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Imagen de apoyo de  Biblioteca de Señoritas - Año II N. 40

Biblioteca de Señoritas - Año II N. 40

Por: | Fecha: 22/01/1859

o ~~· Bogotá, sábado 22 de enero de 1 59. NUM. 40. ta de Bogotá. ofiocamos el año de 40 a un capital'l Prieto ue 1 e{ eón nd otros la campaiia del norte con-r lo evoluciona i s de aquella época. Era este n orijinal que mand ba de su cuenta i rie go una compañín . uell de- añci nado que él mi m o ha­f. n nch.ado e Bogota, compue ta n su l~la­or parte de arte no con1o el. Cuando e 'taba u ~r ia formar u jente, i con la fotmali-da d 1 u o, cab llero en u mulita parda, le pa l:Pa r.e i ta. En oca ione ar ngaba a sus sol­d o , no IJe ado del esp1ritu di cur ero de nues· ro ieml?o , ino e thnulndo por Wl entu iasmo patriótico erdade an\ente laudable ero com­p ñ con · Jer bies baJa p'Or la de ercio-e i nferme de , lo que hizo que la pera de n d l·atoc le dirijie e esta o emejan-b lle haber e an1inado los fu-rtuc erk , &.• :.-"Va­del 'rdén, enf1·ente -de a enemigo, mañana determina- :uus el ·u fo de la victoria i coro remo de a 1 P tria ile a que nos contempla desde -• .,-~., e :u P~ro noto con dolor que reé:Jue1dos a la menor e IJresion. . . , om 1 amtgos por que os ra·~ todo lo dias diariamell-a d-ad • r ' 1 pot· e te esti- - -... rf&.l~ ... ·.. • ente mititar, con- •ta a el a dor de u cama-uch9~ ~ ed exánime vid irse al ~~cuauor, que se halla en tnalísima posi­cion con respecto a a1nbos pai es. Por rid1cula que parezca esta fábula no faltan per onas cáudi· das que le den crédito i In propalen. Pob1·e Ecua· dor,que ~ie1np1 e ha e e tara costura de zapatero! Agr~gan otros que ha Jlegado tambien un erni-nrio del gobiea·no del Ecuador, que viene siguien­do la pista al Ministro peruano pat'a observar lo que hace i lo que dice, e informar de todo a su go· bierno, que está temeroso de alguna celada. En­tre tanto continúa el silnulacro de bloqueo puesto 1 las fuerzas nav es de] Perú al puerto de Gua­yaquil i co .. tas adyacentes, miéntras los buenos oficios de Chile o ueva Granada puedan condu­cir a tértnino pa-cífico las cuestiones que han oca• sionado la guera·a. Pero volvatno .. a nuestra revista local. -El publico filarrnónicQ ha aguArdado con iJn .. paciencia una semana n1as la repeticion de Mac­beth, que . e ha ofrecido a:·ias veces para el bene­ficio del tenor deela Compañía lír·ica, r. Rossi Gu~rra, i q e se difirió ultin1amente por una in-ispo icion, s~gun parece, del Sr. Mirándola. U na .. veces por indi..;·posicion de salud i otras p~r indi. p icion de lo ánin1os, la Compañía nos ha pd vauo laa·go tiempo de la ópera, i ella misrna se ha pe1judicauo. Quie1a Dios que alguna nueva indispo .. ioion no fa-ustre nue tra eRpPranza de ver mañana esta hermosa, aunque Jarguísima i cansada rartjtu[¡a deltnaestro ~t·di, sobre la cual emi 1 errfo.. IQ1 ~ ~ e nu juicio en nue~wa próxima revi-sta. En endeanos que los colnpromi­sos de la Co1npañía tern~inarán pro~ to, en cuy.:o caso el teatro se cerra1 á indt'tinidalnente, si lo nuevos dueño de él, para no quedarse con lo~ brazos cruzados, no totnan p evidencias con el fin de reen1plazar en Jo J>Osible a la Cotnpañra lí­rica. Es de suponerse que a í lo habrán hecho ya, pues de otro 1nodo perderian uu tiempo pre­cio~ · o i un d"nero toda\' Ía tnas precio ·o para ello . -Con · za a anilnal';e a un poco la ciudad al regre o eJe 1nuchas familias que habían he­clio r-;u cmJgracion a Jos climas te nplado ; eini­grac~ on que no era, como la de Jas g(;)londrinas, motivadél pqr el invierna, sino por la oostumbre de can1biar de aire i variar de escena en los me-es de dicit!mbre i enero. n e ta oca i.9n, sinem­bargo, l1abia un m<:)tivo adi~ional para emigrar, i eran l~s tnalas influencia atrno ·fericas que han de arrollado no pocas enferanedade , algunas de e ácter ma)jg ~ que a la ho1'a e ta reinan to­davía. o dejan ele presfntar ·e caso de e carla­tina, i a 'afe ciooe ~uda a la garganta son tnui compoe fi probable que los infalible.;· aguace­ros de la Oa'IJ,dela'lia aumente11 la ca u a _del mal. 1 ju·cio egu1do a Jos a ·e inos d ega i- Q cqr, Q cqn uoa lenlitu,l q n ·dil\¡,ia la 1R na egun la cachazar de lo~ q .. n iene e h: •no teptatlo tl a ca QDi~a ·~ d~ 1\S pe d~ a j ieip r ro de suyo. 1 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. • 1 B I B T .JIO' l ' J~ .A. D E SE~0 It!11 S. , El tiernpo hablará, auny_ue t! l ti empo ca ll e. ~ del di ~ ti n gnid o n1é d ico i b u e n c iud a d a no , señor J e neral i _trist e s e n s aci o ~1 ha causado l a lec - 1\NTgno lBN c rzo, acaecida e l tniércoles de est n turn Je nn av1 ~ 0 qu e s e ha fiJado e n ]a esquina s, se rnana. l ) arecP qu e el año h cl entrado tan fa ta l e n qu e el ' ~ r . l i" .) Ji p e! ójas i su s e ñora o fr e c e n al- , eo1n o Jo fué el de 58 e n . o s \alti1n o .. días. br icias al qu e dé ra z o n d e l paradero d e u n niño de ~ 11Jn el J· uzcrado de }{.áq u i rn i e on rnotivo d e t - j " ' 1 o , r e ~ ano , 11¡o suyo, _ qu e se ha de a¡nue c icl o . ¿ E,s una dt n1anJa obre in te re.., e ,fué as e sinado, po r u n crc 1bl e qu e en ~~a c1ucl ~Hl co1no B ogot á no pu e d a ~ eñ or Pala c i os , e l apreciable jóvcn Paulino Bc r­! l'l llars e a un ntno p t' r tlld o: [ Iui ú t il se ria q ue .. e tn6 dez, , ·e cino de Cbiquinquirá. J i.~) agresor est á 1 n e u 1 C' a 'e en e . la p o b J a e i o n 1 a h u t n n n i l a r i a e os - ~ y a b a j o e. l d o n 1 i n i o J e l a s a u lo r i u a el es, i p ar e e e­~ urubre que ha1 en otro pai .:cs , d e c olo car a los ui- ~ q u e e l jtucio se sigue act i ,·atllente. no' que se e n cuen t ran e~ trr1,·i ..- do s en la s calles o ( 1 c ampos, en un lu gc lr p ú bl ic o el rna s v isible, para ) t tfna q ue ll<:'gne a n oticia d e su. pad r e s. S . . . respuesta. U . ~ Bt e n hnbta yo dtcho ¡,Por qu é de este n1 od o o bre - na l~u e v,t gu e rra t e n e nl o.: e ntre manos: la 1 Q ue e l t a lllfosa i co ' u ~ r e d, s e ñor, q a e ~ 1 go.bu ~ r no federal ha d e cl a rHdo al colo p o r ~ ~ra q ué bi c b o, . Dando zozobra au tortzacJon e presa d e l Co n rr t eso \ ?a rios J·c ne r ·l- ( 1an Jl e n1 ~ d e q a pncho • A quien nada le cob r a , "' 1 t 11 l . C o · ~ ' < Co tno a Jebratco. Ni es s u deudo r 1 es, en re e os e J e ne ral a lue r o n, han pr es~ nta - ) 1 · 1. b , . d. do ya 1 J - l b . _1 ) 1 a JC? r a.t c o 1g o , ... o tan bi e n con1o u s té, su P nn (~ e c a n1 pan a , q ne se 1a pu l 1c a uo ( I~ o es p o r l.~ rim a : eñor J.l 1osaico, en la parte ofi c ial tl e l a Ga c e ta, e n ]a ~e cc ion d e ( f~ s qu e_ l,1s t una . Lo sa ludé : g ob ierno i g·ue JTa . ( Qn e et tq n e ~ a c o nmigo JJo hi ce en tono p r osaico,. S Use un a m1 g o. ~ ... in rin1a i pié ... .... . Señ ores, v o no l o d i uo : Un co t o q l:t e d a n i oml) li ao Pue d e t e n e r curacio n · e Qu \en lo dice es Ca l d~ ron · 1 otro co t o 1n ui bellaco ' En su u ú n1 e ro tre:tl ( ¡Qui é n lo cre y e ra < 1,a n d escar t es .' < lf o tne dice s iq ui e ra: ' ,. Beso su s pi és ! , , Q ue se es ti ende hasta e l sob a co, E n 1n énos que r ezo un c r e do ? I c o n la ]Ji ~ l io te c, a , vC d eshace con el d P. dO ( Q ue e"' :e u o nta, N l . · P e c a i n1ui p e c n . o. 1a1 .duda q ue es te desc u b ritni e nto e quival e ~ l ,i e l savoit vivré iTri t a al t ~le g ra f o subnlarino, i a la s a cadura de las rnue - ~ Con voz ta n hueca . lVla s yo s oi s olter o n a , I c o n ::; idero Qu e h a c er me re"añ o na o C on un olle ro Nada In e nbona. Abracé n1onos, pues , Señor 1'riosu ico; BonTe lo dcscor t e~, _ Que yo e toi en P. ':os ái,:o S t e m p r e a sus puSs . las si n dolor a lguno. El qu e tal e .. cotos de s t ru ye ~ mer ece ll a tnarse el duque de ... I alakofr. ; ~ Apuntes de ranchería. ' II l. C uando Cald e r on lo dijo E s tu d i a d o lo t end ría . Dijo, pn es, el buen se ñ o r En RU 'frata d o de ¡)anos E l lago de Fúqu e ne - El D e sierto -· Una ave ntura e n c asn· r o h a i burlas con lo s inf~rtos . d e l pintor\. ázqu e z - JJa peíia de l e co. ' -La crón i ca matrim onia l no ha sido 1nui es - S i l a IecJ ora co n oce la lagu na de Fúq uen e, res-cas a e n el pre~ente n1 e s . IIe aquí los casa tn i entos to --- , segu~ dicen lo:--: je~logos, d el gra nd e i _anti g ua qu e h a n l le g a do a nue"' tra noticia : l ago an d t no que cubna estas n 1 c :~ e t as, 1 cuyas .f~ l d ia 2 se u n i e ron el s e ñor \1ariano An ie l ¡la aguas se abriero n pn:so po r dite1entes puntos ; s i SP. ñ o ri ta lVIa r í a J o ~e fa Ca l v·o ¡ Cabrera . 1 ~ la ha vi s to dt~. d e l o al t o de l coladnr d e l rn is mo E n la mi .. ma fecha, e l seño r J u an l i'o r e ro ¡ la notnbre, yendo o vi n ie ndo d e C hi q u inq uir á , nada s e ñ or ita I gnac ia \ i erg ;-n·a. le di re de e ll a. S i no !a co n occ:a, le ac o ns ejo q u e. E l d i a 8 , e l sefi o r 1\1 ¡ g u e 1 O r t ¡ z i J a s e ñ 0 r it a haga un a p r o rn esa a la V í r j e n , o q u e, a u n r¡ u e se a Etnili rmedacl. U 1~ t os a é l, i qu e sus a g u a s han bajad o p a ulatinam e n­tipo disting uido, un trato fino i ntn ab le, una inte- t e , a causa sin duda d e lo s g rand e s destnont e s lijencia ~sp ejada , i tnan e r n~ se ñ o 1 · i le~ ha cian n o - p ra c tic a dos e n las intn e diaci o n e s: e n térn1inos q u e, table a ~sta. mod e sta i apr e ciable señora, qu e . c a s i a la vista de la j en ~ ra cio n pres ente.' s ~ han como amtg a 1 con1o es pos a, n o ha t e ni d o s u pe - for mado nu e va s pla ya ~, 1 que ha1 en el d1a ti e rras rio1·. Honra de su patria i d e s u se x o ~ ella d eja d e pan ll e va~·., s umatn e nt e ~eraces,en terr e nos com: nobles ejemplos que in1itar i huellas lutninosas d e pl e tan1 e nte Inundados tretnta años ha. Cito en mi una virtud poco cornun. Reciba su tnemoria esta ap oyo, no solo a los habitantes antiguos, por no débil e~presi?n de nuestra- -Z•paqturá lan1enta, 1 con razon ~ la nluerte ~ ~ '\·éanse lo s nún1eros 7 . o i 9 .ode la prime rG s érie . • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 19 bio Bou inr.ault que anduvo por allí, i que, co- ~ el convento pues del en eú as roca , habitadas por la. nutrias, se es- canto del pastor en la colina, i ¡le) canto de la 1 alondra en la maleza, viene el canto del bronce, trellan as espurnas con melancólico i acompa a- do on. la voz de la iglesia que llama a todo. ·los corazones . . . . _ para que al despedh se del di a . e f'leven a Dios. a que VIene connugo por estas risuenas aun- Estas sen~ aciones indefinibles son las rtue se es-que ohtaria riberas, la invit ré a que, apartán- perimentan al de. cubrir pot· primera vez la delicia­do o de ellas, sigamos al oriente i subatnos la d ~a vega por donde corre el rio de Ráquira., nom- 8 a e cue ta e aquella cordillera, nos internemos bre de ese pueblecillo pintot·esco, separado del en los inmen o oquedale que la coronan, que si De·ierto por unas pocas colinas. Aquel grupo de son un segundo tomo del famoso Líbano, creo casa que forman como el cortejo 0 comitiva del que tne engañaré mucho ; i por último , que convento, no son un pueblo : son mas bien un descendamo aliado opue to pa llegar a nno de aduar; los que ·han visitado el Sube, o las agnas o it"o ¡ romántico i tristemente bellos que minerales de Quetame, puedt•n tener una idea del P ift:l 1 ajinar e. Desie1·to, en cuanto al a s pecto de aquel ~rupo de ero antes de llegar aniremos de frente al valle ca a, habitadas i abandonadas alternativamente onde I)O dirijimos. o • • • all f se descubren algo- por diferente personas que permant>cen all ¡ solo 11 1i m lde c a as, a la o rilla de un b u llicioso rio, algunos di a , ¡ a su rededor át bol e frondosos, é 'e io de ellas deseuella un edificio mas gran- que, mecidos por el viento, mezclan e l susurro d i una iglesia de mode. to a pecto. Es de sus ho~as con el de las ondas del rio que ppr Qlotivo die~ nuestro ilultre compatriota allí cerca COl re. : nAnte~ de la eon'lDista los indiJenas se Ya supondrá ia discreta lectora que el que esto de laurel, i, m s .cauto i prudentes no permitian indistin•-amente la e cribe no habla de oidas, sino que ha \"i itado les tt.n el declive de las montañas; personalmente este bello Desierto. Tambien com-e per1enc1a que, una vt•z eortndos, n rras-- r. 1 ' J tierra, desaparece la veJetacion, ¡ prendeaá Jácilmente que para e tnayor nun1ero ·V& ..... oes de terrenos ~ue ántes PI:()• ue lo que por aquellas yegas andan en busca de 1 aél par fertilizar los c~m- una telnperatura de 16 • a lo ma , de un baño ,·.p,n de nadas protestan contra el ·méroscolonosi deaussuce- delicio .. o, o de un sombrío apacible donde tirarse ·"'IAin que proteja los escasos a Ja bartola con un buen libro en la mano dere­de daeiones de lo en quiuas ¡a otros cha i un cigarro en la izquierda, este convPnto de Q rra imHlac;abte '! la Candelat·ia, recoleta de lo de agustinos deBo-ll'b asi1~a:a,nl tá, es un objeto secundario, i muchos ni aun se Oollo4_rán entrar en éJ. ~n anto a rr•i, confie ·o sin u que era Jo que ~as lla1naba allí mi aten~ion _ no p o r su arq u itectu~a, oi por su lujo, ino, JI Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. - • 20 contrario por aquella elegante sencillez, por aquel Nada rne reveló aquel lienzo, rnui bien consf't· ~~pecto tle envidiable ttauquilidad que ofrecPn sus vado, p ro t. que no tenia inscripcion alo·una, i solo clau~tros i jardine ·,por aquella une ion santa i des- hizo nacer n tní nna Jnultitlld d conjeturas va­conocido perfutne que se respira en "'u indo •••• 1 des pues de un momento de ,·aciJ•c·on pa ó precipitadamente el puentecHlo de piedra i se entró sin mas cumplitnientos al castillo de su dama. (Continuará.) A mudar temperamento. (Continuacion.) Babia allí por abe dario de civilizacion~ caja, urete, anasto de ra, tren de encaje, i un arro i un plato fino ... e la fábrica de Bo~otá: Pero prime muest1'-a e ci ilizaeion fue el haber 1 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. • - / ' BIBLIO'rECA • salido al encuentro de la jcnte en vez de ir a es ... la fan1ilia de Cánnen. li.s de inf( rirse e l placer cond< rsc. que reinarin. de una i otra parte, i las preguntas i l)a ~e al'on toda la tnañ, .. na las señora , rniéntras los infonne~. }{ut tuvo carla de Ji'e liza, la hija don , iiguel estuvo tirando a los coc lies, a las m a~ jóven de doiia Clern ~ncia. l)or ella supo del pechiblancas i a le s guacharnchc s. - ca'"'a 1niento de Pachita, de la V}lelta de ·Juan, de i n ti e ron b a .. ta u te e a 1 o r e r. este d i a, p o r e :so 1 a fu n e i o n de J te a t ro , i de J os s u e es os de la ter t u-con1ieron poco, i a las seis d e la tarde totnaron el lía de la señora Ilosa.lía. chocolate en e l platanal con ", perdió Rut un anillo de chispa de ( e ra de poco tono, gozque i n1ui chirienkl. De dia1nantc, que ~Jla sintió couto e ra d e bido. golpe le ca~1 Ó una piedra al 1na ... pequefio, acom- ( Tn <.lia la~ vi itú un s e ñor d ~ llugar, tnanife~ - pañada de una injuria gratuita, i e l paciente entre tando a las señora que tenia <.le. eos de servirles; sus quejidos se arritnó a don J orje, cotno inlpe­le cotnunicó algunas noticias, les ofreció cabaJlos trando su fa,·or. para un pa~eo, i las dejó n1 u i agradecida . ~ Es u na in fa mi a, le dijo el caballero, Ja que -De qué depende, dijo doña Antonina a] señor hacen con U. Azabache! •.• i por qu é anda solo? fusagu e ns e, que aquí hai tan buenos colores t·n Una den1o tracion de carifio fué Ja respuesta los r ost ros > qu e hai tnoclal e s de cultura, i tan b e lla que recibió el protector, quien se dirijió en el t:ndole en la jente pobre? acto al violento agresor. -El ten1peran1ent o, dijo el ~eño r, es aqu{ exe- ;Por qué se porta U. así con esa pobre cria-lente por los aires, que, de lie Pa~ca hasta ellVIag- lura ? dalena, corren en un solo plano, con solo 1 as Porque qu i Pre con1er carne de rn'arrano. honduras de alguno rí es ; adernas lo, terrenos on Porque quiere? .... r o parece que U. tenga areno~os, blanquecinos, i nada cspue tos a rajars " ; bastante razon •..• l e..:~e otro no quiere~ i las tierras i la-.; agtHlS no " On saladas : ahora, rn e rro sé, le contestó el vendedor de carne, vol-parece a mi que la~ bu e nas dicro .. icion e .. que viéndose a despachar a un parroqt iano. hai aquí · para la sociPdad, i para apreciar al foras- .! o si .. é, continuó don .l orje : e .. el libera­tero que sea apr<~ciable, depc·n'l e n de la r~za. La lis1no de esta tierra. J\zabache .ufre una pedra­base ue e. ta poblacion e un pufiado ue fatnilia. lla, porque e . .;; ue al gun pobre estanciero; i el pe­de sangre española, que ban vivido con1o cnccrra - rro gordo del collar e::> r e petado n igualdad de das en e te valle, con ~us costuznbres s e ncillas, circun~tancias, porque e de algun g( tnonal que inocentes i titnoratas. tiene tn edalias: o porque e de algun estranjero - Iros han gustado tnucho, le respondió Luisa, que tiene Tevólver, o pende de un soberano que - i l es e tarnos · nnti agratl ec id'~"· . amenace con la escuadra, ~i se ofrece una quinle- -l) u es ya les digo, tnis señoras: 1o que se l es ra. E. te es el caso. ¡l)o bre zabache! si U . fue - ofrezca ..••• )-o t end ré 1nu cho gusto en servirle ra un terranova qne tnolestara en la calle i en las a U U. despensas con su aspecto terribl e , tendría garan- Entre la setnana no dejaron de re cibir visitas tías; e to continuó diciendo tlon J orje al propio i a lgu n os regalitos de avecitas i frutas, i de hacer tietnpo que dába unas pahnadilas a Azabache. varias escursiones jeolójicas, aunque tuvieron la Don Jorje hizo por la tarde un paseo jeolójico p e na de no encontrar ]os fósiles. i galante a los Robles. El don1ingo fueron a pas ea r la parroquia i el E. un gr upo de seculares r obles inrnedjato a mer cado, despues del prirner objeto del dia. Cotn- la parroquia. Cuando se entra a este paraje solj­praron canastos, petaquitas de P .anJi i diver as tario, se sobrecoje el altna de pen an1ientos gran ­frutas. A eso de las once, estando oyendo mi a des i nielancó!icos a la vez. Se imajina uno per­desde la 1nitad de la plaza, por el accid e nte de d1do en lo in1nensos bos(¡ues que precedieron a no hab e r iglesia por ahora, 'i ero n llegar a don la conquista, de los cuales este es todavía un ve:. Jorj e i a don Pepito. A parte de la devocion,júz- nerable monumento. f.Jj nsa uno en el indio ~ue guese de la idea que don1inaría por mucho rato aquí repo '"" aria con su arco i con su aljaba:~ i lue­el áni:no de las bcgotanas, pu es con la eparacion gola soledad, la sombra, el cúrnulo de despojos del continente de la. abana por tantos bosques i vejetales, el aYe que vuela por la tupidas ra1nas, pefia --: , lu idea de la patrie e n1ui ,. <'he n1ente. el arroyo que n1urtnura atrave ado por ]a enor- IJos Yia.JP.rOt' se destnontn rnn donde pudi e ron, i mes raice , 1 ruido n1i n o de los pa os sobre la rnii\ntra. t E:' rn1inabn la rni~a de. ~c an~--a¡·on del e. tro- hojarasca : to do es tlel dominio de lo sublitne i de peo; peto no habja t"Chado el paure la , anta ben - S lo cont nlp1ativo. Luisa vertió sus lágrimas sin d i e ion; e u · n do es tuvieron en f, e q u i na el e n1 a y o r di si 1 n u lo. concurrencia, con o, quien di e, en el altozano, Eulalia , árn1cn i Anjelita corrie r on largo rato segun la ""o~ tu rnbre bogotana, pnra ve r a sus pai- sobre la hoja rasca ; don J orjc revio.::Ó el cauce del ~.a nas; i ~'n e fecto, las saludaron allí, i ]as Yi ita- arroyo, i no encontrando fósil e., mostró a SU! r on lucJo Pn Ja casn donde po~aba los domingos discípulas unos fragtnentos de roca, que guardó • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BIBLIO d pu en u carriel · i don Pepito relató trozos de poe ía mui del caso, mi é otras la sotnbras de 1 noche e acercaban con su pavoroso rnanto h cienilo ma imponente la situacion. pue de e te pa eo iguieron todos junto a 1 e lQncia del Jlano. Cuando iban por la mitad . del camino solió la platead luna en su socorro. an 11 aba de diestro lo caballos de las dos boaotana • La ~archa ea· agradable al favor del beUi irno temperamento. e de alguna distancia, con la claridad del a tro pi teado e divi 6 la ca ~ it eomo esmaltada por 1 árbole · las m_atas de plá~ano. i hai una t inte .nte en el mundo pintore co, es esta aparicion majica en 1nedio del llano de Fusaga­ga. L · i Eulalia se dejaron caer a la hamaca ago iad de can. ancio i de mociones ingulares 1 t r n1e t~ • i e era otra escena grandio a que b o ra o de la luna: la encantadora ov.i ' do e por lo aire , con1o hada Q el mundo para olver loco a Jos . don ~t-~ito le latia el corazon, con-dq de pie firme la ·ision cel tial, tnién-eía a njelita a con ela p ra to- .. .... -. OlJ BÍQD • tertulia se liizo esa noche de bajo de }as a­....,_ pJ aqo, entad la jen e obre tapetes o co , i obre taburetitos ordinarios. La guitarra U nt teniendo ade1nas este leza 1 ·va. i cenc1a i agrado de la natura­El ar. 'IJY!J murmuraba en armo­a con 1 &-· no, al . · to d~ las hojas de bri a, daba accion a ene la por un di eño 1uudo de ~ro qué eran para don Jor-en anc es et e o azon ? •••• Ai ! ni ! o ~epi~o, aun cuando no ......... __ 1noce te Eulalia ni una sola con ab sinernbttr&o co..n un '1«6-i, ltora a, SJD aber nadie el brtJ:( e la amaca, o IV!e.1lll , ODqUe ni su cabeza ni nir eon el wdró. Aun­en Lui a; enia una ue na clase de ealor i abrió las puE\r­uoa a e de Ja;s hes • E SE • 23 tnasa? •••• Habrá vendido al desdichado Azaba­che ? •••• ¡ Pobre fatnilia la de ñor Lesio ! o le debo favores que nunca olvidaré en 1ni vida. Por un tnotraento se babia dormido el triste na­turalista, cuaudo sonó en la alcova un grito te­rrible. -Un espectro 1 •••• Hui! • • • • -iñas! oigan Jos aletazos, ga·itó Luisa. éaulo, con alas de detuonio ! esclamó Eu ... lalia. -E pnntoso! gritó AnjeHta. Bien nos decian • • que en e .. ta tierra babia bichos terribles. -Es el chimbilá, dijo Cármen con mucha pa· ciencia i con algo de risa sarcástica. -Qué hai, gritó don Jorje sentándose en su hamaca ¿ e necesita aea.so de nuestro ausilio? -.l o entre ! no entre, niño ! gritó daña Anto­nina, que el tiempo no está para entrar aquí. -Ese yo lo cojo, gritó Cármen; déjenmelo a tni caidado, i no tengan miedo, que no hace sino sangrar de baldt'. -Qué hol'ror ! •••• Como yo no estoi con fie­bre para que me sangrt-n! esclamó Anjelita : que v.enga mi amo Pepito a matarlo, que él í puedE'. - Jo, no, ~o 1 iño Pepito, no entre, porque nos ponemo bravas, gritaron todas en oro . e te tiempQ ya olvia Cár.men de · la huerta de bajando UQ arejon de granado ; paróse luego sobre una petaca de cut'ro, i, blandiendo su .terrible arma, la hacia zutnbar por el aire. El iafernal bicho continuaba, sinembargo, dando su vuelos de es­tremo a estreano sin hacer caso de la gritería de ' las , cotno un sacerdote que se pasea ério e il)diferente en su claustro, rezando sus maitines, miéntras que al pié de su ventana, mu­ehos sold~tdos i revendedoras hpcen un bochinche ... satánico. Pero por fin fué sorprendido por .el va-rejon de Cármen i cay6 al suelo. -Hui ! hui ! hui ! fué la e .. el macian jeaeral -E un vatnpiro! gritó Rut. , Qué vampiro, mi señora, si es un murciélago de tierra caliente! e. clarnó Anjelita • ......_~¡ es cbimbilá ! re uso Cármen. ¿ o vé que abe (umar? Quiére verlo? -Es ju to, dijeron todas : ya que vino a vi f. tarnos, démo le tabaco, que a la visita siempre ~le dá. Arrolló Cármen un cigarrito, en un abrir \ ce­rrar de ojos, lo encendió i, poni,ndo .. elo en la boca al murci~Jago, empezó e te a chupar i a rFaJa bocaoadas de humo, con toda la formali­cla de un niño que e tá aprendiendo a fumar. ( Continuará.) d'or ~ auc o l'etroaa, (Oolltinuacion del número. anterior.) 11 LE Ml!l PRIGIONI. QuA e erta e ,eontin{aa ñot J u ncbo,que laailic­cion d u ñ , i q.ue c:uaQdo 1nui g ande como la -.r.~.· -.-·.,., p efe~to obr el cuea po que ~a pi , o que u t o totum das ""al licor 4e QOt~. Ant e JI g r a 1\rqel ))jern uelta, lfle pues did~ por ma de tres a tos, lo que co - p1eram a e , i o hai - ' Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. • • 1 n o d o d e e o n t n P r e 1 t o r r e n t P d e <: .1 las : s e hu tn e - ~ ó rn o por gusto t ~r a tn bi e n s abes ya tn e n ti r? d e cP n tre s c uatr o p ,. in respiracion, 1nudo como un de los ?·edactores de su intere ante periódi~a; ,pe­pescado. Al cabo de un rato me dijo con voz tnui ro, con perdon de usted, creo que habría hecho blanda: 1nejor en anunciarme como colaborador oca "ional, -Perdóname, tr.uchacho, si te he causado 1nal. porque tal fué la promesa que hice a usted cuan- Din1e, tú quién ere~ ? do tuvo la bondad de invitarme para que escri- No pude r~sponder de miedo. bies~. . . . -Responde, anu rajoso ! tienes la lengua cor- ~ . 1 usted se s1rv.e rectlfjcnr en este se~~~~o el tnda? me gritó aun 1nas recio que nunca, i dándo- avJso que ha p~bltcado en los demas periOdJcos, me una fuerte pahnada en una pierna. se lo agradecera mucho -J uancho, n1e llamo, re. pon dí despavorido. ( su atento servidor i atnigo, J u ancho ha bias de llamarte para ser tan llo- ~ , JosÉ CAJcEno R6JAs. ron! Porquétetienenaqui? • ~ B-ogo_r_a_,_l_9_d_e_e_n_e_ro~d_e_I_~_9_.~~~~~~~~~~~ -Por gusto, señor. . IMPRENTA DE PIZA ~o I PÉREZ • • • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Biblioteca de Señoritas - Año II N. 40

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Biblioteca de Señoritas - Año I N. 28

Por: | Fecha: 10/07/1858

• • • • 1 7Dolétin ""de la semana. , · co, verdadera pepita jtllmona, L~rteneciente e a ~ce cuatro dias ~pén~1 de ~modo que' el cuento una clase. de la sociedad ~ mucho inf~rior ta ~' la es freaquecito. La tarde era( deliciosa, la ventolina' "en ,quelsermueverla que, con tanta ·maestría i ... gra­soplah; a tan dúlce.i .. suave como un· acento de Nor-~ .. e~,.~la pin~do el ~ Balzac granadino . . Llevaban e l ~' i el ,sol e .. ponia tan .. láng:uido i melancólico :ugu•~nte dlálogo: r, como E'l ú1timo auspiro de Roll)eo. ]'odo en tor.no Pues y;o de casarme. ha de· 8er pronto i si nó nuestrp era romántico, el aire estaba.todo embalsa- norrtle c.aso, deoia .ello con razon, pues despuesty« mado. • lbamo~ pues, por .la plazu~la de San Vic- no-habrto esperanza. t tori o, c~n la patrióticS:intencion de dar,un. solita- b tverclad ,, decia él ·; ~.o e!toi Joco por, ~; .,¡ íio paseo hasta el Par.éntesis; .. i decimos ~triótica, de~eo. 4osarme · Jo , ~as .prodto posible, para haomla w,r9ue a, os creemos buenos .ciudada~s i seguimos fehz 1 que U. me, haga ~ a :mí .tambien. , el precepto de Franlilin de que .todo buen .ciuda- ,. Yo rnoatlo~raré medio· ninguno para que mi Pero .. para todo eso no se necesita ~nta ¡J>lata~ lgle:sia mas inmediata, i ccuya ocupacion es fumar i Jnterrurq.pió ella despechada. e ~ottar a l!ié veoinas·: jamones medio animados por ~ No crea U. que yo la pongo a U. en casa vie· Uml riieaia ·fiJma, .'quewnada saben, que de nada Se ja O mal situada, i que Jedé zancarrones de -IDUe· ióúerdqn, -que no f:lan razon de 'quien nos gobiernn bies; no señora, muebles nuevos~i de moda, i la ca­ni de,mbr~ • • ni nr.eCJO. ' Ferdónesenos este Jijero prólogo i entremos en materia. !4 teatro esteba lleno ~n la prill}era ~e­presentacipn de lp Norma de UD público ilus­trado, pef¡o paua quien los encantos de una ópel'a i una óp.elia como ~ la No~ma, er,an enteramente de~ conocidos. Mas, apesar de es(o, la música que, como acabamos de decir, ejerce todo su poder sobre el corazon, BRebató desde el p'timer ins­tante toda Ja coneurf.eneia, es aecir, que la en­tusiasmó de tal modo, que ni el mas lijero r~iao, pi uaa palabrita htJbo en toda la aoche que des- 1 • - Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ----------------~~~--------~~~~--------~--~~--------~~~~.--------------- BIBI~IOTECA DE SE&ORITAS. 1 l • ~~~--~~--~-~ ~ ~~--~~~~~~~ • ~~~~~~~'"'-"-~~~~~~ . .._...~~-~ r.. virtuase, que hiciese perder un solo soniqo. Esta juzgado tan alto. Su voz nos pareció h'ermesísi­es una prueba mas de la esquisita sensibilidad de ma. r orma nos elevó a )as mas altas rejiones del los bogotanos. Hubo aplausos i ramilletes i coro- s ntitniento cuando cantó el último pedazo, en el nas, i no se aplaudió sino en donde de ~kr,as los cual, ademas del e ncnnto de su voz ; tan simpática a.rtistas sobresalian. l?or ejemplo, en el allegro de con la que e presa alternativamente los sen­la Casta Diva se iba desplomando el teatro, i en timientos mas dulces í los acentos mas apasiona· el duo de Norma i Adaljisa ya nadie sabia en dón- dos, nos rnanifestó el verdadero talento qu e posee de estaba. Hubo, por supuesto, casos as imosos como actriz. J Es fácil con_ocer que siente pro- · i de suprema ridiculez en medio de todo esto, pe- fundamente lo que repr.esenta. En los coros "" nos · ro perdonables por ser naturales ; pues es un pal'eaió que habia bastantes progreso¡, i rece­hecho que en un caso de estos se pierde el juicio; tn :an(lamos o los que los componen que no se de­como sucede ~iempre que el co~azon i no ia ca- saninen si no han tenido un éxito inmediato; beza lleva la voz. Ejemplos: pues, para el canto como para cualquiera otra Un cachaco en el p3tio se torcia en convulsio- cosa, es con la práctica que se obtiehe la perfec­nes violentas, i para espresar sus sensaciones no cian. El cor-o del principio i el de la última ese e­tenia ducad~, 1 deoe leerse que_ el traJe de aorp1no de ~::_1-.. lía e riticado tanto? Pues la orquesta, en la fuer- das ( a basques). ha .acld1dado e.n favor del cortpno za del ntusiasmo, no pensó en acornpañar sino sencillo, es dectr, stn faldas, 1 esa es la verdaü.1 en oir. Esa es su culpa i nada mas; i~u.ién no traduce mal ~lgunas .~eces.?. ~n ':In pe-1 Pues si con gra'll sensacion rtoÜico.q.ue hace poc?s d1as mur1o de tn(hj e st~on en El canto, cua1 una púa, esta eap1t~J, se tracluJ~:?n una vez. las espr~sto~es,: Deja herido el eorazont P_as d_e_jot, pa~ de. re_ltJt~n? _gue qu•eren decn,.~tfe ; N 0 es raro que al m isnlO Hortua nt r.~l?J~on, o stn.[e, stn '~.el~J1XJn, ile este modo: '1 az Se le cayera el violan. ' de fe., P.az ~ rel-t;wn. p1~s. tenga. en paz al d1funto .. , . . . . . per.HJdtco, 1 que esos hJer•s•rnos d1sparates le hayan " Perp la{ musaca no ttene_ el masjpO JmJ?er•o. so- sido ~ijeros en su paso a la eternidad' bre todos. os nombres ; hal naturalezas de chicha . • i ají, rebeldes aun a los sonidos del bambuco. A u~a de estas pregpntámos : ¿ qué tallo ~cieron ReflexiQnes aé una mala ca:geza. anoche Jos ar.tistas? Pues no lo llarian tan . 2. a • , • b'ief?, ~espondicS,. ~~ando a la qu~ dicen. que can- ~ 11as casas de cristal. ta meJor, la obligaron a repet.J.r la tn&sm~ cos~' Mücha jente va quedándose resagada en este ~mo ttes veces, lo q~~ Frueba que la pqmera 1 ~ pais en la rápida carrera que los granaCiinos hemos segunda vez no la sab1a bten. Viendo yo es9, me emprendido ácia la RepúbHca Democrática; pues salí i me fu~ a acostar. no conformándonos l sal i la consagracion de ios derechos. del hombre ejecucion ~e la .l~orma, ~sto es,, con entusias.mo ~ en los cótligos peJíticos, ni con las republicanas SURremo; ahora ~amps a tratar de dar, con 1m-? costumbTli 1 carse as' ~ '' El alnuD ·de liJ ,JJHnsa: trae tO'I&ngo el del gtJ..,.n~le')' 3 .. • Uas de primera magnitud, donde vemos ya con buenos ·teJesoapH>s esos magBíficos palacios.dercris, tal sin Junturas; que ser,án nuestras habitaciones, .. si queramos. ~s verdad-que tales ~iV~iendas tienen el ·~quefio inconveniente de no deja1lo a uno .un . so Jo instante ·fuera de la inspeccion del públido, . der obligatlq .a ~ster .siempre de tires largos~ mas ~qué im,porta, t.Qdo esto comparado con eJ gran bien. que se hac~ J8 ,tos no~ios de estar, siempre a la vista de las novi.as, a los envidiosos de . espiar incesante,. roenle a sus enemigos, a los curioses de escudriñar los ma~ recó~ditos secretos de !as familias 1 Ninr g\Uílª n~ce~idAd ·tendremos allá del múionero de las sQCi~dª4es tertenales~ para saber, cómo se copduce cada un~ - en ·Sil tcasa, parque no habit~remos esas oscuras cueYas en que hoi nos escondemos a gozar La gr~.Q ct.testion. en pr.ivadq , de1Jos placeres domésticos; no hpbrá Diantr~! gut1 u olor a infiereo~ entró. a mi 'iend~ necesid~d ~e 71>eriódicos pat:a Eacal! a la calle Jo que di~iendo unJl colornbiantt ~onocida mia, tan) all.á a~riba pqdemos ver en la (.9asa de cada cual. da com~ si hubie.:a recibido un;labram · de aq"e V éase1• pues,cu~ntP.s bienes conquistados, cuántas azufrado i tunante ciu~a€\ano,. a tiempo que meleD­infelicidades de$trujdas, serán nuestr~t patrjmonio tretenia leyendo cierrto art.írotlo llea cierto periódico al )legar a dicl}as estrellas. mui graye, en que se trftseribe una~difiéantp .:on 1 Si esto pasa aquí no mas, cerquita de la luna, versacion bJlbida entre una san~fúreíla ro u· hqnft&·u tcuáqtas novedades nos esperaJián .en las nebulosas1 ta, segun puede colejir~ da su lenguaje i retór~a, a Allá no solo serán ~e cristal. lds c~sas, sino que , un :V@sallo d~ Cárlos lll · i dos inocenJ.e~criatures hombr~ i mujeres tal ~~z $OR de , t~asparente jel..- femegipas, ~obre en qué partes del cuer.pQ ~ujeril tina ; i P.¡¡do que a~í seaf bien ~e ve cuánta felicidad h~bian visto adorno~ j f.Ob ~ en · cut\Jes nQ. # go~atíary.os.leyenpo en el corazon de (cada mucha.. Ya se pueQnda 4 a las · lisonjeras nature, que su ~ maliciosa · fantasía les hará ver ~n esperanzas que tal programa hace concebir, i que las muchachas eha~das como un capyz; pero en en la futura sociedad elegante de Bogotá se dis-el di a, la crinolina . .es un¡ mueble' indispensable tingan las discípulas de Mrne. Lassalle, mas por su para el bien parecer, una felif invencion para co- recato, honestidad, trato ameno, maneras corteses i nejir los cuerpos mal conformados i aumentar la amor al trabajo, es decir, por Jas prendas que cons-gracia i donaire· de 1as favorecida"! por la natural e- tituyen una buena educacion, que por la ostenta-za. De ello responde el entusiaSmo con que ha sido cion de variados conocimientos en Química,Física, acojida en todo #el mundo civilizado por Jos jueces Historia natural &. •, &.• ;~ pues lo primero por si competentes, 'i la triste, aesai rali"a i macarrónica es- solo asegura la felicidad de las familias, i.lo segun-tampa que exhiben "las mujeres rebeld·es. a su im- do sin lo primero es frecuentemente orijen del ridí-perio. culo e insoportable bachillerismo. Lo que si es intolerable i tiene sus ribetes de Entre nosotros ha habido muchas doctoras i ti-deshonesto, es la -seudocrinolina, tan graciosamen- teratas ·que han brillado por su talento al mismo te ridiculizada ~r nuestro gran pQetajocoso; pues tiempo que por sus lijerezas; i dispuestos como no puede verse, sin provocar a risa o a compasion, somos Jos hijos de Adan a jqzgar de todo por las suplantada la crinolina ienuina por ·Jas apócrifas primeras impresiones, hemos tomado el anteceden· que el salado poeta ha bautizado con los nombres te como uu argumento incontestable contra la ins. de canastolinas, esterolin'Bs"i otros deducidos de 1a truccion de las mujeres. Es necesario desvanecer naturale~a de su colll:posicion; i que hdn· dejenerado esta equivocada e injqsta creencia, i p,robar prácti­a su turno en ,. alniotíadolinas, ... cuanolinas, cueroli- mente que eJ saber,la relijion i la· n1oral no se e~clu­nas i otras .m~¡ ;t varietJades de p_rplija: e~eracion, yen; gue si algunas de nuestras litera~as han s_ido pero que d1st1nguen ilasta .. loi Ciegos: demasiado des[!reocupadas lo han de-b1do precJsa- Las dos suenan i fiai que irJa comer, por lo que , mente a la falt~ ele eduoacion moral, i, por último, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. í 14 BIBLIOTECÁ D~ SE~ORI'l' AS. que un espíritu cultivado ti e ne siempre de que ocu­paTSe agradable i útilmente , i Corre, por tantó1 Tné­DOS riesgo de estraviarse por las sendas del vicio . U na muj e r verdaderamente i 1 ustrada jamas en\plé n­r á sus ocios en fi sgar i averiguar vidas ajenas, en d espe llejar al prójimo, ni en todas esas fastidiosas frivolidades m ezcladas de malevolencia, envidia i vanidad, que hacen la historia diaria d e l comun de las mujeres. Tomaré una esposa educada e in'strui­da para hacer mi fe licidad i la de mis hijos, pero Dios me libl'e de una bachillera i .... no dígo mas pór mod e racion. En Bogotá existen varias casas pr1vadas de edu­cacion, en que se atienden con igual esmero la edu­cacion propiamente dicha i la instfuc • 1 . • • " Su corazon· csfá roto~ Est¡i apagad~ É~ vista. . . . ~ai én' éJ ilob]e palaciO' . U na_ peq ueí'_ía ,c~Jl:illa, ..... l)onde ahora resplundecen Innumerables buj'ías. . . Allí yace Blanca, niuerta, De blanco toda vestida, 1 adornada con coronas Oe flores d~ siempreviva. . . Ue ~~penle e~p~nJ~ ~ susto · Conrpueve la cpmih.ya, r por lbs rostros recórre, Con el su~to, : ~~ .alegr~a · , . 1 · , , :E:s que Blanca se 'evanlá, flabla, se' mu .eye~ c~~~.ó~¡ . De los brazos de Ja muert.e De m.l~T.o torr¡~ a la .vi~a. , , · Con s:u mortaja de b~aQCo, . El ·r'tbor en sus m~ji1la8, . 1 su' sien aun adornada . ' · De coronas que la animan~ . ~as , que cadáver, par~cp . NovJa que inu'nda la d1cha. C~u~o · saliendo ~e .un ' suénó~ Con vo2¡ de melapcolía · ' . Pregunta si de Duran No ha resonado Ja lira. Sí se oyó del p~bre vate No ha mucho la n1elodía: El dió la v~da a la m:uérta, r a él nadie da la vida. • . Allá ~n la tierra de .Dios, De,spi~rta Du:ran; se ~~i~a, 1 J9co a su BJ!inca bqsca ••• , 'J ~iJ.ri~! " Blanca ! IQCO grita~ · I Blan~! · • En llif fflj~ones • , • • 1 1 • • • • • ' J • • l r 1 • • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. • ' BIBLIO'VEGA DE SE1VORI~AS. 15 r,artiste! A V' •••• ~e :ví partir .... ! mi corazon ·herido Suspiros lanza de dolor por tí! Te vi partir! i en mi pesa~ hunoido Ai! triste, oscuro el horizonte vi! ~~ despedirnos ví que se asomaba A tu pupila lágrima preciosa; I en\ónces mi alma atribulada, estaba De amar sedienta i de llorar ansiosa. r Partiste ¡ oli Dios! i se ocultó a mis ojos ~u imájen pura, divinal i bella; , 1 yo ~e qu.eS, cuanto mas bellas i brillantes eran sus hojas i J una tnagnífica flor i con una hermosí ... ima mucha­sus flores; mas, viendo que su etnp,resa crn todavía cha. I_~a flor i Ja muchacha eran diferentes i no der.nasiado pelio-ro.sa, dió algunos pnsos atras, se fonna~an. sinem?argo sino una sola i mism~ per­quttó la mascara 1 echó a llamar, pero con )a voz ~on~, 1 baJo una 1 otra forma ocultaban un peligro ~pag:tda de la persona que siente algun malestar < cstraiío. . •nteraor · Pero ha a en Ja llegada de la mañana cierta fuerza --Beat:iz 1 ~eatriz! . . invi.sibl~ que d1sipa los crrorc~ q.ue nuestra imaji- ~Aq_t~l estol: padre m1o i para qué me quere1s ~ nac1on 1 aun nuestro entendtm1ento han podido responcho desde una ventana de la caso. de enfrcn- cometer en la hora del crepúsculo, o en medio de te, una voz jóven i llena una voz tan espléndida las tinieblas de la noche, o a la luz incierta de la como el ponerse el sol bHjo los trópicos, una voz a luna. Lo primero que hizo Giovanni a] levantarse cuyo eco Giovanni, sin saber por qué se puso a ~ fué abrir la ventana i dirijir los ojos ácia el jardín soñar en colores de púrpura i de oro! i en perfumes que su imnjinacion babia poblado de tantos mi te~ del olor mas delicio~. tEstnis en el jnrdin? ríos. l se sorprendió, i aun se avergonzó algo, al -Sí, respondió la voz del padre., i necesito vues- ver la sencillez del jardin, en el que! si biP-n habia tra ayuda. flores de rara belleza, no divisaba nnda que saliese Al punto snlió de debajo de un portal esculpido de los límit s de lo que se vé todos los dias. una jóven vestida con tanta ri(]ucza i gusto como Ese dia fué Tiovanni a ver al señor Pictro Ba­la mas espléndida de las flores del jardin, hermosa rr]ioni, profesor de medicina en la Universidad i como el dia, i con una tez tan viva i re plande- amigo de su padre, el cual lo . recibió con cordiali­ciente, que un matiz mas habria cxedido Ja medida. dad i lo detuvo a ron1er~ div1rtiéndo]o allí con Rebosaba de vida, de fuerza i de salud; su tall~ la viveza i libertad de su convcrsacion, sobretodo virjinal velaba i contenia fuertemente Jos espléndi- despues de haber totnado un vaso de vino de Tos­dos tesoros de su vigorosa juventud. Sinetnbargo, cana. Giovanni dió tal jiro a la conversacion, parece que la imnjinacion de Giovanni iba toman- que traJO n cuento el nombre del doctor Rappuccini, do cierto ji ro sombrío de melancólico horror, de de pensando, no sin razon, que siendo ámbos eminen­. que estaba a la ventana, .. pues In pf¡eciosa mucha.. tes sabios, deberian tener relaciones de amistad ; -chn que estaba viendo, produjo sobre éJ una impre- mas no hubo en la respuesta del profesor tanta cor­~ ion tan estraña coano si l1ubiera sido ella misma dialidad corno ha bia esperado. una flor del jardín, su hern1ann viva, tnn bella i o sentaria bien a quien profesa el arte divino aún mas bella que la mas tnagnífica de todas; pero de la medicina, dijo Pietro Baglioni, rehusar elojios una flor qu ... e no se podía tocar sino con guante, i muí grandes i mui n1erecidos, a un hombre dotado n la que no se podia acercarse sino con máscara. de facultades tan eminentes como Rappnccini; pero Al paso rrible 1 vino que habia tomado, Je JIPnnron la cabeza de las ~ Entretanto vagaba Beatriz descuidadamente por cosas mas particulares acerca de Rappaccini i de su ~ el jardin, acercándose cada vez mas a la ventana hija. Se fué para su hnbitacjon, i de paso compró < de Giovanni, de 1nodo que este al fin, para ~atisfa­un ra1nillete de flores. t cer la ardiente i dolorosa curiosidad que se estaba Llegó a su cuarto: o.;e sentó cerca de Ja ventana, despertando en su alma, tuvo que asomar Ja cabe­pero en la son1bra proyectada por el espesor de 1a za. En este momento una magnífica mariposa pe­pared, de tal modo que podia rnirar ácia el jardin, netró al ~ardin por encimn de la pared: habia re­sin correr gran riesgo de er vi~to. l.Jas plantas es- corr.ido tal vez todo Ja ciuddd sin encontrar tldres trañas se calentaban en todo el sol, i de cuando en < ni verdura en las habitaciones de los hombres, has­cuando cambiaban un Jijero saludo, como en prue- ta que los fnertes aromas de Jos arbustos de Rap­ba de simpatía i de familiaridad. En el centt·o del paccini habian venido a ceducirla. Sin descansar jardín, del seno tnismo de la ft:~ente arruinada, se sobr-e las flores, esta joya alada parecia como atrai­levantaba eJ magnífico arbusto, cubierto todo de flo- da por Beatriz, pues ~ino dit•ectamente a dar vuel­res de púrpura, que se o~tentaban magníficnsjugue- tas al rededor de su cabeza, i Giovanni se imajinó teando con la brisa, i reflejándose al propio tiempo ver perder a la mariposa sus fuerzas i caer a los en el agua del estanque,que así parecia tener en su piós de Ben:triz, al tiempo que ella la miraba con fondo un caudal de piedras preciosas. Como lo he- alegría infantiJ: Jos briHantes colores de sus alas mos visto, a la prime ra mirada pareció a Giovanni se tnnrchitaron; habia muerto, sin otra causa opa­desierto el jardin ; pero pronto d es pue8, como el rente que haber atravesado la atmósfera en donde jóven lo esperaba, sobrecojido por cierta mezcla de respiraba Beatriz" Ja que se persighó de nuevo, e esperanza i de temor, unu forrna humana apareció inclinándose sobre eJ cuerpo del insecto arrojó un bajo el portal esculpido 1 echó a recorrer las ca- . profundo su~piro. llecitas del jardin, respirando los perfurnes de las Un brusco movimiento de Giovnnni atrnjo us diversas flores, como si hubiera sido uno de miradas ácia la ventana, i alcanzó a ver Ja bella aquellos seres mitolójicos que se mantienen con cabeza del jóven (cabeza mas bien griega que ita­aromas dulces. Al ver otra vez a Beatriz, Giovan- liana, do facciones puras i regularés i cou largos ni se sorprendió de que su h e rtno'sura fuese mu- rizos de reflejo de oro) i esta cabeza la contempla­chísimo tnayor que el recuerdo que habia ronser- ba desde lo altó como a un ser suspendido ~n el vado de ella: hermosura tan brillante i llena (:e aire. Giovanni, ClJSÍ sin s~ber Jo que haoin, arrojó vida, que resplandecia en medio del sol i que, como a Jos piés de la jóven el ramillete que hasta entón­Giovanni decía en voz baja, alumbraba por sí sala ces babia tenido en Ja mano. las partes oscuras del jardín. Señorita, le dijo, ahí van esas flores, aceptad- Llegó Beatriz al arbusto, abrió los brazos como la.s por el amor de Giovanni Guasconti. en un arranque de pasion, i atrajo las ratnns ácia Gracias, se'ñor, respondió Beatriz con su voz sí, pero tan cerca que sus facciones se perdieron en- melod1osa que se elevó como un canto dulcísimo t1·e las hojas i Jos rizos de su cabellera se enredaron i rebosando en una alegría tal, que a la vez pa­con las flores. recia niña i n1ujer ; acepto vuestro regalo, i os d•· -Dame tu soplo embalsarnado, decia Beatriz, ria de buena gana en torno esta hermosa flor de porque estoi cansada de respirar el aire ordinario. púrpura; pero aunque haga esfuerzos para dárosla, Dame tambien esta flor, que separo blandamente no podr~ arrojarla hasta allá. Así, pues, seDor de su tallo, i coloco lo Jnas cerca po~ible de mi Guasconti, es preciso que os contenteis con mis . , eorazon. grac1as no n1as. Al decir esto la encantadora hija de Rapp~ccini R coji6 el ramillete, i despues, como avergooza· cojió una de las flores tnas hermosas del arbusto; da por haberse salido un momento de su reser~ de iba ya a colocarla en su seno ; pero, en aquel mis- señorita, se entró atravesando rápidamente el jardin. mo momento, si el vino que babia tomado Giovanni Pero a pesar de la gran rapidez eon que caminaba, no engaíiaba sus sentidos, aconteció un incidente en el momento en que iba a desaparercer bajo la estraf\ísimo. Un pequeño reptil, color de naranja, bóveda esculpida, pareció a Giovamni que su rami­de la especie del lagarto o camaleon,atravesaba en· llete comen2aba a marchita~e. - • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. • 1~ ll , 1 ti n)po ]H h uhJnba, un hombre vestido d ., . .. , . ~ n' g ro bajaba la calle; audaba arracl áclo i lénta- . D~ra~1te muchos chas e~ .JO.~'~n.no quJ~o ac.ercar- < m e nte, c~lno una persona qu e no e~tá alentada. Su sen la \entana que daba dl J .. lrdtn d e l doctor 1 ap- tez era ]Jalid·:t j todo sus 1 bl t t · . , · · . ... 1 '-" ~ 1 , d . , . 1 . ~ (. . (; , n a n a e run una sp1 e-pa c1n1: como t n1e1o o ce qu e, e n e ctt~o e ~1 g· IJon1; ~sea con Jn Inten­peranlento ardoro~í imo, cuyo fuego se encendia ciOit que fuete, este sa.bto os es1a ~-nalJznndo; lo mas a cada instante . Que Bcntriz poseye "e o no h e observado e~ sa m~rada ~scu ln~ndora que_ yo ese poder terrible, ese aliento funesto, esa afinidad, tc 1_1go tad conocHln. Es la tnt~tna m1rada que JJu ­como parecia indicarlo todo lo que Giovnnni habia < JTtln~t su sen1blat~_te, cuando se aga cha a v e r unn observado, con flores tan hcr1nosas i tan atesinas, ; manpo. a, u_n paJaro, u~1 raton a que ha dado la era cuestion que no Jc importaba avcrio·uar; Jo S muert e haci e n d o c~pernncntos co n el perfume de cierto era que ella habia introducido en ?u s e r un ~ alguna flor; u~a n1p·ada !an profunda co1:1o la na­veneno poderoso i sutil. No era· cunor, ape~ar de 1 tur~l e za, }! e ro SI~ e J calor •. e l af!101: que ha1 en {. sta. que su espléndida belleza lo volvia loco; no era Sc_uor :{Jovannl, ap~starta tnt v1da a que soJs el tampoco horror, a pesar de que se figuraba qu e 1 ~ objet.o .de aJgun csp .. r1rr1 e nto de la parte de Bap· alma de Beatriz se hallaba imprerrnada de la 1nis- paccJnJ. ma esencia fatal que parecia e .. h;larse de toda su i ~uercis burlaros de lUÍ 1. esc larnó Giovanni materia; era una rnez~la confu ... a de amor i de ho- cncoler1zndo; e~o sí ·que ser ta un csperimento rror, que tenia algo del uno i del otro, que incen- torpe. iado cotno vos. rnanera viHiblé; pero era en vano, ln aj itacion del - ·Sí, soi ¡Qio~anni C-tuascqnti, i vos sois el p~0- jóven se habia tr0cado n1ornentáneam~nte en nna f~sor P.ietr.o Bagl)oni ; ahora dcjatlane solo, dijo indiferencia Cria i pe ada. l?ijó sus ojos detenida .. bDuscamente el jóvcn, a quien e( pr0f~sor habia mente en la cara aTrug·ada de la vieja qae e con· eausacl{!) graA mole'"tia distrayéndolo repentinatnen- traia al reirse, pero pareció no verla ; entónces la te del Jnundo de sus pensa1nicntos. vieja lo detuvo cojiéndolo de In capa. ,~'I,odavia no, todavía no, scii0r Giovanni, dijo Señor, señor, dijo la vieja en voz baja, p ro el . profesor: qon ~onrisa. Aguardad, t.lUC es preciso con una s0nrisa que recorría por toda su cara i Ja ql:le hablemos cuatlio palabras ántes de ~cpa11arnos. ( hacia asemejarse a una ,gTotcsoa e'·tálua de palo en­~ EJltónces dcspacnaos pronte, pero pronto, dijo negreoida por el ticn1po ; es uchndme, señor: ¡ hai GiQvanl)i con impaciencia febricitante" tINo veis una entr.ada particular n el jardin! que ~Qj d~ prisa? < i Qué dcois, cscla rnó Giovnnni vo l vi ~ndose • • • ' \ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. • , 20 BIBLI01'ECA DE SEÑORI'r AS. bruscamente, como un ser insensible anhnado de ~ versada en el conocimiento de las propiedades de golpe con una vida febricitante ; una entrada parti- ~ estas flores espléndidas, i de sus aromas penetran­colar en el jardin del doctor Rappaccini 1 ~ tes. Dignaos ser mi maestro, i yo ~acaré mas pro- -Chiton ! chiton! no tan recio, dijo Bcttina en- ve ·ho de vuestras Jeccíones que de las del mismo tre dientes, poniendo un dedo en la boca del jóven . doctor Rappaccini. ' Sí, en el jardín del sabio doctor, en donde podreis t orrc de véras tal voz en c1 público 1 pre­cot ten1plar sus l1ermosos arbustos. Hai mas de un g·untó Beatriz con la n1ú-.;ica de una risa de buen jóven en Pádua que daria oro por poder contem- humor. i Se dice de véras que yo ~oi tan versada piar de cerca sus flores . como mi padre en cJ conocimiento de las plantas 1 Giovanni le puso una moneda de oro en la tnano. < 1 o tne gusta esa gracia t Es cierto que me lie 1\1 ué"'trarne el can1ino, Jc dijo. S criado en medio de estas flores, pero de ellas no co· Cierta sospecha, nacida sin duda de ~u conver· ? n~zco sino Jos colores i los perfume~: i a veces qui­sacion con Baglioni, le pasó rápidamente por la < siera de hacerme de Jo poco que sé en ese parti­mente; pen~só que la intervencion de la vieja Bct- cular. Hai en este jardin algunas flores! i no son tina tenia relaciou con la intriga, en la cual el pro- las ménos hermosas, que me desagradan 1 me abu­fesor lo creia enredado por Rappaccini. Pero aun- , rrcn cuando las veo. Pero os suplico, señor, no deis que esta sospecha inquietaba a Gio,·anni, no era ~ crédito a lo que ~e dice acerca de mi saber; mejor ba tante para detenerlo ; pues una \'ez que cono:ia ~ es que no creais de mí sino lo que vuestros propios los medios de acercarse a Beatriz, parecia que era ~ ojos os hagan conocer. una necesidad de 'U existencia acercarse a ella. , i 1 debó creer todo lo que mis ojos han visto~ Bien poco le importaba que fuera un ánjeJ o un de- preguntó con atencion Giovanni. impresionado con monio, pues estaba ~ometido irrevocablemente a < e) recuerdo de las escenas anteriores. Mandadme sus influencias, i tenia que obedecer a la lei cuyo ~ mas bien creer solatnente lo que vuestra boca me torbellino lo arrebataba, haciPndolo describir círcu- ~ diga. los cada vez 1nas estrecl1os, ácia un resultado que Parecin que Beatriz lo comprendía, al ver el vi ... ~~ no trataba siquiera de prever. vo rubor que encendió sus mejillas; pero miró a Se detuvo, vaciló, dió un paso ácia atras, luego Giovanni de frente, i respondió a su mirada llena volvió a continuar su cnn1ino,i al fin le abrió la vieja de embarazo i de ansiedad con la altivez de una una puerta, por la cual penetraron al m1:smo tiempo < reina. el ruido del viento que retozaba entre las matns i la ~ Eso es lo que os mando, señor. Olvida() todo claridad del sol que iluminaba el jardin. Giovanni < lo que podeis haber imajinado tocante a mí. Lo que se abrió paso por entre los bejucos de una enreda- 5 es verdad para los sentidos esteriores, no puede ser dera que ocultaba completamente la puerta miste- ~ por eso una realidad todavía ; pP,rO las palabras que riosa, i se encontró al pié de su propia ventana, te- ~ saJen de los labios de Beatriz Rappaccini vienen niendo a su vista i a su disposicion todo el jardin del corazon i son la verdad misma. Esto lo podeis del doctor Rappaccini. creer. Cuando los obstáculos se han superado i los sue- Un vivo resplandor encendió todo su semblante, ños se han convertido en realidades, se apodera del i reflejó en los ojos de Giovanni cotno la luz de la corazon cit~l1a tranquilidad singular i enteramente verdad misma, apesar de que, miéntras que habla­inesperada. Así se hallaba el de Giovanni en aquel base esparcia en la atmósfera un olor penetrante 1 momento. Recorrió con los ojos el jardin tratando delicioso, aunque fujitivo, que Giovanni, con mo­de dese u brir a Beatriz o a su padre, mas viendo tivo de cierta repugnancia inespJicable, se atrevió que no parecian ni la una ni el otro, comenzó a apénas a aspirar en sus pulmones. Podin ser el aro­pasar revista por las flores. Estaba completamente m a de las :flores ; pero t no era posible que fuese absorto en la contemplacion de lo que veía, cuando el aliento de Beatriz, que etnbalsamaba así sus me­oyó el ruido de un traje de seda, i al volverse echó nores palabras a medida que snlian de su corazon'l de ver a Beatriz que salia del p~rtal esculpido. Giovanni sintió un lije ro vahido que desapareciÓ Giovanni no habin pensado ann en la conducta como un relámpago: creyó Jeer. al tra''es de los que debería observar: i debia pedir perdon por ha- ojos de la hermosa jóven hasta en el fondo de sa ber penetrado al jardin ~ o debia 1nanejarse como alma transparente, i no abrigó mas duda ni temor. si hubiera entrado, si no con la autorizacion,, ftl n1é- ) El rayo de enojo que habia encendido la tez de nos con el deseo de Rappaccini o de su hija 7 Pero Beatriz se desvaneció ; re~obró su semblante ale­Bea, riz se encargó de sacarlo del embarazo, sin gre i pareció complacerse verdaderamente con sns decivle sinembargo a quién debia su admision en relaciones con el j6ven, como se complaceria una el jardin ; lomó Ja callecita que conducia a donde jóven de una isla desierta al conversar eon un via-. estaba Giovanni, i lo encontró cerca de la fuente. jera de Jos paises civilizados; pues evidentemente La sorpresa estaba pintada en su semblante, pero todo Jo que ella conocia de la vida estaba eneer1a- ' con una mezcla de amabilidad i dé satisface ion. do en los límites del jarain ; así lo demotatraban~as ~Sois un conocedor de flores, seftor, le dijo ella preguntas que hacia acerca de la ciudad de Pádua,. con cierta sonrisa haciendo alus1on al ramillete que de Ja vida en jeneral ; Jas respuestas del jóven la Giovauni le babia arrojado desde la ventana; i no sorprendian, no obstante que este, viendo su senei­me sorprende que hayais hecho por ver tnas de cerca ) Jlez i su inocencia, le respondia como a un nifto. la preciosa coleccion de mi padre. Si él estuviera < De cuando en "cuando, Giovanni no podia ménos aquí, podria espJicaros muchas cosas estrañas i sor-~ de sorprenderse viendo que estaba paseando hom­prendentes acerca de la naturaleza i la existencia bro con hombro con la criatura estrafta que babia de estas plantas, pues ha pasado su vida entera es- conqutstado tanto irnperio sobre su imaji11aeion; a tudiándolas, i sujat·Jin es para él el mundo entero. quien él babia revestido de co]of Jocaba debajo de s u v e ntana, i lo s s o nidos mclodio- AI paso que conversaban libremente hnbian ya ~ sos de su voz venian a ll e nar el cuarto d e l jóven i recorrido todo el jardín, i d e spues de varias vu e ltas ~ a resonar en su corazon :- jiovanni t por qué te en l~s ca11ecitas llegaron a la [ue nte arruinada que ~ ta~das 1 Gioy.anni! no bajas todavía? I é l se daba dominaba el arbusto d e las 1n1l flor e s de púrpura, ~ prtsa para baJar a ese Eden da flor e s envene nados. i que esparcia en todo el contorno cierto aroma que e habia trascurri~o ya mucho tiempo desde la Giovanni conoció a! momento, por ser s e mejante últirna e ntre vista de Giovanni con Baglioni. Una en un todo al que ' 1 había atribuido al aliento de mañana fué sorprendido d e sagradabl e m e nte el jó­Beatrjz~ pero incomparable mente mas fu e rte. Des- : ve n con la vi s ita d e l profesor, de qui e n él apénas de que los ojos de la jóven é fijaron en la planta, se había vuelto a acordar. Entregado como lo es­Giovanni vió que B :) atriz ponia la mano en su pe· ~ taba a una pasion esclusiva, no podia soportar sa­cho, como si un suspiro doloroso hubiera a jitado su ciedad ninguna, a no ser que simpatizase com­corazon en aquel momento. pletamente con sus sentimientos j ~ de Baglioni no -•1 Por la primera vez de mi vida, dijo Beatriz podia él aguardar esta simpat1a. entre dientes: te babia olvidado yo, hermoso ar- 5 El visitador conversó al principio indiferente­busto! ~ mente de cosas de la Universidad; d e pues toman· ---Recuerdo, señorita: dijo Giovanni, que me do otro asunto, dijo :-He leido últimamente en un habeis prometido una de estas lindas flores en cam· autor clásico antiguo, un cuento cstraño que me ha bio del ramillete que tuve eJ feliz atrevimiento de interesado mucho. Quizá Jo rcl!ordareis tambien : arrojaros desde rnt ventana. Permitidme que coja se trata de un príncipe ind1ano que envió de regalo hoi una como recuerdo del rato agradable que he u~a 1nujer mui hermosa a Alejandro el Grande. pasado con vos. Era ella tan amable como la aurora, tan radiante Dió un paso ácia el arbusto alargando la mano, > como el sol al ponerse; pero lo que la distinguia pero Beatriz Jo detuvo arrojando un grito que pe- ~ especialmente era el perfume poderoso de su alicn­netró en eJ corazon de Giovanni como una puña- ~ to, mas etnbalsamado que un jardín de rosas de lada. Lo agarró de la mano i Jo hizo retroceder con Persia. Alejandro, como e ra natural en un con­toda la fuerza de una mujer delicada; i Giovanni quistador, se enamoró locamente de ella desde la sintió 4ue el contacto de su mano hacia estremecer primera vez qu e Ja vió; pero un prudente médico todas las fibras de su cuerpo. que se hallaba ahí, le descubrió acerca de esta mu· ....__¡No toques ese arbusto, esclamó llena de an· jer un secreto horrible. gustia, no lo toques por tu vida, pues dá la muerte! i Cuál era ese secreto? pr-eguntó Gio\'anni Despues, cubriéndose la cara, se separó aprisa con los ojos siempre fijados ácia el suelo para evitar del jóven i desa pareci 6 bajo el peristilo. Giovanni las mi radas del profesor. · la siguió con Jos ojos, i alcanzó a ver el semblante Esa mujer encantadora, continuó Baglioni pálido e intelijente de Rappnccini, que, quién sabe haciendo énfasis en cada palabra, habia sido a]i. desde cuando, habia sido testigo de Ja escena mentada con venenos desde el din de su nacimiento, que acababa de pasar, oculto bajo la sombra de Ja i todo su ser se había impregnado de Ja sustancia puerta del jardin. de aquellos, de modo que ella habia venido a ser Giovanni no pudo dormir ca~i esa noche, pen- el veneno mas terrible. Su aliento embalsamado san do siempre en Jos encantos de Beatriz, pues ]a vol via el aire mortífero; i su amor habria sido un an1aba con delirio. Al amanecer del dia, Jos rayos veneno, i uno de sua besos habria dado la muerte. del sol le hicieron notar que estaba sufriendo, con i No es esta historia mui maravillosa? motivo de cierta sensacion dolorosa que esperimen- Es cuento de muchachos, respondió Giovanni taba en la mano, como las que causan ]as quema- levantándose de su asiento con un ntovimiento con­duras o las picaduras de insectos ponzoiiosos; era vulsivo; i me admiro de que su señoría, en medio en la mano derecha, la mano de que lo babia aga· de sus graves estudios, tenga tiempo de aprender rrado Beatriz en el momento en que iba a cojer la semejantes fábulas. flor; i en efeeto, en Ja parte superior de la mano es- Pero, decid me, replicó el profesor mirando en taban dibujadoscon una mancha roja cuatro deditos, torno suyo con cierta espresion de malestar, t de pulgar lo e~taba deJ mismo modo ácia el puño. qué olor tan singular está lleno este cuart~?. Es el Giovanni envolvió su mano en un pañuelo, sin olor de vuestros guantes? E.s un olor debtl pero snbeT qué objeto podria haber causado ese dolor, i suave; i, sinembargo, ~xam1nándolo b~en, no es ol\Vidó bien pronto sus sufrimientos pensando en agradable. Si yo Jo resptrase por n1ucho ttempo, me Beatriz. parece que me enfermaría. Se parece al perfume III. de una flor, pero no veo flor alguna aquí. Despues de esta primera entrevista, la segunda No hai ninguna, respondió Giovnnni q~e ~e estllba en el cur.so inevitable de Jo que llamamos el habia puesto pálido con las palabras de Baghont; destino; siguió la tercera, la cuarta i muchas mas; no hai tampoco ~quí olor alguno, si no es en la pttes una ~ntrevista con Beatriz en el jardin no era imajinacion de su señoría. · . ya un incidente en la vida de Giovanni · era el Mi imajinacion sumamente tranqutla no n1e único momento en 'lue realmente vivia, p~rque la engaña nunca de _ese modo. .~e ,?an dicho que esperanza i el recuerdo de esta hora feliz llenaban $ nuestro comun amtgo Rf¡ppacc1n1.' rnczc.la sus me­el resto de su existencia. Otro tanto podia decirse dicamentos .ron perfumes mas ricos que l~s de la de la hija de Rappaccioi; pues espiaba la venida Arabia; i s1n duda alguna, la bello Beatnz harc • • • ... • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ' 22 ,. tambi en tomar a sus ;\nfern1os b bidaL tan ... uaves nc ... id )ntaln1 nte; Jnas n JJ ea triz, quo vi,ria del cotno el aliento de una n1uchacha; pero d so- racia - c. v n no tni n1o desde que nació, el antídoJo debería do del que las beba 1 ~ obrar con1o veneno. Las jmpresiones mas contradictorias se pintaban ¿ iovan ni e~taba en l stado mas d ese~pe rado, en e l ~emblan tc de Gio~anni. El t o n o e n el cu~d I sjn saber qué c ree r de Reatriz. 1 o era que é l pre­profesor b -abi a h ec ho alusion a la jóven i ncanta- cisarnente Ja co n de na se ya, era que habia perdido d_ora hija de Rappac~jni, e~·n un suplicio para él; i, su fj ' ella. .~ eso] rió,_ vues, convenc_er~e con una sJnembargo, la man1fe. ta c1on de parte de aquel de pn.1eba decJSlva de s1 r nlmente ex1st1an o no en una opinion e ntera mente opuesta a Ja suya ac rca la naturaleza fí~ica d la muchacha e~os propicda­de Beatrjz, dió c u erpo inm ediatamen te u mil vagas des tc1nibl s cuya cxi t encja debia hacer supon r sospecnas que lo asaltaron aJ punto como d rnonios. al tni ... In o tiempo alguna rnonstruosidnd corre non­Pero hizo un esfuerzo -violento para acallarJos; i " diente en 1 cu rpo. A una gran distancia sus ojos para responder al profesor con la fe ah .... ol uta de un ~ pudieron engañarlo ruando vió morir e l JagartQ~ verdadero amante. ? Ja mariposa, 1 matchitarse s u ramillete; pero si, a -Se ñor Baglioni, jamas quer~ía yo tener por distan 'ia de_ aJg·unos pasos so lamente, veía ~archi­vos nada n1as que deferencia i r sp to; pero 1ne tarsc repentJname¡,te en la s manos de BcatrJZ una permito observaros que hai un asunto que n0sotros flor fre ... ca i puFa, no hahria Jugar a duda aJguna. no debe mos t ocar . No conoceis a la ~cñorita Boa- ; ] ominado por esta idea salió i compró un rami­triz; i no p odcis por consig·ujcnte <1precinr qué lJete, cuyas flor ... estaban todavía humedecidas por agravio, i aún diré qué injuria ha ce a su carácter 1 e ) roc:'o de Ja 1n aíía na. una palabra Jijera o injusta. Babia JJegndo ]a hora de la visita cotidiana a ~Giovanni, mi pobre Giovannj, respo ndió el ~ Beatriz. Antes de bajar al jardin Giovanni no de· profesor en el tono de co1npasion mas tr anq uilo 1 jaba jama~ de mirarse al eo..; pej o : vanidad natural conozco es ta desgraciada 1nu chacha 1n ejoT que vos; en un h.ermoso jóven, pero que, e n un .dia de tur­i es preciso qu e s pais la verdad acerca del env - bacion i de an ·i .. dad, cle mostra ba e videntemente ln nenador J~ni~ 11acci ni i clP ._ u \renenosa hija; í 1 ta11 poca profundidad de ... us sellti mientos i Ja poca sin ­\' en e no sa como bella. Esc u c had : e l cu nto aquel cerüiad de su cornzon- Se miró sinembargo de eso, de Ja muj r indiana hu venido a ~er una Yerdnd; 1 vió que s us facciones no habian tenido nunca gracias n la ciencia func ... ta i profun da de Rnppo e- tanto bri llo, ni sus ejos tanta vive za, ni sus mejillas cini, i esto en la p e r sona de Ja e ncantadora B eatriz. tan beJios colotes i tanta abtn~dancia de vitalidad .. Giovnnn1 arrojó un jen1ido j ~ e cubrió la c ara. A lo ménos, pensó Giovanni, el veneno d e -El afecto paternal. continuó Bag·lio ni : no ha Beatriz, si es cierto que lo tiene, aún no ha pene­sitlo bastante para que R appnccini n o sacrificara a ? trado en tni oro-anizaci0n; i yo no soi una flor pa­su propia hija, i d e una m anera tan borrib1e, a su ) r a perecer entre sus manos. ardor insensato por la ciencia. Hngátnosl e justicia, ~ D o1:ninado por esta id en, fijó los ojos n el ratni­es verdad e ramente un h omb re consagrado a Ja llete, que no h abia dejado de t e n e r n la mnno; i ciencia, 1 seria cnp élZ de destilar s u propio coraz on en un calofrío de inesplicable horror se apoderó de un ala1nbiqu e. i Ahora qu ', suerte e os aguarda 7 todo su ser, al ver que e as flores aún húmedas de Rappaccini os ha e Jejido sin duda pa ra que Je sir- rocío comenzaban a mar.chitarso ya: no parecian iVais para algun nuevo esperilAento, del c ual pued e sino flores que hu hieran sido frescas i herm0sas dos 1·esultar.os la muerte, 0 tal vez al go peor que la dias ántes. Gi0vanni se puso descolorido como el muerte mistna. Nada deti e n e a Ra ppaccini cuando mármol, i pcrmaneeió inmovil delante del espejo, tiene en mira lo que él llatna e) interes de la cien- con los ojos clavados en su propia imájen como en cia. un objeto espantoso. Recordó Ja obserl':aeion de Ba- ·~Es un sueño, se decia Giovanni a sí mismo; glioni acerca del olor de que el cuarto estaba lleno, sin duda ninguna es un ~u ño. que no podia sel'l otr.o que el veneno contenido en -Pero no temáis nada Gio~anni. Toda\Tía no es su pt.opio aliento; i empezó a temblar del espanto demasiado tarde para sal va ros; i aún es posible que que él mismo se causaba. v.olvamos a traer a Beatriz al cír~ulo de la viCia Calmado ya, comenzó a mirar con curjosidad humana, de donde la ha sacado la lecura de su pn- una enorme araña que trabajaba aon v.igor; ha!bia dre. Aquí tango un frasquito de plata grava~ o r¡)or suspendido su tela de Ja antigua cornisa def cuaTro, la n1ano de B e nvenuto CeJlini, i es d1gno de ser i cruzaba repetidas ~eces sin cesar el hiJo entrete- .~ ofrecido con~o r egalo a ln mujer mas h e rmosa de jido con n~;·te. Giovann~ se colocó del lado del in­ltaJia. El Jíquido que contiene es innprcc.iabJe; secto, de Jo mas cor.pulentos de esa .e$pecie, i res· pues es un antídoto tan eficaz, ~obr e, ~r. nn ,cuyo c o razon e s ta d e spe dazado.. . las ~e un s o lo g olpe . Jl catriz, co n la pro nta p c r- ~ I ul . tu t e ntt~c vcs a r e zar .! e s e lamo G1ova~n1 e p~1 o n de un se r . up c ri o r, sinti ó al punto qu e ? c o n e l m1. .. m? t o no d e ch .. s pre e1o ~ru e l. A n~edtda l1~~1a ~ntre elfos un abis m o n eg ro i te n eb r o;:) o, qu e que tu ~ ora c Jo n é s :)aJ ~ n d e tus lab1os, va l! e n~ndose ni e ~ n~ ella p o inn saJva r .• e p asea r o n juntos tris - la attn o._fe ra d e u~ alt ~ nt ? de mu e rte . S1, sJ, r e ce­tes 1 silenci o s o i ll egar o n á ci a a l a f u e nte i al m os. V a m os a l a 1g le. ·¡a 1 e~ papemos nuestros de­árbo l d e Ja~ fl o r es d es lumbrado ras qu e se c ruzaban dos en el ng ua santa que esta c,n Ja pu e rta .. Aque­por ~nmedio d e l estanque. :t iovanni se c~ p a ntó al llos qne entre n d e spu:: p e rcceran como he~1clos. por s e ntir el pla c r ardi e nte , e l a p e tito con que a s pi- ~ 1~ p est e . Hag amos s c.u?l e s rl e cruz en e l. a1re, 1 se-raba eJ perfume d e Jas fl o res. ran otra:s tantas tnal~tclooe~ que espa~c1remos ~n BeatrJ. p · t , ' 1 b t 1 d ó d d e rredor nu e stro bajo Ja m ascara d e s1mbolos p1a- _ z, r eau n o e rus cam e n e , e e n e d . ~ osos VIno este arbusto 1 · . . ·. · 1 d . . .... . . Gtovann1, dtJ O B e atriz c o n caln1a, pues e o- {¡ padre lo ha creado, r e spond1o ella lllJ e nua- > lor en e lla e ra s upe rior a la cól e ra i por qN é unirte mente... . . . ~ s in c e sa'r a mí e n st a s es pantosas p a labras~ ~ i e sto -C~eado! cre ado! Qué qu e r e 1s d ec 1r, l ..Je ntr1z? \ e s ci e rto , yo s o i eJ ser h o rribl e que tú díces? p e ro -NII padre es un l1 o m b r e pro fu11d::am e nt e v e r s a- S tú i qu é ti e n es qu e ha cer sino r e troced e r d e horror do e n los s e cre tos de la n<1tural e za ; i a Jn hora e ~ ~ co n1 o t o d o~ l os otr os, d e lante d e mi mise rable suerte; q~e yo vine ~l m~n ( ~O, es ta planta s ~lió d e la. ~i e rra, ~ d ejar e st e jard in p a ra m e z c l a rte con aque llos d e tu llJJn de su c_Jen c ia 1 d e ..., u p ~ n s amt e nt o , mt 'ntra s r a z a, i olvidar qu e h a exi ') tido al g una v e z sobre la que yo era ~~~ pl m e nte l a lu.pl d e s u c arne. To. t e ti e rra un mon s tru o com o tu pob r e B eatriz 1 acerq~ e s, gnto eila n o t~ndo c on e sp a nto qu e :T tO- ui é r es h ace r e l p a p e l d e i rr n o rantc ~ pre­': anni dab~ un pa ... o á c 1a 1 lado d e la planta, e lla g un tó iró n ieam e u tc 'io v anni. ¡ e, pu es, cu rd po­tiene prop1edade s que tú no s osp e chu s; p e r o yo, d e r h e adquirid o, d e bido .... o la a la inoc ente hija d e querido Giova_nni, h e cre cido i 1n e h e formado con Rappa c cini 1 ella, me he alimentado con su p e rfum e . Ella era Una multitud d e mos cardon e s revol e teaban en el mi hermana, i yo la amaba c o n un a fe cto ente ra- aire en busca d e l alim e nto qu e prometia el olor per­mente hurnano, pu e s¡ ai d e míl i no lo ha s so s pe- furnado d e l fatal jardin. E s tos inse ctos de .. cri­chado ~ una espanto~a fataliaad.... • • hieran tniJ círculo ... al red e d o r de la cabe za de i io- Aquí Ja fisonomía de :fiovanni tomó una e sprc - vanni ; pu e s eran verdad e rame nte atraidos ácia él sion de cólera tal qu e B e atriz se d e tuvo i co:n c nzó por lo. mi s ma influ e ncia qu e , durante algunos ins­a temblar. Pero su con fianza e n e l cariño d e l jóvc n tantantcs, los habia arrastrado ácia algunos arbustos. Ja tranquilizó; i se ruborizó por haber dudado an El jóven clirijió su ::;opio ácia ellos i sonrió amar­instante. g amente a B e atriz, rn1éntras que unos veinte de estos -U na fatalidad e spantosa, repitió ella; e fe c to in e ctos ca in al suelo her.idos de muerte. del fatal amor de m ·t padre a la ciencia, m e s e pa- Lo veo, sí, lo v e o, dijo sollozando Beatriz, es raba de la sociedad de todos los sere s de mi e spe cie. la ci e ncia fa tal d e mi p~dre la que lo ha hecho Hasta que el cielo te envió, que rido Giovanni, tu todo. No ! no! Giovanni, no soi yo! Jamas, no, pobre Beatriz estaba sola en eJ 1n un do. jamas ! Y o no he s o ña d o sino e n atnar.te, estar con- -Era una suerte bien cru e l ! esclatnó Giovanni ti g o algunos instante s, i dejarte seguir tu destino, fijando Jes ojos en ella. guardando tu imájen en mi corazon. Creelo, -No hace sino poco tietnpo que puedo juzgarlo Giovanni, si mi cuerpo ha sido alimentado con ve­así, respondió ella con ternura.. Oh! sí, e ra una nenas, mi alma es la obra de Dios; i ella aspira al muerte cruel ; pero mi corazon estaba adormecido, an1or como su alimento verdadero. ¡Pero mi padre! i por consiguiente tranquilo. é l es quien nos ha u nido en esta asociacion fatal. La "cólera de Giovanni estalló de en medio de su Sí; d e spréciame, huéllatne con tus piés, mátame ; sombría tristeza como un relárnpago que sale de iqué es la tnucrte despues de las palabras que me una espesa nube. hns hecho oir ~ pero no creas que aquello es obra ~Tú estás maldecida, esclamó él con el acento mia t No 1 ni por una eternidad de dicha, hubiera de In rabia i del desprecio, i encontrando tu sale· yo querido hacerlo. dad insoportable, me l1as separado .a mí tambie n La cólera de Giovanni se habia agotado en su de todas las felicidades de la vida; i me has atraído pritnera esplosion. Su al:na se entregó a sentimien­artificiosarnente a tu mundo de inesplicable dolor. tos dolorosos, pero no sin una tnezcla de ternura, Giovanni 1 esclatnó Beatriz fijando en ~,¡ sus conte mplando el lazo íntitno i e . trecho que lo unia hermosos i grandes ojos; pues el sentido de las pa- d e sd e ese rnon1ento a Beatrjz. Los dos se hallaban labras del jóven no habian penetrado en su en ten di- ya en e l Hlas cotnpl e to aislarniento, sin esreranza miento, la habian herido simplemente como el r-ayo. d e mudar de situacion ni ann e n 1n c dio de la . tnu- - Sí, criatura venenosa, dijo Giovanni, a qui e n chec hunbr e mus e s p es a. ¿ Este alejamiento de la la cólera poni a .6u c ra de s í; vé l o que b s h e cho: hurnanid a d no d e bia efectuar una un ion mas cstrc· • - t Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 24 13IBLI01'ECA DE SEnORI'l'AS. cha en este par solitario~ 1 si ·eran crueles el uno ~ poderoso ' con un !opio J Una desgrncin 1 ser tan te­para el otro i quién seria bueno para con ellos 1 > miblo corno bella! Hu bierns preferido la suerte de Por otra parte, pensó Giovanni i no habrá ya al- ~ una mujer débiJ, espucsta a todos los males e in­guna esperanza de ''olver a entrar en el cuadro de ? capaz de hacerlos ? la naturaleza hunlano, i de condueir allí a Beatriz, ~ -Yo hubiera preferido ser amada a ser temida, o Beatriz rescatada 1 Alma débil, egoista i subal- < dijo Beatriz, en voz baja cayendo nl suelo; pero po· terna, que podia aún pensar en una union de feli· co importa ya ahora. Me voi, padre mio, allá don­cidad en' este mundo, despues que un amor tan pro- de el mal que os ha beis esforzado por introducir fundo como el de Beatriz babia sido tan amarga- en n1i ser, se evaporará co1no un sueño, como el tnente ultrajado con palabras injuriosas! No! no 1 ~ perfun1e de estas flores envenenadas que no vol­esa era una esperanza insensata. Era necesario que ~ verá mas a corromper mi aJiento en medio de Beatriz, con el corazon despedazado, traspasase je- ~las flores del Eden. Adios, Giovanni 1 tus palabras nerosamente los límites de la vida, que lavase sus , de odio pe~an como plomo sobre mi corazon ; pero heridas en alguna fuente deJ paraíso, que olvidase ~ oh 1 a medida que mi alma se eleve. se quedarán ~u dolor en el gran dia de la inmortalidad: 1 que ~esas inícuas palabras olvidadas en el suelo. i No ollí encontrara su reposo. hubo, desde el primer dia que te ví, mas veneno -Querida Beatriz, dijo él acercándosele mién- en tu naturaleza que en la n1ia ~ tras que ella se retiraba como de costumbre, Fueron Jas últimas palabras de Beatriz, el antí­pero ya no con el sentirniento que otras veces; que- ~ doto babia obrado en su cuerpo envenena~o, como rida B eatriz, nuestra suerte todavía no es desespe· >el veneno en un cuerpo sano. Cornenzó a torcerse rada. Ve: este frasquito, segun me ha asegurado un ~ con las convulsiones de la muerte. Giovanni, en la sabio médico, contiene un remedio soberano i de ~ desesperacion mas grande, arrepentido en estremo una eficacia casi divina Es compuesto de los in- ~ de cuanto le babia dicho, se atrevió a tomar en sus gredientes mas opuestos a aquellos con la ayuda ~ manos agua del estanque, la arrojó en la boca de de Jos cuales tu padre ha arrojado sobre nosotros ~ Beatriz, n1iéntras que Rappaccini, horrorizado por esta cruel maldicion. Es el zumo de las yerbas ben- ~ Ja primera vez de su vida~ Je sacudia Ja cabeza ditas. i No quiéres que lo tomemos juntos i nos pu- ~ para que penetrase el líquido en sus entrañas. 1 vol­rifiquemos así todos dos~ ~ vió Beatriz a la vida; para ella el veneno fué an- - Dame, dijo Beatriz, estendiendo la mano < tídoto poderoso contra el antídoto de Baglioni. Pero para tomar el pequeño frasco de plata qpe Giova- ~ Giovanni, cuya naturaleza, apesnr de la creencia nni sacaba de su seno ; i añadió con un acen- de Rappaccini, no estaba aún completamente hecha to particular : V oi a beberlo, i tu aguardarás el a esas mortíferas sustancias, con solo haber tomado resultado ! en sus manos el agua del estanque, cayó 1nuerto 1 llevó a sus labios el antídoto de Baglioni; en como herido por un rayo. Acude Beatriz a él, ]e el mismo instante apareció Rappaccini bajo el pe- arroja en la boca el resto del líquido recetado por ristilo dirijiéndose lentamente ácia la fuente de Baglioni, mas no fué posible hacerlo pasar por su mármol. A medida que se acercaba el hombre de garganta~ que estaba ya completamente tiesa i obs­ciencia parecia arrojar miradas de triunfo sobre su truida. Entónces se dejó caer Beatriz sobre su jóven i beJio par, con el aspecto de un artista que cuerpo, i pegando sus lábios con los del jóven muer .. · despues de haber consagrado su vida a un cuadro to, le chupó el líquido que estaba entre su boca, e m­o a un grupo de escultura, se complace en ver el re- < pezó a tetnblar con horribles contorciones i espiró. su hado de su trabajo. Se detiene; su cuerpo enc.orva- Baglioñi contemplaba la escena desde la ventana do se endereza con un poder seg·uro de sí mismo, i del cuarto de Giovanni. Rappaccini lo aleanzó a estiende su mano ácia Jos jóvenes en la actitud de ver, i le gritó con voz trémula! un padre que pide para sus hijos la bendicion del ¡ Qué habeis hecho 1 cielo. Pero ~ra esta la misma mano que babia in- ! Qué ha beis hecho! contestó el profesor, que, troducido el veneno en todo su ser. Giovanni tcm- lleno de horror, apénas podia hablar. bló; Beatriz fué asaltada por un estremecimiento 1 tal vez por )a pritnera vez de su vida esos dos nervioso i llevó la mano a su corazon. hombres frios, sin corazon, enjugaron unas pocas -Hija n1ia, dijo Rnppnccini, tú no eres sola en el lágrimas de sus ojos. mundo. Coje una de las preciosas flores de esta plan- N. HA'\\~J-IORNE. taque fué una hermana para tí,i exije de tu amante (Traducido especialmente para la" Biblioteca".) que la lleve en su seno. Ella no puede ya ha-cerle ningun mal. Mi ciencia i la simpatía que · existe entre vosotros dos han obrado de tal manera Importante. sobre su sistema, que él está desde ahora separado Suplicamos a nuestros ajentes de los Estados, se del comun de los hombres como tú lo estás del co- sirvan rendirnos su cuenta respecto al semestre ~e mun de las mujeres. Atravesad, pues, juntos esta la BIBLIOTECA que terminó con el nún1ero 26, '8 fin vida, queridos el uno para el otro, i temibles para de saber qué les debemos nosotros i qué nos deben los otros mortales. ellos. Esta rendicion debe hacerse con la devolu· - Pa()re mio, dijo Beatriz con una voz débil, cion de todos los ejemplares sobrantes. Los ajentes teniendo sinembargo al hablar la mano en el co- que no quieran ·devolvernos dichos sobrantes, sino razon t por qué haber impuesto a vuestra hijn este venderlos a razon de dos fuertes el semestre, pueden destino de desgracia 1 hacerlo i enviarnos su producido. -Desgracia! esclam6 Rappaccini, qué quieres Tnmbien estimaremos mucho a los seiiores sus-decir, niiia insensata 1 Miras co1no una desgracia critores de esta capital que no nos hnn pagado el el e~tar dotada de dones maravillosos contra los < semestre, o que nos deben solo el segundo trimes­cualc~ un enemigo no puede encontrar ni fuerza < tre, que se sirvan hacerlo. nj ~ocorro 1 Unn desgracia f poder destruir al mas ~ OvALLEs 1 CoMPAÑÍA . • , • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Biblioteca de Señoritas - Año I N. 28

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Blanco y Azul - Serie I N. 17

Por: | Fecha: 16/07/1904

República de Colombia SERIE 1 } .- CONDICION ES S\1scripción de 50 números ..... , ..... $ 100 .. Número suelto....... ..... ....... 3 ... atrasado.... ........... ........ 4 .. . Anuncios, palabra (tipo común)...... o 20 Gaceti !las. ................................. o 40 Los anuncios en tipos especiales pa­garán á razón de $ 4 por centímetro lineal. Remitidos, columna ............... , ...... 200 Verá la luz pública dos veces por semana. DIRECCI6N por telégrafo: "Propatria." Oficina, calle 9.", numero 2I5 Blanco y Azul Gran telegrama El Sr. General Ramón Gon­zález Valencia dirigió de P~m­pIona, con fecha 9 de los cornen­tes, al Sr. General Reyes, un expresi va teleg~ama en que lo felicita con motIvo de]a decla­ratoria del Gran Consejo Elec­toral, y en que, o~e.de~iendo al principio de la legitImIdad, con sus atributos esenciales, que asegura ha~er si.do y continuar siendo su mvarlable norma de conducta, le ofrece su patriótica cooperación en la obra de la paz y el engrandecimiento elel país. El Sr. General Reyes, en te­legrama del 10, contesta al pres­tigioso Jefe santandereano que agradece su felicitación y que acepta la valiosa oferta que le hace para secundarlo en la ar­dua " difícil empresa que ~e cur llevar á cabo en su cah­da. .c ciudadano electo p~ra la' p' r .era Magistratura de la Re­púLlica. Aplaude ca.lurosamen­te el proceder del hldalgn cau­dillo que de ese modo sab~ sa­crificar á la sagrada causa de la Patria conveniencias y gimpatías personales, confía en que él y los conRervadores de Santander harán lo que los patrióticos y prácticos conservadore.s de An­tioquia, que se han u~l1do para servir mejor á la NaCIón, mora­lizando así el Partido y dándole gran vigor, y termina manifes­tando que en la s~tua?ión de miseria y desorgamzaclón, ra­yana en anarquía, que aflige hoy á Colombia, se ha impuesto el imprescindible deber, que es­pera saber cumplir, de no tre­pidar un momento en la labor de reconstruÍr y encauzar el país por los senderos del traba­jo, del orden y de la moralidad, secundado por los hombres de buena voluntad, y ahogando con firmeza iJlquebrantable todo conato subversivo y cualquier movimiento revolucionario. Los telegramas que dejamos extractados rehabilitan y con­fortan el patriotismo, tan que-brantad, o á consecuencia de la5i recriminaciones odiosas de las diarias injurias y de las graves calumnias que la Prensa de par­tido puso en juego durante el candente debate electoral que acaba de terminar. Es por eso elemental deber de ·los conser­vadores inspirarse en las levan­tadas miras <¡ue rebosan en esos documentos, oír) atender. c(.n el interés que lasolemnidad del mo­mt> nto im pone, la voz autorizada de los J efes que, procediendo de consuno, desean salvar á Colom­bia de la ruina y Jisolución que' la amenazan de muerte; que llaman á la conoi.1iación con la sinceridad que corresponde .... m­plear á los hombres serios y po­sith'ament. e meritorios, y que, estamos seguros, no eludirán ningún esfuerzo, ningún género de sacrificios por llegar al buen éxito apetecido en los impor- . tan tes fines que se buscan, con los cuales, hoy por hoy, sólo debe aspirarse al cum plimien­to de la natural ley de. la propia conservación, pero que no muy tarde, cuando acabe­inos de reedificar lo que la gue­rra demolió, deben buscar al­go mús sólido, trascendental y duradero: ú la reorganización fiscal de la República, á su tranquilidad interior, al arreglo de su deuda extranjera y á su consiguiente progreso y engran­decimiento. El telegrama del Sr. General González Valencia y los demás de su especie que el General Reyes ha recibido de distintas poblaciones de los Departamen­tos, unidos á la muy loable ac­titud de 01 vido, reconciliación y . concordia asumidas por el can­didato presidencial vencido en el escrutinio de 4 de Julio, ac­titud que honra y engrande­ce al hombre tanto como to­dos los merecimientos que pu­d. iera haber contraído en su lar­ga vida pública, nos reve~an bien á las claras que el Partido Conservador no está dispuesto á suicidarse, que aún existen fe, abneg-ación y cordura en los caudillos que lo dirigen, y que pronto irá á dar princi pio una nueva éra fecunda en beneficios de toda especie, en que esa co­munidad política se exhibirá to­talmente regenerada de su mala vida anterior, curada en firme de los funestos males que han minado y corroídb su organis .. mo, y resuelta á recuperar el glorioso puesto que le corres­ponde en nuestra historia, y el terreno que tan lastimosamente le hR n hecho perder sus faltas en el aprecio público y en la conciencia naciona1. Las ambiciones individuales van á tener una tregua de seis años, y es forzoso que Re calmen y acallen en sus manifestacio­nes, pues de lo contrario iremos á parar en Un abismo tan pro­fundo, que no habrá poder en lo humano que de él sea cf:l.paz de sacarnos y de volvernos siquiera á la incipiente é irregular vida de nacionalidad que hoy tene­mos. En el fondo de todo corazón colombiano debe hoy jurarse odio implacable á la política de oficio, á.la que nos corrompe y divide, á ese hábito nefando que nos ha hecho perder la fe en los principios, la esperanza en un porvenir mejor; á esa mo­nomanía aguda y contagiosa qut' nos ha hecho olvidar los hAbitas de trabajo, que ha con­vertido en inútil, cuando no da­ñosa á'los intereses generales, la- labor de nuestros Cuerpos legislativos, y que no ha per­mitido á ninguno de nuestros gobernantes desempeñar con calma y provecho sus funciones constitücionales y legales. De 1886 á esta parte hemos tenido que sufrir el flagelo de­moledor de dos de nuestras más desastrosas guerras civiles: en ellas uno.s por ambición y otros por odios y venganzas, unos por intolerancia y otros por liberti­naje y maldad, todos hemos contraído alguna responsabili­dad, á todos nos corresp(.nde alguna culpa j pero el juego yi­tuperable de nuestra política, sus artimañas inmorales. sus ruindades y pequeñeces, han desempeñado el principal papel en aquellos deplorables conflic­tos, y si no los han directamen­te producido, sí los han crimi­nosamente fomentado, por ac­ciones ú omisiones ajenas al patriotismo y lesivas casi siem­pre de nuestras más preciosas garantías. Es imposible, en consecuen­cia, seguir creyendo en la impe­nitencia final del Partido Con­senador, mientrasen sus filas mi­liten hombres como Rafael Re­yes, Ramón González Valencia, Marceliano V élez, Pedro N el Os­pina y tantos otros, que á pesar de ajenas desvergüenzas polí­ticas más ó menos profundas, dejan oír francas y espontáneas manifestaciones de orden y con­cordia al rededor del futuro Jefe del Poder Ejecutivo, á quien ofrecen rodear y secun­dar en la delicada labor que la mayoría de los sufr~gios de sus Bogotd, .1ulio 16 de 1904 tOt:: ... ~__ ~ ...... __ { NUMERO 17 conciudadanos ha tenido á bien confiarle. Oiga y obedezca el país aque­llas manifestaciones, óigalasy obedézcalas la levantisca Prensa de la capital, tan hondamente invadida por el microbio de esa política de que 110S quejamos; persistan los hombres del con­servatismo en sus saludables propósitos, que deben consti.' tuÍr como )a consigna evangé­lica del momento presente; tra­duzcan en actos provechosos á la administración en el próximo Congreso a.quellos brotes gene­rosos de la. inspiración patrióti­ca, y Colom bia podrá abrigar así la seguridad de salvarse, te­niéndo por expe'rto piloto al Gineral Reyes, á ese noble hijo á quien tanto han desvelado las calamidades de la Patria, y que para remediarlas ha convenido en echarse encima el enorme peso de un gobierno que desde su origen tendrá que entrar lu­chando con dificultades casi in­superables, y haciendo frente tÍ la solución de problemas que ya son de vida ó muerte para la Administración ptí.blica. Cesen, en consecuencia, los oposicionistli;s ele ayer en su ta­rea ingrata. El vencedor los llama á formar con él, á ayudar á la Nación que agoniza, á com­pactar resueltamente las fraccio­nadas filas, y á levantar del sue­lo la abatida bandera. El es el Jefe y el amigo, y debemos se­guirlo; pero tampoco olvide­mos que es el mandatario re­suelto, valiente y enérgico, que en cualquier evento, por grave que sea, sabrá cumplir con su deber con aquellos que, sordos á todo patriotismo é indiferen­tes á todo ruego generoso, quie­ran continuar y continúen sien­do sus gratuitos é irreconcilia-bles e-n-em-i-g-os,._ . ... _-~- POR LA HONRA Con especial complacencia re­producimos á continuación la va­liente carta dirigida por el Sr. Dr. D.Enrique RestrJpo García al Sr. Director de El Nuevo T-iempo, publicada el día 13 de los co­n'lentes. BL .... NCO y AZUL se honra al prohijar, como lo hace, la digní­sima defensa del Sr. Dr. Restre­po García. Bogotá, Julio 9 de I904- Sr. Di:ecfor de El NU(1JO Titmpo S. M. SeñOr y amigo de t,oda mi consi­deración : De acuerch, con su galante ofreci­miento verbal, en respuesta á una petición mía. dirijo á usted la pre- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Blanco 1/ Azul sente cart.a~ que puede ser la prime­ra de una serie, ó que será única, según lo que marquen los tiempos y aconsejen las circunstancias Extrai'iarán quizá algunos que per­teneciendo yo á lo quese llamó aquí Part~cio Conservador, me TaIga de -Un periodico liberal para. 'publicár algo tie lo mucho que podría decir. A ello me han impulsado 'ÓO¡; cCHlsi-den\ cio"~s : ante todo, la actitud se­rena, rli¡;creta , y .digna _ en qu~ usted ha sabido mantener su Diario, en 'me'ilib 'gel desenfreno escarllialoso cen que el periodismo hQgC!ltan6, en Jo-general, hos ha estado asfix,1anoo 'durante ' vários meslts; 1 en seguidll, "porque ' no habi~ndo sído yo ' re.yista liario, eran más salientes las arri't'.úl­zas y los denuestos que la misfua lectura sugería, que los conceptos eientificamenteaprovechahles. No pasarán de seis, si es que á -ese nú­mero llegan, los escritos serenos en que se ~iera espíritu patriótico y que' se planteara en el terr.eno de lo an¡.l ­tracto. El pa~s-ha sido testigo de la tarea, tan persi¡,t~;nte como infecunda, oe insulta!', en la forma -más procaz, á cuantos pudieran oponerse, en cual­quier sentido,á.l,ps in,tereses del es­critor; á c:uantos no oTeran por evi­dente )0 sostenido é'n cada uno d'e esos pactos de ingenios fehricitan- '. ni veü~ta, no quiero hacer úso hoy . 9'e periódicos que se hayan caracte­' Í'izada en ninglino oe los dos senti­t? dbs. ,En mí no ha de Ter usted, ni ~ n8die. áun 'Político que sedesfo-ga, , sial> ,á uiú colomhiano que razl;)T1a ,I?~ j ' tes; y no ha faltado quien gastesll tiempo"su dinero y tal vez hasta su rel)utación de hombre r.uerrlo, en in­sultar, deprimir, deaacreditar yani­quilar, si posihlethuhiera sirlo, á. los inocentes candida.tos, sohre todo al Ceneral Reyes. Esa tarea ' hahda te­nido explicación antes d'el' 2 de Fe· blicamente en uso ,de un derecho .. q.u~ aquí no ,~e Ie,s tjisputa niá los 'Rue yo, pudiera y debiera llal)1ar los f()r..a]idos' de la prensa. , ', y me -Talgo de esa expresión, que 1fco'tisrdero benigna, pOl"que, verdade­ramente, lo ,'que en Colombia suee-· de, á 'este respepto, es por demás 'pe~egrino y tal vez único' en la re­dondez del planeta. El qlle tiene, una , -plu~a én la mano, ya sea aquélla de , oro, así sea oe ganso, se considera 'in'vestido oel augusto 'carácter de '. ~acerdote d'e la prensa; dotado 'de . l!oilá clase de conocimientos; ' inhibi­donde toda especie de responsabili­, ~htles; desliga'd'o de toda noción ,da '. 'J'les'peto; ' 11 utorizado ' par.a ' acol)1eter ' tol\a clase de aV~llturas, hom'bre .ex­eepciomd, 'en qQien se encar,llan la ;Y ri h? ra~ez, el patriotism~, todas las vntuiies y toCias las - sabIdurías; .en- . tiado, en uQa palabra, dbl cielo, para que, ' sÍn ma,ncharsus blancas alas, r~dima y 'Ievan'te álús que estamos sumergidos en el cieno. Actitud más 'que odiosa" cómica, Sr. Director. duando uno está, como lo estamos aquí todos, en los secretos qué tra­tan de ocultarse tras de los bastioo- • res del periodismo. Hace ya cinco meses que yo y éinco companeros fuimos colocados . por crueldades de la ley en un ver­c'dadero potro de tormento. El Gran Consejo Electoral, que en épocas pasadas' p~día seda cueva de los s-ie-te durmientes, vino á ser, en la pre­~ ente. el pararrayo en que habrían de estallar todas las tormentas, y el blanco á donde habrían de converger toous los furores y en donde habríaQ de desatarse todas la~r ir,trigl\s. Pnes-t, as en situación tan d ificil y a~an}sa, 'mis compañeros y yo esper.ábamos Con ansiedad la luminosa colabora-ción y la eficaz ayuda de nuestros compatriotas. En esta tierra de po­líticos, de doctores ! de sabios, la luz debería llegarnos á torrentes, y los consejos opurtunos y discretos no¡J ayudarían á salir airosos en nues-tro cOlnetido. Bien pronto perdimos tOda esp,eranza ,á estos respectos, y nos convencimos de que ,al llevarnos al Gran Consejo, nos hahían arroja. do á la cueva de los leones. No se ha ejercido, es cierto, sobre noso'tros, la coacción del puñal y del ~artote, que es la 'úhical que para' m'tlchos pa- - rece ser presión indebida. Pero el orero. antes oe que en las Asárnhleas Electorales se ' eligiese á Id~ cn'ncli'dli. tós; pero tiesflUés, cuahrlo ya 'no !;e trataoa sino de escrutarlos por una Córporación que no tenía para qué consiclerar las con,ticiolles personales oe los ~andidát()s. sino el número de votos oon que h,ubieran sido favore· Ci008, las filípicas contra ellos eran t?n incontiucentes como los panegí­rICos. Ahora he visto con ({'olorosa !lor­presa que á nosotros se nos colocó en ' púesto tan difícil porque ,oi~ ,que éramos ' honradds ,é indorfuptiole~; pero resulta que esa honradez . 'era conoicional, estaba .sujeta á los resul­tados final~s, y deberla depender de la manera como I'e diera gusto á lás canden.tes pasionp.s 'de pa rtido.' Hasta meoiado.s de Julio, más ' ó menOi!, éramo:; I~s seis miemhros ~iel G~an Consejo los hombres más honora­blefl, más íntegros, más ilustraelos, mis culminantes ent.re nuestros con­ciueladanos. Por suspicacia de la pa­sión y del odio, coménzó á palidecer el brillo ele nuestra estrella á fines del mencionado mes. A principios del ' corriente, ya algunos de no!\otros hemos quenado oespojados de tonas las hellas condiciones. que se nos die­ron p1'Qviswnalmente abora cinco me. ses, y hemos quedado clasificados entre los perjuros, 108 corrompioos y los traidores. A tal extremo ha llega· du esto, Sr. Direct~r, que me he vis­to en la necesidad oe acusar allte el Juez 1.0 superior del Distrito Jurii­cial de Cundinamarca á los Sres. Je­rónimo Atgáez y Juan B. Pérez y Soto, por calumniadores. y que lo que estos señores me han atribuído . es una calumnia, lo juro por lo más sagrado que haya en el cielo y en la tÍerra; y si dijere men· tira en lo que afirmo, picio que la sangre de Cri'sto caiga vengadora 'so· bre mis hijos y sohre mí. Puede su­ceder que lús dos mencionados ca­lumniadores queden impunes en la tierra, pero yo los emplazo para ante el Tribunal de Dios. En la hora de . su ffillerte verán que no es cosa bala_ dí arrebatarle la honra á un hombre de bitm, y que es preferihle ser la­drón de dineros, que, en rigor, pue· den restituirse, que ladrón de ht>nms, 'pues éstas quedan perdurablemente marchitas. Yo bien.se, y .11. nadie se le oculta, que si el resulta.io en el Gran Conse­jo huoier,a sido diferente. hoy se me tributarían elogios hiperbóUcos. que yo habría guardado en mi rhemoria > ti erl1 pos d~ i n'r4IJli-z ttecór\iac1ón: Ü que e.'IC1'uta elige, lPue¡¡ eso. ' y ~ !larla menos que esn, era' lo que se ,}neten­' día que hicieran' esa¡¡ seis emimencias que com ponían el Gran Consejo; no se trataha, al par.ecer, oe hac~r un escrutinio, que era la obligaeiólI qt1e . nos imponía la ley, sino tie hacer una elección, que era 1'1 tarea que n"s im­p(, nían las pasiones clesenfrenaclas y 1011 intereses en ham hrecidos. A IIIOS­otro¡; f'e nos designó porque liíz· que r~spe~,aríamt)s la ley y nuestras con­CIencias; pero ¡¡e nos arrastra por 10s suelos, porque no interpr etárn\)s la Ip.y con el criterio de ; los oomha­tielltef, y porque no sujetárnos la vOz de , nuestrail cunqiellcias á io que (nos 'gritah31!, clm . rle¡¡temp'lados rugidos, las cOllciencias óe los empeñados en la lucha. No creo que , haya habido colorn- , hiano¡¡, nique In¡¡ haya ~n lo porve· nir, c%('aoos en situación tan oífícil é inext.ricable como la que no¡¡¡ tocó en suerte por las ' ti raníag de la ley. Hahiéndose divirlitio" los vlJtos en dos guaris-f'nos casi iguales. las es: ,eranzas tuvieron asidp-yo y crecieron desme. dioa.mente. Por ,amoas partes com­pr. enri,ió¡:e que df\ unos pocos votos depi'lIldería la fin~11 victoria; y el ím­petiu Of\ ItH\ cornnatientes tuvo como pri !lcí pul ohjetivo echar ahajo,oe cualquier 'manera,los poco~ votos :que se necesitaran' pura on'tener el ' triuo. . fo. Contentarlolo' a f;odos era imposi­ole; la ley imponíru perentorial~ente ,la o'blógaoión de dar ,una soll,leión al prohlt)ma' propuesto; era, pu,es, i nde f-ecLihle el desagr~do de aJguna oe las d08 fmccionf's. Pero nunca creímds que eSe desagrario, por otra parte muy natural, degenerara en la rahio-f sa inquina en que ha o~generacio, ni mucho m.enos pensamus que nuestras petsonilfl, puestas como !queoa meho, en situación t,an dificultosa, fueran if1respetadas hasta el punto en que lo han sido. ' Mucho se haol6 tamhién del aca­tamiento que oeberían merecer las decisiones del Gran Consejo y de lo inape/ahle de 8US fallos; pero ahora se ha visto que esas man i testaciones no eran tampoco ,sinceras y (Iue se hacían para el caso de que Jos resulta­dos favorecieran al que tal clij-era, y si no, (JO; no faltarían luégo pretex­tos para ¡¡acarles el cUP,rpo á prome­sas tan solemnes. Fácil e¡¡ hahlar, en la tranquilidad of un hufete ocioso, de la inmundi­cia de Padilla; para ello , no se nece­sita sino una pluma audaz, ligera y llena oe prejuicios; otra cosa es oe­cidir, cOl1torrn,e á derecho y confor­me á conciencia, un intrincado puno to legal y un oeoatido punto de he. cho, tenienoo sobre sí el peso de toda una nación en agitaci6n extraor­rdiflaria. El Gobierno ha ciictaflo un Decre­to en [ue prohíbe discutir por medio ele 'la t'rensa, en són de ataque y des­conocilnierlto, el fallo rlel Gran Con. sejo. Pero en ese Decreto entiendo yo que no t5e ' cierran las puertas que llevan al Porler Judicial. Si hay quien juzgue que ~omos criminales por la decisión tomada, acúsenús y vénza­nos en juicio; pa ra ' ello, repito, todo el mt.lOoo tiene las ' manos libres. • Suspendo por hoy, Sr. Director, para no ahusar de su hospitalidad y de la paciencia de los lectores. Puede que otro día vuel'Va J á ¡rt1ponerme la penosa tarea de bah lar de estos .asun­tos, que han venioo á ser para mí in- ' I ' país entero ha visto rlurante cinco meses, no sé si con inrleferencia ó con estppor, porq'.le ignoro hasta dónde llega llU corrupcción, que so­bre nosotros se ha ejercido, de una manera cons.ante y despiadada. una cOlcción moral sin precedentes. que yo recuerde. Estuoios se hicieron, es cierto, d'el asunto, bastante superfi­ciales en su mayor parte, dicho sea en honQr de la verdad; pero en esos r '¿"ldil , d~ o.rigen parcial y atrabi-en la misma célula en que guardo los improperio~, y esa célula es la misma en que se arrinconan las cosas inúti­les .y aquellas en que no se cree. . deciblemente .()di()~os. Mucho se ha, hablado aquí, y con sobra de justicia, contra aquella fór­mula inmoral, tan practicada en otros I Soy oeI ISr.' Director atento servi dor y agradecido amigo q. b.s, m. ENRIQUE RESTREPO GARCIA. 'Telegr.amas Pamplona, 6 de Julio de 1904 Dr. Esteban Jaramillo, Minis.tro de G.­bierno Con retardo de cinco días me fue honrpso :ecibir ~I telegI:a~a ~en que Su Señona se dIgna darme cuenta de .que he _ sido elegido Vicepresi­dente de la Repáblica, y en que ex­presa sus patrióticos votbs 'por mi norma de 'conducta en el delicado puesto á que he sido exaltado sin merecimientos ningunos. Confío ,en que el Supremo Dispensador tle' to­d. o bien, c~alesquiera que sean las CIrcunstancIas en ql:le pueda encon­trarme, habrá de, mantenerme firme en la línea del deber. ' Mis ,más ren­didas gracias por la ,,{elic,itación de Su Señoría y por su atento saludo, á que correspondo cordialmente. Servidor afectísimo.. . ' R. GONZÁÚZ \ VALENCIA RepúbNca de Colombz'a-Mint"steri'o de ' Guetra - (j1!gentíSt'mo-Te!e_ gra';ta número 822-Bogotá, 1- de Julto de'9 0 1-. General Ramon González Valencia Pamplona Con yiva cómplacencia apresúrome á 'comunicarJe que ,el I Gran Cen¡;~o Electoral, en esta fe.cha, haroeclarado á usted electo Vicepre¡¡idente oe la Repú,olic~ par~ el pr6xi fl'\O pe'rfudo ()on~t,ltuClonal, Junto con el Sr. Gene­ral ~afael Reyes, quien:fue, elegido PreSIdente ... Hónrorne corno el pri­mero en fellettarlo por el altísimo y merecido hOllor que le ha hecho la Nación, y felicito tambiéo 'á ésta 'por el acierto en elegirlo, para su bien en lo foturo, . 'Amig-o . m.oy adicto, A. V ÁSQu~z GOBO Pamplona, 11 de Julio de ' 1904 General Alfredo V ás<¡ uez Cobo, Ministro de Guerta 'A 'mi regreso á esta ciudad, tuve á mucho honor ' im ponerme en el' atento telegrama fle Su Señoría,' fe­cha 4, en que se sirve comunicarme la elección de Preside.nte y Vicepre­sidente de la República, r" -larada en persona del Sr. Gener~ '1' ~s y del suscrito, respectivame. 'i,Las finas expresiones de Su Sei :/', en cuanto á mí se refieren, son ,Hl lC­tremo abrumadoras y aumel4J '~n la deuda oe gratitud que me COi ·plaz< , co en reconocer. Afectísimo amigo y cOmp.1 tri6ta, R. GONZÁLEZ VALENCIA Panamá Ex.; 'fRATADo ANTE EL SENAO, Reproclucimo~ á continuaci6n, por creerlo de suma importancia en 'mo­! nent.os en que se va á tratar el asun­to en oocumentos oficiales. el con­cepto de un liberal connotado, sobre la conoucta del último ' Congreso en el asunto del Canal oe Panamá: " Al tratar err eJ' Senlldú él ultima­tum de los Estados Unidos, conteni­do en la nota ' elel R~presentalltle de esa Nación, ne fecha 8 de Agosto de 1903, se conforml:. la mayoría con la idea ilusoria de que esa gran Poten­cia obraría con justicia y equidad, y creyeron con car:dor infar,ltil que na­da tenía que témer Colombia en cuanto á. su integridad ~ soheranÍa. En esta ilusión se adormecieron, ne­gándose ha~ta á oír al Ministro de RelaCiones Exteriores, quien,al fin de la' última sesión que , se. dedicó á este neg~eiado, solicitó encarecida­mente se aplazara la rliscusión para el di,a siguitmte. El' Senado con-vÍno Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ... Reotiftoaoi6n ' RepúUI(a de ColoTjlóia-Minúltrio de G'ooierllo Dirmión Gmeral de Correos'y Tel;grafos­Se~ ción de " Telégrafos-Número 3,246- 8 de Julio. Sr. Director de El C(JrrtD Nacitl1,al-L. C. En "-;ista del escrito que contiene el pe­riódico de usted de ayer, con el título de Seguridad Telegráfica, el Sr. Director Gene­ral de Correos y Telégrafos dirigió inme­diatamente telegrama al Sr. Telegrafista de Honda averiguando lo ocurrido, q~¡en há'dado la respuesta que á usted transcnbo: : Ofin'al-Honda, 7 de Julio de I904 r ¡rector general, &c. Refiriéndome á su telegrama de la fecha, tengo honor informarle: telegrama de esta fecha 27 de Junio dirigido para Dr. Vélez, firmado Botero,' fue devuelto á su introduc­tor con el porte consignado, dQscientos 'no­venta y un pesos ($ 291), porque 'como era ofensivo para Asamblea Departamental Mágdalena y otras autoridades, no podía . darle curso 6 transmitirlo sin contrariar lo dispuesto e~ artículo 5.° Sanatz, Luis Zea L ... ' a, Lús Felipe Torres y Rafl\cl tkr < • En el . Servici0 de ,a,l·idact ,e María Auxiliadora, l'HllpUe ·to de un departamento p 1'2. 'h(J'fn­bres y
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Blanco y Azul - Serie I N. 17

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Anales de la Asamblea Nacional - Serie única N. 9

Por: | Fecha: 10/06/1910

REPUBLICA DE COLOMBIA ANALBS DE LA ASAMBLEA NACIONAL Serie única ~ Bogotá, Jun.io 10 de 1910 , ' ~NúDlero 9 Págs. Acto Legislativo nlÍmero 2 ue 1910, reformatorio de la Constitución . , en sus presentes sesiones, durará desde el día de la elección hasta el treinta y uno de Marzo de mil novecientos once. Naciona1.. . ......... ..... . • Ley ntÍmero 2 de 1910, por la cual se hace la condonaci6n de ulla multa._____ ... .._ . • ___ ... • ...... .. , Decreto nlimero 529 de 1910, por el cual se prorrogan las sesiones de la Asamblea Nacional.... • •• __ ...•••••••• 65 Artículo 5.° Quedan derogadas todas las 65 disposiciones constitucionales y legales que 66 sean contrarias al presente Acto. 66 Dado en Bogotá, á dos de J unía de mil no. ~~ vecientos diez. ActA de la sesi6n del jueves 2 de Junio de 1910 ...... A~ta de la sesión del viernes 3 de Junio de 1910. • Relaci6n de debates . ... .. .••• .... .. . .......... . Proyecto de ley que reforma la nlÍmero 60 de 1909, que creó una Comisi6n Legislativa •• ___ __.0'" . .. •. P,oyecto de Acto legislativo por el cual se interpreta y revisa el Acto Legislativo ntímero 9 de 1905 ... ... _ ••••••.•• _ •• Proyecto de ley soble pago de deuda p6blics departamental y n:acional Informes de Comisiones .......... _.. . ....... _" __ ~'" ........ . Notas y telegramas. o o .... • • • ..... .. . ............... .. ....... .. ....... . ASA~IBLEA NACIONAL DE 1910 70 70 71 71 72 ACTO LEGISLATIVO NUMERO 2 DE 1910 (6 DE JUNIO) reform atorio de la Consti tución Naciona.l. La Asamblea Nacional de Oolombia DECRETA: Artículo 1.0 En caso de falta accidental del Presidente de la República y en casu de fal ta absoluta, mientras se verifica nueva elec· ción, ejercerá el Poder Ejecutivo, por su orden, el primero ó el segundo Designado que el Con­greso elegirá cada afio. Parágrafo. Cuando por cualquiera causa no hubiere hecho el Congreso eieoción de De­signados, conservarán el carácter de tales los anteriormente elegidos. Artículo 2.0 A falta de Designado entrarán á ejercer el Poder Ejecutivo los Ministros, en el orden que establezca la ley, y en su de­fecto, los Gobernadores, siguiendo éstos el orden de proximidad de su residencia á la capital de la República. Artículo 3.0 Son faltas ~bsolutas del Pre­sidente: su muerte; su renuncia aceptada; la destitución decretada por sentencia; la in­capacidad física permanente, y el abandono del puesto, declaradas estas dos últimas por el Senado. Artículo 4.° (transitorio). El período de los Designados que nombre la Asamblea Nacional El Presidente, El Secretario, RAMON ARANGO Marcelino Uribe Arango Poder Ejecutivo-Bogotá, Junio 6 de 1910. Publíquese y ejecútese. (L. S) RAMON GONZALEZ VALENCIA El Ministro de Gobierno, MIGUEJ~ ABADIA MENDEZ LEY NUM O 2 DE 1910 (2 DE JUNIo) por la cual S8 hace la condonaoión de una malta. La Asamblea Nacional de Oolombia DEORETA: Artículo único. Condónase la multa de dos mil pesos en papel moneda impuesta por el Juez 2.° Superior del Distrito Judicial de Medellín á Sin­foríano Correa A., como fiador de c~rcel de Jesús Antonio Moscoso. Dada en Bogotá, á prime.·o de J unío de mil novecientos diez. El Presidente, RAMON A NGO. El Secretario, Marcelino UIJ'ibe Arango Poder Ejeoutivo-Bogotá, Junio 2 de 1910. Publíquese y ejecútese. (L. S.) RAMON GONZ LEZ VALENCIA El Ministro del Tesoro, AINTONIO J OSE CADA VID Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 66 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL República de Oolombia-Ministerio de Gobierno. Secci6n 1,"-Negocios Generales-Número ~010. Bogotá, 7 de Junio de 1910. Señor: Para los efectos ulteriores me es grato trans­cribir á usted el siguiente "DECRETO NUMERO 529 DE 1910 "(7 DE JUNIO) por el cHal se prorrogan las sesiones de la Asamblea Nacional. " El Presidente de la República, visto el artículo 5.° del Acto Legislativo número 9 de 1905, y " OONSIDERANDO : "1.0 Que los días que fal~an para completar el periodo señalado á la Asamblea Nacional por el artículo que acaba de citarse son insuficientes para expedir las reformas constitucionales, objeto pri. mordial de la convocación de aquel Cuerpo; "2.° Que incumbe á ésta, aSÍmismo, ejercer las demás funciones á que se refiere el Decreto núme­ro 539, de 27 de Noviembre de 1909, por el cual se convocó al Congreso á seAiones extraordinarias para el pIesen te año; "3.° Que el Gobierno se propone igualmente so­meter al estudio y decisi6n de la Asamblea N aeio­nal varios asuntos de interés público y de carác· ter general, entre otros, los proyectos elaborados por la Comisión Legislativa, "DEORETA: " Articulo único. Prol'róganse las sesiones de la Asamblea Nacional por treinta días, contados des· de la expiración del término sefialado por el ar­tículo 5.° del Acto Legislativo número 9 de 1905. "Dado en Bogotá, á siete de Junio de mil nove· cientos diez. "RAMON GONZAL~Z V ALENUIA " El Ministro de Gobierno, "MIGUEL ABADIA MENDEZ" Quedo del S(ñor Presidente muy atento y segu­ro servidor, MIGUEL ABADIA MEN DEZ Al señor Presidente de la Asamblea Nacional-En su Despacho. Re-pública de Colombia-Asamblea Nacional-Se­cretaria- Bogotá, Junio 7 de 1910. 'Dése cuenta, publíquese y archívese. El Secretario, M. UribeA. lista, á la cual dejaron de contestar los Diputados Arango Carmelo, Carreño, Collazos, Herrera, Ro]· guín y Caro, Lombana Barreneche, Olaya Herre· ra, Ospina, Pareja, Saiz, Salazar M. y Vengoechea, quienes ocuparon sus puestos en el curso de la se­sión . . Se excusó de asistir el Diputado Wallis. Como hubiese número reglamentario, el señor Presidente declaró abierta la sesión. II Leyóse el acta de la anterior, la cual fue firma· da, después de haber sido aprobada sin observa-ción alguna. . Se impuso en seguida á la corporación del orden del día, de los negocios substanciados por la Pre­sidencia y de un Mensaje del Poder Ejecutivo, por medio del cual devuel ve sancionada la Ley núme­ro 1.0 de 1910 (1.0 de Junio), que otorga una con· donación. JII El Diputado Espinosa propuso lo siguiente: " Antes de entrar en el orden del día resuélva. se sobre la apelación á la resolución presidencial que qued6 pendiente al levantarse la sesión del día de ayer. " Como el señor Presidente le manifestase que este asunto estaba en el orden del día, inmediata­mente después de dos proyectos para tercer de­bate, el Diputado proponente solicit6 permiso para retirar su proposici6n, el cual le fue conce-dido. . IV U no en pos de otro fueron apt'obados, en tercer oebate, un proyecto de Acto legislativo reforma· torio de la Constitución Nacional y el proyecto de ley por la cual ee concede una autorización. V Continuó la discusión sobre la apelaci6n inter­puesta por el Diputado Salazar M. á nna resolu ­ción de la Presidencia. ~l Diputado Olay8. Herrera, que habia queda­do con derecho al uso de la pal8 bra en la sesión anterior para cuando se volviera á tratar este asunto, renunció á ella. Acto seguido el Diputa. do Salazar M. retiró su apelación, después de lo cual la Presidencia revocó lo resuelto por ella. VI En primer debate fue aprobado el proyecto de ley que reforma la número 60 de 1909, que creó una Comisión Legislativa. · Con cinco días de término pasó al estudio de los Diputados Salazar M. y García Herreros. VII El Diputado Llorente presentó una solicitud del Consejo Municipal de Tumaco, sobre mono·po­lios de sal marina. Fue leída y pasó ti la Comisión A las dos y diez minutos de la tarde se pasó de Hacienda. ACTA DE LA. SESION DEL JUEVES 2 DE JUNIO DE 1910 (Presidencia del Diputado Arango Ramón). 1 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL VIII El Diputado Villegas, en nombre de la Comi­sión de Legislación Administrativa, devolvió con informe un telegrama de los vecinos de San Pa· blo, en el cual solicitan la creación de un Juzgado de Circuito. IX Continuó la lectura del informe presentado por ]a Comisión Legislativa. X A las tres y cincuenta minutos de ]a tarde y á petición de los señores Ministros de Relaciones Exteriores y de Guerra, se constituyó la Asam­blea en sesión secreta. El Presidente, RAMON ARANGO El Secretario, Ma'l'oelino Utribe Arango ACTA DE LA SESION DEL VIERNES 3 DE JUNIO DE 1910 (Presidencia del Diputado Arango Ramón). 1 El señor Presidente declaró abierta la sesión de este día, con el númel'O reglamentario, á las dos d e la tard e· Los Diputados Esguerra y WalIis se habían excusado previamente de 8sistir. 11 Leída, aprobada sin observación alguna y fir­mada el acta de la sesión anterior, se dio cuenta del orden del día de la corporación y de los ne­gócios su bstanciados por la Presidencia. nI La siguiente proposición, subscrita por el Di­putado Arango Carmelo, fue aprobada: "Señálase el día de mañana, á las nueve antes meridiano, para que los miembros de la Asamblea visiten los trabajos de la Exposici6n del Centena­rio. Comuníquese á l~ Comisión." IV Después de darse lectura al informe de la Co· misión que estudi6 la solicitud hecha por algunos vecinos de San Pablo, sobre creación de un J uzo gado de Circuito, fue aprobado el respectivo pro. yecto d~ resolución, el cual dispone que aquélla sea archIvada. . V después de 10 cual el Diputado Carreño propu8o y explicó lo siguiente: "Suspéndase indefinidamente la discusi6n del proyecto que está sobre la mesa." Esta proposición fue declarada inadmisible por la Presidencia, después de darse lectura al artícu­lo 198 del Reglamento, á petición del Diputado Sala zar M. Continuó el debate del proyecto citado, en el cual tomaron parte los Diputados Villegas, Espi­nosa, Segovia, Olaya Herrera, Perilla y Lomba1:la Barreneche. A petici6n del Diputado Holguín y Caro, la vo­tación fue nominal, resultando aprobado el proyec­to por el vo.to unánime de los Diputados presentes, señores Arango Carmelo, Arango Ramón, Arbe­láez, Bonilla, Carbonell, Carreño, Collazos, Constaín, Del Corra], Dulcey, Escobar, Espinosa, Ferrero, García Herreros, G6mez Román, G6mez Ochoa, Herrera, Holguín y Caro, Lombana Barreneche, Llorente, Martínez, Mesa, Olaya Herrera, Olarte, Ospina, Pareja, Pérez, Perilla, Pinzón, Quevedo Alvarez, Quintero Calderón, Restrepo Sáenz, Ro­dríguez, Rosas, Saiz, Salazar M., Samper, Segovia, Valderrama, Vengoechea y Villegas. VI El Diputado Pinzón devolvió el proyecto de ley " por la cual se autoriza al Poder Ejecutivo para nombrar un Agente Fiscal en el Exterior." Leído el informe y aprobado el proyecto de resolución con que termina, se abrió el segundo debate de dicho proyecto. El articulo 1.0, modificado por la Comisión en la forma siguiente, se aprobó por veinticuatro balotas blancas contra quince negras, escrutada& por los Diputados Rodríguez y Gómez Ochoa: "Artículo. Se autoriza al Poder Ejecutivo para nombrar un Agente Fiscal de la Nación en el Ex· terior, cuando lo estime necesario, con un sueldo que en ningún caso será mayor de trescientos pesos mensuales. " Igualmente fueron aprobados y adoptados los dos artículos que en seguida se transcriben, pro­puestos por la Comisión como nuevos: u Artículo. Dicha autorización durará vigente hasta un mes después de la reuni6n del próximo Congreso. "Artículo. El gasto que fuere necesario para darle cumplimiento á esta Ley, se considerará in· cluido en el Presupuesto del año en curso y en el del año venidero." Los Diputados Escobar y Holguín y Caro solici­taron algunos informes sobre este proyecto, los cuales fueron dados por el Diputsdo Pinzón. El Diputado Villegas present& .JI proyecto de VII Acto legislativo "por el cual se interpreta y revisa Con el informe respectivo fue devuelto por el el Acto Legislativo número 9 de 1905." Hicieron Diputado Constaín, en nombre de la Comisión uso de la palabra su autor y el Diputado Segovia, de Hacienda) el proyecto de ley "por la cual se Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 68 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL prohibe al Gobierno estipular exenciones de im· puestos de aduana." Aproba~o el proyecto ~~ resolución con que concluye el Informe, se abrIo el segundo debate de tal proyecto. - El artículo único original fue aprobado. Dice: "Articulo. En lo sucesivo queda prohibida, en absoluto, toda estipulación sobre exención de de­rechos de aduana, en favor de personas 6 entidades que contrataren con la Administración Pública." La Comisi6n propone el siguiente articulo nuevo, el cua] fue impugnado por el Diputado Escobar: "Artículo. Prohíbese igualmente comprometer en adelante, como garantia de empréstitos, las uni. dades de aduana. . " Parágrafo. A medida que se efectúen modifi· caciones ó novaciones en los contratos, concesio­nes, ete., en los cuales se hubieren estipulado exen· ciones de impuestos de aduana, quedarán éstas ~:xtingnidas." ' Fue modificado por el Diputado Holguín y Caro en ]a fo,rma que se expresa en seguida, después de haber hecho aso de la palabra el proponente y el Diputado Lom bana Barreneche: " Prohíbese igualmente comprometer, sin autori­zaci6n del Congreso 6 sin aprobaci6n posterior suya, como garantía de empréstitos, los productos de las aduanas de la República. En consecuencia, reconsideráronse las modifica­ciones propuestas, las que en esta ocasi6n resulta­ron negadas, quedando por tanto únicamente aprobado el articulo original del proyecto. Cerrada la discusión sobre la parte dispositiva, fue aprobado el título y pasó el proyecto á ter­cer debate. VIII El Diputado Pareja, para el desempeño de una comisión, solicitó un ejemplar del .Diario Oficial número 13994. Como no hubiere otro asunto de qué tratar, el señor Presidente levantó la sesión á las cinco de la tarde . El Presidente, RAMON ARANGO El Secretario, Marcelino llribe A?'ango RELACION DE DEBATES SESION DEL DíA 30 DE MAYO DE j 910 El Diputado Pinzón propone se dé lectura al informe de la Comisión que estudió los trabajos de la Comisión Legislativa. Abierto el debate, el Diputado Martínez dice: "Parágrafo. A medida que se efectúen modifi· caciones ó novaciones en los contratos, concesiones, Me veo en el caso de apoyar la proposición que etc., en los cuales se hubieren estipulado exenciones acaba de subscribir el Diputado Pinzón, toda vez de impuestos de aduana, quedarán éstas extin- que he tenido el honor de formar parte de la 00- guidas." I misión encargada de informar respecto de la ma- Se aprobó. Al ser adoptada, el Diputado Espi. nera como ha llevado á efecto sus tareas la Comi. nosa submodificó en los términos siguientes, que sión Legislativa creada por la Ley 60 del año explicó: próximo pasado. En el acto mismo en que fuimos " Prohíbese igualmente comprometer, sin auto· desjgnados para este cometido nos trasladámos al rizaci6n del Congreso, ó sin aprobación posterior local de la Comisión; hicimos presente el motivo smya, como garantía de empréstitos, ninguno de de nuestra visita, y e] Presidente de el1a y sus 'los bienes nacionales. miembros nos pusieron al corriente de los impor- "Parágrafo. A medida que se efectúen modio tan tes trabajos en que se han ocupado. ficaciones 6 novaciones en los contratos, con cesio. Ha sido verdaderamente ardua su labor. En cien­nes, etc., en los cuales se hubieren estipulado exen· to cincuenta días han elaborado 29 proyectos de ley, ciones de impuestos de aduana, quedarán éstas todos á cual más importantes, en los diversos ramos' extinguidas." de la Administración Pública, y cuya sola exten· A petición del Diputado Holguín y Caro se sión revela un estudio inteligente, escrupuloso y votó por partes, señalando como primera el artículo detenido. No es, pues, una canonjía, como muchos y como segunda el parágrafo. El primero fue aproo pudieran pensarlo, el cargo que desempeñan los bado y el segundo se negó. miembros de aquella corporación. Por otra parte, Al adoptarse el artfculo, el Diputado Vinegas difícilmente pudieran encontrarse ciudadanos más propuso una submodificaci6n consistente en agre· aptos, laboriosos y consagrados que los que for~ gar la palabra rentas en seguida de biene8. man ese Cuerpo; el examen de sus labores y de . El Diputado Martínez impugnó todo el artícu- la manera como han llenado sus deberes ha h~cho lo, y después de haber hecho uso de la palabra el nacer en mi ánimo la íntima convicción de la ne­Diputado Constaín, y nuevamente el Diputado cesidad que hay de que la Comisión Legislativa Martínez, éste liltimo propuso: tenga carácter permanente y no transitorio. Esta "Reconsidérense los artículos introducidos por es una corpo;a~i6n que ha venido á reemplazar la Comisión en el proyecto de ley que se discute." con ventajas 1l\.Q)onsejo de Estado; es un Cuerpo Hicieron algunas observaciones los Diputados administrativo ajeno á las cuestiones políticas y flolguín y Caro y Mesa. La proposición fue aproo á donde sólo van sus miembros á trabajar. b~da, Todos sabemos que el primer mes de tareas del Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANAL. '"' DE LA ASAMBLEA NACIONAL 69 Cuerpo Legislativo es in luctuoso, p que nin~u- de manera que el día que se reunió esta Asamblea no de los miembros que lo constituyerl ha tenIdo terminó el período para que había sido nombrada ni tiene de antemano conocimiento (e lue va ser la Comisi6n Legislativa. Ambas opiniones, pues, electo, y por lo tanto todos llegan ca 1 s manos tienen bastantes visos de probabilidad. vacías y sin saber qué Rsuntos van á t· tal' e allí. Pero, por otra parte, las leyes no se interpretan, No sucedería lo mismo al contar con la i: Vil de ni se reforman, ni se aclaran por medio de propo· la Comisión mencionada, la cual, como (·c'" siciones; las leyes se reforman y se interpretan ra del Cuerpo Legislativo, es y deht , er ' por medio de otras leyes; de suerte que aun cuan· gada de presentarle, desde el p imel la I!Q sus do aprobáramos una proposición en cualquier sen­sesiones, los proyectos de ley indi n ables pisa tido, no resolveríamos la cuestión jurídioa referen­la mejor marcha de la Administra", 6 Pública (le á que la Comisi6n tenga ó nó derecho á estar proyectos ya estudiados y discutidos p ella con r lunida actoolmente. Por consiguiente, se impone el cuidado y la atención requeridos. DA dole el primer término, si queremos que la Comisión carácter de permanente á la CoqlÍsión Legislativa Le" slativa continúe reunida, que se aclare la ley evitaremos, además, otra irregularidad, por d s á est~ respecto, en el sentido más favorable p~ra gracia muy frecuente en nuestro país, cual es la de el funcl namie. to de dicha Comisi6n. Debe, ade· expedir leyes improvisadas é inspiradas únicamen más. expetiirse II cto reformatorio de ]a Ley 60, te por el interés personal. en e sentido ~ndicado por el Diputado Esguerra, Creo pues que la Asamblea debe concre~arse, en ó sea e el de que 1 Comisi6n tenga carácter per­primer término, á aclarar la interpretación que manen te. e hle o á esa idea; pero para que deba darse al artículo 5.° de la citada Ley, refe· ella tenga efecto, se necesita que Ja Ley sea refor· rente á la duración del período de los miembros mada, y es el caso de presentar un proyecto de de la Comisión Legislativa. Juz~o que no hay in- ley en este sentido. compatibilidad en la coexistenCIa de ella y ]a de Como saben muchos de mis honorables colegas la Asamblea Nacional, puesto que, como he dicho, que pertenecieron al Congreso pasado, y entre aquélla no tiene funciones legislativas, sino única- ellos el Diputado Esguerra, esta Ley no tuvo acepo mente está encargada de preparar los proyectos tación en un principio; estuvo, puede decirse, ar­que ha de discutir la Asamblea para la expedición chivada, y sólo el problema de la divisi6n tel'rito· de ]as leyes. rial la hizo surgir de nuevo, á última hora, vién- .. donos precisados los miembros del Congreso á ~is- El Dip~tado H~lguín y C~r?, plOp?ne se cutir y á aprobar el proyecto tal como había Sido pase este Inform e a una ComlSlon pala que I primitivamente presentado. presente un proyec~o de ley que r eforme la Como se ha dicho, la importancia de IR. Comisi6n Ley 65 de 1909, y dice : Legislativa r~quiere mayor ampliación, y esto se Estoy en un todo de acuerdo con las ideas que puede resolver poI' medio del proyecto de ley pre­han emitido los honorables Diputados Esguerra y sentado por la Comisión que me he permitido pro­Martínez respecto á los trabajos de la Comisión poner sea nombrada por el señor Presidente. Legislativa y á la necesidad que existe de que esta El Diputado Pareja propone se dé primer Comisión tenga carácter permanente, y si me per- debate a] proyecto de Acto legislativo presen mití presentar una proposición para que se sus· d L b B El D' Per.diera la lectura del informe de dicha Comisión, tado por el Diputa o om ana. lpU· fue porque consideré que por medio de una sim-ple lectura no podía apreciarse la ·importancia de ese documentos y que más bien debería repartirse á cada Diputado cuando estuviera completo é im· preso. Tenemos que aclal'ar un punto de otro orden, y es el de la existencia legal de la Comisi6n, que á mi juicio por lo menos es dudoso. El Diputado Es­guera considera que la Comisión tiene derecho perfecto para estar reunida hasta el 15 de Junio pr6ximo, fecha para la cual fue convocado el Con­greso, y con todo el respeto que se merece la opi­nión del honorable Diputado, me atrevo á creer que si bien puede él estar en lo cierto, no deja de hacerme mucha fuerza en contrario este otro razo· nalniento: si la Asamblea Nacional reemplaza al Congr~so que había de reunirse el 15 de Junio, y si lo reemplaza para todos los efectos, debe reem­pI zarIo igualmente para 108 efectos de la Ley 60; tado Lombana B. dice: Este proyecto de Acto reformatorio de la Cons­titución no tiene de original sino la idea de apre· surar la expedición de un acto que determine el modo como se debe reemplazar al Presidente de la República, en casO de falta absoluta ó accidental. Como ya la Comisión de Reformas Constitucio­nales ha estudiado casi todos estos puntos, no quise introducir una nueva redacción, que pudiera venir á entorpecer el estudio hecho por esa Comisión le· gislati va sobre la materia. He separado las disposiciones que contiene este proyecto del conjunto de reformas constituciona­les que deben discutirse, teniendo en cuenta que sólo faltan quince días para que terminen las sesiones ordinarias de la Asamblea Nacional y ex· pirando este plazo, no sabemos si se convocará esta corporación á sesiones extraordinarias, aun cuando es muy probable que así suceda. De mane,ra, pues, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 70 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL que como en quince días no se podrían conside­rar, en los tres debates reglamentarios, las expresa­das reformas constitucionales en su totalidad, lo más práctico y conveniente es que nos o~upemos en esta sola refQrma, que puede ser Acto reforma­torio en el término de una semans, puesto que la Comisión respectiva puede dar inforpte dentro de cuarenta y ocho horas, y se le quita así de una vez al Presidente de la República la facultad de nombrar 'su propio sucesor. Honorables Diputados. En desempeño de la Comisión cOn que tu is­teis á bien honrarnos en la sesión del día 30 de Ma­yo último, tenemos el honor de proponer á vuestra consideración el adjunto proyecto de ley "que reforma la número 60 de 1909," que creó una Co­misión Legislativa. Honorables Diputados. Vuestra Comisión, NICloLAs ESGUERRA-HERNANDO HOLGUIN y CARO PROYECTO DE Lli~Y que reforma la número 60 de 1909, que creó una Oomi8ión Legislativa. L rl 1sambtea Nacional de G()lornbia DEORETA: Artículo 6.° Las actas de las sesiones de la Co­misión se publicarán en el ])ialJ'io Ofioial, y los informes y demás trabajos de sus miembros, así como los de las entidades ó funcionarios que le presten su cooperación, se insertarán en los Ana­les, órgano de la corporación. AI!ículo 7.° Quedan suprimidos los Abogados ConaJltores de los Ministerios, y las funciones que les staban asignadas serán desempeñadas por la Comisión Legislativa. Artículo 8.0 Las partidas necesarias para el cumplimiento de esta Ley, se considerarán inclui­das en el Presupuesto de Gastos. Artículo 9.0 La Ley 60 de 1909 queda refor· mada en los términos de la presente, que co· menzará á regir desde el día 1.0 de Julio próximo, y hasta esa fecha se prorrogan las funciones de la actual Comisión Legislativa. Dada, etc. Presentado á. la honorable Asamblea Nacional en desempeño de una comisión, en la sesión del 1.0 de Junio de 1910, por los infrascritos, Diputados por las Circunscripciones Electorales de Antioquia y Neiva. NIOOLAS ESGUERRA-HERNANDO HOLGUIN y CARO Artículo LO La Comisión Legislativa creada República de Colombia-Asamblea Nacional-Se por la Ley número 60 de 1909 será permanente, CIJ>,talJ>ía-Bogotá, Junio 2 de 1910. Y se compondrá de cinco jurisconsultos principa­Jes y cinco suplentes, elegidos por la Corte Supre­ma dé J uRticia conforme al sistema prescrito por el artículo 33 de la Ley 42 de 1905, y para un período de cuatro año~ que comenzará á contarse el día 1.0 de Julio próximo venidero. Artículo 2.° La Comisión Legislativa tendrá las atribuciones que le señala el artículo 3.0 de la ex­presada Ley 60, excepto la contenida en el inc iso 5.°, y, además, las siguientes: En esta fecha fue aprobado en primer debate el anterior proyecto, y pasó ,en comisión á los Meñores Diputados Luis A. Mesa y Clemente Salazar M., con cinco días de término. Regístrese, cópiese y pu blíquese. El Secretario, M. U,tibe A. PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO 1.& Decidir, sin ulterior recurso, las cuestiones contencioso administrativas, cuando la ley esta- por el cual se interpreta y revisa el Acto Legislativo número 9 de 1905 blezca esta jurisdicción, ya conozca de ellas en La Asamblea Nacional de Oolombia primera ó única instancia, ya en grado de a pela-ción, y DEORETA : 2: Exponer su dictamen sobre los expedientes Artículo único (transitorio). Las presentes' se-formados por el Gobierno para abrir créditos ex- siones de la Asamblea Nacional son ordinarias, tl'aordinarios Ó suplementales al Presupuesto. en cuanto á las funciones legislativas y otras que Artíc~lo 3.0 La C?~isión tendrá,. además del le corresponden como substitutiva del Congreso. S~cretarlO, dos. EscrlbIentes de su lIbre nombra- Sus sesiones durarán, por derecho propio, sesen. mIento y remoCIón. t d' Artículo 4.° Los miembros suplentes reemplaza- I a Dlads. t rán por su or d en num érI·C O á 1o s prl.llC.lp a 1e 3, en I a a ' e c. caso de falta accidental de éstos. Artículo 5.0 Los miembros de la Comisión Le-j Presentado á la honorable Asamblea de Colom­gislativa gozarán de una asignaci6n igual á las bia por el su bscl'ito, Di'puta~o por la Circunscrip­dietas de los miembros del Congreso; el Secreta· ción de Manizales, en su seSIón del día 3 de JunIo rio, de * 1,800 anuales, y cada uno de los Escri- de 1910. hientes, de $ 600 anuales. AQUILINO VILLEGAS Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL Republioa de Oolombia - 4samblea Naoional. Se(yretalJ-ia-Bogotá, J'unio 3 de 1910. En la fecha se consideró en primer debate el anterior proyecto, y fue aprobado por unanimidad. Pas6 en comisión al honorable Diputado Olaya He­rrera, con término de tres días. Regístrese, c6piese y publíquese. El Secretario, M. U1'ibe A. PROYECTO DE LEY sobre pago de deuda pública departamental y O!lcioo:1l . La Asamblea Nacional de Oolombia DECRETA: gistrar la deuda que haya quedado pendiente por servicios públicos nacionales en el año que pra .. ceda al de la vigencia inmediatamente anterior; y el Ministerio del Tesoro incluirá la correspondien­te partida, para el pago de ella, en el proyecto de Presupuesto especial de Crédito Público que pre· sente anualmente al Congreso. § 2.0 El monto de la suma necesaria para atender á la amortización de los documentos de Crédito Público con que se cubran las deudas de que trata e"te artículo, se fijará anualmen­te, en la proporción que lo permitan loe recursos del Tesoro, en el Departamento de la Deuda Na· cional. Para el año de 1911 tal suma se fija en $ 100,000, que se considerará incluida en el res­pectivo Presupuesto de Gastos. Dada, etc. Articulo 1.° Der6gase el artículo 10 de la Ley 8", de 7 de Abril de 1909, y declárase sin valor Presentado á la honorable Asamblea Nacional, alguno lo dispuesto en los artículos 18 á 22 del en la sesi6n del día 4 de Junio de 1910, por el Decreto número 527 de 24 de Mayo del mismo año. subscrito Ministro del Tesoro. Parágrafo. En consecuencia, las deudas que por servicios pres.tados á los Departamentos fueron ANTONIO J OSE CA1>A "VID contraidas por éstos antes del 1.0 de Octubre de ~. . . 1908, serán de cargo de aquellos Departamentos I Republ'tCa de
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Anales de la Asamblea Nacional - Serie única N. 9

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Anales de la Asamblea Nacional - N. 21

Por: | Fecha: 10/05/1905

itÉPUBLICA DE COLOMBiA ANALES DB LA ASAMBLBA NACIONAL ~erie 1 Bogotá, Mayo 10 de 1905 Número Ql CC>N"TEN"X::O C> Págs. ACTO LEGISLA'1'IVO NUMERO 4 DE 1905 (30 DE MARZO) Ae:to legi latiyo nümero }.o de 1905 (21 de Marzo), por el cllJI se por el cual se deroga el al tículo 204 de la Constituci6n. reforman los artículos 147 y 155 de la Constituci6n de 111 Re püblica .. , •..• ____ •• _ ••• " _ o" _ "_ • ,... • • • • • ••• , '.. .., •.• Acto Jegislatiyo número <4 de 1905 (:sO de Marzo), por el cual se de- 161 La Asamblea Nacional Constituyente y Legisla­roga el artíeul? 20 .. de la Constituci6n .......... ' .•• ' .. .... . HH tiva df3 Colombia DECRETA: Acto legislativo nfimero 5 de 190.'S (30 de Marzo), por la cual e eli. minan la Vicepresidencia de la República y la Designatura, ~c pro\'ee al modo de llenar las falta::. tempoi'ales 6 In falta absoluta del PresideDte de la Repúhlie8, y se prorrog,l e! actual pt'ríodo del luismo ... o ...... o ....... o o- o ••• .. ...... • .......... . Acto lcgisllltivo nfimer 8 de 1905 (13 de btill, por él cnd e su.­tituyel\ 10l! artículos 95, 114, J73, lH, 76, 176, 177 Y 178 de Articulo único. Derógase el artículo 204 de ]a Hit Constitución. la Constitución..... .., ..... .. .......... ,.: ..... , ....... . Dad .n Bogotá, á e'ntinueve de Mal'ZO de Tni! 162 . novecientos cinco. Acto legislativo nümero 9 de 1905 (17 de Abril), por el cual se susti­tuye el attíeulo 209 de la Constituci6n.. . ...... 162 El Presidente, Extracto de los debate!! de la se i6n del M.l 8 de A hri I ue 1905, ENRIQUE RESTREPO GARe1A. (Conclusi6n). _ •••• _ •• _. ..... , ............ ' .......... ' ......... .. Infofllle de una Cornisi6n..... •• ...... •• ... . • . •• . • . . . .. • . . .. Notas y telegraolns ..................... ' . , ..... '. . .... ..... .. ..... . .. . 163 167 El Secretario, Rafael Espinosa G. JG8 ACTO LEGISLATIVO NUMERO 1.0 DE 190b (27 DE MARZO) por el cual se tefortnan los altículos 14-7 y 165 de la CUllstitución de la Repfiblica. La Asarnblea Naoional Oonstituyente y Legislativa de OolO1nbia DECRETA: Art, 1.0 El período de los Magistl'ados de la Corte Suprema de Justicia será d~ ciuco años, y de cuatro el ue los Magistrados de Jos Tribunales SuperioreH de Distrito Judicial. Art. 2.° ~I pi imer período de los Magistrados de la Corte ~uprema empezará á correr' el día l.' de Mayo del presente año, y el de Jos Magistl'ad08 de los Tribunales Bu periol'es de Distrito el l.0 de Junio del mismo año. Parágrafo. Dichos Magistrados JJodrán ser re­elegidos indefinidamente. Art. 3.° (transitorio). El Presidente de la Re­pública nOlnbl'ará libremente, la primera vez, los Magistrados de la Corte Su pr~ma y de los Tribu~ nales Superior'es, y sonleter'á el nombramiento de aquéllos á la aprobación del Senado. . Dado en Bogotá, .á veinticuatro de Marz(, de mil novecientos cinco. El Presidente, ENRIQUE RE8TREPO GAROfA. El Secretario, Dan-iel Rubio Paris. Pode1' Fdecutivo-Bogotá, Ma1'zo 27 de 1905. Pu blíq uese y ejecútese. (Lo S.). R. REYES. El Ministro de Gobierno, BONIFAOIO V ÉLEZ. Poder Ejec7ttivo.-Bogotá, llfarzo 30 de 1 D05. PubHqlle~w y ejecúteEo (L. S.). R. REYES. El MiniRtro de Hacienda y Tesoro, PEDRO ANTONIO MOLINA. --+-- ACTO LEGISIJA'frVO NUMERO 5 DE 1905 (30 DE MARZO) por el cual ~e .. ,liminan la Vicepresidencia ele L\ ltepública y la Designatura, ~e pruvee el modo de llenar las faltas temporales 6 la falt , absolut,\ del Plesidente de 1/1 R.~pt:íblica, y se prorroga el actual período del mismo. La Asamblea lVacional Constituyente y Lp,gislati· va de Oolombia DECRETA: Art. l. o Suprimense desde ]a expedición de este Acto los cargos de Vicepresidente de la República y de Designado para ejercer' el Podel' Ejecutivo. Art. 2. 0 En caso de falta temporal del Presiden te de la República lo reemplazará el Ministro que designe el Presidente; y á falta de Ministros en quienes recaiga esta designación, se encal'gará del Poder Ejecutivo el Gobernador del Departamen to que se halle más próxirno á la capital de la Repú · blica. Art. 3. 0 En caso de falta absoluta del Presiden­te, lo sustituirá el Ministro que designe el Consejo de Ministros, por mayoría absoluta de votos; y si faltaren los Ministros, el Gobernador de Departa mento más cercano á la capital de la República. § 1. o El encargado del Po,ler Ejecutivo procede. rá inmediatamente á convocar la Asamblea Nacio­nal, y cuando baya terminado ésta su período, al Congri3so, para que dentro de los sesenta días si. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 162 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL guientes á la convocatoria proceda á elegir al ciu­dadano que deba reemplazar al Pr~sidente por lo que falte del período constitucional. . § 2. o Cuando falte un afio ó menos para termI­nar el período presidencial, el encargado del Poder Ejecutivo continuará ejerciéndolo y convocará á las elecciones ordinarias para Presidente, confor­me á la Constitución. § 3. ° En caso de que por cualquier motivo falta­re el Ministro que se haya encargado del Poder Ejecutivo, el Consejo de Ministros procederá á hacer nueva designación. § 4. o El ciudadano que ejerciere provisional­mente la Presidencia en el caso deterrninado en el artículo 3. o de este acto reformatorio, no podrá ser elegido por la Asamblea Nacional ó por el Congre-so, en su caso, para el resto del período. . El ciudadano que hubiere ejercido la PresidenCIa dentro de los seis últimos meses anteriores al día de la elección del nuevo Presidente, tampoco podrá ser elegido para este empleo. Art. 4. 0 Son faltas absolutas, únicas del Presi­dente de la República, su muerte ó su renuncia aceptada. Art. 5. o El período presidencial en curso, y so­lamente mientras esté á la cabeza del Gobierno el Sr. General Reyes, durará una década, que se con­tará dell. o de Enero de 1905 al 31 de Diciembre de 1914. En el caso de que el Poder Ejecutivo deje de ser ejercido definitivamente por el Sr. General Rafael Reyes, el período presidencial tendrá la duración de cuatro afio s para el que éntre á reemplazarlo de una manera definitiva; esta duración de cuatro afios será también la de todos los períodos subsiguientes. Art. 6. o Quedan reformados los artículos 74, 102,108,114,120 (ordinal 9.°), 127,136 Y 174 de l la Constitución, y derogados los artículos 77, 124, 125, 128, 129 130 Y 131 de la misma y cualesquie ­ra otros que sean contrarios al presente acto re­formatorio. Dado en Bogotá, á treinta de Mal'zo de mil no · vecientos cinco. El Presidente, ENRIQUE RES'fREPO GARCtA. El Secretario, Luis Felipe Angulo. Pnder Ejecutivo-Bogotá, Marzo 30 de 1905. Publíquese y Ejecútese. (L. S.) R. REYES. El Ministro de Gobierno, BONIF ACIO V ÉLEZ. --+-- ACTO LEGISLATIVO NUMERO 8 DE 1905 (13 DE ABRIL) por el cual se sustituyen lus :utículos 95, 114,173, IN, 175, 176,177 Y 178 ue la Constitución. La Asarnblea Nacional Oonstituyente y Legislativa de Oolombia DECRETA: Art. 1.0 El Senado se renovará al mismo tiem. po que la Cámara de Representantes, y el período de los Senadores será igual al de los Represen. tantes. Art. 2. 0 Los Senadores serán elegidos por 109 Consejos departamentales, según ]0 determine la ley. Art. 3.° El Presidente de la República y los Reprentantes serán elegidos en la forma que la ley determ ine. Art. 4. 0 En toda elección popul.ar que tenga por objeto constituír corporaciones públicas y en el nombramiento de Senadores, se reconoce el de· recho de representación de las minorías, y la ley determinará la manera y términos de llevarlo á efecto. Art. 5.0 Quedan derogados los artículos 95, 1]4,173,1'74,175,176,177 Y 178 de ]a Consti­tución. Dado en Hogotá, á doce de Abril de mil nove· cientos cinco. El Presidente . El Secretario: ENRIQUE RESTREPO GARCfA. Rafael .Espinosa G1.lzmán. Pode?' Ejecutivo- B ogotá, Abril 13 de 1905. Publíq uese y ejecútese. (L. S.) El Ministro d Gobierno, R. REYES. BONIFACIO VÉLEZ. -+- ACTO LEGISLATIVO NUMERO 9 DE 1905 (17 DE ABRIL) por el c ual se s ustituye el artículo 209 dc la Constitución . La Asamblea Nacional Oonstituyente y Leg1'slaÚ­va de (}olornbia DECRETA: Art. 1. o La Constitución de la República pod rá ser reformada por una Asamblea Nacional e llVO cnda expresamente para este objeto por el Oongre­so, ó por el Gobierno Ejecutivo, previa . solicitud de la mayoría de las Munici alidades. Parágrafo. En la ley ó decreto sobre convocato­ria de la Asamblea Nacional, de que trata este ar­tículo, se sefialarán los puntos de reforma, y á ellos se concretará la labor de dicha Corporación. Art. 2. 0 La Asamblea de que trata el artículo antArior se cOlnpondrá de tantos Diputadcs cuan · tos correspondan á la población, á razón de un Oi putado por cada cien mil habitantes. Parágrafo. Cada Diputado tendrá dos suplente:-1. Art. 3. () Los Diputados principales y suplenteti serán elegidos por las Municipalidades de la r f:) pectiva Oircunscripción electoral. Art. 4. 0 Para que la reforma se verifique basta que sea discutida y aprobada conforme á]o esta­blecido para la expedición de las leyes. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 168 Art. 5. o Las sesiones de la Asalublea durarán treinta días, prorrogables á juicio del Gobierno. Art. 6. o Ouando llegue el caso de reunirse una Asamblea Nacional para reformar la Oonstitución, cesará el período constitucional del Oongreso que haya sido elegido antes, y ejercerá las funciones legislativas de éste la Asamblea Nacional desde la fecha de la instalación hasta el fin del período constítucional del Oongreso sustituído. Art. 7. o En la elección de Diputados á la Asanl' blea Nacional regirán las disposiciones legales pres­critas para que tengan representación las nlinorías. Art. 8. o Si en el tiempo transcurrido desde la clausura de esta Asamblea hasta la próxima reu­nión ordinaria del Oongreso en 1908 fuere necesa­rio introducir nuevas reformas á la Const.itución, de acuerdo con lo dispuesto en esta Ley, la pre· sente Asamblea será convocada por pI Poder Eje­cutivo para hacer tales reformas, sin necesidad de que haya previa solicitud de las }'Iunicipaliclades. Dado en Bogotá, b, quince de Abril de mil nove· cientos cinco. metro dificnlta su pago en oro, pero yo no lo temo, porque espero que el valor de hts tierras del Go­bierno en los primeros diez kilómetl'tls le dará 10 bastante para pagar en dinero grnn parte de los diez kilómetros siguientes, y así para los demás. (\ El privilegio por noventa y nueve años pare­ce excesivo, pero sólo iguala á los IIlayores con· cedidos antes en el país, y sin embargo debemos tener en cuenta, como lo ha anotado el Sr. Dr. Manrique, que en realidad no es sino de cuarenta años, pues pasado este tiempo la Nación tiene el derecho de comprar el terrocarril. Es claro que si la Empresa es buena, In Nación la compra, y si no ]0 resultare, nada vale el tiempo de duración de su privilegio. El Presid n te, E RIQUE RES'fREP ~l Secretario, Luis Felipe Angulo. " No me aparto de que los plazo~ son cortos, pero ello va s610 en beneficio de la Nación, pues en caso de mora entra en posesión de ]0 hecho y re· cu pera su libertad para hacer tl n nuevo contrato ya con mejor conocimiento de call~a ; por lo demás, creo poder informal' á la 1. samblea que el contra· A {CÍA • tl'atis tn. sí ~ miemm trabajos dentro d , seis nleses, . pues sé que ya ha dado p l' c ble dlsposicione. al i efecto para ca o que su contrato sea aprobt do. I (' Creo hB ber aclarado los puntos que marcó el Poder Ej'ecutivo-Bogotá, Aúril 17 de 1905. Sr. Diputado l\1anrique como ocasionados á dudas; I nhnt'tl. réstame ólo hablar de lns ventajas del te· Publíquese y Ejecútese. (L, S.) El Ministro de Gobierno, __ ~.1,-= __ ;,y. I l'l'oearril. H. HEYES. I "Es la prirner:l, la po ibili(lé~(l de unir la por. ciones de ferroeal'l'il que están en construcción en B T ' la abann, Girurdot, La Dorada y Puerto BerrÍo, ON FACIO ~L~Z. I con e 1 f errrocarr'l·1 d e Me d e lli n a 1 go1 1i! 0 (1 e U l'a b#a , EX'fRACTO DE LOS D~~BATE y t.ener a í anteH de diez años una línea férrea casi asegurada desde Bogotá al Océano Atlántico, y esto sin de cuidar la c >Dstrucción de las diversas líneas ya contratada y de otras que están ahora DE L SESIÓN DEL DíA 8 DE ABHIL DE 1!)05 mismo al contratarse. (Conclusi6n ). El Sr. Ministro de ObrRs Públicas continúa: "Además, y como ventajas muy importantes para el país, hay que tener en cnenta lo que significa la colonización del Darién, más urgente que nin· "La ub\'ención, bien que excediendo en mucho guna otra por razones que á nadie se escapan, y oe la autorizada por la ley, no es tampoco exage- lo que significa para el progreso inmediato de me­r3da: al precio actual de la. tierras baldías, que dia República la facilidad de comunicación del Cau· es sólo de diez centavos oro por hectárea, ella no ca y Antioquia con el mar, atravesando únicamen· vale realmellte sino mil pe os oro por kilómetro, te territorio nacional. Nada más que éstas tueran y tanto es eierto esto, que el mismo contratista las ventajas que el pnís debe prometerse del te­propuso que se le fijaran diez mil pesos 01'0 como rl'ocurril, y, de seguro, no habrfa colombiano que precio del kilómetro, ó diez mil hectáreas, á peso le negara su voto. cada una, para caso de pago en tierl'aH. in eme "~i alguna otra aclaración desean los Sres. Di. burgo, el Ministerio no aceptó esta propuesta, é putados, lne será muy grato poder dársela tal impuso el precio de treinta mi1 pesos por kilóme- como yo he entendido las cosas al fh'mar el con­tro, ó sean diez mil hectáreas á. tre~ pesos, tanto trato, que me prometo alcance la aprobación de para darles desde ahora buen valor á las tierras esta honorable Asamblea." de esa región importante del país, como para re- El Sr. Diputado Mal'tínez Silva dijo: ducir el valor del pago que deberá hacer la Na- j (\ Como miembro de la Comisión que estudió ci6n . si caduca el contrato y recibe la parte de este proy cto para segundo debate, no vacilo en ferrocarril construído, pues está estipulado que I recomendarlo á la aprobación de la Asamblea, sir. del avalúo de éste se descuenta el valor tle los I agregar una palabra en su detensa ni aun siquiera baldíos entregadoe, á razón de tres pesos cada hec- , pretender justificar el decidido apoyo que le preso t~rea, A primera vista este alto precio por kiló- too En tesis general, soy partidario de todo ~err~. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 164 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL carril y en especial de éste, porque juzgo de uro de las emisiones .... Francamente esta cantidad gente necesidad que el país haga acto de presencia es pavorosa, y ni siquiera alcanzamos á concebirlE., en aquella región de tantísima importancia para y .no comprendo cómo podemos gastarla con el nosotros después de la separación de Panamá. Es solo objete) de comunicar con el mar una capital posible que el precio estipulado sea alto y dema de Departamento, que fácilmente se comunicará siadas las concesiones que le hagamos al contratis por el Magdalena si se acaba (·1 ferrocarril de Puer· ta, pero eso ni me detiene ni me mortifica; si algo to Berrío. Se me escapa que Medellín teuga dos pudiera mortificarme, sería el temor de que el fe- líneas férreas para salir al mar, y á p)'ecio tan in­rrocarril no se lleve á cabo. Los precios altos, las concebiblemente alto, cuando Bogotá, que es la CR­subvenciones enormes nada si~nifioan: ahí están pital de la República, no tiene ninguna. varios contratos para ferrocarrIles, quizás mejores "Soy antioqueño, señor, amo mi tierra como que este del Darién, y sin embargo, no se han quien más pueda amarla, y, sin embargo, debo con­cumplido .... i Que es enorme la cantidad de I fesar, porque ante todo soy colombiano, que estas tierras baldías de que nos desprendemos 1 Claro \ cifras me abruman y me confunde este proyecto; y que sí, pero no las perdemos: si se colonizan, y de i cómo no sentirme abrumado ante elJas, cuando seguro son colombianos los más que las trabajen, valen por la entrega de cinco millones de hectá bien empleado nos está haberlas cedido; y si no se reas Je tierras baldías, que la República no laI:J colonizan, nada habremos perdido, pues á la vuelta tiene en aquella l'egi611, pues que apenas cuenta de veinticinco aiios deberán volver á la Nación con ciento veintiún millones en su dilatada super· las que no estén cultivadas. Todo esto ]0 veo yo flcie, comprendida la gran extensi6n de los I.JlanoB claro; y si á algu1lo de mis colegas le quedan dudas y del Caquetá -? Seamos prudentes, y tenganlos en en el particular, sírvase exponerlas, que de seguro cuenta que si no podemos ni debemos entregar ta' se las disipará el Sr. Ministro aquí presente, así maña extensión de tierras, por razón de peligros como disipó las que le sometimos los miembros de que es inútil citar, tampoco podemos pagar el fe· la Comisión. rrocarl'il en dinero, por absoluta imposibilidad " En lo que sí discrepo del Sr. Ministro es en su para conseguir quince millones de pesos en oro ni plan de unir á Bogotá con el ferrocarril proyecta, entre los colombianos ni con empréstito en el Ex· -do, aprovechando el tramo de ferrocarril hecho en tranjero; y dado que consiguiéramos tal suma, que Puerto Berrío; preferiría que esto mismo se bus- es justamente lo que el Gobierno quiere solicitar cara en la línea del Gauca por el centro del To· en Europa, no sería natural que la aplicáramos lima." íntegra al ferrocarril Je U rabá, descuidando la El r. Diputado Gutiérrez (Rufino) dijo: amortización del papel-moneda y tantás otras em- ., Ya ti ne el Sr. Ministro de Obras Públicas nos presas que llaman con urgencia nlle~tl'a atención. ofrece contestar nuestras observaciones, y que el " El artículo 4.0 prohibe ia construcción de Dio­Sr. Diputado Martínez Silva, miembro de Ja Oo· guna otra vía férrea paralela al ferrocarril de misión informante, nos excita á que las presente- Urabá en una zona de cincuenta kilómt~tl'os á lado rnos, voy á permitirme exponer las mías, pues de· y lado. i Sería tan atrlable el Sr. Ministro para de­seo ilustral' mi juicio para dar en este particular cirnos cómo se ha de entender esto de las vías Vn un voto de conciencia, que será afirmativo si des- ralelas? aparecen los peligros que le veo al contrato. Ante El Sr. Minist1,o.-" Naturalmente que no se todo, permítame el Sr. Ministro que le dirija al- trata de paralelas matemtiticas, sino simplemente gunas preguntas. de líneas que dentro·de los cien kilómetros de zona El Sr. Ministro-e, Tendré mucho gusto en con- privilegiada vinieran de Urabá ó sus serranías testarlas." hasta Medellín ó las suyas." El orador-" Gracias, señor. Sírvase decirme: - El O1'ad01'-" Pues bien, dado que el valle del i qué distancia calcula que haya del golfo de U ra· Cauca no tiene en much,ns partes veinte leguas de bá á Medellín 1 " anchura, resulta que el privilegio dado al Sr. Grao, El Sr. Ministro-" A juzgar por el mapa gene· gel' nos incapacita para construí .. en el Cauca nin­ral de la República, pues aún no se han hecho es- gún otro ferrocarril durante los noventa y nueVA tudios especiales, calculo que no hay más de tres- años de la coucesión. .. Esto es grave, muy gra· cientos kilómetros, ó sean sesenta leguas." ve; pero aún lo es más lo estipulado en el artículo El o'rado'J'-" A mi juicio, y por datos seguros 5.°, que le concede al contratista derecho, sÍ, seño­que he logt'ado procurarme, creo no errar al decir res, derecho para seguir, dentro de seis años, su fe­que hay quinientos kilómetros, ó sean cien leguas, rrocarril de Medellín hasta el sur de Antioquia, y y quizás más, dado el desarrollo del trazado. Sobre luégo, seis años después, para adelantarlo hasta la esta base, y al precio estipulado, la Nación debe frontera Sur del Departamento del Cauca! Es de­pagar por el ferrocarril la enorme suma de quince cir, que durante doce años no se puede pen~ar millones de pesos el! oro, Ó s~an mil quinientos mi. tampoco en ningún otro ferrocarril de Medellín nI llones de pesos en papel-moneda, mucho más de sur del Cauca. Si mañana hay quien quiera con~­lo que alcanzó á litografiarse en la horrible fiebre truÍr ferrocarril en esa región, no se puede acep~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 165 tar propuesta, por buena que sea, hasta que no Por dos razonf\s: la plimera, para fijarles de una pHsen 10~ seis años concedidos al contratista; y vez un buen precio á nuestras tierras; y la segun después de ese tiempo tampoco podemos ceptal' da, pOI' si llega el caso de comprar el ferrocarril y propuesta alguna, por su perior que sea á la Jel descontar de su precio lo que haya recibido en Sr. Granger, si éste halla buen '.egocio continuar tiel'l a8 el contratista, para que sean treinta mil hacia el Sur su ferrocarril; y sí 10 hallará, pues ya pesos y no mil los que nos ahone por cada diez en esa región es excesivo el precio de treinta mil mil hectáreas de que haya <.lispuesto. pesos por kilómetro, y ni aun siquiera puede ac~l'- "También se alarma el S!', Diputado eon la tarse por necesidad de colonización, que allí no hace gran cantidad de tienas que deLemos dar en pago falta. . de la ~llbvención, y esto tampoco es motivo d,~ "El permiso para usar de los caminos con la con· serios temores. El propósito del Gobierno al hacer dición <.le reemplazarlos por I tros semejante~, pa- el contrato con la intención de dar tierras á cam­rece una estipulación natural, bien que convendría bio de ferrocarril, fue el de buscar así el medio de aclarada fijando los casos en que ellos puedan colonizar aqllella exten~a región, desierta hoy, cuya OCUplil'Se con el ferrocarril; pero no sucede otro situación geográfica merece e¡..¡pecial atención, y tanto con el de ocupar las calles de una pobblCión, creal' riquezn en ella, así por la feracidad de sus máxime cuando no se diee qué debe eotendtH\'e tierras como pOI' su abundancia en minas. Si el paso obligado, ni se fija indemnización alguna por deseo del Gobierno se l'e[\liza, todo será en bene­e! daño que cause la ocupación de sus calles. ncio del país; si no sucede RSÍ, y dentro de veinti- ., Utl'O vacío que hallo en el contrato y que dp.- cinco años aún están inclllt!!s en todo ó en parte se ría se llenara para poder dar mi voto sin temor las tielTltS que hn dudo eu pago del ferrocarril, nlgu lto. es el reí rente al muelle en Uiu ~ d Reyes, entonces las no culti Ya das 1)1 rprán al poder de 1 que e paga carísimo, en setenta y eiuco mil peso~ Nación, Repito, plle. ,q e eH est~e aspecto tampoco 01'0, y puede ser un malísimo muelle de madera, tiene nada de peligroso el contrato en cuestión~ (!omo los de nuestros ríos, pero para ouques de que está ajustado á las disposiciones del Código gran calado. ] iscal en cuanto á tielT»s baldfas se refiere. "Punto que también me inquieta bastante es el "Tampoco es funuado el temor del Sr. Gutié· de que el parágrafo elel utfculo 5.° dice ( ue, en rrez, de que el privilegio concedido al Sr. Grangel' caso de caducidad, el contratistR devolverá el valor I impida contratar otros fe Tocarriles en Antioquia de las tierras baldías que haya recibido, y no dice y el Cauca. El derecho de opción á continuar el que hará otro tanto con el 01'0 que le. h¡\Y¿tmo. en- ferrocarril de Medellín hacia el Sur, que tant0 tregado. ¿ Quiere esto decir que el 0)'0 HU entra en I alarma al 1.. r. Diputado, no empezará á contars la devolución' Pienso que no, pero estimo (lue sino cuanuo tenga el contratista el ferrocarril en sería conveniente hncerlo constnr en el contrato. Medellín en el plazo de seis años, y mientras tanto Todos estos peligros, y además el altísimo precio la ación pued~ contl'fitar' cualquier otro ferroca­de cada kilómetro en oro, es lo que mantiene la ni1 que arranque de Medellín sin dirigirse hacia duda de si debo ó no dal'le mi voto á la negocia- I el golfo de Urabá. Si el contratista cumple su ción, y que agradecería explicara el Sr. Ministro I compromiso sin que e::3té contratado el ÍerrocaI'J'il para poder, como ya dije, obrar en conciencia." de Medellín hacia el Sur, nada más justo que darle El Sr. Ministro contestó: á él un nuevo tramo hast.a el límite con el Cauca; "Con mucho gusto atiendo las observaciones y si en seis años más lo construye, nada más justo del Sr. Diputado Gutiérrez, y espero que mis Ph- que darle la prolongaci6n hasta el sur del Uauca, labraR, clara expresión de lo estipulado en el con- siempre qUtl antes de 'pIe IIf:1gne con su fenocarril trato, desvanecerán todas sus dudas. al sur de Antioquia~ no haya la Nación contra-l' El SI'. Gutiérrez encuentra exagerado el precio tado con otra persona ó entidad el ferrocarril del de trf\inta mil pesos 01'0 por kilómetro, y yo, nI CaucR, para lo cual tiene (lt-'rIecto derecho. Es contrario, creo que es el más barato obtenido hasta decir, que mientras no esté el ferrocarril en ~e ­hoy entre nosotros para e~ta clase de trabajos. Los dellín, la Nación puede contratHr los ferrocarrIles treint~ mil pesos de la subvención podemos pa- que quiera de MedelHu al sur de Antioquia; y gal'los con diez mil hectáreas de tierras baldías, que mientras no teng~ el SI'_ Gl'anger su ferrocartil en valen hoy en el mercado á diez centavos 01'0 cnda el sur de Antiúquia, la Nación puede contrat~l' una; luego, en realidad de verdad, la enorme sub· los ferrocarriles que quiera del sur de Antioqula vención alcanza sólo á mil pesos oro por kilóme- al sur del Cauca. En resu men, que el derecho con· tro, mientras paguemos en tierras, que es en lo cedido no le impide á la Nación contratar ferro ­que debemos pagar siempre~ ya entregándoselas carriles en Antioquia y el Cauca, sino cuando y,a al contratista, ó ya vendiéndolas, cuando alcancen los haya comenzado el contratista, y Je seis en seIS un buen precio por virtud del ferrocarril construí- años cada uno.. " -, . . do, para pagarle en oro con el producto de ellas. "El Sr. Diputado 00 halla natural que tenlen­i Por qué, se preguntará, no se dijo esto en el con- do Medellín el proyecto de ferrocarril á Puer. trato, y se fijó la subvención en sólo mil pee¡oa oro ~ to Berrío para buscar salida al mar por el Magd~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 166 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL lena, .tl utemos de darle otra salida por el Darién, cuando Bogobi 110 tiene todavía salida alguna al Océano, Pues bien: jllstamente la gran ventaja que busca el Gobieruo con el ferrocarril de U rabá , fuera de colonizar sus tierras , es la de darle á Bo-gotá la Rnsiada salida al mar, uniendo con el de MedeJlín los tramos de ferrocarril de Puerto Be· nío, La Dorada, Hirardot y la Sabana. "Creo haber contestado las objeciones del Sr, Diputa~o, y me seJ'á grato tratar de contestar todas las demás que se le hagan al contrato, Lo firmé d~spué~ de serios y meditados estudios, y por lo mIsmo creo poder desvanecer toda duda que ocu­rra acerca de él." El Sr. Diputado Gutiérrez diJ'o: HM' . lS temores no han desaparecido, y esto me obhga á insistir en mis argumentos. Si pudiera hacel' todo el pago en tierras y las cosas pasaran corno las anuncia el SI', Ministro, en verdad que ~el'í~ barato el precio de cada kilómetro de ferro· canll; pero esto es imposible, porque ni tenemos en el Darién los cinco millones de hect.áreas de ti,erras baldías que se nece~itan para pagar los qui­Iuentos kilómetros de vía hasta MedelHn, ni aun cuand~ los tuviéramos sería prudente darle tamaña extenSIón de nuestro territorio á un extranjero. Hay que convenir en que parte de la vía habremos de pagarla en oro á treinta mil pesos por kilóme· tro, y este precio es enormemente caro. Yo sé lo que cuesta un ferrocarril en tierras como las del Dal'!én, porque trabajé en diez kilómetros de ferro· carl'l] en las vegas del Daaua' á fondo conozco el b , costo de] de la Sabana , del cual fui Gerente, y rec~el'?o q,ue según cálculos hechos en 1890 con el dls~lnguldo ingeniero González V ásquez, el costo d.el kdó~etro, todo comprendido, era !jólo de vein tltl'és ~11 pesos (ln papel-moneda, que calculado al doscIentos por ciento de precio -y es mucho­sólo serían once mil quinientos pe os oro por kiló· n~etro. La ley misma, por muchos acusada de da· d Ivosn, sólo fijó diez mil pesos oro por kilómetro para las partes montañosas del Vaís y las más malsanas, en donde como en el Darién las neras y los. zancudos ab~ndan y es endémica' la fiebre amarIlla. Todo eso se previó, y sin embargo todos hallámos exagerada la subvención de diez mil pesos oro por kilómetro; ¿ qué no diremos hoy de los treinta mil concedidos al Sr. Granger? "Tampoco me han convencido las razones del ~I'. Ministro en cuanto á 10 que ha de entenderse por paralelismo en la zona privilegiada y derecho y meritoria que os e~ tan conocida, pare· ce innecesario, y por eso te} mino e t informe con la t:!iguiente proposición, que someto á vuesta de­cisión: Dése segando debate al proyecto de ley por la cual se concede una pensión. Bogotá. Abril 11 de 1905, Señores Di pu tados. Vuestra Comisión. LUCIANO HERRERA. -+- NO'!'AS y TELEGRAMAS República de Oolombia-Telégrafos nacionales­Me de llín, 7 de Abril de 1905. Presidente Asalllblell Nacional Proyecto de división territol'Íal en este Departa. mento, se ha recibido con aplauso de todas las gen­tes sensatas y que atienden al porvenir de la Pa­triél. Es así una aspiración unánime, un deseo verda· dero racional y ardiente, que la regi6n oriental del Att'ato haga parte de la agl'upación política que debe tener por capital á Medellín. Así aguardamos sea resuelto por esa Corporación que usted digna­mente preside. El Secretario de Instrucción Pública, EUSEBIO ROBLEDO. Asamblea Nacional Dése cuenta y publíquese. RESTREPO GARCíA. IMPRENTA NACIONAL Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Anales de la Asamblea Nacional - N. 21

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Anales de la Asamblea Nacional -Serie III N. 60

Por: | Fecha: 25/09/1905

RE PUBLICA DE COLOMBIA A ALES DE L Serie III ~ Bogotá, Septiembre 25 de 1905 ~ NÚInero 60 _ ; d IN""DIOE Relación de los ciudadanos nombrados Dipu­lados á la Asamblea Nacional por 10' Consejos epartamentales, que deben reunirse el día 15 de Marzo de 19°5, según el Decreto legislativo número 29, de 1.0 de Febrero d. 1905 ~ · .. ··· Acta de la sesión de instalación de la Asam-blea Nacional Constituyente y Legislativa ...... . Mensaje especial presidencial .. _ •. - •• . .. . Proyecto de ley "por la cual se aprueban varios Decretos de carácter legislativo que han tenido origen en el Ministerio de Gobierno 11 •• _ Proyecto de ley H por la cual se ratifican al-gunos Decretos de carácter legislativo que han tenido origen en el Ministerio de Hacienda" .... Proyecto de ley "por la cual se ratifican los Decretos legislativos que han tenido origen en el Ministerio de Instrucción Pública " ........ . Proyecto de ley "por la cual se a(>rueban varios Decretos de carácter legislativo que han tenido origen en el Ministerio del Tesoro " ... _ .. Discurso que el Diputado Felipe Angulo pro­nunció el día de la instalación de la Asamblea Nacional ......... _ ........ _ .................. _ .• Acta de la sesión del día 16 de Marzo de 190 5··· .. • ............................. _ ......... . N~ta del Illmo. ~~. Arzobispo Primado de Co­lombIa, y contestaclOn •••••••••••••••••.• - .. Circulares del Sr. Presidente de la Asamblea Nacional á los Gobernadores y Obispos, y res-puestas á estas circulares .• __ •• _ ......... __ .•• Proyecto de ley "sobre residencia del Jefe del Poder Ejecutivo" ........................ _ •..• Proyecto de ley "pOI la cual se da cumpli­miento á la Ley 26 de 1898 (8 de Noviembre), que ordena la erec\...lón de un monumento" .... Proyecto de ley H por I 'ual se ratifican al· gunos Decretos de carácter legislativo que han tenido origen en el Ministerio de Obras Pú-blicas t, ................................... . Acta de la sesión del dí 17 de Marzo d . 1905. Acta de la sesión del día 18 de Marzo d!! 1905. Acta de la sesi,ín del día 20 de Marzo de 1905. 1 I Extracto d los debates de l~l es;ón del llÍa 20 de Marzo de 19°5. ____ .... ___ .. _. __ .• ~ . ___ . 2 Acta de la sesión del día 21 de Mar7.o de 19°5- 3 Informe de la Comisión que estu 1 ió el pro-yecto de ley" por la cual se ratifican los De­cretos legislativos que han tenido origen en el Ministerio de Instrucción Pública " .... ~ .• _. _ .. 4 N otas y telegramas .. __ • _ •. . -.•• __ •.•. _ . __ . Nota oficial del Sr. Plesidente de la Repú. 4 blica ........... . .. - . - ...•...•...... - .•... - Proyecto de ley "por la cual se ratifica la cuantía de las pensiones concedidas por la Ley 3 5 5 de 19o4tI5 deNoviembre)" •••.. r • ••••••••• Proyecto de ley ti por la cual se incluye á los establecimientos de in<:'~rucción p.íblica y bene· 5 ficencia en las concesiones h .clla , por la Ley 29 de 1904 (15 de No iembre) " .. -.' .. __ ••. _. Proyecto de ley "por la cual se ratifican los 6 Decretos de carácter legislativo que han tenido origen en el Ministerio de Guerra" ...... _ ••• _ • 7 Acta de la sesión del día 22 de Marzo de 1905. Informe de la Comisión que estudió la Ex- 7 posición del Sr. Presidente de }et República, y proyecto de respuesta ...... '. __ ... _ _ ..• _ .• Informe de la Comisión que estudi ) el proyec- 8 to de Acto reformatorio ¡, j) ')r el cu.tl se refor­man los artículos 147 y 155 de la Constitucion ". 9 Informe de la Comisión que estudió el proyec-to de ley" por la cual se aprueban los Decretos legislativos que han tenido origen en el Minis- 9 terio del Tesoro /J. _ • _ •••• _ •••••• _ ••••••••• Informe de la Comision que estudió el pro­yecto de ley" por la cual se aprucba el Tratado de Derecho Internacional privado entre Colom- 9 bia y el Ecuador" ........................... . Pág 10 1I 11 12 13 14 14 17 17 19 22 23 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 470 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL Notas y telegramas ••••••.. • .••••• _ ........ . Ley número 1.0 de 1905, "por la cual se rati­fic. an los Decretos legislativos que han tenido orIgen en el Ministerio de Instrucción Pública " .. Ley número 2, H sobre residencia del Jefe del Poder Ejecutivo". ___ .• ' ••. _ •• '. _ •••. ,. _ • __ . Proyecto de acto reformatorio de la Con ti tu­tución, H sobre división general del territorio" . . Proyecto de acto reformatorio de la Constitu· ción, H por el cual se reforman los artículos 147 y 155 de la Constitución de la República l/ • •• •• • Proyecto de acto reformatorio de la Consti­tución, H por el cual se sustituye el artículo 68 de la Constitución de la República " . . . ..•• _ .. Acta de la sesión del día 23 de Marzo de 1905. Extracto de los debates de la sesión del día 23 de Marzo d 1905 .. ___ .•• ___ ....... _ ...... __ •• Proyecto de ley (( por la cual se aprueba un Tratado público" .... _ .. oo . ... _ • _ . , ....... '. _ •• __ Ley número 3 de 1905, " por la cual se ratifi­can varios Decretos legislativos del ramo del Tesoro y se modifica el señalado con el nú-mero 1.0 ... _ ........... _ ..................... . Acto legislativo núm ro 3 de 1905, por el cual se reforman los artículos 147 y 155 de la Cons­titución de la República .•• _ ••••. _ ..... _ .... _ ..... Proyecto de acto reformatorio de la Constitu­ción, ., por el cual se sustituye el artículo 209 de la misma " .. .. _ o· e ... _ _ •••• • • • ••• • • • • • • • • • • • • • Proyecto de ley H por la cual se fomenta el establecimiento de Bancos Hipotecarios" .• ___ • Acta de la sesión del día 24 de Marzo de 1905. Extracto de debates de la sesión del día 24 de Marzo de 19°5 ........ 0 -•••••••••••••••••••• N otas y telegramas ......... __ . _ ••• o ••••••• Acto legislativo número 2 de 1905, H por el cual se sustituye el artículo 68 de la Constitu-ción de la República" ............ __ ......... . Acta de la sesión del día 27 de Marzo de I905. Extracto de los debates de la sesión del día 27 de Marzo de 190 5 ..... - ........ _ .... - __ ........ __ _ Acta de la sesión del día 28 de Marzo de 1905. Extracto de los debates de la sesión del día 28 de Marzo de 1905 .... _ .......................... . Acta de la sesi6n del dia 29 de Marzo de 1905. Extracto de los debates de la sesión del día 29 de Marzo de 19°5 ....... - •. - ... - ......... - ..... . Notas y telegramas .... __ ........ __ ....... _ ... _ •• N ota oficial de la Junta de Gobernadores ...• Proyecto de acto reformatorio de la Consti-tución nacional, que sustituye el artículo 32 de la misma •• _ ... __ ........ • ...... - • _ - - ..... - ........ . Proyecto de ley" par la cual se autoriza la organización de un int "'rnado en las Facultades de la Universidad Nacional ¡f _"" _ .. .., •••••• __ ... Proyecto de ley (1 por la cual se autoriza la reglamentación del ejercicio de la Medicina y la Ab ,,, ogacla ••.•• , ........ _ ......... ""' ................. .... Págs. 23 Proyecto de ley" por la cual se autoriza al Gobierno para adquirir una casa destinada á ser­vir de residencia al Representante de la San- 25 ta Sede" ........... - ....... - -' .. - .... - ........ - - ... . Proyecto de ley "por la cual se autoriza la 2 5 publicación de unas obras científicas H ••••• , • _ •• Proyecto de ley (( por la cual se dictan algu­nas disposiciones sobre Escuelas N Ol'males " ...... 25 Proyecto de ley ti sobre asignaciones de al-gunos empleados nacionales " .. _. _ ............. . Proyecto de ley "sobre división territorial " .. Informe de la Comisión que estudió el pro­yecto de ley "por la cual se autoriza al Go- 26 bierno para comprar una casa destinada para 26 residencia del Representante de la Santa Sede " .. Informe de la Comisión que estudió el pro· 28 yecto ~ e l:y "por la cual s: ratifi:an los Decre­tos legIslatIVOS que han temdo orIgen en el Mi- 28 1 nisterio de Obras Públicas" ........ _ .. _ •• _ ..... .. 1 .1. otas y telegramas. _ • __ .. __ .... _ • 33 33 Proyecto de acto reformatorio de la Constitu­ción, (( por el cual se deroga el artículo 204 de la misma" ... o _ • _ ............ _ •• _ ......... _ ......... . Proyecto de ley " por la cual se dictan varias disposiciones fiscales y de contabilidad oficial y mercantil" " ... _ • _ ..... _ ......... _ ............ . _ •. ) Proyecto de ley H por la cual se abren varios I créditos adicionales al Presupuesto de gastos para 34 r el bienio de 1905 y 1906 " -- _ ............... _ .. l Acta de la sesión del día 30 de Marzo de 1905 3 Extracto de los debates de la sesión del día 3¿ 3° de Marzo de 19°5 ... - - ....... - ......... - _ .. - . Informe de la Comisión que estudió el pro- 38 yecto de ley' 'por la cual se aprueba el contrato celebrado con Henry G. Granger para construir 40 un ferrocarril de U rabá ó Darién á Medellín " .... Informe de la Comisión que estudió el pro­yecto de acto reformatorio por el cual se refor- 41 ma el artículo 185 de la Constitución .......... . 41 Informe de la Comisión que estudió el pro­yecto de ley H por la cual se incluye á los esta- 4 2 blecimientos de instrucción pública y beneficen­cia en las concesiones hechas por la Ley 29 de 45 1904" (15 de Noviembre) ............ _ .......... .. Informe de la Comisión que estudió el proyec- 46 to de ley H por la cual se da cumplimiento á la 47 Ley 26 de 1898, que ordena la erección de un monumento en la catedral de Bogotá" ....... .. 48 Informe de la Comisión que estudió el pro- 48 yecto de ley" por la cual se aprueba un Tratado sobre Derecho Internacional privado entre Co- 49 lombia y el Ecuador" ... _ • _ .... _ ........ _ ....... .. Nota oficial.. '-0 _ ..... _ .................... O" _ o 49 Proyecto de ley" sobre asuntos fiscales y mOa netarios " ............... _ ...... o ...... _ .............. _ o Acta de la sesión del día 3 I de Marzo de 1905 49 1 Extracto de los debates de la sesión del día 31 I de Marzo de 1905· .... ·• .... o ..... - ....... - - .. ., •• - - I Informe de la Comisión que estudió el pro­SO 1ccto de ley- ti por la cual se ratifican varios De- P ¡s. so 5° 5° 51 53 54 SS 56 57 • 57 58 58 60 62 6S 66 68 I .\ I f Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 471 cretos legislativos que tuvieron origen en el Mi-nisterio de Hacienda .......... _ ... ___ . ~ ...• Notas y telegramas . _ ...• ___ ~ _ .. : _ • __ . - ... Proyecto de acto reformatorio de la Constitu­ción, "por el cual se sustituyen lo~ artícalos 59, 114. 173,174. 175, 176. 177 Y 178 de la misma," é informe de la Comisión que lo estudió ... _ .. _ .. _ Proyecto de ley "sobre créditos adicionales para la vigencia económica de 1905 á 1906 " ..... Proyecto de ley ti por la cual se da una auto-rizaci6n al Poder Ejecutivo" ........ _ ." ... . . _ . Acta de la sesión del d ía I. o de Abril de 1905. Extracto de los debates de la sesión del día 1.0 de Abril de 1905 ........... . .... _ ••.•• _ •• Informe de la Comisión que estudió el proyec­to de ley Cf por la cual se dictan algunas dispo-siciones sobre Escuelas Normales" .. _ .. . . . .. _ • _ Informe de la Comisión que e tudió el proyec­to d ley u por la cual se autoriza la reglamen­tación del ejercicio de la Medicina y de la Abogacía" • _ ................ ' ............... . N ota oficial .. _ •...•. _ . _ .. .. _ . __ ........... . N otas y telegramas .............. __ .......... .. Ley número 15 de 1905, IC por la cual se rati-fican algunos Decretos de carácter legislativo (del ramo de Hacienda) " . _ •. _ ... _ ""'.' ..• _ .. Acta de la sesión del día 3 de Abril de 1905 .. Extracto de los debates de la sesión del día 3 de Abril de 19°5 ...... _ ' . ... _ ....... oo •• _ •• ____ _ Proyecto de ley ., por la cual se reforma el Presupuesto nacional de gastos para la vigencia de 1905 y 1906". - ..... - .. oo •• ___ • ~ •••••••••• Proyecto de ley u por ]a cual se reforman al­gunas disposiciones del Código Militar " ...•. - .. _ Proyecto de ley "por la cual se ratifica el Decreto de carácter legislativo sobre Timbre" ... Proyecto de ley u por la cual se cede un edi-ficio nacional" ................. _ .. __ ••....... _ Ley número 16 de 1905 (8 de Abril), "por la cual se dictan algunas disposiciones sobre Es­cuelas Normales" .. _ ... _ .. _ ....... _ • _ • _ ...... _ . Proyecto de ley "por la cual se da una auto­rización á los Gobernadores" .... _ oo •••••••• _ , . _ Proyecto de ley "sobre división territorial y organización judicial" ..... __ ........ , ••. __ .. _ .. N otas y telegramas ... _ ... ___ .... _ .......... . Mensaje del Poder Ejecutivo .• _ . __ •.. __ .•.. Acta de la sesión del día 4 de Abril de 1905 .. Extracto de debates de la gesión del día 4 de IAbril de 1905. __ • _ ...................... ___ _ Extracto de debates de la sesión del dta 4 de t\bril de 1905. (Conclusión) ................ . Informe sobre el proyecto de ley que fomenta 1 establecimiento de Bancos Hi potecarios .....• Proyecto de ley sobre creación de tres Depar-amentos .. ___ .•.................... _____ • Notas y telegramas_ ..................... __ Acta de la sesión del día S d~ Abri~ de J~OS, Págs· Extracto de debates de la sesión del día 5 de 71 Abril de 1905 ... _ ..•. -- ............ - ....... .. Proyecto de ley sobre vías de comunicación. ooC Notas y telegramas ....... - • - . -...... • ........ - • Proyecto de ley" que organiza el sistema mo-netario nacional" .. - ..... . .. . ...... - ....... - .. - .. .. 73 Pr0yecto de ley " sobre la mobilización de la propiedad raíz" ..... , .................... - - ... Proyecto de ley" sobre reformas judiciales " .• Informe de la Comisión que estudió el pro- 75 yc!cto de ley "por la cual se reforman algunas 75 disposiciones del Código Militar " .... - .... oo.- .... . 74 77 78 N otas y telegramas .....• - . - ................. - - • Acta de la sesi6n del día 6 de Abril de 1905 .. Extracto de los debates de la sesión del día 6 de Abril de 1905 . . ...... . . . ... -- •• • ••• ----. N otas y telegramas . .. .... - .. .. . . ... - • .. .. .... .. .. • Acto legislativo número 6, p~r 1. ,cual s~ sus­t ituye el rtículo 32 de 1 Con tJ tUClOn nacional. 79 Ley número 26 de 1905, ti por ,la. cual s.e, ref~,r-man algunas áisposiciones del Codtgo Mlhtar . 79 Ley número 27 de 1905, "por .la c~al s,; con· 79 cede una autorización al Poder EJecuttvo . - ...... Ley número 28 de 190 5, "s~br.e créditos adi; cionales para la vigencia economlca de 1905 a 8 1 1906 " .... ___ .... _ • _ ......... ___ ....... - - • - ... - ... . 82 Acta de la sesión del día 7 de Abril de 1905· Proyecto de ley ti sobre pensiones civiles y ju- 84 bilaciones" ..... _ . _ ........ _ ... - ........... oo ......... .. Proyecto de ley H en relación con el culto ca-tólico y la beneficencia" .. - ....... - - .......... .. 86 Proyecto de ley" por la cual se prorroga la vigencia de los Presupuestos nacionales corres- 87 pondientes al bienio de 1901 y 1902 hasta el 31 88 88 de Diciembre de 1905" oo.· - .. oo ........... - ......... . Notas y telegramas •.• oo ..... - .............. .. N ota oficial. ..... _ ...... __ ......... - ••• - - .... . Acto legislativo número 7, reformatorio de la Constitución, " por el cual se sustituye el artículo 89 135 de la misma "., ........................ --. Ley número 12 de 1905 (6 de Abril), "por 86 la cual se reglamenta el ejercicio de la Medicina y de la Abogacía" ...... - ... e · ........... • .... - - .... - • Ley número 13 de 1905 (S de Abril), ti por 9° la cual se aprueba un tratado público ". - - - ...... 96 Ley número 14 de 1905 (6 d,e A}>ril), ," por 97 la cual se ratifica el Decreto legtslattvo numero 47 de i 905 (6 de Marzo), sobre autoriza~i:mes 97 para fundar un Banco y sobre converSlOn y amortií' ación del papel moneda" ...... - • • ...... - - .. 1°3 1°5 106 Proposición del Diputado Benjamín Herrera, aprobada por la Asamblea Nacional en la sesión del dí a 26 .......... - ... - .. - .... - .. - .... - .... - oo •• - • Informe de la Comisión que estudió para se­gundo ~ebate el proyecto de ley " sobre elec-ciones " .. - . - - oo ••••••••• - .. - .... - .......... - ... .. 11 1 Discurso del General Bonifacio Vélez, Minis- 112 tro de Gobierno, sobre la reforma electoral, pro. IIJ nunciado en la Asamblea Nacional, •• ,. _ ••••• " Págs. 115 118 120 1 23 126 1,6 128 128 129 134 136 137 137 138 138 139 142 142 145 145 147 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 4~2 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL Ley número 42, H sobre elecciones " ... __ .. _ • N ota,s Y telegramas .... __ . __ .... ___ . ____ • Acta de la sesión del día 8 de Abril de 1905. Extracto de debates de la sesión del día 8 de Abril de J905 ... __ . ___ _ .... __ .. __ ...• ___ ._ Acto legislativo número 1.0 de ] 905 (27 de 'Marzo), por el cu:¡J ~e reforman los artículos 147 y 155 de la Constitución de la República __ ..• Acto legislativo número 4 de 1905 (30 de Marzo), "por el cual se deroga el artículo 204 de la Constitución" . _ .•.... . _ .. _ •. __ ..•• __ • Ac ü legislativo número 5 de 1905 (30 de l\1ar7.o), "por el cu I se elimina la Vicepresiden­cia de la República y la Designatura, se provee al modo de llenar la faltas temporales ó la f: Ita absoluta del Presidente d la República y se prorroga el actu I período dd mismo" ...•••• _ Acto 1 gislativo nímero 8 de 1905 (13 de Ablil), "por el cual!'e su. tituye'l lo nrtículos 95, II4, 173, 174, 175, 176, 177 Y 178 de la Consti tución " ... __ ... __ . _ _ ...••••...• __ .• Acto legislativo número 9 de 1905 (17 de Abril), H por el cual ses ustituye el artículo 209 de la Constitución". . ..... __ . .. _. .. _ ... _ . Extracto de los debates de la sesión del d ía 8 de Abril de J90". (Conclusi<ín) .. _ .. _ ..•. _ .•. Informe dl; una Comisión ...... __ . _ .... _ .• N otas y te1eg ramas. _ ... ___ . _ .•.. __ .... . Extracto de 105 debate <. e la s silln del dí'\ 8 de Abril de 1905. (Condusion) .. ___ .........• N otas y telegramas ... __ ....•... ..• .•. _ .. Ley número 4 de 1905. "por la cual se rati­fican los Decretos de carácter legi.5lativo que han enido lugar en el Ministerio d Guerra"... '. ' Ley número 5 de 19°5 (15 de Noviembre), " por la cual se ratifica la cuantía de las pensio. nes concedidas por 1 Ley 35 de 19°4 JI .... _ .. .. Ley número 6 de '9°5 . "por la cual se ratifi­Cél. n alf.unos Decreto' de carácter lf'gi.:ilativo que han tenido origen en el Mini')terio de Obras PÚ-blicas " ..•..•• ____ ___ •• _ . ___ ...••••.....•• Ley número 7 de 19°5. "por la cual se da cumplimiento á la Lcy 26 de 1898 (8 de No­viembre), que ordena la erección de un monu-men to" .• __ • _ ....... _ ... _ . _ . _ .. ___ ..... . Ley número 8 de 1905. "por la cual se aprue· ban varios Decretos de carácter leeislativo (dic­tados por el órgano del Ministerio de Gobier-no) " .•• ___ •• _ ••... __ . _ ........• _ ..... _ .• _ Ley número 9 de T905. "por la cual se in­cluye á los establecimientos de instrucción pú­blica y beneficencia (: 1 las concesiones hechas por la Ley 29 de 19::>4 (15 de Noviembre)". _ .• Ley número 10 de 1905 (5 de Abril). "por la cual se autoriza el Gobierno para adquirir una casa destinada ti c rvir de residencia al Repre- 5entante diplomálico de la San a Sede 11 •••••• ~ Ley número 11 de 1905 (8 de .. ~bri l ), "sobre asignaciones de alg' nos emplc:\dos nél.cir)l1:¡les 11 _ Ley número 17 de 1905 (I1 de Ablil), 11 sobre división territorial". _ ••••••• _ ............ _ •• Pág. 150 Notas y telegramas .. - __ ••..•.•• ___ ••• _ • -- 15 1 Ley número 18. de 1905 (11 de Abril), "por 1 5 3 la cual se aprueba un contrato (ferrocarril del Darién á Medellín) " ....................... . 159 Ley número 19 de 1905 "sobre asuntos fis-cales y monetarios " ... __ ••• . •• _ ••. ___ ••. _ •• Ley número 20 de 1905 (12 de Abril ), " por [61 la cual se dictan varias disposiciones fiscales y de contabilidad oficial y mercantil " .... ••• ___ • Ley núml"ro 21 de 1905 (14 de Abril), "por 161 la cual se concede una pensión á la viuda é hijas del Dr Ricardo Becerra" _ • _ • __ •. ___ .•. ___ •• Ley número 22 de 1905 (17 de Abril), ce por la cual se concede una pensión vitalicia y de ju­bilacic) n á la Srta. Enriqueta González .... _ • _ ... I Ley núm ro 23 de 1905 (17 de Abril), "por 161 / la cual e abren varios créc.1itos adicionales al ! Presupuesto de gastos para el b'enio de 1905 y 1906 (Depart:¡m :) da Hacienda) " ..... _ • __ • Informe de 11. Comisión que estudió el pro- 162 yecto de ley" por la cual se ratifica el Decreto legislativo número 47, d (de Marzo de 1905 " . Informe de la Comisión á cuyo estudio pac;ó 162 el proyecto de ley" 01 gánica d~l servicio con-sular " ...... __ •... _ . _ .•. _ ... .. .• _ .•. _ . _ •• 163 Ley número 24 de 19°5 (17 de Abril), " por 167 la cual se fomenta el establecimiento de Ban:os 168 hipotecarios" ............. _ .• _ ..... _ ... ___ . Ley número 25 de 1905 (29 de Abril), " por 169 la cual se cede el uso de un edificio nacional "._ 176 Ley número 29 de 1905, "sobre pensiones y jubilaciones " ... .• __ ..• _ •• _ . .•.. _ .•... ' . _ .. Ley número 30 (27 de Abril), H por la cual se 177 da una autorización al Poder Ejecutivo " .•• _ •.• Ley número 3 I de 1905 (27 de Abril), "por la cual se autoriza la organización de un inter- 177 nado en las Facultades de la Universidad Na- 177 178 179 ci o nal" . . ... _ .. . ....... __ • _ .•. __ . . . ..... . Ley número 33 de 1905 (27 de Abril), " sobre pesas y medidas" .... __ ..... _ •.. _ .•.• _ ..•• _ Ley número 34 de 1905 (27 de Abril), "por la cual se ratific:ln varios Decretos de carácter legislativo (Ramo del Tesoro) " ......... _ • _ .• Ley número 35 de 1905 (27 de Abril), ti so­bre prescripción de la acción criminal por ciertos delitos cometidos por empleados públicos " ..••• Ley número 36 de J905 (27 de Abril), " por la cual se confiere una autori7.ación al Poder Eje­cutivo y se reforma la número 19 de 1905 " . - ., Ley número 37 de 1905 (27 de Abril). 11 en desarrollo del artículo 38 de la Constitución, del Concordato celebrado con la Santa Sede, y que da una autorización al Poder Ejecutivo " .. ___ ._ N otas y telegramas .. _ . _ •• _ ••••...•... _ . _ I Ley número 38 de 1905 (27 de Abril), "en 1 79 , desarrollo del acto reformatorio por el cual se deroga el Título Xln de la Constitución na- 179 I cional IJ .. , _ • • • •• _. _ ........ _ ............. . I Ley número 39 de 1905 (27 de Abril), H por 183 la cual se a ren varios créditos suplementales á Pi, •. 184 188 189 19° 190 193 195 195 197 197 199 199 199 100 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. .:\NALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL los Presupuestos de 1901 á 1902 Y 1903 Y 1904 en el Departamento de Relaciones Exteriores " .. Ley número 40 de 1905 (27 de Abril), tt so-bre minas y comercio de esmeralda.s "~ . o •• • •• Le.y número 41 de 1905 (27 de Abril), tt so­bre servicio Diplomático y Consular " .... o. _ •• Ley número 43 de 1905 (29 de Abril), (/ so· bre procedimientos especiales en materia cri. minal" •. __ ••. _ •..•. _ •• . •.• __ •.. ___ .....• Ley número 44 de 1905 (29 de Abril), H por la cual se aprueba el Decreto legislativo núme-ro 7 (lel presente año " ..•••. _ '" .......... _ • _ • Ley número 45 de 190) (29 de Abril), H por la cual se adiciona la 56 de 1890" ... _ • __ ..... . Ley número 46 de 1905 (29 de Abril), "sobre creación de tres Departamentos" ... o • '" • _ • _ • Ley número 47 de 1905 (29 de Abril), "re­f¡ rente á suministros, empréstitos y expropia-in s" •.•. 0 o. O " . _ •• ____ • • • • •• o • • •••• __ otas y tel gramas. ___ ••. _ . . . .. . _ o. _ . Acta de la sesión del día 10 de Abril de 1905. R e'/aci6n de debates de la sesión del día 10 de Abril de 19°5 .. _ .................... o ... _ Nota sobre la Ley 24 de 190 5. o • __ • _ •• ___ •• Acto leg;slati 1} número 3 de 1905 (30 de Mélrzo), reformatorio de la Constitución .• __ ••. Acto legislativo númb'o 10 de 1905 (22 de Abril), reformatorio de la Constitución, "por el cual se deroga el Título XIII de la mi~ma ". o o •• Ley número 48 de 1905 (29 de Abril), "por la cual se reforma el Presupuesto nacional de gastos para la vigencia de 1905 y 1906 " .• _. __ • Ley número 49 dt! 1905 (29 de Abril), "so. bre créditos adicionales al Presupuesto de gas­tos para el bienio económico de 1905 y 1906 " .. Ley número 50 de 1905 (29 de Abril), H sobre mobilización de la propiedad raíz H •••• __ '" ••• Ley número 51 de 1905 (29 de Abril), H so. bre Policía Judicial". _ . ___ ... _ ..•.•...• ____ • Ley número 52 de 1905 (29 de Abril), en re. lación con el culto católico y la beneficencia .... Ley número 53 de 1905 (29 de Abril), H por la cual se da una autorización á los Goberna­dores" ................... ----._-- ..... _- .. Ley número 54 oe 1905 (29 de Abril), 11 por la cual ;e prorroga la vigencia de los Presupues. tos nacIOnales correspondientes al bienio de 1901 y 1902, hasta el 31 de Diciembre de 1905" .... Ley número 55 de 1905 (29 de Abril), "por la cual se ratifica la venta de varios bienes na­cionales y se hace cesión de otros " . _ . __ •..• __ Ley número 56 de 1905 (29 de Abrí!), H sobre adjudicación de tierras baldías" 0 __ • _ •• o • _ ••••• N otas y telegramas ..... ____ ....• ___ •.. o • Ley número 57 de 1905 (29 de Abril), H sobre reformas judiciales". _. _ .•... _ ......... _. __ • Extracto de debates de la sesion del día 10 de Abril de 1<)05. (Conclusión) .......... ____ •.• Informe de la Comi$ión á cuyo estudio pasó Pág. el proyecto de ley" por la cual se concede una 202 pensión á la viuda y á las hijas solteras del Dr. Ricardo Becerra" •• _. _ ...• _ •. ___ .. - •• - - ••.• 202 Informe de la Comisión que estudió para se-gundo debate el proyecto de ley "sobre minas 203 1 y comercio de e~meraldas " ••• - - •. - - - - - • o •• ".­Informe de la Comisión de Gobierno y Régl­men Político y Municipal sobre el proyecto de 204 ley" que aumenta los sueldos," y modificaciones. Informe de la Comisión que estudió para se­gundo debate el proyecto de ley" por la cual se 206 ratifican los Decretos de carácter legislativo que han tenido origen en el Ministerio de Guerra" . - 207 Informe de la Comisión que e ,tudió para se-gundo debate el proYl!cto de ley" por la cual se ratifica la cuantía de las pensiones concedidas 2°7 por la Ley 55 de 1904 (r 5 de Noviembre)" ••• Informe de la Comisión que estudió para se- 208 gundo d<:bate el pmyecto de ley .1 por la cual se prueba el Decreto legí ¡'~tivo nlí nero 7 del pre- 208 sente aiío, por el Cl. 1 se crea el llinisterio de 209 Obras Públicas". o •• _ ••• __ ......... o _ ••• " •• 214 217 217 217 217 219 219 220 221 221 222 222 223 224 225 226 Informe: de !a C misión que estudió pa.ra se­gundo debate el proyecto de lf>y "por la cual Sto concede una pensión vi a1i:ia de jubilación " .. Informe de la Comisión que estudió para se­gundo debate el proyecto de ley I que concede U1 a autorización él Poder Ejecutivo" . - - - - ••.. Informe de la Cl,misión l{ll(' .... tudió para se­gundo debate el proyecto de kv 1/ que ratifica los Decretos de c,lrácter leg¡sl;,tivo expedidos por conducto del T\Iinisterio de Gobierno"" ... _ Ley número 59 de 1905 (30 de Abril), H que or raniza el sistema monetario nacional" .• _ • __ • Informe de la Comisión que estudió para se­gtlndo debate el proyecto de ley" sobre asuntos fiSCales y monetarios". __ •••.... . .. _ . _ • __ • _ • Informe de la Comisión que estudió para se­gundo debate el proyecto de ley" en desarrollo del artículo 38 de la Constitución, del Concorda­to celebrado con la Santa Sede y que da una autorización al Poder Ejecutivo," y pliego de modificaciones. _ •. _ ..... " •.. _ . " ~ •. _ .•••• o o • Informe de la Comi<;ión que estudió para se­gundo debate el proyecto de acto reformatorio de la Constitución (Consejo de Estado) ... ___ ._ Informe de la Comisión que estudió para se­gundo debate el proyecto de ley" sobre pesas y medid as " . _ ..•• __ •••.• __ •. o " •• ___ ••• _ • __ _ Informe de la Comisión que estudió para se­gundo debate el proyecto de ley l. sobre créditos adicionales al Presupuesto de gastos para el bie­nio de 19°5 á 1906 " •. _ . _ •• _ ••••• __ •••• __ • Informe de la Comisión que estudió para se­gundo debate el proyecto de ley" por la cual se abren varios créditos adicionales al Presupuesto de gastos para el bi~nio de 190) y 1906" .....• Informe de la (~omisjón que estudió para se­gundo debate el pi v yecto de ley H por la cual se cede un edificio I~ acional " • _ • _ ............. _ Informe de la Comisión que estudió para se- \ 228 230 2)1 2)' 239 239 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL t • gundo debate el proyecto de ley " sobre la pro­piedad raíz" ..........•....•. __ . _ •..•.. __ .. Informe de la Comisión á cuyo estudio pasó el proyecto de ley (( orgánica del servicio con-sular," y pliego de modificaciones. _ . ____ .• __ • _ Informe de la Comisión que estudió el pro­yecto de ley f( por la cual se autoriza la organi­zación de un internado en las Facultades de la Universidad Nacional". _ .. _. _. __ .. _. _, • . , •• Acta de la sesión del día II de Abril de 1905 Extracto de debates de la sesión del día 11 de Abril del 905 .. _ _ _ _ • • • _ .• _ •• _ _ _ . _ _ . • • . _ . . Informe de la comisión que estudió para se­gundo debate el proyecto de acto reformatorio H p,)r el cual se sustituye el artículo 68 de la Constitución.". ____ ." ...•.. _ ..• _. _. _ .. ___ . Informe de la Comisión que estudió para s - gundo debate el proyecto de ley er desarrollo d '1 acto reformatorio de la Co stitución " por la c~l~1 . ~ deroga el título XIII de la misma." y mo- (11 flcacloncs. . . . .. ____ .• _ ... _ •. __ . _ •• ___ • __ . Informe de la Comisión que estudió para se­gu ndo debate el proyecto de acto reformatorio de la Constitución f( por el cual se sustituye el artículo 185 de la misma" .....• _ .. _ •.. _ .... _ Informe de la Comisión que estudió para se­gundo debate el proyecto de ley "sobre crea-ción de tres Departamentos" ___ •. _ .... _ .... _ Informe de la Comisión que estudi6 para se­gundo debate el proyecto de ley {( por la cual se abl e un crédito suplemental al Presupuesto de gastos de 1903 á 1904, del Departamento de Relaciones Exteriores" . _ . ___ ...... _ .. ' ...•. Informe de la Comisión que estudió para se­gundo debate los proyectos de ley originarios del Ministerio de Hacienda CI sobre varias dispo . siciones fiscales y de contabilidad oficial y mer­eantil" el uno, y el que "adiciona la Ley 56 de 1890," con modificaciones, el otro .. _ ••.• ____ . Informe de la Comisión que estudió para se­gundo debate el proyecto de ley H sobre pensio­nes civiles y jubilaciones," y modificaciones .... Informe de la Comisión que estudió para se­gundo debate el proyecto de ley H sobre proce­dimiento especial en materia criminal," y modi-ficaciones ...••..•• _ .••....•• _ •.•...•..•.•• Informe de la Comisión que estudió para se­gundo debate el proyecto de ley "sobre recono­cimiento y pago de créditos de militares en ser­vicio por exacciones en la última guerra" ...• _ . Informe de la Comisión que estudió para se­gundo debate el proyecto de ley C/ por la cual se reforma el Presupuesto nacional de gastos para la vigencia de 1905 y 1906," Y pliego de modi-ficaciones ..... _ • _ . " ......... _ . __ .• _ •.• __ . Informe de la Comisión que estudió para se­gundo debate el proyecto de ley "en relación con el culto católICO y la beneficencia" .... __ _ 1 nforme de la Com:sión que estudió para se­gl ado debate el proyecto de acto reformatorio de la Constitución" por el cual se elimina la Vi­~ epresid~ncia de la República r la Designatprat I t j P4gs. y se provee el modo de llenar la falta temporal 239 ó la falta absoluta del Presidente de la República." Informe de la Comisión que estudió para se­gundo debate el proyecto de ley "por la cual se 239 ratifica la venta de varios bienes nacionales y se hace cesión de otros," y pliego de modificaciones Informe de la Comisión que estudió para se­gundo debate el proyecto de ley" por la cual se 240 confiere una autorización al Poder Ejecutivo y 241 se reforma la número 19 de 1904, por la cual se dictan varias medidas de fomento para la región del Chocó," y pliego de modificaciones ... __ .••• 244 Informe de la Comisión que estudió para se-gundo debate el proyecto de ley" por la cual se abren varios créditos adicionales al Presupuesto 24 6 de gastos para el bienio de 1905 y 1906" .•.. _ Informe de la Comisión á la cual pasó para se­gundo debate el proyecto de ley" por la cual se I conc de una autorización al Poder Ejecutillo '. - Inform de la Comisión á la cual pasó para se- 247 I gundo debate el proyecto de ley ¡¡ por la cual se ratifica un Decreto de carácter legislativo" .. Informede la Comisión que estudió para segun­do debate el proyecto de ley te por la cual se ratifi- 247 can varios Decretos de carácter legislativo ori­ginarios del Ministerio del Tesoro," (Ley núme-ro 34) •• - - ... - ....• - ...• - •••..... - ...... . 248 N otas y telegramas. _ ..•....•.•. _ •••• __ .• Ley número 58 de 1905 (30 de Abril), "por la cual se aprueban los Tratados de amistad, comer­cio y navegación, de propiedad mtelectual y de extradición celebrados con el Gobierno de los 248 Estados U nidos Mexicanos ...•.....•• _ ..... . 249 Tele grama .•.• _ ..• _ ••.•...•..... __ ••..• _ Acta de la sesión del día 12 de Abril de 1905 Extracto de debates de la sesión del día 12 de Abril de 1905 .....•..••.... - ..•........... Informe de la Comisión que estudió para se­gundo debate el proyecto de ley" por la cual se prorroga la vigencia de los Presupuestos nacio· nales de 190 1 Y 1902" .... -.' ••••••.•• _ ..... Informe de la Comisión que estudió para se,. gundo debate el proyecto de ley "sobre refor­mas constitucionales" (artículo 209) .....•• _ • _ • Informe de la Comisión que estudió para se­gundo debate el proyecto de ': acto reformatorio del artículo 185 de la Constitución" .. ~ •..••.. Informe de la Comisión que estudió para se· gundo d,ebate el proyecto de ley (( por la cual se concede una pensión vitalicia de jubilación" _ .. Informe de la Comisión que estudi6 para se~ gundo debate el proyecto de acto reformatorio de la Constitución "por el cual se deroga el ar-tículo 204 de la misma ". - .. - ......... , •••••• Informe de la Comisión que estudió para se­gundo debate el proyecto de ley" por la cual se da una autorización á los Gobernadores." (Ley número 53) ...••••.......••••.....•...... Acto general adicional y reformatorio de la Constitucióq nacional. •••••••• " •••• ,! ~!'. , " "! , 253 254 254 255 255 268 272 272 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL Ley número 60 de 1905 (30 de Abril), "sobre vías de comunicación "". __ ., ........ '. ___ ••.• Memorial de los vecinos de Sabanalarga ... - . Notas y telegramas ........ ., .•• _ ............ . Acta de la sesión del día 13 de Abril de !905 Extracto de los debates de la sesión del día 13 de Abril de 1905 .. __ •••• - .. - ...... - - - •. - . - Informe de la Comisión que estudió para se­gundo debate el proyecto de ley H sobre adjudi­cación de tierras baldías." (Ley número 56) . .. Informe de la Comisión qu.e estudió para se­gundo debate el proyecto de ley "que ratifica 105 Decretos de carácter legislativo expedidos por conducto del Ministerio de Gobierno," y pliego de modificaciones ...• , .........•........... Notas y telegramas . ..... _ ••.•••. _ .•.... .. Acta de la sesión del día [4 de Abril de 1905 Extracto de los debate del día 14 de Abril de 19°5 . .••. • . . . •. . ____ .. ..... .• _ . .... .. Notas y telegram s . . . .... . ...•.. . . . . __ .• Ley número 62 de 1905 (30 de Abril), el por la cual se aprueba un contrato JI (sobre construc­ción de algunas obras en la bahía de Santa Marta) Acta de la sesión del día 15 de Abril de 1905 Extracto de los debates de la sesión del día 15 de Abril de 19°5 ...................... . Acta de la sesión del día 17 de Abril de 1905 Extracto de los debates de la sesión del día 1 7 d e Abril del 905 . . . . . . . . . _ . . . . . . . . . . _ .. Acta de la sesión del día 18 de Abril de 1905 Extracto de los debates de la sesión del día 18 de Abril de 1905 ...................... . Ley número 63 de 1905 (30 de Abril), H sobre división territorial y organización judicial" ..•.• Extracto de debates de la sesión del día 18 de Abril de 1903. (Conclusión) ......•.•.•..•... Telegrama ............... _ • _ ....... _ •.•.••• _ •• Ley número 61 de 1905 (30 de Abril), H que organiza la Hacienda nacional" .............. . Acta de ]a sesión del día [9 de Abril de 1905. Extracto de debates de la sesión del día 19 de Abril de 1905 .•...•••.•.•••.• _ •.......• Notas y telegramas ........ _ . _ ..... _ .... _ .... .. Ley número 64 de 1905 (30 de Abril), el por la cual se aprueba el Tratado de amistad, comercio y navegación, y la Convención de extradición celebrados entre las dos Repúblicas de Colombia y El Salvador ................ _ .............. .. Extracto de debates de la sesión del día 19 de Abril de 1905 (Continuación) ...••.......• N ota~ y telegramas .• _ ••••... __ . _ ...... _ •• Ley número 64 de 1904 (30 de Abril), por la cual se aprueba el Tratado de amistad, comer· cio y navegación, y la Convención de extradición celebrados entre las dos Repúblicas de Colombia y El Salvador." (Conclusión) ............... . Acta de la sesión matinal del día 24 de Abril de ¡gaS •• • • •• • .' •• • .'. • .. • .. • .... • • •• • • •• • •• Págs. Extracto de debates de la sesión matinal del 277 día 24 de Abril de 19°5 ...•.... -.- ••••..••• 278 Acta de la sesión del medio día del 24 de 279 Abril de 1905 .•. -- ............... - ..•......• 285 Extracto de debates de la sesión del medio día del 24 de Abril de 1905 • __ ................ _ 287 Acta de la sesión del día 25 de Abril de 1905 N otas y telegramas ...................... . Acta de la sesión del día 25 de Abril de 1905 (Conclusión) ........... ' ......... __ •• _ .......... .. Extracto de los debates de la sesión del día 25 de Abril de 19°5 ................. - ....... - •. - .. Acta de la sesión nocturna del día 25 de Abril 291 de 1905 ..••• - •••.•.. - • • ••• -- •••••• . ••••• _ 292 Extracto de los debates de la sesión nocturn a 393 del día 25 de Abril de 1905 . ... ... .... . .. ... . N otas y telegramas .• _ .. ... . . ........ _ .... . 295 Extracto de los debates de la se"ión nocturna 299 del dla 25 de Abnl de 1905. (Conclusión) ....• Acta de la sesión del medio día del 26 de Abril de 190 5 .••.•••••• _ ..... - __ ........... . 301 Extracto de los debates de la sesión del medio 305 díadel26de Abril de 1905.--- ............ . Acta de la sesión nocturna del día ~6 de Abril 306 de 1905 .••••••.. : ....•.• -.-, ..••••••••. -. 307 Extracto de los debates de la sesión nocturna del día 26 de Abril de 1905 .••• _ ... p ...... _ ••• 308 Acta de la sesión del medio día del 27 de 312 Abril de 1905 ..........••••••.••.•••••••• Extracto de los debates de la sesión del medio 3 [6 día del 27 de Abril de 1905 .. . - ..•...•.. - . - .• Acta de la sesión nocturna del día 27 de Abril 317 de 19°5 , ••..•••.•.• _ .• - ................. . Extracto de los debates de la sesión nocturna 323 del día 27 de Abril de 1905 .................... . 324 Acta de la sesión matinal del día 28 de Abril de 19°5 ............... - - - • - ................... . 325 Extracto de los debates de la sesión matinal 353 del día 28 de Abril de 1905 .•••••...••• - •••• Acta de la sesión de la tarde del día 28 de Abril 355 de 19°5 ......... - •......••• - ••. - .......... .. 356 357 Extracto de los debates de la sesión de la tarde del día 28 de Abril de 1905 .•...•••••.••••• Acta de la sesión del día 29 de Abril de 1905 N otas y telegramas ..••.•. _ ••.•••••... _ .• Ley número 32 de 1905 (27 de Abril), /1 por la cual se ratifica un Decreto de carácter legislativo (sobre Timbre nacional) " ..................... _ Extracto de los debates de la sesión del día 29 de Abril de 19°5 .................. - ..... .. Sesión de clausura .•• _ ••••••••••.••••... _ Inventario del archivo de la Asamblea Nacio­nal Constituyente y Legislativa en las sesiones ordinarias y extraordinarias de 19°5 .... _ •••••• Rectificación ••. " • ti ., •• , ................... .. Pá¡ •• 372 374 376 377 378 397 397 410 412 423 43° 439 , 444 450 456 460 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL LEYES DE 1905 ágs Número f.O-Decretos del Ministerio de Ins-trucción Pública............ • . • 25 Número 2-R~side.ncia del Jefe del Poder EJecutivo... ....•...•. .... ... 25 Número 3-Decretos del Ministerio del Te· soro .....•....... - .•. , . - . - . . 33 Número 4-Dccrctos del Ministerio de Guerra 177 Número s-Ratifica la cuantía de las pensio-nes concedidas por la Ley 35 de 19°4 .• ••••. • • - • . ..•••• _ . . 177 Número 6-Decretos del Ministerio de Obras Públicas . .. .. •. . . . . ••.. . . •.. 177 Número 7-Monumento en la Catedral de Bogotá ... . . . ..• _ • __ ., .. _ .. _ • 178 Número 8-D cretos del Ministerio de Go-ierno. _. _ •.... _. _ ..•• __ •... 178 úmero 9-Concesiones á los establecimien-tos d . instn cdón pública y be-nefic ncia . ....• ~ . , •• _ • ~ . . . . 179 Número Io-C~~a para la Delega ión Apos-tohca. - - .••.••••••. . . . . . . . . . r 79 Número 1 l-Sueldos de empleados nacionales. 179 Número 12-Ejercicio de la Medicina y de la Abogacía .................... 146 Número 13-Tratado con el tcuador. (Dere-cho Internacional). . . .. . .... . . . 146 Número 14-Autorización para fundar un Banco y conversión y amortiza-ción del papel moneda ..••• _ • • 146 Número 1 s-Decretos del Ministerio de Ha-cienda . . • • .• .. • • • • • • • • . • . . . 8 1 Número 1 6-Disposicionessobre Escuelas Nor-males. . . . • • . . . . . . . • . • • • • • . . 88 Número 17-División territoriaL........ . .• 183 Número 18-Ferrocarril de Urabá ó Darién á Medellín.................. 18r Número Ig--Asuntos fiscales y monetarios.. 188 N úmero 2o-Disposiciones fiscales y de con· tabilidad ................ _ • . . . 139 Número 21-Pensi6n. (Familia Becerra)...... 190 Número 22-Pensión. (Enriqueta González Borda) ••••. - . •.•••••...•.•.• 190 Número 23-Créditos adicionales al Presu-puesto de 1905 á 1906. . • •• . . • 191 N ú mero 24-Bancos hipotecarios...... ..... 193 Número 2s-Cesión de una casa en Buga. . .. J95 Número 26-Reformas al Código Militar. ... 137 Número 27-Autorizaciones sobre ferroca-rriles ........• _ ......... _ • • • • 138 Número 28-Créditos adicionales al Presu-puesto de 1905 á 1906 .••• _... 138 Número 29-Pensiones y jubilaciones.... ..• 195 Número 3o--Maestros extranjeros y envío á Europa de artesanos coloffi- I bianos ............ _ • • •.•• • • • • 196 Número 31-Internados °n la Universidad Nacional.. . . . . . . . . •• . • . . . . . . 197 Número 32-Timbre nacional...... ...•••••• 461 Número 33-Pesas y medidas ...••• _. _. ... 197 Número 34-Decretos del Ministerio del Te-soro ....... A .......... _ • • • •• • • • • 198 Número 35-Delitos de empleados públicos.. 199 Número 36-Fomento del Chocó, etc. etc... . 199 Número 37-Sobre Concordato con la Santa Sede .••• _ ••••••••••.• '" • . • 199 Número 38-En desarrollo de la supresión del Título XIII de la Constituci6n. . lOI Número 39-Crédito suplementales á los Pre­supuestos de 19o1 á 1902 Y de 1903 á 1904....... ... .. .. . •• 202 úmero 40- finas y comercio de esmeraldas. 202 úmero 41-Se vicio diplomático y consular.. 203 :r úmero 4~--Elecciones ...•....•. _ . . • . • . . 150 T úmero 43-Procedimient0s especial e en t la-teria criminal . . . . . . . . . . . ... 20 4 Número 44-Creación del Ministerio de Obras Públicas .•.......•..... __ . • • 206 Número 4S-Adicional á la 56 de 1890: sobre expropiaciones.. . . . . . . .. . . . . . 207 Número 46-Creación de tres Departamentos. 207 Número 47-Suministros, empréstitos y ex-propiaciones ........ ' • . . . • . . . 208 Número 48-Reforma al Presupuesto de 1905 á 1906 ..... . ... . . - ...... . . 217 Número 49-Créditos adicionales al mismo Presupuesto ........ ~ . . . . . . . % 19 Número 50 -Mobilizaci6n de la propiedad raíz 219 Número 51-Policía judicial. ...• _ . • • •. . • . . 220 Número 52-Culto católico y beneficencia. . . 221 Número 53-Creación de becas universitarias. 221 Número 54-Prorroga la vigencia de los Pre-supuestos de 1901 y 19°2.. . .. 222 Número 55-Bienes nacionales. (Resguardos). 222 Número 56-Tierras baldías ..... _...... ... 223 Número 57 -Reformas judiciales. .. ........ . 225 Número 58-Tratados con México....... •.•. 257 Número 59-Sistem:.l monetario ... - • • . • . . . . 233 Número 6o-Vías de comunicación.. .. ....• 277 Número 61-0rgánica de la Hacienda na· cional .••....•.............. 325 Número 62-Muelles en Santa Marta....... 301 Número 63-~iyis~ón. ~erritorial y organiza- Clon JudICial. ... - ....• ~ • . . • . . • 317 Número 64-Tratados con el Salvador. ... •• 365 ACTOS REFORMATORIOS. • • . . • • • . • . . • . . • • %73 IJ4l'RENTA NACIOKU Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Anales de la Asamblea Nacional -Serie III N. 60

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Anales de la Asamblea Nacional - Serie única N. 63

Por: | Fecha: 30/09/1910

HEPUBLICA DE COLOMBiA ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL Serie única ~ Bogotá, Septiembre 30 de 1910 ~NÚInerO 68 OON'TEN'Z:J:)O Ley nlimero 64 de 1910, por la cual se corrige el texto de otra . . .. Ley námero 69 de 1905, que orglniza el sisteml monetario nacional Objeciones del Poder Ejecutivo á la Ley fi4 de 1910 '. . .. ....... . Informes de Comisiones.... .... ... __ ........ .. •• . ._.. ." . Nota... ... . ........ .. •.• ____ .• __ • ___ e ••• ASAMBLEA NACIONAL DE 1910 LEY NUMERO 54 DE 1910 (23 DE 8BPTIEMBRB) por la cual se conige el texto de otra. La Asamblea Nacional de Oolombia ta de la Repúhlica es el peso de oro, dividido en cien centavos. con un gramo seiscientos setenta y dos mili. Págs. gramos de peso y novecientos milésimos de tino. 497 Artículo 2.° Las demás monedas de oro son: !:~ 1.0 El doble condor, de valor de veinte peflos; 500 2. o El condor, de valor de diez pesos; y 504 3.0 El medio condor, de \?alor de cinco pesos. Artículo 3.° Habrá también monedas de plata, divi­didas así: 1.0 El medio peso, cnyo valor equivale á cinco décimos de peso en oro; 2.0 La peseta, con valor de dos décimos de peso en oro; y 3.0 El real, que valdrá uu décimo de peso en oro. I Artículo 4.° Oada una Ile las monedas expresadas en los artículos anteriores tendrá novecientos milésimos de fino y el peso correspondiente á su valor, con rela I ción á la unidad monetaria en oro. Artículo 5.° Para los efectos de la. acuñación de )80 mo. DEORETA : I neda de plata y de la djaúión de los valores monetarios, Artículo 1.0 Declárase que la disposición contenida en se c{)nsiderará cada gramo de oro. á la ley de novecien. el artículo 33 de la Ley 59 de 1905 carece de fuerza obli tos milésimos, equivalente á treinta y tres gramos de gatoria. plata. Parágrafo. Lo dispuesto en este artículo no da dere Artículo 6.° Por e '(tIa ciell pesos en oro que se pon-cho para repetir por las obligaciones ya cancelada!:!, ni gau eo circu!aciólJ, sólo podráD ponerse hasta. diez pe á recurso de revisión de sentencias ejecutoriadas por sos en moneda tie plata. que en ellas se haya d do valor legal á lo dispuesto en el Articulo 7.° Si el Gobieruo lo ' e timare nece8ario para artículo 33 de la Ley 59 de 1905. los cambios menorf'l!J, pOdl~ también decretal' la. aca· Artículo 2.° ~l Poder Ejecutivo dispondrá que se ñación de monedas fra.ccioIl3l'Ías de u{quel, cobre ó bron · reproduzca h .. Ley 59 de 1905, convenientemente corregi- ce de aluminio .ldecuado, con valor reprt>seutativo de da, en el mismo número del Diario Oficial en que t;e pu cinco (5), dos (2) y UII (L) centavo de peso, SID exceder blique la presente. del 2 por 100 de la cantidad en oro dada á la cir Artículo 3.° Esta Ley regirá desde la fecha de sn culación. ~anción. Articulo 8.~ El papel moneda. er:nitido legalmente por Dada en Bogotá, á seis de Septiembre de mil nove el antiguo Bauco Nacional y por el Uobierno y los De· cientos diez. partamentos, continuará co()s~rvando su carácter de mo- El Presidente n('da de . CU~80 forzoso y su poder Ji beratorio, según las , PEDRO NEL OSPINA reglas BIgUIentes: El Secretario, 1. a Es potestativo en toda clase de contratos ó tran. Manuel María G6mez P. sacciones cí VI les y comerciales, ya sean oficial eA ó pri. vadas, eBtipular libremente cualquier especie de mone­das nacionales ó extraujeras de oro; y 2.· En las regiones de la República en que existe como medio circulante la moneda le~al de plata, ésta CODser· OARLOS E. RESTREPO vará su poder liberatorio a l precio en relación con el patrón de oro que tenga en el mercado, y podrá esti· pularse libremeBte en dicha moneda. Poder Ejeoutivo-Bogotá, Septiembre 23 de 1910. Publíquese y ejecútese. (L. S.) El Ministro del Tesoro, G. MA.R~INEZ A. Articulo 9.° Lat, obligaciones contraídas ó qne se con. El Snbsecretario de Gobierno encargado del Despacho, BERNARDO ESOOVAR LEY NUMERO 59 DE 1905 (30 DE ABRIL) que organiza el sistema monetaxio nacional. La Asamblea Nacional OonstituyeJ¡te y Legislativa DEORETA: traigan en los negor.ios cou el Exterior, se cumpliráu de acuerdo con lo que dispone el artículo 203 del Oódigo de Comercio. ArUclllo LO. Las obligaciones que se contraigau en moneda colombiana ó en qu~ no se exprese moneda de­terminada, se ent:eaderán contraídas y serán pagadas en la. moneda. de oro de que tratan los dos articulos primerod de la presente Ley, ó so. equivalente en papel moneda. al tipo del cambio de cien pesos en papel moneo da por uu peso en oro. Parágrafo. Las obligaciones en que expresamente se estipule papel moneda se extinguirán con el pago en esta. especie. Articulo 1.0 La unidad monetaria y moneda de cuen· Artículo 1l.Para los efectos legales y judioiales, en Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 498 ANALEt'I D~ LA ASAMBLEA NACIONAL las obligaciones contraídas en oro nacional ó extranjero se tendrá como 'cantidad liquida la suma de monedas de oro estipulada. ' Articulo 12. Nadie será obligado á recibir moneda de cobre en una -sola transacción, siuo en razón de cincuen ta centavos de dicha moneda por cada cincuenta pesos de moneda-de oro ó de plata, excepto las oficinas fiscales de la Nación, que deberán recibir al recaudar las contri­buciones ó rentas, cualquiera suma que en moneda na cioual de cobre se l(>s presente. Articulo 13. Las monedas de plata nacionales acu dadas, designadas con el nombre de "moneda ancigua.," como son los pesos de ocho décimos (0'8) y las monedas desgastadas por el uso, se equipararán á la moneda de ochoci~utos treinta y cinco milésimos (0'835), para el efecto de ser cambiada.s por la nueva moneda nacio na1. El Gobierno queda facultado para recoger, cuando lo estime conveniente, todas las monedaR de plata anti ­gua que circulen en el país, para cambiarlas por las del mismo metal mandadas expedir por 11\ presente Ley, en la proporción que les corresponda según su va ­lor; las monedas así recogidas y las que reciba la Te soreria Nacional serán reacuñadas en la Oasa de Mo ned~. Articulo 14. Se prohibe á 108 particulares la importa ción de monedas de platr., tanto nacionales como extran jeras. ArUculo 15. En todo contrato ~n que haya de entre garse moneda, las expresiones peso ó pesos se entende­rán siempre referentes á la unidad de oro que establece esta Ley. Articulo 16. Serán decomit:lada~ las monedas de plata que se introduzcan á la República, sean nacionales ó ex tranjeras. Articulo 1~. Queda autorizado el Poder Ejecutivo para señalar un día en que haya de cesar la circulación de las monedas de ochocientos treinta y cinco milésimos de ley (0'836); puditmdo estipularse una comisión hasta de cinco por ciento á f~vor del Banco, OomJJafHa ó partiou­lar que haga la operación, y sufragar la pérdida á que ella dé lugar, hasta en un treinta por ciento. Artículo 18. Queda prohibida la admIsión en las Ofi cinss nacionales de las mont>das de oro extranjeras que no tengan el peso legal, por deterioro natural ó artifimal, y se prohibe también á las Oficiuas la admisión de mo nedas nacionales de oro ó de plata que hayan sido aguje· readas ó cercenadas. Artículo 19. Las cuentas de las oficinas y establecimien tos públicos continuarán llevándose en pesos y centa­vos de peso en oro, según la estimación dada á tales mo nedas pOi' la presente Ley. Articulo 20. Se entiende por moneda de talla mayor, en las de plata, la pieza de diez décimos; y en las de oro, touas jas expresadas en e~ artículo 2.0 Artículo 21. Autorizase al Poder Ejecutivo para con­tratar con una Oompañía nacional ó extranjera la acuña­oión de las monedas por cuenta de la Nación, sobre las bases siguientes: La Se darán á la Oompailía contratista los edificios y máquinas que hoy posee la Nación; 2. a Se le cederá todo el producto de los derechos de acuftación, á razón de dos por ;Iento (2 por 100) el de vlata; y la d~ uno y medio por ciento (lí por 100) el de oro; -3: Además de estos derechos se le dará una subven­oión de diez mil pesos anuales, durante cinco años; 4.a La Nacióu suministrará 10d fondos uecesarios para hacer el rescate de las barras de oro y de plata que f\~ in· troduzcau á las Cas~s lte MOlleda inmedia.tamente des pués que esté declarada la ley Ü~ laij barras; 5. ~ Será o~ligación de la Oompañídr hac~r todos 108 gas tos que eX1Jan el apartado de Jos metales, la afinaoión d~ las barras y la acuñación de las monedas en toda su e:l:~ensión, de manera que este n~gociado no siga impo-niendo al Erario más desembolsos que los expresados en este artícu lo ; 6,· La acuñación de las monedas en sus di versos tipos tendrá la perfección de las monedas fra.ncesas ó ameri­canas; 7 • Se introducirá fuerza de vapor suficiente para la acuñación igual y perfecta de las monedas; 8.· Se sostendrá la Oficina de apartado de metales, por cuya operación podrá cobrarse un derecho hasta del cin ­co por ciento (5 por 100) del valor del oro que se encuen tre en la plata aurífera; y hasta de diez por ciento (10 por 100) del valor de la plata que se separe de) oro ar gentino; 9.- La Oompailía dará una fianza personal, prendaria ó hipotecaria, de no menos de veinte mil pesos ($ 20,000), á satisfacción del Poder Ejecutivo; 10. El contrato podrá durar hasta diez años; 11. La entrega de los edificios, máquinas, útiles y de todo cuanto por inventario haya recibido )a Oompañía al hacerse oargo del contrato, lo devolverá al concluirse éste, en Jo~ mismos términos, quedando á favor de la N aeión todas las mejoras que se hayan hecho, conforme al con ­trato, ó voluntariamente por la Compañía, debiendo res ponder por todos los valores recibidos y de las mt>joras que tenga obligación de hacer; 12. No conteniendo bases que impongan un g-tsto Ó una responsabilidad distintas á las aquí expresadas á la Nación, el contrato que se celebre podrá llevarse á cabo sin necesidad de ulterior aprobación del Oongreso; y 13. La Nación mantendrá un Inspector general de las operaciones de la aooilación, y un Verificador de la ley de las piezas que se destinen á la amonedación ; Articulo 22. Los presupuestos de rentas y gastos, tanto nacionales como departamentales y municipales, se fija­rán en la unidad monetaria que establece el artículo 1.0 de la presente Ley. Artículo 23. Las rentas y contribuciones públicas se liquidarán y cobrarán y los gastos ae igual clase se pa­garán en moneda de oro ó su equival ute en papel mo neda, al tipo del cambio establecido en la presente Ley. Parágrafo. Exoeptúase de esta disposición el recaudo de las rentas y contribuciones cnyo pago ordene expre samente se haga en oro. Artíoulo 24. Destinanse para la con ersióu del papel moneda por moneda metálica, el 25 por 10U en 1906 y el 50 por LOO de 1907 en adelante, del produc~o de las Ren­tas de Licores nacionales y extranjeros, Pieles ó Degüe· 110, Tabaoo y Oigarrillos, y la de Fósforos. Artículo 25. El Gobierno podrá, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 19 del año en curso, aumentar el fondo destinado á la conversión del papel moneda, con los recursos de que en ella se trata. Articulo 26. La conversión del papel moneda pOl' mo­neda metAlica se hará del modo y en los términos es tablecidos en el Decreto Legislativo número 47 del pre­sente año, en la proporción de ciell pesos ($100) en papel moneda por un peso (t 1) en oro. Articuló 27. Autorízase al Gobierno para que pueda confiar la administración y manejo de las rentas y con ­tribuciones cuyo producto se destine á la conversión del papel moneda, á la entidad ó compañía encargada de esta operación. Artículo 28. A fin de regularizar y uniformar la re­caudación de las rentas, el pago de los gastos públicos y el servicio de contabilidad oficial, ríjase oon caráater permanente la equival~ncia de diez mil por ciento (lO,UOO por 1UO) de la moneda. legal de oro, en que deben llevar­se las cuentas, sobre el papel emitido por el Gobierno. En consecuencia~ Jos créditos activos y pasivos del T~­soro, que conforme á la ley pueden satisfacerse eu papel moneda se harán efectivos y pagarán, respectivamente, en la proporción de cien pesoti en papel mon~da (' 100) por un peso de oro (. 1), salvo los casos de estipulación 1 l . Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 499 especial, en los cuales regirán las leyes ordinarias sobre la materia. Parágrafo. El Poder Ejecutivo podrá variar esta equi· valencia cuando la fluctuaeión del cambio en las ope racione ef~ctivas del mercado se aparte considerable meute del tipo fijado en el artículo anterior. Y en esta proporcióu podrá aumentar 6 disminuir los impuestos y l o~ gastos. A.rtícll lo 2P. Toda clase de cuantías pecuniarias fija das flor las leyes para finanzas, contratos, multas, etc. etc., ~e entenderán en moneda legal de oro y se harán efectivas ~n la forma del artículo anterior. Artículo 30. Autorizase al Gobierno para que pueda cantidad equivalente en billetes del Estado, segán el cambio corriente el día del pago; pero el deudor tiene el derecho de exigir que se rebajen los intereses deven~ gados en el tiempo transcurrido de diez y ocho de Octu· bre de mil ochocientos noventa y nueve (18 de Octubre de ]899) al treinta y uno de Diciembre de mil novecientos tres (31 de Diciembre de 1903). "NOTA IMPORTANTE-Este artículo (33) no tiene va lor y carece de fuerza obligatoria~ en conformidad con 10 dispuesto PO el articulo 1.0 de laLey 54 de 1910. (Véa· se ésta al principio é inmediatamente antes de la pre sen te)." atender á los gastos que ocasionen las Oasas de Mo· Artículo 34. Las obligaciones contrafdas antes de que neda, aplicando á ellos: se estableciera en el país el énrso forzoso, que no hayan 1.0 Las sumas que se cobren á los particulares por sido aún cubiertas, 10 mismo que las adquiridas en las la. refinación del oro y la plata de ley inferior á la de no I regiones dp la República en donde ha imperado de he· vecientos milésimos (0'900) ; , cho el curso de monedas metálicas ó que deban tener 8U 2.° La difereneia entre el valor comercial de la plat~ f cumplimiento allf, y que tampoco hayan sido aún cubier. y el de las monedas acuñadas por cuenta de los partl· tas, s6rán exigibles en las especies en qae se contraje· cnlares; y ron, ó en su equivalente en papel moneda. 3.0 Un derecho ad valorem, del cinco por cient? (5 por Artículo 35. Las obligaciones de cualquier clase ya lOO) del precio de venta en el lugar de su destmo, so· canceladas no darán derecho á nadie para intentar recia. bre la exportación del oro y la plata no amonedados y maciones qoe pretendan fandarse en esta Ley. minerales anríferos ó argentiferos, que se cobrará en Artículo 36. Si para aumentar los recarsos destinados oro por los Administradores de las Aduanas por don R la amortización del papel moneda faere necesario es. de se haga la exportación y se remitirá directamente al tablecer el monopolio de la venta y exportación del ta Banco O ... utra1. baco, el Gobierno podrá organizarlo de )a manera que lo La8 facturas presentadas por los expQ1'tadores, de estime más conveniente. acuerdo COll )as. disposiciones fiscales vigentes, .conten. Artículo 37. Las monedas de plata. que hoy circolau en drán la. declaraCIón del valor de ros metales ó mlDeralett el Departamento de Nariño, eo el norte de Sant,.oder y qae se exportan, y la Aduana paede tomarlos por el va en el norte del Oaoca serán recibidlls por el Gobierno lor decla:rad~, si lo estima conveniente, si~ndo el costo de en las contribuciones, al preGio que ten~an. en el mero condUCCIón Imputable al exportador, qUlen podrá tras· cado con relación al patrón de oro; yel GobIerno queda pasar á la Aduana. el contrato de portes ó fletamento obligado á retirarla~ de la circulación ft'flmplazándolas que tenga celebrado. . con monedas de plata de las recouocidas por e8ta Ley. Los derechos de exportación á qne se refiere este ar- Artículo 38 MI Banco Oeutral podrá traHpasar, me· ticulo, sólo se t'mpezarán á cobrar cuando á joicio de) Mi· diaute coutrat~s á )os Bancos <1epartamentales qae le nieterio de HacifOlld y Tesoro las 0883S de Moneda estén Slrven de ' gen~t:t las conceslOne privílegioR de que eu capacidad de acuñar todo el oro y la plata que se I está investido lega'lmente, t'xcepto .. 1 clt!recho d~ emH~.ión. prodazca en el país. . Articolo 39. Quedan derogados el Título 9.0 del LIbro rtículo 31. El producto de las rentas de las minltt! de J.O del Oódigo FIscal, las Leyes 33 de 1903 y 11 de 1904, esmeraldas de Muzo y Ooscuez, de las de Santa Ana, La y el Decreto Legislativo número 1.0 de 190~. . Manta, Supía. y Marmato, las de pesquerías de perlas, Dada en Bogotá, á veintinueve de AbrIl d~ mtl nove lo ue produzca la explotación de los bosques naciona cientos cinco. les los rendimientos de los derechos de puerto, ó sean los ~JI Presidente, de' _aro, tonelaje, lastre y sus semejantes, y el gravamen sob re la exportación de la nuez denominada tagtla, y todcO lo que produzca.n los derechos de exportación que se elstablezcan en la ley sobre la tarifa de aduanas, con ENRIQUE RESTREPO GABOlA tino ará ingresando á los fondos comunes del Tesoro Na· ciot:la), mientras sea necesario para atender con puntoa· lida.d á los gastos ordinarios de la Administración, sin perjuicio de que el Gobierno pueda aumentar con dicho producto los fondos destinados á la conversiÓli del pa. pel moneda. La administración y manejo de las expresadas rentas pneden hacerse de conformidad con 10 qoe dispone el artículo 27 de la presente Ley. I El Secretario, úuia Felipe A.ngulo Poder .Ejecutivo -Bogotá, Abril 30 de 1905. Pnblíquese y ejecútese. (L. S.) El Ministro de Hacienda y Tesoro, R. REYES PEDRO ANTONIO MOLIN A OBJEOIONES del Poder Ejecutivo á la Ley 64 de 1910. Articulo 0~. El Gobierno reorganizará la. Junta Na. ! cional de Amortización nombrando su personal, que se compondrá de tres lIliembros principales con sus res-pectivos suplentes. Las funciones de la Junta Nacional Honorables Diputados: de Amortización cesarán si el Gobierno diere en arrenda· Paso por la ¡leIJa de devolveros con objeciones el pro miento las minas de esmeraldas. yecto de ley" por la cual se corrige er texto de otra." Parágrafo. En caso de que cesen las funciones de la Trátase con este proyecto de declarar sin fuerza obli Junta de Amortización en virtud de lo dispuesto eu .este \ gatoria el artículo 33 de la Ley 59 de 1~05,. que estahl.ece artículo, la incineración quedará á cargo de la entidad la manera como deben pagarse las oblIgaCIones pendIen q ne deba hacer la conversión del papel moneda. tes contratdas en determinada clase de moneda. Articulo 33. Las obligaciones pendientes que tenga.n Este artículo, como todo el resto de la Ley, ha estado por objeto cantidades de dinero en monedas de oro ó en vigor durante cinco años, sin que ninguno de los Ouer· de plata nacionales 6 extranjeras, deben cumplirse- pos Legislativos que se han reunido en este largo espacio cualquie;a que sea la época en que se hayan contrai· de tiempo, se haya creído. en el caso de derogar~ot aun do-pag ando en la moneda estipulada ó entregando la que en más de un~ ocasIón se han hecho gestIones en Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 500 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL este sentido y se han presentado proyectos de ley que han quedado en suspenso, 6. hao sido expresamente ne gados. La Asam blea Nacional de 1907 derogó, por medio de la Ley 35, ocho artículos de 1:1. 59 cie '1905; pero no in· clayó en la derogatoria el 33; y es de observarse que el personal de esta Apamblea era en gran parte el mismo que había votado la expresada Ley. En 1908 el proyecto de derogatoria file negacio, con el voto, entre otros, de uno de los Diputados que habían tomado parte más acti va en la discusión del articulo cuya autenticidad se niega y de los demás con él relacionados. De un lado existe una ley expedida con todos los requi­sitos legales, firmada por el Presidente y el Secretario de la Asamblea, sancionada constitucionalmente por el Po· der fDjecutivo y publicada en el Diario Oficial y en la co lección de leyes de la República, y de otro lado, pbra in· firmarla. las actas de la Asamble~, que ni siquiera lle­van las firmas de los dignatarios, y que según examen pericial que obra en el expediente. adolecen "de desor· cien y anacronismos peligrosos para la completa aprecia· ción del resultado de las discusiones de la Ley," sin que tampoco de ellas pueda deducirse, según resulta de dioho examen, que el artículo 33 sea falso, en la parte que se refiere á la manera oomo deben pagarse las obligaoiones pendientes en determinada especie de moneda. El articulo 1.0 del proyecto que habéis aprobado decla ra que el citado artículo 33 oarece de fuerza obligatoria; pero al hacer esta declaración, quizá no se ha dado la debida importancia á la consideraoión de que lo estable· oido en tal artículo no introdnjo novelad en la legisla oión, pues tanto el Oódigo Oi vil como el de Oomercio con­tienen esa misma disposición, y uno y otro fueron pro· mulgados como ley de la República con posterioridad á la Ley 87 de 1886, que prohibió, aunque en forma inco rreota, la lihre estipulación. Parece indudable que nada pueda quitar su validez á contra tos celebrados al ampa ro del Oódigo Oivil, que es una ley que determina ínte· gramente los derechos y obligaciones de los asociados; que f-S la suma del Derecho Oivil. Todas las naciones del mundo, y especialmente un pa1s nuevo como Oolombia, necesitan tener sólidamente oimentado tm crédito é inspirar confianza absoluta en la seriedañ de sus acto~ y en la efectividad de sus compro­misos. Para entrar de lleno por la. vía del progredo, en que nos llevan tánta delantera otras Repúblicas ameri · canas, necesitamos que los poderosos elementos de rique za y de civilización, que en otras partes hallan empleo esoasamente lucrativo, veBgan á ser fa~tor decisivo en el desarrollo nacional; pero para que esto suceda es pre­oiso que el capital extranjero tenga fe en el ' pals y no tema ponerse al amparo de nuestras leyes. Desde este punto de vista, el acto en virtud del cual se declare que .un texto legal, aplicable de mauera especial á contratos celebrados con el Exterior, carece de validez, no puede men~s de afectar el crédito rte la Nación, destruyendo la basa de confianza que es indispensable para las transac· ciones comeroiales é inspirando recelos sobre la eficacia de )81 legislación nacional. Hay que apartar un poco la vista de la discusión trabada en derredor del artículo 33, por razones de autenticidad, para considerar que é. los ojos de nacionales y extranjeros la anulación de que se trata orea un precedente de importancia suma: los ca pitalistas extrlinjeros que nos han abierto su crédito y nos han dado su oro pudieran crper qQe no tiene otro fin que prestar amparo legal á quienes quisieran rehusar el cumplimiento de obligaciones que contrajeron libre y cons· oientemente, y pagar en moneda depreciada lo que re~i · bieron en otra de valor mucho más alto. Surgiría el temor de que :0 que ahora se bace alegando que una leyes falsa, pueda repetirse, con nuevas razones y con diferentes mo­tivos, para qllitar su fuerza obligatoria á otras prescrip. oiones legales sobre régimen monetario, sobre contratos c~lebrad08 en el Extranjero 6 en ~l país, eto. p'ara el mun-do comercial, las consideraciones alegadas en los infor· mes favorables al proyeoto no existen: sólo existe el he· cho de que se ha expedido ona. ley por la cual no podrá un acreedor hacer efectiva una deuda, perfectamente le gítima, y que hasta ayer pudo creer garantizada por la ley, acorde eo esto con 180 moral. El c:,iterio comercial de los países civilizados es demasiado sensible, para que un hecho de esta clase deje de crear una atmósfera impro. picia á los negocios colombianos. En fuerza de estas consideraciones os ruego reconside­réis el proyecto en referencia. Bogotá, Septiembre 12 de 1910. OARLOS E. BESTREPO El Ministro del Tesoro, G. MARTINEZ A.-El Subsecre tario de Gobierno encargado del Despacho. BERNARDO ESOOV.A.R. A lOI honorable, Diputados de la A,amblea Nacional de Colombia. INFORl\1ES DE COMISIONES INFORME de la Comisi6n de la Asamblea Nacional que estudió las objeciones heohas por el Poder Ejecutivo á la Ley 64 ele 1910. Honorables Diputados: Tenemos el honor de rendir el informe reglamentario sobre las objeciones hechas por el Poder Ej,ecutivo al pro· yeoto de ley" que corrige el texto de otra." Se ha tratado tan por extenso en la Asamblea la ma · teria que es objeto de este informe, que consideramos ocioso entrar aquí en u 11 examen pormenorizado de los anteoedentes de este asunto; y así, haciendo caso omiso de tales antecedentes, sólo queremoa recordaros, como punto de partida de los ra.zonamientos que habremo~ de hacer en el curso de este escrito, que se trata de declarar sin fuerza obligatoria el articulo 33 de la Ley 59 de 1!J05, que dice: .\ Artículo 33. Las obligaciones pendientes que tengan por objeto cantidades de dinero en moneda de oro ó de plata nacionales ó extranjeras, deben cump1irse-~ual quiera que sea la époc~ en que se hayan contrafdo-pa. gando en la moneda estIpulada ó entregando la cantidad equivalente en billetes del Estado, según el cambio co rriente el día del pago; pero el deudor tiene el derecho de exigir que se le rebajen los intereses devengados en el tiempo transcurrido del diez y ocho de Oc tu br~ de mil ochooientos noventa y nueve al treinta y uno de Di ciembre de mil noveoientos tres." Oomo lo sabéis, mejor que vuestra Comisión, la fJTe . sente Asamblea declaró sin valor legal este artículo. porque deijpués de un maduro estudio en las fuentes de la historia de la Ley 59 de 1905, llegó á convenoerse de que el articulo 33 transcrito no fue jamás la expresión de la Asamblea de aquel año, y que no siéndolo, cum plfa con un deber y ejercitaba un' derecho, al decla rarlo, como lo declaró, sin fuerza obligatoria alguna. Oumplía con un !1eber, señores Diputados, porque sao bedora ella de que mano imprudente ó criminal. ó uno y. otro junt~s, había ad~lt.erado el texto de la Leyalu ­dida, es deCIr, había mistIficado la voluntad nacional. haciéndola decir lo que no dijo y querer lo que rechazó ahincadamente, su obligación era,. como entidad mor~l, como repre:Jentante de la personalIdad del Estado, de­clarar que el artículo 33, á que nos referimos, no obliga á nadie, no es ley; y ejerCitaba un derecho, porq ne dU nuestro régimen constitucional corresponde al Poder Le· gislativo dictar las leJes que en su sabiduria estime convenientes al bien pú!>lico con sujeción á lo prescrito en el titulo vn de la Oonstitución. Lo expuesto, honorableij Diputados, basta, en conce . to de vue~tra Comisión, para sostener que el proye~o de ley objetado merece los honores de la sanción eje(o. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. , ANALES D~ LA ASAMBLEA NACIONAL 501 tiva, que no su veto; pero comoquiera que son muy dición de la Ley 59 de 1905 habia una irregularidad, que otras las opiniones, muy respetables por lo honradas y cumpUa al Ouerpo Legislativo subsanar; pero supon­patrióticas, de Su Excelencia el senor Presidente de la gamos que no está comprobado este hecho y entremos Reptíblica, con todo el respeto que ellas le merecen á en el examen de las consideraciones siguientes hechas vuestra Oomisión, pasa á examinarlas con el objeto de por el Ejecutivo. cumplir con su deber y ver d~ llevar alguna luz -si tal Este dice: "de an lado existe una ley expfldida con faere su fortuna-lil debate. todos los requisitos legales, firmada por el Presidente y Se asienta en primer término, en favor de la validez de el Secretario de la Asamblea, sancionada constitucio. la disposición declarada irrita, la circunstancia de que nalmente por el Poder Ejecutivo y publicada en el Dio,. ha estado en vigor durante cinco años, "sin que ninguno rio Oficial y en la colección de leyes de la Reptíblica, y de los Ouerpos Legislat.ivos que se hall reunido en este de otro lado, para infirmarla, las actas de la Asambfea largo ebpacio de tiempo se haya creído en el caso de que ni siquiera llevan las firmas de los dignatarios y derogarlaf aunque en más de una ocasión se han hecho que segtín examen pericial que obra en el expediente gestiones en ese sentido y se han presentado proyecto:l adolt'ctj de desórdenes y anacronismos peligrosos para 1ft de ley que han quedado en suspenso, Ó han sitio expresa cOlD;Ileta apreciación del resultado de las discusionet:! mente negados," según lo afirma el Ejecutivo. de la Ley, sin que tampoco de ellas pueda deducirse Es cierto, honorables Diputados, que la Ley 59 de segtín resulta de dicho examen, que el artículo 33 se~ 1905 ha estado en vigor desde que se expidió; pero falso en la parte que Be refiere á la manera como deben en primer lugar, no le es dado al tiempo Ilacer bueno lo pagarst:' las obligaciones pendientes en determinada es que es ó fue malo originariamente, y por eso la mistifica pecie de moneda." eión legislativa de que se trata no ha dejado de ser, por El Poder Ejecutivo afirma, pnes, en el paso transcrito ~I sólo transcurso del tiempo, un hecho censurable é de sus objeciones, estos hechos: Ilegal, impropio, por lo mismo, de que el Ouerpo Legis. 1.0 Que la Ley 59 de 1905 fue expedida con todos los 'ativo le ponga el sello de su autoridad para hacerlo requisitos legales por la Asamblea de aquel ano, sancio bueno y valedero; y en segundo lugar, precisa recordar nada constitucionalmente por el Púder Ejecntivo y pu­, que si es cierto que ni la Asamblea Nacional de 1968, ni blicada en el Diario Oficial y en la colección de leyes el Congreso pasado, llegaron á declarar sin valor alguno de la Reptíblica, y .el artículo 33 de la Ley 59 de 1905, sí lo intentaron, como 2.0 Que las actas de la Asamblea no pueden servir ~8 de verse, tanto en el proyecto de ley presentado en para establecer de modo evidente que el artículo 33 sea. aquel afio por 10tl Diputados señores Luis Oaervo Már falso, en la parte que se refiere á la manera como deben ,quez y Rogelio García R., co no en el propnesto á la pagarse las obligaciones pendientes en determina.da espe Uámara el ano pasado por 108 Diputados señores Justo cie de moneda. Guerra y Juan Sarmiento H., que pasó allí hasta. en Es evidente que la Ley 59 de 1905 se publicó en el tercer debate, y que pf()baolemente habría sido ley de la .Diário Ofioial y en la colección de leyes de la Repúbli República 81 las OáOlal'as uo se hubie~en clausurado. ca, con las formalidades externas de llevar las firmas Reconoce igualmenttj vuestra Oomisióu que es cierto del Presidente y Secretario de la Asamblea y las del .que la. Asamblea Nacional (l~rogó, por medio de la Ley Presidente de la República y del Secretario del ramo á .55, vari08 artículos de la Ley 59 de 1905, tlin tocar el que ella se refiere; pero no es de esto de lo qu~ se trata, ho .articulo 33; pero sienttj 110 hall al' ~ n ... tita ob ervación norables DIputado , sino de saber si toda eija L6y 59, in ­. el alcance que se pretende darl e, iJorque eu vista dt l clu ive el articulo 33 de ella, fue Ó uó la expreslón de la .estudio de los antecedentes de esta Ley, todo iudicio-y voluntad del Ouerpo Legislativo que se dice haberla dio .el apuntado podría ser uno-en favor de la autenticidad tado, ó si, como se ha denunciado al país por la prensa y .del artículo 33 desaparece, desde que está probado en á varios Ouerpos Legislativos por el mismo seilor Procu . .el voluminoso expediente del proyecto que aquél no rador General de la Nación, mano torpe ó criminal iu ­fue votado por la Asamblea. trodujo en el texto de aquella. Ley el articulo 33 que el A.hora, respecto á que el proyecto en que nos ocupa legislador de 1905 no dictó; porque si resulta verdad roos faera negado en 1909 "con el voto, entre otros, de qne este artículo DO es la expresión auténtica del que­. uno de los Diputados que habían tomado parte más acti rer d~1 legislador, mauifestado en la forma prescrita por ,va en la discusióu del art,ículo cuya autenticidad tle la ley, tal disposiCIón carectj de fuerza obligatoria, así ,niega," pasamos por la pena de rectificar el concepto esté incorporada entre otras que sí dictó aquél y ssncio· apuntado en lss obje<,ioues, porque, como llevamos di nó el Ejecutivo . . cho, este proyecto no fue negado en el Oongreso del ano En efecto, segtín nuestro Derecho Público, sólo es ley pasado, /:lino antes bien, aprobado hasta en tercer debate lo que el Ouerpo Legislativo manda, prohibe ó permite, .en la Oámara de Representautes. mediaute los trámites prescritos en los respectivos R~gla- .Oierto que los honorables Diputados de entonces, doc mentos de las Oámaras y que sea promulgado y san · tores N1colás Esguerra y Oarlos N. Rosales, pidieron en cionado en legal forma; luego si se comprueLJa que algo seudos informes y por razones de distinto orden cada promulgado y sancionado por el Ejecutivo, no 10 man­uno, que se suspendiera indefinidamente su considera- dó, prohibió ó permitió el Ouerpo Legislativo, eu la for ció n ; pero la Oámara no vino en ello, como consta en lila legal correspondiente, eso sancionado y promulgado el reverso del final del informe del ilustre J'urisconsulto no es ley, que, .segtín el artículo 4.0 del Oódigo Oivil, es una declaración de la voluntad soberana manifestada en senor doctor Esguerra, y el proyecto siguió su curso has· la forma prevenida. en la i 'onstitución Nacional; y ésta ta tercer debate, con la particularidad de que el mismo requiere, para que un mandato sea ley, primero, que el doctor R08ales, que habia pedido antes la suspensión O del proyecto, subscribió luégo con los honorable8 Di o.erpo Legislativo así lo declare, y segundo, qUtj se putados José María Iragorri Isaacs y Lisandro Restrepo, promulgue y sancione. el informe en que pidieron se le diera segundo debate, ' Voluntad expresa del legislador y promulgación y tJan · y en el cual informe se leen estas palabras: "este ción ejecuti va.soo, pues, requisitos indispensables ele la informe (el de los Diputados Guerra y Sarmiento) es la ley. Si uno falta, falta ésta. Y tal es el caso en que nos demostración más concluyente de que el articulo 33 de ocupamos ~ el artículo 33 no fue aprobado por la Asam­dicha Ley (la 59 de 1905) carece de fuerza obligatoria." blea, y aunque promulgado y sancionado por el Ejecu. Lo dicho, pues, que consta comprobado en los docu· tivo, como falto del primer requisito no puede ser ley. mentos que acompañan al proyecto, pone en evidencia Ahora bien: segtín se ha comprobado con el examen que la Asamblea del afio de 1907 y la Oámara de Repre· de las actas de la Asamblea y la relación de los debates, ¡sentantes del año pasado, consideraron que en la expe· el artículo 33 de la Ley 59 de 1905, "es una disposición , BANCO DE LA REPUBLlCA BIBU9TECA LUIS - A,NGEL ARANGO HEMEROTECA Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. / 502 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL que aunque discutida y aprobada parcialmente fue ne­gada en definitiva y sub~tttuida. por las disposiciones contenidas en los artículos 34 y 35 de esta Ley"; luego, repetimos, aunque el artícnlo 33 precitado haya sido sancionado y promulgad) como expresión de la volnn· tad del legislador, no hace parte de la Ley en referencia, porque no fue votado como mandato imperativo; antes bien, la Asamblea 10 rechazó y substituyó, como que da dicho, con los artículos 34 y 35 propuestos por el Di putado señor Restrepo Garaía .. Esto consta en las actas de la Asamblea, y no vale de cír para infirmar esta prueba que tales aotas son ana crónicas, fueron llevadas con desgreño lamentable y ca r" cen hasta de l~e firmas autógrafas del Presidente y SIl cretario de la corporación, porque una de dos: Ó se les da. fe á pesar de estos reparos, y entonces el hecho re­ferente á la suplantación del artículo 33 es evidente, ó no se lE's da fe, y entonces tenemos que convenir en que no hay prueba de que los legisladores de 1905 votaran los demás artículos de la Ley 59 de 1905, porque las actas no pueden aceptarse como verdaderas en una parte y falsas en otra. Pero b.ay más: es preciso parar la mente en otra con sideración_ La prueba de que el artíéulo 33 no es autén­tico no está sólo eu que según las actas fue rechazado por la Asamblea; está en la relación de los debates, en los discnrl:4os de los Diputadol!l, de todo lo cual consta que no fut:' .\probado; y, además, en el hecho cierto de que la parte elel artículo 33 que dice: "pero el deudor tiene derecho de exigir, etc.," no fue siquiera puesta en consideración de la Asamblea. Ouanto á que al declararse sin valor el artículo 33 no se ha pa r'ano en la consideración de q ne ese articulo no introdujo uovedad en la Legislación, porque tanto el Oódigo Oivil como el de Oomercio contienen la doctrina que aquél consagra, ocurre observar que tratándose prin cipalmeute ell el caso que se contempla de saber si el artículo 33 fue ó uó votado por la Asamblea, es ó nO obligatorio en la Nación, la -otra faz del asunto no tiene ver.tadero interés en el caso sujeto á vuestra decisión; porque no se trata aquí de resolver si al tenor del arti­culo 2224 del Oódigo Oivil, del 203 del Oódigo de Co mercio Terrestre y de los 843 y 518 del Marítimo, ha ha· hido libre estipulación de moneda en el país, en la época en que muchos creyeron qne estaba prohibida, inclusive la. Oorte Suprema de Justicia, sino de decidir si conforme á nuestro Derecho Público es ó uó ley determinadQ artí oulo, de una que ha pasado por tál, prohijada por la sanción ejecutiva y acusada como irrita por el Procu­rador de la Nación. Además, si las disposiciones de los Códigos precita dos mantuvieron en todo tiempo la libre estipulación; el deolarar sin valor el artículo 33 de la Ley precitada es un hecho indiferente, deja todos los contratos 6n lo re· lativo á la moneda al amparo de aquellas disposiciones, r la Presidencia de la República y crea otros empleos, , su bstitu· yendo la designación de Escribientes por la de Oficialp~ segundos, en atención á las funcione8 algo más que manuales que habrán de ejercer." Bogotá, Septiembre 5 de 1910_ Vuestl'a Comisión, Julio M. }j¡sooba'l' Asam,blea Nacional de Oolombia-Sécreta'/'ía-Bo­gotá, Septiemb1'e 20 de 1910. En la sesi6n de la fecha fue aprobada la parte resolutiva del anterior informe, Cópiese y publíquese. ~J Secretario, B. Pena V. NOTA República de Oolombia-Ministerio de Obra8 Públicas-Sección 1." -Núme1'o 5484-Bogotá, Septiembre 21 de 1910. Señor doctor Luis A. Mesa-Presente. Con positiva complacencia me he impuesto, por medio de su atento oficio número 158, de fecha 12 del presente mes, de que la honorable Asamblea Nacional ha tenido á bien elegir Dignatarios para el período reglamentario á los honorables Diputa­dos Mesa, Lombana B. y Restrepo Sáenz, como Presidente, primer Vicepresidente y segundo Vi­cepresidente, respectivamente. Soy de usted atento servidor, Por el señor Ministro, el Subsecretat'io, AQUILEO OJORlO IMPB.BNTA 1(AGIONAL Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Anales de la Asamblea Nacional - Serie única N. 63

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Anales de la Asamblea Nacional - Serie única N. 53

Por: | Fecha: 14/09/1910

REPUBLICA DE COLOMBIA ANALBS DB· LA ASAMBLBA NACI~NAL Serie ·única ~ Bogotá, Septiembre 14 de 1910 ~NúDlero 53 / CONTENIDO LEY NUMERO 40 DE 1910 Ley nllmero 39 de 1910, por la cual se da una autorizaci6n al Go-bierno ......... " ......... ............. .., ... ". . . (5 DE SEPTIEMBRE) 417 Ley nllmero 40 de 1910, adicional á la námero 25 de 1910, que crea el Departamento del NOfte de Santander..... ...... . Ley número 41 de 1910, sobre cr€ditos adicionales al Presupuesto de adicional á la número 25 de 1910, que crea el Departa 417 mento del Norte de Santander. Gastos de 1910 . .•••. •• ....... . . . . •••••• •• ....... .. .. .. 418 Ley námero 42 de 1910, por la cual se manda establecer una Escue­la de Agricultura y una Secci6n de Mecánica en la Universidad del Cauca.... •.. ..... . ... . ... . .. ...... . •• 418 Acta de la sesi6n del viernes 26 de Agosto de 1910 ....... ....... 418 Acta de la sesi6n del sábado 27 de Agosto de 1910 . .... ... ........ 419 Acta de la sesi6n del lunes 29 de Agosto de 1910 .. . ... .. 421 Relaci6n de debates ,............... ... ........... ............ • __ . ..... 422 Proyecto de ley sobre vías de comunicaci6n .... ·.oo. .. .' ... 424 ASAMBLEA NACIONAL DE 1910 LEY NUMERO 39 DE 1910 (5 DE SEPTIEMBRE) por )0. cual se da una autorización al Gobierno. La Asamblea Nacional de Colombia DEORETA: Artículo único. AutorÍzase al Gobierno para que, cuando lo juzgue conveniente, habilite para la importación y la exportación el puerto de la desembocadura del río Guapí en el mar Pacífico, y establezca allí una Aduana con el personal nece­sario. Parágrafo. La partida requerida para el funcio· namiento de la Aduana indicada, se considerará incluida en el Presupuesto de Gastos correspon· diente al año fiscal en que el Gobierno haga uso de la autorización que se le confiere por la presente Ley. Dada en Bogotá, á primero de Septiembre de mil novecientos diez. El Presidente, CLEMENTE SALAZAR M. El Secretario, Man~tel María G6mez P. Poder Ejecutivo-Bogotá, Septiemo'J'e 5 de 1910. Publíquese y ejecútese. (L. S.) CARLOS E. RESTREPO El Ministro de Hacienda, TOMAS O. EASTMAN La Asamblea Nacional de Oolombia DEO RETA : Artículo 1.0 El Departamento del Norte de Santander pasará de su Tesoro la cantidad de diez y seis mil seIscientos cuarenta pesos ($ 16,640), mitad de la deuda de treinta y tres mil dos­cientos ochenta pesos ($ 33,280), que pesa sobre el Tesoro del Departamento de Santander reinte· grado el primero de Mayo del año en curso. Artículo 2.° El pago de los diez y seis mil seis· cientos cuarenta pesos ($ 16,640) de que trata ti artículo anterior, se hará directamente á los acree· dores en vista de loe respectivos documentos Je cobro, y según la relación que al Gobernador del Departamento remitirá el Tesorero General de Santander. Artículo 3.° Las cuentas d,.. los Colectores de Hacienda de las provincias de Cúcuta, Ocaña y Pamplona y la del Administrador de la Renta de Licores, correspondientes á todo el mes de J a· lio próximo pasado, serán remitidas en la forma y condiciones acostumbradas al Tesorero General del Departamento de Santander. Artículo 4.0 Si al hacerse la li~uidación defini· tiva resultaren algunas deudas de c~rgo del extin­guido Departamento de Santander;. el pago de ellas se hará por iguales partes por los Depar. tamentos en que ha quedado dividido ~quél. Artículo 5.° Los Municipios del Carmen y Convención de la extinguida Provincia qel Caro men, quedan agregados á la Provincia de Ocaña, del Departamento del Norte de Santander. Artículo 6.0 Esta Ley regirá desde la fech~ de sa promulgación. Dada en Bogotá, á dos de Septiembre de mil novecientos die~. El Presidente, CLEMENTE SALAZAB M.' El Secretario, Manuel María Gómez P. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 418 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL POde1' Ejeoutivo-Bogotá, Septiemb're 5 de 1910. LEY NUMERO 42 DE 1910 PubHquese y ejecútese. (5 DE SEPTIEMBRE) (L. S.) CARLOS E. RESTREPO por la cual se manda establecer una Escuela de Agri. El Subsecretario de Gobierno encargado del Despacho, BERNARDO ESOOVAR .. LEY NUMERO 41 D~ 1910 (5 DE SEPTIEMBRE) sobre créditos adicionales al Presupuesto de Gastos de 1910. La Asamblea Nacional de Colombia DEORETA: Artículo único. Abrense al Poder Ejecutivo los siguientes créditos adicionales al Presu puesto de Gastos de 1910, con las imputaciones que pasan á expresarse: DEPARTAMENTO DE HAOIENDA Oapítulo 86. Aduanas-Material. Articulo 230. Gastos varios en las Aduanas: Para adquisición, reparación y alquiler de uten· silios y enseres, tales como falúas, balAnzas, cajas de hierro, etc., lo mismo que para la conservación y demás gastos de embarcaciones de las Aduanas de la República, en el presente afio .... ,; 5,000 § 4.° Para pagar la instalación de cua· tro boyas de luz en las costas del Atlán· tico, según contrato celebrado con el se­fior Enrique Pérez, representante de la International Marine 8ignal Cornpany, de Otawa, publicado en el Día1'io Ofi-oial de 29 de Diciembre de 1909. . . . . ••. 14,000 Oapítulo 45. Vigencia anterior. Artículo 257. Para atender al pago de saldos pendientes de la vigencia anterior. 15,000 Suma. .. .. . ..... $ 34,000 Dada en Bogotá, á dos de Septiembre de mil novecientos diez. El Presidente, CLEMENTE SALAZAR M. El Secretario, Manuel Ma1'ía Gómez P. Poder Ejeoutivo-Bogotá, Septiembre 5 de 1910. Publíquese y ejecútese. cultura y una Sección de Mecánica en la Universidad del Oauca. La Asamblea Nacional de Oolombia DEORETA: Artículo 1.0 Establécese en ]a Universidad del Cauca, en Popayán, una Escuela de AgrI­cultura y una Sección de Mecánica. Artículo 2.° Destínase para el establecimiento de las mencionadas Escuela y Sección cinco mil pesos ($ 5,000) 01'0, Y para sueldos anuales de Profesores cuatro mil pesos ($ 4,000) oro; sumas que se considerarán incluidas en el Presupuesto vigente. La última será incluida en lo sucesivo en los Presupuestos nacionales de Gastos. Artículo 8.° Queda autorizado el Gobierno para reglamentar la Escuela de Agricultura y la Seco ción de Mecánica, cuyo establecimiento se ordena por la presente Ley; para fijar los sueldos de los Profesores, y para adquirir las máquinas, apara· tos, muebles y enseres indispensables á tal fin. Artículo 4.0 Esta Ley regirá desde su sanción. Dada en Bogotá, á primero de Septiembre de mil novecientos diez. El Presidente, CLEMENTE SALA ZAR M. El Secretario, Manuel María G6mez P. .Poder Eje01.ttivo-Bogotá, 8eptiembre 5 de 1910. Publíquese y ejecútese. (L. S.) CARLOS E. REST.REP El Subsecretario de Instrucci6n Pública encar­gado del Despacho, BEN.TAMIN URIBlE ACTA DE LA SESION DEL VIERNES 26 DE AGOSTO DE 1910 (Presidencia del Diputado Salazar M.). 1 Dio principio la sesión de este día á las dos Y' diez minutos de la tarde, con el quorum legal. De­bidamente excusados no concurrieron los Diputa­dos Esguerra, Hernández, Ferrero, Ospina y Quin­tero Calderón. 11 Sin observació~ alguna fue aprobada el acta de la sesión anterior. III (L. S.) CARLOS E. RESTREPO Se dio cuenta del orden del día de la corpora­ción y de un oficio del señor Ministro de Obra J. MARTINEZ A. Públicas, remisivo de una solicitud del señor Frank: El Ministro del Tesoro, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 419 A. Koppel, como apoderado de la The Santa Mar­ta Railway Oompany, el cual pas6 en comisi6n al Diputado Holguín y Caro. IV El señor Ministro de Relaciones Exteriores ' so­licitó se constituyera la Asamblea en sesi6n se­creta, para tratar asuntos internacionales, Jo cual se verific6 en seguida. v Abierta de nuevo la sesión pública á las cuatro y quince minutos de la tarde, continuó el segundo debate del proyecto de ley "pt>r la cual se dictan algunas disposiciones sobre explotación de las Salinas y se fijan los precios de la saL" . Había quedado en discusi6n para adoptarse la modificación de la Comisión al artículo 8.° El Di· putado Holguín y Caro presentó esta submodifi-cación: . " Asígnase al Municipio de Zipaquirá una par­ticipaci6n del dos y medio por ciento en el pro­ducto líquido de la Salina ue ese lugar, la cual participaci6n se distribuirá así: uno y medio por ciento para el Munícipio; medio por ciento para la Iglesia, y medio por ciento para la beneficencia." Tomaron parte en la discusión el proponente y los Diputados Guerrero y Quevedo Alvarez. Des­pués se aprob6 por veinte balotas blancas contra quince negras, resultado del cual dieron cuenta los Diputados Villegas y Torrente, nombrados escr u­tadores. En seguida se adopt6. El Diputado Rodríguez propuso y sustent6 el siguiente artículo nuevo: " El Gobierno explotará la Salina de Sesquilé y venderá las materias primas al mismo precio que en la de N emoc6n." Usaron de la palabra el señor Ministro de Ha­cienda y el Diputado Arbeláez. Al pedirla este último por segunda vez, la Presidencia se la con­cedió para cuando volviera á tratarse este asunto, y levantó la sesi6n. Eran las cinco y quince mi­nutos de la tarde. El Presidente, . CLEMENTE SALAZAR M. El Secretario, Manuel María (}ómez P. ACTA DE LA SESION DEL SABADO 27 DE AGOSTO DE 1910 • (Presidencia del Dipntado,Salazar M.). 1 Con el número requerido dio principio la sesión de este día á las diez de la mañana. Legítimamen­te excusados no concurrieron los Diputados Es­guerra, Ferrero, HernRndez, Ospina y Quintero Calderón. TI Leída y aprobada el acta de la sesión anterior sin observación alguna, se dio cuenta del orden del día de la corporaci6n y de los siguientes nego­cios: un oficio del señor Ministro de Obras PÚ­blicas, en el cual somete á la consideraci6n de la Asamblea el informe presentado al señor Gober­nador de Boyacá por los señores Domingo E. Sa­lazar y Francisco Liévano, ingenieros nombrados para informar sobre las causas del derrumbamien .. to ocurrido en SutamarchRn (pas6, con tres días de término, á los Diputados Mesa y Perilla); uno de la Sociedad de Agricultores, en el cual solicita se establezcan en la Constitución ciertas reformas; un telegrama del Médico de Sanidad de Puerto Colombia, sobre el peligro en que se hallan ese y los otros puertos del A tlántico de recibir el conta .. gio de la peste bubónica (pas6, con veinticuatro horas de término, al estudio de los Diputados Ven- , goechea y Arango Ramón); un memorial de va­rios comerciantes de esta capital, en el cual soli­citan se grave la introducción de cigal'rillos ex­tranjeros con un impuesto mayor del que hoy tienen (pasó á la CO!!lisión que estudia tal asun­to), y un mensaje del Poder Ejecutivo, con el cual devuel ve sancionada la Ley número 38 del pre­sente año, "por la cual se crea un empleo y se apropia partida para pagarlo." . 111 El señor Ministro de Hacienda presentó á la consideración de la Asam blea un proJecto de ley " que adiciona y reforma la de elecciones,'" y el Diputado Restrepo Sáenz un oficio del Consejo Municipal de esta ciudad, en el cual solicita la expedición de un proyecto de ley que faculte al , Gobierno pal't\ hacerle un préstanlo al Municipio. El Diputado García G. devolvi~, con informe, el proyecto de ley "sobre créditos adicionales al Presupuesto de Gastos nacionales del año de 1910." IV La siguiente moción, subscrita por el Diputado Del Corral, fue aprobada: " Antes de entrar en el orden del día, dé se pri­mer debate al proyecto de ley que acaba de pre­sentar el señor Ministro de Hacienda." Abrióse en consecuencia el primer debate 4el citado proyecto, el cual se aprob6 y pas6 en co­misi6n, con cuarenta y ocho horas, á los Diputa­dos Del Corral, Holguín y Caro y Rosas . V Se continu6 el segundo debate del proyecto de ley "por la cual se dictan algunas di~osiciones sobre la explotaci6n de las Salinas y se fijan los precios de la sal." Había quedado pendiente la discusión sobre el artículo nuevo propuesto por el Diputado Rodrí- • • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. • 420 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL guez, y. con derecho á la palabra el Diputado Al'­beláez, quien hizo uso de ella para sustentar el artículo que se discutía. A continuaci6n, el Diputado Perilla propuso lo que se transcribe en seguida: " Suspéndase lo que se discute y considérese 10 siguiente: " Antes de dar segundo debate al proyecto de ley sobre elecciones, publíqueRe en hoja volante." El señor Ministro de Hacienda y el Diputado Rodríguez usaron de la palabra con referencia al artfculo sobre Salinas, después de lo cual fue aprobada la proposición del Diputado Perilla. Acto continuo el Diputado Quevedo Alvarez subscribió esta submodificación: . "El Gobierno procurará, dentro de los términos de esta Ley, extender los trabajos á las demás Sa­linas terrestres que ya han sido explotadas en el territorio de la República." Fue sustentada por su autor y por el señor Mi­nistro de Hacienda, é impugnada por los Diputa­dos Rodríguez, Mesa y Arbeláez. El Diputado Del Corral hizo algunas observaciones. Esta sub­modificaci6n fue negada; y luégo se aprobó el ar­tículo propuesto por el Diputado Rodríguez. El mismo Diputado Rodríguez propuso después este otro: ., Cuando el Gobierno considere excesivo el precio de la s"l compactada por particuiares, po­drá compactar y vender la que sea necesaria para moderarlo. La venderá á precio de costo de pro­ducción, incluso en éste el de las materias primas, y susp(lnderá la elaboración y la venta cuando el precio de la sal de particulares sea igual 6 inferior al de la que venda aquél." Como fuesen las doce del día, se suspendi6 la sesión, quedando con derecho á la palabra el pro­ponente para cuando vuelva á discutirse el asunto. VI Con el número reglamentario se reanudó la se· sión á las dos y cincuenta minutos de la tarde. VIl Continuó el segundo debr.te del proyecto de " Acto legislativo reformatorio de la Constitución Nacional. " La Comisión á cuyo estudio había pasado el ar­tículo transitorio, en el cual había quedado pen­diente el debate, manifest6, por conducto del Di­putado Villegas, miembro de ella, no haber llega­do á un acuerdo, por lo cual solicitó prórroga, que le fue concedida. El Diputado Pinzón propuso lo siguiente: "Continúese el ~egundo debate del proyecto de 'Acto legislativo reformatorio de la Constitución Nacional.' " El Diputado Bonilla hizo algunas observacio­nes, y como la Presidencia estimara que en cierta manera era redundante la proposición del Diputa­do Pinzón, éste pidió permiso para retirarla, en lo cual convino la Asamblea. Se puso en discusión el citado artículo transi­torio, cuya adopción se había pedido por incisos. Al adoptarse el inciso 1.0, el Diputado Perilla lo modificó en la siguiente forma, en la cual fue aprobado y adoptado: "La del Congreso Nacional, el 20 de Julio oe 1911." Hicieron constar sus votos negativos los Dipu­tallos Collazos y Salazar M. Como ya estaba adoptado el inciso 2.°, se puso en consideración el 3.°, el cual sub modificó así el Diputado Gómez Román : ' " La de las Asambleas Departanleutales, el 1.0 de Febrero de 1911." Impugnada por el Diputado Pinzón y sustenta­da por su autor, se aprobó. Hizo constar su voto negativo el Diputado Salazar M. Para adoptarse, el Diputado Rodríguez propu so y explic6 esta submodificación, la cual fue im­pugnada por el Diputado Pinzón y luégo negada: " La de las Asambleas Departamentales, elLO de Mayo de 1911." En seguida se adoptó la submodificación del Diputado GÓmez. Para el inciso 4.° el Diputado Olarte propuso esta modificación: " La de la Corte Suprema de Justicia, elLo de Mavo de 1915; la del Procurador General de la Naéión, elLO de Mayo de 1913, y la de los Go­bel ·nadores, elLo de Mayo de 1911. La presente Asamblea elegirá los dos Magistrados que comple­tan el número de nueve, señalado por este Acto, y el pel'íodo de todos terminará ell.O de Mayo de 1915:' Terciaron en la discusión el proponente y 10s Diputados Holguín y Caro, Salazar M. y Restre­po Sáenz. Se aprobó, é hicieron constar sus votos negativos los Diputados Perilla y Salazar M. El Diputado Restrepo Sáenz solicitó se adopta­ra este inciso por partes, y el Diputado Rodríguez subdividió las partes señaladas por el primero. Se adoptó la primera parte, que había sido señalada así: "La de la Corte Suprema de tT usticia, ell.o de Mayo de 1915." La segunda, que dice: "La del Procurador General de la Naci6n, ell.o de Mayo de 1913," fue negada, después de algunas observaciones he­chas por los Diputados Rodríguez, Mesa y Pérez, y de hacer leer el Diputado Arango Carmelo el artículo 144 y el inciso 4,° de las disposiciones transitorias del artículo A de la Constitución. La tercera y la cuarta partes, que son, respecti. vamente. " v la de los Gobernadores ell.O de Ma­yo de 1911," "La presente Asamblea elegirá los dos Magistrados que completan el número de nue­ve, señ~lado por este Acto, y el período ie todos J Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 421 terminará elLo de Mayo de 1915," fuel~oll udop_1 Diputados HolguÍl1 y Caro y Carreño. Este últi-tadas. mo propuso lo siguiente: En seguida se aprobó y adoptó el inciso 5.° Hi- " Suspéndase lo que se discute; cítese al señor cieron constar sus votos negativos los Diputados Ministro de Relaciones Exteriores para continuar Restrepo Sáenz, HolguÍn y Caro, Mesa, Gómez, la discusión en sesión secreta, y dé se lectura al Pérez, Rodríguez, Arango Carmelo y Arango-Ra- memorial que ha presentado la Municipalidad, re· món. lacionado con el asunto de tranvías." Los incisos 6.°, 7.° Y 8.° fueron declarados vir- Los Diputados Segovia y Espinosa impugnaron tualmente negados. la suspensi6n, después de lo cual el autor de la Acto continuo los Diputados Pérez y Segovia proposición pidió y obtuvo permiso para retirarla. presentaron la siguiente proposición: En seguida se aprobó la revocatoria pedida por el "Revócase la aprobaci6n dada á los incisos 2.° Diputado Villegas. Hicieron constar sus votos y 5.°, Y reconsidérense." negativos los Diputados Salazar M., Hol¡2;uíu y Después de hacer uso de la palabra los pro po- Caro, Quevedo Alvarez y TOl'rente. nentes y el Diputado Holguín y Caro, el Diputa­do Segovia pidió permiso para retirar la proposi­ción, y al serIe concedido, propuso esta otra: "Revócase la aprobación dada al encabeza­miento del artículo que se discute sobre períodos de corporaciones y empleados públicos, y reconsi­dérese. " Aprobada la revocatoria, se puso en discusión la parte citada, y el Diputado Segovia subscribió esta submodificación, que fue aprobada y adop­tada: " Las fechas iniciales de los próximos períodos de las corporaciones y funcionarios de que tratan la Constituci6u y el presente Acto refol'lllatorio de ella, socán las siguientes: " La proposición que á continuación se inserta, subscrita y explicada por el Diputado Pérez é im­pugnada . por el Diputado Quevedo AJ varez, se neg6: " Rev6case la aprobaci6n dada al inciso 5.° y reconsidérese." Hicieron constar sus votos afirmativos los Di· putados Arango Carmelo, Arango Ramón, Gó­mez, Mesa y Pérez. El Diputado Perilla fijó la moci6n siguiente, que explic6 y fue aprobada: VII[ Impuesta la corporación del oficio de la ~uni- • cipalidad sobre el asunto de tranvías. y~ c~tado! el Diputado Araugo Carmelo propuso lo SIguIente: "Pase la nota del Consejo Municipal, que aca­ba de leerse, á una Comisión, para que informe dentro de veinticuatro horas." El señor Ministro de Hacienda lnanifestó que dada la importancia del asunto ele que trataha. el expresado oficio el Gobierno autorizaha á la Asam bIea para. o'cuparse en tal negociado. Después de una discusión en la cual tomaron par­los Diputados Guerrero, IIolguín y Cal'o y Sego­via, se aprobó la proposición del Diputado Aran­go Carmelo, y en consecuencia la Presid~ncia de signó para formal tal Comisión á los DIputados Arango Ramón, Lombana Barreneche y Restrepo Sáenz. IX Como fuesen lasJ cinco y cuarenta minutos de la tarde, el señor Presidente levantó la sesión. El Presidente, CLEMENTE SALAZAR M. El Secretario, "Revócase la aprobación dada al artículo 8.° Manuel María Gómee P. de las reformas, y reconsidérese." En seguida el mismo Diputado Perilla submo- ACTA DE LA SESION DEL LUNES 29 DE AGOSTO dific6 tal artículo, cambiando la fecha inicial del DE 1910 Congreso por la del 20 de Julio de 1911. En esta forma fue aprobado y adoptado. El Diputado Es­pinosa hizo constar su voto negativo. El siguiente artículo nuevo, propuesto y expli­cado por el Diputado Holguín y Caro y sustenta­do por el Diputado Olarte, se aprob6 : " Derógase el artículo 180 de la Constitución, que establece Jueces de escl'utinio." (Presidencia del Diputado Salazar M.). 1 A las dos y cuarenta y cinco minutos de la tar­de y con el quorum reglamentario, principi6 la s~­sión. Con excusa legítima no concurrieron los DI­putados Collazos; Esguerra. Ferrero, Hernández, Ospina y Quintero Calderón. 11 El artículo final de la Comisi6n se aprob6, des­pués de algunas observaciones hechas por los Di­putados Holguín y Caro y Quevedo Al varez. A continuación el Diputado Villegas sent6 la Leída y aprobada el acta de la sesión anterior, siguiente proposición: el Diputado Mesa solicit6 un oficio del señor Go. "Revócase la aprobación dada al artículo 1.0 berna~or de Boyacá rel~cionado .con el derrum~e de las reformas, y reconsidérese." I ocurrldo en Sutamarcban; el DIputado Constaln Hicieron uso de la palabra el proponente y los devolvió, con modificaciones, el proyecto de ley Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 422 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL "de Presupuestos Nacionales," y el Diputado Holguín y Caro pidió se constituyera la Asamblea en sesión secreta, lo cual se efectuó á las tres de la tarde. El Presidente, CLEMENTE S.ALAZAR M. El Secretario, Manuel Ma'ria Gómez ]J. RELACION DE DEBATES 8ESION DEL DIA 1.0 DE AGOSTO DE 1910 Al discutirse el artículo 41 de las reformas constitucionales, el Diputado Pinzón dijo: Sefior Presidente: Tomo la palabra sorprendido de lo que ocurre aquí, pues consideraba que ya soplaban vientos verdaderos de reforma y que íbamos con sinceri­dad por los caminos que pueden conducir al país hacia un porvenir venturoso; mas el hecho de que se haya negado esta reforma constitucional me hace creer que no vamos lealmente por las vías por donde algunos lo considerábamos. Esta reforma es de trascendencia suma; es qui zá la más importante de las que hay en discusión, pues todas las demás tienen su efectividad y serán reales en la práctica, si la que se discute es acorda­da; de lo contrario nada habrán ganado los colom­bianos con que se les reconozcan los derechos que algunas de las otras garantizan, pues si llegado el momento de hacerlos efectivos no existe un Poder Electoral que los garantice, serán letra muerta para los ciudadanos. La función electoral, cuyo ejercicio se va á re glamentar, necesita órganos para ponerla en prác· tica, yesos órganos son las corporaciones respec · tivas: Jurados do Votación, Jurados Electorales, etc., y el ejercicio de una función es más ó menos perfecto según que lo sea ó nó el órgano por me dio del cual se ejecuta; de suerte que si el Poder Ejecutivo faculta á la Asamblea para" reglamen tal' el ejercicio de la función electoral," la ha fa cuItado también para reformar los órganos respec ­tivos, con la sola condición de que se tenga en cuen­ta "la representación de las minorías" ; mas de esta frase no puede deducirse que sólo se haya querido facultarla para ejecutar la reforma en el sentido de dar rapresentación á las minorías, pues esta es una conquista que puede considerarse ya como pertenecien te al derecho público del país, y no es de suponerse que el Ejecutivo, autorizando á la Asamblea sólo para esto, haya querido que volvamos hacia atrás, hacia la Constitución de 1886, en cuyo texto no se reconocía ese derecho; al mencionarla quiso solamente manifestar que de­bíamos cons~rvarla. De los términos en que está concebida la facultad deduzco, pues, que es tan amplia como pudiera desearse, y que el Poder Eje­cutivo quiso que se tuviera en cuenta la manera de nombrar las corporaciones que intervienen en el sufragio; de lo contrario carecería de objeto el numeral 12 del Decreto de convocatoria, y nos bas-taría conservar ó reproducir el Decreto del Gene­ral Reyes que contiene la reforma relativa á mi­norías. Considero sí que en el artículo no debe hablarse del cuarto poder, porque hay frases que causan alarma, y porque, en mi concepto, de lo que se tra­ta en este artículo no es de crear un cuarto poder, sino simplemente de dar organización diversa de la que actualmeute tienen algunas corporaciones de las que constituyen la Administración. La modificación que contiene el artículo de la Comisión se refiere, en verdad, al origen de las corporaciones que intervienen en el ejercicio del sufragio, pues ellas han tenido su fuente en el Po­der Ejecutivo, y ahora se quiere que la tengan en la elección popular; cambiar el origen á corpora­ciones establecidas no da fundamento para hablar de un cuarto poder. -Alarma demasiado al honorable Diputado Hol­guín y Caro el que se les dé independencia á las corporaciones electorales, y teme que ella produz­ca choques y conflictos, y aún más, que sea origen de revoluciones, cuando precisamente esta inde ­pendencia sería la más eficaz garantía de la paz pública y de la efectividad de la República. Dichas corporaciones las ha nombrado siempre el Ejecu . tivo con espíritu notoriamente sectario, intervi ­niendo así directamente en el resultado del sufra­gio, y al quitar esta facultad de sus manos lo que se quiere es evitar las violacionAs del derecho y que andemos por 108 caminos de la República, tan­to en el nombre como en la práctica_ Cree el ho­norable Diputado que la Asamblea no es cauta, que no anda con pies de plomo en las reformas, y al hacer tal afirmación parece olvidar que la Asam­blea Nacional está compuesta de personas que en asunto~ de derecho público tienen conceptos bien formados, hijos del estudio y de la experiencia, y que cuando han estudiado el proyecto del doctor Esguerra y la modificación de la Comisión de Re formas, seguramente no han procedido como nifios atolondrados. Hace mucho tiempo que esta refor­ma es anhelada por todos los que deseamos que la República en Colombia sea una realidad; de tiem­po atrás encontramos proclamadas estas ideas en la prensa y en los estudios de los estadistas; no se trata, pues, de una novedad capaz de infundir te­rror, como lo ha considerado el honorable Diputa­do Holguín. Lo primero que debemos tener en cuenta en nuestro carácter de legisladores es el país para el cual vamos á legislar, y en Colombia, por ]a vio­lencia de las pasiones políticas, no hemos tenido nunca un sufragio verdadero, agravándose siem­pre el mal porque lo hemos puesto en manos del Poder Ejecutivo, y el ciudadano que lo ha ejercido siempre ha nombrado las corporaciones electorales con mayoría de miembros de su partido, suficiente para que el espíritu sBctario obre en el resultado de las elecciones en conformidad con sus intereses; sólo dando independencia á las corporaciones electorales podemos esperar que en el día de ma· ñana no se repitan los fraudes del día de ayer. Considero que esta reforma merece más estudio y más meditación de los que ha querido prestárse- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 423' les, si es que queremos que el país entre segura­mente por las vías de la paz, y que sea del sufra­gio de donde resulte la alternabilidad de los parti­dos en el poder. Si estamos, como lo creo, de buena fe queriendo hacer República, démosle independencia al Poder Electoral. I r I Habló luégo el Diputado Pérez, y el Dipu­tado Salazar dijo en seguida : No me explico satisfactoriamente porqué el ho­norable Diputado Pérez, que acaba de tomar su asiento, así como el honorable Diputado Holguín, miembros ambos de la Comisión de Reformas Constitucionales, no presentaron en esa Comisión reparo ninguno referente al punto discutido, como no comprendido en el Decreto ejecutivo sobre con­vocación de la Asamblea ; allí en la Comisión ha· bríamos estudiado el caso. El Diputado Holguín interrumpe-El punto fue sometido á discusión. Oontinúa el orador-Si fue discutido, quedó re­suelta favorablemente su exequibilidad. Pero tenemos completa facultad para tratar e,sta materia; y para demostrar que estoy dentro d.e la verdad me basta hacer leer el Decreto dictado por el Presidente de la República por el cual fue ion­vocarlo este Cuerpo Constituyente y Legislativo. En efecto: el punto 12 de las reformas constitu­cionales dice relación con el sufragio y la manera de hacer efectiva la representación de las mino­rías; otro punto nos autoriza para revisar é inter­pretar los actos del quinquenio reformatorios de la Constitución. De suerte que tratándose, en el artículo que se diócute, de la manera como el su­fragio puede ser libre, claro es que de semejante modo es como puede garantizarse la representa­ción de las minorías ; y refiriéndose á elecciones el artículo que está sobre la mesa, también es cla ro que con él se revisan actos del quinquenio sobre elecciones. Luego sí estamos autorizados para legis­lar sobre el punto sujeto á debate. Por consiguien ­te considero innecesario que el Gobierno vuel­va á someter á la Asamblea expresamente el asunto referido. Por -otra parte, tampoco podría el Presidente hacer eso, como lo insinúa el hono­rable Diputado Pérez, puesto que de acuerdo con el Acto legislativo, solamente en el Decreto de con,­vocación de la Asamblea es' en donde deben sefia· larse los puntos que hayan de ser objeto de refor­mas constitucionales. Ruego encarecidamente al honorable Diputado Pérez que pese estas razones, y con la honradez que siempre lo ha caracterizado en todos sus actos, vote, como ofrece, esta reforma, que es la base sobre la cual se cimentará la paz definitiva en este país. En réplica al Diputado Holguín, el mismo Diputado Salazar agregó: Mi distinguido amigo el honorable Diputado Holguín y Caro ha hecho una objeción que quiero desvirtuar: dice el honorable Diputado que por este artículo se va á crear un cuarto poder que no ha existido en ninguna de las Constituciones del país. Voy á demostrar que el asunto no es nuevo en nuestro derecho constituciona1. En efecto: la Carta del afio de 1821 trae Asambleas primarias, en donde los vecinos que tienen la calidad de su­fragantes, convocados por el Juez y sin aguardar órdenes de nadie, eligen Electores de los Cantones, y éstos después eligen Representantes, y votan para elegir Senadores, Presidente y Vicepresiden­te de la República. El Diputado Holguín -Esa no es la cuestión. Oontinúa el orador-Estoy demostrando que por anteriores Oonstituciones existió un Poder Electoral, que emanaba directamente del voto del pueblo ó de la parroquia; eso fue lo que prometí demostrar para desvanecer la afirmación del hono­rable Diputado Holguín, ,y creo que lo estoy ha­ciendo. Trato, pues, la cuestión. Y si no, ¿ cuál es entonces la cuestión? .La Constitución del afio 1832 decía en su artícu­lo 12 : "En cada parroquia, cualquiera que sea su po­blación, habrá una Asamblea parroquial el último domingo de Julio de cada cuatro afios." Esa Asamblea se componía de los sufragantee parroquiales; para ser sufragante se necesitaba ser colombiano, casado Q mayor de veintiún afios, saber leer y escribir y ser duefio de alguna propie­dad raíz que tuviese el valor libre de cien pesos, ó ejercitar algún oficio, profesión, comercjo ó indus­tria útil, con casa ó taller abierto, sin dependencia de otro en clase de jornalero ó sirviente. El objeto de esa Asamblea era votar por el Elec, tor ó Electores que correspondían al Oantón, para constituir una Asamblea Electoral de Provincia. De aquí resultan dos cosas: la primera es que independientemente del Poder Ejecutivo y de toda otra entidad polttica existía un Poder Electoral, ó mejor dicho, había entidades electorales llamadas Asambleas Parroquiales y Asambleas Electorales ó de Provincia; la segunda es que la fuente de don­de estas entidades surgían era el sufragio popular. Del propio modo, á los Oonsejos Electorales que tratamos nosotros de implantar en este proyecto queremos darles su origen en el sufragio, á fin de que sean entidades independientes las encargadas del ramo de las elecciones. Pero estos Oonsejos Electorales existen actualmente por la ley vigente; empero, su existencia no emana del sufragio sino de los Poderes Legislativo y Ejecutivo. Por consi­guiente, no veo la causa de la extrafieza que tán­tos aspavientos causa á mi colega Holguín y Caro la demostración que dejo hecha; y menos me ex· plico el infun~ado alarma que manifiestan los con­servadores de la Asamblea, como si hubiéramos puesto mano aleve ó impía en el sancta sanctorum de sus creencias políticas. Aquí lo que buscamos es la efectividad del sufragio, asegurando su pure­za, porque ese es uno de los números del programa de la Unión Republicana. A los conservadores de esa Unión corresponde poner en práctica 10 que en el programa se estatu­yó sobre necesidad de independencia de las corpo­raciones electorales; pido el voto de ellos para este artículo, que es justicia, que es paz, supremas aspiraciones de los republicanos. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 424 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL Contestando al Diputado Mesa dijo: Unas ligeras observaciones más necesito agre gar en este asunto. El honorable Diputado Mesa ha manifestado prurito por llevar estos debates al apasionado terreno de los partidos; esa táctica está fuéra de moda en esta corporación, en donde liberales y conservadores han convenido en buscar un campo común bajo el pabellón de la República. Por consiguiente, nada replicaré á las alusiones po­líticas del honorable Diputado. Pero á aquellos que comulgan con nosotros en la Unión Republi­cana, voy á leerles el punto H del programa, que dice así: "B. Organización de un sistema electoral con independencia de lOE! demás poderes públicos y substraído á toda influencia oficial." El Diputado Quevedo -Suplico al orador se dig­ne leer las firmas. Oontinúa el orador-Oon mucho gusto. Este programa lo autorizan estas firmas: Nicolás Es­guerra, Miguel Abadía Méndez, Carlos E. Restre­po, Antonio José Oadavid, Benjamín Herrera, Carmelo Arango, Lácides Segovia, José Medina Oalderón, Ramón Rodríguez D., José A. Llorente, Juan Pablo Gómez O., Tomás Samper, Jorge Mar· tínez S., Carlos Rodríguez O. Pido, pues, el voto de los republicanos para esta reforma. PROYECTO DE LEY sobre vías de comunicaoión. La Asamblea Nacional de Colombia DEORETA: Artículo 1.0 A partir de la vigencia de la pre­sente Ley, todas las vías públicas de comunicación nacionaler> quedarán á cargo inmediato de los De­partameutos Ó de los Distritos, según la divisi6n que deberá hacerse de conformidad con esta mis­ma Ley. Artículo 2.° Corresponde á ]as Asambleas De­partamentales dirigir y fomentar por medio de las respectivas ordenanzas, y c0!llos recurSOA propios del Departamento, lo relatIVO á conservación y mejora de los caminos existentes, á la apertura de nuevos caminos y de canales navegables á la con~trucción de vías férreas de toda clase, á la con Clu8Ión de 18s que les pertenezcan y tengan pen­dientes, y á la canalización de los ríos. Artículo 3.° Las mismas Asambleas Departa. mentales procederán á determinar cuáles son las vías de comunicación que deben quedar á cargo exclusivo del D~p~r.tamento de su mando, y cuá­les al de los MunIcIpIOS; y hecha tal clasificación corresponderá á los respectivos Consejos Munici: pales dirigir y fomentar, por medio de acuerdos y de confor~idad co~ las ordenanzas que rijan so­bre la materIa, las VIas que queden sujetas á su jurisdicción. Articulo 4.° Las Asambleas Departamentales y los Consejos Municipales, además de los recursos comunes de que puedan disponer para la construc ción, conservación, mejora y fomento de las vías públicas en general, están autorizados para esta­blecer entre los ciudadanos una contribución de caminos, dedicada única y exclusivamente á la conservaci6n, conclusión y mejora de los caminos de herradura ó carreteras actualmente existen­tes en s u territorio. Artículo 5.0 La contribución de caminos de que se trata en el artículo anterior será anual y una sola en cada Departamento, y corresponde esta­blecerla ,y organizarla á las Asambleas Departa­mentales. Parágrafo. El producto neto de esta contribu­ción en cada Distrito Municipal, deducidos los gastos de recaudación, se distribuirá en dos par­t~ s _: .una para el Departamento y otra para el Mu­DlClpIO. Artículo 6.° Mientras se organizan en los De­partamentos las Asambleas, regirán en la materia de que se trata las ordenanzas departamentales vi­gentes hasta el día en que el ramo de vías de co­municación fue centralizado por la Ley 60 de 30 de Abril de 1905. Artículo 7.° No obstante las anteriores dispo­siciones, la Nación se reserva el derecho de dirigir y fomentar determinadas vías de comunicación, cuando á bien lo tenga, y cuando ellas deban cons­truirse en territorio que corresponda á más de un Departamento; pero en cada caso es preciso la ex­pedición de una ley por el Congreso, que autorice la obra y el gasto que en ella deba hacerse. El fo­mento puede extenderse á auxiliar con recursos nacionales á los Departamentos, para la ejecución ó mejora de una ví~ pública que corresponda á Uno de éstos. Parágrafo. Especialmente se reserva la Nación la dirección de todo lo relativo á la nayegación y canalización de 108 ríos navegables que atraviesen el territorio de dos ó más Departamentos, y la ex­plotación y conclusión de las vías férreas que le pertenezcan ó deban pertenecerle, según los res­pectivos contratos. Artículo 8.° Quedan derogadas todas las dispo­siciones legales que sean contrarias á las presen­tes, y con especialidad la Ley 60 de 30 de Abril de 1905. Dada, etc. Prosentado á la honorable Asamblea Nacional por el subscrito Diputado por Medellín, en la se· sión correspondiente al 1.0 de Septiembre de 1910. TOMAS QUEVEDO ALVABEZ RepúlJlica de Oolombia - A~amblea Nacional- Se­c1' etaría--Bogotá, Septiembre 19 de 1910. En la fecha fue aprobado en primer debate el anterior proyecto, y pasó en comisión al Diputado Del Corral, con veinticuatro horas de término. Regístrese, c6piese y publiquese. El Secretario, B. Peña V. Imprenta NacIonal Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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Anales de la Asamblea Nacional - Serie única N. 53

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Anales de la Asamblea Nacional - Serie única N. 69

Por: | Fecha: 10/10/1910

REPUBLICA DE COLOMBIA ANALES DE LA ASAMBLEA NACION L Serie única ~ Bogotá, Octubre 10 de 1910 ~ N ÚlTIero 69 A"dll de la sesi6n del viernes 30 de Septiembre de 1910... ... , • A.~'A de la seli6n del sábado 1.0 de Octubre de HilO •.• , ... , .. . Rel/lción de debates .... , .. , ,........... ..... . Proyecto de ley sobre tarifl de portes tel~g,tificos y limitaci6n de las franq uicias •••••••• , •.•....•..••••••••••..••••. 1'1-l>yec:to de ley sobre divisi6n tenitorial .... ... ASAMBLEA NACIONAL DE 1910 Págs 545 .'>46 546 55l 552 4.OT A DE LA SESION DEL VIERNES 30 DE SEP~ TIEMBRE DE 1910 (Presidencia del Diputado Mesa). 1 Con el quorunz legal principió la sesión de este d.ía á las diez de la mañana. Se había excusado previamente de concurrir el Diputado Torrente. 11 Leída y aprobada sin observación alguna el acta de la sesión anterior, se dio cuenta del or­d~ n del día de la corporación. 111 Se aprobó en tercer debate el proyecto de ley " por fa cual se abren unos créditos suplementa­les al Presupuesto de Gastos para la vigencia de 1910." IV Continuó el segundo debato del proyecto de ley" de Presupuestos," y el Diputado Del Corral propuso el siguiente crédito adicional: "DEPABTAMENTO DE INSTRUOOION PUBLIOA "Oapttulo 6l. "Para auxiliar el Colegio de Santo Tomás, de La Mesa. • . . .. _ . . . . . - - - - - - - - . . .. .... $ S oo. " Tomaron parte en la discusión el proponente y'1o,s Diputados Espinosa, Segovia, Salazar M., liernández y Rosas. Se aprobó, é hizo constar su voto negativo el Diputado Espinosa. El crédito adicional que se transcribe fue pro­puesto por el Diputado Rodríguez: "DEPARTAMENTO DE INSTRUOOION PUBLIOA " Oapítulo 61. "Para auxiliar el Colegio privado estable~ido en Gachetá. . .. . ...• - - . - ............... $ 500 • Pasan . - .... .• . . . . $ 500 Vienen. - - - - . . . , . .. $ 500 " Para auxiliar el Colegio privado esta­blecido en Sesquilé .... - - - - - . . . . . . .. . - 500 "s urna .... ... ... ... .... $1,00"0 Hicieron uso de la palabra los Diputados Ro­dríguez, Pinzón, Vi llegas, Restrepo Sáenz, Lom­bana Barreneche, Segovia, Del Corral, Espinosa y Mesa, y en seguida el Diputado Rodríguez propuso esta moción : " Suspéndase la consideración del crédito que se discute; revóquese la aprobación dada al an ­terior, y reconsidérese." El Diputado Restrepo Sáenz pidió se votara esta moción por partes, y señaló como primera la suspensión, que se aprobo, y como segunda el resto, que se negó. El señor Subsecretario de Gobierno presentó el siguiente crédito adicional, que se aprobó des· pués de e ·plicarlo su autor y sustentarlo los Di­putados Lorubana Barrenech', Carreño y Arb láez: h ADM(NISTRAOlON DE LAZARE1'O::; " Capítulo 8.0 " Artículo 1 3. Parágrafo nuevo para después del 48. Para los gastos que ocasione la fundación y administración de un Lazareto para los enfer­mos que aún quedan en el Departamer.to de N a - riño y en el sur del Cauca . .. .. ........ $ 40,000." Fue igualmente aprobado el crédito adicional que se inserta, propuesto también por el señor Subsecretario de Gobierno: "OFIOINA y PARQUE DE VAOUNAOION " Oapí tulo 7.° " Para sueldos y material. ............. $ 4,000." V Por ser las doce y diez minutos se dio término á la sesión. VI Reanudada á las tres y diez minutos de la tar­de, se constituyó la Asamblea en sesión secreta. El Presidente, LUIS A .. M ESA El Secretario, Manuel Ma'J'ía GÓ'Inez P . Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 546 ANAL'ES DE LA ASAMBLEA NACIONAL ACTA DE LA SESION DEL SABADO 1.0 DE OCTUBRE DE 1910 (Presidencia del Diputa'do Mesa). 1 A las diez de la mañana se pasó lista, y como veinte minutos después aún no hubiera quo­rum, la Presidencia hizo leer el artículo 123 del Reglanlento, y se retiraron los Diputados pre­sentes. 11 Con el número requerido se abrió la sesión á las tres de la tarde. Leída y aprobada sin observación alguna el acta de la sesión anterior, se dio cuenta del or­den del día; de tres mensajes del Poder Ejecuti­vo, con los cuales devolvió sancionadas las leyes número 59, "por la cual se da una autorización al Gobierno"; número 60, "por la cual se abre un crédito extraordinario al Presupuesto de Gas­tos de 1910, imputable al Departamento de Fo­mento," y número 61, "por la cual se suprime la Secretaría General de la Presidencia de la Re­pública y se crean otros empleos," y de una invi­tación del Director del Instituto de La Salle. 111 Abierto el segundo debate del proyecto de le y " por la cual se confiere una autorización al Po­der Ejecutivo," se leyó el informe de la Comisión á cuyo estudio había pasado. El Diputado Espi­nosa hizo leer un informe relacionado con el pun­to que iba á discutirse, y en consideración el proyecto de resolución final propuesto por la Co­misión, se constituyó la Asamblea en sesión se­creta á las cuatro y veinte minutos de la tarde, á petición del Diputado Rosas. IV Reanudada públicamente á las cinco y treinta minutos de la tarde, el Diputado Ferrero devol­vió el proyecto de ley "sobre prensa," con el in­forme respectivo; é igualmente devolvieron, con informe: el Diputado Arango Carmelo, una so­licitud del señor Martiniano Acebedo, para que se le rehabilite en el goce de sus derechos políti­cos, y el Diputado Esguerra, un memorial de los concesionarios del alcohol impotable; una solici­tud de la Municipalidad de Timaná, para que se derogue la Ley 60, y un telegrama del señor Go­bernador de Medellín, sobre supresión de la ren­ta predial. v A las cinco y treinta y cinco minutos el señor Presidente levantó la sesión. El Presidente1 LUIS A. !vIEsA El Secretario, Ma1lu.el María Gómez P. RELACION DE DEBATES SESION DEL DIA 31 DE AGOSTO DE 1910 El Diputado Holguín y Oaro propone que se reconsidere lo aprobado acerca de la ma-nera de elegir Senadores, y dice: . Sedol' Presidente: Fui yo mismo quien propuso en una de las ante­riores sesiones un artículo constitucional que otor­gaba á cada Departamento la facultad , de elegir un Senador por cada 120,000 almas de población. El mismo artículo disponía que los Departamentos cuya población no alcanzase á aquella cifra, elegi­rían en todo caso un Senador. Largamente expuse entonces los lnotivos en que fundaba mi proposición, pero ella encontró tan vi­vas resistencias políticas de parte de algunos miembros de la Asaloblea, que fue forzoso ceder y buscar una nl}.eva fórmula que uniese al principio de la representación proporcional de los Departa­mentos en el Senado, la de la representación de las minorías en cada elección senatorial. De ahí surgió la nueva fórmula que presenté yo también, en asocio del honorahle Diputado Segovia, y la cual alcanzó la aprobación de la Asamblea. Me veo ahora, seílor Presidente, en la necesidad de pedir de nuevo que se reconsidere y se niegue lo ya aprobado, y que volvamos al sistema de los tres Senadores por cada Departamento. Y al pe­dirlo, no soy yo quien se pone en contradicción consigo nlismo; seria la Asamblea quien vendría á establecer en la Oonstitución dos sistemas con­tradictorios si después de aprobar, como la ha he· cho, el articulo del hor:orable Diputado Carreílo, sobre división territorial, no accediese á mi peti­ción. Ese articulo se acaba de aprobar no solamente sin mi voto sino contra mis opiniones explícitas, y al discutirse, apunté las dificultades en que nos pondría en lo relativo á la elección de Senadores, dificultades de 'que no podemos salir, si es que obra­mos como hombres de buena fe, sino negando lo aprobado en esta materia y volviendo al sistema viejo, como ha vuelto al sistema viejo la Asamblea en punto á división territorial. En efecto: todas las razones en que nos funda ­mos los sostenedores de la disposición que estable­ce un número lim.itado de Senadores, estribaban en que la ley podía crear nuevos Departamentos; que pudiendo ser indefinido poco menos el número de los Departamentos, había que buscar en alguna parte una limitació.n al número de Senadores; que esa limitación no podía estar en otra parte que en la población, yen fin, que si los Departamentos no eran entidades constitucionales, mal podían exigir: con derecho perfecto, una representación idéntica en el Senado. Todo esto, á mi modo de ver~ es perfectamente exacto y lo he comprobado con antecedentes cons­titucionales indiscutibles; pero por la. misma razbn, 'si la Asamblea, como lo acaba de hacer al aq.eptar la modificación Oarreílo, eleva los Departamentos á la c~tegoría de ,entidades constitucionales; si exi­ge, como lo acaba de resolver, que se reúnan con- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL ~47 i,ciones imposibles de llenar para la formación de uevos Departamentos; en suma, si ha limitado ya e este modo el número de Departamentos y con 1 el de Senadores, entonces ha destruido por su base todo el sistema creado para la elección de stos, y es forzoso que les devuelva su derecho á tener la representación idéntica de que los ha privado. En otros términos: la cuestión de la divi­sión territorial y la de la elección de Senadores, están íntimamente ligadas; según como se resuel·­va la primera, as íhabrá de resolverse la segunda. Adopte la Asamblea cualquier sistema, pero no haga de uno y otro una confusión deplorable. Digo que conforme al artículo que acaba de apro­barse es imposible la creación de nuevos Departa­mentos, y la razón es clara: se exige, según él, que cada Departamento quede con nada menos de 250,000 habitantes, así el que va á crearse como aquél del cual se segregó; de suerte que para po­derse dividir un Departamento se necesita que tenga por lo menos quinientas mil almas. ¿ Cuán­tos Departamentos están en este caso? Solamente tres: Antioquia, Boyacá y Cundinamarca; de forma I que hay once Departamentos que no pueden subdi· .vidirse, ni lo podrán en muchísimos afios, pues to­dos ellos tienen una población muy inferior á aqueo lla cifra; y los tres que quedan como excepción, tampoco podran subdividirse sino en el caso nada probable de que la región que quiera tener una ad­ministración propia, cuente exactamente con una población igual á la mitad de la del Departamento. Esto no sucederá nunca, y en la conciencia de to­dos está que la mayoría de la honorable Asamblea, al a?optar aquel artículo, lo que ha querido es im· pedIr prácticamente la creación de ningún nuevo Departamento. y hay algo más: se exige que cada nuevo Depar. tamento quede con una renta de $250,000 anuales; es decir, una renta superior á la de casi todos los Departamentos actuales; y por último, como si todo esto fueran trabas demasiado débiles, se de· creta que la ley que cree nuevos Departamentos deba ser aprobada en dos legislaturas anuales su· cesivas; es decir, ¡la creación de un Departamento se convierte en una verdadera reforma constitu­cional! Si la Asamblea, por motivos que respeto pero que no acepto, eleva los actuales Departamentos al rango de entidades constitucionales; si hace impo< sible su futura división, entonces que vuelva atrás también en lo relativo á la formación del Renado; Ó se perderá ella, según frase inmortal, por falta de, l6gica. Por mi parte, al proceder como lo hago en este J;r1omento, cumplo apenas con un deber elemental
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Anales de la Asamblea Nacional - Serie única N. 69

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Anales de la Asamblea Nacional -Serie VIII N. 1

Por: | Fecha: 02/03/1909

RE PUBLICA DE COLOMBIA NALBS DH LA ASAMBLEA NACIONAL Serie VIII ~ Bogotá, Marzo 2 de 1909 ~ N úlllero 1~ OONT:mN:EDO PA, •. LISTA DE DIPUTADOS Colombia-Ministerio de (}obie'rno-Número 503. Decreto námero 143 de 1909 (10 de Febrero), por el cual se con­Bogotá, Febrero 22 de 1909. v.oaa " la Asam.blea. N aciona! Constituyente y Legislativa" se- Blones extraordinanas .•••. _ ••••••••••..••••••••••••••••••••• Lista de Diputados .••.••••• _ •• _ •••• _ • _ •••••••••• __ ••••• _ ••••• Acta de iust )aoión............ .. _ •••••••••••••••••••••••• ~ A Su Excelenoia. el Pre@idente de la Asamblea Naoional Constituyen· 2 te y Legislativa-En la oiudad. ' . Acta de la sesión del día 23 de Febrero de 1909 .•••••••••••••• -• Mensaje dol señor Miniatro de Obras Públioas ......................... . Proyeoto de ley por la cual se aprueba un oontrato (el celebrado 4 5 oon Thl Santa Marta Railway Company Limifed. por el oual 86 modifioa en parte ]80 tarifa de fleteR de la Compañía y se esta-blecen garantías á favor del oultivo de guineos) ............ . "...... 6 Notas, ......••••••..•..••••...••.....••••. ,... .• ...•• ..•......••••.•• 8 Tolegramas ••••••••.•••••.•.••••••.•.. ••••• e. •••••••••• t ...... 8 DECRETO NUMERO 143 DE 1909 (10 DE FEBRERO) por el eualse oonvoca " la. Asamblea Nacional Constituyente y Le· gislativa á sesiones extraordmarias. El PIJ-esid6nte de la Repftbliaa de Colombia, En uso de sus facultades legales, D~~ORETA : Articulo 1.0 Conv6case á la Asamblea Nacíona1 Constituyente y Legislativa á sesiones extraor­dinal'iafól. Parágrafo. Las sesiones em pezarán el 22 de los corrientes y durarán diez días. Articulo 2. 0 La Asamblea Nacional Constitu­yente y Legislativa durante el tiempo de sus se sloneR sólo se ocupará en el estudio de los Presu· puestos Nacionales y Departamentales y en los demás asuntos que sometan á su consideración 108 Mini tros del Despacho Ejecutivo. Artículo 3.0 Las dietas, gastos de representa­ción, viáticos de los Diputados, personal d~ la Se· Cl'etarí3 de la Asam blt!a y sus asignaciones serán los mismos que determina la ley. Comuníquese y pnbliquese. Dado en Bogotá, á 10 de Febrero de 1909. R. REYES El Ministro de Gobierno, M. VARGAs-El Mi­nistro de Relaciones Exteriores, FRANOISOO JosÉ URRUTIA.-EI Subsecretario de Hacienda y TésorQ encargado del Desl'a~ho, LINO DE POMBo-EI Su b· secretario de Guerra encargado del Despacho, EDUARDO BRICERo-EI Ministro de Instrucción Pública, EMILIANO ISAzA-EI Ministro de Obras Públicas y Fomento, EMESIO C.AHACHO. Para los fines legales tengo la honra de remitir á Su Excelencia jas dos inclusas listas de 108 miembros de la Asamblea Nacional Constituyen­te y Lpgislativa que deben concurrir á las sesio~ nes extraordinarias que comienzan hoy, una por orden de Departamentos y otra por orden de ape­llidos de los honorables Diputados. Soy de Su Excelencia atento y seguro . servidor, M. VARGAS LISTA. de los oiudadl\nos elegidos Diputadoa á la Asamblea Nacional Coostituyente y I.Jegislativa que oonourrirán á ]a8 sosionos extra­ordinarias qae prinoipiarán el día 22 de 108 oorrientes. A~\l/' 1uia·-Uufino Gntiél'rEl7, Manuel Romnal. do d :1 vorl'al, Víctor ~l. t.; ttJazar. Atlántiao-Fl'sr.cisco de P. Manota, Enrique Pé, t7., .. 1ft· ~Jo V á. u~z robo. .Jjol: va1--Dit'go .rlartínez, Pedro Vélez R.) Ra­ítu~ l R . .Timeno. Boya('á-Halva~lor Franco, Pablo García Medi· na, Ignacio R. Piñeros. Caldas-.I uan de Dios Gutiérrez, Antonio José Restrepo, Est.eban J aramillo. Oa1lCfl-Fernando Angulo, José María Quijano '\ValIis, Simón Hur.tado. Cund-lnatlu tI'N" - ," "d lej n ro Herrera R., A e t Jc y. (}alfÍl -L :o tI': p VI J e Encec ea, Carl08 TIrado MacIHs, Rafael Antonio O .. duz. Huila-Aurelio Mutis, Celiano Dussán, Carlos Cuervo Márq uez. J.Jfrt,.,daltna -- Tosé Manuel Goensga, José Gnec­co Laborde, José Domingo Dávila. Na/riño -J uno B. Pombo, Venancio Rueda, J ai. mo Córdoba. Santander-Luis Cuervo Márquez, Carlos Ta­vera Nsvas, B~nito Hernández. QU6sada-Jorge HoJguín, José María Pinto V., Daniel Aldana. Toli1J~a-J asto Vargas, Maximiliano N eira, An· tonino 01ano. 'nnut((1f)a - -'F lorentino Calder6n, Francisco Mon­tana, ~antlago 'Catnargo. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 2 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL Di8t1'ito Capital-D. Euclides de kngulo, Fran­cisco de P. Matéus, Jorge Véle.z. Bogotá, 20 de Febrero de 1909. El Ministro de Gobierno, M. VARGAS -r.x:<- ACTA DE INSTALACION 1 En la ciudad de Bogotá, capital de la Repúbli. ca el día veintidós de Febrero de mil novecientos n~ev~ en el sal6n de las sesiones de la Cámara de Repre~entantes, se reunieron lo~ s~ñores Diputa­dos á la. Asamblea Nacional ConstItuyente y Le­gislativa, á las dos de la tarde, en ~irtu~ de la convocatoria hecha por el Poder EJecutlvo por medio del Decreto número 143 de fecha 10 de los corrientel3 , con el objett>. de. .i nstalarse en Junta preparatoria para dar prInClJH? á sus tareas. . Fue designado para presldlrla el honorable DI. putado 'General Alfredo Vázquez Cobo, á.quien correspondía ejercer este cargo por haber SIdo el último Presidente en las sesiones pasadas de esta corporaci6n, y nombr6 Secretario accidental al honorable Diputado Carlos Tavera Navas, el cual entró inmediatamente en ejercicio llamando la lis· ta de 108 honorables Diputados cuya elección se había comunicado oficialmente. El qUO'J'um constitucional se encontró formado por los honorables Diputados que en seguida e expresan, según el Departamento por el cual fue· ron elegidos: Por el Departamento de Antioquia, Rufino Gu· tiérrez, f\!Ianuel Romualdo del Corral y Víctor M. Salazar. Por el Departamento del Atlántico, Francisco de P. Manotas, Enrique Pérez y Afredo Vázquez Cobo. Por el Departamento de Bolívar, Diego 1\1:artí­nez Pe 1'0 élez . y Ram6n B. Jimeno. Por el e v b ... o de Boyacá, Salvador Fran. co Pablo Garcia Medina é Ign cio R. Piñeros. 'Por el Departamento de Caldas, Juan de Dios Gntiérrez, Antonio José Restrepo y Esteban Ja-ramillo. . Por el Departamento del Cauca, Fernando An­gulo José María Qoijano Wallis y Simón Hurtado. P~r el Departamento de Cundinamarca, Ge­rardo Pulecio, Alejandro Herrera R. y Arcadio Dulcey. Por el Departamento de Galán, Luis Felipe To­rres Elicechea, Carlos Tirado MacÍas y Rafael An· tonio Ord uzo Por el Departamento del Huila, Aurelio Mutis, Celiano Dussán y Carlos Cuervo Márquez. Por el Departamento del Magdalenll, José Ma· nuel Goenaga, José Gnecco Laborde y José Do­mingo Dávila. Por el Departamento de Nariño, Juan B. Pom­bo, Venancio H.ueda y Jaime Córdoba. Por el 'Oepartamento de Santander, Carlos Ta­vera Navas y Benito Hernández. Por el Departamento de Quesada, Jorge Hol· guín, José María Pinto V. y Daniel Aldana. Por el DepartameIlto del Tolima, Justo Vargas, Maximiliano Neira y Antonino 018.no. Por el Departamento de Tundama, Francisco Montaña y Santiago Camargo. Por el Distrito . Capital, EucHiles de Angul0, Francisco de P. Matéus y Jorge V élez. Dejaron de concurrir: por el Departamento de Santander~ el honorable Diputado Luis Ouer\"o Márquez, y por el Departamento de Tundama, el honorable Diputado Florentino Oalderón .. D~ conformidad con la prescripción reglamen. taria el señor Presidente entr6 á designar la Comi­sión que debía poner en conocimiento del Excelen­tísimo señor Presidente de la República el hecho de estar la Asamblea constituida en Junta prepa­ratoria y en disposición de principial' sus labores, nombrando para el caso á los honorables Diputa­dos Pulecio, Restrepo, Mutis y Herrera. En consecuencia de esta Comisi6n, minutos des· pués se presentó en el salón el Excelentísimo se­ñor Presidente de la República acompañado de los señores Ministros del Despacho, de los sefiores Se­cretarios General y Militar de la Presidencia, d ] señor Gobernador del Distrito Capital y de los Edecanes de honor. En la Tribuna designada al efecto se hallaba presente el honorable Cuerpo Diplomático y -Con­sular acreditado ante el Gobierno de la Repúbli· ca, presidido por su decano Bu Excelencia el De­legado Apostólico, y algunos altos empleado na­cionales. Al penetrar al ~alón el Excelentísimo ~eñoI' Presidente qe la República fue conducido al solio por el señor Secretario de la Junta preparatoria. é inmediatamente después declaró solemnemente instalada, de conformidad con ]a Constitución y leyes de Colombia, la Asamblea Nacional CODs~i­tuyente y Legislativa en sus presentes sesiones extraordinarias. II De acuerdo con lo preceptuado en el Regla­mento, la Presidencia dispuso se procediera á la elección de Presidente de la Asamblea. Recogidos los vQtos en la urna por el Secretario, se hallaron cuarenta y cinco, igual al número de votantes. Fueron designados escratadol'es los honorables Diputados Goenaga y Cuervo Márquez, quienes informaron á la Presidencia del resultado de la votación, que fue el siguiente: Por el honorable Diputado Holguín ... _ 44 Por el honorable Diputado Angulo Eucli-des . . . . . . . . .. . .. . .. - ..... _ - . . . . . . . . . . . . . ... 1 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANADE8 DE LA ASAMBLEA NACIONAL 3 Como hubiese obtenido el primero la mayoría absoluta. de votos, el señor Presidente preguntó á la Asamblea si declaraba legalmente electo su Pre­sidente al honorable Diputado Holguín, y ésta contestó afirmativamente. En seguida el Presidente elegido ocup6 el solio, prestó el juramento de estilo y luégo lo exigió de todos los miembros de la corporación. El Excelentisimo señor Presidente de la Repú. blica dio lectura al Mensaje que dirige á la Asam­blea en sus actuales sesiones, y acto seguido se re­tiró del sal6n, acompafiado de los señores Minis­tros de Estado, del Gobernador del Distrito Ca­pital, de sus Secretarios y Edecanes y de los miembros de la Comisión ya citada. 111 Procedióse luégo á la elecci6n del primer Vice~ presidente, para la cual fueron nombrados como scrutadores los honorables Dipu dos Angulo Euclides y Aldana, quienes informaron que los cuarenta y cinco votos recogidos por el Secretario se habían distribuido así: Por el honorable Diputado Manotas. 30 votos. Por el honorable Diputado Quijano WalIis ..... " .•..... , . . . . . . .... . . . ... 10 Uno por cada uno de Jos honorableR Diputados Aldana, Goenaga, Olano y Rueda, y uno eu blanco. Como el honorable Diputado Manotas hubiese alcanzado la mayoría de votos requerida, la Asam­blea 10 declaró electo su primer Vicepresidente, de pués de lo cual prestó el jUl'ameuto reglamen­tario. En la elección para segundo Vicepresidente to­maron parte el mismo número de votantes que en la anterior. Verificado el escrutinio por los hono­rables Diputados Matéus y Córdoba, éstos dieron cuenta del siguiente resultado: Por el honorable Diputado Vélez Jorge ...••..•...•................ __ . _ . . . . . 40 votos Por el honorable Diputado Angulo Euclides ..... . .. # _________ • ____ • _ 3 Por cada uno de los honorables Di­putados Cuervo Márquez y Olano. __ . 1 En tal virtud la Asamblea, interrogada en la forma reglamentaria por la Presidencia, declaró electo su segundo Vicepresidente al honorable Di­putado Vélez, á quien le exigió el señor Presiden· te la promesa d e estilo. ID Dispuesta en seguida por la Presidencia y veri· ficada la votaci6n para Secretarios, los escrutado­res nombrados al efecto, honorables Diputados Quijano Wallis y Vázquez Cobo, informaron que los votos se habían repartido así: Por el doctor Gerardo A rru bla .... . Por el doctor Fernando E. Baena .. . Por el señor César Prado .. _____ ... . Por el honorable Diputado Orduz .. . 44 votos 36 6 1 Por el honorable Diputado Tirado Macias ... ____ ..... __ . __ . • . . . . . . . 1 Por el señor Rafael Espinosa Guzmán 1 - Como los dos primeros hubieran obtenido la ma­yoría de votos requerida, fueron declarados legal­mente electos Secretarios de la Asamblea. El Se­cretario accidental los introdujo luégo al sal6n y el señor PreRidente les recibi6 el juramento acos­tumbrado, después de lo 'Cual tomaron posesión de sus puestos. v El señor Presidente ordenó se diera inmediata lectura á ]a exposici6n que dirige Su Sefioría. el Ministro de Gobierno á la actual Asamblea sobre las disposiciones ejecutivas dictadas en desarrollo de la Ley l.n de 1908, las cuales junto con todos los documentos relativos á la división territorial han sido recogidas en un volumen que con dicha exposición remite el Ministro de Gobierno á la honorable Asamblea. La Presidencia pas6 este documento al estudio de una Comisión compuesta por los honorables Diputados Pulecio, Pinto V. y V élez Jorge. VI Finalmente los honorables Diputados Restrepo, Córdoba, Pulecio, Tavera Navas y Ola no subscri· bieron la siguiente moción, que fne aprobada uná· nimemente por la corporación: "La Asamblea Nacional Constituyente y Le­gislativa al inaugurar las presentes sesiones deja con tllncia ue la satisfacción con que ha escuchado la lectura del Mensaje que el Excelentísimo señor Presidente de la República le ha dirigido en esta fecha; documento cuyo lenguaje severo se aduna con la administraci6n activa y fecunda que Su Excelencia ha iro preso á los negocios públicos y que responde á los an heloi de esta corporación, representante de los diversos partidos políticos del país y de los elementos preponderantes de las dis· tintas Secciones de la República. "La paz, la instrucción popular desarrollándose, las mejoras materiales vivificando el comercio y las industrias, las relaciones exteriores sostenidas con dignidad y tacto, la administraci6n de justicia libre de toda tacha de parcialidad, la concordia en fin entre todos los colombianos de buena voluntad, son frutos opimos del nuevo rumbo político que con tanta sabiduría como patriotismo quiso seguir en buena hora el Excelentísimo señor General Reyes. "Comuníquese al Excelentísimo señor Presidente de la República por una Comisión plural nombra­da por la Presidencia, y publíquese en carteles." Para llenar tal cometido fueron designados los honorables Diputados Angulo Euclides, Vélez Pedro y 01ano. Siendo las cinco de la tarde el señor Presidente Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 4 AN ALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL levantó la sesión, citando á los señores Diputados para el día siguiente á las dos de la tarde. El Presidente, JORGE HOLGufN El Secretario, Gerardo A'l'rubla-El Secretario, Fernando E. Ba~na. -f.x.~ ACTA DE LA SESIÓN DEL DíA 23 DE FEBRERO DE 1909 (Presidencia del honorable Diputa.do Rolgqfn). 1 A las dos y quince minutos de la tarde se llamó lista, y como el 8ecretario informara que había el quorum requerido, el señor Presidente declaró abierta la sesión. Dejó de concurrir á ella el hono­rable Diputado Cuervo Márquez Luis. El Secretario dio lectura: Al acta de la sesión inaugural, que fue aproba-da sin observación alguna ; . A un oficio del señor Vicario General del ArzQ­bil'lpado, en el cual, en nombre del Ilustrísimo y ReverendíBimo seíior Arzobispo Primado de Co· 10mbia, avisa recibo del que se le dirigió por la Presidencia de la Asam blea comunicándole la ins­ta] ación de ésta y la elección de Dignatarios; . A los telegramas en el mismo sentido del Ilus­trísimo señor Obispo de Tunja y de los señores Gobernadores de los Departamentos de San Gil, Zipaquirá, Bucaramanga, Facatativá, Bttrranquilla, Popayán, Sbns6n, Ib~gQé y Jericó; y Al orden del día de la corporaci6n. El honorable Diputado Angulo D. Euclides, como Presidente de la Comi ión respectiva, hizo uso de la palabra para informar que habia puesto en manos del ~xcelentísimo señor Presidente de 18 República el oficio en que se le transcribió la pro­posición aprobada unánimemente por la Asamblea el día anterior, y que el Jefe del Estado lo había comisionado para présentar á ésta la expresión de su reconocimiento y complacencia. II El señor Ministro de Relaciones Exteriores pre­sentó junto con el Mensaje presidencial una Ex­posición subscrita por aq nél, y sometió á la consi­deración de la Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa, con los proyectos de ley respectivos, los sigaiente~ puntos internacionales: U n Tratado entre las Repúblicas de Colombia y dé los E!3tac1o~ U nidos de A:nél'ica, subserlto en la ciudad de Washington el 9 de Enero del pre­sente año, por los señores Enrique Cortés, Envia­do Extraol'dinario y Ministro Plenipotenciario de Colombia, y Elihu Root, Secretario de E tafio de 108 Estados U nidos; y un Tl'~ltado entre las Repúblicas d C lombi.a y Panamá) 11l'ffi do en la ciudad de W ~~hington el 9 de Enero del año en ,purso por los señores En iq ue Cortés, Enviado Extraordinario y Ministro I Pleni potenciarío de Colombia en los Estados U niilos, y Carlos Cons­tantino Arosemena, Enviado Extraordinario y Mi­nistro Plenipotenciario de Panamá ante la misma Nación. El sellor Presidente dispuso se diera inmediata lectura á los citados documentos, después de lo cual se entró á considerar en primer debate el pro­yecto de ley por el cual se aprueba el segundo de los citados pactos. . El honorable Diputado Vázquez Cobo pidió la lectura del artículo 313 del Reglamento. El señor Presidente manifestó que estimaba que el objeto del artículo quedaba llenado dándole pri­mer debate al proyecto. Aprobado en primer debate, la Presidencia lo pasó en comisión con término prudencial á la re­glamentaria de Relaciones Exterioree. El honorable Diputado Angulo D. Euclides pre­guntó si ya estaba nombrada esta Comisión, y el Secretario contestó que aún no se habían designa­do por la Comisión de la Mesa las reglamentarias. En s guida se consideró y aOt'oh6 en primer de· bate el proyecto de ley" por la cual se aprueba un Tratado" (entre Colombia y los Estados U nidos). La Pret:Jidencia lo pasó al estudio de la misma Comisión. El honorable Diputado Vélez Jorge subscribió la siguiente moción, que fue aprobada: " Pídase por la Presidencia de la Asambles al sefior Ministro de Relaciones Exteriores una copia autorizada de las instrucciones dadas por nuestra Cancillería á los Ministros de Colombia en Wash­ington desde 1905, y pasen al estudio de la Comi­sión de Relaciones Exteriores. El honorable Diputado Restrepo propuso lo si­guiente: " En atención á lo dispuesto en los artículos 313 y siguientes de) Reglamento pasen los Tratados que acaban de aprobarse en primer debate al estudio de una Comisión compu~sta de tantos miembros cuantos Departamentos Nacionales es­tán represent~dos en la Asamblea. Esta Comisión será designada por la Presidencia." Abierta la discusión, el honorable Diputado An­gulo D. Euclides hizo leer las disposiciones cita­das, y el honorable Diputado Vázquez (Jobo sus­tentó la proposición_ El señor Presidente manifestó que la Comisión de la Mesa ya había resuelto que en la de Rela­ciones Exteriores figurasen Diputados de todos los Departamentos de la República. El honorable Diputado Palacio preguntó si en la Comisión debían tener representación sólo los antiguos Departamentos ó todos los que hoyexis­ten, yel señor Pesidente dijo que figuraban aque­llo que estaban representados en la Asamblea. El honorable Diputado Manotas hizo leer el ar­tículo 47 del Reglamento. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. · ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 5 El setior Ministro de Re1aciones Exteriores ex­puso que ponía á órdenes de la Comisión uno de 108 salones del Ministerio para que si 10 juzgaba oportuno celebrara allí sus reuniones; que por de­ber de cortesía no hizo observaci6n á la proposi· ción del honorable Diputado Vélez, quien por de­cirlo así se le había adelantado á lo que él pensaba signmcar á la honorable Aeamblea, á cuyaa 6rde­nes quedaban todos los documentos del Despacho, y terminó manifestando que el Gobierno quería que se estudiara detenidamente este importante asunto internacional y que se conociera por todo el país, po.r lo cual habíase deseado que las sesiones de ]a Asamblea fueran públicas. Fue aprobada la proposición que se discutía. nI El seiior Ministro de Obras Públicas pidi61a pa· labra para presentar á la consideración de la Asam· blea un proyecto de ley "por la cual se aprueba un contrato (el celebrado con The Santa Ma'l'ta Hailway Company Lirnited), por el cual se adicio· na en parte la tarifa de fletes de la Compañía y se establecen garantías á favor del cultivo de guineos." Abie to el primer debate de este proyecto, fue aprobado, y pasó en comisión á los honorables Di­putado Goenaga, Jimeno, Dávila, V élez Pedro y Córdo ha, con término prudencial. Acto seguido el señor Presidente levantó la se­sión. Eran las cuatro y veinticinco minutos de la tarde. El P esidente, JORGE HOLGuíN El ecretario, Gerardo A'1'rubta. -+:x:+- MENSAJE DEL SE~OR MINISTRO DE OBRAS PÚBLIOAS Honorables miembros de la Asamblea. Naoiona.l Oonstituyente y Le­gisla. tiva.. La inspecci6n personal de los hechos que el xcelen tísimo señor Presidente de la República y el Ministro de Obras Públicas hicieron en la re· pión bananera de Santa Marta les convenció de fIue hay tres intereses que deben atenderse y tlesarrollarse para lograr la prosperidad de aque-la región, á saher: los intereses de los producto. es de bananos, los intereses de la Compañía del b'errocarril que los transporta y los intereses de as Compañías fruteras que se encargan de ven· , erlos en los merc8dos del Exterior. Los esfuerzos e estas tres clases de empresaHos se comple­nentan, pues poca utilidad tendrían los productos i no hubiera quien los transportara de los luga­es de cultivo á los vapores que han de llevar­s á los mercados del Exterior; y el negocio de s consu midores de fru tas sería difícil sin la me· iación del ferrocarril, que les asegura el rápido ansporte de ellos. Desarrollar conjunta y armó· nicamente estas tres clases de intereses es el obje­to del contrato que el Gobierno celebró con The Santa Ma?'ta Raílway Oompany Limited, y que hoy somete á vuestra conside)·ación. Por el artículo 1.0 el Gobierno declara libre de impuesto todos los bananos de exportación que se produzcan en la región del extinguido Departa. mento del Magdalena, servida por el ferrocarril de Santa Marta. Esta concesi6n redunda en bene· ficio de los productores de' bananos, porque en los contratos que celebran las Compañías fruteras con los productores es de cargo de éstos el pago de los derechos de exportación, de modo que exi­mir el fruto del pago de ellos es beneficiar á los productores en tanto cuanto valen esos derechos y estimular la formación de nuevos cultivos. El artículo 1.0 de la Ley 29 de 1907 declaró libre de derechos de Aduana, durante ocho años contados desde la expedici6n de la Ley (29 de Mayo), la exportación del banano. El término de seis años que aún faltan para 11en1\r el cupo de la Leyes muy corto para que pueda servir de es­tímulo á la formación de nuevas Compañías com­pt'adoras del fruto, y á la iniciación de nuevas plantaciones de guineos. El término de veinte años estipulados en el artículo 1.0 del contrato respon· de convenientemente á la satisfacción de estas dos necesidades. La Compañía del Ferrocarril, la United F1'U'it y muchos ciudadanos de los más connotados de la región bananera manifestaron al Gobierno la con· veniencia de asegnrar de un modo e~table el pre­cio del guineo y por consiguiente la utilidad que debe rendir el cultivo de este fruto á los que se dedican á él. El Cuerpo Legislativo de 1908 auto· rizó al Gobierno por medio del artículo 9.° de la Ley 22 para suprimir derechos de exportaci6n de artículos de producción nacional, pero por un error caligráfico seguramente aparece reducido á dos años el término mucho mayor que el legislador tuvo la intenci6n de conceder. La rapidez en el transporte de la fruta del plan. tío al vapor, y de éste al lugar de consumo de ella, son elementos esencialísimos en el buen resultado de esta industria. La mayor parte de los terrenos de la zona del ferrocarril están ocupados con cultivos en la parte contigua á Ja línea, de uno y otro lado; pero como á alguna distancia existen también terrenos muy fértiles que pueden aprovecharse con el mismo objeto, los cultivadores de éstos tendrían forzosa­mente que entrar en la brega de acarrear su fruta á la línea del ferrocarril en vehículos poco econ6· micos, como.los carros de yunta, 6 la mula. Para mejorar las condiciones de los terrenos distantes de la línea y para aumentar el radio de cultivo se ha estipulado en el contrato la construcci6n de ra­males que colocan los terrenos distantes casi en la misma situación de los terrenos contiguos á la vía férrea. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL Por el contrato de concesión la Compañía del Ferrocarril tiene privilegio para la construcción de sus ramales. A fin de que este privilegio no pueda entorpecer el desarrollo de la ind nstria bananera, el Gobierno creyó conveniente obtener de la Com­pafiía la concesión de q ne los particulares ó el Go­bierno mismo puedan en caso necesario construir ramales y conectarlos con la línea principal. Los artículos 2.°, 3.°, 4.° Y 5.° del contrato res­ponden á las necesidades que se han mencionado. Por contrato de 19 de Noviembre de 1901 cele­brado entre el Ministro de Hacienda, doctor Aba: día Méndez, y el representante del Ferrocarril de Santa Marta, se fijaron las tarifas de pasajes y fletes en el ferrocarril. En ese contrato se estipuló el precio de quince centavos oro por el acarreo de cada racimo de guineo que transporte el :ferrocarril en el trayecto comprendido entre los ríos Sevilla y San Sebastián, hasta ponerlo al costado del bu · que en el muelle. El artículo 7.0 del contrato estipula que en vez de la tarifa de flete de quince centavos oro por ra­cimo entre el río Sevilla y el río de Fundación, la Compañía cobrará como máxima, durante el pe· ríodo de veinte años, la rata de doce centavos por racimo únicamente, y que la arifa entre Santa Marta y Sevilla no excederá de diez centavos oro. Esta concesión de la Compañía del Ferrocarril producirá benéficos resultados en :favor de ella pro pia y de los cultivadores, pues el ahorro de tres centavos oro en racimo significa para un lroductor en escala regular una utilidad de consideración, pues basta saber que mil hectáreas cultivadas pro­ducen un término medio anual de ciento cincuen­ta mil racimos, que á razón de tres centavos daría un neto también de cuatro mil quinientos pesos oro de beneficio para el cultivador. En la misma proporción puede averiguarse la Ruma que representa esta concesión líquida sobre el número total de hectáreas ya c~ltivadas ó que pueden sem­brarse en aquella región. Este ahorro representa un aumento considerable de la riqueza colombia­na. La Compañía de Ferrocarril no sufre en sus in­tereses porque sus entradas aumentarán en la misma proporción en que aumenta el cultivo. Los articulos 6.° y 7.0 del contrato han sido motivados por las consideraciones indicadas. Por el artículo 5.° de la Ley 61 de 1903 el Go­bierno está obligado á garantizar á la Compañía del Ferrocarril un interés de seis por ciento anual sobre el capital de .E 3,500 por cada kilómetro de vía que se construya en el trayecto comprendido entre el río San Sebastián ó de la Fundación hasta el río Magdalena en la población de Plato, 6 cerca de ella. La abundancia de :fru to producirá abundancia de carga para el ferrocarril, y por consiguiente au­mento de rendimiento en los productos del :ferro· carril, y bien puede suceder que el Gobierno no tenga que servir la garantía porque la explotación deje utilidades suficientes para servir los intereses que debe ganar el capital, lo cual redundará ma­nifiestamente en beneficio d'e toda ia N ación. Por el contrato de tarifas de 1901 cada pasajero de primera clase debe pagar cinco centavos oro por cada kilómetro recorrido, y cada pasajero de se­gu da clase tres centavos oro. Por el artículo 11 del contrato que se somete á vuestra consideración la Com pañía del Ferrocarril se ha obligado á transporta!' los empleados públi­cos en ejercicio de sus :funciones, los colonos pena­do~, sus guardias, los peones y los trabajadores en general que se ocupen en el cultivo de productos que hayan de movilizarse por el ferrocarril, á un precio no mayor de un centavo oro por kilómetro. Esta concesión representa un ahorro considera· ble para el Tesoro público y :facilita el transporte de brazos para los trabajos agrícolas en aqueHa región, que es una de las necesidades cardinales que el Gobierno trata de satisfacer. Los demás artículos del contrato tienen por ob· jeto obtener la rápida movilización de la fruta de los lugares en donde se cultiva al tren y de éste al vapor, á fin de que pueda llegar :f.'esca y sana á los mercados de consumo, lo cual asegura un pre­cio mayor y por consiguiente una po itiva utilidad para 108 productores y para las Compañías fruteras. El Gobierno da grande importan(~ia á las esti­pulaciolles de este contrato, pues cunsidera que ellas ejercerán poderosa influencia en el desarrollo de la indu tria ti 1 banano en la Costa Atlántica. Re petuosamente, NEMESIO CA1tfACHO ~t>-o PROYECTO DE LEY por la cual () aprueba uu contrato (el celebrado ~on The Santa Ma1:ta Railway Company Limited, por el cual se modlfioa en parte la ta~lfa de fletes de la Compañía y so establecen garantias á favor del oultlVO de guineos). La Asamblea N aoional Oonstituyenta y Legislativa DEORETA: Artículo único. Apruébase en todas sus partes el contrato celebrado por el Ministerio de Obras Públicas con Tke Santa Ma".ta Railway Compa­ny L 'imited, por el cual se modifica en parte la ta­rifa de fletes de la Compañía y se establecen ga­rantías á :favor del cultivo de guineos, contrato que á la letra dice: "OONTRATO entre el Gobierno de la República de Oolombia y 'l'he Santa Ma1'ÜJ) Railway G'ornpany IÁmited, por el (}uaJ se mo~ifica en parte la ta~ifa , de fletes de la Oompañía y se establecen garantlas á. favor del CUltIVO de guineo8. "Los subscritos, á saber: Nemesio Camacho, Mi nistro de Obras Públicas, debidamente autorizado por el Excelentísimo señor Presidente, en nombr del Gobierno, por una parte, que en el texto d este contrato se denominará El Gobierno; y Fran A. Koppel, apoderado legal de The Santa Ma'f't Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL '1 Railway v/)o mpany L~' m¿' t ed ,por 1a o t ra part e, que embarque sea de dos mil (2,000) racimos cuando se llamará la Oompañia, han celebrado el con menos. trato contenido en las estipulaciones siguientes: "Artículo 9.° Ambas partes contratantes se com prometen á prestar todas las facilidades re- " Articulo 1.0 El Gobierno declara libres de todo queridas para cargar la fruta á bordo de los va-impuesto de cualquiera naturaleza, fuéra de los pores en el puerto de Santa Marta, durante. las que actualmente los gravan y sin que éstos pue~an horas del día y de la noche, de modo que termIna­ser aumentados todos los bananos de exportacI6n do el embarque y cumplidas que sean todas las que se produzc~n en la Sección del extinguido De- obligaciones aduaneras del puerto, los vapores partamento del Magdalena servid~ por el ferroca- puedan zarpar en seguida. rril de Santa Marta. Esta exenCI6n de derechos "Artículo 10. Los vapores fruteros ~o .estarán durará por el término de veinte años, contados sujetos á otros ni mayores derech?s. de los Impues­desde la aprobación del presente contrato por el tos por la ley á los vapores marltlmos mercantes Cuerpo Legislativo. en general. "Artículo 2.° La Oompañía se obliga. á cons· "Articulo 11. Los empleados públicos en'ejerc~cio truir nuevos ramales .cuya extensión en conj u~t? no de sus funciones, los colonos penados, sus gu~rdlas, sea menor de diez ktl6metros, cuando lo solICIten los peones trabajadores que yaya? voluntarlamen­los dueños de mil hectáreas cultivadas, 6 si dando te á los lugares de las ColonIa MIhtar, Agrícola y garantía para ello, se compromet~n á cultivarla~, Penal y á las que en lo fnt-aro se establezcan, y siempre que dichos duefios ó cultIvadores se obh- los peones 6 trabajadores en general que se ocu­guen á embarcar la fruta po~ estos rama~es. . pen en el cultivo de productos 9ue hayan de mo- " Artículo 3.° La CompañIa tendrá el termIno de yilizarse por medio del ferrocarrIl, serán transpor. un año para la construcción de dichos ramales, tados en los trenes de la CompafiÍa en carros des­contando desde la fecha en que lo soliciten los tinados por ella para este objeto,.á un preci~ no cultivadores ó dieren la respectiva garantía. mayor de un centavo o~o por kIlómetro. ~l la " Artículo 4.° Si por razón ~el desarrollo in.dus- Corppañía redujere su tarIfa actual para pasaJeros, tria1 de la región que atravlesa el ferrocarrIl. de una reducción proporcional se hará al centavo Santa Marta se hiciere necesaria la constrUCCIón acordado como máximum para los pasajeros de que (le ranIales de mayor extensión de los que se meil~ trata este artículo. donan en el artículo ~.o, la Compañía podrá cons- " Artículo 12. Este contrato para su validez ne­truirl08 si así le conv.iniere; p~ro de DO hacerlos, el ces ita de la aprobación del Excelentísimo s~ñ?r Gobiérno 6 los artIculares Interesados tendrán Presidente de la República, del Oonsejo de MInIS­acuItad d~ construirlos y de con~ctarlos ~on la .tros y del Cuerpo Legislativo, y una vez aprobado ~ínea princlpal 6 c.on los rama~e~ ex~stentes, SIn que queda firme y definitivo. esto altere ó modI que el prIVIlegIO de que hoy" En fe de lo expuesto se firman dos ejemplares disfruta la Compañ·a. . . de un tenor en Bogotá, á 10 de Diciembre de 1908 ,; Articulo 5.° El_ Gobierno declara de utlhdad "NEMESIO CAMAOHO-FRANK A. KOPPEL pública la construcc ón de los ramales que la Com: pañía permita á terceros. " Artículo 6.° La Compañía fijará un flete extra "Consejo de Ministros-Bogotá, Diciemb?~e 21 en los ramales que tiene construidos ó que conds. . de 1908. truya, no mayor de medio centavo por rac~mo e primera y de un cua.rto de centavo por raCImo de "En sesión de esta misma fecha aprobó el Con egunds, por cada d s kilómetros. . sejo el contrato que precede. " Artículo 7.° En ·ez de la rata de flete de qUIn· "El Subsecretario encargado de la Secretaría ce centavos por racimo establecida como máxima General de la Presidencia de la República, sobre los bananos de exportación transportados á "LUIS DOMINGUEZ S. Banta Marta de la zona entre el río Sevilla (67 kilómetros) y el río Fundación (98 kilómetros), la Compañía cobrar como máxima durante el pe- "Poder Ejecutivo Na()ional- Bogotá, 21 de Di-rÍodo de veinte años la rata de doce centavos por ciernbre de 1908. racimo. "Parágrafo. El m~ximu~ de la, tarifa entre San­ta Marta y Sevilla (en el kIlómetro 67) será el de diez centavos que ac tualmente rige. " Artículo 8.° La Compañía transportará la fruta de cualquier punto de la línea en trenes especia­~ es á q.uienes lo solic 'ten con seis dÍ~s de anticipa­ci6n SIempre que terngan fruta sufiCIente para uno {> más trenes especia.les, y con tal que el primer " Aprobado. "R. REYES " El Ministro de Obras Públicas, " N EMESIO CAMAOHO H Dada, etc. Presentado á la honorable Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa en su sesión del día 23 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 8 ANALES DE LA ASAMBLEA NACION de Febrero de 1909- por el subscrito Ministro de AI·quidióce.sis de Bogotá-Gobierno Ecle8iá8tico. Obras Pliblicas. Número lO-Bogotá de .Fi.,~1'(j··O de 1 0 09. NEMESIo C.AMAOHO Al Exoelentísimo señor Presidente de la Asambl a Nacional Oonsti­tuyente y LegislatIva-En su Despaoho. Tengo el honor de acusar recibo de la atenta República de Oolombia-A.8arnblea Nacional Cons- nota número 4 del 22 de los corrientes, dirigida tituyente '!I Legíslativa-Secretaría-Bogotá, Fe. por Vue~tra Excelencia al Ilustrísimo y Reveren. br6'}'O 23 de 1909. dísimo señor Arzobispo, ausente hoy de la ciudad, y en que se sirve Vuestra Excelencia comunicarle En ]a ses16n de esta fecha se dio primer deb3te la instalación de la Asamblea Nacional Constitu-al anterior proyecto, y fue aprobado. yente y Legislativa y los nombramientos de sus Pasó en comisión á los honorables Diputados Dignatarios. Goenaga, Jimeno, Dávila, Vélez Pedro y C6rdoba, Dios guarde á Vuestra Excelencia muchos afios. con término prudencial. SALUST1ANO GÓMEZ RIA.~O Regístrese, c6piese y publíquese. Ar'r'ubla Repúblioa de Colombia-Asamblea .Nacional Oons­tituyente y Legislativa-Pre8ídencia-Bogotá, Febrero 23 de 1909. NOTAS Número 224-Presidencia de la República de Oo· lombia- Bog~tá, 23 de Febrero dé 1909. Señor: Hoy he tenido el alto honor de recibir de manos de la Comisión que nombrasteis para el objeto ]a proposición que la honorable Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa aprob6 en su sesi6n de ayer. Me es satisfactorio en sumo grado que ]a Asam­blea, compuesta de ciudadanos representantes de todas las opiniones políticas, de los intereses socia­les é industriales del país y miembros de los más distinguidos de la Nación, aprueben mis actos como Jefe del Gobierno. Debo reconocer que estos actos no son sino e1 honrado y leal cumplimiento de las leyes oportu· nas y necesarias que habéis dictado, y tengo la confianza de que esta misma es la opini6n nacio­nal, y de que nuestras labores, inspiradas en el bien de la Patria y guiadas por la concordia "j la justicia, servirán de ejemplo saludable y fecundo á los Ouerpos Legislativos venideros. Con sentimientos de la más distinguida conside­ración me subscribo de Vuestra Excelencia muy atento, seguro servidor, R. REYES A 8u Excelencia el sefior Presidente de la honorable Asamblea Na. cional Constituyente y I,egislativa-En su Despaoho. Dése cuenta y pu blíquese- -+.?C:<-­TELEGRAMAS HOLGuiN República de Colombia-Oficial-Gobernaci6n­Bucaramanga, ~3 de Febrero de 1909. Presidente Asa.mblea. Nacional-Bogotf\. Quedo impuesto con satisfacción de que se ha instalado esa augusta corporación y del acertadf· simo nombr miento para dignatarios de ella, por todo lo cual congratúlome con el país. Servidor, Alejandro Pefía Solano República de Oolombia-Asamblea Nacional Cons­tituyente y Legislativa-Presidencia-Bogotá, Febre.ro ~4 de 1909. Dése cuenta y publfquese. HOLGuíN República de Colombia-Número 136-0ficial­Gobernaci6n- Zipaquirá, ~3 de Febre'J'o de 1909. Genera.l Jorge Rolguin-Bogotá. Honor acusarle recibo Circular de ayer en que sírvese comunicar instalación honorable Asamblea Nacional y elección , dignatarios_ Complázcome fe­licitarlo acertada designación para presidirla yex­presarle votos por feliz éxito labores de esa alta corporación. Servidor, M. Brigard República de Colombia-Asamblea Nacional Cons- República de Colombia-Asamblea Nacional Cons- tituyente y Legislativa-Bogotá, Febrero ~4 de tituyente y Legi 'léttiva-Bogotá, Fébrero 23 de 1909. 1909. Dése cuenta y publfquese. Dése cuenta á la honorable Asamblea y puhlí- HQLGUfN queBe. HOLGUtN IMPRENTA NACIONAL Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Anales de la Asamblea Nacional -Serie VIII N. 1

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