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Preliminares | Volumen 01

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Autoria en casos de irresponsabilidad organizada: una propuesta de sistematización del criterio de la Corte Penal Internacional

Por: Lucas Nogueira Garcez | Fecha: 05/03/2021

Establecido en 2002, el Tribunal Penal Internacional fue la primera corte permanente con facultad para investigar y juzgar crímenes contra la humanidad. A pesar de ser reciente, la Corte ya tiene una jurisprudencia considerable en la cual se han fijado criterios para determinar autores y cómplices. Evaluar críticamente las elecciones de una Corte depende, en primer lugar, de un visión general de cuáles son esas elecciones. De esta manera, el presente ensayo analiza y sistematiza, a través de un diagrama de decisión, los criterios fijados en la jurisprudencia del Tribunal Penal Internacional para determinar autores y cómplices.
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal Formatos de contenido: Artículos
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Autoria en casos de irresponsabilidad organizada: una propuesta de sistematización del criterio de la Corte Penal Internacional

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Preliminares ANIDIP 06

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OLASOLO ALONSO, Héctor. Introducción al Derecho internacional penal. México D.F., Tirant lo Blanch, Universidad del Rosario & Instituto Ibero-Americano de la Haya para la Paz, los Derechos Humanos y la Justicia Internacional, 2014, ISBN: 978-84-9086-2612,

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Epílogo | Volumen 01

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El principio nullum crimen sine iure en Derecho Internacional contemporáneo

Por: Hector Olásolo Alonso | Fecha: 16/03/2021

El presente trabajo aborda la evolución y el contenido actual del principio nullum crimen sine iure en el ordenamiento jurídico internacional. Analiza su desarrollo desde su configuración—al término de la Segunda Guerra Mundial como un “principio de justicia”—hasta su actual definición como un“derecho subjetivo individual” limitativo de la soberanía de los Estados.Explica que no debe ser un tipo específico de norma(en particular,una norma escrita con rango de ley)la que determine el carácter punible de una conducta; antes de su comisión solo exige que la misma sea constitutiva de delito conforme al sistema de fuentes previsto para la creación del Derecho Penal en el ordenamiento jurídico nacional o internacional de que se trate.Por último,analiza cómo se configura con base en los requisitos de la accesibilidad de la norma que recoge la conducta prohibida,y la previsibilidad de la responsabilidad penal en la que incurre su autor en el momento de ejecutarla.
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal Formatos de contenido: Artículos
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El principio nullum crimen sine iure en Derecho Internacional contemporáneo

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Desafíos de la Corte Penal Internacional en torno a la cooperación con los Estados

Por: Carolina Anello | Fecha: 16/03/2021

La cooperación internacional constituye uno de los pilares sobre los que se basa la actuación de la Corte Penal Internacional. La experiencia acumulada, sobre todo en las situaciones remitidas por el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas, permite observar las dificultades existentes ante la negación de los Estados de cooperar con la Corte. Este trabajo analiza las causas por las cuales se produce el incumplimiento de los Estados y las medidas que se proponen para fortalecer la cooperación con la Corte como presupuesto para su actuación eficaz.
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal Formatos de contenido: Artículos
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Desafíos de la Corte Penal Internacional en torno a la cooperación con los Estados

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La doctrina de la empresa criminal conjunta en los tribunales ad hoc y su ámbito de aplicación en el Estatuto de Roma

Por: Miren Odriozola-Gurrutxaga | Fecha: 05/03/2021

El primer fallo de la Corte Penal Internacional ha confirmado que el Artículo 25(3) del Estatuto de Roma se basa en la teoría del dominio del hecho para hacer la distinción entre autoría y participación. Por el contrario, desde 2003, la jurisprudencia de los tribunales ad hoc construye el concepto de coautoría con base en la doctrina de la empresa criminal conjunta y emplea un criterio subjetivo de autor. En el presente texto analizaremos primero los problemas planteados por esta línea jurisprudencial de los tribunales ad hoc,para proseguir con el análisis del artículo del Estatuto de Roma que más parece asemejarse a la doctrina de la empresa criminal conjunta :el Artículo 25 (3) (d). El documento concluye que ninguna de las categorías de la empresa criminal conjunta tiene cabida en dicha disposición.
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal Formatos de contenido: Artículos
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La doctrina de la empresa criminal conjunta en los tribunales ad hoc y su ámbito de aplicación en el Estatuto de Roma

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Memoria histórica y justicia transicional en España: el tiempo como actor de la justicia penal

Por: Josep Tamarit Sumalla | Fecha: 05/03/2021

El artículo aborda los retos político-criminales y jurídicos que plantean las demandas de rendir cuentas con el pasado mediante el estudio de las singularidades que ha planteado la transición española del régimen franquista a la democracia. En especial se analiza la Ley de Memoria Histórica de 2007 y los puntos más proble- máticos de las demandas tardías de justicia penal que han surgido respecto a los delitos cometidos en el seno del referido régimen. Pese a la existencia de crímenes internacionales, el tiempo transcurrido ha acarreado dificultades fácticas y jurídicas, difícilmente superables, para una efectiva persecución. Se examina aquí esta problemática, centrada en la prohibición de retroactividad, la prescripción y los efectos de la Ley de Amnistía de 1977.
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal Formatos de contenido: Artículos
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Memoria histórica y justicia transicional en España: el tiempo como actor de la justicia penal

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El “margen protector” de la Corte Penal Internacional

Por: Ana Elena Abello Jiménez | Fecha: 05/03/2021

La CPI fue creada con el fin de acabar con la impunidad y prevenir los crímenes más atroces contra la humanidad. Para desempeñar sus funciones, depende en gran medida de la cooperación de los Estados parte, lo cual la obliga a actuar con cierta prudencia, pero sin abstenerse de investigar y juzgar. Desde que Palestina reconoció la jurisdicción de la CPI, en enero de 2009, su población civil ha sufrido violencia sistemática y a gran escala en las operaciones Plomo fundido (2009), Pilar defensivo (2012) y Margen protector (2014) del Ejército israelí. En abril de 2012, la Fiscalía de la CPI decidió no abrir una investigación, porque correspondía a la Asamblea General de la ONU determinar si Palestina tenía o no la condición de Estado. Meses después, la propia Asamblea General reconoció a Palestina como Estado no miembro observador de la ONU, tras su previo reconocimiento por la Unesco y la Corte Internacional de Justicia. Con ello se despejaron los últimos obstáculos para que la CPI ejerciera su jurisdicción sobre una situación que continúa dejando miles de víctimas, pues, ¿qué sentido tiene que exista una Corte que contemple, sin inmutarse, la sucesión de delitos atroces?
Fuente: Universidad del Rosario - Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal Formatos de contenido: Artículos
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El “margen protector” de la Corte Penal Internacional

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