Saltar navegación e ir al contenido principal
Biblioteca digital de Bogotá
Logo BibloRed
Cargando contenido
¿Qué estás buscando?
  • Escribe palabras clave como el título de un contenido, un autor o un tema que te interese.

  • Búsqueda avanzada

Seleccionar

Contenidos y Experiencias Digitales

Filtrar

Formatos de Contenido
Tipo de colección
Género
Idioma
Derechos de uso

Selecciona contenidos según las condiciones legales para su uso y distribución.

Estás filtrando por

Cargando contenido

Se encontraron 21344 resultados en recursos

Imagen de apoyo de  El Gladiador: semanario político y de variedades - N. 3

El Gladiador: semanario político y de variedades - N. 3

Por: | Fecha: 18/01/1918

PÚ13LIC:A DE COLOtv'RI A-DEPART Arv\EN ---------------------~- ---~--~~---- Con iclone· Número suelto. . .. 0.03 JO atrasado.., JO 0.05 Serie de 10 nllmer03 •• ); 0."25 Semanario poHtico y de Varíedades Director propietario, FRANCISCO CASTRO A. Hemitidos columna . . » 5,00 Avisos, precios Co r: vencionale Dc todo lo que aparezca sin fir. a será únko responsable el O'rec­tor.':"- Las recti r:cacioncs 3 .• C3jgO del remitente. ; lIi '" .' Por teié¿ ? lo:. G!~dia (lor( . Serie 1 I/ondo, enero lB de ,.}918 I Número 3 1922. Ilota '~dito~ial Al engalanar las columnas de EL GLADIADOR con el retrato del ilus- ( trc doctor Guillermo Valencia, candidato de la Coalición para Pre­sidente de la República en el próxi­mo periodo, lo hacemos impulsados por el orgullo tan grande que sen­timos en afianzar el triunfo del preclaro ciudadano que será una garantia para la tranquilidad y el . progreso de la República. Para hacer la biúgrafia de efite grande hombre necesitaríamos lar­go espacio; por tanto, nos limitare­mos a recordar únicamente a todos los buenos ciudadanos el nombre por el cual deben, como hijos de la Patria)' amantes servidores de ella, votar el día de la elección, a fin de que no se pierda el esfuerzo . que unánimemente sostiene la gran ma yorfa de colombianos pensantes, que tienen por mira un porvenir florido para la Nación. La platafor­ma coalicionista seguirá S11 marcha triunfal respaldada por ~9~OS aque- .1 ~------ ~-------- llos:gcnios 'que -honradamente lu- Ycco. peor ue .~l fánuti~~l¿': G.onser­chan sin~de'scanso precor.izando un vuclor, no solo por ne 'y~} n ·'is;nllá en . t " . 'l'd d d sus p.rop~q·lllie.ut c.lltusiusmo: la 1J~~del':" do la Ho­pJiendo su deber para ClIl la Patna. puhllca. La CúllvellC10~} L!u: :"al, qua Los fallúticos En 01 pcrfcccionanlionto incesante quo los pueblos yun sufriendo en su desenvolvimiento, él so encarga de logarles un nnevo csr íritu, una quo pudiéramos llanlar nueva creencia, más cercana dol supremo progreso, on el cual lo individuos comprenden que, esos brazos empeñados en sin igual contienda, no se han forjado pa­ra atacar a los que sienten y piensan de manora diferento. Pero no con todos los hombres se sucedo la nlÍsma tran formaci6n, n6, hay quienes no pueden soportar la pureza, el idenl hnpoluto y huyen de aquel carro de luz que conduco en sus entrañas 01 progreso, la fortaleza del organismo social; para internar­se en la sOlubra, huyendo u los brazos do la fraternidad y mostrando con olla que aún quedan rc~iduos del hom bre pritllitivo: osos, son los fanáticos. Los que hClnos procurado siempre saber a fondo qué es liberalismo no hemos podido menos que a ombrar­nos al presenciar q ne el fana tismo también impera en ciertos individuos que se dicen liberales; y que, desgra­ciadamente el fanatismo liberal es mil es la llnica Corporación autorizada p~lr~l 1-1 ní'nr candidato sr gú ') 01 Pl::ln do ~fal'zo ql1ocscl'ibiol'a (tIntillCa bion sentido Uribo Ul'ibe, ha lanzado un cuud ida to q ne no es do partido, todo lo contrario os un candidato nacional, bajo las busos do una plataforma ominontemento patri6tica, npoyada tambión por los Partido::> conserva­dor y republicano; pero o:; el caso qua al movimiento pujante y triunfal de tal corriente ha salido n tratar da detenorlo un grupo ele inrlividuo . in conciencia, Cl1ya8 Illanos no se hullan nluy limpias y cuyo servicios a la causa nunca se han di ·tillgllido, lan­zando, sin autoridad para ello, dizque como candidato del Partito, a un ilus­tre médico, anto 01 cual 110S descu­brimos con respeto, para que los sirva de pantalla en su lucha a favor del más agudo clericalLmo quo en­carna el eand~\. ato do la Conferencia Episcopal señor l\Iarco I~'idcl Suárez. Pero lo malo no está ahí; 10 malo está en que liberales COlno Jos de esta culta ciudad, est.én sirviendo de mu­ralla para la defen a de esos hijos del fleto clerical, que han recibido la inspiración do s,u conducta en las sacristías de las catedrales y que no hán tenido ni siquiera 01 valor de decir conforme a 10 que están hacien- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. El Gladiador do: Aquí ya no hay conciencia, ella Del antiguo radicalisnlo colom-e lit con vertido en mercancía! 1 biano qué queda hoy? Solo una COlnpradla! estela luminosa que se destaca en el pasado entre ios días gloriosos R t ·" d de Murillo Toro, pero que al reci- O aClon e . bir las irradiacionec; del astro del los partidos progreso ha ido evolucionando y perfeccionándose hasta colocarse Annonizar en Colombia la de- en U!l cenit mas amplio: el que le mocada con los partidos ha sido han señalado Uribe Uribe, Benja­emp. eño nluy visible en el, n!ovi- fi1ín Herrera, Fide! ano y toda miento ,de las ideas, los UltlolOS aqu~l1a pléyade de liberales ilus­diez años. Los Directores del libe- tres cuyos notllbres iI.Inacul3dos ralisnlo han -buscéldo para éste una SeTla largo enumerar; desde d nde organización acorde con esa co· convida a los Jibend lS a deponer rrient~ civilizadora y desde 1909 rencores, a seguir adeJantc la evo­lo han llevado por IBuchas veces a lución e uprendida, y a los coló m­las urnas en pactos con los cot1$er- bianos en general a unirse con un vadorcs y con los republicanos. El estrctho ~1brazo, a deponer odios, lnclito General Uribe Uribe eJ~ .su ~n idiast'y egoisnlo para ]levar a conee ción podc~osa de. la {?ohtJca la, residencia de la ReplP-lica, a y buscando (1 aflanZanllCllt0 d.e la ,~ é:.quEl vLrón ilustre, gloria de la IUIZ, indicb el apoyo a .la can~~da- Au.édca Latina. que ha "birrta sus tura el doctor. )oc:.e V~CCJI : Con- b:'azcs con a111 ' r para c ... trc-char a ,ha y éste sublo al Solto ~Oll gran sus hernlanos los hijos d .... C010111- f limero de votos libara.es ;. ~loy, .es bia: a GuiUcnno Vall'~ncia. la Dirección Supícnla ' e. ~t.be: alJs- L« Coalición, ql.te ha urgido de mo, d -que for~a ~,Hte -:~'~ yc1~ón una fusión de id '~a3 entre LLJ~rales, .!xcelso de Benjamln fiel.rel}" Ja con~~'rvaaores'y republicanos, con­que bus,cando un ~cercamlen~ ,de vida a la paz, lla tiene un ideal los. part do'" ~ la vIda para el it;~-,: nluy úrllplio, sólo busca el bien t'alssmo, I,a dl~ho a éste, que 041- para los colombianos y el pIogreso lIenllo Va enela, un conserv dar pa · '8; ero tan b'ét v r­avanzado, es e hOI1:bre ql e ~c~e- dad que en su regazo n pueden sita e1 país nara rfg!r sus de~tlnos, reclillarse siao aquellos ciudada­ya q l~ ~se c~n~idatf.) ha nacl.ao de nos Col en os de CgOíSITIO, d~ ~o. una fusión de ldeás ntr .lIbera- rrupci1'u y de pasiones Inezquinas, les, ~o.nservadores y republicanos, porque e' calor que él bt'inda no medIante,U!l pacto generoso y on- alcanza para furl1ír la caja en que rado, suftclcnt.... pa~a en~auzar el se guardaDlas 1 SOfÓS Naciona­progreso de .la Patr!a y la aseen.. les por eso allí no tienen cabida cibn de las Ideas hberales al 00- los ,taL."fcano 03rcia 01tíí,' los bierno. Alnador y Guerrero, los Tirado La In archa del pcnsanliento J u-' Macias, aquellos que ante la som­Inano va detnosrr ndo cada día bra de Uribe Uribc palidecen por basta donde pueden complcf1lentar- que oyen la voz de la concienCia se, ampliarse y rectificarse conc.1u- que les grita ¡atrás! Ellos, los in­siones que parecían definitivas. pacas de lo noble, no pueden per­De las doctrinas más aparente- tenecer a la Coalición, el ahna de Jnente contradictorias puede surgir Caín los aconlpaña, y deben per .. una arnlonía de certidunlbres. Dice manecer aislados, contribuyendQ Mr. Clarke, un de los radicales a la muerte de la Patria para lan­más avanzados de Inglaterra: zarse corno hienas sobre su ca- «Las bases del antiguo radica- dáver. Iismo han desaparecido. Las nocio- El Jiberalisnlo ha entrado a la nes radicales de finalidad polftica Coalición sin claudicaciones indc­han sido juzgadas; desde que el birlas, con hidalguia y por esto radicalis 10 fue practicado por vez Ilanla a todos sus copartidarios a primera como un credo en Ingla- apoyar este moviento salvad~r. terra, todo el pensarrtiento político. *.* . y el científico ha sido vitalmente ¡Llberales que habéis en~rado ~e afectado por la concepción e.volu- buena f~ en esa tran1a .urdlda b~]o cionista.» las cortinas del Pal~clo Arzo . pal, para ngañaros con el sofis­uta de la candidatura propia, pC1- niendo en irrisión el nombre del venerable anciano doctor Lonlbana Barreneche, retiráos de atH, con­vencéos de ese engaño, volved a vuestras toldas de paz y de armo .. n[a, apoyando la candidatura Va­lencia por amor a vuestro. partido, por disciplina, y para impedir el triunfo del nacionalismo que es un peligro para las instituciones ' lioe:' rales y para el engrandecimiento de'; la Patria. Si queréis el triunfo de.! nacionalismo, ese partido ' incapaz de las evoluciones, progresistas, si quereis que os gobiern.e el clero, votad por LOll1bana, cuyos v0tOS serán per'didos para éste pero que restados d Valencia iran a aUfllen­tar el n(lmero de las cana~tadas que con Jos siervos de la G:eba llevarán los clérigos para SuárezI Es~oged r NIM Continúa el ' lTI tltll O 1 apoyo f En uno 'de los \íltimos' números de El Eco del l'lortP. áparece hU artículo, en el cual dicetl los seno'r~s sual ist q e a can idahtra del doctor Lomb na rrn(l eh.! va tomando empuj ... dia por día y ll1anifi '~st;¡n al mismo ti~mp mucho entu ¡asmo hipócrita por soste: ner le candidatura ;.utonomista. ¿Pór " qué c-t s coqueteos entre los se flores .1 conc ~ nt(~tas y los b(lrrenec h ist~s? ¿Por qué ese interés de los seftorcs nacionalistas en postergar la cam:Hdah\- ra coalicionista trabajando al i:iismo: . tiempo porque se desgrane el grupo' de verdaderos ciudadanos que anhelan el triuri ..:> de GuiHcrmo Valencia? ¿Por qué siendo tI doctor Lnmbana libera! i.utGllomo y don Marco Fide~ conservador nacionalista, tratan de foi-/'" mar parangór. entre estas dos persona-lidades? , I Ah! Porque los senores suaristas están convencidos y están viendo la ola maje~tuosa de la Coalición progre­sista que viene a pasos gigantescos . contra los planes inquisitoriales de que será vfctima Colombia, si por desgra­cia 11 gara a caer en las garras del concentrismo ultramontano de don M,ar:: co Fidcl Suárez. In memoria n " Con profundo pesar lamentamos la nluerte del patriota joven Jorge Richoux acaecida en la ciudad de Girard0t el día 9 del presente. Re- . ciban sus hermanos nuestra sincera Cy r'6 co ldo Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. llombana ftle Valencista El ductor Lombana fue coali­cionista. Sus frases) de hondo pa­triotismo, cuando explicó cómo, siendo en principio e,nemigo de la candidatura Valencia" la aceptaba porque era n~ce~ario tener. co.n­fianza en tití' hombre del' patn0tls­mo y de la integridad de Benjanlí~ Herrera, resuenan en nuestros Ol~ dos. Hubo luégo voces que lo hi· eieron cambiar de actitud. Y de ahi provienen sus conce ptos, fr~n­eamente inaceptables, sobre dIS­ciplina. No en conventos ni en cuarte­les ~ino en el mundo entero, es irr~meuiable que la mayoría, oídos y pesados los. :lrgunlento~ ~e la totalidad, impnma al !nOVlml~r.to la dircccibn que conviene .. NI el Pa pa mismo es todo poderoso. Pleg~rse debe a la autoridad de los Concilios. En política con l11a­yor razón. Y con nlayor todavía en los partidos vencidos. D. E, NIETU CABALL.t:RO MaJldal11ielletos del 111atrill10J io Hé aquí, alnados lectores, los nlandanlientos del nlatrimonio: 1.° ' lote cases pur dinero, pues serás sirvient."! de tu mujer. 2,° No tengas ¡Hiedo de casa.rte con una mujer que haya t~ll1do antores; témele a la que P4~da te­nerlos después de casada. 3.0 No pernlite que ningún ~Ul1i­go se mezcle (.ln tus amores; esco­ge tú nlujer por ti mismo. 4. o Con exc~pción de du1ce~ .y flores no le regalos a tu novIa otra c~sa antes del día del matri­monio. Si le das regales valiosos, ya no encoD~rará que exigirte cuandq sea tu nlujer. 5. o • t-Jo te "'preocupes sólo de que «sea dé 'buena fanlilia-. Hay algo más hondo } más noble que el nombre ....... . 6.? Cuídate de las forasteras porque como dice el Ilaflero: El que bebe agua en tapara y se casa en tierra ajena, no abe si el agua es clara ni. si la mujer, es buena. El Gladiador -- 7.°, No te cases con parientas. El matrimonio tiene nlucho~ nego­cios y los negocios en familia son los peores del mundo. 9.°. No te cases sino cuando te veas asegurado contra! las contin­gencias. Lo malo que venga des­pués, será fatalidad y puedes en"!' señar a tu mujer a sufrir contigo, como antes le procuraste dicha. 10 Al elegir ÍllJ muj~r, olvidate de todos los sentidos, menos del sentido cOlnún. Estos 10 nlandatnientos se en­cierran en dos: ama a tu prójimo sobre todas las rosas y, si puedes, no te cases. Hasta cuándo? Volvernos a llamar la atención del seI10r Elido Medina (Adminis­tradclr General de Correos) con el fin de que se sirva poner otro ayudant ... al oficial de lista de. es~ta oficina; pues como hemos dICho, la AdlnlnistraCÍón de Correos de esta ciudad, es tnuy recargaea en trabajo y por consigl1iente un solo cttlplc"do no es suficiente para (1" :jtri buir y entregar las. cartas. ¿ Hasta (uándo esperalllos? J • Sería de agradecer , ( al HOllorable COl1'.:ejo Múnidp.al dispusiera la colocación de ,cuatro foces de luz en el parque Ace­vedo GÓmez. A la Empresa del Ferrocarril de ·la Dorada tanl­bién le llamamos la atención a fin de que ponga,. el corres~ondiente alumbrado en ' las , EstaCIones de San Juan de Di.os y a la Bodega Sur. Maria Gabbi I La función esta noche en Teatro Unión es a beneficio esta afamada artista que tán aplausos ha alcanzado del p" .. en de Honda. Excitamos a los . bitantes de esta culta ciudad concurrir al teatro contribuye con su óbolo al apoyo de la e bre artista. Procedente de Bogot ha regresado al seno de los suy nuestro común amigo señor Ale· dro Vanegas, a quien presenta nuestro atento saludo de bien f1ida'. . También se halla entre nosotros el culto cabal señor Luis Francisco Paz J)r1'M"'M~ dente de la capital de la Repú,,-,,'.,,~_ Al presentarle nuestro baludo - seamos que su pernlanencia le ... muy gíata en esta tierra do vcrdaderanlente se le cstilna .. Lista de los telegt am2S archi vados del 1 16 de ensro de 1918. Guerrerro Lobo Ricardo. l·err()ia~. Jovisand. Mario. O.:ampo Enrique. Rocancio Librado. Joa. Zuloaga Julio. La Joyería y Relojer~ de fosé Guerro G. - Calle del Pa/olllar se encúro-a de toda clase de trábn" de oro yO plata on joyas esmalta como anillos, cspecüllidad lnonogra­m ~, prendedores, dijes para bo bros, señoras y niño ; argoll~s ~ lnatrimonio, arreglo
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

Compartir este contenido

El Gladiador: semanario político y de variedades - N. 3

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  El Gladiador: semanario político y de variedades - N. 400

El Gladiador: semanario político y de variedades - N. 400

Por: | Fecha: 08/11/1926

I)IHEC"I'OH l'Utll'lE1'A nro Arl\RTADO Df: CORRI:U:'\ No, ~4. - _____ ~ __ 1 ... ERIE 4 ANO 8 "uestr . . larto En un plano mly superior, ~,~ta nÍteva salida e~ para no-o ~,11r05 un triunfo, La obra que i '1ici mos con la reorganiza-ión de cEI Ola iiad r .. en Cél; ¡'dad de diario,' es demasia· (:0 g 'ande y dem jado pesa· da, Pero con todo vcnimo' muy preparados y cntramoc; de lleno a asumir esta dura labor que habrá de ocasionar­no :eguralllente tropiesos e i nc nvenientes dr.; todo ge- ! t!ro. Curados ya d fracasos y ( nvencidos igualmente del amhi J1te en que vi\'imo~. n( , lamo' no ohs ante el (\xqui­sito lujo de pre entarle a Hon la el único diario del Tolima. 'uestra hoja, sera en esta vel ;¡igo muy superior a los reriódico~ de provinc~ia. Pro­( ur~Hernl)S darle el mayor arn­bit! llte de seriedad posible y ; si habremos realizado nues­lr) anhel . El r: adiador. estará ti~­lO ,i 'mpre a librar toda cla:e de :uc :a~ . aun uc ara \tll) llCCncor,l:'u do elllHlvi/lli ltO l' gil)­nali~ ·U. t >lldiellt a ,0 'tenor 1 (:011\ f'niellei de lh~\'F.lI· a la A -'tUlI blcu. y a la: CilmnraH Legi .. la ti. vaH, l'ullc1idato' 1m el a '\lll· lo que preocupa tan hOIl(1r.unPII. te a lo/'i precolli;t,ado¡'p.· de la liH­tn pi'opio, Como hijo. de e. tu tie na, podp-IllCJ y tenelllos del' ,.ellO par" asulllit' e hl Hl' itud. ) ,'a (ll1e Ilahlamo' E.'ll esta forma, e' hueno qll.~ ~ pa J' qllo ~e tome í'11 ~:tt~J1tu. In umplit ud e imIh 1'­(' iaHllud I lImo out!'. lH u emitir ,'oncapro. ~OPlO~ los pfilllel'OB 11 J'( ('0/10· c',>r 1'1 incu.pn '¡dad de u I )'lHlO:~ lf>1D nto ~.·tI'HIlO~" Inol't-e tUI" no han 1'1~PJ'e~ ntu. () n la .\, amblen, Ilppal'tnmellttll. E. ,~\ idC''lt ql1c pI 11011 til'110 IO:i \'0 lOA (\,>1 ' . olilll!t .v qllP COIl Ítn,yt> lo fn )'J,O podel'o . ~uclil', ah:' l· In lament.e Il1ulie igllora la reali­dad de estt~ detall: pe)'o tumhi('u e eiprto r¡lIe i cOIlstituíllHHi el pod'~l'ío electoml, c]ebemo mi· )'fil' lo.. (;O,,1J.8 COII uu (.wir rio pa. triota, n1\l'y amplio y demll.~in.d(l lib mI. dúndole cnt1'adll.. si (' el dl¡.\I.Hl 108 el .j t'llL o (!~1 ptl 'bH; q lh~ flUIlI'IlUTldo )10 p I'tl"neZ('Ull a l!S- 1 ('íl'nulo, 8011 t.olirn(>nses . uni. dade' que pOI' u s{,IHla prepal'a. ('16n --e ven a 1'l'ollado. ,. castjl"a. do:'! -01' In pre i6n oficial q!le 1 illlp;dc ::ml:gil' por (!Oll, idt rar1o~ un peligl'o ~' un ';t11l011hZU para ::tu;, plan', d{> "obl(~l'uu . • '0 qu 1'P.l.l1O~ decir con ~,-tu '-111 ~ orno enemigo df' la H.- 1'1I'8(:ion ~ que pUl'til:111al'IIH;llte pued:m télll'l' del€l'minado • ~efe' de I t lldencia I't:gionalh.:ta, ~llJf'l 'nlO~ der:i)' úuicomentp. que IlO huy llIot,i\'.o ,ni hay tn,lllpoeo ruz(in pUl'a 111lCÍt l' una pllgna con la. Dir'crci(lI\ de!,f rUllIlen't' 1 il' (.'_ torio df!pUl'tAmentnI. buenu e~ lmep]' , ñber de lo . liberal de 1" • tn r'>p:i0n 1 alJneg'ación de 1:80, eopn"tldarío' llH~l'itÍ"ilIll) IJI] , IIp ':m en d Tolimu. la dil·t· ...' ci'ón (1 ~ la po!iti(·a.; p,)J'q tI:l hu)' que tellPl' (lre:euw q ll~ los (,OI'Ollel < ... MAl"'if:io .J tli'U1JI illo \" '~(>1!:l1lJd() Slw1·oHUlio, no piderl nÚllca ua. dfll1i aceptan tall1poco liada pu­ra 6JlllS. ~ 'oi! do. jeres quu ~il'\'ell lealmente l'Oll u.; por, Olla' e in­t '1'(' (. al libül'lll í~lllO le! depa 1'. tamC'llto. 1¡.lIof;l deben estal' pll~­ntlllH nt cOllyenrid() ,ic.. qtw ~t labOl' política y hOlloruble lps (o(»ocu TIluy por entinta de t.od¡ 'ul'ipieucia Lo uiu~ lllllUi. cipill, (le e te CÍrculo, e\'tmdau il'l' I'tl'ictfllJHmte la cOl'dente di. l'e('lori tll, I'~~() • Ull h eho \' e o p ti-í. El lilH:~I'Hli IIQ del 1101'tl:'. no PI:; l'(>(>'i( lJAl.· < Brand.)' - Wld l"y - ChalUpa­lia. - \'iuo .... - el'VeZ3 B. BO'l'BH) H ~\-, CiA Servicio especial de notic as TeJtgráficas para El Gladia"dor Lo rabaios de los pantanosde GaGl1a son n viJrdadero desas tre.-- El IIlgentero Tornar ri[!Qc un in '¡Ir. ~ ddverso al GllrSO que H'wan itGtualmente los refe[iao trBba~r:"', - ~ Googet.ión en Bue-naventura. Hay má de 300 pettGtone' ¡¡(Ir. '¡ilc,er ediflGaGlo I nuevas. Bogot,l, octubre 8 ~ G¡adi~dor» _ Honda. POLI fCA 1 ic. Y actualmente perfecta tranquilidad en los drclllos lJvlitico . Los conservadores t· abój"n de nuevo pqr la or- '?1aniza"tón del nuevo Directo­rio 'aclOna1. El Directorio actual. e ta n·)mbrando ya los miembros d) los Directorios departa­III ntalt! . Ay r ::le nombraron lo de Sé ntander y Bol' cá. ~loy saldrán seguramente los d l Cauea, Valle y Tolima. LOS PA TA. OS DE. GACHA Los hundimientos continll n en los pantanos d ¡ Gacha. , Itln a 1 11 e íí:Ul h H. o (l. tJf:.tlof s terribles. El ingellie­ro eñor Tornes. élcaba de r ~ncl¡r u. informe en el cual advierte que los trabajos de] Ferrocarril, se están llevando muy nwl debido a la deficien cía de los planos. Parece y así lo deja comprender fot r. Torner, que la nación' ha vo­tado miserablemente una gran cantidad de dine'ro que hoy , e verá obligada a perder ya que los trabajos tienen que iniciarlos prJr otra vla El tráfi-co ha 4u.:dado uspendid ) defillitlvam >nte debido a 1(,' recientt ~ ,,,,ontecimicntos, Hoy pasará en tercer debate el empréstito sobre los tOO millones­El N' levo -fiempo» editorializa sobre e es-tiones agrlcolas. l:ogotá, 110V. 8 J 92t G'tH ¡atl ,,!" -Honda. HO'\ l·J-\S.',{~. El, EIv1PRESTrro CORRESPO . L La 22a, tendrá lugar de.1 ~O a 25 Novien1br Además, haj)rá Concurso Pecuario y • :r(lS dc cnb'l- 110s en J : dl1 Hi) di , exhibición d'" Jos nI ¡(Ir • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ----El Gladiador m.~~~" ~*·;~g:~~~~t~!§.:~m~:Itfmim'~~?m~. i1J Para ConstrucClOnes d • (" e ent Armado *" 6 USCAD UN REMEDIO EFICAZ 'y LO HAI.LAREIS I los mejores elem ent s los PI oduce ~: I * o usan en todas las ciudades y villoríos de la República, por sus éxitos in' comparables que lo han hecho el Rey de los antiblenorrágicos. G EN E Al J E el FING *~ s la lí1tima palabra de la Ciencia, que pudo triunfar sobre el más tenáz ~. flagelo de la Humanidad. BU [~ T G P R CTS. ~ fm o tiene mal sauor ni mal olor, y los enfermos 10 toman con agrado y es- ' , Péranza, ya saben que con él, van a cesar sus padecimiento~, calída 1 está u ()ob e ualquiera otra *" bra directamen le sobre el anarato urinario, barriendo toda clase de gono cocos y microbios. Hace un lavado natural., Síil los inconvenientes de ~*. y sus prec'os p r de ajo de todos. ~~ .*, Sclf Senleri' g, l1crrhlgbonc, D 'amond Rib, no Ilen en competencia. f ~ * ~ CIA. DE CE p R geringas y de cánulas, usca, y destruye el gonococo, d ndequiera que éste se esconda . Los médkos más notables lo acons:jan, y es una de sus armas indispensables I para atacar y curar las blenorragIas. sfrcchcl, callocidad, orquitis y otras enfermedades terribles SOI1 curadas radicalmente. unea falla y siempre cura. Con este medicamento puede usted curarse 155 CARRERA 17 TELEFO¡10NOS: 5140,5141,5]42 .Y 4545 ~ * sigilosamente. fre ... e mu has \'cntajas sobre todos los demás antiblenorrágieos onocidos. ~'lI ,* ...w ~ a eficacia de este producto, es. ponder~da por todo l!l que lo lIS:I y en seguid.1 ~ Apartado 1033 - Telégrafo: uCEMENTO" ;1' mJ s· I aconseja a sus m~s II1tlmus amigos. _ 1m .. .- ~ Zo JO 1{UIZ A. c" COMP AfIA ,. , ~$p '. fffl Fabri ante . Bal'anquilla . Cúcuta, ~ ~~~ -~~~*lliJ~t~~ ~* !%~~~~I'ID}n:fmilli€U:~~~~ I BA undado e~ 1905 L I 11: ~""~'~.~;i9't ~f·. t-J~~$cf.,'"'' ... '""{. ... ~, ......... iI .. ~ .• a; !tJj 01' telégrafo: " El ENOIA" I ; Ba e d s y amer·ca del sud j ~ CAPITAl~ y R:;): E \, AS-- $ 2'847.9tl800 1;' CAPITAL PAGADO Y RESERVAS 1.; 7.140,000 : rroda ulase d 0l)eraciones Ba., ncarias ;, CASA MA'¡;RIZ: 6, 7 Y 8 Token flor/se Yard, Londre ,E. O. l. ; ~ AGENCIAS; Manchesfer, Bradfo rd y New York. fI SECOI N (,lOME.: e A J. o - ," CO. pré~tall o a I * Establecido en Belgica, Fr:ancia, Portugal, Argentina, UrllguaYl E no 9' ~ !'! Brasil Chile y Paraguay. '" u la a, fo c.e lntel e anual. t SUCURSALES EN COLOMBIA: Bogotá, MedelliTl y Manizales. ; ~ A bona en depósitos a tél"lnino: I " Agencia en Barranquilla. Agentes en toda~ partes del.mundo. E , ? me .es el ¿ por ciento de ¡."llores anual ~ Se encarga de toda clase de operaciones bancarras. 'iI A j m')se~ 1 ~~ p r cíe io de Jilterés anual " : CAPITAL y PESERVAS EN COLOMBIA f/I ~ I " . 1. 9:~:107- 8 ; . A ]2 meses el ti POt ciento de interés al1ual " Se reciben de ~ISitOS a la vis.ta en ~aja de Ahorros y a plazo fijo. Afiliaull al: A 2·4 f(leses el? por ciento de interés anual (¡ Llnyds Bank Limi t dlt, que llene I ,600 ~:lCllrsales .en la OraJ.l Bretaiía, y eti)' '" ~ ~ . apit:.ll y ondo de re rva pasan de 39 mIllones d lIbras tsterhnas. ; En cuentas c6rriL'::tes abona el 4 por cíe.do anual sobre saldos e . ,,¡.. ~""':t~ .•• . 11 !tló'" . ,..~ .. ., .... .. f' diarios mayoJres de $"2.000 ~., il1l-9 ~ ~;CCI()J· 111 011 CARIA-,Pré. 1tanl0S alar- ~ t lo ~ ) plazo con a.111ortizació . gradual. rm , SECO ()""r '. IDU(.;Il~R A .. - ~ ideico111isos r ~ 4"~d l1inistr.ación de bienes en general. ~ Ea erente, G. tiONZAIJEZ lJNC1~ TEJJI)OS DE JA ~DAS j G·E elA DI~ BO' 'i A InojoI teje S del paL. O~:I) ,Ñ) AYALA & Cia. t~d( arrotes' los 111ás bajos ESPECIFiCOS VEGETAL ~s A'gentes en Honda· T. AMA Y A. ,,~ Oia __ •.. ____ ._ .•... _ ... ~ .. , ........ ._ ......... _ .. " ................ _~·.·· ... ···· .. ··.·_··_ .. ·· .... ·.··.· .. ··.·· .• ·.f· .... .,t ................. , ....... _____ _ • • ~I Construida sobre esferas de acero. . Jo1' eso es la más suave; la que produce esceitura 111<1: íiiida; la 111ás fueril' y durable. Subiria1 Jimenel & Cia Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 1,D la~rta ~i~¡rQ P~r ~n zr t ~Ir, ~n~! y ~n,~,rr,l. bu brillante labor parla­mentaria El Congreso de Colombia, c!ic­t') una ley tendiente a auxiliar la l\lnyor parte de los acueductos municipales. Este auxilio, 1') decreta la ref~· r da ley durante inco afios. Para e da departamento vota la suma ,e 60.000 oro anuales. Al Toli lila, le correspondió.. . tal cantidad. I J Presidente de la C~ mara, nom­t ró una comisión de cada de par· t1mento para distnbuir estas par­t da . El Municipio de Honda, se f ¡vo en cuenta para asignarle durante los cinco atlos 30,000 010. Al Chaparral, se le asignaron t 25.000 oro. Estas partida, se- "m verán nuestros lectores más a klante, fueron pignoradas por el ilusfre abogado Dr, Alberto Slcard representante actual por e te d~par!amento, en u calidad d uplentc del Dr. Andres Rocha Lil actitud del Dr. Sicard, en con­t ~ de Honda y Chaparra!, es ab­: s )Iulamente ruin. Pero esto le s rvirá de escarmiento a Honda, pM3 que tenga muy en cuenta la h íhil maniohra del decano de la j\ ve nt lid IIber:11 o\0m bi ana. Los h Icgramas a que hac~!no~ rdcreil cia, son los f,;gutente : 8('1got~, Septiembre 27 d 1926 Andrés Rocha, - Chaparral Suplente Alberto . ~icard, hizo r bajar partida::> auxIlios acueduc-t( : Honda, Chaparrlll, de;' 6,000 Y ~ 5,000 él 3,000 Y 2.000 res-ecttvomente, Total que a Hond:l ;(, hilO quitar $' 15.000? al Cha­p rra! 15,000 en lo eloto anos • ue O! ¡I,a 7 Firmados; Pedro León R neóo, ~osenc ) Ram!rez. e hapal ralo Septiembre 28 - 1926 Pedro l.eón I~incón, Ros ndo ... lmhez. - Bogotá. (1 Ir. o Uds, no sufragaron por Alherto Sicard, no pueden tener ('mOl'dllniel tos, Yo si que los tengo por no haber podido OClI­p .. r mi pu sto que por lo , m~nos 11 ubiera conservado CI)[\ dlgllldad ~.inó con lucimienlo, Salúdol05, ANDRES ROCHA. ' Bogotá, Scpti~mbrc 30 de 1926 Andres r~(tcha - Chaparral. .narco A. BúIiílla, represen~al1!e, ¡.;ltiflconos hoy gradas ca~ltollO: "fui nomerado por PreSidente C.:mnra, miembro único por To· li ma hacer parte coulision habla de repartir auxilios acueducto (onf cdoné presupuesto Toli"!él, , :flalando Chaparral, Honda, ~tn· ~ mil. seis mil pesos rcspectrva­Qlente cinco anos, Com ultados ~or mí demás miemhros r presen­t, cibn Tolima, fué aceptado; per.o (\{timamf!nte apareció A Iberto SI e rd interviniendo furma contra­r. d, logr ndo hacer re,bajar estíl.s dos par idas a dos mil y tn.:s 11ul f (·so~" Adicionamos esta forma nues­ti o primer telegrama. Saludámoslo cordialment , ("<105) Pedro León RINCO~, Rosendo .RAMIRl:.Z. • DA VID ¡JÓ; 'DORñ P. lf~ Cí',. . '1'6. imament Tan urt,ido e ncho y rJicore~:... __ El Gladiador --..---.---.-----------------------------------------._--------.--------~ a efensa. J) )p;otá, Oet. 18 de 1 H2ü Hr, clon Mauuel 1. ~aYarro Honda Estimado umigo: Le he agro.. decido mucho II (~al'tu de :..4 del pe 8,10 Sep I}n8 me proporciona una br~ll:1 O('u. ióu ara ti amen· tir la JalíÍ? a. eyeración del Sr A. Valle' ti , que no conocía, por. que 110 n 'o~ tUT)lhl'O g'astal' mi tiellll·ü h~'yellclo periódico como EL }'~OT( n de 1'8ft ciudad. I~n 1oh)t"':!'l'aUU1, que le dirigí a ca le dijo que Alejandro Yallegas e nn iUlflO. tOI': \' en e ta'cartll \'0\' a ten -,'1' el gustCl de ratifiral'nlé PlI .' concppto y demo tmr, u \~era(,i lad, Pura ello tengo que hacor bre\~e1JlUl\Ül la hi toria del pro¡.'( (,tA> dt.' Ordenanza" dfl la CUI'J'ffera,de lJonda s in Jill1U eOIl d f) pt .. de CRlda , que fllP. .,1 <¡Uf' S" pl'E' n16 ct la .. \~uml)lea., '\' no CUl'!' .tr'I'f1 de J IOllda al Fl'(l~. no. como lo afil'l1)1'l fauega . I~l proyí'Cl¡() fl1f> presentado pOI' ,el D, ( han '; pl186 PH 1~01l1i i6u a los ~~h EdlllllUdo \"ll1RaS, Luis U rib~ ~1tlti y. ~\I. Hn lia abian. ¡:o. ü :pu do eon el',"udor d (11- timo I 01' el 1\Ol'tt', quienes ¡nfol'. marOI le rtwol'a blemelJte pOI'. llue !o con idel'lu'on ilegal, ya que fm (] 8(' (~8t .. ble fa, HU egu1l' d' inqHlPstn 80br lus piél de I'e:, 1.1 Asamblea acept6 el in· forn\(" o la comisiólI, y negó el proye '00 or nnanhnidad, si mol uo re 'neldo, como e neg-arlln o· tro +ambién por il'!gale~ t ni corno el impuesto ~obre la cen'c' l.tl, W ra no citar mús Cl} ~OS. La pl'U l' L de todo (lSt.o P. tá en lo. nlIUle!'. \' 10 de lo Anales de la. .h·unbh!a correspondientes al II y :!4 de ~fal'w dpl pre cnte afio. hubimos de \'otU l' el pro­yecto de Chsrry en forma negati. Ya, p rqn como abogados al rC<'ÍIJil' nue tl'O título v como Di· puta, \)~ ElI tOUlltl' pose ión llel Ir." 'lu'amo~ no viol r la le· ye Llr ¡" pai y ..,ubulllos cumplir nuestro: debel' , J'~sto no lo sa· be 11 i lo comprende, a pesar de eJ' ~~J.tjdo (;Omllll, como no en· tieud \ ni omprend Jll11(:lw8 /l­''''/ 1111 UN ('lJ lus (/'fIJ O,.,';u.luto f;'. tl'afto J pC1'lliC'io 'o: POI' algo fucnm 1lst,edcs elo­gidos pal':l, JefE'! lHlrtido liberal. CUl'1I ten COIl III e. t1'O tt PO~"O dedo do. nufsel (JUlIl 1 bo L., Benmrdo H. de Le(,n, P ael I'alla, Hober. to \Tnl'gOl'U ;/;,. F'~li.' . 'iel'J'f.l F., Ht>liolloro G{)llIe.,Z P., .kb~ bl'cgn I'io Pllcnte~, Uabripl lurC'Ía / l., Domingo Bl'rual C .. ,100'ge I'idd, I~;duardo 110.'"0,', ,J ulin !te, il'epo B., Itic81',io Cácel'(', , Bertulfo P:l. ramo, Tomás r. Vega,.J é F, \Tt?!!a, 1"l'Ilut'i co Arango, r·,nr'j. que Ual'(IÍa • ;vaJa, J)ullid Boea. lle~ra, Mal'cia' l 'iza. ~ta.-ilUilia­no ~Ie:-;a ("" Gabl'iel (farda P .. SaeiulwPIlO Murillo, blie<;eJ' 'ro': rl'e \1., l~i('a1'(lo l ' ocll'igllez, Hu. bpu GueJ'l'a, ,Juan B, l'o.bún. P. I·~' J){wil1, FldfJf1 ig-Ho Hníz"J o 'P CiUf'l'l'a G., Hodoll'o ~1.arroquíJJ, Cal'los (iollí',ú.le" B .. Hailllundo Clavijo, Luis K (Jl)utre.rn.s. Lui~ (i6mcz. l'llblo t'a(leuu.H, Milcia· des Pavo" .Juan Yelá::lquez, 10· c1esto Bocanegra Houulfú Ospi. na, Isaac Bernal, Antonio Sá.n­chez C" Emilianü Olí al'. Virtol' Hayo, .J ose, MarJo Huí?, li'ranl;Í • co Vas 1'0 .losé Rodríguez, .JesÚ • 'errano R., 'ol'b )rto (;onzHJez, Aleidt: Galal'zfl.,.1 O. é ~lonterrp ? .Jorge A, Ol'l'E'go, Alfr('do Varóu. .J 08U '; '('ello %., 13ülisal'io 'J'l'oJ1ro· !04(), Víctor Guillen, Cél"sr Z(l1'f~· ti·, A,rtul'o Onza, .JOt:s(: \'i('~n tf' IT o '0):\, ~1 OiSPd p~ 1t('('O, nl'eg·o. rio Sala. !t.. n ling-o Olmo.,. Lucll nema! 1., Hoe/u, C. 1'.. J\~I'll tt (lCI.1Ul'O ~ 1'1' lo, El'Ile to 'l'rel'frv. '.1'imoteo iart.mei':, J HuC (laleailo, Roberto A, rcgn: Baúl A, fega, rJl'Lano Ca~1.J'o C,; Al'· t,\lI'O Melldo~a H., Antollio ~Ile::)· c\ín, ~ l a'XimiliaDo ~relo, ~lig'u(>l Lafüurie, Hicardo Hoa M .. Delfín Torres G., El'UeHto 7;ota ;-; ... \1· fl'ell0 Camacho, ,Jel:!ús Ul'ill1uld(). V, GOJlzález It., .forg't! A. H.llbio, .\1. A, Pinillo, AlcilJiades Forero 11., Abelardo ~e1'l'ano, .Juan B, Orre~o F., Deogracius H.nhio, Ce· uón L('P('Z, Hiruón O:-;pitia, Angel B, .1 ulio, CeledOllio Ilel'uímdez, .1. D. ~tolano B" y, H. JJlato, Marco '1', Bemal, I JlI is A, Vpláz. qnez, .Julio Iliguertl, HaCnd Acos (,0., ,Tulio Delgado, ,Joaquín ltnÍz P., ll. Céspedes Vargu5. Daniel Vel'a, ~Ial'co ' I'ulio :\lenagoberto OCUlllpO. j'duardo Ochoa, Deo· ('Iide .\Iélll ~l'z) A. H ernál\(lez, Pa· t.rocinio SUl:Íl'eT., Alejandro lin· ,\'0 , ~amll,el Lnmbnna, ~1. Her. nate, Vah-riano Corté!:!, C'arloH !t1:\,mÍre7., ' OSA DEL DI Sobre la Carta del Dr. Rincón Señor don Franci:;co Castro Ptc, Mi estimado amigo: Ruego a Ud. ins darme en su acreditad u pcriódi 0, el contenido de la carta que IT1 dirige de Bogotá el Sr. Dr. Pedro León Rincó(), en refe­rencia con el Sr. A. Vancga De Ud attO S. S. Manuel 1. NA V ARRO Café I.Jatin,o. PI ro. las l'r(l.-ima ), el'ia Larft ahierto este magnífico "'1 a . let'i. mimto, . JI,\O IH'l'HAnO DELTHl B[ll'JL f;CPETUOR 1 ,H (~o\)el'naci6n ,lel Tolima, (H"~lba ele nombral' .Magi hado del '[ riblrn rl ~ 'l1pel'ior de I bu 'lié. al ..; 'fint' PI'. David Hin Ou Uoni. JIu, ell I'e 'm plazo del PI'. F"li' ~lu rJH Uf'ina, La elr('ci6u d<'l ))1'. ltiIlC{¡ll, e. l111I,V .¡u.ia y 1ll 1rel'ida. . ll~ con· diciouf's de tnlellto y su. gI'allde~ l'HI'u'cillau' (le jUl'i 'ta, le '010· C'itn lncl i cutihlelllen Pll una po· 'j('Í(íll YPl'daderam nte ~6lida. ¡':1I re mpla7. del Dr. Hinc(m Bonilla, ha ido nombrado ¡ut,e· l'in m nte, para. dll 'erupeflal' t'l .Jn;(P:udo 1.J. de l' ia ciuda.d, 1 cun1plido cahallro don Luís • 'Blltalla, pon;ulla ItClhil 'Y bien pl'llpU1'adfl para 1 de~D1p tío del ('argo. \'an nne 'trns ielicitn.cione fla· ra (.'1 11\1e \10 ~l fl~i tl'ad) , tam­l> IPIl para elapn'(·iablp (·ábaU ~'() qUl lo,'u' itu\" t ln.in ]jeat Ira t.i", ' , E~tamoH para recibir un gran ~m['tid.o de somhreros fieltro para ~j{~j'lor8S. La~- ú_lt.i.m..a-s. n.o-ved-a-de-~-, "El GLADI OOR" TARIFA Y COI lDICIONES, AVISOS: Pulgdda de columna en pri-me, a página t. I 01) PulgHda d column a pclra una sola ublicación en primera página PUlgaíla de columna en pá· gina preferente Pulgada de column:l pnra una !;ola puhlíc.¡cion 2,00 0,50 1.00 A visos en ., VId Soci al ": Palabrl1 0,03 (jacctilla'i, palabra 0,02 Inserciones: primera pági- . na, columna 60.00 Inserciones: páginas interio-res, columna -40,00 A visos limitados, la pala-bra 0,01 Contratado un aviso por determina­to número <1e veces, ,e cobrará ¡fe acuerdo con el contrato, (1In cuan­do se ordene su penderJo antes del vencillliellto. Ningún aviso contra­tado p,or mell~ualidadcs se suspen­derá, '111 cl)mpletar el mes que vay COrriendo. SUSCRIPCIONES: I '(1111 ro suelto el dla de su salida $. 0.05 N(¡melo a!ras;¡do 0.10 Un mes, 30 números 1.20 Un trimestre 3,25 Un semestre 6,00 Un al10 10.00 Al ex( -ric·r 1111 afio I~,OO Ningllrll'1 s~lsCrjpción se SIISp nde. rA,SIrl completar mes, tríme tre, e· meslrc () :lño, según la forma en que 11 ~ 1 sido tomada, Apartado de Correo~ número DireCCIón telegráfica: uGLADIADOR" ~2. Se editH en la :mprcuta Comercial cnll<' 4". ('asa númcro 32 y 31- ~ ~... ~ DI Pl T, no,' e ."1' /~H ADO. l. '. P 'l.'. ,.;on8' 11.111 \' au t.ol'izaoa no , lllft.llln(':~b qlle la Cin;uuscripciOn d 1 No/,t€>. luur.u.rá como ('lllulida to . (~l) Il!'l'I'\'adol'es a la J • B.mblea ))epartu 1lIf.!IItu.l, Ii lo: seüore" l)ro, F, ulJt'i~t() Calder6n H. y PEH I ~t~) ES'IADO ng LA docto!' .Jo,~¡' 'l'omita Olivo~. ~ • C.\ I tltb'rri~l~A ,:-:;i 11 f\:1jJt'{'¡e PS pot~itiva, e pro. El trayeeto cotnprendiclo elltr-~ ('IRo d )"!am 1', que los scñore ti ~ .\l'raUCapluUllls \' Can colí, es u. il.qllierdl1. quedaríllll admil'l\. \'(mladel'amente tfesnstroso, Los blennlll te l't>r)['~~E!I~ntado:, 81 mi!o!. vf'hículo~ que hacen e te IC<:Ofl'i. lIlO t'llhs I:!i el p,nc~L() está \'ucanLe, o lllldu f' PIH't!· g:al'Antil.Al' Ili a. e. . i lo ue empUlll1 persona alguna, gurul' tump0t:o, J'}n todo I;I'lSO, es ¡reelSO ft\'pl'i. - ---...;...---- ----- ~\I!lr c,:tUI:! il' I,t'g\Jlu,l'idade~ y ('. 1<:1.. :-\I'E\'U GOBJ-;IL' \JH)l{ ÚHhu' esto defe ,tos. El 1>1', }·'t;Ji • Mal'ja HeiuH, BI'a. hu. de ~(-'1' nombrado ({obornadOY' rh·1 rl'oliHlfl, '1\ l' I!mplar.o ,lel DI', Hafael Dádli1. : BVO .\.1.0 .. LDE En l'tlempla:r,o del ( l'al. ..\.urelio \'a.hm(;ia, rue nombrado nue\'ll· 1ll(~nte ,\ lcalde dé la ciudad. p,1 apl'pcinble cahallf'l'O Hüflol' .\'rA1'. celino 1'01011(;0. La ciudad par \c· que ~e mu tl'ft 8a1 itifccha. r!Oll d eííul' Polanco, quien entl'o Olil'H~ cosa Ita Rbido captarse la '-0- IUlltnd de ambos bando~ polít i· co~. Ojal{' qUH el seflor Polau 'o hu­~: t lal)or ef 'diva en l)l'oveeho IIP Hond.!,y que .obr' todo, " J!1'!'Ol:1I pu pnl' l'eolganiztiol' el (;1((>1'­TI<> de Poli 'ía 1all detinwjol'nrlo (lB ~ll lllnyOl' P/ll'tl ', ' ,'OH Illl\cho¡.: lo' uba o~.r Il ' t{'· l'l'ible la. cm'l'u ptpln d ~ r:iel'tll~ agl.:nte. qa" ha 'ell g'ala dt> la au· tOl'idad eH asuntos perfeetalllPu, i4' alelado., ele]a ju.ti ,jo.. l'~ te en 1.111 punto d(:lI.la~iado illq)(lJ'tUllt~~ )J 1'0 dCf'grnr.illda. 1110 nt) Hile Lrn' uutoridades 110 lo apl'l ('·jen ni lo ven a. í. Plleda l'''~' que 1.1 ~ 'iíoJ' Polaneo no. dé In 1'az6[1 u illieie Ilntl selt','ci(1Il dentro d \l per ollal polie ¡YO, COU()t!el llu~ pel'sol1alnHmh- al llllCYO IIlllnda.tal'io y sabemo, tlilllhií:lI fu, 11", P:l'lilIlJCt; eap L'i. dnd R llltelt' ·tllules, El Hl', lteinl\, f'llf'fI 1'!lU Im,l/'i a.mente 01 relo m;),' ro 1'1 11 itlll bIt' 1\ lu.~ ea IIla.ri. Jln ' J' ('i n'ul I~ pulí tipos del 'j'oli. JIIa, El 'f'I';í lIit elclllent.o ajeno ,rln e IH~(, dI' r;oponenda, r ,'a a la r'l'iml!l'll 1~la~istl'fit.nI'8 del el 'pUl'tm:1Pllto "'1II habOl' nilqnit'i. d\) ('{)mJl\'{)IIl¡~) ue ninou:nu. na. tIJl'a l()l.f1, Jlll,V quP l'l't' OJ]OCl:n' el acierto tll'! ,lll',' .\lmdíll al rll~. ig;lIal' paT't\ el j Olllll 1111 pxponfm1.e de lim . pius 1',ipf~lJto,'iil~ dp-ut,l'o de HU partido. El IlIW\'O Gúb 'rnndo¡' . l' a ,In \'01., [lm'.'Olla grat.a parn Ipi,' hbpl'~dt'~ de us:tu tl~rl·R. So:,; )tl'O~, 1l0R limitalllo tl en, ,'iar :otllc'('ras ft:lidt,acioJles tanto 11 1 ~~j~f '\1 t,i vo, (;OfllO oH 1 'eflol' Dr. Itl!illli " a Ofl'f)Ct>1'lP 11111' tl'O 'po. yo ('llH11l11l S;¡ .. ::. nl'l'c,'fll'iu, 'H. í ('o. 111(' 1,UlI1hi611 11111 st'J'a ('~1I8Ul' (!U lo. de::-f\í'icl'tu:.-: de su "'ouiol'Ul). Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. El Gladiador Oapital ;n1'é r~ mente p~~'ddo $ 24.400,000 ~ 011 o o re '01'\ a 24.400,000 Capitc. 1 y reser ras para, o~onlbia 1.500,000 ~ lICUo SALE~ ~ J T OOLOMl~IA Bogotll, Modellín, Bé ra'lq Llilla, Girardot, Ca 'tage - na, ~(!li .:lanizales. • I .. UIVII ADO SE OGUP TOO/l OPE 010 B CARIA e tTA. l)E AI o ROS Los últimos estilos en sombreros. Perfumería de Coty, Ga vila, Roger & Gallet, pivor, Gallé Fréles, orvil y Jubín. Verdadera novedad en artículos para regalo. - El más grande surtido de sombreros en general. El más variado y se- I lecto sto k de relojes de todas clases. So abona e :) por 10) de interés anual y se reci­ben depósitos de de $' 5.00. • • e Surti( o con pleto de !),ancho, licol'es~ loza poder­nal, porcelana, hierro esmaltado . r ahal'rote~ en g neral. Los p~·e.,ios más bajos y las mejores calidad s ,:==~================~~~ Ill[ ()ll ADOR T I~XI)O rrADOR l1arrallquilla y IIONDA r plí-).QT'ln s "LUR I)'CQUE" ,~, . Ventas al )or !nayo do 1 a ~ina~, Arroz, Azúcar, ~lanteca, (;(1 ~ o, J~ bc>n, G~ lletas, I T li .. ki, Ci _~arri­llos e 'tr,L), i .. r:- . ., y del país, ino~ , ardinas, Sal­món, Atú \ ESI oc· e , Esperrna~', P 11'61eo, l-i'ósfo­ros, Av ~ a, ~Víantequilla, Petates, Zillc, l\larnhro de púas A Inn l):e liso, lIunición, Ct. V(,S de herrar Puntillas, (;~ l( {~ro 1\ oUno , etc. otP,. Precios BAJO . ~~.oI't: io P :R,\1ANENTE Solicite cotización a Honda 4- 1 -_.~ -- ~ A • londa Cartag8na Agentes del Ban" de Colombia - Bogota - Barral1qui:la Ba co Francés e 'Italiano par~1 1'" América dd Sud- Bogotá- Kunhardt & Co Ine. New I York --- Ru:nic 11CI'l anos Barran~uil'a. Compra Caf.., CW'ros, y Tagua. Venden teja metáli a, alambre de pt.'ta~, Ha"ioJ« lela i U¡, )>>, :i1:liccna, r.lpel de envotver, ' arroz americano y sard¡na~ ce m nit), m~lf)teca arneric?na. Ag 'n tes exclusivos del «J. BON ARJONA» -- -_ .. --_._....... ......... ..... .. .. .. .................... . - .. - .......... - ................................ _ .. - .... - - ..... Oo .. __ ........................ .. . &- I)ogotá Gir, rdot y Ifonda Ah ace {Ll onda contiguo al del r fJ..~ REDO LOP -,Z M s éct • caso Para Ifaciendas y rnunicipi.os pequeños. Motores le petróleo para trilladoras y trapich · s. Proync­to p 'esupuestos. Sección 1"écnica. J. E. NEIRA - Bogotá Calle Florián N° 46 Honda, Empresa Energia Eléctrica • • Hon f Están recibiendo gran surtido en licores, galletas rancho, confite ,escopetas, camas de hierro, 111118- ble de viena, cristalería, vajillas de porc .. lana y pedernal, terlnos, azúcar sincerin, jabón la palnla, esperlna, de 4, de 0, de 8 y d~ 650 velas en caja. Honda Noviembre de 1926 --~---.......... '---- -- Cta~, Droga , .'n 1 a. '1 ShlCeleJo para me", . I'."'pf>l·rn l • ('; ) 1 la ... I r' 1'evol ero (\ topeta.... . "iUf> ,E 'opetlls hwJe. 1p.r<;antil ~a y ]<;",nailolufI. J'jO,>.' '.~ . I ')n, . me.lto Dané lA \'PllU. Carao de rl u naco . • ioh. I ( V nos pam lIIafz ll1a¡('H~ J.II ·'H'l.. Oallo y e rooa. \Yhi~' m l'ca .lohnn ic Walk l' .oenaga gal'llnt.i7.ado. '.1 Yarumal IH~L'J'HAX . y LA nOH.\ DA. Por Telégrafo: "NACIONAL" Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

Compartir este contenido

El Gladiador: semanario político y de variedades - N. 400

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Gaceta Judicial: órgano del poder judicial del departamento - N. 119

Gaceta Judicial: órgano del poder judicial del departamento - N. 119

Por: | Fecha: 30/11/1891

Ij D E PAR T A M E N T O D E BOL 1 V A R, ACE A T IALI ORGANO DEL PODER JUDICIAL DEL DEP ARrrAMENTO. AltO V. } Cartagena, Lúnes 3G de Noviembre de 1891. {NUMERO 119 Este periódico se publIca los días 115 y último de cada mes. CONTENIDO. SECCION DK LO CIVIL.-Incidente lelncionado con la I!uba&lta de una cae a de mamposterla, perteueciente á la sucesión de 108 seño­res Sebnstian Romero y María JOeefa Alvi:!l de Romero.-Excep­cl6n de inepta demanda propuesta por la señorita Manuela Oo\'­d6n en eljuici9 inttlntado por el señOl' José Angel Tous apoderado del señor doctor Antonio 8. Carr8squilla por sus servicios médicos prestados al finado Tomas E_ Uord6n. AUTOS y EDICTOS ltMPLAZATORIOS. SfCCION DE LO CIVIL Incidente relacionado con In &ubast .. de una ca a d~ ma.mpostería, per­teneeiente á la 'ucesión de lo.. seool'e$ Seba tlnll Homero y María Josefa Alv.is de Romero_ Tribunal Superior del Dist'rito Judío'al de Bolívar:- -Cal" tagena, diez y seis de lVoviernb?'e de m',;z ochoáento8 no venta y una. auto de veinti siete de Agosto último, que se destinase la cantid<>d de mil pe '(I 5! para wl - do el difiero v¡llor de In casa rematada, de cuya pro\'¡­no a su eSCrIto. llil Juzgado acogió el pedImento y Ll i~· dencIH ~e alzó para ante e ~a Superioridad el Reñor Adol­puso que e COII iera tlMlado ue él á todos Jo i Illeresa· fu V 81 verde, en repre'entaCJón de la señora Ferm 111:1 Ro­dos eo 1\ suceSión , inclujve el señor Francisco de B. Ro· n;lelO de Anáz01a, una de las interesadas en la suce IÓ:1, mero, en su doble CflrlJctel de hel edero y albacea testa· por h 2llJe¡'e negado el Juzgado á reformar el auto en l'efe­mentari(), CUy O {'fior m~lOifesló en memorial de fecha 27 re ncia, a lzaua que se decide de la siguiente maDera. de Ju lio, que se nponía á la ventR del inmueble aludiao, Seoún L\ dispoaicióD del artículo 1073 del Oódigo no solo pOI qUE" e e bi en lJO necesitaba con urgencia de la. J udiCla I, que ya se ha dado á coooccr, el rematadol' señor re~araclOnes in icadas por el peticionalio, sino porque no Seb~stiall Romero A lviz se hallaba en el ineluc1ible de­e~ tlmaba corre:!to el procedimiento, debido á que el jui- be/' de con ignar en el Juzgado del Oircuito pl'eüitado el ClO de panición aún uo e taba ini ciado. vfllol' dfl la casa rematada veinticuatro horas despué3 de No ob8tante una llegativu de igual Daturaleztl, diE- vel ificado el remate, sin podérsele admitir como pago, puso el Juzgado que se llevnra á efecto la vtn ta del iD· para los efectos de EU obligación, ningún otro doeumento mueble meoeionado, con el apoyo del arlículo 1350 de} que el que acreditase que todos los interesados en la su­Código civil, que dice esto: "000 an,ue!Jcia de los herede· cesión se daban por recibidos de la parte que }Judiera ca­ros presentes procederá el albacea á la venta de los mue- berles, en justa propOlción, de la suma en numerario por· b~es y subsi?aHiamente de Jos iomuebles, sino hubiere que se verificó el remate. Mieot~a~ eQte requisi­dlDero sufiCiente para el pago de las deudas ó de los le, 10 de la ley no se llenase con entera 1 ehglotildad, al señor gados, y podrán Jos herederos oponerse á la venta entre, Juez del cOllocimiento no le era permitido aprobar la gando al albacea el dinero que necesita al efecto." adjudicación hecha á favor del señor Sebastian Romero VerIficada la subasta, se adjudicó el remate de la su- Alviz como rematador del inmueble aludido, pues que prad,icha casa á favor del heredero señor Sebastian Romero semejante aprobación implica el desconocimiento de los de­AlvJz, por la suma de doce mil seiscientos cuarenta y cinco rechos de uno de los herederos, la señora Fermina Rome­pesos ($ 12.645), de cuya suma dispuso el Juzgado por ro de AnázoJ:l) que en tiempo dió á conocer la necesidad Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 480 G A e E T ~ _J!!,U ¡> 1 (J 1 A, L • ·que había de que el importe del remate se consignara en el Juzgado pala ulteriores medidas relacionados con los rendimientos de ese dinero. El remate hecho ror ei señor Manuel Mercndo en re­presentación del heredero señor Sebastlan Rom/ero A Iviz y bajo la fianza de quiebr~ del señor José de los Santos Pérez, esta ba y e:::tá st.:jeto á todas las formalidades que el derecho t'8teblece en tales caso?, y por lo mismo laJpre cin­dencía de· 7dguna ~ó aigunas de esas Iormalidades tiende á viciar-de-n oliclad, el remate en cuestión. Es en mérito de lo expue~ to, que el Tribunal Supe· ríor,1{ mmTStral1do justicia en nomb"re- de la República y p0r au-torJ.d~d· Qe la ley, r~efoIma el auto apelado e,n el seo­tido Ga. \'.k>G-InJ'ar ob-HgAdo al señor Sebasti~n -Romero Al­viz á consignar en el Juzgado del Circuito de Sincelejo la cantidad en n umcrario de doce mil seiscientos cua­renta'y cldco pesos ($ 12,645), valor del 1 e_mate de la ca­- s-aJde--cal y ladril io perteneciente á la sucesión de lo. se· itOres-'Sebasti 3n Romero y María Josefa Al viz de Romero, que y~ le ba ido adjudicado, y cuya ~uma di pondrá el jllzgado que se¡¡ delJositada en uno de los Banco que existen en ésta pIHza,~ cOn la seguridaues core pondien· tes; en oeoencia de tos Í1itere aclos en la . ucesión. Con· Signado el dinero y hech e) dépósito en ln forma de (' R­tilo, se 9ompul ... ará la dopia de qllC hubla el artícult ) 1072 del Código J ud iclal. N otHíque:e, cópiese'y devuél vau. e 1(),3 autos al J uz­ga- do ~e u orígen, MANUEL C. BELLO -El S-ecrctario, Anto"io Jl. Rod1'1guez. .En diez y cho de Noviemhre notificu nI eñor du _ tor lCloy P"rl?'ja G. -Pa?'éja G.-El 'ecrft,ui o, Rodú guez. LaeCYo al Feñ.or Manue l Dávilu Flórez.- Dám:la F. ­El Secrel.!\ r1 I \. Rodríguez. En veinte y tre de Noviembre de 189l que He ~ u · mini3tró pH pe! sellado, e fijó u o edi cto parrl Ilotifi .!sl' I auto anteri nl' á I(lS demas inlere.~ádos en la l'uce ió n-á las tres p. tIl.-EI ~crét8rio, Rodríguez. Excepción de inepta demanda propuesta por la seaorita Manuela Gor- 4ón en el juicio intenta<\p por el señor José Angel Tou8, apoderado del eñor doctor Antorli~, S. Car1'8squilla por sus el'vicios médicos prestados 1:\1 finado Tomás'E. Gord6n. Tribunal Superior del Distrito Judicial de Rolívw·. -~a1'tq, · gena, dos de l\To'v zémb?'e de mü ochocientos noventa y uno. la conferencia !!le celebrara, con la mera Dotificaci6n del ~ auto que contenía aquellas disposiciones, se apresur6 aun sin recibir el respectrivó ,traslado, á proponer l~ excepción dilatoria ele inepta demanda, habíendo hecho uso, intern­pestlvamet1te, de un derecho, cuando todavía no babía legado la ocasión pl'eiijada por la ley; y siencio así como ball sucedido los hecbos oc pueden ser aceptfiules como correcto", y por lo tant·), el Tribunal, ~tdmini trando jus­ticia en nom bl'e de la .República y por a utoridad de la ley, revoca el a oto pOi' el cual el Juez a quo Ihrnó la ex­ce~ ción á prueba, .Y le previene que haga celebrar la con­ferenCIa amiga ble que- p-rescribe la ley, como diligencia ~". viH á todo otra·acto del j ui l~io. Publíquese, c-ópie'~e e~te auto, y lllego devuélvase la actuación al J u~g8.'dó cle.la primera lostancia. JUAN N. POMBo.-El SecI~etari (), Antonio .Al. Ro· d'J'lguez. En tre del mismo· me., no¡,.ifl t.!CI ni :t'ñor Jo Á Angel TUf), , "$n el lOG-H I de li Secretarí'" á 1:1:, dos p. In. - Tous.­El · Seqret'ário, Roafígúez. En cbco del 'mi mn 111::; notifico á la H ñorit nulIdad, para 246 y 247, Ley 153 id.) egún Ir) dispueRto en el artículo que pue lnn hacer u o ue sus derechos. ,Ji, ' 1 ~~so de que [127] ciento vei lte y iet(j de lá ley (57) cincuenta y sie­no rued 1 h¡.¡ er e pprsonalmente, la notdi ;a¡'lon por no té ele (1887) mi1 o(!hocientos e.chenta y siete, y tampoco ~er halla lo' 1<; demnndados ó qll~en lo rep"t:..¡ente legal· hay con tancia de que el edicto empl,z' torio que debió mente~ > hn.ra en J'l forma preveD1<1t\ en lo" Hrtículos 25 fijar e en el domi 'liJO de los dernandad ,)g Mejh y U¡ rre-y 27 ne In ley lO;:> de 1890. ño, e mantu viera ~llf pOI' el térmi no a 'ionado, pues fal- A ... TTO 10 V AREL .' A LAZAR. tan en él la not", de fijaci6n y ne.fijaci6n gue eviden- Samuel Bolívar Aguas, Secretario. ciurían:que la Citación se hiz en la formo leer I prescri­ta el1 el citad atlículo l127J ciento veintl~iLte de la meno ::'iot fico hoy nneve dellOi 1110 mes á I H", 4 p. m. al cionada ley cincu enta y . iete (57). No qiendo legal la Rcfi or I ' i ro Rodríguez, y firma á us rueg0 (~ I. eñor doc. notificacióll, el l.l e:-! nula al tenor de lo díspue 'to tor Agu, tín Solano M. -Agustín Solano ~1. - I~ l ~ecreta· en el artículo (43'3) cuatrocientos treinta y ocho del C. rio, Bolítar Aguas. J., y por lo mi mo, :-;egú'1 el artículo (100) cicn ley (57) cincuenta y siete, 6 ' e el (37), treintn y siete de la [105] ciento cinco de (1390) mil ocbocientos noventa; no e3 vá­lidc el auto de dIez y ei t16) de OJtubrc ue mil ocho­cientos noventa y CO 'ICIlITe la causal de nulidad apunta­da, en el inci o [2. o ] ~e~undo, del artículo (169) ciento sesenta y nueve, (Ley 57 ele 1887) vigente entonces y hoy contenido en el aparte segunda del artículo (123) ciento veintitres (Ley 105 de 1890)¡ y como el tra lad de la de­manda fué notificado á U:I defensor, nombrado en tales condicione, sin persOt~el'ía legítima para representar á los demandados au ente::), también concurre en el presen· te juicio la causal de nLllidad apunta a en el arLÍcu10 [126J ciento veintise is de la ley (105) ciento cinco de mil ochociento noventa (1890) que reemplaza al artículo [173) ciento setenta y tres de la (57) c'ncuenta y siete de mil ochocientos ochenta y siete. p, r' notificar á 10Q señores Man uel de .J esú Mejía .Y María de Je"ús García del vecilldario de l distrito de Sucre, ql e no ban sido ballados .. e fija y "e publica el el pre en e edicto en cumpl i mien to de lo Rrr í ~ ul03 26 y 27 de In ley 105 ele 1890, ~laganerué, Sepiernure 7 de 189L ~l Secrel31'10, Samuel Bclívar Aguas. (3 vs.-1) En la demanda civil ordinaria intentada por el se· ñor Isidro Rodríguez, contra los eñores Manuel de J e· ús Mejía, ManueJ Oarreña, Apolinar Herrera, ])Itlesio Mejía, Manuel Baranoa y Ambrosio Morales, se ha dic­tado un auto que dice así: Juzgado del Circuito.-Magangué, Mayo ocho de mil ocho cientos noventa y tmo. En (24) veinticuatro de :Marzo del año pasado, ins·­taur6 Isidro Rodríguez, vecine de Siocé, ante este Juz· gado, demanda civil ordinaria, contra Manuel de Jesús y Mi !esio Mejía, :Manuel Carreña, Apolinar Herrera, Ma· nuel llaranoa y Ambrosio Morales para que se declara­ra termi nado el contrato celebrado entre aq uél y estos, en S ucre, el cinco de Abril riel año de mil ochociento$, ochenta y se i_ , c In indemnización de perjulCio .y costas y ~e les con uenaru á la re titu cion del terreno ocupado por los Por tanto, en cumplimiento de lo que di::;po ne el al'· tículo [134) ciento treinta y cuatro, y para los efectos de los artículos (135 y 136) ciento treinta y cinco .Y ciento treinta y seis, visto los artlculos [26 y 27) veintiseis y veintisiete, todos de la ley c,iento uinco (105) de mi! ocho­cientos noventa (1890) se ordena: p6nga e en uonocimien-to de fi1:anuel de J esú,s Mejí t y Man uel Oarreño ó de quien los represent~ legalmente las dos ca us< les de nuli­dad, para que puedan hacer uso de us demc~o.:', . ~n c~so de que no puedan ha cerse personaLnent~ la Ct,taClOn, po'r , no ser baIlados los Lle!J:ar.dados ó q ujen le: represntl:! le; '.; galmellte, ",e hará en la forma preveu\(la en 10:'1 artículus Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 482 G A e E T A J U D 1 \fl A L. (26 'y 27) veintiseis y veintisiete de la ley ciento cinco de mil ochocientos noventa. ANTONIO V ARELA SALAZAR. J:)omuel Bolívar A.guas, Secretario. Notifico al Hñor Isidro Rodrígu{z boy nueve del miEmo á las 4 r. m. y firma á sus ruegos el se-ñol' d ctor .Agu~lín Solano M.-.Aguftín Solano M. -El Secreuuio, BolíVa1' Aguas. y para n< tifiear á kSE{ñores Manuel de JefÚs ~Je' jía y M, n\J~l C~1)rfñ0, del v€cindario del distrito de Su· ere, que r o han ~ido banado~, fe :fija el pUfente edicto y se pu Llí cl', t. n cumplimiento de 108 t1ftículo~ [26 y 27) veintiH'is y veintisiete de 111 ley 105 de 1890. Magangué, Septiembre 7 de 1891. El Secretario, Sarnuel Bolfva'J' Aguas. . [3 v~.-l.] En la d€m3rda clvi: ordinaria intentada por el se· fi(, )' I~ ld!O B 111ÍguEz centra los s~ñOles Pedlo Marriaga, Fn;DciHo Vf1ga?, .Antenio l\10nles y Manuel Baram:a, fe lJ? ojclado uu . uto que dice seí: J'l1';.gado del Cúcuúo.-Magangué, Moyo echo de m1·locho cientos nCV(rlta y UrlO. poder e~idenciar por las no~as de fijaci6n y de fijación q' se ma, nt~Yle~a allLp?r el térmmo dicbo y que por consiguien. t~ la cltacl6n se hizo en la forrua. legal prescrita en el ya citado artí?ulo (127) ~iento veintisiete de la. ley (57) Cln, cuenta y slete. No sIendo lega I la notificaci6n, el la es nula al tenor del artículo (438) cuatrocient09 treinta V o?ho del C. J.; ,Y por lo mismo, segúo el artÍü tlo (100) Clen, ley (57) c~ncueDta y siete ele [1887] mi l ochocien­tos ochenta y sIete. que es el nl'tícul,) ciento treinta' y sie, te (137) de la [105] ciento cinco dc mil ochocientos no­venta ,(1~90), y concurre la causal
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

Compartir este contenido

Gaceta Judicial: órgano del poder judicial del departamento - N. 119

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Gaceta Judicial: órgano del poder judicial del departamento - N. 86

Gaceta Judicial: órgano del poder judicial del departamento - N. 86

Por: | Fecha: 15/07/1890

DEPARTAMENTO DE BOL 1 V A R. G CE A· J L. ORGANO DEL PODER JUDICIAL DEL DEP AR'fAMENTO. Alto IV. } Oartagena, Ñartes 15 de Julio de 1890. {NUMERO 86 . . .te periódico se publica 108 días 15 'Y áltimo de cada mes. CONTENIDO. SSCCION Da LO CIfIL.-DemancJa intentada por ~1 spñor dootor Miguel Diaz GranadoR F., contra Ricardo E. Román por soma de pe­lo.,- Demanda intell~ajla por tll eeñor 1)omill~o <;a8t'¡ñeda, OvD­b" a 108 eeñores Wehdekio«, Focte &. Cu., pDr luma de pesos. AnsOl. SECCIOI DE LO CIVIL. Demanda intentada por el 86ñor dootor Miguel Dfaz Granado8 F., COD­ka Ricardo E. Romin, por suma do pt.8oe. 1ríbunal Super'¡or del Di3trito Judicial de Bnlívar.-Carta gen a, catarc!! de JUn1:o de mil ochocientos noventa. Visto": Se alzó Ricar()o E. Uonláo dll auto ejecuti· vo diCtadn conHa él por el Juez prin.ero de e te Circuitll, á pedimer to del doctor MIguel Dí"z G,allHdo~ F., apode rado de M. Kesson & Robbill8 de N lleva YII'k. La ape­laci6n le fué concedIda en el efeeto d "v<>!utivo y 11)8 sutos han subido ti egtn Superioridad pun 11 MU:-Lllneincl6n y de cisi6n del recur 0, Jo cuul se procede á jecutur ll1edll\nt~ estas CODS' deraciolles: Sirvió de IOstrumento t>jf>cl1tivo nns¡ cuenta ó ba/anc formado or los acreedores M. Kel-l~on & H,llbbins, del que resultó nn saldo a cargo deJ apehwtf' de lIli l (;If>nto veinte pesos, cin uenta y -nueve centavos [$ 1.120,59] , obre cu­yo instrumento se bizC) deo)antr fuen. d~ jlliCJu á Román, interrogándole que e.xpresara si el s~ld() 6 balance que arroja el enuaciado documento, es el mismo que f\deuda de [,lazo cumplido á la caSR arriba nombrada, por mercan cías que le vendieron y que el interrogado recibió á su entera satisfacción_ El Instrumento eoullciado, según ~e observa, no fué otor~ado ó extendido, ni se baila suscrito por Rican o E. Román, de manera que, 8cerou de él, pu­diera caber la obligación de que trllta ti aní ·u lo 696 dd C6digo Judicial, de hacer Romall. su reco[)(,c,clmieuto, por cuya r~z6n se ocurrió á solicitar la declal ació" de é~te, coo el objeto de crear la prueba de la cllnfe:;i6", para pedir oon ella, la ejecución para el cobro de la deuda. Absolviendo Román el illterr0gatorio expuso: "Debo á los expresados sellores unn sumél, guIdo de cuentas I ro· venientes ee negocios con ellt ,g". l/Para decir si la cuenta y balance son exactos, tendría que examin:u los libro.; pero Jo CIerto es qtle debo á Jos señores M. Kes on & Rob bins, y que puesto que ellos han tormuludo esa cuenta, debe ser esa ]a suma". Estimando el J u z a quo esa res· puesta como una confesión juuicinl, tibl6 el decreto de ejecución motivo de la alzaua. Examinada la declaración anterior, á la vista delartí· ~~10 559.del 06digo JudiCIal, se la e~cuelltra deficiente y aJO eficaCia para poder fUlJdamentar sO.bre ella un Itbramien. so ejeou~"o. por raz6n de que en ella no determin6 con precisi6n el absolvente, la cUltn'ía de 8U deuda; no obtante que en la interrogaci6o, si S6 expres6 la CRn tidad con gua· ríSITIOs clar08, si n que pueda decirse q \le lo que agreg6 el ' deponente al fin de su e.xposioi6n, suple á la determina· ción precids que exige la disposición aludidu; porque él no ~dir:n6 de lIn modo terminante é indubitable que fuese ('iertamente 1ft cuantÍ-l de la deuda la que arrojaba el ba­l'tnce, fullándole por consiguiente á tlll declaración la oir- l. eunRtuncl:.l que requiere el artículo 559 precitado para a­sumir la fuerza de plena prueba. Siendo así, e! ;nstrumpllLO aducido en apoyo de la demanda no puede traer aparejada t>jecuci6n, al tenor del Hrtíl!ulo 1012 del Código citado; puesto que de la decl1lra- 016n ó confe~i6n producida por el actor, como recaudo 8je· cntívo. 110 resultn la obligación clara, expresa y de plazo cumplido, en que se halle Román constituido de pagar !-Ilguna cantidad líquida, sin estar sujeta á deducciones illdeterm1Dada~. ~I juicio ej"cutivo no puede trabarse sino sobre un i.,. lrumento que por sí mismo forme plena prueba y ten· cra la fuerza de sentencia ejeoutoriada; y de ninguna. ma· nerft podlá conceder!'lele al que se ha producido po: el .tpnderado de M. Ke8son & Robbins las condiciones apun· ludll8. ApHte de que la ('onfesión judicial, así como la defillen 108 artíeuloR 555 y 556 dei Código Judicial para loer cer aquella cul1fioi:1cI6n, tIene que baber sido rendida el1 j ui cic ; conuucienuo á corroborar esta tésis el artículo 56l del C6digo citado y los 3nÍculos l32 y 149 de la ley 57 de 1887; y como se verá, la en que se ha a poyado el ;l uto de {lflmera instancia, no fué dada con aquella forma· liJad. Por tanto, el Tribunal Superior adrninistl ando justi­cia en 1l0mbr3 de la Repúblioa y por autoridad de la ley, . levocn el auto apelado y deolara que el instrumento pre· "entado por el demandaute no trae aparejada ejecución. Publíqnese, copiése y devuélvase el expediente al · Juez de la primera iIl8tancia. JUAN N. POIIBa.-EI Secretario, .A72t072~·O M. Rodri­guez. En diez y Eliete del mismo mes (el quince fué feriado) notifico nlEldior FI!~oj:tl, en su oficina, á laa dos p. m.-FR. LIZ.-.Kl Secretario, Rodrígut/Z. En Bt'goida al Qenor doctor Miguel Díaz Granados F .. á las dos y media p. m., y dijo: que presentará eRcrito hoy veinte y uno del corriente mea.-Diaz Granados .F.-El Secreta rio~ Rodriguez. . En seguida ~Jl ~eHor Ricardo E. Román, en el mismo local de 1 Secretaría á las tres p. m.-Román.-El Secre· tario, Rodríguez. Al escrito presentado por el sefior doctor Miguel Díaz Granados en la demanda que sigue contra Ricardo E. Ro· mán, por suma de pesos ha recaido el auto siguiente: fubunal Superior del Dütrito Judicial de BoUvar.- Car-tagena, Julio primero (que se na dado papel) de mil ,o­chocientosnoventa. . Aunque lü reolamaoi6n hecha en el anterior eaorito- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 348 GACETA JUDltJIAL. no contiene uinguna nueva raz6n que pudiera hncer _ ue el Tlibllnal cambiHa su juicio acerC:l de la ilea:l li bd del auto ejecutivo q' e dictó el J oez 1.0 de e te CirCUito á pp.llci6n del recl;1 mnnte como npoder~ldo de M. K e on & Robbllls, contra Ricnrdo E. Román; Hinemba rgo, por de ber y para hnCPf rectificaciones á conceptos en el escrito emitidos, entra el Tlibunal á resolverlo: IDn In mismn fecha notifico 31 seflor F iscal del Tribu­nal Superi()r-FELlz,-~1 Secretario, Rodríguet. En ~egt1ida ~ll señor doctor Mi!!uel Dhz Granados F. Díaz Granados F. - El Secreliuio, Rodríguez. En cinco del mismo mf'S, que.e ha dado papel noti fi(!o al t'ñor Ricardo E. Rnmán, en el local de la S;cl'eta­I Í ;l, á las Ir s p. m.-Román.-EI S ... creiario, Rodriguez. Demanda. iutpntoda p ~r el señor Domingo Ca8tañecla contra lo señore. Wehat>kmg, Focke & C~ po\' suma de pesos, Trt'bunal Super1.or del Distrito J1J.dicial de Bolívar. - CG,,;,,ta. gena, treinta de Junio de mil ochocientos noventa. Vi to~. Domincro Ca ,tHñed;l. vecino de la ciqds,l del ()Hrm en, pOI' merlin de <-iptlderadd'c,)I\Slitulcl,¡ en h de Ba. r,. nqtllllH, d '>roan ió ante el .J uz rano l.0 del Circui t() de e te ú llim) lIomhre, á b, casa \'o;nerciaJ l'tn oua adeudHba á M: ~e8S()n & Robbi ns, lu Cc\n tidad de mil ciento Velllte pesos cmc~eOLa y nueve centavd8 ($ 1.120, 5~) ., 1 saldo de la referida cuenta, lt preciada á h vi"lta (le~ Il rtíClllo 559 df,1 C6digo J Ildicia 1, e le encontfH ba deficiente y si 11 ef1<,acia para eervir de ba, e á un libramiento ejecutivo; pOrtPle el absolvente no J.lt CiBÓ, en térmillO'i clam y exrresos, que e3 ~udor de plaZho, Ai la ~l~odn era 6 nó de plazo cumplido y pllr co nsIguiente eXlglbl ; y 3. 0 qu para tr8bar una f'j·'cución Re T1cceSIt:\ ba y era indi pensable un in trurnento q\le pllr ~í mí 1Il0 forrn~ plena }Jrueba y tenga la foelz'l de \l.lla ~entt!llcia j cutonada, y dI' ninguna manera podlí \ ('o!lcedér de á la cuenta privad,l formulllda or 108 mism04 :tcrt e(l (lre~, ni A la vaga declaraci6n de Román, hlB condicíonel'i a pl1 nt¡.ldllf~, puesto que no pndía atribuíl sel , 111 el va Inl dp, plena prueba ni la fuerz\ de sentf>ncia ejt>cutol'iada, pOI r:lzÓJI de 1:18 objeciones que !es qued'\::l hechaR. tI-> pe~()~ en htll tP y IIIl:i oldeu :-,crit:I, C')II It firma de WehdekillU' FIlL'ke & c. a P"l' C~lI;¡trociell\" '~' pe·o~. '3, favor de CasLIlf[eda y .n cOlltr.t ,l e, eñor Sel lé" A. Vdla ren ! ele 11 ci udad dt 1 :ll m D. ' Fueron 108 expuestos, lo cardlDa les fu ndarnenLO, de l :luto del TClbunal para re.olver la l'evocutori' la contestación de la dema.nda" no quedaban, pues, otros hechos sobre ')OS oO:ales d&hieNn versar las pru bas; sino quellos, que según~ '1a~ d manda · se cumplierou entre Castaft.eds, G:nnaTl'fi y Villareal, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. GACETA JUDICIAL. 349 pues que el verdadero C1l1ácter con que Gf\m~rra intervi no en el cumplimiento del contrato es rpá::! bIen un punto de derecho. PedHh por el nctor la declaraci6n de Senén A. Villa · real, é..;te df('}¡~16 á las toj as ~9 y 30 de los aut\)s, l.0 q De'flO abon6 pel sona I rnente á Ua!tañ~lla 1, ordt>n por I()~ $ 400j pelo sí lo hizo á su rec' mend¡ldo Manuel del O. G;II l1arr;¡; 2.° que dicha orden se la 1,ev6 más tarJe una HIlviellte de Ca t ¡ lÍ~ledfl, con ia nota de recI bo pue Ita a I pié Y nrm:lda por CH t,¡ neth, orden gu'e el declarante se re':lfrVÓ por ha bella y" Hbonado; 3,° que cuando alO'nnos días de, pués, CnsLlIñl'da se la cobró, hlzn venir á Gamarra quien Illl:lnl festó d( r CI rt\) que recil)(ó el dinero y lo entregó á Uusta­Heda en su casa; y 4.° q ne habiendo pres ntado ti O~8ta­ñ da 1, ( rdAn pnrn probarle quP. era la mi, ma ~irad!:l por los, e,Hores W eltdeki ng, Fo\ k.e & co, Ca,"t.,ñeda h torn6 y e la gUHrdó con el fundamento de que le ertellecía, pues· to qllA \lO 8e le h¡lbí¡1 pHgada. Traida á ' ) .. aut()~ ell copia, p Irte e un memorial dirí~ódo p(,r Manllel del C. Gamal I¡\ al Jllez del Circuito d~l Ccl r men, en él e expr('H<1 fl.'Í: I Stñor Juez del Oircuito: 'Ma luel del C. Gnmar,Ll, de e:le vLcíndado, Inayol' de ella , linte II ted con re~peto digo: Que en el mes de Ahril del pre'ente aí'il), cuya fe ·ha n recuerdo elln precI­si6n, fuí corll1. ionado por el :-leñor D lmíngo Cnstllíleda para verific!lr 1 ca m bio de tl'e~cien ~II pesos soles por bi, i1et s corriellt @. reste dinero me 11 rnLJ'eg6 .V orde\ló se 10 l ieV3se á. 1. W t>hdt'kinS! en P. te 1 tl~:lr .. egún COII veni s que 11 R tellÍ-1 n de anterior. A í 1" vel ifiq né ~ r prestar desintere adamellt t" servieio al seD ,r Oa t ·ñeda y á pe-ar de 1. i ro Iti pllCRda ocu paC"'i ne:- "E I eñol' Wehdt'king en cambio de di 'ha cantidé d debl6 entreg rllle cuatl'ocientod veillt pe"ü8 en billetes á raz6n del cua renta por cIento; (/1('> ~ntrr'~Ó p le una letra lloruell xpe lidll :í favor de! s{'ñor Un ti1fied¡:¡ V contra el . {'no!' S nén VI llreal pagauera á IR VI t.\ por cu.ltrocit'll­tos pe. y me elltregó ia dlferenoia d . vClrlte p 8)"1 má~ en blllew!."i. tjf riendo hacer ul :eñor () 'I'it:lfi ,l' el ervI­cio por c< rn peto fuÍ Ion de el s fi r V 111:11 al, pre en t le h letra g ratl en!5U contrn y en el ncttl me entrea6 los cU;ttr leí r tos I e o~ en billeL ;) l. ,:t 1 it>~ de á eieo, cío cllentll, v ~i llL diez V CIOCO; pero cornil li l' ha letra ú or­den ca n' Í 1 del looi'bo del Sr 'a t!lil >\ I \, 1 r. Villaleal me la entrenó para devolvell 1 eg) con el recIo al pié. Carll en, 24 de ,Mayo de 1888." Terll ina 3a la ~u tanci~iCi6n y citada la partes para sentencia, la )rOfirló el Juez de la prilll t'ra in tlJnCl3, el día 12 de nO ( ... to del Hilo pasndo, i\ b olviendo á la C'lsa de­mandad'l y cc ndenando en co tas 1 demandante. Este fd l tLlé npelado por el apoderado da Ca tr,ñ edq y concedí o d recurso vinieron lo anto al Tribunal, en donde se reci bieron nuevamente á prueba ,.y C3e produje­ron por p rte :'le apel.mte: 1.° Varias copias del expediente creado en el J uzo gado del ifC uit) del Curmen por acusacióa de Manuel U, Ga marrn contra Domingo C'-tstañeda por los delitos de hurto y Ct,lum~ia, r e la~iva8 á e te mi mo asunto, y de las cuales re u lta que Gamarra no alcanzó el objeto de su acu .. nciólI, pO' no eSLimarse suficiente el resultado de 8- q uellos n uto para fallar en -COQtra del acusado. Esta prueba que tiene alguna relación con este juicio, autoriza apenas p,lra asegurHr que en aquella ocasi60 DO fué con· vencido Castafiedu de lOs cargos que se le hicieron; pero no eA unn pr eba del n6 pago por parte de Gamarra de los $ 400,00, Hecho es éste que no quedaría efiniti va· mente e 'clurecido sino ~n el juicio civil en que Gamarra fuera pa rte. 2.~ Se recibieron declaraciones á siete testigos ve~inos de la Ciudad el Carmen, cte Jos cuales cuatro asegura[()n. no ser costu b.re ~o.mercid ~llí, est1lmpsl' el recibo al pié de u na letra ú ()J den, y entregarla antes de haber recibido ~u im 1J0rte. E"ita prueba no es suficiente p:ars fundar nada sobre ella. pues no basta el dicho de cuatro comerciantes !J:lra prob Ir las co. Lumbres mercantiles, según el artículo 739 del (J61iU'o Judimal. 3 o Sd desglosó de Jos autos criminales en que se baI laba, y se trajo á e tos, la orden original que en parte el:! rnateri ;, de e'jte pleito, y que c\)piaua á la letra dice: "Por $ 400. .A la v~strt se servira usted mandar pagar al señor Domingo Oastl.lfíeda, la suma de cuatrocientos fuertes en moneda C01'1''t'entc, por cuenta de sus almos, amigos- Weh­deking , Fock & eo,-Señor &nén A . .,ülareal,-Carmen, Abril 12 de i888 -Mayo 5. Rect'bi, Domingo Ca.stañeda·', ~sta \Irden extendida en papel comúu, no puede asig­nársele otro carácter que el de un mandato para que Vi­Ilareal CUm!l1-1 11) allí ordenado :iegún se demo. tl'ará en If.\@ consideracione fina le. DeclarRron Margarita Murlínez, Pablo Oúhoa. y José ~';11'ón, no hab ... r conocido nunca á ~amurra como emplea­do id ,ervicio de C;-\stafí~da, el) cuya caga e, tu vo apenas' IlIlA O:!ClSIÓn limpiando y barnizando unOA muebleR, como carpi 11 tero. No prueba esto que Uastafieda DO hubiera aut(lriz:ldo nunca a Gamarra para recibir por él rlinero ú otros t>feeto" y má~ bien existe la prueba de )0 contr:lrio. De to lo lo anterior Re qeducen las siO'ulent ~.' Cons~'deraciones: 1.a Los B fLores Wehdeking, Fa k & ca. cel braron con DorninO'o Castpr dicipada en otrn litis, y convenir en que al ocurrir en, tllfieda á Villarea), éste no e creyó o· bllg»oo á cubrirle Il orden expresada. 5.· UHAUlñ .. d" rliP'llÓ á Gamarra para entregar á. Jos señore Wehdt-killg, FOl·ke & C. a lo. $ 300 pesos soles, y debe flU ponerS6 que lo biza también para recibir de ellos los $ 420 bi Iletf's precio de la venta, toda vez qu~ recibió sin observ¡lción, que cOrlste, lo que le llevó de retorllO Ga­marra; pero tal malldato no alcanzaba hasta hacer efecti va In orden expedida nominativamente á favor de Castafieda, y que por lo mi mo, requelía mandato especial para que otro, que no fuera el mismo Castañeda, pudiera exigir su cumplimiento. El artículo 1638 del Código Civil dice: La diputa­c~' ón para 'recibir el 'Pago, puede conje-rirse por poder general para la libre aarnint'stracwn de todos los negocios del acree­dor' ó por poder especial pat'a la libre administraC't'ón del negoC'io o negoC'ios en que esté comprendido el pago, ó por un un simple 'mJmdatQ COMUNICADO AL DEUDOR." : -' . . E:!t.a disposición y la terminante del artículo' 2 1 ~6 . 1 blCiem, en VI rt'ld de la cual solo queda obltgo.do tl nia'ñ­dante por lQs hecho8 d~ BU ,mandatario co mprendid'9s:.~~b- '· t o de los límites d~l' ma'nldato, ' hacen, . e':lneir 'reetimr .g ~ ~. .";,. ...~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. • 350 GACET .. JUDICIAL . No bHy <'o. tas por no e. tarse en ninguno de los caEOs de 1 artículo 864 dd C6digo Judicial. . Notifíque~e, publíquesE', copiésc y devuélvase el ex­pedIente. que el hecho de haber recihido Gnmflrrn de V IIareal $ 400. nn implica. el pago de b -m ll-m:1 HHlIH Ile<.:ho 5 ()!I¡:!. tni'ied:\, ni extin )ui6 en los ~efioles Wt'bdt killp, F"c-k( & 0\ la obligRción ~Ub"'ldifllin de ~boll~\l'le t que la sum~. , A~í d ,bió de pen~8rl() tambiéu Vdlllelll, CUHndo eXigió de GamaITD, se llevara la orden, y ¡.e lo devolviera COIl el El M9gi ~tl'ado doctor Araúio salva su voto en esta recIbo do Cll8taiIedll. sentencia, 6.· El fundamento prineip;.¡} de 1:1 . entencia e pri­me13 in tanci:1, consisterlte en la JlceptHl: 16!1 que ~e d Ice di6 tlllpoder}tdo del llctor al punto telcero dÍ" la 1 r< ,blln­za, no tiene rsr:6n de ser, toda v( z que ElU Ted·.mac 6n tu· PABLO J. BUSTILLO.-JUAN N. POMBO.JUAN ANTO. NIO ARAÚJO.-EI Secretario, Anto1'l1o M. Rodríguez. vo pOr objeto lb supres16n de diclJO J¡unto ternel', POI Voto salvado del Magistrado doctor Araújo. ballaree convenidas la~ partes en que G;,mnrTn filé l:omi- Tribunal Superior del nútn'lo Judicial de Bolíva)'.-Carta. sionado por Ca8~8íleda pllr~ conducir el (Iiner(., y LO pal'~ ge1la, treinta de Junio de mil ochoc7,'entos noventa. todas las oreraClOTleS relacIOnadAs con el c:arn bIP. Su prlml. . do dicho punto, qued6 mss bj~n t'oTlven:do lo prírnt:! l'! que . VlstOtl. Los fUDd~~ent09 en que se ap.nya .Ia aenten- 10 segundo. Cuál fuera el CClractel' legal que e tlj e ml~lón I cm ape,lada, que pronunct6 el JUf'Z l°. del ~Irculto de Ba· diera 'G~marr9 era una cuestí61l de derech,., impropia de rranqUllla en 12 de Agosto de 1889, 8b~0lvlendo á la Oaaa las probanz8~. ' comercial de Wehdekir.g, Focke & C.~ de la demanda in, 7." SOl:3tifne la pHte demsoclada q ne sipndo 18 orden tentadli CI!ntra ella .en juicio ordinario, por ,Domingo Ca~ t3- girada á fn\or de Ca~t11 ñeda una lerra de cJ.tmbio este, Hed~,' veclDo del dl~tl1to del Cnrmen, por tU suma de $400 pora Con~ervsr ~us dt'Techo~ df'bi6 hacerla pr( , te~ l r pOI ~n. ~1 11e te8, y conrtenando tll demandante en lus costas del 18111\ de palZo, sin cuyo requi~i'(.l no puede eXigir su . im· !UICW, ~o se han efJ~rvado .en el cur~o de esta segunda porte del librAdor. Pero el TJlhuflal que 1111 eSlddllldo IfIbta.n~1l:I, y ant~s ~l~n 3ub81sten en vl~or. ~o~ tal raz6n, atentamente los razonsmient( 's d~· h.ls p~,rl~~ á la luz dt' HdmJ~lstrando JustlCJa en nombre de la Re~ ,ubllca y p,or las legislsciones, ccmerC'ial y civil, no puede leCOI ocel It not('rldad de la ley, se confirma la expresada Qentencta, á. la ol'den en referencifl, el <:~I I áCler de u lIa h·tnt ele CHm con CI 8tn~. bio, porque es condic16n est:,nl 'Inl en ellag el St'r g ir:l d¡.~ JUAN ANTONIO ARAUJO.-POMBO.-BuSTILLO.-El de un lugar a Ot1'0 di$tinto, ('omo que clt-' "trll ruodo 'lO hay SecretlH io, Antonw M. Rodríguez. vereladem (,Otltr~to de Ctlmblo c( ,mf>reia l (HIIÍl'1I10 746 rld C6digf) d Cc'mercio) y p( lrquE', ellds a~í CO:II(\ 1\1 I teNO. da comercio, llamados pagaré y lib'1'anza, deben l'onteOE'T la e:xplesi6n a la orden Ú Oln. 'IIJálc'gh, St'~Ú II I '" llllÍl ulo!-' 760, ~98 Y 899 del CódIgo ele el mel<:io. el! Imllo qtll'}¡. orden de que se trata t'R nominativa,'y no pndlt'lld trH¡;'· mitirse por la vía del endoso, su ·e de los I ímll s IIe la 11:' gi~htción comercial y no l.uede e~tlmHISt' BII,() C'on o UI I mero trlandnto civil, válido CI mo tal, aUllquf'.e h, 1 e ex· tendi{oen parel común, pero el Cllul no i/l 1 1( ,ne 111 tt'· nedor la obligación elel protesto, pue~ no :-011 "p,il·ablel:l por 8D3logí~, á los asuntos C'ivi l e~) las disp( sitie lJe~ e pe, ci, les dtl C6digo de Comercio. s verdad que CaQtt ñt fin demoró In prc 'enUle 6ft p r­~ ona1 e aquel mandato á V I Jan'HI, y den,ol6 pI Hvisll det no lago á los c;:eñore W ebd, klll~, F( I ( ke & Ca. pel (l tales mi8ione~, J3i bien hnn PI dido perjudit'tir I é,to~, no perjudICan la acci6n de Cast~ñed3, pues en lo t:lvit ¡liS a~cioD'eS no se extlDguen sino por los mediOS que el CÓ· dIgO de la materia E'stablec~. 8 a La Dota de recibo pue~tn ~\l pié de 1\ referioa orden y filmada por Casttlñeda, no puerte COI siden"se co· mo la prueba de que éEte recibió de los 1'11 ñme Wl'hde­king, Focke & ca. 6 de ~u m&nd8bnio VlIlHe 1, la ~unla allí e::Kpresada, porque, eu R l IT( ~clDdiE' Dd(J del que ttrl recibo se halla en el caso del 8Ttí(~ulo 13 de Ja ey 110 d 1888, aquella considersción sería cpntrHria á la evillellei de los hechos, pues evidente e~, y en dIo eSlán de acuer­do los diversos interesados, que el dí" 5 de M yo, . f chn de In I1Otl\ de recibo, nada recibió CHst; ñeda de nadIe, p r ra26n de dicha orden. Y si naGI:l recibl6 no puede refe rirse d icha nota, sino al pago que en equelJa f ·h 8e es-peraba.. . Ea cunnto á Jos perjuicios demanc.1ndos pcr Castañe da, na da se ha determinado ni pn,bfldo s(,brt> ~lIo~, pu­d iendC) suceder q ue no JOB h~ya sufrido, pue to <¡ue volun tariamente demuró el cobro de In suma pr'llcipt l. P or tanto, admmistrando ju tiCl8 en n mi>re da la Repú liea J por autoridad de Ja ley. se r f' VOeLl la senten­cia a p~ lnd8t y se condena á los sent Ires Wehdt.klog, Foc­k e " C.· " pagar á Domingo C¡1st~fieda la sumf de ou n~ trooie tos pesos en moneda con iell te, resto dt l precio de lo! • 300 801es que éste les vendi6 el 12 de Abd de 1888 al 40 qo de premio. Se Jee ab~ ue l Ye de los perj tllcio8. CnD!'tr: que en la audiencia de esta fecha se ha publi· ~ado conforme á la Jey la sentencia anterior.-Cal'tagenn, Jon'o treinta de mil ochocientos noventa.-EI Secretnrio, Antomo M. Rod1·íguez. En primero de Julio del sño en curso notifico al se­Bor doctor ~"ernando A. G6mez Pérez, en el l tlcul de la S('er€tMÍ'\ 9 IfI~ dos y media p. m.-G6mez Pérez.-EI Se­cretario, Rod'ríguez. En la misma lecha al Sr. doctor Benjamín B3én~, en ,1 mi~mo local l á 188 tres p. m.-Baéna.- Kl Secretario, Rodríguez. AVISO. lU Juez pnmero del aircu~'to de Cartagena, Por el presente, hace saber: que en el juicio ejecutivo Qeguido por la st-ñorn Matilcle Porras con el señor OdVal­do H. GarcÍll 1 se ha decretado el embargo de cuatro acce· . orias de piedra, madera y tejas, situadas en la Plaza del Pedregal (le esta ciudad, presentadas por el ejecutado y las cuales tienen los siguientes linderos: por el Norte con ca­~ a alta situada en la esquina de la media Luna, del señor Manuel Romero; por el Sur con accesoria del señor Ma, Iluel Romero; por el Este calle en medio con la muralla; y por el Oeste con huerta de la casa baja utl slñor Federi­co Conecel'o. y en cumplimiento del artículo doce de la ley cien­to treillta y cinco de mil ocaocientos ochent.,a y ocho Be p()n~ tI presente aviso para que sea fijado en la Seoretaría de este Juzgado en el 1 ugar destinado para la fijaoión de los edictos de que trata el artículo dmmientos dos .de la ey cuarenta y siete de mil ochocientos ochenta y. 81 ~te, y copi;t de él se publicará por seis veces en un per16dlco o· ficial. Dado en Cartagena, á diez y siete de J unio de mil o­chocientos noventa. J OSE MARTIN BLANCO C.-M'igueZ DelvalZe hi,io, Se· cretario in te rino. (6 v8.-1) Tip • • e Antonio Araújo L., ' oar¡ode O'Byrn •• Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

Compartir este contenido

Gaceta Judicial: órgano del poder judicial del departamento - N. 86

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Gaceta Judicial: órgano del poder judicial del departamento - N. 85

Gaceta Judicial: órgano del poder judicial del departamento - N. 85

Por: | Fecha: 30/06/1890

D E PAR T A M E N T O D E BOL 1 V A R. GACETA JUDICIAL. ORGANO' DEL PODER JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO. do IV. } Oartagena, Lunes 80 de Junio de 1890. { BUMERO 85. .. te peri6dico .e publica lo. díal lIS Y tiltimo de cada mea· CONTENIDO. e.CCION DI: LO ClVIL.-Demanda intentada por J08é Angel Toua, apo­derado de Tereltia Valdaz, contra Rito M~rano, para la entre,_ de unaa prendas. S.CClON' D. LO CRIHINAL.-CaUI. M!guida OOfttra Timoteo Martínez, por el delito de l'(\bo. . AUTOS y EDICTOS BMPLAZATOaIOI. Ay,s08. SEGCIDI DE ·LO CIVIL Dt>manda intentada por José Angel Tou8, apoderado d8 Tere8a Valdez, contra Rito Medrano, para la entre,. de unaa prendu. 1hounal Super~'or del Distrito Jud'icial de Bolívar. - C6.'rla­gena, catorce de Mayo de mil ochocientos noventa. Yi8tOS: J Ofé Angel T uus, apoderado de Tere~ a Val­dez, ape ~ 6 de la sentencia proferida por el seiíor Juez pri­mero de este circuito, en la demanda que intent6 á nomo bre de su poderdante contra Hito Medrano para que le entregara un baul y un escaparate que pertenecian á. la bija de la Valdez, llamada María Dámasa Medrano, ya fi nada, cuyo baul y escaparate contenían, según la deman­dante, ropa y prendas ue la difunta, de quien es heredera la actora, y de cuyos muebles logr6 apoderarse el referido Medrano por medio de una astucia, según lo asever6 el demandante en su libelo de demanda. Por la sentencia dA la primera instancia se deClaró que la V ddez no había comprobado su derecho y se absolvi6 á. Rito Medrano de la entrega de los bienes demandados. En virtud de la alzada interpuesta por el actor, ha venido la causa á esta Superioridad, y del examen que se ha hecho de los autos, resulta lo siguiente: Propuesta la demanda primitiva. opuso el apoderado de Rito Medrano las excepciones de Inepta dem~nda é l· legitimidad de la personería de la demandante, cuyas ex­cepciones tramitadas en la forma legal se declararon pro· badas, siendo en virtud de tal declaratoria que el apode­rado Tous intentó nuevamente la demanda, diciendo en· tonces que, á nombre ecie y calidad eran las alhaj~8 guardadas en dichos mUEbres, así como el número de enas ­y demás particularidades que debieron haberse circuns­tanciado, á. fin de que el Juzgado hubiese .podido saber de una manera cierta y evidente ]0 que el haul y el esca­parate contenían, para dECidir con conocimiento perfecto de los hechos las COS8S qle debía obligar al demandado á que entregara ó devolvie~a. Solo consta por la vaga de­claración de José D. Iblrra, que Rito Medrano convino en entregar á la V aldez ~l escaparate, el haul, la ropa y las prendas de María Dánasa Medrano, pero sia especifi­caci6n ninguna acerca de los dos últimos objetos. De mo­do, pues, que los autos ID arrojan la prueba suficiente, que sería precisa é indis~nsable para condenar al deman­dado á entregar tale! Qbj~toB. Al banl, al escaparaje, ni al contenido que les 8UpU­so la demandante be les la fijado precio 6 valor ningunot y por lo mismo se ignora la cuantía de la demanda, sien­do en es'e caso inadmisib.e la pr1leba de testigos, al te· nor de lo que dispone el nculo 92 de la ley 158 de 1887, ¡ por cuanto que bien ptede suceder que 108 objetos qqe han ocasionado la dema!lda tengan un valor mayor de quinieátos peSOB. Es ea mérito de lo expuesto que el TribuDal _Supe. rior, administrando justic' ~n Gombre de l. Repúblioa ,r por autoridad de la ley, coDfirma la sentencia apelada, con cOIta' cargo del pelan"_ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 344 A JUDIUl Notifíqu se, cópiese y devuélvanse los autos a gado de ~u o ¡gen, J uz verific6 en su presencia y la de 103 testigos Melquiades HerDandez H., Juvenal Correa, comisario MaUflcio 01 te­A . ga, Matías Bajero, Florentino Espino~a, Bernardo Contre­J UAN N Po O.-MANUEL C. BELLo.-JuA . TONIO ARAÚJo,--EI ee etario interino, Luí JI. ra S, ra y Benito 'rovar, no ascendiendo más que á 113 pea'os erga, el valor de los retazos que se dicen robados. En uíez y .eis del mismo mes notifico la senten .. ia ano terior al sefior FJqcal, eo ~u Qfl.~ina, á la doe p m,­: E~LIz.-,EI ~ecl'et'ario interino, l!ergara s. ( En lA misma fecha al señor doctor Miguel Díaz Gra· nados, en el t(lca I de la Sec~e.taJ;Í1., á las tres' y meUa p. m.-,--Diaz Grfl'tládos F.-Ei Seoretal'io intertn~, /81'ga­ra 8: Lueoo al tñ.»' Jopé Angel Tous, en e) mismo local, á las 2 p. m. del 16 .-To14~, -El Secl'etl:lrio inteJlin Ver gara S. SECCIOI DE LO CRIMINAL e a eeguida oontra Timot~o rbínel pOi' el delito de r w, 1ti?lunal Supe1'ior del Di$trito Júdicial dt Bolíum·. -Carta gena, Abril veinte y ocho de ~il ochoclentos nouen;a. qo.n lo ~xpuesto. 9 ue, como se ha dicho, procede de una d1l1g.enCla extendida y autorizada por el Regidor del Ous~rÍo a citado, Martíoez pasó por "GQ.~ápago" Y.. con él hizo un camb-alache, dánuole u so . b~ero de i i.rija a J recib.!endo en Q,agº ros:' blanca, creo guela y dflT, y .q ue Marllnez no llevaba otra mercancía; 2.° ba de Jo é Ade.licio marra, q leA dijQ haber ne~ei _ do CM MartÍnez. un 8(}m~r6I'O de flecha y I.ecibido tn pag<> rosa bla nca y coleta, arnculos que devol VIÓ a I Regidor de "Flor del Monte'} cnan . Q se ueseubTró el robo; S-, La (le Manuel Tar.rÁ.que rei I!e h. ber óornpr.a.40 á. Mnrt1ne~ el 25 de et\emb 'e' ya exrre ado, cinco vara de rosa blanca, las cuales le exigió al día siguiente el Repidor de '(Flor de~ Monte" y so 1 8 el)tl'eg~j 4.° La dp. 10 .. eñoril Reye Chamorro, quiell asegura que en -"Oalápa!!ü" compró á Martínez el día ya citado cuatro varas de r~~a blanca las cuale'3 entfe~ó al Regidor de "Flor del Monte", luego'q ue se descll bnó que la tela hacía parte del robo q lle Martíoe~ habh hecho á José b;. Acevedo; 5,° La de Juan Correa, Visto~: Consultada por el Juez del Circujto e Co· testigo qlie ase-guIa que el Regidor encontró en efecto en roza) la sentencia definitiva que dictó en diez de Enero pouel de Reyes Chamorl'o, Manu 1 'rl!rrá, .José Adelicio ' del afio en curso, por la cual condenó á Timoteo M ·tíoez, Tarrá...y Jo é del C~ T"rrá las C03.a.!Lqll .. e estos refieren ha­como autor dei delito de robo, 8 sufrir cuatro flños de pre- ber adquirido de MarLínez; 6.- La de Matías Bajero que aidi el! conformidad con el artLulo 608 del Códi:o Pe- tarn bien esttlvo presente cuanuo el Re~id r recibió las co· Dal; y habiéndose euetanciado la consulta pOI' todJ~ lo sas halladas en Galápagll; 7. 0 La de F10rentino Rspino a trá~!tes legales, para resolverla se ha h~ch? el de lo es" que .dic·) babt>r esen-cia que artínez confesó en plla­tudw de los lluto , y ~u resultaoo es el SIgUIente: senCl3 del baul robado, que era el mi mo que él h b'u to- El día 2 de Se tiembre uel año de 1888 Jo~ Este maJo <.lonue 1 sefior Acevedo, .Y que lueg') en Galápago van Ace roo y María Balasnoft se presentaron anteel Re- ad nd acomp<,ñ6 al Regidor e nc ntra!' 11 al l1 unas cosas gidor del Caserío de "Charco del Monte", juri ice'o del eu poL1el' de la' personas ante menClollada ; 8.0 ta de Ma·u · distrito Municipal de Ovejas en la provincia de Sr. anas, ricio Ortt'gtt que refiere que por invitación de Florentino y le enunciaron que le habían reventado la cer'aduTcl E pIOOSs som- ~ue se le a~ribuyen: s l@ reconoce'que estab~, en 1a casa de btt3ros, uno'¡de jipijaRa ~ m'ed,o uso y otro de fletha; 3;° ~os denuDCluutes dé la cosas rotiadG\~ que vlo el' baul a- l qUi(¡v' eriguadas las veQt1is liechias' pot M,aftínez, resultó 'l~rto y. nad~ dijo á sus dueños, y se auseD;t6 por temor q ;sQ'11Aq~ero de' jipijapa lo'\lllbía' cambl~aO á ~ . ' sé del e que !'a'atnbuyeran el' hechb; refiere también 'L G~JtCíA GORl>6N.-EI Secretario en p'ropie,;. I dád,' Juan N. Penaredonda. (3 vs,-2) , 1.0 La sentencia que se examina, no contiene e1 {un­damento legal que baya )levado al ánimo del J ue~ la con­vicción de que Timoteo MartÍnez sea indudablemente el respon~able del delito de que se tra'ta" pues las cincO' de­claraciones á que se refiere, que no p')eden ~er otras que aJgunns de aque1las de 'que se ha beeho relación, no arro­jan tal mérito.. p.Olque como ee ba vL to cad~l uno de los compradores de las telas solo refiere la \euta Ó cambio que aisladamente celebr6 con Mintín( z; pel () nirrguno ha podipo citar un tercero qu~ confirme, u dicil,\ de donde s~ deduce que, cada exposición es sobre un becho singu­lar, que por lb mismo no constItuye prueba completa. A­demás, aunque eSflS declaracivne~ se e timen como de he­cDos accesorios que suminirtran indicies ó ar~ument9a para el hecbo principal, como dice el arlÍ !ulo 17{)9 del OÓ digo Judicial adoptado, debiendo esos mismos bechos es· tar p'enn-mente probados conforme á la ,Iispo ici6n citada, y no estánuolo por 10 mismo que sobre ,t~RdR uno sol~ de, clara una person~, claro e~, que no pued t·n esas declara­ciones ser aceptadas como argumento co wluyente contra Timoteo Mar-tínez Que ha negado en absllluto la comisión del delito; • El Juez único del CÚ'cuito de Lorica, 2.° La eonfe i6n de la ruptura del bau' ue que se habla Por el presente, cita, llama y er'nplaza á Manuel Gtie-en la dIligencia caheza del procest , aUJ}(} ue corroborada rra naturr,l de San Carlos de Colo iná y vecinb del dis­con ]0 expue to pOI' Florentino Espino a, gne afirma que trjt~ de Montería, para que en el tér.mirJO de tres días y e. taba pre ente en el acto de 11 con i ' 11 b 'cha or Mar- la dista ocia doble se presente ante este Juzgada, en su ca­tínez, tampoco es la prueba necesaria completa para conde- rácter de sindicarlo lel delito de "Homicidlo", perpetra­narlo, porque no aparece rendda en los términos del artÍ do en la persona del seft.or José Angel Pelliccia, ó Ange culo 1660 del citado Códig ,to vez que h diligencia de Sántos Pellicc¡ a. ' foja l. ~ soJo la..a.utociza el Regidor. Esa confesi6n referida Se le recu~rJa á llls autoridades púbHcas del oruen. por el Regidor .Y por Florentino E pinosll, es.á lo más, la político y ju~i ~ inl,el debe~ en que ~8U¡tJ, á. virtu~ de los e. confesión de que trata el arto 1663 allí, y esta confesión aietos, y reqUlsltOrtl:\S y aVIsos publicados por la Imprenta, así alcanzada" solo constitnye un indicio gl u ve" de aprehender á lo reos. que ~n ellos se expresan bajo la 3. G El hallazgo de alguna de las cos IS encontradas l b 'é fi I .. , pena ne la ey. en poder del sindicado, que tam I n re eré a , expoPlClon Igualmente , e excita á-todos los colombianos con l~s del Regidor de foja 1.110 no resulta comprobado, pues aun- excepciones del :l rtÍculo 104 d~l C~digo Penal ~e Oundl­que en aquella exposición ~e citan siete testigo~, solo uno Inamarca, vigente en la República, a que~ denunCien el pa­d, e ellos, M~u.ricio Orte~a, foja,8 vuelta, corresponde ~ l~ radelO 61ugar donde se, encueritre dichq reo, baj? la,pe­CIta, pero diCIendo que ~ Marllnez cuando se le reglstto, de encubrí lores del delito porque se procede, SI aS1 no el saco no se le encontro cosa alguna; de modo que la a· lna 'fi . '6 d 1 R 'd ' ,. i o ven can. severaCl n e egl or a este respecto tampoco esta )ust . La9 señales distintivas del sinJicado, según aparece ficada. .. ' .. " ' de la fiii~ci6D y corre agregada á los autos, son las si- 4.° Para condenar por solo mdlelos es lOulsp"e~sable : guie.o.tes: "Estatura mediana,. color V. pelo airidiado (sic), ql,le éstos reé&ulteln p~nam:n~e pr~b~ddos, q~e sean ~~ren. bien musculado, lampiño, nariz fileña,. ojos negros, como tes, que est n en ~zauos eptre SI, sI~n ~!?eQ er uno. ~tro d~ cuarenta aríos de edad', nátural de San Carl03 de Colo­y que t?dos CODcu~~an a pernostrar ~l h~cbo ,: ptJ~ClpaJ sin! "vecino de Montería. J;lec((so.nameote. ArtIculos 1703, 1704: Y 1707 del COtllgO " Y Jud~eial. ' , . " 'i': ¡ ' 1 .: l LOl'i9U, :Mayo 6 de 1890, , r "l - ,'5.° ,Todo caso 9~ d\ldá ~~~..r.eso\~~r~e,.' ~\1..t~v'qr ~e sr,n?íc~ciód'ál'j~ ' del distlltO de ,San 'Anfués, para !rbe~ a~I cargo ,p0rque s le b~ lU~~at>, '<1U~~á • d()-'e~ co~ , I q'u'e'Hebt 'ó" {i~r .&'initlo" de'la" d1staY1Ci~ y 'tres díás"máS 'sé ... ecuenCla revocada la sentenCla consultada. ¡ presente n este J nzgado á estar á derecb0 en la eansa- q e P ublíquese, notifíquese y devuélvans 'Jos á t s, de· ¡ 'se le, sigue por infraoci" ~ ~, ~ \U( _ l.Qi ~:~9 y, ajg del j ~mhJ- , " _':}t\ l." JÜ~~l~~ r4m pon C~dJ$o ~,e,~~<' Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 346 G A e E T A J U DIe 1 A' L' . . l'lo se dan señales particula~es por no constar de .au_ tos; pero se recuerda á las autorIdades del orden político y del judicial, el deber en que e~tán de capturarlo, y á los Por el pr,esente cita, llama y emplaza á Jacinto Ra-colombianos el deber de denunetarlo. mos, que ~egun consta en autos es eoltero, labrador, de re- . . guIar estatura, de color pardo y de pelo indio, para que SlDceleJo, Mayo 7 de 1890. . I dentt·o del término de tres días comparezca ante este des. FRANCIS.CO A. SEBÁ.-José R. Pad,,;z{a, Secretario pacho á estar á derecho en la causa que se le sigue por el en propiedad. delito de heridas. El Juez Super1,'O'J' del Distn'to Judacial de BolíVa?', Por el presente, cita, llama y emplaza á Tomás Ruíz, para que dentro del término de tres días, más el doble de la distancia, se presente á este Juzgado á estar á derecho en la causa que se le sigue por el delito de robo. Se recuerda á los colombianos el deber en que están de denunClar el paradero de dicbo reo, so pena de ser juz. ~ados como encubridores del delito porque se procede, y a las autoridades del orden político y judicial á que orde­nen 6 procedan á su captura. Cartageno, 28 de Mayo 1890. JUAN NORIKGA.--El Secretario, Antonio L6p~ Tagle. El Jva Superior deZ Distrito Jud'tcial de BoZíva1', Por el ' presente, cita, llama y emplaza á José de la Rosa de los Santos y Manuel Chinito y Rocha, par.a ,que dentro del término de tres días más el doble de la distan­cia, se prel:enten en este Juzgado á estar á derecho en la causa que se lea sigue por el delito de homicidio. Se recuerda á laa autoridades del orden político '1 á las del judicial, el deber que les impone el artículo 1951 del C6digo Judicial. Se excita á los colorr.bianos para que denuncien el paradero del reo, 80pená de ser castigados como encubrido. res del delito porque se procede, si sabiéndolo no lo de­nunciaren. Barranquilla Mayo 30 de 1890. CAllILO S. ARANGO.-El Secretario, Nicanor Cerra. El Juez 2.° deZ iOrcuito de Barranquilla. Por el presente cita, llama' y emplaza á Manuel de la Hoz (a) el Grande y Polo Bausan, cuyos particulares 8' ignoran, para que dentro del término de tres qías compa­rezcan ante este despacho á estar á derecho en la causa que se les ha abierto por el delite de herida y maltrata· miento de obra. Se recuerda á la.3 autoridades del orden polítieo y á las del judicial, el oeber que leq impone el artículo 1951 del C6digo Judicial. Se excita á los ColC'mbianos para que denuncien el paradero de 108 reos. sopena de ser castigados como encu­bridores del delito porque se procede, si sabiéndolo no lo denunciaren. Se recuerda á los coloro bian08 el deber en que están de denunciar el paradero de dichos reo~, so pena de ser juzgados corno encubridores del delito por que se proce· de; y á las autoridades del orden político y judicial, para que ordenen 6 procedan á la captura de dichos reos. Barranquilla, Junio 2 de 1~90. OAKILO S. ABANGO.-El Secretario, Nicanor Cerr
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

Compartir este contenido

Gaceta Judicial: órgano del poder judicial del departamento - N. 85

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Gaceta Judicial: órgano del poder judicial del departamento - N. 66

Gaceta Judicial: órgano del poder judicial del departamento - N. 66

Por: | Fecha: 15/09/1889

DEPARTAM:§NTO DE BOLIVAR. ~A-CE A JlI UI .... -----. ORG NO DEL PODER JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO. AltO IIr. } Ca:rtagena !Domingo 15 de SeptieTn.bre de .1889. {NU~ERO 66. Este perJióódico se publica los días 15 y último de cada mes. UORRECOION. J:!;Jl el ~Iauto recitido á In ~olicilud de André.¡ Acosta pnra qlle ::se" le dec1arn. e bfredero de su padre, el ~~. })á­maso AC(l, t-tv, publicnclo en el ll. o 64 de e te pe~loUlc~, se dice f'11 ('1 1erC() C:(1I1~Jder:)lIc1o, línen~ 5. $l) Y 6. ~ del CI' tado n u ll): "'tu vo lllgar el ba u tI mo, fué el (le 1887": debe leel' 'e : "tL1VVO lugar t·1 ba uti .. mo, fué el de 1867". CONTENIDO .. Acuerdos. ECCION DIE t LO CIVIL.-Dfllllluda intentaua por Jo é de la R. Torre, apodpl'l1"l ochentA y nueve IIot1fiqué el auto ::Interior al Sr. Procurad(\}' Ge­neral.- CAf{LOS A LBAN.-Rosas, Sccret¡Hi o. SECCION DE lO CIVIL SECCION U[ lO CRIMINAL Causa seguida contra Teresa Correa por 1 delito de hurto. Tribunal Supen'or del Distrito Judicial de Bolívar.- Cm'· lagena, d~'ez y siete de Mayo de ma ochoc~'entos ochenta y nueve. Demanda intentoda por José de la R. Tone!>, apoderado de Diego M. Vi to: Manuel Benito 01 uz, oriundo d la ciudad Espinosa R., contra Juan OSOl'io, para ~ue le otor~ue e cl'itul'a de en- de Mompós, altero, fIlllyOI' de edad'y carpintero de ofi ta del potl'HO llama o "Paujil'. cin, vino á HvecindHr:-e en el djstrito de Sillt.:é ue la actual [CONCLUSIÓN.] provincia de Saban¡~s, y t'n II nuevo domicilio, eortl'Hjo relaciones Intima C,)I\ Tel esn Oorl en, lI:ttura! y vecina del expre.A do di trito, también ~olterlnple;tdo~ en la instruc '¡@n pública. Ambo::; estHhHIl ue<;;pr()vi to de fortuna, pero los animaba el de eo ele trnbHjnr. Cruz montó 8U taller, tuvo oficiales bnjo . u dependellcia, y Tere a era el "egun· (Jo jefe riel hogar: e!lil e mu ltip ic:\u:1 plHS era quien de sempefiab¡t todo los ofi ip uorr.éstl~(lR si lJ exce¡.H.!i6n, y aun le qued¡1ba tiernpo »Ilra ocu!'tll~e n t~jer con ¡ aja los a ielltos y otros muebleQ que e fabriclIuan ell la 0,\1" pintE'l'ia. A Cruz y á Ter s~J \)l're¡1, o o les faltaba la benoici6o llupci 1 péHH el aCl'anJento, Ó la intervencrón de la autoridHd civi! para el mero cOlltrHtC'. Nueve años permanecieron unidos, y en e;.;e tiempo ctdqulJ'ieroll regu­lares comodidadee, debid;! al tra bnjo ,v á una prudente economía. ..Al escrito pre entado por el Sr. Dr. Benjamin Baéoa, apoderado de di­~ b Osorio, pidiendo aclaratoria de la sentencia anterior, recayó el auto siguiente. Tnounal Superior del Disü'ito Judicl'al de Bolíva1·.- Caro tagena, veinte y tres de Agosto de mil ochocientos ochenl€l y nueve. Dice el anÍculo 2013 elel CódiO'o civil bollvarf'1l e : c'1a falta de in~trumento público no puede . IIp : lC;~e IJ r ()tra prueba, en los actos y contratos en que la I y reluie· re esa solemnidad; y dichos acto. y contrato :3 mirarán como no ejecutados 6 celebrauo.'3, aUII cUBlldo en ello se prometa reducirlos á in trumento públic dentro de cierto plazo, bajo una cláu ula penal. E tao c1áu ula no tendrá efecto alguno". Semejante dispo. ición no e refie· re ni puede referir~e sino á lA necesidad que bay del itls· tr11mento público pHr~ hacer efectivo, cierto derecho provenientes de contratos en que hl ley exige tal solem · nidad, corno por ejemplo ia donaci6n entre vivos de cual· q11iera e~pecie de bienes raice ; pero como quiera que la demanda propuesta por el Sr. Diego M. Espi nosa R. tu vo por único objeto obligar al Sr. J unn Oso1'io al cumpli . miento de la ob ligación en que está constituido de otor· gar á favor del dicho Sr. Espinosa R. escritura pública de venta del potrero denominado "Paujil", es fuera de toda duda que la dispo ición legal copiada no tiene la menor ~plicació(l en el presente ca80, siendo a~í que 1(1 que ha pretendIdo el precitfldo Sr. Espinosa R. es q ue ~e haga efectiva la promesa hecha por el Sr. Osorio de otorgar la escritura pública que perfeccione la venta del menciona· -00 potrero, promesa que consta en un documento priva (lo debid~mente reconocido. En cOD~ecuencia, no habien'dole reconocido la sen· tencia fuerza de contrato de venta al documento privHdo -de que se ocup~, pues se trata precisamente de perfeccio· nar este contrato, es fuera de lugar, como aquel fallo lo -expresa, la cuesti6n á que ~e contrae la petición de 3cla, ratoría. No se ha discutido en este juicio nada, absolutnmen· te nada relativo á la propiedad del potrero vendido, ni al -derecho que tenga alguno ~e los litigantes sobre el precio ·6 parte de él recibido por d vendedor, sino si el que pro· metió elevar á escritura pública el contrato privado. está ·en la obligaci6n de oumplirlo, DO siendo por lo mismo 'Pertinente al punto controvertido ]a ach\fatoria solicitada 'Por el Sr. Dr. Baéna. Notiffquese. El Magistrado Dr. Araújo no está de acuerdo; y "lal· \'Va su voto en el sentido que antes lo ha hecho. Hubía tnlnscurrido el menclOnado tiempo; cuando ::I~riado el carácter de Cruz por moti vo desconocido, y exasperada :m natumi cornpañern, por el maltratamiento de pala brn y de obra que oe él reci bía de. de mese atras, aprovech6 la ocasión de ha ber:'\e él a u .. en tado accidental· menley auandon6 ia CHSB, llevándo econsigo lo que consi· deraba suyo. Trasladóse á la casa ~e su hermana María tToaq uiDa Correa, en dende permaneció algu nos días, in· tes de tomar otra determinación. Entre tcmto, Manuel B eni to CrLlz regreeó á Sincé, é impuesto ele lo sucediJo, se esforzó c ua llto pudo en lograr una reconciliación. Sere· llata en ~s()cio de varios amigo ; interposición de per~o· nas influyentes; entrev i taEl ~on ~Gl mi lllH ofendida, que terminaron por agresi6n brusca; todo fué en vano; por· que Teresa se mantuvo firme en la resoluci6n de no vol· ver á unirse á él. . Despechado entónces Oruz, da el denu ncio ante la .Alcaldía de Si ncé, en 28 de Septiembre de 1888, de que Teresa Correa, en la mañ::lna del día 17 del mismo mes, le había hurtado de su casa de habitaci6n, varioR objetos que egpecific6. En efecto, se presentaron los ~iguientes artículos,que fueron valoradfl8 IJor perilotl, como á con tinullci6n se ex· presa, en cumplimiento de lo ordenado por el respectivo funcionario', Una sortija de oro con una piedra blanca ... $ 12,80 U na cadeni la de cobre, llamada leontina. . . . 0,05 U na cama de ta olas ........... , . . . . . . . . .. 14,40 Passn.. 27,25 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. GACETA JUDICIAL. 265 Vienen •• Un baúl •••.........•.••••••••••••..••.. Dos d~majuan~s. sin forro .• _ •.•.••..•....•• Una sabana vIeJa ... » •••••••••••••••••••• Un crucifijo. _ ...........•.••..••........ UD par copas de cristal .......•.•••......•. Seis platos de loza ........ _ ..•............ Hacen en t.odo, Guarenta pesos, noventa centa 27,25 8,00 1,60 0,40 0,25 1,60 1,80 vo. Total ...•. " .. _ ......•.•........•. $ 40,90 Terminado el umario, se instruyó acusación por el Ministerio público contra Tere a Correa, y esta fué llama ntencia del ex presado Juez de 28 le Febrero 11 ltimo, que eroces(), con. ider¡\ el Tri· bunal, que no comete hurto, ü()nfol'rrle nI ::\rtículo 622 del Código pena) adoptado, sino el que ql1itH 6 toma frau· (lulentarnente lo ofeno; y está uperabulJ(Ltntemente pro bado en el expediente, que la 80rLijil e.¡tt ll lada en $ 12,80 e propiedu de Teresa CorrclI. Con respecto á los demas objeto á 'Ille Le l' fiere el innoble den u ncio, d b ad vertll'.'e que, a nciada como e~' taba Teresa Correa á Manuel Benito Cruz, á (!uien preso taba importantes aerviciof:, y no pudiendo fllla . er rpputa· da como !::imple sirviente suya qin salari(\ p()rque su con rición em relativamente mil nlta, tenía illdispu tab le de­techo á palticipar de lo adquirido durante la asociaci6n: ella se limitó á Ilevllr e ]0 que juzaó penenpcel'le, y Cruz no ha probRdo que lo q ne lIa e llevó era propie ad del denu nciante. Falta hubo en el moJo de proceder Tt!re a Correa, pero su falta no constituye hurlO: y como la ley no permi­te condenar sino por el delito por el cual ~e llamó á jui. cio, es de rigorosa J usticia ab~ol ver ('omo ~e absuel ve á Teresa Correa, y poI' eso, adm ini trando )llsticia, es foro zoso repetir, en nombre de la República y por Ilutoridad de la Ley, se aprueba la sentencia con ultad;l, y se dispo­ne que Jos objetos depositados sean entregados á Teresa Correa, miéntrss Manuel Benito Cruz no compruebe en juicio contradictorio que :pertenecen á él por derecho de dominio. Comuníquese orden por telé~rafo para que Tere?a Correa sea puesta al punto en libertad, si ya no 10 estuviere. C6piese, y publíquese. JUAN ANTONIO ARAÚJO.-S. G. Eg PIRERES.­JUAN N. POMBO.-EI Secretario, .Antom·o M. Rodr1guez. En diez y ocho del mismo mes notifico al señor Fis­cal.- FELIZ.-El Secretario, Rodríguez. En seguida al defensor señor doctor J o¡:é Villa H.­Villa H.-El Secretario, Rodríguez. aquel distrito, Sr. Juan D. Pan iza, por infracci6n de los artículos 162 en su inciso 2. o y 244 del C6digo penal vigente y de los artÍcul08 23, 167 Y 186 de la ley 7. ~ del presente afio, sobre eleccione~, sentencia en que se conde­na á dicho Sr. Paníza, previa calificación de su responsa­b\ lidad en tercer grado, al pago de se~enta J cinco pesos de multa así: veinte y cinco ó sea el minimum de la oena establecida por el artículo 186 de la ley 7' t.' de 1888, sobre elecciones y 40 6 sea el mínimum tambiéo por la que se fija en el artículo 244: del Oó ligo Penal adoptndo. La·apelación, se ha sustanciado en la forma Jeoal y ano tes de fallar, se con idera lo siguiente: 1. o Que no se ha vinlallo el inciso 2. o del artículo 162 del citado C6Jigo, pue~to que, según resulta oe Jae diligencias sumarias pl'actic:\das cor.tra 109 Señores Juan B. y Eudoro Monte~, pOI' el hurto de un novillo que íué avaluado en diez y ocho peso~, diligenciuR que . e encuen· trn n agregadas en copi a á este proce~o, pl'Ocedi6 el ex pre· sado Sr. ex-A Ica!de, de acuerdo con lo dispue tu ('ln el inciso 2. o del artÍ0u lO 207 He la ley 153 de 1887, por' tratar e de un asunto que es de la competencia de la po­lic; a. Tampoco e ha infrinjido el artícLlio 2-1i del expre~a­do Código, por 110 haber habido u urpaci6n 6 arrogaci6t1 de j ul'isdicción ni se ha eauido daño 6 perj uicio de ter­cero, ni mal alguno ni ~ tado. Por tanto, esta Superio­l'idari de acuerdo con el concepto del Sr. Fiscal, adminis· trando justicia en nombre de la Repúb!ica y por autoridad de la ley, reforma la entencin apelada, y previa califica­ción de In culpabilidad en tercer grado, conden1l á dicho reo á la'i ~iguientes penas: pago de una multa de veinte y cinco peROS por la violación del artículo 186 de la ley 7." gue qued citada,'y privaci6n d u de .. Lino; pel'l) no ejer· ciendo ya este, se ie üonvierte la pena de pri vación en una multa de veinte pe ('> , dec nformidall rOIl lo di~pues­tn en e: artículo 58 del pre itallo C6digo. Cópiese est.a dentencia en el librv re-3pecLiv y de­vuél va e la cau a al Sr. Juez de lél primera in taecia. ANTONlO M.a RODRíGUEZ.-MANUEL C. BELLO.­Ju AN ANTONIO ARAUJO.-El Secretario interino, Lui3 M. Vergara S. En veinte y .. iete (le Junio en curso lIotifico al Sr. Fiscal del Tribulla l. -FELTZ.-EI Secretario interino, Ver, garas. En seguí la .. ol nefen~or, Sr. José Angel Tou~.-To'U.5. El Secretario interino, Vergara S. AUTOS Y EDICTOS EMPLAZATORIOS. El Juez único del C~rcuüo de Lorica. H .\CE BABER : Que en el juicio sucesorio testamentario de la finarla Carmen Sosa, se ha dictado el auto siguiente: Juzgado único del Oircuito.-Lorica, Jun~'o primero de m~"l ochocientos ochenta y nueve. Vistos: Presentado como ha sido el testara.ellto de la Sra. Carmen Sosa, que falleci6 el veinte y dos de Enero último, según lo comprueba con la diligencia de defun· Ca usa de responsabilidad seguida al ex--Alcalde del di8trito de Magan- ?i~n., siendo e~te J ilzgado el competente para conocer del gué, Sr. Juan D. Paniza, por infracción de 108 artículos 162 en su ioci- J UIClO por razon de la cuantía, y resultando del testamen-so 2. o y 244 del Código Penal. to que la testadora ha nombrado 1. o y 2. o albacea9 á Tr1.·bunal Superior del Dlstrito Judicial de Bolívar.-Car· tagena, Jum·o veinte y se~"s de mil ohocientos ochenta y n·ueve. Vistos: El Sr. Juez del Circuito de Magangué ha remitido á este Tribunal Superior, ea ape]aci6n interpues· ta por el acusado, la sentencia que dictó el veinte y tre~ de Enero ú !timo, en la presente causa de responsa bilidad se­guida por los trámites extraordinarios al ex-Alcalde de los Sres. José Miguel y Diego Martínez reipectivamente y tutor y curador de sus dos únicos y menores hijos na· t~rales Gabriel y Manuel Martínez, al mismo Sr. José Mi­guel Martínez. Abrese la presente sucesión desde hoy á fin de que tenga lugar el correspondiente juicio al que vendrán a ejercer sus derechos todos loa interesados en él. J uraméntense á. los al baceas, disciérnasele el encargo, entreguénsele al Sr. JOeé Miguel Martínez primer albacea y tutor V curador testamentario todos los bienes b<:ljo in- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 266 G A e E T A J U DIe 1 AL. ventano judicial, cuyo acto se dará principio el día doce de les corrientes á las nueve de la mafiana con presencia. lída de todos los que tengan derecho á concurrir al acto. Excítese á los int~resados para que nombren el peri­to que le3 corre ponde para la formación de lo inventa­rios y avaluos. y prevengase al albacea cump1a con el-deber que le impoJe el artíCu lO 1842 del Código civil, publicandose es· te au'o en el periódico oficial. MAxHro M. MARTELO M.-José lo?Talvo, SecreLurio interino. (3 vs.~l) Juzgado prime'ro del Circuüo.-Cartagena, Jum'o veinte y cinco de mil ochodento8 ochenta y nueve. ¡:;er juzgados como encubridores del delito porque se procede. Sinüelejot Julio 31 de 1889. FRANCISCO A. SEBA.-José R. Padz'lla, Secretario en propiedad. bl ,Juez 2. o Municipal de Ba?Tanquilla, Cita, llama y emplaza á Calixta Pinedo, mayor de erlad, natural de Baranoa y de este vecindario, soltera, de oficios domésticos V católica; y á Manucl Antonio Suescun, también mayor de edad, natural de AntioqUla'y de este veuindario, trabajador, soltero y católico, para que den­tro del término de tres días, se presente en sa Despacho á estar á derecho en el juicio que le ha abierto por el delito de hErida ~erpetrada en la persona de Francisco Molina D., con advertencia que de no hacerlo n í, serán Visto: De esta" cli ligencia9 resulta que el señor E- capturados. dUl;udo Romero mUJió el veinte de Octubre del año próx- y excita á las autofjdade~ del ()rden juuicial ó polí­ímo pasado; que no otorgó testamento y ~ue aun no se tico y á todos los ciudadanos al deber en que están de ba present2do ninguno en calidad ue he] edero. proporcionar los auxilios determi nados en los artículos Por las razones apuntadas este Juzgado, administran- 1951 y 1952 del Código JudiCIal, para la aprehensión de do ju ticia en nombre de la RepúbliCa de Co ! ~mbia y f>or reoe. autoridad de la ley, declara yacente la sucesI6n del fina- Barranquilla, Ago to 10 de 1889. do E uardo Romero y d~creta : JUVENAL F. HERRtCRA.-EI Secret'uio, ~ómbr3 e curador de la herenciv al stñor doctor Ma-I E Buitrago. Duel Pájaro n.,. ~ qui.eu se ie hará saber el nombramiento . para 81 aceptacwn y )Uranlento; ----------------------- MaurA'cio Cítensr, llárnense y empláccnse por e<1ictoli1 á los que se er an (:on del' eho á. la su ce iÓll, para que los hagan valer; los edicto. ~e publlcaláo, jnnto con e te auto, en el peliódico oficial del Departamento por tres veces. Orc1eoese á los que tengan testamento del finado, que Jo presenten. al Juzgado, y pra?tjq~et18e l a~ (~e~ás diligen­cias necesanas al curso y termIDaCl6n del JUICIO. l\otifíq ne!ie y cópie~ e. J esÉ M. BLA~CO C.-Luis GVJG. Scoorbotqh, Secreta­rio en propiedad. (3 vF.-3. ~ El Juez 2. 0 del CÚ'cuito ae Cartagena, P r la pre~ente cita, lIaOla y em plaza á Manuel Aco ta. vecino del Distrito de Turbaco, para que se pre­sente á estar á derecho en la causa que tiene abierta en este Despacb() por el delito de heridas dentro del térmi· DO dob.e de la di tancia y tres días más. Se recuerda á los babitR!ltes del Departamento el de­ber en que están ae denunciar el paradero de dicho indi­viduo w pena de ser juzgados y condenados como encu­bridorc del delito porque se procede, y á las autoridades del orden político y judicial á que ordenen ó procedan á su captura. Cartllgena, 24 de J ulío de 1889, JosÉ MARTiN TAT! . . -José M. ~ Quintero, Secre­tario. El Juez del Cz'rcuito de .óincelejo, Por el presente cita, llama y emplaza á JOEé Angel FuenteB. del vecindnrio de I~ Aldea de Col osó, para que dentro del término de tres rlías más, el doble de la dis­tancia se presente á este Juzgado á estar á derech~ en la cau a que. e le sigue por infracción del artículo CIento cincuenta y siete del Código Penal del extinguido Estado de Bolívar. 8e recuerda á 1 as s u toridades del orden po lítico y del judicial el deber en q ue e~tán de capturar al reo, y á Jos boli ~arenscs el de denunciar ?U parndero, 80 pena de El Juez del Oircuito de S¿'ncelejop Por el presente cita, llama y emplnza á Gabrie l González y Mariano Silva, del vecindari del Di Lrito de San Benito A bac1, para q' dentro del término doble de la distancia y tres días máQ , e pre;;:en te á este J llzgl1d á estar á d€recho en la cau a que .. e le sigue pol' infrac ­ci6n del artículo 256 del C6digo P('na 1. A los habitantes del Depnrtamento e 1 s I ecuerda el deber en que e táo de denunciar el paradero de di · cho individuo, so pena de er juzgado y conuenados co roo encubridores del delito porque se procede, y á las au­toridades del orden político y del judicial, á que orue · nen 6 procedan á su captura. Sincelejo, Agosto 13 de 1889. FRANCleco A. SEBÁ. -José R. Pad'illa, Secretario en propiedad. El Juez del Oircuito de Magangué, Por el presente cita, liama y emplaza á lo~ nil09 Se­bastian, Romualdo y Pascual Rondón, Isidoro Martín€'z, Faustino Mercado, Andrés Fl6rez, Miguel L6pez v Ricar­do Estrada, para que dentro del término dob le de lú distancia del lugar donde se encuentren y tre días lilás, se pre ente en el Ju¿gado d~ este CirCUito á e tal' á dere­cho en la causa aue se les ha abiertO por el delito de he· ridas; siendo de advertir que si IilO comparecen dentro del término indicado, les parará el perjuicio á que haya 1 ugar y se harán conducir presos. Be recuerda á todos los ciudadanos el deber de de­nunciar el paradero de los reos, so pena de ,er castigados como encubridores del delito por que se procede, i sao biendolo no lo denunciaren; y á las autoridades del orden político y del Judicial pllra que cumplan lo dispuesto en el artículo 1951 del Código Judicial vigente. Magaogué, Agosto L9 de 1889. MANUEL GARCíA GORD6N.-EI Secretario en propi~­dad, Juan N. Peñaredonda. TIP. DE ARAUJO L., A CARGO DE GABRIEL O'BVRNE. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

Compartir este contenido

Gaceta Judicial: órgano del poder judicial del departamento - N. 66

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Gaceta Judicial: órgano del poder judicial del departamento - N. 67

Gaceta Judicial: órgano del poder judicial del departamento - N. 67

Por: | Fecha: 30/09/1889

DEPARTAMENTO DE BOLIVAR , . a1 A.CE T l .CIAL. ORGANO DEL PODER JUDICIAL DEL DEP ARTA~fENTO. AltO III. } Oartagena Lunes 80 de Septiembre de .1889. {NUMERO 67. Este periódico se publica los días 15 y último de cada mes. CONTENIDO .. Acuerdo número 384. SECCION DE LO ClvIL.-Incidente del juicio de ucesión del finado SI'. José María Ca~t8ñeda.-Juicio de posesión de un terreno situado E'n el lugar nombndo "El Cove", correspondi~nte á la provincia de Providencia, intentado por I SI'. Carlos Archbold, contra Teodoro F, Corpus. SKCCION DE LO CRIl\IINAL.-Causa de ,'espoDsabilidad seguida al Al­caide de la oárcel de Ma~aDgu~, José- de la Paz Porto y al ayudante del mismo establecimiento Juan Colón, pOl' la fuga de un detenido. AUTOS y EDICTO EMPLAZATORI08. Acuerdo ? 384: En Bogotá, á diez y nueve de Agosto de rUil OdlO­ciento' Clühen ta .y 1I ueve, reL1 nida la Oorte Su pI' 111 3 de J usticja n la Su la de Acu ·rdo. con a i tellcia de todos sus Magl trart y de l infra crito Secretal'in. eon el ohjeto de consic1erur la cOTlsul ta dirijida por el Tribu nal SUpt . rior del Distrito .Judicial ele B() lívar, en nota de 16 de Ju· lio plóximo pFlsfldo, número 34, se dió cnenta del r>royec­to de resol ucion presentado por el Sr. M a ~i. trodo Doctor MnrtírH'z, quien había j" o comi ionHdo pntr~r á eXHmin:H ~i In. re. olucion '~ d Jos Je­fe de Policía OTl ~entf.'ncias dt fbitiv~s, que ¡¡re ten mé. lito ejecutivo, 6 !:!I, al coutrari<, e llas I'uedeu est:lI' sujetas á repar¿,¡ciones jndiciule, lo cierto tS r¡ue el a~unto de Policía es de uaturuleza seccional y está federado. por­que ba. tu ahora no hay una Lfy N aciOIlH I de Policía; y e, te ~$}t;10 depende de l~s Asamblea~ de lo. Dep~rtamen. t08, o de las ¡eye anterIores de los ltstado que aun rijan y puede el' tan vr,riable como lo ean e::;tas leyes ú orde~ na liza. !Judiendo en algún Departamento (xi",tir tres instan­cias, y en otroB sólo dos, como efectivamente ~ucede. Seda, pue..:;, inefic1iz la accióll de la Corte á este respecto, porque no pued~ dnrle informidad á lo que d suyo e::5t\l disper­~ o y Vflrtante, "Lo único que la Corte ha hecho y podía hacer, ha SIdo drtermi nar q lle cIa.( hmlento de JO:3 Juzg:ldm~. que "1 pertenEcen nI légimen eneral "Por Jo expuesto, la Oorte Suprema se ab~tlelle de re- 90lvel la con ulta preindicadll, por no ~el' asuuto de su incllrnbeucia. "Dígase :lsí al Tribuna l de BoJívnr, y puhlíquese en 1 a Gaceta Jud~·cial. " Con lo cual se tel minó el Acuerdo, que firman los 'eIíores Magiqrados, conmigo el Secretario. El Presidente, R. ANTONIO MARTíNEZ.-RAMÓN GUE. RRA A.-LuIS M. ISAZA.-FROILAN LARGACHA.-JoAQUIN MARTINEZ K-LuCIO A. POMBO.-J OSÉ 1. TRUJILLO ........ Gabriel Rosas, Secretario. S[CCION DE LO CIVIL Incidente del juicio de 8uc6sion del finado Señor José María Castañeda~ Tribunal ~uperior del Dzstrito Judic~'aZ de Bolívar.-f;ar­tagena, diez y se'ts de Agosto de mil ohoc'ientos ochenta y n'lleve. Vistos. El cuatro de Mayo del año en curso. el a­poderado ele Edelmira y Juana . Evangelista Oastafieda, ocurrió al Juzgado del Circuito del Cármen, demandando que previa declaratoria de ser aquellas herederas forzozas del finado José María Castafíeda se les entregara la heren­cia ocupada por Domingo Castañeda, y ]os bienes de ella que f€lltaban por inventariar. Al libelo acompañó varigs documentos con el obejto de constituir b prueba s'I,lmaria á que se refiere el artículo 1258 del Oó,ligu Judicial. Con­ferido trasiado al apoderadof de Dommgo Oastañeda, lo conte 'lÓ contradiciendo el derecho de las peticionarias, y acompañó la prueba de estar su poderda:lte poseyendo algunos bienes de la sucesión de José María: Castañeda en virtud de decreto judicial y previa declaratoria de ser he­reüero de éste. Y el Juzgado, por auto de veinte y dos de Mayo ú:timo, oegó lo pedido por el apoderado de Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 268 GACETA JUDICIAL. Edelmira y J URna E VRngelista Castañeda, por haberse in· t entado la acci6n extemporan eamente, es decir, deapnés del año de muerto J osé María Castañeda. pus para la resti tuci6n d e 11 n Jo te de terreno si t uado en el lugar denominado "El ov e" , que d izque dicho S r. Cor­pus babí- despojado al ropietario S r. Archoold hallan­dose este ausente de la Isla. El demandante ~r. Palacio acompañ6 á su lib~lo de demanda un documento otorga ­do en veinte y ocho da Enero de mil oc.bocientos ocbenta y cinco ante el Notario públi co del entonces Territorio Para decidir la apelaci6n que del auto anterior inter· pu o la parte agl'uviada, el Tribunal, después de sustan· ciad r el recur o, y eJe haber leido la expresion de agrl:l vios hecha e"J e~ta insta ncia. CONSIDERA : 1? lnduelablemente, en la demanda ele que aquí c:;e tr¿¡ta, hay do acciones distintas .en Sil ese~cia, y en la foro ma procedimen tal que han debtdo revestIr para Ilegal' al fin que cnda u na de ellas se propone: ' la una tu va por oh· jeto obtener la declaratoria de here~er?, y está sujetf\~ se, gun el C3Sl" á algl1no de J08 pr<~cedlmlentos estabJecHlos en los Hrtícul()s 1246 á 1255 del C6digo Judicial y 223 de la ley 57 de 1887, y la otra, ~ e ~lropone ndquirir In po sesi6n de los bienes hel'e\litnrios que otro ocupe, in título legal para e llo, y exige la tramitaci6n sumana del nrtÍculo 1257 del C6digo citado; la uua no tiene, á contar rtesde la muerte eJe llcedido, término especial para ploponerlí-l, J la otra, por su carácter de posesoria que tiene, e8 inadmi· sible de pué~ del año. 2? De estas dos aC'Ji()nes, impropiamente e~tab : eci das en un solo libelo, el Juez pasó por ::tito la primera, y debiendo de~echHr la segunda como extempornnen, la ad· miti6 con a nuenciEl elel dema ndado, es verdad, ero in que este tácito consentimiento, I~ dé vida á un .cl~recl~o que ya e pir6 por el tra~Clll'~O del ttempo, y pOI' mlDlstel'lO del artículo 1256 del C6digo arriba citnd '. nacional de San A ndrés y Sa n L uis de P rovidencia, para acreditar la propiedad que tiene su poderdan te en el lote de terreno de que se le babía despojado, y por baher.ef:lti . mano el S,'. Juez a quo como prueba sufiui ente de la t ras­mision de la CO:3a á fu VOl' del Sr. A rch bo!J, displJSO que se diera á é 'te la posesión del globo de terreno dispu tado. Al d:l rse la po e i6n orc1enadn, se opuso el Sr. J uan A· rinp, en repl'e·sentRci6n 'del SI'. Oorpus, á q uc la dicha po· se ión se hiciera extensiva á la porción del terreno que va desde el "Cove", hacia la parte Sur de h lsl::t, que linda con cultivaciones riel referido Sr. Oorpus, hasta el lilldero de la Sra. Rebeca Fox, que está dern~rclldo por Iltl pnlo de totumo, cuya oposici611 fl)rmaliz6 el oponente en tiem · po hábil, fUlldando 'e en que hacia má de veinte ~ñ08 que el SI'. Corpus está en p~cífica po, e i6n del globo de terre­no que ha cultivndo, y no puede por consiguiente sino e timhl'. ele poseedor de buena fe, en circunstancias que el SI'. Al'chbold hubo los terrenos que reclHma c;omn su· yo en lo añ()" de 1883 á 1885, es decir: algunos años ti pué' que el mencionado Sr. Corpus había fomentado su~ c:;ementenls de c:lrácter permanente ell el terreno Ola· S? El J uzgnclo, pues no ha podido ocu paree en 1 auto que se censuril, de la acción relativa á la decl,ll'nto ria de herederos, puesto que pre~cindió de todos lo~ tráml· tes del juicio, que el! e! pre'lente caso, sao 1 s del ordina río, toda vez que existe un heredero declarad() ya, que puede negar el ~nejor derecho que pretende n,. ~d.el mira y Juana EvangelIsta Un tbñeda, y probar en J UIOJO contra esta preLeosion, juicio por cuyo medto quedará por 01 I a parte, firme y definitivamente resuelta la r.u~~tí6n de ~o· sesión extemporaoeamente propuesta en aCClOn f'lumana, seCYun' 10 que arriba ~e deja expueflto.--(P~\lte final del artículo 1257 del C6digo Judicial.) Por tanto, administrando justicia en nombre de la República y poe autoridad de la ley, se aprueba Jo resu~l­to por el Juzgado, relativo á la acci6n sumaria, y ee dlS' pone devolverle los au~o~ para que en c~anto á .Ia decla· ratoria de heredero pedIda, procena oomo lo dIspone el a.rtículo 934 Y los siguientes del C6digo Judicial. Sin costas. Notifíquese. B USTILLO.-EI S ecretario, A ntonio M. R odríguez. En diez y s iete del mismo mes notifico al señor Fls· cal del T ribu nal, en su oñc jna~ á las dos p. m. - F ELlz.­El Secretil ri o, Rodríguez. E n la misma fecha al señor a nctor A ve'l ino M a n ota~, á nombJe de su parte, en el loca l dE. la Secretaría á las dus y media p. m .. '-Manotas.-El Secretario, Rodríguez. En seguida, á In8 tres de la tarde, 1'e fij a uu edicto para notificar a los demas intere~ a dos.-EI Secretario.­Rodríguez. Juicio de posesión di un terreno en el lugar de "El Cove" correspen­diente < la Provincia de Providencia, intentado por el Sr. Carlos Archbold contra Teodoro F. Corpus. 1hOut al Superl'or del DistM'to Judioial de Bolívar.- Caro tagena, doce de &ptiembre de mil ochocientos ochen· ta y nueve . . Vistos. Con poder especial del Sr. Carlos Archbold se dirigi6 el Sr. Manuel A. Palacio al Juzgado del circui­to de San Andrés en ocho de Mayo del año pasado, ejer­citando interdicto pogesorio contra el Sr. Teodoro F. Gor-teri ll ele la di ,'put3. - Tuvo, pues, que dársele á. la HCeión posesoria la tra· lllitación que e:ñala la ley para los j:1icios ordioario~, y abierta á prueba la n los te rrenos q ue perten ecen 6 pertenecían a l Sr. Ped ro L6pez, pcr comlJ ra que éste .Y el Citado Sr. Miguel BOI'b ua hiciero n a l Sr. &;arnest Sbep bard, según con .. ta en la- e, critu ra meocicnadu. Los trece ~ c l'es de te­rre llo que reservo pa ra mí del m e ~ ciona do ¡ lobo de terreo no yue según la escritura a rriba cItarla hube por compra q ue h ice a l expresado Sr. Miguel BOl'bua, e~ lán encerra· dos en 108 s iguientes iinder : d oce acres li nd an por el Norte y Este con 108 terreno que hoy vendo al Sr. Al'­chbold por el Sur con terre .o de la Sra. Rebeca Fox, y por el Oeste con el mar. .El otro acre linda por el Norte, Este y Sur COII los mismos terrenos que le vendo ni meno cionado Sr. Arcb bold, y por el Oeste cO,n el mar. Todo el ~Iobo de terreno que le ~ mpré al. Sr: .Miguel Borbull está como queda dicho arrIba. prolOdlvlSO con los terreo nos 'que pertenecen Ó pertelle:!ían al Sr. Pedro L6pez, es- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. GACETA JUDICIAL. 269 "tando varios lotes encerrados en los linderos siguientes: por el Norte y Oeste con el mar; por el Sur con los te­rrenos de Rebeca Fox, y por el E te eon el camino real que va desde el expresadp lugar denominado "Cove" ha­cia la parte del Sur. ') Del contenido de la expresada e critura resulta, á no quedar duda, que los veinte y cinco acres de terreno com­prados por el Sr. Carlos Archbold al Sr. Milagros Correa G. hacen parte de los que este Sr. tenía proindivi. o con los Sres. Miguel Borbua y Pedro López, procedentes de Edunnlo Sbepbard, y que babiendose leservado el vende­( 01' Sr. Correa G. trece acres de su glob:> de terreno, de los cunles doce ncres se ballan en n lugar, y u no en otro, es conclusión precisa que el complador SI'. Al'chbold que­dó iendo eoml1 nero Ó conll u eño CI n el vendedor Sr. 00- rrea G. y tambiéll con lo. Sre~. I (wb ua y López, in que pUQ'u.1\ con iderllrse propietari único del globo común al referido Sr. Archbold, y sin que ten~a por lo mismo pero sonería legal para pedir con animo de. eñor absoluto la posesión de un pre lio de que tlO e lueñJ exclu ivo, por que para esto debe preceder la divi ión del uredio común de acuerdo con In disp0:,icione' de In lpy 30 del año pa­sado, siendo a í que SI n la di visión y demarcación del te· rreno común) no puede darse al comulIero la po esióu j u­dicia l de uetermi nudo g lobo de terreno, al tenor ue lo que di 'pone el srtícu lo 78 de la ley 30 q,ue aCa ba de citarse. En mérito de lo expue to, el Tl'1hnn:Ii Superior ad­ministrHndo justicin en Ilombre d la Hcpública y por nu toridad ele la ley, revoca la . enlenei, lIpelaun pOI' llO ha­ber e podido dar la po e.:;ión peclida por el Sr. Ar 'bbold, sin el pl'evio deslmde del ten no omún. Notifíque e, c6pie e, y uevu Iva e el expediente al Juzgado rle su origcn. MANUEL C. BELLO.-JUAN ANTO 'lO ARAUJO.­PABLO J . B USTILLO.-Wl Secret 1'10, Antonio ]f. Rodrí­guez. COllete: q\le en diez J ei~ del mismo me que se ha dado pa pel, ha sido publicada con forme á. la ley la sen ten­cia anterior.-El Secretario, Anlonz'o JI_ Rodríguez. ilr. la misma fecha al Sr. Fiscal del Tnbunal Supe­rior, en su 0ficina á las dos p. m.-FÉLIZ. --~I Secretario, Rodríguez. En seguida al SI'. DI'. Avelino Man0tas, á nombre de su parte, á las ,los y media p. m., en el local de la Se­cretaría, y dijo: que ple3entará. escrito.-Manotas.-EI Se· cretario, Rod1·íguez. Seguidamente al Sr. Dr. Benjamin Baéna, á nombre de su parte, en el local de la Secretaría, á las tres p. m.­Baéna.- El Secretnrio, Rodríguez SECCION DE lO C8IMINH. Causa de respousabilidad seguida al Alcaide de la Cárcel de Magangué José de la Puz Porto y al ayudante del mismo establecimiento, Juan COlón, por la fuga de un detenido. T1'ibunal Superior del Distrito Judicial de Bolívar. - Carta­gena, ocho de Agosto de mil ochocientos ochenta y nueve. Visto!:!. Al reverso del folio 7 de este proceso Ee en- -cuentra copiada la boleta re:nitida por el Alcalde del dis­trIto de Magangué al Alcaide de la cárcel del mi~mo lu· gar, con fecha 16 de Agosto de 1888, disponiendo que el segundo mantuviera en el establecimiento á su cargo, á FraneiAco G6mez en clase de detenido, hasta segunda or­den, por estársele siguiendo diligencias por el
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

Compartir este contenido

Gaceta Judicial: órgano del poder judicial del departamento - N. 67

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  El Correo de Antioquia: diario noticioso, industrial, político, comercial - N. 10

El Correo de Antioquia: diario noticioso, industrial, político, comercial - N. 10

Por: | Fecha: 25/02/1875

I EL GORREO DE !NTI DI! DIARIO NOTICIaS ,INDU TRIAL, POLITICO, C01IERCIAL &.& Redaccion an6nima.-Tiene Editor responsable. ANo r.-NUM. 10. Mcdellin, juéves 25 de f ebrero de 1875. VALE lJí CVOS. EL CORREO DE ANTlOQUIA. atrevido á dar los pasos que ha dado en ta.n Q'TaTe cue tion. SaLen ya Due tros lectores que el Creemos, porcoDocimiento que des- Ciudadano Presidente de la U nion pu- de tiempos atl'as tenemos de este so en conocimiento del Congre o na- eminente ciudadano y por los actos de cional que algunos Jefes y Oficiales probidad, de prescindencia y justicia de la Guardia colombiana se habian que le hemos visto ejecutar en toda la denegado á firmar una manifestacion I Nacion, que él obra imparcialmente de abstencion en la cue~tion eleccio- en los a untos eleccionarios. naria que a.gita á la Nacion, y que pi- Ahora re5ta preguntar i que harán di6 á dicho cuerpo una medida qU& los señores Santo Domingo Vila y Wil. salvara la difieultad en que se encon- ches? ¡raba aquel Magi trado. El tiempo responderá. Saben tambien que el Congreso, acogiendo las ideas de abstencion del ELEGrA. Ciudadano Presidente, declaró insub- EN LOS FUHERALES DEL DOCTOR PEDRO 'l. sistente el nombramiento que de Jefe BEBnfo. d& la Guardia Colombiana habia sido hecho en el señor Salon Wilches, y que el señor Secretario de Guerra ha . sido depuesto de la cartera que indig­namente desempeñaba. En negro t lar manto Envuelta tá la Patria adolorida, La. faz bañada. en llanto, y de cipree ceñida. Su cabeza. en la diestr sostenida. Llora al varon pTeclaro Como la. madre al hijo que ha perdido, Como la. viuda. al e ro Esposo que rendido Al duro trabajar yace vencido. y un baston por el sucIo ~é:b1e~ d~~ei~l guerrero inerte, Conl08 trofeos de muerte Un pa.raninfo exclama de esta suerte: Esto hechos prueban dos COSIlIJ; 1.& Que ha ta aquí la GuardiaColom­biana, á ciencia y paciencia de las an­teriores admini traciones, ha sido, co­mo se ha repetido por la pr('on a del país, la que ha hecho las elecciones j y 2,.0. Que desde la revolucion d 60 has­ta hoy, no ha habido un Presidente honrado, justiciE-ro é imparci 1 eomo "Vqe trodolor es justo; el A .. ;t~,. ~antiago P6rez, que B~ baya &~~~~bi~~~~ lamento Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 88 EL CORREO DE A rTIOQUIA ===~=====:::: Voló d mor. di<:nto El que n la fe con:sel'YIl su alimento. i nueva conferl'nri ,pero declaran 10, ~in m- I , b r ro, qll~' nu 'hace ninguna il 'ion tiobre 1 '1' ':-ultlldo prá tieo". . "El ILñon .'trllendo. o , La Cámllra de lo.' ~eñor . h. a lo]> :ldo 1 Recuerda al hombr de alto patriotismo l' presupue to de 1 j,') en lo' mismc" t,'1 minos Que á '11 rlltl'io. gustoso acol·tlado.' por la 'amara. de lo tl pll t :I!lo~. U "idlL, .'U honor mi~mo, I Bn seguitla el pl'esident ha 1)1 mllncilldo Lleuu de ardor cedia y de heroi. mo". ! 1 o.plnzllmi nto dell'urlamento 1 tel:lO "L( \, n l'S· t orl.l \ J, Us· tlC'·l ra,. I d enerrno..n . Tl:t' tafía Irlanda.- Con l~trn. d. oro guardara su nombIO BI 1'illl/ s del 2 d diciembre pI. blica una. A la futUl'n.uraj Ilargn. C:lrta del l' 'pI' 'entante ilql "'; de la. Sus hecho>" 'u renombre, . , compañia del canul d Rll Z, d c arando, á Porque en la paz y en ruerra fuo un granel" ! Ilombr d • L Lrs ep , que lo~n 'lamentos [bombre. ¡ de la Comp!U1io. no s han modifi do y con-y ay! cuúnto perlus y algo imtespf'st i­va cId 'PI 01' Di"radi: totos e to:,! fenurue­nos politi('os y >lorialcl< y mucho mns cuya enUIDl'l',ll'ioll fllera proh,it\, !'ou prueb'l tan­g ut, palp,lblcd qu Inn carlista y ~, 'ublevt\ el FcnoL En I i3 mt:­cita" snulPYi\rion ,;juuta .. l~n IIsi! ntr.l sn­blcntrionritlt de la. marnicioll d~ )[Il.lrirl, El El'(¡ (/r. }"'l,ni"" de quit'n tomamos l:t ant 'rior cronología, ha tcniuo bU('lIl'ui<1atlo de call.l1' que J¡\ mayol'ia ue la e_'pres~ul!ls rcvoluei ne fu fon realiz.\Cln.' PI 11' lo,; COI1- f! rvadoj·!:,.¡ ya torla' elh¡,¡ hay que :l ,'i n ro<1~os que vemos mas cOI\III­cione, ell' e.'ÍllhiJidllcl y de dceen('i.~ ]lOJ.tiP"l en el órflen de cosas que hoyee inicia, (lue en 1: mitifleaüoncs, iniquidade' y hajP7,'IA con que arruinaron á E 'pa.im e.a P¡¡IIf] i11 lt ue tmidore>l de todo;; lo' partido. que I:llt1'O­nizl\ la clina,tía de 'aboy¡~y :ll'altó el ,an­t undo de If~ Al' mbl 1\ Republicana de l , i3, mere -el !l hl abominable conducta del 11011\­bre que e \'ulióucl gorro frí"io p :~m entl.' - gar maniatado 1 partido qu le encnbrif>, íl lo: i trlO~ de 1 monill'quico sin mOll¡ll'('lt. D d· el dia n qu fn a~e'in'ldo el Gl'nC'­raU'rim pudo do.r::;o por muerto '1 rey D. Amaupo,! ¡ como d . ele el dia en que don Jt~milioCI\.'t('lar l1('góálaPr ."idellcín tIcl Po­der!:: jecutÍ\'opudo darse por muerta lttR pú­blica. VI hecho eon u locuenri ioc'ontes­ta. bl lI~o.n IÍ lo a' 'ino!' del al'qu' 110 I s ca 'tilll!jo· y • In. tr,licion de Cl\ tehu', Ifl muerte de la Democr~ia y de la R público. en J!: po.ija, En otra parte dee -te periódico vérán nue. - tros 1 ctor lo d talle de la proclt m neion de D. Alfonso XII y por su contenido no d\ldll.mos que el puebl, eSp¡1iiol, po trado y aniquilado por las abominaciones de la ca­n lIa con ervadora de la revolueion dI) s r tiombr ,no tendrá fuerzas ioo para I>ome­terse á la ley d la soldadesoo, qtie re taura hoy en la Penln ula la. dill tia de los Bor­OOn . Falta altor ver i te nuevo en ; yo podrol cicatrizar la llagas de la 'pobre pa­tria. A nuestro juici ,la reciente s~oludon Q(r Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. " EL CORREO DE ANTIOQUIA • 1 1 j' .rl!:! garantl de paz, pero no de lit .t: d. El ruy adol entaha. p elido [\Pio XI la benilicion apo t6lica. nt<'$ de ponerse a 111. CabUZl\ do lo pretoriano, y el primer Gobierno que n unombrc'c ha furmntlo en Madrid, ha. sUl'gi!10 dc nqu 110s mi~mos circulo que con u de acierto:! llevaron Á la omigracion Íl doña l,¡ab 1 n. T6c!\uo al) 1':1. e perar los uce os para J llzgar con acierto la nuevo. suerte que está. reservada al pueblo e pañol. P \R.l SEMAN \. S \.NTA YPA OVA TIE E DE VENTA DELIO A. ISAlA 111: ntilla de merino buena , fina y ex- ~'a~n~~~~~~s~~~e8 ~~l~~ ~~ ~~l:l~ra~!;;: ombr ros P' ra señor, , eñoritas y niño .. El mejor calzado para señora que hay en el mercado. Género de lann para traje , últi­ma. moúa. Lt!tines. cd n grn pttIa múqui­D'l, y de color D carreta . P b l' de géne­ro do hilo y sombrllla' de baston. Y n fin, un surtido completo de articulos de buen gusto. AVISO IMPORTANTE. J A. MARÍA FO JI EGRA TIENE U E CRITORIO en lo. calle de CololDbio. núlD. 102. DESOUENTA es rituras, yagal é , letras de cambio, y en genera toda clase de do­cum ntos de crédito negociables. COMPRA. y VENDE documantos de crédito pú­blico. CO~íPRA y VENDE letras sobre L6ndres y Bogotá. DA ganado para cebar en compafila. 6-6 "EL CORREO DE ANTIOQUIA". No babrá 8uscricion j se dan\ á la venta enllL plaza á 1 ~ ceuta vo el ejempllLr. Los aviso e inRed rÍlná L por Une~. Lo remitidos:t 'PrecIo convencional. Se e cita á lo'i p!~triotas qu OCUl'r n á eomprar 'ta 'Publicu.cion y á cooperar asi al progre '0 del pis. Los RR. PARA LOS TIEJIPO I1AY DE VE 'TA en el almacen del eñor ~od to Molina. Sardin en aceite y n tomate. Salmon inglé , ahumado y de uecia. Anchovy (pl' '<'ado) en sal 'a yen ac ite. Encurtidos d todas ola eil y en mostaz . Pa.,ta. para sopa, fideos, macal'Toni, t 11a-rine Oc.a Aceito de comer, frances éitaliano, y vina­gre puro de vino. alchichon do Génova, y pasas frescas. Conservas alimen ticill.S, como 'Pate de foie' "Gras tufie de fait;an" y muchas otra cla es. iendo las cosech d lOil vinos oporto, madera yjeTl!z, c 'i exclusivamente de casas ingle a , que los compran anticipadamen­te, hemo podido C'OD:lcguir que en cada co-ecba no ceda, una. de tascasas, una pe­queña parte, que h cemos poner en bote­llas oe 2-! onza" desde ellugar de su produc­cion. Lo' oü'ecemo com puros y genero .. o , muy adecuado para el con8UIDO en esta oca­sion. Los vinos tintos en botellas y médias be­tellas, yel blanco sauwrne , merecen una recomenda.cion especial por ser de prim ra olasL 1~3 SEMANA SANTA. Mantilla uperiores AC1BA.N DE RECIBIR OLARTE & LI CE. 8-5 BAR~TOS y BUENO PA~O 'VP ~TE TIENE DE VENTA JUAN DE S, MARTINEZ 6-6 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

Compartir este contenido

El Correo de Antioquia: diario noticioso, industrial, político, comercial - N. 10

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  Gaceta Judicial: órgano del poder judicial del departamento - N. 68

Gaceta Judicial: órgano del poder judicial del departamento - N. 68

Por: | Fecha: 15/10/1889

DEPARTAMENTO DE BOL IV A R. T 1 • ORGANO DEL PODER JUDICIAL DEL DEP ARrrA~LENTO. AltO III. } Ca-rLagena j1tf.artes .15 de Octubre de .1889. {NUMERO 68. Este periódico se publica los días 15 y último de cada mes. CONTENIDO. SECCION DE LO ClvIL.-Resolución acordada, por el TI'ibll1l81 upe-riol', el día tr s del corriente, en vista ue la' e cusas úe alguno ju­rado elegido para conoc l' de a unt!' Cl'iminale .-T rc ría ex­cluyente intentada por Victor Manuel Consuegra, á su nombr yel de su ID no res hijo, u el juicio f'j cutivo que le ha promovIdo Ma­nuel Z. de la E priella, por Ullla de p o ,-Juicio t'jecutivo inten­tado por Pedl'o Ma 'íá, como Gerente el I Banco de Bolívar, contra Franci co Villareal Malo, por cantidad ue pe o ' SltCCION DE LO CHIl\IlNAL.-Denuncio de Ricardo VIVO Luna contra el Alcald~ de te di tl'ito, 3mu I E. Pereim, por haber tenido a- 1'1' tado al denunciante, por cuatro hOl'tl , en el despaeho de la Al­caldía. AUTO y EDICTO EMPLAZATORI08, 5ECCION Uf LO CIVIL R oluciúll 3COl'uada, pOl' el Tribunal ' upel'ior, el dia tl'l' del corriont eu vi t u la e.'Cll a ' de alguno jurad , I olcgiclo ' para Coll O-C 'r do a unto criruiUlllp. Dí~~1 e á lo i ntel e ado~ g u e e. ('u Q el1 de sel vir el car~o de Jurado, pCl I' ntra~ nlzone di .' lilltu ' de las I elacio­nada en el or la urna de cuatrocientos setenta y un pesos· $ 471,00, .Y los intereses pactados en e l documento, cnso de demola, es decir, el dos por ciento mensual. El Juez primero de este Circuito ante quien se pre' sentó la demanda, negó la ejecución por auto de veinte y nueve ele Agosto, con el fundamento de que el endoso del pagaré, no trasfiere por sí solo lu propiedad al endosa­tario, pues como cesión de u n crédito personal que es, no produce efecto para el deudor ni para tercel'O'3, mientras no prece la la aceptación del deudor previa la notifioJación del endoso; y porque ademá!'-1, el endoso no expresa j el valor lo recibió el endosante en dinero, efectos, mercancía ó en cuenta, no resultando por lo mismo obligaci6n ex­presa bien clara y de plazo cumplido, á favor del Banco de Bolívar. Este auto fué apelado por Pedro Macla, y ha­biéndose surtido ya la tramitación del recurso en el cual ha sido parte el ejecutado, toca al Tribunal re901ver, y pa­ra ello considera : l. o Tratándo e como se trata, de un pagal é á la or­den por va10r de mercancías, tomadas á un comerciante y para hacer el comercio, este documento está sujeto á las leyes de) ramo especialmente; pues 0)0 los pagaré3 que DO procedan de operaciones mercantile, estarán sujeto á las pre cripciones cel Código civi1lartículo 900, Código de Comercio.] ración á esta, ' 4? El endoso no es nulo porque e omita la especie en que se recibe el valor; es nu !o sí cuando e omite la expl'~ i6n "valo1' frecib~'do "; y la razÓ :1 es que, si no se ha re(;lbl~_ el valor del pagaré por el endosante, no se ba trasmItido la propiedad al endosatario, no significando el endoso en ese caso sino una simple comision de cobro (ar~íüulo 787 Cóctigo de Oomercio). La materia en que se reCIbe el pago es un accesorio que debe f.!ontener la nota de endoso; pero cuya omisión no nfecta el valor jurídico de esta. Por tanto, admini tl'ando justicin en nombre de la Re­públiCA y {?or autoridad de la ley! se revoca el auto ape­lado y e di pone vuel va el expedIente al Juez inferior para que decrete la ejecucion. PABLO J. BUSTILLO.-EI Secretario, Antonio M. Ro­dríguez. En doce del mismo 11es !lotifico al Señor FI cal del Tribunal en su oficina, á laH dos p. m,-FELIZ.-El Se­cretario, Rodrígllez. En la misma fecha al eUor Pellro Maciá, en el local dt:. la Secretaría á las tres p. m.-.Pedro Maciá.-El Secre­tario, Rodr~gue'Z, En catorce del mismo me:3 (ayel' feriado) á 1M tres de la tarde, se fija un edicto pum notificar al effor Franci co Villal'eaJ ~Ialo.-El Secretal'io.-Rod,-íguez. S[CCION DE lO CRIMINH. Denuncio de Ricardo Vives Luna contra el Alcalde de e te Distrito, Sa­muel E. Pereira, por haber tenirlo arre tado al denunciante, por cuatro hora, en el De pacho de la Alcaldía. 'lh'bunal Supe1'ÍOl' del Dzstrito Judicial de Bolívar.- Car­tagena, Septiembl'e diez y seis de mil ohoc?,'entos ochenta y nueve. Vi 'to~: Por querella documentada de Ricardo Vives Luna, se iniciaron estf\S diligencias cúntra el A ¡calde del D~strito eñor Sarnuel Pereira, para averiguar si e te incu­rrió en re 1ponsabilidad al decretar y llevar á cabo el arres­to de aqllel, el día ocho de Mayo del corriente año, sin que ante, pidiera la u ~pensión del empleo de E~cribiente de la Ad mini:tl'ación genf'ral de Correos dcl Departamen­to, que el querellante desempeñaba en aquella fechCl, se­gil n con ta de la certi:lacaci ón del Señor Gobernador del. Departamento que figura á lu foja once del sumario. Perfeccionad0 que fué este, el Juez aegundo de este Circuito, después de oido el concepto del Fiscal respecti­vo, y de acuerdo con él, dictó el auto de sobre~eimie[}to de veintinueve de Julio del corriente año que ha consul­tado con esta Superioridad, y el Ruscrito Magistrado, á quien ba tocado en reparto el negocio, déspués de sustan­ciado el recurso, pasa á decidirlo, y para eJlo considera: 2. o El endoso es el medio de trasmitir la propie lad de las letras de cambio y pagarés á la o'rden, mediante un valor prometido 6 entregado Carticu lo 781 del Código de Comercio). Y no es necesario para que la tnH~misión se efectue, que el documento exprese obligaClóll de comer­cio, pues también él es el único medio de trasmitir los pa garés civiles á la orden, los \Juales en todo lo demás, que no se refiera por supuesto á esta trasmisi6n, quednn :!Suje­tos á las reglas del Título de la Cesión de derf!chos del OÓ· digo civil (a rtículo 901 ibidem). La raz6n de e ta dife­rencia entr€ Jos pagarés á la orden, sean civiles ó comer· ciales y los demas documectos de créd itos pen:¡ on a!e~, está en la v01untad de las partes, que es la fuente primitiva de las obligacione~; así, quien se compromete á abonar á Pedro lo que confiesa deberle á este, manifiesta querer que Peuro sea su acreedor mien tras él no acepte otro en su lugar; pe­ro el que firma un pagaré á la orden, no excluye á otro a­cr edor futuro y acepta de antemano á cualquiera que con un endoso perfecto se le presente reclamandu el crédito, con titulo de duefio, pues 108 documentos de esta especie, como que por el endoso entran á la plena propiedad de otro, pueden negociarse como cualquiera propiedad; previo el endoso por solo la voluntad del propieta rio. Es por esto por lo que el artículo 1966 del Código vigente hoy, iden lico al 2218 del Código Civil de Bolívar, dice que sus dis, posiciones sobre cesión de derecho, no se aplicarán á las le­tras de cambio, paga't& á la orden, acciones al portador, y otras especies de trasmisiones, las cuaies deben rejirse por el Código de comercio ó por leyes especillles; y es por esto también, por lo que el ar:ículo 1014 del Código J u dicial, exije Bolo, para que la letre de cambio 6 vale en dosados presten mérito ejecutivo, "que aquel contra quien en cuyo caso haya de procederse ejecutivamente, reconoz­ca su firma." 1? Consta que Ricardo Vives Luna, hallándose en la Alcaldía de este Distrito, el día ocho de Mayo de este afio, resolvió salir y pegarle en la plaza del Mercado alli cercana, á un individuo, con quien su sefiora madre había. tenido un desagrado; hecho que lIev6 á cabo avisaodolo ántes al A IcaIde, y con el cual causó un p.scándalo en a· quel concurrido lugar, infrinjiendo con elJo el artículo 35 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. GACET A JUDICIAL. 273 de la ley 17 Parte 1 ~ de la R. de Bolívar, vijente toda· vía, é irre6pet~ndo la autoridad del Alcalde. 2? Consta que el Alcalde, haciendo uso de la facul· tad que le concede el artículo 226; en su inciso 14 de la ley 149 de 1888, impuso á Vives Luna la pena de doca horas de arresto, de las cuales solo sufri6 cinco, en el lo· cal de la Alcaldía, cbservando previamente el procedi· miento verbal del artículo 264 de la ley 17, citsda, que fué el que en rigor debi6 observar, por cuanto no hay en las leyes otro procedimiento propio de los Alcaldes, para estos casos, pues el del artículo 347 de la ley 149 del año pasado que se deja también citada, es especial para los empleados que ejercen jurisdicción. Hasta aquí, y prescindiendo del carácter de emple~­do que tenía Vives Luna, se observa solo en el procedl' miento del Alcalde, la ami ión consistente en ~aber deja. do sin castigo la infracción de pOlicía arriba ap~ntadaj pero esta omisi6n, por cuanto la ley de la materIa, pone en manos del Superior del empleado omiso, los metilOS de correjirla, no le apareja responsabilidad que pue,ia dedu ­cirse ante el Poder judicial. de la suspensión del empleo, de quien teniendolo, falte de alguno de los modo:; expresados, pues ella no es parte del juicio sino una formalidad necesaria, para entNr en él. CuBOS habrá ~in duda, en que dando á esta doctrina toda su rigurosa aplicaci6o, se produzcan resultados in­mediatos, en otro sentido pé!rjudiciale9j pero así como no hay accion humana que sea absolutamente buena, no hay ley, por bien inspirada que ella sea, que no conduzoa á. algun estremo peligroso, dictadas Como son para los hom­brego El señor Fiscal, ha acusado al Alcalde por infracción del artículo 390 del Cójigo Penalj pero refiriendose esa disposición á omisi6n de caracter distinto del que tiene el hecho ejecutado por aq uel funcionario, el suscrito Magis­trado se aparta. del parecer de dicho señor Fiscal y esti­mando que mas bien ha habido un exceso que una omi­sión, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, revoca el auto de sobreseimien­to consultado, y llama á juicio de responsabilidad, por los trámites extraordinarios al Alcalde de este distrito, señor Samuel Pereira., por infracción del artículo cuatrocientos veintisiete del C6digo penal. N otilíq ues apl!caclon qU,e I . a ente el lesente memorial del se-ella consigna, d~be,n ser ob erv9,dae por todas las auton· fior ~~c~~ á:; ~~te:a~ por melo del cual pide la refor. dades de la Republ'i ca. " , J l ' '1 d ' , ma de autIo en 'q se 11 amo" a" J'uicío "n or los trámites extraor- " El articulo clt~do lel ~odlgo U( 100a, . Ice aS1: dinarios al señor Samuel Pereira, Alcalde de este distrito, "Cuando p~ra segUIr cau a, a alguno . e nece~Itare que como infractor del artículo 427 del Oódigo Penal. "otra autorldad,decr~te, previamente la RLl~pensl 6o de un La retorma debe hacerse, segun el señor Fiscal, en el "emp,leo, el funclO,n artO 1 nstrucdto r, nto I podra ma'6n d.a rlo de·' !ólen tl'd o r1e co" iderar infringido n6 el artículo anteriormen- u li , , "ten,e~ o ,arrestar. antes que se ~cre e ,~sn'penel n, pero SI te citado, sino el 390 del mis~? C6digo, por cu.an~o no se soh?ltara: ~ ,ta, SIO pérdida de tlemp~. Como ~e vé, es- trata de exceso 9ino de omISión en el cumplImIento de ta dl sposlClOn, reconoce una ne~esld n d, antenor á ella d b I l' . 'b' 1 e eres ega e~. mIsma, que aungue no conSignada com? d~ lera ,estar o, Ouando el Tribunal, resolvió, al dictar el auto recla-en otra expresa y general que ?o el'!puslera a pOSIbles ~. mado, a~artar e de la respetable opini6n del sefiol' Fiscal, rr?res, esta en la, ~atur,a leza misma d~ lo~ empleos pu· lo hizo en fuel z I de cnnsideraciones bien meditada"" b]¡c~s, ~u.es la prlsl6n o el arIesto s?n ~nco~patlbles con En efecto, entaño que una autoridad con mando 6 el eJerCICIO de aquello~, como soo lncomp:ltlbles e.1 deb~r . . d 'cc'óo no puede privar de la libertad á un empleado fi ' l' 1 d'b l " t l J UrlS I 1 , o. ?Ia , lOe u 1, e y ma~ o menos perman~n e y a Impost· público encargado de las funoiones anexas á tal empleo, bllIdad material de llenarlo. A la SOCIedad, por cuy? ar de e to lo an'esta ó pone en prisi6n ha cometí. b 'l en esta, m.s,tlt ul' do e ) G o b'l erno, le '1 0 t tresa que 1o s d est!o SdI apes,e de omisión , no~ 'bl' . 'd d 11 o exoeso, en v z. , pu ICOS esten sle~pre provIst09, e mo ,o ,que ,!la, e· El hecho punib le en el caso que se examtna, no lo gue el caso de que deje de prestarse u~ serVICIO ,publt?o, constituye el DO habe\' pedido el Alcalde la suspensión de porque falte el encargado ~e desempeñar. o, y es pOI este l~' Vives Luna, sino ei baberlo arrestado antes de que estu­teres, expresa~ente conSIgnado en.las le'ye~ qu~ ?,rgam. viera suspenso y reemplazado; y la prueba de ello es que, za~ aquel servICl,O, por lo que exslste la dLP?SI?lOn del si el Alcalde pide la suspensión de Vives Luna, y ántes ~HtlCulo 1.559 CItado, que, se I'efie,re al segulmle~to de de decretarse 6 verificarse esta, lo reduce á arresto 6 pri. caus~ es verdad, ~ero que tIene por IDteres predommante sión, habria sido siempre responsable por el mismo deiito el .ey;tar ,que ~dg~len ~enetre al I u$ar de] a~resto 6 de la or ue ge le aa llamado á juicio, nó por omisión, pues en pnslO~ sin ~espoJa~se antes del caracter publIco de q~e se ~l c~so del ejemplo, nada se ha omitido, sino que se ha he. halle Investldo, y 810 q.ue,que~e, en su lugar, una pelSO?a cho lo que no debi6 hacerse, que es á lo que se refiere la que lo reemplace; y tal dJSpOSl,Cl6n .d~be suponerse eXls· disposición aplicada por el Tribunal. t~nte cuando solo s~ trate de !mpOSlCl6n. de penas correc- Por tanto, este se abgtiene de decretar la reforma que clOnales, poraue alh donde aSiste la mIsma razón, debe 'd 1 - F ' I h a b er 1a ml.g"m a d'I Sposl.O.l o, n d e 1 d erec h o. PI e e. senor Jsca. El artículo 27 de ia Constituci6n, facuUa á los fun. BUSTILLO.-El Secretario interino, Luis M. Vergara & cionarios que ejercen autoridad, ó juriadicci6n, para ~a~ti. gar sin previo juicio, con multa ó arresto, al que los lnJ.u. rie ó fa!ta nI respeto, en determinados casos; pero esta dis. posici6n no quiere decir que deba prescindirse tambien En veinte de Septiembre en curso n~tifi?o al. seilor Fiscal del Tribunal.-FÉLIZ,-EI Secretano lDtenno.­Vergara S. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 274 G A e E T A ' J U DIe 1 A L. AUTOS Y EDICTOS EMPI."AZATORIOS. El Juez úm:co del Cwcuito de LO'rZca. HACE SABER: Que en el Juicio ~uce ario testamentario de la fiuada Carmen SOfa, se bn dictado el auto siguiente: Juzgado ún'ico del Circuito.-Lorica, Jum'o prime'fo de mil ochocientos ochenta y nueve. Herre;a, pa~a que den tIa ?el término de la distancia y tl es dlas mas, comparezca a este Juzgado á estar á de­recbo en la causa que contra él "e sigue por el delito de hurto. Se recuerda á los habi ta:J tes del Departamento el de­ber .ae denunciar el paradero de dicho reo, so pena de ser Juzgados y condenados como encubridores del delito p0,rqu.e. se procede,.y ~ las autorid~des del orden político y JudIcIal el cumplimIento de lo dlspuesto en el artículo 1951 del Código Judicial Nacional. Magangué, Ago~ to 24 de 1889. Vi, to : Presentado como ha sido ei testl.lmeuto or nu toridad de la ley, declara yacente la herencia de la se­fiara !\f elchora del Polo de 'Vargas y dispone: l. o ~ómbl'ase curador de la herencia al señor doc· tor José Villa R., á quien se le hará saber el nombramien­to para su aceptación y juramento; 2. o Cítense por edicto~ á los que se crean con dere­eho á la sucesión. 3. o Ordenese á los que tengan testamento de la fina· da que lo presenten. 4. o Imértese este auto por tres veces consecutivas en un periódico pnrticuJ ar y en "Gaceta Judicial" del De· -partamento. 5. o Entréguen:::5e los bienes y pupeles de la sucesión III sefior curador de l.a heren(;ja bajo inventnrio Judicial. Pu bJíq uese, nntifíq lle e y cópiese. JosÉ M. BLANCO C.-Lw:s Gzga. Scool'botqh, Secreta· j o en propiedad. (3 v ~. -l. ) El Juez deZ Circuito de Maganqué, Por el presente citar llama y emplaza á Joaquín I El Juez {mico del Ci'I'Cltz'to de C01·ozal. Por el presente cita, lIanla y em plnzJ á José To · rres para que dentro del término duble de la distancia y ocho día más, se presente á c~'tar á derecho en el juicio que se le sigue como i lIfractor del artículo 660 del Código l'enal i entendido que de no verificnl'lo, perderá el derecho de ser excarcelado bajo fianz 'l, si el delito lo permite. No e dan señale particnlares porque no canta en los autos; y se recuerda á las Hutoridade8 del orden po líti­CO y á las del judicial el deber de captura r lo, y á 103 co­lúmbiunos el deber ele denunciarlo. Corozal, Septiembre 9 de 1889. MARIANO DIAGO.-' El Secretario en propiedad, Ga­briel Bolíva?' C. El Juez único del CÚ'cuÚo de COl'ozal. Por el presente cltn, liama y emplflzl á Aquiltno Herazo [,11 Haspadi lla, para que den tro del término de tres día~, 'e presente á e te Juzgado á e tal' á derecbo en a causa que se le sigue por el delito de hurto; entcn­( lillo que de no verificarl , perderá ~I C!lerecho de ser ex:­¡ JurceJado con fianza si el delito lo permite. No se dan señales particulares porQue no consta de :tUtos; y e recuerda á las au tal idade del orden político J á ias del J udiciul el deber de ca pturnrlo, y á los co­lombianos el deber de denunciarlo. Corozal, Septiembre 12 de 1889. MARIANO DIAGO.-EI Secretario en propiedad, Ga iwiel Bolívar C. El Juez 1.0 del C~'rcuito ae Cartagena, Convoca por treinta días á los berederos.Y acreedores Je la sucesión intestada de la señora 1\:Ielcbora del Polo Je VarguFl, que falleció en e~ta ciudad el día veinte y dos de Septiembre del año de mtl ochocientos ochenta y ci n­co, para que en el término expresado se presen ten á hacer valer sus derecbos contra la expresada sucesión, la cual se halla radicada en este Juzgado desde e 1 diez y seis de Ma.yo del año en CU~80. A Jos que no atlen0an. la presente convocatoria lES parará el perj uicio consIgUIente. Dado en la S:lln del Despacho del Juzgado primero del Circuito hoy veinte y siete de Septiembre de mil ochocientos ochenta y nueve que se ha sumini~trado el [!lapel nece3ario. JosÉ M. BLANCO O.-LU1;S Gzga. Schorbotgh, Secre­tario en propiedad. (3 V8.-1.) TIP. DE ARAUJO 1., A CARGO DE GABRIEL O'BYRNE. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

Compartir este contenido

Gaceta Judicial: órgano del poder judicial del departamento - N. 68

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Imagen de apoyo de  La Miscelánea - N. 8

La Miscelánea - N. 8

Por: | Fecha: 15/10/1893

DIRECTOR, LINO M. DE LEON TOMO 11. { CSart.agena: @d;ubre 1893. 1 NÚMER0 8. I. E. te reriódko no adm ite ~ubscriptorés;, ni de la ciudad ni de fa ra de \ Ha. 2. Se veJlde, vllceá ndolv, en las calles. Tiene también por pun­tdS de venta, la FAI del Continente All1 ericrlDo. ¿ De dónde proceden, por ejemplo, ]o Chibchas de Cundinamarca, los Incas del Perú, los CarilJes de las Antillas, los Quitus, los Cañaris, los Puruhnes, los ba­bitantes de la costa del territorio actual de la Repúbli­ca del Ecuador? Del estudio comparativo de sus i­diomas respectivos, parece dedueirse corno cosa averi­guada que los Chibchas son originarios de la Mongolia y del Tibet, que los primitivqs Peruanos vinieron des­de la 'l'al'taria, que los Cañaris descienden de los céle­bres Quichés de Centro América, que en el idioma de los PurulIaes del Chimborazo se encuentran adultera.­das muchas palabras del idioma N ahual de Méjico y elel Golfo Mejicano-siendo éste la cuna evidente de a­q uéllos-q ue las voces exóticas conservadas en ciertos lugares de la Provincia de Manabí son explicables en la lengua Maya de Yucatán, que los Quitus no fueron sino Caribes venidos desde las Antillas, y que éstos­oriundos de los Caríos del Asia-raza aventurera cuan­to poderosa-se extendieron en el Paraguay y en el Brasil, en el seno mejicano y en toda la parte norte de .la América del Sur hasta las riberas del Amazonas. El idioma Caribe, á su vez, parece tener analogías con el de los Guancbos de las Canarias, del Lanzarote y del Senegal, y el de éstos, á su turno, con el idioma de la Berbería. Prescindamos, pues, por un momento, de esa mul­titud innumerable de voces quichuas conservadas en nuestra plebe y de otros centenares de nombres de lu­gares, de ríos, de montañas, de valles, de colinas, de volcanes, de aves, de animales, etc. etc., que ,no tienen explicación sino acudiendo á ese idioma de los Incas que absorbió á los dialectos que se hablaron en el E­cuador y en las regiones meridionales de Colombia. Prescindamos asímismo, de esa otra legión de palabras actualmente españolas, pero tomadas sin cumplimiento á varios idiomas americanos. Entre éstas, las voces: cacao, cacaotal, chocolate, metate, nopal, petaca, petate y otras pertenecen al idioma Mejicano; caníbal, maíz, sábana, tabaco, etc., son usurpadas al idioma de Haití; canoa, colibrí, hamaca, huracán y otras muchas corres­ponden al idioma Caribe' canchal agua, que designa un arbusto, es corrupción de la voz chilena cachalagüén, y otra variedad de vocablos que la lengua de Castilla ha tomado de sus hijas por el descubrimiento, según pue­de sostenerse consultando las obras del Barón Alejan­dro de Humboldt, en especial su viaje á las regiones equinocciales del Nuevo Continente, el Diccionario de Construcci~n y Régimen del erudito filólogo colombia­no D. Rufino J. Cuervo, y más que todo, el Dicciona­rio de la lengua castellana de la Academia Española, en su duodécima edición. Fijémonos en otras voces de idiomas diferentes que se oyen pronunciar de cuando en cuando en nues­tras localidades; y no queriendo que, respecto de su origen, se dé crédito á nuestra palabra desautorizada, apelaremos á las fuentes de donde. las hemos tomado, en cuanto á su sentido primitivo y natural. N uestro pueblo llama masato á cierta ma a ó pas­ta de maíz, de plátano, de yuca, de zanahoria,-todo nncochado- de que se sirve para preparar chicha; pues bien: esta palabra ma~ato, con igual significado perte­nece al idioma Cueva hablado por algunas tribus del Darién (47), siendo notable que pertenezca igualmente al idioma Quichua. Nuestra plebe apellida huaricha á la concubina de un soldado, ó á una mujer baja y co­nom pida; pues bien: huericha, según el señor Cuervo, significa mujer en el idioma Cumanagoto, hablado en Venezuela (48). N uestros indígenas dan el nombre de chaquín á cierto palo que sirve para sembrar, ó más bien para cosechar las sementeras: Chaquen, era el dios de los sembrados en la cosmogonía é idioma de los Chibcha8. (49) A pellídase conuco una casucha in­habitada, un tambo solitario: conuco, según el Barón de Humboldt, es palabra del idioma Haitiallo; tiene esa misma significación y se la encuentra igualmente en la lengua Maypure. (50) Llámase tamal á cierto compuesto agradable de maíz molido y cocido, con carne y dulce ó sal: "tam­hién dccimos tamal cierta maza de maíz y carne," di­ce el scñor Mel'chán, hablando de la fraternidad de vo­ces vulgan s entre Colombia y Cuba (51): ha formado un tamal; decimos nosotros, cuando una persona ha reunido, ha juntado cosas incoherentes y esparcidas a­quí y allá; pues bien: "tamal, significa.el que jun- (47) Dr. Vicente Restrepo: Viajes de Lione\ Wafer. Capítulo · X .-Nota IX.-Repertorio Colombiano.-Número 4.-6 de Abril de J S82.-1)ági lla 272. (48) Cuervo: Apuntaciones críticas sobre el Lenguaje Bogotano. Cito esta obra d~ memoria y no recuerdo la página. (4Q) Dr. Zerda: "El Dorado."-Quijano Otero: Compendi0 de la Historia Patria etc. (50) Humboldt: Viaje á las Regiones equinocciales.-Tolllo II. Libro IIl.-Capítulo IX.-Página 145 . (SI) Mer"hán: Estudios Críticos-Estalagmitas del Lenguaje.­Pagina 1.222. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. LA MISOELANEA. ta, el que recoge lo esparcido, el que aumenta," en el idioma Quiché de Centro América, según el erudito Presbítero Dr. González Suárez, quien se refiere á E,U vez al docto americanista· francés, el Abate Brasseur de Bourbourg. (52) Nuestro pueblo, en fin, usa de la pa­labra quingo, en el sentido de zigzag, vueltas etc.: for­ma un quingo, dice, por formar eses ó vueltas; ahora bien: la voz quingo, con esta significación es propia del idioma Quichua, y propia también del idioma de los Coconucos, según el General Mosquera. (53) Según é5tas y otras palabras que pudiéramos citar, exóticas en nuestra lengua y tomadas evidenteme~te á las lenguas de los primitivos indígenas de Aménca,­ ¿ hablarían nuestras tribus yá expresadas, alguno ó algunos de los idiomas Cueva, Cumanagoto, Chibcha, Haitiano, Coconuco, Quiché etc.? Creemos poder a­segurar que no. ¿ Hablarían, al menos, el idioma Qui­chua, que, más que aquéllos ha dejado entre nosotro.s­en nuestro lenguaje, en nuestros nombres de poblaclO nes, de ríos, de montes, de objetos domésticos etc.,-hue­llas tan marcadas que el tiempo no alcanzará tal vez :i destruír? Tampoco. Respecto del último, tenemos una pruebairrefr~ga­ble, prueba que convence más que todo lo que pudléra­mos aecir. Pero para formular la prueba negativa respec­to de los primeros, se hace preciso establecer-siquiera por probabilidades-los idiomas que hablaron nuestras, par­cialidades indígenas, sin perjuicio de hacer un lIgero estudio comparativo de la desemejanza de éstos con a­quéllos, y exponer algunas otras voces tornadas de o­tros idiomas, sin que por esto se entienda que ésos fue­ron los que usaran nuestras tribus. Sin embargo de lo dicho, siendo el idioma Qui­chua el que más ha inftuído en el carácter de fluestrO lenguaje vulgar, siendo el hablado tal vez por las tribl1~ quillacingas allende el Carchi, como Tulcán, Punta], etc., habiendo comunica(;o quizá alguna de sus voces á los idiomas Coche, Cuaiquel' y C..ooonuco, y por otras razones filológicas, diremos una palabra de él y de los idiomas Coche de Sibundoy y del hablado por los Cuaiqueres, dividieudo este punto en cinco partes, así: (A) Ni los Quillacingas, ni los Barbacoas, ni los del va­lle de Athrís, hablaban el idioma Quichua.-( B) Tam­poco hablaban el Chibcha, Quiché, Coconuco, Jívaro, Cuevo, etc.-( O) Idiomas Coche y Cuaiq uer : paralelo con el Quichua, semejanzas y desemejanzas.-(lJ) Se­mejanzas notables y comparaciones filológicas entre al­gunas voces de todos tre , con las de otros idiomas.­( E) Sistema numeral comparado en varios idiomas.­ § Una palabra sobre las lenguas Cofana del Aguarico y Zeona del Caquetá. A , Tratando del idioma Quichua, había dicho yá el historiador Velasco : "En las Provincias del Norte, desde los Pastos, no se habla este idioma de ningún modo." (54) Pero esta afirmación, sin pruebrt algull:1, no nos convencía tanto como nos convence el siguiente documento. Desde el 15 de Agosto adelante, del año 1594, celebró en Quito su primer sínodo, el Ilus­trísimo D. Fray Luis López de Solís, religioso Agusti­no; auster~ v propagandista, y cuarto Obispo de aque­lla entonce~ vastísima Diócesis. Muchos sacerdotes · notables y entre ellos el Vical'io foráneo de Pasto, con­currieron á las sesiones. Pues bien: en el capítulo 3. 0 de las Constituciones, se formuló un decreto, cuyo te- (52) Dr. González Suárez: "Historia general Je la Rep,'t1>lic:.t ud ' Ecuador."-Tomo l.-Libro l.-Capítulo IV,-P~gina 178. (53) General Mosquera: .. Geografía de Colombia. "-Pági­na 40. (54) p, Velasco: "Historia del Reino de Quito,--Tomo 1.­Libro III-§ 4, O-Página 95. nor literal tomado de la Historia general del Ecuador, del doctor' González Suárez, es como sigue: "Capítulo tercero.-Que se hagan catecismos de las lenguas maternas donde no se habla la del Inga. "Por la experiencia nos consta que en este nuestro Obispado hay diversidad de lenguas que no tienen ni hablan la del Cuzco y la Aymará'y que, para que no carezcan de la doctrina cl'Ístiana, es necesario hacer traducir el catecismo y confesionario en las propias lenguas; por tánto, conformándonos con ]0 dispuesto en el Concilio Provincial último, habiéndonos informa­do de la mejores lenguas que podrían hacer esto nos ha parecido cometer este trabajo y cuidado á Alonso N úñez de San Pedro y á Alon~o Ruiz para la lengua de los llanos y atal1ana; y á Gabriel de Minaya, pres­bítero, para la lengua Cañar y Puruhay; y á Fray Francisco de Jerez y á Fray Alonso de Jerez de la or­den de la Merced, para la len,qua de los Pastos (de Pas­to); y á Andrés Moreno ~e Z.úñiga .! Diego Bermúdez, presbítel!os, la lengua Qu~llac~nga; a los que encarga­mos lo haO'an con todo cuidado y brevedad. "(55) El original d~ este sínodo, ha sido leído por el autor á quien citamos, ,pues, seg;~n .él dice, se COl?-S rva mau.us­crito en el archl vo ecleSlastlCo de la Cuna MetropolIta­na de la ci udad de Quito. . Tenemos, pues, un documento auténtico, con ~l cual podemos afirmar que ninguna de las lenguas QUl­chua, Aymará, Atallana, Cañar, Puruhá. etc., eran ha­bladas por nuestras antiguas tribus. Tampoco usaban el idioma de los Jí varos, ni el de los Macas que n pa­I'ece ser si no un dialecto del S:.íli va, de los indígenas de este nombre, habitantes de la~ riberas del Orinoco. 11. Dos tribus se conservan hasta hoy, desconocidas quizá por los filólogos, pues jatn;í,s he encontrado elato alguno sobre sus idiomas, ni siq ~iera lo be vi~t(~ cla­siticados ó enumerados entre los mnumerables Hhomas de la América. Hablo de los Sibulldoyes de la actual Provincia del Caquetá que vi ven á di tancia c~e unas ocho leO'uas de la ciudad de Pasto, y de los Cumqueres, antiguabtribu Quillacinga, confinados hoy en la Pro­vincia de Barbacoas. Ambas pnrcialidades ~lahlan dialecto. c1ife,rcl!!eS entre sí, aunque muy semejantes en. la pl'OnUTlClaC;OIl, diferentes ta.mbién de la lengua QU1c:hua del Peru y del Ecuador, diferentes igualmente elel Cafana ,de l()~ Aguaricos y del Zeona del CaC],netú, y uuyo ongell, ~s desconocido para mí, ,í causa tal ve:0, . el: las pOquI~I­mas palabras que conozco de ~lpunos ,llho~nas ~ul'-A­mericano , por cuya comparaclOn pudl~l:a lIIvestlgar su cuna. Pero creo con bastante probabllldael-al menos hasta que se me dernuestr~ lo contr'lrio-que el idioma de los Sibundoyes, denomInado Coche, era el que 113- blaban nuestras parcialid'ades compre,nelielas en la rr~ '1encia de Pasto, después de la eonq l11sta' y. q ue ~l }­dioma Cuaiquer era común entre las trIbus qutlla­cingas. La prueba positiva de que nue~tras trilJus inJi~s de Pasto hablaban el idioma de Sibundoy y los QUl­llacingas el actual de l?s Cua;queres, es u~~mente di­fícil de establecer. PrImero, por el pequelllslmo cono­cimiento que tengo de aquellos idiomas: del de' Si­bundoy, adem ~ís del sistema numeral, con~zco sólo u: nas cincuenta á sesenta palabra.¡;:, aprendIda.s por ml directamente de esos indios y con mucba dificultad cuando he podido sorprender] os por estos l ugar~s J: ven­cer su repugnancia ó su ~imidez; pel~o del de Cualquer, apenas si conozco unas dIeZ, debIdo a la bondad de un (55) Dr, González Suárez: Historia general de la República del Ecuauor.-Tumo l.-Libru 1. Carítulo IV.-Pá¡inas 17'))' 17 :.­Nota número 10. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. LA ~ 2,f·ISOELA·N·-EA. 5 sacerdote que por algunos año~ permaneció con ellos. Segundo, porque hay tradiciones de que en el pueblo de La Laguna, q~e quizá sería el antiguo Imazacan:a­ta, sus indios se servían de otro idioma que se extIn­guió en el siglo pasado, que no era el Quichua ni el Coche y aquél pudo haber sido el que hablaban nues­tras tribus de Pasto; y porque se me ha informado también que los antiguos Mayasqueres-otra de las par­cialidades guillacingas-hablaban otra lengua, semejan­te según algunos á la de Cuaiquer, diferente de ésta, se­gún otros, pudiendo ser alguna de las dos, caso de dife­rencia, la que usaban los narices de luna. Y tercero, por la falta absoluta de documentos precisos en que a­poyarme, siendo ésta la razón más poderosa. Sin embargo de 10 expuesto anteriormente, es in­cuestionable: 1. 0 que los Cuaiq ueres eran una de las treinta tribus de la extensísima Nación Quil1acinga y que su idioma rico como se dice ¡::er, si no era el único que hablaba toda e a nación, era acaso el más impor­tante y digno de ser estudiado, para inquirir el origen de aquellas parcialidades, tanto más cuanto que al ha­ber exi tido otros, debió tener con ellos múltiples aflni­dade , ó :í 10 menos bubiera tomado para el suyo algu­nas de las palabras de los de sus vecinos; 2. 0 que IQs ibundoyes parecen haber vivido antes de la conquis­ta, en lo que es ho.Y el puehlo de la Laguna, puesto que los Patocos y los Mocoas de la antiquísima Provin­cia de Paria que habitaban más al oriente y _por tanto, vllende los SibundoR vivían en las riberas de la Cocha ó Mar Dulce y fue por temor de las armas españolas por lo que a l!andonaron el Distrito de Pasto y se retü'a­l'on á fundar el pueblo de Mocoa en el sitio que boy ocupa. Los Sibundoyes, por lo tanto, demoraban en el Distrito de Pnsto .v cunndo más á una ó dos legua~ del centro del val! de A thrís; 3.° que si el idioma de ibundoy no era el común entre los habitadores de e.­te valle, conservado ese idioma basta hoy como testigo único de los tiempos pretéritos, es admirable que no tenga [lfinidad casi ninguna, como no la tiene ni con el Putumayo, ni con el Cofano, ni con el Zeona, y tal vez ni con los 35 restantes i<.1iomas ó dialectos hablados en el vastí imo territorio de] Caquetá; 4. 0 que seg~n parece, hay nombres en nue~tra. localidades de cerca de Pa",to que pudieran tener su aplicación únicamente en el idioma de .-'jlmnc1oy. Por estas y otra" razones, deduzco que (~ te fue el lenguaje vulgar de nuestros 1 n ancnles, Zancuampués, etc., etc., y que el Cuaiquer era d de los Qllillacingas ó por lo meno desgraciadas, sea una de las formas con que se presenta la pereza. Ahora bien; acostumbraos al descanso de esa lectura insustancial que se llama novela, y des­pués no tendréis la necesaria elasticidad pura emprcn­d. er ningún trabajo serio que se roce con la inteligeu­Ola. Si cuando me creía con derecho á pensar en la fe­licidad, si en la época en que los resplandores del amor purísimo de la esposa iluminaban mi alma y conforta­ban mi corazón, hubiera caído este libro entre mis ma­nos, le habría puesto sin reservas entre las de aquellos seres que embalsamaron mi hogar con su ternura, y que hoy, sin saber por qué, há largo tiempo que viven en el Cielo. Este libro está para mí lleno de armonías: el ca­rácter, el hogar, la familia, el trabajo, la sociedad, la juventud, el amor, la caridad y la esperanza, cosas to­das que se han tenido, pero que, salvo las que no están sujetas al dominio del tiempo, han desaparecido para siempre. N.os es preciso levantar bien alto el carácter moral de nuestra sociedad, porque, aunque sea duro confe­sarlo, se va perdiendo gradualmente. En todos los peldaños de su extensa escala se nota, con tristeza, que vivimos guardando el equilibrio instable de una edüca­ción descuidada, que vamos empujados por una mul­titud que se atreve inconscientemente á todo, que tiene todos los vicios del pasado y los errores del presente, multitud que ha bebido en el raudal amargo de la vida, porque no se ha sabido organizarla p~ra que pueda Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. LA JlISOELÁlfEÁ. distinguir cuál es la fuente saludable. El ejemplo debe venir de arriba abajo, del gobierno pAra con la sociedad, . de los sabios para co~ los ignoran tes, de los padres para con los hiJos. Siempre se baja con más facilidad que se sube. Cómo hacer llegar el riego benéfico del valle á las vertientes de la montafia? Pa­ra ver la luz á larga distancia es preciso colocarla en alto. Hé aquí por qué dista tánto de nosotros el sol. "El Carácter" de Mr. Smiles es un libro de moral en acción, un tesoro que es preciso que todos conozcan y traten de poseerlo, porque todos somos agentes obli­gados de la masa social. Se me dirá, tal vez, que está muy por encima de la comprensión de ciertas inteli­gencias: eso n'o importa. Cuando el niño no alcanza con su manita la fruta apeteéida, viene en su ayuda la mano dilipente de la madre: ella la arranca y...-ra hace saborear a su tierno hijo. Todo es comenzar. Aco.stumbrémonos desde temprano al trabajo, que es el camino por donde se llega más fácilmente al ca­rácter,- y entonces el descanso, en vez de ser una de las formas de la pereza, se convertirá en hastío y abu rrimiento. Convenzámonos: Nada hay comparable con la sa­tisfacciQn del deber cumplido, y el trabajo, que hay quien mira como castigo, es el más hermoso que que­pa c~mplir á la human,idad. (Escrito en 1883). POR ti traigo á mi memoria Los recuerdos del pasado, Por ti el coraz6n llagado Dulcemente latirá, Que si obscura, densa y triste, y un erial es hoy mi vida, Llevo en mi pecho escondida Lava que aun hirviente está; y si los hielos del tiempo Descoloran mis cabellos y á sus pálidos destellos Se vislumbra la vejez, Esas elocuentes hebras Que asoman en mi cabeza Marcan sólo su aspereza En mi yá marchita tez. Mas el corazón, Señora, Mi coraz6n no envejece, Que aun tímido se estremece Al soplo de una il usión ; y de aquí que se entrelacen y confundan en mi alma, En el exterior la calma y en el centro la pasi6n. y acaso una voz secreta Esto repita á tu oído, Quizás te sea conocido El contraste de mi sér, Que en ti el sentimiento impera! y el sentimiento es criterio Que á veces lleva su imperio A do no alcanza el saber. Yo, por celebrarte, ufano Invoco la Musa mía, . De aquella dulce poesía De u~ tiempo de juventud; P. y á la aspereza presente De la prosa de mi vida Pongo punto, y de seguida Tomo de nuevo el laúd. Que después de muchos a.i1os Vuelvo á encontrarte, Sefiora, Tan "hermosa y seductora Como en un tiempo te vi: Entonces la adolescencia Derramaba en ti sus flores y los brillantes primores De una encantadora Hurí; Tú: la reina de las bellas; Así la voz te aclamaba y la palma te brindaba Con ardiente adoraci6n. y cual vaporosa Ondina, Vistosa, agraciada y bella, Esquivabas la querella De un amante coraz6n. y te amé, cuando iri-itada Contra mí ¡ recia tormenta! Amenazaba sedienta Mi pobre nave sorber; y esa situaci6n terrible y lo acerbo de mi pena Tejieron suave cadena Con que uncir á la mujer. De ese tiempo, dí, te acuerdas? J. N o guarda tu fiel memoria U na deliciosa historia Que pertenece á los dos? Que mi corazón fue tuyo: y eras luz, yo vaga sombra; Tú la ilusión que amor nombra, Yo el cuerpo que 8igue en pos. y como rápido pasa El rumor por la llanura Así pasó mi ventura Al soplo del vendaval; Que la tormenta me trajo, y ella me arrastró ¡ terrible 1 Tan lejos, que fue imfosible Mirarte á distancia tá .. .. Mas si esos tiempos pasaron, Hoy te" miro muy más bella, Que se realza tu estrella Con los tonos de la edad; y ]a acentuación es tánta De tu belleza hoy en día Que compiten á porfía La ilusión y la verdad y lo sabes-¡ Cosa rara t Por extraña coincidencia, Hoy como ayer, la violencia Me arroja cerea de ti ; Mas de este tiempo á aquel tiempo Hay de por medio un abismo, j Tan hondo 1 que por sí mismo Te pone lejos de mí. Que la que libre en un tiempo El mundo cruzara altiva, Hoy en red de amor cautiva Mira á sus hijos crecer, y no, la ortiga rastrera, Iré á perturbar la calma De que sé disfruta el alma Del ángel que amara ayer. (IGNOTus). 7 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 8 LA M ISOELANEA. -#Jml{~E Hmk~HIN~ '. (Express-silhouette ). • rc::=:JIJCIL;:> • DUEÑO y señor de un d6n especial para ~ratar á las gentes; " . : Señor y dueño de una palabra cuyo eco pocas veces se habra oIdo, ya que no bien esa palabra abandona al labio que la pronuncia cuando es atrapada por el aplausp que la devora. Más claro: tal parece como que las palmadas son el eco de la voz de JORGE HOLGUÍN. Y es porque tiene una manera única de él para decir las cosas. " Como escritor, es una mezcla de Bourget, Leroy-Beaulieu yalgún donairoso príncipe del " " reinado de la cr6nica; príncipe que ahora puede ser Sarce.y, ahora Anatole France, según el caso. Trata sobre cualquier tema, y no hay Director de peri6dico que ~o reciba .con marca~a s~tisfacci6.n las cuar­tillas llenas de una letrita echada atrás, que es la letra de JORGE HOLGUIN; la mIsma, los propIOS caracteres espe­ciales con que cada vez que Maxim'/,'liano da á luz sus producciones, margina en la hoja. respectiva alguna frase, al­gún recuerdo cariñoso qu'e viene á significarme que bien quiere el que es bien querido y nunca 'olvida el no olvida­do nunca. Excúsese esta ligera alusi6n á mi persona. , . . . ~ Decía yo que 10 que brota de la pluma de JORGE HOLGUIN lo reCl~en como gran suceso los Redactores o Directores de hojas peri6dicas; pero no es esto solamente:-lo que ha escrIto JORGE HOLGUÍ~ hace multiplicar los crujidos de la m~yor parte de las prensas del país. Tánf? así ~e repr~ducer;t sus artícul.os. . ~ ~' . Que el pals reconoce los méritos de JORGE HOLGUIN. está de mas deCIrlo. A la mstalaClon del ultImo Sena-do, sa1i6 Presidente del mismo por unánime elec~i6n. . ~, . ' " . • . y ese joven que en tan elevado puesto asl les da poseslOn a los PreSIdentes de la Repubhca como pronunCla los discursos de que he hecho mérito al principio de estos renglo~e8; ese joven que en punto á. respetabilidad bien puede competir con el viejo de más pliegues en la toga y más rizos en ~a ~mpolvada peluca y más arrugas en el ros­tro .... ése es el mismo que á la hora de las expansiones recorre con. SID Igual destrez~ ~a gama d.e .la, alegría hasta dar con la nota que marca la afinidad de carac~eres y prepara el concierto de una cordIalIdad exqulsIta. y vaya el último sorbo con el último bocado. . "JORGE HOLGuÍN"-me ha dicho en alguna ocasi6n Don Rafael Núñez-"JoRGE HOLGUÍN es el hombre que mejor conoce la historia contemporánea de este país!" LINO M. DE LEON . RE(OUERDOS DE ALLA. (HOMBRES NOTABLES.) (Para La Miscelánea.) .,. %s «:e E L debate electoral había llegado á su período álgi-do; en Bogotá la fiebre de política fue intensa, Extranjero, interesado en conocer los hombres y la si· tuaci6n de Colombia, me interesé en tratar íntimamente á los diversos conductores de los partidos militante¡::, Hubo un periódico, ent're los muchos insustancia­les é hidrófobos que se publicaban entonces, que coloca· do en el terreno tIe la polémica ilustrada y culta lleg6 á cautivarme á tal punto que me entr6 una persistente curiosidad por saber quiénes lo redactaban. Me refiero:i "La Prensa", que sostuvo con bríos y lucidez la candida­tura de los Sres. N úñez-Caro. Me informaron que Don Jorge Holguín era el alma de aquella publicación. Los artículos de este hombre eminente, venían in­diRtintamente bajo los pseudónimos de San J ulián, Maximiliano etc. Don Jorge posee el difícil arte de hacer agradables las cuestiones áridas; puede decirse que en sus artículos de entonces, no condens6 la discu­si6n en la persona de los 'candidatos sino en los prin­cipios, en la política de cada uno de el1os.-EI estilo de Don Jorge puede degenerar á veces en pomposo; hay mucho colorido en la frase, colorido oriental que no deja en la somqra la intenci6n. Como reflejo de lo que escribe, de lo que publica, es el carácter del señor Hol­guín: hablad con él y veréis c6mo anima la con versa­ci6n, c6mo la hace interesante; á veces reiréis con el gracejo andaluz, con laerítica del bogotano por tempe­ramento; tiene esa flexibilidad del gentleman que consiste en acomodarse, en la sociedad, á la opini6n de cada uno sin abandonar la propia. Maximiliano es un economista sin esas punt'ls de absolutismo que se transparenta en los estudios del Sr. Borda. Hacemos memoria de la ardiente discusi6n sobre. papel moneda y nuevas emisiones. La actitud de Maximiliano ante una falange de periodistas, comer­ciantes y hacendados, que protestaban en todos los to­nos de la escala, fue maravillosaménte imponente. Tal parecía, y así lo fue en realidad, que á Maximiliano lo animaba el honrado convencimiento, la fe profunda. En esos días tenía ardor de trabajo; las columnas de "El Correo Nacional" no eran suficientes para aquella fecundidad. Hubo párrafos en la Bestia Negra, que me causaron profunda sensaci6n. ol'que el periódico en que escribo no es político, me pri vo del placer de repro­ducir algunos de aquéllos. El antor de la Bestia Negra es conservador moder­no; tie,ne muqlIa fe en el poder de la prensa que discu­te sin aventurarse en los senderos de la calumnia. Ha adquirido 11. clarivid~ncia, de que un partido necesita de un maestro, de un leada , -qp. cerebro mis activo que los otros cerel?ros, una voluntad enérgica, una tradi­ci6n encerrada en un cuerpo, una historia viviente. Prestigio, mucho prestigio. Y ,luégo, disciplina: \1is­ciplina consciente. Arrojad aJ acaso fuerzas sin (lil'l.')c­ci6n; arrojadlas como un montón de papeles al air'e, y las veréis gastarse sin utilidad, debilitarse sin proveel!o. Es conservador experimentalista, sin cerrar los ojos ante el rayo de luz que clarea en el ideal. No In inquie­ta por eso un a.fán de reformas; tiene en cuenta antece­dentes, situaciones, m,omentos. Las ideas po!íticas son como las semillas-germinan cuando ha llegado el mo­mento. Tratad de acelerar el movimiento evolutivo tle un pueblo; tratad de hacerlo subir ,.á una cumbre, recién salido de una enfermedarl, y al llegar á la cilmbL'<', por causas de debilidad sentil'á vertigo,y caerá hecbopedazos en las faldas. Dadle á un p~eblo libertades, si n haberlo educado para la libertad,. y degenerará en libertillo. Don Jorge Holguín contrajo matrimonio con una hija del autor de Gon~alo de Oy6n. Holguín es rico; trabaja con t~z6n en sus. ,empresas; tiene una casa en Bogotá relat.~vamente lujosa para aquella altiplanicie; aborrece las ' corridas de toros; es hospitalario. Ha ocupado los puestos de Ministro del Tesoro, Ministro en los Estados Unidos, . Gerente del Banco Nacional. Es actualmente Senador por el Departa-mento de Bolíva.r. . Me han referido .en Bogotá qUf' en 1882, cuando la feroz y sanguinaria Sal'ud Pública jur6 guerra á muer­te al hombre más ilustre d~, Colombia, el señor Hol­guín lo llevo á su casa donde le prouig6 las atenciones á que aquél es merecedor. He de hablar con franqueza: no me gusta Maxi­miliano como orador; el acento de su voz no persuade, entretiene ............ Natura lo dio en este sentido todo pa.ra Don Carlos. OLIVERIO DE J ANIN, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. LA M I S GEL A NE:4.··. ' 9 GABRIEL EDUARDO O'BYRNE. ( ¿ PARALELISMO? ) 1 E STOY, lector, en un tranc~ apurado; trance que no digo se lo deseo á mi mayor enemigo, porque creo no tener enemIgos. Si los tengo, sin embargo, así así se quedará la cosa, y ellos me seguirán mirando de reojo y yo seguiré deseándoles á ellos todo género de felicidades. Aquí paz y en el cielo gloria. * Me hallo, repito, en un trance gravísimo. Porque, como lo oyes, voy á tener dos cuestiones. Será la primera con mi seílora doña Retórica (c. p. b.) Será la segunda con uno de mis más queridos amigos-con GABRIEL E. O'BYRNE. U na y otra cuestiones, en fin, obedecerán á un mismo móvil. y este 'móvil es el paralelismo que pienso estahlecer entre dos individuos de sexos distintos. Ni la Retórica conviene en el por cierto modo trastrueco de sexos ni .... qué digo I á O'BYRNE cómo le va á convenir! . Á O'BYRNE mucho menos. Vamos allá, y sea del caso lo que fuere; mas por 10 que toca al fallo que se dicte en este asunto, he de hacer copartíc.;i pe de mi rl'sponsabüidad-si al fin resulta que la tengo-á un periódico inglés que acabo de soltar de en­tI') las rnan()~, Este peri~l1ico se llama P'ubl-ic Opinion. (Al dar tántas explicaciones y, sobre todo, al citar el nombre del periódico-Public Opinion-cualquiera di­ría que trato de atraer por cierto morlo á la opinión pública para que falle en mi favor). Cren. cada cual lo que 'e le lIé su real gana, y adebnte, que basta de preámbulos. * Entre curiosidad y curio ida 1 de las t í.ntas que da á la luz Public Opin?:on, después que sale de RUS artículos de rondo-artículos sesudos por demi', dicho sea de paso-me encuentro con algunos detalles relacio­nados con la célebre cantatriz Albaní. Resulta que la Albani no ha tenido inconveniente en confiarle el secreto de su hermosa y robusta VOLJ i uno de los contribuyentes literarios de los señores Cassell. "Yo, señor, "-le dijo ella :.í. él-" observo estrictamente el régimen siguiente : ut1tes de aparecer en el teatro no hablo lo que se llama una so­la palabra, ni '}Ja:'a dirigír.'ela n, mi marido. Si ocurre, sin embargo, el caso obligado de tener que de. plegar los la­Lios, hablo, sí pero lo menos posible, y e 'o vaJiúnJom ..... de cuchicheo;:,. Me siento á leer en el lugar más solitario, á leer tranquilamente, alvo por SUpU /~sto, el caso de que tenga que e tar ensayando. De cuando en cuando doy mis paseos por la tarde, pero ni aun en ellos admitf ) compañía de nigún género. Tomo mi comida i las tres, y me resi. to á ver á todo el mundo, hasta que voy al teatro,' Otra de sus máx.imas es la de no cantar jamás dos noches seguiL1a , porque para ejercitar la. voz llehidctmcnte-dice - no on suficientes veinticua.tro horas. Por último, la Alballi observa la e. trictn. regla de no cantarle á sus amigos' de modo, pue::; que el que quiere deleitarse con su vo/. tiene que. ir al concierto ó tÍ la óp m. * Lector : corn 1,) hab¡ á-:; comprendido, está ti raJa la primera línea para el paralelo de que te hablé al princi­pio de este mi artículo. y ha hecho de línea, la Albani-¿ no e verda<..l? -:;. Pues bien: ahora me falta la otra línea"y hará. de tál O·BYRNE. Pero, a.1 llegttr aquÍ, he reft'xionado un poco. Tener cuestione con una muj r .... no es de caballeros. Por tanto, señorn doña Hetórlca, muy señora mía, no pensé .... no creí . ... perdone usted ... . P or otra p:1.rte, no es de amigos di ... gustarse entre sí. En tal virtud, GABRIEL, mi querido O'BYRNE, vengan eso' cinco.- QueJas fuera de estos renglones por un momento, y hará de línea paralela con la Albani, tu J\,fusa. ­HalJlaré de ella : -Canta tu lvIusa como la Albnni. Pulsa un laúd de marfil, y son de oro las Guerda' de ese la.úd. - ¿ Te acuerda de aquella noche? Dejámos el perfumado recinto y se hablaba mín ele la Deidarl que es tuya. Se hablaba aún de un lu cero que había Lrillado soore la frente de tu Musa I Lucero que parecía un diamante. " Qué pie ha tan linda!" me dijo una niña, U na niña tan loza.na como tu M usa. * Entre 10 que no hay paralelismo de ningún género es entre lo que hace la Albani y lo que acostumbra ha­cer la Musa de O'BYRNE. Aquélla no habla ni una palabra antes de cantar en el teatro, y ésta no se vale de auxi­liares ó recursos de ningún género para hacerle decir él O'BYRNE, versos que siempre son gorjeos, estancias que son siempre himnos. Aquélla habla á veces en cuchicheos, y ésta le hace soltar á O'BYRNE, con frecuencia, estridentes carcajadas que en nada menoscaban la sonoridad de dichos himnos y estancias á]a hora en que está lleno el teatro ó la concurrencia la velada literario-musical espera ansiosa el principio del acto. Aquélla no canta dos no­ches seguidas; la de O'BYRNE pudiera cantaren la música del IIomero de antaño y de los Rafael Núñez y Núñez de Arce de hoy, noche por noche. La Albani no les canta á sus amigos; la Musa de O'BYRNE les canta en sus mo­mentos de alegría, y en süs momentos de tristezas les canta también con el último canto del cisne. LINO M. DE LEON. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 10 LA Jl180ELANEA. (EN UN CANCIONERO) Si en tus jardines, cuando yo muera, cuando yo muera brota una flor; si en un celaje brota un lucero, brota un lucero que nadie vio; y llega un ave que te murmura, que te murmura con dulce voz, abriendo el pico sobre tus labios, 10 ql1e en un tiempo te dIje }o ; aquel celaje. y el ave aquélla, y aquei lucero y aquella flor, serán mi vida que ha transformado, que ha transformado la ley dt! I )jos! Serán mis fibras con otro aspecto ' ala y corolas, ascua y vapor; mis pensamientos transfigurados: perfume y éter, arrullo y sol. Soy un caúáver-¿ cuándo me entierran? Soy un viajero-¿ t:uándo me voy? Soy una larva que se tr .nsforma .... ¿ Cuándo se cumple la ley de Dios? ¿ Seré yo entonces, mi blanca niña, celaje y ave, perfume y flor? S. DfAZ MIRÓN. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. LA J:lISOEL'ANEA. 11 LOS TITEf\ES DEL SA.NTO. ••••• e •••• •••••••••••• •••••••••••• _ •••• e •••• L o dicho, continuó Paco. Era una pa ión loca --- la que me inspiraba aquella mujer. Si tú la hubieses conocido entonces, recién llega­da de su tierra, con aquellos ojazos f.uer~emente ra~ga dos, como si temieran no dejar espaclO a las pupIlas, negras como el abismo; aquel pelo lustroso, fuerte, on­dulado, peinado de un modo original! con algo de la gitana y algo de la señora; aquella cara mate con un vello finísimo delicado, como el del melocotón, y aque­lla boca entre~bjerta, llena de tentaciones, te hubieras vuelto loco, tan loco como estaba yo por entonces. Pues ¿, y el talle? lo Y la morbidez de ~ormas? ¿ Y la dulzura de curvas? N o había otra mUJer como a­quélla en todo Madrid. Andaba de un modo tan cadellcioso, tan provoca­tivo, y sobre too. o, tenían una g~acia a9uellas pal.abras suyas dichas á medias con el deje partlCu~ar y ?lImoso de las gaditanas, que era cosa de echarcie a lLorIr euan­do decía: -¡ Ay cbachito mío y cuanto ha ta?'dao! j J esú, pué no iene poco serio! j Por la saluslta tuya y la mía, que no quiero en el mundo más que á ti! y yo lo creía, ¿ cómo no? N o ,me separaba ;le ella más que breves instante, y sus oJos me segulan en mis ausencias; tal era mi ilusión corno cuando estaba á su lado. j Qué 130ras tan felices! "Imposibl~ hubiera yo creído que aquel amor que haCla aruer rms venas, co­mo si tuviera fuego en el cbrazón, llegara á apagarse algún Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

Compartir este contenido

La Miscelánea - N. 8

Copia el enlace o compártelo en redes sociales

Selecciona las Colecciones en las que vas a añadir el contenido

Para consultar los contenidos añadidos busca la opción Tus colecciones en el menú principal o en Mi perfil.

Mis colecciones

Cargando colecciones

¿Deseas limpiar los términos de la búsqueda avanzada?

Vas a limpiar los términos que has aplicado hasta el momento para poder rehacer tu búsqueda.

Selecciona las Colecciones en las que vas a añadir el contenido

Para consultar los contenidos añadidos busca la opción Tus colecciones en el menú principal o en Mi perfil.

Mis colecciones

Cargando colecciones