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Facatativá: gaceta departamental - N. 22

Por: | Fecha: 27/02/1909

F CATA 1 V !. 11 ••••• I GACETA DEL DEPARTAMENTO AÑO 1 República de Colombia-Facatativá, 27 de febrero de 1909 NUMERO 22 OONTENIDO Páginas GOBIERNO NACIONAL Telegrama urgente .••••• ___ ._._. __ ._ .•.. _ ... _____ 169 GOBERl: ACIÓN Iltstrucción Pública Decreto número 2 de 1909, por el cual se hace el nom­bramiento de Directores de las Escuelas pública¡ primarias del Departamento, para el año de 1909. _ 170 Sección Municipal Acuerdo número 1. 0, sobre Presupuesto de Rentas y Gastos parn el año de 1909 ................••..• 171 Acuerdo número 3, por el cual se adicion::t el Acuerdo número J. 0 del presente año de 1908 .••.• _ .. --.. 172 Acuerdo número 1~ ~lc 1909, sobre Presupuesto de Rcn-tas y G'lstos para el año económico de 19°9. -..... 173 Di11~encia de visita. ______ .. _._ .. _. __ __ .. . . _ .. _ •. _. 175 Informe del Alcalde dl Anolaima (continuación). _ •.. _ 175 A visos oficiales Edictos .. _ . _ .. _ . ___ . • . ___ . ______ . __ ..•..• _. __ . _ •. _. 176 RCIna te . - . - . ___ . __ . __ . • _ . _ • ___ .. . _ • . __ . __ • __ . _ . ___ • 176 GOBIEH.NO NACIONAL TELEGRAMA URGENTE l\{ inistcrio de Gobierno -Bogotá, 23 d~ febrero d~ 1909. Gob~r1fador de. _ •. Tenso el honor de poner en conocimiento de Usía que ayer se instaló la Asamblea Nacional Cons. tituyente y Legislativa, con asistencia de ca5i la tota­lidad de sus miembros; eligió los siguientes dignata­rios: Presidente, General Jorge Holguín; primer Vi· cepresidente, doctor F. de P. Manotas; segundo Vi­cepresidente, don Jorge V élez, y Secretarios, á los señores Arrubla y Baena. El Excmo. Sr. Presidente de la República, acompañado de los Ministros del Despacho, instaló la Asamblea y dió lectura á un cor­to pero nutrido Mensaje, en que trazó un cuadro com­pleto de la Administración pública durante los últimos 5.is meses, y anunció que se someterían á la Asam~ blea los siguientes asuntos de importancia: primero, Presupuesto de Rentas y Gastos para el presente año; segundo, Tratados celebrados por la Lega:ión en Washington; tercero, los demás asuntos que presen­tará el Ministerio. Al dar cuenta el Mensaje de la división territo . rial, después de enumerar las nuevas entidades crea­das, hace notar que la reforma se llevó á cabo sin el menor tropiezo y con el beneplácito general de los pueblos, y hace justa apreciación del concurso pres­tado por los señores Gobernadores que, con patriotis­mo, inteligencia y decisión, contribuyeron á que este trabajo pudiera llevarse á cabo en menos de tres me· ses, organilando la Administración pública de tales entidades en la forma regular y satisfactoria en que hoy se encuentran. En el Ramo de Lazaretos, al cual ha dado el Excmo. Sr. Presidente la trascendental importancia que merece, da cuenta el Men~aje de que se han seguidO" aislando en los Lazaretos de Agua de Dios, Contra­tación y Caño de Loro, casi la totalidad de los lepro­sos existentes en el país, y que en tales Estableci­mientos se aplican hoy los últimos tratamientos cien­tíficos de curación de la lepra, habiéndose obtenido, según informe del servicio médico de Agua de Dios, que tres enfermos hayan sido declarados sanos. En materia de RelacIones Exteriores hace cons tar el Mensaje que la buena armonía con los países extranjeros se mantiene inalterable, y da cuenta de laS' muestras de amistad d(\da~ últimamente por el Go­bierno de Veneluela, y que permiten esperar un pron­to y franco arreglo de las cuestiont5 pendientes con esta República. Al propio tiempo informa con satis­facción que las relacion~s entre la Iglesia y el Estado son ca::ia día más cordiales, y hace justo elogio de la actitud evangélica y patriótica ele los Prelados y el Clero colombianos, en el sentido de cimentar la cor .. durA en los espírit liS. Parte importante del ~It.nsaje está consagrada á los asuntos fiscales y económicos, á cuyo estudio y arreglo ha consagrado el Excmo. Sr. Presidente sus conocimientos en finanzas y sus grandes energías. El Presupuesto actual se presenta equilibrado, y ascien­de á la suma de diez y seis millones seiscientos mil pesos oro; pero agrega el Mensaje que cuando las rentas disminuyan, como está sucediendo transitoria­mente con la de licores, los gastos se reducirán pro­porcionalmente. L;t balanza comercial arrojó en el año pasado un saldo favorable de cerca de millón y rr.edio de pesos oro, lo cual unidú al desarrollo de la indu5tria minera, acerca de la cual contiene el Mensaje datos halagüe. ños, permite esperar que, á per;;u de oscilaciones tran· sitorias, el cambio sobre el Exterior se conservará á la par; entre t;¡nto, el crédito exterior se ha mante­nido firme, debido al pago regular de los intereses de la deuda y de los capitales empleados en vías férreas. Finalmente, el Me!1saje, después de hacer impor. tantes consideraciones sobre el orden público, soste­tenido hoy no por la fuerza de las armas sino por la opinión nacional, hace ver los grandes adelantos rea­lizados en la reorganización del ejército por el sistema moderno, y la importancia de la labor emprendida en el Ramo de Instrucción Pública, á fin de que ésta sea lo más práctica posible y tenga una base de enseñan­za esencialmente moderna. Termina el Mensaje comunicando á la Asamblea la noticia, de trascendental importancia en la historia dt:l adelanto del país, de que acaba de unirse el Fe­rrocarril de Girardot con el de la Sabana, en Facata­tivá, y que los ferrocarriles seccionales avanzan con rapidez. u Estos son, dice el Excmo. Sr. Presidente, los resultados de la paz, y debemos confiar en que Dios nos concederá cada día mayores beneficios si nos esforzamos en merecerlos." Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 17° FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO La Anmblea oyó con respetuosa atención la lectt:ra del Mensaje, y votó en se~uida, por llnanirni. "'ad, una expre.iva proposición de aplauso al Excmo. Sr. Pr~sidcntc. Transcribo finalmente á Usía la lista de 105 Dipu­tados que han concurrido á la Asambl~a: Antioquia, Rufino Gutiérre%, Manuel Rumualdo del Corral, Víc­tor M. Salaz;ar; Atlántico, F. de P. :Manotai, E nri­que Pérez: Lluas, Alfredo Vázquez Cobo ; Bolívar, Die~o Martíncz C., Pedro Vélez R., Ramón B. Jime­no; Boyacá, Salvador Fra nco, Pablo García Medina, Ignacio R. Piñeros; Caldas, J uan d~ Dios Gutiérrez, Antonio José Restrepo, E steban J a ramillo; Cauca, Ferrando de Angulo, J osé María Quijano Wallis, Sim ' n Hurtado ; Cundinama rca, Geranio Pulecio, Ale andro Herrera Re ~trepo , A rcadi o D ulcey; Ga láll, Luis Felipe Torres E., Rafael Anto nio Orduz, Carlos Tirado Macías ; Huila, Aurelio Mutis, Ccliano Du ~ ~án, Carlos Cuervo r~1árquez; Magdalena, José M aJí uel GO~t1(\?"rt, J (I,é Gnecc() Lahorde, J o!lé D. Dá­v ila ariño , J \dan B. Pombo, Venancio Rueda, J aime C órdoba; Santander, Luis Cuerv0 Márquez, Carlos T avera Navas, Benito Hernándcz; Quesada, J 0r~c H olguín, José María Pinto V., Dunid Aldana; Toli~ m a,Ju~to Vargas, Maximiliano NC"ira, Antonio Olano; TUJidama, Florentino Calduón, }. ranci co 11ontaiía, Santiago Camargo; Di trito CnlJital, D. E lclides ce An ulo, Francisco de P. 11 téus y Jorge V élez. Servidor, V A R (~AS 2 DE 1909 (13 DE E,'lmo) por el cual sc 1 rtCC el nombrcunicnto de Dircctorc de las Es­cucl. 1s públicas primal iíaz. Id. ele tlll Jita", Bertilda 1 Haz. Id. de JJlIllfmilllrJ, hrnc tina. anto .. La Palma. rbana de \ aroncs número 1.°, St!gundo Li­nares. hl. de id. número 2.°, P oberto n­zola. Id. de niñas, Lurini. Blanco. Rural de lJfilll/í, ~raría de J. LitMres. La Paz. Urbana de, árone~, Froil,:n \lahecha. Id. de niñas. 1<:loi a (l. pina. La Peña. Id. de \aronl'S, l'élix .\.. Orclóñcz. Id. de niñas, :\-[argarita Meléndt.:l. . Rural de AguablalICrT, Elda Cifuentes. Id. de Teral/la, Herminia Manosalva. Id. (le jJ1j,llfí, Jesús Medina de F. Nimaima. Urbana de varones, Mercede' Lee. Id. de niñas, María del Ro ario Lee. N ocaima. l d. de varones, Polirarpo A Yila. I d. de niñas, Clementina Coronado. Que.bradanegra. ld. de varones, Rafael Bohórquez. Id. de niñas, Adel ina de Lizarazo. Quipile. Id. de varones, Delio Amaya. Id. de niüas, Frónclsca de Amaya. Rural alternada de La Virgm , Silveria Gon­zález. Sasaima. Urbana de varones, José María Amézquita. Id. de niñas, Ramona Amézquita. San Francisco. Id. de varones, Emma Rojas. Id. de niñas, Elodia Rojas. San Juan. Id. de varones, Misael Collantes. Id. de niñas, Beatriz F erreira. Rural alternada de Cambao, Clelia Mosquera .. Síquima. Urbana de varones, Clementina Plata. - Id. de niñas, Carmen S. de Rico. Subachoque. Id. de varones, Antonio J. Corpas. Id. de niñas, Elena Gonzáles Pardo. Rural de La Pradera, varones, Luda C. de G6mez. Id. de id. niñas, María Eloisa GÓmez. Id. de .EI Rosal, Angelina Uribe. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO J7 f Subachoque. Rural de Santa Bárbara, Amalia Uribe. Supatá. Urbana de varones, Ana Paz P. de Anto­lines. Id. de niñas, El vira de Serrano. Utica. Id. de varones, Nicasio Malpita. Id. de niñas, Emelina Rinc6n. Rural alternada de El Humo, Cecilia Páez. Vergara. Urbana de varones, Pedro Luis Espinosa. - Id. de niñas, Emperatriz Díaz. Vi lleta. Urbana de varones, Virgilio S. Reina. Id. de niñas, Emelina Díaz. Rural de Chapaima, Agripina de Ord6ñez. Id. de Qutbratlahd1lda, Lucía Torres. Id. de El Chorrillo, J ustina Montes. Vianí. U rbana de varones, María. Monroy de Bustos. Id. de niñas, Justa Bonilla. Rural de El Rosario, Elvira Cristancho. Yacopí. Urbana de varones, Emilio G. A.lvarez. Id. de niñas, Muía R. de Vlllegas. Rural de Los Hoyos, Emma Dur~n. Id. de Ibama, María Teresa de Linares. Id. de El Guatluali/o, Segunda M. de Melo. Id. de Sa llch ita , Dionisia Cárdenas. Zipacón. Urbana de v~~ones, J ulia C:0nz~lez. - Id. de nmas, Aura Mana Gomez. Comuníquese y publíquese. Dado en Facatativá á 13 de ~nero de 1909. ELISIO Ml!:DIN A-El Superintendente de Instruc­ci6n Pública, BERNARDO CAICEDO. TELEGRAMA Ministerio de Gobierno - Número I. 139- Bogotá 19 de rtbrero de 1909. Goberr¡ador. E standu Presu puestos municipale¡ suje~os á revisión Gobernadores, éstos pueden modIfi­carlos según convenga á necesidades locales. VARGAS. SECCION MUNICIPAL ACUERDO NUMERO 1.0 sobre PrtSupueito de Rentas y Gastos para el año de 1909 El COtlStjO MuniciPal rk La PUla -en uso de sus facultades legales, ACU~RDA PARTE PRIMEltA Son bienes municipales: 1.° Una Casa municipal inconclusa, avaluada en setecientos pesos oro .... $ 700 .• 2.° Un local para escuela de niñas, en buen estado, avaluado en quinien-tos pesos oro. . . . . .. . . . . .. .. . . . . ... . . 500 .•• 3.° Una enramada para carnicería, en la zona del camino público, para el Narattjal, avaluada en cuarenta pesos oro ....... ' . . . •.. .. . . .. ...... .... 40 4. ° El local de la Escuela rural de Minipl, en la zona del camino, avaluado en cuarenta pesos oro.... .. . • • . . . . . . . 40 N o tiene más bienes. INGRESOS Capilulo ú1zico Artículo 1.0 Calcúlase el monto total de las rentas de este Municipio, para el año de 1907, en la suma de novecien­tos cuarenta y cuatro pesos setenta y cuatro centavos oro ($ 944 74), así: PRESUPUESTO DE INGRESOS SeCCiÓ1Z Pri1!ltra R~nlas 1Iltlnicipalu I,a Por saldo y existencia en la cu~nta de la Tesore~fa. municipal del 2.° semestre de 1903, tremta y un pesos trem-ta y cuatro centavos oro ............ $ 31 34 2.· Valor del Impuesto predial de años anteriores, por cuentas atrasadas y del presente, seiscientos pesos. . . . . . . . . • 600 •• 3.:\ Derechos de Carnicería, á trein­ta centavos oro por cada res, cuarenta y nueve pesos cincuenta centavos (según remate) . . . . . . . . .. ........ .......... 49 50 4.1\ Por multas (aproximación) cien pesos . .......... , . . . .. . . . .. ..... ...... 100 .. 5.A Por derechos de degüello de ga­nado menor cincuenta y cuatro pesos con cincuent~ centavos oro (según re-mate) ........... . .......... ...... 54 S0 6." Por derechos de Almotacén, veinte pesos (según remate) . ......... 20 .. 7. a Por puestos de plaza e~ los mer-cados, treinta y dos pesos tremta cen-tavos oro . .......... . . . . .. ... 32 30 8. Q Por derechos de coso de gana-do mayor y menor, treinta pesos, por re- . n1ate.. .. . .. . .. . . .... .. .. .. .. .. ... ... 30 9." Por registro de ~arca.s, quema-doras, cinco pesos ( aproxlma~lOn) .... . :. S 10. Por Impuesto de cantmas y clu-cherías, diez pesos ( aproxima~ión ) . . . . . . 10 11. Por el derecho de Juegos per­mitidos, como bolo, turmequé, siete pe-sos diez centavos (según remate) ..... 7 10 12. Por cada riña de gallos, á raz6n de veinte centavos oro cada una, cinco pesos (apro.·imación).. . . . . .. . . . . . . . . S llman los ingresos . . .... . . $ 944 74 PARTE SEGUNDA EGRESOS Capítulo Primtro Artículo 2.0 Calculánse aproximadamente las eroga- . ciones municipales, correspondientes al año de 19°9, en la suma de novecientos cuarenta y cuatro pesos setenta y cua­tro centavos oro (944 74), conforme al siguiente Presupues-to de Gastos así: DEPARTAMENTO LEGISLATIVO Artículo 3.° Sueldo del Secretario del Consejo Municipal, á dos pesos meno . suales, veinticuatro pesos en el año. . .. 24 .. Artículo 4.0 Para útiles de escrito­rio del Consejo, ~ veinte centavos men­suales, dos pesos cuarenta centavos en el año ............. ". .....•......... 2 40 Para el arrendamiento del local del mismo en cuatro meses, mientras se arre­gla la pieza que ha de servir para esta oficina en la Casa municipal, á razón de cincuenta centavos por mes, dos pesos.. 2 •• DEPARTAMENTO DE HACIENDA Capítulo &gundo Artículo 5.° Honorarios del Teso­rero municipal al 10 por 100 de las su­mas que recaude, á excepción de la suma por existencia en caja así como de l~s rentas rematadas, sesenta pesos (aproxI-maci6n) .•........ . .......•......... Para útiles de escritorio de la misma oficina, éi raz6n de veinte centavos por mes, dos pesos cuarenta centavos ..... . Pasan ••••••.....••••• $ 60 .• Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. F AC T ATIV A-GACETA DEL DEPA RTA ){ENTO Vienen ................ ~ DEPARTAMENTO DE JUSTICIA Capítulo Tt1'etro Artículo 6.° Sueldo del Juez mum .:;ipal, á cinco pesos mensuales, sesen ta pesos . ...... , ..... ... .... ....... . 60 , Sueldo del Secretario del Juzgado .a cuatro pesos mensuales, cuaren ta y oche 48 Para útiles de escritorio, á treinu. centavos por mes, tres pesos sesenta cen tavos.. .. ..... ..... .. .... .... ... ...... . 3 60 DEPARTA lE. TO DE GOBlER. O Cupítulo Cuarto Artíc ulo 7.° Suehlo del Alcalde mu D!cipal, á veinte pesos mensuales, dos· CIentos cuaren ta pesos, en el año. .... . 240 Sueld? del Secretario, á doce pesm or mes, Clento cuarenta y cuatro pe50s . . J 44 j)ara útiles de e~criton() de la Al caldía, á cuarenta centa\'os por mes, sei. peso~ ......... .. . .. , . . . . . . .. . . . .. . . 6 .. Artículo ~ .o Sueldo dd Comisari n1ayor, á tres pe. o men.)u::ll~~, treinta seis pesus ..... .. ... .... . .... ..... . : 36 .. !l1}, '1. '1 r:}{IO PÚRLICO Ca,ní:1l10 Quinto Artí ulo 9.0 Para (¡tiles de ·scrito XI del f'er ollero municipal, á cuarent nta ¡ dr 1 t! ) (,ti. tro Pt..S). o cnt ('cnla\ VEP lUA 11. JI) DE OBR" \'(;m.lc Ctl!,ÍfIl/O &.\'10 rtí ulo 10. 1 aro la r ncltH' 'n ci 4 80 la Ca~:l municipal, d()~ cie ntos p_so on 200 ... Para l· terll1inación del lur.al de ! (arnir:cría, cinruenta y seís pe~os cin II n ita y ocho cen ta vus oro. . . . . . . . . . . . . . . .. 6 .. 8 Partl la compra de una romalJa, líe: 90 80 111 60 .04 80 p esos... . . . . . . . . .. . ... . . . . . .. . . . .. 10 266 58 FIE:T <:; Capítulo Stftilllo ArtÍCulo 1 l. Para la .ole\l1l1izaciól d el 7(;dmI/J, el primero de enero, tre; peso. . ... . .. .. .. .. .. .. .. .. .. . . . . 3 .. ParJ. olemnizar el 20 de Ju lio. . . 3 .. DEPARTAME.'TO VE CASTOS IMPREVSTv. Capítulo Odavo Artículo 12. Para conducción d: t>reso , postas y d más gastos no previ&­tos se' destina la suma de treinta y oclu 'peso noventa y ~eis centavos oro...... 38 96 Suman los egresos ...... S RECAPITULACIÓN Departamento Legislativo .... . . . ... $ Departamento de Hacienda..... . .. ...... . Departamento de Justicia ...........•.... Departamento de Gobierno .............. .. .Ministerio Público. . ... . . . . • . .. .. ....... . Fiestas ..... .. ......•.. . .............. , Departamento de Obras Públicas ....... . . . Departamento de Ga~tos imprevisns ...•... l "otal ...•........•...... $ 6 .. 944 7 .... 28 40 61 40 111 60 ,p6 .. 4 80 6 266 58 38 96 . 944 74 COMPARACIÓN Presupuesto de ingreios...... . ...•... . $ Presupuesto de egresos ...... . ....•.....• PARTE TERCERA Cllpílu/o dilz 944 74- 944 7" Artículo 13 Para los efectos fiscales se consideran j 11- cluídas en el presente Acuerdo todas las disposiciones refe­rentes á la formación de Presupuestos municipales. Artículo 14. Para los mismos efectos fiscales sólo ha­brá un ordenador y un pagador, que lo son el señor Al­calde y el Tesorero municipal, respectivamente. Artículo 15. Las órdenes de pago por gastos munici­pales, originados por virtud de contratos deben ser acompa­ñadas de un ejemplar del contrato visado por el señor Per­sonero municipa1. ArtíGulo 16. El Tesorero municipal no cubrirá gasto­alguno hasta tanto no haya recihido la correspondiente orden de pago expedida por el Alcalde, y cerciorándose: de que el giro se encuentra arreglado á las disposiciones fisca­les del p resente .~ cue r do, Ar tículo 17. El T esorero municipal sertÍ. directamente responsable de las sumas que deje de cobrar p..>r los impues­tos gravados por cuenta del Municipio y de los que no fue­ren renlatado~, así como los de cualquiera otru ¡..>ago q uc se verifique sin e5tar legalmente ordenado. Artícu!o I~. Aprobado el presente Acuerdo en, ter~erp y último debate, p1.<;esc copia al sci10r Alc~ltle, para que él á su ,el lo pa"e á la autoridad currt; ~ponu i ente con las cb­. crvaC'iolles r¡uc cstllne ne e, jl ri:15. Da(lu eu La 1-'ei1a á treinta v uno de dirit'l 'm: ue mil novecientos ocho, qucdalhlo d~rogados touos los demás acucnlos que. ean contrarius al pr~5ente. 1'.1 Presidente del Consejo, J É D. DE!.liAD -1·.1 Se .. (r t¿rio, Alltofli¡) 1~/'(J. AIc.ldíol .. iunicipal de La J'cflrl-En"¡o dos de mil nt>ve(iento nueve. Sin observaciól alguna puhlíqucsc y cjecút .. sc, 1>3 e .1 sr.l1 . Pr -fecto de Cendarmería pués de sufrir tres delates COI secuti"os, pásese copia al señor Alcalde para. su ~anrión y publicación. Dado en La Peña á tres de dirjem brc de mil noyecien­tos ocho. Quedan derogados los .:lcuerdos que sean contrarios al presente. El Presidente dtI Consejo, J(JsÍ D. DElGADO-El Se­cretario, Antonio TOlo. Alcaldía Municipal de La Peña-Enero 3 de 1908 Publíquese y ejucútese. . El Alcalde, RICARDO ANZOLA R.-El ~Secretario, Anlo­nro Toro. RepúblIca de Colombia-Departamento de Facatativá-Go­bernación- Facatativá, febrero 18 de 1909 Aprobado. ELISIO MEDINA El Secrrtario General, RAFAEL 'M GAITÁN. EACUERDO NUMERO 1.0 DE 1909. (7 DE ENERO) $obrc PrC5upurato d. Rentas y Gastos para el a.ño económico de 1909. El Consefo Municipal ie Bojacá en uso de la atribución que le confiere el artículo :J08 del Código Político y Municip~l y el a tículo 17 del Decreto número 1.226 de 19°8, ACUEH,DA PARTE PRIMERA 1. GRE~I)S Artículo 1. ° Calcúlase el montu tCftal de las entradas fiscales del 11 unicipio p:ua el presente año de 1909, en la suma de mil seisientos ochentél y tres pesos noventa y ocho centavos oro ($ J .6~3 98) conLrme al siguientt" : P1 y ártas no redimidas en tl año, "'pro. imación ..... ,. . ..... . .\ rrendamiento de una zona pa­ra fabricar materiales de construc-ción, en el año .................. . Artículo 4-.0 Producto de 1.11- puesto predi¡¡1 de 1908 que adeu-dan: aprl/yimación .......... " . " . Altfttl!) S.o Produtto te! Im­puesto prcu' \,;e 1 09, apro.illla~ (i6n .... , ................... . Artícu u 6.0 Pruducto de 1 ie­nes mostr~n( o , apro.'illlac;ióll ...... Artículu 7. Produclo del '1 ra­b, jo l,clson ' 1 ubsi liario ·n dil t'f , a í: l.at C j a~'J •• .......... G 1.:.1 Cla~e.... ........ .. .. ~ 3·;#0 Clase... . . . •••.. . . . . 9 4." Clase .......... . .. , . 6J Sa ciÓll 1." Artículo R.o DeredlO (e rema-te de Almot;;cén ................ . Artículo 9.° Derecho.' de rema-te de Ganad() menor ............ . Artículo JO. Dererh0s de rema-te de Coso ................... . Artículo 11. Dere hvs cIt' rema-te de Juegos permitido' ... , ....... . Artículo I~. Derechos de rema-te de Rifas .................... . Artículo 13. Multas y aprove­chamientos, aproximaci6n.. , .... Artículo J -i-. Derechos de tener abiertos los establecimientos de re­creo y cantinas de las 6 p. m. en adelante . ••••......... , ......... . Artículo 15. Derechos de Ma­tadero público ......•..........• Artículo 16. Derechos de Re-' gistro de quemadore5 .......••.... Artículo I7. Derechos de fabri­cación de materiales de construcci6n Artículo 18. Ingresos varios, aproximaci6n. . .. •..••..••••• • ... 3 7') 20 .' 4° 81 S0 13 7 1 50 30 2 6 3 ., ------- Suma el Presupuesto de Ingre!lios $ 1.683 98 PARTE SEGUNDA EGRESOS • Capitulo segtmdl Artículo 2.0 Calcúlase aproximativamente los Egresos municipales en el año de 1909, en la suma de $ 1.683-98 oro, conforme al siguiente: Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 174 FA .... ATnTIVA-GACETA DEL DEPARTAMETON Pi{ E UPUliSTO DE GAST S Deparlamm lo dI Hacilffd(l Catitlllo primuo Artículo 3.0 Honorarios del T eso rero municipal al 10 por ICO souTe la ~um:l á q ue tiene de-recho ($ 1' 5.5° - 46) .... . .. . . .. . . $ 155 06 Artículo 4.° TT lIles d~ escritorio de la Tesorería Municipal, pagaderuS p or semestres, ailo ... . . . ........ .. 8 163 06 DtjJarlaml llto dI Dluda Pública Capítulo ugllndo Artículo IS. Crédito p de' Sl: Se(: etario á 1 .. Oficina de la Junta Distrital de ca­mmo~ COn 1 11 de practicar la visita re~lamentaria corres­pondl(: nte a es pr6ximo pasado. En la oficina se encon-tr6 al señor Tesorero quien puso de presente los libros y j~ ellos aparece el movimit:ntu siguiente: Existencia anterior. . . . . . . . .... . . ....•.• . $ 8 20 Egresos durante el mes . . .. . ... . ........... _ $ 8 20 Saldo para el año de J 909 . ............. , . ... .. . No habiendo p or ahera que oL:.t.rvar, se da por termi­nada'la presente dJJ igencia, fi rmondo los que e n ella intervi­nieron. El Alcalde, FÉLI,X V, GARcíA-~l Tesor.! ro, BELISA­RIO SALINES-El Secrl tario, Ralllótz Venz. IN FORM E (CO~TIr'UACIÓ.') I I/![rcJos En Caja (saldo de la cuenta de I907 ) .-- ~ Recaudado por in tere~es ...... , .•.... .. . Recaudado por au xilios ................ . . . Recaudado por donaciones .. . .......... . . Recaudado por reintegros ....... . , .... . ... . 117-674- 4 2 9-0 45 530 - 0 71 S-Q30 :' 2 - 069 Recaudado por arrendamientos .......... . . En obligaciones por courar ....••..... . .. 3°-· . 1575-.. · T otal. ... . ..... ..... .. . $ 2710-8 24 Rgrcsos En DepartJmento j dmini: trati\'o . ..• ' .. $ }<,n D part.:uJ1cnto de lIncienda ......... . J! n DepartameJ to de Ollra 1 ú.Xcas ..... . 1-,n DepMtamcnto de Gastos Varios ...... . En Departamento de Gasto: Imprc\ i. tos .. . 36 " 51 15 683 80 7 50 IQ 90 En Departamento de Mobiliario .......... . En oblig, ciones ~in cobrar . . ............ . S9 42 1620 •• Total. ................... $ 24G877 RESUME. E 'istencia anterior ............. $ eutas ......... . . , ...... , ..... . (;astos •..... .. . , - ............ . ")uli aciones por cobnu . . ..... . E 'í tencia en Caja ...... .. .. . .. _ . 1I7-G74 2S93-oT 5 848- 0 77 1620- .. 24 2 -°5 Suma ................ $ 2710-824- En cuanto á los trabajos ejecutados por la Junta, bien­ie comprende por el cuadro anterior que ellos se han redu .. cido á las obras públicas, quedando terminado uno de los salones de enfermería para darlo al servicio público cuando. se disponga. En cuanto al Cementerio, estando su administración á cargo de la autoridad eclesiá tica, la acción del infrascrito se ha reducido á cooperar en su aseo y ornato . ProPiedades municiPales 1.tI. Este cuenta entre sus propiedades en primer luga~ un terreno situado en el partido de Tocarema que mide 204- fanegadas, dividido en 35 lotes 6 estancias que están arren~ dadas á diversos cultivadores, y que produ.ce $ 550 oro anuales; 2.0. El área de la poblaci6n que produce un rendimien" to anual de $ .......... ! . 3." La Casa Municipal; 4. o. El local de la. Escuela de varones; 5. o. El local y piezas de la Escuela de niñas ; 6.a El edificio de la Carnicería con sus cercas de alam. hre, etc. Tellera/os La Oficina telegráfica hé1 estado á cargo, respecti vamen ... te, de las señoras Josefa Melo de T., Clementina de Melo y Georgina de Galeano, quienes han cumplido sus deberes con escrupulosidad y reserva. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 176 F:.C.~.T: TIV:\-GACETA DEL DEPARTAMENTO Habiendo extractado los datos que arroja el Lik de las visitas que mensualmente prattiéo en aquella; arre .j:m el siguiente r~~u ltaoo : Durante el año de '908 e tra~m itieron J894 t t':~g ra­mas p orteados par valor de >;l .p 5 -80 centavos oro y 1 S' ofi­ciales. Se reciLiero !1 1836 telcgra'l1us purté:l.c!OS y 774 oficiales. lo donde hahía otro árbol; de este pnnto, volviendo sobre la izquierda, línea recta al camino mencionado, á donde está una piedr:l marcada con Una H" lindando por e tos di/S c':lstados con terrenos de Isidoro O rclóñez y • ergio Amaya; de la mencionada piedra, camin~ abajo, hasta. el pri. mer lindero. Se fija el presente en lu~ar público de la Secretaría, por el térnllno de treinta días, hoy vemticuatro de octubre de mil novecien­tos siete. El Juez, HAF y.;¡:, CARVAJAL-Antonio C(l1tly~Yas V., Sl!­cretario en propiedad. Es cf'pia-f acatativá, febrero once ue mil noveciento nueve. ,,-2 I'tdro Vf.(1l R(rnj~l, SecretlUio en propieda'l REUATto: El JUIS I !dd Circuito d~ .Facalativá ha lJiefialado el día 20 de marzo próximo para que tenga lugar el rema­te decretado en el juici. divisorio promovidQ por JUl11Ja Rosmda Garió" G. y otros, contra .!fÍaría Carlina Garzón y otros, de la si· nitn te finca, comprendida dentro de los siguiclltes linderos y situaela o c,ta c;lldad. P or el arte. COn la plaza pública; for el Sur, con casa de la se· ora J ulian )iartínel de Uriza i por e Oriente, calle 5~ de por medio co. caus de l seño Ju tiniano Sierra, de los aerederos del se­or ~blo ardo y con casa de 1 señora Francisca Pérez de Sot?; y por el O ciJer. te c n ca a d~ lo, herederos del señor Gabriel Rubio. Tal finca postura admisible la u cu ra 1 1 del avalúo por ser remate volulltario pre\ia e n igna 16n respectivo 5 por 100. La licitación principiará á las 12 t I dI y .. c~rr fa esrués de trascurridas dos horas. Facatativá, febrero 24 de 1909. EDICTO El Jues z. o del Ci1'Ctlit~ de Fat atativá emplaza á quienes tengan derecho á inter enir en la ~ortuoria de Arcelia Barreto, vecina que fue de esta ciudad, pa'ra que se presenten á hacerlo valer. . Dicho juicio se abrió en este Despacho por auto d,~ dIez y nueve del mes en curso y se ordenó formar Inventanos. Se fija el presente por treinta días hábl1es, en Faoltativá, en lugar público. Febrero veinticuatro de mil novecientos nueve. El Juez, ANTONIO M. SANTOS -El Secretario, JesÚS 01'· juela O. . Es copia-Facatativá, febrero veinticuatro de mil noveClen· tos nueve. Jesús O,:Julla O. J el retario . --_._._._ . ....,._._-_._-_._-_ .. _----- IMPRENTA DEL DEPARTAME TO Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Facatativá: gaceta departamental - N. 22

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Facatativá: gaceta departamental - N. 25

Por: | Fecha: 11/03/1909

VA .1 ••••• 11 GACETA DEL DEPARTAMENTO = AÑO 1 República de Colombia-Faoatativá, 11 de marzo de 1909 NUMERO 25 OONTENIDO Páginas GOBIERNO NACIONAL Decreto número 144 de 1908, sobre creación de una Comisión investigadora dependiente del Ministerio de Instrucción Ptiblica ..•• _ .......................... _ •.•••..• _.... 193 Decreto I\úmero 181 de 1909, sGbre la prestaci6n de ciertos servicios ad-/uJlZonm ..•••• .. _. _ •. _. __ ..•••• ' ••...••• _. 194 Decreto número 182 de 1909, por el cual se hacen extensivas á otros casos las di~po iciones de un Decreto .•• __ • •• ••• .• 194 GOBERNACIÓN Gobierno y Justicia Decretos números 59 de 1909, por el cual se hacen unos nOmo bralnientos ...•••••..•..•..•.••• •.....• •••••••. __ • •••• 194 Hacienda Decreto nllluero 55 de 190 , por el cual se subvenciona un Es· tablecimiento de educación. _' __ ........... _. •••• .. ••.• 194 Decreto. número 6r de 1909, por el cual se concede una autori-zacIón ..• - ... - ••..•....••.......•....•• _ ••.•• _ ••.•.. 194 Decreto número 62 de 1909, por el cual se determina la mane-ra como deben hacerse unos gastos ............ _ .......... _ 194 Re5o.1uci6n n(1I~1erO l. (¡ de 1909, por la cual se señala término a los contnbuyentcs de Impuesto Predial para reclamar de de la Junta Departamental contra los avalltos .de Catastro 195 lmtnlccidn públÍt.a Decretos núnleros 21 y 22 d(. 1909, por los cuales se hacen ur..os nombramientos. -. -- ................ _____ ..... _.. 195 Resolución nl¡mCrO 1.(., de '909, por la cual se cede una casa en el ~1unicipio de Anolaima para un Colegio de señorita 195 Sección 11ftmicipal Acue:10 ~~¡~ero I. o .so~re Pre upuesto de Rentas y Gastos del UOlClplO de S¡qUlma ...... -.......... .. .......... 195 Acuerdo número I. o de 1909, obre Presupuesto de Rentas y Gastos del;l\1unicipio de Villeta ...... ---- .•• ___ ....... _ 197 Info!me df'l Alcalde de Anolaima (continuaci6n)............. 198 Copla de las diligencias de visita practicadas por el Alcalde en las Oficinas de Hacienda del Municipio de Zipac6n .. ___ • 199 R '. . Avisos oficiales equ1sltonas y edlctos .. __ ..... __ ..... . ____ ........ __ • oo._ 200 GOBIERNO NACIONAL ---••••• ------.-.-........... --•••••••• -.-.... -_._ •• ___ •••••••••••••••••••••••••• u ....... ................. _ DECRETO NUMERO 144 DE 1908. (31 DE DICIEMBRE) sobre creación de una Comisión Investigadora dependiente del Ministerio de Instrucción Pública. El Presidel/te de la Rtjltblica tlt Colombicz en uso de sus facultades legales, y CON IDERANDO 1.0 Que es urgente dar impulso vigoroso y perseveran­te á la Instrucción Pública en toda la N ación, entre otros motivos porque es la instrucci6rl popular base sólida de la paz y el orden; 2.° Que es deber del Gobierno guardar los bienes y rentas nacionales, y vigilar por la debida inversi6n de los que tiene un destino especial; y 3.0 Que el Gobierno tiene conocimiento de que mu­chos inmuebles destinados á la Instrucci6n Pública, pro pie­d:,- d de los Municipios, de los Departamentos, de la N a­cI6n, 6 de institutos docentes de carácter público se hallan en I?o~er de poseedores no' legítimos ; y asímismo tiene co­rlOClmlento de que existe considerable número de deudores morosos, por cantidades que pertenecen al indicado Ramo, tomadas en mutuo, DECRET.~ Artículo L° Abrese investigación acerca de los biene~ de toda especie que pertenezcan al Ramo de Instruc­ción Pública, en toda la N ación, de los cuales se habla en el Considerando 3. ° Artículo 2.° Para que esa investigación se realice, se constituye una Comisión Investigadora dependiente del Mi­nisterio de Instrucción Pública. La Comisi6n se compondrá. de dos Abogados y un Escribiente; uno de los Abogados tendrá el carácter de principal y el otro el de auxiliar. J\rtícuJo 3.0 Se inviste al Síndico y á cada uno de los A bogados de Ja Comisi6n de la personería necesaria para el fin indicado; de modo que ellos promoverán y prosegui­rán las gestiones jurliciales, administrativas Ó p;articulares que estimen nece!5arias. También practicarán 6 harán prac­fcar en juicio ó extrajuicio las pruebas que crean conve­nientes. Asímismo se les nutorila para interponer por sí mis­mos 6 por el Ministerio Público el recurso de casación cuan­do lo estimen conveniente. Artículo 4.0 Toelos los empleados municipales, depar­tamentales y nacionales están obligados á suministrar á la Comisi6n los datos, documentos, copias ó informes que les pidiere, lo cual harán dentro del perentorio término que les fije, pudiendo la Comi'i6n compelerlos al cumplimiento de sus deberes por medio de multas, que no excedan de cinco pesos ($ 5) oro. Artículo 5.0 Los Agentes del Mini terio Público pro­moverán las gestiones judiciales, extrajudiciales 6 adminis­trativas que el Gobierno, por conducto ele la Comisión In­vestigadora, les ordene promover, lo cual harán siguiendo en todo las instrucciones de la Comisión, con la cual se entenderán directamente. Artículo 6.° La Comisión no promoverá ninguna ac­ción reivindicatoria sin la aquiescencia de la Sindicatura del Ministerio. Tampoco cobrará créditos personales 6 hipote­carios, ni demandará el reconocimiento de principales, ni desistirá de las acciones instauradas, ni transigirá, sin la previa aquiescencia de la Sindicatura:, cuando la cuantía de dichos créditos ó principales exceda de mil pesos ($ 1.000) oro. Parágrafo. Esta disposición se refiere únicamente á las relaciones mutuas entre la Sindicatura y el Ministerio, de modo que á la Comisi6n investigadora no se exigirá, para el ejercicio de sus gestiones, por ningún funcionario, la com­probación de dicha aquiescencia. Artículo 7.° Los miembros de la Comisi6n se trasla­darán á los lugares que convenga para el mejor cumplimien­to de sus funciones, dando previo aviso al Ministerio. Artículo 8.° La Comisión investigadora será represen­tada por los Agentes del Ministerio Público de la República ante las autoridades de sus respectivas jurisdicciones, cuan­do aquélla no pueda gestionar directamente. Artículo 9.° Del valor del monto líquido de los bienes de que haya sido desposeída la instrucción pública, y que por las gestiones judiciales 6 extrajudiciales de la Comisión Investigadora seas recuperados en propiedad, con títulos saneados, tendrán derecho á deducir: el Abogado Princi­pal, un 10 por 100; el A uxiliar yel Síndico, un S por 100 cada uno, y los Fiscales un 10 por 100 cuando tengan que gestionar en representación de la Comisión Investigadora. Artículo 10. El Síndico, la Comisi6n Investigadora y los funcionarios públicos en sus relaciones con la Comisión gozarán de exenci6n postal y de franquicia telegráfica hasta. de diez palabr~s. Artículo I I. La Comisi6n Investigadora queda adscri- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 194 FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTA~lENTO á la Sindicatura del Ramo, por cuyo conducto recibirá las tSrdcnes 6 instrucci6nes dd Ministerio. . Publíquese. Dado en Bogotá á 31 de diciemLre de 1908. R.REYES El Ministro de Instrucción Pública, ErvIlLIANO 1 AZA DECRETO NUMERO 181 Dr: 1909 (19 DE FEBRERO) sobre la prestación de ciertos servicios ad- Aononm. El Pnsidmle d~ la Rtj>zíblica de C~loJJlbi(J DECRETA Artículo único. Desde la expedici6n del presente De­creto los puestos de miem bros y de 'ecretario do. la J u11ta Central de Higiene serán servidos ad hOllo!"(1!l. Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, á 19 de febrero de 1909. R.REYES El Ministro de Gol>ierno, M. V ARCAS. DECREr O NUMERO 182 DE 1909 (J 9 DF. FF.BRERO) ~or el cual se h4\cen c.·t nsivas á otros C.lSOS la' di posicion~, de un Decreto. El Pr(útÍtfll~ lit ltl Rt}lÍblica lit Colom/Jia m·.CRETA Artículo único. Las dispo iciones del IJecr to número ~5 de 7. enero del añ en ~Ir:o se ar1icará.n también por los espectlvos Recaudadores a todos lo' asos en tIue deban .cobrarse ejecut.ivllmentc cualc:(IUiera rentas municipale .. Comuníquese y publíque. l:. Dado en Dogotá., á 19 de febrero de 1909. El Ministro de Gobierno, M. \ Al'(;,\ . aOBERNACION GOBIERNO Y JUSTICIA DECRETO (2 DE UARZO) por el cual se hacen unos nombramientos. El Gobernador del D~}(l?'lalllwlo ~n uso de su. facultades legales, DECRETA Artículo único. N ómbrase á los señores que se expre­, l;an Consejeros de los siguientes Municipios: La Vrgá. Principa~es: Eduardo Portocarrero, Pe ho Antonio Díaz V., Bemto UUoa, Víctor M. Cluves y EHas Jcorero L. , Suple.nte~: Alejandro Aldana, Lucio ]iménez, Daniel Dlaz, BenJam11l Luque y Ernesto M. 'ierra. íqut"1Ila. Principales: Ismael Rodríguez, ] ulio C. Santos, evero Martínez, Amadeo Rodríguez y Rafael GarCÍa. Suplentes: Domingo Téllez, Sabulón Bernal, Tu, to Gam-boa, Nepomuceno onzález y ] uan B. "?inzón M~ Dése cuenta al señor \1inistro ue Gobierno, Comuníque e y publíquese. Dado en Facatativá á 2 de marzo d. 1909. ELI 'lO MEDI f, -El Secretarlo General, RAFA r. . G lTAt\". HACIENDA DECRETO NUMER SS DE 1909 (r.0 DE 1ARZO) por el cual le subvenciona un Eltabllcimiento de educaciotT. El Gobernador del Drt(J1"/amatlo 1':11 uso de su. atribuciones legales, DRCR~TA Artículo único. Sllbvenciónas~ con la suma de quin e pesos oro ($ [S) mensualeles Colegio de El Carll/m, para señoritas, de la ciudad de La Palma. Este gasto se imputará al capítulo 1 S, artí( ulo 36 del Presupuesto de Gastos pélra J 909, Y el Colegio tiene dere­cho á la subvención desde el 1.° de febrero pró imo pa. ado. Comuníquese y publíquese. Vado en Facatati\á á 1.0 de marzo de [909. ELISIO MEDINA-El 'ecretari General, R F.U:L 1\'1. GAlT' "l". DECRETO NUMERO 61 Dfi: 19°9 (4- DE . r \RZO) por el cual se concede un" autoril.ilcioc¡ El Gol/eFundo/' del D ~/,(Jllalll(,/It(} en u"o do sus facultades legales, DECI'ETA Artículo I. o ¡\ utorÍzase a sei10r Secretario General d la Gobernación, para obten r ell rem. t ,por lienta del De partamento y con de. tino á l' con:trucción de b Casa de (;,0- bien o de éste, el loteituado en la e 'quina sude. te ne la pla­za prin ipal de e. ta ciudad, y ln edif1cación rnpe¿ada en d . cOU1prendido dentro de lo.' siguiente ' lindero: : por 11 T or_ te, la plaza pública; por el Uf, la casa de la s flOra Juliana lartínez de U riza; por el oriente, calle 5.:t por medio, a­sas del señor J ustiniano Sierrn, de la señora Franr.isca Pérez de oto y de los heredero. del señor Pablo Garda y por el Occidente, casa de los heredero del señor ~abriel R ubiu. Artículo 2.° El pago del lotc y la t:dilieación de que trata el anterior artículo se har'" directamente al vendedor. 6 á su representante legal, mediante cuenta de cobr que éste debe presentar con el E:; Corrinttt del, 'er.rdari Ge­neral yel Vis/o Bueno del Gobt>rnador. Comuníqw"se y pu1Jlíquese. Dado en Facatativá á 4 de marzo de 1909. ~LISIO MEDINA-B..l 'ecretario General, R .H..\b:J M. GAITÁN. DECRETO NUM~:RO 62 DE 1909 (4 DE MARZO) por ti cual se determina la manera COI1\O deben hacerse uno gastos. El Góberllfldor del D~pflrlaJllt.1lt() en uso de us facultq,des legales, y CONSIDERANDO 1.0 Que la construcción del puente de El Valle y lo trabajos de repauci6n en el camino del Di"tel entre Facata.­tivá y La Vega, han venido verificándose con fondo. sumi­nistrados por la Junta Departamental de Obras Públicas; y 2. o Que en el Pre upuesto de Rentas y Gastos del De­partamento para 1909 hay partida especial a. ignacta para dichas obras, DECRETA Artículo 1.0 La inver.ión de las uma votada en el artículo 38 numerales 4.0 )' 5.0, Capítulo 18 del Presupue to de Gastos para 1909, se hará mediante remes2.S mensuale~ del eñor Administrador d~ Hacienda Naci nal á la Junta Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO C-!2S Departamental de Obras Públicas, en la proporci6n que se disponga en lo Acuerdos reglamentarios de Contabilidad. Artículo 2.° El Contador-Secretario de la expresada unta, renJirá la cuenta referente á las dos obras menciona­das en el artículo anterior, separadamente, pero con sujeci6n á las disposiciones fiscales. Artículo 3.° El auxilio de cuatro mil pesos para la obra ud Acueducto en la capital del Departamento, se cubrirá en cuatro contados de á mil pesos, así: los tres primeros con­tados, por trimestres vencidos, y los mil pesos restantes, en el mes de octubre del presente año. Comuníquese y publíquese. Dado en Facatativá á "de IIarzo de 1909. ELISIO ME,DIN A-El Secretario General, RAFAEL M. GAITÁN. RESOLUCION NU~IERO 1.0 DE 1909" (13 DE FEBRERO) por la cual se señala término á los contribuyentes de Impuesto Predial para reclamar de la Junta Departamental, contra los avalúos del Catastro. La Junta Departamental de Catastro en uso de la atri­buci6n que le confiere el artículo 9.0 del Decreto Ejecutivo n'Ótuero 1,227 de 1908, y atendidos los términos de que dis­ponen las Juntas municipales para la formaci6n y remisi6n de los Catastros de) Departamento, de conformidad con el aludido Decreto, RESUELVE Señálase el térn"ino improrrogable de treinta días, con­tado ' del S de mar¡;o al inco de abril venideros, para aten­der los reclamos que lo. contribuyentes de Impuesto Predial dirijan á esta Junta contra los a\altlos dados por las Juntas municipales, para el Cat' stro de 1909. Publíquese en la Gaata del Dtparlammlo, y en c~rte­les que serán remitidos á 10$ Municipios del Departamento, á fin de que todos Jos contribuyentes tengan tiempo suficien­te para cono~er esta Resoluci6n y puedan ha 'er oportuna­mente sus reclamos. Dada en Facatati vá á 13 de febrero de 1909. El Pre idente ele la Junta, ELISIO MEDINA-El Se­cretario, MARCELIANO AL ZOLA. INSTRUCCION PUBLICA DECRETO NUMERO 21 DE 1909 (19 DE FEBRERO) por el cual se hace un nombramiento. El Gobernador dd Dtparfamml(J en uso de sus facultades legales, DECRETA Artículo único. Por excusa aceptada al señor Julio E' rrovar, de la Direcci6n de la Escuela urbana d. varones nú­mero 1.0 del Municipio de Guaduas, n6mhrase en su reem­plazo al señor don Francisco Giraldo. Comuníquese y publíquese. Dado en Facatativá á 19 de febrero de 1909. ELISIO MEDINA-EI Superintendente de Instruc­ción Pública, BERNARDO CAYCEDO. DECRETO NUMERO por el cual se hace un nombramiento. El G(Jber1la~or dd Depar/amen/o en uso de sus facultades legales, DECRETA Artículo único. N6mbrase á la señorita Ana Julia Du-q't1e, Directora de la Escuela rural de niñas de PUlrlo '" B,(o/IÍ, en el MuniciI?io de G';1aduas, en reemplazo de la señorita Petrona Aguure, á qUlen le fue aceptada la eICU_ que presentó. Comuníquese y publíquese. Dado en Facatativá á 19 de febrero de 1909. ELISIO MEDIN A-El Superintendente de InstruC'-' ci6n Pública, BERNARDO CAYCEDO. RESOLUCION NUMERO 1.° DE 1909. [DE 19 DE FEBRERO) por la cual se ade una cas(¡ tIl el ilftmicípio de A1l(Jlaima pard Uft COltgto dt Sfilorilas. El Superintendente de Instrucci6n Pública de la Cir­cunscripci6n Escolar de Facatativá, visto el memorial ele· vado á este Despacho por la señora Julia de Duque, en el cual solicita se le ceda la casa que dejó el señor Ricardo Castañeda en el Municipio de Allolaima para establecer un plantel de Instrucci6n secundaria, RESUELVE De ord~n del señor Gobernador del Departamento, ac, cédese á lo solid tado por la señora Julia de Duque en el an­terior memorial, cediéndole al efecto el u~ufructo de la casa que dej6 el señor Ricardo Castañeda en el Municipio de Anolaima, de~tinada á la instrucci6n secundaria, á fin de que pueda establecer en dicha casa un Colegio para señoritas, mediante las siguientes condiciones: I. a Que la clase de Religión esté á cargo del señor Cu­ra Párroco; 2.11 Que el nombramiento de Profesores, el plan de .es­tudios y el re. pectivo Pro pecto se sometan á la aprobaCión de la Superintendencia de Instrucci6n Pública; y 3. i por alguna circunstancia dejare de funcionar el Colegio, salvo fuer¿a mayor 6 c.aso fortuito, la señora de Du­que pagJ.rá el arrendamien'~o e lo!-' meses del a-o es cola durante los cuales haya t ~ nido la casa. J • .! pago de estos arre n­damientos será resuelto por esta oficina, si hubiere lugar á ello. El eñor índico del Hospital de Anolaima entregará bajo riguroso inventario la expresada .. asa ~ la señora de Duque, 10 cual se hará constar en una dilIgenCia firmada por él y la mencionada señora. Comuníquese á quien corresponda y publíquese. Dada en Eacatativá á 19 de febrero de 1909. BERNARDO CA YCEDO SECCION MUNICIPAL ACUERDO NUMERO 1.0 DE 1909 sobre Presupuesto de Rentas y Gastos del Municipio para el año de 1909. . El Consejo 1l1imlcipal de Slquima en uso de su facultades legales, ACUERDA PRIMERA PARTE INGRESOS Capltul(J tÍllico Artículo 1.0 Calcúlase aproximadamente el monto to, tal de las Rentas municipales para el año de 1909, en la suma de mil doscientos ochenta y nueve pesos con cuarenta y un centavos oro (1.289 .4-1), según el siguiente p0rme-nor: SecciÓfl r.V>-Re1l/as 1.. Existencia en la Tesorería." .. _ .•• $ 2.- Producto de Impuesto Predi al de 1909. .3.- Producto de años anteriores .• " •.... ' .. 4. - Producto en dinero del Trabajo Perso- Pasan .........• . ..... $ S2 8I 500 25 ". S77 81: Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. FACATATIVA-G.\ CET:\ DEL DEPl\RTAMENTO Vienen . ............... $ mal Subsidiario ................ , ......... . 5.1\ Producto del arrendamiento riel área de población en 19°9 ............... ....... . 6.· Producto de arrendamiento del área de :años anteriores ... . ...... ..... . .... " •..... 7/' Derechos de Almotacén ...•........ 8.a Derechos de degüello y maüdero de anado menor. . . . . . . . . . ... . . .. . ........... . Articulo 9.° Derecho' de matadero públi. o de ganado mayor. . . .......... ....... . Artícul(} 10. Producto de Coso ........ . Artículo 11. Producto de corral ...... ... . Artículo 12. Producto del arrendamiento del lote de terreno de área de p bla :i6n nú-mero 65 . . . . . . . . .. . . . . . . . . . • . . . • .• . .....• StcciJu 2. a-Confl ibuciollts l." Impuesto soLre j1Jegos permitdos ..•• 2.:\ Impuesto de plaza en los lercado públicos. . . . . . . . . . .. ..........•. . ..... . 3·a Derechos de venta de animale: en los ía feriados.......... . ........•.. ..... ... 4.1\ Multas y aprovechamientos ........ . 577 81 228 S° 56 4 40 30 20 120 35 3° 20 15 10 36 .. 3 35 20 18 100 Sumanlaskentas .....• .. . •.••• $ 1.28941 SEGUNDA PAR • EGRESO Capítulo 1.° Artículo 2.° Fíjanse las erogacion.s Muni ipales para ~909, en la suma de mil dosrientos och:nta y nueve peso on cuarenta y un centav0S oro, según l siguiente PRESL P ESTO DE G¡ ST S DEl'ARTA. lENTO LEGISLATl vO Artículo 3.0 Para la solunnizaci6n y pago de del 1.0 de enero, del corriente año .......... $ Artículo 4.0 ueldo del ecretario del Con- Iunicipal, á raz6n de $ loro, m.:nsull ..... . Artículo 5.° 1 ara útiles de escrit.:>rio del 'on 'ejo, en el año ........................ . Cr}ítlllo 2.° DEPARTAMENTO DE JUSTICIA Artículo 6.° Sueldo del Juez Mun ipal en ~1 año, á razón de $ 8 oro por mes ..... ' ... Artlculo 7.° u Ido del Secretuio del Juzgado, en el año, á raz6n de $ S oro por ucs. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. .. .. ., .. Artkulo &.0 Para útiles de escri:orio del Juzgado ...................•......•.... !.l.rtículo 9.° 'ueldo del A1caicb de las Cárceles, en el año, á razón de $ loro por mes. . . . . . . . . . . . . . .. ... ........ . ...... . . .Artícul~ 10. P~ra conducción dt reos y ,t¡mdlcados, a la Capital del Departammto ..... Capítulo 3.0 DEPA R'fA'\lE~TO DE GOBIERr O Artículo 11. 'ueldo del Alcalde Municipal .á razón de $ 12 oro por mes. ..... . •••... Artículo 12. 'ueldo del Secretar.o de la Alcaldía, á razón de $ 15 oro por m:i .. "" Artículo 13. Para útiles de escrito'io de la Alcaldía, en el año ........ . ........ _ .• ' .... . Artículo 14. Sueldo del Inspector de Po­lida del Centro, á raz6n de $ 1-50 oro, por Jnes ................................... .... . Artículo 15. Sueldo de dos Pol eías del ,":entro, á razón de $ 0-80 oro, por me ' .... 1):1. un • • . • . • • • • . •• . • ••.••. 'JI la fiesta 10 12 3 66 5 12 6 180 10 19 10 575 20 Vienen ... . ... .. , ....... . $ Capitulo 4 ° DEPARTAME '1'0 DE DEUDA PÚBLlC.\. Artículo 16. Para. pagar al señor Marceli­no Rinc6n, la suma de $ 10-~S oro, según el auto número 122 de 4 de noviembre del año de 19°7, del señor Magistrado de la Sección 3.a del Tribunal de Cuentas del Departamento ..•• .. Artículo 17. Para pagar al señor Ceferino Barragán, la suma de $ 5 oro. por sus sueldos como Agente de Policía del Centro en los me­ses de agosto á diciembre del año próximo pa-sado . . . . . . . . . . . . • . . . .. . .......... . CapItulo 5.° DEPARTAl\lENTO DE OBRA PÚBLICA ' Artlculo 18. Para el Acueducto la suma de Artículo 19. Para la construcción de la E. - cuela de niñas, la suma de ........ '" .. ... , .. Artículo 20. Para la composición y seguri­dad del coso y reparación dt; la Cárceles ...• Capítulo 6.° DEPARTAMENTO Dl~ C.~'\ll L· O · ArtÍr.ulo 21. Para la composici6n de la~ vías públicas... . .. ...... . ............... . Caj>ftulo 7.° DEPARTAME, '1'0 DE 11.-\( m. DA Artlculo 22 . Honorarios del Tesorero, apro­.' imadamente, de las sumas que recaude 11 10 por 100, exceptuando la de Trahéljo Per. onal .. ,Artícl~lo 23. Para {(tiles de scritorio de la 1 esorena . . ..... , ... , ..... _ ...•...•.•. Capitulo 8.° DEPARTA IBNTO DE CA. TOS DIPREVISTO 575 ~o 10 85 5 .~ 25° tt. 20 •• 106 3 Artículo 24. Para gastos impre\i5to ...... S 86 muan los ga5tos .........•.... $ 1. 289 4- ( COl\1PARAClÓ:i Rentas .......... , .. . . ........ .. $ Gastos. . •. .. . . . . .. ...... .• TERC1!:RA PARTE Capfluto 9.° Artículo 25. Quedan vigentes en toda sus partes lo artículos 26, 27 Y 28 del Acuf.!rdo número 1.° de J908, r los artículos 27 y 28 del Acuerdo número 1.0 de 1907, con las modificaciones hechas en este último artículo. Dado en Síquima á. veintitrés de enero de mil novecien­tos nueve. El Presidente del Consejo, ISMAEL RODRíGUEZ-El Se· cretario, Félix Acosfa. Alcaldía Mun:cipal-Guayabal de Síquim'l-Enero 15 de 19°9· Publíquese y ejecútese • El Alcalde, ANIBAL PINZÓN M.-El Secretario, Eran· o'sl;p A. Ruiz. República de Col()mbia-Departamento de Facatativá-Go­bernación- Facatativá, febrero 14 de 1909. Aprobado. ELISIO MEDINA-El Secretario General, ltAfAKL M. GAI1'ÁN. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. F.ACATATIVA-GACETA DEL DEPART,\:\IENTO 197 ACUERDO NUMERO 1.0 sobre Presupuesto de Rentas y Ga!,tos para el año económico de J909. El Cons~jo ¡Jfzmi,,'ipal dt ViI/tia en uso de sus atribuciones legales, PARTl: PRIMERA INGRESOS Capítulo ¡{"i(o. Artículo 1.0 Calcúlanse las entradas fiscales del Mu­nicipio en el año de mil novecientos nueve en la suma de cuatro mil cuatrocientos veintidós pesos noventa y ocho cen­tavos en oro ($ 4-.422-98), conforme al siguiente Presu­puesto: Existencia en Caja en J.o de enero de mil novecientos nueve, - .. -............. - - - .. _ ........... $ 435 88 Impuesto del Matadero pú blico en el año en curso, aproximación ....... , .. :.. . . . . . . . . 120 Impuesto de degüello y Carmcería de ga-nado menor (rematado) ............. - - ... . . . . 336 Impuesto de Almotacén (rematado)..... .. 400 Impuesto de puestos en la plaza (rematado) 136 Impuesto de Coso (rematado)............ 4S Impuesto de Acueducto ..... - . . . .. . . . . . . 90 Impuesto de juegos permitidos (rematado) 10 10 Impuesto sobre cantinas (aproximaci6n).. 30 Producto de multas (aproximaci6n)...... 100 Venta de bienes del Municipio (apr6xima- CiÓll)........ ........... ....... •.. .......... 100 Impuesto sobre solares escuelos y lotes va-cantes (aproximación). . . . . . .... . . . . ...... . . . . . 10 Crédito contra. el señor Pedro García...... 150 Crédito contra el ~,eñor Francisco Garda. . óO Producto del Impuesto Predial cedido al 1t1uniciplO (aproximaclón) ....... _ -.. .•.. . . . . 1,7°0 Producto del Trabajo personal subsidiario en dinero (aproximación}.................... 700 Suman los Ingresos .............. $ 4.422 98 [lA R TI: ~CG UNIJA EgRESO ' Capítulo pn"ma6. Artículo 2.° Sueldo del Secretario del Consejo Muni­cipal, á razón de sesenta centavos por cada sesi6n, siendo de su cargo los útiles de escritorio que se empleen, (aproximación) ... , ....... ,... . ....... _ . 28 80 Artículo 3.° Para arrendamiento deL,local para el Consejo, á dos pesos por mes; un tri-mestrc .................... _ .. '" ... .. .. .. .. .. 6 .. Capitulo Stguudo. DEPARTAMENTO Pf.: HACIENDA Artículo 4-.0 Honorarios del Tesorero Mu-n! cipa!" ello por 100 de lo que recaude (apro-xlmaclon) ...................... , ...•.•..... __ Capitulo Icreuo. DEPARTAMENTO DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA • Artículo 5.° Para mobiliéuio de las Escue- 3°0 •. las. - ..... . . .. . . . . . . . . _ .... _ ............ oo. %0 Artículo 6.° Para arrendamieuto del local para la Escuela de niñas, á sei~ pesos por me~... 72 Artículo 7.° Para solemmzar los actos lite-rarios de las Escuelas el :lQ de julio .. - -... ••.•. S Artículo 8.° Para premios de las Escuelas del lugar •...... - .. . ••..•. - • - - '" ••....• _ . • S Pasan •••. " •••••• _ •••• _. $ Vienen ................ ,. . $ Capítulo ellarto. DEPARTAMENTO DE J u.TI CIA A rtíru lo 9.0 Sueldo del Juez Municipal, á veinticinco pesos por mes ........ , '. ...... . , Artículo 10. SlIcluo ud Secretario elel J U.l-gado Municipal á veinte pesos por mes ....... . Artículo 1 x'. Para arrendamiento dd local para el Juzgado Municipal,.á dos pesos cincuen-ta centavos por m ... s; un tnmestre .... : .......... . Artículo 12. Para útiles ele escntono del Juzgado, á un peso cincuenta centavos por mes Capítulo quinto. DEPARTAMEl''l'O DE CASTtG Artí::ulo 13. Sueldo del Cc.misario mayor, á diez y 0('110 pesos por mes ............ _ ..... . ArtLulo 14. Para raciones de presos de so-lemni(~ ad, en el año.. . .................. . .\rtículo 15. Para conducci6n de presos á otros lugares ................ -. . .... , ..... . Calílu!o sexto. DEPARTAMENTO DE GOBIEI' o Artículo 16. ueldo del Alcalde del Muni­cipio á. ra7ón de ocho pesos por mes, en el año ~~ rtícu lo 17. Sueldo del Secretario de la A 1- calclía á treinta pesos mensuales; el año ..... . Artículo 18. 'uelc1o del EscrilJiente de la Alcaldía, ól diez pesos po~ mes; el a~o : ..... . A rtÍlulo 19- Para úules de escritorio de la Alcaldía, i tres pesos cincuenta centa\ os por mes; el año.. . . . .. .... . ~ . , . . . . , ........ . ,\ rtículo 20. A rrendanllento del local para la Alcaldía Municipal, á dos pC50~ cincuenta cen-tavos p or mes' un trimestre ................. . Artículo ~ 1. Para útiles de escritorio del Per onero Muniópal, á cincuenta centavos men-suales; el año .....•. _. _ .................. .. C'llítulo sljtilllo. DF.PA RT ME T(I DE OBRA PÚHLICt\~ A rtícul·) 12. PHa composición 6 mrj'Jra de ~ vías de comullic ación ......... . ............. . .A.rtículu 23. Para la conclu~i6n de la Casa murucIpal.. .. .. .. .... .. .. .. • ......... :. Artículo 24. })ara. le\'antar la casa para Es-cuela de niñas.. . . . . .. . .. .. . . ........................... .. Artículo 25. Para la construcci6n de la Car-nicería .........•.... . .•....... _ . _ .......... . Artículo 26. Para mejora del Acueducto púlJlico lo que produzca é::.te (aprox~mación) ... Artículo 27. Para pesa') y medIdas ......• Artículo 28. Para la fiesta religiosa del 1.° de enero de 1910 ••••• _ •••.....•...•.•••••.•. Artículo 29. Para pagar á un empleado en­ca; gado del aseo. y embellecimient~ de la.. pobl.a­cion, cuyas funclOnes reglamentara el ConseJo, quien lo nombrará, á doce pesos por mes; en once meses ................ _ . _ ••. _ ....... _ Artículo 30. Para pago de deudas del año pasado .•••••.. _ • . ..•.....•....... _ ...•... Artículo 31. Destínese la suma de $ 40-60 para embellecimiento de la población. _ ........ : Parágrafo. Las órdenes ~c pag<;> que s: gI­ren por este artículo no sera~ cu b~ertas SIn la firma del Presidente del ConseJo, qUIen las fir­mará con anuencia de la Corporación. 436 80 300 :nó 8 96 IlO 4 2 .. 7 So 6 .• 700 774 58 333 ... 34° 10 13Z 110 Suma el Presup uesto de Egresos •. - - •• $ 4-.4-2% 98 COMPARACIÓN Ingresos ...... . ...................... $ Egresos .•••••.•••••••••••••••••••••••• Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. FAC1\ T ATI V A-GAcl':TA nEL DEl'A In .\ l\l I': l TO Dado en Villeta ::í. 30 de enero de 1909 en el Salón de , esiones del Con5t:jo. El Prcsicler~ te, '1'1'1'0 ~I U R 1 LI.O-EI Secretario, Lino F. Cl¡is¿·o. Alcaldía 1\-1 unicipal - Villcta, cinco de fehrero de mil novecien· fo:; nueve. Puulíqu(;, e, ejecútese y en\'Íese copia por triplicado á la Gobernación del 1 )epartamento. MARCO A. CALVI -Pedro Carda, Secretario. República de Colombia-Departamento de Facatativá- Gober­nación- Febrero 20 de 1909. Apruébase el Acuerdo anterior con las siguientes modi­ficaciones: La Dedúcense las cantidades que á continuación se expresan, de las siguientes imputaciones: Capítttltl I [r-Dtparlaltll'tlto de Justicia. Artículo 9.° Sueldo del Juez Muni-cipal. .. . . . . . . . . ... ~ .. . .. . ........ $ 60 Artículo JO. ueldo del Secretario 2~ Capítulo V-D(parlallltJllo de Castigo. Artículo 13. ueldo del Comisario n1ayor .. . ......... ,.... ....... ..... 72 .. Capitulo VI-Dc}artclJllmf() de Gobicrll ~ . Artículo 17. . neldo del Secretario de la Alcaldía, deducción anual. . . . . . ... J 20 Artículo 18. Improbado. Sueldo del Escribiente de la Alcaldía............ 120 Capital" VII-Dejartalllmto de Obras PlÍbliras. Artículo 29. Sueldo de un empleado encargado del aseo y embellecimiento.. 13 2 •• 528 .. 2.~ De tína!\e la cantidad de $ 528 á que as­cienden las dedur.ciones precedentes á aumentar las siguientes partidas en la proporci6n que se lD­dica, á saber: Capítulo VI-IJe}artalllt'1lto de Gobierno. Artículo 16. Sueldo del Alcalde (au-lnento) . . . • . . .•. .. .......... . ..... $ 2~ Capítulo V II-Dejartamento d( Obras públiws. Artículo 23. Para conclusi6n de la Casa municipal (aumento)............. '5 ~ 2 Artículo 24. Para levantar la casa para Escuela de niñas (aumento). . .... . 117 Artículo 26. Para mejora del Acue-ducto público (aumento). ... . .... .. ... . 120 Artículo 3 T. P ara saneamiento de la poblaci6n (aumento).. . . . . .... .. . .. . 120 406 ~2 Diferencia .•.• .. ........ .. $ 121 58 que se dejará como superávit ; y 3.1\ La cantidad total de $ 160-60 que en virtud de estas modificaciones se apropia al saneamiento de la pobla­ci6n, será invertida por una Junta ad - llQtlOrem que nombrará e l Con ejo. ELISIO MEDINA-EI Secretario General, RAFAEL M. GAITÁN. INFORME DEL ALCALDE DE ANOLAIMA, RELAT IVO AL AÑO DE 1908 (Continuación). Moyalidad Por Circulares números 88 de. esa Superioridad, y 1,134 del señor Prefecto de la Provincia, de fechas 30 de enero y s J .O de febrero de t 908, respectivamente, se ordenó que con toda a tivirlad y sin distingos, se procediera á perseguir á los responsables 6 mieml.>ros de la SOCIedad que vivieran en con­cubinato, levantando cQ.ntra ellos el correspondiente sumario. Con el fin de cumplir lo ordenado, este Despacho dis­puso que los Agentes y Comisarios presentaran á los indivi­duos que se hallaban en aquel caso, y exigió cauciones á los mismo::; cuando manifestauan volunt ld en legitimar las re­laciones ilícitas. Esla medida que por el momento se creyó suficiente, sinembargo no produjo el resultado apetecido, pues sucedía el caso ele que prestada la fianza para casarse, tan pronto como se ar,ercaba el término del compromiso, el fiador presentaba á sus fiados mani:estando que la retiraba y alegando que uno de ellos se negal.>a á cumplir lo ofrecidó, quedando burlada la providencia. Para subsanar e. te inconveniente, . e dispuso que las cauciones que se exigieran á los que tenían tratos y relacio­nes ilícitas fueran con el fin de separarse, y no yoh'erlas á tener mit"ntras p r el matrimonio no las legitimacen. Esto ha dado buenos ~esultados, y la mayor parte de aquéllos, hoy han hecho vlda arreglada conforme á los pre eptos de la Religión y la Moral. t..i'>to que sucedía en las cluses inferiores de la sociedad, no era lo mismo en las su periores, y en é tas sólo se instru .. yero n J os sumarios por amancebamiento, los cuales están en conocimienlo del señor Juez L° del Circuito. El pueblo de Anolaima es áltamente laborioso dedicán­dose especialmente á la agricultura de donde le deriba su riqueza y prospcrirlad, y como el trabajo es timhre de honor é independencia, para sourcllevar sus fatigas, los dueños de propiedades y los labriego" tienen formados sus hogares en donde la paz y la moralidad se hacen ostensibles con el ejemplo y la palabra, Réstame s610 h3cer presente que establecidos los tra­hajos del Ferrocarril de Girardot en el Municipio, con una a~r~paci61l de más de 2.000 obreros, en su mavor parte de dlstmtos lugares de la República, las molestias que diaria­mente se sucitaban entre ellos, me obligaron á redoblar la vigilancia en la. línea, y á aumentar los Comisarios de Poli­da en la región de Cachij>tl), á die~ y seis, logrando, en par­te, contener aquéllas y evitar much:5 de gracias. VI RAMO Dl~ 0131' .\5 pÚnLlcAs Como muy bien pudo observarlo el señor Gobernador en la visita que practic6 en esta poblaci6n, y lo manisfest6 á usted mi antecesor en el informe que rindi6 á principios de 1908, necesitaba el Municipio muchas obras para su ser­vicio, tales como la refecci6n y arreglo de la Casa y oficinas de la Municipaliclad; independizar las Cárceles para hom­bres y mujeres; construír un tramo en el local del Matade· ro público, por ser insuficiente el existente; la edificaci6n de un coso 6 toril que preste este servicio, y el de corral y cochera; terraplén de la plaza prindpal, y arreglo de las aceras; con:;tru ír un camell6n para el cementerio fo rmán­dole un terraplén para evitar la pendiente; arreglo y nive­lación, en cuanto sea posible de la plazuela de San Vicente; construír acueducto para la Escuela de niñas y que sirviera para el lavado del excusado; construír acueducto, alberca. de a~ eo y excusado en la de varones; levantar una alcanta­rilla en la calle que va para el Hospital, y terraplenar el zanj6n allí existente; mejorar las calles públicas, y especial­mente la que sigue de la esquina sur de la plaza para la Car­nicería, llamada de Cara d( perro./ formar en el Acueducto p úblico un tabique para desarenar; refecci6n de la fuente pública de la plaza.; ponerle agua á la carnicería y plazuela de San Vicente ; proveer de mobiliario las Escuelas urbanas y rurales; axreglar estos locales y mejorar y conservar en buen estado las vías p ú blicas, tales son en síntesis las obras que he procurado llevar á cabo, y con tal fin, adquirí dos carros para el acaneo de materiales que fueron comprados al señor Amadeo Rodríguez por la suma de $ 80. Con cin­co carretillas, una yunta de bueyes, y unas pocas herramien­tas procedí ~ las obras conforme al siguiente pormenor: I-Casa Municipal y oficinas. Fuera de las mejoras locativas, se le hicieron las lIi­guientes: 1.0 Se pusieron cuatro postigos en las ventanas de la plaza; Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. FACATATIVA-GACETA DEL DEPA}{TA~IENTO J99 2.° Se pintaron las puerta, columnas, embaralldado, y se refeccionaron los enta blados del corredor; 3·° El local de la Alcaldía se entabló íntegramente gas­tándose S4 tablas, 18 libras de puntillas y $ 1.200 en jorna­les del obrero señor Alejandro Sanjuan, según contrato; 4.° Se puisieron vidrios en lél port~venta!1a que da á la pla¿a; S? Se le hizo una elegante comiza; 6.° Se empapeló y e5teró, y para proveerla de mobiliario 5e celebró un contrato con ei señor Ricardo Fernández por valor de $ 40 oro para el suministro de doce asientos de paja. Sólo resta, para quedar completa la oficina, que se le provea de un buen escritorio, estantería y alfom brado, cosas que pronto se llevarán á termino. ., n. El local del Juzgado 2.° se refecclOno totalmente, se esteró, pintó, empapeló y se le pusieron vidrios á la por­taventana. 111. El local del Juzgado 1.0 se mejoró con la construc­ción del entablado, obra que llevó á cabo el carpintero Ale­jandro Sanjuan : se blanqueo, empapeló, pintó y se le pu­sieron vidrios en la portaventana. IV. Matadero público. Habiendo dispuesto el Consejo la editicación de un nuevo tramo en este local, y fijado el sitio, se trope~aua con el inconveniente que presentaba un barranco de dos metros de altura en toda su extención. Para subsanarlo, y aprove­char de la tierra que se quitara, emprendí, al propio tiempo, la mejora de la calle de (ara de pt:rnl y donde debía quedar el coso, comando con el servicio personal del Centro, de S/l clase. Con el señor Polo y áZ'1uez, celebré un contrato para la confección de la obra, y en él se" estipuló que tendría 12 metros comervando la anchura del alltiguo, sería cuLierto el techo con teja metálica, se arreglarían, con sus re~pecti\'as divisiones tres piezas; el corredor sería amplio, y 1 obra la entregaría blanqueada y solada, por la suma de $ zoo oro. Co 1 el mismo celebré un segundo contrato, fJara el su­ministro de teja metálica, por $ 160 \'alor de 100 tejas. . El Municipio suministró la! materias primas como ado­be, madera, teja y piedra. Con el scüor Ricardo Fernál1
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Programas de mano
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Facatativá: gaceta departamental - N. 27

Por: | Fecha: 22/03/1909

e T IV I ••••• ti GAC.8:TA DEL DEPARTAMENTO AÑO 1 Repúb!ica de Colombia-Faoatativá, 22 de marzo de 1909 NUMERO 2'1 CONDICIONES Suscripción á una serie d.e doce números ..... $ 24 N úmero suelto el día de su salida ........... . N úmero suelto atrasarlo.... . .........•.... Anuncios en forma onlinaria, palabra ....•..... Anuncios en forma extraordinaria, centímetro li-neal de columna .... ., ......••.............. Comunicados, remitirlos etc., columna ......••. Edictos, palabra ...... . ...........•.....••• A visos extranjeros, precio convencional. OO~TTENIDO GOBIERNO NACIONAL 2 4 2 5 00 2 50 ° 04 Páginas Mensaje' del Designado encargado del Poder Ejecutivo á la Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa.......... 209 GOBERNACIÓN GobierJlo y Justicia Circular ntlmero 33. -- ........ , ............ __ ...... 210 Hacienda Circular númerO 37...... ...... ....... ...... .... ...... ...• 210 Auto de fenecimiento en 2~ in l~ncia, ~lictado á la CUf!nta de la Tesorerí.l duntcipal de AnoJaima ........ """ •••• .... 210 Illstrllrciólt Pública Circular número 38...... ..... .... ......... .... ........ .... 210 Obras Públicas Decreto número 66 de 1909, por el cual se hace un nombra. miento en el Ramo de Caminos .... ............ .... .... 21I Puente del Valle...... •••• ....... . . . ••.• ..•••• •... ••.• .... .. 211 SecciÓlt Mmtt"cipal Acuerdo número 1. o de 1909, sobre Presupuesto de Rentas y Gastos del Municipio de Utica........ ..... •••••• ...... 211 Informe: del Alcalde de Anolaima (conclusión) .••• _" .... .... 214 A visos oficiales Edi~tos .•••.•• _ ...••. _..... ...•••...•.•• ..••..•••• •••••• 216 RECIBO DEL" DIARIO OFICIAL" Hoy tres de 111arzo de mil novecientos nueve se recibieron en la Gobernación los nú­meros 13,564 á 13,573 del Dz'ario Ofic·ial. El Oficial de Gobierno y Justicia, MANUE LARA O. GOBIERNO N._A-C_I ONAL ................................................... - :MENSAJE DEL DESIGNADO ENOARGADO DEL PODER EJEOU­TIVO Á LA ASAMBLEA NAOIONAL OONSTITUYENTE y LEGISLATIVA. Honorables Diputados El Gobierno someti6 á vuestra consideraci6n los Tratados celebrados por nuestra Legaci6n en Washington con los Estados U nidos y conPanamá, y que han sido el resultado de una larga negocia-ción emprendida y adelantada con el noble pro­pósito de poner fin á las más delicadas de nueg­tras cuestiones internacionales, en]a forma más favorable para los intereses patrios, considerados á la luz de un criterio sereno y desapasionado que aprecia el presente sin desentondorse del por­venir. Pero el Gobierno, con la honrada franqueza quo es norma de sus actos, considera, por otra parte, que no hay sentimiento más sagrado que el amor patrio, ni doctrina más noble que el aca­tamiento á todas las lnanifostaciones sinceras en que palpite el espíritu de la nacionalidad. Por tan­to le merece el mayor respeto la opinión de aque­llos de nuestros conlpatriotas que se han dirigido á la Representación Nacional en solicitud de qua se posponga la consideración de aquellos pactos mientras el país los estudia con la atención que demandan sus antecedentes y su iJnportancia; vosotros por vuestra parte habéis dado el ejem­plo á la opinión nacional, haciendo que estos Tra­tados, que por ,)ll natul'alüza delJieran haber e considerado en sesiones socretas, como es prácti­ca en asuntos internacionales de trascendencia, lo hayan sido en sesiones públicas, prolongándolas de manera de dar tiempo á que la opini6n de todo el país, debidamente manifestada, pueda prestar su concurso á vuestra sabiduría. El Excelentísilno Señor General Don Rafael Reyes, Presidente Oonstitucional de la República, que tántas veces ha admirado el país entero por su patriotismo, por su consagración al servicio da los intereses públicos y por su respeto á la opi­ni6n, ante la cual se han inclinado siempre gusto­sos todos los Presidentes de Oolombia, considera que habiéndose hecho público el deseo de una parte de la N aci6n de que se conceda á ésta ma­yor plazo para el amplio estudio de los Tratados, debe acatarse tal aspiraci6n, aun prescindiendo de altas consideraciones de conveniencia interna­cional, y cree que debe posponerse la resolución de este grave asunto por el tiempo que vuestra prudencia aconseje, para que la sanci6n del Cuer­pp Soberano dé e] prestigio de la ley á esos pac­tos cuando la Naci6n los haya estudiado suficien­temente y obtengan, como es de esperarse, la uná­nime aprobaci6n pública. El Gobierno que accidentalmente tengo el honor de presidir ha aplaudido esta noble actitud del Excelentísimo Señor Presidente Titular y ha acogido su respetable opinión como suya propia. Para este mismo Gobierno sería motivo de alta honra y de viva satisfacci6n el que vosotros aco­giérais estos votos y les diérais forma práctica del modo que vuestra sabiduría lo crea más conve­niente para los intereses de la República. Honorables Diputados. JORGE HOLGufN Bogotá, marzo 13 de 1909. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 210 FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO aOBERNACION GOBIERNO Y JUSTICIA CIRCULAR NUMERO 33 República de Colombia-Úepartamento dt> Facatativá-Secrc­taría General-F21catativá, febrero 4 de 1909. Sdior A lcaldt MuniciPal d~ ..... . La Comisión de Codificación Nacional en Cir, (;ular número 6 del día 7 de diciembr~ último, dice á la Gobernación lo siguiente: 1C ........... . Ha dispuesto ella (la Comisión) solici-tar de 105 empleados públicos superiores su valiosa c~operación en los importantes trabajos que el Go­bierno le ha encomendado, y con ste objeto tengo ~l honor de dirigirme á Usía. Además de la conlaboración directa de U~íé\ desea la Comisión que se dj~ne prestarle la de auto~ rizado intermc:diario para procurar, en forma ordena­da y metódica, la de los demás funcionarios adminis­trativos de ese Departcunctlto. Con el fin de que la! reformas que Usía indique queden desde un principio roncret=lS y clasificadas con relación á los diverso! Códiaos me tomo la ti, bertad de suplicarle que lal qu~ ~rovengan de ese Despacho, tanto las propias de Usía como las de los demás emple21do5 que dejo mencionados, se redacten en forma de artículos y c;e acompil.ñe á ellos una 10- bria y precisa exposición de motivos. Ha fijado la Comisión el si 'uiente orden ele tra­bajo~; cmpe.zará in111ediatl\m nte á ocuparse ~n los CódIgos CIvil y de Proceclimi nto, y luégo se ocupartl, 'Por orden, de los siguientts: Po licia, Comercio, Mi· na , Penal y Administrativo ........................ " Como u ~ted v~ por Ja. nota trascritíl la Comisión ~oli.cita de lo:: (.mpl~ados administrativos', que se le lOolql:en las reformas que la práctica aconseje con relación á 105 demá~ Códig05 y en 4t1 ordtm de éstos que ellf\ ha fij"Hio para Sll~ trabajos. En tal virtud, pue.dc II ted formu lar lai que en !'u con :epto c nven­ga Introoucir y enviarlas ti este Despacho pai'a que sean propuestas ~ dicha Corporación en la forma que ~lIa deseil. De usted atento y seguro servidor, RAFAEL M. GAITÁN HACIENDA CIRCULAR NUMERO 37 República. de Colombia-Departamento de F.catativá-Se­cretaría General-Facatt\tivá, mano 4 de 1909. &lior Alcalde y Tesortro MUJlicipal dt ___ ... Este D«spacho llama muy especialmente la aten­ción de ustedes á las disposiciones de los Decretos Ejecutivos números 25 y 182, procedentes del Minis­terio de Gobierno, y contenidos en el presente número de la Gaaltt, las cuaJe. disposicicnes son aplicables .á los Tesoreros Municipales. De ustedes antento servidor, RAFAEL M. GAITÁN. ~oTA-Los Decretos oí que se refiere la anterior Circular, corren pubhcados en los números .14 y 25 de la Cauta, de fecha de ;30 de e~os _____ •. , . __ .. _ _ _ _ _ 150 Derecho de pesca en el Ríonegror veinte pesos. ____ • _____ • . __ . _ _ _ _ _ _ 20 Deudas atr::t~actas de Impuesto Pre-dial, cien pesos........................ .................... 100 Seccióll 2:\-ColltribuC'Íollts Degüello y fatadero ptÍblico de ga- Ilad) menor, trescjel1 tos 1 sos. _____ . __ . D .rechos ele Carnicería y de ganado mayor, cuarenta l)esos ............................... . lmpue to de Coso, cincuenta pesos Impuesto de juegos permitid =-, cin­cuenta y cinco pesos cil cuenta centavos. Pro lucto de multas, setenta p~sos _. Impuesto de corral, diez y ocho pesos .......................................................... .. Impuesto de tiendas y cantinas, trein-ta pesos ____________ . ___ .. ______ .. __ Impuc..sto de riií.as de :'allos, tres pesos .......................................................... .. Impuesto de p rros, seis pr.sos ...... .. Producto de! espectácl1los públicos, tres peS0s .................................................. .. Producto del arr 'ndamiento de los solares de propiedad del l\Iunicipio, seis 3°0 4° So 55 70 18 30 3 6 3 50 pesos ............................................... ........... . 6 .... Producto del Trabajo personal sub­sidiario, cuatrocientos diez y OCh0 pesos veinticinco centavos ................................... . Suman los Ingresos ........................ $ PARTE SEGUNDA EGRESO Capítulo l. ° 418 25 1.83 I 25 Artículo 2. ° CaIcúlase aproximada.mente las erogaciones municipales, correspondientes al presente año de mil novecientos nueve, en la suma de mil ochocientos treinta y un pesos veinticinco centavos oro (1.831 25), cambio al diez mil, conforme al si-guiente . PRESUPUESTO DE GASTOS C:"apítulo 2.° DEPARTAMENTO LEGISLATIVO Artículo 1.° Sueldo del Secretario del Con¡ejo Municipal, á razón de cinco pesos mensuales, en el año sesenta pesos........................................ 60 Artículo 4. e Para útHes de escritorio del mismo Consejo, á razón de cincuenta centavos mensuales, en el año seis pesos 6 "'0 Capítulo 3? DEPARTAME ... 1'0 DE HAcrEND Artículo 5.° Honorarios del Tesore­ro municipal, ó sea el diez por ciento de la suma que recaude, hasta mil cuatro­cientos trece pesos ($ I.41 3). se excepttÍa el valor del Trabajo personal) ciento cua-renta y un pesos treinta centavos ........... . Capítu lo 4. ° DEPARTAMENTO DR JUSTICIA Artículo 6. o Suel(lo del Juez muní· cipal, á razón de diez pesos mensuales, en el año, ciento veinte pesos ....................... . Artículo 7.° Sueldo del Secretario del Juzgado, á razón de ci nco pesos men-suales. en el año, sesenta pesos ............... .. Artículo 8.° Para útiles de escrito­rio del mismo Juzgado, á r.lzón de cin­cuenta centavos mensuales, en el año seis pesos ....................................................... . Artículo 9. ° Para conducción de reos, en el afio, di z pesos ................................. .. Ctrpítulo 5.° liEPAI'TAllh. '1'0 DE (;OIlIER 'o Artículo 10. Sueldo del Alcalde mu­nicipal, á razón de treinta pec:os mensua· les, en' e~ año, trescientos sesenta peso.s. ArtIculo 11. Sueldo del Secretano de lo Alcaldía, á ra~ón de veinte pesos m~nsuales, en 1 año, doscientos cua-renta ....................................................... . Artículo 12. Sueldo del Comisario mayor, á razón de cinco pe'3os mensuales, en el afio, sesenta pesos ...................... . A rtÍclllo J 3. Para útil es de escrito­rio de la misma Alcaldía, á razón de ('OS pesos mensuales, en el año, veinticu y he delr..:rmi­nado estabicccrlos ¡níblicos f'1l una p~qlleiia quebra: da denomi nada J.,a ClltJJchm, y para el efecto he al)ierto una cóm0c!a vía qt e á ellos conduzca, la cual creo concluída en la próxIma semana. Estoy en la tarea oe poner una regadera y utilizar independiente­mente de ésta un pozo natural en la misma quebrada para baño de inmersión. De acuerdo con el Honorable Consejo Munici­pal estamos viendo si se logra poner el agua en la plaza. Este elemento debemos tomarlo del pie del Alto di la Osa, á una consicJerable distancia; pero á pesar de este inconveniente creo que se lograría nues­tro intento si el progresista Gobierno Departamental nos prestara algún auxilio, que contribuya á satisfa­cea nuestras justas aspiraciones. Se ha votado por la Municipalidad la cantidad de $ 500, suma. en verdad exigua, pero que siempre constituyó tina base no despreciable para nuestra pro ... yectada empresa. El mantenimiento de cerdos en la población se acabó, mediante vigilancia para tenerlos con escrupu­lazo aseo y rigurosa higiene. Todas las demás tnBdidas apuntadas en la impor­tante comunicación á que refiero serán puestas en práctica con especial esmero y actividad, Dios guarde á usted, FROILÁN MAHECHA • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. FACA TATIVA- GACETA DEL DEPARTAMENTO INFOR~IE D¡':L A1.CALDE DE A. OL AIM .~ ( LOllclusión). Plazuela de Sa1t ViCOllt Terminado el tI amo de la CarnLería, se impu. o la ne­- ee . dad de mejora r e~ta plazuela que pre~ta el servicio de ·cochera, pues los barrancos, hoyo~ é irregularidades del te­rre: 1O la hacían muy desapa.. ible. COI tal fin se empezó el banqueo en el mes de enero, y después de tres meses de tra­ba 'o se logró modificarla cambiando completamente de as­pecto. Por ahora, es de imperiosa nece~idad el establecimien­to e una fuente pública en aquella [,lazuela. Calle de Cara de Pen o Con el descargue y reedificación del Templo, al pie de su pared oriental fueron aglomerán ose muchos despojos, que con la humedad é infiltración de las aguas, la amena­zaban seriamente. De a.cuerdo con el señor Cura párroco re­solví sacarlos y votarlos en la ralle .e que me ocupo, y así, se evitó el daño y se principió la composición de aquélla, qu'! era tal el estado de abandono en que se encontraba que niiquiera permitía acceso á gentes e á pie. Con diez jornales diarios y dura te los meses de enero, (el rero y marzo, bajo la dirección dd ~eñor Honorato Gon­zá. ez, quien, en má~ de una ocasión me ha manifestado su buena voluntad en favor de los jnt~reses municipales, ya con sus consejos como arquitecto pricti o, ya en trabajos científicos, se lleyó á callo su mejora Aún falta ha erle unas mejoras, y on é:-;tas será una de las buenas y principales de la polJla 1011. En cuanto á la calle que ~igue de la plazuela de El LI.z116 para el Ho!'pital, lo detritus y despojos de cuatro ca­sas se depoitaban allí, formando un foco infeccioso. Para co regir esta irregularirfad, dirté h Resolu i6n número 3, por la ual los señores Benjamín lzq ierdo, et,. debían cons­tr\: Ír un caño C'}ue diera atida á las a'Suas lluvias y despojos al "año principal, y ellus, en cumplimiento del 3rtículo 376 de. Código de Polida, lo verificaron i tiempo que yo prin­cipiaba la construccion, allí mismo, de una alcantarilla que tu 'e que su!'pender, p nlue el invien o de octubre) noviem­brt me destru y6 u na parte de la obra <1 pl.zán metros. De este hecho dí av'so, por su conducto, al señor Gobernador, y de éste, al señor Ministro de Obras públicas, quien di6 orden al Inge­niero en jefe y al Interventor para su pronta reparación en aquella pute, lo cual se llevó á cabo. ~ Ahora bien, por causa del des m nte en el nacimiento de la quebrada Miqu.ita, que es de donde se toma el agua que surte á la población, sus aguas se han disminuido con­siderablemente, y doblemente en tiempo de verano, de ma­nera que por tal causa, y de la infiltración, evaporación y aún por abusos que cometen los particulares distrayendo parte para riego, á las fuentes públicas no llega ~ino una can­tidad insignificante. Para obviar este inconveniente, creí conveniente prac­ticar una inspección ocular en todo el trayecto de la quebra- ~ da Miquila hasta su nacimiento, con el señor Lusebio Hi­guera y pudimos observar que la quebrada de EI,AKuila tiene aguas magníficas, corre paralela á aquélla y que con un costo no mayor de $ 5.000 :papel moneda, pueden vo-tarse su~'i aguas - sobre la Miquila, aumentado el caudal de aguas Je é~la, y así, abastecida la población en cantidad su­ficiente para las fuentes públicas, locales y casas de parti­culares. En cal trayecto del acueducto las llguas arrastran are· nas qu~ aglomerándose en la caja de repartici6n, y en la tubería oe hierro, obstruyen su paso. Para evitar este incon­veniente ordené la construcci6n de U!1a alberca desarenado­ra, antes de la caja de repartici6n, y los obreros Aníbal Roa y Rudecindo Casasbuenas la llevaron á cabo, así como tam­bién otra de repartición para el acueducto de la Escuela de niñas y lavado de excusado, y se unió, hasta este punto la tubería de hierro. En el brocal de la fuente de la plaza principal, que no se había logrado impedir la salida de las aguas, se corri¡i6 é to con cemento romano que fue gratuita y generosamente suministrado por Mr. Ashmore, Ingeniero del Ferrocarril de Girardot. El gasto que ocasionó en el año el Acueducto público fue de $ 6,690 papel moneda. VII RAMO DE VIAS PÚBLICAS Como lo dispone la Ley 60 de 1905 que reglamenta el cobro é inversión del producido del Trabajo personal sub­sidiario, la administraci6n y mejora de las vías públicas, ha estado á· cargo de la Junta Distrital formada por el infras­crito, quien la pre;:;ide, Manuel Molano A. Personero Mu­nir: ipal, ~.liseo Muñet6n y Juan B. Lozano teniendo como Secretario-Tesorero al señor Agapito Melo T. El sen'irio personal de 5." clase se hacía efectivo por medio de los Comisarios de los partidos, quienes citaban un onsiderablc número de indi victuos para que salieran á tra­bajar el lunes en la vía que se destinaba, dando principio indi~tintamente entre las 7, 8 6 9 de la mañana y lt!vantan· do los trabajos de las 3 n. las -4 p. m. Durante las horas de trabajo suministraban oe sus casas á los trabajadores los alimentos, y ésto daba lugar á hacer tantas paradas, cuan­tas eran las comidas y belJi<.las que se traían, y en distintas horas, de mauera que el servicIO que hacía un peón cuando más alcal7.aba á equi valer á tres horas, perdiéndose el resto. Con e te motivo dispuse: T.O Que los Comisarios citara.n para cada día ele la se­mana, de inco á diez individuos, los uales pondría á dis· posición oe un obrestante con quien previamente se había arrrglacto l:U jornal, el cual era satisfecho con fondos de la Junta; 2.0 Las horas de trabajo serían nueve: de las 7 á las 11 a. m. y de las 12m. á las 5 p. m. ; 3.0 Las obligaciones del sobrestante eran: recibir los trabajadores á las 7 a. m.; responder de la herramienta que e le suministraba; vigilar y dirigir los trabajos de a uerdo con mis indicaciones; llevar la lista de los obreros y en vis­ta de su informe, poder expedir los recibos del pago del servicio. Reglamentado así, se han podido llevar á cabo todas las obras de que he hecho mención, y mejorado las vías pú­blica en cuanto ha sido posible, que para su mejor inteli­gencia las anotaré en el siguiente pormenor: V{a de Sw Juan;/o Esta parte en el punto llamado Pedtrllal en la vía de ésta para Zipac6n y termina en sitio llamado Puerta de Ca­chiPay en el camino departamental que va de Facatativá por Zipacón, La Muda tú Sa1tla In/s, y termina en el Pal" de la Cruz. En este camino la Inspecci6n local ha estado á cargo del señor Demetrio Rojas, y con el servicio de los partidos de Cae/tipay y parte de Cayundá, se rozó toda la viá en una extención de 7.200 metros; se construyeron metros de empedrado por contrato celebrado con el señor Sinforoso Valero; se hicieron 75 metros de banqueo y ampliación quedando en regular estado y bast.ante transitable. Muy conveniente sería construir en esta vía dos puen­tes; uno sobre la quebrada Miquila y otro sobre el río Bajamltz. V{a de Santa Bárbara Esta parte en el puente inmediato al edificio del HOi­pital, y termina en la ramificación de la Vía Central del Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. FACATATIVA-GACETA DEL DEl'AI'TAM¡';I\TO 215 Departamento que parte en La Horquda y pasando p ')r G1Iadalupe y San Loymzo, va á terminar en La Riforma. Los trabajos ej,-cutados son: Se rozaron 600 metros; se construyeron empedrados; se terraplen6 y ampli6 en casi toda su extensi6n y se mejo­raron los desagües. V/a de Revmfo1lts Esta parte en la esqui na Norte de la plaza principal y termma tn la quebrada de Gua/h'á límite con el Municipio de Bituima. La mayor parte del servicio personal con que contaba esta vía, se destin6 durallte los meses de febrero y marzo á. la destrucción de la langosta que en aquel partido y en el de Ch ;?lÍata se presentó cun caracteres alarmantes. De ésto dí cuenta á usted en oportumdad, y aunque para ~onseguir e-l fin se lu~h6 con un interés, celo y actividad dignos de me­jor CélU :a, sinem bargo, no elIó sino momentaneamente el re­sultado apetecido, pues si bien es cierto quc aquella des­trucci6n se hacia por millan.:s de insectos, nuevamente se presentaba la illva:jión en mayor cantirlad y los esfuerzos hechos qUt.!clauan 1Jllrlados; sinembargo se roz6 toda la vía, se hicieron ttrraplenes y se revent: ron las ricdras que ha­dan p libroso el paso e.1l el río CI!' [. En esta vía es de urgente é imperiosa necesictad la construcción de un puente sobre este río pue. en sus fuertes avenidas impide el trállsito ('au~~,l1(l) mudlas desgracias; para \.on. (' uirlo, 10s nrino colindantes han ofreci lo dar las \Ígas lltccsarias, y e~tftn le"anté do tlllél :-iu::;cripci6n volun­taria cllcallt;zada por el señor A velino SnnllÍento. El Muní 'ipio, por una p:nte, los 'reillOs de la localidad y la Junta 1 );5trÜal, 1'01' ----- Pasan ..........•••••• _ •••• ~ 28.134- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 2r6 l' t\CI\ T/\ TIVA-G.\CE1'A DEL DJ:<:PAPTAMENTO Vienen .....•............. $ ~8.13-4- En la vía de R ¿vt1l/ollcs . ..... . .. . ...•..... En la vía de La ~le:;a .... ... . .. ....... . En la vía de j~IúJltita .. .. .... . .... _ ....... . Composición de herr,l.ln ienta ....•...... ... Pastaje de bueyes ....... ......... . ..... .... . H onorarios del Tesorero . .......... .. .. . .. . 4. 2 9° 7·45° 4·5°6 J .955 800 5.3 19 Total ..... . .......... $ 52..454 CO~fPAR . CIÓ ' Ingresos .. ........ . ..... . ............ . $ Egresos oo, •••• • • • •• • ••••• • • ••••• ••••••• ••• • S~lclo .. . ..........••• $ 82Q Conforme al Prt!supuesto debían producir los In-gresos .............................. . ...... $ 80.000 Y se recaudaron . . . . . .•• . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.25° Quedan p or cobrar .. " ' . ... ....... ........ $ 36.7 S0 VIII ACUERD NúmO:Ro 1.0 DE 1908 Conforme lo manifesté á u ted el primer acto del Con­sejo Municipll fue dictar este Acuerdo para reglamentar la inversión de los auxilios dados á la Instrucción Pública por el Departamento yel Municipio. La primera obra que emprendí en su desarrollo fue la de proveer de mobiliario las Escuelas y se gastaron en bancas .. ......••.•.•. . ....•.. ......... '" . $ 23 850 En tres mesa'. . .. . ... . . . . . . . . . . . • . . ... . . . . . . 800 En nue\'e asientos. . . . . . . . . . . . . . . . ... . . . . . . 1.800 Suma ............... $ ~!6.4S 0 En Departamento de In trucción Pública así: Sobresueldo de las Directoras ............ $ Arrendamiento de locales.. .. . ... ,. .. CréJitos por locale. . . . . . . . . . . . . . . •• . ..•... 7.200 1.9 26 1.0$0 Suma ................ $ 10.176 En Departamento ele.::: Obras Públicas así: Valor del acueduct pna la escuela de niñas, y cons­trucción de u na al berc l en ~ ,ta y en la de \'arone. y eXCusa­do en é~ta ............. . .. . .•.......... , . ... $ 13.784 En rcfecciones .... . ... . .... ...•........ 3.868 Suma ... ..... ..... ...... $ 17 .652 RESUME,' En mobiliario ..... ' oo ' • • • • • • ... • ••• $ I:1strucción Pública ....................... . En Obras Públi cas ....••...... . ...... . .. 26·45° 10.176 17.6:)2 T otal .............. , $ 54.278 Al terminar este informe ruego tanto á usted como á Usía el señor Gobernador, di imule las faltas y errores que en él pueda encontrar, pues aunque he procurado rendirlo lo mejor posible, bien puede adolecer de algún defecto. Al llevar á término los trabajos de que he hablado, no he consultado sino el cumplimiento del deber, y para ésto, h.e tenido por norma de mi conducta el ejemplo y abnega­clón del señor Gobernador, á quien, en buena hora y con sobra de acierto el Excelentísimo General Reyes nombró para regir los destinos de este imp::>rlante Departamento. De usted muy atento y obsecuente seguro servidor, L EOPOLDO J IMÉNEZ. AVISOS OFICIALES EMPLAZA TORIO El Juez l. \) del Circuito de Facatativ' HACE SABER Qne en el juicio ejecutivo que adelanta Florencio Matiz contra Francisco Latorre, por auto de fecha catorce de mayo mide 1 novecientos siete, se decretó el embargo depósito y ava­lúo de la siguiente nnra situada en el Municipio de Supatá, y den unciada por el apoderado del ejecutante: un terreno deno­minado, La VirgiJtia y deslindado así: por el primer costado, con tierras de Ricardo Velásq u_z; p;)r el segundo, con tierras de Ignacio Moreno; y por otro, con tierras de Pedro Colmena­res; y por el ú timo, con tierras de Felix Gómez, camino pú­blico de por medio para Vergara y La Vega. Para emplazar á los que se crean con derecho, á la finca em­bargada, con el fin de que se presenten á hacerlo valer en jui­cio de tercería, se fija el presente en un lugar público de la Se­cretaría por el término de treinta días, hoy cat orce de diciem­bre de mil novecientos ocho. El Juez, H ~LlODO RO CASTRO F.-Pedro Vega Ranjd, Secretario. 3 - 3 Es copia- -Pedro Vega Ranjel. EMPLAZA TORIO El JUtZ MtmicijJal de Facatativá HACE SABER r':n el ejecutivo que sigue Victor M. Castillo contra Cesá­rea Chaparro, se decretó el depósito y avalúo de la casa embar­gada por auto de 26 dI.: 111 yo d ~ cste año, de propiedad de la eje­ctltada, ubicada cn esta Ciudad y alinckrada así: por el frente, calle de por medio con casa del señor Francisco Yory; por un costado, con casa y solar de D010rcs Jiménez y l\lada Martínezj per la espalda, con casa del señor Basilo Parra j y por el otro costado con casa y solar de Bernardo Chaparro. Para dar cumplimiento al artículo 200 Ley 105 de 1890, se fija el presente edicto en un lugar públi.;o de la Secretaría por el término de treinta días, hoy cuatro de marzo de mil nove· cientos nueve. El Juez, LUIS F. LATURRE V.-El Secretario, E/rain Rubio C. Es copia -Facativá, marzo nueve de mil novecientos nueve. 3-3 E/r.lín Rubio G., Secretario en propiedad. EMPLAZA TRIO El Juez r. o lUzuzicipal dt A no/aima HACE SABER Que en el juicio ejecutivo, seguido por Otoniel Fernández, contra Dionici Marroquín, por pesos, se ha decretado el em­bargo, avalúo y depósito, de una' casas de habitación, de baha­rcque y paja, dc propiedad del ejecutad:'>, ubicadas en terrenos de la haciench de .VfllZtelCl1/{O, en est'l jurisdicción de Anolai· ma, y demarcadas así: por un co.>tado con terrenos de la ha­cienda de La Lagltua/ por el pie con un potrc'ro de la misma haci~nd.\ de JfoJltdargo,/ por otro, con estancia de 10isés To· rres; )' por el último, con terrenos de la misma hacienda. y para dar cu ~nplimiento á lo dispuesto en el artículo 200 Je la Ley 105 d 1890, se fija el pres nte en el lugar co­rrespondiente hoy once de agosto de mil navecientos ocho. El Juez, AGAPITO • lELO TORRES-A1ttoJlio Hemández L. Secretario. Es c,)pia-:\nolaima, marzo cinco de mil novecientos nueve. 3 '-2 A tlt01tiO Hernádnez L., Secretario. EMPL ZATORIO E ¡ Juez l. o del Circutto de Facatativá HACE SABER Que en el juicio ejecutivo de Hilario Lftgo contra Ramón Castillo, por auto de fecha diez y ocho de octubre de mil nove· cientos ocho, se decretó el embargo, df!pósito y avalúo de lo siguiente, denunciado por el defensor del ejecutado y como de propiedad de éste. Los derechos y acciones comprados á Esteban Garda, por instrumento número 250 de fecha once de septiembre de mil novecientos tres, vinculados en el terreno denominado Locochó, s:tuado en jurisdicción del m~nicipio de Sasaim ,con su~ ca­sas' enramadas, trapiche de piedra y un fondo de fierro, almde­rado conforme tal instrumento número 148, que sirve de re­caudo ejecutivo en esta ejecución. Del alto de Las Minas á la quebrada Vinagre, toda ésta abaj? hasta hallar la q~e~rada de Lomalarga, toda ésta aguas arnba hasta su nacllmento; y de aquí, atravesandC\ por Lagunaseca, hasta hallar la quebra­da de Las Minas, ésta arriba hasta su nacimiento y luégo I{­nea recta al alto ya citado como primer lindero. y para los efectos de los artículos, 2~0 y 239 de la Ley 1,05 de 1890, se fija el presente en lugar publico de la Secretana, por el tér~ino de treinta días hábiles, hoy veintitrés de enero de mil novecientos nueve. El Juez, HELIODORO CASTRO F.-El Secretario, Pedr, Vega Rangel. Es copia-Facatativá, enero veintitrés de mil novecientos nueve. 3 - 1 Pedro Vega Rangd, Secretario en propied¡.d. IMPRENTA DEL DEPARTAMENTO ./ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Facatativá: gaceta departamental - N. 27

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Facatativá: gaceta departamental - N. 34

Por: | Fecha: 21/04/1909

FACATATIV ••••• GACETA DEL DEPARTAMENTO Repúhlica de Oolombia-Faoatativá, 21 de abril de 1909 NUl'd:ERO 34 OONTENIDO GOBIERNO NACION.A.L Resolución número 186 de 1909 · .•... """ ..•••. ...••. ..•••• 265 Notas enuadas entre el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia y la Legación de los Estados Unidos, sobre el artículo VI del Tratado Cortés-RoOL........... ..•••• 2ó6 GOBERNAClÓN Hacimria Pclación de Ingresos y Egresos, verificados en la Oficins. de , ja del lli:'purt'\mento en los dbs 27, 29, 30 y 31 del mes de 111arzo................ ....•. .. . ... . ..•••• .. ..•. . . . . 267 Relación de Ingresos y Egresos. verificados en 1:1 Oficina de 'aja del .Departamento en los días 1.0, 2 Y 3 del presente mes. . . ••. . . . . . . • ••• •. • . . . . . ..•. ...••. .•. • •• •.•••.... 268 Inslrucción Pública Informe del visitador seccional de la Circunscripción escolar de FacatativÁ .• , •...•.......•..•...••••.•• _ ••• __ ••...• ~69 Sección /lf1micipal . Acuerdo númerO 1.0 por el cual se reforma el ACller<.lo número 4.° , sobre Presupuesto de Rentas y Gastos para 1909 .•.• 271 A visos oficiales Requisitoria y Edictos .............. _ ••......• _ •••..... ,_.. 272 REClB Dl:.L 1 , DIARIO OFICIAL" Hoy catorce de _bril de mil noveci~ntos nueve se recibieron en la Gobernación los nú­meros IJ,613 á 13.618 uel Diario Ojicz'a1, El Oficial de Gobierno y Justicia, ~IANUEL LAR .... O GOBIEH.NO NACIONAL RESOLuorON NUMERO 186 DE 1909 (17 DE ABRIL) Ministerio de Gobierno El Ministro de Gobierno: Visto elme­morial elevado al Excmo. Sr. Presidente de l~ República por los señores General Guillermo Quintero Oalderón, doctor Ni­colás Esguerra, doctor Oarmelo Arango, doctor Adolfo León Gómez y don Daniel J. Reyes, miembros principales los tres primeros y Secretarios los dos últimos de un Oomité Electoral, con fecha 16 de 108 corrientes, y teniendo en cuenta: 1. o Que la primera parte del citado nlemorial se refiere á la renovación de los Consejos Municipales, respecto de lo cual ha dictado ya el Gobierno una resolución que se comunicó á los mismos peticiona­rios con fecha 1-1 de los corrientes, resolu­ción cuyos fundamentos se dan por repro-ducidos en la presente, por estimarse que ellos bastan para ~poyar lo dispuesto por el Gobierno sobre el particular; 2. o Que los peticionarios manifiestan haber recibido noticias de que en algunos Departamentos com~ Facatati:'"~l rbagué y N eiva se han dado ordenes ofIcIales para estorbar la reunión de los Directorios 600- mités Electorales, noticias que carecen en absoluto de fundamento; pues por una par­te los respectivos Gobernadores inforlnan que no han dado orden alguna en e~e sen­tido, y por otra, es un hecho notorIO que los Oomités Electorales Departamentales dependientes del llamado Republicano qua forman los peticionarios, funcionan con entera libertad; 3. o Que en cuanto á lo informes que dicen los peticionarios haber recibido de que se hace con incansable actividad, r.eclu­tamiento de hombres para el serVICIO de las armas, son desprovistos de fundamento dichos informes como aquellos á que se refiere el ordinal anterior, pues el Gobier­no asegura que hoy no se recluta en el país un 8010 hombre,.y que si los des~r~­ciados sucesos de medIados de marzo ultI­mo, tan enérgica y resuelta~nente conde­nados por la N ación entera y bien conoci­dos de los peticionarios, cuya mayor ó me­nor responsabilidad consta en la Oomisa­ría Judicial de la Policía Nacional} de la propia manera que consta qu~ fueron am­nistiados, dieron lugar á eXIgIr un peque­ño contingente de hombres á algunos De­partamentos, este contingente se obtuvo en su mayor parte por enganche volunta­rio, y hace ya días que cesó po~ ?ompleto. El Ejército nacional es hoy SUfI?Iente para atender á la absoluta conservaCIón delor­den y próximamente quedará convenien­temente organizado en Ouerpos de Zapa­dores, para dar cumplimiento á la sig~ien­te resolución, aprobada por el OonseJo da Ministros en su sesión de 13 de los corrien­tes: "El Oonsej o de Ministros recomienda á los señores Ministro de Gobierno} de Guerra y de Obras Públicas, ponerse de acuerdo y presentar para la próxüna se .. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 266 FACATATIVA-GAC'!TA DEL DEPARTAMENTO L sión un plan acerca de la n1anera como podría establecerse la ejecución de las obras públicas con el Ejército y la Gendarme­ría nacionales organizados en Ouerpos de Zapadores, entrando también en esta or­ganización los presos de las Oárceles. En consecuencia, en lo sucesivo la construcción, reparación y conservación de canlinos y carreteras que queden por .cuenta del Gobierno Nacional, se harán por los Ouerpos de Zapadores que se or­ganicen con tal objeto ;" 4. o Que el Gobierno no tiene ni re­moto conocimiento de los individuos á que .se refieren los peticionarios cuando ha­blan de (( Personas extrañadas de sus ho­gares ó confinadas en ellos por haberse denegado á contraer c01npronlisos que ~oartaban su legítimo y natural derecho al libre ejercicio del sufragio," lo cual cons­tit~ y~ un ?argo contra el Gobierno que 108 -petIcIonarlos no han comprobado ni inten­tado siquiera delnostrar, como tienen obli­gación d e hacerlo y como el Gobierno lo exige, procedilniento que no armoniza ni con la 1nisión política de los solicitantes ~ con las pronlesas que han hecho al país: DI e n el re peto que se debe á un Gobier­no que ha hecho xplícitas manifestacio­nes en pro de la concordia y del acatan1ien­to al derecho de sufragio; 5. o Que el Gobierno tiene noticia de q.ue e~ !llguna~ ci~d~d~s del país y por in­SlnuaClon de Indivlduos de la capital ·se pro~ende organizar Juntas populares' se­me] antes á las que produjeron los desór­denes ~e lnarzo en esta ciudad, cosa que el GobIerno no puede pernlitir, porque esto s~rí~ contrario á la l~y y á la tranquili­dad publIca y porque delaría de atender á l~ opinión de la gran mayoría del país que pI~e .:r:o se permita l~ .!llteración de la paz, opInIon que es tanlbIen la de los señores peticionarios como lo manifestaron en su primera Oircular sobre elecciones lo que les mereció el efusivo aplauso del Excmo. Sr. Presidente de la República, y por lo nlismo no sería explicable que hoy pensaran d~ nlanera contraria exi~iendo que se per­mIta el foment? de manIfestaciones popu­lares y subversIvas. En apoyo de estas mis­mas ideas, el (i-obierno llalna la atención de los señores peticionarios á las 111anifes­taciones que por telégrafo y públicamente han hecho lucidos ciudadanos de Oali y 13ucaramanga en nombre de la cOlnunidad liberal; 6. o Que teniendo el Gobierno noticias de todo el país de que lo difer ntes 00- mités Electorales están trabajando pacífi-camente con las garantías á que tienen de­recho, lo que hace esperar que, á pesar de los agitadores, las próximas elecciones se harán con toda corrección y que en ellas se respetará el derecho de sufragio, es ab­solutamente indispensable impedir la reu­nión de Juntas populares que lo pondrían en peligro; y 7. o Que no teniendo fundamento al-guno las noticias que dicen los peticiona­rios haber recibido sobre hechos que pue~ den entrabar la libertad del sufragio, no se considera por el Gobierno que la sola circunstancia de la renovación del perso­nal de los Oonsejos Municipales sea lnoti­vo razonable para que se retiren decoro­samente de la lucha electoral, quienes en­traron en ella desde un principio con per­fecto conocimiento de que aquella reno­vación era imposible por lo premioso del tiempo y sin que les fueran desconocidos los decretos del Gobierno sobre la lnate­ria. Por otra parte, los actuales Oonseje­ros Municipales están formados con per­sonal del 1nás honorable de cada localidad y perteneciente á diversos partidos políti­cos. Sirva de ejen1plo la ~1unicipalidad de Bogotá, que debe instalarse e119 del pre­sente y cuyo personal no podría descono­cerse que representa dignalJ.lente.la capi­tal de la República, RE-,UELVE Oomuníquese á los interesados la an­terior exposición C01no respuesta al 1ne­n10rial de que se ha hecho mérito, trasnlÍ­tase por telégrafo á los señores Goberna­dores de los Departamentas, para que lo hagan conocer de los diversos Oomités Electorales y obren de conforlnidad, y pu­blíquese. Dado en Bogotá á 17 de abril de 1909. M. VA:RGA9. NOTAS crut''fdas 1111f1 ti Alillifterio (11 Rd.ú"'tIS Exlerz'orls di [llombi.1 y la Ligación di los Est«dos UJJ idos , sobn 1I arlícul_ VI di! Tratado CorJh-RlJot. Ministtrio de R ladones Exterioru- Bo¡oti, marzo 15 '.le 1909. Sdíor Ministr0: ClIando el Gobierno de Colombia autorizé á su Representante en Wáshin~ton para que aceptara c;l artícu'o VI del Tratado con el Gobierno de los Esta­do) Unidos, subscrito el día 9 de enero último, artícu­lo q ~Ie concedía á los Estados U nidos el uso de teclo! lo!' puertos de la República que estén abiertos al co­mercio, como lugares de refugio, para cualesquiera buques que estén empleados en la empresa del Canal y para todos los buques en desgracia que pasen ó se- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO == dirijan al Canal y que busquen abrigo ó anclaje en dichos puel tos, quedando este permiso sujeto en tiempo'de guerra á las leyes de la neutralidad que sean apli<';;lblcs al caso, 10 hizo en el supuesto de que era únicél y exclusivamente el derecho de refugio re­conocido por el Derecho Internacional el que se con­cedía, SlIjdo ~ klS p ácticas que el mismo Derecho IlIternacional e_,tablece. Comoquiera que algllno! de los honorables Di­putados y otros ciudadano! de este país ven en la reoacción un poco obsCl1r<\ de este artículo un incon­yeniente para la aprobación ciel pacto en referencia, me permito suplicllr á Vue~tra Excelencia que se !ir­va pedir telegráficamente al Departamento d. Esta­do la autorización necesaria para firmar un protoco­lo ó nota aclaratoria dd citado artículo VI, en que conste que el uso concedido IJor Colombia por el re­ferido artículo debe entenderse únicamente como un c1erech0 de rc:fll~io y con~o un favor illncente para les buque:,; ell circunstaflcias calamitoids (rdá&/u 1(11'­a'), t~tI comC) lo rE'COlloce el Derecho Internacional y que q u da Sl1jetLl á las condi ciones y á las prácticas establecidas IJOl el mi~mo, si'} mengua alguna de la soberanía colombiana en sus puertos. f\ !=í. pues, ese uso inocente que en calidad de re bgio se estipula no ~ign¡fica de ningún modo dere cho ó ser viJumure que limitar pudiera el absoluto ejercicio del domillio que Cnlombia tiene sobre SU! pllert0s, radas, bahías, golf >s y mares territoriales, ni ~oartí\ el irrestricto il1ljJerio de sus leyes sobre ellos, ni da tampoco á l IS j <;tadoi Unidos facultad para tjcrcrr jllri~dicciónt ni para ejecutar obra alguna co­mo mllelle~. alscn.lles {¡ obras semejantes. Es <;uhen~endido que la estipulación contenida en el llli:-;mo art ículo VI ele que tal~s buques estarán (;xt:ntos d( todu lJago por derechn1i de anclaj ó tone­laje ~í la R epllbl ica de Culombia, queda liubsis­tente. Aprovecho con placer la preiente oportunidad pnra reiterar ú Vuestra Excelencia, junto con mis agradecimi :.:ntos anticipados, la expre,,¡ón de mi más alta y más distinguida cOllsicieración, FltANCISCO JOSÉ URRUTIA A su Excelencia el ~eñor Tho,nas C. D,nvson, tnvi.do Extraor­di nario y Ministro Plenipotenciuio de los Estados Unido •. TRADUCCION Legación Amer:cana-Bog)tcl, marzo 23 ele 1909 F. O. 56. Señor Ministro: Refiriéndome á la i:Ot2\ de Vuestra Exceltncia del 15 de mar~o, en la que Vuestra Excelencia esta­blece la manera como entiend~ el Go~ierno de Vues­tra Excel~ncia el ientido del artículo VI del Tratado Root-Cortés, de 9 de enero de 1909, tengo el honor de illformar á Vuestra Excelencia que he comurlicado por telégrafo á mi Gobierno el contenido de' la nota de Vuestra Excelencia, y que he recibido de el las respectivas in.trucciones. Me causa gran satisfacción manifestar á Vuestra Excelencia que estoy autorizado para declarar que la manera como el G -)blerno de los Estados Unides enti<.nde el sentido ele dicho artículo es la misma qlle el Gobierno Colombiano expone en la not~ de Vues­tra Excel-encia. Mi Gobierno entiende que la primera lJárte del artículo VI no hace más qlle rtconocer la doctrina establecida de tiem po ¿1trás por el Derecho Interna­cion ¡¡} respecto dd Amistoso refugio para buques en de'sgrí1cia Ó en necesidad, y además el abandono de-sinteresado por parte del Gobierno colombiano de los derechos de anclaje y tonelaje que Colombia tendría derecho de imponer en virtud de su soberanía en ta­les puertos. Exceptuando ese aband0no de tos derechos de anrlaje, dicho artícul0 no pretende establecer, ni im­plÍLa renuncia alguna de la soberanía de Colombia. sobre sus puertos, raelas, bahías, golfos yaguas terri­toriales' ni afecta la ilimitada j.urisdicción de las leyes colombianas sobre ellas, ni tampoco da á les Estados Unidos derecho alguno para ej~rcer jurisdicción en ellr\s ni para construÍr muelles, arsenales ú obras ilnálogas. Apro\'ech0 la oportunidad p:tra ofrecar á Vues­tra Excelenciét las seguridades de mi más distinguida consideración, T. C. DAWSON A su Erelencia .1 doctor l' rancisco José Urrutia, Ministro de Relaciones Ex tuiores. OOSS::RNACION HA CIENDA RELACION de II/grts()s y tlt Egresos, 1't -iji-adtJs m I(l O.fi;i1/ 'J de Clj.1 dd Departamento en los di IS 27 29 30 J' 3 [ dtllll's que ter­milla Izo)l. Jlfarzo 27.- E",istencla. - Participación elel Departa­mento en Licores Nacionales y Degilello, por primera s~mana de marzo } completo de la cuar-ta de febrero ........................ ...... .. Por sobresueldo del AlcaI­de de Quipile, señor Francisc.) Duque, en enero ...................... . Por subresueldo del Alcal~ de de QuiIJile, s('ñor Francisco Duque, en 10 días de febrero .... Por sobrelueldos de los Al­caIdes de San Francisco, Sasai­ma y Vi lleta, sef'i ()res Ricardo Perca L., Manu~l de J. Fe:rn~n­dez y l\larco A. Galvi5. en el mes de febrero, á $ 15 mensua-les cada UIlO ........ _____ ............ . Por sobresueldo del Alc ... l-de de Zipacón, señor Aparicio Rarse en general, pues algunas veces se esfuerzan y toman 1m mterés que entusiasma en mejorar las Escuelas. . Una cosa q~e llama la atenci6n y que hace bendecir la Accl6n del Goblerno Departamental, es ver en cada Muni­cipio un local nnevo: aquí ya terminado y casi lujosamente allí comprado y en refecci6n completa; en otra parte po; terminar, y más allá comenzado apenas; pero en todas par­l~ s .se. ve el fruto del auxilio que el Departamento dio á los Mu­nlclplOs el año pasado. Así la Instrucci6n Pública podrá decir dentro de muy poco que cuenta con locales apropiarlos en t000S los Municipios. Otra impresión profunda pero contraria enteramente á ésta, es la lucha que se establece muchas veces entre las au­toridades y los padres de familia para que éstos manden sus hijos á la escuela; lucha en que, si afortunadamente para su propio hien quedan los padres vencidos, no pocas veces se esca' .an los niños como de un reclutamiento. La grande influencia que en esto ejercen los Ministros de la Religi6n ha('e que una vez más se les venere y que se extrañe mucho cuando alguno de dIos mira con indiferen­cia ese seguro porvenir de la Patria y de la misma Religión. Las Escuelas rurales, de las cuales cre6 gran número el señor Gobernador en su visita de noviembre último, más que aumentar realmente el número de educandos, producirían el efecto de facilitar á los padres el envío de sus niños á una es­cuela, porque el inconveniente más poderoso era generalmen­te la distancia de sus habitaciones al poblado. Ahora podrá cualquier padre mandar á su hijo á la es­cuela sin que tenga que recorrer esas distancias. Desgraciadamente, muchas de las Escuelas de esta da­se no han podido comenzar á funcionar, ya por falta de lo­cales, ora porque los Directores nombrados no han acudido á tomar posesión. Los candidatos que doy á usten más adelante y de cuya acep~ación tengo promesa formal, tienen todos buenas refe­renCIas. Otra idea que surge 11aturalmente. es la de uniformar el plan de las Escuelas, la distribución del tiempo, etc. Mu­chos Directores solicitan un reglamento. Ahora diré á usted en detalle lo que en cada Municipio observé, con la mayor brevedad posible, á fin de que en cual­quier momento se puedan consultar los datos que he reu­nido. Villela Los dos Directores de las Escuelas urbanas son compe­tentes. A la de niñas han acudido pocas alumnas y acerca de esto me fue necesario llamar la atención del señor Cura y la del eñ0f Alcalde. El local de la Escuela de varones es bastante amplio y s610 tiene el inconveniente de tener muy dañadas las venta­nas y puertas y carecer de cercas en el solar. Creo conve· niente que la Superintendencia dirija una nota al señor Al­calde sobre este punto, pues mi indicaci6n personal quizá no­ha sido suficümte, una vez que él no toma todo el interés que sería de deseaIse. Este local es del Municipio; el de la Escuela de niña" es arrendado. Las Escuelas rurales de Chapai1lla y Chorrillo tienen­dos Directoras aptas para regentarlas, pero ambas carecen casi en absoluto de mobiliario. La Director a de la de Quebradahonda, no ha tomado posesión. N ombré allí Inspector local suplente al señor Ignacio Franco. N o e a i 1It a. Por motivos que usted conoce, y por tanto no es nece­sario repetir, encontr6 dificultades el Director AHila, y cua­tro días después de abiertas las matrículas sólo tenía dos alumnos. El señor Cura no estaba en esos días en el lugar ; pero le he dirigido una nota sobre este punto. El local nuevo, terminado ya, es verdad.ramente her~ moso: muy espacioso, claro y no carece de elegancia. La pieza adjunta al salón, que forma parte del local y parece na­turalmen. te dedicada al Director, se pretende ocuparla para el ConseJo. Pongo esto simplemente en su conocimiento, de­jando la res.luci6n de 10 que deba hacerse á su recto crite. rio. Este local vale $ 1,500 oro. La señora Directora de la Escuela de niños no se hs presentado á tomar posesi6n. Doy á usted como candidato para esa Escuela á la señora Belén Boh6rquez. . La nombrada para la rural tampoco ha tomado pose • sI6n. Doy como candidato á la señora Patrocinio Boh6r­quez de P. He nombrado Inspector local suplente, aJ señor Rafael Boh6rquez. Nima;ma Funcionan las dos Escuelas urbanas de Nimaima en 10- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO cales bastante incómodos: el de la d~ varones por lo estre­cho y el de la de niñas por carecer de cielo raso. Este reci­be humo constantemente de las vecindades. El mobiliario que tienen es insufi:iente, 10 que manifes­té al señor Alcalde á. fil' de conseguir que se les proporcio­ne el que les falta; pero él me n~anif~tó que á pesar de es­tar votada la putida corresp::mdIente en el Presupuesto Mu­nicipal no había podido disponer ... ella p:)r no haltarse aún ap'robado el Presupuesto por la Gobernación, á donde ha sido enviado. Esta misma razón ha impedido contratar la termina­ción del local para la E~cuela de varones del que existen so­lamente los muros y está li~ta la madera para el techo. . Deseaban allí solicitar dd seño, Cura que les permIta colocar una de las escuelas en el salón de la Casa Cural. Us-ted juzgará si es aceptable. .. . La Directora es competente. El DIrector tiene conOCI­mientos pero carece de práctica. Nombré Insp~ctor local suple1te al señor E\"aristo Pérez. Ve1'gara. La Escuela de varones era la úni.,a que estaba funcio­nando, pues las Directoras de las rura es no han podido abrir sus tareas por carecer de locales, y la Directora de la de ni· ñas no se ha presentado á tomar pose;ión. Doy como ca ndidato para ésta á la señorita Aurora Guerrero. Si pudiera establecerse la Escueh de Pinsaima en el ~i­tio del PUt/lIt, en la casa del señor A ciano Silva, nombran­do p~ra élla Directora á la señorita Rebeca Jiménez que vive allí, se evitaría la demora que oca!:.ionará la construcción de local, pues no lo hay en absoluto. Asistí á la entrega que hizo el cOltratista de un hermo­so local para la Escuela de vnrones. Allí harán nuevo contrato para la terminaci6n, pues éste era para entregarlo sin pisos, cieb raso, pañetes puer­tas ni ventanas. Este local, una vez terminAdo yallrá $ 1,000 oro ... om­bré Inspector suplente al señor Daniel León T. Sujafá No se ha presentado á tomar pO'esión la señora Direc­tura de la Escuela de niñas. Funcionará la de varones, regtntada por una maestra competente. El local que se compró el año pasado y se está refec­cionando para esta. Escuela, es ampliQ y tiene buenas condi­ciones. La falta de) Presupuesto aprobajo les ha impedido gi­rar á favor del contratista para que é te acabe la obra. Vale ellocal $ 1,5°0 oro. Me parece muy conveniente que se pase la Escuela dc Santa Rosa á Las Mui/as, en dorde hay local y muchos niños. N ombré Inspector suplente al ~ñor Anacleto Flórez. San FratlciS(o. Están funcionando las dos Escuelas urbanas en locales apropiados y que sólo carecen de piS). Se excitó al señor Alcalde para que r medie cuanto IIn­tes esta necesidad. Se hicieron algunas diligencia, para conseguir locales para las rurales de San Mi~ud y Juan d~ Vera; pero no se han conseguido candidatos para Di ectores que reúnan las - condiciones necesarias allí. Nombré Inspector ¡uplente al señor Aurelio Delia­dillo. La Vega. l!.stán funcionando las dos Escutla¡ urbanas con buenos Directores y en locales cómodos. Las rurales de AllIllrsadero y San Juan, funcionan también. La primera necesita bancas y la iiegunda tiene un local muy estrecho. Sería. conveniente dirigir una neta al Alcalde para que -e:1Víe á la primera algunas de las lancaii que sobran en la urbana de varones y para que consig¡ ampliar el salón de la segunda, uniendo dos piezas. Doy como candidato para Bulucaima á Amelia Casas­buenas. N ombré Inspector suplente al señor Pedro A. Diaz V. Soy del señor Superintendente, muy atento S. S., R. FERNÁNDEZ DE SOTO. Señor Su}erÍfltmdmte de'Jilstruccióll Pública-E. S. O. Me es grato dar respuesta á su atenta nota número 274, y suministrar en vista de ella los datos de que me ocuparé en seguida, los cuales complemei1tan el informe que tuve el ho­nor de rendirle, relativo á febrero último. Punto J .o-De acuerdo con las Juntas Municipales de Instrucción Pública se nombraron los Inspectores locales su­plentes que he indicado á usted; mas en Villeta, N ocaima y Nimaima no asistieron los respectivos Curas Párrocos por hallarse ausentes, ni en Vergara el señor Alcalde por estar enfermo en cama. Punto 2.0-En ninguno de los Municipios que visité existen censos, capitales ni terrenos pertenecientes á la Ins­trucción Pública. Solamente hay un lote en Supatá, situado en la esquina suroeste de la plaza, que, como usted compren· derá, nada produce. Valdrá $ So oro. Punto 3.0 -Hay los siguientes locales de Instruéción Pública de propiedad municipal: En Vi lleta, uno que vale .......... .... ~ En Nocaima, dos que valen .. . .... _ En Nimaima, uno en construcción, vale hoy. .• . ..•••...••......... - - ..• -... - . _ . En Vergara, tres qu~ valen ....... ..... . En Supatá, dos que valen ................ . En San Francisco, dos que valen •....... .En La Vega, dos que valen.... . ....... . %,oeo oro. 2,5°0 130 J ,200 1,600 1,1 So 2,000 Suma ................. $ 10,580 oro. Avalúo dado por los vecinos notables. Punto <4-.o-Respecto del estado y condiciones en que se encuentran los referidos locales, creo haber informado á u~ted suficientemente. olicité que fueran mejorados donde los encontré en malas conjiciones. Punto S.o-t.l auxilio concedido {¡ los Municipios con destino á la imtrucci6n pública ha sido invertido como sigue: En Villeta, no se h~lIó noticia. del empleo. En Nocaima, en el magnífico local de que hablé á us-ted en mi informe. En Nimaima, en el local que se está construyendo. En Vergara, en el local cuya entrega presencié. En Supatá, en la compra del local que están refeccio­nando para la Escuela de V{lTOnes. En San Francisco, en la compra de un local que será refeccionado también. En La Vega, en mobiliario para las Escuelas. Los contratos de construcción y refección de locales han sido cumplidos, excepción hecha del celebrado. e~ Su­patá para la re fecci?n de la Escu~la, á cuyo cumpb~l~n~o no se ha podido oblIgar al contratista E,0rqu ~ el MUDlClplO no ha podido pagarle en las épocas fijadas los contados que se había comprometido á entregar. He pedido á todoii los Consejos Municipales que voten la partida necesaria para mobiliario de las Escuelas, pues «onde las urbanas están suficientemente provistas, como en Villeta, N ocaima, Vergara, San Francisco y La Vega, hay rurales de nueva creación para las cuales faltan Ó faltarán halta los más indispensables muebles. Punto 7.°- Los inventarios de mobiliarios los hallará usted en las visitas. Los de útiles y textos los hice constar también en donde no me fueron presentados, el que firmaron 10Si respectivos Alcaldes é Inspectores locales al entregarse la Escuela en noviembre. Donde me los presentaron, creí su­ficiente compararlos con los mismos útiles y textos, puesto que reposan sus copias en esa Oficina. No hallé ningún es­tablecimiento privado de educación. Puntos 8.0 y 9.o-En todas laSi visitaii consta haber he­cho las advertencias que usted ordenó. Punto 10. De palabra excité á todos los Alcaldes para que con~iguieran la asistencia de todos los niños á la Escue­lA. Lo mismo hice, y con igual entusiasmo, con 105 señores Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAME!\TO 27 1 Curas que se encontraban en sus Parroquias. A los que es~ taban ause!1tes me he oirigido por escrito. Punto 1 r.-Respecto de las condiciones de los Direc­tores, s6lo hablaré á usted de aquéllos á los cuales he encon­trado algún defecto, dejando entendido que los demás me han parecido buenos: El señor Fmiliano Ramírez, Director de la Escuela de "arones de Nimaima, carece de práctica en la enseñanza, aunque tiene conocimientos suficientes. Las señoritas Directoras de las dos Escuelas urbanas de SaH Francisco, no ponen todo el cuidado necesario para ins­pirar respeto á lo~ alumnos. TT na de las causas de esto es que reciben á personas ex~ trañas durante las horas de clases. Sobre el particular les di~ rigí nna. nota reservada, p()r haber tenido conocimiento de ello después de haber \ i:-.itado las Escuelas. He puesto el mayor cuidado en no juzgar a priori nin­guno de los asuntos de que doy á usted cuenta. Mayor aún ha sido mi interés en infundir á toJos los Directores grande entusiasmo y hacerles comprender la ne­cesidad de dar á los niños ed4caci9n patriótica y religiosa, por decido así. Si usted encontrare aún deficiencia en esta complemen­taci6n, me será muy grato dar á usted cuantas noticias soli­cite y estén á mi alcance. Quedo de u(jted muy atento S. S. R. FER 'ÁNDEZ DE SOTO. MUNICIPALIDADES ACUERDO NUMERO 1.0 por el cual se reforma el ACll~rdo número 4.·, sobre Presu­puesto de: Rentas y Gastos pala 1909. El COllstjo Jlftmicipal de ,5l1bachoque en uso de sus facultades legales y teniendo en cuent ... el De­creto número 56 de 23 de diciembre de 1908 y la Circular número 19 de + de em.ro procedente de la Gobernación del Departamento, ACUERDA PARTE PRIMERA Artículo 1.0 Culcúlase por aproximación el monto to­tal de las Rentas Municipales p:1ra el año de 1909 en la suma de dos mil novecien tos trein ta pesos ($ 2.93°) según el siguiente pormenor. Existencia an terior ......... . .. - ........ $ 317 30 Producto del Impuesto Predial. . . . .. ..... 1.+00 Pro?~ct? del Impuesto del Trabajo Perso-nal SubsIdIano. - . . . . . •.• .. . ...... .. ... . .. . . . +~o Derechos de los carros y carruajes que rue-den dentro del Municipio.................. 261 Derechos de Carnicería de ganado mayor y arrendamiento de seis piezas del local........ 157 Derechos ele Corral. ... - ......... '.. ...• J 50 Derechos de las tiendas donde se expendan licores fermentados que no estén gravados por la Nación ó el Departamento.. .. .... .....• .. 106 Derechos de Carnicería y degüello de ga-n~ de menor. - . . . . . . • • . . . . . . . . . • •. . ... _ . . • +0 Derechos de pesas y medidas. . . . . . .. . .• _ +0 Derechos de Coso.................... 18 Derechos que causen en el Caserío de La Pradera por Almotacén, Coso y degüello de ga- Dado menor......... . ........................ 10 Derechos de Chircales. _ . _ . . ... . . . . ... . . . . 8 .A.rr.endamiento de lotes pertenecientes al MunlclpIo ....•• - • ~. • • • • . . ... . . . • • . . . ... . . . . 2 70 Suman las Rentas ••.•.•.•......•... $ 2.930 PARTE SEGUNDA Artículo 2.° Calcúlase por aproximaci6n el monto to­tal de los gastos Municipales para el año de 1909 en la su­ma de dos mil novecientos treinta pesos ($ 2'930), distri­buídos así: DEPARTAMENTO 1 EGISLA1 {Vo CaPilu!o 1.0 Artícul~ 1.0 Sueldo del Secretario nicipal, á $ 6 mensuales, en. e.l a?o. $ Artículo 2.0 Para molJlhano y ornamentación de la Sala del Con~ scjo Municipal ................. . Artículo 3.0 Materi~l. de la Oficina del Consejo MUnICIpal, en el año............ • . . . ... ... . .. . DEPARTAMENTO DE HACIE~DA Capítulo '1.0 / .... rtículo +.0 Honorarios del Tesorero Municipal, al 10 por 100 de las sumas que recaude ......... $ DEPARTAMENTO DE INSTRUCCIÓN pú­BlICA Capítulo 3.° Artículo s.o Para arrendamien­to de locale para. las E~cuelas rura-les y mobilIario .................. $ DEPARTAl\1ENTO DE JUSTICIA Capitulo +. ° Artículo 6.0 Sueldo del Juez Municip .. ll;"á $ 12 men!:.uales, en el año .....•....• .• ..........•... $ Artículo 7.° ueIdo del ecre­tario del Juzgado, á $ 10 mensuales, en el arlO . ..•.• " ••••.•...•••.•• Artículo 8.0 Material para la Oficina del] uzgado, en el año ..•• DEPARTAMENTO DE GOBIERNO Capitulo 5.° Artícul\) 9.0 Sueldo del Al­calde 11 unici pal, á $ 15 mensuales, en el año ..................... $ Artículo IO. Sueldo del Se­cretario de la Alcaldía, á $ 1+ men-suales, en el año ................ . Artículo 11. Sueldo d:!l Escri­biente de la Alcaldía, á $ 6 men-suales, en el año ................. . Artículo 1%. Suelclo del Alcai­de de las Cárcele~, á $ 6 mensua-les, en el año ...................... . Artículo 13. Sueldo del Fon­tanero, á $ 6 mensuales, en el año .. Artículo 1~. Material para la Oficina de la Alcaldía, en el año .. Artículo 15. Material p~r~ la Oficina de la Personería Mumclpal, en el año .........•..•••• _ ....... . DEPARTAMENTO DE OBRAS PÚBLICAS CaPitulo 6.° del Consejo Mu- 72 70 8 .. 1 S0 •• 219 .. 219 .4 200 " 200 1++ .. 120 5 180 •• J68 ••• 72 •• 72 ~o 6 ... 610 •• Artículo 16. Para la termina­ci6n de la Casa Municipal y repara­ción de la parte construída .......• Artículo 17. Para reparación de la tubería y cajas de las fuentes 600 •• públicas . ....• " _. ••• • •••. : ••• AItículo 18. Para reparacl6n de los locales de las Escuelas ur-banas. . . . . .........•.•....•• Pasan ••• - .•.•.•.... $ 100 •• 4° .• 740 ••• 1,448 .• Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 272 FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO Vienen ..••.•..•.•. $ 740 Artículo 19. Par del Matadero p ú blico .. reparación DEPARTAMENTO DE CAMINOS Capítu lo 7. ° Artículo 20. Para a -ender á los gasto: que demanden las vías pú-blicas. . . . . • •. ......... . ...... .. , DEPARTA ME, 1'0 DE GASTOS VARIOS Capitulo 8.0 Artículo 21. Para la celebra­ción de la tiesta reli g io~a que debe tener lugar el día 1.0 de enero de 1910 .......... .... ....... .... .. . Artículo 22 . Pnra atender á gastos no pr<:\'is.os en el presente Acuerdo ..... ... . , .............. . Suman los gastos ......... . l~ ce.' PITUl..\ CrÓ 20 .• 420 .. 10 •. Tnt,ll de las Rentas..... .. $ 2,930 •• Total de los ga:stos, ~1sí : 760 .. .,po .. 302 .• 2.930 ., Departamcnt Legislativo.. . . r So Dt p1rtamc;1to de Hacienda... 219 Dl p.trtamento ue Instrucción Pública. . . ... . .... . . . . 200 Departamentu ele J ustjeia . . . . 269 Depart'tmento de Gobierno... 610 Departamento de Obras PÚo blicas.. .. .. ...... .. ... . 760 Vep lrtamcllt'l de Caminos .... Departamento ele (;astos va-rios .......... . , .......... , ... . Su mas iguales. . ........ . $ 302 2,930 •• 2.930 ., Dado en 1(1 Sala de las Sesiones del Consejo, después de haber sufrido dos debates en días distintos y de haber ido aprobauo p Jr la mayoría absoluta de los miembros del Con­sejo, hoy á quince de enero de mil novecientos nueve. El Pre ídente, PEDRO PABLO PIÑEROS-EI Secretario, Bdisario Salinas. Alcaldía Municipal de Subachoque-Enero diez y seis de mil novecientos ocho. Envícse al señor Gobernador para que si le pareciere correcto se sirva impartirle su aprobación; obtenida ésta, publíquese y ejecútese. FÉLIX T. GARdlt.-Ramón Vera, Secretario. República de Colombia -Departamento de Facatativá-Go­ernación- Facatativá, febrero 18 de 19°9. Aprobado. ELISIO MEDINA-El Secretario General, RAFAEL ~1:. GAITÁN. AVISOS OFICIALES REQUISITORIA El Jue.6 Seccional di Rm/as di Faca/a/ÍlI. :EXHORTA A las autoridades d~ la República, tanto del orden administra­tivo como del Judicial, y á todos los colombianos, para que de acuerdo con la doctrina. sentada por los artículos 1.951 Y 1.952 del Código Judicial, se sirvan dictar las providencias necesarias ó dar el denuncio correspondiente, según el caso, á fin de que ,ea capturado y remitido á este Despacho el señor David Vi­llarraga, contra quicn se adelanta ¡umario por fraude á la Ren­ta de Degüello. No existe filiación alguna del sindicado, y sólo consta en autos que es vecino del M unic:pio de Zipacón. Dada en Facatativá á doce de abril de mil novecientos nueve. El J U('Z, ABEL A. G IRALDO El Secretario-Guarda, Ellas Duarlt. EDICTO El JUI.6 Mtmicijal de La Vira HACE SABER Que en el juicio ej ~cut ivo seguido por Mustaja Tatar co­mo cesionario de Calix/o Ber1ltúdu contra Saluria1to Gqnsále.6, por pesos, por auto da fecha diez y ocho de marzo en curso se decretó el einbargo, depósito y avalúo de la siguiente finca co­mo de propiedad del deudor: Un lote de tierra denominado Mayo, situado en la vereda de San Jua1Z, en jurisdicción de este Municipio, y demarcado por los siguientes linderos: desde el punto donde se encuentra una piedra cuadrada al pie de un vallado, Iíne~ recta, en colin­dancia con terreno de Joaquín Bermúdez, hasta encontrar un mojón marcado con la§' letras LB; di fst~ punto, línea recta, á encontrar una quebrada en dónde se encuentra un mojón dI! pie;}r
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Facatativá: gaceta departamental - N. 34

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Facatativá: gaceta departamental - N. 35

Por: | Fecha: 24/04/1909

CA T,ATIV GACe:TA DEL DEPARTAMENTO fr ..• AÑO 1 Repú hiica de Colombia-Faoatativá, 24 de abril de 1909 NUMERO 35 co])::r'l"'ENIDO G013F.RNACIÓN Acuerdo de Contolbtlidad Pál{inas Acuerdos níul1cros 7 y 8 reglamentarios de Contabilidad...... 273 Gobiemo y Justicia Resolución número tI ele 19°9...... ..••••. ...•. ..•••• ...... 274 Resolu'ión número 17 de [909, sobre conversión de pena. "" 274 ResolucÍón número 19 de 1909, sobre rebaja de pena.. .......... 274 Resolucióu número 18 de 1909, por la cual se revoca otra.. ... 275 Hacienrla Relación de T ngresos y Egresos verificados en la Oficin'\ de Caja del Departamento en los días 13, 14 Y 15 del mes en curso •• . , •....••..••• , ...... ...... ...... .. .••• ...... 275 11lstrucción P,¿blica Informe del Visitador de la Circunscripción escolar de Facata. tivá.... .•••.• ..••••. ..•••• .••••••.••. ...••• ..•••• •••• 276 Obras Públicos Informe del Inspector Generül de Caminos del Departamento.. 280 A visos oficiales Edictos. . . • .• ....•. .....• .• . • .. ..•••• ..•••• .••••• ••. • . . . • 280 - -=-.. ~=--==-_-,,===o;;;.._-==-==== RECIBO D0:L ¡, DIARIO OFICIAL" I-Ioy veintiuno de abril de mil novecientos nueve se recibieron en la Gobernaci6n los nú­meros 13,619 á 13,626 del Diario Oficial. El Oficial de Gobierno y ] usticia, rvlANuEL LAR.c\ O. aOBERNACION ACUERDO DE CONTABILIDAD ACUERO NUMERO 7 reglamtlltaJ t'o de COllfabilt'dad. Gobernación del Departamento - Sesión del día 27 de febrero de 1909. Presidida por el señor Gobernador y con asistencia de los miem uros que componen el Acuerdo, se abrió la sesión á las nueve de la mañana del mismo día 27. Se leyó y aprobó in modificación el ;jcta de la sesión ~nterior. EJ señor Administrador d~ Hacienda Nacional informó que hl! bía ha bielo ingresos durante la semana por valor de $ 1,750, Y que la existencia en la fecha es de $ 6,073-74. Considerada la Relación (If gastos presentada por el señor Secretario General. se dispuso el pago de los siguientes, con­' siderandos urgentes: Raciones de presos en la Cárcel de Facatativá, 2.:' década de febrero ............. . ............ $ <4-5 So Conducción de presos .. . ..... ,............. 30 Alumbrado para la Cárcel de Facatativá, en febrero. • .. . . .. . . .. ....... . .......... . ....• 6 Composición de una máquina de la imprenta. 5 .. Jornales de la 1 mprenta, en febrero . . . . . . . . 101 80 Suma ..................... $ 158 60 Vienen ...••••.•.•....... $ Construcción de la Casa de Gobierno, cuota en enero. . . . . . . . . . . . . . . . . . .• .••.••..•...•. 1,000 •• Suma ................ $ 1,1$8 60 Igualmente se dispuso que el pago de los gastos genera­les del mes de febrero, se cubrirán con sujeción á los Acuer­dos semanales de marzo. Se dejó constancia de que el saldo en Caja, deducidos los $ 1,158 mandados pagar en el Acuerdo ele hoy, es de $ 4,9 15-74. A las nueve y media de la mañana se levantó la sesión. El Presidente, ELISIO MEDINA-El Secretario, RA­J'AEL M. GAITÁN. ACUERDO NUl\fERO 8 rcglamC1lft7,rio de Contabilidad. Gobernación del Departamento-Selión del día 6 de marzo d« 1909. A las nueve de la mañana de dicho día 6 de marzo, se nuri6 la sesión presidida por el señor G~bcrnador y I:on aSlS· tencia de todos los miembros que componen el Acuerdo. Leída y puesta en consideración el Acta de la sesión anterior, fue aprobada. En seguida el señor Gobernador manifestó á Jos demás miembros del Acuerdo, y de ello se deja constancia, que si la Gobernación orrlenó el pago de unos gastos distintos de los que figuran en las Relaciones que se han pasado al se· ñor Administrador de Hacienda, lo hizo en virtud de que en el Acuerdo mensual de 20 de febrero se dispuso, según consta en el Acta respectiva, que ele los ingresos que hubie­ran se cubrirían lo~ gastos pendientes de enero, y á dicho mes correspondían los dos á que se alude en esta manifesta­ci6n, á saber: Arrendamiento del local de la Escuela N or-mal, en enero . . . . . . . . . . . . . .. . .......... $ 40 Construcción del puente de El Vallt', cuota de enero ..............•..................•.... 416 66 Suma ...... . . ........... $ 456 66 El señor A dministrador de Hacienda informó que los ingresos habidos en la semana, ascienden á $ 2,717-50: dis­tribuídos así: Por Imprenta ........ " ................. $ 92 50 Remesa del Banco CentraL ................ 2,625 .. Suma ................ $ 2,7 T7 50 y que en la fecha es de $ 7,175-98 la existencia en Caja. El señor Secretario General presentó una lelación de gastos por valor de $ 6.377-4S ; mas en atención á que en la existencia están incluídos los $ 4,000 destinados á auxiliar el Acueducto, y sólo había disponibles, por tanto, $ 3,165-98, se acordó pagar únicamente los siguientes gastos de la Re­lación general, considerados urgentes, y aplazar para el próximo Acuerdo el pago de los restantes. Gastos pendientes de enero: Arrendamiento de la casa que ocupa la Gober-nación. . . . . . . . . . . . . . • • .. . ........... . ..... $ 40 Arrendamiento ds la casa que ocupa la Escue· la Normal. . . . . . . • . • • . . . • • • • . . • . . . • • •• .. . . . . 40 Pasan..... ..• . ............... $ 80 ... Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO Vienen .... · . .' ............ $ Arrendamiento de la casa que ocupa la Im-prenta ..................................... . Arrendamiento de la casa que ocupa la Pre-fectura y otras Oficinas ..................... . Auxilio á los cinco Hospitales del Departa-mento. . . . . . . . . • ... . . . . .. . . . .. .. _ •..... . •••• Reparaciones del camino del Di1t/tl .... - ... . Sueldos de Corregidores y sus Secretarios ... . Sueldo del Médico Oficia.l. _ .. - ......... . Sueldo del Alcaide de la Cárcel en Guaduas .. Completo del sueldo del Administrador de la Imprenta ..• _ _ _ ........ _. . .............. . Cuota correspondiente á enero para gastos de sanidad y embellecimiento de la ciudad .. " ...•• Gastos relativos á febrero: Sueldos de los empleados de la Secretaría Ge- 80 •• 20 240 117 80 81 60 2 60 neral .... . . .................•...... " •....... 373 99 Sueldo de los empleados de la Oficina de Ca-tastro. . . . . . . . . . . . . . .• . . .. . ...............•. 127 So Sueldo de los empleados de la Imprenta... .. . 135 Sueldo de los empleados de la Cárcel de Fa- ~atativá.. ................. . . ... .......... . 87 Sueldo del Cajero-Contador del Departamen-to . _ ................ " ................... . 85 Sueldos de la Prefectura de Facatativá . ... . Sueldos de los Directores de las Escuelas, has-ta ...... _ . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . .. . .... . . . . . .. 1,000 Raciones de presos en Facatativá, última dé-cada ..................................... . Utiles de escritorio para dos Prefecturas ... . Sostenimiento de becas en el Colegio de La Pesen/ación ........ . ......................• Ga tos urgentes de marzo: Jornales de la Imprenta en la La semana ... . Materia.! para la misma en el me , hasta ..... . Conducciones ele presos ................. _ • 37 10 6 9° J S 70 S° .. .. 9° Total ................. $ ~,863 99 PE. .1 E ~ Gasto.' pendientes de enero ............... $ Gastos relatl vos á febrero.. . ...........• Gastos urgentes de mar lO. • • . • . . • . • . .. . , .• 715 80 2,081 S9 66 60 Suma ........ . ...... $ 2)863 99 Saldo que queda. . . . . .. . . . . 3° 1 99 Suma ......... '" ...... $ 3.165 86 que agregados á los $ 4,000 del Acueducto dan un total de '$ 7,165-<)8, igual á la existencia presentada por el ~eñor Ad­ministrador de Hacienda. Ig'...lalmente se di puso que los documento de deuda que resultaron favorecidos en el sorteo del 20,' serán paga­~ os con la cuota correspondicnte á la última semana de fe­brero en la participación de las Rentas Nacionales. A las diez de la mañana se le\ antó la sesión. El Presidente, ELISIO MEDIN A-El Secretario, RA­FAEL M. GAITÁN. GOBIERNO Y JUSTICIA RESOLUCION NUMERO II DE 1909 Gobernación del Departamento-Facatativá, abril diez y nutve de mil noyecientos nueve. Con fecha 20 de octubre último, la señora Mercedes So­lano C. se quejó ante el Alcalde Municipal de Guaduas de que los señores Luis Camacho y Marceliano Camacho le habían destruído parte de una cañería, por la cual conduce el agua necesaria para el servicio de u \la casa de ~u propie­dad, situada en la hacienda denominada Las Crltas, Je la jurisdicción de dicho Municipio, causándole serio perjui­cios; y pidió que se impusiera á los citados Camachos el correctivo del caso. Admitida la queja por el Alcalde, dictó fallo en once de enf"ro próximo pasCld , sin darle á la querella tl td.mite que indicot la Ordenal za número 11 de 1896 y aun sin oír á mería de la Provincia, el Prefecto por auto de veinte de marzo último se declaró impedido para cono~er del asunto por enemistad graye con el apelar.te s(!ñor LUIS ~amacho, y elevÓ el juicio á la Goben ación para la resolUCIón del re­curso interpuesto. La remisión del juicio á esta Superioridad no es. el ~a­mino que ha debido adoptar el señor Prefecto, pues ~I . bIen la Ordenanza número licitada no indica el procedImIento que ha de seguirse en casos de recusación Ó impedimento­el artículu 8.° de la Ley 153 de 1887 resuelve el punto cuan­do dice "que si 110 hay ley exactamente aplicable al caso con­trovertido, se aplicarán las leyes que regulen casos ó mate, rias semejantes". Como el 6digo Judicial en su Capítulo I~­Libro n, Título IJI, enc::eña de qué manera debe procede .rs, si ocurren impedimentos como el de que se trata, á las dlse posiciones de ese capílulo debe ajustarse el señor Pre­fecto. Se hace notar, para los fines legales) que parte del jui: cio se ha actuado en papd común y no n papel se.1 lado, como lo ordena el Decreto nllll1tlU 909 de 31 de Juho de 1906) letra A. En "ista de 10 que se deja expuesto, la Gouer­nación RESUELVE Devuéhase el presente juicio al ~eñor Prefecto de Gen· darmería de Guaduas, para que se le dé al incidente so~re el impedimento que dice tener para conocer de ~a arelacI6n interpuesta por el sef10r Luis C~méH ho, el curso md~cado en el Capítulo lI) Libro Il, Título JlI del C6dlgO Ju­dicial. N otifíquese, c6piese y publíquese. ~LL'IO MEDINA-J~l Secretario General, RArA.L M. GAnÁN. RESOLLCIO T J. ~ILPO J7 DE 1909 sobl e (Oi.'l'~/Sioll de pella. Gobernación del Dcpartamento-Facatativ.:í, abril siete d. mil novecientos nueve. A urelio Grana.dos) condenado por tI Tribunal Super~or dd Distrito Judicial de Bogotá á suf"ir setecie~ltos vem­tiún días de reclusi6n en el .Panóptico de esa clUdad, ~or heridas y daños en bienes ajenos) soli~it~t de la Goberna~161l se le cambie tal pena por la de preSIdIO, .de confornlldad con lo dispuesto en el artícu lo 108 del COdlgO e.nal. La solicitud viene acompañada de un certificado del Médico Oficial del mencionado Panóptico, en que consta que el peticionario está sano y puede trabaj:l!, y como éste eS el único requisito que exige el citado aruLulo para poder hacer .1 cambio soliCItarlo, a éila Se procult. . Aparece de una certifica ión del ])¡r.;ctor. de dIC.110 Panóptico, tiue Granados ha sufrido hasta hoy, CIento velI~r te dias ele condena, de manera que le faltan por c~mph­seiscientos un días) que son los que deben convertIrse. en presidio. Según el citado artículo J08, tres ~ía~ de reclUSI?n equivalen á dos de presidio, de modo que seISCIentos un dI as de aquella per a representan cuatrocientos de ésta. por lo expuesto, la Gobernación RESUELVE Conviértese á Aurelio Granados la pena de seiscientoi un días de reclusión que le queda por cumplir, de la que le fue impuesta por heridas y daños en bienes ajenos, en cuatrocientos días de presidio. Comuníquese y publíquese. ELISIO MEDINA-El Oficial de Gobierno y Justi­cia, MANUEL LAR A O. RESOLUCION NUMERO J9 DE 1909 sobre rebaja de pma. Gobernación del Departamento-Facatatiyá, abril diez: y .iete de mil novecientos nueve. Examinados los documentos por medio de los cuales- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO = Eulogio Chaves solicita de l~ Gobernación rebaja de la ter· cera parte de la p~na de trece meses de reclusión, que le impuso el Tribunal Sup.-!rior del Distrito Judicial de Bogo­tá por el delito de maltratami~nto de obra, se halla que el solicitante ya tiene cumplidas las dos terceras partes de su condena porque según lo informa el Secretario del Juzgado 2.° de este Circuito, la está sufriendo hace nueve meses y diez y ocho días, y que su conducta como preso ha sido bue· na como lo certifica el Director de las Cárceles de esta ciu­dad. El peticionario reúne, pues, los requisitos exigidos en el artículo 114 del Código Penal para merecer la gracia de­mandada, yen esa virtud la Gobernación se la concede y or­dena se le ponga en libert~d. Cópiese, comuníquese y publíquese. ELISIO MI~DIN A-Por el Secretario General, el O.lcial de Gobierno y Justicia, MANUEL LARA O. RRSOLUCION NUMERO 18 DE 1909 (I~ Di: ABRIL) por la cual se rf'i.'oca otra. Por cuanto muchos de los Alcaldes á quienes se les ha impuesto multas, por haber remitido á este Despacho indi­viuuos para el Ejército, sin las condiciones exigidas en la Circular número ~2 de 19 de man;o último, han compro­bado que no les ha sido posible cumplir los requisitos de dir.ha Circular, por falta de médico en .las respectivas pobla­ciones, ¡;: RESUELVE Rev6case In resolución por medio de la cuál se impuso á los Alcalde~ Municipales (1e Facatativá, Anolaima, Siqui­ma, Beltrán, Subachoque, Bituima, Vergara, La Vega, No­caima Quipile y Sasaima, la multa de dos pesos oro. Trascríbase l!sta :R esoluc.i6n al Admini. trador de Ha­cienda y á los re:jp.!ctl\O • lc,ddcs. .PubHque:e y cópiese. Dada en Facatativá á catorce de abril de mil novecien­tos nueve. l~ LISIO M~DINA-El ~ecretario General, RAFAEL M. GAITÁlT. IIACIENDA RELACION de Illgr~sos y Egrtscs, '(.Ifrifit-·arlos e7t la OficitJa de Caja del D~partamento fJl los aÍal 13, 1 ~ Y 15 dd mes tn curso Ingresos. Abril 13-Existencia ... -... $ 2.69 1 ~ 5 Por partici pación del Depar-tamento en las Renta de Licores N acional~s y Degüello, correspon-diente á la segunda semana de marzo ... - . . .. .... •. .......... 1 .75 ° Por Capítulo 6.9, Artículo 18. Sueldo del Médico Oficial, doctor Luis Largacha, en 16 días de ft!- brero ........................... . Por Capítulo 13, Artículo 31. Sueldo del Corregidor de Crr1/Jbao, señor Ismael Cortés, en febrero ... Por Capítulo 13, Artículo ~? Sueldo del Secrt!tario del Corregi­miento de Cambac, señor Ricardo Galvis Briceño, en febrero .....•.• Por Capftulo 1~, Artículo 33. Sueldo de Directores de Escuela. En Marzo: Susana Bllfrios, de Ano-laima ...........•...... $ 25 .• Carmen de Rico, de Sí· Pasan ............ $ 25 .• 4.4~ 1 8 S 20 .' 7 ... Vienen •• - ••.•••. $ 25 4·4·P 85 quima ...•••...••...•.... 18 Susana Barrios, de Ano-laima, 19 días de febre~o .• 16 96 An~ Paz de Antohnos, de Supatá, :;16 días de febrero 16 7 I Por Capítulo 18, Artículo 38• Valor de materiales para la Casa de la Gobernación ........ - . , . - •.... - . Por Capítulo 10, Artículo 25· Sueldos de Directores de Escuelas rurales: Julia de Segura, de Btnneo (Fa­catativá) en marzo ... , . . $ JI •• María J . de L¡a,ra, de But-nos Aires (Albán), en marzo. 12 J ustina de Nieto, de Ch,- rrillo (Villeta), en febrero.. II Abril I~. Por Capítulo 5.°, Ar­tículos 12 Y 13. Sueldos del Alcaide de Guaduas, señor Jorge Sánchez R., en enero y fe!:>rero, á $ 15 men­suales ... . ... - ..... -. $ 30 ••• Raciones de presos en la Cárcel de Facatati vá, en la primera década de abril.. ~2 10 Por Capítulo T9, Artículo 39. Desinfección y emhellecimiento de Facatativá, en abril; cuenta pagada á Félix Vá quez ............... .. Por Capítulo J 3, Artículo 32 • Sueldo del ecretario del Corregi­miento de Tuán, señor Luis M. Va­negas, en 9 días de enero ....•.• Por Capítulo 13, Artículo 30. Su bre uel(lo~) de A lci11cle~ : Cayetano "?inlón, de an ] uan, en marzo .. . ........... $ 15 Leopoldo }iménez, de Anolaima, en enero y febrero 30 Por Capítulo 14, Artículo 33· Sueldos de Directores de Escuelas urbanas. En febrero: Agnecia Diago, de Bel-trán ......... .... . . . $ 20 María Luisa Diago, de Beltrán . .... , .. .. ... .. . .. 20 Ana Barrera, de Cha-guaní . . . . . . . . . . ...... . . • • .. 16 En marzo: J ustiniano Vejarano, de Subachoque ............... 30 Elena González Pardo, de Subachoque . ......... , 30 Carmen de Gu tiérrez, de Chaguaní _ ......... .. , .. 16 Ramona Amézquita, de Sasaima . . . .• . ... 20 J osé María Amézquita, de Sasaima .. .. .. .. .. .... 20 Ana María Gómez, de Zipacón.. ..... .. ..... 20 Julia González, de Zipa-cón ............. , .. " .. 20 María J. Suárez, de AI-bán, 22 días .............. 14 19 Ana P. de Antolines, de Supatá ...... _. . . •. ........ 18 Hermana María Sil veria, de Guaduas ........ ····.. 25 Hermana María Virgi­nia, de Guaduas.......... 30 Herm~na Marcelina, de Facatativá ................ 25 Pa·an ............ $ 324 J9 4·4-~I 35 S5 70 34 ... 72 10 60 .•• 2 03 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO Vienen ......... $ 324 J9 +.441 85 Mercedes Lee, de Que-bradanegra . . . . .. :....... 20 María del R. Lee R., de Quebradanegra.. ......... 20 . }i:miliano Ramírez, de Nlmalma ................ 20 Belén de Rodríguez, de Nocaima, 22 días ..... . _ .. 10 64 Por Capítulo to, Artículo 'S. Sueldos ele Directores de Escuelas rurales. En marzo: Bertilda Díaz, de San Juan, en La Vega ........ .. ........ $ II " Marta de Matiz, de El .A lmorzadero, en La Vega.. 11 María L. Sánchez O., de Santa Bárbara, en Anolaim1. 12 Abril 15. Por Capítulo 1.0 Ar­tículo l. o Sueldos del personal de la Gobernación en marzo, así: José Vanegas, Oficial. $ 76 So Manuel Lara O., Oficial. 76 SO J. Teódulo Olano, Es-cribiente '" .... .... . .. 34- Domingo E. García, Es­cribiente. . . . .. . .. .. ..... 34 José T. Riaño, Escri-biente... . ... ... . ...... 34- Bernardo Pérez, Escri-biente ............ . ..... 34- Carlos J iménez, Es-cri bien te ...... . . ..... .. 34 Manuel M. F onseca, Archi vero . . . .. ... ........ .... 34- Lgnacio 1funévar, Por· tero. . . .. .. .... ..... . . .. 17 Por Capítulo 13, Artículo 30. Por sobresueldos de Alcaldes en marzo, así: Félix V. Garda, de Su-bachoque ...... . ....... $ 25 Carlos Leaño, de Qui-pile ........................ 10 .\.lfredo Rubio, de Bi-tuima ................... 10 Por Capítulo 14, Artículo 33. Sueldo de Directores de Escuelas urbanas en marzo, así: Policarpo A "ila, de N 0- caima .................. $ 15 ~laría de J. Salg ado, de Albán .................... 20 Elías Forero L., de La Vega ..................... . 25 "'aldina de Forero, de La Vega ................. 25 Por Capítulo 20 Artículo 40. Valor de textos para tres alumnas becé das en el Colegio de La - Pre­sentación, á la Hermana Rosa de la Cruz .....•.................... Por Capítulo 10 Artículo 25. Sueldo de la Directora de la Escue­la rural de Aguablanca, en La Pe­ña, señorita Elda Cifuentes, en marzo .................. . Sumas.... .... .. •. $ 4.441 85 Saldo. . .. . •.......• 406 78 34- •• 374 .. 4-5 .. 85 ... x6 80 IX Iguales ............ $ ".441 85 4.441 8S Facatativá, abril 15 de 1909. El Cajero-Contador del Departamento, JUAN E. M.DINA INSTRUCCION PUBLICA ------.......................... _ .... _._._._-- INFORME dd Visitador de la CircU1lSCrtpciJ1l escolar de FflI:ata/Í114Í. República de Colombia-Circunscripción escolar de Facatativá - Visitaduría -N úmelO 1. 0 - Facatativá, febrero 28 de 19°9· SeliQr SuperilltC11dmte de l1/Sfrucció11 Pública-E. S. D. Ten~o el honor de presentar á usted, y por su digno conducto al Gobierno, un informe lo más t"xac­to posible sobre el verdadero estado de la Insuucción Pública en los MuniCIpios que me fueron sefialados por el Decreto número 13 de fecha 4 de los corrien­tes, de la Gobernació~¡ Jei Departamentú. Consecuente con lo ordenado por esa Superinten­dencia en la Circular número 158 de 13 del mes en curso, procedí á instalar en ca ~a Municipio la Junta de Instrucción Públicd, que me sirvió de poderoso auxiliar para llenar debidamente 105 puntos restantes consignados en el documento que acabo de mencionar. A continuación haré conocer á usted ti resulta­do de mi visita, así: jJ11t1licipio de Al1claz'ma. Encontré funcionrll1do dos Escuelas urbanas y cuatro rurales alternadas. Las d05 primeras educan 71 varones y 2 1 niñ~s; y las l;urttro últimas, 50 varo­nes y 47 niñas. TotaJes, 121 varorl€S y 68 niñas. Siendo esta región muy poblada y escaso ~I per­sonal que se educa, st.\iicité de lOS ~cñoTes Cura Pá­rroco y Alcalde Municip;J1 su valioso apoyo para con­seguir mayor concurrencia á las Escueias públic.as. U no y otro se mal1lf ... !'taron di .. [¡lIcstos á prtstar su contingellte con todo el ~elo y (;{jLé.lcia posiLI s. La Escuela rural alternada d ~ Cachipay, de esta jurisdicción, no contaba con un sclo matriculado. En el libro CDriginal de visitas que le ac ompaño, hallará usted la constancia de mi pre encia t'n el local de esta Escuela. La Junta de Instrucción Públit a fue de concepto que este plantel funcionara, en lo ~u('~sivo, en la ve­reda denominada Tocarema, por ser este sitio, á un mismo tiempo, céntrico"y pobladu. Se ale~aron para que se verificara esta traslación do~ 1 rtzones, á cual más poderosas: la primera, la existrnllia de otra Es­cuela en el mismo partiJo de CacltipoJI, que, aunque privada, absorve l:t concurrencia de 1,)::; niños de esa región; y, como segunda, y principal, el dcr€cho que los vecinos de Tccartma tienen al establecirriien­to de un plantel cficial, ya que el Gobierno recibe una renta de los terrenos de su mismo nombre. El suscrito, hallando justa esta petición, y teniendo ade­más autorización de esa Superintendencia para re­solver en estos casos, accedí á lo solicitado, así como al cambio de Directora. Las resoluciones dictadas con este motivo tendré el gusto de remitirlas por ie­parado al Despacho de usted, para su ulterior apro­bación. R~unida la Junta de Instrucción Pública se pro­cedió, en primer lugar, á ILcordar los candidatos para llenar las vacantes de Inspector local suplente y miem­bro principal de la misma J unta. Los señores Ignacio BalJén é Ignacio Neira L. fueron los nombrados, res­pectivamente. En seguida, ayudado por los miembros de est& CQrporación, me propuse dar cumplimiento á los pun­tos 2.°, 3.0, 4.° 5.° Y 10 de la Circular de esa Su­perioridad. i El señor Alcalde informó que 105 terrenos de Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO 277 Tocanma, pertenecientes á las E~nlelas del Munici· pio, los admini~tra directamente el Consejo por con­sicierarse su producirlo Renta Municipal, en virtud de cesión que de ella hizo la Gobernación del Departa­mento, y que fue comunicada por el señor Secreta­rio Genera) en nota número 473 de 5 de noviem bre de! año próximo pasado. AsÍmisrno informó que su producido anual es el de $ 550 oro, que pagan los cultivadores en uno ó dos contados, según lo dispun­ga f'l Honorable Consejo Municipal. Solicité del mismo señor Alcalde, comn emplea­de. Ordenador que e~, me informara en qué forma se había gastado el auxilio de $ 500 oro que le fue cedi­do en el año último á la Instrucci6n Pública por el Consejo Administrativo del Departamento. Dicho emplearlo correspondió gustoso á mi petiCIón, hacién­dose la descriminación siguiente: Por valor de hechura de bancas. __ . _ $ 238 50 Por valor de hechura de me5é\s.... . . . 8 Por valor de hechura de asientos .... _ 18 Por valor de sobresueldos á los Direc-to res. __ . __ . ___________ . _____ .... ___ _ Por valor de arrendamiento de locales para las Escuelas rurales_ ............... _ . __ _ Por valor de la construcción de un ex-cusado en la ¡'~scuela de varones, y del Acueducto con su alberca en la de niñas .. . Por valor de refección de locales ... . Suma . _____ . _ . ___ . __ . $ 137 84 88 68 542 78 La diferencia, ó sean $ 42-78 ia gastó el Muni­cipio de sus propias rentas. El señor Cura Párroco, en su carácter de Presi­dente de la Junta, manifestó la conveniencia que ha­bía de racHcar en el mismo Municipio el pago de 101 sueldos de los Directores, toda vez que lo estableCI­do hasta hoy, verificándose dicho pago en la capital del Departamento, ocasionaba geIleralmente pérdida de tiempo é interrupción en 11S tartas. Deseoso de coadyuvar á esta :;olicitud en la me­dida de mis fuerzas, y conociendo, además el espíri­ru del Gobierno n este sentido, ofrecí soli~itar, como respetuosamente lo hago, se radicara en cualquiera de las Oficinas de Hacienda cel Distrito, dicho pago. Sol icité de la Junta se fijara el avalúo de los lo­cales de las Escuelas urbanas, únicos que en propie­dad posee el M unicipio, y unánimemente se conviao en darles el siguiente: Local de la Escuela de varones .... $ 800 oro. Local de la Escuela de niñas .............. 1,000 - Todos los locales en donde funcionan las Escuelas rural~s, con excepción del de Santa Bárrara, cedido gratultame~te por el señor don Manuel Rojas, perso­na que se mteresa vivamente por el adelanto de la Instrucción Pública, son arrendados. En el libro de visitas encontrará usted detallada la suma mensual que se paga por cada uno de los restantes. Las autoridades de este Municipio se rnanifesta­r? n satisfechas del personal de Maestros, con excep­cIón de la de Cacht'pay, cuyo cambio se verificó. La señorita Elodia Huertas fue el candidato pre­sentado por la Junta para reemplazar á esta Directo· ra, nombramiento que comuniqué con carácter de in­terinidad, mientras la Superintendencia dicta el de­creto correspondiente, haciéndolo en propiedad. Todos los miembros de ]a Junta solicitan, por mi conducto, el establecimiento de una Escuela noctur­n. a de artesanos, medida que se impone por ser con­slder~ b]e el número de individuos (trabajadorel) que neceslÍan la enseñanza y que asistirán puntualmente á recibirla. En mi de~co por]a ilustración elel pueblo, base indiscutiblfA fie la paz, mt! constitl1yo vocero de los miembros de la Junta para súlicitar la fundación de] Instituto de Artesanos, seguro d~ que esa institución será benéfica para el Gobierno. Finalmente, se me informó que tl'i sefior Genera] don Daniel Rubio Pa) í~, había remitido con c.lestino á las Escuelas públicas once bultos, conteniendo útiies y textos de enseñanza. A pesar de mi deseo por informar á esa Supe­rintenJencia sobre el contenido de cada bulto, no me es posible hacerlo porque huho persond que se negó á facílitarme la factura original de ud envío. Debo hacer constar que los bultos en refer~ncia fueron recibidos pur individuos sin autoridad alguna, depositados en casa oe los mismos, abiertos por ellos y distribuídos según su propio criterio. Las autorida­des legalmente constituídas se hallahan ignorantes de la cifra total de aquellos elementos. En mi visita á cada I-!..scuela dispuse que se rein­tpgraran á la Oficina de la Alcaldín todos aquellos que, por ser innecesarios, debieran conservar~ e para la provisióll en el n:sto del año. De manera que la expresarla Oficina del ía formar una 01 Cuenta corrien­te "á cada Director, á fin de que le fueran suminis­trando, paulatinamente, los que fu~r · n haciéndose ne­cesarios. lllUllic:ipio de Albá" Funcionan tan sólo tres Escuelas, una urbana de niñas y dos rurales alternadas. La primera, educa 29 alumnas, y Ids dos últimas, 34 varones Y 28 niñas. Total, 34 varones y 57 mujeres. La urbana de varones no se hallaba funcionan­do el día (h; mi visita, por lo cual no me es posible rendir el dato estadístico de sus alumnos. Las Escuelas de este Municipio no poseen renta alguna, ni tienen locales propios en donde funcionar. Todos son arrendaoos y p~gí\dos por el Tesoro mu­nicipal. El señor Alcalde me informó que se hallaba en Caja la suma que constituye el auxilio cedido al Mu· nicipio por el Consejo Administrativo del Departa­mento en el año pasado, y que tambíén está ordetla­da la inversión de esa cantidad en la construcción de la Casa Municipal. Ninguna observación fue preciso hacer sobre hi­giene de los locales y mobiliario de las Escuelas. Los señores Cura Párrocq, y .Alcalde Municipal prometieron prestar su valioso apoyo para obtener una asistencia mayor de niños á los planteles que el Gobierno tiene allí establecidos. Funciona, también en este Muniqpio, un Cole­gio privado, titulado Salz José, que regenta el señor Francisco J. Lasprilla, sin auxiliar alguno. Tiene un personal de 11 alumnos, de los cuales uno tan sólo se halla en calidad de interno. Acompaño al presente informe un ejemplar del PlaH de Estutlios de ese Establecimiento, para cono .. cimiento y apreciación de él. Munt·cipt·o de Bojacá Encontré funcionando las cuatro Escuelas crea .... das en el Municipio. Las dos urbanas cuentan con un personal de 47 varones Y 36 niñas; y las dos rüra]es de 32 varones Y 24 niñas. Totales, 79 varones y 60 niñas. Constituída en sesión la Junta de Instrucción Pú­blica, se procedió á nombrar Inspector local suplen­te, y al miembro que deba formar parte de ella. Pre­sentados como candidatos, respectivamente, los seño- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO res Félix Courrau y Nicolá! García, fueron nombra­dos y comunicadO!;. Acto contÍ:1uo se dió principio al examen de al· gunos libros pertenecientes al Archivo del Consejo Munit-ipal, con el fin de obtener datos sobre el estado de los bienes y rentas que constituyen el capital de 1as Escuelas. Después de un detenido estudio, se obtuvo el si­guiente resultado: I. o U na deuda del Tesoro Nacional p0r la suma de $ 5,050, que gana un interés del 6 por 100 anual. Título. Certificación de Renta Nominal, número 189. Esta suma la reconoce el expresado Tesorero en virtud de redención hecha en él por el señor José Prieto Solano, del censo que reconocía á favor de la Escuela del Municipio; redención que fue comunica­da al Presidcntp de la Corporación Municipal por la Secretaría dd C0nS('jo Fiscal de Educación Pública del Eitado Soberano de Cundinamarca, en nota nú­mero 144 de 13 de mayo c-ie 1873. Se observa en vista del Oficio número 26 de 15 de abril de 1872, del mismo fUIH ionario y dirigido á la misma C0rporación Municipal, que el v'alor del cen­so que el señor S.::>lano tenía que redimir era el de $ 7.580 -5 ~ real es, que se ~uponen de ocho décimos, y que reducidos á fuertes equivalen á ~ 6,064-55. Se ignora, pues, la ra4.-ón del porqué se reCOllocen tan solo lns $ : ,050 de que se hizJ mención al pri Ilcipio de este capítulo; 2. o La suma de $ 1,600, que según la citada nota número 144, dió en caltdad de adehala el mismo señor Prieto Solano, por el permiso de redimir. E3ta cantidad la adeuda el señor Germán Jiménez, recono­cielldo un interé:. del 10 por 100 anual. Se halla ase­gurad~ ' con escritura hIpotecari a, fechada el 14 de lnarzo de 1873, ante el Notario ' eñnr J osé Leiva; 3.0 Un saldo nOIT,inal ele $ 544-72~, que co munica el señor Procurador de Instrucción Pública al señor Secretario del Ramo, en respuesta dada á la nota número 6,495 de fecha 9 de diciembre de 1897, que le dirigió éste en aVf!riguación de las Rentas de las Eseuelas de este Municipio, y que el expr.sado señor Prccurador no dice en poder de quién se en­cuentra. Se cree qUe dicha ca tidad existía en la Di­rección del Crédito Público; 4. o La suma de $ 1,444 60 que enteró el señor Félix Rozo el 14 de octubre de 1897, y que fue en­tregada al señor Emiliano Caycedo. Se aseguró di4 cho capital con la escritura número 2,128, otorgada ante el Notario señor Julio Pinzón Escobar, el 29 de noviembre de 1897. Este era el capital que S~ halla­ba en poder del señor Félix Rozo, según el informe rendido por el señor Procuradf>r de Instrucción PÚ­blica al señor Secretario del Ramo, en la misma nota citada en el punto 3. o (*) 6. 0 La suma de $ 43-35, existencia en Caja por intereses anticipados de un trimestre que pagó Cayce­do el 29 de noviembre de 1897. El saldo anterior de $ 43-35, quedó en la Caja de la Sintlicatura de la Instrtlcción Pú blica Departa­mental, se~ún cuenta pasada por aquella Oficina el día 1<'> de marzo "de 1898 al señor Presidente del Con­sejo Municipal. Se observa que el censo que el señor F~liz Rozo tenía que redimir ascendía á la suma de $ 1,600. Se ignora la causa de su reducción a los $ 1,444 60 de que se ha hablado. Los Oficios que tratan de las sumas que figuran (lit) EJ señor Caycedo entregó esta suma y se le cance16 la escritura número 2,138, según certificado del Notario, que .n otra par~e se publica. en la relación anterior existen en el archivo del Con- 5ejo Municipal. En mi poder quedan las copias que de ellas hice sacar, las cuales omito ahora por no pro­longar demasiado eite informe. Mlmicipi~ di Facatntivá. Visité las cinco Escuelas urbanas y las dos rura­les que funcionan en esta jurisdicción. En las primeras se educan 209 varones, y 177 nifías; y en las últimas 40 varones Y 43 niñas. Tota­les, 249 varones y 220 mujere~. Las Escudas poseen como único haber, un capi­tal de $ 4,000 que constituye la Renta Nominal, y cuyos títulos se distinguen con los números 106 y 236. Esta renta la maneja directamente el Banco Central. El Municipio posee dos locales prnpios en don­de funcionan las Escudas urbanas números l° de varones y 1<.> de niñas. Toda') las demás en donde fun­cionan el resto de planteles, son arrendados. Vis:té también los Colegios privado! de Sall J, fg,utín, La PreJt1ttació¡z y el ¡"stituto Cn/das. El pri­mero y el último para VarO¡1eS, y el se"{undo para se­ñorita8. Este lo regentan las RR. HH. de la Cari­dad. Tiene un personal de 18 internas, incluyendo 7 becadas que sostiene el Gobierno. y 47 externas. El Plan de estudios es bien conocido de esa Superinten­dencia' por lo cual lo omito. El Colegio de San AgUStll1, es regentado por los R R. PP. Agusti nos. Tiene un per!;onal de 13 inter­nos Y 44 externos. También conoce usted su Plan de Estudios. El lustz'luto Ca ldaJ , es regentado pOl lo! s ñores Enrique Aponte y Julio Camelo. Tiene un personal de 1 Pasante, 1 SecJetario y 5 Profesores. Educa 14 in ternos y 24 externos. A compat\o el Prospecto respectivo para conoci­miento de esa Superintendencia. Existe, además, un Colegio mixto, regentado por las señoritas Graciela, Ana Rosa y Susana Hernández. Reciben enseñanza en este Plantel 42 niñas y 10 varones. Mum'ct'pio de Síquima. Visité apenas las dos Escuelas urbanas, en don­de se educan 18 varones Y 34 niñas. Las dos Escuelas rurales no me fue posible visi. tarlas por el crudo invierno que había en la regi6n de CI1-t'niata, en donde ellas funcionan. El señor Alcalde me manifestó que el auxilio ce­dido al Municipio por la Gobernación, en el aí'ío próxi­mo pasado, se había invertido ínte~ramente en la re­cdificaci: 5n de la Casa Consistorial. Las Escuelas poseen un título de Renta Nomi~ minal por valor de $ 4,330, cuya certificación se ha· lIa distinguida con el número 171. Este es el único capital de ellas. Los locales en donde funcionan estos planteles son de propiedad del Municipio. El que ocupa la ur­bana de niñas fue avaluado en la sum& de $ 150 oro; el que sirve á la de varones, forma parte de la Casa Consistorial, por cuya razón n') se llenó con él este requisito. MU1zi&ipio 61 Suóac!toqul. Encontré funcionando 2 Escuelas urbanas, 2 ru· rales alternadas, 1 rural para varones y 1 rural para niñas. El personal de las dos primeras es de 60 varones y 56 niñas; y el de las restantes de 91 varones Y 88 niñas. Totale5, 151 varones y J 44 niñas. Las dos Escuelas rurales de Ln Pradlrn funcio­nan en un mismo sa16n, dividido apenas por un can· Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTA:\lENTO 279 cel, y se halla en pésimo estado. En el invierno pa­:; ado se inundó, y sin embargo, allí trabajan las Di­rectoras. Fui informado por el señor Cura Párroco de que los vecinos de aquella región se han negado á facilitar otro local, que llene siquiera las más ele­mentales condicion~s higiénicas. Desgraciadamente, el día oe mi visita no ~e ha­lIaba en la población ni el selior Alcalde l)i el Presi­dente de la Corporación Municipal, empleados estos á quienes corresponde facilitar locales apropiados para las Escuelas públicas, por 10 cual nada pude hacer en fa vor de esos plantelc!. El señor Inspector local me manifestó que sería conveniente, en vi5ta de la carencia de localt:s en La Pradlra, la traslación de esas Escuelas á otra vereda cercana y céntrica á la vez. Me hizo saber que habla­ría en el púlpito, sobre este sentido, á los vecinos de la vereda primttramente nombrada, para que ellos fa­ci itaran el local en mejores condiciones, ó perdería n el beneficio concedido por el Gobierno al sostener allí un plantel oficial. Destoso de corresponder al interés del señor Ins­pector local por la buena marcha del Ramo en este Municipio, ofrecí tratar este punto en el pre::-cnte in­forme á fin de que el Gobierno, por su parte, resuel­va lo que estime más conveniente hacer. También debo informar á e!ia Superintendencia que la Escuela rural de El Rosal, que hoy funcio­na como alternarla, tiene personal mái que suficiente para que sea dividida en una para cada sexo. La re­gión es sumamente poblada y podría reunirse un nú­mero de 60 alumnos en cada plantel. lIay más: el local en donde funciona hoy la Es­cuela es capaz {Jara que trabajen las dos, y lOS veci ­nos de allí prometen hacer, inmediatamente que el Gobierno resuelva la apertura ele la segundó, algunas pequeñas reparacIOnes que se harán necesarias. Solicito, pues, del Gobierno, 'por el digno con­ductó de usted, el establecimiento de otra Escuela en la vereda de El Rosal. La circunstancia de no encontrar el día de mi ~ visita á las principales autotidades del Municipio ha­cen que este informe sea, qUi7á, insuficiente, y que deje de cumplir los puntos de la Circular de esa Su­perintcndencia que se relacionan con avalúo de lo­cales, bienes de las Escuelas é inversión que se le die­ra al auxilio cedido por la Gobernación á la Instruc­ción Pública. Sin embargo, dejo constancia de se me informó, por individuos particulares, que las Escuelas poseen una de las manzanas de la plaza principal, que se ha- 11a cunstruída en parte, y que producen alguna renta. En la visita que practique otro Visitador quedará sub­sanada esta deficiencia. Mn1Zicipio dI Zipacón Funcionan l Escuelas urbanas y 1 rural alterna­da. Se educan en las primeras, 2~ varones y 38 niñas· y en la última, 16 varones y 11 niñas. Totales, 44 va: rones y 54 niñas. Instalada la Junta Mnnicipal de Instrucción PÚ­blica, se procedió á averiguar qué censos existían á favor de la! Escuelas, resultando de este estudio lo siguiente: , 1.0 l!no del señ?r .Eladio Gutiérrez, redimido ya, segun se tIene conOCImIento, por valor de $ 6-4-000 papel moneda. Dicha cantidad se halla en poder del Gobierno Departament.1. 2. o U no de los señores Isaac Mal donado Lisan­dro Segura y Jesús María Patitio, sobre la ~stancia denominada Moli"", por la suma de $ 3:::0. Se reco­noce un interés deIs por 100 anual. 3.° Uno del Presbítero doctor Belisario Herrera, sobre la hacienda de La Arabia, pur la suma de $ l50. Se reconoce un interés del 5 por 100 anual. 4. ° U no del mismo doctor Herrera, sobre Pozo­hondo y San AlItolt'ío. por la suma de $ 77. Se reco­noce el mismo interés anual. 5? Uno del mismo, sobre la Adob~Ya y Montó" de pitdrn, por la suma de $ 139, Y reconoce el mismo interés an ua l. 6.° U no del señor Evaristo Garzón, sobre Lt'Z Larlwa, por la sum3\ de $ 276. 7.° Uno del mismo señor Garzén, sobre Zdan­dia, por la suma de $ 42. 8. ° U no del señor Nicolás de la Cruz, sobre Los ArYaya,,~s, por la suma de $ l88. 9. ° Uno del señúr Demetrio Duarte, sobre El Salitre y San Prdro, por la suma de $ 192. la. Uno de los señores Evaristo Garzón, J eróni­mo Vargas y Reueca Amaya,' sobre El C/tirc"l, por ]a suma de $ 240. 11. Uno de 105 selloras Policarpo Tilljano, Li­sandro Segura, AnicetQ Forero. Raimu 00 y Evarii­to Pri to, Fructuoso Duque, Jesús Lombana, F¡del Tunjano, Mónica Reyes y María Lugo, sobre El G/úrea/, por la suma de $ 42. Todos estos censos, desde el punto 6. ° para ade­lante, reconocen el mismo interés de los anteriores (5 por 100 anual). El Consejo 1\1 unicipal no conoce los títulos qu~ se relacionan con estos censos. Las Escuelas funcienan en dos locales de propie­dad del Mllnicipi l ) . El ql1e ocupa la urbana de varo­nes fue avaluado en ~ 500 oro, y el que sirve á la de niñas en $ 250. El señor Presidente de la Csible examinar tan de­tenidamente como hubiera querido las cuentas, pues en casi tOd3S las Oficinas eran de bastantes meses l .. s que tenían sin rendir, tuve que constreñir me á sumu los Ingresos y Egre­sos en los libros y comprobantes ra saber por medio de los balances si se hallaban de acuerd:> los saldos que arroja­ban los unos y los otros. F..n la segunda viiita que practique, si esa Gobernación estima conveniente comisionarme para. continuarlas, las ha­ré detenidamente, comparando los comprobantes con los li­bros y con las partidas votadas en los Presupue&tos, y exami-nando si las sumas girad~s se han invertido escrupulosamen­te corno lo dispuso cada Acuerdo Municipal; pues en algu­nas poblaciones, si bien es cierto que las partida. del Presu­puesto se agotaron en la forma legal, no se ve en que traba­jos están representadu. Corno en la Circular número 303 del año de 1907, del señor Presidente del Tribunal de Cuentas, en su artículo 2I, parágrafo IV, ordena remitir al fin de cada año los libros originales, junto con los comprobantes; en las oficinas que ya habían remitido sus cuentas, no hubo sobre qué pasar visita; en algunas me atuve á los borradores que 11 '!van los Te~ureros, en otras el Consejo Municipal las faci. litó. Corno en esta orden encuentro dos inconvenientes: 1.0 Que no queda en las oficinas dato alguno para la Estadística; y 2.° Que en caso de extraviarse las cuentas originales se haría casi imposible reponerlas, juzgo conveniente orde­nar á los Tesoreros : 1.0 Que todos los comprobantes se expidan ó perciban por triplicado, para que manden dos, junto con las cuentas, y uejen uno en el archi vo; y 2.° Que al enviar al fin de cada año los libros origina­les, dejen una copia autenticada en la Tesorería. Creo dejar terminada la visita de las Tesorerías Muni­cipales en mi próximo viaje; para entónces completaré el presente informe, anotando en él todas las irregularidades que encuentre y las observaciones que juzgue convenientes. . Soy de usted atento seguro servidor, J ULIO MO~ALltS ROCHA ANUNCIOS EMPLAZATORIO El JUtZ Municipal de Facat"/Ívá HACE SABER Que ('n el ejecutivo de Greg-orio Peíí.a contra SeraPio SáJt.­e/ uz, por auto de fccha veintidós de febrero del corriente año, Se decretó el embargo \lepó ito y avalúo de los derechos y ac­ciones que le correspondan ó puedan corresponderle á Serapio Sánchez en la mencionada casa, y alinderada así: por el frente, calle de por medio, con casa de Francisco Pacheco; por el cos­tado izquierdo, con casa y solar de Pantaleón Cancino; por el derecho, con casa de Aureliano Vera; y por la espalda, con solar de Heliodoro Rivera y Ventura Rojas. y para dar cumplimiento al artículo 200 de la Ley 105 de 1890 se fija el presente en un lugar público de la ~ecretaría, por el término de treinta días, hoy catorce de abril de mil nove­cientos nueve. El Juez, LUIS F. LATORRE-Julio CijúmtlS B., Secre­tario. Es copia-Facatativá 13 de 1909. 3-2 Carlos J. Ca macho, Secretario interino EDICTO EMPLAZA TORIO El JUII dll Circuitq ¡fe GuadulfS HoleE SAB!:R Que por auto de fecha treinta de septiembre del aflo próxi. rno paudo ha lido aceptada la tercería coadyuvante, introdu· cida por el doctor Carlol Gamboa, como opoderado del leñor Félix M. Chacra, en el juicio ~jecutivo promovido por este se­ñor contra ~l seflor Ariltides Tobar, por suma de pesos. y para 101 efectos expresados por el artículo 223 de la Ley 105 de 1890, le fija el presente edicto por noventa días, conta­dos desde hoy veintinueve de marzo de mil novecientos nueve, en el lugar correspondiente de la Secretaría del Juzgado. El Juel, PABLO V. GÓMEz-El Secretario, Jos' Manuel Sandin,. 3-:1 Es copia -J. M. Sandino, Secretario • CORECCION En la Resolución número 11, que se encuentra publicada en la 2~ página del presente número, en el párrafo que principia" Acrlmitida la que.ja etc.", se de­jaron de publicar dos líneas, que dicen así: la parte demandada. Esta apeló de tal fallo, por haberle si­do adverso, y recibido los autos en la Prefectura de Gendar- ------_._---_ .. __ .- IMPRENTA DEL DEPA~TAMENTO Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Facatativá: gaceta departamental - N. 35

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Facatativá: gaceta departamental - N. 36

Por: | Fecha: 28/04/1909

F A e A .T ! T 1 V ! I ••••• GAC8:TA DEL DEPARTAMENTO .. AÑO 1 Repúhlica de Colombia-Faoatativá, 28 de abril de 1909 NUMERO 36 CONTENIDO P&giDIlS GOBIERNO NACIONAL Ley námero t de [909 ~ , or la cu.l se aprueba un Tratado de comercio y Dave~ación flllvial con los Estados Unidos del B ras i 1. __ •••••• _ ••.•• _ •. ..•••• ..••••. •• __ •.•• _ •. • •• • • 281 Ley número 2 de I~:>9 por la cual se Il~rueba un Tratado de arbitraje con la Gran Rret.ría .• __ •....... ___ •.•.••. ....• 281 Ley Dúmero 3 de 1909 por la cual le aprueba un .rbitraje con la República hancel:\ ..•.. .... ,. .... .••. .•••.. .••• 281 Ley númerO 4 'le [909 por la cual le concede una pensión ..• 281 Ley número S de [909 sobre reun;ón del Congreso N.cional y cOlll>titución del mismo por elección popul.r ....•...•..• 282 GOBERNACIÓN Seccióu de Cuentas Auto de eb!;ernciones dictado en la cuenta d. la Tesorerí. De· partamentai de Cundinllmarca en septiembre de 1908. .••. 282 bls!rllcciólt Pública Informe del VisItador seccional de la Circunscripción escolllr de Facatlltivá . ........•...••....•••...•••.........•••• ::;¡83 Sec,,'idJt Jftmt'cijJal Acuerdo n'mern 1. o sobre Presupuesto de Rentas y Gutos del Municipio de Uu.duas . . ..• . ....• , •• __ . . •.• , •. _.. 2~S N o oficial rotiti1r, pnr cable . ...... _ .•.. _. _ .. . ...... _ • ..• _ •..... _._. 288 Edicto A nuncios . ... _-_ . ....... . .............. . ............ ........... -...... . GOBIERNO NACIONAL L l ... y NUMMERO r DE 1909 (5 DE l\!ARZO) :aB8 por la cual se .apru ~ba un Tntado?e comercio y navegación fluV1al CO'1 los Estados Untd"s del Brasil. La Asalllblra iYariolla/ COl1stituyml,.. y Ltgislali'v(t DECRETA ArtículQ único. Apluébase el Tratado d ~ comer­c~ o y navegación flllvial entre la República de Colom­bIa y la He~ública de los Estados Unidos del Brasil, celebrado en Río de Janeiro el 21 de Agosh) de [908, ent:e los s~ñores Lu is Tanco Argáez, En viado Extra­ordmario y Ministro Plenipotenciario de la República de Colombia en el Brasi l, por una parte, y José 11a­ría de Siiva Paranhos, Barón de Río-Branco, Minis. tro de Estado de Relaciones Exteriores del Brasil, y Eneas Martills, EJ1\'iaoo Extraordinario y Ministro Plenipotenciario del Brasil, en misión especial en Co­lombia, por otra. Dada en B )t;otá á 5 de Marzr) Je 19°9. El Presidente, JORGE HOLGUÍN-EI Secretario, F~rl/aJldo E. BrulIa. PoJ ~ r Ejecutivo --Bo gotá, marzo sde 1909 Publíque~e y eje cútese. R. REY. S. El Mi llistro de R('lél ciones Exterinrc', FRANCII:5CO JO':lÉ URRUTIA I I LEY NUMERO 2 DE 1909 (5 DE MARZO) por la cual se aprueba un Tratado de arbitraje con la Gran Bretaña. La Asamblta Nacignal COllsliluymlt y Ltgis!ali1J(t DEORETA. Artículo único. Apruébase el Tratado de arbitra'" je celebrado en esta capital el día 30 de diciembre de 1908 entre los señores doctor Francisco José U rrutia, Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Colombia, por una parte, y Fral1cis \V. Stronge, Mi­n istro residente de su Majestad Británica, por la otra. Dada en Bo~otá á 5 de Marzo de 1909. El Pre~idente, JORGE HOLGUfN-EI Secretario, Germ'dg Arr"í/tr. Poder Ejecutivo-Bogotá, marzo S de 1909 Publíqucse y ejecútese. R. RE :'ES. El Ministro de Rclc ciones Exteriores, FRA.NCISOO JosÉ URRUTIA. LEY NUMERO 3 DE 1909 (10 DE MARZO) por la cual se apruebcl un arhitraje con la República .P'rancesa La AsaHZbüa NSclonll1 COIlStÍlUyl1lt1 y Legislativa DECRETA Artículo único. Apruébase el Tratado de Arbi­traje celebrado en esta capital el día [6 de diciembre de 1908, entre lo~ señores doctor Francisco José U rru­tia, Ministro de 1 elaciones Exter iores de C.olombia, por una parte, y Fernand Souhart, Enviado Extraor­dinario y Ministro Plenipotenciario de la República France~a, por la otra. Dada en Bogotá á 8 de 11arzQ' de 190Y. El Presidente, JORGE HOLGOfN-EI Secretario, Flnzando E. Ball1tf. Poder Ejecutivo- Bng otá, marzo 10 de J909. Publíqlle5e y ej ecútc e. R. REYES El Ministro de Pclaciones Exteriores, FR.ANCI~OO JOSÉ URRUTI LEY NUMERO 4 DE I909 (10 DE ::\fAHZO) por la cu1\1 se concede una pensió . La ASil1n/JIt,J lVacioltal CoJtstituy~/Jft y L~l':'sl(1lifla DECRETA Artículo único. Concé tese una pen:;ión d l.! cien Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO pesos ($ 100) mensuales á la señora doña Sixta Suá­ret de Fonnegra, nieta del General Francisco de Pau· la Santander. Parágrafo. Los gastos que ocasione el cumpli­miento de la presente Ley se considerarán incluídos ..en los respectivos Presupuestos. Dada en Bogotá á 10 de marzo de 1909. El Presidente, F. DE P. MANOTAS-El Secreta­ric" Glnlrt!o Arrubla. Poder Ejecutivo-Bogotá, marzo 10 de 1909. Publíquese y ejecútese. R. REYES. El Su bsecretario de Hacienda encargado del Des­pacho de Hacienda y Tesoro, LINO DE POMBO. LEY NUMERO 5 DE 1909 (10 DE MARZO) ..5obre reunión del Congreso Nacional y constitución del mismo por e lección popular. La ÁsambllR Nacional COtzsl'r:Juylnll y Legirlativa DECRETA Artículo 1.0 Señálase definitivamente el día 1. o ~e febrero de 1910 para. que tenga lug;:tr la reunión rdinaria por der~cho propio del Congreso de la Re­pública, de acuerdo con la Constitución. Artículo 2<;> La elección de )05 miembros del Se­nado y de la Cámara de R~presentante5 se hará de acuerdo con las disposiciones vigentes obre eleccIO­nes populares. Artículo 3.° De conformidad con e! artículo 4«:> del Acto Legislativo número l° de 1907, por el he­cho de la reulIión del Congreso cesará la Asamblea en el ejercicio de las funciones legislativas de que ha­bla dicho artículo y de las de lonstituyente que sefia­la el artículo 8<'> del Acto reformatorio número 9 de 19°5· Dad a en Bogotá á 10 de marzo de 19°9. El Presidente, F. DE P. MANOTAS-El Secre­tario, Fentalldo E. B(unn. Poder Ejecutivo --Bogotá, mano 10 de 1909. Publíquese y ejecútese. R. REYES. El Mini.tro de Gobierno, M. VARGAS. aOBERNACION SECCION DE CUENTAS AUTO DE OBSERVACIONES ¡/klado en la ;U&lI/¡'Z de la 7(s(wtría Dtpl1r1tlllltltíal dt CUll­dillamarca en st'pticmbre de ] 908. (RESPONSABl E, JosÉ COPF.TE B.'ÑOS) ~epública de CoJombia-Departarnellt\1 de Fac<1tóttivá-Secre­taría General - Número 6-FólcatCitiv;í, .. bril 14 de 190 9. Del examen ~le esta cuenta aparecen los n-paros que se ~xpresan en segUIda, pJr lo cual Se: alJla¡;/1 su fenecimiento provisi6nal, mi~lltras el re.ponsable d.\ contestéh .ión á ellos: P!imero-A la Carta d.! aviso número 17'" artíc.ulo 167 de~ Liuro General de Cu.:nl¡¡ y R:lzón, se ouscrva lo si­gUlente; a) Con la orden número 3,413, por $ Il8-60, se lega­lizan al señor Tesorero gastos de ]"H':rsonal y material de la Alcaldía de San Juan (sueldos y útiic:s de escritorio) en Mayo y Junio de 1906; Y como se ve, tales gastos requieren la ex­pedición de l;\s re. pectivas 6rdenes de pago á favor de los acreerlores, pues no son de las que el C6digo Fiscal denomi-ua " Gastos por anticipación;" . /J) Con la orden número 3,'P 5 se legalizan intereses pagados por e:: 1 señor Tesorero sobre sumas tomadas para . gastos públicos; y ni hay comprobante alguno de haberse verificado tales operaciones con la debida autorizaci6n del señor Gobernad r, ni se acompaña más recibo del pago de dichos intereses que uno por $ 7-so,yla orden vale $ 11-47; e) Con la orden número 3,,4-17 se legaliza el sueldo de un empleado (Ayudante del Ingeniero). Está en el caso del punto a).: d). La orden de legalizarión número 3,422 fue girada por $ 28-61 más de lo llue valen los comprobantes; pare­ce que el error está entre lu.:) scñalado·s con los números 86ó á 964; e) La orden número 3,428 por legalización de auxilios á los Municipios, 5e expidió por $ 4-92 más de lo que aque­llos valen, debido probablemente ú lue en la liquidaci6n se incluyeron los honorarios del Rec?udador de Zipacón, que equivalen á dicha cantidad; 1) La orden número 3,4 29, por l~galización de hopo­rarios, trae documentos que no corresponden en vez de los comprobantes respectivos y el de el Rel~audador. de Nilo, que sí se acompaf1a, parece que se hilO figurar por $ 7 -65 menos c!e lo que realmente vale; y r) Entre los comprobantes de la OT de Caja, del cual se torrarun las partidas como estaban, par&. describir los asientos en el Libro General. Impuesto de Regislr~ Las cuentas incorporadas ascienden á $ 399-40, Y sól<> se reconocen $ 321 -43. Diiefencia, $ 77-97. Tercero-Los dep6sitoi fueron retirados por deduc· ción como si se tratara de la correcci6n de errores, en vez de hacerlo por medio de artículos 6 asientos inversos, de acuer­do r.on triviales reglas d(~ contabilidad. Ese sis tema de deduc­ciones trae como consecuencia inmediata la inex:actitud del Balance, como puede verse en el de la cuenta á que este auto se refiere, á. saber: En el Balance la cuenta de Caja arroja Ingresos en el mes por $ 3°,773-18, y los verdaderos Ingresos, según los asientos del Libro general, fueron lo! siguientes: Por Impuesto Predial. ___ •••.•. _ ........ $ 3,039 80 Por Impuelto de Re~stro _ .•• •. - .•• - •.. - 31I 4-3 Pasan _____ •. _ • _ • _ ••..•• - -$ 3.361 23 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO ~ Vienen .•••••...•••••.••••. $ Por intereses de demora ....••..••••...• Por Peajes y pisadura ........... , . .•.....• Por Pontazgo ..... . ............•.. ....... . Por Imprenta ... .. .. '" • . . • .. . ...•. Por arrendamiento de terrenos de Instruc. ción Pú blica .. . ... . ...... . ........ ... . •...•.. Por R entas Reorganizadas ............. . l\,lultas .. .. ...... . . . . .. . _ .. _ . ___ • _ ... . Por Ferrocarril de la Sabana .. __ . _ ... _ .. . Por Alcanc~s y Reintegros . __ . . .. . .•.. __ Por Dep6sitos .. _ . . . . . .. . ... _ .•...•...• 3.361 23 28 77 14,167 37 4 14 47 40 64 250 5,843 15 4,000 10 96 5,025 08 Suma ...... . .............. $ 33,156 S2 Difere~cia $ 2,383-34, igual á la cantidad deducida y que ha debldo figurar como Egresos por Dep6sitos. Cuarto-Se acredita la Caja en el mes con la 'sum 1 de ~ 26. 71?-7 J por legalización de gastos hechos por anticip3.­c16n, aSl : Capítulo 4.° . . . ..... . ................. $ 832 86 - 9. 0 . . . ..........•.•....... ••.• 39 10 ..... .. ............... . ........ 14,069 JI JI...... ......•. .............. 3 21 J2 13 · ............ '" .. .. .. . . .... 43 73 14 · ·· ..• . . . .. .............. 1,352 52 16 . ..... . ....... ... ............ 10,052 37 Suma ... .......... , .. $ 26,710 71 De es tos gastos .hay varios relativos á 1907 Y que des­de entonces han debldo ser legal izaJos ó al menos dedu ci­dos de la Caja, de acuerdo con disposiciones fisca les termi. n antes , y p uede- decirs~ que todos 6 la mayor parte de di­chos gastos han venido afectando indebidamente la Caja se­gún aquellas mi 'nas dis~)m;iciones y haciendo embara;oso, PO! ta.l cau. a, la .furmacióll ele la ('uenta de septiembre y di. ficIl, Sl no ImpOSIble. el examen concienzudo de ella' todo lo cual h:l.b ría p0rlir!0 e\'it1 'se .. i hubieran si io aten:li c1as las exigencia~ que á este respect0 vino haciendo el Tribunal se­gÚt CO'lS a en vario autos relé' tivos á las cuentas de la 'Te­sorería lJepartamental. Quinto-No hahiendo c:onstan r ia de haberse hecho efec­tivos los akances declarados que se mencionan en el auto de Obsc!Tvaciont:s número JOO relativo á la cuenta de mayo debe, el responsabl exhibir, al menos, el omprobante qu~ á este r~c:;pecto exige el C6digo Fiscal, de haber empleaclo los medIOS legales p.ua obtener el pago de tales alcances. Sexto-Como la cuenta ele Caja arroja un saldo, debe el responsable acompañar el comprobante de haber hecho la consignación de tal suma, de acuerdo con el artículo 104- del Decreto E!:jec.uti va número T ,04 1 de J 908. Séptimro:-~ .. No aparecen descrito los rejntegros ordena­d os p.or el 1 nb~nal y aceptados por el responsable, rle que se deJ6 constanCIa, e!1 el Auto. de fenecimiento número 21 3 ~e 17 .de octu ~re ultuno, ~ebtl vo á la cuenta del mes de ju­ho. DIChos !,ell1tegros aSCienden á $ 5,18z - 72. Se adVlert<:: al resp )J1 ~able que debe rendir separada. me.nte oe ésta de septiem~) re, la cuenta general. la cua 1 re. qUiere la ('la11sura de los L Ibros y la f0rmación del Balance g eneral . ~~l~ti vo al per,íodo de enero á 30 de septiembre, y q ue OmltlO acompañar a é ·ta la copia del Libro de Cuenta y R azón. Se conceden uiez días para dar contestaci6n al p rece­d ente pliego de obser vaciones. Cópiese, notifíyuese y publíquese. El O fi cial de H acienda, J osÉ V ANEGAS-El Secrüario J os! T. R iaiio. ' INSTRUCCION PUBLICA INF ORM E del Visitador Stcc~'ollal (It lz Cirm'tscripcióll ucolrlr de FaCll­la /n /á, tlJ d lIlts de 11la1'ZO. Facatat ivá, 23 de mano de 1909. S cf\or Su perin tendep te de Instrucción P ública. del Depa rta ­mento de Facatativá-E. S. O. T engo el honor de dirigirme á usted con el objeto de rendirle el informe detallado de las Escuelas urbanas y ru­rales de los Municipios que, conforme al Decreto número 13, de 4 de febrero, we han tocado visitar en el presente mes de marzo del año en curso. Biluima A la una y 20 minutos p. m. prac.tiqué la visita en la Escuela urbana de niñas, como consta por el libro de actas de visitas. A las 2 ~ p. m. se reunieron en la Casa Cural, varios vecinos p'rincipales, para dar estricto cumplimiento á las instruccioñes que tuvo usted á Bien hacerme en la nota, de fecha 2 de marzo del año presente, marcada con el número 260. Esta Junta present6 como candidato para Inspector local suplente, al señor Cris6stomo Pins6n. En este Munici­pio no hay censos, capitales, ni terrenos á favor de la Ins­trucción Pública. Los locales de las dos Escuelas son propiedal del M u­nicipio; y vale cada uno $ 500 oro. En ti local de las ni­ñas es urgente ensancharles el patio, pues no tienen excusa­do, ni espacio suficiente para las recreaciones. El Alcalde, señor Alfredo Rubio H., manifestó que e:; muy fácil hacerle esta composición al local indicado, con la agregaci6n de un lugar adyacente que tiene ya en negocio, pero que para esto necesita algún auxilio de l. Gobernaci6n. El Alcalde no me indic6 la suma por la cual podría com­prarse ,.1 solar aoyacente ha~ta no arreglar el precio definiti­vo con el dueño; pero que una vez arreglado lo comunica­rá á la Superintendencia. La Escuela urbana de varones no está aún funcionando porque no se ha presentado el maestro nombrado. T odos los vecinos tienen grandísimo in terés para que vuelva. á hacerse cargo de esta ~sc uela el señor Félix Anto­nio Ord6ñez, quien está ejerciendo en La Pefia ; siempre que el señor Superintenrlente tenga á bien h acerles e te cambio en favor de e~ta p oblaci6 n, 6 también nombrar á la sl!ñora Agri­p ina Allga rita de Ordóñez. Elloeal de la Escuela de varones carece también de pa· tio rle recreo. En ste Muniripio hay una ¡':scucla rural llamada de Aposmlos para 1.1. cual está nombrado :\Taestro el ~eñ o r Maxi­mo 1'. Garda, pero no ha comenzado á ejercer por ramuio de ~iti0, pues antes había sioo nombrado para R i llcólISaftlo, Escuela que yll no fundona. El !leñor doct0r Francisco ] osé Vergara, Cura Pá.rro­co, manifiesta la nec.e. idad que hay de que se les pague á los­Maestros con pUlltualidad. Vianí . El mismo día 4 á las 8 p. m. reuní la Junta de este :\1u­nicipio en ·1 Sal6n Munic ipal. Propusieron como candidato para Imp .. rtor local supknte, al señor Fedl"rico Ramírez. Este Municipio no tiene censos, terrenos ni capitales á favor le la [mtrucción Pública. Las t<:scuelas urbanas de varones y nit'las funcionan en un mismo edificio, el cual está t!n bu :n estado y con la debida independencia, E l valor de cada local es d por las Hermanas de la e ri­dad, se nota orden, aseo y disciplina. El doctor Alejandro Almonacid, Cura Párroco de es~a población, tiene grandísimo interés por las Esc,:!el.as: ah­menta y da vestido á I S niños, que no podían ;¡Slstlr á cla­ses por carencia absoluta de alimento y vestido. Los vecinos tien n H.terés porq e se e 'tableí,ctl una. Es­cuela rural en El P"lmar y otra en Htlt,1l0 gra1lde/ para esta última proponen como Directora á la señorita Teresa Hernández. Dicen que es fácil reunir 50 niños. ESClItla dd" Alto dd Trigo." Esta Esruela rural, dirigida por la señorita Amelia Sán­chez, tiene un personal de 24 niños Y.I3 niñas, quie.ne~ a~is­ten con puntualidad. La Directora tIene orden y dlscIplIna. El local es malísimo y no tiene mobiliario. E:sta Escu.e~a la visité el día 18 de marzo, como consta en el lIbro de VISItas. En resumen diré á usted, señor Superintendente: 1.° En todas parte la queja dominante ha sido la im­puntualidad en el pago de los sueldos; 2.0 Los Maestros carecían de archivos ordenados; les indiqué el modo de formalos y los conminé con multas, si descuidaban el orden y método que deben observar; y 3.0 En todas las Escuelas hice conferencias r~lativas á. algún punto importante de pedagogía, y traté de ammar tan­to á los Maestros como á los alumnos. MI! es grato suscribirme de usted, su afectísimo atento seguro servidor, JosÉ S. :MONTAÑÉS MUNICIPALIDADES A'CUERDO NUMERO 1.0 SOBRE PRESUPUESTO DE RENTAS Y GAS.TOS DEL MUNICIPIO n!t GUADUAS PARA EL AÑO DE 1909. El C011SljO Municipal de Guaduas haciendo uso de la atribución primera que le confiere.­el artículo 28 del C6digo Político y Municipal, ACUERDA PARTE PRIMERA INGRESO¡ Caplculo únicIJ. Artículo I~ Calcúlasc el monto total de 1al Ren- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 286 FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO tas del Municipio de Guaouas en la suma de cinco mil noventa y cuatro pesos treinta y seis centavol en oro, conforme al siguiente PRESUPUESTO DE INGRESOS Stccióll 1 ~-RIHtas. 1 ~ Existencia entregada por el ex-Tesorero, se­ñor Primitivo Gutiérrez, al actua! Tesorero, leñor José A. Ragfit, el día 1.0 de los corrientes $ 4'21 •• 2~ Arrendamiento de catorce pajas de agua de propiedad del MunicipIo, á $ 0,50 oro cada una, el1 el año ..•..• _ _ 84 .... .,3~ Arrendamiento del solar de fun-daclon................. ......................................... 2 40 4~ Arrendamiento del solar anexo á la Escutla de varones .... - - - - - " - ... _ 3 5~ Arrendamiento del lote vacante que dejó Ramón Isala y que ocupa Julio Suárez ..... _ . _ . _ . _ . __ . __ ...... ___ . _ 6 ... . 6~ Arrendamiento de una fanegada de terreno que sirvió antiguamente de cementerio................ ......... ................. ........ 20 ... . 7~ Producto de degüello de ganado menor .......................................................... .. ~~ Prot~ucto de Almotacén. __ . __ .. 9~ Producto de 1-latadero ?úblico .... (o. Derechos de PIara ......... _ .. 1 I. Impu<:.!to cie Coso ....................... . 12. ProElucto de jut'gos permidos. in-clusive la gall~ra ................................ , ....... . 13. Derechos de espe( táculos públi-cos ........ , ..•...•..............•........•...............•.......• 14. Prociucto del impuesto para tener a Liertas la5 ca"ias de recreo, cantinas, etc. despllé~ de la 6 p. m ............................... . 15. Producto de oereLhos de regii' tro de marcas ql1emadoras .. ___ . .••••• 16. Producto de las ml\ltas que im-pongan los empleados municipales .......... .. 17. ProdLlL to de la propiedad raíz en el presente año .......................................... . 18. Producto de la propieciad raíz de años anteriores, aproximación con inte-reses ........................................................... .. 19. Producto del derecho de peica en el río M gdalena, según r~m Artículo 3.° Sueldo del Secretario dtl Conlejo / Municipal, á $ 10 oro men- .uale ...................................... $ Artículo 4~ Para útiles de escritorio del Consejo, á $ ( oro mensual, pagaderos por lemeltrel anticipados ...... Artículo 5<;> Para mobi­liario del Consejo .. _ ..••••• DEPARTAMENTO DE HACIENDA Capítulo 3. ° 120 •••• Artículo 6. ° Honorarios del Tesore­ro Municipal al 10 por 100, deducidos de la suma de $ 3.415-40 oro.... 341 54 Artículo 7. o Honorari(ls del Tesorero Municipal al 20 por 100 de las sumas que re­caude por Impuesto Predial de años atrasados .. _ ........... , 100 ...• Artículo 8.° Para útiles de ~scritorio de la Tesorería Municipal, á $ loro mensual 11 .... Artículo 9? Para arren­damiento d.l local de la Te­sorería Municipal, á $ loro mensual................................ . . 12 •.• DEPARTAMENTO Da: ]U TICIA C~pít1l1, 4. ° Artícúlo 10. Sueldo del Juez Muni· cipal, á $ 35 mensuales......... 420 .... Artículo I I. Sueldo del Se<..retario del ] uzgarlo M u-nicipal, á $ 25 mensuales........ 300 .... Artículo 12. Para útiles de ellcritorio del Juzgado Mu­nicipal, á $ 1-50 mensuales, pagaderos por semestres anti-cipados ......... ____ • ................. 18 ... . DEPARTAMENTO DE GODlllRNO Capitulo 5. o Artículo 13. Sueldo del Municipal, á $ 15 mensuales .. Artículo 14- Sueldo del Alcalde Municipal, á $ 15 mensuales ............................... . Artículo 15. Sueldo del Secretario del Alcalde, á $ 30 mensuales ................. .............. . Artículo 16. Para útiles de escritorio de la Alcaldía, á $ 2- 50 mensuales .... ' ......... . Personero 180 .• I~O -.. 360 .... 30 •• DEPARTAMENTO DE POLIcíA Capítulo 6. o ArtÍcl1lo 17. Sutldo de tres Agentes de- policía, á $ 10 mensuales cada uno................................... 360 .... Artículo 18. Sueldo del Inspector del Matadero y re· loj público, á $ 12 mesuales... 144 .... Artículo 19. Sueldo del Fontanero público, á $ 10 mensuales...... ................. ........ 120 ... . 160 ••.• 738 .... 75-<> lO. Pasan _._ ••. ___ .• $ 624 .... l. 1 1.3 54 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO ::z:c:: Vienen .•.....••. $ 624 Artículo 20. Sobresueldo del Alcaide de la Cárcel á $ 3 mensualel........................ 36 DEPARTAMENTO DI: OBRAS PÚBLICAS Capltlllo 7. o Artículo 21. Para la continuación del puuenteiobre el río San Fran' cilco........................ ................. 300 ... . Artículo 2l. Para la re­construcci6n del te:ho de la Cala municipaL....................... 200 .... Artículo 23. Para las re­paraciones de 101 locales de las Escuelas del Municipio..... lOO •••• Artículo l4. Para las re· paraciones del Matadero PÚ-blico................................. ....... 100 •••• Artículo 25. Para las re-paraciones del Acueducto pú-blico ....................................... . Artículu 26. Para Ja re· fecci6n del edificio del Ho~- pita! .......................................... . Artículo 27. Para con­tinuar la obra de ampliaci6n de las cárceles ....................... . Artículo 28. Para la com­pra de un carro para el servi. cio del 1-Iunicipio ................. . DEPARTAMENTO DE CAMINOS C_pltulo 8.0 100 .... 20 .... 100 .... 70 .... Artículo 29. P~ra los ga!5tos que de­mande la apertura y composici6n de las vías seccionales del Municipio 594 24 DEPARTAllENTO DE DEUDA PÚBLICA Capltul() 9.0 Artículo 30. Para pagar los créditos que adeuda el Municipio, correspondientes al año pr6ximo pasado........ 89 .... DEPARTAMENTO D~ GASTOS IMPREVISTOS Capitulo 10. Artículo 31. Para pagar la solcmni­% aci6n de la fiesta del 1.0 de enero del presente año ........................... . Artículo 32. Para los gas­tos que ocasione la solemniza­ción del aniversario de la he­roica Policarpa Zalabarrieta ... Artículo 33. Para la ce-lebración del 20 de Julio ....... . Artículo 34. Para la com­pn! lición de pesa. y medidas Artículo 35. Para útile. de escritorio de Ja Junta de Catastro ................................... . Artículo 36. Para las re­paraciones que ocasione el re-loj público ......................... .. Artículo 37. Para gasto. imprevistos ............................. . 17 .... 15 25 50 4 .. 50 20 Suma el Presupuesto de Gutol ••.• 2. 113 54 660 .... 99° .... S94 :¡4 89 .... J81 BAl.ANCE Suma el Presupuesto de Ingresos ................................. $ Suma el Pr~supuest() de E~resos ................................. . Suporavit. ....................... . 4.627 78 466 S8 Sumas jgual~!i .... $ 5.094 36 5·094 36 nado y firmado en el SAlón de Sesiones del Con­sejo Municipal, deslJués de sufrir dos debates y reci­bir la aprobación, en Guadu~s á veintitrés de enero de mil novecientss nueve. 1:1 Presidente, ROBERTO WILLS -El Secreta.rio interino, Miguel Hill&apil. Alcaldía Municipal-Guadua5, enero treinta de mil noveci.ntoa nueve. Publíquese y ;j~cútese. Remítase ... la Gobcl nación del Departamento para lo! fines legales con!Jiguientes. JULIO E. TOVA R-AI,,1 GtllrrerD, Secretario~ k.pública de Colombia--Departamento de Facat .. tivá-Gober· na.ción-Facatativá, mano 3 de 1909. Apruébase el Acuerdo sobre Presupuesto de Renta. y Gastos pan el Munkipio de Guaduas en 1909, con las si~uientes modificaciones: I!- Suprímese de 101 In~rcso! la partida .etialada con el núm~ro 19 en la Sección de Ren. tas, por v;tlor de ......................................... $ 1.025 ..• 2.· SustitúyCJC la partida suprim'da, por cita otra: auxilio del Departamento para la defensa de la ciudad cúntra las avenidas del río San Francisco................. 1.000 .... Cantidad en que quedan disminuídoJ Jos In¡¡resos ............................................ $ 3!- Rcdúcense en las siguientes cantidades la¡¡ partidas rara ~astos cuya imputaci6n se expresa en seguida: CtljJllulo 2.o-DtpRrtame1lto Ltgislati'l'o. Artículo 3? Sueldo anual del Secreta-rio del Consejo, en ....•.•• _ ............. $ ,,8 Artículo 5.0 Para mobiliario del Con- »cjo, en................................................ ........ 6 Capitulo 4- O-Dljttrtamlllto dI Justicia. Artículo 10. Sueldo anual del Juez Mu-nicipal, en ............................. _ • • • ............. 120 Artículo 1 I. Sueldo anual del Secreta-rio del Juzgado, en........................................ 60 •• Capítul() 5.o-Dejarlllml1lto dI G()bierno. Artículo 15. Sueldo anual del Secreta-rio de la Alcaldía, en.. ................................. • 60 •• CapítulD 6?-DepartR1fU1Ito dI P~lic'a. Artículo 17. Sueldo anual de tres A~en-tes de Policía, en............................ ...•••.•... 120 •.•• Artículo "18. Sueldo anual del Inspec-tor del Matadero público, en •••••••••• ......... 48 -. Artículo 19. Sueldo anual del Fontane-r. público, en ••••• _.................................... • 24 •..• Pasan ................................ $ 486 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 288 FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO \Tienen ............................... $ 486. _ Capitule 8. 0 -Dlpartamellfo de Caminos. Artículo 29. Para 101 gastos que de· manden las vías del Municipio, en....... ......... 27« Capítulo 10.w-DtjJartam!1tto dI Gastos Im-ptlfJist os. Artículo 34. Para composición de pe-sas }' medidas. ............. ......... ........................... 6 Artículo 36. Petra las reparaciones que ocasione el reloj público, en................. ......... 6 98 Artículo 37. Par2l ga5tos Imprevistos, en 20 Suma ................ -........ $ 546 42 ....... Impruéhase la partida votacia en el artículo 9? elel capítulo 3?; Departamento rle Hacienda, para arrenciamiento cie local de la Tesc,rería ........ __ ......................... _ _ _ _ 12 Suman las deducciones.... . 5.· Consirlérese inrluído en el Pre~upuesto de Ga tes el 5iguicn te artículo nuevo: CfIpítU lo 7?-Departamt1Jto de Obras Pttblüas. f\ rtículo. Par.1. construcción de u¡)a muralla que sirva ele rlefcllsa á la ciuciad contra las aveni:ias del río Sétn Fra,)ciscCl ............................................ _ $ 1.000 RcsUIllt:p comparativo conforme á las modifica­ciones : ~ Suma el tútéd de Ingresos $ 5 069 36 SumAn los EJresos_ - .......... 5069 36 Querla lLÍ eliminado d superávit. ELISIO MhnIN -El Secretario G neral, RA­F AEL M. GAITÁN. NO OFICIAL NOTICIAS POR CABLE Fort de FranCl, 7 de abril-Castro acaba desembarcar esta mllfiana á las nueve con su Secretario y sirvientes. Parece muy fatigado, y cree que su estado de !:ialud no le permitirá apode­rarse del poder; que él no tiene ninguna intención bélica y que nuiere regresar á Venezuela á ocuparse de sus asuntos particu­lares. Está muy molesto con la medida del Gobierno inglés y furioso contra la Compañía Trasatlántica, á quien acusa haberle engañado ofreciéndole llevarlo á Trinidad en toclo caso, ó con­ducirlo á Colón. La señora de Castro y su comitiva "Continuará en viaje para Venezuela. _ Fort dI! Fm 11 ce, 8-Castro manifiesta abiertamente su có­lera contra Gobierno Británico y Estado Wáshington. Hoy des­embarcó aquí del Guadalupe para tomar alojamiento en tierra, habiendo encontrado cerrados para él todos los puerto:) de las Antillas occidentales, excepto Fort de France, no quedándole de consiguiente á él nin r ún otro camino abierto. La esposa de Castro seguirá en el Gllada/ujJe para La Guaira. París, 8-Espér ase que la reunión del Episcopado francés en Roma el 18 de abril, con motivo beatificación de Juana de Arco, resulte en importantes decisiones, con respecto á la acti­tud política de les ca tólicos franceses en 10 porvenir. Quito, 10.- General Castro. de Fort de France, rechazó notificación oficial de expulsión del territorio venezolano que intentó hacerlos. Entrevistado, dijo, irá Sant Thomas, Anti­llas, para esperar allá con serenidad desarwl\o acontecimientos. L01utres, lo-Despachas recibidos de Nápoles comunican que en Jericam se quitó la vida el anarquista Mackersom, arro­jándose á la plofunda -quebrada de Lorregabak, cerca á Nápo­les. La policía asegura que Mackersom fu(' ~ Nápoles semana pasada con propósito de asesinar á Mr. Rooscvelt, pero que se quitó la vida por no haber podido cumplir la cOlL isión. Puut() Espai!a, 11- El Gobierno británico ha resuelto, de­bido á urgente petición del Departamento de Estado de Wás­Jlington á la oficina extranjera, no permitir el desembarco de Castro en Trinidad. Wáshillgtoll, 1 (-De acuerdo con los respectivos Estados Americanos y Europeos, teniendo en miras el mantenimiento del ordcn y la paz en Venezuela, el General Castro no podr' desembarcar en Poitapitreforh de France, Trinidad, Colón y Sabanilla. Así se lo notificó hoy el Capitán del Gttad(f/~upe á su llegada á Poitapitre. ANUNCIOS EMPLAZATORIO El Juez Municipal de Facatativá HACE SABER Que en el ejecutivo de Gregorio Puía contra SerajJio Sáfl­cluz, por auto de fecha veintidós de febrero del corriente año, se decretó el embargo depósito y avalúo de los derechos y ac­ciones que le correspondan ó puedan corresponderle á Serapio Sánchez en la mencionada casa, y alinderada así: por el frente, caBe de por medio, con casa de Francisco Pacheco ; por el cos­tado izquierdo, con casa y solar de Pantaleón Cancino; por el derecho, con casa de Aureliano Vera; y por la espalda, con solar de Heliodoro Rivera y Ventura J:\ojas. y para dar cumplimiento al artículo 200 de la Ley 105 de 1890 se fija el presente en un lugar público de la Secretaría, por el término de treinta días, hoy catorce de abril de mil nove­cientos n ut've. El Juez, LUIS F. LATuRRE-Julio Cijuentls B., Secre­tario. Es copia- Facatativá 13 de 1909. 3- 3 Carlos J. Ca macho, Secretario interino EDICTO EMPLAZATORIO El Juel del Cirwito de Guaduas HACE SABER Que por auto de fecha treinta de septiembre del año próxi­mo pasado ha sido aceptada la tercería coadyuvante, introdu· cida por el doctor Carlos Gamboa, como opoderado del señor Félix M. Chacra, en el juicio ejecutivo promovido por este se­ñor contra el señor Aristides Tobar, por suma de pesos. y para los efectos expre!:iados por el artículo 223 de la L y 105 de 1890, se fija el presente edicto por núventa días, conta­dos desde hoy veintinueve de marzo de mil novecientos nuev , en el lu gar cOlrespondicnte de la SecretalÍa dt:l Juzgado. E l Juez, P ABLO V. GÓ fEl - EI Secretario, Jos! J.Vallue! Satldillo. 3 - 3 Es copia -J. ilf. Sandilto, Secretario. EDICTO En el JUIcio de sucesión Je DomiHgo Garavit(), le dictó este auto: .' Jut.rado 1.° del Circuit#-Facatativd, ,cttlgre vli,zlidós di mil 110- vu;enlos ocho. Tiénele al doctor Belisario Rodríguez ~omo apoderado de Custodio Rodríguez, en Jos térnJinos del anterior poder, el que se copiará y le pondrá en conocillliento de los demás interesa­dos para los fmes legales. Notifíqucse. H. CASTRO F. - J. HlrnáfJ.dll ilva, Secretario." y para notificarlo se fija el presente en lugar público de la Secretaría, hoy veintiséis de enero de mil novecientos nueve, por treinta días hábiles. Vega Ranjll, Secrttario. Es copia-Facatativá, febrero doce de mil novecientos nueve. 2-:1 P,drp Viga Ranjll, Secretario en propiedad. EMPL.\ZATORIO El Jue% l'rftmicipal de Vil/eI.1 HACE SABER Que en el juicio ejecutivo seguido por la sefiora Alejandrina Hernánde% contra tI señor Patricio Guzmán, por pesos, y que ha ve­J\ ido en comisión á este Dcspacho, se ha decretado el embar2"o, avll.­lúo y depósito de los derechos y aceiones que le corresponden ó pue­dan corresponderle al ejecutado Patricio Gu%má.n, en la sucesión de la señora Anastacia Bustos de Guzmán, vinculados en una casa de adobe y teja, en esta población, y un terreno denominado El Dia­mante, situado en esta jurisdicción; estos derechos y acciones hlm sido denunciados para el pago. y para dar cumplimiento" lo dispuesto .n el artículo 20~ de la Ley 105 de 1890, se cita, llama y empI.:z:1 á todos los que se cre~1I con derecho á los inmueblcs embargados, para que dentro del térrnmo de treinta días se presenten j, hacerlo valer en juicio de tercería, y se fija el rresent~ en lugar plÍblico d. la Secretaria, hoy veinte de Junio de mi novecientos ocho. El Juez, ANTONIO DE J. ORDOÑEz-Agapito León, Se­cretario. 3-1 Es co ia-Agapito Ltón, Secretario. IMPRENTA DEL DEPARTAMENTO Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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Facatativá: gaceta departamental - N. 39

Por: | Fecha: 31/05/1909

FACATATIVA · .... , G .ACETA DEL DEPARTAMENTO AÑO 1 República de Oolombia-Faoatativá, 31 de mayo de 1909 NUMERO 39 CONTENIDO PIi~jDa8 GOBIERNO NACIONAL Ley númerO 9 de 1.909, sobre conversión del papel moneda por moneda metállca . _____ .----------- ••• -•• _. ______ .____ 305 Ley ~úmero 10 de 1909, que organiz;a los Consejos Administra-tlYOS Departamentales .• ____ .--.- ••.• -_. "'-' ._._ ._._.. 305 GOBER ACIÓN Secciólz EleccÍfmaria Telc¡ramas sobre elecciones . __ ••• _ ••• _. ____ ._ . ___ •• _ •• _... 306 Gobierno y Justicia Deereto número 114 de 1909, por el cual se crea un empleo y se hacen dos nombramientos ..•••.. _ .. .. _ - ___ -_ •• __ • __ • 307 Decretos números [15, 116 Y 1I7 de 1909, por los cuales se ha-cen unos nombramientos. ___ o _. ___ •••• __ • '_" ._ •••• __ •• 307 Decreto númerQ I J9 de 1909, por el cual se concede una licencia )' se hace un nombramieuto en interinidad _____ • _.... •••• 308 Decretos números 121, 122, 123 Y 124 de 1909, por los cuales se hacen unos nombramieJltos ..... __ o •• ___ • __ • ___ o •• ___ o 308 Resolución número 21 de 1909, sobre rebaja de pena......... 308 Sentencia n~m.ero 6 de 1909, por la cual e confirma un auto de sobreselnllellto ••.•• _ •• _ ••• , __ ............ , •••.••.••• _.. 308 Hacienda Balancl! del Libro General de Cuenta y Razón de la OficiM de C~ja del Departamento, •• __ ... --- . . .... -... _____ ..... 309 Stcció" de EJtadística Cuadro que ~ani.fiest .. el movimiento de la propiedad raiz;, de cuatro CIrCUitOS del Departamento de Cundinamarca. _.,. 310 Illstn(cciólt PúNica D_cr t s nÚlOl~r(S 35, 36, 37 Y 3 ' de 19°9, por los cuales se ha-cen unos nombramierlto ...•• " __ -oo •••••••••• __ • _. ___ • 3It Obras Publicos Decreto número 102 de 1909, por el cual se suprime un empleo. 311 Decreto númerO 113 de '.909, por el cual se crea un empleo y lie hace un nombramlento_ ...... .. _ .... _ •• __ ••••• _ •• _.. 3II AmUtcios Edicto!!. ,~- ••• _-- •• __ • _ ..•. _ ••• _ •• _ •• __ ••••• _ ••• ____ •• ,JI Y 312 RECIBO DEL l, DIARIO OFICIAL" Hoy siete de mayo de mil novecientos nueve se recibieron en la Gobernación los nú· meros 13,636 á 13,644 del Dia-r¡"o Ojicz·al. El Oficial de Gobierno y Justicia, lVIANUEL LARA O. GOBIERNO NACIONAL LEY NUMERO 9 DE 1909 (7 D~ ABRIL) sobre conversión del pa rel moneda por mon~da metálica. La Asamblea Naciollal Comlilltyente y L egislativa DECRETA Artículo 1.0 Los fondos extraordinarios que entren al Tesoro Nacional y que no figuren en los Presupuestos vi~ gentes, así corno las economías que puedan obtenerse en los mismos Presupuestos, serán destinados exclusi vamente por el Gobierno á la conversi6n del papel moneda por moneda metálica y á la conscn'3.ción de la fijeza del cambio soine el Exterior. Podrá tambié!1 de~tinarse á este objeto la Renta de Ta­baco en la forma que se estime conveniente. Artículo 2.° A utoríza ~ e igualmente al Gobierno para decretar la formaciún de Cajas de Conyersión á cargo de una] unta compuesta de tres miembros principales y tres suplente', que seril~ responsaules de la ejecución y cump1i_ miento de las atribuciones que se les confieran y de los fon .. dos que se les entreguen. Artículo 3.0 Autorízase á la Junta Nacional de Amor­tización para camoiar la moneda deteriorada, sea de las emí· siones antiguas ó de la emisión inglesa, por otra de mejor calidad, aunque no reúna las condiciones exigidas por el artículo 10 de la Ley 35 dc 1907. Artículo 4.° Para los efectos del artículo anterior la J unta incinerará sin demo ra los billetes deteriorados que cambie y llevará una relación circunstanciada de todo, que se publicará diariamente. Del cambio se extenderá una di ... ligencia, que deberá firmar el interesado, cuando la suma cambiada excediere de diez mil pesos papel moneda. Artículo 5.° El Gobierno podrá prorrogar por un tér­mino mayor del indicado en el artículo 6.° del Decreto Le­gislativo número 47 de 1905 el plazo para la circulaci6n de billetes de emisiones antiguas, mientras dure la crisis econó­mica producida por la escasez de medio circulante. Artículo 6.0 Los contratos que el Gobierno celeble en virtud de e ta Ley y para poner en práctica la Ley sobre descentralización administrativa, no necesitan de ulterior aprobación del Cuerpo Legislativo. Dado en Bogotá á siete de abril de mil novecientos nueve. El Pre idente, AURELJO MUTI -El Secretario, remr­do Al rubIa. Poder Ejecutivo-Bogotá, abril 7 de 1909. Publíquese y ejecútese. El Ministro de Hacienda y Tesoro, LEY NUMERO 10 DE 1909 (12 DE ABRIL) R.REYES N. CA?>1ACIIO .. que organiza los Consl'jos Administrativo. Departamentales. La Asamblea Nacional C01lslilttymtt y Legislativa DECRETA Artículo 1.° En cada Departamento habrá una Cor­poración llamada' Consejo Administrativo Departamental, que reemplaza á las extinguidas Asambleas en el desempe­ño de las antiguas funciones administrativas que correspon­dían á aquéllas. Artículo 2.° El número de Consejeros en cada Depnr. tamento será de nueve, t!1 el cual tendrán representación las minorías conforme él. las leyes. Artículo 3,0 Los Consejeros ser~n elegidos por los Con­sejos Municipales en la forma siguiente: El día 1.° de no iembre de cada dos años se reunirán los Consejos ~1 unicipales en sus respectivos Distritos y de­signarán á uno de sus miembros para que en representación del Consejo concurra á la capital del Departamento el día que señala esta Ley á formar la J unta Electoral que debe elegir los Consejeros Departamentales. Artículo 4.° El ciía 1 S de noviembre del año en que corre~pollda.. la elec"ión d~ Consejeros, se reunirá la Jun ta Electoral de que habla el artículo anterior en la capital elel respectivo Departamento, y una vez instabrla nombrará Pre­sidente, hecho lo cual procederá en ti mismo día, ó á más taruar en uno oe los dos siguientes, á nombrar lor.¡ n~eve Consejeros Departamentales princi pales y nueve ~uplentes . La elección se hará p,;r mayoría cie votos y se tendrá ell cuenta lo dispuesto en el artículo 3 -: de 1.1. Ley 4 ·! dl! '90 S' Artículo 5'° Lo:; suplentes son per!!onales y entrarán Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO ~ reemplazar en las faltas absolutas 6 temporales al princi­pal respectivo, llamados por el Consejo. Artículo 6.0 La Junta Electoral de que habla esta Ley 'DO podrá funcionar sin que en ella esté representada la ma­yoría absoluta de los Consejos Municipales del Departa­mento. Artículo 7.° El período de los Consejeros Departa­mentales será de dos años, contados desde el dta L° de ene­ro siguiente á su elección, fecha en la cual deben instalarse los Consejos en la capital del Departamento, por derecho propio, en sus sesiones ordinarias y con la mayoría absoluta rá sancionar­Jos, sin perjuiclO de lo 4ue se dIspone en el artículo si­guiente. Artículo 13. Los Acu rdos de 10<; Consejos Departa­lentale' p man . er su:pendwc s por el Gooernador y anu­lados por ia Corte 'uprema cuando sean contrarios á la onstitución, él las leyes de la República o violatorios de dere hos ci \ j le:. Parágrafo. La anulación de los Acuerdos I odrá ser 0- icitada por el Gobernador, por el Fi Ce 1 dd Tribunal 6 por los parti\...ular~ I dentro de los tréinta uÍa .iguientes á la pu- 1blica 'ión dI; dirhos A uerdos. Artí 'U\O 14. La su pensión de un Acuerdo ordenado por 1 Gobernador se consu tará con el Gobil:rno por on­ducto del Jinisterio del Ramo, quil:n podrá reformar Ó re­ocar lo resuelto por el Gobernador. Artkulo 1 S. Para la anulación de los Acuerdos, la Cor­te Suprema procederá de conformidacl. on lo tli~puesto en la Ley 38 de 1905, respecto á las ordenanzas departamen­tales. A rtícu lo ] 6. Los empleados creados por los Consejos Admini!ltraLÍvos para el ~ervicio del Departamento serán nombrados por el Gobernador ó por el Jefe de la Oficina á la ual se destinen, según el caso. Artículo J 7. De las excusas y renu ncia de los Conse­jeros conocerá el resp<.:ctivo Con 'ejo, y en recesu de é. te, el obernador. Artículo 18. Las funciones de los Consejcs Departa­mentales serán las señaladas en el Acto reformatorio de la Constitución, exp ~d ielo en el presente año bajo el número 1.°, de fecha 29 de ~1arL.O. Artículo 19. Ji.l rc:glamento del Consejo será el de la antigua A. am blea respectiva. con l;.lS modificacio~1e!-í que el nlismo Consejo estime con cnipnte introducirle en armonía con esta Ley. . Artículo 20. Los sueldos y viáticos de los Consejeros y de los empleados del Consejo los tijará el Gc)l>e rnador, con apro:Jarión del Gobierno. El gn'-to que ocasionen será de ~arg del respectivo Departamento. Artículo 21. Lo. miembros de la Junta Electoral ten­crán derecho á que se ll:s abonen p J r el lkp.utamento los gastos de \·jaje. Artículo 22. En lns términos de la presente I ,t .. y que­dan reformado los artículu 118 á J 5 ( al, y el artículo 6.° de la L L'y 3S d J 905. .S Dada en Bogotá á seis ~ f-c ~ f-c ct:: U ~ ~ .o... ('t') CUADRO QUE MANIFIESTA EL MOVIMIENTO DE LA PROPIEDAD RAíz DE OUATRO CIRCUITOS DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA, DURANTE EL SEGUNDO SEME~TRE DEL AÑO DE 1907. INSTRUMENTOS An ticresis . . . . . . . . • . • . • • • • . . . • .. . ........... . Arbitramentos ....... . ...........•........... Compraventas .....•...............•. o ........ . Cancelaciones ..................•.............. Cancelaciones de hipotecas ................... . Cancelaciones de embargos ................... . Donaciones .. . .....................•........ Demandas civiles. . . .•• . . . .•..... . . . . . . . •.. .. Embargos. • ... • . . . . . . . . .. .. ...... . .••..... Hipotecas ... . . . .. . . . . ..• . . . . .. . ............ . Instrumentos privados............ . ......... . Limitación de dominio .... '" . .. _ ....... - .•. _ . Perlnutas .................... _ ............. . Particiones ....................... _ ....... ' ... . Promesas de contrato .. __ .................... . Protocolizaciones ................ _ . .......... . Remates forzosos por créditos hipotecarios ..... . Remates forzosos por créditos comunes .... . .... . Remates voluntarios ...... , . . ..... , ........ . Sentencias definitivas ejecutoriadas.. ..... '" Testamentos .......•......................... Títulos de minas ............. .... ............ . Títulos de baldíos- . . ....................... . Títulos de privilegios ......................... .. FACATATIVA .. '=0 ~~ e E E~ ':::o ::ac Valor mpesos oro C> ~,= Ej! C> c:: c::'- 'e.... ,-.¡:,; ~ .=... ., ..,-S ,.,~ c> E ,~~ ::z: CIRCUITOS ANOLAIMA GUADUAS C> ... ~ ,~ Valor c:: -; ~ E~ "'c g_E E E en p(SOS :~~ .., => ,~.J:; oro t- -= Valor m puos oro 11---1----1-- 1--1---- 2 6J 219 52 29 23 4 36 36 3 10 20 1 4 4 9 35.000 IIo·758 45'9291 49.460 81.683 865 . I 1 11 $ 190 15 J7 ~:I 4 2 1 4,9891 25 6.2J 1 17.940 1.330 3.7391 20 15 2 91 14 I 6 12 7 $ ..... . 39.985 2·445 22.006 93.592 1. 20 40 40 VILLETA ~,r3 ."S'" "'" S3 ~i .~.: C>a I::;"~ _-d ,~b E: :;z:; Valor en puos (lro 2 1 $ 550 139 46.5 29 84 14 1 I 20 14 I 18 53.300 I 2 1.100 3 270 3 266 67 ~ I o ~ ~~ ~ ~ 11 ~~ ~ ~ Z ~ /:Il lf.I C!) Z :.a ~ .... < < a:> .", E-< A a~ o < .~.S ~() trl 'C...D. - de Anolaima, Albán, Bojacá y Zipacón, re pec­tivamente. Artículo 2.° Los Inspectores Local. suplentes, 1'0 podrán ejercer funciones de tales, sino en ausencia absoluta ó accidental de los señores Curas Párrocos, á quienes por derecho propio corresponde ejtrcer el cargo como princi­pales. Comuníquese y publíquesc. Dado en Facatativá á 20 de marzo de 1909. ELI 10 M ,DINA-EI Superintendente de Instruc­ci6n Pública, BERNARDO CAYCF.DO. D.c CRETO NUMERO 37 DE 1909 (29 DE MARZO) I por el cual se hace un nombramiento. El Gobernador del Dfpartamento en uso de sus facultades legales, DECRETA Artículo único. Nómbrase á la señora Virginia Peña de Cubillos, Directora de la Escuela rural alternada de Satl­la Inés, en jurisdicción del Municipio de Sasaima. Comuníquese y publíquese. Dado en Facatativá á 29 de marzo de 1909. ELISIO MEDIN A-El Superintendente de Instruc­.: i6n Pública, BERNARDO CAYCEDO. DECRETO NUMERO 38 DE 1909 (30 DE MARZO) por el cual se hacen unos nombramientos. El Goberttador del Deparfam'luto en uso de sus facultades legales, DECRETA 1\ rtíc1.l10 único. N 6m brase á las señoritas Ester Guz-mán y Teresa Hernández, Directoras de las Escuelas ru­rales alternadas de La Sierra y El Halt'llo, en los Municipios de Quipile y Guaduas, respectivamente. ~ Comuníquese y publíquese. Dado en Facatativá á 30 de marzo de 1909. ELISIO MEDINA-EI Superintendente de Ir.struc­ción Pública, BERNARDO CAYCEDO. OBRAS PUBLICAS DECRETO NUMERO 102 DE 1909 I ('0 DE ABRIL) por el cual se suprime un empieo. El Gobernador del Dtparlamttlfo en uso de sus facultades legales, DECRET."- Artlculo úrJico. Suprímese desde ell.o de mayo próxi­mo venidero el puesto de Inspector General le caminos del Departamento, creado por Decrdo número 70, de 3 [ de diciembre de 1908. Publíquese. Dado en Facatatiyá á 20 de abril de 1909. ELISIO MEDIN A-El S cretario General, RAFAEL M. GAr1'J\.N. DECRETO NUMERO LI3 DE 1909 (30 DE AnRTL) por el cual se crea un empleo y se hace un nombramiento. El Gobtnzador del Dt"partamclllo en uso de sus facultades ltgales, DECRETA Artículo único. Créase el puesto de Inspector Fiscal de la Renta de caminos que manejan lrs Municipios del Departamento, on la asignadón mensual de $ 70, Y nóm­bras para dC~tmpcñarlo al señor General Silve~tre Luque. ComullÍquese y publíqucse. Dado en !
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Por: | Fecha: 27/03/1909

...... GAC8:TA DEL DEPARTAMENTO AÑO 1 República de Colombia-Faoatativá, 27 de marzo de 1909 NUMERO 2S OONTENIDO PlIgina. GOBIERNO NACIONAL Desastre revolucionario-Circular urgente .•••••.•• _.. .••••• 217 Mensaje que el Excelentísimo seiior Presidente de la Repúbli. ca dirige á la Asamblea Nacional Coo'Stituyente y Legis. la ti va . • • • •. . . . • •• . .• _ •. .. .•• . .•••••••...•.••••..•• • • 219 Proposición aprobada por la Asamblea en contestación al Men· saje anterior...... ..••.• ...••.. .••• . ••. ..•..• .•.. .••• 221 G0BERNACIÓN Gobierno y Justicia Decreto número 70 de 1909 por el cual se hace dos nombra· mientos ... •••...•.• " .• .. . ...••• ..••.• .••••• ......• 222 Decreto ntímero 71 de 1909 p'Jr el cual se adscriben funciones al Oficial 3. o de la Gobernación ........................ 222 Resolución número 9 de 1909 por la cual se concede una reb.l· ja de pt:na..... """"""" ..•.••• ..•••. .... ...• 222 Re olución número tI de 1909 por la cual se concede á Ignacia Barreto la gracia (lt' sufrir en las Cárceles de San Fran~is. co la pena que le fue impuesta .•.•.••••• s ..•••..•••.•. 222 Hacienda Decreto número 72 de 1909 p'Jr el cual se determina la manera como deben cubrir e los gastos de construcción de la casa de Gobierno .. ••............•.•••••••••..••••. .. • . ..• 222 Instrucción, P ;blica Resolución número 2. o de 1909 por la cual se cancela una beca en la El>cuela 'ormal de I nc;titutores del Departamento.. 223 Obras Públic(JS Decreto número 67 -le 1909 por el cual se un nombramiento en el 'Ramo de Caminos ~ ••• , ...••...•..... ,. "" ...• "._ 223 Decreto número b8 de 1909 por el cual se destina el Trahajo personal subsidiario para un clmino ....• ~.............. 223 Decreto número 6g de 1909 por el cual se suprime una Adu'l· nilla y se hace un nombramiento. .•••. .•••. . ....•• •..• 223 No oficial Edictos y remte...... ., ...•..•..•.....•...........• _. .... 224 -_._ GOBIERNO NACIONAL ... ..... _._ .. _ .. .... _ ..•.. __ ...... _._ .. _ .. -----_. .•.. _.. . _... ................... _... .... _ .. - DESASTRE nZVOLUCIONARIO CIRCULAR URGENTE Bogotá, 20 de mo/rzo de 1909. SEÑOR GOBERNADOR DE F AOATATIV Á Trasmito: BOLETIN número 12-Bogotá, marzo 20 de 1909. LA PRETENSION REVOLUOIONARIA Se publican en seguida las cartas co­gidas en Tumaco al señor Jorge Martínez, las cuales serán fotografiadas y los origi­nales puestos á disposición del público cuando lleguen á esta ciudad. Debe lamentarse que Olaya Herrera haya tomado nombres respetables en esta pretensión y que haya engañado á tanta gente como lo hizo en la noche del sába-do cuando citó al Jockey Cluh á varios ca .. balleros en nombre del Doctor Nicolás Es­guerra para constituír el Gobierno provi­sorio á unos, y á otros para redactar una petición al Gobierno. Las cartas dicen así: " Tumaco, 15 de 1narzo de 1909. :MINlSTRO DE GUERRA-BOGOTÁ Honor comunicar S. S. en vapor Qui­to, procedente Panamá, llegó Jorge Martí­nez. Señor Gobernador General Micolta habíame manifestado Barbacoas por telé­grafo que tal individuo era sospechoso y que con Gendarmería vigiláralo y oxami­nara correspondencia que trajera. Así lo hice. Entre las cartas que dicho individuo traía en la cartera, se hallaron las siguien­tes que tengo en mi poder, cuyo conteni .. do le trascribo textualmente. " Panamá, febrero 25 de1909. SEÑOR GENERAL DON GUSTAVO GUERRERO. Muy estimado amigo. Aquí me tiene usted en esta ............ hija de los desaciert.os _ y malas pasiones de algunos hombres de nuestra desgraciada tierra. En busca úl-tima ........ , ...... para los míos y para mí, no creo que la encuentre, pues el medio ......... . nos es hostil. Mi pensamiento, á pesar de ~odo, no se aparta del terruño querido y mis aspiraciones .............. tienen por objeti-vo único el bienestar de nuestros conciu-dadanos. ............ que............... ahora difícil situación económica. He tenido el honor de estrechar la mano al señor Don Jorge Martínez, quien va para esa ciud3.d y me ha prometido poner esta carta en manos de usted, en la cual quiero hacer constar una vez más mis sinceras simpatías por ese pedazo de la patria y mi agradecimiento por todos sus enérgicos habitantes de quie­nes en época reciente recibí tan señaladas pruebas de amistad y de cariño. El es car­ta viva y dirá á usted lo que sería difícil, dada la premura del tien1po, consignar en el papel. Ojalá que mi misión sea del agra­do de usted y que usted la justifique con sus .............. observaciones. Recuerdos á Don Benjamín, y con mis Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 2T8 FA!'"'" TATI ~A-G.\CE TA Dr:L DEPART.\ME lTO respetos para la señol"a de uS'~ed (O. ~1. B), qu o suyo siempre afectísinlo, P. ANGULO." observando estricta vig'lancia, princip - men+e á la llegada vapores procedel.ttis Panamá. S rvidor. ,( Panamá, 1narzo 11 de 1909. I IGNACIO RENGIFO." SEZ')I~ GEl EHAL DON Gu~'rA vo S. GUEnl{.EHO Pasto. ~luy distinguido amigo y copratidario: Ouatro años de tiranía y monopolio l1an desolado la patria conlún sin que na­die .:1áyase atrevido á levantarse en arrnas contra el tirano. Si esa conducta perdura, se c."istalizará el señor Ro) es en el poder y todcs los colombianos nos harelnosrespon­sabLs por la po.uividad de nuestra volun­tad . hoy las ciruunstancias pueden calnbiar si les Jefes dejan á un lado ............ atonía y r uerdan sus hechos heróicos y sus sor­vici ')s desinterosados. N o estaría bien que la j ventud les iera lecciones de patrio­tisn. o; pero sí lo está que la dirijan y en­cau en en sus 1110vinlientos y en 1 deci-ión usto ,lnuy distinguido General, goza en '"'a región de un lnerocido y alto pres­tigio: us órde 'les 'erían CUDlplidas sin pen. al las y . 'lIS Dlérit0S lo harán surgir COI..1 uno de los }l'hner08 salvadore e la p tria. J adie podría lucha' con lnás ventaja y con 11 ejor é.¿rito dadas sus 0Tan­des otes militar s y su inmenso prestigio. Además, ustod con sus 11loviJniento r s­pondería á otros que. e organicon en toda la RepClblica y que 1l1Uy pronto han de es­tallo r. Tres años hemo pasado fuera de la patria luchando in descanso y á costa do muchos sacrificios. Oon el porvonil' se ha­brá... de verificar sucesos qne justificarán ................. ser los prinlcros. En el canlpa-mento ................ usted la cau. a do la liber-tad lna de sus lnás legíLiul<. s y autoriza­das esperanzas. General, en usted esper 1 lOS. Santiago Rozo -Berceli ~o He/~nán­dez- Ped1~o León Acosta." Inn1ediatanlento reduje á prisión á Martínez en cuartel Gendarmería á cuyo J efe he ordenado mantene.:'lo ü .. comuni­cado y con seguridad necoc'aria 1 asta re­cibir órdenes . S. Dígne ~ .'nlpar irmela . Martínez trae un salv cond Icto do Leo oIdo Triana, Oónsul de Colcnnbia en el Pará. Hélne dirigido señor Goberlú1fl0I' dán­dole cuenta, he procedido Con mayoi' pru­dencia, tino posibl -s evitando alarnla. Aquí .reina tranquilidad completa. Oontinuaré " Tumaco 16-rnarzo de 1909. SEÑon l\ÍINI~THO GUEltnA-Dogotl. En equipaje Jorge l\Iartínez en on­tráronse siguientes cartas que renlitiré por correo junto con las trasmitidas ayer y que dicen tex t:almen e : ,( Panamá, rnarzo 10 de 1909. SI.Ñon GENEltAL DON GU':)'l'A y GUEunEHO. lVl uy estinlado alnigo : Adiciono Illi llltiIl1a del 25 del próxi­mo pasado. Las noticias que acabamos de recibir del interior de Colombia, especial­nlente de Oartago, ~fanizales, lVledellín, Bagotá y Cúcuta, traíd~s peL'sonabnonte por su paisano el pa+ ... lota Don Sa.1 uel I J O1'O'e Delgado, víctinla de la Ji' unía, son que b en osas ciudades, especiabnente en 1 Bogotá, en donde luestro agente el jo­! . ven, inteligente y p<:tl-riota ~nl'jClue Ola-j ) a IIerrera, ) el va eroso Gen rt P. Sar:- I t'ago Escobar, contanlOS con nUlnorOSl­! sÍlnos amigos de alta posic'ónl olítica y so- I cjal; en Bogotá con los. eñores ............ , ! ............ , ........ ; de los lIberales, ............ , ',' ............ , ............ , ........ , de los con~e 'va- . dores; y .... .... es I1"1 ]08, ................ , ........ eJ' ¡ hijos, y otros e los ind pendíonJ es, cuyo 1 ! nomo J.~es entolos le dará el General Jorge ~lartínez, portador el la prcson~o. El 0oe­ñor S~llnuel Jorge D(Jgado no . ., ha conflr­m: 1do lo que sabían10s por C~! ' as de Ola­ya I1e1'1 ')ra y es que la ju '"ent Jd de Bogo~ tá inflal ir.da n atriotisn1o 1.01' los folle­tos de . Pérnz T. y del infatiO'able y pa~ i triota J uan B. Pórez y Soto, que han cir­~ culado abundante y profusamente en todo 'l' el país, encabezarán el movimiento de res-tauración nacional al instalarse la Asam· ! blea T acional, 'Y que se tomará como ban­' 1 dera los Tratados con los Estadas U nidos y Panamá, ó cualquiera otra: . . En Medellín, Barranqullla, Manlzales ! (en donde está confinado el señor A urelio de Castro, quien inició por la pren a esta campaña cuando llegaba á Barranquilla el General A. Vasquez Oobo, la ha continua­do), en Oúcuta, etc. etc. etc., seguirán e! movinliento que estallará en Bogotá y aSl será unánime en todo el país y en pocos días caerá la tiranfa. Estas importantes noticias nos han de­cidido, al General Pedro León Acosta, á los Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. , FACATATIVA- GACETA DI:L Drp\RTA~rEST() I 5_ señores Santiago Rozo, Bercelino Hernán­dez y Salnuel Jorge Delgado, quienes están aqtú connligo, á obrar sin pérdida de tieln­po y hacer seguir para esa por el vapor Quito á nuest1"t) agente, el General Jorge Martínez, q ui8n le llevará cartas de los se­ñores Pedro Leóa Acosta, Santiago Rozo, Bercelino Hernández y Samuel Jorge Del­gado y á viva voz lo iInpondrá de todo el plan, que ya está maduro y cuyos resulta­dos son seguros. Le recollliendo hacer extensiva ésta á don Benjamín, con quien contamos. Quedo suyo s'ompre afectísimo, F. ANGULO." " Pa'ilatná marzo 11 de 1909. S EÑOR GENERAL DON GUgTA VO S. GUElnn~I10 Pasto Muy distinguido an1igo y partidario : Adicionanlos nuestra carta de esta nlisma fecha para decirle que estanlos im­puestos de la que con fecha de ayer diri­ge á usted nuestro Jefe el doctor F. An­gulo. El Gener 1 Jorge Martínez, quien sigue hoy en el vapor Quito, y es el agen­te para todo el Cauca, pondrá ésta en sus manos y le inforn1ará quien s son los otros en los flenlás Depal't lnentos, y además lo inlpondrá de todo lo que no es prudente confiar al papel. En el campamento espe­ramos abrazarlo. General, en usted confiamos. Pedro León Acosta- Santiago Rozo - Bercelino Hernández." Es de esperarse que en adelante los descontentos políticos no se dejarán enga­ñar tan fácilmente y que harán la oposi­ción al Gobierno ó á los actos que no les gusten, por medio del próximo Congreso de elección popular ó de la prensa, que debe tener amplia libertad para discutir todos los asuntos administrativos. Llama la atención que el comité revolucionario lo componen los organizadores del aten­tado del 10 de febrero. . Publiquen y hagan circular profusa-mente. R. REYES. MENSAJE que el FJxcmo. señor Presidente de la Re­pública, dirige á la Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa. Excmo. señor Presidente y H onorables Miembros de la Afamblea Nacional Constituyente y Legislativa. Vuestra Honorable Comisión, coro-puesta de los señores Diputados General don Víctor Manuol Salazar, quien con vuestro Presidente el General don Alfre­do Vás Llez Cobo y los Generales don D. Euclides de Angulo y don Carlos Cuorvo Márquez, dejaron su puesto en la Asam­blea para acudir á la conservación del orden social, y de los señores doctor don Antonio José Restrepo, General don A u­relio l\Iutis, docto~ don J osé ~Ianuel Goe­naga, General don Benito HeI'nández y doctor don Edmundo Cervantes, puso en nlis Jnano~ el 17 de los corrient8s ,a Reso­lución por la cual, "haciéndoos fieles in­térpretos de la voluntad N-a~ional, clara­mente nlanifestada por Ó "gano de las Mu­nicipalidades y de ln uchas firlnas de ciu­dadanoB", no aceptásteis la renuncia que os presenté de la Presidencia de la República. Contesté á vuestra C01n isión lo mismo que hoy repito á vosotros : "Agradezco profundanlente el voto de confianza que nle dan 1n18 cOln patriotas y obedezco sus nlandatos. N o insisto en mi renuncia, y mientras tenga su confian~a y su apoyo continuaré de~nlpeñando el puesto que 1no han señalado ; estaré pronto á renun­ciarlo ante vosotros misn10s ó ante el Con­ftreSo de e]e~r,ión popular cuya reunión habéis docretado á potición del Poder Eje4 c tivo, y repito mi pronlosa de prestar franco y leal apoyo, como element~l de· ber de buen ciudadano, al que se olI]a pa­ra sucederme. Servíos informar á la Hono­rable Asambloa que se ha dictado un de-creto por el cuaL so leyanta . el -estado - de . . .. . . sitio en esta ciudad, y que en todo el país reinan paz y tranquilida~ absolu~as." Las causas que motIvaron mI renun­cia son bien conocidas de vosotros por habéroslas explicado verbalmente, y son también conocidas de muchos habitantes de la Capital. La aguda crisis económica que sufre el país y que mantiene .el malestar general, crisis á la cual es preCISO atender con el mayor cuidado, así como las aspiraciones de los ciudadanos que desean el Congreso y las Municipalidades de elección popular cuya reunión ya habéis decreta~~, y l~ al­ternabilidad del personal admInIstrativo, produjeron en esta ciudad una v~va agita­ción que pudo haber tomado pelIgroso ca­rácter, porque era fom.enta~a y explotada por agentes revolUCIonarlos, como lo pruebaID los documentos que os hará cono­cer el señor Ministro de Gobierno y que se publicarán, por los cuales os impon­dréis de que se intentaba lanzar la Repú­blica en una guerra civil que habría dege­nerado en anárquica. Descubierto el plan, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 2Z0 FAC \TATIVA-G.\CETA DEL DEPARTAM ENTO que se ha hecho conocer por telégrafo en todo el país, ha sido considerado como una farsa vulgar; las personas engañadas han protestado enérgicamente, y la opi­nión unánime del país lo ha condenado. El -Gobierno seguirá atendiendo pr eferonte­mente á la conservación de la paz, y para esto aplicará con justicia, pero sin vacila­. .ciones, la Ley vigente sobre or den públi­.. co, para lo cual cuenta con la fuerza nla­terial necesaria, habiendo tenido que du­plicar el Ejér cito á consecuencia de los últimos acontecimientos ocurridos en esta ~iudad, Temerobo de que igual cosa pu­d iera suceder en otras localidades del país, nle separé temporalnlente del ejercicio d el Poder Ejecutivo, con el objeto de es­tar listo para acudir á la conservación del <>rden público en donde fuera necesario, y -os presentó nli renuncia de la Presidencia d e la República, en la esperanza de que la opinión públ' ca de esta capital, reacciona­ra justa y favorablenlenie, toda vez que con aquélla probaba que mi pernlanencia en el Poder obedecía sólo á nli deseo de servir á la Patria. N o sucodió así en esos nl0111 ntos, y los la111entables sucesos del sábad 13 del pres nte, justarnente califica­dos (le anál quicos por la opinión general, se encargaron de dell10strarlo. El domingo 14 de marzo, por exigen­cia del señor Designado y do acuerdo con el Consejo de ~Iinistros, reasumí el ejer­cicio del Poder, y en cOlnpañía del lni nlO señor Designado y de los señores ~Iinis­tros del Despacho, presté preferente aten­ción á las Inedidas necesarias para el com­p leto restablecinliento del orden, lo que se consiguió feliznlente sin la muerte de un solo hombre . . El Designado, GenerallIolguín, quien con patriotislno y sereno valor , supo co­locarse á la altura de tan difíciles circuns­tancias, había decr etado el estado de sitio en que permaneció Bogotá durante cuatro días y que ayudó poderosalnente al afian­zanlÍento del orden. Para apoyar al Go­bierno en la defensa de los intereses so­cial s acudieron importantes ciudadanos de todos los colores políticos, y ll1illares de voluntarios de Zipaquirá, Facatativá y lllultitud de poblaciones de la Sabana y de sus cercanías ; y en Tunja, Duitulna, So­gamo o y o ~ r~a ' localidades se organL¿aron en pocas horas Divisiones de old:-ldos que ya se han lie nciado y han vuelto á sus llogar s. El día 16 Pl' ~enciást id la 11lanifesta­ción espontánea, pl.tI·iótica y ord ... ,nada de lnás de veinte lnil personas de t do~ los grelnios sociales que desfilaron por frento del Palacio Presidencial, lnanifestación á que asistieron no solanlente los ciudada­nos notables sino comisiones de los Oole­gios de Bogotá, con sus respectivos Recto­res. Allí estuvieron representados el· Co­legio Mayor de Nuestra Señora del Rosa­rio, con su ilustre y evangélico Rector, Doc­tor Rafael María Carrasquilla ; los Reveren­dos Padres J esuitas; la Univer sidad Re­publicana, con el doctor Antonio J osé I r egui, etc. etc. F ue aquel un espectáculo de grandísima inlportancia social y políti­ca, porque fue una prueba muy elocuente de la cultura y patriotisnlo de la Capital, en la cual se distinguieron por su correc­ción y 1110ralidad, lo mismo que en todos los acontecimientos anteriores, los artesa­nos y trabajadores. Por telégrafo se ha cOlnunicado día­rialnente á las capitales de los Departa­mentos y á todas las ciudades iInportan­tes noticia de los sucesos de Bogotá, y por las contestaciones hasta hoy recibidas, que se están publicando, puedo infol'111a­ros que en toda la República hay ab 'oluta tranquilidad y se ha levantado una enér­gica protesta de adhesión al gobierno y las in tituciones y de apo iO á la paz, qu es el lnás vehelnente anhelo nacional. Tam­bién puedo aseguraros que la Concordia política de la fanlilia colonlbiana ha salido triunfante d . la dura prueba á que fue sometida, y es hoy más sólida que nunca. Como tuve el honor de lnanife~táros­lo en mi 1Iensaje de 22 de febrero p óxi­lno pasado, ha sido y es vehelnente deseo del gobierno, y es también la opinión de gran número de ciudadanos, que se con­voque á elecciones Jara mi'Jn1bros del Ouerpo Legislativo, deseo y opinión que han quedado satisfechos con la expedición de la Ley por la cual habéis señalado fe­cha fija para la reunión del prinler Con­greso de elección popular. El Gobierno considera conveniente anticipar esa fecha, y haciendo uso de la facultad constitucional que tiene al efecto, decretará que las elecciones para mieln­bros del Oongreso Nacional se hagan in- . nlediatamente, á fin de que el Ouerpo Le­gislativo se instale lo más pronto posible y s ocupe en decretar las le) es que de­ben reemplazar las facultades de que el Poder Ejecutivo está investido, facultades que en adelante deben ser privativas de las Cálnaras Legislativas, que es ya tiem­po de que ejerzan todas sus funciones consti tucionales. Oomo la política es ciencia experi· inental, este Oongreso se ocupará en ha .. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. FA(ATJ\TIV '\-GACETA DEL DEPARrA~rE:'\'TO 221 !!!i _ cer las rectificaciones convenientes á la Ley de división territorial que expedísteis en vuestras sesiones pasadas, y al sistema rentístico en general, así como en estudiar las disminuciones posibles en el Presu­puesto de Gastos, en cuanto lo permita el buen servicio de todos los ramos de la Administración Pública. Los trabajos Legislatiyos para que fuísteis convocados á vuestras presentes sesiones extraordinarias, que serán las úl­timas de la Asanlblea Nacional Oonstitu­yente y Legislativa, puesto que el Con- - greso de elección popular debe reemp1a­zaros, tocan ya á su término. Solamente os falta considerar los Presupuestos N a­cionales para la presen~ e vigencia econó­mica; un proyecto de ley fiscal que el Mi­nisterio de IIacienda y Tesoro someterá á vuestro estudio y Cu) o objeto principal se­rá buscar la conversión del papel nl0neda, obteniendo la firnleza legal de su valor, ) a por Inedio de Cajas de conve1~sión, co- 1110 se hace en el Bn.!sil y en la Argentina, ó por medio de juiciosas cOlubinaciones bancarias, destinando h est exclu ivo ob­jeto los fondos xtraordinarios que por cualquiera causa en ren al Tesoro Nacio­nal y las econon1Ía;:, que puedan obtener­se en el actual PrcslJpuesto de Gastos; las refornlas constitucionales que sean conve­nientes para facilitar los trabaj os del pró­ximo Oongreso, y los demás asuntos ur­gentes. El problema fiscal, en sus relaciones con el cambio y la escasez de nunlerario, es á mi modo de ver el asunto de mayor inlportancia que en la actualidad tiene el país después del económico, el cual, sino se resuelve pronto y convenientemente, pue­de ser un constante peligro para el orden público. El Gobierno considera que para tra­tar estas importantes cuestiones es conve­niente aumentar el número de los Diputados de la Asamblea Nacional, en diez y seis miembros, á razón de uno por cada uno de los Departamentos que existían antes de la última división territorial, Iniembros que deben ser elegidos por juntas de ciu­dadanos notables de todos los gremios, que se reunirán en las respectivas ciudades ca­pitales, para que de este modo los nuevos Diputados traigan á vuestro seno el con­tingente de sus capacidades y de las nue­vas opiniones que priven en el país des­pués de los últimos acontecimientos, y de las medidas que para la conservación de la paz y del orden social, sériamente ame­nazados, ha tomado el Gobierno. En desarrollo de esta idea el señor Ministro de Gobierno someterá á vuestra consideración el correspondiente proyecto de ley. Abrigo la confianza de que en unos pocos días más terminaréis conveniente­mente vuestras tareas, y de que al clau­surar vuestras presentes y últimas se­siones llevaréis la grata satisfacción del deber lealmente cumplido. Asímismo es .. pero que la N ación entera sabrá apre­ciar y agradecer vuestro prtriotismo y vuestras intensas v benéficas labores le­gislativas, que se~virán de ait I ejemplo al Con greso de elección popular que os reemplace. ] nstaJado éste, el Gobierno podrá continuar ocnpándose prefet"'"ci..teme II te en aten :ler á la Administración Pú blicJ. en sus diversos ramos, conforme á las leyes que dicte el Cuerpo IJegislativo como representante genuino del pueblo que 10 ha elegido, y así quedarán defi­nitivanlentc restablecidas lds prácticas republicanas, cuya base esencIal es el voto popular, del cual hubo que pres­cindir temporaln1ente en fuerza de lac; circunstancias excepcionalmente anor­males en que quedó el país después de la última guerra. R. !{EYES Bogotá, marzo 20 de 1909. PROPOSIOIÓN APROB D.A POR LA ASAMBLEA EN CON1'E~rrACI6N .AL 11ENI$AJE ANTERIOR "La Asamblea Nacional Constitu­yente y Legislativa, se ha impuesto ~on gran satisfacción del importante Mensa­je del Excn10. señor Presidente de la República, que acaba de presentar S. S. el :\1 inistro de Gobierno, acoge con bene­plácito los patrióticos conceptos de ese documento y dará preferente atención á los proyectos de ley que en armonía con él sean sometidos á su estudio. Al lnis­mo tiempo deja constancia que está dis­puesta á prestar su apoyo y adhesión á los proyectos que, como el presentado y los otros de que habla el Mensaje, con­sultan las necesidades actuales de la Re­pública y bienestar general del pueblo colombiano.' , La anterior proposición fue apro- . bada por unanimidad de votos. El Ministro de Gobierno, MARCELIANO VARGAS Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. F.\Ci\ T,\TIVA - G.\ Ct.TA DLL DEPAP'L\MENTO ~------- -~,. - ---_._----- ---~=~~----.-------::---:::------" a GODIE lI ... TO y tJUSTICIA DECP ETO ~U:\lJ.:RO 70 D~: 1909 (9 DE MARZO) por el cual se h.1 ~n dos nombramientos. .!JI Cobtrnador del Dt'parlalllmlo en uso de uso bcuita les legales. Artículo 2.° Las cueLLlS dep l.rlamentales anteriores al 1.0 de octuure de 19°8, cuyr) juicio no hubiere aun termina­do, continuaran á cargo dd Oficial de Hacienda. Artículo 3.0 1-<,1 de. pae hn de los asuntos que cursen en la Secretaría Gen mI fe lli "tribuirá, pues, en las siguientes Secciones: 1.'" De Gobierno y J u!:ltiria, 2 .0. De HacIenda, 3.'L De CuentJ.s, Artículo <4-.0 Cada uno de los tr~s GOl ialt.·s atcnJerá al despacho de los asuntos que conforme al Reglamento y al presente Decreto, corresponde á la Sección de u car o-o, sin perjuicio de los denví.s que 1 Sl.!cretaría General le adscriba en determinac10s casos. Artículo S,o La 0 6cina de Catastro queda incorporada en la Secretaría General, de acuerdo con el Decreto E jecu­ti o I. 227 de 13 de noviembre de 1908. Artículo 6.° Queda en estos términos adicionado el Decreto número 17 de 22 de octubre de 1908, l' por el cual se reglamenta el D~ s pacho de la Gobernación. Artículo 7.° El presente Decreto regirá desde la fecha de su fxpedición. Publíquese. Dado en Facatativá á la de marzo de 190 9, ELISIO ME DIN A-.l:~J Secretélrio General, RAFAEL M, GAITÁN. RESOL UCION NUMERO 9 DE 1909 por la cual st cOflctde una rebaja de pma. Gobernación del Departamento -Facatativá ma.rzo cinco de mil novecientos nueve. ' Virginia Soriano condenada por el Teniente Político de la Provincia de Facatativá, á sufrir en las Cárceles de este Municipio cuarenta y cinco días de arresto por el delito de fr .. \tI 1 ~ i 11. R~·1t'1. de Licores ,. 1i ita de la Gobernación re, u.li 1. d-! h terc:a p trt ... (L! t'11 P na dI.! cont rmidad con lo cll~ )U('sto en ,.¡ 'utÍ'·ul.) 1 [ 1 del Código Pl.!nal. L D' ¡ )S do : ·1I1l.! lt " s ql{t! ViCll~l1 CO'1 la. solicitud aparece qu' h p ·tj r:i .)'11 6"1 ti ne y i ('1. 1!1lirhs la.s dos terceras par­t ... - ri: 'lll cOl1'1<.!!1a p 1'_ ,to ue e np.:!¿ó á sufrirla desde el vein­ti ~in r..:. > i' ~n ~ ;. \ últ; n 1, y qa~ ha. ob.,crvado muy buena con­du :t,i 1 ¡ "li te .~ ti" lP) 1u" h,1. pamant:ciclo arrestada . PcH 1,) é " ;111 ; >, la. s lir:itante se h:l. hecho acreedora á l.t (rJel:"!. dcma· ld:"l.' l 1., .' '6:1n el lU_njonaclo artículo 114, Y en t,LI viren 1, h G )l)-!r l.1.ciól1 se la. otorga y orclena se le p ")nga en li ÍJerl;Hl. ~óp~\ ~,comu líqucse y publíquese. t:Ll-'IO .Mr.:U[~ \-EI Sccretnio General, RAFAEL M, (~"irÁ • . R EC'OLUCION NLJM,~RO 1 I DE T909. POtO !/l cual se cOl/ted,· á I..{II.1:f7, B trre/o, Ir. /;"at-'¡ 1 de sufrir m !Jo>' Cí cdes d' r::;!/l 7f 'm'i:; "1), lt jrll"l lit': lp jite impuesta C(}iit() dj'lIf¡,I'lllor(l ,k ;,1 ROl/tl de Li,,'o tS. G00cm tción de! DetHrt \1n.::n to - Fac.1t1.tivá, m l.rzo once de mil novecientos nuc\'". T ,1. scñ ra 1 Tnlt ~ia. Bureto, C)l1 tenada por el Teniente P()líti~o de la Provi neia (le F lcalati '1, á sufrir b. p ... na de onr.c meses tr Cé c1h~ dI; arresto en las Cárceks de este 1Lll1i(:ipio, por 1 cldito d.! f[;ll\(l~ á la Rcnt1. de Licores, solicita (11: la G ),~rnaci{>n la graóa ele cumplir su condena en la"~ '·í.rcek ' dI.! S tll Ffil:lcisC0, por tener en ese ~lunici­pio su 1 '1gar y serie m'Íos f:1. ,·il allí, cuidar de 61. l',n YO (le su soli ('itu 1 pres~nta la p~ticionaria tre <1eclaraci,mes ,le nudo hecho, rendidas ante el Alcalde de San Fra.ncisco, p'>r testigos idóneos, quienes afirm'lI1 que a~uella \;S l11 'ljer mayor de s.!s nta añ ", casa.da legítima­mepte C)ll Tuan M. P am s, quien. por su \ejeL: y enferme­dadc;; s s_ 1 l:h im;)o;,ibilitado para trabajar, á tiempo que tiene OC'lO hij s, dos v.lrones enfermos y seis mujeres los cuálc, se encuentran abandonados. OlW¡ estas decbraciane::i colocan f.t la peticionaria, en la ~. cl.!pción favorilble elel artículo 63 del Código Penal, la GJl'crnación, l'E UELVE ConcéJ~ e á Ignacia Barreta el beneficio de sufrir en las C-ircele' de San Francisco, lo que le falta por cumplir de la pena de once meses trece días de arresto que le im .. puso el Teniente Político de Facatativá. C 'piése, comuníquese á quien corresp onda y publí­q uese. EL1 '10 MI~DINA -E l Secretario General, R AFAEL M. GAITÁN, HACIENDA DECRETO NUMERO 72 DE 1909 (IODE MARZO) por el cual se determina la manera como deben cubrirse los gastos de construcción de la casa de Gobierno. El Gobernador del De; 1 rlamellto en uso de sus atribuciones legales, DECRETA Artículo 1.° La construcción de la casa de Gobierno en esta Capital, se hará bajo la dirección inmediata del In­geniero 'del Departamento, de conformidad con el plano adoptado por la Gobernación y aprovechando el enrasado 6 edificación existente en el lote que se ha designado para dicha obra. Artículo 2.° Los materiales que ésta demande se ob­tendrán por contratos que celebre el Oficial de Hacienda, de acuerdo con las leyes y ordenanzas. Estos contratos deben ser aprobados por la Gobernaci6n. Artículo 3.° El pago de materiales y jornales se hará directamente por la Administración de Hacienda Nacional, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. FACATATIVA-GACETA DEL DEPAKT. MEL '10 223 mediante la pre entaci '11 de h\s respccti\ as (uentas de col)ro visauas por el G o Lernrdor. Di<.has (" Ut.lltas irán accmpaña­das del recibo de los n:~ t(.rial . ó de la Lic..ta de tn~bajado­res, segím el caso, uno y otras autorizadas por el Director de la obra 6 por el Ingeniero. Artículo 4.° Habrá un Maestro-Director de la obra y a él corresponderá e peciaJmente el recibo y custodia de los materiales, herralmentas y tm{¡s enseres, así como la vigilan 'ia de los trabaje y d n ando sobre los obreros. Artículo 5.° 'in ti bs COI/l(,1I/( dd Maestro-Director, el Gobernador no ordel ,\la gaHu a1hU]'O relati\o á mate­riales 6 jornales. Al tÍ( ulo 6.° La. 01 d~I.a("iúll y 1 ago de jornales se ha­rá semanalmente, y la Ce 1< s n~at,-rü.lc : egún la estipula, ción del respectivo COlltralO. Artículo 7. o El M"e~lro-Dircctcr, no se hará cargo de los materiales que deln.ll ll~trcgar los u ntratistas, n.ientras aquéllos no reÍlnan las COl,(li< lcres e üpulaclas en el respec­tivo contrnto, del cual ~(' lt pasará copla autenticada, por el Oücial de Hacienda. Comuníquese y publíl uest'. Dado en Facatati 'ú á 10 de marzo de J909. hLlSlO MI',Dlr T A-l"l ~(cretalio General, RAFA~L M. G ,\llÁ •. INSTRUCCIO.1: PUBLICA R ~vO LUCION N Mll'O 2.° LE 1909 (5 DE t.1.\l'ZO) por la cual se cnncda una beca en la E_c.uela Normal de Inlti­tutOles ti 1 lJepart.ull IIlu. .El Gobcl liadol del De/,ar/t1I1U'lllo co. 'SlD~:h. l . 'DO Que el señor Dir(ctor de la Escu~la Normal de Institu-de) Departamento, comunica á la Superintendencia de Instrucción Pública, en nota número 10, techada ayer, que el Consejo de Profesores de la ~scuela declaró retirado de ese plantel al Alumno-ma btro Eudoro Lucena, por haber ' sido reprobado en el examen que presentó el mismo día en dos asignaturas en que fue aplazado el año de 1908, RESUELVE 1.0 De conformidad con el artículo 38 del Reglamento para las Escuelas Normaies y con lo dispuesto por el Minis­terio de Instruccion l'ÍlLli a en la Circular número ~1~ de fecha ~ de diciembre del año próxJmo p asado, declárase can~ celada la beca dd jO\ en Eudoro Lucena, C0l110 alumno de la Escuela Normal de Institutores; y ~.o Liquídese la cuenta de los gastos hechos en el jo­ven Lucena, durante su permanencia en la Escuela, para que lean cubiertos por el fiador respectivo en la Administración de Hacienda Nacional. Dése cuenta al Ministerio de Instrucción Pública. Comuníquese á quien corresponda y publíquese. Dada en Facatativá á 5 de marzo de 1909. ELISIO MEDIN A-El Superintendente de Instruc­ci6n Pública, BERNARDO CAYCEDO. OBRAS PUBLICAS DECRE-TO NUMERO 67 DE 1909 (8 DE MARZO) or el cual se hace un nombramiento en el Ramo de Camino •. El Gobernador dd n~parlamtnto en uso de sus facultades legales, DECRETA Artículo único. Nómbrase Recaudador de Pe-ajes de J Aduanilla del Acemüo, en el Municipio de Villeta al se-ñor José C. Chi~co, en recmp!aw del serlOr Miguel Prieto á quien se le aomitió t:xcusa, Comuníquese y puLlíquese. Dado en Facatati\"á a 8 de marzo de 19°9. ELISIO MEDINA-El Secretario General, RAl<'AEL M. GAITÁN. DECRETO NUMERO 63 DE 1909 (8 DE MARZO) por tI cual le d('stina el Trabajo personal subsidiario parA en cdmino. El Gobtrr.ador dd Dtpartammlo en uso de sus facultades legales, y CON.IDERANDO 1.0 Que las veredas de San Fallan tJ (l\lunicipio de Caparrapí), TO/lar y M!coptll' (Municipio rl~ Y.lcopí), se h~. llan á considerable di:;tancia ue las cabecera:'! t'· h)5 M um­cipios á que p 'rtenecen, yen cambio relati .'an~et1te c-:rca dd Corregimiento de Teran; y 2.° Que el Corregimiento de Tcrán fue creado con d preciso oL,jeto de construí!' U1l camino que cODlunique aque­lla región co.n el Río Magdalena, DECRETA Artículo 1.0 Los vecinos de las veredas ó partida,> de San FC"taIIdo, Tobar)' NclCllpa)' pagarán la e ntribucióll llamada de Trabajo per'onal sub~üjiario en 1 Corregiduría de Terán, con destino á la apertura y consc[\'ación eJe la vía que de El Carmen de 'acopí conduce al río Magda-lena. . Artículo 2.0 Las Juntas Di tritales de 'a )arrapí ) Yacopí, pasarán al Corregidor de Tt.níll la li ta de lo~ contribuyentes de que trata el artículo anterior. Artículo 3.° La Junta Distrital de El Carmen de Ya­copí atenderá á la mejora de la misma \ía, en un trayecto que no baje de tres leguas, á partir de la cabecera de la po­bla ión. Comuníquese y puhlíquese. Dado en Facatativá á 8 de marzo de 1909. ELISIO MEDIN A-El Secretario General, RAFAEL M. GAITÁN. DECRETO NU U',RO 69 DE 1909 (9 DF fARZO) por el cual se luprime una Aduanilla y se hace un nom­bramiento. El Gobtrnador del Departamento en uso de sus atribuciones legales, DECRETA A~tículo 1.0 Suprímese la Aduanilla de ..el AIII de la Cruz, en jurisdicción de N ocaima. Artículo 2.° Nómbrase él.l señor Javier Bohórquez Re­caudador de la Aduanilla de Pdaquero, en el Municipio de La Veg~, en virtud de haberse aceptado renuncia de ese empleo al señor Jesús Becerra. Comuníquese y publíquese. Dado en Facatativá á 9 de marzo de 1909. ELISIO MEDIN A-El Secretario General, RAFAEL M. GAITÁN. NO OFICIAL A VISO Este periódico se publicará, cuando menos, dos veces por semana, y admite en su Sección no oficial, colaboración sobre asuntos científicos é imlustriales y de interés general ó Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. F \CATATIV:\-GACETA DEL rH~PART:\MENTO !ocal; avisos, comunicados etc., pen reservándose en todo caso el derecho de censura. Todo asunto relacionado con e :a publicación debe tra­tarse con el Administrador- Dirécto de la Imprenta. Oficinas: Calle 8.'\ cuadra 2.\ :lúmero 12. CONDICIO~3:S Suscripción á una serie de doce números ..•.. $ 2<4- Número suelto el ~ de su salda . ... . •..... 2 N úmero suelto atra5ado.... '" ....••..•... Anuncios en forma ordinaria, p3labra .........• Anuncios en forma extraordinaria. centímetro li-neal de columna ••.... . • , ...•••...••.•••••••. Comunicados, remitidos etc., columna ....•.••• A visos extranjeros, precio conv~ncional. Edictos, palabra ..•... ..... . ...•......•.• ANUNCIOS EMPLAZA TOUO El Juez 1. o Municipal te Annlaima HACE SABER 4 2 5 00 2 50 o 04 Que en el juicio ejecutivo, seguid:> por Otoniel Fernández, .contra Dionicio Marroquín, por pesos. se ha decretado el em­l) argo, avalúo y depósito, de unas caS1S de habitación, de baha­reque y paja, de propiedad del ejecut<.do, ubicadas en terrenos de la hacienda de Jl.lontela, go, en esta jurisdicción de Anolai­ma, y demarcadas así: por un costaoo con terrenos de la ha­cienda de La Lagu,ua,/ por el pie cor u potrero de la misma hacienda de MlJ11telargo,/ por otro, c(n estancia de Moisés To­nes; y por el último, con terrenos de la misma hacienda. y para dar cumplimiento á lo dispuesto en el artículo 2'X> de la Ley 105 de 1890, se fija el presente en el lugar co­lPespondiente hoy once de agosto de .ni navecientos ocho. El Juez, AGAPlTO ME1.0 TORREs-Antonio Hlrnández L. ~cretario. Es copia-Anolaima, marzo ci:lcO de mil novecientos nueve. 3-3 A 1Ztollio htntádn¡z L., Secretario. EMPLAZATOU El JtUZ l. o del Circutto d( Fc.zcalalivá HACE S Bl!.: Que en el juicio ejecutivo de llilrrio Lttgo contra Ramrfn Castillo, por auto de f~ch 'l dlcz y od1l dI! octubre de mil nove­cientos ocho, se decretó el rmbugo, depósito y avalúo de lo siguiente, denunciado por cl ddenso,' del ejecutado y corno de propiedad de é5te. Los derechos y acci0nes compraéos á Esteban Carda, por instrumento número 2S0 de f~c ha on ¡:e de septiembre de mil nO\'ecientos tres, vinculados en el ter'cro denominado Lococltrf, s:tllado en jurisdicción d t'1 municipio de Sasainw, con !;lIS ca­s: lS, enramadas, trapiche de picdra y Jn fonclo dc fi erro, :dinde­rada conforme tal i'1strumento númc o 148, que sirve de re­caudo ejecutivo en esta rjccución. D.:l alto de Las Afinas á la quebrada Vinagre, toJa ésta abajo 1 s'a hallar la quebrada de Lomalarga, toda ésta aguas arriba hasta su nacimiento; y de aquí, atravc5anJ(\ por Lagtmasec{1, hasta hallar la quebra­da de Las Jfinas; ésta arriba hasta SJ nacimiento y luégo lí­nea recta al olto ya citado como prilller lindero. y para los efectos de los artículcs 200 y 239 de la Ley lOS de 1890, se fija el presente en lugar público de la Secretaría, por el término de treinta días hábiles. ay veintitrés de enero de mil novecientos nueve. ' El Juez, H ELIODORO CASTRO ;'. - E~ Secretario, Pedro Ve,g-a Rallgel. Es copia-Facatativá, enero veÍ1ti rés de mil novecientos nueve. 3-2 Pedro Vega Raltgt', Secretario en propiedad. EMPLAZA T Rl0 El Juez I~ del circuito át FaCt'lt4li'llá para los fines legales, emplaza á los ,nteresadoi en la 5ucesión de Lucía Castañeda, abierta por aub de veintiséis de febrero, en que se ordenó formar inventario~. Este edicto se fija en lugar públ c. de la Secretaría, hoy nueve de marzo de mil novecientos r u.ve. El Juez, HELlODORO CASTRO . . - Jesús Htmándu Sil­va, Secretario interino. Es copia-Facatativá, marze ve.ntdó¡ d~ mil novecientos nueve. Pedr" VIga RallJtl, Secretario en propiedad EDICTO El J1I1~ 2~ del Circui~ de Facala/ÍlIá Emplalít á quienes tengan derecho á intervenir en la mortuorlr\ de I,rme Forero de AmaYtl, de esta ciudad, para que 10 haga valer. El trece dtl mes en curso se abrió el juicio y !ie ordenó formar los inventarios. Por treinta días y en lugar público se fija el presente. FacatativéÍ, marzo dlel y siete de mil novecientos nueve. El Juez, ANTONIO M. SANTOS--El Secretario, JISÚS Or­JUlIa O. Es copia-Facatativá, marzo diez y siete de mil nove­cientos n u ve. El Secretario, Jesús Orjuela O. EDICTO En el juicio de sucesión de Domingo Ga,a'Zlilo, se dict6 este au to: "Jusgado 1.0 dd C;r~uito-Facatativd, odubn veintidós d~ mil n_­vaun/ os ocho. Tiél,C'se al doctor Belisario Rodríguez, como apoderado de Custodio Rodríguez, el' los términoi del anterior poder, el que se copi:uá y se pondrá en conocimiento de los demás in­teresados para los fines legales . N otifíq uese. H. CASTRO F. - J. Hemáftdlz Silva, Secretario. y para notificarlo se fija el presente en lugar público de la Secreta lÍa, hoy vC'Íntiséis de enero de mil novecientos nueve por treinta días hábiles. Vega Ranrel, St.!cretario Es copia- Facatativá, febrero doce de mil novccient05 nueve. Pedro Vera Rangel, Secretario en propiedad. l
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Facatativá: gaceta departamental - N. 28

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Facatativá: gaceta departamental - N. 33

Por: | Fecha: 17/04/1909

Se parte de la exposición sobre la política oficial de la República Popular China respecto de los componentes étnicos y nacionales del país, y de la definición oficial del conjunto como una unidad de nacionalidades. Se avanza luego en la discusión sobre la existencia de un centro cultural hegemónico (los Han), frente a los múltiples grupos étnicos que habitan en el país. Se examina el concepto de “nacionalidad minoritaria” y sus limitaciones frente al modelo civilizador de larga duración promovido por los Han. Luego se introducen estudios de caso que tienden a mostrar la relación entre etnicidad, historia e ideologías dominantes: se tratan los casos de la minoría de los Yi, situados en el sur de China, y el de los Premi, en Yunan. También se hace mención al proceso de identidad en Mongolia Interior. Se mencionan varias implicaciones políticas de importancia, a partir del trabajo etnohistórico. La reproducción de la cultura central en los modelos educativos, se aborda comenzando por algunas consecuencias políticas de la utilización del mandarín y de las lenguas locales y la relación entre el nacionalismo chino del Estado central y las versiones particulares de las minorías. También se analizan algunas relaciones entre la ortodoxia central y los sistemas de creencias de algunas comunidades rurales. Finaliza el artículo con algunas consideraciones sobre las ideas de Estado nacional y Estado multicultural.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Artículos
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Etnicidad y política estatal: las comunidades étnicas minoritarias frente al poder estatal en China

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Facatativá: gaceta departamental - N. 37

Por: | Fecha: 01/05/1909

El objetivo de este ensayo es realizar un análisis integral e imparcial que permita aprender lecciones y hacer recomendaciones para que proyectos de esta naturaleza maximicen los beneficios al país. Entre los efectos positivos desde el punto de vista económico están el incremento del PIB en el departamento de la Guajira, generación de divisas y regalías, realización de compras, contratación de servicios. En el aspecto social está la disminución del índice de Necesidades Básicas Insatisfechas, la generación de empleo; la transferencia de tecnología, el impulso a la economía solidaria. En el aspecto Ambiental el conocimiento del medio ambiente en la región, la implementación del reciclaje, el desarrollo de técnica para rehabilitar suelos. Entre los aspectos negativos, en lo económico, bajo nivel de compras en el país. En lo social el reasentamiento de personas, bajo empleo a indígenas. En el aspecto Ambiental generación de polvo y gases, intervención de 7800 Has de suelo, y alteración de cuenca hidrográfica. Se concluye que los beneficios de lejos superan los efectos negativos, sin embargo las condiciones de vida de las comunidades vecinas al proyecto no han mejorado de manera sustancial. Se recomienda que la empresa mejore su asistencia técnica a proveedores locales con el objeto de que puedan mejorar sus empresas. Que la autoridad ambiental mejore su seguimiento al proyecto para cumplir compromisos ambientales. Monitorear la generación de gases. Mejorar la implementación del programa de educación ambiental. Coordinar con gremios, Cámara de Comercio y empresa plan de sustitución de compras.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Artículos
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El Cerrejón y sus efectos: Una perspectiva socioeconómica y ambiental

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