iones del Cauca, de
Arma i de Porce, sub"endrian no solo al consumo
mterior, sioo que aun dej•uian un considerable
residuo para la e!-óportacion. Todos los verdaderos.
antioque~os veíamos gozosos Jos adelantos de una
empresa que tanta l'iqueza iba a desa1-rollar, i
que unidu a nuestra l'iqueza mineral, iha a lle.,
·ar a la pro\inda al mag alto grado posible de
prosperidad. Mas lan bellas esperanzas se han
desvanecido eomo el hnmo. Ln progresislu Lejislatura
ha gravado una induslría naciente e inesperta
aun, eon un ecsa.Jentdo pecho que indudablemente
la matará. Desde Juego que los prime·
t·os productos del 'cultivo del tabaeo deben ser
de mala calida3; tendrán al principio pora ,·enta;
En primer lugar; como los distritos uni- protejer. habrá chascos i ctrsengallos a millares; i sol().
dos forman una verdadera confttleracion ¿ 1 cómo proteje la lei a Un dl.stri"to con- la pertinacia de algunos pocos, llegará al élilo fe·
liz. Mas eslo hnbtera sido si el cosechero no hucuyas
bases de alianza .se eslienden en el tra otro? hiet·a tenido que correr otros peligros que los naCódigo
constitucioeal, es preciso rec:onocer Sepnrnnrfo cuidadosamente los intr.reses
desde luego que el derecho de espedir esta jrnernh~s de los particulares: tomando para
Conslilucion, es de todos 'i no podria quedar sí nquellos, drjando estos a las fraccionPs 1
en las manos i a la merced de uno solo. estableciendo un tribunal que tenga (~1 dere-
En segundo lugar, romo sin dinero no hai cho Je anular los netos alrntatorios de estas,
Gobierno, será preciso que s~~ creen fondos o en otros términos, diciPndo al distrito lo que
i rrnlas que sirvan para sostener el tn~n dijo al ciudaJano: "No lwgasa olro lo que rw
administrativo jr.neral. Es decir, que la fi- quieras para Lí ''.
turales, suft·ir· otros dcsfaleos que los que oca--
siono la inespericncia. Hoi ademas de la inespericncia
i de las pértlidctS nalurales, tiene que pag-
ar seis pcgos seis rrales por hatet· a la prorincia
rl ennrme mal de producir una t~arga de
taLaeo; es csla la pt'na t'Onquc se castiga su actividad
i su trabajo. Nosolrog uo hnremos )argos comeularios
sobt·e este asunto . .Moslnunos una in('
ipicnte industria, que lodos sahrn est[t llena de
peligros, bajo la pl'esion inesistible de una ecsajerada
conlribueion. Mostramos esa industria
como único medio <.le gatHll' la subsistencia una
numerosa poh\acion, a quien una calamidad n~-
1 ural la sumió en la miseria. Si los sahios lejisladorcs
nnlioquetlos no \'t'n un mal en el estarH'c1mienlo
de una fuente de riqueza, ni un.1 calamidad
en la mist'ria i el h:=tmbr·e que ,·an a sufrir
numerosas poblaciones, lo!-' pueblos sí verán en
esa Lejislatura una ('Orporaeion perjura i lirániea,
un <'Ul'rpo sin fe i sin patrioti~mo, i dt>.Jarán
eacr sobre ella el anatema de la <.Jesaprobacion pública.
jacion del Presupuesto es un derecho del Es- Se ve pues, que lo único que se necesita
tado. pnra que mar'ehe un Estado, es que hayH
En tercer ]ugnr, i por idénticas razonr.s, adt•mns de él, esos peqw-dws grupos en cuyo
se encuentra quA el <.lislrilo no puPdc ni de- s.-mo pueden unieamrnte drsanollarse, rombe
prelendPr hacer p01~ sí la eleccion de prendersr. i sr.r impulsados Jos intereses parlos
empleados cuyas funciones se estienden ticulares, que son la bnse d(~l jrneral.
a todo el territorio. ¿Qué son pues las provincias?
Como los vínculos civiles, tanto los que Huedas de la máquina, casi siempre in-provienen
de los derechos i obligaciones en- dispensables, a veces inútiles, a veces perjutre
particulares, como los que pro-vienen de dieiales. Tanta rtlzon bai pard que se formen
la manera como aquellos hdn de hacerst~ e- provincias como hubo para erear cantones,
fectivos o cnmo debe castigarse su violacion; entidad que a la verdad nadie echa de ruécomo
los vínculos civiles, deeínmos, no son nos en estos dias.
ménos parte a formar el Estado que los vín- ~~~
culos políticos, a quienes la Constilucion dá EL SISTE~IA TIUGllTARIO.
La minería es la grande industria antioqurña;
es nuestra verdadt~ra produceion. La minería
tambien ha recibido su golpe de nuestros patriolas
i .justos le.iisladores; tambirn ha sido übjeto
de un impuf'slo que aunque no t.an gt·&ve como
el antiguo derrelw de reji ·ta·o, no deja por csQ
sP-r, se inQere tambien que la lpjislacion ei- de ser consiclerahle. Ninguna cmpn.sa mas pelivil
i penal, i los procedimientos respectivos,
deben str materin Je leyes jenerales.
A qué fin d(~tenernos en enumerar las diversas
facultades que debe reservar para sí
el Estado, o mejor dicho, que los distritos
le ceden desde el punto en que ellos mismos
dejan dr ser Estados vrrdaderos? No cuadra
a un artírulo de periódico el entrflr en tal
relacjon, ya por lo pesado que de snyn sr.ria,
cuan ~u poi que debiendo en en da caso acompaña•
· a) prineipi,> qu8 enunc.iáramos, lu
demostracion de su justicia, nos veríamos
compelidos a estendernos mucho mas nllrí
de lo que nuestro papel permite. Bál'tenos
pues Oll-10ciunar romo ejemplos, los citados,
1 decir simp!emrnte, que la misma suerte dehe
corn~r lo re la Li vo a pnz i guerra rsterior,
es dr.cir, ll In personPriu nAcional. n comer·
cio rstranjero, administracion de bienes nacionalf!
S & &.
Se w~ purs. que en lugar de considerar a
Jos distritos como ngrac:indos por el Eslado
o corno delegalarios de él, debernos mirarlos
como los dueños ab ·o lutos del derPcho dr.
sobera 1ia, sin otra limita ~ion quP, 81 dcre.
cho jeneral de la Nacion, que ecsije que esta
haga o sea sfJñora d"" bacrr, todo lo que
JH t. ral i justamente es~é en, la esencia qe
Actualmente se discute, o mejor· dieho, se lee grosa i arriesgada que la minerín. Fortunas roen
la Lejislarura constiluyent1~ de Anlioquia el losnles han desaparecido consnmidas en las miproyecto
de renta~ provi11Ciales. Empeñada la L1!- nas; i esto sin atender a los innum,'rahlrs riesJISiatura
en un s1sLemu absurdo de esl'lusiun a- gos personales que amenazan a los mineros. En
pasionada, no bn QU<:'I'ido contaminurse con un;¡ nuetslros terrenos incultos i eriazos aun, se hallai'J.
:wJa de las ideas que forman el prog1·ama del par- regados los minerales c11n una profusion asumtido
l'adical. Mns en lo que sí ha mostrado Lodo lH·o::.a; mas por un capricho de la naturaleza las.
lo que uhorrece las ideas radieales, ha sido t'JI mejores minas se hallan siluadas a las márJela
organizaciun de las t·enLas, en el sistema tri- ncs de los ríos c.undalosos. en donde las enferbulario.
Bien sabido es que las conll'iburiones in- tn(•tlaues mas violentns i los animales mas saldirectas
han sido ohjrlo lle una rnada e iu- vajes 1 venenosos amenazan ineesanlemPnte la vi·
cesaute guerra por nosotros; i que hemos del'l'n- da del minero. Empero, ninguno tan impá\'ido
did~ el i~upue.slo dirt>cto, como el únicu .iusto, eomo este emprendedor. Ya trepa las allas c:um ...
r~~10nal1 eqllllativo. Toda n11eslra incansable iH.:- hrrs de Jns l'Onlilleras, i allí aterido por el frio,
llVJdad en defender nuPslras id('[lS, fué moliro husca el oro entre las enlraiias de la tierra, yá
para que nuestros encrni~os polítieos ])(lmaran haj::t a los profundús vnlles ele uuestros rios,
al impuesto dit•tclo, idea comunista, sistema i allí amenazado por las fiebres, perseguido por
d~sorg:anizador, digna cre~nc:ia rolílica de han· las fieras, acosado por las serpientes, u~lSC~ l.a
dtdos 1 de ladrones. La V·.pslalura, cuya mnyoría riqw•z;~. Nada de esto le at'J'Pcira; ~esilfia unpanes
cons~rv;11.1~na, no ~n oh·idado esto, i paramos- do todos lCJs peligros; d.esentt·•~ñu l?s I!let(lles pre·
lrar ~u ]ustrcta 1 ~us .IJ.ras pm~undamt>nle :mlic~-~ t'~ns..o~, )qs .tra.e a la· ct¡·cul~cwn 1 ~la con ell.os
mumstas, sus pt'JncipiOs profunuarnt•nle orgam- nda 1 monmaenlo a la l;orted~t.L Mt\ 'eces conzadort's,
ha sancionarlo Pn sistemn rentíslim) CJur sume su "ida, sns recursos i salqd, i vuel\'e enr
mratar;1 la industria, desorgnnizará el trabtljo, 1 fe•·m~), ¡.¡ohr.c i \·alctudinnrlo a. ~u lwwtr, a t'l'piar
sen~ una permanente i tla-;rcmh! injusticía. Ha ~on rl hamhrc su atividad ~su atre,imienlo.
hendo de muerte l;t ¡·iqucza pt blica, srguramen- A este ser heróico i a,·,·nturero; a e:-; te verdate
con d san lo deseo Jc destl'llirla, para qne no dndcro titan que vHria a su antojo el rurs~• de la~
nos. \'c>nga despues a nosotros el anhelo Je re- aguas, que clespedtlza los t'~rrenos d~ al u !Ofl, que
part.Jr lo que hnya, cnando la mente o Ja razor~ horada lns conlillprns, qur puh'Pnza l~s r-oras,
po~niHr i'avorezca.n nuestras ideas con la popu- ~ que tras infinitos al'{1 tles i dt'!·welos reco¡e el frulannad.
· lo de su lrRbajo; a t' te homlH:e ¡Jorl~·.ntoso IP ha
.La ordrnan_za dé rentns ~Tava los descubrí- Yrnido a poner trabJs la pnlrwta Le]ll'latura d6
m1enfos de mmas, v.~·nva la prndur('ion dl•) taba- AntiPquia. Sí, al usurero qur r·c:r? tado er U!l<\
('?, ~rn"a IH ckslda;:ton de lieore:;; en la pro 'in- polll'ona cuenta por horas los red1tos tle ~u <'8 ,
cw? 1 grava mil cosas mcJs. · pi tal ímp~1eslo ~ trHere~, a e~*: !1o,nbrl! pata t> l
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
ELPUEBL • t37
le ersi]e, nada se le pi~ e; pero al minero f~cun:: el cultivo i dirijir _las operaeion,e~ de aliño;que pon-¡ diPnd~ llevar una vida ménos penosa, mas ho.
dador i atrevido, al muwt·o q~w tra~ la vida 1¡ ga s~ establecl.mt~nlo a las ma!"J('nes del Cauca en nesta _1 recalnrla.
el mmimil'nlo, que. todo 1(! s ricas. tabaco que se cullhara desde Caramanla para Loda la di''erenda está en que los sombreros son
Solo queda el aguardiP.nte de a ni~, consumi~o _pc~r a.baJ?. podría bnjarse po1· el Cauca eon gasl~ !n- m~jor tejid~s i quedan mas .compactos.
el pobre: ¡ este constnno que stempre ecs1sllra, s1gmhcante pa1 a venderse en las casas de almo: .Se les harta un gran he1wfic10 a las da ses pobres
el Gobie1·no prtH'in<:ial se 1? :esen~ para ~í, para h.ai adt•.mas _eslensos terrenos eon baslante_ pobla- d~ nuestros valles calientes, i ann Lle las tierras
ser administrador de. un \'1~10;_ pnv~ a las m u- ct_on ~1sem111ada ~n ellns:. no es pue~ obJelo de ft·ras, p~es en todas parte~ podría naturalizarse Ja
jcres pobres de es.ta mdustna, 1 c~mnrrte la r~1·o- rl1seusronlas venlaJi:lS espeetalt>sque bnndan aq~1e· 111duslrra, eslnhleciendo en carla cab<•zrra de canduc<:
ion en un delito que tr·ae. cons1go allnnarnren- llos P.untos para establecer en grande escala la m- ton una eseuela rn que se enst'ñara gratuitamel)tos,
vejaciones i multas. H~l se espe.:mla so~re duslr·ta del tabaco. . te a los pobres,_hombN'S i mujere~. a tejer somun
place1• de los pobres, hm estos pagan una m- Del resultado como nrgocw puede responderse: brcl'os por el s1strma de Soélsa, para lo rual se
jente suma por toma¡· ~.na copa de l_icor; mién- el tabaco de Amhalema, que ll<.>ga a nuestros P.?d1·ian hacer venir de este punlo personas inle-tras
que los ricos proteJHios po1· la l~t.de la _com- merca.dos recal'gn9o con grand,es gast?s de tras- IJJe~lt~~. . . .
])etencia compran .s~ brandl a pr.ecw c~:nrnle. porte 1 de prod_uccwn, pues allt los v1veres, los O.¡ala la pronncra se rcsoJv1era a gastar mil
Notable eonlraposicwn. La patnota L-cjtslatnra tcr,r~·nos, los JO males 1 los cue1·os cuest~n m u- pesos tra~endo de Soasa cuatro o cinco pritcticos,
(]Uiere 1noralizar las masas; pero les vende el dl1~1mo mas que t'nlre nosotros, np podna com- r e~tablrc1cndo una enseñanza grntuita en Antio-
·icio· quiere que ha~ a un Gobierno; pero hace que P~'tu: co.n el lmrno que SE: p~·od~.Jera en la pro- quw, ot.r~ en 1\ledellin i otra en Rionegro o en
)o paguen los que ~o lo necesit,w; se llama pro- vtnCHl, sm que por esto se perJuda•aran los pro- clw.lesqmt'~a otros. punlos: una vez que el pueteclora
de la prop1ed;1d; pero estableQe el eumu- clurtores de allél, pues pam el tabaco de Am!Ja- hlo aprenliJera a teJe!' somb .. eros por el fistema
nismo en sistema, no de abajo para arriba, sino lema lo que sobran son mNcndos. ~le Soasa, tan acreditado en los mercados estrrm ..
de arriba para abajo. _¿Qué mas hace la san~a S_al~emo~ que en Arma, cuyo la_ba~o lo. rrel'mo:-:; ¡er·~s, se. ::wa.~~ria. absolutnmrnte el pauperismo i
Lejislalura? Nos conHrrte en escla,·os, .en rna- mm Jn~('f"IOt' al del Caueél, la mdustna se ha le~ st~uncwn f1SH'a 1 mo1·al de IHs clases pobres cam·
quinas; forma de todos nos~tros ~~el lrahlll~, que eslr~blecido con grandes vente~Jns pn1·a los empre- b~ana de una manera ventajosa.
pondrá dentm de poco a d1sposJc10n de ctertos sanos. Emiro K t
hombres. Razon tenemos pu':'s, para cantar la Avanzamos la idea. de que con el tiempo el as os.
gloria i los méritos de nuestro digno cuerpo cops- tabaco del Ca u en rodna Jle,·arse ron venlapts il
tituyente ....... 1 los :nercndos es!ranjeros. Esto a pr·imel'a vista
~~~ parece una paradoja, i es una \·erdad.
Si los antioqueños le cojen gusto a esta inINDUSTRI!.
dustr:a, por el sentido práctico de los negoeios
TA}JACO 1 SO)IDRJ<;ROS. injénito en <'llos. i el ardor i la enerjía con que
REtiiTIDOS.
RAFAEL ~f. JIR.ttDO
GOBERNADOR DE AN'flOQUIA.
==
- El ta h aco m· Y'la d1 e a 1 mrt. u·n d o. E o vabn o l argu-· 's 1eu clau. n· ztaa bn a ceon elans mesnpyeocru leaaeni o,.1 n< 1ea s'_•.,~ . habrábn de pro- La muchrdn_mbr"' de los maJ·l·~- menta contra e a me 1c1J1il qnc em ru ece 1 1 mns él rato que ,~ ., 1 d 1 , t 1. 0 tr. ado_s se dt-J.a Jle,'ar de la nra·c-
envenena co 1e ct·n ·amenle a 1o s pueu'·1 os: t'n vano ningun otro pue!J o e a Re¡m) rca. . e Anlio· t1ca .H.Ie la c1ega rutina, qu,e, ha.
denuestan su uso otros, diciendo que es pecar quia a la parte na\'egable rfpl Riü-Suc-w, que de- c:e ~rempo se.ballan en posesion
conlrrt el gusto i In elegancia: a de~pecho dt> semboca en el Att·ato, no hai sino '2'2 lt>guns: n de JUzgar i decidir de la suer ..
estos cargos caprichosos i paradoja les toáa la poco que se mejore e. te CHmino valdrían los fll'lt'S te de Jos hombr·es.
jeneracion present~ aprende a fumar_: la cul~a En- ocho pesos sencillos, 0 tal \'ez ménos. Si se EL BARON DE IIoLnAcu.
ropa reeihe con a\'ldez la amnrga hoJO. amencaua; logra producir tabm'o rn abundnnda, vendién- .
Ja démanda dia por día crece en sus men:adus, 1 dose en Europa la plancha btH·na a 27 1 28 pe- Srn que me anime prerencion alguna contra
úrlirnamenle el buen tabaco granctt..lino ha te- niques libra, el gasto de trasporte, delante d!' ~·l sefior Rnfae_l,l\'l. Jiraldo, olvida_ndo que ro 18M
nido escesivo precio. un precio tan esccsi\o, \'Íene a ser iusignifi- estuve (•uslodmndolo en su ealu..J;ui ~eababa~ de ser v~ncida la rchrlion
crecer, porque aumentándose de una _manera pro- Tiene pues la induslria dd tabaco en e) Cau- que acaudlll? el senor E_usebto Bot'l'l'ro; sin re_
dijiosa rl uso dcllabaco, la~ espol'tncw_ne~ de e~- ra, por ahora el eonsurno interior que es eon- 1:?nla1' q~te .Junt~s en 1854 conquistamos Ja glo.
ba, que disminuiran con el eunsancto ~ esten- siderable i en pe1·spectiva no mui lejana lus mer- rw del lnunfo; sm que sea mO\·it..lo por oonside
lidad de su~ tierras, seran todos los dws mas cados estranjeros. 1·:wiones personales de ninguna clase, voi a ernimpolentes
para satisfacer las ecsi.Jencias ue los Seria pues empresa casi humanitaria, adernns ...;ur~r s~ conduela oficial como goher·nador de
fumndor!."'s de buen ~uslo, que encuentran uues- de sumarncnlr luerativa, que los eapitalislas d<' :\nt1oqma.
tro ·tabaco de primera calidad. Mrdellin, es la blecieran en el Cnuca una o m a~ Si e u esta ocasi~n fne_re acre mi IenO'uaje 00
Est..1 industria, haf,la ahora no ha sido csplo- casas de aliño en grande, dando a~í lrahajo a :·.s por· q_ue tenga rnten~wn ~e herir suse<.>plihitacla
en la N. Gnmada sino en l\lariquila, en el la~ mujeres, a los niños, a los vh,jos i a Ja¡.; 11dades aJenas. De la aerunoma de mis pnlallras
Socorro, en Palmirn i en alguna otr;1 provin~ia personas débiles de las famili:ts pobres, pues bien 'lelwn .c~llparse los majiti~rados que han tenido
nas mui en peqw'ÍiO. Creemos que en AntiO- f--abido es que en la preparacion i cultivo lle! li~ ~lchl11dad de nn <'urnpllr sus dt'ue1,es, que no
. plia se puede naturalizar con gran pr?vc~·ho~ tabaco hai ocupacion para lodo el munJo. hH'Jeron lo que, eslos le~', p:Pseribian, 0 que 0 _
¡jor Hhora pnra rl consumo de lit provwcra. 1 Vamos ahora a dedr algo sobre los somhreros . hrar·on mas nlh de los l1In1les señ¡1luJos a sus
}nas tarde para esportar a los mercados estran- La iraca ( cal'ludovica) creer espontnncamen- f¡wull;rdl:.s le~ales.
jcros. te en nuestros valles calientes. Esta famosa plan- Ni en las náriones rh·i1izadns ni en las mas
La antigua Anlioquia commme el tahaco de La de orijen americano sil'\'e para hacer este· IPspóli('<.lS rJut'de lNrrr·se como buena esa lei que
Ambalerwi por "alol' de 100 a 500 mil pesos Rnua- r·as, escobas, empe~jar las rasas. hrn de estas SUIT\as es ba:tante re- varias cosas mas. Es pues una planta preeioslsima, ra YP.JHr 1 para opnn11r, esa lci qtw hace Vf'r dedon
da pnra estimular el espíritu de eapecula- cuyo cultivo recornenu::unos. Pero como mn!e .. !tlü donde no hai, q11~~ castiga falln~ intajin:uias
cion. Es inr.ueslionable )a conwuiencia de que rin primera para fa!Jricar sombreros, es de úti - 1tle no se han comelldO, la le1 de \'aganeia en
~ · d 1 · · Ji dad incnleulable. fin· .este (¡Jncro se que e en a pro" mela, pues 'u Para pnner l'n claro Ja COllducla del señor Ji~
~alida hace que sPa diminuto mn•stro capital JUedilando sobre el modo de dar emancipa- lt.J · <.1
circulante en mrtgHda a los pobres, que no vale mas que un diseur~o. el qne la aut01·i~lad atlminislt·a~h·a con una plq:
pueden hacer a,·,mces a los cnlti"adMes, ni traer Especialmente, lo repelimos, para la:;\ mnjrres mada con un ~1mple sumar·io, disponga de la
-prácticos de Am!Jalcmél, ni filht"iear huenas cusas esta <.>s una industria red •plora . .Puedeq vi\ ir i suerte de un Ciudadano, burl::u¡du todns las ga-de
aliijo, ni<.)¡ r ;.ti tabaco la preparacion adecua- ~~·.1bajar en una ocupocion adre~wda a su debí- rantíns conslilllcinnall's. llago nolar al señor' al ..
da; es lo~ ensayos dnran por rrsultaclo mala calidad lidad, al lado de sus padn~s, baJO el amp,aro de calde qne tt~ngo una íntima ~i seO'ura con' iccion
rlc tabaco i se'ran CO!f!O e~peeulaciones poco fruc- su familia,_~ la sombr-a del hogar. E:; la in~ustri.a 1 de que .no !tai delilt~ de vaganel~; que el brchoJ
iuo~os. ~~ro una ~ocwrJad con f(?nrlo.;; ahunclan.~r~ les produc1n~ runtro ,·ezes _mas que ias de coc1- de no trabnJar matenaimente n<'~~'almru ·,· : .~ 1
, ¡J
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
EL PUEBLO.
aunque desocupado al parecer, i que nadie en 1 te no oft·eeen para ]a asociacion ni malas ni bue
el mundo es apto pnra decidir si es n1go o no nas eousl"cucncias.
el que no se ve tt·abnjando, pero que trabaja sin Imposible es hacer una esarta cnlificacion de
embargo, en meditaciones cien líticas i útiles qut> Jos que deben llarr1arse \'agos. Así es que siguienpueden
producirle l'iquezas i hienes. Hago ver que do los p1·incipios de la escuela de Jiralllo, se
segun el sistt)ma de los quC' per~iguen vagos, el pnede liPcir que son vagos i se pueden castigar
8abio pobre que estudia en su gabinete, que no corno tales, el sabio cuya ocupncion es puratiene
dinero, pei'O sí talento, que no dispone de mente intelcclual; el comerciante que por cualfuerza
física, pero si de la intelectual, tiene que quirr nea~o ha suspendtdo sus negociaciones;
ser molc~tado i perseguido como vago. Hago pre- el arksano que diariamente no encuentra obra en
sente que seguir· CcluSHS de vagancia en \'tspe- que ocuparse; i el hombre de estado, el hom··
ras o e elecciones para Gobernador, es un paso b1·e de oficina qne no tienen actualmente emque
falsea el sistema repúblicano, que desvir- pleo, que han perdido su colocacion en virtud
túa i aniquila el derech(1 de sufrajio i cu.mpi'O- del viento eHprichoso de la popularidad.
mete i destnrye la reputacion del Alcalde o Pre- 1\Iullilud de observacinnrs pueden hacerse para
feclo. Estas ra·wnes que alego i que quedan a- clemostnu· que las leyes de vagancia opuest,,s a
puntadas en el sumario nada valen absoluta- la justicia 1 la razon, son tambien contrarias a
menle. In ConsLitucion liberal de 1803, i siendo así, ellas
El funcionario de policía Victoriano Upegui du- tienen que es lar derogmlas por el art!culo 58
da al oil· mi osposicion, cons~1lta ni Gobernador de esla, que como lei fundamental cJehe obserJiraldo,
el cual dicta la resolurion que sigue: varse primero que todas en ln repúulira. Tén-
"G. P. Medellm 26 de noviembre de ·t 85~.- gase prest:nle que ante una lei fundamental deVista
la consulta que anleeede la golwrnaeion ben callar no solamente las otras ley~s, sinó tam ..
considet·a: 1.0 que segun la resolucion del P. E. bien i con mas razon los conceptos ut·hilrarios
de 30 de agosto de 18oñ, GacelA número 1 ,8:>2, i caprichosos de un p:obrmandr· de provincia, i
]a lei 3.a parte 3.8 tratado 1. u i la 9.a pat·Le 3. 0 de un encargado del P. E. que ninguna facultratado
2.0 de la R. G. están vijrnles C(ln la es- lt1d tienen par·a imponer penas ilegales i muc.:ho
cepcion q·ue allí se establece. 2. 0 que el juicio por ménos pat·a minorm·la~, eomo se hace en la rejurados
solo puede teuer lugar cunnd'o se pm- solueion del St'ñor Jiraldo.
cede pOI' delito o crimen que merezca pena cor- V<'rg·onzosa i lamentable contradiccion! En
poral o la pérdida de la hhertad del individno 18~4, el mismo hombre qtw hoi m·bitnu·iamenpor
mas de dos años sieíc.dc por tal mori·cfi res- te i)f•t·sigue a los ciudadanos, llevaba los Anliotrinjida
a dus años solamrnte la pena que p·tte- qurños a los eampos de Bo~otú, a det·ramar su
de impone'tse por l~s iefes ~e poltcia a los 'l.'a,qos. sangt·e comhatit'ndo en defensa de esa consti-
3.0 que estando ,.iJenles d1chas leyes, es un de- tucion de -21 de nutyo, que unra él no es hui
ber Je los funcionat·ios aplicarlas a los casos qnc mas que una somhra, una lci escrita, que se
ocurran, pues por rnns irnajinar·io que ~rn en con- eouore i sP. enlienJe, pero no se cumple ni se
Ct>pto dd señor ajente fisc<:ll clel Norde~te el de- rcspela, sino que se desprecia altamente i se
lito de vngancia, la espcriencia de todos los dia~ riola con desea ro. Pt>r·o el qne ddt'ndiendo el
enseña que donde quiera que Hbundr~n los 'a gobierno, el. órden i la libertad supo dc~pt·eehu·
gos, aiH se multiplican los vicios i con ellos lo- s•.1 vida t•u AbejnrrHI, Rione~ro, Boza, las Cruda
clase de crimeues i la pérdida de la. moral ces, la Peña i Bog·ola, no puede aprobar la coui
buenas costumbres \'Írne a ser· el el'eclo infa- duela dPl ma.Ji. ll'ado que se apm·ta dd debe!',
lible de ese delito que se llama imajinflrif}, al pro- nu puede com·erlirse en verdugo de la humapio
tiempo que hombres honr·ados de todos los nidnd, no puede obl'ar en contra de Jos prinpartidos
ecsijen medidds efieaceg que lo repri- cipios etemns de justicia, no puede tolerar que
1nan, de donne se ,.e que si el delito es irnajina· se Yiole la leí, que se ronculqut:!n i ''ulneren !os
rio, sus efcdos son reales i positivos. Por létlt.•s princ.ipios de hmwt· i ele mor·aJ.
consideraciones la Gobemacion t•esut>lve. Vuel- Que siga pues el st>ñor Rnrael 1\iaria Jiraldo
va este cspedienle al señor Prefecto Jel Nol'(les- gobernando a imitacion de Sila, adn .. imstrando
te, para que en calidad de tal, si aun no hnbie- rigurosa i m·bttrariarnente la justicia i haeienre
cesado o de Alcalde del distrito de Amalfi con- do •' que los rescriplos del trono decidan lds
tinúe iniciándolo i dicte las resoluciones que cuesliones que por su novedad o por su imporconforme
a la Jci deban recaer.-JmALDO.-Cas- Lnncia parezcan superiores a la autoridad de un
tro, Sec~retario." (*) proconsul ". Continúe siguiendo su línea de con-
Dice el señor Gobernador que ]os hombres bon- c1uct<~, enlrelanlo, que para mí, ajen le fiscal del
rados de todos los partidos ecsijen medidas efi. Nordeste, eneargado de sacar avante la vindiccaces,
etc. Si hubie1·a dicho los hombres de mi la pública i conser·var incólumes Jos dercehos
pm·tido, tendr·ia razon para llamado f1'aneo e in- del pueblo, no qUt•da otro reeurso que renuncinr
jenno, tendl'ia razon para creer sus palabras. Pe- nn destino que sino se desempeñara de acuerdo
ro en cuanto a los hombres honrados del par- con mis convircioncs, de acuerdo con las leyes
tido liberal, afirmo por mi honor, qne ellos nun· del honot·, no haria mas que arroja¡· mam:has
ca ecsijiet·on eso que se llama medidas eficaces indelebles sobt·e mi jóven pero limpia frente.
para reprimir lo que no es criminoso. Si en vez Asi lo babia ofrecido en la eomunicacion qu<'
de atender el señor Jir·aldo a su capricho i n las ciirijí al Presidente de la Lejislatura constituycnE-
csiJendas de esos hombres de pmtido, atl'n- te de Antioquia, manifeslando que acrptaba el
diese a la Jei i a la justicia se gl'ilnjearia no el deslino dr ajen le fiscal, ''en la l"ual son de notarse
odw sinó la eslimacion ::-incera del pueblo que estas palabras." 1\Iis principi()s snn eonocidos en
gobierna. la República; i los hombres de mi escuela no a-
¿Porqué al dictar ese drerreto no CPnsm·a la postatan nunca de sus dodrinas sino por una jui~
Gobernacion el manejo imprudente i atenlatnrio cinsa i razonada conviccion"
del funciona1·io que sigue causas de vagitneia Que nos juzgue ahora la opinion.
a los elrdorcs, al tiempo de elecciones pura Go- JJfam.tel Uribe Vd;;quez.
INS~RCION.ES.
PROVI~CIA DEL CAUCA.
¡A un todn\'ia no concluye para csf.e infortunado
Valle el imperio del asesinalo i del pillaje! ..
Ann no son bastantes para calmar la antropoFHjía
de .estos enl'ibes, I(!S lagos de snngre con
que hnn mundado las nsueñas comarcas del
Cauca.!
¡Un crímen mas!. ....
¡ 1\lurió A.nt.o·J1.io JJ.Inteus!
El puñal de ~os asesinos acaba de justificar
le~ santa causa ltbl'·ral 1 ¡Que maten ........ que
JHIIc..'u ...• ·.• ... que todo Jo destruyan l ....... .
Pero i a! de Jos ogros 1 El dia de las vengan
zas Jl_eg· ra! ...... ¡ ÜJo por ojo, diente por uien-
Le, diCe la Escritura 1 t
Quién lo creyera !
. A.~tonio JJiateus el 4 de diciembre de 18ñ.i,
nv¡:ll.tznndo al l\Iurat de Napoleon 1. diva~a por
med1o de los fueg-os encmiuos en la batalla de
Bogotá, i el mortit'eeo plllmonlo respeta como \'aliente
i denodado capilan!
Anto11io l'tia.teus el 4 de diciembre de 51··
es el primero en fija1· sobre la eslálua de Boli:
var, la bandera constilucional, i con ella el imperio
de Jos principios 1
Mas ¡ oh contraste!
~uto1~;io lVIatens, e1.4 de diciembre de> 1855,
•mn·c•·~ano del rt'slahlrcuniento d..! la Constítueion,
rinde ~n vida a !os golpes de los inicuos
punnlrs de seis IJandidos con!-enndores, que le
asechan embo:;cHdos en las calles de Palmira ! ! !
· JY.Iateus !, JJ.fa.tens! .... La bandc1·a d~ la
C.onslitucion te coiJija! ! ........ La gratitud na-cional,
acaba de rtremiar tus servicios a la call-sa
de la libertad ! ! ! ....... .
i -"~'~tetes! . ... tu muerte es mas qne la de·
sapartcwn de un hombre!: ella dice con I.amurLine
a la Rt·públiea que: "Los pueblos que se
uuermen, suelen despertar encadenados'' 1 ! ••••
JJit#.letes ! ..... que tu desolada esposa 1 tus
tiernos hiJoS hallen consuelo en este valle de
miserias e ingralitucles! ......... .
Hl~lleus! .. . qu~ la conciencia de tus asesinos.
i la l Sr. 1~ irométles Con to Gobernador u el d 1 Q
Pero el seiior Jiraldo a qnien con tnnta esactitud
puede clársele el título honodfko que se
rlaba al mahometano Caled, a quien ll::unahan
• 'espada de Dio~ i azule de los intkles" mui bien
~e ha guardado siempre de preren ir· a los subalternos
suyos, que se absteng,m tle intervenil' en
matel'ia de elecciones.
Qu~ las leyes sobre ,·agancia eslan ya del'Ogadas
es un hecho que no puede revocar se a
duda, mas que pese al P. E. i al Gobernador
Jiraldo El arlículo 5. 0 de la Constilucion política
garantizando a los g-ranadinos en el inciso
1.ó la llbertad indi1Jidual, i reconociendo el
princípio de que en nada perjudica la libct·tad
ajena el que haec liSO de la suya, i por consiguiente
mucho ménos el qne nada hace, el que
permanece en la inaccion, es por· sí solo un ar·
J~;umento tan fuerte que no se puede destruir
En caso de que el Yago. que no trabaja, ocurra
al robo i a otros delitos par·a buscar en tan
mala fuente los medios de subsistir, que se Je
castigue, porque roba o porque delinque de otra
manera, mus nunca por hechos· negativos,
por hechol4 que no ecsisten, i q.ne por consiguen-
Cho,•ó, que en H de julio uel año pnsado dictó la rcso~ vor e a ~asa. ue lambien se prPviene en el
lucinn !':iguiente, declarando no vijentes las leyes contra auto men~10nado a los r¡ue tengan en su poder
la ·1 agrwcia. per.teneneias del quebrado, que hagan manifes-
"Visla la consulta del Alcalde de Nóvita sobre si es- tacJOncs de ell 1ts por notas que cnlrruarán al
tán v1jentes las leyes contra Ja vngancia i r> coNsiDEllAl'iDo: Jurz, pena de ser tenidos por ocultadores de
J.o Que la Repúbliro ga1·aotiza a todos Jos grnnéldi- bienes i co.m~lic~s ~n la quiebl'a. Que por auto
nos "la libet·tad individual que no reconoce otros límí- de .28 de JUll.o ulluno se nombró JHll'a deposi-tes
que la libertad de oll'O indrvitl.uo segun las leyc "( Cons- l nno n Jas restrirril?nes deJas leyes, pero no haberse presenlado IIH'Onvc!HCntes Insuperables
ser obl1gado a eJercer un ofino cualquiera. el Tribunal, por auto de 21 de t•ste mes, sefiaJJ
S.o Que si un vago. por consecuencia de su ocio"!';idad o para la reunion de la espresada junta rl dia ~4
falta de recursos ejecuta un hed10 punible, es castiaado de febrero (lróximo a las ·10 de la tnan... ." na erl
C<•~form~ a la leí. penal cor:nun por el hecho positil)o0 cri- " '
mmoso 1 no por la 1Jagancta o la no oc1tpacion i; el 1oeal que ~ine para el despacho.
4.0 O_ue l~s. leyes. contrél. la vaganc1a son contrarias En tnl nl'lnd se convoca a lodos los acreedorci
a las d1spos1C1ones c1tadas 1 han quec~ado virtualmente de Raf:.tel Aranao Jar - l 1 < ( l . ~ ran
REsUELvo: · . 1a • a a m~·a. S('Oa iH os .a y pnmer~ ]Un-
La Gobernarion es de concepto que no está viJente ta JPnera!. aperc1_b1~1~~ a que, SI ast no lo venfican,
el título 1 o de Ja leí 3. ~, parte 3. ~, trntado l.o de la ¡les parara el per¡meto que hayH Jugar.
Recopilacio~ Grana
Fuente:
Biblioteca Virtual Banco de la República
Formatos de contenido:
Prensa
Compartir este contenido
El Pueblo - N. 34
Copia el enlace o compártelo en redes sociales
Facatativá: gaceta departamental - N. 68
l •••••
GACETP~ DEL DEPARTAMENTO
AÑO 1 República de Oolombia-Faoatatlvá, 24 de Dioiembre de 1909 NUMERO 68
.rr==;;- G
OONTENIDO
GOBIERNO NACIONAL
Poder I,l'lrislativo
Ley número 41 de 19<>9, que honra fa memoria de un ciudadano
benemérito .•.•••.•.•••.••••....••••..•••••.•••••.••••. 537
Poder ¡;;.fecutivtJ
Nota del Ministrn de Hacienda y Tesoro .•••.••• ".' •• " • ••• 537
GUBERNACIÓN
(;obieYH() y Justicia
Dcclaracionc~ rendidas en ~ ol:aima á sol¡citud del 06cial de
Hacienda de la Gobern tción . . ....•..••••.• ••••• •••••• 538
Rc!>olucione. número 17, IS, 19, 20 Y 21 lle 191)9, sobre rebaja
de pena ••••.•••••..•••• . ...•..•••••.••••••••••• 538 Y 539
H acim da.
Decretoc:; uúmeros 22, 23, 24, 25, 28, 30 Y 31 de 1909, por 105
cuales se hacen uno' nO\lIbrallliento· . ••••• . •••••••.• 539 Y 540
Decreto número 29 de 1909, por el .:ual se determinan las Oficio
nas donde dehen pagarse alguno ' sueldos .••••••••.•• o... 540
Decreto numero 32 de 1909, por el cual. e reforma otro....... 540
Autos de fenecimiento n(\:neros 15 y 16, de la Cl1ntaduría del
Oepartamento, dictados:i las cuentas de Registro del Cir.
eu\(' de Villeta, corre. !>ündient(.!s á los meses de Ago:;to y
Septi mh re de 1909 . .••• .• ••••.•••.. • • . ••••••••••.•• o. 541
Auto de obse rvacioll e!. á la cuenta de Registro del Círculo de
La Pnl mll, corrl:sp( lll dil!l\te al me. ( ¡:osto de 1909·. ••• 541
I nforme del Mubachoquc,
relati vo al 2. o semestre de 1901L. . ••• . .•••.. .• o.. ..... 543
Auto á la cuenta ele la Tesorerí:l ~l unicipal de Zipac6n, correa.
pondiente al 2. e semestre de 1908 . ................... "" 543
Auto á las cuentas de la Tesorc.ría M unicipal de Cnp:urapl,
corrc:-.pondiente á los mc!.es de Julio y Agosto de 1909 ..• 543
Auto á las cuentas de la Tt!!.orería Municipal de La Peña
corrC~p0n(tiente á los meses de Enero á Junio de 1909 .•• .' 544
Auto á la cuenta de la Tec:;orería Mudcipal de Caparrapí,
eorre -pl>ndiente i Septiembre de 19 19··... .... .. .... .... 544
Edict06
A visos O/ida/es
(;OBII~RN() l~ACIONAL
PODER LEGISLATIVO
LEY NUMERO 4! DE I909
(26 DE OCTUBRE)
que honra la memoria de un ciudAclano benemériro.
El Con.qre~o de Colornbia
CON-3IOERANDO
544
J. o Que en la la rga y meritoria vida política del
Generdl SERGIO CA.~[.ARGO, ourante la cual ocupó
los más altos cargos de la Repúl>lic~l, ciio prueba de
una alteza de miras y efe una hidal~lIía de procederes
dignas de todo encomio;
2 o Que cumo Pr~siefente de la República, como
Gellcrtll en Jefe del Ejército, como ~linistro Diplomá.
tico y en todos los demás puestos qt,Je le tocó oesem
,peñar, representó dignamente al pueblo co10mbiar:o y
fue uno de sus servidores más ilustres y desinteresa-dos;
y .
3. o Que fue de los precursores de una política
de conciliación entre los partidos, como el mejor me·
dio de dar á la Nación paz y jl.lsticia,
DECRETA
Artículo l. ° Hónrase la memoria del General
SERGIO CAMARGO, y declárase que su vida merece
ser propuesta como ~jemplo á sus conciudadanos.
Artículo 2.° Un retrato al óleo del General CA·
MARGO, costeado por el Tesoro Nacional, será colocado
en el Palacio que sirve de residencia al Prciidcnte
de la República.
La suma necesaria para ello se considerará in.
cJuída en el Presupuesto.
Dada en Bogotá á v inticinco de Octubre de mil
novecientos nueve.
El Presidente del Stnado,
FRANCI ·co MONTAÑA
El Presidente de la Cámara de Representantes,
Bo .. lIFACIO VÉLEZ.
El Secretario del Senado,
Ca,rlos Tamayo.
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Luis María Terán ..
Poder Ejecutivo- Bogotá, 26 de Octubre de 1909
Pllblíquest' y ejecútese.
(L. S.)
RAMON GONZALEZ VALENCIA
El Subsecretario de Gobierno encargado del Despacho,
BERNAltDO E~COBAR ....
PODER EJECUTIVO
NOTA DEL ~IINl 'TRO D~: HAcfENDA y T)~SORO
Re),ública de Colombia - Distrito Capital·-Administración
General de las Rentas de Licores y DegüeJ]o-Número
I,op-Bogotá, Noviembre 25 de 1909.
S~/7or Administrador guural d( las Rmlas tÚ Licores y Dt ..
liiello.-Facalativá.
Tengo el honor iJe transcribir á usted el oficio
número 1,882, de 22 de los corrientes, que el señor
Ministro de Hrtcienda y Tesoro dirigió al señor Gobernador
del Distrito Capital , relaciollí\do con el impuesto
de introducción de licores, el cual dice así:
"Ministerio de Hacienda y Tesoro -- Ramo de HaciendaNúmero
1,882- Bogotá, 22 de Noviembre de 1909.
Se/70r Goberllador dd Distrito CaPital-E. S D.
Tengo el honor de pon el en conocimiento de uste
.1 que tstc Ministerio está en un todo de acuerdo
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO
.con lo dicho por usted en su atento oficio número
712 de 2S d. Septiembre del año en curso, por ser
cosa muy distinta el derecho de introducción y el de
tránsih). En consecuencia, resuelve que en el Departamento
de Facatativá no pueden cobrar nada por introducción
oe licores al Distrito Capital, y por tanto
el artículo 38 de la Ordenanza de Cundinamarca. número
15. de 1903. adoptada para el cobro del impuesto
de licores del Distrito Capital, debe entend~rse
respecto de los licores que se introduzcan para el consumo
en llll0 Ú otro Departamento y nó de los que
transitan por el territorio de ellos, sin destinarse á
consumo en el Departamento por oonde transitan.
De usted atento y seguro servidor,
MANUEL DÁVILÁ Fl.ÓHEZ"
En tal virtttd, ruego á usted se sirva dar las órdenes
elel caso para que cuando vengan licores nacionales
de otros Departamentos con destino al Distrito
Capital, se abstengan de cobrar el impuesto de
introducción en ese Departamellto y, si no hubiere
inconveniente, se dé aviso á esta Administración para
hacer efecti \'0 el cobro aquí. ofreciéndole reciprocidad
coando u!:lted lo creyere necesano.
De usted atento y seguro servidor,
C. Pn:sCHACÓN C.
aOBERNACION
(iOBIEI~NO y JU TICIA
En Nocaima á veintinueve de Octubre de mil
.o\'ccientús nueve, pre!:lente en el Despad:o ele la r\ 1-
caldía el señor Roberto Rodríguez con el fin de rendir
una declaración solicitada por el señor Oficiai de Hacienda
en rt!presentación de la Gobernación; quien
juramen tado legalmente por el señor A Icalde y que
bajo el j lIra mento expuso: Que no tiene conocimiento
ni ha visto I.·onato revolucionario ni subversivo en contra
del Gobierno, ni tÍ él se le ha llamado para tal fin,
ni ha oído decir. Que solélmcnte, firmó una adhesión
á favor del clero y del Gobien o. Que se ratifica en
su declaración, y firma con el señor Alcalde y St!cretarto.
E! Alcalde. PEDRO JOSÉ FONSEr;A-RoBERTO
RODl\.Í<.; U EZ C. -Lisandro A. GurruY(J, Secreta rio en
PI l'piedad.
En Nocaima á veintinueve le Octubre de mil
novecientos llueve', se presentó en el Ue_pacho de la
Alcaldía el señor Pedro Bvhórquez O. llamado por el
señur Ofic:al de Hacienda, en representación del Gobierno,
con el fin de tomarle una declaración jurada,
para lo . cual el señor Alcaldé por ante el Secretario,
le recibió jllramento en forma IChal y por él prometió
decir verdad y expuso: Que no tiene conol..imiento, ni
ha visto cOllalo revolucionario, ni su bversi vo en contra
del Gobierno, ni á él se; le 111. llamado para tal fin, ni
10 ha oído decir. Que se ratifica en su declaración, y
firma con el señor Alcalde y Secretario.
El Alcalde, Pt;Vl{O Jús' FU:-;~ECA-PEDRO 130-
n61\.QUEZ Ü.-LÚlWdl'() 41. GueruJ'o, Secrdario ell
propiedad.
En el Mur icipio de No<.:aima á veintinueve de
Octubre de mil novecientos llueve, Se pré::ientó en el
Despacho de la Alcaldía el st::iior Ramón B. hórquez
O. con el fin de rendir una del.. aración ~o;icitaJa por
el señor Oficial de Hacienda, encargado ele la Gobernación;
para tal fin, el señor Alcalde, por ante mí el
Secretario, le recibió juramento en forma legal y bajodel
cual prometió decir verdad en lo '-{ue supiere y se
le pregunte y expuso: No me C0nsta que haya habido
pronunciamier.to ni acto revoltol5o contra el Gobierno
actual, ni acto revolucionario, ni subversivo en contra
del Gobierno en estos días; ayer como á las 8 a. m~
le oí decir á Pedro Borhórquez que Lucía Laverde de
Botero había recibido un papel dirigidv de su espo'So
Elías Rotero, urgente y una carta para el Gcolleral
Silvestre Luque; la envió dicho Bohórquez, y el ci.
tado Bohórquez, me dijo: Que el papei preguntaba
que si aquí había pronunciamiento en este pueblo, de
lo que no me preocupé. Es cuanto me consta y digo
bajo el juramento que tengo prestado, y fil mo cvn el
señor Alcalde y Secretario.
El Alcalele, PEORO JO.'É FON ~:<.:A-RAMÓ N
BOHÓRQUEZ O.-LisalJdyo A. Guerl',rl, Secretario en
propiedad.
En ~sta misma f~cha se presentó en el Despacho
de la A lcaldía el señor Mode<;to Bohórquez con el fin
de rendir su declaración de él !lolicitada por el señor
Oficial de Haci~ll(ia encargado por el Gohitrno ; para
lo cual el señor Alcalde por ante mí el Secretario. le
recibió juramento y bajo su graveclacl, expuso: Que
me consta que Pedro HohórqL1ez dijo que habían mandado
preguntar del lado oe La Vega que si había pronunciamiento
aquí; pero ql1e no ha ::-.t. acto revolucionario
ni subversivo en contra del Gobierno, ni á mí
s : me ha dicho nada semejante. En la ,'el lana pasada
le vendl dos toros á Jos~ HeIH1\'ide , . y luégo lo .()Jlsultó
y me dijo Bt'ila\'iocs qu 110 los tomaba ya,
porque le habían dicho que estaban esperando algún
movimiento. Es cuanto me consta y digo brljo el jrtramento
prestado. En c01lstancia firmo c<.~ n el eñor Alcalde
y Secretario.
El Alcalde, PEDRO JO.'É FONSFC .\-MODESTO
BOHÓRQUFz-Lt'stlmlro A. C;uerrcro, Secretario en
prc ¡.>iedad.
RE OLUCION ... TLJl\tEPO 17 DE I!)O?
sol,/"(' rdlJ/(l t!( tOlt1
(;obernación del D~partamento. - Facatativ,í, • T ovicmbre 13
de 1909.
Por sentencia del Prefecto 1 rovincial de Faratati .. á, fue
con lelJado Justo 'cgulldo (;uzmán á la pena de p re:nto. -Facatativá, Noviembre 13
de 1909.
A ureliano . uárez, preso actualmente en la Colonia Pena]
dd Meta, olicita en lt'g'-l forma se le rebaje la tercera
parte de la pena que allí e tá sufriendo.
Para resolver se considera :
• t gún el artículo 1 J -4- <..le 1 Código Penal, es necesario
para uhl(;ner esa grncia que el oelin(;uente haya observado
durante su prisi6n buena conducta en el Establecimiento de
cat.:tigo donde esti purgando su pena.
Exa'U1lléHio el certificad·,) (lue wbre el particular se halla
en la documentación presentada, resulta que . uárez se ha.
distinguirlo en la Colonia Penal por su buen manejo, subordinatión
y servicios, Tambiéu aparece que en dicho Establecimiento
ha p1gado la Oo. terceras partes de la pena de
tres años de presidio á que fue conrlenad0. En consecuencia,
siendo d peticionario acreedor á la gracia solici~ada, la Gobernación
~ESUF.LVF. :
Conré,lese á A ureliano ' uárez, pre:-o en la Colonia Penal
del Mctn, la rebaja de la tercNa part~ de la p -~na de tre~
a~os de presidio que está purgando en aquella Colonia, en
Virtud de sCAtencia que fue piOferida p 'lr el señor Prl'fecto
E C R E T .\
Artf( ulo único. Por r nuncia aceptarla al ~ eñor F~cipi6n
Mo quera del puesto de Colector de la Rentas de Li·
cores y DegUello del Corregimiento de Cambao, nómbrasc
Colector Cuar.la al señor .Faustino Sáenz G.
§ Este empleado tendrá un sueldo fijo mensual de diez
pesos oro y ellO por 100 del producto de lo que recaude.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Fa( atativá á 3 Je Noviembre de 190 9.
HAFAEL CARVAJAL-El Secretétrio Gene.
ral, JULIO J. ARGÜELl.O.
DECRETO NUMERO 25
por el cual se hace un nombramiento.
El Gobe'Y1urdo1' del Dfptlrtamellto
en tlS0 de sus facultades legales,
DECRET.\
Artículo único. Por tenerse conocimiento de que
el señor] uslo Garda Jtsempeña otro empleo aele-
1l1ás del dt: ColedoI oc la~ Rt:Jltas de Lkores y Degüello,
y siendo esto prohibido, se declara insubsistente
el nombramiento hecho en él para desempeñar
dicho puesto y nómbrase en su reemplazo al señor
Salvador Pava.
Comuníquese y püblíquese.
Dado en Facatativá á 3 de Noviembre de 1909.
RAFAEL CARVA] AL-El Secretari() Gene-ral,
JULlO J. A RGUET_LO
DECRETO NUMERO 28 DE 1909
(6 DE NOVIEMBRE)
por el cual se hacen unos nombramientos
El G(}btrnador del Departamellto
en uso de su facultaJ.cs h'gal~s,
DJ!:CRRT:\
PronJ!1é"ese nI coc."ií ,r Godufrcdo Ca~taño del pues-to
de Guarda de las Rentas de Licores y Degüdlo
del Munkipio de Q~lijJile al mismo empleo en el Municipio
de Villeta y nómbrase para que llene la \'acante
en Quipile al señor Lino l\fonroy.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Facatativá á 6 de Noviembre de 190ó~
RAFAEL CARV AJ AL-LI Secretario General,
JULIO J. A RGUEI.LO.
DECRETO NUMERO 29 DE 1909
(6 DE t\OVIEMBRE)
por el cual se determinan lai oficinas donde deben pagarse algunos
sueldos.
El GobO'llador del Departamento
en uso de sus atribuciClnes legales,
DECRETA
Artículo único. En lo sucesivo el pago de los sueldos
de los empleados ele las Rentas de Licores y Degüello
del Departamento se verificMá en las Col~ctu.
rías de los Municipios donde ejercen sus fUnCIOnes.
dichos empleados.
~ Las nóminas respectivas serán remitidas por
los e'olectores á la Tesorería Gentral del Departamento,
donde serán admitidas como dinero.
Comuníquese y publíqucse.
Dado en Facatativá á 9 de Noviembre de 1909
RA FA EL CARV AJ AL-l .... 1 Secretario Gene-ral
, J ULIO J. i\1{(;UELLO.
DEC.R ETO NUMI<,RO 30 DE 1909
(9 Dio: ~ O\' I F.'IBR E)
por el c ll al se hace un nombramie nto.
E l C v{¡ulIcJtlor del jJ"pal'lcllllt'lIt"
en uso de u · atri buciollefi legales,
nECR ET A
Artículo único. Nómbrase Guarda Celador de la
P enta (f Licore y D egüello t:1l el 1\1 unicipio de Beltr<
Ín al St' ii0a' Antonino Ramírez, en reerrJplazo del ~eñor
Ti rso Plazas.
Comunquíese y pu l,líqu ese.
DaJo en F acatati vá á 9 de N ovicmbre de 19°9-
RAFAEL CARYA]AI.-EI St!tretariu C;cneral, JUI.IO
J. AR( ;ü¡':u O.
DECRETO NUME1:s legaleS,
DE C RETA
Artículo único. Nómbrase Colector en propiedad
de las Rentas de Licores y Dt>güello oel l\luIlícipío
de Beltrán al seiior Camilo Santo ·.
Comuníquese y pulJlíqucse.
Dado en Facatativá á 9 de Noviembre de 1909
RA FA l'.L Cr R VAj AL-J.i:l Secretario General, JuLIO
J. ARGUEI LU
DECRl':TO NUM.r . .RO 32 VE 1909
(9 DE 1 OL"':l\lBRE)
por el cual se reforma otro.
El (;,'obomzdo! tic! Deja! talllmto
etl 1I~() de sus aLrilHI< ¡unes legales,
1) ¡.: e hE T . .\
Altllulo úllico. Rt:f¿¡mast tI étpalte del ArtÍclIlo
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
FA CATA TI VA-GACETA DEL [H PARTAMENTO 541
2.° oel Decreto numero 29 de 19 de Agosto próximo
pasado, en el sentido de que el aumento del suelo
do del Subjefe de la Sección de Licores y D~güello
del Departamento, principia desde el 19 de Agosto
último.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Facatativá á 9 de Noviembre de 1909.
RAFAEL CAR V AJ AL-El Secretario General, J ouo
J. ARGUELLO
AUTO DE FEi'(ECIMIENTO
áicttrdo á la euellta de Registro del Círculo de Vil!da,
c~rnsp(}l1dit"fe al mis de Agosto d, mill10'l/ecrelllos IIlIeve,
de que t'S responsaNc ti sellor, Luis F. Forer6 A.
Contaduría de la Tesorería Departamental-Número 15-Fa~
catativá, No\,iembre J 5 de 1909.
Habiénnose rlado cumplimiento á lo observado
en el Auto número 8 nictado por estaContaduríél, al
cstuclirlr la cuenta en referencia, se dispone el fenecimientu
de ella, sin alcance ni multa á cargo riel responsable,
y con el siguiente movimiento de Caja:
Ingresos en el mes según com-probantes
........................................... $ 26 02
Honorarios del Reca udador al
5 por 100 .............................. . ....... .
Balance ....................................... .
I 31
24 71
SumÁs iguales ................ $ 26 02 26 02
Cópiese, notifíquese y publíquese.
El Contador, RAFAEL GONZ.Ü,FZ L.
AUTO DE FE!' ECIMIENTO
diefat!o á la CUlllta de Registro d,1 Cin;u/o d, Vil/efa,
eonespolldientt al mes de SeptÍf11lbre de 1909.
(RESP0NSi\ULE, LUIS F. l")RERO A.)
Contaduría de la Tesorería Departanlental - Número 16-Facatativá,
Novil!mbre 16 de '909.
Estudiada debidamente la cuenta de Registro
del Círculo de Villeta, correspondiente al mes de
Septiembre último, se encontró pérfectamente formada
y c(improbada por lo cual se dispone: fenecer
la cuenta en referencia, sin cargo alguno en contra del
n~spomable y con el siguiente movimiento de Caja:
Ingrcs05 según talones números
1 á 3 1 ............................................ $ 21 08
Honorarios dd Rel:aud ador al
5 por 100 .. _ •• ~ ............................... .
Balance ...................................... .
05
20 03
Sumas iguales ................ $ 21 08 21 08
Cópiese, notifíquese y publíquese.
El Contador, RAFAEL GONZÁLEZ L.
AUTO
pe ObSN 1)aÚ01US á la cumla de Reg islro dtl Círculo de La
Palma, corrtSto1Ultá/1t al mes de Agosto de 1909.
(Responsable, SATURNINO LINARES)
Contaduría de ]a Tesorería Deoartamental.-Número 2 L-Facatativá,
28 de Noviembre de 1909.
Al estudiar la cuenta en referencia ~e han encontrado
las 5iguientes in correcciones, por las cuales ~e difiere el fenecimiento
de ella.
l." No vino la copia de la diligencia ele "isita ni la
constancia de haberla solicitado oportunamente.
'l." Los recibos por honorarios no fueron recibidos por
el Alcalde.
3'- La partida de ingreso á que se refiere el recibo número
1 7 está errada, pues el enterante pagó s~lamente $ 0.~3
debiendo haber pagado $ 0.94, de conformIdad con lo dispuesto
en la Ley S6 de J 9°4, nU'l1eral t, artículo J.o
Debe, pues, reintegrar el responsable en esta Tesor~ría
la suma de $ 0.61 oro que dejó de cobrar pOI tal recibo.
Para el envío de los documentos de que hablan los
puntos 1.0 y 'l.o Y para el rein~egro ?e l.a¡ $ 0.61 se. con~eden
al responsable tres días, mas el termmo de la dIstanCia.
Cópiese, notifíquese y publíquese.
El Contador, RAFAEL GONZÁLJtZ L.
TRffiUNAL DE CUENTAS
----------------
rNFORM~~
UF.L MAGISTRAVO SEÑOR MANUEL S. AVALA
República de Colombia - Departamento de Facatativá - Tribunal
de Cuentas-Presidencia-Número 3y-Facatativá,
Diciembre I. o de 1909.
Se110r Strrefario Gmewl del Def(Jrlt111tento.-~tSelltt.
lnfornlo á usted del movimiento que durante el mes de
N ovil.!m bre tu vieron las cuentas en esta Oficina:
Sección 1.-, á cargo del suscrito.
~aldo de Octuhre ... _ ...•.•... _ •. . . . .... 22
Recibidas en el mes ....••..• - . . • . . . . . . . .. 4 2 64
Distadlatlas
Por fenecimiento ..•... - ............. _ .•
Por glosas .....•........ _ ....•..........
}Jor otro;; •.•.•.•..•..•.•• . •.••••.•.•...•
28
23
6 51
Saldo para DicIembre.. •. .. . . . . 7
Autos dietarf(JjO
De fenecimiento .. - ..... - - .......... _ . . . . 10
J)e glosas _ ...•........... _ .•.. _ .. • •. # • 8
De otros ....... _ ...•.... _ . . . . . . . . . . . • . . . .. 22
Sec,ión 2-. A ('argo del seilOr don Pedro (;ómez
Leóll.
Saldo dI:! Octuhre ..... _ ... _ .. _ ........ _.
Recihidas en el mes .. - . .. . ..........•...
Despaclllldas
.Por fenc,imiellto ....... _ ..••....••••....
Por glosas. __ .•...•.•... _ ............. _ .. .
Por otros .••.••....•.......•••.•.•.••...•.
'aldo para Diciembre .••.•• _ .•...
Auto.f dictados
6
38
8 52
De fenecimiento .......... - ...•. - ..••. - . . . 3
De glosas ..•.••.......... - - • - . • . • • • . . . . . S
De otros ........ - .. - ......••• - . • . . . • . . .. 9
R~SUmt1l
Saldo de Octubre en ambas Secciones .......... , 80
Recibidas en Noviembre ..............•..• - ... 74
'rotal .......................... 154
Se despacharon ..•.•.. _ . . • . • • • • 109
En ambas Secciones quedan....... 45
Presidmcia-Asuntos sustanciados .•• _ ..••••• _ • 12
&crtlalta-Cuentas archivadas ....•....... _.... 34
Oficios dirigidos durante el mes. •. .• • . . . . . • . . • . 57
De usted atento servidor,
MANUEL S. A.VALA M.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
542 FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO
A U lOS TESORERÍA MUNICIPAL DE SAN FRANCISCO
TE:IJRF.RíA ~fU~ldPAL DE SASAIMA
República de Colombia- Departamento de Facatativá-Tribu.
na} de Cuentas ·-Sección 2. a-Número 130-Facatativá,
Octubre 26 de 1909.
Ha yenido la cuenta de ]a Tesorería Municipal de a-aima,
corresponJiente á los primeros veinte Jías de Enero
de 1909, de que es responsable Félix A. Rasurto, para su
examen á este.: Uespacho y del estudio que de ella st: ha hecho
a parece lo siguiente:
1.0 Debe em'in el LiLro de Impuesto Predial autorizado
con la firma del señor Alcalde, por ser de imprecindiblc
necesidad aquel documento;
2.° Como no se han recibido las cuentas correspondientes
al segundo !'emestre de 19~8, debe el responsable
acompañar un certificado expedido por el señor Alcalde, en
que con~te qu¿ saldo recilJió de su antecesor ó si no recibó
saldo algUlll>;
3.0 Aparece que el rep')Osable ele esta cuenta no dio
( umplimiento : la ubligación que le impone el Ordinal 7
del artículo 52 del Acuerdo J)t-partamental número 11 de
J90 7, ni el ~dlor Al calde CU1l11,lió por su parte CO¡;¡ el deber
<}ue le impone <:l art íc ulo 53 al lí, por lo cual esta Sección no
pued.e reconocer los p:1gos que hizo el primero y que está.
con 19nados en los Egresos del Llbro de Caja, toda
ve/: que aquellos ga.st\)s se refIeren á ét)or.a posterior á la
en que ejerció la Tel>orerfa y mal podía hacer gastos con
fon~.os públicos, no teniendo cargo alguno él tiempo en que se
venncaron. Ot:be por tanto el sei10r Basurto, entl!rar inmedlatamente
en la Tesorería, la suma de $ -4--4--30 que aparecen
recaudados pur él, pues de lo contrario este Triuunal
. e verá precisado á hact!r uc;o de la faculta(l consignada en
el artkulo 115 Lid Al uerdu Dlpart mental citado;
4 .0 ( omo el re~p()ll sable ce~ó en el ejercicio de sus fun-
4;iones, con fee ha w de ~: Il <: ro del pre. ente año y no rindió
us cuent .. dentro oe 1% c1ic¿ días siguientes, como lo dispone
el artículo 88 dd Acuerdu Departamental número 1 I
~egúll se deduce de los insertos que apan:ccn en el Libro de
'aja, hedlOs con fe cha de 1 ° de ~Luz , pues el Honorable
Concejo no dejó la constan 'ia ordenada en el aparte 3.0 del
.artículo aquí ntado. este Tribunal en (umplimiento del artículo
89 ibidem, declara al señor Félix A. Ba!-ourto incurso
en la multa de $ 10 á favor del Tesoro Oepartamental; y
cumo al dccTt:tar esta multa e. ineludible decretarla igual al
P.re. idente del 'nnc('jo qUe dejó de imponerla, .sí queda
NOvi('mure de 1908.
En "ista del parágrafo del artículo 1 r 7 del :\cuerdo 50-
bre Código Fiscal dd Departamento, el señor Gobernador
determinó expres6lmente el conducto por ti cual se hizo
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO 543
di cha remesa, quedando así el Secretari o de la Junta SlU
responsabilidad ninguna.
Por las razones expuestas
SE RES{;ELV~
Re\'ocar el Auto número 97 bís de la Secci611 1- de
este Tribunal y el número 74 de Agosto de 1909 de la Contaduría
de la Tesorería Departamental, quedando fenecida
dicha cnenta sin cargo alguno.
Copiese, comuníque5e al señor Tesorero Departamental
para que se describa en los libros la corrección correspondiente
r publíquese.
El Magi~trado, MANUEL S. AVALA ~t.-El Secretario,
Luis 1-. Carda y P.
TESORERíA MUt'fICIP.\J. DE SUBACHOQUE
República de Colombia. -Departamento de F acatativá.--Tribunal
de Cuentas.-Sección J~--Te50rería Municipal de
Subachoque.-Número I 37.-Facatati\·á, Noviembre 3
de IQ09.
La extinguida Sección de Cuentas de la Secretaría
General del Departamento, dictó el Auto de
observaciones número 13, de 26 de Mayo del año en
curso, en la cuenta de la Tesorería Municipal de Subachoque,
relativa al segunc10 semestre de 1908 y de
que es re~ponsable el señor Odilio Matiz.
El responsable dio contestación satisfactoria, con
fecha 30 de Septiembre último, á dichas observaciones,
qut;(bn:io la cuenta debidamente arreglada y
comprubada.
En tal virtud
E Rl!:SULL'fE
F("nécesc en -;e¡;l1llda instancia la cuenta en referencia,
sin alcance ni multa contra su respolJsable.
.Alo! ;mitnlo de Caja
}11;: rUtJs
Exic;tencia anterior ............ $
Sumas recaudadas ............. ..
Egreso ................................ .
Existencia para 1909 ....... ..
Sumas iguales .......... $
791 65
7~O 30
1.5 81 95
Cf)píe5e. notifíquese y publíquese.
l,l7I 52
310 43
1,5 81 95
El :Magistrado, MANUEL S. AVALA M.-EI Secreta
rio, Luis F Cm 'cía y P.
'f1l:. ORERtA MU!l.ICIPAL DE /.lPACÓX
República le Colombia. -Departamento de Facatativá. - Tribunal
de Cuentas.--Sección I~- Telor~ría Municipal dé
Zipacón. -Número I39.-Facatativa, Noviembre ~ de 1909
S~ formulan las stguierltes observaciones á la
cuenta de la Tesorería ~Iunicipal de Zipacón. correspondiente
al segundo semestre de 1908, á cargo del
señor Vicente Zabaleta:
1~ Debe enviarse el recibo del señor Tesorero
Departamental por la suma ele $ 72-74 que según
consta se remesó co'no depósito por el saldo del primer
5em~stre ;
2~ Los comprobantes de las sumas enteradas por
Antonio Mendoza, Tesorero auxiliar de la vereda de
El Pd"O, correspondientes ti los meses de Febrero á
]ulio, por valor de $ 21-13, de Octubre por $ 6-:u
y oe Noviembre por $ 2-56. debe acompañarlos (artículo
83 del Acuerdo número 11 de 19°7);
3~ Asimi ·mo dehe acompañar los comprobantes
de Jo recaudarlo por derechos de Almotacén en los
Jl1eSCS de Julio á Noviembre 22, por valor de $ 4-95;
- - .• - - - - s_ _
4~ No figura en los libros la multa impuesta á
V ~Ientín Silva por $ 2;
5~ La impuesta á Sacramento Triana por $ %"
sólo aparece haber consignado $ 1 ;
6~ Los comprobantes de coso número5 9, 11, J l
Y 16 vit'nen sin la firma de los enterantes ;
7~ LOi de árr.a de población números 5, 7 á 11.
13. 11 á 19, 21.23. 28. 3 I , 33, 34, 35. 36,4°,4 1,43
á 46, 49, So, 53, 54 y 59 vienen con la misma irr~gularidad;
8~ Los de multas números 16 á 24. 26, 28, 33 á
35,37. 38.40 á 44. 46,47, 49. 50, 53 á 56, 58 á 61,
63, 64. 66, 68 á 75 vienen también sin firmar;
9!- Los de derechos oe tiendas números 1, 5 á 7,
10. I 1, 15, 17 Y 19 carecen de las ti rmas corresponciientes;
lO!" A las cuentas de cobro por valor del arrendamiento
del local para la oficina del Conct'jo Mun;·
cipal, hace falta el V;sto Bruno del Presidente del
Com,ejo;
11. A las cuentas de cobro de Merct:des de Guzmán
por valor del arrendamiento del local para el
Concejo en Julio, y á la nómina del Secretario del
mismo, falta el Visto Bueno (~el Presidente del
Concejo;
12. La cuenta de cobro por valor de la celebración
de la misa del I~ de Enero, viene sin la ti rma
del R. P. Roque Calzadilla ;
13. Debe acompflñarse la factura de los premios
suministrados para las Escuelas por el señor Julio Lamus
Obanoo;
14. La orden de pago de la Directora de Escuela
Emelina Díaz por sus sobresueldos en Noviembre
y Diciemlnt!, .... ¡en sin el rleí!;¡ y adtemás :e encuen*
tra luégo otra oroen de t'ago por el mismo servicio
en Diciembre. Explique el respol1liable esta irre·
gularidad ;
15. J \ la nómina de María N estoria Jiménez le
hace falta el Visto Brullo del Inspector local;
16. La orden de p.go á favor de Simón Sandino,
por valor de $ 7-50 ele útiles de escritorio para la
t\ Icalrlía debe venir con el rtcibí de dicho señor;
17. 'La nómina ele 105 Comisarios y Agente de
Policía en Junio. viene sin la firma de ninguno de
ellos;
18. Falta la firma de M elquisedec Martínez en
las nóminas de J lllio y A gosto, como Cemisario de
Policía;
19. El libro de la cuenta viene sin la firma del
Alcalde;
De conformidad con lo dispuesto en el IIftículo
106 del Acuerdo número I 1 de 1907, remítanse el
auto v las cuentac; al Consejo Municipal.
Í>or lo expuesto, se revoca el auto dictado por
el Cons("jo Municipal de Zipacón. de 30 de Septiembre
último, y se suspende el fenecimiento rl(' esta
cuenta. señalando al responsable quince días y la distancia
para contestar.
Cópiese. notifÍquese y publíquese.
El Magistrado, MANUEL S. AYALA M.-EI Secretario,
Luú F. Ga,'ría)' P.
TE::;URERIA MUNICIPAL VE CAPARRAPi
República de Colombia.-Dcpartamento de Facatativá.-Tri·
bunal de Cuentas.-Sección I~-Telorería MunicIpal de
Caparrapí. -Número 140.-Facatativá, Noviembre 4 de
1909·
Contestado satisfactoriamente por el responsabler
sefíor Pedro M. Mahech..t, el auto de glosas número
107 de 7 de Octuhre pasado, dict~do en la5 cllentas
d~ la Tesorería Municipal de Caparrapí, correspon-
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
.-------~---- ------------~-------------------
544 FACA T A TIV A-GACETA DEL DEPART:\ MENTO
dientes á los meses de Julio y Agosto de I~09, y no
hallando más observaciónes que hacer,
S~ RESUELVi:
Feneccrlas de manera provisional en segunda
instancia, sin alcance ni multa.
.AftJ1'lmimto dt Caja
Existencia anterior ................ $
1 ngresos ............................ ~ .... ..
Egresos .................................... .
Saldo para Septitmbre ......... ..
Sumas iguales ................ $
541 35
265 61
806 96
Cópi(:g(', n' tifíquc5e y pllbliqllese.
806 96
El Mélgistrndo, M:\NUEL S. AVALA M.-EI Secretario,
Luis F. Carda y P.
Tl<:sorn:r.;Í \ MUNICiPAl. DE L<\ J'EÑA
RelJública d~ Coiomhi,.-Departamento de Fac:ltativá.-Tribunal de
Cuentas.-Secei6n I~-Tesorerí~ Municipal de La Pefill.-Número
141.-Facatativá, Noviembre 4 de 1909-
Han sido contec:thdas gatisfactoriamente por el
responsable, sc:ñor Isaac J. Osorio, las glosas hechas
por auto número 65 de 6 rl(: Septiembre último, en
las cuentas de la TesorerÍa Municipal ele la Peña, de
Enero á J unío ne 1909. Por tanto, st: fenecen provisionalmente
las menci )nadas cuentas, sin cargo contra
su responsable.
Jd01';mit11to dt Caja
Existencia anterior ................ $
Ingresos ................................. ' 0'
Egreso~ ..................................... .
Saldo par.! Julio ...................... ..
3 1 34
326 59
357 93
Cópiese, notifíquese y puhlíq uese.
357 80
J3
357 93
El Ma~i trarlo, MA~UEI. S. AVALA M.-EI Secretario,
Luis F. Gttrda y P.
TF.ORERI:\ MUNICIPAl. D~ CAPAHRAPÍ
Repúbli-:a de Colombia -Departamento de Facatativá- Tribunal
de Cuelltas Sec{'ión I~-N úmero 146-Facatativá
NOViembre 9 de 1909.
Se sus!.)(:nde el fenecimiell~o de la cuenta del mes
de Septiembre de 1909, de la Tesorería Municipal de
Otparrapí, de que es respon 'élh le el señor Pedro M.
Mahecha, para observarle que la lista que el señor
Akalde pasó }Jara verificar el cohro del impuesto de
chicherías, tiene error de suma y de acuerdo con ella
se ca rgaron de más $ 0-15.
Para dar contestación á este auto se conceden al
ffspons(tble cinco días.
Cópiese, notifíquese y publíquese.
El Magistr3do. MANUEL S. Ay ALA M.-EI Secretario,
Luis F. Cm'cía y P.
AVISOS OFICIALES
PERMANENTE
Las nóminas y demás documentos de
-c~édito qlle sean registrados en la Sección 3~
d::: la Gobernación, nó serán entregados sino
á los interesados directamente, ° a recomendado
que presente autorización por escri too
Facatativá, Diciembre J 6 de 1909.
:s
A VISO DE REMATE
Por el presente aviso se pone en concimiento del público
que por Resolución número 8 del Ministerio de Hi\cienda y
Tesoro, se rem~tarán en la Administración de Hacienda Nacional
del Circuito de Facatativá, el dia 4 de Enero del año
próximo venidero á las 9 a. m., las siguientes Fábricas de Licores
de propiedad de la Nación:
Una en el M unicipio de Guaduas, compuesta de un terreno
y tres casas de habitación,de adobe y teja, dos a?arat05. de
destilación montados)' uno sm montar, con sus corresponolentes
pipas y enseres, accesorios etc., aVclluada en $ 1,497-13
oro.
Otra en el Municipio de Villeta, de la misma propiedad,
compuesta de dos aparatos de destilación, con sus pipas y demás
ac~~erios, avaluada en $ J ,909-45 oro.
Un aparato de destilación y dlgunos enseres más en d Mu-nicipio
de San Juan. avaluado en $ 69-50 oro
Será postura. admisible la que cubra el total del avalúo de
cada una de es las fábricas y haya consig1.ado previamente en la
Administr~ción de Hacienda Nacional del Ci,cuito la décima
parte del total del avalúo de los bient:s que quiera rematar.
En la ReCAudación de Hacienda Nacional del respectivo
Municipio, ó en la Admistración de Hacienda del Circuito puede
verse el pormenor de las dilig~ncias de a\';dúos.
Facatativá Diciembre 15 de 1909·
Ptrcy Braltdox, Secretario.
El JUt& 1. o dd Circuito de Pacala/i'PtÍ
HACE SABER
Que p:ua los efectos del artículo 1.395 llel C6di¡:o Judicial, p~ne
en conocimiento del públicll que ante esce \)e~pacho ha promovIdo
el 5eñor Personero Municipal de Bojacá deman
Fuente:
Biblioteca Virtual Banco de la República
Formatos de contenido:
Prensa
Compartir este contenido
Facatativá: gaceta departamental - N. 68
Copia el enlace o compártelo en redes sociales
Facatativá: gaceta departamental - N. 69
FACATATIVA
l' ••••• I
GACETi\. DEL DEPARTAMENTO
AÑO 1 República de Colombia-Faoatativá, 31 de Dioiembre de 1909 NUMERO 69
OONT.ENIDO
PSj.!inaa
GOBIERNO NACIONAL
Poder Legislativo
Ley númerO 42 de 19°9. que conced~ una autorización al Poder
E j ecu ti vo ..••.•..•••••. _ . _ •• . • • • •. •••••• • ••••.•••••••
Ley nÚlnero 43 de 1909. por la cual se destina el 25 por 100
del producto de la Adu,tnl de TU'llnco p.1fa la construcción
itlad y utIlidad públicas ............ .
, Poder /:.j'tcutivo
Circular del i:\Iinbtro de Hacienda ......................... .
Cir.;ular del ~1ini. teriu de Guerra .•••••••••••.••••••••••••••
G )RI~R. ACIÓ!ll
ú'obicrno y Justicia
lltu in crloullono nú 1 fIl :3 el.: 11)09. por el cUl1 !.e 11'118
parte de h, actuado en la cau 'a contra kicardo González:
545
545
546
547
547
5<47
\iC!0. por el delito (\..; hurto.. ••• .•. ••• •••••..•• .•••••• 5~9
Haciulda
Visitas pr:.cticac13s por el Oficial de lIacienda de la Goberna.
ción en los MunHpio ' del D ·partamento.... .••••• ••••• 549
Movimient@ de Caj l de la Tc!oor\:ria Departamental, (le! 1.0 al
lode Uiciembredc I9o:J .......... . . __ ••.•••••••••.•••••. 550
In ,"¡rllCCióll Pú6lica
Decreto níllllero 96 de '9°9. por I cual se hace el nombramien·
to de Directores de las Escuelas del Departamento para
elañoclc J9/0 .•.•••••.•••.•••••••••••.••••••••••••••• 55 1
Decreto númt!ro 97 de 1909, por d ('UJI se restablecen las Es-cuelas
N OCtUI nas en d 1 )cpartal11ento..... ..•••• .• . .•••. 552
Decreto número 98 de 1909, por el cllal se nomhran Directores
de la!> Escuelas Nocturnas en el UepartamentO .... ....... 51.1\
A visos oficiales 2
A vi!'Q de reIna te..................... _ ••..••.•••...•••••••
G()BIERNO NACIONAI.J
PODEH LEGISLATIVO
LEY NUMERO 42 DE 1909
(4 DE NOVIEMBRE)
que conct'r!e \Ina alltorización al Poder Ejecutiyo
El Congreso de Colombia
CONSIDERANDO
552
Que el acontecimiento que debe celebrar:ie el 20
de Julio ele 1910 es digno k cOl\memorarse cvn mues
tras de benevolencia, que comprendan también á los
que suf¡,<:!n condenas en 'as cárceles,
DECRETA
Artículo 1. o A utorízase al Porier Ejecutivo para
que con motivo de la celebración del primer centenario
ele la Independencia. cOllceda una rebaja hasta de
la quinta ¡.>arte de la pena corporal que en los estable·
cimientos de ca tigo oe la República estén sufriendo
los ru r."matados que hayan observado y sigan observclndo
buena cono ueta.
. 1
Parágrafo. Esta gracia no comprende á los rdncidentes,
á los reos de delitos atroces ni á aquellos á
quienes se haya conmutado la pena capital por la inmediatamente
inferior en la escala penal.
Artículo 2. 0 Lo dispuesto en la presente Ley
sólo podrá tener aplicación en favor de los reos juz-gados
y sentenciados antes del 20 de Julio de 1910.
Dacia en Bogotá á veinticinco de Octubre de mil
novecientos llueve.
El Presidente del Senado,
N. G. INSIGNARE
El Presidente de la Cámara de Repre5entantes,
Bo IFACIO VÉLEZ
El Secretario del Senddo,
Oal'los Tumayo
El . ecretario de la Cárn;:¡r. de Represelltantes,.
L1tü; María Te,.á"
Poder Ejecutivo-Bof,otá, Noviembre -4- de 1909·
PubJíquese y ejecútese.
(L. S.)
RAMON GONZALEZ VALENCIA ..
El Subsecretario de Gobierno encargado del Des·
pach0,
BERNARDO ESCOBAR
LEY NUMERO 43 DE 1909
(4 DE NOVIElIBRE)
por la cual se destina el 25 pGr ciento (25 por 100) del producto
de la Aduana de Tumaco para la construcción de la carre ..
tera d"l Sur.
El Congreso de Colombia
DECRETA
Artí.;ulo 1.0 Destínase el veinticinco por ciellto
(25 por 100) del producto neto de la Aduana de Tu·
maco para continuar la construcción de la carretera
del Sur. ciesele el lugar donde se hallen al presente
dichos trabajos, h~5ta la ciudad de Barbacoas.
Parágrafo. Dicha carretera tendrá ramificaciones
á las ciuelades de Ipiales, La Unión y L;t Cruz.
Artículo 2. 0 El Gohernador del Departa luentl )
de Pasto dictará el Decreto orgánico de lo' trah¡.¡jo5
de c(lllstrucción, debienelo en consecuencia hacer los
1l0nü>r;tmielltos hasta de dos Ingenieros y de los demás
subalternos que fueren necest-lrios.
Artículo 3. 0 E:'os,
form°l(ia p )I' más de tn.s mil c()lllerCiantls, ~e, enli 'ará en
Buenos ,.l, ires una Expo i('ión UnJver, al en ora~ion dd primer
Centenario de la IrHJepenpc))('ia de la l{e púhlica Argentina,
Debiendo verificarse simultáneamente otras exposiciones
en e:.ta ciudad, la que por su Índtde sólo admiten una
cit'rt~ calegol ía de cxp ):; Iton~" la Co i:-. il)il qUl! presido ha
creído hacer obra dc utilirl¡¡d pú!,!i, oa I>rill(!¡llldo á los comerciantes
oé industriales dd murHlf) t'ntero la pportunidad
de cont;urnr con sus I~ruductos a e~tt: torneo del traIJajo y
de la libertad.
Al nombrar á V. E. miembro uc la Comi~ión Honoraria
, se ha tt: llido en cu .; \)L\ l\JS numc::ru ú \ í IlllitJ~ de amil)-
tad que unen este país con esa República hermana, y abrigo
la esperanza de que V. E. prestará á esta obra su decidido
concurso afirmando una vez más esos mismos vínculos
de confraternidad americana.
Al propio tiempo me permito solicitar de V. E. un premio
que se discernirá á los expositores colombianos que
concurran al certamen.
Saludo al señor Ministro con mi consideración más distinguirla.
J. FRANCISCO ORTIZ
Presidente.
JosÉ MARÍA BÁTIZ
St>c re/ario."
Hago á usted la anterior transcripaión á fin de
qne usted se sirva dar publicidael á la invitación qu-:
contiene y excitar á los industrialds y co erciantes
de ese Departamento que puedan concurrir á la Exposición,
en el sentirlo de que lo verifiquell.
Soy de usted atento servidor,
Snróx BOSSA
CIRCULAR DI~L MINISTERIO DE GUERRA
R~pública de Colombia-Ministerio de Guerra -Bogot;í, 27 de
Diciembre de 1909.
Gobernador ...... ..
Para 10 de su cargo com tlnícole~ ~igu iente
Resolución número 167, ,ict~lJa por e~te 11inisterio
el 24 del que cursa:
l' El lllinistl'o de GuoTa
en uso rle sus facultades! y
COI 'SInE!' At'fJO
Que exi:tcn pendientt, t.n este Mini 'te rio v~rj~s
reclamaciones de algullos Gobunadores y AdmlTllstradores
de Hacienda de lus Dcpartamelltos y de
unos tantos Municipios, por erogaciones hechas en el
Ramo dt! Guerra con los fondu~ qUé manejan e"as entidades,
las cuales requieren una dispusición d~ carácter
general que regule la mallt.ra ele cOl11llrvbarlcls,
RE UELVE
Las entidades depart::.tmentales y municipales que
tengan acrcencias pendientes Cvnlra t:1 TL. .'oro 1 aciünal,
por gastos ó sumilll. tro.:> hedlOs en el Ram,) ele
Guerra, deben enviar los siguientes dOc.ulllentus para
la comprobación de las n'spectivas leclal11aciones:
A) Ulla relación d~tallélda ne la,; S1ll11<:S e;, tregada
ó de lus IJagos ef~ctuados á los J cfes superiores
de las fuerzas orgrillizacias en cada Departamento y
MunicilJiu, COIl expresión del nombre y apellido, grado
militar y funciones 411e desempeñara cada uno de
esos jefes.
B) Las libranzas, vales ó recil,os de los Comisarios
p¡.tgadüres, Habilitdidos p0r la autoridad compett.llte y el lugar
hasta donde fueron liquidados dichos ducumentos.
E) Copia autorizada de los contratos relacionados
con el mate! ial de guerra.
Las reclamaci, nes á que alude esta Resolución
deben hacerlas Jos Gobernadores Uep¿Htamentales.
CJmuníquese y publíquese.
El Ministro de Guerra,
Jo, É MEnINA C."
Servidor, Jorge R( a
o
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO 549
aOBER.NACICN
GOBIERNO Y JUSTICIA
AUTO INTERLOCUTORIO N.o 3 DE 1909
por el cual se a!lula 1m te de lo actuado eJl, la causa contra
Ricardo GOllzák:J Nieto, por el delito de /mrto.
Gobetn.lción del Departamento-Facatativá, Julio treinta y uno
de mil novlcientos nueve.
Visto~: Vino la presente ca usa á la GOlernación
en cOl1sult;:¡ de la sentencia condenatoria en primera
instancia, dictada por el Prefecto de Facatativá contra
Ricardo González Nieto como responsable del delito
de hUl to de seis bestias, y habiendo recibido el
expediente el trámite legal, procede á decidir lo que
sea del C;\so.
Estudiados los documentos del juicio, se advierte
á prim 'rri vista que éste es nulo desde el allto de fecha
7 d~ Junio último, fojas 31 vuelta, por el cual se
s ñ,t!ó ti día para la l;e1ebración de la alldiencia, porque
el proce':lado no tuvu vucero ni defensor, lo que
equivale á decir que se le condenó SiH haber sido oído
y vcncid(\, cosa irregular tÍ todas luces.
Tamhién se a,lvierten en los autos algunas irregularidílck3,
itnputables al Alcalde dc 1\ nolaima, como
la:i tle n,) hallarse tllltqriléVlas por el Secretario
de é5te l:t~ declaraciones ':e fojas 15 Y 16, las cuales
debt'lI rivalidarse,
hn llJ(~rit() de lo e,'putsto, la Gobernación anula
lo él( tuaclo en este juicio desde el ;Hoveíclo de 7 de
Junio tí'timo inclusi\'e, en adelante, admillistran,lo ~lISticiil
en Il'Hnbre d~ la P epú ')lica y por autoridad de
la LL)'.
Cópiese, notifíquese, publíquese y devuélvase.
1\1 PIAt O OSPTN/\ CH.-El Secretario GeneJal,
MANUEL M~ BERNAL.
HACIENDA
VI ITAS
PJ{ACTJCAD \ POR EL OFICIAL DE HACIENDA DI<: LA GOBER-t\¡\
CIÓ~ EN LOS 11 t\ICIPIOS l;EL DEPARTAlIIE!\TO
Sienno las 7 p. m. rlel día veintinueve de Octuhre
de mil novecientos nueve, se presentó el señor
Oficial de Hacienda de la Gobernación de Facatativa
en asocio ¿el Contador de la misma, (.on el objeto d~
practicar visita oficial en la Alcaldía Municipal de
Vergara, en representación de la Gobernación.
Examinados que fueron los libros que se llevan
en la A Icaldía, se encontraron arreglados á los distintos
Ramos que en ella se conocen, y llevados en relación
con el despacho diario
e ursan cuarenta y tres sumarios en materia criminal
y todos se hallan en actuación y veintisiete de
policía, de los cualés veintiseis se hallan en suspenso
por cau~a de las partes, y uno para sentencia.
Libros de consulta se hallan algunos que bien
pueden ser suficientes para un buen despacho, pero
se nota la falt a de Códigos con excepción del Penal.
En vista del libro de visitas, se observó que
tanto las Oficinas de Haciénda Nacional, como las del
Departamento y M ulIicipales rPar..: han con regulari.
ciad y tonas ellas han rendido sus cuentas á las Oficinas
respectivas.
El archivo de la Alcaldía se encontró arreglado
y ]0 mismo los periódicos oficiales.
El señor Alcalde informó que el Consejo Municipal
se :-eúne en sesiones ordinarias y siempre que
hay a~untos qué tratar, en extraordinarias; y q~le en
vista de que en el Presupuesto se halta una partida
suficiente para gastos imprevistos, se resolvió tomar
de ella la cuota que le corresponde al M unicipio para
el so!-tenimiento de la Oficina de Catastro del Departamento,
srgún a;,Í está ordenado por Decreto.
También informó que los Visitadores de Instrucción
Pública y de Rentas de Licores y Degüello han
practicado las visitas mensuales que les pertene.cen.
El empleado VLitador observa que las funciones
del señor Alcalde han sido ch!scmpeñadas con corrección
y corresponden á la confianza que en él ha depositado
el Gobierno.
No habiendo otro asunto de qué tratar, se dio
por terminada la diligencia, y se firma.
CELIO GUZMAN RUBIO-DANIEL LEÓN T.Fl<.
A.NCISCO A. BARRERA-Domingo Guzmán Gallego,
Secretari0.
El Oficial de Hacienda de la Gobernación, en
asocio dr:'1 C'1ntador de la mi~ma, se presentó el día
primero de Noviembre de mil novecientos nueve en el
Despacho de la Alcaldía del l\Iunicipio de la Palma,
con el fin de practicar visita oficial en representación
de la GCJbernación.
hl c::eñor Alcalde pu o de manifiesto los libros
que se llevan en la OficilHI, los cuaks Sto! bailan suficientes
y IIt'var.~)s con corrección.
El archivo se encontró iguc:tlm""nte an-el{Jado, y
se informó que los perióJicos oficiales llegan COIl PUf)tualidan.
hs lihros de consulta har aJgullo~ (!ue pueden
se rvir para UI (h;spach regular, por)o eu ' I se
di>puso quc se solicitaran de la Gobernación los que
se crf'yerc n más nece~ariC'~.
Por el libro de v¡ "iU.ls se tuvo el onoc;miento
dp qu~ todas las Oficinas de Hacienda ha'l J'én dido
sus cuentas oportunamente, y todas ellas marchan con
regularidad. Las cOlJias de tcdcs visitas han sido rernitida~
á la Cobernación.
Infol ma el señur .f\lcalde que la Oficina de Haciellda
Naliollal carece del papel sufi ciente y que las
reméS~<; que tal ofilina I ecibe, las que son insuficiente~,
el Pccalldaclor las vende al Tclegtafista, quien las
pone á la venta del públic0 aumentando el precio al
papel, sufri t-nd(l con esto el público.
En atención á esto el VisitJdor dispuso que el
señor Alcalde ponga tal hecho en conociminto de
la Gobernación y del Admi¡; istrador de Hacienda ¡-¡acional
del Circuito, para que estas éntidades dicten
las provinencias necesaria~, pues se estima que tal
procerlimiento constituye fraude á la Renta de papel
sellado.
El señor Alcalde, don Antonio Zapata, quien renunció
el empleo y está esperando á la peT. ona que
debe reemplazc:trlo, puso de manifiesto el informe que
rindió á la Gobernación, en el cual constan, el estado
de las obras públicas del Municipio, el de la Instruc~
ción pública y muchos dato~, que dejan comprender
que, durante el tiempo de su administración, e] Municipio
recibió verdadero impulso tanto en lo moral
como en lo material; y por informes ciertos de los ve ..
cinos importantes de la localidad, que el señor Zapata
cumplió con patriotismo, desinterés y acuciosidad
poco comunes con los deberes que á tales empleados
competen como depositarios de la confianza que en
ellos deposita el Gobierno, por lo c!:al el Visitador
cree que el séñor Zapata es acreedor á gratitud por
parte de los habitantes de la región que él administró,.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
55° FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO
y por el Gobierno un voto de aplauso y de agradecimiento.
No habienno otro asunto ele qué tratar, se dio
por terminadét. la presente diligencia que es suscrita
por los que en ella intervinieron.
( EI.IO GUZ~AN RUBIO-ANTONIO ZAP ATA O.
FRANCISCO A. BARRERA.-Moisés GÓ1J/t,e y Linares,
Secretario.
TESORERIA DEPARTAf\lENTAL
MOVI\IIr~NTO DE CAJ.\.
DE LA TESORERíA DEP,\RTAMENI'AI. DEL 1.0 AL 10 DE DICIEMBRE
DE 1909.
Exü,tencia anterior ............ $
Illgruos
Depó"itos por LIcores y Degi.idlo
Depósitos pJr Rf'gi. tro . ....... .
Uepósitüs por Embargos Judi-
·ciales ........... . .............. .
Depósitos por Peajes ......... .
Hgresos
Capllull) 3.0-Alcaldlas.
Ptr~onat de ta de Anolaima, en
Agosto .. ..... . .... . ............ ..
Adolfo Afanador, Beltrán, de J u-lio
á Octubre.. ............. . ... .
Alejandrino Vega, Villeta, en (P'
.tiembre . .. . . . . ... . ... . ...... .
Luciano Cifuentes, Nimaima, en
Julio y Octubre.... . ....... . .. .
GIP/tltlo 4-.°- Cá, (tlN.
Eustacio .\J oreno, Gt!ndarme, en
N o\'iembre ..................... ..
Raciones de presos, Facatativá,
de 21 de Octubre a 10 de N oviem bre
Alumurado cárcel, Facatatlvá, en
Noviembre ...................... .
CljÍ/lIlo 5.°- Oficina .JIédico-legal.
Aquilino Gaitán, Médico, en Oc-
..tubre . . .. .. . ........ , ........ .
Augusto Hoyos, Médico, en Juho
CapÍllllo 6.0 -Imprellta.
Pedro Velosa, material.. ....• _ ..
ec-,pítulo 8.0-Gastos Varios.
Utite~ Prefectura, Guaduas, Julio
á Septiem bre ...••.•.•• oo ........... .
A rendamiento Oficina Estadí ti·
ca, en rOctu bre ... _ ..... . ........ .
.-\rrendamiento Prefectura, }:1'J.r.a·
tativá, Octubre tÍ Noviembre . ...... .
Arrendamiento Gobernación, en
(ptietnbre ....................... .
Utiles Prefectura, Facatati vá, en
Dicienlbre ......••....•.............
Capitulo 9.°- Gastos lmjrn'islos
J:f0norato. !vfatiz, comp )sición re-loj,
GobernaclOn...... . ......... .
Ernesto Gómez, trabajos Polit ía
y Escuela Normal .. ••....... . ...
Carlos Bigott, Escribiente, en N 0-
viemb:-e .•••• ....• ...•• . .....
Policía Departamental, 1.. sema-na,
en Noviembre ................. .
Jo -é r. 1:4 erreira, viáticos, en N Q-
'v ielnbre . .................... , ..... .
L3enigno Gillris, vi:.ticos, en No-viembre.
. . . .. .......••.••• . ....
Pa~an ............. $ .... , 00 30
2 .... 99
38 7°
.... ~3
8 05
107 5°
6
19 35
9 6
7
6
8
30
9S 60
30
20
lL
Vienen ............. $ 4,800 30
Capitulo 11 .-Administración de RtIIllJ.I;.
Guardas, Vianí, en Noviembre ...
Guardas, Manuel Camacho, en
Noviembre ............... ..
Guardas, Guaduas, en Noviembre
id. Albán, id. id.
id. ViUeta, id. id.
id. Godofredo Castaño, en
Noviembre ............ . ..•.........
Visitador, Guaduas (José 1. Fe·
rreira) en N oviem bre ............. .
Guardas, Quipile, en Noviembre
id. Anolaima, id. id.
id. Nocaima, id. id.
id. Vergara, id. id.
id. Utica, id. id.
id. Caparrapí, id. id.
id. Hituima, id. id.
Benigno Galvis, Visitador, en No-viembre
........... . ............ .
Guardas, Sasaimcl, en No\'iembre
Capitulo 12.- T,ibunal de Cut/tlas.
Alejandro Hernánde7, Contador,
en Octubre .•...•.................
Capítulo 13.-Estadistica.
Empleados de esta Oficina, en
Octubre .....•......................
Capllulo 1 S.-Auxilio á los jJ;f¡micipios.
Directores de Escuelas.
Su!'ana Barrios, en Octubre ...... .
María R. de Hernández, en No·
viembre.... . ...... .
Josefina Bermúdez, en Noviembre
Luda de G6mel, en Noviembre ...
Jlran i!'ca Quiroga, en eptiembre
Angelina Uribe, t'n Octubre .. ,.
Manuel D. Bohórquez, en Di·
ciembre ......................... .
Emiliano Ramírez, en Septiembre
y Octubre ...................... .
Agripina Ordóñez, en Noviembre
Virgini~ CuhiUos, en Octubre ...
Elena Gon'Lález, en Octubre ..•..
M.:\ Ehira G6mez, en Noviembre
Temilda Flórez, en Noviembre ..
Rosa Moreno, en N oviemure ....
Pedro GÓl'l1ez C. en Noviembre ..
Hermana ilvería, en Noviembre
Hermana Virginia, en No\'iemure
Teresa Hernández, en Octubre y
Noviembre . ...................•
Amelia Sánchez, en Octubre y
Noviembre . . ................ .
Concepción de Reina, en Octubre
Jesús de Franco, en Sl ptiemure y
Noviembre ...................... .
Ester Guzmán, en N oviem bre ..
Carmen de AIsina, en Noviembre
Oliva Torres, en Noviembre ....
Ana Elena Fonseca, en Octubre
Sara Ramírez, en Noviembre ....
Silveria González, en Octubre ..
Hermana Marcelina, en Octubre
• Margarita Meléndez, en N oviem-bre
..... _ . " . .. • • .. . .........•...
M aría Luisa Sánchez, en N -
viembre ........................ .
Bethsabé de Torres, en N oviem-bre....
.... ..... . ........... .. .
Mal h ~~. Horrás, en OctulJre ... .
José Miguel Segura, en Novi .~m-bre
.•..........••..................
MalÍa E. ]Jorrás, en N o\'iem ure ..
~mma Rojas, en No\,iembre ....
12
3 26
38 73
12
39 65
3 26
60
J ....
2 ....
28
1 ....
1 ....
10
10
60
24
90 ...
2S ."
20
1 1
1 ( .,
J 2
11
30
17
11
30
11
22
11
30 •
25 ..
30
22
22
11
11
12 •
25
1 1 •
1 r
lS . .
18
12 ..
1 [
20 .
20
20 •
20 •
Pasan ....... . ... $ .... ,800 30 1,6 "1 JJ
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTA:\lENTO
Vienen. '" ........ $ -4- J02 .))
Herminia Manosal va, en Julio y
Agosto .............. ' .... . ....... .
Manuel D. Boh6rquez, en Oc-tubre
.. . .......................... .
María de Villegas, en Noviembre
Eloísa de Márquez, en Octu bre ..
Adela Gaitán, en Octubre ...... .
Lubín Cruz, en Octubre .......•
Atilia Hernández, en Octubre ..
l\ gripina Ord6ñez, en Octubre .•
Soledad Fonseca, en Mayo .... .
Félix Ord6ñez, en Agosto ...... .
Francisca Quiroga, en Noviembre
María M. de Bustos, en Octubre
Capitulo 18.- Illslitufons de Esrtle/as.
A 1 Colegio de La Prrsmtación,
bcens, en Séptiemure ...........•.•
Capitul(J '!oo-Articulo 34-Gastos de la
Casa de Gobierno.
N eftalí Ruiz, tejas .......... , .. .
A niectl) Carrillo, material.. ..... .
Julio !vi artínez, almacenes ....... .
Evaristo ]iménez, sobre5tantc .... ,
César j'iñeros, material ........ .
J 'rancisco Cancino, material ...•
Juan Anlila, material ......•..
Vir,?'ini:t de narcí t, materiaL . .. .
J 1Ilil) M trtínez, trabajos ........ .
A ntoni\) Guzmán, cal . .•.••....
Lucian\} Prieto, trabajos . ....•..
A uelardo Rodríguez, puertas ...•
Ctljítulo 20-Artímlo 35-Caminos
Emplee dos de la J unta de Obras
l)úb i ¡;a~, en T viembre ........... .
h!li )e Vásquez, lll~p .:!c i o r, en No-
"irl ] ¡¡re . . . ............... . ........ .
Custodio Rodrí.;uel, fletes ..... .
José,\1. Ospina, Inspector, en
Nn iCfl)bre .. ........... . .... .
IJtpJsÍ/()S
Entregado el emblrgo de Pedro
1); I)í'l.Z •••••••••••••.•••••••••••
Rtmesas para caminos
EIl\'iado á la Junta de Obras Pú-blic'
s ............................. .
Rellltsas
Al Tesorero de Guaduas para ra-ciones
............... " .......... .
Sumas ... - ....... $ 4,800 30
Saldo en Caja ..... .
1,681 13
22
25
17
17
11
17
11
17
17
18
12
20
90 ••
20
4
60
6
4 1
8
S°
8r 5°
6
2
S°
30
60
3 90
úo
5 33
4° ..
Sumas iguales .... $ 4,800 30 4,800 30
Facatativá, Diciembre 10 de 1909.
Por el Tesorero, el Contador Tenedor de Libros,
R. FERNÁNDEZ DE SOTO
INSTRUCCION PUBLICA
DECRETO NUMERO 96 DE 1909
(:1I DE DICIEMBRE)
por 1 cual se hace el nombramiento de Directorcs de las Escuelas
públtcas del Depa.ltarnento para el afio de 1910
El Gobernador del DeparlammlQ
ea so de sus facultades legales,
DECRETA
Artí:ulo 1.0 Nómbrase Directores de las ~scuel.1 púo
blicas del D\!partamento, pua el año de 1910, á los siguientes
señores:
Albá'l.-Urbana de v lfone5, María de Jesús Suáre z,
urbana de niñas, María de Jesús Salgado, rural de Bu~n~s
Aires, Carmen Ariza de Pinz6n, rural de Palt'obonilo, Clementina
Leaño.
Allolaima.-Urbana de varones, Benjamín Arciniegas,
urbana de niñas, María N ates, rural de SlIIttl Bárbara,
Margarita Meléndez, ru ral de Sm Agustín, María del Car
men Gonz', lez, 1 ural de Ca latulaima, Ofdia Martínez, rural
de IIó, Carmen M. de Alsina, rural de Cachipay, Elodia M.Huertas.
Btltráll.-Urbana de varone5, Fau tino B.dlén, urbana
de niñas, Emperatriz Díaz.
Bitllimo-Urbana de varónes, Félix Antonio Ord6ñez,
urbana de nii1as, Ana Hernández, rural de Apostntos, Máximo
M. García.
Bojacá-Uruana de varones, Francisco Aranguren, urbana
de niñas, María Nestoria Jiménez, rural de Barroblallco,
Ana Francisca Courrau, rural dI! El Chin:al, Clementina
Coronado.
Caparrapl-Urban~ de varones, Julio Camelo, urbana
de niñas, Angelina C. de Posse, rural de Barmnquilla, Beatriz
Bustos, rural de El Cdmbulo, A.dela Gaitán, rural de El
N07Iil/tl'o, A tilia Hernández.
CheJguaní-Urbana de varones, Jorge Moreno, urbana
de niflas, Bernarda Guarítl T, rural de Sall P~d,.o, Etelvina
Gotlzález.
fiualh'cÍ-Urbana de varones número 1.0, Marco Pa úl
Calderón, urbana de varones número 2.°, Eduardo Contrera,
urbana de "Rrúnes número 3.°, Julio C. Guzmán, uruana
de niñas nlll11ero 1.0, María Elena f onseca, ur!. ana de
niñas número 2.°, Carmen Lozano, urbana de niñas número
3.°, Hermana \larc.elina, rural de Jj¿'''Jlh'O , Gabriela Tavera,
rural de L(Js Jfafl'Jallos, Beth!'a hé 1< 16rez de Torres.
Cl/lJt!II41s-Urbana de varones número 1.°, l\l.¡rco Tulio
'ogammo, uruana e "arones llúmero 'l.o, Osía. Castr ,
urbana de niñas, Hermana Marí 1 Virginia.
PI/trio dt Bogotá-Rural de varones, Margarita Hincarié,
rural ele niñas, Ana Julia Duque, rural el Alto di' El
Trzjo, Amclia Sánchez rural de Chipautcl, María Rosa Moreno,
rural de El Hatillo, Teresa IIcrnándel.
La Vtga-Urbana de varones, Padfico Guevara, urb:,¡na
de niñas, ,\' aldina 1\1. de Forero, rurr.l de Bulucaima,
Oliva Torres, rural de .'>ana Barrios, rural. de CllllbatJ, Clelia 10squera.
Si'1,tiJnrT-Urhana oe varones, José Miguel Segnra, urbana
de niñas, Julia :VI. de Segura, rural de varones de ChitlÍa/
á, vicente Sandino, rural de mña, Amelía C. de
Sandillo.
Sltb.lclwque-Urbana de varones, Virgilio '. Reina, urbana
oe niñas, Elena GUllzalel Pardo. rural de Santa Bár
/Jara, Angelina Uribe. rural de L'l Frad,¡ra, Amalia Uribe,
rural de varones de El R¡}sLll, :\IarÍa Luisa Sinchez, rural de
lIiüas. Gertrudis Sánchez.
Su}"tá-Urbana de varones; Felip~ Santiago Alfaro
urbana oe niñas, Bertilda Díaz, rural ele SlIlta ROj'a, Edel·
mira Vargas.
U!icr~-Urbanq de varones, Luis A. Castro, urhana de
niñas, ~Iaría E. .\ nzola . rural de Chi7.·aza, Cecilia Páez.
Velgrrra-Urhana rle varones, Uliverio Martínez, urhana
de niüas. María \L de Bustos, rllral de Pil/saima, Limbania
.\ 1011 : 0 , rural de El DJ ' al, A licia Barragán, rural de
Pclia/l!alU:eZ, Florindll Hurragán.
Vi!TIIÍ-U 1 hana de varones, Benjamín González Pardo,
urbana de llii1:ts, Justa Bonilla rural de El RoslJritJ, Francisca
)uiroga, rural de El JIliIlO , J osenna Bernllídez.
Villda --U rllana de varones, J U:J.1l E. Zahala, urbana
de niñas, Agripilla de Ordóñl:z, rural de C/UJrrill(}, Julia.
·Gar\ ía
Ytlcopf-Urhana de varones, LulJín Cruz, urhana oe
niñas, María P. de Villegns, rural de Los ¡luyos, egunda
\1 . de Mdo, rural de Ib,ll/llI . • \Iaría Teresa Linares, rural de
Guaduo/ito, ~la l ía ¡".mma I )urán.
ZipHJIl Urbana de varones Be lligno Londoño, urbana
de niúas, Rosa E. H .: rcdia, rural de El Pe/eW, Adclaida
-Castellanos.
Artículo 2.° El año e:-.c(,lar prin ¡piará el diez de Enero
y terminará el tr\:inta de Novicml,re. Las inscripciones ó
naLríclllas se harán en los OIt:Z primeros dí..!') de l~: nero.
Dado t:11 Facatativá á 21 de Diciembre de 19°9.
Comuníquese y publí'lI.lese.
RAFA.¡""':L CARVAJAL-I~I Director de Instrucción
Pública, FRANClS_O J. B /~RR SA
D!~CRETO NU~lI~RO 97 DE 19&9
(27 DE DI~IE:,InRE)
por el cual se restabll:!cen las Escuelas Nocturnas en el
Departamento
El Gobcntador dd Departam ""I/~ ti' .Rlt:elt,IIt'í·tÍ
en .uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERA. DO
1.0 Que el Poder Ejecutivo Nacional hizo de cargo de
los Dtp.lrtamentós el costo de las Escuelas Nocturnas que
cons~ituían ti Instituto de Artl:!sanos, desde el 1.0 de Julio
del año en curso;
2.° Que debido 3 la situación del Tesoro Departamental,
que no permitíJ. hacer esta erogación, y también pur haberse
declarado en estado de sitio la República desde el
mes dI:! .\larzl), dichos Establecimientos quedaron clausurados,
y
3 ° Que para el mejoramiclltú de la clase obrera se hace
indi!'>[Jensable la exis~encia de tales l<~$cudas,
DlI:Cl p or Decreto número 97
de 27 de los corrientes, á los siguielltes señores:
Anolaima-Benjamín Arciniegas.
Facatati vá-Pablo Barreta A ponte.
G uad uas- Osías Ca~tro.
La Palma-Isaac Martínez.
Villeta-Juan E. Zabala.
ArtÍr:ulo 2.° Las matrí :ulas se harán en los quince pri·
mero::. días de Enero. El período escolar coincidirá con el
de las ¡",scuclas diurnas del Departamento.
Dado en Facatativá á 28 de Diciembre de 19°9.
Comul1Í'luese y publíquese.
P :\ T' :\ l', L CA R V A J A l.-Y·J Di re tor de 1 n t : uGción
P(lblicu, FRAN":TSCO J. BARROSA
AVISOS OFIeIr'\ LES
-- -- - --- ---- ----
PER11ANENTE
Las nóminas y demás documentos de
crédito que sean registrados en la Sección 3~
de la Gobernación, no serán entregados sino
á los inter'esados directamente, o a recomendarlo
que presente autorización por escri too
Facatativá, Diciembre 16 de 19°9.
AVISO DE REMATE
Por el presente aviso se pone en concimiento del público
que por Resolución 11 úmero 8 del Ministerio de H,tcienda y
Tesoro, se rematarán en la Administración de Ha<;icnda Nacional
del Circuito de Facatatvá, el día 4 de Enero del año
próximo venidero á las 9 a. m., las siguientes fábricas de licores
de propiedad de la N ación:
Una en el Municipio de Guaduas, compuesta de un terreno
y tres casas de habitación de adobe j teja, dos aparatos de
destilación montados)' uno sin montar, con sus correspondientes
pipas y enseres, accesorios etc., av"luada en $ 1,497-13
oro.
Otra en el 1unicip;0 de Villet.1, de la misma propirdad,
compuesta tle dos aparatos de destilación, con sus pipas y demás
ac~esorios, avaluada en $ J ,9°9--45 oro.
U n aparato de destilación. y ,t1~unos enseres m;.ís en e:.1 r-,'¡unicipio
de San ]u:ln, avaluauo en $ 69-50 oro
. Será postura admisible la que cubra el total del avalúo de
cada una de estas fúbricas y haya consigt.ado previamente en la
Administración de Hacil.:nda Nacional del Cilcuito la dé<.:ima
parte uel total del avalúo de los bienes que quiera remat¡Ir.
En la Recaudación de Hacienda Nacional del respectivo
Municipio, ó en la Aumistración de Hacienda del Circuito PU¡de
verse el pormenor de las diligencias de av,tlúos.
Facatativá Diciembre 15 de J909.
Ptrcy Braltdolt, Secretario.
IMPRE. TA DEL DEPARTA~lI:NTO
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente:
Biblioteca Virtual Banco de la República
Formatos de contenido:
Prensa
Compartir este contenido
Facatativá: gaceta departamental - N. 69
Copia el enlace o compártelo en redes sociales
Facatativá: gaceta departamental
“Facatativá: gaceta departamental - N.” fue una publicación que circuló durante el periodo 1908-1910. Desde una perspectiva oficial, el periódico se editó bajo la dirección del Gobernador y fue administrado por el Oficial de Gobierno y Justicia. El contenido del periódico se dividía en la sección: “Gobierno Nacional” y ”Gobernación”. En lo que refiere a la segunda, se subdividía en: “Gobierno y Justicia”, “Tribunal de Cuentas”, “Sección Municipal”, “Hacienda”, “No Oficial” y “Avisos”, entre otros.
Fuente:
Biblioteca Virtual Banco de la República
Formatos de contenido:
Prensa
Compartir este contenido
Facatativá: gaceta departamental
Copia el enlace o compártelo en redes sociales
El Pueblo - N. 28
TBUI•. 3G (
'-~LE 1.0 HS.' Jllebellin1 13 be bicitmbrt be 18aa. f 1nnu. ~S
{ V ..4LE t. IlE..4J,.
(~~~-~~) (que en un buen Gobierno, son los mismos · los árboles de su monte, no obro sobre mi
C9E L p U E B L a /2) d~rechos naturales) es el de dejar h_acer a los j cosa, ~i a nombre del dueño de la cosa;
----------------------- ctt·udadanos lo que les pa'rezca meJor en sus es decir, me escedo de n1i derecho haao
propios asuntos e inte17jone1· el respeto de la violencia al derecho de Pedro i la l~i debe
fuer_za pública, cuando alguno trate de in- hacer que la fuerza publica depositada en la
N vadttr los deTechos de otro"·, . policí.a, me asegure, i que. los jueces que
O entramos en ]a acalorada cuestion Pero eso es la anarqtna, nos dicen; tambwn son parte de la misma fuerza me
de si ecsiste o no derecho natural, que so- porq~e 1~ .~J?l:nion i la rnoral solas, jamas juzguen i castiguen. '
bre ser cuestion de palabras, es ademas o- pod.ran diflJir a los hombres, puesto que las ¿Dónde están pues los inconvenientes de
diosa por el repartimiento que de sus sol u- pas~ones romperán fácilment~ su débil fre- que se acusa a nuestra teoría? ¿Dónde la liciones
han hecho los partidos entre sí. Por no J que no se concede a la le1 el derecho de bertad de robar, de saquear, de destruir?
tanto no escribirémos esa palabra, ni daré- arreglar los movimimientos del individuo. Lo repetimos: palabras vanas.
mos la menor ocasion para que nuestro es- Reconoceis, agregan, a cada individualid~d, . 1 bien: lo mis~o que de la propiedad, dr.tudio
se detenaa en cuestiones de mera for- ~l soberano derecho de buscar su beneficw, c1mos de la seguridad, del derecho de reuma,
que si otrgs consideraron como prole- I co~o ~se beneficio pu_ede s~r mal entendí- nion, de locomocion de instruc~ion &. Miéngómenos
indispensables, son para nosotros ~1~ ~ mirarse, por egu~vocaci?n, e~ el per- tras se trate de que un hombre obre sobTe
mas bien luchas de secta, que sinceros i o- JUICIO de otro,, aut.o~tzais las vwlencw~, pro- sl m~smo, debe dejársele facultad completa;
pues los esfuerzos en busca de la verdad. clamando el 1m peno de .la. razon, erivada. cn?ndo se trate de obrar sobre otro, no debe
Que la verdad resida en la conciencia, o Contestaré ?'los esta objecwn, umca que d.eJárse~e 9ue obr~, a ménos que este lo con-que
se desprenda de la utilidad, que la justi- se _ha. h.ccb~ 1 que puede hacerse a nues~ros swnta, I s1 obra violentamente sin su permicia
sea una voz universal, comprensiva por principiOs; I para contestarla, no ne~es1ta- S?, la fuerza pública debe reprimirlo i casecselencia,
que aconseja sin estudiar i sin ~os de ocurn~ a teorías abstractas ni a su- tigarlo:.
~editar, i que acierta siPmpre a aconsejar hlezas me~afís1cas, ántes creet~os q~e nos lm~JHl:é~.onos un~ sociedad rejida por esb.
Ien, o que sea al contrario, una consecuen- basta espl,Jcar nuestro pensam1~nt? ~1mple- tos pr1n~1p~o~; es demr, una sociedad en doncta
razonada e inevitable, a la cual se llega n1ente: as1 esperamos que_ el principiO hbe- de el pri~cipiO conservador'' No hagais" sea
encadenando una observacion con otra, i ha- ral deJará de tener enen11gos de buena fé, desconocido o rechazado.
ciendo resaltar de un principio descubierto, puesto .que los que lo combaten comienzan Cuán~o mejor estaríamos que como esta- ·
otro principio nuevo, nada significa en este por decir: "Eso es hermoso; pero...... m os hm! La llamada vagancia que no es
momento para nosotros. Si tanto los simpa- Veamos pues la fue~za del pero, q.ue a la mas que un delito de creacion artificial, quelistas
como los utilitarzstas, convienen en verdad, tenemos seg~ridad de destruir. daría _borrada del catálogo de los hechos rellamar
virtud ciertas acciones; si unos i o- . Derecho de prop'tedad. Conforme a las prens1bles por medio de la fuerza pública
tros convienen en que el vicio es a veces dis- Ideas que en el curso de ~ste periódico he- i e_n~ó~ce~ los desti~rros, las prisiones, lo~
culpable i la misnw virtud inmeritoria; si mús d.csar_rollado,.la proptedad. debe ser re- enJ?~Ciamientos arbitrarios, las alarmas i las
los principios de unos i otros adtniten mo- cono~1da 1 ga~anhda por l.a lei; pero debe cohswncs entre los ciudadanos i los minisdificaciones
segun las circunstancias, i cada tamb1en ser d1~fru tada, ~eJorada o destruí- tros de la lei, serian imposibles i dejarian
roodificacion del un sistema se reproduce en ~a, seg~n las Ideas particulares del respec- de servir de obstáculos para el desarrollo
el otro, ¿no deberémos desentendernos de ti~~ senor ~e .e~e derecho. Es decir, que pacífico ~e las facultades individuales.
ese código moral o deontolójico, corno quie- mwn~~as ~l IndiVIduo us~ o abuse de lo q_ue .Los mismos pri~cipios se aplican, i las
ra llamarlo cada cual, i dando por evidentes es pnvatttvarn~nte. suyo I no toque a lo aJe- mismas csnsecuencms benéficas se deberían
sus principios, entrar a ver qué miramientos no, debe la lm deJarlo ~a,cer lo que a bien a la consa&racion esplicita de todos los derele
deben las leyes positivas? te.nga, puesto que mas ?1en sabe .él gue otro chos d_el ciudadano, sin que en ningun ca-
Tal es nuestro propósito. Tratarémos de nin,gu?o lo que le conviene o perJUdica. ¿En S? pudiera objetarse su reconocimiento, ocur-cumplirlo.
que VIene a par~r pues aquello del "Dejad riendo a enumerar los escesos que pudieran
Abramos al acaso dos libros cualesquiera hacm~".en mater~a de propiedad es dejad ro- cometerse. Porque a la verdad; si los conde
lejislacion o de moral, i si esceptuamos ba1·,deJa0.despo,¡ar,de¡ad ~est~~ir?.vanas pa- servado~e~ i nosotros, convenimos en que
algun loco singular de la escuela francesa labras! h~]~S de una mala Int.ehJ~~cia. ~ues- Hno hat hbertad para hacer mal", no es de
de 18~8, hallarémos que todos los autores tro prinCipiO no pasa del Individuo, 1 tan temerse absolutamente que realizándose
convienen perfectamente en reconocer cier- pronto c.omo pasa natur~l o violentamente, nu.est;o.s deseos, i formulando . en leyes los
tos derechos como fundam~ntales i cotnu- Y~ la let comienza a m1rar,_ ~o ~e~ que al pnnc~pws ~ibera!es, lleguemos nosotros a
nes, sea que los hagan derivar de la con- eJecutarlo, cometa alguna 1DJUStiCJa; pues autorizar vwlenCias de ninguna clase.
ciencia~ sea que los deduzcan de ]a ut2lidad, st co.ncede al hombre e_l absolu lo derecho Repitamos pues. La libertad consiste en
sea que los apoyen en la revelacion. de djsponer de su' p~opwdad, no le per.mi- la ~oberana facultad de hacer todo lo que
Derecho o garantía de propiedad. te t~ca; a la de otro sin que ~ste lo conswn- es JUSto. La seguridad, en la garantía que
. Derecho o garantía de libertad i de segu- ta, ~ stn que la fuerz~ púb~ICa que.de ad- el poder público_ nos da de intervenir en
rtdad. verhda para que sepa si debe Intervenir o no. favor nuestro siempre que, de cualquiera
Derecho o garantía de industria, siempre ¿Qué robo, qué despojo puede haber de manera, se quiera coartar o arrebetarnos
que esta no sea nociva. Libertad profe- esta manera? ~as acciones del individuo se el ejercicio de aquella facultad.
sional. , . refieren a él mi~mo o a lo~ demas; ~ién- Ve:é~?os despues lo que debe ser la fuer-
Derecho o garanha de locomocwn. tras se trata de el solo, la lei debe ser 1mpo- za pubhca.
Derecho o garantía de ser respetado en ten te para mezc~a~s~, porque su inLervencion ~~~~~~!!!!!!!!'!''!!!!!!!!!!!!!!~~'!!!!!!!!!!!!!!'!!!!!!!!!!!!!!'!!!!!!!!!!!!!!'!!!!!!!!!!!!!!'!!!!!!!!!!!!!!'!!!!!!!!!!!!!!~
su domicilio, en su correspondencia&. solo traería perJUICIOS; pero cuando se trata CRONICA INTER 01\.
Derecho de reunion de tribuna de im- de los hechos que lo afecten a él i a otro,
Prenta. ' ' la lei debe.estar lista para intervenir en ca- Retozo moral.-En 18tH, cuando se trataba ya
e de hacer la revolucion clerical que estaJJó al fin
Derecho de instruccion. so necesariO. ¿ uál es este caso? El de vio- ocurrieron los señores conservadores de Boo-otá'
Garantía de la igualdad. lencia. e~ donde ~esidia i los dirijia el Dr. Ospina, al me:
Esto es lo que todos llaman bueno, de Yo talo mi campo, i la Iei debe dejarme ~10 de falsificar la firma del Secretario de Guerra
cualquier manera que llegaren 0 hayan He- que lo tale. 1, el sello del P · E. para dar a los cuerpos de tropa
ordenes de marcha &, que se cumplieron i a vir ..
gado a descubrirlo. Juan me encarga de destruir su monte, i tud de las cuales lograron debilitar ciertos pun··
. Ahor~ se trata de sab~r. ¿Cuál es el ~e- la lei debe dejarme que. lo derribe, porqu~ tos qHe, esperando la revoluclon, babia fortifieaJOr
med1l ejército de ealmnnias·coa
que se alacó despues a la administTaeion.
A. Quuéu le ereenaos?
••
El Sumo Pontífice su SaJ1tida.d Pio IX."
Santafé de Bogotá, H de ma.J o de 18ñ5.Nuestro
Sant.ísirno Padre el señor l io L , al .odiendo
a Jos graYísimos perjuicios que ha sufr·ido la
Iglesia de Ja Tueva Granada, en los e~tablecimientos
relijio os i ohras pías, con la re1 encioo
de censos vcrificaua en virlud de las leyes eivi-
1es sancionadas en los años de 51 i 52, que han
sido derogadas como contrarias a los derechos de
los censualistas por la de 24 de abril de e te año;
Heno de parternales seolimieutos i deseoso del
bien i tranquilidad de las almas, nos ha facultado
para dar licencia de pe1·ciúú· en el erario público
los frntos o 1·éditos de los censos eclesiásticos
redimidos que hasta nllora no pot~ian percibirse
Jejilimamente, a Jos que tuvit~L'en dereeho
para ello; pero co11 la protesta de q e, haciendo
esto no se iuleuta recom cf'r ju ti(·ia alg·nna en las
lcyl's que permitieron dichas redenciones a la
mitad de su valor, sino que se hace solo por ia
necesidad de evitar mayores i mt1s pl'olougados
per,1uieins .
Por lauto, har.emos uso de ellas (dice el Obispo;
per,;_niliendo a los censualistas q:1e desde boi en
adelante puedan percihit' los usnrruetus o réditos
de los censos ecJeRiásticos redimidos en el Te:rn n·e, ~(1bre i d2s •nlido: ; n "1; 1 ag- Jitica. El estado snciJI, sí ha variado mui poco
mhct'ncw 1 po(.er HWW'1&0 de la e;:c::cl~ .. , t:~- de lo y·1c en en ·1{ .l:<; los trabaJOS del Dr. Osíul'alment!'
sed"sperlóe,leL t>h:;t~r imie l<.~'.J \ - )in· en ese tiempo In :on mni produeli\'OS, as(
sall;es le s a1im·e1• 1 : p;·ort 1.:~ l:t 11 ciun ,~eBi~l., es que hoi la di!'('\n•nc.a ~tá en favo¡· de la
ente super;ot· al h c tHÍil' , , rnL El D1·. Ospina, marcha
1~ nt~cva civiJiz_neion. Por esto es que los par- sin descnn o hacia u )Plnto; pRra Ilegal' alli él
t1dar1o de h hber·tad deben luchar ío;
' 'creis como la censura teatral continuará, i vereis
como vuelven a imponerse trnhns a Ja imprenta.
Tal vez estas lrahas no imped.rán al parecer,
la propagacion de las ideas, Lal vez se
-os dirá: sois libres para publicar cuanto c¡nerHis,
solo la injuria i Ja calumnia se os prohiben;
prro cuidado; Yed que no ns dejeis engañar,
JÓVenes republicanos. ¿Sabeís lo que sucederá?
O id: una o dos docenas a lo sumo dejóvenes
entusiastas, harán la oposicion al poder,
se ser\'iráu para ello de la prt~ nsa, en sus escritos
es casi seguro se atacará algun funcionario
o se atacará otra persona compi'O¡netida en
Ia polílica; eut6nces se les seguirá unjnicio por
injurias, i puede asegurarse qu.c un jurado compuesto
de pal'lidarios ardientes tle la Justicia dd
gobierno, los condenn.rá~ el presidio vendrá a ser
el deseulace obligado oe e~e drama, i ·no obstante
se nos dirá que tenemos libertad para escribirlo
todo.
J)upjja ya ue la palabra como en la época
histól'ica que hemos citado, será la autoridad
(lucJ1a de la razon, el sentimiento i la fuerza
sociales. El ónJen seeundariu de la industria será
tambien, aprisionado i vereis tambien aparccel'
los monopolios, i ver is así como áutes, impedida
la industria en su obra de rejeneracion.
Aprisionada la razon, aprisionado el sentirniento,
i aprisionada la fuerza fisica ue la sociedad,
todo estará he cho; solo faltará asegurar estas
prisiones, i vereis como de nuevo será encargada
de la consumacion de esa obra la institucion
misma que lo fué en 45.
Pero el Estado de AnliOlJUia solo no basta, es
preciso apoderarse de la Hepública. ¿Cómo hará
esto? El Dr. Ospina conoce que la provincia
de Antioquia, deLe tenrr una influencia grande
en la N. G., él se apoderará de estn inHueucia;
auemas confia en o:ros puntos de Ja Nncjun
que seguinin su política, i soL re todo, oid! el
Dr. Ospina piensa que la federacion va a lle-
sacretlilar~e en la República, i que esta volverá
a la unidad. ¿Se1·á posible, será p1·ouable eso?
I>ensad que hnhrá IH'o,·incias en dunue se se-guirá
una política llisUnta; pensad que los lazo ,
que unen una nacion no se rompen en un dia;
pensad que habrá descontentos 4ue suspirarán
por un cambio polHico, i pensail en fin, que la
colision ele ideas e intereses, dadas estas circunstancias,
es un hecho mui probable. Pensarl qne
los sostenedores del absolutismo en Jos estados
liberales, no descanzarán, teniendo a su vista el
espectáculo de Antioquia i úemas estados con.
ervadores; pensad que los direclot·es de la política
de unos i otros estados, querrcín estrnclcr]
a a la nacion, i pcnsau que una imprudencia
~equeña en eslas circunstancias, puede pt·odudr
el rompi1.lienlo. Si esto se realiza, la Repóhlica
nadará en sangTe i volverá a la unidad,
qucd;.ndo deeiuida por· muchos años la dominaciou,
rlonrinac.ion que el lriunfo puede decidir en
fa,·or de la libcrlad, como en favor t'rblico hfLC·ia tan itnportante cnestion.
SenL,1JHJo nue~· ttns pmposi iones, i deduciendo
con ecuencin::s eslrictnm nte lójicíls, hemos demos1
rado IJ. vcl'dad u e nueslro pr·incipin; lo he·
mos reconocido como el único i verdadero prjncipin;
hemos dado a conocer Ja venladera base
ue la e~ladlstica , i concluido (lemo trando a fortim
·i que el llnmado priucipio de autorirtad, no
es mas que la usurpacion disfrnzada con el ropaje
de Gobierno, el silencio i quietud del esclavo
con el nombre de órden, i la odiosa tirnnia
con el oombee ele libertad racional.
Hoi queremos llevar ad elante nuestros traba:~ os
i pel'feccionnr si nos fuere posible, nueslras anteriores
demostraciones. No no::; arredra la iflea de
repetir; pues esperamos sac;1r fruto de nuestro
trabajo, estando convencidos de que a fuerza de
anunciar la verdad, ella llega por lin a penetrar
en el áuimo del pueblo, i sacarlo de su CS··
tupor o de su engafio.
o temprano. La Providencia al mismo tiempo
que dió al hombre ese deseo de lllejora, ue adelanto
i de IJiencstar, debió darle i le d ió en efecto,
los medios de llegar a aquel objeto; de lo contrario
hahria imperfeccion en la obra de Dios, lo
que seria absurdo. Esos medios ecsisten en· el individuo
mismo, hacen parte de su ser i juntos
lo. constituyen. Vedlos aquí. El hombre piensa,
raciocina, discule: hé aquí la intetijencia. El hombre
escoje o elije: hé aquí la libett·tad. El hombre
des pues de huber pensado i discutido, despues
de haber escojino, obra en tal o eual sentido: he
aquí la actividad. Escitado el hombre por la
pasibil¿dad, o ~ean las necesidades físicas, morales
e inlelecluales, pone en juego, desarrolla i
da impulso a las faeullades activas, camina a su
Jesti11o i llega a él. Hé aquí el cuadro completo
ue las operaciones del individuo; hé aquí en térIOÍII
OS jenen.Jcs, las acciones de su vida. Mas, para
llr;-;ar a Sll destino, él tiene dos caminos que
se~uir; el uno el del aislamiento; el otro el de la
·od ·daJ; i es tan chtro, tan palpable, que el mejor
de lns rlos es el último, qt e locura seria ne¡.{
ill'lo, i u-'as' que locura, idiotismo el afanarse en
demo~tr.Hlo.
nenouocida a priori la ' 'ida social, como medio
e,·encial para llegar el hombre a conseguir
su felicidad, se hacen forzosas las siguientes detluccioues.
El hombre e.~timulado por las necesitladcs
fí sicas, morales e intelectuales, cuya plena
satisfncd ou const:tnye In. relicidad, pone en juego
para J le ~;ar a es le ·res 1ltado, obj eto de sus aspiraciones,
Jas tres facultades activas que como pal;
mcas le dió la Providencia. E~ en la vida social,
dunde con mayores ventajas, con mejor i mas feliz
éxito, puede cumplirse el hecho del desarrollo
de aquellas facullades; i es en la vida social donJe
mas f:ieilmente puede llegarse, por consecuencia
forzosa al ohjelo íinal. Léjos pues de conspirar
In vida social sontra el desarrollo próspero de
las facultades activas uel individuo, ella tiende
a comunicarles mayor impulso, a darles mas provcc.;
hosa enerjía. El hombre en sociedad tendrá
pues la facultad de pensar i discutir; la facultad
de escojer, i la f~1cultad de obrar; mas claro: el
racionalismo, rlemostrando: ]a 1ibertad. escojiendo
i la materia, obrando, serán las operaciones del
individuo en ]a sociedad. Por consiguiente, si en
la sociedad se coarta al hombre la facultad
Fuente:
Biblioteca Virtual Banco de la República
Formatos de contenido:
Prensa
Compartir este contenido
El Pueblo - N. 28
Copia el enlace o compártelo en redes sociales
El Pueblo - N. 29
'll'~ll~S· 3° /
W.:'..lf,E :10 RSo)
f lU'.1l• ~9
{ "V.rfl.LE :1 RE.t..L.
CS:JE L p U E B L 0 J?) 1 hat~é ~eliz". es of~ecerle una cosa contradic- cillo del interes do grupo, que es el mismo
----------~---------------------- tona, tncompren~Hblo, monstruos~. por cuan- que en una escala creciente se forma con Ja
to solo en el pleno ejercicio de las faculta- crcncion de los h? E to lo no puede nlcanznr su bif~nrstnr, al ménos t~cuerdo sobre el n1Pjor PlP-dio de hGeer cflcLPmos
Jrmc str~.t o bnsta la s;H·.wd¿u.J Pn los nú- In l imi t.Hla porcion de él que nos permite ti vos osos b~cmos resultados, es forzoso ntenwro,,
... ntr ·iore:, ctn "El Pueb!''·" De r:;l(: el m tn< o. sino eunndo ror el reco;wrimicn- rd~rse á larrwyorín, porq w los mas Jnrocho ...
, ·incip~) druucimos no~ o ros l:odos !os qun to i ('jorcic:io de ciertos derechos, dirijo sus i sntisfacciones individuules, deben sr}bt·c o-
~n nnnslro C'">Jleept.), ddH~n s"rnr de b:,se pa- ac::ioncs a aqud tin. nerse a los n1énos.
ra funJnr el et'id1¡·n de h s rrlacionPs jcne- Por eso ln h~\so de nur~tros raciocinios, Por otra partc,hui nrcesirlndes, obst{cu1os.
ra.es de Jos ind1vidun::s i de l;1s_ts~c}i_(1eicnc-~s no es el plJ<'blo, sino 0l <·iudi.H~nno i siem~ que snlo afoet.nna una lor.alidnd,n un gl'upo,
rntre sí. .wquc e01_no e e ~rHltipl:> es el pr el cindudü~o. En los negn~JO. que nfpc- ¿,a qui{~n tocará la zarse a ]n Uepübl'ca, o a los grandes Estl-
1rnrio, son los derechos inherente a su na- nwtcrin, el ser. dos para rr.soiYer sl)bre intere. es qu~ nn
tural<~za los que deben servir d,e regla para Pt:dro lieno sus derechos i su interes. Ell son espct:ia!t~s. suyos, es poner el r~1~odw ea
determinar su verdadera sit~acion, sus re- cualquiera parte de la República donde se manos de _fimen no pu{xfe ndm1mstrarlo,.
lacioncs en cnda caso ospecwl. se hi llc, en el cnrnpo, en el Jistrilo, en la colocar. el Instrun:er,_to en manos de un o-
Fij['O bien en nuestras palnbra.s: "Son citul¡_ d~ como ( gricultor. como C?mercin~tc, brcro 1m polen te I Ciego,
los derechos inherentes a su prorna na tu- como 11tcrnto, s1empre lleva const, ·o un cwr- Conc!uyamos pues. .
·ra.lc:rt, los que delerminnn e~ cdua caso su to d~mu~o dc_faeulla~es qt~o n.o can1bin~, no Al L:l~dadano: lo ~~.u: toca ,al_cw.1]a~a~o.
vcrrlm era s1tuncion, sus relac10nes." Toda ccsn n, m reYJYen, n1 se d1srn11 u yen, m nu- A 1 grupo lo q_ue toclt o l grupo: sea r1 J,., so
rclijion, toLla doclrina, toda lei que aspire mentan. Pero Pedro. so aso~ia con Ju~n pa- trate d _.l()gr;Jpo J~ner~l e e la N~cwn, -~ea_<,rw
al titulo de rncional i justa, debe pro~ue de ra ~~cüní~ar un fin 1ndustn~l _cualqu10ra ( I se ve~tll,~n los Intereses de la p .. ov1ncra o
antenwno que es~á en completa armomn CO clccdonílrio que por primera yez se ha nera nV1S solcmnt. eonlt" esa npú rifa pubiicacion, hijus lo hago responsable delao e de Dios y de
empleado u esta pro ·inciu; prueba evidente de mnnifcstaudo: qu<.' es ahsolulmncnle f, 1 ·o que los l ombn'::i de los males que surr·a la sociedad
que la moral t-roorcsa en el sentido en que qnie- YO la baya redactado: que es supuesta la tlnnn y la Iglesia en los p·apele~ que lt' mundo -verá
ren lta.r:{'rln pr >grcsar lus ap · stoles de la r cnCr;i r ia con q w e:·tá susrr:v; i. (:u e es una Col·un- tílllo ene rei1 lfH'imi ·en m cstra., c-olumnas ese ru- negocios. Dr. Juan C. Suto.-Habiendo en el Tribunal de
rioso doL.umcn~o. Hoi cm 1plimos esta reso!uc·on, Es un rrror mn· crnso e inmornl el cr<>er que comercio ¡wndit>nlts ,·arios uegocios ir 1porlanles.
hoi eu regm JGs a la cscccracion públita el cscri!o es lícito hacerlo todo para obtet.e'r· un triuuro, en h:.: cual~;~; estaba impedido t'l Juez principal ·
j el c.sct·itor, la oin:a i su a1.1tor o nutores b"en sct cualquiera que srn . E1 la· conUendas individua- debiendo CIHH:urrir (··te a las sesionc::, de la Lt!jisque
pct enc•zcm1 o no al número de los m;:s djs- les, ~omo en 18 cr.!ectiHI~, lwi ariW!S prohibi- lütT·:~, nm', lro eslimable amigo o!o fue elrJido
tinguidos 11iemhros de ¡,arlido que hoi gobiema. das de que no se puede echar mano s· 1 piso- el i U dd eunicnle p11r el C'omc rcio de e 'la ciudad
ae''l.10S tam.bicn la reimprcsion {el cserílo uue tcar üntes 1· s lc;r s del htrnor i In lealtad. De es· ¡.wra Juez suplen te pt·imero. Nos congralulamo::.
lw pu J icuuo el Dr. Gutiér e1. conles1ando i des- ta clase son lanw 1tir<, la f:1lsedad i la ca u 11- 1 t:OrJ el por l'::.ta prueba r:plént ida de l~unfianza,
11intiendo a los que 11ara engnñar al pueblo i se- ni a, j euandn S1' usa de ellas por la · mpreuta, eonsidcr¡¡eiun i apr •cio que le ha di~pcnsado la
dueir nl sufrngante, mintieron e insultü.l'IJU con en nombre i bajo firma ajenos~ la nccion es to- parle m; s aprer.iab!e i valiosa ue Hue:.;tra sucie-dcscaro.
dm·ia mas cr:Illi11ai i detestable. Eulúnces no so- dao; eon la cual han quedado.elocut>nlPmeule des-
La contest< cion del Dr. Gutiérrez ele J_,~ a, poi' lo se mil'nlc, se f;~l~ifl<.:a i se c·1lurnnia, sino, lllt'nlida" las c:llumnias, los insuJt,)s i las inju]
a 1 wncn eomo está redael< da, por las ideas que lo que es peor, pura consu Llar el crimen es prc- rias que le h<. 1 rud¡gado la prensa ultramnntana.
contiene, i por la d:gnid· d del lenguaje us.Hio ciso ocurrir al ind"gno i p~l' 1do meclto uc la se- Tcatro.-El tiramu tilulado "Lus Pnlsian')S t'Q,
JJOt' el escritor ofendido, pe!'O llO ofe~1sor, honra ducciu 1, cor•·on pienclo un cstahlcrimieuto li · Loren·t" sobre cw o cLH'&tionable mérito Jill:raa
.,u autor i e'. partido t{lle Jo adoplara em 10 Nln- pográf1eo, euj a mora idad es la gnt anlía de la rio uo n s cret•n tlS a¡.¡tos para lleddir, hH sididato
para el importante empleo <.le Gobernador Pntando d coronel franca
el esplendido w·to publ1co del 7 de marzo de pm10n,} a que no e.stc; l alcance de la;: utonuad ces hidalgo i <.knodauo, que llora sobre su::; lau-
1b49 i los principios I'e< enlores con, igm~dos es- 1 de la_ Id. . rei·'s conquistados, porque no tiene ttuien p;:.n·pc(
·i· !mente en la Jr"i'j.lacion de iE;)--F· ·me rn Pr"CJ:so el' r'2petirlo p0rque a iodos nos mtcre- licipc de ,:,U ~ ~rt \ porq11c no liene a quien con·
JH;, conriccioncs pol)ticu~' i Heno de fe en el pro- s:-1. Unn _imprenta uf:smo ·alizat a_, Ull'l Ül1pl'enta sa ,rar la corona de gloria adquu·;da. eu de
grama del gran partido lJberal esluba resudto a corromp1da por c>l cliiH'ro, una Jm¡H·t•n\u que se fensa de su pntria, q e busca a1~~.üoso una maadmitir.
el mando gubernativo de la provincia j presla a publicacioUL'S apÓcrif~s, ~'Ot11tJ la t.1e q'! . dre CUJO paradero iguora, el hijo CU~ a rabia dea
trnhfljiil' e~ él J)Of corresponder a las esperan- me oc u ¡Jo, e~ ~1na a.mcn~za VI\ a 1 eon~lanle c:on- st•sperada cslnntlo pról'sima a estail; r sobre la
zas c.lel parttdo hoeral. o depba ele arredrar'- lra la tranqutltdad 1 soSJI:'go de los c_mdcH.lallos, cabeza del que martirizó a su madrP, se ealma
n_1e la consideracion de las trabas que encontra- es una arma de muchos filo- que corta Ignaln~t·ute al recuerdo solo de lis lt "\es dd huuor, renull~
la en _el partido conlrario para todos mis aclos, a odos ludos, es h espn la d'-· D.unod<' · pend~t·nle cin a sus proyectos de n';ng-anza al nir IHs .:iÚ·
l las d ficultades que se opondrüm ni uesurrollo de un cabello sobre et (;orazon d(; lo:; hombres piicns de una nnci ... \lla pobre, ciega i des\'alida;
de mi programa gubernathio, pero contaba con honrados. ¡¡ Plw,<.:a al c·clo que el a~1tor de e :a el Sr. Uérns repelimos, desemptiiando ~t' • pauo
ánimo imparcial i escento de pasiones i con diabólica in erH:iou n) ti..!uga 4uc llorar n_ lgun d¡;¡ pd, con sus magnííicas cnalid.~ue' de actor (AJ"a
·una perseverancia infatigable para eombatit· tales -.ohre los restos dl·specJazudos de su pro¡n~ hunu.r, matico, con su diccion pum i ntslíza, l'On su
elementos-Sin embal'rro Je esta d eci~io n boi me o del de <.tlguna pei'sona que le :-;ea qnendu!! 1• o melill de vuz un poco mejorado, supo hi:lef'ase in~
s de todo punto impo~ible encarg-a!'rne Jc laGo- ('~.raro ver mcrir al escorLJion ·íclíma de su pt·o- teresante, se ·colocó a la alturn del. !Jl'I'~OIHlje
]Jet:n.aeion de. 1~ provineia. El último cuneo ha ¡Ha . ponz_oíla.. . ,....... . , represen lado i mereció jusLísimos aplausos.
traado la notiCia de[ arribo a la N. G. del sefior Mcdelllll, dJctembre ~18 de 4'do;:;.-Jm:;eGtlf¿er- La e-.pu:;a que implora mi::5erit.:onlia, que Sien-
Francisco Monto.·a que se auscnló de la Repúbli- rcz de Lara. . . .. . te soplar sobre su ca!.wza i sobre sus lÍl'l'lli.,s Inca
en 1 ;')3 cuando se preparaba ta emisiou de lit El ctwa de hrardota-d IriJC a uno de ~us fel - jas ~·J Yicnlo de la drsgraeia; qne al o ir la senlci
de ~0, dej nio d,. aquel alío sobr·e HtTegios con !! ~· e.s es esta eartH cur:!~~a.-.Se!JI~r •...... -JI.l" ··dota tentla de muerte que conlra su e~ puso se pro~
os teneoo1:_es ue obligaciones de la demla estran- dw1embre 1 · de ~. t:><:>.:-MI t~slul:l!_lo abllf~), n.o nuncia, ~cueha e~ttemec1da el ruido del :);.queu,
Jera. El scuorl\Iontoya llcróentre otros objclosel :~uedo pasar en ~dencw el dcsprezw q 1e \. me fué 1eprcset1tada felizmente por el SI'. GÓ11lllw.
de_ prepar::tr algunos de estos aereglos en que es- ila eeh~ tan lo ahora coH_.o en 1<.:::; ele<'eH nes pn a- A su lado el Sr. Hoyos ejecutando a H.ulllt'r l'l
101 mteresado; i teu·cndo yo comprometimientos !as, as1 es que he cslrCo deten~:l'llOS e u haee¡· u u~
nlti~.mpo en oue iban a vrriflcn¡·sc las elcccíonc:,. lo en su e 1 ciencia y en la valan a de la jusli- prDlija enurncraeion de los. defe,..:lus que nola-
L 1 d da y aconlestacion t!l'Dr. vera como se ha ccllo re ponsal..lle dnlante M.ws en materia de tram.oy~ i ·de companm, t:ra Gutiénezcslaquesi~"u e: d D•i os y de los t b' · · hombt· ·~s : no Je )e rstar ten acc10o i ep lenguaje, ~¡ se nos permilt' que lo
Ai p¡¿!Jlicu.-JI: 1í ~~;adu a mis m8noR u. <11 o- segt ra la co1 siencia con esta faltD .. C ando e! digamos. Ademas, no querC'n1o~ llHlZc r cen:;ujn
s Jd~< t:Oll el till lo..., d.c "A m·s comp~:lrio as'' lo o esta en el cor ·a el Pa~1tnr debe dar el gt·i- ras que en vez de an1unr desalienten quiza lus
J suse1:!!a en ·19 de nnv1emhre pnksit w pa::,ado to de (Al 'rtn) para qt e las ob JHS no se dejen e~fuer:zos de esa (JeuvJada rcunion de JO\ enes,
-~on rm firma t'Hlt'l'a, la c.u~ l ha c·rculac o ü 1pre- seducir y por eso cF. que yo me intereso en la que Jucbando con to 'a e ase de ohst~cu!o~, i e·sa
e 1 \a ·íos pueblos de la pl'O"incia ántes dei dia :'clic.d¡ t1 de mi~ fcJigr ::;es s V. tal ha oido la ti' '!li.mdose de :ez en e wndo coutm lHs (tiJl:rru·
seiblado fH.ra la elt'Cdon de Gobern;do ·. En ella. vos de algnn lo·w J no quiere oir la. dl'll)astor dones de una ~,o~·et P< inj !sla i eapríchos:..1, prca_¡
znisn de !Jl'OCIRma o nloe1 cion, se ~nc huce dr- que lo quiere encaminar por el camino derecho; tcnden procm" rse una reput¡.¡cion, un porverur.
Cir eulln r:tras C~>s .. s:· q_~w _11') puedo aceptar ya la El Dnmingo lo munoé a ll:niH.tr con .losé .María Tu- Queremos tl'ilHh~trle~ mas bien elojios que aunGoh?
rnt~cwdn de m prm wcw, como pcnsnba, por- re! Y, me paré_ n c!-'perado en _la pi az~ cuando be- ¡ que parezcan aig_u.na vq un tanto ecsaJerados
. e 11:1 )len o ren¡·(;sadc~ u! Europ1 el sc,·or rn~n- n:a ce dnr m1 .v!q:;ílUL 11 '6 de b deuda t.~tn¡¡,~~' ·.t en r_ptc! rafJ;t (k !::U bon1radc-s Y Jwcaa ff' no se üejc [-Hr · lica i ... ombriu d • la pvbr~ au~o:iiUH\ oue ¡Jilll.! Hl
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
~L PUE· 'LO. 1!7
Wft iF
as\\o· que \\orando la ausencia tle \a luz del\ nuas i lns tinicb\as rle \a·v·~la, hnbria que pro- poclian tolerar, que una sentencia del mns a\lo
~ia, d~plora tanü!ien la ausencia de ~u <.~u\ce clan:ar la don,ina~ion ese~u~i"_a. del_ ~al en los Tt·ibuhal del estado declarara, que era inocente
F'ram:1a; que delira de gozo_ con e_l t~iun1~ d_e oestmos humanos 1 maldecu· laJOJUShcia del Crea- de las faltas que ealumniosamente se le hubie.
sus compatriotas, que al sen tu· los jem1dos t 01r dor. ran iÜI'ibuido, i rnénos podian sufrir, que sus conlas
s_úplicas de una esposa se enlern,ece, se ol- El ~ártes en la noche, ~n la espléndida cnsa ciudadanJs reconocedores entusiastas de sumé"
ida de su raptor, del q:.:te le arra neo los 0,10s; del senor J uau Pablo :Snnudo, tuvo lugar dado rito lo aclamasen como candidato para el imoh:
ida su odio. su ''enganz~, intercede por Rut- por su familia uno de los mas hermosos bailes a porlnnle empleo de juez del circuito de Palmira.
ner alcanza su perdou i tiembla de p!acc1' en- que hayamos rt"istido jamas. A las lluvias cvnti · Destruir un enemigo que se teme, eslinguir
tre 'los hl'azos del hijo que creía muerto i que nuns i a los malos dias sucedió~ para favorecer una repulacion que se alza, que puede sen ir
encuentra inesperadamente. Si la ciega Mar3a- la diversion, una de esns noches verdaderas de de ostáeulo en el camino que .se anda, aniquirita
fué ejecutadn. de una manera brillante, si diciembre, en que nues1ro cielo se cubre, como lnr uno de los mnros rn que se es1rellan, se deel
Sr. Jal'amillo logró conmover los c.orazones, una hermosa en sus ctias de eoquclerin, con su hilitao, e inutilizan los proyectiles lanzados consi
llevó una flor mas a su corona al'tística, son mas bello "·estido azul, ron sus mas fu1Jentes i tra la democracia; Lenc·r un opositor ménos, quidudas,
que no pur,d~n ocurrir jamas. al .que ha .. esplc ndo!·osas esl_rella::;. Era una de esas noches tnr del medio un candidato, hacer que los suva
,.islo en es1os ulttmos mPses a Catalma Ho- serenas 1 trnnqntlas que se Vl)n en nuestro va- fragantes no puedan Jar su voto al que quisie~
vard Lucrecia Borgia i Tisbe. lle, en que la Juz carifiosa de las estrellas i la ran, i ganar así Jas elecciones, son ideas hala-
Qu~ se esmeren los adores en dür a su profe- brisa cmgada de perfumes i n;luptuosidad con- güeñas, i felices, son pensamientos que met·c._'
ion la importancia que mereee; que sc!an mas vidan al ~lnce1·; una de esas noches en que la een tener una realizacion. Pero hai que husenr
escrupulosos en el dcsempeñ~ 9e ~u tnre~1; que v~da se sien_e lijera i figura uno que la desgra- u 1 medio: cualqmera es bneno; ninguno iomocl
público por su p~t·te eontmue iavoree;u-'ndo- CHl es mcntu·¡:¡; ~na noc:hc de esc~s en fin ~n que ral. El mas seguro cuál es? La mtlel'le de ese enelos
eon su asistencia; que haya mns cullura, h. sta los desgTacwdos tienen esperanza, 1 hasta migo, de ese obstáculo,de ese candidato. Un asesii
órden entre los espectadores i el establecimicn- los a leos creen en Dios. no se encuentra con facilidad, se paga ahajo pre ..
to del teatro será un hecho. AgrPgad al natural encanto de nna noche se- cio. Désele reiijiosamrnle su salario que él llenará.
Jacobo JJiolai.-Saiisfactorio nos ha sido ver mcjaule bellos siilones fllfombrndos, perfcetamen- su mision, él asesina¡·¿}, i todo se habrá hecho.
ejecutar por algunos artesanos de e~ta ciudad, le il m•inados i llt~nos de ricos moeblt's; una mú- Este método de gama· elecciones estú pel'fecen
la noche del 24 de los corricnh~s el drama sica armoniosa; la cordialidad en todo el mun- tamente bien esláh]ecido en el Cúuca. La lecde
iH]Uel no 1brc. La ejecucion como era muí do i el, uuen humor mas esquisilos, i ~obre to- cinn esté} da la, el sislema se está practicando.
nalurnl no fué unll cosa hriilante, pero sí 110- do las corrient ·s magnéticas que circulaban por Ojalri que Pn otras provincia;:; uo Be siga el ejemdcmos
'aseo·urar que sobrepn.ó nucs rns espc- !odas par es, dcsprendid,:s de a mas ('SCOJido de plo; ni se haga el ensayo cruel i sangl!inario de
rnnzas nnc dió un re, litado m~jor del qne at 'n- nn ,'tras bellas, que competian esa noche en gra- degtruir pa ·a ilominal'.
diendo' a' todas las probabüiJades nos hubiera- cia i jentileza. Diago andidalo liberal para la Goberuacion
mos prometido. Allí se encontt·al)an i re8planublieaeion. i pl:?_pagacion _de las cond~, s~n CDpazes, de iluminar con sus rayos Id tos, por· que Pslos en ,·ez de conducirlos a la
ideas po\íl'cns morales 1 rch,liOSüS. BilJO este conc1encm de un reprobo. --- - ma_j~stral:ilt'ft., los Jle,·arán a la tnrnha.
aspee\o sor doblemente útiles las representado~ 1 vosotros ".ollerpnes eo_tre los trei.nta i l.os <'l~~- Si no solo rstá perseguido i amenazado el ran ...
IWS teatrales de las qne nnnca hemos pensa-- renta, descreH.los 1 recnlcitnmtes, st habets sutn- didalo, :inó que ha muerto ya a manos dPI aw
tlo que seno' un -~imple pHsati_emP?· do impt~ncmrnte el fuego. ~mzado de ta~1t.1s be- sesino, no queda pOI' quit·n ,-o~ar. Ya no hai tiem.,.
l.a idea de eleJH' a Jacobo Molm para In re- llezas; st \'uestro corRzon ÍI'IO corno la cuna del po de vo1al': ya nq hai Liempo de organizar nue~
prcsentacion primera nos parece muí feliz. Ese Chimbornzo no ha sentido ul~un benéfico inecn- vnmente los trabnjos eiE'ccionarios; ya no se pue ..
drama por su m9ralidad
7
i por las doclrinas, ~o- dio,. declarao~ de una Yez in_combnslihles, i • "'·"'· "'·~· -·~~ ~ · •. '·1
• ......=.:,' ·s: '~~s.~~~~ª
f!cncia de li Jglesi; i del clero calólicos, i voso- PeTú.-Un corrrsponsal de "Hl Panameüo" le ~-~--~~? JOSÉ M-1\C '1\ER 1 ERMUDilZ. ~
tl'os, con serradores, quistslri:s i qucreis aun tener- escribe lo si!.~uientr: • ~~~ ~~~
los ba~o la !u tela del Gohicrno, para converlir- "A ricsb•JO la cslndo de sumirse la capital de \1;~( ,"'n biografía e. bien rorta, ~i
los en ·nstrument0s de una ambician corromr.ida. ~-~o,; las pcíJtna t..lo su hií:toria (~~
,. esta República en una revolueicn, ¡Jor el rtrtÍC'll- ~~'i puf•ucn llenarse en brl've· ,...~~-¡
Á~ osotrns ru~dimos la abolirion de Ll pena de lo sobre reiiJ'ion cruc contuviera la Conslilucion ~"*-~~ ·,pero ni una rnench" Cll e~ ~ ·>_t u muerte corno contraria al 5. o mandato de In lci rJolíLica peruana. Lt os debates sobre~ si seda ese! u- ~ llas! LARRA. ~ " de Dios·, i 'osotros siempre cruelc~ pedís patíbulos 1. ~ ~;.~, st i va la relijion ('atólica, a lOstólica rem~nn, o 1~G' ~i.. ~¡ 1 s J. ·t · se ·q 1 · ·1 .. 1 e':· ü t1;! ll::> as 1 n;:,tu.<'S, n mas pnvt C.Jttl( as, 'r¿j
i t-:angrc. si se tolerarían los olros cultos, ha u s:do ac.alo- ~.; '~ vo:;otrn a quienes el mrwdo no cornprendc, que ¡,. :~~
~ ·nsotros prdimos la libertad de los esclavos; f'ados en la Asamblea, tnlV.. endo a h barra un :0~ no hall Di· vuc;;tro ¡me,to en el mundo; vosotras ~ o ~ i ·o, otros enm '$ 11 · ,~. . 1 cñados siempre en vio!• r In lei ·~1 que orn•s amnrgamente vuc .. tro destien·o. "~'f de Dios, os opone ts a los pre eptos que sanciona inmenso J. en ío. Lr s mozuelas tapadas hicici'on ~\>J-"!}, Al 11 1'ts p·t n d O'Us, qne ll 1J an cJ on:u-s Yues 1r a mnn-. ·~:
Ja ir'ualdad en la lihcrtad i en el derecho. su cuarto de limon, insultando torpemente des- ,_~( siou terrena, ¡ os sumi., en el nHH' de Yttes- ~(
-
1
d.. 1 . d t de la bana a los Diputados iln strados. que os- .)':!.;;.'$\ tro corllzon, donde gow ns clulzums de esa~
! o::o ros pe unos e JH'l'úOn e nues ro ene- ttnian la li!wr'ad r ·liJiOsa. Al iin, por med'o de tf:·:-~:.~ vtdn indabl',dee;:,emund cte _111 mente.~~
mi;.;os, Os1nina, l\Ie!o, Obnndo, Jiraldo, BonercJ •Jna coaec·w n cspnn t o·, l1e 1o mas I,. _';'; La flor huyo con sn:> pc!'fumes, solo qnedo ~~
- ~oso lros pedimos al Gobierno los medios de .Matute, el Dipu ado m a. \'aliente dekn .. or de la ~0\ a - ti pa 'O un lfJVe r'D::..tro embaLDmndo. La es-~
aliviar lil humnnidad que sufre, " pm·a socorrer l o1 e rancm· . T enw· n e.>'lS venera J)I es sacer d o 1e s pu. r.-,·,,._,. ,~ tr_·elln rodó en 1e . ,r.J ncio, trns ::-i quedó unn r<·l·- ~~-~r."'., a nuestros hermanos r¡ne están sin pan can q~w ali- Ji alea ocultos, i ac;wdillalmn .it nle non sancta, ~-: .-~ ¡ndn hueliHLHilmo;:,a < orno la uctwaexhalacion. ~~::
meuta1' su t·ida, sin r·or,as con qué cubnr su des ni!.- 1 ;_::~~\ ¡\'cnid a llon,r, aln • fJindo ns! Poco ha, ~,-~o-J de;:;." sin Leeho con qure abrigarse; i vosotl'os queja- para ny H.lar a la gmn obra e l'l ma:·tirio. ~-- noi_JIL', ''~rllloso, s('nsillo él era obre la tierra~,~~"·"
mas suconcis a los enfermos que desfallecen, ni a · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · ·· b : hor ln 1wrra lo gnnrdn Pn su seno; pero la ~~~
los desdichados qLw lloran s·n q 1C nadie Jes acom- " VoiYicndo a lD e• wslion rcJijiosa, llé aquí lo >0~ licrra c:olo tiene hoi de él un Cé'dÜver innnimndo! ~
-- ll 1 resuello por In Conv 'ncion: "Ln rrlij ion del Es- ~, j lJn caddver t nada mas! Sn alma j •ncro::: unire,t·~nl ., . . ;~_ _ S t "Por el siguie11te documrnlo se pncdc cono- - · 0 J 1 b 11 ~ -
.ros queremos la emnncipat:ion del trabajn; rer hasta donde llrg<) la ecsaltneiun d'-~ la ciudad ~ 1 1
1 ? e~ndJUb':enr!l~l1n. 1 e
1
ra r1 :.1nt1o 1~u con . ~1
1 vosotros siempre impios esli.lf;tis al pobre i .. ,_ ..;; e acwn, 1 e ta 1t1 nr a compas rnana-Mini~- terio de (;o 1icrno, ~ ~.; S11 intel,¡encia cle\'ada comprendia el b:en ;1. ' ~elt~ adminislracion del dei'echo, que es la lei Justicia i Culto-L·ma, a 6 de octnhl'e de 1'~:):)- :0 ; i solo _Pl t/u!n, w cor:;;zon ?ra ut~ al_tnr de lo~~
e _ lOS, el órdcn i la annonÍH qnc son la ju"ticia. S o· , 1 > 0 1 ) 1· ,· 1 r- 1i 'l> ,11 ~0\S bw';to 1 lo bello, al p!e ·'e el ardH\ 1nce "tllc- ~ · r. 1p ¡ ¡ ,al < p r ; p n \' n u a ( e \ , < •1t , ; u ó 1 HL -.,.~·~ u "' oso! rns pr. ·licamos todos 1 preceptos d In .-.El GolHerno ha VIsto con dolor a , e! . n - :.:."-~ mr nt f' In l.iu¡p;, rn dd í:llllor.
lei de Dios, Cfue son 1a esencia de su rnorcd 1 ·"~A Oh! él no dPJ .. ) ü s11. htJ.OJ ,u ap,Jlido ro- ~
d . · limicnto rclijioso de as masilS se ll.1~a eslra,ia- · · J.,.=..-.. J\'tna, eumpli.nos con nuestros deberes cl'istia- dv hastrt el estrcmo de co;_tdar a la ConvencitJn \(!)1 dendo por l::t :~urénla brlllnPte del jcniLI, mar·~~(
llOS, Ol'tllllOS, SOC0fi'Cl110S i callarnos; i VOSOll'OS ~-r :' C1Hio COll la linla esplendente del heroi::lllO; OÓ ~~-" Y.I Oiando siempre los mandatos de su lei snnta nacior1al en sus mas au;,! .·u slns delibe 'H('Íones, 1. • ~,;. pero sus 1li.J.U S 1l ercc 1é l ron un nomb- re ctos, la Yida en }0¡
Sinnpre en el camino tle la moral C\'anjélica, "Ilc visto la amenaza que por· vosotros o poi' ~la (amili~, la Yida en la amistad, la Yiua en~
i'nsciiamos a nuestros hiJ.08 i u nuestros hcr- vueslro mandnlo se me hncc en un articulo de ~la 1'_nmamda~. , . ... -__.
'' 1 , .. lJ , d•-> ,,. · · , l . . . , ~ St, ''Sil btOgrnfta es bten corta, las pajtnns~~Í
Hlilnos sus dogm Ese templo de Vll'llld, que ,tl alma cncerrü- r~ ~
no Hi.HISto. Sll espo ·a llorelo, 116relo por si 1 por sus h1- ~-~1 esta¡· pnra que el pueblo, sirnla sn espirílu sinarm(', i deucis hacerlo pat'a JJevJr adelante k~\ jos: el hé:.per qne alllmbraba brillante su vida se~
-consolat.lor.-l\o,olros qurrcmos la reli,Jion en el Jos principios de ' 'uestra institucion. Os con- ~1 dcsglljó de su ciclo; a. su ¡pura 1 suave luz suce- ~l
corazou · 1 l 1 f' · i 1 t t:O:~':; den las tinieblns t.lel duelo, a la serenidad de ~ ~~ I a mM,_I en o~ h~dlO~, i no In relijion leso qu~ espero .ser asesmac ~ _e~ un mom~n _o '0i su ntmó~fcra el remolino espantoso de la viu- '~.(
c:n las pal<1brc~:·, I ('l odiO 1 la ven ganza e11 el a otro, 1 la glona que adqumrc como marltr · · 1 1 f d ~
1\J 1 · · . 1 d 1 P r . . 1 1 t> f ¡· 1 ~(.'3 < e z. d e o o r no da .. ! ~~; t•ornzon ... ,usotros queremos a .nslt'uccwn 1 a e a u.e_iJlOn l a ~, ~::
Des¡)ucs te tnntas pruelJas, tendréis aun el '' ·1 Enemibo-os de la humanidad! Falsos pro fe- ,01 percgr~uncion terr~>pa, desp_n?s ........ ah! su es-~
~~t po_o nYe ann, a el ~e urma eternamente en ~1
l'inL rno de apcllidaros. amigos i defensores de las! que eseuchais la voz de los sónJidos in te- ~ otra vid~!-Medellin, 15 de uicieml>re de 1855. ~~~
)a rclijion i la morai.-Nó, vosotf'os las alacais, reses que abl'iga vuestro COI':lzon de demonio, -~¡ ~
'oso tras mnldcc:s, vosotros maneillc.:is, sus nom- aquí t('ncis vuestra víctima: venid a matarme ~~~zT;;t~~~~~W~W~~~.<:)--E;
hres sagrados para cubrir Hlcstros instinto~ insa- ad majorcm d!Ji gloriam. ~~~~~~~M::~:M~~ -~·~~M~~1~~~
Iws i nosotros las defendemos de vuestros a laques, " ¡ Sanl'edislas corrompidos ! Arml'ld ya uno o.~-c?~~~~.s.:. CJl::iil ~'!:l~aaelaca
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente:
Biblioteca Virtual Banco de la República
Formatos de contenido:
Prensa
Compartir este contenido
El Pueblo - N. 29
Copia el enlace o compártelo en redes sociales
El Pueblo - N. 33
TBUI• 8° t
'WAL 10 a8.j Jllebtllin, 2~ be enero bt 1856. ; 1'f1JB• 88
{ TA.LZ :1. REAL.
CANDIDATO ni podido tener otro fundamento, ni otro
1
sigan su direccion, obedeciéndole.
objeto, .que el de dar~~ hom~re! por tantas ;Pero como la fuerza publica no tiene otro
DE contraneda.des. combatido, el amm. o bastan- objeto que. el de protejer, se sigue que aque-
.. EL PUEBLO" te para restsbr, para perseverar 1 aun para llos que viOlan los derechos ajenos quedan
PA.B.A.PRESlDENTE DE LA REPÚBLICA EN EL PRÓCSlMO combatir. Todas las SP.ctas filosóficas i reli- SUJAtos al poder público. '
PERíODO CONSTITUCIONAL, ji.osas que el mun.do ha visto apare~er i mo- Ahora bien. Ese poder concentrado en u-
EL ESCL.&RECIDO UIUDA.D&IWO r1r, no hat. perecido en el mayor numero de na.sola mano, en _una sola corporacion, en
t?(]§J~~ ~&S)~Q' casos, t~nt? a manos de la no" edad o de los un solo Jugar, ~er1a totalmente ineficaz, por
\Ü~ >.../ • -- '-' ~ ~ JJ descubnm1entos, cuanto porque el hombre cuanto no habr1a medios bastantes ni tiem-
~ OH. HAN UEL IIURILLO TORO. oR\ ·vió que des pues de discurrir sobre ellas o de po suficiente para ejercerl respecto a cada
~W:JilJ\§J)r~@(!j)A_G!)'¿J adoptarlas para .sí, no le ofrecian, desean- c~so .. Lu.ego. es forzoso que el poder se di-so,
esperanza n1 consuelo. Buscad en este vlda % dzstnbuya entte los grupos para que
(9E L p U E B 1 O 1(}) solo rasgo la causa de tantas revoluciones pueda llenar su objeto.
--------------
0 \.:::::::,.¡____ relijiosas, políticas, filo~ófic~s i so~iales en De aquí nace para nosotros, la necesidad
cuyos brazos se ha mecido 1 embriagado el de dar desarroiJo a la ecsistencia del distrito
J6ede!/t/~, fl4 ele en~() ele ,-J'56.. mundo en la larga serie de siglos que ha vi- i estender el límite de sus atribuciones.
V vido. . . . . Por. eso CJ'eemos que el mejor medio de
A.UOS a decir algo mas acBrca del lHa~erwh~mo _I .fatalismo er_¡_.moral. org~n1zar el país, seria el ~e dar al Gobier-dere?
h.o de _Jos ~istr~tos para proveer a su Ate1srno 1 po~Ite1smo en ~ehJIOn. no Jeneral,el derecho d~ fiJar por medio .de
adminlstrac10n 1 meJora. En uno de nues-¡ Uerecho d1V1~o en polltica. . . las mayor~aslas reglas Jenerales que habwn
tros números anteriores, ecsami nando la ~azas, clases 1 fueros en la organizaciOn de fundar. 1 h_a~er efect~ va ]a igualdad u e ]os
ideas del ilustrado jóven Ricardo Vanegas, socwl. . dere.chos Jn~Jvlduales 1 de los procedimien-
·demostramos 0 al ménos nos esforzamos en ¿Por qué ~a ca1do o .bambolea lodo esto? tos; 1 confenr a cada grupo. el poder bastan-demostrar,
que puesto que hai intereses de No l~ sa.bel~ 1 Pues b1~11. . le. para atender a las necesidades de sus
grupo, el cuidado de ellos debe encomen- . Esa fabriC~ 1n~ensa vwo a tierra por.que mtembros, cuyo poder debiera tambien ejerdarse
al grupo; ¡ agregamos que ,, puesto m el que ,s~ Igua.lo a l9s brul?s ~~sconocwn- cers,e en cada grupo, por medio de las ma-que
todos los individuos que constituyen es- do ~~. espiritu, DI el que supnnn? la t~espon- yortas. , .
te no estarian siempre uná.nitnes acerca de sah1hd~d negan~o el ,llhr~ albedrw! ni el que De ~qu1 deduCimos 1as siguientes canse-la
manera de resolver las cuestiones refe- rechazo ~ pros.lttuycrla 1d~a de Dws neg~tn- cuenetas. .
rentes a sus intereses, era lo mas justo estar do su ~cs1stenc~a o supoménd?lo ~eneb1do La neces1dad de prolejer, envuelve el de-la
voh:r tad del mayor nú ero ••. de paswnes, nt ~,que- se considoro ese lavo r_e,cho de usar deJa fu c··za P ra protejer; en-
. <.:o!Do el pecho de haberse manifestado por de~de. que. confino ~_los reye.s el derecho de tJendase qu~ lluma~os fuerza, no solo las
Jndtvtduos 1 órganos caracterizados del par- senor10, m. el que. VIO la sociedad deseo m,- b~yonetas, smo tambJP-n todo el tren de Gotido
radical, que no hai completa uniformi- puesta arbitrarla 1 confu~amente, ~n.ese cu- b1~rno que comprende a los funcionarios púdad
en este punto, ha sido puesto por un mu~o d.e grupos antagomstns, envidiOs?s y bhcos de tod~ clase.
periódico de la capital, al sen·icio de los in- envtlecidos, que se llamaron reyes, pnnc1- L~ p~oteccwn no puede ser efectiva sino
tereses de un partido, i com-o la diverjr.n- p~s, sacerdotes, n.~bl~s .o peche!·os; rorque se dJstnbuye el pode1' de impartirla entre
cía en este negocio puP.de i debe, a medida runguno de ellos v1o m vislumbro, J~cwmos, los grupos.
que la cuestion se adelante, sepurar mas ¡ Ufl punto de ~escanso en el fondo n1 al tra- Las mayorías determinan de derecho el
mas a cada cual, así como dos líneas que ves de es.os sistemas.. . modo con10 el Gobierno jeneral i el seccio-concurren
en un punto se apartan tanto mas Pues bien .. Esa ~er1a la sue~te q.ue ~a~r1a nal, deber~ prestar esa proteccion.
cuanto se prolongan a mayor distancia del ~le ?orr.er elimperi? de las mi nonas; I si tal ~s entidades. na?ional i secciona] son a
vértice comun, hemos creido de nuestro deber Inslltucw~ no hab1a. de poder mantenerse, un t1empo depo.s1!ar1as de un voder, e insinsistir
sobre esta materia; ya para demos-- las may~rwsse e~evana~ fo~zosamente al~~; trumentos administrativos.
trar que la causa de la diverjencia es ima- lo que h1en anahzado sigmfica que. en ulh- ~~Sl=---
jinaria, ya para impedir que con perjuicio mo resulta~o. solo las mayo1·las tienen el TEATRO.
de nuestro crédito i de los intereses comu- derecho detmperar.
nes. se esplote un incidente que vino en mal ¿Por qué pues q~iere hacerse creer que el El domingo 20 del corriente tuvo Juo-ar
hora a turbar nuestra armonia. dogtna de las mayonas,no es el dogma del de- en el teatro de esta ciudad Ja representacion
? de la 2. n parte de " El zapatero i el 'reí "
~esd~ luego comenzamos por rechazar la reeho . , drama de don José Zorrilla. Sentimos que la nue:
arht!raria distincion que se ha tenido la pre- _Pr?sJgamos ahora SI, con nuestro asunto va compañía de aficionados haya heeho su detensiOn
de hacer entre la mayoría i el dere- princ1pul. . . . úut con ~emrjante drama, que nos parece detescho.
Par_a nosotros, las mayorías imperan . ¿Son. los gob.Iernos meras entldades adm1- table, como toLlas las producciones dramáticas
l 1 d ? que eonuct>mos de este autor. No nos tomamos
porque tienen el derecho de imperar, i son mstr.,a1lvas o ~Jer?en rea ment~ a gun P? er. e.l trallajo de Jeet· esta composicion, para autó-
~ue~os de ese derecho no solo porque ló- ¿Sor~ lo~ d1stntos parroqu~~les, secc10n~s rtzar nuestro. ase.rto con una critica séria, pues
JI Ca 1 justamente les compete, sino porque son d~ terr!tor10 ?readas p_ara f~c1~1tar la admt- nuestra conc1eneta no está por ahora tan r·ecar-
1as ó.nicas que pueden apoderarse de él, de- n~stra910n o tienen ecs1stenCia 1 derechos pro- gada de pecados, que merezca penitencia se me-
~ d l · · ? janle. Encontramos en esta pieza desnalur·aliza-
Ien ero 1 VIndicarlo. 1 aunque en jeneral no pws · . . da la historia, haciendo a todo un don Pedro el
es del hecho de donde debe deducirse el de- Para responder a Jo primero dirémos, a cru~l desafiar al labriego Pascual a batirse en reto
recho del que obra, no puede negarse que, te- riesgo ,de ~epetirnos, lo que nos p~rece ha- singular. En esos tiempos de jerarquías perfecnidas
en cuenta la condicion moral del ho,-n- ber ~nllncJado en mas d.e u.na ocas10n. Los tament~ defini.das i fanáticamente respetadas, los
bre, i la sabiduría que ha dictado ]as )e1res Gob1e. rnos,son los depositariOs de la fuerza nobles 1 especmlmente los reyes retaban a hom-
J , bl bres de posicion idéntica, se batian con sus va-de
su ecsistencia, todo hecho que forzosa- pu Ica. . res, pero con villanos nunca.
mente ha de triunfar debe considerarse co- Veamos ahora qué carácter les da la c1r- . ~o ha.i qu~ buscar en esta ~l&lhadada compomo
forzosamente jus'to, a ménos que sen- cunstancia de tener tal depósito en sus ma- swton m paswnes Yerdaderas 1 sentidas, ni pin-temos
el principio corruptor i desconsolador nos. tur·a pro.funda. de costumb~es, ni. intrigas que
d aterreu 1 domtnen la alencwn, nt fin social ni
e Hobbes i proclamernos la soberanía del El hecho del depósito trae consigo, deci- cosa ninguna. Solo se encuentr·an en eJJa ver:sos
mal. Ve~ a~¡uí lo que no haremos. mos noso~ros, la fa~ultad de usar de él; lu~- armon~osos a veces e ins~stanciaJe_s siempre,
Las c1encws todas, sea que tengan su fun- go el Gobierno haCiendo uso de la fuerza pu- adulacwnes al pue~l? e~panol, cuehrlladas i peda
mento en el mundo físico, sea que se li- blica que le está confic:da tiene i debe tener loteras d~ tabcrn~ 1 fanfarronadas de. ~al gusto.
· d 1 'd · 1 d ' l · d' Pero s1 en la pieza todo nos parecw falso in- mttel a es~nvo ver cons1 erac10nes pu~a- e_ po e~ bastante para ha.cer que os. 1n 1- sustancial ¡ desatinado, la representacion oc; fu~
mente relatrvas ~ lo moral, no han tentdvnrados por amhicion fJrofUitda i pasiones
ardientes: han los rebajado enL1·e el poeta i los
·actores, al nivel de guapetones de taberna, jac~
taneiosos i desulmadt•s, con sombrero ladeado,
e~cup1endo por el colmillo, diC'ienJo ternos i e-
. .cbando bravatas. Palabras i m o\ ilnientos todo
nos J.lareció inverosímil, ecsnJerado, sin dign'idad
i si"n me:;ura. Esa caminadera en sentido imerso
de los inlNIOcl.ltores, formandu líneas ¡.mmle·
las, i miranuo uuos ¡.>ara un lado i olrus para el
coutr·ar·io, rJO nos parece natural: en el mundo
reyrs i súbditos, nobles i villanos tratan sus a~
suntos i arreg-lan sus querellas sentados o parauo~
UOCIS en frente de Otl'OS, O paseándose sin
uar~e lcl espalda.
N u estros jóvenes actores han adquirido la costumiJre,
cuando estan solos en la e~cena, de encararse
con el público para tlirijirle sus monólogos
desde el bot de del escen¡nio, a guisa de
diJ .. Hllado pmvineial que se Llirij.e al p1·esidente, o
de tribuno polílico que arenga al pueblo soberano.
Eslo no es así: todo individuo que, en el
arrebato de uoa pasion o de un se11timiento cualquiera
habla cou~igo mismo, es porque está solo
i dirije sus palahras en desórden a cualquiet·
parte sin pretender arengnrle a nadie.
A nuestro públit.;o le caen rnui en gracia i aplaude
que es un gusto las fanfarronadas i los
bravatas diehas con ecsajeracion i arrogancia.
Los actores dehen deslleñar estas O\ ariones de
:rnala Jei, i buscar los af)lausos i las simpatías
t.Je la Jeule sensata que no aumira sino lo que es
.natural, sendllo i vrrllauero.
La antigua compaílía de aficionados se ha dividido
en dos, que trabajan cada una por su cuenta:
ignoramos los motivos de se1~1ejaute cisma.
Lo que sí sabemos es, que fracdonandose, ambas
tompañías se han debilitado, quedando esCi:
lsas de buenos papeles, eon gran~ perJuicio del
público, a oombre del cual pl'otestamos contra
)a di\'ision, aconsejando a los poderes beJijerantes
echen prliilos a la mar en oose_quio 'de lu
union i la fraternidad.
Es de nolarse la predileccion que nuestto pú·
blico tiene por los dramas: la comedia, aun la
de Breton, del saleroso i picarezco Br·eton, Je da
sueño. Es que al público de por acá no le gus-
1a reírse: a los antioqueños, sit'rnpt·e eesnjera·
dos, solo los sacuden escenas \"iolentas i wtsiones
homiduas. Amigos de sensaciones fuerles,
1al vez para buscar couln1sle con la prosa eterna
i la monotonía cuotidiana de nuestl'a vida,
tienen marcada predileccion por el dmma pavoroso
i romántico de Dumas i Víctor Hugo.
La roncul'l'eneia a la última representacion fué
numerosa; no habria mén:Js de othoeientas o
mil · per ·onas:· decidi<..lamente en eslü ciudad hai
aficion por el teatro. Con guslo rimos allí algunas
familias ricas, que uasta ft hora <.lesd r. fio~
as ~ reca.Jcilranles, habian brillado por su au#!
iencta. Notase aqurJ como en Bogotá, que · Jos
pobres son los que sostienen el teaL¡·o. La economía
es una vü·Lud en los pobres, í un yicio
asaz de mal gusto en los ricos. Los horn brrs
o pulen tos,_ pot· el .sol~ hecho de serlo, despiertan.
la ammadverswn 1 las antipatías del prole-
1at'Jsmo desamparado. Los ricos ilustrados de
otras partes, comprendiendo bien esta Yerdad,
procm·a~l hacer aceptar su bienestar, i tlbsol-
ver su opuleneia, dando con sn lujo trabajo a
los pobt·cs, fomentando ]as diversiones tullas
promoviendo todo linaje de consumos i gastan~
do el dinero con mono inlelijente i librral.
. Con el estímqlo que unu concurreneia casi
Sl.emp•·e nurnerosa presenta a Jos aetorrs, j pndrendv
ser el te_;:t~ro entr·e nosotros objeto de una
~>sp~culacwn ~;en a, creemos a n ut•stros JÓverl(•s
afieJ<.~nadoti en. el debel' de r.ntrt'garse a esttH.lios
ronc1_en~ud~s 1 de pt·ocurarse m ujet·e~ Vt>rdaderas,
sJlashal.La gazmoñería i el afeetalll) purHauis-
. fl10 de rJU~~lras co!'tumbres oponen a esto ~ravisi.
rnos ohsta~ulos, lo ~ilht>mns; pem con tenazidad
1 constan(·¡a todo se cons!guc. ll:n los paises cutlos
el teatro es _para las mujeres de talento un&
rurrra luaal1v; , de~lun¡!Jradora, e~pl ~ udida ~
llueven sobre ellas aplau~o~ i flor •'s) i lo que'
tJS fHnte para la elecdon de Alcalde i vo- presentase a reclamar su inscrí¡.>cion: in(h.idacales
del Cabildo, se ejecutat·on bajo el imperio blemenlc se ~ontaba con ellos pat·a que \'Otasen
de la fuerza que el Prcfedo del Circuito señor segun el querer del Prefecto (2). Dado esle paAbraham
Garcia trajo de MedeiJin, para ahogar so, i seguro él de que los liberales eslúbamos
la \'oluutad de los ciuuadanos liberales, que for· resueltos a trabajar en las elecciones de empleaman
la mayoría de los habitantes del distrito, dos del distrito, determinó ir a :Medellin a traer
i hacet· triunh1r a lodo trance, las candidaturas fuerza armada para llevar al cabo su plan. (3)
conservadoras. Este hecho, se consumó al fin, Varios conservadores de notH negaron que tal fuede
una manera alturnenlc escandalosa, i nosotros ra el ohjeto de su 'iaje, i trataban de calumfallariamos
a nue:;tros dt>Lleres de pHtriolaF- si no n.ia.t.)..les a los que lo ase\'eralJan; algunos de edenuncjaramo~
al público la serie de atentados llos fueron sin eml)argo hasta el Llano de l\1on~
vergouzosos que lo prepararon, acompañaron i tafia a recibir con música al sefior Prefecto a su
siguierfecto, que no los hayan presencia- tratamos ) la tropa llegó a esta pll-)za el día 21
do·; hedws que se resistirán tal vez a creer las del mismo mes, trayendo una cnrga de fusiles,
personas que 1cngan el peor conce¡.>to del carác- i fué aumentaJa aquí llamándose al servicio a alter
e inslinLos del jóven Ahraham Gcucia; pel'o no gunas personas de la confianza del Prefecto, a
importa: sobre la realidud de ellos podrán uecla- las que él íenia cuidado de dar ántes o des-.
rar· intinidad de tesbig·os intachables, muchas pues del llamamienlo, la investidura de comisapersonas
caracterizadas qne los han presenciado. ríos de policía, para guardar no se sabe qué a ...
Por mas que se crea improb<1ble que un jóven, pariencias (4).
de regula!' educacion, J¡e~ya sido capaz qe resol- Complel[tda así la guardia pretoriana, el disverse
a pisoteJr las le~' es i la moral, constituyén- lrito fué mirado como en estado de camparla,
dose en jefe de un llilltdo político, para privar a .por tolla per::;ona de :::;eotido comun. El Prefec ...
los ciudadanos no pertenecientes a este del uere- lo a la cabeza de su tropa, hacia paseos mili
cho de sufrajio; por mas que se crea imposible tares por la plaza i calles, a tambor batiente i
que él haya llevado su cin ismo político ha~;ta va- caballero sob?·e un. macho; mas como quien trata
e se de todos los medios qut' le daba ~u autori- de hacerse lemiLle a -una poblacion tnerme.
dad para hacerse Alealde de Sopetran, contra el i pacífica, que como quien recorre un campo de
querer de la mayoría de sus lwiJitrlllles; es ne- batalla, despues del triunfo, para. recojer los
~~esai'Ío creerlo, pu(·sto que los ht!ciJOs se. han e- muertos, heridos i contusos.
Jecutado a la faz de un puehlo entero, 1 con la El :sábado 2·.2 del pasado, víspera de las últinolot
·iedad necesaria, para que no puedan dudar ruas votaciones, muchos liberales del pueblo, que
de ellos, Jos eseéplitos mas consumados, los lt'abajalJan con buen suceso en las elecciones !.-:!pirrónicos
m a estra,·ngantcs . mndo a sus coparlidarios a tomar sus cédulas, re ....
Forzoso es confesnr desd luego, que el señot· cibieron órden de presenta1·se a las cinco de Ja
Ahrahdm García observó al principio, eu el desem- !.arde eu el Despacho de la Prefectura pal'a que
pt>ño de su destino, una conducta moderada i s&guieseo a Jesempeñar una comisión en I..iboricircunspec.
ta, que se granjeó las simpalias i es- na, qu1! Jista de esta pinza algo mas de cinco
li,mr~cion persom~l de muchos liL t~ rales, i en cam- leguas. Tambien fue citado para el mismo obbio,
como et·;, natur·al, le acarreó tambicn iujus- Jelo eJ seño-1· Francisco Meri, Presidente de una
las censuras de parte de hls eonservadores ra- de las Ulesas electorales i pue!:tlo en po~esion de
biosos. Es verdad t¡ue uno da sus primrros pa- :-;u ueslino de jur·ado por d &rfior Prefecto; i auusos
fue el de promover la ejecucion de las ca- que espreso a este el impediweuto legal que te ..
ducas disposiciones de policía <:ontra los vagos; uia pata ir a Ja comision, no le fné admitida
pero miéntras lo hizo sin mostrar en ello mi- su escusa.
ras de partido, i sin frustrar, como fruslró des- Los señores Luis Loaisa i Pet.ho Gomez fueron
pues a Jos sumariados lo3 medios de defensa, reducidos a prision por el seíwr Prefecto en la
tlejando de concurrir a la oficina parc-1 que ~e p~- misma fecha. Bespecto del primero no se ha
snse e~Lérilmente el krmino que le~ concedía pullido exhibir ni un preLesto siyuiel'il deducido
para crear las pruebas que deuian desyanecer los ue alguua disposicion legal, Por lo que hace a
s~lpuest os cargos; mi é uLra~ no se abaud~nó,_de- Gótuez. la boleta de su prision dice •· que está
cunos, a estos actos de verdadera prevancacwn, ÜH.hciado en un sumdrio que se le signe por prónosotros
no veiamos en el Prefecto, tÜ queria- vocucion a riíia ''. Pero es derna~iado sal.nJo,
mos ver otra rosa, que un empleado conserva- que aunque la rii1a se hubiera ,·erificado, P.l
dor jenuiuo, obrando en el terreno de sus con- provocador no UJerecia peni:l corpOJ·al, i eu convicciouet\.
Empero; las cosas variaron despues becuencia no dellia ser reducido u prision, eon ·
notablemente, i durante los días de las votacio- furwe al Código de vrocedimtenlo criminal. No
nes para Goll~rnador i miembros de la Lejisla- (:uuleulu e1 Prefecto con privar n Gumez de su
tura nacional, los csbinos del ~eñor Prefecto a- Jiberlad, le Lizo poner una pt•sada cadena al
menazaba11 a nombre c)e este con sumarios de pié~ i por la. uodJC lo hacia pl>ner adetnas en
vagancia ~ Jos cindad_anós que no volaral~ por uu cepo denli'O del calabozo. A vssla de es e
los candidatos del parttdo conset'vador. Vanos e- martirio gratuito e innecesario, in1erido a un
leclores fuerou llamados a volar por los comisa- ciudadano que no era reo Je un delilo att·oz,.
rios de policía de órden de la autoridad, i con- ¿quién se au·e\'erá a afirmar que su prision fué
currieron en erecto a, Lleposital'· eu!as urnas e- decretada por ignorancia, max;.irne si se aliende
leotorales, no la esprdioü de su ' ·oluntnd, sino a que tanto ella como la de Lmüsa se Hev(¡llos.
votos ar'rancaclos por nquel emple~do i sus s9- roo a efecto en dus individuos de que el st>ñor
lícitos ajenlcs elecf!ionarios. El primero llego, Prefecto necesitaba librarse, porque estaban tl'aen
L.ts votaciones del m¡eve de diciembre, habla el bCJjando cou tezon i buen resultado en fclo les ha cum- che en el mencionado sitio, i por qué era nece-
El sefiot· Pr·efecto i sus ajentes quitaban las plido su promesa pun1ualmente, pues ha tení- Síior Prefecto del 22 del pasado. despues en Sopetran con los comisarios improde
1a resistencia que dicho elcrtor hacia para Hahiemlo sabido el Prefecto que en la tarde viStldos? Si había criminales ¿por qué no los trarlarla.-
A otm que desobed(.•ció la ÓI'Cicn de en- de este dia Vs; ( 5') al maltratamiento de obra in- la plaza. Cuando estallan cerca dell:entro de esta, darse. Las cosas tuvieron este felíz tét·mino port
·eri<.Ja por Manut>l Antonio Sevillano a Víctor To- los soldados que habian permanecido en ,\ ~wr- que nosotros, juzgando por lo que el Prefecto
vnn, por· que .solicitó le devolviese a un elector tel, hicieron fuego. con lo cual se dispu·saron había hecho lo que seria capaz de hacer; no
liberal la crdula que le había arrebatado; a otros los mas tímidos; pero vientlo el Prefecto que los quisimos que nuestros copartidarios se espu ..
act0s semejantes de violenda, eJecutados por demas permanecían reunidos i pl? rsistian en diri sieran a, te!ler que er.npeñar un.a lucha sangrien ..
partieu\ares en aqut>l dia funesto para la líber- jirs ! al local, donde los ¡·espec.livos presidentes ta con el 1 sus esbirros (8.) El se había mostad,
í mas aun para lll. reputacion del señdr Pre- de los jurados es taban uando cédulas, -~e din- lrado capaz de toao para aar el lríunro a su part'ccto;
todo esto, decimos, ern, por sí solo, mui jió a loR electores i los citó pnra la consabida tido, i nosotros tuvimos la suficiente abnegacion
snficit~nte para prodneil· en el ánimo de los elec·· comision, de Liborina. No bastandole esta coac- patriótica para prescindir dd uso de nue~tros de-
1Mrs tímidos i sencillos la idea de que era un cion, tomó los que pudo alcanzar, i fué colocan- reehos politicos porque asi era necesario en ob·
dt>lito votar por los eandidatos liberales, i un dolos de trecho en trecho, con órden de no mo- sequio de la humanidad. Sí: prescindimos del
debet· imprescindible hacerlo por los del ban- verse por que los necesitaba TPspt>ctivarrwnte en triunfo, porque no lo quisirnoE manchado con sahdo
conservador; so pena de es ponerse en caso el lugar en que los colocaba ( ya se Jeja vet·..... erre de nuestros hermanos. Tenemos sobrada fé
contrario a consectH'ncias drsagradables. para poncl'los en la altemativa de desobedecer- en los principios i estamos convencidos de quo
Aunque st>a invirtiendo el órden eronolÓJÍCo lo i tener por ello que it· a la drcel, o renun- la suerte del partido Jibe¡·al, i con ella el por ...
de los hechos, nú podemos ménos de referir en ciar al uerer.ho de reeibir sns cédulns .) Los tlue venir de la Repúulic~, no dependerá jamas de
e~te Jngnr, que a Herrr~enejildo Gui.ll.en, indul- pudieron e~~apar de .rsta me~idet estrat~j~ca en - lo que suceda en t,res ~ cualr~ pro,incias, quo
tado del delito de rebeltoi1, a coudtcwn de su- traron reumdos al recmlo del JUrado; mas cuan- · se hallan en una sttuacwn east tan desgracia·
frir algunos mt>ses de destierro en Liborina, sr do estaban reclamando sus cédulns, la puerta rla eomo la nuestra. ménos dependerá por cier)
e prornelió por el Prefecto, quA no lo enviaria de este fué invadida pot· varios soldados qut>, con to de lo que, respecto a elecciones, haya ocura
su dt>stino, si votaba con los ronservadorf's: bayoneta calada i m doble flla, se presenta- l'ido i pueda ocurril' en el distrito de Sopetran.
aceptó tan jenerosa ofet'ta, i habiendo cnmpli- ran sin objeto ostensible pero con el fin sin dn- La ccto i su Secretario, señor Pio Quin- la tropa, en la esquina de la plaza que dá sa- mos a los heehos JJreclaros del nuestro.
to Uribe, en una de las esquinas de cgta pla- !ida para el Llano de Montaña, i los condujo a la Segun dejarnos indicado, nosotros abandonazá;
de cuvo hecho pueden dar te:;timonio mu- drcel en medio de bayonetas, con el preleslo de mos a nuestros contrnri1JS el campo de las cenos
individuos de ambos partidos. Pero lo que que los necesitaba para una ronda. Antonio José lecciones, dt'sde el 22 de diciembt·e por la no-:
1nas aturde es, que a José Mar' a Cl V;lllos, que Escovar i J B. Menéndez que iban con los elec- che ett 4ue llegamos a conveneüruos de que ese
halla en el mismo caso que Maletrl, i a quien tores pregunt;.~ron al Prefecto "sí cou ellos t~m- ra peligruao continuar trabajando, i dejarnos por
. se hizo la misma propuest:t que a este, se le l:>ien se entendía la citacion hecha" i nquel con-¡ consiguiente que el señor Prefecto i su círculo
persigue con encarnizamiento por que no qui- lestó que no. EntónePs Est.:ovar le replicó: ~,a rt>cojiPran pacíficamente el fl'uto de sus fatigas.
so aceptarla. El señor Prefecto, para cumplir nosotros no nos rila U. porque eonocemos nues- En declo: al pr·acticarse el escrutinio de las voen
la persona de Cevallos la requisiLOI'ia de que tros derecho~; la vejacion es solo pal'a estos in- taciones del dia sig·ujl'nte, ningun voto liberal se
ántes hablamos, improvisó de comisat'io a Pe- felices que no los conoceu''. Un momento des- rncontró en las urnHs electorales que turbage la
dro l\Jontoya en. la plaza de esta villa, i sio pre- pues los esp~esacl?s Esrs de ChagnR!ar, Miran-
Sénnos P~.~mitida la mi~ma inversion ~el ór- mente ny trahnjar. mas en lag ele~~cion<:s ";. ll lo
1
da, Rodeo, Cunalfalso, Ciruelos, Peña.blanca, Laden
cronoiO]JvO parn refrnr otro het'ho 1m por- que replicó t>l Prefecto "yo necesno es La Jl·n :e ¡) umho, Guayabal, Aburrl .Prefeeto 1 sus !'ot~
.ciR os, el primen> por .supuesta vagancia, i e! J impudencia jnaudila ! ! Lu:s criuüualc.:; lf<.: e~a uo- uado:;, t del riesgo ~u e corria.! s; pt ete11diaiJ ·Q-Digitalizado
por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
tar, no solamente no lo hicieron, sino que m
aun se presentaron a reclamar sus cédulas, lo
que habt'ia convenido para evitar que los ajentes
de la autoridad hiciesen sufragar eon ellas
a electores de su bando, que ya lo hubiesen hecho
con las suyas (9). El número de sus votos
no fué, sin embargo, de consideretcion: i a pesar
de que el Prefecto puso en juego todos sus
medios de accion para hacerlo crecer, trasladando
para ello su cuartel jeneral al edificio en que
los Jurados electorales egtaban ejerciendo sus funciones:
apesar de que algunas electores timidos,
entr·e los cuales figul'an individuos ántes conser-
vadores i comprometidos al fin a Yotar por nuestros
candidatos, lo hicieron a favo1· de 1 os del
l>ando opuesto aconseJados por nosotros, para
que no quedasen en riesgo de ser perseguidos
mas ta1·de, (1 O) a pesar, en fin, de que las elecciones
se celebraron en no dia de inmenso con-·
'?Urso, de que se hizo votar a labriegos infelices,
preparándolos de antemano pa1·a el engaño
con sendas libaciones al dios de los beodos,
i de que varios desconoeidos sufragaron con nombres
i cédulas pertenecientes a otras personas.
..... el bando del Prefecto consiguió reunir en
su favor ¡apénas trescientos cineuenta votos!
. Véase por este resultado, cual es la popularidad
de que gozan en Sopetran los pretendidos
apóstoles de la moral i los ,qt"a·rdianes de
la let. Véase en consecuencia, que si el alcalde
i miembros del Cabildo, elej~dos bajo tales
auspicios, llegan a ejercer sus funciones porque
se revoque Ja resolucion de la finada cnrporacion
municipal que dedal'Ó nulas las votac; 1es; no
hAbrá en este distrito en el corriente una
administracion municipal i políliea naci .. · .fe la
lei ni de la voluntad del pueblo, sino 1 a au~
ori~ad intrusa i de hecho, procedente de un oríJen
tmpuro.
Si así sucediere, por desgracia, nosotros que
ya dimos una prueba efectiva de amor a la paz,
!1arémos l?s mayores esf~erz?s para que semeJante
autondad sea obedectda 1 respetada; i coadyuvarémos
aquellos de sus actos que estimemos
ajustados a la lei (11.;) pe1·o en cambio serémos
tambien los mas celosos defensores de las garantías
públicas e individuales, reuniendo nues·
tros esfuerzos a Jos de los agraviados para reclamar
contra cualquier procedimiento injusto,
de que sean objeto, i recabar de los tribunales
la debida reparadon. Al O-bservar esta conducta,
no trabajarémos por cierto para nuestro provecho
personal sino por el bien público: porque
queremos como verdaderos liberales que las garantías
que otorga a todos los granadinos la Constituc:
ion de la República, sean una realidad, especialmente
para los infelices proletarios que son
los primeros que caen bajo los golpes arLitrarios
de los tiranuelos de pueblo, de los manrlll·
rines sin pudor. No aspiramos a los puestos pú·
blicos ni los necesitamos; i sean cuales fueren
]os ciudadanos colocados en ellos, llámense conservadores
o Jiber datos posible,.
~o hacemos mento en el d~ la _lDJerencía opresiva, que de
acuerdo con el _Prefecto, ejercieron en las elecciones los
alcaldes de variOs otros disiqots.
Protestamos tarnhien, que la conducta observada
por el seño1· Gal'cia en las elecciones no ha
sido parte a menguar el buen con~Ppto en que
lo tenemos en su carácter de hombre privado
i la esti~acion personal, que en fuerza de ello:
ha merec1do de nosotros. Los que hemos sido
favorecidos con sus reladones de amistad, asi
como los que no las han tenido con él estamos
léjos de ahr!g~r algun sentimiento de r~ncor por
Jos acontecumentos que en el presente escrito
se refieren; pues .a.l CCJntrario sentimos frofundamenle
que un JOVen de las dotes de señor
García haya arruinado su naciente repntacion i
puesto ~n punto final a su carrera pública, abandonandose
como un loco furioso a perpretar
hechos que podemos llamar de SALVAJISMO POLíTICO.
Lo hemos considerado únicamente en su
calidad de empleado, i creemos hacer un serv~
cio al público i a los buenos pl'incipios, denuncwndo
los actos escandalosos de que él se ha hecho
responsable. Tal es el obJeto de la presente
publicacion. (12.)
Sopetran, enero~ 6 de 1856.
S. Y.itla.-1. B. Menéndez.-A.ntoni(l J. Escovar.-
A nd·tes Lara.-Alanuel Hernrtnde.z. -José
María Madr-id -Francisco TTespalacios
(l.) El señor Abraham Garcia, en conversacion particular
con algunos liberáles, se quejó de que ''ciertos conserv~
dores le. ~ensurasen sus relar.ioncs con aquellos i quiSiesen
apetlldarlo pasado, negándole asi el nobilisirno título
de. conservador." Él añadió, " que no habia aceptado
el destwo pa!a protejcr a determinado bando político ni
para perseguir a los que no profesasen sus misruas opinio~
es, i JlOr ~ltimo que la persona que creyera lo contrano
lo conor1a mui poco i le hacia un ag1·avio positivo."
En el presente e crito se verá que el señor García
se ha hecho conocer demasiado, i se verá tambien cuanta
blfena fé encerraban las palabras suyas que dejamos indiCadas.
__( 2) Cualqui~ra que haya leido las disposiciones que
fiJen en matena de elecciones se convencerá fácilmente
de que aq tellas inscripciones, ademas de irregulares por
haberse hecho _sin observarse l~s formalidades que la ordenanza
pre ·cr1be, fueron tambten estemporáneas. Adviertase
que los j uratios que se indican eran esencialmente
conservadores.
( ~ ) El artlcl;ll? 110 de la ordenanza que arregla las eleccw~
es muntctpales establece "que el dia en que ellas
se venfiq~en n.o podrá haber en el lugar ni a media legua_
~e du;tanc1a t1:opa a'rma:~a, sino son los cuerpos d ~
poluta o la guardia que extJa la custodia de los presos
parque u otro objeto en que la guardia sea de no tori~
necesidad. Mas adelante se verá que esta necesidad notoria
existia en .realidad para el_ Prefecto i su circulo, pue-s era
necesariO poner presos 1 custodiar a los potres labriogos
que viniesen al lugar con el fin de votar por los candidatos
liberales.
t 4 ) Algunos conservadores de esta vilJa se mostraron
mui satisfechos de que entre el Dr. Jiraldo i el señor Abraham
tiarcía hubieran encontrado una conva (son sus palabras)
para eludir la prohibicion de tener fuerza armada
en esta plaza durante las votaciones, contenida en la ordenanza
de la materia. Dificil es creer I.JUe un empleado
de la .categorla del señor Jiraldo se prestara a entrar
en tan dtabólrco plan; por honor suyo supondremos mas
bien, que, para conseguir el envio de la tropa el Prefec to
lo convenció de que en Sopetran había estallado una
revolucion.
( 5 ) El que dudare de esto puede ver la declaracion de
Jesus Oquendo que se haya en la informacion que a solicitud
d:}l Procurador municipal de este distrito se levantó
para apoyar la resolucion del Cabildo del mismo
declarando nulas las votaciones de que nos ocupamos. '
( 6 ) Este Jose López es uno de los individuos de la
escolta que sin-ió para asesinar a Nepomuceno Dias i cuatro
hijos en la plaza de San-Jerónimo e~ 14 de agosto
de 1851. Era de teme1·se pues un atentado de su parte.
tanto mas cuanto que se hallaba beodo cuando el Prefecto
lo enroló en el piquete de que hemos hablado.
( 7 ) Preguntado aquella misma noche el Juc1z de Circuito
por el señor .Menénd1~Z acerca de lo afirmado por
el ~refecto ~ontestó sustancialmente lo que sigue: que no
habla reqnendo a aq1,1el empleado especialmente para la
captura de determinados reo; en los dias do las el ecciones,
í que no se habian librado otras providencias en su
despacho que las requisitorias jenerales que se e. piden
en ciertas épocas para la aprehension de reos ausentes.
( 8) Un conservador de nota manife tó a unode nosotros
que "ellos_ estaban resueltos a rono, i que si los libe
« rales no hub1eramos levantado el campo i hubiera ocur<<
rido algun disgusto el dia de la votacion, habría cor
« rido mucha sungre; que habían rodado las cabezas
« de los mejores liberales; i por último, que la vida de
« Antonio José Escovar estuvo pendiente de un hilo". Aunque
esta confesion nos relova de producir pruebas no deJaremos
de noticiar al público de las que hemos recojido.
( 9) Las cédu!as que no se habían repartido hasta las
oeho de la manana del día 23 de dir.iembre quedaroo·a
disposicion de los Señores Pio quinto Uribe (Secretario de
la Prefectura ) i Joaquín l\1eza, ambos conservadores notables,
como que eran los individuos q11e debian continuar
distribuyendolas, conforme el artlculo 26 de la ordenanza
de la materia.
( 10) Uno de los primeros actos del alcalde interino
fué n_ornbrar co~i~arios a varios i!ldividuos que habían
trabaJado con dec1s10n en las eleccwnes a favot del partido
liberal.
. ( l l) Poco probable creemos en verdad que las autoridades
~onservadoras respeten las garantías individual,
es: Prueba lo. sino el hecho sig1liente. La víspera de las
u_l~mas votacwnes el Prefecto puso en la cártel a díspoSlclOn
del alcalde a Zefe.-ino Valderrama sin fórmula de
juicio. Como el supuesto reo se creyese ilegalmente preso,
tuvo a bien a~ojerse a la lei de partida: el PrefC!cto,
en vez de sumar1arlo por la fuga, lo hizo por el delito
de desobediencia. Traído mas tarde a la vista el sumaríl)
por el alcalde interino condenó al reo a sufrir cinco
dias de trabajos forzados e11 las calles de esta pobla-
~(;))~
SEÑORES DIPUTADOS.
. Cuando ~eunido con mis compañeros de comisw~
_ecsammamos la solieitud del señor Pascual
~uherrez de Lara acerca de una quila en la canlH.
lad que debe pagar como rematador de la renta
de lieo~es dest,ilados en la estínguida provincia
de ~edelhn, c~et como ellos que tal peticíon flcberta
s~r a1·cbiVada, s.eguramente porque no tuve
el ttempo 1~ece~ano para ecsamina1· prolijamente
la cuestwn t porque preo•~upaba mi animo
~n!l desicion idéntica de la Lejislatura en la solicitud
delrematador d'e derechos provinciales de
peaje ~eñ?r Joaq~ain Posada Arango.
. Al sigUiente dta de haber tenido una conferenCJ~
~on Jos, seüores Diputados miembros de la com1s10n
cr~1 .d~ber pedir ci~,·~os datos i posteriormente
sohcJ te otrus que 'Vlllieron al tiempo que
tuv~ q~e hacer uso de la licencia que me concedJste1s
para sepa~::}rme de la Lejislatura. Al \'O)ver.,
a ocnpa~ un ~~lento h~ sido informado de que
la Corporacwn fi.JO los objetos de que debe ocu·
p.arse en estos clias con esclusion de los demas;
pe!'~ a pesar. de esto he determinado pt·esentaros
0:1 mforme 1 el del resto de la comision de que
dt~ero, para que les deis el curso que a bien tengals.
El señor Gutiérrez de Lara funda su solicitud
en dos razone:s principales.
. 1 a Que, n~ ha encontrado de parte de las autoridades
publtcas la cooperacion que debieran prest~~
le para per.seguir el c_ont:ah.an.do i 2n Que por
rdzon de la le1 de 4 de JUillo ulttmo sobre arbitrios
él l~ene que sufrir m~a competencia de parle
de l~s Introductore~ de hcot·es esll·anjeros, competencia
gue la provmcia debiera, pero que no
puede evtlurle.
, ~a primera razon aparece de los documentos
ult1mamente creadús. A varios contrabandistas fe¡
han sido devueltos sus licores i ellos contra lo dispuesto
en el artículo 37 de la ordenanza de 16 de
enero de 1854 han podido hacer· uso de esos licores
i ~~merciar con ellos perjudicando derechos
adgmndos pot· el rematado•·, i en que por consigmente
no lo han sostenido las autoridades i funcionarios
de Ja pmvincia.
La 2° razon es incontestable. Inconstitucionalmente
Jejisló el Congreso sobre materias reservadas
~ Ja pro.vin?ia; pero el hecho es que esa lei
por w~onstllUcJ.unal que se~, se:á aplicada pot•
l~s Tnbunales 1 Juzgados 1 sera una autorizacwn
para que los comerciantes introduzcan licocores
estranjeros. Ahora bten; ni sefior Gutiérrez
de Lara se le venllió entre otras cosas el derecho
csclusivo de eornerciar con esos licores conforme
al artículo 37 ya citado: la provincia no puede
sostenerlo en ese de1·echo; luego es preeiso que
haga un arreglo con el rematador. Se dirá acaso
que entónces todos los asenlistas tienen derecho
~ara pedil' una quita; pero es preciso que se ahenda.
a que eJ del antiguo canlon de San-Rosa
compro cuando era libre el eomercio con licores
e~tranjeros, i que respecto de él no hai estípula·
c~o_n alterada por· la lei de arhilrios ni responsabJiulad
alguna de parle de la provincia sobre este
punto. 1 daclo caso de que hubiera otros rematadores
que pudiesen hacer con justicia una redamacion
análoga entónces lo justo seria atendel'l~
s a todos i no cerrar los puertos a toda reclamaciOn.
. P~r estas razones me atrevo a proponeros }()
s1gmente:
Autorísase al Consejo provincial para que haga
con el señor Pascual Guliérrez de Lara un arreglo
por razon del perJuicio que ha sufrido en
el remate de la renta de licorrs destilados que
se le hizo en 21 de abril de ~854.
SEÑORES DIPUTAoos.-He'rmeneJ-ildo Bote1·o.
• ~@)~
AGRICULTURA.
A e_ste importantísimo ramo de riqueza pública, que hasta
bol ha s1tio de:,;cuidauo en Antwquia, por la prefereacia
que se ha dado a la esplotacion de las 1ninas, le IJa llegado
su turno a benetitio dell1bre cullivo del tabaco. Un
cálculo basado en la espenencia, i formado por un celebre
agrónomo natural de la isb de Cuba, demuestra tle
u~a manera e:videute, que una pequeña área de tierra, depicada
al cultt\'O del taoaco, hace neo en poco tiempo a un
veguero que sea laborwso e intelij ente; i siendo ya incue tionaote
que nuestros tenenos producen este arttculo COBa bundancHt,
esperamos que nuc tro agricultore 1ij en en el su ¿ttencion,
st quieren salir de ese esta Llo de pu tracion en que
se encuentran. El culti vo del tabaco es cn cillo, como lo
es su maoipultacion, i nv e neeesita de otro mae tr , que
~e un tra~a d o sob1:e la materia que se trabaj a en eSlll
1 ~1pre~ta, 1 que mm pronto se dará a la venta, a un preCIO
lllUI moder ado.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente:
Biblioteca Virtual Banco de la República
Formatos de contenido:
Prensa
Compartir este contenido
El Pueblo - N. 33
Copia el enlace o compártelo en redes sociales
Facatativá: gaceta departamental - N. 56
F CATATIVA
l •••• I
GACETA DEL DEPARTAMENTO
AÑO I República de Colombia-Faoatativá, 24 de Septiembre de 1909 NUMERO 56
OONTENIDO
Páginn8
GOBIERNO NACIONAL
Circular de la Dirección general de Correos} Telégrafos.. .••• 441
Circular número 990 del M inisterio de Hacienda y Tesoro.... • 441
GOBERN ACIÓN
Gobierno y Justicia
Decreto,; números 34. 35 y 42 de 1909, por los cuales se hdcen
unos nombramientos . ..• ' .• ' .• . . .... ... . •• •. ••.• .•• • . . 441
Decreto número 41 de '909, por el cual se nombra el personal
de la Policía del Departamento...... ..•••.••••...••••. 442
Decretos números 44, 45, 48, 49 Y 52 de 1909, por los cuales
se haceu unos nombramientos. . .. ••.• ...• ...• •. ••.. .••• 442
Decretos números 53, 54, 55, 56, 57. 58 y 59 de 1909, sobre 'll"r :11.
nombramientos y aceptación de renuncias .•••..••••• 443 Y 444
Sentencia TlIímcro 2 de 1909 ...•.. ...• ••••. •..•. ..•• .•.••• 444
Hacienda
eglamcnto de la TeSOrería del Departamento . ..... .• •... 444
uto de I'enecimien to di tado en la cue nta de Regis tro del
Círculo de Anolaima... ...... •••• •.•• ...• •.•. .• .••••••• 446
Auto de Observnciones dictado en la cuenta ele Registro del
' írculo de Villcta ..... . .•••....•.•.•. ••• _. ••••.. •.•• 446
E s! rdísticcl Nacional
Fesolución número 2 de 19°9. ... . . .. • . ... .• •. ... .... .. . . .•.. 446
Obr,ls l'lfMicas
D crctll n\unero 51 d(' ' 9°9, por el cJal se hacen ur.os nomh ra·
miento y St! II signan unos sueldos. .• •• •• . •.• . .. . . .• •••• 446
Decreto número 70 de 190<'), por el cual se declara departamen.
tal una vía ... .. , . . . .• • •. . ' .• ••••. .• • • •• •• " . ••••• • ••• 447
A uto de Obc¡c rvaciones dictado en la cuenta de la Junta Depar. ;'V j tlll~
ta1l1ental de Obra p úbli :a<;... .... . . .. . . ........ . ... .. .. 447
",lvisos oficiales
dictas y Remates ............ . .......... .. .. . . .. ...... . .. 447 Y 448
GOBIERNO NACIONAL
CIRCULAR
Dirección General de Correos y Telégrafos - Oficial- Bogotá'
16 de Septiembre de 1909.
Gobernador ........
Tengo el honor de comunicar á Usía para que
se sirva hacerlo trascendental, que es infundado el ru ·
mor que circula actullmente de posible renuncia .del
Excelentísimo señor Presidente ete la Repúl)lica.
Este alto funcionario me ha autorizado para nlanisfestar
á Usía que considera ineludible deber continuar
en el ejerCIcio de sus elevadas funciones de
primer Magistrado de la República, y que así lo hará
con el favor de la Divina Providencia por el patriótico
deseo de corresponder al querer nacional.
A tento servidor y compatriota,
AUGUSTO N. SAMPER
República de Colombia - Ministerio ele Haciendo y TesoroRamo
de Hacienda-Número 990 -Sección 411.-Ramo de
Contabilidad - Bogotá, Septiembre 6 de 1909.
St'lor Gobernador del D epartamen/o de FacatatÍ1.lá.
Para su conocimíent'o y demás efectos aviso ~ Usía que
ya se halla aprobado el contrato celebrado el S de Agosto
último por esa Gobernación con el señor Alfonso Arango,
soure entrega de la existencia de licQres y enseres pertenecientes
á esa Renta, por valor total de seis mil ciento trein·
ta y nueve pesos, treinta y nueve centavos oro ($ 6.139.39)
ue el mismo Departamento debe pagarle á la N ación.
Soy de Usía atento y seguro servidor,
J. SAMPER
a OBERNACION
GOBIERNO Y J USTICIA
DECRETO NUMERO 34 DE 1909
(2 DE AGOSTO)
por el cual se hace un nombramiento.
El Gobernador dd Departammto
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA
Artículo único. N6mbrase primer suplente del Alea! ....
de Municj~al de Villeta, al señor Ignacio L. Casas.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Facatativá á 24 de Agosto de [909.
Por el Gobernador, el 'ecretario General, JULIO J. ARGUEI.
I.o.-Por el Secretario General, el Oficial de Gobierneajes de la AduaniJla de El Carme/l, nómbrase en
~u rrt'mplazo al st'ñor Roberto Muñ()z.
Comuníquese y jJublíquese.
Dado er, FétC'at;lti\·~. ~ 30 de Agn, to de 1909.
RAFAEL CARVAJAL-El SecrctJrio Gt::ne-rai,
JrT.lo J. ARGUI::LLO.
DECRETO NUMERO 48 DE 1909
(31 DE AGOSTO)
por el cual se hace un nombramiento.
El Gobemario)' del Departamento
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA
Artículo. único Por renuncia aceptada al señor
Obdulio Ahumada del p! esto de Alcalde principal
del Municipio de Villeta, nómbrase en su reemplazo
al señor Alejandro M. León, para el resto del ¡;erío ..
do en curso.
Comuníquese y pubIíquesl'.
Dado en Facatativá, él 31 de Agosto de 1909.
RAF AEL CAR V AJ AL-El Secretario Gene-ral,
JULIO J. ARGUELLO.
DECRETO UMERO 49 DE 1909
(31 I>E AGOSTO)
por el cual se hacen do!' nombramiento.
El Gobel 1/ador dd Departame1lto
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA
Artículo úllico. Por renuncia aceptada á 105 señores
Manuel Cortés y Vicente Laverde, de los puestos
de P ecauciaciores de la Renta de Peaje., en las
AcluaniJlas de B,,/'mt'o y La !:.SlIlcra/da, respectivamente,
nóm brase en su orden l ' los ~e ii()n.:s Eugenio
Rodríguez y Gregollo Ayala.
Comuníque. e y publ!quese.
Dado en facatativá, á 31 de: Ag oto ele 1909.
RAFAEL CARVAJ AL-LI Secn:tario Gene-ral,
JULIO J. A RG UELLO.
DECRETO NUI\IERO 52 DE 1909
(1.0 DESEPTJE 1BRE)
por el cual se reforma el s ñalado con el número IS0 de 15 de
Junio del presente año, y se hacl'n unos nombr.ll11ientos.
El Gobernador dd Depart,lIIu'llfO
en uso dt: sus atribur.iones legales,
J)f<:CkETA
Artículo 1.° Desde la fecha del ¡Jresente Decrete
en adelante, el TI ibunal de Cuentas (1. I Depártamento
se com pnnd rá rle dos 1\1 agistrados pri ncipales,
cada uno de los cuales tendrá su respectivo Suplen
te y oe un Secreta rio.
Parágrafo. Quedan ~ lIprimidas las plazas de EsCI
ibien te y Pur tero establecidas por los artículos
383 del Código Fi~!;ral cid Departamento, y por el
artículo 4 ,0 dd Decreto númfro 150 del presente
año.
Artículo 2.° Para los efectos del artículo 387
del Código Fiscal del Departamento, el Presidente
del Tribunal de Cueutas será el<'gido á la suert~ por
el mismo Tribunal, para un petíodo de un año. SonA
tribuciones del Presidente l¡.¡s que estétblece dicho
artículo.
Artículo 3.0 Nómbranse Magistrados del Tribunal
de Cuentas, en propiedad y para el resto del período
en curso, á los siguientes ~eñores :
Principales. Pedro J. Gómez León y Manuel S~
Ayala.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO 443
.Z:S
Suplentes, Alejandro Hernández Rodríguez y
Jesús Lombana Acosta.
Parágrafo. N ómbrase Secretario de la misma
Corporación para el resto del actual período, al señor
Luis Felipe GarcÍa.
Artículo 4.° El personal que por el presente De-e
reto se ~stablece, gozará de la siguiente asignación:
Cada uno de los Magistrados $ 60.
El Secretario $ 40.
Artículo S. ° En los términos del presente se reforma
el Decreto número IS0 de 15 de Junio del presente
año, q uedandl) en vigor el artículo 6? de dicho
Decreto en cu;;¡nto se refiere á la vigencia del Código
Fiscal del Departamento.
Publíquese y ejecútese.
Dado en Facatativá, á 1.° de Septiembre de
19°9·
RAF AEL CARV AJ AL-El Secretario General.
JULIO J. ARGUELLO
DECRETO NUMERO 53 DE 1909
(2 DE SEPTIEMBRE)
por el cual se hace un nombramiento y se acepta una renuncia.
1!.1 Gobernador del Dt.partalllmlo
'(n uso de su atribuciones legales,
DECRETA
Artículo único. Púr renuncia aceptada al señor
Jesús Luengas del cargo de Cajista Armador de la
Imprenta oel lJepartalllento , nómbrase en su reemplazo
al Señor David Granaoos, en propiedad.
Publíquesc y ejecútese.
Dado en Facatativá, á 2 de Septiembre de 1909.
RAFAEL CARV AJ AL-El Secretario Gene-ral,
JULIO J. ARGUELLO.
DECRETO NUMERO 54 DE 1909
(2 DE SEPTIEMBRE)
por el cual 5e nombran Alcaldes de Yacopí y Caparrapí.
El Gobernador del Departa/llt.1llo
en uso oe sus atribuciones legales,
DECRETA
Artículo único. Nómbranse Alcalde~ principales
y suplentes de los Municipios que en seguida se
expresan, para el resto del período en curso, á los
siguientes señores:
Yacopí, principal, señor Tirnoteo Gómez, y su.
plentt;s 1.0 y 2.°, en su orden, señores A..¡uilcs Roa
y Telésfuro Linares.
Caparrapí, principal, señor Alfredo Hernández.
Publíquese y ejecútese.
Dado en Facatativá, á 2 de Septiembre de 1909.
RAFAEL CARV AJ AL- El Secretal io Gene-rar,
JULIO J. ARGUELLO.
DECRETO NUMERO 55 DE 1909
(2 DE SEPTIE~IBRE)
por el cual se hacen unos nombramientos,
El Gobernador del D~arta1wll'tJ
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA
Artículo 1 <.> Por excusa aceptada al señor Adriano
Pinzón para servir el puesto de Agente de 2~ c1a-se
de la Policía del Departamento, nómbrase en su
reemplazo al señor Julio Jiménez á quien se promueve
de I~ que ocupa en la actualidad.
Artículo 2. 0 Para llenar la vacante que deja el
señor ]iménez, nómbrase en propiedad, al señor Tomás
Nieto.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Facatativá, á 2 de Septiembre de 1909.
RAFAEL CARVAJAL-El Secretario Gen~-
ral, JULIO J. ARGUELLO.
DECRETO NUMERO S6 DE 1909
• (3 lJE SEPTIEMBRE)
por el cual se acepta una renuncia y se hace un nombramiento.
El Gobtrllador del Dejartalllmto
en uso de sus atribucíones legales,
DECRETA
Artícnlo único. Por renuncia aceptada al señc.lt'
Carlos Nicolás Rodrígrez, del puesto de Visitador de
las Rentas de Licores y Degüello en el Círculo
de Guaduas, nómbrase en su reemplazo al señor Guill('
rmo E. Rll bio.
Comuníquese y publíquesc.
Dado en Facatativá, á 3 de Septiembre de 1909 ..
RAFAEL CA R VA] AL-El Secretario Gene ...
ral, J ULIO J. ARGUELLO.
DECRETO NUMERO 57 DE 1909
(3 DE SEPTIEMBRE)
por el cual se declara insubsi¡¡tc~tc un nombramiento y se
hace otro.
El Gobernador del Departamento
en uso de sus atribuciones legales,
DEORETA
Artículo único. Declárase insubsistente el nombramiento
hecho en el señor Aristodemo' González
M. para primer suplente del Alcalde de La Vega, y
nómbrase en su reemplazo al señor Eusebio Vej1.rano,
para el resto (Id período en curso.
Co:nuní4uese y publíquese.
Dado en Facatativá, á 3 de Septiembre de 1909r
RAFAEL CARVAJAL-El Secretario Gene-ral,
JULIO J. ARGUELLO.
DECRETO NUMERO 58 DE 1909
(3 DE SEPTIEMBRE)
por el cual se restablece un puesto y se hace un nombramiento*
El Gobernador dtL Departamento
en uso de sus atribuciones legales, y
O~~IDERANDO
l. ° Que para la completa i.nstrucción ele muchos
juicios criminales, se neceSita, conforme á la
Ley, la concurrencia de dos peritos hábi!es; .
2.0 Que en el Departamento no eXiste SI~O u:1
médico Oficial, cuyos dictámenes no son sufiCientes,,
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
444 FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO
lo que constituye graves in('onvenientes á la administración
de justicia en el Departamento,
DECRETA
Artículo 1. 0 Restablécese desde esta fecha el
puesto de practicante del Médico Oficial del Departamento.
Parágrafo. E~tél partida se imputará al Departamento
de Gobit'Ulo, Capítulo 5. ° artículo 15 del
Presupuesto vigente.
Artículo 3.° Nómbrase para desempeñar el
puesto oe que tratan los artículos anteriores, al señor
Carl0s Sil va P.
Comuníquese y publíql1ese.
Dado en Facatativá, á 3 de Septi.embre de 1909.
RAFAEL CARVAJAL-El Secretario Gene·
ral, JULIO J. ARGl'ELLO.
DECRETO NUMERO 59 DE 1909
(3 DE SEPTIE::'>IBUE)
por el cual se hace un nombramiento.
El Goberllador del Departamellto
en uso de sus atribuciones legales,
DE RET
A rtícu lo único. N ómbrase en pr(\piedad ~1édico
Oficial del Dl parlamento, al señor doctor Julio
M. Escovar.
Com uníq ue'C y publíq ucse.
Dado en Facatati\'á, á 3 de Septiembre de 190 9.
P .'\1' A EL CAP \ AJ AL-l~1 Secretario Gene-ral,
JUT.lO J. A¡'Gl,gL!.().
SENTENCIA NUMERO 2 DE 1909
Gobernación del Departamento- F:lcétt Vue~t(), la Gobernac ión,
administralldo justicia en nombre de la Rt:pLÍl>lica y
por autoridad de la Le), confirma la sentellcia consultada
en cuanto á la pené! principal impnest Cumplir y hacer cumplir de sus subalternos
las disposiciones que emanen de la Gobernación.
2. d Llevar la voz de la Tesorería en las relaciones
con las demás Oficinas y con los particulares.
3<'> Asistir á los Acuerdos de Contabilidad en
los días señaladus por la Gobernación, pudiendo delegar
el cargo al Contador ó Tenedor dt:: Libros, en
Cn os que los asuntos lo requieran, ó por motivo de
allSellCIi.J.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO 445
4? Redactar las comuni:.:aciones que hayan de
dirigirse á empleados ó funcionarios públicos y á particulares,
pudiendo igualmente delegar estas funcio'
nes á uno de les subalternos, pero siempre bajo su
respollsabilidad y dando expresamente esta autorización
á quien deba suplirlo.
59 Dktar las providencias que crea necesarias
y eficaces para el recaurlo de sumas que deban ingresar
á la Caja del Departamento.
69 Verificar los pagos que sean ordenados por
Acuel dos de Contabilidad, y remitir diariamente á
)a Gobernación el estado de Caja en la forma prescrita
por la misma.
. 79 Vigilar Ic~ trabajos de la Oficina, y anotar
las irregularidades que encuentre, de las cuales deberá
dar aviso á la Gobernación.
8. o Señalar las horas de rlespacho de la Oficina,
y determinar las que se dediquen á pagos.
99 Dar cuenta á la Gobernación de las faltas en
que i¡icurréll1 los empleados de la Oficina, y en caso
de ausencia sin previo permiso ó excusa legal, soli·
cita r de la misma Oficina su¡)erior q lIe se provea el
puesto.
10. Resolver las consultas que le hagan los empleados
su balterno,-:, consultando á su vez en caso de
duda COI1 la Gobernación, y por conducto del Secretario
General, y
11. Las demás que le señalen las leyes.
Art/culo 3.° Son dfbtrt's del Contador
l. ° Los que le señalan las dispo. iciones fiscales.
2.° Hacer que los reponsables del Enrio
cumplLlI1 eOI1 el rlcher ele remitir las cuenta.; á la Tesorería,
d"ntrr,) del térmitlo fijado por la Le)'.
3. ° Dar aviso al Te orero de las demoras en
que incurran los respúnsables en el envío de sus cuentas,
l ara que éste á su vez lo ponga en conocimiento
de la Gobernación, á fin de que se resuelva lo conveniel,
tc.
4 -° Examinar dentro del término que la Ley
señala, las cuentas que pasen á su estudio.
5 -° Devol ver á los responsables per conducto de
los Alrétlrles, las cuentlls que á su juicio rleban rechasar~
e, concerliendG el término prudencial para que le
sean devueltas.
6? Formar en los autos de glosas el pliego de
observaciones que hará notificar á los responsables
por conducto de los respectivos Alcaldes, para que
hagan los reparrs y los contesten en el término que
de ~cuerdo cun la Ley les haya fijado.
7.° Solicitar de los Alcaleles la devolución de
los autos que les remita para su notificación.
S y 4<;> de este artículo, sufrirá la
s1nsión que determine la Gobernación, á quien se
dará a viso llegado el caso.
Este reglamento será remitirlo al señor Gobernador
para que :;e digne impartir su aprobación y
disponga á la vez CJue se pubilque en la Gaceta del
Depa.rtamento.
Exp~dido en Facatativá, á 12 de Julio de 1909·
GREGOHIO }) (JAS G.
Gobernación dcl Dcplrtamcnto-Facatativá, Julio 14 de 190 9.
i\ probado.
lVIJ\RIA JO OSPINA Cll.-EI Secretario Ce.
neral, l\I.\NlTEL M.a BER~t\L
AUTO Di<: Flt, Nl!:Cl IIENTO
dictado fIt /z Cltenta de Rf,t:islro de! CírcullJ dt. A l/o/ai'lla,
corrcspolldiell/(: al 111 es dt' Ag"s/tJ ti 1 909, dt q/l<" es respollsable
el ulior Alltrd Iltllál/(l,Jz TalÍn.
Contaduría de la T s reria Dcpartal11cnt.d - Nú·nero 6 - Facatativ¡
í, Septiembre J 3 de 1909·
e recibió la cuenta dentro del término que la Ley señala,
y Sé procedió al e,"amen de ~1l:1 ; Y como dcl minucioso
estudio que dt la cuenta en referencia se hizo, aparece que se
halla perfectamente formada y om¡Hobada, se fenece sin
alcance ni multa á cargo dd responsable señor Hernández.
«~l movimiento de Caja, en el mes de la cu 'nta fue el
siguiente:
Recaudado conforme á los talones
numerados de 204 á 237 •..•.......... $ 26 66
Pagado al recaudador por honora-rios
al S por 100............ . . . . . . . . 1 33
Suma recibida en la Tesorería por
Balance. . . . . . . . • • . . . . . . . . . . .. . . . . . • 2 S 33
Sumas iguales .0 •...... $ 26 66 26 66
\
Cópie e, notifíquese y publíquese.
El Contador, RAFAEL GONZÁLEZ L.
AUTO DE OH ERV ACIONES
dictado en la. Cltenta de Rfgistro del Círculo dt Villda (:orresjOlldit1/.
le al mes de Agosio tic 1909, tle que es repoflsable el sefior
Luis F. Forero A.
Contaduría de la Tesorería del Departamento-Número 8-Facatativá,
Septiembre 20 de 1909.
Con oficio número 41 de 7 del presente se recibi6 en
esta Oficina la cuenta de Registro del Círculo de Villeta.
Habiendo sido examinada con detenimiento la cuenta
mencionada se observa:
1.0 En el cobro hecho por el asiento número 16, hubo
~rror, pues el enterant~ señor Hilario Lugo pagó $ 227 por
Impue to sobre la cantIdad de $ 433-34 Y no debían ser
sino $ 217 de acuerdo con el numeral e), artículo 1.°, Ley
56 de 190 4.
2.0 No viene por duplicado el recibo por honorarios ni
trae el Visto BUello del Alcalde.
Paní.grafu. Por lo .de.1l1ás no hay observación que hacer,
pero se dIfiere el fenecImIento de esta cuenta hast~ que el
responsable repare. los puntos 1.0 y 2 .0 de este auto, para lo
cual se conceden CInco días, más el té ·mino de la distancia.
Cópiese, notifíquese y puhlí(!uese.
El Contador, RAFAEL GONZÁLEZ L.
ESTADISTICA NACIONAL
_.. ................................................................................................................................................................ .-
RESOLUCION NUMERO 2 DE 1909
República de Colombia-Departamento de Facatativ~-Dire~ción
Subalterna de Estadística Nacional -Facatatlvá, JulIo
13 de J90 9·
La Direcci6n Subalterna de Estadística de Facatativá
CONSIDERANDO
1.C Que en oficio número 26, de 24 dt! Agosto de 19 07-
se solicitaron del ·señor Bernardo Caycedo, entonces DIrector
de Instrucción Pública de Cundinamarca, hoy de Faca,
tativá datos relativos á su Ramo en lo referente al año de
1906, 'sin que dicho empleado los hubiese rendido á esta
Dirección; .
2.0 Que con oficio número 32 , de 7 de Septiembre de
aquel año, se le remitieron cinco ejemplares del cuadro sobre
l11Qvimiento de Instrucción Pública, á fin de que los
anotara convenientemente, tanto con relación al año de J90~,
como al primer seme. tre de 1907, á lo cual no dio cumph-miento
el señor (. aycedo ; ..
3.0 Que en oficios números 158, de 23 d~ DICle~bre ~e
19°7 Y 207, de 30 de Enero .~e 1 9?8,. se vol vleron, a pedlr
éll señ0r Director de InstrucClOn Publica los datos a que se
refiere el punto [.0, sin que se obtuviera resultado favora-ble
alguno;
4.0 Que en oficio número 311, de S de Marzo de. 1908,
se le trascribió á tal empleado una nota elel señor I?lrector
General de Estadística, apremiándolo para que enVIara los
datos solicitaclos, y remitiéndole, adem5s ,diez y ocho cuadros
6 modelos estadísticos para que los anotara, cuadros que
recihió el señor Director de Instrucción Pública, según
con.ta en el libro respecti.vo de est~ pone
diferir su fenecimiento hasta tanto haga el responsable los
reparos y reformas que merecen las siguiemes observaciones.
Przmero-I1Igresos
I Entre los comprobantes de Ingresos figuran recibos
por honorarios de Recaudadores, y é. tos no tienen por qué
kacerse valer toda vez que no han sido fenecidas lds cuentas
á que corresponden; la irregularidad de esto queda demostrada
con el recIbo del recaudador de Guayabal, quien
cobn.l $ 8 por honorarios decl ucidos de $ 48, al 20 por 100;
ó el Recaudador cobró $ 16 de menos ó no fueron $ 48 10
que recaudó; y como el responsable no incluyó la cuenta
de e te Recaudador no puede hacerse la rectificación.
11 Incluye el responsable en la cuenta como comprobantes
de Egresos las cuentas de los Recaudadores de Casa
de Teja, Plten/ecilos, Pdia Nf'gra, Chaltta, El Tablazo, La
Esperanza, A gualarga y Clumbe. El producido total de lo
ntas de r.obro pagachs á Tlermelindo
Vargas por la cnmtrucc¡ón de cmpedrallos, dice: " eglli1
contrat ," pero es el cas') ql en) se acompJfia ta I documento;
y entre dichas cuenl tS hay una por la SUlJl:l. de
$ 30-60 que lo hace indispensable.
VIII La cuenta pagada á Eliécer Forero por empedrado,
cuyo valor es de $ 20 necesita contrato.
Parágrafo. A I rehacer h relación de Caj:1 en la forma
indicada, deberá el responsable entregar á su 5ucesor los documentos
dI" que tratan lo~ puntos primero y segunu0, numerales
II y V de los cuales perc;ibirá el reciuo respectivo
que remitirá á e'-ta Oficina.
Por tanto y con el fin oe que pueda el re¡:pomable ·
atender las observaciones hechas á esta cuento, se conceden
ocho días ele término.
Cópiese, notifíquese y publíquese.
El Contador, RAFAEL GONZÁLEZ L.
AVISOS OFICIALES
EDICTO
El Juez y Sec1'efario del Juzgado MtmicijJal de San. Francisco,
HACEN SABER
En el jucio ejecutivo que sigue en este Despacho el señor
Eliseo B. Ramírez, como (lpoderado legal de Pedro Ramos,
contra Rodulf", Parra, se ha decretado por auto de diez y nueve
de Septiembre del presente año, el embargo del inmueble sigUlente:
U!1 lote de tierra que se halla ubicad? en este Municipio
bajo la siguiente demarcación: por el pIe, con terrenos
del señor Higinio Flórez; por el costado derecho, con tierras
del señor Ramón Abondano; por la cabecera, con terrenos del
señor EliéceT Flórez; y por el costado izquierdo, con tierras de
Pedro y Justiniano Abondano.
y para dar cumplimientc á lo dispuesto en el artículo 200
de la Ley 105 de 1890, se cita, llama y emplclza á todos los que
se crean con derecho al inmueble embargado, para que dentro
del término de treinta días se presenten a hacerlo valer en juicio
de tercería;· y se fija el presente en un lugar público de la
Secretaría de este Juzgado por el término de trtintl días, hoy
primero de octubre de mil novecientos ocho.
HIPÓT.lTO MURENO--Cris/óbal Guzmán, Secretario.
Es fiel copia-San Francisco, Agosto J4 de 1909.
3 - 2 Crislóla/ Guzmálz, Secretario en propiedad
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
FAl ATATIV .. \-GACETA DEL DEPARTAMENTO
RE lATE
El Ju::gado 2. o del Cir(uito de Facatativá
Señaló el día catorce de Ortubre pr0ximo pard vender en
pública subasta los siguientes bienrs : '
Los derechos y acciones que I1defonso Castillo tiene en el
terreno de San Pablo y Palacio, juris .!icción de Villeta en la
sucesión de Raimunda Rojas. '
El terrero está demarcado así: Desne el Alto de Palacio
volviendo sobre la derecha, línea recta al Aforrito de la cabecer~
Fuente:
Biblioteca Virtual Banco de la República
Formatos de contenido:
Prensa
Compartir este contenido
Facatativá: gaceta departamental - N. 56
Copia el enlace o compártelo en redes sociales
Facatativá: gaceta departamental - N. 57
rIVA
1 •••••
GACET1\ .DEL DEPARTAMENTO
AÑO 1 República de Colombia-Facatativá, 30 de Septiembre de 1909 NUMERO 57
OONTENIDO
GOBIERNO NACIONAL
Circular de la Dirección general de Correos y Tel<:!grafoc::... • •• 449
GOBERNACIÓN
GobierJ/o y Justicia
Decreto l11ímero 58 de 19°9. por el cual se restablece un pues-to
y se hace un nomhr:riiiento --- .. ___ o .. - _ __ • _ _ __ -.__ 449
Decreto mímero 60 de 1909, por el cual se fija la imputación
de un gasto. -.. - - - - - . . . --. - _. -. -. - -. -. --.... .••••• 449
Decreto número 61 de 19°9, por el cual se deroga otro. __ .•.• 450
Decreto Illímaro 62 de 19°9, por el cual e determina la impu-tación
de un gasto ' .•• - ...... -.... ______ ...•.... __ " 450
Decretos r.úll~eros 63, 64. 65, 66, 67, 68 Y 69 de 1909, soLre
nOll1hranllentos._._ .. ____ • ___ ._ ..... ___ ._. _____ •• ___ o 450
Decreto númerO 70 de 19°9, por el cual e declara departamen-tal
una vía. - . - ., ..•..••. -.. _ .... ___ ••• _ ... .•... _ . . •. • • 45 l
Deci-eco númerO 71 de 19°9, pt ,r el cual se crea una Atluanil1a
)- . e hace ia traslación oe otra __ ......... --. ...... .... ... 45 1
Decrt tos números 72. 71, 75. 7v, 77, 78, 79, 80, 81 Y 83 de
19~9, ~(,br,e nomhramlentos ... --. -- -- ............ __ 451 Y 452
Requlsltona numero 166 de In Prefectura de Fac'\tativá ... __ .. 452
Re 'oluciones números 5 )' 7 ,k 11)09 . ---oo ............. -. 453
, . . .' . .flaciellda
DlhgcncHlde \ISlta .................................... 453
N ota número 63 del Rccauda(hr ele la Renta de Li~ores y
IJt'giiello ..•. -_ ... - •••.•.• 0.0 •• " •••• _..... •••••••••••• 453
Autos y l'ésoluClOllt:!; ............... , ...... , ......... 454 Y 455
/11 s!rlll'CÍÓJl Pú/J/ica
Decreto número 82 ele J 9°1). por el cual se hace un traslado en
el l'resupucst0 de Rt.:nta· y Gasto . .• , ••... '. . •. 455
EdIctos
• l 'lIiso.!i ojicia!t:s
GOBII~P 1 () NACIONAL
CIRCULAR
Dirección Gel1nal de ~orrcos ..,. Telégrafos -Oficial-Bogotá,
SeptIembre 27 de 1909.
CflóulIllt!or . ...
A p.n:!->úrome. c.omunicar ustedes ayer reunióse aquí IIIcrting
estudIantes solll:ltar Pre. idente República recomenda ra Congreso
proyecto ley élut'>nomÍa universitaria y pidiera creación
Escuela Agricultura.
Se.ñor .Presidc~te m3 nifestrS su nisposi('ión acatar voluntad
~eglslatl va sanclOnando, llegado caso) ley correspondiente,
SI ésta no fuere contraria preceptos c.onstitucionales que
con: ~wan principio educación pública debe ser organizada
y dlTJgl~la ~n concordancia con Religión Católica, á que Poderes
publicos deben ~ rotección.
Resp"cto Escuela acogió idea oeclarando intención proponerla
oportunamente Ministerio re. pectivo.
Habiéndo e tenido noticia proyecto meelÍlw contra co·
munidades :eligios::l , él~arecieron .anteayer ca;teles gremio
artesa~)Qs, ]uv.entud, .um6n .repubhcana acdn ejando abstenerse
ltltervemr mamfestacIOnes esta clase, que parecen fomentadas
arteramente por oposicionistas actual Gobierno.
. 1'0 o~)stant~ ;so, .huho alguna agitación que prunente
ll1te~vt!llcton pol~cla hIlO c.esar, y ~yer mismo quedó re~tablecltla
calma, .In que hubiera habIdo que deplorar sino doloroso
extra\ fo algullos e "Itados cuyas voces de!->templac1as
contra clero no ellcol~traron eco en grall mayoría concurrentes,
~ q~e, al c0ntrano han merecirlo reprobación sOf:ial y
del, (Toblerno, cuyo celo fcl\'or Religión Católica es in iscutl')
le.
ReIna hoy completa tranquilidad.
A tento servidor,
AUGu. TO N. SA~fPER
aOBERNACIO N ----_._. ..... __ ....._ .. ......-....... _... ... _.--._ .................................. .. ................ __ .. _--
GOBIERNO Y JUSTICIA
DECRETO NUMERO 58 DE (909
(3 DE SEPTIE~IBRE)
por el cual se restablece un puesto y se hace un nombramientO'
El Gobernador del Departammto
en uso de sus atribuciones legales. y
CONSIDERANDO
1.0 Que para la completa instrucción de muchos juici9.
RAFAJ',L C:\RV.\JAL-hl Secrelano l;ellaal, JULIO
J. AI~GUELLO.
DECRETO NUMERO 65 DE 1909
(9 DE SEPTIEMBRE)
por el cual se nombra Alcald. de San Franci'oo
El Gobernador del Dcparta1llt1tto,
en uso de sus atribuciones legales,
Dl<:CRETA:
Artículo único. Decl~rase insubsistente el nombramiento
hecho en el señor Luis Ma Ac"OSta, para Alcalde principal
del Municipio.de San Francisco, y nÓlllbrase en su reemplazo
al señor Angel Perea, para el resto del período en
curso.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Facatativá, á 9 de Septiembre de 1909·
RAF e\EL CAR V AJ A L-1!:1 Secretario General, JULIO
J. ARGUELLO
DECRETO NUMb:RO 66 DE 1909
(10 DE SEPTIE~lhRE)
}Jor el cual se hac('.l unO nombramientos
El Gobernador del DrpartalllC1/to
en uso de sus facultades legales,
DECRETA
Artículo 1.0 Promuévese al señor J()rg~ Esguerra
Rosas del puesto de Escribiente de la Secretaría
Genf:ral de la Gobernación, al de Escrbiente amanuence
del Gobernador, y nómbrtlse al señur José
Ignacio Córdoba para llenar la vacante que deja el
señor Esguerra Rosas, Escribiente de la Secretaría
General en propied;¡,d y para el resto oel período en
curso.
A rtÍl.ulo 2 0 N órnhrase Director de la Cárcel de
Detenidos del DeIJartamentu, ell propieoad y para el
restú del período. en curso, al señor Manuel
Reyes R.
Comuníquese y publíquese.
Dado en }'''acatativá, ~ 10 de Septiembre de 1909·
RAFAEL CARVAJAL-El Secretario Gene-ral,
JULIO J. ARGUELLO
DECRETO NUivU:R 67 DF. 1909
(1 S DE SEPTl EMURE)
por el cual se nombra suplenle del .-\Jcaluplellte,
del Círculo dt La Vt:go,
DlCkETt\
AítÍC'1I1o ÚlliC0. NÓllluranse Nptalic~, pr;'H.:ipal y
suplente, del l.irlulo dt La VI ga, tn"'u un en, á Il>5
señores Pedro A ntunio Díaz V. y Demetrio Riveros
para el resto del período en curso.
Comuníquese y publíquese .
Dado en Facatativá á 22 de Septiembre de 1909·
RAFAEL CARVAJ AL-I:I Secretario Gene-r:
al, JULIO J. ARGUELI.O.
' DECRETO NUMERO 80 DE 1909
(24 DI<: SEPTIEMBRE)
por el cual se acepta \lna eXCU!)(l y se provee la vacante
El Gobe11zador del Departame1lfo
en uso de sus atribuc:iones legales,
DECkETA
A rtículo único. Por excusa aceptada al señor
Carlos A. Bigott, para prestar su servicio como Escribiente
sellador de guías de la Direr.ción de Obras
Públicas del I?epartalll " l,to, nómhrase en su lugar al
señor Eduardo MartÍt, F.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Facatatlvá a 24 de SelJtiembre de 1909·
RAFAEL CARVAJAL-El SecretJrio Gene-ral,
JULIO J. AI{GUELLO.
DECRETO NUMERO 81 DI" 1909
(2 S DE SI •. PTlE\IBRE)
• por el cual se hacen l1no~ n011l b ratl11. cnlos.
El Gobc11latÍor del Dt:pllrlalltr1lto
en u o de ~us éÜ¡ ibucione~ legalc",
DECRETA
Artículo tínico. H{¡ctllse lo~ iguientes nombramientos
de ReCrll1dac]oH.s de 1;::5 }{{ ntas ele Peajf'.
para las Aduunillas qUl' en seguida se expresan:
JUI'ISDICClÓN VE A. OLAl~L\
PI/erta de Cadtipny. D. Ismael Galilloo.
Puclltecitos, D. J (,agu ín Ca no.
BorrClllqllilln, D. A::íbal Martíllez.
J RISDICCIÓN DE \'ILLET;\
ACfllli/o, D. Ciriaco Sabogal.
Comuníquese y publíque<,e.
Dado en Facatativá á 25 de Septiembre de 1909·
RAFAEL CARVAJAL-El Secretario Gene-ral,
JULIO J. A I{CUELLO.
DECRETO NUMERO 83 DE 1909
(25 DE SEPTI EMBR F.)
por el cual se nombran Alcaldes suplentes de Quipile.
El Gobcrnar/or d, I Dftartalllcllto
en uso de sus atri bllciones legales,
DECRETA
r\ rtÍt'ulo único. Nómbran~e primero y segundo
suplentes del Alcalde Municipal de Quipile, á los sefiores
Ipoc:ellcio F. Izq ·: ienlo y F ídolo \1tndieta, en
su orden, para el (t'sto elel período en curs\).
Comuníquese y publíquese.
Dade' en Facatrltivá a 25 de Septiembre de 190 9·
R /\FAEL CARVAJAL-l:.l Secretario Gene-ral,
J ü uo J. ARGU ELLO
Rl<~QU1SITORIA NUMERO 166
Prefectura de la Provincia- -Facatativá,
E i PI 1I e lo dc la PI011illcia
A las nal del Meta, como respoll. al>le en egundo grado. del
delito de hurto de ganado mayor, solicita, de confonl1ldad
con el artículo 114 del Código Penal, SI:! le rebaje la tercera
parte de la pena.
Con los documentos que acompañó á su solicitud quedan
comprouados lo siguientes hechos:
1.° Que el peticionario ha sufrido más de las dos terceras
partes de la pena que se le impuso; y
2.° Que durante el tiempo de su condena ha observado
muy buena conducta.
Estando llenados los requisito~ exigidos por la disposjción
legal citada, la Gohernación
RESUft:LVE
Reh~ja~e á Pedro Ramírez ('1 tiempo de la pena impuesta
que le falta por cumplir.
Consúltese con el Ministerio de Guerra para que si la
halla leg d se sirva ordenar la libertad del reo.
Cópiese y publíquese.
Por el Gobernador, El Secretario General, JULIO J.
ARGUJ-i.LLO-El Oficial de Gobierno y Justicia, A~TONIO
M. S ... NTOS.
RESOLUCION NUMERO 7 DE 1909
Gobernación del Departilmento-Facatativá, Septiembre trece
de mil novecientos nueve.
Del Juzgado 2.° de este Circuito han venido copias de
las senttncias de primera y segunda instancias dictadas en el
proce'o contra Gabrid Rojas por el delito de heridas, con
el fin de que se ponga en ejecución la pena de dos meses
de reclusión á que fue condenado dicho individuo
Para dar cumplimiento á lo preceptuado en el artículo
1,808 rlel Código Judicial, la Gobernación
RESUELVE
Señálase la Cárcel púl>lica del Municipio de Sasaima,
para que en ella cumpla Gabriel Rojas R. la pena que se le
impuso.
Comuníquese al Alcalde de dicho M unicipio lo resuelto
por e~ta GoLernación.
Cópie. e y publíquese.
RAFAEL CARVAJAL-Por el Secretario General,
el Oficial de Gobierno y Justicia, ANTONIO M. SANTOS.
c:
HACIENDA
DILIGENCIA DE YISIT A
En la ciudad de Facatativá, á once de Septiembre de
mil noveci<.:ntos nueve, se trasladó el Oficial de Hacienda de
la Gobernación á la oficina de la Sindicatura del Lazareto
del DepartamentJ, con el objeto de practicar las visitas reglame
ntarias correspondientes á los meses de Julio y Agosto
últimos.
Examinados los libros General de Cuenta y Razón,
Auxiliar de Caja y los comprouantes respectivos de las cuentas,
se obtuvo el re~ultado siguiente:
Ingresos
Recaudarlo en Julio rlirecta-mente
por el señor Síndico .. - - $ 4.146 21
Egresos
Honorarios del Síndico sobre la
suma $ 4.146-21---- __ o. • ____ _
Saldos entregados al señor Ad-mini~
trador de Hacienda .•. . ___ .
$ 414 62
3.73 1 S9
Sumas iguales $ 4,146 21 4,146 21
Ingresos
Recaudado en Agosto directa-mente
por el señor Síndico, según
comprobantes. - - . - __ -. - - -.. - - . $ J 1334 4S
Recibido del Agente de Anolai-ma
por lo recaudado en Junio. _ _ 2 S 7.
Egresos
Honorarios del 'índico sobre la
suma de $ r ,33'~-+5 __ . - - - -. . - - -
} l onor.lfl) df'l mi.1110 al 8 p''lr
) 00 soure la suma de $ 2-52, recaudad
s pDr el Agente. de A no-laima.
_ . _____ ... _ . _ ••.... __ .•
Honoraóos del Agente de Ano-laill1a
sobre la suma de $ 2-52 reaudados
por él al 2 por 100. -' - -
Suma entregada al St ñor Admi-nistrador
de Hacienda __ .. _ . __ . __
•
J33 44
20
Os
Sumas iguales... ... $ 1,336 97 1,336 97
Fueron comparadas las copias del L!bro general de
Cuenta y Razón con los originales y se hallaron exactas.
'e examinaron los Balélnres y se firm¡:¡ron.
Con lo que se terminó la presente diligencia, la que firmaron
los que en ella intervinieron.
Es copia.
El Oficial de Hacienda, CELlO GUZ~IÁ RUBiO-El Síndico,
URBANO Lo 'DOÑO.
NOT A NUMERO 63
República de Colombia -Departamento de Facatativá- Secretarí
General--Sección de R~ntas de Licores y Degüello-
Número 363-Facatativá, ¡~gosto 19 de 1909·
Sellor Alcalde Municipal de . _ . -
Me es grato comunicéIf á usted que por designación
hecha por el Señor Gobernador, me he encargado hoy del
puesto de A dministrador General de las Rentas de Licores
y Deguüello en el lJepartamento_
Sírvase uated hacer saber á todos los productores que
pudiéndose ejercer en el Departamento la industria de destilación
y el comercio de licores alcohólicos, previo el pagodel
impue. to respectivo, me animan los mejores deseos de
dar amplias garantías á todos lo individuos que se rlediquen
á ella, y que en tal virtud pueden confiar en que el Crobierno
administrará las Rentas con sujeción á las disposiciones
que las reglamentan, sin menoscabar en ningún caso los derechos
que ellas les otorgan.
A la vez debo manifestar á usted que siendo estas rentas
las más importantes on que cuenta el Departamento
para aten,ler á los gastos de la administración pública, seré
.inflexible en el castigo del fraude que á ellas se haga, puesto
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
454 FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO
'que estando garantizada la libertan de indu tria, no es justo
. suponer que queden menoscahanos los intereses públicos y
los de los particulares que honrad~mente pagan el impuesto,
por aquellos que los defraudan á unos y otros, y que para la
persecución y ca tigo de los nefraudadores no ahorraré es·
fuerzo alguno nentro ne la órbita legal.
Teniendo lo ~lunicipios una participación en las expresadas
Rentas y ntpendiendo el que ésta sea mayor ne su
-compltta moralización, no nudo que usten y tonas las demás
.autorinades le presten el apoyo necesario y fiscalización al
contrabando que á ellas pueda hacerse.
Estimaré á u. ted se dignara ordenar se dé publicidad
por bando á esta comunicación en el primer día feriado en
que ella sea reci ¡Jiña.
De usten atento seguro servidor,
RAf.AEL J. JIMf:NEZ
República de Colombia - Depart"mento de Facatativá-Gobernación-
Facatativá, 9 de Septiembre dé 1909.
A prolJacla.
R. CARVAJAL
AUTO DE F~Nt.CI1IlEITTO
,,!ir/(ldo á la rumIa dI' Rr.,t;tst1o dI'! eb mio tlt Gltar/lltlS, eonrs/,
oIJdit'll/t' al JIles dt' Julio de 1909
(HES~Or-:SABLE, JosÉ A. RAe \)
Contaduría de la TcsorerÍct Departamental -Número 5 -Facatativ;
í, Septiembn: 4 de 1909.
Con fechl nos del pasado fue recibida en esta Oficina
la;cuenta ele lo rccaurladll por Impuesto de Regi ·tro en el Círculo
de (;uaduas, en el mes de Julio {¡Itimo, vino pues di<:
ha cuenta con gran rctrdSO á lo cual se llama la atención
del responsal,le.
Examinada detenidamente la uenta en referencia y no
hal)iendo observación que hacer por hallarse perfectamente
formada y comprobada, :e declara fenecida in alcance ni
multa á cargo del respon. aule y con el siguiente mo imiento
en Caja:
Recaudano en el mes, según omprouante¡:; marcados
conlosnúmer I57 áI88 ..... $ 1193
Pagado al Recaudador por honora-rios
al S por 100 ..••....... . .....
Saldo rl:! 'ii>ido en esta Tesorería ..
'umns iguales .......... $
Cópie:e, notinque e y puhlíquese.
° 59
1134
11 93 1 I 93
El Contador, RAFAEl. Go 'ZÁLEZ L.
MANDAMIENTO EJECUTIVO
República ele Colombia-Dep:ntamento oe Facatativá-- Tesoreria
Municipal- Villeta, 'eptiembre 24 de 1909.
Vistos: aí'areL'e del examen de los libros de esta
Oficina, que hay varios deuoor s por Impuesto Prediql;
que han sido intÍtile3 los requerimientos qu~ se
les han hecho, {Jara que venfique el pago y que la
demora de é"te, ocasiona perjuicios al Municipio; el
infr.\scrito Tesorero Municipal, hacienJo uso de las
facultades de que e~tá inve!-tido y adll)inistrando justicia,
en Iloml)re de laRepública y por autoriuad de
la Ley; libra el presente mandamiento ejecutivo contra
todos y cada uno de los deudores morosos, pnr
Impue.'to Predial, que figuran en la lista que á continuación
se inserta; por las SLlmas en ella expresadas,
105 intereses de demora hasta que efectúen el
pago y todos los gastos de la ejecución.
Des'ie la publicación dd prese •. te en la Gaceta
del Departamento, quenan notifi<::ados los expresados
deudores, {Jara que se presenten inmediatamente á
hacer el p;tgo, ó á nomurar depositario y él valuador
de los bitnes que haya ne(.e~idad ne emu;lrgarles;
que serán los suficientes {Jard el pago y de más fácil
realización. Si así no lo hicieren, se procederá de
cficio.
Copia de este auto se remitirá al señor Secretario
General, junto con la lista de deudores, para que
se sirva ordenar su publicación.
El Tesorero, LUIS F. FORERO A,
Lista de los deudores:
Aldana A bdón, se5enta y cinco centavos. Alvarez
Prudencia, treinta y un pesos veinte centavos.
Bernal Aparicio, doscientos ochenta y nueve pesos
cincuenta y nueve centavos. Brigard J uan (h~re(ieros),
ochenta centavos. Busto Rudesindo, veintinueve pesos
sesenta centavos. Castañeda Eladio, treinta pesos
treinta y seis centavos. Calderón J. Ramón, (herederos),
cuatro pesos noventa y cinco centavos. Du.
que Ad0lfo, doscient03 cuarenta y ocho pesos vcho
centavos. Fierro Mercedes, un peso veinticinco centavos.
Gaitán Ralvina, treinta y ocho pesos treinta y un
centavos. Latorre Inocencio, seis pesos veintiocho
centavos. Moreno Francisco, trece pesos cinco cClltavo~.
Oramas Alejandro, trece pesos ochenta y ocho
centavoc;. Páez José Angel, trece pesos cinco centavos.
Puerto Teodomiro, un peso cuatro centavos. Rosas
Paulino (herederos), cuatro pesos veinticiete centavos.
Triana J osé, un peso sesenta y cinco centavos. V dr~?s
Juan José ó (Amalia GLlerrero), o cho pesos cincuenta
y siete centavos. Bustos M~ del Rosario, veintitrés
pesos sesenta y ocho cerita vos. Clímaco Mejía y Luis
E. Yepes, ciento sese:lta y seis pesos cuarenta cen·
tavos.
I~I Tesorero, L IS F. FOREI,ü A.
RE' LUCrON UM~:RO 1.0 DE 1909
El Go{¡emador del D(,plll lamen lo
en uso de . us facultades legales, y
COL -IDERANDO
1.0 Que el Decreto número 239 de. 29 n; Julio del ~~rriente
año en us artículos 1.° Y 2.0 aSIgna a los MU11lClpios
el gas;o que o a. ione el fJago del perso~al. y mat~rial
de la Oficina Departamental de Catastro, y dlstnbuye dicho
gasto fijanno la cuota con que cana Municipio debe contri.
buír para atender á él ; .
2.0 Que el artículo 3.0 nel refen!o Decreto establece
como deber de los Tesoreros 1 unicipales remitir á la Tesorería
General del Departamento lo a~; ignano al respectivo
Municipio precisamente en el curso del mes de Agosto, y
3.0 Que según informes de la Tesore:ía. Gene,ral.. los
Te oreros Municipales no han dado cumpllm.lento. a dicho
deber. desobedeciendo de esta suerte las proVIdenclas de la
autoridad superior,
RESUELVE
El Tesortro Municipal que no haya consignado antes
del día 30 del pre ente mes en la 1.'eso rería. 0e?eral del Departamento
la cuota que al respectlvo ~umclplO corre,spc.nde,
conforme al artículo 2.° nel referido Decreto numero
239, pagará á favor del Tesoro del .IJeparta,?ento. una m~lta
de cinco pesos oro ($ S), que se lmpondra medIante el Informe
del Tesorero General de no hé1 berse hecho aquella
consignación.
Comuníquese y publíquese.
RAF A~_L CAR VAJ AL-El Secretario General, JuLIO
J. ARGUELLO
R¡'¡,SOLUCION NUMERO 2 DE 1909
por la cual se determinan los honorarios que dcbcn deducir los
l'¿sonros Municipales
El señor Alcalde del l\1unkiplO de A nolaima consulta:
Si al deducir el Tesorero :'vlunicil a l los honorarios que
le corresponden debe hacerlo conforme lo acordado p >r el
Concejo, que fija ello por 100 de las sumas que recaude
directamente, en "tención á lo nispuesto por el artÍí:ulo S~,
numeral 3.° del Acuerdo número 11 de 19°7 del Consejo
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
FACATATIVA-GACETA DEL DEPAR TAMENTO 455
Arlmini:,trativo del Departamento, ó debe verificarlo según
lo estatuído por el Poder Ejecutivo en Decreto número 1,213
de 9 de Noviembre de 1908, que autoriza á los Gobernadores
para aumentar dichos honorarios hasta el 15 por 100
con tal que lo deducido no pase.de $ -4-0 oro mensuales.
Para resolver se considera:
Que la autorización conferirla por Decreto número
1,2 J 3 de 19°8, fue en relación con los Recaudadores 11 unicipales
de Hacienda del Departamento, y no c?n los Tes?reros
Municipales, pues á estos les. fija hon?ranos el Consejo
M unicipal y no el Gobernador, qUIen no hIZO uso de la autorización
sino en lo relativo á su jurisdicción sobre los empleauos
de Hacienda del Departamento ó sea sobre los Recaudadores
de Hacienda Municipales, empleados que recaudalJan
la contribución del Impuesto Predial y que cesaron
en sus funciones el 31 de Diciembre de 1908: por virtud del
Decreto número 56 de 23 de Diciembre del mismo año, por
el cual cedió el Departamento á favor de los Municipios
desde el 1.0 de Enero del presente año, el producto íntegro
del Impuesto Predial.
Por lo expuesto, la Gobernacivn
RESUELVE
Los Tesoreros MunicipalelJ deben deducir sus honorarios
á la rata hasta del 10 por 100 que les fijen los respectivos
Consejos Municipales, de conformidad con lo dispuesto
en el aparte del numeral 3.° del artículo S2 del Acuerdo
número jI del Consejo Administrativo del Departamento.
Facatativá, Septiembre 10 de 1909,
Comuníquese y publíquese.
RAFA EL CARVAj AL-El Secretario General, JULIO
J. A¡,GUELLO
AUTO DE l' El ECIMTENTO
,lit/litio tÍ la mmta de III JUI/ttZ tic Obras Públicas dd Departamellto.
cornspolldim/e a/ 1/IN de Julio de J 9°9. Y dc qllr ('él'
rrspollslIblt ti :i .. ,ior Jos/ 1f~ Yo,)'
Conta :lurÍa de la TC50rcna Dcpartame.1tal- r¡únH:ro:> F.lCiltativá
á 24. de gosto de 1909
hn oAcio de 21 de los corrientes, recibido en e. tn. Ofi
cina hoy, contesta el responsable de la cuenta las observaciones
que se le hicieron en Auto número 1,0 de 13 del presente.
Como de die ha rt.spuesta aparece que han sido hechos
los reparos de que tratan los puntos números 1.° 2,0 Y 3.0
del auto de oi> ervaciones, qucd:mdo pendiente únicamente
el que se refiere al punto 4.°,
SI<.: RESUELVF.
1.° Fenécese la cuenta de la Junta de Obras Públicas
corre~pondiente al mes de Julio últlmo, con un alcance á
cargo del responsal)le señor josé \V. Yory y á favor del Tesoro
del Departamento por la suma de sesenta y cinco pesos
010 ($ 65) los que ingresarán á la Caja de la Tesorería.
2.0 Dispónese el desglose del documento que motiva
el alcanr.e, que será devuelto al responsable para que de él,
haga el u'o que á bien tenga tendiente á la reclamación de
Ja suma que se glosa.
Parágrafo 1.0 Ll alcance procede de la remesa que el señor
Secretario de la junta hizo al Tesorero Municipal de La
Peña con fecha 22 de Mayo último para pagar gastos hechos
en el puente de El Valle, la cual recibió Jesús Quintero,
comisionado para llevarla á su destino, lo que no verificó según
consta de autos, pero que no puede recibir en cuenta el
Tesorero por la razón expuesta en el auto número 1.0 dictado
á e~ta cuenta.
3.0 1':1 movimiento de Caja en el mes de la cuenta fue
el siguiente:
Existencia en 1.0 del mes .. $ 215 67
Ingrtsos m tlllltS
Por cuenta de vigencias ante-riores.
- - ........•......• •••• 291 08
Por cuenta de vigencias en
curso ..... ............... .. 582 63
Por cuenta de vigencias en
que omitió cargar el responsahle en
la cuenta y que consignó separa-damente
,.... . ..•... _. .... . • 7 20
EgrtSos
Pagado por cuenta de vigen-cias
anteriores ....•••.. ..... . . • -4-73 15
Pasan .•.•.••..••.. $ 1,097 18
Vienen ..... , .. - . . $
Pagado por cuenta de vigen-cias
en curso. . . •. . ..... . ... .
Balance. " ................ .
Su mas iguales ... _ .... $
Cópiese, notifí(lUeSe y publíquese.
El Contador, RAFAEL GONZÁLEZ L.
INSTRUCCION PUBLICA
DECRETO NUMERO 82 DE 1909
(25 DE SEPTIEMBRE)
por el cual se hace un traslado en el Presupuesto d~ P.. . entas y
Gasto. para el segundo semestre del año de 1909.
El Gobullador del Depal/amento
en uso de sus atribuciones legales, y
C01\SIDERANOO
Que por Decreto número 262 de 9 oe Agosto se
suprimi61a subvención al Colegio de Mat'Íl1 en Utica; y
Que es de necesidad completar la instrucción de
los Alumnos Maestros de la Escuela Normal de Institutores
del Departamento, so. teniendo la Cátedra de
Música}' Canto y además c()m~letar el mobiliario del
plantel,
DECRETA
:A rtículo 1.° Tradác1ase en el Pre upuesto de
Rentas y Gastos para el segundo semestre del año de
1909, la partirla de. $ 75, deducida de la de $ 300 tomada
de la imputación siguit:nte:
De~artamento de In.;trl1cción Pública, Capítulo
XiX, Subvención á Lole~ios pr;varlof-:, ¡~ rtícu lo 33,
Sub\'e lció'1 al ColegIO dt Jiu Ía en Utica ~ 75.
Artículo 2° La p:artida qUe se traslada tendrá la
siguiente imputación:
Departamento de Gobierllo, CaIJÍlulo IX, Gastos
!mprevistos, Artículo 22.
Para pagar al Profesor de Música y Canto de la Escuela
Normal de 1 nstitutores del Departam~nto,
á $ 10 mensuale5, en cincr. meses........................ $ 50
Para compra de muebles de la misma
Escuela Normal........ ........................................... 25
Suma $ 75
Las Oficinas orclenadora y pagadora describirán
en sus libros las oreraciones á que da lugar el presen.
te Decreto.
Publíquese y- jecútese.
Darlo en Facatativá á 25 de Septiembre de 1909.
RAFAEL CARVAJAL-El Secretario Gene-ral,
JULIO J. A RGl1ELLO
AVISOS OFICIALES
AVISO DE REMATE
Por el presente aviso se pone en conocimiento del público
que por Resolución número 9 del Ministerio de H~cienda y Tesoro
se rematarán en la Administración de Hacienda Nacional
del Círculo de Facatativá, el día J7 de Noviembre del presente
año, á la 1 p. ro., 115 mulas, 6 caballos y un a:no, de
propiedad tle la Nación. por lotes, pero si hubiere oferta por la
totalidad de ellos, que sea más ventajosa, se preferirá adjudicándole
provicionalmente los bienes mientras se somete la providencia
á la aprobación del Gobierno.
Dichos bienes han sido avaluados en la suma de cuatro
mil cuatrocientos treinta y dos pesos oro ($ 4,432).
Será postura admisible la que cubra el total del avalúo, ó
lotes, y haya consignado previamente en la Administración de
Hacienda, en billetes del Banco Nacional, la décima parte del
valor de los sel110vientes que quiera rematar.
En la Administr~ción de Hacienda Naci~pal se encuentra
la descriminación y avalúos de cada uno de: ellos.
Facatativá, Septiembre 28 de 1909.
Percy Brandon, Contador Secretario.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
456 FACATATIVA-GACETA DEL DEP.ARTAMENTO
EDICTO EMPLAZA TORIO
El Juez Jfttllt'cijJal de Zipacóll
HACE SABER
Que en la l'jecución seguida por Raimllndo Aguirre H.
con~ra Dolores (~ómez y otros, se dictó por Ruto d~ fecha veintisiete
ele Agosto del presente el embtlrgo, depósito y avalúo de
las siguientes fincas:
Un globo de tierra ubicado ¡~n el partido de La Cltag'uya
jurisdicci ~')n del ~1 unicipio de Zipacón y comprendido dentro
de les igll ientes lindero.: por un costado, con terrenos de
Illocencio Snlgado, medianía de hoyos de por medio; por otro,
con tierras de los mismos herederos, cerca de hoyos y zanja de
por medio; por otro costado, con tierras del señor Raimllndo
Aguirre, d sde en frente de un encenillo que hay en la medianía
de 1 osterrenos de Escohar; linea recta á una mata de tíbar en
una 111 edianía de los terrenos de los herederos de Inocencio
Salgado.
Otro globo de tien a ubicado en r1 mis"10 partido y de la
misma juri diccion, ahnderado nsí: por un costado, con el camino
público que de Zipacón conduce ti Facatativá; por otro,
con krrr!1c s de los de 10'3 herederos de Inocencio Salgado; y
por el pie con una quebrada y terrenos del señor David Aguirre;
y de aquí partiendo de un cerezo gruezo él otra mata de
de cer,'zo, ) ele é ta á dar á un 1 pieclrrl ó matas de motua.
y para dar cumplimiento al artículo 200 de la Ley 105 de
1890, se ft¡a tste edicto en un lugar público de esta Secretaría,
por el término de lreil:ta días, ) se cita, llama y e.npl,lza á los
que se cr~an con derecho á los inmuebles embargados, para
que los haJan v, lel' en juicio de tl!l'CC'IÍl, en Zipacón, á seis de
Septiembre de mil novecientos nueve.
Ei Juez, A BEL GARZÓN-Elí lS 1:::. Roa, Secretario.
Es copia El Secretmio del jliZgado Municipal, Elías E.
Roa. 3-2
SD1CTO
El J/ffZ JI Strrt'll1r'jo dd Ju::gado JIIIJli"jnl df San j'r¡wéÍsCfI,
HACEN SABER
En el juicio ejecutivo l{ue sigue en este lJl'spacho el señor
Eliseo 13. Ramírcl, como ilpod l ra o legal de Pedro Ramos,
contra ¡{odulf" Parra, se ha decretado por auto de diez y nu ve
d,,: ~ertielllb(c d<.l l)lls0:1tl~ año, 1..'1 embargo del inmueble si·
gUlel1tc: un lote de t erra q\lee halla ubicado en este l\1 unic..
ipio baju In slJulente UcmLi.rcacioll: por el pie, con terrenos
dd señor IIióinio f1órez; por el cn tado derecho, con tierras
del eñor ¡{amón Ahondarlo; por la cabecera, con terreno del
senor Eliécer Flórel; y por d co~tado izquierdo, con tierras de
Pedro) justll1iano Abondano.
y para d,\l cumplimientG á 10 di puesto en el artículo 200
de la Ley 105 de 18<)0, se cita, llama y emplclza á todos los que
se crean ('0n derlcho al inmueble embargado, para que dentro
del término de treinta días se presenten a hacerlo valer en juicio
de tercerh; y se fija el presente ell un lugar público de la
Secretaría de este J lIZgado por e l término de tr<.:intcr días, hoy
primero de octubre de mil novecientos ocho.
HIPÓL1TO MURENO-Cristóbal GU:!1IZáll, Secretario.
Es fiel copia-San Francisco, Agosto 14 de 1909.
3-3 Cristóbal Guzmá", ' ('cretario en propiedad.
EDICTO
El Juez 2? del Circuito de Facatativá
Emplaza á Alfredo Peralta para que dentro de treinta días
-se presente á absolver liguiente :
JUtgado 2.° dl l Circuito-Focototivd, Septiembrttl1tude lIIill101.Jtcim
tos nueve. •
Decrétase el embargo de la tercera parte del sueldo que el
ejecutado actualmente devenga como Vi~itador Escolar de la
Provl:;cia de Guadué\s.
Ofíciese al TC'3orero General del Departamento.
Notifíquese en la forma prescrita por el artículo 69 de la
Ley 63 de 1905·
A:RRAHÁM AFANADOR-A. TocancijJá, Secretario.
y pua n tifict1rlo, de acuerdo con el artícu;o 69 de ia Ley
63 de 1905, s.e fija el pres~nte en ~n lugar público, hoy, die~ y
siete de Septlemble ele mtl novecll.:ntos nueve, por el termtno
de treinta días.
El Secretario, A tltonio M. TOCCl l1cipá
Es copia-Facatativá, Septi\!mbre diez y siete de mil novecientos
nueve.
2-1 A 11 tOll io ftf. TOCflllcipá
HlIPkE. 'LA DeL DEI A Rl'A.ME~Tl
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente:
Biblioteca Virtual Banco de la República
Formatos de contenido:
Prensa
Compartir este contenido
Facatativá: gaceta departamental - N. 57
Copia el enlace o compártelo en redes sociales
Facatativá: gaceta departamental - N. 58
F CATATIVA
J •••• 1
GACETA DEL'DEPARTAMENTO
AÑO 1 República de Colombia-Faoatativá, 7 de Ootubre de 1909 NUMERO 58
e
OONTENIDO
Pártinas
GOBIERNO NACIONAL
Circular de la Dirección general de Correos y Telégrafos... ••• 449
GuBERNACIÓN
Gobierl/o y Justicia
Decreto número 259 de 1909. sobre elecciones de Consejeros
Municipales .......................................... 457
Decreto número 84 de 1909. por el cual se declara libre en el
Departamento el Impuesto del consumo de tabaco.... •..• 457
Decreto número 85 de 19°9, por el cual se hace un nOmbramiento 457
Decretos números 86 y 87 de 1909. soure nombramientos...... 458
Decreto número 88 de 1909. por el cual se apropia una partida
en el Presupuesto ...••• .............................. 458
Decretos números 92 y 94 de J909, sobre nombramientos.... .• 458
'cntencias nllmeros 3 y 4 de 1909 ........................ 458 Y 459
/{acit!llda
'uadro del Tribunal de Cuentas.. .............. .•• ••• ••• ••• 460
Rel!\ción de Caja de la Tesorería Departamental. .... .... .. •••• 460
Decreto nÚmero 93 de 19°9. por el cual se crea.n empleo. .• • 460
Decreto número 95 de 19°9. por el cual se reconoce un cr6dito. 461
Diligencia de Visita. .. .............. .••••• .• .• ....... •••• 461
A
J. ARGUELLG.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
458 F ACAT ATIVA-GACETA DEL DEPARTAr.IENTO
DECRETO NUMERO 86 DE [909
(28 DE SEPTIEMBRE)
por fI cu~l se <\cepta una renuncia y se provee la vacante.
El Gobemarlor del DeparlallletllO
en uso de sus atribudones legales,
DECRETA
Artículo único. Por renuncia aceptada al señor Luciano
Cifuentes, del puesto de Alcalde principal de N imaima,
n6mbrase en su lugar, para el resto del período en Curso,
al señor Adolfo M. Gallego.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Facatativá á 28 de Septiembre de 1909
RAFAF,L CARVAJAL-El Secretario General, Ju-
LIO J. ARGUF.J.Lo
DECRETO NUMERO 87 DE 1909
(28 DE SEPTIEMBRE)
por el cual se hace una promoción y un tlombramiento.
El Gobernador dd Dt'pa rfalllfJll/()
. en uso de sus atriLuciúne legales,
D1'-:CRETA:
Artículo L° Promllévese al señor jos~ Ignacio Ferreiya
del r,~~sto de Alcalde Provincia,l principal de Guaclua~,
al d \ lSltador de la Renta de Ll(;ores y Degüello por el
Círculo de Guadllas, en prt piedad. '
~ rtí ulo 2.° Para llenar la \'a~at~te que deja el señor
errelra, Ilc)mbra:e ni ~eñ()r Guillermo K RublO para el res-to
del período en cur.'o.
Comuníquese y ¡>lIblíquese.
Dado en Facatati"á el 28 de 'eptiemore dI.. 1909.
R FAb,L CAR Y.\JAL-El 'etretario Central, JUdO J. ARGUEl LO.
DECRETO NUMERO 88 DE 1909
(28 DE SEPTIEMBRE)
por el cl1a~ se apropia una parti?a ~n el Presupuesto para el pago
de utlies de la clase de DIbUJO en la Escuela Normal.
El Gobemador del Deparlalllmto
~n uso de su facultades legales, y
co TSIDERANDO
. Q,ue en el Presupuesto Departamental de Gastos para la
vlgencla ,el~ curso, no hay partida votada para atender al
gasto de utIles que demanda la clase de Dibujo de la Escuela
Normal de Institutores del Departamento.
q.ue para que ?é. la Cátedr,a .el resultado apetecido, hay
nece I?arl de summ~strar los utlles necesarios, apropiando
la partIda correspondlente, y este gasto es de cargo del Departamento,
DECRETA
Artícu~o único. A própiélse, en el Presupuesto Departamental
de ("astos, para la vlge~~la en curso, la suma de $ 30
oro para atender al gasto de utIles de la clase de Dibujo de
la E cuela Normal de lnstitutores del Departamento.
Esta suma se tomará del Departamento de Gobierno
Capítulo IX-Gastos ImprevistoS-Artículo 2Z del Presu~
puesto.
..... Publíquese y ejecútese.
Dado en Facatati vá á 28 de 'eptiem bre de 19°9.
RAFAEL e \R VAJAL-El 'e retarío General, JULIO J. ARGU&LLO.
DECRETO NUMERO 92 DE 1909
(30 DE SEPTIEMBRE)
por el cual se hace un nombramiento
El Gobel1/atlor del fleparlall/mll)
en uso de sus atribuciones ll'gales,
DECRETA
Artículo único. Por renuncia aceptada al señor Carlos "r. Rubio, del puesto de Alcalde principal del Municipio de
Vianí, nómbrase en su lugar al señor Pedro Bernal, para el
resto del período en curso.
Comuníquese y publíqu€se.
Dado en Facatativá á 30 de Septitmbre d~ 1909.
RAFAEL CARVAJAL -El Secretario General, JULIO
J. A RGUELlO.
DECRETO NUMERO 94 DE 1909
(1.0 DE OCTUBRE)
por el cual se hace un nombramiento.
El Gobernador del Departamento
en u. o de sus atribuciones legales,
DECRETA
Artículo único. Nóm\)ra e en propiedad, ~scribiente
de la Dirección de In trucción PúIJlica del Departamento,
al señor don Igna iu de Guzmán.
Comuníquese y puhlíquese.
Vado en Facatativá á 1.0 de Octubre de 1909.
RAFAEL CARVAj ·\l.-El Secretario General, JUl.lO
J, A¡,{,uELLO
SENTENCIA NUMERO 3 DE 1909
Gobernación del Dcpartamento-Facatativá, Agosto diecisiet e
de mil novecientos nueve.
En las primeras horas elel día diez de Junio dd
año en curso desapareció de un potrero de Rafael
Laverde, en el !VJ unicipio de Subachoque, un buey coJorado
de propieciaci de Aquilino González, quien dos
días después dio el denuncio respectivo ante la Alcal.
día de dicho Municipio.
Instruí:io el correspondiente sumario, en el cual
figuró desde el principio Primitivo Luqlle como autor
del hurto investigado, tocóle al Prefecto de esta ciudad
jictar sentencia de primera instancia, por virtud
de lo dispuesto en la Ley 51 d.! 1905, providencia
que no fue apelaria por el reo ni por su defensor y
que ha vellido en consulta á esta Gobernación, por
así disJJonerlo la Ley.
Al asunto SP, le ha dado la tramitación correspondiente
y se pasa á clá.rle solllción, porque no hay
en el proceso lIulidad alguna.
Primitivo Luque, condenado en Iet. sentel:Jcia á
sufrir la pena de dus años de presidio en la Colonia
Venal del Magdalena, hizo, en la indagatoria que rindió,
la siglli",nte confesióll :
"Yo, frallcamente, viéndome aburrido con mi
enfermeda 1, me saqué este buey el jueves á la ma.
drugada, del potrero de don Rafael Laverde, que lo
tienen en arrendamiento Aquilino GOllzález y Aurelio
t;onzález; lo saq lié con intt:nción de venderlo y
con su val0r buscar un méJi..:o y ponerme en cura."
Más adelante dice ser el único re ponsaple del delito
en cuestión.
Esta confesión, por los carat téres que reviste, da
la plena prueba de que trata el artículo 1,660 dd Có-
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO 459
==
digo J udidal, pues, por otra parte, está suficientemente
comprobado el cuerpo del delito, como puede
verse en las declaraciones de los testigos, Siervo de
Dios Miranda y Pedro A. Luque; quienes afirman
que el buey hurtado por Luque es de la exclusiva propiedad
del denunciante González, y que le fue sustraÍdo
fraudulentamente, en el día y hora citados en el
denuncio, de un potrero de ~afael Laverde, situado
en Subachoque.
El animal hurtado recibió en el dictamen pericial
rendido por Manuel J. Latorre y Lucio Miranda, el avalúo
de treinta y cinco pesos oro ($ 35), concepto pericial
que sirve de base para aplicar al caso lo establecido
en el artículo 795 del Código Penal, como se hizo en la
sentencia consultada.
La Gobernación no encuentra acertada la califición
del delito en segundo grado, pues existen en favor
del sentenciado, como circunstancias atenuantes,
su buena conducta anterior, su indigencia y su falta
de ilustración, sin que pueda decirse que el delito se
cometió de noche, para tener en cuenta esta circunstancia
agravante como lo hace la sentencia consultada.
Si no aparece en el proceso claramente establecido
que el delito tuvo lugar en el día, hay duda á este
respecto, y esta duda debe resolverse á favor del
reo (artículo r 29 del Código Penal). También se
observan como causas para infirmar el fallo consultado,
el no hab~rse hecho condenación en todAS las
penas accesorias al delito y el no haberse establecido
~l derecho para la reclamación de perjuicios.
Por las razones expue¡tas, la Gobernaeión administ
rando justicia en nombre de la República y por
autoridad de la Ley, revoca la sen tencia consultada y
en su lugar dispone :
1.° Condénase á Primith o Luque á sufrir la pena
de un año de presidio q ue sufrirá en la Colonia Penal
del Magdalena, como re 'ponsable en tercer grado del
delito de hurto sanciona lo por el artículo 795 del Código
Penal;
2 . o Condénase al mismo á pagar á Aquilino
González, por vía de indemnizacíón, lo que en juicio
. separado se regule, y
4. 0 Cvndénasele igualmente á sufrir las penas
accesorias siguientes:
Pérdida de todo empleo público y de toda pensión,
privación perpétua de los derechos políticos, inhabilitación
perpétua para obtener empleo y car¡{o
público, y á quedar sujeto á la vigilancia de las autoridades
por el término de un año.
Cópiese, notifíquese, publíquese y devuélvase.
RAFAEL CARVAJ AL-El Secretario General,
JULIO J. ARGÜELLO.
SENTENCIA NUMERO 4 DE 1909
Gobernación del Departamento-Facatativá Agosto dieciséis
de mil novecientos nueve. '
Vistos. El treinta y uno de Mayo del corriente
año,l1n individuo denominado José Peña, quien conducla
l1l1 buey colorado careto, fue detenido en la Alcaldía
Municipal de San Antonio, porque ciertas circustancias
hacían presumir que el animal que conducía
lo había hurtado ó robado.
La misma autoridad procedió á recibir varias declaraciones
d: t(!sti~os y á practicar otras diligencias
con el fin de lIlvesttgar el hecho criminoso causa de
las sospecha;:, que recaían sobre Peña. '
La Prefectura de esta ciudad, autoridad competente
para conocer en el asunto que le fue remitido
por la Alcaldía de San Antonio, en conformidad COIl
lo establecido en la Ley 51 de 19°5, después de per--fer.
cionar el sumario, dictó sentencia condenatoria con
fecha diel y nueve de Julio último.
Dicha sentencia ha venido en consulta á esta superioridad,
la cual pasa á ser examinada en el fondo,
después de darle al asunto la tramitación correspondiente
y de observar que no hay en el expediente
ninguna bformalidad capaz de anularlo.
La sustracción fraudulenta sin violencia á las personas
ni á las cosas tuvo lugar en el punto de BaYYoblanco,
jurisdicción de Bojacá, el treinta de Mayo últi ..
mo, por la noche.
José Peña ó Raimundo Ojeda, confesó libre y
expontáneamente en su indagatoria haber cometido
este hecho criminoso en el día y hora citados; añadió
ser único autor y haber procedido por su libre
voluntad.
Esta confesión se halla comprobada con las declaraciont's
de los testigos Macedonio Barbosa y Eustaquio
Cuervo, quienes acordemente afirman que el
buey hurtado por Peña era de propi~dad de J anuario
Cu billos, quien lo tenía en el punto de Bayyoblallco,
lugar de donde desapareció en la noche citada.
Contribuyen igu:dmente á aumentar la prueba
en referencia los testimonios de Pedro Parra y Moisés
Piernagorda.
Los peritos Gilberto Guzmán, Daniel Azuero y
Críspulo Corredor, de común acuerdo avaluaron el
buey hurlado en la suma de treinta y cinco pesos oro.
De acuerdo con este avalúo, la pena principal correspondiente
es la que determina el artículo 795 del Cód
igo Penal, debiendo hacerse la ca lifi cación en segundo
grado, porque mili tan en favor del procesado, como
ciorcunstancias atenuantes, su buena conducta anterior
y su falta de illJstración, y agrava el delito el
hecho de haberse cometido de noche;; (artículo 818 y
802 del Código Penal). Atendiendo á que el número
de circunstancias atenuantes es mayor que el de
las agravantes, e5 el caso de hacer la rebaja de una
5exta parte de la diferencia entre el máximum y el
mínimum, rebaja que equivale á cuatro meses y que
reduce á veinte meses el total de la pena principal.
Se observa que en la sentencia consultada no se
impusieron todas las penas accesorias que establec~
la ley y que en lo relativo á la indemnización de per-juicios
no se hizo en ella mención alguna. ,
En mérito de todo lo expuesto la Gober aci6n_
administrando justicia en nombre de la Re blica y
por autoridad de la Ley, revoca la sentencia cunsul·
tada y en su lugar dispone:
I. o Condénase á J osé Peña ó Raimundo Ojeda,
á sufrir la pena de veinte meses de presidio, que pagará
en la Colonia Penal del Magdalen'i, como responsable
en segundo grado del delito de hurto, sancionado
en el artículo 795 del Código Penal;
2.0 Condénase al mismo á pagar á Januario Cu ..
billos, por vía de indemnización, lo que en juicio se-parado
se establezca; y ~
3. o Conciénasele igualmente á pagar las penas
accesorias siguientes: Pérdida de todo empleo público
y de toda pensión, privación perpétua de los derechos
políticos, inhabilitación pcrpétua para ootener
empleo ó cargo público, y á quedar sujeto á la vigilancia
de las autoridades por el término de dos años.
C-5piese, notifiquese, publíquese y devuélvase.
RAFAEL CARVAJAL-El Secretario Gene ..
ral, JULIO J. ARGÜELLO.
;
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
~
O
~
,..j
~
"d
Q
~
l1.l e
~ <
~
"d
m
~
S
....c
~
~
~ = ~
r~e
O
~
~
....c
~
"d
ce = ,t=:J e¡::
E-4
....c
~ = ~
O 112 e
"d a: ~
~
O
:=
~
~ « e~
::> 112 e
() "éi
.o-
~
~
m e ....c
~
~
~
S
=m
~
~
~
m
~
~ = ~ g
~
"d
e
~ = Q;l
e~
8 .~ ;..
o
,.S...
~
~
o
~
.~
~
t'$
~
~ m e
S
rd
FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO
HACIENDA
.tOPV¡UOJ
o¡u;nIlV¡
-.t tJ(¡tJ([ P v.tvl SV¡I"/1l
1IPpvN VI V.lvt/ SJJ¡¡lll1'
°...
to
-- -_.~----
St>PVI~.ufJ.lV SV¡UJllj I
11-------
sVp'tPIl;;~/~ r-;--
I
I
I
I
-
SO.T.nv 3a 'Iv.10J. \
I
.., SO.l¡O YI I
~
~
' '" .. ''l:;: ..,
~
Ol,,,!wpm,'/ J(J I
~
~
",,",JI ;(f I
VI::> :U . .'lX:'¡ V1 :-Ia 'l\'J~.r.1
~ ¡..,
~~
. ~ 1:
~.~
.... .;::¡
~~
.~ c>s
~
I
.lVlIpIlVXJ " ,1
I
-
N
t")
t")
.0.. \
.°...
-
U")
U")
U..." )
°..;-
--
-
-1
----
_ ~ UVH;'>,,'d ~.¡a 30 '¡V>LOJJ _~ __ _
I
SO.I¡O .l°d I
I
O¡1I3!1II!.?,IU.:j ,/('el I
o-
I 0.°... \
1 v I "C
....
I ~
I
S en
°bO
I
<
'C\I- .;
c;:
~
u
~
~
RELACION DE CAJA
DE LA TESORERíA DEPARTAMENTAl., CORRESPONDIENTE AL DÍA
2'" DE SEPTIEMBRE
Existencia en 1.0 del mes .•.. $
I11 g r e s o s
Por Depó itos ........•.......
Por Reintegros . .., ... . .•..
Por Depósitos por peajes. . .. .
Por Cuotas municipales . . .... .
Por Remesas .. ... . .....•••••.
Egresos
Por Capítulo 1.° ............ .
Por Capítulo 2.° ... ..... .... .
Por Capítulo 3.° .... , ....... .
Por Capítulo .... 0 . .•... , ...•.
Por Capítulo S·q · .... , . , .... .
Por Capítulo 6,° ........... .
Por Capítulo 7.° ...... " .... .
Por Capítulo 8.° ............. .
Por Capítulo 9.(, , .... , , ... , •.
Por Capítulo 10..... • ...•••..
Por Capítu lo 11. ..•..•..•.. , ..
Por Capítulo 12, ........ , .. , ..
Por Capítulo 13, .. . •.•...
Por Capítulo 1-1 ..... .. .. ,
Por Capítulo [S ........ . .... .
Por CÓlpítulo 16 .............. .
Por Capítul9 18,., ....... '" ..
Por Capítulo 19 ............. .
Por Capítulo 20, Artículo 34 .. .
Por Capítulo 20, Artículo 35- ..
Por Créditos pasiyos ne Vigen.
cias espirada. ... .......... . .. .
}>or Reme.:;as para Caminos .. .
Por Remesas. . . . .. . . ... . .... .
2,133 93
7,833 "'2
2 25
956 62
213 99
39 3°
Sumas ............ $ 11,179 SI
al do el día 24 ............ .
625 62
210 62
33 ... 83
359 08
60
184 75
200
21 3 3 ...
410 02
271 80
7 6 3 4 ...
102 98
90
102 79
2,201 18
128 69
90
3°
606 34-
320 36
687 SI
520
"'0
8553 35
2,626 16
umas iguales .... $ 11,179 SI JI ,179 SI
El Tesorero, GRJt:GORlO ROJAS.
DECRT·:ro NUMERO 93 DE 1909
(30 DE EPTIE~lBRF.)
por el cual se disminuye una asignación, se aumenta otra y se
crea un empleo.
El Gobernador del Departall/f1Ilo
en u o de sus atribuciones legales,
DECRETA
Artículo 1 .0 De. de el primero del entrante Octubre,
el Contactor de la Sección de Harit ncta de la Gobernación,
devengará un sueldo men~ual de $ So oro.
Al tículo 2.0 A uméntase desde la fecha indicada en
$ 10 mensuales el sueldo del Escribiente de la Sección de
Hacienda.
Artículo 3,0 Por ser de necesidad otro empleo en la Dirección
de Instrucción Pública del Departamento, para atender
á un buen servicio y oportuna atención á los múltiples
a untos que diariamente cursan en ella, créase el empleo de
Escribiente con la asignación mensual de $ 40 oro, desde la
fe ha arriba -itada.
E. ta erogación .e imputará al Departamento de Gobierno,
Capítulo lX, Artículo 22 del Presupuesto cte Rentas y
Gastos, pnra tI . egundo seme~tre lel corriente año.
l.as Oficinas Ordenadora y Pagadora de. cribirán en sus
libros léls operaciones á que dé lugar el presente Decreto.
Com uníC)uese y pu blíquese.
J )aoo en Fa atativá á 30 de Septiembre de 1909·
R:\ FA 1'.1 , . A R V A J A L-El ecretario General, J OULl
J. AJ :(;¡;EI. O.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO
DECRETO NUMERO 95 DE 1909
(1.0 DE OCTUBRE)
por el cual se reconoce un crédito
El Gobernador del Departamento
en uso de sus atribuciones legales,
DE C RETA
Artículo único. Reconócese á favor de la Administración
de las Rentas de Licores y Degüello la suma de $ 90
oro por ralor de útiles de escritorio, á ella suministrados.
Esta erogacIón se imputará al Departamento de Gobierno-
Capítulo IX-Artículo 22 del Presupuesto de Rentas
y Gastos, para el 2.° semestre del corriente año.
Publíquese.
Dado en :Facaté.tivá á 1.0 de Octubre de I909.
RAFAEL CARV AJ AL-El Secretario General, JULIO
J. RGUELI.O
DILIGENCIA DE VISITA
En la ciudad de Facatativá á veintitrés de Septiembre
de mil noveCIentos nueve, se presentó en el De~pacho de la
Administración de Hacienda Nacional del Circuito, elOficial
de Hacienda de la Gobernación, con el objeto de practicar
la vi ita reglamentaria, correspondiente al mes de
Agosto.
ljJ señor AdmÍl:istrador puso de manifiesto el Libro
general de Cuenta y Razón, y el de Caja, los que examinado
junto con los comprobantes que constitu) en la cuenta,
se btuvo el siguiente re!o,ultado, de acuerdo con el Balance.
Por existencia en C~ a el 1.0 de
A g 1S t o . . . . •..... .. ... ... . .. . $ 3 0 26 .p
III,~ éSOS por 1 mI 1$
P or 1 rn p ue~,to de Registro~ 39 "' 3
or Pnpel e1 1ado y Tim-bre
Nar ional. ...... .. ...... 4 13 65
E gnsos
P or capítulo 46-Vigencias an -
teriores . ...... ... . . . .. ... ' ... .
Por capítulo 4°-Gobernación.
. l~or Capítulo 24- Juzgados del
Clrc luto .. .................... .
Por Capítulo 41 - Administra-
CIOn es. (Personal) .. . ......... . .. .
Por Capítulo 42 - Administra-cion
es. (Material) . .. . ... . ..... _ . _
ror Capítulo 45-Gastos varios.
Por Capítulo 66-Ejército (Per-son
al).. ..... .. . ...... .
Por Capítulo 67-Ejército (Ma-teri
al ..................... . ... .
P or Capítulo 85 - Instrucción
Púb lica .... . ........... _ ... .
Ingresos por cuentas no imputables
á Capítulos del Presupuesto:
Remesas ................. .
Alcances declarados y reinte-gros
... ~' . ' ......... " .....•..
DeposItoS .. _ ..... . .. . ..... _
Egresos declarados y reintegros:
Depósitos .................. _
4 52 78
125 82
1,466 27
Sumas .. ... ...... $ 16,567 64
Saldo en Caja .............. .
225
7°
2,639 95
8,389 41
167 96
1,635 98
2t5 03
Sumas iguales .... . $ 16,567 64 16,567 64
xistencia en 1.° de Septiembre.$ 2,456 98
IlIgrrsos
Remesas .. _ ......•. 1,203 28
Pa an .• - . •••••• $ 3,650 26
Vienen .... . .. $
Depósitos ............ , . . ... .
Alcances. _ .•. _ •. . ...... .
Egresos.
Capítulo 24-Juzgado del Cir-cuito
............... . ............ .
Capítulo 41 -Administraciones
(Personal) .. .. ... .. . . . . .. ~ ....
Capítulo 85 - Instrucción Púo
blica ....................... , .... .
Sumas ...... ...... $ ~,365 49
Sal(~o en Caja en II fecha .. . _ •.
306
Sumas iguales ....... $ 4,365 49 4.365 ~9
El saldo se descompone así:
En billetes ................... $
En el Banco Central ......... .
Suma ............... $
A continuación se pasó á practicar visita sobre Papel
Sellado y Timbre.
Presentauo el Libro de Cuentas Corrientes con la Ad·
ministración de Hacienda Nacional del Distrito Capital y el
de las Cuentas Corrientes de los Municipios del Circuito, 6
sean los que corresponden á las Provincias de Facatati vá,
Guaduas, La Mesa y Girardot, de su examen se obtuvo el
siguiente resultado:
Exi -tencÍa en 1.° de Ago to .. $ 7,731 45
Recibidas de la Admini. lración
de Hacienda Nacional del Distrito
Capital, con relaciones de fechas de
16 y 19, por valor de . ............ 12,8IO ••
R ecihidas por e istencia en 1.°
de J uno de los Munid pios de B l·
trán, Camb:1o, Chaguaní, La Paz,
Queuradanegra, Sasaima y Yaco!¡í. ..
Remitidas á lo Municipios arri ba
indicados, por exi. tencia en 1.°
de Julio . .................. .. .... .
Anolaima, Anapoima, La Mesa,
La Palma, Gíraroot, Guataquf, El
Colegio, Melgar, Síquima, Tena, To~
caima, Vi lleta y La Vega.... . ....
Expenciidas en esta Administra·
ción .......................... .
Exi tencia para SelJtiem bre ... ..
Sumas iguales ....... $ 21,°31 32 21,031 32
Existencia en 1.° de Septiem-bre
Recibidas de la Administración
de Hacienda Nacional del Distrito
Capital.. . ....•...•.••..... . ..
Remitidas á los Municipios de
Girardot, La .Mesa, La Vega y Vi-lleta.
. • . . . . . . . . • • . • • . . . . .• . - ..
Exi tencia en la fecha en especies
y en dinero por las exdedidas en
esta Administración, de ayer á hoy.
7°° ..
J,500 ..
17 ,101 2~
Sumas iguales ...•.. $ 18,601 '24 18,601 24
Examinado el Libro de A utos, aparece que se han dictado
24 Autos, 11 de fenecimiento, correspondientes á las
cuentas de Anolaima de Julio y Agosto; Albán de Julio;
Bojacá, de Julio y Agosto; La Vega, de Julio; Nilo, de Julio;
Sasaima, de Julio; Subachoque, de Julio; Sucre, de
Julio; Tena, de Julio, Autos de glosas. Anolaima, Albán,
Bojacá, Zipacón, Girardot, Ricaurte, Síquima, Guaduas,
Quebradanegra, Jerusalén, Subach Jque, Villeta, y Agua de
Dios; y están al estudio, esperando una consulta del Ministerio
de Hacienda:
La de Anapoima, de Julio; Cunday, de Julio; Puerto
de Bogotá, de Julio; y Carmen, de Julio.
La, otras cuentas no han pasado al Despacho del Contador,
por no haber llegado el dinero de los respectivos responsables.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO
Los pago. e )1an hecho de acuerdo con las órrlenes emanadas
de la Tes0rería General.
Los Lihres se hallan con el día. En e te estarlo manifes·
tó el señor Admini trador que la suma de $ 10, pagarla por
útiles de e. critorio de la A lcal<1ía Provin ial de Guaduas, en
los meses ele Julio yAgo, to de 1908, fue tomada de un saldo
que existía en esta Arlministración, correspondiente á las
reme~as que había hecho la Tesorería Genelal para el 01 jeto
de (~euda atra. acia.
No habiendo otra cosa de qué tratar, se rlio por terminarla
la presente diligencia que es firmada por los que en
~lla intervinieron, y los Balances.
El Oficial de Hacienda, CELIO GlZMÁiII RUBIO-El Ad,
ministrador, FE! IPE A CEVEDO T.-El Tenedor de Libros,
l'ERCY BRA~DO . .
AUTO DE FENECIMIENTO
tÍ la cucnta de Registro dd Círculo de La vega, COyréjpondiente
al JIles de Julio de 1909. Respollsabü, E.
M. Sierro.
Contaduría de la Tesorería del Departamento-Número 12-
Facatativá, Octubre 4 de 1909.
Habiendo atendido el responsable las indicaciones
hechas én oficio 9 de 31 de Agosto último, y estando
bien formarla y comprobada la cuenta de Registro
del me_ de Juliv del presente año, se fenece
sin alcance ni multa á cargo dd responsable, con el
siguiente movimiento de Caja:
Ingresos en el mes.................... $ 5 12
Honoral io ' del Recaudador al 5
por roo obre $ 5-12 ....................... .
Balance ........... .
o 25
4 87 _______ o
Sumas iguales $ 5 12 5 12
Cópiese, notifíquese y publíquese.
El Contador, RAFA EL GONZÁLEZ L. -
AUTO DE FENECIMIENTO
al Administradoy Gelleral de las Rentas de Licoyf'S y
Degüello correspolldullte al mes de Julio último y á cargo
dd Admin:strador sdlor Rafad J. Jiménez.
Contaduría de la Tesorería del Departamento-Número 11-
Facatativá, Septiembre 29 de 190<).
Con oficio número 661, de fecha 23 de los corrientes,
se recibió en esta Tesorería la cuenta remitida
por el señOI Administrador general de las Rentas de
Licores y Degüello del Departamento, correspondiente
al mes de Julio último, la que componen once
CUentas de Oficinas Subalternas, como únicas que han
podido fenecer hasta la fecha, por motivos que expresa
el oficio ya'citado, lo cual ha tenido en consideración
esta Contaduría, no sin dejar de insinuar al señor
Administrador, que debe hacer uso de los apremios
legales, á fin de conseguir que en lo sucesivo cumplan
más extrictamente los subalternos los deberes que
les impone el cargo á este respecto.
Estudiadas detenidamente las cuentas parciales
que constituyen la que envía el señor Administrador,
se han encontrado perfectamente formadas; pero no
puede decirse lo nlismo de la comprobación, porque
algunas, como las ele Bituima y San Juan, carecen de
recibos expedidos por esta Tesorería, por las consignaciones
que hicieror" por ejemplo: la cuenta de San
Juan no trae los recibos de la suma de $ 76 Y
$ 9°-27; y Ja de Bituima ninguno; pero como el señor
Contador de la Adminbtración de Rentas ya les
ha observado Este punto, como consta en los autos
dictados por él, y aüemás se han confrontado en esta
Tesorería toclas las cuentas con los respectivos asientos
de los libro~, se h:\ venido al conocimiento de
que dichos responsables han enterado las sumas que
recaudaron según sus cuentas, no es llegado el caso
de exigir por hoy el reparo de la falta apuntada, de
10 cual solamente se dEja constancia para que se subsane
en lo sucesivo, como se dijo antes.
En ccnsecuencia, encontrándose iJor lo demás debidamente
arregladas las mencionadas cuentas y bien
fundados los autos de fenecimiento que á ellas dictó
la Contaduría de la Administración de Rentas de Licores
y Degüello, se dispone: fenecer la cuenta á
que se refiere este auto, sin alcance ni multa á cargo
del responsable y con el siguiente movimiento de
Caja.
IlIgresos
Renta de Licores .......... $
Renta de Degüello ........ ..
Ingresos Varios ............... .
Egresos
Honorarios pagados á :OS
Colectores ............................. $
Balance ........................... .
310 92
1.24°
5 ....
109 38
1,446 54
Sumas iguales .......... $ 1,555 92 1,555 92
Cópiese, notifiques~ y publíquese.
El Contador, RAFAEL GONZÁLEZ L.
OBRAS PUBLICAS
DE.CRETO NUMERO 90 DE 1909
(30 DE SEPTIEMBRE)
por el cual se aumenta un sueldo y se fijan unos honorarios
El Gobernador del Departamento
en uso de sus atribuciones legales y
CONSTDERANDO
Que el Contador de la Dirección de Obras Públic~s del
Departamento desempeña á la vez el cargo de Secretano de
la misma; y ..
Que el Ingeniero del Departamento debe 'lsItar m~nsualmente
las obras públicas que están á su cargo en dIferentes
puntos del territorio de su jurisdicción,
DECRETA
Artículo 1.0 Desde el primero del presente. mes aumé~tase
á $ 60 oro el sueldo del Contador-Secretano de la DIrección
de Obras Públicas del Departamento.
Artículo 2.0 El Ingeniero del Departame~to deven~ará
como viáticos á contar de la fecha anuncIada antenormente,
la suma de $ 20 oro mensuales, siempr.e que practique
visita en las obras públicas, fuera de la capItal.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Facatativá á 30 de Septiembre de 1909·
RAFAEL CARVAJAL-El Secretario General, JULIO
J. ARGUELLO.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAl\lENTO ..
DECRETO NUMERO 91 DE 1909
(30 DE SEPTIEMBRE)
por el cual se refortna el Decreto nú rnero J94 de 7 de Julio último
y se hace un traslado.
El Gobernador del Dfpartammto
tn uso de sus atribuciones legales,
DECRETA
Artículo 1.° Refórmase el Capítulo I del Presupuesto
de Gastos del Ramo de Obras Públicas del Departamento,
así:
Capítulo I.°-Artículo LO-Sueldo del Ingeniero Oficial
del Departamento, á $ 60 mensuales, en cua-tro
nleses . - - . • . . . . . . . .. . . . . . .. . .••....... $ 240 .•
Artículo 2.° Sueldo de dos Visitadores de la
Dirección de Obras Públicas del Departamento, á
$ 60 mensuales cada uno, en cuatro meses ..... 480
Artículo 3.0 Viáticos del Ingeniero del De-partamento,
á $ 20 mensuales, en cuatro meses. . 80
A rtkulo 4.° Sueldo del Contador-Secretario
de la Dirección de Ohras Púl'licas del Departa-mento,
á $ 60 mensuales, en cuatro meses. . . . . . . 240
Artículo 5.° Sueldo de un Escribiente, á $ 20
mensuales, en cuatro meses. • . .... . . . .. . . . . . . . . 80
Sunla ..•.••............ $ 1,120 ...
Artículo 2.0 Trasládase del Capítulo s.O-Artículo 21
-.\ clicional-Egresos-Vigencias espiradas, del Presupuesto
de Gastos del Ramo de Obras Públicas del Departamento,
la . uma de $ 160, deducida dt:: la de $ 4,100, al Capítulo
1.0 del mismo Presupuesto; para atender al aumento de este
Capítulo.
Las Ofir.inas Ordenadora y Pagadora describirán en sus
liuros la (per ciollcc; á que da Ju rar el pn's~nte J )ecreto.
Queda en estos términos reformado el Decreto número
19~ de j' de Juli último.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Facatativá á 30 de Septiembre de 1909.
R A F A Er~ CA R V AJ A L-EI Secretario General, JULIO
J. ARGUELLo.
AVISOS OFICIALES
EMPLAZATORIO
El Juez 1.0 del. Circuito de Facatatz'vá
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo
J ,395 del Código Judicial, p,)ne en conocimiento del
púolico que ante este Despacho se ha presentad@)
una d~ manda por el señor Personero Municipal de
t:sta ciudad para que se declaren mostrencos varios
sem~vientes qll~ se han mandado depositar y que en
segUIda se expresan:
U n macho pardo, de regular tamaño, marcado
en el brazo izquierdo con una A borrada ó confusa,
de 10 años. Fue avaluado en $ 3,000 Y depositado
en poder del señor Roberto Rubio;
U na mula rucia, marcada en el pescuezo con las
letras 1 y R, Y otra confusa, avaluada en $ 500. Depositario
el señor Gabriel Rojas.
U 11 buey negro, de carga, matado en las costillas,
marcado en el anca del lado izquierdo con una Y
a.val~ado ea $ 2,~00 el 16 de Julio de ~907. Deposltano
el señor Rlcard0 de la Torre.
Una cajita para poner utensilios de relojería, con
cuatro cajoncitos, toda de madera fina. Depositario
señor HOllorato Matiz.
U n burro moro, entero, marcado en la tabla del
pescuezo con la cifra e9, avaluado en $ 1,000. Depositario
el señor Narciso Peña.
U n buey pequeño, cach6'1, medio oseo, pintado
de blanco, avaluado en $ 2,000. Depositario el señor
Abelardo Forero.
U n macho pardo, viejo, herrado en la paleta
del lado de montar con un fierro confu50, avaluado "!n
ocho pesos oro. Depositario el señor Eduardo
Méndez.
U na burra blanca, en muy mal estado, con la
oreja izquierda despuntada. avaluada en $ 300. Depositario
el señor Protario Garz6n.
Un macho pardo, con ambas orejac; despuntadas,
herrado en el pescuezo con la letn P, avaluado
en $ 3,000. Depositario el señor A ureliano Cortés.
Un caballo moro oscuro. herrado con una R en
el brazo izquierdo, avaluado en $ 3,000. Depositario
el señor Celio Guzmán.
U n macho pardo, herrado con un 5 al revés en
la pierna izquierda, avaluado en $ 3.500. Depositario
el señor Marco Antonio Parra.
Un caballo castaño, tres patas negras y Ulla
blanca, marcado con la cifra 6 en la pierna izquierda t
de 5 años de edad, avaluado en $ 1,000. Depositario
el señor Víctor Castillo.
U n caballo bayo, herrado con las letras LV en
la paleta del lado de montar, avaluado en $ 1,500.
Depositario el señor Antonio Guzmán R.
Un caballo alazán amarillo, sin fierro, castrado,
unos tres años y medio de edad, avaluado en $ 2,000,
Depositario el señor Antonio Guzmán Rubio.
Una y(!gua zaina oscura, marcarla con la ietra P
en el brazo izquierdo, avaluada en $ 2,800. Deposita~
rio el señor Antonio Guzmán R
U na ternera peqt ena, blé n 'a con pilltas, de U1l0S
6 mt:ses de edad. ltvalllada en $ 400. Depositario el
señor Antonio Guzmán.
U n caballo castaño, avaluado en $ 500, el 27 de
Abril último en que fue presentado por el señor Telésforo
Melo, quien lo halló en la hacienda denominada
La Lira, de propiedad del señor don Jesús Rozo
Ospina.
Un caball0 castaño, de regular tamaño, vjejo~
herrado con esta cifra O S, avaluado en $ 2.000 el 24
de Junio pasado. Depositario el señ0r Hipólito Isaza.
Dos bueyes, el uno oseo, marcado COIl la cifra
A y el otro con la cifra ~, avaluados tI primero en
$> 4,500 Y el segundo en $ 3,000. Depositario el
señor Ricardo de la Torre.
y para emplazar á los que se crean con derecho
á los mencionados semovientes, se fija el presente por
el término de seIs meses en lugar público de la Secretaría.
El Juez, REMIGIO GONZ'\LEZ G.-EI Secretario,
Domingo E. Cm'cía.
EMPLAZA TORIO
El Juez Municipal de Facatativá
HACE SABER
Que en el juicio ejecutivo que Benito Zalamea adelanta
contra Elías León por auto de! tres de layo último, se decretó
el embargo, depósito y avalúo .:le los siguientes bienes denunciados
por el ejecutante:
Los derechos y acciones que al doctor Elías León le correspondan
ó puedan corresponder en la sucesión de Manuel
Torres y María Luisa Lozano de Torres que curn en el Juzgado
2. o de este Circuito.
y para dar cumplimiento á 10 dispuesto en el artículo 200 de
la Ley 105 de 1890, se fija el presente, por el término de treinta
días, hoy veinte de Agosto de lml no\'ecientos nueve.
El Juez, JESÚS HERNÁNDEZ SI LVA--LauYea1tO Riaño, Se~
cretario interino.
Es copia-Facatativá, Agosto veintisiete de mil novecientos
nueve.
3-3 Latlrea1t~ Ría/io, Secretario interino.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO
EDICTO
En el juicio de deslinde, promovido por María del Carmen
Fuente:
Biblioteca Virtual Banco de la República
Formatos de contenido:
Prensa
Compartir este contenido
Facatativá: gaceta departamental - N. 58
Copia el enlace o compártelo en redes sociales
Selecciona las Colecciones en las que vas a añadir el contenido
Para consultar los contenidos añadidos busca la opción Tus colecciones en el menú principal o en Mi perfil.