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El derecho a no ser discriminado o a vivir como iguales

Por: Ana Morell Sanz | Fecha: 15/05/2017

Este trabajo es resultado de la creencia de que el origen de gran parte de los malesactuales que infligen a la humanidad tiene su raíz en la discriminación. En este artículo se lleva a cabo una fundamentación de los Derechos Humanos en el derecho a no ser discriminado como principio moral sustantivo y su necesaria traducción en un principio procedimental discursivo no discriminatorio, que articulará el foro en el que concreta un catálogo de derechos, sin olvidar tener en cuenta las razones proporcionadas por las potencialidades humanas básicas a satisfacer.
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal Formatos de contenido: Artículos
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El derecho a no ser discriminado o a vivir como iguales

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Autoría en la jurisprudencia de la Corte Penal Internacional: Autoría en la jurisprudencia de la Corte Penal Internacional:: ¿cómo llega la Corte a la mayoría de edad?

Por: Andrea Jiménez Laurence | Fecha: 17/03/2021

Este trabajo examina y sistematiza la jurisprudencia de la Corte Penal Internacional en materia de autoría, según se encuentra prevista en el artículo 25.3(a) del Estatuto de Roma. El objetivo es determinar si los criterios y requisitos de esta forma de responsabilidad en sus cuatro variantes (autoría directa, coautoría, autoría mediata y coautoría mediata) se encuentran bien asentados en las decisiones de la Corte Penal Internacional o si, por el contrario, existen aún aspectos en que se identifican imprecisiones o diferencias de criterio al interior de la Corte, que requieren ser aclaradas en los años venideros.  
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal Formatos de contenido: Artículos
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Autoría en la jurisprudencia de la Corte Penal Internacional: Autoría en la jurisprudencia de la Corte Penal Internacional:: ¿cómo llega la Corte a la mayoría de edad?

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La depuración étnica en el derecho internacional: entre el derecho penal internacional y la responsabilidad de proteger

Por: Luciano Pezzano | Fecha: 17/03/2021

La inclusión de la depuración étnica, un concepto que carece de significado jurídico propio en el derecho internacional, dentro del ámbito material de la responsabilidad de proteger, junto a crímenes bien tipificados en el derecho penal internacional, ha dado lugar a ciertas dificultades conceptuales. Este ensayo busca explorar, a través de la caracterización de la depuración étnica en el derecho internacional y, en particular, de sus posibles configuraciones como crímenes según el derecho penal internacional, los problemas que esa inclusión a primera vista anómala puede plantear en la interpretación del alcance material de esta. Con tal fin, se aborda el nacimiento y evolución del concepto de la depuración étnica en las relaciones internacionales y en su consideración por los órganos de las Naciones Unidas; se lo analiza luego a la luz del derecho penal internacional, para determinar si puede constituir uno o más de los crímenes internacionales reconocidos, teniendo en cuenta la jurisprudencia internacional y las normas aplicables; finalmente, se estudia la inclusión de la depuración étnica en el ámbito de la responsabilidad de proteger y los problemas que plantea, para elaborar una posible alternativa de solución a partir de los resultados del análisis
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal Formatos de contenido: Artículos
  • Temas:
  • Crímenes de guerra

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La depuración étnica en el derecho internacional: entre el derecho penal internacional y la responsabilidad de proteger

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Editorial

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Preliminares

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Exclusión de pruebas ilícitas e integridad de los procesos: una interpretación del artículo 69(7)(b) del Estatuto de Roma y los precedentes de la Corte Penal Internacional

Por: João Pedro de Souza | Fecha: 02/12/2022

El artículo analiza los precedentes de la Corte Penal Internacional (cpi) que se ocuparon de la exclusión de la prueba obtenida ilegalmente con base en el inciso “b” del artículo 69(7) del Estatuto de Roma. Esta disposición establece una regla altamente discrecional, según la cual la prueba obtenida mediante una violación de los derechos humanos internacionalmente reconocidos puede ser excluida del proceso si su admisión, en las circunstancias en que la prueba fue reunida, no es ética o viola la integridad de los procedimientos. Para facilitar el análisis de los precedentes, el artículo se divide en tres capítulos. En primer lugar, señala diferentes lógicas de exclusión de pruebas ilícitas, con el fin de extraer de estas lógicas factores de admisión/exclusión que puedan tener incidencia en la cpi. Luego hace algunos comentarios sobre el régimen de admisión y exclusión de prueba según la jurisprudencia de la Corte. Teniendo un marco histórico y legal para analizar las decisiones, el tercer capítulo articula las lógicas de exclusión con los precedentes de la cpi para tratar de identificar el razonamiento del artículo 69(7), y sugiere una interpretación evaluando si los precedentes son adecuados para ello.
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal Formatos de contenido: Artículos
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Reflexiones sobre el vínculo entre reformas a la Administración de Justicia, Economía y Desarrollo Económico

Por: Arturo Felipe Onfray Vivanco | Fecha: 06/09/2018

El presente trabajo explora la existencia de una estrecha relación entre las reformas, orgánicas y funcionales, a la Administración Justicia y la Economía, en cuanto ciencia que estudia la toma de decisiones en consideración a la revisión de la relación entre nes y medios escasos susceptibles de usos alternativos1, otorgándose, asimismo, una especial atención a cómo el mejoramiento de la Administración de Justicia impacta el desarrollo económico.  Para dichos efectos se analiza la situación de Chile, país en que se advierte, a partir del retorno a la democracia, la emergencia de varias reformas globales a la Admi- nistración de Justicia. Los vínculos entre las reformas a la Administración de Justicia y la Economía y el desarrollo económico, en Chile, se mani estan en tres etapas, a saber: (1) en la gé- nesis y diseño de las reformas globales a la Administración de Justicia; (2) en la reconstrucción del mapa de la Administración de Justicia; y (3) en la situación actual de la Administración de Justicia, sus decisiones y reformas pendientes, en especial la Reforma Procesal Civil.
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal Formatos de contenido: Artículos
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Justicia, (des)orden y grupos al margen de la ley: Miradas cruzadas sobre Brasil, México y Colombia

Por: Hector Olasolo | Fecha: 24/08/2022

Las acciones de los grupos armados organizados en América Latina no se limitan ala realización de crímenes trasnacionales, sino que, con cierto grado de aceptación,estos grupos imponen una justicia comunitaria coercitiva, de carácter vertical dentrode las comunidades en las que operan. Así, se estudian los casos de Brasil, México yColombia para mostrar cómo esta situación, lejos de ser la excepción, se ha vueltola norma en el continente latinoamericano. 
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal Formatos de contenido: Artículos
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Los grupos protegidos por la Convención sobre el Genocidio: perspectivas y retos interpretativos

Por: Fernando Geraldo Leão Simões | Fecha: 05/03/2021

Este ensayo tiene como objetivo promover un análisis crítico de los grupos protegidos por la Convención sobre el Genocidio para marcar los parámetros más adecuados para la correcta comprensión e identificación por el intérprete de la norma internacional. En este sentido, será investigado, en principio, el significado y el alcance de la nacionalidad de las ideas, la raza, la etnia y la religión, lo que demuestra la dificultad de establecer objetivos y criterios estrictamente científicos para un concepto individualizado de las colectividades nacionales, raciales, étnicas y religiosa. Una vez establecida esta premisa, se sostendrá la necesidad de un entendimiento común de este tipo de comunidades, lo que favorece una construcción unitaria semántica, en lugar de una visión compartimentada, la única manera de determinar el verdadero alcance de la protección normativa contra el delito de genocidio.
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal Formatos de contenido: Artículos
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Los Derechos Humanos internacionalmente reconocidos ante la Corte Penal Internacional

Por: David Estévez Lledó | Fecha: 02/12/2022

Las fuentes de derecho aplicable constituyen un aspecto nuclear del sistema judicial de la Corte Penal Internacional, pues delimita tanto sus herramientas de trabajo como el método de empleo de estas. Dichas fuentes, consagradas en el artículo 21 de su Estatuto, comprenden una jerarquía de fuentes internas y externas, la jurisprudencia de la Corte y, por último, los derechos humanos internacionalmente reconocidos. El presente ensayo tiene por objeto en el estudio de algunos de los interrogantes que plantean los derechos humanos internacionalmente reconocidos como fuente del derecho aplicable por la Corte. En particular, nuestro análisis abarca desde conceptos tan básicos como “¿qué debe entenderse por derechos humanos ‘internacionalmente reconocidos’?”, y “¿cuáles son esos derechos?”; hasta las más complejas problemáticas, derivadas de la naturaleza de estos derechos como cúspide de la jerarquía normativa de la Corte, y la legitimación de esta para actuar, en última instancia, como “legisladora de facto” para proteger tales derechos en caso de conflicto con su Estatuto. Para ello, se tomarán como referencia los principales aportes doctrinales y jurisprudenciales que han intentado dar respuesta acerca del contenido, alcances e implicaciones de la función que los derechos humanos internacionalmente reconocidos desempeñan ante la Corte Penal Internacional.
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal Formatos de contenido: Artículos
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