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La responsabilité de protéger: Mauvaises querelles et vraies questions

Por: Sandra Szurek | Fecha: 30/12/2011

El principio de responsabilidad que lleva a que todo Estado proteja su población en el interior de sus fronteras contra crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad, genocidio o limpieza étnica fue admitido y reconocido en el documento final adoptado por la Asamblea General de Naciones Unidas en la conferencia mundial del año 2005. A partir de esa fecha, la noción de responsabilidad de proteger es objeto de un profundo trabajo de reflexión en el seno de las Naciones Unidas, aprovechando que tiene un amplio apoyo de la comunidad internacional, aunque también tiene sus detractores. La presente contribución tiene por objeto mostrar, independientemente del proceso de intención hechos al concepto, las preguntas y dificultades que su aplicación puede acarrear en las diferentes fases de su ejecución por parte del Estado al que le corresponde en primer lugar; o a la comunidad internacional que asume esa responsabilidad, a modo subsidiario, en caso de imposibilidad o de falta de voluntad del Estado hacia el cumplimientode esta obligación. Precisar los diferentes medios y condiciones que conlleva la noción de responsabilidad de proteger. Hoy en día se ha vuelto apremiante en la medida en que hechos como los de Libia han hecho que sea necesario pasar de la teoría a la práctica en lo relativo a este concepto.
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Colombiano de Derecho Internacional Formatos de contenido: Artículos
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La responsabilité de protéger: Mauvaises querelles et vraies questions

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Medidas interinas de protección en arbitraje CIADI

Por: Andrea Camargo García | Fecha: 31/12/2011

Durante la solicitud de medidas provisionales, es posible encontrarse en circunstancias apremiantes susceptibles de justificar la exigencia de una protección inmediata del tribunal mientras este decide la solicitud de medidas provisionales. En este contexto, algunos demandantes en casos ante el CIADI han incluido, de forma complementaria, una petición para que se emita una medida interina de protección en el marco de sus solicitudes de medidas provisionales. Tal petición está destinada a obtener del tribunal arbitral una recomendación que prohíba a la contraparte alterar el statu quo y agravar la controversia, mientras tiene lugar la sustanciación y decisión de la medida provisional de fondo.Los Tribunales Arbitrales CIADI, al estar frente a tal tipo de solicitudes, se han encontrado con la dificultad de no encontrar ningún tipo de previsión en la Convención CIADI o en las Reglas de Arbitraje CIADI, que contemple expresamente la facultad para dictar medidas interinas de protección.Ante similar dificultad se han enfrentado otros tribunales internacionales, los cuales han concluido que la facultad de dictar medidas interinas de protección se encuentra implícita en la facultad de dictar medidas provisionales y se basa en los principios generales del derecho internacional que fundamentan la facultad para dictar medidas provisionales. La práctica adoptada por estos tribunales internacionales ante la solicitud de medidas interinas de protección, es de gran utilidad para los tribunales arbitrales CIADI, toda vez que estos tribunales deben decidir conforme a los principios generales del derecho, tal y como lo dispone el artículo 42 de la Convención.
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Colombiano de Derecho Internacional Formatos de contenido: Artículos
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Analyse de la compétence juridictionnelle à partir de la première décision de la Cour Africaine des Droits de l’Homme et des Peuples : l’affaire Hissène Habré

Por: Ilich Felipe Corredor Carvajal | Fecha: 04/09/2012

La eficacia de la lucha contra la impunidad y la efectiva protección de los derechos humanos permanecen condicionadas en gran medida a la concepción de la competencia judicial y su ejercicio. A partir del estudio del caso Hissène Habré, como asunto de relevancia internacional en materia penal y de derechos humanos, el presente artículo analiza el funcionamiento de la competencia judicial en las experiencias de la justicia senegalesa y en especial de la Corte Africana de derechos Humanos y de los Pueblos, así como las caracteristicas del sistema regional de proteccion, luego de identificar un denominador común según el cual la soberanía estatal y los intereses políticos primarían sobre los derechos de las víctimas y la justicia. Las reflexiones  sobre la competencia judicial y el principio de competencia universal van más allá del marco jurídico establecido por la convención contra la tortura de 1984 y con ese enfoque son efectuadas ciertas consideraciones que facilitarían la acción de la justicia en condiciones de igualdad y efectividad en un preciso contexto regional.
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Colombiano de Derecho Internacional Formatos de contenido: Artículos
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Perspectiva interamericana sobre la afectación de la libertad de menores en procedimientos migratorios

Por: Fernando Arlettaz | Fecha: 15/01/2016

En su reciente opinión consultiva sobre los derechos y garantías de niñas y niños en el contexto de la migración y/o en necesidad de protección internacional, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha expuesto el estado del derecho interamericano en relación con los menores migrantes. Uno de los temas de esa opinión, abordado en este artículo, es el relativo a la posibilidad y las condiciones de la afectación de libertad de menores en relación con procedimientos migratorios. Aunque las soluciones dadas por la Corte testimonian la fuerza expansiva de los derechos humanos, habría sido deseable una mayor precisión técnica en el pronunciamiento.
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Colombiano de Derecho Internacional Formatos de contenido: Artículos
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La Autoridad Internacional de los Fondos Marinos y la explotación sostenible de la Zona

Por: Fabiola Jimenez Moran Sotomayor | Fecha: 25/11/2020

En los próximos años, la Autoridad Internacional de los FondosMarinos (isa por su sigla en inglés) enfrentará el reto de lograr que laexplotación de la Zona se realice de forma sostenible. El presente artículopersigue un doble objetivo. Primero, analiza las medidas que a la fecha haemprendido dicha organización para superar este desafío. Segundo, identificapendientes y áreas de oportunidad de la isa respecto al tema. Metodológicamente,el análisis que se propone está dividido en dos seccionescorrespondientes a la naturaleza de las acciones que esta debe emprender.La primera se enfocará en el desarrollo normativo; la segunda, en lasupervisión y evaluación de las actividades de la Zona. Una tercera secciónanaliza los principales argumentos que se han desarrollado para intentardemostrar que no es viable realizar una explotación sostenible de la Zona.
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Colombiano de Derecho Internacional Formatos de contenido: Artículos
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Editorial

Por: Ricardo Abello-Galvis | Fecha: 05/11/2020

ACDI, Bogotá, ISSN: 2027-1131/ISSNe: 2145-4493, Vol. 13, pp. 13-18, 202013EditorialPara la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, la Asociación Cavelier del Derecho y especialmente para todo el equipo del Anuario Colombiano de Derecho Internacional (acdi), como siempre, es un gusto poner a disposición de la comunidad académica, los estudiantes interesados en los temas de derecho internacional y todos aquellos profesionales interesados en profundizar en estos temas este nuevo volumen del acdi que, sin lugar a dudas, ya goza de una madurez y consolidación como publicación seriada e indexada. En efecto, en este volumen debemos celebrar el hecho de haber quedado en el ranking de Scopus como una revista Q2, lo que nos llena de orgullo, pero así mismo nos hace poner los pies en la tierra en la medida que sabemos que esto depende de la citabilidad de la revista, y esto varía sustancialmente de año a año, por lo que para el Comité Editorial, el Comité Científico, el Director/Editor y todo el equipo de trabajo, la prioridad será seguir siendo una revista que publica única y exclusivamente aquellos artículos que han cumplido con los más altos estándares de calidad y exigencia, que son determinados por la alta calidad de nuestros pares evaluadores.
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Colombiano de Derecho Internacional Formatos de contenido: Artículos
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Editorial

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Páginas preliminares

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Los tratados en el tiempo y los derechos humanos: un análisis desde la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Por: Carlos Enrique Arévalo Narváez | Fecha: 01/03/2017

El presente escrito analiza la cuestión de los tratados en el tiempo en el marco del alcance que la Corte Interamericana de Derechos Humanos le ha dado al ejercicio interpretativo de los convenios sobre las materias propias de su jurisdicción. Las partes 1 y 2 introducen los elementos esenciales de la interpretación de los tratados en el derecho internacional general, proporcionando elementos para la aplicación de la aproximación evolutiva como una herramienta hermenéutica, planteando, así mismo, el aparente debate que existe entre dicha aproximación y el uso de la conducta subsiguiente como criterios interpretativos. La parte 3 estudia el impacto del fenómeno de la fragmentación en el derecho internacional de los derechos humanos, evidenciando, a través de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la aplicación de reglas del derecho internacional general para interpretar la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Finalmente, se arriba a conclusiones sobre la interpretación en el tiempo de los tratados en materia de derechos humanos, como resultado del contraste entre la aplicación intertemporal que la Corte ha hecho de la Convención Americana, el Reporte sobre Fragmentación de la Comisión de Derecho Internacional en 2008 y los hallazgos preliminares del Grupo de Estudio sobre Acuerdos y Prácticas Subsiguientes respecto de la interpretación de tratados y el asunto del paso del tiempo.
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Colombiano de Derecho Internacional Formatos de contenido: Artículos
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Los tratados en el tiempo y los derechos humanos: un análisis desde la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

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La Cour Pénale Internationale à la croisée des chemins.

Por: Abdelwahab Biad | Fecha: 28/05/2010

Desde la adopción del Estatuto de Roma en julio de 1998, la CPI está confrontada a varios problemas, entre los que se encuentra el desacuerdo que persiste entre la Asamblea de Estados parte relativo a la defi nición del crimen de agresión, que es uno de los crímenes de competencia de la Corte de acuerdo con el artículo 5 del Estatuto. Otra difi cultad es la oposición de los Estados Unidos de América desde que la administración Bush desplegó todo un arsenal jurídico destinado a impedir cualquier tipo de colaboración con la CPI con el American Service Members’ Protection Act y los acuerdos bilaterales de inmunidad destinados a prevenir la entrega de ciudadanos estadounidenses a la Corte por parte de los Estados miembros del Estatuto de Roma.La entrada en vigor de su Estatuto el 1 de julio de 2002 le permitió al Fiscal de la Corte iniciar las primeras investigaciones y procesos por crímenes de guerra y por crímenes contra la humanidad cometidos en los conflictos que destrozan ciertos Estados africanos (R.D.C., República Centroafricana, Uganda). La orden de detención contra el presidente sudanés Omar Al Bashir por las atrocidades cometidas en Darfur muestra los límites de la actuación de la Corte, al no poder ejecutar su mandato sin la cooperación de los Estados. La Corte debe enfrentarse a las críticas relativas al “doble estándar” y de ser un instrumento de “justicia para los pobres” de la que se escaparían los “poderosos”. Las respuestas a estos problemas podrían ser aportadas, en parte, en el marco de los procesos de revisión previstos por el Estatuto de Roma nueve años después de su entrada en vigor.
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La decisión de la Corte Internacional de Justicia sobre excepciones preliminares en el caso de Nicaragua vs. Colombia.

Por: Rafael Nieto Navia | Fecha: 28/05/2010

El artículo se divide en tres grandes partes. La primera parte presenta los antecedentes del caso relativo a la delimitación en el mar Caribe entre Nicaragua y Colombia. Analiza la competencia de la Corte Internacional de Justicia – CIJ (la Corte) de acuerdo con el artículo 36 del Estatuto de la Corte; en consecuencia se estudia la declaración de aceptación de la Competencia de la Corte presentada por Colombia ante la Corte Permanente de Justicia Internacional en 1937, y el Pacto de Bogotá de 1948, así como su aplicabilidad y alcance con relación al Tratado Esguerra-Bárcenas de 1928. La segunda parte hace una detallado análisis de la decisión de la Corte relativa a las excepciones preliminares, en la que determinó que la soberanía sobre las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina era colombiana, que el tratado Esguerra- Bárcenas no es un tratado de delimitación marítima y que es competente para conocer sobre el fondo del asunto. La tercera parte señala las actuaciones que faltan por realizarse en lo relativo al fondo del caso.
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Colombiano de Derecho Internacional Formatos de contenido: Artículos
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La decisión de la Corte Internacional de Justicia sobre excepciones preliminares en el caso de Nicaragua vs. Colombia.

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