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Imagen de apoyo de  Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 463

Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 463

Por: | Fecha: 23/02/1907

./ , Bogotd, Febrero f2 de 1907 BOL MILITAR DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA rtorio d Director c. R .·c1 coJ. GARA ,. V. DIL . tO D 6 ERRA G neral de In enieros \ II-T , IO 11- 5 rnicione ..... ................................ ........ . • ores . .......................................... .. .. ..................... . Tiro 1 bl e ................ .. ....................... ......... .... ....... .. en l .......................................................... .. filit r ........ ... ... .. .. . ......................... ...... .. . . .. bi t ric e Colom i . (Continú ). 1 1 1 idence oost\·th - .. · \'Cg ca . re • ----- I 1\E TA ELHCTI\ICA-16 -CALLE 10-TELÉ o o 769 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. LEXICO HISTORICO DE.COLQM·BIA (Cootiou~ci6n) ). E.:;pniiol'jcfe de e.r.;cundrn -;pnñn (•8•o-aq). Cnpit3o o 18ro ~'\lculó con e:~acti-los Llori-gallar (Andrés). Intendente de Cundionmn'I'Ca, fusilado arbi­trariamente por el General Mosqucra (t86r ). AourLAn ( Frnncasco, Alonso, Juan). Vnlieotes soldodos de la onqui<;ta colombiono. guilar (Federico) (1834-87). Ilustrado sacerdote bogolnno notoblo orndor ~'\grndo, escritor justnmente ofnmndo y ro­cundo; vinjó mucho y con pro"echo en el Extr3njero, y omó su pntrin con accndrndo cariño, que nunca le ofuscó paro ,~ñnlorle sus errores y defectos. AGUILAf\ (Frnncisco). Ar&illero español ni scr,•icio de ln lnd pendencin: fusilndo en Bo;oti por orden de Morillo (25 d Octubre de J8t6). AGUILAR (José Gnbricl). PeruAno protomártir de In Indepen­dencia Hisp:monmeric.'lon (Diciembre 3 de •8os). .\oUJnne (Domingo). Pcoinsulnr importnnte de In hueste de Que­~' ldn "de In Colonin. Murió en Tunjn ( •570) dejnndo ol cro­oi~ tn.Co~tell:mos uon historia m:mu8Crito de sus cnmpnoas• Aouum~ (Lope). llomndo el tirano, aventurero vulgar, oriundo de la Penin ... uln. Apnrcce en el Perú eo In é~1 de Jns gu rr:-~s civile.'\. [ncorporndo CD J 560 á la expedición eovio(fa órdenes de CrlU:• i cxplornr el Amozonns, dio rr.uert.e á di-ho Jefe y l~gró nl1 .. 1r~ con el mnndo. en el cuol ejecutó un sinnúmero de horrorosos crímenes, pretendiendo pM:ar. al Perú, :al tr:wés del Nuevo Reino, p:ua npoder.usc de dicha olooin. No pudo re:tliznr :;u criminnl proyecto, que pu-.o en r:\nde nlnrmn al Reino. y murió nbale.1do en Tocuyo (V ene· ueln) por ~us mi"mo~ compnñ"ro~¡ de.c;pués de q~o diera muerte á su hija p3rn t¡ue oo. c~yera viva co poder do las nuloridndes. 4gtltlelo ( AI~j"ndro). Tolimensc. Médi•~o, ln~titutor y músico, que escribió 'nrios opúsculos de a84s 3 18?2. tx1 o -B ..... :S =.: -· ,.. ~ ~ Q.. B () o o 9 cr ¡;· Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ie 11- m 11 ih IX-. 463 Y. DEL EJERCITO S O P11cJt 1uy 6u11 suuJtr 9' t "''""" rnftl J lodar las to 1 iuitmu, ·tng., d ror ,.tll /.1 imlifu~utia )' 111)1 tlq~ si11 tntrgla /J:.Jrtl dtftlli:ltr las '' thlras #• 'RlQ 1 , 'Kt&WICZ ~ . • Bo -'Otá, Febr~ro 23 de 1.907 • Oficial CIRCULAR NUMERQ 560 Rtpú!Jiica dt (Aiom6ia- f1itisiNio tlt G:11rra -Bogold, Ft6rtro 2.r tlt r907 resid nte h me dis­uerra en mi usente de ancle mente, Servidor, C1.á co LosAD D C T0 U E O 195 (PIBRI 0 16) or n .vnri di p icion n 1 omo de Gu rra El Prrsidtll/t dt la Rt¡ní61ua O CK TA rt. 1 • Oés n l Cu rt 1 ner 1 de la Zon ¡_ litar del Centro al Gener l ci el rra, con de tino á prestar. sus servicios en• comisiJn en ·opó. lfl nombr o disfrutar d la a si gn· ciCSn mensu 1 de n oro. IC Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. l. Bol tín ilitar. d Colombi -950- o. uc c. o otd, :{ 16 1 r brer de 1907. iinis ro e L •• A. 'CL o e .'T& o re honor r J ctrio · for rtsitltlllt dt /. Rep~!Jiita co• soak .· o r ento yo d y Que el día seis e lo e rri nt f llcci,S ~en el 11 nicipio d Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. oJ tl ili r d Colombi 95• - Quipile 1 Gener 1 Demetrio n o en ervici e-ti o; y Que el eneral or rest6 import nte servacaos ca u. s d J orden y la justici • y contri bu y' efica~mente 1 sosteni. :r.iento de la paz D CR TA rtículo único. El Gobierno reconoce lo ervicios restados por el Ger.eral metrio or , deplor su f llecimiento y r co. míen a su memoria ~ 1 ci6n del Ejército . Co ia de e te er envi d á la famili del finado. Comuní uese y ublí uese. Dado en Bo ot :á t6 d brero de 1907. EYE inistro de err L NCL l. "1'& '97 1907 ( 88 ERO 16) r 1 cunl dict. u . 1q de lr.fant rla · El Pruidtlllt de la l?ept1!Jiica D C RTA Comuníquese y publíqu se. úsicos solistas 1 il. · ado en o otá, á 16 de e rero de 1907. inistro de Guerra, o de ilit r. al n rofe5or s ue E Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. D ilit r -952 •9 ( f:BRE O 16) rmul tro o El 'Pruii:J~nl~ d~ la R~púh/i(a D CRETA rticulo tínico. or conv nicnci p r el buen servtc•o, es. tablécese rmuta entr el Com n il la 2 • Comp ñfa d 1 Balo/Ión 5· de Infanlcrla, C pitán retor t. edin , y el Co­mandant e 1 s.• Compañía del r.s. r ncisco de P. r fnez izo. st s noved es se e u arán con fecha 25 del resente. Comuniquese y ubHque e. ado en o otá, ~ r6 de ebrero de 1907. E ES 1.1 inistro de Ouerr , fA. ·u L t. SA.'CLR a 'T DECRETO O 199 1907 (FRBR8RO 1 6) por J cu 1 romocío y · :a i n un auel o .El Pr~~idenle de la Rep6óli'ea rt. 1.0 E ES 1inistrntin ente, es. pero obren e conformida tom n o informaciones pertinentes y h cien o reconocer. por mé n el caso. ervidor, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Do tín i it r - 9S Colombi rpk1il il! {A/qmhi - li11iSitriq dt Grurr, -Cirtular númtr(J 526 · rvidor, Rtpú!J/r( dt OJ/()m6ia- ltirisltriq dt Gutrra- Cirwlar nwmrq S.J4- FthrtrfJ I de I()07 minos s importantes u ·sario hacerles r sente su ·que se esfuercen por que ZAPAD@RES 1.. O fE LOS TRAB JOS T.&OO P J. 'i-'A• 'T ÍA • • LA \'ÍA Rtp~li'ta dt &/qmllia-Ej1rti/q adqn 1-InsfKui6n dt Z p qru­Carlagq, EntrfJ 2 de 1907 Ten o el onor de r ndir ~ uste el informe de los tr bajos ejecutados por: los z dor s del Bala/16n .J. 0 dt Infanltrla, n 1 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Bol tín ilitar de Col bia -956- vra nacion 1 que de est ciud d sigue par el uind(o, y desd el t 1 de Octubre al 3 1 de Diciembr último ; informe que ruego á usted oner n conocimiento del . ·cmo. r. resi ente e 1 Repúblic . l.'A G RAClÓS Con fecha r 1 de Octubre se dio rincapto la construcción de un e mellón ra unir; la rte con~trutd an eriormente con 1 qu arranca de la princi al de a ciud d, y con el si uiente ersonal : l In eniero Director · el 2. 0 jefe, Coronel Bernabé ui-rez ,; tres Ca itanes; un eniente ; cuatro ubtenien es; 1 6 individuos de tro a, y el u crito In pector.. BRRA 1 • 'TA 26 p rihuelas umini tradas or 1 refectur e la Pro· vincia ¡ 6o isones con~tru(dos or lo ~ za dores · 24 zadones ; 3 azuelas ; 2 3 barr s; 16 barr ton · 4 a Imada nas ; 3 marti .. llos · 31 machetes d mano· 9 m eh e 1 bozos; 12 ach • tes ra iz ; 7 h e has; r o8 drl nch s · 6 p lustres ; 4 s - rruchos troceros ; 1 errucho de co~til.la ; 6 cuch fas ; 3 tala­dros ; 1 04 icas y zap ica . TS tt.·o .. El estado de 1 v ía en 1 cu 1 s ib n á ejecut r los tft ba­jos es una calle e lano inclinado cort d en su centro or un rofun o b rranco que imp día 1 trán ito. T IALF.S ra el relleno e los zanjone y formaci ta .~t tiro ferenci , con lo cu 1 h n quedado construídos e ,n,trucct6n lo círculos segundo y tercero. '-'- . .,..--------'4Dcsa . ---------80C.td .....2Q Jano ra el tiro de a licaci6n. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. oletin ilit r Colombia -963- Los blancos d fi ur en los ej rcicios princi p les ó tir de aplicación ar tod 1 dist nci h n repre .. sentado sol dos en pi y de ro ill s. ltur d l primero, 1 m - tro 40 centfm tros ; del segundo, o cendm tro . nchur de am­bos, n . u m yor dimen~ión so centfmetros. 1 mbién se ha se ado i los Balallouu 3.0 y s 0 dt /lifat~ltrl el empleo m - nejo del bJ neo de busto ( n truccitt n del tiro p,g, 96). ACCESORIOS é qu{ 1 list de los cccsorios emple os en 1 tiro blanco y enseñados á m nej r : p rato d radines r el tiro sobre apoyo ; bander s ra señal s ; discos indicadores de tiro que también sirv n 6 se ecopl anpar cubrir 1 perfor ciones producid s en los blancos por l s bal s · comprobadores 6 con­tratares d puntería, y r flectores ar inspeccion r el interior del cañón de los ri es (Instrucción del tiro pá 99 á 1 o 1 ). os tres últimos aparato$ n sido con tru{dos en lo t lleres ofici .. les, y de llos h n sido rovisto no sólo los cuerpos en donde se ha or niz do 1 tiro 1 bl neo sino qu también se h n est do mandando á otros b tallones. Acto de estrict justicia e h cer cons ar n el pre nt in­forme la h bilid d d que h d do mue r s en 1 con ruc. ción de los apar o nombr dos, el jef de los Talleres Albino Duarte . uien n lo r do esto r nuestro ri e sin t ner á 1 vist in ti modelo ue seguir:, sino uiándose única­mente por brevísimas de cripcion s de apar tos con5tru{dos par · otras armas. ien pued pues, considerársele como l inventor: · de ellos. A. COLONIAS PENALES CU D O lo a t ~Jo 1. cost regorio (prófugo el l.o) .. ········· · ··•·•···•••······ 2. rriet Julio ..... . .. .... ••. ... 22 3. ngel f rtfn............... .. .. . 20 4· cost dro . . . • . . . . •• • • •• . . . . . . 7 5. Ar üello Celso.......... . • .. . . . • . 1 2 ( Conliflflará) A 6 ALA, CT p B Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Bol tín ilitar Colomoi -964- 6. 2 B 1· .. ... .. .... .... .. •s 9· 6 10. 3 11. 2S 12. 10 '3· 13 '4· 1 1 p 15. . .. . ~ t6. 25 1 7.· B J 6 •9· 3 20. 21. 22 22. 25 23. rturo .......•....•. J4 B 24. ranci co ............ 24 E 25. 21 ·B 26. 22 27 t4 B f4 .... 13 21 R 3 B 23 R 14 E 22 B 6 6 3 B 6 B B 20 B 10 1 1 P. 21 E 25 E p .,¡8. 1. { 49· .................. R so. 6 sr. 6 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 99 100. 10 l. 102. 103. 104 . lOS. 106. 107. 10 . 109. 1 lO. J 1 l. 112. 1 lJ. oletín ilit r de e ' rn hi -g66- S 6 20 iaizaro illavicencio, • o iembre o de 1906. onr.l ir:'t ) 1 jefe I rtco . oTo HISTORIA MILITAR ¡,., Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. B 1 tin Ii it r 1 . Col 1 1bi 7- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Iilit r !e Colo bi (Continúa) Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. (/¡ n nrm tJj o -~-,..., :r . A1..o1s ~( Ándrés); Fr3ih~ esp:.ñol que irt\s cometer numerosos de>- 1 ~. Uti- l litos e~ Nic3r~gun y Pnonrná·, se e$lableció en Cortngeon, con- 1 donde fr:'l~uó una con~oirncióo t' ~c;.o) onrn alzarse con el 1 ~· o. ~ (') o -o 3 c:r -· o¡ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín ilit r EL ALMIRANTE TOGO Y EL PRESIDENrfE ROOSEVELT ( onduvt) D S aL del ejército y, T ODORO N~VEGACION AEREA , Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Publicaciones periódicas

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Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 463

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Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 5

Por: | Fecha: 05/08/1905

Serie VIl-Tomo ll Bal~tin MUitar - ORGANO DEL MINISTERIO DE GUERRA Y DEL EJERCITO Director y Editor FRANGISGO J. VERGARA Y VELASGO General , le Ingeni~ros vuuíe muy bie1t suader que !luestro respeto á todas las convicciones, ve11ga á parar .m la indifermcia y nos de.fr rm rturgla pam dejmder las 1tulstras ENRIQUE SIENKIEWICZ ·:11 • * Bogotá, Agosto 5 de 1905 * * • Editorial SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO Conforme lo dicen los grandes escritores militares mo­dernos, no siendo posible suprimir en absoluto los ejércitos, uao de los problemas Je Ja época presente estriba en condu­cir las naciones á considerar como una de sus principales bases de existencia la conveniente organización militar que en ellas se establezca, sin que ello entrabe la marcha de esas mismas naciones ni atente contra su vida económica y fiscal. El paso decisivo en la materia es la adopción del serviCio mi­litar obligatorio, que no arranca definitiva sino temporal­mente los hombres al trabajo, deja á disposición del Gobierno todos los individuos válidos para defender el país, y, en de­finitiva, es menos oneroso que el bárbaro y salvaje recluta­miento. Además, la amalgamación de la organización militar con la vida civil del pueblo, sobre rlisminuír gastos y suprimir amarguras á ]as familias, convierte el cuartel en escuela de orden, de fortaleza, de moralidad y de bien entendido patrio­tismo por cuanto ensancha los horizo~tes territoriales de Jos jóvenes labriegos y los acostumbra á ser hermanos, en la realidad, hayan nacido en este ó en aquel Departamento, siendo entonces, y sólo entonces, cuando el pabellón nacio­nal deja de ser un trapo de colores, cómodo para adornar plazas y monumentos, y se convierte en símbolo real de la Patria, en símbolo capaz de despertar todas las energías para defenderlo gozoso aun con el sacrificio de la propia vida. 8 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colornbia '- 114 _; Y nuestras hermanas de Suramérica nos dan el ejemplo en la materia, como que el servicio militar obligatorio rige ya en Chile desde 1900, en la Argentina desde 1901, en el Ecuador desde 1 go2, en el Perú desde 1903 y en Bolivia desde el año pasado, por lo cual no podemos vacilar ya más en seguir idéntica senda, so pena de quedarnos muy atrás en regeneración tan necesaria. Y decimos regeneración, por cuanto esa es la única manera de acabar con el reclutamiento y ahogar en su comienzo toda tentativa criminal contra el orden público. Además, al dar este paso no hacemos nada nuevo, ape­nas restablecemos las milicias nacionales que existieron hasta 1855 y que llegaron á contar 42,ooo ciudadanos soldados, solamente que al restablecerlas aprovecharemos las lecciones de la experiencia en los países hermanos hasta obtener la reducción del servicio bajo banderas á un mínimo tal, que todo ciudadano lo preste con entera voluntad y aun placer. El Gobierno que preside e] Excmo. Sr. General D. Rafael Reyes así ha mirado ]as cosas desde su principio, y {t la fecha entiende que ya lleg<'> la hora de dar principio á tan importante reforma de una manera firme, pero á la vez meditada, porque quiere hacer en el particular, en poco tiem­po, lo que en otros lugares ha exigido años y años, á causa de festmados ensayos y tanteos. Terminado como terminará pronto el arreglo de la división territorial administrativa del país en una veintena de Departamentos, se señalará sin de­mora la divi ión territorial militar, de acuerdo con las nece­sidades de Colombia en la materia, y principiarán á ponerse en práctica las nuevas instituciones militares. Empero, no basta que el Gobierno se preocupe del asun­to y que lo resuelva teóricamcn te y lo Jle, e á la práctica; n6, es preciso, además, que todas las personas ilu lrada ha­gan atmósfera á esas disposiciones para que el pueblo iletra­do no vaya á concebir ningún temor ni á imaginarse que se trata de un reclutamiento disfrazado. Es preciso que la Pren­sa se apersone del punto y con todo brío abra campaña en tal sentido, á fin de que el pueblo se convenza de que el sor­teo y los ejercicios militares periódicos son la muerte del re­clutamiento, que el servicio activo por corto tiempo es la garantía de la tranquilidad de los hogares en el pueblo, es decir, en la Nación. (De El iVuevo Tz'empo) Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia L I 15 .J -Oficial- DECRETO NUMERO 88 5 DE 1go5 ( 28 DE JULIO) p:>r el cual se organiza un Medio Batallón Jü Presidente de la República DECRETA Art. 1. 0 En lo sucesivo las dos Compañías sueltas que ac­tualmente hacen la gu·arnición en las ciudades de Santamar­ta y Riohacha, constituirán un Medio Batallón, con la Plana :Mayor que determina el articulo 1 4o del Código Militar y que se denominará Padilla. Art. 2. 0 Para atender al m~jor servicio de las expresa­das guarniciones, el Jefe del :Medio Batallón residirá en San­tamarta, y el Ayudante :Mayor encargado del detal en Río­hacha, debiendo turnarse cada mes. Art. 3ios guarde á usted. El Secretario Jel Ministerio, encargado del Despacho, CLÍMACO LosADA RESOLUCION NUMERO 3 DE 1905 ( 1 8 DE FEBRERO) por la cual se procura la manera como deben ser auxiliado1 los militares ó em­pleados públicos con derecho á uso de pasaporte El General Jefe de Estado Mayor General del Ejército y Delegado Especial En uso de las atribuciones que le han sido conferidas ; teniendo en cuenta las reclamaciones intentadas por algunas Compañías del Ferrocarril y Navegación Fluvial, así res­pecto á pasajes concedidos por las autoridades civiles y mi­litares, como en lo relativo al modo de usar de las franqui- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia L 125 -' cias que conceden los respectivos contratos .á los individuos que viajan por orden y cuenta del Gobierno, y CONSIDERANDO 1.0 Que el Decreto número 153 de 1897 (31 de Mayo), orgánico de la Contabilidad Militar, fija quién, en qué cuan­tía y con qué formalidades deben concederse auxilios á los individuos pasaportados; 2. 0 Que es condición indispensable que quien haya de viajar por ferrocarril ó embarcado, obtenga un pasaporte, en el cual conste los auxilios á que tenga derecho; 3· 0 Que todo pasaporte debe ser registrado, liquidado y cubierto en la Oficina Pagadora, correspondiendo al agra­ciado pagar la cuarta parte del valor del pasaje que cobran los dueños de buques y empresarios de ferrocarril; 4. 0 Que el artículo 29 del Decreto número 842 de 1904, de 10 de Octubre, declaró caducadas las facultades que por causa de la guerra última delegó el Poder Ejecutivo á los Gobernadores de los Departamentos y á otros Jefes milita­res, y que no hay disposición legal que autorice la concesión de pasajes en forma y condiciones distintas de las señaladas para los casos enumerados; y 5· 0 Que el abuso cometido en tiempos pretéritos al con­ceder pasajes, indistintamente, así á particulares como á mi­litares y empleados públicos, ha comprometido, en cierto modo, la fe pública y los intereses nacionales, RESUELVE 1.0 En cumplimiento de las disposiciones arriba cita­das, quedan suspendidas las facultades de que usaron Jos Jefes civiles y los militares, para conceder pasajes sin que medie la expedición del respectivo pasaporte, salvo cuando sea el caso de hacer uso de las franquicias acordadas respec­to del Ferrocarril de Puerto Colombia ; 2. 0 Siempre que tengan que viajar uno ó varios emplea­dos al servicio del Gobierno, se les liquidarán los pasaportes respéctivos, y se les abonarán en e1los Jos auxilios á que tie­nen derecho ; y 3. 0 Los Administradores de Hacienda Nacionales, ó Pa­gadores, de acuerdo con el artículo 126 del Decreto número 153 ya citado, en ningún caso cubrirán cuentas que presen­ten las Compañías de Navegación ó Ferrocarril por pases gratuitamente concedidos, puesto que el valor de éstos se incluye en la liquidación del pasaporte respectivo. Dése euenta, comuníquese y publíquese. Dada en Cartagena, á 18 de Febrero de 1905. D. EucLIDES DE ANGULO El Secretario general, Eliécer Gdmez M. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '- 126 --' Ministerio de Guerra-Sección 2.a-Bogotá, Julio 8 de 1905 Pase la anterior Resolución á las Empresas de Ferro­carriles, á fin de que se estén á lo dispuesto en ella, mientras el 1\finisterio reglamenta de modo general la materia de que se trata. El Secretario del Ministerio, encargado -del Despacho, CLÍl\lACO LOSADA INSPECCIONES MILITARES República de Colombw-J1inisterL·o de Guerra- Telegrama número 2,3 51 -Cti·cular-Bogotá, Julio 2 8 de 19 o 5 Generales: 1\J. 1\1. Torral\o .................................. .. Maximino Rivera R ........................... . Heliodoro Peláez ...................... ......... .. Francisco J aramillo ............................ . Aurelio Valencia ................................ .. Leopoldo Triana ................................ .. Julio C. Upcgui ............................... .. Rafael S. Restrepo ........................... . Bartolomé Galvis ............................... .. Pedro León Moreno .......................... .. Leopoldo Torrente ............................. .. Arturo Dousdebés .............................. .. (Recomendada á los Gobernadores mentos). Cartagena. San tamarta. 1\fedellín. Maniza]es. Pas~. Cali. Neiva. !bagué. Bucaramanga. Tunja. Facatativá. Zipaquirá. de los Departa- Deseando el Gobierno que el Decreto número 750 de rgo.'t y las demás disposiciones dictadas posteriormente en relación con los Comü;ionados especiales para recolectar ele­mentos de guerra, se cumplan de la manera más estricta, pue to que su principal objeto es el mantenimiento del or­den social que tánto anhela y necesita el pafs para su recons­t~ ucción, progres? :y tranquilidad, espero d~ ustedes 9ue pre cisamente el día ultimo del mes en curso se süvan rendir á este Despacho, por telégrafo, y comprendiendo el tiempo trans­currido del r. 0 de Junio último á la fecha expresada, un informe detallado sobre los puntos siguientes: r. 0 N úme­ro y clase de armas~ municiones y demás elementos que Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '- 127 _, hayan recolectado, con expresión del lugar donde están de­positados. 2. 0 Número y nombres de los Municipios, caseríos y fracciones ó veredas que han recorrido en desempeño de su comisión. 3. 0 Relación de denuncios recibidos sobre exis­tencia de elementos de guerra en poder de particulares y pro­videncias que -hayan dictado para su aprehensión y castigo á los tenedores. 4. 0 Relación de armas y municiones existen­tes en los Cuerpos de Policfa departamentales ó municipales, expresando si respecto de esos elementos se ha cumplido Jo dispuesto en el artículo 8. 0 del citado Decreto número 750. 5.° Cuál ha sido la conducta de los Prefectos, Alcaldes, Ins­pectores y A gen tes de Policía y de la fuerza pública en rela­ción con las funciones que á ustedes corresponde desempeñar. 6. 0 Qué sumas se han pagado á los denunciantes como gra­tificación, expresando el número de elementos tomados en virtud de sus denuncios. 7. 0 Relación de disposiciones que hayan dictado en cumplimiento del Decreto número 4g8 de 1 go4, sobre Alta Policía Nacional, determinando los nom­bres de los individuos, la disposición infringida, el lugar donde residen los penados y la cuantía y clase de pena im­puesta; y 8. 0 Qué gestiones han hecho en apoyo de los re­pres ~ ntantes ó agentes encargados de la recaudación de las nuevas Rentas nacionales, y cómo han cumplido dichos em­pleados la misión que les está encomendada. Atento servidor, el Secretario del Ministerio, encargad'J del Despacho, CLiMACO LosADA ORDENES GENER~LES En la Orden General del día 12 de julio de rgo5, se expre­sa lo siguiente : Artículo 558-EI jefe del Estado Mayor General del Ejér­cito, en virtud de las atribuciones que le señala el Decreto nú mero 514, de 26 de Mayo último, da á los Inspectores Militares Departamentale!-, las siguientes instrucciones: l.a Los Inspectores Departamentales serán órganos de co­municación del Estado Mayor General en todo lo relativo á or­ganización, servicio y administración de los cuerpos de su inspec · ción, sin perjuicio de que el Estado Mayor General pueda diri­girse directamente á los Jefes de los cuerpos en tales asuntos; 2: Los departamentales, que, conforme al artículo 16 del citado Decreto, reemplazan á los Comandantes Genera)e, Divi­sionarios, en determinados asuntos, tendrán especial esmero Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '- 128 -' en que las fuerzas de su inspección se ocupen en los trabajos de zapa, reparando vías púLlicas y edificios de propiedad del Go­bierno. Que en dichas fuerzas se cumplan sin dilación las órde­nes que ~e les comuniquen, y que la dis,ciplina y moralidad se ob · serve en ellos para que llenen mejor la alta misión que tienen ; 3 " Deberán intervenir en las Revistas de Comisado que mensualmente pasan los batallones, y como éstos est1n acantona· dos á largas distancias, alternarán su intervención y visarán las libranzas, como Jo dispone el artículo 18 del Decreto ya citado ; 4: Cada tres meses pasarán á los cuerpos una revista de inspección, escrupulosa, ajustándose á las disposiciones del De­creto2o2de 1896(1.0 dejunio); s: Todos los Inspectores exigirán de los Jefes de los res­pectivos cuerpos, quienes quedan en la obligación de dar opor­tuno aviso Clel día en que se pagan haberes á las tropas, con es­pecificación del número de raciones que se cubran, y del sobre­sueldo respectivo, con el fin de que hagan con precisión las ano­taciones en los cuadros que al efecto se les suministrarán, y con el de que en la Revista de Comisario, previo examen de la Caja de la Habilitabi6n, pueda ordenar los reintegros de los fondos existentes por desertores, y que los que correspondan á muertos figuren en los inventarios que harán formar los Inspectores con todas las formalidades legales, precisamente en el mismo día del fallecimiento del militar; · 6." Los Inspectores Militares tendrán en cuenta que, cuando parte de unas fuerzas se desprenda de su grueso, para acanto· narse accidentalmente en algún punto que sea de la jurisdicción de otro Inspector, conserve siempre sus derechos respecto de ellos, el Inspector del grueso á que pertenece la fuerza destacadora, á menos que se disponga cosa distinta; 7 ." Los Inspectores Militares tendrán en <'uenta para su puntual cumplimiento, en lo que se refiere á la fuerza pública, la Circular del Sr. Ministro de Hacienda y Tesoro, de 3 1 de Mayo del corriente año, que estahlece forma para la conducció t y cus· todia de presos. 8." Los In pectores Militares Departamentales vigilarán con actividad que, en cuanto los Habilitados reciban fondos para raciones, los 1listribuyan sin demora, pues ésta perjudica el buen ánimo de las tropas, y prevendrán también á los jefes de los cuerpos, que les es absolutamente prohibido distraer individuos de la fuerza, de sus puestos para otros servicios que no sean aquellos á los cuales están destinados ; g." Cualesquiera dudas que sobre esto surjan, serán consul­tadas á este Despacho, para su resolución El General en Jefe, EucLIDES ANGULO Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '- ll9 J En la Orden general del Ejército correspon de regimiento que la gobernase, y en aquellas primeras eleccz'ones salió, por ser persona circunspecta, Cardoso, lu­sitano (equivocado con Juan de Arévalo, perulero, pariente de Be­Jalcázar) por Alcalde (primer voto), y el otro fue Hierónimo de Inza (2.0 voto) el Capitán que fue de macheteros en los descubri-dores primitivos ...... Nombrado, pues, Cabildo y regimiento (2), los nuevos moradores comenzaron casas con más zanjado funda­mento, y fue Alonso de Olaya quien primero comenzó con tapiales (I) Hasta donde es posible afirmarlo, damos en seguida la lista de los 100 conquistadores que por entonces se quedaron e·n Santafé, subrayando el nombre de los vecinos permanentes, pues Jos otros eran encomenderos. Varios de ellos pasaron luégo á Tocaima. Alcalá Juan de; Arias de Monroy Cristóbal; Alvarez de Acuña Francis­co; Alcocer Hetnando de; Al marcha Sebastián de; tAlemán Nicolás; Arévalo Juan de; Acebo Sotelo Pedro; Bermúdez Antonio; Bernal Cristóbal; Briceño Pe­dro, Cabuóu García, Céspedes Francisco, Díaz Hidalgo Juan, Espinosa Diego, Funández de Gironda Gonzalo; Fernández Valenzuela Pedro, Figueredo Fran­cisco de, Flamenco Antón de; Fonte Lázaro, Fuerte Juan, Gómez de Feria Fran· cisco, Garda Zorro Gonzalo, Gómez Castillejo Ilernán, Cómez Po1tillo Juaf!, G6mez Juan, Gó .nez Nieto Cristóbal, Graso Juan Bautista, Hemández de Madn­gal Diego; Lanuza Jerónimo, Ladrón de Guevara Domingo, JVIaldo1zado Dorado Francisco, iJfaese Francisco, Mestanza Francisco, Mestanza Pedro de, ftfedrano Francisco, Méndez Bernabé, Méndez Gaspar, Miranda Pedro de, Miranda Cris­tóbal, Montalvo Juan de, Malina Pedro de, Montero Hernando, Montoya Fran· cisco, lJiulloe de Collantes Juan, Navarro Pablo, Olaya Herrera Alonso de, Ol­mos Juan de, O tañes Mie:uel, Ortiz Francisco, Ortega Juan de, Palma Antón de, Puelles Juan de, Ramírez de Hinojosa Juan, Ribera Juan de, Rodríguez Bcna· vides Juan de, Roa Crir.tóbal, Ruiz Cristóbal, Rodríguez Cristóbal, Rodríguez de Valderas Diego, Romero Diego, Sanmartín Juan de, Sánchez de Toledo Juan, Sánchez Rey Mateo, Tordehumos Francisco, Torres Juan de, Toro Oristóbal de, Trujillo Juan, Vásquez de Malina Andrés, Venegas Carrillo Hernán, Valenzue­la Sánchez, Yañes Tafur Martín, Zamora Cristóbal de. Dos años después se aumentaron con Alonso Juan, Akxo N., Campo Am· brosio del, Díaz Alonso, Loremo Francisco, León Gonzalo de, Martín Andrés, Oviedo Miguel, Portillo Antonio, Salas Antón de, Saavedra Luis, Ruiz Anto­nio. En fin, otros dos años adelante se contaron cinco nuevos: Alvare~ Melchor, Castro G6mez de, Chaves Juan de, Gallego Pedro, Gutiérrez de Murcia Francis· co, Martinez Antonio, Mexía N., Martin Pedro, Martínez Antonio, Montero Gonzalo, Mora Hernando de, Pmagos Juan de, Roldát~ Julián, Ruiz Dorejuela Juan, Trejo Francisco y Velasco Angula Remando de. - (2) Los regidores elegidos fueron Antonio Bermúdez, Juan de Sanmartín, Lázaro Fonte, Juan de Céspedes, Antonio Díaz Cardoso, de los de Quesada, y Hernando de Rojas, de los peruleros. Alguacil Mayor fue Baltasar Maldonado, perulero, y furribano Juan Rodríguez de Benavides, de los samarios. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia L 142 _; (tapia pisada) el efecto ...... Y el que primero dio casa de teja fue el Contador real, que se decía Pedro de Colmenares ...... Fue de esta iglesia primitivo Cura el Bachiller llamado Juan Ve1·dero, de los que Fedrimán trajo consigo, y algunos días en su compañía el' Padre Fray Vicente Requejada. La primera capilla de este templo. por P.l Capitán Zorro fue dotada con nombre del Apóstol San­tiago. H Puestas en orden ya todas las cosas en la nueva ciudad, y á los vecinos dadas estancias y repartimientos, según la cualidad de cada uno, no tan precisamente que supiesen cuál era más ó 1nenos. provechoso hasta tanto que el tiempo y experiencias lo menos á lo más fue descubriendo, para dar de comer á los restantes soldados, procedieron á la obra fundando dos ciudades (Tunja y Vélez)." Piedrahita, qu~ escribía cosa de siglo y medio después de fundada Bogotá, cuya melropoldana ngz"ó algún tz"empo con sumo lucz­mz" ento, y escribía, teniendo á la vista origindles las historias de Quesada y de Castellanos, al hablar de los orígenes de la ciudad donde tan alto cargo eclesz"ásHco desempeñara, se limitó á copiar lo que arriba transcribimos de Castellano~, corrigiéndole apenas el nombre del explorador que eligió el asiento, pues afirma fue Pe­dro Fernández de Valenzuela y no Gómez del Corral, y con tal procedimiento ratifica y refrenda el resto del relato, haciendo caso omiso de Simón, Zamora, &c., que sin duda conocía, y aun cuando no, de cualesquiera tradiciones (la misa) que corrieran aquí sobre el particular, lo que equivalió á condenarlas con '5entencia inapelable. El relato de Plaza, que se "cita como autoridad por cudnto diz que tuvo á la vista el manuscrito íntegro de Quesada-lo que pone­mos en duda,-no resiste el análisis, pu Es ni el Cura Castellanos, ni el A1·zoó1spo-permítase el término-Piedrahita, habrían omiti­do hablar de la edificación de una capilla para celebrar la primera mis~, ni lo del nombramiento de Las Casas para primer Cura,.. terminantemente negado por Castellanos, como si hubiera presen­tido el posible futuro error. Mas aún: Plaza dice, padeciendo yerro, que la elección de Alcaldes se hizo el 1.0 de Enero de 15 39, es deúr, antes de la llegada de uno de los elegidos (Arévalo), soldado de Belalcázar, error que lo pone fu era de combate como autoridad en el particular, máxime si se atiende á que parte en tres actos la fundación de Bogotá. Rodríguez Fresle, que también es testimonio inadmisible por cuanto supone que los tres Conquistadores fundaron á Bogotá el d{a de la Transfiguración, y consta que B Jalcá zar y Federmán no arribaron á la Sabana ~ino entrado el año 39, y que en Mayo de ese año ya estaban en viaje para España, según flota oficial de S:1nmartín y L~brija al Ern¡.>erador Carlos V; con todo, no habla ni de la primera misa ni de tomd de pose ión del terreno, no obs­tante ser hijo de conquistador y haber nacido aquí pocos años des~ pués de la fundación de la ciudad. El Padre Simón, tan amigo-conforme á la escuela clásica , ro:nana-je inventar detalles pa-ra. hermosear SI.IS relatos, si bien cuenta sobre la fundación de Bogotá multitud de particularidade~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín lVlilitar de Colombia -143- en pugna con el sano criterio y el senallo y natural aserto de Caste­llanos (1), no se atrevió á hablar de la construcción especial de una iglesia ó capilla, y se limitó á suponer que la principal (?) de las doce casas construídas se destinó para iglesia, en lo que se con­tradice lastimosamente luégo, y es el prz'lner escnior que habla de una primera múa comrJ acto matrz'z de la fundacz'ón de Bogotá, pero escrz"bz'ó cuando ya no vzvía ninguno de los conquútadores. Y el mismo Simón, que en lo fundamental se limita á seguir á Castellanos, de quien copia páginas enteras sin nombrarlo-y también de Fresle-y confunde á ~u sabor los detalles de la segun­da parte de la fundación del poblado, ó mejor dicho, la verdadera erección de la ciudad, que no podía recibir tal nombre sin regimz'tm­to, conv1ene, además, en que el día de la Transfiguración no se levantó" horca ni cuchillo," ó en otros términos, la picota tradicio­nal, con lo cual se hace justicia por sus propias manos: en leyen­da, pues, quizá será hermoso hablar de cabalgatas, de Quesada arrancando yerba, de alzada de pendón con espada desnuda, de voces por Carlos V y de todo lo demás que sale de ciertas plumas, pero no es verdad,y no lo es, porque el 6 d1 Agosto de ISJ8 no hub0 s/no U1l sünple cambz'o de campamento m la hueste espaiiola,y porque las ceremonz'as de la erecc1ón de una dudad eran cosa muy dt'slz'nta entre los conquz'sladores. Y en lu'storia lo mds hermoso es lo verdadero .. (2) En fin, Flórez de Ocáriz, que ya habla de "los doce Apósto­les," no mencionados ni por Quesada ni por Castellanos, y recono­ce que el 6 de Agosto "no se mudó el gobierno militar que traía el ejército" (3), afirma que reunidos los tres Conquistadores, Que­sada volvió á fundar la ciudad, es decir, la fundó realmente, "con solemmdad de posesz'!Jn y los otros actos jurídicos que se acostumbran hacer," lo cual se verificó ya entrado Abril, sin que tengamos no­ticia exacta de fecha tan importante, como es la de la primera elección de autoridade s municipales en Santafé, ó sea de ese Ca­bildo cúya fue la obra d e l 20 de Julz'o de I8Io. Cuanto á Groot, que se arrimó á Plaza por la razón ya dicha, nos muestra el aún mayor error de su relato en su ¡::'Oner que un discurso dicho por Las Casas á la tropa, antes del 6 de Agosto, fue pronunciado en este día, contra el testimonio expreso de Pie- (1) Simón, por ejemplo, ignorabJ. que en los campos de Serrezuela existían entonces los puebecillos Je Cispera, Caguapaba y Tibaitata. (2) Y para quien r estare la más pequeña duda, h é aquí el resumen del acta de la fundación de Tunja, á la cual debió ser igual la de Bog6tá: elegido el sitio y presentes los testigos, se nombró á la iglesia Nuestra Señora de Guadalupe, se puso horca y picota, se sef1aló lugar para fortaleza, se hizo protesta previa de mu­dar la población si conviniere, se crearon Alcaldes y Regidores hasta el día del añoouevo próximo, se les recibió el juramento y al día siguiente funcionó el Cabildo por prim ~ ra vez. Y estaba prese nte Fray Vicente de Requezada, y 1lQ se habla 1li de pr1mera misa (y existía allí el alcázar de Quiminza), 1:i de yerJa arnm­cada, 1ú de ba1ldera.r, 1ZÍ de espada ! ( 3l Lo que era lógico para poder dejar el mando á Hernán Pérez de Que­sada, Alguacil mayor, anteponiéndolo á los dos futurarios [del Junco y Suárez Rendón]. y sin exponerlo á las contingencias de una dudosa elección en momen­tos delicados. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '- 1-44 _J drahita, en cuya autoridad pretendi6 apoyar su singular suposi­ci6n, de suerte que fue todavía más lejos que el mismo Sim6n, que no se atrevz'ó á inventar semejante detalle. Y el punto ha apurado tánto, que ya hasta se supone la primera misa y la primera fundaci6n con asistencia de todos los tres caudillos de los Conquistadores 1 En resumen, el j 1eves 6 de Agosto de 1538, la hueste de Quesada, alzando su campo de Bosa, marchó á ocupar los ran­chos edificados previamente al pie de Guadalupe, y el día no se escogi6 de antemano, como no se escogi6 para casi ninguna fun­daci6n, y no es de suponer que ese día se dtjera misa en Bogotá, sino más bz"en en Bosa, antes de la marcha, y que el Padre de Las Casas u limitó á bendecz'r el campamento al ocuparlo, conforme uso y costumbre de la época, diciendo allí su primera misa el siguiente día 7, aniversa­rio de Boyacá. Y si el día 6 se dijo misa por primera vez en Bogotá-lo que no está probado,-aquella marcha debi6 realizarse el 5, 6 sea la víspera, y de seguro no se dijo la misa entre ninguno de los ranchos, sz'no al aire lz'bre, porque se trataba de un campamento, y así lo exigían las dúposzá"ones castrenses de la época. Y si se trata de alambicar el punto y dar cabida á justas pre­sunciones, bien podemos admitir que la orden para elegir el sitio para edificar á Bogotá debió darla Quesada hacia el 20 de Julio, por cuanto algunos debieron emplearse en explorar el terreno, elegir el plinto, obtener la aprobaci6n del jefe superior, acopiar materiales y edificar las mencionadas viviendas, que de seguro te­nían la forma circular y techo c6nico á la usanza india, se agru­paron en torno de un espacio central descubierto, quizá de forma redonda, como los alcázares chibchas y los supuestos campos de los israelitas, y próximo al riachuelo de San AgustÍn-lo dice el nombre y uso de la Calle de la Carrera,- hacia el Sur de la Pla­za de Bolívar, como menos peligroso en sus aguajes y más c6mo­do para el servicio por sus márgenes con barrancas menos altas: en la plaza misma no pudo estar por lo distante del agua y pre­valecer en las tropas las reglas de la castrametaci6n romana. Sin embargo, se nos antoja que por obvias razones militares, el cam­pamento se construy6 entonces en el ángulo que en su confluencia forman los ríos San Francisco y San Agustín, por ser el sitio que presenta la característica señalada por Quesada (en Piedrahita): "al pie del monte que hace frente á Techo, en que estaba fun­dada Thibsaquillo, pueblo pequeño," y las otras condiciones ya apuntadas por Castellanos. 1 F. J. V. V. (Concluye) Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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Por: | Fecha: 02/03/1907

Cootinú ). n Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. LEXICO HISTORICO DE COLOMBI ritore' qu A A ~ o A" ~ :;~ ct Q o 3 CT ;· Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ORG - J -·.o 464 ol DEL EJERCl O co Bogotá Marzo 2 do 1907 -······················ ············ ············ · . . . ········- Cl 1- 1 .. e • 111 p;¡ Prtsi'dtnlt dt la Rtpublü rn b~ uerni- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. o1 tin lilit r- d e l moi -¡ D do ubsccrct rio d rr ene r do el O sp cho. ¡;f r co LosA Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. m c.· B . 11 e Co n, >J i 26 '1 1907 A'/ GtJ t) nadtJr de Ga htl y i fu r.e rob e l. ero c r t rio r ral 1 not in nú ­irector le 1 ro 7 , 7.0 5 o .fu 11 dt l 1'11 !Ju 'lt Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. olétín ~ ili r de 7 L ( ) 1 r 1 •u ti 1;1 O Olll 6 1~ lél 1907 Juslicia n ilit. 1 •• rs ar- 7 DE 1907 l'ial d • \r ill rí r - jor: or Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 1907. ,1 J. " lO 190 .. ) d 1 El lliT~ o dtl Dtspatho Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. tía -977- rcr 1907. lf:l ub ec· J.1 L 12 1• 1907 o 26) E!. uura. tluargadiJ dtl DtspfUIIIJ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 1 ol ~.í co J.o . ·' g6 'JII d l 1 .. r- •icio. llá r. CU D O Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 1 in 11in"ste1 i'o de Gutrr -.t ilitar de Colornbo o. - l De cho P. j o 1 ~ XI.A e e reto p e-iero LÍ !1 CO 1 0 ADA Di's rllo a pita/- '/'t11rrui Polílltn .3 .•- Vrím,·o o-lJoaof , Fthra o .16 dt .190Jo nnt 1:. i nd r ría • ~ionni-Eo o 1 . licíte 1. 'oc ~/HÍ/Jli dt de lz ODRÍG EZ lel i\linistcrio e uerr o SDRAZA ziu"sltri'o Je Guerra-Coma11 nda Gltural adonal- \ tímtro .16,5-Bo ol '. r de 1 honor remitir en o d 1 dl 16 diri i á esta Htico del Di trito C pit J. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ol ~ ía • 1 ilit r e Co o m -91- ~ D usted a ento, e uro cn ·i or .J! 1 oman ncr ), ( , \. F.DIUZ,\ ·­' Rtpáb/i(a dt Colombi- l[Jin" Itrio dt 6'utrra- \"tímtro J.¡.- Bo ­aold Ji'dntro 6 dt 1907. Con esto 1 not de u~ ed número 165, el 2 1 ios u rde á¡ usted. cretari , nc o 1 • liniste~i , r.í 1 e o Lo · \ ·' CA BIO DE LETRAS :CE PE SIO usted respetuos mente m a ifie to: de 1 Corte uprern r. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. lctin ilit r de e lomoia -9 1 ub ecr • ri . ncar .. el D acl , {;L{ JACO )a ol­no i .. RESTOS DEL GE ERAL JU N E. ULLOA ~lwút ri'o dt uerr - .. ,ímuo J-Bo'~olti, 6 dt Ti'tónto d I90Ó r. J 1 cr t río d 1 i\! ini~t rio ene· r do del De · e LÍII.\C 1 OJ>AOA Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 1 ol ín I ili te. nt ). ogot., Fe rcro r. 1907· El fic• 1 t"ro Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. sult do cu n o tirador y lo indic 1 ole in Iilit r d Colombi nu ci 1 r 1 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Bol tin ilit r Colombia 7 C CtÓ. • O . L 1 O e instrucción á 200, oo y oo me- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Botétín ilit r de olombia rupos e cinco hom. fil • :{ oco o ~ e 1 a rlc u e tocar Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boleti lilit r d Colo bi ri de 1 cnción. u muy A. ISTORIA MILIT R a ina ol:Jidad L.\ S 11 mi butno wni!Jo • Por rint rn v z • 1 c. 01 pi l d e t im 1. nt 0 A ' • ',\ ( l 1 ) •. !/ Al cid 1 r.~agti pubJi ~ 1., hi tori n u '"· Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. a m , . l oletfn i1itar e Colombia -ggo-mi­de allo riLí; ero no resoh·.ió nprove · Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ol tit Iilit r e €olo bi uicntes, uf cn-nterior s, y r. último de Junio loso Orinoco, por Tucusimb , Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Bol in Iilitar de Colombi - 99 2- .... (Continúa) Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ron en Sao­b: uido con • publi:- ~ o tr.' ..... -· -~· O) ... 0.. () o o o 3 O"" ¡r Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 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Por: | Fecha: 05/10/1907

Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín ~lilitar de Colombia - 323- D8CRETO NUIHERO· 1200 DE 1907 (SEPTIE.\IBRE.-29) por el m a 1 ·e aumentan en un aiio los estudios de la Escuela Naval Nacional El Presidente de la República DECRETA Arl. 1. 0 El tiempo de duración de los estudios de la Es .. cuda Naval Nacional será de tres años, de los cuales el pri­mero e llamará suhpreparalorio, el segundo preparatorio y el tercero profesional. Art. 2. 0 El plan de estudios y las horas semanales de clase del curso .~ubpreparatort"o serán fijados por la Direc­ción de la Escuela; lo de los dos años siguientes serán los mi mos que señala el artículo 36 del Decreto orgánico nd­mero 793, que Le modifica en la forma expresada. omuníquc y pnblíqucsc. Dado en Bo,.otií, á 29 de Septiembre de 1907. R. REYES El Ministro de Guerra, :MANUEL ~1. SANCLE!-tENTE DECRETO J. Ú!\-IERO 1202 DE 1907 ( 30 DE SEPTIEi'IIBRE) pul' Plcual se designan algunos cadetes más para la Escue a Militar El Presidente de la República DECRETA .. \.rtículo único. Designase á los jóvenes que á co~tinua­ción se expresan, como cadetes de 1a Escuela 1\Iilitar, para e mplctar el número reglamentario de alumnos: POR EL l\IINISTERIO DE GUERRA 1. ~liguel Pinz6n. 2. Julio Durán López. 1· Enrique Pardo E. ~~- 1\fanuel Ignacio Narváez. il· Roberto Grillo A. ti. Abraham Crosw·aite. 7· :Manuel Purán. ~. Luis A. Gómez Barberi. • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -324- 9· Eduardo Azuero. 10. Enrique Santamaría. 11. Ulpiano Obando Lombana. · 12. Guillermo Tenorio. •3· Luis Felipe Lesmes. IlJ. Paulo E. Aza Terán. 15. Angell\Jaría Cleves V. 16. AlLerlo Quijano. 17. Francisco Camacho. r8 . Manuel de Narváez. '9· Paulo Emilio Arango. ~o. Luis Emilio Lara. 11 . Carlos Arana. POR. EL DlSTJ\.ITO CAPITAL Guillermo Putnam. POR LOS D EPARTAMENTO An tioqyia, Jesú l\1. Zap a ta y Ramón i e lrcp Atlánllco, Hicardo V anega . Bolí var, Jo é :Miguel Sosa. Boyacá, Jorge Villa veces V. Calda , Miguel Gutiérrez. Cauca, Jorg·c Caicedo. Cundinamarca, Luis A. Rojas. Galán, Alberto Berbeo. Huila, Lisandro Perdomo. Magdalena, José Anastasio Iguarán. Nariño, Alejandro l\Iazuera. Quesada, 1\liguel Franco. · Santander, Ramón Valbuena. Tolima, Ernesto Polanco. Tundama, Gabriel Correa R. Comuníquese y publíquese . . Dado en Bogotá, á 30 de Septiembre de 1907. R. REYES El :Ministro de Guerra, l\IAN EL 1\I. SANCLE)fENT.E RESOL UCION NUl\IERO 58 DE r go¡ (AGOSTO 8) ~ ror l.t cual e concede una autorización El Afinistro de Guerra • RESUELVE 1.0 Autorizase á Jos Gobernadores de Departamento, á los Administradores de Hacienda respectivos, residentes en Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Ivlilitar de Colombia -326- cuentas el sueldo íntegro que tenían, $ go y $ 55, respecti­vamente. desde el 23, tnclusive, hasta el último de Agosto, y del 1~ de S.:!ptiembre cor·riente en adelante ingre arán al Cuerpo de Depó5tto con sólo medio sue]do. Comuníquese y publíquese. Oada en Bogotá, á 28 de s~pticmbre de 1 go¡. El Ministro, MANUEL l'tf. • ·' cLg~JE~TJ: -- , CONSEJO DE MINISTROS República de Colom~ia-."rlinisterio de Gaer,·a - .Se cc idn 2.~­Námero 1¡ 1 1-Bogotá, Julio 9 de 19 o 7 Excmo. Sr. Presidente d' la Rerública y Sres. Ministro Jel De (trtcho Con el presente inft>rme tengo el honor 1le (levolver al muJ respetable Consejo de 1\Iinistro:; el contrate que el Sr. Gobernador d~ Cundínamarca celebró con el Sr. Rafa l So­lano R., par· la t·econstrucción d 1 pll'.~nl '! de Toeairn1 s bre el r o ogo t·í. La consideración de que la obra proyecta la eontribuye de mo o directo y eficaz al ~islarnienlo de la Jeprosería de Agua de Dios, es por sí sola bastante para que la consulta del contrato, elevada por el Sr. Gobernador al Supremo Go­f> ierno, se. res telva en sentido favorable. Pero hay también otras razones conducente:-; que compi-ten en importancia, á saber: · 1.• Las ventajas de dejar expedito el paso de un río in ~a­deable para el tráfico comercial entre los Departamentos de Huila y Cundinamarca, por la vía de s~nta I\osa muy fre­cuentada por ser más corta que la del Espinal; t.8 Las fértiles comarcas de una y otra banda, una vez elimina o el obstáculo que les presenta el río para su comu­nicación recíproca, recibirán indudablemente incremento en sus industrias agrícola y pecuaria, .Y el beneficio del consu­mo podrá extenderse á mayol·es radios ./ mejore' centtos; y 3·a La acción misma dd Gobierno será má rápida á medida que vayan desapareciendo la"' dificultade de la na­tura1eza. Al proponer al honorable C ~tl~ei ') de Mínislr,, . ., la apro­bación del contrato, me permito in~inuar las sig·uiente-s mo­dificaciones, 1nás de forma que de fundo: Aclarar en la cláusula primera q.t~ el pa~nle rptcrla de propiedacl del Gobierno 1 r lcional ; Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín l'<'Iilitar de Co.oTnbia - 323 ·- En la séptima falta (':xpresar la proporción del mayor­precio por la mayor intensidad de luz, para qne á los Ern-. presarios no les quede un poder omnímodo sobre los consu­midores. En la octava se ha de clecir . que la caducidad del privi­legio puede declararla el Consejo :Municipal, ipso Jacto, si los Empresarios no dieren fiel y oportuno cumplimiento á sus obligaciones. En la décimacuarta se ha de agregar: que el recono­cimiento del buen estado de servicio ha de practicarse por peritos qne el Consejo l\I unici pal designe; y los Empresarios deben otorgar garantía suficiente, á satisfacción del Consejo.. y dentro del plazo que les señale, para proteger el buen esta­do de servicio de todos los útiles, á tiempo de entregar la Empresa al :Municipio. Por lo demás, Ja con esi<>~ si facilita cÍ los privilegiado el eslaLlecimicnlo de la industria y su incremento, no perju ... dica los Intereses del fisco ni los del público. Así, pues, ten­go el honor de pr I)oncr al muy resp 1 abl Con ·e jo de 1\li­n! stros que Jc impnrta aprobac1ün al contrato con las modi- . ficaciones que me he permitido insinuar. Soy del E.·cmo. Sr. Presid ~nte, y de Jos Sres. 1\'Iini. tros,.. 1nuy adicto y respctuo~o ~ervidor, MAL ·u EL 1\l. SANCJ .. F.:\rENT JUSTICIA !LITAR SE 'TE, 'CIA de un Con rjo d • Guerra ordinario Pasto, Dü:iemúre 13 de rgofi' VISTOS: El día veintiocho de Junio de mil novecientos seis el Sr. Comandante de la Guardia de Prevención dio parte ~1 Comandante d<·J 1.lledio Batallón 11: de Infantería,. que en la noche anterior el soiJado l\Ianucl Popayán, de la 2.a Compañía del mismo Cuerpo, estando. de centinela en el patio interior del cuartel, había abandonado el puesto, arri- . mando el rifle y la fornitura á una puerta, y que había exci­ ·tado á otro soldado para qt~e lo acompañara á desertarse. Practicado el sumario de orden del St. Comandante del Cuerpo, resulta comprobado el hecho JenunciaJo, con las declaraciont1s de los testigos Rafael Pérez, Juan de la C. Dra-. da y Abdón Rodríguez, y a nn ror la mi m a indagatoria del. sindicado. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -329- En el plenario de la causa aparece comprobadn que ~Ia­nucl Popayán fue castigado con ciento cincuenta palos, y que no ha infring·ido el ar' ículo por el cual se dictó auto de proceder, sino simplemente Jo que ha ocurrido es un conato de deserción. C.:O. 'SJDERANDO Que el soldado :Manuel Popayán, al intt!nlar salirse del cuartel no violó lo preceptuado por el artículo 15 70 del Có­digo l\filitar, y por consignien te no incurrió en la pena seña­lada en el artículo 1579 del mismo, por el cual se le llamó á juicio, como queda demostrado; que los ciento cincuenta pa­los aplicados á Popayé\n, y poco m~\s ó menos los cinco meses de prisión qne ha sufrido en los alabozos del ·uartel, lo ha­cen acreedor á lo estatuido en el articulo r 586, y por lo mis­mo exento ya de toda pena; y habi {ndose res u e] to por el Consejo negativamente la primera de las r.uestiones, y por lo mismo innecesario re, ol ver las seg-undHs, declarándolo irres­ponsable de haber cometido t>l uelito de deserción por el cual se había procedido contra el soldad , Ianu 1 Popayán. Por tales consideracione. , y habiéndose JI nado las for- · malidade dr la Ley Militar, seO'ún consta en el proceso y en el acta de di ha sesión, el Con ejo de Guerra ordinario, ad­ministrando justicia en nombre de la República y por auto­ridad de la Ley, al.sucl ve al :soldado l\1 an u el Popay~in del delito de deserción por el cual se le llamó á juicio. Notifíquese, publíquese y póngase en liber·tad al proce­sado, y remítase al ComandantP General, Jefe de la Zona, para los fines consiguientes (artículo 1462 del Código l\lilitar.) El Coronel Pre idente, RicAnno ZARAMA-El Capitán Vocal, Alejandro Montoya-El Capitán Voéal, Rafael M. Vil/ola-El Capitán Vocal, Ismael Solis-El Subteniente Vo­cal, jfiguel Be/alcázar-El Auditor de Guerra, jfanuel J. Véle_z--El Secretario, Pastor Obando C. Corte Suprema de Justü:ia-Bogotá, .Julw veinltsiele de mil novecientos s1ete VIsTos: El Sr. General Jefe de Estado MaJOr Ge'1eral del Ejército remitió en cop.sulta á e ta Suprema CortP., el veintidós de Enero deJ presente año, la sentencia absolutoria, dictada el trece de Diciewbre de mil novecientos seis, por el Consejo de Guerra ordinario, reunido en Pa to, en el proce­so seguido por el delito de deserción, contra el soldado Ma­nuel Popayán, de la 2.a Compañía del Batallón 11: de Infan­tería. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colon1 ta -330- Habiéndose surtido en esta Superioridad la lramitaclón correspondiente al asunto, se procede á resol ver la consulta. CONSIDERANDO a) Que el hecho, debidamente demostrado en el proce­so, que dio lu~ar el enjuiciamiento de Mauuel Popayán, con ... sistió en que éste, hallándose de centinela al pie de la mura­lla, dentro del cuartel, en la noche del veintisiete de Junio de mil novecientos seis, colocó el rifle y la fornitura en una puerta, y procedió á escalar el muro, acto en el cual fue sor­prendido por el cuarto de ron da, quien le impidió llevar ade­lante su próposito, siendo de' Hdvertir que había excitado an­tes á otro soldado á que lo acompañara á desertar. b) Que en el plenario aparece probado que á Manuel Popayán se le castigó esta falta, con ciento cincuenta palos y se comprende además que no ha infringido el artículo 1579 é inciso 4. 0 del artículo 1570 ciel Código l\Iiliar, en los cuales se fundó el auto de proceder. A este rc~pecto razona a í el . r. Procur dor General de la N ación: por lo visto e· el caso de infracción del inciso 4. 0 , del artículo 15 7 I, y del artículo 1589 del Códig·o Militar, no obstante lo cual, omo rl veredicto negativo que irvió de base al fallo e n. ultado, se impone ineludiblemente por mi­nisterio del artículo lp 3, de la Ley 105 de 1 8go, que prohibe á la Corte variar la calificación hecha por el Consejo de Gue­rra, respecto de Ja culpabilidad ó inocencia del acusado, el examen del proceso queda reducido á saber si en él se ha in­currido en alguna d .. ]as causales de nuliciarl señalada en el artículo 1534 del Código :Militar. En cumplimiento de Jo que prescribe el artículo 1545 del citado Código, el Sr. Presiden te de la Corte propuso á ésta únicamente la cuestión sobre nulidad, por incompeten­cia de jurisdicción, por tratarse de un fallo absolutorio, y se resolvió por la Corte que no existe tal nulidad. A mérito de lo expuesto y de conformidad con el con­cepto del Sr. Procurador General de la Nación, la Corte Su­prema, administrando justicia en nombr~ de la República y por autoridad de la Ley, confirma la sentencia consultada. Notifíquese, cópiese, insértese en la Gaceta Judicial y devuélvase la causa por el órgano de la Comandancia Gene­ral en Jefe del Ejército. BALTASAR BoTERO UtuBE-FELIPE SILVA-MIGUEL W. ÁNGULO-lsAÍAs CASTRo-ENRIQUE EsGUERRA-GERllÁN PAR­no-- JEsús M. ARTEAGA-.Anselmo ~oto Arana, Secretario e propiedad. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar. de Colombia - JJI-RELACION ( • ) e los alltOs de pt·eseripción dictados p .r las utoridadt:s rnili tares, de acuerdo con la Ley 27 del presente año Saturnino Ibarra, hurto. Preso~ en 1\fedelHn. Prescrip­ión de pena. Auto dictado por el Jefe de Estado :Mayor Ge­eral. Manuel ~fouroy C., falsedad y estaf¡¡. Preso en Tunja. Prescripción de pena. Auto dictado por el Jefe de Estado l\fayor GeneraL ~tarcos Ottiz Carvajal, homicidio. Preso en Cúcuta. Prescripción de pena. Auto dictado por el Jefe de Estado Mayor General. Resurrección Hernández, homicidio. Pre a en Bucara­manga. Prcscripci6n de pena. Auto dietado por e) Jefe de E lado 1\laJOr General. .Jacinto Güelio, homicidio. Preso en Popayán. Prescrip­c ión de pena. Auto dictado por el Jefe de Estado Mayor Ge­neral. J ú , V 'tlenciH, hurto. Preso ~n Popayán. Pre crip­<~ ión de pena. Auto dictado por el Jefe de E 'lado l\fayor Ge­eraJ. 1~ rancisco Traslaviñas, herida . Pre o en Cúcuta. Pres­c ripción d ~ pena. Auto dictado p r el Jefe de Estado :Mayor en eral. Bcnicio Zerna, heridas. Pre o en Medellín. Prescrip­ción de pena. Auto dictado por el Jefe de Estado 1\Iayor Ge­neral. Darlo Correa, homicidio. Pre o en Ibagué. Prescrip­ción de pena. Auto dictado por el Jefe de Estado 1\iayor Ge­eral. Ahel Gómez, homicidio. Preso en Bucaramanga. Pres­cripcilm de pena. Auto dictado por el Jefe de Estado Mayor GeneraL Espíritu Santo Ortiz, homicidio. Preso en Pasto. Pres­cripción de pena. Auto dictado por el Jefe de Estado :Mayor eneral. . Antonio Bojacá y Eloy Suárez, homicidio. Presos en Ibagué. Prescripción de pena. Auto dictado por el Jefe de Estado 1\Iayor General. Roherto Lorza, homicidio. Preso en Popayán. Pres­cripción de pena. Auto dictado por el Jefe de Estado Mayor General. (•) Se reproduce t'sta relación, porque al publicarse en la forma en ue se hizo anteriormente nparecían como auto ondenatorios lo~ que lo eran de libertad para los agrariacios. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia - 332- José Angel .Martínez, homicidio y heridas. Preso en Cartagena. Prescripción de pena. Auto dictado por el Jefe de Estado ~Iayor General. Juan E. Portacio, homicidio. Preso en Cartagena. Pres­cripción de pena. Auto dictado por el Jefe de Estado Mayor General. · :Modesto Parra G., hurto y venta de elementos de gue­rra. Seguíase la causa en Ibagué. Prescripción de .acción cri­. minal. Auto dictado por el .Jefe de la 1\Iesa de Justicia. Ventura Vidales, hurto. Segníase la causa en Ibagué. Prescripción de acción criminal. Auto dictado por el Jefe de la :Mesa de Justicia. Antonio ustes, homicidio. eguíase la causa en !ba­gué. Prescripción de acción criminal. Auto dictado por el Jefe de Estado 1\.Jayor GeneraL Vicente Parra, homicidio. Seguíase la causa en lbagué. Prescripción de acción criminal. Auto dictado por el Jefe de la !\lesa de .Justicia. EuO'cnio Parra, l10micidio. Scguíase la causa en Ihagué. Prescripción de acción criminal. Auto dictado por el Jefe de la l\te a de Justicia. Rosendo Guti 'rrez y otro., homicidio. Presos en llogo­tá. Pre cripción de acción criminal. Auto dictado por el Jefe de la 1\lesa de Justicia. eftali Cruz, homicidio. Segufase la causa en Bogotá. Prescripción de acción criminal. Auto dictado por el Jefe de Estado :Mayor General. Narc!so Méndez, Zacarias Camacho y Ezequiel :Montes, por varios delitos. Seguíase la causa en Bogotá. Prescrip· ción de acción criminal. Auto dictado por el Jefe de la ~lesa de J nsticia. Modesto Vidal Viña, hurto. Seguíase la causa en lba­~ ué. Prescripción de acción criminaL Auto dictado por e) Jefe de la 1\lesa de Justicia. · Federico Flórez, hurto. Seguíase la causa en Bog-otá. Prescripéión de acción criminal. Auto dictado por el Jefe de la 1\Iesa de Justicia. Zacarías Guerrero, homicidio. Seguí ase la ca u a en !ba­gué. Prescripción de acción criminal. Auto dictado por el Jefe de la 1\--Iesa de Justicia. · Carlos Herrera y Raimundo Rodríguez, por varios de­litos. Seguíasc la causa en Bogotá. Prescripción de acció criminal. Auto dictado por el Jefe de la Mesa de Justicia. Juan de Dios Pañaranda, homicidio. Seguí ase la causa en Cúcuta. Prescripción de acción criminal. Auto dictado por e] Jefe de Estado 1\layor General. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia - 336- Antes de fxponer las razones legales sobre la corrección ó incorrección del Sr. Coronel Jefe del Batallón 2. 0 - Afode­lo- al penar· con arresto al Director de la tercera Banda, es preciso par.tir del principio de que tal Banda, ya en conjun­to, ya separadamente los miembros que la componen, está subordinada necesariamente al Jefe del Cuel'po á que está adscrita, pues no sería lógico su poner que el Director de una Banda que está dada de alta en un Batallón, proced~era in­dependie1tementc del Jefe de él; así no habría uniformidad en Jos procedimientos y las disposiciones contradictorias d los dos superiores irreo-ularizarían la mecánica interna del Cuerpo. Sobre la base, pues, de que la Banda est:-l nbordinada al Jefe del Batallón á que p~rlenezca, creo que la imposición de pena corr ccional al Director no e ilegal ui menos arbi­traria, porque el Código que regla especialmente el Ramo Mi­litar contiene varias disposiciones que invisten Je facultad al Jefe d un u ·rpo para imponer pena de la clase que fue aplicada al Dir~ctor de la Banda; entre esa disposiciones está el artículo J92 del Código Milit:1r que dice: "El f:omandante d 1 Cuerpo tirnc facultades: ···················· ............................... ············ .... - ................................ . 2. Para arre tar á lo Capitanes y srLbalternos, hasta por 24 horas, cte.-'' LueO"o si el Director de )a Banda le está subordinado, puede el Jefe del Cuerpo hacer uso de tal faculta}; y téngase en cuenta que entre la' penas correccionales que el Jefe del Cuerpo puede imponer está la de arresto que e esencial­roen Le correccional, y así lo califica el artículo r 56 r del mis· mo Cótiigo, cuando dice : ''La pena de arre to por falta á la disciplina es corree· cionaJ.. ..... :" Ahora trae el peticionario en arg·umento á su queja lo artículos 4 7 y 48 del Decreto número 362 de r gos sobre Ban­das Militares, apoyándose en que la segunda de las citas he­chas ólo permite imponer multas á los Direl·tores de ellas, pero en esa creencia hay un error, y es que tales citas del Decreto no incluyen las demás penas correccionales que el Jefe del Cuerpo tiene facultad de imponer, sino que agrega á ellas la de multa, luego no rs que sólo permita imponer pena pecuniaria sino que á las penas correccionales aumenta esta última, toda vez que allí no se prohiben expresamente los arrestos; entender eJ caso de otro m o .:lo, sería, en primer lugar, darle mayor fuerza al Decreto que á la ley, y en segun- . do, restringir la facultad que esa ley ha dado á los Jefes de Cuerpo para castigar en esa forma, pero sobre)odo la ley que Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín ~lilitar de Colombia - 33·"' - De consiguiente, . sE HESUELVE Es prohibido imponer arrestn ~ los Directores de Ban~ das Militares por faltas leves Pn e1 St>rvicio. Comuníquese al Estado i\Inyor y publÍfJuesc en la orden general del Ejército. ' El 1\hnistrn, MA. rEL ~I. S .\ .. CLE:\tEl'iT co~cgr·to 1 1 1 T ~ ,- DEL ESTADO ~IAYO.l\. GE:"'ERAL DEL EJbR<.: ITO, A Pl\OPU~\1'1'0 DE u. · CONSULTA DEL SR. GENEHAJ. JEFE MILITA!\ DE CAHT HiENA Repúb!ú:a dP Colombt'a - Estado 1llayor General del l~jér­cito-_! Jogotá, Sepli~mbre .r; de 1907 El Jefe l\Iilitar de CartaO'f'na con ulta con t• ·Le Estad Mayor si puc le un polizonte tonHH' á un Jefe, Oficial ó indi-iduo de tropa y onducirlo <Í la P, licía, y i tiene facultad esta entidad para ca ·ti ·arl( s sin prt !vio aviso á los superio-­res de é tos, ó si es en su Cuartel en donde deLrn ,er ca li­gados los militares. Hecho el estudio del caso, pueden pr ·cnlars ·estas con-. sideraciones : Dice el articulo r 3fi5 d<·l f:ódigo Militar : " Siendo el Ejército una reunión de hombre~, creada, organizada, ins-truida y sostenida por Ja 1\1cjúr ........ la misión especial y de interés público confiada al Ejército, e~·ige imperiosamente que­ella sea sometida á una legúlanon particular." De manera que esa dispo ición de Ja ley que reglamenta expresamente la lcgi1'lación ü qne d<·be estar sometido e Ejército, le da á éste un fuero especial que debe ser respeta-.. do por todos los ramos del st•rvicio púbJico, y tanto es así,. que el artículo 22 del libro citado, díspc•ne que Ja fuerza de-.. penda en todo del Poder Ejecutivo, que como es sabido, lo compone el Jefe de la Nación, y el l\linistro en cada ramo .. en este caso, el Presidente de la fupública y el :Ministro de Guerra. Sobre esas disposiciones generales vienen ]as cspeciale para la cuestión controYtrtida, qtw al<'jan toda duda que pudiera presentarse al tratar (~e "aber si la Policía puede ejercer su autoridad en la forma absoluta que pretende el Prefecto de la Provincia de Cartagena. Dice el artículo T !t4 7 de la misma obra : " El lugar de­detención para los individuos de tropa ~erá Ja sala de la Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia - 339 -· Compar1ía; para los Oficiales inferiores, la guardia ó la )fa­yoría, y para los Ofici~1les y Jefe~ la misma Mayoría, etc.," luego la Policia no puede, en ningún caso, ni aun en el caso de injrng11nti delito llevar iÍ los militares y menos imponer .. les prisión ó arresto en clircdcs, por·que ya la di ·posición ci­tada, que priva sobr·e todas las generales, así lo dispuso y es de prefcrcute aplicación en conflicto con otras (numeral 4. 0 , artículo 5. 0 , Ley 57 de 188¡). Hay rm1s: 'El articulo lp4 de la Ley 105 de 18go, dice: " Siempre que en algün umario aparezca sindicado de deli­to comtín tm individuo de tropa del Ejército, el Funcionario de lnstru ción, an ve~ de reducirlo á prisidn en caltdad fÚ deten1'do, dará aviso al Jefe superior más cercano de la fuer­za á que p ·rtenezca el sindicado, para que lo ponga preso militarmente en el respectivo cuartel." Si esto dice la ley respecto de un in Jividuo de tropa, con cuánta mayor razón debe entenderse lo mismo con re­ferencia á un Oficial 6 Jefe; y si así está dispuesto cuando de Jo que e trata e· de Ja comisión de un delito grave que mert~zca levantanii ·nto de sumario, como no Jo ha de ser cuando lo que e pretenda castigar sea una falta que sólo haga merecedor á su autor á pena corr~ccional. Por Jo dicho, e tima este Despacho que la Í\eso]ución del Prefecto de Cartagena ">S ilegal, y que el Ejército no de.be quedar sometido á su sanción. Pase este concepto all\finisterio fe Guerra, junto con sus antecedentes, para que allí se resuelva lo que fuere legal. El General Jefe, L\NUEL M. CASTRO DRICOECHEA Despacho de Guerra-Sección ¡/ .. -Bogotcí, Septiembre 17 de 1907 Aprobado. V nelva al Estado l\layor General del Ejército. . El Ministro, SANCLEMEN'f.B SOLICITUDES DE INDULTO COPlA DEL MEl\IOlUAL I)RESEI'\TADO POR EL SR. CARLOS J. INFANTB PARA OBTENER EL INDULTO CONCEDIDO POR EL DECRETO EJECUTIVO NÚl\fERO 831, DEL 20 DE JULIO, Y DE LAS DILIGENCIAS CONSIGUIENTES Sr. Gobernador d 1 Departamento de r~ariño--Pasto En virtud del oficio número 365, dirigido por es.a Go­bernación al Sr. Int ndente de esta Colonia PcnaJ, tengo el / Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia - 340- honor de manifestar á usteJ que me acojo al O.!crcto de in­dulto de 20 de Julio último, y prometo, bajo mi palabra de honor, respetar la Cons ti tu ción y leyes de la Repüblica y de­fended as como ciudadano pacífico. Amigo como he sido siempre del orden> de las leyes y de la paz, nunca mi nombre podrá figurar en contra de estas tres gloriosas entidades que constituyen la ley moral, y son para todo espíritu cristiano regla segura é invariable de su conducta. No sólo, pues, acepto esta condición que se me exige para devolverme mi libertad sino qu me honro en suscri­birla. n~ usted seguro servidor, CARLOS .J. 1 ~FA TE l\1ocoa, r 8 de J. gosto de 1 go7. República de Colombia-Departamento de Bolíuar-Prefec­tura de la Provincia del Carmen E u la ciudad del Carm ·n, á lo, cinco días del mes de A ro to de mil non~cientos siete, se presentó al Despacho de Ja Pn!fectura el Sr . Eduardo AnO'ulo G., r.I cual de acuerdo con el contenido ,Jcl telegrama número 818, rle treinta y uno d ... Julio último, fliricrido por el Sr. Gobernador á esta Pre­fectura. dicho Sr. Angulo prometió: 1. 0 Acogerse al Decreto de ind nito expedi(lo el 20 de J ulw próximo pasad por S. E. el Sr. Fresidente de l R pt'•- 91icn; y ? . 0 Prumeti6, por su palabra de honor, re petar y de­fen -lt~r la Cr nstitución y Leyes del paí.. C·m lo cual se terminó esta diligencia, que se remite al Sr. G hcrnador del Departamento, habiendo manifestado el S·. A 1~nlo que por telégrafu se dirigirá particularmente al St. G.>l.H!rnadDr haciendo igual p¡·omcsa; y fit·ma la presente despué . .; del Sr. Pref~cto, por ante mí el Secretario. RuFo U nuETA-EnuARDO A '\GOLO G. ~1 St! ct etarit en pn pi e lad, R. E. 11-fadrid REVI ~TAS DE INSPECCION IoN FORME sobre.la Revista de Inspección practicada en el Medio Batallón 15.0 de lnfanlPrla y Parque nacional de Tunja, por el General Alcides Arzayús, en Agosto último Sr. Ministro de Guerra-E. S. D. Bogotá, Septiembre 5 de 1907 En cumplimiento de la comisión que tuvo usted á bien encornen darme, para practicar revista de inspección en el Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín l'vtilitar de Colombia - 342- establecer y conservar el mejor servicio en el llat'lllún; am­bos libros están llevados con pulcritud. Dos lioros copiado­res de oficios, abierto el primero el 22 de Octubre de 1906, -con el .número 1, y t.crcnina con el oficio 220; y el otro, abier­to el 29 de Abril de este año, con el número 221, va hasta el 19 de Agosto próximo pasado, con el número ,381 ; oficios dirigidos á diferentes autoridades. Un copiador de telegra­mas, abierto el 18 de Octubre de 1906, con el númcr0 1 y al 23 de Agosto citado, contiene 385 telegrama .. El Anotador de libranzas se principió el 1.0 de Noviembre del año últi­mo, con el ~úmero 1, para material, y cs~án anotadas hasta ei 31 de Juho del presente año, con la numero 56, para gas­tos de jabón. El de Actas del Consej0 Administ1·ativo está abierto también en la misma fecha del anterior, y sentada acta hasta el último de Julio próximo pasado; ambos libros se llevan con asco y de acucrclo con los modelos. El libro de Servicio y conducta de Oficiales eslc\ abierto en Noviembre del año anterior, y sobre la calificnei ()n se hizo al Sr. Gene­ral prim r Jefe del Cuerpo una inrli ·acic>n par a qn ~ se tuvie­ra en cuenta en lo su cesivo· por Jo dern.'s, el libro e:li't Lien llevado. ;Pies de li ta se presentaron lo-\ correspondientes al Cuerpo, corno éste e. taba antes de verificar~e la reorganiza­ción de 1. 0 de A o-osto último; sobre estos docurnen lo · el in­frascrito hizo indicacwlies al J r~ iel Cuerpn p:tra qu~ lo. ~ue deben ser confeccionados el último de A rosto citado, contengan todos los datos necesarios en tale" documento .. El legajo de filiaciones de la :Mayoría no se encontró de acuerdo con el personal, porque las que con tiene son las de tropa que ha pasado á otros Cuerpo:, licenciada, y de alguna que aún está en el Batall6n. El infrascrito dispuso que se procediera inmediatamente á arreglar las filiacion~s en la forma que lo determinan Jos reglamentos; es decir, á formar los legajos de presentes, de licenciados, de desértorcs y de muerto¡;, con sus correspondientes anotaciones. 11 Terminado el examen de los libros de la !vlayoríil, el in-• frascrito hizo venir á dicha oficina al Sr. Comandctnk de 'a ~Compañía, Capitán Alejandro Gómcz Q., quien presentó los correspondientes á ]a Compañía que comanda, y con­frontados que fueron con Jos de la Mayoría, se encontraron de acuerdo, y el infrascrito, haciendo iusticia al Capitán Gó­mez, consigna con gusto en este inforrne ]a declar·ación de que los libros de la 2~ C'>mpaiíía están llevados con toda co­rrección. No presentó dicho Capitán ni filiaciones ni libre- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boledn 1Vlilitar de Co.omhia - 344- que el responsable dP. la cuenta de dicha Hahilitueión ha en· viado al Min:sterio de Guerra los dornrnentos que correspon­den hasta el último de Julio, y á ln C.nrte drl Ramo hasta el 31 de Diciembre de I g()6. Interro(J'aclo el Sr. Habilitarlo riel por qué del atraso en la rendición de estas cuentas á la Corlr, rontest permite in{Jicar de modo muy respe­tuoso al Sr. l\lini Lro, la conveniencia de suprzmir en el Ejér­cito la parlt'da que se vota para jabdn, porque lo que corres­pon el de esto á cada individuo es cuatro centavos, suma que el solclado no aplica á la consecución de la barra de jabón, que cu sta cinco, y e· Jo seguro que la invierte más bien en behiJa, de modo que dando á cada in di vi duo cuatro ccn la­vos !lo se consigu~ el objeto; el cobro de esto implica la for­mactón de documentos que á veces hasta embrollan la cuen­ta deJa Habilitación. Así pues, suprimiéndola, sí se haría en todo el Ejército una cconomfa que bien merece la pena, sin que le afecte en contra á la tropa; pero si esto no lo estima conveniente <•1 Sr. Ministro, entonces debería aumentarse. ÁLCIDES ARZAYÚS República de Colomó/a-ft~slado .Afayor General del Ejército . .f\/úmero 185s-Bogotá Septiembre 5 de 1907 Sr. Ministro de Guerra- E. S. D. Con la presente tengo el honor de devolver á usted la copia autenticada que se me dio Jel contrato celebrado por la Gobernación de Boyacá con el Sr. Adriano Garavito para la r< fección de] Cuartel de la plaza de Tunja y ejecución de algunas otras obras que con~·Han del referido contrato, y que Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia - 348- usted me hizo el honor de. comisionarme para averiguar so­bre e] cumplimiento que se hubiera dado á tal contrato, é informar al l\1inisterio de su digno cargo, lo que cum­plo, así: Al día siguiente de mi llegada á Tunja hice saber al Sr. Gobernador el objeto de mi comisión, y al efecto soli­cité audiencia para tratar el asunto, mas desgraciadamente el Sr. Gobernador estaba enfermo y le fue imposible recibir­me; pero me entendí con su Secretario, Dr. Torres Peña, quien me informó que el Sr. Gobernador le había manifesta­do que el contratista no cumpliría el contrato ni aun dándo­le los doscientos mil pesos($ 2oo,ooo) del último contado, porque no alcanzaba con esta suma á satisfacer todo lo que le faltaba; que el :Ministerio de Guerra había dictado auto de ejecución contra el Sr. Garavito y que éste estaba resuel­to á dt•jarse ejecutar. Y o tomé nota, t3n to en los salone dd parque como en el resto d.!l edificio del Cuartel, de lo que el Sr. Garavito eje­cutó y suministró por r:1zún drl contrato, y apareció lo si­gui nte: Cláusula 1 .:l Entren-ó los 138 metros de armeros en la forma alJí indicada, aunque no de buena solidez. Cláusula 2.a La cumplió de conformidad en dos piezas de cinco metros de largo por cuatro de ancho. Cláusula 3·a La cumplió satisfactoriamente en un salón de 5 X 4 metros. Cláusula 4~ Compuso únicamente doscientos rifles. . Cláusula 5·a Entregó los elementos apuntados y en can-tidad suficiente para limpiar el armamento e.·istentc en la época en que debió principiarse á cumplir este contrato. Cláusula 6.u. No se ha cumplido ni en parte ni en todo. Cláusula 7·~ De ésta entregó lo siguiente: 230 cartu­cheras; 23 portacartuclaeras; I 2f) cinturones; 250 porta vai­nas; 164 portarrifles, y 4g morrdles, todo bien confeccionado. Cláusula 8.a Cumplida satisfactoriamente. Cláusula g.a El pararrayos cst~ pu~sto en la p~rte ~os­terior de una de las torres de la Iglesia de San 1~ rancLsco (contigua al cuartel) sobre un pequeño pie de amigo; y CUusula 10. Cumplida, observando únicamente que las tierras de colores aplicadas son de mala calidad. El edificio necesita toda vía algunas reparaciones de im­portancia que deben hacerse lo más pronto, para evitar que más tarde sean demasiado costosas. Tales reparaciones con­sisten en descargar algunos techos para reeoner el enmad~­rado · cambiar algunas vigas del segundo p1so que han cedi­do p~r el exceso de pes que han resistido, proveniente del Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín l\1ilita.r ele Colombh - 350- en esa materia, habría sido aca:;o el e ·ceso de severidad con que desde que tomé servicio y mando im pu ~e á la fuerza aquelJos dehere"', sin cuyo cumplimit nto me habría si~lo im­posible, dados mis antecedentes y educación, seguir ocupan­do el puesto que se me señaló. De la verdad le esta aserciéJn pueden dar testimonio los Jefes y Oficiales que me acompa­ñaron en la campaña ó tuvieron ocasión de irnponer~e de lo que en estas materias ocurrió en ella. Citaremos pocos nom­bres de los primeros Gen~rales Rafael Ürliz, Federico Tooar, Mariano Os pina Ch., _ icolás Perdomo, Ji rancisco J. Pala­cio, Juan B. Tobar y l\L Castro Uricoechea, Car·los E. Hes­trepo, Víctor 1\f. SaJazar y Francisco Jaramillo U., ele. En la campaña de la Costa extremé el rigor, para man­tener limpio el nombre del Ejército, lcniend en cu nta el carácter resueltamente hostil de la mayor parte de la· po­blaciones del interi,or de Bolívar y el ~jemplo de astroso de atropellos y violencias que iba dejando por doquiera el ejér­cito revolucionario que nos ocupamos en batir. La colonia ( ·tranjera esparcida por aquella re riÓn e tá compuesta ca. i ~n su totalidad de úhdilo~ otomano , y quien esté familiarizallo con este asunto sabe ·lo poco deseable que ha resultado .par.1 nuestro país esa cla. e de inmigración. Los que la forman pL'rtenecen en lo general, desgraciadamente, á clases sociales muv inferiores, sobre todo de de el punto de vista moral; y he s~bido que ella, durante la última guerra, al propio tiempo que era protegida por los revolucionarios, con quienes se congraciaban sus miemb1 os con toda el a e de servicios, que quedaban sin sanción, gozaban con las fuer­zas legitimistas del fuero de extranjeros de que abusaban habitualmente y explotaron así tan anómala situación, sien­do los únicos que en aquel territorio negociaban y medraban tnientras las poblaciones se rendían bajo el flagelo de la re­vuelta; por lo cual es hecho notorio que esa colonia pros­peró inusitadamente en virtud de esas circunstancias. Cuandoquiera que á pesar de mis e fuerzos se presentó en el Ejército, como era innevitablc algún conato de atrope­llo á la propiedad ó á las persona., acudí personalmente á sostenerlo y á resarcir cualquier daño qne ya se hubiera causado, castigando al propio tiempo de manera ejemplar á los rcsponsobles, y sería raro, por decir lo menos, que en los . casos de que se trata y dados estos antec ·dentes demasiado conoeidos por tortas aqueJlas poblaciones, Jos interesados de que se trata no me hubieran informado de lo que pasaba ni la noticia me hubiese llegado por cu!:llquier otro conducto. Creo que ese .Ministerio debe ser muy C?nto y prudente al considerar y resol ver esta clase de reclamacioneQ, y que Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín M ititar de GoJombia - 351- debería exigir que las personas en cuyo testimonio se. apo­yen los reclamantes, sean conocidas como de buen crédito y e una posición tal, que por respeto á sí mismas estén e~en · tas del peligro de ser inducidas á afirmar lo falso; pehgro que asedia desgraciadament , al mayor número de las gen­t~ s desvalidas y escasas de criterio moral que, en sociedades como la nuéstra, empobrecidas y pervertidas por las guet:ras y los malos ejemplos, son la masa de donde suelen salir los testigos que se utiliz~n para esta clase de empresas. Lo que dejo dicho en nada afecta las personas de los reclamantes á quienes he menciC\nado y que me son en abso­luto desconocidos. Sólo he querido en esta ocasion salir á la defensa del nombre del Ejército colombiano, del ·de la bene· mérita parte de éste que me tocó comandar en la última ue­rra civil y d~ mi propia reputación, y establecer de un modo general antecedentes y circunstancias, que en mi concepto conviene sean tenidas en cuenta al consiaerar esta clase de asuntos. · A rradecería 1 Sr. Mini tro que se sirviera ordenar la publicación de esta carta en el Diario Oficial. , oy deJ Sr. ini tro muy obsecuente servidor, PEDRO EL ÜSPI A VARIEDADES UNA HORA ENTRE JAPCNESt;S ( Conlinuacifnt) El Oficial trata al soldado como un igual. Le llama con el título de señor, como el soldado le llama á él. N o sucede nunca que un superior injurie á un inferior. El soldado inju­riado se mataría, y el Oficial injuriador se vería en la nece­sidad de matarse como él. No hay ninguna diferencia en las formas respetuosas del lenguaje que usan entre sí el soldado y el General. Pero el espíritu de igualdad no informa sola­mente el lenguaje: se manifiesta también en los actos. En la oficina postal militar de Port Arthur, cuando se repartían las cartas, el General Nogi ''hacía cola" detrás de los solda-dos rasos que esperaban su turno. Tates l aternidad que reina en ese ejército entre superiores é in res, que mu-. chas veces, en el sitio de Port Arthur, los enerales y Coro­neles interrogaban colectiva eute á los inferiores respecto á la. oportunidad de intentar un asalto ó aplazarlo. Los Oficia­les consultaban á los soldados. Discutían. Si prevalecía la opinión de que la artillería preparara el asalto con ulteriores tiros, así se hacía; si la ma~oría opinaba que no se retarda­se, e daba el asalto inmediatamente. LA REPU L Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año X Serie VII Tomo II N. 495

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Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 18

Por: | Fecha: 21/07/1906

Serie VIl - Tomo ll !ftJ IX- N.o 18 Bal~tin Militar ORGANO DEL MINISTERIO DE GUERRA Y DEL EJERGITO Director FRANCISCO J. VERGARA Y VELASCO General de Ingenieros Pued1 muy bitn suceder que mus/ro ,-espeto á todM las co1tvicciollts, venga á parar 111 la indifirmcis y 11os dej1 sin t1urg!rs para difmder las 11u! stras ENRIQUE SIENKIEWICit • • • Bogotr<:, Julio 21 de 1906 • • • 20 DE JUL10 DE 1810 El Ejército de Colombia recuerda, como siempre, con respeto y ardoroso entusiasmo, esa fecha clá1ica de la histo­ria nacional. La patria, á quien sacrifican su aliento las almas heroi­cas, á quien debemos estimar sobre nuestros particulares in­tereses, la acreedora á todos lüs obsequios posibles, es aquel cuerpo de estado donde, debajo de un Gobierno civil, esta­mos unidos con Ja coyunda d unas mi mas leyes.-FEuoo. La patria no e el t rriLorio: éete no ('S más que la base, 1a patria es la idea q11e hrMa ·ohre aqnél, r.s eJ pcnsa niento de amor, el sentimiento de romnoi á que hubiere lu~ar. Artículo 4. 0 Las Compañías de los Batallones 6 merlios Ba­tallones q"e e mtituyt n el Jqén. ito n··tcional, constarán en lo su-cesivo de cien plaza cada una . Artículo 5 ° El mando militar de cada una de lao:; Zonas en que se divirlirá el territorio naciornl se ejercerá por un jefe su­perior que tendrá las atribuciones ~~ue arielante ~e exJJre-arán. El Comandante g ' nerr~l de cada Zona ter'ldrá un ~egundo Jefe de Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -427- Zona y Jos empleados sig·dentes, que obrarán bajo su depen­dencia: Un Secretario, del grado que determine el Gobierno ; Un Teniente y un Subteniente Adjuntos; Un Corneta de órdenes y dos Cabos ordenanzas. ArtÍculo 6. 0 El Cuartel General de la Zona Militar del Cen­tro residirá en Bogotá ; el de la del Atlántico, donde lo ordene el Ministerio de Guerra; el de la del Norte, en Bucaramanga, y el de la del Sur, en Cali ; pero dicho Ministerio podrá variar estas residencias cuando lo juzgue conveniente, 6 disponer que el se­gundo Jefe de la Zona fu ncione en lugar di~tinto del Comandan. te General. Artículo 7. 0 En la ciudad de Honda habrá, además del Jefe del Cuerpo que allí se acantone, un Jefe Militar especial que tendrá jurisdicción sobre dicha plaza, sobre los puertos del rfo Magdalena desde Puerto Berrío ha~ta Neiva, y sobre la plaza de Ibagué. Artículo 8.0 El Cuartel General de la Zona Militar del Cen­tro tendrá, fuera del personal q ue determina el artículo 5. 0 del pres·~nte Decreto, un Ayudante General, que residirá en Mede­llín, y otro Ayudante General en Villavicencio. Este último ten· drá además el carácter de Jefe de la Colonia Militar del Aleta, y funcionará con un Ayudante Secretario El Cuartel general de la Zona :Militar del Atlántico tendrá igualmente un Ayudante general, con residencia en la plaza de Cartagena. Artículo 9 ° Los buques de guerra que posee el Gobierno en el litoral Atlántico, en la Costa del Pacífico y en el río Mag­dalena, volverán á depender del Ministerio de Guerra en la for­ma que lo estuvieron antes, á cuyo efecto las partidas vota.das para Jos gastos que causen dichos barcos se trasladarán del Pre­supuesto de Hacienda y Tesoro al Presupuesto de Guerra. Artfculo 1 o. Los cruceros Carlagma, Pinsó1z y Marroquín y el vapor de guerra Hércules dependerán de la Comandancia Ge· neral de la Zona Militar del Atlántico; y el Bogotá, anclado en Buenaventura, de la del Sur. Los primeros de estos buques, que serán la base para la organización de la Escuela Naval que pos· teriormente decretará el Gobierno, tendrán un Jefe inmediato su­perior que vigilará su servicio y recibirá Órdenes é instrucciones del Mini!>tro de Guerra y del Comandante General de la Zona respectiva. §. El crucero Cariagena tendrá un empleado especial encar. gado de la conservación de su material de artillería, así como del parque de artillería existente en la plaza del mismo nombre, conforme á instrucciones que se le comunicarán. Artículo I 1. Las atribuciones y deberes de los Comandantes Generales de Zonas Militares serán las que e Código del Ramo Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -428- sef!ala á Jos Comandantes Generales divisionarios, y además lo siguiente : a) Cumplir las órdenes que directamente 6 por conducto re­gular les comunique el Gobierno ; b) Dar cuenta á éste, por el mismo conducto, del comporta­miento de los Jefes y Oficiales que á su juicio deban ser reem­plazados ; . e) Proponer los candidatos que hayan de nombrarse, previo informe de los respectivos Jefes de Cuerpo, cuando se trate de Oficiales inferiores ; d) Ejercer la justicia militar en la forma que determine el C6digo de la materia ; e) Hacer que los empleados de manejo de su dependencia inviertan escrupulosa y legalmente las sumas que les sean con . fiadas, y cumplan Jos reglamentos sobre Contabilidad militar; /) Practicar por si 6 por medio del segundo Jefe de la Zona, periódicamente, revistas de inspección en cada uno de los Cuer­pos de su mando ; g) Conceder ascensos de individuos de tropa hasta Sargen­to primero inclusive, y promover de un Cuerpo á otro las clases ó soldados cuando la disciplina y el buen servicio as\ lo exijan, dando el aviso del caso al su~Jerior; h) Llenar con voluntarios el número de plazas vacantes que existan en los Cuerpos, infonnando cada vez al Estado Mayor General del Ejérdto ; i) Organizar, de acuerdo con instrucciones que á su debido tiempo comunicará el Ministerio ,le Guerra, las fuerzas de reser· va de la respectiva Zona con los correspondientes Jefes y Oficia­les, de tal manera que puedan prestar servicio de actividad pocos días ciespués de recibida la orden del caso. El personal de tropas para la formaci6n de dichas reservas lo suministrarán las autori­dades pollticas de las respectivas localidades ; y j) Hacer que se cumplan de manera enérgica y satisfactoria ­todas las disposiciones que e~tén vigentes, y que el Poder Ejecu­tivo y el Ministerio de Gljerra han dictado en diversas ocas10nes con el objt.-to de moralizar el buen servicio militar y levant& r el Ejército á la altura que impone la noble carrera de las armas. Artículo 12. Quedan suprimidas las Inspecciones militares departamentales y las funciones de los Inspectores anexadas á las Comandancias Generales de Zona. Artículo 13. Restablécese la Comandancia en Jefe del Ejér. cito, con las amplias autorizaciones y prerrogativas que antes tu· vo Dicha Comandancia en Jde, que será la oficina militar más alta, residirá en la capital de la República y funcionará con el siguiente personal : Un General Comandante en Jefe; Un General primer Ayudante General; Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -429- Un Coronel primer Ayudante General; Un Ayudante General Secretario ; Dos Adjuntos, Capitanes ó Tenientes; y Dos Ordenanzas, Cabos primeros. Artículo 14. El Estado Mayor General del Ejército, que re­sidirá igualmente en el Distrito Capital, continuará funcionando en la forma en que hoy se encuentra, mientras el Gobierno estu­dia la manera de darle una organización más conveniente. Artículo 15. Señálanse los siguientes suelres­tarán todo el apoyo que soliciten los Administradores de Aduanas 6 los jefes de los Resguardos de ellas, para el efecto de perse- • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -439- guir y aprehender los contrabandos que se pretendan hacer á la Renta de Aduanas en ambos litorales, siempre que dichos buques no se hallen en desempeño de alguna comisión militar, á tiempo que se solicite su auxilio; 2.0 Para el cumplimiento de lo dispuesto en la pari.e anterior, los Administradores de Aduana ó Jefes de Resguardos deben di­rigirse al Comandante General de la respectiva Zona Militar ó al Jefe inmediato superior de que trata el artículo 10. 0 del Decreto número 1 164 de este año, quienes, sin pérdida de tiernpo, impar­tirán las órdenes correspondientes ; 3. 0 El cañonero Hércules, cuando no se halle desempeñando comisiones militares ordenadas por quienes corresponde, cumplirá las disposiciones que dicte el Administrador de la Aduana de Ba­rranquilla, relacionadds con el transporte de cargamentos de pro­piedad de la Nación y de los que determine la Administración de las Nuevas Rentas Nacionales, para lo cllal aquel emplPado debe dar a viso, en cada caso, á este Mini terio, al Comandante General de la Zona Militar del Atlántico y al Jefe inmediato superior de los buques, informando á esta entidades la salida y regreso del buque, el objeto del viaje y la manera como rinda éste; 4. 0 Prohíbese de modo absoluto conceder pasajes á personas particulares en los buques de guErra ; los Comandantes de éstos tienen la obligación de de!:>obede ce r las órdenes que, violando esta prohibición, les comuniquen las autoridades militares ó civiles de cualquier categoría que fueren. Comuníquese y publí·r uese-. Dada en Bogot.i , á 7 de Julio de 1906. El Ministro, MANUEL M. SANCLEM.l!:NT.It Preszaenáa de la RepúbHca Aprobada. '· RESOLUCIO~ r\UMERO 54 DE 19o6 ( IO DE JULIO) R. REYES ··~ por la cual se unlcna la alta de la Compailía de guarnici6n en Manizales, en el Afedto Batallfn I2, acantonada en Honda El AHm'slro de Guerra CO. ·siDERANDO Que la 5:· Compañía del Batallón J. 0 de Ittfanlería acantona­da en Manizales, sufre notable atraso en el pago de su haber, por la distancia á que se halla el Habilitado, que reside en Bogotá con el grueso del Batallón, mientras que, perteneciendo al Mcdz'o Ba­talló1z I2, acantonado en Honda, el Habilitado de éste puede fácil­mente conseguir giros en oportunidad, lo que conviene aun para el caso en que la Compañía de Mani~les deba relevarse de un momento á otro ; Que el citado Medio Batallón presta el servicio de escoltas de los correos que de Honda salen para Manizales, donde son reno­vadas por dicha Compr!ñí~ ; Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -440- Que los militares enfermos en Honda á consecuencia del cli­ma deletéreo, pueden ir á Manizales haciendo parte de las escol­tas de correos, y permanecer allí mientras se restablecen, sin de­jar de prestar servicio ; Que el Jefe del Medz'o Batallón I2 puede mantener constante vigilancia sobre aquella Compañía, cosa que se dificulta al Jefe del Batallón J.0 , RESUELVE .. La Comp~ñía del Batallón J. 0 de Infantería que está de guar­niCIÓn en Mamzales, será dada de baja en tal Batallón, y de alta en el Medz'o Batallón I2 de Infantería, de guarnición en Honda, así como el Médico que tal Batallón tenía cuando trabajaba en el ca­mino del Quindío, Dr. Ricardo Uricoechea, quien prestará sus ser .. vicios á la guarnición de !bagué. Queda derogada la Resolución número 25, del 30 de Abril último. Comuníquese y publíquese. · Dada en Bogotá, á 10 de Julio de 1906. El Ministro, MANUEL M. SANCLEMENTlt RESOLUCION NUMERO 56 (JULIO 14) por la cual se suspende temporalmente el reconocimiento y pago de unos créditos El Mz'nistro de Guerra CONSIDltRANDO 1.0 Que diariamente se han venido presentando al Ministe­rio, desde hace cinco meses, reclamacioees de particulares por monturas y bestias, alegando que les fueron tomadas el día 10 de Febrero último para servicio del Gobierno, reclamaciones que por su cuantía y número demandan considerable erogación del Teso­ro Nacional ; 2.0 Que el tesón con que, durante el lapso de tiempo indi­cado, se han instaurado tales reclamaciones, hace ~uponer que se pretende abusar de la acuciosidad que el Gobierno ha emplea­do en el reconocimiento de ellos; y 3. 0 Que la situación del Tesoro exige que se atiendan única­mente las necesidades urgentes de la Administración pública, RESUELVE Suspéndese hasta la próxima liquidación del Presupuesto el reconocimiento y pago de las reclamaciones que contra el Tesoro se hayan intentado en el Minist~rio, por valor de bestias y mon­turas tomadas por las autoridades de la República el 10 de Fe­brero último, ó en otros días del citado mes y del de Marzo si­guiente. Comuníquese y publíquese. Datla en Bogotá, á 14 de Julio de tgo6. El Ministro, MANUEL M. SANCLEMENTlt Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 10

Por: | Fecha: 09/09/1905

1erie lll-Tomo 11 Bal~til Milit&r · ~~ CalamDia· ORGANO D.EL MINISTERIO DE GUERRA Y DEL EJERCITO Director y Edltor FRANGISGO J. YERGJI.RA Y YELASGO General de Ingeni•nos ~uet/1 muy bün suceder que nuestro respeto á todas las conviccionu, ve11ga á parar en la mdifermcia y 1zos deje sm 1!1tl'rgla para defender las 1zulstra.s ENRIQUE SIENKIEWICZ • • • Bogotá, Septiembre 9 de 1905 • . • • Editorial LA GIMNASTICA EDUCATIVA EN EL CUARTEL La guerra de1 Extremo Oriente, que acaba de terminar, llamó la atención desde el primer momento por varias razo­nes, y entre ellas no fue la menor la resistencia del niponés á las fatigas, obtenida mediante un buen sistema de enseñanza de gimnástica, de suerte que el punto volvió á ponerse en Europa al orden del día y fueron innumerables los trabajos .publicados sobre el particular. Antes se había presentado resistencia. en la Europa mendional á la adopción del méto­do sueco de Ling, arguyéndose que dicho método convenía sólo á los pueblos del Norte, como si la verdad no fuera ~a misma bajo todas las latitudes; como si todos los hombres no poseyeran corazón, pulmones, aparato digestivo y sangre con idéntica temperatura. En efecto, la gimnástica educa ti va es una cuestión bio­lógica planteada y resuelta por Ling y fijada en Suecia, para la enseñanza, por medio de fórmulas exactas. A este respecto hacer concesiones al error so capa de eclecticismo es adulte­rar la verdad: en pedagogía no hay error pequeño, y debe ·extirparse sin contemplación apenas se descubre. En Suecia .ha aumentado la talla dos centfmetros en un siglo y dismi­nuido algo más donde se han aplicado sistemas empíricos, ~ntre los coales se cuenta el que por tantos años ha reinado entre nosotros. Para combatirlo en interés de las fuerzas mi­titares del país, es obra buena popularizar los cuasi axio­mas del Dr. Tissié, que son los siguient.es: 1. 0 La vida, desde el punto de vista del cuerpo, es ·una QXidación prolongada; Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Col0mbia '- 258 _J 2. 0 El soldado marcha con los músculos, corre con los pulmones, carga con el corazón y llega á su meta con el ce­rebro; 3. 0 El niño es un tubo digestivo; el adolescente un fue­lle pulmonar; el adulto tiene la obligación de tratar de ser un cerebro; 4. 0 Para la gimnástica el movimiento es :pensamiento en acto, y el pensamiento movimiento en potencia; 5. 0 Hay antagonismo absoluto entre ]a atención y la respiración forzadas: atención profunda y respiración super­ficial; respiración profunda y atención superficial ; 6. 0 El valor de un movimiento corpóreo depende del 'Yalor de sus localizaciones en el centro nervioso, periférico, medular y encefálico ; 7. 0 Dime cómo te fatigas y te diré lo que vales; 8. 0 El cuerpo se educa con la gimnásltca y el sport. La primera de~e componerse de análisis y raciocinio; el sport se basa en la emotividad; g. 0 La gimnástica es al sport lo que la gama á la músi­ca, ó la gramática á la literatura; 10. El cuerpo humano es el mejor de los aparejos de gimnástica ; 1 1. Gimnástica que no sea respiratoria es criminal; 12. La gimnástica racional es femenina ó carece de va­lor; 13. Gimnástica que no localiza el movimiento y no lo aplica dosimétricamente á las articulaciones, tanto en calidad como en cantidad, es simple sport; 14. No debe confundirse el movimiento con la gimnás-tica. El movimiento, lo mismo que la palabra, no se hasta á sí mismo: necesita una sintaxis que lo rija. Los movimien­tos y el sport aéreo del aparejo humano no constituyen la gimnástica educativa; 15. La gimnástica educativa debe hacer ganar al indi­viduo en capital salud, lo que se cree-erradamente se en­tiende- sacrificarle en interés placer; 16. El valor pedagógico de un profesor de gimnástica es inversamente proporcional al número de Jos aparejos que utiliza en vista de la forma que quiere obtener; 17. La forma es e] estado de salud, de fuerza, de soltu­ra, de resistencia y de hermosura en que coloca al cuerpo el adestramiento físico. La forma da más dominio sobre sí mis­mo, torna al sér más valeroso é independiente ; por eJia se sabe lo que el sér vale y quiere. Esa forma se adquiere difí­cilmente, dfa por día, con la voluntad; se pierde con facili­dad, pero se recupera pronto cuando se adquirió una vez Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia \.... 259 _J para siempre. La forma se lega á la descendencia por heren­cia; pero es tributaria del sistema nervioso : " La meta se al­canza con el cerebro "; 18. Las causas que han perjudicado la educación físic~: son : 1. 0 La ley del menor esfuerzo; 2. 0 La ignorancia de los principios de mecano-fisiología y psico-fisiología ; 3· 0 El ego-altruismo, es decir, la idea preconcebida que cada cual se forja de que aquello que le es conveniente· también debe serlo para sus semejantes: los brazos cortos han impuesto la . fuerza; las piernas largas impusieron la velocidad. Sólo con las luces de la anatomía es posible ver mentalmente el juego de los músculos bajo las vestiduras. Hace cien años que Ling encontró para Suecia las leyes de la verdadera y -útil enseñanza gimnástica, de la que debe darse al soldado en el cuartel y al niño en la escuela, y á la fe­cha hasta los más refractarios se han rendido á la evidencia de los resultados, de suerte que es la que hoy impera en todo Europa, y por lo mismo la que quisiéramos ver implantada en esta tierra colombiana, como lo será, no hay duda, mediante el apoyo del Gobierno, cuando el Excmo. Sr. General Heyes organice en plazo no lejano la Escuela Militar. · -Oficial- DECRETO NUMEHO 922 BIS DE 1905 ( 1 ~DE AGOSTO) que uspcnde el reconocimiento administrativo de unos créditos . El Presidente de la República CONSIDERANDO Que ha transcurrido tiempo suficiente para que hayan hecho valer sus reclamos ante el :Ministerio de Guerra, los individuos del EJército á quienes se les quedaron debiendo sueldos ~e actividad ó de excedencia y auxilios de march~ en la última guerra; Que conv1ene prevenir las gestiones temerarias que pue­dan presentarse por sueldos ó pasaportes que hayan sido ya reconocidos y pagados, DECRETA Artículo único. Desde esta fecha son inadmisibles en ~el Ministerio de Guerra las reclamaciones por sueldos 6 pase­portes devengados en cu.alquier tiempo de ]a última guerra. : Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia ~ 26o-' ~ienes tengan pendientes· créditos de esta naturaleza con­tra el Tesoro Nacional~ deberán gestionar su pago ante los Jueces ordinarios, observando la ritualidad de las demandas ci~iles. Exceptúase de esta disposición el reconocimiento de Jos ce.s militares, siempre que los comprobantes respectivos ha­yan sido expedidos por funcionarios competentes, y que éstos se-thallaran en ejercicio de sus cargos á tiempo del desacuarte­latnien to. Puhlíquese. Dado en Bogotá, á 1. o de Agosto de 1 905. R. REYES El Secretario del Ministerio de Guerra, encargado del De$paeho, CLiMACO LosADA DECRETO NUMERO 1018 DE 1905 ( 26 DE AGOSTO) por el cual se aprueba otro del Gobernador del Departamento de Caldas El Presidente de la República DECRETA Articulo único. Apruéhase el siguiente ce DECRETO NÚMERO 46 DE I f! DE AGOSTO DE 1905 por el cual se organiza la 2.• Sección de Policía Nacional de que trata el Decreto número 6g2, de 26 de Junio último, por el Poder Ejecutivo de la Nación El Gobernador del Departamento En uso de la autorización conferida por el Sr. Ministro de Guerra en telegramas del 10, 19 y 24 de los corrientes, DECRETA Art. 1f! Organizase la Sección segunda de Policía Na-cional en este Departamento, con el siguiente personal: Un Comisario de 1 .a. clase, Jefe de ella; Un Secretario ; Un Escrihien te ; Dos Agentes de investigación; v Diez Agentes de vigilancia. " Art. 2f! Las funciones de esta Sección de Policía Nacio­nal_ serán las determinadas en el Decreto número 692 (26 de .Jubo de 1 905), las que les señalan las Ordenanzas del Depar- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '-- 261 -' lamento á los Agentes de Policía, especialmente la de perse­guir los rateros y demás ladrones, vagos, jugadores á juegos prohibidos y falsificadores de moneda. Cumplirán, además, las órdenes que reciban del Gobernador, y con preferencia á t-o-das, las que les comunique el ~r. MiD:istro de Guerra. . Art. 3. 0 El Jefe de la Sección, siempre que no tenga m­conveniente grave con motivo del servicio, se presentará en la Gobernación dos veces cada día durante las horas de des­pacho-, á informar lo que estime conveniente y recibir ins­trucciones, y además, enviará un Agente al empezar las ho­ras de despacho para comunicarle órdenes. Art. 4. 0 Por separado se reglamentará el servicio y se proveerá la manera de que ella contribuya á mejorar la Poli­cía de la ciudad, en combinación con la Policía departamen­tal y municipal, sin colisiones y sin abandono de parte de los unos atenidos á la acción de los otros. Art. 5. 0 Nómhrase Comisario de x/ltclase, Jefe de la Sec-­ción, al Sr. General Angel M. Avendaño; Secretario, al S~ Pedro Emilio Lobo ; Escribiente, al Sr. Ramón Velásquez B.; Agentes de investigación, al Coronel Rodu)fo Valencia y Juan P. Jaramillo Isaza, y AO'entes de vigilancia: Rosendo Car­dona, Julio Botero, Juan B. Betancourt, Juan de Jesús Lon­doño, Quintiliano GaiJego, Calixto Botero, Sebastián Cárde-­nas, Luis María Calle, Luis Carlos Henao y Nepomuceno Ga· larza. Art. 6. 0 Estos empleados gozarán, según el Decreto nú­mero 836 del Poder Ejecutivo Nacional, de 19 de Julio últi ... mo, de las si~uientes asignaciones mensuales en oro: Comisano de J.a. clase, Jefe de la Sección, setenta pesos ($ 70); Secretario, cuarenta y cinco ($ 45); Escribiente, cua­renta($ 4o); Agentes de investiJación, treinta y cinco ($ 35); Agentes de vigilancia, treinta($ 30). · Comuníquese, publfquese y sométase á la aprobación del Sr. Ministro de Guerra. Dado en ;\tanizales, á 1. 0 de Agosto de 1905. ALEJANDRO Gu-rubuu~z El Secretario General, José Jesús Restrepo B." Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, á 26 de Agosto de 1905. R-. R:E'Y;#S El Secretario del Ministerio de Guerra, encargado .del D"spacho, CLIMACO LosA-n• Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '- 262 ...J DECRETO NUI\'IERO 1019 DE 1905 (26 DE AGOSTO) por el cual se hace un nombramiento para la Policía de Nariño El Presidente de la República DECRETA Artículo único. Nómbrase Secretario de la 6.a Sección Especial de Policía Nacional del Departamento de Nanño, al Sr. Coronel Proto Morales, en reemplazo de Cayetano Gé­mez, quien se excusó Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, á 26 de Agosto de I 905. R. REYES El Secretario del Ministerio de Guerra, encargado del .· Despacho, Cdl\IACO LOSADA DECRETO NUMERO -ro2o DE 1905 (26 DE AGOSTO) por el cual se aprueba otro dictado por el Gobernador del Cauca El Presidente de la República DECRETA Artículo único. Apruébase en todas sus partes el si­guiente "DECRETO NÚ.l\IERO 29 DE 16 JUNIO DE 1905 por el cual se organiza la Banda Militar de Música de Cali El Gobernador del Departamento del Cauca En uso de las autorizaciones que le da el artículo 5. 0 del Decreto numero 362, de 15 de Abril del presente año, so· ))re Bandas Militares, y en vista de lo ordenado por el Mi­Bisterio de Guerra, en telegrama de ro de los corrientes, DECRETA Art. 1. 0 De conformidad con lo prescrito por el articulo 6. 0 del Decreto citado, la Banda Militar de Cali constará del siguiente personal: Un Director, un Músico Mayor, cuatro músicos solistas, cinco de primera clase, cinco de segunda, tres de tercera y cinco de cuarta clase, sin contar los tres de batería. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -263- Art. 2. 0 Hácense las siguientes designaciones de perso­nal para la citada Banda : Músico Mayor, Gabriel M. Rodríguez; solistas, José M. Velasco, Pascual Viafara, Juan B. López y José A. Martínez; músicos de I.a clase, Manuel Soto, José L. Bolaños, Guiller­mo O. Quijano, Rafael V ásquez y Rubén López; músicos de 2.a clase, Jesús Soto, Alejandro H.eyes, Ernesto Paneso, Clí­maco J. Martínez y Santiago VeJasco; músicos de 3·a. clase, Francisco Piedrahita, Tomás Ayala y Camilo Rengifo; mú­sicos de 4.a clase, Cristóbal García, Robert~ Sol arte, Jaime Martín~z, Rudesindo Camacho y Manuel Grueso; müsicoa de batería, también de 4.a. clase, Cesáreo Caicedo, Leonidas Urbano y Gonzalo Pardo. Art. 3· 0 La Banda Militar de que se viene hablando quedará incorporada, para los efectos del régimen interior, al .Jfedio Batalldn 1/olgutn, ó al Cuerpo que haga la guarni­ción en la ciudad de Cali, y cumplirá las disposiciones del citado Decreto 362, en cuanto sean aplicables á las circuns­tancias especiales de ella. Art. 4. 0 Delégase al Prefecto de Cali la facultad de acep­tar, en nombre de la Gobernación, los documentos de com­promiso que, según el artículo 2? del Decreto alu rlido, deben otorgar los individuos de la Banda :Militar de 1\lúsica para poder ingresar á eJla, requisito sin el cual no podrán ser da­dos de alta. Deben asimismo acn~ditar que poseen los requi­sitos particularizados en el artículo 3· 0 del mismo Decreto. Dése cuenta al Ministerio de Guerra, comuníquese y pu­blíquese. Dado en Popayáo, á 16 de Junio de 1905. GuiLLER.ro VALENCIA El Secretario de Gobierno, Arcesio Aragón " Art. 2.0 D~ conformidad con el artículo 31 del Decreto Ejecutivo, tantas veces citado, se nombra Director de la Ban­da Militar de Cali al Sr. Julio Cuadros. Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, á 26 de Agosto de 1905. R. REYES El Secretario del Ministerio de Guerra, encargado del Despacho, CLÍMACO LOSADA Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ijoletín Militar de Colombia '- 264-' DECRETO NUMERO Io4o DE 1905 (SEPTIEMBRE 2) por el cual se dicta una providencia en el Ramo de Guerra El Presidente de la República DECRETA Artículo único. Declárase insubsistente el nombramien­to hecho en el Sr. Pedro Quintero Toscano, para Habilitado de la Compañía Suelta de Manizales, y nómbrase en su reemplazo al Sr. Jesús María Sánchez, quien deberá pres­tar una fianza hipotecaria de ciento cincuenta pesos en oro­($ 150). Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, á 2 de Septiembre de 1 905. R. REYES El Secretario del Ministerio de Guerra, encargado de! Despacho, CdMACO LOSADA DECRETO NUMERO 1041 DE 1905 (SEPTIEMBRE 2) por el cual se fija una partida para útiles de escritorio y alumbrado de las Sec. ciones de Policía Nacional El Presidente de la República DECRETA Artículo único. Asignase para cada Sección de Policía de los nuevos Departamentos, la suma de un peso ochenta centavos ($ 1-So), para escritorio; y la de tres pesos se senta centavos ($ 3 6o ), para alumbrado, todo en el mes y en oro. §. Este gasto se cubrirá en la res~ectiva Administra­ción de Hacienda. Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, á 2 de Septiembre de 1905. R. REYES El Secretario del Ministerio de Guerra, encargado def Despacho, CLiMACO LOSAJ)A... Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '- 265 _J DECRETO NUMERO 1042 DE 1905 (SEPTIEMBRE 2) que suspende el reconocimiento de unos créditos El Presidente de la República OONSIDERANDO Que constantemente se presentan al Ministerio de Gue­rra reclamaciones por valor de fletes causados durante la úl­tima guerra, y después, cuando permaneció en estado de si­tio el país por la separación de Panamá ; Que á más de la Pagaduría Central, de la Intendencia general, de las Intendencias de cada Ejército y de la Habili­tación del Cuartel genera), oficinas pagadoras de los gastos de guerra, el Gobierno tuvo situada por alg·ún tiempo en Agualarga, una caja especial para pagos de fletes terrestres; y aun dado el caso de que .por falta de fondos hubieran que­dado sin cubrir algunos créditos de esta naturaleza, ha transcurrido el tiempo suficiente para la gestión de los co­bros; y Que aparte de haber motivos para sospechar simulación en varias cuenfas pendientes de fletes atrasados, el Gobierno no puede aceptar dilaciones indefinidas de los acreedores le­gítimos, porque tiene que atender al pago preferente de otros servicios públicos, DECRETA Art. 1. 0 Queda totalmente suspendido, desde la publi­cación del presente Decreto, P,l reconocimiento y pago de fletes terrestres causados antes del 10 de Marzo de 1904. Art. 2.0 Los documentos de esta clase que estén pen­dientes, y en que se sospeche que haya simulación ó false­dad, serán pasados del Ministerio de Guerra á Ja Comisaría . de Policía Judicial para el esclarecimiento á que haya lugar, · á fin de que á los responsables se les apliquen las penas que corresponden á los defraudadores de las ren las públicas. Igual cosa se hará con los expedientes de ceses militares en que resulten responsables de fraude ó falsificación. Publíquese. Dado en Bogotá, á 2 de Septiembre de 1905. R.RE~ES El Secretario del Ministerio de Guerra~ encargado del Despa~ho, CLiMACO L.oS4PA Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -266- ORDENES GENERALES La Orden general del dfa 24 de Agosto de r 905, trae lo siguiente: Art. 689. Se pone en conocimiento de los miembros del Ejército que el Capitán Rubén Salcedo, dado de baja con fe­cha 1 r de Julio último en el Medio Batallón Córdoba, en donde prestaba sus servicios, ha sido inscrito en el LIBRO VERDE por haber dejado su puesto sin arreglar la documen­tación respectiva ni entregar los libros de su Compañía, así como también por la falta de no haberse presentado en este Despacho á responder de aquellos cargos, habiéndose hecho al efecto la debida citación. El General Jefe, D. EucLIDES DE ANGULO Para hoy sábado 26 de Agosto de 1905. Servicio Art. 6g3. El Estado Mayor general registra por medio de ]a presente Orden, como acontecimiento deplorable, el in­fausto suce~o del fallecimiento del distinguido Jefe Sr. Gene­ral Adriano Paz V., acaecido en el Departamento del Cauca; recomienda su memoria al Ejército como digna de imitarse por el patriotismo, decisión y valentía con que sirvió al país. Copia del presente artículo será enviada á los deudos del fina­do General. El General Jefe, D. EucLIDES DE ANGULO PARA EL DÍA 29 DE AGOSTO DE I 905 Art. 706. El Jefe de Estado Mayor General del Ejército, en vista de que algunos empleados del Estado Mayor dejan de concurrir á sus oficinas en las horas fijadas y sin legal excusa, perjudicando así los trabajos que en ellas cursan, dispone: En lo sucesivo el empleado que, sin legal excusa, dejare de concurrir á cumplir con sus deberes, el Estado Mayor Ge­neral lo declarará en uso de licencia temporal por el número de días que, en la respectiva orden, se dará para cada caso, y disponiendo que el sueldo correspondiente á los días de h­cencia ingrese al Montepío Militar, de conformidad con el artículo 9· 0 de la Ley r 53, de 5 de Diciembre de 1 8g6. En las guarniciones de fuera de la capital, Jos Sres. Ins­pectores departamrntales dictarán providencias análogas á Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia ,_ 267 -' la presente, para que se regularice el servicio de Jos emplea­dos que son impuntuales á sus oficinas, y al efecto, por me­dio de un aviso que se fijará en la oficina, señalarán las horas de abrirlas y cerrarlas, anotando el Jefe de ellas las faltas del caso. DEL Di A 30 DE AGOSTO DE 1905 A rt. 716 . Se dispone, una vez más, para conservar la plenitud de la disciplina, que se pase semanalmente una Re­vista de Inspección en los Cuerpos del Ejército para evitar la pérdida del vestuario, que se ha dado en convertir en ar­tículos ele cambio en ciertos acantonamientos. Los Jefes de Batallón ó medio Batallón darán párte de la revista á los Inspectores respectivos, quienes, en caso de novedades, le pro­curarán remedio al mal, dando siempre cuenta al Estado Ma- · yor General de los pártes que se les den, y caso de que se deje de cumplir esta orden, la harán cumplir por medi()s efi­caces, de acuerdo con las disposiciones del Código Militar, en los casos de desobediencia, ordenando los descuentos res,:­pectivos por las pérdidas de las prendas del material. Las relaciones de dichos descuentos serán enviadas mensualmen­te á este Despacho, con los cuadros de material y relación de conducta de los Oficiales. Para el efecto se señala la si­guiente forma de descuento en oro ó su equivalente en papel moneda, al 1 o,ooo por 'o o de cambio : Armamento 15 2 10 Un rifle, cualquiera que sea su clase ................ $ Una bayoneta ....................................................... .. U na cápsula ........................................................... . Correaje Un morral .......................................................... .. 2 U na fornitura completa ...................................... .. 3 Vestuario y equipo de parada 2 2 Un kepis ............................................................... .. Dolmán, levita ó chaqueta .................................. .. Pantalón . ............................................................. . Camisa .................................................................. .. 6o Calzoncillos ...................................................... .. 6o U na frazada ........................................................ .. 1 50 De cuartel 6o ~~ Chagueta ................................................................ . Kepis ..................................................................... . Pantalón ............................................................... .. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '- 268 __) Camisa........... .............................. ........................ 50 Calzoncillos............................ .... ......•• ................ .... 50 Frazada...................................... ............................. 1 Un . par hombreras................. ................................ So El General Jefe, D. EucLIDES DE ANGULO . INSPECCION DE PARQUES COPIA DEL ACTA DE VISITA AL PARQUE DE MANIZALES En la ciudad de Manizales, á treinta y uno de Julio de mil novecientos cinco, siendo el día señalado para la Revista de Inspección al Parque de esta "ciudad, presente el suscrito en el salón destinado para guardar el armamento, municio­nes y demás elementos que lo constituyen, en asocio del Ayu­dante Secretario, Coronel Nicanor Gómez, y el Guarda­parque encargado Sr. Ernesto Arias, se procedió á practicar dicha visita. Acto continuo se trajeron á la vista los siguien­tes libros: el de Movimiento de elementos diarios, el de Cuen­tas de especies, el de Diligencias de visitas y el Cuadro de material, y examinados que fueron detenidamente, se halla­ron aseados y arreglados ron el dü, sólo que han sido lleva­dos en cuadernos por carecer de los libros empastados res­pectivos; se dispuso por este motivo, que se abrieran nuevos libros en la forma indicada. Vistos los Cuadros que manifies­tan la existencia del armamento, municiones, correaje, ves­tuario, &c. &c., se procedió á confrontarlos y se hallaron conformes, á excepción de sesenta rifles de percución sobran­tes, que no figuran por estar inservibles; de tres rifles Pea­body que no figuran y que se ordenó dar de alta; de cuatro Malinger que figuran, se ordenó dar de baja dos por no ha­ber más que este número, y dos rifles Monting que existen y no figuran y se ordenó dar de alta. El armamento Grass en buen estado consta de mil novecientos setenta y dos (1972) rifles que están limpios y empavonados. El resto de esta arma, que no figura por estar en mal estado, y el total de mil cua- . trocientos setenta y cinco (1475), que forman el grupo de ri­. fles y carabinas de distintas clases, como Remington, Máuser, Peabody, &c., pudieran arreglarse establectendo un taller de armería. La existencia que figura de municiones de Grass y de Remington está en caJaS cerradas, de las cuales se abrieron algunas, se examinaron y se notaron en buen estado. El salón en que están colocados estos elementos, es espa .. cioso, seco y vent1lado en un piso alto deJ .edificio. La coloca­ción de.las ar.mas está bien hecha en un reducido espacio so .. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia L 26g J bre un ingenioso aparato de madera, en donde se pueden con­tar con facilidad. Este aparato, según informes ael Guarda­parque encargado, fue mandado construir por el General Jesús Arias, Guarda parque titular: tanto por esto, como por el arreglo del Parque en general, el suscrito se complace en consignar en esta acta, en nombre del Gobierno y en el suyo propio, su expresión de aplauso y de gratitud .Por el celo é Interés con que se ha distinguido el General Artas en el cum­plimiento y desempeño de las funciones que le corresponden. No habiendo otra cosa que ob&ervar, se dio por termina­da la visita, y para constancia se firma esta acta. El General Inspector, FLoRo GóMEz-El Guardaparque encargado, ERNESTO ARIAS E.-EI Ayudante Secretarw, Ni­canor Gdmez Q. CUERPO DE INV ALIDOS República de Colombia-Ministerio de Guerra-Seccidn­Número 6II-Bogotá, Agosto 30 de 1905 Sr. Director del BoLETÍN MILITAn-Presente Para que usted se sirva ordenar su publicación en ese periódico, tengo el honor de enviarle copia del memorial di­rigido á este Despacho el 5 del presente mes (por los miem­bros del extinguido Cuerpo de Inválidos en solicitud de alta mientras por la Corte Suprema de Justicia Jes decretan sus pensiones), y de la resolución de este Ministerio. De usted atento, seguro servidor, El Secretario del Ministerio, encargado del Despacho, CLiMACO LOSAD:A. Sr. Ministro de Guerra Los suscritos inválidos y_ en estado absoluto de pobreza por consecuencia de las mutilaciones ocasionadas en la últi­ma guerra, de consuno hemos resuelto el medio eficaz de di­rigirnos á usted para solicitar seamos dados de alta por el tiempo necesario para ver de conseguir que en la Corte Su­prema de Justicia se nos decreten las recompensas que nos otorgan las Leyes 1 4g de 1 8g6 y 21 de 1 go4. La justa petición que hacemos la fundamos en razones que á continuación agregamos: I.a. Como antes dijimos, Jos peticionarios carecemos en absoluto de bienes de fortuna. Consecuencialmente nos es imposible sufragar las necesidades indispensables de la vida en esta ciudad; Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '- 270 _.) 2.a La carencia de bienes quita el reinado de las buena,s costumbres y conduce las clases proletarias por el camino del vicio y de la miseria. Consecuencialmente son indirectamen­te responsables aquéllos por quienes se hicieron sacrificios y se buscaron sucesos adversos ó arriesgados ; 3·a La Corte Suprema de Justicia está investida de un carácter judicial que abarca no solamente la vida civil de las personas ó sea sus relaciones ó negocios, sino también re­suelve cuestiones de orden público. Consect.Aencialmente su es­fera amplísima de atribuciones, hace morosos los juicios por recompensas militares; 4 ... Una institución, encargada de resolver cuestiones serias y juicios de recompensas, habrá de seguir lógica m en te la prelación que exige la gravedad de los asuntos. Resulta que lo último que resuelve un Magistrado de la Corte es un juicio por recompensa militar; ~·a La permanencia durante todo el tiempo que sea ne­cesariO para que el actor obtenga la orden de pago que le de­crete la Corte, necesita de los medios que son necesarios para obtener la reclamación del asunto. Necesitamos no solamen­te lo necesario para el pago de la subsistencia diaria, sino también lo urgente y precisv para pago de honorarios y pa­pel sellado ; 6.a Usted sabe muy bien que estos liltimos gastos pecan por lo exagerados y exceden de las facultades que cada uno de nosotros pueda tener. No teniendo lo urgente para la vi­da práctica, cada uno de nosotros se ve en lá necesidad de comprometer la misma recompensa con la esperanza de obte­ner algún residuo que sirva de fondo de ca pi• al. Pero en rea­lidad lo que resulta es la pérdida de la recompensa y la des­trucción del fondo de capital con qué iniciar una vida hon­rada; 7·o. La Asamblea Nacional invistió á nuestro Presidente de las facultades necesarias para resolver toda cuestión justa y de orden público. Que sea justa nuestra petición no puede remitirse á duda. Que tenga relación con el orden público habrá también de asegurarse, comoquiera que los Gobiernos mantienen la paz y seguridad de los asociados con los sacri­ficios de los campamentos. Si no hubiera gen te dispuesta á sacrificarse por los Gobiernos, ¿cree usted que hubiera segu­ridad personal y colectiva de Jos Estados? s.a El estímulo se inicia en los bancos de las escuelas rurales, crece y se desarrolla en los colegios y con la vida pública de los ciudadanos. Ese sentimiento innato fue impre­so por Dios desde el principio de las sociedades. Prescindir, pues, de los que ha1 luchado por una idea grandiosa, es no Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '- 271 -' solamente desvirtuar ese principio divino, sino socavar los fundamentos de las instituciones cristianas. Tanto el Sr. Presidente de la República como usted se han hecho en sus conciencias las reflexiones apuntadas; han aceptado implícitamente nuestras necesidades y convienen en nuestras desgracias. El impulso generador en favor de los militares ha teni­do en esta tierra dos celosos y briosos defensores: el vence­dor de Enciso y el actual encargado del Despacho; y pode­mos asegurar, sin riesgo de equivocarno~, que :1.\'Iinistro algu­no puede preciarse de la popularidad que usted siempre ha tenido entre nosotros. Después de la batalla de Bo,yacá, el Libertador ordenó dar sumas de dinero á los inválidos de nuestras batallas li­bertadoras. El Congreso de 1821, los condecoró. La Legión colombiana, conducida al Perú por el invicto Córdoba, me­reció allí grandes honores en S11S inválidos. Desp~és del sol de Ayacucho, los inválidos colombianos fueron repatriados á su país natal, después de haberlos recompensado debida· mente. Recordamos, entre otros, á Jos bravos de Jenoy. Desde 1862 hasta 1885, los Gobiernos liberales también se :preocuparoD por sus inválidos revolucionarios del 6o y legitimistas del 66. Les concedieron pensiones vitalicias, y en la actualidad nuestro Tesoro paga muchas de las que en­tonces se decretaron. Después de la transformación política de 1885, el Sr. Dr. Núñez inició la Ley 84, expedida por el Con~reso de 1888, que contenía disposiciones favorables en matena de re­compensas y pensiones. Después de la batalla de Enciso en 1895, el Sr. General Rafael Reyes ordent'• que se dieran á los inválidos de Enciso y á los huérfanos y vmdas de los que allí hubiesen muerto, la suma de cuatro mil pesos á cada uno, suma que en ese tiempo representaba un fuerte capital. En vista de la exposición histórica anterior, verá usted que abundamos en razones y que la historia de nuestro país nos ha suministrado los más fuertes argumentos. Las conflagraciones armadas y la adversidad suelen per­seguir casi siempre al menesteroso. Parece que el encrespado turbión de la política no bus­ca su cauce natural; casi siempre se estrella en la casa del vecino y derrumba las paredes del pobre. La falta de los miembros no solamente es una deformi­dad física, sino también, en el común sentir, una deformidad moral. Recuerda las luchas fratricidas de un pueblo y paten­tiza las esterilidades de las luchas. Si es estéril el inválido porque es incapaz de engendrar el alimento diario; estéril la Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '- 272 ....) tierra que lo rodea, porque no puede fructificarla con el tra­bajo, y estéril la vida, porque la sociedad lo excluye. La conmiseración natural habrá de inducir á usted en nuestro favor, la libre expiación de nuestra miseria habrá de contenerse por la resolución natural y justa de un Ministro benigno que acoja nuestra súplica. Sr. Ministro. Bogotá, Agosto 5 de 1905. Antonio M. Ruiz, Adolfo Rodríguez; rogado por el Co­ronel Heliodoro Ruiz, á quien le faltan ambas manos, lo hace Cayo García, Justiniano Alvarez, Vicente González, Emilio :Marroquín, Marceliano Vargas, Jesús A. Escobar, Miguel Monto.va, Marcos Cufiño, Salvador Martínez, Crispiniano Os­pina, Epifanio Galán, Lisandro Herrera, Florindo González, Leonardo Silva, Pablo Marlinez, Faustino Rincón, José Pite, Bautista Díaz, Cruz Mejía, Rafael Arias, Félix A. Roldán, Hilar·io Lerma, Emilio Romero, Aristides Cuta, Juan de la Crnz Meléndez, Esteban López, Francisco Peralta, Moisés Ortiz, Heliodoro Chaves, Alejo Cerna, Marcos Ordóñez, An­tonio Riaño, Francisco A. Pérez, Roberto González S., Pedro . Antonio Mesa O., Aurelio Pinilla, Aurelio Ca1lejas, Tomás Benavides, Filiberto 1\Ioreno, Miguel Ahumada, Ismael G. Del­gado, José María Barcas Negras, Juan Páez, Teófilo Medellín. Ministerw de Guerra-Bogotá, 28 de Agosto de I905 Por la Ley 31 de 1 go4, vigente aún, se dio prohibición de mantener Cuerpos de Depósito; y aun cuando en la Ley 33 del mismo año se facultó al Gobierno para organizar un Depósito de Inválidos, allí mismo se determinó que la dura­ción de la Ley sería cuando más por un semestre. Solícito dio el Gobierno puntual cumplimiento á la ci­tada Ley 33; pero una vez que surtió sus efectos, quedó com- 1 plet 1mente imposibilitado para continuar la organtzación del Dep6sito; no obstante el interés muy grande que le inspiran todos aquellos que en la última guerra quedaron inválidos por servir al Gobierno. Sometida esta petición al ar.uerdo de anteayer con el Excmo. Sr. Presidente de Ja República, dispuso ponerla, por el órgano de este Ministerio, en conocimiento de la próximrt Asamblea Nacional, para que dicte alguna ley que provea la manera de hacer menos penosa la suerte de los inválidos, ya que el Gobierno carece de autorizaciones á este respecto. Téngase en cuenta este memorial para pasarlo á la Asam­blea, y hágase saber á los interesados este proveído. El Secretario, encargado del Despacho, CLíKA.Co LosADA. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Publicaciones periódicas

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Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 10

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Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 3

Por: | Fecha: 22/07/1905

Seria TII-Tomo 11 Afta IX -.N.o 3· o · B~atin Militar ~~ CalamDi& ORGANO DEL MINISTERIO DE GUERRA Y DEL EJERCITO Director y Editor FRANGISG8 J. VERGARA Y VELASGO General de Ingenieros ~ Pmát muy bien suceder que uuestro respeto á todas las co1zvicciotzes, venga á parar. · e1z la indiftrmcia y 1zos deJe s111 cmrgla para dejmder las 1tuértras ENRIQUE SIENKIEWICZ • • • Bogotá, Julio 22 de ~905 * • • -Oficial- 20 DE JULIO DE l905 ORDEN GENERAL DEL EJÉRCITO Art. 590. Hoy festejamos el natalicio patrio. Por primera vez el pabellón tricolor de la Repú­blica ondeó fulgurante al eco de los preludios electri. zadores de la Libertad, en la gloriosa fecha que nos es grato rememorar. · Dijérase que desde el fondo de los sepulcros de los fundadóres de nuestra emancipación, como su tes­tamento, llegan hasta nosotros sus mandatos de orden, de unión y respeto á la autoridad, para recordarnos que los pueblos que no buscan su fortaleza en los há­bito~ de justicia y en la mina del trabajo, están desti­nados á perecer entre las torturas de la debilidad y las de la vergüenza. Ni pensar es posible de otra manera, cuando una realidad, dura como el desengaño, ha ve­nido á persuadir al mundo de que los oébiles están lla­mados en todo caso á ser vencidos por los fuertes, por­que, hoy como ayer, ellos hablan sólo de justicia y de razón para profanarlas y escarnecerlas, si es que de sus propias conveniencias se trata. i'JRES. JEFES Y OFICIALES DEL EJER­CITO! No olvidéis que las armas de que se valieron 5 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '-66_) nuestros mayores para enarbolar aquel pabellón que nos dio nombre y autonomía, son las mismas que hoy lleváis para mantenerlo en alto, y que ellas no pueden emplearse en cosa distinta. Hacer lo que ellos hicieron : ofrendarlo todo ante los altares de la naciente Patria, cuando _ella no exigía sino lealtad, valor y abnegación, es lo que correspon­de repetir á cuantos hemos sido llamados, para honra nuéstra, á ocupar un puesto entre los escogidos para sostener su decoro y soberanía. ¡SOLDADOS ! La noble carrera de las armas, cuando se sigue á la sombra del honor, es escabel que da pie para llegar á las elevadas cumbres del heroís­mo, de la gloria y la inmortalidad. En el campo de la República han salido con fre-­cuencia, de entre las filas que ocupáis, los prohombres. que han dejado el fusil para empuñar la espada del Ge­neral ó el bastón del Magistrado; lo que prueba que ella ofrece vastos horizontes á las aspiraciones genero-­sas. Pero para llegar á la meta de esas aspiraciones, pensar es necesario en la necesidad de enaltecer los ideales, en acumular conocimientos útiles y en hacer pesar sobre la traición el poder de todos los anatemas,. · como que ella ha sido y será la causa determinante de ]a decadencia rle ]as naciones en que ella sentara sus reales. Por fortuna para cuantos aman la tierra á cuyo servicio hemos consagrado la primicia de nuestros es­fuerzos, son decididamente favorables los actos con que háse iniciado el actual régimen. Ahogado el espí • ritu perturbador de la Revolución al cerrar rle vuestros brazos varoniles, el paí~ mira en lontananza auroras venturosas que el trabajo hará resplandecer, y que embellecerá la industria con sus múltiples produccio• nes; y de esperarse es que lo que la guerra aniquiló nos lo restituyan la paz, el derecho y la justicia, que han venido á ser la síntesis de los anhelos redentores del Gobierno. Contribuir para que el programa rle r.oncord'ra y de común seguridad que se ha preconizado, se des· Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '- 67 _; arrolle con vuestro concurso; mantener por modo in· contrastable el imperio de las leyes que habéis jurado defender, y recomendaros por vuestra instrucción y disciplina, á fin . de que el Ejército sea fuente de espe· ran~a antes que instrumento de temor, como que se considera sustentáculo de la libertad y del engrartdeci­miento de la Patria, es deber d~ todo militar para co· rresponder así á la confianza en ellos depositada, y ' para demostrar que no es estéril la enseñanza recibida de los repúblicas que ennoblecieron la causa de la In· dependencia suramericana ! ¡Viva en la memoria del Ejército colombiano el 2ode]uliode 1810! El General Jefe, D. EucLIDES DE ANGULO INSPECCION MILITAR DE LA REPUBLICA PLIEGO DE INSTRUCCIONES DEL .1\UNJSTERIO DE GUERRA Á LOS INS­PECTORES MILITARES DE LOS DEPA.RTAMENTOS Bogotá, Jallo 5 de I905 Sr. General Inspector Militar del Departamento de ..... .. . Una de las mayores aspiraciones del Excmo. Sr. Presi­dente es la de ver colocado á nuestro Ejército á la altura que demanda la importancia y nobleza de su institución, devol­viéndole su antiguo esplendor y prestigio para que se haga acreedor á las altas distinciones que le corresponden, y que por su conveniente organización, disciplina, moralidad, su­misión y obediencia á los altos poderes y á las autoridades eonstituídas, llene de modo satisfactorio su elevada misión de mantener el orden público y defender los intereses de los asociados, cuya salvaguardia le está encomendada. Habiendo sido designado usted para sustituir á Jos Co­mandantes Generales y á los Inspectores Divisionarios de los Departamentos, espera este Despacho de su actividad y de su adhe~ión á las actuales instituciones, así como de su interés por coadyuvar á la acción del Gobierno, en el sentido indicado, que no omitirá esfuerzo alguno por llevar á feliz término la Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colornbta '- 68 __; grandiosa idea de q_ue me ocupo, y que, para conseguirlo, se servirá atender las mstrucciones siguientes: a) En los primeros días de cada mes pasará una revis­ta de inspección en los Cuerpos del Ejército acantonados en el territorio de su jurisdicción, 1Jenando en ellas todas y cada una de las prescripciones que determina el inciso 1. 0 , artículo 1.0 del Decreto número 202 de 1896; b) De la misma manera practicará visita escrupulosa· ep las Habilitaciones de dichos Cuerpos, de conformidad con las reglas establecidas al efecto; e) Examinará las armas, municiones, correaje, instru­mentos y útiles de bandas, banderas, vestuarios, equipo, me­naje, &c., de cada Batallón, todo lo cual debe confrontarse con la respectiva situación de material, dando aviso al Mi­nisterio acerca del estado en que se encuentran, indicando los elementos que falten para su completo equipo; d) Practicará en cada revista un examen t\ los Oficia­les, clases, cornetas y tambores, sobre las materias y obli­gaciones concernientes á su empleo, poniendo cuidado es­pecial en inquirir el mayor número de informes sobre la con­ducta que obser.ven y la manera como cumplen sus deberes; e) Hará que los individuos que forman las Bandas de Música de] Ejército presenten examen teórico y práctico, y procurará qu los Dircctore , de acuerdo con Jos contratos respectivos, envíen instrumentadas el número de piezas que tienen obligación de presentar; f) En ausencia de Jos Jefes y Oficiales, interrogará á los individuos de tropa para que expongan si tienen queja sobre cualquier asunto del servicio; SI sus haberes y lo co­rrespondiente á jabón, &c., se les paga cumplidamente, y si s.e les ha hecho descuentos y por qué causa; g) Después de examinar. los edificios ocupados como cuarteles, informará a] Ministerio sobre las reformas ó re­fecciones que deban hacerse para la salubridad, &c., de Jos Cuerpos ó guarniciones; h) Con la frecuencia que sea posible, practicará visitas en los Parques nacionales, examinand0 los libros que en ellos se lleven, comparando la existencia de armas, municio­nes y demás elementos con la que conste en dichos libros, é indicará al Ministerio las reformas ó innovaciones que con­venga. introducir; z) Solicitará del Ministerio, con noventa días de antici­pación, el envío de remesas de dinero, acompañando el pre .. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 'Boletín -Militar de Colombia L 6g .J supuesto mensual del vestuario y demás elementos que nece­sitan las fuerzas, cuya inspección le corresponde, para obte­ner así su buena marcha y evitar que sufran escaseces; J) Tomará especial interés en que las fuerzas se ocupen constantemente como zapadores en la reparación y construc­ción de edificios y vías públicas y en que den ejemplo de moralidad y disciplina, por su buena organización ; k) Procurará que las mismas fuerzas presten á las au­toridades civiles y á los empleados de las rentas nacionales el apoyo que de ellas soliciten para la conservación del or­den público y el respeto 1Í las instituciones y disposiciones del Gobierno; l) Con toda eficacia hará que se cumplan las disposi­ciones del Decreto número 706, de 28 de Junio próximo pa­sado, en desarrollo de la Ley 26 del año en curso; ll) El día último de cada mes rendirá un informe deta­llado al Ministeri0 sobre la manera como haya ffitdo cum­plimiento á las presentes instrucciones, en e1 cual indieaJiá todas las reformas y disposiciones que convenga dictar pata. la mejor marcha del ramo, y para conseguir lo que el Go­bierno se propone, y de que se trata al principio de estt pliego; m) Todos los informes, solicitudes, y en general, la co­vrespondencia telegráfica y postal que en desempeño ae sn cargo tenga necesidad de dirigir á este 1\Iinisterio, la en-riarrá por conducto del Estado Mayor General, ó de la lnspeccióa General del Ejército, por ser sus inmediatos supenores, y de quienes directamente depende; n) En el informe mensual de que trata el punto ll, el cual será publicado en el periódico oficial, incluirá también el estado en que se encuentran los puentes y caminos, caifi~ oios nacionales, pavimentos oc )as calles de las pob~aoio­nes, &c.; ñ) De modo preferente y p or cuantos medios estén á :sn alcance en la esfera de sus atribuciones, prestará decidido y eficaz apoyo á las autoridades en el sentido de imprimir fuerza y vigor á los Municipios, puesto que de su acertada y con• veniente organización depende en mucho el progreso del país; o) El envío del informe mensual es obligatorio-, y al Inspector que falte al cumplimiento de este requisito, -se le impondrá como pena el no reconocimiento del sueldo que devengue en el mes siguiente, Jo que se ~omunicará al res-. pectívo Pagador. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '- 70 _J Sírvase usted acusar recibo del presente pliego de Ins­trucciones. Dios guarde á usted. El Secretario, encargado del Despacho, CLiMACO LosADA DECRETO NUMERO 773 DE 1905 (JULIO 8) por el cual se organiza el servicio médico del Distrito Capital El Presidente de la República CONSIDERANDO 1.0 Que la guarnición del Distrito Cal>ital en la actuali­dad está reducida á un Batallón del Ejército y al Cuerpo de Policía Nacional ; 2.0 Que es numeroso el personal de Médicos y Practi­cantes destinados al servicio del Hospital Militar y Cuar­teles; 3. 0 Que la difícil situación del Tesoro impone al Gobier­no ineludible deber de hacer las mayores economías en la Ad­ministración Pública, para lo cual es necesario reducir el personal de empleados á lo estrictamente indispensable, DECRETA Art. 1. 0 A partir del 1.0 de Agosto en adelante, rcdú­cese el servicio médico del Distrito Capital al personal si­guiente: Un Médico Jefe y tres Practicantes para el Hospital Militar Central ; y Un Médico Jefe y un Ayudante para los Cuarteles del Ejército y Policía Nacional. §. El personal g.ue por este Decreto se destina para ser­vicio .. del Ifospital M1litar Central, subsistirá mientras el Go­bierno resuelve si ese Establecimiento continúa por Admi­nistración ó se celebra un contrato para la asistencia de los enfermos. Art. 2.° Como consecuencia de] artículo anterior, desde la fecha que en él se determina, quedan eliminados los pues­tos de Médico~, Practicantes y Ayudantes que no están com­prendidos expresamente, tanto para el Ejército, como para la Policía. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia "-71_; Art. 3· 0 Por Decreto separado se harán los nombra­mientos para los puestos de que trata el presente. Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, á 8 de Julio de 1905. R. REYES El Secretario del Ministerio de Guerra, encargado del Despacho, CLiMACO LosADA DECR;ETO NUMERO 826 DE 1905 ( 14 DE JULIO) que hace varios nombramientos en el Ramo de Guerra El Presidente de la República DECRETA Art. 1.0 En desarrollo del Decreto número 773, de fecha 8 del presente, reorgánico del servicio médico del Distrito Capital, nómbrase al Dr. Aparicio Perea .Médico Jefe del Hospital Militar Central, y Practicantes del mismo á los Sres. AleJandro Giraldo, Francisco Olarte y Jorge Chaparro. §. Los nombrados devengarán el sueldo que han tenido allí, á excepción del último, que será dado de alta como Sar ... gento en el Cuartel General del Ejército, y tendrá derecho á alimentación en dicho Establecimiento. · Art. 2.0 Nómbrase igualmente al Dr. Policarpo Piza-rro Médico Jefe para los Cuarteles del Ejército y Policía Nacional, y al Dr. Manuel Peña Ayudante de dicho Médico, con el sueldo ó asimilaciones de que hoy disfrutan. Comuníquese y publíquese. Dado en Bolotá, á 14 de Julio de 1 905. R. REYES El Secretario del Ministerio de Guerra, encargado del Despacho, CLiMACO LOSADA Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia L. -72 _) DECRETO NUIVIERO 831 DE 1905 (JULIO 1 4) por el cual se decreta una permuta en el Batal/6n Rifles DECRt!:TA Artículo único. A petición del Inspector Militar del De­partamento de Santander, decrétase permuta entre el Tenien­te Justo Olarte, segundo Ayudante del Batalldn Rifles y el Sr. Remigio Roncancio, Institutor del mismo Cuerpo. §. Esta novedad se causará con fecha 10 del presente. Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, á 14 de Julio de 1905. R. REYES El Secretario del Ministerio de Guerra, encargado del Despacho, CLÍMACO LOSADA DECRETO NUMERO 832 DE 1905 ( 1 4 DE JULIO) por el cual se l'educe la guarnición en el Departamento de Sanran·der y se dis­pone concentrar unos pal'ques El Pre.¡¡idente de la RQpública DECRET!.\ ~rt. 1.0 A contar üel 1. 0 de Wgosto próximo en Cle­lante la fuerza que hace la guarnición en el Departamento de Santander quedal'á reducida á dos medios Batallones, eon tres Compañías de á ochenta y siete plazas cada una, I'as cua­les, con los nombres d~ Tiradores y Rifles, continuarán acan­tonadas en las lazas de Cúcuta y .Bucaramanga, respee iYa­mente. Art. 2.° Como consecuencia de lo que dispone el artí­culo anterior, el día último del mes en curso serán licencia­dos el Batalldn Cazadores que hace la guarnioión de Pam­plona; dos Compañías del Batalldn Tiradores, en Cúcuta,: y dos Compañías del Batalldn Rifles en Bucaramanga. Art. 3· 0 Para el licenciamiento de las fuerzas de que trata el presente, se observarán las reglas que determína el articulo 30 del Decreto número 82 2 de 1904. Art. 4? Los parques existentes hoy en las ciudades de Pamplona y Ocaña, inmedi-atamente serán concentrados en Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOletín Militar de Colombia '- 73 _J el de Bucaramanga, para lo cual el Gobernador del Depar­tamento de Santander procederá á celebrar los contratos de transporte . que fueren .. necesarios, sometiéndolos á ult.erier aprobación del Ministerio de Guerra. Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, á 14 de Julio de 1 905. R. REYES El Secretario del Ministerio de Guerra, encargado . :el Despácho, GL'iMACO LOSADA DECRETO NUMERO 833 DE 1905 ( I4 DE JULIO) que señala una asimilación El Presidente de la República bECRETA . Artículo 'único. 1El Sr. Emilio Castillo y García, bonibra­do pa:ra la recolección de los elementos que constituyeron la fábrica ele cápsulas, continuará dado de alta en el Cuartel General ael Ejército, desde el x6 de Junio último, con la asi­milación de Coronel, ó sea un sueldo de $ go en oro hren­suates. Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, hocal~aptarill~s~ ~~ aparejo, de acuerdo con las reglas d~l arte d~ constrqír, y la. p1edras sentadas en mortero de caL Esta última traida.de l~$ caJeras de Lenguazaque. Las cuatro cuadrillas restantes están destinadas á tra­bajos de banqueo, y han ejecutado un fuerte mov.imiento de tierras en las cercanías de Las Pilas. Se hallan cortes de más de 3 metros de altura y terraplenes de más de .2 metros. El trazado de la línea es muy ventajoso y elegante : alineamien tos rectos de bastante longitud, empallllado~ pqr curvas de buenos radios. Se lleva una nivelación continua sin exced~ la pendiente adoptada para Jas buenas car.retera,s. En fiJñ todp de acuerdo con los principios técnicos que enseña el,ar­te del ingeniero. Los trabajos rpás a;vanzados se encuentraq á mayor 4i~ tanc1a de 1 kilómetro del punto denomig&do Las Pilas y li~­cia el Norte en dirección á Boyac~. República de Colombia-Mt!u"sterio de Guerra-Seccidn. r.a __ Número 368-Bogotá, Junio ro de rgo5 Sr. Director del BoLETlN MILITAR Adjunto á ésta tengo el honor de enviar á usted para su pubhcación en el próximo número del BoLETÍN, el infor­me que presenta á este Ministerio el Dr. D. Jorge Brisson, como resultado de la visita de inspección que practicó en Jo trabajos de zapadores del Ferrocarril de Girardot. E>e usted muy atento y seguro servidor, El Secretario lel Mini terio, encargado del Despacho, CLfl\IACO LOSADA INFORME SOBRE I.OS TRABAJOS DE LOS ZAPADORES E:i I,A LÍ~EA DEL :PERROCARRIL DE GIRARDOT, PRESENTADO AL SR. MINISTRO DE GUE­RRA POR EL INGENIERO MILITAR 1 EL ~o de Mayo del presente año tuve el honor de reci.:. hir la nota siguiente: República de Colombia-Ministerio de Guerra-Seccidn r.• Número 28-Bogotá, Mayo I9 de rgo5 Sr. D. Jorge Brz'sson-Presenle Este Despacho ha tenido á bien comisionar á usted para que, como Inspector de los trabajos de zapadores, practique Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '- 86 _¡ una visita en los que, por el Ejército, se ejecutan en el Fe­rrocarril de Girardot, para donde debe usted ponerse en marcha inmediatamente. De usted atento, seguro servidor, Por el :Ministro, el Secretario, CLi:.rAco LosADA En cumplimiento de esta orden, me puse en camino para La Mesa el 2 5 del mismo. No comparto la idea, que tienen muchos, que la elección de la vía férrea del río :Magdalena á Bogotá por Girardot, ha sido un error muy grave. Ningún ferrocarril factible y que atraviese países habitables es un error. Si ahora se han descubierto trazos preferibles, más económicos ó más cómo­dos, el otro no habrá d ejado de fomentar toda una admirable región, como es la del val1e del A pulo, de aumentar la pobla­ción y de criar industrias y cultivos. La cuestión de los ferrocarriles es, en la hora presente, una cuestión palpitante, solemne, vital para este país. Las vías férreas levantarán la situación financiera, permitirán ]a exportación de Jos frutos á precios que dejarán un verdadero beneficio á los productores y atraerán capitales extranjeros é inmigración. Los ferrocarriles han hecho la fortuna y creado la si­tuación próspera de la República Argentina y de Chile. Sin ferrocarril no puede haber industria, agricultura ni comercio remuneradores para una Nación en la época en que "·ivimos. Los pueblos que no se apresuran, en este siglo, á construir vías férreas, st<\n sentenciados á quedarse forzosa­mente á la cola de Jos demás. Según tengo entendido, los mismos in~enieros de la Compañía no están en un todo resueltos sobre la adopción del trazo definitivo, pero es probable que después del Caca­gua!, seguirá por el Oriente de las mesetas de San la Inés y de Anolaima al Sur de Zipacón, y empatan\ con Facatativá por el Boquerón de llojacá. Calculan de tres á cuatro meses para inaugurar la Esta­ción de San Javier, á I o kilómetros al NE. de la estación ac­tual de San Joaquín, y á 2 kilómetros de La 1\Iesa. La Com­pañía Colombian iVational Ry C. 0 Limited, tiene actualmen­te unos 6oo trabajadores en este trayecto, : están constru­yendo la estación de San Javier. II A la lectura de las estipulaciones del contrato que el Go­bierno (Ministerio de Obras Ptíblicas) ha celebrado con la Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '- 8¡ _J Compañía, relativamente á los trabajos del Ejército en la vía, se comprende inmediatamente que aquél (el Gobierno), ha querido favorecer la empresa, prestarle un poderoso apoyo, y en manera alguna ha pensado especular ó hacer un nego­cio, sino únicamente colaborar patrióticamente, empujándola con vigor á esta obra de redención y de salvación para la Nación entera. Efectivamente, más bien el contrato es gravoso para el Gobierno. La Compañía se compromete á pagar al Gobierno la suma de$ 2g,4oo en oro para la construcción del banqueo y excavaciones en cinco kilómetros, es decir, desde el punto tér­minus del kilómetro 72 hasta el ídem del 77· Estos$ 2g,4oo en oro se emplean semanalmente en pa­gar los r ,ooo zapadores que trabajan, á razón _de 4o centési­mos en oro, ósea$ 4o en papel. Pero, agotada esta suma, si los cinco kilómetros no están en estado de ser entregados, el Gobierno continuará ~ufra­gando los gastos hasta completa terminación. Es Yerdad que la Compañía ofrece primas de $ 5,ooo y $ 3,ooo en oro si el contrato se cumple en 6o ó go días; pero al examinar la formación de los terrenos y al ver la cantidad de tierra qne hay que remover, con excavaciones (1oo,goo me­tros cúbicos aproximadamente), parte en roca más ó menos dura, se comprende que los zapad res están en la imposibi­lidad material de dar cumplimiento al contrato en un lapso que no entrañe otro gasto que el de la suma de$ 2g,4oo en oro. De modo que la p1·omesa de las primas es ilusoria. Hay que tener presente <.JUe los militares no trabajan se­manalmente sino cinco días sobre siete, lo que, en realidad, por poco que haya alguna fiesta en e] mes, da nn resultado de sólo unos veinte días de labor me11sualmente. Todavía la Superintendencia del F ·rrocarril no ha su­ministrado todas las herramientas y \'ehículos necesarios. Al Girardol no le han entregado sino r r 5 carretillas y 2 carritos (de un metro cúbico cada uno) por cada línea De­cau ville, lo que es insuficiente. Por la ch\usula 3, el Gohierno se obliga á reembolsar á la Compañía todas las herramientas dañadas ó perdidas, lo que no dejará de ser muy gravoso. - Hay cinco fases en la construcción de una vía férrea: ~~ Estudio de la topografía .Y de la formación de los te­rrenos, trazo, nivelación, planos, &c.; 2~ Construcción de la vía: movimientos de tierras, cor­tes, excavaciones, banqueos, terraplenes, taludes, &c.; Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín l\llilitar. de Colombia '- 88 ___; 3~ OLra de arte: puentes~ alcantarillas, desagües, pasos á n'vcl (c.ruz~rniento de hl víél con caminos), pasos: arriba (viaductos), í~.icm abajo (túneles), &c.; · 4~ Colocación de, Jos durmientes y rieles, balasto; fi~ c{)locación del material rodante. Nü tenemos aquí que ocuparnos sino de la 2.a fase. 111 El Batalldn Girardot está encargado de la construcción de la vía (banqueo, excavaciones, terraplenes) en los kilóme­tros 73 y 74, y están repartidas las Compañías en toda la ex­tensión de este trayecto. El General Próspero Piedrahita, con buen tino~ ha esta­blecido su campamento en una falda elevada y bien ventila­da, San Juanito, casi en medio de los dos kilómetros, y dp­mina así, á pocos pasos, toda la sección que le toca. El campamento está muy bien organizado: toldo de la Comandancia, Ing·eniero, alojamientos de las fuerzas, hospi­tal, almacenes, excusados, &c., en forma cuadrada, con mu­cho orden, limpieza y facilidad para la disciplina y vigilancia. El kilómetro 73 principia unos 100 metros a.l Sur del cruzamiento del camino de La ~fesa á Anolaima, y 500 me­tros abajo de la hacienda de San Javier. El Dr. José D. Paz, Ingeniero Militar del Cuerpo, lleva estricta y semanalmente cuenta exacta de Jos movimientos de tierra ejecutados por cada Compañía en su sección respec­tiva. 'r.odos los días lahoraulcs trabajan del Gi!'ardot de 4oo á 420 hombres. Enfermos g-rav~s, en el hospital, hay en este momento, 6. Enfcrmetlade::; benignas, principalmente úlceras (loras), 20. Los trabajos serios empezaron el 9 de Mayo. Los días anteriores, desde el 3, fueron dedicados á la construcción del campamento y á las rozas. Hay un li..,.ero iuconvenicnte que con ~ iste en que los In­genieros de Ja Cornpaiíía transmiten directamente, en el tra­bajo, las órdenes é indicaciones á Jos Oficiales subalternos y soldados. 1\-le parece que sería más con ven icnte para la con­servación de la disciplina y de la obediencia jerárquica, que éstas se hicieran al Ingeniero militar del Cuerpo ó á los Jefes, quienes las pa. arfan luégo á los Capitanes de Compañía y demás Oficiales encar~ados. Durante toda mi visita me acompañaron el Jefe del Cuerpo, General Próspero Piedrahita~ el Ingeniero Dr. Paz, los Coroneles, Capitanes, &c. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '-89-' El Batalldn 1. 0 de Art-illería está encargado de los kiló­metros 75, 76 y 77· Este último termina un poco más allá del Cacagual, después de pasar el camino deJ Arrayán, que arranca del camino real de Serrezuela á La Mesa y conduce á Anolaimfl. A pesar de tener los trapajos más distantes que los del Grirardot, el Batalldn de Artilleria se ha ~lojadp en casas á la salida d~l pueblp de La Mesa. Esta distancia, que es de cerca de una legua, me ha parecido ocasionar una grave pér,. dida de tiempo, y quizás sería ha$ta más sano tener el Bata ... llón, que consta de unas 6oo plazas, acampado en una de la{) hermosas vegas que ofrece el valle del Apulo en el mismo Ju­gar y abajo de los kil6metros mencionados. Est~ Batallón ha construido en la parte superior de la falda y. arriba del tr~zo, un camino de herradura en banqueo, probablemente para facilitar el tránsito, pero no he compren dido bien la necesidad ni utilidad de este caminito, que debe haber costado el empleo de tiempo y de brazos. A Jo menos si se hubiera construido en el mismo trazo deJ banqnen, hu­biera tenido alguna ventaja práctica. Me permito hacer modestamente unn ligera indicación al Sr. Ingeniero del Cuerpo de la Artilllería, á quien no tengo el honor de conocer: Es muy importante no botar á un lado, ni desperdiciar las tierras que se sacan de las excavaciones, cortes, taludes y banqueos, cuando, á algunos pasos, adelante ó atrás, tienen su empleo en los terraplenes. Este Batallón tiene que construir tres kilómetros más difíciles que los confiados al Girardot, mayores movimientos de tierras, alcantarillas, para cruzar depreciones de 8 y 10 metros en varios trayectos y cortes y terraplenes muy fuertes, pero consta de 200 plazas más que el otro. IV De todos modos, el orden, la disciplina y la consagra­ción al trabajo de estos Batallones son muy satisfactorios. El es{>intu que reina en las fuerzas es excelente, todas las poblacwnes, en Jos alrededores, se felicitan de las rela­ciones que tienen con los señores militares, como dicen todos allá. Soy del Sr. Ministro muy respetuoso y obediente ser­vidor, El Ingeniero militar, JORGE BRISSON Cirardot, Junio 2 de 1 905. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -:-gü- Repúbllca de Colombia-EJército Nacional-" Batalldn 2.0 de Bomboná "-Comandancia--Número 62-Madrid, Junio 16 de 1905 Sr. General ]'efe de la Mesa Central-Bogotá Adjunto á la presente tengo el honor de remitir á su Despacho la situación de personal del expresado, correspon­diente del 1.0 al 15 del presente mes. Igualmente tenO'o á honra comunicarle que desde el día r4 se establecieron definitivamente los trabaJOS de acuerdo con el Inspector, General Ilernández, de la siguiente .ma­nera: Dos Compañías componiendo la vía de este poblado á Barro blanco, dos en Mosquera al mando del segundo Jefe, perfeccionando el camino pcsde la salida de esa población, hasta el mismo punto (Barroblanco), y una Compañía entre dicho lugar, Barroblanco, y Elllospicio, cerca de Tena, al Sur. Se trabaja con mucho entusiasmo, pero de preferencia y como requisito necesario é indispensable hacen falta ca­rros para acarrear la piedra, lo mismo que el Ingeniero, pues hasta hoy no ha habido persona quten formalmente entienda y sepa dirigir los trabajos. Dios guarde á usted. El Coronel primer Jefe PIOQUINTO ConTÉs M. ORDENES GENERALES En el artículo 57~ de la OrJen General del día l 5 de Julio, se expresa lo siguiente : Sr. Genend Jefe de Estado Mayor General del Ejército. Sobre la consulta que usted se sirvió h1.cerme en la Nota número I ,858, de fecha 7 del mes que cursa, dispone este Des· pacho que la visación que correspondía firmar al Jefe de Estado Mayor en las listas de Revista de Comisario . cuando no se habían eliminado los Cuarteles g-enerales de División ó Jchlura militar, sea reemplazada, en Jo sucesivo, por la del Inspector Militar De­partamental respectivo, si st hallase presente á tiempo de la Re­vista, 6 en ese defecto por la prim e ra autoridad política del lu­gar. E;to por exacta analog{a con lo que el artículo t8 del De­creto 514. de 26 de Mayo último, reorgánico del Ejército, dispo­ne para que Jos mismos Inspectores visen las libranzas de los cuerpos acantonados fuera del Distrito Capital, cuando se en­cuentren en los lugares donde se efectúen ú ord~nen los giros. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín· Militar de Colombia L 91-' Dígnese hacer que esta aclaración sea publicada en la Or­den General del Ejército y en el BoLETIN MrLITAR. De U:o>ted seguro servidor. El Secretario de Guerra, encargado del Despacho, Cdl\tACO LosADA ~ Doctrinal ~ LOS EJERCITOS DE HISPANOAMERICA CHILE Según la ley de Septiembre de rgoo, todo ciudadano válido está obligado á prestar el servicio militar durante el tiempo que le corresponda, según los reglamentos c.·perlidos por e1 Gobierno sobre la materia. Pura la aplicación de dicha ley el país está dividido en cuatro zonas militares (Tacna, Santiago, Talca, Con~e·pción), que se denominan por s u número de orden, de r .a á !~.n, y cada una de las cuales corresponde á una división, la que por lo tanto resulta suministrada por una población total de unos 75o,ooo habitantes. A la sazón Jos jóvenes que cumplen 20 años cada año, forman el respectivo contingente anual, compuesto de poco má de 6,ooo hombres; deben servir seis meses bajo h:' n le­ras, tras lo cual pa an á la Reserva, que por lo mismo cuen­ta 19 contingentes de los mencionados (8o,ooo con las de­ducciones que entraña la ritualidad), de los ~ue sólo 13,000 hombres han rccihido alguna instrucción mihtur. El ejército, ó me1or dicho, la fuerza de paz, está ordena­da como para formar' 6 brigadas, 18 regimientos y rA bata­llones. A 4,7/~5 hombres ascienden los cuadros permanentes. Estos últimos e,· tán divididos en 12 hatalloncs de infantería, 6 regimientos de caballería, 1 regimiento de artillería á ca­huBo, 4 reg·imicntos de montaña, 4 grupos de ingenieros militares y 1 grupo de tren. La infantería tiene fusil de re­petición, y la arlillería cañones de tiro rápido. ARGENTINA Según la ley de 11 de Diciembre de rgo1, el servicio es personal y obligatorio para los ciudadanos argentinos, en­tre los 20 .Y los 4::; años cumplidos: torio hombre válido hace nf arte del ejército (permanente y reserva) durante 8 años, de a guardia nacional durante 12 y de la guardia territorial duran te 5 años. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín) Militar de. Colombia '-- 92 ....) . El territorio está dividido en 7 regiones militares, de las que 3 suministran 2 divisiones, y sólo una )as otras 4. El eJército activo se compone de 2 batallones de cazadores andinos, 2 regimientos de infantería montada, 14 regimien­tos de línea, 5 regimientos de artillería de campaña, 3 regi­mientos de artillería montada, 10 regimientos de caballería, .2 regimientos de gendarmería, 4 batallones .de ingenieros 1 compañía de tren y 1 compañía de enfermeros. También incluye el ejército los de más servicios del caso: sanidad, justicia, escuelas, tallefes, campos, &c. El efectivo de paz comprende 18 Generales, 1,544 Jefes y Oficiales y 16,68o hombres. Las 8 primeras clases del ejército de línea dan 12o,ooo hombres aptos para el servicio, y de ellos casi todos han recibidG instrucción sobre el tiro; otro tanto puede de­cirse de los 1 3o,ooo reservistas. URUGUAY . El servicio es obligatorio; la guardia nacional se divide en 1 .a., 2.a. y 3 .a. Reserva, )as que por todo comprenden 35,000 hombres. El ~jército activo se compone de un regi­miento de artillería (250 hombres), 5 bataJlones de cazado­res (de á 4oo hombres), 1 batallón de linea (4oo hombres), 6 regimientos de caballería (4 de 300 y 2 de 100 hombres), 1 sección de artillería. de fortaleza (6o hombres), 1 compa­ñía de parque (ingenieros, 1 oo hombres), guardia del Presi­dente (50 hombres) y Academia Militar (3p hombres), ósea pm todo 14 Generales, 310 Oficiales y 4,s8o hombres. La Policía cuenta 3,300 plazas. PERU La ley de 27 de Diciembre de 1898 e tableció el ervi­cio obligatorio así : 3 años en el ejército activo (4 la caballe­ría), 7 en ]a primera Reserva, 5 en la segunda y J 5 en la guardia nacional. El efectivo de paz asciende á 4,ooo hom­bres, divididos en un regimiento de artillería (36 cañones, 12 ametralladoras), 5 bataiJones de infantería, 7 escqadrones de caballería y la Escuela Militar ( 1 brigada de 500 hom­bres). En la actualidad una Misión francesa dirige Ja educa­ción del ejército peruano. ECUADOR El servicio militar es obligatorio desde Enero de 1902, para todos los ecuatorianos de 18 á 6o años, así: de 18 á 32 en el ejército activo, y el resto en la Reserva. El ejército ac­tivo se compone de 9 batallones, J regimiento de caballería y 3 brigadas de artillería; el todo comprende 618 Generales, Jefes y Oficiales y 4,o3o hombres. La guardia nacional está divid1da en 88 batallones de infantería, 12 regimientos de caballerí~ y 3 brigadas de artillería, con 88,ooo hombres ins- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Mi.itar de Col01hbla \._93_) critos .Y ya medianamente organizados. La marina posee un torpedero. BOLIVIí\ El servicio tnihtar obligatorio, para formar milicias, se practica destle 1 8g4. El ejército activo comprende 5 batallo­nes de infantería, I batería-escuela, 1 regimiento de caballe­ría, 1 regimiento de artilletía de montaña (24 cañones), el Colegio Militar (50 alumnos) y sendas columnas (8o hombres) en las cabeceras de los Departamentos. PARAGUAY El servicio militar es ohJigatorio en la guardia nacional. El ejército activo comprende un hataJión de infantería (350 hombres), un escuadrón (120 hombres), y una batería de ar­tiHería, y desempeña ál mismo tiempo las funciones de p()­licía. VENEZUELA Según Decreto de I o de Agosto de 1 go4, el Ejército ac­tivo se compone de 20 bataJlones de á 300 hpmhres, y 8 ba­terías de 200, es decir, cuenta 6,ooo infantes y 1 ,6oo artilleros. BRASIL El servicio militar· es ·obligatorio en }a .guardia nacibnaJ, pero el ejército activo no se forma sino por enganches. El país está dividido en siete distritos militares. En la actualidad el ejército activo cómprende 4o batallones de infantería (de á ~ compañías), 14 reg1mientos de caballería (de á /~ escuadro­nes), 6 reg1mien tos de artillería de campaña (de á 4 baterías), 6 regimientos de artillería de guarnición, 2 batallones de in­genieros, y 4 escuadrones de tren, ó sea 28,1 6o hombres. La policía cuenta 2o,ooo hombres. MEXICO El servicio militar es obligatorio en el ejército activo y en la guardia nacional. El ejército se compone del ejército activo (3o,ooo hombres), de la r.a reserva (28,ooo) y de la 2.a reserva ( 1 5o,ooo ). La formación de cuerpos de ejército no se verifica sino en caso de movilización. La infanterla com­prende 28 batallones, cuatro cuadros de batallón, 2 compa­fiías regionales y los auxiliares de Sonora (2 15 hombres); )a caballería 14 regimientos, 4 cuadros de regimiento, los gen­darmes militares (103 hombres), el cuerpo auxiliar federal (3oo) y )os auxiliares de Sonora (86); la artillerta: 2 regi­mientos de artillería montada, 1 regimiento de artillería á caballo 1 regimiento de artillería de montaña, 1 escuadrón de artiliería de tiro rápido, 1 escuadrón de tren de artilleria, 1 bata1lón y 3 secciones de artillería de guarnición, 1 com- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia \_ 94 _; pañía de ametralladoras. Además, existen 1 batallón de za­padores, 1 batallón de parque de ingenieros, 1 escuadrón de tren, 1 sección de telég-rafos, I batallón de sanidad y Escuela Militar de artillería y Estado Mayor. Por todos, 3,226 Jefes y Oficiales, 2!~,476 hombres, 6,8oo caballos y 2,8oo animales de carga. CUBA El ejército se compone de la guardia rural ( 1,300 hom­bres), que comprende 3 regimientos de á 8 escuadrones y 2 compañías de infantería, y el cuerpo de artillería ( 700 ), que tiene 6 compañías. HAITI El ejército se forma por conscripción y enganche: los . conscriptos sirven 7 años y los voluntarios 4. En la actuali­dad comprende la Guardza del Presidente: 1 batallón de arti­llería, 1 oo hombres; 1 regimiento de infantería, 300 hombres; 1 batallón de cazadores, 150 hombres; 1 escuadrón de caba­llería, roo; y e] ejército de línea con 4 haterías de artillería ( 1 ,ooo hombres), 6 regimientos de infantería (3,200 ), y 46 compañías de gendarmes (1,g8o hombres). SANTO DOMINGO El territorio se divide en dos regiones de cuerpo de ejér­cito de á 2 divisiones de á 2 brigadas, y el ejército se compo­ne de tropas activas y milicias nacionales. El servicio mili­tar es obligatorro. Efectivo de paz, 1,500 hombres. .. GUATEMALA Segün la ley de 1888, todo g·uatemalteco que paga me­nos de $ 50 anuales en contribuciones, á menos que sea hijo único ó sostén de familia, tiene obligación de servir siete años (18 á 25) en el ejército activo, y 25 (25 á 50) en la milicia. El ejército comprende la fuerza efectiva (5,700 hombres) y la reserva (3o,ooo). El pie de paz asciende á 2,300 hombres. HONDURAS El servicio militar es obligatorio en el ejército activo, de los 21 á los 35 años, y en la reserva de ]os 35 á los 4o años. Las tropas activas y su reserva comprenden en la actualidad 4 7,620 hombres. SALVADOR Servicio obligatorio en caso de guerra, entre los 18 y y los 50 años. El ejército activo cuenta 3,ooo hombres y la reserva organizada 1 8,ooo. NICARAGUA Servicio militar obligatorio entre los 17 y Jos 55 años~ durante un año en el activo, que comprende 4,ooo hombres. Las milicias ascienden á 4o,ooo. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '-- 95 .J COSTARRICA Servicio militar obligatorio en tiempo de guerra: El efectivo de paz, 1 ,ooo; milicias instruí das, 5,ooo, y organiza­das, 1 5,ooo. GUERRA RUSOJAPONESA CRÓNICAS PARA EL " BOLETÍN MILITAR " Continúa la Prensa europea estudiando la batalla de Muk · den y las causas de la derrota de los rusos. El error fundamen~ tal de Kuropatkine fue creer que los japoneses no eran aptos para combatir en la llanura lo mismo qtJe en la montaña, y esos hábiles adversarios, lejos de disuadirlo de tal creencia, contribuye· ron con sagaz conducta á confirmarlo en tan grave error. Así las cosas, los rusos creyeron c¡ue en el próximo ataque Jos japoneses intentarían el usual movimiento de flanco por su derecha, y que esta ala era la que había sido reforzada con las tropas recién enviadas del Japón. Conforme á esa idea, Kuropatkine concentró fuerzas consi­derables en su izquierda, y los japoneses, aprovechando tal dis­posición, emprendieron su movimiento envolvente precisamente por el opuesto lado: era una grandiosa concepción estratégica, cuya ejecución demandaba grande habilidad, como que se trata­ba de desplegar en media luna, sin que lo supieran Jos rusos, una enorme y concentrada fuerza hasta entonces más bien des­bordada por ac¡uéllos en ambos flancos. Las operaciones se des· arrollaron conforme al plan acordado y con t ánta habilidad, que hasta última ho ra Kuropatkine persistió en su error y no abrió los ojos, al ver á los veteranos de Port-Arthur sobre su derecha, sino cuando la catástrofe era irremed iable. ¿A quién atribuír el mérito de las hábiles ope raciones ue Jos japoneses en Mandchuria? ¿á Yamagata? ¿á Oyarn a? ¿ á Koda­ma? A todos y á ninguno, 6 mejor dicho, el artífice de la grande ohra es el Estado Mayor, un Estado Mayor como lo exigen los tiempos que corren y que nos enseña que el país que lo posee puede hacer surgir en los momentos críticos, no uno sino muchos jefes bastante inteligentes para conseguir y ejecutar planes gran· diosos, y bastante patriotas para renunciar á toda gloria perso­nal. Las victorias japonesas revelan un hecho único hasta el día: un Estado Mayor que posee en común el genio y las altas cuali­dades militares que antes habían sido el privilegio de los grandes caudillos de soldados. Por esta razón, cuando llegue la hora, el ejército de Linievitch se hermanará en fortuna con la armada del infortunado ~ojdentsvesky. *J Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar ·de Colombia '-96-' Ya es conocido el parte oficial niSO de la batalla de Tsus­hima, dado de Manila el día 5 del pasado por el Almirante En­quist. Dice así: ' El combate del 2 7 de Mayo se libró con cielo claro, hori­zonte brumoso y viento fresco del Sur. La escuadra japonesa apareció á la 1 h. 45' p. m. por el lado Nórte, y empeñ6 un com­bate táctico pard -impedirnos seguir hacia Vtadivostock. Cada vez que intentámos avanzar en aquella dirección, los barcos nipo· nes, gracias á su mayor andar, rebasaban nuestra columna y atacaban su cabeza . Los nueve cruceros japoneses, apoyados por el acorazado Tchz'nitn (nuevo?), maniobraron separadamente para coger nues· tros acorazados entre dos fuegos, por lo cual, durante la batalla, contra ellos tuvieron que maniobrar nuestros cruceros, lo que embarazaba muchísimo los transportes. Cincumla minutos después de rotos los fuegos se hundió el Os/iabli"a y quedó fuera de combate el .Boro./z'tzo, en lo que lo acompañó poco después el Príncipe Suvaroff. Et~tonces giró la es­cuadra para cubrir esos dos acorazados y reconstituyó su línea con el Alejandro nr en cabeza. En el segundo asalto se hundió el Ore/. La táctica japonesa obligó á nuestra escuadra á moverse en círculo en torno de los transportes y torpederos, quedando los nipones en u~ círculo exterior Por causa de la inff rioridad de marcha de nuestros barcos, era difícil salir de e~a situación; sin embargo, al ponerse el sol cootinuámos hacia el Norte. En ese momento el Almirante pasó el mando á su segundo, Niehogatoff; el Nicolás III, muy averiado, tuvo que dejar la línea de batalla, y el :Boroflz'no que (1ó expuesto al fuego de toda la escuadra enemiga: al desaparecer el sol esa nave también se hundió, no tarCJando en suceder lo mismo al Su­varoff. Como entonces aparecieran á la vista los torpederbs ja­poneses, la escuadra viró hada el Sur, disrtnnuída además en el Kamtcltahka y él Russ, también hundidos. Durante la noche ejecutaron su.5 asa1tos los torpederos japoneses, y yo traté varias veces de seguir hacia el Norte, aunque siempre sin éxito. Al amanecer el 28, no sabiendo qué había sido del resto de ia es. cuadra, con mis cruceros muy averiados y temeroso de caer en manos de toda la escuadrZL enemiga, decidi la retirada sobre Ma­nila. La conducta de mis marinos es digna de todo elogio." Es decir, el Estado Mayor naval niponés no resultó inferior al terrestre, y por lo tanto, la suerte de la guerra ya no cambia­rá de senda, y el Japón dirá la última palabra en la gigantesca lucha por la supremacía en Oriente . • A< Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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Por: | Fecha: 09/02/1907

Bogotd, Febrero 9 de 190 'l ~ ~ /~ B LE 1 LITAR DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA epertorio e L yes Decreto esoluciones, c. O• rector R 'ClSCO J. V GARA V. ner 1 d Ingeni ro 1) fr . - Rto oa G RA 11-TO 10 II-Su rio '09 de 1907 .. ... . .... .. . ... .. . .. ... .. ... .. .. 909 ameri na y j ........................................................... 92 Correcciones....................................... • . .. ...... ...... . . . .. . ...... 928 n Ja cubiert - psicotogl el com te. l hnirante To o y 1 e •cit. R TA EL CTRtCA-168 ALL 10-TBLBFO O 769 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. un mente Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ORG Y DEL EJERCITO · seo PutfÜ IIIIIJ' ·,, JIIUtÜr qut IIIIUfY.J ruptto á 1 du lnt tllm UÚi'JJUJ, ••tll d ra1' • 111 l. i11 iftr~ud y 11411 dtjt siu "''u '/•1 ra t!iftmltr l. s nulstras 'RIQ 1-. 1 • ~~ WICZ Bogotá Febrero 9 de 1907 EC r 1 bJ ficial 10 ]) 1907 (F..' OJI) '· a . non br:m ic lo El Prui tnlt d~ l R tpúUut1 misaría Ju­bjef y in y jor e aj no yud te lilita r del • ur, E., #1 ini tr e uerra. ,\,·u r~ f. ' · 'CL • K. 'TR Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. to co á Ju Bol 1 ilitar d C losnbi -910- COLONIAS PENALES 107 D : 1907. cp rt:lmcn-e fo- 1905, reos y Lo s ntcnci do ~ Cauca, que h y.1n id r. obcrnador del d arresto or más Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. tín . 1i it 11- erio. Co a 1 ero e 1907. ,1 Iini tro CLIO. ULO rct· ri) Lud no lltrrtr ECOLECCIQ DE ARM S -R.uol~u1'61l ti~ Armas. d . 'á(u/ y Pam /011 - l)i'dtmórt L de If)OÓ Arm . o ' recol ct ron de nin un el s . Polilí J' cnimi1 ltdad • n 1 tr nscurso 1 me en el punto de o P tio . d 1 \'ictimario. 'cri ca ron en el sta lecimientos siendo to asistió á lo e ''ari s é'scudas • o-o y Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. u Bo l tín ilit r le Colo m l 2- { QIJ/11/(1 f'o ulms ctorio. P1uios d~ /() ar/Í(u/()s abin~nll(ros 1 OI'IOS pun/()S :"\ o/ s ~:rpl~ealli.ros 1 cu r o de l informe un-m­él, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. o) tán lilit r d Colombi. r.\'idor l,.nis/(rio de Gutrra 1 lini ro, ·cLR.J • 1 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. [ ol tín ilitar e e J rnbi -914 VOTO DE G AC AS 1 Rtpúlllic tlt ColfJmbút-iVúmrro J. --Ej(r.tilfJ J. auimai-Eslado larfJr Gaural- Bo~olá, EnufJ J ilt. r906. r. lini lr d ·u rr~- ~. . 1 . cneral h n cerca-or su honor ble con-uste tento, e uro en•i or. tp:í/Jiic dt ColfJmbia- 11izisltrio dt G1u1 r - nmtro 7-Bogolá Enu'fJ 8 dt r907 o ral J,·~· d • 1~ l, do l\1. ~·or. G n ral d 1 ento, se uro en·i or, .·cL .• ·ra HOSPITAL !LITA nclu i n) u rnición acanto­st o s nit l'io n ue la n go "tO último, me dice lo pi za : ''.. . . . Comunico á usted uc tomó r ndes roporciones, pen se encuentra uno que otro caso i lado. L los 1~ni1a ha a ar cido; ero los casos, aunque numerosos no han revestido car:tcter r ve. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. par Boletín ·Iilit r d -91 sa isfechos e os nto, se ur e ,.¡ or. izo m es Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín ilitar. de Col mbi -916- J ... J ... 1 ... 1 1 ... 1 ... 11 ... 4 ... 1 ... 1 .. 1 ·:~ ... ... ... 1 ... ... ... ... ... .. ... 1 .. 1 :J.:: , .. ... 2 1 e mrn .. . ...... . 1 .. . ... ... ... .. . ... ... 1 1 .. . 1 ... 1 1 ... ... .. . .. . 1 ... 1 ... ... ... .. . 2 1 ' .. . .. ... ... 1 3 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. oletín ilitar de Colombi - 9 '7- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 3 Bol ín Iilit r e olon1b. GENDARMERIA ACIO AL eneral corres on iente al r de Diciembre ub e-n , 3 u enien e, 3 un e . n arme rmes , con un ub eniente ot y Facat tivá n el r sno, con un u e-ons6u, con un ubteni nte, 3 12 de segun a· ecret rio. 1 o end rmes e ~os, con un ub- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. encr ol tf li i r: e Co on bi -919- EL CRUCE nien , ',t()(dtt A' R 'Jníhlie de olom i'a-Dtp rlamtnlo dt o/1-:ar- \ií1. ti() - ar­Ia tll , 10 dt 1:.~ tt:o dt 1907 A .oiJ ·rn or 1 1 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ol tín 1 ilit r Co o bi -920- l. l. OH AL O CESES !LITARES Estado laror. '"uro/- '\ umtro 9r f. -Do ol ·, Entro r.7 de r907 r . • li en al unos suntos de fCO CHBA Bogo/á Entro r9 dt r907 r. d La consult con enid en not número 9 1 e ycr, m ner si- que uste diri e á e inis erio, fue resuelt uiente: inisterio Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ol tí ilit r- d 1- io uar or el .lini tro ficial J Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ol tí 1ili r d €olombi ,.... 22- cuatro crucero más t r Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ol tín Iilit r ' Co on1 2 - L T CAS ILITARES 10.-\ Puatos a·• 1 dos el ro ujo or el lit les Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Bol in ·Iilit r Colombi putslos caso. pualos va11 ados. ur e rma • inf nte-ría respon t» u cicntemen ne Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ol tÍI Hli r -925 • e 1 mbia esuelto ma de 1 compo~ición, r spec o á las rm s que deban constituirlos, s presenta s e otro: · D u' tro as d e tom rse 1 fuerz ue h de inte-grarlos? van uar ia, por su osici6n a v nza a haciél el nemigo y por 1 conocimiento que tiene d un zon mayor del terreno, rece la indicada naturalmente para e tablecer el servicio y s as( como se procede ener lmente, sucediendo á ece ue las n uardias d ese sos efecti os, quedan invertí s or ntero en su dispositivo. O todos modos, su est blecimiento ble al mparo de la ca allerfa de prim ra lf"e (caballerf in­de endiente), 6 al mparo de la e ballerf afect i 1 s tropas y ya en osici6n h cia delante. De a uf ue cuando una unida 6 column en m re ha e detiene ara es acionar e, 1 anguar .. ia queda dividid normalmente en rues y puulos av n ados • El com n nte de 1 vangu rdia reci e junt mente con la Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 8 lctin l\1ilit r. • o: bi -926- orden del lto, 1 indic ci6n en putSios mando. L s in:. rucciones l comandante de tos pzuslos s r ferirán : A coloc ci6n de la uni ad s 6 fracciones. conduct ue h y que ob rv r en ca~o de ataque. medidas de prec uci6n tomadas por 1 s ropas que cubre. l comandan e de los puntos, i u vez, determinan{ los de­talles del servicio, fu dándose en 1 cart , lano 6 ero uis 6 en las informacion e lo:> reconocimientos 6 en a bos á la vez hncien o conocer us d termin cione á su ub lterno or 6rd - ncs ver le 6 e critas. iendo entre nosotros e si b olut de cartas y de planos e to si nificari una enorme 1 bor nra lo oficiale e e - baUería, cocar dos de hac r conocer al man o á lo as hor s, la natur leza el suelo, trabajo u sólo po r. er cfic t cuando s haya pre rado desde en tiempo d ~ por un diestramien­to constante y bien diri ido. Et coman ante de los pruslos ten rá siempre pr sente el con acto con el enemi o : fij rá las com añía e gran- uardia ue han e cubrir el servicio¡ juz ar por C mismo de los lle el t rreno; j ri 1 coloc ci6n los diversos 6r no ta donde e po tble or enando los tr b jo de camp ii h n de reforz r 1 s posido11u ó facilitar las comunicaciones. 1 cab llería 1 definirá su papel d•aran e el df y dur n-noche, teniendo en cuent lo p no u e es este sen·icio est s d todo uoto in ispens ble uc fij cert amente el lu arde su crmanenci t nto para una buena vigil ncia como r mantener e en f. cil comunicación con los 6rganos corr s-ondient s de su re . _ntendd al Comand nte de 1 \'anguardia al corriente de la medad ncr les tomadas, sin entrar. en detalles, y tratar' Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. iilit r d -927- o ombi or los medios qu estén á su alcance m n en r rel ción con la cab Hería qu a elante, facilit n o é t una conexión que ella r t rá de establecer á todo tr nce. r ferirá una forma ráfica or , y to s sus in ic cion las re-glorio a y hombros 1 err no impone aquí como n tod s las o eracione mi· litares su fisonom(a. Resp cto de u fectivo, ólo n ista d 1 circunstancias o rá s r t rminado or 1 com nd nte e 1 van uardio 6 por el m ndo superior· ero es n turalmente v ri le co circunst n • ci s de lu r d distancia al enemi o y ele 1 e 1 s tropas Lo pues/os av 11eaáos cul n en el sentido d un irr di ción u ~i..,al haci el terr no exterior in etermina o dispositivo scalones qu e d nominan : Reserva de puestos a vanz dos. Gran- uardi s. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín equeños u tos. entinelas. ilitar d Colombia -92 ucstos especi les (al un eces). ue tos de e ballería (al una veces). Rtstr•a dt puulos o amados-La reserva de los putslos avatJ ados, rimer escalón de la red, tiene por misión sostener á las com añí de ran- uardi • ya sea avanzando 6 retrocediendo con ellos h st establecerse n la Unea de resistencia que se haya designado de antemano, á fin de dar tiempo á las tro as del cuer-princi al de tomar su dispositi os de combate. u efectivo es varia le en vista de la fuerz de resistencia que e le quier dar á la red, tomándose por lo ner 1 como ti o, J mitad del efectivo total de los pu~slos. u distancia y colocación están determin das por. la topo­graff del suelo. reserva roporcion s Compa -fas de ran- u rdia y ro e á su se urida ropi inmediat or medio de ues os xteriores de centinelas. fAmpa1Jiasdt ra11-guardia-L s Comp ñ{as de ran-guardia s gundo escalón de se urida tienen por misión resistir en caso de at que h sta recibir a oyo de las reservas de los puulos, sea m nteniéndose en lo puntos que ocupan, se retirándose h cia las anteriores. u efccti o es normalmente 1 de un Compañfa r glamen­ria de infantería. u dist nci á la re erva y colocación están determinad s r la to ografía d 1 terreno· este e calón roporcion los pe­quef) os uestos y los puestos especiales. La ran- ardías, á fin de poder orient rse sobre el terre­no y r forzar u po ición por medio d trabajos de e mpafia, ·e stablec rán n lo osible durante el día, cubriéndose e~de lue o c<~n centinelas. ID • .U•• fi iol m . i oo ( Cot~luird) CORRECCIONES ~ n 1 número 45 se encuentra publicado un Decreto sobre nom r miento de Gendarmería, jo el número 2 15, y es nú. mero 45. n el mi mo ca o está 1 marcado con 1 ndmero 1 r 4, y es número 44· Lo mi mo Ja Resolución que a a rece en el mismo BoLaTÍ. · con ndmero 1 os, d ser n6mero r. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. EL .............. V.LJ. ',,L .. . TE OGO Y EL PRESID NTE ROQSEVELT o Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ol Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 12

Por: | Fecha: 23/09/1905

Serie VII-Tomo ll Año IX - N. 0 12 B~latin Militar aa ~~l~máia ORGANO DEL MINISTERIO DE GUERRA Y DEL EJERCITO Director y Editor FRANGISGO J. YERGARA Y VEL.ASGO General de Ingenieros f't~tde muy bit1z suceder fJIIt! nuestro respeto á todas las convicciones, venga á panu en la mdiferencia y nos deje sm enrrgía para deje11der las 1méstras E TRIQUE SIENKIEWICZ • • * Bogotá, Septiembre 23 de 1.905 * * • Editorial LA REFORMA MILITAR EN COLOMBIA Al terminar la guerra de emancipación de la América española del Sur, los ejércitos de las diversas naciones for­madas en esta parte del Continente sobre las divisiones de tiempo atrás establecidas. por el Gobierno peninsular, se equi­paraban entre sí por la igualdad de la escuela en que se for­maron, y si en alguno existía cierta superioridad, era sin duda en el de Ja Gran Colombia, por razones que huelga ex­poner en este lugar. Después, ya disuelta la creación de los Libertadores, N neva Granada no descuidó la parte militar, antes bien la meioró reorganizando las milicias nacionales, y hubo un moml.!nto en que pudimos presentarnos como el país suramericano que IIcvaba la vang·uardia en ese ramo del servicio público. Empero, algunos años después, también nos llegó la ola de antimilitarismo mal entendido que invadió estas x:egiones, debido á falsas interpretaciones d~l régimen obse.cvado en los Estados U nidos, y en poco tiempo se deshizo la obra de tres generaciones, realizada, por añadidura, en condiciones excepcionalmente favorables. Asf se desarrollaban los acontecimientos, cuando Chile, que tenía graves preocupaciones fronterizas, en vista de las inauditas victorias de los alemanes, comprendió que aquellos triunfos provenían ante todo de una buena educación del soldado, y que en Suramérica tomaría la ventaja quien pri­mero siguiera esa acertada vía. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '- 306 -' Y Chile, regido por un Gobierno serio y patriota, puso . manos á la obra, no obstante las graves dificultades económi­cas que por entonces obligaron á Ja Nación á reducir su pre­supuesto de Gastos de 21 á 16 millones. Ese trabajo orgánico dio pronto los frutos que era de e3perar, por cuanto no cons­tando el ejército en tiempo de paz sino de cinco ha ta1lones de 300 plazas, 41o artilleros y 530 jinetes, al estallar la guerra con Bolivia la movilización preparada de ante~nano permitió elevarlo rápidamente á Io,ooo, y luégo á 31,ooo, sin contar ro,ooo que completaban su instrucción militar. En esa cam­paña victoriosa el Ejército de Chile mostró la diferencia en­tre las tropas dignas de tal nombre y las montoneras que por fuerza forman Jos Ejércitos en los países donde la paz no es preparación para la guerra, conforme al precepto romano. Chile había adoptado el sistema alemán, ó mejor dicho, prusiano, para reorganizar su defectuosa organización mili­tar, y hoy, al cabo de treinta años de labor y de experiencia, posee un verdadero Ejército Nacional capaz de llenar los de­beres que la Patria le impone. El Ejército activo apenas ~ cuenta 5,ooo, repartidos en 8 batallones de infantería, 2 de zapadores, 2 regimientos de artillería, 3 de caballería y un batallón de artillería de fortaleza; pero en cambio la guar­dia nacional incJuye á todos los chilenos válidos, repartidos en 77 Cuerpos, á saber: 4o,ooo infantes, que forman 9 regi­mientos, 20 batallones y 24 brigadas; 7,8oo artilleros, que forman 3 regimientos y 11 brigadas, y 1 ,Roo jinetes, distri­buidos en 1 o Cuerpos. El territorio de Chile está dividido en cuatro zonas mi­litares (de 8oo,ooo habitantes), cada una de las cuales movi­liza una división veterana Jlegado el caso, sin contar las se­gundas reservas. La oficialidad se educa en una escuda de cadetes, una escuela militar y una Academia de Guerra (fun­dada en 1886), á la que no concurren sino los oficiales su­balternos que llevan por lo menos tres aiios de servicio activo. De lo dicho se desprende claramente que Chile ha Jo­grado dar un gran paso en asuntos militares, con la ventaja de haber hecho suyo un sistema europeo creado para funcio­nar en grande escala, por lo cual natural parece entrar y seguir por la misma senda, aprovechando Jos procedimientos de la República hermana para ilustrarnos en el asunto, mas sin copiarlos cieg-amente, por tratarse de un Estado á la vez terrestre y marítJmo, y carecer nosotros por ahora de buques de guerra. Así lo ha entendido también el Ecuador, que contrató una misión chilena para que viniera á reorganizar su Ejér­cito y estudiar la defensa del territorio, tanto en la frontera Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. J3oletín Militar de Colombia \_ 307 _..J colombiana como en la peruana. Por su parte el Pel'ú con­trató en Francia misión análoga, la cual funciona allí hace algún tiempo. De notar es que hasta en América han venido á enfrentarse los dos grandes sistemas militares europeos, el francés y el alemán, los mismos q1.1e acaban de chocar en Asia, quedando también allá dueño del campo el ideado por Scharnhorts para burlar al mismísimo Napoleón. Natural parece, por lo tanto, que acudamos á Chile en demanda de luces en e] asunto, ó lo que es lo mismo, que nuestro Gobierno obtenga del de aquella República que unos cuatro oficiales (uno por arma y servicio) vengan á Bo­gotá á trabajar en la educación del Ejército Nacional; pero esos oficiales no deben formar misión, es decir, cuerpo ~on un Jefe reconocido, ~\ fin de evitarnos los tropiezos y dificul­tades que la experiencia cnsefia ser inherentes á ese procedi­miento, sino sueltos y á disposición del Ministerio de Guerra. Y lo dicho es necesario para que el servicio que se de­mande á la República snramericana no obste al Gobierno, si así con viniese, para solicitar igual concesión del Estado que en estos momentos atrae las miradas por sus victorias colosales y cuyos soldados son modelos de subordinación, disciplina, veteranía y bien probado patriotismo. • La suma de tales corrientes realizada en Colombia, de seguro pondrá nuestro Ejército á la altura que alcanzó cuando arrolló en cien campos á los vencedores de los veteranos del Gran Na­poleón. (De El Conto Nacional) -Oficial- DECRETO NUMERO 922 BIS DE 1905 ( 1. 0 DE AGOSTO) MILITAR que suspende el reconocimiento administratiYo de unos créditos El Presidente de la República CONSIDEl\ANDO Que ha transcurrido tiempo suficiente para que hayan hecho valer sus reclamos, ante el Ministerio de Guerra, los in- El Sr. Demetrio Salamanca T. publicó recientemente un bien pen­sado artículo demostrando las conveniencias de toda clase que reportaría Colombia de entrar en relaciones de comercio y amistad con el Japón. N. DEL D. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '- 308 _; dividuos del Ejército á quienes se les quedaron debiendo suel­dos de actividad ó de excedencias, y auxilios de marcha en la última guerra ; y Que conviene prevenir las gestiones temerarias que pue­dan presentarse por sueldos ó pasaportes que hayan sido ya reconocidos y pagados, DECRETA Artículo único. Desde esta fecha son inadmisibles en el .Ministerio de Guerra las reclamaciones por sueldoH ó pasa­portes devengados en cualquier tiempo de la última guerra. Quienes tengan pendientes créditos de esta naturaleza contra el Tesoro Nacional, deberán gestionar su pago ante los Jueces ordinarios, observando la ritualidad de las demandas civiles. Exceplúase de esta disposición -el reconocimiento de los ceses militares, siempre que los comprobantes respectivos ha­yan sido expedidos por funcionarios competentes, y que éstos se hallaren en ejercicio de sus cargos á tiempo del desarme y licenciamiento. Publíquese. Dado en Bogotá, á 1.0 de Agosto de 1905. H. REYES El Secretario <.le Guerra, encargado del Despacho, . CLiMAco LosADA DECRETO NUMERO 1 o83 DE 1905 ( 1 I DE SEPTIEMBRE) por el runl se honra la memoria del Sr. Dr. D. Recarcdo de Yilb El Presidente de la República de Colombia C ONSI D~ RAN DO Que el 1 6 de Agosto ú] timo falleció en la República de Guatemala el distinguido colombiano y notable hombre pú­blico Sr. Dr. D. Recaredo de Villa; Que el Sr. Villa dio siempre ejemplo de consagración al trabajo, y en su vida pública sirvió puestos tan elevados como los de Presidente del extinguido Estado de Antioquia, Senador de la República y otros, distinguiéndose en todos ellos por su honradez, su patriotismo, su ilustración y su amor al progreso; y • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '- 309 _J Que es un deber del Gobierno tributar homenaje de ad­m~ ración y de respeto á Jos hombres que como el Sr. Dr. _de VIlla, consagran su vida al trabajo y dan en toda ocastón muestras de acendrado patriotismo, DECRETA Art. r .0 El Gobierno de la República lamenta profun­damente la muerte del distinguido colombiano y ciudadano modelo Sr. Dr. D. Recaredo 1e Villa, y recomienda su me­moria y sus virtudes cívicas como dignas de imitáción. Art. 2. 0 Por las Bandas del Ejército se tocará en la ciu­dad de Bo~otá y en la de Medellín una retreta fúnebre en honor del Ilustre finado. Copia de este Decreto, en edición de lujo, se pondrá en manos de la señora viuda é hijo del finado, por conducto del Ministerio de Relaciones Exteriores, como testimonio ile la sincera condolencia del Gobierno de Colombia. Dado en Bog·otá, á 1 r de Septiembre de 1905. Ell\Iinistro de Gobierno, BoNIFACIO V ÉLEZ DECRETO NUl\IERO ro4r DE 1905 (SEPTIEl\IBRE 2) R. REYES por el cual se fija una partida para útiles de escritorio y alumbrado de las Sec· ciones de Policía Nacional El Prtsidmle de la República . DECRETA Artículo único. Asignase para cada Sección de Policía de los nuevos Departamentos, la suma de un peso ochen­ta centavos ($ 1-8o), para escritorio, y ]a de tres yesos sesen­ta centavos ($ 3-6o), para alumbrado; todo en e mes y en oro. §. Este gasto se cubrirá en la respectiva Administración de Hacienda. Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, á 2 de Septiembre de 1905. R. REYES El Secretario del :Ministerio de Guerra, encargado del Despacho, CLiMACO LosADA Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -310- DECRETO NUMERO .33 por el cual se reglamenta la recolección de armas, municiones y demás ele­mentos de guerra en el Departamento El Gobernador del Departamento En uso de sus atribuciones, y CONSIDERANDO 1.0 Que hay necesidad de reglamentar la recolección de armas, municiones y demás elementos de guerra para poder dar, en la mejor forma posible, cumplimiento á los Decretos números 750 y g48, de 9 de Septiembre y 27 de Noviembre del afio pasado; ~. 0 Que conforme á los citados Decretos, corresponde en parte á la Gobernación el encargo de hacerlos cumplir, vahéndose, para ello, de los apremios legales en caso ne ;e­sario; 6 3· Que es deber del Gobernador por sí y por medio de s?s Agentes, coadyuvar y facilitar en lo posible la recolec­ción de los elementos de guerra, prestando eficaz apoyo al Comisionado nombrado por el Gobierno con tal fin, DECRETA Art. 1.0 Los individuos que no pertenezcan al Ejército ó estén fuera de él, y que posean elementos de guerra, están en el deber de presentarlos y entregarlos á la primera auto­ridad política del lugar donde residan 6 al Comisionado por el Gobierno Nacional con tal objeto; entrega que verificarán á más tardar dentro del término de un mes, contado desde la publicación del presente Decreto. Art. 2. 0 El empleado que reciba elementos de guerra, debe e~pedir á favor de la persona que haga ]a entrega, si ésta lo exige, el correspondiente recibo, en el cual se hará constar el número, clase y estado de las armas, municiones, &c., que entregue, y llevará, además, un registro en el cual se anotarán las mismas señales y pormenores de los elemen­tos que vaya recolectando, á medida que Jos vaya recibiendo, anotando, además, el nombre deja persona que haga la en­trega. §. Si el recibo fuere expedido por un empleado distinto del Comisionado especial, se le pasará á éste copia de dicho registro, cada ocho días, para que este empleado pueda imponerse oportunamente del número y calidad de armas y municiones recolectadas, con el fin de que sean enviadas cuando más convenga á los respectivos Parques nacionales que existen en el Departamento. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '- 311 _.) Art. 3· ° Copia del registro á que se refiere el artículo anterior será enviada al fin de cada mes á la Gobernación del Departamento y al Sr. Ministro de Guerra, con el princi­pal objeto de saber la cantidad y clase de los elementos re­colectados, y los nombres de las personas que voluntaria­mente han hecho la entreg·a de ellos, que sean acreedores, por consiguiente, á que el Gobierno les pueda c'Jnfiar comi­siones ó encargos de carácter público ó reservado. Art. 4. 0 'I'odas las armas, municiones, y demás elemen­tos de guerra que se vayan recolectando, serán puestos á disposición del Comisionado especial nombrado por el Go­bierno, para que sean enviados por dicho empleado á los Parques más cercan.os del lugar donde se encuentren, con­ducción que se hará con las debidas seguridades y dando previo aviso á la Gobernación. Para la más segura remisión de dichos elementos, los empleados ó personas encargadas de hacerla, podrán solicitar de las autoridades y de las guar­niciones militares más próximas los auxilios del caso. Art.. 5· 0 Es deber de todos los individuos residentes en el Departamento, denunciar las armas, municiones y demás elementos de guerra que se encuentren en poder de personas que no pertenecen al Ejército, ó que no sean de los elemen­tos destinados por este Decreto, para el servicio de las auto­ridades locales en cada l\iunicipio. El denunciante tendrá derecho á la gratificación que señala el artículo 5· 0 del De­creto número 750, que se le pagará en la forma determinada por el artículo 6. 0 del mismo, y su nombre se mantendrá en reserva, si así lo solicita. Art. 6. 0 Vencido el término señalado en el artículo 1. 0 de este Decreto, para la presentación de elementos de guerra, se procederá por la respectiva autoridad política, á la prác­tica de las diligencias conducentes para averiguar quiénes los tienen, é imponerles las penas señaladas en los Decretos y Resoluciones dictadas sobre la materia, sin consideracio­nes de ningún género, y para lo cual se tendrá en cuenta, principalmente, lo dispuesto en el artículo 4. 0 del Decreto número 7 50 ya citado. Art. ¡.0 Los individuos que por medio de noticias fal­sas ó chismes, impidan, ó traten de impedir la recolección de armas y demás elementos de guerra, que deben ser con­centrados en los Parques nacionales, incurrirán en una mul­ta de cincuenta pesos en oro, convertible en arresto en la pro­porción de un día de éste por cada peso de aquélla. Art. 8. 0 Los que de cualquiera otra manera traten de impedir, ó hagan que otros impidan, que el Comisionado es­pecial nombrado por el Gobierno cumpla su cometido, paga- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia \..._ 312--' rán uria multa hasta de quinientos pesos en oro y serán pues­tos .á disp?sición del ~obierno Nacional, para que resuelva lo que estime conveniente. Art. g. 0 Además del aviso que deben dar los empleados que recolecten armas, como se dispone en el artículo 4. 0 de este Decreto, enviarán á la Gobernación un informe mensual de los elementos recogidos, con expresión de su cantidad, clase, calidad, lugar donde se encuentren, &c., para dispo- ·ner lo que·más convenga respecto de tales elementos. Art. ro. Fijase en ciento cincuenta el número de armas, que con sus respectivas dotaciones ó pertrechos deben que­dár en cada Provincia del Departamento, con el fin de que el Alcalde provincial las distribuya, de. Ja . manera que más convenga, etltre las autoridades locales, para el servicio de dichas autoridades. § r. 9 De las armas y de m á· ciernen tos á que se refiere este artículo, se hará urí riguroso inventario, del cual se exten­derán cuatro ejemplares, para distribuirlos así: Uno, para el Ministerio de Guerra; otro, para la Gober­nación; otro, para el Comandante General de la respectiva División ó Jefatura :Militar, y otro, para el Archivo de la Al­caldía del Bistrito donde resida el Cuerpo de Policla que tenga tales elementos en uso. • 2. ° Cuando algün empleado de los que ha estado ma­nejando armas ó elementos de los á que se refiere este ar­tículo, cese, por cualquier motivo, en sus funciones, el res­pectivo Alcalde ó Jefe (]e Policía se cerciorará de que entre­gue las armas y municiones en el mismo estado que las re­cibió, sin más deterioro que el ocasionado por el uso de ellas y con motivo de esas mismas funciones, circunstancia que anotani en un regjstro que se llevarú con tal objeto, y nota que será firmada por el que hace la entres-a y por el que recibe, dando, ademá , á aquél, recibo si lo exigiere. Art. r r. hos indi:viduos que quieran introducir al De­partamento armas para caza y demás que menciona la Ley 36 de x88o, así como también pólvora, dinamita y otros ex­plosivos, no podrán dar1os al consumo .sin que antes obten­gan el correspondiente permiso de la respectiva autoridad politica del )ucrar, y ésta no lo dará si no se le presenta por el interesado el comprobante de haber ~umplido, para la in­troducción, con la formalidad exigida por el articulo g. 0 de) Decreto número 750, y que se cumplan, por otra parte, las respectivas Hisposiciones de las Ordenanzas sobre Policía . . Art. 12. Los Alcaldes provinciales en las Provincias, y los municipales en los resp·ectivos :Municipios, procede~án inmediatamente á dar estricto cumplimiento á los Decreto~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia - 313;;:::: números 750 y g48, así como también á las disposiciones del presente, poniéndose de acuerdo con el respectivo Comisio­nado nombrado por el Gobierno, y prestándole la más efi­caz cooperación para poder cumplir con las obligaciones que le corresponden. Art. 13. Este Decreto será publicado por ha ndo en días festivos, por el término de un mes, para lo cual se trans­cribirá á los Alcaldes provinciales y municipales. Dado en 1\'Ianizales, á 18 de J u lío de I 905. ALEJANDRO GuTIÉRREZ José Jesús Restrepo B., Secretario General. El Jefe de la Sección r. a de Gobierno, Rafael Maria Botero Despacho de Guerra-Bogotá, Agosto 26 de 1905 Se aprueba el Decreto que precede. Comuníquese y publfquese. El Secretario clcl :Ministerio, encargado del Despacho, CLfMACO LosADA l\1UL T AS DE PO LICIA Telegrama-Cz'rrufar número 2,697-Bogotá, Septiembre 6 de 1905 Gobernadores y Jefes de Policía de Barranquilla, Facatativá, Neiva, Zipsquirá, Manizales, San Gil, Pasto, Santa Rosa de Viterbo Sumas por multas que imponga Policía, ingresarán Ad­ministración Hacienda, para pagar alumbrado, escritorio, de que trata Decreto r o4 I. Resto, remitiráse Habilitación Cen­tral, comprobando gasto. Administración paga aquélla, aunque n.o haya multas. Secretario encargado del Ministerio, CLil'tfACO LOSADA Telegrama-Ci,cular número 2,724 -Bogotá, Septiembre 9 de 1905 Gobernadores Barranquilla, Facatativá, Neiva, Zipaquirá, Manizales, San Gil, Pasto y Santa Rosa de Viterbo Aun cuando Decreto Io4r precisa suma alumbrado, es­critorio Policía, gasto debe hacerse bajo dirección usted ; de manera no presentarse nueva cuenta mientras haya elemen­tos, Afectísimo, CLil\IACO LosAP4 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia ~:_ 314 _J CAJA DE GRATIFICACIONES Telegrama-Circular número 7oo-Bogotá, Agosto 24 de I905 Gobernadores y Jefes de Policía Barranquilla, Manizales, San Gil, Neiva, Pas-to, Zipaquirá y Santa Rosa de Viterbo . Artículo 15 Decreto 8go de 1904 ( Diarto Oficial 12,208), reorgánico de la Policía Nacional, crea una Caja de Gratifi­caciones que se formará con las multas, descuentos y otras entradas de que allí se trata ; y en su inciso 6. 0 dice: "Con todas las demás cantidades que por C'lalqwer motivo lleguen á la Policía y no tengan aplicación especiaL" "La Resolución número I 8 I de 1904 ( Dzario Ofict'al 1 2,258) hace suficientes explicaciones á este respecto." Por último, Decreto 6g2, ar­tículo 4. 0 (BoLETÍN MILITAR número 1.0 , de 8 de Julio), dispo­ne que las Secciones de Policía Nacional residentes en los Departamentos, se rijan en un todo por el Reglamento de la Policía Nacional <.le Bogotá; de manera que las disposicio­nes citadas les son aplicables. Por otra parle, de aque1Ia Caja se toman las sumas ne­cesarias para útiles de escritorio, entierro de los empleados y agente·, recompensas por tiempo de servicio, &c. &c. Por estos motivos, las multas impuestas á particulares, deben in­gresar á la Habilitación <.lcl Cuerpo Central. . Servidor, El Secretario del :Ministerio, encargado del Despacho, CdMACO LOSADA RESOL UCION NU:rtiERO 56 DE 1 9() 5 ( I 3 DE SEPTIEl\tBH E) sobre reparación de un Cuartel en Bog-otá Rl Secretario del lt-ftnisterio de Guerra, encargado del Despacho CONSIDERANDO 1.0 Que la suma apropiada en la Resolución número 39 de este año para reparar el cuartel <.lestinado al Batalldn Bomboná no ha sido suficiente ; 2. 0 Que según informe del Estado Mayor general del Ejército, contenido en Oficio número 920, de 9 de los corrien­tes, el edificio se halla en estado de techarse, operación que es urgentísima por los perjuicios que ocasionarán las lluvias, RESUELVE El Habilitado del Cuartel general del Ejército formará una libranza por valor de doscientos cincuenta pesos ($ 250) Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia \._ 315 ....J en oro, con el objeto de atender al trabajo mencionado, ci­i\ éndose en un todo á lo dispuesto en la Resolución número 39 ya citada. El gasto se imputará al Capítu 1o 39, artículo 264 del Presupuesto en curso. Comuníquese y publíquese. Dada en Bogotá, •í I 3 de Septiembre de r 905. El Secretario del 1\'linisterio de Guerra, encargado del Despacho, Cdl\IACO LOSADA INTENDENCIA DEL CAQUETA RESOLUCION NUMERO 1.0 por la cual se destina el Piquete Volante á prestar el servicio de GuarJianei de las Colonia; Militar y Penal de Florencia El Intendente Nadonal del Alto Caqutlá En uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO Que conforme Jo ordenado por el Excmo. Sr. Presiden­te de la República y el Sr. Ministro de Guerra, en telegramas de fecha r6 de los corrientes, esta Intendencia recibió del Sr. Prefecto de esta Provincia sesenta y cinco individuos captu­rados como vagos por orden de las autotidades de la Provin­cia, y doce presos rematados, todos para ser conducidos á las Colonias l\lititar y Penal de Florencia, respectivamente, corno bases de dichas Colonias, RESUELVE Destinase el Ptqaete Volante á prestar, además de los servicios que se le han señalado ya, el de Gu ·u·.lián de )as mencionadas Colonias. Dése cuenta al l\finisterio de Guerra y cúmplase con lo resuelto. Dada en Nei va, á 20 de Mayo de I 905. ELOY CAICEDO El Secretario General, Antonio Vanegas A. Despacho de Guerra-Bogotá, Septiembre 15 de I905 Se aprueba la anterior Resolución. Comuníquese y pubHquese. El Secr~tario del Ministerio, encargado del Despacho, CLil\IACO LOSAD4 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia L 316 _; RESOLUCION NUMERO 2 DE 1905 (1? DE JUNIO) El Intendente iVacional del Alto Caquetá Considerando el estado casi intransitable del camino que de este punto conduce á Flortncia, lo que ha hecho subir considerablemente el valor de los jornales de los terciadores, aparte de que emplean mucho más tiempo en recorrer la vía, dados los inconvenientes propios al abandono en que ha per­manecido el camino; que al no componerlo inmediatamente, st.~friría escasez de toda clase de recursos el personal residen­te en la capital de la Intendencia, aparte que hacía difícil la colonización, RESUELVE 1.0 Destínanse las Colonias Militar y Penal á la compo­sición del camino que de este punto conduce á la capital de la Intendencia; 2.0 Bl Piquete Volante har::\ la custodia de las Colonias en los trabajos á que se destinan; 3· 0 El Director y demás empleados de las Colonias per­manecerán en los campamentos de éstas. Comuníquese y dése cuenta á Jos Ministros de Gobierno y Guerra. t 1 ' Dada en La Danta, á 1? de Junio de 1 905. ELOY CAICEDO El Secretario General, Antonio Vanegas A. Despacho de Guerra-Bogotá, Septiembre 15 de 1905 Se aprueba la Resolución anterior. Comuníquese y publíquese. El Secretario del Ministerio, encargado del Despacho, CLÍMACO LOSADA RESOLUCION DE RECOMPENSA NUMERO 81 Ministerio de Guerra-Bogotá, Agosto 2.1 de 1905 Tadea Torres, madre de Antonio María Venegas, ocurre á este Ministerio pidiendo se decrete á su favor la segunda recompensa á que tuvo derecho éste, por tiempo de servicio en la Policía Nacional. · Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '- 317 -' El hecho está comprobado en el anterior expediente con Jos documentos sjguientes: r . 0 Partida de defunción, expedida en la Alcaldía de esta ciudad, el r4 de Marzo de este año; 2. ° Certificado del Director General de la Policía Na­cional, en que afirma que Venegas murió siendo Agente de 1 !- clase del Cuerpo de Policía mencionado, y conceptúa á )a vez que sí se le puede dar á la peticionaria una recompensa del 25 por roo del sueldo que devengaba Venegas, su hijo, en un año, por ser aquél hijo 'único y ella muy pobre y an­ciana; 3· ° Concepto del General Jefe de Estado Mayor general, apoyando el anterior del Director General de la Policía; 4. ° Certificado de la misma Dirección General., en que consta que Venegas sirvió desde el 29 de Octubre de J goo, fecha en que se le dio su primera recompensa, hasta el 22 de Enero de 1905 que falleció, contando cuatro años cuatro meses y cinco dfas servidos consecutivamente, sin computar doble el tiempo durante el cual estuvo turbado el orden pú­blico; y Que durante este tiempo observó buena conducta y ma­nifestó interés en el cumplimiento de sus éleberes, recibiendo sólo dos castigos. Por tanto, de acuerdo con el artículo 13 del Decreto nu­mero 8go de rgo4, y el articulo 5. 0 del Decreto número 838 de 1905, SE RESUELVE Páguese á la Sra. Tadea Torres, de la Caja de Gratifica­ciones de la Policía Nacional, por servicios prestados al refe­rido Cuerpo por su hijo Antonio I\-Iaría Venegas, la recom­pensa de cincuenta y cuatro pesos setecientos veinte milési­mos en oro($ 54-720), correspondientes al 25 por 100 del sueldo de un A~ente de 1~ clase en un año, deducido el 4 por roo por los castigos impuestos. Comuníquese y puhlíquese. El Secretario del l\-1inisterio, encargado del Despacho CLil\IACO LosADA, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '- 318 _) RESOLUCION DE RECOMPENSA NUIVIER082 Mimsterio de Guerra-Bogotá, Septiembre 6 de 19 o 5 Abraham Neira, Comisario Mayor de 3~ clase de la Po­. hcia Nacional, se ha presentado á este 1\finisterio en solici­tud de segunda recompensa, y comprueba con ]a documen­tación anterior, lo siguiente: 1.0 Que ha servido en el Cuerpo de la Policía Nacional desde el 3 de Diciembre de 1 goo, fecha en que cumplió los primeros diez años de servicio, hasta el 27 de Julio último, y agregando á este tiempo cuatro meses quince días que le so­braron cuando le fue concedida su primera recompensa, hace un total de cinco años y ocho días de servicio consecutivo, sin contar doble el tiempo de guerra; 2? Que ha observado conduela ejemplc r y sus servicios Jos ha prestado con muy buena voluntad é interés, recibien­do en todo este tiempo sólo un castigo; 3? Que actualmente es Comisario Mayor de 3~ clase de la 5~ División del Cuerpo de Policía Nacional; 4? Que el Director General certifica ser· e] tiempo indi­cado el que l1a servido Abraham Neira en el Cuerpo; y 5? Que el General Jefe de Estado l\fayor general del Ejército conceptúa que tiene derecho á la segunda recom-pensa. , Por tanto, y de acuerdo con el artículo 13 del Decreto nt'tmero 8go de Igo4, SE RESUELVE P~guese al Sr. Abraham Neira, de la Caja de Gratifica­ciones del Cuerpo de la Policía Nacional, la suma de ciento veintinueve pesos sesenta centavos en oro ($ 1 2g-6o ), corres­pondiente al 25 por 1 oo del sueldo de un ~omi ario Mayor de 3·a clase en un año, deducido el!~ por 100 por los castigos im­puestos. Comuníquese y publíquesc. El Secretario del .Ministerio, encargado del Despacho, CLíMACo LosA o A RESOLUCION DE RECOMPENSA NUMERO 83 Ministerio de Guerra-Bogotá, Septiembre 6 de 19 o 5 Abelardo 1\Iedina, Comisario de 2~ clase de la Policía Nacional, se dirige á este Ministerio en solicitud de segunda Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín.Militar de Colombia '- 319 -' recompensa, y el derecho que tiene á ella lo comprueba con la documentación anterior, así : 1.0 Que ha .servido en el Cuerpo de la Policía Nacional desde el 14 de Septiembre de 1900, fecha en que el Ministe­rio de Gobierno le concedió su primera recompensa, hasta el 5 de Mayo último, más diez meses y veintiocho días que le sobraron hasta la fecha primeramente citada, hace un total de cinco años siete meses y diecinueve días de haber servido sin interrupción y sin computar doble el tiempo durante el cual estuvo turbado el orden público; 2.0 Que ha observado conducta intachable, prestando sus servicios con muy buena voluntad é interés, sin haber su­fridos castigo alguno en este tiempo; 3. 0 Que actualmente es Comisario de 2.a clase de la I.a. División del Cuerpo de la Policía Nacional; 4? Que el Director General del Cuerpo certifica que 1\-Ie­dina ha servido el tiempo indicado, pues que así consta en libros de la Dirección ; y 5· 0 Que el General Jefe de Estado l\layor General del Ejército conceptúa que es el caso de conceder á Medina su segunda recompensa. Por tanto, y de acuerdo con el artículo 13 del Decreto número 8go de 1 go4, SE RESUELVE Págue~e al Sr. Abelardo Medina, de la Caja de Gratifi­caciones del Cuerpo de la Policía Nacional, la suma de cien­to cincuenta pesos en oro($ 150), correspondiente al 25 °¡0 del sueldo de un Comisario de 2.a. clase en un año. Comuníquese y publíquese. El Secretario del :Ministerio, encargado del Despacho, CLil\tAco LosADA RESOLUCION DE RECOMPENSA N. 0 84 JJ.finisterio de Guerra-Bogotá, Septiembre 6 de 19 o 5 Eudoro Castillo, Comisario de I.a clase de la Policía Na­cional, pide se le conceda su segunda recompensa, compro­bando con la documentación anterior lo siguiente: 1. 0 Que ha servido en el Cuerpo de la Policía Nacional desde el 2 2 de Junio de 1 goo, fecha en que se le expidió co­pia de su hoja de servicios para pedir su primera recompen­sa, hasta el 14 de Julio último, más un mes y doce días que le sobraron cuando el Ministerio de Gobierno le decretó su Cri­mera recompensa (el 1 7 de Agosto de 1 goo ), hace un tota de Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colornbia '- 320 _, cinco años dos meses y tres días de servici) sin interrupción, y sin computar doble el tiempo durante el cual estuvo turba­do el orden público ; 2. 0 Que durante este tiempo ha observado una conduc­ta intachable, haciéndose acreedor á la estimación de sus su­periores y á los ascensos hasta Comisario de I.a clase, Jefe de la Sección de Bomberos, puesto que actualmente ocupa; y 3. 0 Que el Director Genera] del Cuerpo de la Policía Nacional, y el General Jefe de Estado :Mayor General del Ejército conceptúan que la petición es justa y que el peticio­nario tiene derecho al veinticinco por ciento de su sueldo en un año. Por tanto, y de acuerdo con el artículo 13 del Decreto número 8go de Igo4, SE RESUELVE Páguese al Sr. Eudoro Castillo, de la Caja de Gratifica­ciones de la Policía Nacional, ]a suma de doscientos diez pe­sos en oro($ 210), correspondiente al 25 °¡ 0 del sueldo de un Comisario de I .a. clase, .Jefe dr División, en un año, como segunda recompensa. Comuníquese y publíquese. El Secretario del Ministerio, encargado del Despacho, CdMACO LOSADA RESOLUCION DE RECOMPENSA NUMERO 85 /Jfinisterio de Guarra- Bogotá, Sepltembre ó' de 1.905 Cristóbal Villamil, Comisario de 3~ cJase del Cuerpo de la Policía Nacional, comprueba con la anterior documenta­ción, lo siguiente: 1ñor como repre­sentante de The Santamarta Railway Company Limited, y anunciando al Sr. Francis Koppel apoderado segundo sus .. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia c. 325 _J tituto de la actual gestión, dice que las empresas son distin­tas; no basta este solo enunciado, sino que es preciso pro­barlo: Primer fin. Si es la Compañía del Ferrocarril de Santa­marta la propietaria del vapor, media con ella la cancelación de cuentas establecida en el artículo 12 de la Ley 61 de 1903, de manera que la distinción del propietario se_impone rara · que no haya lugar á suponer, como ya lo ha s1do por e Sr. Ministro de Relaciones Exteriores (f~ja 36 del expediente), que la obligación de pagar los arrendamientos y reparacio­nes del buque estaba extinguida conforme á la ley. Segundo fin. Con::>cida la empresa reclamante, se sabrá á ciencia cierta si la forman extranjeros, porque sin acreditar suficientemente este carácter, no podría hacerse otra cosa que pasar los autos á la Comisión de Suministros, Empréstitos y Expropiaciones para su resolución allí, como reclamo ordina­rio, de acuerdo con los artículos 4 C? y 1 3 del Decreto Legis­lativo número Io4, del 29 de Enero de 1903. Pofl lo que hace á la diligencia de restitución del vapor, en que aparece que estuvo armado en guerra durante el tiem­po que lo tuvo á su servicio el Gobierno, falta la autentica- .ción de la firma del Sr. Félix González Rubio, quien· suscri­bió dicha diligencia como Inspector general de la Flotilla Militar, con autorización del Comandante en Jefe del Ejérci­to del Atlántico y de la Flotilla. U na vez cumplidas las formalidades que se indican, será el caso de someter los contratos á la aprobación del Poder Ejecutivo. · Comuníquese y cópiese. D. A. DE CASTRO Sección 2::-lJfarzo r8 de rg 05 En la fecha se comunicó y copió. El Subjefe de la Sección, Publíquese. , MEMORIAL Y RESOJ .. UCIÓN Sr. Ministro de Guerra Jorge Liévano CLiMACO LosADA Yo, Francis Koppel, .apoderado sustituto de The San­tamarta Wharj Company Limt'ted, muy respetuosamente y en nombre de dicha Compañía, expongo lo que sigue: En referencia á la Resolución . de ese Ministerio que me fue comunicada por la nota número 335, del 18 de 1\'Iarzo Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '-326..J próximo pasado, Sección 2.a, recaída á mi anterior memorial ael 2 del expresado Marzo, sobre la reclamación que h lCe en nombre de dicha Compañía el Sr. P. H. Marshal, por tres mil seiscientos diecinueve pesos en oro y cuarenta y ocho mil trescientos noventa pesos en billetes, valor del arrendamiento y reparaciones del vapor Iris en la última guerra. El Ministerio exige en dicha Resolución que mi parte '()~11ebe : 1. 0 Que el dueño del vapor es The Santamarta -Wharf Company Lirnited, para ver ya que la reclamación no está comprendida en Jo dispuesto en la Ley 6 r de 1903, ya que los propietarios son extranjeros y no nacionales; y .2? (Jue se autentique la firma del Sr. Féhx González Rubio, que aparece puesta al pie de la diligencia de restitución del vapor, como Inspector de la Flotilla Militar. Abrigo la esperanza, señor Ministro, de que las com­probaciones exigidas están en el expediente. El poder que presenté hace constar, certificado por un notario 1nglés, cuya firma quedó autenticada por el Cónsul de Colombia y luégo por el Ministro de Relaciones Exterio­res, que The Santamarta Wharf Company Limited es una sociedad inglesa, establecida y domiciliada en Londres, y constituida de acuerdo con las leyes de ese país. Ahora, la razón social es la que da la personería y la individualización de la respectiva Compañía. La que celebró el contrato de que trata la Ley 6 I de 1903, tiene por razón social The Santamarta Railway Company Limited, luego las dos Compañías son personas distintas, y es extranjera la primera mencionada, y en cuyo nombre hablo, puesto que ha nacido, se ha establecido y vive domiciliada en Londres, todo de acuerdo con las leyes de Inglaterra. Esta Compañía ha sido la poseedora del vapor; ella se lo dio y entregó al Go­bierno en arrendamiento; ella lo volvió á recibir, luego es su dueño, porque el poseedor es reputado dueño, mientras ~ue otra persona no puede serlo (articulo 762, Civil). La di­ligencia de restitución fue documento presentado para las cuentas de cobro. Estas fueron visadas, y las firmas del pá­guese quedaron todas debidamente autenticadas, y con ellas virtualmente los documentos en que se apoyaron. En virtud de estas razones y de las mejores que el Mi­nisterio encuentre, ruego atentamente al Sr. Ministro se sir­va revocar la expresada Resolución. Bogotá, 27 de Abril de 1905. Sefior Miaistro. FRANcrs KoPPEL Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '-- 327 _.) Ministerio de Guerra-Sección 2~- Bogotq, Agosto !l5 de rgos Por informes ~ue ha allegado el Ministerio, procedentes de la autoridad mihtar superior de la Costa Atlántica, se tenía ya la convicción de que son Empresas distintas The Santamarta Company Limited y The Santamarta Railway y Company. Es, pues, innecesario á este respecto la demostra­ción exigida en el proveído de 14 de Marzo último ; no así el requisito de autenticación de la firma Félix González Rubio, puegta por este señor como Inspector Militar de la Flotilla en el acta de restitución del vapor Iris á la Compañía propieta­ria, porque las confirmaciones de legitimidad de firmas no pueden darse por subentendidas, sino que deben aparecer con toda claridad para justificar las reclamaciones pecunia­rias contra el Gobierno. El Ministerio insiste en el cumplimiento del indicado requisito . . El Secretario, encargado del Despacho, CLfMACO LOSADA Ministerio de Guerra - Septiembre r 2 .· La anterior Resolución fue puesta en conocimiento del Excmo. Sr. Presidente de la República, en el acuerdo del día 9 de Septiembre en curso, y aprobada por él. . Transcrlhase en oficio al Sr. Koppel, con la pres~nte ob­servación. C. LOSADA MUERTO SIN IDENTIFICACION ESCOLTAS DE CORREOS R~pública de Colombia-Ministerio de Guerra-Sección r.•­Número 646-Bogotá. Septiembre 7 de 1905 Sr. Director del BoLETfN MILITAR-Presente. . Para que usted se sirva ordenar su publicación en ese periódico, tengo el honor de remitirle dos copias, una de la nota del Prefecto de la Provincia de A trato, que se refiere á un denuncio, y la otra, de la nota que este Ministerio dirigió, con fecha 6 del presente, al Administrador General de Co­rreos y Telégrafos, transcribiéndole copia de la Orden general del Estado Mayor del Ejército, sobre escoltas de correos. De usted atento, seguro servidor. El Secretario del Ministerio, encargado del Despacho, CLÍMACO LOSADA Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '-- 328 _.) "República de Colombia-Departamento del Cauca-Prifec­tura de la Provincia de Atrato-Número 1q5-Quibdó, Agosto 7 de 1905 Sr. Ministro de Guerra-Bogotá. Permítome transcribir el oficio número 78, de 18 de Ju­lio de 1!)05, del Alcalde Municipal del Carmen, que copiada •á la letra dice: Sr. Prefecto Provincial de Atrato-Quibdó. Informa el Sr. Eladio Agudelo y sus compañeros, que viniendo del puerto de Bellavista encontraron enfermo á un hombre, que venía de Quibdó, en el paraje de Las Hoyas. Al dfa siguiente, compadecido de él, lo pusieron á espaldas del peón, dicho Sánchez, con el ánimo de traerle á esta pobla­ción. Que lo trajeron al paraje de Las Arenas y que allí mu­rió y allí lo sepultaron. Que dicho individuo revelaba ser un militar, por lo que les conversó el día que lo encontraron y porque le vieron dos chaquetas de soldado. Que no tuvieron la curiosidad de preguntarle por su nombre, pero que sí les dijo que era bogotano, casado, tenía seis hijos y que había sido muy de malas, porque ni por enfermo había conseguido le dieran su baja. · Dios guarde á usted. LUIS GONZÁLEZ ' Dios guarde á usted. E?tHLIANO V ERNAZA" República de Colombia-'A!inisterio de Guerra-Sección 1. a Número 6 4 o-Bogotcí, Septiembre 6 de 19 o 5 Sr. Administrador General de Correos y Telégrafos-Presente. Me refiero á su atento oficio número 4,347 A, de fecha 24 de Agosto último, y en respuesta á él me permito trans­cribirle copia del artículo 679 de la Orden General para el 18 de Agosto de 1909, dictada por el Estado Mayor General del E'jército, y que diCe así: 'Por conducto del Sr. Director General de Correos y Telégrafos ha venido á conocimiento del Estado Mayor General del Ejército las quejas que á aquel Despacho han elevado algunos Contratistas del Correo de Encomiendas por el mal trato que dan, tanto los Comandantes de las escoltas como la tropa de éstas, á las mulas, yendo hasta el extremo de matarlas. }>ara corregir esta irregularidad, rayana en he­cho salvaje, se previene de modo terminante á los Coman- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '- 329 ,_) dantes de las escoltas, que les está absolutamente prohibido ingerirse, tanto ellos como sus subordinados, en el manejo de tales bagajes, pues su misión no es otra que la de custodiar el convoy; en cuanto al interés por la llegada anticipada del correo á su destino, eso sólo incumbe á los contratistas, quie­nes tienen prima por anticipación, y multas por el atraso. En tal virtud, el Oficial comandante de escoltas de correos que en lo sucesivo incurra en faltas semejantes á la aquí apuntada, será responsable por los daños, y motivo de mala nota en su comisión. D. EucLIDES DE ANGULO" Este Despacho está de acuerdo en un todo con lo conte­nido en la anterior transcripción. De usted atento, seguro servidor. ' El Secretario del Ministerio, encargado del Despacho, CLiMACO LosADA MULTAS DE MUSICOS LIQUIDACIÓN de las multas que se imponen á los miembros de las Bandas mili· tares de Música por faltas al cumplimiento de sus obligaciones, de conformidad con el artículo 47 del Decreto número 362, de 15 de Abril de 1905 1 Por cada retreta oficial, ordinaria ó extraordinaria, se­renata oficial, y en general, todo toque en que funcione la batuta, que dejen de tocarse: Músico Mayor, $ o-6o; Pro­fesor solista, $ o-ss; Profesor de 1 .a clase, $ o-so; de 2.a clase, $ o-4s; de 3. 6 , $ o-4o; y de 4.a, $ 0-3S· 11 Por cada formación que se ordene, de cualquiera clase <{ue sea, como grandes formaciones. guardias de honor, en­tierros, ejercicios dentro ó fuera del cuartel, misas, revista repartición de guardias, procesiones que oficialmente se or­denen, y toda vez que hayan de ponerse á la cabeza de algu- · na tropa: Músico Mayor,$ o-ss; Profesor solista, $o-so; de 1. a clase, $ o-4s; de 2.~~. clase, $ o-4o; de 3.", $ o-35; Y de 4!1-, $ o-30. III Por cada llamada, as.amblea, diana, vísperas que oficial­mente se ordenen: Músico Mayor, $ o-so; Profesor solista, $ o-4s ; de 1. a. clase, $ o-4o; de 2 a.,$ o-3s ; de 3.a, $ o-30; y de 4~, $ o-25. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia ~ 330 .....) IV Por cada falta de asistencia á las horas de estudio ó re­paso: Mtísico Mayor, $ o-45; Profesor solista, $ o-4o; de r.a clase, $ o-35; de 2.a clase, $ o-30 ; de 3.t', $ o-25; y de 4.a, $ 0-20. . V Por el retardo á cualquiera de los toques ordinarios ó extraordinarios que deban ejecutarse, y á las horas de repa­so: Músico Mayor, $ o-4o; Profesor solista, $ o-35; de 1.• clase, $ o-30; de 2.a, $ o-25; de 3.a., $ o-20; y de 4~, $ 0-15· VI Por pernoctar fuera del Cuartel sin permiso, la mitad del sueldo del día ó días correspondientes á esta falta. VII Por ausencia absoluta del cuartel sin excusa legal y el correspondiente permiso, el sueldo íntegro que á cada músi­co corresponda en el día ó días que no se preste servicio. La presente liquidación rige desde el primero de Agosto de mil novecientos cinco. Visto bueno. El General Jefe de la Mesa, CARLOS FRANCO Q. República de Colombza-EJército nacional-Estado Mayor General-Bogotá, Septiembre I 2 de 19 o 5 Aprobada. El General Jefe, D. EuCLIDES DE ANGULO ORDENES GENERALES DEL DÍA 26 DE AGOSTO DE 190 5 Art. 695· Dispone el Estado Mayor General que los Di­rectores de las Bandas de Música del Distrito Capital, envíen á este Despacho, el día último de cada mes, Ja relación de las piezas nuevas que se hayan repartido á las Bandas de acuer­do con lo dispuesto en el Decreto · 362, de 15 de Abril del año en curso, para dar cumplimiento á lo que dispone el artículo 15 del mencionado Decreto. El Estado Mayor General, después de pasada la Revista de Comisario, fijará el día y el sitio en que deba ejecutarse la retreta de que trata tal artículo, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '- 331 -1 Artículo. Los Sres. Inspectores departamentales y los Jefes de Cuerpo dictarán sus disposiciOnes para que, de acuerdo con lo prescrito en el Decreto arriba menciOnado, las Bandas de su dependencia cumplan con tal deber. La Orden para el día 4 de Septiembre de 1 905 dice: Art. 729. Con el fin de uniformar la época en que los Inspectores Militares deben pasar la revista de inspección á los Cuerpos de su dependencia, de acuerdo con el artículo 1. 0 del Decreto 202, de 1.0 de Junio de 1896, el Estado Mayor General dispone que dichos Inspectores den principio á la revista en la primera semana de cada uno de los meses de Enero, Abril, Julio y Octubre; debiendo rendir su informe precisamente dentro del mes en que se pasa cada revista. El General Jefe, D. EucLIDES DE ÁNGULO La Orden general del 6 de Septiembre dice: Art. · 734· Se advierte á los Sres. Comandantes de los Cuerpos que en los comprobantes que acompañen á la solici­tud de licencia indefinida de un Oficial por mala conducta, no son admisibles las declaraciones de los individuos de tro­pa, aun cuando lleven las formalidades del juramento. En esta clase de pruebas, que son de reglamento, en tratándose de Oficiales, deben ser también Oficiales los declarantes, por­que así no se desquicia la autoridad de aquéllos que, con el procedimiento de que los individuos de tropa declaren en su contra, quedaria minada. El General Jefe, D. EucLIDES DE ANGULO SEPTIEMBRE 1 2 · Art. 746. Por el artículo g4d¡ de la Orden general publi­blicada al Ejército el día 30 de Noviembre del año próximo pasado, se dispuso que de todos los Cuerpos del Ejército se enviara al Estado :Mayor General ]os pies de lista; documen­tos que no se oculta á los Jefes que tienen la obligación de en­viarlos, son de suma importancia" para la estadística del Ejér­cito. Como por algunos Jefes de Cuerpo no se diera cumpli­miento á la disposición en el artículo citado, se les recordó el cumpl.imicn to de su deber en este sentido por el artículo 62 de la Orden general del día 17 de Enero del año en curso y, sensible es confesarlo, que aún no se ha conseguido que los Jefes á quienes este artículo se refiere, no han cumplido con tal deber. El Jefe del Estado Mayor, en vista de tal omisión, que, aunque sea por olvido, es perjudicial para la buen~ marcha Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia \.... 332 _) del Ejército, les previene á los Jefes que han incurrido en la falta que se deja apuntada, que les concede el plazo de quin­ce dfas, contados desde el día del recibo de la orden que esta disposición contiene, para que remitan los pies de lista di­chos, Jos escalafones y complementos de los autógrafos. La falta al cumplimiento de esta disposición les acarreará seve­ra sanción. D. EucLIDES DE ANGULo Doctrinal LA EDUCACION DE LOS OFICIALES: RUSOS Y JAPONESES Es verdad indiscutible que el valor real de una tropa de­pende, en primer término, del cuadro de sus Oficiales, en es­pecial cuanto al rendimiento en el empleo del conjunto: sol­dados de primer orden-como los rusos-pero mal coman­dados, jamás alcanzarán la victoria ni aun sobre tropas me­nos h:uenas, si sus Oficiales no conocen á fondo su oficio. Por tal razón, la base de un ejército está en un buen reclutamiento de la Oficialidad, pero no sólo para el ejército activo sino también para las reservas, porque de nada servirá movilizar millares de hombres en un momento dado, si no se dispone de cuadros que los enmarquen y les comuniquen la necesaria solidez. El ideal sería tener para las reservas cua­dros tan buenos como los del ejército activo; pero desgracia­damente esto no es posible, y como en la guerra siempre lle­gará el momento en que el mando de unidades pequeñas re­caiga en Oficiales de reserva, es preciso atender desde la paz á solventar esa necesidad. En el Extremo Oriente se han medido los Oficiales ru­- sos y los japoneses. ¿Cuáles han sido las cualidades exhibi­das por los dos r.ontendores? Los rusos mostraron siem­pre una gran bravura, pero tan fatalista como la de la tro­pa; una disciplina completa pero ininteligente, ó sea sin ini­ciativa individual; una resolución incontrastable de obedecer al superior y una moral soberbia, con espíritu ofensivo <{Ue resultaba en oposición con el sistema defensivo de le táctica que emplearon en toda la campaña. En una palabra, el Ofi­cial ruso carecía de conveniente preparación profesional. Enfrente, el Oficial japonés se mostró alerta de cuerpo y de espíritu, á la vez que valeroso, vivo y reflexivo. Las clases no se quedaron atrás. ¿ Cómo se formaron estos Oficiales? Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '- 333 _J En el Japón los Oficiales son elegidos entre los aspiran­tes que después de seis meses de preparación en el cuartel pa­san á estudiar dos años en una escuela militar preparatoria y luégo dos años en la escuela militar central. Al principio, cuando había escasez de oficiales bien educados, esa falta se suplía empleando en su lugar los sargentos veteranos pero no ascendidos sino nombrados ad lnterim. Los sueldos de los Oficiales japoneses son pegueños: $ 200 por año, el Subteniente; $ 1 ,2oo, el Coronel; $ 3,ooo, el General divisionario. También hay límite de edad para lo~ Oficiales: 45 años el Subteniente, 54 el Coronel. Si se compara el Cuerpo de Oficiales Japoneses con el de cualquiera otra nacidn, incluso Alemania, se hallará que es ... tos otros tienen una instruccidn general más extensa, pero que aquéllos son superiores en lo que concierne á la instruc­cidn militar propiamente dicha. El Oficial japonés se inte­resa por su oficio mucho más que su camarada europeo. Casi todos los Oficiales japoneses hablan in~lés, ruso ó alemán, además del chino ó coreo. El Oficial Japonés, físicamente considerado, es inferior al soldado; pero compensa esa inferío­ndad con un temple moral notabilísimo: su patriotismo y su entusiasmo le permiten afrontar con éxito aun las más difíciles situaciones. Todos se mostraron impregnados con las tradi· ciones de los samuraís, acrecentadas hasta el fanatismo. El tipo que todos quieren imitar es el del estoicismo del toma­dor de PuC'rto Arturo. Los oficiales japoneses lo primero que aprenden es á ser dueños de sí mismos, á despreciar las enfermedades, á ocuparse poco de los placeres personales, á ocultar la emoción y á dominar todos los afectos, para poder mirar la muerte con indiferencia y conservar la calma á toda hora. Esa educación viril, esas prácticas de héroe de la an.ti­güedad, parecen poco concordantes con el espíritu progresis­ta de esa gran nación, que después de copiar á los europeos, los ha dejado atrás, se~ún testimonio del Coronel Picard. Déhese esto á que no tienen la misma orientación que nos­otros en sus ideas de progreso. Los blancos buscan, ante tod·o, el bienestar, y por lo tanto; el ideal de aquel1os kom­brecitos es más grandioso, y como es el que inspira la educa­ción de los oficiales, éstos resultan con energía, celo, y, sobre todo, admirable espíritu militar. Los oficiales japoneses son débiles en lo físico, pero temen poco el calor y afrontan sin miedo el frío ; sotenidos por un sistema nervioso convinientemente educado, mostraron una resiste~cia de que no se les creía capaces. La moral es el nervio Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia '- 334 .J de la guerra ; pero ese temple no se tradujo en ellos como en los rusos, en quienes la bravura, temeraria con frecuencia, pa­recía mera fanfarronería. El oficial japonés no flaquea ante el peligro, exige de sus soldados esfuerzos extremos, y cuando éstos vacilan, no retrocede ante el empleo de ningún medio para obtener el resultado buscado. Las tropas de primera lí­nea en el combate sabían que si retrocedían, sobre ellas mismas haría fuego su propia artillería f Los oficiales japo­neses sacrificaban su persona cuando era preciso; pero nunca se exponían al peligro inútilmente d p_or fanfarronerla. ' Merced á una inteligente y cmdadosa preparación, los oficiales japoneses se mostraron siempre hábiles Jefes de tropa, y el comando, en vez de entrabar esa iniciativa, la estimuló sin cesar, por lo cual, en toda circunstancia supieron sacar el me­jor partido posible de la respectiva situación. En vista de lo que antecede, tal vez podríamos ·princi­piar la formación de nuestro futuro cuadro de oficiales, de la siguiente manera: suprimir los tambores, como ya se hizo en Francia, y con lo que se gasta hoy en ellos, atender al sos­tenimiento lle un centenar de jóvenes, repartidos en cuatro escuelas militares preparatorias, establecidas como anexas de las guarniciones de Cali, Medellín, Bucaramanga y Cartagena, por ejemplo. Dichos alumnos deberían permanecer en ellas dos años, los primeros seis meses como soldados, enseñados por un institutor militar y otro civil, pudiéndose reemplazar éste con la asistencia á los cursos elementales de algunos de los colegios establecidos en la localidad. Terminados los dos años con el examen respectivo, los aprobados pasarían á la escuela mili­tar central, donde completarían, en otros dos, su educación militar, ó lo que es lo mismo, no habría sino una promoción cada dos años, á fin de que no hubiera plétora de oficiales subalternos mientras se organizan las reserva$. Con este mismo objeto podría disponerse que en caso que faltaran puestos en el Ejército para los educandos, se les emplearía, entre tanto, en los resguardos, gendarmería, &c., para for­mar con ellos los cuadros de reserva. De esta manera dentro de diez años tendría el peís medio millar de oficiales-marco de 35,000 hombres,-á la altura de su misión en la guerra moderna. CENSO DE CUNDINAMARCA La Gobernación del Departamento de Cundinamarca acaba de publicar los resultados del censo que se levanta ac­tualmente, en un resumen que abarca algo más de la mitad Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia \._ 335 ...) de los Municipios que hoy componen dicha división territo­rial, y_ nos ha parecido útil reproducirlos confrontándolos con las cifras correspondientes al censo de 1 Sgg, por ser curiosas las consecuencias de tal confrontación, siendo de advertir que conforme á esa mitad del censo, el Departamento tiene 272,000 almas y nosotros le asignamos 28o,ooo en trabajo publicado hace dos meses. Del cuadro si~uiente resulta, como es natural, un au­mento de la población en los siete años que abarca, y aun cuando no sorprende la disminución considerable de aq_uélla en algunos Municipios de ciertas regiones, sí nos parece Inex­plicable el singular aumento que se observa en otros: supo­niendo que se trate de menos cambios de domicilio entre los habitantes de los dos grupos, resultaría entonces que las pér­didas causadas por la última guerra están á la sazón recu­peradas, lo que no es creíble, por no ser admisible una feno­menal natalidad en los Municipios que pres~tan el aumento. ¿Provienen las contradicciones de errores en los nuevos cen­sos de La Vega, Nocaima, Cáqueza, Fómeque, Arbeláez? Valdría la pena verificarlo. 1905 1899 AUMENTO DISMINUCIÓN Anolaima ..•...... 7,585 1 11 128 3,543 Albán ........... I,572 1,297 275 ... ~ Bojacá ........... 1,982 1,853 129 > ¡:: • LA VEGA ....... 7,250 4,229 3,021 ~ < San Francisco ... 2,208 2,015 193 u Zipacón ......... 1,994 2,218 224 ~ l 22,591 3,618 3,767 r• GiRARDOT ..... 5,810 4,624 1,186 ,. J Guataquf.. ...... 1,150 1,319 I6g o Nc ·- 1,074 1,827 853 ~ arzno ....... .... : Nilo .............. 3,1 1 1 3,1 15 4 ¡¡; l Ricaurte ......... 5,052 4,957 195 16,197 1,381 1.016 (Beltrán .......... t,ogo 3,280 2 1 19<) J Cñaguanl .•.. ..•. 1,933 3,130 1,197 ~ Guaduas .... ..... 7,045 10,148 3,103 ;;, Nimaima ......... 1,925} 3,953 2,930 ¡:a • NocAmA ...... 4,058 < l Qtubradanegra •. 2,904 3,500 796 ; V:&RGARA ......... 4,745 3,756 989 23,500 3,019 7,286 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia "- 336 _j r• Cdgueza ••• .... 14,234 9,736 4,498 Chipaque ....... 6,612 6,q8 . 474 ~ CHOACHÍ .......... 6,385 5,5go 795 E-< • FÓ!lEQUE •• ' ••• 1 1,037 8,411 2,626 : 1 Gutiérrez ........ 1,769 1,624 145 .... Quetame ........ 4,469 4,381 88 tl4 Ubaque ......... ~,199 5,229 30 0 Une .............. 4,316 4,097 219 L 54,031 8,865 JO IARBELÁEZ ........ 8,809 6,309 2,500 N Fusagasugá ... :. 4,097 5,352 1,255 ~ Pasea ............ 2,276 2,6o5 329 1 Tibacuy ......... 4,683 4,154 529 ~ L 19,865 3,029 1,584 Total. .............. 136,184 19,912 13,683 Aumento en 7 años (3! de guerra) ...... 6,229= 4· 60¡ o La República .............................. 1g6,ooo CRONICAS MII.;ITARES -Los adjuntos militares americanos en el Japón han rendido su primer informe al Ministerio de Guerra. En dicha pieza afirman que el equipo del soldado japonés es el menos pesado entre los que usan los ejércitos de las naciones civili­zadas, no obstante que todo soldo.do lleva una herramienta para excavar trincheras. Tanto en Liao-Yang como en Muk­den, los soldados construyeron siempre trincheras en el terre­no que ocupaban, procediendo á su obra de la siguiente ma­nera: la pnmera línea (tiradores) abría trincheras poco pro­fundas, las que eran luégo ocupadas por la segunda; al mis­mo tiempo la tercera construía las suyas con mayor capaci­dad, y }a cuarta levantaba atrincheramientos suficientes para abrigar todas las tropas de la División. Concluida esla últi­ma labor, las tres primeras líneas se batían sucesivamente en retirada, aparentando ceder ante la ofensiva rusa, la cual era definitivamente contenida y rota por el fuego concentrado en la última trinchera. Después sí se ocupaba el terreno en dis­puta y de igual modo se ganaba el siguiente. Según los ad­Juntos i~talianos, los japoneses, cuando salían de las grandes trincheras para avanzar, de noche ó al amanecer, llevaban consigo sacos de arena) con los cuales constituían el alma del nuevo atrincheramiento, por así decir. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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Por: | Fecha: 29/06/1907

Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. JI i l IX-N. 481 let· Milit Col OR& Y DEL EJERCIIO co .~ t }' t 1 'tufu qzu 11 utt'. !OI"' '" /.t 111 if~'" ur u 1 . 1tj~ .Jill 010 f. WIC& • • • Gial- I L •. ¡ rd n ·trr rf l ... ..... 1 (ip ................................................... I. lo r t un i 'n . ··············"··········:············ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. un u in ll etin -lili r <:e 1 :nbia -1 4- erctdn dt• /J ogotá . .................................. , ................................ .. ....................................................... . ·,.,.rioll d . . 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'úmr.ro r¡ ti 7ulflO(. o '·- lllu¡o el • 19 o 7 · l. ur- ti. u lo th• \ ruio - Pr - f>ro incial- - \ tÍIIl r 3'7 \ ." Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ol tín lombia SERVICIO DE GENDARMERIA. T ' L •• R 'f ·rn ZAPADORES In - d ·1 7 7 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ca oletin lilit r - r) ... u m n r 10 bi ····················· ·· ............ . ........................................................................... 6 , • • Jnla ............................................. 3? Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ol tLn iHtar. de Colombia 1370- Rt¡nH/ita dt Colombi'a-/Jtptzrlammlo tld QII(Q- 'nmtro 20,5-E ¡,, ~máo J don 1 ; Inspulor crt~ura/ dt Obras ptíbli'tas-Cali layo 15 tlt I90J. r. fini tr de uerra- ogot •. hici 1 Bnln/1/m 9. 0 dt. In} u/tri h n hech du­rero lo i ui nt : Edifido para a1arld 10 por or 1 7 .1 rior .......................... ....... . 1m .)1 y 6o molduras. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ol tín lilitar de Colombia - 1371- tr j ron de rroyohondo 1 1 car~as de cuarzo. i la vez drillo e trajeron de i­ticrr roj una d uro ervi or, llón cua-de 1 JLI. ·o P.\IUClO c¡níbli a ll ~nlombi - Jcfaturll Vililar - Cuatlel ;cneral· Yúmcro 56' o- (lrtayt:lla, ti 7 d J)/(lrzo d · 19 o 7 1 Jt:fe d h 1 ot D cucl'do e n el tel • ram circul·ar 1 lini l ''!él, Íl·ch 1 d l•cbr •r pa · d , m dirigi al ·r. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. .. 1 1 tin ilit r d Colom aa 137 cd . Iilit r. o oficial GUIA r un fi it.l o) ntinú u e­l mili- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Bolctia 1ilitar. e lo bi 1 73 O CJ L Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. • ol dn . ilitar de Colombi 1374 - e to o lo ue ha . óto en·icio po rán s r 'til • y or lo mismo precia ~! oficial de st do ~ yor d~bt ser discrt/(). ·u po ici6n lo ini c ia en 1 conocimi~nto d qu , por su naturaleza no d tm fr nque r lo eh o. J'ontinuar '.) Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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