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Imagen de apoyo de  La posición del Tribunal Supremo respecto a la aplicación del derecho internacional a los crímenes del pasado en España: Un análisis jurídico tras los informes del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas, el Comité contra la Desaparición Forzada y

La posición del Tribunal Supremo respecto a la aplicación del derecho internacional a los crímenes del pasado en España: Un análisis jurídico tras los informes del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas, el Comité contra la Desaparición Forzada y

Por: Javier Chinchón Álvarez | Fecha: 16/03/2021

Junto a la indiscutible importancia del caso, la sentencia del Tribunal Supremo español en el proceso seguido contra el juez Baltasar Garzón, acusado de prevari- cación al haberse declarado competente para investigar las denuncias presentadas por crímenes cometidos durante la Guerra Civil y el franquismo, ha tenido una transcendencia determinante: desde entonces y hasta la fecha, la doctrina sentada por el Alto Tribunal ha sido seguida prácticamente de manera literal por los restantes tribunales españoles frente a cualquier denuncia relativa a los crímenes cometidos antes del último proceso de transición a la democracia en España. Este estado de cosas ha sido reiteradamente censurado por diversos mecanismos de las Naciones Unidas, en lo más reciente y de manera expresa por los tres órganos que han visitado o examinado a España: el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas e Involuntarias, el Comité contra la Desaparición Forzada, y el Relator Especial para la Promoción de la Verdad, la Justicia, la Reparación y las Garantías de No Repetición de las Naciones Unidas. Incorporando entonces sus valoracio- nes al respecto, en esta contribución se expondrán y analizarán las trascendentes posiciones de fondo defendidas por el Tribunal Supremo en cuanto a la aplicación del Derecho internacional a los crímenes del pasado en España; y especialmente, respecto a su configuración como crímenes contra la humanidad, la valoración jurídica acerca de la desaparición forzada, y la vigencia y aplicación de la Ley de Amnistía de 1977.
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal Formatos de contenido: Artículos
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La posición del Tribunal Supremo respecto a la aplicación del derecho internacional a los crímenes del pasado en España: Un análisis jurídico tras los informes del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas, el Comité contra la Desaparición Forzada y

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El derecho humano a la paz

Por: Carlos Villán Durán | Fecha: 16/03/2021

La codificación internacional del derecho humano a la paz ha llegado a las Naciones Unidas por impulso de las organizaciones de la sociedad civil. Se ha presentado a los Estados un proyecto de declaración de carácter holístico y profundamente enraizado en el derecho internacional de los derechos humanos, en el que la paz se perfila como ausencia de todo tipo de violencias (Declaración de Santiago sobre el Derecho Humano a la Paz del 10 de diciembre de 2010). Un grupo de trabajo del Consejo de Derechos Humanos de la ONU deberá formular un nuevo texto de consenso que supere las profundas diferencias que también en esta materia separan a los Estados desarrollados de los Estados en desarrollo, siendo estos últimos los más próximos a las tesis defendidas por la sociedad civil.
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal Formatos de contenido: Artículos
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El derecho humano a la paz

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Normas para la publicación en el Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal (ANIDIP)

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Reseñas bibliográficas

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La limitada aplicación de la responsabilidad del superior jerárquico y sus consecuencias al derecho a la verdad en Colombia

Por: Maria Alejandra Pabon Acevedo | Fecha: 02/12/2022

En el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera (2016) se fijaron beneficios para los actores del conflicto con el fin de esclarecer los hechos de violencia y cumplir con los derechos de las víctimas a la verdad, justicia, reparación y no repetición. La confesión de crímenes busca facilitar el establecimiento de una verdad histórica y judicial dentro del marco Transicional. Sin embargo, ni el Acuerdo de Paz, ni el resto del ordenamiento jurídico colombiano siguen los estándares internacionales relacionados con la figura de la Responsabilidad del Superior Jerárquico. Esta figura es relevante para esclarecer la organización y funcionamiento de las estructuras jerárquicas involucradas en la comisión de crímenes internacionales y la participación de los superiores en los hechos de violencia cometidos materialmente por sus subordinados.
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal Formatos de contenido: Artículos
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Matrimonio forzado y crimen internacional: una nueva tendencia normativa y jurisprudencial

Por: ELENA CAROLINA DIAZ GALAN | Fecha: 02/12/2022

La clarificación de las conductas que implican la comisión de un crimen internacional continúa plenamente abierta al debate. En particular, los matrimonios forzados están dando lugar a una acalorada discusión académica y práctica por si deben ser catalogados como crimen de lesa humanidad. Y si quedarían englobados en unos u otros enunciados que definen este delito (esclavitud sexual u otros actos inhumanos). Esta cuestión se debe analizar con base en dos criterios: Primero, lo que recoge la práctica normativa internacional, mediante la apropiada interpretación de las normas adoptadas y los presupuestos básicos que configuraron su elaboración. Segundo, lo que deriva de los criterios jurisprudenciales en materia de matrimonios forzados aplicados por una gran variedad de tribunales penales internacionales. El análisis exige apresar la perspectiva concerniente a los delitos de violencia y esclavitud sexual; y todo desde el enfoque del sector de la protección internacional de los derechos humanos. En síntesis, el propósito del trabajo es precisar si los matrimonios forzados están ganando autonomía conceptual y normativa en el orden internacional.  
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal Formatos de contenido: Artículos
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  • Violencia contra la mujer

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Proceso de constitucionalización del sistema internacional: discusión teórica sobre sus avances y conclusiones

Por: Michael Méndez | Fecha: 02/12/2022

El presente artículo pretende comprender el proceso de constitucionalización del Sistema Internacional a la luz de la discusión teórica suscitada por algunos autores en torno al tema. Para tal efecto, se tendrá en cuenta cómo diversos autores han planteado el desarrollo de este proceso a partir de la evaluación de conceptos como constitucionalismo globalizado o similares frente a otros autores que han estado insertos en la postura de negar la existencia de este proceso, todo en virtud del análisis de la forma en la cual los actores del Sistema Internacional han adoptado criterios comunes de regulación, mediación y sanción. Esta discusión contribuye al debate entre los planteamientos de los paradigmas clásicos de la teoría de las relaciones internacionales, sobre todo el realismo vs el liberalismo político. Se concluye que la constitucionalización del Sistema Internacional no es un nuevo paradigma teórico, sino un punto más de la discusión, no solo entre los paradigmas clásicos, sino de carácter interdisciplinar entre las Relaciones Internacionales, el Derecho Internacional y la Ciencia Política.
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal Formatos de contenido: Artículos
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Proceso de constitucionalización del sistema internacional: discusión teórica sobre sus avances y conclusiones

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Editorial

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Los Acuerdos sobre el Estatuto de las Fuerzas Armadas Extranjeras como límite a la actividad jurisdiccional de la Corte Penal Internacional

Por: Yoveslav Radoslavov Yordanov | Fecha: 02/12/2022

El presente trabajo examina algunas de las limitaciones jurisdiccionales que impiden a la Corte Penal Internacional ejercer de modo efectivo su competencia sobre los nacionales de Estados terceros, aun cuando el crimen se haya cometido en el territorio de un Estado Parte en el Estatuto de Roma. En su primera parte, el artículo profundiza en la inmunidad de jurisdicción penal de los agentes militares como funcionarios del Estado de la nacionalidad. En segundo lugar, analizamos la conformidad de los acuerdos del artículo 98.2 del Estatuto, también denominados Acuerdos sobre el Estatuto de las Fuerzas Armadas Extranjeras, con las disposiciones de éste, al originarse en estos casos una especie de inmunidad procesal ad hoc que condiciona la operatividad de la Corte.
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal Formatos de contenido: Artículos
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Imagen de apoyo de  Bases para una Justicia Restaurativa-Transicional en Colombia:  problemas sobre la implementación de lo “restaurativo” en la JEP

Bases para una Justicia Restaurativa-Transicional en Colombia: problemas sobre la implementación de lo “restaurativo” en la JEP

Por: Joel Moris Fernando Ramírez Mendoza | Fecha: 17/12/2021

Tras el Acuerdo de Paz entre las FARC-EP y el Gobierno Nacional, en el campo jurídico colombiano comenzó un particular desarrollo teórico sobre el significado de “Justicia Restaurativa”. Sin embargo, encuentro que el debate presenta algunas dificultades metodológicas para aproximarse a este concepto y, con ello, en su implementación. Así, la pregunta a resolver es ¿qué tanto puede entenderse la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) como un modelo de Justicia Restaurativa? Atendiendo que la Justicia Restaurativa al que nos aproximamos nace de un contexto de transición dentro de un sistema judicial específico, siendo distinto a la Justicia Restaurativa que se discute en el sistema penal ordinario; por ello se hace referencia a una Justicia Restaurativa - Transicional. Luego, notamos que el concepto de Justicia Restaurativa está compuesto por varios elementos, pero, dependiendo del énfasis o de su agrupación, se pueden señalar tres grandes acepciones: (i) una desde la transformación de valores en la sociedad; (ii) una relativa a las reparaciones y sanciones restaurativas; (iii) y finalmente una relativa a los procesos restaurativos. Estas tres nos servirán como bases para aproximarnos a la JEP y evaluar qué tan “restaurativo” son sus finalidades, resultados y procedimientos y así formular problemas para futuras investigaciones.
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal Formatos de contenido: Artículos
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Bases para una Justicia Restaurativa-Transicional en Colombia: problemas sobre la implementación de lo “restaurativo” en la JEP

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