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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N. 12

Por: | Fecha: 18/04/1839

SEMANARIO DE LA PROVINCIA DE CARrI~AGEN1\. SEMESTRE 1.° CA.RTAGENA, JUEVES 18 DE ABRIL DE 1839. NUMERO 12. Este periódico saldd todos los jueves: la rccf'pcion de las suscricioncs y venla de los números sueltos est.án á c;¡rgo del tesorero dc rcolas provinciales Sr . .J~¡;m Antonio Calvo. La suscricion por semestre vale CUA.TRO PESOS, pagaderos adelantados j y cada número suelto REAl. y lIlEDlo.=EI precio de la illsercion de lQS. :n'lSOS eS articulos de interes privaJo, será de un peso hasta doce renglones, y un real mas por cada tres rf'llg10ncs de los que excedan de aquel númcro, y la mllad. por cada vez que se repita, siempre que se adviel·ta al tiempo de la entrega. OPOSICTON A LAS PLAZAS DE lU.ÉDIC6 y CIRUJANO DEL HOSPlTAL IIlILITAR DE ESTA CIUDAD. Númoro 88.- Repúblic3 de la Nueva Gra nada.- Gefetura militar de la proviocia.­Cartagena a 12 Je Abril do 1839.- Al Sr. Goberoldol' de la provincia. El § 3. 0 del artículo 11 del Tcghmento d·· hospitales militares de 23 de A.bril de 18 n, que trata uc\ servicio facultativo, <.li¡;plll te. -que Jos encargos de métlico "Y cirujano de dicho3 e:>laulecirnirnto se provean por opo­sicion, y que los n pmbrados no dureu cn su ejercicio mas que dus años. Y como Jos que actualmente los de!)empeñan en el dI! e ~ ta plaza tien en mu ho mas ue dichos Jos año ' , no puedo menus para cubrir mi reo; pcHJsa bi lidad, que cumplir por mi parte la cli ~ posi(~ion citada. Ella previene que se convoque por la Ga ceta dos meses nntel y por los Inteudefltes de 10~ antiguos departamentos, y habiendo dis· puesto el gobierno en caso semejante con el Gefe militar de Bogota que por él so hag:) la invitacion, como se vé en comunicadon oe la Secretaría de guerra pasacJa •• Sr. Secre tario del interior con fecha :2 i de En ero del presente año (Gaceta núm~ro 385), como flue estos establecimientos dependen hoy de 10R Gefes militares; espero se sirva V. S. dispo · Del' que se inserle esta comunicacion en el Semanario, que es el único papel pcriótlico de la provincia, si considera como yo, legal esta medida, provocando a los facultativos qu qUIeran optar a los destinos de médico .., cirUjano del hospital militar, a que lo ve 'l'ifiquen, present;Hldose ~n concurso dentro de dos meses contados desde el dia en que se pubJíque el aviso. Dios g.arde a V. S.-J. Posada GIl/ierrez. Gobernacion de la provincia. Cartagena 15 de Abril de 1833. Siendo la medida que se propone arregla da a l. disposicion legal que en ella se cita, i a lo que determinall las órllenes circulares expedidas por la Secretaria da despacho de la guen'a con fechas 28 de Ftlbrero de t833 ! 5 de Enero de 1835; pubHquese en el Se­maoario de Ja provincia la presente comuni­cacion para ~ue lJegando a noticia de los f. · eultativos que quieran optar a lus destinnti .. micnlOs oe patriotismo, glliíldos de unas misrnas iJr;)s y movidos toúos por el noble iorcntivo del inlerés general; y de tal man era se dice que proceden en las discusiones, que apeníls se invierte el tiempo puramente necesario para ql1e Jos dehates conduzcan a un término fe .. liz: esta calma y frgul il ridad, esfc COrollU acu rrdo Je nuestros delegados con qne procurao bacel' la felicidad del pueblo granadino, nos da n mudlo que esperar tle )JlS tnréas de la presente legislaLUra, coolalJdo como contamos entre sus miem­b., os l'on mu{:hos hombres prominentes por sus tulcntos, por sus lu(~es y expe­riencia. Una sola 3l'nsacion se ha presentauo h as ta ahora contra el Presldenle de la Rcpt'¡blica en la Cámal'a de representan: trs; pero la 'razoo triunfando oe las pa.:' siones y d \.' ( insano esplritu de partido, presen tó los hechos tales cuales eran ellos en sí mismos, uesnudos de t0038 las exa­gcral! iones con q l1e lJS an ti p tías desfi-. ~uran aun la verúad mas c\'iueote, y la Acusacion fué declarada ínfuo1.iada a mo­cíon hecha por uno de los mas acérri­mos partidarios de la oposirion'. Algu­nos opinan qu-e ludos estos pasos no ~on sino los p,'eliminares de una extratDgema piu'lamcu tari .) p:t ra cargar luego con fu­ror contra las falanges ministeriales y a­tacadas por el flanco que presenlen mas débil: y se apoyalJ los que as! piensan el) que una cesacion de armas tan ines. pel'ada por parte eJe la oposicion cJespues de tantos y tan repetldos alaques, no pue­de sel' sino con el designio de sorpren. tler a los contrarios, embaucar a los in­cautos y lograr el triunfo en medio de las aclamaciones populdres pOI' la~ apa­riencias de justicia, de imparcialidad y de patrioti mo de que hayan podido ro..­dearse los atletas de aquel partido. No­sotl'OS no puJemos convencernos de que tanta falacia, tanta alevosía, tan los cnga­fios puedan caber eo los ánirn'os de al­gunos homLrcs iluslres que dÍl'igen los movimientos ue la- oposicion, y rehusa­mos prestar nuestra creencia a esas com­binaciones infe,rn~Jes que por mucho que se adornasen con ' 1\\5 pI tl mas de un celo Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SE1\'l.ANARJO DE LA PROVINCIA DE CARTAGENA'.l p atriótico en favor de nuestras insti lu ­ciones tutelares, éllas h ar ían si em pre co­nocer la perversidad de sus autores y les alr1el'Ía infaliblemente las malJiciones del pu eblo gr~nadino. No pare ce posible que ciudadanos tan experimentados desconozcan I~ firme re soJu cion que tenf>rnos formada lodos los r epuhlicanos, a no permitir que un Pl1- ñ rsdo de h, mures se sobr. p lng1n a la voluntad nacion \1, alter; nd f) el órdeo y b tt' ;nq ll! i·lad públi('3 por elevarse a los pr i((j, r l ¡; PlH'Stos y convelliruos en una recua de mulas, lodiferpllll's .1 d l slino que se o"s dé. Ya pa') ~ r!,o los tiempo mdlhadados de Ir,s presti f i o, millti)res: Vil el pueblo granadino s;, be que Sil vo ] uOlad es una lev su pt'ema, que oa<Í ie tiene <.lE're· ho a contrariar por ningllo ti'ulo; y t<.t mbien cuenta con loJo el po­d e r (ir'meza necesaria p ~ ra escarmental' a lus malvadas y tcmer,\r i()s que prClen d, n gOffit-'lPl'Io i C1n~)ml nl/ls ,{rne nte a los antr\j0s v caprichos de la lDJS uesen fr e­na d, ambil i/)ll: lodo ('sto es rnHy bien sahi .lú de ru ntos C'( n(h'en la historia de n O! str·o ill '-' Ule . ¡mi (olos p,d lli cos del añ o dp 26 a la (e cln, :It no pupde sel' presu .mi ,h q 14" u U) u"it; no, io respetíll' Jos fu('randos. etc. elc. etc. ¡No permi l.l el cielo que nuestro jui cio l'esulle equivoci,do, ni que tenga mos mañana que arrepen tirllOS y cu l­p~' r' n()s a nos ' tros mismos de nuestra ex · Cf ¡va confianza en }o que debe Sfl' el !JO 'l, br(1 , s "gu n las leyes que arreglan al ro tJ ndo mora II La c~mara del Senado se ocupaha con prpfere n,' ia dc un pro )' ecto sobre una r ·¡\.Ía bjen organizada, por la que tan· t e\ . roan todas las pro \' in cias; y la de R pn,,\pn la n le.s consagl' '1 l\a la mayor pal' te de . 11 l¡ll'éas a foment:l r ~ realz'l r nlle tr'o t J'p .. i lo in terior \' t -Sl l l'lOf', ., n p' o po e l(, narnt)s nlt'jcf'fl" mn, (ou'i i '¡t' l'ahle ' en n U t t l r t a ti {IJ I • S 11' l' 1 ( , n dI! I u' t i, i t.1 ; s é l \t H n f) , (' n (' x tr 1 I , S' t i ~ t' l . r i o {) b s \ 'Il,qlle l' . JH., t al" t¡,hllO, ' 5 Jue el s, (S(,l'Ib~'ll(S IO<;t (>1' H' & les , 11'1 a d ( . l d (J I a s m l., llh S Id · " j lit i n l' j J> i ( . CJ o l' n 5"'oS, CIIO J¡' "rJ . C'or llóifel'en i .,he rnos m,i·al!o E'l ('. 1I 1'~ m ' ro 9 de nU fS trI; jcri ( i o ~i t 1 s I rOl ruas se I'ed liz, n, no hav du.Ja que la No\ va GrJua d .• r é portfjl a gl'uuJes Vl n líJjas t:n el ramo de usticia. INl\lIGRACIO~ EXTRANGERA. Siendo indudable que la NuevlI Gra n ada no puede con solo iUS actuales re CllrS tlS, proga'sar cuanto h I menester en la senda de las mejoras o 3delanlOS so­ciales. creemos sera fácil concebir que n ecesita con urgencia de la cooperacion extraüa para lograr la adquisicion de taa preciosos bienes. Es pues incuestiona­ble, á nuestro modo <.le entender, que t"oto nuestros gobernantes, con sálJíos a. tos legislativos y administrativos, como ' todos los granadinos que posean los me­dios necesarios para ello, deben propen. der a que se veriGque sin tardanza una 3uundanle inmigracion de hombres de otros pais s, que sean aparentes para ha­cer r) ogresar la agric.ultura, las ciencias V lodos los cono( imit='ntos é industrias c~paces de t"sp:. nil' en el territorio del E5tddo, ad~mas de los gérmenes de la I'egeneracion moral é intelectual de los granadinos. los clem ntos de su prospe "idad y del pr' !gresi\t aumento de la im­portancia, PQder y respt'lalHlidad de la RepüLlíca. Los anules del génrro humano y los luminosos escritos de lus mas cél ebres economistas, ~ IHn HH~tratl argumenlos ir n>fl'ngaoles en [ave ,r de lli i(lmi ~ I'.)c ion df' t'xlt'aug(:'rí ls propios pora d él !' impulso al Lif'n estar públi, o é indiVidual en las~ , SÚ l iaeie nes human.,s. Un gran ntlrnero de n ac iúues t1 ntigu {'t s ItS t}:;igna, y nuestros ('nfY' palri' ~ l a s dest't'h::n l.'ada vez mas lós injust 18 aUlip. lJ oS Ct n tl'a los naturales de otr, ~ \"lnnr,i;lS dfl universo, que les fuer' n in/'u 'ad, s l u r n te tIC s si ¡d (J s PI) l' U n g () b • t' n \O a r b i . trario y iraui o, que ter(l ia ('(In r ~ z, · (J la propag!l ci on de las lu jS en 1, s dt'sd •. clJaJos P'h b l, ~ h 'spano ~nll>ri('"nost que no quel il g()Lernar sino a SPl'i 5 ignoran t('S V degl"ddí1d(IS. ('onstantf'm .nle aterro 'I zau ns <'on las bál'bdfltS arnt'nazas de una mldl il u de Vis, J'(:s y Califas, y 11 pue hl()s (? :,t u PI factos o abyeclos q UL t e.m bla · han ¡nc. s (lkmente en fUPl'za de las do~ ! O "() S 'I~ imprt Sif,r.WS qne les prododa el recuerdo de las t ·n lllhumanas como ir­l' e1 igios:\s hogueras de I.J 11Iqllisicion. Fxis tl t'ndo lf1 s indicad s Lav< raLles clis P0'; I t. 1 In es. hacia los ('x traogeros en la le gisldLlon gl'unddi a ~ t'n t'1 animo de la generalHLld de nu('str<~ s ('ondurladanl)s, J'psta snlamellle t'n llll stra hllmílde opi ni c. t), que l gobiC'1 n :) supremo expida un..! sabia ley de inmigracion extrangera, ba~ada en los principIOS de oetH'volencia univC'J'sal, as! como en las reglas de la conv eni encia social; y que los hombl es i !USll"100S y ricos propietarios de la Nue va Granada cooperen a su realizacion, form ando socieJades promovedoras de la mencionada iomigracion, y anllnciandos .> como pl'otectores de los inmigrados útl les, bajo condiciones mutoaolente ven­taj osas. Para ciertas concesiones conexionadas con la religion catll lica, (que es la que pIofc~an por fortona los granauinos ) y que pud is q oe les pertenezcan exdu~ siv,' fi) ,' nte. Creemos que de tal modo l'esu liaran eonl'Í radas las necesidades pú~ bJic3s con la oblagacion <.le da,- buena. a-, cogida a las iusptr;\ciooes de la J'cligioD y de l'espetar la opioion nacional, que re­pugnadl iUl.lOVal'l ues bruscas y pi ecipi.; lad ~ en aSUlllO de lU u t J t ('~ scenllt:(H.i,l é impOJ 1 o(' i • H, t1l 0~ (Jpioado que los p: sos lt gales a favor eJe la I el l.l' o lole ri..\ Il(' la e ( ul­los d cbtn lUllil I se a solo o:, Cllsti ,fl)oS \le bs dí ~ ereute~ se ' lüs que se '(111 . ('n; porque eslamos firmcmeute p e r~u (t dJS de qu t: Ja santa y ~ublime mortil (,1'1 ' ll! • Od es la anlut b:\ q' e les gUia en el ... a­mill~ de la vi la ; porque 0 0 JU1.gamos "lJllvenientc a la Y ueva Gran da que se obs 'rve por su gobier no igual (:onducta con ( OS que desgl' ciadamen te han ab r a~ ziJ /fo si~tem a s re igiosos hárbat'os ya . mioatdes, q üe siempl'c h ,) ll Sido icfr us", t us a la espe le human:). Ddremos fin a este artIculo exponien­do c¡ue, en nuestro sentir, la justicia, la pruuellcia y las reglas de la utilidad so. . j ,,} I xigen que en todas circunstancias se rJ('omueva c(Jn preter cucia la inmigracion de l'atólicos de Irlanda~ Francia, SUIza, Ilalia, Alemania, y ue algunos puu~os de, los dominios t'spaüoles. T ,lles son nuestras id éas en negorio de tan ,,¡tdi interés. Conocemos la insufi­cienria de nuestros conocimit'ntos para dilucidar cuesli, nes tao dfli('adrts como impOrlUnlf'S, ~ sup licamos a nu ~ stJ'C)S J¿c­t ures tllslmulen o p' r olleo \Hl , . ~lríl osa­día, aunque no sea m .s qu p '1' h lber sido ella originada de If.ls ¡lIs l' lr • IOnes de un patl'iotismo puro y aceuJri.1do. .. .....- CAN L INTERM.\RI~O EN LA REPUBLICA. DEL CENTRO-Ai\l:ÉRICA. Tenern os el gusto de in"E'rtrl r ~ conti. nuacion el artl<:ulo Canal oceanlCO, que S f~ halla impreso en el nlím{'ro JO del pe­riódico titulddo La Centella , que se pu­unea en l\lasaya de Nicaragu, u~o nu­mt-> ro cOrl'esponde al 24 de Sf>lieOJ hre úl .. limo. Dicho arllculo contiene noticias muy importantes sobre el proyecto de abrir el canal entre los dos mares por el terl'itOl'io del ESlaqo <.le Nicaragua, que ha motivado las reclamaciones que nuestro gobierno ha dirigido al de l~ repul>lj,a Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANARIO DE LA PROVINCIA DE CARTACENA. 3 'del Centro-América; y deseamos que nues­tros conciudadauos 'se pongan al corrien te de estas noticias, para que puedan i­lustrarnos con sus observaciones aquellos que por sus conocimientos científicos se encuentren en capacidad de entrar en ma teda y poner en claro la cuestion, pues con esto es indisputable que s€ h ra un positivo servicio, prestando un auxilio oportutl"o a nuestro gobiel'no para que con pleno conocimiento insista en su!) reclamaciones o sobresea en ellas. Nuestros conocimientos en el negocio ion muy limilados; (> '-!ro con tooo, ex pondl'émos \ig ranl \ ut~ nue~tra opinion. Segun Jas in '¡Cil l:lOtleS que se hacen en el al tlculo que Vtlfil l s a inst'rtdr, f( ferrn tes a los infor mes que el ~r. B..a \ Ji h, comunicado a aqut 1 goLierno, como Cu­mi~ ion(lllo (la ra l't' cunocer el te rf(![)O y levantdr el plü.no (ldl'd el re(eriJ ,j callal, y segun la p ISI('l,/(J de aquel l 1't1(Ul'io con relacion al nue~lro, juzgJnws que lus nical'agüenses se hallan muy lejos de pen­lar en ot.upar ulgun,t ptiJ'te de llUl.:stro territorio para la J elllízocion <.lel c,luul Rs ueces¡\fio no perJcl' tle vista que lit mayor pl'obllbiliu \.In otra época prt'sentó la 19no'­rancia, y que hoy el arte hiddwhco ba faci­litado. El lago de Nicaragua po Id. servir de estarJque superior, COIDO el lago Oit h en el canal CaledoniallO. Unas esclusas l'eg1lladorAs no pel'Oliliran pasar al canal mas agua que la qU0 sra necesaria pau ahmcntarld. La peque­ñ~ diferencia del i1ivel que se SUpOI e entre d mar de las Antillas y el O,:éano Pacdico, no consiste prob btt'mente ma que ('n la al­tura ucsig al de las maréas. L< ~ Vlentos so· plan con ba ~ lante fucl za en ~l la ñO de Nlca­Tagua, para que DO sea l1e ccsa flO remu! ar, pOI' medio de barcos de vapor, los buq.ucs q u e deben pasar d~ un mar a otro'. Del on­j'mto ue estas consideraCIones resulta que la pu' ibl\idau del canal occ,ínico de NIcaragua es triple, ya del Ittgo (l e G nada -al gúlfo del P .lpa~ayo, ya de ('stl mismo al golfo Je l\icoya. ó ya del I:Jg{) d (· Leon ó l\lun~gua al (:moocadp.fo ,~ d río de Tost').-l\Iu\ ho tiem­po h a q u los ingenieros ban e~tado tan h,;­JO::' de c.onsideral" 5HO pits, esto es, el sacliu (e distl ibuci, n oc Nuro~a en el canal del l\lcdlOd :a, como d maximum 11 que pueda lle­garse 01 dinariam('ntc, que el célebre 1\11'. Pen­~ onct habia tenido por muy practicable el p rov e cto del c.anal (' e Borgoña cntre Yonne " el SI Url', l'l cual UI bía atl' í\v esa l' cerca de Po~'iJy, u!.a a ltura d<' G 21 pifOS sobre las guas b.lJ lls del )'onne; pero s t' (J¡ ' junte proyectos, auuquc ím¡.¡ortnDtcs para la pro pcri 'lad del comercio interiol' de un paio.;, f/l· e n t tu en (.'00 llilH-ho lo yue se Ilam:t cana/ej' de lIuve(fa­ClOn oceunLCa, De esta cl .... e I . u ", lt's ya conoccmo'l tres ejf>Ctltl\uo~ en ~r, f'd~ escala_ El canal Eie '1' o df'1 nol ~ t In , ... 1 eu ,.! "'ci be buques 'de 140 a 160 ton la .!a : ' e na de NOl't Hol~nda: V ... 1 canal Cal dilflj;¡ r (' !lue 6i no es el mas ~tÍtil es .. í la libra t j Íl ¡Il 1 ca mas magnIfica qu - t: ha pjecula In h ,,· tJ el día. El callal (le Non Hohnrla, co eJ cu~ cion hace f'1 n a ~o r honor él gobie..... úe los Pai 'ie~ B"j( 's , t't> navt'~ablp p - r tl f n' g ' tus de 44: ('añ()ne~, ([tiC c~dan !6 plP.S de p.gua. Tleno 1) 'egila., do lar ~ll, y 120 pies d ·· am'ho, en }(\') si llo.) en que esh nl8S tlugoslO. .El canal Cal. ol!ni at o be cOllcluyó en el espa ¡' io d lU' dIU': pUl de da r paso a frt1ga tas de 3:2 e. ño­nes y a Jucrtc'l novios: su plOrundJ(Jad me­rlia es do 18 pies y 8 pulgadas, y su allchura a 13 línea dd fondo, de I¡ 7 pit's. Las egclll­~ as, CIl n I 1TI .. 'ro d-e 23, tienen 160 pies de largo y 37 t e ancho. El landa v el de Forth y Clyde, no han tenido que a~tra­Tcsar sino alturas pequeña! de menos de J 60 pies. Los canales que atraviesan obstaculos de 400 a 600 pies, no ofrecen aq U1 sino de 4 a 6 pies de profundidad. Las dificultades crecen a proporcion de la altura del pantano de di­vis ion de la profundidad de las excavaciones, del anchG; y no de la multiplicidad de la, esclusas. No se trata solo de abrir el canal, es menester eslar tambien seguro de que la cantidad de agua qúe viene de las partes su· periores al punto de division, sea siempre suficiente para alimentar el canal, '1 para remplazar lo que se pierde por las esclusas, por la evaporacion y por las filtraciones. La escalera do Neptuno, en el canal Caledonia­no, nos presenta el ejemplo de unos sedazos Teunidos que elevan las fragatas en un cont· simo espacio de tiempo a 60 pies do altura; y esta obra hiddmlica no ha costado mas que doscientos veinte y siete mil pesos; y di~z escaleras de Neptuno harian atravesar a na· vio5 de 500 toneladas, un punto de division de 600 pies de allo, punto que sera mllS ele 'Vado que la cadena de las Corbieras eutre el 1\lediterdmeo y el OCélDO A.tlantico. Los vía· geros que han hecho observaciones sobre el canal del istmo, dicen: ¿ Cual es la altura de las montañas en el punto en que el i~lmo es mas estrecho? ¿ Y cual es la anchura del istmo en el punto en que la cadena de la montaña csta menos elevada? lIé aquí las dos grandes cuestiones que un gpbierno ilLB trado uebe procurar se resuelvan, emplean­do p·ara ello observadores esperimenlados, que bastara se hallen provistos de un sextan ­te, de dos cTonómetl'oo;¡ y de un barómetro.» La comisioll científrea que el gobierno de la república enc81'gó el año próximo pasado al Sr . .Juan Ba vIi, tiene evacuado el recono · cimiento Jel rio de S. Juan, y levantallo el plano por el cual resulta todo él con 34 le· guas con sus natura les tortuosiJadcs. Tam· bien esta hecho el reconocimiento desue la boca de Panaloy" por cl rio de Tipitapa has· ta el ago de Managua, cuya posicion resulta supel'ior al lago de Nicaragua; pero aun no esta levantado el plano de esta opcracioll. AsímislDo el mismo Sr. Bayli h~ reconocido el istmo entre el lago de Nicaragua y el mar . })aclfico, cuya distancia es de cinco y media leguas; pero en la co~ta del Lago, hacia el sur, hay un canal natural navegable legua y media; de manera que toda la canalizacion ~endra a ser de cuatro leguas completas, en cuyo término se han dado ya tos taladros para reconocer el terreno, y se ha encontra do favorable. Aun no se ha levantado el plano por la inoportunidad de la estacion; pero do Noviembre a Diciembre continuara 5US trabajos, y despues de cuatro ó cinco llleses queuara perfeccionauo el reconoci · miento. Por las nivelaciones formadas hasta ahora en el istmo, desde la margpn del lago de Ni­caragua hasta el mar Pacífico, no se encuen­tra mas obstaculo que es en el pUD lo del "Palmar, en una distancia de dos mil doscien­tas varas de canalizacion, por razon de seis­cientos pies de elev8cion que sobre el nivel obtiene una colina: dificultad demasiado pe 'lueña para tan grande obra. E~tas noticias esdm redactadas de los informes que el mis ­mo Sr. Bayli ha dado al gobierno del Estado en el próximo pasado mes de Agosto, en que manifiesta la mayor facilidad para el canal oceani'co: noti(!la tanto mas importante cuan­to que hoy llama la atencion del hombre ,pensador, del especulador, y del mundo ca­, mercial que va a reportar las mas grandes ventajas con economla de tiempo, l'iesgos y gastos que ha llevado hasta ahora por el ca· bo de Hornos. l\bs de. trescientos aríos ROsoyo la España estss provincias y Ilunca pudo realizar el gran proyecto de eanalizacion, ya séa ¡wr una po· lítica errada, o ya por la ignorancia. de los siglos de su dominacion. Diez 'y seis años hace que Nicaragua se independizó de la ano tigua metrópoli; pero el desenfreno ciyil, que lo ha vestido de sangre, no ha hecho mas que destruir cuando debiera erigir. Feliz mente los pueblos han llegado a conocer que f I origen de sus desgracias ha sido una ori­ginal fedc1'acion. Han proclamado las reformas, y subiendo al rango de un Estado soberano, libre é intlbpendiente, esta en posicion de lJacer efectiva la obra del canal, el cual for­m. na el mercado Je todas las naciones del mundo, atrayendo las riquezas de aquellas a su fértil suelo. Amaestrados los pueblos en la escuela de los infortunios por el espacio de 16 nños, han llegado a conocer que la li bertad no consiste en la persecucion de unos hombres a otros, sino en el respeto a las leyes y al gobierno: que la igualdad es la q,all e pone a los hombres al nivel de la ley, premie, ya castigue; y que la seguridad de las personas y de los bienes, es uno de los objetos primordillles de toda asociacion política, y que ésts consiste en respétar los derechos del hombre, y todo lo que le es inherente. Concluimos pues repitiendo lo que escribió el célebre Fllangieri: )) El gri lo de la razon llego al fin hasta los tronos: los gobiernos han empezado d conocer que el 1Jer· dadcro origen de la gralldeza no esta en la fuer. Zfl, ni en las armas, sino en las luces regula. doras de toua socie.dad.1I ~ rOLICIA. Este ramo importante del servicio pu· olico se halla en esta ci udad de la 1 ma · nera descuidado, que las calles estan 116 nas tle baturas, inmundicias y desagües pestilentes, no obstante que las rentas co munales gastan mas de 300 pesos en ca da cualrímestr~ en la manllt ... ncion de los bueyes, presidiarios etc. que sQn necesa· rios pa ra su aséo, y a pesar oe estar dis puesto que en todas las casas haya sumi­deros pal'a impedir el que se arrojen.agllils a la calle. Vagan pOI' la ciudad una por cion de holgazanes y ébrios consuetudi­narios, cortompiendo la moral y decen· cia puLlicas, no solo con su presencia, sino coJl sus inmundas producciones.­VemoS' con pena que, cuando tantas di (lealtades se oponen en nuestro pais á la con .• el'vacioo de eslablecimientos útiles ., de racion .1 entretenimiento, se sostiene uno que ningun honor nos bacet y en el que una multitud de individuos de todas 'edades y condiciones consumen largas ho· ras en ver riñas de galtos, y esto no so­la mente en los dias festivos, sino hasta en tllgll1f~s de trabajo. Llamamos muy sériamente la atencion de las 30 toridades hácia tales desórdenes, y esperamos pongan a ellos un pronto y efiráz reme.dio; con lo cual al paso que Ilenarbn s.us deberes, baran un servicio positivo. NOTICIAS ESJ'RANGERAS. VENEZUELA. En uno de los artículos del número 7 del C07-rtO de Caracas, se informa del feliz éxito de las activas y asiduas taréas de la comision corog,.afica, que se creó ahora ocho años en virtud de uo decreto del Congreso constitu-yente de Venezuela, Copiamos el siguiente fragmento dol citado artículo, porque él da, l'a a nuestros lectores alguna ¡déa del buca resultado de una empresa que deseamos se verifique muy pronto en la Nueva GranadaJ 1) La comision corográfica que ha durado ocho años, concluyó sus taréas con las cartas de Guayana '1U6 existen ya en la Secretaría de la guerra. Venezuela, pues, ha consegui­do una coleccioll completa de mapas de sus trece provincias, con pormenores topografi­cos y noticias estlídísticas, todo por la c.Dti~ dad de 15 000 pesos. ,. El coronel Codazzi, a quien debernos tan preciosos trabajos, acaba de presentar al go.; bicrno el proyecto de un plano genoral de la República, que adcmas de las di"isiones ter­ritoriales contcndra las cordilleras principa­les y su~ diversas ramificacion es; su hHlrogra­fía ó distribucion de agua ; los perfiles del país cortados por los principales caminos i combinado ('on la geografía é hi !' toria y cal­culado para )a ~scasa con.prel1~ion de los ni· ños, a cuya en eñanza se d edica; agregando­se con. este 6n, ciertamente laudablo, una sucirlta noticia del resto del mundo. El Sr. Codazl.i calcula que la ve n ta. e esta obra (que puede hacerse en un año) indemnizara a la nacion de los ga&tos causados por la ca­mision que ha estado a su cargo, , que ade .. mas quedad¡ un sobrante de ejemplares para proveer a las oficinas y escuelas de la Re­pública. 1) Es de esperarse que el Congreso acoja el~ te plan y remunere al autor Si la obra so manda ejecutar por cue'nta de la nacion, pa.. rece justo que se satisfagan al Sr. Codani los 1.700 pesos que ha invcrtiJo en la ca· miúon corogl'aflCa de su propio peculio, se­gun 10 ha demostrado; que es lo menos que pnede hactrse en favor de este laborioso ofi­cial, que luchando con todo Jioage de obs~ taculos, sufriendo fatigas y privaciones, ex­poniendo su salud y no .pocas Toces la vida mi:-.ma, ha llevado al cabo una obra que re­comienda sobremanera a su autor J honra al Congreso constituyente de Venc2.uela que la decretó. .• ~ MÉJICO Y }""RA.NCIA. Hemos tenido la sali~faccion de saber por c1iferet, tes vías, . que despues de la llegada a Méjico de Mr. Packenam, comisionado del ¡obierno britanico, terminó la guerl'a ~ so celebró un tratauo de paz, decoroso para ambas partes. Descamos con toda vehemen­cia, la confirmacion oe una noticia tan plau~ sible a los amantes de la humanidad, como fausta a una gran scccion del mundo indus­trioso y comercial. i Ojala podamos someter pronto a la consideracion do nue!\tros lecto": res pormeneres satisfactorios acerca de) in­dicado convenio! . ~ ESPAÑA. El paquete inglés, que llegó a fines de la semana próxirua pasada, ha traido diarios da Londres, cuyas fechas alcanzan hasta media·. dos del último Febrero. En algunos de di­chos periódicos se instruye de una nueva mu~ danza ocurrida en el miuisterio español; d. la continuacion de la guerra civil, con el mis­mo caracter d" ferocidad; y de otras COSIS, que por carecer de espacio pu'a ello en el p' esente número, no trasmitimos hoya Due!'" tras lectores. Imprenta de los herederos de Juan Antonio Calvo. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N. 12

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Por: | Fecha: 31/10/1839

SEMANARIO DE Ll\ PROVINCIA DE CARTAGENA. :s SEMESTRE 2.° CARTAGENA, JUEVES 31 DE OCT{JBRE DE 1839. NU~lEno 40. ::= Elte periódico saldd todos los jueTes: la reeepcion de las SUSCrIClOneS y Tenta de los números sueltos están á cargo del tesorero de rentas provincIales Sr. Juaa Antonio Calvo. La suscricion por semestre vale CUATRO PESOS, pagaderos adelantados j y cada número suelto Rt'AL T lIlEDIO.-=EI precio de la iusercion de los avisol ó articulos de intercs privado, será de un peso hasta dooe renglones, y un real mas por cada tres renglones de los que e!Xccdan de aquel número, y la mílaJ pOT cada Tez qqp\ se repita, siempre que se advierta al tiempo de la entrega. ' ,• t DECRETOS DE LA CAl\lARA DE LA PROVINCIA. -+- Estahleciendo cOñcejes comttnales €n las pa?'roquias 'de Barranca nueva y Momi!. LA CAMARA DE LA PROVINCIA DE CARTAGENA, Oido el informe de la Gobernacion de la pro,incia, con refe· rencia al de Jos concejos municipales de Mabate! y Lorica, relativa'? mente al establecimiento de concejos comunales en los distritos par­roquiales de lJarranca nueva y Momil; y usando de la facultad que le concede el artículo 160 de la ley orgánica de provincia~, DECJlETJ.. 1. Se establece un concejo comunal en cada uno de los arro uiales de Barranca nueva l\Iomil. rt. . 08 conceJos mumC1pa es e a ates y OflC3, en cumplimiento del artículo 161 de la ley organicl de prt)vincias, de­signaran el número de vocales de que deben componerse estas coro poraciones, atendiendo al censo de poblacion, y el de suplentes que les correspondan, segun la base esta blecida en el artículo 111; ., con arreglo al artículo 163 elegidn los vocales del concejo comu· Ilal y sus suplen les. Art. 3. Los concejos municipales de Mahates y Lorica cesar/m en el ejercicio de las funciones de concejos comunales de los <.lis tritos parroquiales de Barranca nueva y Momil desde el dia en que se instalen las corporaciones establecidas por este decreto. Dado en Cartagena a 12 de Octubre de 1839 =EI presidente de la Camara, José Maria Berastegui.=El secretario, Juan 4nlonio Calvo. Gobernacion de la provincia. Cartageoa 14 de Octllbre de 1839 - Ejecútese y publíquese. -Antonio Rodrígllez Torices.- Carlos Pareja, secretario. 111 ••••• r¿rreglando la rtcaudacion del derecfto provincial soort el aguardiente gue se introduzca de otras provincias, aplicado ti las lScl1clas primarlas. LA CAUARA DE LA PROVINCIA DE CARTAGENA, TENIENDO EN CONSIDEItACION; 1.0 Que el derecho pro'Vincial de cuatro reales por cada can­tara de aguardiente que se introduzca de otras provincias en ésta, establecido por decreto de 11 de Oc'ubre de 1838, ha sido spro· hado por el decreto legislativo de 28 de Mayo del corriente año; y 2.° Que en consecuencia debe la Camara, en cumplimiento 'd~ la ~tribucion Ha. del artí~ulo 124 de la ley organica de provino Clas, dictar las reglas necesarias para su e'f;acta recaudadon, DECRETA. . Art. 1. Todo el que introduzca aguardiente de otras provino CIU, en cualquiera de 105 distritos parroquiales de ésta, estara obli· gado a presentar en el acto de su llegada al primer lugar de esta provincia, al encargado de la recaudacion de las rentas provincia. ~es, un manifiesto jurado en que se esprese el nombre y número de vasijas que introduce, y el número de eantaras que eontengan. ' . Art.~.. El e.ncargado de la rccaudacion de las rentas provino clales bara lDmedlatlmente una confrontacioD exacta entre el ma· nifiesto , el cargamento de aguardiente introducido. Si resultare conforme aquel COD éste, )0 anotara así bajo su firma en el mani· fiesta; y si hubiere alguna diferencia, tambien la hara constar del mismo modo en el manifiesto. Art. 3. Pracucada esta opencion, el encargado de la recau-da' de 18S rentaS provinciales, exigira de contado al introductor el derecho de cuatro reales por cada cantara de agu~rdje lle de las que hubiese 'intr@ducido, y se hara cargo en su cuenta del modo que se dira despues. Art. 4. Entre tanto que se pone en planta la ley :lobre pesas y medidas nacionales, se usara de la cantara coltmbiana para la medida dd aguardiente que se introduzca d e otra,> provlnl' ia s. Art. 5. El tesorero de rentas provinciales ~ lo , colertores de los cantones abrirln en su cuenta un ramo titulado: ,) Dere ,ha de aguardientes para el fomento de las escuelas rimaria,)) en el cual darilD entrada a los productos de esta contribuclOD en Jos ttÍr­minos que esta prevenido por el u('creto organico de las rentas provinciales. Los comi ~ il)oados parr(Jquiales clasificaran ele) mismo modo en el cuaderno de S\1 cuenta, las partidas que cstentlieren de lo recaudado por e te impuesto. Tanto el tesorero de rentas pro­vinciales, como los colectores cantonales y comisionados de los dis­tritos parroquiales, se referiran en e stas partidas al manifiesto de que se ha h blado, y que agregaran por comprobante. Art. 6. Estando aplicados esclusivamente a i fomento de las e uel ~ ~ l~jacia..los s'e dere..-_ cho, !fran responsables a S11 re ;ntegrQ los que le dieren otra apli­cacion diversa. Art. 7. El tesorero de rentas provincia les, tos colectores can­tonales, comisionados parrf}quiales y d ema emplt>ados en la recau­dacioo de las rcntas provinciales, celan b¡ltj ,) la consiguiente res­ponsabilidad que no se defrau .le este derecho, vigilando a efecto que no se omi ta la presentacion del aguartliente qlle se int roduzca de otras provincias al encargado de la. recauuacion del derecho en ésta. A rt. 8. La Gobernacion de la pl ovi ncia, en cumplimiento del deber que le impone el artlculo 17 de la ley organica de pro­~ jncias, dictara las órdenes necesarias para que los gcfes polítiCOS en virtud de dicho artículo que les es estensivo por el 54 de la mis: ma ley, hagan por sí y por medio de sus agentes los alcaldes de distrito, que los introductores de aguardientes t'n esta provincia cumplan con la obligacion a que los sojeta el artículo 1.° de este decreto. Art. 9. Exigid. tambien la Gobernacion, que Jos gp. fe'l políti. cos le déD cuenta mensual de )a'l introducclones de aguardientes qu se hagan en sus respectivos cantones, p ocedentes de otras pro­,' íncias; cuyas noticias bara pasar a la te ore ría provincial para lo de su cargo. Art. 10. Los gefes pontieos para dar la noticia de que trata el articulo anterior, la exigiran de lo~ alcaldes de 105 distritos par­roquiales. Art. 1 t. Las noticias de que hablan los dos articolos prece­dentes, se estenderan en el primer mes a todas 1, introducciones hechas desde que se publicó el decreto de 28 de Mayo último. Art. 12. El introductor de aguardientes de otras provincias en ésta que omitiere la mAnifpstacion que se es presa en el articulo 1.0 de este decreto, pagara una multa igU31 al valor del aguardiente introducido, siempre que este valor no exceda de trescientos peso'3. Art. 13. En el caso de que exceda de trescientos pesos el va· lor del aguardiente introducido, la multa sera de trescientos pesos; y en caso de que no sea facil averiguar el valor del aguardiento introducido, la. mulla sera de cien pesos. Art. 14. Se entendera haber omision para el caso del articu­lo 12, siempre que transcurran veinte y cuatro horas de hecba 111. introclucclOD sin cumplir lo dispuesto en el articulo 1.° dd preseo" te decreto. D.do en Cartagena a t 3 de Octubre de 1839.=EI vicepresidente de la camara, Frmlcisco de Z uhirfa.··El secretario, Juan AnLon;o Calvo. Gobernacion de la provincia. Cartagena 14 de Octubre de 1839.-Ejecúlese y publíquese.-AnlO1lio Rodriguez TCJrices.- Carlos Pareja, secretario. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANARIO DE LA PB.OVI elA DE CAllTAGENA,I l\lEMORIA DE LA. Junta directiva de la apertura del Dique PRE'SEN1ADA. A LA CA litA RA DE LA PROVINCIA EN SUS SI:SIONES DE 1839. (Continuacion del número anteriol'.) Sin embargo de que la Junta habi·a for­mado el reglamento que organiza l-os traba­jos, y distribuye Jos respectivos deberes de los empleados con un cuidado escrupuloso, a fin de que el correspondiera cuanto posi ­ble fuese a su objeto de acelerar la obra, mantener el orden en los trahajadore, y evitar todo motivo de fraude en la contabi- 1idad, ella se persuadia de la grande conve niencia que resultaría a ]a empre ~ a, Unto en razon de la brevedad y acierto como en economia de fondos, poniendosc, por decir· 10 asi, en un contacto inmediato y conti Iluo con sus fm pleados por medio de una ¡sion, la cual diputada del seno de ]a ------------------------'J~~ - . . . Jos lugares del Dique donde estuviesen los trabajos, vigilando de este modo la fiel eje cucion del reglamento, cuidando del exaClo cumplimiento de las dispos~i ~>nes de la Junta, y dictando todas las mt:dldas que en IU concepto ~entliesen al. adelanto de. las ope· raciones, y a la remOClOn de los lOconve nientes que pudieran tocarse, con conoci. miento personal de las causa!!. Esta comision, cornpue~ta de los nomina· dos miembros Argumedo y Zubirla, salio de la ciudad el 14 del último Abril para disponer y presenciar la apertura de las trabajos que tuvo lugar el 22 de dicho mes, y co­m~ todavía contin úan vigol'osamelltc aque­llos la comision subsiste hasta esta fecha en el desempeño de su encargo; tan útil é ím portante para la obra del Dique! como de­be ser sin duda todo lo contrarlO para los --i1'1Ti~~~fIl'ticuhrrclJ -dei-mnc mi~ Oro q uc actualmente la compone, pues el Sr. Zubi­rI. regresó a los pocos dias de su partida por razon de haberse e.nfel'mado,. y no. se~' de indispensable neceSIdad la a~ JstenCJa a Ja vez de ambos miembros para constituir dicha comisiono Al mismo tiempo que se practicaban es­tos pasos para la limpia del ob truido ca­nal desde l\1ahates para el rio, se ocupó la Junta en efectuar la de la otra parte del mismo canal en S\1 ('sten~ion de l\lahates a esta bahia; pues si bien no estaba t(¡ t~l mente obstruida la navegacion en e6t<1 par­te elel Dique, eran tantos los estorbos que habian sobrevenido en el transcurso de tantos años de abandono, que ella era acompañada de grandes dilaCiones, _ uobl t.s trabajos y aumento de costos. Dlspusose pues la ejecucion de e:,ta limpia contraída desde el Estero ha~ta la angostara de Co · nejo, y determinandose que ella debia con- . sistir en arrasar el monte lo mas bajo po­sible de cinco a seis varas desue el bar· ranco para aden~o en cada una- de las dos orillas de los caños, picand05e todos los palos y arrojandose al mon te sus trozos y ramas; en sacar del fondo de dichos ca· ños los tronct:ls y ramas que hubiera en ellos arroj'aodolos tambien al monte; y en recortar todas las raices de los mangles en las mismas orillas, las cuales debían quedar de tal modo limpias, que aunque pasara una embarcacion arrimada a ellas no pudiese lufrir perjuicio por ninguna punta de rai'l ni tronco. L. naturaleza de esta obra admi tia el caso de una contrata, v deliberandolo asi la Junta fué acordada" su ejecuciol1 por ajuste, y hechas las inv.itaciones de costum­bre, se celebro la correspondiente con­trata coo el Sr. .fulian Garcia, vecino ue Arjona, en 9 del pasado Abril por canti. dad de dos mil quinielJtos pesos, y fijan. oso para $U conclusion el término de dos meses , los cuales fueron p Qrogailos, en yis,t. de las fuertes razones en que apoyo su so 1 citud el empresario, a dos meses mas que a­caban de cumplirse el 9 del pres'cnte mes. J&ns.ta a la Junta por el reconocimiento que mandó practicar en 11 de Ju~io, que los tra bajo! del Sr. Gar(~' a habían entonces llegado a la mitad, y tambíen le consta que de en­tonces acá se ha continu do trabajando con bastante esmero; pero que esta bue .• a volun­tad del empresario por cumphr fielmente Sta compromiso no ha basta~o, y el resultado es que esta nueva proroga ba terminado, y la obra no se baIla todavía en estado de poder ser entregada a la .Tunta directiva, la cual so ocupa actualmente de la reprrsentací~n que últimamente le ha dirigido el contratis­ta solicitando II eslension de dicha pr6rr()ga. Hcalizada que sea la limpia del medio dique en los términos contratados con el Sr .. Julian Carcia, y de que se ha he~ho mencion, re cibe el Dique una notable mejora! ~re­seD tando con el ahorro de costO!, rlcsg/ s, tl'abAjo y tiempo, que de tanto valor son en 105 calculas humanos, Un positivo alicit:nte , la navegadon y una causa de incremento al comercio. El f'mp!eo de un ing 'vil para la completa cfectuacion de la obra del Dique, es un objeto que ha considerado la Junta comQ de imper iosa nece~idad; pues si bien t>s cierto que para algunos trabajos no sta indi~pensaLle la asbtencia de tal ingeniero, es incuc)tíonable que lo es para la ejecu cion de otras operacion es que no es presu­mible se hitieran con acierto· si a ellas no presiden los conocimietltos hidrllUlicos. O· brando ptll'S la Junla en;- este sentido, que no es esclusivo de ella 50~a sino el mismo que se manifiesta por las mfJnorias proouci das en varias épocas desJe ]'emoto tiempo, y muy cOllfurme con lo que se ha practica. do en las dlvenas ocasiones que se ha toca, do en la obra que actualmente le esta eneo mendada, se diriO" '.. Dlcie.m.b.J:e... último aiSr. Tomas Santiago Ramsay, resi­dentc en Ha y tí, dandole noticia de la obra que se contemplaba, é invitandole a que se pusiese en inmediata comunicacion con la Junta, si acaso se sentla di. puesto a ocupar se en ella. La escasa y dlfidl cornunicacion cu t ! e cllta ciudad y el pais del Sr. Ramsay, Jo indujo a prescntarse aqui personalmente a la Junta para oir sus proposiciones, y el 14 de Julio último se convinieron en est as, otorgandose el correspondiente documeuto entre las dos partes contratantes. En el contrato con el Sr. Ramsay, la .Jun­ta. ha a5egurado sus servicios no solo para la obra del · Dique y por todo el tiempo que cll. misma juzgue necesario, sino que eu be. neficio de los intereses proviQciales se le ha comprometido a ocuparse en toda':! las demas obras que ocurran, siempre que se hallen dentro del territorio (Jicina y la Cirug\a, se han vuelto a n'unir en !uerz,a det espiruu filosofico del siglo deómonono . .. _ ... ) Los mismos estuuios, los mismos co­n oti mico tos son, pues, i nJispensa bIes al médico y al cirujano .•••. » » PEARSON opina que las mismas leyes prcsiden en el estado de s;-¡!ud al <'jel'ci w cio de las funciones de los organos in t.eriores y de las partes. estel'iores: que si una inflall1acion se maniGesla en un argano profundamente Situarlo, sus efec tos y slntl)mas se pareceriw mucho á los de la misma afeccion desenvuelta en las partes esteriores, v que en consecuencia las iudicaciones terapé,uticas deuen ser, con corta diferencia, semejantes, •.••• » TaoMPsoN dice: J) La curarion de las fiebres y de las enfermedades in leriores se confía esclusivamente a los médicos, en las naciones en que se admite la dis tinciqn de los prácticos en médicos y ei rujanos, y sin embargo en ciertas espe­cies de fiebres y en algunas infldmacio­nes internas, la sangría, que es una ope­racion quirurgica, es frecuentemente el principal o el unico remedio que se de­be emplear. La retencion de .orina en la vejiga sobreviene COA frecuencia, en algunas enfermedades febriles, y muchas veces no puede curarse por medio de medicamentos internos, y entonces se hace necesario praclicar una operacion de Cirugía, introduciendo una sonda en la vejiga, a fin de evacuar la orina que la distiende é impedir su itlflamacion, su gangrena o rotura_ J) RAlGE· DELORl\IE espone: 1) En efecto tos caracteres opuestos por medio de los cuales se ha tratado de distinguir las en-fermeuades cuyo estudio y curacion se reservan esclusivamente al médico 6 al cirUJano, carecen enteramente de exacti­tud, ú no comprenden todas las afeccio· (les, ó en fin se aplican a la vez á los dos grupos que debieran dividir •..•.• Las mismas leyes presiden a lodos los fenómenos que se obsel'van en la econo­Olla animal. Las diversas afecciones de que ella es. susceptible, cualesquiera que sean su sitio y su naturaleza, pueden su~ cedersc ó complicarse . Ciertas enferme­dades, bien sean eslernas o internas, pue­den tener sintomas comunes. Esto seria bastanl(; para demoslrar que el médico y el cirujano no deben ser estraños a lo~ c'onocim ientos q ne com ponen la cien­cia enlera. • . .• Se vé f,'ecuenterneote la inflarnacion de las visceras prjncipales sobrevenir á consecuencia de las grandes. operaciones quirúrgicas y constituir el accidente consecutivo mas temihle; ('urarion (e as 'ifl as e cal:ieza y de fuertes contusiones ó golpes en el pecho, consiste mas en los medios dirjgidos con­lra la inflamacion del cerebro y de los pulmones que en- la dislaeeracion de las partes eSleriores que cubren los órganos,!) De todo lo eSpl1eSlo se deduce, a nues­tro modo de ver, que es imposible Gi~r una línea de demarcacion entre la Medi. cina y la Cirug'ta: que en diferentes eda· Jes de la existencia del uni verso se han ol'iginaclo enormes males a la h':lmanidad a· fligida, a los progresos del saber, etc., de resultas de la nécia prelension de luchar contra las leyes de la naturaleza, aspirando a dividir lo que es inseparable; y que no siendo posible indicar exactamente los limites de las dos facultades, conviene que la legls aClOn eXIJa Igua es capacida. des, en las diferentes parles que consti. luyen las ciencias médicas, a los méJicos y a los cirujan os, Con el fin de darnos a entender me.' jor concluirémos este 'articulo con algu­nas indicaciones, en que manifestamos humilde y claramente nuestro modo de pensar acerca de un sistema de enseñan-, za de las ciencias médicas que uos pare­ce puede adoptal'se en las lJ ni versidades y colegios, con resultados ventajosos a la humanidad aOigida ~ al servicio de la republica. 1.a En las Universidades, y tamLien en los colegios en 4!jue sea posible esta­blecerlas, haura tres catedras para la en­señanza de las ciencias médicas, 9na de Medicina, otra de Cirugía (.) y otra de Farmacia V Química. 2.a El curso completo del aprendiza-' ge de las ciencias médicas durara nueve años, y en las aulas arriba designadas, así como en (!l anfiteatro anatómico, existi­ran los elaboratorios, figuras, máquinas, libros, instrumentos etc. etc., que se4n necesarios para que los alumnos compren·, dan mas fácilmente las le~ciones. 3.a El cated.,.dtico de JJJt:dicina enseña­ra desde el tercer año hasta eI'sesto las ma. C·) La ley orgÁnica de estudios dc t S de Mar": 20 de t826 dispuso que, con sujecion a u~ regla­mento especial cspedido por la direccion generpinion nacional y de la ('ausa de la civilizadon pTogresiva. Tras­mitirémos a nuestros leclores. lo mas pronto que nos sea po~íble, los docu. mentos oficiales y demas noticias ¡ntere sanIes relativas a tan feliz desenlace de la horrorosa guerra que estuvo desolan­do a la España por tantos años. Por aho ­ra nos limitamos a reproducir en nuestras columnas el fragmento ~iguiente de una carta de Cadiz fechada ellO d~l citado mes, que es el mism& que se imprimió en una hoja suelta publicada el mendo oado día en esta ciudad. )') La casualida(J ae salir mañana el bergantín Bolivar, coincide feliz­mente con las noticias interesantes que tengo la ilatisfaccion d e remi­tirle, cuales son la conclosion d~ la guerra del modo mas satisfactorio que parece podia esperarse. Co­mo sé el interes que V. tiene en todas las noticias de este S\1 desgra ... ciado pais, le remito el discurso del trono en la apertura de las Cortes y la Gaceta estraordinaria, recibida ayer, con el convenio del tratado de paz. Mas; se sabe por un va­por llegado de Londres, que el Pre­tendiente y su fami1ia estaban en Inglaterra. Aquí ha habido gran entusias·mo en las funciones que el Tien1po de ayer (que le remito) a­nuncia. Todos, militares y paisa­nos, empezando por las autoridades, llevaban en la mano un ramo de oliva. » MISCELANEAS. COMUNICADO. ss. editores del Semanario. Sírvanse VV. dar un lugar en las columnas dc su apreciable periódico al siguiente articulo, desti­nado a vindiear un agravio, que con el descaro mas insultnnte se han atrevido :l irrogar cuatro ciu­dadanos A los respctaLI~s miembros de esta l,Jui-m' versidnd (1). . Al tratar I~s referidos escritores de somcter -l" : consideracion pública la cuestion de si podian o t i_O.' ejercer con libertad la profcsion médica a t¡llC sf! dedicaron, se olvidan de que para el efecto hall debido presentar con mas estension, no solo ]05' motivos que les soo favofi,Lles, sino lanlbien aque­llos que les son contrarios: de este modo la opi~ nion imparcial contrnC'ria sus juicios donde dcLiera y cOh muy corto trabajo h¡¡bria decidido el punto' que deseoo, Pero prc cindiendo de esto, que no f!; a lo que aludo, pues poco me importa saLcr si estan ó no znlcl'csados en prcsentar con oscuri­da. d la cuestion, o si su lógica es mala, pasaré 3 contemplar el ngra\'io ue que he haLlado a. fin de llenar el ol,jeto que me propuse. Dicen los escritoras, salieudose nQ sé por qué de su materia priocipal, Q Que se ha le\':llltado el1 estos años una esp c('ie de Sres. Ores. que por el simple bCl'ho de haLerse graduado, se creen unos Hipócratcs, unos Sénecas; olvidándose oe que los decant-ados grados acndélnicos se ohtiellcn muchas "eees dnndo solo prueuas de buena memorin, '1 con demasinda frecuencia en fuerza de la comra­sion y del favor." Es ignorar el pais pn que se "Í\'C, es desconoccr la Universidad del Magdalena, esprcsarse en términos senH'jnntes. i CU~lItos son los que tiemblan al contemplar que la corona de su carrera no la cnconfrnriln sin pasar pOI' el ri­goroso examen de siete jueces inflt'xlblcs que n() se pleg~ll a consideraciones ni los mueve ln com­pasion! i Cu¡tntos no han visto castigada su dcsa­plicacion tÍ igl\ot'ancia CQn la oproLiosa nota de re­probado ! y i ruilntos, en fin, han nbandonado el ~arnpo porque :si hnn sido ineptos para aprender, no aSl ¡H.ra CO/locel'se, y hun "islo que la indul­gencia :llgun dia no podria suplir la escllséz de sus conocimientos. ¿So procede aSl donde los grados se obtienen en fllena de la cOlUpaslon y del favor? Lo r<'pito: quien se espresa en estos términos des"": conoce a la Universidad del Magdalena. ' Pero sllpongamos, para nO merecer el epltcLo de ap:\ siorwdos, ql1C HilO ú otro caso particular pueda prcsentarse en p' ueba de sus dichos, '-es esc el re - pelo con f]l1e deben 'rotor a una corporacíort a1l 5- lwda, que quizas los ha fa\'orecido, que quizas leg ha dado rango, que quizas ~I ella deben la facultall de rcrnilil" un articulo al Semanario 7 ¿ N o es una irljuria de IriS mas atro('cs qu pueden prodigar~c a un homl'fe vúLlico, suponed cap de ~ del' :­la intriga, de vendersc al faror '? L Qué pues se dir¡'l de los caledr;'liros <('le conh-ilHlJcron ~'i Ja ('on­feccion de esos grados que hoy tanto se cen ur.1u7 .... i Cuñn sCl1siLle es que ados de esta natu1'ulc7.U ~c presenten n cada paso a corroborar el concepto de ingratos en que estan los cartélgeneros' concepto mal fundado J' quc del todo dc(-"erla si se cOl1templilst!> bien a 105 poseedores Jp este vicio..... N o bay duda que 1: parte ilustrada, la parte sensata lo dese­dw como vil. Voy ya a concluir mis mal bilodos COi'l<'f'ptos ; pero advertiré oc pa~o a los cilldadallOs CJáitol'l!s que mi mnJol' deseo es vel' d{'cidi(la S¡.f cucstion principal, pues me importa saL el' si la pn:sunci,()fI. da capacidad fu n,lada solo en la practica de diez; años, ba sta p¡lra autorizar ú un quidam a que se enrole en la clase rc:,pctablc de los profesores ....... ¡Cuán dcsgrllciada sería I~ humanidad si esto a~on· leciese! N o falla quien bahiendo practicado diez. anos en )o~ hospitalf's, no pueda Hi aun coordinar sus'ideas. ¿ Y se sometC'ría la sociedad al azote de este cmpirico, ciego curanucl'o, q\H~ procediendo a licutas dj,'POllC del ho nlLrc como de Sil propiedad? Bicn ,"co que la M c:dieiua ('s bija de 11'1 obsen'a­ciol!; pcro l que importa ésta si no se sa'Je pcnsar? AdcJl13S, ¿ ne es el colmo de la nEliculez ¡lcuUtr ra· I'a probar conocimicntos, a la pdctica de un 110s­pit< ll en el que solo se h.'\U cumuo úlceras, absce­sos, y otros nlales semejanles? (2). i Cómo se ha querido alocinar al pueLlo con palabras apasiona­das! ••••• Pero hnemos )", permitiéndome Sl una­dir qUf! 1a presenLe vindicacion no me in;pcle a. haccrla el deseo de cllclllJrir un grado á que nl) fui acreedor: ahora 61'0".11 é, Y si se me cree de e e número, no bay mas que acreditarlo, pero ('on prue­bas irrefragables; estas son las de hecho. Yo Jos provoco; y aunque me scra muy sensiLle la deno­minacion de pf'dante, qlle por esla circuostancia se me dé, la sufriré con pacicnci~, I1cvuuuo el (.' 011- suelo de habcr dado este paso por avasall,¿lr a la. jgnorancia que ba sido tan procaz. • Con el maJor respeto me suscribo de VV. aten-to S. S. Q. B. S. M. Joaquín Bemal. e 1) Aludo al comunicado inserto en el número 3r. y firmado por,. Cuatro eiudad:lllos •• (a) No pretendo injuriar con esto a los anliguo~ médicos del establecimiento, pues sé mu! bien que ba­brían ejecutado cualquier opcracion si se hubiera pre­sClllttdo el caso. ----:---~ imprenta de los ~ere,d_~r()s de J. A. Calvo. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 2 N. 27

Por: | Fecha: 01/08/1839

'. SEMANARIO DE LA PROVINCIA DE CAR~l~AG' NA'~i • S El\IESTRE 2.° CARTAGENA, JUEVES 1..0 DE AGOSTO DE 1839. NUlUERO 27. Este periódico saldra todos los jueves: la recepcion de las suscriciones y Yenta de los números sueltos están á cargo del tesorero de rentas provinclales Sr. J ll:ll1 .AD~oDio. Calvo. ~a suscric~on por semestre- vale CVATJ\O PESOS, pagaderos adel~ oada número suelto l\EAL T IIlEDlo. a::::EI precio de la iusercion de los avisos .uU~~s ~mwrespn"~,"ride ~ p~o hM~do~ un~~o~yun udm~~r~c~~Lª~k~e~s~r~c~nA~~o~n~u~d~e~IQ~S~awne~Q~z~)~~1~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~ por cada vez que se repita, siempre que se ad"Yicrta al tiempo de la entrega. LEY SOBRE REFOUIAS JUDICIALES. El Senado y Camara de Represen'fanles de la Nueva Granada, reu"idos en ConG"eso, DECRETAN. Artículo 1. Los ministros jueces de los tribunales de distrito conocen individual­mente en segunda instancia 1 por reparti­miento entre ell05 de los negocios conten­ciosos que atribuyen las leyes de 10 de Ma .,0 de 1834: J 16 de Abril de 1836 a los mis­lUos tribunales, y de J05 cuales han conoci­do en primera los jueces de hacienda ó can­tonales, otorgando las apelaciones ó recur­sos para ante quien corresponda, cuando ha· ya lugar a ellos. . Art. 2. Tfambien conoce cada uno de los jueces individualmente, y por repartimiento entre ellos, de todos los demas negocios con· tenciosos atribuidos por las mismas leyes a los tribunales de distrito, sin desigoar ins­tancia, y de los cuajes conocen actualmente en sala de tres jueces. Art. 3. Cada uno de los jueces sU5tancia 1&s caueas cuyo conocimiento le esté atri­buido. Art. 4. Los cuatro magistrados de que se compone el tribunal despachan en sala de acuerdo, y a pluralidad absoluta de votos, los negocios uo contenciosos, atribuidos por la ley a los tribunales de distrito. Art. 5. Los tribunales en sala de acuerdo establecen las reglas segun las cuales baJan de repartirse entre los tres jueces las causas tan· to civiles como criminales que se hallen pen 'dientes "! las que nuevamente entren en se­cretaría ; de manera que se distribu ya el tra · bajo con igualdad entre los tres. Art. 6. Cuando un juez se halle impedí 'do para conocer en una causa ó fuere recu sado, conocera de este juicio aquel a quien corresponde entre los dos restantes. Si és­te declara que el impedimento ó la recusa­cion son legales aprende el conocimiento de la eausa, y la devuelve en el caso contrario. Art. 7. Si el segundo juez tambien se ha· lla impedido, ó fuere recusado, le subroga el tercero; 'Y si éste se hallare en el mismo caso, le subroga el fiscal; y a éste el agente fiscal en igual caso. Si el impedim~nto o la recusacion· se declararen legales, aprende· ra el conocimiento de la causa el juez que conoció de la recusacion: en el caso contra­rio la devolved a aquel a quien correspon­dia su conocimiento. Art. 8. En los tribunales de distrito el ·despacho de los negocios no contenciosos se verifica en \05 dias que designe el presidente y _ la~ ~~!~~ qqe ~~~~ ~rib~llal haya fijado «C pan ello. la de&ignacion de los circuitos y la de los Art. 9. En los mismos tribunales el des sueldos de cada Juez letrado con arreglo a pacho ordinal'io en audiencia pública es de este artículo. tres horas diarias distribuidas entre los tres Art. 15. Los jueces letrados de primera. jueces, segun lo acuerden entre sí, y cuyo instancia, ó los que hagan sus veces, son los término debe prorogarse y anticiparse por competentes para conocer en primera insun-catla uno de ellos respectivamente, cuando cia de las demllndas ejecutivas de roa yo .. así lo exija la naturaleza, multitud y urgen- cuantía, sean quienes fueren los individuo ~ cía de los negocios. Este despacho comprcn- interesados en el juicio, ,a sea como actores de lo de sustanciadon, lo de secretaría en Ó reos, sin que en él se goce de ningun fue-negocios contenciosos, y l. publicacion de ro, y las apelaciones se otorgara~, cua.ndo las sentencias. Cada juez vé y examina por haya lug'ar a ellas, para el respectIvo trlbu-sí mismo, sin necesidad de relacion, los pro- nal de uistrito. cesos iJe su conocimiento, denLro ó fuera Paragrafo único. Se eceptúan de la d"is-del tribunal, y a las horas que tenga por posicion de este artículo aquellas demandas cOllveniente, que. siempre seran distintas de en que tenga interés la hacienda pública . las de audiencia pública. A.rt. 1'6. En lo sucesivo el deudor que no r . J I z,it&-'CtCr-f-J~~~·..D-Q- Inanifieste hieDes equivaleDtes al rela tores de los tribunales de distrito. Los pago, o no dé fianza a satisfaccion de su secretarios haran sus veces cUllndo haya neo acreedor, no se eximira de la prision, mien-cesidad de ello, aun cuando no sean abo- tras no baya probado con plena prueba con· gados. traida al hecho de que se trata y dada con Art. 11. Los secretarios de los tribunales citacion y audiencia del acreedor ó acreedo-de distrito llevaran un libro de repartimien- res que su quiebra no es fraudulenta. lo de causas criminales J de responsabilidad, Art. 17. Los jueres parroquiales ejerce· donde se asiente el que se haga a 10& jueces dio las atribuciones que señAlan las Jeyes a' en los casos de que deben conocer indivi· los jueces de paz, quedando suprimidos lo~ dualmente: otro de repartimiento de causas funcionarios que tienen esta especial deno-civiles con el mismo objeto 'que el anterior, minacion. Cuando un juez parroquial baya. anotando el. dia en que se les pasa, y el dia manif~stado su concepto en un negocio ea en que se despacha definitivamente. que haya intervenido como Juez de paz, no Art. 12. El mismo secretario, con pre· podra conocer del mismo negocio en calidad serlcia de estos libros, pasa semanalmente de juez parroE¡uial sin consentimiento de to~· uoa lista al gobernador de la provincia dou. das las partes. de residiere el tribunal, de las causas que Art. 18. Los jueces letrados de primera hubiere despachado cada uno Je los jueces, instancia no cobraran otros derechos que Jo/( y de las 'Lue que an sin despachar. Los que les estilO señalados por los artlCul08 25. goberña ores mandaran estas listás a la Se· y 28 de la tey de ·2IranceJes. cretarÍa del ioteríol' para que se formen cua- Art~ 19. Ninglln secretario, escribano, no": dros y se publiquen por la imprenta, espre- tario ni subalterno de los tribúnales y jUlo-nndo 5~empre el nombre. de 108 jueces y el gados a quien por l. le y estan señalados de-número de causas que ha,.. de8pachado. rechos eventuales, puede cobrar éstos ni per- Art. 13. En cada provincia de la repú . cibirlos, aunque las partes quieran contri~ blica habra desde uno basta cinco circuitos buirlos espontaneamente, sino es uespues de judiciales, segun se estime indispensable, a· hecha la tasacion por quien corresponda, 1, tendidu la pobhcion y la estension territo. la citacion para sentencia definitiva. El con-, rid. Para cada uno de estos circuitos po- traventor a esta disposicion, pierde por el dra haber uno ó dos jueces letrados de pri. mismo hecho los derechos que hubiere pel:- mera iostanci., que auministren la justicia cibido eo favor de la pArte que los contri· civil y criminal, con las atribuciones que buyó, y sin perjuicio de cualquiera otra conceden las leyes a los jueces de primera responsabilidad a que haya lugar, s_egu.n instancia de canton. Uno de estos jueces las circunstancias del caso; pero la sentenCIa. lo sera el juez. de hacienda para el circuito no se notificara, sin que previamente se. ba~ que designe el Poder ejecutivo. . yan satisfecho Jos derechos ó cobrado por Art. t 4. Todos los jueces letrados de cir. apremio. . cuitos seran pagados del tesoro naciorial, y Paragrafo t.o No comprende esta dl SpO-tendran el sueldo corre3pondiente a su tra- sicion: 1. 0 los derechos de 10B asesores Dom-bajo, desde quinientos hasta mil doscientos brados, que en todo caso no e·ceptuado es-pesos, , los derechos de arancel que les con- presaDlente por la ley de aranceles, deben serva esta ley. En consecuencia se proce· remitirse juntamente con los autos que pa- . dera inmediatamente, apenas se haya hecho san en consulta: 2.0 los derechos causados la distribucion de circuitos judiciales, a la en el pleito hasta el punto en que éste .DO propuesta y nombramiento de estos jueces. continúe, bien sea por transacion, o ~l~n Pará~rafo,. úpic~~ :roca ~1 Poder ejecutivo por (~si.ste.llcia de las partes! Ó porqué ~¡}t~s Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANA.BIO DE LA PROVINCIA DE CARTAGENXJ -se comprometan en arbitros ó arbitradores, t-ervencl~n y~E)ba,.i().U de. os , respectiioS ó cuando por cualquier motivo se acabe; tutores o curadores, y quedando salvo dl'e· ,aunllue no ea por -sentencia deJinitiva. En curso' oe la restitucion in inlegrum . -cualquiera de dichos casos pueden 'cobrarse Art. 29 Siempre que los }i,tigantes se 'Y deben satisfacerse los derechos causados comprometan en los juicios de árbitros '3 no hasta- allí, b:.jo la precisa condicion de que apelar o en los de arbitradGres a no pedir se tasen previamente por quien correspon- re (tuccion al albedrío de haen varon, los da, y debiéndose anotar el pago de ellos en juzgados y tribunales no admitiran semejan-el espediente, actuacion Ó diligencia que los te ,recurso. cause. Art. 30. En adelante no se cobrarán en Parágrafo 2.° Tampoco comprende esta las administracioneS' de correos otros dere - 'dispo8icíon los derechos devengados por la chos que los de encomienda, por los espe practica de diligenci.is en negocios en que _ dientes o diligencias judiciales que se remi-no hay todavla oposicion de pal te, ni juicio tan a los asesores, jueces y tribunales de la i Diciado, los cuale~ habran de pagarse de república. contado. Art. 3 t. Quedan derogadas las leyes de Art. 20. Cuando se 'introduzca una are 10 y 14 de Mayo de t8 3,!, , las de 16 y 20 lacion eo un tribunal -de distrito, ó se con , de Abril de 183'6 en lo que ~ean ~ontrarias sulte UDa sentenCia, el presidente del tribu- a la presente, nal inmediatamente señala el juez a quien Dado en Bogota a 28 de Mayo de 18.39.- por turno corresponde el conocimiento de El presidente del Senado, J. Al. Gomez.-EI _~~~~~~I~a~c~a~u~sa~~~~~e~t~ar~iwo~as~i;e:n;ta~e:n~e:I~li:b:r:o~~p~r~e:s:id:e~n:t~e~d~e~l:a ~aia d ) '~eDUn~s, . __ senador secretario, JO f:P Art~. 21. Siempre que se con.ceda u ..... a=--""-·-+ ..... Me.:::....:.~SaLz.-El .di ulado secretario , Frand sco p~lacion de un auto interlocu t río por un e. Torres. "- juez de primera instancia, éste remite los Bogota a 26 de J'unio e .- Jecutese autos al tribunal del distrito, previa 1& cita - y publíquese.-José Ignacio de Marquez. - cion de las paTtes dentro. de seg~odo día, si (L. S.)- Por S. E, el Presidente de la re, e) j uez y el trib.unal residen en el mismo púbJica- El Secretario del interior y l'elacio-lugar, o por el InmedIato correo si residen nes estepiores, P. A. Retran. en l ug~res di:.tmlos, d f' j,ando en ~mbos casos 1 debida constancia y copia legalizada del auto. Art. 22. Recibidos los- autos eA el tribu­nal el juez a qui .o toque su conOCimIento, determina el rf-curso por lo 'llle res ulte de lo actuado, sin n ecesidad de mej ora, de es presion de IJ g ravios, ni de ma.s actuacion; sin perjuicio no o bs t3 te de que las parles, sus patronos ó d efen:-ol c., agreguen con la d ebida antici p~cioJ), .su::; a legatos por escrito. Art. 23. DoterminaJo d recurso, el juez 'Vuelve los auto-~, deJando oopra de sU' deter­minacion, al inf, rinr dentro de veínte y CUIl ' t ro horas, 'Si este rel\id ie re en el mismo lu· gar, y si no por el ÍlHDcl.ltato correo. Re ­cibidos los al) ~ en el jUl.gado, se hacen allí i mediatamente las nQuficaciones y continúa el juicIO prind pal. Art. 24. Si la sentencia ape:lada ó consul ­tada foere defin itiva, se sustancia la cllusa co ,forme a la ley, Los términos palla dar s f ntencla se cuentan d esde el auto en (Iue se mandaD citar las partes para definitiva, en cuyo auto el j.uez señala di. y htjra en que las paptes, sos apoderados Ó d efensores puedan alegar en estrados de palabra o por escrito si lo creen conveniente. Este seña lamiento, que se hara para alguno ,de los cÍn('o primeros dias q.ue el juez tenga pua entenciar, se fijara ademas a hs puertas del tribunal. Art. 25. Si el recu rso fuere contra sen t encia interlocutoria, 'el término que se fije p ara oír a las partes, a SIU a.poderados. ó defensores, no exceded. de cuarenta y ocho ho as útiles. Art . 26. Siempre que en las causas cri: · lnin.les la sen tencia de segunda instancia, r evocando (, reformando la de prim,era, íro· ponga pena de muerte, (, de trabaj,os forza · d os, mayor que la que se habia impuesto, babra lugar a una tercera instancia. El tri· .bunal en sala- de los dos ministros restantes conocera en esta instaneia y sentenciara por lo que resulte- de autos. Esta sentencia se ejecutara sin que haya lugar a otro recurso que el de queja. Art. 27. Los recursos do queja contra 105 fu ncionarios públicos por las culpas y delitos comprendidos en el código penal, podran intentarse dentro de los términos asignados p or el mismo -código para la prescripcioD de Jas penas señaladas a las respectivas culpas ó delitos que los hayan motivado. Ar t. 28. Los negocios en que tengan in­t eres los menores de edad, pueden conciliar. se J transigirse del mismo modo que los ne­gocios de los mayores de edad, siewpre que la co~ciIi~gon 1. ~l'ansacio.D se haga e OIl i o- SUCESOS DE PASTO. Rt' p6blica de la Nueva Graoada . --~Go .. bernacion de la provincia. -Sala del <.les­pacho.- Popayan 4 de Julio de \839.­Al Sr. Secrerario' del intCirior y relacio . nes esleriores. Acabo de recibir por estraordinario una nota que n)e ha dirigido el Sr. Go· I'nad· e Pas-t-o, uyo--teftott-.e-S como sigue. »GoLernacioo de la provincia. - Pas to 30 de Junio de J 839. - Al Sr. Goberna­dor de la provincia de Popayan. En el arto de empezar la fiesta de igle. sia del Santo patrono de este lugar, un eclesiástico de bastante influJo ha pro­clamado en· el -púlpito la religion, y la no supresion de' conveatos, sin que haya otro motivo mas que el de pf'lJsar que estuviese sancionado el decreto de dicha supresion. En este acto de agitacion que alal'mó a túd.os, un soldado de la milicia auxlliar, que se haUa~B reunida en el convento de San Fra.ncisco, prote~tó que no se s.uprimirían Ill!! conven.tos, porque su cuerpo estaba al'm9:do; IQ cu¡1 me o­bligo a mandar desarmar a guardia lla~ ci.ooal y mandarla salir fuera del cuartel. Por las calles se invitaba al pueblo a de· fender la religion , ~'- los religiosQ5, y lodos seguian al predi'cador. Sin -embar­go el cuartel 00 h.a sido invadido; pero es de temtrse alguna cosa, y seria muy del caso que V. S. se sirva interesarse e.n que venga de esa provincia la fuerza disponible que haya en ella" con cuyo objeto oficio C(im esta misma fecua al Sr. comandante en gefe de la tercera colum na. » Lo trascribo a V. S. para que pOQién dolo en conocimiento de S. E. el Presi .. dente de la republica, ae sirva tomar la providencia que estime conveniente; ad· \Tirtiendo a V. S. que por conducto del Sr. Secretario de guerra y m3Fina doy cuenta a S. E. de este mismo aconteci ­miento, y de ){lS medidas precautorias que he tomado de acuerdo con el r. gefe militar de esta provincia para pro· leger al Sr. Gobernador de Pasto, en el Ca50 de que tOAlO ~ueJ'po la conmoclon que me anuncia. Dios guarde a V. s. iJ1anael Jose Caslrillon,: Republica de la Nueva Granada.-Co.; mandancia en gefe de la 3:1 columna del ejérci to y gefetura mi li tar de fa provin­cia. -Cuartel general en Popavan a 4- de , Julio de t839. - Sr. S ~ rr " lario de E,ta­do en el despacho de guerra y m lrina.· Acompaño a V. S. una rópia de las co­municaciones que me han dirigido 1 s Sres. Gobernador y gefe militar de - t~ provincia de Pasto, y que me hfl eDtre~ gado el posta que las trajo hoya las do­ce del dia. Dicho postd, que lo es el SI'. alferez LudaDo Torres, sali6 de Pas.' to el lunes, J regresa esta misma noche para aquella ciudad, . C r.n:lnni,.o_ ~ lo~ Sres. gefe militar de aquella cha, que se efectuara' a la. mayor breve~ dad posibtc t de tqdo el medio batanon n6mel'o 2 .° ; la de la guardia- nacional de la Buenaventura que se ha pedido a Sr. Gobernador de aquella pl'oviocia; la de un escuadron que se ha mandado ar.-: mar en Palla; y la de toda) fuerza que pueda reunirse en PopayaG~ 10 que me parece sufi ciente para coutf'ner a Jos a­moti naoos. Pero mientras nos aproxi­mamos a P asto, V. S. y el gobit rno to­maran las provid.encias que jU¡guell opor-tunas. ( Me es sumamente satisfactorio demos­trar mi respeto po~ las instituciones, y. mas sa tisfacloriÜ' a un ver en esta ocasioB el entusiasmo que tienen por conservar.' la lodos v cada uno de los g (es, ofi. ciales- y sold-ad os de la columna que teB~ go el honor de mandar. Dios guarde a V. s. r. Baslaman/e. En consecu'encia d'e las noticias ante'; riores el PoJer Ejec.u.tivo SI? ha apresu­rado a tomar toJas lí'\s medidas y provi­dencias necesarias p -r;¡ suCo 'ar los cona .. tos y ten ta ti vas de rpv(Jlucio()' de qtle se dá cuenta. El gobierno alienta la espe­ranza de que las cosas no \leguen a un eslremo desagradable en la provincia de Pasto, porque si plJe(le h :,ber en ella hom­bres dfseol,os y enemigos del reposo pu~ Llico que quieran atizar el fuego de Il discordia civil, loman~o por pFelestD"f¡ enseñ a el nombre S'Llnto de la. l'e\jgioD, la generalidad de los pastus s es patrio.; ta, sumisa y obediente a las leyes y al gobic rno de sus votos; " aun los mis: mos que puedan ser alur.inadoli Olo'men­t- eneamen te, volveran a la senda' de sus deberes luego que reconozcan la enormi­dad · del alentado de que se pretende ha­cerlos instrumento. Rodeado como se hal1a el gobierno de la oplnion nacional, con agentes de Sll confianz,a" .de firmeza y de probidad; con un ejército obediente f disciplinado; 'J¡ contando con los servicios de la guardia. nacional, malltentlra ileso el deposito sa~ grado que se le ha coníh d-o; sostendra CO[} energía las leyes del país, y bara que las tentativas del fanatismo queden com~. pletameote hurladas, y avergC?nzados ~ . cubi~rtos de oprobio los que hayan po~ dido fomentarlas. . (Gaceta extraordinaria. A Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANARIO DE LA p'nOVINCIA DE CAR.TAGENA.l . RENUNCrAS-ADMITIDAS POR 'EL CaNeE- lPAm~l) ]f1CJ) fJ1\mll~"'" l\ fP. JO MUNICIPAL DEL CA.NTON DE CAR- . \W~. ~~~W~ Corozal esta llamada a ser becera: TAGENA EN LAS SESIONES DEL PRE- así pOI' hallarse mas central, como po; SENTE PERIODO. ELECCIONES SECUNDARIAS. las mayor~s ventajas que ofrece, en l'azon El presbítero Sr. Manuel José ·Marin se de comOthdades, sociedad etc. elc. Allí escu~b de aceptar. el destino de capellan y Hoy deben- comenzar a ejercer sus au. puede bastar un solo juez; pero su ren-predicador de la Cludau, por tener a su car- guslas funciones los colegios electorales: t~ n~ debe bajar del máxi mo, porq ue el go la capellauta de la hermita del Sr. San i plegue a Dios que la razon y el verúa- clrc~llo es (~cmasiado eslenso: y mejor Roque. Fué admitida la escusa y en su lu - d~ro patriotismo triunfen de las intrigas servIdo estara con un solo juez dotado gar se nombro al presbítero Sr. Francisco y arterias con que la ambicion y la co- con 100 pesos mensuales, que con dos ,ViIlegas. dicia de algunos ineptos pretenú.ienles teniendo solo 500 Eñ el tercero parec¿ El Sr. José Benito Falcon renuncio justi- procuran abrirse paso por entre el mé- que Soledad deb~era ser la cabecera por G.cadamente el 1 dI' nombramiento de primer sU " rt t o y conOCL'Jd as capacl'd ad es! Sabemoi su ma ,c' or ce.ntrJlldad·, peto las· ventaJ-as p.ente e os Jueces parroquiales de la Tri· . ooe Barranqul."a por su posicion mercan-nIdad, pór ejercer en la actualidad el empleo que en esta pro" IOcia hay algunos né- 1 de guarda-almacen de marina: J fué acepta . cíos que sin saber siquiera el castellano tI y o~ras clrcunstanciás favorables qu~ da Ja renuncia, eligiéndose en su lugar al aspiran rabiosamente a ocupal' y nada mas le SOl! peculiares, pueden ofrecer mas Sr. Guillerm0 Sayas. que ocupar asientos en la cámara de Re. atractJVO para que los abogados vayan allí • . El ~r. Apolinar" Rodríguez dimitia con jus presenlantes. ¡Temerarios! ¿ Qué idea qn ~olo Juez sera suficiente pata este tlfica~lOn el encargo de juez 2.0 parroquial se habran formado esos hombres insen- ~lrcUlto, y su renta puede ser de 800 de Vll1anuev3, por st'guírsele grave perjuicio satos de la dignioad de un representan- a 1000 pesos al año. en sus cortos bienes: y se resolvio de con te de la nacioll? - La provincia de San ta Marta pueue 1. ~r~idad con la solicitud, no~br~ndose en Pero nos es todav;a n136 est~~6 sabep~~g~u~a~ln~l~e~n~te~d~l~'v~¡~d~ir~~~~~~'~~'~~~'~~~~~~~~ su In ar al . JOII uin Vclasqut'z. 1 InconvenIente alguno. componl'endose, el' El S A o • r. tan,slo Jrlarte, apoyado en certifi· que e1n a gunofs ·ca nlones cuenum prllnero, e anta l\lllrt" y la Cl·e1 n""ga·. a' d 1 S D T 'b' D ' con a guno.s su l'aglOs-; esto nos hace \1. v c. Clon e r . r. 01'1 10 omlDguez renUD- el segundo, de los cantones de Tenerife ClO el empleo de juez de paz del distri to perder toda esperanza de lograr que se · PI parroquial de Santa Rosa, por sufrir ciertos mejoren nuestros hábitos, corrompidos y ato; y el tercero, de Chiriguaná v maJes que reclaman precisamente la atencíon ~ a por la in lriga y rastreros manej os q uc ~l .va lIe. Para el pri mero, jUZO'UUlOS q u~ bacia su curacicn para evitar resultados gra- han desquiciado las virtudes republica . ademas del juez letrado de hacienda, de-ves que puede tener: y fué admitida la re- nas. Deseamos vivamente que ese mons. l1e haber otro de circuito; V corno las nuncia, eligiéndose en 5U lu~ar al Sr. Felix tl'uo ~e aciaga influencia no presida las dos cab.ecera~ de ca~ton se hallan a muy José Cabarcas. aCluales elecciones, y que los informes corta dIstanCia, podfla permitirse que és!' ., El1 S dr . Erancisco de Porras Pimentel dimi- que h emos reel° h'l.u1O sean comp 1e tamente te residiese en la Ciéne~a con la sufi- v tlO e estiDo de juez 2.° parroquial de Santo d 'd l ciente dotacioll de 800 pesos anuales. T 'b' f d d f 1 esmentl os por a conducla patriótica de orl 10, un a o en en ermcllad que, segun 1 1 I Respecto al segundo, encontramos que un . f . d d 1 f l' S os e ettores: estos seran ellJon~es dig- ID arme Jura o o os aen tatlvos res. d Plato se halla mas al centro, y ql'e Te- Toribio D om-wguez y Jos'e A nge 1 G omez, d e- nos e la ev !l'alilud y reconocimiento de nerife dista como 13 leguas de los.1 eslre-manda UD género de vida puramente pasivo toda la provincia en general y en parti. d p~r~ su conservacion: y fué aceptada la di- cular de nuestro! encomios; pero si por mos el otro cantan; pero estando aquel mISl0n, nombrandose en 8U lugar al Sr. Dr. el contrario, Jos resultados confirmaren lugar. tan .mal ,situado y combatido por lldefonsu l\Iendt.'z y Zapata. los anuncios, protestamos desde ahora uo clama mOl'llfero, al paso que Teneri- El Sr. Dr. Vicente A. GarcCa renunciÓ con que haremos cael' ~l peso de la opinion fe goza de una posidon física y geográ .. just1ficacion el encargo de juez 1.0 parroquial con tra lo culpables, pu filnlnd las tI'a . fi ucho mas favorable; y siendo la de la Catedral, por ser cursante de Medicina mas y verdades muy amargas. Pal'a tal _ distancia entre estos dos lugarés apenas en la Universidad del Magdalena é _Istmo y .• I e' d de 4 'eguas, nos decidimos por el ulti-t ener neC€SI' d a d d e eV.i tar e 1 grave perJ.U l.C.l o evo eo.to conjudramos a. 'a . a mara e pro- IDO para la residencia del único J'uel l~ q f 11e su u.n ,a en sus l. lltereses SI. d eSCUl' d ase v.mela pro ce a con Interes -y circunspec- trado que debe establecerse para todo el los deberes de estudiante. Fué admitida la Clon al perfeccionar las elecciónes, cor- . r' r '.\. lIS D tando con heroismo el nudo formado PQr cIrcuito, con una dotacion de 800 pesos enunCia, y se e 19lu en su ugar a r. r. que graduamos suficiente. En el terce· Manuel Caja\'. la infame intr-isa. El Sr. DI'. lldcfonso l\ICRdez y Zapata di- ro, podl'ia fijars() la residencia del juez iniLio el destino de juez 2.0 parroquial de ~ letrado en la cabecera del cantan del Santo Toribio-, por padecer, segun certifica- Valle, porq ue ciel'tamrn te posee algu·nas ciones de los SS. DD. Toribio Dominguez y CIRCUITOS JUDICIALES. ventajas respedo a Chiriguaná; pero a- Luis J. Guardiola, de una afeccion pulmQnal quella se encuentl'a absolutamente en el que le prohibe absolutamente ejercitar el Parece que muy pronto debe proceder estl'emo del circuito que Jebe formarse ' uso del habla continuada, y otras agitacio - el supremo Podel' Ejecutivo al arreglo Y ésta en el centro aproximado, cUla cir: nes físicas o morales que puedan poner en de los circuitos judiciales en toda la re. cunstancia nos inclina a opinar en favor estado de excitacion su sistema pulmonal.-: pública, a fin de que nuestros pueblos de Chil'iguaná. Un solo juez puede dar: Se acordo la aceptacion de la re.nuncia, y comienzen a disfrutar del grande bene- evasion con facilidad a todos los nefTocios se nombro en .su Jugar al Sr. Dr. Saturn° o fi d n C O cio que le concede · la llueva ley de re, e este circuito; mas el aislamiento en , El sSpri.n oA. ntonio Ca\deron renuncio el des- or as en la administraeion- de justicia que d e b e encontrarse y las privaciones a tino de juez 2.0 parroquial de Santa Catali. con la creacion de jueces letrados de cir- que naturalrueo!.e se .sujetar' e abogado na, por ~cer de er~cipela en Jos t6st~ , ~~~~~~~~~~~~~~~~a~:~y~~~~~~v~a~s~a[,~nos obliga ~ juzgar co~o culos., segun consta de nna certificacion del nosotros, deseos-os de que S6 lleve al ca. conveniente que se le señale una renta Sr. Dr. Toribio Dominguez: y fué admitida 1J0 esta reforma saludable del mejol' 010 · de 1000 pesos; pues de Jo contrario es Ja dimision, eligiéndose en su lugar al Sr. do posible, nos atrevemos a iuminis.lr31' muy probable <.¡ue en este circui.to no se l\fanuel Nuñez. al gobierno las noticias que pasamos a logre el establecimiento de juez letrado, El Sr. Dr. Saturnino C. Ospino renuncio publicar, arregladas a los pocos conoci. al menos permanentemente. . . el destino de juez 2.° parroquial de Santo . . Toribio, porque segun certificaciones- de los mlentos que poseemos respecto a este De la provincia de fiio-Hacha solo 86 SS. DO. Toribio Doming\\ez y Luis .J. Guar. distrito judicial del Magdalena. puede formar un circuito, compuesto dci diola, el estado a que ba sido reducido su Creemos que e~ta provincia puede di- los dos únicos cantones de Pt io·Hacha y sistema nervioso por cousecuencia de sus tao yitlirse con facilidad en tres circuitos, San Juan de Cesar, COA dos Jueces lelra~ reas intelectuales exigen mucha parsimonia compuestos, el primero de este cantan dos, UllO de ellos el de hacienda de la 'Y cuidado en la eleccion de las ocupaciones y los de San Andres y M-a ha tes : el se· provincia, y el otro con residencia en. ta a que en lo sucesivo deba contl'aerse, y va- gundo, de los cantones de Loriea, Co- cabecera del último canton, por las mis-riar de temperamento procurando prindpal- rozal y Chinú; y el tercero, de los de mas razones que ·hemos manifestado re"! mente hacer viages de mar, añadiendo el Sr. Sabanalarga, Soledad y Ban'anquilla. Pa · lativamente a Santa Marta y la Ciénegc:: .· Ospino que adema! se le infiere un grave ra el primel'o, es claro que esta ciudad Para éste creernos que la renta de 800 pjaerr judiec ieos teanr seussp eindtietore speasr,a culaasl eass isetle ndcei asd ea- debe. , ser su cabecera ó residenc.oa de los pesos sera\ un.a ju sta recompensa d e 1 po-los enfermos como profesor de med¡cina; y jueces letrados, que en nuestro coocep co trabajo que lendra. se acordo 1, ac:eptacion do la dimision, nom- lo deben ser dos, conlando al juez le- La de Múmp0x debe tambien dividir· brandose en su lugar al Sr. Pedro Rossi. trado de hacienda como uno de éstos; se en tres circuitos en la forma siguien .. · .Cartlgena 22 de Julio de 1839. pues para el considerable cúmulo de los te: el primero, compuesto de los can- De ónlen del Concejo municipal. negocios que ocurridm, no bastara uno tones de -Mompóx y Simití: ~1 segundó, ,~~ !e.c!·e~~I~oi ~Ui3 M~ á~ qr;hoa. _. sol~~ Pa~~ ~~ 5egllndo,~ nos pa~ec,e qu·e de !.os de Magaogué 1. Majagual; y. e! teí:~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 4 SEMANARIO DE LA PROVINCIA DE CARTAGENA.l I s«:gun los eODociadenlos erárticos que posean; mas no por esto debe creerse que los ciudadanos no tengamos el de· l'edlO y aun el ~ebef' de elevar nuestras observaclc,nes al pTlmer magistrado de la república sobre un negocio de bastante i mportaneia y de mucha trascendencia en la adOlinistracion de juslida, que es el grande objeto de la nueva ley de refor mas judiciales. Los informes de los Go­bernadores poddln ser mas exactos; pe­ro aseguramos que no seran mas imp-ar. ciales. cero de so o Ocaña. ,Para el .primero, ádemas del juez letrado ·de .hal'ienda, de· he establecerse otro juez le trado, pues de (¡ tI .a uerte, nno solo no podría dar abasto a la multitud de negocios que 'o frecen 1(\8 dos cantones-: y la residenci ,¡ de ambos jueces es indis.peosable que sea ~n la iuJal capit.sl. .Respecto al segun do, jutgamos que un solo juez es sufi ciente, y que la . resid~ncia debe fijarse en Magangué, cllya opinion la fundamos en variás .razones que -nos par'ecen de al ... gun peso. Ni M ü ~ a ngué ni MClj'~ gl)al se 'encuentra en el centro del cirCUito que imagínamos; y por consiguiente, otras consid raciones son las que deben tener- LEY SOBRE SUPRESION DE CONVENTOS EN se en mira. La primera villa se ha Ita PASTO. mas inmediata a la capital de la provin cía (puede asegurarse que dista menos El R. Obispo electo de Pasto nos re Qlit~d ue la segunda ): son mas mitiü ayer el numero 19 delln1.lestigad¡"· ~~~~~f;á~cjil:e;s~,~r~e~~~e~n~t~e~s~a~~~~~·~~~~l_fcEahlo~'h~v P~~an, con el laudable fin entre ésta y aquella: 5C eu :UPn~'-''''-A--' ue que. se reimpriman en las columnas mejor pCJsicion menanlil: es un lugar del Semanario los documentos relativos muy bien situado para cuantos suben y a la supresion -de algunos conventos de bajan el Cauea, de lo que resulta que la ciudad de Pasto. que circulan en el de ordinario es visitado por los que tra- citado periudico y cuya insercion diferi· fican de diferentes punt'ls e la r publi - paos, con gran pena, p!:l ra nu~slro proxi-ca á Zélr;.~oza: ruen la con mzas mo númt'ro por no habernos sido posi - y pnblarioo: la fpri" de Candelaria deja bJe verificarla en el presente, Nos Hmi· a sus hahit<1 rlles oJu r hos l'eCUrS(lS de qu~ lamos cn ronsecuencia ~ anuncial' a nues" vivir ( ¡Já modIO ,'al)1' a las fiol.uS ur. tros lectores, que entre dichos documen· hd(l ,IS. pu e~ con- est mutivo en cada uño tos se encuentran unas observaciones o . para Jicha época SP. reune ~llí un cou ..:omentos en que el R.do. Prelado dioce· curso de gt'ntf's f'~l(llfl,'dif}a nu de tudas Shno de Popayan demuestra, con argn-pártes, aur de las pr lJvincias Jplloleriol': Oíe.ntos muy sólidos, q.ue la ley de su- CUf!nta e JI un m¡;1'cado abullllanle v ba presion de los indicados conventos, (que Tato fO t odo st'i} tido; y pOl' lo qu~' res. segun tenemos entendido ha servido de p ecta a salu , rldad, clima y lemper3lur:J, (Jrelesto a los- revolucional'jos) es 11 la vez nio una (, muy p ca difer{ nt'ia se nota {j rr-eg ada a las leyes que gobi"rnan la enlIe as dos cabeceras: de manera que, iglesia calolica, conforme con os iolere ,a sea porque el ma. or numero de los ses de la religion,. y consona con las re n-egocios de Magangué fxiJa mas impe- glas de la lllili4ac~ social. riosamente 1a inmediata p,'esencia y vigi Jancia del juez; a ea por las mayores comodidades que deben consultarse .en favor del abogado q ltC desempeñe el juz. gado, parece indisputable que dicha vi , lIa es prefeJ'ible a Majagual para la resi flencia es presada . Entre estos dos canton~s existeo algu. nas rivalidades y pretensiones opuestas; · , es por esta razon qne nos hem '.Js de tenido un poco mas al hablar del circui lo de que deben sel' part¡.>s integrantes: nosotros no tt"nemos simp:t tí -tS de níogu na clase en favor de l\hgangué, ni me J)os prevencion contra Maj:lgual: en uno "! otro lugar ten.emos muy buenos ami­gos, y los habitanhJS de«nnbo~-IlQS recen la ma~' or estimacion; pero deLe mos h~blar ingenu~cnt'llte y con el len guaje de la pura verdad, para que el ar­reglo del ('¡re'uito, se haga de la manera que juzgamos mas conveniente. El canton de Ocaña e bastante esten · 60 Y poblado, y por .. su poslcion y ais lamiento respecto a los demas cantones de la .provincia. se hace preciso que él ,por sí ,solo forme un circuito judicial. Un solo juez letrado bastara para el de· .sempeño de todos los negocios, .v (ree­m~ s suficiente la dotacion de 800 pesos para 'este juez, así corno para cada uno de los que deben establecerse en los o­tros dos circuito~ de la enuociada pro· viDda de l\fompóx. Estas noticias no seran muy interesan­tes; pero es innegable que ellas pueden s~rvir de algull au~ilio al supremo go­blel'no para el referIdo arreglo. Es muy natural que los respectivos Gobernado­! e~ !e payan comupicado sus informes NOTiCiAS ESTRANGERAS. CENTRO· Al\1ERICA. Afgunos pasaggros que vinieron en b goleta nacional Calamar nos han dado noticias de dicha republica que, aunque horrorosas por las sangrientas escenas que estaba causando la guerra civil, pue, den producir consecuencias favorables al pdis, destruyendo la anarquia y ap.lgan­do I:¡ téa de la discorrlia; pues el gene. r~l Mornan, ~(lmand a nt en gefe dp eJél' CILO_p .'tene H>,nle al goh "erfl d , ) unioo, habla logr,ulo triunf~r {:n r "; peti /Jos t-'n cuen ro 'e-bs trof,f"S d~ /ps : nsllrreClo..~ hasta el grado de que se op 'nab;J gene. ralmente de que pronto conseguirta la completa pacificaciou del pais. Desea­mqs con vehemencia que aS1 hava suce­dido. que el vencedor se muestre gene­roso ~ C?O los vencidos, y que desplegue el gemo, los talentos y el patriotismo necesarios para influir en la mas saluJa. ble J'egeneracíon tle su patria. ~ ESPAN"A. . Lo 9ue hemos leido en varios perió­dICOS logleses, france.ses y españoles de los meses de Abril y l\fayo, nos ha pe,'~ suadido de que lo~, negocios de la penln sula continuaban con un caracter casi eSlacionario y de qua no se habian ve~i " ficado operaciones militares de grande importancia, pues solo habia habido en­cuentros parciales en algunos puntos de Valencia? Cata!uña! Navarra y Aragon, en • los cuales (ograron los cristinos pe'queñas v~ntajas. ~n al~l1nos de dichos perió­dICOS se aSigna como causa principal de la ¡(laccion (Je que se lacha al general Es­partero un proyecto de pacificaclOn es· pañola en que, se dice, estau de acuer­uo los gobiernos comprenrJidos en el tra· tado de la cuadrupla alianza, toddS las cortes del Norte, la Princesa de Beira ( nueva consorte de D. Carlos) y los ge .. nerales Esp.!l'tero, l\1aroto etc., as~guráu­close ~Hjemas que de resuttas del indica ... . do proyecto debera verificarse un matri. monio de la Reina 1 abel con un hiJ() de D. CurJos b con un A:chiduque de Austria, una amnistía general y " con .. s€l'vacion de todos los gt ado~ y honores de los que han teniuo parte en la lucha. Al/SCE L ANEAS. LO QUE CUEstA UNA OVACION POPULAR. En una ciudad de Inglatprra acaba de ocurrir un lance que puede servir de avi­so 3 los tribunos del pueblo. En una reuuion numerosa de radicales compuesta e~l su mayor pal~le .de operarios y depen­dientes de las fabracas, el honorable Sir N ... ; uno de -tos oradores que arengaron a la multitud, excitó en ésta grande en- . lusiasnlo, lleg
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 2 N. 27

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 2 N. 31

Por: | Fecha: 29/08/1839

SEMANARIO DE L1\ PROVINCIA. DE CA.Plrl'AG·ENi • _ ... _- _!. SEl\IESTRE 2. 0 CARTAGENA, JUEVES 29 DE AGOSTO DE 1839. NUMERO 31; Este periódico saldrél todos los jueves: la reoepcion de las suscrieiones y venta de los números 'sueltos están á cargo del tesorero d e rcntns provinclales Sr. J lI "' ~ Antonio Calvo. La suscricion por semestre vale CUA'l'ltO PESOS, pagaderos adelantados; y ooda Dllmero suelto REAL t NF:Olo.-=EI precio de la iusercioh de los avisos ..; articulos de interes privado, sera de un peso hnsta doce renglones, y un real mas por cada lr s renglones de los que excedan de lIquel número, y la mitad por cana vez que se repita, siempre que se ~dviel·ta al tiempo de la entrega. AMOHT1ZACION DE MONEDA. El dia 5 del corriente terminó en los ca n tones de la provincia, y el dia 8 en la teso reria de hacienda de t;sla capital, el cambi~ de los medios de reD 1 y de las pesetas de a 2 y de a 4 rc~des macuqllinas Ó d~ cruz, con arreglo a lo dispuesto en el decreto es · pedido por la Gobernadon con fecha' 11 de Junio último; y segun los informes que se han obtenido, el resultado de l. opcracivn ha sido el siguiente. Recaudado por la tcsorería de hacienda antes del 20 de Ju­lio en que priD.cipiO 14 amor· tizacion, y recibido dcspues e las administraciones de la provincia por 10 recaudado en ollas antes de la espresadll fe-cha tyl monedas amorliubles. 22.209 6 '1/ 1. Cambiado por ]a te­sorería en las mis-mas monedas, des-de el 20 de Julio hasta el 8 de Agos. to cn que terminó la operacion • • 13.543 4 I¡. Cambiado por la ad­ministtacion de re­cl~ dacion de Bar­ranquilla desde el citado día basta el 5 de Agosto . t .S7 4 3 t/a Id. por la de Sol!)- dad . . • . . 895 4- J) Id. por la de Saba· na\al'ga . ~. 636 1 1> Id. por Ja de Maha· tes 807 1 • Id. por la de Coro-zal • 4.226 4 » ld. por la de Chinú. 1.240 1 » Id. por la de Lorica. 2.26.s 4 • ---- 25.188 7 » De esta suma se han remitido a la tesorería general por los correos hasta el 23 del cor- 47.398 5 '/2 riente • . .• •. 45.892 3 » y se remiten a la misma por el próximo correo del 30. ~ . 1.506 2 1}2 47.398 5 l/a El ,·cambio desde el 20 do Julio se ha he· cho:- En dinero efectivo. En billetes, 3 S~ ber: . 16.65.5 7 J) Por la tesorería. Por la administra· cion de rccaudacion de Uarranquilla . 8.473 11 La canliJad cambiada 10 forma :- En pesetas de a 4 j c3!es. Eu pesetas de a 2 rea ~cs. En medios de real. 60 l) ha 8.533 ) ) 25 . l88 7 1) sido en esta 217 't \) 20. 2!) 1 6 \) 26.889 3 '1,. 47.398 5 ,,1a ==cc:=:::::c;s::::.=:= De la cantidatl cmilith en billctes por la tCF.oreríll se han amorlizado pOlo ella misma hasla el 28 del corriente en dinero efecli vo, y por las ufi,:ilPS de recaudacion de es ­ta plau en pago de deudas y coutriuucio nes, 3. '7 54 P\!SUS por ca pital y 18 peso! 5 '/4 realCls por inlerc ' ; de donde rcsnlta que quedan todavía en circulaciull 4.71.) 'pesos en billetes que continuaran oubriénduse in­mcdi: l tamente que los tenedores los presen· leu a la tesorería conforme a I~ invitacion que se les ha hecho para el eftcto por aqueo lla ofidtía. No se comprende en esta noticia el resul­tado de la operacion en d canton de San Andres, adonue se rcmitic"on 800 pe!lios en dinero y billetes, por no haberse recibido aun los informes correspondientes. ~ HEMATE DE UNt\ CANTIDt\D EN DINERO POR OBLIGACIONES DE DEUDA GRANAIHNA. Segun el prorratéo praclicad~ por la Di­recciO(} del crédito nacional de las cantida · des existentes para la amortizacion de la deuda interior consolidada Je la Nueva Gra· nada, corres¡ronuen a esta provincia noven· ta pesos, Jos cuales ha dispuesto el gobierno que se rematen en almoneda pública por obligaciones de ¿euda granadina. ante la junta de hacienda de esta provincia, el dia 13 del próximo mes de Setiembre. Se avi· sa pues al público para que los que quieran hacer sus post~ra8 ocurran al despacho de la GobernlcioD a las doce del dia espresado. De órden del Sr. Gobernador. Carlos Pareja, secretario. EGOISMO. El eJtcesivo y desordenado amor per-sonal que constituye lo que se llama c~ gOlsmo, es a nuestro ver ona de las afee .. ' Clones ' Olas opuestas a la felicidad sod 1 é inJividual. Así es que fa considera .. rnos corno una fuente fecunc1ísima de ca· lamidades é infortunios para 111 especie hum.an3. Fácil es persuadirse de que, con sourada razon, lo conJenan la reli'" gion, las rf'glas . del bienestar püblico v la sana moral, que exigen imperiosamen. le cierta e~recie de aboegacion de sí mis­mo, para qne se dé buena acog.ida a las benignas inspiraciones que tienen por re~' su'lado la observancia de los sagrados preceptos del Supremo Legislador del u­niverso, así como el cumplimiento <.le los importantes deberes que se derivan del pacto social y de los prinripios de mo­ral univers11. Las indicadas razones nos hacen con­siderar al egois1Ilo como una paston tÚl <,minentemente antisocial y capaz de re­peler todas las vil'tuucs útiles a la huma­nidad, quc creemos dejaria de existí" una aso('iarion polílica desde el momen4 lo en que el infausto vicio de que u'a· ltJmos llegase a ejer('er tal preduminio que se opusiera .a la pr~ctí('a de las ac­ciones vil'lUOSJS, que sao tan necesaria. para la prosperidad pública é individual, asi como para hacer permanentes la con· cOl'dia y el uuen orden de las sociedades.' Los anales del género humano sumi nistran muy elocuentes argumentos y las pruebas mas espléndidas a favor de nues ~ tras preceden les aserciones. La decaden. cia y la ruina de la ma)'or parte de los ESlaolos, se h~ originado por lo regular de las adversas pasiones producidas pOLo el amor propio mal c1llendldo é ¡'n 1Iwdc. rado . Esto p~reccrá exagerado a los qt~(} no reílexionen que el cNolSta pospone hasta )0 mas sagrado y respetaule; que se acostumbra a prescindir de touo lo que se opone a la realizacioo de sus mi­ras de -avaricia, ambicion etc.; que en consecuencia pl'opentle (,'on sus hechos y con su mal ejemplo a que disminuya la saludable reverencia háda las máximas sublimes y sanos priocipius que emanan del verdadero f'atl'iotismo y de los excel­sos é imprescriptibles derechos que el Ser Supremo concedió a 10s se,'es rado­nales, ·Y. los cuales, tal vez, no hubieren sufrido sino pocas lesiones si el 'infame vicio del egoiS11lo no hubiera sido tatl free uentemell te el móvi1 prinripa 1 de la5 acciones humaua;8~ ' • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANARIO DE LA PROVINCIA DE CAnTAGENA~~ . Si echamos una ojeada sobre nupstro p&is y meditamos sobre las caUSilS de los ro les que le aquf.'jan, nns persu'IfJirémos facilment .. de que el ~~cesivo amor pro­pIO ha s ido 'Y c=s el prin.., ipal origen de una gréto parte de las desgracias y crí Inenes que se han represeutádu en él. Los eg-oisfas b·.o influido poderosamen. te en par.slizar la milreha de la N neva Granada por la hermosa senda de las me­joras socL~tes \, de la l!bp.rtad racional. Ellos han s ido intolerantes, ingratos, per­s ~~l1idores é iO{'OllSecuentes si r.mpre que así se k h ,\n exigido sus Intereses perso na/es. H emos visto a mUI. hos variar de opinion, .'eal ó aparent{\meute, y a otros traicion~r al p.,rtido a que pertenecían, tan luego como se lo han exigido sus p asiones egolsl;cas, d esen tendiéndose . de sus mas sagradas oLligaciones y despt'e ciando los fueros y prerrogativas de sus conciudadanos. No h ;¡n sido pocos los que han aba.ndonado la defensa de una Causa Doble y gtol'iosa desd~ el momc.n­lO en que han sido satisfechas sus aspi­raciones. Es muy grande el núrnt ro de Jos que han correspt,ndido ,a lervicios meramente personales, con actos de su conducta publica en que han inferido lesion a los interps('s sociales, á la equi­dad y a las lilJertades públicas~ El ve­nenoso egolsmo, por fin, progresa con rapidéz e!ttraordinaria en toda la estt!n­sion de la republica, bBcit'ndo esfuerzos (¡ ql1e ojalá se30 vanos é impotentes 1) pa ra ahu ~' ~ ntar de elJa los mas preciosos elementos del b ienestar público é ¡udi dual y todas las afecciones <> sentimien­tos justos y generosos que di~ti~uen a ]os pueblos libres é ilustrados, de 105 bárbaros y esclaviz;¡dos. Concluimos haciendo los mas fervien­tes votos porqUt' el devastador y abomi-· nuble vicio del egols"w desaparezca o di5:" minuya pronto en la Nueva Granada, cQm · batido por la influencia bienhechora de una rápida reg c neracio~ moral é ¡nlelec tual, que haga apreciar debidamente a la j usticia, al patriotismo y a todas las le­, es protectoras de los derechos del liua-ge humano. .. SUCESOS DE PASTO. :Bogotá 14 de Agosto de 1839.-Por el correo del Sur que llegó a esla capital el día 12 del corrientf\, ha sido informado el gobierno de que la tranquilidad se con­servaba en el canton de Pasto ~ que no se hacían allí preparativos hostiles, exis­tiendo solo Ulla pequefla gllarnicion de ]a guardia nacional, computfsta de 20 hombres de dia y 40 de nome para cus­todiar el parque. El Gobernador de la provincia perma.· .n0ec Ía en el canton de Túquerres toman ­con actividad todas las medidas con­ducentes para hacer entrar en su deber a los revoltosos. El mismo GobelGador con el objt"to de anticipar laa medidas pacificas a las de severidad, y con el de sacar de su estado de alucinamiento a . Jos habitantes sencillos que han sido fas­cinados por los frailes y cabeCillas· de la revuelta, mandó a Pasto una comision compuesta de algunos eclesiásticos, los cuales, despues de ona conferencia teni­da con el clérigo Villota, el teniente co­ronel Alva.rez y alguno. fraile" gefes de la sedicion, tuvieron que regresar sin haber obtenido suceso fayorable. Sin embarg.o parece que la efervescencia de los primeros momentos de la sedicion va desaparecl, Dume los sec tarios de ella se ha dism inuitlo considerablemente: esta circunstancia ha hecho cobrar aliento ~ los amigos del ór den y de las e 'es, y la parte sana y nu merosa de la poblacion comienza a hacer oir sus votos por la paz y por la obe ­diencia al gobierno. Una porcion considerable de vecinos de Pasto, de lo mas notable, ha dirigido al Presidente de la republir3 una espo­sidon en que, reprobando del modo mas enérgico y decidido el tumulto y des()r ­denes que habian tenido lugar allí, ofre· cen al gobierno su cooperacion para el restablecimiento del ordeo, y vindican la conducta del digno Gobernador de la provincia, que es hoy el objeto del odio de los gefes de ,la sedirion. El general Pedro A. Ht:Tran llego a. Popa yan el 27 del mes pasado, y despues de haber tomado todos los informes re­lativos al estado de Jos negocios de Pasa to, y t.eniendo espt-ranzas de poder pací .. firar aquel canton "! restablecer en él la plena obediencia a las leves, si n necesi­dad de apelar a medios éoercitivos, re­solvio seguir para Pasto f\l dia 30, sin lleva" fuerza afguna militar V acompaña­do de dos (, tres oficiales solamente.­Dentro de ,pocos días debía tamLien se guir una comision enviada por el Rdo. OLispo de Popa)an, compuesta úel Deau Dr, ~hria[}o Urrutia y del serretario del mismo p.'elado. Estos comisionados van con el c~rác(er de visitallores, y autol' i­zados ,por el Rdo. Obispo para suspen,",cJ' de oficio y beneficio a lodo eclfsíás tico que se oponga a la debida o()ediencia 01 g ollierno, y ano po ra usaS' al electo de las demas armas de la Iglesia. Si esh's medios de parificacion, dicta· d(lS soro (lor el sincero deseo de ahorrar desgracias a aquellos pUf blos y sacriflc ios y gastos al reslO de la N .... eva Granada, no fueren ~uficientes para ¡¡traer a aque Hos estraviados granadiuo~ a la oLedien · ti3 a las le~' e,s, el gobierno esta resuelto a usar de. la fuerz~ pública y a poner en acciun todos los recnrsos militares de la nadon, si menester fuere, para. conse­guir 8qu~1 objeto, deseaLle, necesario, iCldisp~nsahle para la consolidacion de las inslitucioDe.s. pa trias. Con tal fin siguen lomandose toelas las medidas conducentes para aprestar una division respetable de tropas en la pro­\ tincia de Popayan para hacerlas marl'har ~ Pasto en oportunidad, si os cabee; Ilas de la sedicion hicieren ineficaces los me dios pa,cificos que se han adoptado para son,eler a la obeditDCia a las le) es al canton de Pasto. - El goLierno se apresurara s iempre a poner en conocimiento de la nacion el aspecto que vayan tomando los sucesos relacionado. con este desagradable llego cio; y solo reservara, mientras sea nece· sario, aquellos puntos conexioDetdos con las operaciones militares, cuya publica · don p4diera frustrarlas. . (Alcapce el la Gaceta de la ¡fueva Gra_"ada nlimero 1 t 3. ) --1-- Eite respetable eclesiástico, Dr. Ramon Ignacio l\lendez, llegó a la Nueva G ra­nada Jespues de dos años y medio que hace salió de Venezuela por dert4 desl­venencia que tuvo con 3quel gobierno, cuyos motivos no son del raso e-xaminar_ Tanto el gohierno, como el pueblo gra­nadino, le presLaron la IDas frJnc3 y ror': dial hospitafiddd, debida justamente a su alta digoiJad social, a sus virtudes mo· rares, y al recuerdo de un ColóOlhiano patriota y. bcneuJé .. ilO. E\ Arzobispo de Bogota, Dr. Monur! J usé Mosquera, cum· priendo con la amistad y fraterniJad epis­copal, re ofredó su palacio para que vi­niese a vi\rir en él, y se preparaba para recibirlo, cuanJo supo la nOlicia de que el Sr. l\lenJ ez se habia enfermado en Villeta a 16 leguas de <1 istanc ia de esta ciudad. Vo­Jo entonces ha~a el ledlo de su vene· rabIe hermano, suspendíenJo la visita dC'" su Jiocesis de que se ocup'aba ; "j ha bien· do agotauo cuantos recursos fueron po­sil> lrs pOI' salvarle la vida, al caLo ue 30 dias de un penoso, incesante y personal cuidado, tu vo el ser.timi ~ nlo de verlo espirar, el dia G del corriente 8 la una de la mañana, por consecuencia oe una fiebre p'ltriJa que le acomelía, y de~pucs de h"bet' recogido las últimas pala~ras que el rnolibuntlo prelado dirigió a sus diocesanos, pala Lras llenas de ternura ~ ue ca ridad , que el Sr. ~losqu(>t'a ba ce,':.. ; tiGc ado como auté nlicas y dad~las- a tuz publica. El C¡H.Javer del Sr. l\Iendpz ha -sido con­ducido desde VilletJ hasta esta ciudad. emualsamado conforme al ceremonia'l 1'0- mano, cspueslo al publico por tres dia!i en el sulon Jcf palado arzobispal en oon­de hall di cho misa todos los sace l'Jotes ue la ciud3J, y ayel' han lenido lugar las exequias funerales. El Arzobispo Je Ro· gota y el Sr. Jacinto l\'1adelaine, c3pelJan del PI elado difunto, convidaron al entier· ro suplicando se J) pidiese a DIOS pOI' el descanso del alma del vf:'nera\,1e pastor que ha falleddo léjos de su grey, y de­ja sus cenizas en una t ierra hospit:.dnria.)) El convoy funeLre s alio del pal3cio ar­zobi8pal a las diez de Ca mañóna. Desde las seis tocaban a plegaria tO llas las cam­panas de las iglesi as; u na inmensa mul­titud ue gente estaba élgolpdda en las ca .. lIes pOI' donde ha bia de pasar la procc­sion; el caLildo c~lcsiastico, las comu­nidades religiosas, el clero lado de la ciudad, la o licialidad de los cuerpos de la gU3rni cion, la lista diplomatica, y mu' chos ero pIcados y pers<.¡ nas respetables ab"ierun la marcha uel féretro desde el palacio hasta la Catedral, dando la vuelta po~ tuda la plaza mayor, ~ presidiendo el Sr. Arzobispo l\Josquera con sus in· signias epi~copales, acompañado de Mon· señor Baluffi, In ternuncio pontificio, y del Obispo de Calidonia auxiliar del me~ tropolitano de Bogota. Una escolta del eSfuadron húsares l~ hizo los honores~ y dos coches enlutados terminaban la ce ~ remonia. Concluidos los oficios de la Catedral; en donde pontificó el Sr. Mosqut'ra, se colad) el cadavel' del SI'. Mendez en' un carro funebre adornado decentemente, y. se dirigió el convoy al cementerio pu .. blico con la misma solrmnidad con que habia ido a la Catedral. El Sr. Arzobig·­po de Boggta, el' Sr. Pl'ovísor, el Sr. Sano: Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANARIO DE LA PROVINCIÁ DE CARTAGENA. 3 tos M ichelena, Ministro plenipotenciario de Venezuela, y el Sr. Luis A. BaralL, ocuparon el coche del primero; El Se­cretario de la guerra y marina, el Inter nuncio pontificio, el Obispo de Calido­nía, y el Sr. Madelaine, en cuyo sem· blante estaba pintado el dolor, tomaron asiente!) en el segundo coche. El resto del acompañamiento iba a pié. En el cementerio se construyo espre­samen te un sepulcro en donde han sido • colocados los restos mortales del Sr. Men­d ez, volviendo la comitiva clespues de ha­ber del'ramado lagrimas ~ la nlemoria de un hombre patriota y virtuoso, y dado una prueba de consideracioD y aprecio a un personage distinguido de una na­cion hermana y amiga. Así se puso término a este acto que ha sellado la horfandad de la iglesia de Carácas. Si Bogota ha demostrado en esta ocasion un profundQ y amistoso pe· sar por tao sensibJe acontecimiento, su pena se mitiga al ver al freo.Lc Jc su i· g\esia un Arzobispo que, reuniendo un coojunto singular de cualidades persona ' les, es el orgullo de su pilll i.J, ~l houür rl e s lJ fa mi li a y 1 él S J lis fa e e ion d e s u s amigos. .lJ08'ota i 1 de AgoJ'lo de J 839. L2_ ±±3 __ Al/SCELALV NAS. BEl\llTIDO. SS. editores del Semanario de Carlagena. l\1uy Sres. mios: Rn el numero 27 de su apreciable periooico he visto con a clmiracion un art'iculo sobre Circullos ju. dlcuzles, en que se inclica á la villa de· Corozal para cabecera de un circuito como p uesto del canton de ese nombre, del de Chinú y del de Larica, entre otras razo­nes por ser Corozal (!e dic.e) el punto mas central. Como esta es una inexac· titud que acaso pudiera influir desJavo­l'ablemente en la suerte de estos canto nes, me parece que VV. no se negaran a d-ar colocacion en sus interesantes co lu mnas al presente articulo, que no tie­lle mas objeto que rectificar aquell error. El canton de Chinú es sin disputa el punto céntrico entre el de Corozal y de Lorica: esta es una circunstancia que no necesita pruebas, porque todo el que ha· ya visitado estos lugares sabe muy hien que Chinu queda en el medio de dichos dos cantones. Por consiguiente, dígase $\ se q uiere que Corozal ofrece mas ven­tajas para ser cabecera, por sus comodi· dades sociales, etc.; pero no se le dé una posicíon que no tieue, y que sin duda 10 harla mas recoméndable. No ambiciono que mi canton sea la cabecera del circuito judicial: lo que de­seo es, como he dicho arriba, rectificar una equivocacion o inexactitud; a lo que c'reo se pl'e~tarán VV. gUt\tosos, en vista de la imp3rcialidad y bueña fé que dis· tinguen sus producciones. Soy de VV. obediente servidor. Chinú 22 de A,oslO de 1839. UN CHINUANO. ~ NOBLEZA Y NOBLES. (Pensamientos del inmortal autor de la .bJorat unwersal.) t Si las distinciones destinadas a la no-.. , I>leza tienen el mérito y la virtuJ por CunJamento real ó supuesto; y esta oo· blrza hace una verdadera profesion Jel honor, los nobles tienen unas obliga('io. nes mas - uer los otros de a('redi, tar en la sociedad sus tatentos v sus vir­tudes. La l/lriad es la verdddera no blezli, dice Juvenal. Así es que un no· ble ignorante, un noble sin mérito y sin talentos, un noble vil y baJo, tUl 00 ble infamado por sus \lisoluciofles, sus vicios, sus deudas y sus supere herias; en una palabra, un noble sin virtud es una contradiccion en los términos. Cierta­mente, un plebeyo el mas oscuro si es virtuoso y trabajador, es un ciudadano in­comparablemente mucho mas apreciable que no el noble inútil (, malvado, que se figura autorizado a despreciarle. El que sir.e bien a la patria nunca es vi­llano ni plebeyo. il'Juy pocos nobles hay sobre la lterraJ dice un árabe ....... . l) En cualquier posicion que el noble se halle, debe reconocerse; esto es, de­be respetarse a si propio, nunca jamas envilecerse, y ser siempre celoso de la eSlimacion de 105 dem3s. Estos senti­mientos laudables d deberan nunca con­fundirse con una vanidad pusilániQle é inquieta, con una vergonzosa indolencia, y con un fútil temor de degradarse con el ejercicio de un lI'abajo honesto, ó con el uso de las dotes del alma? Las preo· cupaciones barbaras que PQr desgracia subsisten todavía, son la causa de que' en mu(ha~ naciones todo noble, pOI' so lo su nacimiento, tenga a menos ejercer ciertgs empleos )' ocupaciones honrosas; <¡ue mire como villa profesion del \:0- mercianle y que menosprecie a cuantos el destino no ha dado el nacimiento que a él; niogun talento, ninguna virtud, le parecen comparables a la ventaja de ha­her nacido de padres nobles: esta preo­cupadon lastimosa le hace muchas veces injusto, insociable ,Y odioso a cuantos no han sido como él favorecidos por la ca­sualtdad .••.•• »Los hombres no son iguales por na­turaleza, ni lo sou tampoco por las leyes de la sociedad, que para se'" justas no deben igualar Jamas el hombre inútd o malvad() QI CIudadano virtuoso. El noble es respetado cuaodo obra noblemente, 'y - no merece en manera alguna ser distin· guido de la multitud, ruando sus cuali· ' darles y virtudes no acreditan y comprue­ban su origen: sus conciudadanos tienen derecho para decirle-. Si sois verdade· »ramente de la sangre .de aquellos gller­ »re,'os que, eB otro tiempo, se saCrifica .. » bao por la patria, probadnos vuestro .origen con acciones nobles, con un nlO· a do de pensar digno de tales predeceso. »res. Si descendeis de los blcnhechores -de nuestros padres, no tratei! a sus hi· »jos con una ahaneria insultante. Si »queleis ser honrados, mereced nuestra »estimacion con virtudes, y ron un ape· DgO y afecto inviolables a las leyes sagra. Ddas del bonor. Si sois miembros del »cuerpo mas distinguido del Estado, no »OS hagais cómplices de,los"malvados, los :Dcuales despues de,· haberlo todo destrui· -odo por vuestro medio, aniquilaran vues· -tros privilegios, y os reduciran, algul1 »dia, a la clase de esos plebeyos que tan 11 cruel y Jocamente despreciais. » -...-:­ARQUITECTURA CIVIL. En el nulmero 4 de un nuevo perió- , dico de Quito titulado 1) El Impareial, ¡' se cocoen tra la siguiente descri priolJ de algunos eJiQ('ios y lPonumenlos impor-; lantes de la mencionada capital. AH<¿UlTECTl'RA. A' meJilla que la eivilizacio9 y prosperi~ dau, siempre lcntas cn su marcha, han ím­pulsadb la ingeniosidaq de los pueblos con las comodidades que eSllg-m..n.tiun el saber y la riqueza, la arquitectura ha ido tambien en' aumento, naciendo de aquí esos wbt l'bios t'dificios que ada ptado'\ a la comodidad, allu­jo y al recreo de los grandes y de los pode­rosos, encadenan la imagiuacion de ('uantos con ojos inteligentes observan la ciencia y la propiedad de ejecucion estampadas en ta­les monumentos. Son estas las primeras ideas que resaltan al pensamiepto -de los que exa· ruinan los suntuosos edificios públict) ;, y prin. cipalmente piadosos, que decoran las plazas de Quito, ha.sta el punt0 de ser inducidos a cree .. que el gobierno de Madrid, f'lÚya con­ducta fué generalmente mezquina para COIl sus colonias, se propuso echar aquí los cí­mientos de una gran ciudad, que reemp'azl­se ventajosamente la c3pital en que el tem .. plo del Sul reunía a ~os últimos lncas con MI pueblo numeroso. No b.ly órden arquitée­tico de los conocidos en las naciones modero nas a que no estendieran su mano los a rü.­fices de estos edificios. Descúbrcse en unos la mac.iséz del Toscano: hace el adorno dES otros- la ligereza de la columua Jónica: la ue· lleza del acanto luce en muchos, y en no pó.' cos se encuentra aquella composicion esqui . sita de los que, deseanuo inmol"talizar su nom­bre, han tusla<1ado a la piedra negra ó al marmol los sentimientos de profusion qu-c do­minaban s u~ fa~ult8des. Llam nuestra alen~ cion en los monumentos públicos de esta ciu· dad, la armoniosa 1 delicada distribucio.n de las secciones, la regularidad de las molduras que adornan los frisos, la soltura 1 elevacion que campea en el todo, no menos que la fuer. za y superstructura de las p'ataforrnu que soportan hs fachadas; y cuyos pa\'imentos espaciosos forman el cobertizo de no pocas cobachas, en que el ingenio de algunos mu'; nestrales se Qcupa de aumentar eOIl su indus· tri. el capital nacional. Eo vista de esto seriamos de opinion que la juVt'ntud a6cionada de Colombia, podia ve-, nir a estudiar aquí de un modo practico aque­lla parte de la estatica que tiene por objyto la conslrucci'on de obras sólidas y hermosas. Pues si Quito 110 puede lisolljeal'~e de con~ tener en su recinto uno 5010 de los edificios espléndidós de la Europa; si no posee aque" Has ruinas que arrancan lagrimas de dolor al que de paso contempla los restos de las po­blaciones de Asiria, de Atellas y de l\1cnfis, Y. que lo fuerzan a descender del asombro a la penosa consideracioD de lo transitorio que son Jas obras de los humanos, ¿ cual de las naeiones Sur-americanu podra disputarlo la priruacJa en monumentos arquitectónicos? ¿ En qué })oblacioD se encuentra portadas co­mo l. de San Francisco que reuno los cinco órdenes de arquitectura griega,'" y la de la compañía de Jesus, en que campean las rigo .. rosas proporciones, la esquisita filigrana d6 sus anímados relieves, junto con la magestad de sus estatuas? ¿ Cual sera aquella cuyas multiplas torres ostenten la elevacion al lado de la severid~d del estilo, de la !cncillez y; auo del adorno juntamente? Si del frente pasamos al interior de estos e.dificios a examinarles en 5U estensio~ 1 co­modidad, admiramos en ellos sus azoleas, galerías, ,salones, parques, baños, jardines, • .. Este templo y su ,onvento, Ja mcfar obra del 'lugar, fué erigido por un hermano natural de Carlos V, J empleó en su CODS­truccion J segun ae dice, artistas iiJlia nos y alemaneS, 1 la ingen\e suma ~e un miJlon y. medio de pesos del r~l e.rario. • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. (1 SEl\lAN~~R.IO 'DE LA PROVINCIA DE 'CARTACE:NÁ} "1 centenares de aposentos que exceden las ... plicaciones que puedan tc·ner. Sobrecójese el couzon al pensar i cómo pudo hermanar se el gu~to de la cOll -' lftlCcioll con la barba­ra esclavitud! Hay otra cosa admil'ab!c Df':lndida bajo este aspecto con la in~rvacion y ejerciéndose por ella,. esta resistencia es necesariameute pasi" va a todas las vicisitlldes anexas a esta gran funciono Asi, cuan numelosas , variadas no 80n éstas! ¿ Qué graduacion de irregularida­des y contrastes no se observan desde el máxi­mum de la reaccion hasta el mínimum de la inercia? Los tormentos de las pasadas épocas ban a,do de la fuerza vital una medida propia para asombrarnos. Así Damien, este mise rabIe, eite insensato a quien una legislacioQ atroz condeno ¡. horrorosas torturas, todas las soporta sÚI sucambir. Rompidos y a"ran" culos ocspues todos sus mielllbros; y reduci do como un tronco profundafl1rrllc manhito , á un estado indecible, respira aun, y al ca­llo de tres dias, pide qué beber, é implora pic(bd de su .. verdug~ ¿-Mas igual locha-, y esto en límites incal­cu lables, no se ,,~ a cada p13S0 en las enfer· medades sostenidas y empeñadas basta el úl· timo instant~ por el organi mo? Saguida en sentido iuverso, y por una es · , cala decrecentc, la resi, tencia vital presenta fen ómenos anlllogos quc, en muchos c&so~ morbosos, terminan por una suspension com­pleta del juicio y de toda impulf>ion sensorIa. En estas se colocan, al principio, las afec ­ciones comatosas, caróticas, y d letargo en primera línea; como tan semejan te a la muer te, y que el vulgo marca como su mas in· sidioso simulacro. L:'ts 3 . fixias, la apoplegía, y en general las numerosas lesiones que se comprenden bajo eltérmi no genérico apmeasj'f mudllsimas neuroses, la tes como la catalep' sis, el éxtasis, y en fin la lipotimill o sínco­pe, que aunque ordinariamellte es pasagcra, no ~bstante algunas veces se prolonga m~s allá' de lo da prevision. ¿ No sera és-ta cad siempre una faz de transicion entre la ~ida y la muerte? Pero rerorir aSl b fuerza de rcaccion que sostiene al orgulismo a uU31Dcdida de alguD modo iodetel'minada; y marcar los difercn les modos de lesiones que consisten en \a au­sencia aparente de esta fllerza, e~ siu duda acusar la incertidumbre de los sig nos de la muerte: incertidumbre que ha sido e:splícita menle drl11ostrada. 'Vin.,low ..Bruhier, Tbiéry y otros practicos n.o menos esclareci dos que juiciosos han sentado que ella no cesa abso· luL l-m ,' nLC h a! la que no priucipia la putre­Lccion . ( e ont i ',lcara. . ) RE1\11TI DO. Sr. edltor d( 1 Semanario. La linda . cOQ1po. icion de la j óveo poe­liia esoañola JOSEFA MASSANES, .titolada L"n beso maternal, c:¡ue se sirvió V. loser lar fl1 ~u número ~G, ha inspil'Udo a un amigo filio la siguiente poes ía, que me p:l rece lambien digna de ocupar no 1u 4 g:Jr enlre las vanedades d.c su estimable pr ri6dico. Sírvase V. pues darle In acogida que merelca~ .V acepltlr 1a csprcs·oo del afec­lo con que soy su atenlo seJ'\'idor. Poesie . 1\Ie place mucho, JOSEFA, Oirte esplicar el ~8riño .r. O el amor que debe un niño A 5U madre profesa r. Si la ruon lo aconseja, Naturaleza lo inspi ra, Pues en el pel;ho la pira De amor arde sin cesar. Persona alguna en la tierra Puede por maure suplir. Sin uuda p~rque al parir Nadie como ella padece:. Ese uolgr que el postrero De muchas madres lAa sido l\1uestra el amor conce-bido ;De la madre que perece. Generosa sacrifica Su "ida tan sin reparo Que no le parece caro El precio de su criatura; , Pues si muerte le esperara Infalible, no temiera Si al morir ella supiera Ir sola a la sepultura. • Susp,nsien, tilficllltades,. de/eclos en la res~ pzracWn. Mas propia es asl!.xia.~ , t . , Cuánto .a tlna madre se debe ! Sobrepuja toda taza, A to.do calculo pasa, Todo amar es inferior.. - ~aturn a amarla nOs mueve, A honrarla el Criador eterno" Así que, corno el materno Solo el fi lial es amor. En corazones muy ti(?rnos Gravólo el dedo divino; Pues el sexo femenino AUla desde la niñez. AUlante la Diña arrulla Con encInto su muñeca, y su amor tan luego trueca Como siente su preñez. y ¡oh asombrante maraviHa ~ i Cede al mi\ternal amor Hasta la )(' y del honor, A la vitla equiparable ! ' Arrostra los male todos De infamia la cruda pena , y aun niña al fin se condena A una vida miserable. i O tú que fuiste ese fruto V cd.do! tén entendido Qlle debes haber nacido }Joco al placer de tu padre. ¿ I\lurió tl~ madre? De lut.o Vi ste, y llora sin consuelo, Pues nadie ocupa en el suelo Bien el lugar de una M.\ Dn F. . Por el DI':' T. S. j,l. P UEltTO DE SABANILLt\. Esportacion en tl mes de Julio. CantidaJ. 3:2 7 .069 libras algodon • 11. 250 libras atúcar 21 '}" touel .. das brasil • 316 cu eros. I toza cedro. 2.235 libras dividivi 10 docenas esteras. 30-5 fa negas maiz 863 lonchdas mora. Valores. 26 . 165 4 '~ 6i5 )l 752 ,i 632 9 4 1) 2.23& D 60 » 915 D 8 .630 » P s. 10 .069 D 'l. PUERTO DEL ZAPOTE. Exporlacion en tl mismo mes. Cantid (u1. V al ore ~. 3 L2 toneladas mora . 3.741 • AVISOS. De órden de S . E. el tribunal de justicia de este distrito se avisa al públiao que el di. 1.0 del corriente, prévios Jos rf'quisitos le.J gales, fué recibido de abr-gadu el Sr- Dr. Jllan Antonio Arias; y con esta fecha so le espidió el tltulo correspondiente. Cart~gena Agost
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 2 N. 31

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 2 N. 29

Por: | Fecha: 15/08/1839

. \ SEMANARIO DE LA PROVINCIA DE CARTAGE'NA SEMESTRE 2.(.) CAR'JAGENA, JUEVES 15 DE AGOSTO DE (839. N u~tEno 2D. Este periódico salUd todos los jueves: la recepcion de las SUSCrIcJOnes y venta de los números sueltos están á cargo del tesorero ~ e rentas ,rrovi~ cla les Sr. J~I:\" Antonio Calvo. La suscricion por semestre vale CUA1'lt0 PESOS, pagaderos adelantados; y ooda número suelto REAL y MeDlo.=El prccLO de ]a l:lserclon d e ) n~ a '\'lSO Q articulas de 'iateres privado, será de un l)eso hasta doce renglones, y un real mas por cada tres renglones de los quo ex<:edao de aquel Dumero, y la w itall pOT cada "el. que /le ropi.t.o., ,,¡o""t"" que se adv' [La al tiempo de la entrega. DECRETO DEL PODER EJECUTIVO El'( EJECUCION DE LOS ARTICULOS 1.0 y 4. 0 DE LA LEY SOBRE LUJERTAD DE PARTOS, J1ANUMlSION Y ABOLICION DBL TRAFICO DE ESCLAVOS. Josí Ignacio de MarqtJez, P,'esidellle de la Nue­va Granada, CONSIDERA NDO: Que en e] prescnte año principia la épo ­ca en que han de entrar en pleno goce de libertad los hijos de esclavas, nacidos des pues de la publicacion de la ley de 21 de Julio de 1821 en las capitales de provincia; y a fin de que 115 disposiciones contenidas en (os artículos 1.0, 4,0 d~, esta ley se cum· plan estrictamente; he venido en decretar y DECRETO. Art. 1. Todos los CDras parrocos forma­ran relaciones de los hijos de esclavas que hubieren sido bautizados en sus respectivas iglesias, desde el dia en que rué publicada la ley de 21 de Julio de 1821 en las capitales de provincia, hasta el 3 ~ de Diciembre de 1824. Se espresara el nombre del niño, el dia, mes y año en que nació, el nombre de Ja madre y del amo de ésta. Cada relacion se formara por duplicado: un ejemplar se re· mitira al Gobernador y el otro a la junta de manumision. Paragrafo J. o Para los efectos de est.e aro tículo debe entenderse que el día en que fué publicada la 1e1 en uncrcaplta de pruvin , cía, surtió sus efectos en todos los distritos parroquiales de que ésta se componia al tiem­po de la puhHcacion. Paragrafo 2. 0 En los distritos parroquia .. les donde no hubiere cura ó quien baga sus "eces, el alcalde parroquial respectivo, aso­ciado de dos vecinos nombrados por el Go­bernador, formara la relacion de que se ha­bla en este artículo, examinando con tal ob· jeto los libros bautismales de la parroquia. Art. 2. Las juntas de manumisiQn exami­naran las relaciones que les sean remitidas, le aseguraran de su exactitud por todos los medios que estén a su alclnce, haciendo acla~ rar J corregir cualquiera error que 'en eUas le pueda descubrir, y formaran una que como prenda todu lu remitidas por los curas, con la misma especificacion, "J pasaran una copia a los gefes políticos. Si algun cura, ó alcal­de parroquial en su caso, retardare la aei - cion que le toca, ó la remitiere incompleta ó inexacta, sera requerido por la junta de manumision para que la envíe ó para que la reforme, señalandosele un plazo corto é im· prorogab\e . A.l mismo tiempo se dara cuen­ta de tales requerimientos al gefe político 'del canton, para que por sí, ó por medio de 108 alcalde, parr0'luides, htg, ejecutar las providencias de la ,junta. '. Art. 3, Los individuos que tuvieren a su cargo jovenes hijos de esclavas, nacidos li bres por autoridad de la ley, y que no hu hieren sido bautizados en alguno de los dis tri tos parroquiales del eanton de su actual residencia, tendran obligacion de suministrar a )a junta de mauumision los informes de que 'se ha hablado en el artículo 1.0, con res­pecto a los jóvenes que estén a su cargo, en los mismos términos que se ha prevenido a los curas; y de 108 hijos de esclavas que re sulten en este caso, se formara otr:\ relacion por las juntas respectivas, de que tambien se pasaran copias a los gefes políticos y por su conducto a los Gobernadores. Art. 4. F-or 8' 4 roLaciones ya dichas, procedera cada junta con respecto a su cantan a indagar si se ha puesto en COlli pleta liherlad a los bijas de esclavas com prendillos en estas relaciones, que hubieren cumplido diez y ocho año!: si d~scubriere que no se hubiere ejecutado prontamente esta disposicion de la ley, con respecto a al­guno () algunos individuos, dictara las pro­videncias que le toquen para protegerlos, y promovedl de las autoriduJes respectivas la correccion de los abusos y el chtigo de los que los hubieren cometido. Las mismas jlln­tas exigiran informes sobre la' conduela y procedimienlos de 10,4' hijos de esclavas de que se trata, y promoveran con los Gober­nadores, gefes políticos y alcaldes parroquia ~ le~ el que se les destine a oficios y profe. siones útiles. Art. 5. Es obligacion de los dueños de esclavas que tengan o bayan tenido hijos desde que se publico la ley de mallumision, present.ar a lo~ gcfes políticos y a las jun~as de manumision aquellos que cumplan diez y ocho años, informando al mismo tiempo si dichos jovenes siguen trabajando bajo su de ­pendeacia en virtud de concierto celebrado libremente. La misma obligacion compren , de a los que se hallen en posesion del tra · bajo de dichos jóvene~ ,Jen la época en que éstos cumplen los diez y ocbo años. Los gefe~ polhicos examinaran la verdad de los hechos para precaver cualquiera fraude d violenoia, y advertiran a los hijos de escla­VIS de la oblígacion autorizada por la ley en que quedan constituidos; pero si éstos, despues de cumplir diez y ocho años, no quieren seguir sirviendo a las mismas perso­nas a quienes debian su trabajo hasta dicha e a , os gefes políticos hadn que sigan em· pleados en alguna ocupacion que les asegure la subsistencia. En todo caso se procurara que los conciertos se celebren con presencia de curadores por parte de los hijos de ei' clavas, Paragrafo único. En los casos en que por la distancia ú otro motivo fuere gravosa a los amos Q a los hijos de esclavas la presentacioo de éstos en la cabecera del canton, como se previene en este artículo, podra vcrificarl>e ~ juicio de los gcCes políticos, al lte los alc.!altl~ parroquiales l'espectivos, quienes tendra-1l o ­bligacion de cumplir los deberes que en ~l mismo artículo e imp(lllen a lo~ gefes políti. cos, a los cuales pasU"Jn una notici4 Je los hijos de esclavas presentados, espresanJo lo~ nombres de é s to~, los de las mad rc~, los ele los dueños de lu maJrcs, y el dia cn que se verificare la preseotacion de cada nn~. Igua.· l:-s noti cias tlirigidm 11 las juntas de n13Humi- 8100. Art. 6. Es tambien obligacion de los due­ños de esclavas de que babia el arti culo an­terior, comprohar suficientemente ante las junLas de maoumision que los hiJOS do su esclavas que no puedan presentar' hall st\lido de su poder, sin infraccion de la ley por par­te suya. Art. 7. Las juntas de manumlsion es pe­didm un documento en favor de ca.lla uno de los hijos de esclavas que residan en sus cantones cuando deben entrar en pleno go· ce de libertad , sea cual fucre el lugar oon. de hubieren nacido. Eu este uocumente, que sera est.endido en papel coml}n, se es .. presadl el nombre del ,\óvcn a cuyo fa ur se espide, el lugar y el día en que naci ó, el nombre de la madre, el del dueño de é ~ la 'f el nombre do la persona de quien ucpcnuir. al tiempo de cumplir los diez y ocho años 'de strvidumbre forzosa que le impusi) la ley y se esprcsara, en fin, que el jóven uo que se trata entra en pleno goce de JibcrtaJ. Ca , da junta llevara un registro con la mi .ma cs­pecificacion de los documentos que est)Íua, '! pur ton<.lucto del gefe político Je\ canton lH­rigira al Gobernador de h pruvincia en los (.lias primeros de Enero, Abril, Julio y Oc­tubre oc caJa aüo, una l'elacion de los que hubiere deSPilchado durante el trimestre an­terior inmediato. Art. 8. Los Gobernadores en vistt\ de Ins relaciones que se les pasen, con arreglo a IOR articulos 1,° y 3.°, exigirim cuantos inform es fueren necesarios para descubrir si en su foro macion ha habido algun descuido, error o fraude; harim que se proceda contra los fun­cionarios ú otras personas que de ello fueren responsables, y despues que dichas relaciones estén completas y exactas, formaran un cua­dro de su resultado y lo remitiran a la Se­cretaría del interior y relaciones esleriorcs por el primer correo del mes de Dicicmbra próximo. Tambien dirigiran etÍ la misma épo­ca ona relacioo nominal de los hijos de escla­VIlS, nacidos dentro del periodo designado en el articulo 1.° en algu n distri to parroquial de sus provincias respectivas ,v llue se hallen re­sidiendo en otra. En estos documentos se haran las mi~lllas esplicaciones mencionadas en las relaciones de que trata el articulo 1,°. y aquiales que tuvieren noticia de que se repute como esclavo alguD hijo de esclava, nacido despues de publicada la ley de 21 de Julio de 1821, o de que se le prolonga, despues de haber cum plido diez y n generalmente sabido que para fomentar la agricultura, osi como otros adelantos sociales en la N'lleva Granada, es de toda necesidad él traer hária ella ho m Lrcs de otl'OS pa ¡ses ' '1 t1 e vengan a aumentar su poblacion y a cooperar con su ingenio 'J capitales a dar principio a una nueva era, rea lmen le ven tu rosa, se gun lo hemos demostrado en algunos ue nuestros 'ante.riores nurneros, ni nducir finones en favor de una titd tTtTlllg1 aCUJ/t eslrangera. j Cuánto no hubiera convenido que las cámaras nacionales, en vez de hauer per .. diJo tanto tiempo en proyectos ridícu · los, cuestiones pueriles y ur llSilc'iones 3- p:JsionadílS é injustas, hubieran COlWJgl'a~ do parle de su.'; medí taciones a acoruar siquiera una sdbla let¡ de tf/J7ug1'aClOn de h,)mbl'es útilrs y laboriosos!!! j Cuán hono rífico no habria sid(') p:\rJ los dele ~ados del pueblo granadin(l haber pues ­to en accion lilo poderoso agente de los progresos moral.f's, industriales, etc. de sus coosli tln en les!!! Duremos Gn a este artículo, que nos ha Jictado el mas fervoroso anhelo por el l>ien ue la patria, baciendo las siguien. tes indicaciones acerca de algunas de las medidas que juzgamos conducentes al lo­gro de una iomigl'acion de estrangeros la horiosns e te. la. Que se empieze por promovel' la ven ida de agricu 1 tores, de profesores de ('iencias natural es y Je arles mecánicas, prd1riendo, siempre que sea posiLle, a los ca tól ieos ó a los q uc profesen algur.a de I:\s scrtas crislianJs. 2a. Que a los inmigrados se les cos réen los trasportes no solo dc sus per~o· nas, sino de sus muebles, herramientas, máquinas elc., por los empresarios, y que la ley les haga cuan las lo prerrogali vas ~ concesiones sean necesarias y a que no se oponga el código político granadino. 3a. Que sean premiados Jebiuamente los que logren hacer venir al pais a la especie de hombres industriosQ.8 arriba indicados. OBRA DEL DIQUE. Desde el 22 de Abl'il último en que se ernpl endieron los trabajos para la lim­pia del obsu'uido canal, y de lo cual hi cimos entonces referencia, han -subsistido y continuaD con progresivo vigor, debi­do principalmente a la poderosa accion ejercida sobre ellos por la junta directi­va por medio de la comision de su --s~.no, cuyo nombramiento mencionamos eh el número 17 de este periódi~o. Dijimes tambien enlonces que para el mes de Junio tendriamos efectuada la tan deseada comunicacion del Dique con el rio ;. pero la ualuralez,\ _d~ algunos de los obstáculos oCllmnlados soLre el fiLando­nado cance en el curso tle tantos años, requirieron para removerlos mas tiempo y bLoriosiclao que ló que se h3uia cal· culado, al paso que la avenida uel i\lag­dalena corresponJienle á esa época, se (~ucdó muy ~lT'as de lo que acoslum bl'J so IJi r genera I m en te. CI'cemos sin e lll~ bal'go por el gran adelanto de los tr3ba­jos, qlle pal'd la proxima creciente de O~· lubl'e a Noviembre se realizará nlJesLI'a esrer~J[)za oc tenel' esta plaza la irnpor~ tante eomnnicacion acuática al1\lagdaleol. AproximfHHJose el término en que Je­he ser realizada la limpia del Diqne d<>s­de Pasacaballo h as ta la angostura de Co­nejo, para cu\a obra apare<:ib la corres .. pondientc iuvitaciou a conlJ\.Itl en ct nü­mero 9 de c~te periódico, no duJamos por el concep to que nos merece el em­presario que aHJ y en breve la tt?ndl émos cumplida, y por lo Lanto aliviado el Di·' q 1 n grfln p. 't ~]e las diGc\ltlilUCS qn~:­se cncontrauan tÍ l'ada puso (lun en la navegacion de este puerto a l\lahnlcs. Ha llegado por fin a {'sla pl3zJ el 4- del corriente la máquina de vapor de cscavacion contratada con el Sr. lIenri. que Beekman en el mes de Enero últi­mo por la junta directiva uel Diqnc, la cual dfbe servir a ~sta para pr()funJlz~r dicho canal; y al gubicl'110 nacional pHa la limpia de Dvcachica y Labia ue cst..t ciudad. Esperamos que tanlo la junta como el gobieJ'oo lenuran el ma)'o .. celo eo cerci >ral' e de que l('} maquinn reune todos los req ti isi tos esti pn lados, as í como deben ser escrupulosos en exigir el exac­to cumplimionto de caua ona de las con .. · diciones a que se obligo el empresario, quien, segn n es la mos informados, reci he por su conlrato un excelent ·~ precio de manos de la junta. Por nuestra parle. descamas cuanto antes \'cr la rnilquina. armada y lista para que se ocupe activa mente y con el mejor suceso en los im­portantes objetos a que viene destinada. Nuestros lec lores habran visto en el numero 2,{ dcl Semana/ú) el poderoso auxilio otorgado a la obra del Dique por la llll i ma leg isla lura, des ti nando a su be~" neficio el aumento de medio real impues. to a cada libra de tabaco que se consu·· ma en esta provincia. Resta ahoJ'a que el Congreso acceda a ta pelicion de la Camara sobre el restableciwienro de la Larifa acordada rn I t)32 para el cobr-o del derecho de Dique, pues por las dis­posiciones de la acLual lre\! orgauica de provincias, las cuotas del derech() de po,. sage a cUJOS H~llites tiene que ceñirse aquel impueslo, son demasiado mínimas y no ' producidtn sino un ingreso insig­nificante, mientras que el Dique requie­re un gasto considerable y continuo pa. ra su conservacion, al paso que tiene sobre sí un cuantioso gravámen de cen­so, cuyo rédito 00 ha sufrido alteracion no obstante la muy notable que ha te· nido la renta que lo paga por causa de la estraordinaria reduccion en los dere­chos, sobrevenida por consecuencia de la citada ley organica. Creemos que la Cámara en su reunion de este año debe insistir en que se restablezca dicha ta­rifa, () solicitar (10 cual juzgamos seria lo mejor) ser facultada para decretar las cuotas del derecho de DÜjue en los tér­minos que ella misma considere como mas convenientes. ........ , ' Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 4 SEMANARIO DE LA r-nOVINCIA DE CARTACENA'} lJl/SCELAN EAS. ( CO~lUNICAD~_ ) Una calamidad que ha arranca~o la­grimas de sangre a los hijos ue Calamar se acaba de esperimentar en la fun~sta muerte del DOCTOR HENRIQUE RODRIGUEZ Este tristlsimo 3<:onlecimiento ha excita dQ las mas dolorosas sensac iones cn lo· aos aq ueHos que tuvieron la honrosa foro tuna de conocerle. El [) del corriente 8 las cua lro de la tarJe, perdío CarLage­Ila para siempre a uno de sus mas vil'­tuosos é ilustrados ciudadanos, que le sirvio constan temente eJe orna men too Cartagena, que ha tenido la dicha de dar tao esclareCidos varones, tuvo tambj('n la gloria de ver nacer en su . seno a L~o­origu(' z, quien desde sus prl~e,ros .dlas (]io a CC)fiocer los talentos ulstlngulJos de que hemos visto tantas y tan acred¡· tadas pruebas. . Lleno de ¡oras elevada", lloraba stlen­ciosamente el Dr. Hodriguez las oesgra .. (' i a s de s u p a t r ¡a, h a s la q u e e o 1 81 O se presento d~nodado a combatir el d('sp~­tismo con Toledo, Real, A mador, Ton' ces, el teniente general Narvaez, Piñeres, 'l\1arimon, Revollo, Cavero, Cunabal y o · \ros, planteando ·en esta plaza el gobier­no republicano, y haciendo gustar las dulzuras del sistema I'epresenlalivo. En la di"ision de los pode res püblicos fll1e regian en aquella épuca en el Estado tle Carlagena, toco a\ Dr. Rodriguez el di¡­tinguido puesto de presidir el tribunal mayor de cuentas y superior de rea\ ha· cienda, en asocio del Dr. Eusebio Maria Canabal y del Sr. José Maria oe Castillo. Otros puestos eminentes fueron .con6:1 dos a su saher y prudencia, y servidos ventajosamente en aquella época calami· tosa.-- En 1815 sirvil\ lambien en cOUlí· siones de con idef'arion ('lundo fué in vadída esta plaza por el c.iército espedi· cionario, y aunque tuvo la desgracia de caer en manos de los pacificadores, la Divina Providencia le salvo de la cucbi lIa asc~ina que cortó el lJi\o de la vida a mil otros varones esclarecidos de Colom· bia, se la salvo porque aun restaba a a­quel pl'eclaro ' ciudadano añ1ldir nuevos servicios a los que ha bia 11reslado a la pa\l'ia desde el primer Jia de su lrans. formacion política: as), ocupado el ter. ntorio dQ esta provincia en 1820 pOI' una di vision del ejérci lo 1 i bertadol' al mando del General Mariano Montilla; el Doctor Rodriguez desde el retiro de sn hacien · da auxiliaba con sus conocimientos a es· te General y a los otros gefes que se acercaban a su inmediacion. Ocupada es ta plaza ellO de Octubre de 1821, fué nombrado auditor de guerra del ejército: luego asesor de la Intendencia: Inten ­dente Gobernador, 1\\inistro juez 'del Tri. bunal de justicia, de cuyo cuerpo fué casi siempre presidente; y solo unos po· cos años antes de morir dejó de prestar ~ su patria los útiles servicios que le prodigo en todas circunstancias. El fué de aquellos a quienes ni el ter­rOJismo español, ni el gobierno absoluto le hicieron doblegar la cerviz jamas. Muy raras ocasiones se encuentran en el hom­bre cooocimientcs profundos en todos los ramos, tino para g,9hernar, y un~tem· ple de alma como la del Dr. l\odriguez. Mil hechos estan dirienJo lo que la pa­tria ha merecido de aquel h ij(); Y Carla' gena, la redentora Cartagena, es bi~o les· tigo del denuedo y finneza. ~el celebre JUI'lscoosullO que ~oy lloramos. Como hombre público empleó cílsi toda su vida en el desempeño de tus deberes que le est~bao encargados: era el apoyo del des~alido, el abogado uel desgraciado: el amigo mas sincero: esposo tierno y amoroso, su consorte enconll'o siempre en él consuelo y leroul"8: padre, SlH hi· jos tienen que agradecerle sus cuidados y dCSVQlos, y la esquisittl educ3cion que han recibido ~ querido generalmente en esta ciudad, aun despues de muerto re­ciLio los testimonios mas auténticos de oprecio y respeto a sus ceuizas. La po. blacion entera lo rodeaba en la proseciou funel'aria con lagrimas y sollozos que in­dicaban el intenso dolor que afligia sus corazones: cargado alternativamente por los concurrentes, fué conducido desde la Catedral hasta el lugar del sepulcro; y allí reposaran siempre, venerados de todos, los tristes despojos del ilustre pa­triarca de la independencia, que nada re­servaba a la dicha de su pa tria, a su en­grandecimiento y prosperidad. En el dEstino del reposo doude )'llce su cuerpo helado, su alma inmOf13,t ha pasado 01 lado del Omnipotente. Et le ha recibi­do, y mien lras recoro pensa sus exéelsas virtudes, nosotros aCéi en la tierra no 01 videOlos su memoria. NUEVOS SANTOS. ~ Roma,.29 di Ma~o de 1839.-El domingo 26 del corriente ha sido fausto para Roma y para el catolicismo, El Pont'ficB reinante con sorprendente pompa ha canonizado a los cin· c.o beatos AI/onso Maria de Lignori, Obispo de Santa Agata de los Godos y fundador de . la congrrgacion del Smo. Redentor: Francis­co de Geronimo, sacerdote de la compañia de .Je~u'l: Juan José de la Cruz~ Reformado de San Pedro de Alclntara: Pacífico de San Se­' l'erino, Menor reformado; y Ptronica Giuliani, capuchina. Desde 1807 no se habia repeti­do esta funcion que ciertamente es la mas espléndida y wagestuosa de cuantas he visto en mi 'Vida. Cerca de doscientos mitrados intervinieron en hábitos episcopales, repre sentando un verdadero Concilio. Varios So­beranos estrangeros han venido a presenciar e~te acto ,ublime del Vicario de .Jesucristo: y UD pueblo inmenso añadía solemnidad a la circunstancia. Todo se ha hecho con <5r den admirable en siete horas que ha dura­do la fiesta. PROSPECTO DE Uti NUEVO SISTEMA DE CALIGRAFIA, Stl AlJTOR G. W. Halse'!, Pt'ofcscr de Caligrqfia. -+- • capacidad pueue perfeccionar su modo d. escribir sin la ayuda de ningun maestro. 2. Se espoDe uns. clrgante forma de .letr~ corrida de reciellte invencion, y comfJlOada de propósito para las señoras por uu céle~r. cal1grafo de una de '-las mas nombradas e.lu.~ dades de dichos Estados , donde ha me eCldo granJe aceptaci~n, por la facilidad qu~ of(e.~ ce en su t'jecuclOD y aquella elegancla que dejo rccomendllda. . 3. Los métodos de letra tirada mas en bo~ ga aSl en Inglaterra como en América: .si~ mismo los aplaudidos é importantes ejercicio. usados por el afa mado Carlaris, y las mejore. muestras del maravilloso Milos; con otros muchos ejemplos útiles de los mas célebres autores. 4. Los rudimentos de letra grande ó ml~ yúscula con una seccion completa de copias; tambien un diagrama matematico Ó escala pa~ ra manifestar la proporcion de las letras, t la r-elacion que guardan unas con otras. "-'" S. Tambien todos los difel'entes estHo! de letn gÓtiC3, con la instruccion para e~cribi~ •. las y adornarlas con rasgos. La escritura 1- taliana, tanto sencilla como rasgueada, acom­pañada de reglas faciles para adquirirla; ~ infinitas clases diversas de letra romana 6 italiana de molde. 6. As imismo bellos dibujos o l'a~gos, tales como angelcs, p3,iaros, plumas, arboles etc.,. con las instrucciones para hacerlos con un solo golpe de la pluma, con los principios y, todo el arte de flol'ear. 7. Tambicn una estampa ó lamina que ' r~~ presenta la verdadera postUl'a que ha de ocu­par el brazo y mano, y el modo de llevar la pluma. Del arte de cortarb é instrucoiones practicas para hacerlo, adaptadas para toda clase de letras con tan sencillas reglas, que cualquiera en pocas horas de practica pue­de aprender a cortarlas sin ayuda de maes­tro, con perfeccion y tino, como que así se facililara el adcla~to en l. escritura. 8. Adcmas el método de practic~r los ejer..! cicios usado para escribir todos los estilos diversos de escritura ocupa en sus pormeno-: res el todo de la obra, 7i es tan sencillo J¡ fácil que el menos apto puede con poca prac~ lica adquirir el arte de Caligrafía sin necesi. dad de maestro. Ha y tambien aplicaciones para el uso de familias, instituciones litera~ rias é individuos. 9 - Contiene una esplicacion sencilla y c1a~ TI de los movimiento! mecanicos del brazo, mano y dedos, porque el arte de Caligrafía practica depende mncho d~ estos movimien­tos para la fOl'macic)n de \elras .y dicciones bien escritas. Ademas al' han hecho ensayos de numerosos ejercicios, a fin de combinar estos movimientos y hacerlos practicables. 10. La obra es diferente de las que hast" ahora se han p'l,blicado, por compr.ender to­dos los estilos mu conocidos y por el orden de las lecciones. L~ impresion es esmerada, lleva gravados de' treinta y cinco laminas de grande esten .. sian y por el mejor artista que se ha podidQ hallar eb aquellos Estados Unidos. Las lami. nas contienen instrucciones impresas en to.: das eHas. Esta publicada en hermoso papel, "t m u y ~ien encua!1ernttda en pasta fina. . 1. Contiene el sistema de letra corriente ó de Ilegocios inveRtado por Mr. Halsey, jun tameDte con UD ~urso sucesivo de ejercicios de los que ha usado pua enseñar con buen éxito y aplauio en l.as principales ciudades de los Estados Unidos, Isla de Cuba J Vene­zuela. Tambien 1.s reglas circunstanciadas de~ métofio de practicar los ejercicios con tal claridad, 'lúe c¡¡alC¡~8ra persona 4e mediana ~ La ohra arriha ¿iel,a se al/a en la ~« .. hitacíon del Sr. Halsey, calle de la Iglesia" en. los altos de la casa número t t, donde los señores que gusten tomar o examinarlo tendran lti bondad de ocurrir ",asta et d,'a 22 del corriente. Imprent" de los ~creder~s de 1. A. Cn\re. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 2 N. 29

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N. 7

Por: | Fecha: 14/03/1839

SEMANARIO DE LA PROVINCIA DE CAR11.t\GENi\~. SnlESTRE 1. o CARTAGENA, .JUEVES 14 DE MARZO DE f 83~. NU:\lERO 7. 1!:ste periódico saldra todos los jueves: la rccepcion dc las suscrlClOnes y venta de los números suelt0s están á cfrgo del tesorero de r enla provinciales Sr. Juan Antonio Calvo. La su ericion por semestrc vale CUATJtO 1> .. 505, pagadf'ros adelantados; y cada número sueho REAL Y MEDIO.=El precio de la illsercion de los avisós ó aniculos de interes privado, será de un peso hosta doee renglones, y un rral mas por cada lres [l'llg]ones Je los que exccllan. de aquel número, y la mitad por cada ,'ez que se repita, siempre que se advierta al tiempo de la entrega. COLEGIO DE N1ÑAS. El Gobemador de la prDvincia. Para llenar el deber que me im pone el decreto reglamentado del cologio de hiñas de Cal·tagena, espedido por S. E. el Prcs i· den ~ ,Je la república cn 22 dt1 Noviombre últ m ; oído el informe de la junta de ins pecclnn y gobierno oe la Universidad del distI'ito, dccrt·to. Art:culo ,. El número de etlucanclas in ternas que habra por ahor., en eJ colegio do ninas de Carl3geua, sera a Jo mas el de vein te y cinco, y el de educandas es ternas sera a )0 mas de cincuenta. Al t 2. Los padres ó tutores de las niñas que deseen ser admitidas en el colegio en clase de c( ucandas int >rnas, deberán dirigir . se a esta Gobernaoion eon una rcpreseuta ~ ci.on sohcitandolo con docutncn tos que acre dlten la buenn índole y bu () comportamien. to de la pretendiente, y qne no p:sdece en­fermedad habitual ó contagiosa, ni es menor de sei5 \años de edad, ni mayor de u'cee. Art. 3. Los padre! 6 lntorcs de las que deseen ser admitidas en clase de educandas esternas, ocurrir¿lD ~ la jun ta de ÍTJspcccion y gohierno de 1ft Universidad, a la cua I con'es. pondo re olver sobre la admision do éstas, prévios J s informes verbales que determina el articulo ~.o del fl'glamento, y la condicion de no ser la pretendlente mayo!' de dif' 7. años de edad, como se dispone en el artíc ulo 9.° Art. 4. La apertllra del establecimiento se verificara a la mayor brevedad posible, y por 10 mismo no debera retardarse la pre . scntacion de las solicitudes que hayan de ha · cerse ante esta Gobernacion y ante la junta de inspeccion y gobierno de la UniversiJau conforme al presente decreto. Comuníquese al Sr. rector de la Univer~i· d d Y a la Sra. directorll del colegio, y pu­blíquese en el Semanario de la provincia pa fa inteligencia del público. Dado en Cartagena a 11 de ,Marzo de J 839. -Atllont'o Rodrigluz Torices. -El secretario, Carlos Pm·cja. DECRETO DEL PODER EJECUTIVO A QUE SE RKfIERE EL ANTERIOR. José Ignacio de Marque~, P'j'esidente dI! la NllC1Ja Granada, En ejecucion de! decreto legislativo de 2 t de Ma yo último, he venido en decrefiar y ' decreto. Art. 1. Se establece un colegio de niñas en la CIUdad de Cartage.1a bajo la inmedia ta inspeccion de la junta de gobierno de la Univenidad del Magdalena, y dependiente del Gobernador de la provincia. Art. 2_ Esta junta ejercera su vigilancia s'obre el c:olegio, 'Y sera de ~u cargo: 1.° Cuidar de que los empleados 11e nen cumplidamentc sus deberes , l'0querirlos en caso de notarl('s mal d f'sl'Inpeñ o. é inrOI·· mar si Goborndo.' dc 1115 faltas que los hagan dignos de remucion: 2.° Establecer el método pal'~ h en señanza y designar los testos: 3.° Velar en la buena adn:irtl:-.tra('ion • illversion de las rcnt.H dd c()le~ío: 4.° Exigir que UIJO de los mit'mbros de la i II n ta vis ¡te u 11 a \" e z por 10m t' no' en caJa sl'm:;na el eslli blccillli f:t'J V !" illforme ue las ral\as que notare y Ú ~ las ·fil '·jl)r~. que puedan t'mp r í'nderf;(" bien por aUlorid"d de la junt'3, Ó pr(lmo\"iéndola'i de G,lhernador. Art, 3 . Hala'a \I ua dir t~ ctora nombrad, por el Gubernaúor, a pro í ¡U .sta en terna de la junta de inspcccion y gt;Lierno: su uuraeion sel a por cuatl·O a ño 3, y b e!ltadin subordina­do todos lo . empleados internos y educandu del coJrgio. Art. 4 , Son funciones de la dil'cclora:. J a. Velar cn el bucn órden ill Lerior del colegio, y hncer que se cumplan eX:lctamcn te las dil'pnsidone's que lo rigen. 2a. Hacer que las preceptoras y pncrp. tores asistan coo pUtHullidatl a dar sus lec ciones a las horas señaladas, requerirlos en caso necesario para que cumplao con 8US 0- bligacjoucs; y nvis3r 8. b junta de ill~l'e('ciolJ, si sus advcrtcncins ó requcrimientos fueren d es3 tcnditlos, para que se adopte la proviJell­cia que convr.ngll: 3a, CuidaJ' de que las edllCQnd~s "enen su", taréas COl! exactitud: que sus modales sean fiuO'S, y su porte modesto: gue esl.én icmpre con el mayor asco: que no haya I:l.ltrc ellas rivalidades ni contiendas, amoncstimdolas y corrig'éndolas con prudenci y &lluvidad, cuando hubiere motivo para ello, y dá/ldoles sobre todo buenos ejemplos: 4a. Proporcional' a las educandas inter­nas la mejor asistencia en los alimentos, y habituarlas a la compostura y moderacion en la mesa, acompañandolas siempre a las horas de comer: 5a. Proporcionarles tambien recreaciones honestas é Illstl'Uetivlls pa ra las horas de des­canso: - B.a.. Iuformar o proponer a la j unta de inspcccion cuanto crea conveniente para me jorar y acreditar el establecimieuto, bcgun los r~~ul~ados de sus observaciones y de su espc fIenCla. Art. 5. La directora debera haL ' tar preoi. samente dentro del colegio; y nombra ra en ca~a sClU~n~ a u?a de las educandas para que bajO su VIgIlancIa le a yude en el gobierno y arreglo económico de la casa, de entre las que por su edad y demas circunsla neias neo cesarías estén en aptitud Jo reCibir practlccl mente este ramo de cducaciou. Art. 6, Las faltas accidenta les de la direc. tora por menos de ocho dias, seran su plilfas pOl' una. de las preceptoras que designe la jun. ta de inspeccion: cuando pasaren de dicho término nombrara unl interina el Goberna­~ r eou la mitau del sueldo de la propietaria, si la falta de é::.ta fuere por causa de enferme· uau, o con el sueldo íntegro si fuere por cual· quie¡·a otro motivo, Art. 7. Habra en este co1egio educandas inter n\ls y esternas en el número t{lle designe cl Gobernador: las pri,e eras ser¡m n umbra­das por él nw,m , y l;.s segundas pór la junla de in. peccion y gobi erno Art. 8. Para q ue un n :i1a sea admitida <'n clase d e educa nda iuterna uchera dirigirse ni Gobernador una represéntacion solicitándolo cun dOCUIllClltos que 3(!rcuit n buena índole y buen e mportamiento úe la pretendiente, y que no padece enfermedad hnb i t~H\ l o con­tagiosa. Para rt'solvor sobre la atlrnision de las educandas csternns exiglt'a fa junta de ins ... peccion los mismos informes v erbalmente, por medio de uua comi~ion. Art 9. No podran admitirse (In el colegio en cLse de educandas internas niñas menore; de seis años de edad, o mayores de trece, y 110 pooran asistir a él en clase de educandas eHe rna , uiñas que tengan mlls de diez años de e ·fad. Art. 10. L:ls educandas internas satisfarall al culegio la cuota de ·í "n pesos anuales pa;.' gaden por trime!\tres adelantados; entendién­dose que todo t rim stre principiado debe c·u· brirse íntt'gro, aunque antes de ternrinarse salga la educanda del colegio. Las educan, das a sternas satisfaran mensualmente la cuoi ta de tres pesos. Art llo Toda educanda interna clebera 1levar al colegio para su servicio personal, y reponer eu caso necesario, los muebles, úti ... les, efectos y piezas de ropa que por disposi­cían general designe la direQto.ra con apro­bacioD de la juota de inspecciono Art. 12. Las educandas internas no sal. ddm faera del col egio otros dias que en las vacaciones que se tendr1m dcspucs del exa~ mea público, y los domingos y fiestas ente­ras de3ue por la m añana hasta bs seis de la tarde: y siempre que hayan de salir de la casa ó volver a ella, sera preciiamcn te con 8US padres, tutore;:" Ó person~ de la confian~ za de quienes las tengan a su CHgO. Al t. J 3. La enseñanza en el culegio se con': traera a los ramos siguifmt(tS: cSl'ritura, cos­tura y labor en blanco, diseño lin~ar, dibujo de {lores, bordado, elemt:ntos de aritmélica aplicados a los II os mas comllnes de la vi· da, gramatiel ca~tellana, leu nltas funcesa é inglesa, geografia, mora.l cristiana, economía doméstica, urbanidad y música im)trumenlal y vocal. Al L. 14. E lns materias se ensenarnn por la di..: redorn y tres preceptoras: a fallas de éstas ~odra haLer hasta <.105 preceptores entre tanto se consiguen pre~eptoras: cada una se encargara de los ramos de cnseoanza que le designe la juuta de inspc.ccion J y se arreglara al método que el/a prevenga) y. lo mis~ mo los preceptores cuando los bayn': Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. S~MANAllró b~ LA PI\OV1NC1A DE éARTÁGENA .. Art-. J 5. Habra cada mes un examen pri vado de las materias que se enseñan, el cual ~endrcl lugar el dia (lue desig ne la junu de inspeccion: sera presidido por esta o unn comision de su seno, y concurriran a él to­dos lo ~ i o~ troctores v educandas. Art . 16 Dentro - de los (]uince dias úIti· 'tllos tI mes de Noviemhre h abra exal1lCncs públicos presididos por la junta do inspec ciOD, debiendo tnmbieo concurrir todos los preceptores y educandas, y ademas los pa are ' de familia o tulores ti las niña. y per­sonas convidadas que q uieran concurrir: en C<' ''o,> se baran conocer os adelantamientos que e hayan hecho en todo el alío. Art l7 . Termi Jados los examencs segui l'an las va aciones, que duraran hasta el <.lia 1.0 de E r ~ ro inmedIato, y no habl'a olras en todo el año. Art. lB. Los sueldos que di~ffutar¡m los 'Ó'mpleados . del cole'gio ser ~ n: la dlrector4l, 300 pesos y los alimentos que deben suminis· tdlrsele de los fondos del colegio: y cada uno de los institutores ó institutoras <.le que habla el arlicf lo 14, doscientos pesos. Art. 19. Habra el número de sirvienta que fUHe n ecesario para los quehaceres do Dlé5tico., del colegio, a las cua les se leli paSA­r~ lO alimentos y salario,. que sera designado por la junta de inspeccion, y ésta determina. ra tambien el número de dirhas s¡rvie~lLas. 'Ellas seran nombradas y amo\o'¡bles librernen te por la directora. Art. 20. Son fondos uel colegio de niñas: 1.° las cantidades con que se cOlltribuya por cnema de las educandas internas y esternas: .~.o ]os fondos que le estan destirJados por el ~rtículo 1.0 del decreto Jegi s l~t ;v o de 2 t de 1\layo de t838: 3.° las donaCIOnes voluntarias con que contribuyan los particulares: y 4.° los fOllJos que en auclanle se le uestin('n. Art. 21. El síndico de la Univorsidad rna · · llejara los fondos destinados pa 1'3 este esta ble cimiento, llevando cuenta separada de ellos, con arreglo al método que le prescriba la jun· ta de inspeccion, g, )zaudo el tanto pur cieoto quo ella misma le d~sit:"nc de lus ramos com ­prendidos en los incisos Lo y 3. 0 del artículo anterior. Art . . 22. La directora, preceptoras 'Y pre ceptores teullran clerecbo al goce de S\15 suel dos, y los sinientes domésticos al de sus sala rios en todo el oño natural, siempre que duo rante él baya estado abierto el coleg1o por on­co meses , o que el tiempo accidentalmente pero dido no llegue a un mes : cuando llegue o exce· da se descontara la parte- de los sueldos b de los salarios correspondientes a dicho tiempo. P. r ag afo único. El mi:;rno de cuento se hnra a las prflccptoras () preceptores cuando por un mes, o por mas tiempo no tuvieren edu­candas de las eh ses respectivas a quienes dar le'Cciollcs: y si esto se verificare desde Enero a Diciembre, no se les abonara sueldo alguno. Art. 23. Cuando una preceptora () un pre· ceptor se hallen impedidos temporalmente por causa de enfermedad para dar las leccio llas que le correspondan, es de su obligacion poner b costear a satisfaccion de la junta de inspeccion un sustituto, y si no lo hubieren hecho pasados tres dias, el inspector nom bura quien desempeñe sus funciones con los dos tercios del sueldo, que se descontaran al propietario para a hODarlos al sustituto : cuan do el impedimento dure por tres meses, trans­curridos ellos, se entendera vacante el desti­no y se procedera a proveerlo . Art. 24. La directora DO podra separarse temporalmente del ejercicio de sus funciones, sino con licencia del Gobernador, que solo la otorgara en caso de indispensable necesi dad, y no podra exceuer de un mes. Art. 25. Al salir una educanda del cole­gio despues de haber permanecido en él por cuatro años, obtendra, si lo pidiere, una cer tific3t ion firmada por la directora y prccep toras ó preceptorcs, y con el visto bue~o de la junt~ de inspeccian, en que se es.presen la condt cta y adelantamientos de la niña, a fin ue que este documento le sirva en todo tiem 'po de testim{)nio públirJ) d.c. buena ~du('acion. Art. 2G . Los empleados especiales del co· legio podran ser r emovidos pOI' el Goherna. dor, oy t ndo antes el informe de la junta de in peccion. . Art. 27 _ La junta de inspecciou espedira un reglamento que contenga las disposicioiles n ecesarias para' el régimen interior del cole­gio, lo relatIVO al cumplimiento de los debe­res reli giosos de las educandas, precauciones que d 'ben to rnarse para que éstas solo salgan a la calle en los dias que les es permi tído con las personas a quienes deban confiarseles, y en fin todos ]os pormenores que sean ne­cesarios para el completo servicio del colegio. DidlO reglamento sera sometido al Gobernm­dor pnra que lo apruebe ó modifique, y en tales términos se llevara a efecto. Art. 28 El Gobel'nador hara que se pon ga en pl3nta este establecimiento a la mayor brevpdau, dictando las providencias nccesa ,iBS pa fa su ejccucion. El Secretario d· Estado en el despacho dd interior y relaciones esteriores queda encar· gildn de comunicar y hacer que se ponga en t:jcctlcion este decreto. Dlldo en Bogota a 22 de Noviembre de 1838.- Jo sé I g nacio de j/tlarquez. -Por S. E. el Presidellte de la repubhca .- El Secretario del interior y relaciones esteriores, P. A. Herran. NOMBRAMIENTO. La Gohcrnacion ha nombrado para el destino Jo di· redora tlcl C'olegio de nitlas de Cnrtagclla, :\ la Sra. Dolores Pasco de VDle, prévia la cortl':pondicllte pro­puesta en terna de la jUllta de inspccciou y golJicruo de la UlIiversidnd dcl dlslrito. CONGI\ESO. El dia 1.° del corrientc ·.Marzo se reunieron en la capiLal Je la reptluliea lH s c:írnaras legislativas eon el nÚlllero compcLeule de diputados. El Senudo eligió para 5ll presidente al Sr. Joaquin José Gori = para vi­cepresidente al Sr. Bernardo de la Mota; y para se­crctMio al Sr. Jl1é\n Mar.a Gomez.- - -La cámara de H-cprcsctlta nlcs non¡bró para su presidente al Sr. José Rafael Mosqllcra : para v'ceprcsiJcnte al Sr. Mariano Ospilla; y secrctllrro al Sr. Francisro de P. Torres. .J:lENSAGE DEL PRESIDENTE DE LA. REPUBI.IC¡\ DE LA. NUEVA. GRA ADA AL CONGRESO DE 1-839. ConCiUdadanos del Se1lcu(o y de la Cdmara de Rep1-esenlanLes. Al d!ros cuenta por segunda vez del esta­( 10 pol ítico y mi litar de la repúbli~3, confor­me al precepto constitucional, alimento la mas segura confianza de que guiados por el noble deseo .le corresponder al mandato de vuestros comitentes, y trabajando esclusivamellte por el bIen de la patria, escucharéis con agrado é interés la voz del Ejecutivo, y tomareis en ronsilleracion mis indicaciones, ¡lijas d(·l pa triotismo mas puro y fruto de la cspel'icncia q {le me ban suministrado el manf'jo do 105 negocios y la práctica d-e la administracion. Vosotros sabeis que en nueslro sistema polí­tico, en que se hallan tan bien d~slíDdados Jos poderes públicos, no pudiendo el gobier­no ejecutivo suplir los vados de las leyes, resolver sus dudas, ni modificar sus disposi. ciotlCS, su acciou se paraliza y la nacian su· fre hasta que el Congreso remedie los defec­tos quo la lim ita ·~PD de la intehgencia hu .. mana , ó la (~mergencla de nuevas neceSI a­des, han debido dejar en la te gislacion. Vues­tu sera, pues, la gloria, 'Vuestro el mérito per los beneficios que resulten de vuestras deliberaciones; y a mí me quedara el placer de haber coopel'ado al buen éxito de vues ­tros trabajos de la manera que dispone el código fundamental y que me inspiran mis ardientcs votos por la prosperidad de la Nue 'Va Granada y por el bienestar de mis compa. triotas. Libre por otro lado de toda respon sabilidad moral tlespues de haberos manifcs tado las exigencias públicas y los medios que juzgo o portuno para satisfacerlas, mi concien­cia ·c.luedara tranquila, fiin -dejar por esto de . -. j deplorar los males que se esperimentaren, 6 él retardo de los hienes que hubieran podi­do obtenerse sin demora. La franqne!a "l buena fé, debidas al interés nacional y a )a pureta de Jos sentimientos que han dirigido todos los actos de mi admioistracion, Sel"an las que recomienden el chadro que debo pre· sentaros: y no pudiendo entrar en largos pormenores, dejaré a los Secretarios de l .. sta­do que desenvuelvan con mas esteusion lo que no haré sino indicar. Nuestras relaciones internacionales no han sufrido alteracion clespucs de vue tras últimas sesiones. Ninguna cue~tion desagradable he­mos tenido que ventilar con alguna potencia estrangera: todas hacen justicia a la lealtad y francos proccdiOlien tos licar la ley c~mo magistrados uc jUlilicia, no es dar razon alguna: esto es so 10 un juego de pala bJ'as que nada sig nifican. No pensamos del mismo modo r(spec lo a 1 Presiden te , Vicepl'<.-siJen te dt} la república , de los Secretarios y COGse .. jeras de Éstado, pues las funci ones de éstos son absolutamente incompatibles con lal de un repr esen tante de la nacion: e1 primero tiene \lna intel'velH:ion dil't>c ta en la confecclon de la~ leyes, y tod~ los de0l3s son sus a l1 xilial'(~ s eu esta mis· ma intervenci on que pueJe oecirst con propiedad cowgislativa; aparte de que serta muy peligroso que Dtcuno de es­los funcion3rios tomase asiento en cUál ­quiera de las dos cámaras. La io('om· pati6i1iJad de dos destinos produce ona esclusion natural respecto al qno para que pueda ocuparlo aquel qu~ debe de­sempeñar el otro; y puesta la incompa. tibilidad, no es necesario que la ley ~ . tnblezca la escluslOll: así es, que un juez de hacienda no puede pasar a ser llIagis tl'ad o de un tri bu na 1 de j usth'ia conser vando al mismo tiempo su primer eneal' go, sin embargo de que 00 hay ley que así 10 prevenga; y de aqul debe jnfel ir se, ue el eJempl o del senador Camacho, en nada se opone a la Opl oion que sostenemos, puesto que él uejo su asiento en el Senado, tan luego como fué nombrado Consejero da Eltado, por la iu-compatibilidad de éste con aquel deslino. R.especto al empleo de Gob€rnador juzgamos, que siendo de libre nombra ­miento del Poder ejecutivo, no puede éso te conferirlo a ningun Senador o Bepre­sentanle, porque abiertamente 10 resiste el al ticulo 7 2. CO~Sli tucionaJ; y esto' de- 3 be igualmente entenderse con los Secreo' tarios de Estado; de mat'Hnia que nunca podra darse UD caso analogo al que ven .. tilamos con los Gobernadores y SeercfaO\ "jos de Estado. Todos estos principios nos par~ccn €>xactos, y n05 porsuaden de que no es peregrina la opinion que sostenernos; y; cO'n tanla mayor fuerza obran en nues'; tros nni mos, cuan to qU€ observamos una perfecta conformidad entre ellas y lo que se pracllca por 105 poderes supre~4 mos legislativo , ejecutivo y por mu" dlas provincias de la rcpublica. Es pre·· ciso no perder de vista que el precita',. do articulo 67 en sus palaLras 1) y lndas aquellas personas que ~Jcrzan cilalljllur mando, jU1'lSdlClOn (; autOridad en l(lda la pl'ovmCla al tlempo en que se lzace lte etG CelO/7, 1) com pH.'núe ¡neluda blemen le a los ~ouel'nadores, a los obispos ' á los jueces letrados de hacienda; y si se su ­pone que por él se establece una abso--; lola esdusioll respecto a los fnnciona:­ri os publicos a que se refiere para ser senadores ó representantes. es necesario convenir en gue esta esclusion es tan . aLsoluta respecto a los mBg istrados de 105 tri bunrdes fle j IJsticia, como respecto a los obispos y jueL:es letrados llra el caso de la nbs oluta {"SClllSioll q ue 66 pret ende, sin que se infiera una ma ­nilh- slil violencia al sentido gramatical del articulo. Sentados, pues, estos pl'in­cipio5, veamos ahora cual ha sido y e's la prartica que se observa con relacion a los obispos y jueces letrados de ha-; (~ienda . En el año de 35 se hallaba el Dr. Af)uili: no A Ivorez de representante pOl' la provin .. cía de Mompox, cuaod~ en Noviembre se le nomhro juez letrado de hacienda de la mis­ma provincia: el Gobernador al comunicar­le el nombramiento, le iuterrogó si 3cepta ... · ba este destino, para en tal caso llamar o­pOl'luuamente 81 suplente que debía ocu­par su 1 ugar en la ('amara de R epresen tanf tes; pero el Dr • .A Ivarez se opusa y sostu­vo que él era legalm.enle juez letrauo de hacienda, sin dejar dE:! ser const i tl1- cionslmenle representaote: el Goherna";' entonces, insi5tiendo en su epinion,' mando suspender la posesion del Dr. ~ Alvartz; habiendo dado cuenta al go-bierno ~e~o. éste improbo la con· ducta del Gobernador; y le ordenó en Oiciembre del espresado año, que inme~ diatamente procediese a dar posesion nI Dr. Alvarez del destino que se le habia conferido. Este abogado, pal' consiguien. te, cstubo de juez letrado ele hacien­da de Mompóx ~n el año de 36; y tam ... bien ejerció en el mismo año las fun­ciones de representante por aquella pro­vio(; ia, con espresa declara toria del po .. der ejecutivo en su favor y sin que la camara en que tomó asiento le hnbiese escluido ni objetado nulidad alguna. El caso es idéntico con el ocurrido en el presente año con el Dr. Vivero, y 1m; principios que entonces gobernaban son los mlsolOs que ho, deben re~ir. El Obispo de Antioquia estaba de Se­nador cuando fué elevado a la dignidad episcopal, y continuo despucs ocupando su asiento en el Senauo: hoy mi¡mo se halla en la ~amlua de representantes con Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMAN.APdO DE LA PROVINCIA DE CARTAGENA; los investiduras sagradas . Al Sr. Chaves, Obispo que foé ue Casanare no le obs taraD esas nJismas if;lv cstiduras sagradns para ejel'<:er las funei ones de Senador por ~Igunos años : )' el OJo. José Francisco de la Ossa, juez letrado de hac ienda de Mom púx, ejerció las de Repl csentanle en la leg'i'!llalura anterior y actuillmenle fundo na del m ¡smo modo. Estos hechos demasiado notorios per­suaden hasta la evidencia que el supre JJlO poder ejecutivo, las dHnal'as legisla tivas y la mayoría de la nac ian, hao en tendiLlo y entienden que In esclusion del artIculo 67 constitucional QO es absoluta sino relativa al tiempo de la eieccioo y al territorio afecto a la autoridad, mando ú jurisJiccion; y por una cúnsecuencia neeesuri' se deduce, que el Gobernador­de es ta provincia no ha pu dido ni oebi· (Jo obrr r de otra manera en el c~so del Dr. VIV ro. Nosotros ueseamosl que los Coberna Jores procedan siempre ('on mu­cha cordura y circunspeccion en esto de C:ld m i ti!' las escusas de Jos I'eprescn la n tes de la nucion, ~ jamas c¡¡l¡ficarém os ue pcli ;;fosa la conducla que observen, cunu· do obren del mismo modo que nuestro 3e tua 1 G ohernador. ~~ IXfLlJ E~CIA DE LAS ANTIPATíAS pOI,ínCAS EN LA AD:'dl~fSTI1ACIO~ DE JUSTiCIA.. Hr>mos l(' ido C t n sorprc~ a en el núme ro 7 f de b Ballde¡'a nacional el dictamen dt' tlO ab ogado d ~ l>,lf)(lnÜ al gefc mili· t ·¡ r e aq leIla provin cia, ('o el enal se implu<,ba la ('.oududa del at:tmll PI'esi den I e de b rep] ica por su ol'dcn cir cular de J 2 de c tÍ cmbre ue 1837, se le oec13l'a in 1'3('lOl' de 13 constituJ ion, se le manda acusar, y al infeliz capitlul lhu'o, encausado por delito qne no merece pe na corporal ni in f,lmonle, se le dechira talIlbien susp e-nso de los derechos de ciu­dadaola. Con mucha sorpresa, lo repe - 1im9s, hetn0S leido tojo esto, pues el abog.tdo auditor accid e ntalno~ debe muy buen concepto; y no hemos podido atri­buir estas aberraciones a su ignoraocia, sino a las ciegas antipuü3s politi{!HS que ya comi~ozan a ejercer su perniciosa in · fluencia en el departamento de la justicia. La (,¡,den circular referida que se ha mandado desobedec:er, se halla en absolu­ta l onsonancia CQn la constitucion de le l' "úh 'I(\~; V por ser ella tan clat'a v el 11 ~ (¡(' i() de tanta gravedad, nos permiti ID ~ ( 0 1\; Jrla ~J pié de la letra, ·lel Re ¡!lSt}'('J oficial (le 3QU 1 año, ~ero J O. ~ =-) Repúhlica de la Nl1eva Gré( natla. -- Sc. ) ~, l'€ Ü\l íl dl' EstJdo del desp.Hbo de gu r . ) r,l y marina J--Seceion la.--Bogota 12 J) d(> S licmbr'e de t b37. -Al Sr. Goue, ­'", nauor ue la provincia de .•. . .• -Confor 1) me al número 6, aní ulo 10 ue la "'ons-l) till1cioll no se suspenden los derech D~ l> de ciuctadaOla por cctlSa criminal,ahier » la, sino cuando pI delito porque se pro- ;\) cede merece p na corporal o infamanta, l> de donde se infi ere que si el juez de ) la causa declara que el procesado no «habrá oe ser casti~3d(l con semejante » pena, y nl1nda por lo mismo esc:nce- )) larJo haj () dl fi anza, con tuh1rlOn, pues la deplorable lentitl1d de .los Pl:ocedirni 'ot IS juuiciílles, les proporcIOna l1empo bastante para acle. lant,lr la c3ntld3d que deben a las ren­tas pt ovinrlales, , que debiera emplearse en beneficIO público. Es pues no solamente razonable sir:o Ú.lil, neces\: J'IS!mO, que el Co()gre~o no c.lerl'e . sus seSIOnes en el presente año, §IO depr despachada la peticion de que nos oeupamos, y que en otra ocasion !e ha. ~do dirigida . Mas nos atrevemos a decir; y es, que la prov inCIa de Car .. tagena ganarla inmensamente aun en el caso no esperado de que el Congreso no hallase fundadas las réizones de la C~Hna­ra, pues ésta, en semejan le caso, procu~ r'!l'13 decretar otros arbitrios con que pro! veer a las necesidades de estos pueblos. CERA EN PASTA. Aca!Ja de recibirse una partida de Trinidad de la mejor dase, y de un olanco estraordinario: se dará a sesenta pesos qnintal, y se halla de venta en la casa del Sr. Francisco de B. Ruiz. 3 - -- - ~--- 1m prenta de los hered~Ios .. de JU(\U A. jJah'o, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N. 7

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Por: | Fecha: 10/10/1839

SEMANARIO DE Ll\. PROVINCIA DE CARrrAGENI\. S~!lES1'RE 2. G CARTAGENA, JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 1839. Nur,Itl\O 37. Este periódico saldra todos los jueves: la recepcion de las suscriciones y venta de los números suellos están á cargo del tesorero de renllls pro,'inclales S ... JU:\lI A.ntonio Calvo. La suscricion por semestre vale CUATllO PESOS, pagaderos ad elantados ; y cada número suelto RIZ Al. T N:¡:;DIo.-=l~l precio de la insercion de l os aviso .. " aniculos de interes privado, será de un peso hasta doce renglones, y un real mas por cada tres renglones de los que excedan de aquel número, y \a mi\l\d pOt' cada vez que se repita, siempre que se advierta al tiempo de la entrega. DECRETOS DE LA CAntARA DE LA PROVINCIA. -+- Autorizando a la Junta d¿recl/va de la apertura del- Dique pat'a contra­lar un empréstito de 50 000 pesos. LA. CAMARA DE LA PROVINCIA DE CA.RTAGENA, CONSIDU.ANDO: 1.0 Que una vez emprendida una obra, es útil, eC0nomlCO y ventajoso ploporcionar los medios de que se adelan te y concluya sin la menOl' dilaeion: 2.° Que los trabajos en la importante y naci (,nal obra d~l Di9ue en el· p,róximo .año seran suma~entc estens~, y p~r consí. ,"¡ep.I" se haran conSIderables ~"C"5';- por eu O mo.tuto..._ de no ser suñ-ciente la suma asignada, ni el meu io real sobre cada libra de tabaco aplicado para dicha obra: 3.° Que si por falta de fondos se paraliza la obra se perdo .. ran inútilmente los invertidos ell ella: 4.° Que en tales circunstancias es de nerrsiO l ll ocurrir al arbitrio estraordinario de un empréstito p rovillcial, En uso de la atribucion 18a . , artículo 121 de la ley orglnica de provincias; DtC.RETA. Artículo f.o Eo el caso de que los fondos aplicados para la obra del Dique 110 sean suficier¡tes para eu }rir sus gastos, a juicio de la .Junta directiva de 1, 3pertura d(·l Di(lue, so autoriza a la m i"m' junta para que contrate dentro Ó. ruen de la rcpública un empréstito que no pase de cincucn ta mil pe~os. A.rt. 2.° Para garantizar a lo prestil niisf.)\s la suma prestada é illtt' eses que devenguen, podra af · 'tar la Ju nta directiv., el to­tal v lor de lo que produzca el medio r~al sobro cada libr de ta haco en esta provincia, aplicado por la I 'Y a la ohra df'l Dique. Art. 3.° El empréstito no podra ha erse por mas tiempo qlle el de cuatro años, ! no se abonara mas int~rés q U i' se i por cientu anual. Dado eo Cartagena a 5 dr Oclubr > de 1839 -El vicf>prcsiden­te d la Cámara, J. T. Aylan.-EI secretuio, Juan Antonio Calvo. Gober leíon de la provin~i:l. Cartagena, Octu re 7 du 1839. -Ejecútese y publíquese.-Antonio Rodriguez Torices.-Carlcs Pa "tja~ secretario. Aulorizanao ti la Gobernacion pat'a .que disponga la conslrucclon!l re. faccíon de los puentes de San. Juarl, Songo y Calmital. LA CAMARA DE LA PROVINCIA DE CARTAGENA, Recomendando la Gobernacion de la provH1cia la . necesidad de construir y refacciona r los puentes de San Juan, Songó y Cai· mital en el camino de e ta capital a Barranca, cuyas obns no han podido llevarse al cabo, a pesar de haberse hecho proposiciones al efecto, por no estar signada cantidad alguna para las de esta clase en el decreto de ga.stos el presente año: Considerando que de diferirse bl\stl el próximo año económi · co, res~ltarian graves pCI'juicios al comercio y a los transeuntes: En uso de la atribucion 22a., artículo 124 de la ley organica de provincias; DECRETA. Artículo Lo Se autoriza a la Gobernacion de la pro"incia pa · ra que haga el gasto necesario con el fin de construir y refaccio nar los puentes de San .luan, Songó y Caimital en el camino de esta cJpital a ~arrancl, y cualesquiera otros de igual naturaleza, 9ue sean preclsos;' oyendo al efecto las proposiciones que se le blean, '1 aceptando Ja~ .mas ventajosas. • ;:¡¡ Art. 2.° Este gas!o se verificará de 105 fondos st'ñalados con.­tal fin. pOl' las Jeyes, y tcniéudose pre"ente 10 d is puesto en el § únicq, articulo l.0 del decreto de 9 de Odub,'c de l83 8. Dado en Cartllgena Q 5 de Octubre de 18'39. - El vjceprt>siden~ te de la Caman, J. T, Aylan .-El secre tario, Juan Anlonio (all'o. Gobcrnacion de la provincia. Ca rta~en" Orl\J bre 7 de t 839. - Ejecútese y publíquese.- Antonio Rodriguez Torices. -Carlos Pa:" reja, secretario. Aclarando la inteligencia del § (lnico del m'tÍculo 1.0 del dtct·tlO de 3 de Ocwóle de 1838. LA CAMARA DE LA PROVINCIA DE CAnTAGE~ A , Dudandose por la Gobcrnacion de la provincia si la décima Ir e de la totaliJad del pl'oducto del derecho de caminoq , de que contorme al § ÚlllCO, artículo l.0 del ecreto e <. e e u re (tl año próximo pasado, dildo por e, ts Camara en uso de la atribu­cion 22a. del artí-culo 124 de la ley organica de provincias, puede disponerse para la mf'jnra {) apertura de cualquier caminQ, caño. río etc. de conocida uti lidad, se entiende solamente de los produc­tos posteriores a la fecha del decreto, ó si comprende taml.Jten a les anteriores que habia existentes y se apl icaron a las obras del Dique; DECRETA, Artículo 1.° La decima parle del producto d el drrccho d6 ~minos de que puede disponlfse para la mejora ó apertura de cualqui era via de cOtllunÍeacioft, diferente de la (lel Dique, es so ... lamente Je los posteriores al decTcto de 9 de Octubre de l838. Art. 2.° Pero manifestando la G- bcrnacion qu~ hay otras obras importantes a que att"nJer con 10 p-ro!Juctos del cspresado derecho, y que acaso no pudra ak anzar l!l décima parte a ignada, se le autoriz para que pUi'da .Iisponer co, e~le fin de la décima parte d el derecho de Cd minos que ha bia exisiente en 9 de Octu· ure de 183s. D do en Cartagcn a 5 el -' OClubre de 1839 - El vice frsiJen­te de h Camar , J. T. Aylan.- El ecretllrio, Juan Anlonr'o ('ah/o. Gll bernado r_ dI! lit provincia. Cal tagena 7 de Oclubre de l83~. - Ej~Cllte !' e y publlquese. -Anlom"o Rodríguez Torices.- Cm'los Pa-, reja , secretario. Aprobando un decreto del Concejo municipal de lI-fahales en que eslab{,¡;ce Ciertos derechos sobre el camino de MalUlles el Barranca nueva, LA CUtARA DE LA PROVINCIA DE C,lRTAGlo:NA, Visto el decreto que el Concejo municipal del canton de 1\1a': hates ha espedido en 9 da Junio· pr'óximo pasado pstableci endo un, impue~to sobre el carnmo que va de l\Jahates a Barranca nueV'a: eh uso de la facultad q!le le da el inciso 12 del articulo 156 de la ley. orgimica de las provincias, DECRETA.. Art. 1.0 Apruébanse Jos números 1.0 y 2.° del artículo t ~ del espresado decreto, que t1iccn así: J) f.O Por cada carga de efectos e'itrangcros, un real. l> 2.° Por cada carga de efectos, frutos del pais que bajen del interior con el objeto dft comercio, meJio reaL 1) Art. 2.° Se aprucba igualmente el artí.,;ula 2.°, cuyo tenor es como signe: l)' Se e.ceptúan de derecho las cargas que se conduzcan pOT el paso de esta villa. 1> • Dado en Cal t'gena 3 5 de Oclubre de 1839 -- El vicepresidcn­t~ de la Camara, J . T. Aylan.- El secretario, Juall Antonio Calvo. Gouernacion de la provincia. Cartagena OClllpre '1 de 1839. - Ejecútese y publíquese. -#"Inlanio Rodl'lgucz T01'¡Cts.- Cat'los Pi, .. reja l secretuio. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 'J ·2 SEMANARIO DE LA PROVINCIA DE CARTAGENA.! SUCESOS DE PASTO. P1CTORI A DE BUESACO. Tenemos la satisfaccion de trasmitir a nuestros lectores, copiandolo al efecto del Suplemento a la Gal'eta de la Nueva ~ranada número 419, el parte oficial en que el Sr. general comandan~e en g,efe del ejérci lO p3cificado~ de Pasto lnstr u y o a.1 supremo poder ejecullvo, de los oconteCl' JDientos mas importantes OCUfl'idos en la )ndic~da campana, la cual ha sido a nues· tro ver bastante gloriosa pura las armas de la republíca y muy propia para a~· mentar los titulas a la gratitud y aprecIO Jlacional del ilustrado y valiente general Herran , q uo en el corlo espacio de ~e.s ., medio ejercio tantos ae t s caractel'lstl· ('os de la grandeza de alma y del beroís· mo clvico, ofreciendo repetidas veces y de diversos moJos y aun esponiendo su vida, la paz y la indulgencia a los eslra­viados pastusos; siendo el primero en la peléa cuando se persuadio de que era io t:vitable y el mas solícito en perdooo.r 8 los vencidos, sin embargo de haber SI­do autores de tantos males. Repdblzca de la Nueva Cranada.-Di­~ ion de operaciones sobre Pasto .... -Cll~l' lelgen.eral en Pasto, Setiembre 6 de l839. - Sr. SecTt:lal'io diJ Estado en el despa­cho de guerra !I marina. -'En mi comunicacion fecha .29 del mes úl­timo d í cuenta Q V S. de mi~ operaciones .fl.a,&tfl-l~~~;li·1l-r~~bura vo y a con t in u a r mi informe sobre la6 ().Currencias posteriores, dando prlllcipi6 por la lucida accion de ~uerra que tuvo lugar el 3.1. Situado en Bue~,aco, o me hallaba rodea do por las guerrillas enemiga,s, y solo te~i~ francas las vías del Juanambll por i\ht3baJ,ol ., Tablon de los Gomez, Se me babia in€or· mado que las tropas que estaban a ,las órd~ . Des inme itas del Gobernador hablan sufn do un revés del otro lado del GU.titara r y que los facciosos se ha hian apoderado del cantoD de Ti querres; pero no habia podiJo obtener los porm~nores de estos sucesos, porque todas mis esplas ctian en manos de ]o~ enemigos, como que los vecinos de nue­! wco e<:taban con ellos y tenian facilidad pa. p.rebent.lt>r ~ cuantas personas salian de m ~nJt Q. No me cJuedaba, pues, olro me d ( e s:tbe1' a fuenfl que 10. f ccio')os ha bl..l "l.n rel nido, , eua 1 era e 1 es ad . 1a ::. ca - sé~ de otro la lo el G "t ~ gu H ia de l CCllt ro, a I.\s ordenes del or h el Ju n Gre­g' roL )pe zj y la guardi llaeionc'll de Popa­, an quedo en d puebto g nar\ta ndo d parque, porque las guer. iUa !- d . lo. fa eclOsos nos a menazaban en todas Ji f'l~·cl'i orl\:. s. El eoron 1, ~dc de estado mayor, José Lilldo recorría la linea del centro. ~ ie tras yo arr rgla ha mi campo de bata 11 ti , los facciosos daban tambicfl su~ d lSpO ¡. ciones, que se reducian a cargar bruscam('n te por touas partes, y envol erme con su mucha gfwte. 1\'1,,8 de H10ü 11l)UJbrts de ellos ~e hall bao J'eullidos: varios clérigo y frai­les (Iue estaban con ellos le r p ¡,ti U abso· JUC10I: CS y bendicione3 con p ofus'on, et CAro g¿ nJole qu~ se arrojas 'n SO) fj 110 tros pa· ra destruirnos complettll1)cntt , f rE' iénJoles la ayuda del cielo y la b¡'cn. vcntur premio. El ronco chutao. Ut S men to bá rbaro de ' :,termimlJ , la ID 'lea, y mil vivas a la religlO t"xa t han íJ l .. turba ignorante , y la ncel, d l n en un ft)t'go fe r ez y salv~g ,. No tuv 1 ar \ u r. tr l\t' r ~ to e r emigos :. mi lí ca c tJmu me habia opuc " por ¡ue dios st' me Vlnl. on ele ~ me e, entonces tl ' la ' rO t n d ataq l e: mis gu nillas rOIn ptero U~ fu. g"s so bre su' 1 spe a varios <.le ello~, sino que se envolvió entre los, demas} de modo que mas de la mitad de los individuos que le;¡ componian quedaron en el leto fuer'a do combate entre muertos y heridos, incluso CQ éstos e'l comandante Manuel Delgado. Man­dé retira r a Jos que quedaban para hacer. una descarga cerrada ceo la linea del centro ~ asi se verificó; pero con mas empeño se nos echaban encima por todas partes los enemi­gos; continuó u.n fuego vivo en toda la Ji; lJea ganando terreno basta tomar el caño n que nos habia hecho algun daño, y era do-, fendido por l os fAcciosos con grao ¡nteres:. en seguida fué hecho prisionero 5 u gefe prin­cipal Antonio Mal.tano Alvarcz, y ya no pen­saron .mas uesde este momento que en 5aI~ varse dispersos a todo escape. Esta victoria ha ~ ielo obtenida a favor de )a serenidad de los gefcs y oficiales, y de la <.lisciplioll de la tropa. Ni el arrojo violent() de los barbaros, ni el fuego de cañon qua nos hacian, ni el fue,o de infantería d sde los barrancos con que se parapetaban intro­dujo el ma levo de~arreglo en mi linea ;.. mis órdenes se obeuecian de un estremo a otro de ella con tanta exactitud como en una pa· rada: los movimienlos fueron hecho~ con tal concierto, que todas las partes de la linea se protegieron mutuamente desde el princi­pio hasta el fin: cada befe era un fiel eje­cutor de 10 que yo disptimÍIl; y el s 'Lenci~ de la tropa daba lusar a que todo se hiciese en regla. . Lo mas importante llel combate duró itu ue inr:ovacioo en ma lerias I'digiosas, asociado a 1 furor Jemagógico ó a cierta especie de crimi­nal exaltacion . Los coriféos ó caudillos de tales trastornos Se anun ciaron como defensores ue los derechos del pueblo y como promovedores de reformas saluda-o bies; pero sus escandalosos ex ~ esos é in­justas demasías hicieroll el remedio peor que el mal, oponiénd<,>se a la sabia y prud ente marcha del gobierno ue la Rei­na t el) torpeclendo las operaciones de sus ejér ci l OS, causando la desolacion de una gran parte de su país y aumentando el numero de los prosélitos y sostenedores del fer oz v bárbaro Don Carlos. Las rev~luciones que se han verifica. do en los diversos Estados del conlinen­te hispano americano (..,.) en el espdcio de mas de veinte años, suministran lec­ciones bastante elocuentes ~ argumentos irrefragables contra el frenesi revolucio­nario, que tan inmensos males les ha causado. Los agentes de tales trastor­nos se han anunciado, por supuesto, del modo que han creído mas conveniente para adquirir partidarios, estraviando a los incautos con falaces promesas, ó li­songeando pasiones innobles y crimina­les. Uuos han invocauo falazmente a la libertad y, sobre lodo despues de la victoria, se han convertido en opresores mas desapiadados que sus ad versarios ~---, Oll'os han der.'ocado gobiernos legítima­mente consti luidos, por miras a (11 bicio­sas o fundándose en quejaS q ue por me­dios lícitos se hubieran podido .remediar; y despues de habe, se espuesto a ser VIC' timas de una rebe\ion innecesaria y de haber ejercitlo de un modo mas o me- (") No nos rcferimos al Pl\r[lguay, porque é no ba sido víctima de las revoluciunes, (Ji de los horrores de la an ¡srquia, sino de otro mal muy distinto, que es Jo que se puede U¡lffi1\r d~5potis­mo creador, propio de la infancia de lns socieda­des que, a nuestro modo de ver, ha durado de",: ma siudo\, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SE~lANAPlIO DE LA lj.ROVlNCIA DE CARTAGENA) ~os tlraOlCO el poder revolucionario, han agravado los males de su pais: -algunos IIan veri Gcado,. reacciones en favor de la restauracion de )o's gobiernos legitimos y del im perio de la ley, pero se ha n manchado con aclos de arbitrariedad, ti rania y crueldad, contl'arios a las mismas leyes que acababan de invocar: - muchos por satisfacer sus designios de eogl·ande. cimiento personal ó su espirilu de ven ganza, y ' desentend iéndose del concepto de publicistas CH1Sicos y de los mas ha­hiles estadistas que opinan unllOimemen te que una nacion puede ser feliz y li bre con buenas te)'es secundarias, sea cual sea la forma de su gobierno, y que las grandes innovaciones en las conslitu dones polilicas son pOI' lo comun inú­tiles y si~mpre peligrosas, han manteni· do a varias de las indicadas repúLlicas en un estado de revolucion permanente y de guerras intestinas, en que los sao grados principios de justicia y humani­dad, aSI como la libertad racional, han sufrido los mas grandes ultl'ages, ('on mengua del cré~ito publico y de la civi· lizacion progresl va. ¿ y cuales han siJo hasta ahora los re· sultados de tantos sacudimientos violen· tos de tan grande versatilidad polllica, d.e \antas guerras civiles y de lantas per­secuciones, para los desdichados pueblos bispano-americanos?., Bosquejarémos u ­DOS pocos muy orevemente.- Haberse verificado en ellos lo que segun algunos histol'iador~s sucedió en las republicas de la edad media, a saber: que nunca pudieron consolioal' sus instituciones, ni gozar de verdadera libertad, ni de orden social, erque los partidos que aherna~ han ea el ejercicio del poder público, abusaban de él p::ra proscrihirse o pel'­seguirse muluamente: -haberse Jad0 gol. pes mortales al cl'édito nacional, influ ­yendo en la prolongacion de la cspetie de bancarrela en que administraciones inespertas y dilapiladoras constituyeron a Colombia, l\léjico etc" principalmeute en los años de 22, 23 Y 24 :-haberse sufrido i mpl.1ncmeo te en varios de ellos humillaciones eOlananles de algunas de las grandes potencias de Europa y aun de uoo que olro de los Estados ameri ­canos menos fuertts: - haberse en torpe cido muchas veces la regeneracion iote leclu. I de los hispano-amel'icano's y con , tribuidose poderoSarnt'nle a generalizar la corrupccion (, dt'pr~vacion moral, que es tan contraria al pall'-Olismo y a la li hertad sabiamente entendida, etc. Fundados en las maximas sublimes y saludables consejos de los sabios; guiados por el fanal de la historia, é inspirados por la filantropía y el amor patrio, he­mos combatido hoy, sin arredrarnos por la suma escaséz de nuestras luces, las rebetiones y la ominosa inclinacion a las violentas reacciones sociales, efectuadas por medio de trastornos ilegales. Siendo las revoluciones, por lo ordí nario y cualquiera que sea la causa que se alegue para ellas, acompañadas de ac· tos contrarios a la libertad racional y a los progresos del bieneslar publico é in dividual, creemos que lodos los verda­' deros patriotas las veran siempre con horror. Poseyendo por fortuna la Nue · va Granada un gobierno representativo, con leyes que garantizan la libertad de la prensa, el derecho de pelicion y olras preciosas garantias individuales que in fluyen encazmente en los pueblos mas libres y mejor gobernados, en preservar su paz interior, en toda clase de mejo. ras sociales y en la imponente respetabi. Iidad de que disfrutan en la socied;¡cJ de las naciones, brinda mulLitud de arbitrios legales para que los buenos ciudadanos promuevan sin riesgo suyo ni de la pa t.'ia y de un modo eminentemente pa· tri6tico la dicha de sus co~patriolas y el buen nombre y crédito de la repú­blica. 1\OTICIAS ESTRANGERAS. Ayer sc recibieron en esta ciudad varias cartas de SantA Marta, cuyos autores dan las siguientes noticias importantes de Enropa, rcfiriéndose al paquete ingles que acababa de llegar al espl'esado puerto. España.- D. Carlos, el feroz y torpe pre· telJdiente a la corona de España, ~ué entre· gado por el general en gefe de sus ejércitos D. Raf.ael l\laroto, y quedaba prisionero en poder de las tropas de la Reina. Tltrqula.- Se asegura que murió el Empe. rador otomano; que le sucedió su hijo en el trollO, y que la escuadra tu.rca fué entrega· da por su Almirante a los egipcios. lJ1ISCELANEAS. COMUi'\ICADOS. PROPlJESTAS Pr\.Rr\. LI\S PLAZ-\S DE MI­l\ ISTHOS .JUECES DEL THII3UNAL JUDI­CIAL DEL DISTRJTO DEL MAGDALENA. PROVINCIA DE l\IOlIPOX. Para la plaza del Dr. José lJI. Baloco. SS. DD. Hamen l3enedeti. Manllel Antenio Salgado. Juan E. Duran. Pa'ra la plaza del Dr. J_ Anlom'o Plaza . SS. DD. Isidro ArrOJO. Alltonio del' Hea1. l\afael E. Santander. Para la plaza por renuncia del DI'. Aqui tino A lvare:,. ss. DD. Ildefonso Mcndez. Hamon Hipol\. José Duque Pineda. PROVINCIA DE SANTA MARTA.. 1.,"1 plaza. SS. DD. Ezequiel Rojas. ."Iorentino Gonulcz", Juan N. Osuna. 2. a plaza. SS. DD. Rafael E. Sanhnder. Vicent~ Lomuana. Antonio del Real. 3· a plaza. SS. DD. Juan E. Duran. Miguel l\lacaya. José Duque Pineda. PROVINCIA DE RIO-HACHA. 1 ,a plar,a. SS. DD. Antonio del Real. l\1anue Perez de Recuero .. r IldefoDso Mendcz. 2.a plaza. SS. DD. Hafael E. Santander. Antonio Roman Ponce. Juan E. Duran. 3.a plaza. SS. DD. Ramon Benedeti. Miguel l\tacaya. Pedro F. Castellon. ti, Memoria necrologica. La Sra. CIeore Benedeti de Aytol'l, de1t pues de una penosa enfermedad que sobre"! llevó con una confofl"!lidad poco comun, for~ talecida indudablemente por las virtudes que la adornaban, terminó su carrera transitoria de esta vida el dia 15 de Setiembre de 1839 a los 32 años de su edad. Su familia, ami~ gos y cono l'idos ha bran sentido, como es des.l birlo, la pérdida de un objeto tan estimable; y hoy les qncdadl para mitigar en ·algo la intcnc;idad de esta pena, la consoladora per..: suacion do que la sustancia mas ex.celente que la constituía-su espíritu - descansara por siempre en la feiicidad prometida por el SUJ>nE~lo BIEN. ADU.\.NA DE CARTAGENA. Palor de los electos importados m el año eco· nomico corrido dude t. o tÚ Setiembre de 1888 hasla 31 de AgoS'lo de 1839. De lnglaterra . 780.757 4 3/, De Francia 112.540 8 De Holanda 9 .016 5 J/2~ De los Estauos Unidos. 93.205 6 I/§ Ps. 995.580 3 1[2: ESpOl'lacio1l en el mismo año. CanlldaJ. Valores. 20.318 libras aceite canime. 9 910 4- JO Jamezaua~ aceite de coco J 1.) .609 li uras arros. 73 749 libras algodon 7.4 i 3 libras alrniJon . 8615 libras azúcar S. (36 li b ras b,dsamo . 102 ba t t~ a s • 565 qui ntales brasilet-e . 6 vurros. J 5,884 cueros • 79.800 cocos . 1.bi9 libras cobre viejo 271 cerdos . G05 libras carey. 350 id. caLivo 2.900 id. caucho . 111 caballos 6.33l quintales de diviJivi. 4.060 libras id. en polvo 36 cajetas de dulces 31 dO,;Cl a., esteras. 81. 776 libras fri 01. 33 l.'" zas g'llcado. 175 hé\lnacas 1 yegua. . • 3 .583 '/7. fanl'gas de maiz 129 mulas . 10616 qUlOtalcs mora . 9.9ii libras de mel . 50 quintales ñame • 36 .5 Ji bl'as pitll . 960 petacas de cuero 13 OIIZ8S pcrlns 37 '1,. libras phnina. 915 libras raicilla SO id. t-al1gre de drago. S does. tazas de barro. 4. \'acas 913 liura,s zarza. 40 al 3.802 D 11.~ 7.374 i 136 7 3/::- 516 7 Il4 525 • 43 4 1.0L7 6 60 ~ 21 ,} i 1.067 4 197 3 1.391- 4: 2.960 D 65 5. 196 • 3.740 1) 8.573 6 ~/4 53 " -. 7 4 166 i 1.686 3 ';; 82 4 525 J) 30 1) 5.116 D .S. 3lJO D 7.621- It " / .; 295 6 tJ. 31 4 60 6 308 1 402 D 983 4 686 5 30 • 15 ~ 64 9 127 6 '1 .. ----~ 91 873 » 1/, Doblones • 1.151,708» J Fuertes. 27,1652 314 1.179,f45 2 3k Macuquino. .282 » ---_.----, ERRORES CALlGRAFICOS En la Memoria de la Gobernarion inserta en el núm. 35 de este pCl'iodico, a la pág. 2, col. f, lino 36, dice facilidad ql¿C llaya etc., dcuicod& decir facilidad de comuflicací.on que haya etc. En la misma pag., col. 3) lino 2, dice territa: rio, debiendo decir terreno. En la pago 3, col. 2, lino 39, dice conveniente,. debiendo decir concerniente. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Por: | Fecha: 17/10/1839

SEMANARIO DE LA PROVINCIA DE CARTAGENA.' ¿ SEMESTRE 2. ~ CARTAGENA, JUEVES 17 DE OCT(JBRE DE 1839. NUl\tERO 38. Este periódico saldra todos los jueves: la recepcion de las suscriciones y 'Venta de los números sueltos están á cargo del tesorero de rentas provi-nclaies Sr. J U':\ll ~ntctnio Calvo. La suscricion por ~emestre vale CUATRO l'ESOS, pagaderos adelantados; y cada número suelto REAL T !lEDIO.asEl precio de la iuser-cion de los avtH. ó aniGulos de interes privado, será de un peso hasta doce renglone~ y un real ¡pas por cada tres renglones de los que excedan d1l 3-quei númer~, y la mitad por cada vez que se repita, siempre que se auvierta al tiempo de la entrega. DECRETOS DE LA CAl\tARA DE LA PROVINC~A. -+- Reformando la tarifa de derechos comunales de Sabanalarga. LA CAHARA DE LA PROVINCIA DE CA~TAGENA, Visto el decreto del Concejo municipal del canton de Saba­IlQlarga de 14: de Junio último, que arregla la tarifa de los dere­chos comunales que deben cobrarse en los dist ritos panoquiales de su comprension: en uso de la atribuc\on que le confiere el in­ciso 4.° del artículo 171 de la ley de 19 de Mayo de 183i, DECRETA. Art. 1. Se aprueban los impuestos de los siguientes números del mencionado decreto: l.0 Por cada res vacun que se mate para el abasto de la po. h\acion, aos reales. . 2.° Por cada cerdo que se mate con igual objeto, un real. 3,.0 Por cada res que se introduzca en el nutadero, medio real. 4.° Por cada almacen que venda por mayor efectos I.::strange-ros ó del pais, cuatro reales mensuales. 5.° Por cada tienda ó veota de mercaderías, medicinas o Ji ,c-ores del pais o estrangeros, tres reales al mes. 6.° Por cada fonda, dos reales al mes. 7.° Por cada trtlCO o villar, dos reales mensuales. 8.° Por cada mesa de juegos licitos en las temporadas de fies tas públicas, dos reales diarios. ' 10. Por cada juego de pesas y medidas del concejo comunal fIue se alqoile al que las necesite y pida voluntar iallJCnte, se paga· ra cada vez medio real. t L Por cada vez que se alquile Ulla mesa pata el mercado, al que la necesite y pida voluntariamente, se pagara un cuartillo. 12. Por cada buque sea cubierto ó descubierto que salga car gado, pagara !u dueño como sigue: d.esde ona basta veinte y cinco ~argas, on real por cada. viage; desde .. einte y cioco hasta cin­CtU. nt , dos reales; y desde cincuenta para adelante, tres reales. . 13. Por cada ~iVQrsion ho.ncsta Ó espectacu~o que se dé al pÚa bhco por especuJ,clOD de particulares, se pagara un peso, siempre que esta cuota no exceda de la décima parte de la probable ga­nancia liquida que se calcule tendran Jos especuladores. - 14. Por el arrendamiento de las tierras comunales de los dis· tritos parroquiales, cuando 11$ quisieren ocupar los vecinos de otros, del mismo ó de distinto cantoD, se pagara como sigue: el propietario que introduzca en ellas de doce a veinte y cinco reses, J>lgara un p6S0 por una temporada de invierno ó de verano: el que introduzca de veinticinco a cincuenta, dos pesos: el que de cincuenta a cien, cuatro pesos; y el que introduzca mas de cien, pagara ocao pesos. 15. Los que del mismo modo quisieren establecer labores ó plantaciones en dichas tierras, pagaran como sigue: por cada cabu­lla de cañeveral ó platanal, dos pesos por año; por cada ~orte de roza comun, dos pesos, sea cual fuere su estension. Art. 2. Se reforma el número 9. 0 que dice: » Por cada fa­nega de sal que se estraiga por agua de las salinas de Samb!, pa· ra c'o~sumo o venta, se pag'ara medio real, y por cada carga que del mismo modo hubiere do conducirse por tierra de las mismas salinas, a cuaJqui~ra punto de dentro ó fuera del cantaD, se pa­gara un cuartillo,» -en estos términos: ~ Por cada carga de sal que para su venta y consumo se trasporte de las salinas de Sam­~ a, se pagara medio real si es por agua, y si por tierra un cuarti· b~ ~. cOJ)o arre1)10 f¡ inci.so :.0 del artículo 178 de I~ ley org:lOica de pro'\'incias y del inciso 2.° del artículo 40 de su adicional. . Art. 3. Lá Camara no imparte su aprobacion a tos núme ros i6, 17 Y l8, que dicen asi: » 16. Las multas que se impongao por las autoridades locale~ de los distritos, segun el inciso 1.0 del articulo 31 de la ley de 16 de nIayo de 1836. ) 17. Los dos reales que deben pagarse por el sel10 de la~ pe· sas y medidas de grano,;, géneros ó líquidos. ) J 8. La quinta parle que por la ley corresponde a las renUs comunales de la de aguardiente,,:)) porque aunque es indud~b! c que las contribllcione5 que comprenden estos números hacen parte do las renta~ comunales, y que por lo tanto deben cobrarse p.or los concejos respectivos, piensa que los obieto~ sobre que recaen no siendo imponibles por los concejos co,unnales, és t03 n. e tan autorizados por el inciso 4.° del artículo 111 de la ley organica de provincias para decretar sobre el los las contribnciones necesa· rias para el especial servicio del distrito parroquial j es d eci r, q ue n6 deben estar comprendidos en la tarifa que formen con tal objeto. Art. 4. Cuando se cob're una eontribucion comunal impuesta s@br l estias y embarcaciones~l1e eondtueat't earblHneutos, no se cobrara contribucion algunil por el cargamento; 'Y del mismo modo cuando se cobre la contriullcion impuesta, sobre el carga· mento, no se exigira ninguna por las bestias o embarcaciones que lo conduzcan, de conformidad con lo di3puesto por el articulo 39 de la ley adicional a la organica d~ provincias. Dado en Canagena a 5 de Octubre oe 1839.- El viccpre¡;iden­te de la Cámara, J. T. Aylan.- El secretario, Juan Antonio Calvo. Gobernacion de la provincia. Cartagena OCluh~e 7 de 1839. - Ejecútese y pulllíquese.- Antonio Rodrigue't Torices.- Carlos Parlo reja, secretario. ~ Repartiendo el conlc"ngenle de hombres para el ejército .que corrcsponr.le ti esta provincia. LA CA~AnA DE LA PRO~JNCI~ DE CARTAGENA, Cumpliendo con el deber de hacer entre los cantones el re­partimiento del contingente de hombres con que Jeb-e c~ntribuí(' la provincia para el ejército, !egun la atribucion 9a. del artículo t 21 de la ley organica de provincias: vista la distribucion becha por el Poder ejecutivo para el presente año económico, y alTe­glandose al censo de poblacion de ta p.ro\! ¡ncia, DECRETA. Art. 1. Para completar el ejército al pié de paz, contribuira el cauton de Cartagena. con t 5 homhres, el de Barranquilla con 7. el de Corozal c()n 1 í, el de Chinú con (2, el de Lorica con 14, el de l\hhates con 8, el de Sa banalarga co.n j, el de San Andres COIl 1, Y el de Soledad con 7: total 85 hombres. Art. 2. Para el caso de comDocion interior cbntl'ibuira el can­ton de Cartagena con 104 hombres, el de Barranquilla con 48, el de Corozal con 98, el de ClJinú con 83, el de Lorica con 9B, el de Mahates con 55, el de Sabanalarga con 48, el de- San Anures con 6, el de Soledad con 48: total 588 hombres. Art. 3. Para el caso de invasion esterior repenlina contribuiJ ra e~ cantan de Carlageoa con 218 hombres, el de Barranquilla con t l3, el de Corozal con 232, el de Chiuú con 174, el de Loriea con 232, el oe t\1ahates con 129, el de SI banalarga con Il3, el de Sao Andres con 14, Y el de Soledad con 1 t 3; total 1. 368 hombres. Dado en Cartagena a 6 de Octubre de 1839.- El presidente de la Camara, José Maria Bf,raslcglli .•. El secretario, Juan Antonio Caüo.· Gobernacíon de la provincia. Cartagena 7 de Oc~ulJre de 1833. - Ejecútese y publíqucsc .. - A ntfJJÜo Rodla s3caballtHI bn~ta 'Barranca, la bastante en· trada de las aguas del rio en su creciente pcrió~h('a Je Junio, capaz d.c producir' d ;le s cado efeclo de la navegaclOn; aU i. que Cler­turnen. te de una havfgacioll incómoJ d. y PI'O­" Visional. La razon que se deja \'cr como C!I usa} para la frustracion de esta esperanza, para e a favorable conce cion <1-U11.35 el ve llem rn'e deseo e a Junta por verla cumplí da dió meno! realce que el que mcrcda il los ObStlH~utos que se le presentaban, estriba principalmen te en la poca consideracion d I) la lI~ncionad& ~reciente, que no alcabzo a la elevacion y fuerz.a quo comunmel1 te c~rres· ~nden a las que aco.Dlecen en e.s ~ pl: rlOdo; siendo tam.bien precI~o de adnl1L1r que los trabajos se acometieron on poco tude, de manera qlle si ellos hablesen esta do en mas avance cuando sobrevioo la creciente del rio, 'tal ve'l. ~e hubiera efectuado -la comuuicacion .n t' l sent1(10 qile antes se ha in.dicado. R.especto a la causa primeramente nombra da, no hay comento alguno que hacer: los efectos de la n'atura1ezl no solamente no pJ,Jf':dc( ser goberna <{os por el man~ato dd h omur.:!, , ino que con harta frecuencIa hasta '6 e sustrae.. fuera de la prevision do todo calcu .0; y en cnauto a la. segunda en la se­cu l· de e ~ta memoria se dejllr~ ver qutJ ni fué posible e~pre 1der los trabajos antes de la fe cha en que se principiaron, hi tampoco ae Juzgaron ser entonces de tanla entidad, ni que por cou'l i{;uienle fuesen acompañados de tlI il ta inv rsion de tiempo para r ~ ali"Z1lrlos. 'F rmada la Junta directiva. e\ 1.° de No­' Yiembre del año próximo pasado, fué su pri roer paso adoptar las medidas que e,)labln a 6U alcance para cerciorarse del .es.lado ~ ·tual ·del ,Diqup.; 'Y a este efecto se pIdIeron L fvr m's a varias personas de las reputa r as como mas idoneas para evacuarlo.s tauto de csta ciudad como (le los puntos vecinos del Dique, J se acordó ¡gua 'me ' te que la InlSma Junta, })()1" medio de una celDision de su seno, pro­cedie- se a vic:itu el ob~truido canal, pua que con vista peuonal de las COS'IS se obtuviesen D'1 ticias y datos circonstanciados de todo lo CQucerniente a su actual e$tado, de las diver s s clases de obr,'i que era preciso hacer, y ~l mejo'r modo de efe.ctuarlas. Esta comi· sion, compuesta de los miembros Argumedo , lu biria, s-alib de la ciuda el 15 d'e F ~ hr~ ro ~ re9resó ~l 2~ del mismo, siendo de adver· lir que' esta visita no pudo (jra.c~icai'se a~tes, porqllc convenia que ella se hICIese en tlern · po de seca, y -f~por rooy decididos qy.e estuviesen );díos rn-iembros fa evacuar con la mayor· breved d tal encargo, sus aten­ciOlles particulares Jos obligaron a po~poner, aunque por un breve espació, Ja época de su m8n·ha. Eu virtud pues de los informes de la comi· sion, se ocupó activamente la Junta en que se acometiesen los trabajos de la limpia des­de el Paso de l\1ahates hasta narranca; adop. tatldose para efectuarlos el sistema de sobres · la ntes y peones, pues era difícil 'emprender los por medio 4e ajustes o contratas, ,a por 1, d iversidad de ellos, su grande estension, la e~ca 5 éz de recursos en los individuos es· peculadores (lue probablemente pretr. nde · rian, con impruuelltes calculos (, maliciosos intentos, celt!brar tales contratas, y por otros motivos que reconoce la Junta para creer que no es por ese medio que se podria lo­grar mayal' cconoml8 en los gastos, b mejor éxito en la empresa. En efecto, acordado el rtglamento que dehía regit· en los trabajos, conseguiJos y destinados en los lugares o · portunos las hachas, machetes, bongos, apa· rejos y demas útil necesarios, y Hombrados el sobrestante mayor y te sorero, se organi­zaron tres diyisiones, que posteriorme 1te se elevaron a cuatro, b3jo el inmediato mando de sus re spectivos capataces, las cuales se si tuaron en toda la estensioll del obstruido canal, desde el Paso de Mahatcs ha~t Bar ranea. El 22 de Abril se dió principio a los tra­bajos con una actividad que no ha sufrido despues desmayo sino progl't'sivo adp. lanto, y tí cu yo Leuefirio se e U CUCL1 lra 1.. mencto na lla e lension del Diqu e t~ ll un est"do muy avallzado en la hmpia Lit: t.ant ')s cstorbo'> que se habían acumu:ado en 1011 muchos años de ew total abandono que babia sufrido el canal. Estos estorbos ban consistido principalmente. en las Grandes palisadas qu~ embarazaban el canal en términos de no presentar en a lg\l~ nos parages sino un espeso bosque: enJos nu..:­merosos arboles y troncos que desprendién­dose de las orillas ocupaban el fondo dd cauce y cuya estnccÍon ha ocasionado en ciertos puntos gran costo y trabajo: en 103 bancos de arena que en diversos lugares del canal formaban obstrucciones considerables; y finalmente en el gran número de firrnales y taruyas, á 10' cuales· el abandono de tan­tos años habia dado tal consistencil, que su completa y eficaz remocion ha hecho nece­sarios un trabajo asiduo, a'goD tiempo, "1 cí'Dsiderable dispendio. El firmal solo de Sopla1!íentos tiene sobre tres leguas de es· , . .) ten:uon. Conocida pues la entidad de estos obsta~ culos y la grande urgencia de emoverlos cuanto antes, la Junta ha dedicad" a esta limpia toda so ateudon, y una ~ez princi­piados los trabajos, ha tenido un desvelo in­cansable en que no sufrieran a traso, no obs; tante que ademas de !Ds embarazos que ofre-. ce la Ilaturaleza de J. obra, conlO yl se han indicado, vo~otros sabeis que eOD de a;re­garso otros de distinta clase procedentes dG la escaséz de brazos para el trabajo mi te­J'ial, de la de hombres aparentes de quienes hacer confianza para dirigir y m ne art de las dificultades para conseguir con oporton .. brevedad 105 útiles que se necesitan o re, quieren composicion, y hasta de la misma moneda macuquina con que se aliende a la. satisfacciou de todD esto, la cual ofrece • cada paso tTopiezos y molestias; fotmindosc de todas esls.5 causas un manantial delDasia.~ do fecundo en inconvenientes p.ra J. mar ... cha rapida de toda empresa semejante. e Continuara. ) ¡)¡ ADMINISTRACION DE JU T e A .. .:.....;.=~=""-=--~· --_'ó"fl""-'- ESTADO DE LAS CAUSAS PENDIENTES Y DETERMINADAS EN EL SUPEIUOR. TR.IBUNAL DE JUSTICIA DEL MAGDALENA desde 20 de Julio del corriente año en que se planteo la ley de reformas jud/ciales. hasta 30 de Setiembre del '!numo. ISR• l\1TRO. AtVAREZ I cuya plaza esta despa SR. MINISTRO chando el Sr. Ministro ·PONCE. Benedet,·. - --~ Repar- Deter - PeÍl- Rcpar- Dettr - tidas. minad s dientes tidas. minads --.oI! Criminales en definitiva. 17 13 4 1'1 13 Id. de autos illterlocutories. 7 6 1 6 6 De responsabilidad 15 3 12 15 5 Id. de 2a. instancia . 1 ,) 1 1 1 Id. de pronta providencia 3 2 1 4 2 CivÍies de hacienda . 4 4 » 3 2 Id. de autos interlocutorios. 1 1 » • " Civiles entre parles . • " .5 1 4 3 1 2 Jd. de autos interlocutonos. 1 5 2 ~ G I 60 35 25 liS 37 COMPAl\ACION. Causas repartidas. Ca!lsas determinadas. Pen-di. ent s - 4 JI) 10 • .2 1 JI) 1 1 .19 SR. l\'IINISTRO RECUERO. 2 4- 6 6 Jt lb 2 13 J J) 1 4 » 4- 3 3 • • ., • 2 1 t 6 1 ........ ...-. -----~ 53 .29 ~ ! Quedan pendientes • 68. N(}TA. 'Como se advierte de las partidas re,. pectivas, la mayor parle de las ~s .. pen..: dientes son de responsabilidad, que no pueden despacllal"se con brevedad, po que e ena'. se oye por. medio de informes a los jueces que no exis en en la ciudad 1 ks 4ema~ se 11,: llan su~tanciaDdo. CartagcRa, Setiembte 10 d. 183.9. FranCl~c() el la E 'P~'p,l l. "~_. e !. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMA:N:ARIO ÚE LA PI\,OVINCI.~ DE CAl\TAGENA. 3 SUCESOS DE PASTO. Bogola 29 de S.e~iemhre de 1839. - El indulto que pubhco el general Herran, y que comprendla a todos los que es~ tando comprometidos en la rebelion se presen tasen dentro de un término peren· torio, ha sido aprobado por el gobierno, en consideracion a los motivos que ha manifest.4do el general que tuvo para espedirlo, y á la autorizacion que para eIto le habia conferido el ·Poder Ejecuti­vo, en uso de la facultad del pa,rágrafo 4. o < articulo 108 de la constitucion, en cuyo ejercicio se halla por haberlo asi acorda· do el Consejo de Estado. Pero desgraciadamente varios oe los rebeldes no han querido acogerse al in, dulto. El jueves 26 del corriente llegó á esta capital un posta de Popayan COn correspondencia oficial hasta el 18 de dicha ciudad, y noticias de Pasto ha~ta el 13. Parece que la desconfianza, hija de la falta de ilusu'acion y de la sorpre· sa que debe haLerl.es causado tanta ge· nerosídad despues de tanto crimen, y la ilusion en que estaban de que recibirían auxilios del Ecuador y de algunos pun, tos de la Nueva Granad;J,. habían indu­cido ~ ID uchos de los rebeldes a no so· meterse ni hacer uso del indulto. Exis~ tian por consccuenc}a algunas guerrillas; pero el general Herran iba el salir el 14 a ha tirIas, dejando la ciudaJ, el parq ua y el hospital bien guarnecidus. La trQpa veterana de artillería que el gobierno mando marchar de Cartagena por el Istmo, habia desembarcado sin novedad en la Buenaventura, y a esta ecb debe. haber llegado a PupaJan con las piezas de campaña que conduce. Es ­ta fuerza, unida a la que ha marchadu de esta capital y de Neiva, y á la colum­na que hilce pocos dias ha hecho mar­char de Popayan la infatigable actividad del Gobernador de aquella provincia y la del gefe militar, parece que son mas que sulicie Hes para robustecer la colum­tUI que manda el general Hel'rao, y des-ruir las guerrillas 'loe infestan el canton de Pasto. . ~Gaccta de la Nueva Granada.) CODIGO POLITICO GRANADINO. Es bien sabido que las formas de go· ti, o influsen menos de lo que se cree ó se dice comunmente en la vel'dadera dicha ó libertad de los pueb1os. Por otra parte, todos los que hayan leido con juiciosa meditacioD la historia de las aso · c' ciones humanas se habrán persuadido de que la versatilidad y las innovaciones prematultas o precipitadas en las leyes constitucionales <> fundamentales de una nacion, son por 10 regular produclivas d~ tas a infa ustas consecuencias, sobre odo cuando insanas pasiones políticas lo­gran se tr~storne ó desplome el edificio social, causando guerras civiles o atroces é injustas persecuci nes. , Sentado~ tales principios, no podemos men~s que opinar en Javor de la perma~ nenCla de la actual constitucion politú:a rlft la Nueva Granada y contra toda va' i49ion en ell que no sea clara !I evi­d fttemente necesaria para rendir home· ll~ge a la j ~sticia y ~ r~glas muy' esen-laJes del blenesta~ pubhco. . Nos pat--eee oportuno someter a ILl con sideracion de nuestros lectores, antes de continuar. los sigu ien tes pensa m ¡en tos de algunos célebres--e.s.critores, que son argumentos n uy pode~os a favor Je nupstras precedentes asen'iones y de lo demas que espoodrémos en el pr'es(' n te artículo. -Bacon ha dicho en sus afol'is mos pollticos » que sería una fortuna que » los pueblos pudiesen siempl'e i m i tar el 11 ejemplo del t.iempo que es el mayor » de los innovadores, pero que obra con » calma y de un modo caSE Úllpercepli­J) ble. » - Es bien generalmente sabida 13 maxima política de Pope que dice: J) De· l) ja a los insensatos q Ile dispu ten acer J) f;a de las cliversas formas de gobi6}rno: » el me;'or es el mejor adminisl1'ado. D­Droz en su oura LÍtuladd »Aplicaciones df: la moral a la polllicaJ ) al tratal' de la eficacia que se atriuuye a las formas de gobierr..o, espresa los cooceptos que siguen, ademas de otros igualmente jui ciosos~ » Cuando acaban de publis;arse J) las leljes fundamentales de un EilIlUO, » no se sabe qué gobierno tendra serne, » jante Estado. Las-leyes no haLlan por » si mismas y tienen cierlos órganos que » las interpretan. Hay ú'tlerprelaCúJn mas D.favorable el la autOridad que ti la ltber­ » lad j otra mas fa/ rorable a esta tíltúna » que ti la p1'lmeJ'a, y una tercera mas D COlldUCfmle l} ue las otras dos al inle~ » 'res gtlural . .. _ . .. Creer que cierta » con5litucion polítiea es un lalisffian que » lleva consigo la felicidad, es una ins ig » [le locura. . • • • • • .• Cualquiera que » posee la autol'Íoád puede emplearla en l) bien de todos; luego no ha y forma de ) gobierno que haga inevitablemente in » fe1iz a la nacion sujeta a su influjo, » [J om bres virtuosos harian buenas las » formas de gouierno mas defectuosas, S ) las mc-jol'es se corrompen por la influeu· .» cía ominosa de seres viles y degrada­) dos .•..•. » -~F. Baudúz en su oplís· culo tituLHlo J) PrinCipiOS pOIUICOS apltca . btes J la Iu'stona)) dice aSl: \) Cu , ndo » uno, con la historia en la m~ (JO, re » corre todas las teOJ'las potlticas que han n ensayado los hombrfls, le dan a veces ) tcnlaciones de desesperar de una dura » bIt: libertad. j Cuántas constituciones ) bemos tenillo, todas violadas Ó sllspen )} sas! . • . ... La unica coujul'acion que 1) puede conduclrnos d la Itbet'lad, estriba ~ en propagar las b,ces de la r'azon, y ) el gl an probleol3 polílico no puede ­ » resolverse mas que con esta ( rírmula: )) hacer tan ilustrado d un pueblo que » quiera lr.!fes justas !/ propenda a cor" » ser·varlas. » Hemos creido conveniente agregar a las preinsertas máximas de los publicistas europeos arri ba ci ladOS., las reflexiones de un ilustrado patriota colombianu que insertamos a continuadon, COpHlodolas al efecto de un excelente escrito que cir­culó ahora pocos afios.~- » Desde el Misisipi hasta el Cabo de Hornos, desde Acap.ulco hasta Talcahua· no en el nuevo mundo, que infausta­mente fué y se llamo españo'l, se suce· den las revoluciones atl~opelludameote: en unas republicas se establecen gobier nos federales, suaves y democl'3ticos, y caen á la vuelta de algunos años, prece­diendo a su ruina comba'tes, honores y anarquía: en otras se establecen sistemas m ili tares fuertes y vigorosos, y sufren Ja misma suerte, precediendo tambien a su ruina los mism-04 combates'- horrores y --=- anarquía. • • Solo el Jesordcll y la. JesolJ-ciou son duraules y pereones, al: tel'nando a lo sumo momentos de espt!· ranza con LH'goS dias de pena y · coofu­sioo. Méjico ya república, ya imperio, va federal, va ('entral; GuatemJIa, el)­lCHnlJia, Prru, Bolivia, Chile y Buenos Aires, son paises que esÜn di~iendo al que quiere observados: Existen en el munJo hispano americano fuentes inago­tables de auarqula: sus pobres morado­re8 no ~ncuentl~an medios (, comuinacio­nes que las agoten, y aloloourudos se a· tribuyen reclprocamente, segun son ven·,", ciJos o vencedores, la causa d~ su ¡a , forl.u-oio. ) '. Las razones que hemos aducido, 3S( como otras muchas, que omitimos pOlo huir ue la difusion s uos persuaden úe que la Nueva Granada obrara con ratrio~ tisrno y cordura desentcnLliéoclose de las instj~aciones de los ambiciosos ó visio­narios que intenten variar la forma Je Sll gobierno, (> hacer reformas prematu. ras o innecesarias en su consti tllcion.­Creemos que semejante opinion es la uo· minante en todas las proviflcias <.le la republica, pues los gra nadi nos q u e po lW fortuna poseen i!ustl'3cion o espt:riencia polllica, temen con sobraua nzoo cam­biamentüs bruscos y precipitados qU, embarazos fiscales de un pais bastante desgraciado por la enorme deu· da que lo abruma, ~ cuyo aumen~o po dri,a completar -su rUioa y su des.credl too ¿ y habra granadinos bastante incaulos <> tan enemigos de la felicidad de su pa · tria, que no rechazen .los conatos. de los que por satisfacer paslOnes abominables traten ~e arrebatarles los bienes de que disfrotan y que son debidos en mucha parte a la influencia bienhechora de las actuales instituciones? ¿ Habra algunos tan sordos a la voz de la razoo que des­~ onozcan que los males de la Nueva Gra· nada pueden seguir úis.minuyendo ~r~­gresivamenle, a beneficIO de una. babtl administraci9n v de leyes secundarlas ba ­sadas en las reglas d e la j us tic ia y de la u tilid.ad social? ¿ No nos enseñan los a­na les de las naciones, aSl como las lumi· n 'osas doctrinas de muchos ma~slr05 <.Jel género humano, que los pueblos r~eden ser libres y felices con justas y sabias ~e , yes secundarias, aunque su pacto SOCial fj conslitucion diste mucho de la perfec ­cion? ¿ Y siendo indudable que la c~n5 tilucioo granadina ademas de garantizar ) . . II Jo~ fuero~ y prerogatlvas mas esllma ).e~ del hom bre V del ci udadano, concede a todas las provincias, cantone?, etc. gr~n , de inlervenciou en sus propios negocIOs por medio ~e sus re;pec.tivilS asam,uléas, y que t;onllcoe en ~l misma ('1 gel'me~ .uf; su reforma lcnla y graduul, no sera .;;Hgna de que se le conserve como una taLla de salv9.cion, de que se le respete ~ebidamenle y - O'BRA DEL DIQUE. nluy 6uis{aclorio nos ha sido ver arri "biYr á nuestro muelle en la semana pasa­" da tres 'embarcaciones cargadas de palo de mora, procedentes de San ESlanislao, que es uno de los productos que con tanta abundancia V excclen('ia ofrecen en tribu lo a la industria h u mana los esten , sos 'f hermosos bosques que pueblan las margenes del Dique. Se halta pues en 'estado navegable esa parte del canal que "l~ or tantos afios ha~ia .permanecido o.bs .. lruida, y por conslgulente restableCldo entre esta ciudad y aquel industrioso pueblo el tráfic.o que puede decirse que. dó anonadado desde que fué interrumpi. da su co~unic.cion acuática con este puerto. .. En lal ~aso creemos que Ilada podría liber­- tnr a las rentas p,;blicas del gran déficit anual de , dos millones y medio a tres mi{~9nes. de p~sos. L Se llam_ó\ríí\ esto progreso,? ... , CONl\1EMORACION PATRIOTICA. El dia 10 del presente mes por la 00- che tuvo lugar en la casa del Sr. gefe militar de esta vlnria, coronel Juan A. Gulierrez de Piñeres, un magnífico y bien ordenado baile, promovido por el espresaclo gefe y por otros de los SS. em· pleados militares de la guarnicion, con el objeto de celebrar el J 8.° aniversario de la recuperacion de esta importanle plaza por UllO de los ejércitos que deCeno _ di eron gloriosamente la causa grandiosa de la independencia hispano-americana. lfué grande el numero de individuos de ambos sexos que concurrió á la mendo­Iluda demostracion de. alegria y satisfac* cion cívicas, y se oyeron proferir con free uencia merecidas alabanzas dirigidas a los pa tdotas beneméri tos que, con sus talentos, -su heróica constancia, ó con su valor, cooperaron á un acontecimiento verdaderamente fausto no solo para nues· tra patria, ~ino para lodo el munuo libe ral é induslrioso. NOTICiAS ESTRANGERAS. Hemos visto papeles de Londres hast3 me ti ¡ados d.., Agosto traidos por el paquete ingles. No hallamos en ellos referida II entrega de D. Carlos al ejército cristino, como lo anun­ciamos en nuestro número anterior apoyan donos en las noticias que circularon refercm­tes a cartas particulares. Dichos papeles, sin embargo, presentan las cosas ba.io un as ­pecto tan desesperado para el Pretendiente, que hacen presuluible haya llegado a esla fecha aquel caso, pues, como dice un perió­diCO de Londres, U. Carlos se hallaba en dls­posicion de ser entregado por sus amigos, ó apresauo por sus enemigos. En virtud de illvitacion de Maroto, el almirante de fa es­cuadra il gl usa sobre Bilbao h&bia desembar cado,! segu\(Jo a las lineas carlistas, donde hubo una conferencia secreta entre los dos, que tuvo por coosecueucia la remisioD de UD mensagcro con pliegos de parte de dicho al mirante a su goblt;~l'lIo, El escaso ejército de D . Carlos continúa ocupandose en acogerse a u na po. icion despues d e dejar otra que se hace peligrosa al ace rcarse el enemigo: los pueblos que basta ahora lo han aclamado con tanto calor, lo abandonan por causa de la inú· til prolongacioo de la contienda, y el mismo déspota 00 es en e l dia otra cosa que el imbé· cil y despreciable juguete dd feroz l\1aroto. -Se cOllfirma la nolicia de hab ~ r obtenido un gran t ri u (lfo las armas egipcias sobre las turcas en Siria, y, lo <-tue es mas importante, la de habe rse pasado a los cgi pcios la escua­dra tuna, la cual se halla fondeada en Ale­janJria. l\lehemet Ali protesta que retendra la escuadra bojfl1 su proleccLOn hasta que se le conceda el dominio absoluto que de hecho t ieQe sobre el Egipto y la Siria, sin reconocer vasallage alguno a la corte otomana. tas es cuadras de Inglaterra y Francia S6 hao- pues­to en movimiento a consecuencia de estos acontecimientos. kl/SCELAN EAS. REMITIDO. SS ... EDITORES DEt SEMANARIO DE CARTAOENA. Santa .J-larta 5 de Octubre. de 1839. Apreciados SS.: El infrascrito sllpli­ca a VV. fervorosamen le se dignen dar lugar en las columnas del imparcial, li­bre y juicioso periódico de cuya redac­cion estaD encargados, al contesto del impreso adjunto, en que un ilustrado viugel'o estrangero rinde el debido ho­Dlenage al inmortal caudillo de la ¡nde'­pendencia y de la libertad ~ispano ame-ricanas, general SUI0N BOtIVA1\.. Soy de VV., SS. editores, con senli ~ mientas de grande y respetuoso afeclo; su fiel compatriota. Un 1'cpublicano observador.' A LOS MANES DEL INMOR TAL E' ILUSTRE Q)lWCID~ m®ILll~~m~ He visitado con religioso recogimiento en la calle de Zea en Caracas, el salan cusa almosfera rccibib lus primeros alieo· tos; he visto la casa que te sirvió de, domicilio en la calle de Caraboho; he visto el salon de. la hacienda de San Pe-. dro Alejandrino en el cual los ultimos alieotos de tu noble y n'lagnanima voz pronunciaron la sencilla pero en alto gra­do espresiva palabra ii UN/ON!!-me ha­llo ahora en la Catedral de Santa Marta en presencia de tus ilustres cenizas. He leido la historia de los cuatro gran" des hombres, César, Alejandro, Napoleon y Washington. Este cuadrado, este asom­broso paralelogramo, cede a tu trHlOgulo de Colombia, Perú y Bolivia, por una: razon mny simple-que ningun hombre en el mundo ha sido rodeado como Bo~ livar por dificultades SiD ejemplo y falto de todo recurso, si se eceplúan los del génio sobresaliente. Alma inmortal a la cual la Providenr.ia. ha debido en su j llsticia dispensar bie~ nes inmensos é inundarla de felicidad, le suplico acojas con beDEvolencia el res-, pettloso acto de veneradoR que tributo a tus ruanes con esta Cruz de cedro de la Nueva Granada adornada con objetos, da hisloria natural, pertenecientes a los mares de Venezuela. Este pequeño impreso quiso hacerlo gratuitamente el Sr. impresor Sebastian Locarno con la intencion de presentar á tus restos un obsequio de admii'acion. Sanla Marta, Setiem bre 21 de 1839. El Dr. médico·-JosÉ CRIVELLI, Mi-embro de la Academia Italiana; AVISOS. Tenernos el honor de anunciar al público et-nuevo establecimiento que hemos forma· do en esta ciudad, que regira ~ajo la ru.oa de l\]ARIA.NO LINDE~IAN y C.A. Contamos con los fondos necesarios! ¡ •• mejores relaciones, que nos proporcionuan las mercancías propias para el país, de va­rios mercados de Europa y principalmente do Fl'ancia .tendrémos siempre q.n buen su~t~dor Tarnblen nos ocuparemos de la tomlSlOn, ya 500 de compra de frutos, como de la ven­ta de las mercancías que se nos consignen. Conocimientos practicos, activida.d y cel~ que nos son característic05, son las garantías que ofrecemos a los que se dignen honrare, DOS con su confianza. Cartagella 1.0 de Octubre de t.839. 1I1anano Lindeman !I C.11 =- Desde el i.O del col'riente en que la casa titulada Mariano Lindoman y Ca. dio a luz su circular, ,'arias personas me han preguntado si el Sr. Malivoire era socio de es\át nueva casa, y no ha faltado quien me pregunte si yo tenia parte en ese nuevo establecimien­to: como pudiera suceder que en otros puntos y aun aqul haya personas que tuvieran en duda esto mismo,. me ha pare¡;ido conveniente informar al público, que, ni el Sr. MalivoiJ'e ni yo formamos parte de la tal tom* pañla, que conocemos nueslros deberes que nos pres­criuen no oscurecer nuestro, nombres en el anónimo. J. Ugarte .. == Lorento M. Lleras tiene el sentimiento de dcspe..! dirse de sus amigos de e!lla ciudad, suplicandoles le <1ispensen el no haber correspondido sus visitas, en a­tencion a que ha sido tan corto el tiempo de su relfi.~, dcncia. Cartagena t6 de O~ubre de 1839. ... 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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Por: | Fecha: 13/02/1840

EMANARIO DE LA PRC VINCIA_ DE CARrrAGENA. ±:.~ SEMESTRE 3.8 CARTAGENA, JUEVES 13 OE FEnRERO DE 1810. NUl\IERO 55', ')tIte periódico saldra todos los junes : la Tectpcion de lAs suscriciones y ti ta ele Jos nílmeros }ltM e~t,o.lO á c~ rgo del tesorero de rentas provinclales Sr. Fr~ •• co de B. Ruiz. La suscricion por semestre vale ellAn o PESOS, pagaderos adelantados; y cada núm ero SlIdlO HU t IIIEolo.-l':l precio de la iusercion de los avÍ$o, Ó articulos de interes privado, será de un peso hasta doce renglones, y un rC31 mas or ca a r s renglones (le los . Cal'I agena t 3 de Febrero de 8 10. De órucn de la jun ta. Carlos Pareja, secreta rio. DE JUSTI lA Dstado que man{flcsta el nllmei'() de caasas dcspac!wdds por el tribunal de jú:licia del de"strlÍo del JUsgdalcna !I de lar pendiell tr's en lodo eL mes rae comcr;z(, en 1. 0 y cOllcl lI1je tn 3l dL t cOI'/'umte. Criminales en definitiva. t Id. de autos interlocutorios. De responsabilidad Id. en ae~unda instancia. Id. .te pronta providencia . Civiles de hacienda • J) 11 lJ 111 Id. de autos intcrlocu'orios. » » » Civiles entre partes • 4 1 4 Id. de autos il.lterlocutorios. p 2 ._-- --- 2 l t.) 15 RESUMEN. Causas determinadas. Causas penuientes 29. (jO. · ~OTA: Las causas pendientes no han sido determinadas por no tener estado. Cartagena, Enero ih de 184.0, SENTENCIA DE UN SARGENTO DE ~ GUARDIA NACIONAL. No. 30.- Republica de la Nueva Granada. -Segunda columna del ejército. Comandancia en gefi '!I gefelura militar.-C,tarlel general en Cartagena ti 11 de Febrero de 1840.- Al Sr. Gobernador de la provincia. Sentenciado el sargento 2.° Gasplr Cara­bailo de la 2a. compañía del medio batallon &uardi. naci9nal en ,se,rvicio , a de~ti tu(jion Francisca de la Espriella, secretario. de empleo y servir de soldado en su compa ñía, y ejecutada por m, decreto de esta fe­cha la st:ntencia ,}el con. ejo de guerra ordi narío que conforme a la ley dtbe ~~D s ultar­se a la Corte Suprema de justioia de la re ­pública, se ha publicado en la órden del dia aquella disposicion, , por la trascendencia que ella deba tener, desearía que V. S. dis pusie~e su ímpresion en el pró..ximo Semana rio : en consecuencia la acmnpaoo a V. S. e,n copia. - Dios guarde a V. S.- J . L/. Pi Oulm de la p laza para el 1 t de Febrero de 18 ¡O. Art. 17. .lu 'lgado en consejo de guerra o rJin ario el d ia de hoy el sargento se gund() Uf' lit 2a. compañía de guardia nacional en servicio Gaspar Carauallo, ha sido sellle ll cia ­do por la falta de respeto cometida a un ca· piloJU de ~ u cuerpo, a 1& perdida de su em .. pleo y a servil' como soldado 1m su m' : m~ compañía c()tJ forme al artícu lo 23, trat, S.() t lt . 10 ,0 de la!; ord entllza!') generales del ejér. cite) ; y S. Sria. el comanuaute en gefe y gc~ fe militar, al Olan 'lar ejecot r dicha senten · ciIY , dispone se haga saber eq la orden del (J ia para conoclllliento de los cuerpos de la guarnicioll.- Publiques'e .- Uc'ros~ E C()Fia .. tleros. -------~--, ~ JIJECES I.ETRADOS DE PRIMER,\ INSTAl\CL\.. El tribunal del distrito en acuerdo cele ­hnJo el dill 29 del pasado 110 b ró para jUf~ Z' I~tr a tl o (le primera iustal} ~i de irc nlto 08 L OI ica al Dr. Francisco Torna~ Fcnlantlez . AVJS O. La junta c.nradora de Smcelejo ha partid­pado a la Gobernacjotl que se llaPa vacante el magi ~ terío de la escucla. de primeras le ­tra~ de aquella parroquia. Se pone, pues, en conocimim\to del público, para que Jos «.fue quieran obtener dicho destino dirijan sus solicitudes con arreglo a la ley, dentro cid término de quince dias contados desde la. publieacion de este aviso, en inteligencia de qu~\ el sueldo que tiene asignado el precepto~ es de 3(JQ pesos anuales. _ ,, ______ . _ __________ __ 5 LEY DE J UBILAC(Ol-'ES. Hace cosa de tres años que las cáma'" ras naclOnalc~ mandaron su pen J r , por razones que nos parecieron poderosas) la ley relativa a jubilaciones de emplea .. rlos civiles, de hll cienda, etc., cu\'o be" neficios alcaol.aron a muy POCO& sen~itJ",. . res de la re publica porq\ie tué cor a su duracioo. Al paso que aplaudimos los motivoS" que tuvo el cuerpo legislativo para el re­feride procedimieo o, uo podemos menos Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANARIO DE b1\ P OVI él ' DE CARTAGEN~~ que ·lamentar que haya transcurrido tan- EL GOBIE NO y LOS 10 tiempo sin que el indicado poder s ~ -" premü haya acordado otro acto legisrati " Bajo el'jD~icado epj~affj circula en el VO, mas consouo con los intereses p.ubli- numero 18 del Obse1'1Jador un arden o cos y aparente para ~lenar las Clliras be- lleno de reflexiones juiciosas é imparcia néficas y justas que se propuso e1 legis- les, que refluyen á fa or de la actual ad lador, en obsequio de multitud de em- ministracion, lo mismo que los pensa, pleados beneméritos. mientos del célebre Dupin que, con o- Semejante ' ley 'nos parece reclamada brada razon, se insertaron a continuacioD por la justiéia y por la gra'titud "Dacioual9 de dicho articulo y que nos ha parecido principaimente en fav.or de varios ciuda- conveniente propagar hoy en este peribdi. dal.lOS qU'e desplles de haber empleado co, por padeciendo de enfermedades h.1 hi- lores las opioiones de dos publicist3§ 1uales é incurables que les impiden eyr- rcsprtables, cn que aparecen evidente- .,(!er las funciones anexas a sus emp"cos mente reprobada~ las ideas ár u·cas o COD el esmero y actividad quc quisieran. desorganizadorasg asi como toda tendeD­Tambien exigen, a nuestro 'Ver, dicho ~ia"2 acoiones oriminales .. acto legislativo ·varias reglas de utiliJad » Las pet"S003S déb.les so con (recueD' ..social, '1ue tienen menos fuerza en ot f/IS c'a iolent31§: ltr bajo y lo e uel aodan naciones en que los ' hombres !(i@ mérit,) s· empre juntos: Ne n era UDO_y-Otro. cuentan con amplias y positivas reCOTIl" • • 11 •• •••• pen.sas, de las cual~s un~s les aseguran • Es pues el valor civil a virtud mas una cómoda .subsistencia y otras les fOl)· necesaria 31 magistrado. Esa re6olucioD ceden honores, distinciopes ó condecora- firme é invariable, ese parlrdo tomado dones trasmis'blea 6 no a su¡ desH~n consigo mismo de hacer uno lo fue i~he, aientes. suceda lo que sucediere, es UDa cualidad Las reglas de con'VeDiencia 'púPlica lB GUAy rara : así es que con razoo es colo que hemos aludido, son las que tienden rada sobre el valor físico, que hace r it que los empleados concibie~do siempre rostrar un riesgo puramente material. esperanzas de que, ·en premIO d:e su ¡IOn • • •••••• rade'z, disfrutaran de ciel'tos goces des- ' » En lo rivil. por el contrario, ¡qué pues de separarse del servicio, ya ·en .fuer- ' di~er8idad de juicios! ·La gloria de la za de 5U avanzada edad, bien obligados ~oma;racioo mas pura es frecuentemente, por sus enfermedades, se esmeraran C(}os· i qué digo!9 e siempre ·controvertida. tantemeole en el eumplimieoto de SU5 ~o es por los a versarias, y hasta por deberes y cu·darán Ola su repulacioQ los amigos mismos, porque hay muy po-moral. cos ~ue ¡lO !tengan zelos. ¡'Qué forlalez Una 'ley -semejante existía e;rttre 0050- de atmo, 'que 'constanei; ·de -carieler, ·DO tros bajo el régimen colonial, sin emuar nec ita él hombre epú \ico 'p3l'a sdbrepo 'go de que tentonct's no Ileces¡ll)b~ tanto Derse a los disgustos que enaC(Ul siQ 10& empleados pilblicos de los est ímulos cesar! Los minores servic.ios hechos al 'ue de ella emanaban, porqoe con OtO- pais, I'lDra vez son ap eciado~ en el ins tivo de que temian siempre la iJlfle"ib!~ talUe mismo en Ciue se presta ; y las severidad de 'un gobierno demasiado ab- mas veces es pred5 que 'uno baya muer- . &oluto y concentrado, les era taslaule . to p!ra cooveNir en que teflia razoo. ¡ficil de~iarse de la sencJa trazada por' -lt Ning,UftíD gloria adquirida, ninguna las le,es o por reales cédulas o reglaruen. reputacion 'está mi abrigo de los ataques ' tos vigentQs. " y de las denigraciones. El egoismo y la Es por otra parle indudable que es I envidia atribuJeo todas las acciones a un ,muy general la opinion 'üe que la iogn ' vil sentimiento de interés personal; no ' tilud ha sido en todos tiempos uno de qlliereUl que Iny leoido la menor in-los defectos de los gobiernos relltlblica- fluint'i3 en ellas un mo·tivo genero- \ nos, que sobre todo en los -que l)OO so. De cualqui~ra modo .que aea, ha. rigorosuoeJltt" alternativos, (Uno lo e~ el blemos Ú ebremos, siempre hay Un par de la N {leva Granada, luchan, si 'cesar. lido DO sztisfecllo, que CGta pronto a los empleados ,~on multitud de desveola- drspedazarnos: si no se pu deo dispUlál' jas irr~mediab)es que con mucha fl' cuen· los hechos, se envenenan, se lospecha cia obrllD en combio cion con los temo- de la iotenC·OD. En lugar de los bono 'res que les causa el re uerdo de didla ' res que aguardan al guerrero despues i ngratitud, pala entrar en lransaciooes de la victoria. el hombre civil, al cabo ,onerosas al Estado. de IlDrgas "! penosas luchas, no ebtiene Sentados tales principios nos decidi-mos ia! mas vec~ por reeompensa -sino la des a espresar nuestro ferv iente aoheto de gracia de .paTte del poder, b el ostracis­que la represen.acioll nariona.l. espil~it ·IDO ci-ego ·de parte de :las masas po prODtouna le!! de jubilaciones para IOIl pulares: y á 'pesat' ,de t10s 'mas gene emplea os civiles ele., que tenga pOI' rQSOS esfua~os para 'combatir la nar~ principal objetQ premiar .la .nf)nrade'z!J quía, si ésta.prevalece en el Estado, en la integridad de los indicados :servidores vez de ~a muer·te ,loriosa ·que el militar de la republica, esteodiénddles una mllno ·recibe en los combates de manos de su ocorredora cuando., despues de haber enemigo, puede el paisano ser hecho pe-servido largo tiempo, estéo constituidos dazos por 'SU! cooeiudadanos descarriados, en una edad mas que sexagenaria ó ago - ser conducido ~ las jemonias b arrojado biados bajo el peso de enfermedades in- en un alba al; o lo que perece peor to.. cura les que eOlorpf:zcan s s JDl\4 esen. · davla, si cooserva la vida, corre el pe, ~i'ales facultades . ligro casi inevitable de ver su caracter defconocido9 ata~ada su reputacion, y su .~. existencia emponzoñada por la calumnia. ..,.., ¡ Cuanto denuedo Deces~l, una ~lma vir- • tuosa para ver ~ sangre tria, , para .'~ porua' sem~jante situadon 1 t nos a8onl~ brarémos de que muchos h'dmbres quie~ ran mejor morir gloriosamente tomo Det· saix, que esponerse como Lanjuinais, que­ocupar como Boissy d'Anglas la silla presi~ dencial, o sucumbir, como Ram" 6cLto mando dolorosamente: • Yo tambien fu. el ídolo del pueblo! » »Si la condicioD de los magistrados no esta exen a de e ios peligros J de es­tos falsos ·uicios, si tambien per igue sus opiniones y su8 aclos esa mali,oidad de interpretaciones que desfigura todas las acciones eJel hombre público, es preciso que éste busque su .fuerza en si mismo, que tome por punto de 3pOyO su con­ciencia, J t.eoga valor para sobreponerse a !3S bajas pasiolles que 4e agitan en re­dedor de él coo el fin de dominarle. D 11 L~ verdadera sabiduría, dice el in· mortal autor ~e' Sysféme soeia/, siempre bcompaOada d la justicia, de la huma­nidad y de la prudencia, no invita a los hombres a cometer crímenes. Persuadi­da de qoe, ~rrfe o temprano, obtendr~ el !riunfo que desea, no se apresura, co­mo la z'mpos/lIra 9 la ambicie"n, a con se .. goerlo ,J'erramaodo la sang é de los 'mor­tale o caus2ndoles otras desgracias • ....,¡ Pertenece al error dividir los espiritus. :producir facciones, encender la tea de 'a discordia y armar a los faohicos roo el puñal regicída. Si algunas veces la ver­dad habla a los priocipes con un 000 varonil, jamas los asesina: ella les indica 'sOs intereses, les muestra la equidad y ~es hace avergonzar de sus locuras, Jimi. tandose, en seguida, á esperar que COD -el tiempo se convetlzan de que ella DO es su enemiga. " JI La opoúcion, dice nroz, no es solr mente tolerable, sino tambieo nece$aria como la discusioo, y podemos manifestar­la tanto por medio de la palabra como en Duestros escritos; pero es cOlldú;ion n e'· cesaría é indispensable para su existencia, la de (1 ue coopere constantemente ti la conSerVOClOll tlel gobierno por el cual y. paro el cual existe. Los partidarios de la oposic~otl deben competir con aquellos contra quienes luchan, en celo y fideli­dad para con el sobe'rauo en cu,o ¡ote"! res controvierten. " ...., .. , PASTO. El Gobernador de la provincia de POJO' pa~alJ ha remitido en copia a la Secre­taria de guerra y marina jas siguientes comunicaciones. ' SI'. Gobernador Manuel José C.strz11on. - Paslu 5 de Enero de 1840. El 31 de Diciembre último atacó el general Herran al faccioso España que bien parapet:,do esperaba el combate eD la cuesta de Cbaguarbamba. Los faccio. sos se alentaban ton el apoyo de SU! for~ midables triucheras, pero en pocos mo­mentos de fuego fu.eroD desalojados por nuestras tropas que dirigidas por el ge·· neral Herran se arrojaron sobre el "ene­migo con una bravura admirable. Si,uió la persecucioD basta llegar al ueblo del Tambo. Los facciosos uvieroD alluDOIo muertos y muchos herido; por nu ~ tra parte solo murieron dos de tropa, 1. diez salieroo heridos, entre estos. uno de la. guar~¡a naC~QDa1 1 dos de Jo~ yete~a~ , .. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANARIO DE LA PROVINCIA DE CARTAGENK.\ os de .1,una grav~dad. espue~ de es- 1a fUbcion de armas, el geoell' 1 He ran se clirigio con tUUlI part~ de la cotu~na h~cia dond~ estab l"eOlllendo su pandilla Espafla; '1 como el mismo tiempo supiese que Noguera eitaba COll la suya en Ch~. cbagué, dejo al tenieOle cOí'onel Marta­niano Collazo con la otra parte, para que no 'solo estorbase la reuni~D ~e los dos cabecillas, siBO que perslgulese i Noguera y recorriese siempre el terreno - ocho leguas en .. derredor del pUDto e~ que lo dejaba Situado. La plaza qurd . tambien resguardada con !eieraO?S v guaro dias nacionales de la misma (,lUdad de Pasto euyos habitantes, con pocas eCtlJI> clone~ han espuesto 1m vidas ",arias ve ces, y' prestado su coope~ae6on de .todos modos en las actuales rli'('unst8fJCI9S_­Ayer aviso el general Herran ~ue. ha­hiendo quedado España reducido a la necelidad de guarecerse COD poc~ gente en la montaDa de Cunchui; dejaba alli UDS¡ partida ~ ordene. del teniente COi'O­nel Marcelo Buitrago, para que 10 ob­servase y persigoi~se oportunameu.tf,.­En sc,uida anuncio que se le hallAa Jn corporauo la (uerza del teniente corogel Collazos, '! que dejaodo eo.Chaguarbamba una partIda de observaclon ~oIBmel1te, se marchaba al amanecer de e~le dia a pernguir ten3zm,enlé a ~~guera. .• V. S. se servira trasm lIr estas no licias al supremo ~obieroo de le r~públira. Soy de V. S. muy obediente servidor. -Jo3f! Lmdo. Es copla de su originalo-Popa,ao ] 1 de Enero de 1840. Jlanuel Jose' Caslrillon ... República 'de la Nueva Granada. - Co ma1tdO'lICla tle opertlcioncs sobre Berrue­cos. - renta .7 lh Enero de 1840. -Al Sr. Gohel'nq,dor de la provincia de Po­payan. Por el adjunte oficio que i~cloyo a V. S. se irupoodri de la necesidad q ne hay de la llt>gada del 6. o ba la Hon a es te punto para cqnlinuar mi ma.rcha al ar­tel general. Se me comuO!ca por UilOS postas que han llegado hoy aqui de Pasto¡ que los facciosos se hao dividido en d s parlidas, y que hao pasado. el Ju~n8mbu COD inlendon recta de veo Irme a atacar esta boche a este punto; pero oj la que el Diablo los anime a cumplir su propo­sito. Es cuanto puedo decir a V. S. Dios guarde a V. S.-Jacinto Con/ova. E copiao - PopayaD 11 de Enero de 1840. Manllel Jos' Castrillon. ( Gaceta de la N aClIQ G'ranada.) NOTICJ.AS ESTRAlfGERAS. PEl\U. En UD periódico de Panaml de principios 4e En.o pr6ximo pasado, hemos leid~ q.ue el Congreso eoostitllJenle. de la rellubl!ca peruana habia aco~dad.o la Du~va cODstltUCIOD polftica , t!lU8 bablll Sido deslgDa~o el 9 de Diciembre aniversario de l. glorIosa batalla de AJ.eu~ho, para la promol,acioD jura 'clel iDdie.de» código p lítico .. , , VENE~UELA. Por cartas do iDO y Derto~Cab 110, cuyas feeh ti alcanzan a8t~ el 25 del me' próximo pasado, emos sa ldo que en aque­lla república seguía consolidándose el orden legal , l. paz interior, y que era bastante ,en~r51 121 opinioD de que el Congreso ve ~ezolano espedirl& en el presente año un decreto de amniatí&, a fa,or de los que to­davíll se bailan espulsados por motivos FOU· lieos .. ISCELA EA RETRATO DE NAPOLEON. (Es ractado de la obra titulada uprécis de l'Hisroire de Napoléon, du Consulat et de l'Empirc clc." par MM. G. otlch -la Fosse et J. S. Saint­AmaBt.) • Asi Icabd un principe cu~'as obras t>astariao para lal glori de mue .os so e· raDOS. Habiéndonos sido 1m OSI le des cribir en UD simple ~pendio lodol los rasgos notable! -y característicos de taq¡ prodigiosa tarrers, nf')S hemos conforma do con reproducir en él los que debe reco;er la historia. Reunirémos aqui algunos hec:hos que no hao podido eD~ contrar lugar en el curso rápid~ de nues· ir relaciono El Emperador d & leseola batallas y tri of6 en todas, teceptuando la de Leipsick y de Wa ~rloo. ~é§;¡rr no mandó, segun se dice~ SIDO eo. ~ltl»cu~nta combates y su vida fue toda mllatar: Na­poleon, a la vez genenl, ~iplo~atico y legi lador, fundo la preemlDeng:l~ de. ~u imperio no solamente e? §us Vlclorla~, SiDO tambieo en UDa polJtlCa que tendto muchas eces á Hg.ar, por !lledio de 8ct,?S generoaos¡, monarca que J3ma-s lo hulJle· ran abandonade si el corazon de los re .~el fuese siemp~e el 88nl?~I'¡o de no~les entimiento§. El oos diO esa reuolOn de codigos que prevee. 'Y regula to~os 108 iniel'eses de la sQcledatJ; coleCClOn largo tiempo deseada. que tat !ez ~o I~u bDera salido jaUlas ni .de .1. lang.ulda JU­risdiccioQ del ramo JudiCial, DI de las discusiones de nuestros antiguos Parla­mentos. o emprenderétnos enume8"~" las 11'11S· t¡tuciones que NapolefJn cre? o rest~ble­ció. ¿ Qué soberano coosag.lJ'o ma~ esfue.r­zos á le inslll'ucci8D publ ca; concedlO mas distinciones a 10 sábios; recompeD­S( l mas ¡eoerosamente los progresos de las artes libcrales; se interese) as en el fomento de la gll'icuhu y tiernas i'o­duatrias interiores, y presto mas apoyo a las relaciones comerciales? Las obras marítimas de Amberes, de Flesiogue, de C~erbourg, de Duokerque, de N!c 1 del Havre, los caminos de l\hgUllcIB, de BmyooID del )lont-Cenis, del Simplon etc .; los can~les abiertos del Rhio al Rhone, del Escalda al Somme, del Sena al Mar ne etc •• los de Arlés, Pava& y del Oureq; los puentes de JeDa, de Austerlitz, de Tu· rin de Burdeos et ; loa templos reedi· fiea'dol, los palaoios r~ale.s cODcl~idos Ó reflccioDldel, los edIfiCIOS oacaonales. columnas, arcos de triunfos, muelle~. fuentes publicas, graneros, etc. c'!ostru¡ .. dos en Paris , en las demal cludade~ principales de la Francil, etc4 etc.: ta1c:s son los testimonios irrecusables del CUl o dado b esmero uniyersal de Napoleon, de su constante actividad...... d Creerán las generaciones futura, que -s.e obtuvie· roo tantos resultados, se realizaroo tan ... tas obras en un pel'¡bdo de quince anos, 'CD medio de guerras y sin niD~un p-m­préstito? ¿ Pod~áG ellas ~ei'sw~lrse q~e durante los indl~adQs ql1lnce ~110S, dls" min~yo la deuda del Estado V las c~n­tribucLones baj-aron en UD valor de CID" cueill~ ro iliones ? Hé aqui hechos qua confunden la mala fé; que triunfan de ciegas enemistades y del espirilu de par-tido. >. Napoleon., asi como AIeJandr~, era de pequeña estatura; comrJ Federlco n ser encorvaba un poco subre todo á caballo, ero lente el musto y la pierna bien fot­mados: sus faccionQs no ~arecian de re­gularidad ...•• sus ojos eran vivos , lle­nos de fuego', nadie podia sop. ortar lar-go tiempo 5U ro~radc 2 la vez Imponente , e!crutadora ..••.•...• o; Los enemigos del Empentlor NopoltJofl no habiendo podido negar la superIOri­dad de su génio, se dedicaron a deoi~ grar su caracter, pintándolo corno dur'o v crueJ; pero jamas ha habido un relr'a· to menos parecido. Sin ~u~a este prlD­cipe se dejah1 arrastrar facllmente .mas aW~ --de los limites de la O)oderaclOo; pev'o este urebato, impetuoso como el rajo. no era menos rapido qoe él. 10- mediatamente despues que Napoleon st) ~élllmaba y prescindl.a. de su fo~osa viva: cidad tralaba de disipar el disgusto o el pe;ar que podía haber excitado, In· dutgente , algunas veces generoso hi.lsta el exceso, se encerraba frecuentemente para garantirse de su propia rleme~,~ia-; cuaodo Jos intereses del trono eXlglao imperiosamen le severidad ................... . Con todo eso, ~omo es propio del hom­Lre tener SUI¡ desvios aberraciones, lf(l,~ poleo1t incurrió en alg~Dos ~ctos d? in - grhtitud. e ebe atrlbulr a la pOIIUoa, cou razon inquieta y desconfiada de es­te monarca que llQgo al po~er supre~o en el carro le la fúrtuna, cierta especie de perfidia que H trasluoe en muchas de sus accione,; la Europa lué constante­mente hos il para con él, ya en el cam~ po de ba talla, ora en ~l 6il~ncio del ga~ binete.... .•. ¿ Por que, at Juzgar de .las acciones no se quiere prestar atenclon á bs ca~sas que la6 produjer()n () a la posiciou en que se encontraroo sus atl~ tores? •..••• 1.. . 0 que se debm vituperar mas en Na­poltWn es su iodomabl terquedad; de .. fecto tanto mas condenable eR él cuaot() que 8U 'voluntad se ~ormilba, casi. siem .. pre, sio la coope~acloo de consf\los de otros .••.•• Se le Ol~ frecuentemente ren­dir homeoage a la sagacidad de alguno de los consejeros CUvos dictamenes re .. chalaba por lo regular ~ pero una gran preocupacion le ac?mpafio dura~t~ toda su vidaH~." El crela en el fatahsmo ..•.• COD las calidad~s y defectos que aCIr­bamos de tr~zar, Nappleon debía p.royec'~ lar y ejecutar grandes cosas, y ~ebla lacro: bien cometer grandes faltas. StO embar­go, cuando Ja historia,. si sabe ser i~~ parcial, haya p('sado frlamente las aecl(~,,,,, nes de esle héroe y cuando haya examH . nado con maduréz en qué tiempos y ba. JO el imperio de qué circunstancias obro,· Jas manchas que permanezcan estampadas sobre su carrera podran afearla de algl1n modo, pero jamas podra.D ()5~urec.er uno de los reioados mas gloriosos y bral aotes que aD p aducido los .iglos •• Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SE~IA ARtO DE 'LA PROVIN'CIA DE CAU'rAGENA.1 AGRIr.ULTUPu\. ELF.MENTOS DE UN ESTABL el 11 N TO RURAL. ( ConclllSl'on, ) 'la figura cuadrilonga t'~ en nuestra opi lllon prflferible 31 cuadrado pnr~cto, p. J el plan de una quinta. .El cuadrado perf\!c to exige n('ceJanamente tml abertura i, te­rior ó patio, que dé luz y aire a uno de lo I.-, dos do la5 habltaciones~ y UH patio, por grande que ea, es triste y lóbrego, si se compara con el ilimllado esplH'io qUt' reíns en torno del ~dificio. El cuauri1ougo pro­porciona una luz y vcntilacion á las piCZDS, y la oscuridad de las eSQal~ras y cll~nü.~ en JIlunicaciones interiores, se evita pe r las etÍ· polu () techos de cristales o vidiera~ Las otras construcciones depenuil"ltt,~ de la principal,~, deben ser proporciod s al gé nero de cultivo, y a la clase de f utos q ti e fie recogen. En unas pllrtes son ne(~csari .. s lagares y bodega3, en otras grH,eros ~ al m.celle!!, en otras establos y !avad('ros. Sir, embargo un propi"etllio que desea Illllltipl ' car sus productos debe tener en so haclell­da un molino y una lechería. 1 as V('fj aj~s ele ."te último e, tabecimicLf'l son di~IHls de la atencion de los cu!iv:ldores ilu!,lr;ot!o .• Ve ·,e cuanta rique7..ls S:lcan los luglcses; los . ·H ,/andeses y los S izos d~l quesl) y de la manteca. El jardin es uno de los pnntos m '5 c'\en ciales de la quiotot . Su primera condiriorl es que esté al rt!dedor de la C'StI, pOl'a (jllt' en todas las piezas de e-t;t se pUtld~ gour 'del hermo o aspecto de la veget .. ciou J y ue :ous perfumadas y saludables enHll aciotIC;. La· segunda es que rm plan t3 y t.libuju es ten de acuerdo coo hs regla del buco gmtu. (1 El arte de la jardi:nería, dicc un t mi nente A~rónomo Aleman, no tl."IIe por ob jeto desfigurar a la natutalez:., ni sllnklel' la a formas y disposiciones artificiales, ni f'xigir de ella efectos que le sou ef.traños, fin cosideracioh alguna a lo que ella pre senta. L3 palabra Arte no significa en es­te caso sino la destreza en reullfr lo m~,> agrAdable, ~Io Olas interesanto que la natu 1 aleza pruduce, empIcando BUS mismos me­dios y l'(~'cursos; en reunir en un en dro es trecbo los primore! que ella e,p 1 ce eu ::u~ paisa;es; en 'Producir un nuevo conjunto en que no 66 echo menos la armOli -a ni la 'Unidad j en hermosear, por fin, un sitio ri- 5ueño , bien escogido, sin adornos ~upét­fIuos ni complicados. El que traZil uo j 4 r dio debe disLribuir de tal modo lo<¡ arbo\~." los arbu-.tos y 'as plantas menorrs que los tontrutes S6 p"csenten sin cOI,fus'on, la unidad sin monoton}l, la variedad fliu ebt. a· va~alJcil. 1) En esta pUle, el gusto dominn ute en In glaterra es seguram60tc el que I HU se acero ca a la perfecciono En los jardines ingle ,ses el objeto principal es Imitar el hermo 80 desorden de la naturaleza, "! para esto , en lugar de cdles derechu y tri,t-es, que solo presentan lineas 5imétricas, los albo les se esparcen en grupos diversamente di bUJadQs, 'aislados a veces en medio del in­comparable verdor del cespt'ld de eSte pais, ! a veces Todeados de arbustos de diferen tes tamaños y p(ntes. CUlmdo cl1iuelo pre­- senta UDa superficie desigual, el jardinero se aprovecha de esta circunstancia, para formar agradables colinas, cuya altura pare ce mayor por la vegetacion (lue las cubre. Las adornos son analogos al paisage, rústi .. cos á ,.eces y sencillos, cuando el objeto del dueño es alejar toda idea de artificio y aft'ctacion. Uoa choza cubierta de paja, u na capilla revestida de ,edra, un m'Ollt011 do ruinas, dispuestas de un modo pintores ro, forman un copjunto agradable en me­dio de un bosquete solitario, o en 105 ref;O­Jl05 ,de una frondosa espe!lura. o.es nuestro ini~. <.lar un ratado s~· bTe nn;a~unto que ha dado Jugar a ex-cefen· re .. t'scritos.. Basten las ~cacionos que a­cablmos de hacer, pllPtldirlgi.r á los hacen­<. lados en 11 na par o e:fen~lal de,t estable­cimi~ nto roral. En los ~hmas calientes, doude crecer¡ tAntas plantas estrañas en sus furma~, los jardines a la in~\esll pueden ad (juirir una pcrft:fci(lQ de que no ti"nen idea J01l EUTOpéos. V~an5e las hermr¡ns lamí na8 del Pinge d las onÜas del Ganges· y se tcnJr,1 una muC'stra del admlrable efecto que haceu los p,,!meros, cuau¡Jo drstuellan en, o e grupos (~e 8~boles de la forma ordinaria. El h.,erto y el ver~el p rtenecen a la parte útil y productiva. del establecimiento, y 'podrian e
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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Por: | Fecha: 20/02/1840

SEMANARIO DE Ll\ PROVINCIA DE CAI{rfAGENA. E SEMESTRE 3. o CAl\TAGENA, JUEVES 20 OE FEBREHO DE 1840. NUMERO 56. Elte periódico saldr~ lodos los junes: la recepcion de las suscriciones y nnta (le lo~ n{lmer05 ~_ .. I'()F c~'~n :i cargo del tesorero de filutas pl'oTiftClales Sr. Fl'tftt;­cisco de B. Ruiz. La suscricion por semestre vale eUATltO resos, pagad'cros IIrll'lant:lrlos, y CIlc11\ núm.; rc> SI1f'ltn JIU!. T MF.D10.-EI precio de la iosercion de los n'.o. ó articulos de interes ¡;iindo, será de un I)eso hasta doce renglones, y un rt'al ~;\l por (':lila tres rCI\~l '), les ll~ los que excedan de 8f{uel 'número, y la mitad pOI' cada HZ que se repita, siempre qu se dvier i\ al. liempo d t1 la entrega. SUBASTA DE BIENES NACIONALES. Conforme a lo acordado por la junta de hacienda de la provincia, se enageDarllO an­te ella el dia 25 del próximo mes de Marzo, si tJllra entonces se hubiere obtenido la aproo bacíon del Poder ejecutivo, los capitales que recolloceu a 'favor de los ramos y en las fin­CIS que 'se e presuim los siguientes. 4.000 pesos. Valentina Salcedo sobre sus haciendas ue r.()ml~élrio y Baraona 8 favor de las rentas de 'la eSlioguida Inquisicion. 709 p esos" Antonia Iañez en casa alta es­~ uina del Cañen Verde, .a favor del Marque­sado de Preml.) He+ll. .4.'26 ~o o 1 ~ rnnrtonwoi .. .tol nO' u"., .. ":" . 'lue Hpdrigue7 sf¡ bre la hacienda de Quili­ten a f21vor de Tornas Viaña) aa~ente en Jos ~ominios de España. 2.000 p OS: Juan Bau~ista Calcaño en ca" sa a ta call d la Cochera del Gobernador a favor de Juaqnin de la Concha, tambicn ausente en los domillios de Espa.üa. 2.000 pesos. La mortuoria de Andres Brid en casa alta calla de la Iglesia a favor del l\tarques del Suco. Con los capitales espresados se en'gcy¡a~ ran tambien las cantidades que se adeuden por réditos y lo~ intereses de drmora en e pago de ésto~ hasta el día del remate. La eDIgenacion de unos y otros se bara con las formalidades prescritas en el decreto ej ecu tivo de 9 de Julio de 1838, , la adOlislOn de las posturas por el órdett de preferencia de las obligaciones de deuda nacio al inte ­rior que e~tablecen los números 1, 2 Y 3 del artículo 13 de la ley de 13 d e.}unio último. Cartagena 2Q de F ebr ero de 18 í O. De órden de la junta. Carlos' Pareja, secretario. AVISO~ ..... , El martes 25 del corriente es el dia seña" 1,do para el remate ante la junta de hacien· da de la provincia d6 los 65" pesos un. real (6& pesos 1 real) en numerarlO, q!;lc eXlsten depositados" en la tesorería, y de las cantida· des que adeudan varios indlviduos segun la relacion inserta en el número 52 del Serna"' Darío 1 en los cedulones que por oreten de la misma ~unta se fijaron en su oportunidad en los lugares públicos de c05Cumbre. El citado 'dia 25 e remataran tambien co­ ·in.o •• se. hil a~unciado, \o~ cascos, .parf'jos ti ,1 i . . de la flecheras Pala y Boyaca, y el ca co del anti~uo pailebot ROSI, que no pudo verificar se el día 11 por nu habe habitlo licitadores. Los señores que quieran bacer posturas o· curriran al despacho de la Gobcrnl\cion el indicadO día 2S, desde la u,u Lasta las tres de la tarde. Carta§eD& 20 ele Febrero de 1840. Cm'los Parfja, secretario. OTno. En la relacion ,de los capitales que deben eoagcnar:;c el dia ·9 del pl'ó:x:iIllO rol::; de Mar~ ?,O stgun '10 acordado por 18 JU 1lta de híll"icn da, y cuylt relacion se publh:ó en el Sema­nario uúnteru .54, s adecia equivoóci\Hl at pc;.t:tmpA.· fll'lP pl '"I '~ ~ -~-~ .. " ..... 1.. r ... v~ lentiBA Sa.c eua al ramo de tem pOf lidades en las h :1 Ci 'm!lts de Comisario ~ Banona na de dc 4: 989 pesos, no siendo ~ino de 1 . 8:~9 pe .. os j y be omitió incluir el de' 300 ~csos que recvnoce el ~r . L(. ;}oóro Cl\ld~s a lavor 'c l~s f(~ lIt8S ele la eSLÍngoiua lottui \IC iOIl en can arruidada calle de las Chancle la:,. ~c h acen l/u's estas aclaracloucs pera ,·ofloei· mlent tlcl pLÍu icú. Cartageo/\ 20 de Febrero de 1810. Carlos Pa1t!ja, secretario. •••• INSTftUCC10N püBLlCt\. El gl,fe tl0l 'tieo Jel canton do. Coroul participó a la Gobern1lclon que el UIa 19 d('¡ pasado Ene o e babla v-trrdlc;¡d ,) c on la lua· yor solemnidaJ el ac'{ de io, ta lacioll <.le. la catedra de FiiQsof.a ere,ad ' eu ~quelJa vdla a ~ s pensa~ de VUitlS ciu laJa uos pul' dC('.l'éto eJel Poder (jecutivo fecha &6 de ~hyo J(11 año pasado, baJo la direcclOu del (; tedratico nombrado Dr,. Fr. Tomas SIlHchez Mord: y posteriormente ha avisado que el día 'O iel a.;tual se abrió la clase con veinte aluulOOS entre cur~an t(8 y asisten tes.. -.. El dia 8 del mi6mo mes de Enero se abrio en la villa de Chioú, COt1 1J concurrencia Je 30 aluwlios, una escuela de primeras let as 7 de latinidad, que Jebe sostenerse á espen" sas de varius ciudadanos de allí amantes de la educacio& de la juvtlutud. DEFENSA Y ACLARAClONES. Circula .. en el · numero. 7 del Tiempo" h:ljo el mote ~ IoJurias a la Oposlclon,. \H) ~rtículo PO que se hacen lt la a~,tual :\dministraeion inculpaciones que nos pa­rC'ceo injustas é hijas del espIritu de par­lido, 3eompañadas de ofensas bastante di· f 't:'C [ a~ hacja dos de los ciudadanos bene" mér' ito~ que han hecho mas esfuerzos para el r('stablecimiento del orden legal en la provincia de Pasto, y de algunos nll"ages grJluitos dirigidos contra noso· rros .Y con respecto a [ós cuales solo di\. I émós que no I()s estrañ3IDt)s porque f'O ell4's no vemos el idioma de la razo[), sino el lenguaje de ciertas pasiones. Los editores del Tiempo se quejan fn el \'itado artículo, de que se hayan atri. buido al parti(lo de la (Jpost'clon las esce­nas l'evnlucionarias o actos de rebelíon vt'l"Iucauos tn raSlO, lOS conatos U~ ClJWP pi ,'a<. ioo o proyectos subversivos oesor- .g.l llizadores que se hJO notarlo en otras parles, etc. Creemos que tales quejas .. Ut)1 corno la espl'esion de otros conctp" tos de los refeJ idos escritores, estan ¡¡;. compañadas de buena fé y que pel'miten cúnc('bir la grata idéa de que ellos ven con el horror debido las vi s de herho repl'obadas por las 'leyes y al frenesí re­volociona1' l0; pero por otra parte 00 podemos persuadirnos. de que no hayau pertenecido a la oposicion los revolucio­narios de Pasto y los p.'oyectadores da o ll'os tI'as tornos. Para hacernos ent~nder mrjor e~pon..¡ drémos nues\ro cOllceptó acerca de lo que se llama oposillÍJ12 en 1:1 Nu~~~ Gra­nada. Forman principálrnente d~cho par ­, lido: ) • o los enemigos de las iostitucioJ , nes granadinas y Jos que 'desean innova-ciones políticas demasiado grandes é ile­gales: 2.,0 los que, por causás justas o injustas, odian a la administT3cioD eje;. cuti Vil: 3.0 ' varios de los enemigos per .. sona!es del actual Presidente de la repú' blica: 4.° los que, con razon ó sin ella,' opinoo contra la marcha de la presente administracioo; y á. o 108 .l'evolut!ronariO& . ó bandidos de algunos puntos de la pro .. vincia de P.1StO, cuyos actos de desobe­diencia a las leves y a IQS gobarnantes legl ti mos, tanto anteriores como poste .. riof('s a la guerra fratri ~i dd que ello$. pn:nClpim"on, no ' pueden por Cierto ha~ ber ema.nado de.. amor (, afecto al gobier~ no nacional. De la clasificacion que acabamos de hact.'r se deduce razonaulemente, á nues: , lro ~nQdo de ver, que aunque por mo; Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANARIO DE LA PROVINCIA DE CAR.TAGENKi tivos honrosos y patrióticos somos adic· tos a la actual administracion, considefa­mos como posible qne en el partido de la oposicion haya muchos inspirados por Ja justicia y la sana razon, qu~ detestan las revoluciones; que 00 suspiran por I cambiamientos prematuros é ilegales; que' desean, así como muchos del partido mi· .nisterial, reformas saludables, basadas en las reglas bien entendidas de la utilidad social. Ademas se colige de IQ anteriormente rspuesto, que en la opoSlcion granadina (así como en casi todos los bando~-po '" líticos de la Nueva Granada y dé otros paises) debe haber, como es Ila tu ra! , hombres buenos y malos, patriotas desi'fl teresa des y especuladores políticos, ami­gos del 6rden legal y perrversos inclina· dos habitualmente a quebrantar las Ic.Vts 6 á conmover el edificio fiocial. Son. fn nuestro sentir, dignos de aplauso los q'JC poseen las nobles afecciones que hemos 'indicadft, sea c~r.zl sea ¡U color politico .. ...pero por razones contrarias son indignos dei aprecio publico y nada ac.reedor..cs a la confianza del gobierno los falllOreti Jc sediciones 6 ·'t.rastornos; los "que, ¡'a JO cualquier pretesto, 'Se rebelan contra las ~eyes y contra los gobernantes legítimos; Jos que 'se -esfuerzan en debiti L .. r la fuer· ' ' za moral -del , gobierno, 'dando pabulo rí facciones que desolan una parte de la _ nacion , que fincan lodas sus e"penwzns en la .fue1'za material, maoepda de uu ruouo mas <> menos brutal, porque tie nen en su contra la le!! escl'i/a, la 1'lIUIIl y lórJos los 'derechos y salltJs principios, que son la mas luminosa anlord18 de los pueblos civilizados, aSl como el mas 1'0- ·bl1lto escudo de las garantías 50cia les y • - - - •• ---... - ..... _- rruebas ~e t!,ll~ . ~r_cjoD~' "or parte de los vencidos y que influyo mueho ell restablecer en dicha provincia el orden y a quilidad que, tal vez, hubieran sido muy dur~deros si por la casualidad de habtrse complicado Herazo en la revoludoo pastusa no se hubieran verificado, ante el juez competente, al gonas revelaciones relati\'as al horrendo ('rím@n que cortó el hilo de la vida al ilustre general Sucre. Tales son las observaciones que hemos creido conveniente bacer relativamente al mencionado artículo del Tiempo. Es peramo., que ellas bastaran para persua· dir a flU'S editores de que, aunque ellos )' Qtros d(>1 partido (Jposiúonista haJan a· dop!ado rl uurn camino trazado por las ¡.nslitucioocs )' las leyes juradas, h;.l ha· bido y h"y otros en distinlos puntos del ·territorlo granadino, que han ejercido a('los de rcbelion mas ó menos crimina· les ~ con respecto a loe; cuales no se pue d'?n ahrig~lr razonablemente otros deseos sino los de que a-bandonen 13 borrible Sf'n da q I1C han nlt·razado y de que el go­bierno narional ~ sos dignos agentrs les ofrezcan y conccd ,ln, sif'mpre qu.e sea po ~iule }' de(.'oroso, todas las garantias croa· nantrs de las mismas le~'es que han ul Iraj 1(10 ,. del derecho C()R111fl Ó de gen · lt.'6 (jue han hollado mas de una VOl. NOTICIAS DEL SUR, L()s documentos nfir1 ,d(!s que a conti­ulI, cion se insert,HJ, imponcJran a OI1PS' , lr~1i lerlol'l"s (Le I nupvo neto de rebelinn que se ver,¡lJl'o en Timhio y de algunas J':! sus ('ousecueurias. El contenido de var-i 15 cartas de Do­gOla y ma prensa peri¿dicI, llamada por su ,,()bl~ institucion a ser el sosten del ól'd{'n públICO, proclamar idéas de desuninn, se'Abrar la desconfianta ., propasarse ha c;ta ser dcf'·"'ora de l. de a rdada rebe1ion de Pa:- to. al propio tltmpo que aj y vi penaia al g ob ié f n), suponiéndolo t>n pu(;na con hs le~es y eon la nacicJn, y dando el caracter d~ vl'ri di{,3'1 a noticias vagas que ningun a prc('io m e f(~c cn e ntre per~onas de 5"no cri t. f'1 io. i\.llégase a esto que ya f>n otra p ro­vincia se han dado es'c~ odalos de desorden, si nfl de una inmediata y -'general trast.'e n · detleia, al menos de fatAl ejemplo para la !>c gurjcll~ persollal: guardar bilencio en tales circunstrHJcias, serIa abandonar el primero de 105 deLe res que la constitncion nos impo­Ile de vivir sometidos a lAs leyes, y rrspcl.ar y obeflecer a las autoridades eSlablecidas por ellas. El órden e!i sin duda la primera necesidad so cia 1 : sin él, ¿ qué ~ on todas , las g"ra ntías escr itas eD la constilllcion? Epocas de in­grato y luctuoso r~cuerdo son harto soliden tes para persuadir¡;e que-:el oJ'de.n no puede sub,istír por largo t.icmpo ~desJ e qure se desau · tOr iza. al que debe cOl1se.rvarlo, J se forma un sist.ema de oit'amacion / de entorpecimien ­to, para im pedir que nada .bueno pueda ha cerse por un» administracion mirada con en· eOlio, ojE'riza. S e: mejantes precedentes ser· "iran para lo suce ivo de permcioso ejemplo, de manera que la diferencia de opil,ioDes, la libflrtad de manifestarlas y el derecho de ceDsura, desDaturaliúlOdose, representaran escenas tan tri:¡te~, como las que ,a comien zan a aD~ciarse, y aun a palparse; pDrque sin la acrimonia con que 58 ha querido dar negros col<:;l'idos a la conducta del gobierno y de las tropas en la rebeliou dG Pasto, dí:s · culpando a los rt'be1des, 110 se hallarla hoy el negocio de Pasto en. el estado que se en­cuentra. Cualesquiera que sean nuestras o­piniones, J auo nuestras !impatías y ar.tipa­tías, hay ciertos puntos en los cuales el inte­rés de la p.atúa reclama la, Dlas íntima union, el mas f~r.iente cela:-., un esfuerzo desinte­resado. De otro· modo j_IPIs llegara a con­salid_ n.e el orden, en CU~O. luga!' apenas _-....1 tenrlrémos un fantasma de garln",s, siempre alterado por las eirctmstlnciu. Propio es de hombres libres manifestAr sus s~olimientos con franqueza y lealtad en, casos como en el que nos bailamos, y anima.­dos de un puro patriotismo, del a rdiente de..o seo de la ('onservacion nel arden público, de,l crédito interior y esterier, de la libertad misma, que corre grandes peligros en la épo": ca de disociacion, elevamos a V. E. nuestra voz para msniftlslarle el p'rofundo dolor que causan en nuestros corazones los sintomas de alteracion y de desórdeo que se notan; la conviccion que nos asiste de la necesidad de conservar el orden légal adoptando para ello nJedidas enér~icas que repriman los pa­sos que 8e dan ¡¡ la disociacion, y la resolu· cion en que nos hallamos de hacer toda espe"; eie de sacrifirjos porque no se pierda ni mo'· mentllneamente un bien tan prtlcioso, el pri. IlWfO que los homores se proponen al rt"u · 11 irse en sociedad. Par. lograr estos n oes V. E. puede contar dec'did mente con oue,,· tras personas y propieJades, empleando liS Ufla' y las otra en servicio y d t· fellsl del ürden l ega1 establecido, de cualquier modo que V. E. tenga a bien . Talos 5011, Sr. Excmo., 105 sentimientoS" flue tenemo' cl honor de presentar al go · b le rno, y no dudamos que en tod s partes la gran mil yoria de laB granadinos S8 halle "ll im:\da de IO!l rnL",o!J. Bogota, Si de Enero de 18 40 . . Excmo. Sr . .Jo '\ qui'h Escovar. R. Santa 'Maria. J. f. Landines. Manue] Ramos. Ramon Ortii. An to llio .l. G. Leiva . ~f. Lav ercle. Pedro Vi ll a Jobos. RlI mfln Gonz.alez. Pedro Uribe'. .f" Gregorio GUlierrc1.. .Toa uin Orr clotla. .JU el n de Uju eu. José Vi r enlr ~l a l lÍo ,· l. . .Juan 1\1. Pa rdo. Manuel Velez . I\Iate·) dI! V ('ga. Alvaro O doñ ez. M.1nuel E'itanislao Ul'd ane· t:I. Vice nte A. Gomez. .l. M. Csur squilla . G-. Arrubla. Aodres Auz.e . J .)sé n. para· roo. Pedro Lasso d e la Vega . Henriqu'e Pa,ris. Manuel Restrepo Sara~ti. .Joaquin t\ J ~s. fiamon Tamayo. J. 1. Yarts. n3s1. -------.......---I lio Roj~, Benedicto Domingutz. Ignat·io l\1a,~ uel de Vergara. A. Leivi Alvarez. Jo- ~é M. Snavia. Eptfanio Torres. Miguel M .. Orl.iz Duran. C"'yet ~ no Navarro. J. Bau· tista Verona. .luan José Gome:t. .lo·é ~Iw Saiz. Simoo . de Herrera. ,,1. J. Herra n . Antonio de Castillo. José Mari. Mangon es .. BanHdo Pardo. .Juan t\nton io l\hrr(Jquio. Eusebio Umaña. Joaquin ValJez. TiblJTCio Pies Chacon. Joaquín Ct:rd... .J. 1\1. Urda.:. neta. Camilo Ordoñez. .J. Maria Comez Hestrepo. An d re~ Agui\ar. ¡'\amon Valen-zuela. .1 t\tanuel Calvo. J 'un Climaco Oro doñez. José M. Garavis. H. A. Pert:z. Jo-sé n e lV' ~ r. Despacho dellnterio,. y Relaciones Esltrl'OTtS, 6 de Febrero de 1810. Resuelto.- E gobierno apr ecia d ebidameoJ te los patrióticos ofrecimie ItO ' tle los ciuda.· danos que su' criben, como b ij os e sus seo'" timientos de amor al orden y a las i nsti~u­ciooes de su patria. El gobierno empleara COD energia todo su poder regal en sos(eni­mient f) de los stgrados objetos que le estaa encnmendados, y repnmil'a las facciones don ... de quiera que existan, contando con la coo~. peraclon de los bllcnes ciudadanos. Pllbliqlltl ~ e en la Gareta. Por S. E.- El Secretario, Bdrrero. (/1hpl'esoS' de Bogola. ~ MISCELANEAS. COM.U~ICADO. CREDITO PUBLICO. Hemos visto la ley adieiooal i la ~e\ crédito nacional. g.ranadioo, y' eocooM~' Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANARIO DE LA PROVINCIA DE CARTAGENAi:~ +1i , ' .OS equidad para algunas deudas, pero en nuestro concepto se hace una ~norme diferencia contras las que debiao 'pagarse por la Nueva Granada segun la ley de 30 ' de Abril de 1835, reclamatlas en el ,término que ella fijo. y que pOI' alguna pequeña ohjecion, falta de formula, ti escandad de dicha lev no se emitieron entonces Jos documen'tos correspondien' , tes. Tambren hallamos tnuv corto el plazo de un año para la ,j UfHificacion de éstas, y mucho mas para 1<1 reclamacion le las otras a que se contrajo la menfio nada adicional, pues fuera del , tiempo que cada una necesitJ para fas diligencias segun su cualidad 'y cirt~Unsllln('iols, las oficinas y juzgados publicos respectIvos nc> pueden limitarse a un negocio p Ini· cuJar. Esto" Dlismo'recomenda moS para las rie mas deudas a la consideracion del prrn,i, mOl Congreso y al Poder ejel'utivi) paril qUQ se digne promover lo conveni(\(Jlé con los fundamentos ,consignados en 1,15 observaciones que sobr~ eSla mtl tria, igualmente a los supremos gobiernos (J,: -lM otros dos Estados que formaban la 1'epublioa de Colom bia y sus Plcni po \(~ [!t darios, dirigimos en los números 'J 7 Y 18 de este ' periodico; y creemos e ncno· traran que las propias razon es y c(l ll si, deraciones qtle han inducido al l'('cono ~imiento de los capitales de cenS01, de ·los vales de deuda consolidada no ins· critos, de la flotante no radicada y de otras deudas que habian sick> ya declara das caoceladas por los mismos decl'etos ' y disposiciones, milit-an adecuaJamente ' para las restantes postergadas. En apo.yo ademas de los documentos ritados en aquellas observaciones havr;In 'IY:cf". ntrnc. rnl1"hn~ ~n I~c. 8~~ph§:. o"\i.f\i~ . " teriales, uno de ellos la reclamacion que varios ciudadanos ,en uso de sus derech os ' 'y de otros 'que se representan elev;)l'clO ~ a nuestro gobierno, publicada en la Ca. .cela de la Nueva -Granalla n Ímero 4.11, ' ilcerca de las dificultades que tocan ~ara ~('urrir a Venezuela y Ecuador pal'a el !e~onocimiento de las deudas corre""pl)ll­< lientt s a cada uno ~ pues si '3 estos 'u· getos ilustrados, de recursos y relacion~s les es difi('il ocurrir de la capital de un Estado a la de otro, ¿ no les hahra sido Qas difirultQS.O é imposible ol'urrir en las desa venencias poli ticas desde los con· fines ,de la nacíon a la antigua ca-pilal, ." , los individuos del ejército ceñidos ~ la obediencia militar, a los agriooHol'cs aislados en sus retiros, y a otros ciuda ­danos que por ', ausencia o natural taita de ifustracion aun no tieaen conocimiento ele líls leyes? Si aquellos acreedores por supuesto no de.ben perder la, parte de sus aereencias tJue liS falta pOI' recono­cer, ¿dc'beráo otros perder la totalidtld de las suyas que no se les ha reconocido? J Y seria justo que .cllando estos pueJa n reclamar se en encontrasen los unos <.lue s-as sueldos y los otros 8US capitales estén espre!3 o lacitamenle cancelados, o 10 que es 10 mismo, que sus propiedades. de un positivo valor y mérito hayan sido ' obstruidas sin poder ellos comprender ~om?? Es~ nos parece no estaria de coolormidad eoe la equidad y conside .. rarion. A mayor abundamiento, siendo evide~- ~ que lo 'justo' en eS~llcia lo e,S en todas ¡sus parles; y a nuestra for~a de g,bier, 'liÓ. le e~ inherente la igualdad legal en que ,l.a j\lS ida debe ser tlislributlva, asl , .. , como for.ra injusto eceptuar algur:-as pro­vincias ó lugares de la misma república por las· hades eo que hubiesen es tado envueltos, ro propiq sUCederl3 res pecto de las , acreeocias por las mismas ú otras circunslancías pnfiriendo o privi legiaodo unas y postergando otras de igual nalUraleze tontra 81 crédito IJocional. Por tanto es'peramos ' de los presentes legisladores se serviran prestar su aten , tioo a-l oLjelo del reconocimiento en las clases respectivas de todas las deudas con ­lf'aidas por el gobierno republicano y sus ;lgCI}{eS, sea cual fuere el comprobante II t;ltim /) )' la ¿poca desue el estableci­mi ento de nqllel que no estén reconoci­das, sin e~rllIir a las que por las leyes y deCl' elos ~ a Jerogados se les haya apli. (' tHJO resoluci qn\'s particulares de canee· I.lcion, ni inhibir nunca las instancias qlle el mpd311 3 las ntrihuciones del Po· cJer jt1dicial; y nos prometr mos que p~r· f ' cciolla dlfl la leyes del (" éd Ilo ll ll cional, conrlQie'ndo Sl~~ stahiJuri,~s q~e 00 result,l pcrjlli r'¡!1 3Igt~n'o a lá répública de lIeuar el l)lco de los ciuJ.adanos. t NO ES LA PATRIA! l) j Tien:a, tierra ! el horizonte Al norte, al sur y al oelSO De mil montanas azules Ya se mira C;Oronado. Guadalupe, Deseada, Islas dd Americano Continente, i salve, salve . Ya por fin tras largos años ,D(i .pl·safes y de ausencia on jóbilo :)/1 saludom oo •. , Así esdamaron a un tierl1PO Gon lIccnto de entusiasmo Los al('gtes pa~ageros Cuando. la tierra, avi taron , y uno de ellos hacia mí AC0 1'f'1 '1)(.10. a lborozado - j Qué Cj eso! esclamó, al momento En que todos rebosamos De placer y 'de ~egl'ia Al ver .la I ierra que tanto Anhelabarnos_, tú solo Apareces cabizbajo, Decaído y ... j mas qué miro ! Una hgrims bajando De tus ojos!- Perdonadme Si en medio del entusiasmo General, yo solamente Señales doy de qoebraoto; Pero es' que ~S8 misma tierra Donde vosot.ros acaso E~perais abrazar pronto Mil prendas 1 objetos caros No me ofrecé a mi niogulIo De c~toc di\"i 105 encaotos i y antes bi(~ n aquellos montes Qll~ se t'lenn azulad os De mi patria en mí fle~piertan U .. I'ecuerdo asaz amargo. - Empero. prontll veras Nue~tros deliciosos campos, Sus ft'utos y sus plantios y mil arboles estraños: Veras a nuestras mugeres Enriq'uecidas de eonantos, Cual la aurora placentera Puq;púreos asi sus labios, Dorado su almo cabello Cual del sol los puros riyo. ~ Cual el cielo de esto.. s climas Sus ojos asi uulados: Tú las veras~ 1 ,1 instante _ Que ' las veas, el ingrale Recuerdo de"esa lU pátria "' era~ tamLie~ disil>adQ . \ . .. - Mas no veré las campiñas Que el Teide do!nin,~ uflno, , Ni las Canarias palmeras, Ni sus mirtos 'J nlranjos : No veré sus hermosuras, Modelos de gracia y garbo. Cual el brillo en bella noch'e De la lona dulce y blando, · Asi la espresion divinn De sus rostros agraciados, Cual vil HlCtea en los cielos Sus Cri~\Io<¡ así argeotat\Js, y cual radiantes luceros En el espacio brillando Sus ojos asi espl'rsi~os De amQr vierten puroJ rayos. l\1as ah! yo verlas no puedo,­y al recordar sus encantos Sieulo tamllien de mi pltrill. El recuerdo real¡imado. Gozad vos; puec;, de la dicha Q!J~ el ('ielo os ha deparado Volviendo alegres los ojos A aquelros ,nontes lejanos ; En tanto que yo corriendu Paises para mi estraños, Espero volver un día A ver el suelo Canario. t Novlsmbre 2?, 1839. H. :\L y M. ¡América tiivina ! en tu .. lmo su elo) De verdura do quiera entapizado, Superiores virtudes he encontrado Cu:tl descendidas desde el alto cielo. De un triste porH'nir ... 1 deTlhO velo Así que
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

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