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Imagen de apoyo de  Esperanza en el sistema jurídico de Derecho Penal de la comunidad internacional.

Esperanza en el sistema jurídico de Derecho Penal de la comunidad internacional.

Por: Ana Isabel Carreras Presencio | Fecha: 02/12/2022

La protección de los Derechos Humanos genera obligaciones para los Estados, según recogen las normas internacionales de derechos humanos, no obstante, con unos mecanismos de supervisión, que aunque revisados, no terminan de culminar en su propósito. Unas normas de protección de derechos humanos que también pueden ser de prohibición, no obstante, con  límites por falta de jurisdicción internacional en su persecución. En positivo, se ha desarrollado un sistema jurídico de Derecho Penal Internacional para la persecución centralizada de las violaciones de derechos humanos, aunque sólo las de especial gravedad y trascendencia para la comunidad internacional. Una persecución de violaciones graves o sistemáticas de derechos humanos, no obstante, bajo una responsabilidad individual. Y porque los Estados no consienten asumir su  responsabilidad. En negativo, persiste una inmunidad jurisdiccional de los Estados y sus bienes.    
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal Formatos de contenido: Artículos
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Esperanza en el sistema jurídico de Derecho Penal de la comunidad internacional.

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De la interdicción a la plena capacidad jurídica

Por: Miguel Alfredo Ledesma Chavarro | Fecha: 02/12/2022

Interdecir y permitir es una antinomia verbal con enorme distancia conceptual que recoge los extremos semánticos por los que ha transitado la humanidad, desde la prohibición o interdicción de la capacidad legal de las personas en situación de discapacidad hasta la permisión plena del ejercicio y goce de sus derechos. En búsqueda de real igualdad jurídica, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad introdujo, para “todos los miembros de la familia humana” (Preámbulo), un notable avance dentro de los derechos humanos, entre ellos el de la dignidad. Con el interés de que aquellos postulados se cumplan en grado sumo y no se conviertan en enunciados hueros o sin sentido, a través de este ensayo se harán visibles algunos déficits formales y prácticos con el objetivo de formular recomendaciones para el ejercicio de la plena capacidad jurídica.
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal Formatos de contenido: Artículos
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De la interdicción a la plena capacidad jurídica

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Exclusión de pruebas ilícitas e integridad de los procesos: una interpretación del artículo 69(7)(b) del Estatuto de Roma y los precedentes de la Corte Penal Internacional

Por: João Pedro de Souza | Fecha: 02/12/2022

El artículo analiza los precedentes de la Corte Penal Internacional (cpi) que se ocuparon de la exclusión de la prueba obtenida ilegalmente con base en el inciso “b” del artículo 69(7) del Estatuto de Roma. Esta disposición establece una regla altamente discrecional, según la cual la prueba obtenida mediante una violación de los derechos humanos internacionalmente reconocidos puede ser excluida del proceso si su admisión, en las circunstancias en que la prueba fue reunida, no es ética o viola la integridad de los procedimientos. Para facilitar el análisis de los precedentes, el artículo se divide en tres capítulos. En primer lugar, señala diferentes lógicas de exclusión de pruebas ilícitas, con el fin de extraer de estas lógicas factores de admisión/exclusión que puedan tener incidencia en la cpi. Luego hace algunos comentarios sobre el régimen de admisión y exclusión de prueba según la jurisprudencia de la Corte. Teniendo un marco histórico y legal para analizar las decisiones, el tercer capítulo articula las lógicas de exclusión con los precedentes de la cpi para tratar de identificar el razonamiento del artículo 69(7), y sugiere una interpretación evaluando si los precedentes son adecuados para ello.
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal Formatos de contenido: Artículos
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Exclusión de pruebas ilícitas e integridad de los procesos: una interpretación del artículo 69(7)(b) del Estatuto de Roma y los precedentes de la Corte Penal Internacional

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Herramientas de la justicia penal internacional en la investigación local de graves violaciones a los derechos humanos

Por: Laura Cristina Acosta Reaza | Fecha: 02/12/2022

Los sistemas de justicia penal latinoamericanos, atraviesan desde décadas atrás por una crisis de Graves Violaciones a los Derechos Humanos que se enmarca por un ya normalizado patrón de impunidad, evidenciando que la acción de la Justicia Local se encuentra rebasada por los índices delictivos y por la particular evolución de las políticas y  planes de las estructuras criminales que los generan. Este Artículo propone un esquema de tres ejes para aplicar las herramientas de la Justicia Penal Internacional, que a criterio de la autora, configuran una puerta de entrada hacia instituciones de procuración de justicia local, sólidas, estratégicas, aptas para hacer frente a los escenarios de violencia generalizada y capaces de obtener resultados que las vuelvan confiables para las víctimas y la sociedad.
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal Formatos de contenido: Artículos
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Herramientas de la justicia penal internacional en la investigación local de graves violaciones a los derechos humanos

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¿Todos los caminos conducen a La Haya? Reflexiones de política criminal tras 17 años de examen preliminar en Colombia

Por: Damaris Eliana Martinez Acosta | Fecha: 02/12/2022

Este ensayo constituye un diagnóstico alrededor de la decisión adoptada por la Fiscalía de la Corte Penal Internacional de cerrar el examen preliminar más extenso de su historia.  Así, plantea consideraciones sobre la política criminal de este organismo y las repercusiones y expectativas de tal determinación de acuerdo con el contexto colombiano. Para ello, parte por caracterizar el examen preliminar adelantado por 17 años; luego, valora la incidencia de su cierre; y finalmente, estudia las condiciones actuales de la situación de derechos humanos en Colombia y la capacidad institucional para hacerle frente de cara al papel de la Fiscalía de la Corte.  De esta manera identifica las siguientes reflexiones: (i) la necesidad de delimitar las etapas de los exámenes preliminares; (ii) que la decisión de cerrar el examen preliminar en Colombia tuvo (y tendrá) más efectos políticos que prácticos en virtud de la complementariedad positiva; y (iii) los crímenes cometidos luego de la firma del Acuerdo Final de Paz entre el gobierno colombiano y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia – Ejército del Pueblo (FARC-EP) constituyen una preocupación latente a la luz de los fines que persigue el Estatuto de Roma.
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal Formatos de contenido: Artículos
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¿Todos los caminos conducen a La Haya? Reflexiones de política criminal tras 17 años de examen preliminar en Colombia

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La regulación jurídica de los crímenes contra el medio ambiente en el derecho internacional: : desafíos para la definición del ecocidio como un crimen internacional

Por: Libia Arenal Lora | Fecha: 17/12/2021

La criminalización de los graves daños contra el medio ambiente no es un problema nuevo para el derecho penal internacional (dpi). La Comisión de Derecho Internacional (cdi) resolvió esta cuestión tipificando ciertas conductas como crímenes de guerra. Sin embargo, en las últimas décadas, con motivo de la acelerada destrucción del medio ambiente como consecuencia de las actividades humanas y la amenaza que supone para la seguridad de la humanidad y del planeta, se ha intensificado el desarrollo de propuestas normativas para la tipificación del ecocidio como un crimen internacional. Este artículo pretende realizar un análisis de los trabajos de la cdi sobre los daños contra el medio ambiente como un crimen contra la paz y la seguridad de la humanidad, analizar las aportaciones doctrinales para la construcción del crimen internacional de ecodio cometido en tiempos de paz y, por último,analizar las dificultades técnicas que supone la definición del crimen de ecocidioen el dpi.
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal Formatos de contenido: Artículos
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La regulación jurídica de los crímenes contra el medio ambiente en el derecho internacional: : desafíos para la definición del ecocidio como un crimen internacional

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Círculo de moralidad, exclusión jurídica y capitalismo de vigilancia: Una reflexión sobre nuestros patrones de juicio

Por: Osvaldo R. Burgos | Fecha: 17/12/2021

Nuestras sociedades exponen una insostenible fracturación de sus tramas intersubjetivas por la que millones de personas son privadas de sus derechos y sobreviven en territorios resignados por la juridicidad, negadas por el sistema que las excluye. Aunque la exclusión jurídica precede al capitalismo de vigilancia, resulta funcional a sus objetos de predicción y comercialización de identidades y conductas futuras. Los excluidos del derecho y los incluidos deficientemente son, en los términos de esta lógica, el descarte. La tesis de este ensayo parte del reconocimiento de la retroalimentación y continuidad del sistema: más capitalismo de vigilancia implica más certeza en las conductas futuras y consecuentemente, más descarte, más exclusión. Luego, los esquemas éticos de “éticas de círculo” legitiman y aceleran el proceso, naturalizando la pulverización del espacio político. Con Zuboff, Benhabib y Fricker, propongo pensar una ética de justicia que avance sobre los prejuicios identitarios negativos que sostienen la injusticia epistémica, sustituyendo la compartimentación y/o el enfrentamiento como patrones de juicio por el reconocimiento al carácter intersubjetivo de cada subjetividad.      
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal Formatos de contenido: Artículos
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Círculo de moralidad, exclusión jurídica y capitalismo de vigilancia: Una reflexión sobre nuestros patrones de juicio

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LA REPONSABILIDAD DE CRECER EN EL CONFLICTO

Por: Laura Daniela Useche Acevedo | Fecha: 25/08/2022

Pese al acuerdo sobre la proscripción del reclutamiento de menores, representado principalmente en su carácter de crímen de guerra, no es claro si quienes cumplen la mayoría de edad al interior del grupo armado son sujetos de protección o deben responder ante la justicia penal por los crímenes cometidos, así como el alcance de esta responsabilidad. Al interior de la Corte Penal Internacional la dualidad de criterios se hace evidente cuando, por un lado, se condena únicamente por reclutamiento de menores a Thomas Lubanga, pero a la vez se juzga de manera plena a Dominic Ongwen por los crímenes cometidos siendo mayor de edad sin tener en cuenta su temprano reclutamiento. De la misma manera, en el escenario colombiano existen posturas a favor y en contra de la responsabilidad, aunque la justicia se ha decantado por una eventual responsabilidad por hechos cometidos durante la minoría de edad pero responsabilidad plena para aquellos perpetrados siendo mayor. Así, la Jurisdicción Especial para la Paz se enfrenta a un escenario en el que deberá conciliar argumentos contradictorios y hacer uso efectivo de sus características únicas con el fin de lograr verdadera justicia para todas las víctimas del conflicto colombiano.
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal Formatos de contenido: Artículos
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  • Conflicto armado

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Evolución antropojurídica y sociojurídica de la mediación y las prácticas reconciliatorias: Una mirada desde distintas culturas y costumbres a partir de la perspectiva del pluralismo jurídico

Por: Marcela Moreno Buján | Fecha: 17/03/2021

El presente artículo visibiliza el uso de la mediación y las prácticas reconciliatorias (PRs) para tratar los conflictos sociales de forma autocompositiva en distintas culturas. La identificación de estos procesos, de forma diacrónica, es posible al aplicar una perspectiva antropojurídica y sociojurídica (PAS) al fenómeno de estudio. Esto por cuanto es frecuente analizarlos desde un abordaje técnico-jurídico disciplinar, lo cual descuida los contextos: social, histórico, cultural, político y plurijurídico en los cuales también pueden verse inmersos estos procesos. Adoptar el paradigma antropojurídico enunciado por Merry, permite separarse de la forma jurídica heterocompositiva hegemónica (el juicio) para intervenir los conflictos sociales. También, habilita la percepción de las disputas desde una concepción dinámica e influenciable por los cambios sociales. Así, se analizarán los procesos mencionados desde la PAS. Lo cual permite considerar como mediadores efectivos a aquellos neutrales que tienen la habilidad de trabajar con las partes de manera transcultural. La PAS habilita entrever en los procesos autocompositivos, las experiencias, motivaciones, razones y patrones de conducta presentes en la disputa, sobrepasando los límites culturales para arribar a un espacio de entendimiento recíproco. Este abordaje conlleva un claro acceso a la justicia con perspectiva multicultural y plurijurídica. 
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal Formatos de contenido: Artículos
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